directiva de viáticos y pasajes PNP

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Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad AlimentariaDIRECTIVA N° 01-04-2014-DGPNP-DIREJEPER-A. RD Nº 1140-2013-DIRRGEN/EMG-PNP Lima, 31 DIC 2013 “PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS BÁSICOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE CAMBIOS GENERALES DE COLOCACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE CARGOS DE OFICIALES DE ARMAS Y DE SERVICIOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, PARA EL AÑO 2014” I. OBJETO Establecer procedimientos y criterios básicos para la ejecución del Proceso Administrativo de Cambios Generales de Colocación para la Asignación de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2014. II. FINALIDAD 1. Establecer criterios básicos para garantizar un adecuado Proceso Administrativo de Asignación de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú, acorde a las Leyes y Reglamentos sobre la materia, tomando en consideración los lineamientos de las Políticas del Comando Institucional. 2. Establecer procedimientos técnicos para que el personal policial con alcance de la presente Directiva, sea adecuadamente distribuido y asignado en las diferentes dependencias policiales a nivel nacional. 3. Determinar como Política del Comando Institucional que todo el personal de Oficiales 1

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Ao de la Inversin para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

DIRECTIVA N 01-04-2014-DGPNP-DIREJEPER-A.

RD N 1140-2013-DIRRGEN/EMG-PNP

Lima, 31 DIC 2013PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS BSICOS PARA LA EJECUCIN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE CAMBIOS GENERALES DE COLOCACIN PARA LA ASIGNACIN DE CARGOS DE OFICIALES DE ARMAS Y DE SERVICIOS DE LA POLICA NACIONAL DEL PER, PARA EL AO 2014I. OBJETOEstablecer procedimientos y criterios bsicos para la ejecucin del Proceso Administrativo de Cambios Generales de Colocacin para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios en las Jerarquas de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Polica Nacional del Per, para el ao 2014.

II. FINALIDAD

1. Establecer criterios bsicos para garantizar un adecuado Proceso Administrativo de Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, acorde a las Leyes y Reglamentos sobre la materia, tomando en consideracin los lineamientos de las Polticas del Comando Institucional.2. Establecer procedimientos tcnicos para que el personal policial con alcance de la presente Directiva, sea adecuadamente distribuido y asignado en las diferentes dependencias policiales a nivel nacional. 3. Determinar como Poltica del Comando Institucional que todo el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, preste servicios en forma rotativa en las diferentes dependencias policiales a nivel nacional, a fin de que adquieran la experiencia profesional operativa, administrativa, de asesoramiento y control para un eficiente desempeo profesional.4. Asignar funciones y establecer responsabilidades a los integrantes de las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per; asimismo, determinar un sistema de control de calidad y auditoria de gestin que garantice un eficiente desempeo de sus integrantes.5. Difundir oportunamente las normas, procedimientos y criterios bsicos, que regulan la ejecucin del Proceso Administrativo de Asignacin de Cargos, a efectos que el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, conozca sus alcances a fin de viabilizar el proceso.

III. ALCANCE

A los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, en las jerarquas de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos.IV. BASE LEGAL

A. Constitucin Poltica del PerB. Ley N 23284 Todos los servidores pblicos, cuyos cnyuges residan en lugar distinto, tendrn prioridad en su traslado por reasignacin o cambio de colocacin al lugar de residencia de estos. C. Decreto Legislativo N 1148 - Ley de la Polica Nacional del PerD. Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del PerE. Decreto Supremo No. 016-2013-IN de fecha 17 de noviembre de 2013 - Reglamento de la Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la PNPF. Decreto Supremo No. 018-2013-IN de fecha 26 de diciembre de 2013, que modifica el Decreto Supremo No. 016-2013-IN - Reglamento de la Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la PNPG. Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per

H. Decreto Supremo N 294-86-EF de 29AGO86, que regula el pago de viticos al Personal Policial y Civil de las FF.AA. y PNP; y su modificatoria DS. N 046-DE-EP de 04OCT90.

I. Directiva N 001-2007-EF/77.15 del 27ENE07, Directiva de Tesorera - Sistema Nacional de Tesorera - Ministerio de Economa y Finanzas.

J. Directiva DGPNP N 06-54-2005-DIRREHUM-B de fecha 29 de diciembre de 2005, que regula el pago de viticos por concepto de pasajes, flete por bagaje, gastos de instalacin e indemnizacin de viaje para el personal de la Polica Nacional del Per.V. DISPOSICIONES GENERALESA. ASIGNACION EN CARGOS

1. La Asignacin del Cargo, es la ubicacin del personal en situacin de actividad en un cargo especfico, en funcin a la categora, jerarqua y grado, acorde a las especialidades funcionales, al Cuadro de Organizacin y al Cuadro de Personal y se ejecuta anualmente conforme a los cambios generales de colocacin.2. El personal que retorne a la situacin de actividad, para ser asignado en un cargo, deber aprobar el curso de actualizacin correspondiente, el cual estar a cargo de la Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina de la PNP.3. El cargo, es el puesto laboral especfico establecido en el Cuadro de Organizacin, que se asigna al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Tcnico, Especialidades Funcionales y Antigedad. 4. Son acciones de desplazamiento de cargos: la asignacin, la reasignacin y el destaque. La asignacin de los Oficiales Superiores y Subalternos se aprueban por Resolucin Ministerial y Resolucin de la Direccin General respectivamente.

