ESSALUD ARTURITO

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CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA Según: RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 296-PE-ESSALUD-2012 Lima, 19 de Marzo del 2012 CPC. Héctor Leónidas CHAMBI ARI

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CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA

Según: RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 296-PE-ESSALUD-2012

Lima, 19 de Marzo del 2012

CPC. Héctor Leónidas CHAMBI ARI

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CODIGO DE ETICA DEL PERSONAL DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD

Orientar al personal en la búsqueda de un ideal de conducta humana, teniendo en consideración que su labor contribuye al logro de la Misión y Visión de EsSalud

Establecer principios de carácter ético, deberes y prohibiciones que orienten la conducta del personal de EsSalud.

Establecer acciones ante el incumplimiento de las disposiciones, tutelando los principios de equidad, transparencia, celeridad y eficacia, así como a la defensa y debido proceso.

OBJETIVOS

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Promover valores éticos en el personal, a partir de un comportamiento responsable y eficaz en el ejercicio de sus funciones.

Establecer las bases de una cultura organizacional, con predominio de la comunicación, creatividad, solidaridad, trabajo en equipo y apertura al cambio, generando un adecuado clima laboral.

Establecer estímulos e incentivos para el personal por el cumplimiento de principios, deberes y obligaciones.

Satisfacer la expectativa de los usuarios o beneficiarios de los servicios otorgados por EsSalud.

Propender a la probidad del personal, previniendo conflictos de intereses y/o se incurra en actos de corrupción.CPC. Héctor Leónidas CHAMBI ARI

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FINALIDAD

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PRINCIPIOS

DEBERES

PROHIBICIONES

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ALCANCEA todo el personal que preste servicios en el Seguro Social de Salud – EsSalud, bajo cualquier modalidad.

DISPOSICIONES GENERALES

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• Regir su conducta observando la Constitución y las leyes, así como las normas internas en el cumplimiento de sus funciones.

RESPETO

• Debe actuar de manera imparcial, con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de EsSalud, sus asegurados y la sociedad en su conjunto.

PROBIDAD

• Realizar cada una de las funciones y labores que le son encomendadas con la mas alta calidad, buscando el adecuado resultado en el momento oportuno.

EFICIENCIA

• Debe desenvolverse con aptitud técnica, legal y moral, condición esencial para el acceso y ejercicio de la función publica.

IDONEIDAD

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PRINCIPIOS

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• Se expresara y desenvolverá con autenticidad en las relaciones laborales con los miembros de la institución y con terceros.

VERACIDAD

• Debe actuar con idoneidad, fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de la institución, cumpliendo ordenes de sus superiores que reúnan las formalidades caso contrario deben ser denunciadas a la Gerencia Central de Gestión de las Personas.

LEALTAD Y OBEDIENCIA

• Ofrecer permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que es debido, actuando siempre con equidad.

JUSTICIA Y EQUIDAD

• Debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho.

LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO

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DEBERES

• Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole.

NEUTRALIDAD

• Debe ejecutar su labor de manera transparente, en principio, carácter publico y de conocimiento de toda personal natural o jurídica.

TRANSPARENCIA

• Debe guardar reserva respecto de hechos o información que posea por motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones y labores, así mismo debe ser diligente en el manejo de la información que conoce.

DISCRECION

• Promover y preservar el prestigio de la Institución, en ese sentido no debe involucrarse en actividades o transacciones que pudieran afectarla.

IGUALDAD

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• En el ejercicio de sus funciones, no debe adoptar represalias de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otro personal de EsSalud.

EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO

• Debe proteger y conservar los bienes de EsSalud, utilizando de manera razonable, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, procurando preservar su funcionabilidad y durabilidad.

USO ADECUADO DE LOS BIENES

• Debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asimiento respeto su función publica y haciendo suyas la misión y visión de la Institución, poniendo su mejor esfuerzo en alcanzarlos de manera profesional y responsable.

RESPONSABILIDAD Y SEGURIDAD

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• Relacionarse o participar de situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de sus deberes, funciones y labores.

CONFLICTO DE INTERESES

• Divulgar información a la que tuvo acceso, evitando revelar hechos, datos, procedimiento y documentación no autorizada.

INFIDENCIA

• Obtenida como consecuencia del desempeño del propio cargo o función, no podrá sacar provecho o beneficio económico alguno por el uso de información al que tuviese acceso.

MAL USO DE INFORMACION PRIVILEGIADA

• Recibir y/o solicitar, Aceptar u Ofrecer a titulo personal o por intermedio de terceros, dinero, promesas, premios, comisiones, ventajas, regalos, beneficios, rebajas, facilidades, etc.

PAGOS IMPROPIOS O RECEPCION DE

DÁDIVAS Y OBSEQUIOS

PROHIBICIONES

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• Ejercer algún tipo de discriminación, presión, amenaza o acoso sexual, laboral y actitudes que afecten la dignidad de otros servidores o terceros con los que deba relacionarse en el ejercicio de sus funciones.

PRESIONES, AMENAZAS O

ACOSO

• Tener injerencia directa o indirecta en cualquier proceso de selección, respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo grado de afinidad y por razón de matrimonio incluyendo uniones de hecho según Art. 326 del Cód. Civil.

NEPOTISMO

• Realizar actividades de proselitismo político, a través de la utilización de infraestructura, bienes o recursos de la institución, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o sus candidatos.

PROSELITISMO POLITICO

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DE LAS INFRACCIONES

DE LAS SANCIONES

INCENTIVOS Y ESTIMULOS

MECANISMO DE PROTECCION

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ESPECIFICAS

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DE LAS INFRACCIONES

Se considera infracción al incumplimiento de las disposiciones previstas en el Código de Ética, y lo establecido en la Ley N° 27588, Ley N° 27815 y su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 033-2005-PCM

DE LAS SANCIONES

La determinación y aplicación de las sanciones se efectuara de acuerdo al régimen laboral, para lo cual deberá considerarse la normativa aplicable a cada caso.

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INSENTIVOS Y ESTIMULOS

Son acciones dirigidas a motivar la denuncia de los actos contrarios a las disposiciones establecidas en el Código de Ética de la Función Publica, su Reglamento.a) Felicitación escrita mediante Resolución de Secretaria General.b) Reconocimiento publico de ser el caso, salvo solicitud de no realizar ningún

acto publico.Las felicitaciones y reconocimientos serán tomados en cuenta como merito para efectos de evaluaciones de desempeño y capacitación.

MECANISMOS DE PROTECCION

El personal, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar actos contrarios a lo normado en el Código de Ética de la Función Publica, Reglamento. Las denuncias deben ser presentadas ante la Gerencia Central de Gestión de las Personas.