Directiva 024-2013-Drep Ascenso Personal Adm

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Ascenso de personal docente

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    DIRECTIVA N 024 -2013-DREP-OADM-EAP

    APRUEBA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PROCESO DE EVALUACIN

    Y ASCENSO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL MBITO DE LA

    DIRECCIN REGIONAL DE EDUCACIN PUNO 2013. I. FINALIDAD. Establecer normas y procedimientos para cubrir mediante concurso de mritos las plazas vacantes presupuestadas del Cuadro para Asignacin de Personal del personal administrativo sujeto al rgimen laboral del Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa. II. OBJETIVOS. 2.1 Ubicar mediante concurso de mritos a los servidores administrativos del Sector Educacin en los cargos vacantes de la estructura orgnica de las sedes administrativas, de acuerdo a sus especialidades y experiencia. 2.2 Asegurar la promocin y el desarrollo del servidor administrativo en su lnea de carrera que coadyuve a garantizar un servicio administrativo eficiente y oportuno. III. MBITO. Direccin Regional de Educacin Puno. Unidades de Gestin Educativa Local. Institutos y Escuelas de Educacin Superior. Instituciones Educativas Pblicas.

    IV. ALCANCE. Servidores Administrativos nombrados comprendidos en el Rgimen

    Laboral Decreto Legislativo N 276.

    V. BASE LEGAL. Constitucin Poltica del Per. Ley N 28044, Ley General de Educacin. Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

    Remuneraciones del Sector Pblico. Ley N 24241, Ley de los cargos y plazas en la Administracin Pblica

    as como las Promociones de Categoras o Funciones sern cubiertas por Concurso de Mritos.

    Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

    Ley N 29951, Ley de Presupuesto para el ao Fiscal 2013

    D. S. N 005 -90 -PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa. Decreto Supremo N 051 -91 -PCM. Resolucin de Secretaria General N 0530-2005-ED. que aprueba la

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    Directiva N 106-2005-ME/SG- Normas y Procedimientos para el Proceso de Evaluacin y Ascenso en la Carrera Administrativa del Personal Administrativo.

    VI. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Estn comprendidos en las disposiciones de la presente Directiva, los

    trabajadores administrativos que a la fecha se encuentran laborando en condicin de nombrados en plaza orgnica presupuestada de los rganos administrativos e Instituciones Educativas de Educacin Bsica, Educacin Tcnico Productiva e Institutos y Escuelas de Educacin Superior del mbito regional.

    6.2 No es de alcance las normas administrativas de la presente Directiva a los

    funcionarios y/o directivos que se encuentran desempeando cargos de confianza, as como los Directores de Sistema Administrativo con Categora Remunerativa F-1 y F-2, pues estn comprendidos en la Escala 01 del D.S. N 051 -91 PCM.

    6.3 No podrn participar del proceso para Ascensos, los miembros de las

    Comisiones de Evaluacin del Concurso para Ascenso. 6.4 El proceso de concurso se realizar en una sola etapa, previamente cada

    entidad deber certificar la condicin de nombrado de los servidores que sern evaluados.

    6.5 Las plazas orgnicas presupuestadas vacantes, conforme al artculo 79 del

    D.S. N 005 -90 -PCM, sern cubiertas en primer lugar por concurso para ascensos, luego mediante reasignacin.

    6.6 Los cargos de carrera son los que comprenden a los Grupos Ocupacionales,

    Profesional, Tcnico y Auxiliar, establecidos en el Cuadro para Asignacin de Personal basado en el Clasificador de Cargos.

    6.7 Los servidores administrativos deben tener actualizado en su sede

    administrativa (DREP y/o UGEL) segn corresponda su legajo personal en la Oficina de Escalafn con los documentos personales, hasta el 09 de diciembre del 2013.

    6.8 No procede la adjudicacin de cargos en plazas inorgnicas no previstas en

    el CAP ni en el PAP y que no estn debidamente aprobados. 6.9 El Sistema de Personal de cada entidad verificar a travs de sus rganos

    competentes, la autenticidad de los documentos del personal administrativo nombrado que ha participado en el concurso para ascenso. En caso de detectarse documentacin adulterada o falsificada se anular su participacin y/o ascenso disponindose las sanciones administrativas y/o penales a que hubiera lugar.

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    VII. DEL PROCESO DEL CONCURSO.

