elTelegrafo-21-05-2014

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MIÉRCOLES 21 MAYO 2014 Facebook: https://www.facebook.com/diarioeltelegrafo Twitter: @el_telegrafo Pinterest: http://pinterest.com/eltelegrafo/ PRIMERA EDICIÓN - HORA DE CIERRE 18:20 - EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 29.264 - 56 páginas | Nº 47.140 | Ecuador 22 días faltan para el Mundial Escanee el código en su teléfono inteligente y navegue en EL TELÉGRAFO edición web. www.telegrafo.com.ec EN LA WEB 02 Página Dos 03 - 04 - 05 Política 06 - 07 Economía 08 Guayaquil 09 Quito 10 - 11 Actualidad 12 - 13 Opinión 14 - 15 - 16 Mundo Cuerpo B 17 - 18 - 19 - 20 Fanático 21 - 22 Sociedad 23 Tecnología 26 - 27 Cultura Cuerpo C 33 - 34 Justicia Gaceta Judicial Telemix Índice Jaime Villa recorre las etapas de su vida en 80 cuadros Norma busca regular la medicina prepagada Ecuador consigue 2 medallas en prueba de aguas abiertas El artista, quien lucha contra la diabetes, exhibe en Guayaquil desde su primer óleo hasta sus obras más recientes. [27] Alrededor de 20 empresas funcionan en el país, y se estima que mueven unos $ 1.000 millones al año. [6] Samantha Arévalo gana oro y Esteban Enderica, plata, en los Juegos Suramericanos de Playa, en Vargas, Venezuela. [20] Guayaquil [8] Nueva Prosperina pide al Cabildo el cierre de una zanja Los moradores viven -desde hace dos décadas- junto a un canal abierto, el cual se desborda con las lluvias. Política [4] Gobernabilidad, el reto para el Alcalde de Muisne La confrontación política ha estado latente en los últimos 3 años en el cantón. A eso se suman 1.050 juicios pendientes. EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DISCUTE HOY EL REGLAMENTO EN QUITO U. privadas elevan cobros hasta en 150% Por la diversidad en los valores de las universidades particulares y ante la falta de un mecanismo, la Senescyt presenta una propuesta para fijar los aranceles por carrera. Los parámetros a seguir serán tres: categoría de las instituciones, modalidad educativa y el índice de inflación en el país. La medida aspira a mejorar la economía de los estudiantes. [21] 70% de la matrícula en centros superiores privados pertenece al estrato más rico. 81% del ingreso per cápita de una familia se destina al gasto en educación universitaria. 7 de cada 10 estudiantes reciben ayuda del Estado para ir a la Universidad. Municipio de Durán parece casa abandonada El Cabildo cerrará sus puertas durante siete días para hacer una minga. [5] En la entidad no existe un archivo digital, además está suspendido el servicio telefónico y tiene una deuda de aproximadamente 20 mil dólares por consumo de energía eléctrica. MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO

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MIÉRCOLES 21 MAYO 2014

Facebook: https://www.facebook.com/diarioeltelegrafo Twitter: @el_telegrafo Pinterest: http://pinterest.com/eltelegrafo/

PRIMERA EDICIÓN - HORA DE CIERRE 18:20 - EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 29.264 - 56 páginas | Nº 47.140 | Ecuador

22días faltan para el Mundial

EEscanee el código en su teléfono inteligente y navegue en EL TELÉGRAFO edición web.

www.telegrafo.com.ec

EN LA WEB

02 Página Dos

03 - 04 - 05 Política

06 - 07 Economía

08 Guayaquil

09 Quito

10 - 11 Actualidad

12 - 13 Opinión

14 - 15 - 16 Mundo

Cuerpo B

17 - 18 - 19 - 20 Fanático

21 - 22 Sociedad

23 Tecnología

26 - 27 Cultura

Cuerpo C

33 - 34 Justicia

Gaceta Judicial

Telemix

Índice

Jaime Villa recorre las etapas de su vida en 80 cuadros

Norma busca regular la medicina prepagada

Ecuador consigue 2 medallas en prueba de aguas abiertas

El artista, quien lucha contra la diabetes, exhibe en Guayaquil desde su primer óleo hasta sus obras más recientes. [27]

Alrededor de 20 empresas funcionan en el país, y se estima que mueven unos $ 1.000 millones al año. [6]

Samantha Arévalo gana oro y Esteban Enderica, plata, en los Juegos Suramericanos de Playa, en Vargas, Venezuela. [20]

Guayaquil [8]

Nueva Prosperina pide al Cabildo el cierre de una zanja

Los moradores viven -desde hace dos décadas- junto a un canal abierto, el cual se desborda con las lluvias.

Política [4]

Gobernabilidad, el reto para el Alcalde de MuisneLa confrontación política ha estado latente en los últimos 3 años en el cantón. A eso se suman 1.050 juicios pendientes.

EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DISCUTE HOY EL REGLAMENTO EN QUITO

U. privadas elevan cobros hasta en 150%

Por la diversidad en los valores de las universidades particulares y ante la falta de un mecanismo, la Senescyt

presenta una propuesta para fijar los aranceles por carrera. Los parámetros a seguir serán tres: categoría de las instituciones,

modalidad educativa y el índice de inflación en el país. La medida aspira a mejorar la economía de los estudiantes. [21]

70% de la matrícula en centros superioresprivados pertenece al estrato más rico.81% del ingreso per cápita de una familia sedestina al gasto en educación universitaria.

7 de cada 10 estudiantes reciben ayuda del Estado para ir a la Universidad.

Municipio de Durán parece casa abandonada El Cabildo cerrará sus puertas durante siete días para hacer una minga. [5]

En la entidad no existe un archivo digital, además está suspendido el servicio telefónico y tiene una deuda de aproximadamente 20 mil dólares por consumo de energía eléctrica.

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PÁGINA DOS El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014002 “Esta edición se hizo con el mayor esfuerzo y responsabilidad. Mañana será mucho mejor”

TOMADO DEL TWITTER @el_telegrafo

@LuisDavid_FR (Luis David López)

Cancillería panameña revocó el asilo

territorial otorgado al exasambleísta

Galo Lara, vía @el_telegrafo --->

Al fin justicia.

@mattiullerena (Mattiu Llerena)

Municipio de Quito prohíbe

retransmisión de programa de

Ecuadorinmediato ---> ¿Y la prensa

‘independiente’ qué dice al respecto?

EN CORTO

La criatura más grande del mundo. Un técnico del museo Egidio Feruglio posa junto a un fósil de dinosaurio, tal vez el animal más grande que haya habitado la Tierra. El descubrimiento fue en Chubut, 1.300 km al sur de Buenos Aires. Los científicos descubrieron en esta remota región de la Patagonia restos de una especie de tiranosaurio con cuello y cola largos que caminaba en cuatro patas. Vivió hace unos 95 millones de años.

LA FRASE DEL DÍA UN DÍA COMO HOY

Pistorius pasará un mes en observación psiquiátrica

Incendio causa destrozos en casa de radiodifusor

Líbano y Siria declaran su hermandad. En 1991 los presidentes de Líbano y de Siria firman el histórico Tratado de Hermandad, Cooperación y Colaboración, tras finalizar la guerra civil.

Nace la República de Yemen. En 1990 se proclama en Adén el nacimiento de la República de Yemen. Desde su creación, este territorio, a orillas del mar Rojo, sufre gran inestabilidad por la intervención de grandes potencias.

Seguidores: 141.210

@CristianIglesi7 (Cristian Iglesias)

La contaminación del estero ‘gana’

la batalla a las gestiones

seccionales ---> Es que para algunos

eso no es Guayaquil.

@DjalmaAb (FUERZA DURÁN)

Durán tiene deudas por 10 millones

de dólares, vía @el_telegrafo --->

Investiguen qué paso con el juicio por

peculado del tesorero municipal.

@pablocolon (Pablo Colón)

La contaminación del estero ‘gana’

la batalla a las gestiones

seccionales ---> Solo el centro les

merece atención.

“Hemos recibido bastantes mensajes antisemitas, hay que pasar el mensaje claro de que ese tipo de insultos es inaceptable. La combinación de deporte y redes sociales deja un canal abierto que hay que cerrar”.

Alón Bar Embajador de Israel en España

LA IMAGEN DEL DÍA

EL RINCÓN DE REP LUCAS CEBOLLA

AFP

El atleta sudafricano Oscar Pistorius será sometido a un estricto examen psiquiátrico durante un mes, a fin de establecer si su supuesto trastorno de ansiedad influyó a la hora de matar a tiros a su novia, la modelo Reeva Steenkamp. “La evaluación determinará si el acusado era criminalmente responsable en el momento de cometer el delito”, afirmó hayer la jueza Thokozile Masipa durante el juicio en el Tribunal Superior de Pretoria.

Cerca de la medianoche del lunes se produjo un incendio en una vivienda ubicada en la ciudadela Urdesa Norte, en Guayaquil. En el lugar vive el radiodifusor José Ansaldo, quien relató que por 38 años hizo radio en Australia y tenía en la casa una colección de entrevistas con artistas como Raphael y Julio Iglesias, así como múltiples discos de acetato y películas antiguas. Todo fue destruido por el fuego, cuyo origen no ha sido establecido.

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POLÍTICA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 003POLÍTICA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 03

164 UNIDADES PROVISIONALES SE CONSTRUYEN EN ESTA ZONA

Campamentos escolares en Guayaquil tienen un

avance del 60%El presidente Correa recorrió estas aulas temporales en el

Distrito 7, Los Vergeles. Según el mandatario, en la ciudad no se había edificado un solo colegio en 30 años.

En estos campamentos de Los Vergeles, en Guayaquil, funcionarán los anexos del colegio fiscal Dolores Cacuango.

Redacción Política [email protected]

Con un avance del 60% de ejecu-ción se encuentran los campamen-tos provisionales educativos que se construyen en el sector de Los Ver-geles (norte de Guayaquil), en los cuales se educarán 3.500 alumnos de educación básica y bachillerato, que iniciarán clases el 1 de junio.

El presidente de la República, Rafael Correa, recorrió los campa-mentos donde se levantan las aulas provisionales, en terrenos de la Uni-dad de Gestión y Ejecución de Dere-cho Público (Ugedep). Algunos salo-nes ya cuentan con mobiliario.

Se trata de estructuras desmon-tables que estarán listas el 30 de mayo. Actualmente se adecúan ca-minos de hormigón que conducen a las aulas, además es necesaria la construcción de una vía de acceso, pues el terreno es arcilloso y por las lluvias que aún caen sobre la ciudad se dificulta el paso.

Los cuatro campamentos son parte del distrito 7 (Vergeles) de los cuales dos serán una extensión del colegio Dolores Cacuango y los dos restantes del plantel Vicente Pie-drahíta. Para estas aulas se ha in-vertido cerca de 1 millón de dólares. Están cubiertas con paneles aislan-tes del calor y dotadas de baterías sanitarias y espacios lúdicos, mobi-liario y personal docente.

Estas aulas se construyen como una solución temporal ante la ma-siva demanda de matrículas para planteles públicos que se registró este año lectivo en el ciclo Costa, principalmente en Guayaquil, donde se evidenciaron algunos in-convenientes en el momento del re-gistro de estudiantes.

El ministro de Educación, Au-gusto Espinosa, explicó que solo en Guayaquil se construyen 594 aulas provisionales, lo cual demanda una inversión de 13.5 millones de dóla-

res. De este número, 164 se constru-yen en Los Vergeles y 314 en Monte Sinaí.

Sobre las cifras de matriculación en el ciclo costa para este año, la zona 8 que comprende Guayaquil, Samborondón y Durán se incre-mentó en un 21%. Es la zona de ma-yor crecimiento de población estu-diantil.

Guayaquil es la ciudad con más cantidad de estudiantes y hasta el año pasado estuvieron excluidos de la educación pública, ya que un 50% acudía a escuelas privadas, la mayoría de ellas, en precarias con-diciones.

Como ejemplo, Espinosa explicó que solo en Monte Sinaí la demanda creció en un 42%, con un aproxi-mado de 30.000 estudiantes, mien-tras que en Vergeles ascendió más del 50%, con 15.000 nuevos alum-nos.

“Nadie podía prever un creci-miento tan grande durante el pro-ceso de inscripciones”, expuso el Ministro.

Sobre las unidades del milenio, anunció que se construirán 46 en Guayaquil y que la mayor parte es-tará en Monte Sinaí y Los Vergeles.

Tras la exposición, el Jefe de Es-tado aseguró que en Guayaquil no se había construido un solo colegio en 30 años.

“A los pobres a lo sumo una es-cuelita para que no se quejen y aca-ben la primaria”, sostuvo tras agre-gar que educación es lo que necesita la gente y “no caridad de los caci-ques locales”.

De allí que en su intervención en-fatizó que no puede existir verda-dera democracia sin una educación pública de excelente calidad, con acceso masivo y completamente gratuita.

Tras recordar los inconvenientes que se registraron en el proceso de inscripción, el Mandatario dijo que “somos víctimas de nuestro propio éxito”.

Esto porque al abrirse las ins-cripciones para la educación pú-blica, en el ciclo costa, la demanda creció en un 13%, es decir, más de 200 mil alumnos ingresaron “de golpe”, en sectores como Vergeles y Monte Sinaí en donde no existían instituciones de educación inicial.

Para junio se prevé el inicio de clases en los campamentos provi-sionales.

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DATOS

Según datos del Ministerio de Educación, la matrícula en planteles públicos en el ciclo Costa se incrementó de 1’772.000 a 2’113.000, es decir, hubo un aumento de cerca de 240.000 alumnos.

En el país se registró este año una tasa de crecimiento de matrículas de un 13%.

Para cubrir la demanda se prevé dotar en total 1.000 aulas provisionales, de las cuales solo en Guayaquil se ejecutarán 594 debido a la alta demanda de matrículas en el sistema público. Mientras tanto, se construyen 201 nuevas unidades educativas.

Se ha elaborado un cronograma de construcciones hasta noviembre: en julio se entregarán 11 unidades, en agosto 35, en septiembre 55, en octubre 50 y en noviembre otras 50.

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EN LA WEB

LA DEFENSA PIDIÓ RECONSIDERAR DECISIÓN

Orden de detención contra Galo Lara está en vigencia

El fiscal General de la Nación, Galo Chiriboga, consideró adecuada la de-cisión de Panamá de revocar el asilo territorial al exasambleísta Galo Lara. Lo mismo expresó la cancillería ecuatoriana en un comunicado.

“Lo que ha hecho Panamá es ajus-

tarse a las normas internacionales. La Fiscalía sostuvo que este no es un caso político, que más bien el señor Lara lo hizo ver así cuando nunca lo hubo”, expresó Chiriboga.

“He visto con agrado que Panamá ha revisado esa documentación y ha tomado lo que soberanamente co-rresponde con la ley”, dijo.

Mientras que la defensa de Lara pidió a Panamá reconsiderar la deci-sión. Actualmente se desconoce el paradero del exasambleísta, sobre quien pesa una orden de detención de la Interpol.

Panamá revocó el asilo territorial al exasambleísta luego de recibir información de Ecuador donde se comprobó que no había persecución política.

LA PROPUESTA DEBE SER APROBADA POR ALCALDES

Prefectura del Guayas creará tasa para caminos vecinales

Durante su posesión simbólica, el prefecto del Guayas, Jimmy Jairala, anunció su plan de pedir una “con-tribución” para reconstruir las vías de segundo y tercer orden de la pro-vincia. El funcionario, que no utilizó la palabra tasa, explicó que era una “mínima contribución que funciona bajo el principio de solidaridad tri-butaria”.

La medida, agregó, se socializará con los medios de comunicación y los 24 alcaldes, quienes conforman el Consejo Provincial, el cual debe aprobar la tasa en dos debates.

Si se aprueba esta tasa, Guayas sería la quinta provincia en recurrir a este tributo. Una medida similar ya tienen Tungurahua, Manabí, Los Ríos y Santo Domingo de los Tsáchi-las.

La tasa está amparada en el artí-culo 184 del Código Orgánico de Or-denamiento Territorial, Autonomías y Desarrollo (Cootad), el cual esti-pula que “los gobiernos autónomos descentralizados podrán establecer una contribución especial por mejo-ramiento vial”.

Esa tasa, según la norma, será so-bre “la base del valor de la matricu-lación vehicular, cuyos recursos se-rán invertidos en la competencia de vialidad de la respectiva circuns-cripción territorial”.

En una entrevista con EL TELÉ-GRAFO ofrecida el lunes pasado, Jai-rala explicó que la tasa dependería del valor del vehículo y sería cobrada

por la Agencia Nacional de Tránsito. (ANT). De concretarse, esa entidad y la Prefectura firmarán un convenio porque la primera recaudará los fon-dos y los traspasará al gobierno pro-vincial.

Jairala no detalló porcentajes, pero indicó que un vehículo de 15.000 dólares tributaría, al año, 15 dólares. Estarían exentos del cobro los carros de la policía, de bomberos, de cuerpo consular y el transporte urbano de Guayaquil.

La tasa, según los cálculos de la Prefectura, le permitiría recaudar 3 millones de dólares anuales. Pero Jairala ve el principal beneficio en el

aumento del subsidio de los présta-mos que ofrece el Banco del Estado (BEDE).

La administración de Jairala se ha comprometido a ampliar las princi-pales vías de la provincia por lo que necesita financiamiento del BEDE, que tiene un programa de créditos subsidiados.

Jairala aclaró que aunque los con-ductores ya pagan por las vías con-cesionadas rige un principio de soli-daridad, ya que los productos agrí-colas salen de caminos vecinales.

Jimmy Jairala destacó el principio de solidaridad tributaria. El impuesto sería cobrado en la matriculación anual de los vehículos.

El prefecto Jimmy Jairala asumió, de manera simbólica, su segundo periodo.

DESTACADO

La posesión simbólica del Prefecto del Guayas se realizó en el Centro de Convenciones.

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POLÍTICA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014004

EL CONCEJO ESTÁ INTEGRADO POR 4 FUNCIONARIOS, DE LOS CUALES DOS PERTENECEN A AVANZA, EL PARTIDO DEL ALCALDE SALIENTE

Los trabajadores en Municipio de Muisne llevan 3 meses impagos

Paúl Vélez, quien es investigado por el asesinato de Walquer Vera, hereda al siguiente alcalde escritorios vacíos y oficinas desmanteladas. El equipo caminero está casi inservible y ningún funcionario entregó

reportes sobre el estado de los contratos o los recursos de la entidad.

Las carencias de Muisne son innu-merables. ¿Cuáles son los proyec-tos que considera prioritarios? Agua potable, alcantarillado y el puente que nos prometió el presidente Rafael Correa. Con Walquer (Vera) ya teníamos listos los proyectos y estimamos que se requieren cerca de $ 32 millones.

¿Cómo se presupuestarán? El Municipio tiene un presupuesto de $ 428.000 mensuales, que es bajo, por eso necesitamos el apoyo del Estado; queremos declarar en emergencia al cantón.

¿Cómo se distribuía el presupuesto? ¿Cuánto se destinaba a inversión? Para inversión nada, ni siquiera pagaron a los funcionarios. El mes pasado la administración saliente (el concejal reelecto Carlos Acevedo estaba a cargo de la Alcaldía) recibió $ 850.000 de alícuota y no sabemos a dónde fue

ese dinero. Aquí tenemos 301 funcionarios contratados y 91 sindicalistas, a todos se les debe tres meses de sueldo. También estamos investigando que algunos contratados solo constan en papeles, es decir, cobran sueldo, pero nunca ejercieron funciones.

¿Pedirá la intervención de la Contraloría? Pediremos una auditoría seria, porque aquí hay un delegado de la Contraloría y se permitieron tantas irregularidades. Aquí se han llevado la plata y la funcionaria no ha denunciado nada. Necesitamos una auditoría transparente y quien se haya llevado los recursos de Muisne tendrá que responder. Supuestamente la anterior administración pagó muchas obras, pero no hay nada.

Antes de ser asesinado, Walquer Vera denunció que supuestos acreedores se le acercaron a

reclamar pagos pendientes de la Municipalidad. ¿Qué conoce de ello? ¿Lo han visitado? Están llegando varias personas que dicen tener contratos con el Muni-cipio para la realización de obras. Les he dicho que si ellos entregaron algo al Municipio, eso tendrá que aparecer. O si el contratista firmó un contrato para la construcción de una vereda y consta solo en pape-les, tampoco se les podrá pagar si el barrio no cuenta con esa obra.

El Municipio no solo tiene deu-das, tiene 1.050 juicios pendientes desde los años 90, que son por deu-das a proveedores, por trabajadores impagos, por incumplimientos, etc. Nuestra primera tarea es poner la casa en orden; seríamos irresponsa-bles si echáramos una funda de ce-mento en cualquier calle sin resol-ver el problema de los trabajadores. Antes de nuestra intervención -cuando llegaron a Muisne los mi-nistros de Finanzas y Relaciones La-borales, en marzo pasado- se les de-bía hasta 11 meses de sueldo, logra-mos que les paguen de 9 meses y to-davía les adeudan 3 meses. Con la última alícuota de $ 850.000 que recibió al alcalde encargado (Carlos Acevedo) ni siquiera les pagaron el sueldo. Por eso pondremos una ofi-cina para que los acreedores acudan a cobrarle, para que responda.

Algunos moradores denuncian que en los últimos meses la Alcaldía funcionó en casas pagadas por el Municipio. ¿Cómo pasó? En los últimos tres meses las oficinas de la Alcaldía de Muisne funcionaron en Esmeraldas, eso evidencia las denuncias de Walquer. Los medios de comunicación saben que Walquer dijo quiénes lo amenazaban.

¿Asumir la Alcaldía en esas condiciones no lo pone en riesgo? El Ministerio del Interior dispuso que 3 policías me acompañen per-manentemente y también cuento con seguridad privada. Acepté el reto porque Walquer fue mi profe-sor de atletismo desde los 13 años y me invitó a incursionar en la polí-tica. Me dijo que yo asumiría la Vi-cealcaldía. Por eso los compañeros me apoyaron para asumir este cargo. Walquer me llevaba a todas las reuniones con las instituciones del Estado para gestionar obras para el cantón. Por ejemplo, hace unas semanas nos reunimos con el Mi-nisterio de Finanzas para presu-puestar obras de alcantarillado y agua potable. Con Walquer ya tenía-mos un camino trazado.

ENTREVISTA AL ALCALDE EDUARDO PROAÑO

“Quien se haya llevado los recursos del cantón tendrá que responder”

El alcalde Eduardo Proaño constató que los camiones recolectores de basura están averiados y permanecen en el patio de la Municipalidad.

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Redacción Política [email protected]

Con carpetas apiladas en un baño destruido, escritorios vacíos y ofici-nas desmanteladas recibió Eduardo Proaño la alcaldía de Muisne ante la notaria Nancy Vélez.

Ningún funcionario se presentó a trabajar el viernes pasado. A sim-ple vista, los archivos fueron desor-denados, la marca de un televisor plasma evidenciaba su ausencia y el aire acondicionado no funcionaba. Según el conserje, Fernando Ba-tiola, el televisor de 40’ lo manda-ron a retirar hace unos días porque pertenecía al exalcalde Paúl Vélez, detenido para investigaciones como presunto autor intelectual del ase-sinato del alcalde electo Walquer Vera, ocurrido el 11 de mayo pasado.

A nivel macro, el desorden del Cabildo es más grave. Los trabaja-dores llevan 3 meses impagos y la mora patronal que mantienen con el IESS ha impedido que los 91 funcio-narios accedan a servicios médicos y préstamos. “Hay familias que ya no mandan a los niños a la escuela, otras que hasta ahora no han po-dido comprar los útiles escolares a sus hijos. Aquí no hay fuentes de empleo”, cuestiona Zaida Arroyo (38 años), moradora del barrio Flo-rida.

De los 5 vehículos que tiene el Municipio para recolección de ba-sura, solo uno funciona correcta-mente, pues los demás tienen ave-rías en el embrague o están sin llan-tas y permanecen en el patio trasero del Cabildo.

“Nos dejan un equipo caminero sin llantas, las vendieron. En el Mu-nicipio no hay computadores, no hay nada. No hay ningún funciona-rio que nos entregue un reporte de las cuentas”, denunció Proaño, quien cree que el mayor reto será recuperar la autoestima de la pobla-ción, que “continúa impávida por-que cree normal que un alcalde o concejal se lleve la plata”.

El sistema de recolección de ba-

sura es otra muestra de la crisis del cabildo. Debido a que la gabarra no siempre tiene combustible y a que la mayoría de vehículos están daña-dos, los trabajadores empezaron a acumular los desechos en el patio trasero de la entidad. Hace una se-mana todo fue trasladado al basu-rero municipal, que tampoco cuenta con condiciones técnicas. “Es una finca que el Municipio compró del otro lado del río y para depositar todo ahí, pero como no hay carre-tera para ingresar, todo se deposita en la entrada”, contó uno de los funcionarios.

Gobernabilidad, un reto Tras el asesinato de Vera, el Concejo Municipal quedó conformado por Ferrary Zambrano (Alianza PAIS), Carlos Acevedo y Danilo Corella de Avanza, y Jorge Tello del MPD. Está previsto que Proaño principalice a su suplente para completar el orga-nismo, a fin de tramitar las orde-nanzas que sean necesarias para agilizar los trabajos en la isla.

Un sector de la población cues-tiona la gestión que pueda desarro-llar Acevedo, quien quedó al frente

del Municipio cuando el exalcalde, Paúl Vélez, decidió postularse en re-presentación de Avanza y hoy es in-vestigado por el asesinato de Vera.

La confrontación política ha es-tado latente en los últimos tres años. En 2012, siendo vicealcalde, Vélez propició la destitución del exalcalde Ángel Bernal (Alianza PAIS) por supuestos actos de co-rrupción con el apoyo de 4 conceja-les -entre ellos Acevedo- y lo suce-dió en el cargo, en una sesión efec-tuada fuera del Cabildo.

El año pasado, la disputa se reac-tivó cuando se realizaban las prima-rias para seleccionar a los aspiran-tes a la Alcaldía, particularmente por el Movimiento Alianza PAIS.

El nombre de Vélez sonaba entre los aspirantes, al igual que el de Tairon Quintero, exalcalde de Muisne que finalmente terció por Sociedad Patriótica, la misma ban-dera con la cual Vélez llegó al Ca-bildo en 2009 como concejal.

Una vez que se definieron las lis-tas, 9 hombres y una mujer se dis-putaron la Alcaldía el 23 de febrero pasado. La mayoría fue para Wal-quer Vera de Alianza PAIS, hecho que desató desmanes entre los se-guidores de Avanza. Se quemaron las urnas y el Consejo Nacional Electoral (CNE) anuló el proceso, convocándolo nuevamente para el 23 de marzo.

Durante ese mes, 5 ministros vi-sitaron la isla. Primero llegaron los de Finanzas y Relaciones Laborales para gestionar el pago de salarios atrasados, pero los simpatizantes de Avanza, liderados por Acevedo -según los testimonios recogidos por la prensa-, provocaron disturbios. Por ello fue necesaria la visita de los ministros de Defensa, Seguridad In-terna y del Interior, quienes lleva-ron resguardo militar para precau-telar la seguridad de la población.

Vera ganó los comicios por se-gunda ocasión y su asesinato revive la pugna política en el cantón, mientras la ciudadanía espera me-jores condiciones de vida.

DATOS

Muisne tiene más de 28.000 habitantes y se ubica en el sur de Esmeraldas. La cabecera cantonal es la isla de Muisne, en el océano Pacífico.

La población de la isla no cuenta con agua potable ni alcantarillado y solo las calles del centro de la ciudad están asfaltadas.

La mayoría de la población se dedica a la pesca y la extracción de conchas; otros al comercio o trabajan en hoteles de Atacames, Same o Mompiche.

Casi a diario sus calles se inundan por la marea y las madres deben llevar a sus hijos en hombros a la escuela.

DESTACADO

Proaño estima que la dotación de agua potable y alcantarillado costará $ 32 millones.

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POLÍTICA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 005

EN EL CABILDO ESTÁ CORTADO EL SERVICIO TELEFÓNICO Y SE DEBEN CERCA DE 20 MIL DÓLARES POR LA ENERGÍA ELÉCTRICA

Municipio de Durán cerrará siete díasDurante ese lapso se hará una minga para mejorar el aspecto físico del edificio, organizar papeles y conocer su situación real. La nueva alcaldesa, Alexandra Arce, frenó el pago de un millón de dólares

a un fideicomiso. También se revisa qué hacen exactamente los casi mil empleados.

Redacción Política [email protected]

Instalaciones abandonadas y llenas de polvo, puertas destruidas, pin-tura descascarada, parches de ce-mento, escritorios llenos de papeles y decenas de carpetas en el piso son el común denominador en el Muni-cipio de Durán.

Parece una casa abandonada, pero es la infraestructura que reci-bió el pasado 14 de mayo la alcal-desa electa del cantón, Alexandra Arce. El Cabildo tiene en su nómina 1.000 trabajadores, de los cuales a solo 300 se los identifica.

El pasado lunes Arce se reunió con los trabajadores para informar-les las condiciones en que recibió el lugar y pedirles su colaboración para sacar a la institución adelante. “Estamos en la campaña ‘Salvemos al Municipio’, por ello se cerrarán estas puertas durante siete días. Haremos una minga y queremos que todos participen para mejorar la au-toestima de los trabajadores. Ese será el primer paso”, anunció el co-ordinador político del Cabildo, Ro-berto Guerrero.

Él forma parte del equipo de co-laboradores de la nueva alcaldesa, quien se impuso la meta de rees-

Las instalaciones del Municipio de Durán se ven abandonadas y deterioradas.

buena hora los ratones no se lo han comido, porque hay otros documen-tos que sí están destruidos. Esa es la magnitud del abandono”, lamentó Guerrero.

Administración del PSC El ambiente es un poco tenso por-que los empleados están acostum-brados a la administración de los socialcristianos, aunque afirmaron que están dispuestos a colaborar.

Mariana Mendieta y su hijo, Dal-ton Narváez, estuvieron al frente de la ciudad desde el año 2000.

Según Roberto Guerrero, lo pri-mero que ha hecho esta administra-ción es asegurarse de que los em-pleados confíen en que se les paga-rán sus haberes vencidos.

“Sabemos que están acostumbra-dos a que se les pague con un mes de vencimiento, pero ahora ya son dos”, detalló.

Una de las primeras medidas que abarcó la emergencia fue la cancela-ción del pago automático a cuatro fideicomisos para asfaltado de ca-lles. “Los fideicomisos cobran di-rectamente de la cuenta del Banco Central un millón de dólares. Ha-blamos con el señor, se molestó pero no queda de otra, hay que revi-sar esos contratos y verificar si es-tán bien hechos y si se justifica el pago de semejante cantidad”, dijo.

Otro tema inmediato es regulari-zar a los empleados porque hay con-tratos firmados, pero no registrados en el Ministerio de Relaciones La-borales; es decir, que no se ha pa-gado el Seguro Social ya que se pri-vilegió cumplir con la cuota política.

La emergencia se sustenta en el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomías y Descen-tralización (Cootad), que estipula que esta se puede dar por conmo-ciones interiores o desequilibrios económicos y sociales.

La administración de Arce reci-bió el Municipio con 106 dólares en caja y una deuda consolidada de pronto pago de $10 millones.

tructurar el Municipio. No es solo el abandono sino tam-

bién la mala ubicación, porque el Cabildo está instalado en un edifi-cio destinado a casas colectivas, lo que genera la mala distribución de las oficinas.

Los nuevos administradores ya han identificado otro lugar para ubicar un complejo municipal, que agrupará a todas las entidades. La sede sería cerca del malecón.

Otra carencia del Municipio es el

archivo digital, ya que todo está en papeles y mal guardado. Al ingresar a las oficinas del edificio principal se aprecian decenas de carpetas en el piso y otros documentos sueltos en los escritorios. “Ahora estamos tratando de organizar un poco y hay que revisar para saber qué hay y qué falta”, dijo el funcionario.

“En un rincón encontramos la primera acta de cuando se creó el Municipio, el 10 de enero de 1986; ese es un documento histórico. En

DESTACADO

Una empresa se encarga de contratar a nuevos directores, a los anteriores se les pidió la renuncia.

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ECONOMÍA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014006

Papa$ 0,35

Tomate$ 0,70

Azúcar$ 0,45

Pescado $ 5,50(picudo)

Cebolla$ 0,70

Lenteja$ 1,00

Arroz $ 0,42

ÍNDICES ECONÓMICOS Fuentes: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) / Banco Central del Ecuador (BCE) / Bolsa de Valores de Guayaquil (BVG)

Precio de venta

Vivienda10,64%

ConsumoNormal15,91%

Tasas de interés efectivas Costos de víveres, por libraInflaciónMensualal mes deAbril20140.30%Tendencia

Carne$ 3,00(de res)

Precio referenciales de mercado Precios de las canastasBanano$ 6cada caja

Arroz$ 0, 45Quintalen cáscara

Azúcar$ 33,06Quintal

Soya$ 30Quintal

Cacao$ 124,04Quintal

Básica Familiarnacional$ 633,61

Vital nacional$ 453,63

Salario básico Unificado$ 340

PetróleoPrecio por barrilMoneda Euro

€ 1 = $ 1,3694

Bolsas mundialesDow Jones

16.374,31 valor 0,83 % variación

WTI $ 102,44

Brent $ 109,69

LA COMISIÓN DEL DERECHO A LA SALUD TRABAJA EN LA LEY DE SEGUROS MÉDICOS

Medicina prepagada mueve $ 1.000 millones anuales

Para el superintendente Pedro Solines, el principal problema de estos servicios es que cuentan con una ley reguladora obsoleta. Expresa que representantes del sector

estaban ‘cómodos’ al ser controlados por el Ministerio de Salud.

Redacción Economía [email protected]

Emili Pazmiño siempre tuvo dificul-tades para embarazarse y debido a lo fortuito de su caso le resultaba complicado contratar un plan de medicina prepagada, pues sabía que la empresa no cubriría la gestación si llegaba antes del tiempo previsto, esto es, el período que estipulan los contratos de seguros.

Los problemas llegaron cuando ya embarazada y en un nuevo tra-bajo que contaba con seguro pri-vado, fue excluida del grupo debido a su estado.

La condición de Pazmiño y de su bebé era delicada, al punto que de-bió someterse a una intervención de alto riesgo que costó $ 25.000, pero que ningún seguro médico pudo cu-brir debido a las particulares condi-ciones en que funcionan.

Para los usuarios entrevistados, las políticas de estas empresas lle-gan a ser abusivas y discriminato-rias, de ahí que en abril se presentó en la Asamblea el proyecto de Ley de Seguros Médicos y de Medicina Prepagada, cuyo objetivo será regu-lar el sector y controlar tales prácti-cas. “El principal problema que tiene el servicio de medicina prepa-gada, que no es lo mismo que Se-guro Médico, es que la ley que lo re-gula es obsoleta y no establece con claridad cuál es el organismo de re-gulación y control que lo debe su-pervisar y velar por los derechos e intereses de los usuarios”, dijo Pe-dro Solines, superintendente de Bancos y Seguros.

Según la normativa, las empresas que prestan servicios de medicina prepagada y que funcionan bajo la rectoría de la Superintendencia de Compañías (SC), pasarán a la Supe-rintendencia de Bancos y Seguros (SBS), en igualdad de condiciones que las otras compañías de seguros como las de autos.

“Si la regulación y control pasa a la SBS, y lo pasamos a manejar como un seguro médico, tendrían que acoplarse a la normativa actual para las empresas de seguros: capi-tal adecuado, inversiones obligato-rias, reservas técnicas, régimen de reclamos”, explicó Solines, para quien el mejor beneficio será prote-ger ‘efectivamente’ los intereses de los usuarios.

El proyecto, que normaría a las cerca de 20 empresas de medicina prepagada y que, se estima, mueven alrededor de $ 1.000 millones al año, fue presentado por la asam-bleísta Pamela Falconí y se encuen-

El proyecto de ley presentado el mes pasado por la asambleísta Pamela Falconí contempla la atención oportuna, precisa y de buena fe.

tra en trámite. El 50% de las em-presas son extranjeras.

Uno de los principales reparos que se pone frente a las operaciones de estas empresas de medicina pre-pagada, es que no cubren enferme-dades catastróficas como el cáncer, ni dan servicios a personas de la tercera edad y discapacitadas.

El proyecto consta de 16 artículos que implican: prestar de manera oportuna, transparente y de buena fe los servicios al usuario en fun-ción de sus derechos como ciuda-dano y el vínculo contractual con la prestadora.

El artículo 6 del documento dice que “la empresa deberá prestar el servicio que asegure la vida del usuario, así la prestación específica no se encuentre cubierta por la mo-dalidad contractual original”.

Cobertura y riesgo El principio rector de toda compa-ñía aseguradora es indemnizar a sus clientes siempre que se trate de un

atender un problema en el oído, la empresa le informó que no tenía co-bertura en dicho caso, pese a que habían transcurrido más de 3 meses desde la suscripción del contrato.

A criterio de Solines, el principal cambio que deberá traer esta ley es la definición de qué organismo ejer-cerá la regulación y supervisión.

“Hasta hoy, la indefinición de competencias y facultades es la que ha permitido a ciertas compañías abusar de los clientes, poniendo trabas a determinados grupos (per-sonas con capacidades especiales o enfermedades catastróficas, o im-poniendo cláusulas abusivas o dis-criminatorias”, expresó.

“Aquí no estamos cuidando el ca-rro o la casa, cualquier bien, es la vida de los ciudadanos”, dijo la asambleísta.

Según Solines, en 2012 represen-tantes del sector manifestaron su ‘comodidad’ de ser regulados por la Superintendencia de Compañías y el Ministerio de Salud. “Que la ciu-dadanía y los usuarios saquen sus conclusiones”, subrayó.

CIFRA

700 mil usuarios de medicina prepagada habrían en el país y cerca de 20 empresas que brindan este servicio.

hecho futuro, incierto y fortuito. En el caso de una enfermedad catastró-fica, el hecho pasa a ser una ‘cer-teza’, indicó Marlon Baquero, asesor de seguros. “Y uno no puede asegu-rar una certeza”, dijo.

Todo plan de atención médica funciona de modo parecido y ba-sado en un nivel de riesgo. Por ejemplo, un hombre de 25 años puede pagar un promedio de $ 42 al mes por una cobertura de $ 5.000; sin embargo, una mujer, por el mismo servicio, pagará al menos $ 5 más. ¿La razón?, la posibilidad la-tente de un embarazo. “Lo que sig-nifica un egreso para la compañía”, expresó.

Para Baquero, el hecho de que las empresas de medicina prepagada pasen a ser reguladas por la SBS es positivo porque tendrán un dife-rente manejo financiero y habrá una mayor garantía, para el cliente en caso de divergencias con la empresa por temas como reembolsos o medi-cinas.

Se estima que en Ecuador hay al-rededor de 700 mil usuarios de me-dicina prepagada, cada uno con di-ferentes experiencias.

“A mi mamá le pusieron como enfermedad preexistente hiperten-sión, aduciendo que debía tenerla por su edad; tuvo que hacerse exá-menes para demostrar que no la te-nía”, aseguró Tanya Andrade.

María, de 39 años, dijo que deci-dió abandonar su plan médico cuando al acudir donde un especia-lista en otorrinolaringología para

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www.telegrafo.com.ec/economia.html

EN LA WEB

Plan para regular a mineros artesanales iniciará en junio

PERMISOS PARA LABORAR

Según la Subsecretaría Zonal de Minas en Loja, en el primer proceso, efectuado en 2012, se regularizaron 600 personas, con sus permisos respectivos.

Desde junio hasta diciembre de este año comenzará el segundo programa de Regularización de los Mineros Ar-tesanales (Preman) en todo el país, informó el lunes en Loja el subsecre-tario zonal de Minas, Hugo Rey.

El funcionario explicó que esta iniciativa no es más que el otorga-miento gratuito de los actos admi-nistrativos, como la ficha ambiental y el permiso de la Secretaría Nacio-nal del Agua (Senagua), que los mi-neros artesanales deben sacar luego del permiso artesanal para cumplir con su actividad.

Aclaró que este proceso va diri-gido a las personas que tienen un de-recho minero vigente, es decir, un permiso o un contrato de operación.

César Córdova, coordinador re-gional de la Agencia de Regulación y Control Minero en Loja, manifestó que esta iniciativa estatal tiene como objetivo principal “erradicar la minería ilegal” y que todas las perso-nas que viven de esta actividad “ten-gan sus derechos vigentes y sean be-neficiarias de las acciones que eje-cuta el Gobierno”.

Ecuador y Líbano fortalecen relaciones comerciales

REACTIVACIÓN ECONÓMICA

Embajador ecuatoriano destacó que el acuerdo da el “marco jurídico para desarrollar las relaciones entre ambos países y un acercamiento económico”.

Líbano y Ecuador firmaron ayer un acuerdo de carácter económico con el objetivo de estrechar sus relacio-nes comerciales.

El pacto fue suscrito por el minis-tro libanés de Economía y Comercio, Alain Hakim, y el embajador de Ecuador en Beirut, Kabalan Abi Saab. También estuvieron presentes en la ceremonia miembros de la de-legación diplomática ecuatoriana en el Líbano.

Abi Saab destacó que ese acuerdo proporciona el “marco jurídico que permite desarrollar las relaciones entre ambos países y un acerca-miento económico”.

Por su parte, el ministro libanés subrayó la importancia de dicha ini-ciativa, en especial en lo que res-pecta a la reactivación de la econo-mía libanesa a través de los merca-dos extranjeros, principalmente los de América Latina.

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ECONOMÍA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 007

LA INICIATIVA ES RECIBIDA CON AGRADO POR LOS AFILIADOS AL SEGURO SOCIAL

Desembolso de hipotecarios demoraría solo 89 días

El presidente del directorio del IESS, Víctor Hugo Villacrés, anunció que los trámites en la institución se reducirán el 50%. Se dialogará con los municipios para que

disminuyan el tiempo que demoran los trámites en sus dependencias.

Redacción Economía economí[email protected]

El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) busca reducir “drásticamente” el tiempo de desembolso de los créditos hipo-tecarios. El objetivo es disminuirlo de 133 días que demora actual-mente a 89, anunció el presidente del directorio del IESS, Víctor Hugo Villacrés, en Quito.

El titular del IESS indicó que la entrega de los préstamos hipoteca-rios del Biess entra en una nueva fase. Estimó que en la institución fi-nanciera los trámites se reducirán el 50%. Anteriormente se tomaban 61 días para realizarlos y ahora solo se-rán 30.

Además, señaló que se busca dia-logar con los municipios, especial-mente de Guayaquil, Quito, Cuenca, Manta y Portoviejo, que represen-tan el 75% de la demanda, para que reduzcan la gestión en sus depen-dencias, registradurías de la propie-dad y notarías. En estas áreas el trá-mite es 72 días, el objetivo es que sean máximo 59.

El Biess, a través del presidente del directorio del IESS, firmó un convenio de cooperación en la ins-trumentación de créditos hipoteca-rios con promotores y constructores inmobiliarios.

Villacrés resaltó que con este convenio se busca que los promoto-res y constructores se encarguen del trámite del proceso, que incluye la gestión con los abogados, estudios jurídicos y notarías.

El principal objeto de este conve-nio es que el Biess realice un pro-ceso de selección de los profesiona-les del derecho que sean presenta-dos por los promotores y construc-tores inmobiliarios. Estos profesio-nales harán el análisis de los docu-mentos legales que presenten los clientes o solicitantes de créditos

Los créditos hipotecariosMillones de dólares

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2.000

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3.500

4.000

2012 2013 2014 Proyección 2014 Cartera hipotecaria

$ 935’972.249

$ 1.200’000.000

$ 51’000.000

La proyección para colocar créditos

hipotecarios en este año es alrededor de

$ 1.340’000.000

De enero al 20 de marzo de 2014 se han

facilitado 1.331 operaciones.

Los créditosotorgados hanbeneficiado a

24.966 familias.

Lo que está colocado como cartera

hipotecaria delBiess hasta el

momento es de$ 3.700 millones

La entrega de los créditos demoraba hasta 8 meses (por los trámites en

notaría, registradurías de la propiedad y municipios). El Gobierno propone que el tiempo se reduzca a 90 días.

hipotecarios correspondientes a proyectos inmobiliarios precalifica-dos por el Biess, que pertenecen al promotor o constructor.

El Presidente de la República, Rafael Correa, planteó que el cré-dito no debe demorar más de 90 días y que debe ser entregado sin esperar la hipoteca, sino con la firma de mutuos (contrato entre el constructor y el Biess).

Con respecto al tema, Villacrés indicó que se estudia y que luego de 3 meses, que evalúen lo que se ha establecido con los promotores in-mobiliarios, analizarán la posibili-dad de aplicarlo.

Gremios apoyan rebaja El titular de la Cámara de la Indus-tria de la Construcción (Camicon), Hermel Flores, consideró que uno de los mayores problemas encontra-

dos en la entrega de los préstamos son los permisos municipales, al poner de ejemplo el Municipio de Quito, que para entregar un permiso se demora hasta un año.

Para el titular de la Asociación de Promotores Inmobiliarios del País, Jaime Rumbea, se ha trabajado en los mecanismos para resolver el problema y tienen una relación de trabajo con el Biess, la cual se ve re-flejada en la firma de los convenios.

Acotó que el Banco del IESS tiene alrededor de $ 500 millones que es-tán represados por las demoras que tuvo la anterior empresa encargada de la entrega de los créditos -Tata-, los cuales deben ser evacuados. Aclaró que estos trámites entrarán en los nuevos procedimientos, in-cluso es optimista de que los muni-cipios acojan la propuesta y dismi-nuyan los tiempos.

“ESTA NOTICIA ES BUENA Y HAY QUE APOYARLA”Héctor Torres, mecánico de profesión, indicó que la disminución en los trámites de hipotecarios es buena, ya que su hermano esperó cerca de 9 meses para obtener el préstamo, por lo que él no se animaba a hacerlo. “Esta noticia es buena, hay que apoyarla”, señaló Gloria Toapanta, quien en el Biess, con su esposo Jorge, averiguó los requisitos que necesita para obtener un crédito y adquirir una vivienda en el sur de Quito.

Jóvenes trabajan y se capacitan en empresas públicas

EMPLEO JUVENIL

El proyecto Generación de Conocimiento permite que 520 ciudadanos laboren en 6 compañías vinculadas a los sectores estratégicos del país.

El vicepresidente de la República, Jorge Glas, entrega material técnico a un joven.

Los universitarios, con los mejores promedios académicos, en carreras afines al desarrollo productivo y tec-nológico del país fueron selecciona-dos para trabajar en diferentes em-presas públicas en el marco del pro-yecto Generación de Conocimiento, impulsado por la Vicepresidencia de la República.

Ayer el vicepresidente Jorge Glas visitó la Estación Terrena de la Cor-poración Nacional de Telecomunica-ciones (CNT), en Quito, y dio la bienvenida a los 100 jóvenes que in-gresaron a la institución en febrero.

Los jóvenes, que tienen en prome-dio 23 años, fueron seleccionados de la Universidad Nacional de Loja, Universidad de Cuenca, Escuela Po-litécnica del Litoral, Escuela Politéc-nica Nacional, Escuela Politécnica del Ejército, entre otras.

El gerente de la CNT, César Rega-lado, explicó que los jóvenes forman parte de un programa dual de capaci-tación y trabajo durante 15 meses. Agregó que la capacitación se reali-zará tanto en Ecuador como en China, Francia y Estados Unidos. Una vez concluido el período, los jó-venes serán evaluados.

El proyecto de Generación de Co-nocimiento incluye la inserción de jóvenes en la Corporación Nacional de Electricidad (CNE), Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) y la Se-cretaría Nacional del Agua (Sena-gua).

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GUAYAQUIL El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014008

EL PRIMER RACIONAMIENTO SERÁ ESTE SÁBADO

Corte de agua afectará 3 días en el norte y sur de la ciudad

El sábado 24, miércoles 28 y jueves 29 de mayo se restringirá el servicio de agua potable en el norte y sur de la ciudad.

La concesionaria Interagua in-formó que el racionamiento del sá-bado es por la instalación de un colec-tor de aguas lluvias en la ciudadela El Cóndor; mientras que la suspensión del miércoles y jueves será por el mantenimiento de los reservorios Tres Cerritos, ubicados en Lomas de Urdesa.

El 24 de mayo, de 04:00 a 22:00 (18 horas), se quedarán sin el líquido la ciudadela Luis Vernaza, Simón Bo-lívar, Adace, La Herradura, Brisas del Norte, Bosques del Salado, Brisas del Río (etapas 1 y 2), Goleta Alcance, Francisco de Orellana, Madrid, El Cóndor, Acuarela del Río, Altamira, Coop. de Vivienda Guayaquil, Insti-tuto de Investigación Veterinaria, Kennedy Norte (etapas de la 2 a la 10), Coop. Velasco, Coop. Vivienda Empleados Ietel, La Garzota (etapas 3, 5 y 7), Urdenor (etapas 1 y 2), Albo-rada (etapas de la 1 a la 12), Los Ála-mos, centro comercial La Rotonda, Sauces (etapas de la 1 a la 9), Coop.

Juan Pablo II, Coop. El Limonal, Coli-nas de la Alborada, Coop. La Tierra es Nuestra, Los Ceibales, Estación de la Metrovía, CTE, Terminal Terrestre, Ciudad del Aire y Ciudad Colón.

En cambio, desde las 13:00 del 27 hasta las 05:00 del 28 de mayo (16 horas), se limitará el servicio en la ciudadela Bolivariana, barrio Ore-llana, Q. Josefa, La Concordia, Ga-ray, Jockey, barrio del Astillero, Cen-tenario, Seguro, Cuba, Universidad de Guayaquil, Ferroviaria, Las Amé-ricas, Parque Centenario, Abel Gil-bert, Naval Sur, Puerto Lisa y Bolí-

var. También en las parroquias Ur-daneta, Letamendi, Febres Cordero, Sucre, García Moreno, Olmedo y Ayacucho.

La entidad recomienda a la ciuda-danía abastecerse de agua con antici-pación.

La concesionaria explica que se limitará el servicio por trabajos de limpieza de un colector de aguas lluvias y por mantenimiento de reservorios.

Sectores

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Los Saucestodas las etapas

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Interrupción programada del servicio de agua potable para el sábado 24 de mayo (desde las 04:00 hasta las 22:00)

SectoreInterrupció24 de mayo

Av. Francisco de Orellana

ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD ESTARÍAN LISTOS A MEDIADOS DE AÑO, SEGÚN INTERAGUA

Las zanjas abiertas aún son un peligro

para Nueva ProsperinaLos moradores del sector solicitan que se instale un ducto

cajón para evitar que el agua rebose e inunde las viviendas. Los ingenieros advierten problemas por estar cerca de cerros.

Moradores de la manzana 1053 de Nueva Prosperina tuvieron dificultades para movilizarse tras las lluvias registradas en las últimas horas.

Redacción Guayaquil [email protected]

Los habitantes de Nueva Prosperina hace 20 años residen junto a una zanja natural (abierta), la cual se ha convertido en un peligro.

Solo en los 2 últimos años, 10 vi-viendas levantadas junto a la aber-tura -de 500 metros de extensión y 2 de profundidad- han colapsado por las lluvias.

Además, con las precipitaciones el líquido estancado se desborda e inunda las casas aledañas.

Actualmente, la concesionaria de agua potable y alcantarillado In-teragua realiza estudios de factibili-dad para instalar una estructura que mejore el sistema de desfogue (canal abierto, ductos o ducto ca-jón). El informe será entregado al Municipio para que ejecute la obra.

El terreno del sitio de desfogue es arcilloso y con la humedad se torna inestable. La maleza y la basura se acu-mulan en los bordes. El agua que cir-cula por el lugar llega desde las zonas elevadas, como Guerreros del Fortín.

Los moradores consultados ase-guran que hace 3 años los funciona-rios del Cabildo que recorrieron el lugar, en época electoral, “prome-tieron un canal aunque no se sabe por dónde irá”, afirma Lorenza Ra-mírez, habitante del bloque 1.

La solución para evitar que el agua ingrese a las viviendas sería un ducto cajón. Las casas que están al

pie de la zanja natural son las pro-piedades más afectadas con las pre-cipitaciones.

En la tormenta que cayó el pa-sado 7 de mayo, incluso, el agua so-brepasó el límite de la zanja en cerca de un metro.

Ingenieros civiles con experien-cia en la construcción de canales coinciden en que una opción ade-cuada es la construcción de un ca-nal abierto.

El ingeniero Abel Hidalgo, quien ha colaborado con contratistas de Interagua, explica que el tramo irre-gular del canal natural obligaría a redireccionar el sitio de desfogue de las aguas. La cercanía al cerro de Nueva Prosperina -explica- no per-mitiría la instalación de un ducto cajón porque la tierra que baja del sector por las lluvias dificultaría la tarea de limpieza y mantenimiento.

En este sentido, Carlos Vera, quien ha colaborado en obras de ca-nales de la desaparecida Cedege, manifiesta que la construcción y mantenimiento en una zona cercana

a cerros “demandaría una mayor in-versión que un canal abierto”.

Vera comenta que un canal abierto demanda un mantenimiento regular para evitar que haya basura y maleza que obstruyan la circula-ción del agua.

Por su parte, Interagua desarrolla estudios de factibilidad para mejo-rar el caudal de la zanja. Ilfn Florsheim, vocera de la entidad, in-dica que el informe, posiblemente, estaría listo a mediados de año.

Por el momento no adelantó de-talles sobre la conveniencia de ins-talar un ducto cajón y que, al menos de parte de la concesionaria, “no se ha ofrecido alguna obra en Nueva Prosperina”.

No descartó que las obras impli-quen la reubicación de las casas cercanas al canal, pero “aquello no es competencia nuestra”.

En los inviernos de los 2 últimos años, la fuerza de la corriente debi-litó las bases de las casas o provocó deslaves. Las propiedades afectadas estaban ubicadas al pie de la zanja y de cerros.

En mayo pasado, el alcalde Jaime Nebot sostuvo que al menos 6 de las estructuras que cayeron en la urbe no estaban legalizadas.

“Nosotros no legalizamos terre-nos en situación de riesgo”, aposti-lló el burgomaestre.

Mientras que, moradores del sec-tor solicitan obras complementa-rias, como pavimentación y alcanta-rillado sanitario.

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DATOS

En 2008, el Municipio de Guayaquil inició la entrega de 1.500 certificaciones para legalizar tierras en los bloques 1, 3 y 5 de Nueva Prosperina.

A principios de 2013, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi) notificó que había nuevas invasiones en el cerro de Nueva Prosperina y comenzó un plan de reubicación.

En abril de este año, la Secretaría de Gestión de Riesgos (SGR) concluyó un informe en el que recomendó al Cabildo porteño la reubicación de viviendas en peligro de caer en cerros y cerca de canales de Nueva Prosperina.

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EN LA WEB

BREVES

El Cabildo porteño comienza plan de bacheo en avenidas

El Municipio anunció que se desarrollará un plan emergente de bacheo asfáltico de calles y avenidas en Guayaquil. Las trabajos se iniciaron en Lomas de la Prosperina, en el norte de la ciudad.

Líneas telefónicas serán distribuidas en distintos barrios del suburbio

Se distribuirán hoy 6.200 líneas telefónicas y 1.900 puertos de internet en Esmeraldas Chiquito, Los Claveles, Luis Vargas Torres, Jaime Roldós, Los Palestinos, Cristina Ponguillo, Alameda, Eloy Alfaro y Assad Bucaram.

DESTACADO

La medida afectará a ciudadelas, urbanizaciones, centros comerciales y parroquias.

Nueva Prosperina

Socio Vivienda 2

Eduardo Solá F.

Víaa Daule

Av. Las Aguas

Vía Perimetral

Av. J. T. Marengo

Eleodoro

Alvarado O.Ubicación

Page 9: elTelegrafo-21-05-2014

QUITO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 009QUITO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 09

LA DISPOSICIÓN 493, APROBADA EN ENERO, NO ESTABLECE UNA SANCIÓN ESPECÍFICA PARA QUIEN LA IRRESPETE

Rodas minimiza ordenanza sobre himnoEl Alcalde capitalino desestimó el cumplimiento de la norma en la que se reguló el uso de los símbolos de la ciudad. Según el Burgomaestre, los ciudadanos deben cantar la versión de la canción oficial que lleven

en su corazón y por eso en actos públicos se entonará una versión instrumental.

Redacción Quito [email protected]

El alcalde Mauricio Rodas minimizó los reclamos en torno al irrespeto a la ordenanza 493, aprobada por el Concejo Metropolitano anterior en enero pasado y que norma, entre otras cosas, la forma en que se debe entonar el himno a Quito en los ac-tos oficiales.

Dicha norma estableció que, en lugar de la segunda estrofa, se en-tone la cuarta a continuación del coro y de los versos que forman la primera. Tradicionalmente se can-taba la segunda estrofa que habla sobre las épocas incaica y colonial.

Este cambio se hizo con el obje-tivo de resaltar la gesta libertaria del 10 de agosto de 1809, en lugar de episodios de conquista sobre el actual territorio, según señala la propia ordenanza.

“La forma en que se entona el himno de la ciudad está más allá de lo que diga una ordenanza; está en nuestro corazón y hay que cantarlo como tal”, aseguró la nueva autori-dad quiteña al comentar el tema.

“Se está tocando el himno en forma instrumental; los ciudadanos tienen la libertad de cantar el himno como se lo saben y sobre

para poner en su lugar al escudo asignado por el rey Carlos I a la ciu-dad, en los inicios de la colonia.

El presidente de la República, Rafael Correa, criticó el sábado an-terior durante el Enlace Ciudadano, el que se pretenda retomar símbo-los antiguos en el Cabildo quiteño y lo atribuyó a una “restauración conservadora”.

Para el comunicador y catedrá-tico Pedro Iván Moreno, el uso de los símbolos no resulta casual ni inocente, pues —según afirmó— es-tos llevan detrás una ideología.

“No es casual que en algún mo-mento, el representante de un par-tido de derecha (específicamente el Socialcristiano) dijera que era una lástima que el Ecuador no fuese una más de las estrellas de la bandera estadounidense”, aseguró.

Moreno añadió que concuerda con la ordenanza que normó en enero pasado la entonación del himno, porque considera más im-portante relevar el hecho de la in-dependencia frente a otros momen-tos históricos de la ciudad.

En tanto que Patricia Andrade, exsecretaria general del Municipio, aseguró que cada ordenanza define quién o quiénes se encargarán del control de su cumplimiento y las sanciones por su inobservancia.

Al respecto, la norma 493 deter-mina que es la Agencia Metropoli-tana de Control (AMC) la encar-gada de velar por el cumplimiento del uso de los símbolos de la ciu-dad. Y que dicha entidad deberá “levantar un acta de verificación” cuando se constate alguna infrac-ción al respecto.

La normativa no especifica nin-gún tipo de sanción para quien in-cumpla.

Secretario de Comunicación. Por otro lado, ayer se conoció que Gandhi Espinosa será el titular de la Secretaría de Comunicación del Municipio.

Espinosa es conocido en el mundo de las encuestadoras, por haber trabajado para varias.

todo, como lo sientan. Lo impor-tante es cantar el himno. En lo per-sonal, yo cantaré el himno como lo canten los quiteños”, dijo el repre-sentante de la alianza SUMA-VIVE, sin especificar cuál de las versiones utilizará.

No obstante, durante la visita del Burgomaestre al cuartel de la Poli-cía Metropolitana, ubicado en el sector de Puengasí (centro-oriente), se entonó la canción de la ciudad tal y como dicta la citada

Ordenanza 493. Juan Zapata, secre-tario de Seguridad y Gobernabili-dad, comentó al respecto que en eventos municipales internos de ese tipo, necesariamente se respe-tará la disposición aprobada a ini-cios del presente año.

Del mismo modo, en los encabe-zados de los sitios web y en los do-cumentos municipales se ha reem-plazado la letra Q azul y rojo que utilizó la pasada administración edilicia como símbolo de la ciudad,

RODAS ATRIBUYÓ CENSURA A ‘ERROR ADMINISTRATIVO’

El Poder de la Palabra no volverá a radios municipales

El alcalde de Quito, Mauricio Rodas, envió una carta de disculpa al direc-tor del portal web Ecuadorinme-diato.com, Francisco Herrera Aráuz, por el cese unilateral de las transmi-siones del programa El Poder de la Palabra a través de las emisoras mu-nicipales Distrito FM y Radio Muni-cipal desde el viernes pasado.

En una nota publicada en la pá-gina, Herrera Aráuz aceptó las excu-sas formales presentadas por la au-toridad, aunque hizo algunas pun-

tualizaciones al respecto. Mencionó que frente a la suspen-

sión de las transmisiones “se han derivado conflictos legales, que me-recen un tratamiento debido, a fin de solucionar el problema”.

Esto porque el convenio que per-mite la reproducción del espacio de entrevistas dirigido por Herrera Aráuz fue renovado y tenía vigencia hasta diciembre entre la Municipali-dad y la empresa periodística.

Además, el periodista añade en su nota que esperaba una respuesta del Alcalde en la que se explicaran los motivos de la decisión adoptada la semana anterior y no el “error admi-nistrativo” al que alude Rodas.

Por ello, el comunicador señala que le parece conveniente no reanu-dar las transmisiones.

El director del portal en Internet Ecuadorinmediato.com aceptó las disculpas del Alcalde por cese de espacio radial, pero no está satisfecho con las explicaciones.

El alcalde Mauricio Rodas visitó ayer el cuartel general de la Policía Metropolitana.

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IIngrese a la sección Quito a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés

www.telegrafo.com.ec/quito.html

EN LA WEB

Forma tradicionalCoroNuestros pechos en férvido grito,te saludan, ciudad inmortal,Gloria a ti, San Francisco de Quito,en tu historia muy noble y leal.IEn las faldas inmensas de un montetu grandeza buscó un pedestal,para henchir tu ambición de horizontey colmar tu ansiedad de ideal.IIOh ciudad española en el Ande,oh ciudad que el incario soñó;porque te hizo Atahualpa eres grandey también porque España te amó.

Forma vigenteCoroNuestros pechos en férvido grito,te saludan, ciudad inmortal,Gloria a ti, San Francisco de Quito,en tu historia muy noble y leal.IEn las faldas inmensas de un montetu grandeza buscó un pedestal,para henchir tu ambición de horizontey colmar tu ansiedad de ideal.IVCuando América toda dormía,oh muy noble ciudad, fuiste tú,la que en nueva y triunfal rebeldía,fue de toda la América luz.

