El derecho de acceso a la información en México
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El Derecho de
Acceso a la
Información en
México
El Derecho de Acceso a la Información en MéxicoEl Derecho de Acceso a la Información en México
En 1977, en el marco de la denominada“reforma política”, se modificó el artículoSexto Constitucional para añadirle diezpalabras que dicen:
“el derecho a la información será garantizado por el Estado”.
… mediante la reforma propuesta, eleva a rango constitucional el derecho a la
información, que es una de las bases de sustentación de la democracia como
sistema de vida.Dictamen de la Cámara de Senadores
El DAI se incluyó por 1 vez en la Constitución
en 1977
El Derecho de Acceso a la Información en México
Etapas del DAI previas a la emisión de la Ley
Federal de Transparencia
1era etapa (de avance) Finales de los 70´s
El reconocimiento del DAI en la Constitución es entendido como la obligación delestado de proteger el derecho a la información, lo que implica la obligación de noentorpecer el uso de los medios de difusión masivos de ideas
2ª. Etapa (de retroceso) 1983.
Solicitud a la SHCP sobre el monto de la deuda externa (Ignacio Burgoa). No existederecho subjetivo para solicitar información, ni disposición legal que obligara aproporcionar información.
3ª. Etapa (de redefinición) 1994.
Incidente de Aguas Blancas. El derecho a la información es básico para elmejoramiento de una conciencia ciudadana, más enterada, lo cual es esencial parael progreso de una sociedad.
El Derecho de Acceso a la Información en México
Mayo de 2001 Grupo Oaxaca (seminario de Derecho a la Información y Reforma Democrática
Septiembre de 2001 Consulta Pública
Diciembre de 2001 Iniciativa de Ley Federal de Acceso a la Información (iniciativa del grupo Oaxaca) PRI, PRD, PT y Convergencia.
24 y 30 de abril de 2002 Aprobación por la Cámara de Diputados y Senadores.
Antecedentes creación de la Ley Federal de
Transparencia
El Derecho de Acceso a la Información en México
En México se publica la LFTAIPG el 11 de
junio de 2002: se crea el IFAI
Regula:
Transparencia
Acceso a la Información Pública
Protección de datos personales en posesión dela administración pública
Establece la existencia de un órgano garante, IFAI(órgano garante del ejecutivo federal)
Establece causas de responsabilidad aunque esel Órgano de Control Interno de cada Poderquien finca responsabilidades.
El Derecho de Acceso a la Información en México
Marzo, 10 -11
Año de publicación de las Leyes del País
Para el año 2007 todas las entidades federativas del país habíanpublicado leyes de transparencia.
2002 (6) 2003 (8) 2004 (9) 2005 (6) 2006 (3) 2007 (1)
Jalisco Nuevo León México Sonora Oaxaca Tabasco
Sinaloa Durango Quintana Roo
Baja California Sur
Chiapas
Federal Colima Yucatán Campeche Hidalgo
Aguascalientes San Luis Potosí
Veracruz Baja California
Michoacán Distrito Federal
Nayarit Guerrero
Querétaro Guanajuato Zacatecas Chihuahua
Morelos Tlaxcala
Coahuila Puebla
Tamaulipas
Primera generación de Leyes
El Derecho de Acceso a la Información en México
La práctica del derecho de acceso a la información hizo notoria una serie defallas provocadas por la heterogeneidad de las leyes:
1. Requisitos que volvían nugatorio el derecho de los ciudadanos a obtenerinformación pública:
a) obligación de estampar firmaautógrafa en solicitud y recurso derevisión
b) acreditación de personalidad del solicitante(identificación)c) imposibilidad de presentar solicitudes vía electrónicad) La legislación contemplaba la posibilidad de hacer acuerdos
clasificatoriose) Gran cantidad de causales de reserva que convertían a las leyes de
transparencia en leyes de “máxima reserva”f) No especificaba sanciones en caso de incumplimiento
Primera generación de Leyes
El Derecho de Acceso a la Información en México
2. No en todos los casos existía un organismogarante ante el cual pudieran acudir losciudadanos, o bien, no contaban con lasfunciones suficientes para hacer efectivo estederecho.
3. En muchos casos, la resolución deinconformidades (recurso de revisión) eracompetencia de otras instancias, mayormentedel poder judicial.
