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    NORMAS Y ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION

    ELECTRICAS INSTALACIONES

    ELECTRICAS

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    INTRODUCCION

    Una vez comprendido a la perfeccin el proyecto arquitectnico, ya se puede

    desarrollar el proyecto de instalaciones elctricas interiores, que no es ms que dotar de

    energa elctrica a la edificacin para su utilizacin en alumbrado, comunicaciones,

    tomacorrientes, entre otros que se debe graficar en planos, memoria descriptiva,

    especificaciones tcnicas o documentos que forman parte del proyecto.

    Para ello que es necesario conocer los conceptos bsicos de los elementos que

    conforman una instalacin elctrica interior. Y justamente se desarroll este informe para

    dar a conocer dichos elementos y recalcar su importancia cuando se instalen en el interior

    de una edificacin y evitar riesgos que puedan ocasionarse a las personas.

    La distribucin de la energa elctrica en el interior que proyecte el ingeniero elctrico

    debe manifestar seguridad y mejorar la calidad de vida de ciertos habitantes.

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    INSTALACION ELECTRICA

    Es el conjunto de equipos y materiales que permiten distribuir la energa elctrica partiendo desde

    el punto de conexin de la empresa suministro hasta cada uno de los equipos conectados, de una

    manera eficiente y segura, garantizando al usuario flexibilidad, comodidad y economa en la

    instalacin. En el Per todo lo concerniente al diseo de Instalaciones Elctricas en cualquier

    edificacin se toma en cuenta con obligatoriedad el Cdigo nacional de electricidad, el cual es un

    documento que establece los criterios tcnicos para que la instalacin a proyectar sea la ms segura.

    Veamos un esquema de cmo se distribuye la energa elctrica desde una central de generacin

    hasta una edificacin.

    Fig. 01

    Ahora veamos un esquema de cmo se distribuye la energa elctrica en el interior de una edificacin.

    Fig. 02

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    ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION ELECTRICA

    Al realizar una instalacin elctrica se necesita de diversos elementos para que la energa elctrica

    se pueda distribuir con seguridad en el interior de una edificacin. Entre ellos tenemos:

    ACOMETIDA

    Conjunto de elementos que permiten llevar la energa elctrica desde el punto de conexin

    con la empresa suministro hasta el suscriptor .puede instalarse por va area, subterrnea o

    mixta.

    Acometida Area Acometida Subterrnea

    Fig. 03 - Acometida a una vivienda

    MEDIDOR

    Es el instrumento de medida que marca el consumo de energa elctrica y su instalacin

    puede ser monofsica o trifsica.

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    Fig. 04 - Medidor

    TABLEROS Entre ellos tenemos el tablero general y el tablero de distribucin.

    TABLERO GENERAL

    Se podra definir como un panel de interruptores cuyo fin es el de proteger a los circuitos

    alimentadores, al tablero de distribucin u otros tableros.

    conjunto de elementos y equipos que permiten distribuir la energa elctrica a un ambiente determinado. Est conformado por: interruptor del tablero (si lo tiene), barras de alimentacin, interruptores que protegen a cada circuito ramal.

    Fig. 05 Tablero General

    TABLERO DE DISTRIBUCION Conjunto de dispositivos de proteccin (interruptores) instalados en un panel bajo cubierta

    de caja metlica, cuyo nmero o cantidad es igual al de los circuitos derivados proyectados.

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    Fig. 06 Tablero de Distribucin

    LUMINARIAS

    Son aparatos que sirven de soporte y conexin a la red elctrica de las lmparas que ilumina

    un determinado ambiente.

    formado por artefacto (sirve de soporte al equipo ) y equipo (constituido por lmpara o

    accesorios auxiliares)

    Dependiendo de la cantidad de luz que ilumine hacia el techo o al suelo, las luminarias

    pueden ser de seis clases:

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    Bombillas Fluorescentes

    Luminarias Led

    Fig. 07 Luminarias

    CABLES DE INSTALACION ELECTRICA INTERIOR

    Son conductores que transportan corriente elctrica, alimentando a los circuitos

    independientes del interior de la edificacin. Se extienden a travs de tubos de plstico y se

    ramifican en la caja de derivacin o caja de registro.

    Los cables que se usan para conducir electricidad se fabrican generalmente de cobre, debido

    a la excelente conductividad de este material, o de aluminio que aunque posee menor

    conductividad, es ms econmico.

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    Cables elctricos monofsicos Cables elctricos trifsicos

    Cables de electricidad de interiores

    Fig. 08 cables de instalacin

    Los conductores siempre se van a identificar mediante los siguientes colores:

    Conductor fase: negro, gris, marrn. Por donde entra la corriente.

    Conductor neutro: siempre en color azul. Por donde sale la corriente.

    Conductor tierra: amarillo verde. No lleva corriente y su funcin es de evacuar las

    fugas de corriente elctrica hasta un lugar seguro.

    INTERRUPTOR

    Dispositivo que permite desviar o interrumpir el curso de una corriente elctrica.

    sirve nica y exclusivamente para energizar o desenergizar o lo que comnmente llamamos

    apagar o prender las lmparas.

    En el mundo moderno sus tipos y aplicaciones son innumerables, van desde un simple

    interruptor que apaga o enciende un bombillo, hasta un complicado selector de

    transferencia automtico de mltiples capas controlado por computadora.

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    Interruptor simple Interruptor doble

    Interruptor Triple

    Fig. 09 Interruptores

    CONMUTADOR sirve para desviar la corriente elctrica por el camino que desee o para controlar el

    encendido de uno o ms lmparas desde varios puntos.

    Fig. 10 conmutador

    PULSADOR

    permite el paso o no de corriente elctrica cuando se pulse, sirve para controlar. por ejemplo el timbre.

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    Fig. 11 pulsador

    INTERRUPTOR TERMOMAGNTICO O LLAVE GENERAL

    Es una llave con dispositivos trmicos, los cuales al recibir una alta tensin o sobrecarga,

    anula automticamente el pase de energa elctrica al interior de la vivienda, evitando as

    sobrecalentamientos o cortos circuitos continuos y posibles incendios.

