Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A...

40
Dos catastros se llevan a cabo en Madrid a mediados del siglo XVIII de manera prác- ticamente simultánea. Y aunque con carac- terísticas y fines distintos, ambos forman parte de un gran programa de reformas puesto en marcha por Zenón de Somodevi- lla, marqués de la Ensenada, ministro de Hacienda, Guerra, Marina e Indias (entre 1743 y 1754), bajo los reinados de dos monarcas de la dinastía borbónica: Felipe V (1700-1743) y Fernando VI (1743-1759). Dichos catastros se conocen como Pla- nimetría General de Madrid y Catastro de Ensenada. El primero es un catastro plani- métrico, mientras que el segundo es textual. El primero supondrá la averiguación de la propiedad, tasación de la renta y cartografía de todos los edificios del núcleo urbano, y ello con la finalidad de proceder a la simpli- ficación y modernización de un antiguo derecho regio medieval (la llamada regalía de aposento), que con el paso del tiempo quedó adscrito al hecho de que Madrid fuera la capital de los reinos castellanos y sede de la Corte. El segundo, la averiguación y regis- tro de todos los bienes, rentas y cargas detentados por vecinos y forasteros en la Villa y Corte y su Campo, con vistas a una reforma en profundidad de la fiscalidad cas- tellana. Y si distintos fueron ambos catastros en sus fines, distinta ha sido también la suer- te corrida por la documentación generada por ambas pesquisas: mientras buena parte de la del Catastro de Ensenada de Madrid y su antigua provincia ha desaparecido, la de la Planimetría se conserva prácticamente íntegra. De haberse conservado la documen- tación de ambos catastros, tendríamos una auténtica foto fija de la sociedad, la econo- mía, la población y el espacio urbano de la Villa y Corte. No ha sido así, pero la docu- mentación conservada permite acercarnos a la realidad urbana mediante la Planimetría y a la realidad social y económica mediante el conocimiento que hoy tenemos del proceso de realización del Catastro de Ensenada, que ilustra espléndidamente los intereses contra- puestos de los distintos grupos sociales exis- tentes en la capital. Abordaremos, pues, el estudio de ambos: en el primero haremos 87 Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La “Planimetría General” y el “Catastro de Ensenada” Concepción Camarero Bullón Universidad Autónoma de Madrid Octubre 2006

Transcript of Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A...

Page 1: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Dos catastros se llevan a cabo en Madrida mediados del siglo XVIII de manera prác-ticamente simultánea. Y aunque con carac-terísticas y fines distintos, ambos forman parte de un gran programa de reformaspuesto en marcha por Zenón de Somodevi-lla, marqués de la Ensenada, ministro deHacienda, Guerra, Marina e Indias (entre 1743 y 1754), bajo los reinados de dosmonarcas de la dinastía borbónica: Felipe V (1700-1743) y Fernando VI (1743-1759).Dichos catastros se conocen como Pla-nimetría General de Madrid y Catastro de Ensenada. El primero es un catastro plani-métrico, mientras que el segundo es textual. El primero supondrá la averiguación de lapropiedad, tasación de la renta y cartografíade todos los edificios del núcleo urbano, y ello con la finalidad de proceder a la simpli-ficación y modernización de un antiguoderecho regio medieval (la llamada regalíade aposento), que con el paso del tiempoquedó adscrito al hecho de que Madrid fuerala capital de los reinos castellanos y sede dela Corte. El segundo, la averiguación y regis-

tro de todos los bienes, rentas y cargasdetentados por vecinos y forasteros en laVilla y Corte y su Campo, con vistas a unareforma en profundidad de la fiscalidad cas-tellana. Y si distintos fueron ambos catastrosen sus fines, distinta ha sido también la suer-te corrida por la documentación generadapor ambas pesquisas: mientras buena partede la del Catastro de Ensenada de Madrid ysu antigua provincia ha desaparecido, la dela Planimetría se conserva prácticamenteíntegra. De haberse conservado la documen-tación de ambos catastros, tendríamos unaauténtica foto fija de la sociedad, la econo-mía, la población y el espacio urbano de la Villa y Corte. No ha sido así, pero la docu-mentación conservada permite acercarnos a la realidad urbana mediante la Planimetría y a la realidad social y económica mediante elconocimiento que hoy tenemos del procesode realización del Catastro de Ensenada, queilustra espléndidamente los intereses contra-puestos de los distintos grupos sociales exis-tentes en la capital. Abordaremos, pues, elestudio de ambos: en el primero haremos

87

Dos catastros para Madrid a mediadosdel siglo XVIII: La “Planimetría General”y el “Catastro de Ensenada”

Concepción Camarero BullónUniversidad Autónoma de Madrid

Octubre 2006

Page 2: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

hincapié en la cartografía generada y en sumetodología de trabajo; en el segundo, noscentraremos en el proceso de realización yen las dificultades encontradas para comple-tar la averiguación catastral. (1)

El catastro planimétricode Madrid: la PlanimetríaGeneral de Madrid

La Regalía de Aposento,contrapartida de la capitalidad

Si, como veremos, el enorme esfuerzollevado a cabo para la elaboración delCatastro de Ensenada en el territorio caste-llano no alcanzó el fin perseguido –la refor-ma del sistema fiscal castellano–, no ocu-rrió lo mismo con el otro catastrocastellano de la época: la Planimetría Gene-ral de Madrid. El objetivo que con él se per-seguía era la modernización, simplifica-ción, racionalización y adecuación a larealidad inmobiliaria madrileña del grava-men ya mencionado de la regalía de aposen-to. Se trataba de convertir el antiguo tribu-to de aposento en un gravamen sobre elvalor en renta de los edificios urbanos, altiempo que aumentar la recaudación pordicho concepto mediante el conocimientodel patrimonio inmobiliario y la reor-

ganización del sistema de recaudación delimpuesto. Como segundo objetivo, que nosecundario, se trataba de obtener un cono-cimiento de la realidad urbana de la sede dela Corte que permitiera poner en marchalas reformas que se mostraban como nece-sarias e inaplazables si se quería convertirMadrid en una auténtica capital europea.

El derecho de aposento era un tributo deorigen medieval consistente en la obliga-ción de los vasallos de ceder la mitad de suvivienda para alojar temporalmente a losfuncionarios reales. En la Edad Media e ini-cios de la Moderna, al ser la Corte castella-na itinerante, esa carga era ocasional ybreve, pues afectaba a una determinadapoblación solo durante el tiempo en el queel rey y la Corte permanecían en él. En con-sonancia con los tiempos, en 1561, FelipeII (1556-1598) decide eliminar la itineran-cia de la Corte y establecerla en Madrid. Suhijo y sucesor, Felipe III (1598-1621), latraslada a Valladolid en 1601, donde per-manece hasta 1605, cuando se decide suvuelta, ya de forma definitiva, a Madrid.Ello significa que la carga de aposento pasaa ser estable y soportada sólo y exclusiva-mente por los madrileños.

El paso del tiempo, el rápido y desorde-nado crecimiento urbano (2) y las urgen-cias económicas de la Monarquía hicieron

88

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(1) Este trabajo es una síntesis de otros anteriores,en concreto: CAMARERO BULLÓN, C. (2001-2005):Madrid y su provincia en el Catastro de Ensenada. Vol. I:La Villa y Corte; Vol. II. Los pueblos de Madrid. Madrid,Ediciones del Umbral, 2 vols.; (2004): “Catastrar lacapital: el Catastro de Ensenada de Madrid, Villa yCorte”, en Madrid, revista de Arte, Geografía e Historia,6, pp. 109-167; (2006): “Trois cadastres dans l’Espag-ne du XVIIIe siècle : prolégomènes, contexte, objec-tifs, méthodes et résultats”, en TOUZERIE, M. (edit.): Del’estime au cadastre en Europe, XIIIe-XVIIIe siècles. Deu-xième partie : l’époque moderne. París, Comité pourl’histoire économique et financière de la France, sérieAnimation de la recherche. Ministère de L’économie,des Finances et de l’Industrie, pp. 143-213.

(2) Para conocer el crecimiento de la ciudad y loscambios acaecidos por la asunción de la capitalidad,son interesantes entre otras obras: ALVAR EZQUERRA, A.(1989): Madrid, nacimiento de una capital. Madridentre 1561-1606. Madrid, Turner; HERNÁNDEZ, M.(1995): A la sombra de la Corona. Madrid, Siglo XXIEditores, LÓPEZ GARCÍA, J.M. (dir.) (1998): El impactode la Corte en Castilla. Madrid y su territorio en la épocamoderna. Madrid, Siglo XXI Editores, especialmentelas páginas 13 a 114; PINTO CRESPO, V. y MADRAZO

MADRAZO, S. (2002): Madrid, atlas histórico de la ciu-dad. Siglos IX-XIX. Madrid, Fundación Caja Madrid yLunwerg Editores; MARÍN PERELLÓN, F. (2004): Propie-dad y morfología urbana en el Madrid del Antiguo Régi-men, 1561-1750. Tesis doctoral defendida en la Uni-versidad Autónoma de Madrid, y PINTO CRESPO, V.(dir.) (2005): Madrid militar. I Ejército y ciudad (800-1815). Madrid, Ministerio de Defensa y BBVA.

Page 3: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

89

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

que, a la altura de 1749, la situación de losedificios madrileños respecto al men-cionado impuesto fuera muy variada, comoconsecuencia del proceso de enajenaciónde rentas por parte de la Real Hacienda,exenciones, donaciones reales, etc. Simpli-ficando mucho la situación real, podemosestablecer que había:

1. Casas sujetas al denominado aposentomaterial, que respondían a lo que fue lacarga en sus orígenes: debían ceder lamitad de su superficie útil a funciona-rios reales. Así, y como ejemplo, la casa8 de la manzana 38 pertenecía a “doñaTheresa María del Río y Olabe, religiosaen el convento de San Félix de Burgos,fue de Elena Pérez. Subsiste con la cargade aposento material”, como dice susiento de la Planimetría. (3)

2. Había casas que, aunque en principiodebían tener la obligación de albergarun funcionario real (aposento mate-rial), quedaban eximidas de ella, yafuera porque sus dimensiones o suestructura no permitían la distribucióndel espacio requerida para albergar alhuésped (casas de incómoda partición)o por no reunir las condiciones míni-mas exigidas por las ordenanzas muni-cipales para tal fin. Muchas de esascasas fueron construidas con esascaracterísticas ex profeso, y por ellodenominadas casas a la malicia, lo quehabía contribuido a un progresivoempobrecimiento del parque inmobi-liario madrileño. En tales casos se sus-tituía la carga por un canon monetario,

generalmente la mitad o un tercio delvalor de sus alquileres.

3. Había otras, denominadas privilegiadas,lo que suponía que no existía la obliga-ción de albergar funcionarios reales. Asu vez, bajo dicha denominación seescondía una multiplicidad de situacio-nes: casas que, en sustitución del apo-sento material, pagaban un gravamenen dinero (generalmente un tercio delvalor de sus alquileres) y casas que nolo pagaban. La situación de estas últi-mas respondía o bien a gracia que enalgún momento hiciera el monarca a supropietario, a perpetuidad o por tiempocierto, o bien a que en cierto momentoalguno de sus propietarios eximiera elinmueble de dicho tributo por comprade la exención mediante “servicio pecu-niario”, por entrega a la Regalía de otracasa… y ello también a perpetuidad opor tiempo cierto. Veamos algunosejemplos de estas situaciones:

– La casa nº 3 de la manzana 145, quepertenecía “al conde de Fuerte Ventu-ra, fue de Diego Sillero, Miguel Jeró-nimo y Bartholomé de Salazar y Luna,quien la privilegió en 2 de maio de1655 reduciendo su materialidad a350 […]. Renta 4.900 reales de vellón(en adelante rv). Carga: 11.900 ma-ravedíes (en adelante mr.)”. (4)

– La casa nº 13 de la manzana 144 per-tenecía “Al Colegio Imperial de laCompañía de Jesús de esta Corte, fuedel contador Sebastián González deLeón, quien la privilegió sin carga el28 de enero de 1612 […]. Renta:13.725 rv., Carga: 0 mr.”.

– La casa nº 5 de la manzana 12 pertene-cía al convento de Mercedarios calza-dos sito en la Corte “que, junto con la

(3) Las descripciones de las casas proceden de laedición semifacsímil de los Libros de los asientos de lascasas de Madrid, a los que más adelante nos referire-mos. La información aparece organizada por manza-nas y las casas numeradas dentro de cada manzana,ello hace innecesario indicar las páginas en las queaparecen las descripciones aquí recogidas. CAMARERO

BULLÓN, C. (dir.) (1989): Planimetría General deMadrid. Madrid, Tabacalera, 1989, vol. I.

(4) El valor en renta de los edificios se da en rea-les de vellón (rv) y la carga en maravedíes (mr). 1 rv.equivale a 34 mr., y 11 reales hacen 1 ducado.

Page 4: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

del número 7 fue de Alonso Barragán,quien las privilegió en 30 de marzo de1590 con el cargo de dar para el RealHospedaje una pieza de 13 pies de largoy 12 de ancho en la delantera de la callede la Espada, que existe en la casa 7, yal presente por esta razón es libre.Renta: 816 rv., Carga: 0 mr.”. En conso-nancia, en la descripción de la mencio-nada casa 7 de la misma manzana, sedice: “Al convento de Mercedarios cal-zados de esta Corte pertenece esta casa,en la cual existe la pieza de 13 pies delargo y 12 de ancho cedida para el Apo-sento por Alonso Barragán…» (5).

– La casa nº 5 de la manzana 6 (6) estátambién exenta de cualquier carga deaposento, pero solo mientras perma-nezca en el uso para el que se pro-porcionó la exención: “Al conbentode San Juan de Dios pertenece estacasa, que es la botica de su hospital,y fue de Juan Yzquierdo, privilegiadapor Gerónimo de Valia en 13 deagosto de 1612 con 3.000 maravedíesde tercia parte, de los que quedólibre, interin se sirba de ella el con-vento, y no la alquile, por cédula a sufavor de 3 de diciembre de 1726.Renta: 0 rv., Carga: 0 mr.”.

