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Distribución justa yequitativa de beneficiosUn manual para la evaluación de políticas y prácticas encadenas de valor de ingredientes naturales

Distribución justa y equitativa de beneficios Un manual para la evaluación de políticas y prácticas en cadenas de valor de ingredientes naturales

Con el apoyo de:

La Unión para el BioComercio Ético (Union for Ethical BioTrade) (UEBT) es una asociación sin fines de lucro que promueve “Sourcing with Respect” (Aprovisionándose con Respeto) de ingredientes que provienen de la biodiversidad. Los Miembros Comerciales se comprometen a garantizar, gradualmente, que sus prácticas de aprovisionamiento promuevan la conservación de la biodiversidad, respeten el conocimiento tradicional y garanticen una distribución equitativa de los beneficios a lo largo de toda la cadena de aprovisionamiento.

Autor The Union for Ethical BioTrade

Copyright 2013 - Union for Ethical BioTrade http://www.ethicalbiotrade.org/

Tabla de contenidoSobre este manual 1

Distribución equitativa de beneficios 2

¿Por qué distribuir los beneficios de la biodiversidad? 2

¿Qué exige el BioComercio Ético respecto a la distribución de beneficios? 3

¿Cómo se aplica la distribución de beneficios? 4

Requisitos sobre distribución de beneficios 6

Perspectiva general 6

Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético 6

Mirada a los criterios 9

Criterio 3.1: Negociaciones con transparencia y diálogo 9Criterio 3.2: Precios equitativos 11Criterio 3.3: Contribución al desarrollo local 13Criterio 3.4: Prácticas tradicionales de uso sostenible 15Criterio 3.5: Requisitos legales sobre ABS 17Criterio 3.6: Acceso a la biodiversidad 18Criterio 3.7: Distribución de beneficios 22Criterio 3.8: Patentes y biodiversidad 24

Evaluando la distribución de beneficios 26

¿Para qué evaluar la distribución de beneficios? 26

¿Quién puede realizar la evaluación? 27

¿Qué se puede evaluar? 27

1. Los distintos niveles de implementación 272. ¿La empresa y/o sus cadenas de valor? 28

¿Con qué pautas realizar la evaluación? 29

El proceso de evaluación paso a paso 33

1. Preparación para la evaluación 342. Reunión de inicio 343. Recolección de Información 344. Capacitación 375. Análisis de la información 386. Reunión de cierre 387. Elaboración de Informe 38

Conclusiones 39

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Un manual para la evaluación de políticas y prácticas en cadenas de valor de ingredientes naturales

Sobre este manual• Este manual fue elaborado por la Unión para el BioComercio Ético (UEBT) para apoyar el trabajo

de sus miembros comerciales y afiliados, entidades de verificación calificadas y otros organismos comprometidos con el BioComercio Ético.

• El objetivo de este manual es facilitar la implementación de la distribución equitativa de beneficios en el BioComercio Ético. Para este fin, se explica qué significan – en la práctica – los requisitos sobre distribución equitativa de beneficios del Estándar de BioComercio Ético. Sobre esta base, se esboza un proceso de evaluación de las políticas y prácticas de empresas trabajando en el aprovisio-namiento de ingredientes naturales, que permite determinar el progreso y trabajo pendiente con respecto a estos requisitos.

• La evaluación sobre distribución de beneficios tiene como meta identificar avances y dificultades en el cumplimiento de los requisitos relevantes del Estándar de BioComercio Ético. A través de esta evaluación, se examina si la empresa conoce y comprende estos requisitos; si los considera en sus estructuras, políticas y procedimientos; y si los pone en práctica en sus operaciones y/o en una o más de sus cadenas de aprovisionamiento.

• La evaluación sobre distribución de beneficios puede utilizarse como parte de:

˚ Las auditorías previstas en el sistema de BioComercio Ético, tanto internas como independientes, y

˚ Otros proyectos o iniciativas ligadas a la distribución justa y equitativa de beneficios derivados del uso de la biodiversidad.

• La evaluación sobre distribución de beneficios puede realizarse con empresas grandes o pequeñas y a nivel de cultivadores o recolectores de materia prima, productores de ingredientes o empresas con productos finales. Sin embargo, el tamaño de la empresa, el tipo de actividades que realiza o su ubicación en la cadena de valor pueden influir sobre la aplicabilidad de ciertos requisitos, la metodología y tiempos necesarios para la evaluación y las recomendaciones sobre políticas y prácticas a reforzar.

• La metodología descrita en este manual propone un proceso de evaluación que incluye estudio de documentación, entrevistas y talleres o grupos focales de recolección de información con diversos actores. Además, la evaluación contiene un componente de capacitación, para que el proceso sirva también para profundizar el conocimiento de los actores sobre la distribución equitativa de beneficios y el BioComercio Ético. Los resultados de la evaluación se plasman en un informe final, que incluye recomendaciones para que la empresa mejore sus políticas y prácticas sobre distribución equitativa de beneficios.

• Las conclusiones y recomendaciones de la evaluación deberían considerarse en el plan de trabajo de la empresa, así como en auditorías subsiguientes. Sin embargo, la evaluación sobre distribución de beneficios no equivale ni reemplaza a las auditorías ni otros procedimientos exigidas por el sistema de verificación de BioComercio Ético.

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Distribución equitativa de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Cuadro 1. ‘Distribución equitativa de beneficios’ en el BioComercio ÉticoDistribución justa y equitativa de beneficios se refiere a las medidas adoptadas para asegurar que los beneficios que surgen de la utilización de la biodiversidad y el conocimiento tradicional asociado, así como de las aplicaciones y comercialización subsiguientes, se compartan en forma justa y equitativa con todas las organizaciones o comunidades que han sido identificados como contribuyentes a la gestión de los recursos, y al proceso científico y/o comercial.

Distribución equitativa de beneficios ¿Por qué distribuir los beneficios de la biodiversidad?La biodiversidad se refiere a la variedad de seres vivos sobre la Tierra: personas, plantas, animales y microor-ganismos, así como los ecosistemas y paisajes que éstos forman.

Esta diversidad biológica tiene un valor intrínseco, cumple una función ecológica esencial y es también fundamental para el desarrollo económico y social de la humanidad.

Por eso, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), el principal instrumento internacional para la protección de la biodiversidad, cuenta con tres objetivos:

• la conservación de la diversidad biológica;

• la utilización sostenible de sus componentes; y

• la participación justa y equitativa en los beneficios derivados.

Estos tres objetivos están interrelacionados: La distribución de los beneficios a los países y comunidades con diversidad biológica apoya e incentiva el uso sostenible de los recursos. Con un uso sostenible de los recursos biológicos se protege la biodiversidad y se mantienen las posibilidades de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras.

En el CDB, se habla por tanto de distribución equitativa de beneficios en relación a una variedad de temas ligados a la biodiversidad, incluyendo el uso sostenible, el conocimiento tradicional, las áreas protegidas y el enfoque ecosistémico. Es decir, en el CDB, la distribución equitativa de beneficios es un concepto transversal que concierne a todos los asuntos y áreas de trabajo dentro del Convenio. Es también con ese sentido amplio y transversal que se utiliza el término ‘distribución de beneficios’ en el BioComercio Ético (ver la definición de distribución de beneficios en el BioComercio Ético en el cuadro 1).

En el CDB, se habla también de distribución de beneficios en relación al acceso y utilización de recursos genéticos – generalmente usando el término acceso y distribución de beneficios o ABS por sus siglas en inglés. Por ejemplo, los recursos genéticos se utilizan para el desarrollo de enzimas especializadas, genes mejorados o moléculas pequeñas que se emplean para lograr nuevos pesticidas, medicamentos, ingredientes activos y productos químicos o industriales. En este caso, la distribución de beneficios está estrechamente ligada al reconocimiento de los derechos de países y comunidades sobre los recursos genéticos y el conocimiento tradicional asociado a estos recursos que se utilizan en estos procesos y productos. El CDB establece una serie de principios que buscan garantizar estos derechos ante el acceso y la utilización de recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados con fines de investigación y desarrollo sobre la composición genética o bioquímica de los recursos.

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Estos principios también se reconocen y ponen en práctica en el contexto del BioComercio Ético. Existe una definición particular del ‘acceso y distribución de beneficios’ en el Estándar de BioComercio Ético, que se refiere al tema de utilización de recursos genéticos (ver cuadro 2). Además, existen requisitos concretos en materia de distribución de beneficios para actividades de investigación y desarrollo que involucran la utilización de recursos genéticos. Se suele hablar, en estos casos, de distribución equitativa de beneficios en sentido específico – es decir, en el ámbito determinado de investigación y desarrollo.

Cuadro 2. ‘Acceso y distribución de beneficios’ en el BioComercio ÉticoAcceso y distribución de beneficios (ABS) se refiere al sistema para el acceso a recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de estos recursos, sobre la base del consentimiento fundamentado previo y de condiciones mutuamente convenidas. En muchas de las leyes y normativas en las que se implementa el CDB, así como en el Estándar de BioComercio Ético, los requisitos de acceso y distribución de beneficios se extienden, de manera más amplia, a la investi-gación y el desarrollo basados en la biodiversidad, así como a aplicaciones posteriores y actividades de comercialización.

¿Qué exige el BioComercio Ético respecto a la distribución de beneficios?En el BioComercio Ético, poner en práctica la distribución equitativa de beneficios exige que las empresas procuren que sus políticas, sistemas, operaciones y prácticas respeten los derechos y reconozcan las contribu-ciones de todos los actores involucrados en la cadena de valor, así como que se incentive el uso de prácticas sostenibles que conlleven a la conservación de la biodiversidad local.

Según el marco establecido en el CDB, en el BioComercio Ético se distingue entre:

• Distribución de beneficios en sentido amplio, aplicado a todas las actividades ligadas al aprovisionamiento1, incluyendo la elaboración, desarrollo, marketing y comercialización de los ingredientes naturales. Estos requisitos de distribución de beneficios surgen del reconoci-miento de los aspectos económicos, sociales y culturales inherentes a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

• Distribución de beneficios en sentido específico, referido a las actividades de investigación y desarrollo que conllevan a una utilización de recursos genéticos y conocimiento tradicionales asociados (ver cuadro 3). Estos requisitos responden a los principios de ABS en el CDB y exigen el reconocimiento de los derechos ligados a la biodiversidad y a los conocimientos asociados a la biodiversidad, así como del valor que suma esta biodiversidad y estos conocimientos al trabajo con ingredientes naturales.

1 En el Estándar de BioComercio Etico, el aprovisionamiento es el proceso de compra, cultivo o recolección de ingredientes naturales y de las especies de las que estos se derivan.

Por ejemplo, para distribuir beneficios en forma más equitativa en sus actividades de aprovisiona-miento, una empresa miembro de la UEBT tomaría medidas como el pago de un precio equitativo por los ingredientes a nivel local y organizaría las actividades de aprovisionamiento de forma tal de contribuir al desarrollo sostenible de las comunidades involucradas.

Por ejemplo, para distribuir los beneficios que surgen de la investigación y desarrollo, una empresa miembro de la UEBT debe tomar medidas para asegurar que las plantas analizadas se hayan obtenido con consentimiento y que se usen según se acordó con los proveedores.

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Distribución equitativa de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Cuadro 3. ‘Investigación y desarrollo’ en el BioComercio ÉticoInvestigación y desarrollo se refiere a una serie de análisis, ensayos y otras actividades de investigación y desarrollo efectuadas con la intención de identificar propiedades nuevas y útiles de partes o extractos de plantas o animales, cuando dichos descubrimientos pueden considerarse nuevos, suponer un paso de invención y estar sujetos a aplicación industrial.

¿Cómo se aplica la distribución de beneficios?En el BioComercio Ético, los requisitos sobre distribución de beneficios están establecidos por el Estándar sobre BioComercio Ético y se aplican en el marco de las obligaciones y condiciones de membresía a la UEBT.

