DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003. DIARIO OFICIAL · 2013-01-15 · DIARIO...

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Pág. 3-14 15-16 16 16 17 17-18 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, JUEVES 3 DE ABRIL DE 2003 NUMERO 64 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de las Asociaciones “Pro Familia de Adultos Mayores” y “Vecinos de la Playa El Flor”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 20 y 48, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. ..................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0052, 15-0128, 15-0129, 15-0141, 15- 0231 y 15-0236.- Equivalencias de estudios. ............................ Acuerdo No. 15-0176.- Cambio de domicilio del Colegio Jardín, ubicado en el municipio de Mejicanos. ......................... Acuerdo No. 16-0057.- Delegación de funciones en el Presidente del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte. ...... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 252-D.- Se autoriza a la Licenciada Doris Elizabeth Córdova Lazo de Portillo, para que ejerza las funciones de Notario. ................................................................................. Acuerdos Nos. 678-D, 750-D, 756-D, 69-D, 90-D, 114-D y 124-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus Ramas. ................................................................................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones “Comunidades en Desarrollo Cantón El Limón”; “Pasaje Los Almendros” y “Administradora del Sistema de Agua Potable Regalo de Dios,”, Cantón Asunción Amatepe, Acuerdos Nos. 4(2) y 55, emitidos por las Alcaldías Municipales de Soyapango, Apopa y El Rosario, respectivamente, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 789 y 790.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE JOSEFINA SANCHEZ JIMENEZ; LETICIA ARIAS DE GONZALEZ. Y OTROS. (1V.). ............................ Carteles Nos. 791, 792, 793 y 794.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE SRES. SONIA ARGELIA MENJIVAR HERNANDEZ, GILMAR BLADIMIR MENJIVAR HERNANDEZ X, MARIA GUILLERMA ROSALES SOSA; KARLA YANETH RODRIGUEZ GUARDADO Y OTROS; VICTORIA CRUZ GONZALEZ. . Cartel No. 795.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE JESUS LOVATO DE VENTURA. ........................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos. 764, 765, 766, 767, 768, 769, 770.- DECLARATORIA YACENTE A FAVOR DE LOS SRES. CAUSANTE TORIBIO HERNANDEZ, CURADOR LIC. MARGARITO AMAYA, CAUSANTE MANUEL VICENTE BRITO, CURADOR LIC. MANUEL DE JESUS CEA; CAUSANTE REMIGIO GARCIA, CURADOR LIC. EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ; CAUSANTE MARIO ZELEDON MENDEZ, CURADOR LIC. MORENO RODRIGUEZ, CAUSANTE JOSE ALFREDO RAMOS, CURADOR LIC. JUAN ANTONIO OCHOA VARGAS; CAUSANTE ALFONSO ESCOBAR MENDOZA, CURADOR LIC. JUAN ANTONIO MORENO RODRIGUEZ. CAUSANTE JOEL VENTURA GALICIA, CURADOR LIC. JOAQUIN RODRIGO GARCIA A. ......................................... Pág. 19-36 37 37-38 38 39-40 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, JUEVES 3 DE ABRIL DE 2003 NUMERO 64

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de las Asociaciones “Pro Familia de AdultosMayores” y “Vecinos de la Playa El Flor”, Acuerdos EjecutivosNos. 20 y 48, aprobándolos y confiriéndoles el carácter depersonas jurídicas. .....................................................................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0052, 15-0128, 15-0129, 15-0141, 15-0231 y 15-0236.- Equivalencias de estudios. ............................

Acuerdo No. 15-0176.- Cambio de domicilio del ColegioJardín, ubicado en el municipio de Mejicanos. .........................

Acuerdo No. 16-0057.- Delegación de funciones en elPresidente del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte. ......

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdo No. 252-D.- Se autoriza a la Licenciada DorisElizabeth Córdova Lazo de Portillo, para que ejerza las funcionesde Notario. .................................................................................

Acuerdos Nos. 678-D, 750-D, 756-D, 69-D, 90-D, 114-D y124-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todassus Ramas. .................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones “Comunidades en DesarrolloCantón El Limón”; “Pasaje Los Almendros” y “Administradoradel Sistema de Agua Potable Regalo de Dios,”, Cantón Asunción

Amatepe, Acuerdos Nos. 4(2) y 55, emitidos por las AlcaldíasMunicipales de Soyapango, Apopa y El Rosario, respectivamente,aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas.