5. La Asignacin del Cargo, se realizar conforme a la normatividad vigente, teniendo en consideracin: el perfil profesional, la Antigedad en el grado y la necesidad del servicio, bajo los principios de igualdad, imparcialidad, meritocracia, objetividad y transparencia. 6. Ningn Oficial de Armas podr prestar servicios en una misma unidad por un periodo mayor de dos (02) aos; excepcionalmente, lo podr hacer por un periodo adicional de un (1) ao, autorizado por resolucin de la Direccin General de la Polica Nacional del Per, por necesidad del servicio.7. El requerimiento de asignacin de cargo a solicitud personal del Oficial PNP, SIN COSTO PARA EL ESTADO y debidamente sustentado, se atender previa evaluacin y en consideracin a los criterios sealados en la presente directiva; las peticiones no generan ningn derecho de cumplimiento, prevaleciendo la potestad del Comando Institucional y la priorizacin de la necesidad del servicio. Teniendo validez el documento cuando se encuentre debidamente legalizado por notario publico 8. Los Cargos de Director, Jefe de Divisin, Jefe de Unidad, Jefes de Subunidades Operativas y Administrativas, Comisarios y equivalentes, recaen en Oficiales de Armas, egresados de la Escuela de Posgrado de la Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina o de cursos similares en el pas o en el extranjero, correspondientes a su grado, previa aprobacin de Examen de Admisin y obtencin de vacantes, autorizado con Resolucin de la Direccin General PNP, en consideracin a su especialidad funcional, necesidad del servicio y que se encuentren en aptitud psicosomtica A.

B. PROCEDIMIENTOS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS1. La asignacin de los cargos se realiza anualmente mediante el procedimiento siguiente:a) Mediante Resolucin Directoral de la Direccin General se designar a los integrantes de las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios. La aprobacin del cronograma de ejecucin ser a propuesta de la Direccin Ejecutiva de Personal, segn el siguiente orden:

(1) Coroneles de Armas(2) Comandantes de Armas(3) Mayores de Armas(4) Capitanes de Armas(5) Tenientes y Alfreces de Armas

(6) Oficiales de Servicios y Personal con Estatus de Oficial, y;(7) Oficiales de Servicios Profesionales de la Saludb) Para la asignacin de cargo de los Oficiales de Armas y de Servicios, se tendr en consideracin, el perfil profesional, la especialidad funcional, la antigedad en el grado y la necesidad de servicio.c) Los Oficiales de Armas y de Servicios podrn solicitar la asignacin de un cargo a travs del formato de solicitud con alternativas de cambio de colocacin que se publica en la pgina web de la Direccin Ejecutiva de Personal. Este documento ser vlido, cuando se encuentre debidamente legalizado por notario pblico y tramitado por conducto regular a la Direccin Ejecutiva de Personal, para su posterior trmite a las Juntas para la Asignacin de Cargos segn corresponda, para su evaluacin y aprobacin de considerarlo pertinente.

d) Constituye requisito indispensable para ser Jefe de Unidad que los Comandantes o Mayores de Armas, respectivamente, sean egresados del Curso de Oficial de Estado Mayor de la Escuela de Posgrado o sus equivalentes en las Fuerzas Armadas en el pas o en el extranjero, previa aprobacin del examen de admisin y obtencin de vacante en la Escuela de Posgrado, autorizados en todos los casos con resolucin de la Direccin General.e) Los Oficiales Subalternos de Armas debern desempearse en unidades operativas.f) Los Oficiales de Servicios debern desempearse en cargos de acuerdo a la profesin con la que causaron alta en la Polica Nacional del Per; en ningn caso podrn comandar unidades operativas.g) La Direccin Ejecutiva de Administracin a solicitud de la Direccin Ejecutiva de Personal, deber prever la disponibilidad presupuestaria necesaria para la ejecucin de la asignacin de cargos del personal.h) Los Cambios Generales de Colocacin, se ejecutarn a partir del da siguiente de la publicacin de las resoluciones Ministeriales y Directorales respectivamente, que disponen la asignacin de cargos del personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.2. Las Juntas para la Asignacin de Cargos, realizarn el estudio y evaluacin de la documentacin pertinente y formularn el proyecto de asignacin de cargos, para su respectiva aprobacin por el Director General de la Polica Nacional del Per, debiendo sujetarse estrictamente a lo establecido en el Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 016-2013-IN de fecha 16 de noviembre de 2013 y la presente Directiva, as como la disponibilidad presupuestal proporcionada por la DIRECFIN PNP.3. Las Juntas para la Asignacin de Cargos, realizarn sus funciones cindose estrictamente a lo establecido en el Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per y su reglamento, as como los criterios establecidos en el anexo 01 de la presente Directiva, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

