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    DOCUMENTACIN Y TRMITES DEL COMERCIO INTERNACIONAL

    En comercio internacional es crucial realizar los trmites adecuados. La prdida o

    equivocacin de documentos puede aumentar los riesgos, llevar a retrasos y

    costes aadidos, o incluso impedir que se complete un trato.

    Garantizar que se posee la documentacin correcta es una parte vital del comercio

    internacional. Los trmites adecuados y precisos minimizan el riesgo de problemas

    y retrasos.

    Debe eistir un contrato claro por escrito entre el comprador y el vendedor, que

    incluya detalles sobre dnde se entregarn eactamente los productos.

    !ambin son necesarios documentos espec"#icos para que los productos pasen las

    aduanas y para gestionar los pagos adecuados de impuestos y aranceles $D%&,

    certi#icados, autorizaciones..'. (uede )aber requisitos tanto para el pa"s del que se

    eportan los productos como para el pa"s al que se importan.

    !ambin se eige una documentacin de transporte y seguros que acompaar a

    las mercanc"as durante el transporte

    La entrega de la documentacin completa tambin es parte del mecanismo de

    pago. *in la documentacin correcta y completa el pago no tendr lugar en la

    mayor"a de las ocasiones.

    DOCUMENTOS GENERALES: COMERCIALES, DE TRANSPORTE Y DE

    SEGURO.

    1. DOCUMENTOS COMERCIALES

    1.1 FACTURA PROFORMA

    La #actura pro #orma es un documento provisional emitido por el eportador

    con la #inalidad de que el comprador disponga de in#ormacin completa sobre

    los elementos que componen la operacin.

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    Desglose de gastos de transporte y seguro, si son por cuenta del

    eportador, a e#ectos de calcular el valor estad"stico y el valor comercial.

    1.2 FACTURA COMERCIAL

    Es el documento comercial ms importante en el #luo de documentos de una

    operacin de eportacin. Lo emite el eportador, una vez con#irmada la

    operacin de venta, para que el comprador satis#aga el importe de los

    productos y servicios que se suministran.

    &dems es un documento contable que se utiliza como base para aplicar los

    derec)os arancelarios al paso de las mercanc"as por las aduanas.

    Los requisitos que deben contener las #acturas estn recogidos en el 5eal

    Decreto 7879:; para el caso de #acturas simpli#icadas'. Eemplo de

    in#ormacin a incluir

    0-mero y, en su caso, serie /ec)a de su epedicin.

    0ombre y apellidos, razn o denominacin social completa, tanto del

    obligado a epedir #actura como del destinatario de las operaciones. 0-mero de 2denti#icacin /iscal

    Domicilio, tanto del obligado a epedir #actura como del destinatario de las

    operaciones. Descripcin de las operaciones, consignndose todos los datos necesarios

    para la determinacin de la base imponible del 2mpuesto El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las

    operaciones. La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deber consignarse

    por separado.

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    La #ec)a en que se )ayan e#ectuado las operaciones que se documentan o

    en la que, en su caso, se )aya recibido el pago anticipado, siempre que se

    trate de una #ec)a distinta a la de epedicin de la #actura.

    En el supuesto de que la operacin que se documenta en una #actura est

    eenta del 2mpuesto, una re#erencia a las disposiciones correspondientes

    de la Directiva ;

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    Documento especial emitido por el eportador y visado por un consulado del

    pa"s importador en la nacin eportadora, que suele ser requerido por las

    autoridades aduaneras de algunos pa"ses $bastante #recuente en los

    sudamericanos'. La #actura consular sirve para veri#icar el valor, la cantidad y

    el origen de la mercanc"a cuando se e#ect-e el despac)o, sobre cuya base se

    determinar la clase de arancel que debern soportar los productos en

    cuestin. & veces, puede suplirse con la aportacin de una #actura comercial

    visada por el consulado correspondiente.

    1.6 CERTIFICADOS DE ORIGEN

    Los certi#icados de origen estn destinados a probar el origen de las

    mercanc"as, con vistas a satis#acer las eigencias aduaneras o comerciales

    tales como la apertura de crditos documentales.