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 789 y 790.- DECLARATORIA DEFINITIVAA FAVOR DE JOSEFINA SANCHEZ JIMENEZ; LETICIAARIAS DE GONZALEZ. Y OTROS. (1V.). ............................

Carteles Nos. 791, 792, 793 y 794.- ACEPTACIONINTERINA A FAVOR DE SRES. SONIA ARGELIAMENJIVAR HERNANDEZ, GILMAR BLADIMIRMENJIVAR HERNANDEZ X, MARIA GUILLERMAROSALES SOSA; KARLA YANETH RODRIGUEZGUARDADO Y OTROS; VICTORIA CRUZ GONZALEZ. .

Cartel No. 795.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEJESUS LOVATO DE VENTURA. ...........................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Carteles Nos. 764, 765, 766, 767, 768, 769, 770.-DECLARATORIA YACENTE A FAVOR DE LOS SRES.CAUSANTE TORIBIO HERNANDEZ, CURADOR LIC.MARGARITO AMAYA, CAUSANTE MANUEL VICENTEBRITO, CURADOR LIC. MANUEL DE JESUS CEA;CAUSANTE REMIGIO GARCIA, CURADOR LIC.EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ;CAUSANTE MARIO ZELEDON MENDEZ, CURADOR LIC.MORENO RODRIGUEZ, CAUSANTE JOSE ALFREDORAMOS, CURADOR LIC. JUAN ANTONIO OCHOAVARGAS; CAUSANTE ALFONSO ESCOBAR MENDOZA,CURADOR LIC. JUAN ANTONIO MORENO RODRIGUEZ.CAUSANTE JOEL VENTURA GALICIA, CURADOR LIC.

JOAQUIN RODRIGO GARCIA A. .........................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Carteles Nos. 771, 772, 773, 774, 775, 776 y 777.-

ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE SRES. IRMA DEL

CARMEN RAMIREZ VDA. DE ASENCIO, ANA

GUADALUPE AGUILAR DE LEON, ANA BERTHA

MENJIVAR; ISIDORA HERNANDEZ, ALICIA GUARDADO,

JOSE ANGEL MORALES; ROSENDA BRAN RIVERA,

DANILO SAUL RIVERA BRAN, NICOLAS FLORES,

EDELMIRA DIAZ Y OTROS. .................................................

Carteles Nos. 778, 779, 780, 781.- TITULO SUPLETORIO

A FAVOR DE LOS SRES. JOSE DELIO TORRES; NICOLAS

GUZMAN CHIRINO; CAMILA DEL CARMEN SANCHEZ

VELIS; DANIEL ELIUD FIGUEROA. ...................................

Cartel No. 782.-TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEL

ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, CANTON LAS

ROSAS NACASPILO J/DE CAROLINA, DEPTO. DE SAN

MIGUEL. ..................................................................................

Cartel No. 783.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR DE

PEDRO ADALBERTO AMA DOMINGUEZ. ........................

Cartel No. 784.- TITULO DE DOMINIO A FAVOR DE

CANDELARIA MEJIA. ...........................................................

Carteles Nos. 785 y 786.- EDICTO DE

EMPLAZAMIENTO AL SEÑOR SANTOS BACILIO

PORTILLO, RICARDO GONZALEZ SANCHEZ. .................

DE TERCERA PUBLICACION

Carteles Nos. 747, 748, 749, 750, 751 y 752.-

ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SEÑORES

GRACIELA VIGIL ARIAS, ROSA EMILIA PENADO VDA.

