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CORPORACION MUNICIPAL EDUCACION QUILPUE

ESCUELA GASPAR CABRALES D-439

EL OCASO 365 7º SECTOR BELLOTO SUR - FONO 2942061

CORPORACION MUNICIPAL DE EDUCACION QUILPUE

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Escuela Básica Gaspar

Cabrales

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INTRODUCCION

Nuestro Proyecto propone poner en práctica un conjunto de

acciones conducentes a lograr una optimización del proceso

enseñanza aprendizaje, aprovechamiento de los recursos que

dispone la Escuela, potenciar iniciativas creadoras por los docentes

a través de la incorporación de prácticas pedagógicas participativas

que conlleven a desarrollar la creatividad y autonomía de los

educandos y a la integración de la Comunidad en este proceso.

En la elaboración de este proyecto participaron todos los

estamentos de la comunidad educativa, formando grupos de

trabajo en diferentes jornadas planificadas para este objetivo.

Las etapas que contempla el desarrollo de este proyecto son:

elaboración, aplicación y evaluación.

Se establece como período de vigencia desde Octubre del 2017 a

cuatro años, siempre y cuando no exista una situación que amerite

su revisión anticipada.

En consecuencia, este proyecto será un instrumento fundamental

para la Toma de Decisiones, con el fin de mejorar la calidad de la

enseñanza, para la formación permanente de los estudiantes y para

dotar a la escuela de un documento que permita la conducción, la

toma de decisiones y la evaluación pedagógica a lo largo de los

años, todo lo cual, dará como resultado una nueva concepción de la

Identidad de la Escuela y de sus procesos curriculares.

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RESEÑA HISTORICA

Nuestra Escuela nació en el año 1968 en el Fundo “Las Piedras”

camino a Colliguay, con el Nº 209, contando en ese entonces sólo

con dos profesores.

Debido al crecimiento poblacional del sector de Belloto Sur, la

Dirección Provincial, decide trasladar la Escuela desde el Fundo

“Las Piedras” a Belloto Sur, instalándose provisoriamente en unos

locales comerciales desocupados, casi en las esquinas Serena con

Tierras Rojas. En ellos se trabajó durante los años 1971 y 1972,

mientras se construía una infraestructura adecuada.

En Marzo de 1973, se inaugura el Año Escolar en el

establecimiento, con la presencia del entonces Presidente de la

República, don Salvador Allende G.

En el año 1975, nuestra Escuela recibe una nueva denominación D-

439, dejando atrás el Nº 209, contando en esta época con 11 salas,

un comedor y una cocina para alumnos, baños y una pequeña

bodega.

En el año 1976, se inicia la construcción de la segunda etapa, con 6

salas, oficinas, cocina y comedor para alumnos, sala y baño para

profesores.

En el año 1978, la Directora de la época, Sra. Luci Schonneweg,

solicita a las autoridades educacionales, que la Escuela sea llamada

“Gaspar Cabrales”, lo que es autorizado. Además, se amplía la

superficie, llegando hasta la calle El Ocaso.

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En los años 80 se crea el Himno de la escuela con la letra a cargo de

don Aldo Collao Ahumada y la música de Carmen León Rogers. La

insignia fue diseñada por don Sergio Silva.

Por estos años se define el primer uniforme propio que usarán los

alumnos para en los años 90 usar el definitivo.

A partir del año 1998 nuestra escuela cuenta con Jornada Escolar

Completa, lo que ha permitido potenciar más a nuestros alumnos y

poder ir concretando acciones reales de calidad educativa.

Hacia el año 2009 se realiza la construcción del techo de la

multicancha, lo que permite a los alumnos realizar sus clases de

educación física al aire libre.

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MARCO LEGAL

Constitución política de la República de Chile, 1980.

Ley Orgánica Constitucional de Educación Nº 18.962, 1990

(LOCE).

Estatuto de los profesionales de la Educación y su

Reglamento, Ley Nº 19.070,

1991 párrafo 111 sobre participación, Art. 14, 15 y párrafo IV

sobre autonomía y responsabilidad profesional Art. 16.

Ley 19.410 de 1995 sobre Plan Anual de Desarrollo Educación

Municipal (PADEM)

Decreto Nº 40 OF y CMO 1996 y Decreto Supremo Nº240 que

modifica Decreto Supremo de Educación Nº 40, 1996.

Ley 19.979, que establece régimen de Jornada Escolar

Completa Diurna (JEC)

Ley 19.532 de 1996, crea régimen de jornada escolar

completa diurna (JECD) y dicta normas para su aplicación.

Ley 19.494, 1997 que establece normas para aplicación de la

JECD.

Programas de Estudio del Ministerio de Educación.

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Convención Internacional Derechos del niño, niña y

adolescente.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Políticas comunales: PLADECO, Ley 18.695 Orgánica

Constitucional de Municipalidades.

Reglamento Interno del establecimiento educacional.

Decreto Exento 545 de1 996. Aprueba Planes y Programas de

NB1 de 1º y 2º año de Enseñanza Básica.

Decreto Exento 552 de 1997. Aprueba Planes y Programas de

NB2 de 3º y 4º año de Enseñanza Básica.

Decreto Exento 511 de 1997. Aprueba Reglamento de

Evaluación y Promoción Escolar de niñas y niños de Enseñanza

Básica.

Decreto Cooperador de la Función Educacional Nº 548 del año

1988

Decreto 453 de 1991 Estatuto de los Profesionales de la

Educación y su Reglamento

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MARCO SITUACIONAL DE LA ESCUELA

Nombre : Escuela Básica Gaspar Cabrales D-439

Localidad : Quilpué

Dirección : E l Ocaso s/n 7º sector Belloto Sur

Comuna : Quilpué

RBD : 1892-9

Deprov : Valparaíso

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ATENCION DE NIVELES

CURSOS NIVELES PREKINDER KINDER 1

PRIMERO 1

SEGUNDO 1

TERCER 1

CUARTO 1

QUINTO 1

SEXTO 1

SEPTIMO 1

OCTAVO 1

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RECURSOS HUMANOS

DOCENTES Nº

Directora 1

UTP 1

Encargado de Convivencia 1

Docentes de Aula 12

Docente Educación Física 2

Docente de Ciencias 1

Docente de Inglés 1

Docentes CRA 1

Educadora Diferencial 1

Educadoras PIE 3

Docente Gimnasia Artística 1

Docente de Taekwondo 1

Total Docentes 22

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ASISTENTES DE LA EDUCACION Nº

Psicóloga 1

Asistente Social 1

Secretaria 1

Asistente de Párvulos 2

Asistente de aula 1

Paradocentes 3

Auxiliar de Servicio 3

Total Asistentes 12

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INFRAESTRUCTURA

05 oficinas administrativas´

01 comedor de alumnos

01 comedor de funcionarios

01 sala de enlaces

01 sala CRA

01 sala de PIE

01 sala de pre-básica

03 baños de alumnas

03 baños de alumnos

09 salas de clases

01 bodega de material deportivo

01 multicancha

01 sala de profesores

01 baño de funcionarias

01 baño de funcionarios

01 sala de audio

01 sala de laboratorio de Ciencias y Matemática

01 sala de Artes y Música

01 sala de reuniones

01 gimnasio

01 sala de Kinesiología

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Jefe de UTP Encargado

Convivencia

COORDINA

DORES

COMUNITA

RIOS

EDUCADORA

DIFERENCIAL DE

GRUPO

DOCENTES

ASISTENTES

AULA

DUPLA

PSICOSOCIAL

ENCARGADO

SALUD

ENCARGADO CENTRO

ALUMNOS

ENCARGADO CENTRO

PADRES

AUXILIARES SERVICIO

PARADOCENTES

ENCARGADO

DE P.A.E.

