Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la...
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Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección
y asistencia a la Población Desplazada en municipios
categorías 5 y 6, Ley 550 y algunas capitales de departamento.
Clúster de Protección y Clúster SAN
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Antecedentes
• La Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Reparación de Tierras) y su reglamentación implicó en la práctica un proceso de transformación y transición institucional.
• Con los cambios y ajustes generados por la Ley 1448 de 2011, y en vista de que en el transcurso de un año a partir de Junio 10 de 2011, el registro de víctimas fue trasladado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), en el 2012 y el primer semestre del 2013 el Gobierno Nacional a través de la UARIV tuvo rezagos importantes y brechas en el registro y la atención de la población desplazada.
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Meta
Vichada
Caquetá
Amazonas
Guainia
Chocó
Vaupés
Antioquia
Guaviare
Cauca
Nariño
Casanare
Cesar
Tolima
Huila
Arauca
Boyacá
Santander
Córdoba
Putumayo
Bolívar
Magdalena
La Guajira
Sucre
Cundinamarca
Valle del Cauca
Norte de Santander
Caldas
Atlántico
Número de Encuestas
0
1 - 5
6 - 10
11 - 40
Número de encuestas por departamento
Encuesta de tipo Cualitativo realizada por los EHL manera de estudio de caso.
Indica tendencias en las brechas de la situación en los siguientes ejes y en particular en Municipios Categoría 5 y 6 y/o con Ley 550:
• Conocimiento de la Ley de Victimas.• Capacitación para el diligenciamiento
del formato de registro• Pasos y tiempos para la toma de
declaración• Demora en las declaraciones• Barreras para acceder al registro• Funcionamiento de los Puntos de
Atención a Víctimas.• Oportunidad y entrega de la Asistencia
Humanitaria Inmediata y de Emergencia.
• Fuentes y tipo de Asistencia• Problemas asociados a la Protección
FICHA TÉCNICA DE LA ENCUESTA:
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Marco de Análisis y Soporte Técnico de la Encuesta.
• Ley de Víctimas, 1448/11• Corte Constitucional: AUTO 099 de 2013 y
AUTO 199/2013.• Informes de seguimiento a la Ley de Víctimas de
la Contraloría y de la Procuraduría.• Rutas para la declaración, el registro, la ayuda
humanitaria inmediata, de emergencia y de transición.
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Parte 1
Hallazgos de los Autos de la Corte Constitucional (099 y 119/2013) y los
Informes de la Procuraduría y la Contraloría de Seguimiento a la implementación de la
Ley 1448/11, comparados con los hallazgos de la Encuesta/Estudio de Caso.
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Comparativo Corte Constitucional, Auto 099/2013 y Encuesta de RegistroFalencias en el Componente de Ayuda Humanitaria y Respuesta del Gobierno.
Que dice la Corte:1. Falencias en la entrega
efectiva, continua y completa de la ayuda inmediata o de urgencia.
• Falencias de la entidades territoriales: “la población queda desprotegida en materia de alimentación, alojamiento y salud hasta que se haga el registro….”
Hallazgos Encuesta de los Clústeres SAN y Protección.La respuesta humanitaria no es ni efectiva ni oportuna.• Ausencia de atención en la
fase inmediata y de emergencia.
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Comparativo Corte Constitucional, auto 099/2013.Falencias en el Componente de Ayuda Humanitaria y Respuesta del Gobierno
Que dice la Corte:2. Falencias en la entrega efectiva, continua y completa de la ayuda humanitaria de emergencia y su prorroga. • Falencias en relación con la entrega efectiva de la
ayuda de emergencia y su prorroga: falta de notificación efectiva.
• Entrega inoportuna y con baja cobertura de la ayuda de emergencia y de su prorroga. “La demora en la entrega de la ayuda humanitaria y su prorroga en ocasiones sobrepasa el año, incluso se prolonga hasta dos. En esta medida se agrava la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra la población desplazada…..”.
