EL DEBER Y LA MORAL

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FILOSOFÍA SANA PARA MEJORAR NUESTRA CONVIVENCIA SÉPTIMA LECCIÓN: EL DEBER Y LA MORAL Algunas definiciones Autonomía: carácter de la voluntad que es en sí misma su propia ley cuando obedece al deber, a la ley moral. (Kant) Vulnerar la autonomía del otro por manipulación, por engaño o trampa y por coerción, es una deshonestidad caracterizada como mal moral. Tenemos que esforzarnos para tratar a nuestros semejantes con dignidad, a no utilizar al otro para sacar provecho personal. La moral nos ordena a respetar la autonomía del otro, es decir su libertad y sus valores morales. El deber: En el sentido amplio, el deber es a lo que nos vemos obligados (por la moral, la ley, la costumbre). Es una obligación moral, lo que debe ser. “Debo decir la verdad"; "no matarás en absoluto": la exigencia moral se presenta a la conciencia bajo la forma imperativa del deber. El verbo "deber" no expresa aquí una necesidad psicológica ni una coerción exterior. En derecho positivo, las obligaciones morales son las que dependen de la consciencia individual, y cuya ejecución forzada no puede ser conseguida delante de los tribunales. Entonces, se emplea a veces el término de "deber" más bien que el de "obligación" para marcar la ausencia de sanción jurídica. Socorrer al pobre, a la viuda, al huérfano, al extranjero o a cualquier menesteroso, ¿es mi deber? Si el deber es una inclinación hacia el bien, si el deber consiste en consagrarme al bien de una forma desinteresada, entonces es mi deber socorrer al pobre, a la viuda, al huérfano, al extranjero o a cualquier menesteroso. El derecho: En el sentido amplio, el derecho es lo que es legítimo, lo que debería ser. Hay una reciprocidad entre derecho y deber. Mi derecho corresponde a un deber para otro. Cuando el concepto Derechoes sinónimo de ley, lo definimos de la siguiente manera, derecho es "el conjunto de reglas que rigen la conducta del hombre en sociedad, las relaciones sociales", o de modo más completo, "el conjunto de reglas impuestas a los miembros de una sociedad para que sus

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ES UN CURSO DE FILOSOFÍA SANA PARA MEJORAR NUESTRA CONVIVENCIA

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  • FILOSOFA SANA PARA MEJORAR

    NUESTRA CONVIVENCIA

    SPTIMA LECCIN: EL DEBER Y LA MORAL

    Algunas definiciones

    Autonoma: carcter de la voluntad que es en s misma su propia ley cuando

    obedece al deber, a la ley moral. (Kant)

    Vulnerar la autonoma del otro por manipulacin, por engao o trampa y por

    coercin, es una deshonestidad caracterizada como mal moral. Tenemos que

    esforzarnos para tratar a nuestros semejantes con dignidad, a no utilizar al otro

    para sacar provecho personal. La moral nos ordena a respetar la autonoma del

    otro, es decir su libertad y sus valores morales.

    El deber: En el sentido amplio, el deber es a lo que nos vemos obligados (por la

    moral, la ley, la costumbre). Es una obligacin moral, lo que debe ser. Debo decir

    la verdad"; "no matars en absoluto": la exigencia moral se presenta a la conciencia

    bajo la forma imperativa del deber. El verbo "deber" no expresa aqu una necesidad

    psicolgica ni una coercin exterior. En derecho positivo, las obligaciones morales

    son las que dependen de la consciencia individual, y cuya ejecucin forzada no

    puede ser conseguida delante de los tribunales. Entonces, se emplea a veces el

    trmino de "deber" ms bien que el de "obligacin" para marcar la ausencia de

    sancin jurdica.

    Socorrer al pobre, a la viuda, al hurfano, al extranjero o a cualquier menesteroso,

    es mi deber? Si el deber es una inclinacin hacia el bien, si el deber consiste en

    consagrarme al bien de una forma desinteresada, entonces es mi deber socorrer al

    pobre, a la viuda, al hurfano, al extranjero o a cualquier menesteroso.