C. IMPEDIMENTOS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS

1. No podrn prestar servicios en una misma Unidad o Subunidad policial a rdenes directas del mismo superior jerrquico, el personal que tenga entre s parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o vnculo de convivencia.2. El personal asignado o reasignado, no podr hacer uso de vacaciones o permisos, hasta despus de haberse incorporado y relevado en su nueva unidad policial de destino.3. El personal asignado a cargos con pago de viticos, no podr solicitar permutas o reasignaciones antes de los dos (2) aos de servicios reales y efectivos en su unidad de destino. Los casos debidamente justificados y aprobados por el Comando requerirn la devolucin de los viticos, salvo necesidad de servicio con la resolucin correspondiente.4. El personal con aptitud psicosomtica B o C, cualquiera sea su grado, solo podr ser asignado a cargos administrativos segn su calificacin profesional, tcnica, especialidad funcional o necesidad del servicio.

D. CAUSALES DE ASIGNACIN PARA CARGOS

1. La asignacin del cargo se produce, segn corresponda en los casos siguientes:a) Al egreso de las Escuelas de Formacin, por Asimilacin o Reingreso a la institucin. En este ltimo caso, teniendo en consideracin las medidas cautelares dictadas a mrito de procesos judiciales en trmite.

b) Necesidad del servicio

c) Por ascenso, se realiza cuando el personal es promovido al grado inmediato superior y el cargo que desempea no corresponde al Cuadro de Personal.d) Especialidad Funcional

e) Lmite de permanencia en el cargo por las causales establecidas en el reglamento de la ley f) Por solicitud del interesado, la misma que est sujeta a la evaluacin de las Juntas para la Asignacin de Cargos. g) Permuta previa evaluacin y aprobacin

h) Por medidas preventivas contempladas en la ley de Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per, que se aplicarn en mrito a la resolucin emitida por los rganos Disciplinarios correspondientes.

i) Cumplir los Oficiales de Armas el Limite de Permanencia de Dos (2) aos consecutivos de los cargos siguientes:

(1) Jefe en Zona de Frontera

(2) Jefe de Unidad

(3) Comisario o sus equivalentes de las otras especialidades funcionales

(4) Edecn o encontrarse apto para el ascenso al grado inmediato superior aun cuando tenga menos de dos aos en el cargo de edecn.

(5) Ayudante, secretario o jefe de Administracin.j) Cumplir los Oficiales de Armas y de Servicios el lmite de permanencia de Dos (2) aos de servicios Ininterrumpidos en Zona de Emergencia. Debiendo el oficial haber registrado presencia fsica y ejercicio de empleo y cargo en el tiempo, conforme a los dos ltimos aos acorde a los cambios generales de colocacin, la misma que deber ser contrastada con la lista de revista que administra mensualmente la Direccin Ejecutiva de Personal de la PNP.

2. Cuando el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per solicite su asignacin o reasignacin por motivos de salud, deber adjuntar obligatoriamente el Acta de la Junta Mdica vigente, emitida por la Direccin Ejecutiva de Sanidad de la Polica Nacional del Per. E. CONSIDERACIONES PARA LA ASIGNACION DE CARGOS

1. El personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, al trmino de la misin de estudios en el pas o en el extranjero, en los niveles de formacin, capacitacin, especializacin, perfeccionamiento o investigacin deber ser asignado a una unidad policial acorde con la capacitacin recibida.

2. El personal policial que sea asignado a cargos en entidades diferentes a la Polica Nacional del Per y el Ministerio del Interior, ser autorizado por la Direccin General de la Polica Nacional del Per, y el tiempo de permanencia no exceder de dos (2) aos en un mismo grado o cuatro (4) aos en toda la carrera.

3. Los Oficiales Subalternos de Armas sern asignados a unidades operativas, salvo excepciones establecidas en la Ley y su Reglamento.4. Para la asignacin de cargos de los Alfreces de Armas, se tomarn en cuenta las disposiciones siguientes:

a) Los egresados de la Escuela de Formacin, sin excepcin, sern asignados a las Comisaras de la Regin Policial Lima y Regin Policial Callao.

b) En su segundo ao de servicios, obligatoriamente sern asignados para prestar servicios fuera de la Regin Policial Lima y Regin Policial Callao, debiendo ser asignados a unidades operativas a partir del nivel de Comisaras y Puestos Fronterizos.

c) Los oficiales que cuenten con ms de DOS (2) aos de tiempo de servicios y desde su egreso de la Escuela de Formacin no hayan sido asignados para prestar servicios en provincias, obligatoriamente debern ser asignados fuera de la jurisdiccin policial de Lima y Callao.