• “ Lo anterior no solo reproduce el “peregrinaje institucional” que tiene que padecer la población desplazada para tratar de satisfacer sus necesidades mínimas sino que la expone a tramitadores inescrupulosos….”
• Falencias de la Ayuda Humanitaria de Transición.• Falta de acompañamiento integral por parte de la
Red Unidos para superar la etapa de urgencia
Hallazgos estudio de caso de los Clústeres de SAN y Protección.
• Ausencia de atención en la fase inmediata y de emergencia
• Incremento de riesgo y la vulnerabilidad • Venta/empeño pertenencias• Ausencia de respuesta en la transición
en la asistencia de emergencia• Proliferación de la estafa• Uso sistemático de la tutela para
obtener la respuesta humanitaria• Ausencia de recursos por parte de las
autoridades locales para cumplir su responsabilidad en la fase inmediata.
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Comparativo Corte Constitucional, Auto 099/2013 y Encuesta de Registro.Falencias en el Componente de Ayuda Humanitaria y Respuesta del Gobierno
Que dice la Corte:• Ausencia de acompañamiento
por parte de las entidades del orden departamental y nacional.
• Problemas que se encuentran en cabeza de las autoridades nacionales, como la excesiva centralización en el tramite de las solicitudes de registro y de la entrega de ayuda humanitaria de emergencia, que repercute en la imposición de cargas excesivas en las entidades territoriales.
Hallazgos encuesta de los Clústeres de SAN y ProtecciónLa centralización y estandarización de la respuesta por parte de la nación no responde a las necesidades específicas de cada uno de los contextos de los territorios, incrementando el nivel de vulnerabilidad de la población desplazada o en riesgo.El desconocimiento por parte del ente territorial y de la población sobre las competencias en la respuesta humanitaria eleva el riesgo de la población desplazada.• Burocratización de los procedimientos administrativos.• Incumplimiento de los tiempos establecidos en la Ley.• Transición normativa sin tener en cuenta capacidad
técnica, operativa, humana y financiera.• Vacíos en la respuesta de los municipios categorías 5 y
6.
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Consideraciones de la Corte en el AUTO 099/2013y los impactos Según Encuesta
Registro.Que dice la Corte:
“Las fallas identificadas en este pronunciamiento que repercuten en una entrega inoportuna de la ayuda humanitaria de emergencia y que somete a la población a largas esperas, de meses y de años, implican una vulneración de sus derecho a la subsistencia mínima y un desconocimiento de la jurisprudencia constitucional sobre la materia.”
“Los problemas de falta de oportunidad, cobertura e integralidad también contribuyen a la perpetuación de la situación de emergencia de la población desplazada que la hace dependiente de la ayuda humanitaria de emergencia.”
Hallazgos encuesta de los Clústeres de SAN y Protección.• Incremento de
vulnerabilidad• Respuestas inadecuadas y
acción con daño.• Mayor nivel de riesgo• Vacíos atención a víctimas.• La PD desiste en la
reclamación derechos
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Informes de la Procuraduría y la Contraloría.
• El Informe de Seguimiento de la Procuraduría a la implementación de la Ley 1448/2011, dice: ¨el Ejecutivo en cabeza de la Unidad de Atención y Reparación a Víctimas no ha logrado cumplir con el plazo de 60 días que la Ley le da para decidir sobre la inclusión de las víctimas en el respectivo registro. Esta situación, hace que el objetivo primordial que motivó al legislador dificulte el acceso a la ayuda humanitaria y a la asistencia funeraria, en educación y en salud, entre otras”.
• En el informe de Agosto 21 de 2012, la Contraloría informa que:”.. no es posible afirmar que el proceso de transición institucional en la atención a las víctimas en lo territorial avance en un ritmo acelerado, sino por el contrario se observan retrocesos en la atención integral a las víctimas, derivados de las dificultades identificadas en el proceso de tránsito institucional.”– “Nuevamente, se considera referirse a la precaria capacidad presupuestal que observan varias
entidades territoriales, así como a la deficiente ejecución de esos limitados recursos que se apropian para atender a las víctimas del delito de desplazamiento forzado”.
