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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019 Sección M1: Observaciones de Forma Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones 1 1274948 Christian Ernst S., en representación de Microsoft Corporation Denominativa MICROSOFT UNIFIED SUPPORT Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Servicios de consultoría en los campos de tecnología de la información, hardware computacional, software computacional y computación en la nube; consultoría de seguridad de datos informaticos; desarrollo de software y hardware computacional; diseño, de hardware, software y redes computacionales, y sistemas de tecnología de la información; instalación de software para los clientes, in-situ en el domicilio del cliente y/o en la nube; servicios informáticos en línea, a saber, servicios de filtrado de correo no deseado (spam) para la protección de sitios web y aplicaciones en línea frente a la recepción de mensajes no solicitados; servicios informáticos, a saber, gestión in situ y remota de sistemas de tecnología de la información (TI) y la aplicación de software de terceros, y servicios de recuperación de datos informaticos; Servicios informáticos, a saber, mantenimiento de software para sistemas computacionales para terceros; Asistencia técnica, a saber, mantenimiento de funciones tecnológicas de sistemas de redes informáticas y servidores, servicio de asistencia técnica para equipos informáticos, sistemas operativos, sistemas de bases de datos y aplicaciones web, suministro de programas e instalaciones informáticos de respaldo; Servicios de consultoría en seguridad informática, a saber, protección de virus informáticos; Servicios de consultoría en seguridad informática, a saber, servicios de copia de seguridad y respaldo remoto en línea para datos informáticos; Servicios de almacenamiento, migración, recuperación, seguridad y encriptación de datos informáticos; Instalación, mantenimiento y reparación de software computacional; Servicios de hospedaje en servidores y en la nube; Servicios de consultoría tecnológica en el campo del diseño, selección, implementación y uso de sistemas de hardware y software para terceros; Consultoría en seguridad informática, a saber recuperación informática de sistemas y recuperación de datos informáticos; Alquiler de computadores y

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

1

1274948 Christian Ernst S., en representación de Microsoft Corporation

Denominativa MICROSOFT UNIFIED SUPPORT Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Servicios de consultoría en los campos de tecnología de la información, hardware computacional, software computacional y computación en la nube; consultoría de seguridad de datos informaticos; desarrollo de software y hardware computacional; diseño, de hardware, software y redes computacionales, y sistemas de tecnología de la información; instalación de software para los clientes, in-situ en el domicilio del cliente y/o en la nube; servicios informáticos en línea, a saber, servicios de filtrado de correo no deseado (spam) para la protección de sitios web y aplicaciones en línea frente a la recepción de mensajes no solicitados; servicios informáticos, a saber, gestión in situ y remota de sistemas de tecnología de la información (TI) y la aplicación de software de terceros, y servicios de recuperación de datos informaticos; Servicios informáticos, a saber, mantenimiento de software para sistemas computacionales para terceros; Asistencia técnica, a saber, mantenimiento de funciones tecnológicas de sistemas de redes informáticas y servidores, servicio de asistencia técnica para equipos informáticos, sistemas operativos, sistemas de bases de datos y aplicaciones web, suministro de programas e instalaciones informáticos de respaldo; Servicios de consultoría en seguridad informática, a saber, protección de virus informáticos; Servicios de consultoría en seguridad informática, a saber, servicios de copia de seguridad y respaldo remoto en línea para datos informáticos; Servicios de almacenamiento, migración, recuperación, seguridad y encriptación de datos informáticos; Instalación, mantenimiento y reparación de software computacional; Servicios de hospedaje en servidores y en la nube; Servicios de consultoría tecnológica en el campo del diseño, selección, implementación y uso de sistemas de hardware y software para terceros; Consultoría en seguridad informática, a saber recuperación informática de sistemas y recuperación de datos informáticos; Alquiler de computadores y

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1290521 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de QUALCOMM INCORPORATED

Mixta Qualcomm snapdragon Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Elimine: “ consolas de videojuegos, máquinas y consolas de videojuegos móviles” por no pertenecer a la clase; puede reclasificarlo en clase 28 como sigue: “consolas de videojuegos, y consolas de videojuegos móviles” acompañando comprobante de pago por la clase que adiciona. Elimine: “ drones y vehículos aéreos no tripulados (UAV)” puede reclasificarlo en clase 12, acompañando comprobante de pago por la clase que adiciona. Aclare: “dispositivos de medios portátiles” Reemplace en toda la cobertura: “dispositivos” por “aparatos”.

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Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1295896 Johansson & Langlois, en representación de Mother's Milk, Inc. DBA Spectra Baby y Uzinmedicare Co.

Mixta SPECTRA Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 10: aclare o verifique "escobillas para biberones", pues la redacción induce a error con otras clases de productos. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26.10.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese a lo resuelto precedentemente. Téngase por acompañado poder para representar a ambos solicitantes en custodia bajo los N°s.113405 y 113241.

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Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1295897 Johansson & Langlois, en representación de Mother's Milk, Inc. DBA Spectra Baby y Uzinmedicare Co.

Denominativa SPECTRA Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 10: aclare o verifique "escobillas para biberones", pues induce a error con otras clases de productos. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26.10.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese a lo resuelto precedentemente. Téngase por acompañado poder para representar a ambos solicitantes en custodia bajo los N°s.113405 y 113241.

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Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1295898 Johansson & Langlois, en representación de Mother's Milk, Inc. DBA Spectra Baby y Uzinmedicare Co.

Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 10: aclare o verifique "escobillas para biberones", pues la redacción induce a error con otras clases de productos. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26.10.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese a lo resuelto precedentemente. Téngase por acompañado poder para representar a ambos solicitantes en custodia bajo los N°s.113405 y 113241.

1300971 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Mixta ProRes Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: elimine la expresión "otros" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

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Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1300972 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: elimine la expresión "otros" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1300974 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: elimine la expresión "otros" en todas las partes de la cobertura, pues se trata de una expresión demasiado amplia y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1301655 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa IPOD TOUCH En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. Atendido el artículo 9 letra b) del Reglamento de la Ley 19.039, cumpla con acompañar traducción al idioma español de la cobertura solicitada en la clase 9. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

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1304521 MARINO PORZIO, en representación de Loris Ronde

Denominativa SUN SONG Sin perjuicio de que el solicitante ha indicado en la presentación de la solicitud que la marca pedida no tiene traducción, y siendo evidente que el signo está compuesto de una o más palabras en idioma extranjero, y atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de los elementos en idioma extranjero que componen la marca solicitada.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

1304629 SARGENT & KRAHN, en representación de STARWOOD HOTELS & RESORTS WORLDWIDE, LLC

Mixta W RECORDS BY W HOTELS Habiéndose incorporado nueva(s) clase(s) a la solicitud y atendido lo señalado por el art. 10 letra f) del Reglamento de la Ley 19.039, que establece la obligación de acompañar el comprobante del pago de los derechos, en concordancia con los artículos 18 bis B y 23 bis A de la Ley 19.039 que señalan que la inscripción de marcas comerciales, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, estarán afectas al pago de un derecho equivalente a tres unidades tributarias mensuales (UTM) por cada clase solicitada, de las cuales al presentarse la solicitud, deberá pagarse el equivalente a una UTM, sin lo cual no se le dará trámite, se resuelve: Acompañe el pago de tasa correspondiente a la cantidad de clases que adiciona a su solicitud.

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1304945 Clarke, modet y C° Chile SpA, en representación de Wei Xu

Denominativa ANANY Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Por corregida parcialmente la cobertura, de un mejor análisis, se resuelve: Reemplace: “servicios de asistencia para la gestión empresarial y las funciones comerciales de una empresa industrial y comercial”; por “servicios de asistencia comercial para la gestión empresarial y las funciones comerciales de una empresa industrial y comercial”Mejore redacción de: “Servicios de asistencia para el funcionamiento de una empresa comercial en régimen de franquicia”;Especifique en que consiste el servicio de: “la prestación de servicios de atención al cliente” en el “Servicios de administración de negocios y gestión empresarial, a saber, la prestación de servicios de atención al cliente y…….” por cuanto la “atención al cliente” por si sola es un término demasiado amplio que puede confundirse con servicios de otras clases. .Téngase presente modificación de razón social del representante en virtud de poder custodiado con el numero 118480

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1306283 Rodrigo Marre Grez, en representación de JVX Desenvolvimento de Sistemas Ltda.

Mixta JURYVOX Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35: especifique "investigación", pues de lo contrario la redacción induce a error con otras clases de servicios. Al primer otrosí del escrito de fecha 07.02.2019: téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°118573. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

1306909 Jarry IP SpA, en representación de BSN medical GmbH

Mixta Actimove Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 5: aclare o verifique "vendajes de presión", pues la redacción podría inducir a error con productos de la clase 10.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 10/08/2018.

1309068 PCM Abogados Limitada, en representación de DeRoyal Industries, Inc.

Mixta PROSPERA SPECTRUUM Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

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Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1309069 PCM Abogados Limitada, en representación de DeRoyal Industries, Inc.

Mixta PROSPERA PROPEL Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

1309403 Patricio Ignacio de La Barra Gili, en representación de Transbank S.A

Mixta O Habiéndose presentado escrito dentro de plazo sin dar cumplimiento a lo observado previamente en resolución de fecha 15/01/2019, se resuelve: cumpla debida e íntegramente con lo ordenado en la resolución individualizada anteriormente. En la eventualidad de no efectuarse las modificaciones y/o aclaraciones solicitadas por este Instituto, se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. Acompañe redacción de cobertura para la Clase 36, que incluya las modificaciones en virtud de las cuales busca aclarar los productos y/o servicios observados con fecha 15/01/2019. Acompañe etiquetas que cumplan con el tamaño señalado en el Reglamento (5x5 a 20x20 cms) y con una nitidez suficiente. Se recomienda utilizar el formato de 10x10. Aclare RUT del representante de autos, pues pareciera que se encuentra descrito en forma incompleta.

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1309404 Patricio Ignacio de La Barra Gili, en representación de Transbank S.A

Mixta ONEPAY En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. Acompañe redacción de cobertura para la Clase 36, que incluya las modificaciones en virtud de las cuales busca aclarar los productos y/o servicios observados con fecha 15/01/2019. Aclare o complete el RUT del representante de autos, pues se encuentra descrito a fojas 1 en forma incompleta. Téngase presente Etiqueta.

1309608 SARGENT & KRAHN, en representación de HP HEWLETT PACKARD GROUP LLC

Mixta OMEN BY HP Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: aclare redacción o elimine MEDIAS DE COMPRESION Y MANGAS DECOMPRESION por inducir a error con clase 10; aclare MUÑEQUERAS por inducir a error con clase 28; aclare MASCARILLAS por inducir a error con productos de otras clases. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 20/02/2019.

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Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1309610 SARGENT & KRAHN, en representación de HEWLETT-PACKARD DEVELOPMENT COMPANY, L.P.

Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: aclare redacción o elimine MEDIAS DE COMPRESION Y MANGAS DECOMPRESION por inducir a error con clase 10; aclare MUÑEQUERAS por inducir a error con clase 28; aclare MASCARILLAS por inducir a error con productos de otras clases. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 20/02/2019.

1309901 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Neste Oyj

Denominativa NEXPINUS Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 42: aclare "; servicios de expertos y consultas en el ámbito de productos de energía renovable y aceite". Aclare "modelización de equilibrios de masa y energía así como de la conducta dinámica de la madera".Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 25.02.2019.

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1309935 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de RENERGETICA SPA

Mixta Renergetica Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

1309964 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Hotel Lotte Co., Ltd.

Mixta SIGNIEL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 43: aclare "Servicios turísticos de casas de vacaciones". Aclare "coctelería". Especifique "Servicios de reserva de habitaciones" o bien corrija por alquiler de habitaciones para funciones sociales.Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

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1310399 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de CLX Communications AB

Denominativa SINCH Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: elimine la expresión "kits". En la clase 42: especifique "Consultoría, asesoramiento e información sobre servicios informáticos". Especifique "Servicios de investigación" y "Servicios de diseño", pues de lo contrario induce a error la redacción con otras clases de servicios. Al otrosí del escrito de fecha 01.02.2019: téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°117864. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1310407 Clarke, Modet y C° SpA, en representación de The Nikka Whisky Distilling Co., Ltd.

Mixta NIKKA En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. Por corregida cobertura. Previo a proveer correccion de la razon social del solicitante acompañe copia simple de RUT

1310412 Clarke, Modet y C° SpA, en representación de The Nikka Whisky Distilling Co., Ltd.

Mixta NIKKA En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. Por corregida cobertura. Previo a proveer correccion de la razon social del solicitante acompañe copia simple de RUT

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1310626 MARINO PORZIO, en representación de CFA Institute

Denominativa CFA SOCIETY Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35 aclare “suministro de información profesional sobre la información de empleo en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero” pudiendo corregir como “suministro de información profesional sobre empleo, en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero ”.

1310628 MARINO PORZIO, en representación de CFA Institute

Mixta CFA Institute Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35 aclare “suministro de información profesional sobre la información de empleo en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero” pudiendo corregir como “suministro de información profesional sobre empleo, en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero ”.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

16

1310629 MARINO PORZIO, en representación de CFA Institute

Denominativa CFA INSTITUTE Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35 aclare “suministro de información profesional sobre la información de empleo en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero” pudiendo corregir como “suministro de información profesional sobre empleo, en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero ”.

1310630 MARINO PORZIO, en representación de CFA Institute

Denominativa CFA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35 aclare “suministro de información profesional sobre la información de empleo en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero” pudiendo corregir como “suministro de información profesional sobre empleo, en el campo de la gestión de inversiones y el análisis financiero ”.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

17

1310948 NICOLÁS GARCÍA LORCA, en representación de House of Anita Dongre Limited

Mixta ANITA DONGRE Atendido a lo dispuesto en el artículo 20 letra c) de la Ley N° 19.039, y el hecho de que la marca pedida incluye lo que pareciera ser el nombre de una persona natural, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 10 letra b) del Reglamento de la citada Ley, acompañando documento(s) autorizados ante Ministro de Fe en que conste fehacientemente el consentimiento de la persona cuyo nombre se pretende registrar, o de sus herederos si hubiere fallecido, en cuyo caso deberá acreditar esta calidad; o en caso de solicitarse el registro de un nombre de fantasía que no corresponda a persona natural o jurídica alguna, acompáñese una declaración jurada en tal sentido.Se corrige redacción de cobertura en Clase 35.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

18

1311249 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa INFINITE INTELLIGENCE OFFICER Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

19

1311250 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa CHIEF INFINITE INTELLIGENCE OFFICER

Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

20

1311252 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa BEYOND ARTIFICIAL INTELLIGENCE Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

21

1311254 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa BEYOND AI Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

22

1311255 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa CHIEF ALCHEMIST Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

23

1311257 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa CHIEF ALCHEMIST OFFICER Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

24

1311258 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa THE ALCHEMIST Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

25

1311259 SARGENT & KRAHN, en representación de WILD RABBIT, LLC

Denominativa INFINITE INTELLIGENCE Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante. Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 42, corrija SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD por SERVICIOS DE CONSULTORIA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

26

1311401 SARGENT & KRAHN, en representación de CLOSURELOGIC GMBH

Denominativa ALU SMART Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: clase 6, cierres metálicos para botellas y sus partes y piezas. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 20/02/2019.

1311434 JORGE MARCIAL VENEGAS ALFARO, en representación de COMERCIALIZADORA INDUSTRIAL W&L LTDA.

Mixta w&l Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.El poder custodiado bajo el n°106707 Comercializadora Industrial W & L Limitada otorga poder a don WLADIMIR HORACIO FADEL REYES.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

27

1311438 ELÍAS MAXIMILIANO PEÑAILILLO CARRASCO, en representación de CLAUDIO MAURICIO SAN MARTÍN NAVARRO

Mixta CHILE ADORA Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Previo a proveer comparezca ELÍAS MAXIMILIANO PEÑAILILLO CARRASCO a firmar ante la Conservadora de Marcas el escrito presentado con fecha 27/02/2019 o en su defecto ratifíquese el escrito mencionado, dentro del plazo para cumplir la observación, en razón que se infringe lo establecido en el art. 3 de la Ley 19.799, por cuanto la firma electrónica no corresponde a la de quien comparece en el escrito presentado.Recuerde que todos los documentos que se acompañen con escritos presentados por Internet tienen el carácter de copia simple.

1311827 OSMAN KILDIS, en representación de IMPORTADORA EBAR LTDA

Mixta FIVE STAR Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

28

1311999 LUIS WILFREDO VILLARROEL VILLALÓN, en representación de COMERCIALIZADORA QUALITY WATCH SPA

Mixta GV GIORGIE VALENTIAN Atendido a lo dispuesto en el artículo 20 letra c) de la Ley N° 19.039, y el hecho de que la marca pedida incluye lo que pareciera ser el nombre de una persona natural, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 10 letra b) del Reglamento de la citada Ley, acompañando documento(s) autorizados ante Ministro de Fe en que conste fehacientemente el consentimiento de la persona cuyo nombre se pretende registrar, o de sus herederos si hubiere fallecido, en cuyo caso deberá acreditar esta calidad; o en caso de solicitarse el registro de un nombre de fantasía que no corresponda a persona natural o jurídica alguna, acompáñese una declaración jurada en tal sentido.Se reitera observacion por cuanto los documentos acompañados por internet, constituyen, para estos efectos, copia simple. excepto aquellos documentos que cuentan con Firna Electronica Avanzada

1312063 Alfero y Figueroa Ltda., en representación de Sociedad Comercializadora y de Servicios Macal Limitada

Denominativa KARCAL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Aclare: "explotación de mercados para vendedores y compradores de productos y servicios"; por cuanto son términos demasiado amplios que inducen a error con otras clases ..

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

29

1312069 Alfero y Figueroa Ltda., en representación de Sociedad Comercializadora y de Servicios Macal Limitada

Denominativa KARKAL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: De un mayor analisis, Aclare: "explotación de mercados para vendedores ycompradores de productos y servicios"; por cuanto son temrinos demasiado amplios que inducen a error con otras clases .

1312247 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de BIGBEN INTERACTIVE, Société Anonyme

Mixta DAIJA ARCADE STICK Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 28: elimine la frase "comprendidos en esta clase", pues se trata de una redacción demasiado amplia y esta Oficina no acepta este tipo de descripciones. Atendido el artículo 9 letra b) del Reglamento de la Ley 19.039, cumpla con acompañar transliteración de los caracteres chinas que incorpora en las etiquetas ofrecidas así como su correspondiente traducción al idioma español. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

30

1312417 Clarke, Modet y C° SpA, en representación de Seasonal Supplies Pty Ltd.

Denominativa MONETTA Revisado el documento de poder, se ha podido constatar que la(s) persona(s) designada(s) como mandataria(s) por el solicitante no corresponde(n) a la(s) persona(s) citadas como representante(s) a fojas 1. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: aclare representante de modo que exista concordancia entre la información contenida en la solicitud y la individualización del representante designado en el poder acompañado o citado en custodia. A escrito de fecha 07.02.2019: el poder que se cita en custodia bajo el N°118825 indica como representante a Clarke, Modet y C° Chile SPA y a fojas 1 de la solicitud de registro se indivualiza a Clarke, Modet y C° SPA. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 05.03.2019.

1312567 Alfero y Figueroa Ltda., en representación de Novalume Chile SPA

Denominativa LUMINTELL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en Clase 42 aclare "Explotación de un software y hardware parael control del alumbrado y la optimización energética" por inducir a error con otras clases.

1312602 Proceso y Control de Fluidos SpA, en representación de PABLO LEONARDO CERNA JULIO

Denominativa PCFlow En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica.Previo a proveer escrito de 28/02/2019, señale claramente la indivudualizacion de quien actuara como solicitante y como representante.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

31

1312959 Giraldo Trujillo Juan Fernando, en representación de INVERSIONES CALZON SPA

Mixta FULL PHONE Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 35: servicios de importación, exportación, venta al por mayor y al detalle y a través de internet de teléfonos móviles y sus partes y piezas.. Señale expresamente si acepta o no la cobertura propuesta en la presente resolucion. Tengase presente poder custodiado con el numero 118388

1313810 MARIELA DE LOURDES RUIZ SALAZAR, en representación de AGT ABOGADOS S.A.S.

Mixta Honor del Castillo En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica. tengase presente poder custodiado con el numero 119524. En cuanto a la cesion de derechos acompañada, previo a proveerla acompañe numero de RUT del cesionario atendido que señala que el domicilio de este corresponde a Moneda 1040, oficina 802, comuna de Santiago.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

32

1313957 ENRIQUE LEONARDO FAÚNDEZ CERPA, en representación de Buena Causa SpA

Mixta Buena Causa Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir buenacausa.cl.

1314835 AB Mark Sociedad Ltda., en representación de Agrovet Market S.A.

Denominativa ECOMONEDA Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.A escrito de fecha 21.02.2019: presente cesión de solicitud en forma. El documento de cesión de solicitud presentado y que se encuentra custodiado bajo el N°119463, se encuentra en el repositorio de anotaciones.

