Documento Revisoría Fiscal PUJ

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 Contenido. 1. Generalidades 2. Del Revisor Fiscal 2.1. Quienes pueden ejercer la Revisoría Fiscal 2.2. Vinculación del Revisor Fiscal 2.3. Independecía mental y Revisoría Fiscal 2.4. Auxiliares del Revisor Fiscal 2.5 El Revisor Fiscal, la Asamblea y la Junta de Socios. 2.6. Responsabilidad del Revisor Fiscal 2.7. Informe a la Asamblea o Junta de Socias 2.8. Derechos del Revisor Fiscal 2.9. Reserva Profesional 2.10. Legalización del Nombramiento del Revisor Fiscal 2.11. Los programas de trabajo del Revisor Fiscal 3. La Función de Revisoría Fiscal 3.1. Los objetivos 3.2. Comparación de la Revisoría Fiscal con la Auditoria Externa 3.2.1. En sus aspectos Generales 3.2.2. Calidades de Independencia 3.2.3. En las responsabilidades y sanciones 3.2.4 En los informes 4. Disposiciones contenidas en el código del comercio que tocan con la Revisoría Fiscal 4.1. Generalidades 4.2. Funciones del Revisor Fiscal 4.3. Otras funciones REVISOR A FIS Autor: Iván Correo: i uerres@ u

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Contenido.

1. Generalidades

2. Del Revisor Fiscal

2.1. Quienes pueden ejercer la Revisoría Fiscal

2.2. Vinculación del Revisor Fiscal

2.3. Independecía mental y Revisoría Fiscal2.4. Auxiliares del Revisor Fiscal

2.5 El Revisor Fiscal, la Asamblea y la Junta de Socios.

2.6. Responsabilidad del Revisor Fiscal

2.7. Informe a la Asamblea o Junta de Socias

2.8. Derechos del Revisor Fiscal

2.9. Reserva Profesional

2.10. Legalización del Nombramiento del Revisor Fiscal

2.11. Los programas de trabajo del Revisor Fiscal

3. La Función de Revisoría Fiscal

3.1. Los objetivos

3.2. Comparación de la Revisoría Fiscal con la Auditoria Externa

3.2.1. En sus aspectos Generales

3.2.2. Calidades de Independencia

3.2.3. En las responsabilidades y sanciones

3.2.4 En los informes4. Disposiciones contenidas en el código del comercio que tocan con la

Revisoría Fiscal

4.1. Generalidades

4.2. Funciones del Revisor Fiscal

4.3. Otras funciones

REVISOR A FISAutor: Iván

Correo: i uerres@ u

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4.4. El informe

5. Dictamen del Revisor Fiscal

Cuestionario.

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OBJETIVO

Analizar los aspectos más importantes de la Revisoría Fiscal relacionados con el

concepto, las funciones y las disposiciones que regulan el ejercicio profesional en

Colombia.

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1. GENERALIDADES.

Nuestra legislación estatuyó el cargo de “Revisor Fiscal” con el objeto de

institucionalizar un ente que pudiese fiscalizar las actividades financieras y

administrativas que ejecutan algunas empresas. Mediante la figura de la

“Revisoría Fiscal”, los accionistas y el gobierno depositan la vigilancia de muchos

actos de las sociedades por acciones, en un Contador Publico quien por ese

hecho se convierte en depositario de la FE PUBLICA.

En efecto, en la Ley 58 de 1931 se habló en Colombia de la figura del revisor y de

sus inhabilidades y responsabilidades con los administradores y con los

accionistas; se le asignan funciones específicas y se estipula su nombramiento apartir de la Ley 13 de 1935.

Con el Decreto Reglamentario 2521 de 1950 se estipula el tipo de sociedades que

están obligadas a tener Revisor Fiscal y con el Decreto 2352 de 1956 se

reglamenta el ejercicio de la profesión de Contador Publico Juramentado y en su

Articulo 48 se fijaron las obligaciones de quienes desempeñen el cargo.

La 151 de 1959 establece los procedimientos para la elección del Revisor Fiscal

en Empresas de Economía mixta donde el Estado tuviese participación mayoritaria

del Capital.

La Ley 145 de 1960 que reglamenta el ejercido de la Contaduría Pública en

Colombia e derogó a la Ley 2732 de 1956) y establece las funciones del Contador

Público cuando se desempeña como Revisor.

El Decreto Ley 410 de 1971 (Código de, Comercio) precisa las funciones relativas

al Revisor fiscal.

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La Ley 32 de 1979 que crea la Comisión de Cambios y Valores, asigna funciones

a entidades diferentes a la Junta Central para sancionar a los Contadores Públicos

que infrinjan la Ley.

La Ley 9a de 1883, el Decreto Legislativo 3803 de 1983 y otras disposiciones

reglamentarias conceden amplia participación al Contador Público que actúa como

Revisor Fiscal. Así mismo, el Decreto 3541 de 1983, dictado en el gobierno del

Doctor Belisario Betancourt, confirman lo dispuesto en las Leyes y Decretos

anteriores, amplían las funciones de los Contadores Públicos y los hacen

responsables en parte de la vigilancia y de garantizar los ingresos del Estado.

Al respecto, varios gremios y asociaciones de Contadores Públicos sepronunciaron pidiendo que se establezca “LA OPINION FISCAL” como parte de la

INFORMACION que los contribuyentes deben adjuntar a su declaración de renta.

2. DEL REVISOR FISCAL.

El Revisor Fiscal es un Contador Público encargado de vigilar el cumplimiento de

las disposiciones legales y estatutarias por parte de la administración, velar por la

preservación de los recursos de la empresa y suministrar información a lasentidades gubernamentales sobre las operaciones y actividades que realiza un

negocio. Es responsable tanto de la información financiera que suministra (le

agrega confiabilidad con su dictamen) como de los actos que efectúa la

administración con el fin de alcanzar los objetivos propuestos. Pero para ejercer

sus funciones necesita de independencia mental y económica para que pueda

manifestar sin ningún temor el desarrollo de la gestión gerencial y los resultados

de las operaciones efectuadas en la empresa.

Al emitir su informe debe hacer un examen crítico tanto de la información

financiera como de los actos de la administración, informar de los errores que se

están cometiendo y tratar de corregirlos a la mayor brevedad. En virtud de la

responsabilidad que se le asigna debe disponer de suficiente libertad para citar a

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“Asamblea General de Accionistas” cuando observe que se están cometiendo

graves irregularidades.

Tiene la calidad de juez cuando la ley le asigna tareas específicas de velar por los

intereses de la sociedad, proteger los intereses de los accionistas, DAR FE

PUBLICA, certificar la razonabilidad de la información contable suministrada;

funciones éstas que serán equiparables a las que desempeña un juez al dar fé de

los actos de las personas que actúan en la comunidad.

El valor social y profesional de la opinión sobre los estados financieros y los actos

de la administración debe radicar en su capacidad técnica, en su integridad moral

“e independencia” que le permitan:

1. Juzgar todos los actos donde se comprometan los intereses de la empresa,

de los socios y de la comunidad en forma imparcial.

2. Suministrar información sobre las personas que actúan en el medio y que

persiguen intereses particulares, sin establecer prebendas ni

contemplaciones.

En cumplimiento de la función de DAR FE PUBLICA el Revisor Fiscal debe

colaborar con las entidades gubernamentales encargadas de efectuar el control y

vigilancia de las sociedades y encargarse de vigilar la correcta ejecución de lo

estipulado en el contrato con la Asamblea de Accionistas.

Sus funciones se asemejan a las del Notario cuando certifica la responsabilidad

sobre los actos y decisiones que toma la administración ya que con su certificación

busca la seguridad de los intereses de una comunidad y por ende el bienestar

económico del país.

