EL CHEQUE

9
MATERIA: DERECHO EMPRESARIAL TEMA: CHEQUE MAESTRO (A): MARTHA ELIZABETH PULIDO ALUMNO(A): MAILING SIMONIN CASTRO

description

DERECHO EMPRESARIAL LIC. ADMINISTRACION

Transcript of EL CHEQUE

MATERIA: DERECHO EMPRESARIAL

TEMA: CHEQUE

MAESTRO (A): MARTHA ELIZABETH PULIDO

ALUMNO(A): MAILING SIMONIN CASTRO

El cheque es un medio de pago y no de crédito que el librador titular de aquella disponibilidad puede utilizar para pagar sus deudas, sin necesidad de entregar dinero físico. El deudor entrega a su acreedor un cheque por el importe de su deuda, girado sobre el Banco en el que posee fondos, de modo que el acreedor, al recibirlo, puede bien cobrarlo directamente en sus ventanillas o bien ingresar su importe en su propia cuenta bancaria. El acreedor que recibe un cheque puede utilizarlo para pagar una deuda propia, transmitiéndolo a su acreedor.

En el cheque el librador es el deudor, el tomador el acreedor y el librado el sujeto obligado al pago.

EL CHEQUE CONCEPTO

Configurado el cheque como mandato de pago del librador al librado a favor del tenedor, nada le distinguiría de la letra de cambio si no fuera por varios rasgos diferenciales:En el momento de su emisión el librador posea fondos en poder del Banco librado.Que los fondos estén disponibles en poder de éste.La presentación del cheque al librado se hace para exigir el pago.REQUISITOS.Debe incluir la denominación de cheque.Mencionar la fecha y el lugar de expedición , para computar los plazos (15 días si está emitido y pagadero en España, 20 días si emitido en Europa y a pagar en España y 60 días para los librados fuera de Europa y a pagar en España).Los Bancos exigen que los cheques sean librados en los talonarios especiales que ellos mismos facilitan a sus clientes.Firma del librador de su propio puño.El nombre del librado, que necesariamente habrá de ser un Banco.Que se consigne la cantidad o cuantía de su importe en ptas . o moneda extranjera.Debe mencionarse el lugar de pago.

LA TRANSMISIÓN DEL CHEQUE.Los cheques al portador se transmiten mediante su simple tradición o entrega, sin necesidad de consignar en ellos ninguna declaración de voluntad escrita.Los cheques nominativos directos, por esta forma de giro manifiesta su voluntad de que sólo sea pagado a la persona nominativamente designada en el documento.

CLASES DE CHEQUES ESPECIALES.

•El cheque cruzado. Aquel en que su librador o poseedor legítimo consigna (normalmente en forma cruzada) que debe pagarse a un Banco determinado, identificado mediante su denominación social. Se intenta asegurar que tan sólo será un Banco quien presentará el cheque al cobro, con lo cual se pretende evitar que los cheques robados o extraviados puedan ser cobrados por persona distinta del poseedor legítimo.

EL CHEQUE DE VIAJE• cheque emitido por un Banco a favor de una persona en forma nominativa, por lo que puede ser cobrado por su titular en cualquier agencia o sucursal, nacional o extranjera, del Banco emisor o en las oficinas de sus corresponsales. Se identifica al legítimo poseedor no sólo por su nombre y apellidos, sino, además, por la identidad entre dos firmas de éste, una estampada antes el emisor y otra ante el librado-pagador.

El CHEQUE PARA COMPENSACION O PARA ABONAR A UNA CUENTA

se libra a favor del tomador, con el fin de que éste lo entregue en su Banco ingresando su importe en su cuenta corriente.

EL CHEQUE GARANTIZADOSe caracteriza por llevar incorporada una declaración del Banco emisor del talonario, por la cual se compromete a pagarlo a quien además de ser su poseedor legítimo, lo presente al cobro con dos requisitos: estar firmado por el cliente del Banco (librador del cheque), titular del DNI cuyo número figura en el dorso del cheque, en cuyo favor el Banco expidió el talonario y que su importe no supere una cifra máxima que el propio talón menciona.

POR SU ATENCIÓN GRACIAS!!