EL acuerdo social. Rosseau, version nueva.

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ft PODER JUDICIAL REPUBLICA DE CHILE Santiago, siete de octubre de dos mil diez. VISTOS y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con el mérito de denuncia de fojas 6 y siguientes, fotografía de Alejandro Pinochet Arenas de fojas 1, croquis de fojas 14, 1.849 Y 3.596, Copias autorizadas de Recurso de Amparo N°I082-1987 de la Corte de Apelaciones de Santiago de fojas 22 y siguientes, Copias autorizadas de denuncia de presunta desgracia de Manuel Sepúlveda Sánchez Rol N°93.230 del 14° Juzgado del Crimen de Santiago de fojas 33 y siguientes, Copias autorizadas de denuncia de presunta desgracia de José Julián Peña Maltés Rol N 0 132.628-6 del Juzgado del Crimen de Santiago de fojas 46 y siguientes, Extracto de filiación y antecedentes de Alejandro Pinochet Arenas de fojas 81, Informes de viajes emitidos por la Policía de Investigaciones de fojas 82 y 605, Certificaciones emitidas por la Fiscalía Militar de Valparaíso de fojas 85, 98 Y 146, Órdenes de Investigar y Órdenes de Trámite de fojas 87 y siguiente , 232 Y siguientes, 264, 300, 330 Y sgtes., 350 y sgtes., 356 y sgtes., 432, 456, 460 Y sgtes., 483 y sgtes., 570 y sgtes., 579 y sgtes., 631 y sgtes., 720, 781, 797 Y sgtes., 813 y sgtes., 961 y sgtes., 1.054 y sgtes., 1.197 y sgtes., 1.298 y sgtes., 1.310 y sgtes., 1.321 y sgtes., 1.363 y sgtes, 1.377 y sgtes., 1.387 y sgtes., 1.395, 1.410 Y sgtes., 1.421, 1.430, 1.461 Y sgtes., 1.570 y sgtes., 1.596, 1.616, 1.634, 1.637, 1.828 Y sgtes., 1.862, 2.047, 2.092, 2.394, 2.395, 2.400/ 2.405, 2.410, 2.848 Y sgtes., 3.023 y sgtes., 3.066, 3.206 Y sgtes., 3.407 y sgtes., 3.667 y sgtes., 3.747 y sgtes., 3.910 y sgtes., 4.146, 4.205 Y sgtes., fojas 4.232 y sgtes., fojas 4.342 y sgtes., Copia autorizada de

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es un libro que es muy bueno y contiene todo lo que uno podría creer, jeje.

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ftPODER JUDICIAL REPUBLICA DE CHILE

Santiago, siete de octubre de dos mil diez.

VISTOS y TENIENDO PRESENTE:

PRIMERO: Que con el mérito de denuncia de fojas 6 y siguientes,

fotografía de Alejandro Pinochet Arenas de fojas 1, croquis de fojas 14,

1.849 Y 3.596, Copias autorizadas de Recurso de Amparo N°I082-

1987 de la Corte de Apelaciones de Santiago de fojas 22 y siguientes,

Copias autorizadas de denuncia de presunta desgracia de Manuel

Sepúlveda Sánchez Rol N°93.230 del 14° Juzgado del Crimen de

Santiago de fojas 33 y siguientes, Copias autorizadas de denuncia de

presunta desgracia de José Julián Peña Maltés Rol N0132.628-6 del 1°

Juzgado del Crimen de Santiago de fojas 46 y siguientes, Extracto de

filiación y antecedentes de Alejandro Pinochet Arenas de fojas 81,

Informes de viajes emitidos por la Policía de Investigaciones de fojas 82

y 605, Certificaciones emitidas por la Fiscalía Militar de Valparaíso de

fojas 85, 98 Y 146, Órdenes de Investigar y Órdenes de Trámite de fojas

87 y siguiente , 232 Y siguientes, 264, 300, 330 Y sgtes., 350 y sgtes.,

356 y sgtes., 432, 456, 460 Y sgtes., 483 y sgtes., 570 y sgtes., 579 y

sgtes., 631 y sgtes., 720, 781, 797 Y sgtes., 813 y sgtes., 961 y sgtes.,

1.054 y sgtes., 1.197 y sgtes., 1.298 y sgtes., 1.310 y sgtes., 1.321 y

sgtes., 1.363 y sgtes, 1.377 y sgtes., 1.387 y sgtes., 1.395, 1.410 Y

sgtes., 1.421, 1.430, 1.461 Y sgtes., 1.570 y sgtes., 1.596, 1.616,

1.634, 1.637, 1.828 Y sgtes., 1.862, 2.047, 2.092, 2.394, 2.395, 2.400/

2.405, 2.410, 2.848 Y sgtes., 3.023 y sgtes., 3.066, 3.206 Y sgtes.,

3.407 y sgtes., 3.667 y sgtes., 3.747 y sgtes., 3.910 y sgtes., 4.146,

4.205 Y sgtes., fojas 4.232 y sgtes., fojas 4.342 y sgtes., Copia

autorizada de Recurso de Amparo 1082-1987

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ftPODER JUDICIAL REPU8LICA DE CHILE

de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago de fojas 101 y sgtes.,

Informes del Servicio de Encargo y Búsqueda de Vehículos de

Carabineros de fojas 148, 187 Y 575, Informe del Ministerio de Defensa

Nacional de fojas 149, Informe del Ministerio del Interior de fajas 151,

Causa acumulada Rol N·13.539-S del 6° Juzgado del Crimen de

Valparaíso por presunta desgracia de Alejandro Pinochet Arenas de

fajas 154 a fajas 183, Certificación del Segundo Juzgado Militar de

Santiago de fojas 186, Fotocopias y originales de las Ediciones N°66 y

69 de la Revista Pluma y Pincel de fecha 16 de Marzo y 6 de Abril de

1989 de fojas 193 y sgtes. y fojas 199 y 200 ratificadas por el Director

Leonardo René Cáceres Castro a fajas 201 y por el periodista

Francisco Javier Pablo Salvador del Sagrado Corazón Herreros

Mardones a fajas 201 vuelta y 208, Pericia de retratos hablados de

fojas 203 a fajas 207, Copia de decreto de Orden de Aprehensión de la

Policía de Investigaciones de fojas 213/ Edición N°19 del Diario El Siglo

de fojas 222 ratificada por el periodista Juan Andrés Lagos Espinoza a

fajas 228 y 594, Informe de Dirección de Inteligencia de Carabineros de

fajas 261, Informe de la Fuerza Aérea de Chile de fojas 263, Oficio de

la Jefatura de Inteligencia Policial de la Policía de Investigaciones de

fajas 296 y sgtes., Informe del Ejército de Chile de fojas 299, Oficio del

Registro Civil de fajas 321, Informes pOliciales de fajas 322 y sgtes.,

Acta de fajas 336, Transcripción de cintas magnetofónicas de fojas 260

y sgtes. y su análisis de fajas 520 y sgtes., Acta de Inspección Ocular

del Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de fajas 549,

Oficios emitidos por el Estado Mayor General del Ejército de Chile de

fajas 550, 606, 765, 766, 1.229, 1.766, 1.770 Y sgtes., 1.861,

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IIPODER JUDICIAL REPU8llCA DE CHILE

1.892 Y sgtes., 2.173, 2.174, 3.632 Y 3.636, Acta de Inspección

Ocular del expediente Rol 39.122 y 39.122-B que rala a fajas 596 y

2.790, Actas de los expedientes Rol 42.893 del 4° Juzgado del

Crimen de San Miguel de fojas 1.234, Rol 782-1996 del 2° Juzgado

Militar de Santiago, Rol 1510-1987 de fajas 1.440 del 2° Juzgado

Militar de Santiago, Rol 143.671-J del 3° Juzgado del Crimen de

Santiago de fojas 2.385, Oficios del Departamento de Extranjería de

la Policía de Investigaciones de fajas 687, 1.212, 1.216 Y 1.289,

Hojas de vida y calificaciones agregadas a fajas 3.415 y sgtes, 3.484

y 3.924 Y sgtes., Informes pericial planimétrico de fajas 1.379 y

sgtes., 3.337 y 2.459, Informe pericial fotográfico de fajas 3.341,

Oficio de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago de fajas 1.565,

Copia de cuaderno secreto de la Corte de Apelaciones de San

Miguel en Rol 26.369 de fajas 1.627 y sgtes., Actas de Inspección

Personal del Tribunal de fojas 1.705 y 1.870, Exhorto de fajas 1.866"