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

33

1314836 AB Mark Sociedad Ltda., en representación de Agrovet Market S.A.

Denominativa ECOMONEDA Revisados los antecedentes, se ha verificado que el número de custodia indicado a fojas 1 no corresponde al solicitante de autos. Atendido este hecho y lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; art. 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada Ley, se resuelve: acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple) o en su defecto indique el número de custodia de poder que verdaderamente corresponde al solicitante.A escrito de fecha 21.02.2019: presente cesión de solicitud en forma. El documento de cesión de solicitud presentado y que se encuentra custodiado bajo el N°119463, se encuentra en el repositorio de anotaciones.

1314846 JORGE LUIS PINO ZÚÑIGA, en representación de CARLOS ALBERTO CANEPA BALDASSANO

Denominativa AUTOMOTORA IQUIQUE Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 12: establecimiento comercial para la compra y venta de vehículos motorizados, partes y piezas de vehículos. En la Región de Tarapacá.

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34

1314849 PATRICIA ALEJANDRA STOCKER GONZÁLEZ, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARTINEZ Y ORELLANA LIMITADA

Figurativa Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 3: productos de limpieza. Preparación para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos y lociones para el cabello. En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir rik's.Corrija igualmente el tipo de marca pedida de Figurativa a Mixta.

1314852 PATRICIA ALEJANDRA STOCKER GONZÁLEZ, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARTINEZ Y ORELLANA LIMITADA

Figurativa En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir rik's.Corrija igualmente el tipo de marca solicitada de Figurativa a Mixta.

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35

1314855 PATRICIA ALEJANDRA STOCKER GONZÁLEZ, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARTINEZ Y ORELLANA LIMITADA

Figurativa En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir rik's.Corrija igualmente el tipo de marca pedida de Figurativa a Mixta.

1314857 PATRICIA ALEJANDRA STOCKER GONZÁLEZ, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARTINEZ Y ORELLANA LIMITADA

Figurativa En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir rik's.Corrija igualmente el tipo de marca pedida de Figurativa a Mixta.

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36

1315029 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de LOCK & LOCK CO., LTD.

Mixta LL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 11, aclare redacción de “Paquetes de calefacción” por cuanto no se entiende el producto solicitado.En clase 21, Corrija “Aparatos pequeños de cocina para uso doméstico para procesar alimentos y bebidas distintos de los eléctricos” por “utensilios de cocina no eléctricos para procesar alimentos y bebidas”; elimine “Cáñamo para la limpieza” por no corresponder a la clase; aclare “Torneros para uso en la cocina”; corrija “Productos a base de vidrio (no para la construcción)” por “vidrio en bruto o semielaborado, excepto para la construcción”; aclare “Aparatos no electrónicos para la prevención de parásitos”; aclare “Tapetes de mesa, no de papel o de tela”; aclare “Redes/mallas para el lavado”; aclare “Bastidores de secado de ropa”; aclare “Tazas dosificadoras para cocinar” por inducir a confusión con clase 9; elimine “Orinales (bacinillas) para niños” por no corresponder a la clase; aclare “Utensilios usados en ritos ancestrales” por cuanto no se entiende el producto solicitado; aclare “Woks”.

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37

1315030 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de LOCK & LOCK CO., LTD.

Denominativa LocknLock Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Corrija “Aparatos pequeños de cocina para uso doméstico para procesar alimentos y bebidas distintos de los eléctricos” por “utensilios de cocina no eléctricos para procesar alimentos y bebidas”; elimine “Cáñamo para la limpieza” por no corresponder a la clase; aclare “Torneros para uso en la cocina”; corrija “Productos a base de vidrio (no para la construcción)” por “vidrio en bruto o semielaborado, excepto para la construcción”; aclare “Aparatos no electrónicos para la prevención de parásitos”; aclare “Tapetes de mesa, no de papel o de tela”; aclare “Redes/mallas para el lavado”; aclare “Bastidores de secado de ropa”; aclare “Tazas dosificadoras para cocinar” por inducir a confusión con clase 9; elimine “Orinales (bacinillas) para niños” por no corresponder a la clase; aclare “Utensilios usados en ritos ancestrales” por cuanto no se entiende el producto solicitado; aclare “Woks”..

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38

1315032 Matías Francisco Quezada Pérez, en representación de CRS Brain Ingeniería SpA

Mixta CRS BRAIN INGENIERÍA SPA Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 35, Gestión comercial. Clase 36, Gestión financiera. Clase 42, Consultoría sobre ingeniería . En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir corrija marca a CRS BRAIN. En caso de aceptar propuesta de cobertura acompañe comprobante de pago de clases adicionadas.

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39

1315035 Matías Francisco Quezada Pérez, en representación de M.E. Inversiones SpA

Mixta M.E. Inversiones Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: elimine "accesorios" por no corresponder a la clase solicitada, además de tratarse de un término demasiado amplio que esta Oficina no acepta. En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir corrija marca a "M.E" .

1315049 Concha Ebeling Luis Eduardo, en representación de Comercializadora Maktotal SpA

Denominativa MAKTOTAL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: corrija "Servicios de reparación, mantención, instalación y reacondicionamiento de productos comprendidos de la clase 6, clase 7, clase 8, clase 9 y clase 11" por "Servicios de reparación, mantención, instalación y reacondicionamiento de productos comprendidos de la clase 6, clase 7, clase 8, clase 9 (excepto software) y clase 11" .

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40

1315066 BERENICE DE LAS NIEVES ROMANINI CORREA

Mixta VITAFRUTTA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, referido a la especificación clara de la marca y la obligación de describir la misma, se resuelve: Describa la representación gráfica del signo pedido, señalando cuales elementos están contenidos en ella, la forma y disposición de estos mismos y los colores de los cuales está compuesta, así como la tipografía o fuente utilizada en caso que ésta contenga letras, números y/o palabras. En atención a que acompaño 6 diseños de etiqueta distintos para una misma solicitud de marca, lo cual es improcedente, se resuelve: acompañe etiqueta definitiva (la cual deberá corresponder a uno de los diseños presentados) en las cuales se pueda distinguir con claridad la totalidad de la marca solicitada. Aclare y verifique cobertura solicitada por cuanto su redacción es muy amplia y no corresponde a la clase solicitada. Sesugiere al solicitante que revise el Clasificador de porductos y servicios de Inapi disponible en https://ion.inapi.cl/Marca/ClasificadorNiza.aspx

1315078 Clarke, Modet y C° Chile SpA, en representación de EUROPEAN QUALITY ASSURANCE SPAIN SL

Mixta EQA Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: aclare "servicios de auditoría de calidad" por cuanto induce a confusión con servicios de clase 35.

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41

1315081 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de JETEX FZE

Mixta JETEX FLIGHT SUPPORT Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en clase 36, corrija "Servicios de seguros" por "servicios de suscripción de seguros"; corrija "negocios inmobiliarios" por "servicios de agencias inmobiliarias". En clase 37, especifique el objeto de "servicios de reparación; servicios de instalación". En clase 43, corrija "hospedaje temporal" por "reserva y alquiler de hospedaje temporal".

1315083 Clarke, Modet y C° Chile SpA, en representación de Mainstream Renewable Power Limited

Figurativa Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).

1315085 Clarke, Modet y C° Chile SpA, en representación de Pronutrition do Brasil Industria e Comercio de Suplementos Alimentares LTDA.

Mixta PRONUTRITION Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: corrija "sales minerales" por "sales minerales para uso médico".

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42

1315090 SILVA Y CIA., en representación de AGF, Agro Group Farms S.A.

Mixta FUNDO LAS VERTIENTES CONDOMINIO FUTRONO LAGO RANCO

Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: corrija “Campos de perfeccionamiento deportivo” por “servicios de campamentos (cursillos) de perfeccionamiento deportivo”; corrija “Publicaciones electrónicas (no descargables)” por “suministro de publicaciones electrónicas en línea no descargables”.

1315092 SILVA Y CIA., en representación de AGF, Agro Group Farms S.A.

Mixta FUNDO LAS VERTIENTES CONDOMINIO FUTRONO LAGO RANCO

Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: corrija redacción de "explotación de camping, de campos y de casas para vacaciones (hospedaje temporal)" por "explotación de campings, servicios de campamentos de vacaciones (hospedaje temporal)y servicios de casas de vacaciones (hospedaje temporal)".

1315096 CLAUDIO SEBASTIÁN VILA PÉREZ, en representación de Sportbr Chile SpA

Mixta SPORTBR Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Acompañe poder en forma, por cuanto en el n° de poder acompañado no se individualiza a quien tiene la representación legal del solicitante con facultades suficientes para comparecer ante Inapi.

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43

1315100 Sociedad gastronomica F y C ltda, en representación de CINDY FERNANDA CAMPOS RODRÍGUEZ

Mixta Eien Sushi Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).

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Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

44

1315104 PRIYANKA SRINIVAS Mixta THE LIVE GREEN COMPANY Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 3, aclare “Productos de cuidado personal; Productos de cuidado personal hechos con plantas; Productos para el cuidado del hogar hechos con plantas” por cuanto no es claro que se trate de productos de la clase.En clase 29, aclare “Preparaciones de súper alimentos de vegetales y legumbres” por cuanto su redacción induce a error con productos de otras clases. En clase 30, corrija “Quinoa instantánea; Quinoa lista para cocinar; Quinoa con vegetales, semillas y condimentos” por “quinoa procesada instantánea; quinoa procesada lista para cocinar; quinoa procesada con vegetales, semillas y condimentos”; aclare “Preparaciones de súper alimentos de semillas, granos y cereales listos para cocinar” por cuanto su redacción induce a error con productos de otras clases . En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca pedida en la presentación de la solicitud, y habiéndose advertido una falta de concordancia entre lo indicado por el solicitante como título o denominación y el ejemplar del signo pedido acompañado al expediente, se resuelve: Corrija el título del signo pedido de modo que coincida con aquel que aparece en la representación gráfica o imagen acompañada conforme lo dispone el art. 10 letra a) del mencionado reglamento, es decir "THE LIVE GREEN CO.".

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1315358 SILVA Y CIA., en representación de Sodimac S.A. Denominativa TIMBERMAC Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 20: especifique "productos de madera" o bien elimine.

1315371 SARGENT & KRAHN, en representación de XEROX CORPORATION

Denominativa BALTORO Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 7: corrija "aparatos de entintado para sistemas de impresión" por aparatos de entintado (imprenta) para sistemas de impresión. Corrija "componentes estructurales para los productos anteriormente mencionados" por partes y piezas de los productos anteriormente mencionados. En la clase 9: corrija "componentes estructurales para todos los productos anteriormente mencionados" por partes y piezas de los productos anteriormente mencionados.

1315378 LUIS FELIPE CLARO SWINBURN, en representación de MURRAY, SONS & COMPANY, LIMITED

Mixta CUTTERS CHOICE VIRGINIA BRIGHT BLEND

Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 34: elimine o especifique "productos hechos de tabaco".

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1315379 LUIS FELIPE CLARO SWINBURN, en representación de MURRAY, SONS & COMPANY, LIMITED

Denominativa CUTTERS CHOICE VIRGINIA BRIGHT BLEND

Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 34: elimine o especifique "productos hechos de tabaco".

1315380 HANS EDUARDO BURGOS HERNÁNDEZ Mixta Burgos & Burgos Atendido lo señalado anteriormente, se sugiere al solicitante la siguiente redacción de cobertura: Clase 37: Instalación y mantenimiento de líneas eléctricas en media y baja tensión; instalación y mantenimiento de sistemas de detección y extinción de incendios, cámaras de seguridad, control acceso, sistema roboasalto y citofonia; servicios de asesorías en instalación y reparación de líneas eléctricas. Clase 45: servicios de seguridad para la protección física de bienes y personas. En caso de reclasificar de la forma señalada y no haber solicitado originalmente las clases indicadas en la sugerencia, deberá acompañar el comprobante de pago correspondiente al impuesto por la(s) clase(s) adicional(es) resultante(s) de la reclasificación. Se corrige de oficio el titulo de la marca solicitada BURGOS & BURGOS, conforme a las etiquetas y a parte de la descripción de las mismas. Se corrige de oficio la descripción de las etiquetas conforme a las mismas.

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47

1315381 ANTONIETA XIMENA ALIAGA ARAGÓN, en representación de Naman thiy spa

Mixta Aceite de coco Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, referido a la especificación clara de la marca y la obligación de describir la misma, se resuelve: Describa la representación gráfica del signo pedido, señalando cuales elementos están contenidos en ella, la forma y disposición de estos mismos y los colores de los cuales está compuesta, así como la tipografía o fuente utilizada en caso que ésta contenga letras, números y/o palabras. Atendido lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.039 y el estado administrativo de la solicitud de registro del signo pedido, respecto del cual no se ha otorgado aún registro y por ende no se encuentra aún inscrito en los términos que señala la norma ya citada, acompañe nuevos ejemplares de la representación gráfica del signo pedido, idénticas en diseño y colores a la acompañada inicialmente, que no contengan el símbolo ®. Atendido lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.039, y el hecho que la representación gráfica del signo pedido incorpora el símbolo ™, el cual es indicativo de registro concedido y vigente, y visto el estado administrativo de la solicitud, cuyo procedimiento de registro no se encuentra aún finalizado, se resuelve: acompañe nuevos ejemplares de la representación gráfica del signo pedido, idénticas en diseño y colores a la acompañada inicialmente, que no contengan el símbolo ™. Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 3: aceite de coco para uso cosmético. En razón de lo establecido en el art. 9 letra b) del Reglamento de la Ley N° 19.039, que establece la obligación de indicar la especificación clara de la marca

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Sección M1:

Observaciones de Forma

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

48

1315386 RAÚL ALFONSO MONTERREY GARAY, en representación de Aloxo SPa

Mixta champupi's Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: Clase 3: Shampoo, desodorantes, lociones , cremas, Perfumes, Talco, Bálsamo, acondicionadores para animales.

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

49

1277254 MARINO PORZIO, en representación de Seche Environnement

Mixta Séché connect A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1279679 CHRISTIAN GUSTAVO ERNST SUÁREZ, en representación de Microsoft Corporation

Figurativa Tengase por cumplido lo ordenado.

1279793 MARINO PORZIO, en representación de SECHE ENVIRONNEMENT

Figurativa A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1293641 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Goodpack IBC (Singapore) Pte Ltd

Mixta TOMATOCUBE TOMATOCUBE Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 31.08.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Téngase presente poder en custodia bajo el N°109284.

1293642 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Goodpack IBC (Singapore) Pte Ltd

Mixta TOMATOCUBE TomatoCube Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 31.08.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°109284.

1293721 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de XIAOMI INC.

Denominativa POCO Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26.10.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese al mérito de lo resuelto precedentemente.

1295004 RODRIGO BULNES ÁLAMOS, en representación de DECATHLON

Denominativa PERFLY A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1295400 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de SCR ENGINEERS LTD.

Denominativa SENSEHUB Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26.10.2018. A escrito de fecha 01.02.2019: como se pide, estese a lo resuelto precedentemente.

1300973 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Figurativa Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

50

1302152 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa IPOD TOUCH Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1302268 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de ELESDOPA, S.L.

Denominativa ELESDOPA Tengase por cumplido lo ordenado.

1303121 MARINO PORZIO, en representación de H&F S.r.l.

Mixta TMC A escrito de fecha 01.03.2019: por cumplido lo ordenado y téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°117378.

1303317 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa LIQUID RETINA Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1303835 Estudio Transglobo Ltda., en representación de Covia Holdings Corporation

Denominativa COVIA Tengase por cumplido lo ordenado.

1304306 SILVA Y CIA., en representación de Avante Inversiones S.p.A

Mixta avante financial group Tengase presente compraventa de solicitud de marca y pór corregida cobertura.

1305119 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de MONSTER ENERGY COMPANY

Mixta M MONSTER ENERGY A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1305155 JARRY IP SpA, en representación de BSN medical GmbH

Mixta JOBST Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

1306005 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de ROCKWELL AUTOMATION, INC

Denominativa FACTORYTALK Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 27/02/2019.

1306537 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Figurativa Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1308109 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa SIRI SHORTCUTS Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1308163 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Recreational Equipment, Inc.

Denominativa REI Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

51

1308537 SILVA Y CIA., en representación de LGS Specialty Sales Ltd.

Denominativa DARLING LEMONS Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

1309609 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de FMC Lithium USA Corp.

Mixta LL LIVENT Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

1309611 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de FMC Lithium USA Corp.

Mixta LL Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 26/02/2019.

1309808 SARGENT & KRAHN, en representación de DEBONAIR TRADING INTERNACIONAL LDA

Mixta GLOW BY SO...? A su escrito de fecha 01.02.2019: A lo principal, téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud; al otrosí, por acompañado poder.

1309824 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de MAURICIO ANDRÉS DE LA JARA CURIQUEO

Mixta WOK TO GO CHILI A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1310074 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de VALENTINO S.P.A.

Denominativa VLTN Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

1310241 SARGENT & KRAHN, en representación de BIO CREATIVE ENTERPRISES

Denominativa PETAL FRESH PURE SUPERFOODS Al otrosí del escrito de fecha 01.02.2019: téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°112790. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1310718 Clarke, Modet y C° Chile SpA, en representación de WisdomTree Investments, Inc.

Denominativa MODERN ALPHA Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 27/02/2019.

1311007 HUGO HERMANSEN LEIVA, en representación de Tramontina s.a. cutelaria

Mixta TRAMONTINA Téngase por cumplido lo ordenado.

1311024 BADIBOR MARCAS Y PATENTES SPA, en representación de UNIPARTS INGENIERIA Y SUMINISTROS SPA

Mixta UNIPARTS Por cumplido lo ordenado, sin perjuicio de ello de oficio se reemplaza "suministros" por "productos de la clase 01 a la 34"

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

52

1311074 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Godfrey Phillips India Limited

Mixta O ORIGINALS INTERNATIONAL FILTER KINGS O

Téngase por cumplido lo ordenado.

1311076 GUERRERO OLIVOS SPA, en representación de Sympla Internet Soluções S.A.

Denominativa SYMPLA Como se pide al desistimiento de la prioridad.

1311262 SARGENT & KRAHN, en representación de CANOPY GROWTH CORPORATION

Mixta CANOPY GROWTH CORPORATION Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 20/02/2019.

1311569 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Holding Gonvarri, S.R.L.

Mixta Suports by Gonvarri Steel Services Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

1311583 SARGENT & KRAHN, en representación de HP HEWLETT PACKARD GROUP LLC

Mixta HP Z Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 20/02/2019.

1311706 Muñoz Jeanneret Alvarez y Cia., en representación de August Rüggeberg GmbH & Co. KG

Mixta VICTO GRAIN A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1311718 Muñoz Jeanneret Alvarez y Cia., en representación de August Rüggeberg GmbH & Co. KG

Denominativa VICTOGRAIN A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1311837 Carlos Gustavo Aravena Bittner., en representación de G Gravity Enginnering, S.A.

Mixta GGravity A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1312048 Prestaciones y Asesorías Jurídica Patmark Limitada, en representación de SHENZHEN 2WIN TECH LIMITED

Mixta BOBO BIRD Por cumplido lo ordenado.

1312059 Alfero y Figueroa Ltda., en representación de Sociedad Comercializadora y de Servicios Macal Limitada

Denominativa KARCAL Téngase por cumplido lo ordenado.

1312075 NICOLÁS ANDRÉS CAMPOS OYARZÚN Mixta aerial. A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

1312123 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de COATEX

Denominativa OPALE Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 18.02.2019.

1312299 LUIS IGNACIO OLMEDO BUSTOS, en representación de Mattel, Inc

Denominativa TU PUEDES SER LO QUE QUIERAS SER

A su escrito de fecha 27/02/2019 se resuelve: Por cumplido lo ordenado.

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

53

1312314 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de SANOFI BIOTECHNOLOGY

Mixta LIBTAYO Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 15.02.2019.

1312375 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de BACARDI & COMPANY LIMITED

Denominativa DEWAR'S DOUBLE AGED FOR EXTRA SMOOTHNESS

Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 12.02.2019.

1312627 ALBAGLI, ZALIASNIK & CÍA., en representación de SK BERGÉ S.A.

Denominativa IBEROCAR Téngase por cumplido lo ordenado.

1312704 MARINO PORZIO, en representación de Klimber S.A.

Mixta tranqi Téngase por cumplido lo ordenado.

1312729 MATÍAS EDUARDO ARAYA VARELA, en representación de CHEN DIAN SONG

Figurativa Téngase por cumplido lo ordenado.

1312859 COOPER & CIA LTDA., en representación de WALMART CHILE S.A.

Denominativa Lider, Precios de Bicampeón Téngase por cumplido lo ordenado.