    Al circular la corriente por el electroimn, crea una fuerza que, mediante un dispositivo

    mecnico adecuado (M), tiende a abrir el contacto C, pero slo podr abrirlo si la intensidad

    I que circula por la carga sobrepasa el lmite de intervencin fijado.

    Este nivel de intervencin suele estar comprendido entre 3 y 20 veces la intensidad nominal

    (la intensidad de diseo del interruptor magneto trmico) y su actuacin es de

    aproximadamente unas 25 milsimas de segundo, lo cual lo hace muy seguro por su

    velocidad de reaccin.

    Esta es la parte destinada a la proteccin frente a los cortocircuitos, donde se produce un

    aumento muy rpido y elevado de corriente.

    Fig. 12 Llave General

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    INTERRUPTOR DIFERENCIAL

    Se trata de un interruptor de proteccin de los usuarios de la instalacin frente posibles contactos accidentales con aparatos elctricos metlicos cargados con tensin, debido a una fuga de corriente en la instalacin.

    Interruptores diferenciales esquema interno del interruptor diferencial

    Fig. 13 Interruptor diferencial TOMACORRIENTES

    Es un conductor de energa que sirve para enchufar o hacer pasar la energa elctrica a nuestros artefactos tales como equipos de sonido, planchas, Tv, refrigerador, etc.

    Toma Corriente Simple

    Toma Corriente Doble Toma Corriente Triple

    Fig. 14 Toma corriente

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    SOCATES

    Un scate, soquet, cazo o portalmparas es un dispositivo que permite el acceso de conexin de la energa elctrica sosteniendo a un determinado tipo de lmpara o bombilla elctrica.

    Fig. 15 Scate

    CAJAS Entre ellas tenemos:

    CAJA DE CONEXIN

    Aquella caja destinada a albergar los equipos de control, maniobra, medicin y proteccin del suministro de energa a una edificacin.

    Fig. 16 Cajas de Conexin

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    CAJA TOMA

    conjunto de dispositivos (incluida la caja) que se requiere para albergarlos destinado a conectar, proteger y separar la acometida del alimentador.

    Fig. 17 Caja de toma

    CAJA DE PASO

    Las cajas de paso cumplen la funcin de facilitar la instalacin y el halado de cables o

    conductores. La interdistancia entre cajas depende del tipo de cable o de conductor, puede

    tratarse de Cables elctricos de fuerza, de seales, o de comunicaciones, sus caractersticas

    mecnicas difieren.

    Las cajas de paso deben ubicarse con el criterio de dar un recorrido o ruta a los cables que

    permita superar curvas, obstculos y permitir hacer un halado de los mismos sin causarles

    dao.

    Para cables o alambres de instalaciones elctricas residenciales no sobrepasar los 15 metros

    de separacin sera un buen criterio.

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    Fig. 18 Caja de paso DUCTOS Y TUBERIAS

    Los ductos y tuberas son elementos que sirven como medio de transporte por donde se ingresan los diferentes cables elctricos a forma de guiarlos y protegerlos en su instalacin y as cumplir su funcin especfica.

    Fig. 19 Ductos y Tuberas PUESTA A TIERRA

    La toma de tierra consiste en una instalacin conductora (cable color verde - amarillo)

    paralela a la instalacin elctrica del edificio, terminada en un electrodo enterrado en el

    suelo. A este conductor a tierra se conectan todos los aparatos elctricos de las viviendas, y

    del propio edificio. Su misin consiste en derivar a tierra cualquier fuga de corriente que haya

    cargado un sistema o aparato elctrico, impidiendo as graves accidentes elctricos

    (electrocucin) por contacto de los usuarios con dichos aparatos cargados.

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    Fig. 20 - Esquema funcional de puesta a tierra

    Fig. 21 - Ejemplo de puesta a tierra

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    RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES

    Los conductores de la acometida debern ser continuos, desde el punto de conexin de la

    red hasta los bornes de la entrada del equipo de medida, estos normalmente los instala la

    compaa suministradora y estn bajo su cuidado.

    No se aceptarn empalmes, ni derivaciones, en ningn tramo de la acometida. En la caja o

    armario de medidores deber reservarse en su extremo una longitud del conductor de la

    acometida suficiente que permita una fcil conexin al equipo de medida.

    La conexin entre la red de distribucin y la instalacin al interior del edificio debe ser

    instalada lo ms seguro posible con los elementos ya mencionados, para evitar riesgos.

    Es de gran importancia conocer los elementos en una instalacin elctrica, ya que nos lleva

    a mejorar e indagar el significado de cada elemento y la ubicacin que deberan tener cada

    una.

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    NORMAS PARA INSTALACIONES ELECTRICAS:

    - REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

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    NORMAS PARA INSTALACIONES ELECTRICAS:

    REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

    INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECNICAS (NORMA EM. 010)

    INSTALACIONES ELCTRICAS INTERIORES

    Artculo 1.- GENERALIDADES

    Las instalaciones elctricas interiores estn tipificadas

    en el Cdigo Nacional de Electricidad y corresponde a

    las instalaciones que se efectan a partir de la

    acometida hasta los puntos de utilizacin.

    En trminos generales comprende a las acometidas, los

    alimentadores, subalimentadores, tableros, sub-

    tableros, circuitos derivados, sistemas de proteccin y

    control, sistemas de medicin y registro, sistemas de

    puesta a tierra y otros.

    Las instalaciones elctricas interiores deben ajustarse

    a lo establecido en el Cdigo Nacional de Electricidad, siendo obligatorio el cumplimiento de

    todas sus prescripciones, especialmente las reglas de proteccin contra el riesgo elctrico.

    Artculo 2.- ALCANCE

    Las prescripciones de esta Norma son de aplicacin obligatoria a todo proyecto de

    instalacin elctrica interior tales como: Viviendas, Locales Comerciales, Locales

    Industriales, Locales de Espectculos, Centros de Reunin, Locales Hospitalarios,

    Educacionales, de Hospedaje, Locales para Estacionamiento de Vehculos, Playas y Edificios

    de Estacionamiento, Puesto de Venta de Combustible y Estaciones de Servicio.