    El derecho: En el sentido amplio, el derecho es lo que es legtimo, lo que debera

    ser. Hay una reciprocidad entre derecho y deber. Mi derecho corresponde a un

    deber para otro. Cuando el concepto Derecho es sinnimo de ley, lo definimos

    de la siguiente manera, derecho es "el conjunto de reglas que rigen la conducta del

    hombre en sociedad, las relaciones sociales", o de modo ms completo, "el

    conjunto de reglas impuestas a los miembros de una sociedad para que sus

  • relaciones sociales escapen de la arbitrariedad y de la violencia de los individuos y

    estn conforme con la tica dominante". Estas reglas abstractas y obligatorias

    indican lo que "hay que hacer, los "derechos y los deberes" que incumben a los

    ciudadanos de una sociedad dada.

    Estas normas, o bien emanan de la existencia de una fuente "superior", exterior,

    transcendental, la ley natural o una carta religiosa, o bien emanan de normas

    intrnsecas. En este segundo caso, las reglas provienen sea de usos comprobados y

    aceptados (derecho consuetudinario); o son promulgados y son dedicados por un

    rgano oficial encargado de regir la organizacin y el desarrollo de las relaciones

    sociales (ley escrita).

    Derecho positivo: Es el conjunto de normas (leyes, usos, costumbres) que rigen

    las relaciones entre los hombres en una sociedad. Est constituido por el conjunto

    de las reglas jurdicas vigentes en un Estado o en un conjunto de Estados de la

    Comunidad internacional, en un momento dado, cualesquiera que sean sus

    fuentes. Es una forma de positivismo jurdico. Para los tericos del derecho

    positivo, las reglas jurdicas no se derivan de la naturaleza o de Dios, sino de los

    hombres mismos, o de sus actividades. El derecho positivo es un derecho vivo.

    Reagrupa dos grandes corrientes de pensamiento:

    El positivismo legalista es la idea segn la cual el derecho positivo es dictado

    por las autoridades polticas, y es suficiente en s mismo. Para l, el derecho y la

    justicia son identificados a la ley. Segn el positivismo sociolgico, el derecho

    positivo es la expresin de la sociedad, es un fenmeno social que hay que buscar

    observando la sociedad;

    El idealismo. El derecho positivo se basa en la teora del normativismo, elaborada

    por el terico Hans Kelsen en el siglo XX, que estructura el derecho en una

    jerarqua de normas (o pirmide de las normas). El derecho positivo y el derecho

    natural son dos formas de derecho, contrario, ya que uno es dictado por los

    Hombres, y el segundo por la naturaleza.

    Derecho natural: Es el conjunto de privilegios, ventajas, que todo hombre tiene

    derecho a reclamar, por razn de su pertenencia a la naturaleza o a la especie

    humana.

    Legal: Es legal todo acto conforme con las leyes establecidas.

  • Legtimo: lo que es conforme con la equidad.

    Equidad: forma de justicia que consiste en adaptar la ley (general) a los casos

    particulares que pueden encontrarse y que la ley no ha previsto.

    El bien: Norma de la accin humana en la cual reposa la moral. Idea, fin, ley,

    opuesta al mal.

    El Supremo Bien: fin de la vida humana considerada como perfecta. El supremo

    bien no es el bien completo, pues en la filosofa kantiana, corresponde slo a la

    moralidad. El bien completo es aquel en el que el supremo bien concuerda con una

    felicidad real (producido por la satisfaccin de las inclinaciones).

    Deontologa: conjunto de leyes basadas en la moral, la obediencia al deber, al

    bien.

    tica: parte de la filosofa que busca los principios y los fines de la accin buena.

    Moral: conjunto de reglas vigentes en una sociedad. La moral tambin firma la

    reflexin sobre las normas y los fines de la vida y de la accin humana.

    Responsabilidad: Estado del que es susceptible de responder penalmente, legal o

    moralmente por sus actos. Se requiere como condicin la libertad y puede ser visto

    como responsable de s mismo, de otro o de la humanidad entera.

