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DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS (Art. 20 del decreto 1510 de 2013) Página 1 de 26 Sabaneta, 24 de septiembre de 2014 SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 17 DE 2014 DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA OBJETO: MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS RAFAEL J. MEJÍA, JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ Y CONCEJO DE SABANETA JOSÉ MARÍA CEBALLOS BOTERO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS. 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN De acuerdo al Decreto 2700 del 25 de agosto de 2004 Por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para la certificación de los Municipios que a 31 de Diciembre de 2002 contaban con menos de 100.000 habitantes, y luego de cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 2º, a saber: Plan de Desarrollo Municipal armónico con las Políticas Nacionales. Establecimientos Educativos organizados para ofrecer el ciclo de Educación Básica completa. Planta de personal definida de acuerdo con los parámetros nacionales. Capacidad Institucional para asumir los procesos y el sistema de información del sistema educativo. Además con el Artículo 8º “Trámite de la Certificación” contemplada en el citado Decreto, se recibió por parte de la Gobernación de Antioquia la resolución número 0009067 de marzo 17 de 2010 mediante la cual se otorgó la certificación en Educación al Municipio de Sabaneta, quedando establecido que dentro de las funciones de la Secretaría de Educación y Cultura se contemplan entre otras, velar por los recursos de cada Institución Educativa así como por la protección de su infraestructura, administrando y gestionando de manera adecuada la calidad del servicio. Para el Municipio de Sabaneta la Educación integral con Calidad, Cobertura y Eficiencia se ha convertido en uno de los principales intereses, es por esto que a partir de este objetivo se plantean estrategias que permitan responder al acelerado cambio en la sociedad, a las exigencias a nivel cultural, social, económico y político; razón por la cual, son las Instituciones Educativas del Municipio y la comunidad educativa en particular, los principales agentes de transformación de una Educación Inclusiva. El Municipio de Sabaneta cuenta con 8 Instituciones Educativas Oficiales, las cuales a la fecha presentan mal estado de la pintura en general, deterioro en puertas, ventanas, rejas, carpintería,

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Sabaneta, 24 de septiembre de 2014

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 17 DE 2014

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

OBJETO: MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LASINSTITUCIONES EDUCATIVAS RAFAEL J. MEJÍA, JOSÉ FÉLIX DERESTREPO VÉLEZ Y CONCEJO DE SABANETA JOSÉ MARÍA CEBALLOSBOTERO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS.

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LACONTRATACIÓN

De acuerdo al Decreto 2700 del 25 de agosto de 2004 Por el cual se establecen los requisitos yprocedimientos para la certificación de los Municipios que a 31 de Diciembre de 2002 contaban conmenos de 100.000 habitantes, y luego de cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 2º, asaber:

Plan de Desarrollo Municipal armónico con las Políticas Nacionales.

Establecimientos Educativos organizados para ofrecer el ciclo de Educación Básica completa.

Planta de personal definida de acuerdo con los parámetros nacionales.

Capacidad Institucional para asumir los procesos y el sistema de información del sistema educativo.

Además con el Artículo 8º “Trámite de la Certificación” contemplada en el citado Decreto, se recibiópor parte de la Gobernación de Antioquia la resolución número 0009067 de marzo 17 de 2010 mediantela cual se otorgó la certificación en Educación al Municipio de Sabaneta, quedando establecido quedentro de las funciones de la Secretaría de Educación y Cultura se contemplan entre otras, velar porlos recursos de cada Institución Educativa así como por la protección de su infraestructura,administrando y gestionando de manera adecuada la calidad del servicio.

Para el Municipio de Sabaneta la Educación integral con Calidad, Cobertura y Eficiencia se haconvertido en uno de los principales intereses, es por esto que a partir de este objetivo se planteanestrategias que permitan responder al acelerado cambio en la sociedad, a las exigencias a nivel cultural,social, económico y político; razón por la cual, son las Instituciones Educativas del Municipio y lacomunidad educativa en particular, los principales agentes de transformación de una EducaciónInclusiva.

El Municipio de Sabaneta cuenta con 8 Instituciones Educativas Oficiales, las cuales a la fechapresentan mal estado de la pintura en general, deterioro en puertas, ventanas, rejas, carpintería,

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metálica, goteras y filtraciones entre otras; requiriendo por lo tanto, mejoramiento y mantenimientoperiódico de la infraestructura física de cada una de las Instituciones.

Considerando que las edificaciones necesitan de un mejoramiento y mantenimiento general periódicoa fin de prevenir daños drásticos que ocasionen una inversión superior a futuro; se requiere deintervención que garantice la habitabilidad del lugar y las condiciones óptimas de infraestructura quepermita su ocupación.

Además se debe garantizar el buen estado de las plantas físicas y propender por su conservación,procurando efectuar las reparaciones necesarias con la mayor prontitud posible, realizando actividadesde embellecimiento para así generar ambientes agradables de trabajo, ya que por el uso y desgastenatural se evidencia el deterioro y mal aspecto de las paredes, zonas comunes y otros espacios físicosque son soporte logístico de las diferentes actividades y procesos que dentro de estos espacios serealizan buscando la comodidad tanto de administrativos como de estudiantes.

Conforme a lo anterior, la Administración Municipal requiere que se realice el trámite de convocatoriapública para escoger a la empresa idónea que adelante las actividades necesarias para la ejecucióndel proyecto y garantizar con ello la seguridad en la utilización de este espacio de estudiantes,empleados y visitantes, y mejorar la infraestructura física de las instalaciones reduciendo con ello losgastos de mantenimiento y sostenimiento de las instalaciones.

Es por esta razón que el Municipio de Sabaneta a través de la Secretaría de Obras Públicas eInfraestructura está interesado en la contratación para el MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS RAFAEL J. MEJÍA, JOSÉ FÉLIX DERESTREPO VÉLEZ Y CONCEJO DE SABANETA JOSÉ MARÍA CEBALLOS BOTERO Y OBRASCOMPLEMENTARIAS.

2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES, PERMISOSY LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

2.1. Objeto

MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASRAFAEL J. MEJÍA, JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ Y CONCEJO DE SABANETA JOSÉ MARÍACEBALLOS BOTERO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS.

2.2. Alcance del objeto a contratar

Ver formulario “Anexo – Presupuesto Oficial”.

