EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Marcos Agurto Cardoza.
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EL PROCEDIMIENTO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO
Marcos Agurto Cardoza
MARCOS AGURTO CARDOZA 2
La protección ante la administración pública se realiza con «cirulos de garantías» que son:
1. Reactivo: Los recursos administrativos y el control jurisdiccional
2. Preventivo: El procedimiento administrativo.
3
CONSIDERACIONES PREVIASCONSIDERACIONES PREVIAS
MARCOS AGURTO CARDOZA
El procedimiento administrativo es una garantía ciudadana contra arbitrariedades y excesos, supone que los actos de las administracions públicas se realizan por cauces predeterminados para ser legítimos
4
CONSIDERACIONES PREVIASCONSIDERACIONES PREVIAS
MARCOS AGURTO CARDOZA
El procedimiento administrativo es una garantía para los administrados, pero no es la principal, esta es satisfacer el interés general, adoptando decisiones necesarias por los órganos de la Administración.
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CONSIDERACIONES PREVIASCONSIDERACIONES PREVIAS
MARCOS AGURTO CARDOZA
Una función adicional es ser una vía que efectivice la democratización de la toma de decisiones, mediante la participación de los ciudadanos en las decisiones administrativas.
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CONSIDERACIONES PREVIASCONSIDERACIONES PREVIAS
MARCOS AGURTO CARDOZA
Sujetos
Inicio
Plazos y
Términos
Ordenación
Instrucción
Finalización 7
CONSIDERACIONES PREVIASCONSIDERACIONES PREVIAS
MARCOS AGURTO CARDOZA
LPAG. Art. 29
Conjunto de actos y diligencias
conducentes a la emisión de un acto
administrativo que produzca efectos
jurídicos individuales o individualizables
sobre intereses, obligaciones o
derechos de los administrados8
Procedimiento AdministrativoProcedimiento Administrativo
Art. 29ºArt. 29ºMARCOS AGURTO CARDOZA
DIFERENCIA ENTRE
PROCESO Y
PROCEDIMIENTO
9
Procedimiento AdministrativoProcedimiento Administrativo
Art. 29ºArt. 29ºMARCOS AGURTO CARDOZA
1. De legalidad2. Del debido
procedimiento3. De impulso de oficio4. De razonabilidad5. De imparcialidad6. De informalidad7. De presunción de
veracidad8. De conducta
Procedimental
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Principios del Procedimiento Principios del Procedimiento AdministrativoAdministrativo
Art. 29ºArt. 29ºMARCOS AGURTO CARDOZA
9. De celeridad
10. De eficacia
11. De verdad materia
12. De participación
13. De simplicidad
14. De uniformidad
15. De predictibilidad
16. De privilegio de
controles posteriores
1. Constitutivo.- Comienza presentando una solicitud escrita, que inicia un procedimiento vinculante para la Administración , pues la obliga a tramitarla hasta el final, sin perjuicio que la resolución sea positiva o negativa
2. De revisión.- Se inicia con una impugnación de una resolución administrativa, que intenta conseguir que se modifique o anule el acto controvertido, por ser contrario al ordenamiento.
3. De ejecución.- Inicia con el incumplimiento de una resolución, debidamente dictada y notificada y, además, debe cumplir con requisitos del artículo 194 de la LPAG, con lo que la vía para la ejecución forzosa queda habilitada.
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Tipología del ProcedimientoTipología del Procedimiento
MARCOS AGURTO CARDOZA
El Procedimiento Administrativo es de:
Aprobación Automática
Evaluación Previa
Silencio Positivo
Silencio Negativo
12
Calificación del ProcedimientoCalificación del Procedimiento
MARCOS AGURTO CARDOZA
Los sujetos son:
Administrado o recurrente
Autoridad Administrativa
13
Sujetos del ProcedimientoSujetos del Procedimiento
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
14
• Formas • Derechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II IIII
• Plazos• Impulso del Procedimiento• Actos de Instrucción• Participación de los Administrados
IIIIII
• Formas de Conclusión• Contenido de la Resolución
INICIO DESARROLLO FINFIN
• Formas • Derechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Art. 103 Iniciación.- El procedimiento administrativo es promovido de oficio por el órgano competente o instancia del administrado, salvo que por disposición legal o por su finalidad corresponda ser iniciado exclusivamente de oficio o instancia del administrado.
