Doble Nacionalidad

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 1 FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES TRABAJO DE: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. Multinacionalidad. En México. ALUMNO: Robinson Iván Cisneros Calixto CUARTO GRADO SECCIÓN 48 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 1 FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES TRABAJO DE: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. Multinacionalidad. EnMxico. ALUMNO: Robinson Ivn Cisneros Calixto

CUARTO GRADOSECCIN 48 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLS DE HIDALGO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 2 1. Nacin En el Libro intitulado "La doble nacionalidad en la Legislacin Mexicana, el jurista Rafael de Pina Vara define el concepto de nacin, como "El conjunto de personas ligadas por la comunidad de origen, bien por la posesin de un mismo idioma, bien portenerlasmismascreenciasreligiosas,bienporlaidentidaddecostumbres, bien sencillamente, por sentir aspiracin a realizar unidas el propio destino, o por cualesquiera de las expresadas circunstancias o reunin de algunas de ellas.1 De manera un tanto ms simple, el lingista Juan Palomar de Miguel la define como el "... conjunto de habitantes de un pas que se rigen por el mismo gobierno.2 EnunavisinestrechaelmaestroOlaguerBauzaconsiderquelanacinesta "conformada por un conjunto de individuos que hablan el mismo idioma, tienen la misma historia y tradiciones en comn, y adems pertenecen en su mayora a una misma raza.3 Sinembargo,yadesdefinalesdelsigloXX,elfilsofoehistoriadorfrancs, JosephErnestRenan,ensuclebrediscursode1882enLaSorbona"Ques unanacin?,reflexionabaconunavisinmsampliayabierta.Paral,nohay quecentrarsealdefinirlaenunamismarazaoetnia,nisiquiera,comofactor fundamental,enunmismoidiomaolenguaje,sinoconsiderarlasobrelabasede una creencia o adopcin histrica que le dan base a un propsito comn. Esto es, afirmaaliniciarlatercerapartedesudiscurso,que"Nacinesunalma,un principioespiritual,doscosasqueadecirverdadsonunasola;unaestenel pasado, la otra en el presente: una es la posesin en comn de un rico legado de recuerdos,laotraeselconsentimientoactualdevivirjuntos,lavoluntadde continuar haciendo valer la herencia que se ha recibido indivisa.4 Los que asumen comopropiosunahistoriayunlegadoidentitarioyloquierencontinuar desarrollandocomponenlanacin,aunquetenganorigenendiferentesrazaso etnias y hablen idiomas distintos, incluso con distintas religiones y culturas. De hecho, la concepcin contempornea, de una nacin multitnica y pluricultural abierta al mundo y al cambio pero con identidad y cohesin propias, al rastrear sus orgenestericospuederemontarsehistricamentehastaelpensadorfrancs citado.Estaconcepcinmodernaeslaque,enelmarcodeunamultiplicada movilidadmigratoriayunaglobalizacindelascomunicaciones,laculturaylas

1DEPINAVARA,Rafael.DiccionariodeDerecho.DcimoSegundaEdicin.Porra,Mxico, 1984.Pg.359,Citadoen:BAUZACALVIO,OlaguerC.LaDobleNacionalidadenla Legislacin Mexicana. OGS Editores S.A.de C. V. Mxico, 2002 Pg. 2 2PALOMARDEMIGUEL,Juan.Diccionarioparajuristas.Mxico,Edit.Mayo,1981,p.89. Citado en: BAUZA CALVIO, Olaguer C. La Doble Nacionalidad en la Legislacin Mexicana. 