2.3. Especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar:

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La ejecución y construcción de las obras que se derivan de este proceso de contratación se harán deacuerdo con el manual de Normas y Especificaciones Generales de construcción de Empresa Públicasde Medellín, última edición.

Para la verificación de la calidad de las obras y los materiales el contrato se regirá por las siguientesespecificaciones:

Generales

• NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS -NTC- (actualizadas)• NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN –EPM-(actualizadas)

Para el caso de redes de servicios públicos y algunos ítems que no se encuentren en lasespecificaciones anexas.

• APLICAN TODAS LAS RESOLUCIONES MODIFICATORIAS LAS CUALES SE ENCUENTRANVIGENTES.

Vías

MANUAL DE SEÑALIZACIÓN VIAL. DISPOSITIVOS PARA LA REGULACIÓN DEL TRÁNSITO ENCALLES, CARRETERAS Y CICLORUTAS DE COLOMBIA, EMANADA DEL MINISTERIO DETRANSPORTE - INVIAS, RESOLUCIÓN 1050 DE MAYO DE 2004 Y DEMÁS NORMAS VIGENTES.

Concretos

• AMERICAN STANDARDS FOR TESTING AND MATERIALS – ASTM

• AMERICAN CONCRETE INSTITUTE – ACI

• PUBLICACIONES TÉCNICAS DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE PRODUCTORES DECEMENTO - ICPC (Versiones 2001).

• PUBLICACIONES TÉCNICAS DE LA PORTLAND CEMENT ASSOCIATION – PCAMANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO

• NORMA NEGC 1300 IMPACTO COMUNITARIO modificada según decreto 1266 de 2002.

• GUÍA DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DEINFRAESTRUCTURA PÚBLICA – MUNICIPIO DE MEDELLÍN. Decreto 673 de 2006.

El Interventor del proyecto será el encargado de dar claridad en los casos en los cuales, con base enestas normas y especificaciones generales de Empresas Públicas de Medellín no sea posible hacerlo.

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Nota: Cuando se hable de EEPPM o Las Empresas deberá entenderse que se trata de las EmpresasPúblicas de Medellín.

Especificaciones particulares

Cumplimiento de normas ambientales

El proponente favorecido debe garantizar que los trabajos se realicen bajo la norma ISO 14000 y lanorma NTC 18001 de seguridad y salud ocupacional y por las disposiciones en materia ambientalimpartidas por el Área Metropolitana del Vella de Aburrá.

Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de obra, se describen en forma concisa y no endetalle, por lo tanto, para la determinación de los precios unitarios y para la ejecución de los trabajosdeberán consultarse las especificaciones y normas anteriormente descritas.

2.4. Autorizaciones, permisos y licencias requeridos para la ejecución del proyecto.

No aplica

2.5. Plazo:

El plazo del contrato se fija en DOS (2) MESES, contados a partir de la respectiva acta de inicio.

2.6. Lugar de ejecución o entrega:

Los trabajos se ejecutarán en jurisdicción del Municipio de Sabaneta Antioquia, zona urbana y rural.

2.7. Identificación del contrato que se pretende celebrar:

El contrato que se derive del presente proceso de selección, será de obra pública y se pagará bajo lamodalidad de precios unitarios no reajustables.

3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN,INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÓN:

Con fundamento en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, concordado con el numeral 1º del artículo 2ºde la Ley 1150 de 2007, es deber de la entidad justificar de manera previa a la apertura del proceso deselección de que se trate, los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección que sepropone adelantar.

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De acuerdo con la descripción del objeto a contratar su naturaleza jurídica corresponde a la de “OBRAPÚBLICA” y en atención a su cuantía, es jurídicamente viable establecer la escogencia del contratistaa través de una SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA.

El marco legal del presente proceso y del Contrato que se derive de su adjudicación, está conformadopor la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia, en especial por la Ley 80 de 1993,Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012, Decreto 1510 de 2013, el presente pliegode condiciones y demás normas concordantes. Dichas normas, así como las demás que resultenpertinentes, de acuerdo con la ley colombiana, se presumen conocidas por todos los Proponentes.

En general, las normas legales aplicables durante el proceso y durante la ejecución del contrato seránlas estipuladas en el pliego de condiciones, en el manual de contratación internos del Municipio deSabaneta y las propias vigentes en Colombia sobre la materia.

4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INCLUYENDO LAS VARIABLES UTILIZADASPARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LOCOMPONEN.

4.1. Presupuesto oficial

El valor estimado del contrato es de $ 199.999.930 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONESNOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS), el cual es el valorestimado previamente en los estudios de mercado y en los estudios previos.

Este presupuesto está amparado con certificado de disponibilidad presupuestal No. 1473 de fecha 15de Mayo de 2014 (Rubro: 100260321: Dotación de espacios educativos), del presupuesto de lavigencia fiscal 2014 expedido por la Secretaría de Hacienda del Municipio.

Para calcular el presupuesto oficial, la Secretaria de Obras Públicas e Infraestructura del Municipio deSabaneta, tuvo en cuenta las siguientes variables:

Base de datos de precios de la Secretaría de Obras Públicas e Infraestructura Localización de las obras y vías de acceso Costo de la mano de obra local y regional Rendimientos estimados para cada actividad Acarreos internos Costo de materiales en la zona Alquiler de equipo necesario para cada actividad

En documento anexo se presentan:

Presupuesto oficial detallado por ítems Análisis de precios unitarios

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Los proponentes son responsables de informarse e incluir en su propuesta toda tasa, retribución,impuesto o gravamen que corresponda y/o del cual sea responsable y, el Municipio de Sabaneta noaceptará reclamación alguna por estos conceptos.

Entre los impuestos que estarán a cargo del proponente, a manera de enunciado, y sin perjuicio deldeber que tienen los proponentes de informarse al respecto, se tienen los siguientes:

Contribución en contratos de obra pública. Ley 1106 de 2006 Gravamen a los movimientos financieros Industria y Comercio (ICA)

Todos, los costos relacionados con la preparación de la propuesta los asume el proponente.

5. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁSFAVORABLE:

5.1. REQUISITO DE ORDEN LEGAL, TÉCNICO Y FINANCIERO

Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico:

a) Presentar la propuesta debidamente suscrita por el proponente (persona natural), el representantelegal (persona jurídica), persona designada para representarlo (consorcio o unión temporal), oapoderado, según el caso, dentro del plazo y en el sitio fijado.

b) El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a lasociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.

c) En el evento de participación conjunta, el consorcio o unión temporal debe estar conformado deacuerdo con lo establecido por el artículo 7 de la ley 80 de 1993, lo cual se debe acreditar con elrespectivo documento de conformación.

d) El oferente persona natural, debe ser profesional Ingeniero Civil o Arquitecto o ArquitectoConstructor y contar con tarjeta profesional, allegando para el efecto, la respectiva fotocopia ycertificado de vigencia de la misma. La propuesta presentada por una persona jurídica, o por unconsorcio o unión temporal, cuyo representante legal no sea un profesional Ingeniero Civil oArquitecto o Arquitecto Constructor, deberá ser abonada por una persona natural, profesional en elárea mencionada, adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional respectiva y certificado de vigencia dela misma (Ley 842 de 2003 Artículo 20) so pena del rechazo de la oferta.

e) No deben estar incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones paracontratar, establecidas en la Constitución Política o en la ley.

f) Las personas jurídicas deben estar constituidas legalmente, registradas en la Cámara de Comercio

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y su objeto social debe comprender el de la presente convocatoria. En el caso de consorcios o unionestemporales, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendidala actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente.

g) Los proponentes deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes y su inscripción debeestar vigente y en firme.

h) Los proponentes deben tener a la fecha de cierre de la presente convocatoria la capacidad residualmínima exigida.

i) Garantizar la seriedad del ofrecimiento, a través de los mecanismos de cobertura del riesgo indicadosen el presente pliego de condiciones.

j) No ser responsable fiscal ni tener antecedentes disciplinarios que lo inhabiliten para contratar. Parael efecto la entidad verificará si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unióntemporal se encuentran señalados en el último boletín de responsables fiscales de la ContraloríaGeneral de la República y en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas deInhabilidad "SIRI" de la Procuraduría General de la Nación.

k) Acreditar, con la certificación respectiva, estar al día en el pago a los sistemas de salud, pensiones,riesgos profesionales y aportes a cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubierelugar (Ley 789 de 2002, Artículo 50 y demás normas complementarias o modificatorias). En el caso enque la sociedad no tenga más de 6 meses de constituida, deberá acreditar el pago a partir de la fechade constitución.

5.1.1.Documento consorcial o de unión temporalSi la oferta es presentada por un consorcio o una unión temporal, se debe anexar el original deldocumento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el estricto cumplimiento de loestablecido en el artículo 7 de la ley 80 de 1993, esto es:

a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.

b) Designar la persona, que para todos los efectos representará al consorcio o a la unión temporal.

c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unióntemporal y sus respectivas responsabilidades.

d) En el caso de la Unión Temporal, señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de laparticipación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno enla ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de laEntidad.

e) Debidamente suscrito en forma autógrafa por cada uno de sus integrantes y el representante delmismo.

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Para el caso de consorcios, todos los integrantes deberán tener una participación mínima del cincuentapor ciento (50%), de lo contrario, la propuesta será rechazada.

Para las uniones temporales, uno de los integrantes deberá tener una participación mínima delcincuenta por ciento (50%), y ninguno de ellos podrá tener una participación inferior al cinco por ciento(5%), de lo contrario, la propuesta será rechazada.

La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalaráexpresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturaleso jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporalespara otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigenciao prórrogas del contrato que se suscriba, su liquidación y un año más.

Los asociados deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con elcumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar conformados antesde la fecha de cierre de la convocatoria, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cadauna de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo suministrado en este pliego de condiciones,en el cual se establezca el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y se indique lapersona que para todos los efectos los representará.

Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el últimocaso señalarán los términos y la extensión de su participación en la presentación de la propuesta y enla ejecución del contrato, esto es, indicando cuáles de las obligaciones contractuales (ítem de obra)habrán de ejecutar cada integrante, e indicando el porcentaje de participación en el mismo con máximodos cifras porcentuales(el cual debe coincidir con la relación entre la sumatoria del valor total de lasobligaciones contractuales que le corresponde ejecutar a cada integrante y el valor total de la propuestadel oferente) los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la EntidadContratante so pena del rechazo de la oferta.

Los miembros del consorcio o de la unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas,deberán designar la persona que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal yseñalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, deconformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1.993.

Las personas naturales y/o jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal, deben acreditarindividualmente la información Tributaria, identificación y Régimen de Impuesto a las Ventas al quepertenecen, así como el Certificado de Existencia y Representación Legal.

5.1.2. Inscripción en el registro único de proponentes (RUP)Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal enColombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en elRegistro Único de Proponentes.

El proponente presentará con su propuesta, el Registro Único de Proponentes de la respectiva Cámarade Comercio (expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre

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del proceso de selección), de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007,modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012. Dicha exigencia aplica para cada uno de losintegrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación.

Clasificación UNSPSC

La obra pública objeto del presente Proceso de Contratación está codificada en el Clasificador deBienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), como se indica en la Tabla 1:

Tabla 1 - Codificación de la obra pública en el sistema UNSPSCClasificación UNSPSC Descripción

72101500 Servicios de apoyo para la construcción72121400 Servicios de construcción de edificios públicos especializados

El proponente deberá estar inscrito en al menos una de las clasificaciones anteriormente señaladas.

Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá estarinscrito en al menos una de las clasificaciones señaladas.

5.1.3. Capacidad residual

El Proponente debe acreditar una capacidad residual o K de Contratación igual o superior alpresupuesto oficial menos el valor del anticipo.

Para la determinación de la Capacidad Residual de contratación de obras de los Consorcios, UnionesTemporales se sumarán las capacidades de contratación residual de obras de sus integrantes sinconsiderar su porcentaje de participación.

Para calcular la capacidad residual, los proponentes deberán dar cumplimiento al decreto 791 de 2014y a la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos deContratación de Obra Pública (Vigente a la fecha de cierre de la convocatoria) dispuesta por ColombiaCompra Eficiente en el SECOP.

5.1.4. CAPACIDAD FINANCIERA

El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en elRUP vigente y en firme.