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    Artculo 3.- CLCULOS DE ILUMINACIN

    En la elaboracin de proyectos de instalaciones elctricas interiores, los proyectistas estn

    obligados a realizar clculos de iluminacin en locales tales como: Comerciales, Oficinas,

    Locales de Espectculos, Aeropuertos, Puertos, Estaciones de Transporte Terrestre y

    Similares, Locales Deportivos, Fbricas y Talleres, Hospitales, Centros de Salud, Postas

    Mdicas y Afines, Laboratorios, Museos y afines.

    A continuacin se presenta la Tabla de Iluminancias mnimas a considerar en lux, segn los

    ambientes al interior de las edificaciones, definiendo la calidad de la iluminacin segn el

    tipo de tarea visual o actividad a realizar en dichos ambientes. Los proyectistas deben

    observar las disposiciones del Cdigo Nacional de Electricidad y las Normas DGE

    relacionadas a la iluminacin.

    TABLA DE ILUMINANCIAS PARA AMBIENTES AL INTERIOR

    AMBIENTES ILUMINANCIA

    EN SERVICIO (lux)

    CALIDAD

    reas generales en edificios

    Pasillos, corredores

    Baos

    Almacenes en tiendas

    Escaleras

    100

    100

    100

    150

    D - E

    C - D

    D - E

    C - D

    Lneas de ensamblaje

    Trabajo pesado (ensamble de maquinarias)

    Trabajo normal (industria liviana)

    Trabajo fino (ensambles electrnicos)

    Trabajo muy fino (ensamble de instrumentos)

    300

    500

    750

    1500

    C - D

    B - C

    A - B

    A - B

    Industrias qumicas y plsticos

    En procesos automticos

    Plantas al interior

    Salas de laboratorios

    Industria farmacutica

    Industrias del caucho

    150

    300

    500

    500

    500

    D - E

    C - D

    C - D

    C - D

    C - D

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    Inspeccin

    Control de colores

    750

    1000

    A - B

    A - B

    Fbricas de vestimenta

    Planchado

    Costura

    Inspeccin

    500

    750

    1000

    A - B

    A - B

    A - B

    Industrias elctricas

    Fabricacin de cables

    Bobinados

    Ensamblaje de partes pequeas

    Pruebas y ajustes

    Ensamble de elementos electrnicos

    300

    500

    1000

    1000

    1500

    B - C

    A - B

    A - B

    A - B

    A - B

    Oficinas

    Archivos

    Salas de conferencia

    Oficinas generales y salas de cmputo

    Oficinas con trabajo intenso

    Salas de diseo

    200

    300

    500

    750

    1000

    C - D

    A - B

    A - B

    A - B

    A - B

    Viviendas

    Dormitorios

    - general

    - cabecera de cama

    Baos

    - general

    - rea de espejo

    Salas

    - general

    - rea de lectura

    - Salas de estar

    Cocinas

    - general

    - reas de trabajo

    rea de trabajo domstico

    Dormitorio de nios

    50

    200

    100

    500

    100

    500

    100

    300

    500

    300

    100

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

    B - C

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    Artculo 4.- EVALUACIN DE LA DEMANDA

    Los proyectos debern incluir un anlisis de la potencia instalada y mxima demanda de

    potencia que requerirn las instalaciones proyectadas.

    La evaluacin de la demanda podr realizarse por cualquier de los dos mtodos que se

    describen:

    Mtodo 1. Considerando las cargas realmente a instalarse, los factores de demanda

    y simultaneidad que se obtendrn durante la operacin de la instalacin.

    Mtodo 2. Considerando las cargas unitarias y los factores de demanda que estipula

    el Cdigo Nacional de Electricidad o las Normas DGE correspondientes; el factor de

    simultaneidad entre las cargas ser asumido y justificado por el proyectista.

    El valor mnimo de la demanda mxima y el tipo de suministro para la elaboracin del

    Proyecto de Subsistema de Distribucin Secundaria, que requiere una habilitacin de tierras

    para ser dotada del servicio pblico de electricidad, estn establecidos en la Norma DGE

    Calificacin Elctrica para la Elaboracin de Proyectos de Subsistemas de Distribucin

    Secundaria.

    Artculo 5.- COMPONENTES DE UN PROYECTO DEINSTALACIN ELCTRICA INTERIOR

    Para los efectos de la presente Norma se considera que un proyecto de instalacin

    elctrica interior consta de lo siguiente:

    - Memoria Descriptiva

    - Factibilidad y Punto de Entrega del Servicio Pblico

    - Memoria de Clculo

    - Especificaciones Tcnicas

    - Planos

    - Certificado de Habilitacin de Proyectos

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    Memoria Descriptiva

    Descripcin de la naturaleza del proyecto y la concepcin del diseo de cada una de las

    instalaciones que conforman el sistema proyectado.

    Factibilidad y Punto de Entrega del Servicio Pblico de Electricidad

    Cartas con la factibilidad y punto de entrega (suministro) para el servicio pblico de

    electricidad, otorgada por el respectivo concesionario.

    Memoria de Clculo

    Descripcin y formulacin de los parmetros de clculo de los diferentes diseos,

    complementado con las respectivas hojas de clculo.

    Especificaciones Tcnicas

    Descripcin de las caractersticas especficas y normas de fabricacin de cada uno de los

    materiales y/o equipos a utilizarse; as como, los mtodos constructivos a seguirse.

    Planos

    Los planos deben ser presentados en hojas de tamao y formatos normalizados segn la

    NTP 272.002 y NTP

    833.001, doblados al tamao A4 conforme a la NTP 833.002 debiendo quedar a la vista el

    rtulo respectivo donde debe figurar el nombre completo y nmero de registro del Colegio

    de Ingenieros del Per del Profesional Responsable(Ing. Electricista o Ing. Mecnico-

    Electricista); as como su firma y sello oficial.

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    De acuerdo a la naturaleza y magnitud del proyecto los planos pueden ser:

    - Planos Generales: Para que mediante aplicacin de los smbolos grficos normalizados en

    electricidad se haga la distribucin de las salidas, diagramas unifilares y dems elementos

    de los diseos del proyecto. El plano debe ser desarrollado en escala 1:50.