1312877 JAVIER ERNESTO JIMÉNEZ TAPIA Denominativa affini Téngase por cumplido lo ordenado.

1312900 JORGE GARAY PÉREZ, en representación de Zellstoff Pöls AG

Mixta starkraft MG Bleached Téngase por cumplido lo ordenado.

1312911 DANILO PATRICIO FUENTES OBREQUE Denominativa Hermetigas Téngase por cumplido lo ordenado.

1313089 CARLOS GUSTAVO ARAVENA BITTNER, en representación de Empresas Coipsa S.A.

Denominativa EMPRESAS COIPSA, DALE VIDA A LOS RESIDUOS

Téngase por cumplido lo ordenado.

1314041 JORGE ANDRÉS RODRÍGUEZ GAETE, en representación de Yahgan Audio Lab and desing Jorge Andres Rodriguez Gaete EIRL

Mixta YAHGAN AUDIO LAB Téngase por cumplido lo ordenado.

1314800 AR CONSULTING SPA, en representación de EXELTIS HEALTHCARE, S.L.

Denominativa PREXEL A escrito de fecha 04.03.2019: téngase por acompañado poder en custodia bajo el N°119840.

1314841 VALENTINA ANTONELLA VENTURELLI SANTA MARÍA, en representación de SAP SE

Denominativa SAP FIORI

1315036 Francisco Javier Vivanco Abarca Denominativa ELLE

1315042 SILVA Y CIA., en representación de Compañía de Seguros CorpSeguros S.A.

Denominativa CORPSEGUROS A escrito de fecha 25/02/2019 téngase por acompañado n° de custodia de poder.

1315046 CARLOS BENITO CAMPBELL VILCHES, en representación de ZHISAN HU

Mixta DULCE AMOR

1315048 Concha Ebeling Luis Eduardo, en representación de Comercializadora Maktotal SpA

Denominativa MAKTOTAL

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

54

1315074 VALENTINA ANTONELLA VENTURELLI SANTA MARÍA, en representación de AFT Pharmaceuticals Limited

Denominativa Combogesic

1315075 VALENTINA ANTONELLA VENTURELLI SANTA MARÍA, en representación de AFT Pharmaceuticals Limited

Denominativa Maxigesic

1315079 Jarry Ip SpA, en representación de Smith & Nephew, Inc.

Denominativa EVOS

1315084 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de EL CORTE INGLES, S.A.

Mixta tintoretto

1315088 SILVA Y CIA., en representación de AGF, Agro Group Farms S.A.

Mixta FUNDO LAS VERTIENTES CONDOMINIO FUTRONO LAGO RANCO

1315089 SILVA Y CIA., en representación de AGF, Agro Group Farms S.A.

Mixta FUNDO LAS VERTIENTES CONDOMINIO FUTRONO LAGO RANCO

1315095 FERNANDA CONSTANZA REY GONZÁLEZ, en representación de Fürkü SpA

Mixta Fürkü Corrigiendo de oficio descripción de etiqueta en conformidad a etiquetas acompañadas y marca solicitada.

1315097 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de Ayma Arquitectura y Medio Ambiente Limitada

Mixta TECHO AYMA

1315347 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Mazda Motor Corporation

Denominativa MAZDA CX-4

1315349 ATRIUM S.A., en representación de CLAUDIO ANDRÉS URREA VALENZUELA

Mixta ENDESUSO

1315355 ATRIUM S.A., en representación de JOSÉ IGNACIO URRA CUMSILLE

Mixta BREEZE TOMA CONSCIENCIA

1315357 SILVA Y CIA., en representación de Televisión Nacional de Chile

Denominativa TRAJE DE SASTRE

1315360 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de PORSCHE CHILE SPA

Denominativa T-Roc

1315376 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de CLÍNICA VETERINARIA NICOLAS PEREZ GOMEZ E.I.R.L.

Mixta CRUZ AZUL

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

55

1315377 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de ÁLVARO IGNACIO PINEDA ANCIETA

Mixta MR COMPOST

1316390 NICOLÁS GARCÍA LORCA, en representación de Foshan Dongpeng Sanitary Wares Co.,Ltd

Mixta DONG PENG Téngase presente escrito de 05/03/2019

1316391 NICOLÁS GARCÍA LORCA, en representación de Guangdong Dongpeng Holdings Company Limited

Mixta DONG PENG Téngase presente escrito de 05/03/2019

1316396 JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA, en representación de EURO SECURITY S.A.

Mixta 1 2 3 SEGURO No ha lugar al cambio de denominación solicitado en escrito de 05/03/2019, ello atendido el principio de prioridad en virtud del cual la marca se fija al momento de la presentación de la solicitud.

1316397 JOSÉ MIGUEL CECIL FLORES ACUÑA, en representación de EURO SECURITY S.A.

Denominativa 1 2 3 SEGURO No ha lugar al cambio de denominación solicitado en escrito de 05/03/2019, ello atendido el principio de prioridad en virtud del cual la marca se fija al momento de la presentación de la solicitud.

1316467 ANDRÉS IGNACIO PEÑA ORTIZ Mixta STREET ENEMY Se corrige de oficio redacción de la descripción de cobertura solicitada atendida la representación gráfica que se presenta, quedando en los siguientes términos: “Cuadrilátero consistente en una línea en zigzag en carácter grueso, con relieve y perspectiva representando una calle o camino, bajo esto el nombre de la marca "STREET ENEMY" en blanco con fondo negro.

1316533 HARRIET LIZBETH FIGUEROA GODOY, en representación de HARRIET LIZBETH FIGUEROA GODOY SPA

Mixta DTransportes Se corrige de oficio redacción de la descripción de cobertura solicitada atendida la representación gráfica que se presenta, quedando en los siguientes términos: “bajo la línea similar a una carretera esta la frase (SIN PROTECCIÓN) "El transporte que TÚ necesitas" todas en

minúsculas en color negro exceptuando la palabra TÚ en mayúscula. Al costado derecho de la frase existen dibujos de diversos vehículos de transporte terrestres.

1316534 Prestaciones y Asesorías Jurídica Patmark Limitada, en representación de Alpha3 SpA

Mixta Time Factory

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

56

1316536 BLANCA ESTELA GARCÍA AGUILAR Denominativa zenit

1316539 LUIS CÉSAR AUGUSTO SALINAS MUÑOZ Mixta Salinas & Ojeda Abogados y Servicios Legales

1316542 SOFÍA DEL PILAR OLIVOS BRAVO Denominativa Dos Espacios

1316543 JUAN EDMUNDO RAMÓN BUDINICH VILLOUTA, en representación de Veritas corredores de seguros s.a.

Mixta NS veritas seguros Se corrige de oficio la denominación solicitada atendida la representación gráfica acompañada y la descripción de la misma, quedando en los siguientes términos: "NS veritas seguros". Se corrige de oficio traducción de la marca solicitada atendida la representación gráfica acompañada y la descripción de la misma, quedando en los siguientes términos: "NS verdad seguros".

1316545 VALENTÍN PATRICIO ALCALDE ORTIZ DE ZÁRATE, en representación de Sociedad de Inversiones WBSA

Mixta OUI

1316553 BÁRBARA POLET CONTRERAS CASTRO Mixta Huiña Gráfica Se corrige de oficio redacción de la descripción de cobertura solicitada atendida la representación gráfica que se presenta, quedando en los siguientes términos: “La etiqueta refleja la cara de un Huiña (animal de la familia de los félinos o félidos) acompañado del nombre de la marca con el slogan (SIN PROTECCIÓN) "Diseño del Sur"

1316557 FÁTIMA ESTEFANÍA FERNÁNDEZ DÍAZ Denominativa Ekine

1316558 COOPER & CIA LTDA., en representación de Dow AgroSciences LLC

Denominativa KORVETTO

1316559 CLAUDIA MARCELA OJEDA ORTIZ Mixta Claudette Se corrige de oficio la denominación solicitada atendida la representación gráfica acompañada, quedando en los siguientes términos: "Claudette". Se corrige de oficio redacción de la descripción de cobertura solicitada atendida la representación gráfica que se presenta, quedando en los siguientes términos: “Mujer con ovillo y un corazón, bajo esto la frase (SIN PROTECCIÓN) Diseño & Estilo y mas abajo el nombre de la marca CLAUDETTE".

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Sección M2:

Aceptación a Trámite

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

57

1316564 MAURICIO IGNACIO DEL CARMEN MIRANDA VELÁSQUEZ

Mixta AQUAvibes

1316565 PATRICIO ANTONIO DAHER JEREZ Mixta AirportPoint Se corrige de oficio la denominación solicitada atendida la representación gráfica acompañada, quedando en los siguientes términos: "AirportPoint".

1316572 BRUCE RONALD DENTON FEILMANN Mixta MIL CASCADAS VERTIENTE PATAGONICA

1316579 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Novartis AG

Denominativa AVIIRI

1316580 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Novartis AG

Denominativa EVARII

1316585 LILIAN VERÓNICA ALBORNOZ PÉREZ, en representación de ASCEND LABORATORIES SPA

Denominativa DEFATYL

1316586 SERGIO PATRICIO HORMAZÁBAL BAGLIETTO Denominativa Viñateros de Raíz

1316587 LILIAN VERÓNICA ALBORNOZ PÉREZ, en representación de ASCEND LABORATORIES SPA

Denominativa DEFATYL

1316590 LILIAN VERÓNICA ALBORNOZ PÉREZ, en representación de ASCEND LABORATORIES SPA

Denominativa DERTALYN

1316661 CAROLINA ANDREA RIBERA MONSÁLVEZ, en representación de SOCIEDAD MONSALVEZ LTDA

Denominativa CLICKDENT

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Sección M3:

Observaciones de Fondo

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

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1295211 Marino Gerónimo Porzio Bozzolo, en representación de Magellan

Denominativa BONOBO La presente solicitud de marca n°1295211 "BONOBO" presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos solicitados, configurando las causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a la marca BONOBOSS. Registro n° 1277917. Clase 14. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a la marca registrada distinguen coberturas idénticas. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el mercado y que se centra, generalmente, en el señalado conjunto; y iii) La búsqueda del elemento dominante que impregna la visión de conjunto de una marca denominativa compuesta, a fin de compararla con otra. Que, en este caso al efectuar la comparación gráfica entre el signo solicitado BONOBOy la marca registradaBONOBOSS se puede apreciar que el signo pedido es similar en su aspecto denominativo. En cuanto a la representación gráfica de la marca solicitada, se

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1296371 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa SMART TEMPO La presente solicitud de marca n°1296371 "SMART TEMPO" presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos solicitados, configurando las causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a la marca SMARTEMP. Registro n° 1229816. Clase 9. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a la marca registrada distinguen coberturas relacionadas. Se entienden como coberturas relacionadas los siguientes términos cuando entre sus ámbitos de protección de las mismas se aprecia que existe relación, sea por su naturaleza, función o finalidad, canales de comercialización, canales de distribución y/o áreas de prestación, los destinatarios finales de los productos o servicios que se pretenden identificar, o por su carácter competidor o complementario en el mercado. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el mercado y que se centra, generalmente, en el señalado

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1298254 Mahish Kumar Sadarangani Mahboobani, en representación de POSITEC GROUP LIMITED

Denominativa WORX La presente solicitud de marca n°1298254 "WORX" presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos solicitados, configurando las causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a la marca WORX BY RED WING SHOES. Registro n° 1019033. Clase 9. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a la marca registrada distinguen coberturas relacionadas. Se entienden como coberturas relacionadas los siguientes términos cuando entre sus ámbitos de protección de las mismas se aprecia que existe relación, sea por su naturaleza, función o finalidad, canales de comercialización, canales de distribución y/o áreas de prestación, los destinatarios finales de los productos o servicios que se pretenden identificar, o por su carácter competidor o complementario en el mercado. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el mercado y que se centra, generalmente, en el señalado

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1298314 SERGIO FERNANDO ROJAS MARÍN, en representación de ISOPRO S.A.

Denominativa LIF DETOX DRINK La presente solicitud de marca n°1298314 "LIF DETOX DRINK" presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos solicitados, configurando las causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a la marca LIFT. Registro n° 949931. Clase 32. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a la marca registrada distinguen coberturas idénticas. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el mercado y que se centra, generalmente, en el señalado conjunto; y iii) La búsqueda del elemento dominante que impregna la visión de conjunto de una marca denominativa compuesta, a fin de compararla con otra. Que, en este caso al efectuar la comparación gráfica entre el signo solicitado LIF DETOX DRINK y la marca registrada LIFT se puede apreciar que el signo pedido es similar en su aspecto denominativo. .En cuanto a la

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1303437 IGNACIO MIGUEL MARTÍNEZ CORNEJO, en representación de Eckes-Granini Austria GmbH

Mixta PAGO La presente solicitud de marca presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos, configurando las

causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a Registro 890757 Marca LOS PAGOS que protege bebidas alcoholicas de la clase

33. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a la marca registrada distinguen coberturas están relacionadas, puesto que bebidas alcohólicas de la clase 33 y las agua gaseosa; Agua mineral; Bebidas de frutas sin alcohol; Bebidas sin alcohol; Limonadas; Preparaciones para elaborar bebidas; Siropes para bebidas; Siropes para limonadas; Zumo de frutas mezclado de la clase 32, son de una misma naturaleza, poseen la misma función o finalidad, están destinados al mismo consumidor y comparten los mismos canales de comercialización. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el

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1305787 SILVA Y CIA., en representación de El Golfo Comercial SpA

Denominativa GOLFO DE ARAUCO Artículos 19 y 20 Letras f) y h) de la Ley N°19.039. La

marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética, lo cual podría prestarse para inducir a error o confusión respecto a GOLFO DE ARAUCO, Registro N° 985085, Clase 29 y PESQUERA GOLFO DE ARAUCO LIMITADA, solicitud N° 1290619, Clase 29. Que, en lo relativo a las respectivas coberturas existe relación entre los signos toda vez que son de una misma naturaleza, poseen la misma función o finalidad, están destinados al mismo consumidor y comparten los mismos canales de comercialización. Que, al efectuar la comparación entre los signos, es posible concluir que marca solicitada y el primer registro fundante de la presente observación son idénticos gráfica y fonéticamente, lo que impedirá una sana y pacífica coexistencia en el mercado. Respecto de la segunda solicitud, al confrontarlos es posible advertir que existe una coincidencia en el núcleo característico, GOLFO DE ARAUCO, sin que la adición de los descriptivos pesquera y limitada por parte del signo pedido consiga conferirle al mismo una singularidad como para poder diferenciarse del signo previo. El hecho de que el signo pedido vaya acompañado de elementos figurativos, no se considera relevante, puesto que no son lo suficientemente distintivos como para salvar la coincidencia comentada. Por tanto y teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión y error o engaño para los consumidores acerca de la procedencia de los productos y servicios.

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1305981 Giovanni Ignacio Moraga Montiel Denominativa MONTICHEF Artículos 19 y 20 Letras f) y h) de la Ley N°19.039. La

marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética, lo cual podría prestarse para inducir a error o confusión respecto a MONTI, Registro N° 1089852, Clase 43. Que, en lo relativo a las respectivas coberturas existe relación entre los signos toda vez que son de una misma naturaleza, poseen la misma función o finalidad, están destinados al mismo consumidor y comparten los mismos canales de comercialización. En efecto, entre las marcas enfrentadas existe una coincidencia en el núcleo característico, MONTI, sin que la adición del segmento “CHEF” al final del signo solicitado, consiga conferirle al mismo una singularidad como para poder diferenciarse entre ellos. Se debe agregar que el consumidor en general observará las marcas en forma separada, y no simultánea, lo que permitirá conocer a través de la impresión o imagen dejada por la una, si esta recuerda la imagen de otra. Por tanto y teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión y error o engaño para los consumidores acerca de la procedencia de los servicios.

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1307064 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de GESTION EN SALUD SPA

Denominativa ADS Artículos 19 y 20 letra e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada resulta carente de distintividad, de uso común y corresponde a una expresión descriptiva e indicativa de la naturaleza y destinación de los productos pedidos y asimismo se presta para inducir a error o engaño respecto de la cualidad de los productos. En efecto el signo pedido ADS corresponde a la abreviación de la palabra advertising que son los anuncios, avisos, propaganda o publicidad. En el ámbito del internet son softwares los que efectuan estos procesos de anunciar, publicitar o avisar. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los productos pedidos. Asimismo ADS, en informatica, también corresponde a la sigla de Alternate Data Streams o Flujos Alternativos de Datos, y que a través de softares permiten almacenar información en un fichero. Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039. La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos, respecto a a/d/s/, para distinguir productos

de la clase 9, registro 1305797. En efecto, entre las marcas enfrentadas existe una semejanza determinante en el núcleo característico, a/d/s/, y ADS, sin que la

separación de las letras por lineas por parte de la marca previa consiga conferirle al conjunto pedido una singularidad como para poder diferenciarse entre ellas. El hecho de que el signo previo vaya acompañado de elementos figurativos, no se considera relevante, puesto que no son lo suficientemente distintivos como para salvar la coincidencia comentada. Por tanto y teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión (asociación) para los consumidores.

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1307066 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de GESTION EN SALUD SPA

Denominativa ADS Artículos 19 y 20 letra e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada resulta carente de distintividad, de uso común y corresponde a una expresión descriptiva e indicativa de la naturaleza y destinación de los servicios pedidos y asimismo se presta para inducir a error o engaño respecto de la cualidad de los servicios. En efecto el signo pedido ADS corresponde a la abreviación de la palabra advertising que son los anuncios, avisos, propaganda o publicidad. En el ámbito del internet son softwares los que efectuan estos procesos de anunciar, publicitar o avisar. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los servicios pedidos. Asimismo ADS, en informatica, también corresponde a la sigla de Alternate Data Streams o Flujos Alternativos de Datos, y que a través de softares permiten almacenar información en un fichero. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los servicios pedidos.

1307068 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de GESTION EN SALUD SPA

Denominativa ADS Artículos 19 y 20 letra e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada resulta carente de distintividad, de uso común y corresponde a una expresión descriptiva e indicativa de la naturaleza y destinación de los servicios de concesión de licencias de software. En efecto el signo pedido ADS corresponde a la abreviación de la palabra advertising que son los anuncios, avisos, propaganda o publicidad. En el ámbito del internet son softwares los que efectuan estos procesos de anunciar, publicitar o avisar. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los servicios de concesión de licencias de software. Asimismo ADS, en informatica, también corresponde a la sigla de Alternate Data Streams o Flujos Alternativos de Datos, y que a través de softares permiten almacenar información en un fichero. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los servicios de concesión de licencias de software.

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1307069 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de GESTION EN SALUD SPA

Denominativa ADS Artículos 19 y 20 letra e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada resulta carente de distintividad, de uso común y corresponde a una expresión descriptiva e indicativa de la naturaleza y destinación de los servicios de concesión de licencias de software. En efecto el signo pedido ADS corresponde a la abreviación de la palabra advertising que son los anuncios, avisos, propaganda o publicidad. En el ámbito del internet son softwares los que efectuan estos procesos de anunciar, publicitar o avisar. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los Servicios de capacitaciones de todo tipo, especialmente en el uso de software y aplicaciones informáticas. Asimismo ADS, en informatica, también corresponde a la sigla de Alternate Data Streams o Flujos Alternativos de Datos, y que a través de softares permiten almacenar información en un fichero. Por lo que el signo designa el objeto o finalidad de los Servicios de capacitaciones de todo tipo, especialmente en el uso de software y aplicaciones informáticas.

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1307100 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de RENATO SERGIO MAINO AGUIRRE

Mixta LA HUEVERIA MERCADO DE HUEVOS Y SUPER ALIMENTOS

Artículos 19 y 20 letra e) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar naturaleza, destinación y cualidad de los productos y servicios pedidos. En efecto el signo pedido se compone de la palabra "hueveria" el cual es un establecimiento o puesto en el que se venden huevos, por lo que el signo pedido indica la naturaleza de los servicios pedidos y el lugar donde se venden los productos. Se agrega la frase descriptiva mercado de huevos y súper alimentos y elementos figurativos que no logran aportar la distintividad requerida por la ley. Por lo que el consumidor medio (aquel que está normalmente informado y que es razonablemente atento y perspicaz) no percibirá el signo pedido como marca comercial, sino que como un elemento de información respecto de determinadas características de los productos. Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia la incapacidad del signo de cumplir la función primordial de la marca que es identificar el origen empresarial de productos y servicios, impidiendo que el consumidor que adquiere el producto que la marca designa pueda repetir la experiencia o evitarla, según el caso, en una adquisición posterior.