Informe de la Armada de Chile de fajas 2.165, Hojas de

calificaciones de fajas 2.434 y sgtes., Declaración vía oficio prestada

por la Diputada Laura Soto González a fajas 481, Oficio del

Ministerio del Interior de fajas 1.224, Querella de fajas 4.191, Oficio

de fajas 4.298 y siguientes, Oficios del Estado Mayor General de

Ejército de fojas 4.308, 4309, 4310, 4311, 4.319, Y sgtes., 4.337 y

sgtes., 4438 y anexos, 4651 y 4.822 Y siguientes, Oficio de la Sub

Dirección Operativa de la Policía de Investigaciones de Chile de

fajas 4.313, Oficio de fajas 4.913, más las declaraciones de Froilán

del Carmen Pinochet Pinochet de fajas 9 y siguientes, de Enrique

Antonio Pinochet Arenas de fajas 11 vuelta, de Bernardita del

Carmen Sagredo Cisterna de fajas 13, de Axel Eduardo Callis

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PODER JUDICIAL REPU8llCA DE CHILE

Rodríguez de fojas 15, 618, 770, de Julio Alberto González Cortés de

fojas 18, de Carlos Segundo Campos Muñiz de fojas 91 y sgtes., de

Claudio Esteban Cáceres Molina de fojas 93, de LucHa Victoria Urrutia

Morales de fojas 209, 707 Y 1.148, de María Soledad Cantillano Gómez

de fojas 216, 1.271 Y sgtes., de Marta Isabel Cantillano Gómez de fojas

217 vuelta y sgte., de Patricia Adriana Cancino Acevedo de fojas 219

vuelta y declaración extrajudicial de fojas 1.396, de Francisco Guillermo

Muñoz Melo de fojas 234 y 235, de Elena del Carmen Ortega Silva de

fojas 241, 260, de Marcelo Igor Reyes Stevens de fojas 251, de

Mauricio Iván Reyes Stevens de fajas 254, de Ximena Azúa Ríos de

fojas 257, de Luis Eduardo Salas Romera de fojas 271 y 519, de Alfredo

Soiza Piñeyro Vega de fojas 273, de Pedro Javier Guzmán Olivares de

fojas 282, 716 Y 3.713, de Jorge Octavio Vargas Bories de fajas 284,

718 Y 3.692, Copias de declaraciones de fajas 851 a fojas 860,

declaraciones de Jorge Reinaldo Cantero Alarcón de fojas 286 y 722, de

Luis Fernando Vergara Bravo de fojas 288, de Juan José Pastenes

Osses de fajas 292 y 742, de Egon Antonio Barra Barra de fojas 294, de

Mauricio Eugenio Figueroa Lobos de fajas 433, de Osvaldo Corneja

Marillanca a fojas 452 y 686, de Carlos de la Cruz Pino Soto a fojas

453y 669, de Pedro del Carmen Mora Herrera a fojas 457, 676 Y 1.559,

de Digna Eliana Navarrete Campos de fojas 502 y 1.450, de Cristian

Armando Muñoz Zúñiga a fojas 598, de Leonardo Lautaro Ugalde

González de fojas 614 y 1.452, de Luis Máximo Vidal Chávez de fajas

615, de Marco Antonio Roa Fuentes de fojas 616, de Miguel Ángel Char

Aguayo de fojas 617, de Alberto Eugenio Cardemil Herrera a fajas 622,

de Humberto Leiva Gutiérrez de fojas 628 y

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n PODER JUDICIAL REI'UBLICA DE CHilE

