Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de...

108
Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección 5.2.1., del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por el artículo 2 de la Resolución CRA 271 de 2003, se modifican algunas disposiciones de las Resoluciones CRA 287 de 2004, 688 de 2014, 759 de 2016, 800 de 2017, se deroga parcialmente la Resolución CRA 783 de 2016 modificada por la Resolución CRA 810 de 2017 y se dictan otras relacionadas con la aplicación de las metodologías tarifarias”, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector. Autores Mercedes Salazar Rizzetto Daniela Fernanda Soto García Andrés Fernando Niño Sáenz Jaime De la torre Steven Vargas Torres Raisa Marenco Robles Carlos Andrés Castillo Sotomayor María del Carmen Santana Suarez Andres Mauricio Benavides Bonilla Oscar Javier Ortiz Lozano Marianella Figueroa Reyes Noviembre 30 de 2017

Transcript of Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de...

Page 1: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

Documento de trabajo

Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección 5.2.1., del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por el artículo 2 de la Resolución CRA 271 de 2003, se modifican algunas disposiciones de las

Resoluciones CRA 287 de 2004, 688 de 2014, 759 de 2016, 800 de 2017, se deroga parcialmente la Resolución CRA 783 de 2016 modificada por la Resolución CRA 810 de 2017 y se dictan otras relacionadas con la aplicación de las metodologías tarifarias”, y se inicia el

proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector.

Autores

Mercedes Salazar Rizzetto Daniela Fernanda Soto García Andrés Fernando Niño Sáenz

Jaime De la torre Steven Vargas Torres Raisa Marenco Robles

Carlos Andrés Castillo Sotomayor

María del Carmen Santana Suarez Andres Mauricio Benavides Bonilla

Oscar Javier Ortiz Lozano Marianella Figueroa Reyes

Noviembre 30 de 2017

Page 2: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

2

CONTENIDO INTRODUCCIÓN................................................................................................................................. 6 1. ANTECEDENTES ....................................................................................................................... 9

1.1 FUNDAMENTOS NORMATIVOS ....................................................................................... 9 1.2 ANTECEDENTES REGULATORIOS DE LA MODIFICACIÓN DE FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA ................................................. 14

1.2.1 Primera etapa regulatoria .......................................................................................... 15 1.2.2 Segunda etapa regulatoria ........................................................................................ 19 1.2.3 Tercera etapa regulatoria .......................................................................................... 20

1.3 MODIFICACIÓN DE FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003. ................................... 22

2. ANÁLISIS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ADELANTADAS EN LA CRA CON EL OBJETO DE MODIFICAR FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA Y/O PRECIOS MÁXIMOS ......................................................................................... 24 2.1 ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO ............................................................................................... 26

2.2 ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO .......... 32 2.3 ANÁLISIS DE LOS TIEMPOS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ................ 36 2.4 ANÁLISIS DE LAS MODIFICACIONES DE LOS COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA Y LA FÓRMULA TARIFARIA EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003 37 2.5 CONCLUSIONES DEL DIAGNÓSTICO ........................................................................... 39

3. CONSIDERACIONES GENERALES DE LA PROPUESTA REGULATORIA .......................... 40 3.1 DEFINICIÓN DE LOS PARÁMETROS, CRITERIOS Y/O LA FÓRMULA TARIFARIA GENERAL, Y CAUSALES DE MODIFICACIÓN TARIFARIA GENERAL ..................................... 41 3.2 EXCLUSIÓN DEL LITERAL D) DEL ARTÍCULO 5.2.1.1. DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003 ......................................................................................................................................... 43 3.3 SOLICITUD DE MODIFICACIÓN POR PARTE DE LOS TERCEROS ............................ 43 3.4 OBJETIVOS Y EFECTOS DE LA PROPUESTA REGULATORIA ................................... 44

4. REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS ....................... 45 4.1 SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO ..... 45

4.1.1 Condiciones para la aceptación de las solicitudes de modificación de la fórmula tarifaria general de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado ............. 46

4.2 SERVICIO PÚBLICO DE ASEO ....................................................................................... 50 4.2.1 Condiciones generales para la aceptación de las solicitudes de modificación de la fórmula general del servicio público de aseo ............................................................................ 50

4.3 DECISIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA FÓRMULA TARIFARIA GENERAL ..................................................................................................................................... 53 4.4 DEROGATORIA DE LA RESOLUCIÓN CRA 783 DE 2016 MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 810 DE 2017 ......................................................................................................... 53 4.5 IMPLICACIONES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA REGULATORIA ... 68

5. CONCLUSIONES ...................................................................................................................... 69 ANEXO I. Análisis de los parámetros y criterios de la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 688 de 2014 de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que requieren venir a la CRA para modificación ...................................................................................................... 70 ANEXO II. Análisis de los parámetros y criterios de la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 720 de 2015 del servicio público de aseo que requieren venir a la CRA para modificación ..................................................................................................................................... 104

Page 3: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

3

BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................................ 107

Page 4: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

4

LISTA DE TABLAS Tabla 1. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores con más de 5.000 suscriptores

en áreas urbanas ........................................................................................................................................... 47

Tabla 2. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores hasta 5.000 suscriptores en

áreas urbanas y zonas rurales .................................................................................................................... 49

Tabla 3. Formato análisis comparativo ...................................................................................................... 51

Tabla 4. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores del servicio público de aseo . 52

Tabla 5. Análisis Resolución CRA 783 de 2016. ...................................................................................... 54

Tabla 6. Implicaciones en la implementación de la propuesta regulatoria. .......................................... 68

LISTA DE GRÁFICOS

Gráfica 1. Marcos tarifarios expedidos por esta Comisión ................................................................. 7

Gráfica 2. Resoluciones expedidas por la comisión para la modificación de las fórmulas tarifas y los

costos económicos de referencia. ....................................................................................................... 8

Gráfica 3. Normatividad aplicable a las modificaciones de fórmulas tarifarias ................................. 14

Gráfica 4. Actuaciones administrativas de Modificación de Costos y/o Fórmulas Tarifarias (1997 -

2016) ................................................................................................................................................. 25

Gráfica 5. Actuaciones administrativas por servicio (1997 – 2016) .................................................. 25

Gráfica 6. Número de solicitudes de acueducto por modificación de fórmula tarifa y/o costos

económicos de referencia para acueducto. ...................................................................................... 27

Gráfica 7. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de acueducto. ............. 27

Gráfica 8. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de

referencia y/o la fórmula tarifaria para el servicio público domiciliario de acueducto. ...................... 28

Gráfica 9. Impacto en la tarifa de las solicitudes aceptadas de acueducto. ..................................... 28

Gráfica 10. Componente de costos modificado en acueducto ......................................................... 29

Gráfica 11. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de alcantarillado. ...... 30

Gráfica 12. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de

referencia para el servicio público domiciliario de alcantarillado. ..................................................... 31

Gráfica 13. Impacto en la tarifa de las solicitudes aceptadas de alcantarillado. .............................. 31

Gráfica 14. Componente de costos modificado en alcantarillado ..................................................... 31

Gráfica 15. Número de solicitudes de acueducto por modificación de fórmula tarifa y/o costos

económicos de referencia para aseo. ............................................................................................... 33

Gráfica 16. Duración en meses de las actuaciones del servicio público de aseo. ........................... 33

Gráfica 17. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de acueducto. ........... 34

Gráfica 18. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de

referencia y/o la fórmula tarifaria para el servicio público de aseo. .................................................. 35

Gráfica 19. Componente de costos modificado en el servicio de aseo ............................................ 36

Gráfica 20. Componente de costos modificado en el servicio de aseo ............................................ 37

Page 5: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

5

Gráfica 21. Actuaciones tramitadas con Res CRA 271 de 2003 para Acueducto y Alcantarillado

(2005-2016) ....................................................................................................................................... 38

Page 6: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

6

INTRODUCCIÓN La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA desde sus inicios ha desarrollado las metodologías tarifarias para los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico acorde con sus funciones de corregir fallas de mercado, razón por la cual debe regular monopolios cuando la competencia no sea posible, promover la competencia entre operadores con el fin de evitar abuso de posición de dominio, procurar que las operaciones de los prestadores sean económicamente eficientes, fomentar la provisión de servicios con calidad y en general, proteger la libertad de competencia según lo establecido en la ley de servicios públicos domiciliarios. Bajo este contexto la CRA ha expedido los marcos tarifarios para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. En la primera etapa de fórmulas tarifarias se expidieron para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado las Resoluciones CRA 08 y 09 de 1995 y 15 de 1996 y para el servicio público de aseo las Resoluciones CRA 19 de 1996 y 15 de 1997. Posteriormente, la Comisión en una segunda etapa, expidió fórmulas tarifarias orientadas a estimular comportamientos más eficientes en costos y en producción (eficiencia asignativa y técnica) contenidas en la Resolución CRA 287 de 2004 que consagra la metodología tarifaria para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y las Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005 para el servicio público de aseo, que siguen vigentes para los pequeños prestadores, es decir para aquellos prestadores que tengan hasta 5.000 suscriptores en el área urbana para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y aquellos que presten en municipios de hasta 5.000 suscriptores en el área urbana para el servicio público de aseo. Finalmente, los nuevos marcos tarifarios para grandes prestadores están constituidos actualmente, por la Resolución CRA 688 de 2014 modificada por la Resolución CRA 735 de 2015 aplicable para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado; y la Resolución CRA 720 de 2015 modificada por la Resolución CRA 751 de 2016 para el servicio público de aseo.

Page 7: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

7

Gráfica 1. Marcos tarifarios expedidos por esta Comisión

Fuente: Análisis CRA

Teniendo en cuenta que los marcos tarifarios son regulaciones de carácter general para la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo y que pueden presentarse situaciones particulares que afectan la prestación del servicio en cuanto a calidad, continuidad y cobertura, la CRA en desarrollo del artículo 126 de la Ley 142 de 1994, ha establecido mecanismos para que las empresas prestadoras de manera excepcional soliciten modificación de las fórmulas tarifarias y/o de los costos de referencia. En este sentido, se expidieron las siguientes resoluciones CRA1:

1 Resolución 8 de 1995 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto deben determinar las tarifas de prestación del servicio”. Resolución 9 de 1995 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de alcantarillado deben determinar las tarifas de prestación del servicio”. Resolución 15 de 1996 “Por la se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con menos de ocho mil usuarios deben determinar las tarifas de prestación del servicio”. Resolución 12 de 1996 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de aseo deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario.” Resolución 19 de 1996 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las entidades prestadoras del servicio público domiciliario de aseo con menos de ocho mil usuarios deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario. Resolución CRA 15 de 1997 Por la cual se establecen las metodologías de cálculo de las tarifas máximas con arreglo a las cuales las entidades tarifarias locales deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario de aseo y se dictan otras disposiciones. Resolución CRA 26 de 1997. Por la cual se establecen el procedimiento y los requisitos para la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. Resolución CRA 27 de 1997. Por la cual se establecen los requisitos para la solicitud de modificación del valor de unos parámetros de las Fórmulas Tarifarias aplicables al servicio de Aseo. Resolución CRA 40 de 1998 Por la cual se adiciona la Resolución 26 de 1997. Resolución CRA 95 de 1999 “Mediante la cual se establece el procedimiento único y los requisitos para la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo”. Resolución CRA 117 de 1999 Por medio de la cual se deroga la Resolución CRA 95 de 1999 y se establece el procedimiento único para el trámite de la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. Resolución CRA 129 de 2000. Por medio de la cual se modifica la Resolución CRA 117 de 1999 y se dictan otras disposiciones. Resolución CRA 130 de 2000. Por la cual se modifica el Artículo 18 de la Resolución 15 de 1997 y se dictan otras disposiciones. Resolución CRA 151 Regulación integral de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de 2001. Resolución CRA 271 de 2003 “Por la cual se modifica el artículo 1.2.1.1. y la Sección 5.2.1. del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA número 151 de 2001”.

MA

RC

OS

TA

RIF

AR

IOS

Servicios públicos de acueducto y

alcantarillado

Resoluciones CRA 8 y 9 de

1995 y 15 de 1996

Resolución CRA 287 de

2004

Resoluciones CRA 688 de 2014 y 735 de 2015.

Servicio público de aseo

Resoluciones CRA 12 y 19 de 1996 y 15 de

1997

Resoluciones CRA 351 y 352

de 2005.

Resoluciones CRA 720 de 2015 y 751

de 2016

Page 8: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

8

Gráfica 2. Resoluciones expedidas por la comisión para la modificación de las fórmulas

tarifas y los costos económicos de referencia.

Fuente: Análisis CRA

En la Resolución CRA 271 de 2003 se encuentra el procedimiento vigente para solicitar la modificación de fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia. La Comisión en su tarea regulatoria, estableció la necesidad de revisar este procedimiento, incluyendo un análisis sobre la evolución regulatoria que ha tenido desde 1997, con el fin de determinar la pertinencia de adelantar una modificación del mismo, considerando el aprendizaje que se ha adquirido a través de las actuaciones particulares que se han surtido ante esta Comisión, así como la dinámica actual de la regulación, especialmente frente a la aplicación de los nuevos marcos tarifarios para grandes prestadores. Adicionalmente, la revisión adelantada incluye aspectos como la carga administrativa (tanto para los prestadores solicitantes como para la Comisión) que genera el proceso actual de modificación de fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia y la pertinencia de mantener el procedimiento actual frente a las modificaciones de los costos económicos de referencia, tomando en consideración la estructuración de las metodologías tarifarias de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. De igual manera, para los pequeños prestadores se busca brindar una herramienta más clara y expedita para solicitar las modificaciones de fórmulas tarifarias. El presente documento se divide en cuatro secciones. En la primera sección del documento se presentan los antecedentes normativos y desarrollo regulatorio en cuanto al procedimiento de modificación de fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia. En la segunda sección, un análisis de las actuaciones administrativas adelantadas en esta Comisión de Regulación con el objeto de modificar fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia, el tiempo de duración de la actuación, el impacto tarifario que genera la modificación, el motivo de la solicitud y los aspectos a modificar. En la tercera sección, se exponen los parámetros de las fórmulas tarifarias susceptibles de modificación y se señalan las condiciones para la aceptación de las solicitudes de modificación de fórmulas tarifarias de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, así como de los precios máximos para el servicio público de aseo. Finalmente, en la última sección se presentan las conclusiones de la propuesta regulatoria.

Resoluciones CRA 26 y 27 de 1997

Resolución CRA 40 de 1998

Resolución CRA 95 de 1999

Resoluciones CRA 117 y 129

de 1999

Resoluciones CRA 129 y 130

de 2000

Resolución CRA 151 de

2001

Resolución CRA 271 de

2003

Page 9: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

9

1. ANTECEDENTES

1.1 FUNDAMENTOS NORMATIVOS El artículo 334 de la Constitución Política de 1991 consagra que la dirección general de la economía estará a cargo del Estado, el cual intervendrá por mandato de la ley, entre otras actividades, en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. Así mismo, el artículo 365 ibídem dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es su deber, asegurar la prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. El artículo 367 superior determina que la ley fijará las competencias relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, su cobertura, calidad y financiación, el régimen tarifario y las entidades competentes para fijar las tarifas. El artículo 370 ibídem establece que corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten. Con fundamento en esta última disposición constitucional, el artículo 68 de la Ley 142 de 1994, facultó al Presidente de la República para delegar en las Comisiones de Regulación el señalamiento de las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos, lo cual llevó a cabo mediante el Decreto 1524 de 1994. Ahora bien, los preceptos constitucionales señalados fueron desarrollados en la Ley 142 de 1994, "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, en cuyo artículo 2 dispuso que el Estado intervendrá en los servicios públicos en el marco de lo dispuesto en los artículos 334, 336, y 365 a 370 de la Constitución Política, entre otras razones, para asegurar su prestación eficiente. De igual manera, según lo previsto en el artículo 3° de la Ley 142 todas las decisiones de las autoridades en materia de servicios públicos deben fundarse en los motivos que determina la ley de servicios públicos; y los motivos que se invoquen deben ser comprobables. El numeral 18 del artículo 14 ibídem establece que la regulación de los servicios públicos domiciliarios es la facultad de dictar normas de carácter general o particular en los términos de la Constitución y de la citada ley, para someter la conducta de las personas que prestan los servicios públicos domiciliarios a las reglas, normas, principios y deberes establecidos por la ley y los reglamentos. El artículo 73 de la misma norma define como función general de las Comisiones de Regulación la de “regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea, de hecho, posible; y, en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abusos de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad…”. Por su parte, el artículo 74 señala las funciones especiales de las Comisiones de Regulación.

Page 10: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

10

El régimen tarifario aplicable a los servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el numeral 86.4 del artículo 86 de la Ley 142 de 1994, está compuesto por reglas relativas a procedimientos, metodologías, fórmulas, estructuras, estratos, facturación, opciones, valores y, en general, todos los aspectos que determinan el cobro de las tarifas. De conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, el régimen tarifario estará orientado por los criterios de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia. El numeral 87.1 del artículo 87 de la mencionada ley dispone: “Por eficiencia económica se entiende que el régimen de tarifas procurará que éstas se aproximen a lo que serían los precios de un mercado competitivo; que las fórmulas tarifarias deben tener en cuenta no solo los costos sino los aumentos de productividad esperados, y que éstos deben distribuirse entre la empresa y los usuarios, tal como ocurriría en un mercado competitivo; y que las fórmulas tarifarias no pueden trasladar a los usuarios los costos de una gestión ineficiente, ni permitir que las empresas se apropien de las utilidades provenientes de prácticas restrictivas de la competencia. En el caso de servicios públicos sujetos a fórmulas tarifarias, las tarifas deben reflejar siempre tanto el nivel y la estructura de los costos económicos de prestar el servicio, como la demanda por éste”. El numeral 87.4 del artículo 87 ibídem dispone: “Por suficiencia financiera se entiende que las fórmulas de tarifas garantizarán la recuperación de los costos y gastos propios de operación, incluyendo la expansión, la reposición y el mantenimiento; permitirán remunerar el patrimonio de los accionistas en la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un sector de riesgo comparable; y permitirán utilizar las tecnologías y sistemas administrativos que garanticen la mejor calidad, continuidad y seguridad a sus usuarios”. El numeral 87.5 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994 establece: “Por simplicidad se entiende que las fórmulas de tarifas se elaborarán en tal forma que se facilite su comprensión, aplicación y control”. De igual forma el numeral 87.6 del artículo 87 de la misma ley dispone: “Por transparencia se entiende que el régimen tarifario será explícito y completamente público para todas las partes involucradas en el servicio, y para los usuarios”. De acuerdo con el artículo 88 de la Ley 142 de 1994, el régimen de regulación podrá incluir las modalidades de libertad regulada y libertad vigilada, o un régimen de libertad; en ese sentido, al momento de fijar sus tarifas, las empresas de servicios públicos únicamente podrán someterse a estos regímenes. En relación con el régimen de tarifas la Corte Constitucional en la Sentencia C-150 de 2003 manifestó que:

“(…) La ley no indica cuáles son las tarifas ni prevé que éstas sean señaladas caso por caso por las comisiones de regulación. La ley prevé que las tarifas serán el resultado de la aplicación de las fórmulas que para el efecto fije la respectiva comisión.”

Igualmente, la Sentencia C-389 de 2002 de la misma Corporación, hizo referencia a tres regímenes de regulación de la siguiente manera:

Page 11: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

11

“(…) bajo un régimen de regulación puede existir control directo a las tarifas, modalidad en la cual las empresas no tienen libertad para determinarlas ni para modificarlas pues esta labor está a cargo de la comisión de regulación respectiva, sistema aplicable a los mercados donde existe una posición dominante. Las empresas están sometidas a un régimen de libertad regulada cuando para fijar y modificar las tarifas deben someterse a los criterios y metodologías señaladas por las comisiones de regulación respectivas, régimen que también puede ser aplicable a las empresas que tengan una posición dominante si así lo conviene la correspondiente comisión de regulación; y, en el régimen de libertad vigilada las empresas pueden determinar libremente las tarifas por los servicios que prestan con la obligación de informar por escrito a la comisión de regulación respectiva sobre las decisiones tomadas en esta materia, régimen que se aplica a las empresas que no tienen una posición dominante en su mercado o cuando existe competencia entre proveedores”.

En este sentido, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico a partir de las facultades constitucionales y legales referidas anteriormente, ha señalado los regímenes aplicables a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Dentro del régimen de libertad regulada, las tarifas de los servicios públicos son fijadas autónomamente por las Juntas Directivas de las personas prestadoras que presten los servicios, quienes cumplen las funciones de Entidad Tarifaria Local, o por el alcalde del municipio cuando los servicios sean prestados directamente por la administración municipal, mediante la aplicación, para su cálculo, de las metodologías expedidas para tal efecto por las Comisiones de Regulación. La prestación del servicio público de aseo2 está sustentada principalmente en la metodología de precio techo y por su parte la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado está sustentada en la metodología de costo del servicio. De conformidad con el artículo 88.1 de la Ley 142 de 1994, las empresas deberán ceñirse a las fórmulas que defina periódicamente la respectiva comisión para fijar sus tarifas, salvo casos excepcionales. De acuerdo con los estudios de costos, la comisión reguladora podrá establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas; En materia tarifaria, es pertinente considerar que el artículo 90 ibídem establece que sin perjuicio de otras alternativas que puedan definir las comisiones de regulación, podrán incluirse como elementos de las fórmulas de tarifas, un cargo por unidad de consumo, que refleje siempre tanto el nivel y la estructura de los costos económicos que varíen con el nivel de consumo como la demanda por el servicio; un cargo fijo, que refleje los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso, y un cargo por aportes de conexión el cual podrá cubrir los costos involucrados en la conexión del usuario al servicio. Para estos efectos, señala que: “El cobro de estos cargos en ningún caso podrá contradecir el principio

2 La Resolución CRA 720 de 2015, en su artículo segundo prevé expresamente que el régimen tarifario y la metodología tarifaria aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan municipios y/o distritos con más de 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana, y todas las personas prestadoras de las actividades de disposición final, transferencia y aprovechamiento que se encuentren en el área rural, salvo las excepciones contenidas en la ley, especialmente las señaladas en el parágrafo 1° del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.

Page 12: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

12

de la eficiencia, ni trasladar al usuario los costos de una gestión ineficiente o extraer beneficios de posiciones dominantes o de monopolio”. Por su parte, el artículo 94 de la mencionada ley estableció que, de acuerdo con los principios de eficiencia y suficiencia financiera, y dada la necesidad de lograr un adecuado equilibrio entre ellos, no se permitirán alzas destinadas a recuperar pérdidas patrimoniales, por lo que la recuperación patrimonial deberá hacerse, exclusivamente, con nuevos aportes de capital de los socios, o con cargo a las reservas de la empresa o a sus nuevas utilidades. El artículo 124 de la Ley 142 de 1994 estableció que para determinar las fórmulas tarifarias se aplicarán las normas sobre régimen tarifario de las empresas de servicios públicos previstas en dicha norma, las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y las reglas especiales previstas en el mismo artículo aplicables en las actuaciones administrativas iniciadas de oficio o a solicitud de parte, tendientes a determinar las fórmulas tarifarias. El numeral 124.2 ibídem dispone que, si la actuación para determinar las fórmulas tarifarias se inicia de oficio, la comisión debe disponer de estudios suficientes para definir la fórmula de que se trate; si se inicia por petición de una empresa de servicios públicos, el solicitante debe acompañar tales estudios. Son estudios suficientes, los que tengan la misma clase y cantidad de información que haya empleado cualquier comisión de regulación para determinar una fórmula tarifaria. El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 contempla lo relativo a la vigencia de las fórmulas de tarifas y dispone que las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes de tal plazo, haya acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la Comisión para modificarlas o prorrogarlas por un período igual. Excepcionalmente podrán modificarse, de oficio o a petición de parte, antes del plazo indicado cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo, que lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa; o que ha habido razones de caso fortuito o fuerza mayor que comprometen en forma grave la capacidad financiera de la empresa para continuar prestando el servicio en las condiciones tarifarias previstas. Los artículos 124, 126 y 127 de la mencionada ley fueron objeto de análisis por la Corte Constitucional, la cual mediante Sentencia C-150 de 2003 declaró la exequibilidad de estas disposiciones, en el entendido que “…tales normas se ajustan a la Constitución siempre y cuando se entienda que estas no impiden la realización de un procedimiento administrativo que garantice a las organizaciones de usuarios las condiciones constitucionales para que puedan participar de manera previa, directa y efectiva en la adopción de las decisiones sobre la determinación o modificación de las fórmulas tarifarias”. Posteriormente la misma Corporación en Sentencia C-831 de 2007 al pronunciarse sobre el alcance del derecho a la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios de servicios públicos precisó que, “la participación de los usuarios se circunscribe a las instancias de definición de las políticas relacionadas con la adecuada prestación de los servicios públicos, puesto que es precisamente ese ámbito donde están involucrados sus intereses” y reiteró los criterios guía definidos con anterioridad en materia de participación; La Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” consagra en el artículo 8 relativo al derecho de información al público,

Page 13: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

13

que las autoridades deberán hacer públicos “los actos administrativos de carácter general que expidan y los documentos de interés público relativos a cada uno de ellos”; Conforme a la citada ley, los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público. En todo caso la autoridad adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general. Por ende, el ejercicio de la facultad de modificación de fórmulas tarifarias por acuerdo entre la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y la persona prestadora es una facultad que debe atender los fines previstos en la Ley 142 de 1994, así como los criterios orientadores del régimen tarifario. A continuación, se muestran gráficamente las normas a las que hemos hecho referencia:

Page 14: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

14

Gráfica 3. Normatividad aplicable a las modificaciones de fórmulas tarifarias

Fuente: Análisis CRA

1.2 ANTECEDENTES REGULATORIOS DE LA MODIFICACIÓN DE FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico ha expedido los marcos tarifarios para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y simultáneamente, ha regulado la modificación de las fórmulas tarifarias a las que hace referencia el artículo 126 de la Ley 142 de 1994. Esta modificación de fórmulas tarifarias ha sido regulada, en algunos casos dentro de los mismos marcos tarifarios y, en otros, por fuera de ellos, a partir de una regulación específica para adelantar el trámite de modificación, como es el caso de la Resolución CRA 271 de 2003. Para evidenciar este ejercicio haremos referencia a tres etapas regulatorias, desde la expedición de los marcos tarifarios y la vigencia de estos hasta las resoluciones propias de la modificación. A continuación, se presentan dichas etapas.