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El siguiente esquema trata de mostrar la doble función que efectúa el Revisor

Fiscal ya como juez o como notario. Ese doble papel hace demasiado importante

su trabajo y le obliga a desarrollarlo con una pulcritud y moralidad incuestionable.

Grafico No. 1

2.1. ¿Quiénes pueden ejercer la Revisoría Fiscal? 

Según la Ley 145 de 1960 la función de dar FE PUBLICA en los relacionados con

las operaciones económico-financieras y administrativas de la empresa,

corresponde al Contador Público pues así lo estipula el Artículo de esta Ley.

Revisor

Fiscal

Parabuscar unbienestar

económico

Notario

Juez

De los hechoseconómicos de laorganización; vigila elcumplimiento de la Ley,los estatutos, lasdecisiones de laasamblea, los interesesde los accionistas,

facultado para dar FE

De los hechos contables;tiene responsabilidad delos actos y decisionesque toman losempresarios y elgobierno basados en los

informes que suministray llevan su firma.

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También la Revisoría Fiscal puede confiarse a una persona jurídica, bajo la

obligación de ésta de nombrar a una persona natural para desempeñar las

funciones. Ello se debe a que existen sanciones a personas naturales y no a entes

 jurídicos abstractos, tanto civiles como penales aplicables a los Revisores Fiscales

que no cumplan con sus deberes.

Además en la Ley 145 y en algunos proyectos de reforma se estipula que las

firmas u organizaciones profesionales dedicadas a la actividad contable, podrán

cumplir sus funciones adscritas a Contadores Públicos bajo la responsabilidad de

personas que hayan obtenido la matrícula correspondiente y no podrán

encargarse en ningún caso de revisoría, auditorias e interventorías en sociedades

e instituciones donde alguno de sus socios sea Contador o Administrador.

Ninguna persona podrá ejercer el cargo de Revisor Fiscal en más de cinco (5)

sociedades por acciones.

El Artículo 205 del Código de Comercio, a su vez, estipula qué personas no

pueden ejercer el cargo de Revisores Fiscales.

2.2. Vinculación del Revisor Fiscal.

Para sus funciones específicas el Revisor Fiscal debe actuar ante la entidad

independientemente, con el fin de que al expresar su opinión sobre los “actos de

los administradores, el resultado de las operaciones, y la posición financiera del

negocio en un momento dado", lo haga imparcialmente.

Pero el Revisor Fiscal está vinculado a la empresa que revisa en virtud a un

contrato de trabajo que no concede esa anhelada independencia. Ello se debe

porque en el contrato se han los elementos básicos que se estipulan para un

trabajador corriente, estos es:

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a. Actividad personal del trabajador. Todo Revisor debe cumplir con las

funciones de su cargo y responder por la labor confiada, personalmente. Su

trabajo conlleva la observancia directa de los actos y hechos de la

administración, elemento que es clave y requisito esencial para dar FE

PUBLICA.

b. Continuada dependencia o subordinación del trabajador respecto del

patrono. El Revisor Fiscal depende de la Asamblea o de la Junta de

Socios. Ello lo hace dependiente de un grupo de personas que a su vez

delegan su autoridad en un gerente que en muchos casos manipula la

voluntad del trabajador en pro de sus beneficios personales.

c. Salario como retribución de su labor prestada. Para el Revisor Fiscal es

muy clara la prestación de su servicio, por lo cual recibe una remuneraciónque podría dar derecho al pago adicional de prestaciones sociales.

Como su nombramiento viene de parte de la Asamblea General que es un cuerpo

colegiado, conformado por un sin número de personas ya naturales, ya jurídicas

con intereses en la sociedad revisada, entonces la responsabilidad del Revisor es

responder por los intereses de estos. Y por ello debe tener su independencia, lo

cual garantizara el cumplimiento de su deber no solo entre los dueños de laempresa sino ante la comunidad en general.

La relación jurídica debería estar garantizada por la prestación de servicios con

retribución como trabajador independiente. Al respecto la jurisprudencia ha

definido al trabajador independiente bajo unos términos que perfectamente

podrían aplicarse al Revisor Fiscal, esto es:

1. “La prestación del servicio o la ejecución de la obra ya sea en forma

personal o por intermedio de otros, pero el trabajador realizara la labor por

sus propios medios”.

2. Autonomía técnica para prestar sus servicios.

3. Pagar una retribución que se llamará honorarios profesionales.

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La figura de la subordinación en un contrato ordinario y la autonomía en el

independiente los diferencian profundamente; pero bajo las costumbres y

disposiciones nuestras, cuándo será posible obtener esa autonomía?.

2.3. Independencia mental y Revisoría Fiscal.

La independencia debe ser la base fundamental de los profesionales de la

Contaduría Pública .Y como tal la del Revisor Fiscal. Si el objetivo del gobierno al

establecer la Revisaría fue el de tener dentro de la sociedad una persona natural

que por el propio carácter de sus funciones fuese independiente, entonces para

que sus servicios sean más eficientes, debe concederle libertad y garantiza

legalmente para que pueda ejercer sus funciones sin ninguna clase de presiones.

Ello quiere decir que en el trabajo debe buscar garantía total y que al emitir

opiniones basadas en reglas y normas éticas se pueda expresar la razonabilidad o

irrazonabilidad de la información financiera y la gestión de la administración sin

presiones y sin aceptar sugerencias que desvirtúen la verdad y que en alguna

forma incidan en el sano criterio y en las normas éticas del encargado de dar FéPública.

No podrá existir independencia del Revisor Fiscal cuando concurran estas

situaciones:

1. Si posee intereses económicos con los negocios que realiza su cliente.

2. Si desempeña cargos administrativos dentro de la empresa.3. Si esta asociado con otro profesional que tenga aportes en la empresa que

revisa.

4. Si subordina su opinión al criterio que imponga el cliente.

5. Si existe parentesco familiar con el cliente.

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A pesar de que la legislación Fiscal plantea la existencia de Sociedades Abiertas y

Cerradas, muchas de ellas aún quedan en poder de pocos accionistas, los que

obtienen mayor representatividad en las Juntas Directivas y en la Administración

de la Sociedad. Como el Revisor es nombrado realmente por accionistas con

mayor participación en el capital de la sociedad, entonces se pierde el objetivo de

la Revisaría expresado en términos de “servir de órgano de control de la

respectiva sociedad y de velar por el cumplimiento de la Ley y los estatutos y por

los intereses de los accionistas”.

2.4. Auxiliares del Revisor Fiscal.

En muchos casos puede un Revisor Fiscal, tener auxiliares y/o colaboradores bajo

su dirección y responsabilidad (Articulo 210 del Código de Comercio).

La autorización y remuneración podrán ser fijados en la Asamblea o Junta de

Socios. Sin embargo, el Revisor puede nombrar auxiliares y remunerarlos de sus

honorarios “sin que para ello necesite autorización de la Asamblea o junta de

Socios”

2.5. El Revisor Fiscal, la Asamblea y la Junta de Socios.

Al Revisor Fiscal le corresponde:

1. Convocar a Asambleas. Extraordinarias cuando lo exijan las necesidades o

se presenten casos urgentes e imprevistos de la compañía.

2. Convocar a Asambleas Extraordinarias cuando la Superintendencia de

Sociedades así lo ordene (véase requisitos estipulados en el artículo 453del Código de Comercio).

3. Intervenir con voz pero sin voto a las deliberaciones en que sea citado.

4. Firmar las actas de la Asamblea en ausencia del presidente de la misma y

su secretario y enviar capta del acta de la respectiva Asamblea, dentro de

los quince (15) días siguientes a la reunión.

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5. Presentar informes a la Asamblea y a las entidades oficiales sobre el

desarrollo de las operaciones y la gestión de la administración de la

empresa.