3.097, de Fernando Alberto Orosteguis Saavedra de fojas 670

vuelta, de Carlos Eduardo Correa Habert de fojas 674, de Osvaldo

Rubén Tapia Álvarez de fojas 678 y 2.365, de Juvenal Alfonso Piña

Garrido de fojas 680 y 2.355, de Elizabeth del Carmen Tello Riveros de

fojas 682, 1.282, 1.998 Y 3.121, de Hugo José Hechenleitner

Hechenleitner de fs. 683, de Víctor Hugo Lara Cataldo de fojas 684, de

Manuel Jesús Fuentes Bravo de fojas 692 y 941, de Mauricio Figueroa

Lobos de fojas 693, de Víctor Manuel Molina Astete de fojas 717, de

Mario Anselmo Montes Merino de fojas 723, de Eduardo Garea Guzmán

de fojas 728, de Fernando Remigio Burgos Díaz de fojas 730, de Juan

Carlos Zamora Alarcón de fojas 732, de Miguel Fernando Fajardo

Quijada de fojas 740, de Gastón Octavio Sagredo Marticorena de fojas

750 y 1.303 Y sgtes., de Víctor Muñoz Orellana de fojas 751, de Juan

Manuel Castro Vergara de fojas 774, de Erich Antonio Silva Reichart de

fojas 779, de Luis Marcelo Bascur Gaete de fojas 795, de Daniel Luis

Villagra Mendoza de fojas 824, Copia de declaración de Iván Leopoldo

Cifuentes Martínez de fojas 905 y sgtes., declaraciones de Carlos

Orlando Pavez Celis de fojas 933 y 1.220, de Jorge Alberto Jiménez

Barrera de fojas 935, de Cipriano Agustino Jara Mardones de foja s 936,

de Guillermo Antonio Torres Navarro de fojas 940 y 1.356, de Dina

Mercedes Petric Meneses de fojas 967, de Víctor Fernando Valderrama

Vergara de fojas 988, de Ana María Rubio de la Cruz de fojas 1.011, de

Claudio Enrique Pacheco Fernández de fojas 1.023, de Jorge Hugo

Arraigada Mora de fojas 1.013, de Ángel Jacinto Reyes Vargas de fojas

1.046, de Pedro María Rojas Vásquez de fojas 1.059, de Luis del

Carmen Roldan Olmos de fojas 1.120 y 1.355, de José Miguel

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fiPODERJUDICIAL REPUBLICA OE CHilE

Morales Morales de fojas 1.123, de Jorge Eduardo Hernández

Espinoza de fojas 1.125, de Héetor Osvaldo Obal Labrin de fojas 1.134,

de Jaime Segundo Silva Ratz de fojas 1.170, de Hernán Ernesto Rubio

Magallanes de fojas 1.218, de Bernardo del Carmen San Martín

Carrasco de fojas 1.221, de Wilibardo Antonio Véliz Véliz de fojas 1.222,

declaración de Juan Carlos Molina Herrera de fajas 1251 y extrajudicial

de fojas 1245, declaración de Mara María Rebeca Peñaloza Oyarzún de

fs. 64, 69 Y 1.277, de Níbaldo Fabricio Mosciatti Olivieri de fojas 1.307,

de Jorge Manlio Fantini Valenzuela de fojas 1.350, de Verónica Bravo

Rodríguez de fojas 1.351, de María Francisca Gregoria Larraín Truel ·de

fojas 1.358, de Rodriga José Pinto Larenas de fojas 1.360, de Jaime

Alfonso Cirilo Ergas Carpinello de fojas 1.393, declaración extrajudicial

de Rodrigo Ernesto Peña González de fojas 1.401, declaración de Mario

Amador Araya Ojeda de fojas 1.443, de Lidia Elizabeth Fuenzalida

Navarrete de fojas 1.446, de Gonzalo Eduardo Muñoz Otárola de fojas

1.530, de Romilio Osvaldo Lavín Muñoz de fojas 1.541, de Antonio

Palomo Contreras de fojas 1.544, de Carlos Alvaro Vallejos Martínez de

fojas 1.547, de Sergio Ibaceta Vergara de fojas 1.553, de Hugo Reinaldo

González Mendoza de fojas 1.555, de Florencío Ángel Blanco López de

fojas 1.557, de Carlos Enrique Zamorano Vergara de fojas 1.573 y

2.373, declaración extrajudicial de fojas 3.600 de Pedro Sixto Mondaca

Romero de fojas 1.575, declaración de Víctor Manuel Vergara Vil/alobos

de fojas 1.607, de Adrián Renato Patricio Herrera Espinoza de fojas

1.609, de Carlos Hernán Carreño Barrera de fojas 1.647, de Rodolfo

Enrique Sánchez Rubio de fojas 1.700, de Juan carlos Marengo Pollastri

de fojas 1.788, de Jorge Enrique Lucar

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ftPODER JUDICIAL REPUBllCA DE CHilE