Constitución Política de 1991

Artículo 334

Artículo 367

Artículo 370

Ley 142 de 1994

Artículos 2 y 3

Artículo 14. Numeral 18

Artículo 68- Decreto 1524 de 1994. Se delegan las funciones presidenciales en las comisiones

de regulación.

Artículo 73

Artículo 86. Numeral 86.4

Artículo 87. Numerales 87.1, 87.4, 87.5, 87.6,

Artículo 88. Numerales 88.1

Artículos 90 y 94

Artículo 105 y siguientes

Artículo 124 y siguientes del Capítulo V del Título VII

Artículo 126

Ley 1437 de 2011

Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso

Administrativo

Artículo 34 y siguientes

Page 15: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

15

1.2.1 Primera etapa regulatoria En los años 1995 y 1996 se profirieron los marcos tarifarios para los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, los cuales desarrollaban lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, estas resoluciones fueron:

Resolución CRA No 8 de 1995 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto deben determinar las tarifas de prestación del servicio”.

Resolución CRA No 9 de 1995 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de alcantarillado deben determinar las tarifas de prestación del servicio”.

Resolución CRA No 15 de 1996 “Por la se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con menos de ocho mil usuarios deben determinar las tarifas de prestación del servicio”.

Las Resoluciones 8 y 9 aplicaban a las entidades que prestaban los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en capitales de departamento o que prestaran el servicio a más de 8.000 usuarios, reprodujeron la vigencia de cinco años de las fórmulas tarifarias salvo que antes del término existiera acuerdo entre la Comisión de Regulación y la entidad de servicios públicos, para modificarlas o prorrogarlas por un período igual y, en cuanto a las excepciones previstas en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, las señaló en los mismos términos. De igual manera, el artículo 3 de la Resolución 15, dispuso lo relativo a la vigencia de las fórmulas tarifarias en la forma prevista en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994. En los años 1996 y 1997 se hizo lo propio con respecto al servicio público de aseo a través de las siguientes resoluciones:

Resolución CRA No 12 de 1996 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de aseo deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario.”

Resolución CRA No 19 de 1996 “Por la cual se establecen los criterios y se adopta la metodología con arreglo a los cuales las entidades prestadoras del servicio público domiciliario de aseo con menos de ocho mil usuarios deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario”.

Resolución CRA No 15 de 1997 “Por la cual se establecen las metodologías de cálculo de las tarifas máximas con arreglo a las cuales las entidades tarifarias locales deben determinar las tarifas de prestación del servicio ordinario de aseo y se dictan otras disposiciones”. Esta resolución derogó la Resolución 12 de 1996.

Estos actos administrativos, eran aplicables al servicio ordinario de aseo prestado en capitales de departamento y en municipios con más de 8.000 usuarios y con menos de 8000 usuarios, respectivamente.

Page 16: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

16

La Resolución 19 de 1996 en el ámbito de aplicación, dispuso lo relativo a la vigencia de las fórmulas tarifarias en los mismos términos del artículo 126 de la Ley 142 de 1994. A su turno la Resolución 15 de 1997 contenía una disposición específica relativa a la revisión de las fórmulas tarifarias en los mismos términos del artículo 126 de la Ley 142 de 1994, sin embargo, en relación con las causales adicionó la siguiente exigencia: “… o que se demuestre ante la Comisión, mediante estudios, cambios en los parámetros establecidos por esta Resolución, o cambios en la calidad o localización del sitio de tratamiento y disposición final”. En el mes de diciembre del año 1997, la Comisión de Regulación profirió la Resolución CRA 26 "Por la cual se establecen el procedimiento y los requisitos para la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo", dirigida a las entidades que prestaban los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en el país. Este acto administrativo definía lo que se entendía por fórmulas tarifarias y consagraba lo relacionado con la solicitud de modificación de las mismas, publicidad, revisión, nombramiento de peritos, notificación y los recursos procedentes. Igualmente, se expidió la Resolución CRA 27 de 1997 "Por la cual se establecen los requisitos para la solicitud de modificación del valor de unos parámetros de las Fórmulas Tarifarias aplicables al servicio de Aseo". Esta resolución se aplicó a las entidades que prestaban el servicio público domiciliario de aseo a más de ocho mil usuarios, permitiendo realizar dos tipos de solicitudes para la modificación antes referida: (i) al tipo de tratamiento y disposición final y (ii) al parámetro h0 - tiempo improductivo por viaje; para todo lo demás, regía la Resolución CRA 26 de 1997. La Resolución CRA 26, fue adicionada por la Resolución CRA 40 de 1998, con el fin de garantizar la participación del Ministerio Público como representante de los intereses de la comunidad, por lo que se dispuso, enviar un aviso a la Personería Municipal, a la Defensoría del Pueblo, a la Regional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los Comités de Desarrollo y Control Social que se hubieren integrado en el municipio en que se localiza el prestador. En el aviso se indicaría el contenido, trámite y posibles efectos que ocasionaría la eventual aprobación de lo solicitado. En el mismo año, esto es en 1998, se expidió la Resolución CRA 55 "Por la cual se adopta el procedimiento establecido en las Resoluciones 26 y 27 de 1997 y 40 de 1998 para tramitar las solicitudes de las entidades prestadoras de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico que atienden varios municipios para aplicar en todos ellos las mismas tarifas y el mismo plan de ajuste tarifario". A través de este acto administrativo se dispone que las entidades prestadoras que operen en áreas metropolitanas, asociaciones de municipios o en varios municipios limítrofes de uno o varios departamentos, puedan aplicar el mismo Plan de Ajuste Tarifario y adicionalmente, se señaló que, para las solicitudes relacionadas con este plan, se adoptaría el procedimiento establecido en las Resoluciones CRA 26, 27 y 40. Posteriormente, se expidió la Resolución CRA 69 de 1998 “Por la cual se establece la metodología que deben aplicar las entidades tarifarias locales y entidades prestadoras de servicios públicos para

Page 17: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

17

determinar el Costo del componente y el servicio de Tratamiento y Disposición Final de residuos sólidos (CDT)”. En este acto administrativo, en el marco del plan de ajuste tarifario, se contempló que las entidades prestadoras del servicio ordinario de aseo que no consideraran adecuados los valores del componente de tratamiento y disposición final establecidos en el artículo 5° de la Resolución CRA No 15 de 1997, deberían realizar de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 2° ibídem, el estudio del costo por tonelada del servicio de tratamiento y disposición final y presentar la solicitud de modificación de fórmulas tarifarias debidamente justificada ante la Comisión de Regulación, de acuerdo con la metodología establecida en la misma Resolución 69 acompañando la aplicación de la metodología contenida en la Resolución 15 de 1997 y el plan de transición mediante el cual se alcanzarían gradualmente las tarifas meta obtenidas para el servicio ordinario de aseo. Luego, se expidió la Resolución CRA 95 de 1999 "Mediante la cual se establece el procedimiento único y los requisitos para la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo", dirigida a las entidades que prestaran los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en el país. Como aspectos a resaltar, esta resolución definió los conceptos de caso fortuito o fuerza mayor3, fórmula tarifaria4 y grave error de cálculo5. Igualmente, estableció las condiciones para la aceptación de solicitudes y derogó las Resoluciones 26 y 27 de 1997 y 40 de 1998. En diciembre del mismo año, se profirió la Resolución CRA 117 "Por medio de la cual se deroga la Resolución CRA 95 de 1999 y se establece el procedimiento único para el trámite de la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias aplicables para los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo." Este acto administrativo aplicó a las entidades que prestaban los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en el país. Adoptó las definiciones de caso fortuito o fuerza mayor, grave error de cálculo y nuevamente lo que se entendía por fórmulas tarifarias de la Resolución CRA 95 de 1999. Igualmente, estableció las condiciones para la aceptación de solicitudes y dispuso que la Comisión, dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de dicha resolución, debía expedir una compilación de las condiciones técnicas de los documentos que debían sustentar las solicitudes en los casos más frecuentes de acuerdo con las condiciones del sector y el avance en la aplicación de las estructuras tarifarias vigentes. A su vez, derogó la Resolución CRA 55 de 1998.

3 Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Consiste en la ocurrencia de un hecho imprevisible, irresistible, y no derivado de la acción del solicitante que altera significativamente las condiciones de prestación del servicio y atenta contra la capacidad institucional, financiera, técnica y operativa de la empresa para continuar prestando el servicio en las condiciones tarifarias previstas. 4 Fórmulas Tarifarias. Se entienden como fórmulas tarifarias las metodologías de costos y tarifas así como los parámetros y valores utilizados en ellas y los que defina esta Comisión mediante Resolución, con los cuales se obtienen los costos de referencia base para la definición de las tarifas meta de prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Igualmente, se entienden como fórmulas tarifarias las tarifas máximas y mínimas que defina la Comisión 5 Grave Error de cálculo. Se entiende por grave error en el cálculo la omisión o la incorrecta inclusión de cualesquiera de los parámetros y valores o componentes de ellos, así como la inadecuada aplicación de las fórmulas tarifarias vigentes para obtener los costos de referencia base para el cálculo de las tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Igualmente, se entiende como error de cálculo el inapropiado diseño de las fórmulas tarifarias definidas porque no reflejen o desvirtúen los principios del régimen tarifario vigente. En todo caso, la gravedad del error de cálculo se presenta en la medida en que la omisión, incorrecta inclusión, inadecuada aplicación o inapropiado diseño, lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa.

Page 18: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

18

Al año siguiente, en el 2000, se profirió la Resolución CRA 129 "Por medio de la cual se modifica la Resolución CRA 117 de 1999 y se dictan otras disposiciones." En este acto administrativo, se facultó al Coordinador General de la Comisión para expedir la compilación de las condiciones técnicas aludidas en la Resolución CRA 117. Adicionalmente, la Comisión expidió la Resolución CRA 130 de 2000 “Por la cual se modifica el Artículo 18 de la Resolución 15 de 1997 y se dictan otras disposiciones.”, relativo al tiempo medio de viaje no productivo h0 y la aplicación de este parámetro. En cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones CRA 117 y 129, se expidió la Circular Externa No. 002 de 24 de abril de 2002, “Por la cual se expide el instructivo de condiciones técnicas que deben reunir las solicitudes de modificación de tarifas”, dirigida a los representantes legales de las entidades prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. En su estructura, la circular desarrolla las condiciones técnicas diferenciadas por servicio así: 1.- Acueducto y Alcantarillado:

a) Empresas que apliquen las resoluciones 8 y 9 de 1995 y empresas con menos de 8000 usuarios que apliquen el artículo 5° de la Resolución 15 de 1996.

b) Empresas con menos de 8000 usuarios que apliquen los artículos 9 o 12 de la Resolución 15 de 1996.

2.- Aseo:

a) Empresas que prestan el servicio en capitales de departamento y en municipios con más de 8000 usuarios (Resolución 15 de 1997)

b) Empresas que presten el servicio en municipios con menos de 8000 usuarios (Resolución 19 de 1996)

Posteriormente, se expidió la Resolución CRA 151 de 2001 que contiene la regulación integral de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. En el Capítulo 2, Sección 5.2.1, se desarrolla el “Procedimiento único para el trámite de la solicitud de modificación de las Fórmulas Tarifarias”, con los siguientes aspectos: facultad para modificar las fórmulas tarifarias, contenido de la solicitud, condiciones para la aceptación de solicitudes presentadas por personas prestadoras, situaciones especiales, trámite de la solicitud y publicidad de la solicitud. Este acto administrativo derogó todas las resoluciones de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de carácter general, expedidas con anterioridad al mismo, salvo entre otras, las siguientes disposiciones relacionadas con este documento: los artículos 3 y 24 de la Resolución CRA 08 de 1995, 3 y 23 de la Resolución CRA 09 de 1995, artículo 3 de la Resolución CRA 15 de 1996, artículo 2 de la Resolución CRA 19 de 1996, artículo 32 de la Resolución CRA 15 de 1997, artículo 4 parágrafos 1 y 2 y artículo 16 de la Resolución 117 de 1999 y el artículo 1 de la Resolución 129 de 2000. Así mismo, dicha resolución estableció en el artículo 4.2.5.6 la posibilidad de revisar las fórmulas tarifarias, en concordancia con lo establecido por el artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

Page 19: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

19

Estos antecedentes dieron lugar después, a la Resolución CRA 271 de 2003 “Por la cual se modifica el artículo 1.2.1.1. y la Sección 5.2.1. del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA número 151 de 2001”. Particularmente, las modificaciones están referidas a las definiciones de año base, costo económico de referencia del servicio, entidad tarifaria local, grave error de cálculo en los costos económicos de referencia y grave error de cálculo en la fórmula tarifaria6, así como al establecer un único procedimiento para el trámite de la solicitud de modificación de las fórmulas tarifarias y modificación de costos económicos de referencia, este último no había sido objeto de regulación. Esta última resolución ha sido transversal al trámite de actuaciones administrativas relacionadas con la modificación de fórmulas tarifarias y/o costos de referencia, durante la segunda y tercera etapas regulatorias, tal como se indica a continuación. 1.2.2 Segunda etapa regulatoria En la segunda etapa se expidió la Resolución CRA 287 de 2004 “Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado”. Esta resolución se aplicaba a todas las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, salvo las excepciones contenidas en la ley. En cuanto a la modificación de la fórmula tarifaria y/o costos económicos de referencia, este acto administrativo sólo dispone en el artículo 48, que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios podrá solicitar a la CRA, la modificación de los costos de referencia y/o de las fórmulas tarifarias de la persona prestadora intervenida, mediante los procedimientos establecidos o que establezca el regulador para el efecto. Igualmente se expidieron las Resoluciones CRA 351 de 2005 “Por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo

6 Año base: Entiéndase como "año" el período de doce meses, el cual puede coincidir o no con una vigencia fiscal, que es utilizado por la persona prestadora, con el fin de hacer las comparaciones y verificaciones que corresponda, para calcular los costos de prestación del servicio, tomando como base, el más cercano al momento del cálculo, del cual se tenga información completa y ajustada al comportamiento típico de sus costos o el que defina la Comisión. Costo económico de referencia del servicio. Es el resultante de aplicar los criterios y las metodologías que defina la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de acuerdo con las disposiciones de la Ley 142 de 1994. Grave error de cálculo en los costos económicos de referencia. Es la omisión, la incorrecta inclusión o aplicación de cualesquiera de los valores o parámetros que sirven de base para el cálculo de las tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Igualmente, se entiende como grave error de cálculo en los costos económicos de referencia, el inapropiado cálculo o estimación de los valores o parámetros definidos, cuando estos no reflejen o desvirtúen los principios del régimen tarifario vigente. En todo caso, la gravedad del error de cálculo en los costos económicos de referencia, se presenta en la medida en que la omisión, incorrecta inclusión, inadecuada aplicación o inapropiado diseño de los costos económicos de referencia, lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la persona prestadora. Grave error de cálculo en la fórmula tarifaria. Es la omisión o la incorrecta inclusión o aplicación de cualesquiera de los elementos de las fórmulas tarifarias vigentes para obtener los costos de referencia base para el cálculo de las tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Igualmente, se entiende como error de cálculo en la formula tarifaria el inapropiado diseño de la misma, porque no reflejen o desvirtúe los principios del régimen tarifario vigente. En todo caso, la gravedad del error de cálculo en la fórmula tarifaria se presenta en la medida en que la omisión, incorrecta inclusión, inadecuada aplicación o inapropiado diseño, lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la persona prestadora.

Page 20: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

20

de residuos ordinarios y se dictan otras disposiciones” y CRA 352 de 2005 “Por la cual se definen los parámetros para la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público domiciliario de aseo y se dictan otras disposiciones”. La Resolución CRA 351 contiene el régimen tarifario aplicable a la prestación del servicio público domiciliario de aseo en todo el territorio nacional, salvo las excepciones señaladas en el parágrafo 1° del artículo 87 de la Ley 142 de 1994. En lo relacionado con la modificación de la fórmula tarifaria y/o costos económicos de referencia, sólo dispone en el parágrafo 2° del artículo 13, relativo al Costo de Recolección y Transporte - CRT para mercados aislados, que “… para efectos de los contemplados en el presente artículo no será necesario surtir los trámites de modificación de costos a los que se refiere la Resolución 271 de 2003, o la que la modifique, sustituya o adicione.” La Resolución CRA 352 aplicable a los prestadores de aseo en todo el territorio nacional, no contempló ninguna disposición referente a vigencia de la fórmula ni a la modificación de la fórmula tarifaria y/o de los costos económicos de referencia. En el año 2006, la Comisión expidió la Resolución CRA No. 359 de 2006 “Por la cual se establecen algunas excepciones al procedimiento de modificación de costos de referencia establecido en las Resoluciones CRA 151 de 2001 y CRA 271 de 2003”. Dentro de las excepciones se encuentran: i) costo medio generado por tasas ambientales a las que hace referencia el artículo 37 de la Resolución CRA 287 de 2004; ii) costo por concepto de disposición final como consecuencia de su reclasificación a relleno sanitario, inicio de operaciones de un nuevo relleno sanitario y/o inicio de operaciones de celdas de disposición final transitoria de residuos sólidos iii) costos de referencia del servicio de alcantarillado, como consecuencia de la adopción y/o modificación del PSMV- Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos correspondiente al servicio de alcantarillado, al que hace referencia el artículo 1º de la Resolución 1433 de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; y iv) costos de referencia del servicio de acueducto, como consecuencia de la modificación del precio pactado en un contrato de suministro de agua en bloque. En vigencia de los anteriores marcos regulatorios el procedimiento general para la modificación de fórmulas tarifarias y/o costos de referencia fue la Resolución CRA No 271 de 2003. 1.2.3 Tercera etapa regulatoria En esta etapa, se expidieron los actuales marcos tarifarios para grandes prestadores así: La Resolución CRA 688 de 2014 “Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana”. Este acto administrativo, fue modificado por la Resolución CRA 735 de 2015. Esta resolución aplica a todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que a 31 de diciembre de 2013 cumplieran alguna de las siguientes condiciones en las Áreas de Prestación del Servicio – APS que atienden: contar con más de 5.000 suscriptores en el área urbana de un municipio; con más de 5.000 suscriptores en el área urbana de

Page 21: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

21

más de un municipio mediante un mismo sistema interconectado; o con más de 5.000 suscriptores en el área urbana y rural de uno o más municipios mediante un mismo sistema interconectado, en los cuales más del 50% de sus suscriptores sean urbanos. Lo anterior, salvo las excepciones contenidas en la ley, particularmente las señaladas en el parágrafo 1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994. Este acto administrativo estableció expresamente en el artículo 113 lo relativo a la vigencia de la fórmula tarifaria, el cual fue modificado por el artículo 41 de la Resolución CRA 735 de 2015 así: “La fórmula tarifaria general regirá por un periodo de cinco años, contados a partir del primero (1°) de julio de 2016. Una vez vencido dicho período, la fórmula seguirá rigiendo mientras la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico no determine una nueva.” Y, entre otras disposiciones, modificó el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 287 de 2004 en el sentido de que este acto, a partir de la vigencia de la Resolución CRA 688, sólo aplica a las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con 5.000 o menos suscriptores en áreas urbanas, y las que atiendan en áreas rurales, con independencia del número de suscriptores. Para el servicio de aseo, fue expedida la Resolución CRA 720 de 2015 “Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”, este acto administrativo fue modificado por la Resolución CRA 751 de 2016. Esta resolución aplica a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan municipios y/o distritos con más de 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana, y todas las personas prestadoras de las actividades de disposición final, transferencia y aprovechamiento que se encuentren en el área rural, salvo las excepciones contenidas en la ley, especialmente las señaladas en el parágrafo 1° del artículo 87 de la Ley 142 de 1994. Este acto administrativo estableció expresamente en el artículo 76 lo relativo a la vigencia de la fórmula tarifaria, el cual fue modificado por el artículo 1° de la Resolución CRA 751 de 2016 en los siguientes términos “La fórmula tarifaria tendrá una vigencia de cinco (5) años contados a partir del 1º de abril de 2016, fecha máxima desde la cual comenzarán a aplicarse las tarifas resultantes de la metodología contenida en la presente resolución, e iniciará el cobro de las mismas a los suscriptores del servicio público de aseo. (…) Vencido el período de vigencia la fórmula tarifaria continuará rigiendo mientras la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico no fije una nueva.”. Igualmente, modificó el ámbito de aplicación de las Resoluciones CRA No 351 y No 352, en el sentido de que estos actos, a partir de la vigencia de la Resolución CRA 720, sólo aplican a personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores en las áreas urbanas de los distritos y/o municipios, salvo las excepciones señaladas en el parágrafo 1° del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.

Page 22: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

22

Durante esta etapa ha estado vigente la Resolución CRA No. 271 de 2003 para la modificación de fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia y en la vigencia 2016, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió la Resolución CRA No. 783 de 2016, señalando las excepciones al procedimiento de modificación de los costos económicos de referencia establecido en la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por la Resolución CRA No. 271 de 2003, para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

1.3 MODIFICACIÓN DE FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003.

El Capítulo V del Título VII de la Ley 142 de 1994, establece en los artículos 124 y siguientes, los parámetros para adelantar las actuaciones administrativas relacionadas con fórmulas tarifarias, su actualización, vigencia e inicio de la actuación administrativa para fijar nuevas tarifas. Estas disposiciones dieron lugar a la Resolución CRA 271 de 2003 “Por la cual se modifica el artículo 1.2.1.1. y la Sección 5.2.1. del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA número 151 de 2001”, en la cual se prevé el procedimiento único para el trámite de la solicitud de modificación de las fórmulas tarifarias, incluyendo a modificación de costos económicos de referencia que anteriormente no había sido objeto de regulación. Los principales aspectos regulados por esta normativa, son: a) Artículo 5.2.1.1. Facultad para modificar las fórmulas tarifarias.

1. Incluyó la posibilidad de la modificación del costo económico de referencia. 2. Contempló dos nuevas causales de modificación “a) Acuerdo entre la persona prestadora y

la Comisión para modificar o prorrogar las fórmulas tarifarias y/o los costos económicos de referencia resultantes de su aplicación” y d) De oficio, cuando se encuentren abusos de posición dominante, violación al principio de neutralidad o abusos con los usuarios del sistema, o cuando las personas prestadoras incurran en prácticas restrictivas de la competencia y en general cualquier violación a los principios que orienten el régimen tarifario”.

3. Estableció una previsión referente a la participación efectiva de la comunidad en general, donde se indica que en el evento en que la modificación de fórmulas tarifarias y/o del costo económico de referencia del servicio, sea solicitada por un tercero, esta deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo que establece los contenidos de la solicitud.

b) Artículo 5.2.1.3. Condiciones para la aceptación de solicitudes de modificación. 1. Incluyó para el caso de la modificación del costo económico de referencia, que la persona

prestadora que hace la solicitud haya alcanzado las tarifas meta del servicio al momento de presentar la petición y que se entenderá por tarifa meta la que haya adoptado la entidad tarifaria como resultado de la aplicación de las metodologías.

2. Adicionó la condición referente a que la persona prestadora solicitante, deberá demostrar que los resultados de la modificación solicitada no desconocen los criterios orientadores del régimen tarifario.

3. En cuanto a la ejecución del total de las inversiones anuales previstas en el Plan de Inversión incluido en la estructura tarifaria vigente al momento de presentar la solicitud, señaló que

Page 23: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

23

será de conformidad con la priorización de inversiones contenida en el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS).