A veces, un mismo edificio tenía espaciosen situaciones distintas en lo relativo al apo-sento: si el edificio era el resultado de la

unión de otros edificios anteriores o si sehabía edificado sobre dos o más solares dis-tintos, cabía la posibilidad de que en él hubie-ra espacios privilegiados con carga, privilegia-dos sin carga, espacios con aposento materiale incluso algunos no controlados por la Rega-lía porque se hubiera ampliado recientemen-te el espacio habitado o a escondidas de susministros, e incluso casas cuya situación esta-ba en litigio. Otras, incluso, eran eriales.Como muestra, unos casos:

– La casa nº 2 de la manzana 133, quepertenecía a “los herederos de doñaMaría Adoch y Luzurriaga, se compo-ne de 3 sitios. Los 2 fueron de donJuan de Luzurriaga, de las monjasJerónimas, y herederos de CristóbalPalomeque. El uno [privilegiado] con1.500 maravedíes, y el otro con2.250, y el 3º de el mismo don Juande Luzurriaga y herederos de Alma-guer, con carga material; y por el autode 9 de julio de 1753 y para desde 1ºenero de él, se redujeron todos tressitios a 34.000 maravedíes”.

– La casa nº 29 de la manzana 306 (7)pertenecía a “don Juan de Irigoyen,fue de Martín Aguirre, y aunque sedice ser privilegiada por el doctorFrancisco Sandi y Mesa, hasta que sedeclare, no se da por libre, según secontiene en los asientos que tratandel privilegio anteriormente […].Renta: 630 rv., Carga: [pendiente]”.

– La casa 6 de la manzana 129 “esherial, y pertenece al Exmo. Sr. Mar-qués de Villafranca; y por no constarde asiento y estar contiguo a la casaantecedente se crehe incluso en el

90

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(5) De las 9 casas que forman esta manzana, 7 sonpropiedad del convento de Mercedarios.

(6) La manzana 6 pertenece casi en su totalidad alconvento de San Juan de Dios, fundado a mediadosdel siglo XVI, que ocupa la casa número 12 («Es elconvento y hospital de San Juan de Dios, que llamande Antón Martín, que no paga carga alguna ni produ-ce alquileres»). Su superficie, 63.325,5 pies cuadradosde los 70.315,5 que ocupa la totalidad de la manzana.De su propiedad son las casas 3, 5 y 13 y de la con-gregación del Santísimo Cristo de la Salud, sita en pro-pio convento, las num. 8, 9, 10 y 11. Dos casas más,la 6 y la 7 pertenecen a otra institución eclesiástica: lacofradía de Ánimas de San Ginés.

(7) La casa 26 de esta manzana “es la iglesia, y elospital que llaman de San Andrés de la nación fla-menca; visitada a nombre del mismo hospital, sincarga, y todo su terreno está invertido en uso sagra-do”. Al mismo hospital pertence la casa 25, compues-ta por 5 sitios con casi 12.000 pies cuadrados

Page 5: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

91

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

privilegio de la anterior”. La situa-ción de la casa 5 de la manzana 133es justo la inversa a la de ésta, pues,siendo también erial, “se ygnora sudueño”, sin embargo, se sabe que fuede “Diego de Soria y Alonso de Ovie-do, con carga material”.

4. Para hacer aun más compleja la situa-ción, existían casas que pertenecían a lapropia Regalía de Aposento por com-pra, por derecho prendario o por cesiónde una vivienda completa para eximirotra de la carga, todas las cuales teníanaposento material: La casa 1 de la man-zana 49, situada en la esquina de lascalles de la Esgrima y Esperancilla, ycuyo valor en renta se establece en 550rv., pertenecía a la regalía del Real Apo-sento de Corte desde 1745, cuando suentonces propietario, Diego de Castro,la entrega a cambio de libertar de cargala casa 5 de la manzana 14. (8)

A semejante variedad de situacioneslegales, (9) de la que aquí hemos dado unareducida muestra, hay que añadir otra reali-dad: el desconocimiento que los funciona-rios de la Real Hacienda tenían de la situa-ción de muchos inmuebles, pues el rápidocrecimiento demográfico experimentado

por la ciudad en la primera mitad del sigloXVIII había hecho que la trama urbana sefuera compactando por la construcción enespacios interiores e intersticiales (huertos,patios, corrales, callejones…), que deter-minados edificios ampliaran su superficiepor derribo de otros preexistentes o agrega-ción de colindantes y que otros la redujeranal ser compartimentados. (10) En conse-cuencia, si se pretendía que el impuestofuera equitativo y justo, se imponía unaaveriguación sobre el terreno, mediante una“visita general”, de todas las casas de la ciu-dad, que detectara, como de hecho hizo,situaciones como, por ejemplo, la de la casanº 28 de la manzana 418, perteneciente aPedro de Salazar, que nunca había pagado yque era resultado de la división en dos deuna mayor; de ella se dice que “fue una conla número 29 de Francisco García, y por nogozar de privilegio, ni haber tenido carga sela impuso la de 9.375 maravedíes”, o la dela casa 17 de la manzana 56: en su descrip-ción, tras recoger la situación de los dossitios que la componían, añade al final: “Yhallándose en esta casa incorporado unpedazo de sitio, se le gravó con 7.125 mara-vedíes”; o la nº 6 de la manzana 2, propie-dad de la congregación del Santísimo Cris-to de la Agonía y de Nuestra Señora de lasAngustias, sita en el hospital de la Pasión,en la que se hallaron incorporados “5.288pies más de los compuestos”, se gravaroncon 4.875 maravedíes.

Este estado de cosas debía de ser lohabitual en las capitales europeas y obvia-mente preocupaba a las autoridades delmomento, como lo demuestra el hecho deque, entre 1700 y 1726, también en Paríssu hubiera puesto en marcha una averigua-ción de todos los edificios propiedad de la

(8) La casa núm. 1 de la manzana 14 pertenecía alduque de Alba. Compuesta por dos sitios, tenía lanada despreciable superficie de 51.874 pies cuadradosy su valor en renta ascendía de 18.000 rv. La presenciadel ducado en la zona era ostensible: la manzana“empieza a numerarse desde la esquina de la Plazueladel Duque de Alva, sigue por la calle de este nombre,entra por la del Mesón de Paredes a la de Juanelo yvuelve a la referida Plazuela”.

(9) Cómo se había gestado esta situación y lacompleja casuística de las casas madrileñas, puedeverse en detalle en: MARÍN PERELLÓN, F.J. (1989): “Pla-nimetría General de Madrid y Regalía de Aposento”,en CAMARERO BULLÓN, C. (dir.): Planimetría General deMadrid. Madrid, Tabacalera, vol. I, pp. 81-111; delmismo autor: (2000): “Planimetría general de Madridy visita general de casas, 1750-1751”, en CT Catastro,39, pp. 87-114 (disponible en red: www.catastro.min-hac.es).

(10) Para conocer el Madrid de la Planimetría,véase LÓPEZ GÓMEZ, A. (1989): “Madrid a mediadosdel siglo XVIII”, en CAMARERO BULLÓN, C. (dir.): Pla-nimetría..., Op. cit., vol. I, pp. 17-40, y MARÍN PERE-LLÓN, F. (2004): Propiedad y morfología… Op. cit.

Page 6: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Corona o sobre los que ésta detentabaalgún tipo de derecho señorial, al tiempoque se realizaba un levantamiento cartográ-fico similar al de la Planimetría, que des-graciadamente quedó inacabado, nos refe-rimos al denominado Papier terriere du roide la ville et faubourgs de Paris. (11)

Si ésta era la situación sobre la que sequería actuar, veamos ahora cómo se llevana cabo los trabajos sobre el terreno, quéoperativo se organiza y quiénes son los últi-mos responsables, cómo se organizan losequipos, quiénes los forman y qué docu-mentos se elaboran.

La «visita general» de lascasas de Madrid. Normativa

El 22 se octubre de 1749, doce díasdespués del Real Decreto de 10 de octubrede 1749, que pondría en marcha el Catas-tro de Ensenada, se promulga otro queordena “reducir la Regalía de aposento aun ramo […] de la Real Hacienda”, y quese haga cargo de su administración el“Superintendente General de ella”, quienqueda facultado para nombrar un “Subde-legado”, que será el responsable directode la administración de todo lo relaciona-do con el nuevo ramo, con el apoyo deuna nueva Contaduría (oficina públicapara la recaudación y control) creada alefecto, un escribano, un maestro de obrasy un alguacil. Dicho responsable ha de sernombrado con “absoluta independenciade los Consejos y demás juzgados”. Lacreación de esta nueva estructura vaunida a la orden de extinción de la anti-gua Junta de Aposento, que haría entrega

de toda la documentación que obraba ensu poder a los nuevos responsables.

Qué se quería hacer y cómo debíahacerse, al igual que, como veremos, ocu-rriera con el Catastro de Ensenada, estabamuy pensado. Por ello, el decreto lleva ane-jas unas nuevas Ordenanzas que reformanen profundidad la Regalía de Aposento enlos más variados aspectos (impuesto, admi-nistración del mismo, legislación, etc.) yuna pormenorizada Instrucción, de 16 capí-tulos, con la metodología a seguir para lle-var a cabo la visita general de todas lascasas de Madrid, que se ordena ponerinmediatamente en marcha, bajo las órde-nes de un “Visitador General”. (12)

En lo relativo a los aspectos que ahoramás nos interesan –la metodología de laaveriguación y la documentación resultan-te– hay que señalar que el capítulo 1º de lamencionada Instrucción reafirma que elmáximo responsable del operativo de lavisita será el Visitador General, bajo cuyadirección actuarán una serie de equipos.Cada uno de ellos estará formado por un“visitador particular”, un maestro de obras,un escribano y un alguacil. “Y, por quantoqueda extinguida […] la Junta de Apo-sento”, como forma de “reciclar” a los anti-guos empleados en la Regalía, conocedorescomo nadie de la realidad de la misma,manda sean visitadores, hasta la conclusiónde la Visita General, “los aposentadores,fiscal, secretario y contadores que la com-ponían, respecto de quedar sin exercicio yhallarse con la práctica e inteligencia nece-sarias para este encargo”. El VisitadorGeneral habrá de mantener un estrictocontrol y seguimiento del trabajo realizadopor los equipos, pues se ordena taxativa-

92

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(11) LE MARESQUIER-KESTELOOT, I.H. (2002) : “Leterrier du roi pour la Ville et faubourgs de Paris audébout du XVIIIè siècle”, en BRUNET, Ch. et alii :Terriers et plans-terriers du XIIIè au XVIIIè siècle. Paris,Association d’Histoire des Sociétés Rurales y Écolenational des chartes, pp. 133-150.

(12) La Ordenanza e Instrucción de la visita enca-bezan el Libro de asientos de casas de la Planimetría.Pueden consultarse en la edición semifacsímil de lamisma (CAMARERO BULLÓN, C. (dir.) (1989): Planime-tría.…, Op. cit., vol. I, pp. 1-6).

Page 7: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

mente que cada jefe de equipo le informesemanalmente del trabajo realizado.

Las averiguaciones habrían de realizarsepor “quarteles”, voz que en el documentoaparece como sinónimo de “manzana”, oconjunto de casas adosadas que formanuna línea poligonal continua, y no comobarrio, que era también una acepción muyhabitual de dicho vocablo (en esta acep-ción se empleará en la averiguación deMadrid en el otro catastro, el de Ensenada).

La Instrucción establece también losdatos que habrán de recogerse de cada unode los edificios: barrio en el que se encuen-tra y parroquia a la que pertenece, calle ocalles de su fachada, medidas, lindes yextensión de cada casa, nombre del propie-tario y administrador si lo tuviere, inquili-nos, rentas pagadas por éstos y la carga conla que ha de contribuir por aposento, expli-cando si es casa privilegiada o no, y en sucaso qué tipo de privilegio tiene.

Al tiempo, se hace especial hincapié envarios puntos tendentes a detectar y reco-ger nuevas construcciones y ampliacionesde las existentes:

1. que se examinen “las casas que en elcontinente de la Corte se hayan fabrica-do o aumentado de nuevo” después dela última visita; (13)

2. que se compruebe si se “ha labradofuera” de las casas “sobre soportales”; y

3. dado que algunos conventos y monaste-rios que habían conseguido exención depago de la regalía –por tratarse de espa-cios dedicados a uso religioso– han“hecho tiendas con uso profano […] ensu recinto”, se deberán “reconocer ycargar” con la correspondiente carga fis-cal esos nuevos espacios. Asimismo, seincluirán en la visita y se realizará elconsiguiente levantamiento cartográfi-

co, aunque estén libres de carga, “losconventos, parroquias y casas libres porprivilegio, explicando sus alquileres”.Es decir, no queda fuera de la averigua-ción edificio alguno. Recuérdese que,sin embargo, en el Catastro de Ensena-da se ordenó a nivel general no descri-bir los edificios conventuales e iglesiasy las huertas muradas de clausura.

Una vez visitadas, reconocidas y medi-das todas las casas de una manzana, ylevantada acta de todo lo operado, se debíaproceder a levantar un plano de la misma:“se pondrá […] una planta, o diseño [de lamanzana] y de las casas y demás edificios ositios que incluye, con sus medidas, ynúmeros que llamen al asiento”. Tras elreconocimiento, los propietarios tendrán laobligación de presentar los títulos que acre-ditan la situación del edificio respecto a laregalía. Establecidas, pues, la superficie realdel edificio y su situación legal, se procede-rá a fijar el valor de sus alquileres para,sobre ellos, aplicar el nuevo impuesto,ahora ya pecuniario, consistente en un ter-cio del valor de los mismos, tanto si se tra-taba de casa con aposento material como“reducida”. Caso de ser casa privilegiada oexenta, dicho privilegio o exención se res-petaría siempre que estuviera debidamentedocumentado.

Tres días después de la publicación deldecreto, el 25 de octubre de 1749, se nom-bra como Subdelegado, o Intendente de laRegalía, a Juan Francisco de Luján y Arce,quien también formará parte de la RealJunta de Única Contribución que dirigirá elCatastro de Ensenada y, a partir de 1753,será Intendente provincial de Madrid (lasIntendencias, a la usanza de Francia, se res-tablecieron también el mes de octubre de1749). Como Visitador General será desig-nado Manuel Miranda y Testa. Con ambosnombramientos se procedió a iniciar laandadura. El reconocimiento de las casasde Madrid y el levantamiento cartográficose llevó a cabo entre 1750 y 1751, contabi-

93

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

(13) La visita anterior, realizada en 1621, ha sidoampliamente estudiada por MARÍN PERELLÓN, F.(2004): Propiedad y morfología… Op. cit.

Page 8: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

lizándose finalmente 557 manzanas, 7.553casas y 11.450 sitios, (14) que ocupabanalgo más de 75 millones de pies cuadrados.Para ello, tal como se había establecido, seformaron siete equipos, cada uno bajo ladirección de uno de los miembros de laAntigua Junta de Aposento, a saber: Fran-cisco de la Fuente, Antonio Mulsa, Bar-tolomé Bernal, Ignacio Riaño, BernardoDávila, Julián de Hermosilla y Juan Anto-nio Benedid, a cada uno de los cuales se leasignó una serie de manzanas, agrupadaspor barrios. Paralelamente, se contrató eincorporó a la tarea a cuatro arquitectosque fueron quienes llevaron a cabo ellevantamiento cartográfico: Nicolás deChurriguera, Ventura Padierne, Fernandode Moradillo y José Arredondo.