3BAUZA CALVIO, Olaguer C. Op. Cit. Pg. 4 4Editorial Sequitur, Madrid, 2007, DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 3 relacionescomercialesyfinancieras,vanasumiendoencrecientenmerolos estados actuales y diversos acuerdos internacionales relacionados con el tema.5 Sobreestabase,eljuristaOlaguerC.BauzaCalvio,concluye,sujetndoseal criterio del idioma, que "La nacin es la voluntad de un grupo de individuos, con un mismoidioma,concostumbrescomunes,conunamismahistoria,que permanecen unidos, desarrollando juntos un proyecto de vida social a travs de un gobierno, bajo las mismas leyes, las cuales se irn construyendo de acuerdo con laspocasylascircunstancias,yatravsdeltiemposurgiresaconciencia nacional, que ser el vinculo que profundice su vida en comn y le d un sentido definido de transcendencia.6 2. Estado La definicin de Estado, se puede apreciar de dos formas, la primera como "... un cuerpopolticodeunanacin;7obien,lasegundacomoel"...conjuntodelos ciudadanos que componen el gran cuerpo que se llama nacin. Tambinsepuededelimitarcomola"Sociedadjurdicamenteorganizadapara hacerposible,enconvivenciapacfica,larealizacindelatotalidaddelosfines humanos.ocomo"...launidad de unsistemajurdicoquetiene ensmismo, el propiocentroautnomoyqueestenconsecuenciaprovistodelasuprema cualidad de persona en sentido jurdico.8 3. Diferencia entre Nacin y Estado. Ladiferenciaentreestosdosconceptosntimamenterelacionados,consisteen que"ElconceptodenacinesmsamplioqueeldeEstado;lanacinabarca muchos aspectos de la vida del hombre, mientras el Estado es el rgano creador y aplicadordelDerecho.LanacinenmltiplescasoshaprecedidoalEstado.Es decir, el Estado es el cuerpo poltico de una nacin.9 4. Ciudadana Laciudadanaesunatributodelanacionalidad,queseadquierecuandose cumple la edad que requiere la legislacin de un pas10 para convertirse en sujeto plenodederechosyobligacionesjurdicasysetieneunmodohonestodevivir.

5Consultar,porejemploelCONVENIOdelaOITN169SOBREPUEBLOSINDIGENASY TRIBALESENPAISESINDEPENDIENTESde1989, http://www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/lima/publ/conv-169/convenio.shtml 6 BAUZA CALVIO, Olaguer C. Op. Cit. Pg. 5 7 Ibdem. Pg. 8 8 dem. 9 dem. 10 En Mxico esa edad es la de 18 aos. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 4 Obtener la ciudadana implica tambin la posibilidad de ejercer derechos polticos, ypoderserelegidoparaocuparuncargopblicoyvotarenloscomicios electorales e impone a la persona obligaciones y le concede derechos. La diferencia entre ciudadana y nacionalidad radica en que "... la nacionalidad es lapertenenciaaunanacin,ylaciudadanaeslaparticipacinquepuedetener esa persona en la vida del estado, despus de reunir los requisitos exigidos por la Ley para ser considerado ciudadano. Con esto se llega a la conclusin de que... se puede ser nacional de un Estado sin ser ciudadano, pero hay queaclarar que no se puede ser ciudadano de un Estado sin ser nacional.11 La ciudadana es un atributodelanacionalidad,querequieredelasatisfaccindelascondiciones fijadas por las leyes de un Estado para que la persona pueda obtenerla y ejercerla cabalmente en beneficio suyo. 5. NacionaIidad Mexicana de personas fsicas. Habraqueestablecerquelanacionalidadsedefinecomoel"Lazojurdicoque une a los individuos con el Estado y que los hace sujetos del mismo.12 Y precisar, con el doctor Manuel Becerra Ramrez del nstituto de nvestigaciones Jurdicas de laUNAM,queel"...conceptodenacionalidadtieneunsignificadomultvocoya que se puede ver desde la perspectiva sociolgica como jurdica. Desde el punto devistasociolgico,lanacionalidadsignificalapertenenciaaungrupode personasquecompartenunacultura,queincluyenelidioma,tradiciones,races histricas; encambio desdeelpuntodevistajurdicolanacionalidadserefierea una relacin o vnculo de los individuos frente al Estado que se traduce en ciertos derechos y obligaciones recprocos.13 As, el maestro francs Jean-Pauline Niboyet subraya el aspecto poltico al definir la nacionalidad como "el vinculo poltico y jurdico que relaciona a un individuo con unEstado14,mientrasqueeljuristamexicanoRafaeldePina,subrayael