Primera generación de Leyes
El Derecho de Acceso a la Información en México
Elementos negativos Legislaciones estatales
Carencia de un órgano garanteAguascalientes, Jalisco, Tamaulipas, Veracruz,
Baja California, Hidalgo, Oaxaca, Tlaxcala y Tamaulipas.
Recurso ante otra instancia distinta
al órgano garante
Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Jalisco, Sonora,
Tamaulipas, Veracruz
Organismo garante honorífico Baja California, Baja California Sur, Jalisco, San Luis Potosí, Tlaxcala.
Identificación oficial del solicitanteBaja California Sur, Colima, Distrito Federal, Durango, Guerrero,
Michoacán, San Luis Potosí, Sinaloa, Zacateas
Nacionalidad del solicitante Campeche
Deficiente información de oficio
(Obligaciones de Transparencia)Campeche, Nuevo León
Firma autógrafa en la solicitud Coahuila, Edo. de México
Firma autógrafa en el recurso Distrito Federal, Guerrero, Edo. de México, Puebla, San Luis Potosí,
Sinaloa, Tabasco
Domicilio en el lugar del sujeto
obligadoNayarit, Yucatán
Ser ciudadano del estado Quintana Roo
No uso de sistemas electrónicos Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca
Elementos negativos de la primera generación
de Leyes
El Derecho de Acceso a la Información en México
Surge desde lo local, a través de la propuesta de los Gobernadores deAguascalientes, Chihuahua y Zacatecas.
Declaración de Guadalajara
Se suman a esta iniciativa elDistrito Federal y Veracruz yjunto con la ConferenciaMexicana de Acceso a laInformación Pública(COMAIP), presentan lainiciativa al H. Congreso de laUnión.
José Reyes Baeza TerrazasGobernador Constitucional del estado de Chihuahua
Amalia García MedinaGobernadora Constitucional del estado de Zacatecas
Luis Armando Reynoso FermatGobernador Constitucional del estado de Aguascalientes
Alejandro Encinas RodríguezJefe de Gobierno del Distrito Federal
Fidel Herrera BeltránGobernador Constitucional del Estado de Veracruz
La reforma al artículo 6 Constitucional 2007
El Derecho de Acceso a la Información en México
Art. 6o.- …
Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el DistritoFederal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principiosy bases:
I. Toda la información es pública … la información podrá ser reservada sólo en lostérminos que marcan las leyes… deberá prevalecer el principio de máximapublicidad.
II. Protección de la vida privada y los datos personalesIII. No acreditación de interés jurídico…. Derechos ARCO.
IV. Mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos anteórganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomíaoperativa, de gestión y de decisión.
V. Obligación de preservar sus documentos en archivosy de publicar indicadores degestión
VI. Publicar información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas omorales.
VII. Sanciones en caso de incumplimiento.
Principios para garantizar el DAI
El Derecho de Acceso a la Información en México
1. Los menores límites posibles al Derecho de Acceso a la InformaciónPública (causales de reserva)
2. Definiciones y conceptos3. Sujetos Obligados4. Promoción de la Cultura de Apertura de Acceso a la Información5. Información Pública de Oficio6. Máxima Publicidad7. Interpretación8. Gratuidad9. Órgano Garante Autónomo10. Clasificación de la Información11. Protección de datos personales12. Procedimientos13. Recursos14. Sanciones Administrativas15. Principio de Definitividad de las resoluciones
Características que deben tener las Leyes de
Acceso
El Derecho de Acceso a la Información en México
Reformas a las leyes en materia de Transparencia y Acceso a la Información al 20 de julio de 2008
No. Estado