Versiones de entonación del Himno a Quito

Se cambió laII estrofa porla IV estrofa

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ACTUALIDAD El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014110

NO SE SABE CUÁLES SERÁN LAS CONSECUENCIAS

La emergencia solo rige en

San Cristóbal En esta zona de influencia del buque

encallado transitan y habitan tortugas y lobos marinos e iguanas.

Las autoridades aseguran que hasta el momento no hay un impacto al ecosistema.

Redacción Actualidad [email protected]

A pesar de que la declaratoria de emergencia por la encalladura del buque carguero Galapaface solo rige en las costas de la isla San Cristó-bal, esto no afectará al turismo de la Reserva Marina Galápagos, según aseguró el Ministerio del Ambiente.

La Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG), que administra la reserva marina y terrestre de la región, decidió suspender de ma-nera temporal el acceso a las playas Punta Caracola y Cerro Tijeretas, por considerar que se encuentran en una zona de influencia de even-tual riesgo.

“La DPNG mantiene el monito-reo permanente y hasta el momento solo se han evidenciado impactos menores, como la alteración del movimiento del fondo marino, de-bido al casco encallado”, dijo una vocera de la entidad.

Por el momento se han iniciado acciones para reflotar el buque car-guero, con la ayuda de quince per-sonas de la empresa contratada

para retirar la embarcación que en-calló el pasado 9 de mayo.

Hasta ahora no se sabe cuáles son las consecuencias que dejará el buque en la zona, ya que eso se de-finirá en un monitoreo posterior (una vez que haya salido la nave) y con los resultados de los análisis de agua que están realizando los labo-ratorios certificados, aseguró la portavoz de la DPNG.

Por el momento no se han infor-mado cuáles son las acciones que se tomarán para evitar situaciones ad-versas. “Sin embargo, al interior del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) se han analizado algunas medidas que en su mo-mento, posiblemente, serán infor-madas”, dijo la responsable de Co-municación de la entidad.

Un vocero de la empresa Galapa-face aseguró que se han realizado todas las acciones posibles para evitar un desastre medioambiental, y que están trabajando en conjunto con el Gobierno Nacional para pres-tar la ayuda necesaria que logre el retiro del buque carguero de la zona.

EL INCIDENTE OCURRIÓ A FINALES DE ABRIL EN MANTA

Maquinista de barco es la sexta víctima por fuga de gas

Luego de cuatro semanas en estado crítico, José Mendoza, de 63 años, se convirtió en el sexto fallecido tras la fuga de amoniaco registrada el 23 de abril en la embarcación Betty Eliza-beth, en Manta.

Como secuelas del accidente, que se

suscitó cuando una cuadrilla de 32 hombres descargaba el pescado obte-nido durante una faena de 20 días, Mendoza tenía afectado gran parte de su sistema respiratorio.

El fallecido, quien era atendido en la clínica Del Sol, se desempeñaba como maquinista. El mes pasado José Ro-sado, Alexander Menéndez, Jacinto Pi-huave y Simón Mero murieron dentro de la nave. La quinta víctima fue Car-los Bonilla, quien falleció el 9 de mayo por complicaciones respiratorias. En la casa de salud siguen 8 estibadores en terapia intensiva. Otro está en el IESS.

Nueve estibadores de la embarcación pesquera Betty Elizabeth todavía se encuentran bajo tratamiento médico ya que su estado es crítico.

CORT

ESÍA

BREVES

Presentación de la II fase de programa ciudadano

Mañana socializan el plan para los mineros

Tres plantas nativas son sembradas en comunas

A las 14:00 de mañana, en Esmeraldas, será socializado el Plan de Regularización de Actividades de Minería Artesanal. Autoridades de la Senagua, del Ministerio del Ambiente y de Recursos Naturales y Agencia de Control Minero acudirán.

Hoy, en la Gobernación de Zamora Chinchipe, se presenta la segunda fase del programa de Servicio Civil Ciudadano. Esta iniciativa tiene como fin la participación de los habitantes en temas como seguridad barrial, cuidado ambiental y otros.

Alizos, sigsales y guabisay fueron sembradas en las parroquias Güel y Molleturo, de la provincia del Azuay. Estas especies son nativas de la zona, pero fueron plantadas gracias a donaciones y al apoyo del Ministerio del Ambiente.

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ACTUALIDAD El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 111

otros países) es que la política social del Gobierno ha beneficiado a los más pobres. Eso se explica primero, por el crecimiento económico y, después, por un conjunto de políticas sociales y una apuesta por el capital humano, especialmente en educación y salud. Hice una comparación con Perú y vi que la clase media aumentó en 2 países con modelos económicos muy distintos. En ambos países hubo crecimiento económico y de la clase media. La diferencia está en que Ecuador ha sido pro pobre y Perú, pro clase media. En Ecuador ha crecido la clase media, han crecido los ingresos, pero han crecido más los ingresos de los más pobres. Ha habido una opción preferencial por el desarrollo de los más pobres. Mi

Redacción Actualidad [email protected]

Las políticas que favorecieron la ex-pansión de la clase media en el Ecuador y sus efectos positivos en lo social y económico; los desafíos en términos de política pública para mantener esta tendencia; las carac-terísticas de este segmento de la po-blación y otros temas relacionados a la movilidad social, serán abordados hoy por expertos y académicos en la Facultad Latinoamericana de Cien-cias Sociales (Flacso) a las 17:30.

Entre los invitados están Andrés Solimano, presidente del Centro In-ternacional de Globalización y De-sarrollo de la Universidad Mayor (Chile); Pablo Samaniego, profesor de la Flacso y especialista en temas de pobreza y distribución del in-greso; y Fidel Jaramillo, fundador de la consultora Multiplica y actual re-presentante del Banco Interameri-cano de Desarrollo (BID) en Perú, quien adelantó algunas cifras y ex-plicaciones respecto a esos temas.

¿Qué señala el estudio que hizo sobre la clase media? Existe un consenso en que el crecimiento de la clase media tiene un impacto favorable sobre el desarrollo económico. En este estudio aplicamos todos los enfoques para definir a la clase media y lo que vimos es que, de acuerdo con el enfoque de nivel socioeconómico, la clase media subió de 19% en 2003 a 35% en 2013. En número de personas significa que pasó de 2,4 millones de ecuatorianos a 5,6 millones. Luego miramos el enfoque del Banco Mundial, que es un poco más conservador, y ahí se ve un gran aumento de la clase media de 15,6% en 2003 a 31,5% en 2013. Y, finalmente, usamos un enfoque más práctico, más inclusivo y que refleja una nueva clase media. Aquí lo que vemos es que en 2003 la clase media representaba aproximadamente el 30% y hoy estamos hablando de 50,6%.

¿En qué se diferencia la nueva clase media de la tradicional?

LA CONFERENCIA ‘CLASE MEDIA Y MOVILIDAD SOCIAL’ SE REALIZA HOY A LAS 17:30 EN FLACSO

“Por primera vez, la clase media supera a los pobres”

Investigaciones con distintos enfoques corroboran el crecimiento sostenido de este sector en la población de Ecuador, que en una década se duplicó. A ello se suma que la política pública

en el país ha beneficiado principalmente a los sectores más empobrecidos.

Esta clase antes era inexistente. Hay estudiosos que dicen que es una nueva clase media porque la tradicional tenía aspiraciones de convertirse en clase media alta y, eventualmente, consolidarse con sus patrones culturales, estéticos, políticos, pero ahora no. Hoy esa clase crea sus propios valores estéticos, culturales y de consumo. Se puede observar que el 16% de las personas que estaban en condiciones vulnerables pasaron a la clase media. Esa es una clase que no existía, al menos ese 16% representa un nuevo actor.

¿Se puede decir que Ecuador es un país de clase media? Creo que está por convertirse en; por primera vez, la clase media —según todas estas definiciones— supera al número de pobres. Y tiene un nivel de consumo, un poder adquisitivo muchísimo mayor. Hay un progreso notable.

¿A qué se debe? Algo que distingue al Ecuador (de

hipótesis es que estas diferencias se deben a que en Ecuador la política pública está orientada a un fuerte aumento del gasto social, mientras que en Perú el mercado es el que dinamiza la movilidad social.

¿Qué aspectos se requieren para seguir ampliando la clase media? Los retos de las políticas públicas están en 3 aspectos: primero, favorecer la acumulación de activos físicos, financieros y humanos (vivienda, educación, ahorro y pensiones, etc.). Dos, en el acceso a oportunidades económicas y a empleo de calidad y, por último, en mayor protección de riesgos, es decir, más acceso a la seguridad social para cubrir riesgos de salud, invalidez, discapacidad, etc.

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AFO

Nombre completo: Fidel Jaramillo Profesión: economista Nacionalidad: ecuatoriana Educación: Ph.D. en Economía (Universidad de Boston) Experiencia Laboral: Actual representante BID, Perú¿¿Quién es?

Dalo Bucaram pide nulidad de juicios en contra de su padre

PRESCRIPCIÓN DE PROCESO

El asambleísta, junto a su madre, presentó ante la Corte Nacional de Justicia la solicitud. Solicita el mismo trato que tuvo el exvicepresidente Alberto Dahik.

El asambleísta considera que el caso del exvicepresidente Dahik es un precedente.

El asambleísta Dalo Bucaram Pulley presentó, en la secretaría de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justi-cia (CNJ), el pedido de nulidad de los juicios que se siguen desde 1997 en contra de su padre, el expresidente Abdalá Bucaram.

Bucaram (asilado en Panamá desde la década de los noventa) está acusado de actos irregulares dentro del caso ‘Mochila Escolar’ y el pre-sunto mal manejo de los fondos de gastos reservados de la Presidencia de la República.

El legislador, quien llegó hasta la CNJ acompañado de su madre, Rosa Pulley, aseguró que la CNJ ha emi-tido sentencias que pueden servir como jurisprudencia en casos simi-lares. Mencionó así el caso del exvi-cepresidente Alberto Dahik, cuyos juicios por peculado fueron anulados en 2012.

“Son casos análogos, hay juris-prudencia creada por esta Corte del régimen y por ende no veo el motivo ni la razón jurídica por la cual pue-dan negar esta petición de nulidad”, sostuvo Bucaram Pulley, quien dijo que insistirá en el proceso.

En declaraciones anteriores, Luigi García, abogado del expresidente, in-dicó que “han transcurrido 17 años. Nosotros estamos pidiendo prescrip-ción anticipada para que sean los jueces de la Corte Nacional quienes decreten los pedidos, tanto de pres-cripción como de nulidad”.

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OPINIÓN El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014112

Editorial

El himno de Quito no puede ni debe neocolonizarnos

Hay tradiciones y tradiciones. En alguna época la esclavitud fue

considerada natural a la condición humana (de los blancos). Igual

ocurrió con la violencia intrafamiliar y con las conductas perversas del machismo. Y como

los tiempos cambian y los humanos entendemos mejor nuestras

relaciones, también es factible revisar lo que parecía normal en un himno, como el de Quito: alabar el

españolismo que en su momento fue la causa de sometimiento,

pobreza y subdesarrollo. Ahora que el nuevo alcalde capitalino ha

‘repuesto’ el himno anterior -ignorando una ordenanza

municipal que debe ser modificada con otra-, bien vale la pena

considerar que la neocolonización no puede ser el signo de estos tiempos ni de las autoridades

electas en esta época.

Vale la pena considerar que la neocolonización no

puede ser el signo de estos tiempos ni de las autoridades

electas en esta época.

Fander Falconí @fanderfalconi

House of Cards

En el capitalismo, las políticas internas, sean de educación o salud o la construcción de una refine-ría, no son un accidente, sino la lógica y natural

consecuencia de una política dedicada a favorecer los intereses de los más ricos y de las grandes corporacio-nes, lo cual llega, en muchos casos, a niveles delictivos. House of Cards (Castillo de naipes) es una adaptación de la novela escrita por Michael Dobbs, sobre un jefe del partido conservador británico en la ultraneoliberal época de la señora Thatcher, y de la miniserie del mismo nombre, transmitida para la BBC a inicios de los años noventa. Con dos temporadas a cuestas y una tercera en preparación, es un drama político que se origina en Washington D.C. La serie goza de gran popularidad, e incluso Barack Obama se ha declarado admirador de la misma. Los protagonistas centrales de la serie son Francis Underwood –interpretado por Kevin Spacey–, un hábil y maquiavélico congresista demócrata, y su esposa Claire –representada por Robin Wright–, una mujer ambiciosa, que dirige la ONG Clean Water Initiative. Los dos representan, con imagen triunfadora, al poder polí-tico y sus múltiples ramificaciones. Se trata de figuras creadas por los medios del sistema, que encubren el egoísmo, la vanidad, la codicia, la corrupción y el asesi-nato. La saga transcurre en la capital de los Estados Unidos, donde prima el ‘toma y daca’, la negociación política, la subordinación de los medios de comunicación a los políticos y corporaciones y la presencia de intensos lobbies. El actor Mahershala Ali –el personaje Remmy Dalton– interpreta a un lobbista profesional, que funge como uno de los nexos centrales entre el Congreso y los grandes empresarios (el superclub de millonarios). Sin duda, la acción de los lobbistas expresa el interés de las grandes corporaciones (industria del armamento, fármacos, alimentos, automóviles, petróleo). Esa es la política de verdad, muy lejana de la romántica idea del

‘bien común’ como motivación básica de la sociedad política. En la serie, el ritmo de deshumanización de los persona-jes avanza a pasos apresurados. Las intrigas aumentan episodio tras episodio. Nada ni nadie detendrá a los Underwood en su camino triunfal hasta la Casa Blanca. Todo se sostiene gracias a la extensión de las creencias y los valores de la ‘democracia’, la que está fuertemente marcada por los patrones culturales y de vida de la sociedad estadounidense, que se caracteriza por un altí-simo individualismo y valores de cambio (‘todo tiene un precio’). El mercado libre como condición necesaria de la libertad individual, como decía el gurú neoliberal Milton Friedman.

Varios capítulos están dedicados a describir la compleja relación comercial, financiera y política entre la Casa Blanca y China. Los empresarios chinos aparecen como los nuevos yuppies globales, encerrados en ambiciones y en las orgías de sexo. En el mundo real, en breve, China tomará la posta de la hegemonía mundial del capitalis-mo, y la serie advierte las tensiones futuras que genera-rá, al parecer, este imparable ascenso. Al ver la serie, es imposible dejar de pensar en los tenues límites que separan la ficción de la realidad.

Varios capítulos están dedicados a describir la compleja relación comercial, financiera y política entre la Casa Blanca y China.

Por Calvin Más información en: http://bit.ly/10XUIWR

Transformación productiva con equidad

Leonardo Vicuña Izquierdo [email protected]

Con oportunidad de la reciente visita de Rafael Correa a Chile, su conferencia en Cepal y los discursos en su homenaje, recordamos que

con ese nombre el organismo de la ONU, en 1990, 42 años después de su creación (1948), lanzó un plan regional para dejar atrás la década ‘perdida’ de los 80, producto de la política neoliberal de ajustes, impuesta por el poder imperialista a través del FMI y Banco Mundial, que -además- hipotecó nuestros países y liquidó su soberanía con elevado y perver-so endeudamiento externo, provocando más atraso, miseria y dependencia; fomentó una economía especulativa que cuasi liquidó el Estado nacional y expulsó a millones, en condición de inmigrantes mal tratados y discriminados. Con esa nueva estrategia se buscó transformar las estructuras productivas en un marco de progreso y equidad social, superar la pérdida de dinamismo de

las economías y sus desequilibrios macroeconómi-cos (comerciales y financieros internacionales, fis-cales, monetarios) y el consecuente desempleo y alta marginalidad social de la mayoría de la pobla-ción, así como el debilitamiento del Estado; por fin, redistribuir el ingreso, en un marco de recupera-ción democrática, tras la liquidación de dictaduras militares fascistas, y lograr autonomía, detener el deterioro ambiental y elevar la calidad de la vida. Se presentó este nuevo programa tras el de fomento industrial con sustitución de importaciones, que fracasó en el marco del sistema internacional cen-tro (países hegemónicos) - periferia (países someti-dos), en el que primó el estrangulamiento externo, relaciones comerciales ultraexplotativas y depreda-doras, deterioro de precios de nuestras materias primas, como lo denunció el primer secretario Raúl Prebisch.

Se buscó superar el modelo primario exportador, con una racional articulación productiva sectorial e internacional, apertura gradual y selectiva, desarro-llo industrial y fomento de las exportaciones, incor-porando progreso técnico y el conocimiento univer-sal, apoyando a la pequeña y mediana empresa, recuperando el sector público, modernizando el agro, mejorando la infraestructura, fortaleciendo la integración para ampliar los débiles mercados locales, producto de la escasa capacidad de compra de las mayorías, determinada a su vez por la con-centración de la riqueza y las estructuras agrarias arcaicas, entre otras. La Cepal reconoció la cohe-rencia de los planes de gobierno, la decisión políti-ca firme para el objetivo del Buen Vivir en un marco de estabilidad política, iniciada en 2007, tras derrotar a la oligarquía y desmantelar el neolibera-lismo, recuperando el Estado.

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EN LA WEB

Page 13: elTelegrafo-21-05-2014

OPINIÓN El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 113

Lucrecia Maldonado [email protected]

Un homenaje simple e inusual

Este fin de semana nos dejó para siem-pre nuestra mascota de casi doce años. El ‘Whisky’ era un perro cocker spaniel

color miel, vital, cariñoso y alegre como todos de su raza. ¿Por qué hablo de él en esta columna? Porque su muerte, más allá de la natural conmoción y nostalgia, me conduce a pensar en cómo los humanos olvidamos tan fre-cuentemente nuestra condición de animales, en cómo la hemos olvidado en los últimos tiempos al punto de extinguir especies, de destruir hábitats y de poner por delante no ni siquiera nuestra supervivencia sino nues-tra ambición y nuestra comodidad, y estar así en trance de quedarnos solos en el pla-neta antes de su destrucción final. Los perros pertenecen a aquellas especies (en realidad, solamente dos) que por super-vivencia o buena suerte se han adaptado a vivir junto con los seres humanos. Sin embargo, no se salvan de aquellas actitudes que como ‘seres superiores’ nos arrogamos ante las otras especies: el maltrato, el aban-dono, la comercialización que muchas veces conduce a la crueldad en aras de la ganan-cia. También el ‘Whisky’ sufrió encierro muchas veces en su vida porque simplemen-te ‘molestaba’, hasta cuando comprendí que tenía tanto derecho como yo, como noso-tros, a estar en el mundo y a ser valorado como un miembro más de la familia del pla-neta. Si bien poseemos un tipo de inteligencia que nos ha llevado, entre otras cosas, a modificar el planeta hasta la casi total des-trucción en aras de nuestra agresiva super-vivencia y comodidad (ya lo dijimos), los

animales que todavía existen nos recuerdan la integridad y la inocencia primigenias de los seres vivos, la ternura que no pone con-diciones, el perdón irrestricto y también la irrestricta defensa de lo que es suyo, abati-do ya casi en su totalidad por nuestra impa-rable arrogancia. Afortunadamente, en nuestros días algunas personas más conscientes que otras luchan por una legislación que proteja a los anima-les de compañía, y otras por la defensa de aquellas especies en peligro de desaparición sobre todo el planeta. De mi mascota solamente me queda su sen-

cilla presencia en el patio, el ladrido oportu-no cuando alguien se acercaba; alguna vez lejana, la lengüita recogiendo mis lágrimas; la alegría al recibirnos. Me queda el estar, y ser parte de nosotros más allá del olvido o el descuido, pequeño perrito café que no hicis-te nada más que dar amor y sostener la vida desde el patio de atrás, con el simple cariño de tus ojos serenos, incluso en el silencio melancólico de tu mirada final.

Los animales nos recuerdan la integridad y la inocencia primigenias de los seres vivos, la ternura sin condiciones, el perdón irrestricto...

Las orejas del lobo

Se vistieron de ovejas para esconder sus verdaderas intenciones. Que no hay dere-cha ni izquierda, que solo les anima la

felicidad de todos. Al fondo el coro del averno mediático, jugándose la carta de recuperación de ‘sus derechos’, que no son los nuestros, sino del estatus que construyeron a perpetuidad. Hasta que se les durmió el diablo; y de los escombros de la partidocracia corrupta surgió el milagro de patria para todos. Ahora están de regreso en lugares donde les jugó el numerito. Y para variar, volvieron con las mismas prácticas politiqueras. No otra cosa es el reclutamiento de votos a base de dádivas y ofertas para con-sumar una total hegemonía en el Municipio de Cuenca, donde le tiraron el hueso de la Vicealcaldía a una oportunista. Qué pena, don Marcelo, parecía de valor su palabra, pues

mientras a Alianza PAIS le jugó con el discurso de la legitimidad democrática, por otro lado hacía otra cosa para burlar la voluntad popular morlaca que confió en la lista 35 su mayoría de ediles. En Quito los compromisos de AP se cumplieron en la designación de Vicealcaldesa afín al bur-gomaestre para facilitar la gobernabilidad, con diálogos transparentes sobre proyectos que garanticen la continuidad de obras para la ‘Carita de Dios’. Pero ya asomaron las orejas del lobo, predestinado por la derecha nacional e internacional para desandar el camino de la revolución y volver al nefasto neoliberalismo, factoría de la miseria popular. Ahora mismo la rancia oligarquía capitalina, los banqueros, los militares cavernícolas y reaccionarios, aupados por la virulenta oposición mediática, baten pal-

mas por los primeros signos del retorno de los brujos, verbigracia el cambio de la estrofa liber-taria en el Himno a Quito por el vasallaje colo-nialista y dependiente de la corona ibérica con conquistadores, toros y olé. Solo el apoyo ciudadano a la revolución en marcha frenará a los reaccionarios en sus intentos golpistas como lo hacen sus pares imperialistas en la patria de Bolívar. La demo-cracia les sirve cuando pueden hacer lo que les da la gana. Para Nebot, por ejemplo, la entrega de la credencial que legalizó su mandato no fue nada más que una ‘payasada’. Están embriaga-dos de poder en sus parcelitas arranchadas a punta de demagogia. El antídoto está en volver orgánica y estable la emoción utópica de la Revolución Ciudadana con más organización del pueblo.

Lectura subversiva

Pedro Pierre [email protected]

¡Novedades, siempre novedades! Así es la vida. Y no hay marcha atrás. Eso ocurre, por ejemplo, con la lectura de la Biblia después de que el

Concilio Vaticano 2° puso el libro en mano de los bautizados y en particular de los pobres organizados en Comunidades Eclesiales de Base (CEB). Luego no faltaron voces ‘autorizadas’ para decir que ya no existían las CEB y que la Teología de la Liberación había muerto. Hasta el Gobierno de Estados Unidos declaró la guerra a esta Iglesia de los Pobres nacida del Concilio y de la 2ª reunión de los obispos lati-noamericanos en Medellín, Colombia, en 1968. He aquí un ejemplo de estas lecturas bíblicas sub-versivas hechas desde los pobres. Se trata del episo-dio de la Torre de Babel que todos conocemos. La interpretación tradicional dice que la gente hablaba un solo idioma; un día tomaron la decisión de cons-truir una gran ciudad y en ella una torre que llegara al cielo… con el fin de adquirir fama y evitar dis-persiones. Entonces intervino Dios para castigar semejante orgullo humano y surgen la paralización de la obra, la diversidad de idiomas y la dispersión en varios pueblos. Esta lectura tradicional es la de quienes están liga-dos al imperio de turno y a sus beneficios: quieren que haya un solo idioma para que todos piensen

igual y sea posible dominarlos más fácilmente por un solo gobierno. Además, tiene que haber una sola unidad geográfica, en este caso la urbana, para con-trolar mejor a los ciudadanos… Y presentan a Dios como aquel que castiga. Eso no es la lectura de los oprimidos y esclavos… Su interpretación desvela otra verdad. Babel… Babilonia… Mesopotamia: un inmenso imperio con idioma único… donde no se acepta idioma distinto fuera del oficial, que no admite otro lenguaje dife-rente, ni un pensamiento diverso, ni otra cultura, ni otro proyecto socioeconómico ni otra divinidad fuera de la que se ha fabricado el imperio y que lo justifica en todo… Esta interpretación no ve la intervención divina como un castigo sino como la oposición a un proyecto imperial dominador. Se trata también de la propuesta de otro dios que favo-rece a los pobres, que les da posibilidad de vida mediante la independencia como pueblos, la multi-plicidad lingüística y la diversidad cultural, es decir la posibilidad de vivir libre y dignamente contra la imposición de proyectos colonizadores. Decía el mismo Jesús: “No les tengan miedo. Nada hay oculto que no llegue a ser descubierto, ni nada secreto que no llegue a saberse”. Mucho tenemos que aprender de los pobres.

CCartas al Director

Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva el derecho de editarlas.

Ecuador, en la mira del mundo He seguido los periplos por Norteamérica, Europa y Sudamérica del presidente Rafael Correa y he notado una espontánea gran popularidad de sus conferencias magistrales, en los diferentes para-ninfos de las universidades más famosas del mundo: Sorbona, Berlín, Barcelona, Moscú, Har-vard, Yale, MTI, U. de Chile, República Domini-cana, etc. Muchas de ellas le han otorgado el meri-torio doctorado Honoris Causa (recibido en nueve ocasiones). La mayoría de periodistas europeos acepta las críticas del presidente Correa hacia al-gunos medios de comunicación ecuatorianos de oposición. Pesan mucho las distinciones de los centros académicos que reconocen su talento, ho-nestidad y creatividad para gobernar, muchas de sus normas económicas y educativas son inéditas y ejemplos para aplicar por parte de gobiernos de muchos países. Es hora de reflexionar y dialogar. Bueno, si se critica debe ser con la verdad y con al-tura, dejando a un lado los intereses personales, falacia y el vocabulario vulgar. Hoy nuestro pe-queño país está en la mira del mundo y es así que tenemos constantes visitas de científicos, académi-cos, cobertura de cadenas de TV (periodismo ex-tranjero), interesados en la evolución de los logros de educación, económicos y buen vivir en nuestro país. Nadie es profeta en su tierra. Atentamente

Héctor García Rivera

Para información, sugerencias y suscripciones llámenos: 1800-TELÉGRAFO

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Gerente General: Santiago León

Juan Cárdenas Espinoza Columnista invitado

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MUNDO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014114

Irlanda

Irlandadel Norte

Escocia

Manchester

Londres

Mar del Norte

Canal de la Mancha

Mar Céltico

Ubicación Detalle

GalesBirmingham

RE INOUNIDO

LA CONSTRUCCIÓN HA AUMENTADO A SU MAYOR NIVEL DESDE 2007

‘Boom Inmobiliario’ amenaza con poner freno

a la economía inglesaEl crecimiento en Reino Unido disparó los precios de las viviendas, que en promedio superan los $ 460.000. El Gobernador del Banco Central advierte de los peligros.

La construcción de edificios está en auge y sus precios promedios podrían llegar a $ 752.000 hasta 2024 en Reino Unido.

Leonardo Boix Corresponsal en Londres

Gran Bretaña enfrenta un “boom in-mobiliario” con precios astronómicos en las viviendas, situación que ame-naza con poner freno a la rápida recu-peración económica que se registra en el país.

Ante el incremento de los precios de las viviendas, principalmente en Londres y en el sureste de Inglaterra, cada vez son menos las jóvenes fami-lias trabajadoras que pueden acceder al sueño de la casa propia.

La situación en la capital británica es más grave que en el resto del país, debido a la llegada de magnates y multimillonarios de muchas partes del mundo que deciden comprar mansiones y casas de lujo en la ciu-dad. Lo cierto es que este fin de se-mana, el gobernador del Banco (Cen-tral) de Inglaterra, Mark Carney, ad-virtió los peligros en la economía bri-tánica por el “boom” del mercado in-mobiliario en el país.

Carney afirmó que ese mercado re-presenta “la mayor amenaza” a la re-cuperación económica a largo plazo de Gran Bretaña y destacó que hay “problemas estructurales” que deben ser resueltos para solucionar la situa-ción.

Este mes, un informe de la princi-pal entidad hipotecaria del país, Na-

tionwide, concluyó que el aumento anual de precios de casas británicas subió a 2 dígitos por primera vez en 4 años.

En los 12 meses hasta abril pasado, el precio de las viviendas en Gran Bre-taña aumentó a 10,9%, la primera vez que llega a esa marca desde abril de 2010, y a su mayor ritmo desde junio de 2007.

La entidad informó que el precio promedio de una casa británica es ahora de 273.000 libras esterlinas ($ 460.000), el 8,9% más que hace un año y la cifra más elevada desde octu-bre de 2007. Los precios promedios de las viviendas en el país podrían au-mentar a 446.00 libras ($ 752.000) hasta 2024.

El reporte también indicó que en los próximos 26 años, más de la mitad de los jóvenes de entre 20 y 34 años seguirán viviendo con sus padres en caso de que continúe la tendencia al-cista en los precios de las casas. “Cuando analizamos los riesgos inter-nos, el mayor riesgo en la estabilidad financiera, y por ende en la durabili-dad y expansión de la economía, se centra en el mercado inmobiliario”, destacó Carney.

Según el directivo, el problema fundamental es la falta de nuevas vi-viendas “y el Banco de Inglaterra no tiene una solución para ello”.

Carney indicó que asegurará que los bancos cuenten con suficiente ca-pital para soportar los riesgos que conllevan los préstamos, y que con-trolen los procedimientos de présta-mos para que se otorguen hipotecas solo a aquellos que pueden pagarlas.

“No hay suficiente cantidad de ca-sas que se construyen en Gran Bre-taña. En Canadá, por ejemplo, hay la mitad de población que en el Reino Unido, pero se construye el doble de cantidad de casas cada año. En Gran Bretaña nosotros no podemos in-fluenciar en eso”, agregó.

Sir Jon Cunliffe, uno de los vicego-bernadores del Banco de Inglaterra,

expresó su preocupación por una po-tencial “burbuja inmobiliaria” en el país. En tanto, David Blanchflower, exmiembro del Comité de Políticas Monetarias del Banco, sostuvo que el “boom inmobiliario” en Gran Bretaña “amenaza la estabilidad”.

Sin embargo, el ministro para la Vivienda, Kris Hopkins, desestimó que el país atraviesa una crisis del sector inmobiliario y dijo que desde 2010 “cuando el gobierno heredó un mercado inmobiliario quebrado, las autoridades trabajan para resolver los problemas inherentes al sector”.

“Hemos construido unas 170.000 viviendas económicas y pusimos a disposición nuevas casas. Ayudamos a nuevos compradores a obtener su primera propiedad. El nivel de activi-dad de la construcción ha trepado a su mayor nivel desde 2007 y sigue creciendo”, declaró Hopkins.

Agregó que el próximo año se espe-ran construir otras 200.000 vivien-das. “Todo esto es una clara evidencia acerca de que el plan económico a largo plazo del Gobierno funciona”, subrayó el funcionario conservador.

La economía británica ha crecido más rápido que en el resto de los paí-ses industrializados, que benefició al mercado inmobiliario, que hizo caer los niveles de desempleo y bajó el ín-dice de inflación. De todos modos, muchos trabajadores británicos lu-chan para lidiar con los efectos de 5 años de austeridad y continúan con problemas para llegar a fin de mes con su sueldo.

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EN LA WEB

TALIBANES LUCHAN CONTRA EL PROGRAMA DE SALUD

Campaña de vacunación era fachada para el espionaje

La insurgencia islamita Talibán de-claró hace años la guerra a la cam-paña de vacunación contra la polio-mielitis en Pakistán, bajo el argu-mento de que era un plan de Occi-dente para esterilizar a las musul-manas y también para encubrir acti-vidades de espionaje.

Al parecer no estaban nada lejos de la verdad. Este martes, el diario The Washington Post reveló que la Agencia Central de Inteligencia (CIA) utilizó la supuesta campaña de vacunación como cobertura de ope-raciones de espionaje en Pakistán, lo que ha dañado la reputación de or-ganizaciones humanitarias.

La asistente del presidente esta-dounidense, Barack Obama, para se-guridad interior y antiterrorismo, Lisa Moncayo, prometió que esas ac-ciones no se repetirán en el futuro.

Moncayo hizo esa promesa al res-ponder una carta enviada a la Casa Blanca por decanos de 12 escuelas públicas de salud, quienes expresa-ron que “el uso de una actividad hu-manitaria para encubrir misiones de espionaje provocó serias consecuen-cias colaterales a los empleados sa-nitarios a nivel global”.

Los directivos de dichos centros de enseñanza protestaron por el he-cho de que la CIA utilizó al cirujano pakistaní Shakil Afridi para buscar información sobre el paradero del lí-

der de Al Qaeda, Osama Bin Laden, bajo la cobertura de una campaña de inmunización en la ciudad de Abbo-ttabad, en Pakistán, donde la agencia sospechaba que se encontraba refu-giado. La idea era obtener el ADN de los niños y contrastarlo con el obte-nido por las autoridades estadouni-denses de la hermana de Bin Laden, fallecida en Boston en 2010.

La misión encargada al médico fracasó y Afridi fue acusado de trai-ción por tribunales pakistaníes y condenado a 23 años de prisión. Mientras que Bin Laden fue asesi-nado en mayo de 2011 durante una

operación clandestina de comandos estadounidenses en Abbottabad.

Organizaciones internacionales humanitarias en Pakistán se vieron obligadas a abandonar ese país y al-gunos de sus empleados resultaron muertos por acciones violentas de grupos armados talimanes que per-cibían sus actividades como tareas de interés de los servicios de inteli-gencia estadounidenses, agrega The Washington Post. (PL/AFP)

EE.UU admitió que las jornadas de inmunización en Pakistán eran una falsedad y servían para espiar. Las autoridades prometieron no usar ese recurso.

Un trabajador sanitario administra una dosis de vacuna contra la polio a un niño en Karachi.

EFE

DESTACADO

La CIA montó una campaña falsa de vacunación contra la polio para localizar a Osama Bin Laden.

TOM

ADA

DE

FLIC

KR

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MUNDO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 115

VenezuelaPanamá

COLOMBIA

BrasilEcuador

Océano Atlántico

Océano Pacífico

Ubicación

Bogotá

Detalle

LOS GREMIOS EMPRESARIALES AFIRMAN QUE EN EL EXTERIOR EXISTE CONFUSIÓN SOBRE EL TEMA

TLC entre Colombia y UE pende de un fallo judicial

Por el momento el acuerdo comercial entre el país sudamericano y el bloque europeo sigue en firme. La continuidad depende de una resolución definitiva de la Corte

Constitucional, que tumbó un decreto ejecutivo impidiendo su vigencia provisional.

Un barco que transporta grúas llega a Cartagena, el quinto punto más importante en el intercambio comercial entre Colombia y Europa.

tucional sobre la ley, que aprobó el acuerdo con la Unión Europea, sea positivo. Además confía que se pro-duzca antes del 8 de noviembre, por lo que no se produciría ningún trau-matismo en las relaciones comer-ciales y económicas bilaterales.

Con este tratado comercial, el 98% de los productos colombianos entran al mercado de la Unión Euro-pea sin pagar aranceles. Sin em-bargo, lo mismo ocurre en Colombia con buena parte de los bienes fabri-cados en la economía comunitaria.

Por su parte, los gremios empre-sariales sostuvieron que si bien el TLC con la Unión Europea sigue en firme, en el exterior se generan con-fusiones sobre la estabilidad jurí-dica del mismo y sobre la seriedad de Colombia de negociar futuros acuerdos.

Rafael Mejía, presidente del Con-

sejo Gremial Nacional y de la Socie-dad de Agricultores de Colombia (SAC), dijo que la decisión de la Corte mina la credibilidad de Co-lombia para negociar tratados futu-ros, dado que hace algunas semanas también se cayó el acuerdo marco de la Alianza del Pacífico que se firmó con México, Perú y Chile.

Por Gustavo Veloza Posada Corresponsal en Bogotá

El decreto que le permitía a Colom-bia la aplicación provisional del Tratado de Libre Comercio (TLC) con la Unión Europea fue tumbado por la Corte Constitucional, pero no afecta de forma inmediata el inter-cambio comercial con el Viejo Con-tinente.

Este decreto fue expedido por el Gobierno del presidente Juan Ma-nuel Santos en julio de 2013 y ahora con la decisión de la Corte implica que se debe esperar hasta que se produzca el fallo definitivo sobre el tema. El TLC con la Unión Europea empezó a regir el primero de agosto del año pasado.

El jurista Orlando Contreras dijo a EL TELÉGRAFO que “el efecto de la decisión del tribunal constitucio-nal comenzará a verse realmente dentro de seis meses, exactamente desde el 8 de noviembre, por consi-deración de la misma Corte, pero mientras tanto el comercio entre Colombia y el Viejo Continente no tendrá tropiezos”.

Tas la decisión de la Corte, el Go-bierno expresó su sorpresa por el fallo. La viceministra de Comercio Exterior, Claudia Candela, dijo que “la motivación del decreto 1513, que fue el que la Corte declaró inexequi-ble, está plenamente fundamen-tada”.

Sin embargo, la funcionaria ex-presó su confianza en que el examen que está haciendo la Corte Consti-

AFP

“La decisión de la Corte da un mensaje totalmente errático y pone en duda la efectividad del comercio exterior del país”, señaló el diri-gente empresarial.

Agregó que el Gobierno debe dar rápidamente las aclaraciones res-pectivas sobre el fallo del decreto que le daba aplicación provisional al TLC con la Unión Europea. A su turno, Javier Díaz, presidente de la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), planteó que la Cancillería o el Ministerio de Co-mercio Exterior deben explicar rá-pidamente a los países miembros de la UE cuál es el alcance de la deci-sión de la Corte Constitucional de tumbar dicho decreto.

“Hay que explicar lo sucedido porque, de lo contrario, vamos a en-trar en una situación suprema-mente complicada. En eso hay que

INTERCAMBIO COMERCIAL VA EN AUMENTO La balanza comercial entre Colombia y la Unión Europea (UE) ha sido favorable para el país latinoamericano. En 2012 fue de $2.108 millones, en 2013 fue de $1.624 millones y entre enero y febrero de 2014, la cifra es de $272 millones. En materia de exportaciones de Colombia a ese mercado, estas crecieron 2,1% en 2012, ascendiendo a $9.050 millones y representando el 14,9 % de las ventas de Colombia al mundo. En 2012 los países de la UE que aumentaron sus compras de productos colombianos fueron Bulgaria (213,2%); Eslovenia (188%); España (70,9%); Malta (68,7%); República Checa (55,2%); Hungría (17,8%) y Portugal (4,8%). Los productos vendidos al mercado de la UE con mayores crecimientos en 2012 fueron papel y sus manufacturas (38,6%); maquinaria eléctrica (30,5%); combustibles (9,7%) y fundición, hierro y acero (0,9%). Los países de la UE que demandaron más productos colombianos, durante el primer trimestre de 2013, fueron Alemania (172,7%); Irlanda (95,6%); Rumania (94,9%); Austria (89,0%); Lituania (61,7%); Dinamarca (34,0%); Bélgica (34%); Italia (25,9%) y Portugal (8,2%). Mientras que los productos que aumentaron su presencia en el mercado europeo entre enero y marzo de 2013 fueron metales, cueros, maquinaria eléctrica y textiles.

CIFRA

98% de los productos colombianos entran al mercado de la Unión Europea sin pagar aranceles.

proceder lo más rápidamente posi-ble”, dijo Díaz.

Agregó que se deben corregir los errores cometidos en los trámites de los acuerdos comerciales para dar una señal de que el país sigue adelante con esa estrategia.

“Lo sucedido con los fallos re-cientes de la Corte no es una buena señal, pero hay que entender que nuestro ordenamiento jurídico esta-blece no solamente la aprobación de los TLC mediante ley en el Congreso de la República, sino que debe pasar luego a un examen en la Corte. Lo ocurrido con la Alianza del Pacífico y con la Unión Europea es desafor-tunado, pero lo importante es sub-sanar esas fallas”.

El presidente de Analdex señaló que, pese a todo, la política y los compromisos comerciales del país no cambian.

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MUNDO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014116

MarNegro

Marde Azov

RusiaBielorrusia

Polonia

Rumania

Ubicación

UCRANIA

Moldavia

Kiev

Detalle

LOS HABITANTES TÁRTAROS SE SIENTEN AMENAZADOS

Crisis genera 10 mil desplazados

en UcraniaSegún la Acnur, al menos un tercio de los movilizados son niños. La mayoría de la población se refugia al interior del país.

Ekaterina Lenk (izq.) llora al ver su casa destruida tras enfrentamiento entre militantes prorrusos y soldados ucranianos en Slaviansk.

Agencias AFP/EFE Ginebra

Los acontecimientos que se han pro-ducido en los últimos meses en Ucra-nia, con la caída del presidente Vi-ktor Yanukovich, la secesión de Cri-mea y los referendos de autodetermi-nación en las regiones del este del país, entre otros hechos, han provo-cado unos 10.000 desplazados den-tro del país, según la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur).

“La Acnur observa en Ucrania un aumento continuo y sólido de los desplazados internos, que afecta a al-

rededor de 10.000 personas (...) Al menos un tercio de los desplazados son niños”, declaró un portavoz de la organización en Ginebra, Adrian Ed-wards.

“La mayoría de los desplazados son tártaros, aunque las autoridades locales también han señalado un re-ciente aumento de los registros de personas de etnia ucraniana, rusa y de familias mixtas”, precisó el vocero.

La gran parte de los refugiados se dirige hacia el centro del país (45%) o hacia el oeste (26%), recibe ayuda de las autoridades o se interna en ca-sas particulares, según cifras de la Acnur.

Los desplazados dicen haber huido porque se sentían amenazados o tenían miedo, afirma Acnur. En el este de Ucrania, escenario de la su-blevación separatista prorrusa, la violencia entre los rebeldes y las fuerzas armadas de Ucrania ha ma-tado a casi 130 personas, según la ONU, entre el 13 de abril y el 16 de mayo.

AFP

BREVES

El ejército toma el control en Tailandia y decreta ley marcial

Niñas secuestradas en Nigeria habrían sido separadas en grupos

La Unasur y el Vaticano reiteran su respaldo a diálogos en Venezuela

El Gobierno de Nigeria descartó que las más de 200 niñas secuestradas por la milicia radical de Boko Haram permanezcan en el bosque de Sambisa, refugio y base de operaciones del grupo armado, por lo que sospecha que pueden haber sido divididas en grupos distribuidos por todo el país. En tanto, el Parlamento aprobó una extensión de 6 meses para el estado de emergencia en el noreste del país. (EFE/AFP)

Tras varios meses de crisis política y de manifestaciones contra el Gobierno, el ejército tailandés impuso la ley marcial, desplegó tropas en Bangkok y censuró los medios de comunicación, aunque aseguró que no se trata de un golpe de Estado. La oposición exige la salida del primer ministro interino, Niwattumrong Boonsongpaisan, quien asumió en marzo pasado tras la destitución de Yingluck Shinawatra. (AFP)

Los cancilleres de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) y el Nuncio Apostólico reiteraron su disposición de estar presentes en el diálogo en Venezuela, entre el Gobierno y sectores agrupados en la denominada Mesa de la Unidad Democrática (MUD). Los cancilleres, que actuán como testigos de buena fe, esperan que se determine la fecha de la próxima reunión en el plazo ‘más breve posible’.

Page 17: elTelegrafo-21-05-2014

Faná[email protected]

El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 117

EMELEC, INDEPENDIENTE, UNIVERSIDAD CATÓLICA Y BARCELONA SON LOS REPRESENTANTES NACIONALES EN LA EDICIÓN 2014

Los clubes ecuatorianos no despuntan en la regiónLos equipos nacionales, a excepción de Liga de Quito, nunca han podido pasar los octavos de final de la Copa Sudamericana, lo que demuestra que el fútbol local no despega a escala continental. La primera

fase de esta competición comenzará el próximo 20 de agosto con los partidos de ida.

Emparejamientos de la primera fase de la Copa

G8 vs. G13 O6G6 vs. G10 O14G3 vs. G9 O2G5 vs. G11 O16G1 vs.. G16 O4G4 vs. G15 O10G2 vs. G14 O8G7 vs. G12 O12

Brasil 8 vs. Brasil 1 01Brasil 7 vs. Brasil 2 05Brasil 6 vs. Brasil 3 013Brasil 5 vs.. Brasil 4 09Godoy Cruz (ARG) vs. Argentina 2 03Rosario Central (ARG) vs. B. Juniors (ARG) 015Gimnasia (ARG) vs. Estudiantes (ARG) 011*Lanús 07*Clasifica directamente a octavos de finalpor ser el actual campeón.

Alianza LimaPerúTercera en Copa SudamericanaCuartos de final en 2002Finalista de la Copa del IncaGuillermo Sanguinetti (URU)Mauro Guevgeozian (URU)Mauro Guevgeozian (URU)

País:Número de participación:

Mejor desempeño:Última competencia:

Entrenador:Goleador:

Figura:

País:Número de participación:

Mejor desempeño:Última competencia:

Entrenador:Goleador:

Figura:

Deportivo AnzoáteguiVenezuelaTercera en Copa SudamericanaPrimera faseSexto en el Clausura 2014Rubeth Morán (VEN)Edwin Aguilar (PAN)Edwin Aguilar (PAN)

Venezuela 3Aún no se define, ya que este lugarlo ocupará el ganador de la liguillapresudamericana, que se estádisputando actualmente en Venezuela.

ItagüíColombiaSegunda en Copa SudamericanaCuartos de final en 2013Cuartos de final en el Apertura 2014Germán Gutiérrez de Piñeres (COL)Yesid Mena (COL)Cleider Alzáte (COL)

BarcelonaEcuadorSexta participaciónOctavos de final en 2002 y 20125˚ en la primera fase del torneo localCarlos Ischia (ARG)Cristian Penilla (ECU)Matías Oyola (ARG/ECU)

IndependienteEcuadorSegunda en Copa SudamericanaSegunda fase en 20132˚ en la primera fase del torneo localPablo Repetto (URU)Junior Sornoza (ECU)Junior Sornoza (ECU)

Universidad CatólicaEcuadorPrimera en Copa Sudamericana-4˚ en la primera fase del torneo localJorge Célico (ARG)Armando Wila (ECU)Facundo Martínez (ARG)

EmelecEcuadorSexta en Copa SudamericanaOctavos de final en 2009, 2010 y 20121˚ en la primera fase del torneo localGustavo Quinteros (ARG)Denis Stracqualursi (ARG)Marcos Mondaini (ECU)

Primera faseZona Sur:Huachipato (Chi) vs. San José (Bol) G1Universitario (Bol) vs. Deportivo Iquique (Chi) G2Deportivo Capiatá (Par) vs. Uruguay 1 (Uru) G3Rentistas (Uru) vs. Cerro Porteño (Par) G4Gral. Díaz (Par) vs. Cobresal (Chi) G5Nacional Potosí (Bol) vs. Libertad (Par) G6Universidad Católica (Chi) vs. Uruguay 2 (Uru) G7Peñarol (Uru) vs. Jorge Wilsterman (Bol) G8

Zona Norte:Intigas (Per) vs. Caracas FC (Ven) G9Barcelona (Ecu) vs. Alianza Lima (Per) G10Venezuela 4 vs. Atlético Nacional (Col) G11Itagüí FC (Col) vs. Emelec (Ecu) G12UT de Cajamarca (Per) vs. Deportivo Cali (Col) G13Millonarios (Col) vs. U. César Vallejo (Per) G14Venezuela 3 vs. Independiente del Valle (Ecu) G15U. Católica (Ecu) vs. Dep. Anzoátegui (Ven) G16

SEGUNDA FASELos equipos ganadores de la Zona Sur y Norte se enfrentan entre sí. Además, los clubesbrasileños y argentinos entran en competencia

OCTAVOS DE FINAL Cada ganador de los duelos de segunda fase tendrá unaO numerada que señala con quién se dará el cruce. La numeración tambiénindicará quién cerrará la serie como local; este privilegio siempre serápara el número más bajo.

EQUIPOS

EQUIPOS

LLAVES

O1 vs. O16O2 vs. O15O3 vs. O14O4 vs. O13O5 vs. O12O6 vs. O11O7 vs. O10O8 vs. O9

Barcelona (Ecu)

U. Católica (Ecu

Emelec (Ecu)

Independiente del Valle (Ecu)

LOS CAMPEONES DE LA COMPETICIÓN:2002 San Lorenzo de Almagro (ARG)2003 Cienciano (PE)2004/05 Boca Juniors (ARG)2006 Pachuca (MÉX)2007 Arsenal (ARG)2008 Internacional (BRA)2009 Liga Deportiva Universitaria (ECU)2010 Independiente (ARG)2011 Universidad de Chile (CHI)2012 Sao Paulo (BRA)2013 Lanús (ARG)

vs. vs. vs.

?

Emelec e Independiente cerrarán la serie como

locales mientras queBarcelona y Universidad Católica lo harán como

visitantes.

ORO Y PLATA PARA ECUADOR EN SURAMERICANOS DE PLAYA [20]

LA TRICOLOR AJUSTA SU AGENDA DE VIAJES ANTES DEL MUNDIAL [18]

METÓDICO Klinsmann reinventa el fútbol estadounidense. [19]

Redacción Fanático [email protected]

A excepción de Liga de Quito, cam-peón de la Copa Sudamericana 2009 y finalista en 2011, ningún otro club ecuatoriano ha podido destacar en la segunda competición más importante del continente, que se disputa desde 2002. En su pal-marés, el conjunto capitalino tam-bién fue campeón de la Copa Liber-tadores (2008) y de dos Recopas Sudamericanas (2009 y 2010).

El otro club a nivel local que so-bresalió en la década de los 90 fue Barcelona, que tuvo varias semifi-nales de la Libertadores y fue fina-lista en las ediciones 1990 y 1998. Sin embargo, desde entonces no ha podido destacar a escala regional, ahora tiene una nueva oportunidad.

La mañana de ayer, en Argentina, se realizó el sorteo de la edición 13 de la Copa Sudamericana, donde Ecuador tendrá 4 representantes que intentarán romper la barrera de los octavos de final, que hasta ahora solo los ‘albos’ han podido pasar.

Emelec, Independiente, Universi-dad Católica y Barcelona serán los conjuntos nacionales en esta com-petición, que contará con la partici-pación de 47 equipos.

Los 4 clubes se ubican entre los 5 primeros puestos del campeonato ecuatoriano. Pero, ¿es suficiente para poder destacar a escala inter-nacional? Las estadísticas indican que no, ya que Emelec e Indepen-diente, actuales campeón y vice-campeón, respectivamente, que fue-ron altamente superiores en el tor-neo del año pasado, no pudieron pa-sar de la fase de grupos de la Copa Libertadores de este año.

Lo que se espera es que estos clu-bes aprovechen la pausa por el Mundial de Brasil para potenciar sus equipos con refuerzos y con pre-paración físico-táctica, ya que el torneo recién empezará el 20 de agosto. Independiente y Emelec ce-rrarán sus series como locales, mientras que Universidad Católica y Barcelona lo harán de visitantes.

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EN LA WEB

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FANÁTICO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014118

LOS SELECCIONADOS CUMPLEN UN PERÍODO DE DESCANSO ESTABLECIDO POR LA FIFA

La ‘Tri’ recorrerá 21.463 km en 29 díasEl combinado ecuatoriano se reunirá este domingo en la Casa de la Selección en Quito para continuar con su planificación de partidos amistosos y los de la fase de grupos del Mundial. El miércoles 28 de mayo la

delegación nacional se trasladará a Texas para enfrentar a México 3 días después.

EE. UU.

Brasil

Cronograma del combinado ‘tricolor’

26 de mayo → Concentración de la Selección en Quito

28 de mayo → Llegada a Arlington, Texas31 de mayo (16:00) → Ecuador vs. México (partido amistoso)

4 de junio (14:00) → Miami, Ecuador vs. Inglaterra (partido amistoso)

5 de junio → Retorno a Quito

9 de junio → Porto Alegre, Base Aérea Canoas(A 21 km de Viamao, sede de la Selección Ecuatoriana de Fútbol)

2.028 km

4.166 km

2.895 km

4.354 km

15 de junio (11:00) → Brasilia, Ecuador vs. Suiza1.757 km

707 km

20 de junio (17:00) → Curitiba, Ecuador vs. Honduras

1.546 km25 de junio (15:00) → Río de Janeiro, Ecuador vs. Francia

Partidos de Ecuador en la Copa del Mundo

Redacción Fanático [email protected]

La Selección Ecuatoriana se con-centrará desde este domingo en Quito para preparar los 2 últimos partidos amistosos antes de su de-but en la Copa Mundial de Brasil 2014. En 29 días (del 28 de mayo al 25 de junio) los ‘tricolores’ viajarán aproximadamente 21.463 kilóme-tros para afrontar los 2 partidos amistosos y los 3 de la fase de gru-pos del certamen mundialista.

Como preparación, el cuerpo téc-nico liderado por Reinaldo Rueda planificó -durante el 2014- 4 parti-dos. El primero lo realizó en febrero pasado en Londres ante Australia. Luego se enfrentó -el sábado pa-sado- a Holanda en Amsterdam y los 2 siguientes serán ante México en Arlington (EE.UU.), el 31 de mayo, y finalmente se medirá al equipo de Inglaterra, el 4 de junio, en la ciudad de Miami.

Luego del partido en Holanda, los jugadores regresaron al país para cumplir con un período de descanso obligatorio establecido por la FIFA, que terminará el próximo domingo. En ese lapso los seleccionados no podrán participar ni en partidos ofi-ciales ni amistosos de preparación. Se espera que el 26 de mayo se en-tregue la lista final de los 23 jugado-res que irán al Mundial.

El miércoles 28 de mayo, la dele-gación ecuatoriana se trasladará a Texas en un viaje de 5 horas. Luego del encuentro ante México se des-plazará a Miami (2 horas y media de viaje) y finalmente, el 5 de junio, re-tornará a Quito (4 horas de viaje) para seguir en concentración en la Casa de la Selección.

La despedida del combinado tri-color será el 9 de junio. Ese día em-prenderá su viaje a Brasil. Llegará -luego de 6 horas de vuelo- a Porto Alegre, y luego se dirigirá a su cen-tro de concentración en la ciudad de Viamao.

Durante la Copa del Mundo la Selección Ecuatoriana realizará 3 desplazamientos en la fase de gru-pos. El primero será a Brasilia (2 horas y media de viaje) para enfren-tar a la Selección de Suiza, en el de-but mundialista, el 15 de junio.

El segundo desplazamiento será a la ciudad de Curitiba (50 minutos de viaje). Allí se medirá a su similar de Honduras, el 20 de junio. Para el tercer partido los ‘tricolores’ irán a Río de Janeiro (1 hora 40 minutos de viaje), en donde cerrarán su par-ticipación en esta fase del Mundial, ante la selección de Francia, el 25 de junio.

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FANÁTICO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 119

EL ESTRATEGA ALEMÁN DIRIGIRÁ SU SEGUNDO MUNDIAL

JÜRGEN KLINSMANNLe cambia la cara al ‘soccer’El campeón del mundo en Italia 1990 se propuso cambiar la mentalidad del futbolista norteamericano y alejarlo de estrategias acartonadas y poco creativas.

Redacción Fanático y Agencias [email protected]

Autoritario pero receptivo, pragmático y organizado, el ale-mán Jürgen Klinsmann ha lo-grado imponerle al fútbol de Es-tados Unidos la impronta de su personalidad, y desde el ban-quillo es el arma secreta del se-leccionado del ‘Tío Sam’ para el Mundial de Brasil 2014.

Desde su llegada a la Selec-ción estadounidense, en julio de 2011, Klinsmann ha estado en el candelero mediático por su in-tento de transformar al futbo-lista estadounidense en una maquinaria eficaz en lo físico y lo táctico, y que no cuestione sus directrices ni planes.

Poco dado a andar con ro-deos, sus primeras palabras marcaron la tónica de su man-dato al decir: “Ningún puesto está asegurado”. Sus métodos ‘levantaron ronchas’ en estre-llas como Landon Donovan, Mi-chael Bradley -cuyo padre fue sustituido en el cargo por Klins-mann-, Carlos Bocanegra y otros que hasta entonces eran fichas fijas en las formaciones del estratega Bob Bradley.

El vestuario de los estadouni-denses se convirtió en una cal-dera a punto de explotar, al ex-tremo de que Donovan decidió alejarse del equipo por unos meses, hasta que comprendió que, para regresar y jugar, tenía que ganarse el puesto como cualquier otro mortal.

Jürgen Klinsmann intenta que los estadounidenses entien-dan que el fútbol es un deporte que tiene que ver mucho con la emotividad, los estados de ánimo y la imaginación. Para Klinsmann, el balompié no es solo táctica y estrategia, como lo es el béisbol, el fútbol ameri-cano o el baloncesto, en los que las jugadas son preparadas en cuadernos y pizarras.

Hoy, Estados Unidos practica un fútbol creativo y agradable, y

ello ha ayudado al ‘Kaiser’ Klins-mann a refrescar el ambiente alre-dedor de sus dirigidos. Y sus nú-meros no mienten, en la elimina-toria de la Concacaf para Brasil 2014, clasificó primero con 35 puntos, con 11 partidos ganados, 2 empatados y 3 perdidos.

Klinsmann es un perfeccio-nista, y eso lo arrastra desde su juventud en Stuttgart. Su padre Sigfried, dueño de una panadería, lo obligó a sacar un título de maestro panadero, aún cuando ya era jugador profesional de se-gunda categoría.

Un paso exitoso por la Bundes-liga, estrella de varios clubes eu-ropeos y campeón del mundo con Alemania en 1990, a Klinsmann lo único que le quedaba por probar era dirigir el seleccionado de su país, y en esa nueva etapa de su carrera perfeccionó el método que ahora aplica en Estados Unidos.

Con paciencia y empeño cambió la mentalidad del fútbol germano, cuando convenció a los tradicio-nalistas federativos de su país, a los medios y a los propios jugado-res, de romper con el fatalismo de que a los alemanes no se les daba el fútbol alegre.

Había que borrar el fútbol de pelotazos y cabezazo al fondo que predominaba a nivel de clubes y el seleccionado mayor, y en cierta forma algo parecido se encontró años después cuando llegó a diri-gir a Estados Unidos.

Aunque Alemania solo logró el tercer puesto en su segundo mun-dial en casa, en 2006, Klinsmann cambió la cara del fútbol germano.

1 título como entrenador

4 equipos hadirigido

DatosPERSONALES

Nombre y apellido Jürgen Klinsmann

Apodo 'Klinsi'

Nacionalidad Alemana

Fecha de nacimiento30 de julio de 1964

Edad49 años

Lugar de nacimiento Göppingen

PROFESIONALES HISTORIA DE ESTADOS UNIDOS EN LOS MUNDIALES

1 Copa de Oro de la Concacaf (2013)

Desde Hasta

Selección de Alemania 2004 2006Bayern Múnich 2008 2009Toronto FC 2010 2011Selección de Estados Unidos 2011 Presente

Selección de EE.UU. Año Fase Posición

1930 Semifinal Tercero1934 Primera fase Décimo sexto1950 Primera fase Décimo1990 Primera fase Vigésimo tercero1994 Octavos de final Décimo cuarto1998 Primera ronda Trigésimo segundo2002 Cuartos de final Octavo2006 Primera ronda Vigésimo quinto2010 Octavos de final Duodécimo

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FANÁTICO El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014220

LIGA NACIONAL FEMENINA DE BALONCESTO

Santa María vence a UTE y está más cerca de la final

Santa María (Machala) se acerca a la final de la Liga Ecuatoriana Feme-nina de Baloncesto gracias a la victo-ria de 77-67 que logró, la noche del lunes pasado, frente a la Universidad Técnica Equinoccial, en la primera semifinal del torneo entre ambos clubes. El partido se jugó en el coli-seo Julio César Hidalgo de Quito.

El inicio del cotejo sufrió un re-traso por razones logísticas, lo que provocó malestar en la banca de Santa María. Pese a ese inconve-niente, el equipo visitante mostró un juego dinámico en contraste con el quinteto local, cuyas jugadoras lu-cieron imprecisas en los momentos claves del compromiso.

El primer parcial fue el más parejo de todos y terminó 17-14 a favor de la visita. En el segundo cuarto, Santa María, dirigido por Sebastián Lan-zieri, consolidó su victoria termi-nando con una ventaja de 37 a 29 gracias al aporte de Doris Laso, Claudia Pop y sobre todo de Gisella Vega, quien dominó la zona pintada, ganándole el duelo de pívots a la es-tadounidense Chelsea Davis, quien no tuvo un buen partido.

Posteriormente, en el tercer pe-ríodo, UTE tuvo una ligera recupera-ción que le permitió acercarse en el marcador; sin embargo, Santa María pudo controlar la situación y nueva-mente cerró el parcial con una ven-taja de 57 a 52.

El último cuarto fue totalmente dominado por el equipo visitante,

que una vez más superó en todos los rubros al quinteto equinoccial, ce-rrando así el juego con un marcador final de 77 a 67.

Gracias a esta victoria, Santa Ma-ría dio un paso importante en su as-piración de alcanzar la final de la Liga Ecuatoriana.

El equipo machaleño deberá triunfar hoy en condición de local para inscribir su nombre en la defi-nición del título. Por su parte UTE deberá ganar este segundo juego de la serie para extender la definición a un tercero, que lo enfrentaría el jue-ves en la noche en Machala.

Las semifinales del torneo nacio-

nal son para UTE la antesala del Sudamericano Interclubes, donde el domingo enfrentará a la Universidad Austral de Chile en el coliseo Julio César Hidalgo. El equipo capitalino, campeón de la liga ecuatoriana 2013, integra el grupo B del sudamericano, donde también destacan Barazátegui (Argentina) y Real Club (Perú).

Después de que se disputen los partidos de semifinales de la liga lo-cal, el torneo se paralizará hasta que finalice la intervención de UTE en el certamen continental.

El equipo visitante mostró un juego dinámico en contraste con el quinteto universitario, cuyas jugadoras lucieron imprecisas en los momentos claves.

La argentina Gisella Vega (centro), de Santa María, protege la pelota ante la marca rival.

DESTACADO

La otra semifinal del torneo entre Deportivo Quevedo y Mavort debía disputarse anoche.

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Pichincha fue la más fuerte en el Torneo Nacional de Potencia

Pichincha ganó en 4 de las 7 categorías disputadas en el torneo Nacional de Levantamiento de Potencia que se realizó en Quito. El combinado ‘oro y grana’ se impuso en las divisiones junior, damas y varones; y open, damas y varones.