Fuentes: Informe de Seguimiento y Cumplimiento de la Ley de Víctimas y restitución de Tierras en el Marco de la Justicia Transicional a favor de la Victimas del Conflicto, 2012; Primer Informe de Seguimiento a la Ley 1448 de 2011 de Víctimas y Restitución de Tierras 2012, 21 de Agosto del 2012.
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Parte 2
Resultados de la Encuesta/Estudio de Caso.
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ENCUESTAS PARA REALIZAR UN ESTUDIOS DE CASO SOBRE LAS BRECHAS EN REGISTRO, PROTECCIÓN Y ASISTENCIA DE LA POBLACIÓN DESPLAZADA.
Recolección de la Información: Entre Abril y Mayo de 2013.
• 77 encuestas en 26 municipios de 8 departamentos: Nariño, Chocó, Antioquia, Norte de Santander, Arauca, Guaviare y Córdoba.
• El 52% de las encuesta se aplicaron en Nariño.
• Principalmente municipios categoría 5 o 6 y de un municipio bajo la Ley 550.
• Las principales fuentes de información fueron:• Funcionarios del Ministerio Público: 43%• UAO-UARIV:22%• Líderes comunitarios : 18%• Otras funtes fueron: Personal de los entes territoriales, de
ONGs, ACNUR, CICR y de la iglesia católica: 17%
• La encuesta además se realizaron en cuatro (4) ciudades capitales de departamento: • Quibdó, Chocó; San Jose del Guaviare, Guaviare; Cúcuta,
Norte de Santander; Pasto, Nariño.
Municipios donde se realizó la Encuesta:
Chocó en: Quibdó, Istmina, Bojayá (Bellavista) y Riosucio.
Antioquia en: Turbo e Ituango.
Nariño en: Ipiales, Ricaurte, Tumaco, Pasto, Samaniego, El Charco y Santa Bárbara de Iscuandé.
Putumayo en: Puerto Asís, Valle del Guamuez.
Guaviare: San Jose del Guaviare
Arauca: Tame, Arauca y Saravena
Norte de Santander: Tibú, Cucuta y El Carmen.
Córdoba: Tierralta, Montelíbano y Puerto Libertador
Nota: En Putumayo también se aplicaron encuestas (27) pero el EHL envió un consolidado de los resultados y no las encuestas individuales, lo que impidió su sistematización e inclusión en el análisis cuantitativo.
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Resultados: Conocimiento de la Ley de Víctimas.
3 de cada 10 personas entrevistadas no conocen la Ley de Víctimas.
• En Cauca, Chocó y Córdoba el 100% de las personas entrevistadas manifestó conocer bien la Ley de Víctimas.
• El mayor desconocimiento de la Ley de Víctimas se presenta en Norte de Santander (60% de los encuestados), Nariño (40%) y Guaviare (33%).
• De los funcionarios del Ministerio Público encuestados,33 o sea el 24% manifestó no conocer bien la Ley de Víctimas, frente a 73% que dijo sí conocerla.
• La proporción es similar en el caso de los funcionarios de la UAO-UARIV: de los 17 entrevistados, 24% dijeron no conocer bien la ley, frente a 71% que sí la conoce.
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Cerca de una cuarta parte de los entrevistados manifestaron no haber sido capacitados en el diligenciamiento del Formato Único de Declaración.
• 58% de los encuestados manifestaron haber sido capacitados.
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Norte de Santander, (40% de los encuestados manifestaron no haber sido capacitados), y en Nariño y Guaviare (33%).
• En Córdoba, Chocó y Córdoba el 100% de los entrevistados manifestaron haber sido capacitados.
• El 12% de los funcionarios del Ministerio Público manifestó no haber sido capacitado en el diligenciamiento del FUD (frente a un 73% que sí fue capacitado).