4. Señaló en lo referente al mejoramiento progresivo en el indicador de eficiencia del recaudo hacia una meta mínima que esta será la prevista por la Comisión y no el 85% como lo indica la Resolución CRA 151 de 2001.

5. En lo relacionado con el cumplimiento de las metas, eliminó lo referente a la “… demostración suficiente de que con la modificación de costos se da cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 1 de la Resolución 130 de 2000.”

6. Incluyó la previsión que en el caso de existir imposibilidad manifiesta por parte de la persona prestadora, de cumplir con el lleno de los requisitos establecidos en los numerales 5 y 8 del artículo 5.2.1.3, el solicitante deberá demostrar tal situación a esta Comisión de Regulación, a fin de que se determine la viabilidad de aceptar la "Solicitud de modificación de las fórmulas tarifarias" y/o "Solicitud de modificación de los costos económicos de referencia", por la causal de mutuo acuerdo, caso en el cual no se hará necesario el cumplimiento de dichos requisitos.

7. Previó que en los casos en que la solicitud sea presentada por un tercero, esta deberá cumplir los mismos requisitos establecidos para las solicitudes de la persona prestadora o, demostrar que solicitó la información a la respectiva persona prestadora y que no le fue posible acceder a la misma, en este evento la Comisión la solicitará de oficio, salvo que resulte evidente que la solicitud es improcedente.

8. Señaló que en los eventos en que la modificación se inicie de oficio, la Comisión solicitará a la persona prestadora toda la documentación e información que estime necesaria y pertinente para tramitar la actuación.

c) Artículo 5.2.1.4. Incentivos a la preservación de las condiciones ambientales 1. Incluyó incentivos para el servicio público domiciliario de acueducto. 2. Adicionó un parágrafo 3 donde se manifiesta que las personas prestadoras de los servicios

de acueducto y alcantarillado que hayan incluido dentro de su último estudio de costos, inversiones en el CMI y la Comisión las haya conocido en ejercicio de sus funciones, no requerirán adelantar el proceso de modificación del costo económico de referencia para incorporar los valores correspondientes dentro del CMO, una vez inicie operaciones la infraestructura proyectada, para lo cual solamente deberá informarlo a la Comisión, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los usuarios, de acuerdo con las disposiciones de las secciones 1.3.9. y 5.1.1 de la Resolución CRA 271.

d) Artículo 5.2.1.6. Trámite de la solicitud. Además de lo establecido en el entonces Título I del Código Contencioso Administrativo. 1. Modificó algunos términos y/o plazos. 2. Incluyó la previsión que si a juicio del solicitante, el término de (10) días hábiles, no es

suficiente para enviar la aclaración solicitada, deberá sustentarlo a la Comisión antes de su vencimiento, caso en que dicho plazo será prorrogado por un periodo igual, sin necesidad de que deba existir comunicación alguna por parte de la Comisión.

e) Artículo 5.2.1.7. Publicidad de la solicitud 1. Modificó el término para las aclaraciones.

Page 24: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

24

f) Artículo 5.2.1.10 Vigencia de las modificaciones de las fórmulas tarifarias y Artículo 5.2.1.11 Vigencia de las modificaciones de los costos económicos de referencia 1. Contempló que la vigencia de las modificaciones de las fórmulas tarifarias será de 5 años y

la vigencia de la modificación de los costos económicos de referencia corresponderá en cada caso particular al período definido por la CRA.

Tal como se indicó anteriormente, la Resolución CRA 271 de 2003 regula no sólo la modificación de fórmulas tarifarias sino también la modificación de costos económicos derivados del cálculo de las tarifas. 2. ANÁLISIS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ADELANTADAS EN LA CRA CON

EL OBJETO DE MODIFICAR FÓRMULAS TARIFARIAS Y/O COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA Y/O PRECIOS MÁXIMOS

La facultad para la modificación de las fórmulas tarifarias se encuentra consagrada en la Ley 142 de 1994, en razón de lo cual, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA definió mecanismos para que las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo presentaran solicitudes de modificación de fórmulas tarifarias y en su momento también de costos económicos de referencia. Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta un análisis de las actuaciones administrativas adelantadas ante la CRA las cuales tenían por objeto la modificación de fórmulas y/o costos de referencia en el período comprendido entre 1997 y 2016. Así las cosas, en el periodo comprendido entre 1997 y 2016, en la CRA se llevaron a cabo un total de 255 actuaciones administrativas de modificación de las fórmulas tarifarias y/o costos incluyendo las actuaciones que resuelven los recursos de reposición, lo que equivale a 13 actuaciones administrativas por año, aproximadamente. Como se observa en el Gráfico 4 en la primera etapa regulatoria se adelantaron 119 actuaciones administrativas que representan el 47% del total, mientras que en la segunda etapa 136 actuaciones administrativas, que equivalen al 53% restante.

Page 25: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

25

Gráfica 4. Actuaciones administrativas de Modificación de Costos y/o Fórmulas Tarifarias (1997 - 2016)

Fuente: Cálculos CRA.

Gráfica 5. Actuaciones administrativas por servicio (1997 – 2016)

Fuente: Cálculos CRA

4

22

30

8

33

16

6 64

12

1

20

3

23

28

14

4

8 8

5

0

5

10

15

20

25

30

35

40

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Etapa 1 Etapa 2

11

1 1

15

15 4

52

4

1

1

1

1

2

43

1

3

1

1

1

1

1

1

3

1

1

1

3 16

14 4

2714

1

43

12 20

2

23 27

11

1

4

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Acueducto, Alcantarillado y Aseo Acueducto y Alcantarillado Acueducto Alcantarillado Aseo

Page 26: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

26

Al respecto, se debe precisar que algunas de estas actuaciones administrativas buscaban la modificación de las fórmulas tarifarias y/o costos económicos de referencia para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, simultáneamente. Así las cosas, para una mejor comprensión y análisis del presente diagnóstico, se desagregaron las 255 actuaciones administrativas por servicio, obteniendo como resultado que 73% corresponde al servicio público de aseo, el 14% al servicio público domiciliario de alcantarillado y el 12% al servicio público domiciliario de acueducto. Igualmente, se pudo observar que la mayoría de las actuaciones administrativas se concentró en la mitad de cada etapa regulatoria, como se muestra en el Gráfico 5. De igual forma, se puede observar en este gráfico, un incremento de las actuaciones administrativas en los años 2010 y 2011, el cual se relaciona a solicitudes de modificación para los componentes de Costo de comercialización por factura cobrada al suscriptor - CCS y Costo de Transporte por Tramo Excedente – CTE para el servicio público de aseo.

2.1 ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

Para el periodo comprendido entre 1997 y 2016, se emitieron 59 resoluciones que fueron aceptadas, desistidas o rechazadas7. De las cuales, 49 se encuentran relacionadas con el servicio público domiciliario de acueducto y 10 con el servicio público domiciliario de alcantarillado. En relación con el servicio público domiciliario de acueducto, como se presenta en la siguiente gráfica, 34 de las 49 solicitudes se realizaron por una modificación de los costos económicos de referencia, 14 por una modificación de la fórmula tarifaria y 1 por modificación de la fórmula tarifaria y los costos económicos de referencia.

7 Para esté análisis se excluyen las resoluciones que resolvieron los recursos de reposición que se presentaron en el marco de las actuaciones.

Page 27: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

27

Gráfica 6. Número de solicitudes de acueducto por modificación de fórmula tarifa y/o costos económicos de referencia para acueducto.

Fuente: Cálculos CRA

Adicionalmente, de las 34 solicitudes de modificación de costos económicos de referencia; 15 fueron aceptadas, 11 se desistieron y 8 se rechazaron; y de las 14 solicitudes de modificación de fórmulas tarifarias; 4 fueron aceptadas, 5 fueron desistidas y 5 rechazadas, como se evidencia en la siguiente gráfica.

Gráfica 7. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de acueducto.

Fuente: Cálculos CRA

34

14

1

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

0

5

10

15

20

25

30

35

40

Modificación de costoseconómicos de

referencia

Modificación defórmulas tarifarias

Modificación defórmulas tarifarias y

costos económicos dereferencia

# d

e so

licit

ud

es

15

4

11

5

8

5

1

0

2

4

6

8

10

12

14

16

Modificación de costoseconómicos de referencia

Modificación de fórmulastarifarias

Modificación de fórmulastarifarias y costos

económicos de referencia

# d

e so

licit

ud

es

Aceptada Desistimiento Rechazada

Page 28: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

28

Por otra parte, se analizaron cuáles fueron los criterios por los cuales se solicitaron las modificaciones de fórmula tarifaria y/o de costos económicos de referencia como se muestra en la siguiente gráfica y se encontró:

Que el mayor número de solicitudes fue por un error en la aplicación de la metodología tarifaria (10 solicitudes).

Elementos como los cambios en el valor presente de la demanda, inversiones y reposición de activos fueron vinculados en algunas actuaciones a una modificación de los costos económicos de referencia, y en otros a una modificación de la fórmula tarifaria, indistintamente.

Gráfica 8. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de

referencia y/o la fórmula tarifaria para el servicio público domiciliario de acueducto.

Fuente: Cálculos CRA

Aunado a lo anterior, de las 19 solicitudes de modificación de los costos económicos de referencia y/o fórmula tarifaria, se encontró que 15 de ellas contaban con información sobre el impacto que estas tendrían en la tarifa por suscriptor, de las cuales 13 de ellas (10 de modificación de costos económicos de referencia y 3 de modificación de la fórmula tarifaria) tendrían un alza en la tarifa y 2 asociadas a una modificación de los costos económicos de referencia tendrían una disminución.

Gráfica 9. Impacto en la tarifa de las solicitudes aceptadas de acueducto.

2

0

21

3

1

4

12

1

10

10

6

21

4

0 0 01

0 0 01

0

32

0 01

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 00

2

4

6

8

10

12

Cambio enel VPD y en

el VPI

Cambiar elestudio de

costos por elingreso deun nuevoprestador

Cambio en elVPI

Cambio en elpuntaje DEA

Cambio en elVPD

Cambio en elVPD y en el

VRA

Cambio en elVPD, en el

VPI y en VRA

Cambio en elVPD, en el

VPI, en VRAy en el

puntaje DEA

cambio en elVPI y en el

VRA

Cambio enlas cuentas

PUC

Error en laaplicación

delMetodología

tarifaria

Inclusión decostos

adicionales alos

estabecidosen la

metodologiatarifaria

Incrementosen el plan detranscisión

Sininformación

# d

e so

licit

ud

es

Modificación de costos económicos de referencia Modificación de fórmulas tarifarias Modificación de fórmulas tarifarias y costos económicos de referencia

Page 29: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

29

Fuente: Cálculos CRA

Finalmente, en lo relacionado con el servicio público domiciliario de acueducto se pudo evidenciar que, de las 49 actuaciones administrativas para el servicio público de acueducto; las personas prestadoras requirieron principalmente la modificación de los componentes: Costo Medio de Administración – CMA (32%), el Costo Medio de Operación – CMO (32%) y el Costo Medio de Inversión CMI (28%), como se ilustra a continuación:

Gráfica 10. Componente de costos modificado en acueducto

Fuente: CRA

2

10

3

0

2

4

6

8

10

12

Disminuir Tarifa Aumentar Tarifa

Modificación de costos económicos de referencia Modificación de fórmulas tarifarias

CMOac32%

CMTac8%CMIac

28%

CMAac32%

CMOac CMTac CMIac CMAac

Page 30: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

30

Por otra parte, en lo relacionado con el servicio público de alcantarillado, de las 10 solicitudes 7 fueron aceptadas y 3 fueron desistidas por no contestar a los requerimientos realizados por la UAE-CRA. Gráfica 11. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de alcantarillado.

Fuente: CRA

Los principales criterios por los cuales se solicitaron la modificación de costos se presentan en la siguiente gráfica. De los cuales el que mayor frecuencia tiene es el cambio en los costos de operación por la instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR)8, los restantes criterios presentan una actuación cada uno.

8 Actuaciones que iniciaron en el año 2003 y finalizaron en el año 2004

7

3

0

1

2

3

4

5

6

7

8

Aceptada Desistimiento

# d

e so

licit

ud

es

Modificación de costoseconómicos de referencia

Page 31: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

31

Gráfica 12. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de referencia para el servicio público domiciliario de alcantarillado.

Fuente: CRA

Ahora bien, como se ilustra en la siguiente gráfica, de las 7 solicitudes que fueron aceptadas 5 cuentan con información sobre impacto que tendría la modificación de costos en las tarifas al suscriptor por este servicio y en donde 3 de ellas disminuirían la tarifa y en 2 se les aumentaría.

Gráfica 13. Impacto en la tarifa de las solicitudes aceptadas de alcantarillado.

Fuente: CRA

Gráfica 14. Componente de costos modificado en alcantarillado

1 1 1 1 1 1

2

1 1

0

0,5

1

1,5

2

2,5

Cambio delaño base

Cambio en elVPI

cambio en elaño base

cambio en elVPI y en el

VRA

Cambio en elVRA

Cambio en lascuentas PUC

Cambio en loscostos de

operación poruna PTAR

Error en laaplicación delMetodología

tarifaria

Sininformación

# d

e so

licit

ud

es

3

2

0

0,5

1

1,5

2

2,5

3

3,5

Disminuir Tarifa Aumentar Tarifa

Modificación de costoseconómicos de referencia

Page 32: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

32

Fuente: CRA

Para el caso del servicio público domiciliario de alcantarillado se observó que de las 10 solicitudes presentadas, los componentes que se pretendían modificar fueron: Costo Medio de Operación – CMO (32%) y Costo Medio de Inversión – CMI (31%).

2.2 ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO

Para el periodo comprendido entre 1997 y 2016, la UAE CRA en promedio emitió 128 resoluciones que fueron aceptadas, desistidas o rechazadas9. De las cuales, 73 se realizaron por una modificación de los costos económicos de referencia y 55 por una modificación de la fórmula tarifaria como se muestra en la siguiente gráfica.

9 Para esté análisis se excluyen las resoluciones que resolvieron los recursos de reposición que se presentaron en el marco de las actuaciones.

CMAal29%

CMOal32%

CMIal31%

CMTal8%

CMAal CMOal CMIal CMTal

Page 33: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

33

Gráfica 15. Número de solicitudes de acueducto por modificación de fórmula tarifa y/o costos económicos de referencia para aseo.

Fuente: Cálculos CRA

Ahora bien, como se ilustra en el siguiente gráfico, el promedio de duración de las actuaciones administrativas relacionadas con la modificación de fórmulas tarifarias fue de 7 meses y de los costos económicos de referencia fue de 9 meses.

Gráfica 16. Duración en meses de las actuaciones del servicio público de aseo.

Fuente: Cálculos CRA

Adicionalmente, de las 73 solicitudes de modificación de costos económicos de referencia; 24 fueron aceptadas, 7 se desistieron y 42 se rechazaron; y de las 55 solicitudes de modificación de fórmulas

73

55

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Modificación de costos económicos dereferencia

Modificación de fórmulas tarifarias

9

7

- 2 4 6 8 10

Modificación de costos económicos dereferencia

Modificación de fórmulas tarifarias

Meses

Page 34: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

34

tarifarias; 42 fueron aceptadas, 2 fueron desistidas y 11 rechazadas, como se evidencia en la siguiente gráfica.

Gráfica 17. Decisión de las solicitudes presentadas para el servicio público de acueducto.

Fuente: Cálculos CRA

Por otra parte, se analizaron cuáles fueron los criterios por los cuales se solicitaron las modificaciones de fórmula tarifaria y/o de costos económicos de referencia como se muestra en la siguiente gráfica y se encontró:

Que el mayor número de solicitudes fue por el parámetro de Ho, para modificación de fórmula tarifaria

Componentes como el costo de disposición y tratamiento, el costo de recolección y transporte y el costo de tramo excedente fueron vinculados en algunas actuaciones a una modificación de los costos económicos de referencia, y en otros a una modificación de la fórmula tarifaria, indistintamente.

24

42

7

2

42

11

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

Modificación de costo de referencia Modificación de fórmula tarifaria

Aceptada Desistida Rechazada

Page 35: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

35

Gráfica 18. Criterios por los cuales se solicitó una modificación de los costos económicos de referencia y/o la fórmula tarifaria para el servicio público de aseo.

Fuente: Cálculos CRA

Aunado a lo anterior, en lo referente al impacto en las tarifas todas las solicitudes se realizaron para incrementarlas, debido a que la metodología tarifaria del servicio público de aseo se encuentra fundamentada en el precio techo. Lo cual implica, que las personas prestadoras del servicio público de aseo podrán, en cualquier momento, y con observancia de las disposiciones relativas a la competencia, a la información y a los suscriptores, cobrar hasta el límite de estos. Es decir que, no se requiere una modificación para disminuir las tarifas. Finalmente, en lo relacionado con el servicio público de aseo se pudo evidenciar que de las 128 actuaciones presentadas, los componentes que más tuvieron solicitudes fueron el Costo de Recolección y Transporte - CRT (31%), el Costo de Comercialización por Suscriptor - CCS, el Costo de Disposición Final y Tratamiento -CDT (23%) y el Costo de Tratamiento Excedente – CTE (17%).

1

15

31

4

11

1 1

5

1

23

0

5

10

15

20

25

Aplicaciónmetodología

tarifaria

CDT CDT- Ho CRT CRT- CTE CTE Factores deProducción

Ho

Modificación de costo de referencia Modificación de fórmula tarifaria

Page 36: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

36

Gráfica 19. Componente de costos modificado en el servicio de aseo

Fuente: CRA

2.3 ANÁLISIS DE LOS TIEMPOS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Adicionalmente, se realizó un análisis de los tiempos de duración de las actuaciones administrativas y se encontró que para la modificación de los costos económicos de referencia el tiempo promedio de duración fue de 9 meses siendo, las actuaciones administrativas en el servicio público de aseo las que más duración tuvieron. De manera similar, la duración promedio para las actuaciones administrativas de modificación de fórmulas tarifarias fue de 7 meses, siendo las actuaciones administrativas del servicio público domiciliario de acueducto las que mayor duración tuvieron.

CBL3%

CCS23%CTE

17%

CRT31%

CDT23%

PPU3%

CBL CCS CTE CRT CDT PPU

Page 37: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

37

Gráfica 20. Componente de costos modificado en el servicio de aseo

Fuente: CRA

2.4 ANÁLISIS DE LAS MODIFICACIONES DE LOS COSTOS ECONÓMICOS DE REFERENCIA Y LA FÓRMULA TARIFARIA EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003

En la parte considerativa de la Resolución CRA 271 de 2003 se definen las fórmulas tarifarias como “ecuaciones matemáticas con arreglo a las cuales las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, deben determinar las tarifas de prestación del servicio”. De igual manera, en las definiciones del artículo 1.2.1.1 del Título 1 del Capítulo 1 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 271 de 2003, se indica que el costo económico de referencia del servicio “es el resultado de aplicar los criterios y las metodologías que defina la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de acuerdo con las disposiciones de la Ley 142 de 1994”. De manera similar, cuando se indica la definición de grave error de cálculo en los costos económicos de referencia se precisa que este corresponde a la incorrecta inclusión o aplicación de cualesquiera de los valores o parámetros que sirven de base para el cálculo de las tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Esta distinción entre grave error de cálculo de fórmula tarifaria y grave error de cálculo de costo económico de referencia, se presenta debido a que las metodologías tarifarias vigentes para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo contenidas en las Resoluciones CRA 8 y 9 de 1995 y 15 de 1996, para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, y en las Resoluciones CRA 12 y 19 de 1996 y 15 de 1997 para el servicio público de aseo se caracterizaban por tener ecuaciones matemáticas con variables únicas que no dependían de aspectos como proyecciones, bases contables, puntaje de eficiencia DEA, año base, entre otros. Lo anterior, permitía cambios en los valores de los costos, debido a la ausencia de criterios y parámetros para la estimación de los mismos, y para lo cual era necesario establecer un mecanismo para que las personas prestadoras pudiesen hacer las modificaciones respectivas, sin que los suscriptores se vieran afectados o se afectara la suficiencia financiera de las personas prestadoras.

8,3

7,9

9,2

9,18

9,40

6,67

0,0 1,0 2,0 3,0 4,0 5,0 6,0 7,0 8,0 9,0 10,0

Modificación de costos económicos dereferencia

Modificación de fórmulas tarifarias

Modificación de fórmulas tarifarias y costoseconómicos de referencia

Aseo

Alcantarillado

Acueducto

Page 38: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

38

Ahora bien, con la expedición de las metodologías contenidas en las Resoluciones CRA 287 de 2004, 351 y 352 de 2005, 688 de 2014 y CRA 720 de 2015 se presentan metodologías más robustas y con un mayor nivel de complejidad, pues incluyen criterios, parámetros de eficiencia, y reglas de carácter general establecidas por el regulador que sólo pueden modificarse mediante una solicitud ante la CRA en la cual se verifique el cumplimiento de los criterios orientadores del régimen tarifario En este sentido, el carácter robusto de las metodologías está dado por las actualizaciones en materia de acceso a la información, cambios tecnológicos y nuevas dinámicas en el sector de agua potable y saneamiento básico, generando que cada elemento de la expresión matemática o fórmula, tenga una serie de expresiones matemáticas adicionales con criterios, parámetros, supuestos y pasos directos que permiten entender en la actualidad que cualquier modificación en el costo económico de referencia, entendido como el resultado de la aplicación de las fórmulas tarifarias, implicaría modificar la fórmula tarifaria general, ya sea en la modificación de un parámetro, criterio o composición de la fórmula debido a una condición particular que no esté contemplada en la metodología vigente. Lo anterior, exceptuando aquellas modificaciones derivadas de errores cometidos en la aplicación de la metodología tarifaria vigente, debido a que esto no se considera como un cambio en la expresión matemática, el criterio o el parámetro que el regulador determinó. En este orden de ideas, los cambios en las metodologías tarifarias se presentaron incluso desde la expedición de las Resoluciones CRA 287 de 2004, CRA 351 y CRA 352 de 2005, posteriores a la Resolución CRA 271 de 2003, lo cual tuvo un impacto en el tipo de solicitudes que se presentaron ante esta Comisión de Regulación en aplicación de dichos marcos. Para el efecto, se desarrolló un análisis de las solicitudes presentadas en el periodo (2005-2016) para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, y se encontró como se muestran en la siguiente gráfica, que sólo 3 solicitudes implicaron cambiar los valores o costos económicos de referencia de varios elementos de fórmula tarifaria, debido a errores en la aplicación y que las 21 solicitudes restantes implicaron una modificación de fórmula o criterio de la metodología tarifaria, más allá de que en su mayoría se hayan tramitado como una modificación de costos económicos de referencia.

Gráfica 21. Actuaciones tramitadas con Res CRA 271 de 2003 para Acueducto y Alcantarillado (2005-2016)

Page 39: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

39

Fuente: CRA

Por otra parte, para el servicio público de aseo no se realiza este análisis debido a que la metodología tarifaria es de precio techo, entre tanto las personas prestadoras pueden oscilar sin superar éstos precios máximos y sólo se requiere una modificación ante esta Comisión cuando por condiciones particulares éstos valores dados por el regularon pueden comprometer su suficiencia financiera.

2.5 CONCLUSIONES DEL DIAGNÓSTICO

A continuación, se presentan las conclusiones del diagnóstico realizado:

Los componentes para los cuales se solicitaron más actuaciones administrativas de modificación de fórmula tarifaria y/o costos económicos de referencia fueron el CRT y el CDT para el servicio público de aseo, mientras que para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado fue el CMO.

El análisis de tiempo, evidencia que se están incurriendo en costos de transacción altos en los que la mayoría de las solicitudes fueron rechazadas o desistidas, generando un desgaste administrativo tanto para los prestadores como para Comisión debido a la falta de claridad en los requisitos necesarios para la solicitud de modificación.

Para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado la mayoría de solicitudes de modificación de los costos económicos de referencia se realizaron por una incorrecta aplicación de la metodología tarifaria.

Existen aspectos como los cambios en el valor presente de la demanda, las inversiones y la reposición de activos que se han clasificado indistintamente en una modificación de costos de referencia en algunos casos y en otros como una modificación de fórmula tarifaria.

En el momento de expedición de la Resolución CRA 271 de 2003 se encontraban vigentes unas metodologías tarifarias que no tienen el nivel de complejidad de las metodologías

14

31 2 1 1 1

0

2

4

6

8

10

12

14

16

Año Base Corrección deerrores de

cálculo

Criterio decálculo de

factores Sac ySoc

CTR Eliminar cargofijo

ND POIR pormodificación

de PSMV

Page 40: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

40

tarifarias contenidas en la Resoluciones CRA 688 de 2014 y 720 de 2015, por lo que se hace necesario actualizar las concepciones de fórmula tarifaria y las implicaciones para una modificación de ésta.

Para el servicio público de aseo, las modificaciones de los componentes de disposición final y tratamiento, recolección y transporte y comercialización se analizaron como una modificación de costos de referencia y una modificación de fórmula tarifaria indistintamente.