Indicador Índice requeridoÍndice de Liquidez Mayor o igual a 2,5Índice de Endeudamiento Menor o igual al 50%Razón de Cobertura de Intereses Mayor o igual a 0.96Capital de trabajo Mayor o igual al 50% del presupuesto oficialPatrimonio Mayor o igual al 100% del presupuesto oficial

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Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir sucapacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación yVerificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación.

En caso de Uniones Temporales y Consorcios los anteriores indicadores se calcularán con base en lasuma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes, para cada una de lascuentas con las cuales se calcula el indicador financiero.

Toda vez que el cálculo del indicador de liquidez y del indicador de razón de cobertura de interés puededar una indeterminación (división por cero), si se materializa la hipótesis anterior y el proponente sepresenta: a) A título individual, se considera que “cumple”, b) En alguna de las formas asociativaspermitidas por la ley donde el cálculo de los indicadores de todos los integrantes es indeterminado, seconsidera que “cumple” y c) En las formas asociativas permitidas por la ley donde el cálculo de losindicadores de todos los integrantes no es indeterminado, en este caso entre el(los) integrante(s) a(los)cual(es) se le(s) pueda calcular el(los) indicador(es) respectivo(s) deberán acreditar tal(es)indicador(es) teniendo en cuenta que para este caso en particular el indicador de la forma asociativase obtendrá del promedio de los indicadores del(los) integrante(s) a(los) cual(es) se le(s) pueda calcularel(los) indicador(es) respectivo(s).

Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni ninguno de los integrantes de las formasasociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de razón de cobertura de interesesmenor que cero so pena de considerar la propuesta como “no cumple” la capacidad financiera.

5.1.5. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUPvigente y en firme.

Indicador Índice requeridoRentabilidad sobre el patrimonio Mayor o igual a 7%Rentabilidad sobre activos Mayor o igual a 5%

Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir sucapacidad organizacional de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinacióny Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación.

En caso de Uniones Temporales y Consorcios los anteriores indicadores se calcularán con base en lasuma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes, para cada una de lascuentas con las cuales se calcula el indicador de capacidad organizacional.

Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni alguno de los integrantes de las formasasociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de rentabilidad sobre el patrimonio y/orentabilidad sobre activos menor que cero so pena de considerar la propuesta como “no cumple” lacapacidad organizacional.

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5.1.6. CAPACIDAD TÉCNICA

5.1.6.1. Experiencia del proponente

Para el presente proceso, el proponente deberá acreditar dos (2) contratos terminados y celebradospor el proponente con entidades oficiales, ya sea individualmente o en consorcio o en unión temporal,que mínimo la suma de los valores de los certificados aportados sea mayor o igual dos punto cinco(2,5) veces el valor del presupuesto oficial expresado en salarios mínimos legales. Adicional, loscertificados aportados deberán estar inscritos en el RUP y clasificados en por lo menos uno de loscódigos como se indican en la siguiente tabla.

Contrato – Código del Clasificador deBienes y Servicios Descripción

72101500 Servicios de apoyo para la construcción

72121400 Servicios de construcción de edificios públicosespecializados

El Proponente debe acreditar esta experiencia con los contratos celebrados y terminados para cadauna de las obras solicitadas como experiencia por la Entidad Contratante identificados con elClasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y expresando su valor en salarios mínimosmensuales legales vigentes a la fecha de celebración de los mismos.

Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experienciade la forma asociativa será la suma de la experiencia aportada por cada uno de sus integrantes sinconsiderar su porcentaje de participación. Sin perjuicio de lo anterior, Cada uno de los integrantesdeberá aportar por lo menos un contrato de experiencia.

Para la experiencia acreditada, no se acepta la experiencia proveniente de Ofertas Mercantiles, ni porla adquirida con personas naturales o jurídicas privadas ni los contratos en que los proponentescertifiquen experiencia de ejecución de proyectos en los cuales ellos mismos: son los propietarios y/ocompren y/o diseñen y/o construyan y/o vendan.

Para efectos de la experiencia acreditada no se aceptarán subcontratos.

Cuando el proponente individual o integrante de un consorcio o unión temporal sea una filial osubordinada de una sociedad controlante, se tendrá en cuenta la experiencia propia y no la de lacontrolante, ni viceversa.

Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el monto que debeinformar el proponente será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en losmismos.

La experiencia del proponente deberá acreditarse en el RUP y mediante certificaciones expedidas porel respectivo contratante (para verificar el objeto en el ofrecimiento de calidad), que contenga, comomínimo, la siguiente información: nombre del Contratante, nombre del Contratista, número y objeto del

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contrato, valor, plazo de ejecución, descripción y alcance del proyecto, fechas de iniciación y determinación, y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.Sin perjuicio de lo anterior, entre los dos contratos aportados reportados en el RUP para acreditar laexperiencia del proponente, se deben acreditar todos los códigos del Clasificador de Bienes y Serviciosexigidos en este numeral.

No se tendrán en cuenta para la evaluación aquellas certificaciones que no contengan la informaciónque permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este numeral.

En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presenteinconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuentaaquella que esté demostrada.

5.1.6.2. EQUIPO PROFESIONAL

A continuación se relaciona el equipo de trabajo mínimo requerido, con los perfiles profesionalesexigidos. Dicho equipo es un requisito habilitante. Se requiere que el oferente presente en su propuestala documentación requerida del equipo de trabajo solicitado, diligenciando el anexo respectivo.

CARGO PROFESIÓN EXPERIENCIA % DEDICACIÓN

Residente

Un (1) profesionalingeniero civil o

arquitecto oarquitectoconstructor

General: Mínimo dos (2) años deexperiencia general en la dirección,residencia, supervisión ocoordinación de proyectos deIngeniería y Construcción yEspecifica: Mínimo dos (2)contratos en calidad de director oresidente de proyectos que hayanincluido la construcción y/omejoramiento y/o remodelación deinstituciones educativas.

100%

Gestor ambiental

Un (1) profesionalIngeniero Ambiental,

o ingeniero conespecialización en

ambiental

General: Mínimo dos (2) años deexperiencia general en el manejoambiental de proyectos de Ingenieríay Construcción y Específica: mínimodos (2) contratos en el manejoambiental de proyectos que hayanincluido la construcción y/omejoramiento y/o remodelación deinstituciones educativas.

