enseñanza del derecho

22
VISION DE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO P r o p ó s i t o: Contribuir con reflexiones Y con posibles sugerencias Teniendo en cuenta los objetivos y finalidades del seminario.

description

en Perú

Transcript of enseñanza del derecho

Page 1: enseñanza del derecho

VISION DE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO

P r o p ó s i t o:

Contribuir con reflexiones

Y con posibles sugerencias

Teniendo en cuenta los objetivos y finalidades del seminario.

Page 2: enseñanza del derecho

1.-Notas previas.

c) Diez años después.1996 – 2006. La misma inquietud. Similar reunión de trabajo

conjunto CNM-Facultades de Derecho.RESULTADO: Incremento de la gravedad del problema ( De 30 % a 70%, aproximado)(Mide la distancia entre el nivel profesional y la exigencia del ejercicio)

b) El punto de vista, la perspectiva que se tiene, corresponde a un juez por más de 30 años y profesor de derecho por más de 40 años.

Page 3: enseñanza del derecho

2.-Casuística elemental

a) El adulterio provocado no es adulterio.Art. 336 C.C.La esposa admite haber tenido un hijo con persona distinta.Pero sostiene y prueba que el marido fue adúltero antes que ella.El Juzgador: El adulterio de la esposa es provocado. No hay divorcio.

f) La muerte del cerebro es la muerte del sujeto.Razonamiento: si una persona tiene sus órganos vitales en función, pero su cerebro no, no es persona.

Casos: Estado de coma por 15 años.Inducción al parto.

Page 4: enseñanza del derecho

3.-Resultados extraños

a) Demandas, contestaciones,alegatos escritos y verbales, dictámenes y sentencias con razonamientos absurdos.

b) No son muy frecuentes, pero tampoco son una rareza.

c) El nivel profesional medio, ¿podríamos afirmar que es un nivel bajo? ¿Aceptaríamos esa afirmación como una hipótesis de trabajo?

Page 5: enseñanza del derecho

4.-El enfrentamiento inicial

a) El licenciado y sus primeras experiencias-Es una verdad inobjetable:en el primer trabajo, en la primera responsabilidad personal, el novato sufre obscuridad total de conocimientos.Traducida en la inadecuación absoluta entre los textos legales y las situaciones reales.

b) En ese momento, frente al cliente, la soledad más agobiante. No están a su lado ni el profesor, ni el colega el amigo, ni el Código explicado.

Page 6: enseñanza del derecho

5.-Una posible explicación.

a) En el aula: el recorrido intelectual se hace de arriba hacia abajo. De lo general, abstracto, a lo singular.De la norma, de la institución, del concepto abstracto.A su explicación teórica (Si es que la hay)

d) En el trabajo, el sentido es al contrario: se nos proporcionan hechos, situaciones.El cliente trae una cruda, confusa, inasible, elusiva situación real, sin formulaciones. Lo fáctico es lo que enfrentamos de sopetón.

c) ¿Es este fenómeno privativo del novato o alcanza al profesional en todo el desarrollo de su trabajo cuando lo enfrenta con dignidad profesional?

Page 7: enseñanza del derecho

6.-A manera de ejemplos.

a) El demandante de un proceso de ejecución de garantía, dice la norma, debe anexar a su demanda:

-El documento que contiene la garantía.-Y el estado de cuenta del saldo deudor.

¿Cómo se acredita el estado de cuenta del saldo deudor? No lo señala la norma.

Pregunta: ¿será mediante doc. privado? ¿Con Doc. notarial o con legalización notarial?

b) El recurso a los atajos, antes que el uso del camino directo:- La abundancia de procesos de amparo. - La impugnación casatoria sobredimencionada.- La denuncia penal para ejercer presión.- La ley de violencia familiar para obtener un desalojo.

Page 8: enseñanza del derecho

7.-La coincidencia.

a) La coincidencia entre el hecho y el texto legal comprende Situaciones obvias y elementales;Pero, también, problemas de envergadura mayor

(Complejas).

b) Contratos de múltiples prestaciones recíprocas;Con responsabilidades sucesivas y encadenadas;Con varios obligados independientes pero servidores de un objetivo común;El resultado no depende de uno si no del cumplimiento de todos.

c) ¿Qué es esto?¿Dónde está la norma que conjuga todos estos elementos autónomos pero a la vez independientes?

Page 9: enseñanza del derecho

8.-¿Dónde ubicar el problema?

1.- Es una situación que corresponde a cada quien.

2.- Es un problema personal de nivel del desarrollo intelectual.

3.- Es un problema de formación académico-profesional.

4.- Es un problema individual de “perfeccionamiento”.

5.- Es un problema ético moral profesional.6.- La Universidad no es responsable.

Page 10: enseñanza del derecho

10.-Opiniones.

a) El ejercicio profesional del derecho se halla en un curso en el que mayoritariamente:

1) Pierde nivel técnico. Deficiente formación profesional en las Universidades

2) Ofrece un producto de baja calidad al cliente.3) Se vale de recursos contrarios la ética

profesional.4) Degradan la administración de justicia.(Luis Pásara. “Los abogados de Lima en la administración de justicia”.

Ediciones.Justicia Viva. 2005 Perú. Página108).

Page 11: enseñanza del derecho

Opiniones (2).

Del mismo autor Pásara.Deficientes calidades del ejercicio (profesional):

-Conocimiento superficial del caso.-Falta de solidez en el razonamiento.-Dificultades para redactar con claridad y precisión.-Poca disposición o incapacidad para

negociar.-Escasa preocupación para servir.