Figueroa de fojas 1.791, 3.099, 3.686 Y 4639, de Manuel Barros

Recabarrende fojas 1.792, 3.130, 3.690 Y 4.156, de Eugenio Adrián

Covarrubias Valenzuela de fojas 1.797 y 4.160, de Pedro César

González Morales de fojas 1.798, 3.009 Y 4.164, de Ricardo Alfonso

Ortega Prado de fojas 1.823, 3.100, 3.930 Y 4.162, de Fernán Ruy

González Fernández de fojas 1.955 y 3.124, de Luis Carlos Briones

Valenzuela de fojas 1.958, 2.012, Y 3.123, de Ernesto Carlos Zamorano

Villarroel de fojas 2.006 y 3.091, de Aníbal Rafael L1anquinao Valdés de

fojas 2.008 y 3.092, de Manuel Jorge Provis carrasco de fojas 2.150 y

2.275, de Jorge Sebastián Vizcaya Donoso de fojas 2.277, de Raúl

Ernesto Rojas Nieto de fojas 2.278, de Nelly del Carmen Yáñez Neira

de fojas 2.290, de Arturo Enrique Herrera Morales de fojas 2.353, de

Karin Alicia Eithel VilIar de fojas 2.357, de Luis René Torres Morales de

fojas 2.430, de Max Horacio Díaz Trujillo de fojas 2.433, de Sergio

Audiel Mellado Faúndez de fojas 2.470, de Jaime Fernando Torres

Fleming de fojas 2.613, de Lander Miquel Uriarte Buroto de fojas 2.644,

de Jorge Robinson Fuentes Lillo de fojas 2.990, de Eduardo Martín

Chávez Baeza de fojas 2.992, de Ricardo Abraham Bozo Salgado de

fojas 2.993, de Pedro Fernando Martínez Benavides de fojas 3.010, de

Ernesto Urrich González de fojas 3.013, de Carlos Alberto Fernando

Herrera Jiménez de fojas 3.015, de Juan Víctor Walter Rivas de fojas

3.109, de carlos Leonardo Ruiz Iturra de fojas 3.125, de Pedro Alfonso

Silva Roa de fojas 3.126, de José Carlos Granada Vidal de fojas 3.136,

de Abelardo Patricio Oviedo Reyes de fojas 3.137, de Juan Gastón

Alejandro Gillmore Callejas de fojas 3.584 y 4.150, de Daniel Humberto

Carrasco Leiva de fojas 3.588 y 4.153, de Roberto

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PODER JUDICIAL REPUBLICA DE CHILE

Marinot Guillard de fojas 3.590, de Eduardo CiprianoAvello Concha

de fojas 3.591, de Jorge Ernesto Mario Zincke Quiroz de fojas 3.592, de

Carlos Eugenio Ojeda Vargas de fojas 3.682, de Eduardo Hernán

castellón Keitelde fojas 3.683, de Jaime Arturo González Vergara de

fojas 3.685, de Jorge Alfonso Berríos Bustos de fojas 3.687, de Manuel

Antonio Matas Sotomayor de fojas 3.688, de Patricio Rafael Alberto

Gualda Tifaine de fajas 3.691, de Francisco Fernando Martínez

Benavides de fajas 3.692, de Renato Fuenzalida Maechel de fajas

3.693, de Ema Verónica Ceballos Núñez de fojas 3.696, de Rosa

Humilde Ramos Hernández de fajas 3.698, de Juan Fernando Torres

Silva de fajas 3.823 y 4.161, de Santiago Arturo Ariel de Jesús Sinclair

Oyaneder de fajas 1.747, 3.128 Y 3.862, de Enrique Leddy Araneda de

fojas 4.182, Diligencias de careo de fojas 4315, 4.387 Y 4661,

Declaración de Mario Alberto Montero González de fajas 4.317, de

Aladino del carmen Pereira de fajas 4.617, de Rafael de Jesús Riveros

Frost de fajas 4803, de Mario Francisco Galarce Gil de fajas 4.954, de

todo lo cual se encuentran legalmente establecidos en autos los

siguientes hechos:

a) Que con ocasión del secuestro del Coronel del Ejército

Carlos Carreño Barrera, acaecido en esta ciudad con fecha 10 de

septiembre de 1987, funcionarios de la Central Nacional de

Informaciones participaron en un operativo, en el cual, entre los días 9

y 10 del mismo mes, recibieron instrucciones de detener, sin orden

judicial, a cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez

elegidos de entre los archivos institucionales, para eventualmente

canjearlos por dicho oficial.