• Por su parte, el 24% de los funcionarios de la UARIV contestaron no haber sido capacitados, frente a un 65% que sí habría recibido capacitación para diligenciar el FUD.
Resultados: Conocimiento de la Ley de Víctimas.
![Page 15: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/15.jpg)
Sólo el 53% de los entrevistados manifestó que las autoridades conocen sus responsabilidades bajo la Ley 1448.
• Una cuarta parte de los encuestados (23%) manifestó que las autoridades no conocen sus responsabilidades bajo la Ley 1448.
• En todos los departamentos donde se realizaron las encuestas la mayoría de las personas encuestadas respondió que las autoridades sí conocen sus responsabilidades frente a la Ley 1448 (Cauca 100%; Chocó 75%, Córdoba y Guaviare 67% y Nariño 55%).
• Con la excepción de Norte de Santander en donde el 80% de los encuestados dijo que las autoridades no conocen sus responsabilidades.
• El 27% de los funcionarios del Ministerio Público y el 24% de los encuestados de la UARIV manifestó que las autoridades no conocen sus responsabilidades bajo la Ley 1448, frente al 61% y 71% que contestó que sí las conocen.
Resultados: Conocimiento de las Autoridades de sus obligaciones bajo la Ley 1448.
![Page 16: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/16.jpg)
La mayoría de los encuestados (56%) manifestaron que existen demoras en la toma de declaraciones. • Sólo el 27% dijeron que en sus municipios no había demora.
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Chocó (100 % de los encuestados manifestaron que existen demoras en la toma de declaraciones), en Nariño (68%) y en Norte de Santander (60%).
• Los departamentos donde menos demoras se presentan serían Cauca (el 100% de los entrevistados manifestó que no se presentan demoras), Córdoba (67%), y Guaviare (67%).
• Una quinta parte (21%) de los funcionarios del Ministerio Público y el 53% de los encuestados de la UARIV manifestó que existen demoras en la toma de declaraciones.
Resultados: Demoras para tomar la Declaración
![Page 17: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/17.jpg)
El porcentaje de personas entrevistadas que manifestaron que se están dando los tiempos y pasos establecidos para recibir las declaraciones y enviarlas a Bogotá (44%) es muy similar al porcentaje que manifestó que no se están dando estos tiempos y pasos (42%).
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Córdoba y Norte de Santander ( donde el 67% y el 60% de los encuestados manifestaron que no se están dando los tiempos y pasos establecidos).
• El 53% de los funcionarios de la UARIV y el 27% de los encuestados del Ministerio Público manifestó que no se están dando los tiempos y pasos establecidos para recibir las declaraciones y enviarles a Bogotá .
Resultados: Tiempos para declarar y enviar a Bogotá el FUD.
![Page 18: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/18.jpg)
Más de una tercera parte de los entrevistados (35%) manifestó haber tenido problemas con la recepción y el envío de los formularios (FUD).
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Cauca (100 % de los encuestados manifestaron haber tenido problemas), Córdoba (67%) y Norte de Santander (60%).
• En Guaviare el total de los entrevistados y en Nariño el 58% manifestaron no haber tenido problemas con la recepción y el envío de los formularios
• El 39% de los funcionarios del Ministerio Público y el 18% de los encuestados de la UARIV manifestó haber tenido problemas con la recepción y el envío de los formularios.
Resultados: Recibo y Envío de los formularios a nivel central (UARIV , Bogotá).
![Page 19: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/19.jpg)
El 86% de los entrevistados manifestó que su municipio cuenta con punto de atención a víctimas (PAV) y el 81% manifestó que estos puntos están funcionando.• El 67% de los funcionarios del Ministerio
Público y el 88% de los encuestados de la UARIV manifestaron que el Punto de Atención funciona.
• Ninguna persona de la UARIV, y sólo el 6% de las personas del Ministerio Público, manifestó que el punto de atención no funcionan.
Resultados: Funcionamiento de los Puntos de Atención a Víctimas.