Documentos catastrales de trabajoy libros oficiales “en limpio”

Una vez concluida la fase de averigua-ción, que, como hemos dicho se realizó enapenas dos años, a partir de los datos obte-nidos se elaboraron para cada manzana lossiguientes documentos, previos a los librosoficiales: (15)

– un cuaderno de visita para cada unade las manzanas: aparece encabeza-do por la descripción de la manzanay su número, las calles que la deli-mitan y la parroquia o parroquias ala que pertenece. A continuación,se enumeran las casas que la for-man, recogiendo de cada una: el

nombre de su propietario, la calle ala que da su fachada, las medidas dela fachada, testero y medianerías,los linderos, la superficie edificada,número de plantas y cuartos decada una de ellas, así como las tien-das o talleres si los hubiere y lasituación respecto a la regalía a par-tir de los datos que manifestaba elpropietario o su administrador.Esos datos serían confirmados ocorregidos una vez fuesen presenta-dos los títulos acreditativos de lodeclarado (es lo que llamaban“reconocimiento”) (fig. 1);

– un cuaderno de alquileres en el queaparecen los nombres de los propie-tarios de las casas y los de los inqui-linos de los distintos cuartos, asícomo la renta que pagan;

– un plano de cada manzana, levantadopor el arquitecto, a escala variablesegún el tamaño de la manzana encuestión. De estos planos originalesse conservan 586 (de alguna manza-na se levantó más de un plano),habiéndose perdido únicamente elde una manzana. Esta colección deplanos se custodia en el Archivo His-tórico Nacional, Madrid. (16) Todosellos aparecen fechados y firmadospor el arquitecto que los levantó y enocasiones tienen anotaciones que nose pasan más tarde a la Planimetría.Sus escalas son mayores que las deésta (fig. 2).

– un cuaderno de cargas. Una vez veri-ficada la situación de cada inmue-ble respecto a la Regalía, a partir delos documentos originales acredita-tivos presentados por los propieta-rios, se elaboró un cuaderno de car-gas, en el que se anotaban los

94

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(14) Así se explica en el resumen final de losasientos de casas la diferencia entre sitios y casas:«Adviértese que la diferencia que ay en el maiornúmero de sitios, que se señala del de las casas […]consiste en hallarse incluidos en muchas de ellas uno,dos, tres o más sitios».

(15) AHN, Fondos contemporáneos, Delegaciónde Hacienda, Fondo histórico, legajos 1-53.

(16) AHN, FC, DH, Fondo histórico, carpetasK-1 a K-38.

Page 9: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

privilegios de los que disfrutabacada inmueble así como los cam-bios que hubiese experimentado susituación tributaria.

De acuerdo con lo establecido en lasOrdenanzas, una vez terminada la visita yverificada la situación de las casas, se for-maron los que habrían de ser los librosoficiales, denominados Libros Registro, enlos que se ordenarán sistemáticamente losasientos de las casas formados en la visitay una Planimetría. Ello dio lugar a los lla-

mados Libros de los asientos de las casas deMadrid y a la Planimetría General. Los pri-meros libros, seis en total, recogen las des-cripciones de las 7.553 casas que compo-nían la ciudad, agrupadas por manzanas;los cinco primeros tienen 100 manzanascada uno y el sexto, las 57 restantes. Ladescripción se inicia siempre con unaenumeración de las calles que ciñen lamanzana –Manzana 418: “Empieza anumerarse por la costanilla de Santiago,sigue por la calle de este nombre,cera de mano derecha, baja por la del

95

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 1. Doble página del Cuaderno de visita de la manzana 35Archivo Histórico Nacional.

Page 10: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Espejo, de San Bartolomé, de los Tintes,continuando por la del Mesón de Paños,hasta la citada costanilla de Santiago”–,siguiendo la descripción de las casas quela componen, identificadas con un núme-ro que coincide con el que aparece en elplano de la misma incluido en la Planime-tría (fig. 3). Cada uno de ellos se conclu-ye con un cuadro resumen de las manza-nas, casas, sitios y superficie total de cadauna de las manzanas, dada en pies cuadra-dos (fig. 4).

Para elaborar la Planimetría se recurrióa una cartografía geométrica y planimétri-ca. La técnica utilizada es el dibujo a línea,muy fino, de gran calidad, en diversos colo-res y trazo continuo para delimitar las casas

y discontinuo para marcar los “sitios” osolares, cuando son varios los que compo-nen una casa. En algunos casos, muypocos, aparecen algunos elementos nocatastrales, como las murallas medievales,lonjas, puertas de las murallas, arquetas deagua… Finalmente, la variedad de escalasde los planos originales se redujo a seis.

De los libros oficiales se realizaron tresseries en el momento de su confección: laoriginal –destinada al rey, por lo que seenvió al archivo central de la Corona, elArchivo General de Simancas–, la prime-ra copia se destinaba para uso de la RealHacienda para la exacción del tributo (esla que hoy se custodia en el Archivo His-tórico Nacional), y la tercera se envió a la

96

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Figura 2. Plano original de la manzana 43, firmado por el arquitecto Fernando Moradillo.Archivo Histórico Nacional.

Page 11: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

97

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 3. Plano de la manzana 418 de la Planimetría. Observesé que recoge restos de la muralla medieval, a los que se adosan las casasArchivo General de Simancas.

Page 12: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

98

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Figura 4. Resumen de los datos de las 57 últimas manzanas y resumen general, incluido en el volumen 6 de la Planimetría de Madrid.Archivo General de Simancas.

Page 13: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

99

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Biblioteca Real, Nacional, para su con-sulta por los estudiosos. (17) Posterior-mente, avanzado ya el propio siglo XVIIIy también en el XIX se realizarían variascopias más.

Aplicación fiscal de losresultados de la Planimetría

Si los fines perseguidos de clarifica-ción, conocimiento y levantamiento carto-gráfico del caserío de Madrid se alcanza-ron plenamente, lo mismo cabe afirmar desu finalidad fiscal, pues consiguió losobjetivos propuestos: simplificar el tribu-to al reducir los variados tipos contributi-vos a un tributo pecuniario y sistematizary racionalizar los procedimientos de con-trol y administración del impuesto. Elresultado fue un importante aumento delos ingresos de la Real Hacienda. Así, si en1749 (antes de la Planimetría) lo recauda-do había ascendido a 885.068 reales devellón, en 1760 se había elevado a1.237.630 reales de vellón, lo que repre-senta un incremento del 31 por ciento enapenas diez años. (18)

Es importante constatar que la Plani-metría supone un concepto fiscal distintoal de los otros dos catastros españoles delsiglo XVIII, el de Patiño (realizado enCataluña en 1716-17), y el de Ensenada(1749-1759): el objeto fiscal es la propie-dad urbana, la parcela y el edificio en ellaconstruido. Se trata, pues, de un catastrocomo base para imponer una exacciónsobre bienes inmuebles, mientras que losdos primeros suponen una reforma fiscalde mucho mayor calado, pues afectan a

todo tipo de bienes y rentas: bienesinmuebles, riqueza pecuaria, rentas deri-vadas del trabajo personal, comercio,transporte... Sin embargo, en cuanto a lametodología averiguadora y los agentescatastrales, es hermana gemela del catas-tro castellano, alejándose en estos aspec-tos de lo realizado años antes en Catalu-ña. (19)

Asimismo, la Planimetría fue un rotun-do éxito por cuanto el conocimientoadquirido de la estructura interna de laVilla y Corte y la cartografía levantada fue-ron fundamentales para acometer lasimportantes mejoras urbanas y de infraes-tructuras que se llevarían a cabo en losaños siguientes, ya bajo el reinado de Car-los III (1759-1788), al tiempo que nos halegado el catastro urbano más importantedel Antiguo Régimen español. Sirvió debase para levantar distintos planos de laciudad, entre los que destacan el Planotopográphico de Madrid (1769), de Espino-sa de los Monteros y el Plano geométrico deMadrid (1785) del gran cartógrafo españolde la época, Tomás López (fig. 5).

Para el investigador actual, la ingentedocumentación generada por la visita y losplanos levantados constituyen una fuentesin par para el estudio de la propiedadurbana, la densidad de construcción, elvalor del patrimonio inmobiliario, el valorde los alquileres, las tipologías constructi-vas, el viario… Para ello es importante lareciente catalogación de los fondos conser-vados en el Archivo Histórico Nacional, lle-vada a cabo por Francisco Marín, cuya tesisdoctoral, defendida a finales de 2004, esclave para el mejor conocimiento y utiliza-

(17) AGS, Patronato Real, alacena; AHN, FC, DH,Fondo histórico, libros 103-114 y BN, mss. 1665-1676.

(18) MARÍN PERELLÓN, F.J. (1989): Planimetría…,Op. cit, en CAMARERO BULLÓN, C. (dir.): Planimetría...,Op. cit., vol. I, p. 97.

(19) Un estudio comparado de los aspectos pro-cedimentales de los tres catastros españoles puedeverse en: CAMARERO BULLÓN, C. (2006): “Trois cadas-tres dans l’Espagne du XVIIIe siècle : prolégomènes,contexte, objectifs, méthodes et résultats”, en TOUZE-RIE, M. (edit.): De l’estime au cadastre…, Op. cit., pp.143-214.

Page 14: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

100

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 15: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

101

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 5

Planogeométrico deMadrid de TomásLópez, 1785,levantado a partirde la informaciónrecogida en laPlanimetría.

Real Academiade la Historia

Page 16: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

102

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

ción de esta importante fuente, si bienantes de esa fecha ya se había realizadoalgunos interesantes trabajos puntuales uti-lizando parte de su documentación. (20)

El Catastro de Ensenada:el sistema operativo

El 10 de octubre de 1749, bajo el reina-do de Fernando VI, como ya avanzamos, sepromulga el Real Decreto que pone en mar-cha la realización de una magna pesquisaen los territorios peninsulares de la Coronade Castilla, que dará lugar al denominadoCatastro de Ensenada.

El Catastro mandado hacer por Fernan-do VI se realizó entre la primavera de 1750 yfinales de 1755 –salvo las averiguaciones dela capital, Madrid, que se prolongaron hastael verano de 1757–, completándose la docu-mentación para todas las provincias entre1756-59. Las pesquisas catastrales duraron,pues, siete años. Los territorios que fueroncatastrados equivalen a algo más de las trescuartas partes (410.000 km2 aproximada-mente) del total del territorio español actual,que entonces se hallaba estructurado, por loque se refiere a la Corona de Castilla, en 22provincias o intendencias. Este Catastro,como hemos avanzado, va a ser prontoconocido como Catastro de Ensenada, porhaber sido un ministro de Fernando VI, el

marqués de la Ensenada (1702-1781), suprincipal impulsor. Hoy sabemos que la ideade catastrar las Castillas pudo concebirlaEnsenada por haber trabajado muchos añosa las órdenes del ministro de Felipe V JoséPatiño, quien realizó el Catastro de Cataluña(desde 1715) (21) y por haber servido enItalia al monarca Carlos VII de Nápoles ySicilia (1734-1759), que antes había regidolos ducados de Parma y Piacenza (1731-1735) y posteriormente ocupará el tronoespañol como Carlos III. Fue en sus años ita-lianos, sin duda, cuando Ensenada conocióen directo el catastro elaborado en Saboya yla primera fase de los trabajos catastrales lle-vados a cabo en el Milanesado.

Muy en síntesis, puede decirse que elCatastro era la pieza clave para llevar acabo una profunda reforma fiscal en losterritorios castellanos, consistente en sus-tituir un complejo conjunto de impuestos,denominado Rentas Provinciales, que gra-vaban el consumo y de los que práctica-mente quedaban exentos los estamentosprivilegiados, por un impuesto único, uni-versal y proporcional a la riqueza de cadacontribuyente. Por ello, el Catastro que

(20) Además de los ya recogidos de F .J. MarínPerellón, que en buena medida seguimos en este tra-bajo, destacamos: MOLINA CAMPUZANO, M. (1960):Planos de Madrid de los siglos XVI y XVIII. Madrid, Ins-tituto de Estudios de Administración Local; BRANDIS,Mª D. (1983): El paisaje residencial de Madrid. Madrid,MOPU; CARO, C. (1983): “Casas y alquileres en elantiguo Madrid”, en Anales del Instituto del EstudiosMadrileños, tomo XX, pp. 97-153; ARAGÓN AMUNÁRRIZ,F. (2002): La evolución del catastro de Madrid, en CTCatastro, 44, pp. 7-34 (disponible en red: www.catas-tro.minhac.es); PINTO CRESPO, V. y MADRAZO MADRAZO,S.: Madrid,..., Op. cit.; MORA PALAZÓN, A. (2005): ElMadrid que se fue. De Tomás López a nuestros días.Madrid, Fundación Madrid Nuevo Siglo.

(21) Sobre el catastro de Patiño, véase SEGURA I

MAS, A. (coord.) (1988): El Catastro en España.Madrid, Centro de Gestión Catastral y CooperaciónTributaria, T. I, pp. 7-46; NADAL FARRERAS, J. (1971): Laintroducción del catastro en Gerona. Contribución al estu-dio del régimen fiscal en Cataluña en tiempos de Felipe V.Barcelona, Universidad de Barcelona, pp. 5-35; FERRER

ALÓS, Ll. (2002): ¿Modernización fiscal? La implanta-ción del catastro en Cataluña, en DURÁN BOO, I. y CAMA-RERO BULLÓN, C. (dir.): El Catastro de Ensenada. Magnaaveriguación fiscal para alivio de los vasallos y mejorconocimiento de los einos. Madrid, Dirección Generaldel Catastro, Ministerio de Hacienda, pp. 44-51 (dis-ponible en red: www.eurocadastre.org); CAMARERO

BULLÓN, C. y FACI LACASTA, P. (2006): “La estructuradocumental del Catastro de Patiño según las reglasanexas al Real Decreto de 9 de diciembre de 1715”, enCT Catastro, 56, pp. 89-116 y FACI LACASTA, P. y CAMA-RERO BULLÓN, C. (2006): “La documentación del catas-tro de Patiño en el Archivo Histórico Provincial deLérida”, en CT Catastro, 57, pp. 96-162 (ambos, dispo-nibles en red: www.catastro.minhac.es).