50%

Para la presentación del personal mínimo requerido, el oferente deberá presentar el Anexo “Formatoequipo de trabajo” (en medio físico y magnético) y anexar a las hojas de vida presentadas, la siguientedocumentación:

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Nota: La experiencia profesional se contará a partir de la terminación y aprobación del pensumacadémico de la respectiva carrera (Decreto 019 de 2012, art. 229).

Hoja de vida. Copia tarjeta profesional (para las profesiones que así lo requieran) Certificado de vigencia de la tarjeta profesional (vigente) Certificaciones de estudio (copia del diploma o acta de grado) Certificaciones laborales (para acreditar la experiencia profesional) El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual

deberá adjuntar a la hoja de vida la carta de intención suscrita por el profesional. Demás documentación que permita valorar el cumplimiento de los perfiles aquí solicitados.

En el caso que el proponente sea quien certifique la experiencia del personal propuesto, deberá anexarcopia de los contratos que suscribieron con el profesional y que respalden los certificados aportados.

En caso que la certificación aportada para acreditar la experiencia del equipo profesional, tenga fechade expedición anterior a la fecha de terminación del contrato que está siendo certificado, se tomarápara efecto de valorar la experiencia la fecha de expedición de la certificación aportada y no el tiempoque falte por ejecutar del contrato.

Todos los certificados relacionados para acreditar la experiencia general y específica deberán contenercomo mínimo la siguiente información:

Número del contrato, cuando aplique Nombre o razón social de la empresa o persona contratante Objeto del contrato o cargo y/o actividades desempeñadas Plazo de ejecución del contrato o tiempo de vinculación Fecha de iniciación del contrato o de ingreso (dd/mm/aa) Fecha de recibo a satisfacción y/o terminación del contrato o de retiro (dd/mm/aa) Nombre y firma de la persona habilitada para expedir la certificación.

Cuando se presenten certificaciones con tiempos superpuestos, se descartará el tiempo traslapado enuna de ellas.

En caso de allegar certificaciones donde se indique la experiencia de los profesionales expresada enhoras, se procederá a realizar la equivalencia en días.

Teniendo en cuenta que en Colombia se ha reglamentado la Tarjeta Profesional para algunasprofesiones como un requisito necesario e indispensable para ejercer la profesión, acorde con loestablecido en el artículo 26 de nuestra Constitución Nacional, que señala: “ARTICULO 26. Todapersona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad”.

Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Lasocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellasque impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en

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colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podráasignarles funciones públicas y establecer los debidos controles”.

Lo anterior indica que para las profesiones requeridas en el presente proceso de selección, la tarjeta,matrícula o inscripción profesional y su respectiva vigencia se exigirá de acuerdo a las siguientesnormas, las que las modifiquen, adicionen o derogen:

Ingenierías, profesiones afines (arquitecto constructor) y profesionales auxiliares: De conformidadcon la Ley 842 de 2003 y sus decretos reglamentarios.

Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA).

Arquitectura: De conformidad con la Ley 435 de 1998 y sus decretos reglamentarios.

Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y susProfesiones Auxiliares.

NOTA: Será obligación del proponente para cada uno de los profesionales propuestos para el equipode trabajo, verificar y acreditar, si es del caso, que éstos cumplen con los requisitos de la tarjetaprofesional y el certificado de vigencia de la misma.

El proponente deberá mantener el personal ofrecido durante el tiempo de ejecución del contrato; noobstante, si por alguna circunstancia se requiere efectuar algún cambio en el personal propuesto sedeberá realizar considerando que el profesional que reemplazará al ya presentado debe tener perfil yexperiencia igual o superior. Tal modificación podrá realizarse previa aprobación por parte de lainterventoría. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato.

5.2. CRITERIO DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

FACTORES DE EVALUACIÓN

La Entidad Contratante debe evaluar las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado losrequisitos habilitantes de que trata la sección VI con las excepciones dispuestas en el presente pliegode condiciones.

En la evaluación de las Ofertas la Entidad Contratante realizará la ponderación del factor económico yel técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente tabla.

Las Ofertas deben presentarse en los Anexos establecidos en el presente Pliego de Condiciones comoel formato para presentación de la Oferta.

FACTOR PUNTAJEECONÓMICO 500FACTOR DE CALIDAD 400APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100

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TOTAL 1.000

En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, La Entidad Contratante debe escoger elProponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013.Se tiene como primer factor de desempate (antes de aplicar el artículo 33 del decreto 1510 de 2013) elproponente que primero entregue su propuesta.

En el Formulario de Cantidades de Obra oficial, el proponente no podrá adicionar, modificar, suprimiro, en todo caso, alterar los ítems de obra, sus descripciones, unidades o cantidades, toda vez que dichainformación se requiere para la comparación de las propuestas. Los proponentes deberán dar preciosunitarios y valores totales ajustados al peso para todos y cada uno de los ítems que aparecencuantificados o también indicados como suma global en el formulario de cantidades de obra y que formaparte de este pliego. Los precios unitarios y valores totales para cada ítem deben escribirse en formalegible y siempre a tinta, sin enmendaduras, ni tachadura, no serán considerados los ítems que nopresenten cantidades. En la presentación de la propuesta se requiere anexar los análisis de preciosunitarios de todos los ítems que conforman el presupuesto y la omisión de al menos uno no permitirála comparación de la propuesta. El Proponente deberá ajustar al peso, bien sea por exceso o pordefecto, los precios unitario, el costo directo del ítem correspondiente a la multiplicación de la cantidadpor precio unitario, el costo directo total de la propuesta, los costos correspondiente a las componentesdel AIU y el costo total de la propuesta; en caso contrario, la Entidad Contratante, efectuara dichoajuste.

El proponente deberá realizar las operaciones mediante el sistema de REDONDEO ajustando losvalores resultantes al PESO, bien sea por exceso o por defecto, es decir, si las cifras en decimales soniguales o superiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por exceso, si son inferiores a CINCUENTA (50)se ajustarán por defecto.

Rango precios unitarios. El valor unitario de cada uno de los ítems debe estar entre el NOVENTA YCINCO POR CIENTO (95%) (Calculado en pesos) y el CIENTO CINCO POR CIENTO (105%)(Calculado en pesos) del valor unitario del presupuesto oficial establecido para cada uno de los ítems.En caso contrario, se rechazará la propuesta. Los valores unitarios a los cuales se hace referenciacorresponden al costo directo de cada item. El rango de los precios unitarios se establecerá en pesos.

