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Políticas de Suscripción

Edición 2018

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ÍNDICE

I. ALCANCE ........................................................................................................................................... 5

II. OBJETIVO .......................................................................................................................................... 5

III. MARCO LEGAL .................................................................................................................................. 5

IV. FRECUENCIA DE REVISIÓN ............................................................................................................. 5

V. DESCRIPCIÓN DE LAS POLÍTICAS ................................................................................................. 5

CAPITULO I. EMISIÓN DE FIANZAS .................................................................................................... 5

1.1 Fianzas sujetas a autorización por la afianzadora ........................................................................ 5

CAPÍTULO I.A. MOVIMIENTOS DE FIANZAS ...................................................................................... 7

1.A. Política para Movimientos posteriores a la Expedición (Disminución, Aumento, Prórroga,

Modificación, Anuencia, Renovación) .......................................................................................... 7

CAPÍTULO I.B. BLOQUEOS Y DESBLOQUEOS ................................................................................. 7

CAPITULO II. SOLVENCIA .................................................................................................................... 7

2.1 Documentación para integrar Expediente de Solvencia en Fianzas Ramo III y IV, previo al

registro de Alta de Fiado y Obligado Solidario............................................................................. 7

2.2 Para fianzas de Crédito adicionalmente ...................................................................................... 11

2.3 Integración del Expediente de Solvencia .................................................................................... 11

2.4 Integración del Expediente de Fianza ......................................................................................... 13

CAPITULO III. GARANTÍAS ................................................................................................................. 14

3.1 Tipos específicos de Garantías ................................................................................................... 14

3.1.1 Prenda ................................................................................................................................... 14

3.1.3 Cartas de crédito ................................................................................................................... 14

3.1.4 Parental Indemnity Agreement ............................................................................................. 14

3.2 Bienes Inmuebles no Aceptados como Garantía ........................................................................ 15

3.3 Bienes Inmuebles que podrá aceptar la Afianzadora como Garantía con las siguientes

características ............................................................................................................................ 15

3.4 Política de Ratificación de Contratos ........................................................................................... 16

3.5 Política de Afectación en Garantía .............................................................................................. 16

3.6 Políticas de Registro de Garantías .............................................................................................. 17

3.6. 1 Sustitución o Baja de Garantías........................................................................................... 17

3.7 Políticas para la Liberación de Bienes Inmuebles (Cartas Tildación) ......................................... 17

3.8 Devolución de Depósitos en Garantía y Cartas de Crédito ......................................................... 17

3.8.1 Depósito en Garantía: ........................................................................................................... 18

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3.8.2 Carta de Crédito .................................................................................................................... 18

3.9 Políticas de Buró de Crédito ........................................................................................................ 18

3.9.1 Expedición de Autorización para solicitar Información Crediticia (formato Buró de Crédito) 18

3.10 Política de Cancelaciones ......................................................................................................... 19

3.10.1 Cancelación con Documento .............................................................................................. 19

3.10.2 Cancelación Administrativa ................................................................................................. 20

3.10.3 Cancelación de fianza con Garantía de Alta Calidad ......................................................... 21

3.10.4 Bono de cancelación de Fianza ......................................................................................... 21

CAPITULO IV. OPERACIONES ........................................................................................................... 21

4.1 Papel Seguridad y/o Numeración Electrónica para Emisión de Fianzas .................................... 21

CAPITULO V. COBRANZA .................................................................................................................. 22

5.1 Pago de Prima ............................................................................................................................. 22

5.2 Número de Referencias para Pago de Primas ............................................................................ 23

5.3 Cuentas Bancarias para Pagos de Primas y otros Conceptos (Afectación, Investigación en

R.P.P. y del C., etc.) ................................................................................................................... 23

5.3.1 Cuentas Bancarias en Moneda Nacional .............................................................................. 23

5.3.2 Posibles Causas de Rechazo por Transferencias Bancarias (SPEI) EN M.N. SANTANDER

................................................................................................................................................ 24

5.3.3 Procedimiento para Transferencia Electrónica a través del mismo Banco .......................... 24

5.3.4 Cuenta Bancaria para Pagos de Primas en Dólares ............................................................ 25

5.3.5 Cuenta Bancaria para Depósitos en Garantía ...................................................................... 25

5.4 Cheques Devueltos...................................................................................................................... 25

5.5 Primas Vencidas turnadas a Jurídico .......................................................................................... 26

5.6 Comisiones .................................................................................................................................. 26

5.7 Proceso de Anulación de Fianza Tradicional y/o Electrónica ..................................................... 26

5.7.1 Anulación realizada por Agente, Promotor o Área de Cobranza .......................................... 27

5.7.2 Cobro por solicitud de Anulación de movimientos ................................................................ 27

5.7.3 Aplicación de Comprobante de Egreso (anteriormente Notas de Crédito)........................... 27

5.7.4 Parámetros para la Devolución de Prima ............................................................................. 28

CAPITULO VI. Información Técnica ................................................................................................... 28

6.1 Reaseguro ................................................................................................................................... 28

6.2 Límites de Retención ................................................................................................................... 28

6.3 Tarifas, prima mínima, comisión y accesorios ............................................................................. 28

CAPITULO VII. Políticas para Agentes .............................................................................................. 29

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7.1 Políticas para Cambio de Conducto de Agentes ......................................................................... 29

CAPITULO VIII. INCENTIVOS ............................................................................................................. 29

VI. GLOSARIO Y TÉRMINOS .................................................................................................................. 30

VI. ANEXOS ........................................................................................................................................... 32

ANEXO 1. ACTA AUTORIZACIÓN SUSCRIPCIÓN................................................................................ 32

Anexo 2. Leyenda en Estados Financieros ...................................................................................... 33

Anexo 3. a) Carta Valuatoria Aclaratoria ......................................................................................... 34

Anexo 3. b) Carta Valuatoria............................................................................................................. 36

Anexo 4. Leyenda para Cotejo de Documentos ............................................................................... 37

Anexo 5. Tabla de Calificación de Garantías de Recuperación..................................................... 39

Anexo 6. Texto para el Acta de Ratificación de Firmas ................................................................... 46

Anexo 7. Acta de Baja o Sustitución de Garantías a Comité o Subcomité de Suscripción ........ 47

Anexo 8. Carta autorización para entrega de Papel Seguridad ...................................................... 50

Anexo 9. Tarifas, prima mínima y accesorios .................................................................................. 51

Anexo 10. Incentivos ........................................................................................................................... 53

Anexo 11. Carta Cesión de Cartera. .................................................................................................. 54

Anexo 12. Transferencia Electrónica a través del mismo Banco ................................................... 55

Anexo 13. Comprobante Fiscal Digital (CFDI) .................................................................................. 60

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I. ALCANCE

El presente documento es de observancia general y aplicable para las áreas involucradas en la

comercialización, suscripción, operación, garantías, cobranzas, tesorería, información técnica y

actuarial, jurídica y todas aquellas que tienen relación desde la emisión de fianzas hasta su

cancelación.

II. OBJETIVO

El objetivo del presente documento es establecer los criterios y lineamientos a emplearse para el

análisis y autorización de la emisión de fianzas, expediente de solvencia, expediente de fianza,

cobranza y lo que intervenga en los procesos de Suscripción.

III. MARCO LEGAL

Ley de Instituciones de Seguros y de Fianza

Circular Única de Seguros y de Fianzas

IV. FRECUENCIA DE REVISIÓN

Las Políticas de Suscripción serán revisadas y actualizadas como el negocio y la normatividad lo

requieran.

V. DESCRIPCIÓN DE LAS POLÍTICAS

CAPITULO I. EMISIÓN DE FIANZAS

1.1 Fianzas sujetas a autorización por la afianzadora

Queda a consideración del Comité o Subcomité de Suscripción, la emisión de las siguientes fianzas:

a) Fianzas de Suministro de hidrocarburos que garanticen ante cualquier particular o PEMEX,

el pago por el suministro.

b) Fianzas con obligaciones relacionadas a la entrega de bienes perecederos a granel, como

son: mariscos, ganado, carnes, granos, productos embolsados, enlatados o embutidos, etc.

c) Fianzas con obligaciones vencidas y/o retroactivas mayores a 180 días.

d) Fianzas Administrativas Obra y Proveeduría, tanto para Personas Físicas como para

Personas Morales donde los Beneficiarios sean:

i. Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (Local, Federal) (INIFED)

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ii. Consejos Escolares de Participación Social (CEPS)

iii. Organización de Participación Social en la Educación

e) Fianzas de Fidelidad cuya emisión sea mayor a $150,000.00 pesos

f) Fianzas entre Personas Físicas.

g) Fianzas Judiciales No Penales de acuerdo con las facultades del Agente o Ejecutivo.

h) Fianzas de Arrendamiento.

i) Fianzas fiscales de acuerdo con las facultades del Agente o Ejecutivo.

j) Fianzas que garanticen Concesiones.

k) Fianzas para Verificentros.

l) Aquellas en donde los Fiados y/u Obligados Solidarios sean de Partidos Políticos, Centrales

Campesinas, Sindicales, Coordinaciones, Frentes, Uniones, o Entidad del Estado Federal,

Local o Municipal.

m) Fianzas en cuyo caso el Fiado se encuentre en concurso mercantil, suspensión de pagos o

huelga.

n) Fianzas que garanticen mejoras para calificación de créditos y con ello obtener mejores

tasas de interés, financiamiento u obtención de créditos o préstamos personales otorgados

por Instituciones Bancarias.

o) Las fianzas de Fiados que se encuentren incluidos en informe confidencial desfavorable del

Sector Afianzador.

p) Fianzas que exijan pago a primer requerimiento.

q) Fianzas que cubran la reparación al medio ambiente (ya causado).

r) Fianzas para la extraccion y suministro de hidrocarburos (exclusivas de Comité)

s) Las fianzas con textos que incluyan renuncia a la caducidad y renovación automática o

aquellos que mencionen que se presentará reclamación si no se otorga la renovación.

t) Las fianzas de Anticipo que garantizan más del 50% para Obra o Proveeduría.

u) Las fianzas de Cumplimiento que garanticen más del 30% Obra o Proveeduría.

v) Las fianzas para Fiados y/u Obligados Solidarios cuya nacionalidad sea de Cuba, Irán, Siria

y Sudán.

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Nota. No se deberán fraccionar fianzas de la misma obligación, en dos o más fianzas de Liberty

Fianzas o compartida con otras Afianzadoras.

CAPÍTULO I.A. MOVIMIENTOS DE FIANZAS

1.A. Política para Movimientos posteriores a la Expedición (Disminución, Aumento, Prórroga, Modificación, Anuencia, Renovación)

Disminución: las fianzas podrán ser disminuidas con documento fuente que lo acredite.

Aumento, Prórroga, Modificación de texto y Anuencia: se podrá operar el movimiento según el

documento fuente que sustente lo solicitado.

Renovación: aplicable para fidelidad y crédito (con documento fuente).

CAPÍTULO I.B. BLOQUEOS Y DESBLOQUEOS

Para efecto de control, las áreas involucradas en la comercialización, suscripción, operación,

obtención de garantías, cobranza, tesorería, información técnica y actuarial, han implementado a

través del SERF bloqueos que permiten dar cumplimiento con las políticas, procesos y normatividad

de la Afianzadora.

En el SERF se tiene identificado el registro de bloqueos y desbloqueos para las siguientes áreas: 1)

Comercial, 2) Cobranza, 3) Garantías, 4) Claims (jurídico) a través del SERF.

Para aplicar el desbloqueo de Comercial, Cobranza y Garantías se deberá acreditar el cumplimiento.

El bloqueo de fiados procederá por alguno de los siguientes motivos:

a) Incumplimiento en el pago de las primas pendientes, que tenga antigüedad mayor a los días

de crédito autorizados + 1.

b) Por devolución de cheque, con el que se haya pretendido realizar el pago de la prima.

c) Por no cumplir con los requisitos estipulados por el área de garantías, para la integración

de los expedientes de solvencia de los Fiados.

d) A solicitud de la Asociación de Afianzadoras mediante informe confidencial.

e) Por solicitud de Claims (Jurídico).

f) Por estar incluido en Nacionalidad especial o lista OFAC.

CAPITULO II. SOLVENCIA

2.1 Documentación para integrar Expediente de Solvencia en Fianzas Ramo III y IV, previo al registro de Alta de Fiado y Obligado Solidario.