Page 17: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

concibe Ensenada pretende averiguarlotodo de todos, sin excepción, de maneraque la magna averiguación catastralpudiera dar paso después a fijar un grava-men único a cada contribuyente, quehabría de ser un porcentaje de la riquezaen tierras, ganados y edificios que cadauno resultase tener y de las rentas fijas oestables de que gozase. Este objetivo desimplicidad se vio reflejado en la propiadenominación del organismo central quehabría de dirigir todo el Catastro: RealJunta de Única Contribución. Por ello lapesquisa que con tal motivo se realiza pro-porcionará una vívida imagen de la econo-mía, la sociedad y la población de la Cas-tilla de mediados del siglo XVIII yproporcionará innumerables noticias delpasado. (22)

Para llevar a cabo la catastración, la Ins-trucción anexa al Real Decreto establecíataxativamente quiénes serían los responsa-bles, el procedimiento a seguir y los docu-mentos que habría que elaborar. Al frentedel operativo estaría la Real Junta ya citada,con sede en Madrid, siendo el máximo res-ponsable para cada provincia su Intenden-te provincial. Del mismo dependerían unaserie de equipos (audiencias), formados almenos por: un juez subdelegado, un escri-bano para dar fe pública de todas las dili-gencias, un oficial, varios escribientes, ungeómetra y varios peritos, algunos de los

cuales podrían ser agrimensores y alarifes.Iniciadas las averiguaciones, se incorpora-rán al proceso las Contadurías de RentasProvinciales (delegaciones provinciales dela Real Hacienda), donde se elaboraránalgunos de los libros oficiales del Catastroy se valorarán las diferentes partidas. Esta-blece asimismo la Instrucción aneja al RealDecreto que la averiguación se ha de desa-rrollar a dos niveles, individual y munici-pal. El individual queda definido al seña-larse que debe declarar y ser averiguadatoda persona, física o jurídica, que sea titu-lar, activo o pasivo, de cualquier bien, dere-cho o carga, fuera cual fuese su condiciónestamental o estado civil. El nivel munici-pal consistirá en la obtención de respuestasformales a un Interrogatorio de 40 pregun-tas, muchas de ellas referidas a datos globa-les del pueblo. El método y proceso quehabría de seguirse en la averiguación puedesintetizarse en:

1º. Carta, pregón y bando. Antes de darcomienzo a la averiguación de un pue-blo, el juez subdelegado enviaba unacarta al alcalde del mismo en la que letrasladaba la orden del rey y le anun-ciaba la fecha de su llegada y la obliga-ción de pregonar y exponer, en el pue-blo y en los confinantes, el bando quele enviaba, pues en cada localidaddebían declarar tanto sus vecinoscomo los forasteros que tuviesen bie-nes o derechos en él. El pueblo consti-tuía, pues, la unidad territorial decatastración.

2º. Declaraciones de bienes, rentas, dere-chos y cargas o gravámenes. Desde lapromulgación del bando, los vecinosy forasteros con bienes o rentas en eltérmino disponían del plazo señala-do en él para entregar sus declaracio-nes, denominadas memoriales o rela-ciones.

3º. Elección de representantes del concejo yperitos. Simultáneamente, el alcalde ylos regidores debían elegir los miem-

103

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

(22) Sobre el proceso operativo, los responsables yavatares del catastro de Ensenada, véase MATILLA TAS-CÓN, A. (1947): La única contribución y el catastro de laEnsenada. Madrid, Ministerio de Hacienda; CAMARERO

BULLÓN, C. (2002): “El Catastro de Ensenada, 1749-1759: diez años de intenso trabajo y 80.000 volúmenesmanuscritos”, en CT Catastro, 46, pp. 61-88 (español)pp.141-153 (inglés) (Disponible en red: www.catas-tro.minhac.es), y de la misma autora (2002): “Vasallosy pueblos castellanos ante una averiguación más allá delo fiscal: el Catastro de Ensenada, 1749-1756”, enDURÁN BOO I. y CAMARERO BULLÓN, C. (2002) (dir.): ElCatastro de Ensenada…, Op. cit., pp. 113-387 (disponi-ble en red: www.eurocadastre.org).

Page 18: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

bros del ayuntamiento que habrían deresponder al Interrogatorio de 40 pre-guntas; además, debían elegir variosperitos entre quienes mejor conocie-sen todo lo referente al lugar (propie-dad y calidades de las tierras, especial-mente) y sus gentes.

4º. Llegada del equipo catastrador (oaudiencia) y primeras diligencias. Ya enel pueblo, el subdelegado mandabacitar al alcalde, regidores, peritos ycura párroco para un día, hora y lugardeterminados. Si lo consideraba opor-tuno, el juez subdelegado podía desig-nar varios peritos (llamados peritos delrey), generalmente forasteros, quedebían expresar su conformidad o dis-conformidad acerca de los rendimien-tos de los cultivos o ingresos de laactividad que los peritos del pueblodeclarasen.

5º. Respuestas al Interrogatorio de la letraA. Llegado el momento, se dabacomienzo al Interrogatorio de 40 pre-guntas, recogiendo el escribano lasrespuestas literales dadas por el conce-jo y los peritos. El resultado de esteacto sería el documento llamado Res-puestas generales.

6º. Recogida de declaraciones. Mientras, elresto del equipo se encargaba de reco-ger los memoriales de los vecinos,habitantes y forasteros, a los que enmuchos casos ayudaban, especialmen-te a los que no comprendiesen elbando y a los que, por no saber leer yescribir, debían valerse de personaajena para redactar su declaración y deun testigo que la firmase.

7º. Organización de los datos de las declara-ciones para proceder después a corro-borar sobre el terreno (“reconocer”) laexactitud o inexactitud de lo declara-do en todo lo referente a las tierras.

8º. Medición de las casas y verificación dedatos. Los alarifes se ocupaban deorganizar la medición de las casas,otros peritos a recontar habitantes y

ganados, y un tercer grupo, a recorrerlas tierras y comprobar la veracidad delo declarado respecto a sus medidas,calidad agronómica y aprovechamien-tos. Por su parte, el oficial y los escri-bientes, ayudados por el escribano,procedían a examinar los documentosacreditativos de lo consignado en lasdeclaraciones, especialmente lo corres-pondiente a censos, foros, limosnas a laiglesia con garantía hipotecaria, etc. Siel examen era satisfactorio, se anotabaal margen de la partida correspondientela palabra “verificado” o signo con igualvalor.

9º. Confección de los Libros de los cabezasde casa (o de familias o de lo personal).El subdelegado debía ocuparse de pre-parar la relación completa del vecinda-rio confeccionando dos libros (unopara familias de legos y otro para fami-lias de eclesiásticos), en los que debíarecogerse una especie de ficha (“asien-to”), con los datos de cada vecino y sufamilia: nombre, estado civil, estamen-to, profesión y edad del cabeza defamilia y de su cónyuge, hijos noemancipados y criados, oficiales oaprendices alojados en la casa.

10º. Elaboración de la nota de valor de lasclases de tierras. Con la finalidad dehacer más sencilla la valoración de lastierras, se ordenó clasificar en unnúmero reducido las clases de tierrasexistentes en un término, asignandouna renta anual media a cada clase yunidad de superficie.

11º. Confección de los Libros de lo real (oLibros registro, o maestros, o de lorayz). Una vez contrastados todos losdatos recogidos en las declaraciones,se procedía a pasar toda la informa-ción a un libro en limpio, rectificandoen él lo dicho en los memorialessegún lo anotado por los peritos: erro-res, ocultaciones y anomalías adverti-dos en el reconocimiento, que debíanfigurar al lado de la partida a la que

104

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 19: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

afectaban y que, si eran importantes,podían haber dado lugar a graves san-ciones. (23) El contenido de estoslibros son los bienes reales, es decir:tierras, casas, bodegas, molinos, bata-nes, corrales, así como ganados, sala-rios, ingresos por comercio, censos...Se hicieron dos libros (un libro podíatener varios volúmenes) por pueblocatastrado: uno para seglares y otropara eclesiásticos.

12º. Obtención de documentos probatorios. Alos párrocos se les solicitaba un certifi-cado de diezmos de los últimos cincoaños y su distribución, y a al escribanodel ayuntamiento un certificado conlos ingresos y gastos anuales del Con-cejo y otro de las sisas y arbitriosimpuestos a los vecinos; asimismo seexigía la presentación de todos losdocumentos legitimadores del goce deprivilegios o de rentas enajenadas a laCorona a los detentadores de los mis-mos, de los cuales debía hacerse copiaíntegra (“a la letra”), seguida de lacompulsa.

13º. Elaboración de resúmenes cuantitativos(llamados Mapas o Estados locales).Con todos los datos ya recabados,registrados y verificados, debía proce-derse a resumir la información cuanti-tativa para completar nueve diferentesestadillos, cinco para los seglares y cua-tro para los eclesiásticos, uno menos enéstos porque no quedaban sujetos algravamen por lo personal, que era ungravamen estamental pagado por el

pueblo lego y llano. Denominados conletras, en el D se recogen las medidas detierra del lugar y su valor en reales devellón; en el E, el valor de los restantesbienes reales; en el F, las utilidadesgeneradas por el ejercicio de activida-des profesionales y comerciales; en elG, la población activa sujeta al impues-to por lo personal, y en el H, el núme-ro de cabezas de ganado y su valordinerario. La agregación de los datos delos estados locales de todas las opera-ciones de la provincia constituiría losEstados provinciales o generales, que seelaborarían en la Contaduría, una vezacabadas las averiguaciones.

14º. Elaboración de otros documentos catas-trales. Tres eran obligatorios, de losque aquí sólo destacaremos uno: unarelación de todo lo existente en el pue-blo que hubiese sido enajenado a laReal Hacienda. A partir de este docu-mento, se elaboraría en la Contaduríael Libro de lo enajenado a la RealHacienda para toda la provincia.

15º. Lectura pública. Acabado todo, debíaprocederse a la lectura íntegra –en“concejo abierto o público”, y una vezconvocados todos los vecinos y foras-teros interesados–, de los Libros de loreal y de los de los cabezas de casa. Sialguien consideraba que se había falta-do a la verdad o que resultaba agravia-do por algo, podía y debía manifestar-lo, procediéndose entonces a levantarel auto correspondiente y a realizar laoportuna investigación. Una vez todosconformes, se firmaban los libros y ladiligencia de lectura pública, dando fepública el escribano. Con ello se dabapor concluida la fase de averiguación.

16º. Certificado de los gastos generados porla averiguación del lugar.

17º. Copia de la documentación. Concluidala operación, y ya en las contadurías,se procedería a realizar dos copias lite-rales de las Respuestas generales y unade los Libros de lo real y de los Libros

105

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

(23) CAMARERO BULLÓN, C. (1999): “La lucha con-tra la falsedad de las declaraciones del Catastro deEnsenada (1750-1756)”, en CT Catastro, 37, pp. 7-33(disponible en red: www.catastro.minhac.es) y CAMA-RERO BULLÓN, C. (2002): “Vasallos y pueblos castella-nos ante una averiguación más allá de lo fiscal: elCatastro de Ensenada, 1749-1756”, en DURÁN BOO I. yCAMARERO BULLÓN, C. (2002) (dir.): El Catastro deEnsenada…, Op. cit. (disponible en red: www.euroca-dastre.org).

Page 20: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

de los cabezas de casa, para depositaren su día los originales en las oficinasprovinciales de la Real Hacienda y lascopias en los respectivos ayuntamien-tos, remitiendo la segunda copia de lasRespuestas a la Real Junta a Madrid.Ésta es la que se conserva en el Archi-vo General de Simancas. (24)

Si éste fue el modelo diseñado y que,con pequeños retoques, funcionó perfecta-mente para las casi 15.000 localidades cas-tellanas, la realidad de la Villa y Corte, aunmanteniendo su esencia, obligó a variarloen algunos aspectos, como fue la no reali-zación de las Respuestas generales de lacapital, lo que nos ha privado de una infor-mación clara y sintética de la misma, quehubiera sido de vital importancia dada lapérdida de la mayor parte de la documen-tación catastral madrileña. Y es que no tuvosuerte la Villa de Madrid con su catastro.

Una ardua tarea: catastrarla Villa y Corte

Difícil fue lidiar con una población confortísima presencia de grandes nobles, ecle-siásticos, diplomáticos, indianos, pero tam-bién pobres de solemnidad, jornaleros,criados…, máxime a la altura de 1754,cuando prácticamente todo el resto de losterritorios de la Corona de Castilla estabanya catastrados. De ahí que las pocas noti-cias que hemos acopiado a lo largo de añosde investigación adquieran un valor mayorque el que por sus contenidos quizás mere-cieran. A tales noticias dedicaremos estaspáginas, que ponen de manifiesto las difi-cultades a las que tuvieron que hacer fren-te los responsables de la Única a la hora decatastrar una ciudad con características

singulares dentro del panorama urbanocastellano, derivadas del hecho de ser lacapital del Estado. (25)

Las autoridades catastrales –la Real Juntade Única Contribución para toda la Coronay el Intendente de Madrid para la Villa yCorte y su provincia–, a pesar de residir enla Corte, parece como si se hubieran olvida-do de la Villa y su provincia. Teniendo enella sus “posadas” y despachos, prestarontoda su atención al catastro de las otras 21provincias y sus cerca de 15.000 ciudades,villas y aldeas, pero menos a la Villa y Cortey a las 98 villas, lugares, aldeas y depobladosde su provincia. La relación cotidiana dealgunos miembros de la Junta y el Intenden-te de Madrid, el marqués de Rafal, debióhacer que muchas cuestiones se planteaseny resolviesen viva voce, privándonos así demucha información, al no tener que recurrira la correspondencia, que es lo que ha llega-do hasta nosotros. Por otro lado, la averi-guación catastral de Madrid debió versecomo obstáculo casi infranqueable. A laCorte habían ido llegando noticias de losproblemas habidos para catastrar algunasciudades, tales como Sevilla (19.166 veci-nos), Granada (13.651), Málaga (10.130) oSalamanca (3.794 vecinos). Siendo así,¿cómo organizar la catastración de Madrid,con sus 31.779 vecinos, algo más de100.000 habitantes, cuyo carácter y condi-ción eran además tan complejos y tan hete-rogéneos? Todas las cifras de la Villa eran dela misma magnitud, grandes para los mediosde la época: 66 conventos, 208 curas adscri-tos a las parroquias y otros 1.000 eclesiásti-

106

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(24) Archivo General de Simancas, DirecciónGeneral de Rentas, 1ª remesa, libros 1 a 667.