2.6. Responsabilidad del Revisor.

Nuestra Legislación estableció una responsabilidad especial al Revisor Fiscal

cuando por negligencia o dolo ocasione graves perjuicios bien sea a la sociedad o

a terceros.

Así mismo establece varias sanciones (juzgarlo de falsedad en documentos

privados y la interdicción temporal o definitiva para ejercer el cargo. etc.) en caso

de que autorice dolosamente balances con inexactitudes graves o que rinda

informe inexactos (véase más adelante el articulado sobre Responsabilidad del

Revisor Fiscal).

2.7. Informes a la Asamblea o Junta de Socios.

Como ya se ha expresado, el Revisor Fiscal tiene entre sus funciones la de

presentar informes a la Asamblea o Junta de Socios, tanto sobre aspectoscontables como sobre la administración de la empresa.

1. Los informes sobre aspectos contables deben contener:

a. Si las informaciones solicitadas han sido suficientes para el

desempeño de su cargo.

b. Si se ha procedido de conformidad con la técnica general de

interventoría de cuentas, en el curso de la revisión.c. Si las operaciones realizadas se ajustan a las decisiones de la

Asamblea. los Estatutos o la Junta Directiva; y si han sido

registradas contablemente de acuerdo a las técnicas que exige la

Ley y la práctica contable.

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d. Si se ha ceñido fielmente a los libros de la empresa para elaborar el

balance y el estado de pérdidas y ganancias y si en su opinión el

primero de ellos ha sido presentado de conformidad con las prácticas

contables generalmente aceptados de manera que refleje

razonablemente la situación financiera del período revisado, y si el

estado de pérdidas y ganancias es el verdadero resultado de las

operaciones de dicho período.

e. Manifestar las reservas, salvedades u observaciones que tenga

sobre la fidelidad de los estados financieros.

2. El informe a la Junta Directiva sobre la administración y control de la

empresa debe contener:a. Si los actos de los administradores de la sociedad se ajustan a los

estatutos y a las órdenes o instrucciones de la Asamblea o Junta de

Socios.

b. Si la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros

de las actas y registro de acciones, en su caso, se llevan y se

conservan debidamente.

c. Si hay y son adecuadas las medidas de control interno deconservación y custodia de los bienes de la sociedad o de terceros

que están en poder de la compañía.

2.8. Derechos del Revisor Fiscal.

Tiene derecho a intervenir en las deliberaciones de la Asamblea o de la Junta de

Socios y en las Juntas Directivas o Consejos Administrativos. Aunque sin derecho

a voto cuando sea citado a éstas, tendrá su derecho a inspeccionar en cualquier

tiempo los libros de contabilidad, libros de actas, correspondencia, comprobantes

de las cuentas y demás papales de la sociedad.(1) 

(1) Código de Comercio. Artículo 213.

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Pero ni el Código ni otras disposiciones hablan de derechos especiales de defensa

a que podría recurrir el Revisor Fiscal cuando cometa fallas humanas en el

ejercicio de sus funciones.

2.9. Reserva Profesional.

El Revisor Fiscal deberá guardar completa reserva sobre los actos o hechos de

que tenga conocimiento en el ejercicio de su cargo y solamente podrá

comunicarlos o denunciarlos en la forma y casos expresamente previstos en las

leyes(2). Este deber en ningún caso lo priva del derecho a citar a Asamblea

General cuando ocurran casos que atenten contra los intereses de los accionistas

y de la comunidad.

2.10. Legalización del Nombramiento del Revisor Fiscal.

Se cumplirá con el envió tanto a la Cámara de Comercio como a la

Superintendencia de Sociedades de una copia del acta de la Asamblea Generalen la que se hizo el nombramiento, en sucursales de sociedades extranjeras se

debe llevar a Escritura "Pública la resolución o acta en que se hizo el

nombramiento y registrar1a en la Cámara de Comercio.

2.11. Los Programas de Trabajo del Revisor Fiscal.

No se podría presentar un programa detallado sobre el trabajo que debe hacer unRevisor en una empresa puesto que cada uno tendrá sus características

particulares y es de la magnitud de la empresa y de sus características propias

que depende un programa. Aquí se presentarán solo algunas pautas.

(2) Código de Comercio. Articulo 214.

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a. Dirección y supervisión de la Dependencia.

•  Planear la organización tanto de la dependencia como del personal.

•  Efectuar reuniones permanentes.

•  Vigilar por el cumplimiento de las funciones asignadas al personal

asignado.

•  Recalcar en la responsabilidad del cargo.

b. Trabajo General.

•  Obtener mensualmente información financiera del Departamento de

Contabilidad.

•  Revisar comprobantes de contabilidad con los soportes que lo sustentany con los comprobantes de diario contra libros oficiales.

•  Revisión exhaustiva de libros Diario,. Mayor, Inventarios y Balances,

Libros de Junta Directiva y de la Asamblea de Accionistas.

•  Preparar planillas analíticas sobre resumen de cuentas, ajustes y

reclasificaciones que permitan la corrección de los estados financieros

(elaborar hojas de trabajo).

• Revisar contratos de cualquier naturaleza y  hacer un listado de losmismos.

•  Tener siempre en mente los asuntos laborales. Examinar con tratos,

hojas de vida, pactos y convenciones colectivas.

•  Citar a reuniones de la Junta Directiva y/o de la Asamblea General y

poner en su conocimiento aquellos asuntos que vayan en contra del

buen funcionamiento de la empresa.

•  Revisar hojas de trabajo preparadas por los asistentes y hacer la

complementación fue se necesite en ellas.

•  Presentar el informe de auditoría de acuerdo al trabajo realizado,

concediendo importancia a la gestión administrativa. Este informe debe

elaborarse según lo dispuesto en el Código de Comercio.

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c. Aspectos Comerciales, Civiles y Penales.

•  Vigilar el cumplimiento de lo estipulado en los estatutos.

•  Actualizarse en todo lo relacionado con las disposiciones que rige la

Revisoría Fiscal ya sea sobre normas contenidas en el Código de

Comercio, el Régimen Legal de Sociedades Comerciales, la Ley 145 y

en otras disposiciones civiles y penales.

d. Aspectos Fiscales.

•  Actualizarse en las normas fiscales y en especial en aquellas que

regulan las operaciones de la empresa.

•  Obtener oportunamente la Declaración de Renta a presentar y

chequearla detenidamente antes de su firma confrontando su contenidocon los balances de la empresa, con documentos que sustentan la

información.

•  Supervisor la presentación de todos los informes fiscales a la

Administración de Impuestos procurando que éstos sean correctos y

dentro de los plazos estipulados.

•  Vigile que los requerimientos de la Administración. de impuestos sean

contestados dentro de los plazos estipulados y en la mejor formaposible. Evite problemas con la Administración de Hacienda.

•  Prepare un programa para iniciar la declaración de renta desde el

comienzo del año. No deje todo para el último día.

•  Exija la correcta orientación del asesor tributario de la empresa. Si no lo

tiene concienticese de la gran responsabilidad que tiene en este campo.

•  Prepare un listado de las fechas de pago de cuotas y que éstas se

cumplan si es posible con uno o dos días de anticipación. Evite recargos

por mora.

•  Los demás que considere apropiados en cada caso.

e. Aspectos Administrativos.

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Colaborar decididamente con la Administración sin invadir el campo de esta.

Participe en:

•  La elección de las mejores decisiones.

•  La fijación de objetivos, elaboración de presupuestos, informes

periódicos.

•  Conferencias y reuniones de comités.

•  Conversaciones con sindicatos.

•  Observando el conducto regular, presente las sugerencias y

recomendaciones que considere apropiadas para el buen

funcionamiento de la empresa.

