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Dirección General de Programación y Presupuesto

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Acta de autorización

Unidad 411

La Secretaría de Energía en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 8 fracción XVI, 13 fracción VIII, 28 fracción III y 31 fracción VIII del Reglamento Interior de la propia Secretaría, expide el siguiente:

Manual de organización específico de la Dirección General de Programación y Presupuesto

Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Secretario de Energía

Manuel Minjares Jiménez Oficial Mayor

Fernando Vargas Linares Director General de Recursos Humanos, Innovación y Servicios

Oscar Alberto Margain Pitman Director General de Programación y Presupuesto

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Índice

I. Introducción 6 II. Antecedentes 7 III. Marco jurídico 8 IV. Atribuciones 14 V. Estructura orgánica 16 VI. Objetivos y funciones 17 Dirección General de Programación y Presupuesto 17 Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial 19 Subdirección de Análisis y Evaluación Sectorial 24 Departamento de Entidades de Control Indirecto 27 Departamento de Órganos Desconcentrados y Entidades

Apoyadas 31

Subdirección de Entidades Sujetas a Control Directo 36 Departamento Subsector Electricidad 39 Departamento Subsector Hidrocarburos 44 Subdirección de Integración y Consolidación 49 Departamento de Integración y Consolidación 52 Departamento de Programas Especiales 54 Dirección de Programación y Presupuesto Central 56 Subdirección de Programación y Presupuesto Institucional 59 Departamento de Información Presupuestal 60 Departamento de Integración Programática y Presupuestal 61 Subdirección de Control de Pagos 62 Departamento de Control del Ejercicio Presupuestal 64 Departamento de Recepción y Trámites 65 Departamento de Control y Emisión de Pagos 66 Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera 67 Subdirección de Operación Contable 68 Subdirección de Evaluación Financiera 69 Coordinación Técnica 70 VII. Organigrama 71 VIII. Glosario de términos 72

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I. Introducción En el ámbito programático-presupuestal del Sector de la Energía, la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPP) es la ventanilla de enlace entre las áreas sustantivas de la Secretaría y las entidades coordinadas, coadyuvando a la difusión normativa de las diferentes fases que estructuran el proceso de planeación. Así también, desempeña actividades de gestión y apoyo administrativo al interior de la Dependencia en matera programática, presupuestal, de control contable, y de evaluación. La división funcional de la Dirección General de Programación y Presupuesto atiende, por una parte, el objetivo de eficientar los procesos de información normativa de las dependencias globalizadoras hacia las entidades coordinadas del Sector, y propiciar la compatibilización entre la normatividad global y los productos sectoriales resultado de las fases del proceso de planeación. Para ello, la Dirección General a través de su área de Programación y Presupuesto Sectorial, emite los diferentes paquetes técnico-normativos que sustentan los productos resultantes, como son: el “Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo”; la integración de la información sectorial para los Informes Trimestrales sobre la Situación Económica y las Finanzas Públicas; los Informes de Gobierno del Ejecutivo Federal, los Informes de Labores y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal; asimismo, coordina e integra los productos vinculados a la Concertación de Estructuras Programáticas, a los Programas Operativos Anuales y a los Anteproyectos de Presupuesto de las entidades coordinadas por el Sector. Por otra parte, la Dirección General de Programación y Presupuesto a través de su área de Presupuesto y Contabilidad, organiza, dirige y controla las actividades del proceso de programación, presupuestación, ejercicio, registro contable y control del gasto de las unidades administrativas de la Secretaría y de sus órganos desconcentrados (CONAE, CNSNS, y CRE), requeridos por las dependencias globalizadoras para su incorporación al Programa Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como para los reportes de seguimiento y Cuenta Pública Federal. Por lo expuesto, la finalidad de este documento es describir el objetivos y funciones de la Dirección General y sus áreas integrantes para comprender el ámbito de atribuciones global y la segmentación necesaria para su cumplimiento.

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II. Antecedentes Hacia 1988 se suprimió la Coordinación General de Programación y Presupuesto, que en su origen en el año de 1982, tuvo a su cargo el análisis y evolución presupuestal de un universo superior a los 900 organismos, empresas y fideicomisos, para en 1989 constituirse como Dirección General de Planeación, misma que en 1992 cambió su denominación por la de Dirección General de Análisis e Informática, conteniendo también las funciones de organización sectorial. A raíz de la modificación en la estructura orgánica de la Secretaría y su nuevo Reglamento Interior, en 1995, esta Dirección General absorbió de la Dirección General de Administración las funciones de Presupuesto y Contabilidad, y cedió a la Dirección General de Recursos Humanos el área correspondiente a Organización Sectorial, así como las actividades de informática, que resultaron en la creación de la Unidad de Informática, dependiente de la Oficialía Mayor. En el transcurso del periodo 1996-1997, la Secretaría de Energía efectuó una reestructuración organizacional con el objeto de ofrecer una mayor especialización, división del trabajo y análisis al sector, proponiendo y coordinando estrategias y acciones para optimizar su gestión, así como fortalecer los mecanismos de coordinación, control y evaluación por parte de la Dependencia, reafirmando de esta forma su papel como coordinadora de sector, que es concretadas en las reformas y adiciones al Reglamento Interior, mismo que es publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 1997. En el año 2001, los cambios en un mundo cada vez más globalizado incidieron en el rumbo de la economía de nuestro país e hicieron necesario modernizar y fortalecer la estructura de la Dependencia. El proceso de reestructuración buscó principalmente la especialización de la Secretaría en subsectores: hidrocarburos y electricidad, sin perder de vista el importante y necesario papel de la formulación de la política energética nacional. Ello se concretó en tres subsecretarías de estado y una oficialía mayor, a la que pertenece esta Dirección General, descritas en el Reglamento Interior publicado el 4 de junio del 2001. En el año 2003, se establecen estrategias y acciones de reestructuración y redimensionamiento de la Secretaría, que son concretadas en una estructura organizacional más plana y acorde a la política de austeridad presupuestal del gobierno federal. Dicha estructura se establece en el Reglamento Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero del 2004, donde se conserva esta Dirección General dependiente de la Oficialía Mayor.

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III. Marco jurídico

1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 5/II/1917, sus reformas y adiciones.

2.- Tratados Internacionales Los celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la

República, de acuerdo con el artículo 133 constitucional. 3.- Leyes ? ? Ley Federal de Derechos.

D.O.F. 31/XII/1981 y sus reformas y adiciones. ? ? Ley Federal del Trabajo.

D.O.F. 1/IV/1970, sus reformas y adiciones. ? ? Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del

Apartado “B” del artículo 123 Constitucional. D.O.F. 28/XII/1963, sus reformas y adiciones.

? ? Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. D.O.F. 27/XII/1983 y sus reformas.

? ? Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10/04/03

? ? Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13/III/2002

? ? Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31/XII/ 1982 y sus reformas.

? ? Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F.29/XII/1976, sus reformas y adiciones.

? ? Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 10/I/1936, sus reformas y adiciones.

? ? Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional. D.O.F. 11/V/1995 y sus reformas.

? ? Ley del Impuesto al Valor Agregado. D.O.F. 29/XII/1978, sus reformas y adiciones.

? ? Ley del Impuesto Sobre la Renta. D.O.F. 24/I/2002, sus reformas y adiciones.

? ? Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 31/XII/1976 y sus reformas.

? ? Presupuesto de Egresos de la Federación. Vigente según el ejercicio fiscal correspondiente.

? ? Ley de Ingresos de la Federación. Vigente según el ejercicio fiscal correspondiente.

? ? Ley de Planeación. D.O.F. 5/I/1983.

? ? Ley de Inversión Extranjera. D.O.F. 27/XII/1993 y sus reformas.

? ? Ley de Comercio Exterior. D.O.F. 27/VII/1993 y sus reformas.

? ? Ley sobre la Celebración de Tratados. D.O.F. 2/I/1992

? ? Ley Federal de Competencia Económica. D.O.F. 24/XII/1992

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? ? Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 8/I/1982, sus reformas y adiciones.

? ? Ley de Expropiación. D.O.F. 25/XI/1936 y sus reformas.

? ? Ley Federal sobre Metrología y Normalización. D.O.F. 1/VII/1992 y sus reformas.

? ? Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11/VI/2002

? ? Ley del Sistema de Horarios en los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 29/XII/2001

? ? Ley General de Sociedades Mercantiles. D.O.F. 4/VIII/1934, sus reformas y adiciones.

? ? Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. D.O.F. 29/XI/1958, sus reformas y adiciones.

? ? Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear. D.O.F. 4/II/1985.

? ? Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares. D.O.F. 31/XII/1974.

? ? Ley de la Comisión Reguladora de Energía. D.O.F. 31/X/1995.

? ? Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. D.O.F. 22/XII/1975, sus reformas y adiciones.

? ? Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14/V/1986, sus reformas y adiciones.

? ? Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. D.O.F. 16/VII/1992, sus reformas y adiciones.

? ? Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. D.O.F. 28/I/1988

? ? Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4/I/2000

? ? Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 4/I/2000

? ? Ley General de Deuda Pública. D.O.F. 1/I/1976

? ? Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 1/VI/1995

? ? Ley de Información, Estadística y Geográfica. D.O.F. 23/XII/1980

? ? Ley de Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. D.O.F. 9/XII/1986.

? ? Ley General de Salud. D.O.F. 07/II/1984, sus reformas y adiciones.

4.- Códigos ? ? Código Civil Federal.

D.O.F. 26/V/1928, sus reformas y adiciones. ? ? Código Penal Federal.

D.O.F. 14/VIII/1931, sus reformas y adiciones. ? ? Código Federal de Procedimientos Civiles.

D.O.F. 24/II/1943, sus reformas y adiciones. ? ? Código Federal de Procedimientos Penales.

D.O.F. 30/VIII/1934, sus reformas y adiciones. ? ? Código Fiscal de la Federación.

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D.O.F. 31/XII/1981, sus reformas y adiciones. ? ? Código de Comercio.

D.O.F. 15/IX/1889, sus reformas y adiciones 5.- Reglamentos ? ? Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.

D.O.F. 4/VI/2001, sus reformas y adiciones ? ? Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo

del Petróleo. D.O.F. 25/VIII/1959, sus reformas y adiciones.

? ? Reglamento de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos. D.O.F. 10/VIII/1972

? ? Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 18/XI/1981, sus reformas y adiciones.

? ? Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 20/VIII/2001

? ? Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera. D.O.F. 8/IX/1998

? ? Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación. D.O.F. 25/XI/1988

? ? Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26/I/1990 y sus reformas.

? ? Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 20/VIII/2001

? ? Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. D.O.F. 31/V/1993, sus reformas y adiciones.

? ? Reglamento de la Ley de Comercio Exterior. D.O.F. 30/XII/1993

? ? Reglamento Interno de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía. D.O.F. 30/III/1990

? ? Reglamento General de Seguridad Radiológica. D.O.F. 8/XI/1988

? ? Reglamento de Trabajos Petroleros. D.O.F. 21/II/1973

? ? Reglamento de Gas Licuado de Petróleo. D.O.F. 28/VI/1999

? ? Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica. D.O.F. 04/III/1998

? ? Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. D.O.F. 7/IV/1993

? ? Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación del Grado de Riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo. D.O.F. 29/VI/1981 y sus reformas.

? ? Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. D.O.F. 14/I/1999

? ? Reglamento Interno de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía. D.O.F. 9/IX/2002

? ? Reglamento de Gas Natural. D.O.F. 8/XI/1995

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? ? Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones. D.O.F. 10/XI/1998

? ? Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica. D.O.F. 25/X/1982

? ? Reglamento de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales. D.O.F. 6/I/2000

? ? Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11/VI/2003

? ? Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. D.O.F. 17/X/2003

? ? Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal. D.O.F. 4/X/1999

6.- Decretos ? ? Decreto que crea el Organismo Descentralizado de Interés Público Instituto

Mexicano del Petróleo. D.O.F. 26/VIII/1965 y sus reformas y modificaciones.

? ? Decreto por el que se crea el Instituto de Investigaciones Eléctricas. D.O.F. 1/XII/1975 y su modificación.

? ? Decreto por el que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y servidores públicos hasta el nivel de director general en el sector centralizado o su equivalente en el sector paraestatal, deberán rendir al separarse de sus empleos, cargos o comisiones, un informe de los asuntos de sus competencias y entregar sus atribuciones legales, a quienes los sustituyan en sus funciones. D.O.F. 2/IX/1988, sus reformas y adiciones.

? ? Decreto por el que se crea la Comisión Reguladora de Energía, como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal. D.O.F. 4/X/1993

? ? Decreto de Promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. D.O.F. 20/XII/1993

? ? Decreto por el cual se crea el Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro. D.O.F. 9/II/1994

? ? Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía D.O.F. 20/IX/1999.

? ? Decreto por el que se determina que el gas licuado de petróleo quedará sujeto al precio máximo de venta a usuarios finales que fije la Secretaría de Economía. D.O.F. 05/ix/2001

? ? Decreto por el que se establece que en el territorio nacional habrá cuatro zonas de husos horarios y se abrogan los diversos relativos a los horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos, publicados el 4 de enero de 1996, 13 de agosto de 1997, 31 de julio de 1998 y 29 de marzo de 1999, respectivamente. D.O.F. 1/II/2001

7.- Acuerdos, Resoluciones, Criterios, Estatutos y Directivas ? ? Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal.

D.O.F. 14/VIII/03

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? ? Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal, como una Comisión Intersecretarial de Carácter Permanente. D.O.F. 4/X/2000

? ? Acuerdo mediante el cual se establecen las disposiciones que se aplicarán en la entrega y recepción del despacho de los asuntos a cargo de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y los servidores públicos hasta el nivel d director general en el sector centralizado, gerente o sus equivalentes en el sector paraestatal. D.O.F. 5/IX/1988

? ? Acuerdo por el que se expiden los requisitos mínimos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán considerar para seleccionar a las instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, interesados en realizar la evaluación de resultados de los programas gubernamentales sujetos a reglas de operación en el ejercicio fiscal 2002 D.O.F. 30/IV/2002

? ? Acuerdo por el que se establece que el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal tendrá la representación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en los asuntos que se mencionan. D.O.F. 9/I/2001

? ? Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de los obsequios, donativos o beneficios en general que reciban los servidores públicos. D.O.F. 25/1/1984

? ? Acuerdo que establece las facultades de la Coordinación de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República. D.O.F. 8/V/1996

? ? Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Energía depositadas en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje. D.O.F. 11/II/1998

? ? Acuerdo que determina los Servidores Públicos que deberán presentar Declaración de Situación Patrimonial, en adición a los que señala la Ley de la materia. D.O.F. 4/IV/1997 sus reformas y adiciones.

? ? Acuerdo por el cual el Gobierno Federal constituye un Fondo de Ahorro Capitalizable de los Trabajadores al Servicio del Estado, cuyas relaciones laborales estén regidas por el apartado "B" del artículo 123 constitucional. D.O.F. 12/I/1990

? ? Acuerdo por el que se fijan criterios para la aplicación de la Ley de Responsabilidades en lo referente a familiares de los servidores públicos. D.O.F. 11/II/1983

? ? Acuerdo por el que se crea la oficina de la Presidencia de la República, cuyo titular sea designado por el Presidente de la República. D.O.F. 19/I/1997

? ? Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. D.O.F. 23/X/1996

? ? Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que aplica la Secretaría de Energía y su sector coordinado, y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria. D.O.F. 19/V/1999

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? ? Criterios de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Economía en materia de opinión favorable para la expedición de los permisos previos de importación de gas licuado de petróleo. D.O.F. 19/VII/2001

? ? Resolución sobre la modificación del mecanismo transitorio para la determinación del precio del gas licuado de petróleo objeto de la venta de primera mano. D.O.F. 27/VII/2001

? ? Estatuto Orgánico de Comisión Federa de Electricidad. D.O.F. 09/XI/2000

? ? Estatuto Orgánico de Luz y Fuerza del Centro. D.O.F. 21/III/2000

? ? Directiva sobre la determinación de precios y tarifas para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-96. D.O.F. 20/03/1996

? ? Directiva de contabilidad para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-002-96. D.O.F. 03/VI/1996

? ? Directiva sobre la determinación de las zonas geográficas para la distribución de gas natural DIR-GAS-003-96. D.O.F. 27/IX/1996

? ? Directiva sobre la venta de primera mano de gas natural DIR-GAS-004-00. D.O.F. 23/II/2000

8- Manuales ? ? Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.

D.O.F. 9/IX/2002 y sus reformas. ? ? Manual de Servicios al Público en Materia de Energía Eléctrica.

D.O.F. 29/VII/1993 y sus reformas. 9. Normas Oficiales Mexicanas

Las expedidas en las materias relacionadas con sus atribuciones de conformidad con la Ley sobre Metrología y Normalización.

10.- Planes y Programas ? ? Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006.

D.O.F. 30/V/2001 ? ? Programa Sectorial de Energía 2001-2006.

D.O.F. 11/I/2002

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IV. Atribuciones Artículo 29.- El Director General de Programación y Presupuesto, tiene las siguientes atribuciones: I. Proponer, para aprobación del Oficial Mayor, las políticas, lineamientos, sistemas

y procedimientos para la programación-presupuestación y administración de los recursos financieros de la Secretaría, sus órganos desconcentrados y entidades apoyadas presupuestariamente;

II. Instrumentar la operación de los sistemas de programación-presupuestación de la Secretaría, coordinar las tareas de programación, presupuestación, seguimiento, control y evaluación del gasto; asimismo, dictaminar las solicitudes de modificación presupuestaria de la Secretaría y órganos desconcentrados y emitir opinión en el caso de las entidades coordinadas, así como gestionar su registro ante las instancias competentes;

III. Orientar y coordinar las actividades inherentes a la concertación de las estructuras programáticas, formulación de programas operativos anuales, anteproyectos y proyectos de presupuesto de egresos e ingresos de la Secretaría, de los órganos desconcentrados y de las entidades bajo su coordinación, cuidando que se sujeten a las normas, montos y plazos que establezcan las autoridades competentes y presentarlos al Oficial Mayor para que los someta a la aprobación del Secretario y, en su caso, se integren al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación;

IV. Comunicar a las unidades administrativas de la Secretaría, a los órganos desconcentrados y a las entidades del sector, el presupuesto aprobado por la H. Cámara de Diputados, así como los calendarios de ingreso-gasto autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

V. Ser el conducto de las unidades administrativas de la Secretaría, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para solicitar autorizaciones especiales para contraer compromisos de adquisiciones, contratación de servicios y obra pública, con cargo a ejercicios fiscales subsecuentes, así como tramitar la autorización de los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo de las entidades del sector, a fin de remitirla para su dictamen a las autoridades competentes, a efecto de que sean incluidos en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación;

VI. Fungir como ventanilla única de las unidades administrativas de la Secretaría, órganos desconcentrados, y entidades coordinadas, para gestionar ante las dependencias globalizadoras, en el ámbito de sus respectivas competencias, cualquier solicitud que implique la afectación o modificación de su presupuesto autorizado, registro y liberación de su programa de inversiones, suscripción o renovación de convenios de desempeño, con excepción de aquellos trámites que expresamente puedan llevar a cabo directamente ante las citadas globalizadoras;

VII. Normar, operar y administrar los sistemas, trámites y procedimientos de pago de la Secretaría, y llevar el control del ejercicio de las asignaciones presupuestarias por concepto de gasto corriente, incluidas las correspondientes al capítulo de servicios personales, inversión física, inversión financiera y pasivo circulante;

VIII. Autorizar y liberar las ministraciones de recursos por concepto de subsidios y transferencias, a los órganos desconcentrados y a las entidades apoyadas del sector, quienes las ejercerán bajo su responsabilidad; asimismo, dar seguimiento a su ejercicio y, en su caso, proceder a su suspensión y requerir su reintegro de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

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IX. Comunicar a las unidades administrativas de la Secretaría, los órganos desconcentrados y entidades del sector, la forma, términos y plazos conforme a los cuales deben proporcionar información económica, financiera, programática, presupuestal, contable y de otra índole, que necesite la Secretaría, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines, así como la que determinen las dependencias globalizadoras, en cuyo caso la concentrará y verificará, antes de remitirla, que cumpla con los requisitos solicitados, y

X. Establecer y operar el sistema de contabilidad general de la Secretaría; conformar, operar y custodiar el archivo de la documentación contable; formular y presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Cuenta anual de la Hacienda Pública Federal consolidada con la correspondiente a los órganos desconcentrados y entidades coordinadas, así como elaborar, integrar y presentar la información económica, financiera, programática, presupuestal, contable y demás que le sea requerida a la Secretaría, de conformidad con la normatividad aplicable. Las atribuciones señaladas en el presente artículo podrán ser ejercidas por los siguientes servidores públicos: las fracciones I a VII y IX, en lo que corresponda a los asuntos competencia de la Secretaría, por el Director de Programación y Presupuesto Central; las fracciones I a VI, VIII y IX, en lo que corresponde a los asuntos de competencia de la Secretaría como coordinadora sectorial por el Director de Programación y Presupuesto Sectorial, y la fracción X, por el Director de Contabilidad y Evaluación Financiera, asimismo, por los demás servidores públicos adscritos a esta Dirección General y que se mencionen en el Manual de Organización General de la Secretaría.

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V. Estructura orgánica 411 Dirección General de Programación y Presupuesto 411.1 Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial 411.1.1 Subdirección de Análisis y Evaluación Sectorial 411.1.1.1 Departamento de Entidades de Control Indirecto 411.1.1.2 Departamento de Órganos Desconcentrados y Entidades

Apoyadas 411.1.2 Subdirección de Entidades Sujetas a Control Directo 411.1.2.1 Departamento Subsector Electricidad 411.1.2.2 Departamento Subsector Hidrocarburos 411.1.3 Subdirección de Integración y Consolidación 411.1.3.1 Departamento de Integración y Consolidación 411.1.3.2 Departamento de Programas Especiales 411.2 Dirección de Programación y Presupuesto Central 411.2.1 Subdirección de Programación y Presupuesto Institucional 411.2.1.1 Departamento de Información Presupuestal 411.2.1.2 Departamento de Integración Programática y Presupuestal 411.2.2 Subdirección de Control de Pagos 411.2.2.1 Departamento de Control del Ejercicio Presupuestal 411.2.2.2 Departamento de Recepción y Trámites 411.2.2.3 Departamento de Control y Emisión de Pagos 411.3 Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera 411.3.1 Subdirección de Operación Contable 411.3.2 Subdirección de Evaluación Financiera 411.0.1 Coordinación Técnica

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VI. Objetivos y funciones 411 Dirección General de Programación y Presupuesto Objetivo: Planear, organizar, dirigir y controlar la administración eficiente de los procesos de programación-presupuestación; pago de compromisos institucionales y registro contable; autorización y liberación de las ministraciones de recursos a órganos desconcentrados y entidades apoyadas; así como, coadyuvar con las unidades administrativas y con las entidades sectorizadas, en el proceso de planeación institucional y sectorial para garantizar la congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial vigente. Funciones: ? ? Establecer las directrices y coordinar la formulación de políticas, lineamientos,

sistemas y procedimientos para la programación-presupuestación y administración de los recursos financieros de la Secretaría, sus órganos desconcentrados y entidades apoyadas presupuestariamente y someterlos a la consideración del C. Oficial Mayor.

? ? Coordinar la instrumentación de sistemas de control que garanticen la operación de los procesos de programación-presupuestación de la Secretaría, así como las tareas de programación-presupuestación seguimiento, control y evaluación del gasto.

? ? Dictaminar las solicitudes de modificación presupuestaria de la Secretaría y órganos desconcentrados y emitir opinión en el caso de las entidades coordinadas, así como gestionar su registro ante las instancias competentes.

? ? Coordinar y dirigir las actividades inherentes a la concertación de las estructuras programáticas; la formulación de los programas operativos anuales, anteproyectos y proyectos de presupuesto de egresos e ingresos de la Secretaría; así como, de los órganos desconcentrados y de las entidades bajo su coordinación, cuidando que se sujeten a las normas, montos y plazos que establezcan las autoridades competentes y presentarlos al Oficial Mayor para que los someta a la aprobación del Secretario y, en su caso, se integren al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

? ? Comunicar a las unidades administrativas de la Secretaría, a los órganos desconcentrados y a las entidades del sector, el presupuesto aprobado por la H. Cámara de Diputados, así como los calendarios de ingreso-gasto autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las autorizaciones especiales solicitadas por las unidades administrativas de la Secretaría, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, para contraer compromisos de adquisiciones, contratación de servicios y obra pública, con cargo a ejercicios fiscales subsecuentes.

? ? Tramitar la autorización de los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo de las entidades del sector, a fin de remitirla para su dictamen a las autoridades competentes, para su incorporación en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

? ? Gestionar ante las dependencias globalizadoras, en el ámbito de sus respectivas competencias, las solicitudes de las unidades administrativas de la Secretaría, órganos desconcentrados, y entidades coordinadas, que impliquen la afectación o

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modificación de su presupuesto autorizado, liberación y registro de su programa de inversiones, suscripción o renovación de convenios de desempeño, con excepción de aquellos trámites que expresamente puedan llevar a cabo directamente ante las citadas globalizadoras. En el caso de las unidades administrativas, gestionar siempre que esté de acuerdo con las directrices y políticas establecidas por el Oficial Mayor.

? ? Establecer las directrices, atendiendo a la normatividad aplicable, para la instrumentación de los sistemas que permitan operar y administrar los trámites y procedimientos de pago de la Secretaría.

? ? Coordinar la instrumentación y operación de los sistemas, que coadyuven al control del ejercicio de las asignaciones presupuestarias por concepto de gasto corriente, incluidas las correspondientes al capítulo de servicios personales, inversión física, inversión financiera y pasivo circulante.

? ? Autorizar y liberar las ministraciones de recursos por concepto de subsidios y transferencias, a los órganos desconcentrados y a las entidades apoyadas del sector, quienes las ejercerán bajo su responsabilidad; asimismo, establecer los procesos para dar seguimiento a su ejercicio y, en su caso, proceder a su suspensión y requerir su reintegro de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

? ? Establecer las directrices y coordinar la forma, términos y plazos conforme los cuales las unidades administrativas de la Secretaría, los órganos desconcentrados y entidades del sector, deben proporcionar información económica, financiera, programática, presupuestal, contable y de otra índole, que necesite la Secretaría, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines, así como la que requieran las dependencias globalizadoras.

? ? Coordinar la integración del archivo documental sectorial, en materia de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, a efecto de atender las consultas sobre la existencia de trabajos en la materia que realicen las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas de la SENER.

? ? Establecer las directrices para la instrumentación de los sistemas de control, que permitan garantizar la operación del sistema de contabilidad general de la Secretaría, conforme al marco normativo aplicable en la materia.

? ? Coordinar la implementación y operación del sistema de archivo, para la guarda y custodia de la documentación contable.

? ? Coordinar la formulación y presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, consolidada con la correspondiente a los órganos desconcentrados y entidades coordinadas.

? ? Las demás que le confiera el C. Oficial Mayor.

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411.1 Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial Objetivo: Dirigir, coordinar y supervisar las actividades a cargo de las subdirecciones que la integran; brindar la asesoría técnica y el apoyo que requieran los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector energía, a fin de coadyuvar al desarrollo de sus acciones relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, ejercicio, control y evaluación del gasto; proporcionar a las instancias superiores información oportuna y confiable necesaria para la toma de decisiones, para el control en la ejecución de acciones, y para medir la eficiencia y eficacia del gasto asignado a los programas autorizados al sector. Funciones: ? ? Proporcionar la asesoría técnica y el apoyo logístico que requieran los órganos

administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de coadyuvar al desarrollo de sus acciones en materia programática - presupuestaria.

? ? Dirigir y coordinar los trabajos de las Subdirecciones del Área, relacionados con la concertación de estructuras programáticas, así como con la formulación de los programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y calendarios financieros y de metas de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de proceder a su aprobación, integrarlos a los de la SENER y remitirlos oportunamente a la SHCP.

? ? Observar en las previsiones de gasto por concepto de subsidios y transferencias, que su finalidad sea congruente con las políticas que al efecto dicte el Ejecutivo Federal y contribuyan al logro de los objetivos y metas específicas que pretendan alcanzar los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector.

? ? Validar el apartado especial de los anteproyectos de presupuesto de las entidades sujetas a control presupuestario directo, correspondiente al registro de las operaciones de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.

? ? Participar en los Grupos de Trabajo que, en su caso, se constituyan para realizar las actividades inherentes a cada etapa del proceso de planeación, programación, presupuesto, ejercicio, control y evaluación del gasto público, con el propósito de acordar las adecuaciones pertinentes en los documentos correspondientes.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP y los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora de sector, respecto a los procesos de planeación, programación, presupuesto, ejercicio, control y evaluación del gasto público, así como los correspondientes al envío oportuno a esa Secretaría de la información remitida por los organismos, durante cada uno de estos procesos.

? ? Proporcionar a las instancias superiores todos los datos estadísticos, información general y demás elementos que puedan mostrar en forma clara y completa la proposición del sector contenida en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como su evolución durante el ejercicio, con el propósito de apoyar la toma de decisiones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos

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administrativos desconcentrados y entidades del sector, las estructuras programáticas y metas concertadas y aprobadas por la SHCP, los Presupuestos de Egresos autorizados por la H. Cámara de Diputados, así como los calendarios financieros y de metas aceptados por esa Secretaría.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, los lineamientos emitidos por la SHCP para formular los documentos de planeación, así como los correspondientes al envío oportuno de éstos a esa Secretaría.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes de dictamen a la SHCP sobre los nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de las entidades del sector; los dictámenes que al respecto debe emitir la SENER; la nota de solicitud de acuerdos para la aprobación de los proyectos por parte de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento; la solicitud a la SHCP para su incorporación al proyecto de Presupuesto de Egresos; y los oficios para comunicar a las entidades los dictámenes, acuerdos y autorizaciones correspondientes.

? ? Validar los oficios de inversión financiada que serán sometidos a la consideración y firma del Secretario de Energía o del servidor público que éste designe, así como hacer lo propio con los oficios que someterá a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, por medio de los cuales se remitirán dichos documentos a las entidades correspondientes y a la SHCP, además de aquellos con los que se enviarán a esa Secretaría las bases de licitación y los dictámenes favorables de los expertos por cada proyecto y las solicitudes de dictamen técnico a las Subsecretarias de Electricidad y de Hidrocarburos, con base a los cuales se autorizará a las entidades procedan a licitarlos.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios a la SHCP para remitir los informes presentados por las entidades del sector, sobre el desarrollo y evolución de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, así como las notas respectivas para presentarlos a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios a la SHCP para remitir los avisos de cierre de obra de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de las entidades del sector.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP para la actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión y a las instancias competentes las correspondientes a la autorización y / o conocimiento de los oficios de inversión en sus diferentes modalidades, presentadas por los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como los oficios para comunicar a los organismos las respectivas resoluciones.

? ? Autorizar las cuentas por liquidar certificadas para ministrar oportunamente los subsidios y transferencias de los que son beneficiarios los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector.

? ? Verificar que los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector, cumplan oportunamente con la regularización de los oficios acuerdos por los cuales, en su caso, se les hayan ministrado recursos, de lo contrario proponer se proceda a emitir las cuentas por liquidar certificadas especiales para este propósito.

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? ? Rendir informe detallado a la SHCP sobre los subsidios y transferencias otorgados con cargo al presupuesto de la SENER, así como vigilar que los beneficiarios de los mismos, cumplan con la rendición de su propio informe en la forma y plazos establecidos por esa Secretaría, de lo contrario proponer la suspensión de las subsecuentes autorizaciones de fondos y exigir el reintegro de los que se hayan suministrado, informando de ello y de cualquier modificación que implique adecuaciones presupuestarias a la propia SHCP.

? ? Proponer la incorporación de procesos al Sistema de Gestión de Calidad de la SENER, y supervisar las actividades de las Áreas relacionadas con los procesos inscritos en el mismo, a fin de alcanzar los objetivos y metas planteados para cada uno de ellos.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios a la SHCP y la nota respectiva, para obtener la opinión favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, a fin de que los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector suscriban Bases y Convenios de Desempeño, respectivamente, así como las evaluaciones trimestrales sobre el cumplimiento de los compromisos establecidos.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes de adecuaciones presupuestarias internas y externas que presenten los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, para su autorización y / o registro ante las instancias competentes, así como los oficios para comunicar a los organismos las respectivas resoluciones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP para que autorice a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, realizar erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en la Ley de Ingresos o en sus presupuestos, así como los oficios para comunicar a los organismos las respectivas resoluciones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP para que autorice a las entidades del sector, la concertación y contratación de créditos para financiar programas incluidos en sus presupuestos previamente aprobados por esa Secretaría.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP y a la SFP para que procedan a la autorización y / o registro de los diversos planteamientos presentados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector en materia de servicios personales, así como los oficios para comunicar a los organismos las respectivas resoluciones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para dar respuesta a las unidades administrativas de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, sobre las consultas que realicen relacionadas con los servicios de asesoría, consultoría, informáticos, estudios, investigaciones y proyectos que pretendan contratar, a fin de verificar la existencia de alguno similar, para que de ser el caso no se proceda a su contratación, con excepción de aquellos trabajos que sean necesarios para su adecuación, actualización o complemento.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP para la inscripción, modificación o baja en el Registro de Fideicomisos y Mandatos de la Administración

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Pública Federal y para la renovación de la clave de registro presupuestario de fideicomisos, mandatos y contratos análogos celebrados por las entidades del sector, así como los oficios para comunicar a los organismos las respectivas resoluciones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, las solicitudes a la SHCP para que autorice a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, comprometer recursos de ejercicios fiscales subsecuentes, así como los oficios para comunicar a éstos las respectivas resoluciones.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para enviar a la SHCP el reporte sobre el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, los instructivos, formatos, medios y periodos señalados por la SHCP para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, así como los correspondientes al envío oportuno a esa Secretaría de la información remitida por los organismos, para efectos de consolidación y presentación.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, la forma, términos y plazos conforme a los cuales deben proporcionar información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que necesite la SENER para efectos de consolidaciones sectoriales y otros fines específicos, además de satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, así como los oficios para el envío oportuno a esas Secretarías de la información remitida por los organismos.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, los lineamientos del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público; la adición, modificación o eliminación de formatos y la actualización de los instructivos correspondientes; los cambios en los plazos de entrega; las modificaciones de los requerimientos tanto en la matriz de los informantes como en la de los usuarios; y las adecuaciones de equipos y programas informáticos necesarios para operarlo, establecidos por el Comité Técnico de Información, así como los oficios para comunicar a éste la actualización de los directorios del personal informante y del personal usuario del Sistema adscrito a la propia Dirección General.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para comunicar a las Dependencias y áreas internas de la SENER, los informes especiales que periódicamente les sean requeridos a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como las evaluaciones elaboradas con base en los datos registrados en el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, en apoyo de los miembros participantes de la SENER en las Sesiones de Órganos de Gobierno, Comités de Control y Auditoria, Reuniones de Evaluación de Metas de Balances de Operación, Primario y Financiero, Reuniones de Seguimiento y Evaluación Presupuestal, y demás foros relacionados con estas materias.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios a través de los cuales se solicite a la SHCP,

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autorice la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con carácter de entidad paraestatal, con base en los estudios técnicos y jurídicos elaborados por las áreas competentes de la SENER.

? ? Participar en las Reuniones de Evaluación de Metas de Balances de Operación, Primario y Financiero de las entidades sujetas a control presupuestario directo, así como a las Reuniones de Seguimiento y Evaluación Presupuestal de las entidades sujetas a control presupuestario indirecto del sector energía, con el propósito de dar seguimiento a los avances físicos y financieros durante la ejecución de sus programas y proyectos aprobados, así como medir la eficiencia y eficacia en la consecución de los objetivos y metas de los mismos.

? ? Participar en los Comités de Control y Auditoria de las entidades del sector, a fin de dar seguimiento a los informes, conclusiones y recomendaciones derivadas de las auditorias de tipo financiera, operacional, de resultados de programas y de legalidad, que les hayan sido practicadas por los órganos de auditoria interna, por la Secretaría de la Función Pública, por los auditores designados por ésta y por la Auditoria Superior de la Federación.

? ? Participar en el Comité Técnico de Coordinación de la Inversión Pública Federal, con el propósito de discutir la información relacionada con los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura eléctrica y de hidrocarburos, que las entidades del sector energía presenten, emitiendo los comentarios, observaciones y recomendaciones pertinentes.

? ? Participar en las reuniones de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, en las que se presenten a su consideración los nuevos proyectos de infraestructura de largo plazo, con base en los dictamines emitidos por la Unidad de Política y Control Presupuestario, la Unidad de Crédito Público y la SENER.

? ? Participar en el Grupo de Trabajo de Combustibles, con el propósito de analizar los volúmenes de consumo, precios y tarifas de los combustibles y su impacto en los presupuestos de las entidades del sector sujetas a control presupuestario directo, así como para acordar los pronósticos anuales para efectos de cierre y proyecto de presupuesto.

? ? Dirigir, coordinar y supervisar los trabajos de las Subdirecciones del Área, para atender oportunamente las observaciones y recomendaciones de los asuntos de su incumbencia, derivadas de las auditorias practicadas por el órgano de auditoria interna de la SENER a la Dirección General de Programación y Presupuesto de ésta Dependencia, así como las que procedan de las auditorias efectuadas por la Auditoria Superior de la Federación a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, ante las que deba dar respuesta en su calidad de coordinadora de sector.

? ? Validar y someter a la consideración y firma de la Dirección General de Programación y Presupuesto, los oficios para remitir a la Auditoria Superior de la Federación el documento relacionado con la observancia de preceptos legales por parte de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, durante el ejercicio de sus programas y presupuestos aprobados.

? ? Ejercer las demás funciones y realizar las actividades que le encomiende la Dirección General de Programación y Presupuesto, en el ámbito de sus atribuciones.

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411.1.1 Subdirección de Análisis y Evaluación Sectorial Objetivo: Coordinar y supervisar las actividades de los Departamentos que la integran, relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a la gestión presupuestaria de los órganos administrativos desconcentrados y de las entidades del sector energía sujetas a control presupuestario indirecto, a fin de que se realicen con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia. Funciones: ? ? Participar en los grupos de trabajo que se constituyan con los órganos

administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, para realizar las tareas inherentes al proceso de planeación, programación y presupuesto, brindándoles la asesoría técnica que requieran durante el desarrollo de cada etapa.

? ? Supervisar los análisis que realicen los departamentos bajo su responsabilidad, a las propuestas de estructuras programáticas y metas, programas institucionales, anteproyectos de presupuesto, calendarios financieros y de metas formuladas por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, así como validar las opiniones técnicas respectivas con el propósito de que los documentos correspondientes a cada proceso se aprueben e integren a los del sector.

? ? Participar en la elaboración de la exposición de motivos sectorial, indicando los objetivos, metas, estrategia, gasto, impacto regional, así como los programas y proyectos de inversión prioritarios y estratégicos de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo.

? ? Elaborar propuestas anuales para que las transferencias que se otorguen a las entidades del sector, se sujeten a un periodo determinado, en función del cumplimiento de los objetivos y metas de ejercicios anteriores y de la situación financiera del beneficiario que determine la necesidad de otorgarlas, considerando los programas institucionales y los proyectos de inversión, tanto nuevos como en proceso que se formulen y aprueben.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los documentos de planeación presentados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, así como validar los reportes técnicos respectivos y el oficio para remitirlos a la SHCP.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, así como a las de autorización y / o conocimiento de los oficios de inversión en sus diferentes modalidades, presentadas por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los comunicados para turnarlos a las instancias correspondientes para su autorización y / o conocimiento.

? ? Supervisar las gestiones ante la Tesorería de la Federación para que a través de las líneas globales y específicas, ministre y radique el presupuesto disponible de los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector, así como validar la actualización del Sistema Integral de Administración Financiera Federal de la SHCP, el Sistema Presupuestal Financiero y Contable de la SENER, la base de datos interna de los presupuestos y calendarios de los subsidios y

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transferencias autorizados, y de las cuentas por liquidar certificadas emitidas y reintegros realizados.

? ? Autorizar las cuentas por liquidar certificadas para ministrar los subsidios y transferencias a los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector.

? ? Validar los informes que se den a la SHCP y al Sistema Integral de Información, sobre los subsidios y transferencias autorizados y ministrados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector, así como vigilar que los beneficiarios de los mismos cumplan con la rendición de su informe en la forma y plazos establecidos por esa Secretaría y, en su caso, con la regularización de los oficios por los cuales se les hayan ministrado recursos, de lo contrario informar de ello a la Dirección de Área.

? ? Fungir como enlace en el Sistema de Gestión de Calidad y coordinar la actualización del proceso para ministrar los subsidios y transferencias a los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector.

? ? Validar los oficios a la SHCP y la nota respectiva, para obtener la opinión favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, a fin de que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo suscriban Bases y Convenios de Desempeño, respectivamente, con el objeto de establecer compromisos de resultados que promuevan un ejercicio más eficiente y eficaz del gasto, así como una efectiva rendición de cuentas. Asimismo, supervisar las evaluaciones trimestrales sobre el cumplimiento de dichos compromisos.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes de adecuaciones presupuestarias internas y externas que presenten los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los comunicados para turnar las solicitudes a las instancias correspondientes para su autorización y / o registro.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes presentadas por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, para realizar erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en la Ley de Ingresos o en sus presupuestos aprobados. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los oficios para turnar las solicitudes a la SHCP para su autorización.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP y a la SFP, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, procedan a la autorización y / o registro de los diversos planteamientos presentados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, en materia de servicios personales.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP, relacionadas con la inscripción, modificación o baja en el Registro de Fideicomisos y Mandatos de la Administración Pública Federal, de fideicomisos, mandatos y contratos análogos celebrados por las entidades del sector, así como con la renovación de la clave de registro presupuestario. Asimismo, supervisar la actualización de los registros respectivos.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP, para que autorice a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, comprometer recursos de ejercicios fiscales subsecuentes, así como supervisar la actualización de la base de datos respectiva.

? ? Validar los oficios a la SHCP, a través de los cuales se le remita el reporte sobre el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, a fin de que estén en posibilidad de hacer pagos con base en el PEF de ese ejercicio fiscal, por los conceptos efectivamente devengados y siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones respectivas.

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? ? Supervisar los análisis que realicen los departamentos bajo su responsabilidad, a la información proporcionada por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, así como validar las opiniones técnicas respectivas con el propósito de que los documentos correspondientes se aprueben e integren a los del sector.

? ? Validar los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER y para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, así como las opiniones técnicas sobre la información recibida, a fin de aprobarla y remitirla a esas Dependencias.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los informes especiales que periódicamente les sean requeridos a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, así como validar las opiniones técnicas respectivas previo a su envío a las Dependencias y áreas internas solicitantes.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, así como revisar los correspondientes reportes mensuales, que se elaboren en apoyo de los miembros participantes de la SENER en las Reuniones de Seguimiento y Evaluación Presupuestal, Comités de Control y Auditoria, y demás foros relacionados con estas materias.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los Órganos de Gobierno de las entidades a su cargo, a fin de apoyar a los miembros participantes de la SENER en el adecuado ejercicio de su representación, para que se pronuncien en aquellos asuntos que se deban resolver y se relacionen con la esfera de su competencia.

? ? Validar los oficios a la SHCP para que autorice la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

? ? Participar en las Reuniones de Seguimiento y Evaluación Presupuestal de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, con el propósito de dar seguimiento a los avances físicos y financieros durante la ejecución de sus programas y proyectos aprobados; así como medir la eficiencia y eficacia en la consecución de los objetivos y metas de los mismos.

? ? Atender oportunamente las observaciones y recomendaciones de los asuntos de su incumbencia, derivadas de las auditorias practicadas por el órgano de auditoria interna de la SENER a la Dirección General de Programación y Presupuesto de ésta Dependencia, así como las que procedan de las auditorias efectuadas por la Auditoria Superior de la Federación a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, ante las que deba dar respuesta en su calidad de coordinadora de sector.

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411.1.1.1 Departamento de Entidades de Control Indirecto Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a su gestión presupuestaria de las entidades sujetas a control presupuestario indirecto, brindándoles la orientación y el apoyo que requieran para el desarrollo de sus acciones. Funciones: ? ? Emitir opinión técnica sobre la estructura programática, denominación de metas,

unidades de medida e indicadores de resultados propuestos por las entidades a su cargo, de acuerdo con los criterios, normas y lineamientos comunicados por la SHCP. Levantar las minutas de las reuniones de concertación que en su caso se realicen, así como dar seguimiento a los acuerdos tomados, con el objeto de que la propuesta acordada se integre a la del sector paraestatal. Asimismo, elaborar las solicitudes a la SHCP para que autorice efectuar cambios en la estructura programática aprobada, con la participación que corresponda a las entidades.

? ? Analizar la congruencia de los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, con el plan nacional de desarrollo y el programa sectorial, así como sus relaciones programáticas intra e intersectoriales. Asimismo, revisar que se basen en programas institucionales que señalen los objetivos que se pretendan alcanzar, la cuantificación de metas concertadas, las unidades responsables de su ejecución y la valuación estimada por programa; que se elaboren para un año calendario, se basen en costos, definan el tipo y fuente de recursos para su financiamiento, y que las previsiones de gasto se realicen en efectivo y en movimientos devengados.

? ? Validar que los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, en servicios personales consideren las previsiones para aumentos saláriales, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables en cada situación, así como los efectos en los gastos por concepto de prestaciones y seguridad social y, en su caso, las previsiones para la creación de plazas por ampliación real de los servicios que proporcionan o por incrementos en la producción de bienes.

? ? Verificar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los gastos de materiales y suministros así como de servicios generales, se calculen conforme a lo esencialmente necesario, y que aquellos sujetos a las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria, se justifiquen por su contribución al logro de los objetivos y metas de sus programas institucionales.

? ? Revisar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los programas de inversión física especifiquen los nuevos proyectos y en proceso, identifiquen los prioritarios y estratégicos y, en su caso, el total de la inversión realizada y las metas obtenidas el último año, así como las metas e indicadores de evaluación, su impacto socioeconómico y el monto total previstos para el ejercicio fiscal respectivo, precisando las fuentes y tipo de financiamiento, la regionalización por entidad federativa y la inversión a realizar en años posteriores. Asimismo, su interdependencia intra e intersectorial con otros programas y proyectos, el lugar geográfico de su realización, las unidades ejecutoras, el periodo total de ejecución y la previsión de recursos para su puesta en operación.

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? ? Revisar que los calendarios financieros y de metas a los que deberán ajustarse las entidades a su cargo en la ejecución de sus presupuestos, hayan sido elaborados con base mensual; que las estimaciones de avance de metas sean compatibles con los requerimientos periódicos de recursos financieros necesarios para alcanzarlas; y que contemplen tanto los ingresos como los egresos.

? ? Elaborar opinión técnica sobre los programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y los calendarios financieros y de metas formulados por las entidades a su cargo, verificando que se apeguen a las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP para el periodo presupuestal correspondiente y a los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora de sector, así como se ajusten a las modificaciones y cifras definitivas autorizadas por la SHCP.

? ? Analizar los documentos de planeación presentados por las entidades a su cargo, verificando que hayan sido elaborados conforme a los lineamientos que emita la SHCP, analizando la congruencia de los programas y proyectos de inversión en proceso y a realizarse en años futuros, con los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el plan nacional de desarrollo y en los programas sectorial e institucionales, así como su monto y características, los análisis costo y beneficio, el dictamen sobre los análisis de evaluación de los mismos, y los formatos para su registro en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión y para su inclusión al Proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, formular el reporte respectivo y el oficio para enviarlos a esa Secretaría en la forma, medios y plazos que establezca.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP, las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan validar, modificar, cancelar o incluir nuevos programas y proyectos en la misma, así como para que cuenten con la asignación de la clave respectiva para emitir los oficios de inversión, verificando que cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto. Asimismo, remitir a esa Secretaría el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de obra pública y el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, en el caso de los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura cuyo total exceda el monto determinado por dicha Dependencia.

? ? Formular los comunicados para solicitar a la SHCP los oficios de autorización especial de inversión de las entidades a su cargo, previa verificación de que los programas y proyectos fueron incorporados en los respectivos anteproyectos de presupuesto, a fin de que estén en posibilidad de realizar todos los trámites previos a su adjudicación.

? ? Elaborar los comunicados para informar a la SHCP sobre los oficios de liberación de inversión y sus modificaciones que emitan las entidades a su cargo, verificando que cumplan con los requisitos y plazos establecidos para tal efecto.

? ? Formular los comunicados para tramitar ante la SHCP los oficios de autorización de inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan atender los efectos causados por desastres naturales, reponer activos afectados por siniestros o ampliar el alcance de sus programas y proyectos de inversión para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

? ? Emitir opinión técnica sobre los oficios de autorización especial de inversión, oficios de liberación de inversión y sus modificaciones, así como sobre los oficios de autorización de inversión de las entidades a su cargo, a fin de continuar con los trámites que procedan para su aprobación.

? ? Formular los oficios a la SHCP y la nota respectiva, para obtener la opinión favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, para que las entidades a su cargo suscriban Convenios de Desempeño. Asimismo, evaluar

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trimestralmente el cumplimiento de los compromisos establecidos, en los términos que determinen la SHCP y la SFP en el ámbito de sus respectivas competencias.

? ? Analizar las solicitudes de adecuaciones presupuestarias externas que presenten las entidades a su cargo, considerando los formatos flujo de efectivo, análisis programático devengado, resumen programático económico, calendario de presupuesto y, en su caso, programas y proyectos de inversión, a fin de emitir la opinión técnica respectiva y el oficio para solicitar a la SHCP su autorización. Asimismo, informar a esa dependencia sobre las adecuaciones internas y externas realizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

? ? Emitir opinión técnica y los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, realicen erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en sus presupuestos aprobados, anexando copia del acuse de recibo del informe respectivo por parte de la Unidad de Política de Ingresos, la propuesta de flujo de efectivo modificado determinada por el titular de la entidad y la justificación del gasto adicional avaladas por el órgano de gobierno, indicando montos, programas, metas y avance real físico-financiero de los proyectos que se vayan a complementar.

? ? Elaborar los oficios a la SHCP y a la SFP para solicitarles, en el ámbito de sus respectivas competencias, el registro y / o autorización según corresponda, de estructuras orgánicas, ocupacionales y saláriales, plantillas de personal operativo, tabuladores de percepciones, conversión de plazas, puestos y categorías, así como contratos de honorarios de las entidades a su cargo, conforme a los lineamientos que al efecto emitan esas dependencias.

? ? Tramitar ante la SHCP, la inscripción o modificación de fideicomisos, mandatos y contratos análogos que celebren las entidades del sector, en el Registro de Fideicomisos y Mandatos de la Administración Pública Federal, así como solicitar la renovación de la clave de registro presupuestario, previa revisión de que cumplen con los plazos y requisitos establecidos por esa Secretaría. Asimismo, gestionar la extinción de aquellos que hayan alcanzado sus fines o que éstos sean imposibles de lograr, adjuntando el convenio respectivo y demás documentación requerida para proceder a su baja definitiva, manteniendo actualizados los registros respectivos.

? ? Formular los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, en casos excepcionales y debidamente justificados, celebren contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que rebasen las asignaciones presupuestarias aprobadas para el año, así como mantener actualizados los registros respectivos.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP antes del día último de febrero de cada año, el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de las entidades a su cargo.

? ? Emitir opinión técnica sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que emane de la contabilidad de las entidades a su cargo, verificando que sea elaborada de conformidad con los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas que para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal emita la SHCP; que se apegue al programa-presupuesto autorizado a cada una de ellas, y que esté respaldada por dictamen de contador público designado por la SFP.

? ? Formular los oficios para comunicar a las entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines específicos, así como para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, en cuyo caso la captará,

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validará y cuidará que cumpla con las normas y lineamientos establecidos, emitiendo la opinión técnica respectiva.

? ? Captar, analizar y validar la documentación remitida por las entidades a su cargo, que se les solicite sobre los informes anuales: de Gobierno; Avance de la Gestión Financiera; Metas Presidenciales; y Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto a su aportación al Sector de Ciencia y Tecnología; a los informes trimestrales: Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública; Evolución de los Programas y Proyectos de Inversión; y Transparencia y Combate a la Corrupción, así como emitir las opiniones técnicas respectivas.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información por las entidades a su cargo, a fin de elaborar el reporte mensual sobre el avance del ejercicio de su presupuesto aprobado. En caso de llegar a detectar desviaciones, determinar sus posibles causas y efectos, proponiendo las medidas correctivas necesarias.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades a su cargo, elaborando los comentarios sobre los asuntos que se vayan a tratar y a resolver.

? ? Formular, con base en los estudios técnicos y jurídicos elaborados por las áreas competentes de la SENER, los oficios de solicitud de autorización a la SHCP para la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

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411.1.1.2 Departamento de Órganos Desconcentrados y Entidades Apoyadas Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a su gestión presupuestaria de los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas, brindándoles la orientación y el apoyo que requieran para el desarrollo de sus acciones. Funciones: ? ? Emitir opinión técnica sobre la estructura programática, denominación de metas,

unidades de medida e indicadores de resultados propuestos por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, de acuerdo con los criterios, normas y lineamientos comunicados por la SHCP. Levantar las minutas de las reuniones de concertación que en su caso se realicen, así como dar seguimiento a los acuerdos tomados, con el objeto de que la propuesta acordada se integre a la del sector paraestatal. Asimismo, elaborar las solicitudes a la SHCP para que autorice efectuar cambios en la estructura programática aprobada, con la participación que corresponda a los propios organismos.

? ? Analizar la congruencia de los anteproyectos de presupuesto de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, con el plan nacional de desarrollo y el programa sectorial, así como sus relaciones programáticas intra e intersectoriales. Asimismo, revisar que se basen en programas institucionales que señalen los objetivos que se pretendan alcanzar, la cuantificación de metas concertadas, las unidades responsables de su ejecución y la valuación estimada por programa; que se elaboren para un año calendario, se basen en costos, definan el tipo y fuente de recursos para su financiamiento y, que las previsiones de gasto se realicen en efectivo y en movimientos devengados.

? ? Validar que los anteproyectos de presupuesto de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, en servicios personales consideren las previsiones para aumentos saláriales, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables en cada situación, así como los efectos en los gastos por concepto de prestaciones y seguridad social y, en su caso, las previsiones para la creación de plazas por ampliación real de los servicios que proporcionan o por incrementos en la producción de bienes.

? ? Verificar que en los anteproyectos de presupuesto de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, los gastos de materiales y suministros así como de servicios generales, se calculen conforme a lo esencialmente necesario, y que aquellos sujetos a las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria, se justifiquen por su contribución al logro de los objetivos y metas de sus programas institucionales.

? ? Revisar que en los anteproyectos de presupuesto de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, los programas de inversión física especifiquen los nuevos proyectos y en proceso, identifiquen los prioritarios y estratégicos y, en su caso, el total de la inversión realizada y las metas obtenidas el último año, así como las metas e indicadores de evaluación, su impacto socioeconómico y el monto total previstos para el ejercicio fiscal respectivo, precisando las fuentes y tipo de financiamiento, la regionalización por entidad

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federativa y la inversión a realizar en años posteriores. Asimismo, su interdependencia intra e intersectorial con otros programas y proyectos, el lugar geográfico de su realización, las unidades ejecutoras, el periodo total de ejecución y la previsión de recursos para su puesta en operación.

? ? Incluir los subsidios y transferencias que se otorguen a los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector en el anteproyecto de presupuesto de la SENER, señalando los objetivos y metas específicas que pretendan alcanzar.

? ? Revisar que los calendarios financieros y de metas a los que deberán ajustarse los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo en la ejecución de sus presupuestos, hayan sido elaborados con base mensual; que las estimaciones de avance de metas sean compatibles con los requerimientos periódicos de recursos financieros necesarios para alcanzarlas; y que contemplen tanto los ingresos como los egresos, diferenciando los recursos propios de las transferencias. Asimismo cuidar la congruencia del calendario de transferencias con el de ingresos propios, a fin de evitar la acumulación innecesaria de disponibilidades.

? ? Elaborar opinión técnica sobre los programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y los calendarios financieros y de metas formulados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, verificando que se apeguen a las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP para el periodo presupuestal correspondiente y a los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora de sector; así como se ajusten a las modificaciones y cifras definitivas autorizadas por la SHCP.

? ? Analizar los documentos de planeación presentados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, verificando que hayan sido elaborados conforme a los lineamientos que emita la SHCP, analizando la congruencia de los programas y proyectos de inversión en proceso y a realizarse en años futuros, con los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el plan nacional de desarrollo y en los programas sectorial e institucionales, así como su monto y características, los análisis costo y beneficio, el dictamen sobre los análisis de evaluación de los mismos, y los formatos para su registro en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión y para su inclusión al Proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, formular el reporte respectivo y el oficio para enviarlos a esa Secretaría en la forma, medios y plazos que establezca.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP, las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, a fin de que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo puedan validar, modificar, cancelar o incluir nuevos programas y proyectos en la misma, así como para que cuenten con la asignación de la clave respectiva para emitir los oficios de inversión, verificando que cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto. Asimismo, remitir a esa Secretaría el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de obra pública y el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, en el caso de los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura cuyo total exceda el monto determinado por dicha Dependencia.

? ? Formular los comunicados para solicitar a la SHCP los oficios de autorización especial de inversión de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, previa verificación de que los programas y proyectos fueron incorporados en los respectivos anteproyectos de presupuesto, a fin de que estén en posibilidad de realizar todos los trámites previos a su adjudicación.

? ? Analizar los oficios de liberación de inversión y sus modificaciones de los órganos administrativos desconcentrados, así como emitir la opinión técnica respectiva para que sean sometidos a la consideración y firma conjunta del Oficial Mayor y del

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Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado o de los servidores públicos designados por éstos, a fin de que procedan a la adquisición de bienes muebles e inmuebles y a la contratación de obras públicas, para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

? ? Elaborar los comunicados para informar a la SHCP sobre los oficios de liberación de inversión y sus modificaciones que emitan las entidades a su cargo, verificando que cumplan con los requisitos y plazos establecidos para tal efecto.

? ? Formular los comunicados para tramitar ante la SHCP los oficios de autorización de inversión, a fin de que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo puedan atender los efectos causados por desastres naturales, reponer activos afectados por siniestros o ampliar el alcance de sus programas y proyectos de inversión para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

? ? Emitir opinión técnica sobre los oficios de autorización especial de inversión, oficios de liberación de inversión y sus modificaciones, así como sobre los oficios de autorización de inversión de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, a fin de continuar con los trámites que procedan para su aprobación.

? ? Elaborar las solicitudes a la SHCP a fin de que autorice los oficios para ministrar recursos a los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector. Gestionar ante esa Secretaría la liberación de las líneas y sublíneas globales con el propósito de que la Tesorería de la Federación ministre y radique los fondos. Asimismo, emitir a solicitud de los beneficiarios, las cuentas por liquidar certificadas para ministrar los subsidios y transferencias de acuerdo con los presupuestos y calendarios autorizados por la SHCP, así como elaborar el oficio de rectificación cuando se detecten irregularidades en los datos de las mismas.

? ? Mantener permanentemente actualizados el Sistema Integral de Administración Financiera Federal de la SHCP, el Sistema Presupuestal Financiero y Contable de la SENER y las bases de datos internas relativas a los presupuestos y calendarios de los subsidios y transferencias autorizados por la SHCP a de los órganos administrativos desconcentrados y entidades apoyadas del sector, así como la de las cuentas por liquidar certificadas emitidas y reintegros realizados, con base en las cuales elaborará los informes mensuales que presente a esa Secretaría y al Sistema Integral de Información sobre los recursos otorgados con cargo a estos conceptos.

? ? Ser responsable del Proceso para Ministrar Subsidios y Transferencias a los Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades Apoyadas del Sector, registrado en el Sistema de Gestión de Calidad de la SENER, así como evaluar periódicamente los resultados alcanzados, a fin de instrumentar las acciones necesarias para corregir las desviaciones observadas.

? ? Formular los oficios a la SHCP y la nota respectiva, para obtener la opinión favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, para que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo suscriban Bases y Convenios de Desempeño, respectivamente. Asimismo, evaluar trimestralmente el cumplimiento de los compromisos establecidos, en los términos que determinen la SHCP y la SFP en el ámbito de sus respectivas competencias.

? ? Analizar las solicitudes de adecuaciones presupuestarias externas que presenten los órganos administrativos desconcentrados a su cargo, cuidando que el oficio de adecuación presupuestaria cumpla con los requisitos establecidos, a fin de emitir la opinión técnica respectiva previo a su envío a la SHCP para su autorización.

? ? Analizar las solicitudes de adecuaciones presupuestarias externas que presenten las entidades a su cargo, considerando los formatos flujo de efectivo, análisis programático devengado, resumen programático económico, calendario de

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presupuesto y, en su caso, programas y proyectos de inversión y el oficio de adecuación presupuestaria, a fin de emitir la opinión técnica respectiva y el oficio para solicitar a la SHCP su autorización. Asimismo, informar a esa dependencia sobre las adecuaciones internas y externas realizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

? ? Emitir opinión técnica y los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, realicen erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en la Ley de Ingresos o en sus presupuestos aprobados, anexando el dictamen o la copia del acuse de recibo del informe respectivo por parte de la Unidad de Política de Ingresos, el oficio de afectación presupuestaria o la propuesta de flujo de efectivo modificado determinada por el titular de la entidad y la justificación del gasto adicional avaladas por el órgano de gobierno, indicando montos, programas, metas y avance real físico-financiero de los proyectos que se vayan a complementar.

? ? Elaborar los oficios a la SHCP y a la SFP para solicitarles, en el ámbito de sus respectivas competencias, el registro y / o autorización según corresponda, de estructuras orgánicas, ocupacionales y saláriales, plantillas de personal operativo, tabuladores de percepciones, conversión de plazas, puestos y categorías, así como contratos de honorarios de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, conforme a los lineamientos que al efecto emitan esas dependencias.

? ? Formular los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, en casos excepcionales y debidamente justificados, celebren contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que rebasen las asignaciones presupuestarias aprobadas para el año, así como mantener actualizados los registros respectivos.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP antes del día último de febrero de cada año, el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo.

? ? Emitir opinión técnica sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que emane de la contabilidad de los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, verificando que sea elaborada de conformidad con los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas que para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal emita la SHCP; que se apegue al programa-presupuesto autorizado a cada una de ellas, y que esté respaldada por dictamen de contador público designado por la SFP.

? ? Formular los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines específicos, así como para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, en cuyo caso la captará, validará y cuidará que cumpla con las normas y lineamientos establecidos, emitiendo la opinión técnica respectiva.

? ? Captar, analizar y validar la documentación remitida por los órganos administrativos desconcentrados y entidades a su cargo, que se les solicite sobre los informes anuales: de Gobierno; Avance de la Gestión Financiera; Metas Presidenciales; y Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto a su aportación al Sector de Ciencia y Tecnología; a los informes trimestrales: Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública; Evolución de los

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Programas y Proyectos de Inversión; y Transparencia y Combate a la Corrupción, así como emitir las opiniones técnicas respectivas.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información por las entidades a su cargo, a fin de elaborar el reporte mensual sobre el avance del ejercicio de su presupuesto aprobado. En caso de llegar a detectar desviaciones, determinar sus posibles causas y efectos, proponiendo las medidas correctivas necesarias.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades a su cargo, elaborando los comentarios sobre los asuntos que se vayan a tratar y a resolver.

? ? Formular, con base en los estudios técnicos y jurídicos elaborados por las áreas competentes de la SENER, los oficios de solicitud de autorización a la SHCP para la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

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411.1.2 Subdirección de Entidades Sujetas a Control Directo Objetivo: Coordinar y supervisar las actividades de los Departamentos que la integran, relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a la gestión presupuestaria de las entidades del sector energía sujetas a control presupuestario directo, a fin de que se realicen con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia.

Funciones: ? ? Participar en los grupos de trabajo que se constituyan con las entidades a su cargo,

para realizar las tareas inherentes al proceso de planeación, programación y presupuesto, brindándoles la asesoría técnica que requieran durante el desarrollo de cada etapa.

? ? Supervisar los análisis que realicen los departamentos bajo su responsabilidad, a las propuestas de estructuras programáticas y de metas, programas institucionales, anteproyectos de presupuesto, calendarios financieros y de metas formuladas por las entidades a su cargo, así como validar las opiniones técnicas respectivas con el propósito de que los documentos correspondientes a cada proceso se aprueben e integren a los del sector.

? ? Participar en la elaboración de la exposición de motivos sectorial, indicando los objetivos, metas, estrategia, gasto, impacto regional, así como los programas y proyectos de inversión prioritarios y estratégicos de las entidades a su cargo. Asimismo, cotejar la información que se incluirá en el proyecto de Presupuesto de Egresos, correspondiente a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los documentos de planeación presentados por las entidades a su cargo, así como validar los reportes técnicos respectivos y el oficio para remitirlos a la SHCP.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de las entidades a su cargo, cotejando que las solicitudes de dictamen a la SHCP cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto, así como verificar que la formulación de los dictámenes que emita la SENER, se realicen de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Asimismo, validar la solicitud de acuerdos para la aprobación de los proyectos por parte de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, así como revisar la documentación requerida para éste propósito, a fin de gestionar su autorización e incorporación al proyecto de Presupuesto de Egresos. Por último, validar los oficios para comunicar a las entidades los dictámenes, acuerdos y autorizaciones correspondientes.

? ? Validar los oficios de inversión financiada y las opiniones técnicas respectivas, que serán sometidos a la consideración y firma del Secretario de Energía, así como revisar los oficios por los cuales se remitirán dichos documentos a la SHCP, además de los correspondientes al envío de las bases de licitación y a los dictámenes favorables de los expertos por cada proyecto. Asimismo, validar las solicitudes de dictamen técnico a las Subsecretarias de Electricidad y de Hidrocarburos, con base a los cuales se autorizará a las entidades procedan a licitarlos.

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? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los informes presentados por las entidades a su cargo, sobre el desarrollo y evolución de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los comunicados a la SHCP para ser presentados a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.

? ? Supervisar la actualización de las bases de datos establecidas por los departamentos bajo su responsabilidad, para el control de los avisos de cierre de obra de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de las entidades a su cargo, así como validar los oficios para remitirlos oportunamente a la SHCP.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, así como a las de autorización y / o conocimiento de los oficios de inversión en sus diferentes modalidades, presentadas por las entidades a su cargo. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los comunicados para turnarlos a las instancias correspondientes para su autorización y / o conocimiento.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes de adecuaciones presupuestarias internas y externas que presenten las entidades a su cargo. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los comunicados para turnar las solicitudes a las instancias competentes para su autorización y / o registro.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a las solicitudes presentadas por las entidades a su cargo, para realizar erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en la Ley de Ingresos o en sus presupuestos aprobados. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas y los oficios para turnar las solicitudes a la SHCP para su autorización.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP, para que autorice a las entidades a su cargo, la concertación y contratación de créditos para financiar programas incluidos en sus presupuestos previamente aprobados por esa Secretaría.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP y a la SFP, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, procedan a la autorización y / o registro de los diversos planteamientos presentados por las entidades a su cargo, en materia de servicios personales.

? ? Validar las solicitudes a la SHCP, para que autorice a las entidades a su cargo, comprometer recursos de ejercicios fiscales subsecuentes, así como supervisar la actualización de la base de datos respectiva.

? ? Validar los oficios a la SHCP, a través de los cuales se le remita el reporte sobre el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de las entidades a su cargo, a fin de que estén en posibilidad de hacer pagos con base en el PEF de ese ejercicio fiscal, por los conceptos efectivamente devengados y siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones respectivas.

