Donación de la villa de Villasoña

4
XLI

description

Donación de la villa

Transcript of Donación de la villa de Villasoña

Page 1: Donación de la villa de Villasoña

XLI

Page 2: Donación de la villa de Villasoña

XLII

Fol. 9v por merced que le proveyese de remedio. Y yo por hacer bien y merced al dicho Abad y convento y por cuanto es obra de piedad, lo tuve por bien, y mando y defiendo firmemente que nadie, por composiciones que tengan de los tiempos pasados, se entremeta ahora ni de aquí en delante de entrar a pacer, rozar, cazar, acortar ni hacer otro daño alguno dentro de los dichos términos de Corcos contra la voluntad del dicho abad y convento so la pena en este privilegio contenida. Y, además, mando a los mis alcaldes de la villa de Baltanás y al concejo del dicho lugar, con todos sus alfoces y a todas las Justicias y oficiales de los mis reinos donde esto acaeciese y a cada uno de ellos que no lo consientan, más que les defiendan con la dicha merced en la manera que dicha es, y prendan en bienes de aquellos que contra ello fueren por la dicha pena, la guarden para hacer de ella lo que mi merced fuere, y si bienes no les hallaren que les prendan los cuerpos y enmienden al dicho abad y convento, o a quien su voz tuviere, de todas las costas, daños y menoscabos que, por ende, recibieren doblados. Y, además, por cualquier o cualesquier por quien introducir8 de lo así hacer y cumplir, mando a la persona que vos esta mi carta mostrares, o el traslado de ella, signado de escribano público sacado con autoridad de juez o de alcalde, que los emplace que aparezcan ante mí en la mi corte del día que los emplazare hasta quince días primeros siguientes, so la dicha pena a cada uno a decir por cual razón no cumplen mi mandado. Y mando sola dicha pena a cualquier escribano público, que para esto fuere llamado, que de ende al que vos le mostrares testimonio signado con su signo, por que yo sepa en como cumplen mi mandado, y esto les mandé dar esta mi carta escrita en pergamino de cuero y sellada con mi sello de plomo pendiente. Dada en Madrid quince días de diciembre, año del nacimiento de nuestro señor Jesucristo de mil y cuatrocientos y dos. Y yo Diego Alfonso de Dueñas la hice escribir por mandado de nuestro señor el rey. Otro privilegio hay del rey don Pedro e incluso el privilegio del rey don Alfonso su padre, y de don Fernando el cuarto que murió emplazado, el cual dio a este monasterio lo en él contenido que es del tenor siguiente. Sepan cuantos esta carta vieron como yo don Pedro, don Alonso, don Fernando reyes de Castilla etc. <<Este rey don Pedro es el Cruel que comenzó a reinar año 1350, y este rey don Alonso es el 11, comenzó a reinar año 1309, y este rey don Fernando era el 4º y comenzó a reinar año 1290>>. Por hacer bien y merced a vos don fray Juan, abad del monasterio de San Pelayo de Cerrato, damos nos en limosna y donación a vos y al convento del dicho monasterio, la nuestra villa que de Quintanilla de Morgate <<Quintanilla de Morgate>>, que es en la Merindad de Cerrato. Y mandamos que tenga la dicha villa su término limitado, conviene a saber del puente por el camino viejo y derecho a Vertavillo al camino /

8 Fincar.

Page 3: Donación de la villa de Villasoña

XLIII

Page 4: Donación de la villa de Villasoña

XLIV

Fol. 10r que va de Magáz a Calabazanos y torna por el camino de los Frailes hasta el mojón que está entre Rebollar y Quintanilla. Otrosí os hacemos limosna y donación de la nuestra villa de Fuentescarcel, que es en la dicha Merindad de Cerrato, con todas sus entradas y salidas y términos limitados, conviene a saber todo el prado de la Aguadaña que es contra Tariego y a los prados de la Cuesta del Portillo, y con Cuento Albo y el val de arriba con las alturas de los llanos y de los montes, y de Robredo y con Peña Alba de [en blanco] hasta el dicho prado de la Aguadaña. Otrosí os hacemos limosna de la mi villa de Villasona, que es en la Merindad de Cerrato, con todas sus entradas y salidas y términos limitados, conviene a saber desde el valle en el cual está la dicha villa asentada y poblada hasta la cima del monte, y por dicha cima hasta el camino que va de Baltanás por el llano del monte de frontero, el cual camino llaman de Carros, y desde allí a lo alto del valle de Cevico, y pasando por el monte contra el camino que va de Renedo a Baltanás, y por el dicho valle al alto del Otero que está entre el dicho camino de Val de Alar y pazcan y corten en Sardón. Y si yeguas, vacas u otros ganados cualesquiera entraren a pacer o rozar dentro de los términos de las dichas villas, mandamos que todos sean quintados y el quinto se para el dicho vuestro monasterio. Y cualquiera de nuestra generación o de otra cualquiera que en alguna cosa de esto quisiere menguar o quebrantar, halle la maldición de Dios y de Santa María su Madre con todos los Santos y Santas, y sea maldito y excomulgado y con Judas en el infierno dañado, y digan todos los fieles cristianos Amén. Y peche a nos o a los que vinieren después de nos, mil libras de oro puro, y a vos el dicho abad y convento y a los que vinieren después de vos todo el daño doblado. De esto os mandamos dar esta carta sellada con nuestro sello de plomo colgado. Dada en Medina del Campo seis días de abril. Era de MCCCXLIII años. Y yo Juan Mate la hice escribir por mandado de nuestro señor el rey. Prosigue don Sancho la donación de los tributos Reales de Cevico Navero para la obra de la iglesia como arriba, en otra donación, se contiene. Prosigue el rey don Pedro y confirma las dichas donaciones y todas las libertades y franquezas que los reyes han dado a este monasterio de San Pelayo de Cerrato. Y además de esto, hace merced de quince labradores excusados9 de todos pechos que residan libres en San Pedro de la Yedra y en las demás granjas del dicho monasterio. Dado en Valladolid nueve de noviembre, Era de MCCCLXXXIX años. 1351. /

9 Que por privilegio estaban exentos de pagar tributos al rey o al señor pero que, a cambio, debían contribuir con su trabajo.