•  Procure mantener las mejores, relaciones de cooperación entre la

Administración y la Fiscalización. No se exceda en sus funciones,limitese a cumplir las que le estipula la Ley y las sanas costumbres.

f. Aspectos Contables.

Realmente el mayor trabajo del Revisor Fiscal radica en la parte contable. Sin

excederse en la fijación de un programa, todo Revisor Fiscal debe practicar el

mismo trabajo del Auditor Externo en este campo. Es decir, que debe determinar

los objetivos, evaluar el control interno y demás actividades en relación con caja,bancos, depósitos e inversiones, activos fijos, deudas y obligaciones con terceros

patrimonio, provisiones para prestaciones sociales, revisión de nómina de pago y

cheques de salarios, inventarios (físico y Kárdex, etc) y todos aquellos, libros y

demás documentos que garantizan la presentación de la información contable en

forma razonable y oportuna.

g. Aspectos Relacionados con el Personal.

Analice todo lo del personal obrero y administrativo en relación a:

•  Forma de contratación.

•  Programas de desarrollo de personal.

•  Formas de pago de su salario.

•  Revisión de Hojas de Vida.

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•  Listado de afiliados al ISS.

El programa de trabajo del Revisor Fiscal es mucho más amplio. Aquí solo se

consideran algunos aspectos, pues, como se dijo antes, son las características

propias de la empresa y la responsabilidad de la persona que desempeña el cargo

las que definen las pautas sobre el trabajo a desarrollar.

3.  LA FUNCION DE REVISORIA FISCAL.

3.1. Los objetivos.

Como función, la Revisoría Fiscal ejerce un papel importante sobre la ejecución y

control de las demás funciones o áreas específicas de la empresa.

Teniendo en cuenta la responsabilidad que la ley ha fijado podrían determinarse

como objetivos básicos de la Revisoría Fiscal en cabeza del Revisor, las

siguientes:

1. Vigilar que todos los actos de los administradores en la sociedad se

ajusten a las decisiones estatutarias de los órganos de dirección y lasdisposiciones legales.

2. Procurar la preservación del patrimonio de los socios o accionistas.

3. Preocuparse por suministrar buena información contable.

4. Opinar sobre la razonabilidad de la información contenida en los estados

financieros.

5. colaborara con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección

y vigilancia de la compañía.

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Grafico No. 2

Comparación de la Revisoría Fiscal Con la Auditoria Externa.

3.2.1. En sus aspectos generales.

REVISORIA FISCAL. AUDITORIA EXTERNA.

Órgano fiscalizador de la sociedad confunciones amplias y definidas.

Es un Contador llamado por la empresapara dictaminar sobre la razonabilidadde los Estados Financieros.

EMP

ESA 

Vigilancia de los actosAdministrativos

Velar por la preservación

del Patrimonio

Colaboración comoentidades

Opinar sobre la

razonabilidad de los

Estados Financieros

REVISOR FISCAL

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Responsabilidad. El Código de

Comercio en su articulo 207 estipuló

nueve (9) obligaciones al Revisor Fiscal:

Observar si las operaciones se ajustan a

los estatutos, dar cuenta de las

irregularidades, rendir informes a

entidades fiscales, etc.

Responsabilidad. Con su profesión al

cumplir unas normas y unos principios

éticos estipulados.

Ejercicio de sus actividadespermanentes (para un ejercicio; el de laJunta Directiva).

Ejercicio temporal (para un trabajo).

Lo nombra: La Asamblea General en lasSociedades Anónimas por exigencias detipo legal (nunca la Junta Directivaporque él vigila los actos de losadministradores).

Puede nombrarlo la Asamblea General ola Junta Directiva por problemasadministrativos. El Auditor Externo actúasegún los arreglos efectuados por elcliente, los cuales se formalizan pormedio de un contrato.

En los demás puede hacerlo la

Asamblea o la Junta, a excepción de la

Sociedad Comandita donde sólo

participan los socios comanditarios.

3.2.2. Calidades de Independencia.

REVISORIA FISCAL. AUDITORIA EXTERNA.

Prevista en el Código de Comercio al

señalar incompatibilidades (no ser socio,

no ligado por parentesco, no ocupar otrocargo en la sociedad o en sus

subordinados, etc. Ello induce a pensar

que es independiente. Tener en cuenta

además las normas y el Código de

Ética.

Prevista en las normas personales deAuditoria al decir: "el Contador Públicodebe tener independencia mental en

todo lo relacionado con su trabajo paragarantizar la imparcialidad y objetividadde sus juicios”

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3.2.3. En las Responsabilidades y Sanciones.

REVISORIA FISCAL. AUDITORIA EXTERNA

Podríamos citar para ello el artículo

211 del Código de Comercio que

estatuye: Los Revisores Fiscales

responden de los perjuicios que

ocasionen a la sociedad, a los socios

o a terceros por negligencia o dolo en

el cumplimiento de sus funciones. Su

irresponsabilidad se sanciona:

1. Civilmente: a) Por falsedad de

documentos con interdicción

temporal o definitiva (Art. 212

C.C.). b) Responsabilidad solidaria

con la administración cuando

encubra la falsedad en los

balances. c) Violación de secretossi no guarda la reserva sobre

libros.

2. Penalmente. Art. 11. Ley 145 de

1960. “Los Contadores Públicos se

asimilarán a funcionarios públicos

para efecto de las sanciones pena-

les por las culpas o delitos quecometieren en el ejercicio de las

actividades propias de su

profesión” .

En la Ley 32 de 1979 que crea en

la Comisión Nacional de Valores

donde se estatuye que las

informaciones contables que

rindan a la Comisión deben ser

certificados por un Contador

Público independiente. La Ley 32

estipula que la Comisión puede

fijarle una multa de cien mil ($

100.000.00) pesos o además, le

suspenden la matrícula por un

término no mayor de un (1) año si

certifica informaciones no

tomadas de libros.

El Auditor Externo es el únicoresponsable ante el cliente por su

dictamen, pero la responsabilidad

principal, por informe erróneos

recae en la gerencia de la

empresa.

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3.2.4. En los Informes.

REVISORIA FISCAL AUDITORIA EXTERNA.

El Revisor Fiscal rinde dos (2) informes:a. Sobre los Estados Financieros

básicos.

b. Sobre los actos de losAdministradores, la correspondenciay sobre el control interno de lasaciedad en un “informe estándar”

Además debe informar sobre el controlinterno y según el Art. 207 su estudiodebe ser más profundo que el delAuditor Externo.

El Auditor Externo expresa una

opinión sobre los Estados Financieros,si se han presentado razonablemente

y de acuerdo a los principios de

contabilidad.

Además debe informar sobre las di-ferencias encontradas sobre el controlinterno dejando en claro el alcance desu informe.

4. DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL CODIGO DE COMERCIO QUE 

TOCAN CON LA REVISORIA FISCAL.

4.1. Generales.

ART. TITULO CONTENIDOCOMENTARIO O

ADICIONES

203

Sociedadesobligadas a tener

Revisor Fiscal.

Sociedades de capital,sucursales de cias.

extranjeras; en aquellas que

por Ley o estatutos, la

administración no

corresponda a todos los

socios.

En el tercer caso se necesitaque lo dispongan los socios

de no menos el 20% del

capital.

204

Elección. Por la mayoría absoluta de los

votos de la Asamblea o Juntade Socios.

En comandita por acciones, la

mayoría de los comanditariosy en Sucursales de

Sociedades Extranjeras, el

órgano competente.

205Incompatibilidad e

independencia.

No pueden ser Revisores

Fiscales: los socios, los

El término independencia es

subjetivo.

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ligados por matrimonio o

parentesco o sean consocios

de personal administrativo.

215

Requisitos y

limitantes.

Ser Contador Público. No

puede ejercer más de cincorevisorías.

Ver Art. 12 Ley 145 de 1960.