11Ibdem. Pg. 33 y 34. 12CARRILLOCASTRO,Alexandro.Ladoblenacionalidad.RevistaExamen.Mxico.EditPND, 1997.Citadoen:BAUZACALVIO,OlaguerC.LaDobleNacionalidadenlaLegislacin Mexicana. OGS Editores S.A.de C. V. Mxico, 2002 Pg. 9 13 BECERRA RAMREZ, Manuel. Las Reformas a la Constitucin en materia de nacionalidad. Lex Difusiny Anlisis, Mxico 1998, nm. 34. Pg. 49. Citado en: BAUZA CALVIO, Olaguer C. LaDobleNacionalidadenlaLegislacinMexicana.OGSEditoresS.A.deC.V.Mxico,2002 Pg.11. 14NIBOYET,JuanPaulino.PrincipiosdeDerechoInternacionalPrivado,trad,Ramn Rodrguez,Edit.Nacional,Mxico,1974.Pg.77.Citadoen:BAUZACALVIO,OlaguerC.La DobleNacionalidadenlaLegislacinMexicana.OGSEditoresS.A.deC.V.Mxico,2002 Pg.10. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 5 sociolgicoalasentarque"Eselvinculojurdicoqueligaaunapersonaconla nacin a que pertenece.15 La clasificacin de la nacionalidad en Mxico es la siguiente: a. Nacionalidad Originaria: En Mxico, la nacionalidad originaria se puede definir como "Aquella que el Estado otorgaalindividuo desdeelinicio desuvida fsica16,paraadquirirestaclasede nacionalidad,sedebenllenarlosrequisitosquesedanenelartculo30 Constitucional que dice lo siguiente: "Artculo30.Lanacionalidadmexicanaseadquierepornacimientoopor naturalizacin.A)Sonmexicanospornacimiento:.Losquenazcanenterritorio de la Repblica, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres. II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional,depadremexicanonacidoenterritorionacional,odemadremexicana nacida en territorio nacional; . Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanospornaturalizacin,depadremexicanopornaturalizacin,odemadre mexicana por naturalizacin, y IV.Losquenazcanabordodeembarcacionesoaeronavesmexicanas,seande guerra o mercantes. Unapersonapuedegozardemltiplesnacionalidades,atendiendoaciertas circunstanciasensunacimientoydesusprogenitores,dependiendodelos criterios que adopte cada Estado. Elotorgamientodelanacionalidadoriginariasepuededaratravsdevarios principios: eliussoli(DerechodelSuelo.Segnesteprincipiolaspersonasque nacenenunEstadoadquirirnlanacionalidaddeeseEstado,quepuede ser distinta a la de sus padres), eliussanguinis(Derechodesangre),lanacionalidaddeunapersonase heredadesusascendientes(padres),aunqueelparentescoseaadoptivo, sin importar donde haya nacido, eliusoptandi(DerechodeOpcin),escuandolapersonapuedeelegir entredosomsnacionalidadesoriginarias,ocuandoeliussoliyelius sanguinisnocoincidenysetienelaposibilidaddeoptarentrelas nacionalidades a las que se tiene derecho, o

15 PEREZNIETO, Leonel. Derecho Internacional Privado. Sptima Edicin, Oxford, Mxico1998. Pg.34.Citadoen:BAUZACALVIO,OlaguerC.LaDobleNacionalidadenlaLegislacin Mexicana. OGS Editores S.A.de C. V. Mxico, 2002 Pg.11. 16CUEVASCANCINO,Francisco.ManualdeDerechoInternacionalPrivadoMexicano.Porra, Mxico, 1997. Pg. 72. Citado en: BAUZA CALVIO, Olaguer C. op. cit., Pg.17. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 6 eliusdomicilii(DerechoenrazndelDomicilio),"aquellaforma dehacer nacionalessuyos,aaquellosqueseencuentran domiciliadosdentrode su territorio.17Enestecaso,elEstadoparaotorgarleslacalidadde nacionales, pide como requisito sinqcua non que la persona acredite cierto tiempoderesidenciaensuterritorio,conelfindeasegurarsuefectiva vinculacin nacional. b. Nacionalidad Derivada: Alanacionalidadderivada,seleconocetambincomonaturalizacin.Parael jurista mexicano Carlos Arellano Garca es "el hecho de adquirir una nacionalidad con posterioridad a la originaria y en substitucin de ella18, es decir, se da cuando unsujetoadquiereporvoluntadpropiaotranacionalidadadicionalalaqueya tena,seestenpresenciadelallamadanacionalidadderivada.Paraellose requiere cumplir con los requisitos que cada estado estipula. Por ello, para el catedrtico universitario y embajador mexicano Francisco Cuevas Cansino,conreferenciaaquienlaotorga,lanaturalizacines"elactosoberano porelcualelEstadoacogecomopartedesupuebloalindividuo(oindividuos) hasta entonces extranjero, pues lo considera til para el desarrollo de su poltica, concedindole la calidad de nacional19. 6. Nacionalidad MItipIe (MuItinacionaIidad). Los destemplados cambios econmicos, polticos y sociales, por los que atraviesa la humanidad entera han conformado, nos dice un ensayo acadmico, "un mundo con altos niveles de migracin nunca antes visto y la creciente interdependencia y globalizacinhacensuponerqueesteprocesoseguiraumentando;porloque hoy en da ya no se habla nicamente de la doble nacionalidad sino tambin de la multinacionalidad, es decir, cuando sobre un solo individuo concurren ms de dos nacionalidades.Dehecho,esposiblequesobreunapersonaporefectodelas leyes constitucionales de diferentes pases exista la posibilidad de que concurran sobre l, ms de dos vnculos jurdicos con Estados distintos. "El siguiente ejemplo buscademostrardemaneratericalaposibilidaddequeunindividuo latinoamericanopuedehacerconcurrirsobrelmuchasmsnacionalidadesque unasimpledoblenacionalidad:undiplomticoperuanocontraematrimoniocon una diplomtica brasilea; y tienen un hijo en territorio mexicano; este nio podra tenertresnacionalidades:laperuana,labrasileaylamexicana.Luegosiese nioquedasehurfanoyfueseadoptadoporunaecuatorianaobtendrauna

17 La Nacionalidad: http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledi/idunate_g_fa/capitulo1.pdf 18ARELLANOGARCA,Carlos.DerechoInternacionalPrivado.Decimosegundaedicin. Porra, Mxico, 1998. Pg. 255. Citado en: BAUZA CALVIO, Olaguer C. op. cit. Pg.121. 19 CUEVAS CANCINO. Francisco. Op Cit. Pg. 76. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 7 cuartanacionalidad:laecuatoriana.Posteriormente,siyamayordeedad contrajesematrimonioconunavenezolanaporesehechoconseguirasuquinta nacionalidad, la venezolana. Si enviudase mantendra la nacionalidad venezolana y no la perdera si decidiese nacionalizarse colombiano. Bueno hasta all ya lleva seis nacionalidades; pero si se volviera a casar esta vez con una boliviana tendra su sptima nacionalidad: la boliviana. Y esto hubierasido an ms complicado si antesdecasarseconlabolivianahubieseoptadoaladoblenacionalidad espaola. 20 7. La DobIe NacionaIidad en Mxico Elantecedentemscercanodeladoblenacionalidadloencontramosenel nstitutodeDerechonternacional,queensusesindeEstocolmode1928 estableci el derecho de las personas a cambiar de nacionalidad. nstitutodeDerechonternacional.PerododesesionesdeEstocolmo-1928 "Nacionalidad,(Ponentes:MM.Ch.L.agostoReuterskjldAxelyScipione Gemma) "Declara adoptar las siguientes resoluciones: ArtculoNingnEstadoseaplicaralaadquisicinyprdidadelas normasdenacionalidad,quetienenimplicacionesparaladoble nacionalidad o no la ciudadana, si otros pases aceptan las mismas reglas. Artculo2Ningunapersonapuedeperdersunacionalidadsinadquiriruna nacionalidad extranjera. Artculo3Ningunapersonapuedeadquirirpornaturalizacin,la nacionalidad extranjera, ya que es el pas cuya nacionalidad posee. Un individuo puede adquirir por naturalizacin, la nacionalidad extranjera, a menos que lo solicite. ElEstadoderesidencia,noobstantepuedeimponersunacionalidad, despusdeciertotiempo,establecerlamedidadeloposibleporun acuerdo, y sujeto a un derecho de opcin. Artculo 4 La legislacin del pas, incluyendo a una mujer que se casa con la nacionalidad de un extranjero, le permitir mantener, ya que no ha adquirido la nacionalidad del marido. Cuandolaleydelmaridodalanacionalidaddelamujer,elderechodela mujerpuedemantenerensunacionalidadoriginal,amenosdos condiciones:

20Lanacionalidadmltiple:http://www.monografias.com/trabajos21/nacionalidad-multiple/nacionalidad-multiple.shtml DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 8 1 Que el cnyuge residente en el pas de las mujeres; 2 Que la mujer lo desea explcita. Artculo5CuandolalegislacindeunEstadodaalanacionalidaddel marido de la mujer por el mero hecho del matrimonio, sin embargo, que el derecho de rechazar el propsito por razones de polica en general. Artculo 6 Si los cnyuges tienen nacionalidades diferentes, y en la medida en que el nio sigue a la nacionalidad de sus padres, toma la nacionalidad de su madre, cuando:1 El padre ha abandonado a la madre antes del nacimiento del nio;2Elnionacienelpascuyamadrehacasado,guardarorecuperarla nacionalidad,siemprequeenelcasodeunderechodeopcinala nacionalidad del padre. 21 Sinembargo,enelDerechoMexicano,hasta1997nosereconocaladoble nacionalidad,aunquehabaciertasexcepcionesyaquesisereconocaenlos menores de edad, hasta que llegaran a la mayora de edad, pues entonces tenan que decidir si se queran continuar con la nacionalidad mexicana o con la otra a la que tuvieren derecho. El20demarzodeeseao,haceapenas12,seformalizenMxicoel reconocimientoaladoblenacionalidad.22Estefueunbeneficioqueelgobierno mexicano promovi para todas aquellas personas que por diversas causas dejaron su ciudadana mexicana para formar parte de otra. 8. Fundamento jurdico de Ia "dobIe nacionaIidad" en Ias Leyes Mexicanas ElfundamentojurdicodelreconocimientoaladoblenacionalidadenMxico,lo encontramos en la Constitucin en el artculo 32 vigente que dice lo siguiente: "Artculo 32. La Ley regular el ejercicio de los derechos que la legislacin mexicana otorga a los mexicanos que posean otra nacionalidad y establecer normas para evitar conflictos por doble nacionalidad... Enconcreto,elartculo32constitucional,ensuprimerprrafo,"fijalaposibilidad dequelalegislacinsecundariareguleelejerciciodederechosespecficosde aquellosquegocendedosnacionalidades.Serefierealestablecimientode normas por la legislacin para evitar conflictos por doble nacionalidad, debido a la imposibilidadjurdicadeperderlanacionalidadmexicana,deorigen,conllevala

21Instituto de Derecho Internacional: http://www.idi-iil.org/idiF/resolutionsF/1928_stock_01_fr.pdf 22GONZLEZMARTN,Nuria."LeydeNacionalidad.BoletnMexicanodeDerechoComparad. UNAM http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/98/el/el11.htm DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 9 necesidad de crear criterios legislativos para determinar la nacionalidad que debe serpreferida,conelfindederivarconelloelderechoaplicableencasos especficos,comoestablecerqueelnacionaldualvoteenelpasderesidencia habitual,evitarladobleomltipletributacin,etctera.Esobvioqueladoble nacionalidad est presente con las reformas constitucionales y en especial con la reforma del artculo 32 constitucional. Teniendoencuentaqueparalosnaturalizadoscomomexicanostienenciertas restricciones como las que menciona el mismo artculo en su segundo prrafo: "El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposicin de la presente Constitucin, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva aquienestenganesacalidadynoadquieranotranacionalidad.Esta reservatambinseraplicablealoscasosqueaslosealenotrasleyes del Congreso de la Unin. Otra restriccin que tiene los extranjeros es en relacin al Ejrcito Mexicano, como lo estipula el tercer y cuarto prrafos del mismo artculo: "Entiempodepaz,ningnextranjeropodrservirenelEjrcito,nienlas fuerzas de polica o seguridad pblica. Para pertenecer al activo del Ejrcito entiempodepazyaldelaArmadaoaldelaFuerzaAreaentodo momento,odesempearcualquiercargoocomisinenellos,serequiere ser mexicano por nacimiento. Estamismacalidadserindispensableencapitanes,pilotos,patrones, maquinistas,mecnicosy,deunamanerageneral,paratodoelpersonalque tripule cualquier embarcacin o aeronave que se ampare con la bandera o insignia mercantemexicana.Sertambinnecesariaparadesempearloscargosde capitn de puerto y todos los servicios de practicaje y comandante de aerdromo. Remarcando en su prrafo final "Losmexicanossernpreferidosalosextranjerosenigualdadde circunstancias,paratodaclasedeconcesionesyparatodoslosempleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano. Eltemadeladoble nacionalidadaparecetambinenlaLeyde Nacionalidad,en suartculo12dondeseestablecequelosmexicanospornacimientoquesalgan delterritorionacionaloingresenal,debernostentarsecomonacionales,aun cuando posean o hayan adquirido otra nacionalidad. 9. Perdida de la nacionalidad mexicana. Lanacionalidadmexicanaadquiridapornaturalizacin,sepierdeporlas siguientes causas, segn el artculo 37 de nuestra Carta Magna. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 10 "Artculo37.... B)La nacionalidad mexicanapor naturalizacinseperderenlos siguientes casos: .Poradquisicinvoluntariadeunanacionalidadextranjera,porhacerse pasarencualquierinstrumentopblicocomoextranjero,porusarun pasaporteextranjero,oporaceptarousarttulosnobiliariosqueimpliquen sumisin a un Estado extranjero, y . Por residir durante cinco aos continuos en el extranjero. 10. La doble nacionalidad en Estados Unidos. El concepto de la "Dual Nationality" en Estados Unidos "significa que una persona esunciudadanodedospasesalmismotiempo,yaquecadapastienesus propias leyes de ciudadana. Las personas pueden tener doble nacionalidad por el funcionamiento de las diferentes leyes y no por eleccin. Por ejemplo, un nio hijo de padres norteamericanos puede ser tanto un ciudadano de los EE.UU. como un ciudadanodelpasdenacimiento.23LasleyesNorteamericanaspermiteny reconocen esa doble nacionalidad, sin necesidad de exigir que renuncien a una de ellas.Adems,losciudadanosnorteamericanos,puedenadquirirlaciudadana extranjera por medio del matrimonio naturalizndose en otro pas. ElGobiernoNorteamericanonoexigequeunapersonadebaelegirentreuna nacionalidaduotra,pueslapersonalaqueseleconcedelaciudadanadeotro Estado,nocorreelriesgodeperderciudadanadenorteamericana,massin embargo,unapersonaqueadquiereunanacionalidadextranjera,mediantela solicitud delGobierno Estadounidense,puedeperderlaciudadana.Para estose requiere que la persona solicite la ciudadana extranjera voluntariamente, por libre eleccin,yconlaintencinderenunciaralanacionalidadnorteamericana;esta intencin puede ser por declaracin expresa o tacita. LapersonacondoblenacionalidaddebelealtadtantoalosEstadosUnidosyal pasextranjero,yaqueestobligadoaobedecerlasleyesdeambospases, puestoqueunouotropastieneelderechodehacercumplirsusleyes, especialmente si la persona viaja deber ostentarse con el pasaporte de ese pas ygozaranlosmismosderechospolticosycivilesqueunnorteamericanode nacimiento. 11.Conclusion Laproblemticadeladoblenacionalidadactualmenteesmuycomnentrelas nacionesyaqueconelaumentodelosflujosmigratoriosylaglobalizacin mundial y la falta de una regulacin clara en esta materia, es frecuente que sobre