    - Planos de Conjunto: Para identificar la posicin relativa de las distintas partes y/o

    elementos de un sistema, que por su tamao sea necesario hacerlo. El plano debe ser

    desarrollado en escala 1:100, 1:200 1:500.

    - Planos de Detalle: Para una mejor identificacin o comprensin de algunos elementos o

    parte de los diseos del proyecto, tales como esquemas generales, planos isomtricosetc.,

    sean necesarios. Los detalles deben ser desarrollados en escala 1:20 1.25.

    Certificado de Habilitacin de Proyectos

    Documento emitido por el Consejo Departamental del Colegio de Ingenieros del Per, por la

    que certifica que el

    Profesional que se menciona se encuentra hbil y est autorizado para desarrollar un

    proyecto de su especialidad.

    Artculo 6.- DISEO DE LAS INSTALACIONESELCTRICAS

    El diseo de instalaciones elctricas, deber realizarse de acuerdo con el Cdigo Nacional de

    Electricidad.

    Artculo 7.- CONSTRUCCIN POR ETAPAS

    Cuando las instalaciones de un proyecto vayan a construirse por etapas se deber:

    a) Elaborar el proyecto completo, dejando claramente establecido cada una de las

    etapas.

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    b) En el caso que no se pueda definir las cargas de alguna de las etapas, deber

    preverse lo necesario y suficiente para atender las futuras etapas tales como:

    circuitos de reserva en el tablero elctrico, canalizaciones, etc.

    Artculo 8.- INSTALACIONES ELCTRICAS EN LOCALESESPECIALES SEGN EL CDIGO

    NACIONALDE ELECTRICIDAD

    Se regirn por lo dispuesto en el Cdigo Nacional de Electricidad, Normas Tcnicas y las

    disposiciones emitidas por las autoridades competentes.

    Artculo 9.- INSTALACIONES ELCTRICAS PROVISIONALES

    Las instalaciones elctricas temporales estn destinadas a dar suministro de energa

    elctrica a actividades temporales.

    Las instalaciones elctricas temporales debern:

    a) Cumplir con las prescripciones del Cdigo Nacional de Electricidad y Normas DGE de

    Suministros Provisionales.

    b) Garantizar la seguridad de las personas.

    c) Al concluir la actividad temporal deber retirarse todas las instalaciones efectuadas.

    Artculo 10.- EQUIPOS PARA SUMINISTROS DEENERGA POR EMERGENCIA

    Los equipos a instalarse debern cumplir con las prescripciones del Cdigo Nacional de

    Electricidad.

    Los locales con afluencia de pblico, incluyendo los edificios multifamiliares, debern contar

    con instalaciones de iluminacin de emergencia.

    Artculo 11.- REFERENCIAS NORMATIVAS

    En la presente Norma se hace mencin a las siguientes Normas Tcnicas Peruanas: NTP

    272.002 Papeles. Lista de aplicacin de los formatos de la serie A INTINTEC.

    NTP 833.001 Dibujo Tcnico. Formato de Lminas.

    NTP 833.002 Dibujo Tcnico. Plegado de Lminas.

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    NORMAS PARA INSTALACIONES ELECTRICAS:

    - CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

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    NORMAS PARA INSTALACIONES ELECTRICAS

    CDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

    010-000 OBJETIVO

    El Cdigo Nacional de Electricidad - Utilizacin, llamado en adelante Cdigo, tiene como

    objetivo establecer las reglas preventivas para salvaguardar las condiciones de seguridad

    de las personas, de la vida animal y vegetal, y de la propiedad, frente a los peligros derivados

    del uso de la electricidad; as como la preservacin del ambiente y la proteccin del

    Patrimonio Cultural de la Nacin.

    El Cdigo tambin contempla las medidas de prevencin contra choques elctricos e

    incendios, as como las medidas apropiadas para la instalacin, operacin y mantenimiento

    de instalaciones elctricas.

    El Cdigo no est destinado a ser un compendio de especificaciones para proyectos, ni un

    manual de instrucciones.

    Cumpliendo con las reglas del Cdigo, utilizando materiales y equipos elctricos aprobados

    o certificados y efectuando la instalacin, operacin y mantenimiento apropiados, con

    personal calificado y autorizado, se lograr una instalacin esencialmente segura.

    010-004 ALCANCES Y OBLIGATORIEDAD DE USO

    (1) El Cdigo es de cumplimiento obligatorio por toda persona natural o jurdica,

    nacional o extranjera, que realiza trabajos o actividades en general, que estn

    relacionadas con las instalaciones elctricas de sistemas de utilizacin, definitivas,

    de emergencia, as como las de carcter temporal.

    (2) El Cdigo es de cumplimiento obligatorio en todos los proyectos y ejecucin de

    nuevas instalaciones elctricas, modificaciones, renovaciones y ampliaciones, que se

    efecten a partir de su entrada en vigencia.

  • Movimientos

    NORMAS Y ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION

    ELECTRICAS INSTALACIONES

    ELECTRICAS

    26

    (3) El Cdigo es de cumplimiento obligatorio en la industria en general, sin distinguir el

    nivel de potencia de las instalaciones elctricas; complementndose con las Normas

    emitidas por el Ministerio de Energa y Minas, con las Normas Tcnicas Peruanas y

    con las Normas emitidas por otras Autoridades competentes en asuntos

    complementarios a este tema.

    (4) El Cdigo comprende las instalaciones y equipos elctricos en edificios, estructuras,

    predios y en general toda edificacin destinada a vivienda, comercio, industria,

    recreacin o servicios, que operan o puedan operar en el rango de baja tensin hasta

    1 000 V, y en alta tensin desde ms de 1 000 V hasta 36 000 V.

    CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIN

    CANTIDAD DE CONEXIONES

    (1) Para el suministro de energa elctrica a un predio o una edificacin, no debe

    instalarse dos o ms conexiones, a tensin y caractersticas iguales; excepto que las

    conexiones adicionales son permitidas en lo siguiente:

    (a) Bombas contra incendio y otros sistemas de emergencia; o

    (b) Establecimientos industriales y otros de estructuras complejas; o

    (c) Locales independientes y separados, siempre que:

    (i) No estn en niveles superpuestos; y

    (ii) Tengan ingresos separados con acceso directo desde el nivel del suelo.

