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EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN Evolución 2002-2007 SECRETARIA DE ESTADO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS ECONÓMICO DE LAS CC.AA. Julio 2009

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EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN

Evolución 2002-2007

SECRETARIA DE ESTADODE COOPERACIÓN TERRITORIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA

MINISTERIODE POLÍTICA TERRITORIAL

MINISTERIODE POLÍTICA TERRITORIAL

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS ECONÓMICO DE LAS CC.AA.

Julio 2009

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SUMARIO

1. Introducción. Funcionamiento del modelo.

2. Evolución del modelo durante los últimos años (2002-2007)

a. Introducción. b. El Fondo de Suficiencia. c. Recursos de naturaleza tributaria.

Anexo: Cuadros de liquidación del modelo para los ejercicios 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007 y Cuadro resumen 2002-2007.

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INTRODUCCIÓN. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía se rige por la Ley 21/2001, de 27 de diciembre. El modelo de financiación aprobado por esta ley, que entró en vigor el día 1 de enero de 2002, aportó, aparte de su vocación de permanencia, un propósito de integración, de modo que el sistema integra todo el ámbito competencial autonómico en tres grandes bloques: el de competencias comunes (dentro del cual está la educación), el de asistencia sanitaria y, finalmente, el bloque de los servicios sociales. Hasta 2001, estos dos últimos bloques se financiaban de forma específica. Los recursos necesarios para financiar el ejercicio de estas competencias, distribuidos en los bloques citados, constituyen el punto de partida para determinar las necesidades de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común. Además, el modelo ha ampliado la incidencia del principio de corresponsabilidad fiscal: para posibilitar la financiación de las nuevas competencias se acordó la cesión parcial del IVA (en un 35 por 100) y de los Impuestos Especiales sobre la cerveza, vino y bebidas fermentadas, productos intermedios, alcohol y bebidas derivadas, hidrocarburos y labores de tabaco (estos últimos en un 40 por 100), además de la cesión del 100 por 100 de los Impuestos Especiales sobre la Electricidad, sobre Determinados Medios de Transporte y del nuevo Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. También se han atribuido mayores competencias normativas a las Comunidades Autónomas sobre algunos de los impuestos cedidos (IRPF, Impuestos sobre el Patrimonio, sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Determinados Medios de Transporte y sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos). Por otra parte, el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos prevé la posible aplicación de un tipo autonómico y con afectación de la recaudación a la financiación de la sanidad o de actuaciones medioambientales.

FUNCIONAMIENTO DEL MODELO Para calcular los recursos que corresponden a cada Comunidad Autónoma, se procede del siguiente modo:

a) Se determina el volumen global de recursos que será distribuidos entre las

Comunidades Autónomas, que se corresponderá con la suma de las

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cantidades necesarias para financiar los tres bloques de servicios antes citados: servicios comunes, servicios sanitarios y servicios sociales y asistenciales.

b) Se determina, para cada uno de los tres bloques aludidos, los recursos que

corresponden a cada Comunidad Autónoma. De este modo se obtiene la cuantía total de sus necesidades de gasto. Las variables utilizadas para el cálculo de dichas necesidades son distintas para cada bloque de servicios.

b.1) Bloque de servicios comunes:

- Cuantía fija de 39.66 millones de euros para cada Comunidad. - Cuantía principal, que se distribuye según las variables y ponderaciones

siguientes: población (94,0%), superficie (4,2%), dispersión (1,2%) e insularidad (9,6%).

- Dos fondos adicionales: Fondo de renta relativa y Fondo para paliar la escasa densidad de población.

- El resultado obtenido se corrige, si cabe, aplicando las dos reglas de modulación del crecimiento antes citadas.

b.2) Bloque de servicios sanitarios:

- Fondo general, que se distribuye según las variables y ponderaciones

siguientes: población protegida (75%), población mayor de 65 años (24,5%) e insularidad (0,5%).

- Dos fondos específicos: Fondo programa de ahorro en incapacidad temporal (se distribuye según la variable población protegida) y un Fondo de Cohesión Sanitaria.

b.3) Bloque de servicios sociales:

- Cuantía que se distribuye según la población mayor de 65 años.

c) Calculada la cuantía de las necesidades de gasto de las distintas Comunidades Autónomas, se procede al cálculo de las dos grandes vías de recursos a través de las que se financian las Comunidades Autónomas en el marco del modelo. Así, el Fondo de suficiencia se calcula como la diferencia entre las necesidades de gasto de cada Comunidad Autónoma y los recursos tributarios que le corresponden. A su vez, el volumen de recursos tributarios no

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es más que la suma de la recaudación de los tributos asignados a las Comunidades Autónomas en el marco del modelo, antes citados.

d) Es por ello que el Fondo de suficiencia se define como el “mecanismo de

cierre” del modelo, por cuanto se fija como diferencia entre las necesidades de gasto de cada Comunidad Autónoma y la capacidad fiscal de ésta. En la medida en que su cuantía está definida para el año base del modelo (1999), se fija una tasa de evolución a aplicar en los años sucesivos, y que se corresponde con la tasa de crecimiento de los ingresos tributarios del Estado (ITE). Forman parte del cálculo de dicha tasa, exclusivamente, la parte correspondiente a la AGE de los impuestos compartidos (IRPF, IVA e Impuestos Especiales de fabricación sobre la Cerveza, sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, sobre Productos Intermedios, sobre Alcoholes y Bebidas Derivadas, sobre Hidrocarburos y sobre Labores del Tabaco).

e) Finalmente, de presentarse la situación de necesidad, sería en este punto

cuando se decidiría la necesidad de distribuir las “asignaciones de nivelación” (sólo en lo relativo a educación y sanidad). No se ha llegado a hacer uso de estas asignaciones.

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EVOLUCIÓN DEL MODELO DURANTE LOS ÚLTIMOS AÑOS. (2002-2007) A) INTRODUCCIÓN El modelo de financiación autonómica asume un peso muy significativo en el conjunto de recursos de que disponen las Comunidades Autónomas. Prueba de ello es que, a partir del avance de liquidación del presupuesto de ingresos presupuestarios de cada Comunidad en 2007, cerca del 76% de los ingresos presupuestarios de las Comunidades Autónomas de régimen común provinieron en 20071 de recursos ubicados dentro del modelo. Por su parte, los ingresos provenientes de la financiación condicionada2, de carácter finalista, representaron alrededor del 12% de los ingresos presupuestarios liquidados por las Comunidades Autónomas de régimen común en 2007. En este conjunto se englobaría la financiación de origen comunitario (que representa el 5,4% de los recursos totales) y la derivada de la colaboración entre la AGE y las Comunidades Autónomas a través de subvenciones, convenios de colaboración y contratos-programa (que representa el 5,3% del total de recursos). El resto de los recursos totales a disposición de las Comunidades Autónomas tendría su origen en tributos propios y en los ingresos patrimoniales y en los derivados de la enajenación de inversiones reales, así como en aquellos de carácter financiero. Es llamativa, si descendemos a un estudio más pormenorizado Comunidad por Comunidad, la gran variedad de situaciones que se presentan en la composición de los recursos que financian cada Comunidad. Por una parte, Cantabria y Comunidad Valenciana presentan una gran capacidad de financiación a partir de los recursos contemplados en el modelo de financiación, al representar más de un 87% en ambos casos el peso de los recursos derivados del modelo en el conjunto del avance de liquidación del presupuesto de ingresos presupuestarios de cada Comunidad en 2007. En el polo opuesto se sitúan Castilla-La Mancha (68,7%), Extremadura (69,03%) y, a más distancia, Andalucía (71,6%) y Galicia (72,81%). Estos datos se corresponden con el peso que, porcentualmente, tienen para las citadas Comunidades Autónomas un conjunto de recursos ubicados fuera del modelo, como