Emilio Gómez pasa de ronda en la qualy de Roland Garros

El ecuatoriano Emilio Gómez superó al francés Tak Khunn Wang por 6-1, 6-7(5), 6-1 y avanzó a segunda ronda de la fase de clasificación de Roland Garros. El siguiente rival de Gómez (243 ATP) será el argentino Andrés Molteni (258 ATP).

MAÑANA, CON LA MODALIDAD 3K POR EQUIPOS, CULMINARÁ ESTA DISCIPLINA

Arévalo y Enderica, medallistas frecuentes

en aguas abiertas Los nadadores ecuatorianos le dan la segunda presea dorada y

la tercera plateada al país en la justa continental. Hoy, a las 09:00, empiezan las competencias en la prueba de 5K.

Samantha Arévalo (centro) utilizó una estrategia que le otorgó el oro en los 10 km, aflojó en la cuarta vuelta, pero aceleró en la quinta.

Redacción Fanático [email protected]

Los ecuatorianos Samantha Arévalo y Esteban Enderica ganaron ayer las medallas de oro y plata, en ese or-den, en la prueba de 10 km aguas abiertas en el marco de los Juegos Suramericanos de Playa.

El primero en entrar a la playa de Naiguata, del Estado de Vargas, fue Enderica. El azuayo comenzó con buen ritmo, tanto así que apenas inició la prueba, ya era parte del pe-lotón de 5 deportistas que lideraron las 3 primeras vueltas del circuito.

El tramo de la carrera en el mar estuvo conformado por 8 vueltas y cuando iban por la quinta, Esteban se consolidó en el segundo lugar. Hasta aquel momento su hermano Santiago era quien lideraba el se-gundo pelotón, donde se disputaban por llegar en el cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo puesto.

Cuando solo faltaban 3,5 km para que concluyera el evento, Esteban intentó alcanzar al puntero, pero este también aceleró y mantuvo un margen de distancia de 6 metros.

El resto no varió. Enderica llegó a la orilla en segundo lugar, detrás del brasileño Allan Lopes, mientras que el venezolano Diego Vera completó el podio al ubicarse tercero.

Lopes necesitó apenas 2 horas, 8 minutos y 4 segundos para nadar los 10 km. Esteban, por su parte, arribó a la meta en 2:08:05 y el ‘lla-

nero’ detuvo el reloj con 2:08:05 y 65 centésimas.

En damas, Arévalo arrancó mejor, por lo que la atleta de Morona San-tiago braceó fuerte y en los 3 prime-ros km se puso en la primera casilla. Luego, Samantha bajó su ritmo, ce-dió en la cuarta vuelta el primer lu-gar; sin embargo, volvió a nadar fuerte y al final de la quinta e inicio de la sexta vuelta recuperó la pri-mera posición.

En más, la ecuatoriana mantuvo su braceada larga y fuerte pataleo al final y eso le permitió ser la vence-dora de los 10 km femenino, con un tiempo de 2 horas y 15 minutos. En segunda posición llegó la argentina Cecilia Biagioli, mientras que la brasileña Betina Martins fue ter-cera. La otra ecuatoriana que com-pitió ayer, Nataly Caldas, abandonó la prueba en la quinta vuelta.

CORT

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III JUEGOSSURAMERICANOSDE PLAYAVargas 2014

Ecuador obtiene histórico bronce

La selección nacional de rugby playa consiguió una histórica medalla de bronce en una prueba internacional; lo hizo en los III Juegos Suramerica-nos, que se efectúan desde la semana pasada en Vargas, Venezuela.

El quinteto tricolor superó 6-3 al cuadro de Guyana, en el compromiso definitorio por la medalla de bronce,

que se disputó la noche del lunes en el complejo Hugo Chávez Frías.

Ecuador se puso en ventaja en el primer parcial por 3-1, y en el se-gundo tiempo mantuvieron su domi-nio hasta finalizar el juego con el marcador de 6-3. La organización de la contienda escogió a Leonardo Ca-bezas como ‘Jugador del Partido’.

El ecuatoriano tuvo la personali-dad para aparecer cuando más lo ne-cesitaba su equipo. Cabezas logró es-quivar a cuanto rival se le cruzaba y empezó a marcar diferencia. El gesto se notó al final del partido cuando el equipo festejó la conquista.

“Es la primera vez que se convoca

a una selección de rugby y que, ade-más, logra una medalla en el ámbito internacional. Fue una linda expe-riencia, nos enfrentamos a duros ri-vales. Los 8 jugadores que vinimos estamos aptos para representar a Ecuador”, señaló Cabezas, quien tiene 6 meses vinculado al rugby.

El que también valoró este bronce fue el titular de la Ecuatoriana de Rugby. “Destaco el esfuerzo, la unión y compromiso. Es un momento his-tórico para el deporte y seguro que servirá para incentivar al país”, dijo Nicolás Di Napoli, quien felicitó a Argentina y Venezuela que ganaron oro y plata, respectivamente.

ES LA PRIMERA PRESEA INTERNACIONAL EN ESTE DEPORTE

El combinado nacional de rugby venció 6-3 a Guyana en los Suramericanos de Vargas, con lo que completó el podio junto a Argentina y Venezuela.

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SOCIEDAD El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 221SOCIEDAD El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 21

LA SENESCYT DETECTÓ UN INCREMENTO DE HASTA EL 150% EN LOS ARANCELES DE VARIAS INSTITUCIONES

Tres variables fijarán costos en U. privadasEl reglamento, que establece los valores por cobrar en los centros superiores particulares, será conocido

hoy en el Consejo de Educación Superior y también se socializará con padres, docentes y alumnos. Incluye los parámetros de calidad académica, modalidad de estudio e índice inflacionario.

Redacción Sociedad [email protected]

Cristian Morejón tiene 20 años y es estudiante del quinto semestre de la carrera de Comercio Exterior en la Universidad Tecnológica Equinoc-cial (UTE) en Quito. Cancela semes-tralmente entre $ 1.500 y $ 1.600 y aún le faltan 4 niveles para titularse. Mientras que Estefany Espinosa es-tudia gestión empresarial en la Uni-versidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES). Le faltan 5 de los 9 talleres para incorporarse, “pero los costos me han impedido que los tome todos. Cada uno cuesta cerca de $ 160”. En 2006 cuando ingresó a estudiar en la UEES pagaba $ 300 por materia, hoy paga $ 100 más.

Según el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Ceaaces), la UTE está en la catego-ría B. Morejón considera que los in-crementos en la universidad “quizá se deban a las adecuaciones que se hizo para cumplir con el Ceaaces”.

Por la diversidad en los cobros de las universidades particulares y sin un mecanismo que las controle, un equipo técnico de la Secretaría Na-cional de Educación Superior, Cien-cia, Tecnología e Innovación (Se-

El reglamento será socializado con los estudiantes de las universidades particulares.

ya que al momento no tenemos cla-ridad de cuánto cuesta la carrera en total”, comentó Marcelo Cevallos, miembro académico del Consejo de Educación Superior (CES).

El CES presentará hoy la pro-puesta al pleno del organismo para que sea consensuada y aprobada.

La idea, según Cevallos, es obli-gar a las universidades que sean más responsables y presenten sus nue-vas carreras con un sustento econó-mico para que los estudiantes no co-rran con todos los gastos. En la pro-puesta, las universidades tendrán otras fuentes de financiamiento como consultorías externas y los in-gresos por investigación científica o donaciones.

“Lo que se ha hecho en la prác-

tica, sobre todo en universidades nuevas, es que el estudiante no solo paga por el servicio educativo sino que también por las inversiones que hace ese centro educativo que tiene como única fuente el arancel del es-tudiante”, añadió Cevallos.

No es la primera vez que se espera revisar las tarifas de las universida-des privadas. Además, según lo esti-pula la Ley Orgánica de Educación Superior deben existir parámetros generales para los cobros en los cen-tros superiores. El reglamento es re-cibido con agrado por los estudian-tes. Por ejemplo, Espinosa indicó que si bien rescata la enseñanza que recibe en la UEES, los elevados cos-tos han afectado a su economía. Mientras que las universidades con-sultadas no emitieron comentarios hasta conocer el reglamento. nescyt) elaboró una propuesta de

valores por pagar de acuerdo a un análisis comparativo con paráme-tros locales e internacionales. La propuesta se presentó este martes y desde hoy será socializada entre los involucrados en el proceso de ense-ñanza: profesores, autoridades, pa-dres de familia y estudiantes.

“El costo de la educación supe-rior significa el 81% del ingreso per cápita de una familia”, dijo Rene Ra-mírez, titular de la Senescyt, al pre-

sentar el proyecto agregando que la Constitución establece que las uni-versidades particulares “no deben tener fines de lucro”.

Los parámetros que contempla la fijación de los aranceles por carrera son: calidad de la educación (cate-goría de la universidad), modalidad de estudio (presencial, semipresen-cial, distancia) e índice inflaciona-rio del país.

“Lo que se quiere es conocer cuál será el costo al final de la profesión,

DESTACADO

El 70% de la matrícula en universidades financiadas pertenece al estrato más alto, indica la Senescyt.

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SE CREARÁ UN COMITÉ ESPECIAL PARA LA PROBLEMÁTICA

La obesidad infantil es tema central en asamblea de OMS

La Asamblea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) se inau-gura con los ministerios de 194 paí-ses, incluyendo la presencia de Ca-rina Vance por Ecuador. “Nuestros niños están engordando”, dijo Mar-garet Chan, directora general de la OMS en su discurso.

Chan anunció la creación de una Comisión Internacional destinada a luchar contra la obesidad infantil del mundo, el tema central de esta asamblea celebrada en Ginebra.

El comité estará encargado de presentar en 1 año un informe con las soluciones para combatir el so-brepeso de más de 42 millones de niños y adolescentes en el mundo, según cifras de la OMS.

La organización alertó esta se-mana que una mala dieta en la niñez y adolescencia es el primer peldaño a otras enfermedades crónicas y el ta-baquismo.

En Ecuador, la Encuesta Nacional de Salud reveló el año pasado que el 29,9% de menores de 5 a 11 años tiene sobrepeso y el 26% de adoles-centes entre 12 y 19 años está en igual condición. La regulación de las comidas en los bares escolares y el aumento de actividad física en los colegios son las propuestas para de-tener la problemática en el país.

En Ginebra se discutirá el incremento de niños con sobrepeso. Hay más de 42 millones de menores con esta condición en el mundo.

En el país se aumentó la carga horaria de Educación Física para prevenir el sobrepeso.

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IVO

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EN LA WEB

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SOCIEDAD El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014222

LA MODALIDAD SUSTITUYE A LAS ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES

Música y periodismo, entre las opciones de los clubes escolares

La nueva malla para Educación General Básica (EGB) dispone que los estudiantes participen durante 3 horas a la semana en

actividades científicas, artísticas y deportivas.

El club de artes musicales en la Unidad Educativa Alfredo Vera Vera se dicta durante 3 horas semanales, al igual que las otras actividades.

Redacción Sociedad [email protected]

Artístico cultural, científico, vida práctica y deportes son las 4 áreas que desde este año lectivo deben escoger los estudiantes de 1° a 10° año de Educación General Básica (EGB) en el ciclo Costa. Una vez es-cogida la temática, integrarán uno de los clubes escolares, modalidad nueva que establece el Acuerdo Mi-nisterial 041-14 del 11 de marzo del presente año. Una de las institucio-nes educativas que ya implementó el sistema es la Unidad Educativa del Milenio Alfredo Vera Vera, ubi-cada en el norte de Guayaquil.

El plantel cuenta con un club de artes: musicales, plásticas y escéni-cas (incluye teatro y folclor); lengua y literatura, que aborda la lectura; y deporte, que integra a los estudian-tes en disciplinas como baloncesto, fútbol, voleibol y gimnasia.

La rectora de la institución, Lourdes Soriano, mencionó que esta semana estudian la posibilidad de abrir nuevos clubes como el de ciencias naturales, en donde los es-tudiantes aprenderán a desarrollar proyectos de reciclaje y ahorro de energía y otro de manualidades, para que puedan elaborar acceso-rios con diferentes materiales.

Aunque la normativa es nueva y rige para los establecimientos fisca-les, fiscomisionales, municipales y particulares, hasta el año pasado, en dicha institución ya se aplicaba algo similar denominado activida-des extracurriculares.

Iván Baidal, de 10° año, prefirió el club de lectura, por la fascinación a los textos de acción, romance y ficción. Mientras que Dahiana Flo-res siente afición por los libros de superación personal, y de manera especial de fotografía.

“Mi hermano estudia Diseño Gráfico y tiene una cámara profe-sional y me gustaría aprender más

sobre su uso”, relató la menor. Wladimir Zambrano, director de

la biblioteca del plantel, sostuvo que las lecturas con mayor inciden-cia son las novelas gráficas de los cuentos, leyendas y tradiciones.

“Más que crear una extensión de la clase de literatura he querido crear un encuentro social con acti-vidades de animación en la lectura. Cada mes los convocamos a dibujar una escena de su novela gráfica fa-vorita”, explicó Zambrano.

El 16 de abril, el Ministerio de Educación (MinEduc) expidió una normativa, dirigida a los estableci-mientos, con los lineamientos y ex-presiones metodológicas para el manejo de los clubes escolares.

El modelo de aprendizaje difiere por edades en función de los subni-veles de educación general, es decir EGB preparatoria y elemental, EGB media, y EGB superior.

Cada proyecto debe permitir al estudiante organizar las ideas y pla-nificar las actividades que se pro-pongan desarrollar, estableciendo

los recursos necesarios, los tiempos y los responsables.

Estos tendrán una evaluación cualitativa, es decir A, B, C, D y E, que va del muy satisfactorio al in-satisfactorio, de acuerdo al artículo 222 del Reglamento a la Ley Orgá-nica de Educación Intercultural.

En el caso de las instituciones educativas en donde se tenga la ca-pacidad de impartir la lengua ex-tranjera inglés, los estudiantes de segundo de EGB a séptimo de EGB recibirán dicha materia dentro de uno de los clubes.

Betty Muñoz, directora encar-gada del Distrito 7 de la zona 8, ex-plica que cada club escolar debe te-ner una duración de 3 horas a la se-mana. En general la nueva disposi-ción especifica que se incluyan 5 horas semanales de actividades cul-turales (clubes escolares) y depor-tivas (clases de educación física).

En Copol la organización de clu-bes escolares no es nueva. Desde hace 10 años tienen actividades ex-tracurriculares, tanto deportivas como culturales, que bien podrían ser un ejemplo de un club estudian-til. A partir del nuevo currículo, los docentes crearon las áreas en des-trezas musicales, de artes, perio-dismo, ciencias experimentales, ex-presión oral y escrita, y fotografía.

El coordinador de los clubes en Copol, Carlos Berrones, manifestó que dicha implementación va a in-fluenciar mucho en la capacidad que tenga el Estado de proveer los recursos necesarios. “Puede ser que un grupo de chicos quiera la robó-tica, pero si mi institución no cuenta con los recursos necesarios sería una limitante de aquello”, ex-presó Berrones.

Dentro de cada jornada los estu-diantes acuden a uno de los clubes de su agrado. Uno de ellos fue el de química. Nicole Cerezo mencionó que realizar experimentos es una de las actividades que le apasionan.

En este año, nuevamente se prendió la alerta en Ecuador por los altos índices de sobrepeso y obesidad registrados, de manera particular en la población más joven. Así, según los datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2011-2013, 3 de cada 10 niñas y niños en edad escolar y 2 de cada 10 adolescentes registraron sobrepeso u obesidad. Este es un problema de salud pública, debido a que estas personas pueden, en el mediano y largo plazo, ser portadores de diabetes, enfermedad hipertensiva o cerebrovascular, algunas de las principales causas de muerte en Ecuador en 2011, según datos del INEC. El Estado ecuatoriano ha emprendido varias iniciativas para asegurar una mejor calidad en la alimentación de la población, con especial interés en las niñas, niños y adolescentes. Esta es una respuesta al mandato constitucional y a los compromisos internacionales adquiridos por el país, especialmente con la aprobación de la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud (Asamblea Mundial de la Salud 2004). La estrategia señala que “los gobiernos deben adoptar medidas que aseguren tanto el suministro de información equilibrada a los consumidores para facilitarles la adopción de decisiones saludables, como la disponibilidad de programas apropiados de promoción de la salud y educación sanitarias”. En este sentido, varios artículos de la Ley Orgánica de Salud, la Ley Orgánica de Régimen de la Soberanía Alimentaria y la Ley de Defensa del Consumidor, hacen referencia específica a las responsabilidades de las entidades de Estado –especialmente del Ministerio de Salud Pública-, de asegurar que la ciudadanía reciba “información adecuada, veraz, clara, oportuna y completa sobre los bienes y servicios ofrecidos por el mercado” y de protegerla de “la publicidad engañosa o abusiva” (Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, artículos 4 y 6). Existen otras normas complementarias y específicas en Ecuador, como el Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para Consumo Humano. En este se definen las responsabilidades de los productores y comercializadores de alimentos. Por ejemplo, la norma estipula que en todos los envases de los productos comestibles (elaborados en el país o en el exterior), se debe indicar con claridad: la lista de ingredientes, el

contenido de vitaminas, calorías, grasas totales, azúcares y sal; y referir si es un alimento modificado genéticamente o transgénico, cuando proceda. En el caso de alimentos como la sal, azúcar y grasas naturales, se debe incluir la frase “para su salud, reduzca el uso de este producto”. La implementación de acciones dirigidas al control del etiquetado de alimentos es trascendental, sobre todo para garantizar una alimentación adecuada para niñas, niños y adolescentes. Esta medida es crucial para prevenir enfermedades crónicas no trasmisibles, que constituye el problema más grave de salud de la región, según estudios de la OPS/OMS. El etiquetado debe comprenderse también como una estrategia para mejorar las prácticas de alimentación, porque demanda la construcción de una cultura de responsabilidad con la salud de las personas, en la que deben participar activamente productores y consumidores como beneficiarios directos. Los productores se benefician porque cumplen con sus compromisos de gestión social responsable contribuyendo con la salud de la población y además refuerzan su imagen corporativa a la vez que se responsabilizan con la calidad de sus productos; y los consumidores porque les obliga a conocer sobre el tipo de alimentos que deben consumir para

tener una alimentación sana para una vida saludable, que beneficiará especialmente a niñas, niños y adolescentes. Como lo resalta el Comité de los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas, “Debe limitarse la exposición de los niños a la ‘comida rápida’ de alto contenido en grasas, azúcar o sal, que es muy energética, pero carece de suficientes micronutrientes, y a bebidas de alto contenido en cafeína u otras sustancias de posibles efectos nocivos. Debe controlarse la comercialización de estas sustancias, especialmente cuando sus destinatarios son niños, así como su disponibilidad en las escuelas y otros lugares” (Comentario General 15, abril 2013).

Punto de vista

UNICEF ECUADOR

Los gobiernos deben adoptar medidas que informen sobre lo que contiene cada producto.

Alimentación sana y segura

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DATOS

Cada club escolar debe tener un máximo de 30 estudiantes y mínimo 10. En caso de instituciones educativas de excepción, se podrán conformar de acuerdo a su realidad.

El consejo ejecutivo de la institución nombrará una comisión institucional para clubes que se encargará de la organización, ejecución, monitoreo y evaluación.

De acuerdo al MinEduc, los facilitadores encargados de enseñar en los clubes serán docentes, servidores de instituciones públicas, estudiantes universitarios, padres de familia, exalumnos, exdocentes o profesionales específicamente contratados para los clubes.

BREVES

Unesco alista evento de Educación para el Desarrollo Sustentable

El próximo 7 de noviembre se efectuará la Unesco Esd Youth Conference en la ciudad de Okayama, Japón, por lo que la organización invita a los jóvenes a participar en http://www.unesco. org/new/en/youthconference.

En la zona 8, el MIES realizó 7 talleres dirigidos a jóvenes

En los centros de atención MIESpacio Juvenil estudiantes de Guayaquil participaron en 7 talleres en donde realizaron varios proyectos artísticos como break dance, canto y teatro. Mañana será el evento de cierre.

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TECNOLOGÍA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 223TECNOLOGÍA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 23

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EN LA WEB

LOS CREADORES LANZARON UNA VERSIÓN EN INGLÉS PARA OTROS PAÍSES ASIÁTICOS

Un videojuego enseña a niños a sobrevivir a

las inundaciones ‘Sai Fah, The Flood Fighter’ es una aplicación utilizada en

Tailandia en smartphones y tabletas que guía a un personaje a enfrentar riesgos tras fuertes lluvias. Unesco lidera el proyecto.

El personaje central del juego debe almacenar productos de primera necesidad, no beber agua sin hervir, entre otras misiones.

Agencia AFP Tailandia

Las aguas suben y Sai Fah, un niño tailandés, tendrá que luchar con los elementos naturales y los cocodri-los, salvarse de la electrocución, es-capar a serpientes y, sobre todo, evitar ahogarse.

Pero Sai Fah no es un niño co-rriente, sino el héroe virtual de un videojuego concebido a pedido de la Unesco (Organización de las Nacio-nes Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), con el objetivo de limitar el número de menores muertos durante las inundaciones en Tailandia y en todo el resto de Asia.

Tailandia sufrió en 2011 tremen-das inundaciones en las que perdie-ron la vida unas 800 personas, en-tre ellas un centenar de niños.

La Unesco ha buscado un medio para “divulgar entre los niños la in-formación” necesaria para prote-gerse del peligro, explica Ichiro Mi-yazawa, responsable del diseño y desarrollo del juego ‘Sai Fah, The Flood Fighter’.

Una idea se impuso rápidamente: una aplicación gratuita para smartphones y tabletas, en un país que contaba en 2012 con 130 abo-nos de telefonía móvil por cada 100 habitantes, según la Unión Interna-cional de Telecomunicaciones.

La versión tailandesa, con dibu-jos muy coloridos, fue lanzada en enero y alcanzó en 3 semanas el pri-mer puesto entre las aplicaciones educativas en el país, con más de 10.000 descargas, que llegaron a 18.000 a comienzos de mayo.

El principio es sencillo: Sai Fah (‘relámpago’, en tailandés) debe cumplir las misiones presentadas en 22 episodios, antes, durante y después de la inundación de su casa. Cada misión conlleva un men-saje preventivo.

Almacenar productos de primera

necesidad, colocar los objetos im-portantes en un sitio elevado, no beber agua sin hervir, cortar la elec-tricidad, cuidarse de las serpientes que se escabullen de su hábitat na-tural o de los cocodrilos que se es-capan de criaderos.

El juego se desarrolla en la pro-vincia de Ayutthaya, particular-mente afectada por las crecidas de 2011. Sus templos históricos queda-ron anegados durante semanas, así como sus principales zonas indus-triales.

En el distrito de Ban Praek, el re-cuerdo de pueblos enteros arrasa-dos por las aguas se mantiene aún muy vivo.

“El agua llegó desde la represa vecina de Bang Chom Sri durante la noche y al amanecer”, cuenta Nittaya Soponpit, directora de un centro de educación comunal donde la Unesco ha promocionado el vi-

deojuego. “¡Me llegaba hasta la cabeza!”,

recuerda. Gracias al videojuego, los niños “sabrán cómo comportarse” en caso de un nuevo siniestro, añade.

Lo más lejos posible del agua Algunos mensajes del videojuego son integrados rápidamente por los jóvenes que asisten al centro.

La próxima vez “prepararé agua potable”, asegura Kitkanok Klung-numkoo, de 17 años. “Seguiré los consejos del juego cortando el dis-yuntor (eléctrico)”, promete por su parte Pornnamphet Sainet, de 10 años, que no ha olvidado su pánico durante las inundaciones de 2011.

“Todavía no sé nadar”, comenta la niña, al igual que la mayoría de los niños tailandeses.

Por supuesto, ‘Sai Fah’ no reem-plaza un curso de natación o un chaleco salvavidas, pero comunica un mensaje muy simple: “Mantente lo más lejos posible del agua”, sub-raya Miyazawa.

En uno de los episodios, el perso-naje, con un sombrero impermeable rojo, un tanto ridículo, encasque-tado, debe utilizar un bastón para rastrear en el suelo sumergido y así evitar agujeros o ser arrastrado por la corriente.

Ante el éxito en Tailandia, se lanzó recientemente una versión del videojuego en inglés para otros paí-ses asiáticos, como Filipinas, Bir-mania o Indonesia.

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En 2012 Tailandia contaba con 130 abonos de telefonía móvil por cada 100 habitantes.

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18.000 descargas tuvo este videojuego -que cuenta con 22 episodios- a inicios de mayo de este año.

ALEMANIA Y FRANCIA ENCABEZAN SOLICITUD

La UE quiere ‘examinar de cerca’ actividades de Google

El vicepresidente de la Comisión Eu-ropea (CE), Joaquín Almunia, abogó ayer por ‘examinar de cerca’ activi-dades de Google, tanto dentro como fuera de las normas de Competencia, y confirmó que espera una decisión sobre la investigación antimonopo-lio abierta a la empresa en 2010 para después del verano.

“Estamos mirando muchas cosas, pero no podemos mirar todo dentro de una sola investigación”, indicó

Almunia en una rueda de prensa, en referencia a ese caso que aborda un posible abuso de posición de domi-nio de Google en el mercado de las búsquedas y la publicidad en línea.

El comisario europeo de Compe-tencia informó que ha recibido una carta de los ministros de Economía de Francia, Arnaud Montebourg, y de Alemania, Sigmar Gabriel, en la que alertan de que Google “tiene mucha actividad y actividades muy importantes que hay que vigilar de cerca”.

“Estoy de acuerdo con ellos”, dijo Almunia, y añadió que “hay casos de actividades de Google que hay que examinar de cerca con los instru-mentos de la política de Competen-cia y, en particular, antimonopolio”.

Autoridades del grupo de naciones piden investigar las acciones de la compañía. Desde 2010 se la indaga por supuestas políticas monopólicas.

Joaquín Almunia dijo estar de acuerdo con las peticiones realizadas por Francia y Alemania.

MÁS DE 1.000 DISPOSITIVOS FUERON INCAUTADOS

Un operativo en 16 países desmantela red de hackers

La Oficina Europea de Policía (Euro-pol) anunció el pasado lunes el arresto de 97 personas y el desman-telamiento de una red de supuestos criminales que operaron en 16 países de todo el mundo para introducir el programa de intrusión cibernética Blackshades, que permite controlar un ordenador a distancia.

La operación se realizó con la co-operación de las autoridades de Ho-landa, Bélgica, Francia, Alemania, Reino Unido, Finlandia, Austria, Es-

tonia, Dinamarca, EE.UU., Canadá, Chile, Croacia, Italia, Suiza y Molda-via, así como del FBI.

A lo largo de 2 días se realizaron registros en más de 300 viviendas en todo el mundo y se incautaron más de 1.000 dispositivos de almacena-miento de datos que estaban siendo utilizados en actividades ilegales, así como dinero en efectivo, armas de fuego, y drogas.

Europol cita el caso de un joven de 18 años en Holanda que infectó con el programa al menos a 2.000 orde-nadores para controlar las cámaras web de las víctimas y tomar fotos.

El jefe de la unidad de cibercri-men de Europol, Troels Oerting, dijo que este tipo de operativos demues-tran lo efectivo del trabajo en con-junto entre países.

97 personas fueron detenidas para investigaciones. El objetivo, según las autoridades, fue detener la introducción del programa Blackshades.

Captura de pantalla del acceso al panel de control del malware Blackshades.

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CULTURA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014226

Fotograma de The Act of Killing, un polémico documental sobre la dictadura de Suharto, en Indonesia, que se proyectará en el festival.

LA PROGRAMADORA MARÍA CAMPAÑA RAMIA DESTACA SUS DOCUMENTALES FAVORITOS

Los EDOC tienen cintas imperdiblesMañana comenzará en Quito el festival Encuentros del Otro Cine, uno de los más importantes de

Latinoamérica, que trae varias producciones que el espectador no querrá perderse. En la página web de EL TELÉGRAFO podrá revisar la agenda completa y las actividades paralelas.

los EDOC se presentará el corte del director, que dura 159 minutos”, in-dicó Campaña.

La imagen ausente, de Rithy Panh, también retrata un momento político cargado de violencia, pero desde una perspectiva más perso-nal. El documental narra en primera persona la historia del genocidio camboyano en el régimen de Pol Pot. Utilizando pequeñas figuras talla-das, Panh muestra la experiencia de

Redacción Cultura [email protected]

Entre 120 documentales de todo el mundo, que coparán las carteleras de cuatro salas de cine de Quito, en-tre el 22 de mayo y el 1 de junio, es difícil establecer cuáles son los im-perdibles del festival Encuentros del Otro Cine (EDOC), cuya decimo-tercera edición se inaugurará ma-ñana en la capital.

La directora artística de la mues-tra, María Campaña Ramia, hizo un recorrido entre las once secciones que conforman los EDOC para des-tacar los filmes más importantes de su programación.

Política y activismo Dentro de ‘Palabra Política’, que agrupa documentales con alta carga ideológica, está The Act of Killing, de Joshua Oppenheimer. Se trata de un polémico trabajo en el que el di-rector propone a exparamilitares de la dictadura de Suharto, en Indone-sia, que recreen las técnicas que utilizaban para matar a los presos políticos, utilizando géneros cine-matográficos que van desde el wes-tern hasta el musical. La película despertó cuestionamientos y deba-tes en varios festivales del mundo y obtuvo el premio de la Academia Británica a mejor documental y una nominación al premio Óscar.

“Hay a quienes les encanta y a quienes les parece terrible y consi-deran que exacerba la violencia. En

víctimas y sobrevivientes. Obtuvo el premio Una cierta mirada en el fes-tival de Cannes.

¿Máquina o sujeto? Da Vinci, de Yuri Ancarini, se en-foca en un robot utilizado para rea-lizar cirugías. Este enorme avance de la ciencia es el protagonista de este documental, que forma parte de la sección ‘Retratos’.

“El director humaniza al robot, lo

convierte en personaje, aunque no sea humano”, explicó Ramia, motivo por el cual se decidió incluir la cinta en esta sección.

Rupturas amorosas Otra de las secciones del festival, ‘La Divina Pareja’, es una recopila-ción de documentales enfocados en las dificultades de las relaciones sentimentales. En 112 bodas, Doug Block va al encuentro de las parejas

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Ingrese a la sección Cultura a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés.

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EN LA WEB

cuyas nupcias filmó hace más de 10 años para comprender cómo el ma-trimonio transforma a las personas. En la misma línea, Sleepless in New York es un análisis de lo que nos su-cede físicamente cuando atravesa-mos una ruptura amorosa a partir de tres neoyorquinos abandonados por sus parejas.

Made in Ecuador Este año habrá 19 producciones y coproducciones nacionales, el ma-yor número en la historia del festi-val. Entre estas, Campaña destacó a Carlitos, de José Antonio Guayasa-mín, por la acertada técnica para acercarse al sujeto, un joven quiteño con discapacidad de lenguaje, ade-más de su cuidada estética.

A la programadora le sorprendió La Clara y la Oscura, de Andrés Cor-nejo, por ser la obra de un realiza-dor joven que, sin embargo, consi-gue transmitir su voz y su sello per-sonal en su trabajo, que retrata la contaminación generada por una fá-brica en la localidad de Salango.

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CULTURA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 227

LA EXPOSICIÓN ESTARÁ HASTA EL 7 DE JUNIO EN LA CASA DE LA CULTURA, NÚCLEO DEL GUAYAS

Villa, un empírico que pinta desde la intuición

80 obras componen la reciente muestra del artista tungurahuense, una colección que incluye sus intentos iniciales en el óleo hasta los cuadros en los que trabajó

antes de ser operado debido a complicaciones con la diabetes.

Jéssica Zambrano Alvarado [email protected]

Ayer, en la Casa de la Cultura, Nú-cleo Guayas, se inauguró la exposi-ción ‘Jaime Villa, pintando sus sen-timientos’. En sus 80 cuadros, la muestra reaviva las etapas por las que el autor ha atravesado, desde que empezó su curiosidad por el óleo y cambió su apellido de Villa-fuerte a Villa, hasta aquel proceso que denomina “el desastre”.

En esta muestra se integra una versión de su primer óleo y obras que no había mostrado anterior-mente, ya sea porque eran muy pe-queñas o simplemente no quería venderlas y con eso perder pinturas muy preciadas, contó.

La exposición tenía pensado lla-marla ‘Del primero al último’, pues estaba preparando nuevos cuadros de muy buen ánimo hasta que “lo cogió aquel desastre”, comentó.

Hace 8 meses, Villa ingresó al hospital y pasó 4 en terapia inten-siva por complicaciones con la dia-betes, por lo que debió someterse a una operación. “No sabía bien qué me hicieron los curanderos hasta que me di cuenta de que no tenía las piernas”.

A pesar de haber perdido las fa-langes de los dedos de sus manos y la parte inferior de sus piernas, Vi-lla se mantiene con la intención de seguir trabajando y terminar los cuadros que inició y que aún no tie-nen el acabado que merecen.

Pintar es el oficio en el que deci-dió no detenerse desde que, impac-tado ante los cuadros de Aníbal Vi-llacís, que se exponían en una cafe-tería de Ambato, buscó elementos precarios para lograr los mismos efectos con sus ideas.

Con albayalde, aceite de lino para adelgazar y suavizarlo, se aventuró a una nueva forma de pintura, mo-tivado por su interés hacia el di-bujo. No sabía que existía el óleo ni que era el implemento fundamental de la obra de Villacís, hasta que un día el pintor llegó a la carpintería de su padre para pedir unos basti-dores.

Villa se esforzó para terminarlos y al siguiente día dejárselos perso-nalmente. Su interés por la obra de Villacís lo impactó una vez que se enfrentó a todo lo que residía en su taller. “¿Tú pintas?”, preguntó Vi-llacís; “no sé pintar”, replicó. Ante el interés que mostró Villa, su cliente le obsequió 6 tubos de óleo. “Con ellos el resultado de lo que in-tentaba fue totalmente distinto”, recordó.

A esta anécdota se suma una se-rie de casualidades una vez que junto a un primo decide viajar a Perú. No llegaron tan lejos, cuando su primo se dio cuenta de que pasa-ban por Milagro. Entonces pidió de-tenerse para visitar a un familiar. A pesar de que el primo de Villa no soportó ni 2 semanas por el calor y los mosquitos que abundaban en ese cantón, él se quedó y consiguió trabajo en un taller fotográfico, donde le pidieron pintar un reve-lado en blanco y negro. Ahí, con la

El artista realizó su primera exposición en la Casa de la Cultura, cuando Abel Romeo Castillo estaba al frente de la entidad.

práctica adquirida en el dibujo, si-guió experimentando con el óleo hasta que pidió que colgaran uno de sus cuadros en el local donde traba-jaba, como lo hacía Villacís.

Fue así como llegó un pintor que preguntó por el autor de esa obra y posteriormente lo invitó a trabajar para un comerciante del ingenio Valdez. En una suerte de mece-nazgo, aquel hombre estaba deci-dido a que Villa viajara a Guayaquil para reforzar su técnica con los es-tudios, es así como le paga su viaje y le consigue un trabajo para que pueda sostenerse.

En el Colegio de Bellas Artes no duró más que 2 años, pues estaba muy desesperado por aprender y sentía que las cosas iban muy lento. Desde ahí nunca más pensó en la academia.

En reemplazo a los estudios for-males buscó libros con los que pudo reforzar su pintura, los colores que manejaba, el dibujo y composición.

En Guayaquil empezó a trabajar en un estudio fotográfico, para luego turnarse medio tiempo con una empresa de publicidad en la que diseñó logos y afiches para em-presas como Güitig o Vistazo, poco a poco fue ampliando su medio de trabajo en este campo hasta vincu-larse con la Casa de la Cultura, donde realizó su primera exposi-ción cuando la entidad estaba en manos de Abel Romeo Castillo. “Ahí sí, ya no me paraba nadie”, aseveró.

Así empezaron sus exposiciones dentro y fuera del país, las conexio-nes, las invitaciones con otros ar-tistas y otras formas de ver el arte, con lo que tuvo la posibilidad de alimentarse y compartir su trabajo.

Decidió entonces abrirse espacio para la venta de sus trabajos en una galería a la que llamó Pachacamac. En sus inicios se ubicó frente al pa-saje San Francisco en el centro de Guayaquil y fue una de las primeras galerías de toda la ciudad. En esa época se concentra la mayor canti-dad de ventas que tuvo el pintor. “Tanto así que el Banco del Pacífico me compró 24 cuadros”.

Parte del esfuerzo de los prime-ros 6 años que tuvo esa galería fue-ron para construir la casa que tiene en la ciudadela Cimas del Bim Bam Bum, frente a Los Ceibos.

Fue entonces cuando trasladó su galería a esa zona y armonizó la ex-posición de arte con ese ambiente natural del sector. Al inicio tuvo buenos resultados, pero con la am-pliación de la parte habitacional fueron imposibilitando la visita de interesados y, actualmente, solo se puede entrar a la galería si se entra a la casa de Villa.

Varios críticos y pintores “de la competencia”, como dice él, han co-mentado su obra. Entre ellos está el pintor y dramaturgo guayaquileño Eduardo Solá Franco, quien reitera

que Villa pinta sus sentimientos. “En su obra se muestra cómo es

él. Tiene el don de los pintores au-ténticos, siendo artistas y artesa-nos a la vez, como lo fueron en el Renacimiento, hombres de espíritu amplio que sabían cómo se debía interpretar aquello que uno lleva en sí, en la mente y corazón a través del conocimiento de los 3 elemen-tos básicos en la pintura, dibujo, colores y composición”, manifestó.

Una de las características de la obra de Jaime Villa, que permanece latente desde sus primeros inten-tos, es el retrato de la naturaleza, la mezcla de personajes que se funden con el paisaje que los rodea y en ocasiones los empequeñece.

Villa reconoce en su obra una la-bor empírica en la que se pinta desde la intuición.

Desde su trabajo comentó que lo que actualmente hacen varios artis-tas locales es priorizar la forma para impactar, más que trabajar en el arte. Y para él, eso ya no es crear.

DESTACADOS

En el Colegio de Bellas Artes no duró más que 2 años, pues sentía que las cosas iban muy lento.

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Decidió abrirse espacio para la venta de sus trabajos en una galería a la que llamó Pachacamac.

DATOS

Jaime Villafuerte Herrera nació en Baños, provincia de Tungurahua, en 1931.

Estudió entre 1954 y 1956 en el Colegio de Bellas Artes de Guayaquil.

Ha recibido varios galardones por su trabajo. El primero fue el Primer Premio XI Salón de Pintura Luis A. Martínez (1962).

En 1971 ganó el Primer Premio Salón de Octubre; Patronato Municipal de Bellas Artes.

En 1987 le fue otorgada la condecoración Eugenio Espejo a la ‘Orden Nacional al Mérito Artístico’.

BREVES

Muestra de Cine Joven finaliza en la Cinemateca Nacional

Jacchigua se presenta en la Casa de la Cultura, en Quito

Como todos los miércoles, a las 19:30, en el teatro Demetrio Aguilera Malta, en Quito, la agrupación de Ballet Folclórico Nacional del Ecuador Jacchigua entretendrá hoy al público con su propuesta. El costo de la entrada al espectáculo es de $ 25.

Mea Vulgata es la nueva obra del escritor Luis Carlos Mussó

El más reciente libro del autor porteño será puesto a consideración de la ciudadanía en el Museo Antropológico y de Arte Contemporáneo, en Guayaquil, bajo el sello Editorial Cascahuesos, de Perú, este 29 de mayo, a las 19:00. Intervendrán José Luis Córdova y Cecilia Ansaldo Briones.

Los 39 escalones, un thriller policíaco en las tablas del CCI

El director Carlos M. González y la actriz Cristina Rodas presentarán Los 39 escalones, en el teatro del C.C. Iñaquito (Quito) hasta fin de mes. La adaptación se basa en la novela homónima de John Buchan, que filmó Alfred Hitchcock en 1935. Elenco: Álex Cisneros, Sonia Valdez, Christian Castillo y Cristina Rodas. Entradas: $ 20, $ 26 y $ 30.

La Muestra Latinoamericana de Cine Joven que se proyecta desde el 19 de mayo en la Cinemateca de la Casa de la Cultura, en Quito, culmina hoy. A las 17:00 está prevista la proyección de Alas, de Mara Weber (México); Llamada nocturna, de Mauricio Calderón (México); Atardecer, de Nuria A. Amaro (Argentina); Post mortem, de Elizabeth Wendling (Argentina, 2011). A partir de las 19:30, la programación será de cortos de Argentina y Chile. La entrada es gratuita.

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El Telégrafo I Miércoles 21 de mayo del 201428

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> TEXTIL Y CALZADO

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SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

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> FARMACÉUTICOS Y QUÍMICOS

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SUCUMBÍOS

> COMERCIALIZACIÓN

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TUNGURAHUA

> COMERCIALIZACIÓN

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> SECTOR PÚBLICO

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ZAMORA CHINCHIPE

> SECTOR PÚBLICO

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Page 29: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 2014 29

COMISARÍA CUARTA MUNICIPAL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MONICA FLORES LINDAO Y GUILLERMO VELIZ.LE HAGO SABER: Que por el respectivo sorteo de Ley ha correspondido cono-cer a este despacho el expediente de Litigio de Tierras No. 2013-3754, cuyo extracto de citación es el siguiente:ACTOR: DOUGLAS ENRIQUE FIGUEROA APOLINARIODEMANDADOS: MONICA FLORES LINDAO Y GUILLERMO VELIZ. OBJETO: Litigio del solar municipal número 002, de la manzana 2596, del sector 91 de la Cooperativa Unión de Bananeros Bloque 3 de esta ciudad de Guayaquil. AUTO INICIAL: Con fecha 7 de Febrero del 2014, a las 12h25.- VISTOS: "de conformidad con lo previsto en el numeral 3.5 del artículo 3 de la Ordenanza que reglamenta la Enajenación de Terrenos Ubicados en los Sectores Urbano Marginales de la ciudad de Guayaquil, amparados por Decretos Leyes a lo esta-blecido en la Ley Expropiatoria No. 37, publicada en el R.O. No. 195, del 17 de noviembre de 1997, SE ADMITE AL TRAMITE el presente litigio.." de acuerdo a aquello se ordena al actor a comparecer a este despacho en un término de 48 horas, esto es en virtud del juramento presentado por el señor DOUGLAS ENRI-QUE FIGUEROA APOLINARIO, manifestando desconocer el domicilio de los se-ñores MONICA FLORES LINDAO Y GUILLERMO VELIZ, mediante providencia de fecha 30 de Septiembre del 2013, a las 09h00, dispone citarlo por la prensa, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.COMISARIO DE LA CAUSA: Ab. Angel Peñafiel Espinoza, Comisario Cuarto Municipal de Guayaquil.Lo comunico a Usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, dentro del término correspondiente y en caso de no hacerlo será tenido considerado rebelde.-

Guayaquil, 12 de Mayo del 2014

Lcda. Rita Vera Sánchez SECRETARIA

COMISARIA CUARTA MUNICIPAL

(146452)

AVISO DE REMATEPongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 31 de marzo del 2014; a las16h14, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 05-2014, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día VIERNES 04 DE JULIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito.

Primer inmueble: Lote de terreno S/N, ubicado en el sector Cunduana B, de la Inmaculada parroquia Licán, cantón Riobamba, provincia de Chimborazo; cuyos linderos y dimensiones son los si-guientes: NORTE: Euclides Parreño en 43.0 M.RN.77-OE, con cruce acequia en 1.0 M, con Gabriel Parreño en 51.0 M.RS.87 44 E, con herederos de Ester Salazar, en 68065 MN.R.S. 76-07E; SUR: Herederos de Gabriel Parreño en 124.0 M.R S86-23W, con cruce acequia en 1.0 M., con herederos de Gabriel Parreño en 35.0 M. R S86-23W; ESTE: Camino privado en 21.05 M.R. S4-51E; OESTE: César Coello en 40.0M.R N3-44W. ÁREA TOTAL DE: cero punto seis mil ciento cuarenta y nueve hectáreas 0.6149 ha.

AVALUO: USD. 116,494.80 (CIENTO DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 80/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Las características y demás especifi-caciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.-

Segundo inmueble: Lote de terreno S/N, ubicado en el sector Shilshi, parroquia Calpi, cantón Riobamba, provincia de Chimborazo; cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: NORTE: Camino vecinal en la longitud de 17 metros, siguiendo su trazado; SUR: Camino público en la longitud de 16.80 metros, siguiendo su trazado; ESTE: Con herederos de Enrique Concha en la longitud de 205 metros, Rumbo R SE.35 27; OESTE: Con herederos de Dolores Concha, en la longitud de 205 metros Rumbo NW 35 31. ÁREA TOTAL DE: TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS 3.407m²

AVALUO: USD. 104,356.90 (CIENTO CUATRO MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.-

Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día VIERNES 04 DE JULIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, re-formado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de esta ciudad de Quito. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día VIERNES 13 DE JUNIO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso que el día del remate, la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, oficina principal Quito, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito, o al teléfono 2564900 ext. 2470, Departamento de Coactiva.- Quito, 09 de mayo del 2014.

Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

Ab. Francisco Alvear MontalvoSECRETARIO DEL PROCESO

CORPORACION FINANCIERA NACIONALMay. 09-21; Jun. 04 (143835)

AVISO DE REMATEPongo en conocimiento del público, que en auto dictado el 29 de abril de 2014; a las 09h30, por el señor Juez Delegado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 2009-571, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día martes 10 de Junio de 2014, para que se lleve a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despa-cho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, dentro del Juzgado de Coactiva de la ciudad de Guayaquil.

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE A REMATARSE: Lote de terreno con vivienda de dos plantas y terraza, bodega y cerramiento perimetral de una cabida de novecientos cinco punto veinticinco metros cuadrados, ubicado en el sitio Cañaveral de la jurisdicción de la parroquia Vinces, recinto “Casa de Tejas”, cantón Vinces, provincia de Los Ríos, con los siguientes linderos y medidas: Por el Norte: con propiedad del señor Miguel Quintana con veintiocho punto cuarenta metros; Por el Sur: con terrenos del señor Antonio Ronquillo, con veintidós punto sesenta me-tros; Por el Este: con propiedad del señor Antonio Ronquillo, con treinta y un metros; y, Por el Oeste: con camino público con cuarenta metros, avaluado en US$ 102.491.25 (CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN DÓLARES, CON 25/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); las características y demás especificaciones deberán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso-

De conformidad con lo establecido en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre del 2011, las posturas se presentarán ante el Secretario del Juez que ordenó el remate, y deberán estar firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento- Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre del 2011, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio; para lo cual a las personas naturales y/o jurídicas aspirantes a participar, deberán concurrir a esta Judicatura dentro del plazo de un mes antes de la fecha del remate, para que se realice la calificación respectiva; para el efecto, el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes, para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional, a fin de que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud, los interesados deberán retirar la documentación correspondiente, a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día 26 de mayo del 2014. La Corporación Financiera Nacional informará oportunamente a los postores, sobre el resultado de la calificación. No se aceptarán ofertas por los postores que no hu-bieren sido previamente calificados por la institución, a menos que su participación sea de contado en el momento del remate.- En mérito a lo establecido en el artículo 466, del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos, del 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos, entregados por el Secretario y un certificado en el que conste que el oferente no está registrado por delitos de narcotráfico emitido por el CONSEP, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Conforme a lo previsto en el artículo 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar, por ser PRIMER SEÑALAMIENTO de remate. En virtud de la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre del 2011, en su parte pertinente indica que se podrán receptar posturas en las cuales se fijen a plazos de hasta 8 años para el caso de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. La persona natural que resulte ser la adjudicataria de los bienes a rematarse, deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando rematare el bien a plazos. El remate se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil. Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transfe-rencia de dominio del inmueble, serán de cuenta del adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se genera a partir de que se ejecutoríe el Auto de Adjudicación del bien a rematarse en este proceso, será con cargo al adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono, serán con cargo al coactivado. De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha institu-ción puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el 10 por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en éste caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Guayaquil, al teléfono 042560888 ext. 1345, Departamento de Coactiva.-

Guayaquil, 06 de mayo de 2014.

Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

Ab. Ricardo Nicolalde AlvaradoSECRETARIO DE COACTIVA

May. 9-21-30 (145461)

REMATE DE VEHÍCULOSEl Comité Olímpico Ecuatoriano, COE, COMUNICA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE PROCEDERÁ A REMATAR MEDIANTE EL SISTEMA DE SOBRE CERRADO LOS VEHÍCULOS DE SU PROPIEDAD, los mismos que se encuentran en las instalaciones del COE en la Av. de las Américas junto a la Explanada del Estadio Modelo, en la ciudad de Guayaquil, lugar donde se exhiben. Las características de los bienes son:

No. 1 2 3MARCA Mercedes Benz Asia Motors HyundaiMODELO Sprinter 313CDI COMBI Combi Santa Fe 2.4WD T/ATIPO Camioneta Buseta Camioneta Buseta Jeep Station WagonCHASIS 8AC9036723A906041 KN2FAD3B2SC000814 KMHSC81BP5U899803SERIE MOTOR 61198170005292 ZB500967 G4JS4142210KILOMETRAJE S/N Km 230.788 Km 179.710,00 KmPLACAS GMF0418 GJG 0752 GNR 0371COLOR Blanco Blanco PlateadoCAPACIDAD 3.8 TON 3.5 TON 0.75 TONPASAJEROS 17 Asientos 25 Asientos 5 AsientosAÑO DE FABRICACIÓN 2003 1995 2005PROCEDENCIA Argentina Korea KoreaESTADO Regular Malo RegularAVALÚO 4.050,00 3.150,00 1.080,00

Los interesados podrán presentar sus ofertas por cada ítem, al que se acompañará el 10% del avalúo en efectivo o cheque certificado a nombre del Comité Olímpico Ecuatoriano, el día martes 03 de Junio del 2014 entre las 10h00 y 16h00, en las oficinas de Presidencia del Comité Olímpico Ecuatoriano. Una hora después se procederá a la apertura de sobres, en presencia de los interesados, en las oficinas de Presidencia (planta alta), del mismo Edificio.

Los vehículos podrán ser observados a partir del día lunes 26 de Mayo, desde las 11h00 am hasta las 16h00 pm, hasta el miércoles 28 de Mayo del 2014. Se considerarán las ofertas que cubran el valor del avalúo.

El procedimiento de la presente subasta se halla en los avisos colocados en lugares visibles en las instalaciones del COE, los cuales están a disposición del público en general.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE REMATES

May. 20-21-2 (146389)

EXTRACTOUNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

DIVORCIO POR CAUSAL No. 3969-2014-HTRAMITE: VERBAL SUMARIOACTOR(A): BENALCAZAR QUESPAZ MARIA CATALINADEMANDADO(A): ARIAS MORENO WIDER ARTUROCITACION JUDICIAL A: ARIAS MORENO WIDER ARTURO

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 14 de mayo del 2014, las 11h28.- VISTOS: Atenta el juramento realizado por la parte actora y la documentación remitida. En lo principal, la demanda y el alcance a la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite a trámite verbal sumario.- Por lo que dispone: 1) Acorde con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la parte accionante, bajo juramento realizado ante la Judicatura, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada y acom-paña documentos de sus gestiones, se dispone que la citación al señor WIDER ARTURO ARIAS MORENO se haga por medio de la prensa, lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones de la demanda y esta providencia, que se las hará mediante término de ocho días por lo menos, entre la una y otra publicación, en fecha distinta, en uno de los medios de prensa de circulación de Quito y en la provincia que se efectuó el matrimonio en la provincia del Carchi, de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y artículo 119 del Código Civil. Por Secretaria se conferirá el extracto para la publicación de la citación, a la parte demandada. En el extracto de citación se le advertirá de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito para sus notificaciones, así como correo electrónico, en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgado o decla-rado en rebeldía.- Tómese en cuenta el casillero judicial, correo electrónico señala-do para futuras notificaciones y la autorización al Dr. Luis Vera Castellanos. Hágase parte del proceso la documentación que adjunta.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Judith Naranjo Briceño, Jueza de la Unidad.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

AB. IVONNE ESPINOZA HIDALGOSECRETARIA

May. 21; Jun. 03-16 (146406)

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: IVAN JOHN PEÑAFIEL DE LA TORRE.LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 2014-4385, seguido por la señora FANNY AZUCENA CRUZ VERA, en contra de IVAN JOHN PEÑAFIEL DE LA TORRE.ACTORA: FANNY AZUCENA CRUZ VERA. DEMANDADO: PEÑAFIEL DE LA TORRES IVAN JOHNOBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto por divorcio el vínculo matrimonial que nos une y disponga la respectiva marginación en el acta matrimonial. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NO. 4 DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, lunes 12 de Mayo del 2014, las 12h05. VISTOS: Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado en el decreto de fecha 07 de Mayo del 2014, procedo a calificar la demanda de divorcio, propuesta por FANNY AZUCENA CRUZ VERA, en contra de la señor IVAN JOHN PEÑAFIEL DE LA TORRE, por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite del juicio Verbal Sumario (Divorcio). Cítese a la cónyuge demandado IVAN JOHN PEÑAFIEL DE LA TORRE, por la prensa, en el modo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones del caso. Las publicaciones deberán realizarse en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso, Extra o Telégrafo, debiendo el Actuario del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Hágase saber a la deman-dada la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial y/o correo electrónico, dentro del término de 20 días de la última publicación del extracto de citación y en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- Practicada la diligencia de citación se convocará a las partes a una Audiencia de Conciliación. Que intervenga en calidad de actuario de la Unidad Judicial Sur Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, el Ab. Ángel Troya Acosta.- NOTIFÍQUESE.- CUANTÍA: INDETERMINADA.-JUEZ DE LA CAUSA: ABG. MARICELA ALONDRA PROAÑO SANCHEZ, JUEZA DE LA UNI-DAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYA-QUIL, Y ABG. ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIA QUE CERTIFICA.- Guayaquil, 16 de mayo del 2014

AB. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA Secretario

May. 21; Jun. 3-16 (146455)

EXTRACTO DE PUBLICACIÓNJUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

A: PALLO DELGADO RAMON MIGUEL JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRES FERNANDO GARCIA ESCOBAR JUEZ TI-TULAR DEL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LA FAMILIA, NIÑEZ Y ADO-LESCENCIA.-SE LE HACE SABER: Que dentro del Juicio DE DIVORCIO POR CAUSAL No. 1173-2013 que sigue la Señora GARZON VERDUGA ELIZABETH contra us-ted, se encuentra lo siguiente:JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAS Guayaquil, Jueves 12 de diciembre del 2.013, las 09H53. VISTOS: Ab. Andrés García Escobar, En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de este despacho, legalmente posesionado.- EN LO PRINCIPAL: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, razón por lo que se la admite a trámite del juicio de Divorcio por Causal.- Agréguense al proceso los anexos presentados. Una vez realizado el reconocimiento de firma por parte del actor de este proceso y desconociendo el domicilio de la demandada, se procede a citar por interme-dio de la prensa al demandado RAMON MIGUEL PALLO DELGADO, de confor-midad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; por la cual la parte accionante deberá retirar del despacho del juzgado el extracto correspondiente para las tres publicaciones por prensa en cualquiera de los diarios de mayor publicación nacional a fin de que se cumpla con la citación de la parte demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.- Hecho que sea, realicese la audiencia de conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los Arts. 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal o por intermedio de procurador judicial con poder amplio y suficiente, que contenga cláusula especial para transigir audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el Art. 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentará prueba instrumental y se formularán otras pruebas. Téngase en cuenta que los actores manifiestan que durante el matrimonio no han adquirido bienes.- Ellos han procreado una hija que tiene en la actualidad 17 años que responde a los nombres de GENESIS MICHELLE PALLO GARZON, por lo cual se dispone a que la menor comparezca en cualquier día y hora hábil a fin de que proceda a insinuar el nombre de su CURADOR- AD LITEM, para que la represente legalmente en esta litis.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE (F) AB. ANDRES FERNANDO GARCIA ESCOBAR Juez Titular del Juzgado Décimo Primero de la Niñez y Adolescencia Abogado Eduardo Gallardo Gallo en cali-dad de Secretario del Despacho. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley. Guayaquil, 20 de Diciembre del 2013

Ab. Eduardo Alberto Gallardo Gallo SECRETARIO (E) JUZGADO DÉCIMO PRIMERO

TITULAR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

(146499)

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS JUZGADO ÚNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURAN

Durán, 14 de Mayo del 2014.

Oficio: 1160-JU6FMNA-D

EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL

A: ELIZA ROSSANA MACIAS MAYA

LE HAGO SABER: Del Juicio de Alimentos N° 2014-0802, seguido por CESAR ALEJANDRO TAPIA VELEZ en contra de ELIZA ROSSANA MACIAS MAYA, se encuentra lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: La señora Jueza, mediante auto de calificación acepta al trámite la demanda de ALIMENTOS, propuesta por CESAR ALEJANDRO TAPIA VELEZ en contra de ELIZA ROSSANA MACIAS MAYA, libelo que se acepta a trámite Especial de Alimentos por reunir los requisitos de ley, cítese a la demandada conforme lo que determina el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la actora bajo juramento singularizó que dili-gencias, investigaciones o averiguaciones ha hecho en orden a establecer el actual domicilio o residencia de la parte demandada y que a pesar de dichas diligencias no le fue posible de-terminar el domicilio de ELIZA ROSSANA MACIAS MAYA; en tal virtud la señora Jueza ordena se CITE POR LA PRENSA a la demandada ELIZA ROSSANA MACIAS MAYA, en uno de los diarios de mayor circulación local, a quien se le advertirá de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial electrónico en esta ciudad de Durán y comparecer a juicio para que pueda recibir sus notificaciones en la presente causa bajo prevención de ser declarado en rebeldía en caso de no comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación, pudiendo anunciar las pruebas que estime pertinentes hasta 48 horas antes de la realización de la audiencia única, a la que deberá concurrir personalmente o por intermedio de procura-dor judicial, el mismo que necesariamente deberá contener cláusula especial para transigir, se fija provisionalmente la cantidad de $97.00 (NOVENTA Y SIETE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) como pensión alimenticia a favor de LEONARDO LESTER TAPIA MACIAS, que serán pagados por la demandada desde la fecha de la presentación de la demanda, en mesadas anticipadas los cinco primeros días de cada mes, mediante depósitos realizados en el Banco de Guayaquil en una cuenta asignada por la pagadora de este juzgado.-JUEZ DE LA CAUSA: AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA DEL JUZGADO UNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURÁN.- AB. GISELLA CEREZO RODRÍGUEZ, ACTUARIA DEL DESPACHO.-

AB. GISELLA CEREZO RODRIGUEZSECRETARIA

May. 21-22-23 (146476)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: COMPAÑÍA ESTIMCORP S.A., EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE ORLY ANTONIO VILLON VELASTEGUI Y GABRIELA SOLANGE GARZON SOLIS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERALJUICIO: Concurso de Acreedores No. 25897-2014, (número anterior 223-2013)ACTOR: AB. ADOLFO ARNALDO MORENO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COMPAÑÍA LA CASA DEL CABLE S.A. "CASACAB"CUANTÍA: INDETERMINADA.OBJETO DE LA DEMANDA: Se demanda la quiebra de la compañía ESTIMCORP S.A. en las interpuestas personas de sus representantes legales Orly Antonio Villon Velastegui, en calidad de Presidente y Gabriela Solange Garzón Solís, en calidad de Gerente General.AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, viernes 11 de abril del 2014, las 13h27. VISTOS.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 223-V.2013, actualmente le corresponde el No. 25897-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo Número de Expediente, y sólo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Habiendo la parte accionada reconocido su firma y rubrica ordenada en providencia anterior.- La demanda y su complemento presentada por el ABOGADO ADOLFO ARNALDO MORENO en calidad de Procurador Judicial, del Señor DANIEL JAMIL FAOUR SAAB, Gerente General de la Compañía LA CASA DEL CABLE S.A., "CASACAB" en mérito del poder que acompaña se legitima su inter-vención dentro de esta causa, contra de la Compañía ESTIMCORP S.A. en la personas de ORLY ANTONIO VILLON VELASTEGUI, Presidente y GABRIELA SOLANGE GARZON SOLIS, en su cali-dad de Gerente General de la misma; por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite al trámite de juicio de Concurso de Acreedores.- En consecuencia, como de las fotocopias certificadas acompañadas conferidas por el secretario del Juzgado Décimo Primero de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se desprende que el demandado antes nombrado, no ha cumplido con pagar, la cantidad de $36.205.29 (treinta y seis mil dos cientos cinco con 29/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA) los valores determinados en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez, dentro del juicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equi-valentes para embargo, se declara que se presume la insolvencia del demandado y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- El fallido dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al síndico de quiebra Abogado Washington Cabrera.- Publíquese esta declara-toria en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para tal efecto a los señores jueces de la Unidad Civil con sede en el cantón Guayaquil, Jueces de Inquilinato y Trabajo de este Cantón.- Remítanse las copias correspondientes a la Oficina de Sor-teos del Ministerio Fiscal a fin de que uno de los señores Agentes Fiscales califique la insolvencia del fallido.- Oportunamente se convocará a Junta de Acreedores. Prohíbase a los fallidos señores ORLY ANTONIO VILLON VELASTEGUI, en su calidad de Presidente, y GABRIELA SOLANGE GAR-ZON SOLIS, en su calidad de Gerente General de la Compañía ESTIMCORP S.A., ausentarse de este lugar sin permiso del Juzgado, para lo cual se manda a oficiar a las Autoridades de Migración correspondiente.- Notifíquese a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, haciéndoles conocer el estado de insolvencia del fallido.- Conforme al artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes.- Cítese al accionado por la prensa acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, publicaciones que se realizaran en el diario El Telégrafo.- Tén-gase en cuenta la casilla judicial No.1491y [email protected] y [email protected], que señala el accionante para sus notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Cítese y notifíquese.- Cúmplase y Notifíquese.- F) VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, JUEZA H DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declararán en rebeldía.Guayaquil, 7 de mayo del 2014

Ab. Jorge W. Alejandro LindaoSECRETARIO

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 21-22-23 (146469)

EXTRACTO

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CHICAIZA CHILUISA BERTHA SUSANA

JUICIO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO CAUSA: No. 2014-250-M.D.ACTOR: CHICAIZA CHILUISA BERTHA SUSANADEMANDADO: DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CE-DULACIÓN.DOMICILIO JUDICIAL: DR. LUIS ALBERTO VERA CASTELLANOS CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL

OBJETO DE LA DEMANDA Señor Juez solicito reforme, mediante sentencia, el ape-llido de mi madre que consta en mi partida de nacimiento como "MARIA SUSANA CHILUISA" a "MARIA SUSANA CHASILUISA", que es el apellido correcto de mi ma-dre, y en consecuencia se reforme mi apellido "BERTHA SUSANA CHICAIZA CHILUI-SA" a "BERTHA SUSANA CHICAIZA CHASILUISA"

SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL DE PICHINCHA

Carpeta No. 1208

BERTHA SUSANA CHICAIZA CHILUISA, ecuatoriana de 41 años de edad, de estado civil casada, de ocupación costurera, domiciliada en la ciudad de Quito D.M., ante usted comparezco con la siguiente DEMANDA:

1. FUNDAMENTOS DE HECHO

El día 11 de febrero de 2014 me acerqué al Registro Civil de la ciudad de Quito para cambiar mi cédula de ciudadanía, dispuesta a realizar el trámite correspondiente para ello. Cuando me acerqué a las ventanillas del Registro Civil, el funcionario me informó que no podía obtener el cambio de mi cédula debido a que el apellido de mi madre no coincidía con el apellido, de ella, en mi partida de nacimiento, es decir, los nombre y apellidos de mi madre (conforme constan en su partida, de nacimiento y cédula de ciudadanía) son "MARÍA SUSANA CHASILUISA LAGLA" y en mi partida de na-cimiento, mi madre, consta como "MARÍA SUSANA CHILUISA", existiendo de esta forma un error que fue cometido por el funcionario del Registro Civil al momento de la elaboración de mi partida de nacimiento.A la misma fecha, realicé el respectivo trámite administrativo para que se corrija este error y, en respuesta de éste, se negó mi petición, por lo cual, acudo a su Autoridad para solicitar la rectificación del mismo.

2. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Mi demanda se fundamenta en los artículos 61 y 89 de la Ley General del Registro Civil, Identificación y Cedulación.Señor Juez, en razón de los artículos mencionados, solicito se oficie al Director Ge-neral del Registro Civil, Identificación y Cedulación y al Ministerio Público para que emitan el dictamen correspondiente, respecto de la presente causa.

3. PETICIÓN

Señor Juez solicito reforme, mediante sentencia, el apellido de mi madre que consta en mi partida de nacimiento como "MARÍA SUSANA CHILUISA" a "MARIA SUSA-NA CHASILUISA", que es el apellido correcto de mi madre y, en consecuencia, se reforme mi apellido "BERTHA SUSANA CHICAIZA CHILUISA" a "BERTHA SUSANA CHICAIZA CHASILUISAJUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 7 de abril del 2014, las 08h20. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jue-za Titular legalmente posesionada de esta Judicatura.- En lo principal la demanda presentada es clara, precisa, y reúne los requisitos legales por lo que se la acepta al trámite ESPECIAL.- En consecuencia, cítese y cuéntese con el señor Director Provin-cial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha.- Cúmplase con la publi-cación dispuesta por el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación.- Cuéntese también, con uno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha.- Téngase en cuenta el domicilio, casillero judicial y correo electrónico designados.- Agréguese la documentación presentada.- Notifíquese.-

DRA. CARMEN ROMERO RAMÍREZJUEZA

Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consi-guientes.

Dr. Jhony Pomboza Villácres SECRETARIO

JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

(146478)

Page 30: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 201430

AVISO DE REMATE

Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 15 de mayo del 2014; a las 14h46, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 317-2011, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día MARTES 15 DE JULIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil.

CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: 1.- Un lote de quince mil ciento sesenta y dos metros cuadrados ubicado dentro de una zona de promoción urbana de la ciudad de Chone, dentro de los siguientes linderos: FRENTE con carretero que conduce de Chone a Boyacá con 45 punto 5 m .- ATRÁS: con propiedad de los herederos de Trino Vera Macías con 53 punto doce metros, COSTADO IZQUIERDO: Lote adjudicado Estalin Eduardo Rivadeneira Ferrin con 307 punto 5 m; y COSTADO DERECHO, propiedad de Mariana Rivadeneira con 315 m. Cuyo avalúo asciende a la cantidad de USD $ 276,561.38 (DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 38/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA);

2.- Un lote de quince mil ciento sesenta y dos metros cuadrados ubicado dentro de una zona de promoción urbana de la ciudad de Chone, dentro de los siguientes linderos: FRENTE con carretero que conduce de Chone a Boyacá con 45 punto 5 m .- ATRÁS: con propiedad de los herederos de Trino Vera Macías con 53 punto doce metros, COSTADO IZQUIERDO: Con propiedad de Horacio Bowen con trescientos metros; y COSTADO DERECHO, con propiedad que se adjudica la señora Solanda Lucila Zambrano Moreira con trescientos siete punto cinco metros, Cuyo avalúo asciende a la cantidad de USD $ 244,595.89 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 89/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA);Mismos que conforman el Predio Rural QUINTA “LA JUANITA” ubicado en el Cantón Chone, Provincia de Manabí;

Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día MARTES 15 DE JULIO, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, segundo piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedi-miento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de hasta treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios corres-pondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate.- En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta 15 días antes del remate; esto es, hasta el JUEVES 19 DE JUNIO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso, que el día del remate la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notifi-caciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US$10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

Ab. Susan Gencón GuamánSECRETARIA AD- HOC

CORPORACION FINANCIERA NACIONAL

May. 21; Jun. 03-16 (146400)

AVISO DE REMATEPongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 14 de mayo del 2014; a las 13h55, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacio-nal, dentro del Juicio Coactivo No. 267-2010, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día MARTES 08 DE JULIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil.

CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE:

Un predio rústico denominado Predio Industrial La Victoria ubicado a la altura del km. 5, margen izquierdo de carretero Quevedo-La Maná, jurisdicción cantonal Quevedo, provincia de Los Ríos, con una superficie de 15.159,19 m2., con los siguientes linderos y medidas: Por el Norte: Terrenos de la compañía Agrícola Migñón Sociedad en Predios Rústicos, con 92mts.; Por el Sur: Terrenos de la compañía antes mencionada con 180mts.; Por el Este: La carretera Quevedo-La Maná, en 92 mts.; y, Por el Oeste: Con terrenos de la mencionada Agrícola Migñón en 180 mts.-

AVALUO: USD $ 927,853.01 (NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 01/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.-

Se fija como SEGUNDO SEÑALAMIENTO para el día MARTES 08 DE JULIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial #583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de hasta treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día LUNES 16 DE JUNIO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso, que el día del remate la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abo-gado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US$ 10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de SEGUNDO SEÑALAMIENTO de conformidad al Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de la mitad del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede liberar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble y mueble materia del remate, serán de cuenta del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- El Actuario del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-

Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

Ab. Susan Gencón GuamánSECRETARIA AD- HOC

CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONALMay. 21; Jun. 02-12 (146409)

NOTIFICACIÓNA: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE VICTOR ALE-JANDRO ESPINOZA GARCIA.

Que en esta Judicatura ha tocado mediante sorteo el conocimiento del JUICIO LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL No. 032-2003 cuyas ca-racterísticas son las siguientes:

DEMANDANTE: VÍCTOR ALEJANDRO ESPINOZA GARCIA.

DEMANDADO: BANCO NACIONAL DE FOMENTO en la Interpuesta persona de sus representantes legales.

CUANTÍA: $ 22.938,06 dólares.

TRÁMITE: PROCEDIMIENTO ORAL.- Conforme lo dispone el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, se dispone notificar a LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE VÍCTOR ALEJANDRO ESPINOZA GARCIA.

JUEZ: AB. ROSA ALCÍVAR FABRE, Jueza Séptimo del Trabajo del Guayas.

Lo que comunico a Ud (s), para los fines de Ley, advirtiéndole (s), de la obligación que tiene (n) de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificaciones.

Guayaquil, 13 de mayo del 2014

Abg. Sandy Ronquillo BaqueSECRETARIA

JUZGADO 7MO. DE TRABAJO(146490)

Se pone en conocimiento del público, que se han extraviado los títulos en sucres correspondientes a 10.907 acciones Tipo B, emitidos por la compañía CEPSA S.A. a nombre del señor Diego Hernán León Guarderas.(146260)

JUZGADO VIGÉSIMO MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN BALZAR

A: EL PÚBLICO EN GENERALLe hago saber: Que en esta Judicatura se ha ordenado la presente publicación dentro del Juicio EJECUTIVO, signada con No. 2008-0243, en la cual se encuen-tra lo siguiente:Balzar, Jueves 24 de Abril del 2014; las 08h42.-VISTOS.- El escrito presentado por la actora LIDA PATRICIA LEON BAEZ, se manda a agregar al proceso y en vista de que no se ha podido dar cumplimiento con la publicación del extracto por la prensa, se señala como nueva fecha para el remate del bien para el día viernes 4 de julio del 2014 desde las 15h00, hasta las 17h00, para que se lleve a cabo el Remate del bien embargado de propiedad de la demandada, compuesto de solar y casa ubicada en la Av. Del Estudiante No. 43 de esta cabecera cantonal, inmueble comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE.- Con el solar No. 6 con 18. 50 metros; SUR.- Con el solar No. 8 con 18.50 metros; ESTE.- Con la av. Del Estudiante con 7 metros y, OESTE.- Con el solar 17 con 7 metros todo lo cual da una superficie total de 109. 50 metros, este bien raíz se encuentra embargado desde el 22 de Enero del 2.012 según consta del acta suscrita por el cabo de Policía Nacional William Benítez Sarango y el depositario judicial Juan Vera Burbano.- El avalúo del bien que sirve de base para el presente remate es el de CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS 19/00 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA.- Que el señor actuario del despacho haga entrega de un extracto de este auto para que se publique en el diario de Mayor Circulación de la Provincia por tres ocasiones con intervalos de 8 días hábiles entre cada publicación y 8 días hábiles entre la última publicación y el día del remate.- A más de ello para mayor publicidad del acto, que se exhiban 3 carteles en los parajes más concurridos del cantón.- Por tratarse de primer señalamiento, se aceptaran posturas que cubran las dos terceras partes del valor del avalúo, sean estas al contado o a plazo, lo cual deberá ser especificado por el ofertante al presentar su postura.- la documentación requerida deberá ser presen-tada hasta ocho días antes de la fecha del remate, para su respectiva calificación.- se preferirán las posturas al contado o cheques certificados, debiéndose acompañar el 10% del valor ofertado en moneda de curso legal o cheque certificado a la orden de este Juzgado, señalando domicilio y correo electrónico para sus notificaciones.- El remate se efectuara en las condiciones en que se encuentre el bien al momento de la diligencia y las visitas o inspecciones al predio a rematarse se podrán hacer previa coordinación con el señor depositario judicial Juan Vera Burbano.- Actúe en la presente causa el Abogado Ronald Falcones Zambrano, en su calidad de Secretario del despacho, encargado.- Cúmplase y Notifíquese.- Juez de la Causa: AB. Winston Macias Guerra.Lo que comunico a usted, para los fines de Ley.- Balzar, 14 de Mayo del 2014

Ab. RONALD FALCONES ZAMBRANO SECRETARIO (E) DEL JUZGADO 20 MULTICOMPETENTE DE BALZAR

May. 21; Jun. 4-20 (146299)

CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓNCÁMARA DE COMERCIO DE QUITO

EXTRACTO

ACTOR: LUZ PIEDAD OSPINA GARCIA y MARIA CAROLINA OSPINA GARCIA. DEMANDADOS: HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DEL SEÑOR GERARDO FANDIÑO RINCON. ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. CUANTÍA: USD$ 34.000 CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO.- (Proceso Arbitral No. 024-14) Quito, 12 de mayo de 2014, a las 10h43.-1.- La demanda que antecede es clara y cumple con los requisitos de ley.- Cítese con ella a los herederos o presuntos herederos del señor GERARDO FANDIÑO RINCON median-te dos publicaciones en el Diario El Telégrafo. 2.- A los demandados les corresponde, de acuerdo al Art. 11 de la Ley de Arbitraje y Me-diación el término de quince días para contestar la demanda, adjuntar las pruebas y soli-citar la práctica de diligencias probatorias que justifiquen lo aducido en la contestación; señalará dirección domiciliaria dentro del perímetro urbano del Distrito Metropolitano de la ciudad de Quito.- Notifíquese.- f) Dr. Juan Carlos Mejía, Director.

(146437)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL AMBATOBANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042548233; Beneficiario: PAREDES PAREDES MARIA CONZOLACION.De no haber quien se oponga den-tro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anu-lada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-4)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040280087; Beneficiario: ESPINOZA CRUZ MARIA ROSA ELVIRA.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-8)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040428605; Beneficiario: CARDENAS OCAÑA JOSUE ISMAEL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-9)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014095602; Beneficiario: MOYA PIPPA JOSE ODDINO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-13)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1004419138; Beneficiario: ROBAYO IZURIETA JORGE RAMIRO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-20)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014285894; Beneficiario: NUNEZ SANCHEZ MYRIAN DEL CARMEN.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-24)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041360095; Beneficiario: BARRAGAN LOPEZ RUBEN EFRAIN.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-25)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041769058; Beneficiario: TOAPANTA CUENCA LUIS DANIEL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-2)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014262843; Beneficiario: ZUMBANA HINOJOSA JOSE AUGUSTO /O/ NUNEZ JEREZ MARIA INES.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-6)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1016092724; Beneficiario: RUGEL MUCHAGALA ULVIO ADALBERTO O CHIPANTAXI GUANA OFELIA DE LOS.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin respon-sabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-11)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042342937; Beneficiario: SUASNAVAS VERDEZOTO DIEGO GAMAL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-15)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039494877 otorgada por nosotros a: PULLOPAXI ROJAS KLEBER ORLANDO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin respon-sabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-22)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LATACUNGA

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040882586; Beneficiario: BUSTOS RIERA DARWIN TARQUINO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-18)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1031589367 otorgada por nosotros a: ACOSTA WILMER Y/O ACOSTA MAR MARIA JANETH ACOSTA ACOSTA.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-30)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LATACUNGA

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038732270; Beneficiario: ORTEGA ORTEGA LUIS CIRINEO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-27)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1002221144; Beneficiario: CHACON ALICIA HERVAS DE.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emi-sor.

May. 20-21-22 (146268-1)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038629690; Beneficiario: FLORES CHAVEZ LIADIRA MARGARITA.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-5)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041659457; Beneficiario: VILLAVICENCIO CHALUIS LUIS ALBERTO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-12)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041759737; Beneficiario: ANDRADE GUERRERO BLANCA VICTORIA.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emi-sor.

May. 20-21-22 (146268-16)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014219937; Beneficiario: TIXILEMA INASUNTA MARY ALEXANDRA.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-21)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014233231; Beneficiario: MOLINA PAREDES LUIS ALBERTO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-17)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038988356; Beneficiario: AGUILAR PEREZ BERTHA DEL CARMEN.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-28)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041017021; Beneficiario: PICHAM FLORES RAUL BASILIO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-29)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1007001762; Beneficiario: COCHA CHILIQUINGA JOSE MANUEL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-3)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014289792; Beneficiario: ICHINA TIPANTASI JORGE RODRIGO.De no haber quien se oponga den-tro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-7)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040582574; Beneficiario: SALAZAR MORETA SANTIAGO DANIEL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-10)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040983706; Beneficiario: MOLINA MORENO LUIS GERARDO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-14)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014343185; Beneficiario: SALAZAR BRITO MARIA ISABEL.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emi-sor.

May. 20-21-22 (146268-19)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014072521; Beneficiario: PENALOZA MELENDEZ JORGE OSWALDO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-23)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041722892; Beneficiario: VILLACORTE LASLUISA FABRICIO VLADIMIR.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-26)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anu-lar la siguiente Libreta de Ahorros No. 1014296667; Beneficiario: LOZADA VELASTEGUI JORGE HUMBERTO.De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última pub-licación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

May. 20-21-22 (146268-31)

BANCO FILANBANCO EXTRAVÍO DE ACREENCIA

Se comunica al público el extravío de la ACREENCIA Seguro de Jubilación No. 001010200200-13600000 perteneciente a RICARDO FERMIN LOPEZ GONZALEZ.Particular que se comunica para los fines de ley.

May. 15-18-21 (146040)

BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 70593143 pertenecien-te a ARGUDO MARIA TRANCITO.Particular que se comunica para los fines de ley.

May. 17-19-21 (146265)

BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 141573353 perteneci-ente a MIRANDA ZUÑIGA BOLIVAR ANIBAL.Particular que se comunica para los fines de ley.

May. 17-19-21 (146295)

Banco del Pacífico:Al público, comunicamos el ex-travío del Certificado de Depósi-to No. 261638228 por USD $ 11000.00 del Banco del Pacifico S.A., a favor de Srta. Rosa Maria Criollo Amaguña con fecha de vencimiento 2014-04-16

Abr. 23; May. 7-21 (144409)

La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío de la Libreta de Ahorros No.. 710766 .......... perteneciente a CHIRIGUAYA ALVARADO ANGY ALEXANDRA por lo que se ha pro-cedido a su anulación, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa, en el plazo de 3 días, conta-dos desde la fecha de la publicación de este aviso. Guayaquil 15 de Mayo de 2014

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Page 31: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 2014 31

EXTRACTO

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA JUICIO EJECUTIVO Nº 185-2010 PJ

DEPOSITARIO JUDICIAL: DR. JOSE BASSANTE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO DESDE LAS 13H00 HASTA LAS 17H00 DEL DÍA 3 DE JUNIO DEL 2014, SE VA A LLEVAR A CABO EL REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE:

1.- Ubicación: Según lo constante en los documentos incorporados dentro de esta acción judicial y a la constatación física realizada a este inmueble de propiedad de los demandados este se encuentra ubicado en la calle Jorge Icaza No. Oe1-197 y Manuel Matheu Parroquia Cotocollao, Distrito Metropolitano de Quito Provincia de Pichincha dentro de la Urbanización de la "Cooperativa de Vivienda Aerotécnicos de la FAE" lote de terreno signado con el No. 144 de dicha Cooperativa, sector comprendido entre las Avenidas Galo Plaza Lasso Real Audiencia y Luis Tufiño, a cuatrocientos cincuenta metros hacia el Oriente del actual Parque Bicentenario.

2.- Linderos: De acuerdo con el contenido de la Cláusula Segunda de la Escritura Pública de Hipoteca Abierta celebrada el día viernes 23 de Enero de 2009 ante el Notario Vigésimo Segundo del Cantón Quito Doctor Fabián Eduardo Solano Paz-miño entre el Señor Henry Camilo Falcón Flores como acreedor hipotecario y los Señores Carlos Alfonso Carvajal Estrella y Rosario Natividad Cadena Armas en su calidad de deudores hipotecarios y el Certificado No. C21250342001 de fecha 19 de Febrero de 2009, emitido por el Registrador de la Propiedad del Cantón Quito los linderos de este inmueble son por el Norte calle G denominada en la actualidad como Jorge Icaza, en la longitud de catorce metros cincuenta y seis centímetros (14,56mts) por el Sur, con el Lote No. 143 de la indicada Cooperativa en diez y seis metros cincuenta y seis centímetros (16.56mts) de longitud; por el Este con propie-dad particular en la longitud de treinta un metros diez centímetros, (31.10mts); por el Oeste, con el Lote No. 142 de la Cooperativa mencionada, en veinte y dos metros ochenta centímetros (22.80mts); de longitud. El cerramiento que da a la calle Jorge Icaza, forma un segmento circular por cuanto dicha calle en sentido Oeste-Este ter-mina en un círculo de retorno vehicular.

Estos linderos fueron verificados en la constatación física realizada del inmueble

3.- Superficie del terreno: El bien inmueble señalado en los numerales 1 y 2 del presente documento tiene la superficie de trescientos doce metros cuadrados dieci-siete decímetros cuadrados (312.17 mts.2)

4.- Superficie construida y características: En el lote de terreno descrito en los numerales precedentes, existe una edificación de tres plantas cuya superficie total construida es de trescientos diez metros cuadrados (310.O0 mts.2). La planta baja cubre un área de ciento cincuenta y un metros cuadrados cincuenta y cuatro decí-metros cuadrados (151.54 mts.2). La segunda planta tiene la superficie de noventa y dos metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados (92,80 mts 2) y la tercera planta es de sesenta y cinco metros cuadrados sesenta y seis decímetros cuadrados (65.66 mts.2)

En la planta baja existe una superficie de ciento sesenta metros cuadrados sesenta y tres decímetros cuadrados (160,63 mts.2) que son cubiertos por el retiro frontal en donde existe un pequeño jardín, el garaje, los patios y andenes para circulación.

Las características constructivas son las siguientes: La estructura constituida por columnas y losas de entrepiso de hormigón armado; las paredes son de mampos-tería de ladrillo visto con juntas revocadas, sin enlucido, tanto en el exterior como en el interior; ventanas de madera con vidrio puertas metálicas y de madera, el piso de la cocina y del área blanca son con cerámica y el de los otros ambientes son de hormigón simple, los de la segunda planta son de madera los de la tercera planta son de parqué la grada desde la planta baja hasta la segunda planta es de hormigón armado sin ningún revestimiento, la cubierta es de teja vidriada sobre estructura de madera: en el lindero Sur hay una terraza con piso de cerámica la grada de acceso desde el patio es de hormigón armado.

La distribución de los ambientes es la siguiente la planta baja está constituida por la sala, comedor cocina, un pasillo cubierto, área blanca, dos habitaciones bajo la te-rraza, dos patios interiores con piso de cerámica, garaje para dos vehículos; un retiro frontal de cinco metros y un retiro en el lindero oriental de cinco metros que cons-tituye el garaje. La segunda planta tiene tres dormitorios con dos baños completos, un estudio y un balcón La tercera planta tiene un dormitorio un área destinada a estudio, un baño y dos balcones.

5.- Servicios: La zona en donde está ubicado el bien inmueble cuya descripción consta en el presente informe, dispones de todos los servicios como son: Agua potable Alcantarillado, Red Eléctrica, Red Telefónica, la calzada de la calle Jorge Icaza es asfaltada y las veredas con contra piso de hormigón simple alisado con mortero de arena-cemento.

6.- Avalúo: En consideración a todo los pormenores señalados en los numerales precedentes (1, 2, 3, 4 y 5), así como a la investigación de mercado realizada en el sector se estima que el avalúo de este bien inmueble ubicado en la calle Jorge Icaza No. Oe1-197, que es materia de este proceso judicial, se encuentra según lo que se detalla a continuación:

• Lote de terreno: 312,17 mts.2, a USD 250,00 c/m2..................... USD 78,042.50• Construcción: 310.00 mts.2, a USD. 380,00 c/m2..................... USD 117,800.00

SUMAN USD 195,842.50

SON: CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS 50/100 DÓLARES AMERICANOS

PRIMER SEÑALAMIENTO

EL REMATE TENDRÁ COMO BASE LAS DOS TERCERAS PARTES DE AVALÚO POR TRATARSE DEL PRIMER SEÑALAMIENTO, NO SE ADMITIRÁ POSTURAS QUE NO VAYAN ACOMPAÑADAS POR LO MENOS DEL 10% DEL VALOR TOTAL DE LA OFER-TA, EL QUE SE CONSIGNARÁ EN EFECTIVO O CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DEL JUZGADO. EL INMUEBLE A REMATARSE, SE ENCUENTRA BAJO CUSTODIA DEL DEPOSITARIO JOSE BASSANTE, QUIEN PODRÁ PROPORCIONAR MAYOR IN-FORMACIÓN E INDICAR EL INMUEBLE.

LE COMUNICO AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES.

DR. PATRICIO CALDERON T.SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO

SEGUNDO CIVIL DE PICHINCHA

(145708)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE 1ERA. CIVIL DE LA PROV. DESANTA ELENA

CUIJ: 240112013000605 NUMERO DE CAUSA: 1554/2013 JUEZ: FERNANDO VILLACIS

AVISO DE REMATE AL PÚBLICO

En providencia expedida el 15 de abril del 2014, las 17H41 por el señor Juez UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA DE LO CIVIL DE SANTA ELENA PROVINCIA DE SANTA ELENA. Abg. Fernando Javier Villacis Quevedo, se señala para el día lunes 2 de junio del 2014 desde las 13H00 hasta las 17H00 para que tenga lugar el remate del bien del bien mueble de propie-dad del demandado, dentro del Juicio de Inquilinato No 1554-2013, seguido por WASHINGTON GERMANICO HERNANDEZ ESTEVEZ. DESCRIPCION DEL BIEN MUEBLE A REMATARSE: respecto del Vehículo Tipo: Tanquero para transportar combustible, Marca: QMC, Modelo: NJ1063DAX - Cronos, Chasis: LNJXPL-J187L306871, Motor: B7113098, Año: 2007, Carrocería: Metálica, Combustible: Diesel, Tone-laje: 6 Toneladas (120 Quintales), Cilindraje 6.000, Color: Blanco, Pasajeros 3, País de Origen: China Popular, Placa Actual: GPV0828, Clase: Particular.

AVALUO TOTAL DEL BIEN MUEBLE ES DE USD$ 11.380,00 SON. ONCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Las posturas se presentaran por escrito, dirigidas al Juez de la Unidad Multicompetente Primera Civil de la Provincia de Santa Elena, con patrocinio de abogado, en la Secretaria del Despacho, en la que se deberá señalar casilla judicial en esta Jurisdicción para recibir notificaciones de Ley. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, las que ofrezcan pagar a plazos, ni tampoco las que se presenten antes de las 13h00 o después de las 18H00, ni tampoco las que no vayan acompañadas, por lo menos, del 10 por ciento (10%) del valor de la oferta; con-signación que deberá hacerse en dinero en efectivo o cheque certificado o de Gerencia por uno de los Bancos del Sistema Financiero ecuatoriano, a la orden de este Juzgado. Por lo expuesto, solo se aceptaran ofertas que sean al contado. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, las posturas para ser aceptadas deberán cubrir las dos terceras partes del avaluó del bien inmue-ble, especificando si los pagos se harán en dinero en efectivo o en cheque certificado o de gerencia girado por uno de los Bancos del Sistema Financiero ecuatoriano, a la orden de este Juzgado, incluido 10 % del valor que se consigna inicialmente. Si este aludido 10 %, sobrepasa los USD$ 10.000,00, los postores deberán suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, con el objeto de dar cumplimiento a lo que dispone la Ley para Reprimir el Lavado de Activos. Además las posturas y las mejoras que se efectúen deberán ser suscritas por el postor y un abogado en ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cedula de iden-tidad del interesado y de la credencial del profesional. Si fuere una persona jurídica la postora, deberá acreditarse su representación legal y de ser procedente, deberá presentar una copia del Comprobante de Registro Único de Contribuyentes. Los valores correspondientes a matricula-ción, tasas, otros tributes, expensas, etc., que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de transferencia de dominio, serán de cuenta del adjudicatario. No se aceptan pagos de posturas por compensación de créditos, de existir tercerías coadyuvantes especificando si los pagos se harán en dinero en efectivo, en cheque certificado por uno de los Bancos del Sistema Financiero ecuatoriano a la orden de este Juzgado. El Actuario del Despacho, conferirá el Extrac-to pertinente; que será publicado por la prensa, cuidando que se lo haga mediando 8 días por lo menos de uno a otro y del último de ellos al día del remate, el que se publicara sea en el diario "El Universo", "El Telégrafo" o "Expreso"; medios de comunicación de amplia circulación en el País y en esta Jurisdicción. Por otra parte se fijaran carteles del indicado remate en los parajes más concurridos y públicos de la ciudad de Santa Elena; así como en esta Unidad Judicial.- Actué como Secretario del-Despacho el Analista Jurídico Abogado Alfredo Tunja Castro, en base a la Acción de Personal otorgada por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de la Provincia de Santa Elena.- Cúmplase.- Notifíquese.-

Lo que comunico para los fines consiguientes.

Santa Elena, 17 de abril del 2014AB. ALFREDO JIMMY TUNJA CASTRO

SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE 1ERA. CIVIL DE LA PROV. DE SANTA ELENA

20H-04-17T2Q:12:27Z9D0845F3-7C78-4123-B64C-642191CE52A5

Abr. 28; May. 9-21 (144861)

BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL GUAYAQUIL-JUZGADO DE COACTIVA

AVISO DE REMATE

AL PUBLICO EN GENERAL Pongo en conocimiento que en providencia dictada el 21 de abril del 2014, a las 9h00 la Dra. Silvia Basantes Yagual, Jueza de Coactiva del Banco Nacional de Fomento dentro del juicio coactivo No. 0191-2009-CA se ha señalado para día 2 de julio del 2014, desde las 13h00 a las 17h00, para que tenga lugar el remate del bien inmueble embargado, consistente en el solar y casa signado con el número 12 de la manzana No.68, con frente a la calle San Martin 2011 entre Esmeraldas y Los Rios, de esta ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas, al que le corresponden los siguientes linderos y mensuras: NORTE: calle San Martin con 10,oo mts, SUR, solar No 6 con 10,oo mts, ESTE, solares 1,2 y 3 con 29,82 mts, OESTE, solares 10, 11 y 12, con 29,82,oo mts. Area total 298,20 mts 2. El inmueble tiene las siguientes características: Casa compuesta de planta baja con dos locales comerciales, mezzanine, y planta alta con 150,oo, 110,oo y 180,oo mtas2. La estructura es de hormigón armado en buen estado de conservación. El predio tiene todos los servicios básicos. El valor de avaluó es de USD 148.021,50 El remate se llevará a efecto en el día y hora señalados por el JUZGADO DE COACTIVA, ubicado en el 3 piso del edificio institucional ubicado con frente a la calle Panamá 704 y Roca de esta ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas. No obstante de indicarse los linderos y mensuras y área total del inmueble a rematarse, este se adjudicará como cuerpo cierto, de conformidad a lo establecido en el artículo 1773 del Código Civil. Por tratarse de primer se-ñalamiento no se admitirán posturas de por menos de las dos terceras partes del valor del avaluó practicado y que no vayan acompañados del 10% del valor total de la oferta, la que se consignará en dinero efectivo o cheque certificado a la orden del BANCO NACIONAL DE FOMENTO. De existir ofertas a plazo, deben reunir los requisitos del articulo 467 del Código de Procedimiento Civil, y se pre-ferirán las ofertas hechas de contado, adjudicándose el bien al mejor postor. Los requisitos para calificar las posturas se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva adjuntando la documentación pertinente dentro de los posteriores tres días hábiles a la tercera y última publicación de este aviso que se efectuará el día 2 de JUNIO del 2014 para lo cual, deberán acercase al tercer piso del edificio institucional, departamento de Coactiva para retirar los requisitos para ser ca-lificados. Los gastos de transferencia, inscripción, tradición material, impuestos prediales, expensas y cualquier otro impuesto serán por cuenta del adjudicatario.

Lo que comunico para los fines de ley.

Guayaquil, 22 de abril del 2014.-

AB. CLARA RAMIREZ VALAREZOSECRETARIA DE COACTIVA

May. 8-21; Jun. 4 (145549)

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACION

A: FRANKLIN GUILLERMO SANCHEZ INTRIAGO REPRESENTANTE LEGAL COMPAÑÍA LISTERSA S.A.ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ: AB. ALDO NICOLA CHONGJUICIO COACTIVO: 417-2003CUANTIA: USD$17,934.83LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Coactivo No. 417-2003, seguido en su contra, por el Banco Central del Ecuador, se encuentra lo siguiente:

AUTO DE PAGO: En auto de Pago dictado el 14 de marzo del 2014, a las 09h40, se ordenó que dentro del término de tres días la Compañía LISTERSA S.A., pague al Banco Central del Ecuador, la cantidad de USD$17,934.83 (DIEZ Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO DÓLA-RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 83/100) más los intereses de mora, gastos y honorarios que se hayan generado hasta la actualidad, para la cancelación total de la deuda, o dentro del mismo término dimita bienes equivalentes al monto de la misma. Mediante providencia dictada el 12 de mayo del 2014, a las 10h40, se ordena citarlo por la prensa, por cuanto ha sido imposible determinar su individualidad o residencia en la forma que determina el artículo 82 del Código de procedimiento Civil.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Guayaquil, 15 de mayo del 2014

AB. EDUARDO MATUTE AVILÉSSECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR(146419)

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACION

A: FAUSTO LUCAS RODRIGUEZ SUAREZ REPRESENTANTE LEGAL COMPAÑÍA SONTALSA S.A.ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ: AB. ALDO NICOLA CHONGJUICIO COACTIVO: 088-2014CUANTIA: USD$36,478.53LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Coactivo No. 088-2014, seguido en su contra, por el Banco Central del Ecuador, se encuentra lo siguiente:

AUTO DE PAGO: En auto de Pago dictado el 14 de marzo del 2014, a las 09h30, se ordenó que dentro del término de tres días la Compañía SONTALSA S.A., pague al Banco Central del Ecuador, la cantidad de USD$36,478.53 (TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO DÓ-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 53/100) más los intereses de mora, gastos y honorarios que se hayan generado hasta la actualidad, para la cancelación total de la deuda, o dentro del mismo término dimita bienes equivalentes al monto de la misma. Mediante providencia dictada el 08 de mayo del 2014, a las 10h30, se ordena citarlo por la prensa, por cuanto ha sido imposible determinar su individualidad o residencia en la forma que determina el artículo 82 del Código de procedimiento Civil.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Guayaquil, 15 de mayo del 2014

AB. EDUARDO MATUTE AVILÉSSECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR(146420)

EXTRACTO

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

Se pone en conocimiento del público en general que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DENMAR S.A., se encuentra en pro-ceso de disolución.

JUICIO LABORAL No. 1215-2014-Dr. V.P.ACTORES: JOSE FERNANDO COBA CARRERADEMANDADO: SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA

EMPRESA DENMAR S.A.CUANTÍA: $1.000.oo

PROVIDENCIA:

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 11 de abril del 2014, las 16h38.- VISTOS.- Vinicio Palacios, en mi calidad de Juez de la Unidad Judi-cial Primera Especializada de Trabajo del Cantón Quito, de conformidad con la acción de personal No. 3612-DNP-OQ de 17 de agosto de 2012, avoco conocimiento del presente proceso, en virtud del sorteo realizado.- Agré-guese al proceso el escrito con el que la parte actora completa la demanda.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral, de conformidad con el artículo 440 inciso cuarto del Código del Trabajo.- Pu-blíquese en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, en la forma prevista en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, esto es, me-diante una sola publicación, con el extracto de la demanda y este auto, para los fines legales consiguientes.- Hecho que fuere, convocase a la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, el día 19 de junio de 2014, a las 14h00: a la que comparecerán las partes en forma personal acompañados de sus abogados defensores o por medio procurador judicial dotado de poder suficiente para transigir, de conformidad con el numeral 11 del artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial No. 1378 y el correo electrónico [email protected], señalados por la parte actora para recibir posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Abogado Defensor Dr. Fabián Miño. Agréguese al proceso los documentos presentados por la parte actora.- La parte actora de ser posi-ble, al momento de la audiencia proporcione en medio digital la demanda. Actúa como Secretario el Dr. Marco Granda Valarezo.- CÚMPLASE y NOTI-FÍQUESE.- f).- VINICIO PALACIOS, JUEZ; f). DR. MARCO ANTONIO GRANDA VALAREZO, SECRETARIO que certifica.

Lo que se comunica para los fines legales consiguientes.

Quito, 12 de mayo 2014.

DR. MARCO ANTONIO GRANDA VALAREZOSECRETARIO

DE LA UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

(146459)

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA.

1. Lugar, fecha, notario, ante quien se otorgó.

En Quito, Distrito Metropolitano, el 28 de febrero de 2014, ante la Notaria Novena del cantón Quito, doctora Yolanda Alabuela Toapanta.

2. Nombre, nacionalidad, domicilio y calidad en que compare-cen los otorgantes.

Los señores: Jean Carlo Calderón Romero y Esteban Mauricio Lalama Romero, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en Quito, Distrito Metropolitano; por sus propios derechos.

3. Domicilio principal de la compañía.

La ciudad de Quito Distrito Metropolitano, cantón del mismo nombre, provincia de Pichincha.

4. Denominación.

La denominación de la compañía es PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA.

5. Capital social y número de acciones.

El capital social de la compañía es de OCHOCIENTOS DÓLA-RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 800,00) dividido en ochocientas acciones ordinarias y nominativas de un dólar de los Estados Unidos de América cada una.

6. Integración del capital social.

El capital social de la compañía se encuentra suscrito y pagado en numerario de la siguiente manera:

ACCIONISTACAPITAL

SUSCRITOCAPITAL PAGADO

NÚMERO DE ACCIONES

PORCENTAJE

Jean Carlo Calderón Romero

USD 792,00 USD 792,00 792 99,00 %

Esteban MauricioLalama Romero

USD 8,00 USD 8,00 8 1,00 %

TOTAL USD 800 USD 800,00 800 100 %

7. Objeto y plazo de duración.

La compañía se dedicará exclusivamente a la gestión, el aseso-ramiento y colocación de contratos de seguros o de servicios de asistencia médica para una o varias empresas de seguros o de medicina prepagada, constituidas y establecidas legalmen-te en el Ecuador. El plazo de duración de la compañía es de cincuenta años contados desde la fecha de inscripción de la escritura pública.

8. Administración y representación legal.

La compañía estará gobernada por la Junta General de Accio-nistas y administrada por el Presidente y Gerente General. La representación legal, judicial y extrajudicial de la compañía la ejercerá el Gerente General.

9. Aprobación de la Superintendencia de Bancos y Seguros.

El acto societario referido fue aprobado por esta institución mediante Resolución No. SBS-DTL-2014-397 de 8 de mayo de 2014.

Quito, Distrito Metropolitano, el 14 de mayo del 2014

Lcdo. Pablo Cobo LunaSECRETARIO GENERAL

RESOLUCIÓN No. SBS-DTL-2014-397

JUAN FRANCISCO SIMONE LASSO DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES

CONSIDERANDO:

QUE el doctor Esteban de Veintimilla Carrillo, en escrito de 23 de abril de 2014, ha solicitado a esta Superintendencia de Bancos y Seguros la aprobación de constitución de la compañía PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTO-RA DE SEGUROS CIA., acompañando para el efecto los cuatro pri-meros testimonios de la escritura pública otorgada el 28 de febrero de 2014, ante la Notaria Novena del cantón Quito doctora Yolanda Alabuela Toapanta;

QUE la Dirección de Trámites Legales de la Intendencia Nacional Jurídica ha emitido informe favorable para la aprobación solicitada, contenido en el memorando No. DTL-2014-0309 de 7 de mayo de 2014; y,

EN ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor Superinten-dente de Bancos y Seguros, mediante resolución No. ADM-2013-11454 de 2 de abril de 2013,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- APROBAR la constitución de la compañía PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUC-TORA DE SEGUROS CIA., domiciliada en el Distrito Metropolitano de Quito, con un capital social de US$.800,00 (OCHOCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), dividido en ochocientas acciones ordinarias y nominativas de un dólar de los Estados Unidos de América cada una.

ARTÍCULO 2.- DISPONER que esta resolución se publique por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación del Distrito Metropolitano de Quito, conjuntamente con el extracto de la es-critura pública de constitución de la compañía PREMIUM INSU-RANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA., que será elaborado por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

ARTÍCULO 3.- DISPONER que la Notaria Novena del cantón Qui-to, tome nota al margen de la escritura pública otorgada el 28 de febrero de 2014, que contiene la constitución de la compañía PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA., que ha sido aprobada por la pre-sente resolución; y, siente las razones correspondientes.

ARTÍCULO 4.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la escritura pública de constitución de la compañía PREMIUM INSURANCE BROKER PIBSA S.A., AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA., junto con la presente resolución y ponga las notas de referencia de acuerdo con la Ley de Registro.

ARTÍCULO 5.- DISPONER que la compañía, cumplido lo previsto en los artículos precedentes, remita a la Dirección de Trámites Le-gales de la Superintendencia de Bancos y Seguros, copia certifi-cada de la escritura pública con la constancia de todo lo actuado.

ARTÍCULO 6.- DISPONER que la compañía PREMIUM INSURAN-CE BROKER PIBSA S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA., codifique el estatuto social para su distribución entre los socios y el público; y, envíe dos ejemplares a esta Super-intendencia.

COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos y Segu-ros, en Quito, Distrito Metropolitano, el ocho de mayo del dos mil catorce.

Ab. Juan Francisco Simone LassoDIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES

LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el ocho de mayo del dos mil catorce.

Lcdo. Pablo Cobo LunaSECRETARIO GENERAL

(146487)

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA INMOBILIARIA

VANOLICA S.A.

De conformidad con la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a reunión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compa-ñía Inmobiliaria Vanólica S.A. a realizarse el día viernes 30 de mayo de 2014, a las 14H30, en las instalaciones de la Compañía ubicada en la Avenida Naciones Unidas E10-44 y República del Salvador de esta ciudad de Quito, para conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día:

1.- Conocer y aprobar el Informe de Gerente General referente al ejercicio econó-mico del 2013.

2.- Conocer y aprobar el Informe de Comisario referente al ejercicio económico del 2013.

3.- Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ga-nancias de la Compañía, referente al ejercicio económico del 2013.

4.- Resolver sobre los resultados del ejercicio económico del año 2013.5.- Nombramiento de Comisario Principal y Comisario Suplente de la Compañía.6.- Nombramiento de Gerente General y Presidente de la Compañía.

Se convoca especial y señaladamente a la Comisaria principal de la Compañía Sra. Eliana Castro y al Auditor Externo Señor Santiago Díaz.

Los balances, el Estado de pérdidas y Ganancias y los informes se encuentran a disposición de los señores accionistas en la oficina de la Compañía.

Los accionistas podrán concurrir de forma personal o a través de apoderado.

Para que la Junta General pueda considerarse constituida para deliberar en pri-mera convocatoria, será necesario que esté representada por los concurrentes a ella, por lo menos la mitad del capital pagado. En caso de no estar presente el quórum necesario, se efectuará la segunda convocatoria en el plazo máximo de 30 días; en segunda convocatoria, la Junta se instalará con el número de accionistas presentes sea cual fuere la representación del capital pagado; en la segunda convocatoria no podrá modificarse el objeto de la primera convocatoria.

Quito, 16 de Mayo de 2014.

Diego Valencia VillamarGERENTE GENERAL

(146470)

RESOLUCIÓN No. SC-INC-DNICAI-SAI-14- 0003117

VICTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

CONSIDERANDO

QUE, el Art. 318 de la Ley de Compañías, establece la obligatoriedad para ciertas empresas de contar con el informe anual de auditoría externa, y confió a la Superintendencia de Compañías la función de calificar a las per-sonas, naturales o jurídicas, que ejerzan actividades de Auditoría Externa.

QUE, mediante Resolución No. 02.Q.ICI.007 del 23 de abril del 2002, publicada en el Registro Oficial No. 564 del 26 de abril del 2002, la Su-perintendencia de Compañías expidió el Reglamento para la calificación y registro de las personas naturales y jurídicas que ejerzan actividades de Auditoría Externa.

QUE, la C.P.A. JOHANNA ELIZABETH MENDOZA TENE, ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento referido en el considerando anterior, según consta en el informe presentado por el señor Director Na-cional de Inspección, Control, Auditoría e Intervención, mediante Memo-rando No. SC-INC-DNICAI-14-425 de mayo 02 de 2014.

En ejercicio de las atribuciones delegadas por el Superintendente de Com-pañías mediante Resoluciones ADM -08398 de 5 de septiembre de 2008, ADM 08458 de 24 de septiembre de 2008, ADM 14-002 de 6 de febrero de 2014; y, MRL- 2014-0009 de 15 de enero de 2014.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: CALIFICAR a la C.P.A. JOHANNA ELIZABETH MENDOZA TENE, como auditor externo para que pueda ejercer las fun-ciones señaladas en la Sección IX de la Ley de Compañías, y en las Resolu-ciones pertinentes, inscribir en el Registro Nacional de Auditores Externos y otorgarle el Certificado de Calificación como Auditor Externo, el cual tendrá vigencia hasta el 30 de junio del año 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la C.P.A. JOHANNA ELIZABETH MENDOZA TENE, publique por una sola vez la presente Resolución en uno de los periódicos de mayor circulación de su domicilio. Un ejemplar de la publicación deberá entregarse a la Superintendencia de Compañías.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR que el señor Secretario General de la Intendencia Nacional de Compañías inscriba a la C.P.A. JOHANNA ELIZA-BETH MENDOZA TENE, en el Registro Nacional de Auditores Externos y cumpla con las demás formalidades previstas por la Ley y Reglamentos.

COMUNÍQUESE, dada y firmada en la Superintendencia de Compañías, oficina matriz, en Guayaquil, a 12 de Mayo del 2014

Ab. Víctor Anchundia PlacesINTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

(146447)

Banco del Pacífico:Al público, comunicamos el extravío del Certificado de Depósito No. 261661503 por USD $ 3000.00 del Banco del Pacifico S.A., a favor de Nelson Tobar Morales con fecha de ven-cimiento 2014-06-27.

May. 21; Jun. 4-19 (146446)

BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 445772261 perteneci-ente a JENNY MARISOL MARTINEZ MORAN.Particular que se comunica para los fines de ley.

May. 21-22-23 (146454)

EXTRAVIO COOPERATIVA ATUNTAQUIAl público, comunicamos el extravío de la libreta de ahorros No. 407110032917, perteneciente al señor LUIS ALFREDO NU-ÑEZ VILLAROEL, con cédula de ciudadanía No. 1801766013, particular que comunico para los fines de ley.

May. 21-22-23 (146402)

Page 32: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 201432

EXTRACTODE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA ELECTRITEL S.A.

Se comunica al público que la compañía ELECTRITEL S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropoli-tano de Quito, modificó su objeto social y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Nota-rio Cuadragésimo del Distrito Metropolitano de Quito el 13 de marzo de 2014. Actos Societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Re-solución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001944 de 19 de mayo de 2014.

En virtud de la mencionada escritura pública la com-pañía reforma el artículo cuarto del Estatuto Social, referente al objeto social, de la siguiente manera:

"ARTÍCULO CUARTO.- OBJETO SOCIAL: La com-pañía tendrá por objeto: Uno.- El Diseño, desarrollo, implementación, distribución, comercialización, ins-talación, venta, soporte técnico, prestación del servi-cio, importación y exportación de todo tipo de soft-ware, tales como inteligencia de negocios, sistemas transaccionales, comercio electrónico, plataformas móviles, y facturación electrónica, para cualquier in-dustria..."

Quito, 19 de Mayo del 2014

Dr. Oswaldo Noboa LeónSUBDIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIO

NOTA: Este extracto debe publicarse en un periódi-co de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146488)

JUZGADO VIGÉSIMO MULTICOMPETENTE DEL CANTON BALZAREXTRACTO DE CITACIÓN

A: PEDRO IDELFONSO TRUJILLO MOREIRALe hago saber: Que en esta Judicatura se ha presentado la demanda de PRIVA-CION O PÉRDIDA JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD, signada con No. 2014-0363, en la cual se encuentra lo siguiente: Balzar, Lunes 12 de Mayo del 2014; las 09h41.-VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente demanda de privación o pedida judi-cial de la patria potestad, en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Vigésimo Civil Multicompetente del cantón Balzar en mérito de la acción de personal N°10737-DNTHRO del 2 de Octubre del 2.013.- La demanda que antecede presentada por ANA MARIA IRRZABAL LOPEZ, de privación o perdida judicial de patria potestad, para la menor GABRIELA STHEPANIA TRUJILLO IRRAZABAL, en contra de su se-ñor padre PEDRO IDELFONSO TRUJILLO MOREIRA, conforme lo determina el Art. 272 del Código de la Niñez y Adolescencia y por reunir los requisitos contempla-dos, en el Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, aceptándosela al trámite especial respectivo.- En mérito a que la actora ANA MARIA IRRZABAL LOPEZ, afirma bajo juramento, que le es imposi-ble determinar la individualidad o residencia del demandado PEDRO IDELFONSO TRUJILLO MOREIRA, cítese al demandado con esta demanda y el auto recaído en ella por la prensa, como lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la Ciudad de Guayaquil, Capital de la Provincia del Guayas, ya que en este lugar no existe periódico de alta circulación, citación que debe hacerse en tres días hábiles diferentes.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. El señor Secretario del Juzgado, elabore y entregue a la parte actora el respectivo extracto para su publicación.- Actúe en la presente causa el Abogado Ronald Falcones Zambrano, en su calidad de Secretario del despacho, encargado.- Cúmplase y Notifíquese.-Juez de la Causa: AB. Winston Macías Guerra.Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, a fin de que comparezca a juicio y señale domicilio judicial en este cantón Balzar, para recibir notificaciones.-Balzar, 15 de Mayo del 2014.

Ab. RONALD FALCONES ZAMBRANOSECRETARIO (E) DEL JUZGADO 20 MULTICOMPETENTE DE BALZAR

(146484)

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS JUZGADO ÚNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURAN

Durán, 29 de Abril del 2014.Oficio: 1050-JU6FMNA-D

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

A: MARLON EDUARDO PUMAGUALLE FLORESLE HAGO SABER: Del Juicio de Divorcio por causal N° 2014-0388, seguido por NARCISA STELLA BRIONES JARAMILLO en contra de MARLON EDUARDO PU-MAGUALLE FLORES se encuentra lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: La señora Jueza, mediante auto de calificación acepta al trámite la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, propuesta por NARCISA STELLA BRIONES JARAMILLO en contra de MARLON EDUARDO PUMAGUALLE FLORES, libelo que se acepta a trámite Es-pecial de Divorcio por reunir los requisitos de ley, cítese al demandado conforme lo que determina el articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la actora bajo juramento singularizó que diligencias, investigaciones o averiguaciones ha hecho en orden a establecer el actual domicilio o residencia de la parte deman-dada y que a pesar de dichas diligencias no le fue posible determinar el domicilio de MARLON EDUARDO PUMAGUALLE FLORES en tal virtud la señora Jueza orde-na se CITE POR LA PRENSA al demandado MARLON EDUARDO PUMAGUALLE FLORES, en uno de los diarios de mayor circulación local, a quien se le advertirá de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial electrónico en esta ciudad de Durán y comparecer a juicio, para que pueda recibir sus notificaciones en la pre-sente causa bajo prevención de ser declarada en rebeldía en caso de no compare-cer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación.- JUEZ DE LA CAUSA: AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA DEL JUZGADO UNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURÁN. AB. DAYAN PARADA VELOZ, ACTUARIO DEL DESPACHO.Duran, 29 de Abril del 2014.-

AB. DAYAN PARADA VELOZACTUARIO DEL DESPACHO

SECRETARIO JUZGADO ÚNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURAN

May. 21; Jun. 4 (146479)

EXTRACTOCONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA DISTRIBUCIONES Y COMERCIALIZADORA DISTRICOMVEGA CIA. LTDA.

La compañía DISTRIBUCIONES Y COMERCIALIZA-DORA DISTRICOMVEGA CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Prime-ro del Cantón CASCALES, el 02/05/2014, fue apro-bada por la Superintendencia de Compañías, me-diante Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001917 de 16/Mayo/2014, con la siguiente modificación; En el Artículo Décimo Tercero del Estatuto Social, re-ferente a las Obligaciones de los Socios se suprime lo siguiente: "... el Gerente General y el Presidente...", por no estar previsto en la Ley de Compañías.

1.- DOMICILIO: Cantón LAGO AGRIO, provincia de SUCUMBIOS.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Par-ticipaciones 400 Valor US$ 1,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO) IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIALI-ZACIÓN Y FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PAPELERÍA...

Quito, 16/Mayo/2014

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un perió-dico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146410)

EXTRACTOCONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA EQUIPUSA MALDONADO TOBAR CIA. LTDA.

La compañía EQUIPUSA MALDONADO TOBAR CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otor-gada ante el Notario Décimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 31/03/2014, fue apro-bada por la Superintendencia de Compañías, me-diante Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001871 de 14/Mayo/2014, con la siguiente modificación: En el literal d) del artículo décimo cuarto del esta-tuto constitutivo, a continuación de "removerles" agréguese "por causas legales"; adicionalmente, en el literal c) del artículo décimo noveno se suprime "y los títulos de Acción".

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Par-ticipaciones 400 Valor US$ 1,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: ... A) IM-PORTACIÓN DE HERRAMIENTAS EN GENERAL, ASÍ COMO TAMBIÉN ACCESORIOS, EQUIPOS, SISTEMAS AUTOMOTRICES Y NEUMÁTICOS...

Quito, 14/Mayo/2014

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un perió-dico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146449)

EXTRACTODE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COM-PAÑIA CONSTRUCTORA AMAZONICA S.A. CONSAMAZONICA a CONSA-MAZÓNICA S.A.; MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL; Y, REFORMA DE ESTATUTOS.

1. ANTECEDENTES.- La compañía CONSTRUCTORA AMAZÓNICA S.A. CON-SAMAZONICA, con domicilio principal en la ciudad de Quito, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 3 de febrero de 1992, aprobada mediante Resolu-ción No. 306 de 25 de febrero de 1992, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 5 de marzo de 1992.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de deno-minación de CONSTRUCTORA AMAZONICA S.A. CONSAMAZONICA a CONSAMAZÓNICA S.A.; modificación del objeto social y la reforma de es-tatutos, otorgada ante la Notaria Décima Séptima del Distrito Metropolitano de Quito el 17 de enero de 2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001793 de 8 de mayo de 2014.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, el señor PATRICIO MIGUEL ANGEL VIVERO ARELLANO en su calidad de GERENTE GENERAL de la compañía.

4. CAMBIO DE DENOMINACIÓN, MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS. PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Com-pañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001793 de 8 de mayo de 2014 aprobó el cambio de denominación de la compañía CONS-TRUCTORA AMAZONICA S.A. CONSAMAZONICA a CONSAMAZÓNICA S.A.; modificación del objeto social y reforma de estatutos. Ordenó la pu-blicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecu-tivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de denomi-nación referido, señalado en el artículo 33 de la Ley de Compañías y en el Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación de CONSTRUCTORA AMAZONICA S.A. CONSAMAZO-NICA a CONSAMAZÓNICA S.A.; a fin de que quienes se creyeren con de-recho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extrac-to y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de la mencionada escritura pública, la compañía reforma, entre otros, los artículos primero y tercero, referentes a la denominación y al objeto social, respectivamente, de la siguiente manera:

"ARTÍCULO PRIMERO: DENOMINACIÓN.- La Compañía se denominará CON-SAMAZÓNICA S.A., y en todas sus operaciones girará con este nombre...".

"ARTÍCULO TERCERO: OBJETO SOCIAL.- El objeto social de la compañía será ... b) La importación, fabricación, compraventa, exportación, comercialización, distribución, arrendamiento, renta o alquiler de toda clase de productos, ma-quinarias, equipos, herramientas, implementos, repuestos, accesorios y más materiales relacionados con la construcción".

Se excluye de las actividades contempladas en el objeto social reformado, toda operación activa de arrendamiento mercantil con opción de compra (Leasing Financiero).

Quito, 8 de mayo de 2014

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

May. 21-22-23 (146448)

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: NESTOR MARINO TELLO PAREDES.SE LE HACE SABER.- Que dentro del Juicio Prestación de Alimentos No. 2014-0328-1, seguido por AZALIA GIANELLA ORTIZ LUZARDO contra NESTOR MARINO TELLO PAREDES, se encuentra lo siguiente. AUTO INICIAL DE FECHA: GUAYAQUIL, 12 de mayo de 2014, a las 08h32. VISTOS, VISTOS.- Ab. Luis Angel Toala Moncayo, en mi calidad de Juez Titular Décimo Cuarto de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil y en mérito del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente deman-da de Alimentos propuesta por AZALIA GIANELLA ORTIZ LUZARDO contra NESTOR MARINO TELLO PAREDES, por ser clara, precisa y por reunir los requisitos de Ley se la admite al trámite, al amparo de lo consagrado por la Constitución de la Repúbli-ca del Ecuador en los artículos 44, 69.1 y 169, aplicando la norma contenida en el artículo innumerado 9 y 35 de la Ley Reformatoria al título V libro II de código de la Niñez y Adolescencia, cítese al demandado señor NESTOR MARINO TELLO PAREDES, conforme lo ha solicitado la actora de conformidad con lo que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil e inciso segundo del Art. innumerado 35 de la Ley reformatoria al título V, título V libro Segundo del Código orgánico de la Niñez y Adolescencia, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas. La publicación contendrá un extracto de la demanda y del presente auto.- Cumplida la misma, el demandado anunciará las pruebas que estime pertinentes hasta 48 horas antes de la realización de la Audiencia única que se señalará oportunamente, a la que deberá concurrir personalmente o por intermedio de un Procurador Judicial con Poder amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere, el mismo que necesariamente debe contener cláusula especial para transigir audiencia en la que, se informará a las partes sobre las normas que rigen la fijación de las pensiones alimenticias, subsidios y beneficies y su cumplimiento, se evaluarán las pruebas y se fijará pensión definitiva de conformidad con el Principio de concentración constante en el Art. 168 numeral 6 de la Constitución. Previniéndosele al demandado que en caso de no comparecer a juicio, se procederá en rebeldía, f) Ab. Luis Toala Moncayo, Juez titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayas.Guayaquil, 14 de mayo de 2014

AB. GINA PITA PAZMIÑOSecretaria Titular del Juzgado Décimo Cuarto

de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas

May. 21-23-26 (146457)

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MARIA CARLOTA CEDEÑO SOLORZANO.LE HAGO SABER QUE EN LA CAUSA DE DIVORCIO POR CAUSAL No. 2014-1990 QUE SIGUE DAVID MOISES DIAZ DIAZ, SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: JUEZ: ABOGADO JOHNNY SANCAN LARREA.OBJETO DE LA DEMANDA: Que en Sentencia se declare disuelto el vínculo Matrimonial que los une.VISTOS: En virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, el sorteo que antecede y la acción de personal No. 418-DNP del 24 de Febrero del 2012 avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Especializada.- En lo principal la demanda de DIVORCIO presentada por el señor DAVID MOISES DIAZ DIAZ, en contra de la señora MARIA CARLOTA CEDEÑO SOLORZANO, conforme lo justifican con los documentos adjuntos es clara, precisa, reúne los demás requisitos de los Arts. 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se la acepta al trámite.- En aplicación a lo establecido en el Art. 111 y siguientes del Código Civil; artículos 44, 45, (interés superior de los niños, niñas y adolescentes) 69.1, 168 nume-ral 6, 169 (principio de concentración y agilidad procesal) y 11 numeral 3, inciso tercero que dice: "Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su garantías constitucionales, las servidoras y servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la interpretación que más favo-rezcan su efectiva vigencia.", de la Constitución de la República del Ecuador, se dispone: 1.- Citar a la demandada por la prensa, para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia comparezca el accionante el 13 de Marzo del 2014 a las 11h00 para que bajo juramento declarare desconocer el domicilio de la demandada y haber realizado las gestiones necesarias para su ubicación, hecho que fuere el analista jurídico en el día entregará el extracto del auto inicial para que proceda a citar a la demandada en uno de los diarios de mayor circulación del país, citación que deberán mediar el término de 8 días; 2.- El accionante cumpla con lo establecido en el art. 68 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Tómese en cuenta la casilla judicial, correo electrónico que señala para las futuras notificaciones y la autorización que el actor le concede a su abogado defensor.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE, f) Abogado Johnny Sancan Larrea, Juez de la Unidad Judicial Norte de la Familia Niñez y Adolescencia del Cantón Guayaquil, y Abogada Belinda Annette Lomas Franco, Secretaria del despacho lo que certifica.- Guayaquil, 29 de abril del 2014.-

Abogada Belinda Annette Lomas Franco Secretaria

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DEFAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 GUAYAQUIL

May. 21; Jun. 3-16 (146467)

CASILLA 2102CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIAEXTRACTO DE CITACIÓN

A: HAIDE KARINA CHOEZ PEÑALE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 2014-1328, presentado por KLEBER GONZALO MERCHAN PEÑAFIEL, en contra de la señora HAIDE KARINA CHOEZ PEÑA.ACTOR: KLEBER GONZALO MERCHAN PEÑAFIEL DEMANDADA: HAIDE KARINA CHOEZ PEÑAOBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante auto resolutivo, declare DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL con la señora HAIDE KARINA CHOEZ PEÑA.AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL.-Guayaquil, miércoles 12 de marzo del 2014, las 12h37.- VISTOS: DIVORCIO POR CAUSAL.- VISTOS: Puesto a mi despacho el día de hoy y dispongo lo siguiente: Agréguese a los autos el escrito presentado por el compareciente, con el cual da cumplimiento a la providencia que antecede, la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por KLEVER GONZALO MERCHAN PEÑAFIEL contra HAIDE KARINA CHOEZ PEÑA fundamentado en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- Dentro del matrimonio afirma el accionante en su demanda que no han procreado hijos.- Dentro de la sociedad conyugal manifiesta que no han adquirido bien inmueble alguno por lo que no hay nada que resolver.- Se dispone que la accionante KLEVER GONZALO MERCHAN PEÑAFIEL comparezca personalmente y no por interpuesta persona, el día 8 de mayo del 2014; a las 15h00, a suscribir el acta de declaración juramentada en la que la accionante declarará bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada.- Bajo las prevenciones que establece el Art. 69 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los documentos acompañados a la demanda.- Sígase notificando en la casilla y correo señalado.- lntervenga el Ab. Víctor Fernando González Coello en calidad de Secretario (E) de esta Judicatura con Acción de Personal No. 016 UARH-AOR de la Unidad Judicial Especializada Sur de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón de Guayaquil.- Notifíquese y Cúmplase.- DIVORCIO POR CAUSAL.- VISTOS: Puesto en esta fecha en el despacho y dispongo lo siguiente: Agréguese a los autos el Acta de la declaración juramentada, que realizó el señor KLEBER GONZALO MERCHAN PEÑAFIEL, con el cual da cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita Jueza, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada HAIDE KARINA CHOEZ PEÑA; se dispone que la citación, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas; El Actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, a la demandada en el extracto de citación será advertida la demandada, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-CUANTÍA: INDETERMINADA.-JUEZ DE LA CAUSA: AB. SONNIA QUIJIJE AGUIRRE JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y ABG. VICTOR FERNANDO GONZALEZ COELLO SECRETARIO QUE CERTIFICA.-Guayaquil, 12 de mayo del 2014

Ab. Víctor Fernando González CoelloSECRETARIO (E)

(146486)

CASILLERO No. 2532

EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL N. 2839-2014- D.CUANTIA: INDETERMINADATRAMITE: VERBAL SUMARIOACTOR: RIVADENEIRA VALLEJO JUDITH MARCELADEMANDADO: NEIL RAYMOND KEOGHCITACION JUDICIAL A: NEIL RAYMOND KEOGH

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 9 de mayo del 2014, las 16h19 VISTOS: Por cumplido lo dispuesto en providencias anterio-res, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha creada mediante resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 11 de septiembre del año 2012. De conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República y artículos 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presentada por es clara, precisa y reúne los demás requisitos de forma requeridos, por lo que se la admite a trámite en juicio verbal sumario.- Atento al juramento rendido por la señora Judith Marcela Rivadeneira Vallejo y de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con la demanda y este auto, CÍTESE al demandado NEIL RAYMOND KEOGH, por la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mediante 3 publicaciones, mediando 8 días de término entre publicación y publicación acorde con lo que dispone el Art. 119 del Código Civil.- Por existir menores de edad procreados dentro del matrimonio, acorde a lo establecido en el Art. 111 del Código Civil, atenta la insinuación realizada, óigase al demandado por el término de 3 días, hecho se proveerá lo que corresponda.- Incorpórese a los autos la documentación acompañada.- Tómese nota de la designación de su abogado patro-cinador, así como el casillero judicial señalado para sus notificaciones posteriores en esta causa.- NOTIFÍQUESE...- f) Dr. Pedro Arias Coronel, Juez de la Unidad.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

DR. BETTY AYALA GRANDA SECRETARIA

May. 21; Jun. 3-16 (146480)

CASILLA No. 5650

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUILEXTRACTO DE CITACIÓN

A: ZULLY FLORES NICOLALE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N°. 2013-17171, seguido por ERNESTO FEDERICO BAYAS MEJIA, en contra de ZULLY FLORES NICOLA. ACTOR: ERNESTO FEDERICO BAYAS MEJIA DEMANDADA: ZULLY FLORES NICOLAOBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matri-monial que une al señor ERNESTO FEDERICO BAYAS MEJIA, con la señora ZULLY FLORES NICOLA, de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso segundo del Código Civil vigente. VISTOS: En virtud del sorteo reglamentario, puesta a mi conocimiento en esta fecha, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de No. 4 de Guayaquil, mediante acción de personal No. 8556-DNP, extendida por la Dirección Nacional de Personal del Consejo de la Judicatura, y de conformidad con lo establecido en el Art. 234 de conformidad a lo que establecen los Arts. 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial en armonía con el Art. 172 de la Constitución de la República del Ecuador, avoco conocimiento de la demanda DIVORCIO POR CAUSAL presentada por el señor ERNESTO FEDERICO BAYAS MEJIA, contra su cónyuge la señora ZULLY FLORES NICOLA, fundamentado en la causal 11, inciso 1 del artículo 110 del Código Civil, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- Considérese lo que el accionante afirma en su demanda que dentro del matrimonio no han procreado hijos y que no han adquirido bienes dentro de la sociedad conyugal que haya que liquidar al respecto.- En consecuencia, cítese con la copia de la demanda y este auto al referido a la demandada, a quien se le advertirá de su obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus notificaciones, por cuanto el demandante declara bajo juramento desconocer el domicilio e individualidad de la persona demandada, se dispone que se la cite mediante tres publicaciones a efectuarse en El Universo, Telégrafo o Expreso, diarios de mayor circulación en el país de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, disponiéndose que previo a la elaboración del extracto respectivo, el actor comparezca este Despacho para que de cumplimiento a lo dispuesto en la norma invocada el 29 de Enero del 2014 a las 09H00 en la sala N° 6 y declare bajo juramento sobre las investigaciones que ha realizado para determinar el domicilio del demandado.- Incorpórense a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la autorización conferida por el demandante en favor de su patrocinador, la casilla judicial No. 5650 y correo electrónico [email protected] que señala para sus notificaciones.- Actúe en calidad de Secretario (e) el Ab. Juan René López L.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- CUANTIA: Indeterminada.JUEZ DE LA CAUSA: AB. JORGE LUIS MEDINA CANTOS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FA-MILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y LA ABOGADA LORENA COLLANTES LOOR.- QUE CERTIFICA. GUAYAQUIL 12 DE MARZO DEL 2014.