Directora

EDUCADORA

DIFERENCIAL DE

P.I..E.

DOCENTES

DOCENTE C.R.A.

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IDEARIO DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Nuestro Proyecto Educativo Institucional se centra en la formación

integral del educando, desarrollando todas las capacidades,

competencias y habilidades de los alumnos, habilitándolos para

incorporarse con éxito en la enseñanza media.

Postulamos una educación inclusiva que brinde oportunidades de

desarrollo a todos los alumnos de acuerdo a sus diferencias

individuales, propiciando un ambiente armónico de sana

convivencia donde el educando se desenvuelva con una actitud

positiva con una alta auto-estima e identidad personal,

promoviendo una comunidad educativa fraternal y solidaria donde

las personas se interrelacionan sin prejuicios étnicos, culturales,

sociales y económicos.

VISION INSTITUCIONAL

“ Nuestra Escuela se proyecta como una comunidad educativa que

promueve la participación democrática, reflexiva y critica,

acompañando el proceso de formación de ciudadanos con valores

que les permitan participar en las transformaciones sociales “

MISION INSTITUCIONAL

“ Somos una comunidad educativa que forma personas integrales

en un clima nutritivo, por medio del aprendizaje colaborativo.”

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SLOGAN INSTITUCIONAL

“EN LA SENDA DE UN GOBIERNO ESCOLAR … CIUDADANIA

GASPARINA.”

SELLOS EDUCATIVOS

El sello que sustenta nuestra Visión, Misión y perfil de alumnos es:

Participación Ciudadana, Democrática y Liberadora.

Considerando la política actualizada de Convivencia Escolar y sus

criterios básicos , como institución nos focalizamos en :

- una formación de estudiantes para la construcción de una

convivencia democrática.

- el compromiso y la participación de toda la Comunidad Educativa.

- la inclusión y participación de toda la comunidad educativa.

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PERFIL DE NUESTROS DOCENTES

Perfil emocional:

• Acogedor • Tolerante • Empático • Analítico y reflexivo • Flexible • Sensible • Con autoregulación emocional • Solidario • Respetuoso

Perfil didáctico :

• Innovador • Responsable, organizado y eficaz • Analítico y evaluador de su propio trabajo • Con altas expectativas de sus alumnos • Promueva aprendizajes significativos • Favorecedor de la motivación y creatividad de los alumnos • Que busque constantemente el desarrollo profesional

Perfil social :

• Transformador, Incentivador • Proactivo, Mediador, Participativo • Conocedor del contexto social del entorno que desempeña su

labor • Manejo de las emociones en las relaciones social

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• Que promueva la identidad de sus alumnos

Derechos

Los profesionales de la educación tienen el derecho a trabajar en

un ambiente de tolerancia y respeto mutuo; del mismo modo,

tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y

moral, sin ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad

educativa. Además, tienen derecho a participar y proponer las

iniciativas que estimaren útiles para el progreso del

establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna,

procurando, además, disponer de los espacios adecuados para

realizar en mejor forma su trabajo.

La docencia es la función de carácter profesional, que se realiza en

el establecimiento para dar cumplimiento con el proceso de

enseñanza-aprendizaje, en conformidad con los fines de la

educación, los objetivos de la educación chilena, los principios y

objetivos de la reforma educacional, los objetivos de la comuna y

de cada establecimiento en particular.

Gozará de participación y autonomía en el ejercicio de la función

docente de acuerdo a lo estipulado en los artículos N° 14 y N° 16 de

la ley 19070(estatuto docente), y ley general de educación, Ley

20370.

Además 1.- Derecho a no ser discriminado 2.- Derecho a un procedimiento justo y racional en la aplicación de sanciones administrativas.

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3.- Derecho a defensa en todo procedimiento destinado a sancionar (apelación). 4.- Derecho a asociarse gremialmente. 5.- Derecho a un trato acorde y respetuoso de su función. 6.- Derecho a participar de toda instancia formal existente en el Establecimiento. 7.- Derecho a proponer nuevas ideas, proyectos educativos, metodologías a la Unidad Técnica Pedagógica. 8.- Derecho al respeto de las condiciones del contrato de trabajo. 9.- Derecho a que exista un protocolo para un procedimiento justo y racional frente a acusaciones de cualquier tipo.

Responsabilidades de los Docentes

Por su parte, es responsabilidad de los profesionales de la

educación ejercer la función docente de forma idónea y

responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando les

corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse

periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos

curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos

por las bases curriculares y los planes y programas de estudio;

respetar tanto las normas del establecimiento en que se

desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y tener

un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los

estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

El profesor, es el profesional de la educación, responsable de

orientar e impartir la enseñanza en conformidad con las finalidades

generales de la educación y específicas del establecimiento.

Funciones:

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1. Asistir puntualmente a las clases y todos los actos

académicos. Según carga horaria del docente.

2. Comunicar con anterioridad sus ausencias y dejar guías de

trabajo.

3. Registrar la asistencia de los alumnos, e informar a Inspectoría

General, ausencias reiteradas.

4. Mantener el orden y la buena convivencia durante la clase.

5. Promover un clima grato y afectivo con los todos los

integrantes de la comunidad educativa

6. Comunicar a Inspectoría General y/o a Convivencia los

incidentes ocurridos durante el desarrollo de sus clases.

7. Consignar en el libro de clases las calificaciones de sus

alumnos.

8. Informar a los alumnos/as de los objetivos y contenidos de

cada asignatura.

9. Informar a los apoderados de las calificaciones de sus

alumnos.

10. Prestar apoyo a los alumnos/as en el estudio de cada

asignatura de aprendizaje.

11. Abstenerse de realizar actividades que contravengan los

fines y objetivos de la institución educativa.

12. Dar cumplimiento del Reglamento Interno, las normas

de convivencia y contratos didácticos establecidos por cada

docente de asignatura.

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13. Asumir tareas específicas que queden

determinadas dentro de la programación anual,

funcionamiento escuela.

14. Actualizar sus conocimientos y evaluarse

periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos

curriculares correspondientes a cada nivel educativo

establecidos por las Bases Curriculares y los Planes y

Programas de Estudio.

15. Promover la inclusión y respetar valores éticos y sociales

de la comunidad educativa, considerando la Visión y Misión

de la Escuela.

16. Promover el trabajo colaborativo entre docentes y en el

aula con los alumnos.

17. Cumplir con la obligación técnica pedagógica (libro,

planificaciones evaluaciones)

18. Todos aquellos a que obliga la ley y marco de la buena

enseñanza, por ser propios de la función que desarrolla.

PERFIL DE NUESTROS ALUMNOS

1.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

Según Ley 20370, art. 10:

Artículo 10.- Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen

las leyes y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa

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gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los

siguientes deberes:

1. Son reconocidos como sujetos de derechos en la sociedad,

bajo el amparo de la convención internacional de los derechos

del niño y los derechos humanos.

2. A recibir una formación y educación integral y de calidad.

3. A no ser discriminado por sexo, edad, condición física, etnia, religión o situación económica.

4. A proponer iniciativas que favorezcan el progreso espiritual,

cultural y social del establecimiento, compañeros y/o

personal.

5. A recibir la educación establecida, por el marco legal, correspondiente al nivel de escolaridad al interior del establecimiento y si presentase problemas de aprendizaje.

