Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de...

16
H. CONGRESO DEL £STAnO DE GUANAJUATO 1, c. PRESIDENTE DELCONGRESO DEL ESTADO. PRE S E N T E. A la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n Ie fue turnado para su estudio y dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones realizadas par la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud, correspondientes al periodo comprendido del 10 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal del ana 2004. Una vez analizado el referido informe de resultados, con fundamento en 10 dispuesto en los artfculos 96 fracci6n XI y 149 de la Ley Organica del Poder Legislativo, nos permitimos rendir el siguiente: Dictamen I. Competencia: Las facultades de la legislatura local en materia de fiscalizaci6n de lag cuentas publicas tienen su fundamento en 10 dispuesto par el articulo 63 fracciones XV"" XIX Y XXVIII de la Constituci6n Politica para el Estado de Guanajuato. Estos dispositivos establecen que el Congreso del Estado tiene la facultad de fiscalizar la cuenta publica del Poder Ejecutivo, incluyendo lag de lag entidades y organismos de la Administraci6n Publica Estatal, lag del Poder Judicial y de log Organismos Aut6nomos; asi como lag cuentas publicas municipales, incluyendo lag de lag entidades y organismos de la Administraci6n Publica Paramunicipal. De igual manera, puede acordar la practica de auditorias a log sujetos de fiscalizaci6n, cuando exista causa justificada para ella, auxiliandose para el cumplimiento de dichas facultades par el Organa de Fiscalizaci6n Superior, previsto en el articulo 66 del referido ordenamiento constitucional. ~ Asimismo, log articulos 66 fracci6n VIII de dicho Ordenamjento Constitucional y 8 fraccion XX de la Ley de Fiscalizacion Superior del Estado d~ Guanajuato, establecenque el 6rgano de Fiscalizacion Superior debera informar al Congreso del Estado del resultado de la revision de la cuenta publica y de,nas asuntos derivados de la fiscalizaci6n, incluyendo log dictamenes, informes ~ resultados,comentariosy observaciones de lag auditorias, consti~~dO una de lag fases del proceso de fiscalizacion. y' ~ ~ \'

Transcript of Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de...

Page 1: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

1,c. PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO.PRE S E N T E.

A la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n Ie fue turnado para su estudio ydictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimientopracticada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones realizadaspar la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud, correspondientes alperiodo comprendido del 10 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal del ana2004.

Una vez analizado el referido informe de resultados, con fundamento en 10dispuesto en los artfculos 96 fracci6n XI y 149 de la Ley Organica del PoderLegislativo, nos permitimos rendir el siguiente:

Dictamen

I. Competencia:

Las facultades de la legislatura local en materia de fiscalizaci6n de lagcuentas publicas tienen su fundamento en 10 dispuesto par el articulo 63fracciones XV"" XIX Y XXVIII de la Constituci6n Politica para el Estado deGuanajuato. Estos dispositivos establecen que el Congreso del Estado tiene lafacultad de fiscalizar la cuenta publica del Poder Ejecutivo, incluyendo lag de lagentidades y organismos de la Administraci6n Publica Estatal, lag del Poder Judicialy de log Organismos Aut6nomos; asi como lag cuentas publicas municipales,incluyendo lag de lag entidades y organismos de la Administraci6n PublicaParamunicipal. De igual manera, puede acordar la practica de auditorias a logsujetos de fiscalizaci6n, cuando exista causa justificada para ella, auxiliandosepara el cumplimiento de dichas facultades par el Organa de Fiscalizaci6n Superior,previsto en el articulo 66 del referido ordenamiento constitucional.

~

Asimismo, log articulos 66 fracci6n VIII de dicho OrdenamjentoConstitucional y 8 fraccion XX de la Ley de Fiscalizacion Superior del Estado d~Guanajuato, establecen que el 6rgano de Fiscalizacion Superior debera informaral Congreso del Estado del resultado de la revision de la cuenta publica y de,nasasuntos derivados de la fiscalizaci6n, incluyendo log dictamenes, informes ~resultados, comentarios y observaciones de lag auditorias, consti~~dO una delag fases del proceso de fiscalizacion. y' ~

~

\'

Page 2: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

2

H. CON'GRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

En raz6n de 10 cual, la misma Ley establece que el Organa de Fiscalizaci6nSuperior debera remitir los informes de resultados al Congreso del Estado, aefecto de que este realice la declaratoria correspondiente, selialandose en elarticulo 45 que el informe de resultados unicamente podra ser observado par lasdos terceras partes de los integrantes del Congreso cuando: a) En pe~uicio delsujeto de fiscalizaci6n no se hays otorgado el derecho de audiencia 0 defensa; b)No se observen las formalidades esenciales del proceso de fiscalizaci6n; y c)Cuando se viole de manera flagrante la Ley; selialando que en tales casas elinforme de resultados sera devuelto al Organa de Fiscalizaci6n Superior, a efectode que atienda las observaciones.