Cumplimiento de acuerdo al 1° Transitorio de la adición al
segundo párrafo con siete fracciones al Artículo 6o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2007 Mexicanos
No. De
ModifEstado Cumplimiento extemporáneo
No. De
Modif
1 Baja California Sur(PL) 20/03/2005, (REF) F. Publicación: 30/11/2007(NL)12/03/2010
3Aguascalientes (PL) 26/08/2002, (REF) 22/05/2006,(NL) 06/07/2009,(REF)
23/11/20094
2 Chiapas(PL) 12/10/2006, (REF) 29/08/2007, 13/08/2008, 29/10/2008
4Baja California (PL) 12/08/2005 (NL)01/10/2010
2
3 Chihuahua(PL) 15/10/2005, (REF)05/07/2008, 11/09/2010, 25/09/2010
4Campeche (PL) 21/07/2005, (REF)15/07/2009
2
4 Coahuila*(PL) 04/11/2003 (REF) 17/04/2007 (NL)02/09/2008(REF)
26/06/20094
Guerrero (PL) 14/10/2005,(NL)15/06/20102
5 Colima (PL) 01/03/2003 (REF) 17/01/2004, 03/05/2008, 05/07/2008 4 Hidalgo (PL) 29/12/2006 1
6
Distrito Federal (PL) 08/05/2003 (REF) 31/12/2003, 28/10/2005, 26/12/2005,
31/01/2006, 29/05/2006, 05/01/2007, (NL)28/03/2008, (REF)
13/04/2009
9
Estado de
México
(PL) 30/04/2004, (REF) 28/12/2004, 29/12/2006, 01/02/2007,
24/07/2008 5
7 Durango(PL) 27/02/2003 (REF) 04/03/2004, (NL)13/07/2008
3Querétaro
(PL) 27/09/2002, (REF) 31/03/2007, 30/12/2008, 03/09/20104
8 Guanajuato (PL) 29/07/2003, (REF) 19/05/2006, 10/06/2008 3 Sinaloa (PL) 26/04/2002, (REF) 20/08/2008 2
9 Jalisco(PL) 22/01/2002, (REF) 06/01/2005, (NL) 17/07/2007, (REF)
12/06/20084
Tamaulipas
(PL) 05/07/2007, (REF) 04/11/20092
10 Michoacán(PL) 28/08/2002, (REF) 21/11/2007, 07/11/2008 (NL) 16/07/2009
4Tlaxcala
(PL) 12/01/2007, (REF) 22/05/2007, 17/12/2009, 26/11/20104
11 Morelos(PL) 27/08/2003, (REF) 25/04/2007, 30/04/2008, 05/11/2008,
24/12/2008, 21/05/20096
Yucatán (PL) 31/05/2004, (REF)18/08/20082
12 Nayarit (PL) 16/06/2004, 22/12/2007, (NL) 25/03/2008, 29/05/2010 4 Zacatecas (PL) 14/07/2004 (REF) 30/08/2008 2
13 Nuevo León (PL) 21/02/2003, (REF) 14/07/2004, 19/11/2004, 25/01/2006,
10/09/2006, 07/02/2007, 19/07/2008, (NL) 30/09/20098
Federación (PL) 11/06/2002, (REF) 11/05/2004, 06/06/2006, 05/07/2010*4
14 Oaxaca (PL) 16/09/2006, 06/10/2007,(NL) 15/03/2008 3 TOTAL DE MODIFICACIONES 3615 Puebla (PL) 16/08/2004, (REF) 18/07/2008 2
16 Quintana Roo(PL) 31/05/2004, (REF) 18/03/2008, 02/07/2008, 30/06/2009
4
17 San Luis Potosí(PL) 20/03/2003, (REF) 18/10/2003, 20/04/2004, 18/10/2007,
(NL)18/04/2008, 06/06/2008.6
18 Sonora (PL) 25/02/2005, (REF) 29/12/2005, 14/08/2007 3
19 Tabasco (PL) 10/02/2007, (REF) 26/12/2007 2
20 Veracruz (PL) 08/06/2004, (NL) 27/02/2007, (REF) 27/06/2008 3
TOTAL DE MODIFICACIOONES 83
Total de modificaciones a las leyes: 119
Promedio: 3.6
Evolución de las Leyes de Acceso
El Derecho de Acceso a la Información en México
Leyes de Transparencia después de la reforma
Constitucional
Leyes que cumplen parcialmente (27)
Leyes que cumplen plenamente (6)
Coahuila, DF, Guerrero, Oaxaca,
Quintana Roo y Veracruz
El Derecho de Acceso a la Información en México
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or
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limie
nto
a la
Le
y
Cu
mp
le
Aguascalientes SI SI SI SI SI SI Ley NO NO SI SI Parcialmente
Baja California SI SI SI SI SI SI Const. NO SI NO SI Parcialmente
Baja California Sur SI SI NO SI NO SI Ley NO SI SI SI Parcialmente
Campeche SI SI SI SI NO SI Ley SI SI SI SI Parcialmente
Chiapas SI SI SI SI SI NO NA NO SI SI SI Parcialmente
Chihuahua SI SI SI SI SI SI Const. NO NO SI SI Parcialmente
Coahuila SI SI SI SI SI SI Const. SI SI SI SI SI
Colima SI SI SI SI SI NO NA NO SI SI SI Parcialmente
DF SI SI SI SI SI SI Ley NO SI SI SI SI
Durango SI SI SI SI SI SI Ley SI NO SI SI Parcialmente
Guanajuato SI SI SI SI NO NO NA NO SI SI SI Parcialmente