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1307284 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de CNC Electric Group ShangHai Co.Ltd

Mixta CNC Artículos 19 y 20 letra e) de la ley N°19.039. La marca

solicitada resulta carente de distintividad, de uso común y corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los productos pedidos. En efecto el signo pedido CNC, corresponde a la sigla de control numérico computarizado y que aplicada esta tecnologia aplicada a una máquina, resulta en una computadora que controla la posición y velocidad de los motores que accionan los ejes de la máquina. La aplicación de sistemas de CNC en las máquinas-herramientas y dispositivos han hecho aumentar enormemente la producción, al tiempo que ha hecho posible efectuar operaciones de conformado que era difícil de hacer con máquinas convencionales. Así, los productos que solicitan tienen como destinación su utilización en máquinas CNC, describiendo los productos pedidos y siendo carentes de distintividad para la cobertura solicitada.

1307302 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de Constanza de la Paz Galaz Donaire

Mixta CRUDO Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La

marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado descriptiva y que indica los productos de la clases 04, 29 y 30 que serán objeto de los servicios de venta y se presta para inducir a error o engaño respecto de los productos que serán objeto de lo servicios . En efecto el signo pedido crudo corresponde al nombre de un plato

tipico alemán y chileno, es preparación hecha con carne cruda que se aliña con limón, sal mostaza y pimienta junto a pan tostado. Asimismo, crudo, es el nombre con que se designa el petróleo o refinado, por tanto designa el crudo o petroleo de lla clase 04.

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1307346 PATRICIA ALEJANDRA STOCKER GONZÁLEZ, en representación de JORGE CHRISTIAN HELLMUTH RUDDOFF FRICKE

Denominativa CAMPLAKE PUCON Artículos 19 y 20 letra e) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, origen, destinación y cualidad de los servicios. En efecto el signo pedido se compone de las palabras camp, lake y Pucón. Camp, se traduce como campamento o camping, es decir aquel lugar al aire libre, especialmente dispuesto para albergar viajeros, turistas, personas en vacaciones; Lake, se traduce como lago, Gran masa permanente de agua depositada en depresiones del terreno, o lacustre, Perteneciente o relativo a los lagos, es decir el signo indica de forma directa que se trata de un campamento lacustre, (la circunstancia de que las palabras camp y lake se encuentren unidas como si se tratase de una sola palabra, producto de una ortografía caprichosa, no desvirtúa el carácter descriptivo o indicativo que tiene una denominación, pues cada palabra en lo individual tiene un significado y para el consumidor al momento de escuchar ambas palabras, una seguida de la otra, le es imperceptible si se encuentran unidas o no, por lo que no varía el sentido de la denominación, con lo cual la descriptividad subsiste) luego se agrega la palabra Pucón, que corresponde al nombre de una ciudad y comuna de la Región de la Araucanía y que esta ubicada sobre la costa oriental del lago Villarrica. Pucón se destaca por ser uno de los balnearios lacustres más importantes de Chile. Por tanto el signo pedido resulta carente de distintividad, de uso común y descriptivo no siendo susceptible de amparo marcario.

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1307394 MARINO PORZIO, en representación de Laboratoires Thea

Mixta Théa OPHTHALMOLOGICAL INTELLIGENCE

Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039. La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, respecto a THEA, para distinguir servicios de oftalmología, servicios médicos, servicios de clínicas médicas, servicios de centros de salud, servicios de cirugía estética, servicios de laboratorio para la realización de exámenes y toma de muestras a pacientes, servicios hospitalarios, servicios quiroprácticos, servicios de salud, servicios de odontología, servicios de enfermeros y servicios de esteticistas de la clase 44, registro 1254429. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. El solicitante busca amparo sobre las Asesoramiento en oftalmología; servicios de información medica y suministro de información médica y por otro lado el signo registrado protege Servicios de oftalmología, servicios médicos, servicios de clínicas médicas, servicios de centros de salud, servicios de cirugía estética, servicios de laboratorio para la realización de exámenes y toma de muestras a pacientes, servicios hospitalarios, servicios quiroprácticos, servicios de salud, servicios de odontología, servicios de enfermeros y servicios de esteticistas, es decir, los servicios que pretende el solicitante son de la misma naturaleza, poseen la misma función o finalidad, están destinados al mismo consumidor y comparten los mismos canales de comercialización siendo por tanto relacionados a los servicios que protege el signo previamente registrado.. Habiendo quedado establecido que en la especie se está ante signos que distinguen coberturas relacionadas, procede analizar los signos a fin de determinar si la marca

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1307414 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Compañia de Petroleos de Chile COPEC S.A.

Denominativa IoF Internet Of Fuels Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los productos y servicios pedidos y se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios. En efecto el signo pedido IoF Internet Of Fuels consiste en el uso de infraestructura automatizada e inteligente a traves de softwares que regulan, programan y actualizan los diversos procesos productivos del combustible. Internet Of Fuels y su sigla IoF es una extensión de la tambien denominada IoT Internet of Things que es un concepto que se refiere a unainterconexión digital de objetos cotidianos con internet.? Por lo que el signo pedido resulta carente de distintividad de uso común, siendo descriptivo e indicativo tanto de productos como servicios pedidos. Así, el consumidor medio (aquel que está normalmente informado y que es razonablemente atento y perspicaz) no percibirá el signo pedido como marca comercial, sino que como un elemento de información respecto de determinadas características de los productos y servicios. Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia la incapacidad del signo de cumplir la función primordial de la marca que es identificar el origen empresarial de productos y servicios, impidiendo que el consumidor que adquiere el servicio que la marca designa pueda repetir la experiencia o evitarla, según el caso, en una adquisición posterior. Por último, es necesario mantener las palabras IoF Internet Of Fuels libremente disponible, a fin de que pueda ser utilizada por todas las personas que operen en el correspondiente sector del mercado.

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73

1307417 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Compañia de Petroleos de Chile COPEC S.A.

Denominativa IoE Internet Of Energy Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los productos y servicios pedidos y se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios. En efecto el signo pedido IoE Internet Of Energy o en español internet de la energía, consiste en el uso de infraestructura automatizada e inteligente a traves de softwares que regulan, programan y actualizan las fuentes generadoras de energía eléctrica, sobre todo aquellas que tienen como objeto ser eficientes y sustentables. IoE Internet Of Energy es una extensión de la tambien denominada IoT Internet of Things que es un concepto que se refiere a una interconexión digital de objetos cotidianos con internet. Por lo que el signo pedido resulta carente de distintividad de uso común, siendo descriptivo e indicativo tanto de productos como servicios pedidos. Así, el consumidor medio (aquel que está normalmente informado y que es razonablemente atento y perspicaz) no percibirá el signo pedido como marca comercial, sino que como un elemento de información respecto de determinadas características de los productos y servicios. Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia la incapacidad del signo de cumplir la función primordial de la marca que es identificar el origen empresarial de productos y servicios, impidiendo que el consumidor que adquiere el servicio que la marca designa pueda repetir la experiencia o evitarla, según el caso, en una adquisición posterior. Por último, es necesario mantener las palabras IoE Internet Of Energy libremente disponible, a fin de que pueda ser utilizada por todas las personas que operen en el correspondiente sector del mercado.

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Sección M3:

Observaciones de Fondo

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

74

1307418 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Compañia de Petroleos de Chile COPEC S.A.

Denominativa IoL Internet Of Lubricants Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los productos y servicios pedidos y se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios. En efecto el signo pedido IoL Internet Of Lubricants consiste en el uso de infraestructura automatizada e inteligente a traves de softwares que regulan, programan y actualizan los diversos procesos productivos de los lubricantes. Internet Of Lubricants y su sigla IoL es una extensión de la tambien denominada IoT Internet of Things que es un concepto que se refiere a una interconexión digital de objetos con internet. Por lo que el signo pedido resulta carente de distintividad de uso común, siendo descriptivo e indicativo tanto de productos como servicios pedidos. Así, el consumidor medio (aquel que está normalmente informado y que es razonablemente atento y perspicaz) no percibirá el signo pedido como marca comercial, sino que como un elemento de información respecto de determinadas características de los productos y servicios. Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia la incapacidad del signo de cumplir la función primordial de la marca que es identificar el origen empresarial de productos y servicios, impidiendo que el consumidor que adquiere el servicio que la marca designa pueda repetir la experiencia o evitarla, según el caso, en una adquisición posterior. Por último, es necesario mantener las palabras IoL Internet Of Lubricants libremente disponible, a fin de que pueda ser utilizada por todas las personas que operen en el correspondiente sector del mercado.

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Sección M3:

Observaciones de Fondo

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

75

1307420 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Compañia de Petroleos de Chile COPEC S.A.

Denominativa Internet of Lubricants Artículos 19 y 20 letras e) y f) de la ley N°19.039. La marca solicitada corresponde a una expresión o signo empleado para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los productos y servicios pedidos y se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios. En efecto el signo pedido Internet Of Lubricants consiste en el uso de infraestructura automatizada e inteligente a traves de softwares que regulan, programan y actualizan los diversos procesos productivos de los lubricantes. Internet Of Lubricants es una extensión de la tambien denominada IoT Internet of Things que es un concepto que se refiere a una interconexión digital de objetos con internet. Por lo que el signo pedido resulta carente de distintividad de uso común, siendo descriptivo e indicativo tanto de productos como servicios pedidos. Así, el consumidor medio (aquel que está normalmente informado y que es razonablemente atento y perspicaz) no percibirá el signo pedido como marca comercial, sino que como un elemento de información respecto de determinadas características de los productos y servicios. Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia la incapacidad del signo de cumplir la función primordial de la marca que es identificar el origen empresarial de productos y servicios, impidiendo que el consumidor que adquiere el servicio que la marca designa pueda repetir la experiencia o evitarla, según el caso, en una adquisición posterior. Por último, es necesario mantener las palabras Internet Of Lubricants libremente disponible, a fin de que pueda ser utilizada por todas las personas que operen en el correspondiente sector del mercado.

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Sección M3:

Observaciones de Fondo

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

76

1307450 PAULA ANDREA ORTEGA PINTO Denominativa PREUNIVERSITARIO ORTEGA PINTO Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 1 de la ley N°19.039. La marca solicitada presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, respecto a PREUNIVERSITARIO ORTEGA, para distinguir Academias [educación]; educación; enseñanza; enseñanza en academias; enseñanza en escuelas secundarias; servicios educativos de la clase 41, registro 1285335. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. El solicitante busca amparo sobre las Academias [educación]; Educación; Enseñanza; Enseñanza en academias; Enseñanza en escuelas secundarias; Enseñanza en institutos de educación secundaria; Servicios educativos y por otro lado el signo registrado protege Academias [educación]; educación; enseñanza; enseñanza en academias; enseñanza en escuelas secundarias; servicios educativos, es decir, los servicios que pretende el solicitante son de la misma naturaleza, poseen la misma función o finalidad, están destinados al mismo consumidor y comparten los mismos canales de comercialización siendo por tanto relacionados a los servicios que protege el signo previamente registrado. Habiendo quedado establecido que en la especie se está ante signos que distinguen coberturas idénticas y relacionadas, procede analizar los signos a fin de determinar si la marca solicitada presenta identidad o semejanza determinante con la marca previa, de forma de poder confundirse con ella Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de

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Sección M3:

Observaciones de Fondo

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

77

1307745 Joanna Del Transito Cerda Joanna Denominativa UChile Master La presente solicitud de marca presenta igualdad o semejanza gráfica y fonética y se presta para inducir a confusión, error y/o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios, configurando las causales contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N°19.039, respecto a Registro N° 1085478,

marca MASTERS, Clase 41 y FEN UCHILE, Registros Nos 1210319, 1210321, 1210322, 1210323, todos clase 41. Que para configurar las causales citadas se deberá analizar en primer lugar las coberturas de los signos en aparente conflicto, esto es, su ámbito de protección, que se define por los productos, servicios o establecimientos que pretenden distinguir en el mercado. Resulta esencial determinar si las coberturas de los signos en conflicto son idénticas, similares o relacionadas entre sí, pues si no existe una relación entre los productos o servicios solicitados, normalmente, no existirá impedimento para la convivencia entre los signos, en virtud del principio de especialidad de las marcas comerciales. La marca solicitada en relación a las marcas registradas distinguen coberturas relacionadas para clase 41. Que, para analizar las semejanzas entre una marca y otra corresponde a una operación estimativa que implica el empleo de ciertas pautas de comparación, sin perjuicio de las normas y principios consagrados en la legislación sobre propiedad industrial. Dichas pautas de evaluación deben ser analizadas considerando la estructura que posee cada marca, a la luz de: (i) La apreciación global, que obliga al momento del análisis marcario a considerar los signos en su conjunto o como un todo, sin detenerse a examinar los detalles de un signo y sin acudir a fraccionamientos, incorporando comparación fonética, gráfica y/o conceptual; (ii) La primera impresión, que corresponde a aquella opinión superficial que tiene el público consumidor en el mercado y que se centra, generalmente, en el señalado conjunto; y iii) La búsqueda del elemento dominante que impregna la visión de conjunto de una marca denominativa compuesta, a fin de compararla con otra. Que, al efectuar la comparación entre los signos, es posible concluir que presentan semejanza gráfica y fonética que impedirá una sana y pacífica coexistencia en el mercado. En efecto, los signos coinciden en el elemento

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

78

1293811 Clarke, Modet y Compañia Chile Limitada, en representación de Fluence Energy, LLC

Denominativa SunFlex Energy Storage Sin protección a las palabras "Energy Storage" en forma aislada.

1293814 Clarke, Modet y Compañia Chile Limitada, en representación de Daikin Industries, Ltd.

Denominativa Header Pack Sin protección a la palabra "pack" en forma aislada.

1293963 MARINO PORZIO, en representación de ESSILOR INTERNATIONAL

Denominativa CRIZAL REVEAL

1294346 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Mixta iWork

1294452 MARINO PORZIO, en representación de PLACOPLATRE

Denominativa PLACOSTIL

1294455 Marino Porzio, en representación de Louis Vuitton Malletier

Mixta LV

1294602 DIEGO MAGLIO ESCOBILLANA MADARIAGA Denominativa Guanchulo

1294701 Marienela Eliette Saez Hernandez, en representación de COMERCIAL MARIANELA ELIETTE SAEZ HERNANDEZ EIRL

Mixta DE MI TIERRA PIZZAS Sin protección a la palabra "pizzas" en forma aislada.-

1294853 SILVA Y CIA., en representación de Big Agnes, Inc.

Denominativa BIG AGNES

1295029 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Oppo Medical Inc.

Mixta AccuTex

1295030 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Oppo Medical Inc.

Mixta AccuTex

1295085 SILVA Y CIA., en representación de Illinois Tool Works Inc.

Denominativa INSTRON

1295730 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de Bahram Cohanfard

Mixta B

1295848 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de YPF SOCIEDAD ANONIMA

Mixta YPF LUZ Sin protección a la palabra "luz" en forma aislada.

1295928 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de LA RAZA INDUMENTARIA LIMITADA

Mixta LA RAZA ESTUDIO Sin protección a la palabra estudio en forma aislada.

1296105 MIÑO GESTION ASOCIADOS LTDA., en representación de ESCUELA INTERNACIONAL ARTEBIANCA SPA

Mixta ESCUELA INTERNACIONAL ARTEBIANCA

Sin protección a las palabras "escuela internacional" en forma aislada.

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

79

1296322 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de YPF SOCIEDAD ANONIMA

Denominativa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA Sin protección a las palabra "energía eléctrica" en forma aislada.

1296372 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Denominativa FOUNDATIONDB

1296618 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de THE PROCTER & GAMBLE COMPANY

Denominativa PUREOLAMINE

1296922 CARLOS ANTONIO CÓRDOVA SILVA, en representación de ASESORIAS EDUCACIONALES CAREZ Y CORDOVA SPA

Denominativa Feedback Preuniversitario Sin protección a la palabra "preuniversitario" en forma aislada

1297091 GENESIS & ZARETH SpA, en representación de VERÓNICA HORTENSIA CHANDÍA ALARCÓN

Mixta OROCHAN MOTORS Sin protección a la palabra "motors" en forma aislada.

1297099 SARGENT & KRAHN, en representación de SMC CORPORATION

Mixta SMC

1297214 SERGIO ANDRÉS GONZÁLEZ VALDENEGRO, en representación de CLUB DEPORTIVO SOCIAL Y CULTURAL MELIPILLA CICILISMO

Mixta MELIPILLA CICLISMO Que la marca, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 Bis D de la Ley 19.039 confiere a su titular el derecho exclusivo y excluyente para utilizarla en el tráfico económico, para distinguir la cobertura para la que ha sido registrada; sin perjuicio de lo cual el registro de un término geográfico como marca comercial no debiera ser obstáculo para que terceros puedan seguir utilizándolo para indicar la real procedencia de un producto y/o servicio, siempre y cuando ello no sea causa de error o confusión respecto de la procedencia empresarial de los referidos productos y/o servicios a distinguir. Sin protección a la palabra ciclismo en forma aislada.

1297789 JAIME ERIK PEDEMONTE VELARDE, en representación de Cardenas y Pedemonte S.A

Denominativa PEDYCAR

1297982 ANDRÉS CANALE SERRA, en representación de Boomerang Chile Producciones SPA

Denominativa 1.000 Motivos para vivir en Chile Sin protección a la palabra Chile.

1298124 Estudio Federico Villaseca y Compañía, en representación de The Bank of Nova Scotia

Mixta S AZUL

1298125 Estudio Federico Villaseca y Compañía, en representación de The Bank of Nova Scotia

Mixta S SCOTIA AZUL

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

80

1298126 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de The Bank of Nova Scotia

Mixta S SCOTIABANK AZUL

1298173 LUIS ALBERTO ASTORGA MONTOYA Mixta Recybox

1298187 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de YIWU RASHEL TRADING CO., LTD

Mixta DR·RASHEL

1298327 FRANKLIN PATRICIO ESPINOZA VÉLIZ, en representación de JUAN PABLO TORO QUIÑONES

Denominativa BASTAD BURGER CHILE Sin protección la palabra Burger en forma aislada y sin protección a Chile.

1298834 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de MUVIX SPA

Mixta AERA

1299131 Johansson & Langlois, en representación de William Sumar Concha

Denominativa Servicios Financieros Sumar Sin protección a las palabras "servicios financieros" en forma aislada.

1299144 AZ Y COMPAÑÍA, en representación de BRASKEM S.A.

Mixta I'M GREEN

1299146 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Educational Testing Service

Denominativa TOEIC BRIDGE

1299149 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Mathnasium, LLC.

Denominativa MATHNASIUM

1299452 HERNÁN ANGEL FRANCO MARTÍNEZ Denominativa moving up

1299496 MARISOL ALEJANDRA BEYTÍA AUAD, en representación de ROBERTO FRANCISCO MELÉNDEZ BUSTAMANTE

Denominativa Barrio Bravo

1299563 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de ThermiGen, LLC

Mixta ARVATI POWERED BY THERMI

1299564 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de ThermiGen, LLC

Denominativa ARVATI POWERED BY THERMI

1299635 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de OLIGO BASICS AGROINDUSTRIAL LTDA

Mixta OLIGO BASICS

1302950 CARLOS BENITO CAMPBELL VILCHES, en representación de LITUS SPA

Mixta LITUS

1305345 SILVA Y CIA., en representación de S.A.C.I. Falabella

Denominativa CLICK & COLLECT

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

81

1305350 Lineros & Cía, en representación de Yiwu Yimi Supply Chain Management Service Co. Ltd.

Mixta JUYPAL HOGAR Sin protección a “HOGAR” en forma aislada.

1305379 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de FUNDACION FORMANDO JOVENES

Denominativa IDEAREGION

1305383 MARCELLO ANGELO BOZZO TOSELLI Mixta BIANCA

1305388 ESTUDIO CAREY LTDA., en representación de PMS Handelskontor GmbH

Denominativa VEROLIBERATOR

1305437 Clarke, Modet y Compañia Chile Limitada, en representación de HA-International, LLC

Denominativa ENVIRO CURE

1305528 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Caesars License Company, LLC

Mixta CAESARS

1305633 AZ Y COMPAÑÍA, en representación de SOLUTIONS MIDDLE EAST LTD.

Mixta TUF-FIX TUF-FIX PROFESSIONAL Sin protección a “PROFESSIONAL” en forma aislada.

1305635 Armesto González Camila Ignacia Denominativa LA TOSCANA

1305774 SARGENT & KRAHN, en representación de VERTEX PHARMACEUTICALS INCORPORATED

Mixta trikafta

1305779 SARGENT & KRAHN, en representación de ADP, LLC

Denominativa Celergo

1305783 SILVA Y CIA., en representación de Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.

Denominativa CLOUDIA

1305790 SILVA Y CIA., en representación de El Golfo Comercial SpA

Denominativa GOLFO DE ARAUCO Que la marca, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 Bis D de la Ley 19.039 confiere a su titular el derecho exclusivo y excluyente para utilizarla en el tráfico económico, para distinguir la cobertura para la que ha sido registrada; sin perjuicio de lo cual el registro de un término geográfico como marca comercial no debiera ser obstáculo para que terceros puedan seguir utilizándolo para indicar la real procedencia de un producto y/o servicio, siempre y cuando ello no sea causa de error o confusión respecto de la procedencia empresarial de los referidos productos y/o servicios a distinguir.