ABOGADA LORENA COLLANTES LOOR SECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL

May. 21; Jun. 3-16 (146460)

DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS SUBSECRETARIA

CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO GUAYAQUIL

REPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO

SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SALADAS PROVENIENTES DEL MAR, UBICADO EN EL RECINTO ENGABAO, PARROQUIA GENERAL VILLAMIL, CANTÓN PLAYAS, PROVINCIA DEL GUAYAS.

ACTOR: ING. JOSÉ ANTONIO AROSEMENA ROMERO, EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA GENVIPLACORP S.A.

OBJETO DE LA PETICIÓN: AUTORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS SALADAS PROVENIENTES DEL MAR; UBICADO EN EL RECINTO ENGABAO, PARROQUIA GENERAL VILLAMIL, CANTÓN PLAYAS, PROVINCIA DEL GUAYAS.

SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.- Guayaquil, 12 de mayo del 2014, a las 10H00.- EXPEDIENTE No.- 1060-2014. En lo principal: Vista la solicitud presentada por el señor Ing. José Antonio Arosemena Romero, en su calidad de Gerente General, de la compañía GENVIPLACORP S.A., tendiente a obtener la autorización de aprovechamiento de las aguas saladas provenientes del mar, para el proyecto urbanístico KARIBAO (recreacional) ubicado en el recinto Engabao, parroquia General Villamil, cantón Playas, provincia del Guayas, inicio el trámite correspondiente, calificándole de clara, completa y precisa, asignándole el No. 1060-2014: En tal virtud, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no por la prensa, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los diarios de mayor circulación, esto es: El Universo, Expreso o El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 2.- Fíjese carteles en tres de los parajes mas frecuentados del cantón Playas, provincia del Guayas, por el plazo de 30 días conforme lo señala el Artículo 87 de la Ley de Aguas, comisionándose la práctica de la diligencia al señor Jefe Político del referido cantón. 3.- En su debida oportunidad, se designará un perito para la práctica de la inspección respectiva. 4.- Téngase en cuenta los correos electrónicos [email protected] y [email protected], que señala para futuras notificaciones. 5.- Agréguese a los autos los escritos presentados y documentación aportada. Actúe la Abogada Bertha Burgos Pozo, en calidad de Secretaria Ad-Hoc.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Antonio Vintimilla Vela, Responsable Técnico de Centro de Atención al Ciudadano Guayaquil.- Particular que comunico para los fines de ley.- Lo certifico.

Guayaquil, 12 de mayo del 2014

Abg. Bertha Burgos PozoSECRETARIO AD-HOC

CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

May. 21-30; Jun. 8 (146444)

GOBIERNO NACIONAL DE LAREPÚBLICA DEL ECUADOR

DIRECCION DE RECUPERACION Y LIQUIDACIONJUZGADO PRIMERO DE COACTIVA GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: Compañía REINSINGER S.A., en la interpuesta persona de su representante legal CARLOS LARREA LECARO, en su calidad de Liquidador.-LE HAGO SABER: Que en el EXPEDIENTE COACTIVO No. 141-2013 seguido por BANCO CEN-TRAL DEL ECUADOR (Progreso), en contra de la Compañía REINSINGER S.A., se encuentra lo siguiente:ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ PRIMERO DE COACTIVA: Ab. Aldo Miguel Nicola ChongOBJETO DE LA DEMANDA: Hacer efectivo el pago de lo adeudado.CUANTIA: USD $143,158.61 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO

CINCUENTA Y OCHO CON 61/100 DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA)

AUTO DE PAGO: Dictado el 14 de octubre de 2013; a las 13h07, mediante el cual se ordena que la coactivada pague dentro del término de tres días la suma de USD $ 143,158.61 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 61/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) más los intereses que se generen hasta la total cancelación de la deuda, apercibiéndoles que de no hacerlo, se procederá al embargo de los mismos. En virtud de la impo-sibilidad de citar a la coactivada Compañía REINSINGER S.A., en la interpuesta persona de su re-presentante legal Carlos Larrea Lecaro, en su calidad de Liquidador, por cuanto no ha sido posible determinar su individualidad o residencia, mediante providencia dictada el 14 de mayo de 2014, a las 15h31, se ordenó citarla por la prensa, por medio de uno de los diarios de esta ciudad de Gua-yaquil, en estricto cumplimiento a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.-Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de comparecer a juicio señalando casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerada rebelde. Guayaquil, 20 de mayo de 2014.

Ab. ALEXANDRA VELIZ TOMALASECRETARIA DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADORMay. 21-22-23 (146545)

REPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO

SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS (POZO), PARA EL PREDIO AGRÍCOLA DENOMINADO "EVELYN TATIANA", UBICADO EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, CANTÓN MILAGRO, PROVINCIA DEL GUAYAS.

ACTOR: JULIETA CRUZ AGUIRRE

OBJETO DE LA PETICIÓN: AUTORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS (POZO) PARA EL PREDIO AGRÍCOLA DENOMINADO "EVELYN TATIANA", UBICADO EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, CANTÓN MILAGRO, PROVINCIA DEL GUAYAS.

SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.- Guayaquil, 25 de abril del 2014, a las 16H30.- EXPEDIENTE No. 1010-2013.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi cali-dad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano, en conformidad a la Acción de Personal No. 0359710, que rige a partir del 1 de abril del 2014.- En lo principal: Vista la solicitud presentada por la señora Julieta Cruz Aguirre, tendiente a obtener la autorización de aprovechamiento de las aguas subterráneas (pozo), para el predio agrícola denominado "Evelyn Tatiana", ubicado en la parroquia Mariscal Sucre, cantón Milagro, provincia del Guayas, inicio el trámite correspondiente, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el No. 1010-2013: En tal virtud, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no por la prensa conforme lo señala el Artículo 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, esto es: El Universo, Expreso o El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Mariscal Sucre, cantón Milagro, provincia del Guayas, por el plazo de 30 días conforme lo señala el Artículo 87 de la Ley de Aguas, comisionándose la práctica de la diligencia al señor Teniente Político de la referida parroquia. 3.- En su debida oportunidad, se designará un perito para la práctica de la inspección respectiva. 4.- Téngase en cuenta la casilla judicial número 3121, el correo electrónico [email protected] que señala para futuras notificaciones y la autorización concedida a la Dra. Sofia Silva Maldonado. 5.- Agréguese a los autos los escritos presentados y documentación aportada. Actúe la Abogada Bertha Burgos Pozo, en calidad de Secretaria Ad-Hoc, por ausencia de la titular.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Antonio Vintimilla Vela, Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano.- Particular que comunico para los fines de ley.- Lo certifico.- Guayaquil, 28 de Abril del 2014

Abg. Bertha Burgos PozoSECRETARIA AD - HOC

May. 21-29; Jun. 6 (146450)

GOBIERNO NACIONAL DE LAREPÚBLICA DEL ECUADOR

Secretaría del Agua

DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYASSUBSECRETARÍA

CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO GUAYAQUIL

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[email protected]

El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014 333

TESTIGO RECONOCE A SOSPECHOSO DE MUERTE DE ALCALDE DE MUISNE [34]

NIÑO DE 9 MESES SOBREVIVE EN EL CRIMEN DE 4 PERSONAS [34]

PROYECTO La Defensoría del Pueblo trabaja en normativa. [34]

NUEVA INDAGACIÓN EN CONTRA DE LOS EXDIRECTIVOS DE LA INSTITUCIÓN FINANCIERA

Pietro Z. tiene 79 causas por resolverSegún las investigaciones por el delito de peculado, el expresidente del Banco Territorial vendía sus compañías a terceras empresas de las que él mismo era

dueño, es decir, las negociaciones eran simuladas.

Redacción Justicia [email protected]

El portal digital de la Función Judi-cial muestra que el exdirectivo del desaparecido Banco Territorial, Pie-tro Z., registra 79 procesos por re-solver entre penales, civiles y labo-rales. Algunos de estos juicios están relacionados, pues cruzan por dife-rentes etapas desde 2007 y aún no concluyen hasta 2014.

De esta cifra, en la provincia de Guayas enfrenta 4 en materia Penal, uno es por delito de peculado, por el que fue condenado a 8 años de re-clusión en el Quinto Tribunal; 27 causas civiles y 42 de tipo laboral. En la provincia de Pichincha son 6 causas, todas en el ámbito Civil.

Además, hay otras investigacio-nes abiertas, entre estas por el pre-sunto delito de lavado de activos, que surgió a raíz del cierre de la ins-titución financiera y la venta de Casa Tosi, empresa que también dejó de funcionar.

El delito de peculado La sentencia emitida por el Quinto Tribunal de Garantías Penales de Guayas también condena a 8 años a Raúl S., exgerente de la entidad bancaria que entró en proceso de li-quidación en marzo de 2013.

El expediente detalla que hubo abuso del manejo de los fondos, es decir, la arbitraria utilización del dinero de los depositantes, ya que los directivos actuaron de manera dolosa, como explicó el presidente del Quinto Tribunal Penal de Gua-yas, Carlos Muñoz.

El magistrado explicó que la sen-tencia hace un análisis de la mate-rialidad de la infracción sobre las pruebas presentadas en la audiencia de juzgamiento, en la que se probó que el peculado bancario.

Allí consta que se creó un fidei-comiso denominado Casa Tosi, cu-yos beneficiarios eran las empresas Kanapell International y Morizan Development, la primera era dueña de las acciones de la segunda, y esta

última era propiedad de Pietro Z., es decir, vendió Casa Tosi a 2 compa-ñías y estas para pagar pidieron prestado el dinero a Banco Territo-rial.

“El fin era hacer un círculo de créditos vinculados para que no se detecte, para engañar a las autori-dades de control”, resumió Muñoz.

La sentencia informa, además, que ese no es el único caso refirién-dose a los préstamos, pues también vendieron la cartera de crédito del Banco Territorial a la compañía Re-capt, que tenía un valor estimado de $ 13’000.000 y fue negociada en $ 1’500.000.

El Banco Territorial también prestó a Recapt $ 1’500.000 para que le compre su cartera. “Se im-puso la máxima pena debido a la alarma social, por la afectación a miles de depositantes de Banco Te-rritorial y porque eso le cuesta al Estado $ 54’000.000, que los puso a través de la Corporación del Se-guro de Depósitos”, indicó Muñoz.

Apertura de otra indagación Con respecto a una nueva investiga-ción, el presidente del Quinto Tri-bunal Penal de Guayas comunicó que hay presunciones de responsa-bilidad penal en otros miembros del directorio del banco quienes tam-bién autorizaron esos préstamos vinculados. “En unos casos aparecen 3, en otros 3 más, aparecen como 6, pero eso tendrán que determinarlo las inves-tigaciones, porque hay algunos que en diversos momentos han autori-zado”, indicó.

6procesos

civiles

4penales

En Pichincha En Guayas

2012

1

62007

62010

22009

32014

12013

112011

132012

27civiles

42laborales

todos en 2013 (1 de ellos siguió su proceso hasta 2014)

2014

7

2013

3

2011

3

2010

5

2009

5

20081

2007

2

22010

1

2011

1

2012

22013

Ingrese a la sección Justicia a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés

www.telegrafo.com.ec/Justicia.html

EN LA WEB

BREVES

Fiscalía reabre el caso “usureros”, en el que imputa a 30 personas

10 supuestos ladrones de camaroneras detenidos en operativo

En la isla Quiñónez, en el Golfo de Guayaquil, fueron capturados 10 individuos que asaltaban las pisci-nas de una empresa camaronera. El operativo fue ejecutado la noche de ayer por agentes de la Sección Técnica Antidelincuencial. Como evidencia se decomisaron 3 metra-lletas, armas blancas y unos sacos.

Juez dictó 3 meses de prisión a exministro por delito de peculadoLa audiencia de juzgamiento en el caso de peculado contra el exministro de Deportes y otros 2 procesados P.S. y F.M., llegó a su fin, con la resolución del juez Vicente Robalino, quien dictó 3 meses de prisión contra Raúl C. Robalino explicó que en los informes de Contraloría se establecieron indicios de responsabilidad penal en la subdivisión de contratos de obras deportivas. Por tanto, la resolución del tribunal se basa en las pruebas documentales y testimoniales presentadas por la Fiscalía.

Más de 3 toneladas de drogas capturadas en los primeros 4 mesesCon la colaboración de los canes, los efectivos antinarcóticos impidieron que 3,17 toneladas de alcaloide salgan del país en el cuatrimestre de este año, así como capturaron a 38 personas. Del total de droga incautada en lo que va del año, 3’020.910,50 gramos corresponden a clorhidrato de cocaína, 32.147,20 a heroína y 125.715 a marihuana. La mayoría de las operaciones se desarrolló en el puerto y aeropuerto de Guayaquil.

Después de que la Segunda Sala de lo Penal declaró la nulidad de lo actuado, la Fiscalía del Guayas reactivará el proceso seguido en contra de 39 presuntos usureros. El fiscal Julio Vacacela, a cargo de la investigación, informó que solicitará fecha al juez de Garantías Penales respectivo para llevar a efecto una nueva audiencia y así formular cargos contra los 39 ciudadanos, basándose en los elementos de convicción que se recopilaron durante la indagación. Uno de ellos ya está detenido por el mismo delito.

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JUSTICIA El Telégrafo | miércoles 21 de mayo de 2014334

RIVADENEIRA SE REUNIÓ CON SUSANA CAJAS PARA ELABORACIÓN DE REGLAMENTO DE APLICACIÓN A LEY DE VÍCTIMAS

Defensoría podría aportar en casos graves de DD.HH.

El proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo se encuentra en su etapa de socialización en la Asamblea Nacional. La normativa propone un nuevo

rol de protección de derechos de la entidad conforme a la Constitución.

Redacción Justicia [email protected]

Medidas de complemento obligato-rio, mecanismos de prevención con-tra la tortura, y una mayor partici-pación en los casos de violaciones de derechos humanos, forman parte de los principales cambios en las atri-buciones de la Defensoría del Pue-blo, de acuerdo con el proyecto pre-sentado por su titular Ramiro Riva-deneira ante la Asamblea Nacional en enero.

Rivadeneira indica que la ley vi-gente rige desde 1997, por lo que era necesario realizar modificaciones de acuerdo con la Constitución de Montecristi (2008).

El artículo 215.2 de la Constitu-ción de la República, refiere que en-tre las atribuciones de la Defensoría están: “Emitir medidas de cumpli-miento obligatorio e inmediato en materia de protección de derechos, solicitar juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus in-cumplimientos”.

El funcionario observa que no se especifica cuánto tiempo podrían durar esas medidas. “Por eso, es ne-cesario una nueva ley que lo deter-mine”, puntualizó.

También destaca en el proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, la competencia sobre el me-canismo nacional de prevención de la tortura, conforme al tratado de las Naciones Unidas.

La ley también contempla que la entidad podría tener mayor partici-pación en los diferentes casos de violaciones de derechos humanos en el país. “Hasta ahora solo hacemos vigilancia al debido proceso, pero hay casos graves como los de la Co-

misión de la Verdad, en que podría-mos aportar”, explicó.

Reglamento para aplicación de la Ley de Víctimas Precisamente en este sentido, el De-fensor del Pueblo se reunió ayer con la asambleísta Susana Cajas, y otros exmilitantes de Alfaro Vive y los ex-comandos de Taura con la finalidad de analizar la elaboración del regla-mento para la aplicación de la Ley de Víctimas.

Además, trataron la incorpora-ción de nuevos testimonios de vícti-mas que no comparecieron en la Co-misión de la Verdad y personas que antes no habían sido contactadas.

El trabajo de preparación del pro-yecto, que contiene alrededor de 45 artículos, les tomó un año a los fun-cionarios de la Defensoría, y al mo-mento está en la Comisión de Parti-cipación Ciudadana y Control Social de la Asamblea Nacional para su so-cialización. Rivadeneira indicó que este es el siglo de los derechos hu-manos. “El rol de la Defensoría del Pueblo tendrá mayor participación, por eso es necesario fortalecerla”.

La presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana, Dora Aguirre Hidalgo, representante de los ecuatorianos residentes en Eu-ropa, Asia y Oceanía, resalta que el proyecto pretende regular las atri-

buciones de la Defensoría del Pue-blo, tomando en cuenta que la insti-tución es un órgano de derecho pú-blico con jurisdicción nacional, des-concentrado y con autonomía que integra la Función de Transparencia y Control Social.

En 2013, la Defensoría del Pueblo resolvió 32.109 casos relacionados con la vulneración de derechos al Buen Vivir, entre otros. También presentó 98 acciones jurisdicciona-les a nivel nacional. La diligencia de investigaciones defensoriales fue la más numerosa, con 5.269 casos, así como el trámite de consumidores y de vigilancia al debido proceso, 3.477 y 1.568, en su orden.

En 2013 resolvió 32.109 casos relacionadoscon la vulneración de derechos al Buen Vivir,protección, usuarios, entre otros.

Presentó 98 accionesjurisdiccionales anivel nacional.

5.269casos de investigacionesdefensoriales.

3.477trámites deconsumidores

1.568vigilancias aldebido proceso

DEFENSORÍA DEL PUEBLO ECUADOR TRÁMITES

Ayer, el supuesto autor de la muerte de Walquer Vera fue llevado a Esmeraldas.

Testigo reconoció a sospechoso

De entre 10 hombres de similares rasgos físicos que fueron ubicados y enumerados dentro de la Cámara de Gesell de la Fiscalía de Esmeraldas, un testigo del crimen del alcalde electo del cantón Muisne, Walquer Vera, reconoció como autor al co-lombiano identificado con las ini-ciales A.R.A.

El individuo fue detenido en Guayaquil el pasado sábado 17 de mayo y trasladado la mañana de ayer hasta el norte del país en una avioneta de Aeropolicial.

El vuelo salió a las 09:10 y arribó a su destino después de una hora y 15 minutos.

Antes de las 11:00, el extranjero llegó a la Fiscalía, donde se realizó la diligencia de reconocimiento de sospechosos dirigida por la jueza de Garantías Penales de Esmeraldas, Ana Rocío Ávila.

Antes de ingresar a la Cámara de Gesell (habitación dividida por un vidrio de visión unilateral que evita

que el sospechoso tenga contacto con el testigo) a A.R.A. le quitaron las esposas, además pudo conversar con el Defensor Público.

Ya cuando todos los individuos estaban dentro de la cabina, al tes-tigo no le tomó ni 10 minutos iden-tificarlo 2 veces, pese a que lo cam-biaron de lugar y número.

Según se conoció, la diligencia quedó grabada en audio y video, y sentada en actas, que forman parte de la investigación de la muerte de Walquer Vera.

Se tenía previsto que para las 14:30 de ayer se realice la audiencia de vinculación en contra de A.R.A.

10 HOMBRES CON SIMILARES CARACTERÍSTICAS INGRESARON EN LA CÁMARA DE GESELL

El colombiano A.R.A., detenido en Guayaquil el pasado sábado, fue trasladado ayer a Esmeraldas por la investigación del asesinato de Walquer Vera.

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Prisión preventiva contra 2 sospechosos por 4 asesinatos

CASO DE FEMINICIDIO

El crimen se produjo en Carcelén Bajo, cerca del estadio Corazón de Jesús, en el norte de Quito. Solo un niño de 9 meses de nacido se salvó de morir.

Dentro de la investigación por el ase-sinato de 2 mujeres y 2 niñas fueron detenidos 2 hombres, quienes están con prisión preventiva.

La Fiscalía de Pichincha formuló cargos contra J.E.E.C. y A.D.V.B. como presuntos autor y cómplice del asesinato de 4 personas, respectiva-mente. El hecho ocurrió en el sector de Carcelén Bajo, en el norte de Quito, la madrugada del domingo 18 de mayo. La noche del lunes 19 el juez de Garantías Penales de Pichin-cha, David Jacho, dictó la prisión preventiva por 30 días para el cum-plimiento de la instrucción fiscal.

En la audiencia, la fiscal Doris Guarderas Mantilla expuso el in-forme del levantamiento de los cadá-veres, las versiones de 2 testigos, za-patillas con manchas de sangre de uno de los procesados y un celular. De este último artículo se efectuará una pericia para evidenciar las lla-madas efectuadas.

Según las primeras indagaciones fiscales y policiales, el primer dete-nido era la actual pareja de Jimena M., de 27 años, quien fue degollada junto a su amiga Susana V., de 35, y sus 2 hijas de 7 y 5 años.

De acuerdo con las versiones re-cogidas por los agentes de la Dina-sed, Ángel llamó en la madrugada del domingo a la madre de la occisa a de-cirle que estaba muerta. La Policía rastreó la llamada hecha desde un teléfono celular y logró la captura del sospechoso de asesinato en la ave-nida Orellana y Reina Victoria.

El segundo detenido es la expareja de Jimena. Los agentes lo detuvieron por su historial de violencia física contra la fallecida. Según las indaga-ciones previas, esa sería la causa por la que terminó la relación sentimen-tal. A esto se suma que Jhonny E. es-tuvo antes que la Policía en la escena del crimen y se llevó a su hijo de 9 meses a su casa. El menor fue el único sobreviviente. Ayer, los fami-liares sepultaron a las víctimas.

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El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 2014 35

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYASUNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MORA PALMA JESSICA AURORA.LE HAGO SABER: Que por sorteo le ha tocado conocer el Juicio de Divorcio por Causal No. 1266-2014 al Ab. Carlos Zambrano Navarrete, Juez de la Unidad Judicial Norte de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil. ACTOR: CASTRO CERVANTES LUIS ALBERTO.OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez de esta Unidad Judicial mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a los señores CASTRO CERVANTES LUIS ALBERTO y MORA PALMA JESSICA AURORA, al tenor de la causal décimo primera del Artículo 110 del Código Civil. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS, UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTON GUA-YAQUIL. Guayaquil, 10 de febrero de 2014, a las 11H26 VISTOS: Ab. Carlos Zambrano Navarrete, en mi calidad de Juez de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Unidad Judicial No. 3, por disposición de la Dirección General del Consejo de la Judicatura y en mérito del sorteo de ley, y a lo indicado por la parte actora LUIS ALBERTO CASTRO CERVANTES en la demanda de divorcio presentada en contra de la señora JESSICA AURORA MORA PALMA, la misma que por reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio).- Constatada la citación legal de la demandada, a petición de cualquiera de las partes se designara curador ad-litem para el hijo procreado en el matrimonio. Tómese en cuenta casilla judicial que señala el actor para futuras notificaciones y la autorización con que le confiere a su patrocinador.- Agréguese la documentación acompañada a la demanda.- Guayaquil, 08 de abril de 2014, a las 11H43 VISTOS: En mérito a la declaración juramentada que antecede realizada por el actor LUIS ALBERTO CASTRO CERVANTES se verifica que no se ha podido establecer el domicilio para proceder a citar a la señora JESSICA AURORA MORA PALMA, en consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo declaración juramenta-da realizada ante el suscrito juez, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o re-sidencia de la demandada JESSICA AURORA MORA PALMA; se dispone que la citación, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los medios de amplia circulación del país y en uno de los periódicos de la provincia del Guayas, lugar donde se celebró el matrimonio; El Actuario del Despacho conferirá los extractos pertinentes, para la indicada publicación de citación, al demandado en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrán ser considerado o declarada rebelde.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. CUANTÍA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: AB. CARLOS ZAMBRANO NAVARRETESe le advierte al demandado que tiene la obligación de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en ésta ciudad de Guayaquil para sus notificaciones y que en caso de no comparecer veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado rebelde.

AB. MARIA DE LOURDES TALBOT NIETOSECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL

Abr. 24; May. 8-21 (144420)

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AZOGUESJ. No. 2065-2014

CITACIÓN JUDICIAL

A la demandada BIVIANA MARIBEL ALONZO DELGADO, se le hace saber que en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Azogues, a cargo del señor Dr. Francisco Rodas Cabrera, se ha presentado una demanda en su contra, siendo su extracto como la providencia recaída del tenor siguiente:ACTORES: DRA. JULIA GONZALEZ CASTILLO, PROCURADORA JUDICIAL DE VÍC-TOR MANUEL GUILLENDEMANDADA: BIVIANA MARIBEL ALONZO DELGADOTRAMITE: DIVORCIO CAUSALNATURALEZA: VERBAL SUMARIOCUANTÍA: INDETERMINADAPROVIDENCIA:

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL CAÑAR. - UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MU-JER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AZOGUES. Azogues, martes 15 de abril del 2014, las 10h03.- VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia anterior, la demanda de divorcio propuesta por la doctora Julia González Castillo, en su calidad de Procuradora Judicial de VICTOR MANUEL GUILLEN, como lo justifica con el poder que acompaña, en contra de BIVIANA MARIBEL ALONZO DELGADO, es clara y completa, cumple con los requisitos establecidos en la Ley, razón por la que, conforme el Art. 118 del Código Civil, se acepta a trámite de juicio verbal sumario que es el pro-cedente. Cítese con la demanda y la providencia recaída en la misma a la demandada BIVIANA MARIBEL ALONZO DELGADO, en la forma prevista en los Artículos 82 del Có-digo de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, esto es, mediante tres publicaciones diferentes en el diario La Portada que se edita en esta Ciudad de Azogues; y en un diario de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, mediando por lo menos el término de ocho días hábiles, entre una y otra publicación, ante la imposibilidad de determinar el domicilio y residencia de la demandada, como así lo afirma bajo juramento el actor; previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial para re-cibir notificaciones en la Función Judicial de esta Ciudad. La cuantía por indeterminada. Téngase en cuenta lo manifestado de que no existen hijos menores de edad, así como el casillero judicial y correo electrónico designado para recibir notificaciones. Notifíquese. f) Dr. Francisco Rodas. JuezA la demandada se le previene la obligación que tienen de señalar domicilio para reci-bir notificaciones, dentro del perímetro legal de esta ciudad, bajo prevenciones de Ley.

Azogues, abril 17 del 2014

Dra. Carmita Avendaño ReyesANALISTA JURÍDICO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AZOGUES

Abr. 24; May. 8-21 (144489)

CASILLA 4886REPÚBLICA DEL ECUADOR

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYASUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

AL DEMANDADO: LUIS ENRIQUE RIVADENEIRA JUNCO Y MARJORIE RAQUEL KELLY NEVA-REZ.LE HAGO SABER: Que mediante sorteo de Ley, ha correspondido conocer a este Juzgado el Juicio Ordinario No. 2014-30182 (antes 2010-0173), cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente:ACTOR: VANESSA ELIZABETH TRIVIÑO QUIÑONEZ,OBJETO DE LA DEMANDA: Declara la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del bien inmueble materia de este juicio.CUANTÍA: Indeterminada.AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 18 de marzo del 2010, las 14h23.- VISTOS: En virtud de la razón actuarial y de la acción de personal N° 1328UARH-GM, Avoco conocimiento de la demanda de prescripción extraordinaria Adquisitiva de dominio que propone VANESSA ELIZABETH TRIVIÑO QUIÑONEZ, en contra de LUIS ENRIQUE RIVADENEIRA JUNCO y MARJORIE RAQUEL KELLY NEVA-REZ, la misma que se la califica de clara, precisa y completa, que reúne los requisitos legales, por lo que se la acepta al trámite en la vía Ordinaria. En consecuencia bajo apercibimiento de rebeldía y por el término de quince días, córrase traslado con ella a los demandados LUIS ENRIQUE RIVA-DENEIRA JUNCO y MARJORIE RAQUEL KELLY NEVAREZ, para que deduzca conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias las que se resolverán en sentencia.- Agréguense a los autos los documentos acompañados, dejando copias certificadas en el proceso, desglósense y devuélvanse.- Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico Municipal en sus calidades de personeros de la M.I. Municipalidad de Guayaquil, en sus respectivos despachos.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil. Inscribase la demanda en el Registro de la Propiedad de Guayaquil, Cítese a los demandados LUIS ENRIQUE RIVADENEIRA JUNCO y MARJORIE RAQUEL KELLY NEVA-REZ en la forma que percibe el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicaciones en 3 distintas fechas, que se harán en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad, y que bajo juramento declara que es imposible determinar su individualidad o residencia.- Tómese en cuenta la casilla judicial N° 5189 que señala la actora y la autorización que le otorga a su abogado.- Notifíquese.- f) Voltaire Velasquez Santos, Juez Temporal.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 19 de febrero del 2014, las 09h48.- Agré-guese a los autos el escrito que presenta la parte actora, cúmplase con la inscripción de la demanda y su reforma en el Registro de Propiedad, como esta ordenado en auto a fojas 27.- Cumplido lo cual, cítese por la prensa a los demandados LUIS ENRIQUE RIVADENEIRA JUNCO y MARJORIE RAQUEL KELLY NEVAREZ, por cuanto la parte actora, declara bajo la gravedad del juramento que le fue imposible determinar la residencia o individualidad de los demandados, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para el efecto se conferirá el respectivo extracto para su publicación.- f) Dr. Sánchez Cárdenas Gustavo, Juez G- de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil. Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tienen que señalar domicilio judicial para sus futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se los considerará en rebeldía.- Guayaquil, Abril 2 del 2014.

ABG. JENNY PIZARRO TAPIASECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

Abr. 24; May. 8-21 (144498)

EXTRACTODE LAS ESCRITURAS PUBLICAS DE CAMBIO DE DOMICILIO DEL CANTON RU-MIÑAHUI AL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA EMPACMACHINE CIA. LTDA.

1. ANTECEDENTES.- La compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Me-tropolitano de Quito, el 13/12/2011, aprobada mediante Resolución No. 381 de 25/01/2012, e inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Rumiñahui el 21/3/2012.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- Las escrituras públicas de cambio de domici-lio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito, aumento de capital y reforma de estatutos de la compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. otorgadas el 5 de noviembre del 2013 ante el Notario Público del Cantón Rumiñahui y el 11 de abril del 2014 ante el Notario Primero del Cantón Rumiñahui, actos socie-tarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el Señor JOSE LUIS PAZMIÑO ARMENDARIZ en su calidad de gerente general, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltero, domicilia-do en el Distrito Metropolitano de Quito.

4. CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO DE CAPITAL, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745 de 6 de mayo de 2014 aprobó el cambio de domicilio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito; aumento de capital en USD 18.080.00, reforma de estatutos de la compañía EMPACMA-CHINE CIA. LTDA. y ordenó la publicación del extracto de las referidas escritu-ras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de EMPACMACHINE CIA. LTDA., del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito a fin de que quienes se creyeren con derecho a opo-nerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escrituras públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de las escrituras públicas la compañía reforma los artículos segundo, ter-cero y sexto del estatuto social, de la siguiente manera:

"ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL: ...j) Fabricación, ensamble y comercia-lización de sistemas industriales a gas, eléctricas y a inducción; k) comercialización de ollas, sartenes y elementos para uso en cocinas de gas, eléctricas e inducción..."

"ARTÍCULO TERCERO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO: La compañía tiene la na-cionalidad ecuatoriana y su domicilio principal en la Provincia de Pichincha, cantón y ciudad de Quito, sin embargo podrá establecer sucursales o agencias en otros lugares del país y en el exterior con sujeción a las disposiciones legales"

"ARTÍCULO SEXTO.- CAPITAL SUSCRITO.- El capital suscrito es de 18.480,00 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNI-DOS) dividido en DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA (18.480) participa-ciones de un dólar americano cada una."

Quito, 6 de mayo de 2014.

Ab. Álvaro Guivernau BeckerDIRECTOR REGIONAL DE ACTOS

SOCIETARIOS Y DISOLUCION

May. 19-20-21 (146095)

EXTRACTODE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE CAMBIO DE NOMBRE DE LA COMPA-ÑÍA ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. POR EL DE TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. Y REFORMA DE ESTATUTOS

1. ANTECEDENTES.- La compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PAR-QUEADEROS ETP S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 2 de Octubre de 2007, aprobada mediante Resolución No.07.Q.IJ.004098 de 10 de Octubre de 2007, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito el 17 de Octubre de 2007.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. otorgada el 1 de agosto de 2013 ante el Notario Décimo Séptimo del Dis-trito Metropolitano de Quito y la aclaratoria y rectificatoria otorgada el 19 de marzo de 2014 en la misma notaría actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el señor DIEGO FERNANDO SANTOS BURBANO DE LARA en su calidad de Gerente General.

4. CAMBIO DE NOMBRE, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014 aprobó el cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A., la refor-ma de estatutos y ordenó la publicación del extracto de las referidas escritu-ras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cam-bio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PAR-QUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A.; a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el par-ticular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaí-da sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escri-turas públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de las mencionadas escrituras se reforma el artículo primero del Estatu-to Social, referente a al nombre de la compañía, de la siguiente manera:

"ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La denominación de la compañía es TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A... "

En el artículo cuarto del Estatuto Social de la compañía, respecto de la activi-dad: "comercialización inmobiliaria de terceros" se entenderán incorporadas las disposiciones del Reglamento de Funcionamiento de Compañías que Realizan Actividades Inmobiliarias constantes en la Resolución de la Superintendencia de Compañías 14, Registro Oficial 146 de 18 de diciembre 2013, modificada el 28 de febrero de 2014.

Quito, 29 de abril de 2014.

Dr. Oswaldo Noboa LeónSUBDIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIOS

May. 19-20-21 (146185)

EXTRACTODE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACION DE LA COMPAÑIA CONSULSUAIDT S.A., POR LA DE ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA Y REFORMA DEL ESTATUTO.

1. ANTECEDENTES.- La compañía CONSULSUAIDT S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Titular del cantón Nobol, el 7 de enero de 2013, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.13.0001123 de 23 de febrero de 2013, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 21 de marzo del 2013.

2. CELEBRACION Y APROBACION.- La escritura pública de cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y reforma del estatuto, fue otorgada el 14 de abril de 2014, ante el Notario Trigésimo Séptimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014.

3. CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014, aprobó el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecu-tivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

4. AVISO PARA OPOSICION.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales.

5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- La compañía se denominará "ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA" la misma que se regirá por las leyes del Ecuador, los presentes Estatutos Sociales y los Reglamentos que se expidieren";

Guayaquil, 9 de mayo de 2014

AB. MARIO BARBERÁN VERAESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

May. 19-20-21 (146253)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA DAPGUILAB S.A.

La compañía DAPGUILAB S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Tri-gésimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 11/02/2014, fue aprobada por la Su-perintendencia de Compañías, mediante Reso-lución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001914 de 16/Mayo/2014, con la siguiente modificación: En el Artículo Octavo del Estatuto Social, sustitúye-se "Presidente Ejecutivo", por "Presidente", para armonizar con el resto de artículos estatutarios.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Ac-ciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "LA IM-PORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALI-ZACIÓN DE EQUIPOS E INSTRUMENTOS DE LABORATORIO..."

Quito, 16/Mayo/2014

Dr. Román Barros FarfánESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un perió-dico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146492)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA MUNZIRA PRODUCTOS Y SERVICIOS CIA. LTDA.

La compañía MUNZIRA PRODUCTOS Y SERVI-CIOS CIA. LTDA. se constituyó por escritura públi-ca otorgada ante el Notario Quincuagésimo del Dis-trito Metropolitano de Quito, el 14/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Com-pañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001883 de 14/Mayo/2014.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 402,00 Número de Participaciones 402 Valor US$ 1,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: 1) LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONA-LES NO NORMALIZADOS DE AUDITORÍA, INGENIERÍA, RE INGENIERÍA, SUPERVISIÓN, MONITOREO, FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE CALIDAD...

Quito, 14/Mayo/2014

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un pe-riódico de mayor circulación en el domicilio prin-cipal de la compañía.

(146475)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA S&S TAILS S.A. STAILSA

La compañía S&S TAILS S.A. STAILSA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Ter-cero del Cantón GUAYAQUIL, el 08/05/2014, fue apro-bada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003282 el 16 de Mayo del 2014.

1.- DOMICILIO: Cantón MILAGRO, provincia de GUAYAS.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Accio-nes 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A LA COMER-CIALIZACIÓN INTERNA O EXTERNA, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, FABRICACIÓN, COMPRA-VENTA, ELA-BORACIÓN, TRANSFORMACIÓN, CONSIGNACIÓN, REPRESENTACIÓN, Y DISTRIBUCIÓN DE: A) ROPAS, PRENDAS DE VESTIR (...)

Guayaquil, 16 de Mayo del 2014

Ab. Mario Barberán VeraESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146485)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ORGANICSEME-RALD S.A.

La compañía ORGANICSEMERALD S.A. se constituyó por escrituras públicas otorgadas ante el Notario Décimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 19/11/2013 y el 21/04/2014, fueron aprobadas por la Super-intendencia de Compañías, mediante Resolu-ción SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001811 de 09/Mayo/2014.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: FO-MENTO, ASESORÍA Y ADMINISTRACIÓN, PROYECCIÓN, PROMOCIÓN, PRODUCCIÓN, REPRESENTACIÓN, IMPORTACIÓN Y EX-PORTACIÓN DE MATERIA PRIMA VEGETAL O MINERAL,...

Quito, 09/Mayo/2014

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un pe-riódico de mayor circulación en el domicilio prin-cipal de la compañía.

(146399)

EXTRACTODE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑIA BANAFOOD S.A., POR LA DE BANAFOOD TRADING COMPANY S.A. Y REFORMA DEL ESTATUTO

1. ANTECEDENTES.- La compañía BANAFOOD S.A., se constituyó mediante escri-tura pública otorgada ante Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 6 de marzo de 2008, aprobada mediante Resolución No. 08.G.IJ.0001649 el 28 de marzo de 2008, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 11 de abril de 2008.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denomina-ción social de la compañía BANAFOOD S.A., por la de BANAFOOD TRADING COMPANY S.A., y reforma del estatuto, fue otorgada el 14 de abril de 2014, ante Notario Vigésimo Cuarto del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003213 el 15 de mayo de 2014.

3. CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003213 el 15 de mayo de 2014, aprobó el cambio de denominación social de la compañía BANAFOOD S.A., por la de BANAFOOD TRADING COMPANY S.A., y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

4. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía BANAFOOD S.A., por la de BANAFOOD TRADING COMPANY S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales.

5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO UNO: DENOMINACION.- La Compañía se denomina: BANAFOOD TRADING COMPANY S.A."

Guayaquil, 15 de mayo de 2014

AB. MARIO BARBERÁN VERAESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

May. 21-22-23 (146458)

Page 36: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 201436

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHAUNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA: GHANIM NIDALEXTRACTO CAUSA: DIVORCIO POR CAUSALNo. DE JUICIO: 17203-2013-44855-MBJDEMANDADA: GHANIM NIDALACTOR: RABIE TOBAR AMAL NESRINCUANTÍA: INDETERMINADAJUEZ: DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVIN-CIA DE PICHINCHA. Quito, martes 22 de octubre del 2013, las 16h17. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa así como de su alcance en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito.- EN LO PRINCIPAL.- La demanda que antece-de reúne los requisitos de ley por lo que se le califica como clara y precisa ADMITIÉNDOLE al Trámite Verbal Sumario, previsto en el Art. 118 del Código Civil. DISPONIÉNDOSE.- Dada la Declara-ción Bajo Juramento por parte de la señora RABIE TOBAR AMAL NESRIN de la imposibilidad de determinar la individualidad y re-sidencia de GHANIM NIDAL, cítese a GHANIM NIDAL por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciu-dad de Quito al haberse contraído el acto matrimonial, advirtién-dole su obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones caso contrario se le declarará en rebeldía, conforme el Art. 82 inciso último del Código de Procedimiento Civil.- Las publicaciones de citación se harán mediando un térmi-no de ocho días por lo menos entre la una y la otra.- Agréguese al proceso los documentos que acompañan la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico consignados así como autorización conferida a la defensa.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Kathya Susana Burbano Iñiga, Jueza de la Unidad Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito. Lo que comunico a Usted para los fines de ley.

Atentamente,

DRA. MARIA BELEN JAQUE FARINANGOSECRETARIA ( E ) DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA

DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

Abr. 22; May. 7-21 (144229)

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec

Juicio No: 17203-2014-9396 Casilla No: 4216

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL A: MARLEN WUESFALLA CARDENAS ESPINOZA ACTOR: BARRAGAN VITERI HUGO GERMAN DEMANDADA: MARLEN WUESFALLA CARDENAS ESPINOZA TRÁMITE: DIVORCIO POR CAUSAL No. 17203-2014-9396 CUANTÍA: INDETERMINADA

AUTO DE CALIFICACIÓN:CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZA-DA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 11 de abril del 2014, a las 12h44. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 810 de 16 de octubre de 2012. La demanda de divorcio presentada por el Ingeniero Hugo Germán Barragan Viteri, se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario.- CITESE a Marlen Wuesfalla Cardenas Espinoza, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte acto-ra ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante tres publicaciones mediando ocho días por lo menos entre la una y la otra, en un periódico del lugar del juicio y de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio con un ex-tracto de la demanda y este auto, conforme señala el Art. 119 del Código Civil. Si contados 20 días desde la última publicación la parte demandada no compareciere se sustanciará la causa en rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Raúl Arboleda. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa el Dr. Rene Barba en calidad de Secretario.- Cítese y notifíquese.- f). Dra. Gyna Solís Viscarra JUEZA.

LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD DE QUITO PARA RECIBIR SUS NO-TIFICACIONES.

Dr. Rene BarbaSECRETARIO JUDICIAL

Abr. 23; May. 08-21 (144336)

EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.

JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL N. 0952-2014-B.A.CUANTIA: INDETERMINADATRAMITE: VERBAL SUMARIOACTOR: CRUZ IZURIETA MARY ELIZABETHDEMANDADO: HEINL ALEXANDER CITACION JUDICIAL A: HEINL ALEXANDER

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPE-CIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 21 de febrero del 2014, las 15h42.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi cali-dad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha creada mediante resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judica-tura de fecha 11 de septiembre del año 2012. De conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República y artículos 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud del sorteo realizado.- En lo prin-cipal, la demanda presentada por es clara, precisa y reúne los demás requisitos de forma requeridos, por lo que se la admite a trámite en juicio verbal sumario.- Atento al juramento rendido por la señora Mary Elizabeth Cruz Izurieta y de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con la demanda y este auto, CITESE al demandado HEINL ALEXANDER, por la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mediante 3 publicaciones, mediando 8 días de término entre publicación y publicación acorde con lo que dispone el Art. 119 del Código Civil.- Por existir menores de edad procreados den-tro del matrimonio, acorde a lo establecido en el Art. 111 del Código Civil, atenta la insinuación realizada, óigase al demandado por el término de 3 días, hecho se proveerá lo que corresponda.- Incorpórese a los autos la documentación acompa-ñada.- Tómese nota de la designación de su abogado patrocinador, así como el casillero judicial señalado para sus notificaciones posteriores en esta causa.- NOTI-FIQUESE, PUBLIQUESE y CITESE....- f) Dr. Pedro Arias Coronel, Juez de la Unidad. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

DRA. BETTY AYALA GRANDASECRETARIA

Abr. 23; May. 8-21 (144346)

JUZGADO QUINTO DE TRABAJO DE PICHINCHAREPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO DE PUBLICACIÓNJuicio de Trabajo Oral No. 530-2007Actor.- Guido Alcides Tapia GarcíaDemandado.- Rafael Caizapanta Castellanos Cuantía.- 80.000 USD Tramite.- Oral

En el juicio de trabajo No. 530-2007 J.P. que sigue Guido Alcides Tapia García en contra de Rafael Caizapanta Castellanos hay lo que sigue:JUZGADO QUINTO DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, jueves 10 de abril del 2014, las 14h35 VISTOS: Dr. José Rafael Núñez Rodas, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado de esta Judicatura conforme la Acción de Personal No. 4047-DP-DPP de fecha 26 de agosto del 2013.- Agréguese a los autos los escritos presentados el 4 de febrero del 2014, a las 15h20 y el presentado el día 19 de marzo del 2014, a las 12h09.- De oficio y por cuanto la providencia de fecha 21 de octubre del 2013, las 14h27, no corresponde al estado de la causa se deja sin efecto.- En cuanto a la reliquidación solicitada por el actor en su escrito de fs. 151, en razón que la presente causa se encuentra para practicarse el remate, se nie-ga lo solicitado.- En cuanto a lo solicitado, SE VUELVE A PONER EN CONOCIMIEN-TO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EL DÍA 03 DE JUNIO DEL 2014, DESDE LAS 13h30 HASTA LAS 17h00, EN LA SECRTETARIA DE ESTA JUDICATURA, DENTRO DEL JUICIO DE TRABAJO PROCEDIMIENTO ORAL 530-2007 S.L. SE REALIZARA EL REMATE DEL 50% DEL BIEN INMUEBLE QUE A CONTINUACION SE DETALLA: in-mueble situado en la Cooperativa de Vivienda Gatazo, fincados en el Lote de Terreno signados con el número CIENTO CUATRO, situado en la Parroquia LA MAGDALENA de este Cantón Quito, cuyos linderos son: NORTE: con el Lote de Terreno número Ciento Tres; SUR: Con el Lote de Terreno Numero Ciento Cinco; ESTE: Con el Lote de Terreno número Ochenta y Nueve; OESTE: Con la calle publica Mulalillo y demás datos constantes en el certificado conferido por el señor Registrador de la Propie-dad, por tratarse de crédito privilegiado conforme lo dispone el Art. 447 del Código de Procedimiento Civil y el Art. 2398 del Código Civil, se levanta todas las medidas precautelatorias que prohiben la enajenación de dicho 50% de los derechos y accio-nes del bien embargado en la presente causa, cuyo avaluó pericial ha sido de USD 139.800.oo. De conformidad con el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil y por tratarse del tercer señalamiento, se receptarán las posturas sobre el cincuenta por ciento del avaluó pericial, debiendo adjuntarse el 10% de la oferta en efectivo o cheque certificado a orden del Juzgado Quinto de Trabajo de Pichincha conforme a la Ley. El bien se encuentra bajo custodia del Depositario Judicial del cantón Quito Sr. Oswaldo Miño.- Publíquese este remate por tres ocasiones en un periódico de la provincia y por tres carteles que se fijaran en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que está situado el bien.- La señora Alida Germa-nia Rosas Eibar, comparece con el objeto de proponer la tercería coadyuvante al amparo de lo dispuesto en los Art. 497 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, justificando sus aseveraciones con los documentos que acompañan y que se ordenan se agreguen al proceso; al respecto se advierte que: El Art. 499 del Códi-go Adjetivo Civil, dice: “La tercería coadyuvante podrá proponerse desde que se decreta el embargo, o se ejecutoríe la sentencia, hasta el remate de los bienes. No suspenderá el progreso de la ejecución”, en tal virtud, se acepta a trámite la tercería coadyuvante propuesta por la compareciente, en consecuencia notifíquese con esta tercería al ejecutante y al ejecutado; sobre la misma se resolverá una vez practicado el remate.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 2194 señalado por la tercerista coadyuvante y perteneciente al Dr. Dimas Rosas, profesional del derecho a quien autoriza para que intervenga en la presente causa.- Actúe en la presente causa la Abg. Nelly Puedmag Villota en calidad de Secretaria Encargada conforme la Acción de Personal No. 965-DP-DPP de fecha 2 de abril del 2013.- Notifíquese, f) Dr. José Rafael Núñez Rodas, Juez, f) Ab. Nelly Puedmag Villota. Secretaria (e).

Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.

Ab. Nelly Puedmag VillotaSecretaria (e)

Abr. 24; May. 8-21 (144351)

JUZGADO DÉCIMO DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HENRY MARVIN ARCE CHILAN

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado el conocimiento de la presente causa de Divorcio por Causal No. 0227-2014, seguida por Kely Carolina Ta-bares Castro contra Henry Marvin Arce Chilan, cuyo extracto es el siguiente:

JUZGADO DÉCIMO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAS. Guaya-quil, lunes 31 de marzo del 2014, las 09h31. VISTOS: En lo principal, una vez que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal como obra del acta que antecede, la demanda de divorcio presentada por la señora KELY CARO-LINA TABARES CASTRO, fundamentada en la causal 11ª del artículo 110 del Código Civil, contra el señor HENRY MARVIN ARCE CHILAN, la misma que por ser clara, completa, precisa, y reunir los requisitos de admisibilidad esta-blecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite a trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la accionante declaro bajo juramento, realizada ante la suscrita jueza, que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado; dis-pongo que la citación a éste, se haga por medio de la prensa, lo que se efec-tuara por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios. "El Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, al demandado en el extracto de citación será advertido de la obliga-ción que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que no compa-reciere veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado rebelde.- Agréguense a los autos, los documentos que anexa la accionante a la demanda.- NOTIFÍQUESE.- fdo) Ab. Tanya Loor Zambrano, Juez. Certifica: Ab. Silvia Reyes Proaño Juzgado Décimo de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.-

Particular que pongo en su conocimiento, para los fines de Ley.-

Guayaquil, 31 de Marzo del 2014

Abg. Silvia Reyes ProañoSECRETARIA

JUZGADO DÉCIMO PRINCIPAL DE FAMILIA,MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

Abr. 24; May. 8-21 (144390)

REPÚBLICA DEL ECUADOR

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA, UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA

PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO

Juicio de Trabajo Oral: No. 4888-2013-G.C.Actor: LIN BINGYANDemandados: SU DAHAICuantía: USD $ 30.000,ooInicio: 10 de Octubre del 2013Defensor: Ab. Christian Mosquera G. y Gonzalo Yánez Z.Casillero: 1870Juez: AB. GUSTAVO CORRAL C.Secretario: DRA. MONICA FLORES

PROVIDENCIA:

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL PRIME-RA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 17 de octubre del 2013, las 11h17. VISTOS: Ab. Gusta-vo Corral Calderón, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Primera Especializada de Trabajo del Cantón Quito, avoco conocimiento del presente proceso, en virtud del sorteo realizado.- En lo principal la demanda que antecede se la califica de clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral, de conformidad con el Art. 575 y siguientes del Código de Trabajo.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto a la parte demandada: Señor SU DAHAI, por sus propios derechos y por los que representa en la Empresa YUE-HAI CONSTRUC-TORA S.A., solidariamente, en el domicilio señalado, envíese el despacho suficiente para el efecto y cúmplase con dicha diligencia en el término de cinco días previsto en el inciso segundo del Art. 576 ibídem, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero Judicial y correo electrónico dentro del perímetro legal de esta ciudad.- Hecho que sea, se convoca para audiencia preliminar de conciliación, con-testación a la demanda y formulación de pruebas, el día 23 de Enero del 2014, a las 14h00, a la que concurrirán las partes en forma personal o por intermedio de Procurador Judicial con poder especial suficiente para transigir, de conformidad con el numeral 11 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con lo establecido en el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil.- Con respecto a lo solicitado en el acápite V, de conformidad a lo establecido en el Art. 594 del Código del Trabajo, por no ser el momento oportuno, se lo niega.- Sin perjuicio de su exposición oral, el demandado deberá presentar su contestación de forma escrita.- Agréguese al proceso la documentación presentada por la parte actora.- Téngase en cuenta la cuantía fijada en esta causa, el casillero judicial No. 1870, el correo electrónico y [email protected], señalado por la parte actora para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a sus Abogados patrocina-dores Christian Mosquera Geradi y Gonzalo Yánez Zurita.- De ser posible al momen-to de la diligencia la parte actora, proporcione en medio digital la demanda.- Actúa como Secretaria de la Unidad, la Dra. Mónica Flores.- NOTIFIQUESE y CÍTESE.- f) Ab. Gustavo Corral Calderón, Juez y Secretaria que certifica Dra. Mónica Flores.

PROVIDENCIA:

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL PRIME-RA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 17 de abril del 2014, las 15h46.- En lo Principal, por haber dado cumplimiento a lo dispuesto por esta Autoridad, en providencia de 7 de abril del 2014, las 11h35, cítese a la parte demanda señor SU DAHAI, por sus propios derechos y por los que representa en la Empresa YUE-HAI CONSTRUCTO-RA S.A., solidariamente, por la prensa, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero Judicial y correo electrónico.- Se convoca a las partes para el día 27 de junio del 2014, a las 09h00, a fin de que se lleve a efecto la Audiencia Preliminar de Concilia-ción, Contestación a la Demanda y Formulación de Pruebas.- Elabórese el extracto correspondiente, a fin de que se cumpla con la diligencia indicada.- En lo demás las partes estarán a lo dispuesto en el auto de calificación inicial de la presente causa.- El actor, en el término de 24 horas, retire del Archivo de esta Unidad el Extracto mencionado.- NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- f) AB. GUSTAVO CORRAL CALDERÓN, JUEZ.

Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir posteriores notificaciones en este proceso.- Certifica.-

DRA. MONICA FLORES CEVALLOSSECRETARIA

Abr. 24; May. 8-21 (144433)

JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURAN EXTRACTO DE CITACIÓN

A: RAUL VINICIO CRIOLLO MUÑOZ

SE LE HACE SABER: Que en esta Judicatura le ha tocado conocer el juicio Ordinario (Pres-cripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) No. 16-2014, seguido por DAVID ABRAHAM SILVA CASTILLO, Y ALICIA PILAR MALAVE RODRIGUEZ en contra RAUL VINICIO CRIOLLO MUÑOZ cuyo extracto de citación y auto recaído en ella, es del tenor siguiente:

Durán, jueves 26 de Marzo del 2014; las 14h53; VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio presentada por DAVID ABRAHAM SILVA CASTILLO y ALICIA PILAR MALAVE RODRIGUEZ, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta al trámite de juicio ordinario. Cítese al demandado RAUL VINICIO CRIOLLO MUÑOZ, por la prensa, de conformidad con lo dispuesto al el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, corriéndole traslado, para que, en el término de quince días proponga las excepciones dilatorias y perentorias de las que se creyere asistido. De oficio, cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta el correo elec-trónico [email protected] que señala la parte actora para notificaciones. Téngase en cuenta la autorización que le concede la actora a su abogado patrocinador. Se niega la solicitud de Prohibición de Enajenar por improcedente. Notifíquese. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte accionante. En lo principal, por secretaría, confiérase co-pias certificadas de todo lo actuado a costas del peticionario. Notifíquese.

JUEZ DE LA CAUSA: LUIS ARGUDO ROMERO CUANTÍA: Indeterminada

Lo que comunico a Ustedes para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde. Durán, 11 de Abril del 2014.-

AB. ARACELY GALARZA GAETE SECRETARIA (E)

JUZGADO TRIGÉSIMO SE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN DURAN

Abr. 24; May. 8-21 (144436)

JUZGADO SÉPTIMO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: JOSE ROBERTO SORIA MIRANDA

Le Hago Saber: En mérito del sorteo de ley, este Juzgado avocó conocimiento de la demanda de Divorcio No. 0037-2014, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: Ab. MARIA BRIGTTE SEMPERTEGUI PESANTES, en calidad de Procurador Judicial de la señora CLARA FRANCISCA MOREIRA CAÑIZARES.DEMANDADO: JOSE ROBERTO SORIA MIRANDA.OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO.AUTO INICIAL: 26 de Febrero del 2014, las 08h21

VISTOS: La demanda que antecede, presentada por la Ab. MARIA BRIGTTE SEMPERTEGUI PESANTES, por los derechos que representa en su calidad de Apoderada Especial y Procurado-ra Judicial de la señor CLARA FRANCISCA MOREIRA CAÑIZARES, cuya personería se declara legitimada en mérito al instrumento público que adjunta, en contra del señor JOSE ROBERTO SORIA MIRANDA, misma que por ser clara, precisa y completa, se la admite al trámite en juicio verbal sumario, conforme a lo establecido en el Art. 118 del Código Civil en concordancia con el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil, pues reúne los requisitos contemplados en los Arts. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al señor José Roberto Soria Miranda, conforme lo solicita la actora, toda vez que bajo juramento declara desconocer la individualidad y residencia del mismo, y así lo ha declarado en acta bajo juramento la Ab. María Brigitte Sem-pertegui Pesantes, Procuradora Judicial de la señora Clara Francisca Moreira Cañizares; citación que se hará mediante tres publicaciones, en días distintos, en uno de los diarios de amplia circulación nacional (Universo, Expreso ó Telégrafo) que se editan en esta ciudad de Guayaquil, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, advirtiéndole al demandado de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y señalar casillero judicial en esta ciu-dad de Guayaquil, dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación, y en caso de no comparecer al proceso será declarado en rebeldía.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2476 que se señala para futuras notificaciones. Agréguese la documentación que adjunta para que formen parte del proceso.- Cítese y Notifíquese. (f) Ab. Juan López Maldonado, Juez (e) del Juzgado Séptimo Adjunta de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.-Guayaquil, 08 de marzo del 2014

Ab. Rubén Núñez PinedaSecretario Adjunto del Juzgado Séptimo

De la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas

Abr. 24; May. 8-21 (144477)

UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: PATRICIA VICTORIA MERO CANTOSLE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 2013-12900, propuesta por el señor GARZON LUNA KLEBER ENRIQUE, contra la señora PATRICIA VICTORIA MERO CANTOS.ACTORA: GARZON LUNA KLEBER ENRIQUE DEMANDADO: PATRICIA VICTORIA MERO CANTOS.OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimo-nial que une al señor GARZON LUNA KLEBER ENRIQUE, con la señora PATRICIA VICTORIA MERO CAN-TOS de conformidad en lo dispuesto en el Art. 110, causal 11, del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN.- Guayaquil, viernes 17 de mayo del 2013, las 15h05.- VISTOS: Ab. Esp. Hugo Leonel Menéndez Guillen, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de este Cantón, en mérito de la acción de personal No. 4281-DNP-ACH, de fecha 28 de septiembre del 2012, expedida por el Consejo de la Judicatura de transición, de conformidad con lo que prescribe el artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa.- En consecuencia, previo a calificar la presente demanda, se dispone que el señor KLEBER ENRIQUE GARZON LUNA, de acuerdo a las advertencias sentadas por la ex Corte Suprema de Justicia, en el Prontuario de Resoluciones No. 2, página 129, cuando por la Corte Constitucional en su resolución publicada en el suplemento del Registro Oficial No. 228 del lunes 5 de Julio del 2010, bajo las prevenciones de orden legal, comparezca a esta Unidad Judicial No. 4 de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el día 5 DE JUNIO del 2013; a las 09H30, a fin de que se elabore la respectiva acta en la que el accionante bajo la gravedad de Juramento, exprese, singularice y justifique documentadamente cuales han sido las diligencias o averiguaciones que ha realizado para determinar el actual domicilio o residencia de la parte demandada y en consecuencia proceder con la citación solicitada en la presente - Actúe la Abogada Bélgica Vizueta Tomala, Analista Jurídica 2 de esta Unidad.- Notifíquese y Cúmplase.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guaya-quil, martes 11 de marzo del 2014, las 12h41.- Intégrese al proceso el escrito presentado por la parte actora de fecha 14 de enero del 2014; a las 16H19.- En mérito del acta de declaración Juramenta-da realizada por el señor KLEBER ENRIQUE GARZON LUNA, que obra a foja 14 del proceso, dando cumplimiento a lo ordenado en decreto que antecede.- La presente causa de DIVORCIO POR CAUSAL, propuesta por KLEBER ENRIQUE GARZON LUNA, amparado en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil, contra PATRICIA VICTORIA MERO CANTOS, la misma que por reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se le admite al trámite del juicio Verbal Sumario.- En consecuencia se dispone que se cite por la prensa a la demandada PATRICIA VICTORIA MERO CANTOS, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional (El Telégrafo), de conformidad con lo que señala el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y el tercer inciso del artículo 119 del Código Civil, mediante el término de ocho días entre la una y la otra publicación, advirtiéndole de la obli-gación que tiene el demandado de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Notifíquese y Cúmplase.- CUANTÍA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: AB. HUGO MENENDEZ GUILLEN, JUEZ DE LA UNIDAD SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADA BELGICA VIZUETA TOMALA SECRETARIA.- QUE CERTIFICA.

