ESTRICTO DERECHO Y LA FACULTAD DE SUPLIR LA.pptx

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ESTRICTO DERECHO Y LA FACULTAD DSUPLIR LA QUEJA DEFICIENTE

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Concepto del principio de estrictoderecho

Desde un punto de vista general, este principio significa que las sentencia deamparo, al examinar la autoridad de control la constitucionalidad oinconstitucionalidad del acto reclamado planteada en la parte de la instanciaquejosa “demanda inicial”, únicamente se debe analizar y estimar losconceptos de violacin inducidos en dicha demanda, en los t!rminos precisosen que se ha formulado, sin que sea posible que la autoridad de controlpueda formular consideraciones respecto de la cuestin constitucional, que

no se hayan hecho valer expresamente por el quejoso"

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##" $% &'#(C#&#) D$ $*+'#C+) D$'$C)"

De acuerdo con la *uprema Corte de -usticia de la (acin este principio.estriba en que el juez de amparo debe concretarse a examinar laconstitucionalidad del acto reclamado, a la luz de los argumentos externadosen los conceptos de violacin que se expresen en la demanda, y si se trata deresolver un recurso interpuesto contra la resolucin pronunciada por el juezde Distrito, en que el revisor se limite a apreciar tal resolucin tomando encuenta, exclusivamente, lo arg/ido en los “agravios”"

$ste principio obliga a los jueces de amparo a estudiar exclusivamente lacontroversia que haya sido planteada ante ellos, resolviendo con base en las

consideraciones vertidas por el quejoso en su demanda y no analizando elacto de autoridad en cuanto a su constitucionalidad

&or virtud de este principio, el juez debe estudiar el acto y defender laconstitucin, estudiando únicamente los conceptos de violacin que hayaexpresado el quejoso en su demanda a los agravios esgrimidos en los escritosde recursos"

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0undamento del principio de estricto derecho"

*e encuentra consagrado en el art1culo 23 de la %ey de 4mparo, al disponerque.

 “%a *uprema Corte de -usticia de la (acin, los tribunales colegiados decircuito y los jueces de distrito, deber5n corregir los errores que adviertan enla cita de los preceptos constitucionales y legales que se estimen violados, ypodr5n examinar en su conjunto los conceptos de violacin y los agravios, as1como los dem5s razonamientos de las partes, a fin de resolver la cuestinefectivamente planteada, pero sin cambiar los hechos expuestos en lademanda"”

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$% &'#(C#&#) D$ $*+'#C+) D$'$C)6#*+) D$*D$ %4 *7&%$(C#4 D$ %4 87$-4"

Como lo se9alamos, el principio de suplencia de la queja permite al rganode control constitucional que, en ciertas materias y en determinadascircunstancias, supla las omisiones, imperfecciones o irregularidades de lademanda de amparo, as1 como de los recursos que la ley establece" &or lo quea trav!s del estudio de esta institucin procesal, nos podemos dar cuenta delcamino que va siguiendo la jurisprudencia de la Corte en relacin al principiode 2 estricto derecho, que sin duda se orienta hacia la total eliminacin del

mismo, incluso en las materias que tradicionalmente no le era permitido:administrativa y civil;"

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*7&%$(C#4 D$ %4 87$-4 $( <4+$'#4&$(4%"

+rat5ndose de la materia penal, la suplencia de la queja opera aún ante laausencia de conceptos de violacin o agravios" $l motivo que justifica la suplenciaen amparos penales, ha sido proteger, de la manera m5s amplia posible, valores eintereses humanos de la m5s alta jerarqu1a como la vida y la libertad delindividuo" %a *uprema Corte de -usticia de la (acin, ha considerado que lasuplencia en materia penal, opera tambi!n en los recursos de revisin aún cuandolos agravios que los sustentan, referidos a la constitucionalidad de una ley, sean

novedosos respecto de los conceptos de violacin en la demanda original=>,circunstancia que, en cualquier otra materia, har1a improcedente el recurso" *inembargo, tambi!n ha establecido que, aun cuando se trate de un asunto denaturaleza penal, no opera la suplencia de la queja si, al interponer un recurso derevisin, ni en los conceptos de violacin ni en los agravios se se9ala como actoreclamado la constitucionalidad de alguna ley, pues para la procedencia delrecurso basta con la sola mencin de dicha cuestin"

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