    (2) Cuando se instalan dos o ms conexiones para una misma edificacin,

    independientemente de sus tensiones y caractersticas, todas las cajas de conexin,

    debern agruparse en lo posible.

    (3) Cuando dos o ms cajas de conexin no puedan agruparse como se dispone en la

    Subregla (2), por cada caja se dispondr (sobre ella o en su cercana) un esquema de

    localizacin de todas las otras cajas de conexin que suministran energa a la

    edificacin.

  • Movimientos

    NORMAS Y ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION

    ELECTRICAS INSTALACIONES

    ELECTRICAS

    27

    EQUIPOS DE CONTROL Y PROTECCIN

    040-200 EQUIPO DE CONEXIN

    (1) Salvo las excepciones previstas en la Sub-regla (2), cada conexin debe tener su

    propia caja.

    (2) Se permite instalar ms de una caja de conexin proveniente de una misma

    acometida solamente cuando la subdivisin o subdivisiones se hagan en un

    dispositivo de montaje de medidores mltiple (banco de medidores), de

    caractersticas nominales no mayores de 300 A y 250 V de tensin a tierra

    MTODOS DE ALAMBRADO

    040-300 CONEXIONES SUBTERRNEAS.

    (1) Salvo las excepciones permitidas en la Regla 020-030, los conductores de acometida

    subterrneas, para alimentar una edificacin desde un sistema de alimentacin

    subterrneo o una lnea area, deben ser:

    (a) Instalados en conducto rgido, o tubera elctrica no metlica permitida slo para la

    porcin subterrnea y deben ser del tipo para instalaciones en lugares mojados, de

    acuerdo con la Tabla 19; o

    b) Cables unipolares o de conductores mltiples para acometida subterrnea, que sean

    instalados de acuerdo con la Tabla 19, siempre que:

    (i) La instalacin est de acuerdo con la Regla 070-012; y

    (ii) Se utilice conducto rgido para proteger mecnicamente al cable, cuando ste o

    parte del mismo est expuesto a daos mecnicos; y

    (iii) El cable no tenga empalmes o uniones, desde el punto de conexin con la

    acometida hasta el equipo de conexin de la edificacin.

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    NORMAS Y ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION

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    ELECTRICAS

    28

    040-302 CONDUCTORES DE ACOMETIDA

    (1) Los conductores de acometida que son conectados a una lnea area, deben ser

    instalados de alguna de las siguientes formas:

    (a) Con conducto rgido; o

    (b) Tubera elctrica metlica de acero; o

    (c) Conducto metlico flexible, dotadas con conductores con cubierta de plomo;

    (d) Cable con aislamiento mineral, no liviano; o

    (e) Cable con cubierta de aluminio; o

    (f) Cable con armadura.

    CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA

    ALCANCE: Esta Seccin cubre:

    a) La capacidad de conduccin de los conductores y la capacidad nominal de los

    equipos, requeridos en las conexiones, acometidas, alimentadores y los circuitos

    derivados en las instalaciones del usuario; y

    b) El espacio mnimo requerido para los circuitos derivados en los tableros de

    distribucin para las unidades de vivienda.

    c) La cantidad de ramales principales y circuitos derivados en unidades de vivienda.

    050-100 CLCULO DE CORRIENTES

    En el clculo de corrientes que resulten de cargas expresadas en watts o volt-amperes,

    alimentadas por sistemas de corriente alterna de baja tensin, se deben emplear las

    tensiones nominales de 220 V o 380 V, segn corresponda, o cualquier otra tensin nominal

    dentro del rango de baja tensin de 1 000 V o menos, que sea aplicable.

    050-102 CADA DE TENSIN

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    NORMAS Y ELEMENTOS QUE CONFORMAN UNA INSTALACION

    ELECTRICAS INSTALACIONES

    ELECTRICAS

    29

    (1) Los conductores de los alimentadores deben ser dimensionados para que:

    (a) La cada de tensin no sea mayor del 2,5%; y

    (b) La cada de tensin total mxima en el alimentador y los circuitos derivados hasta la

    salida o punto de utilizacin ms alejado, no exceda del 4%.

    (2) Los conductores de los circuitos derivados deben ser dimensionados para que:

    (a) La cada de tensin no sea mayor del 2,5%; y

    (b) La cada de tensin total mxima en el alimentador y los circuitos derivados hasta la

    salido o punto de utilizacin ms alejado, no exceda del 4%.

    (2) En la aplicacin de la Subregla (1) anterior se debe emplear la carga conectada al

    circuito derivado, si sta es conocida; en caso contrario, el 80% de la menor capacidad

    nominal de rgimen de los dispositivos de proteccin del circuito derivado contra

    sobrecarga o sobrecorriente.

    050-104 CARGA MXIMA DE CIRCUITOS

    (1) La corriente nominal de una acometida, alimentador o circuito derivado debe ser la que

    resulte menor entre la capacidad nominal del dispositivo de proteccin contra sobre-

    corrientes del circuito y la capacidad nominal de los conductores.

    (2) La carga calculada para un circuito no debe exceder a la corriente nominal del circuito.

    (3) La carga calculada para una acometida, alimentador o circuito derivado debe ser

    considerada como una carga continua, a menos que pueda demostrarse que tal valor

    no persistir por ms de:

    (a) Un total de una hora en periodos de dos horas, si la corriente no excede de 225

    A; o

    (b) Un total de tres horas en periodos de seis horas, si la corriente es mayor que 225

    A.

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    ELECTRICAS

    30

    (4) Cuando la caja de conexin, el interruptor con fusibles, el interruptor automtico o el

    tablero estn marcados para una operacin continua al 100% de la corriente nominal

    del dispositivo de sobre-corriente, la carga continua calculada no debe exceder de:

    (a) El 100% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores

    est basada en la Tabla 2;

    (b) El 85% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores est

    basada en la Tabla 1.