DE FLORES, ANGELICA DEL CARMEN CASTELLON,

RUBIDIA MARICELA TEJADA BERNAL, MARIA

DOLORES SEGOVIA, CLEMENTINA MUNGUIA DE MATA

Y OTROS. (3 V. Alt.) ...............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos. 11264-1v, 11297-1v, 11296-1v, 11308-1v,11326-1v, 11362-1v, 11378-1v, 11380-1v, 11390-1v, 11389-1v, 11394-1v, 11398-1v, 11397-1v, 11401-1v, 11399-1v, 11395-1v, 11537-1v, 11506-1v, 11513-1v, 11481-1v, 11567-1v, 11318-1v, 11316-1v, 11315-1v, 11364-1v, 11373-1v, 11384-1v, 11408-1v, 11565-1v, 11571-1v, 11272-1v, 11317-1v, 11396-1v, 11418-1v, 11311-1v, 11367-1v, 11366-1v, 11417-1v, 11572, 11546,11498, 11525, 11527, 11523, 11429, 11414, 11407, 11392,11391, 11265, 11267, 11549, 11512, 11510, 11507, 11400,11406, 11302, 11268, 11307, 11286, 11560, 11328, 11309,11327, 11453, 11497, 11519, 11533, 11430, 11386, 11375,11336, 11422, 11360, 11388, 11411, 11542, 11471, 11535,11545, 11419, 11759, 11426-C, 11425-C, 11321-C, 11404-C,11554-C. ....................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Carteles Nos.- 10744, 10759, 10716, 10598, 10599, 10606,10573, 10587, 10590, 10592, 11170, 10594, 10551, 10555,10506, 10775, 10566, 10554, 10556, 10495, 10496, 10497,10498, 10500, 10501, 10503, 10538, 10502, 10638, 10578,10659, 10656, 10745, 10633, 10718, 10678, 10767, 10761,10757, 10752, 10727, 10729, 10722, 10713, 10709, 10706,10705, 10703, 10701, 10710, 10711, 10708, 10643, 10644,10648, 10652, 10623, 10617, 10619, 10632, 10579, 10537,10630, 10654, 10651, 10615, 10614, 10584, 10532, 10477,10743, 10582, 10580, 10593, 10631, 10786, 10785, 10784,10717, 10714, 10624, 10634, 10647, 10789, 10707, 10702,10699, 10696, 5046-C ...............................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos.- 9913, 9828, 9811, 9778, 9602, 9630, 9624,

9615, 9900, 9848, 9720, 9673, 9657, 9663, 9661, 9609, 9868,

9612, 9922, 9803, 9598, 9671, 9703, 9713, 9711, 9753, 9742,

9749, 9751, 9746, 9745, 9743, 9815, 9809, 9814, 9844, 9884,

9847, 9899, 9904, 9901, 9905, 9906, 9887, 9915, 10050, 9770,

9710, 9716, 9712, 9718, 9909, 9924, 9852, 9705, 9677, 9874,

9870, 9867, 9871, 9875, 9877, 9878, 9881, 9882, 9883, 9886,

9890, 9888, 9889, 9936, 9865, 9864, 9861, 9851, 9764, 9786,

9783, 9787, 9789, 9785, 9757, 9734, 9732, 9647, 9758, 9756,

9762, 9760, 11058, 10567-C, 10563-C, 10561-C, 10558-C,

10557-C, 10571-C, 10676-C, 10674-C, 10677-C, 10768-C. ....

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

NUMERO SETENTA. LIBRO SEGUNDO. En la ciudad de San Salva-

dor, a las catorce horas con cinco minutos del día cuatro de octubre de dos

mil uno. Ante mí ARMANDO FRANCO SALES, Notario, de este

domicilio, comparece el señor ANDRES BELTRAN PAREDES, de

cincuenta y cinco años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, del

domicilio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a quien hoy

conozco e identifico por medio de su Cédula de Identidad Personal

Número cero seis- cero uno- cero dieciocho mil novecientos ochenta y

cinco, quien actúa en nombre y representación en su calidad de Ejecutor

Especial de los acuerdos tomados en Asamblea General Extraordinaria

de Miembros de la "ASOCIACION PRO FAMILIA DE ADULTOS

MAYORES", que se abrevia "APROFAM", Asociación de carácter

privado, no lucrativa, apolítica, de nacionalidad salvadoreña y del

domicilio de Sonsonate, la que en adelante se denominará "La Asocia-

ción", personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido

a la vista: certificación extendida en la ciudad de Sonsonate, a los

veintidós días del mes de diciembre del año dos mil, por el Secretario

General de la Asociación señor MARCO ANTONIO SICILIANO LUE,

del Acta Número Cinco de Asamblea General Constitutiva, celebrada en

la ciudad de Sonsonate a las catorce horas con cinco minutos del día

quince de diciembre del año dos mil, de la que consta que dicha Asamblea

acordó por unanimidad entre otras cosas 1) Constituir la "ASOCIACION

PRO FAMILIA DE ADULTOS MAYORES", que se abrevia

"APROFAM"; 2) Aprobar íntegramente los Estatutos de dicha Entidad;