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No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

1

Original del Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple (en

adelante y para este documento identificado como CSAM),

addendums, anexos, entrevista, requisitados en forma

completa en cuatro tantos según aplique y deberá estar

firmado por el Solicitante y/o Fiado y/u Obligado Solidario y

la firma del Agente a solicitud de la Afianzadora.

x x x x

2

Original de Autorización para Solicitar Información

Crediticia (formato Buró de Crédito), con una antigüedad no

mayor a 12 meses

x x x x

Copia simple legible, la cual podrá ser enviada en físico o vía correo electrónico bajo el

formato “PDF” con resolución a 240 PPP en blanco y negro o 150 PPP a color, de los

siguientes documentos:

3

Identificación oficial vigente del representante legal

(credencial de elector vigente, pasaporte, cédula profesional

y en caso de ser extranjero adjuntar copia del FM2)

x x

4

Identificación oficial vigente (credencial de elector,

pasaporte, cédula profesional y en caso de ser extranjero

adjuntar copia del FM2)

x x

5

Personas físicas con nacionalidad extranjera.

Pasaporte, Documento que acredite su internación o legal

estancia en el país y documento que acredite domicilio en

el lugar de residencia permanente.

x x

6

Personas morales con nacionalidad extranjera.

Documento que acredite fehacientemente su legal

existencia, así como información que permita conocer su

estructura accionaria y comprobante de domicilio declarado.

x x

7

Comprobante de domicilio reciente con una antigüedad no

mayor a 3 meses (recibo de luz, teléfono, agua, predial, gas

natural, estados de cuenta bancarios, identificación del

Instituto Nacional Electoral con dirección completa)

x x x x

8 Copia de la Cédula de Identificación Fiscal o RFC o

Constancia de Situación Fiscal. x x x x

9

Escritura Constitutiva o Testimonio que acredite las últimas

modificaciones estatutarias de la Sociedad, incluyendo la

inscripción ante el R.P.P. y del C.

x

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No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

10

Escritura constitutiva o Testimonio que acredite las últimas

modificaciones estatutarias de la Sociedad, incluyendo la

inscripción ante el R.P.P y del C. (en el objeto social de la

empresa no deberá existir impedimento alguno para ser

obligado solidario o aval y para otorgar garantías a favor de

terceros y el representante legal deberá tener poder para

actos de dominio).

x

11

Testimonio que acredite las facultades para Actos de

Administración del representante legal que firma en

representación del Fiado.

x

12

Testimonio que acredite las facultades para Actos de

dominio del representante legal que firma en representación

del obligado solidario.

x

13

Estados Financieros, últimos parciales del año en curso con

una antigüedad no mayor a 12 meses con la leyenda del

Anexo 2, firmados por el apoderado legal y un Contador

titulado señalando su número de cédula y/o anexando copia

de la misma.

x x

14

Estados Financieros, últimos parciales del año en curso con

una antigüedad no mayor a 12 meses con la leyenda del

Anexo 2, firmados por la persona física con actividad

empresarial y un Contador titulado señalando el número de

cédula y/o anexando copia de la misma.

x x

15

Copia de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior

que contenga Balance y Estado de Resultados, con el acuse

del SAT (cadena electrónica correspondiente).

x x x

16

Copia de las declaraciones bimestrales del ejercicio anterior

y las declaraciones bimestrales del año en curso, para

personas físicas inscritas en el régimen de incorporación

fiscal (en caso de que no se cuente con la declaración anual

personas físicas).

x x

17

Copia completa de las escrituras y títulos de propiedad que

acreditan la propiedad de los bienes inmuebles con los datos

del R.P.P. y del C. (no será suficiente la cancelación de

Hipoteca y tampoco las escrituras de erección) (* Ver nota al

pie para Jalisco), así como el certificado de libertad de

gravamen o investigación realizada por Gestor Autorizado o

consulta electrónica (cotejada).

x x x x

18

En caso de diferencia respecto de la descripción del

inmueble entre la Escritura y el Certificado, los datos que

prevalecen son los de la escritura. En el caso de datos de

R.P.P. y del C., prevalecen los datos de la escritura.

x x

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No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

En caso de diferencia por actualización de datos registrales,

prevalecen los datos del Certificado o los emitidos por el

R.P.P. y del C. (no se acepta la investigación del Gestor).

En el CSAM o anexo de propiedad, en “descripción de

inmueble” se citará el tipo de propiedad actual, aún y cuando

no coincida con la escritura.

19

Certificados de libertad de gravamen (original o copia

cotejada), Investigación realizada por Gestor Autorizado,

Consultas Electrónicas (cotejada) ante el R.P.P. y del C. de

los bienes inmuebles dados en garantía, con una antigüedad

no mayor a 12 meses.

x x x x

20

Formato requisitado de carta valuatoria de no gravar y

enajenar Anexo 3 o bien describir el valor del bien inmueble

en el CSAM o boleta predial, así como en los casos que sea

solicitado el avalúo.

x x x x

21 Copia de acta de matrimonio (si otorga garantía inmobiliaria)

si es casado bajo cualquier régimen. x x

22

Cuando exista aumento en el Capital Social que no esté en

la declaración anual, se deberá agregar la protocolización o

Acta de Asamblea certificada por Notario Público y/o Inscrita

en el R.P.P. y del C.

x x

23 No se califican los estados financieros con Capital Contable

en negativo (ver Parámetros de Emisión de Fianzas) x x

24

En términos del artículo 492 de la LISF el Ejecutivo y/o

Agente cotejará la documentación a través de Carta

Constancia o Leyenda de Cotejo de documentos. Anexo 4

x x x x

a) Identificación Oficial (Solicitante, Fiado, Obligado

Solidario, Propietario Real y Proveedor de Recursos

(según sea el caso)

x x x x

b) Cédula de Identificación Fiscal, RFC o Constancia de

Situación Fiscal x x x x

c) Comprobante de domicilio x x x x

d) Acta Constitutiva, modificaciones, poderes y

Protocolizaciones, en el caso de personas morales.

e) Tratándose de Sociedades constituidas ante la

Secretaría de Economía constancia del folio mercantil

ante el R.P.P. y del C.

x x

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No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

f) Certificados de libertad de gravamen (en copia),

consultas electrónicas ante el R.P.P. y del C. x x x x

* 18. Para uso exclusivo de Jalisco: Si el certificado de libertad de gravamen establece en igualdad

de porcentajes al o los propietarios, entre el dominio directo y el usufructo en la participación de la

propiedad, esa garantía será aceptada, siempre y cuando el usufructo no esté reportado como una

limitante o gravamen.

2.2 Para fianzas de Crédito adicionalmente

No. Documento Fiado Obligado

Solidario

PM PF PM PF

1

*Comprobante de domicilio reciente con una antigüedad

no mayor a 3 meses (recibo de luz, teléfono, agua, predial,

gas natural, estados de cuenta bancarios, identificación del

Instituto Nacional Electoral con dirección completa) de

cada estación de servicio

x x x x

2 Copia de la póliza del seguro de Responsabilidad Civil

vigente a nombre del fiado si es persona física o a nombre

de la estación de servicio si es persona moral.

x x x

3 Cédula profesional del Contador que Suscribe el Estado

Financiero x x x

* En los casos de varias estaciones de servicio con la misma razón social incluir comprobante de

domicilio de cada estación

2.3 Integración del Expediente de Solvencia

La documentación (física y electrónica) que conforma el expediente de solvencia y que podrá ser

recibida vía correo electrónico, deberá ser enviada en “Archivos Independientes” por tipo de

documento, bajo los siguientes nombres:

No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

i. Estados Financieros x x x x

ii. Declaración anual o bimestral x x x x

iii. Cédula profesional del Contador que Suscribe el Estado

Financiero x x

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No. Documento Fiado

Obligado

Solidario

PM PF PM PF

iv. Certificado de libertad de gravamen y/o investigación de

R.P.P. y del C. x x x x

v. Carta valuatoria (cuando aplique) x x x x

vi. Avalúo x x x x

vii. Acta de matrimonio y/o defunción x x

viii. Escrituras de bienes inmuebles x x x x

ix. Curriculum x x x x

x. Acta Constitutiva x x

xi. Poderes x x

xii. Movimientos realizados al Acta Constitutiva x x

xiii. Comprobante de domicilio x x x x

xiv. RFC o Constancia de Identificación Fiscal x x x x

xv. Identificaciones x x x x

xvi. CSAM (se reciben únicamente como apoyo y/o revisión) x x x x

xvii. Documentación diversa (Carta firmada por el Agente, que

enlista los documentos que entrega) x x x x

xviii. Carta Constancia de Cotejo x x x x

xix. Formato Buró de Crédito, con una antigüedad no mayor a 12

meses x x x x

Una vez que el Área de Garantías o Ejecutivo recibe la documentación, la captura en el SERF 24

horas después, teniendo el Ejecutivo y el Agente los registros y observaciones a su disposición en

el SERF.

La información señalada debe ser enviada por el Agente a la Oficina Matriz o de Servicio en un plazo

máximo de 30 días hábiles.

El Agente puede enviar a la Afianzadora el Expediente de Solvencia en físico o a través de medios

electrónicos. En este último caso, no lo exime del envío de la documentación en original del Contrato

Solicitud de Afianzamiento Múltiple y todos sus Anexos, así como la Ratificación de Firmas.

El Agente debe enviar la información a través de los medios y de los procedimientos que la presente

política establece, siendo responsable de la información entregada y se tendrá por confirmada la

veracidad de la información con la aceptación del Agente del pago de la comisión, es decir el Agente

que haya recibido el pago de su comisión aceptará como suya o de sus dependientes y apoderados

autorizados, la veracidad de la información y cotejos realizados enviados a la Afianzadora.

Toda la documentación debe ser cotejada y debe quedar documentado el cotejo realizado por el

Agente y/o Ejecutivo mediante una Leyenda Anexo 4, inclusive la que es recibida por la Afianzadora

vía correo electrónico; aclarando que a decisión de la Afianzadora se podrá requerir el original de

dicho cotejo en cualquier momento y el Agente deberá proporcionarlo de acuerdo al enviado de

manera digital o escaneada.

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2.4 Integración del Expediente de Fianza

La documentación que conforma el expediente de fianza y que podrá ser recibida vía correo

electrónico, deberá ser enviada en “Archivos Independientes” por tipo de documento, bajo los

siguientes nombres:

ARCHIVADOR DE FIANZAS

Expedición

Petición de la fianza y Aceptación de la Negociación de Fiado/ Agente

Anuencia de Jurídico

Observación de producción

Acta Comité Suscripción

Respuesta de la Afianzadora ( otros)

Dictamen de Jurídico

Compromiso o Reconsideración Fiado/Agente

Prorroga

Petición de la fianza y Aceptación de la Negociación de Fiado/ Agente

Anuencia de Jurídico

Observación de producción

Acta Comité Suscripción

Respuesta de la Afianzadora ( otros)

Dictamen de Jurídico

Compromiso o Reconsideración Fiado/Agente

Aumento

Petición de la fianza y Aceptación de la Negociación de Fiado/ Agente

Anuencia de Jurídico

Observación de producción

Acta Comité Suscripción

Respuesta de la Afianzadora ( otros)

Dictamen de Jurídico

Compromiso o Reconsideración Fiado/Agente

Disminución

Petición de la fianza y Aceptación de la Negociación de Fiado/ Agente

Anuencia de Jurídico

Observación de producción

Acta Comité Suscripción

Respuesta de la Afianzadora ( otros)

Dictamen de Jurídico

Compromiso o Reconsideración Fiado/Agente

Anulación Motivo de la Anulación

Cancelación Solicitud de Cancelación

Documentos Cancelatorios

Rehabilitación Solicitud de la Rehabilitación

Otros

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CAPITULO III. GARANTÍAS

Los tipos de garantías que existen serán de acuerdo a la tabla de calificación de garantías, la cual

se puede consultar en el Anexo 5.

3.1 Tipos específicos de Garantías

3.1.1 Prenda

a) Los depósitos serán en cheque certificado o transferencia electrónica validada por el

Área de Tesorería e Inversiones, en la cuenta bancaria autorizada para ello a nombre

de Liberty Fianzas, S.A. de C.V.

b) Se celebrará un contrato de prenda que será firmado por el Propietario y por Funcionario

de la Afianzadora, previo a la emisión de la fianza y se emitirá un recibo de caja a

nombre del propietario del recurso.