6. Tiene derecho a ser evaluado en forma diferenciada y recibir el apoyo de especialistas de acuerdo a su problemática personal.

7. A recibir atención respetuosa y digna por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa.

8. A que los profesores que guían su proceso formativo cumplan con sus tareas profesionales como puntualidad, preparación de clases, responsabilidad en las evaluaciones, etc.

9. A conocer oportunamente la información sobre su situación académica y conductual.

10. A poder discrepar y ser considerados, en un marco de respeto recíproco.

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11. A utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece el establecimiento.

12. A una programación dosificada de trabajos, talleres, tareas y evaluaciones previamente establecido por la escuela.

13. A recibir información y orientación oportuna respecto a las observaciones que se registran en el libro de clases.

14. A que sus padres sean informados de manera rápida en caso de accidente o enfermedad.

15. A ser informados oportunamente sobre los horarios y las actividades que son parte de la formación.

16. A ser informados sobre las consecuencias de las transgresiones a las normas vigentes.

17. A ser orientados en el proceso de desarrollo personal, tanto por profesores como por otros profesionales de la escuela.

18. Recibir ayuda, apoyo y asesoría que le permita resolver situaciones personales conflictivas, dificultades relacionadas con el proceso de maduración u otras problemáticas personales.

2.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

1. Reconocer y respetar los derechos de los otros. 2. Asistir diariamente a clases y con puntualidad. 3. Asistir y responder con responsabilidad a las clases y

actividades académicas de la escuela. De no ser así, el apoderado deberá justificar toda inasistencia a través de una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones.

4. Conocer y respetar el Reglamento Interno del Colegio y cumplir las disposiciones de éste.

5. Aprovechar al máximo el tiempo de trabajo en clases, mostrando una actitud acorde con el contexto. No se permite el uso de celulares en la sala ni traer objetos de valor al

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colegio. La eventual pérdida de éstos será de exclusiva responsabilidad del estudiante.

6. Llevar oportunamente a los padres y apoderados la información que envíe la escuela.

7. Estar dispuestos al diálogo con el propósito de fortalecer las relaciones interpersonales.

8. Entregar al Profesor Jefe todo objeto que encuentre y que no le pertenezca.

9. No portar armas ni elementos que puedan causar daño físico a sí mismo u otra persona.

10. Contribuir a mantener al aseo y orden de la escuela como así mismo, cuidar los materiales y la infraestructura.

11. Solucionar los conflictos a partir de la práctica de la no-violencia, la negociación y el diálogo.

12. Presentarse con uniforme y óptima higiene personal a la escuela y a toda actividad organizada por ella.

3.- RESPONSABILIDADES.

A) PRESENTACIÓN PERSONAL

1. El alumno/a debe asistir diariamente, en lo posible, con su

uniforme escolar

completo que

incluye:

UNIFORME DE ALUMNOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA

DAMAS VARONES

Buzo azul Buzo azul

Zapatillas Zapatillas

Delantal Cuadrille Cotona

UNIFORME DE ALUMNOS DE EDUCACIÓN BÁSICA

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Los alumnos tendrán la posibilidad de usar uniforme de invierno a contar del 01 de mayo al 30 de agosto, el cual incluye:

El uniforme correspondiente a la asignatura de Educación Física

según horario será el siguiente:

DAMAS VARONES

Chaleco c/s capucha Azul Chaleco c/s capucha Azul

Blusa blanca Camisa blanca

Polera gris de la escuela Polera gris de la escuela

Corbata Corbata

Falda azul marino con tablas Pantalón gris

Medias grises Calcetas grises

Zapatos o zapatillas Zapatos o zapatillas

Delantal cuadrille azul (1° a 8°) Cotona beige (1° a 8°)

DAMAS VARONES Parka Parka Gorro Gorro

Bufanda Bufanda

Guantes o mitones Guantes o Polera gris o camisa blanca Polera gris o camisa blanca Chaleco c/s capucha Azul Chaleco c/s capucha Azul Pantalón azul marino Pantalón gris

Zapatos o zapatillas Zapatos o zapatillas Delantal cuadrille azul (1° a 8°)

Cotona beige (1° a 8°)

DAMAS VARONES Chaqueta de buzo azul Chaqueta de buzo azul Pantalón de buzo azul Pantalón de buzo azul

Polera blanca (2, una para recambio)

Polera blanca (2, una para recambio)

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2. Durante su permanencia en la escuela, los alumnos de Pre-

kínder hasta 8° año, deberán usar su cotona y las alumnas su

delantal, incluyendo el día que tienen educación física y

talleres

3. Las alumnas no deben usar maquillaje mientras usen

uniforme del establecimiento (lápiz labial, máscara de

pestañas, delineador, esmalte de uñas, sombra, etc.)

4. Los varones deben usar su pelo corto, limpio, estilo tradicional

sin tinturas.

5. Los alumnos y alumnas no podrán usar ropa o accesorios que

degraden u ofendan con sus mensajes o dibujos a personas,

grupos humanos u organizaciones, así como vestimentas que

Calzas azules Short azul Zapatillas Zapatillas Bolso con útiles de aseo (jabón, toalla, colonia, peineta)

Bolso con útiles de aseo (jabón, toalla, colonia, peineta)

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hagan apología de actos reñidos con los derechos

humanos y la sana convivencia.

Como establecimiento nos hacemos cargo de fomentar y fortalecer

en los alumnos y alumnas la adquisición de valores esenciales de la

vida, en conjunto con el apoderado quien tiene la responsabilidad

de fomentar la asistencia sistemática y la puntualidad en los

alumnos y alumnas; potenciando progresivamente la autonomía en

ellos para llegar a ser adultos integrales que aprendan a desarrollar

todas sus potencialidades.

Consideramos que las inasistencias reiteradas y la impuntualidad, la

mayoría de las veces impactan en el ámbito de la convivencia y de

rendimiento escolar.

El asistir a clases y la puntualidad son aportes cruciales para el éxito

educativo de todo alumno y alumna.

B) ASISTENCIA A CLASES

Considerando que el requisito de promoción, es un mínimo de 85%

anual.

1. Toda inasistencia debe ser justificada vía agenda o cuaderno,

y siendo superior a tres días, la justificación debe ser

personalmente por el apoderado.

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2. En el caso de enfermedad del alumno, el apoderado

debe presentar un Certificado médico al paradocente

correspondiente a su nivel quien archiva e informa

respectivamente al profesor jefe, caso de licencia de EFI.

Entregar copia a UTP.

3. Se sugiere no retirar al alumno de la clase, pero si fuese este

el caso, la situación será certificada por Dirección; siendo el

apoderado, quien deberá retirar al alumno y firmar el

“Registro de salida”.

4. La inasistencia a una evaluación , previamente avisado, es

justificable en caso de enfermedad o problema de fuerza

mayor.

5. En caso de no justificar, el alumno/a deberá rendir su

evaluación al reintegrarse a clases.

6. Si el alumno/a falta 3 días seguidos o 4 intermitentes se dará

curso al protocolo de Inasistencias.

7. Si el alumno/a falta más de 10 días seguidos, sin motivo

justificado, la Dirección debe agotar los medios de

comunicación para saber la situación del alumno/a, antes de

proceder a su eliminación de los Libros de Registros.

PROCEDIMIENTO POR INASISTENCIA:

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Docente jefe informa a paradocente de curso las

situaciones de inasistencias en los siguientes casos:

A. Si estudiante no presenta justificativo de su inasistencia.

B. Tercera inasistencia consecutiva.

C. 4 inasistencias intermitentes.

Paradocente citará a apoderado/a para que justifique. Si apoderada no asiste se informa a dupla psicosocial y se

realizará monitoreo telefónico y/o visita domiciliaria a criterio de equipo de convivencia.