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• FormasFormas • Derechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Inicio de OficioInicio de Oficio
Es aquel promovido por una
decisión propia de la autoridad, el cumplimiento de un deber legal, en merito de una denuncia, etc.) la misma que se materializa en una disposición expresa y sustentada al órgano inferior, notificando a los administrados en salvaguarda de su derecho de recurrencia.
16
• Formas • DerechosDerechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
DerechosDerechos
Se promueven como: Derecho a Formular Denuncias Derecho de Petición Administrativa
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• Formas • DerechosDerechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Art. 105 Derecho de denunciar.- La denuncia es el acto que comunica a una administración una situación administrativa no sujeta a derecho, que no cuenta con la conformidad de la administración.
Contenido mínimo de la denuncia: Hechos, tiempo, lugar y modo, presuntos responsables, cómplices y perjudicados. La identidad del denunciante no es relevante.
Las pruebas son de presentación opcional, no son obligatorias. La notificación del rechazo de la denuncia es obligatoria.
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• Formas • DerechosDerechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Art. 106.- El derecho de petición administrativa comprende las facultades de presentar solicitudes en interés particular del administrado, de realizar solicitudes en interés general de la colectividad, de contradecir actos administrativos, las facultades de pedir informaciones, de formular consultas y de presentar solicitudes de gracia.
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• Formas • Derechos• SolicitudesSolicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
SolicitudesSolicitudes
Se Clasifican:
Solicitudes de Interés Particular del
administrado
Solicitudes de Interés General de la
colectividad
20
• Formas • Derechos• SolicitudesSolicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Art. 107.- Tipología:
1. Procedimientos declarativos (declaratorias de fábrica)
2. Procedimientos de reconocimiento (inscripción de nacimiento)
3. Procedimientos concesivos (licencias)
4. Procedimientos sobre ejercicios de derechos (peticiones)
5. Procedimientos sobre constancias (certificados)
6. Procedimientos de oposición (negativas de licencias)
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• Formas • Derechos• SolicitudesSolicitudes• Facultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
Art. 108 Solicitud por interés general
Permite comunicar:
1. Problemas, trabas u obstáculos administrativos
2. Prácticas que impidan acceso a entidades, relación con administrados o cumplimiento de principios procedimentales
3. Sugerencias para mejorar la calidad de servicios.
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• Formas • Derechos• Solicitudes• FacultadesFacultades• Requisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
FacultadesFacultades
Facultad de Contradicción
Administrativa
Facultad de solicitar información
Facultad de formular consultas
Facultad de formular peticiones de
Gracia
23
• Formas • Derechos• Solicitudes• Facultades• RequisitosRequisitos• Reglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
RequisitosRequisitos
Son aquellos que deben
contener los escritos
presentados por los
administrados:
Forma
Fondo
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• Formas • Derechos• Solicitudes• Facultades• Requisitos• ReglasReglas• Obligaciones
II INICIOINICIO
ReglasReglas
Son aquellos supuestos que
deben cumplirse, como: Reglas para la Celeridad en la
recepción
Reglas Generales para la recepción
documental
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• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
PlazosPlazos
Obligatoriedad
Plazos Máximos
Inicio del Computo
Computo y Régimen
Vencimiento del Plazo
Adelanto del Plazo
Responsabilidades26
• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Art. 131 Obligatoriedad.- Los plazos son máximos, obligan por igual a las partes, no requieren apercibimiento.
La autoridad instructora debe cumplir plazos, la superiora tiene un deber in vigilando
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• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
PlazosPlazos
Plazo en días, contado a
partir del día hábil siguiente
del acto de notificación.
Plazo computado en meses o
años, a partir del día de
notificado el acto, y se
contabiliza y concluye el
mismo día del mes o año en el
que inicio. 28
• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
PlazosPlazos
Para la derivación al área competente.
Para actos de mero trámite.
Para emisión de informes, dictámenes y peritajes.
Para otorgar información o respuestas a consultas.