3.1.3 Cartas de crédito

Deberá contar con las siguientes características:

a) Confirmada por una institución de crédito nacional o extranjera con representación en

México.

b) Ser irrevocable e incondicional.

c) Vigencia será de por lo menos 6 (seis) meses posteriores a la fecha de terminación de la

obligación o la que se establezca en el documento fuente.

d) En casos de bancos extranjeros contar con copia simple de la calificación internacional ya

sea por Standard and Poor´s o equivalente.

e) Su valor deberá constituirse en la misma moneda de la obligación afianzada.

f) Acreditar a la Afianzadora el original de dicha Carta de Crédito.

3.1.4 Parental Indemnity Agreement

Aplica para fianzas emitidas en México por Liberty Fianzas de clientes mexicanos, con garantía de

acreditada solvencia en el extranjero por Holding, subsidiaria y/o filial, de la Comunidad Europea,

Canadá, Estados Unidos de América y Latinoamérica, de conformidad con la Tabla de Calificación

de Garantías de Recuperación Anexo 5.

El análisis será a través del Comité de la Afianzadora.

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3.2 Bienes Inmuebles no Aceptados como Garantía

Con las siguientes características:

a) Nuda propiedad con usufructo vitalicio (aun cuando se cuente con las firmas de los

beneficiarios).

b) Por poder o en representación (en caso de que el propietario sea persona física).

c) Inmatriculación administrativa (aun cuando el B.I. se encuentre inscrito en el R.P.P. y del C.

a nombre del propietario).

d) Cuando los propietarios personas físicas sean mayores a 80 años (salvo que ratifique firmas

en el Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple.)

e) Por Usucapión, salvo que se encuentre debidamente inscrito en el R.P.P. y del C., a nombre

del propietario actual.

f) B.I. considerados como monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de

monumentos que se encuentren protegidos por las autoridades y los prohibidos por la Ley.

g) En comodato

h) Bienes con reserva de Dominio

i) Bienes de patrimonio familiar.

3.3 Bienes Inmuebles que podrá aceptar la Afianzadora como Garantía con las siguientes características

Donación:

a) Libre de gravamen

b) Que la Donación sea pura, y que no sea condicional, ni onerosa, ni remuneratoria, ni

revocable

c) Que donantes y donatarios no tengan incapacidad legal

d) Que dentro de los 5 años de la inscripción de la escritura firmen donante y donatario,

después de los 5 años solo se requiere la firma del donatario dentro del Contrato Solicitud

de Afianzamiento Múltiple

Con Gravamen:

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a) Si el bien inmueble registra gravamen ante el R.P.P. y del C., podrá aceptarse como garantía

si se acredita el ingreso de la cancelación ante el R.P.P. y del C., y comprobante del pago

de los derechos.

3.4 Política de Ratificación de Contratos

a) El Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple deberá ser requisitado a través del SERF,

contener en el apartado de garantías de bienes inmuebles los datos de localización, datos

de inscripción ante el R.P.P. y del C. y en su caso las medidas y colindancias serán

requisitados, de requerirlo el Registro Público de la Localidad.

b) El Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple deberá estar firmado por el (los) propietario

(s) del inmueble y en ningún caso se aceptarán firmas de apoderados (tratándose de

personas físicas).

c) La ratificación debe hacerse ante la CNSF y/o Notario o Corredor Público.

El acta de ratificación hará constar la voluntad del o los propietarios del inmueble otorgado

en garantía con fundamento en los artículos 189 y 286 de la Ley de Instituciones de Seguros

y de Fianzas Anexo 6. El Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple deberá requisitarse a

través del SERF, con la firma electrónica de una persona facultada por la Afianzadora.

d) En los casos en que los bienes inmuebles estén en copropiedad, se señalará por cada

propietario sus datos de identificación.

Si el propietario está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, también firmará el

cónyuge y en su caso ratificará, en el apartado de obligado solidario, señalando los datos de

identificación de cada cónyuge y en uno de ellos el inmueble completo.

e) En el Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple ratificado, los nombres de los firmantes

deberán coincidir con la identificación y en caso de que el o los propietario (s) usen otros

nombres se deberá señalar en el apartado de observaciones todos los nombres que ocupa,

también se podrá aceptar la Acreditación de la persona ante Notario.

3.5 Política de Afectación en Garantía

a) El trámite de afectación se realizará en Oficina Matriz o de Servicio según la ciudad de

ubicación de la propiedad, también se hará a través del Agente y/o promotoría, bajo su

responsabilidad.

b) La garantía será registrada en el SERF, cuando se acredite ante la Afianzadora lo siguiente:

CSAM en original;

Comprobante de pago de derechos de afectación;

Sello de ingreso de la inscripción en el R.P.P. y del C.;

Certificado original de libertad de gravamen y/o informe del gestor autorizado, en

donde conste la afectación inscrita.

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c) La afectación en garantía podrá ser: i) por fianza, ii) por valor del inmueble o, iii) por monto

específico.

d) Por Reclamación o Conato, el área de Jurídico realiza la afectación, informando al área de

Garantías o Ejecutivo del trámite concluido, para ser registrado en el SERF.

3.6 Políticas de Registro de Garantías

3.6. 1 Sustitución o Baja de Garantías

a) La solicitud de sustitución o baja de garantías podrá ser presentada vía correo electrónico,

y/o documento original ante la Afianzadora por el Agente y/o Propietario y/o Fiado.

b) La petición para sustitución o baja de garantías será presentada por el Ejecutivo o Agente al

área de Garantías, quien deberá presentar la propuesta a través del Acta de Baja o

Sustitución de Garantías Anexo 7.

c) Para sustitución o baja de garantías se deberá tener actualizado el expediente de solvencia.

3.7 Políticas para la Liberación de Bienes Inmuebles (Cartas Tildación)

La carta tildación podrá ser solicitada por el Agente, Propietario y/o Fiado o quien represente sus

derechos, por escrito a la Afianzadora a través del área de Garantías o Ejecutivo con la siguiente

documentación:

a) Tildación por fianza:

a.1. Documento que acredita la cancelación de la fianza;

a.2. Fianza cancelada en SERF;

a.3. Certificado de libertad de gravamen o investigación de Gestor Autorizado con antigüedad

no mayor a 12 meses en copia

a.4. Comprobante de pago de la carta Tildación

b) Tildación por monto afectado

b.1. Acta de Autorización

b.2. Certificado de libertad de gravamen o investigación de Gestor Autorizado con antigüedad

no mayor a 12 meses en copia

b.3. Comprobante de pago de la Carta Tildación

Recibida la información en términos de ley se emite por la Afianzadora la Carta Tildación.

3.8 Devolución de Depósitos en Garantía y Cartas de Crédito

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3.8.1 Depósito en Garantía:

a) Podrán ser parciales o totales.

b) Solicitud vía correo o en original, presentada por el propietario o quien represente sus

derechos, a través del Fiado y/o Agente; dicha carta o correo indicará el número de fianza,

cuenta bancaria, CLABE Interbancaria y nombre de la Institución Bancaria y la carta de

autorización de cancelación será confirmada por el área de Garantías o el Ejecutivo

c) Estados de cuenta bancarios a nombre del propietario del recurso (máximo 3 meses de

antigüedad)

d) La devolución se hará a través de transferencia bancaria y/o cheque certificado y/o cheque

de caja a nombre del propietario, albacea o tutor (según el caso).

La devolución en pesos se aplicará al propietario del depósito dentro de los 3 días hábiles a la

solicitud que reciba el área de Contabilidad y en moneda extranjera dentro de los 5 días hábiles

posteriores al vencimiento de la inversión.

3.8.2 Carta de Crédito

a) La devolución de la Carta de Crédito, la realizará el área de Cancelaciones o Ejecutivo dentro

de los 5 días hábiles una vez que se tengan todos los documentos y se haya confirmado la

Carta cancelatoria con el beneficiario.

b) Solicitud vía correo o en original, presentada por el Fiado y/o Agente; dicha carta o correo

indicará el número de fianza, nombre de la Institución Bancaria.

c) Monto de la Carta de Crédito y/o Número de Fianza: Número de Fianza, Banco y Nombre

del Fiado.

3.9 Políticas de Buró de Crédito

3.9.1 Expedición de Autorización para solicitar Información Crediticia (formato Buró

de Crédito)

Es a través de:

a) Agente emisor

b) Agente no emisor (página web)

c) Promotoría

d) Ejecutivo

El formato Buró de Crédito tendrá una vigencia de 3 años o lo que la ley determine, podrá ser

generado a través del SERF o página web, es individual y los datos a requisitar son:

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i) Información general y firma autógrafa del Fiado, obligado solidario (idéntica a la identificación

oficial) y en caso de ser persona Moral la firma será a través de su representante legal.

El formato de autorización y anexos serán enviados directamente a los responsables de la consulta.

Directorio del Personal de Buró de Crédito:

Oficina Matriz (CD MEX.) Oficina Ajusco

Lic. Norma Angélica Garcia Barraza

Lic. Rocío Sandoval Aragón

Tel 01 800 400 2211 ext. 1713

María Luisa Karina Martínez Martínez

Tel 54494730 ext. 8715

Oficina Toluca Oficina Mérida

Lic. Alejandra Citlali Romero García

Tel 01 722 21 05 275 ext. 1965

Lic. Mariana Barrero Zorrilla

Tel 01 999 944 1020 ext. 1222

Oficina León Oficina Monterrey

Lic. Luis Alberto Cruz Monjaraz

Tel 01 477 718 3055, 01 477 718 6282, 01 477

718 4063, 01 477 718 4421 ext. 1457

Estefany Alexy Rojas Pimentel

Tel 01 800 82 33 437, 01 81 8128 5151 ext.

3558

Oficina Guadalajara Oficina Culiacán

Leticia Navarro Barba

Tel 33 3648 91 00 ext. 2501

Lic. Adriana María Rodelo Beltrán

Tel. 667 715 9333, 667 715 9334, 667 715

9335 ext. 1133

Oficina Hermosillo Oficina Tijuana

Lic. Rodolfo Ochoa Bercini

Lic. María Monserrath Amarillas Noriega

Tel 01 662 213 5580, 01 662 213 5736, 01 662

213 5797, 01 662 213 5753 ext. 1536

Lic. Yasmin Rivas Arenas

Tel 664 684 1842 ext. 1313

Oficina Querétaro

Anabel Cabagne Hernandez

Tel 01 442 222 8239

3.10 Política de Cancelaciones

3.10.1 Cancelación con Documento

La documentación para cancelar las fianzas menores de $5’000,000.00 de pesos es:

a) La devolución del original de la fianza y en su caso los endosos modificatorios.

b) El escrito firmado por el Beneficiario que autorice la cancelación de la Fianza (el documento

contendrá domicilio, teléfono, nombre y cargo de quien firma).

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c) Actas entrega, parciales o final requisitada y firmada, cuyo importe amortizado cumpla la

obligación garantizada.

d) Para Proveeduría, copia de facturas electrónicas y estado de cuenta que acredite el pago,

cuyo importe cumpla con la obligación garantizada.

e) Para Obra, copia de la siguiente información: 1) Estimaciones (cuyo importe cumpla con la

obligación garantizada) 2) Constancia de entrega, 3) Recepción de la obra, 4) Finiquito, 5)

Acta de extinción de obligaciones y derechos.

La documentación para cancelar las fianzas mayores a $5’000,000.01 pesos es:

a) El escrito firmado por el Beneficiario que autorice la cancelación de la Fianza (el documento

contendrá domicilio, teléfono, nombre y cargo de quien firma y será confirmada por la

Afianzadora).

Fianzas de Cancelación Automática:

a) Fianzas con Vigencia Cerrada

3.10.2 Cancelación Administrativa

a) Si la obligación garantizada es por tiempo determinado o indeterminado tratándose de

beneficiario particular:

a.1.) Y no se presenta reclamación en el plazo que se haya estipulado en la fianza o dentro

de los 180 días siguientes a la vigencia de la misma.

a.2.) O dentro de los 180 días a partir de la fecha en que la obligación garantizada se vuelva

exigible.

b) Cuando el Beneficiario es Federación, Estados, Municipios:

b.1.) Los plazos serán de 3 años, en lugar de 180 días o lo estipulado en la fianza.

b.2.) Con la publicación que en la página INFOMEX.ORG.MX haga constar el cumplimiento

de la obligación garantizada.