No existen criterios diferenciales para los grandes y los pequeños prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

No existen criterios diferenciales entre los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

3. CONSIDERACIONES GENERALES DE LA PROPUESTA REGULATORIA El artículo 126 de la Ley 142 de 1994 señala, como regla general, que las fórmulas tarifarias tienen una vigencia de cinco años, excepto que antes de dicho término exista acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la Comisión para modificarlas o prorrogarlas por un período igual. Agrega la disposición, que excepcionalmente podrán modificarse, antes del término indicado, de oficio o a petición de parte, cuando: (i) sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo que lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa; o (ii) se presenten razones de caso fortuito o fuerza mayor que comprometan en forma grave la capacidad financiera de la empresa para continuar prestando el servicio en las condiciones tarifarias previstas. Así las cosas, el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, hace referencia a tres causales: (i) por mutuo acuerdo entre el prestador y la Comisión para modificar o prorrogar las fórmulas tarifarias; (ii) igualmente, de oficio o a petición de parte se podrán modificar cuando sea evidente que se cometieron graves errores de cálculo que lesionan injustificadamente los intereses de los usuarios o de la empresa, o (iii) cuando haya habido razones de caso fortuito o fuerza mayor que comprometen en forma grave la capacidad financiera de la empresa. En tal sentido, es necesario precisar que de conformidad con lo establecido en el artículo citado, existe la posibilidad que la vigencia de la fórmula tarifaria sea inferior al tiempo determinado por la ley, es decir cinco (5) años, cuando con el objetivo de modificarlas o prorrogarlas las partes (Persona Prestadora y Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico) lo hayan acordado. Al respecto, de la interpretación o lectura gramatical de la norma, es importante hacer referencia a lo contemplado en el artículo 27 del Código Civil colombiano, el cual señala que cuando el sentido de la ley sea claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu. En todo caso, la Comisión verificará la vigencia de la modificación o prórroga de la fórmula tarifaria general solicitada por el prestador, en cada actuación particular. De conformidad con la precitada norma del código civil, el artículo 126 de la ley 142 de 1994 es tan claro que no requiere interpretación. Aunado a ello, en el presento proyecto de Resolución “Por la cual se deroga la Sección 5.2.1., del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001,

Page 41: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

41

modificada por el artículo 2 de la Resolución CRA 271 de 2003, y se dictan otras disposiciones relacionadas con la modificación de la fórmula tarifaria”, se señala en su parte motiva los criterios para definir el régimen tarifario, así como los desarrollos que sobre el tema realizó en su momento la Corte Constitucional mediante sentencia C -150 de 2003, en donde se abarca el estudio del mismo de manera completa. Ahora bien, para una mejor comprensión de las definiciones de modificación y de prórroga, se deben entender las mismas en el siguiente sentido:

“Una modificación es un cambio o alteración de algo. Puede tener un sentido cuantitativo o cualitativo. En el primer caso existe una variación medible y en el segundo la transformación se refiere a la calidad de aquello que se modifica. En cualquier caso, la idea de modificación lleva implícito que el cambio producido no significa que la cosa afectada deje de ser lo que es, sino que su esencia sigue siendo la misma. El nuevo aspecto de un objeto puede ser muy diferente, pero aquello que lo define permanece igual”. Así mismo, el concepto de la Prórroga es entendido como “una extensión de un determinado plazo. Esto quiere decir que, cuando se desea o se debe ampliar un periodo temporal ya determinado, se establece una prórroga”.

Por consiguiente, este proyecto, en concordancia con la Ley 142 de 1994 indica las condiciones bajo las cuales se deben solicitar ante esta Comisión una prórroga o modificación de la fórmula tarifaria para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo. En cuanto al procedimiento aplicable al trámite de las solicitudes de modificación de fórmulas tarifarias, el marco normativo se sustenta, además de lo establecido en los Capítulos II y V del Título VII y el Título IX de la Ley 142 de 1994, en las reglas previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en lo no contenido en dichas normas, las del Código General del Proceso, así como aquellas que los adicionen, modifiquen o sustituyan. Los artículos 34 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, establecen el procedimiento administrativo común y principal aplicable a las actuaciones administrativas, sin perjuicio de los procedimientos administrativos regulados en leyes especiales. El artículo 44 ibídem establece que, en la medida en que el contenido de una decisión, de carácter general o particular, sea discrecional, debe ser adecuado a los fines de la norma que la autoriza y proporcional a los hechos que le sirven de causa.

3.1 DEFINICIÓN DE LOS PARÁMETROS, CRITERIOS Y/O LA FÓRMULA TARIFARIA GENERAL, Y CAUSALES DE MODIFICACIÓN TARIFARIA GENERAL

En lo relacionado con las definiciones, las fórmulas tarifarias de forma general son expresiones matemáticas que se componen de:

Parámetros: son las constantes definidas por el regulador para la estimación de los costos.

Criterios: son las reglas con las que el regulador determina que se deben estimar las variables.

Page 42: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

42

Variables: es la información de las personas prestadoras para realizar la estimación. Por consiguiente, como los parámetros y criterios hacen parte integral de las fórmulas tarifarias que fueron establecidas por el regulador, se requiere solicitar ante esta Comisión una modificación de fórmulas tarifarias cuando se solicite la variación de los mismos. De acuerdo con lo anterior, a manera de ejemplo en los Anexos I y II se presentan los análisis de los criterios, parámetros y la expresión matemática de las metodologías tarifarias contenidas en las Resoluciones CRA 688 de 2014 y CRA 720 de 2015, que tendrían que venir a la Comisión para una modificación. A continuación, se presentan las causales contempladas en el proyecto de resolución: Grave error de cálculo en la fórmula tarifaria general. Es el inapropiado diseño de la misma, cuando no refleje los criterios del régimen tarifario y lesionen injustamente los intereses de los usuarios o de la persona prestadora. Caso fortuito o fuerza mayor: Frente a la figura de caso fortuito o fuerza mayor deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

Esta causal se toma como una sola El hecho invocado por la empresa debe conllevar a una grave afectación financiera de la

empresa para continuar prestando el servicio en las condiciones tarifarias previstas y, Debe reunir las siguientes características: (i) que el hecho sea irresistible; (ii) que sea

imprevisible y (iii) que sea externo. A partir del desarrollo jurisprudencial sobre las figuras de caso fortuito o fuerza mayor, los elementos de irresistible, imprevisible y externo se entienden así:

“23. Sobre las características de la fuerza mayor, vale la pena citar la Sentencia del 20 de noviembre de 1989 de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la que se explicó que el hecho imprevisible es aquel “que dentro de las circunstancias normales de la vida, no sea posible contemplar por anticipado su ocurrencia”. 24. Por su parte, el hecho irresistible es aquél “que el agente no pueda evitar su acaecimiento ni superar sus consecuencias”. La imprevisibilidad, por tanto, hace referencia a un hecho que no se podía establecer con anterioridad a su ocurrencia, en tanto la irresistibilidad hace referencia a una situación inevitable que no puede exigir de la persona que la sufre un comportamiento para que no ocurra. (…) 26. Adicionalmente, la fuerza mayor y el caso fortuito requieren que el hecho sobreviniente sea externo. Por tal razón, el afectado no puede intervenir en la situación que le imposibilitó cumplir su deber u obligación, sino que debe estar fuera de la acción de quien no pudo preverlo y resistirlo. Este requisito exige por tanto que el hecho no provenga de la persona que lo presenta para eximir su

Page 43: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

43

responsabilidad, de forma que no haya tenido control sobre la situación, ni injerencia en la misma.”[1]

Así las cosas, se requiere la concurrencia de todas las anteriores condiciones para que el hecho alegado pueda tenerse como causal de caso fortuito o fuerza mayor. En todo caso, es preciso señalar que la causal de fuerza mayor o caso fortuito, debe estar justificada y documentada acorde con la situación alegada, teniendo en cuenta que cada solicitud ameritará por parte de la entidad un examen particular. Mutuo acuerdo: Teniendo en cuenta las metodologías tarifarias vigentes, esta causal se podrá invocar para la modificación de la fórmula tarifaria de los precios máximos del servicio público de aseo o la fórmula tarifaria para el cálculo de los costos de referencia de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

3.2 EXCLUSIÓN DEL LITERAL D) DEL ARTÍCULO 5.2.1.1. DE LA RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003

La propuesta regulatoria excluye la causal de la Resolución CRA 271 de 2003 prevista el literal d) del artículo 5.2.1.1., conforme al cual las fórmulas tarifarias establecidas para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, pueden ser modificadas de oficio, cuando se encuentren abuso de posición dominante, violación al principio de neutralidad o abuso con los usuarios del sistema, o cuando las personas prestadoras incurran en prácticas restrictivas de la competencia y en general por violación a los principios que orienten el régimen tarifario, teniendo en cuenta que la propuesta desarrolla las modificaciones de fórmulas a las que hace referencia el artículo 126 de la ley 142 de 1994, cuyas causales están previstas en el mismo artículo y que son diferentes a las que prevé el Legislador para modificar las tarifas y fórmulas que surge con ocasión de las tarifas contractuales previstas en el parágrafo 1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.

3.3 SOLICITUD DE MODIFICACIÓN POR PARTE DE LOS TERCEROS A la luz del marco constitucional sobre el derecho a la participación directa de las organizaciones de usuarios si bien el artículo 126 no refiere a la concreción de este derecho en el proceso de fijación o modificación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos domiciliarios, el proyecto regulatorio reconoce este derecho a la luz de la interpretación jurisprudencial realizada por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-150 de 2003, la cual señala: “… nada en dichas normas impide que los usuarios ejerzan su derecho de participación. Lo que sucede es que guardaron silencio al respecto y ello podría conducir a la interpretación inconstitucional de que tal participación está excluida, mientras no sea desarrollada expresa y específicamente por el legislador”. Así, el proyecto crea una disposición conforme a la cual con el fin de garantizar la participación efectiva de la comunidad en general, en el evento en que la modificación de fórmula tarifaria, la solicite un tercero, este deberá cumplir con los requisitos señalados en esta resolución o, demostrar

[1] Corte Constitucional, Sentencia T-271/16 del 24 de mayo de 2016, M.P. Luis Ernesto Vargas Silva,

Page 44: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

44

que solicitó la información a la persona prestadora y que no le fue posible acceder a ella, evento en el cual la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico la solicitará de oficio, salvo que el trámite de la solicitud sea improcedente.

3.4 OBJETIVOS Y EFECTOS DE LA PROPUESTA REGULATORIA

RESOLUCIÓN CRA 271 DE 2003 PROPUESTA

OBJETIVOS

Crear un procedimiento para el

trámite de modificación de

fórmulas tarifarias y/o costos

económicos de referencia sin tener

en cuenta la diferencia entre la

modificación de fórmula y costo ni

de las particularidades de cada

servicio.

Esta resolución responde a la necesidad de

fijar reglas claras en materia de modificación

de la fórmula tarifaria disminuyendo los

costos de transacción entre las personas

prestadoras y la CRA; definir los requisitos

necesarios para adelantar el trámite de

modificación de fórmula, así como dar un

tratamiento diferente a cada solicitud de

modificación dependiendo del servicio y del

tamaño de mercado del prestador.

EFECTOS

No existía diferencia ni en

causales ni en requisitos para

solicitar la modificación de

fórmulas y/o costos puesto que

ambos se consideraban como una

sola modificación.

Esta Resolución propone que las personas

prestadoras sólo puedan solicitar a esta

Comisión, la modificación de la fórmula

tarifaria de cada servicio.

Por consiguiente, no será necesario solicitar

una modificación en los costos de referencia

o en los precios máximos, siempre y cuando

correspondan a un error en la aplicación de

la metodología tarifaria.

Lo anterior, debido a que la CRA de forma

general no revisa, no verifica y no aprueba

los costos resultantes de la aplicación de las

metodologías tarifarias, esto corresponde a

la entidad tarifaria local. En tal sentido, se

propone que ante la CRA sólo se presenten

las modificaciones de los criterios,

parámetros o la expresión matemática

mediante la cual se estiman los costos y

tarifas, que es lo que efectivamente ésta

entidad estableció.

Page 45: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

45

4. REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

4.1 SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO La Comisión de Regulación estableció, de forma general, que para el cálculo de los costos y tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado de las personas prestadoras del territorio nacional, se aplicaría la metodología de costo del servicio. En este sentido, se estiman los costos en los que incurre la prestadora de los servicios de acueducto y alcantarillado, los cuales se distribuyen entre todos los suscriptores o entre un volumen total de metros cúbicos. Para el efecto, en cada servicio se prevé la determinación de costos de referencia para la estimación del cargo fijo expresado en $/suscriptor, y el cargo por unidad de consumo expresado en $/m3, lo anterior en concordancia en lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 142 de 1994. Es así como se determina el cargo fijo con base en el componente de Costo Medio de Administración (CMA), mientras que el cargo por consumo (CC) se determina a través de tres componentes: el Costo Medio de Operación y Mantenimiento (CMO), el Costo Medio de Inversión (CMI) y el Costo Medio Generado por Tasas Ambientales (CMT). De esta manera, la tarifa de los servicios públicos domiciliaros de acueducto y alcantarillado está estructurada, para cada servicio, con base en un cargo fijo en ($/suscriptor/mes) y un cargo por unidad de consumo (en $/m³). Por lo tanto, las metodologías tarifarias contenidas en las Resoluciones CRA 287 de 2004 y 688 de 2014 mantienen la anterior estructura tarifaria y a su vez tienen en cuenta los criterios ordenadores del régimen tarifario, de eficiencia económica y suficiencia financiera No obstante, teniendo en cuenta que los marcos tarifarios son regulaciones de carácter general y que pueden presentarse situaciones particulares que afectan la calidad en la prestación del servicio, la continuidad, la cobertura, y pueden ver comprometidos algunos de los criterios de orientadores del régimen tarifario, este proyecto permite que cuando esta situación se presente las personas prestadoras puedan solicitar ante esta Comisión la modificación de alguno de los parámetros criterios o la fórmula tarifaria general. Por consiguiente, la solicitud de modificación se habilita únicamente para la fórmula tarifaria general, tomando en consideración que estos aspectos fueros los determinados por el regulador para la estimación de los costos y tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en este orden las modificaciones podrían darse por:

La solicitud de modificación de la fórmula tarifaria general, es decir un cambio en la expresión de la forma funcional.

La solicitud de modificación de algún parámetro o criterio

La solicitud tanto de la fórmula tarifaria general como de algún parámetro o criterio. En este sentido, se elimina la causal de grave error de cálculo en los costos económicos de referencia debido a dos aspectos:

Page 46: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

46

Cuando se cometa un error en la aplicación de la metodología tarifaria, las personas prestadoras podrán realizar los ajustes respectivos sin tener que solicitar la modificación ante esta Comisión, debido a que no requieren cambio de algún parámetro, criterio o de la fórmula tarifaria, modificaciones que si requieren de un trámite atendiendo lo dispuesto en el Código del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Al eliminar el trámite de las modificaciones de los costos económicos de referencia por graves errores de cálculo se disminuyen los tiempos en los cuales las personas prestadoras pueden subsanar el error en la aplicación, así como los tiempos empleados por la CRA en la revisión y el desarrollo de la actuación administrativa. Lo anterior, sin perjuicio de las devoluciones por cobros no autorizados, a que haya lugar, así como, de las acciones que adelante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en cumplimiento de sus facultades de inspección, vigilancia y control.

La entidad tarifaria local es la que aprueba las tarifas resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria. Por lo tanto, corresponde a ellos la modificación de estos.

4.1.1 Condiciones para la aceptación de las solicitudes de modificación de la fórmula tarifaria

general de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado Teniendo en cuenta las conclusiones del diagnóstico realizado en el presente documento, se reconoció la necesidad de establecer condiciones de aceptación diferentes para el servicio prestado Así las cosas, a continuación, se presentan las condiciones que se deberán cumplir para la aceptación de las solicitudes de modificación. Requisitos para personas prestadoras incluidas en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014 o la que la modifique, adicione o sustituya. Las solicitudes de modificación para cada área de prestación del servicio deberán cumplir con los siguientes aspectos: Aspectos por verificar:

1. Demostrar que la fórmula tarifaria general no garantiza el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, especialmente los de suficiencia financiera y eficiencia económica, debido a condiciones particulares de prestación del servicio del solicitante.

2. Demostrar que los resultados de la modificación de la fórmula tarifaria general garantizan los

criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, especialmente los de suficiencia financiera y eficiencia económica.

Requisitos:

1. Identificar en la solicitud la causal invocada para modificar la fórmula tarifaria general, precisando las razones en las que se fundamenta.

Page 47: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

47

2. Presentar los estudios suficientes que sustenten la modificación de la fórmula tarifaria general o la nueva fórmula tarifaria propuesta por el solicitante, de conformidad con lo establecido en el numeral 124.2 del artículo 124 de la Ley 142 de 1994.

3. Anexar el acto administrativo por medio del cual la entidad tarifaria local aprobó las tarifas, aplicando la metodología tarifaria vigente, para el área (s) de prestación del servicio, el cual debe estar reportado en el Sistema Único de Información – SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD, al momento de la presentación de la solicitud.

4. Presentar el estudio de costos y tarifas vigente reportado en el SUI, con anterioridad a la presentación de la solicitud, así como el estudio de costos y tarifas resultante de la modificación solicitada.

5. Presentar un análisis comparativo entre el flujo de caja con la estructura tarifaria actual, en el cual se demuestre que la capacidad financiera se encuentra afectada gravemente o se puede afectar gravemente, y el flujo de caja con la modificación en la fórmula tarifaria solicitada en el cual se demuestre que se subsana la anterior afectación. Se deberá acompañar el flujo con la explicación detallada de los supuestos utilizados para el caso de las proyecciones y por lo menos con los siguientes soportes contables los cuales deben estar acorde con lo definido en las Normas Internaciones de Información Financiera - NIIF:

Balance general anual a 31 de diciembre, con sus respectivas notas, para cada uno de los años del flujo de caja.

Estado de pérdidas y ganancias anual, con sus respectivas notas, de cada uno de los años del flujo de caja.

Cálculo anual de los siguientes indicadores financieros: Índice de liquidez, endeudamiento y cobertura de intereses.

Los mencionados flujos de caja deberán ser históricos durante el tiempo en el cual se haya aplicado la fórmula tarifaria vigente que se pretende modificar, y proyectados para el tiempo restante de vigencia de dicha fórmula tarifaria. Se exceptúa el cumplimiento de este requisito cuando la solicitud se realice con fundamento en la causal de caso fortuito o fuerza mayor que comprometa en forma grave la capacidad financiera de la persona prestadora para continuar prestando el servicio.

6. En los casos en que la solicitud se realice por parte de una entidad prestadora, la misma

deberá ser presentada por parte de la entidad tarifaria local o por el representante legal de esta. Si el representante legal está limitado estatutariamente para ejercer la representación de la persona jurídica, se deberá adjuntar la respectiva autorización para adelantar el trámite.

Tabla 1. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas

Acueducto y/o alcantarillado Mayores de 5.000 suscriptores en áreas urbanas

Fórmula tarifaria

Causal

Condiciones Mutuo

acuerdo Grave error

Caso fortuito

Page 48: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

48

Acueducto y/o alcantarillado Mayores de 5.000 suscriptores en áreas urbanas

Fórmula tarifaria

Causal

1 Causales y justificación X X X

2 Acto aprobación del estudio de costos X X X

3 Estructura de costos actual y futura X X X

4 Documento que justifique las razones de la modificación

X X X

5 Flujo de caja X X X

6 Autorización X X X

Fuente: Análisis CRA

Requisitos para personas prestadoras incluidas en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 287 de 2004 o la que la modifique, adicione o sustituya. Las solicitudes de modificación para cada área de prestación del servicio deberán cumplir con los siguientes aspectos: Aspectos por verificar:

1. Demostrar que la fórmula tarifaria general no garantiza el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, especialmente los de suficiencia financiera y eficiencia económica, debido a condiciones particulares de prestación del servicio del solicitante.

2. Demostrar que los resultados de la modificación de la fórmula tarifaria general garantizan los

criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, especialmente los de suficiencia financiera y eficiencia económica.

Requisitos:

1. Identificar en la solicitud la causal invocada para modificar la fórmula tarifaria general, precisando las razones en las que se fundamenta.

2. Presentar los estudios suficientes que sustenten la modificación de la fórmula tarifaria general o la nueva fórmula tarifaria propuesta por el solicitante, de conformidad con lo establecido en el numeral 124.2 del artículo 124 de la Ley 142 de 1994.

3. Anexar el acto administrativo por medio del cual la entidad tarifaria local aprobó las tarifas, aplicando la metodología tarifaria vigente, el cual debe estar reportado en el Sistema Único de Información – SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD, al momento de la presentación de la solicitud.

4. Presentar el estudio de costos y tarifas vigente reportado en el SUI, con anterioridad a la presentación de la solicitud, así como el estudio de costos y tarifas resultante de la modificación solicitada.

Page 49: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

49

5. Presentar un análisis comparativo, que incluya por lo menos dos (2) años, entre el flujo de caja con la estructura tarifaria actual en el cual se demuestre que la capacidad financiera se encuentra afectada gravemente o se puede afectar gravemente, y un flujo de caja con la modificación en la fórmula tarifaria solicitada en el cual se demuestre que se subsana la anterior afectación. Se deberá acompañar el flujo con la explicación detallada de los supuestos utilizados para el caso de las proyecciones y por lo menos con los siguientes soportes contables los cuales deben estar acorde con lo definido en las Normas Internaciones de Información Financiera - NIIF:

Balance general anual a 31 de diciembre, con sus respectivas notas, de cada uno de los años del flujo de caja.

Estado de pérdidas y ganancias anual, con sus respectivas notas, de cada uno de los años del flujo de caja.

Cálculo anual de los siguientes indicadores financieros: Índice de liquidez, endeudamiento y cobertura de intereses.

Se exceptúa el cumplimiento de este requisito: 1) A prestadores con menos de 2.500 suscriptores, 2) Cuando la solicitud se realice con fundamento en la causal de caso fortuito o fuerza mayor que comprometa en forma grave la capacidad financiera de la persona prestadora para continuar prestando el servicio.

6. En los casos en que la solicitud se realice por parte de una entidad prestadora, la misma deberá ser presentada por parte de la entidad tarifaria local o por el representante legal de esta. Si el representante legal está limitado estatutariamente para ejercer la representación de la persona jurídica, se deberá adjuntar la respectiva autorización para adelantar el trámite.

Tabla 2. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores hasta 5.000 suscriptores en áreas urbanas y zonas rurales

Acueducto y/o alcantarillado Hasta 5.000 suscriptores en áreas urbanas y

zonas rurales.

Fórmula tarifaria

Causal

Condiciones Mutuo

acuerdo Grave error

Caso fortuito

1 Causales y justificación X X X

2 Acto aprobación EC X X X

3 Estructura de costos actual y futura X X X

4 Documento que justifique las razones de la modificación

X X X

6 Flujo de caja X* X*

7 Autorización X X X

* Se exceptúa del cumplimiento de la condición definida en el numeral 5 i) a los prestadores con menos de 2.500 suscriptores, ii) cuando la solicitud se realice con fundamento en las causales de caso fortuito o fuerza mayor.

Fuente: Análisis CRA

Page 50: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

50

4.2 SERVICIO PÚBLICO DE ASEO La metodología tarifaria que esta Comisión de Regulación empleó en las Resoluciones CRA 351 y CRA 352 de 2005 aplicable a las personas prestadoras que atiendan el servicio público de aseo en municipios y/o distritos de hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y la Resolución CRA 720 de 2015 aplicable a las personas prestadoras que atiendan en municipios y/o distritos con más de 5.000 suscriptores en el área urbana y de expansión urbana es de precio techo, basada en dos elementos: 1) La posibilidad de establecer los precios máximos a través de la recolección de información

tratada estadísticamente, en casos donde se pueden presentar similitudes que permiten la determinación de precios techo, segmentados a tamaños de mercado y modelos de ingeniería sujetos a variables particulares, como toneladas y distancias que permiten establecer precios ajustados a las características propias de la prestación del servicio público de aseo en los diferentes municipios y/o distritos del país.

2) El conocimiento de los agentes del sector para la aplicación de esta metodología desarrollada para el servicio público de aseo desde 1997.

Así mismo, esta metodología permite definir los precios máximos para cada una de las actividades que componen el servicio público de aseo mediante los ajustes tecnológicos que demanda el sector. Adicionalmente, la estructuración de estos precios máximos considera los criterios orientadores que establece el artículo 87 de la Ley 142 de 1994. Ahora bien, teniendo en cuenta que los marcos tarifarios son regulaciones de carácter general y que pueden existir particularidades que no estén contempladas en los criterios, parámetros y/o la fórmula tarifaria general definidos por esta Comisión, las personas prestadoras podrán solicitar una modificación de estos, en el evento en que se vea comprometidos la operatividad del servicio público de aseo y/o algunos de los criterios orientadores del régimen tarifario, para lo cual se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos. 4.2.1 Condiciones generales para la aceptación de las solicitudes de modificación de la fórmula

general del servicio público de aseo Las solicitudes de modificación deberán cumplir con los siguientes aspectos: Aspectos por verificar:

1. Demostrar que la fórmula tarifaria general no se ajusta a las condiciones de prestación del servicio de la persona prestadora solicitante, causando perjuicios y afectando los criterios orientadores del régimen tarifario.