Los que respondieron que si había punto de atención, indicaron lo siguiente:• Condiciones de infraestructura
inadecuadas: espacios reducidos.• Alto nivel de hacinamiento• Largas filas para la atención• Ausencia de buen trato• Turnos para la atención• Falta de equipos e internetNota: No hay puntos de atención en: Saravena, Istmina, Riosucio y el Carmen en Norte de Santander.
![Page 20: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/20.jpg)
En el marco de esta Resolución los municipios priorizados recibirán de manera subsidiaria recursos de la UARIV para apoyar la entrega de AHI a desplazados individuales. Los municipios beneficiados fueron priorizados según criterios financieros y presupuestales; la proporción de declaraciones por municipio receptor; y el índice de presión por municipio receptor.
El 38% de las personas encuestados manifestó que el municipio recibió apoyo de la UARIV en el marco de la Resolución 2348.
• El 26% dijo que el municipio no recibió apoyo y 34% no respondió (lo que puede significar un alto nivel de desconocimiento de esta Resolución).
• El 55% de los funcionarios del Ministerio Público y el 65% de los encuestados de la UARIV manifestó que su municipio no ha recibido apoyo de la UARIV en el marco de la Resolución 2348.
Resultados: Resolución 2348/Diciembre de 2012
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NACION
TERRITORIO
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• Según las encuestas realizadas en Ituango (Antioquia), el municipio no ha recibido apoyo de la UARIV frente a esta resolución, aunque este municipio se encuentra priorizado.
• En Montelíbano (Córdoba) los encuestados no respondieron si conocían esta resolución, sin embargo, este municipio sí está priorizado.
• En Chocó, los municipios donde se aplicaron las encuestas (Itsmina, Bojayá, Río Sucio y Quibdó) no están priorizados según la resolución 2348 y los encuestados respondieron que efectivamente su municipio no ha recibido este apoyo por parte de la UARIV.
Resultados:Resolución 2348/2012
El 14% de los municipios encuestados, se encuentran priorizados bajo la Resolución 2348 de 2012.
• Los municipios de Tame y Saravena están priorizados, sin embargo el 66% y el 75% respectivamente respondieron que no recibían apoyo en el marco de la Resolución.
• En el municipio de Tumaco, que está priorizado por la Resolución, el 63% (7 de 11 encuestas) de los encuestados afirmó que su municipio recibe apoyo de la UARIV.
• Con la excepción de Tumaco y los municipios donde se aplicaron encuestas en Chocó, las respuestas de los encuestados sobre si su municipio recibe apoyo de la UARIV en el marco de la Resolución 2348 evidencian desconocimiento de los funcionarios de esta resolución y/o demoras en la aplicación de la misma
![Page 22: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/22.jpg)
Cerca de la mitad de los encuestados (49%) manifestó que las víctimas no tienen acceso al sistema de protección de la Unidad Nacional de Protección (UNP).
• En Cauca y Chocó el 100% de los encuestados manifestaron que las víctimas sí tienen acceso al sistema de protección de la UNP (60% en Norte de Santander).
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Córdoba (100% de los encuestados manifestaron que las víctimas no tienen acceso al sistema de protección de la UNP), Antioquia (70%), Guaviare (67%), Arauca (64%) y Nariño (58%).
