El sme en la recta final 10 julio 2013

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El SME EN LA RECTA FINAL Para recuperar nuestro Trabajo Para defender nuestro Contrato Colectivo de Trabajo Para garantizar la sobrevivencia de nuestro Sindicato José Antonio Almazán González Pro Secretario de Jubilados del SME. 10 de julio de 2013

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¡Unidos Venceremos!

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El SME EN LA RECTA

FINAL

Para recuperar nuestro Trabajo

Para defender nuestro Contrato

Colectivo de Trabajo

Para garantizar la sobrevivencia de

nuestro Sindicato

José Antonio Almazán González Pro Secretario de Jubilados del SME.

10 de julio de 2013

o tengo la menor duda. Vamos a ganar. Más aún cuando el triunfo que

estamos conquistando pasó ya sobre el cadáver de ese partido político,

el PAN, que fue copado por la ultraderecha, los empresarios rapaces y el

yunque, ese bodrio de ultraderecha del cual Felipe Calderón fue su

instrumento. Vamos a ganar, es decir a recuperar nuestros trabajos, bien sea

contratados por CFE, mediante algún recurso administrativo o de estructura

orgánica, llámese División Centro (y los fuimos por bastantes años como

Compañía de Luz y Fuerza del Centro y Subsidiarias) o mediante el recurso de

una filial. Pero el punto clave de nuestra victoria es que será en un marco de

creciente privatización tanto del petróleo como de la electricidad (en cuanto

servicio público de energía eléctrica), como de Pemex y de CFE.

Lo anterior no podemos olvidarlo por ningún motivo. Pero será en este

marco privatizador que nuestro querido Sindicato Mexicano de Electricistas

garantizará su sobrevivencia, contando con trabajadores activos que le

permitan con su membrecía, mantener su registro como sindicato, conforme

a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo. Pues como es sabido los

jubilados, que a la fecha somos mayoría (más de 20 mil jubilados) frente a los

16,599 compañeros y compañeras que se mantiene heroicamente en la

Resistencia, no podemos organizarnos como Sindicato pues la Ley no lo

permite.

En estas condiciones, los temas de nuestro Contrato Colectivo de

Trabajo cobran capital importancia. Algunos dicen que nuestro CCT está

subjudice, pese a que el fallo perverso que la SCJN emitió el pasado 30 de

enero de 2013, dejó en firme el Laudo de la JFCA del 20 de agosto de 2010

por el cual se dieron por terminadas las relaciones colectivas e individuales

de trabajo y se dio por terminado nuestro Contrato Colectivo de Trabajo. El

asunto no es menor, por el contrario es de la mayor importancia y no sólo

por los 20,687 jubilados que aun quedamos, muchos de los cuales están

alejados de las filas y la lucha del SME, como lo muestra su baja participación

(de un total de 20687 jubilados sólo votaron 9024 que representan un 43%)

N

en las pasadas elecciones para elegir a nuestro Secretario General y 12 cargos

del Comité Central y Comisiones Autónomas.

La protección que gozamos los Jubilados se sustenta en Derechos

Adquiridos conforme lo establece nuestro CCT en su cláusula 64 y otras

cláusulas más que dan cuenta de derechos y prerrogativas contractuales. Sin

embargo, muchos de estos derechos contractuales de los Jubilados, que le

dan vigencia a nuestro CCT, por lo menos mientras sigamos existiendo, están

siendo cuestionados en los Contratos Colectivos de Trabajo como el del

Sindicato de Pemex, el Suterm de la CFE y en las mismas leyes del IMSS y del

ISSSTE que buscan disminuir aún más los derechos de los pensionados y de

los jubilados; y como hemos comentado en las reuniones de los jubilados del

SME, todos los miércoles a las 12 horas, el gobierno de Peña Nieto está

preparando una reforma privatizadora tanto del IMSS como del ISSSTE, que

abarcará los fondos y los pasivos laborales. Por supuesto, pese a estos

empeños oficiales, el CCT sigue vigente para los 20,687 jubilados del SME y

seguirá vigente en tanto exista un jubilado miembro del SME. Mientras tanto

continuaremos defendiendo nuestros derechos, porque “Dejar de luchar es

comenzar a morir”

Por lo anterior, resulta de suma importancia que las próximas

Jubilaciones de más de 1300 compañeros (o los que se resulten, pues se

están incluyendo compañeros y compañeras con Riesgos o Enfermedades No

de Trabajo y compañeros y compañeras con Riesgos o Enfermedades De

Trabajo con Dictamen de Incapacidad Parcial Permanente) se darán

aplicando los criterios de nuestro CCT plasmados en la Cláusula 64 y su TABLA

DE CUOTAS DE JUBILACIÓN. Como se ha informado, el gobierno ofreció

inicialmente una bolsa, nada despreciable, pero carente de criterios de

equidad y proporcionalidad como lo establece la Cl 64 y lo reconoce la Ley y

la Constitución. Resultaba bastante curioso y contradictorio que el SAE y el

gobierno de Peña Nieto aplicara el CCT y la Ley para Liquidar por Despido a

miles de trabajadores, aplicando criterios contractuales y no lo hiciera para

Jubilar.

Cedieron finalmente porque hay derechos adquiridos. Porque nuestro

CCT sigue plenamente vigente para los 20,687 jubilados y también porque no

podían imponer un criterio estrictamente monetario para el pago de la

Compensación por Antigüedad y para la Integración de la Cuota diaria de

Jubilación haciendo caso omiso de lo que señalan nuestras cláusulas 41 en su

fracción XII y 62, fracción I, inciso a). Pero cedieron también porque en el CCT

del Suterm-CFE, pese a las mutilaciones que ha sufrido su clausula 69

(equivalente a nuestra cláusula 64) a partir de agosto de 2008, las partes se

obligan a respetar los Derechos Adquiridos de los trabajadores que fueron

contratados antes de agosto de 2008, y en este sentido se convierte en un

referente obligado para los trabajadores que laboran en la prestación del

servicio público de energía eléctrica. Sin embargo, hay que observar cómo

han despedazado su cláusula de Jubilación para los que han sido contratados

después de agosto de 2008. Obligando a los nuevos trabajadores a aportar el

5% de sus salarios y a CFE a aportar el 7.5% para integrar una sola cuenta

individual a través de una Afore, con lo que CFE se lava, absolutamente, las

manos de cualquier responsabilidad o compromiso de Jubilación frente a sus

nuevos trabajadores.

El gobierno de EPN cedió esencialmente por la firme actitud de quienes

participamos en el plantón en la SEGOB, aún cuando la participación había

venido disminuyendo y la campaña mediática en contra del SME había

arreciado en los últimos días, demandando el desalojo violento del plantón

por la Policía Federal. Pese a que el gobierno de EPN busca empatar la

solución definitiva al conflicto del SME con la presentación de su Proyecto de

Reformas Constitucionales y Legales en materia de petróleo y electricidad,

finalmente tuvo que ceder a la presión del SME mediante una propuesta de

Jubilaciones y la pronta libertad de nuestro compañero preso político Eulises

Uribe Gaona pues en el escenario internacional pesó y pesa la presión que en

materia de Derechos Humanos ejerce la Solicitud de Queja que desde el 24

de mayo de este año se presentó ante la Comisión Interamericana de

Derechos Humanos, una vez que la sentencia perversa de la Suprema Corte

de Justicia de la Nación en contra del SME, dio por agotada la posibilidad de

resolver en el terreno jurídico nacional la demanda del SME.

Queda pendiente en la resolución de las Jubilaciones para los

compañeros y compañeras trabajadores que no se han liquidado, y dignos

miembros de la Resistencia del SME su integración al Fondo de Reserva para

Jubilaciones como lo establece la Cláusula 64 en su fracción VII que será para

cubrir el servicio de jubilaciones “por tiempo ilimitado, en todo aquello que

la presente Cláusula sobrepase las obligaciones que asumieron las

Compañías en la Cláusula 44 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado

entre ellas y el Sindicato el 30 de abril de 1934”. Misma que para una mayor

comprensión del alcance de la Cl 64, transcribimos a continuación:

CLÁUSULA 44.-Jubilaciones.-Las Compañías - se obligan a jubilar a sus

trabajadores amparados por este Contrato, de acuerdo con la siguiente tabla:

Edad

Años de Servicios Porcentaje del Salario

55 30 75%

50 incapacitados 30 75%

55 25 65 %

50 incapacitados 25 65 %

Dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al cumplimiento de la edad

requerida por un trabajador para tener derecho a ser jubilado, las Compañías sólo

podrán separarlo en los casos de faltas, infamantes, pues de no ser así (todos los

demás casos) sólo podrán corregirlo disciplinariamente de acuerdo con el

Reglamento Interior de Trabajo.

De lo anterior se desprende que la primera obligación de las

Compañías cubre un porcentaje de un 65 a un 75% de su salario y el Fondo

de Reserva para Jubilaciones como quedó constituido en el CCT de 1936-

1937, abarca la diferencia restante de un 35 a un 25% de su salario, para

integrar la Cuota diaria de Jubilación tal y como se establece al 100% con su

respectivos porcentajes relativos entre Tiempo de Servicios y % de su salario

en el CCT de 2008-2010. Este derecho contractual, en tanto derecho

adquirido, fue enriquecido y refrendado en su vigencia a lo largo de todas las

revisiones de nuestro Contrato Colectivo de Trabajo desde 1934 y de manera

sucesiva cada dos años, hasta llegar al Contrato Colectivo de Trabajo 2008-

2010, primero con la vieja y legendaria Mexican Light and Power Company

Limited, después con la histórica Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A. y

subsidiarias, a continuación con la misma Compañía de Luz y Fuerza del

Centro, S.A. y subsidiarias, pero colocadas en estado de disolución y

liquidación desde 1975 hasta 1994 en que después de 19 años de disolución

y liquidación (ganándose con ello un reconocimiento Para Ripley, pues no se

conoce un caso semejante en todo el planeta) para dar paso a la creación del

nuevo organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro en febrero de

1994. En todos estos cambios y giros mercantiles primero y constitucionales

después, la cláusula 64.- JUBILACIONES fue reconocida y validada por todos

los Patrones Sustitutos que hemos tenidos. De tal forma que nuestro

Derecho Adquirido a la Jubilación es por ello, tal y como se lee en la fracción

X de la Cl 64, un derecho IMPRESCRIPTIBLE, IRRENUNCIABLE E

INEXTINGUIBLE.

En razón de todo lo anterior, podemos afirmar que lo alcanzado para

tod@s nuestr@s compañer@s que obtendrán la jubilación a partir de los 23

años de Tiempo de Servicios al corte del 10 de octubre de 2009, conforme a

los criterios contractuales de la cláusula 64, se extiende y amparan también a

las y los trabajadores de la digna Resistencia del SME. Sin desconocer el

riesgo latente derivado de las pretensiones privatizadoras del gobierno de

Enrique Peña Nieto en las mal llamadas Reformas Estructurales en materia de

Salud, Seguridad Social, Derechos laborales, Energía (petróleo, electricidad,

nuclear), Agua, etc. Etc.

El otro asunto esencial relativo a las Jubilaciones y el Fondo de Reserva

de las mismas es la ubicación de estas obligaciones y su garantía.

Resolviéndose de la siguiente forma: en tanto que el Monto de este Fondo,

conforme a la cláusula 64, fue invertido por la Mexican Light, la CLFC y LyFC

en la forma en que estimó más conveniente, es decir en la Infraestructura

eléctrica, pues nunca estuvieron facultadas ni Constitucional ni legalmente a

hacerlo de otra manera, ahora el SAE es el responsable directo e ineludible

de la Administración de este Fondo y junto con el gobierno federal

responsable del pago de las diversas obligaciones que tiene ante los Jubilados

miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas. Sin embargo, resuelta la

reinserción laboral, con reconocimiento de todo su Tiempo de Servicios de

los trabajadores que no se han liquidado, sea en CFE, en una División de CFE,

o en una filial o como se llame, el SAE asumirá la responsabilidad contractual

de esta obligación contractual y del Fondo de Reserva para Jubilaciones, que

está invertido en la infraestructura eléctrica existente en la Región atendida

por LyFC.

Finalmente queda el problema del tiempo desde la óptica del gobierno

federal. Peña Nieto y su SEGOB buscarán empalmar la propuesta de

reinserción laboral, bajo la forma que adopte, con sus plazos y ritmos de

privatización del petróleo y la electricidad. Pero no tienen mucho tiempo por

delante y sus reformas constitucionales y legales de privatización energética

tendrán que presentarla bien en julio o agosto en periodos extraordinarios

en la Cámara de Diputados y Senadores o bien en el periodo ordinario que

inicia el 1 de septiembre de este año. Nuestra tarea y acción debe orientarse

a acortar estos plazos, poniendo por delante la recuperación de nuestros

trabajos, la defensa de nuestro CCT y la sobrevivencia del SME, a partir de

una férrea defensa de la industria eléctrica nacionalizada.

Después de la recuperación de nuestros trabajos en los términos de

nuestro CCT, vendrán años de lucha, pero ya con nuestros trabajos, para

revertir los daños de la privatización y renacionalizar la industria eléctrica.

Nuestra heroica gesta pasará a la historia de la lucha de clases, en México y

en el Mundo, como una de las más grandes epopeyas obreras. Cumpliremos

nuestros primeros 100 años de vida y seremos parte fundamental de la lucha

nacional para alcanzar y hacer realidad el sueño histórico de un México con

Libertad, Justicia y Democracia, que para mí es Socialista. Todo gracias a

ustedes, a la digna y heroica Resistencia de miles de trabajadores y jubilados

del SME, quienes desde el infame Decreto de extinción de LyFC del criminal y

fascista Calderón, resolvimos y juramos desde el seno de nuestras familias

¡NUNCA RENDIRNOS!, ¡NUNCA ARRODILLARNOS ANTE EL PODER INFAME! y

¡LUCHAR HASTA EL FINAL, HASTA ALCANZAR LA VICTORIA!. Como lo dije al

inicio.

¡Vamos a ganar!

La historia y nuestra razón serán la base de nuestro triunfo.

Nuestra dignidad, que no tiene precio, nos conducirá a la victoria.

¡Unidos venceremos!