2. Demostrar que los resultados de la modificación de la fórmula tarifaria general garantizan los

criterios orientadores del régimen tarifario del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, especialmente los criterios de suficiencia financiera y eficiencia económica.

Requisitos de aceptación:

Page 51: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

51

1. Identificar en la solicitud la causal invocada para modificar la fórmula tarifaria general, precisando las razones en las que se fundamenta.

2. Presentar los estudios suficientes que sustenten la modificación de la fórmula tarifaria

general o la nueva fórmula tarifaria propuesta por el solicitante, de conformidad con lo establecido en el numeral 124.2 del artículo 124 de la Ley 142 de 1994.

3. Para la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables o las actividades

que están bajo la responsabilidad de la persona prestadora de residuos no aprovechables, de acuerdo con lo definido en el Decreto 1077 de 2015, anexar el acto administrativo por medio del cual la entidad tarifaria local aprobó las tarifas, aplicando la metodología tarifaria vigente, el cual debe estar reportado en el Sistema Único de Información – SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD, al momento de la presentación de la solicitud, y para las actividades que sean prestadas por una persona diferente a la de recolección y transporte de residuos no aprovechables, el acto administrativo por medio del cual la junta directiva o el representante legal aprobó los precios máximos asociados a estas actividades.

4. Presentar el estudio de costos y tarifas vigente reportado en el SUI, con anterioridad a la

presentación de la solicitud, así como el estudio de costos y tarifas resultante de la modificación solicitada.

5. Presentar un análisis comparativo, que incluya por lo menos el histórico de los años en los

que se ha aplicado la metodología tarifaria y la proyección de los años faltantes de vigencia de la fórmula tarifaria, en donde se evidencien los costos reales de la prestación de la actividad objeto de la solicitud de modificación, con respecto a los ingresos provenientes de tarifa correspondientes a la misma, y además demuestre que la utilidad operacional de la actividad se encuentra afectada gravemente o se puede afectar gravemente según el siguiente formato:

Tabla 3. Formato análisis comparativo Actividad del servicio público de aseo objeto de modificación:

Área de Prestación del Servicio:

Metodología tarifaria aplicable

Histórico (años de aplicación de la

metodología) Los datos deben ser

calculados de manera mensual

Proyectado (años faltantes de la vigencia de la

fórmula tarifaria) Los datos deben ser

calculados de manera mensual

Ingresos provenientes de la

aplicación de la metodología

tarifaria correspondiente ($

mensuales)

Se deben discriminar las variables y remitir los

soportes que validen los cálculos

Se deben discriminar las variables y remitir los

soportes que validen los cálculos.

Se deben discriminar las variables y remitir los

soportes que validen los cálculos.

Page 52: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

52

Costos de prestación ($ mensuales)

Se tomará como referencia para la

comparación los modelos que sustentan los precios máximos de los marcos tarifarios para el servicio

público de aseo.

Se deben discriminar los costos administrativos, inversión, operación y

mantenimiento, y remitir los soportes que validen

dichos cálculos.

Se deben discriminar los costos de operación,

mantenimiento, inversión y remitir los soportes que validen dichos cálculos

Utilidad operacional ($ mensuales)

(Ingresos operacionales – Costos operacionales)

(Ingresos operacionales – Costos operacionales)

6. En los casos en que la solicitud se realice para la actividad de recolección y transporte de

residuos no aprovechables o las actividades que están bajo responsabilidad de la persona prestadora de residuos no aprovechables, de acuerdo con lo definido en el Decreto 1077 de 2015, la solicitud deberá ser presentada por parte de la entidad tarifaria local o por el representante legal. Si el representante legal está limitado estatutariamente para ejercer la representación de la persona jurídica, se deberá adjuntar la respectiva autorización para adelantar el trámite. Para las actividades que sean prestadas por una persona diferente a la de recolección y transporte de residuos no aprovechables, la solicitud deberá ser presentada por la junta directiva o por el representante legal de la persona prestadora que realice la actividad objeto de modificación.

En resumen, las condiciones para la aceptación de las solicitudes de modificación de fórmula tarifaria y/o precios máximos del servicio público de aseo se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 4. Condiciones de aceptación de solicitudes para prestadores del servicio público de aseo

Servicio público de aseo

Fórmula Tarifaria y/o Precio Máximo

Causal

Condiciones Mutuo acuerdo Grave error Caso fortuito

1 Causales y justificación X X X

2 Acto aprobación de tarifas X X X

3 Estructura de costos actual y futura X* X* X*

4 Criterios del régimen tarifario X X X

5 Análisis comparativo X X X

6 Autorización X X X

Fuente: Análisis CRA

Análisis comparativo para las solicitudes de modificación de la fórmula tarifaria y/o precios máximos del servicio público de aseo

La Resolución CRA 271 de 2003 determinaba que para presentar a esta Comisión una modificación, se requería el flujo de caja. Sin embargo, una vez analizada su utilidad para el servicio público de aseo se encontró:

El flujo de caja se elabora tomando como referencia la información de toda la empresa prestadora, todas las actividades que presta incluyendo la recolección y el transporte de

Page 53: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

53

residuos especiales y todos los municipios en donde presta actualmente. Lo anterior, genera la dificultad de definir si la afectación a la suficiencia financiera se da por el precio máximo y/o la fórmula tarifaria objeto de modificación o por otras variables.

La metodología tarifaria del servicio público de aseo, construyó un precio máximo para cada actividad, contemplando que en la prestación del servicio público de aseo existen varios actores. Por lo tanto, requiere de una evaluación por actividad.

Adicionalmente, los precios máximos incluyen criterios asociados a las economías de escala, lo que genera la necesidad de realizar un análisis por área de prestación del servicio.

Por consiguiente y con el objetivo de verificar la afectación de la suficiencia financiera de los prestadores del servicio público de aseo, cuando se presente alguna de las particularidades anteriormente descritas se propone el análisis comparativo por APS y por actividad, en donde se pueda evidenciar la afectación de la utilidad operacional, lo que permitirá solventar las limitaciones que se presentan con el flujo de caja para el servicio público de aseo.

4.3 DECISIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA FÓRMULA TARIFARIA GENERAL

Por otra parte, en el proyecto de resolución se propone que una vez se verifique el cumplimiento de las condiciones y requisitos, se aceptará la modificación de la fórmula tarifaria general, y en relación con el nuevo estudio de costos en donde se presente la modificación aprobada, la Comisión emitirá el concepto respectivo, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 7 del artículo 7 del Decreto 2883 de 2007. La mencionada decisión deberá ser informada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

4.4 DEROGATORIA DE LA RESOLUCIÓN CRA 783 DE 2016 MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN CRA 810 DE 2017

Teniendo en cuenta que en el presente proyecto de resolución sólo se propone la posibilidad de modificar ante la CRA la fórmula tarifaria general y se eliminan los trámites de modificaciones de costos económicos de referencia, se propone derogar el contenido de la Resolución CRA 783 de 2016 modificada y adicionada por la Resolución CRA 810 de 2017, y mantener las disposiciones que se presentan en estos actos administrativos como reglas por medio de las cuales las personas prestadoras pueden hacer modificaciones de la fórmula tarifaria general sin necesidad de realizar un trámite ante la CRA. Se hace necesario para esto realizar modificaciones a las disposiciones contenidas en las Resoluciones CRA 287 de 2004, 688 de 2014, 759 de 2016 y 800 de 2017, con el fin de establecer criterios bajo los cuales las personas prestadoras deben aplicar las metodologías tarifarias, y calcular los costos económicos de referencia sin tener que adelantar una actuación administrativa ante esta Comisión. Lo anterior, teniendo en cuenta que en dichas resoluciones se establece la posibilidad de hacer modificaciones al cálculo de los costos económicos de referencia sin que sea necesario solicitar a la CRA una actuación administrativa. De acuerdo con lo anterior, en la siguiente tabla se presentan los análisis realizados de cada uno de los artículos de la Resolución CRA 783 de 2016 y se presentan las justificaciones de las razones por

Page 54: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

54

las cuales los artículos que ya se encuentran contenidos en los marcos tarifarios vigentes se excluyen de la propuesta que se plantea.

Tabla 5. Análisis Resolución CRA 783 de 2016.

Título Capítulo Artículo Análisis

TÍTULO I ASPECTOS GENERALES

ARTÍCULO 1. Objeto y Ámbito de Aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer las excepciones al trámite de modificación de los costos económicos de referencia, establecido en la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por la Resolución CRA 271 de 2003 y establecer otras disposiciones aplicables a las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo.

DEROGAR

ARTÍCULO 2. Aplicación e información de variaciones tarifarias. Con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente resolución, será necesario aplicar las previsiones de las secciones 5.1.1 y 5.1.2 de la Resolución CRA 151 de 2001 o la norma que la modifique, adicione, sustituya o derogue, según el servicio del que se trate.

DEROGAR

ARTÍCULO 3. Remisión de información. Las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo deberán remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), a través del Sistema Único de Información – SUI o el mecanismo definido por esta entidad, los documentos que soporten o justifiquen las modificaciones del costo económico de referencia para cada caso respectivamente. Se deberán remitir los documentos indicativos relacionados en el Anexo I de la presente resolución, sin perjuicio de que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) o la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico soliciten información adicional en ejercicio de sus funciones.

DEROGAR

Page 55: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

55

Título Capítulo Artículo Análisis

TÍTULO II DE LOS

SERVICIOS PÚBLICOS

DOMICILIARIOS DE

ACUEDUCTO Y

ALCANTARILLADO

CAPÍTULO I COSTOS

ECONÓMICOS DE

REFERENCIA EN

APLICACIÓN DE LA

RESOLUCIÓN CRA 287 DE

2004

ARTÍCULO 4. Modificación del costo medio de operación particular por contratos de suministro de agua potable o de interconexión. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia si como consecuencia de suscribir un contrato de suministro de agua potable o de interconexión o por la modificación del precio pactado en un contrato en ejecución, se modifica el costo medio de operación particular calculado en aplicación del artículo 13 de la Resolución CRA 287 de 2004.

El artículo 4 de la Resolución CRA 783 de 2016 proviene del artículo 4 de la

Resolución CRA 359 de 2006. Se recomienda mantener esta disposición

en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las modificaciones de la

fórmula tarifaria general asociadas a la suscripción de contratos de suministro

de agua potable o interconexión.

ARTÍCULO 5. Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia en caso de adopción y/o modificación del plan de saneamiento y manejo de vertimientos al que hace referencia el artículo 1 de la Resolución 1433 de 2004 del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o aquella que la modifique, sustituya o derogue.

El artículo 5 de la Resolución CRA 783 de 2016 proviene del artículo 3 de la

Resolución CRA 359 de 2006. Se recomienda mantener esta disposición

en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las modificaciones de la fórmula tarifaria general asociadas a

los PSMV.

ARTÍCULO 6. Modificación de las Tasas ambientales de acueducto. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia para incorporar o modificar el Costo Medio Generado por Tasas Ambientales (CMT) al que hace referencia el artículo 37 de la Resolución CRA 287 de 2004, por el inicio de la aplicación de la tasa ambiental por parte de la Autoridad Ambiental competente o a variaciones en los valores de la tarifa mínima.

Se recomienda mantener lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución CRA 783 de 2016 en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio

del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con la

incorporación o la variación de las tasas ambientales.

ARTÍCULO 7. Modificación de las Tasas ambientales de alcantarillado. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia para incorporar o modificar el monto a pagar por tasas ambientales al que hace referencia el artículo 37 de la Resolución CRA 287 de 2004, por el inicio de la aplicación de la tasa ambiental por parte de la Autoridad Ambiental competente, o a variaciones en los valores de la tarifa mínima o de las concentraciones para el cálculo de la carga contaminante de los usuarios sin caracterización

Se recomienda mantener lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución CRA 783 de 2016 en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio

del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con la

incorporación o la variación de las tasas ambientales.

Page 56: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

56

Título Capítulo Artículo Análisis

CAPÍTULO II COSTOS

ECONÓMICOS DE

REFERENCIA EN

APLICACIÓN DE LA

RESOLUCIÓN CRA 688 DE

2014

ARTÍCULO 8. Modificación del POIR por efecto de modificaciones en las normas urbanísticas. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia, en el caso en que se genere una variación menor o igual al 10% del valor presente del POIR del Área de Prestación del Servicio – APS definido para el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014, como efecto de una modificación en las normas urbanísticas o de lo establecido en el Decreto 1077 de 2015 o aquel que lo modifique, adicione, sustituya o derogue, éste podrá ser ajustado por la persona prestadora por una sola vez sin que sea necesario solicitar a la CRA la modificación de dicho valor, según lo establecido en el parágrafo 5 del artículo 7 de la resolución ibídem.

Lo establecido en el artículo 8 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el parágrafo 5 del artículo 7 de la Resolución CRA

688 de 2014. Se propone modificar la redacción y permitir que las

modificaciones en el POIR por efecto de cambios en normas urbanísticas puedan realizarse sin necesidad de

venir a la CRA.

ARTÍCULO 9. Modificación de los costos de impuestos, contribuciones y tasas administrativas (ICTA_i). No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia por los aumentos o disminuciones en impuestos, tasas y contribuciones administrativas que no son captados al momento de la proyección del ICTA definido para el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014, según lo establecido en el artículo 28 de la resolución ibídem.

Lo establecido en el artículo 9 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el parágrafo del artículo 28 de la Resolución CRA

688 de 2014. No es necesaria la inclusión en el actual proyecto, pues

en la Resolución CRA 688 de 2014 no se hace referencia al procedimiento de

modificación de costos.

ARTÍCULO 10. Modificación de los costos operativos particulares por entrada de operación de un nuevo activo. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia cuando un activo que entre en operación genere costos operativos particulares no incluidos en el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014, con excepción de las plantas de tratamiento de aguas residuales. Dicho costo se incluirá en el Costo Medio de Operación en el momento en que el activo entre en operación, según lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 35 de la resolución ibídem.

Lo establecido en el artículo 10 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el parágrafo 3 del artículo 35 de la Resolución CRA 688 de 2014. Se propone modificar la redacción del mencionado parágrafo

3, con el objeto de permitir modificaciones en el CMO por la

entrada en operación de cualquier activo, incluyendo las plantas de tratamiento de aguas residuales.

Page 57: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

57

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 11. Modificación de los costos operativos particulares de energía eléctrica, insumos químicos y suministro de agua potable por variaciones de hasta el 5% en sus costos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia, cuando en un periodo de doce (12) meses continuos, se acumule un aumento o una disminución del 5% en pesos constantes, a partir de la aplicación de las tarifas derivadas de la Resolución CRA 688 de 2014, en los costos operativos unitarios particulares de energía eléctrica, insumos químicos y suministro de agua potable, según lo establecido en el parágrafo 4 del artículo 35 de la resolución ibídem.

Lo establecido en el artículo 11 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el parágrafo 4 del artículo 35 de la Resolución CRA 688 de 2014. Se propone modificar la redacción del mencionado parágrafo

4, con el objeto de eliminar la referencia al procedimiento de

modificación de costos.

ARTÍCULO 12. Modificación de los costos económicos de referencia por contratos de suministro de agua potable o de interconexión. No se requiere solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia si como consecuencia de la suscripción de un contrato de suministro de agua potable o de interconexión o por la modificación del precio pactado en un contrato en ejecución, se modifican los costos operativos comparables, costos operativos particulares, costos de inversión y costos de tasas ambientales calculados en aplicación de los artículos 34, 35 y 44 de la Resolución CRA 688 de 2014 y artículos 54 y 55 de la Resolución ibídem, modificados por los artículos 20 y 21, respectivamente, de la Resolución CRA 735 de 2015.

Se recomienda mantener lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución CRA 783 de 2016, modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 810 de 2017 en el actual proyecto de resolución

como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las modificaciones de la

fórmula tarifaria general asociadas a la suscripción de contratos de suministro

de agua potable o interconexión.

Page 58: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

58

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 13. Modificación en los costos por variaciones sustanciales en la demanda por efecto de suscribir un contrato de suministro de agua potable o de interconexión o por salida de un beneficiario. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia si se presentan variaciones mayores al 5% en la proyección de la demanda que no estaba contemplada en el estudio de costos realizado por el proveedor, en aplicación de la metodología establecida en la Resolución CRA 688 de 2014, como consecuencia de suscribir un contrato de suministro de agua potable o de interconexión, o por la salida de un beneficiario de un contrato de suministro de agua potable o de interconexión.

Lo establecido en el artículo 13 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el artículo 16 de la Resolución CRA 759 de 2016. Se propone modificar el mencionado

artículo 16.

ARTÍCULO 14. Modificación de los costos de impuestos y tasas operativas (ITO_i). No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia por los aumentos o disminuciones en impuestos, tasas y contribuciones operativas que no son captados al momento de la proyección del ITO definido para el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014, según lo establecido en el artículo 42 de la resolución ibídem.

Lo establecido en el artículo 14 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el parágrafo del artículo 42 de la Resolución CRA

688 de 2014.

ARTÍCULO 15. Descuento en el CMI de los aportes bajo condición. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia en el caso que una persona prestadora descuente del Costo Medio de Inversión (CMI), los aportes de que trata el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994, que fueron incluidos en el cálculo de las tarifas derivadas de la Resolución CRA 688 de 2014, según lo establecido en el artículo 47 de la resolución ibídem. Parágrafo. El ajuste al valor del CMI por los aportes bajo condición se establece sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar por parte de las entidades de vigilancia y control por la inadecuada aplicación de la metodología tarifaria.

Lo establecido en el artículo 15 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el artículo 47 de la Resolución CRA 688 de 2014.

Se recomienda mantener esta disposición en el actual proyecto de

resolución como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las

modificaciones de la fórmula tarifaria general asociadas a los descuentos en

el CMI por aportes bajo condición.

Page 59: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

59

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 16. Descuento en el POIR de aportes bajo condición. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia en el evento que una persona prestadora descuente del POIR, con el que calculo las tarifas derivadas de la Resolución CRA 688 de 2014, un aporte de los que trata el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994, realizado por una entidad pública que reemplace un proyecto incluido en el POIR, según lo establecido en el artículo 50 de la resolución ibídem. En todo caso, las metas definidas en el artículo 107 de la resolución indicada no se modificarán como consecuencia de recibir aportes de este tipo

Lo establecido en el artículo 16 de la Resolución CRA 783 de 2016 se

encuentra contenido en el artículo 50 de la Resolución CRA 688 de 2014.

Se recomienda eliminar esta disposición en el actual proyecto de resolución pues se encuentra dentro

del alcance del artículo 15 de la Resolución CRA 783 de 2016.

ARTÍCULO 17. Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia en caso de adopción y/o modificación del plan de saneamiento y manejo de vertimientos al que hace referencia el artículo 1 de la Resolución 1433 de 2004 del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o aquella que la modifique, sustituya o derogue.

El artículo 17 de la Resolución CRA 783 de 2016 proviene del artículo 3 de la Resolución CRA 359 de 2006. Se

recomienda mantener esta disposición en el actual proyecto de resolución

como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las modificaciones de la fórmula tarifaria general asociadas a

los PSMV.

ARTÍCULO 18. Modificación del costo medio generado por Tasas ambientales para acueducto. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia para incorporar el inicio de aplicación de las tasas por utilización de agua que no fueron incluidas en el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014 o por variaciones en los valores de la tasas.

Lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CRA 783 de 2016 proviene

del parágrafo 2 del artículo 54 de la Resolución CRA 688 de 2014. Se

recomienda mantener lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CRA

783 de 2016 en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio

del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con la

incorporación o la variación de las tasas ambientales.

ARTÍCULO 19. Modificación del costo medio generado por Tasas ambientales para alcantarillado. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los costos económicos de referencia para incorporar el inicio de aplicación de la tasa retributiva por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de vertimientos puntuales

Lo dispuesto en el artículo 19 de la

Resolución CRA 783 de 2016 proviene del parágrafo 2 del artículo 54 de la Resolución CRA 688 de 2014. Se

recomienda mantener lo dispuesto en el artículo 19 de la Resolución CRA

783 de 2016 en el actual proyecto de resolución como un criterio por medio

Page 60: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

60

Título Capítulo Artículo Análisis

que no fueron incluidas en el cálculo de las tarifas de la Resolución CRA 688 de 2014 o por variaciones en los valores de la tasas.

del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con la

incorporación o la variación de las tasas ambientales.

TÍTULO III DEL SERVICIO PÚBLICO DE

ASEO

CAPÍTULO I PRECIOS

MÁXIMOS EN APLICACIÓN

DE LA RESOLUCIÓN CRA 351 DE

2005

ARTÍCULO 20. Modificación de las variables K y NB por actualización del PGIRS. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo Fijo Medio de Referencia (CFMR), el Costo de Manejo de Recaudo Fijo (CMRf) y la tarifa para el Componente de Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas (TBLi), cuando en el PGIRS se modifiquen las frecuencias de barrido o se incluyan nuevas vías o áreas objeto de esta actividad, y por consiguiente se deban actualizar el número de suscriptores atendidos en el municipio (NB) y/o los kilómetros a barrer (K).

No se encuentra establecido en la Resolución CRA 351 de 2005. Por lo tanto, es importante mantener está

disposición como mecanismo para que las personas prestadoras no tengan

que venir a esta comisión por modificaciones en el PGIRS

ARTÍCULO 21. Modificación de costos de peajes para el cálculo de CRT. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo de Recolección y Transporte (CRT), cuando se presente modificación en la cantidad o costo de los peajes para vehículos de dos ejes (VPCRT), de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Resolución CRA 351 de 2005.

No se encuentra establecido en la Resolución CRA 351 de 2005. Por lo tanto, es importante mantener está

disposición como mecanismo para el cambio en los costos de peajes que

afectan el CRT.

ARTÍCULO 22. Modificación de costos de peajes para el cálculo de CTE. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo de Tramo Excedente (CTE), cuando se presente modificación en la cantidad o costo de los peajes para vehículos de cinco ejes (VPTE), de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Resolución CRA 351 de 2005.

No se encuentra establecido en la Resolución CRA 351 de 2005. Por lo tanto, es importante mantener está

disposición como mecanismo para el cambio en los costos de peajes que

afectan el CTE.

ARTÍCULO 23. Aplicación del Incentivo al aprovechamiento. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando en un municipio se inicie la prestación de la actividad de aprovechamiento y por tanto se incluya el

Una vez se expida el acto administrativo definitivo de la

Resolución CRA 806 de 2016, este artículo no tendría aplicabilidad porque

las personas prestadoras deben someterse a las disposiciones allí

contenidas y estimar un Valor Base de Remuneración de Aprovechamiento

Page 61: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

61

Título Capítulo Artículo Análisis

incentivo al aprovechamiento definido en el artículo 17 de la Resolución CRA 351 de 2005

CAPÍTULO II PRECIOS

MÁXIMOS EN APLICACIÓN

DE LA RESOLUCIÓN CRA 720 DE

2015

ARTÍCULO 24. Promedio para los cálculos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando por cambio de semestre calendario, la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables deba actualizar los promedios de kilómetros de barrido y limpieza, toneladas de residuos, metros cúbicos de lixiviados, y número de suscriptores, en cumplimiento de lo definido en el artículo 4 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Este criterio, ya se encuentra contenido en el artículo 4 de la

Resolución CRA 720 de 2015, en la definición de promedio para los

cálculos y se sobre entiende que los precios máximos varían cada

semestre producto del cambio en estas variables y se realizó la

aclaración en la Circular 001 de 2017.

ARTÍCULO 25. Inclusión de incentivos económicos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando se incluyan los costos generados por los incentivos económicos creados con ocasión de desarrollos normativos de orden nacional, de acuerdo con lo definido en el artículo 13 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Este criterio, ya se encuentra contenido en el artículo 13 de la Resolución CRA 720 de 2015

ARTÍCULO 26. Facturación conjunta con el servicio de acueducto o de energía. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costos de Comercialización por Suscriptor (CCS), en el caso que las personas prestadoras por criterios de costo/beneficio, determinen la necesidad de cambiar el servicio público con el que se tiene establecido el convenio facturación conjunta, ya sea éste el servicio público de acueducto o el servicio público de energía. En todo caso, el nuevo Costo de Comercialización por Suscriptor, únicamente podrá ser aplicado una vez se haya establecido el convenio de facturación conjunta con la persona prestadora del servicio seleccionado y deberá cumplir con lo establecido en el artículo 14 de la Resolución CRA 720 de 2015.

No se encuentra precisado en la Resolución CRA 720 de 2015. Por lo tanto, es importante mantener está

disposición.