Resultados:Problemas asociados a la protección. Riesgos sobrevinientes a las familias por exclusión y/o demora en el proceso
Entre los impactos adicionales generados por las demoras en declarar, la valoración y/o la exclusión del registro se resaltan:
Dependencia de familia y amigos: 78%
Alto nivel de endeudamiento: 75%
Desplazamiento a otro lugar: 73%
Fragmentación de familias: 69% Venta de activos: 62% Vinculación a grupos armados
no estatales: 45%
![Page 23: Estudio de caso de la situación de la ruta para el registro, protección y asistencia a la Población Desplazada en municipios categorías 5 y 6, Ley 550.](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022070417/5665b4331a28abb57c8feccd/html5/thumbnails/23.jpg)
RUTA PARA LA AYUDA HUMANITARIA, ATENCIÓN Y ASISTENCIA
Atención Inmediata
Atención Humanitaria de
Emergencia
DESPLAZAMIENTOSVI
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QUIEN PROPORCIONAN LA AYUDA
PERSONAS / HOGARES en Situación de
desplazamiento pos acto administrativo
PERSONAS / HOGARES en Situación de
desplazamiento, incluidas , sin elementos de subsistencia
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Atención Humanitaria de
transición
ENTIDADES TERRITORIALES DE NIVEL MUNICIPAL
AGENCIA PRESIDENCIA PARA LA ACCIÓN SOCIAL, LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACION INTEGRAL A
VICTIMAS
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACION INTEGRAL A VICTIMAS, INSTITUTO
COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, ENTES TERRITORIALES
QUIENES TIENEN DERECHO
Fuente : Insumos ley de victimas
ART.47 AL 65
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Un 41% de los encuestados manifestó que las autoridades locales no han realizado o no saben si se realizaron entregas de AHI durante todo el período de valoración de las declaraciones (inclusive cuando la valoración tarda más de los 60 días establecidos por ley).
• En Cauca y Córdoba el 100% de los encuestados manifestaron que las autoridades han realizado entregas durante todo el período de valoración (en Chocó el 75%, Antioquia el 70%, Nariño 68% y Guaviare el 67%).
• Las situaciones más críticas en este sentido se estarían presentando en Arauca y Norte de Santander donde el 64% y 60% de los encuestados manifestaron que no se han realizado entregas de AHÍ durante todo el período de valoración. En Tumaco, a partir de Septiembre de 2012 y hasta realización de la encuesta en Abril 2013 no hubo recursos para AHÍ. En Ituango y Tierralta se informa que la AHÍ se entregó solo en casos de masivos.
• El 60.6% de los funcionarios del Ministerio Público y el 88.2% de los encuestados de la UARIV manifestó que las autoridades locales han realizado entregas de AHÍ durante todo el período de valoración (frente al 30.3% y 11.8% que contestó que no se han realizado estas entregas).
Resultados:Entrega de Ayuda Humanitaria Inmediata por parte de las autoridades locales.
Los encuestados que respondieron si a la entrega de AHÍ, aclararon que:
• Los municipios no tienen presupuesto suficiente para cubrir la necesidades inmediatas durante todo el periodo de valoración.
• El Municipio esta en Ley 550 o es Categoría 5 y 6.
• La AHÍ es esporádica y no responde a las necesidades de la población.
• Se entrega AHI en algunos casos priorizados, pero no a todos los desplazados que declaran.
• Los kits no tiene en cuenta el número de integrantes por familia.
• Las cantidades entregadas solo alcanzan para cortos periodos.
• Solo se entrega AHÍ en desplazamientos masivos (Ituango, Tierralta).
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Según el 69% de los entrevistados, en promedio las autoridades locales entregan AHI durante un período de 15 a 30 días. • En relación al tipo de asistencia entregada, el 88% de los
encuestados hizo referencia a asistencia alimentaria, 49% alojamiento y 39% a otro tipo de asistencia (kits de cocina, de aseo, colchonetas, educación, salud, asistencia psicosocial, ropa, subsidio de arriendo, dinero para trasladarse como medida de protección, etc).
• 70% de los encuestados manifestaron que el municipio
ha sido la fuente de entrega de asistencia alimentaria. Después de las autoridades locales, la Iglesia (26%), el PMA/OPSR (18%) y el CICR (13%) son las principales fuentes de asistencia alimentaria identificadas en las encuestas. Otras fuentes (CHF, NRC, ICBF, IRD, ACH,) fueron mencionadas en el 21% de las encuestas.
Resultados:Asistencia Humanitaria Inmediata.