Guerrero SI SI SI SI SI SI Ley SI SI SI SI SI
Hidalgo SI SI SI SI NO SI Ley NO NO NO SI Parcialmente
Jalisco SI SI SI SI NO SI Ley NO NO SI SI Parcialmente
México SI SI SI SI SI SI Ley NO SI NO SI Parcialmente
Michoacán SI SI SI SI NO SI Const. NO NO SI SI Parcialmente
Morelos SI SI SI SI SI SI Const. NO NO NO SI Parcialmente
Nayarit SI SI SI SI SI SI Ley SI SI NO SI Parcialmente
Nuevo León SI SI SI SI SI SI Const. SI NO SI SI Parcialmente
Oaxaca SI SI SI SI SI SI Ley SI SI SI SI SI
Puebla SI SI SI SI NO SI Const. NO SI SI SI Parcialmente
Querétaro SI SI NO SI NO SI Const. NO NO SI SI Parcialmente
Quintana Roo SI SI SI SI SI SI Ley NO SI SI SI SI
San Luis Potosí SI SI SI SI NO SI Const. SI SI SI SI Parcialmente
Sinaloa SI SI SI SI SI SI Ley NO SI SI SI Parcialmente
Sonora SI SI NO SI SI NO NA SI NO SI SI Parcialmente
Tabasco SI SI SI SI SI SI Const. NO SI NO SI Parcialmente
Tamaulipas SI SI SI SI SI SI Ley SI NO NO SI Parcialmente
Tlaxcala SI SI SI SI SI SI Const. NO NO SI SI Parcialmente
Veracruz SI SI SI SI SI SI Const. SI SI SI SI SI
Yucatán SI SI SI SI NO SI Const. SI SI SI SI Parcialmente
Zacatecas SI SI SI SI SI NO NA NO SI SI SI Parcialmente
Federal SI SI SI SI SI NO NA NO SI SI SI Parcialmente
El Derecho de Acceso a la Información en México
1) Principio de máxima publicidadTodas las leyes reconocen el principio de máxima publicidad o apertura de lainformación; asimismo, contienen un capítulo de información de acceso restringido.
2) Protección de Datos Personales
En 28 estados y la Federación se regulan la materia en las Leyes de Acceso.
En Colima, Distrito Federal, Guanajuato y Oaxaca cuentan con leyes
específicas.
Baja California Sur, Querétaro y Sonora no cuentan ni con un capítulo especial
para este tema dentro de su Ley.
En Nayarit, la regula dentro del capítulo de información confidencial.
La ley de Baja California, incluye cuatro artículos referentes únicamente a la
rectificación de datos personales.
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
3) No necesidad de acreditar interés jurídicoNinguna legislación establece la obligación de acreditar interés jurídico alsolicitante, pero en Querétaro, el propio órgano garante requiereidentificación oficial y número de ésta para presentar SIP.
4) Procedimientos expeditos y órganos garantes especializadosÚnicamente 23 legislaciones (70%) establecen expresamente el principio deexpeditezrespecto a los mecanismos de acceso a la información yprocedimientos de revisión expeditos.
Los 10 estados restantes se consideró que no cumplen con dicho principio yaque lo establecen respecto a:
a) La publicación de información de oficio,b) El establecimiento de formatos de acceso, o bien,c) para el cumplimiento de las resoluciones de los órganos garantes
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
Respecto a la autonomía (fracción IV
artículo 6°)27 (82%) de los órganos garantes
de los estados cuentan con un organismo
autónomo, de los cuales 13 (48%) tienen este
carácter por disposición constitucional y 14
(52%) por Ley.
Los órganos Chiapas, Colima, Guanajuato,
Zacatecas y la Federación son organismos
descentralizados de la administración pública.
En Sonora, es un órgano del Congreso del
Estado; por estas razones se considera que no
cumplen con el requisito de autonomía.
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
Autonomía Presupuestal
Es deseable que los órganos garantes cuenten con un presupuesto mínimo per cápita de$10 anual o 0.10% del presupuesto anual, pues el promedio 2009 y 2009 es de $5.5, locual en algunos estados resulta insuficiente para garantizar debidamente los derechosque garantizan estos organismos.