206

Período y libertad

de remoción.

Por el período de la Junta

Directiva pero podrá ser

removido, con el voto de la

mitad más uno de los

accionistas presentes.

Ver Art. 198 y 199 Código de

Comercio.

163

Designación y

renovación.

Si está en la ley o en los

estatutos no se considerareforma sino ejecución de un

contrato y está sujeto a

registro en la Cámara de Co-

mercio con copias del acta

donde conste la renovación.

Es necesario que se acredite

la aceptación de sudesignación ante la Cámara

de Comercio.

164

Si no cancela su

inscripción

conserva sucarácter.

El Revisor Fiscal, para todos

los efectos legales, conserva

su carácter mientras no secancele su inscripción me-

diante el registro de la nueva

elección.

En caso de reelección no se

necesita nueva inscripción.

420

Qué puede hacer

la Asamblea

general de

accionistas.

“Ordenar las acciones que

corresponda contra los

administradores, funcionarios

directivos o el Revisor Fiscal”

423

Citación areuniones extras

Cuando sea necesario porcasos imprevistos, puede

hacerlo la Junta Directiva, el

representante legal o el

Revisor Fiscal. la orden de

citas a asamblea puede ser

En algunos casos puede citarla Superintendencia: si no se

ha reunido en las

oportunidades señaladas o

por falla en la administración.

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por el Revisor Fiscal.

213

Derecho. Intervenir sin derecho a voto

en las deliberaciones de la

Asamblea General y de la

Junta de Socios o en lasJuntas Directivas si es citado

a ellas.

Inspeccionar libros o papeles

de la sociedad.

210

Auxiliares y su

dependencia.

Según concepto de la

Asamblea General, el Revisor

Fiscal podrá tener auxiliares y

colaboradores nombrados yremovidos por él.

Se entiende que el salario lo

fija la Asamblea General.

441

Inscripción en el

Registro Mercantil.

En el Registro Mercantil se

inscribirá la designación del

representante legal mediante

copia del acta o la Junta

Directiva o a la Asamblea

General, una vez aprobada y

firmada por el Gerente y elSecretario o por el Revisor

Fiscal.

4.2. Funciones del Revisor Fiscal.

Artículo 110 Código de Comercio: Constitución de la Sociedad por Escritura

Pública y fijar las funciones del Revisor.

ART. TITULO CONTENIDOCOMENTARIO O

ADICIONES

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1. Cerciorarse de que las

operaciones que se celebran por

parte de la sociedad se ajusten a

los estatutos o a las decisiones

de la Asamblea General o de laJunta.

Artículo 213

2. Dar cuenta por escrito a quien

corresponda según los casos de

las irregularidades que ocurran.

3. Colaborar con las entidades

oficiales que ejerzan inspección y

vigilancia de la sociedad.

Articulo 216. Y 217.

4. Velar por que se llevecorrectamente la contabilidad y

libros y papeles de la sociedad y

dar las instrucciones para ello.

Contabilidad Medio dePrueba.

Art.68,69,70,71,72,73,74,

(48,60, Revisoría Fiscal y

Contabilidad). Art. 431

sobre libros y Actas.

5. Inspeccionar los bienes de la

sociedad y procurar su

conservación.6. Actualizar con su firma cualquier

balance con su dictamen o

informe correspondiente.

Art. 9 ley 145.

Art. 208 Código de

Comercio.

Art, 10 ley 145/60.

Programa Art. 207

numeral 4,5,6.

Procedimiento analítico

207 Funciones

7. Convocar a la Asamblea generalo a la Junta Directiva a reuniones

extraordinarias cuando lo crea

conveniente.

Art. 423.

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8. Dar instrucciones, inspeccionar y

solicitar los informes necesarios

para efectuar un control -

adecuado sobre los valores

sociales.

Administración

responsable de mantener

un sistema contable con

controles adecua dos y el

Revisor Fiscal evalúaesos controles.

9. Las demás que les sean -

asignadas conforme a ley y los

estatutos.

Son indefinidas si se

promulgan otras leyes?

4.3. Otras Funciones.

ART. TITULO CONTENIDOCOMENTARIO O

ADICIONES

125

Otras Reuniones. Durante el período de liquidación

de la sociedad el Revisor Fiscal

puede citarlos a reuniones.

Ver además los artículos

192,193 que hablan de

nulidad de decisiones.

191

Impugnación a

decisiones.

El Revisor Fiscal puede

impugnar las decisiones de la

Asamblea General por no

ajustarse a las disposicioneslegales y estatutarias (dentro de

los dos meses siguientes).

222

Procurar que se

proceda a la

liquidación.

Cuando se disuelva la sociedad

no podrá ejecutar operaciones

fuera de las expresadas por ley.

Si el Revisor Fiscal lo

hace, responde solidaria e

ilimitadamente por actos

que ejecute la saciedad.

392

Suscripción de

acciones

Vencido el plazo, el Gerente y el

Revisor Fiscal deben comunicara las Superintendencia el

número de acciones suscritas. la

parte pagada, cuentas y plazos

para cubrirlas.

432 Copia a la Dentro de los quince días

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Superintendencia. siguientes al de la reunión, copia

autorizada del Acta a la

Asamblea.

445

Anexos al

Balance

La Junta y el Representante

legal presentarán:•  El Estado de Pérdidas y

ganancias.

•  Un proyecto de distribución

de utilidades.

•  El informe de la Junta sobre

la situación de la Sociedad.

•  Un informe del Represen-

tante legal sobre su gestión

del Revisor Fiscal.

289

Copia del

Balance a la

Superintendencia.

Las sociedades vigiladas

enviarán copia del balance y de

P.G. a la Superintendencia

elaborados conforme a la Ley.

Ese balance debe ser

certificado.

Artículo 290. El Balance

certificado debe contener

las firmas del

representante Legal, el

Contador y  el Revisor

Fiscal.

291

Información

complementaria

de los Estados

Financieros

Al Balance y P.G. se anexará la

siguiente información:

•  En Sociedad de Capital.

Número de acciones, valor

nominal y  las readquiridas

así como los privilegios de

ciertas clases de acciones.

•  Todo lo referente a in-

versiones.

•  Detalle de las cuentas de

orden.

•  Índices de solvencia,

rentabilidad y  liquidez con

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análisis comparativo de

dichos índices.

448

Estados

Financieros con

destino a laAsamblea

General

La Superintendencia de

Sociedades considera que no

hay un criterio definido para lapresentación de Estados

Financieros y por ello consideran

oportuno fijar algunas pautas

con base en las atribuciones

éste, artículo.

Según este artículo deberá

presentarse a la Asamblea

General lo siguiente:1. Balance General.

2. Estado de Pérdidas y

Ganancias de utilidades

retenidas.

3. Estado de Cambios en la

Situación Financiera.

4. Información sobre las

modificaciones másimportantes al control Interno

Contable y Administrativo,

políticas y prácticas

contables utilizadas y notas

explicativas a los Estados Fi-

nancieros.

5. Dictamen (Circular No.

005/81 Superintendencia desociedades).

292

Aprobación del

Balance por la

Asamblea, no la

exonera de su

Una vez publicado el Balance y

aprobado por la Asamblea

General no libra de

responsabilidades al Revisor

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responsabilidad Fiscal y al Contador Publico.

393

Balance con el

reglamento de

suscripción.

Para sociedades que no

negocian sus acciones en la

bolsa y desean venderlas

al publico por avisos u otrosmedios.

La Comisión Nacional de Valores exige certificar las informaciones contables.

( Ley 32 de 1979 )

Las informaciones contables o financieras que rindan los emisores de valores a la

C.N.V. serían certificados por un Contador Público Independiente o que se halle

vinculado a una firma inscrita ante la Junta Central de Contadores y la

Superintendencia Bancaria o de Sociedades (Articulo 11).