    7 .1 El proceso de Evaluacin de ascensos se realizar de la siguiente manera: a. Convocatoria. b. Publicacin y difusin de las plazas vacantes. c. Inscripcin de postulantes. d. Calificacin de expedientes. e. Publicacin de relacin de postulantes aptos. f. Presentacin de reclamos y atencin de los mismos. g. Evaluacin. h. Publicacin del Cuadro de Mritos. i. Presentacin de reclamos y atencin de los mismos. j. Adjudicacin de plazas. k. Expedicin de Resolucin.

    VIII. DE LA ETAPA DEL CONCURSO 8.1. El concurso para cubrir las plazas vacantes orgnicas se desarrollar en una

    sola etapa en el mbito regional: En las Unidades de Gestin Educativa Local, postular el personal

    nombrado del mbito de su jurisdiccin. En los Institutos y Escuelas de Educacin Superior, postular el personal

    administrativo nombrado en el Nivel de Educacin Superior. En las Instituciones Educativas de Educacin Bsica, y Tcnico Productivo

    postular el personal administrativo nombrado en su jurisdiccin. 8.2. El Sistema y/o Unidad de Personal a travs del Tcnico en Escalafn

    proporcionar a la Comisin de Evaluacin la informacin escalafonaria y pondr a su disposicin el legajo personal del servidor.

    8.3. Los servidores que no cuenten con informacin actualizada, sern evaluados

    con los datos registrados en la ficha escalafonaria y la documentacin que obra en el legajo personal, las presentaciones posteriores a la fecha indicada no son vlidos.

    IX. DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR.

    9.1 Son requisitos generales para participar como postulante:

    a) Estar en servicio activo en la carrera pblica administrativa. b) No tener impedimento judicial por delito doloso. c) No tener impedimento administrativo por estar cumpliendo sancin

    disciplinaria. d) Reunir los requisitos especficos para el cargo.

    e) Declaracin jurada simple manifestando: Que postula a un solo cargo. No registrar antecedentes penales por delito doloso y no estar

    cumpliendo sancin administrativa. No tener vnculo de parentesco con los miembros de la comisin de

    evaluacin. La veracidad de la informacin y de la documentacin que adjunta.

    X.- DE LA CONVOCATORIA

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    10.1 L a convocatoria del concurso comprende:

    a) Cronograma del proceso de concurso. b) Publicacin de la relacin de plazas vacantes.

    10.2 La difusin se realizar en los paneles informativos y portal institucional de la

    DREP y/o UGEL, segn corresponda. XI.- DE LA COMISIN DE EVALUACIN DEL CONCURSO. 11.1 En la Direccin Regional de Educacin, Unidades de Gestin Educativa

    Local, se constituir, en cada una de ellas, una Comisin de Evaluacin para el Concurso de Ascenso para el Personal Administrativo.

    11.2 La Comisin ser designada por Resolucin del titular de la DREP y/o UGEL segn corresponda, al da siguiente de la publicacin de la presente Directiva.

    11.3 E n l a Direccin Regional de Educacin, la Comisin de Evaluacin estar

    conformada de la siguiente forma: a) El Director de la DREP o su representante, quien la presidir. b) El Director de Gestin Institucional c) El Especialista Administrativo II de Personal, quien actuar como

    Secretario Tcnico. d) Un representante titular y un suplente del Sindicato mayoritario de los

    Trabajadores Administrativos legalmente reconocido y acreditado. 11.4 En las Unidades de Gestin Educativa Local, la Comisin de Evaluacin

    estar conformada de la siguiente forma:

    a) El Director de la UGEL o su representante, quien la presidir. b) El Jefe del rea de Gestin Institucional. c) El Especialista Administrativo de Personal, quien actuar como Secretario

    Tcnico. d) Un representante titular y un suplente del Sindicato mayoritario de los

    trabajadores administrativos legalmente reconocido y acreditado. 11.5 Son funciones de la Comisin de Evaluacin:

    a) Verificar los requisitos del postulante y publicar la lista de los declarados aptos para el concurso.

    b) Aplicar y calificar la prueba de conocimientos y aptitud, publicar los resultados.

    c) Aplicar los instrumentos de evaluacin.

    d) Elaborar las actas en cada etapa del concurso, y emitir los informes pertinentes.

    e) Publicar el Cuadro de Mritos de acuerdo al cronograma establecido. f) Adjudicar plazas o declarar desierta la plaza vacante. g) Atender y resolver los reclamos de los postulantes dentro del plazo

    establecido. 11.6 La Comisin de Evaluacin concluido el proceso evaluativo, alcanzar

    a la DREP y/o UGEL, segn corresponda un Informe Final, incluyendo los

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    cuadros de mritos que contienen los puntajes parciales y finales de cada uno de los evaluados de acuerdo a su grupo ocupacional, dicho informe ser alcanzado al tercer da de concluido el Concurso de Ascenso.

    11.7 Las Unidades de Gestin Educativa Local, remitirn a los 03 das concluido

    el proceso, un informe consolidado a la DREP para su conocimiento. XII. DE LOS ASPECTOS DE LA EVALUACION 12.1 La Evaluacin del personal estar orientada a calificar los siguientes factores:

    Evaluacin curricular (legajo personal) 40 puntos Prueba de conocimientos y aptitudes 30 puntos Entrevista Personal 15 puntos Desempeo Laboral 15 puntos El puntaje sealado de los factores sealados ser de 100 puntos.

    12.2 La Prueba de conocimientos y aptitudes ser tomada simultneamente en

    los locales designados por cada rgano del Sector Educacin. 12.3 La entrevista personal, se desarrollar simultneamente en los locales que

    indicar cada rgano Desconcentrado. 12.4 La evaluacin tendr una ponderacin mxima de cien (100) puntos, siendo

    el puntaje aprobatorio necesario para ascender 60 puntos. 12.5 El personal que no se presente a algunas de las etapas de la evaluacin ser

    descalificado automticamente. XIII. DE LA EVALUACION CURRICULAR. 13.1 Este aspecto califica el nivel de formacin general alcanzado por el personal

    administrativo de la DREP, UGELs e II.EE, e Institutos dentro del Sistema Educativo; los mritos y demritos, la capacitacin obtenida durante los cinco ltimos aos (noviembre 2008 a noviembre del 2013 ), informacin que se encuentra en el legajo personal de cada servidor. Este aspecto considera los siguientes componentes:

    a) Nivel Educativo.

    Est dirigido a considerar los diferentes niveles y grados de las etapas del Sistema Educativo conforme a lo establecido en el artculo 34 de la Ley N 28044 - Ley General de Educacin y la Ley N 23733 Ley Universitaria, y se acredita mediante la certificacin de los estudios realizados, incluyendo ttulos y grados acadmicos obtenidos.

    b) Capacitacin. Se acredita mediante los diplomas, certificados o constancias de los ltimos cinco (05) aos, capacitacin mnima de 100 horas y mximo 200 horas. Se incluye en este factor las horas de participacin como expositor en caso de

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    los Profesionales y Tcnicos. Para tal efecto, se tomar en cuenta la acreditacin que obre en el legajo personal correspondiente. c) Tiempo de Servicios Este componente califica los aos, meses y das de servicios oficiales que prestan los servidores administrativos en condicin de nombrado con sujecin al rgimen laboral del Decreto Legislativo N 276. d) Mritos y Demritos. Estos factores se aplicarn de la siguiente forma: MRITOS.- Califica el reconocimiento formal de la responsabilidad y voluntad con que el servidor pone en prctica sus aptitudes y actitudes en el desempeo de las funciones asignadas. El reconocimiento es a travs de documentos de felicitacin (resolucin) obtenido durante los cinco (05) ltimos aos. La calificacin mxima del factor es de cinco (05) puntos para los tres grupos ocupacionales; cada reconocimiento se calificar con un (01) punto. DEMRITOS.- Considera puntos en contra para aquellos servidores que durante los ltimos cinco (05) aos registran sanciones administrativas disciplinarias. Se restar un (01) punto por cada sancin administrativa.

    13.2 La puntuacin mxima de la Evaluacin Curricular ser de 40 puntos,

    desagregados de la forma siguiente:

    GRUPO PR OFESIONAL

    a) Formacin Educativa Requisitos

    Grado de Doctor o Maestra 10 puntos Ttulo Profesional de Nivel Universitario o Segunda Espec. 08 puntos Grado Acadmico de Bachiller Universitario 06 puntos Ttulo de Instituto Superior Tecnolgico 05 puntos

    (de seis Semestres Acadmicos o ms) En este factor el puntaje mximo ser de dieciocho (18) puntos.

    b) Capacitacin Hasta diez (10 ) horas lectivas recibidas u 01 punto

    Ofrecidas como expositor. Por ms de diez (10) horas lectivas recibidas u 02 puntos

    ofrecidas como expositor El Certificado y/o Diploma que no especifique el nmero de horas, se

    considera 4 horas lectivas. En este factor el puntaje mximo ser siete (07) puntos.

    c) Tiempo de Servicios

    Hasta 10 aos 02 puntos Ms de 10 hasta 20 aos 05 puntos

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    Ms de 20 aos 10 puntos El puntaje mximo es hasta diez (10) puntos

    d) Mritos y demritos:

    Mritos: por cada resolucin 01 punto, hasta 05 puntos Demritos: por cada sancin administrativa se restar 01 punto, hasta 05 puntos

    GRUPO TCNICO

    a) Formacin Educativa. Requisitos:

    Ttulo Profesional Tcnico o Estudios Superiores concluido 10 puntos Estudios Superiores no concluidos 08 puntos Secundaria completa 05 puntos

    El puntaje mximo ser de dieciocho (18) puntos b) Capacitacin

    A razn de un punto por cada seis horas lectivas recibidas u ofrecidas, si el Certificado y/o Diploma no especfica el nmero de horas se considerara 4 horas lectivas.

    El puntaje mximo ser de siete (07) puntos c) Tiempo de Servicios.

    Hasta 10 aos 2 puntos Ms de 10 hasta 20 aos 5 puntos Ms de 20 aos 10 puntos

    El puntaje mximo es hasta diez (10) puntos

    d) Mritos y demritos:

    Mritos: por cada resolucin 01 punto, hasta 05 puntos Demritos: por cada sancin administrativa se restar 01 punto, hasta 05 puntos

    GRUPO AUXILIAR:

    a) Formacin Educativa.

    Requisitos.

    Secundaria Completa 10 puntos Secundaria Incompleta 08 puntos Primaria 05 puntos

    En este factor el puntaje mximo es de dieciocho (18) puntos. b) Capacitacin A razn de un (01) punto por cada tres (03) horas lectivas recibidas hasta un mximo de siete (07) puntos En este factor el puntaje mximo es de siete (07) puntos.

    c) Tiempo de Servicio.

    Hasta 10 aos 02 puntos

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    Ms de 10 hasta 20 aos 05 puntos Ms de 20 aos 10 puntos

    d) Mritos y demritos:

    Mritos: por cada resolucin 01 punto, hasta 05 puntos Demritos: por cada sancin administrativa se restar 01 punto, hasta 05 puntos

    XIV. DE LA PRUEBA DE CONOCIMIENTOS Y APTITUDES.

    14.1 La prueba de conocimientos y aptitudes tiene una valoracin mxima de 30

    puntos. 14.2 Se aplicar una prueba nica, conformada por tems de seleccin mltiple

    que tiende a medir el grado de seguridad en las respuestas, la agilidad mental e inteligencia requerida para el desempeo laboral.

    14.3 Los tems estarn referidos al conocimiento de las funciones inherentes al cargo y de aspectos genricos como:

    Constitucin Poltica del Per. Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera

    Administrativa y de Remuneraciones del Sector Pblico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005 -90-PCM.

    Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto. Ley N 28044, Ley General de Educacin. Decreto Supremo N 011-2012-ED.

    La prueba de aptitudes tendr una valoracin de 10 puntos y estar comprendida por 10 preguntas, un (01) punto cada una, segn los siguientes test: GRUPO PROFESIONAL y DIRECTIVOS

    Test de Problemas de razonamiento. Test de identificacin Test de Sinnimos, Analogas y Parnimos

    GRUPO TECNICO

    Test de Dimensin Test de Sinnimos Test de Aritmtica

    GRUPO AUXILIAR Test de Precisin. Test de Nmeros. Test de Desciframiento

    . 14.4 La prueba ser escrita y su elaboracin estar a cargo de profesionales

    especializados de la DREP y/o UGEL designados por el titular de la entidad, quienes guardarn la reserva correspondiente. La Comisin es responsable en forma solidaria de garantizar la transparencia de la elaboracin, aplicacin y calificacin de la prueba respectiva.

    14.5 La prueba de conocimientos estar compuesta por 20 preguntas de un

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    (01) punto cada una y la prueba de aptitud de 10 preguntas y se aplicar de acuerdo a los grupos ocupacionales y tendr una duracin de 60 minutos.

    XV.- DEL DESEMPEO LABORAL. 15.1 Este aspecto evaluar el comportamiento, rendimiento y productividad del

    trabajador en el puesto de trabajo, el nivel de responsabilidad, identificacin institucional y actitudes del servidor de acuerdo a los factores y puntuaciones establecidas para cada grupo ocupacional, considerando a los Directivos en el grupo de los Profesionales, solo se tomar en cuenta la calificacin de acuerdo al Anexo 03.