1 NOTA Se han incorporado los recién publicados datos de la liquidación definitiva del modelo para 2007. Para el período 2002-2006, se emplean asimismo datos de la liquidación definitiva del modelo. 2 Dentro de este apartado incluimos recursos muy heterogéneos, pero con la característica común de que su percepción está condicionada al cumplimiento de un fin predeterminado. Concretamente, se incluyen los recursos procedentes de la UE (FEDER, FSE, FEOGA Orientación, FEOGA Garantía, IFOP, Fondos de Cohesión), los FCI, las subvenciones, los convenios de colaboración, los contratos-programa y transferencias de la Seguridad Social (incluidas las del ISM). Algunas Comunidades Autónomas (Andalucía, Galicia, Cataluña y Castilla-La Mancha) incluyen dentro de sus presupuestos la participación de los Entes Locales en los ingresos del Estado. En la medida en que estamos ante unos recursos destinados a los Entes Locales, asumiendo las citadas Comunidades una labor de simple intermediación, no se tiene en cuenta su cuantía a efectos de calcular la financiación de las Comunidades Autónomas.

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son los fondos comunitarios o los Fondos de Compensación Interterritorial, que se engloban dentro de la financiación condicionada. El caso balear es destacable, por cuanto los ingresos de naturaleza tributaria que obtiene dentro del modelo de financiación son muy altos, convirtiéndose, de hecho, en la Comunidad con mayor capacidad tributaria, por encima de sus necesidades de financiación. Ello provoca que el Fondo de Suficiencia de esta Comunidad (como ocurre en la Comunidad de Madrid) sea negativo, lo que resta peso a los ingresos provenientes del modelo de financiación dentro de los ingresos presupuestados para 2007. B) EL FONDO DE SUFICIENCIA La búsqueda de la reducción de las diferencias territoriales en los niveles de servicios públicos justifica la existencia del Fondo de Suficiencia que, como se comentó más arriba, se define como el mecanismo de cierre del modelo que pretende compensar a aquellas Comunidades por la diferencia entre sus necesidades de financiación y su capacidad tributaria. Es por ello por lo que el Fondo de Suficiencia es muy reducido (o incluso negativo, como en el caso balear y madrileño) en aquellas Comunidades que gozan, según los parámetros del modelo, de mayor capacidad fiscal. Canarias es la Comunidad Autónoma que muestra un mayor grado de dependencia respecto al Fondo de Suficiencia, que representó, en 2007, más del 67% de los ingresos percibidos a partir del modelo de financiación. El caso canario es especial y deriva de su específico régimen fiscal dentro de las Comunidades Autónomas de régimen común. En el ámbito de la imposición indirecta no se aplican el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, ni algunos Impuestos Especiales (en concreto el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y el Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco). En su lugar, en el ámbito de la imposición indirecta se aplica en Canarias el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias. Es por esta razón por lo que los ingresos de naturaleza tributaria provenientes del modelo de financiación son reducidos para Canarias (no llegan al 33%), siendo, en consecuencia, de mayor relevancia el peso del Fondo de Suficiencia. Precisado el caso canario, las Comunidades Autónomas en cuyos ingresos debidos al modelo el Fondo de Suficiencia tiene un mayor peso son Extremadura (60,89% según liquidación de 2007), Galicia (47,73% según liquidación de 2007), Castilla-La Mancha

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(44,19% según liquidación de 2007) y Andalucía (43,80% según liquidación de 2007). El hecho de que el Fondo de Suficiencia tenga un mayor peso en aquellas Comunidades Autónomas con menor PIB per cápita en 2007 responde, pues, a un propósito de nivelación en la prestación de servicios públicos entre los diferentes territorios. El mapa adjunto muestra la importancia que en términos de euros por habitante posee el Fondo de Suficiencia para una gran parte de las Comunidades Autónomas, con especial incidencia para aquellas Comunidades Autónomas con una menor capacidad tributaria, tal y como se ha expuesto anteriormente. C) RECURSOS DE NATURALEZA TRIBUTARIA En cuanto a los recursos de naturaleza tributaria del modelo de financiación, la característica generalizada es el mayor peso de los tributos sujetos a liquidación por parte de la AGE en comparación con los tributos cedidos y no sujetos a liquidación3.

3 Dentro del modelo, se subraya aquí la distinción entre tributos cedidos no sujetos a liquidación por parte de la Administración General del Estado (AGE) y los sujetos a liquidación por la AGE. Los primeros incluyen los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones y Tributos sobre el Juego, así como

FONDO DE SUFICIENCIA EN CC. AA. DE RÉGIMEN COMÚN 2007(euros por habitante)

PDO. DE ASTURIAS

C.A. GALICIA

C.A. LA RIOJA

C. CASTILLA Y LEÓN

C. DE MADRID

C.A. CASTILLA -LA MANCHA

C.A. EXTREMADURA

C.A. ANDALUCÍA

C.A. CANARIAS

C.A. CATALUÑA402

C.A. ARAGÓN

ILLES BALEARS

C. VALENCIANA

REG. DE MÚRCIA

912

C.A. CANTABRIA 1.288C.A. CANTABRIA 1.288

-223

573

850

1.104

1.403

1.305

1.295

-32

1.278

1.891

1.206

1.688Notas :En el caso de Madrid y Baleares el valor es negativo, es decir supone euros por

habitante que cada una de estas Comunidades Autónomas transfieren al Fondo de Suficiencia

CC. AA. con PIB por habitante por debajo de la media española

C.A. CEUTA 206C.A. CEUTA 206

C.A. MELILLA 201C.A. MELILLA 201

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Los ingresos tributarios provenientes de tributos sujetos a liquidación supusieron, en 2007, el 45,59% de los recursos totales del modelo, frente al 23,61% correspondiente a los tributos no sujetos a liquidación. Estos datos se corresponden con la media registrada durante los ejercicios de los que se dispone de liquidación (2002-2007), que arrojan cifras del 46,14% y el 23,14%, respectivamente. Dentro de los recursos tributarios sujetos a liquidación, destaca el peso del IRPF, que para 2007 supone el 21,11% de la aportación del modelo al conjunto de recursos de las Comunidades Autónomas de régimen común en el marco del modelo de financiación (20,10% en media 2002-2007). Le sigue el IVA, con una aportación conjunta del 17,03% para 2007 (17,71% en 2002-2007). Finalmente, los Impuestos especiales gestionados por la AEAT se sitúan en el 7,45% del total de recursos del modelo para 2007 (8,33% en 2002-2007). La evolución de la recaudación de estos tributos, con destino a las arcas autonómicas, ha sido muy significativa durante 2002-2007. Así, el IVA recaudado para todas las Comunidades de régimen común durante 2007 representaba un incremento de más del 51% respecto a lo recaudado en 2002. El incremento correspondiente al IRPF se sitúa en el 67,15%. El crecimiento de la recaudación ha sido notable en todas las Comunidades, si bien resulta llamativo el incremento de más del 99% en la recaudación del IRPF para Castilla-La Mancha, así como el de más del 88% para la Región de Murcia. Igualmente es significativo el incremento de Castilla-La Mancha en el caso del IVA. Un importante crecimiento de la renta, especialmente en las Comunidades referidas, justifican estos incrementos, comunes a todas las Comunidades, que han visto crecer la renta y el consumo de sus habitantes en un contexto de fuerte crecimiento económico. Por Comunidades Autónomas, la Comunidad de Madrid es el territorio donde el IRPF supone el recurso más relevante en el conjunto de los ingresos obtenidos en el marco del modelo (35,41% para 2002-2007), seguida por Cataluña y Baleares. En el caso del IVA, Baleares es, con diferencia, la Comunidad más recaudadora, al recibir durante estos años 2002-2007 cuantías que suponen casi el 40% de los recursos que

las tasas afectas a los servicios traspasados. Se trata de tributos gestionados y recaudados directamente por las Comunidades Autónomas. Los Impuestos sobre el Patrimonio, sobre Determinados Medios de Transporte y sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos son gestionados por la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) por cuenta de las Comunidades Autónomas. La AEAT transfiere a cada Comunidad Autónoma mensualmente la recaudación producida en su territorio, teniendo la consideración de tributos cedidos no sujetos a liquidación. El resto de tributos cedidos están sujetos a liquidación por parte de la AGE: son transferidos en cada ejercicio desde la AGE a las Comunidades Autónomas mediante entregas a cuenta. Posteriormente, en el año en que se conoce el rendimiento definitivo de estos recursos, se practica la liquidación definitiva, procediéndose a satisfacer la diferencia entre dichos valores definitivos y los importes de las entregas a cuenta percibidos

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el modelo le proporciona. El importante grado de consumo asociado a la principal actividad económica del archipiélago, el turismo, ayuda a explicar la importante diferencia entre el peso que el IVA significa para Baleares respecto al segundo territorio que recibe más recursos vía IVA (Madrid, un 22,83% durante 2002-2007). En el polo opuesto se sitúan las Comunidades de Extremadura y Castilla-La Mancha. El peso que para la región extremeña supone el IRPF supone un 9,86% para 2007 (9,10% en media 2002-2007). Le siguen Castilla-La Mancha y Andalucía, para las que el IRPF supone el 13,88% y 14,04% de sus recursos, respectivamente, con origen en el modelo. En el IVA, la situación es similar, si bien las distancias respecto a la media se reducen: Extremadura se financió en un 11,82% a partir del IVA en 2007, en un nivel muy similar a distintas Comunidades, como Castilla-La Mancha (13,71%). En cuanto a los recursos tributarios no sujetos a liquidación, cabe destacar, por su peso dentro de los recursos tributarios del modelo, el papel de los llamados antiguos tributos cedidos4, que representan, según datos para 2007, un 19,82% de los recursos totales del modelo (19,40% durante 2002-2007). El aspecto más llamativo de este grupo de tributos viene dado por el elevado crecimiento de su recaudación durante el período, muy por encima del crecimiento del grupo de tributos sujeto a liquidación. Concretamente, los antiguos tributos cedidos han crecido, comparando lo recaudado en 2007 y 2002, más de un 96%. Estos crecimientos se justifican principalmente por estar referidos a tributos especialmente ligados al espectacular crecimiento del sector inmobiliario en España. Baste recordar que, sólo entre 2002 y 2004, la recaudación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (impuesto englobado dentro de los antiguos tributos cedidos) creció a una tasa de casi el 151%.

4 “Antiguos tributos cedidos” son aquellos que, ya desde la primera Ley de cesión (Ley 30/1983), fueron cedidos a las CCAA y son gestionados por ellas: Impuesto sobre el Patrimonio, sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y tributos sobre el Juego.

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PESO DE LOS RECURSOS TRIBUTARIOS DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR COMUNIDAD AUTÓNOMA. AÑOS 2002-2007

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 67,15 20,10 51,30 17,71 24,42 8,33 66,84 1,70 70,41 1,11 96,77 19,40 55,45 0,93

ANDALUCÍA 78,11 13,25 51,87 15,97 29,54 7,73 73,76 1,42 26,66 0,82 137,13 15,59 75,31 1,15

ARAGÓN 70,59 20,54 48,58 17,58 27,24 9,43 36,62 1,13 26,00 1,14 89,67 18,29 49,95 0,89

PRINCIPADO DE ASTURIAS 56,75 18,83 32,75 18,39 21,79 7,87 55,94 1,12 107,02 1,21 100,52 12,97 49,95 1,31

ILLES BALEARS 62,45 22,62 35,05 39,65 24,95 13,21 65,79 2,06 17,15 1,01 123,12 28,68 38,63 0,80

CANARIAS 48,15 15,53 - 0,00 42,03 1,30 - 0,00 - 0,00 98,55 14,12 49,95 0,80

CANTABRIA 67,60 16,47 51,62 16,39 21,65 7,86 66,96 1,16 21,35 0,87 114,06 16,85 49,95 0,77

CASTILLA Y LEÓN 64,13 15,22 44,30 15,83 26,82 9,19 50,53 1,05 30,58 1,25 79,46 12,91 49,95 1,22

CASTILLA-LA MANCHA 99,28 12,67 65,26 14,17 23,61 10,17 89,14 1,17 136,17 1,70 181,40 12,69 49,95 0,91

CATALUÑA 63,44 26,67 50,92 20,07 23,51 9,31 62,97 1,90 122,05 1,45 85,08 24,63 49,95 0,71

EXTREMADURA 72,29 9,10 42,68 12,66 31,40 6,86 72,44 0,82 36,90 0,81 132,01 7,64 49,95 0,89

GALICIA 60,22 13,99 43,66 16,04 23,63 7,53 59,42 1,14 87,26 1,15 107,91 10,90 49,95 0,93

COMUNIDAD DE MADRID 62,46 35,41 61,13 22,83 11,38 7,52 68,80 3,47 64,68 1,17 62,30 29,72 50,16 1,12

REGIÓN DE MURCIA 88,25 15,14 57,33 16,75 34,91 10,24 77,46 1,79 28,34 1,21 198,66 19,37 49,95 0,54

LA RIOJA 74,69 17,45 59,40 15,40 19,84 7,41 66,18 1,12 25,59 0,93 82,79 16,86 49,95 0,54

COMUNITAT VALENCIANA 74,48 19,48 52,59 19,25 27,02 9,87 68,11 1,99 88,67 1,20 94,74 23,64 49,95 0,61

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

CIUDAD DE CEUTA - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00

CIUDAD DE MELILLA - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00

TOTAL 67,15 20,10 51,30 17,71 24,42 8,33 66,84 1,70 70,41 1,11 96,77 19,40 55,45 0,93

CLAVE: Lectura horizontal por C.A.: El incremento refleja, porcentualmente, la variación en la recaudación de cada recurso entre 2002 y 2007. La media representa el peso medio de cada recurso a partir de los totales recaudados entre 2002 y 2007.

(**) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

IRPF (con capacidad normativa) IVA II.EE. Gestionados por la

AEAT (**)Impuesto determinados

medios de transporte

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación Real

Tasas afectas recaudación normativa

El dinamismo en la recaudación de estos tributos ha sido, sin embargo, mucho más heterogéneo entre Comunidades Autónomas en comparación con el caso del IRPF o el IVA. La Región de Murcia y Castilla-La Mancha han vuelto a ser, en lo que a antiguos tributos cedidos se refiere, las Comunidades más dinámicas en lo relativo a la recaudación entre 2002 y 2007. Por Comunidades Autónomas, la Comunidad de Madrid es la Comunidad cuya recaudación en virtud de los antiguos tributos cedidos tiene mayor peso en el conjunto de recursos obtenidos en el seno del modelo de financiación durante el período 2002-2007 (un 29,72%), seguida por Baleares, Cataluña y Comunidad Valenciana. En el polo opuesto se sitúan Extremadura y Galicia.