FACULTADES O LÍNEAS DE AUTORIDAD PARA CANCELACIÓN ADMINISTRATIVA

Responsable Monto Autorizado

Responsable de Cancelaciones $5´000,000.00 de pesos

Subcomité de Suscripción Hasta el límite facultado en la emisión.

Comité de Suscripción Hasta el límite facultado en la emisión.

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3.10.3 Cancelación de fianza con Garantía de Alta Calidad

Son garantías de Alta Calidad: 1) afectación sobre bien inmueble, 2) depósito en efectivo, 3) carta

de crédito Stand-by, 4) contrafianza, 5) fronting

Las fianzas con garantías de Alta Calidad se cancelan con carta del Beneficiario confirmada y podrá

ser liberada total o parcialmente.

3.10.4 Bono de cancelación de Fianza

Se paga el bono al Agente cuando él acredita que gestionó la cancelación de fianza ya sea por perfil

del Agente y/o acuerdo especial.

CAPITULO IV. OPERACIONES

4.1 Papel Seguridad y/o Numeración Electrónica para Emisión de Fianzas

Políticas para el Control y Asignación del papel seguridad, folios, y numeración electrónica:

Consideraciones de operación y control por parte del Agente Emisor:

a) El papel seguridad es para uso exclusivo para la impresión de fianzas.

b) El papel seguridad y/o numeración electrónica asignado al Agente, es intransferible.

c) Es responsabilidad del Agente el papel seguridad asignado, recibido, ya sea de forma directa

o a través de personal del Agente (recepción con identificación oficial – copia para la

Afianzadora Anexo 8)

d) El papel seguridad y/o numeración electrónica debe ser utilizado y reportado a la Oficina

Matriz o de Servicio, única y exclusivamente a través de liquidaciones generadas mediante

el SERF.

e) Todo agente suscriptor deberá reportar su producción con una periodicidad mínima de quince

días.

f) El papel seguridad inutilizado no debe destruirse y se deberá anexar a la liquidación los juegos

completos incluyendo las copias de color, escribiendo a lo largo del formato la palabra

“INUTILIZADO”.

g) El Agente, en caso de robo o extravío será responsable directo del mal uso que se le pudiera

dar.

h) En caso de que el papel seguridad recibido por el Agente, sea robado o extraviado, deberá

levantar el Acta correspondiente o la Denuncia Directa ante Agencia del Ministerio Público o

autoridad que corresponda, la cual invariablemente deberá contener:

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i. Número de Papel Seguridad, en caso de que no se conozca el número de folio

extraviado en el acta o denuncia correspondiente, deberá manifestarse los siguiente:

“De la dotación de papel seguridad entregada por la Afianzadora el día x se

extraviaron x número de tantos de papel seguridad”

ii. Nombre del Agente y

iii. Nombre completo de la Afianzadora.

iv. En su caso, nombre de la persona que levanta el acta o denuncia y relación o

parentesco con el Agente.

i) Es facultad discrecional de la Afianzadora las acciones que se tomen cuando el Agente omita

el reporte de papel seguridad por extravío o robo, independientemente de las acciones legales

y responsabilidades del Agente.

j) Las nuevas remesas de papel seguridad y/o numeración electrónica se proporcionarán al

Agente mediante el formato vigente autorizado y tomando en consideración los movimientos

reportados como producción o inutilizados en cada liquidación, la prima pendiente de cobro y

la entrega de expedientes de solvencia. Se hará la entrega de forma revolvente siempre y

cuando no exista rezago de papel seguridad pendiente de reportar con una antigüedad mayor

a 3 meses, y se entregará en las oficinas de la Afianzadora 24 horas después en el caso de

Agentes locales y 48 horas después en el caso de Agentes foráneos, y siempre y cuando sea

confirmada su solicitud vía telefónica o por correo electrónico.

k) En caso de requerir una dotación mayor a la cantidad autorizada o un stock especial; el

Agente deberá solicitarlo por escrito al Ejecutivo de la oficina que lo atiende, indicando sus

razones y dirigido a la Dirección o Subdirección Comercial.

l) No se suministrará papel seguridad y/o numeración electrónica a aquellos Agentes con

adeudos de primas mayores a 60 días naturales y/o cuando tenga pendiente la entrega de

solvencias de clientes nuevos cuya emisión fue autorizada bajo sus facultades y haya

transcurrido más de 30 días hábiles posteriores a su primera emisión.

m) La fianza se debe imprimir en original y todas sus copias y el Agente reportará por lo menos:

2 copias de la fianza, la Factura electrónica y el documento fuente completo.

CAPITULO V. COBRANZA

5.1 Pago de Prima

Los pagos de primas podrán realizarse a través de:

a) Depósitos con cheque: Emitirlo a favor de Liberty Fianzas, S.A. de C.V., por el importe exacto

de la prima a pagar, indicando en la parte posterior del documento, el número de servicio o

convenio bancario (Ver apartado 5.3.1), así como el número de referencia de pago;

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b) Depósitos en efectivo: Se debe indicar el número de servicio o convenio bancario (Ver

apartado 5.3.1), así como el número de referencia de pago e importe exacto de la prima;

c) Transferencia electrónica (TEF), este pago se reflejará en la cuenta bancaria el día hábil

siguiente. (Esto sólo es aplicable para Banorte, en cuyo caso se tendrá que incluir el número

de referencia de pago en el campo “Concepto de pago o Motivo de pago” del portal bancario).

d) Pago por SPEI, el pago se reflejará el mismo día en la cuenta de la Afianzadora. (Aplica sólo

para Scotiabank y Santander, es necesario incluir el número de referencia de pago en el

campo “Concepto de pago o Motivo de pago”)

Los pagos de primas en dólares únicamente podrán efectuarse con cheque local o transferencia

electrónica (no se aceptan remesas, cheques de viajero o efectivo).

Podrá realizar el pago directamente en la Afianzadora mediante cheques locales siempre que estos

no excedan de $500.00 Dólares Americanos o su equivalente en Moneda Nacional.

5.2 Número de Referencias para Pago de Primas

El número de referencia de pago que está conformado por 8 dígitos, se encuentra incluido en la

parte superior derecha del CFDI, y es requisito indispensable que aparezca en el comprobante del

pago (Anexo 13).

Para realizar el pago de dos o más facturas, el Agente Emisor o Promotor podrá generar en el SERF

una sola referencia global de ocho dígitos; los Agentes No Emisores que requieran de referencia

global podrán solicitarla directamente a su Promotor o Ejecutivo.

El pago que se realice con la referencia correspondiente y por el importe exacto de la prima, se

aplicará de forma automática en el SERF el día hábil siguiente a aquel en que éste haya sido

realizado.

El depósito y/o transferencia que haya sido realizado con referencia incorrecta y/o por un importe

distinto al total de la prima a liquidar, no se aplicará de forma automática en el SERF, motivo por el

cual será necesario que el Agente o Fiado directamente con el área de Cobranza o Ejecutivo realice

la aclaración para aplicar el pago, acreditando el comprobante del pago y señalando el número de

fianza.

5.3 Cuentas Bancarias para Pagos de Primas y otros Conceptos (Afectación, Investigación en R.P.P. y del C., etc.)

5.3.1 Cuentas Bancarias en Moneda Nacional

Los pagos efectuados por concepto de primas, afectación, investigaciones de inmuebles ante el

R.P.P. y del C, Cartas Tildación, Provisión de Fondos, etc., podrán realizarse en los siguientes

bancos:

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CUENTAS EN M.N. PARA DEPÓSITO EN VENTANILLA

BANCO SANTANDER BANORTE

NO. DE SERVICIO O CONVENIO 1335 64700

La Clabe Interbancaria habilitada para realizar Transferencias por SPEI (mismo día) en M.N., y

aplicable únicamente para SANTANDER es la siguiente:

BANCO SANTANDER

CLABE INTERBANCARIA 014180655022456171

La Clabe Interbancaria para realizar Transferencias Electrónicas TEF (24 horas después) aplicable

únicamente para BANORTE es la siguiente:

BANCO BANORTE

CLABE INTERBANCARIA 072180005580059479

5.3.2 Posibles Causas de Rechazo por Transferencias Bancarias (SPEI) EN M.N.

SANTANDER

a. Si el pago fue realizado a través de SPEI. – Causa de Rechazo 13 “Beneficiario no reconoce

el Pago”

b. Si el pago fue realizado a través de TEF. – Causa de Rechazo 02 “Cuenta Bloqueada”

En caso de que el banco rechace el pago por alguna de las causas antes mencionadas, el Agente o

Fiado deberá volver a realizarlo, debido a que el pago no fue acreditado en la cuenta de la

Afianzadora.

5.3.3 Procedimiento para Transferencia Electrónica a través del mismo Banco

o Banorte

a) Ingresar al menú de pagos

b) En el menú de pagos elegir SERVICIOS y seleccionar la opción: Buscar otra empresa y

elegir la 64700 o Liberty Fianzas.

c) Elegir cuenta origen

d) Digitar la referencia numérica (ocho dígitos)

e) Indicar el importe exacto

Ver anexo 12

o Santander

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a) Ingresar al módulo de Transferencias

b) Elegir del menú Cuentas del mismo banco Moneda Nacional, en línea.

c) Capture el importe exacto

d) Seleccione la cuenta registrada de Liberty Fianzas, S.A de C.V

e) En el campo de “concepto” digite la referencia de pago de 8 dígitos.

5.3.4 Cuenta Bancaria para Pagos de Primas en Dólares

Pagos en Ventanilla

BANCO NO. CUENTA PLAZA

BANORTE 103201241 001

Transferencias Electrónicas (SPID mismo día)

BANCO CLABE ABA SWIFT PLAZA

BANORTE 072180001032012418 021000018 MENOMXMT 001

5.3.5 Cuenta Bancaria para Depósitos en Garantía

DÓLARES

BANCO NO. DE CUENTA SWIFT

SCOTIABANK 107292031 MBCOMXMM

5.4 Cheques Devueltos

Las recuperaciones por concepto de cheque devuelto debe realizarse mediante depósito en efectivo,

transferencia electrónica TEF o SPEI, y en un plazo no mayor a 48 horas contadas a partir del

momento en que el Agente fue notificado respecto de la devolución, de no cumplir esto, se cobrará

el 20% adicional por concepto de daños y perjuicios, este porcentaje se calculará sobre el total del

importe del cheque devuelto.

Los Fiados que hayan emitido cheques y estos sean devueltos, serán bloqueados en el SERF y para

realizar el desbloqueo, es requisito indispensable el envío del comprobante del depósito por el

importe de la suerte principal recuperada, considerando que si excede el plazo de 48 hrs., el pago

debe incluir el 20% adicional por daños y perjuicios.

Fundamento Legal

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

MONEDA NACIONAL

BANCO NO. DE CUENTA CLABE INTERBANCARIA

BANORTE 558018038 072180005580180380

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“Artículo 193. El librador de un cheque presentado en tiempo y no pagado, por causa imputable al

propio librador, resarcirá al tenedor de los daños y perjuicios que con ello le ocasione. En

ningún caso, la indemnización será menor del veinte por ciento del valor del cheque.”

El cheque devuelto con antigüedad mayor a 59 días naturales, que no haya sido pagado por el Fiado

se turnará a Jurídico con el propósito de que se inicie su recuperación Extrajudicial o Judicial.

5.5 Primas Vencidas turnadas a Jurídico

Se turnará a Jurídico la prima vencida que no haya sido pagada con antigüedad mayor a 269 días

naturales, con el propósito de realizar la recuperación Extrajudicial o Judicial.

La prima castigada no genera comisión, por lo que el Agente perderá el derecho al cobro.

Si la prima no ha sido pagada y se turna a jurídico para su recuperación se bloquea en el SERF la

emisión de fianzas y el desbloqueo aplica por pago.

5.6 Comisiones

El Agente tendrá derecho al cobro de sus comisiones, cuando la prima se encuentre pagada y

aplicada en el SERF y el Fiado no esté bloqueado por alguno de los motivos antes señalados.

El Agente podrá realizar la aclaración sobre sus comisiones pagadas, siempre y cuando lo realice

en un plazo no mayor a 1 mes, contado a partir de la fecha de pago de comisión y cuando

correspondan al mismo ejercicio fiscal en el que le fueron pagadas, posterior a ese plazo no

procederá aclaración alguna.