(25) La documentación básica utilizada para estetrabajo es la correspondencia cruzada entre la RealJunta de Única Contribución, la Intendencia y la Con-taduría madrileñas (AGS, DGR, 1ª remesa, leg. 1893(años 1750-1752), 1894 (1753-1760) y 1992 y 1993(contadurías). No referimos sistemáticamente a estadocumentación en cada una de las citas literales quehacemos a lo largo del trabajo, pues por la fecha esmuy fácil al investigador interesado localizar el legajode procedencia.

Page 21: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

cos seculares más sin agregación, 4.756nobles cabezas de casa. Y es que si las difi-cultades crecían no lineal sino exponencial-mente con el tamaño del vecindario ¿hastaqué grado iba a resultar complejo y laborio-so catastrar Madrid? Probablemente es porello y porque el marqués de Rafal, quienhabía asumido la Intendencia de la provin-cia de Madrid a finales de 1749 y responsa-ble supremo de su catastración, va a dejar elcatastro al ser comisionado por el rey parapasar a Andalucía a ocuparse de remediar lagrave crisis de granos que allí se padecía.Ello hizo que la tarea de catastrar la capitalse dejara para una vez finalizada la pesquisaen los 98 pueblos que componían la provin-cia, la cual se encomendó a dos jueces-sub-delegados, Agustín Sebastián Ortiz y GarcíaHidalgo y Oviedo. Pero Rafal no tendríaoportunidad de abordar el catastro de lacapital. Morirá el 9 de mayo de 1753.

¿Debe catastrarse la sede de la Corte?

A la muerte de Rafal se hace cargo de laIntendencia madrileña Juan Francisco deLuján y Arce, miembro de la Real Junta deÚnica Contribución, de la que seguiría for-mando parte, y al que ya vimos de Inten-dente de la Regalía de Aposento, y portanto máximo responsable también de laPlanimetría.

A la altura de julio de 1753, todos,incluido el nuevo Intendente, parecenhaber olvidado que el catastro de la Corteni siquiera se ha comenzado. Será el conta-dor Abarrategui el que, en carta de 4 dejulio, recuerde a Junta e Intendente que laVilla de Madrid y las tierras de su Campoeran “lo único que faltaba para el completode la provincia”, por lo que preguntaba sies que se había decidido no catastrarMadrid. En principio, nada había en la nor-mativa que diese pie a esa pregunta, pero elhecho es que hasta ese momento nadieparecía haberse preocupado ni ocupado delCatastro de la Villa y Corte. La Junta, en la

que se sentaba Luján, no responde hágase,sino: “a su tiempo se le comunicará lo quese resuelva”.Y es que, en efecto, algúnmiembro de la Real Junta debió de sugerirque, siendo Madrid sede de la Corte, podríaser conveniente preguntar a Palacio.

Así se hace. En la sesión de la Junta de13 de julio de 1753, se redacta una consul-ta al rey en la que, tras reconocer “no estarexceptuado este Pueblo en las Reales Yns-trucciones y órdenes que se le han comuni-cado”, dice no haber resuelto si debe o nocatastrarse “atendiendo a la calidad quetiene de Corte”. Palacio no tardó en res-ponder. El 14 de agosto ya está en poder deLuján el escrito formal en el que la Junta letransmite que el monarca ha consideradopertinente catastrar la Corte, y que su ope-ración sea dirigida por el propio Intenden-te, como se ha hecho en la mayoría de lasprovincias. Luján acusará recibo, aprove-chando para desgranar algunas reflexiones,pues no acababa de estar convencido deque Madrid pudiera ser operada comocualquier otra capital. Opina, por ejemplo,que la puesta en marcha no puede hacersemediante un simple bando, alegando crípti-camente que “en la complicación de humo-res de este no regular pueblo, puede indis-poner más que servir esta publicación”.Sorprendentemente, propone que el Catas-tro madrileño se haga “silenciosa y sigilo-samente”. Duda sobre si se deben describirlas casas y familias de los ministros deCoronas extranjeras (embajadores y envia-dos ordinarios y extraordinarios); puntua-lizando que en ese momento todos soncontribuyentes a Rentas Provinciales, al serimpuestos indirectos sobre el consumo ylas compraventas, por lo que caso de noincluirse “sus utilidades, en el reparto quese haga habrá algún perjuicio al común delos demás contribuyentes”. Teme, asimis-mo, que surjan disputas y competencias defueros “en la muchedumbre de exemptosde la jurisdicción ordinaria que tiene estaCorte”. Para evitar disputas con los nobles,clérigos y otros exentos, considera necesa-

107

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Page 22: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

rio que el rey expida las debidas realesórdenes, dirigidas a los Tribunales, jefes delas Casas Reales, Juntas y demás Juzgados,y en general a todos los que alegan fuero,para que no se escuden en el mismo paraintentar escapar del catastro.

Luján temía todo tipo de obstrucciones,y no le faltaban razones para ello, pues alformar parte de la Real Junta, había idoconociendo la oposición planteada pormonasterios, cabildos, nobles, colegiosprofesionales… Y como la propuesta deLuján suponía no seguir exactamente lametodología establecida en el Real Decretode 1749, la Junta eleva nuevo escrito al reyel 17 de agosto de 1753. Tengamos presen-te a este respecto que nuestro intendentehabía formado también parte de la Junta deIntendentes que estudió el proyecto decatastración de las Castillas y colaboró enel diseño del método de averiguación, quefinalmente fue sancionado por la RealOrden de 10 de octubre de 1749.

Palacio, con buen criterio, aunque con-sidera que no son necesarias nuevas órde-nes, pues el Decreto que puso en marcha elCatastro sigue vigente, y establece taxativa-mente que nada ni nadie puede alegar pri-vilegio o fuero alguno que le exima dedeclarar y ser averiguado, emite los escritossugeridos, que Ensenada hace llegar atodos los ministerios. Sin embargo, encuanto a los eclesiásticos, no lo consideranecesario pues ya había dirigido el rey cartapersonal a todos los arzobispos, obispos,dignidades, abades y superiores de órdenesdándoles cuenta del Decreto y avisándolesque el ser averiguados no significaba cam-bio en su statu quo, y que, si finalmente sedecidiese implantar la única contribución, elmonarca recabaría antes del Papa el opor-tuno Breve. Ante esta respuesta, acompaña-da de la autorización implícita de modificarlos aspectos operativos del Decreto y de laInstrucción aneja para el Catastro deMadrid al señalar expresamente que secatastrara “como mejor convenga”, Lujánprocede a concretar los cambios que consi-

deraba necesarios en el método operativo,para someterlos a la consideración y apro-bación de la Junta. Así lo hizo, elevando ala misma un escrito titulado: Idea o sistemapara operar Madrid cumpliendo la real ordeny que se logre con posible brevedad y econo-mía. Y la concreta en los puntos que reco-gemos a continuación.

Considera que es imposible evacuarunas Respuestas generales en Madrid, puespor muchos peritos que se juntaran nohabría forma de responder cabalmente amuchas preguntas, por ejemplo, la 33ª: Quéocupaciones de artes mecánicos hay en elPueblo, con distinción, como Albañiles, Can-teros, Albéytares, Herreros, Sogueros, Zapate-ros, Sastres, Perayres, Tejedores, Sombrere-ros, Manguiteros, y Guanteros, etc.,explicando en cada oficio de los que huviere elnúmero que haya de Maestros, Oficiales, yAprendices; y qué utilidad le puede resultar,trabajando meramente de su oficio, al día acada uno. O bien la 35ª: Qué número de Jor-naleros havrá en el Pueblo, y a cómo se pagael jornal diario a cada uno. O la 36ª: Quán-tos Pobres de solemnidad havrá en la Pobla-ción. O la 38ª: Quántos Clérigos hay en elPueblo. Ante la imposibilidad, propone que“junto Madrid en su Consistorio, y con lla-mamiento ante diem, se entere y dé porenterado de las Reales Órdenes, Decretos,Instrucción e Interrogatorio donde se pres-cribe la forma de operar”. Y que en su inte-ligencia y cumplimiento, “nombre de 6 a 8capitulares-comisarios que se ocupen defacilitar todos los documentos que se les re-quieran de los archivos, contadurías ysecretarías municipales”, y, en particular,razón de sus gremios, valores de propios,rentas comunes, arbitrios y sisas. Y quepara el término o Campo de Madrid, delque sí cabía evacuar unas “respuestas nor-males”, que el Consistorio nombre peritos“para las demarcaciones de tierras, huertas,lavaderos, etc.”. Así, pues, se descartaba,antes de intentarlo siquiera, la realizaciónde las Respuestas generales para la Villa deMadrid, no así para su Campo.

108

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 23: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Estaba ordenado también que en elCatastro habían de quedar recogidas y des-critas las casas y todo tipo de edificios,fuese cual fuese su uso, salvo iglesias y con-ventos, que habrían de ponerse en cabezade su propietario, señalando la renta anualque se percibía si la casa estaba arrendada y,en caso de que la habitara el dueño o estu-biera desocupada, los peritos que se desig-naran debían fijar la renta que se cobraría sise alquilara. Luján, con buen criterio, veque esta inmensa tarea era evitable, puesdesde 1750 se estaba haciendo exactamen-te eso con la Planimetría de Madrid, bajo elcontrol directo de un Visitador General, ysupremo del propio Luján. Por consiguien-te, lo único que había que hacer era que elVisitador formase y diese relación auténticade las casas que tenía la Villa, con especifi-cación de sus dueños y del valor anual delo que rentaban o podían rentar.

Exigía también el Catastro que todoslos cabezas de casa presentasen una decla-ración jurada y firmada con los datos sobresu persona, familia, bienes, rentas, oficio,derechos y cargas. Luján entiende que sieso se ordena hacer en Madrid por el siste-ma establecido –la promulgación de unbando–, serán muchos los que incumplan,al tiempo que resultaría después muy com-plicado averiguar quién había presentadosu declaración y quien no, y más aun, sabersi lo declarado era toda la verdad o si losdeclarantes habían omitido o falseadodatos. Piensa por ello que lo mejor es apli-car un método que podríamos denominarde racimos: que las comunidades o gremios“formalicen las relaciones de los individuosde que se compone cada una, y se hagaregulación a juicio prudente de las rentas yutilidades anuales que cada uno disfruta,como son abogados, procuradores, escriba-nos, agentes, […]. Y lo mismo artistas ymaniobreros de artes liberales, y a corres-pondencia los demás gremios mayores ymenores, que comprehenden en sí lo másdel gentío común”. Con tales listas y valo-raciones en la mano, luego habría que ir

casa por casa –“calle y casa hita”– requi-riendo a cada vecino a que diese su memo-rial y lo mismo para los que no figurasenen ninguna lista de gremio o comunidad–sacados los racimos, en la cesta quedaríansolo granos de uva sueltos–, procediendomás tarde a comprobar que los datos decla-rados eran conformes con las valoracionesy utilidades fijadas en tales listas, si es queéstas se daban por fiables.

Otro segmento de población era el for-mado por los miles de funcionarios públi-cos que, a efectos prácticos, formabancomunidades o cuerpos semejantes a lasanteriores. Por consiguiente, se actuaríadel mismo modo: pedir listas y certifica-ciones de lo que cobraban: “que losempleados y sueldos de Casas Reales, Tri-bunales y Oficinas, altas y bajas, mayoresy menores, se inspeccionen por las rela-ciones de la Tesorería general, dondeconsta todo sueldo, sobresueldo o pen-sión”.Y como había sueldos que no sepagaban por la Tesorería general –porejemplo los de Inquisición, Órdenes,Renta del Tabaco, Rentas Provinciales yGenerales, Aduanas y su Resguardo (ser-vicio de vigilancia)– sería indispensablesolicitar a sus directores y contadores quehiciesen otro tanto, facilitando relación desus empleados y de sus sueldos.

Con ese método estaba convencidoLuján de conseguir el grueso de la informa-ción, debiendo aflorar el resto en las visitascasa a casa, que se organizarían aprove-chando la perfecta delimitación de zonasen la Villa por demarcaciones parroquiales.Se trataba pues de operar Madrid por pa-rroquias, como se había hecho en otrascapitales provinciales, como Salamanca,Burgos o Granada, por ejemplo, designan-do a renglón seguido los jueces-subdelega-dos que, al igual que en el resto de la Coro-na, gozarían de autoridad para hacer laaveriguación, dotando a cada uno de ellosde un equipo o audiencia en que no podíanfaltar un escribano, un oficial y variosescribientes.

109

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Page 24: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Por último, era de dominio público –yLuján lo sabía muy bien pues había sidoconsejero del Consejo de Hacienda– quemuchísimos vecinos de Madrid vivían de lasrentas de “juros y efectos de villa” (títulos dedeuda pública) que poseían por compras desus antepasados a la Corona. Pero todo ellose sabía con todo detalle en la Contaduría deJuros, en la General de Valores y Distribu-ción y en las Contadurías de Sisas, depen-dientes del consistorio de la Villa, con lo quebastaba disponer de dichas relaciones paracomprobar más tarde si los declarantes habí-an recogido en sus memoriales los ingresosde que percibían por tales conceptos.

Este decálogo –pues Luján lo sintentizóen diez puntos– de actuación llegó a laJunta el 14 de noviembre de 1753, some-tiéndolo a su dictamen y aprobación. Qui-zás como resultado de conversaciones depasillo, el Intendente Luján debía confiar enque le sería aprobado, pues concluye suescrito informando de que, para ganar tiem-po, tenía pedida ya relación a la Tesoreríageneral de todos los sueldos, sobresueldos ypensiones que se satisfacen por ella; a laVisita de la Regalía de Aposento, la de lascasas que componen la población de Ma-drid, con expresión de parroquias, calles ymanzanas, y declaración del alquiler querinde o debe producir cada una, según lamedida y tasación que con motivo de lavisita han ejecutado los maestros de obrasnombrados para ella. Es más, dice en suescrito que ya están en su poder las certifi-caciones que se han formado por las ofici-nas de Rentas Provinciales y sus agregados,las de Rentas Generales, las de Salinas yTabaco y “demás que se administran dequenta de la Real Hazienda” y que pedirálas demás “que convengan para comprobarlas relaciones que se recojan por los subde-legados en la parte que se pueda”. Y añadía:“la dilixencia de averiguar por estas calleyttas [casa por casa] el vecindario deMadrid la contemplo indispensable, comotambién el medio de que, con el escribano yescribiente que les señalare, pidan las rela-

ciones o tomen declaración al tenor delInterrogatorio de los bienes y arbitrios decada uno, según su estado, carácter y cir-cunstancias, y que autorizándolas en elmismo acto de la diligencia el subdelegado,el propio interesado y con la fe del escriba-no, equivalga a la relación que darán unos yque por punto general está mandado pedira todos, cuyas relaciones y declaraciones sepasen diariamente a un subdelegado princi-pal para que éste las reconozca por mayor ylas separe, según sus clases, pasándolas des-pués a la Contaduría principal, ya estableci-da, para la formación de libros y demás for-malidades mandadas observar”.