Page 62: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

62

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 27. Ajuste o actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, en los casos en los que por cambios del PGIRS se modifique la información para el cálculo de los costos del servicio público de aseo, definidos en la Resolución CRA 720 de 2015.

No se encuentra precisado en la Resolución CRA 720 de 2015. Por lo tanto, es importante mantener está disposición para la estimación del

Costo de Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas por suscriptor (CBLS)

y el Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor (CLUS), con excepción del

Costo de Poda de árboles.

ARTÍCULO 28. Incentivos para Estaciones de Transferencia regionales. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo de Recolección y Transporte (CRT) cuando se deban incorporar incentivos establecidos y reglamentados por el Gobierno Nacional, a los municipios y/o distritos donde se ubiquen estaciones de transferencia regionales, de acuerdo con lo definido en el parágrafo 5 del artículo 24 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Este criterio, ya se encuentra contenido en el parágrafo 5 del

artículo 24 de la Resolución CRA 720 de 2015

ARTÍCULO 29. Valor de los peajes para la actividad de recolección y transporte. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo de Recolección y Transporte (CRT) cuando se presente modificación en la cantidad o costo de los peajes ubicados en el trayecto entre el centroide de la APS y la entrada del sitio de disposición final (CPE), de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Este criterio, ya se encuentra contenido en el artículo 25 de la Resolución CRA 720 de 2015

ARTÍCULO 30. Descuento al CRT por antigüedad de los vehículos. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando las personas prestadoras deban aplicar el descuento sobre el Costo de Recolección y Transporte (CRT) con ocasión del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Resolución CRA 720 de 2015.

Este criterio, ya se encuentra contenido en el artículo 27 de la Resolución CRA 720 de 2015

ARTÍCULO 31. Incentivos para Rellenos Sanitarios regionales. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo Disposición Final (CDF) cuando se deban incorporar incentivos

Este criterio, ya se encuentra contenido en el parágrafo 1 del

artículo 28 de la Resolución CRA 720 de 2015

Page 63: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

63

Título Capítulo Artículo Análisis

establecidos y reglamentados por el Gobierno Nacional, a los municipios y/o distritos donde se ubiquen rellenos sanitarios regionales, de acuerdo con lo definido en el parágrafo 1 del artículo 28 de la Resolución CRA 720 de 2015.

ARTÍCULO 32. Limitación a la altura del relleno sanitario. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo Disposición Final (CDF) cuando aplique el incremento de hasta el 10% del CDF, para aquellos rellenos sanitarios en los que se disponen menos de 2.400 toneladas mensuales de residuos y la autoridad ambiental competente ha dispuesto que no se puede superar los nueve (9) metros de altura, en cumplimiento de lo definido en el parágrafo 2 del artículo 28 de la Resolución CRA 720 de 2015

Este criterio, ya se encuentra contenido en el parágrafo 2 del

artículo 28 de la Resolución CRA 720 de 2015

ARTÍCULO 33. Variación de las condiciones de disposición final. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación del Costo de Recolección y Transporte (CRT) y el Costo de Disposición Final (CDF), cuando por condiciones de vida útil o disposiciones de la autoridad ambiental competente, la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte se vea obligada a seleccionar un nuevo relleno sanitario para la disposición final de los residuos no aprovechables provenientes de la APS que atienda.

No se encuentra precisado en la Resolución CRA 720 de 2015, Por lo

tanto, se propone mantener como orientación para aquellos prestadores que requieran modificar el CRT y el CDF por la selección de un nuevo

relleno sanitario.

ARTÍCULO 34. Tasas ambientales en el tratamiento de lixiviados. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando la autoridad ambiental competente determine variaciones en la tarifa mínima o modifique las concentraciones para el cálculo de la carga contaminante de la tasa ambiental por vertimiento (CMTLX), variable requerida para el cálculo del Costo de Tratamiento de Lixiviados según lo definido en el artículo 32 de la Resolución CRA 720 de 2015.

No se encuentra precisado en la Resolución CRA 720 de 2015. Por lo tanto, es importante mantener está disposición para la estimación del

Costo de Tratamiento de Lixiviados (CTL).

Page 64: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

64

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 35. Modificación del escenario de tratamiento de lixiviados. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando la Autoridad Ambiental competente, modifique los criterios de calidad para vertimientos definidos en la licencia ambiental del relleno sanitario o modifique dichos objetivos en la normatividad vigente, y esto conlleve a un cambio de escenario para el cálculo del Costo de Tratamiento de Lixiviados según lo establecido en el artículo 32 de la Resolución CRA 720 de 2015. En estos casos y una vez el nuevo escenario esté aprobado y se encuentre en operación, la persona prestadora deberá modificar el Costo de Tratamiento de Lixiviados aplicando la fórmula tarifaria correspondiente al nuevo escenario de tratamiento de lixiviados.

No se encuentra precisado en la Resolución CRA 720 de 2015. Por lo tanto, es importante mantener está disposición para la estimación del

Costo de Tratamiento de Lixiviados (CTL).

ARTÍCULO 36. Aportes Bajo Condición. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de los precios máximos resultantes de la aplicación de la metodología tarifaria, cuando las personas prestadoras reciban de una entidad pública, el valor total o parcial de las herramientas, equipos, infraestructuras, insumos y demás activos asociados a las actividades de: Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas, Recolección y Transporte y Disposición Final, en los términos definidos en el parágrafo 4 del artículo 21 de la Resolución CRA 720 de 2015 y en los artículos 26, 29 y 33 de la mencionada Resolución.

Este criterio, ya se encuentra contenido en la Resolución CRA 720 de 2015. Adicionalmente, teniendo en

cuenta que la metodología es de precio techo cualquier aporte se

traduce en un descuento en la tarifa al suscriptor.

Page 65: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

65

Título Capítulo Artículo Análisis

TÍTULO IV OTRAS DISPOSICIONES

ARTÍCULO 37. Incorporaciones del costo de operación de tratamiento de aguas residuales domésticas y no domésticas o variación del caudal realmente tratado o aumento de la eficiencia en la remoción de la carga contaminante, previa certificación de la autoridad ambiental competente. Cuando las personas prestadoras incorporen por primera vez el Costo de Operación de Tratamiento de Aguas Residuales (CTR) o varíen el caudal realmente tratado en una magnitud mayor o igual al 10% de la capacidad instalada, en el marco de la prestación del servicio público domiciliario, o aumenten como mínimo su eficiencia en la remoción de la carga contaminante en cualquiera de sus componentes, en más del 10%, previa certificación de la autoridad ambiental competente, deberán seguir los requisitos establecidos en el artículo 16 de la Resolución CRA 287 de 2004 o el artículo 41 de la Resolución CRA 688 de 2014, según corresponda. Una vez presentada la solicitud y esta cumpla con el lleno de requisitos, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) dará inicio a una actuación administrativa en los términos de la Ley 142 de 1994 y en lo no consagrado en ella, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

Se recomienda modificar el parágrafo 4 del artículo 16 de la Resolución CRA

287 de 2004 y el parágrafo 4 del artículo 41 de la Resolución CRA 688

de 2014, con el objeto de permitir a las personas prestadoras la incorporación del CTR sin necesidad de solicitar a la

CRA dicha modificación.

ARTÍCULO 38. Modificación de los costos económicos de referencia con ocasión de la entrega de la prestación del servicio a un tercero. No será necesario solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la modificación de costos económicos de referencia en aquellos eventos en los que la prestación del servicio le haya sido entregada a un tercero, debido a una orden dada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), en los términos del numeral 73.15 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y como consecuencia de ello, las tarifas requieran modificación.

Se recomienda mantener esta disposición en el actual proyecto de

resolución como un criterio por medio del cual se orienta a las personas prestadoras en relación con las

modificaciones de la fórmula tarifaria general cuando la CRA, en ejercicio de las facultades otorgadas por el

numeral 73.15 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, ordene la entrega de la

prestación a un tercero.

Page 66: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

66

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 39. TRANSITORIO. Modificación de los costos económicos de referencia para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado o de los precios máximos del servicio público de aseo por grave error de cálculo. Si con posterioridad a la fecha de aplicación de las tarifas derivadas de la Resolución CRA 688 de 2014 o la Resolución CRA 720 de 2015, la persona prestadora determina que incurrió en un grave error de cálculo, de conformidad con la definición establecida en el artículo 1.2.1.1 del Título 1 del Capítulo 1 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por la Resolución CRA 271 de 2003, podrá realizar en una única oportunidad la modificación en el costo a que haya lugar, una vez sea evidenciado, e informar de tal situación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la cual efectuará seguimiento a estas modificaciones, dentro de sus competencias. Lo anterior sin perjuicio de las devoluciones por cobros no autorizados, a que haya lugar, así como, de las acciones que adelante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en cumplimiento de sus facultades de inspección, vigilancia y control. Parágrafo 1. Para los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado sujetos al ámbito de aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014, la excepción al procedimiento contenido en la Resolución CRA 271 de 2003 establecida en el presente artículo, será de carácter temporal y finalizará el 29 de diciembre de 2017. Parágrafo 2. Para los prestadores del servicio público de aseo sujetos al ámbito de aplicación de la Resolución CRA 720 de 2015, la excepción al procedimiento contenido en la Resolución CRA 271 de 2003 establecida en el presente artículo será una medida de carácter temporal y finalizará el 30 de marzo de 2018.

DEROGAR

Page 67: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

67

Título Capítulo Artículo Análisis

ARTÍCULO 40. TRANSITORIO. Modificación del Costo de Poda de Árboles (CP) por grave error de cálculo. Si con posterioridad a la fecha de aplicación de la metodología tarifaria del servicio público de aseo para la actividad de poda de árboles contenido en el artículo 16 de la Resolución CRA 720 de 2015, la persona prestadora determina que incurrió en un grave error de cálculo, de conformidad con la definición establecida en el artículo 1.2.1.1 del Título 1 del Capítulo 1 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por la Resolución CRA 271 de 2003, podrá realizar por una sola vez la modificación del costo a que haya lugar inmediatamente sea evidenciado, e informar de tal situación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, quien efectuará el seguimiento a estas modificaciones, dentro de sus competencias. Lo anterior sin perjuicio de las devoluciones por cobros no autorizados, a que haya lugar, así como, de las acciones que adelante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en cumplimiento de sus facultades de inspección, vigilancia y control. Parágrafo. La presente excepción al procedimiento contenido en la Resolución CRA 271 de 2003, será una medida de carácter temporal que finalizará un año después de la entrada en vigencia de la presente Resolución.

DEROGAR

ARTÍCULO 41. Modificación de los costos económicos de referencia por la incorporación de los CAU*ac/al y COU*ac/al en las tarifas resultantes de la aplicación de la Resolución CRA 688 de 2014, de las personas prestadoras que no hacen parte del grupo básico para el cálculo del PDEA. Una vez la persona prestadora, que no hizo parte del grupo básico para el cálculo del PDEA, cumpla con los parámetros mínimos y no presente datos atípicos en la información reportada en el SUI para calcular los PDEA o éstos sean justificables, podrá presentar una solicitud particular para modificar los costos administrativos eficientes estándar por suscriptor mensual y los costos operativos comparables eficientes estándar por suscriptor mensual, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 8 de los artículos 26 y 33 de la Resolución CRA 688 de 2014. Una vez presentada la solicitud y esta cumpla

Se recomienda mantener en el presente proyecto de resolución como

una orientación a las personas prestadoras que requieran modificar la

fórmula tarifaria general como consecuencia de la aplicación de lo establecido en el parágrafo 8 de los artículos 26 y 33 de la Resolución

CRA 688 de 2014

Page 68: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

68

Título Capítulo Artículo Análisis

con el lleno de requisitos, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) dará inicio a una actuación administrativa en los términos de la Ley 142 de 1994 y en lo no consagrado en ella, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO 42. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga íntegramente la Resolución CRA 359 de 2006.

Finalmente, se aclara que las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo podrán realizar todos los ajustes adicionales que se encuentren expresos en las metodologías tarifarias vigentes sin tener que solicitar ante esta Comisión de Regulación una modificación de la fórmula tarifaria general y esto solo será necesario cuando se requiera una modificación del criterio, parámetro o de la expresión matemática.

4.5 IMPLICACIONES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA REGULATORIA En la Tabla 6 se presenta un listado de las posibles implicaciones debido a la implementación de la presente propuesta regulatoria.

Tabla 6. Implicaciones en la implementación de la propuesta regulatoria.

RIESGO Grandes prestadores Pequeños prestadores

Alto Medio Bajo Alto Medio Bajo

Incumplimiento de la obligación de informar a la SSPD y a la CRA las variaciones tarifarias por incorrecta aplicación de la metodología o por aplicar las excepciones al trámite de modificaciones de fórmulas

X X

Incumplimiento de la obligación de informar previamente a los usuarios las variaciones tarifarias por incorrecta aplicación de la metodología o por aplicar las excepciones al trámite de modificaciones de fórmulas

X X

Falta de acciones de control y vigilancia que generan incentivos para el cambio constante de las tarifas

X X

Ausencia de soportes que respalden las modificaciones las variaciones tarifarias

X X

Captura política de las tarifas X X

Las anteriores implicaciones pueden ser susceptibles de mitigación en la medida en que se fortalezcan las acciones de vigilancia y de control sobre las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

Page 69: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

69

5. CONCLUSIONES

Las actuaciones administrativas adelantadas ante la CRA en cumplimiento de las previsiones de la Resolución CRA 271 de 2003 requieren de tiempos extensos para su aprobación o negación.

El diagnóstico de las actuaciones administrativas adelantadas por la entidad en cumplimiento de las previsiones de la Resolución CRA 271 de 2003, muestra la necesidad diferenciar las condiciones y requisitos para la modificación de fórmulas tarifarias por servicio y por tamaño de mercado de los prestadores.

Ante la aplicación incorrecta de la fórmula tarifaria general no será necesario solicitar ante la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico una modificación de los costos económicos de referencia. Lo anterior sin perjuicio de las devoluciones por cobros no autorizados, a que haya lugar, así como, de las acciones que adelante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en cumplimiento de sus facultades de inspección, vigilancia y control.

Se hace necesario establecer unas reglas generales dentro de las metodologías tarifarias que permitan el cálculo o la modificación de los costos económicos de referencia, las cuales podrán emplear las personas prestadoras sin necesidad de adelantar un trámite de modificación ante la CRA.

La modificación de la fórmula tarifaria para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo comprenderá la variación de la expresión matemática de la fórmula, o alguno de los criterios o parámetros establecidos en la regulación para la estimación de los costos y tarifas de estos servicios.

El trámite aplicable a la modificación deberá ajustarse a las previsiones de la Ley 142 de 1994 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Page 70: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

70

ANEXO I. Análisis de los parámetros y criterios de la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 688 de 2014 de los servicios públicos

domiciliarios de acueducto y alcantarillado que requieren venir a la CRA para modificación

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

Área de Prestación del Servicio (APS).

Parágrafo 5. En el caso en el que se genere una variación menor o igual al 10% del valor presente del POIR del APS definido para el cálculo de las

tarifas, como efecto de una modificación en las normas urbanísticas o de lo establecido en el Decreto 1077

de 2015 o aquel que lo modifique, adicione, sustituya o derogue, éste podrá ser ajustado por la persona

prestadora por una sola vez sin que sea necesario solicitar a la CRA la

modificación de dicho valor. Para tal efecto, deberá cumplir con las

disposiciones contenidas en la sección 5.1.1. de la Resolución CRA 151 de 2001, o la norma que la modifique,

adicione, sustituya o derogue, para el reporte de las variaciones tarifarias, y

así mismo deberá remitir a la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico y a la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios los soportes que hayan generado tal variación.

Articulo 7

Si cuenta con una variación superior al 10%

del valor presente del POIR del APS definido para el cálculo de las

tarifas, como efecto de una modificación en las

normas urbanísticas o de lo establecido en el

Decreto 1077 de 2015 o aquel que lo modifique,

adicione, sustituya o derogue

Metas y Gradualidad

Cobertura: Primer Segmento: El 100% de la

diferencia debe lograrse en 5 años, y gradualidad según la ejecución

programada para el POIR. Segundo Segmento: El 70% de la

diferencia debe lograrse en 5 años y el 100% de la diferencia en el año 7, y

gradualidad según la ejecución programada para el POIR.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Continuidad: Primer Segmento: (>= 98,36%) El

100% de la diferencia debe lograrse en 5 años, y gradualidad según la

ejecución programada para el POIR. Segundo Segmento: (>= 98,36%) El

70% de la diferencia debe lograrse en 5 años y el 100% de la diferencia en el

año 7, y gradualidad según la ejecución programada para el POIR.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Calidad: (IRCA<=5%) Para el servicio de

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

Page 71: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

71

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

acueducto la meta será el 100% desde la entrada en vigencia de la presente

resolución. Para el servicio de alcantarillado el 100% de la meta debe

lograrse en 5 años. La gradualidad según la ejecución programada para el

POIR.

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Reclamos: <= 4 El 100% de la meta debe lograrse en 5 años, y gradualidad según avance programado por la persona prestadora.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Proyecciones estándares de

eficiencia

∆〖NC〗_(i,ac)^R: Nuevos suscriptores

residenciales de acueducto.

∆〖NC〗_(i,al)^R: Nuevos suscriptores

residenciales de alcantarillado. Primer Segmento: Para el año 5 debe

lograrse el 100% de la diferencia, y gradualidad según la ejecución

programada para el POIR. Segundo Segmento: Para el año 5

debe lograrse el 70% de la diferencia y para el año 7 debe lograrse el 100%, y

gradualidad según la ejecución programada para el POIR.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

DACAL- Diferencia entre suscriptores de Acueducto y Alcantarillado (Suscriptores)

Reducir el 100% de la diferencia, y gradualidad según la ejecución

programada para el POIR y el plan de incorporación de suscriptores.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

IPUF* - Índice de Pérdidas por Suscriptor Facturado estándar

(m3/suscriptor/mes) <=6 m³/suscriptor/mes

Para el año 5 debe lograrse el 50% de la diferencia, y para el año 10 debe lograrse el 75%. En caso de utilizar NEP, debe lograrse el 100% para el

año 5 y debe mantenerlo. La gradualidad es de acuerdo con las

metas de la persona prestadora

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

CAU* – Costos administrativos eficientes estándar por suscriptor

mensual de acueducto y de alcantarillado ($/suscriptor/mes).

Alcanzar el valor de referencia establecido en el ARTÍCULO 26 de la

presente resolución. Para el año 5 debe lograrse el 100% de

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 72: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

72

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

la diferencia, con un avance de 1/5 cada año.

COU* – Costos operativos eficientes estándar por suscriptor mensual de

acueducto y alcantarillado ($/suscriptor/mes).

Alcanzar el valor de referencia establecido en el ARTÍCULO 33 de la

presente resolución. Para el año 5 debe lograrse el 100% de

la diferencia, con un avance de 1/5 cada año.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

CUP - Costos Unitarios Particulares de acueducto y alcantarillado ($/m3)

No incrementar los costos.

Articulo 9

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Número de suscriptores promedio por

facturar en el año i (N_(i,ac/al)). La

persona prestadora deberá proyectar el

número de suscriptores

promedio para cada año i, en un periodo de diez (10 años) de

acuerdo con la siguiente fórmula

i: Cada uno de los diez (10) años de proyección, corresponde a un valor

entre uno (1) y diez (10).

Articulo 10

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

N_(i,ac/al): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para

cada servicio público domiciliario.

Articulo 10

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac/al)^R Número de suscriptores residenciales promedio por facturar en

el año i para cada servicio público domiciliario.

Articulo 10

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖NC〗_(i,ac/al)^R : Número de

suscriptores residenciales por facturar al cierre del año i para cada servicio

público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 11 de la presente

resolución.

Articulo 10

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖Número de suscriptores no

residenciales promedio por facturar en el año i para cada servicio público

domiciliario

Articulo 10

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖NC〗_(i,ac/al)^NR : Número de

suscriptores no residenciales por facturar al cierre del año i para cada servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 12 y en el

ARTÍCULO 13 de la presente resolución.

Articulo 10

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Número de

suscriptores residenciales por

〖NC〗_(i,ac/al)^R: Número de

suscriptores residenciales por facturar al cierre del año i para cada servicio

público domiciliario.

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 73: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

73

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

facturar al cierre del año i para acueducto

y alcantarillado (〖NC

〗_(i,ac/al)^R):

∆〖NC〗_(i,ac/al)^R: Metas de nuevos

suscriptores residenciales por facturar del año i para cada servicio público

domiciliario.

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖NC〗_(0,ac/al)^R: Número de

suscriptores residenciales facturados al cierre del año base para cada servicio

público domiciliario

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖NC〗_(mc,ac)^R: Número de

suscriptores residenciales por facturar con posibilidad de servicio en el año mc para el servicio público domiciliario de

acueducto.

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

VSS: Viviendas sin servicio al momento de la declaración del APS de acuerdo

con lo definido en el ARTÍCULO 8 de la presente resolución.

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

VNF: Viviendas no facturadas con conexión identificadas por la persona

prestadora al momento de la declaración del APS.

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

mc: Año en que alcanza la meta de cobertura definida para cada segmento,

de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 9 de la presente resolución, es decir que será, como máximo cinco

(5) años en las APS del primer segmento y siete (7) años en las del

segundo segmento

Articulo 11

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Número de suscriptores no

residenciales por facturar al cierre del año i para acueducto

(〖NC〗_(i,ac)^NR):

〖NC〗_(i,ac)^NR: Número de

suscriptores no residenciales por facturar al cierre del año i para el servicio público domiciliario de

acueducto.

Articulo 12

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Número de suscriptores no

residenciales por facturar al cierre del

año i para

alcantarillado (〖NC

〗_(i,al)^NR):

〖NC〗_(i,al)^NR: Número de

suscriptores no residenciales por facturar al cierre del año i para el servicio público domiciliario de

alcantarillado.

Artículo 13

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖NC〗_(i,ac)^NR: Número de

suscriptores no residenciales por facturar al cierre del año i para el servicio público domiciliario de

acueducto, según lo definido en el ARTÍCULO 12 de la presente

resolución.

Artículo 13

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖DACAL〗_i^NR: Diferencia entre el

número de suscriptores no

Artículo 13

En el caso de que la persona prestadora

Page 74: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

74

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

residenciales de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y

alcantarillado en el año i. La persona prestadora establecerá la gradualidad

de reducción del 〖DACAL〗_i^NR de

acuerdo con las metas establecidas en el POIR.

requiera cambiar el año base

Índice de agua suministrada por

suscriptor facturado en el año i (ISUF_i)

〖ICUF〗_(i,ac): Índice de consumo de

agua facturada por suscriptor del servicio público domiciliario de

acueducto en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido

en el ARTÍCULO 15 de la presente resolución.

Artículo 14

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖IPUF〗_i: Índice de pérdidas por

suscriptor facturado del año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido

en el ARTÍCULO 17 de la presente resolución.

Artículo 14

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Índice de consumo de agua facturada

por suscriptor en el

año base (〖ICUF〗

_0).

〖ICUF〗_(0,ac/al): Índice de consumo

de agua facturada por suscriptor en el año base (m3/suscriptor/mes) para cada servicio público domiciliario.

Artículo 16

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ICUF〗_(0,ac/al)^R: Índice de

consumo de agua facturada por suscriptor residencial en el año base

(m3/suscriptor/mes) para cada servicio público domiciliario.

Artículo 16

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖AF〗_(0,ac/al)^R: Consumo de agua

facturada a suscriptores residenciales en el año base (m3/año) para cada

servicio público domiciliario.

Artículo 16

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(0,ac/al)^R: Número de suscriptores residenciales facturados promedio en el

año base. En el caso de facturación mensual, corresponde al promedio de los doce meses del año base. En el

caso de facturación bimestral, corresponde al promedio de los seis

bimestres del año base.

Artículo 16

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Índice de pérdidas por suscriptor

facturado del año i (IPUF_i).

El índice de pérdidas por suscriptor facturado (IPUF) del año i corresponde a las metas y gradualidad definidas por la persona prestadora de acuerdo con

los estándares de eficiencia establecidos en el ARTÍCULO 9 de la presente resolución. Se expresa en

m3/suscriptor/mes.

Artículo 17

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 75: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

75

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

Índice de pérdidas por suscriptor

facturado en el año base (IPUF_0).

〖AF〗_(0,ac): Consumo de agua

facturada para el servicio público domiciliario de acueducto en el año

base (m3/año).

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(0,ac): Número de suscriptores facturados promedio en el año base

para el servicio público domiciliario de acueducto. En el caso de facturación mensual corresponde al promedio de los doce meses del año base. En el

caso de facturación bimestral, corresponde al promedio de los seis

bimestres del año base.

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖AS〗_0: Agua potable suministrada

en el año base (m3/año).

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

AP_0: Agua producida en el año base (m3/año).

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

RCSAP_0: Volumen recibido por contratos de suministro de agua potable en el año base (m3/año).

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_0: Volumen entregado por

contratos de suministro de agua potable en el año base (m3/año).