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PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR C.A. AÑO 2002

ClaveLectura horizontal por C.A

(Millones de euros)Recursos no tributarios

Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 14.498,01 20,25 12.919,65 18,05 6.874,18 9,60 1.188,92 1,66 752,98 1,05 11.561,48 16,15 697,22 0,97 22.615,93 31,59 208,83 0,29 55,08 0,08 217,87 0,30 71.590,15 100,00

ANDALUCÍA 1.750,09 12,95 2.221,25 16,43 1.190,58 8,81 181,39 1,34 124,89 0,92 1.531,22 11,33 156,33 1,16 6.289,26 46,53 19,81 0,15 1,46 0,01 51,46 0,38 13.517,74 100,00

ARAGÓN 492,95 20,33 433,09 17,86 258,20 10,65 30,15 1,24 30,89 1,27 381,23 15,72 22,83 0,94 756,40 31,19 10,77 0,44 0,26 0,01 8,14 0,34 2.424,92 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 390,27 19,07 392,60 19,18 180,14 8,80 23,57 1,15 18,64 0,91 222,18 10,86 27,46 1,34 769,24 37,59 14,43 0,71 0,24 0,01 7,61 0,37 2.046,38 100,00

ILLES BALEARS 361,10 23,43 661,83 42,95 232,86 15,11 32,42 2,10 18,31 1,19 362,13 23,50 13,76 0,89 -172,77 -11,21 24,29 1,58 1,48 0,10 5,70 0,37 1.541,11 100,00

CANARIAS 522,07 15,97 0,00 0,00 44,44 1,36 0,00 0,00 0,00 0,00 384,02 11,75 26,92 0,82 2.278,67 69,71 0,00 0,00 0,94 0,03 11,61 0,36 3.268,67 100,00

CANTABRIA 196,40 16,52 196,31 16,51 105,94 8,91 13,88 1,17 11,81 0,99 158,68 13,35 9,72 0,82 489,10 41,13 0,00 0,00 3,55 0,30 3,67 0,31 1.189,07 100,00

CASTILLA Y LEÓN 750,25 14,98 795,53 15,89 504,21 10,07 53,18 1,06 67,40 1,35 563,83 11,26 62,85 1,26 2.152,09 42,98 40,07 0,80 0,46 0,01 16,87 0,34 5.006,75 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 398,46 11,78 474,62 14,04 392,66 11,61 37,24 1,10 51,58 1,53 310,43 9,18 33,13 0,98 1.663,68 49,20 7,44 0,22 0,09 0,00 11,87 0,35 3.381,20 100,00

CATALUÑA 3.330,40 27,47 2.493,64 20,57 1.308,75 10,80 226,59 1,87 140,08 1,16 2.569,87 21,20 92,25 0,76 1.914,51 15,79 35,39 0,29 10,21 0,08 1,04 (*) 0,01 12.122,72 100,00

EXTREMADURA 193,82 8,79 280,52 12,72 166,00 7,53 17,06 0,77 18,66 0,85 119,79 5,43 20,18 0,91 1.369,40 62,09 12,59 0,57 0,17 0,01 7,29 0,33 2.205,47 100,00

GALICIA 746,40 14,02 848,78 15,95 450,46 8,46 59,30 1,11 50,17 0,94 481,50 9,05 50,68 0,95 2.577,34 48,43 36,80 0,69 1,45 0,03 19,32 0,36 5.322,19 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 3.556,31 36,81 2.227,73 23,06 915,18 9,47 330,65 3,42 98,67 1,02 2.673,20 27,67 117,16 1,21 -324,00 -3,35 0,00 0,00 31,39 0,32 34,85 0,36 9.661,13 100,00

REGIÓN DE MURCIA 298,90 14,74 357,82 17,64 243,53 12,01 35,61 1,76 28,67 1,41 268,60 13,25 12,21 0,60 773,97 38,17 0,00 0,00 0,88 0,04 7,68 0,38 2.027,86 100,00

LA RIOJA 105,03 17,45 93,82 15,59 53,01 8,81 7,00 1,16 6,03 1,00 94,76 15,75 3,54 0,59 231,48 38,47 5,25 0,87 0,03 0,00 1,83 0,30 601,78 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 1.405,56 19,33 1.442,12 19,83 828,23 11,39 140,87 1,94 87,19 1,20 1.440,04 19,80 48,21 0,66 1.847,56 25,40 1,98 0,03 2,47 0,03 28,93 0,40 7.273,15 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 18,94 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 18,94 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 8,39 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 8,39 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 10,55 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 10,55 100,00

TOTAL 14.498,01 20,25 12.919,65 18,04 6.874,18 9,60 1.188,92 1,66 752,98 1,05 11.561,48 16,15 697,22 0,97 22.634,87 31,61 208,83 0,29 55,08 0,08 217,87 0,30 71.609,09 100,00

(*) Convenio firmado el año 2004, con efecto desde enero de 2002 y liquidaciones por los 3 ejercicios en 2004

(**) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad

NOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2002. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada C.A. Ej: el 12,95% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

IVA II.EE. Gestionados por la AEAT (**)

Impuesto determinados medios de transporte

IRPF (con capacidad normativa) Total Recursos

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación Real

Tasas afectas recaudación normativa Fondo suficiencia

Page 13: EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ... · casos el peso de los recursos derivados del modelo en el conjunto del avance de liquidación del presupuesto de

12

PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR C.A. AÑO 2003

ClaveLectura horizontal por C.A

(Millones de euros)

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 15.422,26 19,61 14.202,82 18,06 7.195,31 9,15 1.300,17 1,65 851,48 1,08 14.172,89 18,02 744,65 0,95 24.413,52 31,04 224,08 0,28 64,73 0,08 52,49 0,07 78.644,40 100,00

ANDALUCÍA 1.889,07 12,59 2.447,79 16,32 1.264,16 8,43 203,76 1,36 136,91 0,91 2.157,71 14,39 166,93 1,11 6.715,49 44,77 0,00 0,00 1,40 0,00 15,93 0,00 14.999,16 100,00

ARAGÓN 525,04 19,67 474,39 17,77 272,89 10,22 31,42 1,18 32,89 1,23 456,87 17,12 24,37 0,91 838,03 31,40 11,88 0,45 0,31 2,62 0,98 8,22 2.669,07 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 401,46 18,08 427,07 19,23 190,04 8,56 23,77 1,07 19,35 0,87 282,19 12,71 29,32 1,32 821,38 36,99 22,83 1,03 0,51 2,24 2,43 10,66 2.220,35 100,00

ILLES BALEARS 376,67 22,37 723,06 42,95 251,46 14,93 33,91 2,01 19,70 1,17 419,40 24,91 14,69 0,87 -180,89 -10,74 23,03 1,37 1,97 8,57 0,68 2,97 1.683,68 100,00

CANARIAS 549,36 15,67 0,00 0,00 48,52 1,38 0,00 0,00 0,00 0,00 433,01 12,35 28,75 0,82 2.433,43 69,41 5,58 0,16 3,63 65,17 3,69 66,12 3.505,97 100,00

CANTABRIA 207,64 15,88 216,74 16,58 112,08 8,57 14,80 1,13 12,47 0,95 203,61 15,57 10,37 0,79 525,29 40,18 0,00 0,00 3,84 0,00 0,62 0,00 1.307,47 100,00

CASTILLA Y LEÓN 788,50 14,69 870,18 16,21 529,20 9,86 56,22 1,05 70,14 1,31 602,36 11,22 67,11 1,25 2.327,72 43,37 50,00 0,93 0,81 1,62 5,40 10,80 5.367,65 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 435,16 12,06 523,88 14,52 417,38 11,57 40,31 1,12 56,07 1,55 307,81 8,53 35,37 0,98 1.785,24 49,49 1,88 0,05 0,11 5,97 3,80 201,57 3.607,02 100,00

CATALUÑA 3.541,28 26,52 2.740,73 20,52 1.366,86 10,23 245,94 1,84 148,63 1,11 3.107,06 23,27 98,50 0,74 2.057,60 15,41 35,78 0,27 12,59 35,18 _ (*) 0,00 13.354,96 100,00

