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MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN TERRITORIAL - INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE MADRID o F Destinatario: D. JOSE IGNACIO BOTELLa PANADERO Carretera del Cristo de El Pardo, SIN, Delegación de Patrimonio Nacional 28048 -MADRID-EL PARDO (Madrid) e o S/REF: N/REF: NQ os 28/0040824/17 EMPRESA PATRIMONIO NACIONAL FECHA: 3 de abril de 2018 ASUNTO: Contestación a denuncia En contestación a su escrito de denuncia presentado en fecha 18-10-17 ante esta Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, frente a la empresa de referencia, cúmpleme comunicarle lo siguiente: A la vista de los hechos denunciados (referidos al supuesto incumplimiento de las instrucciones de Gerencia sobre jornada y horarios en cuanto a la introducción de cambios intrasemanales den los turnos de los guardas del Monte de El Pardo), se practicaron las actuaciones inspectoras pertinentes mediante la comparecencia ante el Inspector actuante en las oficinas de esta Inspección en fecha 19-12-17 de la representación de la Entidad denunciada, a través de D. Alfonso González Riera, como nuevo Coordinador de Recursos Humanos de la Dirección de Administración y Medios, junto con D. Aníbal de <miguel García, delegado del Patrimonio Nacional en El Pardo y D. Jaime García Poncela, Guarda Mayor, así como los Delegados de Personal D. Tomás Regidor Puerto y D. José Ignacio Botello Panadero (aquí denunciante), y el Delegado Sindical de CGT D. Cristóbal Gutiérrez Escobosa; aportándose la documentación pertinente y recabándose de los comparecientes las oportunas informaciones sobre los hechos denunciados. Una vez revisada la documentación aportada, y teniendo en cuenta las circunstancias constatadas el término de la comparecencia señalada en relación con la organización de los turnos de trabajo en el Departamento de Somontes, de conformidad con lo dispuesto en el arto 22.1 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, sobre Ordenación del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y tal como ya conocen los representantes de los trabajadores denunciantes, se estimó procedente formular a la empresa un requerimiento en materia de relaciones laborales en los siguientes términos: «se requiere a la empresa para que, dentro del plazo comprendido en el primer semestre de 2018, se adopten las medidas organizativas que procedan (incluidas las de contratación del personal necesario para la cobertura del servicio de guardería afectado) de forma que se pueda dar cabal cumplimiento a lo dispuesto específicamente en la Instrucción segunda, punto 2.2.1.6 de las contenidas en la Instrucción de la Gerencia sobre Jornada y Horarios de trabajo en el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional de 20 de abril de 2017, en cuanto a que "la adscripción a un turno tendrá una duración mínima de una semana completa" respecto del Personal de Guardería y Seguridad, salvo que, en dicho periodo, se modifique la redacción de dicha Instrucción y se adapte a las restricciones de dotación de personal de dicho servicio y a las necesidades de prestación del mismo, con J I CORREO ELECTRÓNICO/ WEB: [email protected] www.meyss.es/itss ~""'<l~-MT~¡.¡;.. "~1~~ PLAZA JOSE MORENO VILLA, 1 28071 - MADRID TEL.: 913 63 56 00 FAX: 913 63 71 80

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MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN TERRITORIAL -INSPECCIÓN PROVINCIALDE TRABAJO Y SEGURIDADSOCIAL DE MADRID

o F Destinatario:D. JOSE IGNACIO BOTELLa PANADEROCarretera del Cristo de El Pardo, SIN,Delegación de Patrimonio Nacional28048 -MADRID-EL PARDO (Madrid)

e o

S/REF:

N/REF: NQ os 28/0040824/17

EMPRESA PATRIMONIO NACIONAL

FECHA: 3 de abril de 2018

ASUNTO: Contestación a denuncia

En contestación a su escrito de denuncia presentado en fecha 18-10-17 ante estaDirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, frente a laempresa de referencia, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

A la vista de los hechos denunciados (referidos al supuesto incumplimiento de lasinstrucciones de Gerencia sobre jornada y horarios en cuanto a la introducción de cambiosintrasemanales den los turnos de los guardas del Monte de El Pardo), se practicaron lasactuaciones inspectoras pertinentes mediante la comparecencia ante el Inspector actuante en lasoficinas de esta Inspección en fecha 19-12-17 de la representación de la Entidad denunciada, através de D. Alfonso González Riera, como nuevo Coordinador de Recursos Humanos de laDirección de Administración y Medios, junto con D. Aníbal de <miguel García, delegado delPatrimonio Nacional en El Pardo y D. Jaime García Poncela, Guarda Mayor, así como losDelegados de Personal D. Tomás Regidor Puerto y D. José Ignacio Botello Panadero (aquídenunciante), y el Delegado Sindical de CGT D. Cristóbal Gutiérrez Escobosa; aportándose ladocumentación pertinente y recabándose de los comparecientes las oportunas informacionessobre los hechos denunciados.

Una vez revisada la documentación aportada, y teniendo en cuenta las circunstanciasconstatadas el término de la comparecencia señalada en relación con la organización de los turnosde trabajo en el Departamento de Somontes, de conformidad con lo dispuesto en el arto 22.1 de laLey 23/2015, de 21 de julio, sobre Ordenación del Sistema de la Inspección de Trabajo ySeguridad Social, y tal como ya conocen los representantes de los trabajadores denunciantes, seestimó procedente formular a la empresa un requerimiento en materia de relaciones laboralesen los siguientes términos:

«se requiere a la empresa para que, dentro del plazo comprendido en el primersemestre de 2018, se adopten las medidas organizativas que procedan (incluidas las decontratación del personal necesario para la cobertura del servicio de guardería afectado) deforma que se pueda dar cabal cumplimiento a lo dispuesto específicamente en laInstrucción segunda, punto 2.2.1.6 de las contenidas en la Instrucción de la Gerencia sobreJornada y Horarios de trabajo en el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional de20 de abril de 2017, en cuanto a que "la adscripción a un turno tendrá una duración mínimade una semana completa" respecto del Personal de Guardería y Seguridad, salvo que, endicho periodo, se modifique la redacción de dicha Instrucción y se adapte a las restriccionesde dotación de personal de dicho servicio y a las necesidades de prestación del mismo, con

JI CORREO ELECTRÓNICO/ WEB:

[email protected]/itss

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PLAZA JOSE MORENO VILLA, 128071 - MADRID

TEL.: 913 63 56 00

FAX: 913 63 71 80

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arreglo a los procedimientos legal y convencionalmente establecidos. Todo ello sin perjuiciode la adopción de las medidas provisionales que quepa adoptar durante este periodo paraevitar el actual incumplimiento de la referida Instrucción.

La empresa deberá remitir al Inspector actuante por correo electrónico . .. ladocumentación que acredite el cumplimiento de lo requerido, dentro del plazo señalado».

Lo que se informa al representante de los trabajadores denunciante para su conocimiento ya los efectos que procedan.

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