    Las +maras de +omercio e 2ndustria estn )abilitadas epl"citamente para

    epedir certi#icados de origen para mercanc"as destinadas a la eportacin

    $Ley =:9= de ;; de 6arzo de 799=, Csica de las +maras 4#iciales de

    +omercio, 2ndustria y 0avegacin de Espaa'

    1.7 CUADERNOS ATA Y CPD

    Es un documento de &dmisin !emporal de mercanc"as vlido en los pa"ses

    miembros de la +adena &!& que sustituya a los documentos nacionales de

    eportacin e importacin temporal, en ciertos supuestos y cumpliendo

    determinados requisitos.

    El cuaderno &!& sirve para que cualquier tipo de mercanc"a, que no sea de

    naturaleza perecedera $alimentos o bebidas', o que requiera una elaboracin o

    reparacin, pueda viaar #uera de sus #ronteras para

    *er mostradas en /erias y Eposiciones, de carcter comercial, tanto

    privadas como o#iciales. ue los representantes comerciales enseen sus muestrarios en varios

    pa"ses sin necesidad de cambiar de documentacin.

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    6over mercanc"as y equipos para la realizacin de trabaos de tipo

    pro#esional prensa, radio, cine, instalaciones tcnicas, teatro,

    acontecimientos deportivos, etc.

    Las +maras de +omercio son las encargadas de emitir esta documentacin

    Los cuadernos +(D se utilizan para la eportacin e importacin temporal en

    !ain y sus caracter"sticas y #inalidad son las mismas que las de los

    cuadernos &!&.

    2. DOCUMENTOS DE TRANSPORTE

    2.1 CONOCIMIENTO DE EMBARUE MAR!TIMO

    Es un documento emitido por la empresa naviera o su agente en el se )ace

    constar que se )a recibido la mercanc"a para ser transportada al puerto de

    re#erencia en la nave que se indica.

    El n-mero de eemplares que se emiten suele ser de tres, y se acompaan con

    diversas copias no negociables.

    El conocimiento de embarque mar"timo tiene tres #unciones bsicas

    &cuse de recibo de las condiciones en que se )a recibido la mercanc"a.

    +ontrato de transporte en el que se especi#ican al dorso las obligaciones de

    las partes. !"tulo de crdito que permite a su tenedor retirar la mercanc"a transportada.

    +uando la mercanc"a se )a recibido en per#ecto estado y no se detecta

    ninguna anomal"a se anota en el documento el trmino FlimpioF $clean'. *i no

    es as" se )acen constar los de#ectos en el embalae o estado de la mercanc"apor lo que el conocimiento se llama FsucioF $dirty'. En la documentacin de las

    eportaciones que se pagan mediante crditos documentarios slo se admiten

    conocimientos de embarque FlimpiosF, por lo cual un conocimiento de

    embarque FsucioF constituye una reserva que es necesario subsanar para

    cobrar el crdito.

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    (or su condicin de t"tulo de crdito los conocimientos de embarque pueden

    ser de tres tipos

    0ominativos se especi#ica el destinatario y, por tanto, no se puede

    endosar. & la orden se especi#ica tambin la persona del destinatario, pero

    precedida por la epresinFa la orden deF, por lo que es transmisible por

    endoso. &l portador se considera destinatario al tenedor, cualquiera que sea la

    #orma en que lo )a obtenido, lo que )ace que sea peligroso por razones de

    #raude o robo y, en consecuencia, se utilice poco.

    &simismo, tambin eisten distintos conocimientos de embarque en #uncin de

    la #orma de entrega y de los transbordos de la mercanc"a entre buques

    Directo $t)roug)' )ay servicio directo entre los puertos de carga y

    descarga y no es necesario realizar transbordos. 6ito $combined' cuando no )ay servicio directo, la primera naviera emite

    conocimiento de embarque mito )asta el puerto de destino, subrogndose

    las dems en los derec)os y obligaciones mediante conciertos entre ellas. Embarcado $s)ipped on board' el que se etiende a la recepcin de la

    mercanc"a a bordo del buque. 5ecibido para embarque $received to be s)ipped' es un conocimiento

    provisional que reconoce que las mercanc"as )an sido recibidas para su

    embarque posterior.