3) Elección de la Primera Junta Directiva; y 4) Se comisionó al compa-

reciente, para otorgar la presente Escritura en los términos en que quedan

consignados y en tal carácter ME DICE: que viene ante mis oficios con

el objeto de dar cumplimiento al mandato que le confirió la Asamblea

General de la Asociación, y en tal sentido otorga el presente instrumento

que es del tenor literal siguiente: El infrascrito Secretario de la Asocia-

ción Pro Familia de la Tercera Edad, CERTIFICA: que a folios nueve del

Libro de Actas que la Asociación lleva, se encuentra la que literalmente

dice: "Acta número Cinco, en la ciudad de Sonsonate, a las catorce horas,

cinco minutos del día quince de diciembre del año dos mil, reunidos en

el local de la Asociación, situado en Pasaje K, Block E, número cuarenta

y siete, Colonia El Carmen, San Antonio del Monte, Departamento de

Sonsonate, los abajo firmantes ANDRES BELTRAN PAREDES, con

Cédula de Identidad Personal Número cero seis- cero uno- cero diecio-

cho mil novecientos ochenta y cinco; CRISTOBAL DELEON, con

Cédula de Identidad Personal Número seis-uno- cero cero nueve mil

novecientos diez; VICTOR MANUEL MAGAÑA RECINOS, con Cé-

dula de Identidad Personal cero seis- cero cinco- cero cero diecinueve mil

ochocientos veintiuno; MARCO ANTONIO SICILIANO LUE, con

Cédula de Identidad Personal Número cero seis- cero seis- cero cero cero

cero setecientos ochenta; VICENTE ISIDRO JIMENEZ, con Cédula de

Identidad Personal Número seis-ocho- cero cero cero cero doscientos

siete; SEBASTIAN CESAR VASQUEZ, con Cédula de Identidad

Personal Número cero seis- cero nueve- cero cero siete mil seiscientos

veintitrés; JOSE CITO LOPEZ REYES, con Cédula de Identidad Perso-

nal Número cero seis- dieciséis- cero cero cero cuatro mil doscientos

veinte, BASILIO MAURICIO SANCHEZ, con Cédula de Identidad

Personal Número cero seis- cero uno-cero veinticuatro mil seiscientos

quince; HERIBERTO CORTEZ NERIO, con Cédula de Identidad

Personal Número cero seis- cero siete- cero doce mil doscientos cuarenta

y nueve; ELIGIO PEREZ, con Cédula de Identidad Personal Número

cero seis- cero ocho- cero cero trece mil seiscientos noventa y ocho, y

JULIO CESAR HERNANDEZ, con Cédula de Identidad Personal

Número cero seis- cero uno- cero cero cero dos mil doscientos quince,

todos mayores de edad, por unanimidad tomamos los siguientes acuer-

dos: PRIMERO, crear una Asociación de carácter apolítica, no lucrativa,

ni religiosa con el nombre de ASOCIACION PRO FAMILIA DE

ADULTOS MAYORES. SEGUNDO: por unanimidad aprobamos ínte-

gramente los Estatutos que regirán a la Asociación los cuales constan de

treinta y cinco Artículos que se describen a continuación: ESTATUTOS

DE LA ASOCIACION PRO FAMILIA DE ADULTOS MAYO-

RES. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMI-

CILIO Y PLAZO. Artículo uno.- Créase en la ciudad de Sonsonate,

Departamento de Sonsonate, la Asociación de nacionalidad Salvadore-

ña, que se denominará ASOCIACION PRO FAMILIA DE ADULTOS

MAYORES y que podrá abreviarse APROFAM, como una Entidad

Apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará “LA ASOCIACION”. Artículo dos.- El domicilio de la