Para establecer el valor en pesos del NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) y el valor en pesos delCIENTO CINCO POR CIENTO (105%) del valor unitario (costo directo) de cada ítem del presupuestooficial, se utilizará el sistema de REDONDEO ajustando los valores resultantes al PESO, bien sea porexceso o por defecto, es decir, si las cifras en decimales son iguales o superiores a CINCUENTA (50)se ajustarán por exceso, si son inferiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por defecto. El sistema deredondeo se aplicará utilizando la fórmula de Excel =REDONDEAR (VALOR UNITARIO DELPRESUPUESTO OFICIAL*0,95;0) o =REDONDEAR (VALOR UNITARIO DEL PRESUPUESTOOFICIAL*1,05;0).

El proponente deberá señalar el porcentaje global para cada uno de los componentes del A.I.U. Elfactor Administración (A) deberá comprender todos los costos de administración en que incurrirá elContratista por la ejecución de los trabajos objeto de la convocatoria. Igualmente deberá indicar elporcentaje de los Imprevistos (I) y la Utilidad (U) o beneficio económico que pretende percibir.

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Los precios unitarios que ofrezca el proponente, serán los que correspondan a la fecha de presentaciónde la propuesta y deberán cubrir todos los costos de trabajos diurnos y nocturnos o en días feriados,prestaciones sociales, herramientas, equipos y todos los demás gastos inherentes al cumplimientosatisfactorio del contrato.

Los precios unitarios y totales de la obra a ejecutar y los errores y omisiones en estos precios, seránde responsabilidad absoluta y exclusiva del proponente.

Análisis de precio unitario, Se le solicitará solamente al proponente ganador que presente en mediomagnético todos y cada uno de los análisis de precio unitario correspondiente a su propuestaeconómica.

Discriminación del AIU, discriminación de los porcentajes (máximo dos cifras porcentuales) utilizadospor el proponente para Administración, Imprevistos y Utilidades y con los cuales efecto los costosdirectos para obtener el valor de la propuesta. Incluir además el cálculo detallado en pesos delcomponente de Administración que utilizo dentro del A.I.U.

Para el diligenciamiento de la “DISCRIMINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN” el proponente deberátener en cuenta los siguientes parámetros:

La cantidad propuesta para el Personal Profesional y Técnico deberá ser igual o superior a lacantidad estipulada en el “Equipo profesional”.

Los sueldos del personal profesional y técnico propuesto deberán ser iguales o superiores alSMMLV a la fecha de presentación de la propuesta.

El valor propuesto para los "Porcentajes (%) de Administración, Imprevistos y Utilidad" y en generaltodos los valores porcentuales utilizados en el AIU, solo podrá contener dos (2) cifras porcentuales,en caso contrario la Entidad realizará el respectivo ajuste. Lo anterior implica que los valoresporcentuales deberán corresponder al formato XX,XX%.

Los valores propuestos para los impuestos, deberán ser calculados con base en el valor total de lapropuesta, en caso contrario la Entidad realizará la respectiva corrección aritmética ajustándolos alos precios reales.

Los precios unitarios y totales del factor Administración (A) del AIU de la obra a ejecutar y los errores yomisiones en estos, serán de responsabilidad del proponente.

La componente administración debe considerar los impuestos, gastos del contrato, pólizas, personaldirectivo de obra, servicios, transporte del personal, instalaciones provisionales, equipos y sistemas decomunicación, implementos del plan de seguridad industrial, salud ocupacional y manejo socio-ambiental de la obra (incluye toda la señalización, equipos y todo lo relacionado con las normasvigentes), valla informativa y en general todos los costos y gastos de administración en que incurrirá suorganización para la ejecución de los trabajos objeto de la presente convocatoria.

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Para la evaluación del detalle del A.I.U, la Entidad podrá realizar las correcciones aritméticas a las quehaya lugar, entendiendo por esto la corrección de una operación matemática por error de cálculonumérico en que se incurre al elaborar la propuesta económica. Adicionalmente la Entidad, podrásolicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen pertinentes, pero en todocaso, las propuestas son inmodificables; así mismo, el valor total corregido no podrá exceder el valortotal del presupuesto oficial.

La Entidad verificará los componentes del factor Administración (A) del A.I.U., verificando que el mismose ajuste a las condiciones de este Pliego de Condiciones y a la normatividad vigente.

Nota: El oferente no podrá contemplar dentro del porcentaje o valor de administración los conceptos deretención en la fuente de orden nacional. Adicionalmente, no podrá incluir aquellos impuestos, tasas,contribuciones o similares que no son imputables, ni demostrables para el objeto y alcance del presenteproceso de selección.

No se tendrán en cuenta en ninguno de los criterios establecidos para el procedimiento y asignaciónde puntajes, las propuestas que se encuentren incursas en las causales “RECHAZO” contenidas en lossubnumerales 5, 6, 7, 10 y 31 del literal “m” del capítulo VIII del pliego de condiciones.

Se calculará la formula respectiva del valor corregido, si a ello hubiere lugar, de las demás propuestaspresentadas, independiente de que hayan sido consideradas no hábiles por otro concepto, de lasiguiente forma:

Sin perjuicio de lo anterior, solo se asignara puntaje a las Ofertas que cumpla con todos los requisitosestablecidos en el presente pliego de condiciones.

Corrección Aritmética: Se efectuará la Corrección Aritmética, la cual consiste en la verificación de lasoperaciones realizadas sobre el formulario de cantidades y precios unitarios y el formulario deDiscriminación del AIU.

Primero se corrige el costo directo de la oferta, es decir, se verifica que el costo directo esté ajustadoal peso y en el caso de discrepancias entre el valor total de un ítem y el producto de su precio unitariopor la cantidad, se verificará que la cantidad sea la establecida en el Pliego de Condiciones.

Si la cantidad es correcta y hay discrepancias entre el valor total de un ítem y el producto de la cantidadpor el precio unitario, se tomará como correcto el precio unitario y se modificará el valor total de ítem.Si la cantidad no es correcta la propuesta será rechazada.