Para concluir un PA
1 – 3 - 7 - 10 - 3029
• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
PlazosPlazos
Plazo en días, se entiende por
hábiles, excluyendo los días
feriados y no laborables.
Cuando el último día del plazo
es inhábil, el plazo se prorroga
al día hábil siguiente.
Permite conceder prorroga por
única vez, siempre que no
afecte a 3ros. 30
• PlazosPlazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
PlazosPlazos
Régimen de días inhábiles.
Régimen de horas hábiles
Computo de días calendarios.Para tramites internos
Para subsanación
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• Plazos
• Impulso del Impulso del
ProcedimientoProcedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Impulso del ProcedimientoImpulso del Procedimiento
Es el conjunto de actuaciones que se
realizan en el Procedimiento
Administrativo:
1. De impulso, actúan hacia el futuro y hace avanzar el procedimiento (acumulación, queja, etc.)
2. De dirección, la autoridad determina actos de los administrados (notificaciones, intimaciones, etc.)
3. De constancia, documentan realización de actos (constancias, certificaciones)
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• Plazos
• Impulso del Impulso del
ProcedimientoProcedimiento
• Actos de
Instrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Impulso del ProcedimientoImpulso del Procedimiento1. Iniciar el procedimiento
2. Avanzar, el procedimiento (documentar, informar, autorizar, etc.)
3. Remover obstáculos. Ejemplo Cambio de autoridad inmediata
4. Instruir y ordenar prueba
5. Subsanar errores u omisiones
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• Plazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de Actos de
InstrucciónInstrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Actos de InstrucciónActos de Instrucción
Son aquellos que tienen por
objeto que la autoridad a
cargo del expediente tenga
los elementos necesarios
para decidir. Los principios
que rigen la instrucción son
los de oficialidad y verdad
material.
“Lo Formal ante lo Justo” 34
• Plazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de Actos de
InstrucciónInstrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Art. 159 Actos de Instrucción
1. Aportación de datos, informes, etc. Anteriores al caso (informaciones, documentos)
2. Actividad probatoria, son medios que demuestran veracidad de informes y documentos.
No se consideran como actos de instrucción: la solicitud de rutina de informes previos, el requerimiento de visaciones o conformidades que no aportan valor a lo actuado.
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• Plazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de Actos de
InstrucciónInstrucción
• Participación
de los
Administrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Art. 162.- Carga de la prueba.- Recae sobre la administración. Los administrados la tienen cuando piden algo a la administración, en procedimientos especiales, o cuando la administración le requiere algo para ejercer una potestad sobre él.
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• Plazos
• Impulso del
Procedimiento
• Actos de
Instrucción
• ParticipaciónParticipación
de los de los
AdministradosAdministrados
IIII DESARROLLODESARROLLO
Participación de los Participación de los
AdministradosAdministrados
Son todas las formas en los
que cada administrado de
manera individual o colectiva
puede recurrir ante la
autoridad administrativa y
promover sus Derechos
(Ejem. Audiencia Pública,
periodo de información, etc.).37
• Formas de Formas de
ConclusiónConclusión
•Contenido de la
Resolución
IIIIII FINALIZACIÓN
Formas de ConclusiónFormas de Conclusión
Son todos aquellos supuestos en los que puede afirmarse que el procedimiento administrativo ha terminado:
AbandonoDesistimientoLa prestación efectivaLos Acuerdos ConvencionalesLa aplicación del silencio administrativo
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• Formas de
Conclusión
•Contenido de Contenido de
la Resoluciónla Resolución
IIIIII FINALIZACIÓN
Contenido de la ResoluciónContenido de la Resolución
Debe contener todos los requisitos de validez
La motivación de la decisión administrativa
Congruente con la petición
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RECURSOS RECURSOS ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS
Son todos aquellos mecanismos que a pedido de parte permiten a la autoridad administrativa la revisión de los actos administrativos, pudiendo incluso modificar la decisión de la autoridad.
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RECURSOS RECURSOS ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS
Facultad de Contradicción/Oposición
Recursos AdministrativosReconsideración Apelación Revisión
Acto Firme
Error en la Calificación
Agotamiento de la vía administrativa
MUCHAS GRACIAS!!!..
MARCOS AGURTO [email protected]