Asociación será la ciudad de Sonsonate, Departamento de Sonsonate,

pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera

de él. Artículo Tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. Artículo Cuatro.- Los Fines

u objetivos de la Asociación serán: a) Buscar los beneficios que deman-

den sus afiliados; b) Obtener los servicios que permitan el desarrollo

cultural, económico y social de sus asociados; c) Hacer posible las

oportunidades y conquistar proyectos que permitan el desarrollo de

mano de obra calificada; d) Proteger a sus asociados en todas sus

dimensiones, siempre que éstos sean de carácter legal. Estos objetivos

serán cumplidos previa aprobación de la entidad pública o privada

correspondiente, cuando la naturaleza del mismo así lo requiera. CAPI-

TULO III. DEL PATRIMONIO. Artículo cinco.- El patrimonio de la

Asociación estará constituido por: a) Las cuotas sociales de los miem-

bros; b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamente; c) Todos

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de

los mismos de conformidad con la ley. Artículo seis.- El patrimonio será

administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le

confiera la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE

LA ASOCIACION. Artículo siete.- El Gobierno de la Asociación será

ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPI-

TULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo ocho.- La

Asamblea General, debidamente convocada es la autoridad máxima de

la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros activos

y fundadores. Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá ordina-

riamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada

por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con

la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los

miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día

siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales

en que se requiere mayor número de asistentes. Las resoluciones las

tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en

los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo

Diez.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones

de Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse represen-

tar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un

miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo once.-

Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir

total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva, b) Aprobar y/

o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación,

c) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de

la Asociación, d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de

la Asociación, presentada por la Junta Directiva; e) Fijar las cuotas

mensuales y/o contribuciones eventuales de los miembros; f) Decidir

sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertene-

cientes a la Asociación; g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para

la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo doce.- La

dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta

Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente,

un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y dos vocales.

Artículo Trece.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para

un período de dos años, pudiendo ser reelectos. Artículo catorce.- La

Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordina-

riamente cuantas veces sea necesario. Artículo quince.- El Quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más

uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría

de los asistentes. Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las

siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el

logro de los fines de la Asociación; b) Velar por la administración

eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la

memoria anual de labores de la Asociación; d) Promover la elaboración

de planes, programas, proyectos y presupuesto de la Asociación e

informar a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los

Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y/o resoluciones de la Asam-

blea General y de la misma Junta Directiva; f) Nombrar de entre los

miembros de la Asociación los comités o comisiones que consideren

necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación; g)

Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y

proponerlos a la Asamblea General; i) Resolver todos los asuntos que no

sean competencia de la Asamblea General. Artículo diecisiete.- Son

Atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones ordinarias y extraor-

dinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento de los

acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General,

así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; c)

Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la

Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones

que tenga que hacer la Asociación; f) Presentar la memoria de labores de

la Asociación y cualquier informe que sea solicitado por la misma.

Artículo dieciocho.- Son Atribuciones del Vicepresidente: en caso de

ausencia o inasistencia temporal o definitiva del Presidente, el Vicepre-

sidente completará su período o su impedimento. En caso de falta del

Vicepresidente lo sustituirá el Primer Vocal. Artículo diecinueve.- Son

Atribuciones del Síndico: velar por el cumplimiento de los Estatutos y

Reglamento de la Asociación, así como de las resoluciones de la Junta

Directiva y de la Asamblea General, informar de las anormalidades a la

Junta Directiva o a la Asamblea General si el caso lo amerita. Artículo

Veinte.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de

las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva: b) Llevar el

archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación; c)

Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e)

Ser el órgano de comunicación de la Asociación. Artículo Veintiuno.-

Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b)

Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asocia-

ción; c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la

Asociación tenga que realizar; Artículo Veintidós. Son atribuciones de

los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la

Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva

en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once,

literal a) de estos Estatutos. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS.

Artículo Veintitrés.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de

sesenta años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,

que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Artículo Veinticuatro.-

La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores; b) Miembros Activos; c) Miembros Honorarios. Serán

Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban el Acta de

Constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: todas las

personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán

Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor y méritos a

favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Artículo Veinticinco.- Son derechos de los miembros Fundadores y

Activos: a)Gozar de los beneficios derivados de la Asociación; b) Tener

voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; c) Optar a

cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos y

Reglamento interno de la Asociación. Artículo Veintiséis.- Son deberes

de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones ordina-

rias y extraordinarias de la Asamblea General; b) Cooperar en el

desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación; c) Cancelar

las cuotas acordadas en Asamblea General; d) Cumplir y hacer cumplir

los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de

la Asamblea General; e) Los demás que le señalen los Estatutos y

Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Veintisiete.- La calidad

de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos

Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea

General; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada por escrito a la