4.4. El Informe.

El Código de Comercio estipula dos informes del Revisor Fiscal el uno sobre la

contabilidad ( Art. 208 ) Y el otro sobre la administración (Art. 209).

Como se enunciaba en páginas anteriores, el artículo 208 hace alusión a la

obtención de información necesaria, si se han seguido procedimientos adecuados

en su revisión, si la contabilidad se lleva conforme a las normas estatuidas y si los

'estados financieros fueron tomados fielmente de los libros de contabilidad. El

articulo 209 hace alusión a los actos de los administradores, a la correspondencia,

al control interno, etc.

Para presentar un informe adecuado el Revisor Fiscal debe tener en cuenta lo

siguiente:

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1. Todo dictamen o informe emitido por un Revisor Fiscal deberá cumplir

con los artículos 10 de la Ley 145 de 1960 y 2080 Y 2090 del Código de

Comercio.

2. Deberá entenderse que los procedimientos de revisión aconsejados por

la técnica de la interventoría de cuentas, mencionadas en las

disposiciones antes citadas incluyen las normas de auditoría

generalmente aceptadas, aprobadas en Congresos Nacionales de

Contadores Públicos reunidos con participación representativa de por lo

menos el 65 % de las agremiaciones de Contadores Públicos con

personería jurídica debidamente reconocida. Las normas de Auditoria

generalmente aceptadas en Colombia, que reúnen estos requisitos son

las aprobadas en el II Congreso de Revisores Fiscales, reunido enMedellín en junio de 1972.

3. Cuando en el numeral 4 del articulo 2080 del Código de Comercio se

habla de balances y estados de pérdidas y ganancias que representan

en forma fidedigna, de acuerdo a las normas de contabilidad

generalmente aceptadas, la situación financiera y el resultado de las

operaciones respectivamente, deberá entenderse que tales normas de

contabilidad incluyen los principios contables y normas para lapresentación de estos estados financieros contenidos en el

pronunciamiento No 1 de 1977, emitido por el Comité Nacional de

Investigaciones Contables con el respaldo de las agremiaciones de

Contadores existentes en el país, lo mismo que la Asociación

Colombiana de Facultades de Contaduría Pública “ASFACOP”, de la

Bolsa de Valores, de la Asociación Nacional de Industriales “ANDI”.

4. Los dictámenes del Revisor Fiscal, deben cumplir el año o período bajo

revisión. Sin embargo cuando, el Revisor hubiere desempeñado el cargo

en el año inmediatamente anterior, él podrá cubrir en su informe también

las cifras de ese año presentadas en los Estados Financieros para fines

comparativos.

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5. En su primer año de actuación, el Revisor Fiscal deberá indicar en su

informe que los Estados Financieros del año anterior fueron examinados

por otro Contador Público y revelar la clase de opinión emitida.

5. EL DICTAMEN DEL REVISOR FISCAL.

Es el concepto del Revisor Fiscal sobre la corrección contable de las cifras de los

Estados Financieros como consecuencia de un examen y revisión que él practicó

a la misma.

Hay varias maneras de formularlo:

1. Sin salvedades: El Revisor Fiscal opina que los Estados Financieros

presentan razonablemente la situación financiera de la empresa, los

resultados de las operaciones y los cambios en la situación del negocio

de acuerdo a los principios aplicados uniformemente.

2. Con salvedades: Salvedad es una excepción parcial a alguna de las

afirmaciones del Contador Público l. Expresa que excepto por lo sujeto a

los efectos a que se refiere en la salvedad.a. Los Estados Financieros presentan razonablemente la situación

financiera de la empresa.

b. Los Estados Financieros están de acuerdo a los principios, etc.

En otros casos ésta opinión se emite cuando falta evidencia o hay

restricciones al alcance de la mano del examen, o cuando el Revisor

 juzgue.

a. Los Estados Financieros no se han presentado de acuerdo aprincipios.

b. Hay cambios en los principios de un período a otro.

c. Existe incertidumbre respecto a los Estados Financieros.

Hay salvedades: a la opinión (por no aplicar los P.C.G.A. correctamente o

por inconsistencia en la aplicaci6n de los mismos) o al alcance (porque no

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se le permite aplicar los procedimientos o por insuficiencia en los resultados

obtenidos con los procedimientos supletorios). En cualquier caso deben

hacerse las aclaraciones necesarias.

3. Abstención de la opinión. El Auditor se niega a opinar sobre los Estados

Financieros.

Debe indicar en párrafos por separado todas las razones sustantivas

para ello, y revelar cualquier reserva que tenga con respecto a la

razonabilidad de los Estados Financieros y su presentación de acuerdo

a P.C.G.A.

No es apropiado si el Revisor no ha realizado un examen de alcance

suficiente para permitir formarse una opinión sobre los Estadosfinancieros. (Abstención por alcance. Por limitación significativa al

alcance, el Auditor debe indicar en párrafos separados los aspectos por

los cuales su examen no cumplió con las normas de Auditoría

Generalmente Aceptadas, expresar que el alcance de su examen no fué

suficiente para justificar la expresión de una opinión).

4. Dictamen Adverso. Expresa: .

a. Que los Estados Financieros no presentan razonablemente lasituación financiera de la empresa, los resultados de operación y

los cambios en la posición financiera.

b. Que no se aplicaron correctamente los P.C.G.A. Esta opinión se

expresa solo cuando todos los Estados Financieros no presentan

razonablemente la situación financiera de la empresa.

5. Sanciones a Contadores.(3) 

Las sanciones a los Contadores Públicos, contenidas en tres (3)

artículos del proyecto de ley, quedaron tal y como fueron presentados

por el gobierno. Adicionalmente se incluyó un inciso en el articulo sobre

(3) Tomado del Estatuto del Revisor Fiscal, página 53 y siguientes. Por ser su análisis bastante

acertado se transcribe textualmente toda la información.

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deductibilidad de viáticos, en el que señala que la expedición de

certificados por parte de esos profesionales que no correspondan a la

realidad, tipifican el delito de fraude procesal.

5.1. Responsabilidad y sanciones incluidas en el Código de Comercio.

5.1.1. Responsabilidad por Negligencia o Dolo.

Articulo 221. " El Revisor Fiscal responderá de los perjuicios que

ocasione a la sociedad, a sus asociados ya terceros, por negligencia

o dolo en el cumplimiento de sus funciones".

5.1.2. Inexactitud Grave en Balances e Informes: Sanción Penal.

Art1culo 212. El Revisor Fiscal que a sabiendas autorice balancescon inexactitudes graves. o rinda a la Asamblea o Junta de Socios

informes con tales inexactitudes, incurrirá en las sanciones previstas

en el Código Penal para la falsedad en documentos privados, más la

interdicción temporal o definitiva para ejercer el cargo de Revisor

Fiscal.

Articulo 221 del Código Penal - Falsedad en documento privado.

“El que falsifique documento privado que pueda servir de pruebaincurrirá si 10 usa en prisión de uno (1) a seis (6) años”.

5.1.3. Comentarios a los Artículos 211 y 212.

"En estos dos artributos' del Código de Comercio se extralimitan en

el caso de que se trate de infracción los limites de los Códigos

Penales y de Procedimiento Penal, por faltar elementos de

tipificación, por equipararla culpa con el dolo, por exceder en dureza

las penas señaladas en el Código Penal al agregar la interdicción

temporal o definitiva, es decir prescribiendo una pena accesoria que

no se incluye en la norma penal. Además no se tiene en cuenta

causales de inculpabilidad, ni de imputabilidad".