No asistir a citaciones por parte de apoderado/a y/o no aceptar entrevista con dupla psicosocial, ameritará notificar a apoderado, CMQ, Red proteccional y tiempo reflexivo en el hogar.

B) PUNTUALIDAD

El alumno/a tomará las medidas necesarias para llegar a tiempo a

clases. El horario de la jornada escolar se comunica en marzo.

PROCEDIMIENTO POR ATRASOS

Se considerará atraso, la llegada del estudiante después de las 8:30,

y/o la llegada tarde a sala después de interperiodos y recreos.

Al quinto atraso se procederá a llamar a apoderado quién se

entrevistará con paradocente y se le notificará que estudiante

deberá cumplir una medida formativa .

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Romper el compromiso establecido ameritará notificar a

apoderado, CMQ, Red proteccional y tiempo reflexivo en el hogar.

1er a 5to ATRASO:

REGISTRO EN PLANILLA DE ATRASOS POR PARTE PARADOCENTE.

5to ATRASO:

A. SE CONSIGNA EN EL LIBRO DE CLASES B. CITA APODERADO C. MEDIDA FORMATIVA (1 SESION) D. ESTUDIANTE SE EXIME DE TALLERES DURANTE “ESA”

SEMANA.

6° ATRASO: A,B C.(4 SESIONES) D. ESTUDIANTE SE EXIME DE TALLERES DURANTE “ESE” MES.

MEDIDA REPARATORIA SE ESTIPULA EN LIBRO DE CLASES.

*ESTE PROCEDIMIENTO DEBERÁ ESTIPULARSE EN EL INFORME DE

PERSONALIDAD SEMESTRAL DEL O LA ESTUDIANTE.

C. DISCIPLINA

1) Los alumnos y alumnas deben respetar el Reglamento Interno

en Materia de Convivencia Escolar de la escuela, basado en el

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sentido común y criterio de todos los participantes de la

elaboración de este reglamento.

2) Se considerará como acto de indisciplina, todo aquello que

atente a una buena convivencia y respeto entre los miembros

de la Comunidad Educativa.

3) La Dirección de la Escuela, Profesores y Asistentes de la

Educación, encargado de convivencia escolar, atenderán a los

apoderados que hayan sido citados por situaciones que atente

a la Buena Convivencia, según sea el caso.

4) Son responsables directos de la disciplina de cada curso, los

profesores de la asignatura, quienes deberán tomar las medidas

necesarias que amerite cada caso, con apoyo del paradocente

de su nivel sin que esto signifique que este deba ser el

responsable de la disciplina dentro del aula.

5) Los alumnos, NO deben salir de la sala en horas de clases y

menos pasearse por la Escuela interrumpiendo el normal

desarrollo de las actividades.

6) Durante los recreos, la vigilancia y la aplicación de medidas

formativas serán de responsabilidad de los paradocentes.

7) Las faltas de los alumnos están categorizadas en leves, graves y

gravísimas, de acuerdo a la conducta no deseada.

8) Los alumnos y alumnas que han presentados situaciones de incumplimiento del Reglamento interno, estarán en

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Seguimiento en Convivencia o Focalizados en Inspectoría General.

PERFIL DE NUESTROS APODERADOS

Los primeros educadores de niños, niñas y adolescentes son sus

padres o cuidadores legales ya sea bajo el amparo del núcleo

familiar, o bajo el alero de instituciones reconocidas por los

Tribunales de Justicia. Por tal razón, su compromiso, su

cooperación y respeto por el colegio, son fundamentales para

alcanzar los objetivos educacionales que el establecimiento se ha

propuesto. También cada padre y/o apoderado al matricular a su

hijo en este establecimiento por libre elección, deberá respetar y

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acatar el presente Reglamento, el cual ha sido consensuado

por todos los actores educativos.

Los padres y madres y apoderados tendrán derechos y deberes que

la Ley General de Educación, ley 20.370, establece:

1.- Derechos de los Padres, Madres y Apoderados

a) Elegir el Establecimiento Educacional.

b) Conocer los Programas de Estudios.

c) Escuchar y ser escuchado con respeto.

d) Dar opiniones en determinadas instancias.

e) Solicitar orientación, cuando sea necesario.

f) Conocer el proyecto educativo institucional y planes

operativos anuales.

g) Confeccionar su propio Reglamento del Centro General de

Padres y Apoderados, bajo las orientaciones de la ley vigente.

h) Organizar actividades con o sin fines de lucro, que sirvan de

entretención y promoción de la recreación en familia, previa

autorización de la Dirección.

i) Reunirse con su profesor asesor cuando lo estimen

conveniente para plantear inquietudes, organizar actividades

y otras, con un mínimo de tres veces en el año.

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j) Asegurar la participación de un representante del

Centro General de Padres y Apoderados en el Consejo

Escolar.

k) Participar en forma activa y voluntaria en el quehacer

educativo de nuestra Comunidad Escolar, respetando

horarios, funciones y espacios predeterminados.

l) Ser atendido por el profesor jefe o de algún subsector en el

horario establecido para ello.

m) Que la reunión de subcentro dure mínimo 90 minutos, donde

el subcentro dispondrá de un tiempo aproximado de 20

minutos.

n) Conocer el plan de trabajo de asignatura, desplegado en

unidades de aprendizajes, semestralmente.

o) Conocer contenidos de evaluaciones al inicio al inicio del

semestre, fechas, temario de estas, e instrumento de

evaluación.

p) Los padres y apoderados tienen derecho a ser respetados por

el personal del establecimiento, no aceptando trato vejatorio

ni de menoscabo ya sea en periodo escolar lectivo y/o

vacacional.

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q) Solicitar documento como: Certificado de Estudios, de

Matrícula si lo requiere, el cual será entregado luego de 48

horas.

2.- Responsabilidades de los padres y apoderados

a) Son apoderados por derecho propio los padres del alumno o su

guardador legal, teniendo a su vez un apoderado suplente

registrado en la ficha de matrícula. El Director podrá exigir cambio

de apoderado en casos que el Apoderado pase a llevar la normativa

del presente Manual de Convivencia.

b) Los apoderados deben constituir un estamento colaborador.

c) Los apoderados deberán manifestar tolerancia, comprensión y

dominio propio en sus relaciones interpersonales.

d) Se organizarán por cursos formando los subcentros de Padres y

Apoderados, los que se reunirán en forma mensual y éstos a su vez

se agruparán en el Centro General de Padres y Apoderados del

establecimiento, que elegirán su propia Directiva.

e) El Centro de Padres y Apoderados, tendrá su propio reglamento,

el que no podrá contradecir el presente reglamento ni las

ordenanzas generales que rigen estas organizaciones.

f) Es obligación del apoderado presentarse en el día y hora fijados,

cuando haya sido citado por la Dirección, profesores, y/o

asistentes de la educación.

g) Deberá asistir obligatoriamente a las reuniones de subcentro

citadas por el profesor jefe, con el objeto de conocer el avance de

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su pupilo; debiendo comunicar por escrito, al profesor jefe,

cuando en casos de fuerza mayor no pueda cumplir con esta

norma. La imposibilidad de asistir, obliga a los apoderados a contar

con una persona mayor de 18 años que pueda reemplazarlo en esta

situación.

h) Conocer y respetar el Reglamento Interno en Materia de

Convivencia Escolar y cumplir las disposiciones de éste.

i) Cumplir el horario de atención a los apoderados, fijados por la

Escuela.

j) Cooperar con el mantenimiento y mejoramiento del

establecimiento escolar.

k) Vigilar diariamente el cumplimiento de tareas, estudios y

trabajos de su pupilo.

l) Revisar el “cuaderno de deberes y/o la agenda del alumno”,

diariamente y firmar la documentación que su pupilo lleve del

profesor u otro integrante del Equipo Directivo.

m) Si necesita retirar a su pupilo durante la jornada de trabajo,

debe hacerlo en forma personal y firmar el “Libro de Retiros”

n) Asumir responsablemente el comportamiento de su pupilo

dentro y fuera del Establecimiento.

o) Los padres y apoderados están obligados a respetar al personal

del establecimiento, no aceptando trato vejatorio ni de menoscabo

ya sea en periodo escolar lectivo y/o vacacional.

p) En caso de citación, el apoderado deberá presentarla en

portería, ratificando la hora y nombre de la persona que realiza

dicha citación.