EXTREMADURA 205,09 8,50 305,14 12,65 173,29 7,19 19,04 0,79 19,84 0,82 186,60 7,74 21,54 0,89 1.462,21 60,63 16,12 0,67 0,38 2,35 2,33 14,47 2.411,58 100,00

GALICIA 763,28 13,33 931,68 16,27 468,94 8,19 64,64 1,13 53,44 0,93 564,82 9,87 54,12 0,95 2.762,74 48,25 53,95 0,94 1,89 3,50 6,01 11,15 5.725,51 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 3.778,33 34,87 2.459,71 22,70 919,27 8,48 363,00 3,35 150,49 1,39 3.254,73 30,04 125,27 1,16 -252,19 -2,33 0,00 0,00 32,49 0,00 4,18 0,00 10.835,28 100,00

REGIÓN DE MURCIA 330,39 14,66 389,82 17,30 254,65 11,30 38,90 1,73 30,31 1,35 356,01 15,80 13,04 0,58 837,27 37,16 0,00 0,00 1,49 0,00 1,31 0,00 2.253,19 100,00

LA RIOJA 114,30 16,74 105,06 15,38 55,69 8,15 7,78 1,14 7,95 1,16 98,07 14,36 3,78 0,55 286,96 42,02 3,04 0,44 0,01 0,39 0,31 10,24 682,95 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 1.516,67 18,91 1.587,57 19,79 870,88 10,86 156,70 1,95 93,29 1,16 1.742,66 21,73 51,48 0,64 1.993,25 24,85 0,00 0,00 3,29 0,00 4,81 0,00 8.020,58 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20,23 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20,23 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,27 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,27 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 8,96 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 8,96 100,00

TOTAL 15.422,26 19,61 14.202,82 18,05 7.195,31 9,15 1.300,17 1,65 851,48 1,08 14.172,89 18,02 744,65 0,95 24.433,75 31,06 224,08 0,28 64,73 0,08 52,49 0,07 78.664,63 100,00

(*) Convenio firmado el año 2004, con efecto desde enero de 2002 y liquidaciones por los 3 ejercicios en 2004

(**) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad

NOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal.

Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2003. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Total RecursosCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación Recursos no tributarios

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación Real

Tasas afectas recaudación normativa Fondo suficiencia

Representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada C.A. Ej: el 12,59% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF

IVA II.EE. Gestionados por la AEAT (**)

Impuesto determinados medios de transporte

IRPF (con capacidad normativa)

Page 14: EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ... · casos el peso de los recursos derivados del modelo en el conjunto del avance de liquidación del presupuesto de

13

PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR C.A. AÑO 2004

ClaveLectura horizontal por C.A Representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada C.A. Ej: el 13,00% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF

(Millones de euros)Recursos no tributarios

Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 16.903,48 19,52 15.577,57 17,99 7.489,37 8,65 1.471,26 1,70 1.000,62 1,16 17.182,16 19,84 766,12 0,88 25.307,04 29,22 592,84 0,68 64,70 0,07 255,61 0,30 86.610,77 100,00

ANDALUCÍA 2.158,66 13,00 2.674,30 16,10 1.334,09 8,03 237,91 1,43 144,37 0,87 2.820,39 16,98 171,75 1,03 6.961,36 41,91 64,82 0,39 2,67 0,02 40,64 0,24 16.610,95 100,00

ARAGÓN 576,93 19,98 516,16 17,88 284,47 9,85 31,95 1,11 34,36 1,19 517,29 17,92 25,08 0,87 862,23 29,87 30,42 1,05 0,47 0,02 7,59 0,26 2.886,95 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 435,29 18,29 442,34 18,59 193,99 8,15 25,33 1,06 36,34 1,53 309,05 12,99 30,17 1,27 845,10 35,52 55,31 2,32 0,43 0,02 6,21 0,26 2.379,54 100,00

ILLES BALEARS 410,96 22,34 751,56 40,86 257,05 13,98 37,91 2,06 19,53 1,06 486,89 26,47 15,08 0,82 -185,68 -10,10 38,70 2,10 1,90 0,10 5,31 0,29 1.839,22 100,00

CANARIAS 586,59 15,64 0,00 0,00 50,42 1,34 0,00 0,00 0,00 0,00 516,15 13,76 29,58 0,79 2.503,71 66,76 53,14 1,42 1,49 0,04 9,41 0,25 3.750,48 100,00

CANTABRIA 226,57 15,99 238,88 16,86 119,23 8,42 16,09 1,14 13,48 0,95 235,74 16,64 10,67 0,75 540,46 38,15 7,48 0,53 4,70 0,33 3,28 0,23 1.416,59 100,00

CASTILLA Y LEÓN 858,74 14,69 935,63 16,01 559,65 9,58 61,93 1,06 76,85 1,32 772,83 13,22 69,05 1,18 2.394,94 40,98 99,33 1,70 1,03 0,02 13,77 0,24 5.843,75 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 499,40 12,35 590,62 14,60 439,42 10,86 46,21 1,14 58,21 1,44 497,50 12,30 36,39 0,90 1.849,60 45,72 17,26 0,43 0,86 0,02 9,69 0,24 4.045,16 100,00

CATALUÑA 3.822,68 25,69 3.027,13 20,35 1.437,44 9,66 279,77 1,88 211,92 1,42 3.722,50 25,02 101,34 0,68 2.118,10 14,24 73,10 0,49 11,13 0,07 72,05 (*) 0,48 14.877,17 100,00

EXTREMADURA 224,80 8,81 334,43 13,10 182,10 7,13 20,73 0,81 22,05 0,86 194,78 7,63 22,17 0,87 1.504,86 58,95 40,64 1,59 0,43 0,02 5,95 0,23 2.552,92 100,00

GALICIA 842,74 13,69 1.013,16 16,46 484,65 7,87 70,70 1,15 87,75 1,43 635,51 10,32 55,68 0,90 2.842,52 46,17 107,11 1,74 1,75 0,03 15,35 0,25 6.156,92 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 4.063,93 33,87 2.746,62 22,89 902,36 7,52 409,05 3,41 159,59 1,33 3.666,56 30,56 128,89 1,07 -143,45 -1,20 0,00 0,00 32,59 0,27 32,49 0,27 11.998,64 100,00

REGIÓN DE MURCIA 378,97 15,02 436,96 17,32 267,86 10,62 45,43 1,80 32,49 1,29 472,84 18,74 13,42 0,53 867,26 34,38 0,00 0,00 0,56 0,02 6,95 0,28 2.522,74 100,00

LA RIOJA 128,90 16,92 118,05 15,50 59,12 7,76 8,12 1,07 7,67 1,01 133,55 17,53 3,89 0,51 295,25 38,76 5,38 0,71 0,07 0,01 1,65 0,22 761,66 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 1.688,30 18,83 1.751,73 19,53 917,51 10,23 180,12 2,01 96,02 1,07 2.200,58 24,54 52,96 0,59 2.050,81 22,87 0,15 0,00 4,64 0,05 25,26 0,28 8.968,10 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20,81 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 20,81 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,59 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,59 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 9,22 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 9,22 100,00

TOTAL 16.903,48 19,51 15.577,57 17,98 7.489,37 8,65 1.471,26 1,70 1.000,62 1,16 17.182,16 19,83 766,12 0,88 25.327,85 29,24 592,84 0,68 64,70 0,07 255,61 0,30 86.631,58 100,00

(*) Convenio firmado el año 2004, con efecto desde enero de 2002 y liquidaciones por los 3 ejercicios en 2004

(**) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad

NOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal.

Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2004. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

IRPF (con capacidad normativa) IVA II.EE. Gestionados por la

AEAT (**)Impuesto determinados

medios de transporte

Venta minorista de determinados hidrocarburosCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

Tasas afectas recaudación normativa

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación

RealTotal RecursosFondo suficiencia

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

Page 15: EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ... · casos el peso de los recursos derivados del modelo en el conjunto del avance de liquidación del presupuesto de

14

PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR C.A. AÑO 2005

ClaveLectura horizontal por C.A

(Millones de euros)Recursos no tributarios

Fondo suficiencia Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad

Temporal

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 19.218,77 19,62 17.454,53 17,82 7.718,90 7,88 1.706,09 1,74 1.112,47 1,14 20.721,80 21,16 882,14 0,90 28.689,83 29,29 143,19 0,15 50,89 0,05 251,65 0,26 97.950,24 100,00

ANDALUCÍA 2.465,75 13,13 3.010,35 16,03 1.376,90 7,33 277,48 1,48 148,71 0,79 3.279,15 17,46 211,61 1,13 7.963,08 42,40 0,00 0,00 0,39 0,00 46,43 0,25 18.779,85 100,00

ARAGÓN 658,22 20,16 583,21 17,87 292,54 8,96 35,60 1,09 36,29 1,11 649,44 19,89 28,32 0,87 973,59 29,82 0,00 0,00 0,08 0,00 7,21 0,22 3.264,50 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 481,85 18,61 481,57 18,60 196,34 7,58 28,95 1,12 36,88 1,42 332,17 12,83 34,06 1,32 954,24 36,86 35,99 1,39 0,13 0,01 6,69 0,26 2.588,89 100,00

ILLES BALEARS 469,37 21,77 830,41 38,52 267,57 12,41 43,83 2,03 20,19 0,94 676,56 31,39 16,42 0,76 -202,19 -9,38 25,94 1,20 0,87 0,04 6,69 0,31 2.155,65 100,00

CANARIAS 649,52 15,28 0,00 0,00 53,57 1,26 0,00 0,00 0,00 0,00 673,60 15,85 33,40 0,79 2.827,08 66,51 0,00 0,00 1,42 0,03 12,01 0,28 4.250,59 100,00

CANTABRIA 262,92 16,17 268,33 16,51 121,18 7,46 18,85 1,16 13,44 0,83 310,86 19,12 12,05 0,74 610,26 37,54 0,00 0,00 4,23 0,26 3,35 0,21 1.625,47 100,00

CASTILLA Y LEÓN 966,43 14,90 1.038,42 16,00 572,15 8,82 68,47 1,06 77,99 1,20 919,49 14,17 77,97 1,20 2.708,07 41,74 39,91 0,62 0,27 0,00 19,05 0,29 6.488,22 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 583,66 12,51 670,11 14,36 459,38 9,85 55,19 1,18 62,93 1,35 692,62 14,84 41,09 0,88 2.088,48 44,76 0,00 0,00 0,04 0,00 12,47 0,27 4.665,96 100,00

CATALUÑA 4.316,94 25,62 3.384,69 20,09 1.480,08 8,78 328,55 1,95 302,07 1,79 4.468,45 26,52 114,43 0,68 2.391,99 14,20 0,00 0,00 9,81 0,06 53,68 0,32 16.850,69 100,00

EXTREMADURA 256,02 9,04 370,48 13,08 186,86 6,60 24,08 0,85 23,11 0,82 232,77 8,22 25,03 0,88 1.699,22 59,99 8,62 0,30 0,08 0,00 6,46 0,23 2.832,72 100,00

GALICIA 950,01 13,85 1.137,82 16,58 491,41 7,16 77,48 1,13 88,29 1,29 789,42 11,50 62,87 0,92 3.209,65 46,78 32,73 0,48 0,66 0,01 21,39 0,31 6.861,75 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 4.626,02 34,21 3.083,97 22,81 923,78 6,83 475,17 3,51 160,21 1,18 4.221,17 31,22 145,54 1,08 -161,98 -1,20 0,00 0,00 27,72 0,21 20,76 0,15 13.522,36 100,00

REGIÓN DE MURCIA 437,48 14,63 494,14 16,52 283,72 9,49 54,42 1,82 34,55 1,16 681,81 22,80 15,15 0,51 979,27 32,74 0,00 0,00 0,40 0,01 9,76 0,33 2.990,72 100,00

LA RIOJA 143,82 17,10 131,54 15,64 58,33 6,94 9,30 1,11 7,38 0,88 150,46 17,89 4,39 0,52 333,38 39,65 0,00 0,00 0,00 0,00 2,25 0,27 840,85 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 1.950,77 19,07 1.969,47 19,25 955,09 9,33 208,72 2,04 100,44 0,98 2.643,83 25,84 59,81 0,58 2.315,68 22,63 0,00 0,00 4,78 0,05 23,43 0,23 10.232,03 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 23,50 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 23,50 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 13,09 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 13,09 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 10,41 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 10,41 100,00

TOTAL 19.218,77 19,62 17.454,53 17,82 7.718,90 7,88 1.706,09 1,74 1.112,47 1,14 20.721,80 21,15 882,14 0,90 28.713,33 29,31 143,19 0,15 50,89 0,05 251,65 0,26 97.973,74 100,00

NOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2005. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

Total RecursosCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación

Real

Tasas afectas recaudación normativa

IRPF (con capacidad normativa) IVA Impuesto determinados

medios de transporte

Representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada C.A. Ej: el 13,13% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

II.EE. Gestionados por la AEAT (*)

Page 16: EL MODELO DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ... · casos el peso de los recursos derivados del modelo en el conjunto del avance de liquidación del presupuesto de

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PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR COMUNIDAD AUTÓNOMA. AÑO 2006

Recursos no tributarios

Fondo suficiencia Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad

Temporal (**)

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 22.632,08 20,50 19.128,28 17,33 8.023,12 7,27 1.918,25 1,74 1.251,44 1,13 23.657,77 21,43 1.008,81 0,91 32.396,55 29,34 14,01 0,01 99,03 0,09 278,97 0,25 110.408,32 100,00

ANDALUCÍA 2.906,78 13,81 3.311,07 15,73 1.438,89 6,84 308,26 1,46 153,88 0,73 3.581,14 17,02 255,04 1,21 9.035,42 42,93 0,00 0,00 1,62 0,01 52,52 0,25 21.044,62 100,00

ARAGÓN 784,84 21,22 642,48 17,37 307,70 8,32 40,30 1,09 37,08 1,00 750,02 20,28 31,87 0,86 1.095,82 29,63 0,00 0,00 0,00 0,00 8,50 0,23 3.698,62 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 562,99 19,33 524,51 18,01 207,27 7,12 33,64 1,15 37,53 1,29 412,44 14,16 38,34 1,32 1.088,12 37,36 0,00 0,00 0,01 0,00 7,42 0,25 2.912,27 100,00

ILLES BALEARS 548,19 22,38 905,49 36,96 275,02 11,23 48,56 1,98 20,92 0,85 821,72 33,54 17,54 0,72 -211,68 -8,64 14,01 0,57 3,10 0,13 6,74 0,28 2.449,63 100,00

CANARIAS 739,89 15,37 0,00 0,00 59,32 1,23 0,00 0,00 0,00 0,00 769,43 15,99 37,59 0,78 3.183,70 66,15 0,00 0,00 9,22 0,19 13,37 0,28 4.812,51 100,00

CANTABRIA 303,02 16,86 290,37 16,15 126,09 7,01 20,85 1,16 13,79 0,77 332,46 18,50 13,57 0,75 686,88 38,21 0,00 0,00 6,60 0,37 3,84 0,21 1.797,47 100,00

CASTILLA Y LEÓN 1.140,84 15,81 1.134,04 15,71 605,78 8,39 75,49 1,05 82,29 1,14 1.025,88 14,22 87,76 1,22 3.048,07 42,24 0,00 0,00 0,00 0,00 16,67 0,23 7.216,81 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 724,88 13,45 743,28 13,79 466,04 8,65 66,02 1,22 118,14 2,19 862,08 15,99 46,25 0,86 2.350,69 43,61 0,00 0,00 0,00 0,00 12,83 0,24 5.390,21 100,00

CATALUÑA 5.054,78 26,63 3.688,32 19,43 1.521,83 8,02 367,51 1,94 305,48 1,61 5.160,95 27,19 128,80 0,68 2.692,77 14,19 0,00 0,00 13,13 0,07 48,57 0,26 18.982,13 100,00

EXTREMADURA 305,50 9,61 400,76 12,61 198,94 6,26 26,57 0,84 24,23 0,76 273,08 8,59 28,17 0,89 1.912,55 60,19 0,00 0,00 0,42 0,01 7,22 0,23 3.177,44 100,00

GALICIA 1.102,21 14,35 1.231,98 16,04 513,28 6,68 86,94 1,13 90,61 1,18 950,10 12,37 70,76 0,92 3.612,62 47,05 0,00 0,00 1,76 0,02 18,62 0,24 7.678,88 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 5.419,01 35,47 3.418,87 22,38 954,65 6,25 536,46 3,51 162,14 1,06 4.714,31 30,85 163,81 1,07 -182,31 -1,19 0,00 0,00 52,91 0,35 39,58 0,26 15.279,43 100,00

REGIÓN DE MURCIA 545,46 16,00 543,17 15,94 300,30 8,81 63,80 1,87 35,93 1,05 789,88 23,17 17,05 0,50 1.102,22 32,34 0,00 0,00 1,69 0,05 8,94 0,26 3.408,44 100,00

LA RIOJA 173,01 18,10 146,28 15,30 61,45 6,43 10,54 1,10 7,50 0,78 174,84 18,29 4,94 0,52 375,23 39,26 0,00 0,00 0,00 0,00 2,05 0,21 955,84 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 2.320,67 20,00 2.147,66 18,51 986,57 8,50 233,29 2,01 161,94 1,40 3.039,46 26,19 67,31 0,58 2.606,46 22,46 0,00 0,00 8,56 0,07 32,10 0,28 11.604,02 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 26,45 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 26,45 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 14,73 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 14,73 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,72 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11,72 100,00

TOTAL 22.632,08 20,49 19.128,28 17,32 8.023,12 7,27 1.918,25 1,74 1.251,44 1,13 23.657,77 21,42 1.008,81 0,91 32.423,00 29,36 14,01 0,01 99,03 0,09 278,97 0,25 110.434,77 100,00

CLAVE: Lectura horizontal por C.A.: El porcentaje de cada recurso representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo: el 13,81% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF.(*) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad(**) Los importes corresponden al crédito asignadoNOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2006. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

II.EE. Gestionados por la AEAT (*)

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

Total RecursosCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación

Real

Tasas afectas recaudación normativa

IRPF (con capacidad normativa) IVA Impuesto determinados

medios de transporte

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16

PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR COMUNIDAD AUTÓNOMA. AÑO 2007

Recursos no tributarios

Fondo suficiencia Fondo de Cohesión Sanitaria

Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad

Temporal (**)

Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros % Millones de euros % Millones de

euros %

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 24.233,47 21,12 19.547,28 17,03 8.552,72 7,45 1.983,57 1,73 1.283,18 1,12 22.749,08 19,82 1.083,79 0,94 34.861,86 30,38 61,96 0,05 101,10 0,09 300,75 0,26 114.758,76 100,00

ANDALUCÍA 3.117,11 14,04 3.373,38 15,19 1.542,23 6,95 315,17 1,42 158,20 0,71 3.631,00 16,35 274,06 1,23 9.724,26 43,80 0,00 0,00 8,45 0,04 58,11 0,26 22.201,96 100,00

ARAGÓN 840,94 21,89 643,50 16,75 328,53 8,55 41,20 1,07 38,92 1,01 723,09 18,82 34,23 0,89 1.182,02 30,77 0,00 0,00 0,00 0,00 9,50 0,25 3.841,94 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 611,74 19,60 521,18 16,70 219,40 7,03 36,76 1,18 38,58 1,24 445,53 14,28 41,17 1,32 1.186,25 38,02 10,78 0,35 0,20 0,01 8,88 0,28 3.120,47 100,00

ILLES BALEARS 586,62 23,42 893,81 35,68 290,96 11,62 53,74 2,15 21,45 0,86 807,98 32,26 19,07 0,76 -230,15 -9,19 51,18 2,04 3,52 0,14 6,65 0,27 2.504,83 100,00

CANARIAS 773,43 15,24 0,00 0,00 63,12 1,24 0,00 0,00 0,00 0,00 762,46 15,02 40,37 0,80 3.419,34 67,36 0,00 0,00 3,75 0,07 13,45 0,26 5.075,90 100,00

CANTABRIA 329,16 17,37 297,64 15,70 128,88 6,80 23,17 1,22 14,33 0,76 339,68 17,92 14,57 0,77 737,86 38,93 0,00 0,00 5,73 0,30 4,29 0,23 1.895,32 100,00

CASTILLA Y LEÓN 1.231,38 16,23 1.147,97 15,13 639,46 8,43 80,06 1,06 88,01 1,16 1.011,85 13,34 94,25 1,24 3.274,47 43,16 0,00 0,00 0,00 0,00 19,69 0,26 7.587,13 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 794,06 13,88 784,33 13,71 485,35 8,48 70,43 1,23 121,82 2,13 873,57 15,27 49,67 0,87 2.528,13 44,19 0,00 0,00 0,00 0,00 13,86 0,24 5.721,22 100,00

CATALUÑA 5.443,09 28,12 3.763,30 19,44 1.616,38 8,35 369,27 1,91 311,03 1,61 4.756,42 24,57 138,32 0,71 2.896,75 14,96 0,00 0,00 14,09 0,07 51,08 0,26 19.359,74 100,00

EXTREMADURA 333,93 9,86 400,25 11,82 218,13 6,44 29,41 0,87 25,54 0,75 277,92 8,21 30,25 0,89 2.061,39 60,89 0,00 0,00 0,26 0,01 8,51 0,25 3.385,59 100,00

GALICIA 1.195,91 14,67 1.219,39 14,96 556,88 6,83 94,54 1,16 93,94 1,15 1.001,08 12,28 76,00 0,93 3.891,23 47,73 0,00 0,00 2,04 0,03 21,94 0,27 8.152,94 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 5.777,53 37,23 3.589,46 23,13 1.019,32 6,57 558,16 3,60 162,49 1,05 4.338,72 27,96 175,92 1,13 -195,79 -1,26 0,00 0,00 50,95 0,33 40,68 0,26 15.517,44 100,00

REGIÓN DE MURCIA 562,66 15,76 562,96 15,77 328,54 9,20 63,20 1,77 36,79 1,03 802,19 22,47 18,31 0,51 1.183,71 33,16 0,00 0,00 1,96 0,05 8,97 0,25 3.569,28 100,00

LA RIOJA 183,49 18,35 149,55 14,96 63,53 6,36 11,64 1,16 7,57 0,76 173,22 17,33 5,31 0,53 403,24 40,34 0,00 0,00 0,00 0,00 2,13 0,21 999,67 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 2.452,43 20,74 2.200,55 18,61 1.052,02 8,90 236,81 2,00 164,50 1,39 2.804,39 23,72 72,29 0,61 2.799,15 23,67 0,00 0,00 10,16 0,09 33,02 0,28 11.825,32 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 29,81 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 29,81 100,00