    (5) Cuando la caja de conexin, el interruptor con fusibles, el interruptor automtico o el

    tablero estn marcados para una operacin continua al 80% de la corriente nominal del

    dispositivo de sobre-corriente, la carga continua calculada no debe exceder de:

    (a) El 80% de la corriente nominal del circuito, si la capacidad de los conductores

    est basada en la Tabla 2; o

    (b) El 70% de la corriente nominal del circuito si la capacidad de los conductores est

    basada en la Tabla 1;

    (6) Si se aplican otros factores de correccin para reducir la capacidad de corriente de los

    conductores, la seccin de stos debe ser, la as determinada o la determinada por las

    Sub-reglas (4) o (5), la que sea mayor.

    (7) No obstante lo requerido por las Reglas 030-004(1)(a) y 030-004(2)(d), la capacidad de

    conduccin de los conductores subterrneos no debe exceder la determinada por las

    Sub-reglas (4)(b) y 5(b), en ningn caso.

    050-106 UTILIZACIN DE FACTORES DE DEMANDA

    (1) El dimensionamiento de conductores e interruptores determinados de acuerdo con esta

    Seccin, deben ser los mnimos a emplear; salvo que a las dimensiones normalizadas

    inmediatamente inferiores, corresponda una capacidad hasta 5% menor que la

    calculada, en cuyo caso se pueden utilizar estos conductores e interruptores.

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    31

    (2) En cualquier caso diferente al de una acometida calculada segn las Reglas 050-200 y

    050-202, cuando el diseo de una instalacin se base en requerimientos superiores a

    los dados en esta Seccin, las capacidades de acometidas y alimentadores deben

    incrementarse correspondientemente.

    (3) Cuando se instalen 2 o ms cargas de las cuales slo una pueda ser utilizada a la vez, se

    debe considerar la carga mayor en el clculo de la demanda.

    (4) En el caso de cargas de calefaccin ambiental y de aire acondicionado, que no se utilizan

    simultneamente, la mayor debe ser considerada en el clculo de la demanda.

    (5) Cuando un alimentador sirve cargas de naturaleza cclica o similar, de modo que la carga

    total conectada no debe ser alimentada al mismo tiempo, la capacidad de conduccin

    del alimentador se debe calcular para la mxima carga que pueda ser servida en un

    tiempo dado.

    (6) La capacidad de los conductores de alimentadores y circuitos derivados deben estar de

    acuerdo con las Secciones del Cdigo, que traten sobre los respectivos equipos a ser

    alimentados.

    (7) No obstante los requerimientos de esta Seccin, la capacidad de los conductores de

    alimentadores y circuitos derivados no se requiere que exceda la capacidad de los

    conductores de la acometida o del alimentador del cual son abastecidos.

    (8) Cuando se aaden cargas a una acometida o alimentador existente, la carga final puede

    calcularse adicionando el total de las nuevas cargas, afectada por los factores de

    demanda como se permite en el Cdigo, a la carga de mxima demanda de la

    instalacin existente, resultante de mediciones en los ltimos 12 meses. La nueva

    carga calculada quedar sujeta a las Reglas 050-104(4) y (5).

    (9) En el caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios de vivienda para las

    que sea de aplicacin la Regla 50-110(2) de esta Seccin, las corrientes a considerar

    en los conductores de la acometida y del alimentador, no deben ser menores a las que

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    ELECTRICAS

    32

    se indican a continuacin; sin embargo, la seccin mnima de dichos conductores debe

    ser 4 mm para acometidas y 2,5 mm2 para alimentadores.

    (a) 15 A, para cargas de hasta 3 000 W.

    (b) 25 A, para cargas mayores de 3 000 W hasta 5 000 W.

    (c) 40 A, para cargas mayores de 5 000 W hasta 8 000 W con suministro

    monofsico y 15 A con suministro trifsico 380/220 V.

    050-110 DETERMINACIN DE REAS Y PREVISIN OPCIONAL DE LA DEMANDA

    Mxima Total Cuando No Se Dispone de Informacin

    (1) Las reas de vivienda designadas en las Reglas 050-200 y 050-202 deben ser

    determinadas por las dimensiones interiores (reas techadas) e incluyen:

    (a) 100% del rea del primer piso; ms

    (b) 100% del rea de los pisos superiores, dedicada a vivienda; ms

    (c) 75% del rea del stano.

    (2) Opcionalmente, en el caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios

    de vivienda, cuando no se dispone de informacin especfica sobre las cargas, la

    demanda mxima total a prever no ser inferior a:

    Caso Demanda

    mxima total

    Para viviendas de

    (a) 3 000 W Hasta 90 m, segn dimensiones interiores.

    (b)

    5 000 W

    Ms de 90 m hasta 150 m, segn dimensiones

    interiores.

    (c)

    8 000 W

    Ms de 150 m hasta 200 m, segn dimensiones

    interiores.

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    33

    ACOMETIDAS Y ALIMENTADORES

    050-200 VIVIENDAS UNIFAMILIARES (VER ANEXO B)

    (1) La mnima capacidad de conduccin de corriente de los conductores de acometidas o

    alimentadores debe ser la mayor que resulte de la aplicacin de los prrafos (a) y (b)

    siguientes:

    (a) (i) Una carga bsica de 2 500 W para los primeros 90 m del rea de vivienda (ver

    Regla 050-110); ms

    (ii) Una carga adicional de 1 000 W por cada 90 m, o fraccin, en exceso de los

    primeros 90 m; ms

    (iii) Las cargas de calefaccin, con los factores de demanda previstos en la Seccin

    270, ms cualquier carga de aire acondicionado con factor de demanda de

    100%, segn la Regla 050-106(4); ms

    (iv) Cualquier carga de cocina elctrica, como sigue: 6 000 W para cocina nica ms

    40% de la cantidad en la que la potencia de dicha cocina exceda los 12 kW; ms

    (v) Cualquier carga de calentadores de agua para piscinas y baos individuales o

    comunes; ms

    (vi) Cualquier carga adicional a las mencionadas en los prrafos (i) a (v), al 25% de

    su potencia nominal, si sta excede los 1500 W y si se ha previsto una cocina

    elctrica; o al 100% de la potencia nominal de cada una, si sta excede los

    1 500 W hasta un total de 6 000 W, ms 25% del exceso sobre los 6 000 W, si no

    se ha previsto una cocina elctrica.