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"Por otra parte, el Código Penal en su artículo 58°, prohibición del

Ejercicio de una industria, arte, profesión, dice: “Siempre que se

cometa un delito con abuso de ejercicio de una industria, arte,

profesión u oficio, o contraviniendo las obligaciones que de ese

ejercicio se deriven, el juez al imponer la pena podrá privar al

responsable del derecho de ejercer la mencionada industria, arte,

profesión u oficio. por un término hasta de cinco (5) anos ".

Es elemento necesario “siempre que se cometa delito” y el Código

que trata de los delitos y, de las penas es precisamente el Penal.

Además, aún en estos casos verdaderamente agravantes la

interdicci6n de la profesión u oficio, tiene en el Código Penal untérmino máximo de cinco (5) 'años. Sin embargo el Código de

Comercio en habilitadas o supuestas funciones de castigar las

“inexactitudes graves” con una interdicción “definitiva”

“De lo anteriormente expuesto se concluye que el Código de

Comercio no solamente excede los límites del Código Penal sino que

es excepcionalmente duro respecto no ya del dolo sino de la meraculpa del Revisor Fiscal”

“El Código de Comercio, para el caso del Revisor Fiscal, ni si quiera

divide la culpa como 10 hace el Código Civil en grave, leve y

levísima”.

“En cuanto a la responsabilidad civil derivada del hecho punible, el

Código de Comercio así mismo excede lo expuesto en el titulo VI del

libro Primero del Código Penal”

“Además, al no haber en Colombia una Jurisdicción Comercial

Especial, como si la hay en otros países, las entidades encargadas

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de hacer cumplir el Código de Comercio en estos aspectos, tales

como la Superintendencia Bancaria y la Superintendencia de

sociedades sancionan arbitrariamente, haciendo uso del sistema

Inquisitivo y no del acusatorio y sin sujeción al procedimiento de las

dos instancias estatuido en la constitución y además pretermitiendo

los derechos de se oído, de tener defensor y de que se precise y

pruebe el hecho material de la contravención, ya que en Colombia

existe el Estado de Derecho. Muchas veces los informes que son

parte para sancionar a los Contadores Públicos o a los Revisores

Fiscales son presentados por personas en quienes deberá

considerarse como impedimento el hecho de no tener la calidad de

Contadores Públicos, es decir, la idoneidad y los conocimientospropios de la disciplina de esta profesión”

5.1.4. Responsabilidad penal por Falsedad en los Balances.

Artículo 157.Los Administradores, Contadores y Revisores Fiscales,

que ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades cometidas en los

balances, incurrirán en las sanciones previstas en el Código Penal

para el delito de falsedad en documentos privados y responderánsolidariamente de los perjuicios causados.

5.1.5. Sanciones por Faltas en el Ejercicio del Cargo.

Artículo 216. El Revisor Fiscal que no cumpla las funciones previstas

en la Ley, o que las cumpla irregularmente o en forma negligente, o

que falte a la reserva' prescrita en el artículo 214, será sancionado

con multas hasta de veinte mil pesos ($ 20.000.00) o con suspensión

del cargo, de un mes a un año según la gravedad de la falta u

omisión. En caso de reincidencia se doblarán las sanciones

anteriores y podrá imponerse la interdicción permanente o definitiva

para el ejercicio del cargo del Revisor Fiscal, según la gravedad de la

falta”

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5.1.6. Autoridad Competente para Imponer Sanciones Establecidas en el

Código de Comercio.

Artículo 217. Las sanciones previstas en el artículo anterior serán

impuestas por la Superintendencia de Sociedades, aunque se trate

de compañías no sometidas a su vigilancia, o por la

Superintendencia Bancaria, respecto de sociedades controladas por

ésta.

“Estas sanciones serán impuestas de oficio o por denuncia de

cualquier persona”

5.1.7. Los Contadores Públicos se asimilan a Funcionarios Publicas paralas sanciones Penales.

Artículo 11. (ley 145 de 1960). ”Los Contadores Públicos se

asimilarán funcionarios públicos para el efecto de las sanciones

penales por las culpas y delitos que cometieren en el ejercicio de

actividades propias de su profesión, sin perjuicio de las

responsabilidades de orden civil que hubiere lugar conforme a las

leyes”.

5.1.8. Sanciones por Infringir las Prohibiciones con relación a los libros de

Comercio.

Artículo 58. “Código de Comercio". La violación a lo dispuesto en el

artículo anterior (articulo 57). Prohibición con relación a los Libros de

Comercio, (que ya se transcribió atrás), hará incurrir al responsable

en una multa de cinco mil pesos ($ 5.000.00) que impondrá la

Cámara de Comercio o la Superintendencia Financiera o de

Sociedades según el caso de oficio a petición de cualquier persona,

sin perjuicio de las acciones penales correspondientes. Los libros en

que se cometan dichas irregularidades carecerán, además de todo

valor legal como prueba en favor del comerciante que los lleve.

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“Cuando no pueda determinarse con certeza el verdadero

responsable de estas infracciones, serán solidariamente

responsables del pago de la multa, el propietario de los "libros, el

Contador y el Revisor Fiscal, si éste incurriere en culpa”

5.1.9. Sanciones Penales y Responsabilidad por Perjuicios en caso

falsedad.

Articulo 293. Los administradores y Funcionarios Directivos, los

Revisores fiscales, los Contadores que suministren datos a las

autoridades, o expidan constancias o certificaciones discordantes

con la realidad contable serán sancionados en la forma prevista en elarticulo 238 del Código Penal.

“Si hubiere falsedad en documentos privados con perjuicio a los

asociados o de terceros, se aplicará el artículo 240 del mismo

Código”.

"Si las afirmaciones falsas estuvieren destinadas a servir de pruebaso Se aplicará el artículo 236 ibidem”.

"Quienes aparezcan comprometidos en los hechos contemplados en

este artículo, serán solidariamente responsables de los perjuicios

sufridos por los asociados o por terceros”

5.1.10. Sanción por Falsedad en Datos del Prospecto o del Balance.

Artículo 395. “Los Administradores de la sociedad y sus Revisores

Fiscales incurrirán en las sanciones previstas en el Código Penal, por

falsedad en documentos privados, cuando para provocar las

suscripción de acciones se den a conocer como accionistas o

administradores de la propiedad, a personas que no tengan tales

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calidades o cuando a sabiendas se publique inexactitudes graves en

los anexos a los correspondientes prospectos”

“La misma sanción se impondrá a los contadores que autoricen los

balances que adolezcan de las inexactitudes indicadas en el inciso

anterior”

5.1.11. Sanciones por Infracción del Derecho de Inspección por

Accionistas.

Artículo 447. Los documentos indicados en el artículo anterior justo

con los libros y demás comprobantes exigidos por la ley, deberán

ponerse a disposición de los accionistas en las oficinas de laadministración durante los quince (15) días hábiles que preceden a la

reunión de la Asamblea.

“Los administradores y funcionarios directivos así' como el revisor

fiscal que no dieren cumplimiento a lo preceptuado en este artículo,

serán sancionados por el Superintendente con multas sucesivas de

diez mil a cincuenta mil pesos para cada uno de los infractores”

5.2. Sanciones Impuestas por la Comisión Nacional de Valores.

Artículo 12. (Ley 32 de 1979). En ejercicio de sus funciones la

Comisión Nacional de Valores, podrá:

5.2.1. Sancionar a los Contadores Públicos con multa hasta de cien mil

pesos y ordenar la suspensión de su inscripción profesional por un

término no mayor de un año cuando con destino a la Comisión

certifique informaciones que no se hayan tomado fielmente de los

libros de contabilidad, que no reflejen en forma fidedigna la

correspondiente Situación Financiera o que proceda sin sujeción a lo

indicado en el inciso segundo del articulo 11 de esta Ley. En caso de

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reincidencia la multa podrá ser hasta de doscientos mil pesos y la

Comisión podrá ordenar que se cancele la inscripción del contador

público.