Junta Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEM-

BROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDI-

MIENTO DE APLICACION. Artículo Veintiocho.- Las medidas

disciplinarias, causales y procedimientos de aplicación se regularán en el

Reglamento Interno. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCION. Artícu-

lo Veintinueve.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición

de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos las tres cuartas partes de sus miembros. Artículo Treinta.- En caso

de acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de

Liquidación compuesta de cinco personas electas por la Asamblea

General extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren

después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier

entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. CAPITU-

LO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo Treinta y uno.- Para

reformar o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto

favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en

Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPO-

SICIONES GENERALES. Artículo Treinta y dos.- La Junta Directiva

tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los

cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una certificación

de la misma, y en todo caso inscribir en dicho Registro, todos los

documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN

FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cual-

quier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. Artículo Treinta y tres.-

Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en

estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el

cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la

Asamblea General. Artículo Treinta y Cuatro.- La Asociación Pro

Familia de Adultos Mayores, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES

Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. Artículo Treinta y cinco.- Los

presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación

en el Diario Oficial. TERCERO: los miembros, por unanimidad eligen

la primera Junta Directiva de la Asociación, la cual queda integrada de

la siguiente manera: PRESIDENTE: ANDRES BELTRAN PAREDES,

VICEPRESIDENTE: VICTOR MANUEL MAGAÑA RECINOS, SE-

CRETARIO: MARCO ANTONIO SICILIANO LUE, TESORERO:

JOSE CITO LOPEZ REYES, SINDICO: VICENTE ISIDRO JIME-

NEZ, PRIMER VOCAL: JULIO CESAR HERNANDEZ, SEGUNDO

VOCAL: HERIBERTO CORTEZ NERIO. CUARTO: comisionamos al

señor ANDRES BELTRAN PAREDES, para que comparezca ante el

Notario para protocolizar acta. No habiendo más que hacer constar, se da

por terminada la presente que firmamos. A.B. PAREDES.- C.D. LEON.-

Víctor Manuel Magaña.- Marco Antonio S.- V.I. Jiméwnez.- S. C.

Vásqiuez.- B. M. Sánchez.- Eligio Pérez.- J.L. Reyes.- H.C.Nerio.- Julio

C. Hernández.- RUBRICADAS. ES CONFORME con su original con el

cual se confrontó, y para ser presentada al Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, extiendo la

presente en Sonsonate, a los veintidós días del mes de diciembre del año

dos mil. Se encuentra un sello circular que se lee Asociación Pro Familia

de Adultos Mayores, Sonsonate. Y una firma que se lee "M.A.S." Marco

Antonio Siciliano Lúe. Secretario General". Yo el suscrito Notario doy

fe que es conforme con el original, con los cuales se confrontó, y la cual

devolví en este acto al compareciente; de haberle explicado la adverten-

cia que señala el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, y las sanciones en que se incurre por la

falta del mismo, leído que le hube íntegramente todo lo escrito en un solo

acto ininterrumpido ratificó su contenido y firmamos. DOY FE. Enmen-

dados: ADULTOS MAYORES, APROFAM, ADULTOS MAYORES,

APROFAM, ADULTOS MAYORES, ADULTOS MAYORES, ADUL-

TOS MAYORES, APROFAM. Entre líneas: sesenta, Adultos Mayores,

Adultos Mayores. Valen.

ARMANDO FRANCO SALES,

NOTARIO.

PASO ANTE MI de folios ciento trece frente a ciento dieciséis

vuelto, del Libro Segundo de mi Protocolo, que vencerá el día dieciséis

de agostos de dos mil dos, para ser entregado a la ASOCIACION PRO

FAMILIA DE ADULTOS MAYORES, extiendo, firmo y sello el

presente Testimonio en la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del

mes de octubre de dos mil uno.

ARMANDO FRANCO SALES,

NOTARIO.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

PRO FAMILIA DE ADULTOS MAYORES.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo uno.- Créase en la ciudad de Sonsonate, Departamento deSonsonate, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-nará ASOCIACION PRO FAMILIA DE ADULTOS MAYORES y quepodrá abreviarse APROFAM, como una Entidad Apolítica, no lucrativani religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “LAASOCIACION”.