Guayaquil 21 de Marzo del 2014.-

AB. BÉLGICA VIZUETA T.SECRETARIA

May. 8-21 (144503)

CASILLA #4595REPÚBLICA DEL ECUADOR

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYASUNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: NANCY GABRIELA TUMBACO CABANILLA.LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 2014-3870 seguido por el señor RUBEN DARIO PACHECO ONTANEDA en contra de la señora NANCY GABRIELA TUMBACO CABANILLA.ACTOR: RUBEN DARIO PACHECO ONTANEDA.DEMANDADO: NANCY GABRIELA TUMBACO CABANILLA.OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor RUBEN DARIO PACHECO ONTANEDA con la se-ñora NANCY GABRIELA TUMBACO CABANILLA de conformidad a lo establecido en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil vigente.AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NO. 3 DEL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 09h40. VISTOS: Mediante sorteo reglamentario que recayó en mi despacho como Juez Titular de la Unidad Judicial 1, avoco conocimiento de la demanda que antecede presentada por RUBEN DARIO PACHECO ONTANEDA contra su cónyuge NANCY GABRIELA TUMBACO CABANILLA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En consecuencia, cíte-se con la copia de la demanda y de este auto a la referida demandada, en la forma prevista en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad, mediando ocho días por lo menos entre la una y la otra, debiendo por secretaría conferirse el correspondiente extracto, advir-tiéndose a la accionada de la obligación de señalar casillero judicial y/o domicilio judicial electrónico para sus notificaciones. Citada la accionada se designará el Curador Ad-litem correspondiente.- Notifíquese y cítese. CÚMPLASE.- F) AB. LENIN PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. MARIA ELENA CAICEDO CASTRO. CUANTIA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: AB. LENIN PILALOT NAVARRETE JUEZ DE LA UNIDAD NORTE JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIALO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIENDOLE DE LA OBLIGA-CIÓN QUE TIENE QUE COMPARECER A JUICIO Y SEÑALAR DOMICILIO JUDICIAL, DEN-TRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA PUBLICACIÓN DE ESTE EXTRACTO, CASO CONTRARIO SERÁ DECLARADO REBELDE.Guayaquil, 02 de mayo del 2014

AB. MARIA ELENA CAICEDO CASTROSECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN GUAYAQUIL

May. 8-21; Jun. 3 (145543)

INMOSAMPIETRO S.A., EN LIQUIDACIÓN,

De conformidad a lo establecido en los Arts. 393 de la Ley de Compañías, literal h) del Art. 27 del Reglamento perti-nente, les convoco públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que quienes se consideren como tal presenten ante el suscrito liquidador, en la oficina ubicada en la Av. 18 de Septiembre No. E 4-76 y Av. Amazo-nas, Edificio Alamo, Oficina 603, sexto piso, de esta ciudad de Quito, en el término de veinte días contados desde la última publicación de este Aviso los documentos que acre-diten sus derechos, previniéndoles que de no hacerlo se tomarán en cuenta solamente a los Acreedores que hayan presentado su reclamación y los que aparezcan reconoci-dos como tales en la contabilidad de la compañía.

Quito, 9 de mayo del 2014

Consuelo Sampedro LópezLIQUIDADOR

May. 19-20-21 (146025)

AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA Y AGRICOLA ANTENOR

ALEJANDRO S.A. INMOANTEAGRO "EN LIQUIDACIÓN"

En atención a lo que dispone el artículo trescientos noventa y tres de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que, quienes se consideren como tales, presenten los do-cumentos que acrediten sus derechos, ante el suscrito Liquidador en el local social de la compañía ubicado en la Urbanización Ciudad Celeste, S1.12, Mz. 5, Conjunto La Ría, de esta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, previniéndoles que de no hacerlo, no se los tomará en cuenta en la liquidación pues sólo se con-siderará a los acreedores que hayan probado su calidad; y, a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación.

Guayaquil, 15 de Mayo de 2.014

ANTENOR AVILÉS ESPINOZALIQUIDADOR PRINCIPAL

May. 19-20-21 (146297)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA AGRÍCOLA EL PROGRESO S.A. AGRIPROSEG

La compañía AGRÍCOLA EL PROGRESO S.A. AGRIPROSEG se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo del Cantón GUAYA-QUIL, el 15/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, me-diante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003186 el 15 de Mayo del 2014.

1.- DOMICILIO: Cantón SANTA ELENA, provincia de SANTA ELENA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA AGRICULTURA, ACUACULTURA, GANADERÍA Y PESCA, A LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, FABRICA-CIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN, COMPRAVENTA AL POR MA-YOR Y MENOR, PERMUTA, CONSIGNACIÓN, EN EL INTERIOR O EXTERIOR DEL PAÍS, DE TODO TIPO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y GANADEROS DE CONSUMO, DE FABRICACIÓN NACIONAL O EXTRANJERO...

Guayaquil, 15 de Mayo del 2014

Ab. Melba Rodríguez AguirreESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146453)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA LOOMISA S. A. LOOMISA

La compañía LOOMISA S. A. LOOMISA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Séptimo del Cantón GUAYAQUIL, el 01/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14-0002562 el 21 de Abril del 2014.

1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: EL OBJETO SOCIAL DE LA COMPA-ÑÍA ES DEDICARSE A: A) IMPORTAR, EXPORTAR, COMPRAR, VENDER AL POR MAYOR Y MENOR, DISTRIBUIR, ARRENDAR, PRODUCIR, FABRICAR, INSTALAR, DAR MANTENIMIENTO Y REPARAR TODA CLASE DE EQUIPOS y DEMÁS BIENES A SABER: MÁQUINAS Y MAQUINARIAS PARA LA IN-DUSTRIA Y LA AGRICULTURA; (...)

Guayaquil, 21 de Abril del 2014

Ab. Melba Rodríguez AguirreESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

(146481)

EXTRACTODE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA VERYWORK S.A. DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN SANTA ELENA, Y REFORMA DEL ESTATUTO

1. ANTECEDENTES.- La compañía VERYWORK S.A. se constituyó mediante escri-tura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Primero de la ciudad de Guayaquil, el 14 de agosto de 2007, aprobada mediante Resolución 07-G-IJ-0005447 del 20 de agosto de 2007, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 12 de septiembre de 2007.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio y reforma de estatutos de la compañía VERYWORK S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Santa Elena, y reforma del estatuto, otorgada el 29 de enero de 2014, ante la Notaria Primera del cantón La Libertad, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución SC-DNASD-SAS-G-14- 0000789 de 12 de febrero del 2014.

3. CAMBIO DE DOMICILIO Y REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución SC-DNASD-SAS-G-14- 0000789 de 12 de febrero del 2014, aprobó el cambio de domicilio de la compa-ñía VERYWORK S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Santa Elena, y reforma del estatuto; y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el artículo 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

4. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía VERYWORK S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Santa Elena, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y provi-dencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales.

5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "CLÁUSULA QUINTA.- El domicilio principal de la compañía será el cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena y podrá establecer sucursales o agencias en cualquier lugar de la República o del Exterior"

Guayaquil, 12 de febrero de 2014

AB. MARIO BARBERÁN VERAESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

May. 21-22-23 (146489)

Page 37: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 2014 37

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DEL CANTÓN SALITRE

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y/O DESCONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS TOMAS ALVARADO LEON; JUAN ARREAGA LEON; JUAN AGRIPINO LEON; FRANCISCO LEON MARTINEZ; SEGUNDO PILOZO BARZOLA; GUILLERMO JIMENEZ QUINTO; FERMIN MARTINEZ TORRES; SACARIAS LEON RUGEL.

LE HAGO SABER: Que en este Juzgado Vigésimo Segundo de lo Civil y Mercan-til del Cantón Salitre, LUCILA NARCISA ALVARADO ROMERO, ha presentado la demanda de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 1041-2013, cuyo extracto de demanda es el siguiente: DEMANDANTE: LUCILA NARCISA ALVARADO ROMERO. DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y/O DESCONOCIDOS DE LOS FA-LLECIDOS TOMAS ALVARADO LEON; JUAN ARREAGA LEON; JUAN AGRIPINO LEON; FRANCISCO LEON MARTINEZ; SEGUNDO PILOZO BARZOLA; GUILLER-MO JIMENEZ QUINTO; FERMIN MARTINEZ TORRES; SACARIAS LEON RUGEL.OBJETO DE LA DEMANDA: La demandante solicita al Juez que declare en sentencia la Prescripción Adquisitiva de Dominio de un Lote del predio rústico Hacienda La Esperanza, Jurisdicción del Cantón Salitre.JUEZ DE LA CAUSA: ABG. RICHARD INTRIAGO PINARGOTE, Juez Vigésimo Segundo de lo Civil y Mercantil del Cantón Salitre.AUTO INICIAL.- Salitre, viernes 14 de febrero del 2014.- las 10h29.- VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio que deduce LUCILA NARCISA ALVARADO ROMERO, por sus propios derechos, se la califi-ca de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite en el Juicio Ordinario. En conformidad con lo prescrito en los Arts. 396 y 397 de Código de Procedimiento de Civil, traslado a los accionados para que propongan las excepciones dilatorias y perentorias de la que se creyeren asistidos, las que serán materia de resolución en sentencia. Cítese a los demandados JAIME GUSTAVO ALVARADO CASTRO, CARLOS ANTONIO ALVARADO CASTRO, JU-LIO GILBERTO ARREAGA LEON, TEOFILO EUGENIO ARREAGA LEON, MOISES ARREAGA MATAMOROS, TERESA CATALINA ARREAGA LEON, JORGE EDUAR-DO BURGOS IZAGUIRRE, SEBATIAN APARICIO GOMEZ MARTINEZ, VICTOR HUGO LEON CASTRO, JOSE LOPEZ LEON, MAXIMO JOSE LOPEZ MARTINES, VICENTE ARTURO MARTINEZ CASTRO, SEGUNDO FERMIN MARTINEZ VERA, JOSE APARICIO MATAMOROS LEON, JORGE EDUARDO MORAN BARZOLA, PASTOR NAVARRETE MARTINEZ, TOMAS EUCLIDES NAVARRETE MARTI-NEZ, JULIO ANTONIO LOPEZ MARTINEZ, JUANA ROSA VERA MATAMOROS, ASTOLFO ALVARADO CASTRO, JULIO ALVARADO MORA, HECTOR HERMO-GENES ARREAGA LEON, ALEJANDRO ARREAGA MATAMOROS, EUCLIDES ROLANDO ARREAGA MATAMOROS, NILO CASTRO CASTRO, CRUZ CASTRO MORAN, LAUTARO CASTRO MORAN, ANGEL JIMENEZ MORA, DESIDERIO JIMENEZ MORA, WELLINGTON JIMENEZ MORA, ROSENDO LEON CASTI-LLO, EULALIO LEON RUIZ, RAFAEL MATAMOROS ALVARADO, EUCLIDES MATAMOROS SILVA, VENANCIO MURILLO PIGUAVE, CARLOS PILOZO RO-SERO, ISIDRO ARREAGA MARTINEZ, VICENTE LEONARDO ARREAGA LEON, ALEJANDRO MARTINEZ CASTRO, y JORGE EDUARDO MORAN BARZOLA, y; FREDDY ALVARADO LEON heredero conocido del fallecido TOMAS ALVARA-DO LEON; GRACIELA ARREAGA MATAMOROS heredera conocida del fallecido JUAN ARREAGA LEON; ENRIQUE LEON MARTILLO heredero conocido del fa-llecido JUAN AGRIPINO LEON; JULIO LEON MARTILLO heredero conocido del fallecido FRANCISCO LEON MARTINEZ; ANGELA VICENTA PILOZO ROMERO heredera del fallecido SEGUNDO PILOZO BARZOLA; FRANCISCO JIMENEZ MORA heredero conocido del fallecido GUILLERMO JIMENEZ QUINTO; VICTOR HUGO MARTINEZ CASTRO heredero conocido del fallecido FERMIN MARTI-NEZ TORRES; LUCILA ALVARADO ROMERO heredero conocido del fallecido SACARIAS LEON RUGEL; así como los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos antes indicados, en conformidad a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la parte demandante afirma bajo la gravedad del juramento de Ley desconocer el paradero, individualidad o residencia de los demandados y ha cumplido con la resolución de carácter vinculante expedida por la Corte Constitucional y publicada en el R. O. No. 228 del 5 de Julio del 2010, publicación que deberán realizarse en el Diario El Te-légrafo de la Ciudad de Guayaquil, toda vez que en este Cantón no se edita periódico alguno.- HÁGASE SABER.- Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio legal en esta Ciudad de Salitre, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación caso contrario serán tenidos o declarados rebeldes.

Salitre, 02 de Abril del 2014.

AB. GABRIEL RODRIGUEZ BARZOLA SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTÓN SALITRE

Ab. 24; May. 8-21 (144488)

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: SEGUNDA OBDULIA CHIMBORAZO TIXILEMA.LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Divorcio por Causal N° 2013-3877, seguido por VICTOR ELIAS CHULCO MAZABANDA, en contra de SEGUNDA OBDULIA CHIMBORAZO TIXILEMA.ACTOR: VICTOR ELIAS CHULCO MAZABANDA.DEMANDADO: SEGUNDA OBDULIA CHIMBORAZO TIXILEMAOBJETO DE LA DEMANDA: AUTO INICIAL: DRA. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, Guayaquil, martes 19 de noviembre del 2013, las 10H06.- Agréguese a los autos el Acta de declaración juramentada realizada ante la suscrita, por el accionante señor Víctor Elias Chulco Mazabanda.- En lo principal, toda vez que, la parte actora, cumplió, a lo ordenado en providencia inicial, es decir ha precisado que a pesar de las averiguaciones realizadas le fue imposible determinar la individualidad y residencia de la parte procesal demandada, conforme lo establece el 82 del Código de Procedimiento Civil, procedo a calificar la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL presentada por el cónyuge VICTOR ELIAS CHULCO MAZABANDA, de clara y precisa, por reunir los requisitos del artí-culo 67, 68, 82 del Código de Procedimiento Civil, admitiéndola al trámite del juicio Verbal Sumario (Divorcio). En lo principal, cítese al cónyuge demandado SEGUNDA OBDULIA CHIMBORAZO TIXILEMA, por la prensa, en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto el actor, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individuali-dad o residencia de la parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones deberán realizarse en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso, Extra o Telégrafo, así como en uno de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio. De no haberlo, la publicación se hará en uno de los del cantón o provincia cuya cabecera o capital estuviere más cercana al uno o a la otra, las publicaciones, se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, debiendo la Actuaria del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Cítese y notifíquese en los lugares indicados conforme a ley.- HÁGASE SABER. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. CUANTÍA: Indeterminada JUEZ DE LA CAUSA: AB. ARMENIA ALVAREZ CAICEDO, JUEZA NOVENA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.-Guayaquil, 25 de Noviembre del 2013

AB. LINDA NUÑEZ VEGASECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIAMUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

CANTÓN GUAYAQUIL

(145419)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MANUEL BRIONES GOMEZSE LES HACE SABER: Que en esta Unidad Civil por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sustanciar el Juicio ORDINARIO.- Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio N° 7746-A-2014, seguido por ALBA JANET REYES SIERRA, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR: ALBA JANET REYES SIERRADEMANDADO: MANUEL BRIONES GOMEZOBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia resuelva declarar con lugar la demanda a mi favor y el dominio del solar y edificación N° 11, Manzana N° 57, de la parroquia Ximena, ubicada con el frente a la calle pública y Peatonal, esquina sector Guasmo en esta ciudad de Guayaquil, con código catastral municipal N° 01-3282-011-0000-0-0 Ficha registral N° 64057, el mismo que tiene los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: Calle peatonal con 23,00m.: SUR: Solar N° 12 con 23,00 m., ESTE: Solar N° 10 con 10,00 m.; y Por el OESTE: Solar N° 10 con 10,00 m.; medidas que hacen un área o superficie de 230,00 metros cuadrados.-AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 1 de agosto del 2013, las 08h34.- VISTOS: Por haber-se cumplido con lo ordenado, la demanda presentada por ALBA JANET REYES SIERRA contra MANUEL BRIONES GOMEZ por reunir los requisitos determinados en los artícu-los 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la califica de clara y precisa, por lo que se la admite al trámite de Juicio Ordinario.- En consecuencia, de Conformidad con lo prescrito en el Art. 397 Ibídem, se dispone correr traslado al demandado antes men-cionado, para que en el término de quince días proponga las excepciones dilatorias y perentorias de las que se creyere asistido las cuales se resolverán en sentencia, debien-do para el efecto en vista del juramento que hace la accionante de que desconoce la residencia del demandado, citárselo por el diario El Universo que se edita en esta ciudad de Guayaquil de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedi-miento Civil.- Cuéntese con la M. I. Municipalidad de Guayaquil, en las interpuesta per-sona del Alcalde y Procurador Síndico Municipal.- De conformidad con lo establecido en el Art. 1000 Ibídem inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Guayaquil.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta el correo electrónico [email protected] y la casilla judicial No. 4047 que señala para sus notificaciones, y la autorización que le confiere a los abogados Antonio Carbo Murillo y Gonzalo Sagñay Morán.- Cítese y Notifíquese.- Guayaquil, jueves 3 de abril del 2014, las 15h49.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil a la causa N° 346-C-2013, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 30 de los autos, de fecha 9 de enero del 2014, se le ha reasignado el N°. 7746-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes al Juez "P" Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Agréguese a los autos los escritos presentado por Alba Janet Reyes Sierra.- Atendiendo la petición de la accionante en su escrito del 12 de febrero del 2014, en el que afirma que no ha podido realizar dichas publicaciones en el diario El Universo debido el alto costo, se dispone que dichas publicaciones se las realice en el diario El Telégrafo conforme lo dispone en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia de aquello, se deja sin efecto lo dispuesto en el auto del jueves 1 de agosto del 2013, en el que se dispuso se realicen las publicaciones en el diario El Universo.- Notifíquese.-FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en los Arts. 715, 734, 2392, 2398, 2401, 2410, 2411 y 2413 del Código Civil en concordancia con el Art. 395 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.-CUANTÍA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzurraga Hurtado, Juez "P" de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.-Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía.Guayaquil, Marzo 4 del 2014.-

Abg. Roberto Rodríguez LarreaSECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 8-21; Jun. 3 (145484)

CONSEJO DE LA JUDICATURA COMPLEJO JUDICIAL FLORIDA NORTE

JUZGADO OCTAVO DEL TRABAJO DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: ALFIO RISUGLIA en calidad de Presidente y Representante Legal la COMPAÑIA EMPACADORA DUNCI S.A.

SE LE HACE SABER: Que en esta judicatura ha tocado avocar conocimiento de la presente causa de PROCEDIMIENTO ORAL Nº 2012-0296 cuyas características son las siguientes:DEMANDANTE: HUAMAN VASQUEZ JAIME RENELMO.DEMANDADO: la COMPAÑIA EMPACADORA DUNCI S.A. representada por el Econ. JAIME ARTURO DELGADO VERA en calidad de Gerente General y representante legal y por el señor ALFIO RISUGLIA en calidad de Presidente y Representante Legal y por la señorita JESSICA BRIONES ZAMBRANO en calidad de Jefa encargada del Departamento de Personal:TRAMITE: PROCEDIMIENTO ORAL.

PROVIDENCIA:

VISTOS: En mérito de la acción de personal No. 4214-UARH-KZF, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Octavo de Trabajo del Guayas- Procedimiento Oral.- La demanda que ante-cede presentada por JAIME RENELMO HUAMAN VASQUEZ, se la califica de clara y completa por reunir los requisitos de Ley, por lo tanto se la admite al trámite del juicio oral, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 575 del Código de Trabajo, en consecuencia se ordena citar a la COMPAÑIA EMPACADORA DUNCI S.A. representada por el Econ. JAIME ARTURO DELGADO VERA en calidad de Gerente General y representante legal y por el señor ALFIO RISUGLIA en calidad de Presidente y Representante Legal y por la señorita JESSICA BRIONES ZAMBRANO en calidad de Jefa encargada del Departamento de Personal, por sus propios derechos, por los que representan y por su responsabilidad solidaria, previ-niéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y dirección de correo electrónico para notificaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señala el actor para sus notificaciones así como la autorización que el otorga al Dr. J. Iván Villavicencio O. para su defensa.- Las citaciones cúmplanse conforme lo determina el Art. 576 inciso segundo del Código de Trabajo. Se le recuerda a los partes debatientes que de conformidad con la resolución expedida por la Corte Constitucional el 17 de enero del 2011 publicada en el Registro Oficial No. 372 del 27 de enero del 2011, la aplicación del inciso 2do del Art. 581 del Código de Trabajo, fue suspendida con carácter general y obligatorio, y con su expulsión del ordenamiento Jurídico Nacional. Atento a lo dispuesto por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición, en sesión de fecha 29 de mayo del 2012, sírvanse las partes señalar obligatoriamente una dirección de correo electrónico para que reciban las respectivas notificaciones dentro de la causa. Actúe la abogada Monserrath Baquerizo Yela, en calidad de secretaria de la judicatura.- Cítese y notifíquese.

Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndoles la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para posteriores notificaciones dentro de los veinte días siguientes a la última publicación de este extracto.

Guayaquil, 22 de Abril del 2014

Ab. Lissette G. Reyes CantosJUZGADO OCTAVO DE TRABAJO

SECRETARIA

May. 8-21; Jun. 3 (145497)

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: VIVIAN ALEXANDRA KÁISER MADRID.

SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio Divorcio No. 2014-0158-2, seguido por LUILLY MARCEL PEREZ CARPIO, contra VIVIAN ALEXAN-DRA KÁISER MADRID, se encuentra lo siguiente: AUTO INICIAL DE FECHA: GUAYAQUIL, 14 de abril del 2014, a las 08h31. VISTOS.- Ab. Luis Angel Toala Moncayo, en mi calidad de Juez Titular Décimo Cuar-to de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por disposi-ción extendida de la Dirección General del Consejo de la Judicatura y en mérito del sorteo de ley. Avoco conocimiento de la presente de-manda de divorcio presentada por LUILLY MARCEL PEREZ CARPIO, fundamentado en la causal 11a del artículo 110 del Código Civil, con-tra VIVIAN ALEXANDRA KAISER MADRID, la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad esta-blecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio. En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el Actor bajo declaración juramentada realizada ante el suscrito Juez, declara que le ha sido imposible determinar la indivi-dualidad o residencia de la demandada; se dispone que la citación a ésta, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por interme-dio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta mediando término de 8 días por lo menos, entre la una y la otra, en uno de los siguientes diarios: “El Telégrafo", "El Universo" o “Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas. La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indi-cada publicación de citación, la demandada en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proce-so y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer en veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde. F) Ab. Luis Toala Moncayo. Juez titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas.

Guayaquil, 28 de abril de 2014

AB. GINA PITA PAZMIÑOSecretaria del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia,

Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas

May. 8-21; Jun. 3 (145502)

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

CASILLA No. 1354EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL A: MARÍA LUZ DELIA ACEVEDO GUEVARA ACTOR: LUIS EDUARDO NICASIO PINO GARCIA DEMANDADO: MARÍA LUZ DELIA ACEVEDO GUEVARA JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL No.- 12818-2013 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADAFUNDAMENTO LEGAL: ART. 110 CAUSAL 11VA, INCISO 2DO DEL CÓDIGO CIVIL.ABOGADO DEFENSOR: ABG. MARCOS COBA CASILLA JUDICIAL: 1354UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.- Quito, miércoles 19 de junio del 2013, las 16h23.- VISTOS: AVOCO conocimiento, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Tercera Especializada de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Quito, nombrada mediante acción de perso-nal No. 7434-DNP, de la Corte Provincial de Pichincha, de 17 de mayo de 2013; y, con Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 024-2013, de 23 de abril de 2013.- En lo principal la demanda pre-sentada por el señor LUIS EDUARDO NICASIO PINO GARCÍA, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta a trá-mite.- CÍTESE con el contenido de la demanda y este auto recaído en ella a la demandada, señora MARÍA LUZ DELIA ACEVEDO GUEVARA, en la forma y dirección señalada en la demanda, para lo cual remítase la documentación necesaria a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que se de cumplimiento a esta diligencia.- Agréguense al proceso el escrito y los documentos que adjunta.- Tóme-se nota de la casilla judicial No. 1354 y correos electrónicos señalados para recibir las notificaciones respectiva.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.- Quito, martes 8 de abril del 2014, las 09h25.- Agréguese al proceso el escrito que antecede y en atención al mismo DISPONGO: 1.- Una vez que el actor ha dado cum-plimiento a providencia de fecha miércoles 19 de febrero del 2014, las 15h43, otórguese el extracto de la demanda para que efectúe la citación por la prensa al demandado de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- CUMPLASE Y NOTI-FÍQUESE.-Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones. -Certifico.-

DRA. MAYDA TREJO GODOY SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA

TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

May. 8-21; Jun. 3 (145522)

REPÚBLICA DEL ECUADORJUZGADO DÉCIMO OCTAVO MULTICOMPETENTE DEL GUAYAS- PLAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: CLARA ELENA CRUZ MOREIRA y JORGE TOMAS CASTELLO.LE HAGO SABER: Que dentro del juicio Ordinario # 946//B/2013, seguido por Franklin Deodato Palma Cedeño, se encuentra lo siguiente:ACTOR: FRANKLIN DEODATO PALMA CEDEÑODEMANDADOS: CLARA ELENA CRUZ MOREIRA y JORGE TOMAS CASTELLO

OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante sentencia la señora Jueza declare la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, a favor del actor el lote de terreno signado con solar 25 de la manzana D, en la avenida Tercera entre calle primera y calle sin nombre, de la ciudadela Jardines de Villamil, en el cantón Ge-neral Villamil Playas, Provincia del Guayas, cuyo linderos medidas y dimensiones se encuentra detalladas en el libelo de demanda.

AUTO INICIAL: Playas, miércoles 15 de enero del 2014, las 13h15. Se admite al trámite en todo cuanto hubiere lugar en derecho la demanda Ordinaria de Pres-cripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio presentada por Franklin Deodato Palma Cedeño, en contra de Clara Elena Cruz Moreira y Jorge Tomas Castello, por reunir los requisitos de Ley y se ordenó citar a los demandados conforme a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicacio-nes que se realizarán en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil.- (Expreso-Telégrafo), por cuanto el actor ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de los demandados. CUANTÍA: Indeterminada.-

JUEZ DE LA CAUSA: AB. BLANCA DAZA AGUAYO, JUEZ DECIMO OCTAVO MULTICOMPETENTE DEL GUAYAS-PLAYAS.Lo que comunico a Uds. para fines de ley. Previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y de señalar domicilio judicial en el cantón General Villamil-Playas, dentro de los veinte días posteriores a tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.-

Ab. Farid Zavala ValverdeSecretaria (e)

Juzgado Décimo Octavo Multicompetente del GuayasPlayas, Mayo 06 del 2014

May. 8-21; Jun. 3 (145545)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M

CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUILCITACIÓN - EXTRACTO

A: ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ.-SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Verbal Sumario N° 31034-2014, seguido por PACIFICARD S. A., contra ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ se encuentra lo siguiente:CUANTÍA: $10.000,00.-FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y funda-menta su demanda en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.-AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, miércoles 19 de febrero del 2014, las 17h31.- La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino en calidad de procurador judicial de Pacificard S.A., en virtud del poder adjunto y por el cual se declara legitimada su intervención, se la califica de clara, precisa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Cítese a Andrea María Lapentti Menéndez, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se remiti-rán las boletas a la Oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. SIGUE LA PROVIDENCIA.- Guayaquil miércoles 9 de abril del 2014, las 15h35.- En vista de la declaración bajo juramento, que hace la parte actora, quien manifiesta mediante escrito de fecha 4 de abril del 2014, que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ, cítese por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. La Secretaria elabore y entregue -a través de la casilla judicial- el correspondiente extracto de citación para su publicación en uno de los periódicos de amplia circulación de este lugar.-JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-M-Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notifica-ciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde.Guayaquil, abril 10 del 2014. -

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZOSECRETARIA (E)

May. 19-20-21 (146195-1)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M

CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUILCITACIÓN - EXTRACTO

A: MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO.-SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio Verbal Sumario N° 29903-2014, seguido por BANCO DEL PACIFICO S. A., contra MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO se encuentra lo siguiente:CUANTIA: Indeterminada. -FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y funda-menta su demanda en el numeral 828 del Código de Procedimiento Civil.-AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, martes 18 de febrero del 2014, las 14h26.- VISTOS: La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de procurador judicial de BANCO DEL PACIFICO S.A., se la califica de clara, preci-sa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Téngase por legitimada su intervención.- Cítese a Marcia Jannet Cervantes Romero, para lo cual remítanse las boletas a la oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización, a su abogado defensor. Desglósese... SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 08h56.- Agréguese a los autos la razón sentada por el citador judicial y escrito que antecede.- En vista de las diligencias investigativas que se han hecho para tratar de ubicar el domicilio o residencia de la demandada y la declaración bajo juramento que hace la parte accionante, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO, cítese a ésta por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-M-Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notifica-ciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde.Guayaquil, abril 14 del 2014. -

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZOSECRETARIA (E)

May. 19-20-21 (146195-2)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUILEXTRACTO DE CITACIÓN

A. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLOSe le hace saber que este despacho le ha tocado conocer el juicio de INSOLVENCIA N° 12769- 2014 seguido por PACIFICARD S. A. contra Wilson Efren Orellana Astudillo, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR. PACIFICARD S.A.DEMANDADO. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLOFUNDAMENTO DE LA DEMANDA. La parte actora fundamenta su demanda de conformidad al Art. 519 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL.- Guayaquil, 2 de diciembre del 2013, las 15h22 VISTOS: La demanda presentada por PACIFICARD S.A., contra WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite correspondiente.- De las copias acompañadas se desprende que el ejecutado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, no ha pagado el crédito ni ha dimi-tido bienes, por la que fue requerido en el mandamiento de ejecución, se pre-sume la insolvencia del demandado al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara que ha lugar el con-curso de acreedores en contra del demandado, se ordena que el fallido dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; la ocupación y depósito de sus bienes, libros correspondencia y documentación que deberán ser entregados al Síndico de Quiebras que se acumulen los pleitos que se siguen en contra del fallido.- Se concede al fallido el término de tres días conforme el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, para que pueda oponerse a la insolvencia.- Cítese al demandado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por la prensa de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio del demandado.-JUEZ DE LA CAUSA. AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ "L" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.-Lo que comunico a usted para fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde.Guayaquil, abril 17 del 2014

Abg. Magaly Hidalgo SánchezSECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146195-3)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA.LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 09332-2014-9474, seguido por PACIFICARD S.A. contra MlRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, cuyo extracto es el siguiente: Guayaquil, lunes 13 de agosto del 2012, las 10h52.VISTOS:- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 3786-UARH-KZF, de fecha 24 de Julio del 2012.- La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A., en su calidad de Procurador Judicial, la misma que la justifica con el instrumento público que acompaña, contra HOJAS CABRERA MIRNA CRISTINA, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley.- Consecuentemente, se la admite para sustanciarla en juicio verbal sumario y se ordena citar a la accionada en el domicilio señalado para el efecto, entregándole copias certificadas de la demanda y auto recaído en la misma.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 que señala para recibir sus notificaciones; así como la autorización profesional que le concede a su abogado patrocinador.- Hágase saber.- f) AB. BECKER SALINAS BUENAÑO, JUEZ TEMPORAL ENCARGADO DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 17 de abril del 2014, las 08h25.- Atendiendo lo requerido por el actor en su escrito de fecha 26 de julio del 2013, de las 13h12, y en virtud al reconocimiento de firma que antecede.- Se ordena citar por la prensa a la demandada MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de la accionada.- Hágase saber.- F) AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ L - DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL.-Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario será considerado rebelde.Guayaquil, 17 de Abril del 2014

Abg. Magaly Hidalgo SánchezSECRETARIA ENCARGADA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146195-4)

REPÚBLICA DEL ECUADORJUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: JUAN GAVILANES JIMENEZ.LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el Proceso JUICIO 222-2012-A VERBAL SUMARIO seguido por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A., EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL en contra de GAVILANES JIMENEZ JUAN, cuyo extracto as el siguiente: ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A.DEMANDADO: GAVILANES JIMENEZ JUAN. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, Juez Noveno de lo Civil de Guayaquil.-OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare con lugar la demanda por vía verbal sumario.Guayaquil, miércoles 25 de abril del 2012, las 16h26. VISTOS: Atento a la Acción de Personal N° 4239-UARH-KZF de fecha 8 de Agosto del 2011, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa del BANCO DEL PACIFICO S.A., en su calidad de Procurador Judicial tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara Legitimada su intervención, contra JUAN GAVILANES JIMENEZ se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio verbal sumario.- En tal virtud cítese a la demandada en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada así como la autorización que le concede a su Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Guayaquil, viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01. Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder indivi-dualizar o determinar la residencia de JUAN GAVILANEZ JIMENEZ, cíteselo por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, miérco-les 20 de febrero del 2013, las 15h46. Se aclara la providencia de viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01, en el sentido que el nombre correcto del demandado es JUAN GAVILANES JIMENEZ, en lo demás estese a lo ordenado.- Notifíquese.- f.- ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a Juicio y señalar casi-llero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado rebelde.Guayaquil, 6 de marzo del 2014

Dra. Leticia Ortega López Msc.SECRETARIA (E)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146195-5)

REPÚBLICA DEL ECUADOR CASILLA No. 2259

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL E CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: VITERI CARVAJAL CARLOSSE LE HACE SABER: Que ha correspondido conocer a esta judicatura el Juicio que por resorteo ha sido signado con el No. 21197-2014 (antes 81-2012) que sigue AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, contra VITERI CARVAJAL CARLOS, se ha dispuesto lo siguiente.OBJETO DE LA DEMANDA: En sentencia se condene al pago del valor adeudado, mas los intereses legales, intereses de mora expensas judiciales y costas procesales.JUEZ DE LA CAUSA: AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E)AUTO INICIAL: "Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h51. VISTOS: La deman-da que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra VITERI CARVAJAL CARLOS, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acompaña-dos agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.-. f) AB. EDUARDO SEMINARIO VINUEZA JUEZ TEMPORAL.- SIGUE LA PROVIDENCIA.- "Guayaquil, miérco-les 7 de mayo del 2014, las 14h07. "VISTOS: Avoco conocimiento en el presente juicio en mérito de la acción de personal No. 4334 UARH MCM de abril 30 del 2.014.- En mérito a la afirmación que bajo juramento hizo la parte accionante de desconocer la individualidad o residencia del demandado CARLOS AUGUSTO VITERI CARVAJAL, se ordena citarlo por la prensa en la forma prevista en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, citación que deberá realizarse en el diario El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.-" F.) AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E) Lo que comunico a usted para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar Casilla Judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será considerado o declarado en rebeldía.-Guayaquil, 12 de mayo del 2014

Ab. Gonzalo Córdova AlvaradoSECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

May. 19-20-21 (146195-6)

JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN A : FRANCISCO CISNEROS PIMENTEL Y EDUARDO GRANJA GARCIA.ACTOR: MARIA FRAISEDA RECALDE GRANJA.DEMANDADO: FRANCISCO CISNEROS PIMENTEL Y EDUARDO GRANJA GARCIAJUICIO: ORDINARIO No. 2013-0123-RC TRAMITE: ORDINARIOOBJET : OBTENER LA CANCELACIÓN DE HIPOTECA

PROVIDENCIAS DICTADAS:JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de Julio del 2013, las 15h46. VISTOS.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia precedente, se califica la demanda como clara, completa y contentiva de los requisitos preceptuados en los artículos 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil; consecuentemente, admitiéndola al trámite ordinario, se dispone correr traslado con ella y esta providencia a los demandados FRANCISCO CISNEROS PIMENTEL y EDUARDO GRANJA GRACIA a fin de que en el término de quince días contados a partir de la citación, propongan las excepciones dilatorias o perentorias que las asistan en derecho, bajo prevenciones de ley. En atención a la afirmación que con juramento efectúa el actor respeto de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de los demandados FRANCISCO CISNEROS PIMENTEL y EDUARDO GRANJA GRACIA, cíteselos por la prensa en uno diarios de mayor circulación nacional en los que se editan en esta ciudad de Quito como preceptúa el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, a quien se le enviará despacho en forma. Cuéntese con los Personeros del I. Municipio Metropolitano de Quito, e inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad como dispone en el artículo 1000 del Código Adjetivo Civil, debiéndose para el efecto notificar a su titular con atento oficio en el que se insertarán las copias inherentes. Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. Tómese nota del abogado y casillero judicial designado por los actores para recibir notificaciones. Cítese y Notifíquese.- Actué la Ab. Glenda Bayas, en calidad de secretaria encargada de esta Judicatura, en virtud de la acción de Personal Nro. 2780-DP-DPP-10 de julio del 2013.- Notifíquese.. F) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZ.JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 147 de noviembre del 2013, las 11h14. Conforme lo dispone el Art. 130 del numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio se subsana el error cometido en el auto de calificación en cuanto a la identidad de uno de los demandados esto es EDUARDO GRANJA GARCIA y no "GRACIA", como erróneamente sea hecho constar; en lo demás nada hay que corregir en tal decreto.- Notifíquese. f) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZLO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY, Y LES CITO PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENEN LOS DEMANDADOS (AS) DE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES.- CERTIFICO.-

LCDO. GUIDO ESPINOZASECRETARIO

May. 20-21 (146334)

Page 38: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 201438

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: GAVILANEZ OCAÑA CÉSAR ABELARDOSE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL No. 2013-0772, SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE:CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- JUZGADO PRIMERO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, martes 10 de diciembre del 2013, las 10h38. Agréguese a los autos el escrito de fecha 29 de noviem-bre de 2013 a las 16h21 con 01 anexo presentado por la parte actora ARGENTINA CELESTE VERA CAICEDO, escrito del cual se encuentra den-tro del término concedido en decreto anterior.- Previo a conceder el extrac-to de citación correspondiente, se dispone que la parte actora ARGENTINA CELESTE VERA CAICEDO comparezca a esta judicatura el día jueves 19 diciembre del 2013 a las 15h30 a fin de que se recepte su declaración juramentada sobre las investigaciones que ha realizado y su imposibilidad de determinar el domicilio del demandado conforme a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- Se observa que la actora declara que dentro del matrimonio no han adquirido bienes y procrearon dos hijos, que actualmente son mayores de edad.- Tómese en cuenta la dirección de correo electrónico que señala para futuras notificaciones.- Actúe en calidad de secretario el Ab. Jorge Cruz Simbala.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, lunes 6 de enero del 2014, las 12h46. Agréguese a los autos el escrito de fecha 02 de enero de 2014 a las 11h42 presentado por la parte actora CELESTE ARGENTINA VERA CAICEDO.- En atención a lo manifestado por la parte actora, se realiza la rectificación del decreto anterior en cuanto al nombre correcto de la parte actora, esto es CELESTE ARGENTINA VERA CAICEDO, en tal virtud confiérase el Extracto de citación respectivo.- Actúe en calidad de Secretario del despacho Ab. Jorge Cruz Simbala CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) DRA. AURA FARFÁN LUCAS, JUEZA.- Lo Certifico.- Ab. Jorge Cruz Simbala Secretario.-

Ab. Jorge Mauricio Cruz Simbala SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO

DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

(146451)

REPÚBLICA DEL ECUADORJUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE YAGUACHI

A. THUANNY KATERY GONZALEZ SIMOESJUICIO:- ORDINARIO (P.E.A.D.) No. 2014-0246ACTOR.- Abg. JULIO DIAZ MALDONADO P.L.D.Q.R. JUAN GUILLER-MO GONZALEZ SILVADEMANDADO.- THUANNY KATERY GONZALEZ SIMOESJUEZ DE LA CAUSA.- Abg. ANTONIO VELÁZQUEZ PEZO.

EXTRACTO DE CITACIÓN.- Mediante providencia de fecha, miércoles 19 de marzo del 2014, LAS 11h35; el Juez de causa acepta la deman-da al trámite de juicio ordinario, y ordena que se cite por la prensa a la señora Thuanny Katery González Simoes con un extracto de la demanda y auto en ella recaído para que dentro del término de Ley comparezca a juicio y proponga las excepciones dilatorias y perento-rias de las que se crea legalmente asistida.- Por cuanto en este Cantón no existen diarios que se editen, se ordena citarla mediante publica-ción por prensa conforme lo determina el Art. 82 del Código de Pro-cedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en tres fechas diferentes en uno de los diarios de amplia circulación de Guayaquil (Universo, Telégrafo, Expreso).- Lo que comunico a Ud. para los fines legales consiguientes.- Yaguachi, marzo 27 de 2014.- Lo certifico.- La Secretaria encargada del Juzgado.-

ABG. NORIS GOMEZ ALVARADOSECRETARIA (E)

May. 8-21; Jun. 3 (145486)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON

JUICIO: Verbal Sumario No. 36670-2014, (número anterior 219-2012)ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A.CUANTÍA: $ 9.000 dolares.

OBJETO DE LA DEMANDA: Demanda el pago de los siguientes valores: la suma de los 7.06,90 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del director del Banco Central, las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios del abogado que patrocine.

AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, martes 3 de abril del 2012, las 08h07. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el ABOGADO GERSON VLADIMIR HARO MERINO, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con el instrumento que acompaña, legitimándose su intervención en la presente causa, por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por lo que se la admite al trámite del Juicio Verbal Sumario.- En consecuencia se dispone citar con el contenido del escrito de demanda y auto en ella recaído a ZOILA OROZCO CALDERON, en el lugar indicado para el efecto.- Agréguense al proceso los anexos presentados.- Cítese a la demandada en el lugar indicado en la demanda y al actor por los derechos que representa en la casilla judicial No. 2259.- HÁGASE SABER.- F) AB. CARLOS SALMON MORGNER, JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, lunes 1 de abril del 2013. El escrito que antecede, presentado por el actor, agréguese a los autos.- Atendiendo lo solicitado en el escrito presentado el 21 de Agosto del 2012, a las 14h40, se ordena citar por la prensa en el Diario El Telégrafo a la demandada ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON, de con-formidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil ya que el actor declara bajo juramento que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada.- Entréguese el extracto correspondiente.- Notifiquese. F) JUAN LOPEZ MALDONADO JUEZ TEMPORAL.- A con-tinuación.- Guayaquil, lunes 5 de mayo del 2014, las 11h30. Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. 85510-DNP, del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual suprime los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado Octavo de lo Civil, actualmente le corresponde al Juez H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 219-2012, actualmente le corresponde el No. 36670-2014, por lo que en adelante deberá dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H, con el nuevo número de expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos los escritos presentados por el accionante.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 y correo electrónico [email protected] que señala para futuras notificaciones.- En lo principal se dispone se elabore y entregue el extracto de citación como se encuentra ordenado en providencia que antecede.- Notifíquese.- F) VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, JUEZA H DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.

Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declarará en rebeldía.

Guayaquil, 5 de Mayo del 2014

Ab. Jorge W. Alejandro LindaoSECRETARIO

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146193)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: VICTOR GUERRERO PROAÑO

JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 21.196.2014, (número anterior (823-2012)ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO.CUANTÍA: USD. $ 5.060.34

OBJETO DE LA DEMANDA: Señor VICTOR GUERRERO PROAÑO en calidad de deudor, para que mediante sentencia, sea condenado a pagar a mi representada PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO las siguientes valores: La suma de USD. $ 5.060.34 (CINCO MIL SESENTA 34/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; Las expensas judiciales de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberán incluir los honorarios del abogado que patrocine.

AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h49. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra GUERRERO PROAÑO VICTOR, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acom-pañados agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.- f) Ab. Eduardo Seminario Vinueza, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, 12 de agosto del 2013 las 10h44. Agréguese a los autos el escrito presentado. En mérito de la afirmación bajo juramento del actor de desconocer el domicilio actual del demandado, se ordena citarlo por la prensa de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en el Diario EL TELEGRAFO de esta ciudad. Notifíquese f) DR. JULIO MIGUEL AREVALO RIVERA JUEZ QUINTO DE LO CIVIL, Guayaquil, jue-ves 20 de marzo del 2014, las 16h48. VISTOS: VISTOS.- En virtud de la resolución número 167-2013, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura el treinta de octubre del dos mil trece, mediante el cual se suprime los Juzgados Civiles del cantón Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, la misma que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que su causa que anteriormente correspondía al JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CANTÓN GUAYAQUIL, actualmente le corresponde al número 09332-2014-211.196, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ "E" con su nuevo número de expediente y solo como dato adicional de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención. En lo principal, agréguese a los autos el escrito de fecha 13 de marzo del 2014, a las 08h48 presentado por el Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, proveyendo lo solicitado se dispone que el Extracto de Citación para publicar por la prensa la citación al demandado Víctor Guerrero Proaño, sea enviada a la casilla judicial 2259. Tómese en consideración el correo electrónico señalado [email protected]. Notifíquese.- f) LUIS RAFAEL CENTENO RODRIGUEZ, JUEZ "E" (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.

Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declararán en rebeldía.

Guayaquil, 26 de marzo de 2014.

AB. ABEL UNDA FRANCOSECRETARIO (E)

DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL COR II PROVINCIA DEL GUAYAS

May. 19-20-21 (146193-2)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUILEXTRACTO DE CITACIÓN

A: GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR

SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio de insolvencia N° 2014-12041, seguido por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se encuentra lo siguiente.-

JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Danilo Terán Caicedo Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en Guayaquil.-CUANTÍA: IndeterminadaOBJETO DE LA DEMANDA: Declarar la insolvencia del demandado y como consecuencia de ello disponer el concurso de acreedores.

AUTO INICIAL.- Guayaquil, martes 24 de septiembre del 2013, a las 13h55.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora con el cual ratifica las gestiones realizadas por la Abogada Andrea Duque Moreno, en el escrito de fecha 22 de agosto del 2013, a las 15h43.- En virtud de lo anterior la demanda, presentada por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, personería que se declara legítima en virtud de la escritura pública adjunta, por reunir los requisitos de los Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente.- En mérito de los recaudos adjuntos a la deman-da, se viene en conocimiento que en el juicio Verbal Sumario, seguido en el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayas, No. 2011-A-357, seguido por PACIFICARD S.A., contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, por sus propios derechos, librado el mandamiento de ejecución, esta no ha pagado el valor de USD 10.658,55 ( diez mil seiscientos cincuenta y ocho 55/100 dólares de los Estados Unidos de América), ni han dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acom-pañados.- En tal virtud, al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del cuerpo de leyes antes citado, se presume la insolvencia del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR y como consecuencia de ello, se declara haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose que el demandado dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y más documentos del concursado y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguido contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que los bienes del concursado sean entregados al Abogado Washington Cabrera Valencia, en su calidad de Síndico de Quiebra. Por el estado del concursado, éste se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Notarios, a las Instituciones del Sistema Financiero, Cooperativas de Ahorro y Crédito de esta ciudad y los Juzgados de Inquilinato, Laborales y Penales. Oportunamente se señalará día y hora para la junta de Acreedores. Se advierte a la demandada que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Dirección de Migración y Extranjería la prohibición de salida del país de la demandada. En virtud de la declaración bajo juramento que hace el actor donde manifiesta que le es imposible determinar el actual domicilio del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se dispone citarlo por la prensa de conformidad con lo establecido en el Art. 82 de Código de Procedimiento Civil. El Secretario del Despacho elabore el extracto respectivo a fin de que sea citado el accionado y que sea en los siguientes diarios El Universo, El Telégrafo y/o Expreso de esta ciudad de Guayaquil (...).- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DEL JUZGADO UNDÉCIMO DE LO CIVIL.- SIGUE.-Guayaquil, viernes 17 de enero del 2014, las 11h12.- En virtud de la Resolución No. 167 de fecha 30 de Octubre del 2013, emitida por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, pongo en conocimiento de las partes, que la presente causa 09311-2013-526 ha sido reasignada, siendo el nuevo número para su consiguiente tramitación en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, el 09332-2014-12041.- Intervenga la abogada Bonnie Alexandra Carrión Zamora, Secretaria del Despacho designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura según comunicación electrónica remitida por la Jefe de Personal de fecha 17 de Octubre del 2013.- Hágase saber.- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.- Lo que cito a Usted, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de que tiene que señalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores dentro del término correspondiente.-Guayaquil, viernes 11 de abril del 2014

Ab. Bonnie Alexandra Carrión ZamoraSECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL (K)

May. 19-20-21 (146193-3)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUILCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A.- CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE

Se le hace saber: Que en esta Unida Judicial Civil con sede en la ciudad de Guayaquil, antes Juzgado 9 de lo Civil de Guayaquil, mediante sorteo de ley, le ha tocado conocer la causa Nº 30456/A/2014 (antes 787/A/2013) Verbal Sumario, seguido en su contra por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, en su calidad de Procurador Judicial, extracto es el siguiente.

OBJETO DE LA DEMANDA: que el deudor pague la suma de $.14.297,71, más los intereses, las expensas y las costas procesales.CUANTÍA DE LA DEMANDA: $.25.000JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.

AUTO RECAÍDO EN LA DEMANDA: GUAYAQUIL VIERNES 20 DE DICIEMBRE DEL 2013, LAS 14H59. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO, en su calidad de Procurador Judicial, tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara legitimada su intervención, en contra de CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE, se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio VERBAL SUMARIO.- En tal virtud cítese al demandado en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados, los que mediante secretaria podrán ser desglosados dejando copias certificadas en el expediente.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559, la dirección de correo electrónico [email protected] señalada para futuras notificacio-nes, así como la autorización que le concede a sus Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese...- f.) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- GUAYAQUIL, JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2014, LAS 14H51.- Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder determinar la residencia y ha realizado todas las averiguaciones para determinar la residencia de la parte demandada, cítesela por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- .) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- Lo que comunico para los fines de ley consiguientes, indicándole que, de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil debe señalar casilla judicial en esta ciudad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Comercio Electrónico debe señalar correo electrónico, para las correspondientes notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario se sustanciará la causa en rebeldía.

Lo que comunico para los fines consiguientes.

Guayaquil, de Mayo del 2014.-

Abg. Ana Cárdenas VelozSecretaria Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146193-4)

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS

SE LES HACE SABER: Qué en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sus-tanciar el juicio VERBAL SUMARIO Nº 4367-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador Judicial de Banco del Pacífico S.A., contra Geovanny Fernando Mariscal Cárdenas, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador judicial de Banco del Pacífico S.A.

DEMANDADO: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS

OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi representada los siguientes valores: a) El capital adeudado de US $5,297,53; b) Los intereses estipulados en el contrato de tarjeta de crédito y los de mora que se ocasione hasta el momento del pago; c) La restitución de los gastos que van a ser efectuados por Banco del Pacífico S.A. acorde a lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil: y, d) Las costas judiciales, donde se deberán incluir los honorarios correspondientes a nuestros patrocinadores por la defensa brindada a mi representada en la presente causa.

AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 28 de marzo del 2013, las 11h14.- VISTOS: La demanda pro-puesta por BANCO DEL PACÍFICO S.A., debidamente representada por su Procurador Judicial Abg. GERSON HARO MERINO, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS.- En lo principal la demanda precedente, por ser clara, precisa y completa, y reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- Cítese al demandado con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 4087 así como el correo electrónico [email protected] que señala la parte actora y la autorización que da a sus abogados defensores.- Cítese y Notifíquese.- Guayaquil martes 29 de abril del 2014, las 14h16.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora de fecha 23 de abril del 2014, las 15h52 y vista el acta de declaración Juramentada y por cuanto el accionante bajo el juramento de ley indica que es imposible deter-minar la individualidad o residencia del demandado Geovanny Mariscal Cárdenas, se dispone citarlo por la prensa en el diario El Telégrafo de esta ciudad, conforme determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hágase saber.-

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.-

CUANTÍA: US $7.500,oo (SIETE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA)

JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez "P" de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.-

Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificacio-nes, caso contrario será declarado en rebeldía.-

Guayaquil, Abril 30 del 2014

Ab. Roberto Rodríguez LarreaSECRETARIO (E) DE LA UNIDAD CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146193-5)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL.- LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 30942-2014, seguido por AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, cuyo extracto es el siguiente: GUAYAQUIL, 26 de Junio del 2009, a las 15h26.VISTOS:- La demanda con el escrito complementario y documentos acompañados que ante-cede presentada por la AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO, la misma que la justifica con el instrumento público que adjunta, contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL; es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por cuanto el Contrato de Prestamos con Amortización Gradual presentado así como la obligación que éste contiene prestan mérito ejecutivo, se la admite al trámite del juicio ejecutivo y consecuentemente se ordena que ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL cumplan la obligación reclamada o proponga excepciones dentro del término de tres días.- f) AB. PEDRO IRIARTE SUAREZ JUEZ DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 29 de abril del 2014, las 10h12.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013 mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y se crea la "Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil", que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", a la causa No. 572-2009-Y que correspondía al Juzgado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se le ha reasignado el No. 09332-2014- 30942, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, por lo tanto, en lo posterior las partes litigantes deberán dirigir sus escritos al Juez _L. Abg. Roberto Napoleón Angulo Lugo de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignado.- Avoco cono-cimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 10766-DNTH-SAF de fecha 27 de septiembre del 2013 que rige a partir del 02 de Octubre del 2013, suscrita por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- Se ordena citar por la prensa a los demandados ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, median-te tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de los accionados.- Intervenga como Secretaria encargada del juzgado la Abogada Magali Hidalgo Sánchez, mediante acción de personal No. UAR-3111 que rige a partir del 27 de marzo del 2014.- Hágase saber.- f) AB. ROBERTO ANGULO LUGO JUEZ L_ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.-Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario serán considerados rebeldes. Guayaquil, 08 de Mayo del 2014.

Abg. Magaly Hidalgo SánchezSECRETARIA ENCARGADA

UNIDAD JUDICIALCIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146257)

R. del E.EXTRACTO

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHACITACIÓN JUDICIAL A MARIA PATRICIA TINAJERO ALVAREZ, EN CALIDAD GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS INTEGRADOS S.I. PATRICIO TINAJERO CIA. LTDA.ACTOR: ANDREA IZQUIERDO TACURI Y FRANCISCO CEVALLOS AYALA.DEMANDADA: MARIA PATRICIA TINAJERO ALVAREZ, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS INTEGRADOS S.I. PATRICIO TINAJERO CIA. LTDA.JUICIO: No. 1166-2013-J.CH.TRAMITE: EJECUTIVOJUEZ: Dr. Cristóbal Ojeda MartínezSECRETARIO: Dr. Francisco Justicia SalgadoCUANTIA: $200.000 dólares de los Estados Unidos de América.AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-Quito, mar-tes 04 de febrero del 2014, las 08H46. “Vistos: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Encargado de esta judicatura mediante Acción de Personal No.4959-DPP del 09 de octubre del 2013, y en virtud del sorteo realizado. Actúe el Dr. Francisco Justicia Salgado, en calidad de Secretario Titular de la Judicatura, mediante Acción de Personal Nro. 642-DNP, de 09 de Abril del 2009. Una vez que la parte actora ha cumplido con lo dispuesto en providencia inicial con el escrito que antecede, se determina que la demanda presentada en esta causa, es clara, concreta y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva. La demandada SERVICIOS INTEGRADOS S.I. PATRICIO TINAJERO CIA. LTDA. repre-sentada legalmente por su Gerente General, señora María Patricia Tinajero Alvarez, cumpla con la obligación o proponga excepciones dentro del término de tres días de citado. Cítese a la demandada señora María Patricia Tinajero Alvarez en la calidad que representa, en el lugar que se indica, para lo cual envíese las boletas correspon-dientes a la Oficina de Citaciones de esta ciudad. De conformidad con el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil y por solicitud expresa, acompañado del certificado emitido por el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano (fojas 3 y 4 del proceso), se ordena la PROHIBICION DE ENAJENAR de los bienes de la compa-ñía SERVICIOS INTEGRADOS S.I. PATRICIO TINAJERO CIA. LTDA., demandada en esta causa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.Téngase en cuenta la calidad en la que compare-cen los accionantes, conforme la documentación adjunta, la facultad que confieren a sus abogados defensores, y el casillero judicial seña-lado. Notifíquese.” F. Dr. Cristóbal Ojeda Martínez. (Juez Encargado).JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 7 de mayo del 2014, las 11H20. “Agréguese al proceso el escrito que antecede y la documentación que adjunta. Atento a lo solicitado por la parte accionante. Por cumplido lo dispuesto en providencia anterior y efectuada que ha sido el juramento de Ley, entréguese al actor el extracto para la citación por la prensa. NOTIFIQUESE. F. Dr. Cristóbal Ojeda Martínez (Juez Encargado)Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.

Dr. Francisco Justicia SalgadoSECRETARIO

(146359)

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA ANLAGEN DEL ECUADOR S.A. A MONTANA ECUADOR MONTANEC S.A. Y REFORMA DE ESTATUTOS.

1. ANTECEDENTES.- La compañía ANLAGEN DEL ECUADOR S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Cua-dragésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 10 de diciembre del 2003, aprobada mediante Resolución No. 51 de 9 de enero del 2004, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito, el 19 de enero del 2004.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denominación de la compañía ANLAGEN DEL ECUADOR S.A. a MONTANA ECUADOR MONTANEC S.A., y la reforma de estatutos, otorgada el 11 de febrero del 2014 ante el Notario Cuadragésimo Oc-tavo del Distrito Metropolitano de Quito, fue aprobada por la Superin-tendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001863 de 13 de mayo de 2014.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, la señora MARTHA ASTRID SILVA VELOSA en su calidad de GERENTE GENERAL de la compañía.

4. CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y REFORMA DE ESTATUTOS. PU-BLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolu-ción No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001863 de 13 de mayo de 2014 aprobó el cambio de denominación de la compañía ANLAGEN DEL ECUADOR S.A. a MONTANA ECUADOR MONTANEC S.A., y la re-forma de estatutos. Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposi-ción de terceros respecto al cambio de denominación referido, seña-lado en el artículo 33 de la Ley de Compañías y en el Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación de la compañía ANLAGEN DEL ECUADOR S.A. a MONTANA ECUADOR MONTANEC S.A. y la reforma de es-tatutos en el Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días si-guientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la men-cionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo primero del Estatuto Social, referente a la denominación, de la siguiente manera:

"ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La compañía se denominará MONTANA ECUADOR MONTANEC Sociedad Anónima, y se regirá por las leyes del país, especialmente por la de Compañías y los presentes Estatutos".

Distrito Metropolitano de Quito, 13 de mayo de 2014

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

NOTA: Este extracto debe publicarse en un periódico de mayor circula-ción en el domicilio principal de la compañía.

May. 20-21-22 (146385)

EXTRACTOCONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA SECURITY DOCTORS ECUADOR SDEHK COMPAÑIA LIMI-TADA.

La compañía SECURITY DOCTORS ECUADOR SDEHK COMPAÑIA LIMITADA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigési-mo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 24 de Marzo de 2014, fue aprobada por la Su-perintendencia de Compañías, mediante Resolu-ción SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001833 de 09 de Mayo de 2014.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 5.000,00 Número de Participaciones 5.000 Valor US$ 1,00.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "CON-SULTORÍAS SOBRE EL DISEÑO E IMPLE-MENTACIÓN DE SISTEMAS DE SEGURIDAD FÍSICA, ELECTRÓNICA, LÓGICA, DE LA IN-FORMACIÓN, SEGURIDAD Y SALUD OCUPA-CIONAL..."

Quito, 09 de Mayo de 2014

Dr. Román Barros FarfánESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un pe-riódico de mayor circulación en el domicilio princi-pal de la compañía.

(146407)

REPÚBLICA DEL ECUADORMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES

EXTRACTO

VISTO BUENO N° 149051-2014-RDZL

ACTOR: MARÍA SOLEDAD MACHADO PULGARABG. DANNY MACHADO CASILLERO JUDICIAL: 4554ACCIONADO: MYRIAN ALEXANDRA SUQUILLO PUCOCAUSAL: Numeral 1 y 3 del Art. 172 del Código del Trabajo Se le hace saber:En el Trámite de VISTO BUENO No. 149051-2014-RDZL que sigue MARÍA SOLEDAD MACHADO PULGAR REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA PROTECCION INDUSTRIAL (EMPLEADOR), en contra de MYRIAN ALEXANDRA SUQUILLO PUCO (TRABAJADOR), se ha dictado lo que sigue:

INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 12 de Mayo de 2014, a las 08H10.- Dentro de la solicitud de Visto Bueno N° 149051-2014-RDZL que sigue MARÍA SOLEDAD MACHADO PULGAR REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA PROTECCION INDUSTRIAL (EMPLEADOR), en contra de MYRIAN ALEXANDRA SUQUILLO PUCO, en su calidad de trabajador (a), la misma que por ser de ley se la acepta al trámite.- En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada presentada por la parte actora celebrada ante Notario Público en donde indica que desconoce el domicilio actual del accionado y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de con-formidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para el efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección de Trabajo dentro del término de 15 días siguientes a la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispon-drá el archivo del expediente.- 3) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFÍQUESE. f) Abg. Renato Zapata.Lo que comunico para los fines de Ley.