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11 PODER}UDICIAL REPUBllCA DE CHilE

b) Que estas personas fueron retenidas y mantenidas

ocultas, bajo custodia en el Cuartel Borgoño de la referida entidad;

c) Durante el período que permanecieron en el Cuartel

Borgoño, equipos operativos comandados por oficiales y efectivos del

Batallón de Inteligencia del Ejército, unidad perteneciente a la

Dirección Nacional de Inteligencia del Ejército¡ estuvieron

comisionados para participar en la investigación destinada al

esclarecimiento del secuestro del Coronel Carreño y establecieron una

coordinación oficial con la Central Nacional de Informaciones,

permitiendo que algunos de sus agentes frecuentaran y

permanecieran por varios días en dependencias inmediatas de los

calabozos, con pleno conocimiento de que dichas personas se

encontraban recluidas en forma i1ícita;

d) Antes de la liberación del Coronel Carlos Carreño

Barrera en Brasil, se decide por estos organismos de seguridad la

eliminación de los detenidos y para ello organizan un operativo que

permite sacar los cinco cadáveres del recinto en que se encontraban

privados de libertad y luego transportarlos en un helicóptero del

Comando de Aviación del Ejército desde el Fuerte Peldehue hasta las

costas de Quintay, para finalmente arrojar sus cuerpos al mar atados

a durmientes.

e) Que de lo anterior, no puede sino concluirse por la

envergadura de la referida operación, en la cual hubo distintas etapas,

como la de su detención, su reclusión posterior en el Cuartel Borgoño,

el interrogatorio al que fueron sometidos en el intervalo a su muerte y

posteriormente el traslado de sus cuerpos a las costas de Quintay a

fin de arrojarlos al mar; que en tales acciones no sólo

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tiPODER JUDICIAL REPUBl,lCA DE CHILE

participaron agentes que conformaban la Central Nacional de

Inteligencia a esa fecha, sino también miembros del Batallón de

Inteligencia y del Comando de Aviación del Ejercito de Chile,

operativos que la línea de mando militar de las organizaciones

aludidas no pudieron desconocer ni dejar de controlar, toda vez,

que se trata de una Institución con poder jerarquizado, en la cual

existe una línea vertical y directa de mando.

f) Que por lo mismo, resulta del todo razonable pensar,

por las informaciones recopiladas en la causa, que estos cuerpos

correspondan a las personas secuestradas, los cuales al haber

sido lanzados al mar no fueron ubicados e identificados.

SEGUNDO: Que los hechos relacionados

precedentemente, en su integridad, constituyen los delitos de

secuestro calificado de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet

Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida

Navarrete y Julio Muñoz Otárola, perpetrados en el mes de

septiembre de 1987, previstos y sancionados en el artículo 141,

inciso 4° del Código Penal.

TERCERO: Que de los mismos antecedentes anteriores,

más las propias declaraciones rendidas por los procesados

Alejandro Francisco Astudillo Adonis de fajas 1.264 y sgtes.,

extrajudicial de fojas 4.474, de fajas 4.687, de Álvaro Julio Federico

Corbalán Castilla de fajas 275, 768, 817, 1.693, 1.802, 1.876,

2.177, 3.840 Y copias de declaración de fojas 861 a 869, de César

Luis Acuña Luengo de fajas 745, 771, 1.087 Y copias de

declaración de fojas 916 a 920, de Gonzalo Fernando Maass del

Valle de fojas 1.127 y 1.811, de Heraldo Velozo Gallegos de fojas

1.842, de Hernán

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ftPODER JUDICIAL ~epUBLlCA DE CHilE