Artículo 18

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 19

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ICUF〗_(i,al): Índice de consumo de

agua facturada por suscriptor en el año i (m3/suscriptor/mes) para el servicio público domiciliario de alcantarillado, según lo definido en el ARTÍCULO 15

de la presente resolución.

Artículo 19

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ICUF〗_(i,ac): Índice de consumo de

agua facturada por suscriptor en el año i (m3/suscriptor/mes) para el servicio

público domiciliario de acueducto, según lo definido en el ARTÍCULO 15

de la presente resolución.

Artículo 19

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖IPUF〗^*: Índice de pérdidas por

suscriptor facturado estándar (m3/suscriptor/mes), según lo definido

Artículo 19

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 76: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

76

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

en el ARTÍCULO 9 de la presente resolución.

N_(i,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio del año i para cada servicio público domiciliario,

según lo definido en el ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 19

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Tasa de descuento para el cálculo del

Costo Medio de Inversión (r).

• Para el primer segmento: La tasa de descuento anual será de 12,28%.

• Para el segundo segmento: La tasa de descuento anual será de 12,76%.

Artículo 20

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Tasa de capital de trabajo para el

cálculo del Costo Medio de

Administración y del Costo Medio de

Operación (r_ct).

• Para el primer segmento: La tasa anual será de 2,61%.

• Para el segundo segmento: La tasa anual será de 2,43%.

Artículo 21

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMA〗_(ac/al):

Costo medio de administración para

cada uno de los servicios públicos

domiciliarios (pesos de diciembre del año base/suscriptor/mes).

〖CAT〗_(i,ac/al): Costos

administrativos totales en el año i (pesos de diciembre del año base/por

mes) para cada servicio público domiciliario, según lo definido en el

ARTÍCULO 23 de la presente resolución.

Artículo 22

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio del año i para cada servicio público domiciliario,

según lo definido en el ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 22

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CAT〗_(i,ac/al):

Costos administrativos

totales en el año i (pesos de diciembre

del año base/por mes) para cada servicio público

domiciliario

〖〖CA〗^e〗_(i,ac/al): Costos

administrativos eficientes del año i (pesos de diciembre del año base) para

cada servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 24

de la presente resolución.

Artículo 23

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ICTA〗_(i,ac/al): Costos de

impuestos, contribuciones y tasas administrativas del año i (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 28 de la

presente resolución.

Artículo 23

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos administrativos

eficientes (〖CA〗

_i^e).

〖CAU〗_(i,ac/al)^e: Costos

administrativos eficientes por suscriptor mensual del año i

(pesos/suscriptor/mes) para cada servicio público domiciliario, según lo

definido en el ARTÍCULO 25 de la presente resolución.

Artículo 24

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 77: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

77

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

N_(i,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio del año i para cada servicio público domiciliario,

según lo definido en el ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 24

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos administrativos eficientes por

suscriptor mensual (

〖CAU〗_i^e)

〖CA〗_(0,ac/al): Costos

administrativos del año base (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, según los criterios definidos en el ARTÍCULO 27

de la presente resolución.

Artículo 25

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(0,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio en el año base. En

el caso de facturación mensual, corresponde al promedio de los doce meses del año base. En el caso de

facturación bimestral, corresponde al promedio de los seis bimestres del año

base.

Artículo 25

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos administrativos

eficientes estándar por suscriptor

mensual (〖CAU〗

^*).

〖CA〗_(b,ac/al): Costos

administrativos base (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario. Corresponden al promedio de los

costos administrativos del año base y los del año inmediatamente anterior,

calculados según los criterios definidos en el ARTÍCULO 27 de la presente

resolución.

Artículo 26

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(b,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio base.

Corresponde al promedio de suscriptores del año base y los del año inmediatamente anterior. Para calcular

el promedio de cada año se deberá tomar el promedio de los doce meses

del año. En el caso de facturación bimestral se tomará el promedio de los

seis bimestres del año.

Artículo 26

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos administrativos eficientes estándar por suscriptor mensual para el segundo segmento (pesos de diciembre

de 2014)

〖CAU〗_ac^* =$4.402 suscriptor/mes

〖CAU〗_al^* =$2.522 suscriptor/mes

Artículo 26

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos administrativos eficientes estándar por suscriptor mensual para el primer segmento (pesos de diciembre

de 2014)

Artículo 26

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 78: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

78

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

〖CAU〗_ac^* =$2.612 suscriptor/mes

〖CAU〗_al^* =$1.517 suscriptor/mes

Criterios para calcular los costos

administrativos

cuenta 5101 – Sueldos y salarios del Plan Único de Cuentas (PUC)

establecido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

mediante Resolución 33635 de 2005.

Artículo 27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 5102 – Contribuciones imputadas y a la cuenta 5103 –

Contribuciones efectivas del PUC.

Artículo 27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 5104 – Aportes sobre la nómina del PUC.

Artículo 27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 5111 – Generales del PUC. Artículo

27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 5345 – Amortización de intangibles del PUC.

Artículo 27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Deberán incluirse los gastos comerciales propios de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, tales como toma de lecturas, entrega de facturas,

entre otras.

Artículo 27

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Deberán incluir la remuneración de los activos administrativos de propiedad de

la persona prestadora

Artículo 27

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

d_ADMIN: Depreciación anual de los activos administrativos. Se deberán incluir las depreciaciones de activos

administrativos tales como edificaciones, muebles, maquinaria y equipos de oficina, de comunicación y computación, y equipos de transporte,

así como de los bienes para uso administrativo, adquiridos en leasing

financiero. Los gastos relacionados en este criterio corresponden a las cuentas 5330 – Depreciación de propiedades, planta y equipo y 5331 – Depreciación

de bienes adquiridos en leasing financiero del PUC.

Artículo 27

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 79: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

79

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

FRC: Factor de recuperación del capital, el cual corresponderá:

Para el primer segmento: 27,93% Para el segundo segmento: 28,27%

Artículo 27

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos de impuestos,

contribuciones y tasas (ICTA_i).

La persona prestadora deberá proyectar el costo de impuestos,

contribuciones y tasas para cinco (5) años, en el APS de cada uno de los

municipios que atiende, tomando como referencia el promedio del año base y del año inmediatamente anterior del

ICTA para cada servicio. Para esto, se deberán incluir únicamente los

impuestos administrativos relacionados directamente con la prestación de los

servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, como las cuotas de fiscalización y auditaje, las

contribuciones a las entidades de regulación y control, las tasas que no correspondan a tasas pagadas a las autoridades ambientales, registro, notariales, el impuesto a las ventas (IVA), el impuesto al patrimonio y el

impuesto de timbre.

Artículo 28

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMO〗_(ac/al:)

Costo medio de operación para cada uno de los servicios

públicos domiciliarios (pesos de diciembre del año

base/m3).

〖COT〗_(i,ac/al): Costos operativos

totales del año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio

público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 30 de la presente

resolución.

Artículo 29

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,ac/al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para cada servicio público domiciliario (m3/año), según lo definido en el ARTÍCULO 19

de la presente resolución

Artículo 29

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos operativos totales.

〖〖CO〗^e〗_(i,ac/al): Costos

operativos eficientes comparables del año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 31

de la presente resolución.

Artículo 30

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CP〗_(i,ac/al): Costos operativos

particulares del año i (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 35 de la

presente resolución.

Artículo 30

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ITO〗_(i,ac/al): Costos de impuestos

y tasas operativas del año i (pesos de

Artículo 30

En el caso de que la persona prestadora

Page 80: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

80

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario, según lo

definido en el ARTÍCULO 42 de la presente resolución.

requiera cambiar el año base

Costos operativos eficientes

comparables (〖CO〗

_i^e).

〖COU〗_(i,ac/al:)^e Costos operativos

comparables eficientes por suscriptor mensual del año i

(pesos/suscriptor/mes) para cada servicio público domiciliario, según lo

definido en el ARTÍCULO 32 de la presente resolución.

Artículo 31

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

N_(i,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio del año i para cada servicio público domiciliario,

según lo definido en el ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 31

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos operativos comparables eficientes por

suscriptor mensual (

〖COU〗_i^e).

〖CO〗_(0,ac/al): Costos operativos

comparables del año base (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, calculados según los criterios definidos en el

ARTÍCULO 34 de la presente resolución.

Artículo 32

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(0,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio en el año base

para cada servicio público domiciliario. En el caso de facturación mensual,

corresponde al promedio de los doce meses del año base. En el caso de

facturación bimestral, corresponde al promedio de los seis bimestres del año

base.

Artículo 32

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos operativos comparables

eficientes estándar por suscriptor

mensual (〖COU〗

^*).

〖CO〗_(b,ac/al): Costos operativos

comparables base (pesos de diciembre del año base) para cada servicio

público domiciliario. Corresponden al promedio de los costos operativos

comparables del año base y los del año inmediatamente anterior, calculados

según los criterios definidos en el ARTÍCULO 34 de la presente

resolución.

Artículo 33

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(b,ac/al): Número de suscriptores facturados promedio base para cada

servicio público domiciliario. Corresponde al promedio de

suscriptores del año base y los del año inmediatamente anterior. Para calcular

el promedio de cada año se deberá tomar el promedio de los doce meses

del año. En el caso de facturación

Artículo 33

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 81: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

81

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

bimestral se tomará el promedio de los seis bimestres del año.

Costos operativos comparables eficientes estándar por suscriptor

mensual para el segundo segmento (pesos de diciembre de 2014)

〖COU〗_ac^* =$10.654

suscriptor/mes

〖COU〗_al^* =$4.154 suscriptor/mes

Artículo 33

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos operativos comparables eficientes estándar por suscriptor mensual para el primer segmento

(pesos de diciembre de 2014) COU_ac^* $4.925 suscriptor/mes COU_al^* $2.179 suscriptor/mes

Artículo 33

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Criterios para calcular los costos

operativos comparables.

cuenta 7505 – Servicios personales del PUC establecido por la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mediante Resolución

33635 de 2005.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7510 – Generales del PUC. Artículo

34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 753513 - Licencias, contribuciones y regalías del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7537 – Consumo de insumos directos del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7540 – Órdenes y contratos de mantenimiento y reparaciones del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7542 – Honorarios del PUC. Artículo

34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7545 – Servicios públicos y 7550 – Materiales y otros costos de

operación del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7560 – Seguros del PUC. Artículo

34 La persona prestadora

deberá demostrar porque

Page 82: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

82

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 7570 – Órdenes y contratos por otros servicios del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

cuenta 5340 – Amortización de propiedades, planta y equipo del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Deberán incluir la remuneración de los activos operativos de propiedad de la

persona prestadora,

Artículo 34

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

RACT_OPER: Remuneración de los activos operativos de propiedad de la

persona prestadora.

Artículo 34

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

d_OPER: Depreciación anual de los activos operativos. Deberá incluirse la

depreciación de activos operativos tales como edificaciones, muebles, enseres y

equipo de oficina, equipo de comunicación y computación, equipos

de transporte, tracción y elevación, equipo de comedor, cocina y hotelería y bienes adquiridos en leasing financiero,

entre otras. Se deberán excluir las depreciaciones de los activos que se

encuentren incluidos en el CMA o en el CMI. Los costos relacionados en este criterio corresponden a la cuenta 7515

– Depreciaciones del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

FRC: Factor de recuperación del capital, el cual corresponderá:

Para el primer segmento: 27,93% Para el segundo segmento: 28,27%

Artículo 34

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

cuenta 7517 – Arrendamientos del PUC.

Artículo 34

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costos operativos particulares (CP).

CE_(i,ac/al): Costo de energía eléctrica consumida en procesos operativos del

año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 36 y

en el ARTÍCULO 37 de la presente resolución.

Artículo 35

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 83: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

83

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

〖CIQ〗_i: Costo de insumos químicos

para potabilización del año i (pesos de diciembre del año base), según lo definido en el ARTÍCULO 39 de la

presente resolución.

Artículo 35

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CTR〗_i: Costo de tratamiento de

aguas residuales del año i (pesos de diciembre del año base), según lo definido en el ARTÍCULO 40 de la

presente resolución.

Artículo 35

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

C〖OSTO_CSAPI〗_(i,ac/al): Pago

total por concepto de contratos de suministro de agua potable y/o

contratos de interconexión del año i (pesos de diciembre del año base), de

acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 56 de la presente

resolución.

Artículo 35

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo de energía eléctrica consumida

para el servicio público domiciliario

de acueducto (〖CE

〗_(i,ac)).

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según

lo definido en el ARTÍCULO 14 de la presente resolución.

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

CEP_(0,ac): Costo de energía eléctrica asociado al proceso de producción del año base (pesos de diciembre del año

base) para el servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el ARTÍCULO 38 de la

presente resolución.

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

AP_0: Agua producida en el año base (m3/año).

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖AS〗_i: Agua potable suministrada

en el año i (m3/año).〖AS〗_i: Agua

potable suministrada en el año i (m3/año).

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac) Artículo

36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

CUP_ED_i: Costo unitario particular de energía eléctrica asociado al proceso

de distribución (pesos de diciembre del año base/m3).

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

CED_(0,ac): Costo de energía eléctrica asociado al proceso de distribución del año base (pesos de diciembre del año

base) para el servicio público

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 84: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

84

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

domiciliario de acueducto, definido en el ARTÍCULO 38 de la presente

resolución.

AS_0: Agua potable suministrada en el año base (m3/año).

Artículo 36

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo de energía eléctrica consumida

para el servicio público domiciliario

de alcantarillado (〖

CE〗_(i,al)).

〖AF〗_(i,al): Consumo de agua

facturada del servicio público domiciliario de alcantarillado en el año i

(m3/año).

Artículo 37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ICUF〗_(i,al): Índice de consumo de

agua facturada por suscriptor del servicio público domiciliario de

alcantarillado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido

en el ARTÍCULO 15 de la presente resolución.

Artículo 37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac) Artículo

37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CUP_E〗_(i,al): Costo unitario

particular de energía eléctrica consumida en alcantarillado (pesos de

diciembre del año base/m3).

Artículo 37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

CE_(0,al): Costo de energía eléctrica consumida en el año base (pesos de

diciembre del año base) para el servicio público domiciliario de alcantarillado,

definido en el ARTÍCULO 38 de la presente resolución.

Artículo 37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

AF_(0,al): Consumo de agua facturada del servicio público domiciliario de

alcantarillado en el año base (m3/año).

Artículo 37

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo de energía eléctrica consumida

en el año base (CE_0).

Keb_j: Consumo eficiente de energía eléctrica utilizada en bombeos en el

punto j de toma (kWh/año).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

K〖ao〗_k: Consumo de energía

eléctrica utilizada en procesos operativos diferentes al bombeo, en el

punto k de toma (kWh/año).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Kr_j: Consumo real de energía eléctrica utilizada en bombeo en el

punto de toma j (kWh/año).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 85: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

85

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

Pcej: Precio eficiente de la energía eléctrica en el punto de toma j del

sistema de bombeo j, correspondiente a la alternativa de mínimo costo, de acuerdo con lo establecido en el

parágrafo 2 del presente artículo (pesos de diciembre del año base/kWh).

Artículo 38

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Pce_k: Precio eficiente de la energía eléctrica en el punto de toma k a partir del cual se obtiene la energía eléctrica

consumida en procesos operativos diferentes al bombeo (pesos de diciembre del año base/kWh)

Artículo 38

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

FE_j: Factor de energía eléctrica de cada punto de toma j de bombeo

(kN/m3).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

V_j: Volumen bombeado en cada punto de toma j (m3/año).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

H_j: Altura dinámica total del sistema de bombeo conectado al punto de toma

j (m).

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

n: Número de puntos de toma a los que se conectan los sistemas de

bombeo de la persona prestadora.

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

m: Número de puntos de toma para obtener la energía eléctrica consumida

en procesos operativos diferentes al bombeo.

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

n : Eficiencia mínima de bombeo de 60%.

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

y: Peso unitario del fluido bombeado, en el punto de toma j del sistema (kN/m3). Máximo 10,5 para aguas

residuales y combinadas.

Artículo 38

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costo de insumos químicos para potabilización

(CIQ_i).

CIQ_0: Costos de insumos químicos para potabilización en el año base (pesos de diciembre del año base). Corresponde al costo de insumos químicos teniendo en cuenta las

Artículo 39

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 86: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

86

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

cantidades y precios eficientes de estos para potabilización. La persona

prestadora deberá incorporar en sus estudios de costos los análisis de

dosificaciones óptimas y el soporte del precio de compra de estos.

Agua producida en el año base (m3/año).

Artículo 39

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según

lo definido en el ARTÍCULO 14 de la presente resolución.

Artículo 39

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac) Artículo

39

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo de tratamiento de aguas residuales

(CTR_i).

CTR_b: Costo de tratamiento de aguas residuales base (pesos de diciembre del año base), según lo definido en el

ARTÍCULO 41 de la presente resolución.

Artículo 40

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

AF_(b,al): Consumo de agua facturada del servicio público domiciliario de

alcantarillado base, calculado mediante el promedio del año base y del año inmediatamente anterior (m3/año).

Artículo 40

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costos de impuestos y tasas operativos

(ITO_i).

La persona prestadora deberá proyectar el costo de impuestos,

contribuciones y tasas para cinco (5) años, en el APS de cada uno de los

municipios que atiende, tomando como referencia para esta proyección el promedio del año base y del año

inmediatamente anterior del ITO para cada servicio. Para esto, deberá incluir únicamente los impuestos operativos

relacionados directamente con la prestación de los servicios públicos

domiciliarios de acueducto y alcantarillado, como timbres, registro, el

gravamen a los movimientos financieros, impuesto de vehículos

(operativos), peajes (operativos) y otros impuestos pagados en la operación del

servicio.

Parágrafo. Los aumentos o disminuciones en impuestos, tasas y

contribuciones que no son captados al

Artículo 42

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 87: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

87

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

momento de la proyección del ITO, podrán ser ajustados por la persona

prestadora

Costo Medio de Inversión (CMI).

〖CI〗_(i,ac/al): Costo de inversión del

año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario,

definido en el ARTÍCULO 44 de la presente resolución.

Artículo 43

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CI〗_(i,ac/al): Costo de inversión del

año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario,

definido en el ARTÍCULO 44 de la presente resolución.

Artículo 43

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo de Inversión del año i (CI_i).

d_(i,ac/al): Depreciación del año i (pesos de diciembre del año base) para

cada servicio público domiciliario, calculada según lo definido en el

ARTÍCULO 48 de la presente resolución.

Artículo 44

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖BCR〗_(i-1,ac/al): Base de capital

regulada del año anterior (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, definida en el ARTÍCULO 45 de la presente

resolución.

Artículo 44

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

C〖OSTO_CSAPI〗_(i,ac/al): Pago

total por concepto de contratos de suministro de agua potable y/o

contratos de interconexión del año i (pesos de diciembre del año base), de

acuerdo con el ARTÍCULO 56 de la presente resolución.

Artículo 44

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Base de capital regulada del año i

(BCR_i).

Valor del activo j al año i (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario. El valor del activo j para el año 0, corresponderá al valor de los activos incluidos en la Base

de Capital Regulada del Año Base (BCR_0) según lo definido en el ARTÍCULO 46 de la presente

resolución

Artículo 45

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Plan de obras e inversiones regulado del activo j del año i (pesos de

diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario, según lo

definido en el ARTÍCULO 50 de la presente resolución.

Artículo 45

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Depreciación acumulada del activo j al año i (pesos de diciembre del año base) para cada servicio público domiciliario.

Artículo 45

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 88: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

88

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

Depreciación del activo j en el año i (pesos de diciembre del año base) para

cada servicio público domiciliario, según lo definido en el ARTÍCULO 48

de la presente resolución.

Artículo 45

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Base de Capital Regulada del Año

Base (BCR_0).

〖VI〗_(287,z,ac/al): Valor por cobrar

de los activos o los proyectos z construidos con el plan de inversiones

de la Resolución CRA 287 de 2004 (VPIRER) para cada servicio público

domiciliario. Para su cálculo se seguirá el procedimiento previsto en el ANEXO

III de la presente resolución.

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VI〗_(Dif287,j,ac/al): Valor por cobrar

del activo j afecto a la prestación del servicio que se encuentra en

funcionamiento al día anterior a la fecha de inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente

metodología tarifaria, diferentes al valor de las inversiones ejecutadas a partir

de los planes de inversión de la Resolución CRA 287 de 2004

(VPIRER) para cada servicio público domiciliario. Para su cálculo se seguirá

lo dispuesto en el parágrafo 4 del presente artículo.

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VI〗_(Dif287,j,ac/al): Valor por cobrar

del activo j afecto a la prestación del servicio que se encuentra en

funcionamiento al día anterior a la fecha de inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente

metodología tarifaria, diferentes al valor de las inversiones ejecutadas a partir

de los planes de inversión de la Resolución CRA 287 de 2004

(VPIRER) para cada servicio público domiciliario. Para su cálculo se seguirá

lo dispuesto en el parágrafo 4 del presente artículo.

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

z: Cada uno de los activos o proyectos ejecutados por el prestador al día

anterior a la fecha de inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente metodología tarifaria, y son

del plan de inversiones de la Resolución CRA 287 de 2004

(VPIRER).

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

nj: Número total de activos que hacen parte de la BCR0 al día anterior a la

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

Page 89: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

89

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

fecha de inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente

metodología tarifaria, y son diferentes a los ejecutados a partir del plan de

inversiones de la Resolución CRA 287 de 2004 (VPIRER).

requiera cambiar el año base

nz: Número total de los activos o proyectos ejecutados por el prestador al

día anterior a la fecha de inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente metodología tarifaria, y son

del plan de inversiones de la Resolución CRA 287 de 2004

(VPIRER).

Artículo 46

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Descuento en el CMI de los aportes bajo

condición.

VP(〖CI〗_(i,ac/al)): Valor presente del

costo de inversión del año i (pesos de diciembre del año base) para cada

servicio público domiciliario, definido en el ARTÍCULO 44 de la presente

Resolución.

Artículo 47

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VP(AA〗_(i,ac/al)): Valor presente

del valor del aporte bajo condición ajustado, en pesos de diciembre del

año base.

Artículo 47

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Depreciación del año i.

d_(i,ac/al): Depreciación anual de los activos que hacen parte de la Base de Capital Regulada del año i (Expresada en pesos de diciembre del año 2014)

para cada servicio público domiciliario. Para el año 1 la depreciación anual de los activos será igual a la depreciación

acumulada (DA) del año 1.

Artículo 48

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖VA〗_(j,ac/al): Valor del activo j al

momento de su inclusión en la BCR para cada servicio público domiciliario (Expresado en pesos de diciembre del año 2014). En caso de activos que se

encuentran en operación al día anterior a la fecha de inicio de aplicación de las

tarifas resultantes de la presente metodología tarifaria corresponderá al

valor incluido en la BCR0.

Artículo 48

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖VA〗_(z,ac/al): Valor del activo o

proyecto z al momento de su inclusión en la BCR de cada servicio público

domiciliario (Expresado en pesos de diciembre del año 2014). En caso de

activos o proyectos que se encuentran en operación al día anterior a la fecha de inicio de aplicación de las tarifas

resultantes de la presente metodología

Artículo 48

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 90: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

90

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

tarifaria corresponderá al valor incluido en la BCR0.

〖VU〗_(j,ac/al): Vida útil regulada del

activo j definida de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 49 de la

presente resolución.

Artículo 48

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Tiempo de operación del activo j en años, calculado como el tiempo

transcurrido en días desde la entrada en operación del activo hasta el inicio de aplicación de las tarifas resultantes de la presente metodología tarifaria, divididos entre 365. Para los activos

resultantes del POIR, el valor del tiempo en operación es igual a cero.

Artículo 48

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Clasificación de activos e inversiones por grupo de activos y asignación de su vida útil regulada

Vida útil años Artículo

49

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Criterios para definir los proyectos en el

POIR.

Se permitirá a la persona prestadora realizar cambios al POIR, sin modificar

el valor presente del plan de inversiones del estudio tarifario,

teniendo en cuenta que los proyectos a modificar cumplan las mismas metas

que aquellos inicialmente definidos. En todo caso, la persona prestadora

deberá soportar adecuadamente con base en análisis técnicos y financieros

los cambios realizados frente a los proyectos incluidos en el POIR. Los

análisis deben estar documentados y deberán ser reportados al SUI, así como el POIR inicial, en la forma y

plazos que se defina por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos

Domiciliarios y la Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico.

Artículo 52

En el caso de que se requiera modificar el valor presente de las

inversiones

Indicadores de seguimiento a las metas del POIR.

Indicadores para el seguimiento de las metas en acueducto:

Cobertura Número de suscriptores incorporados con conexión al servicio

de acueducto Calidad del agua potable IRCA (de

acuerdo con el Decreto 1575 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, o la norma que lo modifique, adicione o

derogue) Continuidad del servicio Número de

Artículo 53

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 91: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

91

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

días por año de prestación del servicio (establecidas en el CCU)

Indicadores para el seguimiento de las metas en alcantarillado

Cobertura Número de suscriptores con conexión al servicio de alcantarillado

Calidad del servicio Porcentaje (%) de cumplimiento del PSMV

Continuidad del servicio Número de días por año de prestación del servicio

(establecidas en el CCU)

Artículo 53

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costo Medio Generado por Tasas

Ambientales para Acueducto (CMT_ac).