CIUDAD DE CEUTA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 15,82 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 15,82 100,00

CIUDAD DE MELILLA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 13,99 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 13,99 100,00

TOTAL 24.233,47 21,11 19.547,28 17,03 8.552,72 7,45 1.983,57 1,73 1.283,18 1,12 22.749,08 19,82 1.083,79 0,94 34.891,67 30,40 61,96 0,05 101,10 0,09 300,75 0,26 114.788,56 100,00

CLAVE: Lectura horizontal por C.A.: El porcentaje de cada recurso representa el peso de cada recurso en el conjunto de recursos de los que dispone cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo: el 14,04% de los recursos de los que dispone Andalucía proviene del IRPF

(*) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad(**) Los importes corresponden al crédito asignadoNOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva del ejercicio 2007. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Total RecursosCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

Venta minorista de determinados

hidrocarburos con capacidad normativa

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación

Real

Tasas afectas recaudación normativa

IRPF (con capacidad normativa) IVA Impuesto determinados

medios de transporte

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

II.EE. Gestionados por la AEAT (*)

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria

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PESO DE CADA RECURSO DEL MODELO DE FINANCIACIÓN POR COMUNIDAD AUTÓNOMA. AÑOS 2002 - 2007

Recursos no tributarios

Fondo de Cohesión Sanitaria Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal (***) Total Recursos

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

∆ % 2007/2002

Media % 2007/2002

CC.AA. RÉGIMEN COMÚN 67,15 20,10 51,30 17,71 24,42 8,33 66,84 1,70 70,41 1,11 96,77 19,40 55,45 0,93 54,15 30,14 -70,33 0,25 83,55 0,08 38,04 0,13 60,30 100,00

ANDALUCÍA 78,11 13,25 51,87 15,97 29,54 7,73 73,76 1,42 26,66 0,82 137,13 15,59 75,31 1,15 54,62 43,72 - 0,09 478,59 0,01 12,92 0,13 64,24 100,00

ARAGÓN 70,59 20,54 48,58 17,58 27,24 9,43 36,62 1,13 26,00 1,14 89,67 18,29 49,95 0,89 56,27 30,45 - 0,32 - 0,44 16,72 0,12 58,44 100,00

PRINCIPADO DE ASTURIAS 56,75 18,83 32,75 18,39 21,79 7,87 55,94 1,12 107,02 1,21 100,52 12,97 49,95 1,31 54,21 37,06 -25,34 0,97 -15,70 0,38 16,72 0,13 52,49 100,00

ILLES BALEARS 62,45 22,62 35,05 39,65 24,95 13,21 65,79 2,06 17,15 1,01 123,12 28,68 38,63 0,80 33,21 -9,88 110,71 1,48 137,44 1,51 16,72 0,14 62,53 100,00

CANARIAS 48,15 15,53 - 0,00 42,03 1,30 - 0,00 - 0,00 98,55 14,12 49,95 0,80 50,06 67,65 - 0,26 297,21 10,92 15,80 0,14 55,29 100,00

CANTABRIA 67,60 16,47 51,62 16,39 21,65 7,86 66,96 1,16 21,35 0,87 114,06 16,85 49,95 0,77 50,86 39,02 - 0,09 61,12 0,26 16,73 0,11 59,39 100,00

CASTILLA Y LEÓN 64,13 15,22 44,30 15,83 26,82 9,19 50,53 1,05 30,58 1,25 79,46 12,91 49,95 1,22 52,15 42,41 - 0,67 - 0,27 16,72 0,13 51,54 100,00

CASTILLA-LA MANCHA 99,28 12,67 65,26 14,17 23,61 10,17 89,14 1,17 136,17 1,70 181,40 12,69 49,95 0,91 51,96 46,16 - 0,12 - 1,00 16,72 0,12 69,21 100,00

CATALUÑA 63,44 26,67 50,92 20,07 23,51 9,31 62,97 1,90 122,05 1,45 85,08 24,63 49,95 0,71 51,31 14,80 - 0,18 38,10 5,92 4.794,97 (*) 0,14 59,70 100,00

EXTREMADURA 72,29 9,10 42,68 12,66 31,40 6,86 72,44 0,82 36,90 0,81 132,01 7,64 49,95 0,89 50,53 60,46 - 0,52 47,94 0,40 16,73 0,12 53,51 100,00

GALICIA 60,22 13,99 43,66 16,04 23,63 7,53 59,42 1,14 87,26 1,15 107,91 10,90 49,95 0,93 50,98 47,40 - 0,64 41,10 0,60 13,53 0,14 53,19 100,00

COMUNIDAD DE MADRID 62,46 35,41 61,13 22,83 11,38 7,52 68,80 3,47 64,68 1,17 62,30 29,72 50,16 1,12 -39,57 -1,75 - 0,00 62,30 0,25 16,72 0,11 60,62 100,00

REGIÓN DE MURCIA 88,25 15,14 57,33 16,75 34,91 10,24 77,46 1,79 28,34 1,21 198,66 19,37 49,95 0,54 52,94 34,66 - 0,00 122,03 0,03 16,73 0,14 76,01 100,00

LA RIOJA 74,69 17,45 59,40 15,40 19,84 7,41 66,18 1,12 25,59 0,93 82,79 16,86 49,95 0,54 74,20 39,75 - 0,34 - 0,07 16,71 0,12 66,12 100,00

COMUNITAT VALENCIANA 74,48 19,48 52,59 19,25 27,02 9,87 68,11 1,99 88,67 1,20 94,74 23,64 49,95 0,61 51,50 23,65 - 0,00 312,00 0,05 14,14 0,13 62,59 100,00

CDES.ESTATUTO AUTONOMÍA 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 39,65 100,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 39,65 100,00

CIUDAD DE CEUTA - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 88,56 100,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 88,56 100,00

CIUDAD DE MELILLA - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 32,57 100,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00 32,57 100,00

TOTAL 67,15 20,10 51,30 17,71 24,42 8,33 66,84 1,70 70,41 1,11 96,77 19,40 55,45 0,93 54,15 30,16 -70,33 0,25 83,55 0,08 38,04 0,13 60,30 100,00

CLAVE: Lectura horizontal por C.A.: El incremento refleja, porcentualmente, la variación en la recaudación de cada recurso entre 2002 y 2007. La media representa el peso medio de cada recurso a partir de los totales recaudados entre 2002 y 2007.

(*) Convenio firmado el año 2004, con efecto desde enero de 2002 y liquidaciones por los 3 ejercicios en 2004

(**) II.EE. Gestionados por la AEAT inlcuye los impuestos sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, Productos Intermedios, Cerveza, Labores del Tabaco, Hidrocarburos y Electricidad

(***) Los importes del ejercicio 2007 corresponden al crédito asignado

NOTA: El modelo de financiación prevé dos recursos de naturaleza condicionada, el Fondo de Cohesión Sanitaria y el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Fuente: Elaboración propia a partir de la Liquidación definitiva de los ejercicios 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007. Ministerio de Economía y Hacienda e Instituto Nacional de la Seguridad Social

Tasas afectas recaudación normativa Fondo suficiencia

Tributos cedidos sujetos a liquidación Tributos cedidos no sujetos a liquidación

Garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitariaCOMUNIDADES AUTÓNOMAS

IRPF (con capacidad normativa) IVA II.EE. Gestionados por la

AEAT (**)Impuesto determinados medios de transporte

Venta minorista de determinados hidrocarburos

Antiguos Tributos Cedidos Recaudación Real