Los movimientos de Endoso de Disminución, Anulación de Prórroga y Anulación de Fianza, generan

un descuento en las comisiones, considerando que la prima del movimiento inmediato anterior se

encuentre pagada.

Por motivo de Cierre Fiscal, cada año durante la segunda semana de diciembre se generarán todas

las comisiones que se encuentren pendientes de cobro, por lo que el Agente podrá solicitar el pago

con excepción de las comisiones que se encuentren bloqueadas por motivo de algún incumplimiento.

5.7 Proceso de Anulación de Fianza Tradicional y/o Electrónica

Los Agentes emisores deben reportar y solicitar de manera directa las anulaciones a al área de

Cobranza de la Oficina Matriz o con el Ejecutivo en caso de las Oficinas de Servicio a la cual se

encuentren asignados, entregando los folios originales de la póliza tradicional y la documentación en

la que se indique el motivo de la anulación:

MOTIVO DE ANULACIÓN DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR

Sustitución Escrito físico o correo electrónico en el que se indique el motivo de la sustitución, señalando el número de Fianza por el que fue sustituida.

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MOTIVO DE ANULACIÓN DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR

Suspensión de la Obligación Carta u Oficio emitido por el Beneficiario.

Por no requerirla el Fiado Escrito físico o correo electrónico aclaratorio Fiado/Agente/ Ejecutivo.

Duplicidad Escrito aclaratorio físico y/o electrónico Fiado/Agente/ Ejecutivo, así como copia de la fianza con la cual se encuentra duplicada.

Licitación Declarada Desierta Fallo de beneficiario, declarando desierta la licitación o suspensión del concurso.

Cancelación del Contrato Carta del Beneficiario u Oficio en el que se indique la causa y motivo de rescisión de contrato.

Cambio de Monto Escrito físico o correo electrónico del Agente o Ejecutivo indicando el motivo del cambio de monto y el número de Fianza con la que fue sustituida.

Error en Expedición o Impresión

Escrito físico o correo electrónico del Agente o Ejecutivo, indicando el motivo y con qué número de Fianza fue sustituida.

Modificación de los Términos en la Obligación

Carta u Oficio emitido por parte del Beneficiario en el que indique la causa o motivo y nuevo documento de la Obligación a Garantizar.

Por no aceptar el Beneficiario Carta u Oficio emitido por parte del Beneficiario mediante el cual se indiquen los motivos del rechazo.

Prorroga por suministro Escrito físico o correo electrónico del Beneficiario mediante el cual se justifique la solicitud de anulación.

5.7.1 Anulación realizada por Agente, Promotor o Área de Cobranza

El Agente Emisor y Promotor tendrán un plazo de 7 días contados a partir de la fecha de expedición

del movimiento para realizar la anulación, o en su caso, 60 días naturales a partir de la misma fecha

para solicitarlo al área de cobranza o Ejecutivo.

Si la solicitud de anulación no procediera por errores o falta de documentación, se le notificará vía

correo electrónico al Agente o Promotor dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de su

solicitud.

5.7.2 Cobro por solicitud de Anulación de movimientos

Se cobrarán al Fiado los gastos de expedición, derechos e IVA generados por el movimiento que se

requiera anular, mismos que deben ser pagados previo a la solicitud presentada y aplicable en los

casos siguientes:

a. Fianzas de licitación o concurso;

b. Expedición o prórroga de cualquier otro tipo de fianza con antigüedad mayor a 60 días,

contados a partir de la fecha de emisión, siempre que ésta no haya sido sustituida.

5.7.3 Aplicación de Comprobante de Egreso (anteriormente Notas de Crédito)

Para la solicitud de pago de las devoluciones a fiados y/o agentes, el pago se ajustará a la Política

especial para el proceso de devolución.

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5.7.4 Parámetros para la Devolución de Prima

Plazo Concepto a Devolver

De 0 a 60 días naturales 100% de Prima Pagada

Mayor a 61 días naturales Prima + IVA

CAPITULO VI. Información Técnica

6.1 Reaseguro

Como parte de las funciones para comercialización, suscripción y diversificación del riesgo asumido

por la emisión de las fianzas, la política de Liberty Fianzas es entre otras, que a través de Contratos

de Reaseguro Automático, Reaseguro Automático Facultativo Obligatorio y Cesión Facultativa

Reaseguro Facultativo, se pulverice y diversifiquen los riesgos.

El Subcomité de Suscripción y/o el Comité de Suscripción, cuando por la naturaleza y necesidades

considere que el riesgo debe cederse facultativamente, se informará al Área Técnica de la

Afianzadora a través del Acta de Autorización, adjuntando la siguiente información:

a) Documento fuente y,

b) Opinión razonada firmada por el Ejecutivo que indique i) Motivos que dieron origen

a la solicitud de la fianza, ii) Perfil del fiado, iii) Nombres de los accionistas, iv)

razones por las cuales la Afianzadora confía en participar en el negocio.

La emisión de la fianza será una vez colocado el negocio, por lo que se entregará con 5 días hábiles

de anticipación a el área técnica lo referido en los incisos anteriores.

6.2 Límites de Retención

El margen de operación de Liberty Fianzas, se establece mediante la determinación de los límites

máximos de retención por fianza y fiado y/o grupo económico, los cuales son determinados

anualmente y susceptibles a revisión, por lo que podrán ser modificados.

6.3 Tarifas, prima mínima, comisión y accesorios

Los productos que comercializa la Afianzadora, deben ser autorizados por la Comisión Nacional de

Seguros y Fianzas, mediante el registro de Notas Técnicas.

La emisión de fianzas fuera de Tarifa Comercial Mínima y Máxima y/o Comisión, se solicitará a

través del Ejecutivo, al Área de Suscripción para que conjuntamente con el área Técnica se analice

la propuesta. .

Si la Afianzadora requiere como parte de la comercialización de las fianzas el registro de productos

con características distintas a las vigentes, se solicitará por el Comité de Suscripción al área

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Técnica, el análisis y propuesta a fin de obtener el producto con la tarifa correspondiente para el

registro de la Nota Técnica ante la Autoridad.

Prima mínima. Anexo 9

Los accesorios son: derechos, gastos de expedición y otros gastos, e IVA. Anexo 9

CAPITULO VII. Políticas para Agentes

7.1 Políticas para Cambio de Conducto de Agentes

Establecer procesos de asignación y reasignación de Fiados a Agentes a través de Cartas

Nombramiento

Características de las Cartas Nombramiento

La carta nombramiento estará fechada con 60 días naturales antes de su presentación a la

Afianzadora, firmada por el Represente Legal (acreditando personalidad e identificación), la cual

surtirá sus efectos a partir del día siguiente de la recepción por la Afianzadora, la asignación de

fianzas emitidas anteriormente estará sujeta a aprobación por el área de Operaciones.

No será limitante la territorialidad del Fiado y/o Agente.

i. Si un negocio es presentado de forma simultánea por dos Agentes, el negocio será del que

presente carta nombramiento con fecha más actualizada y en caso de ser la misma fecha

de aquella firmada por el ejecutivo del Fiado con mayor nivel. Solo para programa

proveedores se aceptarán 2 o más Agentes.

ii. Toda cuenta ya registrada de un cliente/Fiado que tenga más de 12 meses sin que se haya

realizado algún movimiento en la Afianzadora, o esté registrado como Fiado en SERF sin

que haya constituido el expediente de solvencia y no tenga cumulo vigente; podrá cambiar

de conducto.

Para aplicar el cambio de conducto por cesión de cartera el Agente utilizará el formato “Carta

Cesión de Cartera” Anexo 11

CAPITULO VIII. INCENTIVOS

Los Agentes gozarán del pago de incentivos de acuerdo a:

a) Metas de producción.

b) Acuerdos comerciales.

Anexo 10

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Si las políticas internas del Agente o bróker no permiten el pago de incentivos se hará constar

mediante renuncia del Agente.

VI. VI. GLOSARIO Y TÉRMINOS

Acta Autorización Suscripción (Ejecutivo y/o Subcomité y/o Comité) en adelante Acta

Autorización: documento a través del cual el Comité o Subcomité de Suscripción autoriza la

emisión, renovación o modificación de fianza, estableciendo las condiciones para su

autorización.

Agente: La persona física o moral autorizada por la Comisión para realizar actividades de

intermediación en la contratación de seguros o de fianzas, pudiendo ser:

a) Personas físicas vinculadas a las Instituciones por una relación de trabajo, en los

términos de los artículos 20 y 285 de la Ley Federal del Trabajo, autorizadas para

promover en nombre y por cuenta de las Instituciones, la contratación de seguros o de

fianzas;

b) Personas físicas independientes sin relación de trabajo con las Instituciones, que operen

con base en contratos mercantiles, y

Personas morales que se constituyan como sociedades anónimas para realizar dichas

actividades.

Carta Tildación: Documento que suscribe la Afianzadora que libera la garantía otorgada previa

ratificación ante la CNSF o Notario).

CNSF: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CSAM: Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple, documento a través del cual el Solicitante,

Fiado y Obligado Solidario, se obligan ante la Afianzadora a cumplir con lo establecido en ese

documento.

CSAM LA: Contrato Solicitud de Afianzamiento Múltiple, documento a través del cual el

Solicitante, Fiado y Obligado Solidario clasificados como Large Accounts, se obligan ante la

Afianzadora a cumplir con lo establecido en ese documento.

CUSF: Circular Única de Seguros y Fianzas.

Documento Fuente : Es aquel documento que da origen a la emisión de la fianza y/o documento

adicional, el cual puede ser oficio, contrato, convenio, pedido, remisión, etc…, entendiendo

cualquier petición de emisión – bajo cualquier modalidad, inclusive el correo electrónico.

DOCUWARE: Aplicación de almacenamiento electrónico de documentos.

Ejecutivo: Se entenderá a todos aquellos que hacen funciones de promoción y comercialización

ya sea de Oficina Matriz o de Servicio y entre sus funciones está el análisis, registro (en su caso),

liberación y la autorización de fianzas y sus documentos adicionales (y en su caso), documentos

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del expediente de solvencia de conformidad con las facultades que la Afianzadora le ha otorgado

en la Suscripción de fianzas y que pertenezcan o no a un Comité o Subcomité de Suscripción.

Analista (Comercial, de Operación y de Cobranza): Aquel cuyas funciones pueden ser

exclusivas de un área o combinadas y sus funciones son supervisadas por un ejecutivo o jefe

inmediato.

Analista de Buró de Crédito: Aquel que en sus funciones está la consulta, registro,

actualización y resguardo de la información obtenida para la consulta de información crediticia.

Ejecutivo y/o Analista de Control de Garantías: Aquel que en sus funciones está el análisis

de los documentos del expediente de solvencia, así como del registro y actualización de las

garantías.

Gestor Autorizado: Es aquella persona física o moral que una vez que ha pasado por el due

diligence de la Afianzadora es aprobado para dar servicio de consulta, verificación, afectación o

registros de liberación de fianzas ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

HO: Home Office

INDEMNITY AGREEMENT: Contrato de garantía.

LARGE ACCOUNT: Son Fiados con acreditada solvencia definidos por LMIC.

LISF: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas

LMIC: Liberty Mutual Insurance Company

PLD: Prevención de Lavado de Dinero

Políticas de Suscripción: Son aquellas, a través de las cuales el ejecutivo, Agente de fianzas

y personal involucrado operará la emisión de fianzas, en requisitos, características y análisis.

R.P.P. y del C: Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

SERF. Sistema de Emisión Remota, sistema a través del cual se registra toda la operación de la

fianza, desde su emisión hasta su cancelación.