Nuestro Intendente procede seguida-mente, en el mismo escrito, a formular supropuesta de jueces-subdelegados. Comosubdelegado principal propone a don Ber-nardo García Caltañazor. Su audiencia reci-biría a diario las declaraciones que fueranobteniendo los otros subdelegados nombra-dos al efecto. Además, resolvería sus dudas yles transmitiría las órdenes que fuera dandoel Intendente, al que informaría semanal-mente. Cada subdelegado será cabeza deuna audiencia formada por un escribano yun escribiente. Estas audiencias se ocuparáncada una de una parroquia; y si éstas sonmuy grandes, a cada uno se le asignaránunas determinadas manzanas. Otros dossubdelegados se ocuparían del Campo deMadrid. Las audiencias de estos últimosestarían formadas por el escribano y el escri-biente y también por los agrimensores yperitos que fueran necesarios, para hacer elapeo y valuación de las tierras. La Junta se loaprueba todo el 16 de noviembre.

Por fin se inicia el trabajo de campo

Con todo el operativo montado, la ave-riguación de la Villa y Corte da comienzo el1º de diciembre de 1753. A cada subdele-gado se le acondiciona una oficina en elcuartel o barrio que debe averiguar. Tam-bién se decide que los subdelegados no exi-

110

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 25: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

jan memorial ni averigüen las casas reales,ministerios, ni a los títulos nobiliarios,monasterios o comunidades, a todos loscuales el Intendente les dirigiría “papelesde aviso”, ocupándose él personalmente oel subdelegado principal de su ave-riguación. Se acordó asimismo que todaslas audiencias deberían trabajar sólo por latarde pero hasta avanzada la noche, ajus-tando así sus horarios “a horas cómodaspara los moradores”, a los que de esa formano se les perjudicaría en sus negocios yquehaceres. El trabajo habría de ser diario,incluso domingos, y salvo los festivos deriguroso precepto.

La demarcaciones establecidas y lossubdelegados nombrados para cada una deellas dan idea de la complejidad de la capi-tal: Martín Calá de Bargas: parroquias deSanta María, San Juan, San Nicolás y SanSalvador; Juan Francisco García de la Huer-ta y Francisco Nieto Cañete: San Pedro ySan Andrés; Gregorio de Salvador: Santiagoy San Miguel; Isidoro de Oñate: Quartelprincipal de San Ginés; Francisco delBusto: San Luis (anexo de San Ginés);Joseph Antonio de Vergara: Quartel 1º deSan Sebastián; Miguel López Barragán:Quartel 2º de San Sebastián; Manuel Este-ban Álvarez: Quartel 3º de San Sebastián;Francisco Diego Romero la Cavallería:Quartel 4º de San Sebastián; Francisco Váz-quez: Quarteles 1º y 2º de San Justo; Miguelde Arratia, ayudado por Juan Francisco deHuerta y por Francisco Vázquez: Quartel 3ºde San Justo (anexo de San Millán);Manuel Vicente Jaque: Quartel 4º de SanJusto; Pedro Arias Gago: Parroquia deSanta Cruz; Francisco Joseph del Puente:Quartel 1º de San Martín; Joseph de Aiuela,ayudado por Manuel Vicente Jaque: Quartel2º de San Martín; Juan de Tapia Pizaño,ayudado por Francisco Nieto Cañete:Quartel 3º de San Martín; Juan de ZesaZesáreo: Quartel 4º de San Martín; MiguelSanz Pliegos: Campo o término de Madrid;Francisco Fernández de Espantosa: Campoo término de Madrid; Francisco Rivera:

Sitio del Buen Retiro (lugar de los Conse-jos) y los llamados Ornos de Villanueva.

En su condición de subdelegado princi-pal, García Caltañazor, tras siete meses yade Catastro en la Corte, en los primerosdías de julio de 1754, eleva informe alIntendente Luján, dándole cuenta de lasituación: han pasado ya a la Contaduría19.004 memoriales de vecinos de la Villa,de los cuales su audiencia había hecho los“asientos” (lo que, en lenguaje del Catas-tro, equivalía a haber confeccionado elLibro de lo real), de 10.412 de esos memo-riales. Advierte que los asientos no los estáagrupando por orden alfabético –comoestaba mandado y fue lo más habitual–,sino que los ha organizado por “clases”(oficios) para facilitar su consulta. Vuelve arecordar que a los subdelegados se leshabía prohibido solicitar memoriales al per-sonal de las casas reales, a los grandes ytítulos, ministerios, monasterios y comuni-dades, de todos los cuales se ocupaba él enpersona, habiendo enviado ya a todos ellos“papeles de aviso”, sin haber recibido aúnrespuesta alguna, por lo que los enviaría denuevo. Asimismo comunica que ha acaba-do a mediados de junio lo que llama“exploración” de la Villa, por lo que propo-ne mantener solo cuatro audiencias paraseguir recabando los memoriales pendien-tes, casi todos ellos de vecinos ausentes,enfermos y otros que no han podido seravisados por “la suma distancia de sushabitaciones o por mudanzas”, lo que diceque hasta ese momento había originado“consumo de tiempo, confusión” y solapa-miento entre las audiencias. Curiosamentedice que de las 19.004 relaciones pasadasya a la Contaduría, 18.842 no necesitabancomprobación adicional, pero sí las restan-tes, especialmente las de gremios, a las quepensaba dedicar seguidamente su atención.Concluye su informe Caltañazor informan-do de que los empleados del Consejo deGuerra se habían negado a dar sus memo-riales por no tener orden para ello de laSecretaría de Estado, ocupada precisamen-

111

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Page 26: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

te por Ensenada, que ya no estaría para esasformalidades, a muy pocos días de su caída.Y es que si a primera vista, incluso antes deempezar las averiguaciones, parecía com-plejo y difícil llevar a cabo el catastro de laVilla y Corte, finalmente se demostraríaserlo mucho más de lo previsto y previsi-ble. A ello contribuyó sin duda un hechopolítico clave: la destitución y destierro aGranada la madrugada del 20 al 21 de juliode 1754 de Ensenada, el hasta entoncestodopoderoso ministro de Hacienda, capazde lidiar con la alta nobleza, el clero, losConsejos y un rey pusilánime y desconfia-do.

El último asunto planteado por Calta-ñazor será objeto de atención de la RealJunta celebrada el 21 de julio de 1754,pocas horas después de la salida de Ense-nada de la Corte camino del destierro. Unode los documentos que salió ese día paraPalacio fue una consulta al rey, que debióredactarse en la propia sesión. El texto delescrito elevado al monarca decía: “Por reso-lución de V.M., a consulta de 17 de agostode 1753, fue V.M. servido mandar que porla vía de Hazienda se expidiesen sus Realesórdenes a Tribunales, Gefes de sus CasasReales, Juntas y demás Juzgados que com-prehenden dependientes exemptos de lajurisdicción ordinaria para evitar las dispu-tas y competencias que con motivo de susfueros podrían originarse y retardar la prác-tica de los exámenes de única contribu-ción, que por resolución de V.M. está eje-cutando en Madrid su Yntendente D. JuanFrancisco de Luján, y habiendo este Minis-tro expuesto a la Junta la resistencia de lossubalternos en el Consejo de Guerra adeclarar las noticias que se les piden, lohace presente a V.M. para que en su vista sesirva resolver lo que sea más de su Realagrado”.

El gran ministro de Hacienda, Guerra,Marina e Indias ha caído, pero la vidasigue, si bien el Catastro madrileño deja deproducir noticias durante dos meses. El 7de octubre, Luján coge la pluma para, entre

otros temas, hacer saber a la Junta que esta-ba combatiendo el retraso de Madrid portodos los “medios ymaginables”, instando ala conclusión tanto a los subdelegadoscomo al Contador. La Junta se ocupará ensus sesiones de mediados de octubre deotras consultas importantes que probabanque el Catastro de la Corte avanzaba, a pasode buey y luchando contra férreas resisten-cias, pero avanzaba.

Una tarea tediosa y difícil: el“reconocimiento” de las declaraciones

Tras el silencio, el primer papel quellega a la Junta es una carta de Luján de 12de octubre, que adjunta un informe de loscontadores de sisas municipales sobre larelación general de sisas mandada formar yen qué tiempo podrá estar finalizada. Porsu parte, la Contaduría de cuentas diceestar trabajando en “las relaciones que hande comprehender el origen de las sisas exis-tentes, con expresión de sus facultades pri-mordiales y las posteriores de los carga-mentos capitales que en virtud de ellas setomaron para ocurrir a las urgencias de laCorona, y gastos del beneficio del público;la parte que de estos capitales existe, conexpresión de sus pertenencias y distinciónde las personas que perciben sus intereses,cuya obra, que es la más dilatada, está cuasiconclusa en borrador y se pondrá luego enlimpio”. La propia Contaduría de sisasinforma de que está preparando otra rela-ción de valores de todas las sisas en común,y también en particular de los ramos decada una “reducidos a año común por unquinquenio, su naturaleza, fincas, obliga-ciones, gastos y gravámenes, con toda espe-cificación”, lo que supone “mucho tiempoy cuidado”. Dice también que, a pesar deser mucho el trabajo, si no ocurre nadaextraordinario piensa que en el año –esta-mos en octubre– pueden quedar acabadaslas relaciones, pero no la copia literal man-dada hacer de todos los privilegios o facul-

112

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 27: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

tades en que se fundamentan las sisas apli-cadas, proponiendo sustituir tal requisitopor un mero certificado o, más simple aun,fiarse por “la notoriedad de su existencia”,lo que evitaría mucho gasto y trabajo.

En esos mismos días llega a la Junta elinforme del Superintendente general dejuros, al que Luján también había requeri-do para que diese razón individual de losjuros impuestos en la provincia de Madrid,y, por orden de la Junta, en las 21 provin-cias restantes. Pero el Superintendente res-ponde a Luján que no es esa oficina la ade-cuada para informar, pues la Contaduría dejuros “sólo recibe la ley de las Contaduríasgenerales y no van a ella otros instrumen-tos que las certificaciones de cabimiento ypertenencia que se dan por ella. Sólo de losjuros que hoy están corrientes y se paganpor aquella vía existen en estas oficinastoda la raíz fundamental de las imposicio-nes y situados, porque hay muchos jurossituados por variados motivos en diferentesespecies y no en dinero, y otros que perci-birán los interesados con independencia dela Superintendencia, sucediendo lo mismoen lo que mira a juros de rentas reales deesta provincia, de que nada consta en ella,por lo que parece regular pedir esta razón,por el todo, a las Contadurías generales,que es donde se puede dar con la formali-dad conveniente”. La Junta, que ve esteescrito en su sesión del 24 de octubre,acuerda que se pida certificación a la Con-taduría general de la Distribución de laReal Hacienda, señalando explícitamenteque se recojan tanto los que se pagan endinero como lo que se pagan en especie,con sus situaciones y “noticia de los sujetosa quienes tocan y sus domicilios”.

El Visitador del Real Aposento, por suparte, envía su escrito también el 12 deoctubre de 1754, informando de que hadestinado tres oficiales a cumplir la ordenrecibida y que llevan hecho ya medioMadrid, pero que el trabajo es lento por ladificultad de tasar la renta de las casas ocu-padas por sus dueños, por los problemas

derivados de la tasación de casas arruina-das y sitios eriales, por la medición de lostemplos y, sobre todo, por las casas de lostítulos nobiliarios, que “ha tenido y tienesus dificultades”. En definitiva, que, aun-que los oficiales trabajan todos los díasexcepto los de riguroso precepto, la cosa vapara largo, sin hallarse en condiciones dedar fecha de finalización.

A mediados de octubre llega a la Juntatambién otro escrito importante y esperadoel del contador de Madrid. Lo primero quemanifiesta es que tiene recibidos 23.348memoriales, de los cuales ha hecho ya losasientos de 17.529 en el Libro de lo real. Ycomo ya advirtió el subdelegado principalCaltañazor, el contador ha abierto tantosLibros-registro como “clase” de personas, yello para mayor claridad y para que puedantrabajar simultáneamente varios oficiales yescribientes. Tras estos datos, pasa a expo-ner diversas dudas, que no sabe cómoresolver con la normativa general estableci-da. Vamos a seleccionar solo dos de ellasque son las que nos parecen de mayor inte-rés para este trabajo, puesto que son signi-ficativas de la especificidad social y econó-mica de la capital. Uno de los Libros-registroabierto es el que llama “de agentes de nego-cios”, que le llega así preclasificado por elsubdelegado. Se trata sin duda de un casoexcepcional, pues la Instrucción catastralestablecía que a los de este ramo no se lesaveriguara individualmente para evitar losinconvenientes que podían derivarse parasus negocios si se supiese la verdad de suscaudales, que por principio deberían sersecretos. Por ello había decidido negociarcon cada grupo de estos agentes, según suespecialidad, un tanto alzado anual, queluego el colectivo se encargaría de recaudarentre sus individuos, de la forma que con-siderase más equitativa y conveniente. Sinembargo, el contador argumenta que estoestá muy bien, pero que al menos deberíafijarse a cada uno de ellos una base impo-nible mínima en función de sus signosexternos de riqueza. Problema semejante

113

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Page 28: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

encuentra el contador con los indianos,muchos de ellos residentes en la Corte,donde sin embargo no poseen bienes raícesni ejercen comercio ni industria algunos,por lo que en la práctica quedarían libresde la única contribución, pues la normativano había previsto exacción sobre la merapropiedad de numerario. Y esto para elcontador resulta difícil de comprender,pues mantienen en la Corte “casa de subi-dos alquileres, coche y familia que acredi-tan su profusa ostentación”. Informa seguida-mente sobre los que llama “pretendientes”,que sí han presentado sus memoriales, perorecogiendo tan solo la familia que tienen y,algunos, “los años que ha están en estaconstitución”, declarando después no tenerbienes ni industria con que mantenerse,por lo que es obvio que reciben remesas desus familias, las cuales deberán ser objetode gravamen en su lugar de residencia,pues son muy pocos los que de verdadviven “de la piadosa providencia de Dios”,lo que es lo mismo que decir que viven detrabajos coyunturales, por lo que no setrata de ingresos reglados y fácilmente gra-vables. Nada nuevo bajo el sol. Abarrate-gui, el contador, se ocupa también de losjardineros de casas particulares, pues apa-recen unos ganando un salario mensual,pero los más reciben su estipendio en dine-ro y en especie, por ejemplo la comida dia-ria. Su duda es doble: si debe valorar lacomida –propone 3 reales diarios– y, casoafirmativo, si debe agregarla al salario paracalcular su jornal, como se ha hecho enotras provincias con los jornaleros delcampo, y si, para el impuesto por lo perso-nal, debe asimilarlos a éstos, lo que suponecalcular su carga sobre120 días fiscalmenteútiles, o a los criados de librea, lo que sig-nifica 250 días, a los que, en su opinión seasemejan más.