(Ibid Página 102).

Page 12: enseñanza del derecho

11.-Explicaciones

Javier De Belaúnde: (Estudio realizado en 1993.Citado por Pásara “La enseñanza del Derecho en el Perú. Mi Justicia 2004).-La enseñanza consistía, casi exclusivamente, en la transmisión de información legal. (Subrayado agregado)-Ausencia de “desarrollo de habilidades”

Juan Monroy Galvez (citado por Pásara)-”…en nuestras Facultades los profesores enseñan la ley”.

Page 13: enseñanza del derecho

12.-Otros maneras de describir.

Citadas por Pásara. (Pág. 26 “La Enseñanza…”)-No se ha superado la cultura del Código.-Se enseña el derecho como si fuera el texto de la

ley.-No se usa la jurisprudencia.-No se trabaja el razonamiento jurídico.Sólo se ve lo normativo y la solución menuda.-No se enseña la diferencia entre verdad formal y

verdad real-No se entra en la realidad.

Page 14: enseñanza del derecho

13.-Breve mirada al pasado.

1.-Fernando de Trazegnies: La enseñanza del derecho y el desarrollo (1973).-La reforma de la enseñanza del derecho en AL tiende a distinguir entre métodos y contenidos.-Enfatiza la utilización del “método activo”-Sustituir la clase magistral, por enseñanza dialogada.-Adoptar el método del razonamiento. Permite resolver cualquier problema legal (aunque la ley varíe).-Replantear los contenidos.-Enseñar a evaluar críticamente las leyes vigentes.-Propone la integración del derecho a la vida social.

Page 15: enseñanza del derecho

Otra breve referencia.

Néstor Colmenares. Modelo de Docencia Jurídica. Teoría y Estructura.Venezuela.-No existe un perfil unívoco del abogado.-Por eso no hay un criterio uniforme sobre qué enseñar a un joven que estudia para abogado. -En EEUU: un técnico versado en jurisprudencia.-En Francia: bastión que defiende la libertad. Marcado acento constitucionalista.-En España: por encima de todo un hombre culto y erudito.-En todas partes: UN DEFENSOR.

Page 16: enseñanza del derecho

Colmenares (2)

Qué enseñar. Qué es lo que debe aprender.

-El abogado debe ser un jurista.-Al mismo tiempo un hombre de cultura.-Con conocimientos profundos de su país (aspectos políticos, económicos,

culturales).-Sacarlo de la sordidez, del hedonismo nocivo.-Debe enriquecer el acervo del país.-Dedicarse a la investigación y producción jurídica.

-En concreto: • formación del criterio jurídico.• Dominio de la técnica jurídica• Vocación de servicio.

Page 17: enseñanza del derecho

14.-La oferta de las Facultades.

-Todas prometen:-Boliviana:

Hombres de derecho.Con alto sentido éticoCapacidad de análisis y creatividad.

-UPC:Con visión empresarial.Capaces de trabajos interdisciplinarios.Que entiendan la dinámica de los negocios.

-Universidad de Piura:Conocimiento y manejo de fuentes del DerechoAgudo razonamiento crítico legal, crítico e interpretativo.Persona íntegra y moral. Sólida formación humanista.

Page 18: enseñanza del derecho

15.- Otras propuestas.

-Consejo General de la Abogacía.(Entrevista. Dra. Victoria Martínez-Vares. Madrid).

Con la globalización .Se necesita un perfil de abogado que no tiene nada que ver con el de hace veinte años.

La calidad jurídica es importante.

La empresa necesita un abogado “generalista”. No un especialista. El abogado debe aconsejar en civl, penal, laboral, empresa.

El abogado general tiene visión, perspectiva y sentido estratégico

Page 19: enseñanza del derecho

16.-La universidad Javeriana. Colombia.

-El papel del profesional del derecho es importante en la reestructuración social.

-Abogados preparados po asumir el desafío en condiciones hasta hoy no dadas.

-Plena conciencia de la necesidad de perseguir mayor equidad social.

.Profesionales integralescapaces de ejercer la profesión con rigurosidad y de modo interdisciplinario.

-Una alta calidad científica e investigativa.-Con un marco ético.

Page 20: enseñanza del derecho

16.-Conclusiones

Primera.-Cada Facultad debe encontrar las deficiencias del desarrollo de sus métodos de enseñanza aprendizaje. Investigar en sus alumnos y en sus egresados lo concerniente.

Segunda.-Agrupar a sus docentes en reuniones por especialidades y reuniones generales para encontrar motivaciones, criterios colectivos y planes comunes.

Page 21: enseñanza del derecho

Tercera: El nivel académico profesional del abogado peruano

ES PRODUCTO DE LAS FACULTADES DE DERECHO.:

a) Renovar los métodos de enseñanza.

b) Incidir en el conocimiento de la realidad.

c) Alcanzar metas más altas en el razonamiento jurídico.

d) Dedicar esfuerzos a la investigación generalPero sobre todo a cargo del alumno. Todos deben investigar. Indispensable para acercase a la realidad del problema y buscar la solución adecuada.

Page 22: enseñanza del derecho

Conclusiones (Cont.)

e) La enseñanza o tratamiento adecuados de la ética. Internalizar el Código de Ética de los Colegios de Abogados, como instrumento nico para mantener y perfeccionar el sistema de justicia, con transparencia, limpieza.

f) Movilizar al profesorado individual y colectivamente hacia la superación en todo sentido.

g) La integración del derecho. Abandonar el estudio aislado de cada disciplina.

• h) Rigor. Exigencia. Severidad.