ABG. RENATO DANILO ZAPATAINSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA

May. 21-22-23 (146466)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: JOSE ZAMORA BASURTO y MELIDA ALVARADO DE ZAMORA. SE LE HACE SABER: Que en el juicio Ordinario No. 09332-2014-12840, seguido por CLEMENCIA EUGENIA QUIÑONEZ GARCÍA contra JOSE ZAMORA BASURTO y MELIDA ALVARADO DE ZAMORA, cuyo extracto es el siguiente:AUTO INICIAL DE FECHA: Guayaquil, martes 15 de abril del 2014, las 09h30.- VISTOS: En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013 mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y se crea la "Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil", que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", a la causa No. 695-2013-Y que correspondía al Juzgado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se le ha reasignado el No. 09332-2014-12840, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, por lo tanto, en lo posterior las partes litigantes deberán dirigir sus escritos al Juez _L. Abg. Roberto Napoleón Angulo Lugo de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignado.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 10766-DNTH-SAF de fecha 27 de septiembre del 2013 que rige a partir del 02 de Octubre del 2013, suscrita por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- La demanda con el escrito complementario que antecede presentada por CLEMENCIA EUGENIA QUIÑONEZ GARCÍA, contra JOSE ZAMORA BASURTO y MELIDA ALVARADO DE ZAMORA, es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por lo tanto se acepta la demanda al trámite del juicio ordinario y conse-cuentemente se da traslado con la misma, con apercibimiento en rebeldía a JOSE ZAMORA BASURTO y MELIDA ALVARADO DE ZAMORA a quienes se le concede el término de quince días para que la conteste proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de las que se consideren asistidos.- Cítese a los demandados JOSE ZAMORA BASURTO y MELIDA ALVARADO DE ZAMORA de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil publicaciones que se harán en uno de los diarios El Universo, Expreso o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil.- Cuéntese en esta causa con la M.l. Municipalidad de Guayaquil, en las personas del Abogado Jaime Nebot Saadi y Dr. Miguel Hernández Terán, en sus respectivas calidades de Alcalde de Guayaquil, y Procurador Síndico Municipal de Guayaquil, citaciones que se realizarán en el edificio donde funciona la misma.- lnscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de Guayaquil, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil.- Intervenga como Secretaria encargada del Juzgado la Abogada Magali Hidalgo Sánchez, mediante acción de personal No. UAR-3111 que rige a partir del 27 de marzo del 2014.- Hágase saber.- F) AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ J_DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.-Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le correspondan y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario serán considerados rebeldes. Guayaquil, 15 de Mayo del 2014.

Abg. Magaly Hidalgo SánchezSECRETARIA ENCARGADA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 21; Jun. 3-16 (146462)

Page 39: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 2014 39

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN

A: DOLORES NARCISA RONQUILLO LEON

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL Nº 2014-1401, que sigue RAMIREZ AVELINO ALEJANDRO, en contra de DOLORES NARCISA RONQUILLO LEON ACTOR: RAMIREZ AVELINO ALEJANDRO, DEMANDADA: DOLORES NARCISA RONQUILLO LEONOBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimo-nial que une al señor RAMIREZ AVELINO ALEJANDRO, con la señora DOLORES NARCISA RONQUILLO LEON de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso segundo del Código Civil vigente.

AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CAN-TÓN GUAYAQUIL VISTOS: En esta fecha Ab. María Auxiliadora Infantes Mantilla, por encontrarme me-diante acción personal No. 11936-DNTH-KP, de fecha 15 de Octubre del 2013, que rige a partir del 23 de Septiembre del 2013, como Jueza Titular de la Unidad Judicial Sur de la Familia, Niñez, Mujer y Adolescencia de Guayaquil. Avoco conocimiento de la presente demanda Divorcio por Causal que an-tecede, presentada por RAMIREZ AVELINO ALEJANDRO, amparado en el artículo 110 numeral 11 del Código Civil contra DOLORES NARCISA RONQUILLO LEON la misma que por reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, razón por la cual se la admite al trámite del Juicio Verbal sumario (divor-cio).- En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la actora, bajo declaración juramentada realizada ante el suscrito, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada DOLORES NARCISA RONQUILLO LEON, se dispone que se la cite por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará en días distintos, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- El Actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, el demandado en el extracto de citación será advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer en veinte días después de la últi-ma publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- Agréguese la documentación acompañada a la demanda. Sígase notificando a la casilla señalada del Abogado autorizado por el Actor.- Intervenga el señor actuario del despacho.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. CUANTÍA: Indeterminada.JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARIA AUXILIADORA INFANTES MANTILLA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGA-DO ALFREDO GUADAMUD RIVERA. SECRETARIO.- QUE CERTIFICA.

Guayaquil, 8 DE ABRIL DEL 2014.-

AB. ALFREDO GUADAMUD RIVERASECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL

Abr. 24; May. 8-21 (144505)

CONVOCATORIA PÚBLICAEl Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Am-biental de Aplicación responsable (AAAr) y la compañía FUMIGA-DORA PALACIOS MARQUEZ FUMIPALMA S.A., en cumplimiento con lo establecido en la Legislación Ambiental Ecuatoriana conte-nido en la Disposición Final Segunda, del Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial N0. 332, del 08 de mayo del 2008, invitan al público en general y en especial a los moradores ubica-dos en el área de influencia a la revisión del Estudio de Impacto Ambiental Ex – Post y Plan de Manejo Ambiental de las actividades de la empresa Fumigadora Palacios Márquez FUMIPALMA S.A., en su base de operación de la pista “Blanca Piedra”, ubicada en la Vía “Mariscal Sucre”, cantón Simón Bolívar, provincia del Guayas., que estará a disposición de la comunidad en la siguiente página web institucional del Gobierno Provincial del Guayas www.guayas.gob.ec/medioambiente, desde el 14 al 23 de Mayo del 2014.

Observaciones, inquietudes y/o comentarios serán receptados has-ta el 23 de Mayo del 2014, al correo electrónico [email protected] de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provin-cial del Guayas.

Ing. Darwin Palacios Márquez Ing. Roberto Urquizo Calderón Representante Legal Director de Medio Ambiente FUMIPALMA S.A. GOBIERNO PROVINCIAL

DEL GUAYAS(144965-1)

Gobierno Provincial del Guayas

CONVOCATORIA PÚBLICAEl Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Am-biental de Aplicación responsable (AAAr) y la compañía FUMIGA-DORA PALACIOS MARQUEZ FUMIPALMA S.A., en cumplimiento con lo establecido en la Legislación Ambiental Ecuatoriana conte-nido en la Disposición Final Segunda, del Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial N0. 332, del 08 de mayo del 2008, invitan al público en general y en especial a los moradores ubica-dos en el área de influencia a la revisión del Estudio de Impacto Ambiental Ex – Post y Plan de Manejo Ambiental de las actividades de la empresa Fumigadora Palacios Márquez FUMIPALMA S.A., en su base de operación de la pista “Guabital”, ubicada en el Sector “Balao Chico”, cantón Naranjal, provincia del Guayas., que estará a disposición de la comunidad en la siguiente página web institu-cional del Gobierno Provincial del Guayas www.guayas.gob.ec/medioambiente, desde el 14 al 23 de Mayo del 2014.

Observaciones, inquietudes y/o comentarios serán receptados hasta el 23 de Mayo del 2014, al correo electrónico [email protected] de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas.

Ing. Darwin Palacios Márquez Ing. Roberto Urquizo Calderón Representante Legal Director de Medio Ambiente FUMIPALMA S.A. GOBIERNO PROVINCIAL

DEL GUAYAS(144965-2)

Gobierno Provincial del Guayas

CASILLA 186

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: GEORGINA MARÍA CEVALLOS RAMBAY.

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 1621-2014, presentada JOSÉ DANIEL LADINES RAMÍREZ en contra del demandado señor GEOR-GINA MARIA CEVALLOS RAMBAY.DEMANDADO: GEORGINA MARÍA CEVALLOS RAMBAY.

OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia disuelva el vínculo matri-monial que me une a mi prenombrado cónyuge, Amparada en el Art. 110 Código Civil vigente y a la vez, disponga su marginación en el acta de Matrimonio Amparada en el Art. 128 Código Civil.- AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 23 de abril del 2014 a las 08h54. VISTOS: Forme parte del proceso la ratificación de la declaratoria de imposibilidad de individualizar el domicilio o residencia de la demandada, realizada por el señor JOSÉ DANIEL LADINES RAMÍREZ. En lo principal, la demanda que antecede propuesta por JOSÉ DANIEL LADINES RAMÍREZ, contra de GEORGINA MARÍA CEVALLOS RAMBAY, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales se la admite al trámite de juicio verbal sumario.- En mérito de la ratificación de su declaratoria de la imposibilidad de establecer el domicilio de la demandada. Cítese a la deman-dada GEORGINA MARÍA CEVALLOS RAMBAY, por la prensa, en tres días diferentes, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediando ocho días entre una publicación y otra, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación y en caso de no comparecer se declarará en rebeldía.- En el modo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto la parte actora, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones deberán realizarse en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario Telégrafo, el Universo, Expreso o Extra, debiendo el Actuario del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-

Cuantía Indeterminada.

Abg. ROBERTO VELA PLAZA Secretario

UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL

May. 8-21; Jun. 3 (145538)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

DEMANDADO: CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET.LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer el Juicio Verbal Sumario No. 40732-2014.ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S. A., COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO.TRAMITE DE JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 40732-2014.OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con el Arts. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio; artículo 828 del Código de Procedimiento Civil y disposiciones del Código Civil a fin de que sea condenada al pago de lo adeudado.JUEZA DE LA CAUSA: AB. MARIA ISABEL VALDIVIEZO DE LUCCA, JUEZA “H” DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 30 de agosto del 2012, las 16h14. VISTOS: En virtud de al acción de personal N° 4163-UARH-KZF de fecha 8 de agosto del 2012, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda que antecede presentada por el Abg. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los dere-chos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO en su calidad de Procurador Judicial, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- En consecuencia cítese con la demanda y el auto inicial a la demandada CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET en el lugar señala-do en la demanda. Agréguese a los autos los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución, luego de la citación a la demandada, dejando fotocopia certificada en autos, los mismos que luego de la citación del demandado.- Tómese en cuenta la ca-silla judicial que señala, esto es la N° 1513 NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Omar Aguiar Pérez Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, mar-tes 18 de junio del 2013, las 18h42. Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 6303 UARH-KZF del 21 de Noviembre del 2012.- Póngase en conocimiento de la parte actora la razón sentada por el citador judicial Jhon Roberto Car-chi Artieda.- Notifíquese.- f) Ab. Juan López Maldonado Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP del 1 de julio del 2013.- Agréguense a los autos el escrito que antecede por cuanto el accionate, bajo juramento declara que le es imposible determinar la individualidad y residencia de la señora CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET, se dis-pone citarla por la prensa, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo hacerse las publicaciones en EL DIARIO de mayor circulación.- Tómese en cuenta el correo electrónico para futuras notificaciones [email protected] Cítese y Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez.- A con-tinuación CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 15h58. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de per-sonal No. 85510-DNP de fecha 26 de junio del 2013, que rige a partir del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el “Centro Judicial Florida Norte”, se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 418-2012, actualmente le corresponde el No. 40732-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo Número de Expe-diente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos el escrito presentado por el Ab. Gerson Haro Merino por los derechos que representa de la compañía PACIFICARD S.A., en calidad de Procurador Judicial.- Cúmplase con lo ordena-do en providencia de fecha jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40.- Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez de la Unidad Judicial Civil.-CUANTÍA: USD 8,000.00Lo que comunico a usted para los fines de ley consiguiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se la declarara rebelde, la casilla deberá ser señalada en esta ciudad de Guayaquil.-Guayaquil, 8 de mayo del 2014

Ab. Jorge W. Alejandro LindaoSECRETARIO

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146196-1)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: RONALD SALVATIERRA VITERI.LE HAGO SABER: Que en el Juicio Especial de Insolvencia # 2014- 43956, seguido por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A.-, se encuentra lo siguiente:JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Gustavo Sánchez Cárdenas Juez de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil.OBJETO DE LA DEMANDA: Por sentencia se declare la Insolvencia del fallido.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, viernes 4 de abril de 2014, las 17h00.- VISTOS: A).- Avoco conocimiento de la causa, en fundamento de la Acción de Personal No. 1421-DNTH-SAF del 26 de febrero del 2014, como JUEZ CIVIL-G de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, de la Corte Provincial del Guayas.B).- Agréguese a los autos el escrito así como los anexos que adjunta.- La demanda que antecede presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con los documentos que acompaña, se la califica de clara, precisa y por reunir los requisitos de los Arts. 67, 68 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de Juicio de Insolvencia.C).- En consecuencia, y por cuanto de las copias certificadas que se presentan, se desprende que RONALD PAUL SALVATIERRA VITERI, en adelante "El fallido", requerido que ha sido por el Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, en la ejecución que se le siguiera para que pague o dimita bienes equivalentes al crédito adeudado que asciende a la cantidad de $ 7,672,70USD. no lo ha hecho dentro del término que se le concedió para el efecto, presúmase su insolvencia, y por lo mismo declarase haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos, conforme el Art. 509 del C.P.C.D).- Previo a ordenar citar al El fallido por la prensa, la parte actora en cualquier día y hora hábil, comparezca a rendir juramento conforme el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en el deber de garantizar la Tutela Judicial Efectiva de los derechos de legítima defensa del mismo, conforme al Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial.E).- Una vez citado el demandado, la Actuaria sentará la razón correspondiente sobre su oposición o no conforme el Art. 521 del C.P.C., que en caso de ser negativa se continuará con el procedi-miento de: e1) hacer saber al público por medio de una publicación que se hará en uno de los diarios matutinos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, la declaratoria precedente, para lo cual la actuaria elaborará y entregaré el extracto correspondiente.- e2) Intervendrá el Ab. Washington Cabrera V., en calidad de Sindico de Quiebras de este Cantón, a quien se notificará la demanda y esta providencia en el casillero judicial No. 614, a fin de que dentro de 72 horas exprese si acepta o no el cargo en referencia y presentará su informe en el término de 15 días luego de citado el demandado, a quien las partes podrán contactar al celular 0985046560.- e3) Se acumularán los pleitos que se sigan contra El fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil.- e4) Se oficiará al señor Ministro Fiscal de esta localidad, para que designe un Agente Fiscal que indague sobre la insolvencia, conforme el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil y si corresponde el enjuiciamiento Penal.- e5) Se hará conocer el contenido de esta providencia a Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Segu-ros, Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador.- e6) Se notificará al Sr. Registrador Mercantil y de la Propiedad de este cantón para que anote el inicio de la acción de insolvencia contra el fallido en el Registro de Interdicciones a su cargo.- e7) Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores.F).- Como medida cautelar, previo a la citación del demandado, se ordena que El fallido no po-drá ausentarse del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería, así como a la Policía Nacional, a fin de que se sirvan auxiliar en el cumplimiento de esta medida conforme el principio de colaboración con la Función Judicial, de-terminado en el Art. 30 del C.O.F.J.G).- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 4087 y correo [email protected], que señala la parte actora, así como la designación de los Abogados que formula.H).- Sin perjuicio de lo anterior, en el término de 3 días la parte actora cumpla con lo dispuesto en el último inciso del Art. 327 del C.O.F.J.I).- Actúe la Ab. Jenny Pizarro Tapia, secretaria encargada mediante acción de personal No.3198-UARH-KZ.J).- Cúmplase y notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 6 de mayo del 2014, las 17h16.- Agréguese a los autos los escritos presentados por la parte actora, así como los anexos que adjunta, en atención a los mismos y por cuanto la parte actora, declara bajo la gravedad del juramento que le es imposible determinar la residencia e individualidad del demandado RONALD SALVATIERRA VITERI, cíteselo por medio de uno de los Diarios de mayor circulación que se editen en el País, acorde con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedi-miento Civil, para lo cual la Actuaria del despacho, confiera el respectivo extracto de publicación por la prensa.- Notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.-Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene que señalar domicilio judicial para sus futuras notificaciones, dentro de los veinte días poste-riores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará en rebeldía. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. GUAYAQUIL, 07 DE MAYO DEL 2014.-

Ab. Jenny Pizarro TapiaSecretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-2)

CASILLA # 4087REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUILEXTRACTO DE CITACIÓN

A: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR

LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer a esta Judicatura el Juicio de Insolvencia # 24696-2014, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR: PACIFICARD S.A.DEMANDADA: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMARCUANTÍA: INDETERMINADAAUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 5 de febrero del 2014, las 10h36. VISTOS.- En mérito de la razón actuarial, avoco conocimiento de la presente causa.- Por la Resolución Del Con-sejo de la Judicatura N° 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la presente causa N° 0748-2013 que correspondía al Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante resorteo que consta en foja 26 de los autos, se le ha reasignado con el N° 24696-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo en lo posterior las partes dirigir sus solici-tudes al Juez “D” Ab. Rafael Centeno Rodríguez, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil con el nuevo número reasignado. La demanda que antecede, presentada por PACIFICARD S.A., debidamente representado por su Procurador Judicial, Abogado Gerson Haro Merino, conforme lo acredita con el instrumento público que acompaña y se declara legitimada su intervención, la misma que por reunir los requisitos legales, previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto se la admite al trámite.- Como de la xerocopias certificadas acompañadas se desprende que la demandada JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR, no ha pagado la suma de $ 10,743.62, requerida con el mandamiento de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se presume la insolvencia de la indicada demandada al tenor de lo establecido en el numeral primero del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil (Codificado: R.O.-S No. 58 12-VII-2005) y, por lo mismo hay lugar al Concurso de Acreedores. Consecuentemente, se dispone que la deman-dada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con indicación del activo y pasivo; y que se ocupen y depositen sus bienes del fallido, así como sus libros documentos y correspondencia, debiendo hacerse cargo de los mismos uno de los Síndicos de Quiebra, a quien se notificará la demanda y esta providencia, a fin de que dentro de veinticuatro ho-ras, exprese si acepta o no el cargo en referencia; que se acumulen los pleitos que se sigan contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil, Trabajo e Inquilinato y que se oficie a uno de los señores Jueces de lo Penal de esta provincia, para que se califique la insolvencia; se advierte al demandado que no puede ausentarse del lugar del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería. Que se publique esta providencia una vez ejecutoriada, en el en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; mediante oficios. Hágase conocer el contenido de esta providencia a Servicios Civil y Desarrollo Institucional y Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Seguros. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón para que anote el estado de insolvencia de la demandada en el Registro de Interdicciones a su cargo.- Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores.- Previo a citar a la demandada, JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR conforme lo solicitado, el actor o su Procurador Judicial justifique el agotamiento de las diligencias emprendidas, para poder declarar bajo juramento la afirmación de que es imposible determinar la individualidad o residencia de quien deba ser citado, de conformidad con la resolución No. 020-10-SEP-CC, del registro oficial No. 228 del 5 de julio del 2010, expedida por la Corte Constitucional. La demanda-da dentro del tercer día después de haber sido citado de cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 4087 y correo electrónico señalado, así como las autorizaciones que le confiere a sus Abogados Patrocinadores. Notifíquese.- Otra providencia. Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 09h07. Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden. Se reforma y se amplía el auto inicial, en los siguiente puntos: 1.- Que la suma requerida con el mandamien-to de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil es de $ 25,369.94. 2.- Que además de los oficios ordenados en el auto inicial, se oficie también con la declaratoria de fallida a la Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador y al Registro Mercantil de Guayaquil. En mérito de los documentos adjuntos, en los cuales la parte accionante justifica el agotamiento de las diligencias emprendidas, se dispone citar a la demandada Josie Katherine Flores Villamar, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (Universo, Expreso o Telégrafo), de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Elabórese el respectivo extracto de citación. Notifíquese. f.-) Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil.JUEZ DE LA CAUSA:- Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil.-

Ab. Jhonny Coppiano ZambranoSecretario

Guayaquil, abril 15 del 2014

May. 19-20-21 (146196-3)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: GISELLA MARIA LEONOR GOMEZ BOLOÑA.SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido cono-cer y sustanciar el juicio VERBAL SUMARIO N° 8488-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en calidad de Procurador Judicial, contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR: GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en cali-dad de Procurador Judicial.DEMANDADO: Gisella Maria Leonor Gomez Boloña.OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi repre-sentada los siguientes valores a) La suma de US $10.881,79 (Diez Mil Ochocientos Ochenta y Uno 79/100 Dólares de los Estados Unidos de América); b) Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; c) Las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil; y d) Las costas procesales en la que se deberán incluir los honorarios de mi abogado patrocinador.-AUTO INICIAL: Guayaquil, lunes 5 de marzo del 2012, las 11h11.- VISTOS: La de-manda que antecede presentada por Gerson Vladimir Haro Merino en su calidad de Procurador Judicial de Pacificard S.A., conforme lo justifica con el poder acompañado contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, por reunir los requisitos determinados en los Art. 67 y 1013 del Código Procesal Civil, se la califica de clara y precisa y se la ad-mite al trámite de ley en la vía verbal sumaria. Cítese al demandado con el contenido, de la demanda y este auto en el lugar señalado en la demanda, debiendo remitirse el expediente a la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación acompañada al libelo. Cuéntese con la casilla judicial No 2259 que señala para sus notificaciones y la autorización que otorga a su patrocinador.- Notifíquese.- Guayaquil, martes 18 de marzo del 2014, las 11h43.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se su-primen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 103-A-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 32 de los autos, de fecha 10 de enero del 2014, se le ha reasignado el N° 8488-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, de-biendo las partes dirigir sus solicitudes al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Forme parte del proceso el escrito que presenta la parte actora el 13 de marzo del 2014, las 16h30; atendiendo lo solicitado en el escrito que antecede, el accionante Gerson Vladimir Haro Merino por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, comparezca a este despacho judicial el día 27 de marzo del 2014, a las 11h00 para que declare ante esta autoridad, bajo juramento y con las advertencias respecto al delito de perjurio, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la demandada Gisella María Leonor Gomez Boloña, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Por vacaciones del Secretario Abg. Roberto Rodríguez Larrea, actué el Abg. CHRISTIAN OSWALDO CRIOLLO ESCALANTE Secretario del JUEZ “O” en mérito al MEMORANDO N° 0004-UJC-LPAP-2014.- Notifíquese.- Guayaquil, jueves 24 de abril del 2014, las 16h46.- Agréguese a los autos el escrito precedente.- Aten-diendo lo solicitado, Cítese a la parte demandada por la prensa, publicaciones que se realizarán en el diario El Telégrafo, acorde lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado la afirmación bajo juramento que hace el accionante que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada Gisella María Leonor Gómez Boloña.- Notifíquese.-FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio y Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.-CUANTÍA: US $12.500.oo (DOCE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA)JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.-Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía.Guayaquil, Abril 28 del 2014

Ab. Roberto Rodríguez LarreaSecretario (e) de la Unidad Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-4)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: NANCY SALDARRIAGA CORONEL.HAGO SABER: Que mediante sorteo de Ley le ha tocado conocer a esta Unidad Judicial Civil el juicio de Insolvencia N° 28065-2014, cuyo extracto es el siguiente:ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del PacíficoDEMANDADA: NANCY SALDARRIAGA CORONEL.OBJETO DE LA DEMANDA: Se sirva declarar la Insolvencia de la Nancy Saldarriaga Coronel, y que consecuentemente hay lugar al concurso de acreedores.-AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 17 de octubre del 2012, las 17h12.- VISTOS: La deman-da que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra NANCY SALDARRIA-GA CORONEL por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite al trámite de juicio de Concurso de Acreedores.- En consecuencia, como de las fotocopias certificadas acom-pañadas conferidas por la secretaria del Juzgado Primero de lo Civil de Guayaquil, se desprende que la demandada antes nombrada, no ha cumplido con pagar los valores determinados en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Primero de lo Civil de Guayaquil, dentro del inicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se declara que se presume la insolvencia de la demandada y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- La fallida dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al sindico de quiebra Abogado Washington Cabrera.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de mayor cir-culación de los que se editan en esta dudad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para tal efecto a los señores jueces de lo Civil, Inquilinato y Trabajo de este Cantón.- Remítanse las copias correspondientes a la Oficina de Sorteos del Ministerio Fiscal a fin de que uno de los señores Agentes Fiscales califique la insolvencia de la fallida.- Oportunamente se convocará a Junta de Acreedores. Prohíbase a la fallida señora Nancy Saldarriaga Coronel, ausentarse de este lugar sin permiso del Juzgado, para lo cual se manda a oficiar a las Autoridades de Migración correspondiente.- Notifíquese a los señores notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, haciéndoles conocer el estado de insolvencia de la fallida.- Conforme al articulo 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes.- Cítese a la accionada en la dirección señalada en la demanda para el efecto.- Agréguense los do-cumentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559 que señala el accionante para sus notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Cítese y no-tifíquese.- Guayaquil, miércoles 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Incorpórese al proceso el escrito, así como los anexos que en copia simple presenta GERON VLADIMIR HARO MERINO, p. l. d. q. r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico. Dada la afirmación que hace bajo el juramento de ley la parte ac-tora, en la que manifiesta que le es imposible determinar la residencia de la demandada Nancy Saldarriaga Coronel cítesela por la prensa, de conformidad con lo que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es mediante tres publicaciones, las mismas que se efectua-ra en el Diario El Telégrafo, que se edita en esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.- Guayaquil, miércoles 7 de mayo del 2014, las 17h02.- VISTOS: En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 565-B-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 35 de los autos, de fecha 10 de Febrero del 2014, se le ha reasignado el N° 28065-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes por el momento al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Agréguese a los autos los escritos presentados el 23 de julio del 2013 y 27 de marzo del 2014 por el Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, por los derechos que re-presenta de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Gru-po Financiero Banco del Pacifico.- Por cuanto de una revisión minuciosa del proceso se constata que no se ha citado a la demandada Nancy Saldarriaga Coronel, pues lo que se ha elaborado y publicado en el diario El Telégrafo es un aviso al público, con el que se pretende justificar que se ha citado a la demandada, dejándosela en estado de indefensión, en mérito de lo cual se declara la nulidad de todo lo actuado a partir de la foja 23 del expediente, disponiendo que el señor Actuario elabore y confiera el debido extracto de citación por la prensa tal como está ordenado en providencia de fecha 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Notifíquese.-FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: De conformidad con lo establecido en el Art. 519, N° 1 del Código de Procedimiento CivilCUANTÍA: Indeterminada.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil.-Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificacio-nes, caso contrario será declarado en rebeldía.Guayaquil, Mayo 8 del 2014

Abg. Roberto Rodríguez LarreaSecretario (e) de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-5)

REPÚBLICA DEL ECUADORJUZGADO NOVENO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LOS RIOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA DE SE LLAMO ALICIA EMILIA SUAREZ COELLO Y DEMAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO.-SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado ha presentado por el señor: LEANDRO GUI-LLERMO CAMPOZANO BLUM, en su calidad de demandante deduciendo una deman-da Ordinaria de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 841-2013, en sus contra, cuyo extracto es como sigue:ACTOR: LEANDRO GUILLERMO CAMPOZANO BLUM.DEMANDADOS: LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA DE SE LLAMO ALICIA EMILIA SUAREZ COELLO Y DEMAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO.-OBJETO DE LA DEMANDA: los actores solicitan que mediante el trámite correspon-diente se declare operado a su favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de domi-nio; que desde más de 16 años soy poseedor de dos lotes de terrenos de una superficie de 0,8384594 hectárea de terreno de propiedad de la señora quien en vida se llamó Alicia Emilia Suarez Coello, el mismo que se encuentra ubicado en la Parroquia Los Án-geles del Cantón Ventanas, Provincia de Los Ríos, circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones.- Por el NORTE:- Con el rio Jordán en 26,26 metros siguiendo su curso, POR EL SUR:- Con los terrenos de propiedad de la señora Vilma Vaca Ba-jaña, en 25,40 metros. Con Diógenes Pérez Suarez con 25,38 metros. Por el ESTE.- Con los terrenos de propiedad del señor Fabián Vasconez en 62 metros, con cruce de camino que conduce de Los Ángeles a San Jacinto, en 8 metros y con Rosa Nelly Brunes Suarez en 194,76 metros.- POR OESTE.- Con los terrenos de Propiedad de la señora Rosa Nelly Brunes Suarez en 179,66 metros con cruce de camino que conduce de Los Ángeles a San Jacinto en 8 metros y con Rosa Nelly Brunes Suarez en 45,23 metros.- Debo indicar señor juez, que desde la fecha antes indicada esto es desde el 13 de Octubre de 1994 he venido cultivando en dicho lote de terreno, cacao, café, maíz y madera, trabajando en estas actividades, y efectuando mejores en el bien, sistema de riego subfoliar.CUANTÍA: INDETERMINADA.TRAMITE: ORDINARIO JUEZ DE LA CAUSA: AB. GUILLERMO FALCONI MONTALVAN. Juez temporal del Juzgado Noveno de lo Civil, quien mediante auto de calificación de fecha 30 de abril del 2014, las 11h44, admite la demanda a trámite ordinario por pres-cripción Extraordinaria Adquisitiva de dominio; y ordeno citar a:- LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA DE SE LLAMO ALICIA EMILIA SUAREZ COELLO Y DEMAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO.- por la prensa conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor indica bajo juramento no poder determinar las individualidades y domicilios o residencias de los mismos, a fin de que en el término de 15 días las conteste.- Que se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad de esta ciudad.-Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus no-tificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarado rebelde.- Certifico.-Ventanas, Mayo 12 del 2014

Abg. Ricardo Chacón LemoSecretario Encargado

[Juzgado 9no. Civil y Mercantil] Ventanas - Los Rios

May. 16-21-26 (146202)

EXTRACTO JUDICIAL

JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: MARCO POLO VALENCIA CALDERON ACTOR: NELY ELENA CALDERON ALVAREZ DEMANDADO: MARCO POLO VALENCIA CALDERON y DRA. MARIANA DURAN SALGADOJUICIO: ORDINARIO No. 26-2013-HCH. TRAMITE: ORDINARIO OBJETO: Demanda se declare la falsedad de la Escritura Pública de Compraventa. CUANTÍA: INDETERMINADA

PROVIDENCIAS:

JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, jueves 21 de febrero del 2013, las 16h10.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.- Cuéntese en la presente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Cuéntese con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Alvarez, a quien se le hará conocer a través de la Oficina de Citaciones, para lo cual remítase las copias respectivas.- Incorpórense al proceso la documentación acom-pañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza.

JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, viernes 18 de octubre del 2013, las 15h50.- VISTOS: Agréguese al proceso las razones de citaciones y escritos presentados.- Atenta la petición que antecede y de conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda en el sentido que se deja de con-tar como accionada con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Álvarez, en consecuencia: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede y reforma son completas, claras, precisas y reúnen los demás requisitos de ley, por lo que declarándoselas procedente se las admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda, reforma y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.- Cuéntese en la pre-sente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda y reforma mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Incorpórense al proceso la documen-tación acompañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza.

JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, martes 29 de abril del 2014, las 09h19.- En lo principal, en mérito del juramento rendido por la actora, sobre la imposibilidad de determinar la residencia, paradero o domicilio del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial, reforma y presente providencia al demandado señor Marco Polo Valencia Calderón, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los pe-riódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el extracto correspondien-te.- NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza.

Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-

Certifico.-

ATENTAMENTE

DR. LUIS CHULDE RUANOSECRETARIO (E)

May. 19-20-21 (146258)

Casilla 1526

REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

AL SEÑOR LUIS ANTONIO NAULA LUCERO Y AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE:

JUICIO: ALIMENTOS No. 1640 - 2012-C.E. (INCEDENTE DE REBAJA)CUANTIA: 1.356,00ACTOR: EDUARDO RAMON VACA GUAMANQUISPE.DEMANDADO: YOLANDA CECILIA GUERRERO ORTEGA.

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPE-CIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de abril del 2014, las 08h10. VISTOS: Sobre la base de la aseveración juramentada del actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia o domicilio de la demandada, pese a las averiguaciones que ha realizado, y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone CITAR a través de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, con un extracto de la de-manda, auto de calificación y esta providencia a la demandada YOLANDA CECILIA GUERRERO ORTEGA.- Por Secretaría elabórese el extracto correspondiente.- Cítese y Notifíquese.- DRA. CELMA ESPINOSA, JUEZA.-Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

DR. ARMANDO CEDEÑOSECRETARIO UJETFMNAQ

May. 21; Jun. 3-16 (146403)

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYASUNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOPEZ ABAD FRANK ALBERTO.LE HAGO SABER: Que por sorteo le ha tocado conocer el Juicio de Alimentos No. 17871-2013 al Ab. Carlos Zambrano Navarrete, Juez de la Unidad Judicial Norte de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.ACTOR: PATIÑO CEDEÑO CARMEN ISABEL.OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez de esta Unidad Judicial mediante Resolución establezca el pago de una pensión alimenticia no menor a la cantidad de CIENTO CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA por cada uno de sus hijos, es decir una pensión mensual de SEISCIENTOS DO-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más beneficios de ley. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS, UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, 07 de mayo de 2014, a las 08h04 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Norte de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.- En lo principal la demanda de Incidente de Aumento de Prestación de Alimentos presentada por la señora CARMEN ISABEL PATIÑO CEDEÑO por reunir los requisitos de Ley, puntualizados en los Arts. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica como clara, completa y precisa, por lo que se la admite al trámite Especial; y a lo previsto en el Art. 11 numeral 3 de la Constitución de la República.- Teniendo en cuenta la declaración juramentada que ha realizado la accionante se dispone que la citación al obligado principal, FRANK ALBERTO LOPEZ ABAD, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones en días distintos, entre la una y la otra; la Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, al demandado en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrán ser considerado o declarada rebelde.- En cuanto al demandado Subsidiario señor CHRISTIAN FABIAN CARRION ABAD se dispone CITAR con la copia de la demanda, auto de Calificación y anuncio de pruebas en el lugar indicado en su demanda a través de Boleta Única de Citación, a quien se le hará las advertencias de Ley, previniéndole que de no comparecer a Juicio se procederá en rebeldía.- Se dispone que la citación a los demandados se la realice en el menor tiempo posible, con la finalidad de impedir una posible vulneración del derecho a la defensa y a la seguridad jurídica.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, el casillero judicial y correo electrónico que indica para sus notificaciones posteriores, así como la autorización legal dada a su abogado defensor.- Téngase en cuen-ta los anuncios de pruebas presentado por la parte actora.- 1) El día de la audiencia única comparezcan los demandados a rendir confesión judicial personalmente y no por interpuesta personas, al tenor del pliego de preguntas que será calificada en esa diligencia; 2) Envíese atentos oficios en la forma solicitada en el libelo de demanda a las instituciones que indica en el anuncio de prueba que señala.- En atención a la solicitud de medidas cautelares realizada por la actora, se dispone: 1) Que se le prohiba a los demandados FRANK ALBERTO LOPEZ ABAD portador de la cédula de ciudadanía No. 0912095114; y, CHRISTIAN FABIAN CA-RRION ABAD portador de la cédula de ciudadanía No. 0920311594 se ausenten del país, para lo cual se deberá oficiar a las autoridades de Migración; 2) En mérito a la información constante en autos se dispone la prohibición de enajenar el vehículo MARCA; NISSAN; MODELO: SENTRA 1.6 MT AC; COLOR: AMARILLO; AÑO 2011; PLACAS: GRX9748, CLASE: AUTOMOVIL; para el efecto se dispone oficiar a la Comisión de Transito del Ecuador para que procedan a registra dicha prohibición hasta que esta autoridad no disponga lo contrario, la actuaria del despacho proceda a oficiar en ese sentido. Agréguese a los autos la demanda y la documentación adjunta.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.CUANTÍA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: AB. CARLOS ZAMBRANO NAVARRETE.Se le advierte al demandado que tiene la obligación de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en ésta ciudad de Guayaquil para sus notificaciones y que en caso de no comparecer veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado rebelde.

AB. MARIA DE LOURDES TALBOT NIETOSECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL

(146491)

Page 40: elTelegrafo-21-05-2014

El Telégrafo I miércoles 21 de mayo del 201440

EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA

TRAMITE: VISTO BUENO 151756-2014ACTOR: Fernández Noboa, en calidad de de Apoderada Especial del ECO. SEGUNDO FELIX CAMACHO VILLALTA, Gerente General de PLUS SERVICES S.A.- CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO. ACCIONADO: ASENCIO ROSALES VALERIA ESTEFANIA.

VISTO BUENO N° 151756

INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL GUAYAS.-Guayaquil, 5 de mayo de 2014; a las 9H37.-

En virtud de la razón de sorteo que antecede, avoco conocimiento del presente trámite de VISTO BUENO, presentado por Jessenia Fernández Noboa, en calidad de de Apoderada Especial del ECO. SEGUNDO FELIX CAMACHO, Gerente General de PLUS SERVICE S.A. CORPSERVIPLUS, en contra de su trabajador señor ASENCIO ROSALES VALERIA ESTEFANIA. Solicitud que por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al Trámite.- En lo principal, se dispone notificar al trabaja-dor accionado, mediante la publicación del extracto de esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación en la ciudad de Guayaquil, al tenor preceptuado en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber declarado el compareciente y bajo juramento desconocer la individualidad o residencia actual del trabajador ASENCIO ROSALES VALERIA ESTEFANIA, ha-ciéndole saber que tiene el término de veinte días para dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación la de señalar casilla judicial para futuras notifi-caciones.- Con su contestación o en rebeldía realícense las investigaciones de conformidad con la ley.- Tómese en cuenta la casilla judicial N° 1736 que señala para futuras notificaciones, así como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- f) Ab. Jaime Rubhen Desiderio Vera, Inspector de Trabajo del Guayas.- Particular que comunico para los efectos de ley.- Guayaquil, 8 de mayo de 2014.-

AB. JAIME RUBHEN DESIDERIO VERA INSPECTOR PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS

May. 19-20-21 (146370)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: COMPAÑÍA DE COMERCIO COSTATRADING S.A. INTERPUESTA POR SU LIQUIDADOR ALVARO SALDARRIAGA RESTREPO.LE HAGO SABER: Que en el juicio especial de Concurso de Acreedores N° 09332-2014-46544, que sigue el BANCO CENTRAL DEL ECUADOR Y en calidad de Procurador Judicial DR. HUGO SANCHEZ GORDONl hay lo siguiente:CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, lunes 28 de Abril de 2014, las 14h00.- VISTOS: Agréguese el escrito de la parte actora.- En lo principal, se corrige el auto inicial dictado de fecha 25 de marzo del 2014, las 18h17, en el sentido que el nombre correcto es Dr. HUGO ALEXIS SANCHEZ GORDON en su calidad de procurador judicial de BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, en lo demás estese a lo ordenado.-CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 25 de Marzo de 2014, las 18h17.- VISTOS Avoco Conocimiento de la presente causa, en virtud de la acción de personal No. virtud de la Acción de Personal No. 5583-UARH-AOR del 08 de julio del 2013, y de la No. No. 9839- UARH-AOR de fecha 8 de noviembre de 2013, emitidas p por el Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, presentada por EL DR. HUGO SANCHEZ LUGO, en su calidad de procurador judicial de BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, personería que se declara legitimada en mérito del instrumento público adjunto, por reunir los requisitos de los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente. En mérito de los recaudos adjuntos a la demanda, se viene en conocimiento que en el Juicio Coactivo # 405-2003, seguido por el, BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, en contra de COMPAÑÍA DE COMERCIO COS-TATRADING no librado el mandamiento de ejecución, ésta no ha pagado el valor de US$ 5’019.093,68, Dólares Americanos, ni ha dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados. En tal virtud, al tenor de lo establecido en el Art. 509 del cuerpo de leyes antes citado, se presume la QUIEBRA de la demandada Compañía COMPAÑIA DE COMERCIO COSTATRADING S.A. y como consecuencia de ello, se declara haber lugar al concurso de Acreedores, ordenándose que la demandada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y mas documentos de la con-cursada y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del publico en uno de los diarios matutinos de mayor circulación en el País, esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguida contra la demandada por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remitase atentos Oficios a los señores Jueces de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que uno de los señores Agen-tes Fiscales de lo Penal del Guayas, califique la Quiebra. Se dispone que los bienes de la concursada sean entregados al Abogado Washington Cabrera Valencia, en su calidad de Sindico de Quiebra. Por el estado de la concursada, esta se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio a los señores Contralor General de la Nación, Director Regional de la Contraloría, Notarios Públicos y Registra-dor de la Propiedad del Cantón Guayaquil, comunicándoles el estado en que se encuentra la demandada. Oportunamente se señalara día y hora para la junta de Acreedores. Ofíciese al Registrador Mercantil para que se inscriba el auto de quiebra tal como lo señala el art. 30 del código do comercio. Sírvase oficiar al Director General de Servicio Nacional de Contratación Publica para que de cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 94 de la ley orgánica del sistema nacional de Contratación publica; así mismo se oficie en el sentido que se solicita en el numeral k de su libelo de demanda. Se advierte al liquidador de la compañía Alvaro Saldarriaga Restrepo, que no puede ausentarse del lugar del juicio, sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Director y Subdirector de Migración y Extranjería. Cítese a la demandada Compañía COMPAÑIA DE COMERCIO COSTATRADING S.A., en la interpuesta persona de su liquidador Alvaro Saldarriaga Restrepo, por la prensa, por cuanto la actora ha declarado juramento desconocer su actual domicilio, en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en el país, debiendo el Actuario del Despacho, con-ferir el extracto respectivo para su publicación Agréguese a los autos los anexos adjuntos. Notifíquese a la actora en la casilla judicial que indica y téngase en cuenta la autorización que le confiere a sus defensoras. Cítese y Notifíquese en los lugares indicados conforme a Ley. Hágase saber.- F) Ab. TERESA QUINTERO CABRERA Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.- Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para notificaciones futuras, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y ultima publicación de este aviso, caso contrario será tenida o declarada rebelde.Guayaquil, 7 de Mayo de 20124

AB. IVONNE SUMBA JADANSECRETARIA

May. 21-22-23 (146496)

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYASEXTRACTO DE CITACIÓN

A: ACOSTA VITERI EDMUNDO GONZALO.LE HAGO SABER: Que dentro del juicio N° 2014-46546-A, que sigue BANCO CENTRAL DEL ECUADOR PROCURADOR JUDICIAL DR. HUGO ALEXIS SANCHEZ GORDON contra COMPAÑÍA CONSTRUCTORRE S.A., EN LIQUIDACION REPRESENTANTE LEGAL EL SR. ACOSTA VITERI EDMUNDO GONZALO hay lo siguiente:AUTO INICIAL:CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 26 de Marzo del 2014 las 08h29.- VISTOS: Avoco Conocimiento de la presente causa, en virtud de la acción de personal No. 5583-UARH-AOR del 08 de julio del 2013, y de la No. No. 9839- UARH-AOR de fecha 8 de noviembre de 2013, emitidas p por el Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, presentada por EL DR. HUGO SANCHEZ LUGO, en su calidad de procurador judi-cial de BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, personería que se declara legitimada en mérito del instrumento público adjunto, por reunir los requisitos de los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente. En mérito de los recaudos adjuntos a la deman-da, se viene en conocimiento que en el juicio Coactivo # 046-2006, seguido por el., BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, en contra de COMPAÑÍA CONSTRUCTORRE S.A. EN LIQUIDACION no librado el mandamiento de ejecución, ésta no ha pagado el valor de US$ 11'838,040,16, Dólares Americanos, ni ha dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados. En tal virtud, al tenor de lo establecido en el Art. 509 del cuerpo leyes antes citado, se presume la QUIEBRA de la de-mandada Compañía COMPAÑIA CONSTRUCTORRE S.A. EN LIQUIDACION, y como consecuencia de ello, se declara haber lugar al concurso de Acreedores, ordenándose que la demandada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bie-nes, así como de los libros, correspondencia y más documentos de la concursada y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los diarios matutinos de mayor circulación, en el País, esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguida contra la demandada por obliga-ciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores jueces de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal del Guayas, califique la Quiebra. Se dispone que los bienes de la concursada sean entregados al Abogado Washington Cabrera Valencia, en su calidad de Síndico de Quiebra. Por el estado de la concursada, ésta se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio a los señores Contralor General de la Nación, Director Regional de la Contraloría, Notarios Públicos y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, comunicándoles el estado en que se encuentra la demandada. Oportunamente se señalará día y hora para la Junta de Acreedores. Oficiese al Registrador Mercantil para que se inscriba el auto de quiebra tal como lo señala el art. 30 del código de comercio. Sírvase oficiar al Director General de Servicio Nacional de Con-tratación Publica para que de cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 94 de la ley orgánica del sistema nacional de Contratación publica, así mismo se oficie en el sentido que se solicita en el numeral k de su libelo de demanda. Se advierte al liquidador de la compañía EDMUNDO GONZALO ACOSTA VlTERl que no puede ausentarse del lugar del juicio, sin autorización de la judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Director y Subdirector de Migración, y Extranjería. Cítese a la demandada Compañía COMPAÑIA CONSTRUCTORRE S.A. EN LIQUIDACION en la interpuesta persona de su liquidador EDMUNDO GONZA-LO ACOSTA VlTERl por la prensa, por cuanto la actora ha declarado bajo juramento desconocer su actual domicilio, en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en uno de los diarios de ma-yor circulación que se editan en el país, debiendo el Actuario del Despacho, conferir el extracto respectivo para su publicación. Agréguese a los autos los anexos adjuntos. Notifíquese a la actora en la casilla judicial que indica y téngase en cuenta la autorización que le confiere a sus defensoras. Cítese y Notifíquese en los lugares indicados conforme a Ley. F) TERESA QUINTERO CABRERA.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 3 de Abril del 2014 las 17h08.- VISTOS.- De la revisión del proceso se puede colegir que al momento de la redacción del Auto de calificación, por un error involuntario se cambió el apellido materno del Procurador Judicial del Banco Central del Ecuador, siendo lo correcto GORDON y no como erróneamente se hizo constar en dicho auto de calificación, en lo demás estece a lo allí ordenado.- F) TERESA QUINTERO CABRERA .- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.- Guayaquil, 7 de Abril del 2014

Abg. SUMAC IVONNE SUMBA JADANSECRETARÍA

JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS

May. 21-22-23 (146497)

REPÚBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE

EN EL CANTÓN GUAYAQUIL-M

AVISO DE REMATEAL PÚBLICO EN GENERAL.SE LE HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo No. 23022-2014 (antes 0067-1999) seguido por ESPINOZA LEÓN HAROLD FREDERICK, mediante providencia dictada el 12 de marzo del 2014, a las 17h42, se ha señalado para el día miércoles 21 de mayo del 2014, desde las 13H00 hasta las 17H00, a efecto de que tenga lugar el remate del inmueble embargado en esta causa, que corresponde al predio ubicado en la Acera Este de la Calle Tercera del Barrio Ayora entre las calles Clemente Ballén y Diez de Agosto, Manzana # 2 Solar # 13, de la Parroquia Urbana Ximena, del Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, cuyos linderos son: por el NORTE.- Solar 12, con 25,00 metros, por el SUR.- Solar 14, con 25,00 metros; por el ESTE.- Solar 10, con 15,00 metros; y, OESTE.- Calle Tercera con 15,00 metros, dando un área total de 375,00 metros cuadrados. Existe una edificación de estructura, mixta, tipo villa planta baja, la misma que se desarrolla en un área de construcción de 137.84 metros cua-drados, está destinada para vivienda y posee un local comercial, tiene las siguientes características: cubierta de zinc, paredes de bloques vistos en fachada enlucidos, puer-tas metálicas, se encuentra ubicado a cincuenta metros del Malecón del Salado, en una zona regenerada. El predio está dotado de las principales obras de infraestructura tales como: agua potable, aguas servidas, redes eléctricas, redes telefónicas, aceras, bordillos; y, calles regeneradas.AVALUO: Conocidas las características del bien su estado y condición, atento al valor del mercado, se lo avalúa en USD $ 42.020,40 SON: CUARENTA Y DOS MIL VEINTE 40/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-El remate se efectuará en el día y dentro de las horas señaladas, y tendrá lugar en la planta baja de la Torre 9 del Complejo Judicial Florida Norte, y no se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes de su avalúo, a las que deberá acompañar el diez por ciento en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden del Juzgado.El inmueble a rematarse se encuentra en custodia del depositario judicial de la Ciudad de Guayaquil señor Luis Cordovez Pontón. Lo que comunico al público para los fines de Ley.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez -M- Unidad Judicial Civil y Mercantil del Cantón Guayaquil.-Guayaquil, marzo 14 del 2014

AB. ROSANNA MARTÍNEZ ERAZOSECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE EN EL CANTÓNGUAYAQUIL-M

Ab. 24; May. 8-21 (143960)

JUZGADO DE COACTIVAS, SEDE QUITO

EXTRACTO DE CITACIÓN

PARA: señora ARAUJO MARIANA DE JESUS CON IDENTIFICACIÓN N° 655777. OBJETO: Le hago saber que en el Juzgado de Coactiva del Banco Central del Ecuador, dentro del Juicio Coactivo No. JCQ-770-2004 incoado por el BANCO DE PRÉSTAMOS hoy BANCO CEN-TRAL DEL ECUADOR, para la recuperación de un crédito, se dictó la providencia de 09 de mayo de 2014, las 16h00, en la que se dispone, que de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se cite por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional.

CUANTÍA INICIAL: CUATRO MIL SEISCIENTOS NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS (US$ 4.609,84) AUTO DE PAGO: JUZGADO DE COACTIVA DE LA AGENCIA DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS.-Quito, 21 de diciembre de 2004, a las 17h53.- VISTOS.- (...) ORDENO QUE: ARAUJO MARIANA DE JESUS cuyo documento de identificación es 655777, pague (n) al BANCO DE PRESTAMOS S.A. EN SANEAMIENTO la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS (US$ 4.609,84), más los intereses de capital y mora que se generen hasta la total cancelación de la deuda, más los gastos judiciales, costas, honorarios profesionales y otros valores legales que le sean exigibles o dimita (n) bienes equivalentes a la deuda, dentro del término de tres días contados a partir de la citación con el presente auto apercibiendo que de no hacerlo, se procederá al embargo de bienes muebles e inmuebles de propiedad del (los) coactivado (s). Se ofrece reconocer abonos o cancelaciones que legalmente se comprobaren. CÚMPLASE Y CÍTESE.- f) Ab. Iván Rodrigo Al-meida Galarza.- JUEZ DE COACTIVA.- f) Dr. Andrés R. Jácome C.- SECRETARIO DE COACTIVA.

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, DIRECCIÓN DE OFICINA PROYECTO BANCA CERRADA QUITO, JUZGADO DE COACTIVAS.- Distrito Metropolitano de Quito, 09 de Mayo del 2014, las 16H00.- VISTOS.- Continúo en conocimiento de la presente causa, y para la consecución de los fines de este proceso coactivo, se DICTAN LAS SIGUIENTES ORDENES PROCESALES:

PRIMERO.- En virtud de la razón sentada constante a fojas 104 del proceso, de fecha 09 de mayo de 2014, suscrita por el Abogado Renato Alvarado Llerena, secretario abogado, el cual bajo juramento afirma lo siguiente: que "Siento como tal, que a pesar de haber realizado las averiguaciones pertinentes en las instituciones públicas, tales como la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, así como la Dirección Nacional de Migración, a fin de determinar el domicilio o lugar de citación de la coactivada señora ARAUJO MARIANA DE JESUS portadora del documento de identificación N° 655777, afirmo bajo juramento que no se ha podido determinar la individualidad o residencia de quien debe ser citada en el presente juicio, por tanto solicito se proceda de conformidad con lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil"; en virtud de lo cual DISPONGO que por intermedio de secretaria, se elabore el extracto para la publicación de la CITACIÓN POR LA PRENSA a la señora ARAUJO MARIANA DE JESUS portadora del documento de identificación N° 655777, en cumplimiento al artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- CÚMPLASE Y CÍTESE.- f. Dra. Silvia Gordillo Villamar. JUEZA DE COACTIVA B.C.E.Se le recuerda al coactivado de la obligación de contar con un Abogado y de su obligación de fijar domicilio Judicial en la Ciudad de Quito, para recibir notificaciones.

Ab. Renato Alvarado Ll.Secretario de Coactiva

May. 19-21-23 (146261)

NATURALIZACIÓN DEL SEÑOR LUIS MIGUEL GIL POTES

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Reglamento a la Ley de Naturalización, se pone en conocimiento que el ciudadano de nacionalidad colombiana LUIS MIGUEL GIL POTES ha solicitado Carta de Naturalización en el Ecuador.

De la documentación presentada se desprende que el peticionario reside ininterrumpidamente en el país desde el 7 de enero de 2003, fecha en que la Di-rección General de Extranjería le otorgó la visa de inmigrante.

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Naturaliza-ción, cualquier persona, natural o jurídica, podrá pre-sentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movi-lidad Humana para oponerse, fundamentadamente, a la adquisición de la naturalización solicitada.

Quito, 22 de abril de 2014

JESSICA PAOLA ORELLANA CURILLODIRECTORA ENCARGADA DE MIGRACIÓN Y

EXTRANJERÍAMay. 19-20-21 (146262)

REPUBLICA DEL ECUADOR

ALFAMEDICAL S.A.

Se comunica al público en general que por cuanto se encuentran extraviados los títulos de acciones Nros. 1, 2 y 3 correspon-dientes a 21.100 acciones ordinarias e indivisibles, de un valor de diez dólares de los Estados Unidos de América cada una. Por lo tanto quedan anulados los mismos. Estos títulos pertenecen al Hospital de Especialidades de las Fuerzas Armadas No. 1, en calidad de único accionista de la compañía ALFAMEDICAL S.A. Este comunicado se lo realiza conforme a lo dispuesto en el Artículo 197 de la Ley de Compañías.

AtentamenteMarcelo Rubio CerónGERENTE GENERAL

May. 19-20-21 (146264)

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACION

A: CARLOS MARTIN PLUA VILLAFUERTE REPRESENTANTE LEGAL COMPAÑÍA BLUHOLD S.A.ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ: AB. ALDO NICOLA CHONGJUICIO COACTIVO: 089-2014CUANTIA: USD$78,228.71LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Coactivo No. 089-2014, seguido en su contra, por el Banco Central del Ecuador, se encuentra lo siguiente:

AUTO DE PAGO: En auto de Pago dictado el 14 de marzo del 2014, a las 09h40, se ordenó que dentro del término de tres días la Compañía BLUHOLD S.A., pague al Banco Central del Ecuador, la cantidad de USD$78,228.71 (SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 71/100) más los intereses de mora, gastos y honora-rios que se hayan generado hasta la actualidad, para la cancelación total de la deuda, o dentro del mismo término dimita bienes equivalentes al monto de la misma. Mediante providencia dictada el 08 de mayo del 2014, a las 10h20, se ordena citarlo por la prensa, por cuanto ha sido imposible determinar su individualidad o residencia en la forma que determina el artículo 82 del Código de procedimiento Civil.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Guayaquil, 15 de mayo del 2014

AB. EDUARDO MATUTE AVILÉSSECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR(146422)

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACION

A: FREDI VINICIO ZAQUINAULA LALANGUI REPRESENTANTE LEGAL COMPAÑÍA PORTFOL S.A.ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ: AB. ALDO NICOLA CHONGJUICIO COACTIVO: 090-2014CUANTIA: USD$674.669.92LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Coactivo No. 090-2014, seguido en su contra, por el Banco Central del Ecuador, se encuentra lo siguiente:

AUTO DE PAGO: En auto de Pago dictado el 14 de marzo del 2014, a las 09h30, se ordenó que dentro del término de tres días la Compañía PORTFOL S.A., pague al Banco Central del Ecuador, la cantidad de USD$674.669.92 (SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 92/100) más los intereses de mora, gastos y honorarios que se hayan generado hasta la actualidad, para la cancelación total de la deuda, o dentro del mismo término dimita bienes equivalentes al monto de la misma. Mediante providencia dictada el 08 de mayo del 2014, a las 10h10, se ordena citarlo por la prensa, por cuanto ha sido imposible determinar su individualidad o residencia en la forma que determina el artículo 82 del Código de procedimiento Civil.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Guayaquil, 15 de mayo del 2014

AB. EDUARDO MATUTE AVILÉSSECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR(146423)

REPUBLICA DEL ECUADORJUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACION

A: LUIS GONZALO AVEIGA GARCIA REPRESENTANTE LEGAL COMPAÑÍA ROGIPORT S.A.ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADORJUEZ: AB. ALDO NICOLA CHONGJUICIO COACTIVO: 094-2014CUANTIA: USD$2´097.377,16LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Coactivo No. 094-2014, seguido en su contra, por el Banco Central del Ecuador, se encuentra lo siguiente:

AUTO DE PAGO: En auto de Pago dictado el 14 de marzo del 2014, a las 09h00, se ordenó que dentro del término de tres días la Compañía ROGIPORT S.A., pague al Banco Central del Ecua-dor, la cantidad de USD$2´097.377,16 (DOS MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 16/100) más los intereses de mora, gastos y honorarios que se hayan generado hasta la actualidad, para la can-celación total de la deuda, o dentro del mismo término dimita bienes equivalentes al monto de la misma. Mediante providencia dictada el 08 de mayo del 2014, a las 10h00, se ordena citarlo por la prensa, por cuanto ha sido imposible determinar su individualidad o residencia en la forma que determina el artículo 82 del Código de procedimiento Civil.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Guayaquil, 15 de mayo del 2014

AB. EDUARDO MATUTE AVILÉSSECRETARIO DEL JUZGADO DE COACTIVA

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR(146424)

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYASJUZGADO DECIMO PRIMERO TITULAR DE LA

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACION

A: CARLOS LUIS JURADO GUERRERO.LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL Nº 09961-2014-0139, seguida por PILAR YOLANDA CORNEJO BURGOS en contra de CARLOS LUIS JURADO GUERRERO.OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que los une de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 2 del Código Civil vigente.AUTO INICIAL: VISTOS: Ab. Andres Garcia Escobar, en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Décimo Primero de la Niñez y Adolescencia, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL que interpone PILAR YOLANDA CORNEJO BURGOS, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al tramite verbal sumario.- En lo principal, cítese a la parte demandada CARLOS LUIS JURADO GUERRERO, por la prensa, en el modo establecido en el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado, en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, por cuanto la actora, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la parte demandada, pese a haber realizado todas las averiguaciones. Las publicaciones debe-rán realizarse en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, ya sea Diario el Universo, Expreso, o Telégrafo, debiendo la Actuaria del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. Se previene a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a Juicio, bajo prevenciones de ley. Tómese en cuenta la casilla judicial que señala la parte actora para sus notificaciones y autorización al profesional del derecho Intervenga la abogada Larissa Ibarra Lamilla, en su calidad de Secretaria del Juzgado, debidamente autorizada por el Consejo de la Judicatura.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- CUANTIA: IndeterminadaJUEZ DE LA CAUSA: EL MSC. ANDRES EDUARDO ALVARADO LUZURIAGA, JUEZ DECIMO PRIMERO TITULAR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.-

ABG. LARISSA IBARRA LAMILLASECRETARIA (E) DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE FAMILA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

(146510)

JUZGADO CUARTO DE TRABAJO DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE QUIEN EN VIDA FUE SEÑOR ALEXIS LEONYD SALTOS VERDUGA.HAGO SABER: Que en esta Judicatura ha tocado mediante sorteo el cono-cimiento del trámite de Consignación No. 0016-2014, cuyas características son las siguientes:DEMANDANTE: ANDRES ROMO-LEROUX ESTRADA, por los derechos que representa de MAMUT ANDINO C.A., en su calidad de Presidente Ejecutivo.DEMANDADOS: A los herederos de quien en vida fue el señor ALEXIS LEONYD SALTOS VERDUGA.CUANTIA: $582, 58.TRAMITE: Consignación.-PROVIDENCIA.- Guayaquil, 14 de Enero de 2014; las 12h00.- Avoco cono-cimiento de la presente causa, en virtud del sorteo de Ley. VISTOS: La petición que antecede, presentada por ANDRES ROMO-LEROUX ESTRADA, por los derechos que representa de MAMUT ANDINO C.A., en su calidad de Presidente Ejecutivo, se la admite al trámite de conformidad con el artículo 807 del Código de Procedimiento Civil por ser clara y precisa.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el peticionario para sus notificaciones así como la autorización conferida a favor de los Abogados Luis Heinert y Carlos Terán para su patrocinio.- Se ordena citar a los herede-ros presuntos y desconocidos de quien en vida fue señor ALEXIS LEONYD SALTOS VERDUGA, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo entregar el Actuario del despacho el extracto para la correspondiente publicación por la prensa.- Agréguese a los autos la documentación que acompaña.- Cítese y notifíquese en los lugares señalados.- HAGASE SABER.JUEZ: AB. EDIS OSEGUERA VILLAMAR JUEZ (E) Juzgado Cuarto de Trabajo del Guayas.Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, advirtiéndoles la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificacio-nes, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de este extracto, caso contrario podrán ser declarados como rebeldes.-Guayaquil, 13 de mayo de 2014

Lcdo. Luis Quijije Martillo SECRETARIO

JUZGADO CUARTO DE TRABAJO DEL GUAYASMay. 21-22-23 (146514)

NATURALIZACIÓN DE LA SEÑORA ADRIANA MERCEDES ROMERO JOJOA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Reglamento a la Ley de Naturalización, se pone en conocimiento que la ciudadana de nacionalidad colombiana ADRIANA MERCEDES ROMERO JOJOA ha solicitado Carta de Naturalización en el Ecuador.

De la documentación presentada se desprende que la peticionaria reside ininterrumpidamente en el país desde el 22 de julio de 2009, fecha en que fue re-conocida como refugiada por el Estado ecuatoriano.

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Natura-lización, cualquier persona, natural o jurídica, podrá presentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para oponerse, fundamentada-mente, a la adquisición de la naturalización solicitada.