Con el costo directo corregido se efectúan las respectivas operaciones en el AIU.

Después de corregir el costo directo, se calculará la sumatoria en pesos de todas las cuentas queconforman la componente “administración” del AIU la cual se dividirá por el costo directo corregido paraobtener el valor porcentual de la componente administración del AIU. Sin perjuicio de lo anterior, paratodos los casos, el valor en pesos de la componente “administración” del AIU corresponderá y/o deberáser igual a la sumatoria en pesos de todas las cuentas que la conforman, de no poder lograr lo anteriorcon la corrección aritmética si hay lugar a ello, la propuesta será rechazada.

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En caso que en el formulario de Discriminación del AIU se consignen diferentes valores para loscomponentes del AIU a los contemplados en el formulario de cantidades y precios unitarios, para elcálculo del valor total corregido de la propuesta, se tendrán en cuenta los valores resultantes una vezrealizada la corrección aritmética en el detalle de A.I.U.

Las correcciones efectuadas según el procedimiento anterior, serán de forzosa aceptación para losproponentes.

FACTOR ECONÓMICO (500 PUNTOS)

La Entidad Contratante a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo quinientos (500) puntosacumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la ofertaeconómica:

MétodoMedia aritméticaMedia aritmética altaMedia geométrica con presupuesto oficialMenor Valor

Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la TRM que rija eldía hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método debe serescogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.

Rango (inclusive) Número MétodoDe 0.00 a 0.24 1 Media aritméticaDe 0.25 a 0.49 2 Media aritmética altaDe 0.50 a 0.74 3 Media geométrica con presupuesto oficialDe 0.75 a 0.99 4 Menor Valor

(i) Media aritmética

Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas Evaluables y la asignación depuntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado deaplicar las siguientes fórmulas:

== media aritmética

xi = Valor de la oferta i sin decimales

n = Número total de las Ofertas Evaluables

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Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:

= ⎩⎪⎨⎪⎧[500]x 1 − − para valores menores o iguales a[500] x 1 − 2 | − | para valores mayores a

=Media aritmética.= Valor total de cada una de las Ofertas i, sin decimales

i = Número de oferta.

En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absolutode la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula deponderación.

(ii) Media aritmética alta

Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la OfertaEvaluable más alta y el promedio aritmético de las Ofertas Evaluables y la asignación de puntos enfunción de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar lassiguientes fórmulas: =Donde,

XA = Media aritmética alta

Vmax= Valor total sin decimales de la Oferta Evaluable más alta

= Promedio aritmético de las Ofertas Evaluables

Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguientefórmula:

= ⎩⎪⎨⎪⎧[500]x 1 − − para valores menores o iguales a[500] x 1 − 2 | − | para valores mayores a

Donde,

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= Media aritmética alta

= Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i

i = Número de oferta.

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valorabsoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en lafórmula de ponderación.

(iii) Media geométrica con presupuesto oficial

Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas Evaluables y el presupuesto oficial unnúmero determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas adicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.

Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número deOfertas Evaluables y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantasveces como se indica en el siguiente cuadro:

Asignación de número de veces del presupuesto oficialNúmero de Ofertas (n) Número de veces que se incluye el presupuesto oficial

(nv)1 - 3 14 – 6 27 – 9 3

10 – 12 413 – 15 5

Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas Evaluables se incluirá una vez el presupuesto oficial delpresente Proceso de Contratación.

Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdoa lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:= … …Donde,

= Media geométrica con presupuesto oficial.

= Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO).

= Número de Ofertas Evaluables.

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= Presupuesto oficial del Proceso de Contratación.

= Valor de la oferta económica sin decimales del Proponente i.

Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente medianteel siguiente procedimiento:

= ⎩⎪⎨⎪⎧[500]x 1 − − para valores menores o iguales a[500] x 1 − 2 | − | para valores mayores a

Donde,

= Media geométrica con presupuesto oficial.

= Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i

i = Número de oferta.

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficialse tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valorde la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

(iv) Menor Valor

Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidadde las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican enseguida. Para la aplicación de este método la Entidad Contratante procederá a determinar el menorvalor de las Ofertas Evaluables y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

= [500] ( )Donde,

= Menor valor de las Ofertas Evaluables.

= Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i

i = Número de oferta.

En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta,como se observa en la fórmula de ponderación.

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Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenidocomo puntaje.

FACTOR CALIDAD

La oferta técnica (factor calidad) tiene un puntaje de hasta cuatrocientos (400) puntos, y se calcularáde acuerdo con los siguientes criterios:

Criterio PuntajeCumplimiento en contratos anteriores 100 puntosMultas y sanciones 100 puntosOfrecimiento adicional 200 puntos

Total 400 puntos

Cumplimiento en contratos anteriores (100 puntos)

Al proponente que presente con su oferta inicial, certificaciones de contratos ejecutados, celebrados yterminados por el proponente con entidades públicas dentro del último año contado a partir de la fechade cierre de la presente convocatoria, cuyo objeto corresponda a la “Construcción y/o mantenimientode edificaciones”, cuya cuantía sea mayor o igual a tres (3) veces el valor del presupuesto oficial enSMMLV a la fecha de terminación, se le asignará puntaje de acuerdo con la tabla que se muestra acontinuación. Estos certificados son adicionales y distintos a los requeridos para su habilitación y debenrelacionarse en el anexo 14.

Asignación de puntaje:

DESCRIPCIÓN PUNTOSUn (1) contrato certificado 100 puntos

Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales se podrá adjuntar de manera individual o conjuntael (los) certificado(s) en las condiciones anteriormente descritas.

El proponente que no presente en su oferta inicial la relación de certificados que se someterán aevaluación del factor de calidad y sus anexos en las condiciones anteriormente descritas, obtendrá cero(0) puntos.

Multas y sanciones (100 puntos)

Se asignará máximo cien (100) puntos al Proponente que por la efectiva prestación del servicio encontratos anteriores, no haya obtenido multas o sanciones.

Si el Proponente registra multas o sanciones debidamente ejecutoriadas, que le hubieren sidoimpuestas dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del proceso, el puntajeserá el siguiente:

No. DE MULTAS O SANCIONES PUNTAJE

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0 1001 o mas 0

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se asignará el puntaje por multas o sanciones queregistre uno cualquiera de sus integrantes.