    La puntuacin mxima es de 15 puntos y la mnima de 07 puntos. XVI.- DE LA ENTREVISTA PERSONAL. 16.1 La Comisin de Evaluacin considerar los conceptos valorativos sobre el

    grado de conocimientos y persuasin referente a las funciones institucionales y al rea en la cual labora el trabajador, as como aquellos sucesos que trascienden en el mbito nacional, calificar tambin la presentacin del evaluado, el desenvolvimiento y alternativas frente a una situacin planteada.

    La puntuacin mxima es de 15 puntos. XVII.- DEL CUADRO DE MRITOS. 17.1 En cada etapa, el Cuadro de Mritos es elaborado y publicado por el

    Comit de Evaluacin, indicando el puntaje final alcanzado en orden descendente de mayor a menor puntaje, el mismo que debe ser suscrito por los integrantes del Comit.

    17.2 De acuerdo al artculo 55 del D.S. N 005-90 PCM en el caso que dos o

    ms servidores pblicos obtengan el mismo puntaje final en el concurso, para establecer el orden de precedencia en el cuadro de mritos se proceder del modo siguiente:

    Se dar preferencia al trabajador de mayor tiempo de permanencia en el

    nivel (remunerativo). De persistir la igualdad, se dar preferencia al servidor con mayor

    tiempo de permanencia en el grupo ocupacional; y, En caso de igualdad en tiempo de permanencia en el nivel

    (remunerativo) y grupo ocupacional, ser ascendido quien tenga mayor tiempo de servicios al Estado.

    17.3 El servidor que no est de acuerdo con el orden de mrito alcanzado,

    puede dentro de las 24 horas de publicado el Cuadro de Mritos presentar su reclamo debidamente fundamentado ante la Comisin de Evaluacin, debiendo sta resolver el caso dentro del cronograma establecido. Con la decisin adoptada se da por concluido el reclamo.

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    XVIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 18.1 Los ascensos de personal se efectuarn en plazas presupuestadas y teniendo

    en cuenta lo establecido por la Tercera Disposicin Transitoria, literal b) de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

    18.2 El ascenso comprende el desplazamiento de un grupo ocupacional inferior

    a uno superior siempre y cuando el postulante cumpla con los requisitos exigidos segn clasificador de cargos R.M. N 0091-2012-ED.

    XIX. DISPOSICIONES FINALES. 19.1 Los requisitos mnimos para el cargo motivo de ascenso se encuentran

    contempladas en el clasificador de cargo R.M. N 0091-2012-ED. 19.2 Los requisitos, formalidades y mecanismos que se contemplan para el

    proceso de Ascenso ser de obligatorio cumplimiento para el desplazamiento de los servidores administrativos, quedando prohibida la emisin de cualquier directiva, instructivo u oficios por parte de las UGELs, bajo responsabilidad funcional.

    19.3 El proceso de ascenso en la Sede Administrativa de la Direccin Regional

    de Educacin Puno, no se llevar a cabo por estar en un proceso de reestructuracin organizativa mediante OR N 006-2011.

    19.4 El Especialista en Racionalizacin y de NEXUS de cada UGEL, alcanzar en

    forma oportuna las plazas vacantes a la comisin para su publicacin. 19.5 El presente proceso de Ascenso se sujetan al estricto cumplimiento del

    Cronograma Regional que forma parte de la presente Directiva (Anexo 01).

    19.6 En los casos donde existan investigaciones y procesos administrativos de

    Desplazamientos Irregulares pendientes por resolver, dichas plazas no sern cubiertas hasta que culminen en ltima Instancia, as como las plazas que fueron judicializadas y cuenten con Resolucin Judicial.

    19.7 Los casos no considerados en la presente Directiva, sern resueltos por los

    Comits de Evaluacin de Ascensos de las Unidades de Gestin Educativa Local y/o la Direccin Regional de Educacin segn corresponda.

    19.8 La Comisin de Evaluacin cautelar la correcta aplicacin de la presente

    directiva en el marco del principio de legalidad del debido proceso y razonabilidad estipulado en la Ley N 27444.

    19.9 Los ascensos de personal se efectuarn en plazas presupuestadas y teniendo

    en cuenta lo establecido por la Tercera Disposicin Transitoria, literal b) de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (Quinta Disposicin Complementaria de la Directiva N 106 - ME-SG-2005), que a la

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    letra dice: Queda prohibida la recategorizacin y/o modificacin de plazas, que se orienten al incremento de remuneraciones, por efecto de la modificacin del Cuadro para Asignacin del Personal CAP y/o del Presupuesto Analtico del Personal PAP. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente literal genera la nulidad de la accin de personal efectuada, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la Entidad, as como de su Titular.

    19.10 Los servidores administrativos que en los ltimos 12 meses, se han

    desplazado por: rotacin, reasignacin o permuta, reubicacin, etc. no podrn presentarse al presente proceso de ascenso.

    19.11 La vigencia de los ascensos es del 01 de enero del 2014 19.12 No podrn participar los servidores que tengan la condicin de OMISOS en

    la Unidad de Escalafn. 19.13 Los rganos de Control Institucional de la DREP y UGELs, estn facultados

    para realizar acciones de control previo y posterior a efectos de deslindar responsabilidades o alcanzar las recomendaciones a que hubiere lugar.

    Puno, diciembre del 2013.

    FIRMADO EN ORIGINAL

    Prof. JORGE LUIS CHOQUE MAMANI

    DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIN P U N O

    JLCHM/DREP

    OAA/DGI

    FZP/JOAJ

    FMLCH/JOAD

    AJSZ/EAUP

    C.c./Arch v.

  • Anexo N 01

    CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ASCENSO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

    1) Convocatoria. 06 de diciembre 2013. 2) Publicacin y difusin de las plazas vacantes 09 al 10 de diciembre del 2013. 3) Inscripcin de postulantes 11 al 12 de diciembre del 2013 4) Evaluacin Curricular (Legajo Personal) 13 de diciembre del 2013 5) Publicacin de relacin de postulantes aptos 13 de diciembre del 2013 6) Presentacin de reclamos y atencin de los mismos 16 de diciembre del 2013 7) Prueba de Conocimientos y Aptitudes 17 de diciembre del 2013 8) Entrevista Personal 18 de diciembre del 2013 9) Publicacin del Cuadro de Mritos final 18 de diciembre del 2013 10) Adjudicacin de Plazas 19 de diciembre del 2013. 11) Vigencia de resolucin 01 de enero del 2014

  • ANEXO 02

    SOLICITA: SER ADMITIDO (A) COMO POSTULANTE AL PROCESO DE EVALUACIN Y ASCENSO EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA 2013.

    SEOR DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIN DE PUNO/ DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIN EDUCATIVA LOCAL DE

    ..., identificado (a), con DNI N ., con domicilio real en., de la localidad de..., actual servidor de la DREP/UGEL/Institucin a usted me dirijo para expresar lo siguiente:

    Que, en el marco del Proceso de Evaluacin y Ascenso en la Carrera Administrativa 2013, con carcter de DECLARACIN JURADA manifiesto que cumplo con los siguientes requisitos: (marcar con una equis si corresponde a su declaracin) 1. Estar en servicio activo en la Carrera Pblica Administrativa ( )

    2. No tener impedimento judicial por delito doloso ( ) 3. No tener impedimento administrativo por estar cumpliendo sancin disciplinaria ( ) 4. Reunir los requisitos especficos para el cargo ( ) 5. Declaro Bajo Juramento que:

    Postulo a un solo cargo. No registro antecedentes penales por delito doloso y no estar cumpliendo

    sancin administrativa. No tener vnculo de parentesco con los miembros de la Comisin de Evaluacin.

    La veracidad de la informacin y de la documentacin que obra en mi legajo p ersonal, bajo mi responsabilidad.

    POR LO EXPUESTO:

    Ruego a usted, acceder a mi solicitud por ser legal. ., de ... del 2013

    Firma

    DNI: . N Celular:.

  • Anexo N 03

    FICHA DE EVALUACION DE DESEMPEO LABORAL

    NOMBRE DEL SERVIDOR:.

    INSTITUCION EDUCATIVA:

    Fecha

    _________________________________ ___________________________________

    VB de CONEI FIRMA DEL DIRECTOR

    Malo Regular Bueno

    1 punto 2 puntos 3 puntos

    1 Comportamiento

    2Rendimiento y

    Productividad

    3 Nivel de responsabilidad

    4Identificacin

    Institucionalidad

    5 Actitudes del servidor

    N Aspectos a Evaluar Total

    Puntaje Total