El Concepto Penal de Funcionario Público

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EL CONCEPTO PENAL DE FUNCIONARIO PBLICO

EL CONCEPTO PENAL DE FUNCIONARIO PBLICO Se refiere a que el concepto de delito penal de funcionario pblico se refiere a que tiene que ser aquella persona que ejerce un cargo o se desempea dentro de ella ya sea como funcionario o servidor pblico, tambin nos dice que este concepto se desarrolla dentro del mbito del derecho administrativo as como que los servidores pblicos como los de la Polica nacional y miembros de las fuerzas armadas. Es decir para una mejor eficacia del cdigo penal se les da un tratamiento de funcionario pblico. Nos habla sobre la evolucin del concepto de funcionario pblico y como a partir de los diferentes acuerdos plenarios, ejecutorias etc. Ahora se reconoce que si bien el contrato de servicios no acarrea vnculo laboral para los para fines de leyes sociales, pero si vincula al acusado para los fines de la funcin pblica toda vez que el servicio corresponde a la funcin pblica bajo la contraprestacin con el estado y responsabilidad de administracin de bienes y fondos pblicos. Es decir para ser considerado funcionario pblico debe de reunir los siguientes elementos: Poseen ttulo habilitante o de incorporacin Ejercen funcin pblica As mismo si posee el ttulo de habilitante es una cualidad que le permite ejercer la funcin pblica y puede hacerlo mediante, la ley, la eleccin, o el nombramiento o delegacin de autoridad competente, adems debe de existir un ttulo que legitime este derecho. Como fuentes de este ejercicio tenemos: La ley: este se basa en el principio de legalidad que se basa el derecho administrativo. Adems algunos autores reconocen que la referencia a la ley como fuente de procedencia del ttulo que habilita como funcionario pblico dentro de ella el nombramiento o delegacin. La eleccin: se basa en la eleccin popular que diremos que es directa. La eleccin indirecta es aquella que tienen los poderes del estado. El nombramiento o delegacin de autoridad competente. El titular de la potestad puede ejercitarla o no pero puede transferirla la propia ley puede lo sumo permitir su delegacin de ejercicio, siempre al lmite que impone la propia ley. El que un funcionario pblico delegado tengo poder dentro de su competencia delegada le permite tener responsabilidad penal no solo comisiva sino tambin omisivo.ALCANCES DEL ARTCULO 425 DEL CDIGO PENALSe refiere a los parmetros que permite definir e identificar a los sujetos que pueden ser calificados como funcionarios o servidores pblicos.Habla sobre la opinin de un autor como error de tcnica legislativa porque limita los alcances del concepto penal funcionario pblico. Y ello se evidencia el ciertos trminos como el caso del artculo 376 que denomina el trmino ordenar y que limita la conducta del sujeto a esta accin, ello conlleva a buscar su mejoramiento y modificacin a fin de garantizar su efectividad. Ahora bien, denomina a los sujetos activos de la siguiente manera: Los que estn comprendidos dentro de la carrera administrativa Aqu se refiere a los sujetos que estn dentro del ejercicio del derecho administrativo. Los que desempean cargos polticos o de confianza, incluso si emanan de eleccin popular. Aqu estn aquellos que han sido elegidos de eleccin popular, y aquellos que tienen cargo de confianza. Todo aquel que independientemente del rgimen laboral en el que se encuentre mantiene vnculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del estado y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos. Aqu estn todos aquellos que para el derecho administrativo no lo son, es decir aquellos que estn dentro de la carrera administrativa, as como los del rgimen laboral privado. Se les incorpora porque cumple con un papel participativo dentro del ejercicio de la funcin pblica. Es decir se basa en el desempeo de una funcin pblica. Los administradores o depositarios de caudales embargados o depositados por autoridad competente aunque pertenezcan a particulares. Se refiere al cuidado del patrimonio del estado es decir a aquellos que tengan ese deber de cuidado. Los miembros de las FF.AA. y la polica nacional Los dems indicados por la Constitucin Poltica del PerLos bomberos por ejemplo. CUESTIONES CONTROVERTIDAS DESDE LA TEORA Y LA PRAXIS LA CUESTIN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL FUNCIONARIO DE HECHOSe refiere a que la ausencia de la imputacin penal del funcionario pblico est en que no tiene el ttulo habilitante, que le pone como si estuviera en ejercicio irregular de funcin pblica. Ahora, segn otros autores como ROCA AGAPITO lo divide en dos aquellos que asumen por iniciativa propia y otros por su acceso legtimo. En el primer caso el sujeto aparece como usurpador en el segundo caso como un caso impropio que est establecida dentro del derecho administrativo. El derecho penal sienta precedentes vinculantes como el caso de Vladimiro Montesinos calificndolo como funcionario de hecho. Es decir realizar una distincin entre el funcionario pblico de hecho y un usurpador de funciones no hay elementos subjetivos, porque no hay alguna accin determinante que en la calificacin de estar dentro de la funcin pblica. Existe un concepto anticipado de funcionario pblico?Se refiere a la definicin del concepto de funcionario pblico, y como el derecho penal peruana acepta la definicin de la Convencin Interamericana. LA DISTINCIN ENTRE FUNCIONARIO PBLICO Y SERVIDOR PBLICO Se refiere a la distincin de ambos conceptos y la confusin que causa de acuerdo a la rama del derecho a la cual pertenecen, pero dentro de la Ley de funcin tica de la funcin pblica se considera como empleado pblico al funcionario o servidor de las entidades de la administracin pblica, en cualquiera de los niveles jerrquicas, y que no importa en qu rgimen jurdico presta sus servicios ni el rgimen laboral o contratacin al que est sujeto.