Con la finalidad de que el Congreso de cumplimiento a 10 senalado en elparrafo anterior, la Ley Organics del Poder Legislativo establece en su articulo 96.fracci6n XI que a esta Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n, Ie compete elconocimiento y dictamen de los asuntos relativos a los informes de resultados queemits el Organa de Fiscalizaci6n Superior.

A efecto de cumplir con las atribuciones conferidas a esta Comisi6n, y enobservancia a 10 que establece la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado deGuanajuato, el presente dictamen se ocupara exclusivamente de los aspectos quela propia Ley senala y por los cuales pod ria ser observado 0 no, el informe deresultados.

II. Antecedentes: "De conformidad con los articulos 66 fracci6n IV de la Constituci6n Politica

Local, 8 fracci6n III, 27 Y 57 fracci6n V de la Ley de Fiscalizaci6n Superior delEstado de Guanajuato, corresponde al 6rgano de Fiscalizaci6n Superior delCongreso del Estado, acordar y practicar auditorias conforme a su programaanual, en el cual se senalara la totalidad de los sujetos de fiscalizaci6n que seranobjeto de auditoria, conforme a los criterios, normas y prioridades que seestablezcan en el reglamento respectivo. ~~

En ejercicio de esta funci6n, el Auditor General del Organa de Fiscaliza ~ i6n Superior el 13 de diciembre de 2004 aprob6 el Programa Anual de Auditorfas 2005

y de actividades vinculadas a este. En el mismo, se contempl6 la practica de na

auditorfa financiera y de cumplimiento alas operaciones realizadas par

Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud, correspondientes al

ceriodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del eiercicio' I del ana

Page 3: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

3

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

La auditoria practicada conforme a 10 expresado en los parrafos anterioresconcluy6 con la elaboraci6n del informe de resultados que se remiti6 al Congresoy el cual se tum6 a la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n de la pasadaLegislatura el 13 de julio del alio en curso para su estudio y dictamen, siendoradicado el pasado 14 de julio.

III. Procedimiento de Auditoria:

La auditoria dio inicio el14 de febrero de 2005 y tuvo par objeto verificar lascifras que muestra la informaci6n financiera y presupuestal reflejada en losestados financieros par el ejercicio fiscal 2004 y comprobar que la administraci6n,control, utilizaci6n y destino de los recursos financieros, humanos y patrimonialesa cargo de la Comisi6n Estatal del Depone y Atenci6n a la Juventud, fueronaplicados con austeridad, racionalidad y disciplina presupuestal y atendiendo acriterios de economia, eficiencia y eficacia, propiciando su 6ptimoaprovechamiento; asimismo, verificar que la actividad financiera se haya realizadocon estricto apego al pron6stico de ingresos y presupuesto de egresosautorizados, asi como a los reglamentos y demas ordenamientos legales ynormativos aplicables.

Con la finalidad de cumplir con 10 establecido par el articulo 30 de la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, el informe de resultadosestablece las herramientas tecnicas, metodos y practicas de auditoria que seestimaron adecuados para su realizaci6n, senalando que esta se efectu6 deacuerdo con las normas y procedimientos de auditoria generalmente aceptadas yque son aplicables al sector publico. Dichas normas y procedimientos requierenque la auditoria sea planeada, realizada y supervisada para obtener una seguridadrazonable de que la informaci6n contenida en la cuenta publica no contieneerrores importantes y que esta integrada de acuerdo a las bases contablesutilizadas par la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud.

I

~

/'"'

Asimismo, el informe establece que se verifico, con base en pruepasselectivas, la evidencia que respalda las transacciones realizadas, las que est~soportadas en las cifras y revelaciones de la informacion financiera y presupuestal,atendiendo a 10 establecido en la Ley del Presupuesto General de Egresos delEstado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de 2004 y en la Ley para el Ei~rcicioy Control de los Recursos Publicos para el Estado y los Municipios de GuanaJ.ua~---",Lo anterior, conforme 10 disponen los ordenamientos aplicables en la materia,incluyendo sus bases contables utilizadas de acuerdo a los ~rincipios de

Page 4: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

4

H. CON'GRESO DEL ESTAnODE GUANAJUATO

Contabilidad Gubernamental; la presentaci6n de la informaci6n financiers; lagvariaciones presupuestales; lag estimaciones significativas hechas par laadministraci6n; log resultados de la gesti6n financiers, y la incidencia de esasoperaciones en la hacienda publica del ente fiscalizado.

Concluida la revisi6n en campo V como parte del proceso de auditoria, el 30de agosto de 2004, se diD vista de las observaciones V recomendaciones al Titularde la Comisi6n Estatal del Deporte V Atenci6n a la Juventud, quien fungi6 comoresponsable del manejo del erario publico a cargo del ente fiscalizado durante elperiodo sujeto a revisi6n, concediendole un plaza de treinta dias habiles paraaclarar, atender 0 solventar documentalmente las observaciones determinadas parel Organa Tecnico. Lo anterior, para dar cumplimiento a 10 preceptuado par IDSarticulos 9 fracci6n V V 23 fracci6n IV de la Lev de Fiscalizaci6n Superior delEstado de Guanajuato.