Por último, la Junta estudia también elinforme de Caltañazor, en el que planteanumerosas cuestiones. En primer lugarinforma de haber entregado al contador22.275 memoriales, que no coincide exac-

tamente con los que el contador dice haberrecibido (23.348), probablemente por ladiferencia de días de ambos informes;añade el subdelegado que quedan en supoder otros 11.647 memoriales que estárevisando. Muchos de los que retienecorresponden a “sujetos sin destino”, como“pretendientes” e indianos forasteros, care-ciendo todos ellos de cualquier ingresoestable; por esa razón, y por la de serMadrid patria común, entiende que no deberegularles nada, pues hasta carecen dedomicilio fijo; pero el contador –dice elsubdelegado– discrepa, pues entiende queal menos hay que fijarles como base impo-nible lo que se puede considerar “falibleregla” de lo que necesitan diariamente paramantenerse. El subdelegado entiende queel parecer del contador no es el espíritu dela Instrucción, porque no tiene otro apoyoque el consumo, “en que ya insensiblemen-te han contribuido”, considerando ademásque, en su opinión, el gravarles iría contrala justicia y la igualdad, por no tener en laVilla y Corte bienes, rentas o utilidades.Para completar su argumentación, conside-ra que estos individuos viven en buenamedida de remesas de sus familias, y queéstas ya contribuirán en sus lugares de ori-gen. Otro punto de discrepancia con elcontador había tenido mayores consecuen-cias, pues éste había devuelto a Caltañazormuchos memoriales de letrados, cirujanos,escribanos, barberos, procuradores y agen-tes de negocios por entender que con loque declaraban de utilidad no era posibleni mantenerse ni mantener a sus familiasen una población como Madrid. Alega elsubdelegado que el contador exige que seles regule por lo menos lo que necesitanpara pagar alquileres, manutención ydecencia, a lo que él ha accedido pero “conrepugnancia y actuando imaginariamente”.

El subdelegado también manifiesta queno le convencen las declaraciones de gen-tes que “cohonestan su ociosidad con casasde trato público de juegos de trucos, billar,posadas secretas, alquileres de camas y

114

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 29: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

carruajes, pues casi todos ellos declaranexorbitantes gastos y nulas utilidades, sinencontrar medio para investigar y conocerla verdad”. Dice que no basta saber elnúmero de mesas, pues es indispensableconocer también la clientela. Muestra sobretodo su alarma por las declaraciones recibi-das de algunos conocidos cambistas ynegociantes, que, siendo notorio que gas-tan grandes sumas en su decencia, “omitensus utilidades y circunscriben sus haberes aalguna alhaja raíz”, (26) en prueba de locual adjunta copia de las declaraciones devarios de ellos, mostrándose incapaz deaveriguar la verdad mediante la aplicaciónde lo prescrito en el capítulo 29 de la Ins-trucción.

Otro grupo que también se declara pocomenos que en quiebra ¡en Madrid! es el detaberneros y bodegoneros; dice Caltañazorque aseguran todos que pierden dinero ensus negocios. Tras haber estudiado la situa-ción, el subdelegado asegura que ha sabidoque unos se surten de cosechas propias,cuyos frutos ya serán gravados donde esténlas heredades; otros trabajan a comisión,“pero aparecen avecindados en Esquivias,aunque venden en Madrid”; otros tienen elnegocio en lo que acarrean con sus recuas,no faltando los que “acopian del trajino deventureros”. Y todos ellos se han desconta-do lo que pagan por millones, sisas, cientos,pretendiendo que se les regule como utili-dad 3 reales por arroba vendida. En otrotanto sucede con el grupo de profesionales

que llama “de menestrales” y en los queubica entre otros a los impresores; dicehaber comprobado que han confesado unasutilidades que no llegan ni a la mitad de lasverdaderas. Y lo mismo sucede con los gre-mios de mercaderes que manejan caudalespropios o ajenos y de factorías, que, trasdeducirse los derechos que pagan cuandointroducen los géneros, ninguno declarauna utilidad final que alcance los 22.000reales de vellón. Ingresos con los que, enopinión de nuestro subdelegado, es imposi-ble mantener en la Corte el nivel de vidadel que hacen ostentación, por lo que con-sidera que mienten descaradamente en susdeclaraciones. Por último, dedica su aten-ción a plateros y demás artes, que aparecencon utilidades muy bajas, ocultando ade-más que muchos de ellos comercian conoro, plata y pedrería. Como final, manifies-ta estar muy preocupado por acertar en laelección de los peritos de cada arte o gre-mio, y en cómo instruirlos para que actúencon acierto en la valoración de utilidades,lo que sin duda se traducirá “en numerosasnotas” (correcciones) que habrá que poneren los memoriales. Y, ya en el terreno de loconcreto, añade un dato muy significativo:tiene pendientes de recibir 41 memorialesde grandes (nobles con grandeza de Espa-ña) y títulos (nobles sin grandeza), 65 deministros, 31 de religiones y 10 de parro-quias, faltando además la presentación demuchísimos privilegios para su copia ycompulsa. Para concluir, adjunta comoejemplo lo que ha hecho con lo declaradoen la parroquia de San Ginés por las cofra-días y hermandades, así como las “utilida-des declaradas por las religiones en taber-nas, boticas y tahonas”.

La Junta estudia todos estos informes el20 de octubre, y lo primero que determinaes que todos los individuos no asentadosen la ciudad –como indianos, pretendien-tes, sujetos sin destino y, en general, foras-teros– no se deben conceptuar para la únicacontribución en la villa de Madrid. Que paraletrados, cirujanos, barberos, escribanos,

115

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

(26) Una situación semejante se dio en Málagacon los individuos dedicados al comercio marítimo,véase: CAMARERO BULLÓN, C. y CAMPOS DELGADO, J.,Las utilidades del Alto Comercio Marítimo malacitano,en VILLAS TINOCO, S. (int.), Málaga en 1753 según elCatastro de Ensenada. Tabapress, 1995, pp. 51-80.Incluye el texto completo de los capítulos 29 y 30 dela Instrucción. Similares dificultades plantearon loscomerciantes españoles y de diversas naciones extran-jeras en Cádiz (AGS, DGR, 1ª remesa, legs. 1908 y1909 Y CAMARERO BULLÓN, C. (2002): “Vasallos…, Op.cit., pp. 256-264).

Page 30: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

procuradores y “cuantos penden de loadventicio [ingresos coyunturales], debenser graduados a prudente regulación”. Quelos dedicados a juegos de truco, billar,posadas secretas de camas y “carruageros”y todos los que se les puedan asimilardeben ser “valuados por los peritos”. Quepara los menestrales y sus granjerías “seesté a lo que regulen los peritos, y sindeducción de gastos”. Que en cuanto ataberneros y bodegoneros “se gobierne porla utilidad que les quede del vendaje eincremento de precio con el que trabajan”.Que en lo de plateros y demás artes, cuan-do se estime mucha diferencia entre lodeclarado por los gremios y las apariencias,“se acuda a peritos”. Que a los grandes,títulos, ministros, religiones y parroquiasque no hayan entregado sus declaraciones,se les apremie por los medios más conve-nientes y prudentes. En cuanto a no copiarlos instrumentos de las sisas, dirá la Juntaser suficiente con las certificaciones de loscontadores, sin tener que copiar a la letracada una de las facultades concedidas parala imposición o la ampliación. Sobre losmercaderes de gremios que manejen “grue-sos caudales” así propios como ajenos,había que arreglarse a lo establecido en elcapítulo 29 de la Instrucción, mientras quepara cambistas y negociantes y demás delcomercio, a lo regulado en el 30.

En los primeros meses de 1755 se vaculminando el trabajo de la provincia, perono el de la Corte. Informa ahora el conta-dor de que ha recibido 27.912 memoriales,de los que ya tiene hechos los asientos de20.998. Por los mismos días, el subdelega-do Caltañazor dirige un breve y algo des-moralizado escrito a su Intendente, Luján.Le dice que, “ympelido por la retardazión”,ha reflexionado sobre cómo se está operan-do la Corte, donde mantiene cuatroaudiencias dedicadas exclusivamente a loque llama “exploración de hermandades ycongregaciones”, así como seis oficiales yescribientes que mantiene en su oficina.Cuenta que están yendo templo por tem-

plo, averiguando primero todas las funda-ciones radicadas en cada uno; después,quienes son los sujetos que llevan su mane-jo, que luego deben localizarlos, paraseguidamente requerirles que presenten losmemoriales de sus bienes y rentas, y entodo ese proceso se consume mucho tiem-po. La dirección de todo ello se lleva desdesu oficina, que ocupa la mayor parte de sutiempo en lo que describe como “preven-ción, distribuzión, examen y coordina-ción”, dedicando también mucho esfuerzoa las comprobaciones de lo declarado porgremios y clases menestrales, sobre las queno sabe ocultar un lamento: “en cada gre-mio y clase menestral experimento sumadilación”, primero para lograr que aceptenlos peritos, y después la enorme resistenciaque ofrecen todos. El objetivo de todo estediscurso del subdelegado era conseguir quela Junta ordenara que una o dos mesas de laContaduría se dedicasen a culminar la ave-riguación de Madrid y a tomar las nuevasdeclaraciones a los gremios, insistiendo enque, caso de no tomarse esta provisión,sería imposible terminar la primera fase dela averiguación ni siquiera en seis meses.Afirma que “suspira” por el éxito del Catas-tro madrileño y que difícilmente podráobtenerse sin la adopción de la medida quepropone, es decir, pasar buena parte de laresponsabilidad desde la intendencia alcontador, algo que no se había hecho enninguna otra provincia.

El Intendente Luján pasa el escrito delsubdelegado al contador, que se muestradispuesto a que todo lo pendiente pase asus manos, si bien pone dos condiciones: laprimera, que Caltañazor le “pase razón dela consistencia de las congregaciones ycofradías […], con distinción de parro-quias, conventos, oratorios y demás lugareseclesiásticos”, con los nombres de los her-manos mayores y de los mayordomos quelas gobiernan; y en las memorias y capella-nías, los nombres de los curas o tenientesque todavía no han dado el memorial desus bienes y efectos correspondientes a sus

116

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 31: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

iglesias, incluyendo las que falten de cabil-dos de clérigos y conventos. Y lo mismodebería hacer con todo lo pendiente de gre-mios, comercio y artes, dando los nombresde los directores o de las personas que losgobiernan, así como los de los que pudie-ran ser llamados para actuar como peritos.Con toda esa información en su poder, élmismo designaría a los oficiales más a pro-pósito. Pero con su personal no sería sufi-ciente, por lo que habría que ampliar laplantilla de la contaduría en al menos dosescribanos y tres oficiales o escribientes delos más instruidos en la “ubicación y cono-cimiento de los barrios y casas de la Corte”;asimismo, dice que necesitaría un alguacilpara el envío de recados. Por último, seña-la que deberían cesar en sus encargos elsubdelegado principal y los de las cuatroaudiencias existentes. A partir de ese mo-mento, todo va a quedar en manos del con-tador de la Única, pues la Junta hizo caso aCaltañazor. Ahora bien, el contador que sehará cargo de todo no será Martín de Aba-rrategui, quien tan dócilmente y de buengrado aceptaba el encargo, sino su herma-no Antonio de Abarrategui, que acaba dehacerse cargo de la contaduría madrileña,por cese voluntario de Martín.

Estamos ya en mayo del 55, y el nuevoministro de Hacienda, el conde de Valparaíso,que sucedió a Ensenada, comunica a laJunta que el rey desea conocer el estado dela operación de la Corte y las medidas quese considera necesario arbitrar para agilizarsu conclusión. Consecuentemente, elintendente Luján y el contador Abarrateguipreparan sendos informes, que la Junta veen sesión del 8 de junio. Entre los datosque aquí interesan, resaltar que en la Con-taduría había ya 35.666 memoriales, de losque 21.757 estaban ya con asientos hechos,siendo el producto de lo ya asentado66.106.849 reales. Advierte que de los 127gremios y comunidades seglares existentesen Madrid solamente había recibido lasdeclaraciones de 31, de las que el propiocontador había revisado seis: carpinteros,

zapateros, peluqueros, ebanistas, yeseros yalquiladores de coches y carromatos. Semuestra preocupado porque son muchoslos gremios que parecen ignorar los repeti-dos avisos que les ha pasado. Recalca queno solo es un problema de dilación en larecepción, sino que tras recibirlas son toda-vía muchas las tareas a realizar: comproba-ción de todo, formación de los asientos,reconocimiento de los mismos, liquidacióno valoración. Se atreve incluso a estimar acuánto ascenderá el producto final deMadrid: 140 millones de reales, “antes másque menos”, pues a lo ya asentado habráque añadir, entre otras muchas partidas, lade los Cinco Gremios Mayores, las rentasde propios, sisas y arbitrios de la Villa y los18.695.495 reales en que se evaluaron losalquileres de los edificios de Madrid, segúnla certificación de la que llama Regalía delReal Hospedaje. Según el informe, no seráposible finalizar la Villa y Corte hasta laprimera mitad del año siguiente.

A tres años del comienzosiguen faltando memoriales

La operación de Madrid avanzaba, perosu culminación parecía objetivo imposiblede lograr, pues no parecía haber forma deque los morosos entregasen sus memoria-les. El certificado que el contador envía a laJunta, fechado el 17 de enero de 1756, conel estado de las operaciones a 31 de diciem-bre de año anterior es muy ilustrativo: fal-tan por recoger 740 declaraciones ademásde las “de algunos señores duques, títulos,comunidades y otros particulares”. Y ellotras tres años de enviarles papeles de aviso,lo que indica que el Intendente no quisoenfrentarse con los grandes y poderosos,muy al contrario de cómo se actuaba en laetapa de Ensenada. Para entonces, tiene yaen su poder el contador 39.380 memoria-les, de los que 31.875 tiene hechos losasientos. De las 113 relaciones de gremiosy comunidades, 19 están todavía sin com-

117

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Page 32: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

probar –entre ellos los Cinco GremiosMayores– y 41 pendientes de algunas dili-gencias de menor entidad. En el mismo, secongratula el contador de que de lo asenta-do hasta ese momento resulta un productosuperior al esperado, pues los 31.875 asien-tos hechos alcanzan ya 170.325.959 reales,y todavía faltaban por hacer los asientos de10.642 memoriales, amén de los todavía nopresentados.