    (2) La mnima capacidad de los conductores de las acometidas o alimentadores servidos

    por una acometida principal para dos o ms unidades de vivienda de una hilera de

    casas habitacin, debe basarse sobre:

    (a) La Subregla (1), excluyendo cualquier carga de calefaccin o de aire

    acondicionado, con aplicacin de los factores de demanda requeridos por la

    Regla 050-202(a)(i) hasta (v), inclusive; ms

    (b) Los requerimientos de la Regla 050-202(3)(b), (c) y (d).

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    34

    (3) El total de la carga calculada de conformidad con la Subregla (1) o (2) no debe ser

    considerado como carga continua en la aplicacin de la Regla 050-104.

    (4) En el caso de viviendas unifamiliares o unidades de vivienda, a las que sea aplicable la

    Subregla 110(2) de esta Seccin, la capacidad nominal de los conductores de la

    acometida o alimentador, segn corresponda, debe ser la que se prescribe en la Regla

    050-106(9)(a), (b) y (c).

    050-202 EDIFICIOS DE DEPARTAMENTOS Y SIMILARES

    (1) La capacidad mnima de los conductores de una acometida o alimentador, servidos

    por una acometida principal, que alimenten cargas en unidades de vivienda, debe ser la

    mayor que resulte de la aplicacin de los prrafos (a) o (b) siguientes:

    (a) (i) Una carga bsica de 1 500 W para los primeros 45 m de vivienda (ver Regla

    050-110); ms

    (ii) Una carga adicional de 1 000 W por los segundos 45 o fraccin; ms

    (iii) Una carga adicional de 1 000 W por cada 90 m o fraccin en exceso de los

    primeros 90 m; ms

    (iv) La carga de cualquier cocina elctrica, como sigue: 6 000 W para una cocina

    elctrica, ms 40% de la carga excedente a los 12 kW; ms

    (v) Cualquier carga de calefaccin, con aplicacin de los factores de demanda de

    la Seccin 270, ms las cargas de aire acondicionado con factor de demanda

    al 100%, segn la Regla 050-106(4); ms

    (vi) Cualquier carga en adicin de las mencionadas en los subprrafos (i) a (v)

    inclusive a:

    (A) 25% de la potencia de rgimen de cada carga mayor de 1 500 W, si se ha

    previsto una cocina elctrica; o

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    35

    (B) 25% de la potencia de rgimen de carga mayor de 1 500 W, ms 6

    000 W, si no se ha previsto una cocina elctrica.

    (b) 25 amperes.

    (2) El total de la carga calculada en aplicacin de la Subregla (1) no debe ser considerado

    como carga continua para la aplicacin de la Regla 050-104.

    (3) La capacidad mnima de acometidas y alimentadores servidos por una acometida

    principal, que alimenten a su vez dos o ms unidades de vivienda, deben basarse sobre

    la carga calculada en aplicacin de la Subregla (1)(a) y lo siguiente:

    (a) Con exclusin de cualquier carga de calefaccin y aire acondicionado, se debe

    considerar que la carga es:

    (i) El 100% de la carga mayor de cualquier unidad de vivienda; ms

    (ii) El 65% de la suma de cargas de las 2 unidades de vivienda con cargas iguales o

    inmediatamente menores a la del subprrafo (i); ms

    (iii) El 40% de la suma de cargas de las 2 unidades de vivienda con cargas iguales o

    inmediatamente menores que las del subprrafo (ii); ms

    (iv) El 30% de la suma de las cargas de las 15 unidades de vivienda con cargas iguales

    o inmediatamente menores a las del subprrafo (iii); ms

    (v) El 25% de la suma de las cargas de las unidades de vivienda restantes.

    (b) Si se utiliza calefaccin elctrica, la suma de todas las cargas de calefaccin, como

    se determina de acuerdo con la aplicacin de la Seccin 270, debe ser aadida a la

    carga determinada de acuerdo con el prrafo (a), sujeta a la Regla 050-106(4).

    (c) Si se utiliza aire acondicionado, la suma de todas las cargas de aire acondicionado

    se debe aadir, con un factor de demanda de 100%, a la carga determinada de

    acuerdo con los prrafos (a) y (b), sujetas a la Regla 050-106(4).

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    36

    (d) Cualquier carga de alumbrado, calefaccin y potencia no ubicada en las unidades de

    vivienda, debe ser aadida con un factor de demanda de 75%.

    (4) La capacidad de los conductores de un circuito derivado que sirva a cargas ubicadas fuera

    de las unidades de vivienda, no debe ser menor que la potencia nominal de los equipos

    instalados, afectada con los factores de demanda, como se permite en el Cdigo.

    (5) En el caso de departamentos en edificios de vivienda y similares, a los que sea aplicable

    la Regla 110(2) de esta Seccin, la capacidad nominal de los conductores del

    alimentador debe ser la que se prescribe en la Regla 050-106(9)(a), (b) y (c).

    050-204 ESCUELAS

    (1) Las capacidades mnimas de los conductores de acometidas o de los alimentadores

    deben basarse sobre lo siguiente:

    (a) Una carga bsica de 50 W/mde rea de aulas; ms

    (b) 10 W/mdel rea restante del edificio, calculada con las dimensiones exteriores; ms

    (c) Cargas de calefaccin, aire acondicionado y fuerza, basadas en la potencia nominal

    del equipo instalado.

    (2) Se permite la aplicacin de factores de demanda, como sigue:

    (a) Para edificios de hasta 900 m, rea calculada segn dimensiones exteriores:

    (i) Para cualquier carga de calefaccin, segn la Seccin 270; y

    (ii) 75% de la carga restante.

    (b) Para edificios con reas mayores a 900 m.

    (i) Segn la Seccin 270 para cargas de calefaccin; y

    (ii) La carga restante debe ser dividida entre el rea en m y la demanda de carga

    puede considerarse como la suma de:

    (A) 75% de la carga por mmultiplicada por 900; y

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    37

    (B) 50% de la carga por mmultiplicada por el rea en exceso a los primeros

    900 m.