Mediante oficio recibido el 12 de octubre de 2005, dicho funcionario solicitouna pr6rroga para dar contestaci6n a IDS puntas de observaci6n de la auditoriapracticada, la cual Ie fue concedida par diez dias habiles. Posteriormente,mediante oficio recibido el 26 de octubre de 2005, el referido funcionario diDrespuesta alas observaciones y recomendaciones derivadas de la auditoria,anexando la informaci6n y documentaci6n que consider6 suficiente para aclarar yen su casa, solventar las observaciones determinadas y stender lasrecomendaciones efectuadas.

EI 26 de mayo de 2006, el informe de resultados se notific6 al sujetofiscalizado, para que en su caso hiciera valer el recurso de reconsideraci6nprevisto par el articulo 39 de la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado deGuanajuato. haciendole saber que contaba con un termino de cinco dias habilespara tal efecto. Con 10 anterior, se dio cumplimiento a la fracci6n VIII del articulo23 de la citada Ley.

~EI 2 de junio de 2006, dentro del plaza que preve el referido articulo 39, el

Director General de la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a laJuveQtud, "\interpuso r~cu~so de re~onsideraci6n en c?n!ra del infor~e de resulta~os der~v~ '

de la audltorla financlera y de cumpllmlento practlcada alas Qperaclones ~realizadas par la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la ~~entud, r-..correspondientes al periodo comprendido del 1° de enero al 31 de dicie~ del""ejercicio fiscal del ana 2004, siendo admitido dicho recu rso , al colmarserequisitos de procedibilidad previstos par el articulo 39 de la LeySuperior del Estado de Guanajuato.

Page 5: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

5

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

Una vez tramitado el recurso, el Auditor General del Organa deFiscalizaci6n Superior el 28 de junio de 2006 emiti6 la resoluci6n correspondiente,a la cual haremos referencia en un apartado posterior, misma que se notific6 alsujeto fiscalizado el pasado 29 de junio.

IV. Devoluci6n del informe de resultados al 6rgano de Fiscalizaci6nSuperior

En su oportunidad la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n de laQuincuagesimo Novena Legislatura al hacer el analisis del informe de resultados,determin6 que existieron omisiones en el proceso de fiscalizaci6n, ya que en elcaso del numeral 1.6.1, relativo a cumplir con la normatividad correspondiente, seobserv6 que aun cuando dicha observaci6n no fue solventada en su totalidad, elOrgana Tecnico en el dictamen tecnico juridico, que es el instrumento en el que sedeben establecer las probables responsabilidades de los sujetos de fiscalizaci6n ylas acciones legales que deberan ejercerse en virtud de las irregularidades y/odeficiencias detectadas en el proceso de fiscalizaci6n, no consign6 ladeterminacion de las presuntas responsabilidades derivadas de la observacionplasmada en el citado numeral.

En raz6n de 10 anterior, se hizo la propuesta a efecto de que el informe deresultados se devolviera al Organa de Fiscalizaci6n Superior, considerando que seactualizaba la hip6tesis juridica prevista en la fracci6n II del articulo 45 de la Leyde Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, al no haberse observado lagformalidades esenciales del proceso de fiscalizaci6n.

~En atenci6n alas consideraciones anteriormente expuestas, el 10 de agosto

del ano en curso, el Plena del Congreso acord6 la devoluci6n del informe de

resultados al Organa de Fiscalizaci6n Superior, con la finalidad de que procediera

a subsanar la referida omisi6n, dictaminandose las probables responsabi ~ des derivadas del numeral 1.6.1, precisando las acciones que deberian promoverse,

los hechos en que se fundan, las autoridades que resultan compe~entes para

conocer dichas acciones y los presuntos responsables de las deficiencia~ ,'"consignadas en dicho punta, integrando dicha informaci6n al informe de re'Suj!ados ~

que se remitiera al Congreso. -~--

"

"

)...,I

Page 6: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

6

H. CONGRESO DEL EST ADODE GUANAJUATO

Una vez que se devolvi6 el informe de resultados al Organa Tecnico, esteprocedi6 a la atenci6n de las observaciones formuladas par el Plena del Congreso,determinandose en el punta 17.1 del dictamen tecnico juridico respecto al numeral1.6.1, la existencia de presuntas responsabilidades administrativas derivadas dedicha observaci6n, fundando y motivando la valoraci6n juridica.

Corregidas las omisiones detectadas en el informe de resultados, este senotific6 al sujeto fiscalizado el 21 de agosto del ana en curso, para que en su casohiciera valer el recurso de reconsideraci6n previsto par el articulo 39 de la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, unica y exclusivamente respectoal numeral 1.6.1 del informe de resultados, haciendole saber que contaba con untermino de cinco dias habiles para tal efecto. Con 10 anterior, se dio cumplimientoa la fracci6n VIII del articulo 23 y al articulo 39 de la citada Ley.

Este termino transcurri6 sin que, dentro del mismo, se hubiere promovido elrecurso de reconsideraci6n, como consta en la certificaci6n levantada par elAuditor General del Organa de Fiscalizaci6n Superior el 29 de agosto de 2006, enla que se realiza el c6mputo del termino para la interposici6n del recurso.

