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EL REFERENDO

DAVID LUNA SÁNCHEZ

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PARTICIPAR La Constitución prevé la posibilidad de hacer

reformas por iniciativa popular.

Bien decía André Hauriou, que el objeto del derecho constitucional, es el encuadramiento jurídico de los fenómenos políticos.

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CÓMO LOGRAR REFORMAS?

Con la presentación de una reforma respaldada por el 5% de los ciudadanos inscritos en el censo electoral y 20% de los diputados y concejales quienes presentan ante el Cogreso la propuesta, para que allí sea aprobada o negada.

Convocando una asamblea constituyente

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CONSTITUCIÓN DE 1.991

Voto: Voluntad del elector en su elección individual.

Plebiscito: Pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente para apoyar o rechazar una decisión del ejecutivo.

Referendo: Convocatoria para aprobar o rechazar un proyecto de norma jurídica o derogar una vigente.

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Consulta Popular: Figura por medio de la cual el gobernante nacional, departamental, municipal, distrital o local somete a consideración del pueblo una pregunta general sobre un asunto trascendental.

Iniciativa Popular Legislativa: Derecho para presentar proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdo, etc.

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Revocatoria del Mandato: Procedimiento por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que se le ha conferido a un gobernador o alcalde.

Cabildo Abierto: La posibilidad que tiene la comunidad para participar en las decisiones políticas.

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PLEBISCITOSe hace en torno a una sola pregunta y se define como el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una decisión del ejecutivo.

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REFERENDO

Es un acto de votación para aprobar o rechazar un proyecto de norma, sugerida por los poderes públicos o por el mismo pueblo. Se hace sobre un texto elaborado que de ser aprobado, deroga la norma que se encontraba vigente.

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TIPOS DE REFERENDO

Referendo para la derogación de leyes y otras normas.

Referendo aprobatorio de proyectos de ley, ordenanzas y acuerdos de iniciativa popular rechazados.

Referendo Constitucional.

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EXPERIENCIAS INTERNACIONALES

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ITALIA 1.999El referéndum de abril pretendía reformar la ley electoral italiana, para dar prioridad al sistema mayoritario frente al proporcional, fue invalidado al no lograrse superar el 50% de participación necesario para llevar adelante la reforma. Los pequeños partidos políticos, fueron los triunfadores de la consulta.

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ESCOCIA 1.997En septiembre, los ciudadanos escoceses aprobaron mediante referéndum la creación de un Parlamento escocés autónomo con capacidad administrativa, legislativa y fiscal.

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BIELORUSIA 1.996En noviembre, el Presidente Aleksandr Lukashenko, con objeto de extender su mandato de cinco a siete años y subordinar el poder legislativo al ejecutivo. El referéndum fue aprobado a pesar de las generalizadas acusaciones de fraude.

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PERÚ 1.993La nueva Constitución del 31 de octubre de 1993, ratificada por medio de referendo (52%), estableció un sistema legislativo unicameral, integrado por 120 miembros, en sustitución del Congreso Nacional, dió mayores poderes presidenciales y permitió a Fujimori presentarse de nuevo a elecciones presidenciales.

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ECUADOR 1.997El 25 de mayo de 1997, los ciudadanos ecuatorianos aprobaron en referéndum de forma mayoritaria (74%) la decisión tomada por el Congreso Nacional de cesar en el cargo a Bucaram y sustituirlo por su presidente Fabián Alarcón.

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SUDÁFRICA 1.992En marzo de 1.992, más de dos tercios de los votantes en un referéndum sólo para blancos apoyaron la política de negociar una nueva constitución para aumentar los derechos políticos de los negros.

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EXPERIENCIAS NACIONALES

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PLEBISCITO 1957 PLEBISCITO DE 1.957: La Junta Militar de Gobierno,

convocó a un plebiscito cuyo objeto era la readopción de la constitución política de 1.886.

Se pretendía reestablecer el régimen de la Democracia Representativa abolido por la dictadura militar y poner fin a la violencia política imperante.

Se conceden los derechos políticos (voto) a la mujer. Establece un sistema de paridad política entre los

partidos liberal y conservador conocido como el Frente Nacional.

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SÉPTIMA PAPELETA 1989 - 1990

Movimiento liderado por estudiantes universitarios que lograron que en las elecciones de 1.990 se incluyera la denominada Séptima Papeleta, figura por medio de la cual se le preguntó al elector si deseaba una nueva Constitución.