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q) Respetar el horario de atención de apoderados, no

interrumpiendo a los docentes en horarios de clases, además de no

ingresar a las dependencias del establecimiento.

r) Será responsabilidad de los padres y apoderados retirar

puntualmente a su hijo/a una vez terminada la jornada laboral.

s) Los apoderados deben supervisar que su hijo o hija no ingrese al

establecimiento educacional con objetos de valor (objetos

tecnológicos, joyas, dinero.), sabiendo que la escuela no se

responsabiliza por la pérdida de estos elementos.

t) Es obligación de los apoderados evitar que los alumnos y alumnas

porten cualquier tipo de objeto arma que pueda dañar la integridad

física de él mismo, como la de los demás.

u) Respetar fechas de matrícula que fije el establecimiento.

v) Informar sobre tratamientos médicos como así mismo el

medicamento que el alumno está ingiriendo.

w) Cumplir con tratamiento neurológico y/o psiquiátrico solicitado

cuando corresponda, avalado por certificado médico, indicando

fármacos y dosis requeridas, sobre todo en casos de agresividad de

los alumnos por no ingesta de medicamentos.

De acuerdo a este último, en el caso que el alumno/a no se

encuentre con medicamentos por cualquier tipo de motivo, el

establecimiento propondrá al apoderado un Plan Especial hasta

que la situación se normalice, considerando los siguientes criterios:

1. Comportamiento en clases y en otros espacios del

establecimiento

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2. Protección del alumno

3. Registro de Información docente jefe

4. Registro de Información docente de asignaturas

5. Informe de áreas Inspectoría General y Convivencia Escolar

6. Informe educadoras PIE, Diferencial y/o Dupla Psicosocial

En resguardo de los contenidos curriculares en que el alumno se

encuentre inasistente, el Jefe de Unidad Técnico Pedagógica, se

coordinará con los docentes de las distintas asignaturas, para

entregar las actividades y/o tareas pedagógicas al apoderado.

Manteniendo una comunicación directa entre el alumno y los

docentes, cumpliendo así con plan curricular.

3.- RESPONSABILIDAD DE HABILIDADES PARENTALES

Los padres y apoderados que no asuman responsablemente sus

habilidades parentales, como son la capacidad de establecer un

vínculo afectivo que asegure un sano desarrollo, empatía con las

necesidades biopsicosociales del alumno/a, capacidad para

desarrollar un modelo de crianza acorde como tal y se vea afectada

la actitud y desarrollo del niño/a, serán derivados al Tribunal de

Familia para evaluar dichas incompetencias y que además podrían

involucrar a otras instituciones tales como: Carabineros, Policía de

Investigaciones, Habilidades para la Vida, JUNAEB, Programa de

Prevención Focalizada o Especializada, Oficina de Protección de

derechos de Infancia, SENAME entre otras.

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OBJETIVOS ESTRATEGICOS

1. AREA GESTION Y LIDERZGO

Fortalecer un ambiente laboral, comprometido y proactivo

tendiente a la mejora continua, con altas expectativa s académicas

2. AREA GESTION CURRICULAR

Fortalecer la implementación de los objetivos de aprendizaje y

transversales (pre básica a 8º año en todas las asignaturas) con el

propósito que todos los estudiantes ejerciten y adquieran

habilidades y competencias que favorezcan un desarrollo integral

reconociéndose como un ser que interactúa en su entorno natural,

social y cultural, a través de apoyos académicos especializa dos

3. AREA CONVIVENCIA ESCOLAR

El Equipo Directivo, en conjunto con los Docentes, definen

procedimientos para mejorar la convivencia dentro del aula y así

facilitar el desarrollo de actividades pedagógicas.

Promover el uso de estrategias de convivencia tendientes a

fortalecer el sentido de pertenencia de la institución.

4. AREA GESTION DE RECURSOS

Elaborar un Plan de Trabajo Anual con redes de apoyo, que permita

el mejoramiento continuo.

FORMULACION METAS 2018

A) AREA LIDERAZGO

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a.1. El Equipo Directivo realiza anualmente visitas al aula al

100% de los profesores sistematizando la información en torno a la

implementación curricular junto al docente.

a.2. El 100% de los docentes recibe apoyo técnico

a.3. El Equipo Directivo genera en el 100% de los funcionarios un

ambiente de trabajo desafiante en torno a un clima laboral

armónico.

a.4. El Equipo Directivo comunica al 100% del personal el

desempeño esperado, de acuerdo al perfil elaborado

comunitariamente para cada estamento.

B) AREA GESTION DEL CURRICULUM

b.1. 100% los docentes de asignatura en su gestión de aula

desarrollan los objetivos de aprendizaje y transversales a través de

actividades que favorecen el desarrollo integral del alumno/a.

b.2. El 80% de los estudiantes con NEE son atendidos por

profesionales.

b.3.Más del 60% de los estudiantes con habilidades destacadas

cuentan con oportunidades para potenciar sus competencias.

b.4. Más del 95% de los docentes participa de una reflexión

profesional, eficiente y efectiva

C) AREA CONVIVENCIA ESCOLAR

c.1. El 100 % de los funcionarios trabajan en conjunto las

modificaciones a los procedimientos existentes.

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c.2. El 100% de los funcionarios conocen los procedimientos

del establecimiento.

c.3. El 75% mejora el clima de convivencia de aula.

c.4. Más del 75% de la comunidad educativa participa en la toma de

decisiones tendientes a fortalecer el sentido de pertenencia.

c.5. Más del 80% de la comunidad escolar participa de actividades

comunitarias y/o espacios que son propios de la institución escolar.