Artículo dos.- El domicilio de la Asociación será la ciudad deSonsonate, Departamento de Sonsonate, pudiendo establecer filiales entodo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo Tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Artículo Cuatro.- Los Fines u objetivos de la Asociación serán:

a) Buscar los beneficios que demanden sus afiliados;

b) Obtener los servicios que permitan el desarrollo cultural,económico y social de sus asociados;

c) Hacer posible las oportunidades y conquistar proyectos quepermitan el desarrollo de mano de obra calificada;

d) Proteger a sus asociados en todas sus dimensiones, siempreque éstos sean de carácter legal.

Estos objetivos serán cumplidos previa aprobación de la entidadpública o privada correspondiente, cuando la naturaleza del mismo así lorequiera.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Artículo cinco.- El patrimonio de la Asociación estará constituidopor:

a) Las cuotas sociales de los miembros;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectiva-mente;

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con laley.

Artículo seis.- El patrimonio será administrado por la Junta Direc-tiva conforme a las directrices que le confiera la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Artículo siete.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo ocho.- La Asamblea General, debidamente convocada esla autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidadde los miembros activos y fundadores.

Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamenteuna vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por laJunta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con laasistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembrosen primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente conlos miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que serequiere mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará laAsamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casosespeciales en que se requiera una mayoría diferente.

Artículo Diez.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquierade las sesiones de Asamblea General por motivos justificados, podráhacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de represen-taciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo once.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-bros de la Junta Directiva,

b) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Asociación,

c) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación,

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de laAsociación, presentada por la Junta Directiva;

e) Fijar las cuotas mensuales y/o contribuciones eventuales delos miembros;

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Asociación;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociacióny que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo doce.- La dirección y administración de la Asociaciónestará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de lasiguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, unTesorero, un Síndico y dos vocales.

Artículo Trece.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electospara un período de dos años, pudiendo ser reelectos.

Artículo catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente unavez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo quince.- El Quórum necesario para que la Junta Directivapueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdosdeberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribu-ciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Asociación;

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimoniode la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuesto de la Asociación e informar a la AsambleaGeneral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y/o resoluciones de la Asamblea General yde la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comitéso comisiones que consideren necesarios para el cumplimien-to de los fines de la Asociación;

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevosmiembros y proponerlos a la Asamblea General;

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General.

Artículo diecisiete.- Son Atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones dela Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Asociación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva;

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la Asociación;

f) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquierinforme que sea solicitado por la misma.

Artículo dieciocho.- Son Atribuciones del Vicepresidente: en casode ausencia o inasistencia temporal o definitiva del Presidente, elVicepresidente completará su período o su impedimento. En caso defalta del Vicepresidente lo sustituirá el Primer Vocal.

Artículo diecinueve.- Son Atribuciones del Síndico: velar por elcumplimiento de los Estatutos y Reglamento de la Asociación, así comode las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General,informar de las anormalidades a la Junta Directiva o a la AsambleaGeneral si el caso lo amerita.

Artículo Veinte.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de AsambleaGeneral y de Junta Directiva:

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembrosde la Asociación;

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a laAsociación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para lassesiones;

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Artículo Veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, enel Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad dela Asociación;

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laAsociación tenga que realizar;

Artículo Veintidós. Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la JuntaDirectiva;

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en casode ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once,literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

Artículo Veintitrés.- Podrán ser miembros todas las personasmayores de sesenta años, sin distinción de raza, credo, religión eideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo Veinticuatro.- La Asociación tendrá las siguientes clasesde miembros:

a) Miembros Fundadores; b) Miembros Activos; c) MiembrosHonorarios.

Serán Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban elActa de Constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: todaslas personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor yméritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la AsambleaGeneral.

Artículo Veinticinco.- Son derechos de los miembros Fundadoresy Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación;

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral;

c) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalenlos estatutos y Reglamento interno de la Asociación.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Artículo Veintiséis.- Son deberes de los miembros Fundadores yActivos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Asociación;

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que le señalen los estatutos y Reglamento Internode la Asociación.