Una o dos veces por 15
días
Tres o mas veces
No sabe/no responde
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
69%
8%
23%
Por cuanto tiempo se entrego AHÍ a cada familia
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Ejemplos de algunos Municipios con problemas en la entrega de AHÍ y el Numero de desplazadas que recibieron entre el 2011-2012.
Tumaco, Nariño 23.286Tierralta, Córdoba 4.660Quibdo, Choco 3.038Barbacoas, Nariño. 2.873Turbo, Antioquia 2.468Ituango, Antioquia 2.419El Charco,nariño 2.085Samaniego, Nariño 1.764Tame, Arauca 1.672Tibu, Nrte de Stder 1.045Ricaurte, Nariño 887Cucuta, Nrte de Stder 809
Fuente: UARIV.
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Según los encuestados, la UARIV tardó en promedio seis meses y medio en comunicar el resultado de la valoración a la población afectada. • Más de una tercera parte de los encuestados (35%) manifestó que en 2012 la UARIV
tardó entre 6 y 11 meses para comunicar la resolución de declaración.• El 32% de los encuestados declaró que la UARIV tarda entre 1 y 5 meses para
comunicar la resolución de declaración; mientras que en el 12 % de las encuestas se afirma que se tarda más de 11 meses.
• Según las encuestas, en Tame (diez meses), San José del Guaviare (8 meses) Ituango (siete meses y medio) y Saravena (siete meses y medio) la UARIV tarda más que el promedio nacional en comunicar el resultado de la valoración.
• Sólo en Santa Bárbara de Iscuandé (Nariño) y en los tres municipios encuestados de Córdoba se estaría comunicando a la población el resultado de la valoración en el límite de dos meses establecidos en la Ley.
• Según los funcionarios del Ministerio Público encuestados, en 2012 la UARIV tardó en promedio 7.9 meses en comunicar el resultado de la valoración a la población afectada ese mismo año.
• Los funcionarios de la UARIV contestaron que el tiempo promedio fue de 5.6 meses.
Resultados: Tiempo de la Valoración
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En 2012-2013, la UARIV tardó aproximadamente cinco meses en realizar los giros de AHE a quienes fueron incluidos en el Registro.
• Según los funcionarios del Ministerio Público encuestados, en 2012 la UARIV tardó en promedio 5.5 meses en realizar los giros de AHE a quienes fueron incluidos en el Registro.
• Los funcionarios de la UARIV contestaron que el tiempo promedio fue de 3.8 meses.
• El 40% de los encuestados sostiene que la UARIV tarda entre 1 y 5 meses para realizar los giros de Ayuda Humanitaria de Emergencia (AHE) a quienes son incluidos.
• En los tres municipios de Córdoba, en Arauca (Arauca) y en Samaniego (Nariño) los encuestados no contestaron o manifestaron no saber cuánto tiempo se tarda en realizar los giros de AHE.
• Las notificaciones de la valoración y la entrega de las resoluciones de inclusión no están siendo remitidas /entregadas de manera oportuna a las víctimas.
• Los giros de AHE no son reclamados por la víctimas, por falta de información y son devueltos a Bogotá después de un mes en el banco.
Resultados: Giros de Asistencia Humanitaria de Emergencia (AHE).
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Ilustración de los tiempos para un Caso de Desplazamiento Individual, 2012:
Enero 2012: Ocurre el
desplazamiento
Marzo 2012: Turno
para declarar
Abril -Mayo 2012:
Ministerio Público envía declaración a
Bogotá
Mayo a Diciembre 2012:
VALORACION
Diciembre 2012:Resoluci
ón de inclusión o no
inclusión
Enero-Febrero
2013: Giro del AHE.
RESPONSABILIDAD Y/O NIVEL
MUNICIPIO NACIONAL
13 meses
MUNICIPIO
La atn. para declarar debe ser
inmediata
La entrega de AHÍ debe ser inmediata y por 60 días
La valoración
se debe realizar en
max. 60 días.
Ley 1448
2 meses 1-2 meses 8 meses 1 a 2 meses