D) AREA GESTION DE RECURSOS

d.1. Fortalecer el uso de redes de apoyo

d.2. Adquisición y mantención de recursos

d.3. Habilitación y mantención de espacios

d.4. Categorización de alumnos en distintos estilos de aprendizaje

d.5. Apoyo de recursos educativos tecnológicos para los distintos

estilos de aprendizaje

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REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR

Reglamento de evaluación y promoción para la Enseñanza Básica de la Escuela Gaspar Cabrales, RBD 1892-9, establecimiento educacional municipal, ubicado en calle el Ocaso N° 365 7° Sector Belloto Sur, de la comuna de Quilpué, que imparte educación en los niveles de Educación Parvularia y Educación General Básica. De acuerdo a las normas establecidas en los Decretos Exentos N° 511 (8 de mayo de 1997) del Ministerio de Educación, se dicta el presente Reglamento de Evaluación y Promoción para el año escolar 2015. El establecimiento educacional, consciente que en su Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción debe tener presente tanto la legislación vigente, como la intencionalidad educativa expresada en los principios y objetivos de su Proyecto Educativo, es que establece un conjunto de normas al respecto. Con esto se pretende asegurar la gradualidad de los aprendizajes de acuerdo a las características de los estudiantes y sobre la base de las disposiciones vigentes, determinar los niveles de logros de los mismos, para establecer las condiciones de promoción de los cursos. La responsabilidad del fiel cumplimiento de las normas de este Reglamento radica en la Unidad Técnica Pedagógica y el cuerpo docente. INTRODUCCION Los principios fundamentales que sustentan este reglamento, son para mejorar la calidad de los aprendizajes, y lograr un desarrollo afectivo armónico de nuestros niños, niñas y jóvenes: - Formación Valórica

- Desarrollo de las potencialidades

- Fortalecimiento de las conductas afectivas

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- Participación Ciudadana Nuestra Misión “Somos una comunidad educativa que forma personas integrales en un clima nutritivo, por medio del aprendizaje colaborativo”.

Educación Pre-básica y Educación General Básica AÑO 2018

El presente Reglamento tiene como objetivo establecer

normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar, de conformidad a las disposiciones y facultades que otorgan los siguientes Decretos. 1. Decreto 0289/2001 que establece las Bases Curriculares de Educación Parvularia 2. Decreto Exento N° 511/97 y sus modificaciones (D.E. 158/99 y 107/03) del Ministerio de Educación que regulan la Evaluación y Promoción de los alumnos de Educación General básica. 3. Decretos N°439/2012 y N°433/2012 que aprueban las bases curriculares de 1° a 6° año. 4. Decreto N°2960/2012 que establecen los programas de estudio de 1° a 6° año 5. Decretos N°256/2009 y N°232/2002 que establecen las bases curriculares de 7° y 8° básico. 6. Decretos N°1363/2011, 7° básico: Decreto N°481/2000 7. 8° básico: Decreto N°92/2002 que establece los programas de estudio de 7° y 8° básico. 8. Decreto Supremo N° 40/96 y su modificación N°232/02 que establece los OF/CMO (7° y 8°) 9. Decreto Supremo N° 924/83 10. Constitución Política de la República, artículo 19 N° 10 11. Decreto N° 170 que dispone las formas de evaluar a estudiantes con NEE.

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12. Decreto 83 Ley de Inclusión 13. 7° y 8° básico: Decreto Exento 169/2014 En virtud de lo establecido en al Artículo 2º del Decreto Exento Nº 511 del 08/05/1997, documento que "Aprueba Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de niñas y niños de Enseñanza Básica" y las adecuaciones del artículo 10, incorporadas en el Decreto 107 del 20/02/2013, se establece el siguiente Reglamento de Evaluación:

PARRAFO 1º: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º El presente Reglamento de Evaluación y Promoción se aplicará en la Escuela Gaspar Cabrales de Belloto Sur a todos los alumnos y alumnas de 1º a 8º año de Educación General Básica. ARTÍCULO 2º Los alumnos y alumnas serán evaluados en periodos semestrales. ARTÍCULO 3º El Director del Establecimiento, previo informe, podrá eximir de una asignatura contemplada en el Plan de Estudios a algún alumno que lo amerite, mediante resolución Interna, presentando: “Requisitos y motivos que permitan autorizar la eximición de hasta un sector de Aprendizaje a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente fundados”, (Decreto 158/99 Art. Único ) a) Informe de profesional: Profesor de Educación Diferencial, médico, psicólogo, kinesiólogo, etc. b) Informe del profesor Jefe y/o asignatura, refrendado por Unidad Técnica Pedagógica.

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El alumno se puede eximir total o parcialmente de una asignatura. La duración de esta eximición puede ser por un mes, semestral o anual. Puede ser con asistencia a clases y sin ser evaluados. La eximición es facultad del Director de Establecimiento y no un derecho del alumno. ARTICULO 4º A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje, se les podrá aplicar procedimientos de evaluación diferenciada, hasta que dicho impedimento sea superado; ello será decidido por los docentes de la asignatura correspondiente y la UTP.

PARRAFO 2º: DE LAS EVALUACIONES

ARTICULO 5º La evaluación es una instancia para aprender, por lo cual entregará información que permita tomar decisiones pertinentes, corregir desviaciones de los objetivos y cambiar prácticas pedagógicas cuando sea oportuno. Estará inserta en el proceso y no será sólo terminal. ARTICULO 6º El alumno está obligado a asistir a la totalidad de las clases establecidas en horario normal y en horario extraordinario cuando se requiera. Así como a todas y cada una de las instancias evaluativas calendarizadas durante el año escolar. ARTICULO 7º Durante el proceso, se podrán emplear diversas formas de evaluación: diagnóstica, formativa o conceptuales (Religión y Orientación), sumativas (parciales y acumulativas). ARTICULO 8º Se deberá aplicar una evaluación diagnóstica o inicial cada vez que se necesite medir lo que debe saber el alumno para lograr un nuevo aprendizaje, para indagar sus conocimientos y

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experiencias previas. La evaluación diagnóstica debe hacerse sobre los objetivos de aprendizaje e indicadores de desempeño que son los que resultan indispensables para que el alumno construya un nuevo aprendizaje. ARTICULO 9º Las evaluaciones podrán ser individuales, bipersonales, grupales y otras, según sea procedente, tanto como la autoevaluación o evaluación participativa. Se evaluarán capacidades, destrezas, habilidades, contenidos, métodos, procedimientos, valores y actitudes. ARTICULO 10º Los alumnos asistirán a actividades de reforzamiento (acción perteneciente al Plan de Mejoramiento Educativo para cada año), cuando el docente de una asignatura lo estime conveniente. Lo mismo procede para los alumnos más aventajados a fin de profundizar o ampliar alguna unidad de aprendizaje (acción considerada en el Plan de Mejoramiento Educativo – Taller de Alumnos Talento). Este apoyo pedagógico (con conocimiento de los padres y apoderados respectivos) será obligatorio, con control de asistencia y en el horario que el colegio determine. ARTÍCULO 11º Los docentes a la hora de evaluar procesos, actividades, trabajos, etc., propio de cada asignatura, considerarán:

a. La presentación previa de objetivos claros y precisos. b. La confección de pautas de evaluación, y presentar estas pautas a los alumnos. c. La entrega de bibliografía suficiente y adecuada en los casos que corresponda. d. La exigencia de una elaboración personal del alumno y no aceptar transcripciones o fotocopias del contenido de textos o copias textuales de páginas de Internet; así como la entrega de las direcciones y/o bibliografía consultada.

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PÁRRAFO 3 º: DE LAS CALIFICACIONES

ARTICULO 12º Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones en cada uno de las asignaturas o actividades de aprendizajes, para fines de registrarlas en el libro de clases, se anotarán en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación 4,0 (correspondiente al 60% de exigencia). ARTICULO 13º Los alumnos obtendrán calificaciones sumativas: de proceso, parciales, semestrales (síntesis) y anuales. ARTICULO 14º Las calificaciones sumativas que los alumnos obtengan en todos los sectores, asignaturas o actividades de aprendizajes del Plan de estudio, deberán referirse sólo al logro de los Objetivos de Aprendizajes establecidos en los Planes y Programas de Estudio.