Posteriormente, se remiti6 al Congreso el nuevo informe de resultados, elcual se turn6 a esta Comisi6n el 5 de octubre del ana en curso.

V. Contenido dellnforme de Resultados:

En cumplimiento a 10 establecido por el articulo 43 de la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, el informe de resultadoscontiene los siguientes apartados:

a) Conclusiones del proceso de fiscalizacion.

~

I

Par 10 que se refiere a este apartado, se establecen los resultados de lagesti6n financiers que se reflejan en los rubros de ingresos, egresos y resultado >del ejercicio; la evaluaci6n de los ingresos y egresos; la informaci6n tecn;f?S. ~financiers y contable que sirvi6 de apoyo a la evaluaci6n; un analisis sintetico delproceso de evaluaci6n; y la propuesta de aprobaci6n 0 desaprobaci6n de losconceptos fiscalizados. \

Page 7: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

7

H. CONGRESO DEL £STADODE GUANAJUATO

b) Analisis sabre el cumplimiento de los principios de contabilidadgubernamental y de los ordenamientos legales correspondientes.

En este apartado se concluye que la Comisi6n Estatal del Deporte yAtenci6n a la Juventud, cumpli6 con las bases contables aplicables a la instituci6ny parcialmente con los principios de contabilidad gubernamental. Asimismo, seestablece que se observ6 el incumplimiento de diversas disposiciones legales,consignandose el analisis correspondiente en el dictamen tecnico juridico al quemas adelante haremos referencia.

c) Pliego de observaciones y recomendaciones derivadas de laauditoria.

En este apartado se desglosan las observaciones detectadas en los rubrosde Organigrama; Balanza de Comprobaci6n; Estado de Situaci6n Financiera;Parque Vehicular; Egresos; Adquisiciones; y Obra Publica, estableciendose deigual manera las acciones preventivas y correctivas que se deben Ilevar a cabopara subsanar las situaciones detectadas durante el proceso de auditoria.

"'OJ~J

d) Diligencias y acciones practicadas para aclarar 0 solventar lasobservaciones y recomendaciones. ..

La inclusion de este apartado se justifica para determinar que no se hayaviolentado el derecho de audiencia 0 defensa en perjuicio del sujeto fiscalizado; elinforme concluye afirmando que se dio cabal cumplimiento a 10 preceptuado parlos articulos 9 fraccion V y 23 fracciones IV y V de la Ley de Fiscalizacion Superiordel Estado de Guanajuato, al haberse notificado al responsable del entefiscalizado durante el periodo sujeto a revision, las observaciones yrecomendaciones determinadas, otorgandole el plaza que seriala la Ley paraaclarar, atender 0 solventar documentalmente dichas observaciones. ~

~

}De 10 anterior, derivan lag observaciones que fueron solventadas al haberse '"

proporcionado la informaci6n y documentaci6n que se consider6 suficiente para talefecto. Es as! que durante la etapa procesal correspondiente, se solve~ron 0 .atendieron lag observaciones consignadas en log siguientes apartados: Efl--~~apartado correspondiente a Organigrama, se atendieron lag observacionesestablecidas en el numeral 1.1.1, referido a la elaboraci6n del organigrama deconformidad con el Reglamento de la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a laJuventud. En el rubro de Estado de Situaci6n Financiera, se atendieron 0solventaron lag observaciones efectuadas en log numerales 1 ~e~ a

Page 8: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

8

H. CONGRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

establecer medidas de control sabre la expedici6n de cheques; 1.3.2.1, relativo ajustificar la no localizaci6n de bienes y artfculos deportivos; 1.3.2.2, incisos A), B) YC), referido a fortalecer las medidas de control; 1.3.2.4, relativo a detallar todas lascaracterfsticas necesarias de los bienes muebles en la base de datos para su facilidentificaci6n; y 1.3.2.5, referido a mantener actualizado el control y resguardo delos bienes muebles. En el rubro de Egresos, correspondiente a materiales ysuministros, se solventaron 0 atendieron las observaciones determinadas en losnumerates 1.5.1.1, referido a realizar las adquisiciones con apego a lanormatividad establecida; 1.5.1.2, relativo a dar cumplimiento alas polfticasadministrativas establecidas; 1.5.1.3, referente a aclarar y justificar el destino deapoyos otorgados; y 1.5.1.4, relativo a clasificar correctamente los gastos. Par 10que toca a servicios generales, se solventaron 0 atendieron las observaciones delos numerales 1.5.2.1, referido a verificar que la documentaci6n comprobatoriacontenga requisitos fiscales; 1.5.2.2, relativo a contar con la documentaci6ncomprobatoria en todo tipo de gasto; 1.5.2.3, incisos A) y B), relativo a soportardebidamente los gastos; 1.5.2.4, relativo a dar cumplimiento alas polfticasestablecidas; 1.5.2.5, incisos A) y B), referente a contar con el soporte documentalde los gastos realizados; y 1.5.2.6, incisos A) y B), relativo a contar con loscontratos de prestaci6n de servicios y arrendamiento. Respecto a ayudassubsidios y transferencias se solventaron 0 atendieron los numerates 1.5.3.1,referente a contar con todo el soporte documental necesario para comprobar elgasto; 1.5.3.2, relativo a la expedici6n de cheques a nombre de la persona querealiz6 el servicio; y 1.5.3.3, referido a clasificar correctamente los gastos en laspartidas correspondientes. Finalmente, en el apartado de Obra Publica, sesolventaron 0 atendieron las observaciones establecidas en el numeral 1.7, incisosA) y B).