Por lo tanto, la distribución de beneficios en el BioComercio Ético:

• Se refiere a todas las operaciones y cadenas de valor relacionadas con ingredientes naturales. Al convertirse en miembros de la UEBT, las empresas se comprometen a cumplir el Estándar de BioComercio Ético, incluyendo los requisitos sobre distribución equitativa de beneficios, en todas sus operaciones y cadenas de aprovisionamiento ligadas a la biodiversidad.

• Debe implementarse en forma gradual y con un mejoramiento continuo. Las empresas adoptan un método gradual y de mejoramiento continuo hacia el cumplimiento de este estándar, dando prioridad a los ingredientes con mayor relevancia para el aprovisionamiento ético de la biodiversidad. La prioridad de los ingredientes se determina a través de la Evaluación de la Cartera de Ingredientes, una herramienta que identifica el nivel de riesgo de cada ingrediente , desde la perspectiva del BioComercio Ético. 2

• Se implementa a distintos niveles dentro de la empresa: Cada miembro de la UEBT debe implementar su compromiso con el Estándar para el BioComercio Ético, incluyendo con respecto a la distribución equitativa de beneficios, a varios niveles:

˚ A nivel de políticas: Los miembros de la UEBT deben establecer políticas y procedimientos, referidos tanto a sus operaciones como a sus cadenas de aprovisionamiento, que busquen garantizar el cumplimiento del Estándar de BioComercio Ético. A este conjunto de políticas y procedimientos se le conoce como Sistema de Gestión de la Biodiversidad. El Sistema de Gestión de la Biodiversidad debe abordar los requisitos de distribución equitativa de beneficios en todas las operaciones y cadenas de aprovisionamiento relacionados con ingredientes naturales.

˚ A nivel de prácticas: Los miembros de la UEBT deben implementar estas políticas y procedimientos, tanto respecto a sus operaciones como a sus cadenas de aprovisionamiento, de manera de ir logrando, en forma gradual, la implementación del Estándar de BioComercio Ético, incluyendo una distribución equitativa de beneficios. Por ejemplo, las auditorías realizadas por los entes de verificación en el sistema de verificación del BioComercio Ético analizan 1) si los requisitos del Sistema de Gestión de la Biodiversidad se aplican en forma sistemática; 2) el progreso logrado hacia la distribución equitativa de beneficios en las operaciones de la empresa; y 3) el progreso logrado hacia la distribución equitativa de beneficios a lo largo de las cadenas de aprovisiona-miento de la empresa.

˚ A nivel de conocimientos: En materia de distribución de beneficios, se puede identificar un tercer nivel de implementación. Como requisito previo al desarrollo de políticas de distribución equitativa

2 Ver documento de la UEBT ADM17 – Directrices para el uso de la herramienta de Evaluación de Cartera de Ingredientes.

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de beneficios y a su implementación, los miembros de la UEBT deben tener un buen conocimiento de los requisitos pertinentes del Estándar de BioComercio Ético.

• Se aplica a lo largo de la cadena de valor, teniendo en cuenta el rol de la empresa por su ubicación en esta cadena. Todos los miembros de la UEBT, sean grupos de productores, procesadores, laboratorios o marcas, deben avanzar su cumplimiento con los requisitos de distribución equitativa de beneficios. Sin embargo, las medidas que adoptarán las empresas para el cumplimiento de estos requisitos depende de su ubicación a lo largo de la cadena de valor. Por ejemplo, todas las empresas deben asegurar que se pague un precio equitativo por los recursos de la biodiversidad. Para las empresas trabajando en forma directa con productores, esto implica establecer medidas para calcular y negociar el precio de forma tal que sea equitativo. Para las empresas que no trabajan a nivel local, el énfasis está en contar con procedimientos y mecanismos para promover y verificar que se pague un precio equitativo a los productores involucrados en sus cadenas de valor.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Requisitos sobre distribución de beneficios Perspectiva generalLa distribución equitativa de beneficios es uno de los pilares del BioComercio Ético y un componente transversal en su estándar. Así, el Estándar de BioComercio Ético establece diversos requisitos que deben cumplirse en las operaciones y prácticas de una empresa y a lo largo de sus cadenas de valor para considerar que existe una distribución equitativa de beneficios.

El Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético, sobre “distribución justa y equitativa de los beneficios derivados del uso de la biodiversidad”, contiene los principales requisitos referidos a este tema. Sin embargo, se debe tener en cuenta que otros elementos del estándar también se relacionan y contribuyen a una distribución equitativa de beneficios. Por ejemplo, el criterio 5.1 establece que las empresas deben respetar los acuerdos internacionales relacionados con la biodiversidad, incluyendo el CDB y el Protocolo de Nagoya. Otro ejemplo es el Principio 6 del estándar, que trata sobre el respeto a los derechos de los actores en el BioComercio Ético, y exige que las empresas, en el desarrollo de sus actividades de aprovisiona-miento, respete los derechos de las comunidades indígenas y locales, incluyendo respecto al conocimiento tradicional relacionado con la biodiversidad.

Principio 3 del Estándar de BioComercio ÉticoEl Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético responde a la importancia de la distribución de beneficios para el uso sostenible y la conservación de la biodiversidad, así como para las prácticas éticas de aprovisio-namiento. A través de estos requisitos, se procura apoyar a las empresas en la elaboración y aplicación de medidas tendientes a consolidar el diálogo e intercambio de información con proveedores y productores, así como a fortalecer la participación de los actores locales en los beneficios que surgen de sus actividades.

Según el marco establecido en el CDB, el Principio 3 contiene requisitos referidos a la distribución equitativa de beneficios para todas las actividades ligadas al aprovisionamiento de ingredientes naturales, incluyendo la investigacion y desarrollo (ver Figura 1). Los criterios aplicables a todas las actividades de aprovisiona-miento contienen requisitos ligados a las negociaciones equilibradas, los precios equitativos, las prácticas tradicionales de uso sostenible y la contribución al desarrollo local. Los criterios adicionales que tienen relevancia especifica para las actividades de investigación y desarrollo de acuerdo con los principios de ABS del CDB, exigen el consentimiento informado previo y la distribución equitativa de beneficios basada en condiciones mutuamente acordadas. Estos criterios tambien exigen medidas para cumplir con la legislación y regulaciones sobre ABS que fueran aplicables.

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Figura 1. Requisitos de distribución de beneficios según actividades realizadas

Actividades deaprovisionamiento

3.1 Negociacionesequilibradas

3.2 Preciosequitativos

3.3 Desarrrollolocal sostenible

3.4 Prácticastradicionales

Investigación &Desarrollo

3.5 Requisitos legales de ABS

RequerimientosAdicionales

3.6 Consentimiento informadoprevio/Condicionesmutuamente acordadas

3.7 Distribución de beneficiosderivados del uso debiodiversidad

3.8 Principios sobre uso depatentes

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Cuadro 4. Puesta en práctica a lo largo de la cadena de valor

Todos los miembros de la UEBT, sean grupos de productores, procesadores, laboratorios o marcas, deben avanzar hacia el cumplimiento con los requisitos de distribución equitativa de beneficios. Sin embargo, las medidas que adoptarán las empresas para el cumplimiento de estos requisitos dependen de sus actividades y de su ubicación a lo largo de la cadena de valor. Algunos elementos a considerar incluyen:

• Empresas con presencia a nivel local. Estas empresas tienen mayor responsabilidad en el cumplimiento de los requisitos referidos a la relación con los productores y sus comunidades, tales como los criterios sobre negociaciones equilibradas, precios equitativos, contribución al desarrollo local y respeto a practicas tradicionales.

• Empresas sin presencia a nivel local. Estas empresas tienen menor responsabilidad directa en el cumplimiento de los requisitos referidos a la relación con los productores y sus comunidades. Sin embargo, sí tienen la responsabilidad de asegurar que sus proveedores y otros socios comerciales con presencia a nivel local cumplan con estos requisitos.

• Investigación y desarrollo. Ya sea que trabajen a nivel local o no, las empresas que realizan actividades de investigación y desarrollo deben cumplir, y asegurar que sus socios comerciales cumplan, con los requisitos ligados a los principios de ABS, tales como el cumplimiento con la normativa aplicable, el respeto al conocimiento tradicional, el consentimiento fundamentado previo y la distribución equitativa de beneficios.

• Otras actividades. Los requisitos ligados a los principios de ABS también son aplicables para las empresas que no realizan investigación y desarrollo, sino que se enfocan en otras actividades ligadas al aprovisionamiento de ingredientes naturales. En este caso, su responsabilidad está sobre todo en contar con mecanismos para asegurar que la utilización de los recursos de la biodiversidad a lo largo de la cadena de valor no contravenga los requisitos del Estándar de BioComercio Ético.

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Mirada a los criterios

Criterio 3.1: Negociaciones con transparencia y diálogo

Objetivo: El criterio 3.1 procura asegurar que los actores, particularmente a nivel local, cuenten con la ocasión y con la información necesaria para tomar decisiones autónomas, firmes y fundamentadas sobre las condiciones de las actividades ligadas a la biodiversidad.

Contenido: Este criterio exige que toda negociación entre actores de una cadena de aprovisionamiento de ingredientes naturales:

• Sea transparente y basada en el diálogo y la confianza.

• Respete las prácticas y normas locales para la interacción y toma de decisiones.

• Provea a los actores de información que otorgue una adecuada comprensión del tema.

• Brinde la posibilidad de expresarse e intervenir en forma eficaz.

• Documente el proceso y resultados de la negociación.

Criterio 3.1 del Estándar de BioComercio ÉticoLas negociaciones relacionadas con el aprovisionamiento de productos derivados de la biodiversidad deben ser transparentes y basarse en el diálogo y la confianza.

3.1.1 Las negociaciones toman en cuenta el derecho consuetudinario y las prácticas locales.

3.1.2 La información usada en las negociaciones es transparente, completa y accesible para las partes involucradas, de modo que conlleve al entendimiento de los temas.

3.1.3 Las partes involucradas en las negociaciones tienen poder de decisión para participar activamente en las negociaciones.

3.1.4 Se documenta el método y los resultados de las negociaciones, tomando en cuenta las circuns-tancias y prácticas locales.

Terminología: Es importante aclarar que la transparencia no requiere libre acceso a la información ligada a las operaciones o cadenas de aprovisionamiento de una empresa. Se reconoce y respeta que, en una empresa, existe información de carácter reservado o confidencial. Sin embargo, las exigencias de confidencialidad se equilibran con la importancia de un intercambio de información que no sólo permita el funcionamiento de la cadena, sino que lleve a la generación de confianza. Si hay información que no se comparte, se debe aclarar la razón por la cual los datos se mantienen secretos.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

El criterio 3.1 exige tomar medidas para lograr un verdadero diálogo con los actores locales. Deben considerar temas como la asimetría de información con la que suelen contar las partes, la necesidad de un interlocutor claro y constante a nivel local y la necesidad de generar confianza y buenas dinámicas de interacción. Por ejemplo, la empresa debería contar herramientas que garanticen un adecuado intercambio de información, tales como técnicas didácticas que permitan una mayor comprensión de los asuntos a tratar. Podría ser necesaria la capacitación de los actores locales sobre ciertos aspectos de sus operaciones y cadenas de aprovisionamiento. Si bien es importante que las partes que participen sean también quienes tienen poder de decisión, esto no quita que las negociaciones en el BioComercio Ético sean un proceso participativo, donde deberían intervenir la mayor parte de los involucrados.Asimismo, los resultados de las negociaciones no sólo deberían documentarse, sino también comunicarse a los actores u otras partes interesadas que no hayan podido participar del proceso.

El criterio 3.1 implica establecer los mecanismos para asegurar que las organizaciones con las que trabajan a nivel local sí conozcan estos requisitos y se encuentren adoptando y poniendo en práctica las medidas necesarias para su aplicación gradual. Por ejemplo, estas empresas pueden obtener la información respecto a la aplicación de este criterio a nivel de producción a través de cuestionarios para proveedores, auditorías internas o visitas de campo, entre otros.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para realizar las negociaciones en forma informada y transparente y con base en el diálogo y confianza con los productores.Tener procedimientos para asegurar una participación significativa e informada en las negociaciones y toma de decisiones, respetando las prácticas locales.Desarrollar y contar con documentación que demuestre la utilización de estos mecanismos y procedimientos, así como los resultados de las negociaciones.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para realizar las negociaciones en forma informada y transparente y con base en el diálogo y confianza con sus proveedoresTener procedimientos para obtener y verificar información sobre la forma en la que sus proveedores negocian con los productores.

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Criterio 3.2: Precios equitativos

Objetivo: El criterio 3.2 procura asegurar que los precios, particularmente a nivel local, cubran todos los costos de las prácticas éticas de aprovisionamiento, contribuyendo de esa forma a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, así como a la mejora de la calidad de vida de los productores y sus comunidades.

Contenido: Este criterio exige que las empresas paguen precios equitativos por los ingredientes naturales o especies con los que éstos se elaboran. El precio es considerado equitativo si cuenta con las siguientes características:

• Se determina en forma conjunta, con base en negociaciones.

• Incluye un cálculo comprehensivo de los costos de una producción que cumpla los requisitos relevantes del Estándar de BioComercio Ético, así como un margen de ganancia.

• Prevé la revisión periódica de precios.

• Considera la posibilidad de prefinanciamiento.

• Se define y paga en forma independiente de cualquier beneficio adicional que pudiera estar brindando la empresa.

Terminología: El precio equitativo es aquel que se negocia con transparencia y diálogo, cubre los costos de producción, incluyendo los costos ligados a la implementación del estándar del BioComercio Ético y otorga un margen de ganancia. En el BioComercio Ético, los precios equitativos no se establecen en forma centralizada sino que se determinan entre las partes en cada caso concreto.

Criterio 3.2 del Estándar de BioComercio ÉticoLa organización debe pagar precios equitativos por los ingredientes naturales que adquiera.

3.2.1 Las negociaciones sobre precios se efectúan conforme a los métodos señalados en 3.1

3.2.2 Los precios se basan en cálculos de costo que toman en cuenta la implementación de requisitos de conservación, uso sostenible, sociales y otros requisitos indicados en este estándar, así como el margen de ganancia.

3.2.3 Los precios se revisan periódicamente.

3.2.4 La fijación de precios es independiente de la fijación de otros beneficios considerados en 3.3.

3.2.5 Si se solicita y justifica, se dispone de pre-financiamiento para los productores a cuenta de parte del valor del contrato.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

El criterio 3.2 exige tomar diversas medidas. Por un lado, los actores locales deben contar con suficiente información y mecanismos de participación en las negociaciones de precio, como lo exige también el criterio 3.1. Por ejemplo, la empresa puede establecer protocolos de negociación de precio que aseguren que las partes puedan discutir y tengan información sobre temas como los incrementos a los costos locales y la fluctuación del precio en los mercados. Por otro lado, la empresa debe asegurar un cálculo de precios que considere en forma comprehensiva los costos de prácticas éticas de producción y un aprovisio-namiento, según las define el Estándar de BioComercio Ético. Esto no implica que la empresa realice por sí misma el cálculo de precios, ya que en muchos casos es preferible apoyar a los productores – con capacitación, modelos de cálculo de precio o expertos indepen-dientes – para que ellos realicen el ejercicio en forma autónoma. Se debe también tener en cuenta un margen de ganancia.

El criterio 3.2 implica establecer los mecanismos para asegurar que las organizaciones con las que trabajan a nivel local comprendan las expectativas sobre el pago de precios equitativos y se encuentren adoptando los mecanismos para cumplir con estas expectativas. Además de reunir la información relevante, estas empresas pueden apoyar a sus socios comerciales a través de metodologías para calcular costos complejos, como aquellos ligados a la conservación y al uso sostenible.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para la negociación de precios con los productores.Tener procedimientos para el cálculo de precios a nivel de productores, que considere también un margen de ganancia.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para el pago de precios equitativos a sus proprios proveedores.Tener procedimientos para obtener y verificar información sobre la forma en la que sus proveedores establecen precios a nivel local.

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Criterio 3.3: Contribución al desarrollo local

Objetivo: El criterio 3.3 procura que las actividades de aprovisionamiento aporten a un desarrollo sostenible a nivel local, según lo entienden y lo anhelan los productores y sus comunidades. Este criterio no busca exigirle a la empresa roles propios de entidades gubernamentales o de cooperación. En cambio, reconociendo que el compromiso de la empresa es el aprovisionamiento ético, requiere que las actividades de aprovisionamiento se planteen y lleven a cabo de manera tal que se respete y se avance, en cuanto sea posible, la visión local de desarrollo sostenible.

Contenido: Este criterio exige que las empresas, a través de sus actividades de aprovisionamiento, contribuyan a las metas locales de desarrollo sostenible. Se considera que una empresa contribuyen a estas metas si:

• Conoce las metas de desarrollo sostenible de la comunidad y productores.• Genera empleo y trabajo local.• Promueve el valor agregado a nivel local. • Identifica oportunidades para colaborar con instituciones locales. • Establece alianzas a largo plazo.• Fortalece capacidades de los productores y sus comunidades.

Criterio 3.3 del Estándar de BioComercio ÉticoLa organización deberá contribuir a las metas de desarrollo local sostenible en las áreas de aprovisiona-miento, conforme a lo definido por los productores y sus comunidades locales.

3.3.1 Se consulta a los productores y sus comunidades locales a fin de conocer sus metas de desarrollo local sostenible.

3.3.2 La organización promueve el empleo y trabajo en las áreas de aprovisionamiento y da prioridad a la contratación de los habitantes de la zona.

3.3.3 La organización establece y gestiona sus actividades de modo que se creen alianzas a largo plazo.

3.3.4 La organización contribuye a actividades que promueven el desarrollo sostenible a nivel de los productores.

3.3.5 La organización trabaja para fortalecer las capacidades de los productores y sus comunidades locales, en el contexto de sus actividades de aprovisionamiento, sobre temas tales como estructuras organizativas, gestión de recursos naturales, y aptitudes técnicas y comerciales, como se señala hasta 3.3.1.

3.3.6 La organización promueve el valor agregado a nivel local, dentro del contexto de sus actividades de aprovisionamiento.

3.3.7 La organización documenta las consultas y actividades realizadas conforme a este criterio.

Terminología: Cuando este criterio, así como otras normas del Estándar de BioComercio Ético, menciona el término ‘local’ – sea actor local, desarrollo local o, en general, nivel local – se refiere al lugar dónde se lleva a cabo el cultivo, recolección y/o procesamiento inicial de los ingredientes naturales o las especies utilizadas para elaborarlos. Es decir, el “desarrollo local” al que se refiere el criterio 3.3 es el del lugar dónde viven y trabajan los agricultores, recolectores y otros pequeños productores.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

En el criterio 3.3, el primer paso es conocer las metas de desarrollo a nivel local. La empresa debe contar con mecanismos para consultar a los productores y a sus comunidades. En ciertos casos, estas metas pueden haber sido ya definidas a nivel local. En otros casos, puede ser necesario ayudar a la comunidad a identificar estas metas en base a sus aspiraciones. Puede también ser pertinente la consulta a las autoridades locales, que suelen manejar estrategias de desarrollo comunitario o planes de manejo de recursos. El segundo paso es asegurar que las actividades de aprovisionamiento reconozcan, respeten y avancen estas metas. A la empresa no le corresponde reemplazar a las entidades gubernamentales o de cooperación, pero sí se le exige que, teniendo en cuenta sus recursos, promueva la capacitación, el trabajo y el valor agregado a nivel local. Por ejemplo, se puede enfocar a la capacitación en habilidades que permitan a los productores agregar mayor valor a la materia prima. Se puede realizar también capacitación sobre prácticas de inversión y ahorro.

El criterio 3.3 implica establecer los mecanismos para asegurar que las organizaciones que trabajan con los productores conozcan las metas de desarrollo local sostenible e intenten avanzarlas, en lo posible, con sus actividades de aprovisionamiento. Además de reunir la información relevante, estas empresas pueden apoyar estas iniciativas a través de fondos, capacitaciones y la preferencia por mayor trabajo realizado y valor agregado a nivel local.

Responsabilidades:Tener procedimientos para consultar a los productores y sus comunidades sobre sus metas de desarrollo local.Establecer mecanismos para identificar oportunidades de colaboración al desarrollo.Establecer mecanismos para la creación de empleo y trabajo, así como la promoción del valor agregado a nivel local.

Responsabilidades:Tener procedimientos para obtener y verificar información sobre cómo sus proveedores contribuyen al desarrollo sostenible de los productores y sus comunidades.Establecer mecanismos para contribuir al desarrollo sostenible de los productores.

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Un manual para la evaluación de políticas y prácticas en cadenas de valor de ingredientes naturales

Criterio 3.4: Prácticas tradicionales de uso sostenible

Objetivo: El criterio 3.4 procura que las actividades de aprovisionamiento no desplacen, sino más bien promuevan, las prácticas tradicionales mediante las cuales las comunidades locales e indígenas han históri-camente cuidado y conservado la biodiversidad. Este objetivo responde al reconocimiento del importante papel desempeñado por las comunidades locales e indígenas en la conservación de la biodiversidad, así como a los principios establecidos en el CDB y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Contenido: Este criterio exige que las empresas, en el planteo y la realización de sus actividades de aprovisio-namiento, reconozcan la importancia de las prácticas tradicionales para el uso sostenible de la biodiversidad. Para cumplir este requisito:

• Identifica prácticas tradicionales de manejo sostenible existentes y, de ser así,

• Toma medidas para preservar y promover su utilización

• Si estas prácticas tradicionales de manejo sostenible se adoptan o diseminan más allá del territorio dentro del cual han existido, esto sólo se realiza con la autorización de los productores y sus comunidades, así como con un reconocimiento de esta contribución. En ciertos casos, si el aporte generó un beneficio económico, puede corresponder una remuneración.

Criterio 3.4 del Estándar de BioComercio ÉticoSe deben reconocer las prácticas tradicionales relacionadas con el aprovisionamiento de especies e ingredientes.

3.4.1 La organización cuenta con información sobre las prácticas tradicionales relacionadas con el aprovisionamiento de especies e ingredientes.

3.4.2 La organización toma medidas para preservar y restaurar las prácticas tradicionales relacionadas con el aprovisionamiento de especies e ingredientes que promueven la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.

3.4.3 La organización utiliza o se refiere a estas prácticas tradicionales en las actividades de aprovisio-namiento sólo con la autorización y participación de los productores y sus comunidades locales, y con una remuneración adecuada.

Terminología: El criterio 3.4 se refiere, en forma deliberada, a las ‘prácticas tradicionales’ y no al ‘conocimiento tradicional’. No se trata aquí del conocimiento de las comunidades locales e indígenas como fuente de información para identificar y/o desarrollar las propiedades útiles o los usos comerciales de los recursos genéticos – tema que sí se reglamenta, en cambio, en los criterios 3.5, 3.6, 3.7 y 3.8. En cambio, el criterio 3.4 se enfoca en las prácticas tradicionales como las costumbres de manejo y aprovechamiento de las comunidades locales e indígenas que contribuyan al uso sostenible de la biodiversidad.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

Estas empresas deberán tomar medidas para reunir información sobre aquellas prácticas tradicionales con valor ecológico y para promover su continuidad en las actividades de aprovisionamiento. Por ejemplo, la empresa puede prever encuestas o visitas a los productores al comenzar a trabajar con determinada especie, para identificar medidas a tener en cuenta en el aprovisionamiento. Estas encuestas o entrevistas, en general, deberían ser realizadas con el apoyo de facilitadores o expertos locales.Las empresas deben también reconocer el uso de estas prácticas en sus propias actividades. Por ejemplo, una empresa podría generalizar un método de cultivo tradicional ya que resulta mayor rendimiento en la cosecha. Para esto, debería contar con la autorización de las comunidades y acordar con ellas una retribución correspondiente.

El criterio 3.4 exige mecanismos para monitorear y promover que las organizaciones que trabajan con los productores conozcan las exigencias referidas a las prácticas tradicionales y se encuentren adoptando y poniendo en práctica las medidas necesarias para su aplicación gradual.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para identificar prácticas tradicionales.Establecer mecanismos para la creación de empleo y trabajo, así como la promoción del valor agregado a nivel local.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para identificar prácticas tradicionales.Establecer mecanismos para la creación de empleo y trabajo, así como la promoción del valor agregado a nivel local.

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Criterio 3.5: Requisitos legales sobre ABS

Objetivo: El criterio 3.5 destaca la relevancia del marco normativo sobre ABS para diversas actividades ligadas al aprovisionamiento y desarrollo de ingredientes naturales. Si bien el Principio 5 del Estándar de BioComercio Ético contiene requisitos generales sobre el cumplimiento de legislación nacional e interna-cional, incluyendo la obligación de respetar el CDB y el Protocolo de Nagoya, este criterio procura asegurar que las empresas conozcan y tomen medidas para cumplir con los requisitos aplicables sobre ABS en leyes y reglamentos a nivel nacional.

Contenido: Este criterio exige a las empresas un cumplimiento gradual de los requisitos legales sobre ABS aplicables a sus actividades. La empresa sigue los siguientes pasos:

1. La empresa conoce los principios de ABS y su relevancia para las actividades de aprovisionamiento y desarrollo de ingredientes naturales.

2. La empresa cuenta con información específica sobre los requisitos legales sobre ABS que deben cumplir sus actividades, tanto en el país en el que se realiza el cultivo o recolección como en otras jurisdicciones, de ser el caso, en el que se llevan a cabo la investigación, el desarrollo de productos y su comercialización.

3. La empresa toma medidas para el cumplimiento de estos requisitos.

Criterio 3.5 del Estándar de BioComercio ÉticoLa organización deberá cumplir los requisitos legislativos o normativos sobre el acceso a la biodiversidad y al conocimiento tradicional relacionado para la investigación y el desarrollo y sobre la distribución de los beneficios resultantes.

3.5.1 La organización conoce los conceptos y principios de acceso y distribución de beneficios y las posibles implicaciones legales de sus actividades.

3.5.2 La organización cuenta con información sobre los requisitos legislativos o normativos aplicables a sus actividades, incluidas las actividades de investigación y desarrollo sobre biodiversidad y conocimiento tradicional relacionado.

3.5.3 La organización toma medidas para el cumplimiento de estos requisitos legislativos o normativos.

Terminología: El criterio 3.5 se refiere a los ‘requisitos legislativos o normativos’ sobre ABS. En este sentido, es importante tener en cuenta que si bien los principios fundamentales referentes al acceso a los recursos genéticos y la participación en los beneficios se establecen en el CDB, estos principios deben implementarse a nivel nacional por los países que forman parte de este convenio. Cada país puede optar por la forma de implementar estos principios, ya sea a través de medidas legislativas, administrativas o políticas, en función de sus circunstancias particulares. Por ejemplo, los países serán quiénes determinen el ámbito de aplicación y el contenido específico de los requisitos de sus leyes y reglamentos. Para citar un caso, Australia exige permisos para la adquisición, en territorios manejados por el gobierno federal, de recursos biológicos para la investigación y desarrollo. En la Decisión Andina 391, en cambio, los requisitos de ABS cubren toda obtención de recursos genéticos y sus productos derivados ya sea con fines de investigación, aplicación industrial o aprovechamiento comercial.

Criterio 3.6: Acceso a la biodiversidad

Objetivo: Tanto el criterio 3.6 como el criterio 3.7 procuran que, aún cuando no exista ninguna ley o reglamento que lo requiera, las empresas respeten e implementen los principios de ABS en sus actividades de investigación y desarrollo basadas en la biodiversidad. En particular, el criterio 3.6 establece ciertos requisitos a tenerse en cuenta al momento de acceder a componentes de la biodiversidad o a información relativa a estos componentes, con la intención de utilizarlos para la investigación y desarrollo. A través de estos requisitos de diálogo, consentimiento informado previo y condiciones mutuamente acordadas, se busca asegurar el respeto a los posibles derechos sobre los recursos de la biodiversidad detentados por entidades, comunidades o individuos a nivel local.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

Tanto empresas trabajando a nivel de productores como empresas enfocadas en la elaboración y venta de ingredientes naturales o productos finales tienen responsabilidades en la puesta en práctica del criterio 3.5. Ciertas leyes y reglamentos sobre ABS cubren actividades que llevan a cabo empresas pequeñas trabajando a nivel local. Por lo tanto, las empresas que realizan este tipo de actividades deben conocer sobre ABS y reconocer el vínculo con sus propias actividades, así como tomar las medidas necesarias en un tiempo razonable. Por ejemplo, la producción de extractos crudos para incorporar en productos o la exportación de plantas o partes de plantas para investigación y desarrollo están dentro del ámbito de aplicación de ciertas leyes y reglamentos sobre ABS.Además, aunque sus actividades no entren en el ámbito de aplicación de las normas sobre ABS, las empresas a nivel local deben contar con los mecanismos para asegurar que sus socios comerciales conozcan estas normas y adopten las medidas necesarias para su cumplimiento.

La mayoría de las leyes o reglamentos sobre ABS se enfoca en la investigación sobre la biodiversidad y el desarrollo de productos basados en la identificación de nuevas propiedades de plantas, animales u otros organismos. Por lo que serán las empresas que realizan tales actividades – las cuales generalmente no tienen presencia local – las que deberán cumplir con los requisitos legales, tales como permisos administrativos, consultas previas, contratos de acceso a recursos genéticos y monitoreo. Tal como las empresas a nivel local, estas empresas deben tener conocimiento suficiente sobre ABS. Cabe reconocer que muchas de las medidas sobre ABS han sido criticadas por su falta de claridad y transparencia, lo que hace aún más importante tomar medidas para entender y participar en el debate. Estas medidas pueden incluir la capacitación, la colaboración con iniciativas trabajando en el tema y el diálogo con diversos actores, desde las autoridades nacionales y locales hasta otros representantes del sector privado. A partir de una mejor comprensión de la normativa, las empresas deben establecer los protocolos o procedi-mientos para lograr un cumplimiento gradual con los requisitos normativos. Nuevamente, se reconoce que este puede ser un proceso lento, debido a las diversas dificultades que surgen en la aplicación de los requisitos de ABS.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para informarse de los requisitos de ABS aplicables a sus actividades.Tener procedimientos para los casos en los que sea aplicable ABS, ya sea a sus actividades o a las actividades de otros actores en la cadena de valor.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para informarse de los requisitos de ABS aplicables a sus actividades.Tener procedimientos para tomar medidas, en forma sistemática, para cumplir con estos requisitos.Establecer mecanismos para asegurar que sus proveedores conozcan y tomen medidas sobre los requisitos de ABS.

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Contenido: Este criterio exige a las empresas cumplir con ciertos procesos antes de acceder la biodiversidad o conocimiento tradicional asociado para su utilización en investigación y desarrollo, tal como la define el Estándar de BioComercio Ético (ver cuadro 3). Esos procesos son la obtención del consentimiento de las entidades, comunidades o individuos con derechos sobre estos recursos y la negociación de las condiciones con base a las cuáles se permite este acceso. Por tanto, la empresa:

1. Identifica y se contacta con las entidades, grupos o individuos a los cuáles se les reconoce, a través de normas internacionales, nacionales y consuetudinarias, derechos sobre la biodiversidad o conocimientos tradicionales en cuestión.

2. Entabla un diálogo, según los parámetros establecidos en el criterio 3.1, con las entidades, grupos o individuos relevantes para llegar a un consentimiento informado previo y la definición de condiciones mutuamente convenidas para el acceso. El criterio 3.6 sugiere temas que deberían tenerse en cuenta durante este diálogo, desde usos permitidos y compromisos sobre distribución de beneficios hasta los aspectos éticos y culturales del conocimiento tradicional.

3. Cuenta con un mecanismo para abordar alegatos referidos a la falta de cumplimiento de estos requisitos. Para los miembros de la UEBT, el Procedimiento 30 establece los tipos de informes y procedimientos con lo que se deben contar para poder hacer frente a alegatos de conducta contraria al aprovisiona-miento ético.3

3 Ver documento UEBT PRO30 – Procedimiento para abordar reclamos de conducta incongruente con las prácticas de aprovisionamiento ético.

Criterio 3.6 del Estándar de BioComercio ÉticoEn lo que concierne a actividades de investigación y desarrollo, incluso si no existiesen requisitos legislativos o normativos sobre acceso a la biodiversidad y al conocimiento tradicional relacionado, dicho acceso estará sujeto al consentimiento fundamentado previo y se basará en condiciones mutuamente convenidas.

3.6.1 Las negociaciones relacionadas con acceso a la biodiversidad y al conocimiento tradicional relacionado son transparentes y se basan en el diálogo y la confianza, tal como se define en 3.1.

3.6.2 La organización ha identificado entidades gubernamentales, grupos, comunidades indígenas y locales o individuos con derechos reconocidos sobre la biodiversidad y el conocimiento tradicional relacionado pertinentes.

3.6.3 La organización toma medidas para contactar a dichas entidades, grupos, comunidades o individuos, suministrando información y oportunidades para su participación efectiva en las negociaciones.

3.6.4 Las negociaciones sobre consentimiento fundamentado previo y condiciones mutuamente convenidas toman en cuenta temas tales como los usos previstos y permitidos de la biodiversidad y el conocimiento relacionado, reconocimiento de su origen, posible uso de los derechos de propiedad intelectual, salvaguardas en caso de participación de terceros, y compromisos para la determinación y distribución de beneficios.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Cuadro 6. ‘Condiciones mutuamente convenidas’ en el BioComercio ÉticoCondiciones mutuamente convenidas son las condiciones para el acceso a recursos biológicos y conocimiento tradicional relacionado con estos, y la distribución de los beneficios resultantes, establecidas entre el usuario y los proveedores de dichos recursos, incluidos entidades gubernamentales, grupos, comunidades indígenas y locales o individuos con derechos pertinentes y reconocidos.

3.6.5 Si se usa conocimiento tradicional en actividades de investigación y comerciales, dichos usos respetan los derechos de los propietarios del conocimiento tradicional, toman en cuenta sus preocupaciones éticas y culturales, y permiten la continuidad del uso consuetudinario del conocimiento tradicional.

3.6.6 La organización identifica y aborda alegatos de acceso a la biodiversidad y al conocimiento tradicional relacionado sin consentimiento fundamentado previo o condiciones mutuamente convenidas, conforme a lo indicado en PRO30 – Procedimiento para abordar reclamos de conducta incongruente con las prácticas de aprovisionamiento ético.

Terminología: El criterio 3.6 se refiere a ciertos principios fundamentales sobre ABS establecidos por el CDB y el Protocolo de Nagoya: el consentimiento informado previo y las condiciones mutuamente acordadas. Al abordar este criterio situaciones en las que no hay leyes o reglamentos que establezcan requisitos o procedimientos sobre ABS, no se puede referir a la consulta o negociación con las autoridades nacionales competentes, sino con los proveedores de biodiversidad o conocimientos tradicionales asociados a los que se le reconozca el derecho a proteger y controlar estos recursos (ver Cuadro 5). Este reconocimiento puede surgir del derecho internacional, nacional o consuetudinario, los cuales, de manera general, consideran que los proveedores locales de biodiversidad y conocimientos tradicionales, en el contexto de las comunidades locales e indígenas de las que forman parte, tienen derecho a ser propietarias de sus recursos y a protegerlos y controlarlos según sus valores e intereses.

Cuadro 5. ‘Consentimiento informado previo’ en el BioComercio ÉticoConsentimiento informado previo se refiere a la autorización de los proveedores de recursos biológicos y del conocimiento tradicional asociado con estos, incluidos entidades gubernamentales, grupos, comunidades indígenas y locales o individuos con derechos pertinentes y reconocidos, para el acceso destinado a investigación y desarrollo, otorgada sin coerción, previamente al inicio de actividades, y sobre la base del entendimiento de toda la gama de temas e impactos potenciales.

De igual manera, las condiciones mutuamente convenidas son aquellas establecidas entre la empresa y los proveedores de recursos biológicos o conocimientos tradicionales asociados a los que se le reconozca el derecho a proteger y controlar estos recursos (ver Cuadro 6). Como lo establece el criterio 3.6, tanto el consentimiento informado previo como las condiciones mutuamente convenidas se entienden obtenidas a través de un proceso de negociación que cumpla con los requisitos del criterio 3.1. En general, las negocia-ciones sobre las condiciones de acceso tienen lugar en forma conjunta a las consultas sobre consentimiento informado previo, pero también pueden darse en forma separada.

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Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

Tanto empresas trabajando a nivel de productores como empresas enfocadas en la elaboración y venta de ingredientes naturales o productos finales tienen responsabilidades en la puesta en práctica del criterio 3.6. En general, son los productores de ingredientes naturales quienes acceden a los recursos de la biodiversidad con fines de investigación y desarrollo. Sin embargo, este acceso generalmente tendrá lugar a través de empresas trabajando a nivel local. Estas empresas, por lo tanto, pueden verse en la situación de tener que coordinar el flujo de información y negociaciones sobre consentimiento informado previo y condiciones mutuamente convenidas. Para poder cumplir este rol, deben asegurarse de, ellas mismas, disponer de información sobre cómo se obtienen y para qué se van a utilizar los materiales biológicos o conocimientos tradicionales asociados a lo largo de la cadena de valor.

Son las empresas que realizan investigación sobre la biodiversidad y desarrollan productos basados en esta información, que generalmente no tienen presencia local, las que tienen una mayor responsabilidad en cumplir con requisitos. Estas empresas deben contar con políticas específicas sobre la obtención del consentimiento informado previo y la negociación de condiciones mutuamente convenidas en relación a la utilización de biodiversidad para investi-gación y desarrollo. Asimismo, estas empresas deben apoyar y trabajar en forma conjunta con sus proveedores para ir poniendo estas políticas en práctica.Cuando se trata de empresas que elaboran y comercializan productos finales, estas empresas deben reunir y controlar la información para asegurarse que los ingredientes naturales que utilizan cumplan con los requisitos de consentimiento informado previo y condiciones mutuamente convenidas.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para obtener información sobre la posible utilización del material biológico o conocimientos asociados para la investigación y desarrollo.Contar con medidas para la obtención y documentación de consentimiento informado previo y la negociación de condiciones mutuamente convenidas.Establecer mecanismos para asegurar el cumplimiento de las condiciones convenidas a lo largo de la cadena de valor.

Responsabilidades:Establecer mecanismos para informar a los proveedores sobre la posible utilización del material biológico o conocimientos asociados para la investigación y desarrollo. Contar con medidas para la obtención y documentación de consentimiento informado previo y la negociación de condiciones mutuamente convenidas.Establecer mecanismos para asegurar el cumplimiento del consentimiento informdo previo y las condiciones mutuamente convenidas a lo largo de la cadena de valor.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Criterio 3.7: Distribución de beneficios

Objetivo: Así como el criterio 3.6, el criterio 3.7 procura que, aún cuando no exista ninguna ley o reglamento que lo requiera, las empresas respeten e implementen los principios de ABS en sus actividades de investi-gación y desarrollo. En particular, el criterio 3.7 exige la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la investigación y el desarrollo o comercialización de productos basados en la biodiversidad, con todos aquellos que contribuyeron a estos procesos. A través de tal distribución de beneficios, se busca asegurar el respeto a los derechos de todos los actores y el reconocimiento de sus contribuciones, así como promover la biodiversidad y el desarrollo sostenible a nivel local.

Contenido: Este criterio exige a las empresas que, al realizar investigación y desarrollo sobre la base de recursos de la biodiversidad o conocimientos tradicionales asociados, exista una distribución justa y equitativa de los beneficios que surjan de tales actividades. La empresa:

1. Identifica todos los actores – sean entidades gubernamentales, diversos grupos o individuos – que hayan contribuido a los procesos de investigación, desarrollo y comercialización. Tales aportes pueden haber tenido lugar, por ejemplo, a partir de la provisión de recursos biológicos de particular interés o valor, la entrega de información sobre las propiedades y usos de estos recursos biológicos, o el permitir la utilización de reivindicaciones ligadas con el vínculo con las comunidades indígenas o locales en el marketing del producto.

2. Define los elementos, mecanismos y tiempos de la distribución de beneficios a través de un diálogo con las entidades, grupos o individuos relevantes que cumpla los parámetros establecidos en el criterio 3.1. El criterio 3.7 ofrece ejemplos de beneficios que podrían ser considerados por las partes y enfatiza la importancia de considerar cómo estos beneficios contribuirán al desarrollo sostenible a nivel local.

3. Cuenta con un mecanismo para abordar alegatos referidos a la falta de cumplimiento de estos requisitos. Para los miembros de la UEBT, el Procedimiento 30 establece los tipos de informes y procedimientos con lo que se deben contar para poder hacer frente a alegatos de conducta contraria al aprovisiona-miento ético.4

4 Ver documento UEBT PRO30 – Procedimiento para abordar reclamos de conducta incongruente con las prácticas de aprovisionamiento ético.

Criterio 3.7 del Estándar de BioComercio ÉticoEn lo que concierne a actividades de investigación y desarrollo, incluso si no existiesen requisitos legislativos o normativos sobre la distribución de beneficios derivados del uso de la biodiversidad o el conocimiento tradicional relacionado, así como de su aplicación o comercialización posterior, los beneficios se deberán distribuir de manera justa y equitativa y sobre la base de condiciones mutuamente convenidas.

3.7.1 Las negociaciones relacionadas con la distribución de beneficios deben ser transparentes y basarse en el diálogo y la confianza, tal y como se define en el Criterio 3.1 del presente estándar.

3.7.2 La organización ha identificado entidades gubernamentales, grupos, comunidades o personas indígenas y locales que han contribuido a los procesos de investigación, desarrollo o comercialización.

3.7.3 La organización toma medidas para distribuir beneficios de manera justa y equitativa con estas entidades, grupos, comunidades o personas que han contribuido a los procesos de investigación, desarrollo o comercialización, sobre la base de condiciones mutuamente convenidas.

3.7.4 Para determinar los beneficios que se distribuirán, la organización toma en cuenta su contribución a los objetivos de desarrollo local sostenible, conforme se señala en el Criterio 3.3 del presente estándar.

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3.7.5 Otros beneficios podrán incluir tasas de acceso; pagos por cada etapa; tasas especiales por pagar a fondos fiduciarios en apoyo de la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica; participación en los resultados de investigación y desarrollo; colaboración, cooperación y contribución en programas de investigación científica; y relaciones institucionales y profesionales.

3.7.6 La organización identifica y aborda inquietudes sobre la distribución de beneficios sobre la base de condiciones mutuamente convenidas.

Terminología: En el Estándar de BioComercio Ético, como en el CDB, no existe una definición de ‘justo y equitativo’. De hecho, no es posible establecer con exactitud lo que es justo y equitativo, ya que esto depende de las circunstancias específicas de cada caso. Sin embargo, se considera que hay distribución justa y equitativa de beneficios si se reconocen, en forma proporcional, las contribuciones – ya sea información, innovación o valor agregado – realizada por individuos, comunidades u otras entidades a los procesos de investigación, desarrollo o comercialización que generaron los beneficios. Además, se entiende que la distribución de los beneficios sólo puede ser equitativa si el proceso mediante el cual se definió fue también equitativo. Esto implica un diálogo caracterizado por intercambio de información y mecanismos de participación efectiva para todos los actores, según lo define el criterio 3.1.

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

Tanto empresas trabajando a nivel de productores como empresas enfocadas en la elaboración y venta de ingredientes naturales o productos finales tienen responsabilidades en la puesta en práctica del criterio 3.7. Las empresas trabajando a nivel local pueden brindar los beneficios más directos y significativos para los productores y sus comunidades. Para esto, se deberá tener en cuenta su posible rol en la negociación de condiciones mutuamente convenidas (el acuerdo a través del cual se establecen las bases de la distribución de beneficios). Además, las empresas a nivel local deben asegurar el cumplimiento de la distribución equitativa de beneficios a lo largo de la cadena de valor. Por ejemplo, una empresa que ha acordado compartir los resultados de la investigación sobre los posibles usos cosméticos de determinada planta, debe asegurarse de transmitir esa obligación a sus clientes y otras organizaciones con las cuáles está trabajando en esa investigación.

on las empresas que realizan investigación sobre la biodiversidad y desarrollan productos basados en esta información, que generalmente no tienen presencia local, las que tienen una mayor responsabilidad en cumplir con estos requisitos. Por lo tanto, estas empresas deben contar con políticas específicas sobre distribución de beneficios en materia de investigación y desarrollo, y apoyar y trabajar en forma conjunta con sus proveedores y sus clientes para irlas poniendo en práctica.Cuando se trata de empresas que elaboran y comercializan productos finales, estas empresas deben reunir y controlar la información para asegurarse que los ingredientes naturales que utilizan cumplan con la distribución de beneficios establecida en las condiciones mutuamente convenidas.

Responsabilidades:Establecer y utilizar mecanismos para contribuir a la distribución de beneficios y para abordar alegatos de falta de cumplimiento de éstos.Adoptar medidas para asegurar que la obligación de distribución de beneficios se reconozca y cumpla a lo largo de la cadena.

Responsabilidades:Tener procedimientos para identificar a los actores que han contribuido a la investigación y desarrollo.Establecer y utilizar mecanismos para negociar e implementar la distribución de beneficios, así como para abordar alegatos de falta de cumplimiento.Tener procedimientos para obtener y verificar información sobre los acuerdos de distribución de beneficios.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Criterio 3.8 del Estándar de BioComercio ÉticoLas patentes y otros derechos de propiedad intelectual deben usarse y hacer valer de manera que respalden los objetivos del CBD y del Estándar de BioComercio Ético.

3.8.1 La organización conoce los temas en torno al uso de protección de patente y la investigación y desarrollo sobre biodiversidad y conocimiento tradicional relacionado, y las posibles implicaciones legales de sus actividades.

3.8.2 Si la organización usa protección de patentes en relación con la investigación y desarrollo basada en la biodiversidad y conocimiento tradicional asociado, esta cuenta con políticas sobre patentes y biodiversidad para garantizar que estas prácticas de patente apoyen los objetivos y las estipula-ciones del CDB y del presente estándar.

3.8.3 Si la organización usa protección de patente en relación con la investigación y desarrollo basada en la biodiversidad y conocimiento tradicional asociado, el proceso de aplicación y uso de patente toma en cuenta sus políticas sobre patentes y biodiversidad y los principios de la UEBT para patentes y biodiversidad.

Criterio 3.8: Patentes y biodiversidad

Objetivo: El criterio 3.8 procura que cualquier utilización que se haga de patentes u otros derechos de propiedad intelectual en las cadenas de aprovisionamiento de ingredientes naturales respete y avance los principios de ABS en el BioComercio Ético y el CDB. Se reconoce a las patentes como un instrumento que debe ser usado de forma tal que complemente y sea coherente con las demás exigencias del Principio 3, reconociendo derechos y contribuciones ligadas a la biodiversidad y los conocimientos tradicionales asociados.

Contenido: Este criterio exige a las empresas medidas para asegurar que la utilización de patentes y otros derechos de propiedad intelectual para proteger innovaciones basadas en recursos de la biodiversidad respete los requisitos legales y éticos pertinentes. Para todas las empresas, esto exige:

• Toma de conciencia sobre el debate en torno a las patentes y la biodiversidad, incluyendo inquietudes tales como patentes sobre resultados de investigación y desarrollo en la que no se respetaron los principios de ABS o sobre usos y métodos ya existentes en el conocimiento tradicional de comunidades locales o indígenas.

• A partir de esta toma de conciencia, las empresas que utilizan patentes ligadas con la investigación y desarrollo basada en la biodiversidad y conocimiento tradicional asociado, adoptan y ponen en práctica medidas para asegurar que se respete los principios del BioComercio Ético, particularmente los ‘Principios de la UEBT para Patentes y Biodiversidad’. 5

Terminología: Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema. Para que sea patentable, la invención debe satisfacer determinados requisitos. Sin embargo, existe la inquietud de que – debido a que la mayoría de las normas sobre patentes no tratan sobre ABS – la forma en que se solicitan y usan las patentes está socavando los derechos de los países y las comunidades sobre su biodiversidad y conocimientos tradicionales asociados. Por lo tanto, tomar en cuenta conceptos como la divulgación del origen del recurso o conocimiento tradicional relevantes a la innovación pueden

5 Ver documento UEBT POL 14 – Principios sobre Patentes y Biodiversidad de la Unión para el BioComercio Ético.

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ayudar a evitar socavar los principios de ABS. De esa forma, las patentes pueden ser herramientas útiles para promover la innovación e inversión en productos derivados de la biodiversidad, generando beneficios que pueden compartirse a lo largo de la cadena de aprovisionamiento.

Puesta en práctica:

Empresas trabajando en forma directa con productores Empresas sin presencia a nivel de producción

Tanto empresas trabajando a nivel de productores como empresas enfocadas en la elaboración y venta de ingredientes naturales o productos finales tienen responsabilidades en la puesta en práctica del criterio 3.8. Las empresas trabajando a nivel local en general no utilizan patentes en relación a los ingredientes naturales. Sin embargo, sí deberán tomar medidas para entender cuáles son los vínculos entre patentes y biodiversidad y cómo sus actividades o las de sus clientes deberían asegurarse que no surjan problemas en este sentido. Estas empresas deberán también asegurarse de que las empresas con las que trabajan comprendan y, eventualmente, aborden estos vínculos en forma adecuada. Por ejemplo, una empresa dedicada a la venta de materia prima vegetal puede exigir a sus clientes la firma de un simple compromiso de no utilizar estos recursos como base de innovaciones susceptibles de protección como derechos de propiedad intelectual, sin previa notificación y cumplimiento de los requisitos relevantes del Estándar de BioComercio Ético.

Son las empresas que realizan investigación sobre la biodiversidad y desarrollan productos basados en esta información, que generalmente no tienen presencia local, las que tienen una mayor responsabilidad en cumplir con estos requisitos. Estas empresa deberán tomar medidas para entender cuáles son los vínculos entre patentes y biodiversidad y cómo pueden surgir en sus actividades o las de sus clientes. Además, en las empresas que sí utilicen patentes para proteger sus innovaciones, será necesario la adopción de una política sobre patentes y biodiversidad. Esta política, que forma parte del Sistema de Gestión de la Biodiversidad exigido por la UEBT, debe garantizar que las operaciones de la empresa en materia de propiedad intelectual sean coherentes con su compromiso al BioComercio Ético. En particular, deben tomarse medidas para que, en forma gradual, toda la cartera de patentes de estas empresas se vaya adecuando a la política de la empresa en esta materia, así como a los ‘Principios de la UEBT sobre Patentes y Biodiversidad’.

Responsabilidades:Conocer los vínculos entre patentes y biodiversidad y cómo pueden surgir en sus actividades o las de sus clientes.Tener procedimientos para asegurarse que las empresas con las que trabajan comprendan y, eventualmente, aborden los vínculos entre patentes y biodiversidad en forma adecuada.

Responsabilidades:Conocer los vínculos entre patentes y biodiversidad y cómo pueden surgir en sus actividades.Adoptar una política de patentes y biodiversidad para la protección de sus innovaciones, respetando su compromiso de BioComercio Ético.Tomar medidas para que su cartera de patentes se vaya adecuando a esta política de manera gradual.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

La evaluación de políticas y prácticas sobre distribución

de beneficios descrita en este manual NO sustituye o suplanta las auditorías

independentes.

Evaluando la distribución de beneficios¿Para qué evaluar la distribución de beneficios? Los miembros comerciales de la UEBT se comprometen a cumplir, en forma gradual, el Estándar de BioComercio Ético, incluyendo los requisitos sobre distribución equitativa de beneficios. Para avanzar este compromiso, las empresas evalúan su cartera de ingredientes naturales, desarrollan objetivos y planes de trabajo de BioComercio Ético, y se someten en forma periódica a auditorías independientes.

En el marco de la membresía a la UEBT, una evaluación de políticas y prácticas sobre distribución de beneficios puede servir entonces para:

• Reunir información adicional para la elaboración del plan de trabajo de la empresa. Por ejemplo, la empresa puede buscar identificar, a partir de la identifi-cación de temas a mejorar en una auditoría del sistema de verificación de la UEBT, cuáles son los problemas específicos en las operaciones o cadenas de aprovisiona-miento pertinentes.

• Obtener orientación o apoyo para la implemen-tación del plan de trabajo de la empresa. Por ejemplo, la empresa puede buscar que un experto considere en mayor detalle las problemáticas a abordar o desarrolle recomendaciones concretas para avanzar hacia el cumplimiento con la distribución equitativa de beneficios.

Además, aunque no se realice una evaluación como tal, los conceptos y las metodologías en este manual pueden utilizarse para complementar la capacitación de las entidades de verificación, así como miembros y otros socios de la UEBT, en materia de distribución equitativa de beneficios. Sin embargo, el protocolo y otras metodologías específicas en el sistema de BioComercio Ético constituyen siempre la referencia principal para las auditorías independientes.

Otras empresas u organizaciones, aunque no sean miembros de la UEBT, también pueden utilizar el Estándar de BioComercio Ético, que es reconocido a nivel internacional, así como los conceptos y metodologías sobre distribución de beneficios, con objetivos tales como:

• Contar con un punto de referencia para examinar sus políticas y prácticas.

• Facilitar el diálogo y generar mayor confianza entre los actores de una cadena de valor, o entre estos actores y otras partes interesadas.

• Proveer información y orientación para el desarrollo de un proyecto o actividad ligada la distribución de beneficios.

• Apoyar un proceso de solicitud de acceso a recursos genéticos bajo un marco normativo nacional. 6

6 Sin embargo, es importante tener en cuenta que este uso del Estándar de BioComercio Ético no convertiría a estas empresas u organizaciones en miembros de la UEBT ni les otorgaría ningún derecho a comunicar o reivindicar, de manera formal o informal, sus políticas y/o prácticas en relación al BioComercio Ético.

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¿Quién puede realizar la evaluación?• El personal de la misma empresa puede conducir esta evaluación como parte del mecanismo interno

de monitoreo y evaluación y/o para avanzar el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la UEBT.

• A pedido o con la autorización de la empresa, la evaluación puede ser realizada por otros expertos, incluyendo:

˚ La Secretaría de la UEBT, como parte del apoyo técnico brindado a los miembros o como una actividad prevista dentro una consultoría o proyecto.

˚ Otras organizaciones, en el contexto de su trabajo como miembros afiliados de la UEBT u otros proyectos o iniciativas.

¿Qué se puede evaluar?En todo caso, se evalúa el progreso hacia la implementación de los requisitos sobre distribución equitativa de beneficios del Estándar de BioComercio Ético. La evaluación de tal progreso puede enfocarse en determinados aspectos de la implementación de estos requisitos, como también en distintas operaciones y/o cadenas de aprovisionamiento. El alcance de la evaluación se define en cada caso según las necesidades e intereses de la empresa.7

El alcance de la evaluación puede definirse en función de:

1. Los distintos niveles de implementaciónA partir de los tres niveles de implementación de los requisitos de distribución de beneficios en el BioComercio Ético (ver “Cómo se aplica la distribución de beneficios?”), existen también tres posibles niveles de evaluación de la distribución equitativa de beneficios. Estos niveles podrían considerarse en forma conjunta o se podría enfocar la evaluación en un nivel particular, según las circunstancias y prioridades de la empresa.

7 Cabe aclarar, sin embargo, que esta flexibilidad no existiría en casos en que la distribución de beneficios se evalúa en el contexto de una auditoría independiente en el sistema de BioComercio Ético; en esos casos, los auditores deben seguir el protocolo y otras metodologías específicas.

Sistemas· Consideración en estructuras, políticas y procedimientos· Referidos a la empresa y a las cadenas de aprovisionamiento

Puesta en práctica· Aplicación de medidas en empresa y cadenas de aprovisionamiento· Nivel de cumplimiento

Conocimiento· Nivel de concientización· Comprensión de conceptos, enfoques y requisitos

Figura 2. Niveles de implementación de distribución de beneficios

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

• Conocimiento: ¿Existe, tanto en la empresa como a lo largo de sus cadenas de aprovisionamiento, un conocimiento de los conceptos, enfoques y requisitos del BioComercio Ético respecto a la distribución equitativa de beneficios?

• Sistemas: ¿Se ha desarrollado un sistema – es decir, un conjunto de políticas, procedimientos, manuales u otros documentos – para lograr una distribución equitativa de beneficios, tanto referida a las operaciones de la empresa como a sus cadenas de aprovisionamiento?

• Puesta en práctica: ¿Se está poniendo en práctica el sistema de distribución de beneficios, tanto en las operaciones de la empresa como en sus cadenas de aprovisionamiento? ¿Cómo se abordan y hasta qué punto se cumplen los requisitos relevantes del Estándar de BioComercio Ético?

Como se mencionó, la evaluación puede centrarse en uno o más niveles de la implementación de la distribución de beneficios, según la situación o interés de la empresa. Por ejemplo, una empresa que recién comienza a trabajar con el BioComercio Ético, puede sólo desear una evaluación inicial del nivel de concien-tización sobre distribución de beneficios entre sus directivos y empleados. Por otra parte, una empresa que viene trabajando el tema y ha diseñado ya elementos de un Sistema de Gestión de la Biodiversidad, puede interesarse en una evaluación que abarque los niveles de conocimiento y sistemas, para determinar si el personal entiende los enfoques y los comienza a aplicar.

2. ¿La empresa y/o sus cadenas de valor?Se puede considerar los niveles de implementación de una distribución equitativa de beneficios sólo en el contexto de las operaciones de la empresa o también tener en cuenta la situación a lo largo de sus cadenas de valor (ver Figura 3). Esto depende, nuevamente, de las circunstancias e intereses de la empresa, así como de las posibilidades en función de los tiempos y recursos disponibles. A su vez, pueden considerarse ciertas operaciones o cadenas de valor, ya sea por tener mayor valor estratégico, dificultades particulares o haber sido priorizadas en el sistema de BioComercio Ético.

Por lo tanto, teniendo en cuenta los posibles objetos de evaluación, ésta puede ser:

• Amplia: se evalúa la implementación de la distribución de beneficios tanto en la empresa como a lo largo de sus cadenas de aprovisionamiento.

• Limitada: se evalúa la implementación de la distribución de beneficios en la empresa, pero no se examinan las prácticas a lo largo de las cadenas de aprovisionamiento.

• Focalizada: se evalúa determinado tipo de operaciones o el funcionamiento de una cadena de aprovisionamiento específica de la empresa.

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Figura 3. Posibles objetos de la evaluación de distribución de beneficios

¿Con qué pautas realizar la evaluación?La evaluación sobre distribución equitativa de beneficios se realiza contra el Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético.

Para las empresas que son miembros de la UEBT, el Estándar de BioComercio Ético constituye la base de sus condiciones y obligaciones de membresía. Al ser miembros de la UEBT, se han comprometido a cumplir, en forma gradual, con sus requisitos, incluyendo sobre distribución de beneficios.

Para otras empresas, el Estándar de BioComercio Ético representa políticas y prácticas reconocidas en materia de distribución de beneficios. Por ejemplo, la más reciente actualización del estándar – en la que se elaboró el texto actual del Principio 3 – se desarrolló de acuerdo a directrices internacionales e incluyó un proceso participativo con una combinación equilibrada de empresas, asociaciones e individuos provenientes de distintas partes del mundo y con diversos intereses y perspectivas.

Para evaluar el avance hacia el cumplimiento con los requisitos sobre distribución equitativa de beneficios en el BioComercio Ético, se debe tener en cuenta los objetivos, contenidos y formas de ponerse en práctica de cada uno de los criterios (ver “Mirada a los criterios”). En el BioComercio Ético, todas las empresas, sean grupos de productores, procesadores, laboratorios o marcas, deben avanzar hacia cumplimiento con los requisitos de distribución equitativa de beneficios. Sin embargo, su enfoque y responsabilidades pueden

¿Conoce la empresa sobre la distribución de beneficios?

¿Ha desarrollado la empresa un sistema de gestión para la

distribución de beneficios en sus propias operaciones?

¿Ha desarrollado la empresa un sistema de gestión referido a las

operaciones de sus socios?

¿Se están cumpliendo en la empresa los requisitos de una

distribución de beneficios?

¿Conocen los actores sobre el tema?

¿Se están cumpliendo estos requisitos en las cadenas de

aprovisionamiento?

Empresa evaluada Cadenas de aprovisionamiento

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

diferir en función de su ubicación en la cadena de aprovisionamiento y el tipo de actividades que realizan (ver Cuadro 4 en “Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético). Esto debe tenerse en cuenta en la evaluación e impactará en forma directa el tipo de información requerida para cada criterio (ver Cuadro 7). A su vez, las preguntas deberán considerar el alcance deseado para la evaluación (ver ejemplo en la Figura 4).

¿Se entiende el objetivo y las exigencias concretas de un precio equitativo para los ingredientes naturales comparados a productores locales?

¿Se están poniendo en práctica estos sistemas y, de ser así, qué avance se ha logrado hacia precios equitativos en las distintas cadenas de aprovisionamiento?

¿Se están poniendo en práctica estos sistemas y, de ser así, qué avance se ha logrado hacia precios equitativos en las distintas cadenas de aprovisionamiento?

¿Existen mecanismos para la negociación de precios con los productores?¿Existen procedimientos para el cálculo de costos a nivel productores?

¿Existen mecanismos para el pago de precios equitativos a sus propios proveedores?¿Existen procedimientos para orientar, obtener y verificar información sobre la forma en que los proveedores establecen precios a nivel productores?

¿Se entiende el objetivo y las exigencias concretas de un precio equitativo para los ingredientes naturales?

Evaluación de empresas trabajando en forma directa con productores

Evaluación de empresas sin presencia a nivel de producción

Nivel conocimiento

Nivel sistemas

Nivel prácticas

¿Conocen los productores cómo se determina el precio y los factores ligados a esta determinación?

¿Existe comprensión a nivel proveedores y productores sobre estos temas y obligaciones?

¿Contemplan estos mecanismos en forma adecuada los requisitos del Estándar de BioComercio Ético (tales como intercambio de información, un precio que cubra los costos de prácticas éticas de producción y la posibilidad de un prefinanciamiento)?

¿Contemplan estos mecanismos en forma adecuada los requisitos del Estándar de BioComercio Ético (tales como intercambio de información, un precio que cubra los costos de prácticas éticas de producción y la posibilidad de un prefinanciamiento)?

Figura 4. Ejemplos de preguntas claves para la evaluación del criterio 3.2 sobre precio equitativo

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Cuadro 7. Preguntas claves por criterio

Empresas trabajando en forma directa con productores

Empresas sin presencia a nivel de producción

3.1 Negociaciones equilibradas

¿Cómo encara la interacción con los productores? ¿Qué información provee sobre su trabajo y la cadena de valor? ¿Qué mecanismos utiliza para una participación efectiva de sus socios locales?

¿Cómo maneja la relación con sus propios proveedores? ¿Con qué información dispone sobre la forma en que se realizan las interacciones a nivel local?¿Qué mecanismos utiliza para conocer y controlar las políticas y prácticas de sus proveedores?

3.2 Precios equitativos

¿Qué proceso y factores determinan el pago del un precio? ¿Quiénes participan en la determinación del precio? ¿Hay cálculo de costos se realiza? ¿Se incluye un margen de ganancias para el productor? ¿Cada cuánto tiempo se revisa el precio? ¿Con base a qué se revisa?

¿Cómo se establecen los precios pagados a sus proveedores? ¿Con qué información dispone sobre la forma en que se establece el precio a nivel local?¿Qué mecanismos utiliza para conocer y controlar las políticas y prácticas de sus proveedores?

3.3 Contribución al Desarrollo Local

¿Se conversan las metas locales de desarrollo sostenible con los productores?¿Se contribuye de forma consistente y organizada? ¿Las actividades realizadas tienen coherencia y un sentido más amplio?¿Qué seguimiento se le da al tema?

¿Se exige, reconoce y apoya el trabajo de sus propios proveedores? ¿Se han identificado mecanismos mediante los cuales se puede ayudar al desarrollo local, por medio de los proveedores o de forma directa? ¿Qué seguimiento se le da al tema?

3.4 Prácticas Tradicionales

¿Se identifica en forma sistemática las prácticas tradicionales de manejo de especies e ingredientes? ¿Se promueve la conservación de las prácticas ligadas al uso sostenible? ¿Existe algún reconocimiento en caso en que estas prácticas contribuyan a actividades de manejo, producción o comercialización?

¿Con qué información dispone sobre el conocimiento y reconocimiento de prácticas tradicionales a nivel local? ¿Cómo se asegura de que los proveedores mantengan y promuevan el respeto de practicas de manejo ancestrales?

3.5 Legislación de ABS

¿Qué se conoce del tema? ¿Cómo se sigue la evolución del marco normativo? ¿Se ponen en práctica los requisitos aplicables? ¿Qué herramientas apoyan y aseguran el cumplimiento de requisitos en la cadena?

¿Qué se conoce del tema? ¿Cómo se sigue la evolución del marco normativo? ¿Se ponen en práctica los requisitos aplicables? ¿Qué herramientas apoyan y aseguran el cumplimiento con los requisitos aplicables a lo largo de la cadena?

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

Empresas trabajando en forma directa con productores

Empresas sin presencia a nivel de producción

3.6 Consentimiento informado previo

¿Qué herramientas se usan para apoyar y asegurar el cumplimiento con estos requisitos a lo largo de la cadena de valor?

¿Existen políticas sobre la utilización de biodiversidad y conocimiento tradicional para investigación y desarrollo?¿Se identifica e involucra a quiénes tienen derecho a un consentimiento informado previo? ¿Se discuten adecuadamente las condiciones de utilización? ¿Qué herramientas y mecanismos aplican las políticas y aseguran el cumplimiento con estos requisitos a lo largo de la cadena?

3.7 Distribución de Beneficios

¿Qué herramientas se usan para apoyar y asegurar el cumplimiento con estos requisitos a lo largo de la cadena de valor?

¿Existen políticas sobre la distribución de los beneficios de investigación y desarrollo?¿Se identifica a quiénes contribuyen a tales actividades? ¿Se acuerda una distribución de beneficios?¿Qué herramientas y mecanismos aplican las políticas y aseguran el cumplimiento con estos requisitos a lo largo de la cadena?

3.8 Patentes ¿Qué herramientas se usan para apoyar y asegurar el cumplimiento con estos requisitos a lo largo de la cadena de valor?

¿Existe conocimiento sobre el vínculo entre patentes y biodiversidad? ¿Se han desarrollado políticas y medidas adecuadas para tratar este tema? ¿Cuál es la situación actual del portafolio de patentes de la empresa?¿Qué herramientas y mecanismos existen para asegurar la coordinación con demás políticas y prácticas sobre Principio 3?

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El proceso de evaluación paso a paso Como hemos visto, la evaluación de la distribución de beneficios difiere dependiendo del alcance, niveles y objeto de evaluación. El proceso de la evaluación, por tanto, dependerá también de los elementos que se deban considerar. Sin embargo, a continuación se delinean algunos pasos que la evaluación puede seguir, como guía para la planificación del proceso de evaluación:

Preparación para la evaluación

Comunicación e intercam

bio permanente

Reunión inicial

Análisis de la información

Reunión final

Elaboración del informe

Recolección de la información

Estudio dedocumentación

Entrevistas enla empresa

Diversos métodoscon actoresen la cadena

Capacitación

Figura 5. Proceso de Evaluación

En todo el proceso: Comunicación e intercambio constante

A lo largo de todo el proceso de evaluación, es necesario asegurar una comunicación fluida con las personas de contacto en la empresa, para así coordinar temas logísticos, compartir los avances del proceso, clarificar los hallazgos que se vayan realizando, y/o para identificar posibles correcciones al proceso o información adicional que puede ser importante recoger.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

1. Preparación para la evaluaciónPropósito: Contar con la información inicial necesaria para diseñar el plan de evaluación.

¿Con quién? Acciones a realizar Consideraciones adicionales

Prep

arac

ión/

reun

ión

Persona(s) contacto de la empresa, responsable de la evaluación

Recopilación inicial de la información sobre: la empresa, las cadenas con las que trabaja, el propósito y alcance de la evaluación, Identificación de los actores clave de los cuales se debería recoger información, Elaboración del plan de evaluación

En el caso se realicen talleres, grupos focales o entrevistas con productores o comunidades, es importante respetar las prácticas tradicionales concernientes a, representatividad, disponibilidad de tiempo, etc. Por ello es importante planificarlos con suficiente anterioridad.

El plan de evaluación debería incluir:

• Propósito, alcance y objetivos de la evaluación• Métodos y herramientas para la recolección de información, • Lista de documentación a ser revisada• Unidades en la empresa y actores en la cadena a contactar • Logística para las entrevistas, talleres y/o grupos focales con los diferentes actores• Cronograma general de la evaluación • Responsabilidades del equipo de evaluación

2. Reunión de inicioPropósito: Confirmar las acciones e información para la evaluación.

¿Con quién? Ejemplos de temas a abordar Consideraciones adicionales

Reun

ión

de in

icio

Personas contacto en la empresa, plantel gerencial, empleados de la empresa, dependiendo del tamaño de la empresa.

• Introducir la UEBT y dar información general respecto a la evaluación,

• Resaltar la importancia de la distribución de beneficios,

• Presentar el plan de evaluación, • Confirmar el cronograma de entrevistas

y talleres, • Completar la lista e información de

actores clave a ser contactados, • Complementar la lista de documentos y

la entrega o envío de los mismos.

Es posible que en la reunión inicial se sugiera documen-tación, contactos o información adicional a ser incluida en la evaluación. Es importante que el(los) responsable(s) de la evaluación permanezcan abiertos a estas sugerencias por lo que se recomienda preverlas en el plan de evaluación.

3. Recolección de InformaciónPropósito: Recoger, de diferentes actores y fuentes, la información relevante para poder evaluar la distribución de beneficios.

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La recolección de información puede realizarse utilizando diferentes métodos y herramientas, y consultando con diferentes actores y fuentes. A continuación algunos métodos pertinentes para evaluar la distribución de beneficios en una empresa y/o sus cadenas de aprovisionamiento:

a. Estudio de documentación

Propósito: Encontrar evidencia del conocimiento y la inclusión de la distribución equitativa de beneficios en los sistemas (políticas y procedimientos) de la empresa, así como evidencia de su implementación en la práctica.

Lista ilustrativa: ¿Qué documentos se podrían consultar?

En la empresa evaluada En sus cadenas de aprovisionamiento

En caso de que la empresa y/o otros actores

sean miembros de la UEBT

• Solicitud de membresía,• Informes de auditoría,• Planes de trabajo,• Informes anuales, y • Otros informes, estudios o notificaciones.

• Solicitud de membresía,• Informes de auditoría,• Planes de trabajo,• Informes anuales, y • Otros informes, estudios o notificaciones.

Documentación referida a la

empresa y sus cadenas de

aprovisiona-miento

• Principios fundamentales de la empresa (credo, compromisos gerenciales, misión, visión, código de ética);

• Estrategias y políticas relativas a temas ligados con el BioComercio Ético, incluyendo prácticas comerciales éticas, aprovisiona-miento de ingredientes naturales, investi-gación y desarrollo, marketing, patentes y responsabilidad corporativa, así como los informes de aplicación de estas políticas;

• Organigramas y términos de referencia;• Procedimientos operativos sobre relacio-

namiento con proveedores, investigación y desarrollo, patentes y observancia legal e informes sobre su puesta en marcha;

• Contratos, acuerdos y entendimientos con proveedores y otros socios;

• Permisos y autorizaciones de las autoridades locales o nacionales;

• Certificaciones y verificaciones, así como los informes relacionados;

• Programas de capacitación e informes sobre su desarrollo;

• Proyectos ligados al desarrollo sostenible a nivel local e informes sobre su desarrollo;

• Fichas, registros, cuestionarios y otra información sobre proveedores;

• Actas de reuniones con proveedores;• Procedimiento de establecimiento de precios

a nivel local e informes sobre su utilización;• Cartera de patentes; y• Sistemas de monitoreo y control internos;• Informes de auditorías internas, visitas u

otros mecanismos de monitoreo y evaluación.

• Estrategias y políticas relativas a temas ligados con el desarrollo sostenible local;

• Procedimientos operativos sobre relacionamiento con productores y sus comunidades e informes sobre su puesta en marcha;

• Contratos, acuerdos y entendimientos con productores, empleados, clientes y otros socios;

• Registros de pagos a productores, empleados y otros socios comerciales;

• Permisos y autorizaciones de las autoridades locales o nacionales;

• Certificaciones y verificaciones, así como los informes relacionados;

• Programas de capacitación e informes sobre su desarrollo;

• Proyectos ligados al desarrollo sostenible a nivel local e informes sobre su desarrollo;

• Fichas, registros, cuestionarios y otra información sobre productores;

• Actas de reuniones con productores;• Procedimiento de establecimiento de

precios e informes sobre su utilización; y• Sistemas de monitoreo y control internos;• Informes de visitas u otros mecanismos

de monitoreo y evaluación.

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

b. Entrevistas en la empresa

Propósito: Profundizar y complementar la información hallada en el estudio de documentación, o explorar algunos elementos o criterios en particular.

Método ¿Con quién? Ejemplos de temas a abordar

Entrevistas Con persona de contacto, plantel gerencial, empleados de la empresa, dependiendo del tamaño de la empresa (empresa pequeña: representante legal; empresa grande: gerente y personal específico de cada área).

• Proceso de aprovisionamiento (¿Cómo se produce, cómo se acopia, de qué zona?).

• Procesos de investigación, desarrollo, patentes, elaboración de productos, ventas y marketing.

• Formas de trabajar con proveedores y otros socios.• Conocimiento sobre el BioComercio Ético y los

requisitos sobre distribución de beneficios.• Percepciones sobre objetivos, enfoques, avances y

desafíos en la puesta en práctica de la distribución equitativa de beneficios.

c. Diferentes métodos con otros actores

Propósito: Recoger las percepciones de otros actores de la cadena respecto a la distribución de beneficios. Esto es importante, en particular, si se busca evaluar su implementación en la práctica.

• Con productores y comunidades

¿Con quién? Ejemplos de temas a abordar Consideraciones adicionales

Talle

res o

gru

pos f

ocal

es

Comunidades, productores, recolectores

• Proceso de aprovisionamiento en general,

• La implementación actual de cada criterio del Principio 3, identificando los avances y dificultades, así como recomendaciones para mejorar

• Fortalezas y fallas en la relación con la empresa, y recomendaciones para mejorar

• Procurar que la capacitación sea lo más inclusiva posible

• Respetar prácticas y organización tradicional

• Metodología participativa y lenguaje sencillo

• De ser posible, un diálogo entre los productores/comunidades y la empresa, estableciendo compromisos para mejorar la distribución de beneficios y la relación comercial

• En caso se realicen estos talleres o grupos focales con productores o comunidades, es importante enviarles una síntesis de lo trabajado, en lenguaje muy sencillo y claro.

Entre

vista

s Productores, recolectores • Proceso de aprovisionamiento• Implementación de cada criterio• Relación con la empresa

• Identificar personas designadas por las comunidades o proveedores

• Profundizar en la información recogida en los talleres

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• Con otros actores

Método ¿Con quién? Temas a abordar

Entrevistas Con representantes de otros actores en la cadena de valor u otras partes interesadas.

• Relación con la empresa• Implementación de los criterios del Principio 3

a lo largo de la cadena

4. CapacitaciónPropósito: Reforzar el conocimiento sobre distribución de beneficios en la empresa y/o en los diferentes actores de la cadena de valor, acorde con el énfasis que el BioComercio Ético le da al mejoramiento continuo.

¿Con quién? Ejemplos de temas a abordar Consideraciones adicionales

Persona de contacto, plantel gerencial, empleados de la empresa, dependiendo del tamaño de la empresa.

• ¿Qué es y cómo funciona el BioComercio Ético?

• Conceptos, criterios y requisitos del Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético

• Elementos concretos del Principio 3 relevantes para la empresa

• Participación de representantes de diversas áreas

• Importancia del objetivo y valor de este trabajo

• Énfasis en el vínculo entre las distintas actividades y procedi-mientos y el aprovisionamiento ético

• Identificación propia de logros y posibilidades de mejora

Representantes de socios comerciales o no comerciales, proveedores, otras partes interesadas.

• Qué es y cómo funciona el BioComercio Ético?

• Conceptos y criterios del Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético

• Elementos concretos dentro del Principio 3 que aplican a su rol específico en la cadena

• Participación de diversos socios• Importancia del objetivo y valor de

este trabajo• Énfasis en el vínculo entre los las

actividades de los actores de la cadena y el aprovisionamiento ético

• Identificación propia de logros y posibilidades de mejora

Comunidades, productores, recolectores

• ¿Qué es y cómo funciona el BioComercio Ético?

• Conceptos y criterios del Principio 3 del Estándar de BioComercio Ético

• Elementos concretos dentro del Principio 3 que aplican a su rol específico en la cadena

• Procurar que la capacitación sea lo más inclusiva posible

• Respetar prácticas y organización tradicional

• Metodología participativa, aprendizaje vivencial y lenguaje sencillo

• Identificación propia de logros y posibilidades de mejora

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Requisitos sobre distribución de beneficios

Distribución justa y equitativa de beneficios

5. Análisis de la informaciónPropósito: Identificar hallazgos y recomendaciones para cada criterio relevante del Principio 3, a partir de la información recolectada.

Acciones Consideraciones adicionales

Anál

isis d

e la

in

form

ació

n

• Ordenar la información de acuerdo a los criterios relevantes del Principio 3

• Identificar los hallazgos a partir de la información• Generar recomendaciones preliminares a partir de

los hallazgos

Recordar que el proceso de BioComercio Ético es un proceso gradual, de mejoramiento continuo, por lo que las recomendaciones adquieren una importancia significativa.Los hallazgos y recomendaciones deben considerar el propósito, alcance y objetivo de la evaluación

6. Reunión de cierrePropósito: Discutir los hallazgos de la evaluación y algunas recomendaciones iniciales.

¿Con quién? Ejemplos de temas a abordar Consideraciones adicionales

Reun

ión

de

cierr

e

Personas contacto de la empresa, plantel gerencial

• Hallazgos• Recomendaciones

preliminares

La retroalimentación de la empresa puede ser fundamental para clarificar información contradictoria o poco clara, y precisar o validar la pertinencia y viabilidad de las recomendaciones.

7. Elaboración de Informe Propósito: Detallar los resultados de la evaluación y las recomendaciones que surgen.

Estructura Sugerida del Informe de la Evaluación

• Contexto, objetivo y ámbito de la evaluación.• Información General: sobre la empresa, cadena de aprovisionamiento, contexto socio-económico y

ambiental, entre otros – de ser necesario.• Metodología: Descripción de las actividades realizadas y métodos utilizados.• Resultados:

˚ Para cada uno de los criterios, no necesariamente indicadores, ˚ Evaluación a nivel conocimiento, sistema y puesta en práctica, ˚ Identificación de fortalezas y debilidades concretas, y ˚ Contemplación de riesgos y oportunidades a mediano y largo plazo.

• Recomendaciones: ˚ Temas a tener en cuenta, ˚ Niveles, sectores, cadenas de aprovisionamiento que requieren mayor atención, ˚ Estructuras, procedimientos, actividades y herramientas a tener en cuenta, ˚ Oportunidades de mejora en el contexto del plan de trabajo para la UEBT y ˚ Posible colaboración con expertos, ONGs u otras entidades

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Conclusiones• La distribución equitativa de beneficios es un concepto central en el BioComercio Ético, se basa en los

principios del Convenio sobre Diversidad Biológica y responde a los aspectos sociales, económicos y culturales inherentes a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

• Las empresas que forman parte de la Unión para el BioComercio Ético (UEBT) asumen el compromiso de trabajar hacia una distribución equitativa de beneficios en todas sus operaciones y cadenas de valor relacionadas con ingredientes naturales. Para las empresas que no son miembros de la UEBT, los requisitos sobre distribución de beneficios del Estándar de BioComercio Ético constituyen un marco de referencia reconocido a nivel internacional, así como una fuente conceptos y metodologías para orientar sus actividades.

• El Principio 3 del Estándar de BioComercio contiene tanto requisitos generales de distribución de beneficios, que aplican a todas las actividades ligadas al aprovisionamiento, elaboración y comerciali-zación de ingredientes naturales, como requisitos específicos que surgen ante actividades de investi-gación y desarrollo basadas en la biodiversidad.

• Todos los miembros de la UEBT, sean grupos de productores, procesadores, laboratorios o marcas, deben avanzar hacia el cumplimiento con todos los requisitos de distribución equitativa de beneficios. Sin embargo, las medidas que adoptarán las empresas para el cumplimiento de estos requisitos dependen de sus actividades y de su ubicación a lo largo de la cadena de valor.

• La evaluación sobre distribución de beneficios tiene como meta identificar avances y dificultades en el cumplimiento de los requisitos relevantes del Estándar de BioComercio Ético. A través de esta evaluación, se examina si la empresa conoce estos requisitos; si los considera en sus estructuras, políticas y procedimientos; y si los pone en práctica en sus operaciones y/o en una o más de sus cadenas de aprovisionamiento.

• La evaluación sobre distribución de beneficios en una empresa puede enfocarse en determinados aspectos de la implementación de los requisitos de distribución de beneficios, según las necesidades e intereses de la empresa.

• El proceso propuesto como base para la evaluación incluye estudio de documentación, entrevistas y talleres o grupos focales de recolección de información con diversos actores. Además, la evaluación contiene un componente de capacitación. Los resultados de la evaluación se plasman en un informe final, que incluye recomendaciones para que la empresa mejore sus políticas y prácticas sobre distribución equitativa de beneficios.

• Las conclusiones y recomendaciones de la evaluación deberían considerarse en el plan de trabajo de la empresa, así como en auditorías subsiguientes. Sin embargo, la evaluación sobre distribución de beneficios no equivale ni reemplaza a las auditorías ni otros procedimientos exigidas por el sistema de verificación de BioComercio Ético.

Diseño y Diagramación Andrés Valencia Aristizábal Mauricio Galvis Fernández

Distribución justa yequitativa de beneficios

Un manual para la evaluación de políticas y prácticas encadenas de valor de ingredientes naturales