Antonio Vásquez Villegas de fojas 1.118, 1.971 Y 4.186, de Hugo

Iván Salas Wenzel de fojas 626, 819,1.074, 1.710, 1.723, 1.815, 3.019,

3.839 Y copia de declaración de fojas 929 a fojas 932, de Hugo Prado

Contreras de fojas 2.161, 3.127, 3.689 Y 4.157, de Jorge Raimundo

Ahumada Molina de fojas 2.428 y 4.179, de José Arturo Fuentes

Pastenes de fojas 754, 1.145 Y 1.150, de José Guillermo Salas

Fuentes de fojas 1.818 y 4.181, de Juan Alejandro Jorquera Abarzúa

de fojas 731 y 2.186, de Juan Carlos Orellana Morales de fojas 1.014,

2.358 Y 4.249, de Julio Cerda Carrasco de fojas 1.793, 2.001 Y 3.684,

Kranz Johans Bauer Donoso de fojas 690, 821, 1.113, 1.675, 1.743,

1.782, 1.810, 3.719, 3.837, copias de fojas 825 a 850, declaración

extrajudicial de fojas 4.201 y fojas 4.280, de Luis Alberto Santibáñez

Aguilera de fojas 685, 1.152 Y 1.988, de Luis Arturo Sanhueza Ros de

fojas 280, 599, 1.070, 1.679, 1.846, 2.267, 3.863, Y sus copias de

declaración de fojas 889 a 904, de Manuel Ángel Morales Acevedo de

fojas 20, 40 Y 45 del cuaderno secreto y fojas 1.072, 1.240, 1.242,

1.288 del cuaderno principal, de Manuel Rigoberto Ramírez Montoya a

fojas 497, 688, 1.079, 1.390, 1.583, 1.979, de Marco Antonio Bustos

Carrasco de fojas 2.152, 3.090 Y 4.247, de Marcos Antonio Pincheira

Ubilla de fojas 2.426, 3.012, Y 4.185, de Patricio Leonidas González

Cortez de fojas 2.432, de Raúl del Carmen Durán Martínez de fojas

290, 727, 1.805 Y 4180, de René Armando Valdovinos Morales en su

copia de declaración de fojas 921 más declaración original de fojas

1.085, de Roberto Hernán Rodríguez Manquel de fojas 1.047 y 4.279,

de Sergio Agustín Mateluna Pino de fojas 753, 934 Y 1.268, de Víctor

Eulogio Ruiz Godoy de fojas 694 y 1.078, de Iván Raúl Belarmino

Page 12: EL acuerdo social. Rosseau, version nueva.

PODER JUDICIAL REPUSLICA DE CHILE

Quiroz Ruiz de fojas 792, 1.975, 4272 Y copias de fojas 870 a 888;

más diligencias de Careos de fojas 772, 785, 1.753, 1.755, 1.801,

1.809, 1.814, 1.851, 1.853, 1.855, 1.970, 2.015, 2.115, 2.117, 2.118,

2.182, 2.183, 2.185, 2.188, 2.196, 2.268, 2.269, 2.270, 2.271, 2.272,

2.274, 2.562, 2.615, 2.646, 2.648, 2.649, 2.650, 2.651, 2.670, 2.828,

2.829, 2.830, 3.018, 3.717, 3.718, 3.728, 3.860, 4.184, 4333, 4660,

4668; Y reconocimientos en rueda de presos de fojas 667 y 1.149, de

los cuales surgen en contra de éstos cargos bastantes para tener por

establecidas sus respectivas participaciones culpables en calidad de ea

autores de los secuestros calificados de Julián Peña Maltés, Alejandro

Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida

Navarrete y Julio Muñoz Otárola; y de Rodriga pérez Martínez de fajas

791, 1.670, 1.850, 2.155, 2.202, Aquiles Navarrete Izarnotegui de fojas

1.728, 1.738, 1.800, 4.155, Fernando Rafael Rojas Tapia de fojas

1.967, 3.088, 3.929, Víctor Mario Campos Valladares de fojas 1.661,

1.752 Y extrajudicial de fojas 1.658 y Hugo Rodrigo Barría Rogers de

fajas 1.715, 1.735 Y extrajudicial de fajas 1.712, en calidad de

encubridores de los secuestros calificados de Julián Peña Maltés,

Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo

Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola; y a José Miguel Morales

Morales de fojas 1.123, 3331, 4386 Y 4801 Y diligencia de careo de

fajas 4386, y de Ema Verónica Ceballos Nuñez de fojas 1497, 3670,

3677, 3696, 4.705, 4.975, Y careos de fajas 4.840, 4.976, 4.977, 4.978,

en calidad de co autores del delito de secuestro calificado de Julián

Peña Maltés.