5.3. Sanciones Impuestas por la Junta Central de Contadores.

5.3.1. Sanción por Ejercicio ilegal.

Artículo 4. (Decreto 1776/73). La Junta Central de Contadores podrá

sancionar con multas sucesivas de quinientos pesos ($ 500.00) a

favor del Instituto Colombiano de Seguros Sociales a la persona

natural, firma u organización profesional que, sin estar debidamente

inscritas, anuncien o ejecuten cualquiera de los servicios indicados

en los artículos reservados en la ley o en los reglamentos a loscontadores públicos.

“La resolución de la Junta, una vez en firme, prestará mérito ejecutivo

ante los jueces competentes”

Artículo 12 ( Decreto 1462/ 61 ). Quien ejerza ilegalmente la

profesión de contador público sea persona natural o firma uorganización profesional será sancionado por la Junta Central de

Contadores, en armonía con lo dispuesto en el numeral 7° del

articulo 15 de la ley, con multa de doscientos pesos por la primera

vez y de quinientos por la segunda y de mil pesos por cada una de

las siguientes.

“Estas multas serán a favor del Instituto Colombiano de Seguros

Sociales y se impondrán de oficio, o a petición de cualquier persona.

La resolución de la Junta, una vez en firme, prestará mérito ejecutivo

ante los jueces competentes”

5.3.2. Suspensión de la Inscripción.

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Artículo 19 (Ley 145 de 1960). Serán causales de suspensión de la

inscripción de un contador Público, hasta por un año, las siguientes

debidamente comprobadas:

1. Haber ejecutado actos violatorios Del Código de Ética

Profesional que dictara la Junta Central cuando la

gravedad de ellos no justifique la cancelación.

2. La enajenación mental, la embriaguez habitual u otro vicio

o incapacidad grave que lo inhabilite temporalmente para

el correcto ejercicio de la profesión.

3. Los demás previstos en las leyes.

Artículo B. (Decreto 1462/61). Serán causales de suspensión de la

inscripción de un contador público, hasta por un año cualquiera delas enumeradas en el artículo 19 de la Ley 145 de 1960.

5.3.3. Cancelación de la Inscripción.

Artículo 20 (ley 145/60). Serán causales de la cancelación de la

inscripción de un contador público las siguientes debidamente

comprobadas.

1. Haber violado la reserva comercial de los libros, papeles e in-formación que hubiera conocido en ejercicio de la profesión.

2. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos indicados en el

numeral 30 del artículo 7 de esta ley.

3. Haber ejercido actividades o funciones adscritas a los contadores

públicos, durante el tiempo de suspensión de la inscripción.

4. Haber fundado la solicitud de inscripción en documentos que

posteriormente fueren encontrados inexactos, falsos o adulterados.

5. Haber ejecutado actos que violaron gravemente la ética profesional

señalados en el Código de la materia.

Articulo 10 (Decreto 1462 / 61) Serán causales de cancelación de la

inscripción de un contador publico cualquiera de las relacionadas en el

artículo 20 de la ley 145 de 1960.

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5.4. Otras Sanciones Estipuladas en Disposiciones Recientes.

La ley 9a de 1983 a la vez que otorga funciones de certificar el

documento en que consten las sumas pagadas por viáticos para

efectos de deducciones en la declaración de renta, estipula otras

sanciones:

•  Si los certificados sobre viáticos no corresponden a la realidad, el

contador público y los demás responsables incurrirán en fraude

procesal.

•  Si la declaración de renta firmada por contador público presenta

inexactitudes que den motivo para liquidar un impuesto mayor en

un 20% al calculado en la liquidación privada, puedensuspenderle el ejercicio de las funciones de contador público

hasta por un año por la primera vez; hasta por dos años, la

segunda vez y definitivamente la tercera vez. En este caso la

dirección de Impuestos envía el correspondiente requerimiento

para que el contador conteste de los cargos que se le hacen.

CUESTIONARIO.

PARTE "A”. PARA COMPLEMENTAR LA LECTURA DEL CAPITULO.

A1. Investigue el contenido de las principales disposiciones que regularon el

ejercicio de la Revisaría Fiscal. Haga una confrontación entre ellas. Cuales

considera que son las más importantes? Por Qué?

A2. Cual es la función social del Revisor Fiscal?

A3. Qué opina usted sobre las afirmaciones “Revisor Fiscal, juez “ y “Revisor

Fiscal, notario”?

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A4. Discuta ampliamente el problema de la vinculación laboral del Revisor

Fiscal. Sintetice las conclusiones a que llegó con su compárelo, con su

amigo, con su profesor, con un Revisor Fiscal que esté ejerciendo.

A5. Elabore un proyecto de estatuto del Revisor Fiscal resaltando

principalmente el derecho de defensa y de independencia que la ley no le

ha concedido.

A6. Consulte un Revisor Fiscal práctico y describa el programa de trabajo que

éste desarrolla.

A7. Discuta las semejanzas y diferencias entre la Revisaría Fiscal y la Auditoria

Externa. Cuál ubica como más importante?

A8. Consulte el artículo 205 del Código de Comercio y haga una amplia

discusión del contenido del mismo. Sustente con razones valederas surespuesta.

A9. Qué opinión le merecen las funciones que le asignan en el Código de

Comercio al Revisor Fiscal. Incluya aquellas que usted considera que faltan

en ese listado. Excluya aquellas que sobran.

A10 Analice las diversas disposiciones dónde se establecen sanciones al

Contador Publico. Critíquelas. Unifique criterios y elabore un solo proyecto:

“Sanciones a los Contadores Públicos”

PARTE “B”. PREGUNTAS DE SELECCION MULTIPLE.

Encierre en un círculo la letra de la afirmación que corresponda a la proposición

dada inicialmente.

B1. La Revisoría Fiscal fue estatuida en Colombia con el objeto de:

a. Responsabilizar a una persona jurídica de la fiscalización de las

actividades financieras de una organización.

b. Institucionalizar un ente que pudiese fiscalizar las actividades

administrativas que ejecutan las empresas.

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c. Designar una persona para que realice la labor de fiscalización de los

aspectos contables de una empresa.

d. institucionalizar un ente que pudiese fiscalizar las actividades financieras

y administrativas que ejecutan algunas empresas.

e. Ninguna de las anteriores.

B2. El Revisor Fiscal debe ser:

a. Un economista con conocimientos de contabilidad.

b. Un administrador licenciado en Contaduría Publica.

c. Una firma de auditores que delega las funciones en todos sus socios.

d. Un Auditor Externo inscrito en el Ministerio de Hacienda.

e. Ninguna de las anteriores.

B3. El Revisor Fiscal en calidad de notario debe:a. Velar por los intereses de la sociedad.

b. Proteger los intereses de los accionistas.

c. Dar fé pública.

d. Certificar la razonabilidad de la información contable suministrada.

e. Ninguna de las anteriores.

B4. Hay independencia del Revisor Fiscal con respecto a una empresa:

a. Si desempeña cargos administrativos en la empresa.b. Si es socio de otro profesional que tiene aportes en aquella.

c. Si posee intereses económicos en los negocios que realiza su cliente.

d. Si subordina su opinión a los criterios que impone el cliente.

e. Ninguna de las anteriores.

B5. La responsabilidad principal del Revisor Fiscal está con su profesión:

a. Al cumplir las normas establecidas.

b. Al tener en cuenta los principios de contabilidad en su trabajo.

c. Al practicar unos principios éticos definidos.

d. Al ejecutar su trabajo con eficiencia.

e. Ninguna de las anteriores.

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C1. Investigue LA LEY 60 DE 1.981 “Por la cual se reconoce la Profesión de

Administradores de Empresa y se dictan normas sobre su ejercicio en el País”

Realizar un resumen sobre los aspectos más importantes.