ARTICULO 15º Los profesores evaluarán durante cada semestre escolar, en cada uno de los sectores o asignaturas del plan de estudio, una cantidad de calificaciones mínimas de acuerdo al siguiente cuadro:

ASIGNATURA 1° y 2° año

3° y 4° año

5° y 6° año

7° y 8° año

Lenguaje 6 6 6 6 Idioma Extranjero (Ingles) 4 4 4 4 Matemática 6 6 6 6

Ciencias Naturales 4 4 4 4

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ARTICULO 16º Las calificaciones conceptuales obtenidas por los alumnos en las asignaturas de Religión y Orientación, no incidirán en su promoción. ARTICULO 17º Los estudiantes de Educación Parvularia serán evaluados teniendo como referente una serie de indicadores contenidos en la Pauta de Evaluación de los aprendizajes esperados de los Programas Pedagógicos de NT1 y NT2, en el marco de las bases curriculares de Educación Parvularia y el Proyecto Educativo Institucional. Cada uno de los indicadores será evaluado tres veces en el año, con una escala que considera los siguientes niveles de logro: NT1: Anterior al Primer nivel de Transición NT1: Primer nivel de Transición NT2: Segundo nivel de Transición 1°EGB: Primer año de enseñanza general básica Esta evaluación será comunicada a los padres y apoderados del nivel por medio de un Informe al Hogar, la cual será enviada a casa al término de cada semestre. El informe contiene los siguientes indicadores: I: Iniciando el aprendizaje

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

4 4 4 4

Tecnología 3 3 3 3 Educación Artística - - - 3 Artes 3 3 3 -

Música 3 3 3 3 Educación Física y Salud 4 4 4 4

Religión (concepto) 3 3 3 3 Orientación (concepto) 2 2 2 2

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A: Adquirido el aprendizaje MA: Muy Avanzado en el aprendizaje ARTICULO 18° Las evaluaciones deberán ser avisadas a los alumnos con un plazo no menor a una semana de anticipación, en relación con la fecha de su realización y sobre los objetivos y contenidos que se evaluarán, evitando además que en un mismo día, el alumno sea sometido a más de dos evaluaciones . ARTICULO 19° Los estudiantes deberán ser informados del registro de los resultados de sus evaluaciones dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles, después de aplicado el instrumento de evaluación. ARTICULO 20° EVALUACIÓN DE LOS TALLERES DE LA JORNADA ESCOLAR COMPLETA: serán evaluados con cinco notas acumulativas semestrales. El promedio de estas notas corresponderá a una nota en la asignatura con la cual se relacione el taller JEC.

PARRAFO 4º: DE LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJES ANEXO

PARRAFO 5º: DE LAS CALIFICACIONES DEL SEMESTRE Y DE FIN DE

AÑO.

ARTICULO 18 La calificación mínima de aprobación será 4.0

correspondiente al 60% de desempeño de la Escala de Notas.

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Todos los alumnos, de 1º a 8º Año obtendrán las siguientes calificaciones: A) Parciales: Corresponderán a las calificaciones que el alumno obtenga durante el semestre en las respectivas asignaturas o actividades de aprendizaje. B) Semestrales: Corresponderán en cada asignatura o actividad de aprendizaje, al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre.

C) Finales: Corresponderán, en cada asignatura o actividad de aprendizaje, al promedio aritmético de las calificaciones semestrales. Las calificaciones obtenidas por el alumno durante el semestre y el año, serán calculadas con un decimal y con aproximación a la décima, cuando la centésima sea igual o superior a 5. El informe de Personalidad se entregará a los apoderados semestralmente utilizando conceptos, otorgando sugerencias en aquellos casos especiales y que así lo amerite. ARTICULO 19º Los resultados de las evaluaciones serán comunicados a los padres en términos de calificaciones. La comunicación de resultados de las evaluaciones parciales se realizará en la reunión del mes de Mayo y de Septiembre con la entrega del informe correspondiente. Además los padres y apoderados serán informados permanentemente del avance educacional de sus hijos a través de entrevistas.

PARRAFO 5º DE LA INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES

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.ARTICULO 19º Aquellos alumnos que no se presenten a pruebas y/o trabajos que se hayan fijado durante el año; se someterán a alguna de las siguientes alternativas: a.- Si ha habido una excusa o justificación previa respaldada por el apoderado, el profesor con el alumno fijará de común acuerdo una nueva fecha de evaluación. Lo mismo rige para el caso de los alumnos que hayan faltado por enfermedad debidamente justificada. b.- Si un alumno o alumna por razones debidamente justificadas y explicadas con anterioridad al profesor y respaldada por el apoderado, no está en condiciones de realizar una prueba o trabajo, podrá solicitar a su profesor una postergación, situación que deberá resolver el docente. c.- Si un alumno o alumna sin ninguna explicación se niega a realizar una prueba o trabajo, o falta sin causa justificada, será calificado con la nota 1,0, se le anotará la observación en su expediente individual y se citará al apoderado para toma de conocimiento. d.- Si un alumno o alumna se encuentra suspendido, deberá presentarse a rendir las evaluaciones en la fecha correspondiente según calendario de evaluación., en un espacio diferente. PARRAFO 6º: DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA POR ESTILOS DE

APRENDIZAJES

DISPOSICIONES DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA QUE PERMITAN ATENDER A TODOS LOS ALUMNOS(AS) QUE ASÍ LO REQUIERAN YA

SEA EN FORMA TEMPORAL O PERMANENTE.

ARTICULO 20º

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a. El establecimiento aplicará procedimientos de evaluación diferenciada o P.A.C.I., en las asignaturas en que sea requerido a los alumnos que presenten necesidades educativas especiales permanentes y/o transitorias. - Discapacidad Intelectual.

- Discapacidad Motora.

- Trastorno de la Comunicación : Tipo Autismo y Asperger

- Disfasia Severa.

- Trastornos Específicos del Aprendizaje.

- Trastorno Déficit Atención al con y sin Hiperactividad

- Trastorno Específico del Lenguaje.

- Hipoacusia

- Limítrofes

- Retraso pedagógico b.- La evaluación diferenciada o P.A.C.I. , se realizará a través de un trabajo coordinado de los profesores de cada asignatura y la educadora diferencial, considerando las siguientes modalidades: b.1.- Evaluación individual oral y/o escrita atendiendo a los requerimientos de los niños con necesidades educativas especiales. b.2.- Evaluación escrita atendiendo al ritmo de aprendizaje del alumno; proporcionándole un mayor tiempo en las respuestas. b.3.- Utilizar material concreto atendiendo a la NEE del alumno/a. b.4.- Reforzamiento de las instrucciones del instrumento evaluativo. b.5.- Instrumentos Evaluativos con ítems más simple, pero midiendo los mismos objetivos que el resto de los alumnos. c.- Para los alumnos en proyecto de Integración con Decreto 170, se realizarán evaluaciones compartidas entre el profesor de educación regular y la profesora de Educación diferencial, en las asignaturas con adecuaciones curriculares.

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A través de este apoyo el Equipo de Educación Diferencial en coordinación con Unidad Técnica Pedagógica pretenden que:

- Pesquisar, evaluar, diagnosticar, rehabilitar y/o derivar a aquellos alumnos(as) que presenten NEE ya sea de tipo transitorio y/o permanente.

- Incorporar y solicitar postulación de alumnos(as) PIE de acuerdo a NEE de cada educando.

- Contribuir a la optimización de la calidad de los aprendizajes de todos los alumnos as) especialmente en aquellos que presentes NEE.

- Apoyar el aprendizaje de los alumnos/as) en aula común, realizando trabajo colaborativo entre profesor de curso y profesor especialista.

- Promover la incorporación activa de la familia de los alumnos(as) en la labor que desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos.