    050-206 HOSPITALES

    (1) La capacidad mnima de los conductores de acometidas y alimentadores debe basarse

    en lo siguiente:

    (a) Una carga bsica de 20 W/mdel rea del edificio calculada con las dimensiones

    exteriores; ms

    (b) 100 W/mpara reas de alta intensidad de carga como salas de operacin; ms

    (c) Cargas de calefaccin, aire acondicionado y de potencia, segn la potencia del

    equipo.

    (2) Se permitir la aplicacin de factores de demanda de acuerdo con lo siguiente:

    (a) Para edificaciones de hasta 900 m, calculados con las dimensiones exteriores:

    (i) De acuerdo con la Seccin 270 para cualquier carga de calefaccin; y

    (ii) 80% de la carga restante.

    (b) Para edificaciones cuya superficie exceda los 900 m, calculados con las dimensiones

    exteriores;

    (i) De acuerdo con la Seccin 270 para cualquier carga de calefaccin; y

    (ii) El resto de la carga debe ser dividida entre los metros cuadrados de la superficie,

    y la carga de la demanda puede ser considerada como la suma de:

    (A) 80% de la carga por metro cuadrado multiplicada por

    900; y

    (C) 65% de la carga por metro cuadrado multiplicada por la superficie del

    edificio que exceda los 900 m.

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    38

    050-208 HOTELES, MOTELES, DORMITORIOS Y EDIFICIOS DE USO SIMILAR

    (1) La capacidad mnima de los conductores de la acometida o del alimentador deben

    basarse en lo siguiente:

    (a) Una carga bsica de 20 W/mdel rea del edificio, calculada con las dimensiones

    exteriores; ms

    (b) Cargas de alumbrado de reas especiales, tales como: salones de baile, segn la

    potencia nominal del equipo instalado; ms

    (c) Cargas de calefaccin, aire acondicionado y potencia, segn la potencia nominal del

    equipo instalado.

    (2) Se permitir la aplicacin de factores de demanda de acuerdo con lo siguiente:

    (a) Para edificaciones con rea de hasta 900 m, calculada con las dimensiones

    exteriores:

    (i) De acuerdo con la Seccin 270 para cualquier carga de calefaccin; y

    (ii) 80% de la carga restante.

    (b) Para edificaciones cuya superficie exceda los 900 m, calculada con las dimensiones

    exteriores;

    (i) De acuerdo con la Seccin 270 para cualquier carga de calefaccin; y

    (ii) El resto de la carga debe ser dividido entre los metros cuadrados de la superficie,

    y la carga de la demanda puede ser considerada como la suma de:

    (A) 80% de la carga por metro cuadrado multiplicada por 900.

    (B) 65% de la carga por metro cuadrado multiplicada por el rea del edificio,

    que exceda los 900 m.

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    39

    050-210 OTROS TIPOS DE USO

    La capacidad mnima de los conductores de la acometida o del alimentador para otros tipos

    de uso, especificados en la Tabla 14, debe basarse en lo siguiente:

    (a) Una carga bsica calculada con los watts por metro cuadrado requeridos por la

    Tabla 14, multiplicado por el rea servida, determinada segn las dimensiones

    exteriores, con aplicacin de los factores de demanda indicados en dicha tabla; ms

    (b) Cargas especiales como calefaccin, aire acondicionado, potencia, iluminacinde

    vitrinas, alumbrado de escaleras, etc., basadas en la potencia nominal del equipo

    instalado, con factores de demanda permitidos por el Cdigo.

    050-212 CIRCUITOS DE ALUMBRADO ESPECIAL

    Cuando un tablero suministra tipos especiales de iluminacin, tales como luces de escape o

    emergencia, que pueden estar localizadas en toda la edificacin, sin que sea posible calcular

    el rea servida, se debe utilizar la carga del circuito involucrado para calcular la seccin del

    alimentador.

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    40

    NORMAS PARA INSTALACIONES ELECTRICAS:

    - NORMAS TECNICAS PERUANAS

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    NORMAS PARA INSTLACIONES ELECTRICAS:

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    El objetivo principal es: establecer las condiciones que deben cumplir los materiales que

    deben ser utilizados en las instalaciones elctricas; Asimismo, indicar los procedimientos y

    los productos utilizados en las instalaciones elctricas. Finalmente, establece la acreditacin

    de los instaladores electricistas y la certificacin de las instalaciones que debern llevar a

    cabo los mismos.

    Algunas de las principales Normas Tcnicas en el tema de seguridad son las siguientes:

    NTP 370.312:2006

    Acreditacin de los instaladores electricistas de edificaciones residenciales con

    potencia contratada hasta 10kW, que establece cul es el perfil profesional de los

    tcnicos que llevarn a cabo la instalacin elctrica interior.

    NTP 370.310:2005

    Certificacin y mantenimiento de las instalaciones elctricas en viviendas

    unifamiliares con un potencia contratada hasta 3kW, que establece los mtodos de

    ensayo y la comprobacin de la existencia de una puesta a tierra desde los

    tomacorrientes a la conexin al conductor de proteccin hacia su borne de puesta a

    tierra.

    NTP 370.301:2002

    Seleccin e instalacin de equipos elctricos y capacidad de corriente nominal de

    conductores en canalizaciones, en donde se indica los requerimientos necesarios

    para proveer una vida satisfactoria a los conductores de cobre, as como del

    aislamiento que deben tener para los efectos trmicos del transporte de corriente en

    el tiempo.

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    NTP 370.054:1999

    Enchufes y tomacorrientes con proteccin a tierra para uso domstico y uso

    general similar, que indica los requisitos que deben cumplir los enchufes y

    tomacorrientes con proteccin a tierra para la conexin de conductores elctricos.

    NTP 370.053:1999

    Eleccin de los materiales elctricos en las instalaciones interiores para puesta a

    tierra y conductores de proteccin de cobre, que indica cmo debe ser la

    conservacin y continuidad elctrica de los conductores de proteccin de cobre.

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    BIBLIOGRAFA:

    REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES: INSTALACIONES ELCTRICAS

    CDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD.

    NORMAS TECNIAS PERUANAS:

    (http://programacasasegura.org/pe/articulos/marco-legal-peruano-para-

    instalaciones-electricas/)

    http://www.construccion.org.pe/normas/rne2009/rne2006.htm