Quito, 22 de abril de 2014

JESSICA PAOLA ORELLANA CURILLODIRECTORA ENCARGADA DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

May. 21-22-23 (146404)

REPÚBLICA DEL ECUADOR

AVISO DE REQUERIMIENTO DE LLAMADO A ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA CEILA CONSTRUCCIONES E INDUSTRIAS LOS

ANDES S.A. "EN LIQUIDACION"

En acatamiento de lo dispuesto por el artículo 393 de la LEY DE COMPAÑIAS, requiero públicamente a los acreedores de la compañía. CEILA CONSTRUC-CIONES E INDUSTRIAS LOS ANDES S.A. "EN LI-QUIDACION", a fin de que quienes tengan derecho a la calidad de tal, presenten ante el suscrito LIQUIDA-DOR, en la CIUDADELA SAUCES II, MZ 113 SOLAR 56, de ésta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días contados desde la tercera y última publi-cación de éste aviso, los documentos que acrediten su derecho, previniéndoles que de no hacerlo, se tomarán en cuenta solamente a los acreedores que hayan presentado su reclamación, y a los que aparez-can reconocidos como tales, en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación.

Guayaquil, 15 de Mayo /2014

EC. SIXTO FERNANDO OLMEDO VERA LIQUIDADOR

May. 21-22-23 (146501)

ANULACIÓN DE COMPROBANTE PROVISIONAL DE DEPÓSITO

CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. informa al público en general que el Comprobante Provisional de Depósito "CPD", de la siguiente numeración, queda anulado por haberse extraviado:

1) 0283027

"CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes señalado.

(146443)

EXTRACTO

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL NOTARIA DECIMA DEL CANTON QUITO DISTRITO METROPOLITANO: Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante es-critura pública otorgada ante el Dr. Diego Almeida Montero, Notario Décimo del Cantón Quito. El señor RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS y señora MARIA INES DE LOURDES CABIESES CHOCANO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta mediante acuerdo de disolución de veinte y cuatro de febrero de dos mil catorce suscri-to en el Centro de Mediación de la Función Judicial, e inscrita en el Registro Civil Identificación y Cedulación el diecinueve de Marzo del dos mil catorce.

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura pública de Liquidación de Sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público en general, mediante la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente al señor RAFAEL ANTONIO ANDRADE VILLACIS y señora MARIA INES DE LOURDES CABIESES CHOCANO, otorgada mediante escritura pública de diecisiete de Abril del dos mil catorce, ante el suscrito Dr. Diego Javier Almeida Montero, Notario Décimo del Cantón Quito, en la cual se realizan las siguientes adju-dicaciones:

UNO.-) Para la señora María Inés de Lourdes Cabieses Chocano: El cien por ciento de la Camioneta marca Toyota, modelo Prado, año dos mil diez valorizada en treinta mil dólares americanos (US $ 30,000.00), inc. g), nume-ral doce.- El valor del cincuenta por ciento (50%) del total indicado en el inc. m) del numeral doce, constituido por ciento doce mil quinientos dólares (US $ 112,500.00), que se entregará mediante Cheque de Gerencia, por dicho monto a la fecha de la firma de la Escritura Pública de Cambio de Régimen Patrimonial en el Perú.- El total de los enseres ubicados en el inmueble de la Av. El Golf. Los Incas N° cuatro cuatro cero, Casa cuatro, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima - Perú; inc. n) numeral doce.- Un Cheque de Gerencia, otorgado por el cónyuge a favor de doña María Inés de Lourdes Cabieses Chocano, por el valor de US $ un millón seiscientos diez mil quinientos ochenta y tres dólares americano (1'610,583.00), NETOS. Valor que sumado a los treinta mil dólares (US $ 30.000.00) correspondientes a la camioneta Prado, que se le hace entrega, hacen la suma total de, un mi-llón seiscientos cuarenta mil quinientos ochenta dólares americanos (US $ 1'640,583.00)

DOS.-) Para el señor Rafael Antonio Andrade Villacís: El cien por ciento de la propiedad de los inmuebles indicados en la cláusula tercera a) y b) así como la construcción de la casa en el edificada, ambos ubicados en Quito- Ecuador, tal como se indica en la relación de bienes.- Los saldos de las cuentas referidas en los literales c), d), e) y f) de la cláusula tercera; a pesar de especificarse cifras y cuentas, el acuerdo alcanza a los saldos existentes en esas cuentas bancarias.- Los bienes señalados en la cláusula tercera, literales h), i), j), k), I) y m) y n); a pesar de especificarse avalúos, cifras y números de cuentas, el acuerdo alcanza los saldos existentes en esas cuentas bancarias, por los conceptos indicados.

Con una Cuantía total de dos millones doscientos tres mil ochenta y tres dólares de los Estados Unidos.

Por lo que en el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, quince de Mayo del 2014.

DR. DIEGO ALMEIDA MONTERONOTARIO DÉCIMO DEL CANTÓN QUITO

(146474)

BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EL TRIUNFO

AVISO DE REMATE

Por auto dictado por el señor abogado Horacio Eladio Coello Montiel, Juez Delegado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal El Triunfo, con fecha 15 de Mayo del 2014, a las 14h:30, se ha ordenado el REMATE, del bien inmueble embargado dentro del Juicio Coactivo N° 113-2007; señalándose para que se verifique la subasta, el día Jueves 17 de Julio del 2014, de las 13h:00 a 17h:00 (de 1 a 5 de la tarde), en el Juzga-do de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo, ubicado en la vía a la Troncal y Avenida Simón Bolívar, primer piso (Mezanine) de la ciudad El Triunfo, cuyo informe pericial es el siguiente:UBICACIÓN: Solar y casa N° 16, manzana 6 de la Lotización las Palmas jurisdicción de la parroquia y cantón El Triunfo, provincia del Guayas.

SUPERFICIE: 350 metros cuadrados

LINDEROS Y MEDIDAS: NORTE: Con los solares 1, 2 y 3 parte del número 4 con 35 metros; Por el SUR: Solares 15, 14 y 13 y parte del N° 12 con 35 metros, Por el ESTE: Con calle pública, con 10 metros y por el OESTE: Con solar N° 8, con 10 metros. Dando una superficie total de 350 metros cuadrados.

AVALÚO: El avalúo del solar y casa con cerramiento es de VEINTE MIL QUINIENTOS TREINTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRlCA.- (USD $ 20,530.00)

Por Tratarse del segundo señalamiento del remate, no se admitirán ofertas que no cu-bran por lo menos el 50% del total del avalúo pericial y consignado el 10% de la oferta en dinero efectivo o en cheque certificado por uno de los Bancos del Sistema Financiero a la orden del Juez de la causa. El remate se lo realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 1.773 del Código Civil.

Al tenor de lo dispuesto en el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil reformado, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Los impuestos prediales, tasas y otros tributos que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de transferencia de dominio y la plusvalía serán de cuenta del adjudicatario. Más información se la podrá solicitar al Depositario Judicial señor Pedro Reinoso Larrea, quien deberá dar mayor información que el caso requiera o en la Secretaria del juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo.

Lo que pongo en conocimiento del público, para los fines de Ley.

El Triunfo, 15 de mayo del 2014.

Daniel Alvarado ReveloSecretario Ad-Hoc Coactiva

May. 21; Jun. 05-20 (146503)

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JESSICA CHASTAIN, LA NUEVA MARILYN MONROE DE UN ‘BIOPIC’ · PÁG. 4

· PÁG. 5Paz Vega no oculta su satisfacción por haber encarnado a María Callas

MONSERRATH ASTUDILLO, ENTRE EL TEATRO, RADIO, CINE Y LA TV

Año 002 • Edición 653 • 16 páginas • Miércoles 21 de mayo de 2014 • Ecuador

· PÁGS. 8-9

está de regreso en Ecuador. El colombiano compartirá el escenario

con Franco de Vita y presentará ‘Entre

tanta gente’, su más reciente sencillo

LUCAS ARNAU

· PÁG. 7

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MISCELMISCELÁÁMISCELÁMISCELMISCELÁMISCEL NEASNEAS Miércoles 21 de mayo de 201402

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Jacchigua festejará sus 25 años con un

show de danza

ES EL PRIMER PATRIMONIO CULTURAL VIVO DEL ECUADOR

El ballet folclórico, dirigido por Rafael Camino, ofrecerá un espectáculo hoy, a las 19:30, en el Teatro Demetrio Aguilera

Malta de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, en Quito. La entrada costará $ 30 y para los estudiantes $ 25.

JESSICA CHASTAIN, LA NUEVA MARILYN MONROE DE UN ‘BIOPIC’ · PÁG. 4

· PÁG. 5Paz Vega no oculta su satisfacción por haber encarnado a María Callas

MONSERRATH ASTUDILLO, ENTRE EL TEATRO, RADIO, CINE Y LA TV

Año 002 • Edición 653 • 16 páginas • Miércoles 21 de mayo de 2014 • Ecuador

· PÁGS. 8-9

está de regreso en Ecuador. El colombiano compartirá el escenario

con Franco de Vita y presentará ‘Entre

tanta gente’, su más reciente sencillo

LUCAS ARNAU

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MISCELMISCELÁÁMISCELÁMISCELMISCELÁMISCEL NEASNEAS Miércoles 21 de mayo de 2014 03

Felipe Calleja, argentino radicado en Ecuador, ofrecerá un show en Ambato.

Las canciones latinoamericanas sonarán con la guitarra de ‘Fico’

EL MÚSICO TAMBIÉN ES PROFESOR EN SU NATAL MAIPÚ

Sobre el grupo.- Actuarán Édgar Cevallos, Roberto Pachacama, Byron León y Jéssica Mena.

El músico argentino Felipe Calleja, quien reside en Ecuador, ofrecerá un concierto de guitarra con temas del repertorio latinoamericano y éxitos de su país natal este jueves 23 de mayo, a las 19:00, en el Salón de Ho-nor de la Casa de la Cultura Núcleo de Tungurahua, ubicado en Bolívar 1834 y Montalvo, en Ambato.

Para más información sobre el costo de las entradas, los interesa-dos pueden llamar al 032820338.

Federico Calleja, también cono-cido como ‘Fico’, nació en Maipú, Argentina, en 1980, e inició en el arte guitarrístico a los 9 años de edad.

Luego de una larga temporada

La obra ‘Extraños en la noche’, de Esther Durán, ha recorrido varias ciudades del centro del país.

Agrupación Aquelarre cerrará 7º festival escénico en Guaranda

PARTICIPARON MÉXICO, PERÚ, COLOMBIA Y VENEZUELA

Como parte del cierre del 7º Festival In-ternacional de Tiempos de Teatro se ex-hibirá hoy, a las 11:00, la obra ‘Extraños en la noche’, representada por el grupo Aquelarre.

La función tendrá lugar en el Teatro de la Casa de la Cultura Núcleo de Bo-lívar, ubicado en Sucre, entre Manuela Cañizares y Selva Alegre, de la ciudad de Guaranda. La entrada es gratuita.

En esta pieza, cuya autora es Esther Durán, actuarán Édgar Cevallos, Roberto Pachacama, Byron León y Jéssica Mena.

Este festival, el cual es un trabajo conjunto entre la entidad cultural de esa provincia y el comité organizador del 7º Festival Internacional de Tiempos

Sobre el músico.- Comenzó a tocar la guitarra cuando tenía alrededor de 9 años.

‘Heather’ es el CD que presenta Heather Dee Perry en Guayaquil

La cantante norteamericana de 40 años, Heather Dee Perry, está de visita por Guayaquil para dar a conocer su producción discográfica ‘Heather’, en la que se mezclan varios estilos musicales que van desde el ska, rhythm and blues, soul, funk, reggae, hasta el pop, música latina, griega y del Medio Oriente, asiática, rock y punk.Ella también es una artista visual, vocalista, bailarina, productora musical, compositora y filántropa con ascendencia inglesa, escocesa, irlandesa y de los indígenas americanos de la tribu Mohawk.

Grupo El Último Jueves anunció quiénes leerán sus textos literarios

El Último Jueves ha preparado nuevamente su evento para este 29 de mayo, a las 20:00, en el bar White Rabbit, ubicado en Padre Aguirre 210 y Panamá. La entrada costará $ 4 e incluirá un fanzine con las memorias del evento.Quienes participarán con sus textos son: Ángela Arboleda, Wladimir Zambrano, Naty Cuadrado, Yoya Gutiérrez, Jorge Andrés Franco, Eduardo Mariño, Daniela Cevallos y Kuki López.En la parte musical el grupo Carmencita mostrará por primera con su proyecto acústico.

lo mejor de la producción escénica lati-noamericana.

Este encuentro escénico que inició el pasado 11 de mayo culmina hoy.

de Teatro Cotopaxi 2014, busca llevar a las principales ciudades del centro del país a importantes compañías naciona-les y extranjeras de teatro, presentando

como guitarrista independiente, trabajó de forma profesional en el Museo de las Lilas, de San Antonio de Areco, donde editó su primer disco.

Además, Calleja participó en nu-merosos festivales musicales de su país natal como acompañante de otros artistas, entre ellos el Coro Municipal de Ayacucho.

Asimismo, ha tocado en la Radio Nacional de Buenos Aires acompa-ñando al coro. Actualmente se des-empeña como profesor de guitarra en la Escuela Municipal de Arte de la ciudad de Maipú.

Ha recorrido varias urbes de la serranía ecuatoriana con su show.

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Hacía varios años que el director aus-traliano Andrew Dominik tenía ganas de hacer una biopic sobre la legendaria Marilyn Monroe, pero por diversos con-tratiempos el proyecto se fue diluyendo.

Ahora el tema volvió a reactivar-se con la confirmación de que Jessica Chastain será la actriz encargada de interpretar a la famosa diva de Ho-llywood bajo la dirección de Dominik.

El filme estará basado en el libro ‘Blonde’ de Joyce Carol Oates, por el cual fue nominado al Pulitzer en el año 2000.

‘Blonde’ es una especie de cuento de hadas truculento sobre una perso-na que está perdiendo la cabeza. Un cuento de hadas sobre una huérfana perdida en el bosque de Hollywood, explicó el director, que vol-verá a trabajar junto a Brad Pitt, quien será productor de la cinta.

Chastain llega a este pa-pel luego de haberse desta-cado en películas como ‘El árbol de la vida’, de Terrence Malick, y ‘La noche más os-cura’, por la que estuvo no-minada al Oscar como Mejor actriz, dos ediciones atrás.

Inicialmente Naomi Watts debía asumir el papel de Marilyn Monroe, pero prefirió encarnar a Lady Di en ‘Diana’.

Dos veces nominada al Oscar, la primera como se-cundaria por ‘Criadas y se-ñoras’ (2011) y la segunda como protagonista por ‘La noche más oscura’ (2012), este año se le acumulan los estrenos.

Uno de los más espera-

Redacción / [email protected]

La película llevará por nombre ‘Blonde’ y la producirá Brad Pitt con quien ya compartió créditos en ‘El árbol de la vida’.

ASEGURA QUE SE CONOCE ASÍ MISMA EN CADA PERSONAJE

Jessica Chastain será Marilyn Monroe en filme

FAMOSOSFAMOSOS Miércoles 21 de mayo de 201404

dos es ‘Interstellar’, con el actor de moda, Matthew McConaughey, cien-cia ficción bajo la batuta de Christo-pher Nolan.

Cuando estudiaba en Juilliard, en Nueva York, donde también lo hicie-ron Robin Williams, Kevin Spacey o William Hurt, Chastain era la chica que leía a Shakespeare (hizo ‘Otelo’ en el teatro aguantando el tipo fren-te al hoy desaparecido Philip Seymour Hoff-man) mientras los de-más sacaban brillo a la barra del bar.

Aún hoy le van más el Scrabble y la cocina que las fies-tas, aunque los combine con la prime-ra fila de los desfiles de moda, que le apasionan.

La actriz asegura que cada proyec-to es todo un reto y que cualquier sacrificio vale la pena correrlo en nombre del cine. “Hasta ahora el más distinto que he he-cho es el de ‘La noche más oscura’, porque Maya era impenetrable, y yo no en-mascaro mis emociones. Estaba con Guillermo del Toro (rueda ‘Crimson Peak’ en Toronto con el realiza-dor mexicano) y al leer la biografía de mi personaje empecé a llorar. Es algo que Maya nunca habría hecho: esa parte del papel me costó mucho.

Acotó que descubre “cosas de mí misma” a tra-vés de los personajes que interpreta. “Exploro pro-fundamente en mi interior para encontrar y extraer algo que ni siquiera sabía que existía”.

Algo más

La actriz asegura que cuando no está grabando disfruta de las cosas sencillas que la rodean en su entorno familiar.

“Me gustan los olores honestos, los de la naturaleza, las flores, la madera, el pino...”, comentó en entrevista con un diario español.

Page 45: elTelegrafo-21-05-2014

FAMOSOSFAMOSOS Miércoles 21 de mayo de 2014 05

Redacción / [email protected]

Paz Vega: Encarnar a María Callas solo ocurre una vez en la vida

La actriz española interpreta a la extraordinaria soprano en el filme ‘Grace of Monaco’, que inauguró la 67 edición del Festival de Cannes.

LA HISTRIÓN HA RECIBIDO BUENAS CRÍTICAS

Dar vida a la cantante de ópera María Callas es una oportunidad que “solo ocurre una vez en la vida de una actriz”, aseguró la es-pañola Paz Vega, que encarna a la extraordinaria soprano en ‘Grace of Monaco’ en la 67 edición del Festival de Cannes.

Vega leyó el guion de este fil-me sobre Grace Kelly que dirige el francés Olivier Dahan (‘La vie en Rose’) y pensó que era una gran oportunidad, así que “saltó” sobre Dahan para que le diera el papel, según comentó en rueda de prensa.

En la película da vida a Callas, que en aquella época mantenía una relación con el empresario griego Aristóteles Onasis y ambos eran amigos del matrimonio Gri-maldi.

La actriz sevillana, que saltó al cine con ‘Lucía y el sexo’ (2001), lleva años intentando abrirse un hueco en Hollywood, donde ha ido enlazando pequeñas colaboracio-nes y alternándolas con algunas producciones españolas o interna-cionales en territorio europeo.

Vega tiene ante sí un año re-pleto de estrenos con la llegada a la cartelera de ‘The Jesuit’, un thriller con guion de Paul Schra-der que dirige el mexicano Al-fonso Pineda Ulloa (con quien ya trabajó en ‘Espectro’) y en el que vuelve a compartir cartel con Tim Roth.

Además, también forma parte de otro biopic del escritor brasi-leño Paulo Coelho, ‘Nao pare na pista’, en el que representa a al-guien de vital importancia en la

vida del literato que ha seducido a legiones de lectores en todo el mundo. La cinta está dirigida por el documentalista brasileño Da-niel Augusto (‘Amazônia Descon-hecida’).

Aunque lleva años afincada en Los Ángeles, Vega se mueve hasta donde el guion le lleve, y a fines de 2013 regresó a España para rodar el nuevo trabajo del director español Manuel Pereira, ‘La ignorancia de la sangre’, un thriller basado en la novela de Richard Wilson, en el que Vega estará flanqueada por Juan Diego Botto y Alberto San Juan. El filme también llega a los cines este año.

Vega acaba de terminar el ro-daje de ‘Emu plains’ (título pro-visional), la película australiana de Jim Loach. Rodada entre Londres y Australia, narra a tra-vés de los ojos de un chico de 12 años las peripecias de una fami-

lia española que emigra en los años sesenta a las antípodas y se instala en el valle de Barossa, una zona vinícola a una hora al norte de Adelaida.

El chico lo interpreta el aus-traliano Michael Crisafulli, que junto a Jarin Towney y Jessica

Marais conforman el reparto local, aunque las estrellas son españolas. Desde la citada Paz Vega a Carmen Maura, pasando por Antonio de la Torre y Quim Gutiérrez, con la colaboración es-pecial del californiano de origen hispano Edward James Olmos. La cinta es un drama entre viñedos que encierra un oscuro pasado del que nadie se atreve a hablar y que estalla cuando la familia española ha logrado triunfar en los negocios del vino.

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Ultra-high frequency (Frecuencia Ultra Alta) es la frase en inglés que engloba UHF, la radio frecuen-cia de la ITU (Unión Internacional de Telecomuni-caciones) cuyo rango de ondas electromagnéticas va de 300 MHz and 3 GHz (3,000 MHz). En nues-tro país ahí yacen canales por satélite o cable, es-taciones regionales y canales locales, a diferencia del famoso espectro VHF donde ya se ubican los canales de señal nacional Ecuavisa, RTS, Gama Tv, TC Mi Canal, Teleamazonas, Canal Uno y Ecuador Tv. El lugar que ahora ocupa ese último, aunque está en el 7 en todo el país, obligó a que otro ca-nal nacional, el azuayo, específicamente cuenca-no, ETV Telerama pasará del 6 al UHF en ciertas partes del país. Lo malo es que por ello el canal -ahora conocido solo como Telerama- ha perdido mucha programación original y algunos enlata-dos de bellas artes que llenaban su grilla los fines de semana, ahora su programación original está fortalecida en el bloque de 12:45 a 15:00, es de-cir desde que empieza la segunda emisión de su informativo hasta que concluye el magazine cul-tural De Mujer a Mujer. En medio yace el otrora programa estrella del canal, el ahora noticiario de empresariales y sociales, N´Boga.

En la mañana es prácticamente imposible apreciar los audiovisuales originales que genera Telerama ya que la copan enlatados de la CNN,

TV O NO TV

@wfrancov

CRCRÍÍTICA DE TVTICA DE TVÍTICA DE TVÍÍTICA DE TVÍ Miércoles 21 de mayo de 201406

Telerama sigue siendo másdocumentales y de DW, y producciones nacio-nales multicanal como Aprendamos y TVentas. Cuando llega la tarde, hace honor a su eslogan “¡Somos más!”. Porque son más en la televisión nacional en cuanto a su realización, dirección ge-neral de programas, producción, sonido y direc-ción de cámaras, lo que se nota en el dominio de la generación de caracteres, uso de claquetas y bumpers y la línea gráfica en general. Y es que el marketing y la publicidad son parte de la esencia de Telerama.

La prueba de esos orígenes comerciales está en que su principal creación audiovisual, N´Boga, sigue al aire y ahora, de acuerdo a lo que exige la Ley Orgánica de Comunicación, es clasificado como un espacio de contenidos publicitarios y apto para todo público. Una de sus conductoras perennes es y ha sido Bianca Salame, que hace poco regresó a Telerama después de un paso poco exitoso por otras estaciones televisivas del espec-tro VHF, y que ahora es parte del staff de conduc-toras del antiguo magazine matutino y familiar De Mujer a Mujer. Es cierto, Salame es una bue-na conductora, pero por entrar en personaje de animadora jocosa se enreda en lo que debe decir. También hace entrevistas breves en N´Boga y De Mujer a Mujer, sin embargo es una entrevistadora atolondrada.

La segunda animadora de De Mujer a Mujer, María del Rosario Gutiérrez, “La Nena”, tiene can-cha para actualmente ser la presentadora, anima-dora, reportera en exteriores del programa vesper-tino. Recientemente estuvo por Bahía de Caráquez y logró una serie de notas turísticas, culturales y publicitarias que no disgustaron a pesar de ciertos vicios de la televisión nuestra de cada día, como las risas exageradas. Los enlaces entre Bianca Sa-lame en estudios de Guayaquil, Gutiérrez en exte-riores y las intros para las notas turísticas de La Titi, la tercera pata de De Mujer a Mujer, denotan un buen tempo y una armonía audiovisual para un programa variado.

N´Boga es difícil de entender porque ahora, con dos emisiones al día parece un noticiario, además es un programa sobre empresariales, publirreportajes y sociales con una que otra nota informativa y entrevistas con emprendedores o sobre temas de vida y estilo. Parece un champú de todo lo que se hace para congraciarse con ins-tituciones amigas o auspiciantes. Bianca Salame, quien ya fue presentadora de este espacio antes, se siente seca al introducir las diferentes notas y resalta demasiado la presencia virtual del pro-grama ya que tiene cuenta en Twitter y sus notas y entrevistas están disponibles en la web oficial de Telerama.

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TALENTOTALENTO Miércoles 21 de mayo de 2014 07

‘Entre tanta gente’ es el tema con que el cantante colombiano Lucas Arnau regresa a la escena musical y forma parte de lo que será su nuevo álbum de estudio ‘Buen camino’, que contará con la colaboración de varios artistas internacionales, aunque Arnau no ha querido dar detalles sobre quiénes son.

La canción fue grabada en Miami, compuesta por el mismo intérprete; Álex Cuba, José Gaviria, más la copro-ducción de Fernando Tobón, guitarris-ta de Juanes.

Su contenido es una declaración de amor, mientras que el álbum tendrá su conocido tropipop, más otros ritmos.

“La letra del tema habla de un amor puro y eterno, de la persona que hace lo imposible para que cada momento sea mágico y lleno de felici-dad”, sostiene el colombiano, quien ya se encuentra en el país para compartir escenario con Franco de Vita, en Qui-to, Guayaquil y Cuenca.

La producción tiene un sonido fresco y se caracteriza por incluir instrumentos colombianos como la caja vallenata, los tambores, el tiple y las guitarras que definitivamente se convierten en grandes protago-nistas de la canción que además viene apoyada con la fuerza de los ritmos africanos.

Según el cantautor, el nombre del álbum refiere a que es mitad conme-morativo de su carrera y el resto es inédito. Es decir, incluye sus éxitos anteriores que son el buen camino vivido hasta ahora, así como cancio-nes inéditas que representan el futuro que le espera.

A partir de este álbum, afirma Lu-cas Arnau, el público puede encontrar un artista más maduro, con un reco-

Redacción / [email protected]

rrido de diez años. Un camino que ha dejado muchas vivencias, tarimas, escenarios y canciones, desarrollando un artista con más experiencia.

“Musicalmente, siempre estoy buscando nuevos sonidos y tratando de reinventarme para que ninguna canción se parezca a otra, pero con-servando la línea alegre y romántica que me caracteriza”, reitera el can-tautor.

Nacido el 16 de mayo de 1979, es un músico colombiano de pop latino y tropipop. De la mano del productor Luis Fernando Ochoa, quien descubrió a Shakira, y luego junto a Jorge Cárde-nas, grabó los álbumes ‘Un poco más’ y ‘Rompecabezas’.

El último álbum le ha significado ser más exigente frente a los anteriores,

sin embargo asevera que sus cancio-nes representan la banda sonora de su vida. “Son poesías cantadas que hablan de mis propias experiencias y cosas que he vivido y que la gente se puede identificar con ellas”, dice el artista, al tiempo que conside-

ra que la música es un alimento para el espíritu.

Con respecto a la producción musical en América Latina, afir-ma que cada vez afloran más ta-lento y más estilos musicales; por ello, los artistas deben esforzarse más para ganarse un espacio en la industria.

“A medida que eso pasa, el pú-blico se vuelve más exigente y eso

hace que sea mayor la exigencia de los músicos a la hora de hacer propuestas. El nivel de producción evidentemente ha aumentado”, agrega el cantautor nacido en Medellín.

Es por eso que siente la necesidad de reinventarse constantemente, aun-que siempre busca mantener el estilo que lo ha caracterizado.

Foto

: Cor

tesía

Lucas Arnau vuelve al país ‘Entre tanta gente’El cantautor colombiano es uno de los artistas invitados para los conciertos

que ofrecerá el venezolano Franco de Vita en Quito, Guayaquil y Cuenca.

SU NUEVO DISCO SE LLAMARÁ ‘BUEN CAMINO’

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ENTREVISTAENTREVISTA Miércoles 21 de mayo de 201408 ENTREVISTAENTREVISTA Miércoles 21 de mayo de 2014 09

Monserrath Astudillo, actriz cuencana de 37 años, inició su carrera desde muy joven, pues a través de sus actuaciones y participaciones en televisión ha logra-do ganarse un espacio entre el público ecuatoriano. Se graduó como Licencia-da en Comunicación Social en la Univer-sidad del Azuay, tiempo en el que tam-bién se inició en el mundo de la radio con diferentes espacios locales.

Formó un grupo experimental de teatro con sus compañeros de aula en Cuenca. Fue así que optó por radicarse en Quito para estudiar en la Escuela de Teatro Malayerba y trabajar en espacios teatrales como los ‘Perros callejeros’, ‘La escuela de mimos de Pepe Bacas’ y el ‘Teatro del Cronopio’.

Entre sus trabajos constan: ‘Diario amor’, ‘La llave del armario’y ‘Tengamos sexo en paz’. Durante los últimos tres meses estuvo al frente del programa ‘Entre amigos’ en radio La Vox. Hace poco s días dejó ese espacio.

Con su acento ‘morlaco’ y personali-dad extrovertida, que tanto la caracte-riza, conversó con este Diario sobre su pasión y su forma de ver la vida. ¿Por qué salió de la radio?

Debut y despedida fue. Lo que pasa es que la radio ya me pidió otras cosas que yo no soy. Mi propuesta siempre ha sido desde el concepto y el contenido. Creo que la radio se enfocaba al en-tretenimiento y el humor... y lo puedo hacer, pero no soy solo entretenimien-to. Yo busco aportar con mi estilo, estoy creando mi marca. La radio es maravillosa para crear conciencia sobre cuestiones importantes de la vida.Entonces, ¿no hay espacios para el contenido?

No. Cuando uno presenta una propuesta simplemente te dicen que

Redacción / [email protected]

no, porque no vende. Entonces después se critica que no hay contenido, pero propuestas sí hay.En las últimas semanas se ha suscitado una polémica con los programas de humor en televisión. Frente a esto, ¿cree que hay humor en televisión?Yo creo que todo tiene que hacerse con respeto. Debe haber cuestionamiento antes que todo porque el arte tiene que ser crítico, incluso desde la sátira. Respeto mucho el trabajo de David Reinoso por ejemplo, creo que es un genio pero hay que encaminar esa genialidad. Por otro lado también hay que preguntarse bajo qué criterios se censura, ¿quién lo hace? ¿desde qué mirada? Es necesario ser propositivos y en la televisión hay poca propuesta, eso se da también porque los medios pautan los programas solo desde la perspectiva del marketing.¿No es cuestión del público también?

Eso es lo que quieren hacernos creer, porque las propuestas deben venir desde los medios. El público consume lo que le damos, si nosotros ponemos cosas con contenido la gente se acostumbrará. En este sentido, ¿cuál cree que es el rol del teatro?

El teatro es un medio de comunica-

ción. El arte hace visible lo invisible, pero debe tener un contenido, no es cuestión de tomar un texto y repetir nomás. El prin-cipio del arte es ante todo sensibilizar a la gente. Cuando logro que alguien sienta algo y ame me doy por bien servida. Inclu-so para mí es un espacio de autocrítica.¿Cómo ve las artes escénicas en el país?

Hay mucha autogestión, a pesar de que instancias como la Casa de la Cultura intenta hacer algo desde donde puede. No obstante, los actores hemos trabajado de manera un tanto egoísta, demasiado independientes. Es necesario agremiarnos aunque ya hay algunos intentos de esto, espero que estas ideas ya se concreten, los cineastas ya han logrado organizarse por ejemplo. ¿Y qué se debe hacer?

Es súper complicado, pero están abiertos espacios independientes y eso es lo que nos toca como gestores. Esperar de los teatros públicos es muy di� cil, se han vuelto incluso elitistas.Estudió Comunicación y Actuación, ¿Alguna vez se sintió dividida?

No, la verdad es que ambas cosas me gustan mucho. En realidad la comuni-cación llegó a mi vida porque no pude estudiar teatro enseguida. Además ya

La actriz y comunicadora cuencana sostiene que existen buenas propuestas para los medios de comunicación, pero muchas veces son rechazadas “porque no venden”.

MONSERRATH ASTUDILLO VIVE ENTRE EL TEATRO, CINE, TV Y LA RADIO

“El sentido del arte es que debe tener contenido”

“El público consume lo que le damos, si nosotros ponemos cosas con contenido en la televisión, la gente se acostumbra. No es que porque vende entonces debemos darles chatarra”

Monserrath Astudillo

- actriz

Este � n de semana presenta un nuevo stand up en Quito‘Les juro que es mi primera vez’ es lo nuevo de la artista. Esta obra partió de ‘Historias de toilet’. En la propuesta escénica no maneja un personaje sino que a través del humor y la creatividad habla de temas como ‘la primera vez’ de alguna cosa. Se presentará desde el jueves hasta el sábado en el Teatro Fama.

Foto: Marco Salgado

teníamos un grupo experimental y ya ha-cíamos obra. Pero para nada se distancian las dos cosas, pues el teatro es comunica-ción. Pero no he hecho periodismo como tal, cuando lo intenté no me fue bien. ¿Qué sucedió con el periodismo?

Trabajé un tiempo con Paco Velasco y me mandaron a cubrir una manifestación, eso fue un drama total, salí hasta herida de eso.¿Qué personaje que ha representado le gusta más?

Realmente todos, mi personaje de ‘Luchita’ en ‘Las Zuquillo’ me abrió las puertas de la televisión, así como el prota-gónico en el ‘Licenciado Cardoso’ y otros secundarios me encantaron. Además me dieron el espacio de que sea yo misma y de improvisar.¿Su acento ha di� cultado sus personajes?

No. Es cuestión de trabajar en eso. Puedo hacer un personaje quiteño o neutro.¿Pre� ere el personaje o hablar desde sí misma?

Sobre las tablas de� nitivamente el per-sonaje, porque es � cticio y lo que dices lo haces desde allí. Cuando hacemos Stand up ya es Monserrath Astudillo quien habla y eso puede ser un tanto delicado. Pero es una línea que me encanta.¿Cuál ha sido su mayor logro?

Me siento realizada en todos los aspec-tos de la vida. Mis logros como persona y como artista van de la mano. Yo siempre tuve las ideas claras de lo que quería de mi vida. Me encanta viajar y lo he hecho, mi vida es totalmente como yo quiero. Como una buena tauro también tengo los pies sobre la tierra.¿Cree en la Astrología?

Si, es un tema que me alucina y que tengo pendiente de estudiar. Sícreo que la alineación de los planetas y el universo incide en los que somos, pero tampoco es que todos los días leo el horóscopo.

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VARIEDADESVARIEDADES Miércoles 21 de mayo de 201410 VARIEDADESVARIEDADES Miércoles 21 de mayo de 2014 11

Publicaciones especializadas de Hollywood Deadline y Variety anun-ciaron el fallecimiento de Gordon Willis, director de fotografía de la trilogía de ‘The Godfather’, donde impuso un estilo en el que ya no se seguían los paradigmas de clásicos y se apostaba por las sombras y el contraste.

Willis, nominado en dos ocasio-nes a los Oscar y que en 2009 obtu-vo uno honorífico al conjunto de su carrera, tenía 82 años de edad en el momento de su muerte.

“Es una pérdida monumental”, señaló el presidente de la Sociedad Americana de Cinematografía (ASC), Richard Crudo. “Ha sido uno de los gi-gantes que cambió absolutamente la imagen de las películas. Nada que se hubiera rodado antes del Padrino I y II tenía ese aspecto”, añadió.

Gordon Willis, que nació en el ba-rrio neoyorquino de Queens, era co-nocido por el sobrenombre de ‘Prínci-pe de la oscuridad’ por su maestría en el uso de las sombras, hasta el punto de que a veces no se distinguía con claridad el rostro de los personajes.

En una entrevista, Willis habla-ba sobre la escena de Brando en ‘El Padrino’ y su idea de la dirección de foto a las nuevas generaciones: “No

hay una fórmula. La fórmula sale de ti. Ya sea una luz cenital u otra cosa. Lo curioso es que el diseño de todo aquello, o más bien la intención tras el diseño fue idea de Marlon Brando, porque él tenía aquella cosa que usa-ba para su maquillaje (refiriéndose a lo que se metía en la boca para de-formar su rostro y la luz cenital era la forma más efectiva de lidiar con él. En realidad no te interesa ver sus ojos. Hubo un gran revuelo en Ho-llywood con eso, ‘no se pueden ver sus ojos’. Es verdad. No se puede.”

Su única incursión en la dirección fue con ‘Ventanas’, en 1980.

A lo largo de su carrera, Willis tuvo varios reconocimientos aunque no obtuvo el Oscar, al que fue nomi-nado en 1983 y 1990, por ‘Zelig’ y ‘El Padrino’ III, respectivamente.

En 2009, la Academia le otorgó el Oscar honorífico a toda su ca-rrera. Colaboró también con Alan J. Pakula en películas como ‘All the President’s Men’ (1976), ‘Klute’ (1971) y ‘The Parallax View’ (1974), además de su vinculación, en los años 80, con Woody Allen en títulos como ‘Zelig’ (1983), ‘A Midsummer Night’s Sex Comedy’ (1982), ‘Broad-way Danny Rose’ (1984) o ‘The Pur-ple Rose of Cairo’ (1985).

Murió Gordon Willis, el fotógrafo de ‘El Padrino’

Al público, colección de la familia Salvador

GANÓ UN OSCAR HONORIFICO EN 2009

SE EXHIBE DESDE AYER EN BARCELONA, HASTA ABRIL DE 2016

Era reconocido por su maestría en el uso de las sombras. Rodó con Woody Allen, entre otros.

EXHIBICIÓN ESTARÁ ABIERTA HASTA AGOSTO PRÓXIMO

Muestra de David Bowie se expone en Berlín Redacción/ [email protected]

Trescientos objetos relacionados con la trayectoria del famoso cantante británico David Bowie se exponen desde ayer en el museo MartinGro-piusBau, de Berlín. Se trata de una muestra con piezas únicas, que am-plía la exitosa exposición presenta-da hace un año, en Londres.

También recoge piezas de la eta-pa en que el cantante londinense pasó en la capital alemana.

La exposición ha sido cuidado-samente seleccionada de entre un total de 75.000 piezas y forma un recorrido multimedia que refleja todas las facetas del artista durante más de cinco décadas.

Los asistentes tendrán la opor-tunidad de apreciar desde una foto-grafía del cantante junto a la batería de su primer grupo The Konrads, ma-nuscritos de sus canciones, un auto-rretrato simulando la portada de su álbum ‘Héroes’ o la guitarra acústica con la que tocó ‘Space Oddity’.

Asimismo, los fans de Bowie dis-frutarán también 60 atuendos que en algún momento lució en los es-

El Instituto Botánico y el Museo de Cien-cias Naturales de Barcelona presentan desde ayer y hasta abril de 2016 una muestra dedicada al ‘Gabinete Salva-

dor’, una de las colecciones europeas de historia natural más importantes de los siglos XVII y XVIII, formada por 30.000 especímenes, un herbario único de 4.700 pliegos y una biblioteca con más de 1.400 volúmenes.

Una reproducción a escala de lo que fue el ‘Gabinete de curiosidades de la fa-milia Salvador’, es la pieza central de la exposición ‘Salvadoriana’, en la que se resalta la importancia de su colección de historia natural.

Después de 159 años del cierre de la farmacia de la calle Ample y gracias al excelente trabajo de restauración, el público podrá observar desde imponen-tes pájaros disecados, reproducciones de frutas, enormes fósiles, o el cajón de los “terrae sigillatae”, unos pequeños sellos elaborados con arcilla y otros ti-pos de tierras.

El comisario de la exposición, Pepe Pardo, indicó en rueda de prensa que se trata de acercar al público del siglo XXI

la concepción que se tenía de las cien-cias naturales hace 300 años, con el ejemplo de lo que fue la farmacia de los Salvador, con una trastienda en la que se acumulaban objetos de todo tipo, es-pecialmente de origen natural.

La muestra también permitirá cono-cer “por qué y cómo” esta colección ha llegado hasta nuestros días, así como algunos de los “avatares” que la ro-dean, puesto que de 1858 a 1922 “des-apareció”. Aspecto de la exposición dedicada al ‘Gabinete Salvador’ que se muestra en Barcelona.

cenarios y que están presentes en la exhibición, como el traje futurista con el que grabó ‘Ashes to Ashes’ en los ochenta o el vestuario con el que en-carnó a su álter ego ‘Ziggy Stardust’.

Berlín, la ciudad donde el artista pasó una temporada a finales de los setenta y que le inspiró su álbum ‘Héroes’, uno de los más famosos, cuenta con una sección especial. Así lo atestiguan las llaves de su aparta-mento en la calle Hauptstrasse, que compartía con el músico Iggy Pop, que se exhiben en la muestra.

“David Bowie es algo así como la banda sonora de nuestras vidas, que se mantiene en este mundo cam-biante”, afirmó el director del museo de Londres, Martin Roth, durante la inauguración de la muestra en Ber-lín que fue abierta por el ministro de Asuntos Exteriores, Frank Walter Steinmeier.

La cara andrógina de Bowie de-safía el tiempo y las modas, luego de diez años de silencio interrumpidos en marzo del año pasado, cuando sorprendió al mundo con ‘The Next Day’, su último trabajo hasta la fecha.

La exposición estará abierta al público hasta agosto próximo.

La capital alemana acoge 300 piezas que están relacionadas con trayectoria artística del cameleónico cantante británico.

Se trata de una de las colecciones europeas de historia natural más importante de los siglos XVII y XVII.

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CARTELERA Y TVCARTELERA Y TV12 Miércoles 21 de mayo de 2014

RECOMENDADO Mujeres al ataque

Una mujer vive feliz y tranquila en su matri-monio hasta que descubre ser el centro de un triángulo amoroso. Movida por la sorpresa y la incredulidad, en vez de optar por una venganza

por despecho, decidirá buscar y encontrar a la tercera en discordia. Cuando conoce a la amante de su marido, comenzará un astuto plan para servir a su venganza. Una divertida comedia

sobre el despecho y un ajuste de cuentas feme-nino que tratará de ponérselo difícil al hombre que ha originado esta disparatada y complica-da situación.

TODAS LAS AUDIENCIAS

GUAYAQUILCINEMARKMALL DEL SOLGodzilla(doblada)3D: 13:20 16:102D: 14:20 17:10(subtitulada)3D: 19:00 21:502D: 20:00 22:50Gloria17:20 19:50 22:20Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 12:50 14:50 16:502D: 18:50 20:50Mujeres al ataque(subtitulada)17:05 19:40 22:10Violetta(doblada)12:30 14:30Tierra de María13:50 16:25 19:05 21:40Khumba: La cebra sin rayas 3D13:00 15:05Divergente(doblada)16:35 19:35

(subtitulada) 22:35Muppets 2(doblada)14:10 16:40 19:10Spider - Man 2(doblada)3D: 13:30 16:302D: 19:30(subtitulada)2D: 22:30Diana: El secreto de una princesa21:45Río 2(doblada)3D: 12:40 15:00MALL DEL SURGodzilla(doblada)3D: 14:30 17:10 19:502D: 13:40 16:20 19:00 21:40(subtitulada)3D: 22:30Gloria17:20 19:40 22:10Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 14:20 16:102D: 18:00 20:00Mujeres al ataque

(doblada)2D: 17:00 19:30 22:00Violetta12:40 14:40Tierra de María19:10 21:30Khumba: La cebra sin rayas 3D: 13:00 15:002D: 16:50Divergente(doblada)2D: 21:50Muppets 2(doblada)12:50Spider-Man 2(doblada)3D: 14:002D: 16:30 19:20 22:20Río 2(doblada)15:10CITYMALLGodzilla(doblada)3D: 14:00 16:40 19:202D: 17:20(subtitulada)3D: 22:002D: 20:00 22:40Gloria

16:30 19:10 21:40Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 13:50 15:50 17:50Mujeres al ataque(doblada)2D: 13:40 19:30(subtitulada) 2D: 22:10Violetta12:30 14:30Tierra de María 19:50 22:20Khumba: La cebra sin rayas3D: 12:50 14:40Divergente(doblada)2D: 16:20Muppets 2(doblada)14:20Spider-Man 2(doblada)3D: 16:502D: 19:40(subtitulada)2D: 22:30

SUPERCINES SURGodzilla(doblada)

3D: 15:10 16:00 18:00 18:45 20:50 21:302D: 14:00 16:45 19:30 22:15Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 15:00 17:00 19:00 21:002D: 14:10 16:10 18:10 20:00Temporada para matar (Killing Season)(subtitulada)19:40 21:40Mujeres al ataque(doblada)17:15 19:45 22:15Violetta(doblada)16:30 18:30Khumba: La cebra sin rayas(doblada)15:40 17:40Divergente(doblada)20:30 21:50Muppets 2(doblada)16:00 18:20Spider-Man 2

(doblada)3D: 21:152D: 15:15 18:15 20:40 SUPERCINES 9 DE OCTUBREGodzilla(doblada)3D: 13:30 16:15 19:00 21:452D: 18:00 20:45Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 15:00 19:002D: 13:00 17:00Mujeres al ataque(doblada)19:15 21:30Violetta(doblada)17:15Khumba: La cebra sin rayas(doblada)14:00Muppets 2 16:00Spider-Man 2 (doblada)3D: 21:002D: 14:15SUPERCINES NORTE

Godzilla(doblada)3D: 14:30 16:10 17:15 19:00 20:00 21:50 22:452D: 15:20 18:10 21:00Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 14:15 16:15 18:15 20:152D: 15:10 17:10 19:10 21:10Gloria(subtitulada)15:00 21:40Temporada para matar (Killing Season)(subtitulada)20:30 22:30Mujeres al ataque(doblada)14:50 17:20 19:50 22:10Violetta(doblada)17:40 19:40Khumba: La cebra sin rayas (doblada)3D: 16:30 18:302D: 14:20

Divergente(subtitulada)20:40 22:15Muppets 216:00 18:20Spider-Man 23D: 21:152D: 15:00 18:00SUPERCINESENTRE RÍOSGodzilla(doblada)3D: 16:15 16:40 19:00 19:20 21:45 22:002D: 20:00 22:40Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 15:15 17:15 19:15 21:152D: 14:00 14:30 16:00 16:30 18:00 18:30Mujeres al ataque(doblada)17:30 19:50 22:10Violetta (doblada)15:20 19:30Khumba: La cebra sin rayas (doblada)3D: 15:00 17:00

GUÍA PATERNAL ESTRICTA

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CARTELERA Y TVCARTELERA Y TV Miércoles 21 de mayo de 2014 13

TELE

VISIÓ

N

ECUAVISA 06:00 Contacto al amanecer 07:00 Contacto directo07:45 Contacto en la comunidad 08:30 En Contacto 11:30 El pan nuestro11:45 Carrousel13:00 Televistazo 14:00 El Combo Amarillo15:00 Zoey 10116:00 Ned16:30 Educa TV17:00 Doraemon18:00 Dragon Ball Z19:00 El Combo Amarillo19:30 Tres familias 20:00 Televistazo20:45 Insensato corazón21:45 Cuento encantado 22:45 Marido en alquiler23:45 Telemundo

RTS06:00 El despertar de La Noticia 06:30 La Noticia07:25 Copa 07:50 La Noticia en la comunidad 09:30 El club de la mañana 11:00 Telenovela Emperatriz12:00 Lo que callamos las mujeres13:00 Súper Modelo Americana14:00 Vamos con todo16:00 Educa TV16:30 Lo que callamos las mujeres 17:00 Cada quien su santo 18:00 Caso cerrado 19:00 Sorprendente 20:00 Combate 22:00 La Noticia 22:30 Copa 23:00 La Noticia en la comunidad 23:30 Dr. House

TELEAMAZONAS06:00 24 Horas, primera emisión 06:55 Desayunos 24 Horas07:30 24 Horas, segunda emisión(Región Sierra)

08:30 Historias personales09:30 Si me miran tus ojos10:30 Los exitosos Pérez11:30 5 viudas sueltas12:30 Tres por tres(Región Costa)08:30 Amorcito corazón09:30 Cachito de cielo10:30 Una familia con suerte11:30 Vivos12:30 La pareja feliz Nacional 13:25 24 Horas mediodía 13:50 24 Horas comunidad14:05 Deporte Total14:20 En corto14:30 Drake & Josh15:00 iCarly15:30 Jarabe de pico17:00 Chapulín Colorado(Región Sierra)17:00 Rafael OrozcoNacional18:00 Educa TV18:30 El Chapulín colorado19:00 La pareja feliz20:00 24 Horas21:00 Yo me llamo23:00 La prepago00:00 El octavo mandamiento

GAMATV 06:00 Gama deportes06:30 Informativos Gamatv/matinal08:00 TVentas08:30 El Chavo09:00 Corona de lágrimas10:00 La rosa de Guadalupe11:00 Por siempre mi amor12:00 Puro Teatro13:00 Informativos Gamatv13:45 Gamadeportes14:00 La rosa de Guadalupe 15:00 El último pasajero17:00 Educa TV17:30 El Chavo del 818:00 La hipocondriaca18:45 Informativos Gamatv 19:30 Gamadeportes20:00 Lo que la vida me robó21:30 Quiero amarte 22:30 Como dice el dicho23:30 Pa’ tomarte la noche

TC MI CANAL05:55 DespiérTC07:00 El Noticiero08:15 Bien informado09:00 De casa en casa11:45 Natalia del mar12:20 El Noticiero II13:30 Cosita linda14:30 Corazón esmeralda15:30 Educa, TV para aprender 16:00 Gata salvaje17:00 Calle 719:00 El Noticiero20:00 Estas secretarias21:00 Soy el mejor22:30 Mi ex me tiene ganas23:30 Los secretos de Lucía23:55 Micro Deportivo

CANAL UNO 06:00 Noticiero Uno local06:30 Noticiero Uno nacional

09:00 Divinas11:00 MWW 11:30 Flipper12:30 La pantera rosa

13:00 De Campeonato13:30 Noticiero Uno14:00 Noticiero Uno/local14:30 Romeo y Julieta15:30 Aquí entre nos16:00 Faranduleros S.A.17:30 Pilas con el chat18:00 La pantera rosa19:00 Noticiero Uno 19:58 En carne propia22:30 Baila la noche 323:30 De Campeonato00:25 Noticiero Uno medianoche

ECUADORTV06:10 Veo veo06:45 Deportes ECTV07:05 Informativo ECTV08:30 Shukma09:00 La casa de Mickey Mouse09:30 El libro de la selva10:00 Zona 712:30 Café TV13:30 Laura, la pequeña niña de la pradera13:55 Deportes ECTV14:00 Informativo ECTV 14:25 Veo veo14:55 Insectoscope15:00 EducaTV15:30 Generación Eco15:35 Kun Fu Dino16:00 Lilo y Stictch16:15 Art Attack16:30 Spiderman17:00 Johnny Test17:30 El autobús mágico18:00 Bella solitaria18:40 Chaplin18:45 Informativo ECTV19:15 La esclava Isaura20:15 Sobrevivientes extremos21:15 Informativo ECTV22:00 Ruta del Cacao22:30 Flavio22:45 Deportes Xport23:30 ¿Sabías qué?...

Divergente (doblada)21:40Muppets 2 (doblada)15:10 17:10Spider-Man 2(doblada)3D: 21:502D: 18:50 SUPERCINESLOS CEIBOSGodzilla(doblada)3D: 15:50 18:30 20:30 21:102D: 14:20 17:1019:50 22:40Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 15:15 17:15 19:15 21:152D: 14:00 14:30 16:00 16:30 18:00 20:00 Gloria(subtitulada)14:10 19:40 22:10Siete psicópatas y un perro (subtitulada)15:00 21:00Mujeres al ataque(subtitulada)14:45 17:00 19:20 21:40Violeta (doblada)17:20 19:10Khumba: La cebra sin rayas (doblada)3D: 16:15 18:15 2D: 14:15Divergente (subtitulada)20:40 22:00Muppets 2 (doblada) 15:40 18:10Spider-Man 2 (doblada)2D: 15:30(subtitulada)3D: 18:40 21:30Diana: El secreto de una princesa (subtitulada)16:50SUPERCINES SAN MARINOGodzilla(doblada)3D: 13:30 14:45 16:15 17:15 19:00 19:30 20:00 21:45 22:452D: 13:00 15:40 18:2021:00Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 15:10 17:10 19:10 21:102D: 14:10 16:10 18:10 20:10Gloria(subtitulada)15:15 21:20Temporada para matar (Killing Season)(subtitulada)15:50 22:20Mujeres al ataque15:00 17:20 19:40 22:00

Mujeres al ataque16:15(subtitulada) 18:40 21:05Tierra de María19:00Khumba: La cebra sin rayas en 3D13:00 14:55 17:00Divergente(doblada)15:25 18:20(subtitulada) 21:25Muppets 213:50 14:30Experiencia paranormal21:25Spider-Man 22D: 12:50 15:45 18:40 21:35Río 2(doblada)3D: 13:25 15:55 18:15Noé(doblada)3D: 21:15

EL RECREO (MULTICINES)Godzilla(doblada)3D: 13:20 16:05 18:50 21:352D: 15:00 17:45 20:25Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 13:00 14:55 16:502D: 14:10 16:05 18:00Temporada para matar (Killing Season)(subtitulada)14:15 18:40 20:50Mujeres al ataque13:30 15:55 18:25 20:55Tierra de María21:30Khumba: La cebra sin rayas 2D: 14:00 16:00 18:00 20:00Divergente2D: 18:35 20:10Muppets 22D: 13:40 16:10Experiencia paranormal3D: 18:45 20:45Feriado2D: 13:00Spider-Man 23D: 20:402D: 13:30 14:10 16:25 17:10 19:20 20:10Río 23D: 13:30 15:55 18:202D: 13:00 15:20 17:40 20:00Noé(doblada)2D: 15:10 18:10 21:10Pompeya2D: 16:20

Se desarrolla en un mundo distópico en donde la sociedad está dividida en cinco facciones. Cada una de ellas se dedica a cultivar una determinada virtud: Verdad (los sinceros), Abnegación (los altruistas), Osadía (los valientes), Cordialidad (los pacíficos) y Erudición (los inteligentes). Dado que ya ha cumplido los dieciséis años, Beatrice Prior (Shailene Woodley) tiene que elegir a qué facción pertenecerá.

‘Divergente’

Los horarios pueden estar sujetos a cambios, no nos

responsabilizamos por reajustes efectuados por los canales.

Sugerencias a: [email protected]

Violetta17:30 19:30Khumba: La cebra sin rayas3D: 14:00 16:40 2D: 14:40Divergente20:50 22:10Muppets 213:40 16:00 18:30Spider-Man 2 3D: 18:30 21:30

AMBATOCINEMARKMALL DE LOS ANDES Godzilla(doblada)3D:13:30 16:20 19:102D: 22:00Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 14:00 16:00 18:00Mujeres al ataque20:00 22:30Muppets 213:45Spider-Man 2(doblada)3D: 16:352D: 19:30Feriado22:20

QUITO CCI (MULTICINES) Godzilla(doblada)3D: 13:20 16:05 18:502D: 12:40 15:20 18:00(subtitulada)3D: 21:352D: 20:45Tinkerbell: Hadas y piratas(doblada)3D: 13:35 15:30 17:25 19:20Temporada para matar (Killing Season)(subtitulada)17:00 19:05 21:15

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Seguidores 25,2 millonesSiguiendo 146Tuits2.854

Seguidores 9,14 millonesSiguiendo 2.118Tuits6.765

Seguidores 16,6 millonesSiguiendo 2.491Tuits5.576

Seguidores 5,66 millo-nesSiguiendo 1.519Tuits13,1 mil

LO QUE ESCRIBEN LOS FAMOSOS EN LA RED

JenniferLopez

Shakira

Juanes

Pitbull

Thalía

Seguidores 904 milSiguiendo314Tuits6.557

AdamariLópez

@AdamariLopez: Me fui a celebrar mi cumple a #PuntaCana Wooohooo!!!.

@pitbull: Gracias; @JLo @ClaudiaLeitte @OfficialBBMAs #BBMAs

@shakira: Shakira y Gerard en camino a la alfombra roja! Han visto a Shakira cantando Empire en #BBMAs. ShakHQ.

@juanes: Amor para todos hoy y siempre ! #locodeamor

@JLo: Preparada para tomar el escenario # # BBMAs TuneIn # JLoFirstLove

@thalia: Desayuno en el hotel ;-) Quien quiere?! Xoxo...

ONLINEONLINE Miércoles 21 de mayo de 201414

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OCIOOCIO Miércoles 21 de mayo de 2014 15

TELEGRAMA Todos los derechos reservados son de Diario El Telégrafo, primer diario público del Ecuador

Por: Jorge Sisalima

Mc

Prefijo que significa

aire

Corta con los dientes

Privarse de algo

Anuncia, informa

Medida de capacidad

Gato en inglés

Monstruo escandinavo

Taco grande

Renio

Sobre en inglés

País asiático, Sultanía de

...

Mira, observa

Radio

Einstenio

Capataz

Seguidas

Nobelio

Tela muy fina

Condicio-nal si en

inglés

Repetición de sonido

Piedra en inglés

Ave trepadora

de Oceanía

Bebida alcohólica

Calcio

Segunda nota

natural

Adobar, aderezar

Liso, nivelado

Azul verdoso

Cuidado en inglés

Mamífero cetáceo

Tecnecio

Com-posición literaria

Resina amarilla

Dios egipcio

Osmio

Extremidad de un pez

Saludo indio

Argón

Enfurecidos

BoroDébiles

Época, tiempo

Vigésima primera

letra

Mamífero cetáceo

Local de bebidas

Hijo en inglés

Metal precioso

Neptunio

Oro

Costado

Masa de agua salada

Tejido delgado

Quita el brillo

Segunda persona

Coger con la mano

Parte inferior de la mano

Dar color, teñir

Cofre, caja

Primera nota

Perder el equilibrio

Mostrar algo

Entregó

Fragmento irregular

Reptil de gran

tamaño

Computa-dora

personal

Instru-mento de percusión,

pl.

Partir algo, dividir

Arremete

Frío sin aceite

Superior en una

empresa

Ciudad de Sierra Leona

Entidad espacial Nortea-

mericana

Departa-mento de

Francia

Trampa en inglés

Puro, púdico

AmericioEstroncio

Amaestrar

Llana

250

Uranio

CobreCarta

Utiliza

Vocales

Silicio

Cima en inglés

Sociedad Anónima

Capital de Grecia

Orden de mamíferos similares al

hombre

Pueblo de Nagazaki

Actinio

3.1416

Fósforo

P

Freguesia portuguesa

Vaso con pie

Significa nuevo

Personaje de Matrix

Final de una

oración

Río español

Primeras

Frecuente, común

Hijo en inglés

Morada, cobijo

Enredado

Argolla grande de

hierro

Vigésima primera

letra

Piedra llana

Cromo

Son en inglés

Parte de un ferrocarril

Gallina en inglés

Manojo de flores

Masa de agua salada

Diminutivo de rana

Tipo de pila

Ciencia que estudia el lenguaje

Término señalado

Corriente de agua

Excavación profundaCarro en

inglés

Cobalto

Actinio Doctor

Bario

Conjunto en inglés

Conjunción

Iridio

500

Río de Orem-burgo

Doctora

Equipo en inglés

Té en inglés

Boro en inglés

1,000

Míster

Oxígeno

Nota Mí

Alfa

Período, ciclo

Río de la Sierra

Tapón metálico

Elegancia, garbo

Poner en circulación

Dios en inglés

Estera en inglés

Deporte vacuno

Conjunto de palabras

Preposición que denota compañía

Cobalto

Osmio

Ciudad argentina

Artículo indet.

Admirador, seguidor

Altura alcanzada

Sustancia química fuerte

Después de Cristo

Camino, senda

101

Azufre

Repetidas

Planta que produce

rosas

Argón

100

Cero

Habla con Dios

Comió en inglés

Monja

Prenda de vestir vieja

Orificio cutáneo

Posesivo

Carbono

Nuevo

Nobelio

Ciudad de Pastaza

Masa de agua salada Dos fuertes

Sin brillo

Fósforo

Manganeso

Sonido que emite el pollito

SOLUCIÓN DEL 20 DE

MAYO DE 2014

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EMPRESARIALEMPRESARIAL Miércoles 21 de mayo de 201416

POR DÍA DE LAS MADRES

SECTOR AGRICULTOR

RECONOCIMIENTO DE CALIDAD

Agasajo en sala familiar de la Casa McDonald

Innovagro ganó premio en concurso internacionalEn Quito se realizó la muestra ExpoPoster 2014, que reconoce los aportes de los programas de acompañamiento al agricultor en América Latina y cuyos mensajes relatan las experiencias y acontecimientos de este sector.

Las asociaciones que forman parte de la red de CropLife Latin América reflejaron el compromiso que tiene la industria con la agricultura sostenible y la gestión de los programas CuidAgro y CampoLimpio.

En medio de la velada se premió el ingenio y la creatividad de todas las

asociaciones al momento de crear sus pósters. Los ganadores del concurso fueron: para el primer lugar, la Corporación CampoLimpio, de Colombia; el segundo fue para InnovAgro, de Ecuador, y el tercero para Agrequima, de Guatemala.

En la gráfica, Fabio Proaño, vice-presidente de InnovAgro; José Perdomo, presidente ejecutivo de CropLife Latin América, y Fernando García, director ejecutivo de InnovAgro Ecuador.

La cadena de restaurantes KFC es parte de Corporación Mucho Mejor Ecuador, sello que fue otorgado debido al cumplimiento de los procesos que avalan los más altos estándares de calidad de los productos nacionales e incentivan la cadena productiva en el Ecuador.

Para acceder a este sello se analizaron el cumplimiento de los procesos alimenticios, la participación de mano de obra ecuatoriana, infraestructura,

capacitación y ambiente laboral óptimo que le otorgan el uso de marca de la huella tricolor, además de la acción en involucrar más a la sociedad con sus raíces, para recuperar los platos típicos ecuatorianos. Corporación Mucho Mejor Ecuador hasta la fecha respalda a más de 400 empresas de diversos sectores. En la foto, Juan Andrés Canelos, Marketing Regional KFC, y Mónica Malo, directora ejecutiva Corporación Mucho Mejor Ecuador.

La Fundación Casa Ronald McDonald, los estudiantes de la carrera de Comunicación Escénica de la Universidad Casa Grande y talentos de pantalla de TC Mi Canal realizaron un agasajo por el Día de las Madres, en la sala familiar Ronald McDonald, ubicada en el Hospital de niños Dr. Roberto Gilbert Elizalde.

La sala familiar Ronald McDonald, dentro del hospital, es un área de descanso, espera y respiro para las familias con niños que están

internados en áreas críticas como las unidades de cuidados intensivos y quemados.

En la gráfica aparecen Marina Salvarezza, actriz y directora de la carrera de Comunicación Escénica de la Universidad Casa Grande; Roxana Muñoz, directora de la Fundación Casa Ronald McDonald Ecuador; María Fernanda Pérez, del programa Estas Secretarias, de TC Mi Canal; y Annien Méndez, del programa Soy el Mejor.

Mucho Mejor Ecuador otorgó sello a cadena KFC