- Realizar un trabajo multidisciplinario conforme a los requerimientos de cada estudiante.

- Cada profesor Jefe y/o asignatura, en conjunto con la Educadora Diferencial realizara adecuación curricular a la asignatura que se presente la necesidad educativa.

Así, conforme a lo estipulado, la evaluación diferenciada es un recurso de nuestra escuela para evaluar los alumnos(as) que presenten NEE, que pudiesen o no pertenecer al PIE, facilitando la incorporación de procedimientos y/o instrumentos evaluativos acordes con las características de la situación de aprendizaje que presenta cada alumno(as) con NEE, a fin de optimizar los aprendizajes de todos según OA requeridos en cada nivel Los alumnos(as) con diagnóstico NEEP serán evaluados diferencialmente y aprobados en la asignatura de idiomas,

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considerando además los diagnósticos de Especialista, solicitando la no evaluación (eximición)

PARRAFO 7 º: PROMOCIÓN ESCOLAR

ARTICULO 21 º Para la promoción de los alumnos de 1º a 8º año Básico, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de cada nivel de todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio, que incidan en su promoción y la asistencia a un mínimo de 85% de las clases realizadas. Asimismo, los alumnos y alumnas con NEE., integrados en la escuela de educación regular considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas, agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado por el profesor o profesora especialista. Los alumnos de Primer Nivel Transición NT1 a Segundo Nivel de Transición NT2 y de Segundo Nivel de Transición a Primer año Básico serán promovidos de nivel, según las exigencias de las Bases Curriculares. ARTICULO 22º RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: a.- Serán promovidos de curso los alumnos que aprueben las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio, que incidan en su promoción.

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b.- Serán promovidos de curso los alumnos de 1º a 2º, de 2º a 3º, de 3º a 4º, de 4º a 5º, de 5º a 6º de 7º a 8º de Educación , que no aprueben una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 4,5.(Decreto 511/1997. Artículo 11, N° 1, Letra B) c.- Serán promovidos de curso los alumnos de1º a 2º, de 2º a 3º, de 3º a 4º, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 7º a 8º que no aprueben dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 5.0, incluidas las asignaturas reprobadas, y siempre y cuando estas no sean Lenguaje y Comunicación y Matemática. (Decreto 511/1997. Artículo 11, N° 1, Letra C). d.- La Dirección, podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor jefe del curso de los alumnos afectados, no promover de 1° a 2° o de 3° a 4° año básico a aquellos alumnos que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. (Dec. 107/2003 Art. Unico que modifica artículo N° 10 del Decreto 511/1997). Para efectos de Plataforma, la repitencia en 1° y 3° año básico debe incluir la Observación “ Decreto 107, Art Único”. La Dirección del establecimiento educacional con el profesor de curso respectivo, deberán resolver situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1º a 8º año. Esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre otras, se resolverán las siguientes situaciones especiales: 1.- Los alumnos regulares que por razones personales y /o familiares que deben ausentarse antes del término del año escolar,

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se les cerrará el proceso de evaluación y promoción transcurrido, a lo menos, un semestre del periodo. (Decreto 511/1997. Artículo 12) 2.- Las alumnas que se encuentren embarazadas terminarán su año

escolar en el establecimiento en calidad de alumno regular,

aplicándose los criterios de promoción con porcentajes menores de

asistencia y determinando en Consejo de Profesores, el calendario

de evaluación de acuerdo al plan de estudio y con la flexibilidad que

el caso lo requiera, en caso que por razones médicas, deba

ausentarse.

PARRAFO 8º RESPECTO DE LA ASISTENCIA MÍNIMA DE CLASES

ARTICULO 23º Para ser promovidos de curso, los alumnos deberán asistir a un mínimo de un 85% de las clases realizadas. ARTICULO 24º El Director del establecimiento educacional con el (o los) profesor (es) respectivo (s), resolverán las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1º a 4º año de educación básica. Para los alumnos de 5º a 8º año de educación básica, ésta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un periodo determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. a.- El equipo directivo conjuntamente con el Profesor Jefe, tiene la facultad de autorizar la promoción de los alumnos de 1º a 2º, de 2º a 3º, de 3º a 4º y de 4º a 5º a 6º, de 7º a 8º año de Educación Básica, con porcentajes de asistencia inferiores al mínimo, por

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razones de salud u otras debidamente justificadas. (Decreto 511/1997. Artículo 11, N° 2) b.- Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 8º Año de Educación Básica, deberán quedar resueltos dentro del periodo escolar correspondiente. c.- La situación final de promoción de los alumnos, deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará a todos los apoderados un Certificado Anual de Estudios, que indique los sectores, o asignaturas cursadas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Este certificado, por ningún motivo, podrá ser retenido por la Escuela. d.- Los alumnos que presenten al término del año escolar a asistencia menor a 85% en los niveles Prebásico y Educación Especial, deben incluir como observación en SIGE “Decreto ley 20.630”, asimismo como aquellos alumnos de Educación Básica reprobados que presentan una asistencia inferior al 85%.

PARRAFO 9 º SITUACIONES ESPECIALES

ARTICULO 25º El Director en conjunto con el Consejo de Profesores, previa recolección de antecedentes, resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. ARTICULO 26º Los estudiantes que participen en eventos relativos a diferentes áreas del currículo, en representación del establecimiento y/o patrocinados por el Ministerio de Educación, tendrán derecho a quedar liberados de asistir a clases, sin que esto sea considerado inasistencia.

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PARRAFO 10º DE LAS CALIFICACIONES ANUALES, CERTIFICADOS DE

ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES

ARTICULO 27º La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. ARTÍCULO 28º Al término del año escolar se extenderá a los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique los sectores, asignaturas o actividades de aprendizaje con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. ARTICULO 29º Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada sector, o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos y las observaciones correspondientes.

PARRAFO 11º DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES ARTICULO 30º Aquellos alumnos o alumnas que lleguen al establecimiento y vienen de un establecimiento con régimen trimestral o semestral serán evaluados de acuerdo a los siguientes criterios: a) El alumno o alumna que ingresa al establecimiento en el transcurso del primer semestre mantendrá las calificaciones parciales obtenidas en su plantel de origen hasta la fecha de su

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traslado y serán consideradas en el cálculo de las calificaciones finales del primer Semestre. b) El alumno o alumna que se traslada una vez que da término al primer semestre e ingresa a este establecimiento en el transcurso del segundo semestre; las calificaciones semestrales logradas por el alumno en el plantel de procedencia serán parte del cálculo de la nota final anual, con las notas que obtenga en el nuevo semestre. ARTICULO 31º En los casos de notas limítrofes 3.9 en algún subsector, 4.4 o 4.9 en el promedio general y que tenga incidencia en la promoción, se aplicará una evaluación complementaria en la(s) asignatura(s) reprobada(s).

PARRAFO 12ª CONSIDERACIONES FINALES ARTICULO 32º La revisión y adecuación del presente reglamento se efectuará una vez al año, en el mes de diciembre, con la participación plena del Consejo de Profesores. ARTICULO 33 º El presente Reglamento se difundirá a toda la comunidad escolar de la Escuela Gaspar Cabrales de Belloto Sur de la Comuna de Quilpué, en reuniones de apoderados. Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por La Dirección del establecimiento la que consultará al Consejo General de Profesores, UTP, Encargado de Convivencia y Educadores de Educación Diferencial, según sea la situación. Si el caso lo amerita, será la Secretaría Regional Ministerial de Educación la que defina la situación planteada.