5. Considerar el Perfil Tcnico Profesional para el Cargo de Comisario de la Polica Nacional del Per, aprobado con RD. N 633-2013-DIRGEN/EMG-PNP del 25JUL2013.F. ASIGNACION DE CARGO CON DERECHO A PAGO DE VIATICOS1. Cuando la asignacin de cargo demande traslado a distancias consideradas en la Directiva DGPNP N 06-54-2005-DIRREHUM-B de 29DIC2005, que regula el pago de viticos por concepto de pasajes, flete por bagaje, gastos de instalacin e indemnizacin de viaje para el personal de la PNP, el cambio de colocacin ser considerado CON COSTO PARA EL ESTADO. En ningn caso se efectuarn cambios de colocacin a unidades policiales enclavadas en jurisdicciones territoriales que por la distancia generen ms de un pago de vitico por conceptos de pasajes y bagajes.2. Para el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, que tengan descendiente (s) sin estar casados y sean asignados a cargos con derecho a pago de viticos, no se podrn generar el pago por carga familiar para ambos, por el mismo descendiente, debiendo pagarse nicamente al padre o la madre que tiene la custodia legal de dicho descendiente (s).

3. Para el caso de los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, cnyuges, se asignar cargo con derecho a pago de viticos solo a uno de ellos, segn le corresponda.4. Durante la ejecucin de los cambios generales de colocacin, los oficiales asignados a cargos con derecho al pago de viticos, no podrn postular o realizar cursos institucionales, que limite o imposibilite su desplazamiento a su nueva unidad de destino, siendo el jefe de unidad responsable de poner a disposicin a los oficiales que hayan sido designados a otras unidades, en el plazo establecido por la Direccin General de la PNP, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS

A. ESTADO MAYOR GENERAL

El Estado Mayor General es el rgano de ms alto nivel de asesoramiento de la Polica Nacional del Per, es el encargado de asesorar al Director General, en el mbito de su competencia y supervisar que las Direcciones comprometidas cumplan con las disposiciones establecidas; asimismo supervisa que las Direcciones Policiales comprometidas en el presente proceso, cumplan con sus actividades en el mbito de su competencia y remitan oportunamente la informacin requerida por las Juntas para la Asignacin de Cargos.

B. INSPECTORA GENERAL

La Inspectora General, es el rgano de la Polica Nacional del Per, encargado de preservar y controlar el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades dispuestas en la ley, reglamento y directiva de la materia, dictando las disposiciones que sean pertinentes; asimismo:1. Controlar el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades establecidas en la presente directiva, dictando las disposiciones que sean pertinentes.

2. Controlar el cumplimiento del cronograma de actividades para el desarrollo del proceso.3. Verificar que la Asignacin de Cargos se ejecuten segn las Leyes y Reglamentos correspondientes y de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.4. En el mbito de su competencia realizar el Procedimiento Administrativo Disciplinario con relacin al incumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva que regula el proceso administrativo de la asignacin de cargos de los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.

C. DIRECCIN EJECUTIVA DE PERSONAL

1. Difundir la presente Directiva a las unidades policiales, para conocimiento de todo el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.2. Proponer a la Direccin General de la Polica Nacional del Per el Proyecto de Resolucin Directoral que nombra a los integrantes de las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.3. Coordinar con la Direccin Ejecutiva de Administracin, la disponibilidad presupuestaria para la ejecucin de Asignacin de Cargos a los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.4. Solicitar a la Direccin de Economa y Finanzas de la Polica Nacional del Per, el concepto de Racin Orgnica nica Diaria (ROUD) para todo el personal comprometido en el Proceso de Asignacin de Cargos a Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.5. Solicitar oportunamente a la Direccin de Logstica de la Polica Nacional del Per, los recursos materiales necesarios para atender las necesidades que demanden las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.6. Difundir por el Sistema Integrado de Gestin de la Carrera de la Polica Nacional del Per (INTRANET-guila 6), el formato de la solicitud con alternativas de cambio de colocacin, para su derivacin a las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.7. Proponer personal NATO de la Oficina de Tecnologa de las Comunicaciones y Estadstica de la DIREJEPER para brindar soporte tcnico a las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.8. Designar un Oficial Superior de Armas del Departamento de Oficiales de la Direccin de Movimiento de Personal de la DIREJEPER, para que cumpla la funcin de Oficial Coordinador y Oficial de Enlace, entre las Juntas para la Asignacin de Cargos y la DIREJEPER PNP.9. Proporcionar a las respectivas Juntas para la Asignacin de Cargos, la informacin necesaria y actualizada de los Oficiales de Armas y de Servicios, en medio fsico y magntico.10. Proporcionar a las Juntas para la Asignacin de Cargos, el Aplicativo Informtico para la formulacin de los proyectos de Asignacin de Cargo de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.11. En coordinacin con la Direccin Ejecutiva de Tecnologa de la Informacin y Comunicaciones, proporcionar e instalar los equipos informticos (PCs y perifricos) necesarios, en el lugar dispuesto por el Comando Institucional, para el trabajo de las respectivas Juntas para la Asignacin de Cargos.12. La Direccin de Control de Recursos Humanos de la DIREJEPER PNP, en coordinacin con las Oficinas de Administracin de las Unidades Policiales a nivel nacional, publicadas las resoluciones y la disposicin del Comando Institucional sobre la incorporacin de los Oficiales PNP, expedirn en el da las rdenes de incorporacin de los Oficiales de Armas y de Servicios, que se encuentren de trnsito a su nuevo cargo, estando prohibidos de otorgar permisos que retrasen las incorporaciones de los Oficiales, bajo responsabilidad.D. DIRECCIN EJECUTIVA DE ADMINISTRACION1. Remitir a la Direccin Ejecutiva de Personal, la informacin sobre la disponibilidad presupuestaria para la Asignacin de Cargos a Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per. 2. Formular oportunamente las liquidaciones por concepto de pasajes, bagajes, gastos de instalacin e indemnizacin por gastos de viaje del personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, depositando los derechos econmicos que corresponde, a cada uno de los Oficiales asignados.