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

82

1305797 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en representación de GUANGZHOU ADS AUDIO SCIENCE & TECHNOLOGY CO., LTD.

Mixta a/d/s/

1305851 Cristián Rodrigo Lazo Avila, en representación de Equiptrader SpA

Denominativa EQUIPTRADER

1305861 Federico Moreno Rodríguez Chalbaud, en representación de Feria Ganadera Chile SpA

Mixta FG Feria Ganadera Sin protección a “Feria Ganadera” en forma aislada.

1305949 S P Mark Ltda., en representación de CLAUDIO ALONSO LÓPEZ LARENAS

Denominativa GLOBALOK

1305979 Ivette Del C. David Rotenberg Denominativa WILLITU

1305982 Felipe Vera Rojas Denominativa ECO MONGEN

1305990 ALEX SEVERIN SAAVEDRA, en representación de Hotelera y Turismo Oceano Limitada

Mixta TERRADO

1305999 Magliona y Compañía Limitada, en representación de Juan José Fernández

Denominativa FROZEN APPETITE

1306001 Magliona y Compañía Limitada, en representación de Juan José Fernández

Mixta APPETITE

1306012 Asesorías y Servicios Marccain Ltda., en representación de Inversiones Gastronómicas Donde Titor SpA

Mixta DONDE TITOR SUSHI & PIZZA Sin protección a “SUSHI & PIZZA” en forma aislada.

1306017 RODRIGO LEONARDO NAVARRO ROMERO, en representación de K Consulting & Tourism Spa

Denominativa Haver

1306020 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de BENXI STEEL GROUP CORPORATION

Mixta BEN GANG

1306052 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de CENTRAL DE RESTAURANTES-ARAMARK LIMITADA

Denominativa FEELING FOOD Sin protección a “FOOD” en forma aislada.

1306074 SARGENT & KRAHN, en representación de JOHNSON & JOHNSON

Denominativa AVEENO FEEL GOOD SKIN Sin protección a “SKIN” en forma aislada.

1306187 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de YUAN LONG PING HIGH-TECH AGRICULTURE CO., LTD.

Mixta LongPing

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

83

1306188 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de YUAN LONG PING HIGH-TECH AGRICULTURE CO., LTD.

Mixta LongPing

1306257 MARISOL ALEJANDRA BEYTÍA AUAD, en representación de ASESORIAS EN SOLUCIONES DE SOFTWARE Y COMPUTACION S.A.

Mixta asicom

1306280 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de HCP PUMP MANUFACTURER CO., LTD.

Mixta HCP

1306325 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de COMERCIALIZADORA ELORO, S.A.

Mixta JUMEX

1307092 Clarke, Modet y Compañia Chile Limitada, en representación de Khiron Life Sciences Corp

Denominativa CBDERM Sin protección al segmento "derm" de forma aislada.

1307095 Clarke, Modet & C°. Chile Ltda., en representación de FASTSIGNS International, Inc.

Denominativa Fastsigns. More Than Fast. More Than Graphics

1307174 MARIELA DE LOURDES RUIZ SALAZAR, en representación de Claudio Andrés Alarcón Gutierréz

Mixta bapp

1307225 GASTÓN ANDRÉS ORMEÑO KARZULOVIC, en representación de XIONG LIN

Mixta pan pancito

1307278 PHILLIPE GERARD TRUAN SAXTON, en representación de Sustainable Digital Solutions SpA

Mixta Agendable

1307285 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de Anhui Xinmin Glass Co., Ltd

Mixta RED CHERRY

1307306 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de ELIHE INVERSIONES SpA

Denominativa THE NAIL GARDEN Sin protección a la palabra "nail" de forma aislada.

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

84

1307318 JOSÉ LUIS COLIMÁN PUCHI Mixta MMA BHS BLACKHOUSE SANTIAGO Que la marca, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 Bis D de la Ley 19.039 confiere a su titular el derecho exclusivo y excluyente para utilizarla en el tráfico económico, para distinguir la cobertura para la que ha sido registrada; sin perjuicio de lo cual el registro de un término geográfico como marca comercial no debiera ser obstáculo para que terceros puedan seguir utilizándolo para indicar la real procedencia de un producto y/o servicio, siempre y cuando ello no sea causa de error o confusión respecto de la procedencia empresarial de los referidos productos y/o servicios a distinguir.

1307337 Jarry IP SpA, en representación de Sekai Kyusei Kyo Su no Hikari Kyodan

Mixta Iglesia Mundial del Mesías Sin protección a la palabra "Iglesia" de forma aislada.

1307338 JUAN PABLO DE LA JARA ANDREWS, en representación de INVERSIONES LOS SOCIOS LTDA

Denominativa MI LADY SEÑORITA

1307362 SARGENT & KRAHN, en representación de KNOP LABORATORIOS S.A.

Denominativa RINIK

1307365 SARGENT & KRAHN, en representación de COOPERATIVA AGRICOLA Y DE SERVICIOS LTDA

Denominativa AGRI-FENSE

1307379 Harry Cristian Sanhueza Maldonado Mixta Politron Sin protección a las restantes palabras insertas en la etiqueta.

1307385 MARÍA FRANCISCA ALARCÓN GARCÍA, en representación de M2C2 SpA

Mixta MaCa Cifuentes

1307386 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en representación de FEDERICO ARIEL BUDASOFF

Mixta LION ROLLING CIRCUS

1307387 Marco Antonio López Rojas Denominativa IT Gov +

1307398 MARINO PORZIO, en representación de Laboratoires Thea

Mixta let's open our eyes

1307403 FELIPE ANDRÉS BURGOS OSORIO, en representación de Ecometric S.A

Denominativa SONOLINE

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Sección M4:

Aceptación a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

85

1307409 PATRICIO IGNACIO DE LA BARRA GILI, en representación de La Suisse Spa

Denominativa FEROZ

1307411 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de CENTROS ESPACIO VISION LIMITADA

Mixta ESPACIO VISIÓN CENTROS ÓPTICOS Sin protección a las palabras "centros ópticos" de forma aislada.

1308312 Kester John Bull Hereñu, en representación de Fundación Flores

Mixta Laboratorio Flores Sin protección a “LABORATORIO” en forma aislada.

1308649 DAVID DANIEL MEDRANO GÓMEZ Mixta Espíritu de Frutos

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

86

1250316 Mauro Dellafiori Albala, en representación de Fernando Apaza Escobar

Mixta LÍBERO Número de Registro: 1292729

1265944 Sargent & Krahn, en representación de Spectrum Cannabis Canada Ltd.

Denominativa SPECTRUM Número de Registro: 1292730

1266615 Moises Castro Toro, en representación de Valtari Gold Capital ltd.

Mixta NIBK Número de Registro: 1292731

1270660 Maria Paulina Bardón Calvo, en representación de British American Tobacco (Brands) Inc.

Denominativa ROLL TO RELEASE Número de Registro: 1292732

1272049 SARGENT & KRAHN, en representación de First Class Brands Of Sweden AB

Denominativa PROBRANDS Número de Registro: 1292733

1273773 Matias Errazuriz Ovalle, en representación de Trade Asesorias E Inversiones S.A.

Denominativa ADDING VALUE Número de Registro: 1292734

1273774 Matias Errazuriz Ovalle, en representación de Trade Asesorias E Inversiones S.A.

Denominativa ADDING VALUE Número de Registro: 1292735

1275973 Jairo Antonio Castro Lameda, en representación de Corporación internacional de alimentos deportivos SPA

Mixta Krypton Número de Registro: 1292736

1276322 SILVA Y CIA., en representación de Summit Agro Chile SPA

Denominativa AKIRA Número de Registro: 1292737

1276323 SILVA Y CIA., en representación de Summit Agro Chile SPA

Denominativa AKIRA Número de Registro: 1292738

1276329 SILVA Y CIA., en representación de Summit Agro Chile SPA

Denominativa SATORI Número de Registro: 1292739

1277544 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Banco del Estado de Chile

Denominativa COMPRAQUÍ, LA NUEVA FORMA DE PAGAR

Número de Registro: 1292740

1277748 SARGENT & KRAHN, en representación de Puratos N.V.

Denominativa THE FUTURE OF BREAD LIES IN ITS PAST

Número de Registro: 1292741

1277749 SARGENT & KRAHN, en representación de Puratos N.V.

Denominativa THE QUEST FOR SOURDOUGH Número de Registro: 1292742

1280054 SARGENT & KRAHN, en representación de Canal 13 SPA

Denominativa 13.2 Número de Registro: 1292743

1282066 BEUCHAT, BARROS Y PFENNIGER, en representación de Explora S.A.

Denominativa PATAGONIA EXPLORA Número de Registro: 1292744

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

87

1282072 BEUCHAT, BARROS Y PFENNIGER, en representación de Explora S.A.

Denominativa ATACAMA EXPLORA Número de Registro: 1292745

1284634 SARGENT & KRAHN, en representación de Cencosud S.A.

Mixta Zooly Número de Registro: 1292746

1285046 E-MARCAS SPA, en representación de Praxa Ingenieria SPA

Mixta Praxa Número de Registro: 1292747

1285587 PABLO JOSÉ RUIZ-TAGLE VIAL, en representación de Fontem Holdings 4 B.V

Mixta MY BLU Número de Registro: 1292748

1285764 KAREN FUENTES CARRASCO, en representación de Diego Segundo Barrientos Austenrritt

Mixta Aguila Negra Número de Registro: 1292749

1286082 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Flower Boy Trademarks, LLC

Denominativa GOLF WANG Número de Registro: 1292750

1286090 SARGENT & KRAHN, en representación de Soprole Inversiones S.A.

Mixta SOPROLE DESDE 1949 BUENA LECHE Número de Registro: 1292751

1290964 SARGENT & KRAHN, en representación de Allied Domecq Spirits & Wine Limited

Denominativa BARREL SMOOTH Número de Registro: 1292752

1291305 ENRIQUE AGUSTÍN DELLAFIORI MORALES, en representación de Grupo Pilar S.A

Denominativa GANACAT Número de Registro: 1292753

1292279 SILVA Y CIA., en representación de Baeza Balboltín, Luis Felipe

Denominativa B&S Número de Registro: 1292754

1292600 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de Jiangsu Yuyue Medical Equipmen T&supply Co., Ltd

Mixta YUWELL Número de Registro: 1292755

1292902 AZ Y COMPAÑÍA, en representación de Empresas la Polar S.A.

Mixta LP. Número de Registro: 1292756

1292968 SARGENT & KRAHN, en representación de Polietilenos Bioplastic Chile Limitada

Denominativa SISTEMPLAS Número de Registro: 1292757

1293424 Covarrubias & Cia Abogados SpA, en representación de Sacyr Chile S.A.

Mixta SACYR FACILITIES SERVICIOS Número de Registro: 1292758

1294337 SARGENT & KRAHN, en representación de Ineos Automotive Limited

Denominativa GRENADIER Número de Registro: 1292759

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

88

1295431 JOSÉ ANDRÉS URREA NAZAR, en representación de Sociedad Exportadora Huber Limitada

Mixta FRUTBER Número de Registro: 1292760

1296335 ANDREA DAWSON AHUMADA, en representación de José Guillermo Mendoza Oliva

Mixta TABL WEB CAUSAS EN LÍNEA Número de Registro: 1292761

1296341 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en representación de Fujian Jinjiang Fuyuan Foods Co., Ltd.

Figurativa Número de Registro: 1292728

1296348 ANDREA DAWSON AHUMADA, en representación de José Guillermo Mendoza Oliva

Mixta SITCA Sistema informatico para tramitación de causas

Número de Registro: 1292762

1296875 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Ferring B.V.

Denominativa TESTAVAN Número de Registro: 1292763

1297732 SARGENT & KRAHN, en representación de Cosmetic Warriors Limited

Denominativa LUSH Número de Registro: 1292764

1297921 ARNALDO ANTONIO PALMA RIVERO, en representación de Inversiones cintolesi kart spa

Denominativa La Cueva Número de Registro: 1292765

1298049 SARGENT & KRAHN, en representación de Oro Agri International LTD

Figurativa Número de Registro: 1292766

1298166 SILVA Y CIA., en representación de Sociedad Educacional American British School Ltda.

Mixta AB AMERICAN BRITISH SCHOOL Número de Registro: 1292767

1298211 COOPER & CIA LTDA, en representación de Black SpA

Mixta CAFÉ CULTURA Número de Registro: 1292768

1298388 CLAUDIO FERNANDO HIDALGO DONOSO, en representación de Sociedad centro turistico y eventos Tantakuy SpA

Denominativa Tantakuy Eco Experience Número de Registro: 1292769

1299098 Covarrubias & Cia, en representación de Cmpc Tissue S.A.

Denominativa BEBEX Número de Registro: 1292770

1299350 ENRIQUE AGUSTÍN DELLAFIORI MORALES, en representación de K + S Chile S.A.

Mixta LOBOS INDUSTRIAL Número de Registro: 1292771

1299450 SARGENT & KRAHN, en representación de LGC Genomics GMBH

Denominativa SBEADEX Número de Registro: 1292772

1299615 MAURO DELLAFIORI ALBALA, en representación de Shenzhen Ranvoo Digital Technology Co.,Ltd

Mixta RANVOO Número de Registro: 1292773

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

89

1299617 MAURO DELLAFIORI ALBALA, en representación de Comercial FDS Chile Ltda.

Denominativa ROYAL CLASS Número de Registro: 1292774

1300107 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de Cristian Alexis Cabrera Araya

Mixta ASADOS DEL VALLE Número de Registro: 1292775

1300160 MAURO DELLAFIORI ALBALA, en representación de Long MA

Denominativa PIX-LINX Número de Registro: 1292776

1300239 Sargent & Krahn, en representación de American Heart Association, Inc.

Mixta AMERICAN HEART ASSOCIATION Número de Registro: 1292777

1300506 SILVA Y CIA., en representación de Engie Chile S.A.

Denominativa FIDI Número de Registro: 1292778

1300943 Sargent & Krahan, en representación de NSE Products, INC.

Denominativa PHARMANEX BALANCE+ Número de Registro: 1292779

1301299 KARINA SIMONETT LEÓN KLEE, en representación de Jaime Esteban León Klee

Denominativa LUCYFER ENERGY DRINK Número de Registro: 1292780

1301382 SARGENT & KRAHN, en representación de Montes S.A.

Mixta PURPLE ANGEL BY MONTES Número de Registro: 1292781

1301984 SARGENT & KRAHN, en representación de Mallen B.V.

Denominativa THE BOTTLE IS THE MESSAGE Número de Registro: 1292782

1302142 SARGENT & KRAHN, en representación de Ana Manuela del Carmen Hidalgo Rose-Price

Mixta LNC LOS NIÑOS CORREN Número de Registro: 1292783

1302232 Juan Alberto Díaz Wiechers, en representación de Inversiones El Otoñal Ltda.

Mixta DUCASSE HEAVY DUTY Número de Registro: 1292784

1302233 Juan Alberto Díaz Wiechers, en representación de Inversiones El Otoñal Ltda.

Mixta DUCASSE MOBILE Número de Registro: 1292785

1302234 Juan Alberto Díaz Wiechers, en representación de Inversiones El Otoñal Ltda.

Mixta DUCASSE SEGMENTA Número de Registro: 1292786

1302235 Juan Alberto Díaz Wiechers, en representación de Inversiones El Otoñal Ltda.

Mixta DUCASSE VENTO Número de Registro: 1292787

1302236 Juan Alberto Díaz Wiechers, en representación de Inversiones El Otoñal Ltda.

Mixta DUCASSE COMPLEMENTS Número de Registro: 1292788

1302354 Gloria Elizabeth Elgueta Pinilla Denominativa Laborin Número de Registro: 1292789

1302705 SARGENT & KRAHN, en representación de Cemento Polpaico S.A.

Denominativa la vida mucho mejor Número de Registro: 1292790

1302928 Rodrigo Martin Campo Denominativa Nortevocacional Número de Registro: 1292791

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

90

1303060 Floran Martin Adisson, en representación de Evolusun SpA

Mixta EVOLUSUN Número de Registro: 1292792

1303254 SILVA Y CIA., en representación de Publicaciones y Difusión S.A.

Denominativa DE CASO EN CASO Número de Registro: 1292793

1303255 SILVA Y CIA., en representación de Publicaciones y Difusión S.A.

Denominativa EL ROMPECABEZAS Número de Registro: 1292794

1303392 AB Mark Sociedad Ltda., en representación de José Jaime Henríquez Saavedra

Mixta ROASTER RHENSA Número de Registro: 1292795

1303527 MÜHLENBROCK & KÜHNER SpA, en representación de Faiwood y Compañía Limitada

Mixta FAIWOOD Número de Registro: 1292796

1303620 SARGENT & KRAHN, en representación de Umbrale S.A.

Mixta UMBRALE Número de Registro: 1292797

1303789 Rooy Bustamante Burnier Mixta SIRAKU Número de Registro: 1292798

1303919 SILVA Y CIA., en representación de Patacon Export Wine SpA

Denominativa PURAPEL Número de Registro: 1292799

1304230 AB Mark Sociedad Ltda., en representación de Juan Carlos Osorio Araya

Mixta H2 VIDA Número de Registro: 1292800

1304261 PAZ ALEJANDRA MARAMBIO CASTAÑO, en representación de Speed Publicidad S.A.C.I. y F

Mixta F.V.G. Número de Registro: 1292801

1304263 PAZ ALEJANDRA MARAMBIO CASTAÑO, en representación de Speed Publicidad S.A.C.I. y F

Denominativa F.V.G. Número de Registro: 1292802

1304364 LUIS FERNANDO NIEMANN FIGARI, en representación de Luis Fernando Niemann Figari y Jorge Eduardo Niemann Figari

Mixta Clínica Dental Niemann Número de Registro: 1292803

1304445 Prestaciones y Asesorías Jurídica Patmark Limitada, en representación de Baltimore Dominicana, S.A. (BALDOM)

Mixta RANCHERO Número de Registro: 1292804

1304506 Juan Pablo Cintolesi Uribe Denominativa Cintolesi Número de Registro: 1292805

1304943 SARGENT & KRAHN, en representación de Oro Agri International LTD

Denominativa NANOCAL Número de Registro: 1292806

1304962 Anita María Córdova Aravena Denominativa ANITA CORDOVA VIAJO SOLA Y ME ENCANTA

Número de Registro: 1292807

1305141 Jaime Patricio Leiva Muñoz, en representación de Kranexperts SpA

Denominativa KRANEXPERTS Cranes Engineering and Heavy Lift Advising

Número de Registro: 1292808

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

91

1305769 SARGENT & KRAHN, en representación de Johnson & Johnson

Denominativa DYNABRACE Número de Registro: 1292809

1305781 SARGENT & KRAHN, en representación de Seguros Generales Suramericana S.A.

Denominativa Seguro x KM Plus Sura Número de Registro: 1292810

1305813 ANA IVONNE SARABIA VEGA, en representación de Ingeniería y Servicios Elinmar Limitada

Mixta J JEMA Número de Registro: 1292811

1305932 SARGENT & KRAHN, en representación de Johnson & Johnson

Denominativa OATBIOTICS Número de Registro: 1292812

1306073 SARGENT & KRAHN, en representación de Empresa Constructora Moller y Perez-Cotapos S.A.

Mixta MOLLER & PÉREZ COTAPOS INNOVANDO DESDE LA EXPERIENCIA

Número de Registro: 1292813

1306208 IGOR ALEJANDRO DÍAZ LÓPEZ DE MATURANA, en representación de Grupo Vitta SpA

Mixta CREPE MANIA Número de Registro: 1292814

1306235 SARGENT & KRAHN, en representación de Knop Laboratorios S.A.

Denominativa BIOREFORT Número de Registro: 1292815

1306237 SARGENT & KRAHN, en representación de Baxalta Incorporated

Denominativa RIXUBIS Número de Registro: 1292816

1306243 SARGENT & KRAHN, en representación de Baxalta Incorporated

Denominativa IMMUNINE Número de Registro: 1292817

1306981 Alejandro Chesta C. Denominativa Himalandes Número de Registro: 1292818

1307002 SARGENT & KRAHN, en representación de Canal 13 SPA

Denominativa AVIVANDO EL BOLERO Número de Registro: 1292819

1307004 SARGENT & KRAHN, en representación de Canal 13 SPA

Denominativa CAFÉ SOCIAL Número de Registro: 1292820

1307015 Luis Andres Hevia Campusano, en representación de Laboratorio Pasteur S.A.

Denominativa VITBE-12 Número de Registro: 1292821

1307017 Hevia Campusano Luis Andrés, en representación de Laboratorio Pasteur S.A.

Denominativa VITBE 12 Número de Registro: 1292822

1307081 JOSÉ ANDRÉS URREA NAZAR, en representación de Comercial Fruit Selection SPA

Mixta EL SEÑOR FRUT E.S.F. Número de Registro: 1292823

1307103 Carola Elizabeth Saavedra Castro Mixta EL SEÑOR DE LA PALTA E.S.P. Número de Registro: 1292824

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Sección M5:

Concesión de Marcas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

92

1307176 Alvaro Luis Martínez Fuenzalida, en representación de Sociedad de Creatividad Audiovisual y Multimedia Limitada

Denominativa Hola Flinko Número de Registro: 1292825

1307599 Jennifer espinoza oyanedel, en representación de Kinesiologa Jennifer Espinoza E.I.R.L.

Mixta Greco estética Número de Registro: 1292826

1307893 IGNACIO ADOLFO VÁSQUEZ SANTIS, en representación de Inversiones Rymco SpA

Mixta ENTREKIDS Número de Registro: 1292827

1307931 Vesna Jacqueline Busolich Darlas Denominativa ARREBOL AUSTRAL Número de Registro: 1292828

1308173 Sergio del Carmen Silva Cofré Denominativa LA BOBINA REAL Número de Registro: 1292829

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Sección M6:

Rechazadas a Registro

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

93

1292327 NICOLÁS IGNACIO ARRIAGADA MÉNDEZ Mixta HEMISFERIO SUSTENTABLE

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Sección M7:

Apelaciones Administrativas por interpuestas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

94

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección M8:

Cúmplase de apelaciones administrativas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

95

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Sección M9:

Resoluciones de pagos incompletos

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

96

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Sección M10:

Avisos de rectificaciones de extractos para publicación en Diario Oficial

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

97

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

98

0000348 SOC. ESTUDIO HARNECKER LTDA., en representación de INDUSTRIAS DAFNA LIMITADA

Denominativa TORREBLANCA A escritos de fecha 07/02/2019: atendido al estado de tramitación de la presente marca, y presumiendo que la solicitud indicada corresponde a la tramitación de una patente, no ha lugar, solicitese ante quién corresponda. Registro - Res. Desfavorable Escrito

0659931 Alessandri & Compañía, en representación de Mondelez Argentina S.A.

Denominativa TITA A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

0856393 LUIS FELIPE CLARO SWINBURN, en representación de LABORATORIO DURANDIN S.A.I.

Denominativa BRICKETT Atendido al estado de tramitación del presente registro, no ha lugar por improcedente. Sin perjuicio de poder cumplir en la tramitación de la respectiva anotación marginal.