LA TEORA DE LOS DELITOS DE INFRACCIN DE DEBER FUNDAMENTOS Y CONSECUENCIAS Permite una construccin terica para solucionar problemas de autora y participacin en delitos cuyos tipos penales tienen deber especial. El problemaEsto est vinculado directamente a la determinacin y delimitacin de la forma de cmo se intervienen los delitos. Esto ocurre en los delitos que suponen una especial confianza para la gestin de un patrimonio. Es decir el administrador le pide a un tercero que se apropie de un patrimonio para luego repartir el botn. Es decir el problema est entre distinguir los autores y los partcipes, los resultados de la teora del dominio del hecho cuya estructura tpica se basa en los deberes especiales para el autor. SURGIMIENTO Y DESARROLLO DE LA TEORA DE LOS DELITOS DE INFRACCIN DE DEBER EN LA CIENCIA DEL DERECHO PENAL Se basa en el criterio de infraccin del deber para determinar y delimitar la autora, segn este autor es la figura en la realizacin de la accin tpica. El partcipe es una figura accesoria que contribuye que se desarrolle el hecho es decir el delito. Se basa en el dominio del hecho, la ejecucin de propia mano, y el criterio de infraccin del deber, pero en cambio el extraneus es solamente un cmplice del autor, pues aunque tiene dominio sobre la accin y segn las reglas del dominio del hecho del autor, pero no tiene deber especial. En la actualidad la teora de los delitos de infraccin de deber, tiene muchas crticas se basa que los delitos de infraccin de deber no han concluido y que est pendiente. LA INFRACCIN DEL DEBER ESPECIAL COMO CRITERO DE LA AUTORALa infraccin del deber se fundamenta en la autora pero no en el injusto. Pero hay quienes objetan a ello que dicen que tambin se basa en el injusto, es decir la inobservancia de los deberes especiales, es decir es la infraccin del deber.Ahora se constituye un fundamento para la autora y en ningn caso la razn de la punicin. Es decir al punicin no solo es la infraccin de la ley sino tambin en hacer un dao social, esto supone una lesin al bien jurdico protegido.

EL DEBER QUE FUNDAMENTA LA AUTORA ES UN DEBER ESPECIAL Los deberes se basan en la autora que tienen naturaleza penal. Ms bien de otro deber un deber especial contenido en determinados tipos penales. Autor es quien lesiona el deber especial extrapenal que est detrs del tipo, los deberes extrajudiciales no tienen un significado exacto, esto se da porque el derecho penal se basa en conceptos penales. El derecho penal busca la proteccin completa y amplia del bien, independientemente de cuestiones extrapenales. Es decir el derecho penal tiene conceptos propios y a su vez se basa en otras ciencias para su comprobacin, adems tiene discrepancias con el derecho civil, como la conceptualizacin de ciertas cosas ejemplo los animales, es decir el derecho penal es autnomo en sus conceptos.