3. Designar un Oficial Coordinador de la Direccin de Economa y Finanzas, que facilite la informacin necesaria y oportuna a las Juntas para la Asignacin de Cargos, de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.4. Proporcionar oportunamente a la Direccin Ejecutiva de Personal de la Polica Nacional del Per, los recursos logsticos requeridos por las Juntas para la Asignacin de Cargos, a Oficiales de Armas y de servicios de la Polica Nacional del Per.5. Disponer que la Direccin de Economa y Finanzas en un plazo no mayor de 72 horas de la expedicin de la presente directiva, elabore una tabla conforme a Ley, que especifique los montos a percibir por el personal asignado a nuevos cargos con costo para el Estado, la que deber incorporarse al Aplicativo Informtico, desarrollado por la Direccin Ejecutiva de Personal, a fin de estandarizar los montos que recibe el personal PNP por este concepto.

E. DIRECCIN EJECUTIVA DE TECNOLOGA DE LA INFORMACIN Y COMUNICACIONES1. En coordinacin con la Direccin Ejecutiva de Personal, proporcionar e instalar los equipos informticos (PCs y perifricos) necesarios, en el lugar dispuesto por el Comando Institucional, para el trabajo de las respectivas Juntas para la Asignacin de Cargos.2. Asignar una cuenta individual (usuario y password) para cada uno de los integrantes de las Juntas para la Asignacin de Cargos, que participan en el Proceso de Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la PNP, a fin de realizar acciones de auditora al sistema y determinar las responsabilidades pertinentes.F. DIRECCIN DE INTELIGENCIA

1. Proporcionar informacin del Personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, a las Juntas para la Asignacin de Cargos, de tal forma que permita una adecuada toma de decisiones.

2. Realizar acciones de inteligencia para detectar actos indebidos con la informacin que se procese.G. DIRECCIN EJECUTIVA DE SANIDADRemitir a la Direccin Ejecutiva de Personal de la Polica Nacional del Per, la relacin de Oficiales con aptitud psicosomtica B o C, discapacidad permanente, hospitalizados y tratamiento mdico, que por su naturaleza deben ser conocidos por las Juntas para la Asignacin de Cargos a Oficiales de Armas y de servicios de la Polica Nacional del Per.H. JUNTAS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS DE OFICIALES DE LA PNP1. Considerar obligatoriamente las disposiciones contenidas en la presente Directiva, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per y su reglamento. 2. Adoptar medidas de seguridad manteniendo la reserva en el manejo de la informacin y documentacin evitando el acceso a personas no autorizadas, bajo su responsabilidad.

3. Formular y entregar los Proyectos de Asignacin de Cargo de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per con el respectivo informe final, en el plazo que se establezca.VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALESA. La presente Directiva entrar en vigencia a su aprobacin, para los efectos del Proceso de Cambio de Colocacin de los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per 2014.B. La Direccin General de la Polica Nacional del Per, nombrar una Comisin Especial de Control de Calidad y Auditora de Gestin, cuya funcin consistir en evaluar el trabajo efectuado por las Juntas para la Asignacin de Cargos de los procesos de cambios generales de colocacin de Oficiales de Armas y de Servicios, formulando el informe correspondiente sobre el incumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva, que ser remitido a la Inspectora General para que acte en el mbito de su competencia. C. Los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per que empleando o ejerciendo influencia o recomendaciones valindose del grado, cargo o funcin para obtener cambios de colocacin, reasignacin o todo aquello que signifique ventaja para s o terceros, en detrimento del servicio o de los derechos del otro, antes, durante o despus de la publicacin de las resoluciones correspondientes; sern pasibles a la aplicacin de lo previsto en el Art. 29 Clases de Infracciones.-Anexos II.- Tabla de Infracciones y Sanciones Graves.- Contra La tica.- Cdigo G75; del Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per. D. Los Oficiales que a mrito de los cambios generales para el ao 2014, han sido asignados en cargos con derecho al pago de viticos, habindose realizado de oficio el depsito del IGV correspondiente en su cuenta personal, pero que por razones debidamente fundamentadas sean reasignados de acuerdo a Ley, antes del tiempo previsto en la Ley, estarn en la obligacin de devolver, el monto percibido de manera indebida, por concepto de IGV, en el plazo mximo de tres (3) das hbiles y en UNA SOLA ARMADA, luego de haber tomado conocimiento de su reasignacin, bajo responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio del inicio de la accin penal correspondiente.E. Las situaciones no previstas en la presente Directiva sern puestas a consideracin del Director Ejecutivo de Personal para su consulta al Director General de la Polica Nacional del Per, para determinar la accin y decisin correspondiente.F. Las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per, para el presente ao, no tendrn en cuenta la especialidad funcional, que se especifica en el Art. 35 Inc. c. Del Reglamento de la Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la PNP, hasta la formulacin del Plan de implementacin y ejecucin de las especialidades funcionales de los Oficiales y Suboficiales de Armas, conforme a lo prescrito en la Cuarta Disposicin del Captulo DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES del Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per.VIII. ANEXOS

ANEXO 01:A LA DIRECTIVA N 01-21-2013-DGPNP-DIREJEPER-A CRITERIOS PARA LOS CAMBIOS GENERALES DE COLOCACIN DE OFICIALES DE LA PNP.-----------------------------------------------------------

1. La Asignacin de Cargos de Oficiales de la Polica Nacional del Per, teniendo en consideracin las limitaciones econmicas, se realizarn entre las Unidades Policiales ubicadas en las circunscripciones territoriales agrupadas de la siguiente manera:

Primera:Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Amazonas y Cajamarca.

Segunda:Lima, Callao, Ancash, Ica, Junn, Hunuco, Pasco, Huancavelica, Ayacucho FP VRAEM Y FP Huallaga. Tercera: Loreto, Ucayali, San Martn.

Cuarta : Apurmac, Cusco, Madre de Dios, Puno.

Quinta : Arequipa, Moquegua, Tacna.2. En aras de garantizar la funcin y servicio policial cautelando los bienes jurdicos institucionales protegidos, preferentemente se considerar el movimiento de los Oficiales que registren:

a. Ms de TRES (3) aos consecutivos en una misma Direccin Territorialb. Ms de TRES (03) aos consecutivos en una misma Direccin Especializada preferentemente dentro del mismo sistema o especialidad c. Ms de CINCO (5) aos en una misma Regin Policial, continuos o acumulados para su cambio fuera de ella segn corresponda.

3. Todo pedido formulado oficialmente por los Seores Directores Nacionales, Directores Ejecutivos, Directores, Jefes de Regin y Frentes Policiales, debern ser remitidos a la Direccin Ejecutiva de Personal para su trmite a la Direccin General PNP a fin de proceder a la evaluacin correspondiente.

4. Para los cambios dentro de la misma Direccin Territorial, se tendr en consideracin la distancia existente entre la unidad de origen y la unidad de destino, para evitar reclamos de IGV posteriormente.

5. Las solicitudes de los Oficiales de la Polica Nacional del Per, debidamente legalizados notarialmente, previa evaluacin sern atendidos preferentemente:

a. Por razones de unidad conyugal, siempre que el cnyuge se encuentre inscrito en la base de datos de la Direccin Ejecutiva de Personal de la PNP.

b. Por motivo de salud, debidamente sustentado con el Acta de la Junta Mdica actualizada, expedido por la Direccin Ejecutiva de Sanidad de la Polica Nacional del Per.

c. Por encontrarse sometidos a procesos judiciales con restricciones (Restriccin de la Libertad o Limitativa de Derechos) y procesos administrativos disciplinarios, debidamente justificados y documentados.Dichos pedidos sern tramitados obligatoriamente por conducto regular a la Direccin Ejecutiva de Personal SIETE (07) das antes de la publicacin de los Cambios Generales de Colocacin de Oficiales de la Polica Nacional del Per.

6. Tendrn prioridad los Oficiales de la Polica Nacional del Per que tengan DOS (2) aos continuos de permanencia en zonas de influencia de Trfico Ilcito de Drogas.7. Las Oficiales Femeninas sern asignadas a unidades donde existan condiciones mnimas de habitabilidad, propias a su gnero.

8. Debern ser asignados en la misma circunscripcin territorial, los Oficiales PNP que:

a. Han cobrado IGV, en los dos (02) ltimos aos anteriores al proceso.

b. Registren menos de DOS (02) aos de permanencia en la misma unidad.

c. Han sido reasignados durante el ao del proceso.9. Tendrn prioridad para la Asignacin de Cargos a las Unidades de Asesoramiento e Inspectoria de la Polica Nacional del Per, los Coroneles y Comandantes de Armas que no cuenten con el tiempo mnimo de servicios prestados en dicha unidades, en concordancia con el artculo 46 del Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per.

10. El personal de Oficiales de la Polica Nacional del Per que se encuentren en las siguientes situaciones especiales:

a. Sometido a la Ley N 12633b. Con mandato de detencin efectivac. Medidas preventivas de Cese Temporal del Empleo, dispuesta por resolucin de los rganos de Investigacin y Decisind. Resolucin Judicial de inhabilitacin para el empleo

e. En Abandono de Cargof. Desaparecido o Rehn del EnemigoEn Lima, sern considerados en la Direccin Ejecutiva de Personal-Direccin de Control de Personal-Situacin Especial; y en provincias en las Oficinas de Administracin-Unidad de Personal-Situacin Especial.

11. Para ser asignados en los siguientes cargos: Directores Territoriales Jefes de Frentes Policiales Directores

Director de las Escuelas de Formacin, Escuela de Educacin Continua y Escuela de Posgrado. Jefatura de Divisin Territorial de la Regin Policial Lima y Regin Policial Callao. Jefatura de Divisin de las Direcciones Especializadas y Administrativas

Jefe de Unidad

Jefe de Administracin. Comisarios o EquivalentesLos Oficiales de Armas debern cumplir los requisitos siguientes:

a. Haber cumplido satisfactoriamente estudios en la Escuela de Posgrado, correspondiente a su grado.

b. De preferencia haber obtenido el primer quinto del cuadro de egreso de la EO-PNP o Escuela de Posgrado.

c. De ser posible, con grados o ttulo universitario.

d. Tener aptitud psicosomtica A acreditada con la Ficha Mdica Anual.

e. No registrar sentencia judicial condenatoria consentida o ejecutoriada f. No registrar proceso judicial vigente.

g. No registrar sanciones de rigorh. No encontrarse sometido a procesos administrativos disciplinarios, ni registrar sanciones por infracciones graves o muy graves.i. No haber sido desaprobado en los exmenes para el ascenso.

j. No encontrarse dentro de los CUATRO (4) aos de pasar a la situacin de retiro por Lmite de Edad en el Grado o Tiempo de Servicios.

12. Los ingresantes a la Escuela Posgrado: PAMOID, MAESTRA, COEM, as como los ingresantes al primer grupo del CAC, CBT y CA debern ser asignados a la Direccin de Educacin y Doctrina de la PNP; y los que han ingresado en periodos diferentes durante el ao, sern asignados a Unidades Operativas de la Regin Policial Lima Regin Policial Callao, sin cargo de responsabilidad administrativa-econmica para facilitar el relevo.

13. Los Oficiales que sean asignados a las Escuelas de Formacin para desempearse como Instructores, preferentemente deben cumplir lo siguiente:

a. Haber ocupado el primer quinto del cuadro de mrito de egreso de la EO-PNP y/o cursos de perfeccionamiento en la Escuela de Posgrado.b. Registrar cursos afines a la labor educativa o al perfil de instructor.c. No registrar sanciones por infracciones graves o muy graves en la jerarqua.d. Tener como mnimo CUATRO (4) aos de servicios en la institucin.14. El personal designado como Director de las Instituciones Educativas de la PNP, deber tener obligatoriamente grado de bachiller o ttulo universitario, preferentemente en educacin.

15. Los Oficiales PNP asignados a Unidades Especializadas, contarn preferentemente con cursos de capacitacin o especializacin de la funcin especfica o experiencia del servicio.

16. Los Oficiales PNP que sean asignados a la Direccin de Proteccin de Carreteras y Direccin de Trnsito, pertenecientes a la Direccin Ejecutiva de Trnsito y Seguridad Vial y las Unidades de Emergencia a nivel nacional; debern cumplir obligatoriamente los requisitos siguientes:a. No registrar sancin de rigor durante la carrera b. Registrar menos de VEINTE (20) das u horas de sancin simple en el grado. c. No haber prestado servicios anteriormente en ninguna de las reas de las Direcciones o Unidades mencionadas. Excepcionalmente lo podr hacer autorizado por la Direccin General de la Polica Nacional del Per.17. Los Oficiales PNP que sean asignados a prestar servicios en Zonas de Emergencia, preferentemente debern registrar cursos de contra subversin, de operaciones especiales contra el TID o experiencia en unidades de Operaciones Especiales. 18. Los Coroneles de Armas, para prestar servicios en las unidades de asesoramiento, debern ser egresados del PAMOID o Equivalente del CAEN o de los Institutos de las FFAA o del extranjero, siempre que estn autorizados mediante resolucin de la DIRGEN PNP.

19. Los Oficiales egresados de la Escuela de Posgrado (PAMOID, MAESTRA, COEM, CAC, CBT y CA) que han cobrado IGV en el ao, sern asignados a unidades policiales dentro de la Regin Policial Lima y Regin Policial Callao.20. Los Oficiales que prestan servicios en entidades diferentes a la Polica Nacional del Per y el Ministerio del Interior, su tiempo de permanencia no exceder de dos aos en un mismo grado o cuatro aos en toda la carrera.21. Para la Asignacin de los Coroneles de Armas a las Jefaturas de Inspectoras Regionales, se observar lo establecido en el artculo 22, tercer prrafo, del Decreto Legislativo N 1150, que otorga potestades a los integrantes de los rganos disciplinarios, para sancionar a infractores de igual grado, a fin de garantizar la autonoma del ejercicio de la facultad disciplinaria sancionadora.