)

~"~~

Aun cuando en este apartado no se consigns la solventaci6n de laobservaci6n referida en el numeral 1.2.1, relativo a efectuar registro de correcci6na la balanza de comprobaci6n, en virtud de la resoluci6n de fecha 28 de Junio delalia en curso emitida par el Auditor General del Organa de Fiscalizaci6n Supe~,derivada de la tramitaci6n del recurso de reconsideraci6n promovido en contra delinforme de resultados, la misma se tiene par solventada.

e) Informe sabre la situaci6n que guardan las recomendaciohes uobservaciones que no fueron atendidas 0 solventadas. -

En esta parte, se consignan las observaciones en las cuales no se present6respuesta alguna para su atenci6n 0 aquellas en que aun cuando se hubierapresentado inforrnaci6n 0 documentaci6n, al realizarse el analisis y ,aloraci6n de

Page 9: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

9

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

la misma, IDS datos proporcionados no se consideraron suficientes parasolventarlas en su totalidad, estableciendose en cada caso las razones par lascuales se consideran no justificadas.

En tal sentido, se solventaron 0 atendieron parcialmente lag observacionesconsignadas en log siguientes apartados: En el rubro de Estado de Situaci6nFinanciera, referente a Almacen, el numeral 1.3.2.3, relativo a mejorar ladistribuci6n de log espacios, acomodando debidamente log articulos y equiposalmacenados. En el apartado correspondiente a Parque Vehicular, el numeral1.4.1, relativo a establecer un control sobre la identificaci6n de vehiculos oficiales.En el apartado de Adquisiciones, el numeral 1.6.1, relativo a cumplir con lanormatividad correspondiente.

Asimismo, se determin6 como no solventada la observaci6n establecida enel rubro de Balanza de Comprobaci6n, numeral 1.2.1, relativo a efectuar registrode correcci6n a la balanza de comprobaci6n.

V\.

Como ya 10 habiamos selialado en parrafos anteriores, la observaci6nreferida en el numeral 1.2.1, fue solventada mediante la resoluci6n emitida par elAuditor General del Organa de Fiscalizaci6n Superior, derivada de la tramitaci6ndel recurso de reconsideraci6n promovido en contra del informe de resultados.

,

f) Senalamiento de las irregularidades detectadas.

~

En este apartado se establecen lag observaciones marcadas como nosolventadas 0 solventadas parcialmente, de lag que puede presumirse laexistencia de responsabilidades y que se analizan en el dictamen tecnico juridico.

g) Observaciones y comentarios del Auditor General, derivados delproceso de fiscalizaci6n.

EI Auditor General concluye que la informaci6n integrante de la inform~ci6n \financiera y presupuestal y log reportes documentales de lag muestras ~\examinadas, son parcialmente razonables en sus aspectos importantes,asi comoel ejercicio y aplicaci6n de log recursos que fueron objeto de la fiscaliZaC~~?_~5ello producto del incumplimiento de log Principios de . Gubernametl!!~

y de diversas disposiciones legales.

~~

)\

Page 10: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

10

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

De igual manera, seliala que log responsables del manejo de log recursospublicos incurrieron en actos u omisiones de log que no se desprende la existenciade danos y perjuicios a la hacienda 0 al patrimonio publico estatal, pero que sonmotivo de un fincamiento de responsabilidad, tal como se precisa en el dictamencorrespondiente, asi mismo y con independencia de ello se procede a emitir eldictamen tecnico juridico en el cual se precisan lag acciones que en su casodeberan promoverse.

Finalmente, se establece que en ningun momenta, lag notificaciones queexpide el 6rgano de Fiscalizacion Superior referentes a la solventacion deobservaciones como resultado de la fiscalizacion superior, liberan alasautoridades que manejan dichos recursos, de responsabilidades futuras quepudieran surgir con motivo del ejercicio de lag facultades de revision, referente a 10que no fue materia de la revision, que con base a 10 que establece la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, Ileven a cabo lag autoridadesfacultadas.

h) Dictamen que establece la cuantia de los danos y perjuicios a lahacienda publica 0 al patrimonio del Estado.

En este apartado se seliala que como resultado del proceso de fiscalizaci6nde las operaciones del ente fiscalizado, no se desprendieron situaciones quehagan presumir la existencia de dalios y perjuicios a la Hacienda 0 al PatrimonioPublicos del Estado, por 10 tanto, no procede ejercer algun tipo de acci6n civil.

~"i) Dictamen tecnico juridico.

~En este dictamen se establecen las consideraciones tecnico-jurrdicas

derivadas de las irregularidades y/o deficiencias detectadas en la auditorrapracticada, concluyendo que se desprende la existencia de responsabilidadesadministrativas.

).

J

La presunci6n de dichas responsabilidades administrativas, se desprendede lag observaciones determinadas en log numerales: 1.1.1, referido a laelaboracion del organigrama de conformidad con el Reglamento de la\Comisi6nEstatal del Deporte y Atencion a la Juventud; 1.2.1, relativo a efectuar registro de-- "correccion a la balanza de comprobacion; 1.3.2.1, relativo a justificar 13'localizaci6n de bienes y artfculos deportivos; 1.3.2.2, incisos A), B) Y C), referido afortalecer lag medidas de control; 1.3.2.3, relativo a mejorar la distribuci6n de logespacios, acomodando debidamente log artfculos y equipos : 1.3.2.4. ,

Page 11: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

11

H. CONGRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

relativo a detallar todas las caracteristicas necesarias de los bienes muebles en labase de datos para su facil identificaci6n; 1.3.2.5, referido a mantener actualizadoel control y resguardo de los bienes muebles; 1.4.1, relativo a establecer un controlsobre la identificaci6n de vehiculos oficiales; 1.5.1.2, relativo a dar cumplimiento alas politicas administrativas establecidas; 1.5.1.3, referente a aclarar y justificar eldestino de apoyos otorgados; 1.5.1.4, relativo a clasificar correctamente losgastos; 1.5.2.1, referido a verificar que la documentaci6n comprobatoria contengarequisitos fiscales; 1.5.2.2, relativo a contar con la documentaci6n comprobatoriaen todo tipo de gasto; 1.5.2.4, relativo a dar cumplimiento alas politicasestablecidas; 1.5.3.1, referente a contar con todo el soporte documental necesariopara comprobar el gasto; 1.5.3.3, referido a clasificar correctamente los gastos enlas partidas correspondientes; y 1.6.1, relativo a cumplir con la normatividadcorrespondiente.

Aun cuando las observaciones consignadas en los numerates 1.1.1, 1.3.2.1,1.3.2.2, incisos A), B) Y C), 1.3.2.4, 1.3.2.5, 1.5.1.2, 1.5.1.3, 1.5.1.4, 1.5.2.1,1.5.2.2, 1.5.2.4, 1.5.3.1 Y 1.5.3.3, fueron solventadas durante la etapacorrespondiente, sin embargo, persiste la responsabilidad administrativa que segener6 par la falta de cumplimiento oportuno de las obligaciones a cargo de todoservidor publico.

\

En virtud de la resoluci6n que recay6 al recurso de reconsideraci6n al quemas adelante haremos referencia, se solvent6 la observaci6n formulada en elnumeral 1.2.1, relativo a efectuar registro de correcci6n a la balanza decomprobaci6n, dejando sin efectos las presuntas responsabilidadesadministrativas derivadas de dicha observaci6n, en consecuencia, se modifica eldictamen tecnico-jurfdico en su punta 2.1.

~

\"~Es asi que se establecen log hechos en que se fundan lag

responsabilidades administrativas determinadas, log presuntos responsables, lagacciones que deberan promoverse y lag autoridades que resultan competentespara conocer de dichas acciones. --~-~~

En tal sentido, consideramos que dicho dictamen se encuentrasuficientemente fundado y motivado, a efecto de ejercer 'as acciones legales queprocedan ante las autoridades competentes. '.'"" J "'\

Finalmente, en cuanto a responsabilidades civiles y penales, en el propioinforme de resultados se establece que de la revisi6n practicada no se desprendensituaciones que hagan presumir la existencia de dichas

\.

"

~

\

Page 12: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

12

H. CONGRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

j) Recurso de Reconsideraci6n.

EI 2 de junio de 2006, dentro del plaza que preve el articulo 39 de la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, el Director General de laComisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud, interpuso recurso dereconsideraci6n en contra del informe de resultados derivado de la auditoriafinanciera y de cumplimiento practicada alas operaciones realizadas par dichoorganismo, correspondientes al periodo comprendido del 1° de enero al 31 dediciembre del ejercicio fiscal del alia 2004, concretamente en contra de IDs puntas1.2.1, referente a efectuar registro de correcci6n a la balanza de comprobaci6n; y1.4.1, relativo a establecer un control sabre la identificaci6n de vehiculos oficiales,derivados del Capitulo III denominado Pliego de Observaciones yRecomendaciones, contenido en ellnforme de Resultados.

Mediante acuerdo del 7 de junio de 2005 emitido par el Auditor General del6rgano de Fiscalizaci6n Superior, se dio entrada al recurso de reconsideraci6n, alcolmarse log requisitos de procedibilidad previstos par el articulo 39 de la Ley deFiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, ordenando la integraci6n delexpediente respectivo y el registro correspondiente, siendo radicado el 8 de juniodel ana en curso.

Una vez tramitado el recurso, el Auditor General del 6rgano deFiscalizaci6n Superior, el 28 de junio del alio en curso emiti6 la resoluci6ncorrespondiente, determinandose con relaci6n a la impugnaci6n del punto 1.2.1,referente a efectuar registro de correcci6n a la balanza de comprobaci6n,reconsiderar la valoraci6n de dicha observaci6n, considerando que el concepto dereconsideraci6n manifestado por el promovente, resulta fundado y operante, por 10tanto, se modific6 la valoraci6n efectuada a dicho punto, a efecto de tenerlo porsolventado, dejando sin efectos la presunta responsabilidad administrativadeterminada en el punta 2.1 del dictamen tecnico juridico. ~

\.

~

Par 10 que respecta a los conceptos de reconsideraci6n manifestados por'~\

recurrente en el caso del punta 1.4.1, relativo a establecer un control sabre laidentificaci6n de vehlculos oficiales, se determin6 que los mismos "'f~sultinfundados e inoperantes para modificar 0 revocar el sentido de la valorac~ de """

dicho punta. En tal virtud el Organa Tecnico confirm6 la valoraci6n de dic:tla /"\..;observaci6n contenida en el Capitulo III del Pliego de observaciones y ,Recomendaciones; asl como las presuntas responsabilidades ' . .

\/

Page 13: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

13

H. CONGRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

derivadas de esta, consignadas en el punta 8.1 del CapItulo IX denominadoDictamen Tecnico Jurrdico.

La referida resoluci6n se encuentra suficientemente fundada y motivada, lacual se notific6 al sujeto fiscalizado el 29 de junio del alia en curso.

VI. Conclusiones:

Como ya 10 habiamos selialado en parrafos anteriores, el articulo 45 de laLey de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, establece que losinformes de resultados solamente pod ran ser observados par las dos terceraspartes del Congreso del Estado cuando: a) En perjuicio del sujeto de fiscalizaci6nno se haya otorgado el derecho de audiencia 0 defensa; b) No se observen lasformalidades esenciales del proceso de fiscalizaci6n; y c) Cuando se viole demanera flagrante la Ley. Selialando que en tales casas el informe de resultadossera devuelto al Organa de Fiscalizaci6n Superior, a efecto de que atienda lasobservaciones.

En este sentido, quienes integramos esta Comisi6n analizamos el informede resultados materia del presente dictamen, considerando las hip6tesis referidasen el precepto anteriormente selialado.

Como se desprende del informe de resultados, el Organo Tecnico diocumplimiento a los articulos 9 fracci6n V y 23 fracci6n IV de la Ley de Fiscalizaci6nSuperior del Estado de Guanajuato al haberse notificado las observaciones yrecomendaciones derivadas de la auditoria, al funcionario responsable del entefiscalizado durante el periodo sujeto a revisi6n, concediendole el plazo queestablece la Ley para aclarar, atender 0 solventar documentalmente lasobservaciones determinadas por el Organo Tecnico. AI respecto, se present6 porparte de dicho funcionario la informacion y documentaci6n que consider6suficiente para aclarar y en su caso, solventar las observaciones determiR~s yatender las recomendaciones efectuadas. ~

~I

\

De igual manera, existe en el informe de resultados la constancl8, de que se1notific6 el informe de resultados al sujeto de fiscalizaci6n, concedl' dole eltermino selialado en el articulo 23 fracci6n VIII de la Ley de Fiscalizaci6~r ~

del Estado de Guanajuato, a afecto de que en su caso, hiciera valer el recurso dereconsideraci6n que preve el articulo 39 de dicho ordenamiento legal;presentandose en dicho plaza el referido media de impugnaci6n, el cual fuetramitado par el 6rgano Tecnico, emitiendose par parte del General del

Page 14: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

14

H. CONGRESO DEL £STAnODE GUANAJUATO

Organa de Fiscalizaci6n Superior la resoluci6n correspondiente, misma queconsideramos se encuentra suficientemente fundada y motivada y que en suoportunidad se notific6 al sujeto fiscalizado. En tal virtud, se considera que fuerespetado el derecho de audiencia 0 defensa par parte del Organa deFiscalizaci6n Superior.

Tambien cabe hacer menci6n que en su oportunidad el Plena del Congresoacord6 la devoluci6n del informe de resultados al Organa de Fiscalizaci6nSuperior, al considerar que se actualizaba la hip6tesis prevista en la fracci6n II delarticulo 45 de la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, enrelaci6n a la observaci6n consignada en el numeral 1.6.1. En tal virtud el OrganaT ecnico procedi6 a subsanar lag omisiones detectadas en el informe deresultados, notificando al sujeto fiscalizado el nuevo informe de resultados, aafecto de que en su caso, hiciera valer el recurso de reconsideraci6nexclusivamente respecto a dicho punta, no habiendose presentado en dicho plazael referido media de impugnaci6n, tal y como se desprende de la constanciaexpedida par el Auditor General y que obra en el informe de resultados. Enatenci6n a 10 anterior, consideramos que lag observaciones formuladas par elPlena del Congreso fueron atendidas par el Organa Tecnico, respetandosetambien el derecho de audiencia 0 defensa del sujeto fiscalizado.