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VII. ANEXOS

Anexo 1. Acta Autorización Suscripción

FECHA DE ELABORACIÓN: OFICINA:

RAMO Y Nº DE FIANZA VIGENCIA

MOVIMIENTO

EMISIÓN DISMINUCIÓN ANUENCIA

AUMENTO PRÓRROGA

BENEFICIARIO:

FIADO:

R.F.C.:

AGENTE (CLAVE Y NOMBRE):

FIADO C.C.: FECHA: CÚMULO VIGENTE:

BIEN INMUEBLE: CALIF. GARANTÍAS C.C. : -$

TIPO DE BIEN INMUEBLE: CALIF. GARANTÍAS B.I.: $ -

SUPERFICIE (M2): DATOS REGISTRALES: FECHA CARTA VALUATORIA.:

VALOR: $ 25% FECHA INVESTIGACIÓN:

SI NO

SI NO

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

O.S. C.C.: FECHA: CALIF. GARANTÍAS C.C. : -$

BIEN INMUEBLE: CALIF. GARANTÍAS B.I.: $ -

TIPO DE BIEN INMUEBLE: FECHA CARTA VALUATORIA.:

SUPERFICIE (M2): DATOS REGISTRALES: FECHA INVESTIGACIÓN:

VALOR: $ 25% CÚMULO VIGENTE:

SI NO

SI NO

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

O.S. C.C.: FECHA: CALIF. GARANTÍAS C.C. : -$

BIEN INMUEBLE: CALIF. GARANTÍAS B.I.: $ -

TIPO DE BIEN INMUEBLE: FECHA CARTA VALUATORIA.:

SUPERFICIE (M2): DATOS REGISTRALES: FECHA INVESTIGACIÓN:

VALOR: $ 25% CÚMULO VIGENTE:

SI NO

SI NO

PENAS CONVENCIONALES PAGO A PRIMER REQUERIMIENTO RENOVACIÓN AUTOMÁTICA

CONTINGENCIAS LABORALES CONTRATO MAYOR A 3 AÑOS

DAÑOS Y PERJUICIOS RENUNCIA A ARTÍCULOS DE LEY PLAZO RECLAMACIÓN

PAGO INTERESES MORATORIOS JURISDICCIÓN RESTRINGIDA OTROS

PARTICIPACIÓN CONJUNTA CUMPLIMIENTO DE PAGO

OBSERVACIONES:

CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN:

ELABORÓ/REVISÓ AUTORIZACIONES VALIDÓ PARA LIBERACIÓN

ACTA AUTORIZACIÓN SUSCRIPCIÓN

(EJECUTIVO Y/O SUBCOMITÉ Y/O COMITÉ)

MONTO

TOTAL: $

B) NOMBRE Y FIRMA C)NOMBRE Y FIRMA D)NOMBRE Y FIRMA

GARANTÍAS FIADO

EXISTE RAT. DE FIRMAS:

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA:

OBLIGACIÓN SOLIDARIA

EXISTE RAT. DE FIRMAS:

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA:

TIPO

NOMBRE Y FIRMA

EXISTE RAT. DE FIRMAS:

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA:

CONDICIONES ESPECIALES DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR

INCONDICIONAL/IRREVOCABLE

RESULTADO DEL ANÁLISIS FINANCIERO

OBLIGACIÓN SOLIDARIA

NOMBRE Y FIRMA A)NOMBRE Y FIRMA

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Anexo 2. Leyenda en Estados Financieros

LEYENDA EN ESTADOS FINANCIEROS:

Bajo protesta de decir verdad manifiesto que las cifras contenidas en este estado financiero son

veraces y contienen toda información referente a la situación financiera y/o los resultados de la

empresa y afirmo que soy legalmente responsable de la autenticidad y veracidad de las mismas,

asumiendo asimismo, todo tipo de responsabilidad derivada de cualquier declaración en falso sobre

las mismas.

Consideraciones:

La leyenda deberá incluir invariablemente las firmas de los responsables (representante

legal o fiado persona física y contador)

Adjuntar copia legible de la cedula del contador

Deberá redactarse con la misma tipografía de letra de los estados financieros. (No se

aceptará si se identifica sobrepuesta y/o con otro tipo de letra.)

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Anexo 3. a) Carta Valuatoria Aclaratoria

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Anexo 3. b) Carta Valuatoria

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Anexo 4. Leyenda para Cotejo de Documentos

Como Agente Intermediario

COTEJO DE DOCUMENTOS

Yo_____ (Nombre completo) ______, en mi carácter de Agente de

Fianzas con número de Cédula: ____ (número de cédula) ______,

expedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, hago constar

que coteje el presente documento con su original que tuve a la vista.

____________, a (día) de (mes) __de 20___.

Firma ___________________________________

Como Ejecutivo

COTEJO DE DOCUMENTOS

Yo___ (Nombre completo del empleado o funcionario de la

Afianzadora)______, como_____ (cargo o puesto, ejem. ejecutivo de

cuenta)____hago constar que coteje el presente documento con su

original que tuve a la vista.

__________., a_(día)_de__(mes)__de 20___.-

Firma ___________________________________

COTEJADO CONTRA ORIGINAL

NOMBRE Y FIRMA

A ____ (día) _____ (mes) _____ de 20_

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Como Agente Intermediario mediante Carta Constancia

CARTA CONSTANCIA DE COTEJO DE DOCUMENTOS

___________, a __ de __ de 2018..

De conformidad con los artículos 492 y 494 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (antes artículo 112 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas) y la “Resolución por la que se expiden las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 112 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas” emitida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, (NOMBRE DEL AGENTE ) como agente de fianzas autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con número de cédula (NUMERO DE CEDULA), por este medio hago constar y manifiesto que cotejé personalmente los siguientes documentos, los cuales tuve a la vista en original.

Atentamente

Agente de Fianzas (nombre y firma)

Clave: _____

Datos Solicitados

Nombre del Agente o Ejecutivo

Número de Cédula del Agente

Nombre del Fiado

Nombre del Obligado Solidario

Nombre y Firma del Agente o Ejecutivo

Clave del Agente

FIADO OBLIGADO

SOLIDARIO 1

OBLIGADO

SOLIDARIO 2

OBLIGADO

SOLIDARIO 3

P.FISICA P. MORAL

OBSERVACIONES

Y/O DESCRIPCIÓN

P.FISICA P. MORAL

OBSERVACIONES

Y/O DESCRIPCIÓN

P.FISICA P. MORAL

OBSERVACIONES

Y/O DESCRIPCIÓN

P.FISICA P. MORAL

OBSERVACIONES

Y/O DESCRIPCIÓN

NOMBRE:

DOCUMENTO

Identificación Oficial

Comprobante de

Domicilio

R.F.C. y/o Alta de

Hacienda

CURP

Acta Constitutiva

(con inscripción en el R.P.P. y C.)

Modificaciones al Acta Constitutiva

(protocolizaciones)

Poder Notarial del

Representante Legal

Certificado de

Libertad de

Gravamen (cuando se exhiba en copia

simple)

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Anexo 5. Tabla de Calificación de Garantías de Recuperación

CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS. Por la que se da a conocer a las instituciones

de fianzas, las disposiciones y Tabla de Calificaciones de Garantías de Recuperación relativas

al requerimiento de capital de Solvencia.

Titulo 6 DEL REQUERIMIENTO DE CAPITAL POR RIESGOS TÉCNICOS

Y FINANCIEROS DE FIANZAS. Incluir Título del Capítulo.

Capítulo 6.6.5 CUARTA.- Para efectos del cálculo del Requerimiento de Capital de Solvencia (RCS), la Institución deberá utilizar la calificación que corresponda a cada una de las garantías de recuperación con que cuenten, asignando a dicha calificación el valor respectivo conforme a la siguiente tabla: TABLA DE CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS DE RECUPERACIÓN

TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

Prenda consistente en dinero en efectivo, valores emitidos o garantizados por el Gobierno Federal o valores emitidos, o emitidos por el Banco de México: Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual comprometa el fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, el tipo de bienes señalados en dicho contrato. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil.

1.00

Coberturas de Riesgo de Cumplimiento que otorguen las instituciones de Banca de Desarrollo: Documentación: Original o Copia Certificada del Contrato para la participación de Riesgos suscrito entre la institución y la institución de banca de desarrollo directamente o en su carácter de fiduciaria.

1.00

Prenda consistente en valores calificados emitidos por instituciones de crédito o de valores objeto de inversión conforme a los artículos 131 y 156 de la LISF, cuando dichos valores cuenten con una calificación de “Superior o Excelente” Documentación: Original del Contrato de Prenda.

1.00

Prenda consistente en depósitos en instituciones de crédito: Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual comprometa el fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, el tipo de bienes señalados en dicho contrato. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil.

1.00

Prenda consistente en préstamos y créditos en instituciones de crédito: Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual comprometa el fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, el tipo de bienes señalados en dicho contrato. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil

1.00

Carta de crédito de garantía o contingente de Instituciones de Crédito: Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en una carta de crédito

1.00

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TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito nacional, la cual asume la responsabilidad de pago. Las citadas cartas de crédito deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente

Carta de Crédito "Stand By" o Carta de crédito de garantía o contingente de Instituciones de Crédito Extranjeras con calificación "Superior o Excelente": Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en una carta de crédito o carta de crédito "Stand By" expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito nacional o extranjera, la cual asume la responsabilidad de pago, siempre y cuando cuente con una calificación "Superior o Excelente" de acuerdo a los criterios internacionales de agencias calificadoras. Las citadas cartas de crédito deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente, así como constancia de la calificación de la institución de crédito del exterior.

1.00

Contrafianza de Instituciones Documentación: Original de la fianza o contrato de fianza, cuyo beneficiario es la compañía afianzadora.

1.00

Contrato de fianza de Instituciones del extranjero que estén inscritas en el “Registro General de Reaseguradoras Extranjeras” que cuenten con calificación de “Superior o Excelente” Documentación: Original de la fianza o contrato de fianza, cuyo beneficiario es la compañía afianzadora.

1.00

Manejo Mancomunado de Cuentas Bancarias: Se entenderá como tal la garantía que consiste en administrar conjuntamente, mediante un contrato, una cuenta bancaria entre fiado u obligado solidario y la institución afianzadora. Documentación: Copia del contrato de apertura de la cuenta mancomunada y/o estados de cuenta que acrediten la titularidad mancomunada de la cuenta.

1.00

Prenda consistente en valores calificados emitidos por instituciones de crédito o de valores objeto de inversión con calificación de "Bueno y Adecuado": Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual comprometa el fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, el tipo de bienes señalados en dicho contrato. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil.

0.80

Carta de Crédito "Stand By" o Carta de crédito de garantía o contingente de Instituciones de Crédito Extranjeras con calificación "Bueno o Adecuado": Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en carta de crédito o carta de crédito "Stand By" expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito del extranjero, la cual asume la responsabilidad de pago y la que cuenta con una calificación de "Bueno o Adecuado" de acuerdo a los criterios internacionales de agencias calificadoras. Las citadas cartas de crédito

0.80

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TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente, así como constancia de la calificación de la institución de crédito del exterior.

Contrato de fianza de Instituciones del extranjero que estén inscritas en el “Registro General de Reaseguradoras Extranjeras” que cuenten con calificación de “Bueno o Adecuado” Documentación: Original de la fianza o contrato de fianza, cuyo beneficiario es la compañía afianzadora.

0.80

Fideicomisos celebrados sobre valores aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como objeto de inversión: Se entenderá como tal la garantía que consiste en comprometer los derechos que tenga el fiado u obligado solidario, que sean administrados por un fideicomiso otorgado o celebrado en valores aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como objeto de inversión. Documentación: Original del contrato de afectación de derechos y original del contrato de fideicomiso.

0.75

Hipoteca: Se entenderá como tal la garantía que consiste en un contrato por medio del cual el fiado u obligado solidario grava un bien inmueble a favor de la institución afianzadora para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Documentación: Copia certificada del contrato de hipoteca otorgado ante Notario Público y debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o Certificado de Gravámenes.

0.75

Afectación en Garantía: Se entenderá como tal la garantía a favor de la institución afianzadora que consiste en un contrato de afectación de bienes inmuebles propiedad del fiado, obligado solidarios o contrafiador, inscrito en el Registro Público de la Propiedad. Documentación: Original del Contrato de afectación de bienes inmuebles y de la Constancia de la afectación en garantía del bien o bienes inmuebles respectivos, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o Certificado de Gravámenes.

0.75

Fideicomisos celebrados sobre inmuebles dados en garantía: Se entenderá como tal la garantía que consiste en comprometer los derechos que tenga el fiado u obligado solidario sobre bienes inmuebles administrados por un fideicomiso. Documentación: Original del Contrato de fideicomiso y original de la Constancia de la afectación en garantía del bien inmueble, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o Certificado de Gravámenes.

0.75

Contrato de Indemnidad de empresa del extranjero con calificación de "Bueno, Excelente o Superior": Se entenderá como tal la garantía que consiste en un contrato por medio del cual una empresa extranjera calificada con el equivalente a "Bueno, Excelente o Superior", de acuerdo a los criterios internacionales de las agencias calificadoras, se constituye en obligado solidario, respecto de una institución filial localizada en territorio nacional. Documentación: Original del contrato de indemnidad con la institución extranjera, así como, constancia de la calificación respectiva de la empresa del exterior.

0.75

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TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

Obligación solidaria de una empresa mexicana calificada por una agencia calificadora internacional. Se entenderá como tal la garantía que consiste en la firma como obligado solidario a favor de la institución afianzadora, de una empresa mexicana calificada con el equivalente a "Bueno, Excelente o Superior", de acuerdo a los criterios internacionales de las agencias calificadoras, o bien de "Excelente o Superior" con base en la aplicación de la escala de calificación nacional de dichas agencias. Documentación: Original del contrato solicitud suscrito por la empresa que firma como obligada solidaria y copia del certificado de calificación de dicha empresa.

0.75

Carta de Crédito "Stand By" notificada o Carta de crédito de garantía o contingente notificada de Instituciones de Crédito Extranjeras con calificación "Superior o Excelente": Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en carta de crédito o carta de crédito "Stand By" expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito del extranjero, la cual asume la responsabilidad de pago y la que cuenta con una calificación de "Bueno o Adecuado" de acuerdo a los criterios internacionales de agencias calificadoras. Las citadas cartas de crédito deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente, así como constancia de la calificación de la institución de crédito del exterior.

0.70

Prenda consistente en valores emitidos por instituciones de crédito con calificación menor al "Adecuado": Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual comprometa el fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, el tipo de bienes señalados en dicho contrato. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil.

0.50

Carta de Crédito "Stand By" notificada o Carta de crédito de garantía o contingente notificada de Instituciones de Crédito Extranjeras con calificación "Bueno o Adecuado": Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en carta de crédito o carta de crédito "Stand By" expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito del extranjero, la cual asume la responsabilidad de pago y la que cuenta con una calificación de "Bueno o Adecuado" de acuerdo a los criterios internacionales de agencias calificadoras. Las citadas cartas de crédito deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente, así como constancia de la calificación de la institución de crédito del exterior.

0.50

Fideicomisos celebrados sobre bienes muebles: Se entenderá como tal la garantía que consiste en comprometer los derechos que tenga el fiado u obligado solidario sobre bienes muebles administrados por un fideicomiso. Documentación: Copia del contrato de afectación de derechos, y original del contrato de fideicomiso.

0.50

Prenda consistente en bienes muebles: Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en un contrato de prenda mediante el cual compromete el

0.50

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TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

fiado u obligado solidario a favor de la compañía afianzadora, bienes muebles valuados por una institución de crédito o corredor público. Documentación: Original del contrato de prenda regulado por la legislación mercantil.

Acreditada solvencia: Se entenderá como tal el procedimiento a través del cual se garantiza una operación de fianza mediante un estudio conforme a lo indicado en la séptima de las presentes disposiciones. Documentación: Documentos a los que se refiere la séptima de las presentes disposiciones.

0.40

Ratificación de firmas: Se entenderá como tal la garantía de recuperación que consiste en manifestar ante esta Comisión, juez, notario o corredor público, la voluntad por parte del fiado u obligado solidario de comprometer sus bienes inmuebles a favor de la institución afianzadora, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones ante dicha institución en caso de incumplimiento de la obligación principal, materia del contrato de fianza. Documentación: Original del escrito de ratificación de firmas.

0.35

Carta de Crédito "Stand By" o Carta de crédito de Instituciones de Crédito Extranjeras con calificación menor al "Adecuado": Se entenderá como tal, a la garantía de recuperación que consiste en carta de crédito o carta de crédito "Stand By" expedida a favor de la institución afianzadora y confirmada por alguna institución de crédito del extranjero, la cual asume la responsabilidad de pago, y que cuenta con una calificación menor al de "Adecuado" de acuerdo a los criterios internacionales de agencias calificadoras. Las citadas cartas de crédito deberán renovarse mientras no se acredite el cumplimiento de la obligación garantizada. Documentación: Contar con el original de la carta de crédito y mantener copia en el expediente, así como constancia de la calificación de la institución de crédito del exterior.

0.25

Contrato de Indemnidad de empresa del extranjero con calificación de "Adecuado": Se entenderá como tal la garantía que consiste en un contrato por medio del cual una empresa extranjera calificada con el equivalente a "Adecuado", de acuerdo a los criterios internacionales de las agencias calificadoras, se constituye en obligado solidario, respecto de una institución filial localizada en territorio nacional. Documentación: Original del contrato de indemnidad con la institución extranjera, así como, constancia de la calificación respectiva de la empresa del exterior.

0.25

Firma de obligado solidario persona física con una relación patrimonial verificada: Se entenderá como tal la firma como obligado solidario de un accionista o cualquier otra persona física que comprometa su patrimonio personal a favor de la institución afianzadora para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de la empresa de la que es accionista; o de la persona física o moral conducente. Documentación: Original del contrato solicitud debidamente firmado por la persona física en calidad de obligado solidario, así como relación patrimonial y constancia de verificación de sus bienes en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

0.25

Contrafianza de cualquier otra persona. 0.25

Acreditada solvencia: Se entenderá como tal el procedimiento a través del cual se garantiza una operación de fianza mediante un estudio conforme a lo indicado en la

0.20

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TIPO DE GARANTÍA Y DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONSTAR EN EL EXPEDIENTE

CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS

DE RECUPERACIÓN

séptima de las presentes disposiciones y los estados financieros muestren un atraso en su actualización de hasta ciento ochenta días naturales. Documentación: Documentos a los que se refiere la séptima de las presentes disposiciones.

Prenda de créditos en Libros. Documentación: Original de Contrato de Prenda.

0.10

Fianzas sin garantía de recuperación o que no se apeguen a los requisitos previstos por las presentes disposiciones.

0.0

DISPOSICIÓN QUINTA.- Para los efectos de la calificación de las garantías de recuperación a que se refieren las Disposiciones 6.6.5, 6.6.7 y 11.1.1, de la Circular Única de Seguros y Fianzas, se entenderá que una calificación se halla en el rango de “Superior”, “Excelente”, “Bueno” o “Adecuado”, cuando dicha calificación haya sido otorgada por alguna de las siguientes empresas calificadoras especializadas, conforme a los criterios, para escala global y escala nacional, que se indican a continuación:

EMPRESA CALIFICADORA

ESPECIALIZADA SUPERIOR EXCELENTE BUENO ADECUADO

ESCALA GLOBAL

A.M. BEST A++ A+ A, A- B++, B+

FITCH MÉXICO AAA AA+, AA, AA- A+, A, A- BBB+,BBB,

BBB-

HR RATINGS HR AAA(G)

HR AA+(G), HR

AA(G), HR AA-

(G)

HR A+(G), HR

A(G), HR A-(G)

HR BBB+(G),

HR BBB(G), HR

BBB-(G)

MOODY'S Aaa Aa1, Aa2, Aa3 A1, A2, A3 Baa1,

Baa2,Baa3

STANDARD & POOR'S AAA AA+,AA, AA- A+,A, A- BBB+, BBB,

BBB-

VERUM no aplica no aplica no aplica no aplica

ESCALA NACIONAL

A.M. BEST aaa.MX

aa+.MX,

aa.MX,

aa-.MX

a+.MX,

a.MX,

a-.MX

bbb+.MX,

bbb.MX,

bbb-.MX

FITCH MÉXICO AAA (mex)

AA+ (mex), AA

(mex), AA-

(mex)

A+ (mex),

A (mex),

A- (mex)

BBB+ (mex),

BBB (mex),

BBB- (mex)

HR RATINGS HR AAA

HR AA+,

HR AA,

HR AA-

HR A+,

HR A,

HR A-

HR BBB+,

HR BBB,

HR BBB-

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MOODY'S Aaa mx

Aa1 mx, Aa2

mx,

Aa3 mx

A1 mx,

A2 mx,

A3 mx

Baa1 mx,

Baa2 mx,

Baa3 mx

STANDARD & POOR'S mx AAA

mx AA+,

mx AA,

mx AA-

mx A+,

mx A,

mx A-

mx BBB+,

mx BBB,

mx BBB-

VERUM AAA/M AA+/M, AA/M,

AA-/M A+/M, A/M, A-/M

BBB+/M,

BBB/M, BBB-/M

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Anexo 6. Texto para el Acta de Ratificación de Firmas

TEXTO PARA EL ACTA DE RATIFICACIÓN DE FIRMAS

En la Ciudad de _______________ a los ______ del mes de _______el año ____ ante mi _________ (Notario, Corredor), comparece (n) el ____________________ (nombre completo de fiado y obligado solidario [en su caso]). Para hacer constar que para todos los efectos de lo dispuestos por los artículos 189 y 286 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en este acto ratifica(n) la firma que aparece en el Contrato solicitud anexo a este instrumento, para los efectos de la afectación del inmueble de su propiedad que se describe en el mismo por ser la fiel expresión de su voluntad y reconocen(n) como suya la firma que lo calza, por haber sido de su puño y ser la que usa en todos sus actos y en los de su representada quien(es) para ratificar lo anterior firma(n) la presente acta en mi presencia. Por sus generales declara(n) bajo protesta de decir verdad: ________ (nacionalidad, originarios, edad, ocupación, domicilio, estado civil y descripción de la identificación), documentos originales que se tienen a la vista y de los cuales se queda fotocopia de las identificaciones en el archivo de _________ (notaria, correduría). (En caso de firmar a través de representante legal acreditar la personalidad y describir los documentos con los cuales se acredita la misma) ________________________________________ Firma (nombre) ________________________________________ Firma (nombre) La presente ratificación se realiza con fundamento en _______ (de conformidad con la legislación aplicable, considerando quien realiza la ratificación). __________________________________________________________ Nombre y Firma de la persona que lleva a cabo la ratificación. La presente acta se firma por cuadruplicado

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Anexo 7. Acta de Baja o Sustitución de Garantías a Comité o Subcomité

de Suscripción

Acta Comité para Baja de Garantías

ACTA DE BAJA O SUSTITUCION DE GARANTIAS A COMITÉ O SUBCOMITE DE SUSCRIPCIÓN

FECHA DE

ELABORACION: OFICINA:

MOVIMIENTO

BAJA DE OBLIGACION SOLIDARIA XXXXX

FIADO:

CALIFICACION EN BURO DE CREDITO

AGENTE (CLAVE Y NOMBRE):

GARANTIAS DEL FIADO

FIADO C.C.: FECHA: CUMULO VIGENTE

CC. EN DECLA. CALIF. GARANTIAS:

GARANTIAS SOLIDARIAS VIGENTES

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN

INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

GARANTIA DEL OBLIGADO SOLIDARIO A DAR DE BAJA

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN

INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR: CUMULO VIGENTE COMO O.S.:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

OBSERVACIONES:

CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN:

ELABORO/REVISO AUTORIZACIONES COMITE: SI NO

A) Nombre y firma B) Nombre y firma

C) Nombre y

firma D) Nombre y firma

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Acta Comité para Sustitución de Garantías

ACTA DE BAJA O SUSTITUCION DE GARANTIAS A COMITÉ O SUBCOMITE DE SUSCRIPCIÓN

FECHA DE

ELABORACION: OFICINA:

MOVIMIENTO

SUSTITUCION DE OBLIGACION SOLIDARIA XXXXX

FIADO:

CALIFICACION EN BURO DE CREDITO

AGENTE (CLAVE Y NOMBRE):

GARANTIAS DEL FIADO FIADO C.C.: FECHA: CUMULO VIGENTE

CC. EN DECLA. CALIF. GARANTIAS:

GARANTIAS SOLIDARIAS VIGENTES

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN

INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

GARANTIA DEL OBLIGADO SOLIDARIO A DAR DE BAJA

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN

INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR: CUMULO VIGENTE COMO O.S.:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

GARANTIA DEL OBLIGADO SOLIDARIO A DAR DE ALTA

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN

INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): INVESTIGACION

VALOR: CUMULO VIGENTE COMO O.S.:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

OBSERVACIONES:

CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN:

ELABORO/REVISO AUTORIZACIONES COMITE: SI NO

A) Nombre y firma

B) Nombre y

firma

C) Nombre y

firma D) Nombre y firma

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Acta Comité para Baja de Garantías con Afectación de Bien Inmueble

ACTA DE BAJA O SUSTITUCION DE GARANTIAS A COMITÉ O SUBCOMITE DE SUSCRIPCIÓN

FECHA DE ELABORACION: OFICINA:

MOVIMIENTO

BAJA DE OBLIGACION SOLIDARIA CON AFECTACION XXXXX

FIADO:

CALIFICACION EN BURO DE CREDITO

AGENTE (CLAVE Y NOMBRE):

GARANTÍAS DEL FIADO

FIADO C.C.: FECHA: CUMULO VIGENTE

CC. EN DECLA. CALIF. GARANTIAS:

GARANTÍAS SOLIDARIAS VIGENTES

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

GARANTÍA AFECTADA DEL OBLIGADO SOLIDARIO A DAR DE BAJA

O.S. NOMBRE: REL. CON EL FIADO :

BIEN INMUEBLE : CALIF. GARANTIAS:

TIPO DE BIEN INMUEBLE: FECHA CARTA VAL.:

SUPERFICIE (M2): CERTIFICADO

VALOR:

CUMULO VIGENTE

COMO O.S.:

EXISTE RAT. DE FIRMAS: SI NO

EXISTE AFECTACIÓN EN GARANTÍA: SI NO

OBSERVACIONES:

CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN:

ELABORO/REVISO AUTORIZACIONES COMITE: SI NO

N

O

A) Nombre y firma B) Nombre y firma C) Nombre y

firma

D) Nombre y firma

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Anexo 8. Carta autorización para entrega de Papel Seguridad

Carta autorización para entrega de Papel Seguridad

********** a ***** de ***** de ****

LIBERTY FIANZAS, S.A. DE C.V. AT’N: Nombre del: Director Comercial/ Subdirección Comercial

Por medio de la presente me permito autorizar a ********* (nombre completo de la persona), a efecto de que en mi nombre y representación reciba papel seguridad y/o entregue y/o reciba documentación correspondiente a mis funciones como agente de fianzas ante esa institución afianzadora; para lo cual adjunto copia de su identificación oficial.

Cabe aclarar que esta autorización no me exime de la responsabilidad que tengo

ante ustedes, según mi Contrato de Comisión Mercantil. Sin otro particular y en espera de su aceptación, quedo de Usted.

A t e n t a m e n t e

Nombre completo del agente y/o Razón Social y nombre del Representante Legal Agente de Fianzas

c.c.p. Área de Control de Folios y Papel Seguridad

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Vigencia: 2018 Fecha: 11 de diciembre de 2017

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Anexo 9. Tarifas, prima mínima y accesorios Tarifas 2018

Ramo Producto Descripción Min Max

1 19101 INDIVIDUAL ADMINISTRATIVA 1.27 1.50

1 19102 INDIVIDUAL VENTAS 1.05 1.65 2

1 19103 INDIVIDUAL GOBIERNO 1.05 2 2.03

1 19104 INDIVIDUAL AGENTE DE SEGUROS Y/O FIANZA 1.11 1.5

1 19201 COLECTIVA ESPECIAL COMBINADA 1.53 1.5

1 19202 COLECTIVA ESPECIAL ADMINISTRATIVA 1.27 1.5

1 19203 COLECTIVA ESPECIAL VENTAS 1.65 2

1 19204 COLECTIVA ESPECIAL AGENTE DE SEGUROS Y/O FIANZAS 0.72 1

1 19301 COLECTIVA ADMINISTRATIVA 2.9 11.19

1 19302 COLECTIVA VENDEDORES 4.42 17.64

1 19303 COLECTIVA ADMINISTRATIVOS Y VENDEDORES 2.9 11.19

1 19304 COLECTIVA AGENTE DE SEGUROS Y/O FIANZAS 9.46 11.72

2 29101 Penal Libertad Condicional 8 14

2 29102 Penal Libertad Provisional (Juzgado) 10 14

2 29103 Penal Libertad Preparatoria 10 14

2 29104 Penal Suspension Contra Orden De Aprehension 10 14

2 29107 Penal Amparo 4 4

2 29105 Penal Reparacion Del Daño 4 6

2 29106 Penal Sancion Pecuniaria 4 4

2 29109 Garantias Economicas 4 12

2 29201 NO PENAL DAÑOS Y PERJUICIOS 3 6

2 29202 NO PENAL PENSION ALIMENTICIA 3 6

2 29203 NO PENAL AMPARO 4 6

2 29204 NO PENAL EMBARGO 3 3

2 29301 Conductor Libertad Provisional (Jacv) 4 6

2 29302 Conductor Reparacion Del Daño (Jacv) 4 6

2 29303 Conductor Sancion Pecuniaria (Jacv) 4 4

2 29306 Conductor Libertad Provisional (Jacv) 6 6

2 29307 Conductor Reparacion Del Daño (Jacv) 4 4

2 29308 Conductor Sancion Pecuniaria (Jacv) 4 4

3 39101 OBRA LICITACION 0.3 0.95

3 39102 OBRA ANTICIPO 0.95 2

3 39103 OBRA CUMPLIMIENTO 0.95 2.83

3 39104 OBRA BUENA CALIDAD 0.95 1.2

3 39105 OBRA CUMPLIMIENTO PPC 0.95 3

3 39120 CONTINGENCIAS LABORALES 1.2 2.4

3 39201 PROVEEDURIA CONCURSO 0.3 0.89

3 39202 PROVEEDURIA ANTICIPO 0.89 2

3 39203 PROVEEDURIA CUMPLIMIENTO 0.89 3

3 39204 PROVEEDURIA BUENA CALIDAD 0.89 1.2

3 39205 PROVEEDURIA CUMPLIMIENTO PPC 0.89 3

3 39301 FISCALES CONVENIO DE PAGOS 4 4.2

3 39302 FISCALES INCONFORMIDAD 4 4.2

3 39303 FISCALES INCONFORMIDAD C.O.P. IMSS 4.86 5.56

3 39304 FISCALES CAPITAL CONSTITUTIVO IMSS 4 4.2

3 39306 FISCALES IMPORTACIÓN TEMPORAL DE MERCANCIAS 2 3.5

3 39307 Importación Definitiva De Mercancías 4 4.2

3 39401 ARRENDAMIENTO BIENES INMUEBLES 4 4.586

3 39402 ARRENDAMIENTO BIENES MUEBLES 4 5

3 39501 OTRAS RIFAS Y SORTEOS 1.5 4

3 39502 OTRAS PERMISOS 2 4

3 39503 OTRAS CONCESIONES 3 4

3 39504 OTRAS CORREDOR O PERITO 2 4

3 39505 OTRAS BOLETAJE 2 4

3 39506 Pago En Parcialidades 4 5

4 49102SUMINISTRO PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL (ANTES PEMEX GAS Y PETROQUIMICA

BASICA) FIANZA GLOBAL NO. 97092.65 5.49

4 49103 SUMINISTRO PEMEX FERTILIZANTES (ANTES PEMEX PETROQUIMICA) FIANZA GLOBAL NO. 9708 2.65 5.49

4 49104 SUMINISTRO LUBRICANTES MEXLUB 2.65 5.49

4 49105 SUMINISTRO ESTACIONES DE SERVICIO FIANZA GLOBAL NO. 9711 0.89 1.09

4 49107SUMINISTRO PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL (ANTES PEMEX REFINACIÓN) FIANZA

GLOBAL NO. 9711 3.92 5.04

4 49108 OTROS SUMINISTROS (ASA, CFE, PARTICULARES) 3 3.51

4 49112 DISTRIBUIDORES Y ESTACIONES MISMO GRUPO 2.4 5.49

4 49201 COMPRA/VENTA BIENES Y SERVICIOS 5 5.49

4 49204 Compra Venta De Revolventes De Bienes Y Servicios (Revolvente) 5 5.49

4 49202 Compra Venta De Activo Fijo (Simple) 5 5.49

4 49203 Compra Venta De Bienes De Consumo Duradero (Simple) 5 5.49

4 49205 Compra Venta De Revolventes De Activos Fijos (Revolvente) 5 5.49

4 49206 Compra Venta De Revolventes De Bienes De Consumo Duradero (Revolvente) 5 5.49

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Prima Mínima

Accesorios

* Más I.V.A. ($192)

** Más accesorios

RAMO SUBRAMO

PRIMA MÍNIMA**

I FIDELIDAD * Todas excepto Agente de Seguros o Fianzas *Agente de Seguros o Fianzas

$1,500.00 $650.00

II JUDICIAL *Penales * No Penales

$1,400.00 $1,400.00

III ADMINISTRATIVAS

* Obra, Proveeduría, Rifas y Sorteos, Permisos y Corredor. *Fiscales, Arrendamiento, Concesión, Boletaje y Otra.

$1,500.00

$1,600.00

IV CRÉDITO *Suministro y Compra-Venta $1,550.00

RAMO SUBRAMO

GASTOS DE EXPEDICIÓN

I FIDELIDAD * Todas excepto Agente de Seguros o Fianzas

*Agente de Seguros o Fianzas $1,500.00 $650.00

II JUDICIAL *Penales

* No Penales

$1,400.00 $1,400.00

III ADMINISTRATIVAS

* Obra, Proveeduría, Rifas y Sorteos, Permisos y Corredor. *Fiscales, Arrendamiento, Concesión,

Boletaje y Otra.

$1,500.00

$1,600.00

IV CRÉDITO *Suministro y Compra-Venta $1,550.00

CONCEPTO COSTO

Gasto por reposición de fianza El que corresponda al gasto de expedición vigente

* Gasto por elaboración de Carta Tildación $1,200.00

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Anexo 10. Incentivos

1° Trimestre 2° Trimestre

Meta Incentivo Meta Incentivo

$99,500.00 $800.00 $209,000.00 $1,000.00

$124,000.00 $900.00 $259,000.00 $1,200.00

$164,000.00 $1,100.00 $341,000.00 $1,700.00

$208,000.00 $1,500.00 $432,000.00 $2,100.00

$244,000.00 $1,600.00 $509,000.00 $2,400.00

$294,000.00 $2,000.00 $613,000.00 $2,850.00

$320,000.00 $2,100.00 $669,000.00 $3,100.00

$368,000.00 $2,400.00 $767,000.00 $3,600.00

$467,000.00 $3,100.00 $974,000.00 $4,600.00

$515,000.00 $3,350.00 $1,074,000.00 $5,100.00

$686,000.00 $4,500.00 $1,432,000.00 $6,850.00

$855,000.00 $5,600.00 $1,790,000.00 $8,400.00

$1,372,000.00 $9,000.00 $2,915,000.00 $14,000.00

3° Trimestre 4° Trimestre

Meta Incentivo Meta Incentivo

$316,000.00 $1,300.00 $431,000.00 $1,800.00

$394,000.00 $1,700.00 $538,000.00 $2,200.00

$519,000.00 $2,100.00 $709,000.00 $2,450.00

$657,000.00 $2,750.00 $899,000.00 $3,000.00

$775,000.00 $3,150.00 $1,060,000.00 $4,100.00

$933,000.00 $3,900.00 $1,278,000.00 $5,000.00

$1,015,000.00 $4,200.00 $1,598,000.00 $5,550.00

$1,165,000.00 $4,700.00 $1,652,000.00 $6,200.00

$1,465,000.00 $6,050.00 $2,064,000.00 $8,200.00

$1,486,000.00 $6,700.00 $2,242,000.00 $9,000.00

$2,182,000.00 $9,100.00 $3,068,000.00 $11,850.00

$2,772,000.00 $11,300.00 $3,775,000.00 $14,800.00

$4,365,000.00 $18,100.00 $5,998,000.00 $24,000.00

Las tarjetas de regalo aplican en los establecimientos de la cadena Wal-Mart.

No aplica otra forma de pago del incentivo pagado.

Cuando el agente desee enviar a recoger el incentivo invariablemente deberá notificarlo

por escrito señalando el nombre de la persona autorizada.

Meta = Prima Emitida y pagada

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Anexo 11. Carta Cesión de Cartera.

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Anexo 12. Transferencia Electrónica a través del mismo Banco

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Anexo 13. Comprobante Fiscal Digital (CFDI)

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MANIFESTACIÓN

“Manifiesto conocer y aplicar las Políticas Internas de Suscripción del ejercicio

__2018___ las cuales están clasificadas como información confidencial y no las

compartiré con quien no deba tener acceso a ellas, obligándome a observarlas en el

análisis, comercialización, requisición, suscripción de fianzas y documentos

adicionales relacionados con las fianzas”.