ESCUELAS PENALES

2
ESCUELAS PENALES ESCUELA CLÁSICA.- El nombre se lo da Enrico Ferri, los principios son que el delito no es un hecho, el delincuente es una entidad abstracta, usa el método lógico-abstracto, la imputabilidad es basada en el libre alvedrío y la culpabilidad moral, la pena es un mal y un medio de tutela entre otros. ESCUELA PENAL POSITIVA.- Considera primero a la persona y luego al hecho delictivo, sus características son: el Derecho Penal no es autónomo, el delito es un fenómeno natural, el delincuente es una realidad concreta, tiene la creencia en el libre alvedrío. ESCUELA CORRECCIONALISTA.- Fundador Carlos Augusto Roeder, enseña que la pena es un medio racional y necesario para reformar la injusta voluntad del delincuente, la pena ha de tener un sentido general utilitario y preventivo. ESCUELA DUALISTA.- El que inicia esta escuela es Carlos R. Von Birkmeyer, consiste en postular 2 códigos, uno represivo para reglamentar las ideas de imputabilidad y las penas, otro asegurativo que regularía jurídicamente la peligrosidad.

description

Derecho

Transcript of ESCUELAS PENALES

ESCUELAS PENALES

ESCUELA CLSICA.- El nombre se lo da Enrico Ferri, los principios son que el delito no es un hecho, el delincuente es una entidad abstracta, usa el mtodo lgico-abstracto, la imputabilidad es basada en el libre alvedro y la culpabilidad moral, la pena es un mal y un medio de tutela entre otros.

ESCUELA PENAL POSITIVA.- Considera primero a la persona y luego al hecho delictivo, sus caractersticas son: el Derecho Penal no es autnomo, el delito es un fenmeno natural, el delincuente es una realidad concreta, tiene la creencia en el libre alvedro.

ESCUELA CORRECCIONALISTA.- Fundador Carlos Augusto Roeder, ensea que la pena es un medio racional y necesario para reformar la injusta voluntad del delincuente, la pena ha de tener un sentido general utilitario y preventivo.

ESCUELA DUALISTA.- El que inicia esta escuela es Carlos R. Von Birkmeyer, consiste en postular 2 cdigos, uno represivo para reglamentar las ideas de imputabilidad y las penas, otro asegurativo que regulara jurdicamente la peligrosidad.

ESCUELA TCNICA JURDICA.- Nace como reaccin al positivismo penal, representa un deslinde de campos, emplea un mtodo puramente jurdico, se limita al estudio del delito y de la pena, pasa de la dicotoma antijuricidad y culpabilidad, a la tricotoma, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.

ESCUELA HUMANISTA.- Su base es hacer coincidir la esfera interna de lo moral con la justicia, la pena no es un mal, sino un bien enmendativo y correccional.