El Sistema Nacional de Contabilidad Conjunto de Políticas Principios

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El Sistema Nacional de Contabilidad Conjunto de políticas principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado Mediante Ley N° 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, se determina las funciones, objetivos y estructura de los Organismos componentes del Sistema Nacional de Contabilidad. Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad (.pdf 128kb) LEY 29537 - Adecua la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al Artículo 81º de la Constitución Política del Perú (publicada el 08 de junio de 2010) (.pdf 47kb) LEY 29401 - Reforma de los Artículos 80º Y 81º de la Cosntitución Política del Perú (publicada el 08 de setiembre de 2009) (.pdf 43kb) Principios regulatorios:Tiene como principios regulatorios: Uniformidad .- Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable. Integridad .- Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos. Oportunidad .- Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas. Transparencia .- Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. Legalidad .- Primacía de la legislación respecto a las normas contables. Objetivos: Los objetivos del Sistema Nacional de Contabilidad son los siguientes: Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable; Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas de las entidades del sector público; Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento; y, Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado.

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El Sistema Nacional de Contabilidad Conjunto de políticas principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado

Mediante Ley N° 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, se determina las funciones, objetivos y estructura de los Organismos componentes del Sistema Nacional de Contabilidad.

Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad (.pdf 128kb)

LEY 29537 - Adecua la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al Artículo 81º de la Constitución Política del Perú (publicada el 08 de junio de 2010) (.pdf 47kb)

LEY 29401 - Reforma de los Artículos 80º Y 81º de la Cosntitución Política del Perú (publicada el 08 de setiembre de 2009) (.pdf 43kb)

Principios regulatorios:Tiene como principios regulatorios:

Uniformidad .- Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable.

Integridad .- Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos.

Oportunidad .- Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas.

Transparencia .- Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado.

Legalidad .- Primacía de la legislación respecto a las normas contables.

Objetivos: Los objetivos del Sistema Nacional de Contabilidad son los siguientes:

Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable;

Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas de las entidades del sector público;

Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento; y,

Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado.

Funciones: Son funciones del Sistema Nacional de Contabilidad las siguientes:

Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado;

Elaborar la Cuenta General de la República;

Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad;

Apoyar a los organismos del Estado en el análisis y evaluación de sus resultados; y,

Proporcionar la información de la contabilidad y de las finanzas de los organismos del Estado, al Poder Legislativo, al poder Ejecutivo y al Poder Judicial en la oportunidad que la soliciten.

Estructura: El Sistema Nacional de Contabilidad está integrado por:

La Dirección General de Contabilidad Pública;

El Consejo Normativo de Contabilidad;

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Las Oficinas de Contabilidad o quien haga sus veces, para las personas jurídicas de derecho público y de las entidades del sector público; y

Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces, para las personas naturales o jurídicas del sector privado.

Consejo Normativo de Contabilidad

El Consejo Normativo de Contabilidad es el órgano de Participación del Sistema Nacional de Contabilidad. Tiene a su cargo el estudio, análisis y emisión de normas, en los asuntos para los cuales son convocados por el Contador General de la Nación. El Consejo Normativo de Contabilidad se reúne dos veces al año.

El Consejo Normativo de Contabilidad es presidido por un funcionario nombrado por el Ministro de Economía y Finanzas y es integrado por un representante de cada una de las entidades que se señala, los mismos que podrán contar con sus respectivos suplentes::

Un (1) representante del Banco Central de Reserva del Perú - BCR;

Un (1) representantes de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV;

Un (1) representante de la Superintendencia de Banca y Seguros - SBS;

Un (1) representante de la Superintendencia de Administración Tribitaria - SUNAT;

Un (1) representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI;

Un (1) representante de la Dirección General de Contabilidad Pública - DGCP;

Un (1) representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Colegios de Contadores Públicosdel Perú;

Un (1) representante de la Facultad de Ciencias de la Contabilidad de las universidades del país, a propuesta de la Asamblea de Rectores;

Un (1) representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas.

 .1. ¿Cuál es el sustento para el registro de las provisiones por Sentencias Judiciales?

El monto de las provisiones que se deriven de los procesos judiciales en curso, se registrarán teniendo como base la información recibida del Director General de Administración, informado por el Procurador Público o funcionario que haga sus veces en las entidades del sector público, quien efectuará estimación confiable del monto de la posible pérdida.

1. ¿Quién debe emitir un oficio de consulta a la Dirección General de Contabilidad Pública?

Según lo señalado en el Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales, es el Comité de Saneamiento Contable quien tiene entre sus facultades, de considerarlo necesario, solicitar orientación a los entes rectores o ante cualquier otra entidad pública. 

01. ¿En qué concepto del Balance General se presenta el saldo de la sub cuenta 1101.05 Fondos Sujetos a Restricción, 1101.07 Depósitos en Instituciones Financieras no Recuperados y 1102.99 Inversiones Disponibles no Recuperados?

El saldo de la sub cuenta 1101.05 Fondos Sujetos a Restricción, 1101.07 Depósitos en Instituciones Financieras no Recuperados y 1102.99 Inversiones Disponibles no Recuperados, se presentarán en el rubro Otras Cuentas del Activo. 

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02. ¿En qué concepto del Balance General se presenta la Compensación por Tiempo de Servicios de funcionarios cuyo cese está programado para el periodo inmediato?

En lo que corresponde al saldo de la sub cuenta 2102.03 Compensación por Tiempo de Servicios por Pagar, cuya liquidación se espera se realice en el corto plazo, se presentará en el rubro Cuentas por Pagar del Balance General y se mostrará deducido del saldo de la sub cuenta 1202.0803 Adelanto por Tiempo de Servicios (dentro del régimen laboral que les permitió dichos adelantos). DEFINICIÓN El SICON-PLIEGO es una herramienta de apoyo informático, desarrollada por la Dirección General de   Contabilidad Pública en base a la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, directivas y disposiciones vigentes, para su distribución gratuita y aplicación por las entidades del Sector Público tales como las Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales, Centros Poblados, entre otras  y  entidades a nivel nacional no comprendidas en los aplicativos del módulo SIAF.............................................................................................................................................................................................

OBJETIVO Presentación de la información contable trimestral, semestral y de cierre contable del ejercicio de las Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales, Centros Poblados, entre otras entidades a nivel nacional no comprendidas en los aplicativos del módulo SIAF, y  recepción de información consistente, confiable y oportuna............................................................................................................................................................................................. RECOMENDACIONES

La entidad deberá tomar conocimiento de las instrucciones contenidas en el Manual del SICON VISUAL para su instalación y operatividad del aplicativo, con el fin de registrar la información correspondiente para la presentación de la información de cierre contable del ejercicio 2011.

El Manual indica el procedimiento para la instalación del aplicativo en la ruta C:\ de su PC, motivo por el cual las entidades comprendidas deberán tomar las precauciones correspondientes.Para operar el SICON VISUAL deberá dar clic sobre el icono lobito SICON.exe que se crea al instalar el aplicativo SICON en la ruta C:\CPN.

Antes de registrar la información en el Aplicativo SICON VISUAL se debe seleccionar correctamente la entidad (Nombre y Código).

Una vez registrada la información en el Aplicativo SICON VISUAL la entidad deberá validar la información, la que no deberá presentar   errores de validación para generar los archivos y efectuar su transmisión. Los archivos que serán transmitidos tienen extensión *.txt y *.zip, los mismos que se generan automáticamente al momento de grabar y se encuentran en la carpeta C:\CPN\ENVIO.

La  presentación de información de Cierre del Ejercicio 2011 a la DGCP procede mediante la transmisión de archivos *.txt y *.zip   a través del link http://apps2.mef.gob.pe/appsicon/index.jsp, para cuyo efecto deberán solicitar su USUARIO y CLAVE al sectorista de la DGCP.

En caso de requerir modificar la información, la entidad deberá solicitar al sectorista de la DGCP la habilitación del envío para que nuevamente tenga la opción de transmitir la información.

La presentación de la información contable es integral y consistente, por lo que deberán remitir la carpeta a la DGCP con los formatos impresos y debidamente firmados, acorde con las disposiciones vigentes y simultáneamente transmitir la información vía web generada en archivos (*.txt y *.zip)   a través de link indicado, ambas informaciones (carpeta con la documentación y transmisión vía web)  deben ser recibidas por la DGCP en los plazos estipulados por las disposiciones vigentes con el fin de no ser consideradas OMISAS a la presentación de la información contable para la Cuenta General de la República.............................................................................................................................................................................................

SICON REGISTRO DE INFORMACIÓN DE SICON VISUALLa entidad descargará el INSTALADOR a su respectiva PC, siguiendo las recomendaciones anteriores y las instrucciones que indica el Manual de Usuario del Módulo SICON Visual. Una vez registrada y validada la información, deberá generar los archivos con extensión *.txt y *.zip a través del Aplicativo, que servirá para su respectiva presentación. 

Instalador SICON Visual (ftp//ftp.mef.gob.pe)Usuario = siconPassword = lima146 

Manual del SICON VISUAL  (Actualizado al 25/01/2012) 

Cartilla de Información - Nuevos Cambios  (Actualizado al 25/01/2012)

PRESENTACIÓN Y TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN (*.TXT y  *.ZIP) VÍA WEB La presentación de la información SICON generada en archivo (*.txt y *.zip), será exclusivamente vía Web, para ello debe acceder al link del Aplicativo WEB http://apps2.mef.gob.pe/appsicon/index.jsp, con el USUARIO y CLAVE asignado a su Entidad.

 

Cartilla de Instrucciones para la  Presentación SICON VIA WEB

Una vez presentada la información, el acceso queda bloqueado, en caso de requerir corregir la información, deberá solicitar a su sectorista de la DGCP la apertura de envío SICON, lo que permitirá presentar su DATA corregida.

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