/Por otra parte, del informe de resultados podemos inferir que el Organo

Tecnico en el desarrollo del procedimiento de auditoria dio cumplimiento alasformalidades esenciales que la misma Ley establece para el proceso defiscalizaci6n, al haberse practicado la auditoria que estaba contemplada en elPrograma Anual de Auditorias 2005, aprobado por el Auditor General. Asimismo,la auditoria se efectu6 de acuerdo con lag normas y procedimientos de auditoriaaplicables al sector publico, atendiendo a 10 establecido en la normatividadaplicable en la materia, incluyendo lag bases contables aplicables a la instituci6n,utilizadas de acuerdo a log Principios de Contabilidad Gubernamental.

Tambien, se dio cumplimiento de manera puntual alas fases~ u

establecen para los procesos de fiscalizaci6n, concluyendo con la elaboraci6n del,

informe de resultados, cuyo contenido es acorde con 10 que establece el articulo43 de la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, destac::::a(ldo de-..,,\manera relevante el dictamen tecnico juridico que sera el soporte para qU8~-Auditor General promueva las acciones necesarias para el fincamiento de lasresponsabilidades administrativas que se consignan en dicho, .

Page 15: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

15

H. CONGRESO DEL ESTADODE GUANAJUATO

Finalmente, no se desprende la existencia de alguna violaci6n flagrante a laLey, ya que el 6rgano Tecnico en la practica de la auditoria atendi6 10preceptuado par la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato y engeneral a la normatividad aplicable y a los principios de ContabilidadGubernamental.

En razon de 10 anteriormente setialado, concluimos que el informe deresultados relativo a la auditoria financiera y de cumplimiento practicada alasoperaciones realizadas por la Comision Estatal del Deporte y Atencion a laJuventud, correspondientes al periodo comprendido del 1° de enero al 31 dediciembre del ejercicio fiscal del alio 2004, debe ser sancionado por el Congresoen los terminos presentados por el Organo de Fiscalizacion Superior y proceder asu aprobacion, considerando que no se presenta alguno de los supuestoscontenidos en el articulo 45 de la Ley de Fiscalizacion Superior del Estado deGuanajuato, raz6n por la cual no podria ser observado por el Pleno del Congreso.

Par 10 expuesto, con fundamento en el articulo 184 de la Ley Organica delPoder Legislativo, nos permitimos someter a la consideraci6n de la Asamblea, laaprobaci6n del siguiente:

~ACUERDO

Unico. Con fundamento en el articulo 63 fracci6n XVIII de la Constituci6nPolitica Local, en relaci6n con el articulo 23 fracci6n IX de la Ley de Fiscalizaci6nSuperior del Estado de Guanajuato, se aprueba el informe de resultadosformulado par el Organa de Fiscalizaci6n Superior del Congreso del Estado,relativo a la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa deFiscalizaci6n Superior alas operaciones realizadas par la Comisi6n Estatal delDeporte y Atenci6n a la Juventud, correspondientes al periodo comprendig_o del 10de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal del ana 2004. '!"

~

Se ordena dar vista del informe de resultados al Gobernador del Estado y a~Consejo Directivo de la Comisi6n Estatal del Deporte y Atenci6n a laJuventud, a refecto de que se atiendan las observaciones que quedaron pen~ntes ~ \solventar, as! como las recomendaciones contenidas en el informe de re~taQ~/ ""'"en el plaza que establece el articulo 23 fracci6n XI de la Ley de FiscalizacionSuperior del Estado de Guanajuato y se informe al Organa~FiscalizaCi6n Superior del Congreso del Estado de las acciones realizadas pari 0, con objeto

de que este ultimo realice el seguimiento correspondiente. ~

"

Page 16: Dictamen - s3.amazonaws.com · dictamen, el informe de resultados de la auditoria financiera y de cumplimiento practicada par el Organa de Fiscalizaci6n Superior alas operaciones

16

H. CONGRESO DEL £STADODE GUANAJUATO

Con base en el dictamen tecnico juridico contenido en el informe deresultados, el Auditor General del Organa de Fiscalizaci6n Superior deberapromover las acciones necesarias para el fincamiento de las responsabilidadesadministrativas.

Remitase el presente acuerdo junto con su dictamen y el informe deresultados al Gobernador del Estado, al Consejo Directivo de la Comisi6n Estataldel Deporte y Atenci6n a la Juventud, y al Organa de Fiscalizaci6n Superior, paralog efectos de su competencia.

Guanajuato, Gto.,La Comi$ion

)

~2006.nz.-ci6n.,

-v

Dip. RU~ z.

Dip. Jose z.

Di dez.

ez.

IIv

La presente hoja forma parte del dictamen formulado par la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n,relativo al informe de resultados formulado par el Organa de Fiscalizaci6n Superior, relativo a laauditoria financiers y de cumplimiento practicada alas operaciones realizadas par la Comisi6nEstatal del Deporte y Atenci6n a la Juventud, correspondientes al periodo comprendido del 1° deenero al 31 de diciembre del eiercicio fiscal del ana 2004.