    2.2 CONOCIMIENTO DE EMBARUE A"REO

    Documento usti#icativo del contrato de transporte areo, establecido entre unepedidor y una compa"a de transporte areo, mediante el cual sta

    reconoce )aber recibido la mercanc"a para su epedicin y se obliga a

    transportarla al aeropuerto de destino con#orme a las condiciones

    especi#icadas. *e denomina, igualmente, carta de porte areo y nota de

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    consignacin. Lo emite la compa"a area o un agente de carga area 2&!&

    autorizado.

    El modelo utilizado es de 2&!& $2nternational &ir !ransport &ssociation'. +onsta

    de tres originales no negociables, y entre seis y doce copias adicionales para

    uso interno.

    El conocimiento areo cumple cinco #unciones

    (rueba de contrato de transporte, conteniendo en su reverso el clausurado.

    &cuse de recibo de las condiciones en que se )a recibido la mercanc"a.

    Declaracin para el despac)o aduanero.

    +erti#icado de seguro, si el epedidor lo solicita.

    Gu"a de instrucciones para el personal del transportista.

    Los aspectos ms relevantes de su uso son que la compa"a area entrega la

    mercanc"a a quien #igura en el conocimiento como destinatario, sea o no el

    propietario la modi#icacin del l"mite de responsabilidad del transportista, en

    los casos en que se declara un valor para el transporte la inclusin de los

    detalles tcnicos y comerciales del env"o, as" como instrucciones para

    manipular la mercanc"a el derec)o a establecer reservas y la descripcin de

    los aeropuertos por un cdigo de tres letras.

    2.3 CARTA DE PORTE POR CARRETERA CMR

    Es un documento emitido, generalmente, por las empresas de transportes y

    transitarios, bao la responsabilidad del epedidor, en el que se )ace constar la

    recepcin de la mercanc"a para su traslado al punto convenido en las

    condiciones establecidas en el propio documento.

    *e emite en tres originales $epedidor, destinatario y transportista' y un

    n-mero variable de copias.

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    Las #unciones bsicas de este documento son dos como prueba del contrato

    de transporte y como acuse de recibo de las instrucciones dadas al

    transportista. 0o es t"tulo de crdito y, por tanto, no es negociable.

    Este documento recoge la normativa del +onvenio +65 $del que Espaa

    #orma parte desde 79>H', que establece la obligatoriedad de la carta de porte

    por carretera +65 siempre que se realice un transporte de mercanc"as por

    carretera a di#erentes pa"ses y, al menos, uno de ellos sea signatario del

    +onvenio.

    De acuerdo a este +onvenio el transportista tiene la obligacin de atender las

    instrucciones del epedidor, especialmente en los env"os de mercanc"as

    peligrosas animales vivos, etc., as" como en los casos en que ste decida

    eercitar el derec)o de disposicin, que le autoriza a modi#icar el destino de la

    mercanc"a.

    2.4 CUADERNO TIR

    Documento utilizado en el transporte internacional por carretera que permite el

    trnsito de las mercanc"as a travs de los pa"ses que estn ad)eridos a este

    rgimen sin ser sometidas a controles aduaneros. /ue creado en Ginebra, el

    7H de noviembre de 79>I.

    Los ve)"culos transportadores )an de estar precintados, y deben cumplir,

    adems, una serie de requisitos entre los que destaca la no eistencia de

    ruptura de carga $no se puede descargar la mercanc"a para embarcarla en

    otro camin'. Este sistema reporta ciertas ventaas, como la de que no se

    inspeccione la carga en los pa"ses que se transite. *e respetan los precintos, y

    basta con presentar la )oa de ruta $cuaderno !25' para cumplir con todas las

    #ormalidades aduaneras.

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    La %nin 2nternacional de !ransporte por +arretera es el organismo encargado

    de salvaguardar el correcto #uncionamiento del sistema de carnets !25 de

    transporte.

    2.5 CARTA DE PORTE FERRO#IARIO CIM

    Es el documento que regula el transporte internacional #erroviario entre, al

    menos, dos pa"ses comunicados por unas l"neas de #errocarril en unas listas

    aneas al +onvenio +4!2/J+26.

    *e emite conuntamente por el epedidor y la compa"a #erroviaria, aunque en

    la prctica lo elabora el transitario. +onsta de cinco eemplares, de los culesel n7 7, que es el original, se entrega al destinatario, y el n7 H, que es el

    duplicado, se entrega al remitente tras aceptar la remesa. Los restantes

    eemplares son para la compa"a de #errocarril.

    Este documento tiene dos #unciones bsicas prueba del contrato de

    transporte y acuse de recibo de la mercanc"a en buen estado y condicin

    aparente. &l igual que la carta de porte por carretera no es t"tulo de crdito, por

    lo que no es negociable.

    Los aspectos ms relevantes de su uso son

    ue el destinatario debe ser una sola persona, #"sica o ur"dica.

    El derec)o de la compa"a #erroviaria a establecer reservas, si no recibe la

    mercanc"a en per#ectas condiciones. La de#inicin de a quin corresponde la operacin de carga y descarga.

    El derec)o del remitente a elegir tari#as e itinerarios o a disponer de la

    mercanc"a. El reparto de los gastos entre remitente y destinatario.

    %na carta de porte +26 cubre todo el trayecto de la mercanc"a, desde el lugar

    de recepcin en pa"s del eportador )asta el lugar de entrega en el pa"s del

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    comprador, aunque se )ayan atravesado terceros pa"ses o se )ayan utilizado

    trenes de di#erentes compa"as #erroviarias

    2.6 CONOCIMIENTO DE EMBARUE MULTIMODAL FIATA

    *e utiliza para regular el transporte internacional en rgimen multimodal,

    organizado bao la responsabilidad de transitarios que pertenezcan a /2&!&

    $/ederacin 2nternacional de !ransitarios', cuyo miembro espaol es la

    asociacin /E!E2&

    El transporte multimodal es aquel que consiste en el traslado de la mercanc"a

    en %nidades de !ransporte 2ntermodal $%!2', utilizando sucesivamente

    ve)"culos de la misma o distinta naturaleza, pero bao un -nico documento de

    transporte. Este documento se denomina conocimiento de embarque

    multimodal /2&!& o tambin /CL $/2&!& bill o# lading'.

    El documento lo emite un transitario miembro de /2&!&. +on ello el env"o

    queda cubierto con un seguro solidario de responsabilidad civil. Generalmente,

    consta de tres originales y varias copias no negociables. Las #unciones bsicas

    del /CL son

    (rueba de contrato de transporte, conteniendo en el reverso su clausulado.

    &cuse de recibo del estado de la mercanc"a.

    Declaracin de despac)o aduanero.

    +erti#icado de seguro, si el eportador lo solicita.

    3. DOCUMENTOS DE SEGURO

    3.1 SEGURO DE TRANSPORTE

    Es un contrato por el cual, una de las partes $asegurador', a cambio de una

    prima, se obliga a pagar una indemnizacin a la otra parte $asegurado', o a un

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    tercero $bene#iciario' en el caso de que ocurra un riesgo o acontecimiento

    incierto a la persona o cosa que se asegura.

    *e trata de un documento que emiten las compa"as aseguradoras para

    acreditar la cobertura de riesgos derivados del transporte de la mercanc"a

    desde el lugar de epedicin )asta el de destino.

    En el *eguro de !ransportes tambin aparece la #igura del tomador que es el

    que contrata el seguro por cuenta de otro. Este puede ser el caso, por eemplo,

    de un transitario que contrata un seguro de mercanc"as por cuenta de la

    empresa eportadora.

    Eistes dos clases de plizas

    2ndividual +ubre los riesgos de un determinada mercanc"a asegurada para

    un viae concreto. Global +ubre los riesgos de todas las operaciones que se lleven a cabo

    durante un per"odo de tiempo determinado, dentro de los l"mites y las

    condiciones estipuladas. Es lo que se llama una pliza #lotante. El

    asegurado recibe un certi#icado de seguro que reconoce la eistencia de

    una pliza de seguro global