De los 740 memoriales pendientes decumplimentar y entregar no daba detalle elcontador en su informe, sí lo hace de “losseñores duques, títulos, comunidades yotros particulares” que no habían respondi-do a los múltiples avisos que se les habíanremitido, considerando que, había llegadoel momento de que los requerimientos loshiciera el Intendente o la propia Junta,pues, de no ser así, probablemente seguiríanhaciendo oídos sordos a sus avisos. Coneste propósito, incluye la lista pormenori-zada en la que, entre otros, llama poderosa-mente la atención que fueran precisamentecuatro ministros los que no habían entrega-do sus declaraciones, entre ellos el primerministro, Ricardo Wall, y nada menos queel mismísimo ministro de Hacienda, elconde de Valparaíso, que en teoría deberíaser el mayor interesado en acabar el Catas-tro. Otro tanto cabe decir de otros miem-bros de la Secretaría de Estado o del Ayun-tamiento de Madrid, que deberían habersido los primeros en cumplimentar las rei-teradas órdenes del rey. Y no digamos losconsejeros de Hacienda, o el intendente delReal Palacio… Ante tales morosos, menospuede extrañar la no presentación dememoriales del duque de Veragua, de laduquesa de San Pedro, de los condes deMiranda, Torrepalma y Puñonrostro, o losmarqueses de Ariza, Villafranca, San Vicen-te, Villagarcía, Fuente Olivas,… A la vistadel cúmulo de personalidades, la Juntaacuerda que sea el Intendente Luján el que“apremie a los diputados de los referidosgremios y a las demás personas morosas,por los medios y conminaciones que están

acordadas y dictare su prudencia”. Lo acor-dado eran sanciones pecuniarias crecientese incluso penas de cárcel. La orden llegó alintendente el 9 de febrero de 1756, peronada sabemos sobre las medidas que adop-tó para el logro de las declaraciones de tandestacados e ilustres morosos.

Días después, la Junta solicita del con-tador que actualice los datos sobre el pro-ducto de Madrid, para poder completar elinforme que la Junta estaba preparandopara elevar al monarca, pues ya disponía deprácticamente todos los datos de las 21provincias restantes. El nuevo informe,fechado el 27 de febrero de 1756, eleva elproducto a 174.278.819 reales, a los quehabría que añadir 14.044.646 reales porréditos de censos sobre fincas de la villa ypor juros situados fuera de ella. En elmismo incluye el contador una clasifica-ción de gran interés, pues dice que, de esos174 millones, corresponden a legos154.756.669 y 19.521.790 a eclesiásticos,es decir, una relación de 89/11, muy aleja-da de la idea extendida de que el porcenta-je de riqueza en manos muertas eclesiásticasera entre el doble y el triple. Tiene tambiéninterés el desglose que hace el contador delos 19,5 millones de reales eclesiásticos:13,8 correspondían a beneficiales (propiosde las iglesias) y 5,7 a patrimoniales (pro-pios de los eclesiásticos), y de éstos 2,7“por tratos y granjerías”. No sabemos larazón, pero en esta ocasión, no incluye elcontador el importe de los alquileres de lascasas de Madrid, que ya se eleva a casi 19millones, pero sí añade un dato muy inte-resante desde el punto de vista urbanístico:informa de cuánto supone el valor de las3.695 casas comprendidas en el “medioMadrid” que queda al mediodía, cortando elplano por la calle de Alcalá a la Puerta de laVega: 10.028.455 reales, correspondiendoal otro medio plano 8.667.040 reales. Cal-culando el valor medio de las casas, seobserva que en la zona del mediodíaasciende a 2.714 reales, mientras que en lanorte, es de solo 2.246 reales. Abarrategui

118

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 33: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

también ofrece datos sobre lo que supon-dría el gravamen por lo personal, casi 18,5millones de reales, que proporcionan unainformación interesante desde el punto devista de la población activa: los labradoresy jornaleros sujetos a dicho gravamen serían215, con una base impositiva de 115.225reales, un sueldo anual de 536 reales y unsalario diario de 4,5 reales; los artistas,13.714, con una base imponible de15.274.714 reales, un salario de 1.114 rea-les y un jornal diario de 6,2 reales y, final-mente, 2.745 criados, cuyos valores seríande 3.065.971 reales de base imponible,1.117 reales de sueldo anual, y 4,5 reales dejornal diario. Así pues, el total de indi-viduos sujetos al gravamen por lo personalascendería a 16.674 y la base imponible alos mencionados 18.455.910 reales.

A pesar de estos datos, cuando la Juntaeleva su Representación al rey, en 1756, (27)el catastro de la Villa y Corte sigue incon-cluso: no se ha terminado siquiera la fasede averiguación.

Finalmente, “se apura lasubstancia” de Madrid

En marzo del 57, la Junta adopta unadecisión drástica: que dos expertos, Faustode Cossío y Mier y Juan Lorenzo de Azcára-te, pasen a la Contaduría a examinar la ver-dadera situación de todo lo hecho enMadrid, tanto en la provincia como en lacapital, y a elaborar un informe sobre lasmedidas que había que adoptar para unapronta finalización. El 14 de abril del 57pasan estos inspectores su informe a laJunta, tras haber practicado, según dicen,un “prolijo reconocimiento”. En lo que aquínos interesa, que es lo referido a la capital,lo primero que señalan es que siguen fal-tando muchos memoriales, entre ellos de

mayordomos del rey, de caballerizos decampo, de ballestería, de camaristas y due-ñas de honor de la reina, y algunos de losConsejos, muchos de abogados y la más cla-morosa: todavía no ha dado su declaracióndon Ricardo Wall, el ministro de Estado.Entienden que cabían dos soluciones: o exi-girles los memoriales por medios contun-dentes, o pedir certificación de sueldos a laTesorería general, con lo que al menos sedispondría de ese dato, aunque dejarían deconsignarse y gravarse otros efectos quepudiesen poseer. El segundo punto quetocan es que faltan en los memoriales lascabañas de ganado trashumante que poseíanalgunos vecinos de la Villa, pues en Madridhabían entendido, de forma incorrecta, quetales cabañas debían declararse donde pas-taban los ganados y no en los lugares devecindad de los dueños. Opinaban Cossío yAzcárate que este ramo no podía quedarfuera del Catastro, pues en Madrid residíanalgunos de los grandes ganaderos lanares.Finalmente, entre abril y mayo del 57, laaveriguación de los ganaderos lanares seconsiguió casi en su totalidad a partir de lainformación proporcionada por los repre-sentantes del Honrado Concejo de LaMesta, encontrándose entre ellos figuras tandestacadas como la duquesa del Infantado,con 26.000 ovejas merinas, el duque deAlburquerque, con otras tantas, el de Béjar,con 18.000, el propio conde de Valparaísocon entre 12 y 13.000 o don AmbrosioJoseph de Negrete, con 40.000. Y decimoscasi en su totalidad, porque los responsa-bles del catastro madrileño, en el documen-to donde asientan los datos del ganado,incluyen al duque de Santisteban, al deArcos, al marqués de Monrreal, y algunomás como propietarios de cabañas ganade-ras, aunque dicen ignorar el número decabezas que cada uno posee.

Sobre las casas opinaban Cossío yAzcárate que el certificado del valor delos alquileres que estaba preparando laoficina de la Visita de la Regalía de Apo-sento les parecía insuficiente y que,

119

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

(27) AGS, DGR, 1ª remesa, leg. 1970.

Page 34: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

como en los memoriales constaban losalquileres declarados por los vecinos,consideraban que eran estos valores losque debían aparecer en los libros delCatastro, sirviéndose del certificadocomo contraste. (28) Por lo demás, seña-laban que faltaba poner los productos(base imponible) en los márgenes de laspartidas. También faltaba comprobar losmemoriales y hacer los asientos de todos

los tratantes de pescados frescos y sala-dos, los de los maestros de primerasletras y los de los relatores de los Conse-jos. Y por último, señalan que la varie-dad de todo es tan grande en Madrid, quelos Estados locales iban a tener que serenormes de tamaño.

El 20 de abril de 1757 la Junta envíacopia del informe de los inspectores alIntendente Luján. Al día siguiente, tras verel tema con el contador, éste se dirige a laJunta comentando algunos extremos delinforme de inspección. Sobre los empleadosde casas reales opina que bastará con la cer-tificación de sueldos, a lo que añadirá otras“noticias adquiridas”. Sobre los Consejos, lomismo. Y otro tanto sobre los empleados delas grandes compañías y la fábrica de cristal.

120

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(28) En los Estados locales, hay una nota al res-pecto: «Ymporta el producto de casas justificado porlas diligencias de ambos estados asciende a14.847.999 rv. y por la Contaduría del Real Hospeda-je, resultan 18.843.070 rv.» (Vid. figuras 8 y 9 de estetrabajo).

Figura 6. Doble página del extracto de las comprobaciones de gremios y artistas de la Villa y CorteArchivo Histórico Nacional.

Page 35: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

Sobre el ganado lanar dice que le ha pedidocertificación al caballero presidente del Hon-rado Consejo de la Mesta, cuyos resultadoshemos adelantado. Y sobre otros memorialespendientes opina que lo mejor es olvidarsede ellos, pues sabe que son de poca consis-tencia; insistirá, dice, sobre los propietariosde los pozos y abasto de nieve a la Corte,que curiosamente no figuran en la lista deausencias de Cossío y Azcárate. Y en cuantoa los oficiales generales, comisarios de gue-rra, coroneles, capitanes, tenientes y alfére-ces de tropa dice dudar si deben recogersedonde residen –en este caso Madrid– odonde tienen sus consignaciones. Como seve, la opción es, a estas alturas, tirar por lacalle de en medio. Con insospechado opti-mismo, el contador anuncia a la Junta que

en mayo estará todo acabado. Pero la pro-mesa de acabar en mayo no se cumplió. Afinales de junio la Junta urge de nuevo alcontador a finalizar los Estados de la Corte,respondiendo éste que sólo le faltaba undato para hacerlos: las cabezas lanares tras-humantes que poseía el marqués de Malpica.La respuesta resulta muy sorprendente por-que el informe-comprobación de los tresrepresentantes de la Mesta tiene fecha de 2de mayo y en él constan entre 11 y 12.000cabezas a su nombre. En la documentaciónque finalmente se envía a la Junta apareceun breve traslado fechado el 25 de agosto, enel que consta que los representantes de laMesta han valorado el esquilmo de las cabe-zas merinas en 12,5 reales y que en la Con-taduría queda una relación con todos los

121

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 7. Doble página de las Respuestas generales del Catastro de Ensenada del campo o término de la Villa de Madrid.Archivo Histórico Nacional.

Page 36: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

122

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 37: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

123

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 8

Resumen de losEstados locales delegos del Catastrode Ensenada deMadrid

Archivo HistóricoNacional

Page 38: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

124

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

Page 39: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

125

DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII: LA “PLANIMETRÍA GENERAL” Y EL “CATASTRO DE ENSENADA”

Figura 9

Resumen de los Estados loca-les de eclesiásticos del Catas-tro de Ensenada de Madrid

Page 40: Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La ...€¦ · 89 DOS CATASTROS PARA MADRID A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII:LA “PLANIMETRÍAGENERAL”YEL“CATASTRO DE ENSENADA”

ganaderos y el número de “cavezasde que, al poco más o menos”, secomponen sus cabañas. (29)

Finalmente, el 25 de agosto,llegan, por fin, los Estados deMadrid a la mesa de la Junta. Vanacompañados de unos extractosque se habían preparado con losautos de las comprobaciones de losgremios y artistas (fig.6), con lasRespuestas generales del Campode Madrid (fig. 7), con la relaciónde las sisas y con otra de los gana-dos trashumantes pertenecientesa vecinos de Madrid así como conunos resúmenes de los Estados ¿oson los propios Estados? Noqueda claro a partir de la docu-mentación manejada (figs. 8 y 9).Se trata de los únicos documen-tos del catastro de la Villa quehan llegado hasta nosotros (30). En la Con-taduría quedaban 67 gruesos legajos quecontenían los memoriales y libros de los realde la operación de la Capital, 17 de los cua-les eran de eclesiásticos. Y además, otros 23legajos conteniendo las muchas y variadascertificaciones pedidas de sueldos, juros,casas… correspondencia, órdenes, etcétera.

El sufrido lector que haya conseguido lle-gar hasta aquí convendrá con nosotros en laafirmación inicial: la villa de Madrid no tuvosuerte con su catastro, se hizo tarde, conmuchas dificultades, seguramente con másdeficiencias de las deseadas y deseables y seperdió, a pesar de lo cual ya solo las noticiasexistentes sobre su realización proporcionanla imagen muy cercana a la realidad de esaciudad cuyo sentido era ser la capital de losreinos. En 1758, la Contaduría de Madrid ela-

boró e hizo llegar a la Junta un inventario delos papeles de la Única que custodiaba (31).En el contenido de los legajos incluidos en elinventario se percibe la variedad de oficios desus gentes, sus actividades, el bullicio de suscalles y mercados, la suntuosidad de sus cor-tesanos, embajadores e indianos, la indigen-cia de sus pobres, la omnipresencia de loseclesiásticos de toda condición… Dichoinventario pone también de manifiesto quepara entonces no se había hecho la copia dela documentación que debería entregarse alAyuntamiento de la Villa y Corte, copia queprobablemente nunca llegó a realizarse. Esoexplicaría la inexistencia del mismo en elArchivo de Villa. ¡Ni que todos los hados sehubieran puesto de acuerdo para que apenasnada del Catastro madrileño sobreviviera a laincuria de los tiempos y las gentes! ■

126

CONCEPCIÓN CAMARERO BULLÓN

(29) Dicha relación puede verse íntegra en: Ibí-dem, pp. 285-290. Se custodia el documento en AHN,FC, DH, Fondo histórico, legajo 7463bis

(30) AHN, Fondos Contemporáneos del Ministe-rio de Hacienda, libro 7463bis. La mayor parte deellos, están transcritos en: en CAMARERO BULLÓN, C.(2001-2005): Madrid…, Op. cit., vol. I, pp. 271-381)

(31) Dicho inventario se ordenó realizar despuésde cuatro intentos de implantación de la Única Con-tribución: dos en 1756, uno en 1757 y otro en el pro-pio año de 1758. (AGS, DGR, 1ª remesa, leg. 1987).Puede verse en: Ibídem, pp. 244-248.

La Plaza de la Cebada (siglo XVIII. Museo Municipal).Autor: Manuel de la Cruz Cano