23U.S. Department State http://travel.state.gov/travel/cis_pa_tw/cis/cis_1753.html DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 11 un solo individuo recaigan dos vnculos jurdicos de nacionalidad con dos estados distintos. Ladoblenacionalidadavecesesreconocidacomounalagunalegalqueexiste dentro de las legislaciones internas de cada Estado y otras porque es producida a causa de las distintas regulaciones que existen en esta materia. ElEstadoMexicanohasignadodosInstrumentosnternacionalesqueversan sobreeltemadelaDobleNacionalidad,sonlaDeclaracinUniversaldelos DerechosHumanosde1948,ylaConvencinsobrelanacionalidaddelaMujer casada de 1958. En el primero se afirma que a nadie se le privar arbitrariamente de su nacionalidad, ni mucho menos el derecho a cambiar de nacionalidad y en lo querespectaalsegundo,sedeclaraquenilacelebracinniladisolucindel matrimonio entre nacionales y extranjeros, ni el cambio de nacionalidad del marido duranteelmatrimoniopodrnafectaralanacionalidaddelamujer.Ademsse aludealhechodequeunodesusnacionalesadquieravoluntariamentela nacionalidaddeotroEstadoo,eldequerenuncieasunacionalidadnoimpedir que la cnyuge conserve la nacionalidad que posee; y por ltimo, indica que una mujer extranjera casada con uno de sus nacionales podr adquirir, si lo solicita, la nacionalidaddelmarido,medianteunprocedimientoespecialdenaturalizacin privilegiada, con sujecin a las limitaciones que puedan imponerse por razones de seguridadydeinterspblico;yquelaConvencinnodebeinterpretarseenel sentidonegativo,esdecirqueafectealalegislacinoenlaprcticajudicialque permite a la mujer extranjera de uno de sus nacionales adquirir de pleno derecho, si lo solicita, la nacionalidad del marido. Bibliografa ARELLANOGARCA,Carlos.DerechoInternacionalPrivado.Decimosegunda edicin.Porra,Mxico,1998.BAUZACALVIO,OlaguerC.LaDoble NacionalidadenlaLegislacinMexicana.OGSEditoresS.A.deC.V.Mxico, 2002. BECERRARAMREZ,Manuel.LasReformasalaConstitucinenmateriade nacionalidad.LexDifusinyAnlisis,Mxico1998,nm.34.CARRILLO CASTRO, Alexandro. La doble nacionalidad. Revista Examen. Mxico. Edit PND, DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 12 1997. CUEVASCANCINO,Francisco.ManualdeDerechoInternacionalPrivado Mexicano. Porra, Mxico, 1997. DELACUEVA,Mario.LaIdeadelEstado.CuartaEdicin.EFE.Mxico,1996. DEPINAVARA,Rafael.DiccionariodeDerecho.DcimoSegundaEdicin. Porra, Mxico, 1984. GONZLEZ MARTN, Nuria. "Ley de Nacionalidad. Boletn Mexicano de Derecho Comparad.UNAM http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/98/el/el11.htm NIBOYET,JuanPaulino.PrincipiosdeDerechoInternacionalPrivado,trad, Ramn Rodrguez, Edit. Nacional, Mxico, 1974. PALOMARDEMIGUEL,Juan.Diccionarioparajuristas.Mxico,Edit.Mayo, 1981 PEREZNIETO, Leonel. Derecho Internacional Privado. Sptima Edicin, Oxford, Mxico1998. Instituto de Derecho Internacional: http://www.idi-iil.org/idiF/resolutionsF/1928_stock_01_fr.pdf InstitutoNacionaldeAdministracinPblicaA.C.AlejandroCarrilloCastro. Memoria del Seminario sobre los Aspectos Jurdicos y Administrativos de la Doble Nacionalidad. Doble Nacionalidad. Aspectos Jurdicos y Administrativos. 28 y 29 de abril de 1998. "La nacionalidad mltiple: http://www.monografias.com/trabajos21/nacionalidad-multiple/nacionalidad- multiple.shtml CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf