Dirección de Educación Privada Dirección de Desarrollo ...

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16 Dirección de Educación Privada (DEP) Teléfono: 2256 7011. Ext. 1210 // Telefax: 2223 3348 Correo electrónico: [email protected] Departamento de Educación Especial (DEE) Teléfono: 22567011. Ext. 1310 // Telefax: 2256 6456 Correo electrónico: [email protected] Viceministerio Académico Dirección de Educación Privada Dirección de Desarrollo Curricular Departamento de Educación Especial

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Dirección de Educación Privada (DEP)

Teléfono: 2256 7011. Ext. 1210 // Telefax: 2223 3348

Correo electrónico: [email protected]

Departamento de Educación Especial (DEE)

Teléfono: 22567011. Ext. 1310 // Telefax: 2256 6456

Correo electrónico: [email protected]

Viceministerio Académico

Dirección de Educación Privada

Dirección de Desarrollo Curricular

Departamento de Educación Especial

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Elaborado mediante el trabajo conjunto de los Departamen-

tos de Centros Docentes Privados -DECDOP– actualmente

Dirección de Educación Privada y Educación Especial -DEE– del Ministerio de Educación Pública en la figura de los aseso-

res:

-Licda. Celia Jiménez Hidalgo. DEE.

-MSc. Sofía Sánchez Sibaja. DEE.

-Lic. Gerardo Esquivel Calderón. DECDOP.

-MSc. Guiselle Núñez Molina. DECDOP.

-MSc. Patricia Sanchún Macín. DECDOP.

Revisado por:

MSc. Olivia Mora Moreira. Jefa. Depto. de Educación Especial. MSc. Minor Villalobos Rodríguez. Jefe. Depto. Centros Docentes Privados.

Ultima actualización enero 2017. DEP

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Mantener una comunicación asertiva con el Equipo Base

del CAIPAD por medio de la figura del Director (docente

con recargo) del mismo.

Conocer y firmar el Informe Cuatrimestral elaborado por

el Equipo Base del CAIPAD -respetando el criterio técnico

de los profesionales- para su respectiva entrega ante la

instancia que corresponde y en el tiempo establecido.

Garantizar condiciones óptimas para la atención de los

usuarios (accesibilidad y estado de la planta física, dota-

ción de recursos materiales suficientes y de calidad, entre

otros).

Finalmente, lo esperado es que cada una de las dependencias

e instancias relacionadas con los CAIPAD pueda asumir su

responsabilidad y desempeñar su trabajo de forma eficaz y

eficiente, en procura de una atención integral de la población

adulta que presenta discapacidad, garantizando principal-

mente:

“el derecho de las personas con

discapacidad, a tomar sus propias

decisiones y el control de las acciones que le

competen con el fin de lograr una vida

independiente”

(CNREE, 2000).

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de estímulo estatal, debe en la figura de su representante legal

realizar la correspondiente solicitud ante las instancias res-

pectivas del MEP -DECDOP- y completar todos los requisitos

que le sean indicados.

Una vez que se suscribe el respectivo Convenio de Estímulo

Estatal de pago de salarios del Personal docente y adminis-

trativo de las instituciones privadas de enseñanza (Ley Nº

8791) por medio de la figura del representante legal, la Junta

Directiva adquiere una serie de responsabilidades ante el MEP, dentro de las cuales se destacan:

Utilizar el estímulo recibido en el desarrollo de las activida-

des y con las finalidades propuestas en la solicitud de otor-

gamiento del mismo y velar por el mantenimiento de las

condiciones pactadas en el respectivo convenio.

Someterse al régimen de fiscalización de la debida utiliza-

ción y administración del estímulo otorgado por parte del

MEP y la Contraloría General de la República.

Mantener comunicación constante con la instancia del

MEP -DEP- responsable de las acciones de seguimiento.

Informar y documentar ante el DEP todo cambio en la con-

formación de la Junta Directiva de la asociación o funda-

ción.

Coordinar los aspectos de índole administrativo con la figu-

ra de Director del centro (docente con recargo) sin perjui-cio de los aspectos técnicos y metodológicos propios del ac-

cionar del Equipo Base nombrado por el MEP.

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Presentación

El presente documento surge como respuesta a la necesidad

de contar con información clara y concreta acerca de los

Centros de Atención Integral para Personas Adultas con Dis-

capacidad -CAIPAD-, principalmente en relación con aspec-

tos generales de funcionamiento y organización.

De esta manera, mediante el planteamiento de preguntas

puntuales, se pretende responder a las principales dudas e

inquietudes generadas en relación con el accionar de dichos

centros.

1. ¿Qué es un CAIPAD?

CAIPAD es la abreviatura de los denom inados Cen-

tros de Atención Integral para Personas Adultas con Disca-

pacidad y como su nombre lo indica, son centros orientados

hacia la atención de personas adultas, es decir, mayores de

21 años y menores de 65 años, que presentan una condición

de discapacidad.

Estos centros surgen como una alternativa de atención per-

sonal, social, ocupacional y productiva para la población

adulta con discapacidad y su propósito es ofrecer opciones

de servicios que les permitan desarrollar habilidades socia-

les, ocupacionales y para el desempeño cotidiano, potencian-

do así el desarrollo integral, la autonomía personal y el mejo-

ramiento de las condiciones de vida de cada usuario.

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2. ¿Quiénes pueden asistir a un CAIPAD?

Todas aquellas personas que presentan una condición de discapacidad, mayores de 21 años, cuyas características ge-

nerales de funcionamiento les generan mayores dificultades

para incorporarse en forma autónoma a actividades sociales,

recreativas, educativas y ocupacionales, por lo que requieren

de apoyos prolongados o permanentes con la supervisión

de profesionales, el apoyo familiar y estatal.

Atendiendo lo anterior, se refiere exclusivamente a la pobla-

ción adulta con discapacidad egresada de los Centros de

Educación Especial, o bien, personas que no han tenido la

oportunidad de contar con servicios educativos o de otra ín-

dole.

3. ¿Cuál es la propuesta de atención que ofrece el

CAIPAD?

La propuesta de atención que ofrece el CAIPAD se encuentra

estipulada en el denominado Plan de Estudios para Centros

de Atención Integral para Adultos con Discapacidad, apro-

bado por el Consejo Superior de Educación en Sesión

Nº 61-00 (14 de diciembre del 2000) y modificado en Sesión

Nº 37-2003 (28 de agosto del 2003), siendo el resultado del

trabajo de una Comisión Interinstitucional en la que partici-

paron diversas personas y especialistas relacionados con di-

cha población, contando con el respaldo del Consejo Nacio-

nal de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE).

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Realizar el respectivo trámite a solicitudes de carácter admi-

nistrativo de los funcionarios de cada centro, a través de la

figura de Director (vacaciones, incapacidades, permisos, re-

bajos de salario, licencias, entre otros).

Articular acciones con otras instancias del MEP orientadas

hacia la atención de situaciones específicas.

Departamento de Educación Especial -DEE-

Coordinar con el DEP la atención de situaciones particulares

gestadas a lo interno de los centros, respetando la competen-

cia de cada dependencia y según los lineamientos vigentes

(artículo # 14, Decreto Nº 33 550-MEP).

Brindar orientaciones técnicas al Equipo Base del CAI-

PAD responsable de la atención integral de la población

adulta usuaria del mismo, en relación con la adecuada im-

plementación del Plan de Estudios vigente (artículo #70, in-

ciso h, Decreto Nº 36451-MEP).

8. ¿Cuáles son las responsabilidades de la Junta Di-

rectiva -de las asociaciones o fundaciones que respal-

dan cada CAIPAD- ante el MEP?

Toda Junta Directiva de asociación o fundación que respalda

un CAIPAD, debidamente conformada y legalmente inscrita

según el ordenamiento legal vigente -Ley Nº 218. Ley de Aso-

ciaciones (2001) y Ley Nº 5338. Ley de Fundaciones (1973)-,

que se encuentre interesada en concretar el otorgamiento

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Dentro de las funciones asignadas a cada instancia, se des-

criben a continuación las responsabilidades de cada uno en

relación con los CAIPAD:

Dirección de Educación Privada

Recibir la documentación correspondiente a la solicitud

de estímulo estatal.

Realizar el correspondiente estudio técnico de la solicitud

presentada con base en el respectivo instructivo.

Elevar ante la instancia respectiva (Dirección de Planifica-

ción Institucional, Despacho del Viceministerio Académi-

co) la solicitud, de acuerdo con lo estipulado en la norma-

tiva vigente (Decreto Nº 33550 y Ley Nº 8791).

Planificar y ejecutar acciones de fiscalización y control de

cada CAIPAD de acuerdo con los lineamientos dados en

materia de otorgamiento de estímulo estatal.

Recibir y custodiar la documentación que aporta cada

centro (Informes cuatrimestrales, nómina de personal,

lista de usuarios, aspectos generales, documentos legales y

otros que se consideren pertinentes).

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La propuesta de atención que ofrece el CAIPAD está orien-

tada hacia el desarrollo de habilidades ocupacionales y so-

ciales, así como destrezas útiles para el desempeño coti-

diano de la persona adulta con discapacidad.

Dentro de esta oferta de atención integral para la consecu-

ción de la autonomía personal se consideran las siguientes

áreas de trabajo:

a. Vida Diaria

b. Personal Social

c. Ocupacional Básica

d. Académica Funcional

e. Formación Laboral

Por otra parte, dicha propuesta se desarrolla mediante dos

modalidades de atención, a saber:

Modalidad A:

Atiende personas con discapacidad que no han gozado ante-

riormente de otros servicios y personas egresadas de los Cen-

tros de Educación Especial. Estas personas requieren de apo-yos prolongados o permanentes en algunas áreas de la vida

cotidiana.

Modalidad B:

Atiende personas con discapacidad que no han gozado ante-

riormente de otros servicios y personas egresadas de los Cen-

tros de Educación Especial. Estas personas requieren de apo-

yos prolongados o permanentes para el desempeño de la ma-

yoría de las actividades ocupacionales y de la vida cotidiana.

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4. ¿Cuáles servicios se ofrecen en un CAIPAD?

Los CAIPAD cuentan con los siguientes servicios:

-Valoración diagnóstica: proceso en el cual se identifican

características y condiciones de la persona y su entorno.

-Exploración de intereses: fase en la que se determinan los

intereses vocacionales, laborales u ocupacionales de la per-

sona.

Evaluación del proceso: acción desarrollada en diferentes

momentos –inicio, medio, final– y de forma permanente,

para conocer el nivel de avance y requerimientos que pre-

senta el usuario dentro del programa de atención que se im-

plementa.

-Instrucción y promoción de la participación en comuni-

dad: preparación que se brinda a los usuarios en las dife-

rentes áreas, con miras a la participación activa en el medio

social.

-Colocación y supervisión de la práctica laboral: proceso

que se desarrolla con aquellos usuarios con posibilidades de

ser incorporados total o parcialmente en alguna actividad

laboral.

-Apoyo a las familias: servicio que conlleva el desarrollo de

diversas actividades -talleres, charlas, reuniones-, conside-

rando el aporte de estrategias e intercambio de experiencias

destinadas a la orientación del grupo familiar.

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-Plan de Estudios, aprobado por el Consejo Superior de

Educación (Sesión 37-2003).

-Decreto Nº 33 550 – MEP. Reglamento del Otorgamiento

de Estímulos a la Iniciativa Privada en Materia de Educa-

ción por parte del Ministerio de Educación Pública (2007).

-Ley Nº 8791. Estímulo Estatal de pago de salarios del Per-

sonal docente y administrativo de las instituciones privadas

de enseñanza (2010).

-Decreto Nº 36895-MEP. Reglamento a la Ley de Estímulo

Estatal de pago de salarios del Personal docente y adminis-

trativo de las instituciones privadas de enseñanza (2010).

7. ¿Cómo se vincula el CAIPAD con el Ministerio de

Educación Pública?

La relación entre un CAIPAD y el Ministerio de Educación

Pública -MEP-, se inicia a partir del momento en el que el

ente interesado –fundación o asociación– que respalda el

respectivo centro, por medio de su representante legal, pre-senta la respectiva solicitud de Estímulo Estatal de pago de

salarios del Personal docente y administrativo de las insti-

tuciones privadas de enseñanza. Sin embargo, el vínculo se

considera oficialmente establecido hasta el momento en

que se suscribe el respectivo convenio, considerando todas

las cláusulas debidamente establecidas por la ley.

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Realizar valoraciones individuales y análisis de situacio-

nes específicas en equipo, durante las etapas inicial, en

proceso y de salida o reubicación de los usuarios y elabo-

rar a partir de éstas, los respectivos informes o programas

de atención individual y/o de grupo, según sea el caso.

Rendir informes de su labor cada vez que estos sean solici-

tados por la figura del Director (docente con recargo) o

por cualquier otra autoridad asesora del MEP.

Participar en actividades recreativas o culturales, que sean

organizadas como parte de los programas de atención a la

población usuaria.

Identificar las principales necesidades de recursos mate-

riales requeridas para la implementación de las diferentes

acciones planificadas, a fin de que sean comunicadas por

el Director del centro a la respectiva Junta Directiva de la

organización que apoya el CAIPAD, concretando el aporte

pronto y oportuno por parte de ésta.

6. ¿Cuál es la fundamentación legal que ampara el

funcionamiento de un CAIPAD?

Cada CAIPAD se encuentra regulado por una serie de docu-

mentos que norman y orientan su funcionamiento, a saber:

-Constitución Política de la República de Costa Rica (1949).

-Ley 7600. Igualdad de Oportunidades para las Personas

con Discapacidad (1996) y su respectivo Reglamento (1998).

-Ley 8661. Aprobación de la Convención sobre los Derechos

de las Personas con Discapacidad (2008).

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5. ¿Cuál es el recurso humano que atiende un

CAIPAD y cuáles son sus funciones?

El grupo humano responsable de brindar la atención en los

CAIPAD reúne profesionales formados en las siguientes

áreas:

-Educación Especial.

-Educación Técnica-Profesional (Artes Industriales, Educa-

ción para el Hogar).

-Terapia Física.

-Terapia Ocupacional.

-Trabajo Social (considerando también profesionales de So-

ciología).

Dichos profesionales conforman el denominado “Equipo

Base”, mismo que se encuentra distribuido de acuerdo con

el tipo de modalidad del centro y la cantidad de usuarios, a

saber:

Modalidad Rango de Matrícula

Cantidad de Profesionales

Jornada * / Nº de

lecciones

A 60 a 90 6

40 lecciones de 60 mi-

nutos

Jornada regular de 8 horas diarias *

Especialidades:

3 Profesores de Educación Especial (1 con recar-

go de Dirección)

2 Profesores del área técnico-profesional

1 Terapeuta Ocupacional *

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En relación con las funciones que debe cumplir cada profe-

sional se establecen las siguientes consideraciones:

En todos los casos los profesionales deberán acatar las

disposiciones establecidas en los respectivos manuales de

puestos de la Dirección General de Servicio Civil, según su

condición de funcionarios públicos y de acuerdo con su

cargo (Manual de Clases, Especialidades y subespecialida-

des, Manual descriptivo de Clases de Puestos Docentes).

De acuerdo con lo establecido en el Plan de Estudios vi-

gente, el recargo de Dirección le corresponde al Profesor

de Educación Especial, mismo que asume las funciones

asignadas al puesto de Director de Educación Especial 1

de una institución educativa, establecidas en el respectivo

manual. Asimismo, dicho docente, es el encargado de

coordinar el trabajo de los miembros del Equipo Base, o

bien designar al miembro que lo sustituya en dicha fun-ción; además de ser responsable de atender de forma rota-

tiva a grupos de usuarios.

Modalidad Rango de Ma-trícula

Cantidad de Profe-sionales

Jornada * / Nº de leccio-

nes

B 30 a 42 6

40 lecciones de 60 minutos

Jornada regular de 8 horas

diarias *

Especialidades:

2 Profesores de Educación Especial (1 con recargo de Direc-

ción)

1 Profesor del área técnico-profesional

1 Terapeuta Ocupacional *

1 Terapeuta Físico *

1 Trabajador Social *

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Por otra parte, es el designado para coordinar acciones de

índole administrativo, con los representantes de la Junta

Directiva de la Asociación o Fundación que respalda a

cada CAIPAD.

El Equipo Base se encuentra conformado por todos los

profesionales -nombrados por el Ministerio de Educación

Pública- responsables de la atención de los usuarios en cada centro. También serán considerados como miem-

bros del equipo los padres de familia directamente invo-

lucrados o cualquier otro profesional o personal volunta-

rio que se integre al trabajo como aporte de la comuni-

dad o de la organización no gubernamental que auspicia

el programa .

Dentro de las obligaciones generales del Equipo Base se re-

saltan las siguientes:

Brindar una atención de calidad y un abordaje integral a

los usuarios del CAIPAD mediante el desarrollo de un tra-

bajo de equipo y la implementación adecuada del respec-

tivo Plan de Estudios.

Elaborar y elevar a la instancia respectiva del Ministerio

de Educación Pública -DEP- el correspondiente Informe

Cuatrimestral -en cumplimiento con la Cláusula Quinta

del Contrato de Otorgamiento de Estímulo Estatal a la

Iniciativa Privada en materia de Educación- y demás do-

cumentación solicitada tanto por parte del Departamento

de Centros Docentes Privados, como desde el Departa-

mento de Educación Especial.

Participar en todos los servicios que se ofrecen a los usua-

rios, incluyendo los programas de orientación a las fami-

lias.