Una organización podría estar dotada defacultades que permitan un ejercicioautónomo, sin embargo, si no cuenta conlos recursos económicos suficientes paraejercer dichas funciones, la autonomía defacto se ve limitada
Difusión del DAI
Autonomía
El Derecho de Acceso a la Información en México
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
Autonomía Presupuestal
Órgano 2008 2009 2008 2009 2008 2009
Acceso a la Información
0.05 0.05 0.04 0.03 4.53 pesos 5.38 pesos
Derechos Humanos
0.10 0.10 0.05 0.05 9.34 pesos 9.99 pesos
Electoral 0.41 0.53 0.30 0.33 38.61 pesos 54.44 pesos
% del gasto estatal
Desviación estándar
PromedioPer Cápita
El Derecho de Acceso a la Información en México
5) Contar con disposiciones en materia de archivos y publicaciónde indicadores de gestión
En 27 estados y el Distrito Federal (85%) reglamentan en
materia de archivos: en 6 estados (18%) se regula únicamente
en la Ley de Transparencia; en otros 6 estados (18%) en la Ley
de Transparencia y cuentan, a su vez, con una Ley de
Archivos;
16 estados (49%) cuentan únicamente con una Ley de
Archivos, sin reglamentarlo en su Ley de Transparencia; y,
4 estados y la Federación (15%) no cuentan con normatividad
con jerarquía de Ley.
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
Respecto a la obligación de publicar los indicadores de gestión,únicamente 64% de las leyes establece dicha obligación para todoslos sujetos obligados, el 18% no reconoce dicha obligación y el 18%restante tuvo el siguiente comportamiento:
Durango y Tamaulipas: Lo establece como obligación de oficio
únicamente para el Ejecutivo.
Nuevo León: Lo establece como obligación de oficio únicamente para el
Ejecutivo y los Municipios.
Michoacán y Tlaxcala: Como obligación del órgano garante al rendir
informe anual.
Morelos: No lo establece como una obligación de oficio como marca la
Constitución, sino como un objetivo de la Ley.
El Derecho de Acceso a la Información en México
6) Publicidad del uso de recursos públicos entregados a personas físicas y morales
26 (79%) de las leyes cumplen con dicha obligación, únicamente en siete de ellas
(23%) se señala textualmente que se deberá publicar la información sobre los
recursos que se entreguen a las personas físicas y morales;
Las 19 (77%) restantes señalan esta obligación de manera general, esto es, las
leyes indican la obligación de publicar los destinatarios, el uso de toda entrega de
recursos públicos a cualquier persona y su destino.
Siete (21%) de las legislaciones no establecen dicha obligación.
7) Sanciones aplicables al incumplimiento de la Ley
Todas las legislaciones cuentan con un capítulo especial sobre sanciones en casode incumplimiento a las disposiciones de la Ley, por lo tanto, todas laslegislaciones cumplen con la fracción VII del artículo 6° Constitucional.
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
Transitorio TERCERO, respecto al establecimiento de sistemas
electrónicos de acceso a la información.
22 estados y laFederación cuentan consistema INFOMEX
Campeche, Estado deMéxico, Oaxaca yYucatán, cuentan con unsistema propio, distintoa INFOMEX.
Sonora, Guerrero, Baja California Sur, Tamaulipas, Michoacán yGuerrero, no cuentan con un sistema electrónico para lapresentación de SIP a los sujetos obligados.
Análisis de las legislaciones de acuerdo al art. 6
El Derecho de Acceso a la Información en México
La información de ACCESO RESTRINGIDO
…I. Toda la información en posesión de
cualquier autoridad, entidad, órgano yorganismo federal, estatal y municipal,es pública y sólo podrá ser reservadatemporalmente por razones de interéspúblico en los términos que fijen lasleyes.
…
El artículo 6° Constitucional establece :
II. La información que se refiere a la vidaprivada y los datos personales seráprotegida en los términos y con lasexcepciones que fijen las leyes
El Derecho de Acceso a la Información en México
La información RESERVADAArtículo 37 (LTAIPDF). Es pública toda la información que obra en los archivos de los entes públicos, con excepción de aquella que de manera expresa y específica se prevécomo información reservada en los siguientes casos:
I. Cuando su divulgación ponga en riesgo la seguridad pública nacional o del Distrito Federal;
II. Cuando su divulgación ponga en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona o el desarrollo de investigaciones reservadas;
III. Cuando su divulgación impida las actividades de verificación sobre el cumplimiento de las leyes, prevención o persecución de los delitos, la impartición de justicia y larecaudación de las contribuciones;
IV. Cuando la ley expresamente la considere como reservada;
V. Cuando se trate del secreto comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario u otro considerado como tal por una disposición legal;
VI. Cuando se relacione con la propiedad intelectual, patentes o marcas en poder de los entes;
VII. Los expedientes, archivos y documentos que se obtengan producto de las actividades relativas a la prevención, que llevan a cabo las autoridades en materia deseguridad pública y procuración de justicia en el Distrito Federal y las averiguaciones previas en trámite;
VIII. Cuando se trate de expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, mientras la sentencia o resolución de fondo no hayacausado ejecutoria. Una vez que dicha resolución cause estado los expedientes serán públicos, salvo la información reservada o confidencial que pudiera contener;
IX. Cuando se trate de procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se haya dictado la resolución administrativa definitiva;
X. La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto pueda influenciar unproceso de toma de decisiones que afecte el interés público y hasta que no sea adoptada la decisión definitiva. En todos los casos, se deberá documentar la decisióndefinitiva;
XI. La contenida en informes, consultas y toda clase de escritos relacionados con la definición de estrategias y medidas a tomar por los entes públicos en materia decontroversias legales;
XII. La que pueda generar una ventaja personal indebida en perjuicio de un tercero o de los entes públicos;
XIII. La transcripción de las reuniones e información obtenida por las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, cuando se reúnan en el ejercicio de susfunciones fiscalizadoras para recabar información que podría estar incluida en los supuestos de éste artículo, y
XIV. La relacionada con la seguridad de las instalaciones estratégicas de los Entes Públicos.
El Derecho de Acceso a la Información en México
La información RESERVADA
INFORMACIÓN RESERVADA
Sujeto Obligado
Elaborar acta para someter al Comité de Transparencia
-Responsable de la Unidad Administrativa-- Responsable del OIC
-Personal que determine el titular del Ente Público
El acta debe contener: Fuente de la información. Hipótesis de excepción prevista en la ley. Señalar que su divulgación lesiona el interés
que protege. Señalar que el daño que puede producirse
con la publicidad de la información es mayorque el interés público de conocerla.
Estar fundada y motivada. Precisar las partes del documento que se
reservan. Plazo de reserva. Designación de la autoridad responsable de
su conservación guarda y custodia.
Canalizar al Comité de Transparencia para que confirme, modifique o
revoque la clasificación de la información
El Derecho de Acceso a la Información en México
La información RESERVADA
Sujeto Obligado
Cuando concluya el periodo de reserva o hayan desaparecido las causales que le dieronorigen, la información será pública sin necesidad de acuerdo previo, debiéndose protegerla información confidencial.
Notifica al recurrente el Acta del Comité al solicitante: No se puede clasificar información antes
de ser generada. La información se clasificará al momento
de recibir una SIP La ampliación del plazo de reserva debe
comunicarse al Instituto. Si la SIP es mixta se entregarán versiones
públicas
El Derecho de Acceso a la Información en México
La información RESERVADA
LeyFecha de última
reforma/publicación Ley
Periodo de reserva (años)
Posibilidad de ampliación
Total
Hidalgo29/12/2006
12 12 24
Tamaulipas 04/11/2009 12 12 24
Tlaxcala26/11/2010
12 12 24
Yucatán 18/08/2008 12 10 22
Guanajuato 10/06/2008 10 10 20
Guerrero 15/06/2010 10 10 20
Sonora14/08/2007
10 10 20
Durango13/07/2008
12 6 18
México24/07/2008
9 9 18
Quintana Roo 30/06/2009 7 10 17
Coahuila26/06/2009
8 8 16
Oaxaca 15/03/2008 10 5 15
Morelos 21/05/2009 7 7 14
Nuevo León 30/09/2009 7 7 14
Puebla 18/07/2008 7 7 14
San Luis Potosí06/06/2008
7 7 14
Tabasco26/12/2007
7 7 14
LeyFecha de última
reforma/publicación Ley
Periodo de
reserva (años)
Posibilidad de ampliación
Total
Baja California Sur12/03/2010
12 NO 12
Chiapas29/10/2008
6 6 12
Chihuahua25/09/2010
6 6 12
Colima 05/07/2008 12 No señala plazo 12Distrito Federal 13/04/2009 7 5 12
Querétaro03/09/2010
12 No señala plazo 12
Veracruz27/06/2008
6 6 12
Zacatecas 22/03/2011 12 No señala plazo 12Federación 05/07/2010 12 No señala plazo 12
Aguascalientes23/11/2009
10 No señala plazo 10
Campeche 15/07/2009 10 No señala plazo 10
Jalisco12/06/2008
10 No señala plazo 10
Michoacán 16/07/2009
6 4 10
Nayarit29/05/2010
10 No señala plazo 10
Sinaloa 20/08/2008 8 No señala plazo 8
Baja California01/10/2010
5 No señala plazo 5
PROMEDIO 8.8 16.4
Plazos
El Derecho de Acceso a la Información en México
No EstadoN° de causales de
reserva 1 Guanajuato 212 Quintana Roo 213 Hidalgo 194 Baja California Sur 155 Durango 156 Tlaxcala 157 DF 148 Chiapas 129 Coahuila 12
10 Guerrero 1211 Puebla 1212 Tabasco 1213 Aguascalientes 1114 Federación 11
15 Oaxaca 11
16 Tamaulipas 1117 Baja California 10
No EstadoN° de causales de
reserva 18 Nayarit 1019 Querétaro 1020 Sonora 1021 Veracruz 1022 Zacatecas 1023 Chihuahua 924 Michoacán 925 Nuevo León 926 Sinaloa 927 Campeche 828 Colima 829 Yucatán 830 Jaliso 731 México 732 Morelos 733 San Luis Potosí 7
PROMEDIO 11
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
Del análisis de las causales de reserva en cada Ley,resalta lo siguiente:
Los estados de Guanajuato y Quinta Roo son los quemás causales de reserva establecen (21 causales).
El promedio nacional es de 11 causales.
Los estados que contemplan menos causales dereserva son: Jalisco , Estado de México, Morelos y SanLuis Potosí (7)
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
De la revisión de las legislaciones resaltan los siguientes aspectos:
Valoradas negativamente:
En 7 leyes(21%) incluyendo la Federal, se considera que lasAveriguaciones Previas constituyen información reservada, sinembargo, no especifican en qué momento desaparece dicha causaly se vuelven públicas: Durango, Puebla, Aguascalientes, Tamaulipas,Jalisco, Colima y la Federación.
La legislación del Estado de Hidalgo considera como informaciónreservada: Artículo 27, fracción XIX.- Los expedientes y asuntos delos sujetos obligados que por su naturaleza sean definidos comoreservados. Se considera que esta causal puede dar pie a la reservade información de naturaleza pública, ya que se refiere aldesempeño de las funciones de los sujetos obligados.
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
De la revisión de las legislaciones resaltan los siguientes aspectos:
Valoradas negativamente:
La legislación del estado de Guanajuato, establece como casuales dereserva: Artículo 14, fracción XIII.- Los exámenes, evaluaciones opruebas que para la obtención de grados, reconocimientos,permisos, licencias o autorizaciones, por disposición de Ley debanser sustentados, así como la información que éstos hayanproporcionado con este motivo.
Se considera que los mismos deberían ser públicos ya que permitenevaluar el desempeño y preparación de los servidores públicos y lalegalidad en la actuación de los entes públicos.
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
De la revisión de las legislaciones resaltan los siguientes aspectos:
Valoradas negativamente:
La legislación del estado de Guanajuato, establece como casuales dereserva:, salvo la resolución final de los mismos.Los expedientes y ladiscusión de los asuntos materia de sesión secreta que celebren elCongreso del Estado o cualquiera de sus órganos y los ayuntamientos
Dentro de esta causal se podrían ocultar diversos procesos de interéspúblico.
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
De la revisión de las legislaciones resaltan los siguientes aspectos:
Valoradas positivamente :
La legislación del Estado de Guerrero establece como informaciónreservada: Artículo 33, fracción VI.-Cause un perjuicio serio a: e) Lasoperaciones de control migratorio.
La legislación del Estado de Baja California establece comoinformación reservada: Artículo 24.- Para los efectos de esta Ley seconsidera información reservada cuando, fracciónIV.- Se pueda causarun serio perjuicio a: d).- La seguridad de un denunciante o testigo,incluso sus familias;
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
De la revisión de las legislaciones resaltan los siguientes aspectos:
Valoradas positivamente :
La legislación del Estado de Guanajuato establece como informaciónreservada: Artículo 14, fracciones XX.- Los documentos, datos einformes que los ciudadanos proporcionen al Registro Estatal deElectores en los términos de la Ley de la materia; y XXI.- La contenidaen las listas nominales de electores, la que sólo estará disponible enlos términos de la Ley.
Heterogeneidad causales de reserva
El Derecho de Acceso a la Información en México
Casos: DAI y acceso a la justicia
El 20 de enero de 2011, un ciudadano solicitó al Tribunal Superior de Justicita delDistrito Federal:
Se me expida la cantidad de tres mil fojas consecutivas del expediente “asesinatode Manuel Buendía Tellezgirón” de las causas penales 104/89 y 107/89,precisando que las fotocopias que solicito sean sacadas a partir de lasdeclaraciones que obran en las causas mencionadas a partir de enero de 1989hasta donde den las 3 mil hojas en forma consecutiva.
El Tribunal, en respuesta, señaló:
"...los autos originales de las causas mencionadas se encuentran en la Bóvedade Seguridad del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad, por lo que unavez que se realice el pago respectivo en la institución bancaria respectiva, seordenará la expedición de las mismas, a partir de las declaraciones realizadasen el mes de enero de 1989 mil novecientos ochenta y nueve...”
El Caso de Manuel Buendía
El Derecho de Acceso a la Información en México
Casos: DAI y acceso a la justicia
Tras realizar el pago correspondiente, elciudadano acudió a la OIP por la información, sinembargo, no le fue entregada, por lo cual, el 15 demarzo de 2011, presentó recurso de revisión alque correspondió el número de expedienteRR.518/2011.
La copias fueron entregadas al ciudadano hasta eldía 24 de marzo de 2011, durante la sustanciacióndel recurso de revisión. Este se manifestóinconforme ya que el Ente Público le entregó una“versión pública”, que presentaba, casi en sutotalidad, información resguardada comoCONFIDENCIAL, pero, sin que estas hubieran sidosometidas a la consideración del Comité deTransparencia.
El 8 de abril, se citó a una junta de avenencia a laque sólo acudió el particular.
El Caso de Manuel Buendía
El Derecho de Acceso a la Información en México
Casos: DAI y acceso a la justicia
Se requirió al Ente Público para que señalara de manera precisa y enunciativa los datos queconsideró como información confidencial, así como la que fue clasificada como reservada en laelaboración de la versión pública entregada al recurrente y para que remitiera copia del actaemitida por su Comité de Transparencia para elaborar la versión pública antes citada.
El Ente Público manifestó que:La información solicitada contiene información derivada de diversas averiguaciones previasque fueron abiertas con motivo de delitos de homicidio, en contra de la salud, en susmodalidades de posesión, siembra, cultivo, cosecha, manufactura, fabricación, elaboración,preparación, acondicionamiento, transportación, venta, compra, adquisición, enajenación,trafico, suministro, comercio, aportación de recursos económicos, asociación delictuosa,delitos previstos en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Entre la informacióncontenida en las declaraciones, así como diversos documentos que integran lo requerido, seencuentran datos personales de los particulares…
En cuanto al acta solicitada, el Sujeto Obligado refirió que la versión pública no fue sometida aconsideración del Comité de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del DistritoFederal.
El Caso de Manuel Buendía
El Derecho de Acceso a la Información en México
El InfoDF, determinó que el Tribunal Superior deJusticia deberá entregar una versión de los expedientesaludidos sin tachaduras, mutilaciones o alteraciones,salvaguardando únicamente la informaciónconfidencial, una vez que sea valorada y motivada, fojapor foja, por el Comité de Transparencia del entepúblico, siguiendo las formalidades que exige la Ley.
Casos: DAI y acceso a la justicia
El Caso de Manuel Buendía
El Derecho de Acceso a la Información en México
Casos: DAI y acceso a la justicia
RR.824/2009
El Derecho de Acceso a la Información en México
Ejemplos de Transparencia y acceso a la justicia
El Derecho de Acceso a la Información en México
Consolidación de la Democracia
Órgano Garante Funcional
Difusión del DAI
Estímulos a los sujetos obligados
Presupuesto eficiente
Cultura de la Transparencia
Pasar de una “moda” a un beneficio social para consolidar democracia