? ? Supervisar los análisis que realicen los departamentos bajo su responsabilidad, a la información proporcionada por las entidades a su cargo, para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, así como validar las opiniones técnicas respectivas con el propósito de que los documentos correspondientes se aprueben e integren a los del sector.

? ? Validar los oficios para comunicar a las entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER y para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, así como las opiniones técnicas sobre la información recibida, a fin de aprobarla y remitirla a esas Dependencias.

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? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, a los informes especiales que periódicamente les sean requeridos a las entidades a su cargo, así como validar las opiniones técnicas respectivas previo a su envío a las Dependencias y áreas internas solicitantes.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público por las entidades a su cargo, así como revisar los correspondientes reportes mensuales, que se elaboren en apoyo de los miembros participantes de la SENER en las Reuniones de Evaluación de Metas de Balances de Operación, Primario y Financiero, Comités de Control y Auditoria, y demás foros relacionados con estas materias.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los Órganos de Gobierno de las entidades a su cargo, a fin de apoyar a los miembros participantes de la SENER en el adecuado ejercicio de su representación, para que se pronuncien en aquellos asuntos que se deban resolver y se relacionen con la esfera de su competencia.

? ? Supervisar los análisis realizados por los departamentos bajo su responsabilidad, sobre la información relacionada con los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura eléctrica y de hidrocarburos, así como con las operaciones de compra y venta de combustibles de las entidades a su cargo, que será analizada en el Comité de la Inversión Pública Federal y en el Grupo de Trabajo de Combustibles, respectivamente. Asimismo, validar las opiniones técnicas respectivas en apoyo a los representantes de la SENER en los mismos.

? ? Validar los oficios a la SHCP para que autorice la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

? ? Participar en las Reuniones de Evaluación de Metas de Balances de Operación, Primario y Financiero de las entidades a su cargo, con el propósito de dar seguimiento a los avances físicos y financieros durante la ejecución de sus programas y proyectos aprobados; así como medir la eficiencia y eficacia en la consecución de los objetivos y metas de los mismos.

? ? Atender oportunamente las observaciones y recomendaciones de los asuntos de su incumbencia, derivadas de las auditorias practicadas por el órgano de auditoria interna de la SENER a la Dirección General de Programación y Presupuesto de ésta Dependencia, así como las que procedan de las auditorias efectuadas por la Auditoria Superior de la Federación a las entidades a su cargo, ante las que deba dar respuesta en su calidad de coordinadora de sector.

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411.1.2.1 Departamento Subsector Electricidad Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a su gestión presupuestaria de las entidades sujetas a control presupuestario directo del subsector electricidad, brindándoles la orientación y el apoyo que requieran para el desarrollo de sus acciones. Funciones: ? ? Emitir opinión técnica sobre la estructura programática, denominación de metas,

unidades de medida e indicadores de resultados propuestas por las entidades a su cargo, de acuerdo con los criterios, normas y lineamientos comunicados por la SHCP. Levantar las minutas de las reuniones de concertación que en su caso se realicen, así como dar seguimiento a los acuerdos tomados, con el objeto de que la propuesta acordada se integre a la del sector paraestatal. Asimismo, elaborar las solicitudes a la SHCP para que autorice efectuar cambios en la estructura programática aprobada, con la participación que corresponda a las entidades.

? ? Analizar la congruencia de los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, con el plan nacional de desarrollo y el programa sectorial, así como sus relaciones programáticas intra e intersectoriales. Asimismo, revisar que se basen en programas institucionales que señalen los objetivos que se pretendan alcanzar, la cuantificación de metas concertadas, las unidades responsables de su ejecución y la valuación estimada por programa; que se elaboren para un año calendario, se basen en costos, definan el tipo y fuente de recursos para su financiamiento y, en su caso, el programa de endeudamiento; y que las previsiones de gasto se realicen en efectivo y en movimientos devengados.

? ? Validar que los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, en servicios personales consideren las previsiones para aumentos saláriales, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables en cada situación, así como los efectos en los gastos por concepto de prestaciones y seguridad social y, en su caso, las previsiones para la creación de plazas por ampliación real de los servicios que proporcionan o por incrementos en la producción de bienes.

? ? Verificar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los gastos de materiales y suministros así como de servicios generales, se calculen conforme a lo esencialmente necesario, y que aquellos sujetos a las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria, se justifiquen por su contribución al logro de los objetivos y metas de sus programas institucionales.

? ? Revisar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los programas de inversión física especifiquen los nuevos proyectos y en proceso, identifiquen los prioritarios y estratégicos y, en su caso, el total de la inversión realizada y las metas obtenidas el último año, así como las metas e indicadores de evaluación, su impacto socioeconómico y el monto total previstos para el ejercicio fiscal respectivo, precisando las fuentes y tipo de financiamiento, la regionalización por entidad federativa y la inversión a realizar en años posteriores. Asimismo, su interdependencia intra e intersectorial con otros programas y proyectos, el lugar geográfico de su realización, las unidades ejecutoras, el periodo total de ejecución y la previsión de recursos para su puesta en operación.

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? ? Verificar que los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, en su caso, incluyan un apartado especial con el enunciado, descripción, monto y las autorizaciones que la SHCP haya otorgado sobre los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo. Asimismo, revisar que para el registro de las operaciones correspondientes a dichos proyectos, presenten el estado de cuenta relativo a cada uno de ellos, los pasivos directos y contingentes que al efecto hayan contraído, así como la proyección de sus pagos hasta su total terminación.

? ? Revisar que los calendarios financieros y de metas a los que deberán ajustarse las entidades a su cargo en la ejecución de sus presupuestos, hayan sido elaborados con base mensual; que las estimaciones de avance de metas sean compatibles con los requerimientos periódicos de recursos financieros necesarios para alcanzarlas; y que contemplen tanto los ingresos como los egresos, diferenciando los recursos propios y los créditos de las transferencias. Asimismo, cuidar la congruencia del calendario de transferencias con el de ingresos propios, a fin de evitar la acumulación innecesaria de disponibilidades.

? ? Elaborar opinión técnica sobre los programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y los calendarios financieros y de metas formulados por las entidades a su cargo, verificando que se apeguen a las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP para el periodo presupuestal correspondiente y a los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora de sector, así como se ajusten a las modificaciones y cifras definitivas autorizadas por la SHCP.

? ? Analizar los documentos de planeación presentados por las entidades a su cargo, verificando que hayan sido elaborados conforme a los lineamientos que emita la SHCP, analizando la congruencia de los programas y proyectos de inversión, y de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo en proceso y a realizarse en años futuros, con los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el plan nacional de desarrollo y en los programas sectorial e institucionales, así como su monto y características, los análisis costo y beneficio, el dictamen sobre los análisis de evaluación de los mismos, y los formatos para su registro en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión y para su inclusión al Proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, formular el reporte respectivo y el oficio para enviarlos a esa Secretaría en la forma, medios y plazos que establezca.

? ? Formular los oficios de solicitud de dictámenes ante la SHCP, que deben emitir la Unidad de Política y Control Presupuestario y la Unidad de Crédito Público, sobre los nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo que requieran las entidades a su cargo, con base en los cuales elaborará el que corresponde a la SENER en su calidad de Coordinadora de Sector. Remitir a esa Dependencia los tres dictámenes, el análisis costo y beneficio, el dictamen favorable de un experto y la solicitud de acuerdos a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento para su aprobación, a fin de gestionar la autorización de la SHCP para que sean incorporados en el proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, elaborar los oficios para comunicar a las entidades los dictámenes y acuerdos correspondientes, así como la autorización de la SHCP para los nuevos proyectos que presenten algún flujo negativo de recursos en los primeros cinco años de operación.

? ? Analizar el oficio de inversión financiada que será emitido por cada nuevo proyecto de infraestructura productiva de largo plazo incluido en el Presupuesto de Egresos, así como emitir la opinión técnica respectiva para ser sometido a la consideración y firma del Secretario de Energía, con la participación que corresponda al titular y órgano de gobierno de la entidad, con el propósito de licitar el proyecto e iniciar y formalizar los compromisos de ejecución y financiamiento.

? ? Elaborar los comunicados a la SHCP para enviarle los oficios de inversión financiada que se suscriban, las bases de licitación para cotejar el esquema de financiamiento

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considerado, así como los dictamines favorables de los expertos, previo a la licitación de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.

? ? Formular los oficios de solicitud de dictamen técnico a la Subsecretaría de Electricidad sobre los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, a fin de emitir la autorización para que las entidades a su cargo procedan a licitarlos.

? ? Emitir opinión técnica con relación a los informes sobre el desarrollo y la evolución de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados a las entidades a su cargo, verificando que sean elaborados de conformidad con los instructivos, formatos, medios y periodos establecidos por la SHCP. Asimismo, elaborar el oficio a esa Dependencia, para que por su conducto sean presentados a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.

? ? Establecer y mantener permanentemente actualizados los registros para el control de los avisos de cierre de obra de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados a las entidades a su cargo, verificando que la información sea formulada de acuerdo con los lineamientos, instructivos y formatos emitidos por la SHCP, así como elaborar los oficios para remitirlos a esa Dependencia dentro de los tiempos establecidos para tal efecto.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP, las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan validar, modificar, cancelar o incluir nuevos programas y proyectos en la misma, así como para que cuenten con la asignación de la clave respectiva para emitir los oficios de inversión, verificando que cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto. Asimismo, remitir a esa Secretaría el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de obra pública y el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, en el caso de los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura eléctrica cuyo total exceda el monto determinado por dicha Dependencia.

? ? Formular los comunicados para solicitar a la SHCP los oficios de autorización especial de inversión de las entidades a su cargo, previa verificación de que los programas y proyectos fueron incorporados en los respectivos anteproyectos de presupuesto, a fin de que estén en posibilidad de realizar todos los trámites previos a su adjudicación.

? ? Elaborar los comunicados para informar a la SHCP sobre los oficios de liberación de inversión y sus modificaciones que emitan las entidades a su cargo, verificando que cumplan con los requisitos y plazos establecidos para tal efecto.

? ? Formular los comunicados para tramitar ante la SHCP los oficios de autorización de inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan atender los efectos causados por desastres naturales, reponer activos afectados por siniestros o ampliar el alcance de sus programas y proyectos de inversión para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

? ? Emitir opinión técnica sobre los oficios de autorización especial de inversión, oficios de liberación de inversión y sus modificaciones, así como sobre los oficios de autorización de inversión de las entidades a su cargo, a fin de continuar con los trámites que procedan para su aprobación.

? ? Analizar las solicitudes de adecuaciones presupuestarias externas que presenten las entidades a su cargo, considerando los formatos flujo de efectivo, análisis programático devengado, resumen programático económico, presupuesto integral, resumen económico regional, calendario de presupuesto y, en su caso, programas y proyectos de inversión, a fin de emitir la opinión técnica respectiva y el oficio para solicitar a la SHCP su autorización. Asimismo, informar a esa dependencia sobre las adecuaciones internas y externas realizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

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? ? Emitir opinión técnica y los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, realicen erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes a los previstos en sus presupuestos aprobados, anexando copia del dictamen emitido por la Unidad de Política de Ingresos, la propuesta de flujo de efectivo modificado determinada por el titular de la entidad y la justificación del gasto adicional avaladas por el órgano de gobierno, indicando montos, programas, metas y avance real físico-financiero de los proyectos que se vayan a complementar.

? ? Formular los oficios para solicitar la autorización expresa de la SHCP, a fin de que las entidades a su cargo puedan concertar y contratar créditos para financiar programas incluidos en sus presupuestos previamente aprobados por esa Secretaría.

? ? Elaborar los oficios a la SHCP y a la SFP para solicitarles, en el ámbito de sus respectivas competencias, el registro y / o autorización según corresponda, de estructuras orgánicas, ocupacionales y saláriales, plantillas de personal operativo, tabuladores de percepciones, conversión de plazas, puestos y categorías, así como contratos de honorarios de las entidades a su cargo, conforme a los lineamientos que al efecto emitan esas dependencias.

? ? Formular los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, en casos excepcionales y debidamente justificados, celebren contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que rebasen las asignaciones presupuestarias aprobadas para el año, así como mantener actualizados los registros respectivos.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP antes del día último de febrero de cada año, el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de las entidades a su cargo.

? ? Emitir opinión técnica sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que emane de la contabilidad de las entidades a su cargo, verificando que sea elaborada de conformidad con los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas que para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal emita la SHCP; que se apegue al programa-presupuesto autorizado a cada una de ellas, que esté respaldada por dictamen de contador público designado por la SFP y que presenten, en su caso, el estado de cuenta relativo a cada uno de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, los pasivos directos y contingentes que al efecto hayan contraído, así como la proyección de sus pagos hasta su total terminación.

? ? Formular los oficios para comunicar a las entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines específicos, así como para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, en cuyo caso la captará, validará y cuidará que cumpla con las normas y lineamientos establecidos, emitiendo la opinión técnica respectiva.

? ? Captar, analizar y validar la documentación remitida por las entidades a su cargo, que se les solicite sobre los informes anuales: de Gobierno; Avance de la Gestión Financiera; Metas Presidenciales; y Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto a su aportación al Sector de Ciencia y Tecnología; a los informes trimestrales: Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública; Evolución de los Programas y Proyectos de Inversión; y Transparencia y Combate a la Corrupción; e informes mensuales: Deuda Documentada Interna y Externa; y Programa de Desarrollo de la Región Sur - Sureste y Plan Puebla Panamá, así como emitir las opiniones técnicas respectivas.

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? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información por las entidades a su cargo, a fin de elaborar el reporte mensual sobre el avance del ejercicio de su presupuesto aprobado. En caso de llegar a detectar desviaciones, determinar sus posibles causas y efectos, proponiendo las medidas correctivas necesarias.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades a su cargo, elaborando los comentarios sobre los asuntos que se vayan a tratar y a resolver.

? ? Analizar la información relacionada con los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura eléctrica, que las entidades a su cargo presenten en el Comité Técnico de Coordinación de la Inversión Pública Federal, elaborando los comentarios correspondientes.

? ? Analizar la información que se presente a consideración del Grupo de Trabajo de Combustibles, elaborando los comentarios correspondientes.

? ? Formular, con base en los estudios técnicos y jurídicos elaborados por las áreas competentes de la SENER, los oficios de solicitud de autorización a la SHCP para la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

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411.1.2.2 Departamento Subsector Hidrocarburos Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a su gestión presupuestaria de las entidades sujetas a control presupuestario directo del subsector hidrocarburos, brindándoles la orientación y el apoyo que requieran para el desarrollo de sus acciones. Funciones: ? ? Emitir opinión técnica sobre la estructura programática, denominación de metas,

unidades de medida e indicadores de resultados propuestos por las entidades a su cargo, de acuerdo con los criterios, normas y lineamientos comunicados por la SHCP. Levantar las minutas de las reuniones de concertación que, en su caso, se realicen, así como dar seguimiento a los acuerdos tomados, con el objeto de que la propuesta acordada se integre a la del sector paraestatal. Asimismo, elaborar las solicitudes a la SHCP para que autorice efectuar cambios en la estructura programática aprobada, con la participación que corresponda a las entidades.

? ? Analizar la congruencia de los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, con el plan nacional de desarrollo y el programa sectorial, así como sus relaciones programáticas intra e intersectoriales. Asimismo, revisar que se basen en programas institucionales que señalen los objetivos que se pretendan alcanzar, la cuantificación de metas concertadas, las unidades responsables de su ejecución y la valuación estimada por programa; que se elaboren para un año calendario, se basen en costos, definan el tipo y fuente de recursos para su financiamiento y, en su caso, el programa de endeudamiento; y que las previsiones de gasto se realicen en efectivo y en movimientos devengados.

? ? Validar que los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, en servicios personales consideren las previsiones para aumentos saláriales, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables en cada situación, así como los efectos en los gastos por concepto de prestaciones y seguridad social y, en su caso, las previsiones para la creación de plazas por ampliación real de los servicios que proporcionan o por incrementos en la producción de bienes.

? ? Verificar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los gastos de materiales y suministros así como de servicios generales, se calculen conforme a lo esencialmente necesario, y que aquellos sujetos a las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria, se justifiquen por su contribución al logro de los objetivos y metas de sus programas institucionales.

? ? Revisar que en los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, los programas de inversión física especifiquen los nuevos proyectos y en proceso, identifiquen los prioritarios y estratégicos y, en su caso, el total de la inversión realizada y las metas obtenidas el último año, así como las metas e indicadores de evaluación, su impacto socioeconómico y el monto total previstos para el ejercicio fiscal respectivo, precisando las fuentes y tipo de financiamiento, la regionalización por entidad federativa y la inversión a realizar en años posteriores. Asimismo, su interdependencia intra e intersectorial con otros programas y proyectos, el lugar geográfico de su realización, las unidades ejecutoras, el periodo total de ejecución y la previsión de recursos para su puesta en operación.

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? ? Verificar que los anteproyectos de presupuesto de las entidades a su cargo, incluyan un apartado especial con el enunciado, descripción, monto y las autorizaciones que la SHCP haya otorgado sobre los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo. Asimismo, revisar que para el registro de las operaciones correspondientes a dichos proyectos, presenten el estado de cuenta relativo a cada uno de ellos, los pasivos directos y contingentes que al efecto hayan contraído, así como la proyección de sus pagos hasta su total terminación.

? ? Revisar que los calendarios financieros y de metas a los que deberán ajustarse las entidades a su cargo en la ejecución de sus presupuestos, hayan sido elaborados con base mensual; que las estimaciones de avance de metas sean compatibles con los requerimientos periódicos de recursos financieros necesarios para alcanzarlas; y que contemplen tanto los ingresos como los egresos, diferenciando los recursos propios de los créditos.

? ? Elaborar opinión técnica sobre los programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y los calendarios financieros y de metas formulados por las entidades a su cargo, verificando que se apeguen a las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP para el periodo presupuestal correspondiente y a los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora de sector; así como se ajusten a las modificaciones y cifras definitivas autorizadas por la SHCP.

? ? Analizar los documentos de planeación presentados por las entidades a su cargo, verificando que hayan sido elaborados conforme a los lineamientos que emita la SHCP, analizando la congruencia de los programas y proyectos de inversión, y de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo en proceso y a realizarse en años futuros, con los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el plan nacional de desarrollo y en los programas sectorial e institucionales, así como su monto y características, los análisis costo y beneficio, el dictamen sobre los análisis de evaluación de los mismos, y los formatos para su registro en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión y para su inclusión al Proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, formular el reporte respectivo y el oficio para enviarlos a esa Secretaría en la forma, medios y plazos que establezca.

? ? Formular los oficios de solicitud de dictámenes ante la SHCP, que deben emitir la Unidad de Política y Control Presupuestario y la Unidad de Crédito Público, sobre los nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo que requieran las entidades a su cargo, con base en los cuales elaborará el que corresponde a la SENER en su calidad de Coordinadora de Sector. Remitir a esa Dependencia los tres dictámenes, el análisis costo y beneficio, el dictamen favorable de un experto y la solicitud de acuerdos a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento para su aprobación, a fin de gestionar la autorización de la SHCP para que sean incorporados en el proyecto de Presupuesto de Egresos. Asimismo, elaborar los oficios para comunicar a las entidades los dictámenes y acuerdos correspondientes, así como la autorización de la SHCP para los nuevos proyectos que presenten algún flujo negativo de recursos en los primeros cinco años de operación.

? ? Analizar el oficio de inversión financiada que será emitido por cada nuevo proyecto de infraestructura productiva de largo plazo incluido en el Presupuesto de Egresos, así como emitir la opinión técnica respectiva para ser sometido a la consideración y firma del Secretario de Energía, con la participación que corresponda al titular y órgano de gobierno de la entidad, con el propósito de licitar el proyecto e iniciar y formalizar los compromisos de ejecución y financiamiento.

? ? Elaborar los comunicados a la SHCP para enviarle los oficios de inversión financiada que se suscriban, las bases de licitación para cotejar el esquema de financiamiento considerado, así como los dictamines favorables de los expertos, previo a la licitación de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.

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? ? Formular los oficios de solicitud de dictamen técnico a la Subsecretaría de Hidrocarburos sobre los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, a fin de emitir la autorización para que las entidades a su cargo procedan a licitarlos.

? ? Emitir opinión técnica con relación a los informes sobre el desarrollo y la evolución de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados a las entidades a su cargo, verificando que sean elaborados de conformidad con los instructivos, formatos, medios y periodos establecidos por la SHCP. Asimismo, elaborar el oficio a esa Dependencia, para que por su conducto sean presentados a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.

? ? Establecer y mantener permanentemente actualizados los registros para el control de los avisos de cierre de obra de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados a las entidades a su cargo, verificando que la información sea formulada de acuerdo con los lineamientos, instructivos y formatos emitidos por la SHCP, así como elaborar los oficios para remitirlos a esa Dependencia dentro de los tiempos establecidos para tal efecto.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP, las solicitudes de actualización de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan validar, modificar, cancelar o incluir nuevos programas y proyectos en la misma, así como para que cuenten con la asignación de la clave respectiva para emitir los oficios de inversión, verificando que cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto. Asimismo, remitir a esa Secretaría el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de obra pública y el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, en el caso de los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura de hidrocarburos, cuyo total exceda el monto determinado por dicha Dependencia.

? ? Formular los comunicados para solicitar a la SHCP los oficios de autorización especial de inversión de las entidades a su cargo, previa verificación de que los programas y proyectos fueron incorporados en los respectivos anteproyectos de presupuesto, a fin de que estén en posibilidad de realizar todos los trámites previos a su adjudicación.

? ? Elaborar los comunicados para informar a la SHCP sobre los oficios de liberación de inversión y sus modificaciones que emitan las entidades a su cargo, verificando que cumplan con los requisitos y plazos establecidos para tal efecto.

? ? Formular los comunicados para tramitar ante la SHCP los oficios de autorización de inversión, a fin de que las entidades a su cargo puedan atender los efectos causados por desastres naturales, reponer activos afectados por siniestros o ampliar el alcance de sus programas y proyectos de inversión para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

? ? Emitir opinión técnica sobre los oficios de autorización especial de inversión, oficios de liberación de inversión y sus modificaciones, así como sobre los oficios de autorización de inversión de las entidades a su cargo, a fin de continuar con los trámites que procedan para su aprobación.

? ? Analizar las solicitudes de adecuaciones presupuestarias externas que presenten las entidades a su cargo, considerando los formatos flujo de efectivo, análisis programático devengado, resumen programático económico, presupuesto integral, resumen económico regional, calendario de presupuesto y, en su caso, programas y proyectos de inversión, a fin de emitir la opinión técnica respectiva y el oficio para solicitar a la SHCP su autorización. Asimismo, informar a esa dependencia sobre las adecuaciones externas e internas realizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

? ? Emitir opinión técnica y los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, realicen erogaciones adicionales con cargo a ingresos

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excedentes a los previstos en sus presupuestos aprobados, anexando copia del dictamen emitido por la Unidad de Política de Ingresos, la propuesta de flujo de efectivo modificado determinada por el titular de la entidad y la justificación del gasto adicional avaladas por el órgano de gobierno, indicando montos, programas, metas y avance real físico-financiero de los proyectos que se van a complementar.

? ? Formular los oficios para solicitar la autorización expresa de la SHCP, a fin de que las entidades a su cargo puedan concertar y contratar créditos para financiar programas incluidos en sus presupuestos previamente aprobados por esa Secretaría.

? ? Elaborar los oficios a la SHCP y a la SFP para solicitarles, en el ámbito de sus respectivas competencias, el registro y / o autorización según corresponda, de estructuras orgánicas, ocupacionales y saláriales, plantillas de personal operativo, tabuladores de percepciones, conversión de plazas, puestos y categorías, así como contratos de honorarios de las entidades a su cargo, conforme a los lineamientos que al efecto emitan esas dependencias.

? ? Formular los oficios para solicitar a la SHCP autorización para que las entidades a su cargo, en casos excepcionales y debidamente justificados, celebren contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que rebasen las asignaciones presupuestarias aprobadas para el año, así como mantener actualizados los registros respectivos.

? ? Elaborar los oficios para enviar a la SHCP antes del día último de febrero de cada año, el monto y características de la deuda pública flotante o pasivo circulante al final del año anterior de las entidades a su cargo.

? ? Emitir opinión técnica sobre la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que emane de la contabilidad de las entidades a su cargo, verificando que sea elaborada de conformidad con los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas que para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal emita la SHCP; que se apegue al programa-presupuesto autorizado a cada una de ellas, que esté respaldada por dictamen de contador público designado por la SFP y que presenten el estado de cuenta relativo a cada uno de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, los pasivos directos y contingentes que al efecto hayan contraído, así como la proyección de sus pagos hasta su total terminación.

? ? Elaborar los oficios para comunicar a las entidades a su cargo, la forma, términos y plazos conforme a los que deben proporcionar información contable, económica, financiera, programática y presupuestal que necesite la SENER, tanto para efectos de consolidaciones sectoriales como para otros fines específicos, así como para satisfacer los requerimientos de la SHCP y de la SFP, en cuyo caso la captará, validará y cuidará que cumpla con las normas y lineamientos establecidos, emitiendo la opinión técnica respectiva.

? ? Captar, analizar y validar la documentación remitida por las entidades a su cargo, que se les solicite sobre los informes anuales: de Gobierno; Avance de la Gestión Financiera; Metas Presidenciales; y Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto a su aportación al Sector de Ciencia y Tecnología; a los informes trimestrales: Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública; Evolución de los Programas y Proyectos de Inversión; y Transparencia y Combate a la Corrupción; e informes mensuales: Deuda Documentada Interna y Externa; y Programa de Desarrollo de la Región Sur - Sureste y Plan Puebla Panamá, así como emitir las opiniones técnicas respectivas.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable registrada en el Sistema Integral de Información por las entidades a su cargo, a fin de elaborar el reporte mensual sobre el avance del ejercicio de su

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presupuesto aprobado. En caso de llegar a detectar desviaciones, determinar sus posibles causas y efectos, proponiendo las medidas correctivas necesarias.

? ? Analizar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que se presente en las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades a su cargo, elaborando los comentarios sobre los asuntos que se vayan a tratar y a resolver.

? ? Analizar la información relacionada con los nuevos programas y proyectos de inversión en infraestructura de hidrocarburos, que las entidades a su cargo presenten en el Comité Técnico de Coordinación de la Inversión Pública Federal, elaborando los comentarios correspondientes.

? ? Analizar la información que se presente a consideración del Grupo de Trabajo de Combustibles, elaborando los comentarios correspondientes.

? ? Formular, con base en los estudios técnicos y jurídicos elaborados por las áreas competentes de la SENER, los oficios de solicitud de autorización a la SHCP para la participación del sector en empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos, así como para la transformación, disolución, liquidación, fusión, escisión, extinción o enajenación de las entidades del sector o de la participación estatal correspondiente; asimismo, para constituir, incrementar, modificar o disolver fideicomisos con el carácter de entidad paraestatal.

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411.1.3 Subdirección de Integración y Consolidación Objetivo: Coordinar y supervisar las actividades de los Departamentos que la integran, relacionadas con los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto, así como las relativas a la gestión presupuestaria de los órganos administrativos desconcentrados y de las entidades del sector energía, a fin de que se realicen con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia. Funciones: ? ? Participar en los grupos de trabajo que se constituyan con los órganos

administrativos desconcentrados y entidades del sector, para realizar las tareas inherentes al proceso de planeación, programación y presupuesto, brindándoles la asesoría técnica que requieran durante el desarrollo de cada etapa, sobre la operación y funcionamiento de los sistemas electrónicos establecidos para tal efecto por la SHCP .

? ? Dar seguimiento y supervisar la carga de la información de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, en el Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP). Asimismo, proceder con la autorización electrónica correspondiente a las etapas de concertación de estructuras programáticas y de metas, así como a la formulación del anteproyecto de presupuesto y de los calendarios financieros y de metas, previa opinión técnica favorable de los departamentos responsables del control presupuestal de cada organismo.

? ? Validar los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos emitidos por la SHCP, a los que habrán de sujetarse para la concertación de estructuras programáticas y de metas, así como para la formulación de sus programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y calendarios financieros y de metas. Asimismo, supervisar la integración de los documentos sectoriales correspondientes a cada etapa y revisar los oficios para formalizar su entrega ante esa Secretaría.

? ? Validar los comunicados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, sobre las estructuras programáticas y metas concertadas y aprobadas por la SHCP, los Presupuestos de Egresos autorizados por la H. Cámara de Diputados, así como los calendarios financieros y de metas aceptados por esa Secretaría.

? ? Validar los comunicados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, sobre los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas, emitidos por la SHCP para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal. Asimismo, supervisar la integración de la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que al respecto presenten los organismos, así como revisar los oficios para remitirla a esa Secretaría para efectos de consolidación y presentación.

? ? Supervisar el desarrollo, implantación y actualización de la base de datos para el control de la información relacionada con los servicios de asesoría, consultoría, informáticos, estudios, investigaciones y proyectos que contraten las unidades administrativas de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades

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del sector. Asimismo, validar los oficios para dar respuesta a las consultas que sobre el particular realicen, vigilando que se realice dentro de los tiempos establecidos, así como verificar los reportes que al respecto le sean solicitados.

? ? Validar los comunicados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, sobre los lineamientos que emitan la SHCP y la SFP para la instrumentación del Programa Especial de Reducción de Costos y Compactación de Estructuras Administrativas, consignado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la opinión técnica sobre los programas recibidos y los oficios para remitirlos a dichas Secretarías.

? ? Supervisar el desarrollo, implantación y actualización de la base de datos para el seguimiento del Programa Especial de Reducción de Costos y Compactación de Estructuras Administrativas instrumentado por los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como validar la opinión técnica sobre los informes trimestrales y anuales que presenten. Asimismo, supervisar la consolidación e integración de la información, así como revisar los oficios para remitirla a la SHCP y a la SFP.

? ? Supervisar el desarrollo, implantación y actualización de la base de datos para el control y seguimiento de los Seguros contratados sobre los bienes patrimoniales a cargo de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector. Asimismo, validar la opinión técnica correspondiente y los oficios a la SHCP para remitir copia de las pólizas de los seguros respectivos, así como del inventario actualizado de los bienes con que cuentan.

? ? Participar en los Grupos de Trabajo del Comité Técnico de Información, con el propósito de analizar situaciones específicas relacionadas con los flujos de información de los ingresos y gasto de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como para intercambiar opiniones técnicas y logísticas que coadyuven al mejoramiento del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público

? ? Validar los oficios a los órganos administrativos desconcentrados, entidades del sector y a las áreas de la Dirección General de Programación y Presupuesto, para comunicar los lineamientos del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, establecidos por el Comité Técnico de Información, así como para difundir la adición, modificación o eliminación de formatos y la actualización de los instructivos correspondientes; los cambios en los plazos de entrega; las modificaciones de los requerimientos tanto en la matriz de los informantes como en la de los usuarios; y las adecuaciones de equipos y programas informáticos necesarios para operarlo.

? ? Supervisar la actualización de los directorios del personal informante y del personal usuario del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, adscrito a la Dirección General de Programación y Presupuesto, así como validar los comunicados para remitirlos al Comité Técnico de Información.

? ? Validar el informe mensual sobre el grado de cumplimiento en la entrega de datos al Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, por parte de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, conforme a los plazos señalados en los instructivos de cada uno de los formatos que están obligados a reportar, informando a la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial de los incumplimientos detectados y proponer las acciones que estime convenientes para corregirlos.

? ? Validar las propuestas para hacer compatibles los requerimientos que demanden la SHCP, la SFP, el Banco de México y la SENER en su calidad de coordinadora de sector, así como para racionalizar los flujos de información, presentando el

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documento correspondiente a la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial.

? ? Supervisar el desarrollo e instrumentación de las bases de datos que requieran las áreas de la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial, con el propósito de llevar el control y seguimiento del ejercicio de los programas y presupuestos autorizados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, presentando un informe mensual sobre los avances alcanzados a la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial.

? ? Coordinar y supervisar la integración y consolidación que le sea requerida, de los informes que presenten los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como validar los oficios para su envío a las Dependencias y áreas internas solicitantes.

? ? Validar los comunicados a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, sobre las disposiciones que en materia de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto público, emitan la SHCP y la SFP.

? ? Supervisar la recopilación de los datos estadísticos e información de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, validando las fuentes y su procesamiento para asegurar su confiabilidad, a fin de apoyar al C. Secretario del Ramo en sus comparecencias ante la Cámara de Diputados, con el propósito de contribuir a una mejor comprensión de las proposiciones del sector contenidas en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como para realizar presentaciones a las autoridades de la SENER, sobre la evolución de los respectivos presupuestos.

? ? Coordinar y supervisar la Integración los datos proporcionados por las áreas de la Dirección General de Programación y Presupuesto, relacionada con la observancia de preceptos legales por parte de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, durante el ejercicio de sus programas y presupuestos aprobados. Asimismo, supervisar la consolidación de la información y revisar el oficio para remitirla a la Auditoria Superior de la Federación.

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411.1.3.1 Departamento de Integración y Consolidación Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades encomendadas dentro de los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto sectorial; así como brindar la orientación y asistencia técnica en materia de sistemas y procesos electrónicos que requieran los órganos administrativos desconcentrados, la entidades del sector y las áreas de la Dirección General para el cumplimiento de sus funciones asignadas. Funciones: ? ? Participar en los grupos de trabajo que se constituyan con los órganos

administrativos desconcentrados y entidades del sector, para realizar las tareas inherentes al proceso de planeación, programación y presupuesto, brindándoles la asesoría técnica que requieran durante el desarrollo de cada etapa, sobre la operación y funcionamiento de los sistemas electrónicos establecidos para tal efecto por la SHCP .

? ? Operar el Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP), con el propósito de dar seguimiento y supervisar la carga de la información de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, correspondiente a las estructuras programáticas, metas, anteproyecto de presupuesto y calendarios financieros y de metas, para fines de consolidación e integración sectorial.

? ? Elaborar los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, los criterios, normas y lineamientos emitidos por la SHCP, a los que habrán de sujetarse para la concertación de estructuras programáticas, definición de unidades de medida y denominación de metas, que utilizarán en la elaboración de sus programas institucionales. Asimismo, integrar el documento sectorial y formular los oficios para formalizar su entrega ante esa Secretaría para su aprobación.

? ? Formular los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, las políticas, criterios, directrices, normas y lineamientos que fije la SHCP para el periodo presupuestal de que se trate y a los que establezca la SENER en su calidad de coordinadora sectorial, a los que habrán de sujetarse para la formulación de sus programas institucionales, anteproyectos de presupuesto y calendarios financieros y de metas. Asimismo, integrar los documentos sectoriales correspondientes a cada etapa y elaborar los oficios para formalizar su entrega ante esa Secretaría para su autorización.

? ? Elaborar los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, las estructuras programáticas y metas concertadas y aprobadas por la SHCP, los Presupuestos de Egresos autorizados por la H. Cámara de Diputados, así como los calendarios financieros y de metas aceptados por esa Secretaría.

? ? Formular los oficios para comunicar a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, los instructivos, formatos, medios, periodos y catálogos de reclasificación de cuentas, emitidos por la SHCP para la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal. Asimismo, integrar la información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que al respecto presenten la

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dependencia y entidades del sector energía, así como formular los oficios para remitirla a esa Secretaría para efectos de consolidación y presentación.

? ? Elaborar los oficios a los órganos administrativos desconcentrados, entidades del sector y a las áreas de la Dirección General de Programación y Presupuesto, para comunicar los lineamientos del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, establecidos por el Comité Técnico de Información, así como para difundir la adición, modificación o eliminación de formatos y la actualización de los instructivos correspondientes; los cambios en los plazos de entrega; las modificaciones de los requerimientos tanto en la matriz de los informantes como en la de los usuarios; y las adecuaciones de equipos y programas informáticos necesarios para operarlo.

? ? Mantener actualizados los directorios del personal informante y del personal usuario del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, adscrito a la Dirección General de Programación y Presupuesto, así como formular los comunicados para remitirlos al Comité Técnico de Información.

? ? Llevar un control sobre el grado de cumplimiento mensual en la entrega de datos al Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, por parte de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, conforme a los plazos señalados en los instructivos de cada uno de los formatos que están obligados a reportar.

? ? Analizar la matriz de requerimientos de formatos que reportan los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector en el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, con el propósito de elaborar propuestas para hacer compatibles los requerimientos que demanden la SHCP, la SFP, el Banco de México y la SENER en su calidad de coordinadora de sector, así como para racionalizar los flujos de información.

? ? Desarrollar e instrumentar las bases de datos que requieran las áreas de la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial, a fin de optimizar los datos suministrados por los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a través del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público y de los informes especiales que periódicamente les son requeridos, con el propósito de llevar el control y seguimiento del ejercicio de sus programas y presupuestos autorizados.

? ? Realizar la integración y consolidación que le sea requerida, de los informes que presenten los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como elaborar los oficios para su envío a las Dependencias y áreas internas solicitantes.

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411.1.3.2 Departamento de Programas Especiales Objetivo: Realizar con eficiencia, eficacia, oportunidad y en apego a las disposiciones vigentes en la materia, las actividades encomendadas dentro de los procesos de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto sectorial; así como brindar, en ámbito de su competencia, la orientación y apoyo técnico que requieran los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector para el cumplimiento de sus funciones asignadas. Funciones: ? ? Desarrollar, implantar y actualizar permanentemente, la base de datos para el

control de la información relacionada con los servicios de asesoría, consultoría, informáticos, estudios, investigaciones y proyectos que contraten las unidades administrativas de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de verificar la existencia de alguno similar para que de ser el caso, no se proceda a su contratación, con excepción de aquellos trabajos que sean necesarios para su adecuación, actualización o complemento. Asimismo, elaborar los oficios para dar respuesta a las consultas que sobre el particular realicen, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, así como formular los reportes que al respecto le sean solicitados.

? ? Elaborar los oficios a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de comunicarles los lineamientos que emitan la SHCP y la SFP para la instrumentación del Programa Especial de Reducción de Costos y Compactación de Estructuras Administrativas, consignado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Vigilar que sea presentado dentro de los plazos

? ? señalados y verificar que cumpla con las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria establecidas en el propio Decreto. Asimismo, elaborar la opinión técnica respectiva y los oficios para remitirlos a dichas Secretarías.

? ? Desarrollar, implantar y actualizar permanentemente, la base de datos para el seguimiento del Programa Especial de Reducción de Costos y Compactación de Estructuras Administrativas instrumentado por los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de emitir opinión técnica sobre los informes trimestrales y anuales que presenten con relación a los ahorros generados y su aplicación por la instrumentación de dicho Programa. Asimismo, consolidar la información, integrar los documentos y formular los oficios para remitirlos a la SHCP y a la SFP.

? ? Desarrollar, implantar y actualizar permanentemente, la base de datos para el control y seguimiento de los Seguros contratados sobre los bienes patrimoniales a cargo de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector. Asimismo, elaborar los oficios a la SHCP para remitir copia de las pólizas de seguro que consignen las condiciones pactadas en el establecimiento de cualquier operación pasiva de los mismos, así como del inventario actualizado de los bienes con que cuentan, previa opinión técnica de que cumplen con los lineamientos, formatos e instructivos que al respecto expida esa Secretaría.

? ? Realizar la integración y consolidación que le sea requerida, de los informes que presenten los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, así como elaborar los oficios para su envío a las Dependencias y áreas internas solicitantes.

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? ? Elaborar los oficios a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de comunicarles las modificaciones al Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, las actualizaciones a la Clasificación por Objeto del Gasto, los lineamientos para la gestión de las adecuaciones presupuestarias, las fechas límite para la gestión presupuestaria, y demás disposiciones que en materia de planeación, programación, presupuesto, control y evaluación del gasto público, emitan la SHCP y la SFP.

? ? Recopilar datos estadísticos e información de los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, a fin de procesarla y elaborar la documentación necesaria para apoyar al C. Secretario del Ramo en sus comparecencias ante la Cámara de Diputados, así como para realizar presentaciones a las autoridades de la SENER, sobre la evolución de los respectivos presupuestos.

? ? Integrar los datos proporcionados por las áreas de la Dirección General de Programación y Presupuesto, relacionada con la observancia de preceptos legales por parte de la SENER, órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, durante el ejercicio de sus programas y presupuestos aprobados. Asimismo, consolidar la información y formular el oficio para remitirla a la Auditoria Superior de la Federación.

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411.2 Dirección de Programación y Presupuesto Central Objetivo: ?? Asegurar que, mediante la adecuada coordinación del proceso de

programación-presupuestación y administración del presupuesto las unidades administrativas de la dependencia cuenten, dentro de la disponibilidad financiera y las restricciones normativas aplicables, de recursos financieros oportunos y suficientes para cumplir con sus objetivos de acuerdo con las prioridades institucionales

?? Garantizar que el proceso de pago de los compromisos que adquiera la dependencia por medio de sus unidades administrativas institucional sea oportuno, confiable y debidamente sustentado

?? Que la información sobre la asignación y el ejercicio presupuestarios con la que cuenten la alta dirección y las unidades administrativas sea pertinente, oportuna y confiable para la toma de decisiones

?? Que la información sobre el ejercicio del presupuesto que se provea a las áreas encargadas de su registro contable, sea oportuna, suficiente y confiable

Funciones: ? ? Establecer y operar los sistemas para el control presupuestario en la dependencia ? ? Coordinar la aplicación y difusión de las normas y lineamientos de carácter

presupuestario y financiero generados por las dependencias globalizadoras. ? ? Dirigir y coordinar el proceso de programación-presupuestación que realicen las

unidades administrativas de la dependencia, con base en los techos establecidos, para someterlo a la aprobación, en su caso, de las autoridades superiores de la dependencia

? ? Validar y someter a la consideración y firma del Director General de Presupuesto o del Oficial Mayor, los oficios para comunicar a las unidades administrativas de la dependencia los presupuestos de egresos autorizados por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como los calendarios financieros y de metas aceptados

? ? Dirigir y coordinar el proceso de gestión del presupuesto, incluida el compromiso de recursos y dictaminando las solicitudes de modificación presupuestaria interna que presenten las unidades administrativas o que sean necesarias de acuerdo con las prioridades institucionales y someterlas a la autorización del Director General y en su caso, llevar el control y seguimiento del presupuesto modificado

? ? Validar y someter a la consideración y firma del Director General de Programación y Presupuesto, los oficios y los formatos de adecuación presupuestaria externa para someterlos a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como coordinar su registro, control y seguimiento

? ? Llevar a cabo un seguimiento del ejercicio presupuestario con las unidades administrativas generadoras del gasto que permita generar información relevante para la toma de decisiones en materia de modificación presupuestaria que permita el ejercicio pleno y eficiente de los recursos institucionales.

? ? Dirigir y coordinar el sistema de pagos de los compromisos de la dependencia, llevando un estricto control del ejercicio presupuestario y de la normatividad del gasto público, de conformidad con las directrices y sistemas que establezca la Tesorería de la Federación

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? ? Autorizar las cuentas por liquidar certificadas que, previa solicitud de las áreas competentes, se emitan a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) para el pago de los compromisos que la dependencia adquiera por medio de las unidades administrativas competentes, el pago y entero de las obligaciones inherentes a la nómina y retenciones (operaciones ajenas) la regularización de gastos efectuados por medio de fondos rotatorios, la regularización de acuerdos de ministración y cualquier otro tipo de gasto conformidad con la normatividad.

? ? Validar y someter a la autorización del Director General de Programación y Presupuesto o del Oficial Mayor los oficios por los cuáles se soliciten, reintegren o regularicen ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fondos rotatorios o acuerdos de ministración para el cumplimiento de los compromisos de la dependencia

? ? Dirigir y coordinar el sistema para el control, regularización y reintegro del fondo rotatorio que se autorice a la dependencia, así como para supervisar y llevar un seguimiento de los fondos que se autoricen a las unidades administrativas de la dependencia.

? ? Dirigir y coordinar el sistema para el control y comprobación de los recursos que se entreguen a los comisionados habilitados, debidamente autorizados, para el cumplimiento de compromisos urgentes a cargo de la dependencia

? ? Supervisar y dirigir los procedimientos para asegurar que los pagos, regularización de fondo rotatorio o comprobación de gastos por comisionado habilitado cuenten con todos los requisitos que exige la normatividad del gasto público para que proceda la erogación, la regularización o sea procedente la comprobación, en particular para cerciorarse de que se cuenten con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y las autorizaciones que a cada caso correspondan;

? ? Validar y someter a la consideración del Director General de Programación y Presupuesto todo tipo de información sobre el presupuesto y el gasto de la dependencia que soliciten las dependencias, autoridades competentes y personas acreditadas

? ? Coordinar el proceso de entrega de la información validada sobre el presupuesto y el ejercicio del gasto a la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera de la dependencia y otras unidades administrativas que la requieran

? ? Validar y someter a la autorización del Director General de Programación y Presupuesto para que a su vez, en su caso, los presente al Oficial Mayor, la documentación que sea necesaria para el ejercicio del presupuesto de la dependencia, como es el caso de los Oficios de Liberación de Inversión y cualquier otro que sea necesario

? ? Llevar el control y el seguimiento de los ingresos que por cualquier concepto reciba la dependencia y en caso de ingresos excedentes a los previstos en la Ley de Ingresos de la Federación, validar y someter a firma del Director General de Programación y Presupuesto las solicitudes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

? ? Coordinar y dirigir el proceso para que las unidades administrativas presenten oportunamente la información que permita registrar los pasivos contraídos con cargo al presupuesto que deban pagarse en el siguiente ejercicio fiscal y en caso de adeudos que no se hayan registrado hacerlo con cargo al presupuesto del ejercicio en marcha, siempre que se encuentre debidamente acreditado el adeudo y .

? ? Formular y presentar ante la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera la información correspondiente al ejercicio de los recursos presupuestarios y

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conciliarla periódicamente a efecto de tener registradas las operaciones de la dependencia

? ? Formular y presentar ante la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera la información correspondiente a la dependencia para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, para que se consolide con la correspondiente a los órganos desconcentrados y entidades coordinadas.

? ? Las demás que le confiera el Director General de Programación y Presupuesto.

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411.2.1 Subdirección de Programación y Presupuesto Institucional Objetivo: Garantizar que la operación del sistema de programación y presupuestación, así como de modificación y seguimiento del ejercicio presupuestal se encuentre debidamente controlado, genere información confiable y suficiente para la toma de las decisiones y se encuentre alineado con las prioridades de la dependencia Asegurar una oportuna cobertura a los requerimientos de orden programático-presupuestal de las globalizadoras, respecto de la dependencia para las fases de formulación, seguimiento y evaluación. Funciones: ? ? Integrar los trabajos de programación y presupuestación de la dependencia en sus

fases de formulación, seguimiento y evaluación, a efecto de satisfacer la normatividad de las dependencias globalizadoras.

? ? Operar la elaboración del Programa Operativo Anual, del Proyecto de Presupuesto Institucional, de los formatos relativos al estado del ejercicio presupuestario de la Cuenta Pública de la Dependencia y del Programa de Trabajo en el ámbito de su competencia, para su presentación a las autoridades superiores y envío a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con las normas y lineamientos metodológicos establecidos al efecto.

? ? Supervisar y tramitar las afectaciones presupuestarias internas y validar los formatos de autorización de las afectaciones presupuestarias externas que se presentarán al Director General de Programación y Presupuesto para su autorización y registro en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y llevar su seguimiento

? ? Verificar que la información proporcionada por la dependencia y, la recibida por conducto de la Dirección de Programación y Presupuesto Sectorial, de los órganos administrativos desconcentrados de la dependencia, para el Sistema Integral de Información cumpla con la normatividad establecida por el Comité Técnico de Información y las características señaladas en los instructivos correspondientes.

? ? Emitir periódicamente reportes de seguimiento del ejercicio presupuestal, para conocimiento de las autoridades superiores.

? ? Proporcionar la información del ejercicio presupuestario a la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera, a efecto de que su registro sea oportuno y fidedigno.

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411.2.1.1 Departamento de Información Presupuestal Objetivo: Operar el Sistema Integral de Información de la Dependencia, así como proporcionar la información programática y presupuestal solicitada por las dependencias globalizadoras. Llevar a cabo las solicitudes de autorización del presupuesto institucional, así como la elaboración, trámite, seguimiento y control de las ampliaciones, reducciones, adiciones y transferencias compensadas del presupuesto asignado. Funciones: ? ? Evaluar los reportes del Sistema Integral de Información para su transmisión al

centro de recepción, control y distribución de la información y envío a las dependencias globalizadoras.

? ? Elaborar los informes programático-presupuestales para satisfacer los requerimientos de las dependencias globalizadoras.

? ? Integrar y preparar las respuestas al cuestionario de la Auditoria Superior de la Federación relativo a la observancia de los preceptos legales.

? ? Elaborar los oficios de afectación presupuestaria de ampliación, reducción, adición y transferencia compensada de recursos.

? ? Llevar el control de los oficios de afectación presupuestaria elaborados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Tramitar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización o adecuación de inversión, de acuerdo a la información proporcionada por el área de adquisiciones; así como llevar el control de los oficios de inversión solicitados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público e informar a las áreas internas y externas.

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411.2.1.2 Departamento de Integración Programática y Presupuestal Objetivo: Analizar y aplicar los lineamientos metodológicos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establece para la Dependencia con relación al proceso de programación-presupuestación, tanto en las etapas de concertación de estructuras programáticas, Programa Presupuesto Anual y Proyecto del Programa-Presupuesto, como en las de calendarización física de metas. Funciones: ? ? Analizar, aplicar y difundir a las unidades administrativas de la dependencia la

normatividad para la integración de la propuesta de estructura programática. ? ? Integrar la propuesta de modificación de la estructura programática de la

dependencia para su autorización y entrega a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Participar en la elaboración del proyecto del programa-presupuesto, como en el programa de trabajo del sector central de la Dependencia.

? ? Realizar la afectación del control de metas y la actualización del compromiso programático anual de la dependencia, con base en los cambios solicitados por las unidades responsables de gasto y solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la reprogramación de las mismas.

? ? Dar a conocer los compromisos programáticos del ejercicio a las unidades responsables de gasto y el calendario de entrega de reportes mensuales del avance de metas.

? ? Recabar, analizar y mantener actualizada la información relativa al avance programático de metas de las unidades responsables de gasto de la Secretaría, con objeto de detectar inconsistencias y posibles desviaciones conforme a la normatividad vigente.

? ? Validar mediante autorización de suficiencias presupuestarias la asignación de recursos a las unidades administrativas de la Dependencia a partir del presupuesto autorizado.

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411.2.2 Subdirección de Control de Pagos Objetivo: Asegurar el oportuno y correcto funcionamiento de los mecanismos para instrumentar el ejercicio del presupuesto autorizado a la dependencia, para la afectación y pago oportuno de los compromisos institucionales con base en la documentación comprobatoria y justificativa que presenten las unidades administrativas competentes de la dependencia, así como la atención y oportuna información a las unidades de la dependencia, así como, en los casos necesarios, a los proveedores de bienes y prestadores de servicios. Vigilar el cumplimiento oportuno de los enteros y reintegros de recursos a la Tesorería de la Federación; y planear y reorientar en su caso, el flujo de efectivo de las unidades responsables de la dependencia, con apego al presupuesto autorizado y a las modificaciones que éste sufra. Funciones: ? ? Operar las políticas para la administración de los recursos financieros de la

dependencia ? ? Operar y administrar los sistemas, trámites y procedimientos de pago de la

dependencia, y llevar el control del ejercicio de las asignaciones presupuestarias por concepto de gasto corriente, incluidas las correspondientes al capítulo de servicios personales y de inversión física y financiera

? ? Realizar los trámites de recepción, revisión y pago de la documentación comprobatoria, de las operaciones realizadas que afecten el presupuesto, mediante la expedición de cuentas por liquidar certificadas, presupuestarias, ajenas y a través del sistema de compensación de adeudos

? ? Presentar a autorización al Director de Programación y Presupuesto Central, las cuentas por liquidar certificadas que emita la dependencia ante el SIAFF o autorizarlas directamente informando a la brevedad al mismo servidor público o al Director General de Programación y Presupuesto, para el adecuado cumplimiento y pago de los compromisos de la dependencia

? ? Validar y registrar el ejercicio del gasto de los contratos y pedidos contraídos ? ? Operar los trámites y procedimientos para el manejo y control de los fondos

rotatorios asignados ? ? Informar sobre los ingresos, productos y aprovechamientos que generen las

unidades administrativas de la dependencia ? ? Controlar las disponibilidades financieras y operara el sistema para el manejo de los

recursos institucionales ? ? Tramitar y control los recursos del Fondo de Ahorro Capitalizable ? ? Tramitar el registro y pago del pasivo circulante ? ? Tramitar las rectificaciones y reintegros presupuestarios ? ? Supervisar la disponibilidad de fondos en líneas de crédito específicas en el Sistema

Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). ? ? Organizar y controlar la recepción, registro, afectación presupuestal y trámite de la

documentación susceptible de pago con cargo al presupuesto autorizado de la Dependencia.

? ? Supervisar el registro de las modificaciones presupuestarias autorizadas y ajustar la disponibilidad de los recursos conforme a los compromisos de pago establecidos.

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? ? Revisar en SIAFF la correcta formulación de las Cuentas por Liquidar Certificadas, avanzando el proceso a la instancia autorizada y darle seguimiento hasta su pago.

? ? Coordinar la elaboración y divulgación de instructivos que auxilien a las unidades administrativas en la requisición y trámite de documentos por diferentes conceptos del gasto.

? ? Elaborar trimestralmente el reporte de metas programáticas alcanzadas para su integración al informe sobre la situación económica, las finanzas públicas y la Deuda Pública que presenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la H. Cámara de Diputados.

? ? Solicitar e integrar la información anual del avance de metas de los programas y subprogramas en que participan las unidades responsables de gasto para su incorporación en la cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal y Sistema Integral de Información.

? ? Compilar la información del presupuesto modificado, para elaborar los reportes del Sistema Integral de Información.

? ? Llevar el control del presupuesto modificado por programa, subprograma, capítulo, concepto, partida y unidad responsable de gasto, con base en los reportes generados por el Sistema de Control Presupuestal.

? ? Proveer de forma oportuna y completa, la información a la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera sobre el ejercicio presupuestario y el pago de operaciones ajenas para la correcta integración y registro de la información contable y participar en la elaboración de los formatos correspondientes al ejercicio presupuestario de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

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411.2.2.1 Departamento de Control del Ejercicio Presupuestal Objetivo: Instrumentar el presupuesto autorizado por la Dependencia con base en los recursos financieros disponibles en el SIAFF, orientando su transferencia oportuna a el área solicitante, controlando su ejercicio con sujeción a las disposiciones vigentes. Funciones: ? ? Analizar el presupuesto original de la Dependencia aprobado por la H. Cámara de

Diputados y controlar las asignaciones de cada unidad administrativa, así como los calendarios de pago establecidos.

? ? Dar seguimiento a la disponibilidad de fondos del SIAFF en líneas de crédito específicas, de los recursos autorizados a la Dependencia, con sujeción a la normatividad, montos y calendarios que al efecto autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Verificar que los conceptos de gasto amparados por la documentación comprobatoria recibida, cuenten con suficiencia presupuestal para proseguir con su trámite de pago. En caso contrario devolver la documentación al área generadora del gasto.

? ? Establecer mecanismos de verificación y control a efecto de evitar desviaciones en el ejercicio del presupuesto.

? ? Verificar en el SIAFF que los importes en líneas de crédito específicas, correspondan a las solicitadas por la Dependencia.

? ? Recibir y analizar los diversos contratos para registrar el compromiso presupuestal y validar los pagos que se deriven de los mismos.

? ? Supervisar el adecuado funcionamiento del sistema de información sobre la situación que guarda el trámite de pago de la documentación comprobatoria, orientando a las unidades administrativas, proveedores de bienes y prestadores de servicios, en los problemas que se presenten en el proceso.

? ? Coordinar el registro de las operaciones que se realicen, a través del Sistema de Compensación de Adeudos ( SICOM ) y la aplicación del Sistema Financiero para el manejo de los recursos institucionales y el pago de los compromisos de la Dependencia conforme a la normatividad vigente.

? ? Implementar los reportes e informes que se den a conocer a las autoridades superiores de la Secretaría sobre el comportamiento del ejercicio presupuestario, así como las conciliaciones de cifras.

? ? Supervisar la oportuna y adecuada entrega de información que soliciten las dependencias globalizadoras.

? ? Conciliar periódicamente con la Dirección General de Recursos Humanos, Innovación y Servicios, los registros de nómina contra la información emitida por dicha área.

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411.2.2.2 Departamento de Recepción y Trámites Objetivo: Tramitar, con oportunidad y apego a la normatividad vigente, la documentación que soporte la adquisición de un bien o prestación de un servicio. Funciones: ? ? Recibir y registrar la documentación comprobatoria y justificativa susceptible de

pago, sometiéndola a su revisión normativa en los aspectos de legalidad, formalidad y exactitud.

? ? Realizar los trámites para verificar que exista disponibilidad que soporte el pago, identificando si la documentación regulariza algún movimiento ya registrado.

? ? Capturar en el SIAFF las cuentas por liquidar certificadas de pago normal, así como las relativas a operaciones ajenas, las que regularicen fondos rotatorios o se canalicen vía Sistema de Compensación de Adeudos, avanzando el proceso de aprobación a las instancias revisoras.

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411.2.2.3 Departamento de Control y Emisión de Pagos Objetivo: Controlar la documentación recibida por el área de recepción y trámite de pago a las unidades administrativas, proveedores y contratistas. Funciones: ? ? Proporcionar información a las unidades administrativas sobre la situación que

guarda el trámite de la documentación entregada para la liquidación de bienes y servicios.

? ? Formular constancias de retenciones a solicitud de los prestadores de servicios y arrendadores de bienes muebles e inmuebles.

? ? Conciliar las cifras reportadas por el Sistema de Compensación de Adeudos de la Tesorería de la Federación, validando las obligaciones que aparecen a cargo de la Dependencia, procurando la correcta y oportuna aplicación de los pagos efectuados mediante cuentas por liquidar certificadas.

? ? Controlar y depurar los saldos de deudores diversos. ? ? Capturar y tramitar, una vez autorizadas por el Director de Programación y

Presupuesto Central o el Subdirector de Control de Pagos, las cuentas por liquidar certificadas, a través del SIAFF para el pago a proveedores y contratistas.

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411.3 Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera Objetivo: ?? Que la información contable y financiera de la dependencia, sea suficiente y de

calidad para apoyar la toma de decisiones, el control de gestión de la Secretaría, su evaluación y fiscalización de resultados.

?? Garantizar que dicha información reúna las características de utilidad, oportunidad y confiabilidad y se elabore con apego a la normatividad en materia de presupuesto, contabilidad y gasto público.

Funciones: ? ? Establecer y operar el Sistema de Contabilidad General de la Secretaría ? ? Coordinar la aplicación y difusión de las normas y lineamientos de carácter contable

y financiero generados por las dependencias globalizadoras. ? ? Establecer políticas y lineamientos, que permitan el correcto registro contable y la

evaluación financiera de las operaciones de la dependencia y sus órganos administrativos desconcentrados.

? ? Formular y presentar mensualmente al Órgano Interno de Control, los Estados Financieros de la Secretaría.

? ? Formular y presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el Informe Trimestral Presupuestal-Financiero.

? ? Formular y presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el Informe de Avance de Gestión

? ? Formular y presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, consolidada con la correspondiente a los órganos desconcentrados y entidades coordinadas.

? ? Coordinar la elaboración de los informes del Fondo de Ahorro Capitalizable. ? ? Coordinar la consolidación y revisión de los informes de Viáticos y Pasajes, para su

envío al Órgano Interno de Control. ? ? Coordinar la elaboración de la rendición de Cuenta por los servicios personales. ? ? Coordinar la elaboración de la demás información económica, financiera,

programática, presupuestal y contable que le sea requerida. ? ? Coordinar las acciones que permitan atender las observaciones determinadas por

las diversas instancias fiscalizadoras. ? ? Instrumentar los mecanismos que permitan operar y custodiar el archivo de la

documentación contable, de conformidad con la normatividad establecida en la materia.

? ? Coordinar las acciones tendientes a mantener depuradas las cuentas contables ? ? Verificar que el sistema informático de Contabilidad se mantenga actualizado,

incorporando la normatividad que emitan las instancias globalizadoras en la materia.

? ? Promover la capacitación para el personal involucrado en las tareas contables y de evaluación.

? ? Participar como vocal suplente de la Dirección General de Programación y Presupuesto, en los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en el de Enajenación de Bienes, así como en el Subcomité de Revisión de Bases.

? ? Participar como vocal suplente de la Dirección General de Programación y Presupuesto en el Comité de Control y Auditoría.

? ? Las demás que le confiera la Dirección General de Programación y Presupuesto.

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411.3.1 Subdirección de Operación Contable Objetivo: ?? Verificar que los sistemas de registro y control sean suficientes para garantizar que

la información contable y financiera de la dependencia, sea oportuna, de calidad y reúna las características de utilidad y confiabilidad.

?? Verificar que dicha información se elabore con apego a la normatividad en materia de presupuesto, contabilidad y gasto público

Funciones: ? ? Establecer y difundir los requerimientos de información contable y financiera, que

debe incorporarse en el sistema de contabilidad, ? ? Coordinar las actividades para adecuado y oportuno registro contable de las

operaciones que realiza la dependencia. ? ? Instrumentar la aplicación y difusión de las normas y lineamientos de carácter

contable generados por las dependencias globalizadoras. ? ? Proponer a la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera políticas y

lineamientos, que permitan el correcto registro contable de las operaciones de la dependencia y sus órganos administrativos desconcentrados.

? ? Elaborar los Estados Financieros mensuales de la Secretaría para su envío al Órgano Interno de Control.

? ? Elaborar el Informe Trimestral Financiero, para su presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Elaborar el Informe de Avance de Gestión Financiera para su presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

? ? Elaborar la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, consolidada con la correspondiente a los órganos desconcentrados y entidades coordinadas, para su presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

? ? Elaborar los Estados Financieros del Fondo de Ahorro Capitalizable. ? ? Elaborar la Rendición de Cuenta por los pagos a terceros que derivan de servicios

personales. ? ? Instrumentar las acciones que permitan atender las observaciones determinadas

por las diversas instancias fiscalizadoras, en los términos de las recomendaciones formuladas.

? ? Supervisar la correcta operación y custodia del archivo de la documentación contable, de conformidad con la normatividad establecida en la materia.

? ? Verificar que el Sistema Informático de Contabilidad se mantenga actualizado, incorporando la normatividad que emitan las instancias globalizadoras en la materia.

? ? Promover la capacitación para el personal involucrado en las tareas contables. ? ? Las demás que le confiera la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera.

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411.3.2 Subdirección de Evaluación Financiera Objetivo: ?? Presentar informes ejecutivos con la información contable, financiera y

presupuestal de la dependencia, que permitan evaluar su gestión, la adecuada toma de decisiones, el control de gestión de la Secretaría, su evaluación y fiscalización de resultados.

?? Que los sistemas de registro y control permitan dar seguimiento al cumplimiento de la normatividad que regula el gasto público federal.

Funciones: ? ? Verificar la correcta aplicación de las normas y lineamientos de carácter contable y

financiero generados por las dependencias globalizadoras. ? ? Proponer a la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera, políticas y

lineamientos que permitan la correcta evaluación financiera de las operaciones de la dependencia y sus órganos administrativos desconcentrados.

? ? Elaborar los informes ejecutivos, derivados de la evaluación a la información contenida en los Estados Financieros y proponer acciones de mejora que coadyuven al mejoramiento de la gestión de las diversas áreas de la Secretaría.

? ? Elaborar la demás información económica, financiera, programática, presupuestal y contable que le sea requerida por la Dirección de Contabilidad y Evaluación.

? ? Coordinar la atención de las recomendaciones formuladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la información financiera presentada e instrumentar las medidas pertinentes para evitar su recurrencia,.

? ? Revisar e integrar trimestralmente, los Informes de Viáticos y Pasajes Internacionales para su presentación al Órgano Interno de Control.

? ? Instrumentar las acciones que permitan atender las observaciones determinadas por las diversas instancias fiscalizadoras en los términos de las recomendaciones formuladas.

? ? Promover la capacitación para el personal involucrado en las tareas de evaluación. ? ? Analizar la información contenida en las carpetas de los Comités de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios, en el de Enajenación de Bienes, así como en el Subcomité de Revisión de Bases y presentar a la Dirección de Contabilidad y Evaluación las recomendaciones y/o observaciones que en su caso deriven.

? ? Las demás que le confiera la Dirección de Contabilidad y Evaluación Financiera.

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411.0.1 Coordinación Técnica Objetivo: ? ? Asegurar que el flujo de la información, de y hacia las unidades administrativas y

entidades coordinadas, dependencias globalizadoras, así como cualquier otra fuente, a la Dirección General de Programación y Presupuesto, se lleve a cabo de forma oportuna.

? ? Asegurar que los asuntos turnados a la Dirección General de Programación y Presupuesto sean desahogados de forma expedita.

? ? Asegurar la adecuada coordinación de las áreas que integran la Dirección General de Programación y Presupuesto.

? ? Coadyuvar para que las áreas que integran la Dirección General de Programación y Presupuesto, cuenten con los insumos necesarios para el desarrollo de sus actividades.

? ? Organizar y controlar el sistema de archivo de la documentación referente a los asuntos de la Dirección General de Programación y Presupuesto.

Funciones: ? ? Supervisar la operación del Sistema de Administración de Oficinas (SISAO) dentro

de la Dirección General de Programación y Presupuesto ? ? Registrar, controlar y dar seguimiento a los asuntos turnados a la Dirección General

de Programación y Presupuesto. ? ? Mantener informado al Director General de Programación y Presupuesto, del estado

que guardan los asuntos turnados a dicha unidad administrativa. ? ? Revisar, consolidar y entregar la información solicitada por los órganos

fiscalizadores, así como la necesaria para atender las solicitudes de acceso a la información en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en el ámbito de competencia de la Dirección General de Programación y Presupuesto.

? ? Llevar el control de los expedientes que se integren con motivo del desahogo de los asuntos de la Dirección General de Programación y Presupuesto.

? ? Atender y canalizar, ante las instancias competentes, las solicitudes de las áreas que integran la Dirección General de Programación y Presupuesto sobre recursos, información y servicios que requieran para el desarrollo de sus funciones.

? ? Canalizar y dar seguimiento a las solicitudes de los servidores públicos de la Dirección General de Programación y Presupuesto referentes a capacitación y profesionalización continua.

? ? Las demás que le confiera el Director General de Programación y Presupuesto.

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VII. Organigrama

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN

Y PRESUPUESTO

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO SECTORIAL

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

DEPARTAMENTODE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA Y PRESUPUESTAL

DEPARTAMENTODE CONTROLY EMISIÓN DE

PAGOS

DEPARTAMENTODE CONTROL

DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL

DEPARTAMENTODE INFORMACIÓN PRESUPUESTAL

SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE

PAGOS

SUBDIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y

EVALUACIÓN SECTORIAL

DEPARTAMENTO DE ÓRGANOS

DESCONCENTRADOS Y ENTIDADES APOYADAS

DEPARTAMENTOSUBSECTOR

HIDROCARBUROS

DEPARTAMENTOSUBSECTOR

ELECTRICIDAD

DEPARTAMENTO DE ENTIDADES DE

CONTROL INDIRECTO

SUBDIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN Y CONSOLIDACIÓN

DEPARTAMENTODE PROGRAMAS

ESPECIALES

DEPARTAMENTODE INTEGRACIÓN

Y CONSOLIDACIÓN

DEPARTAMENTODE RECEPCIÓN Y

TRÁMITES

SUBDIRECCIÓNDE OPERACIÓN

CONTABLE

SUBDIRECCIÓNDE EVALUACIÓN

FINANCIERA

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO CENTRAL

SUBDIRECCIÓNDE ENTIDADES

SUJETAS A CONTROLDIRECTO

COORDINACIÓN TÉCNICA

DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y

EVALUACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN

Y PRESUPUESTO

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO SECTORIAL

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

DEPARTAMENTODE INTEGRACIÓN PROGRAMÁTICA Y PRESUPUESTAL

DEPARTAMENTODE CONTROLY EMISIÓN DE

PAGOS

DEPARTAMENTODE CONTROL

DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL

DEPARTAMENTODE INFORMACIÓN PRESUPUESTAL

SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE

PAGOS

SUBDIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y

EVALUACIÓN SECTORIAL

DEPARTAMENTO DE ÓRGANOS

DESCONCENTRADOS Y ENTIDADES APOYADAS

DEPARTAMENTOSUBSECTOR

HIDROCARBUROS

DEPARTAMENTOSUBSECTOR

ELECTRICIDAD

DEPARTAMENTO DE ENTIDADES DE

CONTROL INDIRECTO

SUBDIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN Y CONSOLIDACIÓN

DEPARTAMENTODE PROGRAMAS

ESPECIALES

DEPARTAMENTODE INTEGRACIÓN

Y CONSOLIDACIÓN

DEPARTAMENTODE RECEPCIÓN Y

TRÁMITES

SUBDIRECCIÓNDE OPERACIÓN

CONTABLE

SUBDIRECCIÓNDE EVALUACIÓN

FINANCIERA

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO CENTRAL

SUBDIRECCIÓNDE ENTIDADES

SUJETAS A CONTROLDIRECTO

COORDINACIÓN TÉCNICA

DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y

EVALUACIÓN FINANCIERA

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VIII. Glosario de términos Administración: Conjunto ordenado y sistematizado de principios, técnicas y prácticas que tiene como finalidad apoyar la consecución de los objetivos de una organización a través de la provisión de los medios necesarios para obtener los resultados con la mayor eficiencia y eficacia posibles. Administración del Gasto Público: Conjunto articulado de procesos que van desde la planeación y programación del gasto público, hasta su ejercicio, control y evaluación. Abarca los egresos por concepto de gasto corriente, inversión pública física e inversión financiera, así como pago de pasivos o deuda pública contraidos por el estado, las empresas públicas, las instituciones financieras públicas y los fideicomisos. Administración Pública ( Sector Público ): Conjunto de funciones desempeñadas por órganos de la federación, de los estados y municipios, cuya finalidad es satisfacer las necesidades generales de la población en cuanto a servicios públicos. Conjunto ordenado y sistematizado de instituciones gubernamentales que aplican políticas, normas, técnicas, sistemas y procedimientos a través de los cuales se racionalizan los recursos para producir bienes y servicios que demanda la sociedad en cumplimiento a las atribuciones que las constituciones federal y estatales confieren al gobierno federal estatal y municipal. Administración Pública Central ( Sector Central ): Conjunto de dependencias administrativas integrado por: la Presidencia de la República, las Secretarías de estado, los departamentos administrativos que determine el titular del ejecutivo federal y la Procuraduría General de la República. Administración Pública Federal ( Sector Público Federal ): Conjunto de órganos administrativos mediante los cuales el gobierno federal cumple o hace cumplir la política y voluntad de un estado, tal y como éstas se expresan en las leyes fundamentales del país. Incluyen todos los órganos administrativos de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial federales. Comprende al Gobierno Federal y al Sector Paraestatal, excluye a los Gobiernos Locales. Administración Pública Paraestatal ( Sector Paraestatal ): Conjunto de entidades de control presupuestal directo e indirecto integrado por: los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguro y los fideicomisos. Anteproyecto de Presupuesto: Estimación de los gastos a efectuar para el desarrollo de los programas sustantivos y de apoyo de dependencias y entidades de la administración pública federal; para su elaboración se deben observar las normas, lineamientos y políticas de gasto que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la información permite a esta dependencia integrar el proyecto de presupuesto de egresos de la federación. Asignación Presupuestaria: Importe destinado a cubrir las erogaciones previstas en programas, subprogramas, proyectos y unidades presupuestarias, necesarias para el logro de los objetivos y metas programadas. Esta se divide en: asignación original y asignación modificada. Auditoria Gubernamental: Revisión y examen que lleva a cabo la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y las Contadurías Mayores de Hacienda a las operaciones de diferente naturaleza, que realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal en cumplimiento de sus atribuciones.

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Auditoria Presupuestaria: Proceso de examen y revisión en detalle de las actividades de gobierno para verificar la eficiencia, honestidad y legalidad con que se emplean los recursos del estado. Avance Físico Financiero: Reporte que permite conocer los resultados de las metas programadas en relación con los recursos del gasto utilizados en un periodo determinado. Balance Presupuestal: Saldo que resulta de comparar los ingresos y egresos del Gobierno Federal más los de las entidades paraestatales de control directo. Balance Primario del Sector Público: El balance primario es igual a la diferencia entre los ingresos totales del sector público y sus gastos totales, excluyendo los intereses. Debido a que la mayor parte del pago de intereses de un ejercicio fiscal está determinado por la acumulación de deuda de ejercicios anteriores, el balance primario mide el esfuerzo realizado en el período corriente para ajustar las finanzas públicas. Calendarización Presupuestal: Es la dosificación temporal de los gastos, que realizará la administración pública federal para la ejecución de sus programas. Los gastos recurrentes o fijos constituyen erogaciones relativamente estables, pero existen otros gastos como los destinados a la inversión que se asignan de acuerdo al grado de avance en la ejecución del proyecto, o se asignan en temporadas determinadas, “ acuerdos de secas”, con el fin de evitar liquidez ociosa y aprovechar condiciones climatológicas favorables. Ciclo Presupuestario: Conjunto de fases o etapas (elaboración, discusión y aprobación, ejecución y control ) por las que discurre el presupuesto. Proceso continuo, dinámico y flexible mediante el cual se programa, ejecuta, controla y evalúa la actividad financiera y presupuestal del Sector Público. Clasificación Económica del Gasto Público: Elemento de programación presupuestaria que permite identificar cada renglón de gasto público según su naturaleza económica, en corriente o de capital; los gastos corrientes no aumentan los activos del estado, mientras que los de capital son aquéllos que incrementan la capacidad de producción, como la inversión física directa y las inversiones financieras propiamente dichas. Esta distribución permite medir la influencia que ejerce el gasto público en la economía. Se establece de acuerdo con la naturaleza de la transacción, esto es, con contraprestación o sin ella, para fines corrientes o de capital, tipos de bienes y servicios obtenidos, así como el sector o subsector que recibe los beneficios. Generalmente se utiliza para determinar la naturaleza y medir el efecto económico del gasto público en su relación con la actividad económica en general y con otros sectores en particular. Clasificación Económico-Funcional: Es aquélla que enlaza dos criterios de análisis: el económico y el funcional, conteniendo en la línea horizontal la clasificación funcional y en la vertical la clasificación económica. Esta clasificación permite realizar un estudio general sobre las diversas acciones que realiza el gobierno y la distribución relativa de recursos a que dan lugar. Clasificación Económico-Institucional (Económico-Administrativas): Sistema entrecruzado que muestra en un sentido la clasificación económica y en el otro, la clasificación institucional. A través de ella se puede determinar qué entidades del sector público están haciendo el mayor gasto en remuneraciones, cuáles deben soportar el peso de las transferencias, cuáles tienen a su cargo la mayor parte de la inversión, etcétera, además de su gran utilidad al estudio de los programas de racionalidad administrativa y de mejoras en la organización gubernamental. Clasificación Funcional: Esta clasificación agrupa los gastos por función y subfunción de acuerdo con los propósitos a que están destinados. Su objetivo es presentar una descripción que permita informar sobre la naturaleza de los servicios gubernamentales y la proporción de los gastos públicos que se destinen a cada tipo de

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servicio. A partir de 1989, la clasificación funcional del gasto del gobierno federal identifica 6 funciones basadas en el esquema de cuentas nacionales: Administración Gubernamental: Política y Planeación Económica y Social; Fomento y Regulación Desarrollo Social; Infraestructura y Producción. Clasificación Funcional y Sectorial del Gasto: El objeto de esta clasificación es presentar un ordenamiento que informe acerca de la naturaleza de los servicios que tiene a su cargo el estado, o en su caso una institución en particular, así como la proporción del gasto que se destina a la satisfacción de cada tipo de servicio. Clasificación Institucional por Objeto del Gasto (Administrativa por Objeto del Gasto): Esquema que entrecruza las clasificaciones institucionales y por objeto del gasto mostrando qué cantidad de dinero gastará cada entidad y en qué cosas se empleará. Clasificación por Objeto del Gasto: Listado ordenado, homogéneo y coherente que permite identificar los bienes y servicios que el Gobierno Federal requiere para desarrollar sus acciones. Es aquella que … Es aquélla que identifica los diversos bienes y servicios que las distintas dependencias y entidades públicas necesitan adquirir para funcionar, tales como servicios personales, arrendamiento de edificios, adquisición de escritorios, tintas, papel y demás materiales necesarios para la operación, adquisición de bienes inmuebles, pago de intereses, etc. Clasificación Sectorial del Gasto Público: Forma de presentación de la estructura del gasto público de acuerdo con el propósito para el que se realizan las transacciones de los sectores económicos. Usualmente se utiliza para medir la asignación de recursos por parte del gobierno destinada a promover diversas actividades y objetivos en el país, de acuerdo con los sectores productivos que integran la economía. Clasificación Sectorial-Económica: Elemento de programación-presupuestación que permite conocer el destino sectorial del gasto corriente y de capital, y medir su impacto en la actividad económica. Para fines de control presupuestal los sectores en los que se divide el gasto público actualmente, aún cuando pueden variar son los siguientes: Desarrollo Rural; Desarrollo Regional y Ecología; Pesca; Desarrollo Social, conformado por: Educación, Salud, Seguridad Social, y Laboral; Comunicaciones y Transportes; Abasto; Energéticos, Turismo; Industrial y Administración. Clasificación Presupuestaria: Elementos de programación presupuestaria que permiten identificar y ordenar las transacciones del sector público, que tienen una incidencia directa en los presupuestos de ingresos y gastos que facilitan el análisis económico administrativo y contable de la acción gubernamental. Contabilidad Gubernamental: Técnica destinada a captar, clasificar, registrar, resumir, comunicar e interpretar la actividad económica, financiera, administrativa, patrimonial y presupuestaria del estado. Registro sistematizado de la administración pública, se orienta a la obtención e interpretación de los resultados y sus respectivos estados financieros que muestran la situación patrimonial de la administración pública. Contaduría Mayor de Hacienda: Tribunal de cuentas encargado de glosar aquellas que rinden los funcionarios y empleados del gobierno que manejan fondos o bienes del estado, y , en su caso, de establecer y exigir las responsabilidades resultantes; en México es el Organo técnico de la H. Cámara de Diputados que tiene a su cargo la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y la del Departamento del Distrito Federal. Control Interno: Conjunto de métodos y medidas adoptadas por las dependencias o entidades para salvaguardar sus recursos y verificar la exactitud y veracidad de u información financiera y administrativa. Control Normativo y Administrativo: Consiste en verificar que las dependencias y entidades de la administración pública federal cumplan con los lineamientos y normas administrativas, contables, financieras, jurídicas y procedimientos de planeación en la

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elaboración, ejecución y evaluación del Plan y sus programas, con el objeto de dar mayor transparencia y racionalidad a las acciones del sector público. Control Presupuestario: Etapa del proceso presupuestario que consiste en el registro de operaciones realizadas durante el ejercicio presupuestal, a fin de verificar y valorar las acciones emprendidas y apreciar el cumplimiento de los propósitos y políticas fijadas previamente, a fin de identificar desviaciones y determinar acciones correctivas. Es un sistema compuesto por un conjunto de procedimientos administrativos mediante los cuales se vigila la autorización, tramitación y aplicación de recursos humanos, materiales y financieros integrantes del gasto del Sector Público Federal en el desempeño de sus funciones. Criterios Generales de Política Económica: Dentro del proceso de planeación son las directrices fundamentales que asumirá la política económica y social en un año. Establecen la estrategia, objetivos y metas macroeconómicas generales que fundamentan la formulación de la ley de ingresos, el presupuesto de egresos de la federación y los programas operativos anuales. Cuenta de la Hacienda Pública Federal: Es un documento de carácter evaluatorio que contiene información contable financiera, presupuestal y económica relativa a la gestión del gobierno con base en las partidas autorizadas en el presupuesto de egresos de la federación, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior y que el ejecutivo federal rinde a la H. Cámara de Diputados, a través de la comisión permanente, dentro de los primeros diez días del mes de junio del año siguiente al que corresponda, en los términos del artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cuenta por Liquidar Certificada: Documento comprobatorio único utilizado por el gobierno federal para liquidar la adquisición de bienes, servicios, obras, servicios personales, pago de deuda pública, etc. a los proveedores, contratistas y demás beneficiarios. Permite la captación oportuna de la información referente al gasto previo, al pago y a su liquidación. Su propósito es sustituir la presentación de los diversos documentos comprobatorios (facturas, notas de remisión, etc.) en la tesorería de la federación y oficinas pagadoras facilitándole de esta manera el pago oportuno al beneficiario. Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación: Documento que emite el poder legislativo una vez sancionado el conjunto de normas, disposiciones y restricciones que orientarán la ejecución del gasto de las entidades de la administración pública federal que aparecen en el presupuesto de egresos de la federación. Déficit Financiero (Déficit del Sector Público): Es la diferencia negativa que resulta de la comparación entre el ahorro o desahorro en cuenta corriente, y el déficit o superávit en cuenta de capital; expresa los requerimientos crediticios netos de las entidades involucradas. Muestra el faltante total en que incurre el estado al intervenir en la actividad económica nacional. Resulta de sumar el déficit económico con la cifra neta de la intermediación financiera. Déficit o Superávit Económico Primario: Resultado que se obtiene de comparar ingresos totales del sector público, excluyendo los intereses de la deuda. Este concepto mide la parte del déficit fiscal sobre la cual se puede ejercer control directo, ya que el servicio de la deuda es en general medida gasto condicionado por la economía en general. Déficit Presupuestal: Corresponde al resultado de la confrontación entre el déficit financiero contra el aumento neto de la deuda con saldo negativo, o bien el monto obtenido al restar de los ingresos, los egresos presupuestales, siendo éstos últimos de

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mayor cuantía. En la interpretación económica, resulta de adicionar al déficit de capital la adquisición de activos financieros a largo plazo, neto. Dependencia: Es aquella institución pública subordinada en forma directa al titular del poder ejecutivo federal en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo que tiene encomendados. Las dependencias de la administración pública federal son las secretarías de estado, los departamentos administrativos y la Procuraduría General de la República, según lo establece la ley orgánica de la administración pública federal. Descentralización Administrativa: Acción de transferir autoridad y capacidad de decisión en organismos del sector público con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como autonomía orgánica y técnica (organismos descentralizados). Todo ello con el fin de descongestionar y hacer más ágil el desempeño de las atribuciones del gobierno federal. Asimismo, se considera descentralización administrativa a las acciones que el poder ejecutivo federal realiza para transferir funciones y entidades de incumbencia federal a los gobiernos locales, con el fin de que sean ejercidas y operadas acorde a sus necesidades particulares. Desconcentración Administrativa: Proceso jurídico administrativo que permite al titular de una institución, por una parte, delegar en sus funcionarios u órganos subalternos las responsabilidades del ejercicio de una o varias funciones que le son legalmente inherentes y por otra, transferir los recursos presupuestales y apoyos administrativos necesarios para el desempeño de tales responsabilidades, sin que el órgano desconcentrado pierda la relación de autoridad que los supedita a un órgano central. La desconcentración administrativa es una solución a los problemas generados por el congestionamiento en el despacho de los asuntos de una dependencia de gobierno. Proceso jurídico administrativo tendiente a erradicar la concentración funcional y operativa de los distintos órganos de gobierno, mediante la delegación de funciones, responsabilidades operativas y recursos a órganos desconcentrados ubicados en las distintas regiones del país, sin que pierdan la relación de autoridad que los supedite a un órgano central. Disciplina Presupuestal: Directriz política de gasto que obliga a las dependencias y entidades del sector público federal, a ejercer los recursos en los montos, estructuras y plazos previamente fijados por la programación del presupuesto que se autoriza, con el pleno apego a la normatividad emitida a efecto de evitar desvíos, ampliaciones de gasto no programados, dispendio de recursos o conductas ilícitas en el manejo de las erogaciones públicas. Documento Múltiple: Instrumento a través del cual las entidades pueden efectuar las regularizaciones presupuestarias que requieran en el desarrollo del ejercicio de su presupuesto. Por medio de este documento pueden llevarse a cabo las siguientes operaciones: autorización de cargo, aviso de cargo, aviso de reintegro y nota de observación de glosa. Documentos para la Administración del Ejercicio Presupuestario: Instrumentos que sirven para la realización de las operaciones propias del ejercicio del presupuesto. Cada uno de ellos contiene procedimientos específicos para su manejo, mismos que están consignados en los manuales de normas y procedimientos para el ejercicio del gasto en la administración pública central. Los documentos presupuestarios utilizados son los siguientes: cuentas por liquidar certificadas, documento múltiple, oficio de afectación presupuestaria y oficio de autorización de inversión. Eficacia: Capacidad de lograr los objetivos y metas programas con los recursos disponibles en un tiempo predeterminado.

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Capacidad para cumplir en el lugar, tiempo, calidad y cantidad el conjunto de metas y objetivos establecidos. Eficiencia: Uso racional de los medios con que se cuenta para alcanzar un objetivo predeterminado, es el requisito para evitar o cancelar dispendios y errores. Capacidad de alcanzar los objetivos y metas programadas con el mínimo de recursos y tiempo. Es el cumplimiento de los objetivos y metas programadas con el mínimo de recursos disponibles, logrando la optimización de los mismos. Egresos: Erogación o salida de recursos financieros, motivada por el compromiso de liquidación de algún bien o servicio recibido o por algún otro concepto. Desembolsos o salidas de dinero, aún cuando no constituyan gastos que afecten las pérdidas o ganancias. En contabilidad fiscal, los pagos que se hacen con cargo al presupuesto de egresos. Egresos Efectivos: Son aquéllos que representan una salida monetaria de las tesorerías, caja o bancos. Estas erogaciones significan una disminución real de los recursos disponibles de un ente económico. Ejecución del Gasto: Fase del proceso presupuestario que se inicia una vez aprobado el presupuesto y que consiste en la aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros y en la utilización de una serie de técnicas y procedimientos administrativos, contables, de productividad, de control y de manejo financiero, para la obtención de las metas y objetivos determinados para el sector público en los planes y programas de mediano y corto plazo. Ejercicio: Tiempo durante el cual rige una ley de presupuesto. Periodo al fin del cual deben clausurarse los libros de contabilidad, ya sea en virtud de alguna disposición legal o bien por mandato del estatuto jurídico de la empresa. El ejercicio normal es de doce meses. El periodo comprendido entre dos balances generales. Ejercicio Contable: Año económico; período de tiempo comprendido entre dos balances anuales sucesivos. Ejercicio Fiscal: Es el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de cada año para los propósitos fiscales. Ejercicio Presupuestario: Período de tiempo durante el cual se han de ejecutar o realizar los ingresos y gastos presupuestados. Normalmente coincide con el año natural. Entidad Coordinada: Organismo o empresa de control directo o indirecto que administrativamente está integrada bajo la coordinación de un sector. Entidades de Control Directo: Clasificación convencional en la administración presupuestaria por medio de la cual se identifica a las entidades de la administración pública paraestatal, cuyos presupuestos integrales de ingresos y gastos por programas forman parte del presupuesto de egresos de la federación, y la autorización, seguimiento, control y evaluación se somete al poder legislativo a través de informes trimestrales de las finanzas públicas y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Entidades de Control Indirecto: Clasificación convencional en la administración presupuestaria por medio de la cual se identifica a las entidades de la administración pública paraestatal cuyos presupuestos no forman parte del presupuesto de egresos de la federación, excepto en la medida de los apoyos que reciben del gobierno federal a través de las coordinadoras sectoriales. Entidades Públicas: Son organismos establecidos por una legislación específica, la cual determina los objetivos de las mismas, su ámbito de acción y sus limitaciones. Estado de Flujo de Efectivo: Aquél que en forma anticipada, muestra las salidas y entradas en efectivo que se darán en una empresa durante un período determinado. Tal período normalmente se divide en trimestres, meses o semanas, para detectar el monto y duración de los faltantes o sobrantes de efectivo.

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Estados Presupuestarios Consolidados: Son los documentos que presentan los recursos obtenidos a través de la ejecución de la ley de ingresos, así como las erogaciones efectuadas con cargo al presupuesto de egresos de la federación, tanto del sector central como del paraestatal, agrupadas de acuerdo a las distintas clasificaciones presupuestarias y económicas. Evaluación: Proceso que tiene como finalidad determinar el grado de eficacia y de eficiencia, con que han sido empleados los recursos destinados a alcanzar los objetivos previstos, posibilitando la determinación de las desviaciones y la adopción de medidas correctivas que garanticen el cumplimiento adecuado de las metas presupuestadas. En la planeación es el conjunto de actividades que permiten valorar cuantitativa y cualitativamente los resultados de la ejecución del plan y los programas en un lapso determinado, así como el funcionamiento del propio sistema nacional de planeación. El período normal para llevar a cabo una evaluación es de un año, después de la aplicación de cada programa anual. Fase del proceso administrativo que hace posible medir en forma permanente el avance y los resultados de los programas, para prevenir desviaciones y aplicar correctivos cuando sea necesario, con el objeto de retroalimentar la formulación e instrumentación. Evaluación Presupuestaria: Es un proceso técnico, administrativo y contable, mediante el cual se verifican y comparan los resultados con los objetivos y metas después de efectuar los gastos corrientes y de inversión. De no haberse logrado las metas, se deberá investigar las causas condicionantes que impidieron su logro. De este modo la evaluación presupuestaria de los programas públicos de desarrollo constituye una valiosa fuente de información para diseñar una nueva reprogramación del gasto público. Entre las técnicas auxiliares de esta evaluación presupuestaria se pueden citar la programación lineal, las matrices de insumo-producto, los diagnósticos económicos, las pruebas error-acierto, el análisis costo-beneficio social y la elaboración de modelos de simulación. El objetivo de la evaluación presupuestaria es medir la eficiencia y eficacia de los gastos corrientes y de inversión mediante indicadores, que permitan conocer sus efectos antes y después de realizadas las erogaciones. Fondo Revolvente: Importe o monto que en las dependencias y entidades de la administración pública federal se destina a cubrir necesidades urgentes que no rebasen determinados niveles, los cuales se regularizarán en períodos establecidos o acordados convencionalmente y que se restituyen mediante la comprobación respectiva. Dicho monto es definido y autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Formulación Presupuestaria: Etapa del proceso presupuestario que consiste en la interpretación de la información proveniente de la planeación y la programación para traducirse al presupuesto de egresos de la federación, mediante la aplicación de una serie de normas, lineamientos, procesos y cronogramas. Gasto Asignable por Programas (Gasto Programable): Erogación plenamente identificable con cada uno de los programas del presupuesto de egresos de la federación. Incluye las erogaciones que realiza la administración pública central en la prestación de servicios y en inversión pública, así como las asignaciones que las entidades paraestatales destinan a la producción de bienes y servicios que aumentan en forma directa la oferta global de los mismos. Excluye el servicio de la deuda que corresponde a transacciones financieras, las participaciones a estados y municipios y los estímulos fiscales, cuyos efectos económicos se materializan vía las erogaciones de los beneficiarios. Gasto Corriente: Erogación que realiza el sector público y que no tiene como contrapartida la creación de un activo, sino que constituye un acto de consumo: esto es, los gastos que corresponden al sostenimiento e incremento de los recursos humanos y a la compra de los bienes y servicios necesarios para el desarrollo propio de las funciones administrativas.

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Gasto de Capital: Es el total de las asignaciones destinadas a la creación de bienes de capital y conservación de los ya existentes, a la adquisición de bienes inmuebles y valores por parte del gobierno federal, así como los recursos transferidos a otros sectores para los mismos fines que contribuyen a acrecentar y preservar los activos físicos patrimoniales o financieros de la nación. Gasto de Inversión: Es el importe de las erogaciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública, tendientes a adquirir, ampliar, conservar o mejorar sus bienes de capital, incluye también la adquisición de acciones y títulos de crédito de terceros. Gasto de Operación: Erogaciones en bienes, servicios y otros gastos diversos, que para atender la operación permanente y regular que de las unidades productoras de bienes y servicios realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal. Gasto Devengable: Erogaciones reales o virtuales que aún no se ejercen, aún cuando estén autorizadas. Es el reconocimiento de todos los compromisos contraidos por las entidades como consecuencia de la adquisición de bienes y servicios puestos a su disposición y órdenes de trabajo, ejecutadas y autorizadas durante el año que se presenta, independientemente de que su erogación se efectúe dentro del ejercicio o en ejercicios posteriores. Gasto Directo del Sector: Recursos que la dependencia coordinadora del sector destina al cumplimiento de sus funciones y atribuciones como órgano del ejecutivo federal. Excluye las transferencias que por su conducto otorga el gobierno federal a las entidades paraestatales o a los sectores privado y social. Gasto Efectivo: Representa los traspasos reales de recursos de cualquier dependencia o entidad del sector público hacia el resto de la economía. Se obtiene deduciendo de los gastos brutos, los pagos de amortización de deuda, las operaciones virtuales y compensadas, las economías presupuestarias y el gasto pendiente de pago. Gasto Neto: Erogaciones reales que afectan el erario federal. Se obtiene deduciendo de los gastos brutos, las operaciones virtuales y compensadas. Gasto Neto Presupuestal: Es el gasto bruto menos las amortizaciones, el gasto ejercido no pagado durante un ejercicio presupuestal (ADEFAS), y el gasto autorizado que no se ejerció ni pagó (ECONOMIAS). Impuesto: Según el código fiscal de la federación, los impuestos son las prestaciones en dinero o en especie que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que ley señala. Llámese también tributo o carga fiscal o prestaciones en dinero y/o especie que fija la ley con carácter general y obligatorio a cargo de personas físicas y morales para cubrir los gastos públicos. Es una contribución o prestación pecuniaria de los particulares, que el estado establece coactivamente con carácter definitivo y sin contrapartida alguna. Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo: Documento evaluatorio que presenta un análisis de las acciones sustantivas llevadas a cabo para ejecutar el plan nacional de desarrollo y sus programas. Hace referencia al grado de cumplimiento de objetivos y metas, desviaciones y problemática enfrentada, su contenido se estructura con base en las estrategias y líneas prioritarias de acción contenidas en el plan. La ley de planeación en su artículo 6o., determina que deberá presentarse en el mes de marzo de cada año. Informe de Gobierno: Documento que el C. Presidente de la República presenta al H. Congreso de la Unión y a la nación anualmente. En éste se presenta la situación general de la administración pública del país, las acciones ejecutadas para la consecución de los objetivos del plan y sus programas durante el año de referencia. Se integra por un texto político y un anexo estadístico. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 69, la obligatoriedad de la

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presentación de este informe. Es el documento que de acuerdo a la ley informa sobre el estado que guarda la administración pública del país donde se mencionan las decisiones adoptadas para la ejecución del plan nacional de desarrollo y los programas de mediano plazo. Informe de Labores: Documento de carácter anual que detalla las actividades realizadas por las dependencias y entidades de la administración pública federal de acuerdo a sus programas de mediano plazo. Presenta los resultados obtenidos y la problemática enfrentada. Ingresos del Gobierno Federal: Son los recursos consignados en las fracciones de la ley de ingresos de la federación y que concretamente se expresan en: impuestos, derechos, productos y aprovechamientos. Incluye, asimismo, el financiamiento que obtiene el gobierno federal tanto en el interior del país como en el extranjero. Ingresos del Sector Paraestatal: Son los recursos que obtienen las diversas entidades que conforman el sector paraestatal y tienen su origen principal en la venta de bienes y servicios que ofrecen a la colectividad; ingresos por erogaciones recuperables; ingresos por la venta de activo fijo; aportaciones de capital y transferencias del gobierno federal, así como los financiamientos internos y externos. Ingresos No petroleros del Gobierno Federal: Es el total de ingresos tributarios (impuestos) y no tributarios (derechos, productos y aprovechamientos), que percibe el Gobierno Federal, exceptuando los Ingresos Petroleros. Ingresos Petroleros del Gobierno Federal: Son los recursos que obtiene el Gobierno Federal por concepto de impuestos y derechos, derivados de la extracción explotación, producción y comercialización del petróleo y sus derivados. Ingresos Propios: Son la totalidad de las percepciones de las diversas entidades del sector público, exceptuando las transferencias y los ingresos por financiamiento interno y externo. Ingresos Tributarios: Se integran por toda la gama de impuestos federales que gravan las diversas fuentes generadoras de ingresos, la compra-venta, el consumo y las transferencias. Su carácter tributario atiende la naturaleza unilateral y coercitiva de los impuestos. Son las percepciones que obtiene el gobierno federal por las imposiciones fiscales que en forma unilateral y obligatoria fija el estado a las personas físicas y morales, conforme a la ley para el financiamiento del gasto público. Iniciativa de Ley de Egresos: Acto por el cual se ejerce la facultad constitucional de someter a consideración de la H. Cámara de Diputados, el proyecto de presupuesto de egresos de la federación que estará vigente durante el ejercicio fiscal correspondiente. Iniciativa de Ley de Ingresos: Acto por el cual se ejerce la facultad constitucional de someter a consideración de la H. Cámara de Diputados el proyecto de ley de ingresos, donde se fijan los principios básicos de la función hacendaria que estarán vigentes durante el ejercicio fiscal correspondiente. Instrumentación del Plan: Es el conjunto de actividades encaminadas a traducir los lineamientos y estrategias del plan y programas de mediano plazo a objetivos y metas de corto plazo. Las actividades fundamentales de esta etapa consisten en precisar las metas y acciones para cumplir con los objetivos establecidos; elegir los principales instrumentos de política económica y social; asignar recursos; determinar responsables y precisar los tiempos de ejecución. Esta etapa se lleva a cabo a través de cuatro vertientes: obligatoria, de concertación, de coordinación y de inducción. Instrumentos del Sistema Nacional de Planeación Democrática: Es el conjunto de documentos normativos y operativos de cobertura nacional, sectorial, regional e institucional, y de corto y mediano plazo, cuyo contenido general expresa entre otros aspectos: diagnósticos, estrategias, políticas, acciones, objetivos, metas, previsión de recursos, responsables de ejecución y medidas de control y evaluación. Están representados principalmente por: plan nacional de desarrollo, programas de mediano

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plazo, programas operativos anuales, presupuesto de egresos de la federación y diversos informes gubernamentales. Ley de Ingresos de la Federación: Ley que establece anualmente el moto de ingresos del gobierno federal que deberán recaudarse por concepto de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, emisión de bonos, préstamos, etc. (Los estados de la República Mexicana también establecen anualmente sus ingresos a través de las leyes de ingresos locales). Ley de Planeación: Conjunto de normas de orden público e interés social, que tiene por objeto establecer los principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la planeación nacional del desarrollo, y encauzar en función de ésta, las actividades de la administración pública federal. Esta ley contiene las bases de integración y funcionamiento del sistema nacional de planeación necesarios para que el ejecutivo federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas y de esta manera se promueva y garantice la participación democrática de los diversos grupos sociales, en la elaboración del plan y los programas; logrando que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades señaladas en ellos. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal: Conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso presupuestario, los lineamientos contables y el control del gasto federal, señalando obligaciones, atribuciones y responsables de su aplicación. Ley Federal de Entidades Paraestatales: Conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la administración pública federal. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP): Instrumento jurídico sustentado en el título cuarto constitucional, que determina las obligaciones de los servidores públicos frente a la sociedad y el estado, salvaguarda los principios rectores del servicio público, señala las sanciones aplicables por actos u omisiones y determina los procedimientos correspondientes. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Conjunto de normas jurídicas que establecen la forma de organización y áreas de competencia de la administración pública federal centralizada y paraestatal, a través de las cuales el estado ejerce sus atribuciones. Lineamientos de Gasto Público (Lineamientos Presupuestarios): Directrices específicas que en materia de gasto público comunica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las entidades de la administración pública federal, para que los trabajos orientados a la formulación ejercicio y control del presupuesto de egresos de la federación se ajusten a la política económica definida por el titular del ejecutivo federal en congruencia con el plan nacional de desarrollo, los programas de mediano plazo y el programa operativo anual. Marco Macroeconómico: Conjunto de variables macroeconómicas más significativas que expresan el contexto de la política económica y social, tales como: producto interno bruto, balanza de pagos, consumo, inversión, precios, salarios, tasas de interés, tipo de cambio, empleo, etc. Con base en sus expectativas es posible adecuar los objetivos, metas y asignación de recursos de los programas y presupuestos formulados. Normas del Sector Público: Conjunto de reglas o directrices establecidas con base en una ley o decreto para su aplicación u observancia por parte de las dependencias y entidades de la administración pública federal. Normatividad Presupuestaria: Conjunto de normas, lineamientos, metodologías, procedimientos y sistemas emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de dirigir hacia los objetivos deseados la formulación, ejercicio, control y evaluación del presupuesto, estableciendo el marco al que deben ajustarse las entidades, organismos y empresas que constituyen la administración pública federal.

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Normatividad Programática: Conjunto de normas, lineamientos, metodologías, procedimientos y sistemas emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que las dependencias y entidades de la administración pública federal formulen, ejecuten, controlen y evalúen sus programas de mediano plazo, programas operativos anuales y programas de presupuesto. Obra Pública: La obra pública es todo trabajo que tenga como objetivo la creación, la construcción, la conservación o la modificación de los bienes inmuebles del gobierno. Es el capítulo presupuestario que agrupa las asignaciones destinadas a la creación de la infraestructura física necesaria para el desarrollo, mediante la realización de obras públicas que contribuyan a la formación bruta de capital fijo del país. Operaciones Virtuales: Son aquellas operaciones que no constituyen una transferencia monetaria de recursos, es decir, operaciones de ingresos que se compensan con egresos constituyéndose en asientos puramente contables. Organismo Descentralizado: Institución definida por la ley orgánica de la administración pública federal con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituida con fondos o bienes provenientes de la administración pública federal; su objetivo y fin es la prestación de un servicio público o social, la explotación de bienes o recursos propiedad de la nación, la investigación científica y tecnológica y la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social. Organismo Desconcentrado: Forma de organización con autonomía administrativa pero sin personalidad jurídica ni patrimonio propio, que de acuerdo a la ley orgánica de la administración pública federal, tiene facultades específicas para resolver asuntos de la competencia del órgano central, siempre y cuando siga los señalamientos de normatividad dictados por este último. Ejemplos: Comisión Reguladora de Energía, Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y Comisión Nacional para el Ahorro de Energía. Pagos por Concepto de Seguridad Social: Se refiere a las asignaciones destinadas a cubrir la parte que corresponde a las dependencias y entidades de la administración pública federal, por concepto de las diversas prestaciones de seguridad social en beneficio del personal a su servicio, tanto de carácter permanente como transitorio, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Pago por otras Prestaciones de Seguridad Social: Erogaciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal, en favor del personal a su servicio, con el fin de cubrirles prestaciones sociales y económicas establecidas en las leyes vigentes sobre la materia o en las relaciones contractuales respectivas. Partida Compensada: Reducción de una partida autorizada y transferida a otra o varias partidas por el mismo importe, este movimiento no altera el presupuesto asignado a los programas de la entidad. Partidas de Gasto (Partidas Presupuestales): Constituyen elementos afines, integrantes de cada concepto, y representan expresiones concretas y detalladas del bien o servicio que se adquiere, permitiendo la cuantificación monetaria y contable de los mismos. Elemento presupuestario en que se subdividen los conceptos y que clasifica las erogaciones de acuerdo con el objeto específico del gasto. Pasivo: Conjunto de obligaciones contraidas por una persona, empresa o entidad con terceros. Contablemente es la diferencia entre el activo y capital. Pasivo Circulante: Deuda u obligaciones que son exigibles en un plazo no mayor de un año, con la característica principal de que se encuentra en constante movimiento o rotación. Patrimonio: en las entidades del sector paraestatal es una cuenta del estado de situación financiera que representa el importe de los bienes y derechos propiedad del gobierno federal.

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Periodicidad Presupuestal: Principio presupuestario que armoniza las características dinámicas de la acción estatal de acuerdo con la realidad del país y con la naturaleza misma del presupuesto, a fin de adoptar un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas. Plan Nacional de Desarrollo: Instrumento rector de la planeación nacional de desarrollo, que expresa las políticas, objetivos, estrategias y lineamientos generales en materia económica, social y política del país, concebidos de manera integral y coherente para orientar la conducción del quehacer público, social y privado. Documento normativo de mediano plazo, en el que se definen los propósitos, la estrategia general y las principales políticas del desarrollo nacional, así como los programas de mediano plazo que deben elaborarse para atender las temáticas y prioridades económico sociales del mismo. Presupuesto Autorizado Definitivo: Es la asignación original y sus modificaciones al cierre de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Presupuesto de Egresos de la Federación: Es el documento jurídico, contable y de política económica, aprobado por la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a iniciativa del Presidente de la República, en el cual se consigna el gasto público, de acuerdo con su naturaleza y cuantía, que debe realizar el gobierno federal y el sector paraestatal de control directo, en el desempeño de sus funciones en un ejercicio fiscal. Presupuesto Ejercido: Importe de las erogaciones realizadas respaldado por los documentos comprobatorios (facturas, notas, nominas, etc.) presentados a la dependencia o entidad una vez autorizadas para su pago, con cargo al presupuesto autorizado. Presupuesto Modificado: Es la asignación original consignada en el presupuesto, más las ampliaciones líquidas menos las reducciones a la fecha. Comprende las variaciones que afectan al presupuesto autorizado durante su ejercicio, las cuales se sustentan en un proceso de modificaciones programático presupuestarias. Presupuesto No Regularizable: Estimación destinada a la adquisición de maquinaria y equipo, vehículos, muebles, construcción y equipamiento, que no necesariamente se consumen año con año y que, por tanto deben justificarse debidamente si son requeridos nuevamente. Presupuesto Preliminar: Estimación del techo financiero aplicable al siguiente ejercicio, que cada una de las dependencias y entidades del sector público presupuestario comunica a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, misma que con base en el presupuesto modificado final del año, el gasto regularizable y nuevas necesidades, ajusta los montos específicos y nivel general que puede alcanzar el gasto público. Además, se debe considerar la proyección de recaudación a través de la ley de ingresos, debido a que en su caso tendrá que calcularse el importe de los financiamientos a contratar a fin de lograr el equilibrio monetario. Previsión Presupuestal: Principio presupuestario que exige a la dependencia o entidad de que se trate la inclusión anticipada de todas los posibles gastos en que se incurrirá durante el año fiscal. Programa: Conjunto homogéneo y organizado de actividades a realizar para alcanzar una o varias metas, con recursos previamente determinados y a cargo de una unidad responsable. Instrumento normativo del Sistema Nacional de Planeación democrática cuya finalidad consiste en desagregar y detallar los planteamientos y orientaciones generales del plan nacional, mediante la identificación de objetivos y metas. Según el nivel en que se elabora puede ser global, sectorial e institucional; de acuerdo a su temporalidad y al ámbito territorial que comprende puede ser nacional o regional y de mediano y corto plazo respectivamente.

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Programa Estratégico: Categoría programática que agrupa, dirige y coordina el conjunto de acciones tácticas a desarrollar en el logro de objetivos y metas prioritarias definidas, en función de los lineamientos y directrices del Plan Nacional de Desarrollo. Programa Operativo Anual (POA): Instrumento que traduce los lineamientos generales de la planeación nacional del desarrollo económico y social del país, en objetivos y metas concretas a desarrollar en el corto plazo, definiendo responsables, temporalidad y especialidad de las acciones, para lo cual se asignan recursos en función de las disponibilidades y necesidades contenidas en los balances de recursos humanos, materiales y financieros. Programa Operativo Anual Macro: Instrumento de planeación que conjunta en el corto plazo tanto el diseño general de la política económica, como los lineamientos específicos de política para cada tema estratégico del desarrollo nacional, sobre cuya base se asignan los recursos públicos, y de esta manera, garantiza la compatibilidad entre los diversos instrumentos anuales de la planeación. Dicho programa corresponde al documento denominado “ Criterios Generales de Política Económica y Social, para la Iniciativa de Ley de Ingresos y Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación”. Programa Sectorial de Mediano Plazo: Instrumento de planeación que conjunta actividades homogéneas y coherentes de política y acción económica, con respecto a los sectores económicos y sociales prioritarios, en donde se establece la obtención de los objetivos y las metas definitivas en la planeación y que deben realizarse durante el período de vigencia de la misma. Racionalidad Administrativa: Es el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros de que disponen las dependencias y entidades del sector público buscando incrementar la eficiencia en la prestación de los servicios públicos, y de los niveles de producción de bienes y servicios. Racionalización: Aumento de la eficiencia y reducción de los costos por medio de economías en el uso de los recursos. Ramo Presupuestal: Situación de fondos que la Tesorería de la Federación hace a las oficinas pagadoras, con la finalidad de ejercer el presupuesto de egresos correspondiente. Rangos de Gasto: Estimación de los montos de gasto efectuarse, por las dependencias del poder ejecutivo, por los organismos descentralizados y empresas de participación estatal sujetas a control directo, y por los poderes legislativo y judicial, que sirven de base para estructurar y formular los anteproyectos de presupuesto anuales. Recursos Fiscales: Aportaciones de los particulares para fines públicos, determinadas en la ley de ingresos, en la que se encuentran clasificados, como impuestos, productos, derechos y aprovechamientos. Recursos Propios: Ingresos de las entidades paraestatales provenientes de la venta de bienes y servicios, incluyéndose como tales los ingresos originados por operaciones ajenas; en el caso del gobierno federal se consideran los ingresos tributarios y no tributarios. Reducciones Presupuestarias: Son los recursos que se disminuyen a una clave presupuestaria, y que pueden tener un efecto líquido o compensado. Modificación que disminuye la asignación de una clave presupuestaria ya existente. Sistema de Compensación de Adeudos: A través de él, la Tesorería de la Federación transfiere y compensa los adeudos entre dependencias, organismos y empresas paraestatales. Sistema Integral de Información: A través de él, se reporta de manera mensual la información de carácter programático, presupuestal y financiero de las dependencias, organismos descentralizados y empresas estatales.

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Sistema Nacional de Planeación Democrática: Constituye el sistema básico de planeación a nivel nacional, abarcando por lo tanto los sectores público, social y privado en un ámbito global, sectorial y regional. Sobreejercicio: Gasto realizado en exceso en comparación con el presupuesto original, independientemente de que el pago se realice dentro del año por el cual fue formulado o en el siguiente. Subejercicio: Gasto realizado en menor cantidad en relación a su presupuesto original, independientemente de que el pago se realice dentro del año por el cual fue formulado este último, o en el siguiente. Subsidio: Es el traslado de recursos por parte del gobierno federal a las unidades productoras de bienes y servicios para la venta con la finalidad de compensar pérdidas de operación y mantener bajos los precios de ciertos productos básicos o estratégicos: Superávit: Exceso de los ingresos respecto de los egresos. Diferencia positiva que existe entre el capital contable (exceso del activo sobre el pasivo) y el capital social pagado de una sociedad determinada. Tipo de Cambio: Equivalencia del peso mexicano con respecto a la moneda extranjera. Es el precio al cual una moneda se intercambia por otra, por oro o por derechos especiales de giro. Estas transacciones se llevan a cabo al contado o a futuro (mercado Spot y mercado a futuro) en los mercados de divisas. Transferencia: Es el traslado implícito de recursos de sector público al resto de la economía y al exterior, ya sea en dinero o en especie, sin recibir por ello contraprestación directa alguna y únicamente condicionando su asignación a la consecución de determinados objetivos de la política económica y social. Unidad de Medida: Expresión susceptible de medir el producto o resultado final. Se clasifican en legales (universalmente aceptadas) y convencionales, de acuerdo a su grado de aceptación; y en simples cuando se utilizan un solo término de identificación y compuestas cuando se combinan varios términos con base en su complejidad. Unidad Administrativa: Elemento de la clave presupuestaria que identifica y clasifica el gasto público por entidades, según la organización interna de cada institución. Unidad responsable: Area administrativa facultada para llevar a cabo las actividades que conduzcan al cumplimiento de objetivos y metas establecidas en los programas de una dependencia o entidad de la administración pública federal.