    Virtud: disposicin natural para hacer el bien al prjimo, considerada como la

    perfeccin moral.

    La Moral, un Aprendizaje

    Cmo se vuelve consciente de sus deberes? De dnde viene la moral?

    A) Aprender a obedecer

    De dnde vienen estas obligaciones a las cuales debemos someternos?

    Esta nocin de deber aparece desde la infancia con la obediencia a los padres; que

    son ms experimentados, y pues disponen de una razn que les permiten juzgar el

    bien y el mal para sus hijos. La moral pretende acercar al hombre de un ideal,

    librndolo de sus vicios y mejorando su virtud.

  • B) La sumisin a una autoridad exterior

    Los nios no son todava aptos para auto-disciplinarse, para juzgar si sus actos son

    morales o no. Es la sancin que permite por primera vez, mostrar lo que es bueno

    o malo. Poco a poco, la educacin debe llevar al nio a su autonoma: se convertir

    en un hombre libre capaz de reconocer los valores y las normas a los cuales

    someterse. Esta educacin debe tener por objeto conducir a obedecer slo a s

    mismo, no a una sumisin ciega.

    Deber y Voluntad

    A) Aprender a querer

    El verdadero deber supone que lo que hago sea el efecto de mis voluntades y que

    stas sean justificables, pues razonables. Lo que tiene el valor en m, no son mis

    calidades naturales o heredadas, adquiridas sin mrito, sino esta cultura de mi

    voluntad que me hace responsable de lo que hago.

    B) Caractersticas del Deber

    I) Trascendencia: el deber sobrepasa nuestra naturaleza sensible, nuestros simples

    deseos, nuestras inclinaciones. Es de una naturaleza superior, de ah su sublimidad

    (que es alta); por lo tanto, tambin es difcil de cumplirlo. Nuestras inclinaciones,

    son nuestros deseos que no tienen otro fin que la bsqueda de nuestro propio

    placer. Nos parecen ser la expresin de nuestra interioridad mientras que el deber

    al contrario aparece en nosotros como impuesto del exterior.

    2) Coercin: el deber ejerce sobre la voluntad una coercin, nos parece que limita

    nuestra libertad y nuestra latitud para actuar. Tenemos la impresin de que pone

    obstculo a la felicidad y envidiamos a los que pueden colocarse impunemente por

    encima de las leyes y los deberes y que no tienen cuenta que dar a nadie (el tirano

    que hace lo que le gusta).

    3) Categrico: Kant distingue dos formas de imperativos, dos maneras de

    formularlos: el imperativo hipottico que pone una condicin: si no quieres ir a la

    crcel, entonces no robars. El imperativo categrico es incondicional, absoluto: No

    hurtars.

    Para Kant, slo el imperativo categrico corresponde a la ley moral que debe ser

    absoluta, libre de cualquier condicin particular. El imperativo hipottico es una

    presentacin pervertida del deber: lo asocia con un chantaje afectivo (emocional),

  • con un temor, se inmiscuye en el corazn y la mente por la astucia y oculta el

    origen verdadero del deber que es racional.

    El deber no debera tener otro motivo para ser cumplido que por s mismo, si hace

    falta que la voluntad sea motivada por una determinacin otra (promesa de la

    recompensa, miedo al castigo) el deber no es hecho ms por deber.

    C) La moral: un ideal

    A veces se vuelve legtimo e incluso obligatorio, desobedecer una orden ilegtima.

    Las rdenes ilegtimas nacen por el abuso de poder, por el fanatismo, entre otros.

    Ante una orden ilegtima, es menester guardar su dignidad y elegir como deber la

    desobediencia. El que tiene una Biblia, puede leer EL MARTIRIO DE LOS SIETE

    HERMANOS CON SU MADRE en 2 Macabeos 7. Uno de los martirios, antes de ser

    fredo vivo en el satn, dijo al rey: T, criminal, nos privas de la vida presente; pero

    el Rey del universo nos resucitar a una vida eterna a los que morimos por sus

    leyes.

    Padre Melchisedek (Gerson Fernndez)

    Profesor de Moral

    Contacto: [email protected]