22. Para la Asignacin de los Directores Territoriales o Jefes de Divisin Policial, a fin de garantizar la autonoma del ejercicio funcional, se tendr en cuenta la antigedad en el grado, asegurando la prevalencia.23. Priorizar la Asignacin de Oficiales de Servicios (contadores y economistas) a las Unidades Ejecutoras de Presupuesto y en las Unidades de Economa de la Polica Nacional del Per.

24. Se Asignarn Oficiales de Servicio abogados, en nmero necesario a la Direccin Ejecutiva de Asesora Jurdica de la PNP, Direccin de Defensa Legal al Polica, Direcciones Ejecutivas, Regiones y Frentes Policiales, Procuradura Pblica, encargada de los Asuntos Judiciales de la Polica Nacional del Per y el Tribunal Supremo Militar - Policial. que garantice la defensa de los intereses del Estado y la correcta administracin de Justicia,25. Publicado en el sistema informtico de la PNP INTRANET guila 6, los seores Directores debern dar estricto cumplimiento a los Cambios Generales de Colocacin en los plazos establecidos.

(ANEXO 02)SOLICITUD CON ALTERNATIVAS DE CAMBIO DE COLOCACIONDE OFICIALES PNP 2014GRADO: APELLIDOS Y NOMBRES

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UNIDAD Y SUB UNIDAD DE ORIGEN

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UNIDAD Y SUB UNIDAD DE LISTA DE REVISTA: -----------------------------------------------------------------

ULTIMO COBRO DE IGV

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APTITUD PARA EL SERVICIO POLICIAL (MARQUE CON UN ASPA): ( A ) ( B ) ( C ) ( L )

INDIQUE SI SU CONYUGE LABORA EN EL SECTOR PUBLICO (OBLIGATORIO):NOMBRES Y APELLIDOS

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INSTITUCION DONDE LABORA:----------------------------------------------------------------------------------

LUGAR DONDE LABORA

:----------------------------------------------------------------------------------

UNIDADES SOLICITADAS

:ALTERNATIVAUBICACION GEOGRAFICAGRAN UNIDADCODIGO DE MOTIVOCON COSTOSIN COSTO

01

02

FUNDAMENTACIN:

01

02

03

MOTIVOS PARA LOS PEDIDOS DE ASIGNACIN DE CARGO 2013:

CODIGOMOTIVO

01POR REQUERIR SERVICIOS EN UNIDAD OPERATIVA DE ALTO RIESGO Y/O ZONA DE EMERGENCIA (DESEMPEO POR CAMPO OCUPACIONAL).

02POR REQUERIR SERVICIOS EN UNIDAD ADMINISTRATIVA O DE INSTRUCCIN (DESEMPEO POR CAMPO OCUPACIONAL)

03POR EXCEDER EL LMITE DE PERMANENCIA DE DOS AOS EN EL CARGO: EN ZONA DE FRONTERA, ZONA DE EMERGENCIA, ZONA DE INFLUENCIA DE TID, JEFE DE UNIDAD, COMO EDECAN, AYUDANTE, SECRETARIO O JEFE DE ADMINISTRACION.

04A SU SOLICITUD SIN COSTO PARA EL ESTADO: POR UNION CONYUGAL Y/O POR RAZONES DE INDOLE FAMILIAR.

05A SU SOLICITUD SIN COSTO PARA EL ESTADO: POR NECESIDAD DE ATENDER ASUNTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS (ADJUNTAR DOCUMENTACION SUSTENTATORIA)

INSTRUCCIONES PARA PEDIDO DE ASIGNACIN 2013:

1. La informacin vertida por su persona en la presente solicitud, tiene efecto de Declaracin Jurada al amparo de la Ley de Simplificacin Administrativa y la Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, la misma que debe ser formulada en el marco de las disposiciones legales vigentes, en caso de incurrirse en falsedad de datos, estar sujeto a los alcances de las acciones legales a que hubiere lugar.

2. Los petitorios de cambio de colocacin (motivos 1 y 2) deben ser acordes a su condicin fsica, salud, experiencia, capacitacin y especializacin profesional, en estricta concordancia a la directiva correspondiente.

3. Indicar en las alternativas siguientes: UBICACIN GEOGRAFICA (Departamento) y UNIDAD POLICIAL (sin abreviaturas); el cdigo numrico del motivo: marcar con un aspa (X) si su solicitud es con costo o sin costo para el Estado (adjuntar Declaracin Jurada de Renuncia de Indemnizacin de Gastos de Viaje- IGV).

4. Remitir la documentacin con firmas legalizadas notarialmente.

5. La presente debe ser llenada sin borrones ni enmendaduras.

., .. de .de 2014 ----------------------------------------------------------------------------

(FIRMA, POST FIRMA Y N CIP DEL ADMINISTRADO)2