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fiPODER JUDICIAL REPUBLICA oe CHILE

Por estas consideraciones y de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 425, 428, 429 Y 432 bis del Código de

Procedimiento Penal, se declara que SE ELEVA ESTA CAUSA AL

ESTADO DE PLENARIO, sirviendo la presente resolución de

suficiente acusación contra los encausados Rodrigo Pérez Martínez, -e=====

Aquiles Navarrete Iza rnoteg ui, Fernando Rafael Rojas Tapia, Víctor

Mario Campos Valladares y Hugo Rodrigo Barría Rogers como .

encubridores de los delitos de secuestros calificados de

\')JUlián Peña Malt' , .Iejandro Pinoc . Arenas,5 anuel ~ VI t1~) Sepúlveda Sánchez,4 onzalo Fuenzalida Navarrete ...!!.liº- \. ~ ~-

-.:.----- ,/cYC.C ~i.# Muñoz Otárola..J.. y a Iván Raúl Belarmino Quiroz Ruiz, Alvaro Julio

Federico Corvalán Castilla, Luis Arturo Sanhueza Ros, Raúl del

Carmen Durán Martínez, Manuel Rigoberto Ramírez Montoya, Hugo

Iván Salas Wenzel, Luis Alberto Santibáñez Aguilera, Kranz Johans

Bauer Donoso, Víctor Eulogio Ruiz Godoy, Juan Alejandro Jorquera

Abarzúa, Hernán Antonio Vásquez Villegas, César Luis Acuña Luengo,

Sergio Agustín Mateluna Pino, José Arturo Fuentes Pastenes, René

Armando Valdovinos Morales, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto

Hernán Rodríguez Manquel, Manuel Ángel Morales Acevedo, Gonzalo

Fernando Maass del Valle, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Julio

Cerda Carrasca, José Guillermo Salas Fuentes, Heraldo Velozo

Gallegos, Marco Antonio Bustos Carrasca, Hugo Prado Contreras,

Marcos Antonio Pincheira U billa, Jorge Raimundo Ahumada Molina,

Patricio Leonidas González Cortez, como coautores de los delitos

de secuestros calificados de Julián ,Peña Maltés, Alejandro

Pinochet Arenas, Manuel· Sepúlveda Sánchez, Gonzalo·

Fuenzalida

Page 14: EL acuerdo social. Rosseau, version nueva.

II PODER JUDICIAL REPUBLICA DE CHilE

Navarrete y Julio Muñoz Otárola, y contra José Miguel Morales

Morales yEma Verónica Ceballos Nuñez como co-autores del delito

de secuestro calificado de Julián Peña Maltés.

Confiérase traslado de la presente acusación de oficio a los

querellantes por el término común de 20 días, a fin de que adhieran o

formulen acusación particular y deduzcan las acciones civiles

correspondientes, debiendo notificarse a sus apoderados,

personalmente o por cédula, por intermedio del Receptor de turno en lo

criminal del presente mes.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 inciso 10

del Código de Procedimiento Penal notifíquese en forma personal la

presente resolución al Fiscal de la Primera Fiscalía Judicial Sra. Loreto

Gutiérrez Alvear.

Asimismo, por igual plazo y en el solo interés social, en

cuanto dice relación con el aspecto penal se confiere traslado de esta

acusación de oficio al Consejo de Defensa del Estado por intermedio

de su apoderado María Inés Horvitz Lennon, domiciliado en

Agustinas 1687 de Santiago. Sin perjuicio de la eventual

responsabilidad civil extracontractual que por éste pueda corresponder

por los hechos materia de la investigación. Notifíquesele, también, por

intermedio de Receptor en lo criminal del presente.

Notifíquese por los querellantes Froilan Pinochet Pinochet,

Digna Eliana Navarrete Campos, Lidia Elizabeth Fuenzalida Navarrete,

Verónica Bravo Rodríguez, Froilan del Carmen Pinochet Pinochet,

Idilia del carmen Otárola Narváez, Gonzalo Eduardo Muñoz Otárola y

José Julián Peña Torres, al abogado Nelson

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tt PODER JUDICIAL REPU8llCA DE CHILE

Caucoto Pereira, domiciliado Pasaje Doctor Sótero del Río 326 Oficina 605 de la Comuna de Santiago.

Notifíquese por el programa de Continuación Ley 19.123 del

Ministerio del Interior a la Abogado Raquel Mejías Silva, domiciliada

en Agustinas 1235, 30 Piso de Santiago.

Encontrándose privados de libertad en el CCP Punta Peuco

los acusados Corbalán Q¡stiUar-S.alas Wenzel y Quiroz RUiz,

notifíqueseles la presen>e~ción vía f~ -

Rol N° 39.122-C del Ex 6º Juzgado del Crimen de

Santiago. \'" /

,~

/ DICTADO POR DON MARIO ROLANDO CARROZA ESPINOSA

MINISTRO EN VISITA

EXTRAORDINARIA. ; .1

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