La información sobre multas o sanciones será obtenida del anexo dispuesto para tal fin y del RegistroÚnico de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio para proponentes nacionales o extranjeroscon domicilio o sucursal en Colombia; en caso de proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal enColombia, dicha información se tomará del formulario de Requisitos Habilitantes para Extranjeros.

Ofrecimiento adicional (200 puntos)

Experiencia adicional del residente de obras

El ofrecimiento adicional, se calificará conforme a los años ofrecidos de experiencia general y especificadel profesional propuesto como residente de obras adicionales a los años de experiencia profesionalmínimos establecidos como requisito habilitantes.

- Por cada año completo de experiencia general adicional se otorgan 50 puntos (máximo 100 puntos).

- Por cada año certificados de experiencia especifica adicional se otorgan 50 puntos (máximo 100puntos).

Puntaje para estimular la industria nacional

Para apoyar la industria nacional a través del sistema de compras y contratación pública, en laevaluación se asignarán cien (100) puntos a los Proponentes que ofrezcan Bienes o Servicios cien porcientos Nacionales.

5.2.1. FACTORES DE DESEMPATE

En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, La Entidad Contratante debe escoger elProponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013.

6. EL SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOSRIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DELCONTRATO.

De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, a continuación se identifican losRiesgos del Proceso de Contratación desde su planeación hasta su liquidación:

Tabla 9 - Identificación de Riesgos

Nota: Anexo independiente publicado en el SECOP.

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7. EL ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARARLOS PERJUICIOS DE LA NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL.

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección ydel contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor del MUNICIPIO DESABANETA, una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cualconsistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionaren Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientesamparos:

Responsabilidad civil extracontractual

El contratista debe presentar una garantía de responsabilidad civil extracontractual, a favor de laEntidad Contratante.

El valor asegurado por los contratos de seguro que amparan la responsabilidad civil extracontractualno debe ser inferior a:

1. Doscientos (200) SMMLV para contratos cuyo valor sea inferior o igual a mil quinientos (1.500)SMMLV.

2. Trescientos (300) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a mil quinientos (1.500) SMMLV einferior o igual a dos mil quinientos (2.500) SMMLV.

3. Cuatrocientos (400) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a dos mil quinientos (2.500)SMMLV e inferior o igual a cinco mil (5.000) SMMLV.

4. Quinientos (500) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a cinco mil (5.000) SMMLV e inferioro igual a diez mil (10.000) SMMLV.

5. El cinco por ciento (5%) del valor del contrato cuando este sea superior a diez mil (10.000) SMMLV,caso en el cual el valor asegurado debe ser máximo setenta y cinco mil (75.000) SMMLV.

La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato

Garantía de Cumplimiento

El contratista debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato,a favor de la Entidad Contratante. La garantía de cumplimiento debe tener los siguientes amparos:

Amparo Suficiencia VigenciaBuen manejo y correctainversión del anticipo 100% del valor del Anticipo Plazo del contrato y 4 meses más.

Cumplimiento del ContratoSerá del veinte por ciento(20%), del valor del contrato,incluyendo las adiciones

Plazo del contrato y 4 meses más.

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Pago de salarios prestacionessociales legales eindemnizaciones laborales

Será del quince por ciento(15%), del valor del contrato,incluyendo las adiciones

Plazo del contrato y tres (3) añosmás.

Estabilidad y calidad de laobra

Será del treinta por ciento(30%) del valor final de lasobras

Cinco (5) años contados a partirde la fecha en la cual la EntidadEstatal recibe a satisfacción laobra.

8. INDICACIÓN DE ACUERDOS INTERNACIONALES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIOAPLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA.

El Proceso de Contratación está sujeto a los siguientes Acuerdos Comerciales. En consecuencia lasOfertas de bienes y servicios de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales vigentesque cubren el presente Proceso de Contratación, serán tratados como Ofertas de bienes y servicioscolombianos y tendrán derecho al puntaje para estimular la industria nacional.

Acuerdo ComercialEntidadEstatalincluida

Presupuesto delProceso de

Contrataciónsuperior al valor delAcuerdo Comercial

Excepciónaplicable alProceso de

Contratación

Proceso deContratación

cubierto por elAcuerdo

ComercialCanadá No No No NoChile No No No NoEstados Unidos No No No NoEl Salvador No No No NoGuatemala Si Si Si SiHonduras No No No NoLiechtenstein No No No NoSuiza No No No NoMéxico No No No NoUnión Europea No No No No

En consecuencia, los bienes y servicios de los siguientes países: GUATEMALA reciben trato nacional.

Aplica también el artículo 4° de la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones,suscrita entre Colombia-Bolivia-Ecuador-Perú, por no tener ningún tipo de restricción, en cuantía,entidades y servicios. Por lo anterior, se dará aplicación al principio de trato nacional y nodiscriminación, aplicado en concordancia con la ley 816 de 2003.

9. PROMOCIÓN AL DESARROLLO Y PROTECCIÓN DE LA INDUSTRIA NACIONAL

En atención a su cuantía, se determina que la presente contratación será objeto de limitación aMipymes en los términos del artículo 152 del decreto 1510 de 2013.

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10. RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMÓ EL COMITÉ ASESOR YEVALUADOR DEL PROCESO CONTRACTUAL.

De conformidad con lo señalado en la resolución por medio de la cual se designó el comité asesor yevaluador permanente de los procesos contractuales adelantados por la Secretaría de Obras Públicase Infraestructura, se nombró como integrantes del mismo a las siguientes personas:

Rol Técnico: Oscar Alberto Osorio Builes Rol Técnico: Miguel Antonio Murillo Lozano Rol Jurídico: Cesar Andrés Ospina Cardeño Rol Asesor: Jorge Alberto Acosta Montoya Rol Financiero: Abel Guillermo Gallego Gil

(Original Firmado)OSCAR ALBERTO OSORIO BUILES ABEL GUILLERMO GALLEGO GILSecretario de Obras Públicas e Infraestructura Secretario de Hacienda

CESAR ANDRÉS OSPINA CARDEÑO JORGE ALBERTO ACOSTA MONTOYAAsesor Jurídico Asesor Bloque Infraestructura

MIGUEL ANTONIO MURILLO LOZANOContratista Secretaría Obras Públicas e Infraestructura