Fue un proceso definitivo durante la Presidencia de Virgilio Barco que se consolidó y materializó en la administración del presidente Cesar Gaviria con la Asamblea Nacional Constituyente.

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REFERENDO PASTRANA“Frente ciudadano por el Referendo contra la

corrupción” Reducción del número de congresistas y concejales. Suprimir Asambleas Departamentales e Inhabilidades por

corrupción y por pérdida de investidura. Conformación de un Tribunal de Ética Pública. Los partidos y movimientos políticos solo podrán presentar

una lista o candidatos por elección entre otras “muy similares a la actual”.

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Resultado Líderes políticos y congresales expresan que la corrupción

no sólo se da en el poder legislativo. De hacerse se debe incluir la revocatoria del mandato del

Presidente. Gobierno pierde sus mayorías. Capacidad para Gobernar es amenazada. Se retira el Proyecto.

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PROPUESTA ELECTORAL 2002

Dr. Álvaro Uribe, candidato presidencial, planteó la realización de un referendo para acabar la politiquería y la corrupción.

Propuesta electoral que recibió el respaldo de 5´829.958 (53.04%) votos.

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PROPUESTA ACTUAL DEL REFERENDO

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1. PÉRDIDA DE DERECHOS POLÍTICOS

Precisar y ampliar las inhabilidades para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado.

Bogotá ha sido drástica en la toma de decisiones luego de tener casos claros de corrupción. La respuesta ha sido la negación al voto para dichos funcionarios llevándolos a desaparecer del escenario político.

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2. VOTO NOMINAL

Para que el pueblo se informe cómo votan sus representantes en el congreso, las asambleas, los concejos municipales, distritales y las juntas administradoras locales.

Ya es hora de mostrarle a la ciudad y al país en qué temas han intervenido y votado los funcionarios.

El Concejo de Bogotá es ejemplo claro de cómo los representantes votan abiertamente y exponen sus argumentos frente a proyectos “de importancia” y de impacto para la capital.

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3. SUPLENCIAS Para eliminar las suplencias de los congresistas,

diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales.

Los electores votan por una persona en particular y adicionalmente se acabarían privilegios como las pensiones de congresales a personas que los han reemplazado por algunos meses o peor, algunos días.

Es así como las faltas absolutas sólo serán suplidas por candidatos de la misma lista. La renuncia voluntaria no producirá como efecto el ingreso a la corporación de quien debería suplirlo.

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Tanto en el Concejo como en las Juntas Administradoras Locales la práctica de las suplencias es un denominador común, lo cual resta credibilidad al proceso electoral.

La prohibición definitiva de las suplencias plantea el imperativo de conformación de listas a corporaciones públicas a partir de acuerdos programáticos.

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4. FACULTADES DE LAS CORPORACIONES PÚBLICAS DE

ELECCIÓN POPULAR EN LA DIRECCIÓN Y CONTROL DE LA

HACIENDA PÚBLICA Para hacer efectiva la participación de la comunidad, del

Congreso, las asambleas y los concejos, en la formulación y control de los presupuestos de ingresos y gastos del Estado.

El sistema actual se niega a las necesidades de Bogotá, y esta propuesta llevaría a un plan a espaldas de la ciudad lesionando los legítimos intereses de sus habitantes.

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Para separar las funciones legislativas y administrativas del Congreso.

Los servicios técnicos y administrativos de las cámaras legislativas estarán a cargo de una entidad pública o privada, que ejercerá sus funciones con plena autonomía, conforme lo establezca la ley.

Bogotá a través de sus representantes a la Cámara concentraría las tareas para el bien de la ciudad.

5. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL

CONGRESO

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6. REDUCCIÓN DEL CONGRESO

Para reducir el tamaño del Congreso y modificar la elección de los congresistas, diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales. La inclusión del umbral permitiría que las listas independientes con arraigo en la capital obtengan mayor número de curules.

Pero se reduciría el número de Representantes a la Cámara por parte de la ciudad, dejando los intereses de Bogotá sin respaldo.

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UMBRAL PARA CONCEJO DE BOGOTÁ (CIFRAS OCTUBRE DE 2000)

Número de votos validos Concejo 1.582.097 Dividido por el número de curules 42 Cuociente Electoral 37.699 Umbral 50% del Cuociente 18.834 De las 41 listas electas para Concejo el 29 de octubre de

2000 únicamente 10 listas obtuvieron un número de votos superior al 50% del cuociente electoral.

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7. PÉRDIDA DE INVESTIDURA

Para precisar y ampliar las causales de pérdida de investidura de congresistas, diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales.

Inasistencia a seis sesiones sin excusa justificada.

Por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho (8) días siguientes.

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Por violar el régimen de financiación de campañas.

Por gestionar o aceptar auxilios con recursos públicos.

Servidor público que ofrezca cuotas o prebendas burocráticas a un congresista, diputado, o concejal, a cambio de la aprobación de un proyecto de acto legislativo, ley, ordenanza, o acuerdo, será sancionado por falta gravísima con pérdida de empleo.

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Como medida para reducir las desigualdades sociales y controlar el gasto público.

Pensiones como las del congreso son abismales frente a las pensiones de los colombianos del común.

La SHD gira mensualmente al FONPET el 20% de los recaudos por impuestos, para garantizar el pago de las obligaciones pensionales

Bogotá tiene un enorme hueco fiscal. Ya que el Distrito se ha endeudado frente al cumplimiento de la ley, la propuesta del Referendo podría aliviar.

8. PENSIONES Y SALARIOS CON CARGO A RECURSOS DE NATURALEZA PÚBLICA

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9. SUPRESIÓN DE CONTRALORÍAS

DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES Para suprimir las contralorías municipales, distritales y

departamentales, y asignar sus funciones a la Contraloría General de la República.

La Contraloría y Personería Distrital tienen una participación en el presupuesto del Distrito cercano al 8% con un gasto de funcionamiento de 100.000 millones de pesos al año.

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10. SUPRESIÓN DE PERSONERÍAS

Para asignar las funciones de las personerías a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo.

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11. AUXILIOS CON DINEROS PÚBLICOS

Prohibir cualquier forma de concesión de auxilios con recursos de origen público. Si se comprueba, genera la destitución o desvinculación. Pérdida de investidura e Inhabilidad.

Por lo menos el 7% de 250 mil millones al año, que es el costo de los cupos indicativos, podría hacer parter los programas para educación y salud del distrito.

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12. NUEVOS RECURSOS PARA EDUCACIÓN Y

SANEAMIENTO BÁSICO

Para destinar el ahorro que produzca la supresión de las contralorías territoriales y las personerías, a la educación y al saneamiento básico.

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13. RECURSOS PARA LA EDUCACIÓN Y EL

SANEAMIENTO BÁSICO Para fortalecer los planes de educación y saneamiento básico y el

sistema de seguridad social de las entidades territoriales. Los ingresos de regalías que no sean asignados aplicarán así: el 56 %

educación preescolar, básica y media. El 36% para agua potable y saneamiento básico. El 7% para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades

Territoriales, y el 1% para inversión en la recuperación del río Cauca y el río Bogotá.

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14. FINANZAS PÚBLICAS SANAS

Medidas sobre racionalización del gasto público:

pensiones superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales, no se incrementarán con relación a los gastos del año 2002, durante un período de dos (2) años.

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15. PARTIDOS POLÍTICOS

Introducir modificaciones al régimen de los partidos políticos: Reconocerá personería jurídica a quienes hayan obtenido

para Senado o Cámara de Representantes, una votación equivalente, o superior, al dos por ciento (2%) de los votos válidos emitidos en el territorio nacional.

Así como a los partidos o grupos significativos de ciudadanos y organizaciones políticas, que hayan obtenido una cifra superior al cinco por ciento (5%) de los votos válidos en las elecciones presidenciales.

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Las nuevas reglas que pretende introducir el Referendo al sistema electoral colombiano, incentiva la agrupación de los partidos y/o movimientos políticos.

La elección de listas a corporaciones públicas permitiría que los partidos políticos actúen como bancadas y tomen determinaciones programáticas en conjunto.

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16. CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA

DROGADICCIÓN Para proteger la sociedad colombiana, particularmente su

infancia y su juventud, contra el uso de cocaína, heroína, marihuana, bazuco, éxtasis y cualquier otro alucinógeno.

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17. PERÍODOS DE AUTORIDADES TERRITORIALES

Para unificar los periodos de las autoridades territoriales y eliminar la dispersión del calendario electoral, se prorrogan los periodos de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.

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18. VIGENCIA Y

19. APROBACIÓN INTEGRAL

DE ESTE REFERENDO.