〖MP〗_(i,tac): Monto a pagar en el

período i por tasas ambientales para el servicio público domiciliario de

acueducto de acuerdo con la normativa vigente (pesos de diciembre del año

base).

Artículo 54

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,ac): Consumo corregido

por pérdidas en el período i para el servicio público domiciliario de

acueducto, definido de acuerdo con el ARTÍCULO 19 de la presente

resolución (m3).

Artículo 54

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo Medio Generado por Tasas

Ambientales para Alcantarillado

(CMT_al).

AF_cj: Sumatoria del consumo facturado por la persona prestadora,

para el suscriptor j con caracterización (m3).

Artículo 55

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

P_cj: Monto total a pagar establecido conforme al Decreto 2667 de 2012 o el que lo modifique, adicione o derogue,

para el suscriptor j con caracterización, correspondiente a la última

actualización base de la declaración de la tasa (pesos de diciembre del año

base).

Artículo 55

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Tm_i: Tarifa mínima del parámetro i al momento de la presentación del estudio

Artículo 55

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Fr_i: Factor regional del parámetro i. Para el cálculo del costo medio siempre

será 1, que es el valor aplicable si la persona prestadora cumple la meta de carga contaminante establecida por la

autoridad ambiental.

Artículo 55

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

C_ij: Carga contaminante del parámetro i vertido para el suscriptor j

con caracterización.

Artículo 55

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 92: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

92

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

Pago total por concepto de contratos de

suministro de agua potable y/o

interconexión de acueducto y

alcantarillado (COST

〖O_CSAPI〗_i)

〖COSTO_CSAPI〗_(0,ac/al): Pagos

por concepto de contratos de suministro de agua potable y/o contratos de

interconexión del año base (pesos de diciembre del año base).

Artículo 56

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖RCSAPI〗_(0,ac/al): Volumen

asociado a los contratos de suministro de agua potable y/o contratos de

interconexión en el año base (m3/año).

Artículo 56

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Actualización de los costos.

〖FA〗_1: Factor de Actualización al

momento en que la persona prestadora empezará a aplicar la metodología de

cálculo establecida en la presente resolución, utilizando el último IPC

publicado por el DANE.

Artículo 58

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costo hasta el subsistema de

suministro de agua potable del sistema

de acueducto (CS_(s,ac)).

〖CMO〗_(S,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 61 de la presente resolución.

Artículo 60

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(S,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 62 de la presente resolución.

Artículo 60

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(S,ac) Costo medio generado

de tasas ambientales hasta el subsistema de suministro de agua

potable (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto,

según lo definido en el ARTÍCULO 63 de la presente resolución.

Artículo 60

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación hasta el

subsistema de suministro de agua potable del sistema

de acueducto (〖

CMO〗_(s,ac))

〖COT〗_(i,S,ac): Costo de operación

total asociado al subsistema de suministro en el año i (pesos de

diciembre del año base) del sistema de acueducto. Incluye los costos de

operación del subsistema de producción y de las entradas por contratos de suministro de agua

potable.

Artículo 61

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S+T): Volumen

entregado por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

Artículo 61

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se

Page 93: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

93

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

año i de los subsistemas de suministro y transporte (m3/año).

ajusta a sus condiciones particulares

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 61

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 61

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de inversión hasta el

subsistema de suministro de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMI

〗_(S,ac)).

〖CI〗_(i,S,ac): Costo de inversión

hasta el subsistema de suministro de agua potable en el año i (pesos de

diciembre del año base) para el sistema de acueducto. Incluye los costos de

inversión del subsistema de producción y de las entradas por contratos de

suministro de agua potable.

Artículo 62

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S+T): Volumen

entregado por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el año i de los subsistemas de suministro

y transporte (m3 /año).

Artículo 62

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 62

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 62

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio generado de tasas

ambientales hasta el subsistema de

suministro de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMT

〗_(S,ac))

〖MP〗_(i,tac): Monto a pagar en el

período i por tasas ambientales para el servicio público domiciliario de acueducto de acuerdo con la

normatividad vigente (pesos de diciembre del año base).

Artículo 63

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S+T): Volumen

entregado por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el año i de los subsistemas de suministro

y transporte (m3 /año).

Artículo 63

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 94: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

94

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 63

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 63

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo hasta el subsistema de

transporte de agua potable del sistema

de acueducto (〖CS

〗_(T,ac)).

〖CMO〗_(T,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de transporte de agua potable (pesos de

diciembre del año base /m3) del sistema de acueducto, según lo

definido en el ARTÍCULO 65 de la presente resolución.

Artículo 64

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(T,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de transporte de agua potable (pesos de

diciembre del año base /m3) del sistema de acueducto, según lo

definido en el ARTÍCULO 66 de la presente resolución.

Artículo 64

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(T,ac): Costo medio

generado de tasas ambientales hasta el subsistema de transporte de agua

potable (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto,

según lo definido en el ARTÍCULO 67 de la presente resolución

Artículo 64

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación hasta el

subsistema de transporte de agua potable del sistema

de acueducto (〖

CMO〗_(T,ac)).

〖COT〗_(i,S,T,ac): Costo de

operación total asociado a los subsistemas de suministro y transporte en el año i (pesos de diciembre del año

base) del sistema de acueducto.

Artículo 65

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMO〗_(S,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto.

Artículo 65

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el año i del subsistema de transporte

(m3/año).

Artículo 65

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado

Artículo 65

En el caso de que la persona prestadora

Page 95: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

95

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 65

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de inversión hasta el

subsistema de transporte de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMI

〗_(T,ac))

〖CI〗_(i,S+T,ac): Costo de inversión

del subsistema de suministro y transporte de agua potable en el año i

(pesos de diciembre del año base) para el sistema de acueducto.

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de suministro (m3 /año).

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(S,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base) para el sistema de acueducto.

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de transporte (m3 /año).

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 66

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio generado de tasas

ambientales hasta el subsistema de

transporte de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMT

〗_(T,ac)).

〖MP〗_(i,tac): Monto a pagar en el

período i por tasas ambientales para el servicio público domiciliario de acueducto de acuerdo con la

normatividad vigente (pesos de diciembre del año base).

Artículo 67

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(S,ac): Costo medio

generado por tasas ambientales hasta el subsistema de suministro de agua

Artículo 67

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 96: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

96

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

potable del sistema de acueducto (pesos de diciembre del año/m3).

〖ECSAP〗_(i,S): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de suministro (m3 /año).

Artículo 67

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de transporte (m3 /año).

Artículo 67

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖ISUF〗_i: Índice de agua

suministrada por suscriptor facturado en el año i (m3/suscriptor/mes), según lo definido en el ARTÍCULO 14 de la

presente resolución.

Artículo 67

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

N_(i,ac): Número de suscriptores promedio por facturar en el año i para el

servicio público domiciliario de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 10 de la presente resolución.

Artículo 67

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo hasta el subsistema de

distribución de agua potable del sistema

de acueducto (〖CS

〗_(D,ac)).

〖CMO〗_(D,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de distribución de agua potable (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 69 de la presente resolución.

Artículo 68

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(D,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de distribución de agua potable (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto, según lo definido en el

ARTÍCULO 70 de la presente resolución.

Artículo 68

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(D,ac) Costo medio

generado de tasas ambientales hasta el subsistema de distribución de agua potable (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto,

según lo definido en el ARTÍCULO 71 de la presente resolución.

Artículo 68

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación hasta el

subsistema de distribución de agua

〖COT〗_(i,S+T+D,ac): Costo de

operación total asociado a los subsistema de suministro, transporte y

distribución en el año i (pesos de

Artículo 69

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 97: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

97

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

potable del sistema

de acueducto (〖

CMO〗_(D,ac)).

diciembre del año base) del sistema de acueducto.

〖ECSAP〗_(i,S): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de suministro (m3 /año).

Artículo 69

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMO〗_(S,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto.

Artículo 69

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de transporte (m3 /año).

Artículo 69

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMO〗_(T,ac): Costo medio de

operación hasta el subsistema de transporte de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto.

Artículo 69

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,ac): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de acueducto (m3/año), según lo definido en el

ARTÍCULO 19 de la presente resolución.

Artículo 69

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de inversión hasta el

subsistema de distribución de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMI

〗_(D,ac)).

〖CI〗_(i,S+T+D,ac): Costo de

inversión del subsistema de suministro, transporte y distribución de agua

potable en el año i (pesos de diciembre del año base del sistema de acueducto.

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de producción (m3 /año).

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(S,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de suministro de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto.

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de transporte (m3 /año).

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 98: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

98

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

〖CMI〗_(T,ac): Costo medio de

inversión hasta el subsistema de transporte de agua potable (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de acueducto.

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,ac): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio de acueducto (m3/año), según lo

definido en el ARTÍCULO 19 de la presente resolución.

Artículo 70

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio generado de tasas

ambientales hasta el subsistema de

distribución de agua potable del sistema

de acueducto (〖CMT

〗_(D,ac)).

〖MP〗_(i,tac): Monto a pagar en el

período i por tasas ambientales para el servicio público domiciliario de acueducto de acuerdo con la

normatividad vigente (pesos de diciembre del año base).

Artículo 71

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(S,ac): Costo medio

generado por tasas ambientales hasta el subsistema de suministro de agua

potable del sistema de acueducto (pesos de diciembre del año base/m3).

Artículo 71

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_(T,ac): Costo medio

generado por tasas ambientales hasta el subsistema de transporte de agua

potable del sistema de acueducto (pesos de diciembre del año base/m3).

Artículo 71

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖ECSAP〗_(i,S): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de suministro (m3 /año).

Artículo 71

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖ECSAP〗_(i,T): Volumen entregado

por contratos de suministro y/o interconexión de agua potable en el

año i del subsistema de transporte (m3 /año).

Artículo 71

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CCP〗_(i,ac): Consumo corregido

por pérdidas en el año i (m3) para el servicio público domiciliario de

acueducto.

Artículo 71

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo desde el subsistema de

recolección de aguas residuales del

sistema de

〖CMO〗_(R,al): Costo medio de

operación del subsistema de recolección de aguas residuales (pesos

de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado, según lo

definido en ARTÍCULO 73 de la presente resolución.

Artículo 72

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 99: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

99

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

alcantarillado (〖CS

〗_(R,al)).

〖CMI〗_(R,al): Costo medio de

inversión del subsistema de recolección de aguas residuales (pesos de

diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado, según lo definido en

ARTÍCULO 74 de la presente resolución.

Artículo 72

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_al Costo medio generado por

tasas ambientales para alcantarillado (pesos de diciembre del año base/m3), según lo definido en el ARTÍCULO 55

de la presente resolución.

Artículo 72

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación desde el

subsistema de recolección de aguas

residuales del sistema de

alcantarillado (〖

CMO〗_(R,al)).

〖COT〗_(i,R+TL+DF,al):Costo de

operación total asociado a los subsistema de recolección, transporte y

tratamiento y/o disposición final de aguas residuales en el año i (pesos de diciembre del año base) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 73

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,TL): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de transporte de aguas residuales (m3

/año).

Artículo 73

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMO〗_(TL,al): Costo medio de

operación desde el subsistema de transporte de aguas residuales (pesos

de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado.

Artículo 73

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 73

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMO〗_(DF,al): Costo medio de

operación desde el subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 73

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,R): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de recolección de aguas residuales (m3

/año).

Artículo 73

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de alcantarillado

(m3/año), según lo definido en el

Artículo 73

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Page 100: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

100

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

ARTÍCULO 19 de la presente resolución.

Costo medio de inversión desde el

subsistema de recolección de aguas

residuales del sistema de

alcantarillado (〖CMI

〗_(R,al))

〖CI〗_(i,R+TL+DF,al): Costo de

inversión del subsistema de recolección, transporte y tratamiento y/o disposición final de aguas residuales en

el año i (pesos de diciembre del año base) del sistema de alcantarillado.

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,TL): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de transporte de aguas residuales (m3

/año).

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMO〗_(TL,al): Costo medio de

operación desde el subsistema de transporte de aguas residuales (pesos

de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado.

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMO〗_(DF,al): Costo medio de

operación desde el subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,R): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de recolección de aguas residuales (m3

/año).

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de alcantarillado

(m3/año), según lo definido en el ARTÍCULO 19 de la presente

resolución.

Artículo 74

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo desde el subsistema de

transporte de aguas residuales del

sistema de

alcantarillado (〖CS

〗_(TL,al))

〖CMO〗_(TL,al): Costo medio de

operación desde el subsistema de transporte de aguas residuales (pesos

de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado, según lo definido en el ARTÍCULO 76 de la

presente resolución.

Artículo 75

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(TL,al): Costo medio de

inversión desde el subsistema de transporte de aguas residuales (pesos

de diciembre del año base/m3) del

Artículo 75

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Page 101: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

101

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

sistema de alcantarillado, según lo definido en el ARTÍCULO 77 de la

presente resolución.

〖CMT〗_al Costo medio generado por

tasas ambientales para alcantarillado (pesos de diciembre del año base/m3), según lo definido en el ARTÍCULO 55

de la presente resolución.

Artículo 75

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación desde el

subsistema de transporte de aguas

residuales del sistema de

alcantarillado (〖

CMO〗_(TL,al)).

〖COT〗_(i,TL+DF,al): Costo de

operación total asociado a los subsistema de transporte y tratamiento

y/o disposición final de aguas residuales en el año i (pesos de

diciembre del año base) del sistema de alcantarillado.

Artículo 76

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 76

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CMO〗_(DF,al): Costo medio de

operación hasta el subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 76

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,TL+R): Volumen de

interconexión en el año i de los subsistemas de recolección y

transporte de aguas residuales (m3 /año).

Artículo 76

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de alcantarillado

(m3/año), según lo definido en el ARTÍCULO 19 de la presente

resolución.

Artículo 76

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costo medio de inversión desde el

subsistema de transporte de aguas

residuales del sistema de

alcantarillado (〖CMI

〗_(TL,al))

〖CI〗_(i,TL+DFal): Costo de inversión

del subsistema de transporte y tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales en el año i (pesos de diciembre del año base) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 77

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF): Volumen de

interconexión en el año i del subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 77

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(DF,al): Costo medio de

inversión del subsistema de tratamiento

Artículo 77

En el caso de que la persona prestadora

Page 102: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

102

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

y/o disposición final de aguas residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado.

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,TL+R): Volumen de

interconexión en el año i de los subsistemas de transporte y

recolección de aguas residuales (m3 /año).

Artículo 77

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de alcantarillado

(m3/año), según lo definido en el ARTÍCULO 19 de la presente

resolución.

Artículo 77

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo del subsistema de tratamiento y/o

disposición final de aguas residuales del

sistema de

alcantarillado (〖CS

〗_(DF,al))

〖CMO〗_(DF,al): Costo medio de

operación del subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de

alcantarillado, según lo definido en el ARTÍCULO 79 de la presente

resolución.

Artículo 78

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMI〗_(DF,al): Costo medio de

inversión del subsistema de tratamiento y/o disposición final de aguas

residuales (pesos de diciembre del año base/m3) del sistema de alcantarillado, según lo definido en el ARTÍCULO 80

de la presente resolución.

Artículo 78

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CMT〗_al: Costo Medio generado

por Tasas Ambientales para Alcantarillado (pesos de diciembre del

año base/m3), definido en el ARTÍCULO 55 de la presente

resolución.

Artículo 78

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

Costo medio de operación del subsistema de tratamiento y/o

disposición final de aguas residuales del

sistema de

alcantarillado (〖

CMO〗_(DF,al)).

〖COT〗_(i,DF,al) Costo de operación

total asociado al subsistema de tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales en el año i (pesos de diciembre del año base) del sistema de

alcantarillado.

Artículo 79

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF+TL+R): Volumen de

agua recolectada por contratos de interconexión en el año i de los

subsistemas de recolección, transporte y tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 79

La persona prestadora deberá demostrar porque

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio

Artículo 79

La persona prestadora deberá demostrar porque

Page 103: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

103

Aspecto Criterio o Parámetro Artículo Observación

público domiciliario de alcantarillado (m3/año), según lo definido en el

ARTÍCULO 19 de la presente resolución.

este parámetro no se ajusta a sus condiciones

particulares

Costo medio de inversión del

subsistema de tratamiento y/o

disposición final de aguas residuales del

sistema de

alcantarillado (〖CMI

〗_(DF,al)).

〖CI〗_(i,DF,al) Costo de inversión del

subsistema de tratamiento y/o disposición final de aguas residuales en

el año i (pesos de diciembre del año base) del sistema de alcantarillado.

Artículo 80

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖VCI〗_(i,DF+TL+R): Volumen de

agua recolectada por contratos de interconexión en el año i de los

subsistemas de recolección, transporte y tratamiento y/o disposición final de

aguas residuales (m3 /año).

Artículo 80

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

〖CCP〗_(i,al): Consumo corregido

por pérdidas en el año i para el servicio público domiciliario de alcantarillado

(m3/año), según lo definido en el ARTÍCULO 19 de la presente

resolución.

Artículo 80

En el caso de que la persona prestadora

requiera cambiar el año base

De la fórmula tarifaria

Del Cargo Fijo. El cargo fijo de los servicios públicos domiciliarios de

acueducto y alcantarillado se determina con base en el Costo Medio de

Administración de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 22 de la presente resolución. El cargo fijo, en

concordancia con las metas de servicio y de eficiencia establecidos en la

presente resolución, está asociado a los descuentos por reclamación

comercial definidos en el TÍTULO VII de la presente resolución.

Artículo 80

En el caso de que la persona prestadora requiera cambiar la

fórmula tarifaria

Del Cargo por Consumo. El cargo para todos los rangos de consumo se

determinará para cada servicio y se dividirá en tres componentes: el Costo Medio de Operación (CMO), el Costo Medio de Inversión (CMI) y el Costo Medio de Tasas Ambientales (CMT).

Artículo 80

En el caso de que la persona prestadora requiera cambiar la

fórmula tarifaria

Page 104: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

104

ANEXO II. Análisis de los parámetros y criterios de la metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 720 de 2015 del servicio público de aseo que

requieren venir a la CRA para modificación

Aspecto Variable o Parámetro Artículo Observación

Promedio para los cálculos

Periodicidad de las variables de toneladas, kilómetros de barrido, suscriptores y metros cúbicos de

lixiviados: Semestral

Artículo 4

En el caso de que la periodicidad semestral de las variables no se ajuste

a las condiciones operativas de la empresa.

Costo Fijo Total (CFT). Forma funcional Artículo

11

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Costo Variable Por Tonelada de Residuos

No Aprovechables. Forma funcional

Artículo 12

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Costo de Comercialización por suscriptor del servicio público de aseo (CCS).

Segmento 1 Acueducto: $1.223,39 ($dic 2014)

Segmento 2 Acueducto: $1.368,85 ($dic 2014)

Segmento 1 Energía: $1.829,86 ($dic

2014) Segmento 2 Energía $1.975,31 ($dic

2014)

Artículo 14

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el CCS

vigente afecta su suficiencia financiera

Costo de Limpieza Urbana por suscriptor

(CLUS).

Forma funcional Artículo

15

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Periodicidad de la variable: Mensual Artículo

15

En el caso de que la periodicidad mensual de las variables de metros cuadrados de césped, kilómetros de playas y metros cuadrados de

lavado no se ajuste a las condiciones operativas de

la empresa.

Costo de Poda de Árboles (CP).

Forma funcional Artículo

16

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Costo de Corte de Césped (CCC).

Segmento 1: $57($dic 2014) Segmento 2: $86 ($dic 2014)

Artículo 17

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el CCC

vigente afecta su suficiencia financiera

Costo de Lavado de Áreas Públicas

(CLAV).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 18

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

Page 105: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

105

Aspecto Variable o Parámetro Artículo Observación

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Costo de Limpieza de Playas Costeras o Ribereñas (CLP).

$10.789 ($dic 2014) Artículo

19

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el CLP

vigente afecta su suficiencia financiera

Factor de conversión a km: 0,0007 Artículo

19

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el factor

vigente afecta su suficiencia financiera

Suministro, instalación y mantenimiento de

cestas en vías y áreas públicas (CCEI y

CCEM).

CCEI:$6.276 ($ dic 2014) CCEM: $571 ($dic 2014)

Artículo 20

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el CCEI

y/o el CCEM vigente afecta su suficiencia

financiera

Costo de Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas por suscriptor (CBLS).

Forma funcional CBL: $28.985 ($dic 2014)

Artículo 21

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el CBL

vigente o la forma funcional afecta su

suficiencia financiera

Factor de conversión a km: 0,002 Artículo

21

En el caso de que por sus condiciones particulares demuestre que el factor

vigente afecta su suficiencia financiera

Costo de Recolección y Transporte de

Residuos Sólidos (CRT).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 24

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Valor de los peajes para la actividad de

recolección y transporte (PRTz).

Forma funcional Artículo

25

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Costo de Recolección y Transporte de

residuos sólidos con Aporte Bajo Condición

(CRTABC).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 26

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Descuento al CRT por antigüedad de los

vehículos.

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 27

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

Page 106: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

106

Aspecto Variable o Parámetro Artículo Observación

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Costo de Disposición Final (CDF).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 28

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Costo de Disposición Final con Aporte Bajo Condición (CDFABC).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 28

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Costo de alternativas a la disposición final.

Parámetros de la fórmula Artículo

31

En el caso de que se requiera un cambio en los parámetros, debido a que

por sus condiciones particulares éstos afectan su suficiencia financiera

Costo de Tratamiento de Lixiviados (CTL).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 32

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Costo de Tratamiento de Lixiviados con

Aporte Bajo Condición (CDFABC).

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 33

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Actualización de costos

Parámetros de la fórmula Artículo

36

En el caso de que se requiera un cambio en los parámetros, debido a que

por sus condiciones particulares éstos afectan su suficiencia financiera

Factor de Actualización de

Costos por Actividad (FAc).

Parámetros de la fórmula Artículo

37

En el caso de que se requiera un cambio en los parámetros, debido a que

por sus condiciones particulares éstos afectan su suficiencia financiera

Factor de Productividad.

Parámetros de la fórmula Artículo

38

En el caso de que se requiera un cambio en los parámetros, debido a que

por sus condiciones

Page 107: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

107

Aspecto Variable o Parámetro Artículo Observación

particulares éstos afectan su suficiencia financiera

Tarifa Final por suscriptor

Forma funcional Artículo

39

En el caso de que se requiera un cambio en la

forma funcional

Cálculo de toneladas por suscriptor

definidas en conjunto por prestadores para

facturación.

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 40

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Toneladas de Residuos No

Aprovechables por Tipo de suscriptor

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 41

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Factores de Producción (Fu).

Parámetros de la fórmula Artículo

42

En el caso de que se requiera un cambio en los parámetros, debido a que

por sus condiciones particulares éstos afectan su suficiencia financiera

Balance de Producción de

residuos del Área de Prestación del Servicio

facturados.

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículo 47

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Régimen de calidad y descuentos

Forma funcional o parámetros de la fórmula

Artículos desde 50 - 66

En el caso de que se requiera un cambio en la forma funcional o en los

parámetros, debido a que por sus condiciones

particulares ésta afecta su suficiencia financiera

Progresividad Criterios Artículo

71

En el caso de que se requiera un cambio en los criterios, debido a que por

sus condiciones particulares éstos afectan su suficiencia financiera

BIBLIOGRAFIA

- Constitución Política de Colombia

- Ley 142 de 1994

- Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

Page 108: Documento de trabajo - CRA - Comisión de Regulación de ......Documento de trabajo Propuesta de modificación de la Resolución CRA 271 de 2003, por la cual se modifica la Sección

REG-FOR02 V01

108

- Resolución 08 de 1995

- Resolución 09 de 1995

- Resolución CRA 19 de 1996

- Resolución CRA 15 de 1997.

- Resolución CRA 151 de 2001

- Resolución CRA 271 de 2003

- Resolución CRA 287 de 2004

- Resolución CRA 351 de 2005

- Resolución CRA 352 de 2005

- Resolución CRA 688 de 2014

- Resolución CRA 735 de 2015

- Resolución CRA 720 de 2015

- Resolución CRA 751 de 2016

- Servicios Públicos Domiciliarios – Legislación y Jurisprudencia. Carlos Alberto Atehortua Ríos. Segunda Edición 2005.

- Comentarios al Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Enrique José Arboleda Perdomo, Segunda Edición Actualizada. – LEGIS.

- Análisis Financiero Aplicado y Principios de Administración Financiera. Héctor Ortiz Anaya. Universidad Externado de Colombia. 14ª. Edición.

- Sentencia C-150 de 2003. Corte Constitucional. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza.