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presentación de la directiva de servicios 123/2006 y análisis de su influencia en el deDerecho administrativo español

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José Luis BERMEJO LATREProf. Titular de Derecho AdministrativoUniversidad de Zaragoza

Marzo, 2010

Directiva de servicios y reforma administrativa

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Pasado/presente de la reforma administrativa

Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local (gubernamentalización de los Ayuntamientos, descentralización territorial municipal, popularización de la

Administración local)+

Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos (gestión x objetivos, plan de acción/contratos de gestión, evaluación de políticas públicas: AEVAL)

+Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público

(rentabilización de la “infoestructura” administrativa)+

Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público(evaluación del desempeño, personal directivo, carrera horizontal)

+Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

+RD 951/2005, de 29 de julio, establece el marco general para la mejora de la calidad -AGE-

(programas de calidad, cartas de servicios, quejas/sugerencias, evaluación y reconocimiento de la calidad)

+RD 1083/2009, de 3 de julio, regula la memoria del análisis de impacto normativo –AGE- (mejora de

la calidad de las normas… y de las políticas públicas)

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Mapa de la reforma estatalLey “Paraguas” 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a

las actividades de servicios y su ejercicio

(identificación de sectores de intervención, reducción de obstáculos injustificados o desproporcionados, simplificación de procedimientos,

fomento de la calidad, ventanilla única)

+

Ley “Ómnibus” 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las

actividades de servicios y su ejercicio

(refuerzo de la regla del silencio administrativo +, introducción de la comunicación previa y declaración responsable, simplificación y

liberalización de sectores económicos de competencia eal)

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Mapa de las reformas autonómicasLey 15/2009, de 9 de diciembre: medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales

Ley 12/2009, de 11 de diciembre: se modifican diversas leyes para su adaptación a la Directiva.

Decreto-Ley 3/2009, de 22 de diciembre, modifica diversas leyes para la transposición de la Directiva (comercio interior, 1996; comercio ambulante, 1988; ferias comerciales oficiales, 1992).Decreto 356/2009, de 20 de octubre, de modificación del Decreto sobre Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía de 2001.

Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva (calidad Agroalimentaria 2007, Montes y Gestión Forestal Sostenible 2008, Vías Pecuarias 2003, de 20 de marzo, turismo 1999, Actividades Feriales 1997, juego 1999).

Decreto 48/32009, 13 de 28 de abril: medidas “anticrisis” y de simplificación administrativa (precursor de la Directiva): simplificación de 208 procedimientos administrativos.

Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de medidas de impulso de las actividades de servicios: se reforman 19 leyes y se derogan total o parcialmente otras muchas normas de rango legal y reglamentario.

Ley 9/2009, de 30 de junio, de política industrial (incorpora la filosofía de la Directiva). Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.

Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 10/1988, de 20 de julio, de ordenación del comercio interior de Galicia.

Ley 8/2009, de 16 de diciembre, de reforma de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en Baleares para la transposición de la Directiva. Decreto ley 1/2009, de 30 de enero, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Islas Baleares.

Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de medidas liberalizadoras y de apoyo a la empresa madrileña: (turismo, comercio, venta ambulante, juego y protección de los consumidores, colegios profesionales, los servicios sociales, sanitarios, medioambientales, de espectáculos públicos, actividades recreativas y de patrimonio histórico).

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obligaciones a cargo de los prestadores en materia de información al público y resolución de reclamacionesfomento de la calidad en los servicios -óptica autorregulatoria: sistemas privados de certificación de calidad-

Liberalización: reducción del sector público en la prestación directa de servicios

introducción de la competencia en sectores y profesiones(perestroika colegial).

Desburocratización: modulación de la intervención administrativa

eliminación de barreras legales/administrativas innecesarias, desproporcionadas y discriminatorias

Simplificación de procedimientos:concreción en reglamentos

tramitación electrónica:única ventanilla universal

Principios y objeto de la reforma

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Procedimiento “desadministrativo”1. revisión exhaustiva de la normativa jurídico-administrativa autonómica y local (“identificación de la normativa afectada”) a la luz de la Ley paraguas.2. localización y examen de todos aquellos preceptos que disciplinen la intervención administrativa.3. evaluación de los requisitos normativos limitativos o condicionantes del acceso y prestación de servicios, la apertura de establecimientos o el ejercicio de actividades. Eliminación y reconversión de los supervivientes en proporcionados, claros e inequívocos, objetivos, transparentes y accesibles.4. reemplazo de regímenes de autorización x regímenes de comunicación previa (≠) declaración responsable (o desadministrativización total)5. aplicación de excepciones: autorización para servicios, contingentación de actividades, seguros obligatorios o umbrales mínimos de carácter económico y técnico, sin discriminación por razón de nacionalidad o procedencia, y si hay razones imperiosas de interés general:

- seguridad pública y protección civil, - salud pública y medio ambiente, - entorno urbano, conservación del patrimonio cultural,- protección de los consumidores y lucha contra el fraude, - consecución de los objetivos de desarrollo definidos por la política de la CA en cada sector…

…motivación expresa, análisis de oportunidad y proporcionalidad.6. promoción de la libertad de establecimiento y de prestación de servicios universal: garantía de la plena validez de las autorizaciones obtenidas en otras CCAA o en otros EMs UE para la prestación de servicios

(intercambio de información, pero, ¿y de regulación?).7. simplificación de procedimientos: catalogación y análisis.

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Policía → NeopolicíaAutorización: control previo

Solicitud↓

instrucción (informes, verificaciones, audiencia)

↓Resolución

↓Ejercicio de la actividad

Comunicación previa:control posterior (programado)

Comunicación↓Ejercicio de la actividad ↓inspección (informes, verificaciones, audiencia)

Declaración responsable: autocontrol (¿?)

Declaración↓Ejercicio de la actividad

Cambio de roles en el funcionariado (organización administrativa)

Tramitador → reducción de plazos (silencio +)↓

Inspector/informador al público

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10 virtudes y defectos de la reforma

2. Demora en la transposición estatal=retraso de transposiciones autonómicas.3. Impulso estatal del proceso: coordinación horizontal: Grupo Interministerial para la Transposición de la Directiva (MEH) + coordinación sectorial: Ministerios/CCAA. Ausencia de la CARCE en el proceso (claramente comunitario).4. Inidoneidad (acaso ilegitimidad) del decreto-ley como vehículo para la transposición en las CCAA: ¿urgencia extraordinaria? dic2006-dic2009=3 años!!! ¿Efecto directo (vertical/horizontal)? 5. Segregación de la materia “comercio interior”. Inseguridad jurídica.6. Orientación/coordinación de los entes locales: ca. 8140 Municipios competentes en materias concurrentes!!!!!!7. Plusvalor de las exposiciones de motivos: los Legisladores deben motivar la regulación (el mantenimiento de regímenes autorizatorios, la concurrencia de razones imperiosas de interés general…)8. Aproximación a una definición (en negativo) de: servicios de interés general, servicios públicos, servicios regulados…9. Coordinación administrativa: nuevo mecanismo de relación Eº/CCAA para cumplir con las exigencias de información para la UE: sistema IMI. 10. Solución al problema de la responsabilidad estatal ante la UE x incumplimiento del Derecho de la UE imputable a las CCAA/entes locales: DF4ª Ley paraguas

1. Jaque a la participación de las CCAA en la fase “descendente” del Derecho de la UE: Ley paraguas= manual de instrucciones/recordatorio; Ley ómnibus=reforma de la Ley 30/1992+LRBRL+leyes verticales/sectoriales, pero los nuevos Estatutos han asumido competencias exclusivas en algunas de las materias objeto de la Ley…

Ordenamiento “plural” o “en red”: diferentes sujetos (AAPP) y diferentes objetos (sectores/profesiones)

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calidad simplificación cooperación

Conclusiones: retos y oportunidades

Medida del “Estado autonómico”: expresión de políticas propias de regulación y autoorganización administrativa.

Adaptación integral del ordenamiento jurídico-administrativo, formal y sectorial: no adaptar una o varias normas determinadas, sino acomodar en bloque el Derecho español al nuevo contexto armonizado.

Revisión de mecanismos transversales u horizontales: eAdministración, regulación y refuerzo de la actividad de inspección y control administrativos.

Reforma administrativa: identificación, análisis, valoración y modificación de la arquitectura normativa y burocrática en los planos sectorial e institucional. Concreción en el plano reglamentario.

modernización

mejora de los servicios públicos → mejora de los servicios privados

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