Registro - Res. Desfavorable Escrito

0861074 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa MAXIM Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

0864562 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa JADELLE A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0864563 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa JADELLE A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0873686 MARINO PORZIO BOZZOLO Y OTROS, en representación de INGRAM INDUSTRIES INC.

Denominativa INGRAM MICRO Como se pide, rectifíquese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

0881221 Estudio Carey Limitada, en representación de Bayer Consumer Care AG

Denominativa NEOCLARITINE A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0883614 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa LA YAPA A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

0899620 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa MIRENA A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

99

0911258 Alessandri & Compañía, en representación de Mondelez Brasil Ltda.

Denominativa DIAMANTE NEGRO A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

0928291 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa BLUSIRI A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0928303 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa JAYDESS A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0928304 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Denominativa FLEREE A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0946630 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER OY

Figurativa A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0984952 Estudio Carey Limitada, en representación de Bayer Consumer Care AG

Denominativa IBEROGAST A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0984953 Estudio Carey Limitada, en representación de Bayer Consumer Care AG

Mixta STEIGERWALD A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

0990612 VANZULLI & ASOCIADOS, en representación de NAZAL MANZUR JORGE

Denominativa TIERRA SANTA Como se pide, rectifíquese base de datos, en cuanto al nombre del titular y cobertura. No ha lugar al cambio de fecha de presentación, atendido al mérito de los antecedentes del fomrulario de presentación.

Registro - Res. Favorable Escrito

1001116 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa STANI A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1017802 SARGENT & KRAHN, en representación de ALFRED H. KNIGHT HOLDINGS LIMITED

Mixta K A lo principal: como se pide, rectifíquese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

100

1017803 SARGENT & KRAHN, en representación de ALFRED H. KNIGHT HOLDINGS LIMITED

Mixta K A lo principal: como se pide, rectifíquese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1038136 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa YUMMY A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1039190 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa PYREMPOST Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1070824 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa PYRUS Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1070826 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa GOLDAZIM Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1070827 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa BALEAR Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1083664 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Denominativa SYLLIT Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1084759 Enrique Acuña Carvajal, en representación de DANDILION INGENIERIA LTDA

Mixta DANDILION Como se pide, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1095469 Alessandri & Compañía, en representación de Mondelez Argentina S. A.

Figurativa A escritos de fecha 04/02/2019: A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente. Registro - Res. Favorable Escrito

1119519 SARGENT & KRAHN, en representación de KRAFT FOODS BRASIL S/A

Mixta LACTA Atendido al titular registrado en autos, no ha lugar.

Registro - Res. Desfavorable Escrito

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

101

1119520 SARGENT & KRAHN, en representación de KRAFT FOODS BRASIL S/A

Denominativa LACTA Atendido al titular registrado en autos, no ha lugar.

Registro - Res. Desfavorable Escrito

1147677 Alessandri & Compañía, en representación de Mondelez Argentina S. A.

Denominativa TITA A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1149065 Fernando Fernández Telleria, en representación de EUROSEMILLAS, S.A.

Mixta TANGO FRUIT A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: no ha lugar, por no haber sido efectivamente acompañado. Registro - Res. Favorable Escrito

1153196 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa BELDENT TOUCHMINT A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1165447 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa BELDENT AQUAMINT A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1166604 Karen Pupkin Rutman, en representación de ARYSTA LIFESCIENCE BENELUX

Mixta PROPLANT Téngase presente, actualícese base de datos.

Registro - Res. Favorable Escrito

1174011 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa MANTECOL MEGA MANIAC A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1186143 Bolados Correa José Miguel Mixta EL OTRO PATIO Como se pide, devuélvanse los documentos efectivamente acompañados en autos, dejándose constancia en autos. Registro - Res. Favorable Escrito

1192276 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa MANTECOL A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1205100 Alessandri & Compañía, en representación de MONDELEZ ARGENTINA S.A.

Denominativa MANTECOLAZO A lo principal: téngase presente, actualícese base de datos; al otrosi: téngase presente.

Registro - Res. Favorable Escrito

1242475 Estudio Carey Limitada, en representación de BAYER CONSUMER CARE AG

Denominativa CLARITYNE A lo principal: como se pide, actualícese base de datos; al primer y segundo otrosi: téngase presente; al tercer otrosi: estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Registro - Res. Favorable Escrito

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

102

1279701 Lilian Pezoa Vera, en representación de CHILE HUERTA MICHELLE KIRSTY DE RURANGE GATICA EIRL

Mixta Chile Huerta Como se pide, dese copia de certificado emitido con fecha 06/09/2018. El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

Registro - Res. Favorable Escrito

1281614 A B Mark Sociedad de Asesorías Limitada, en representación de Ingeniería y Seguridad Industrial KS Ltda.

Denominativa KS LTDA A lo principal: como se pide, rectifíquese base de datos; al otrosi: por acompañados.

Registro - Res. Favorable Escrito

1282453 GREGORIO ALEJANDRO IZQUIERDO GONZÁLEZ, en representación de SCM ANDINA SpA

Mixta GO SCM A lo principal: como se pide, rectifíquese base de datos; al otrosi: por acompañado.

Registro - Res. Favorable Escrito

1294959 DIEGO ANDRÉS MARTIN BANDA, en representación de Sudamérica Propiedades SpA

Denominativa SUDAMÉRICA PROPIEDADES Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 417918, ascendente a $47.681 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1294959, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 36, extendido a nombre de SUDAMERICA PROPIEDADES SpA, RUT N° 76.766.536-9, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial. Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, la publicación no fue requerida dentro del plazo legal, por lo que la solicitud se tuvo por no presentada y, en consecuencia, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución. El certificado de devolución de tasa estará disponible para

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

103

su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

1298718 MOISES HERNAN CASTRO TORO, en representación de SHENZHEN IPAKY ELECTRONIC TECHNOLOGY CO.,LTD

Mixta IPAKY Téngase presente

Fondo - Res. Favorable Escrito

1301577 NELSON JOSÉ CAMPOS PEREIRA, en representación de SectoriaTech Ltda.

Denominativa BRABO HOCKEY Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 435441, ascendente a $47.920 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1301577, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 28, extendido a nombre de SECTORIATECHA LTDA, RUT N° 76.399.251-9, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial. Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 14/02/2019 que declara desistida la solicitud, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución. El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

1301579 NELSON JOSÉ CAMPOS PEREIRA, en representación de SectoriaTech Ltda.

Denominativa BRABO HOCKEY Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 435446, ascendente a $47.920 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1301579, referida a Marca de P&S de

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

104

la(s) clase(s) 25, extendido a nombre de SECTORIATECH LTDA, RUT N° 76.399.251-9, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial. Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 21/02/2019 que declara desistida la solicitud, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución. El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

1301580 NELSON JOSÉ CAMPOS PEREIRA, en representación de SectoriaTech Ltda.

Denominativa BRABO HOCKEY Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 435449, ascendente a $47.920 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1301580, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 18, extendido a nombre de SECTORIATECH LTDA., RUT N° 76.399.251-9, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial.Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 21/02/2019 que declara desistida la solicitud, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución.

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

105

El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

1303485 CRISTIAN LUCIANO JOFRÉ GUTIÉRREZ Mixta Mika Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 440004, ascendente a $48.016 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto de la solicitud N° 1303485, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 3, extendido a nombre de CRISTIAN LUCIANO JOFRE GUTIERREZ, RUT N° 10.061.937-7, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial. Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, atendido el estado de tramitación, la resolución de fecha 30/01/2019 y habiéndose declarado abandonada la solicitud en el año 2019, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución. El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011.

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

1307255 CLAUS KREBS POULSEN, en representación de Apple Inc.

Figurativa Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1307305 HUANG DUSHUI Mixta FLIA Certifico que la tasa pagada mediante el formulario de Tesorería General de la República F10 Folio 451355, ascendente a $48.160 y que tuvo por finalidad cumplir con el pago de derechos que establece la Ley 19.039, respecto

Registro - Res. Favorable Escrito Devolución

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

106

de la solicitud N° 1307305, referida a Marca de P&S de la(s) clase(s) 25, extendido a nombre de HUANG DUSHUI, RUT N° 26.303.648-4, fue acompañado en el expediente de la solicitud antes aludida para acreditar el pago de la tasa inicial. Según consta en la base de datos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, la publicación no fue requerida dentro del plazo legal, por lo que la solicitud se tuvo por no presentada y, en consecuencia, procede la devolución de la tasa cuya orden de pago se individualiza en el párrafo precedente. Como se pide, procédase a la devolución de tasas, debiendo requerir ante este Instituto el correspondiente certificado a efectos de la devolución. El certificado de devolución de tasa estará disponible para su entrega en las oficinas de INAPI, de acuerdo al calendario mensual de entrega y previo pago de $500 según lo estipulado en la resolución exenta N°78 del 2011. Atendido a lo resuelto precedentemente, no ha lugar al despacho a domicilio.

1307415 Rodrigo Echeverría Corral Denominativa KETRAFE Vistos la devolución de carta certificada, se resuelve: Adjúntese el documento a sus antecedentes. Registro - Res. Desfavorable Escrito

1309998 SARGENT & KRAHN, en representación de SCIENTIA VASCULAR, LLC

Denominativa VOLO Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1309999 SARGENT & KRAHN, en representación de SCIENTIA VASCULAR, LLC

Denominativa ZOOM WIRE Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1310000 SARGENT & KRAHN, en representación de SCIENTIA VASCULAR, LLC

Denominativa BOOST Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud.

Forma - Res. Favorable Escrito

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

107

1310014 SARGENT & KRAHN, en representación de SCIENTIA VASCULAR, LLC

Denominativa STROKE WIRE Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1310073 Marino Porzio, en representación de Accor Figurativa Vistos, el documento acompañado por el usuario como justificativo del derecho de prioridad, se ha advertido que este corresponde a un certificado de registro y no a uno de prioridad, por lo que a continuación se resuelve: Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Se deja constancia que el plazo fatal de 90 días para acompañar esta documentación vence al 29 de abril de 2019.

Resolución de observaciones de prioridad

1310166 Valentina Venturelli Santa María, en representación de Neste Oyj

Denominativa NEX Process Technologies Acompañe traducción al español del certificado de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Ténga presente que tiene plazo hasta el 30/04/2019 para cumplir con la observación.

Resolución de observaciones de prioridad

1310179 MARINO PORZIO, en representación de ACCOR Mixta ACCOR Vistos, el documento acompañado por el usuario como justificativo del derecho de prioridad, se ha advertido que este corresponde a un certificado de registro y no a uno de prioridad, por lo que a continuación se resuelve: Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser

Resolución de observaciones de prioridad

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

108

acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Se deja constancia que el plazo fatal de 90 días para acompañar esta documentación vence al 30.04.2019.

1310376 AZ Y COMPAÑÍA, en representación de KARYOPHARM THERAPEUTICS INC.

Denominativa NEXPOVIO Acompañe traducción al español del certificado de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Atendido lo anterior, acompañese nuevamente la traducción al idioma español del documento de prioridad, pues en su primera hoja tiene un error en relación al número de la prioridad, se enuncia como 88/336/152 y el número correcto es 88/226/152, estando descrito en forma correcta en el resto de la traducción. El plazo fatal para cumplir con lo señalado vence el día 02.05.2019.

Resolución de observaciones de prioridad

1311150 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en representación de SYLENTIS, S.A.U.

Denominativa ECIFYE Vistos, el documento acompañado por el usuario como justificativo del derecho de prioridad, se ha advertido que este corresponde a un certificado de registro y no a uno de prioridad, por lo que a continuación se resuelve: Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Se deja constancia que el plazo fatal de 90 días para acompañar esta documentación vence al 13 de mayo de 2019.

Resolución de observaciones de prioridad

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

109

1311151 ÁLVARO XAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, en representación de SYLENTIS, S.A.U.

Denominativa DRINZYA Vistos, el documento acompañado por el usuario como justificativo del derecho de prioridad, se ha advertido que este corresponde a un certificado de registro y no a uno de prioridad, por lo que a continuación se resuelve: Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Se deja constancia que el plazo fatal de 90 días para acompañar esta documentación vence al 13 de mayo de 2019.

Resolución de observaciones de prioridad

1311793 SARGENT & KRAHN, en representación de DANISH CROWN A/S

Mixta DANISH CROWN Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. A escrito de fecha 18/02/2019 téngase por acompañado n° de custodia de poder.

Resolución de observaciones de prioridad

1312741 MARINO PORZIO, en representación de Frédéric FOUCARD

Figurativa Vistos, el documento acompañado por el usuario como justificativo del derecho de prioridad, se ha advertido que este corresponde a un certificado de registro y no a uno de prioridad, por lo que a continuación se resuelve: Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser

Resolución de observaciones de prioridad

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

110

acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. Se deja constancia que el plazo fatal de 90 días para acompañar esta documentación vence al 31/05/2019.

1312908 JOHANSSON & LANGLOIS, en representación de Sanatech Seed Co., Ltd.

Mixta SANATECHSEED Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1313477 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Modular Mining Systems, Inc.

Mixta MODULAR MINING Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. A escrito de fecha 21/02/2019 téngase por acompañado n° de custodia de poder.

Resolución de observaciones de prioridad

1313478 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Modular Mining Systems, Inc.

Figurativa Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero. A escrito de fecha 21/02/2019 téngase por acompañado n° de custodia de poder.

Resolución de observaciones de prioridad

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Sección M11:

Resoluciones Varias

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

Tipo de resolución

111

1314562 Jarry Ip SpA, en representación de Daiso Industries Co., Ltd.

Figurativa Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los servicios que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud. Forma - Res. Favorable Escrito

1314563 Jarry Ip SpA, en representación de Daiso Industries Co., Ltd.

Mixta DAISO Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos y servicios que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud.

Forma - Res. Favorable Escrito

1314566 Jarry Ip SpA, en representación de Daiso Industries Co., Ltd.

Mixta DAISO Téngase por cumplido lo ordenado y por acreditada la prioridad invocada a fojas 1, respecto de los productos y servicios que coincidan con los efectivamente aceptados en la solicitud.

Forma - Res. Favorable Escrito

1315080 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de HUGO BOSS Trade Mark Management GmbH & Co. KG

Mixta OGUH Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero.

Resolución de observaciones de prioridad

1315091 SARGENT & KRAHN, en representación de ALIAXIS GROUP S.A.

Mixta aliaxis Acompañe certificado original de la prioridad invocada en la presentación de la solicitud, emitido por la autoridad competente del país de origen de la solicitud extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del Reglamento de la Ley 19.039. Dicho documento debe ser acompañado con su respectiva traducción al español, si fuere el caso, la que debe ser completa y concordante con el certificado proveniente del extranjero.

Resolución de observaciones de prioridad

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Sección M12:

Solicitudes de Renovación Observadas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

112

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Sección M13:

Solicitudes de Renovación Aceptadas

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

113

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Sección M14:

Resoluciones pagos incompletos de renovación

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

114

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Sección M15:

Resoluciones de inscripción de renovación

Solicitud Representante Tipo signo Marca Observaciones

115

Firma por orden del Director Nacional y de la Conservadora de Marcas

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Sección A1:

Anotaciones Observadas

Anotación Registro Representante Marca Observaciones

116

283398 822443 AZ y Compañía, en calidad de Representante de

ATLAS

Anotación de Renovación

298154 838340 AZ Y COMPAÑÍA, en calidad de Representante de

LA POLAR COMPRAR Y GANAR

En cobertura Clase 16 elimine "y artículos de estas materias", por cuanto resulta una

expresión demasiado amplia y esta Oficina no acepta este tipo de descripciones desde la entrada en vigencia de la versión 2017 de la undécima edición del Clasificador de Niza, que comenzó a regir desde el 4 de enero de 2017 para todas las solicitudes presentadas a partir de dicha fecha. Modifique "materias plásticas para embalaje" por "films de materias plásticas para embalaje".

Anotación de Renovación

298317 839370 ATRIUM S.A., en calidad de Representante de

EUROPARD Elimine o especifique “máquinas”, por cuanto resulta una expresión demasiado amplia y esta Oficina no acepta este tipo de descripciones desde la entrada en vigencia de la versión 2017 de la undécima edición del Clasificador de Niza, que comenzó a regir desde el 4 de enero de 2017 para todas las solicitudes presentadas a partir de dicha fecha.

Anotación de Renovación

298164 841728 AZ Y COMPAÑÍA, en calidad de Representante de

LA POLAR SABE LO QUE USTED QUIERE

Se propone modificar la cobertura por la siguiente: "Para ser usada en servicios de agencias inmobiliarias, consultoría de inversión de capitales, agencias de crédito, pagos a plazo, garantias financieras, cobro de deudas, servicios de financimiento para empresas y personas, clase 36.

Anotación de Renovación

298163 841732 AZ Y COMPAÑÍA, en calidad de Representante de

LA POLAR, COMPRAR Y GANAR

Se propone modificar la cobertura por la siguiente: "Para ser usada en servicios de agencias inmobiliarias, consultoría de inversión de capitales, agencias de crédito, pagos a plazo, garantias financieras, cobro de deudas, servicios de financimiento para empresas y personas.

Anotación de Renovación

296871 851892 Valentina Venturelli Santa María, en calidad de Representante de

CILBRAS En cobertura de Clase 9 elimine o reclasifique "distribuidores automaticos" a clase 7

conforme a clasificador vigente.

Anotación de Renovación

301199 855476 ENRIQUE AGUSTÍN DELLAFIORI MORALES, en calidad de Representante de

PECOM

Anotación de Renovación

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección A1:

Anotaciones Observadas

Anotación Registro Representante Marca Observaciones

117

301200 855478 ENRIQUE AGUSTÍN DELLAFIORI MORALES, en calidad de Representante de

PEREZ COMPANC

Anotación de Renovación

301195 858696 Juan Enrique Puga Valdés, en calidad de Representante de

XLIGHT CARDINALE En cobertura de clase 25 elimine la frase "de todo tipo y en general".

Anotación de Renovación

301194 858697 Juan Enrique Puga Valdés, en calidad de Representante de

CARDINALE MAGNO En cobertura de clase 25 elimine la frase "de todo tipo y en general".

Anotación de Renovación

301193 858698 Juan Enrique Puga Valdés, en calidad de Representante de

B! CARDINALE En cobertura de clase 25 elimine la frase "de todo tipo y en general"

Anotación de Renovación

301186 874911 Juan Enrique Puga Valdés, en calidad de Representante de

CARDINALE OFFICE Elimine la frase "en general" de la cobertura de autos.

Anotación de Renovación

301519 1125531 JOHANSSON & LANGLOIS, en calidad de Representante de

GREENLEE ACOMPAÑE TRADUCCIÓN Y ACREDITE LA PERSONERÍA DEL COMPARECIENTE POR EL VENDEDOR.

Anotación de Transferencia total

297170 1159954 Clarke Modet & Co. SpA, en calidad de Representante de

ECR GROUP, PARA QUE TE DEDIQUES A TU NEGOCIO

Aclare representante según poder.

Anotación de Transferencia total

297173 1159955 Clarke Modet & Co. SpA, en calidad de Representante de

ECR GROUP, PARA QUE VEAS LO QUE OTROS NO VEN

Aclare representante según poder. Anotación de Transferencia total

296896 1226560 Carlos Reinaldo Castro Lillo, en calidad de Representante de

WWW.PROINTEC.CL Cumpla debidamente con observación de 11 de enero de 2019. Debe acompañar nuevo contrato o rectificación de contrato con el correcto Rut del titular del registro. Asimismo, acompañe poder para representar al solicitante. Anotación de Transferencia total

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Sección A1:

Anotaciones Observadas

Anotación Registro Representante Marca Observaciones

118

296894 1226561 Carlos Reinaldo Castro Lillo, en calidad de Representante de

PROINTEC Cumpla debidamente con observación de 11 de enero de 2019. Debe acompañar nuevo contrato o rectificación de contrato con el correcto Rut del titular del registro. Asimismo, acompañe poder para representar al solicitante. Anotación de Transferencia total

296895 1226562 Carlos Reinaldo Castro Lillo, en calidad de Representante de

PROINTEC Cumpla debidamente con observación de 11 de enero de 2019. Debe acompañar nuevo contrato o rectificación de contrato con el correcto Rut del titular del registro. Asimismo, acompañe poder para representar al solicitante. Anotación de Transferencia total

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

119

296226 812431 Alessandri & Compañía, en calidad de Representante de

PUREFEED

Anotación de Transferencia total

296221 823726 Alessandri & Compañía, en calidad de Representante de

LINACLASS

Anotación de Transferencia total

300431 837497 Estudio Carey Ltda., en calidad de Representante de

JUICEMAN

Anotación de Transferencia total

296216 854212 Alessandri & Compañía, en calidad de Representante de

SCHENCKPROCESS

Anotación de Transferencia total

288331 854711 VALENTINA ANTONELLA VENTURELLI SANTA MARÍA, en calidad de Representante de

BRESLER

Anotación de Transferencia total

301619 856821 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301620 856822 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301621 856823 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301622 856824 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

120

301623 856825 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301624 856826 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301625 856827 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301626 856828 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301627 856829 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301628 856830 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301629 856831 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301630 856832 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301631 856833 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

121

301632 856834 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301633 856835 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301634 856836 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301635 856837 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301636 856838 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301637 856839 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301638 856840 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301639 856841 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301640 856842 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

122

301641 856843 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301642 856844 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301643 856845 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301644 856846 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301645 856847 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301646 856848 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301647 856849 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301648 856850 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301649 856851 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

123

301650 856852 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

301651 908715 Silva Y Cia., en calidad de Representante de

BARRICK MINERIA RESPONSABLE

Anotación de Cambio de nombre

299220 930943 Silva y Cía, en calidad de Representante de

FURMINATOR

Anotación de Transferencia total

299221 987091 Silva y Cía, en calidad de Representante de

DINGO

Anotación de Transferencia total

299218 1045353 Silva y Cía, en calidad de Representante de

FURMINATOR

Anotación de Transferencia total

299216 1048075 Silva y Cía, en calidad de Representante de

DINGO

Anotación de Transferencia total

291882 1166789 Sargent & Krahn, en calidad de Representante de

RAYOVAC, ES LA PILA

Anotación de Cambio de nombre

299219 1245648 Silva y Cía, en calidad de Representante de

8 IN 1

Anotación de Transferencia total

299217 1245649 Silva y Cía, en calidad de Representante de

8 IN 1

Anotación de Transferencia total

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Sección A2:

Anotaciones aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

124

299215 1249260 Silva y Cía, en calidad de Representante de

8 IN 1

Anotación de Transferencia total

299209 1256852 Silva y Cía, en calidad de Representante de

8 IN 1

Anotación de Transferencia total

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Sección A2R: Anotaciones de renovación aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

125

290576 824722 JAIME ABELARDO DUVANCED CUEVAS, en calidad de Representante de

MYOFIB A su escrito de fecha 24-01-2019, se resuelve: A lo principal: Por cumplido lo ordenado; al otrospi: Téngase presente los documentos acompañados. Corríjase titular del registro conforme a documentos acompañados. Anotación de Renovación Parcial

296087 836449 ESTUDIO CAREY LTDA., en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296088 836450 ESTUDIO CAREY LTDA., en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296078 836454 ESTUDIO CAREY LTDA., en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296080 836458 ESTUDIO CAREY LTDA., en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296079 836463 ESTUDIO CAREY LTDA., en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

297565 837927 Asesorías y Servicios Marccain Ltda., en calidad de Representante de

DORMOBEN Por cumplido lo ordenado.

Anotación de Renovación

296322 838968 ASESORES INTERNATIONALES EN PROPIEDAD INDUSTRIAL LTDA., en calidad de Representante de

SAN PABLO A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

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Sección A2R: Anotaciones de renovación aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

126

301207 841706 BEUCHAT, BARROS Y PFENNIGER, en calidad de Representante de

XINGU

Anotación de Renovación

301201 842477 SILVIA ALEJANDRA SEPÚLVEDA SAN MARTÍN, en calidad de Representante de

EL RINCON PARRILLERO

Anotación de Renovación

301331 842874 Ignacio Miguel Martínez Cornejo, en calidad de Representante de

ANTUSEL

Anotación de Renovación

301332 842875 Ignacio Miguel Martínez Cornejo, en calidad de Representante de

DINKEL

Anotación de Renovación

301204 843019 ALESSANDRI & COMPANIA LIMITADA, en calidad de Representante de

SANCOR

Anotación de Renovación

301206 843714 SARGENT & KRAHN, en calidad de Representante de

LE COQ SPORTIF

Anotación de Renovación

301333 843936 Ignacio Miguel Martínez Cornejo, en calidad de Representante de

WINDAR

Anotación de Renovación

301334 843937 Ignacio Miguel Martínez Cornejo, en calidad de Representante de

SALIDIAB

Anotación de Renovación

301197 847336 SOLEDAD CASTRO ASOCIADOS, en calidad de Representante de

GPLUS

Anotación de Renovación

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Sección A2R: Anotaciones de renovación aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

127

301198 847337 SOLEDAD CASTRO ASOCIADOS, en calidad de Representante de

GPLUS

Anotación de Renovación

300978 848650 Clarke, Modet y C° Chile SpA, en calidad de Representante de

M Se deja constancia que se rectifica de oficio la descripción de etiqueta.

Anotación de Renovación

299591 849059 SARGENT & KRAHN, en calidad de Representante de

ROBINSON CRUSOE

Anotación de Renovación

296745 849701 JAIME PALMA OYEDO, en calidad de Representante de

BAGO A su escrito de fecha 11 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296740 849703 JAIME DAGOBERTO PALMA OYEDO, en calidad de Representante de

A su escrito de fecha 11 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

296738 849726 JAIME PALMA OYEDO, en calidad de Representante de

F.C.E. A su escrito de fecha 11 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

299593 850291 FERNANDO FERNÁNDEZ TELLERÍA, en calidad de Representante de

CUSTO LINE

Anotación de Renovación

298651 851719 JUAN ALBERTO LUCIANO DÍAZ WIECHERS, en calidad de Representante de

ULTRA SCHNELL

Anotación de Renovación

301192 851824 Narvaez Dieguez David Rodrigo LOS SACRAMENTINOS DE NARVAEZ

Anotación de Renovación

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Sección A2R: Anotaciones de renovación aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

128

296320 852590 Iuris abogados s.a., en calidad de Representante de

FARET A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura.

Anotación de Renovación

301190 852868 JOHANSSON & LANGLOIS, en calidad de Representante de

ADD CLEANER PETROBRAS

Anotación de Renovación

301191 853602 JOHANSSON & LANGLOIS, en calidad de Representante de

REPSOL MOTO

Anotación de Renovación

301202 859028 ALESSANDRI & COMPANIA LIMITADA, en calidad de Representante de

INDURA

Anotación de Renovación

301203 859029 ALESSANDRI & COMPANIA LIMITADA, en calidad de Representante de

INDURA

Anotación de Renovación

296637 859719 ALESSANDRI & COMPANIA LIMITADA, en calidad de Representante de

ARIOLA A su escrito de fecha 04 de febrero de 2019, A lo principal: por cumplido lo ordenado, corríjase cobertura; Otrosí: téngase presente.

Anotación de Renovación

301196 859735 Alessandri & Compañía. , en calidad de Representante de

DECOCASA & JARDIN

Anotación de Renovación

301367 860253 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DEL REENCUENTRO

Anotación de Renovación

301366 860255 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DEL RECUERDO

Anotación de Renovación

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Sección A2R: Anotaciones de renovación aceptadas

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

129

301373 860899 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DEL REENCUENTRO

Anotación de Renovación

301369 860902 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DE LA LUZ

Anotación de Renovación

301376 860904 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DE LA LUZ

Anotación de Renovación

301371 860906 CAREY Y CIA. LTDA., en calidad de Representante de

DIA DEL RECUERDO

Anotación de Renovación

301189 865486 JOHANSSON & LANGLOIS, en calidad de Representante de

MORI, MARKET OPINION RESEARCH INTERNATIONAL

Anotación de Renovación

301329 875117 Luis Felipe Claro Swinburn, en calidad de Representante de

CITRIX

Anotación de Renovación

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Sección A3:

Resoluciones que ordenan inscripción de anotación

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Observaciones

130

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Sección A4:

Resoluciones varias de anotación

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Tipo de resolución / Observaciones

131

289276 823670 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en calidad de Representante de

VOSTECS Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

289277 823671 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en calidad de Representante de

SOLECINA Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

283584 817664 S P Mark Ltda., en calidad de Representante de

SOCIEDAD BIBLICA CHILENA

Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

286790 825980 Alfero y Figueroa Limitada, en calidad de Representante de

PCTEAM Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

279033 826372 ORELLANA ALARCON IGNACIO PATRICIO

CHILEANMETAL Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

289279 823538 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en calidad de Representante de

HOPSPLASH Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

289280 824310 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en calidad de Representante de

RUNWAY PINK Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

267758 826375 Asesorias y Construcciones Claudio Gonzalez Ltda.

CONSTRUCTORA LIHUEN

Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

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Sección A4:

Resoluciones varias de anotación

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Tipo de resolución / Observaciones

132

288311 826634 LETELIER SANTORO JUAN IGNACIO

TORO-SANTO Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

289192 822065 Gimenez Antona Jacqueline Fanny TS TEMAKI Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

284632 826287 A B Mark Sociedad de Asesorías Limitada, en calidad de Representante de

BAUERNHAUS Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

284631 826285 A B Mark Sociedad de Asesorías Limitada, en calidad de Representante de

BAUERNHAUS Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

284630 826286 A B Mark Sociedad de Asesorías Limitada, en calidad de Representante de

BAUERNHAUS Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

263907 831151 IURIS ABOGADOS S.A., en calidad de Representante de

WWW.ANAHI.CL Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

275465 827761 Mario Amigo Reyes, en calidad de Representante de

MEZZO Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

274832 834716 Concha Ebeling Luis Eduardo, en calidad de Representante de

TMI Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

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Sección A4:

Resoluciones varias de anotación

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Tipo de resolución / Observaciones

133

288604 850659 A B Mark Sociedad de Asesorías Limitada, en calidad de Representante de

K KOLPING Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

289281 838218 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en calidad de Representante de

Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

282708 842629 Edmundo Alberto Acuña Lizama, en calidad de Representante de

CAMINO DEL INCA Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

288691 841975 Jacqueline Otto Billault, en calidad de Representante de

POLYSORB Resolución de abandono de anotación por falta de pago

Anotación de Renovación

298792 881898 Fernando Fernández Telleria , en calidad de Representante de

MR-A Resolución de rechazo de anotación

Anotación de Renovación Vistos la presentación de la anotación de renovación N° 297083, se resuelve: No ha lugar a la anotación de renovación de autos por corresponder a una duplicidad respecto de la anotación de renovación N° 297083.

301213 869079 Beuchat, Barros & Pfenniger, en calidad de Representante de

S Resolución de suspensión de anotación por trámite

Anotación de Renovación Suspéndase la tramitación del procedimiento hasta la resolución de los siguientes trámites: ;Anotación 301208 (Anotación de Cambio de nombre)

301557 1125531 Johansson & Langlois Ltda., en calidad de Representante de

GREENLEE Resolución de suspensión de anotación por trámite

Anotación de Cambio de nombre Suspéndase la tramitación del procedimiento hasta la resolución de los siguientes trámites: ;Anotación 301519 (Anotación de Transferencia total)

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Sección A4:

Resoluciones varias de anotación

Anotación Registro Representante / Anotación Marca Tipo de resolución / Observaciones

134

Firma por orden del Director Nacional y de la Conservadora de Marcas

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Sección C1:

Notificación de Traslado en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

135

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Sección C2:

Notificación de Causa a Prueba en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

136

1292203 1292203: HERSIL S.A. LABORATORIOS INDUSTRIALES FARMACEUTICOS -LABORATORIO CHILE S.A.

GLUCOVIT 1.- Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada. 2.- Efectividad de que la marca impugnada ha sido solicitada en contravención a los principios de competencia leal y ética mercantil.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

1295858 1295858: SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA OVIEDO SPA-CALBEE, INC.

CALBER 1.- Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de apertura a prueba de oposiciones de marca

1296516 1296516: AVANTE SPA-AVANTE CONSULTING S.A.

AVANTE 1.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la expresión invocada por el oponente, en Chile, en el sector pertinente del público que habitualmente demanda los servicios que ampara dicho signo. 2.- Efectividad que la cobertura solicitada guarda algún tipo de conexión con los servicios que ampara la marca del oponente, según los registros invocados por éste en su demanda. 3.- Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los servicios que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

1298547 1298547: MARCELO EMILIO TOWNSEND PINOCHET-COMPAÑÍA PISQUERA DE CHILE S.A.

MOAI HOA HAKANANAI'A 1.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la expresión invocada por el oponente, en Chile, en el sector pertinente del público que habitualmente consume los productos que ampara dicho signo. 2.- Efectividad que la cobertura solicitada guarda algún tipo de conexión con los productos que ampara la marca del oponente, según los registros invocados por éste en su demanda. 3.- Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

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Sección C2:

Notificación de Causa a Prueba en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

137

1298554 1298554: MARCO ANTONIO SALAZAR REBOLLEDO-AMBEV S.A.

MAR BRAVA 1.- Efectividad que el demandante es el creador de la marca MAR BRAVA para distinguir los productos pedidos de la clase 32 u otros relacionados. 2.- Efectividad que el demandante es titular de registros marcarios vigentes en el extranjero de la marca MAR BRAVA, para distinguir los productos pedidos de la clase 32, u otros relacionados, desde una fecha anterior a la solicitud impugnada. 3.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la marca MAR BRAVA, en el país originario del registro, en el sector pertinente del público que consume los productos pedidos de la clase 32, u otros relacionados. 4.- Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

1298623 1298623: LAS VEGAS SPA-ABG EPE IP, LLC. RANCHO ELVIS 1.- Efectividad que el demandante es el creador de la marca

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Sección C2:

Notificación de Causa a Prueba en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

138

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

RANCHO ELVIS para distinguir los productos y servicios pedidos de la clase 32 y 43 u otros relacionados. 2.- Efectividad que el demandante es titular de registros marcarios vigentes en el extranjero de la marca RANCHO ELVIS, para distinguir los productos y servicios pedidos de la clase 32 y 43, u otros relacionados, desde una fecha anterior a la solicitud impugnada. 3.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la marca RANCHO ELVIS, en el país originario del registro, en el sector pertinente del público que consume y demanda los productos y servicios pedidos de la clase 32 y 43, u otros relacionados. 4.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la expresión invocada por el oponente, en Chile, en el sector pertinente del público que habitualmente consume y demanda los productos y servicios que ampara dicho signo. 5.- Efectividad que la cobertura solicitada guarda algún tipo de conexión con los productos y servicios que ampara la marca del oponente, según los registros invocados por éste en su demanda. 6.-Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios que pretende distinguir la marca impugnada. 7.- Efectividad de que la marca impugnada ha sido solicitada en contravención a los principios de competencia leal y ética mercantil.

1298781 1298781: FABRICA DE BANDEJAS LIMITADA-INDUSTRIAS VANNI S.A.

VANNI BIO DELIVERY A lo principal, por contestada la oposición. Al primer otrosí, por contestadas las observaciones de fondo. Al segundo otrosí, como se pide, 1.-Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada. 2.- Efectividad de que la marca impugnada ha sido solicitada en contravención a los principios de competencia leal y ética mercantil. Al tercer otrosí, téngase presente la personería y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

1298801 1298801: NELSON JOHN CORTÉS CONTRERAS-APPLE INC.

Técnico Mac 1.- Efectividad que el demandante es el creador de la marca TECNICO MAC para distinguir los servicios pedidos de la clase 37 u

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Sección C2:

Notificación de Causa a Prueba en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

139

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

otros relacionados. 2.- Efectividad que el demandante es titular de registros marcarios vigentes en el extranjero de la marca TECNICO MAC, para distinguir los servicios pedidos de la clase 37, u otros relacionados, desde una fecha anterior a la solicitud impugnada. 3.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la marca TECNICO MAC, en el país originario del registro, en el sector pertinente del público que demanda los servicios pedidos de la clase 37, u otros relacionados. 4.-Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios que pretende distinguir la marca impugnada.

1298989 1298989: ERNESTINA ISABEL GOMEZ RUIZ-AROMO SERVIEXPORT LIMITADA-RESTORAN OPERA LIMITADA.

CERVEZA CATEDRAL 1.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la expresión invocada por el oponente, en Chile, en el sector pertinente del público que habitualmente consume y demanda los productos que ampara dicho signo. 2.- Efectividad que la cobertura solicitada guarda algún tipo de conexión con los productos que ampara la marca del oponente, según los registros invocados por éste en su demanda. 3.-Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos y servicios que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

1299109 1299109: MIGUEL TORO ACEVEDO-COMERCIAL VINIMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA.

comunidad wine house 1.- Fama y notoriedad que hubiere alcanzado la expresión invocada por el oponente, en Chile, en el sector pertinente del público que habitualmente consume los productos que ampara dicho signo. 2.- Efectividad que la cobertura solicitada guarda algún tipo de conexión con los productos que ampara la marca del oponente, según los registros invocados por éste en su demanda. 3.-Efectividad de prestarse el signo pedido para inducir a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos que pretende distinguir la marca impugnada.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con recepción de causa a prueba

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Sección C3:

Citaciones a oír sentencia en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

140

1278546 1278546: ELIZABETH ALEJANDRA KELLENDONK LEON-LUIS LEÓN CÁRDENAS GRAIDE-COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE GAS LIMITADA.

GRAIDE

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1280083 1280083: ENRIQUE EUGENIO VEGA MUÑOZ-CORPORACION NEOVIDAS.

NEOVIDA Declárese incurso el apercibimiento decretado con fecha 23/11/2018 y se tiene por no presentado el escrito de fecha 15/11/2018.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1291861 1291861: MH MEDICAL HEMP GMBH-MEDICAL MARIJUANA INC.

MH medical hemp

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1292201 1292201: HERSIL S.A. LABORATORIOS INDUSTRIALES FARMACÉUTICOS-BIOMERIEUX.

VIDAMAX

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1293377 1293377: DESTILERIA NACIONAL SPA-VELARDE HNOS S.A-BLANCA BEATRIZ BUSTOS MELÉNDEZ.

SABA

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1293518 1293518: CJ ANIMATRONIC SPA-AGOSIN EVENTOS LIMITADA.

IMPERIO ANIMATRONIC Como se pide.

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1293725 1293725: INVERCIONES CHILE SUR SPA-ALIMENTOS FORMOSA LTDA-NELFRANCE EXPORT S.A-EMPRESAS DEMARIA S.A-PEPSICO INC.

sabrosa

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

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Sección C3:

Citaciones a oír sentencia en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

141

1294323 1294323: CORIMON INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITED-SODIMAC S.A.

PINTA+

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1294910 1294910: ENZE ZHENG-HWA FONG RUBBER IND. CO. LTD.

NGP DURO BRAKE

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1295017 1295017: SEVEN PHARMA CHILE SPA-LABORATORIOS PISA S.A. DE C.V.

INDAVI Como se pide, citese a las partes a oír sentencia.

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1295372 1295372: CREDITRISKMONITOR.COM, INC-PEIXE URBANO WEB SERVICOS DIGITAIS LTDA.

PAYCE

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1295434 1295434: TEVERE S.A-AUTOMOTORES GILDEMEISTER SPA.

ENERGIX TOTAL

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1295864 1295864: SODIMAC S.A-COMERCIAL ECCSA SOCIEDAD ANÓNIMA.

SODIMAC, LOCOS POR LA CASA

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1295867 1295867: SODIMAC S.A-COMERCIAL ECCSA SOCIEDAD ANONIMA.

SODIMAC, LOCOS POR LA CASA

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1296681 1296681: PROCOMPRA SPA-AUTOMOTRIZ ROSSELOT SOCIEDAD ANONIMA.

CARSALE

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

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Sección C3:

Citaciones a oír sentencia en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

142

1297050 1297050: IPAYLINKS FINANCIAL INFORMATION SERVICE (SHANGHAI) CO., LTD-HIPAY GROUP.

IPAYLINKS

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1297220 1297220: DANTE OCTAVIO RATTO VERGARA-HENRIQUEZ HERMANOS LIMITADA-VIÑA SAN PEDRO TARAPACA S.A.

FRIZZAN´T

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1297275 .1297275: SOCIEDAD DE INVERSIONES ALOGISTICA S.A-SOCIEDAD COMERCIAL ALO RENTAL Y COMPAÑIA LIMITADA.

Alogística A la presentación de fecha 04/03/2019: A sus antecedentes.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1297348 1297348: MAIGAS COMERCIAL S.A-PROFRIO LTDA.

+ FRIO

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1297405 1297405: SHENZHEN KTC TECHNOLOGY CO., LTD-ATC INGENIEROS LTDA.

KTC

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1297815 1297815: EMILIO AMADOR ROMERO BERRÍOS-BANPRO FACTORING S.A.

BANCOPRO

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1298353 1298353: IMPORTADORA, EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA GALILEA LIMITADA-RED TELEVISIVA MEGAVISION S.A.

MÁS BKN la lleva

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

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Sección C3:

Citaciones a oír sentencia en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

143

1298417 1298417: PEDRO NOLASCO RAMÍREZ JIMÉNEZ-LUMICENTRO INTERNACIONAL S.A.

ECOMAS

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1298707 1298707: ECOSER S.A-COPOBRAS S/A. INDÚSTRIA E COMÉRCIO DE EMBALAGENS-READY MIX S.A.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1298929 1298929: BELFOR ANDRÉS OLIVERA BERRÍOS-ORACLE INTERNATIONAL CORPORATION.

Oraculus

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1298953 1298953: JORGE ENRIQUE TAPIA MADRID-FLORES Y CIA. S.A.

CLOVER

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1298975 1298975: JAIME EDUARDO ARAYA MENESES-IMMATICS BIOTECHNOLOGIES GMBH.

TISER

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1299769 1299769: RICARDO MATÍAS CABRERA MANRÍQUEZ-EMPRESAS CAROZZI S.A.

SNOWROLLS SHOW

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1299771 1299771: RICARDO MATÍAS CABRERA MANRÍQUEZ-EMPRESAS CAROZZI S.A.

SNOWROLLS SHOW

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

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Sección C3:

Citaciones a oír sentencia en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

144

1300653 1300653: JUAN IGNACIO FOGLIATTI CAMUS-GLOBAL LICENSING ASSOCIATION LTDA.

Humboldt

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1300667 1300667: JAEMIN CHOI-PHARMA INVESTI DE CHILE S.A.

ROEN

Resolución de citación a oir sentencia de oposición

1300996 1300996: FRANCISCO EDUARDO CERDA LEAL-BAGLEY ARGENTINA S.A-ALIMENTOS PANCHO VILLA S.A.

PANCHITOS

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1301992 1301992: INVERSIONES BREMEN SPA-NOI HOTELS S.A.

NORI

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1302014 1302014: PATRICIO ALEJANDRO PINTO SALINAS-RESTAURANTES ZANZIBAR S.A.

Zanzibar

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1302102 1302102: JOSÉ LUIS VALLEJOS CORVALÁN-PESCO S.A.

BRNX.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

1302270 1302270: ANTONIA AMELIA ESPINOZA RIVERA-EMILIA EL SARRAS EL SARRAS.

ANTONIA AMELIA

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones con citación oír sentencia

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Sección C4:

Fallos de Oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

145

1246713 1246713: SUBARU CORPORATION-APPLE INC.

EyeSight Fallo de aceptación a registro

1266347 1266347: MANUEL GONZALEZ CASTILLO-EDITORIAL PLANETA S.A.

Planeta Niños Fallo de rechazo

1277290 1277290: SOCIEDAD DE INVERSIONES ROKA LIMITADA-PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA S.A.

ROKA BAKER PARADOR B&B Fallo de rechazo

1278085 1278085: PURIFICADORA Y EMBOTELLADORA LUIS ITURRIAGA PEREZ E.I.R.L-AGUA PREMIUM S.A.

MONTE AGUA PREMIUM Fallo de aceptación a registro

1281895 1281895: ELSTER INSTROMET B.V-ILLINOIS TOOL WORKS INC.

INSTROMET Fallo de aceptación a registro

1283009 1283009: PAMELA ANDREA DIAZ VIDELA-COPESA S.A.-ADMINISTRADORA DE MARCAS S.A-RED TELEVISIVA MEGAVISION S.A.

RADIO PAUTA 100.5 FM Fallo de rechazo

1283010 1283010: PAMELA ANDREA DIAZ VIDELA-COPESA S.A.-ADMINISTRADORA DE MARCAS S.A-RED TELEVISIVA MEGAVISION S.A.

PAUTA 100.5 FM Fallo de rechazo

1283012 1283012: PAMELA ANDREA DIAZ VIDELA-COPESA S.A.-ADMINISTRADORA DE MARCAS S.A-RED TELEVISIVA MEGAVISION S.A.

PAUTA 100.5 Fallo de rechazo

1283184 1283184: CAROLINE CONSTANCE LARA CASTILLO-FUNDACION PROPAIS.

FESTIVAL INTERNACIONAL DE LA CANCIÓN CRISTIANA

Fallo de rechazo

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Sección C5:

Ejecutorias en juicios de Oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

146

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Sección C6:

Apelaciones en juicios de oposición por interpuestas

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

147

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Sección C7:

Cúmplase en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

148

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Sección C8:

Resoluciones varias en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

149

1246954 1246954: MUZO INTERNATIONAL LTD-INVERSIONES TORINO S.P.A.

MUZO A lo principal: Traslado. Al otrosí: Téngase presente. Resolución de traslado de incidentes de

escrito contencioso oposiciones

1284532 1284532: AGRÍCOLA Y COMERCIAL NUTRIFARM AMÉRICA LATINA LIMITADA-ANASAC INTERNATIONAL CORPORATION S.A-NUTRAPHARM S.A.

NUTRIFARM Estese al mérito de autos.

Resolución desfavorable de escrito contencioso oposiciones

1284866 1284866: COMERCIALIZADORA FRANCISCO IBIETA ASENJO EIRL-2D2R SPA.

DIRECTO AL GRANO Estese al mérito de autos.

Resolución desfavorable de escrito contencioso oposiciones

1287288 1287288: GUANGDONG PUSS INVESTMENT CO., LTD-GUOFU YE.

NOME Téngase por contestada la observación de fondo. Resolución favorable de escrito contencioso

oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1287760 1287760: INDUSTRIAS LIFELON S.A-ALIMENTOS CORDILLERA LIMITADA.

DAILY Al acta de fecha 21/02/2019: A sus antecedentes. A la presentación de fecha 18/02/2019: Previo a proveer, ratifíquese delegación de poder a doña Gabriela Paz Wildner Gutiérrez dentro de terecro día hábil, bajo apercibimiento de tener por no delegado el poder.

Resolución de observaciones de escrito contencioso oposiciones plazo Art 11 Ley 19039 (3 días)

1288273 1288273: RODRIGO DANIEL AGUIAR-ALD AUTOMOTIVE LIMITADA.

CARFLEX A lo principal: Traslado. Al otrosí: Téngase presente.

Resolución de traslado de incidentes de escrito contencioso oposiciones

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Sección C8:

Resoluciones varias en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

150

1288776 1288776: VÍCTOR FERNANDO CHINCHÓN CANALES-SEVEN PHARMA CHILE SPA-QUIMICA INDUSTRIAL SPES S.A-THE BOOTS COMPANY PLC.

SEVEN 7 Por acompañados, con citación.

Resolución favorable de escrito contencioso oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1288873

1288873: NISSAN CHEMICAL INDUSTRIES LTD-ASPEN GLOBAL INCORPORATED-INSTITUTO SANITAS S.A.

GRACIA Estese al mérito de autos.

Resolución desfavorable de escrito contencioso oposiciones

1289257 1289257: ENZO MAURICIO ARIAS ISLA-GETTY IMAGES ( US), INC.

MI STOCK Al escrito de fecha 05/03/2018: A lo principal, por acompañados, con citación. Al otrosí, téngase presente la personería.

Resolución de por no contestado el traslado de oposiciones

1289473 1289473: ABS ABOGADOS S.A-INCI GS YUASA AKU SANAYI VE TICARET ANONIM SIRKETI.

INCI AKü A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16123: Por acompañados, con citación. A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16125: Por acompañados, con citación. A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16129: Por acompañados, con citación. A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 6984: Por acompañados, con citación.

Resolución favorable de escrito contencioso oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1293952 1293952: PASCUAL DEL ROSARIO CERDA AGUILAR-CALIDAD PASCUAL, SAU.

Z PASCUAL A lo principal, por contestadas las observaciones de fondo. Al primer otrosí, por contestada la oposición. Al segundo otrosí, por acompañado. Al tercer otrosí, téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1293957 1293957: PASCUAL DEL ROSARIO CERDA AGUILAR-CALIDAD PASCUAL, SAU.

Z PASCUAL A lo principal, por contestadas las observaciones de fondo. Al primer otrosí, por contestada la oposición. Al segundo otrosí, por acompañado. Al tercer otrosí, téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

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Sección C8:

Resoluciones varias en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

151

1296756 1296756: LUCID DREAMS VR SPA-DREAMIT S.P.A.

LUCID DREAMS Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 15/02/2019. Proveyendo derechamente el incidente promovido con fecha 05/02/2019: Téngase por objetados los documentos, sin perjuicio de la valoración que de ellos haga este Instituto en definitiva.

Resolución favorable de escrito contencioso oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1298297 1298297: EXACTO, INC-QUIMETAL INDUSTRIAL S.A.

AQUIMAX A la presentación de fecha 18/02/2019, folio 15856: A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase por contestada la observación de fondo. Al segundo otrosí: Por acompañados, con citación. Al tercer otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder. A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16251: A lo principal: Estese a lo resuelto precedentemente. Al primer otrosí: Por acompañados, con citación. Al segundo otrosí: Téngase presente.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1298568 1298568: JUAN ENRIQUE PUGA VALDÉS-INVERSIONES OTTONE LTDA-SILVIA ERICA KUNZE SCHUTZE-KARIN ELIZABETH CLAUSSEN WOHLKE.

ANTIGUA ALEMANA A lo principal, por contestada la oposición. Al otrosí, téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1298579 1298579: EVEREST COMUNICACIONES E.I.R.L-TELÉFONOS DE MÉXICO S.A.B. DE C.V.

Mix Medios SuperMascotas & Medio Ambiente Habiéndose devuelto los documentos de la notificación, agréguense a sus antecedentes.

Resolución favorable de escrito contencioso oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1298908 1298908: CRISTOPHER NICOLÁS ZUÑIGA CAVIERES-CRISTOBAL ISAAC RAMIREZ MIRANDA.

montana A lo principal, por contestada la oposición. Al primer otrosí, por contestadas las observaciones de fondo. Al segundo otrosí, téngase presente la personeria y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección C8:

Resoluciones varias en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

152

1299119 1299119: INVERSIONES LAS ARENAS LIMITADA-INVERSIONES BELLAVISTA LIMITADA.

MERCADO BELLAVISTA A lo principal: Por contestada la oposición. Al otrosí: Téngase presente y por constituido patrocinio y poder. Resolviendo escrito de fecha 07/02/2019 folio 12567: Por contestada la observación de fondo Resolución de por contestado el traslado de

oposiciones

1299120 1299120: INVERSIONES LAS ARENAS LIMITADA-INVERSIONES BELLAVISTA LIMITADA.

MERCADO BELLAVISTA Resolviendo escrito de fecha 01/02/2019: Por contestada la observación de fondo. Resolviendo escrito de fecha 06/02/2019: A lo principal: Téngase presente la limitación, corríjase base de datos. Al 1° otrosí: Por contestada la oposición. Al otrosí: Téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1301714 1301714: NUTRAPHARM S.A-BOMBRIL MERCOSUL S.A.

KAPTOLIP A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16834: Habiéndose devuelto los documentos de la notificación, agréguense a sus antecedentes. A la presentación de fecha 19/02/2019, folio 16193: Téngase por cumplido lo ordenado y por ratificado lo obrado en autos.

Resolución favorable de escrito contencioso oposiciones (sin certificación de ejecutoriedad)

1302071 1302071: ROBERTO FLORES E HIJOS LIMITADA-ORLANDO CHACRA ORFALI.

FENIX A lo principal: Téngase por cumplido lo ordenado en virtud de resolución emanada con fecha 18/02/2019. Proveyendo derechamente la presentación de fecha 05/02/2019, folio 11925: A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder. Al tercer otrosí: Por acompañados, con citación. Proveyendo derechamente la presentación de fecha 05/02/2019, folio 11931: A lo principal: Téngase por contestada la observación de fondo. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder. Al tercer otrosí: Por acompañados, con citación.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

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Sección C8:

Resoluciones varias en juicios de oposición

Solicitud Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

153

1302485 1302485: MANUEL LEONARDO MONROY BRAVO-MARCELO ANTONIO FABAR NÚÑEZ.

LA ESTOCADA A la presentación de fecha 18/02/2019, folio 15644: A lo principal: Téngase por contestada la observación de fondo. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder. Al tercer otrosí: Por acompañados, con citación. A la presentación de fecha 18/02/2019, folio 15645: A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder. Al tercer otrosí: Por acompañados, con citación.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1303413 1303413: RAFAEL ROBERTO MONTES YÁÑEZ-AVICOLA EL MONTE S.A.

CARNES MONTES A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase por contestada la observación de fondo. Al segundo otrosí: Por acompañados, con citación. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1303421 1303421: INDUSTRIAS CELTA LIMITADA-IMPORTADORA MASSMANN LIMITADA.

EBRO A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

1303554 1303554: EVERTON DE VIÑA DEL MAR S.A.D.P-FLORES COMERCIAL S.A.

E A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Por acompañados, con citación. Resolución de por contestado el traslado de

oposiciones

1304092 1304092: BLUE SEED SPA-KARSHARING SPA.

GOWO A lo principal: Téngase por contestada la oposición. Al primer otrosí: Por acompañados, con citación. Al segundo otrosí: No ha lugar, por ahora. Al tercer otrosí: Téngase presente y por constituido el patrocinio y poder.

Resolución de por contestado el traslado de oposiciones

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Sección C9:

Traslado de demanda de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

154

0858892 868881 19-2019 MIMEC CLIMATIZACIÓN Y CALEFACCIÓN LIMITADA - MIMET S.A.

MIMEC Al 1° otrosí: Por acompañados, con citación. Al 2° otrosí: Téngase presente. Al 3° otrosí: Téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

0858893 868882 18-2019 MIMEC CLIMATIZACIÓN Y CALEFACCIÓN LIMITADA - MIMET S.A.

MIMEC Al 1° otrosí: Por acompañados, con citación. Al 2° otrosí: Téngase presente. Al 3° otrosí: Téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

1280571 1282099 17-2019 BIGHIT ENTERTAINMENT CO. LTDA. - DOUBLE AA FITTED LIMITADA

BANGTAN BTS Al 1° otrosí: Por acompañado. Al 2° otrosí: Solicitese por cuerda separada. Al 3° otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Al 4° otrosí: Como se pide, a costas del solicitante. Al 5° otrosí: Téngase presente y por constituido patrocinio y poder.

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Sección C10:

Causa a prueba en juicios de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

155

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Sección C11:

Citaciones a oír sentencia en juicios de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

156

1259857 1260878 118-2017 SIMPSON TORRES - SALAS FEHLANDT

ROBERTA Resolviendo escrito de fecha 26/02/2019: Como se pide, citese a las partes a oír sentencia. Resolución de citación a oir sentencia de nulidad

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Sección C12:

Fallos de juicios de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

157

1177960 1211191 62-2017 FERNANDO ALJARO - ARTURO VIDAL PARDO

AV

Fallo de rechazo de demanda de nulidad

1177963 1253264 71-2017 FERNANDO ALJARO - ARTURO VIDAL PARDO

AV

Fallo de rechazo de demanda de nulidad

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Sección C13:

Ejecutorias en juicios de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

158

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Sección C14:

Apelaciones en juicios de Nulidad por interpuestas

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

159

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Sección C15:

Cúmplase en juicios de Nulidad

Solicitud Registro Expediente y Partes Marca Observaciones

Tipo de resolución

160

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Sección C16:

Resoluciones varias en juicios de nulidad

Solicitud Registro Representante Marca Observaciones

161

0980619 997890 8-2018 PT INDOFOOD SUKSES MAKMUR TBK - SUNDAR RAMCHAND CHATANI

INDOFOOD Téngase presente el nuevo domicilio.

Resolución favorable de escrito contencioso nulidades (sin certificación de ejecutoriedad)

1100195 1132285 161-2018 SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL EL ROSARIO LTDA. - LICORES BOU S.A.

BL BOU LEGADO Resolviendo escritos de fecha 20/02/2019 folio 16587 y 16589: Vistos y teniendo presente que no consta que el antecedente acompañado, esto es, estampado receptorial, se haya firmado válidamente de conformidad con lo establecido en el art. 4° de la ley 19.799, sobre documentos electrónicos y fírma electrónica; Resuelvo: Previamente acompañe en original el estampado receptorial con la firma digital o en su defecto acompañe estampado con fírma manual dentro de 3° día hábil, bajo apercibimiento de tener por no presentado el estampado.

Resolución de observaciones de escrito contencioso nulidades

1230318 1269139 72-2018 FORD MOTOR COMPANY - GEELY HOLDING GROUP CO. LTD.

LINK & CO Resolviendo escrito de fecha 26/02/2019 folio 18299: A lo Principal: Traslado. Al otrosí: Téngase presente. Resolviendo escrito de fecha 26/02/2019 folio 18366: A lo Principal: Traslado. Al otrosí: Téngase presente.

Resolución de traslado de incidentes de escrito contencioso nulidades

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Estado Diario Subdirección de Marcas 12/03/2019

Sección C16:

Resoluciones varias en juicios de nulidad

Solicitud Registro Representante Marca Observaciones

162

1268851 1268521 162-2018 SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL EL ROSARIO LTDA. - LICORES BOU S.A.

GB GRAND BOU Resolviendo escritos de fecha 20/02/2019 folio 16591 y 16592: Vistos y teniendo presente que no consta que el antecedente acompañado, esto es, estampado receptorial, se haya firmado válidamente de conformidad con lo establecido en el art. 4° de la ley 19.799, sobre documentos electrónicos y fírma electrónica; Resuelvo: Previamente acompañe en original el estampado receptorial con la firma digital o en su defecto acompañe estampado con fírma manual dentro de 3° día hábil, bajo apercibimiento de tener por no presentado el estampado.

Resolución de observaciones de escrito contencioso nulidades

1272740 1271307 163-2018 SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL EL OSARIO LTDA. - LICORES BOU S.A.

1929 BOU LEGADO Resolviendo escritos de fecha 20/02/2019 folio 16584 y 16586: Vistos y teniendo presente que no consta que el antecedente acompañado, esto es, estampado receptorial, se haya firmado válidamente de conformidad con lo establecido en el art. 4° de la ley 19.799, sobre documentos electrónicos y fírma electrónica; Resuelvo: Previamente acompañe en original el estampado receptorial con la firma digital o en su defecto acompañe estampado con fírma manual dentro de 3° día hábil, bajo apercibimiento de tener por no presentado el estampado.

Resolución de observaciones de escrito contencioso nulidades

Secretario – Abogado De Marcas e indicaciones Geográficas y

Denominaciones de Origen

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Sección E1:

Estado Diario especial – Correcciones de fecha de concesión

Solicitud Registro Representante Marca Observaciones

163

Firma por orden del Director Nacional y de la Conservadora de Marcas

Firmado electrónicamente, conforme a los estándares de la Ley N°19.799 para firma electrónica avanzada