Artículo Veintisiete.- La calidad de miembro se perderá por lascausas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII.

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINA-RIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION

Artículo Veintiocho.- Las medidas disciplinarias, causales y proce-dimientos de aplicación se regularán en el Reglamento Interno.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

Artículo Veintinueve.- No podrá disolverse la Asociación sino pordisposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea Generalextraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos querepresente por lo menos las tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo Treinta.- En caso de acordarse la disolución de la Asocia-ción, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personaselectas por la Asamblea General extraordinaria que acordó la disolución.Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea Generalseñale.

CAPITULO X

REFORMA DE ESTATUTOS

Artículo Treinta y uno.- Para reformar o derogar los presentesEstatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta porciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Treinta y dos.- La Junta Directiva tiene la obligación de

inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro del Ministerio del Interior, en los primeros días del mes de enero

de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días

después de electa la nueva Junta Directiva, una certificación de la misma,

y en todo caso inscribir en dicho Registro, todos los documentos que la

LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LU-

CRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se

le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo Treinta y tres.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la

Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo Treinta y cuatro.- La Asociación Pro Familia de Adultos

Mayores, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIO-

NES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Artículo Treinta y cinco.- Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial

ACUERDO No. 20

San Salvador, 17 de enero de 2002.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION PRO FAMI-

LIA DE ADULTOS MAYORES, compuestos de TREINTA Y CINCO

Artículos, constituida en la Ciudad de Sonsonate, Departamento de

Sonsonate, a las catorce horas con cinco minutos del día 15 de diciembre

del dos mil, y formalizada por Escritura Pública celebrada en la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las catorce horas con

cinco minutos del día cuatro de octubre de dos mil uno, otorgada ante los

oficios del Notario ARMANDO FRANCO SALES, y no encontrando

en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, al orden

público ni a las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 65 de la

Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Organo

Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en

todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA

JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la

referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDA-

CIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el

señor Presidente de la República).

EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION,

CARRANZA ALVAREZ.

(Registro No. 11454)

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

NUMERO OCHENTA Y OCHO.-LIBRO CUARENTA Y TRES. En la

ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas y quince minutos del día

catorce de mayo del dos mil dos. Ante mí, ALFONSO PINEDA CLAUDE,

Notario, de este domicilio, comparecen los señores: 1) ELIZABETH

BOET RODRIGUEZ DE CHOUSY, de cincuenta y un años de edad,

Estudiante, de este domicilio, a quien conozco, portadora de su Cédula

de Identidad Personal número uno-uno-ciento setenta y tres mil ciento

sesenta y siete; 2) FERNANDO JOSE NICOLAS MORA GARZONA,

de cincuenta y ocho años de edad, Ingeniero, de este domicilio, a quien

conozco, portador de su Cédula de Identidad Personal número cero uno-

cero uno-ciento treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis;

3) FABIO GERARDO RAMOS FALLA, de cuarenta y cinco años de

edad, Estudiante, de este domicilio, a quien conozco, portador de su

Cédula de Identidad Personal número uno-uno- ciento cincuenta y cinco

mil cuatrocientos sesenta y tres; 4) PAULA MARIA MILAGRO

ZUNIGA DE DALTON, de setenta y ocho años de edad, de oficios del

hogar, del domicilio de Nueva San Salvador, Departamento de La

Libertad, a quien conozco, portadora de su Cédula de Identidad Personal

número cero cuatro- cero uno- cero cero noventa y ocho mil ochenta y

cinco; 5) KATIA ESERSKI DE DUMONT, de cuarenta y cuatro años de

edad, de atenciones del hogar, de este domicilio a quien conozco,

portadora de su Documento Unico de Identidad número cero cero ciento

noventa y cuatro mil trescientos veintidós-cuatro; 6) RITA SILVIA

CRISTINA CHOUSY DE FLAMENCO, de cincuenta y tres años de

edad, Estudiante, de este domicilio, a quien conozco, portadora de su

Cédula de Identidad Personal número uno-uno-ciento sesenta y cinco mil

setecientos treinta y dos; 7) JUAN ANTONIO PALOMO PACAS, de

treinta y siete años de edad, Licenciado en Administración de Empresas,

de este domicilio, a quien conozco, portador de su Cédula de Identidad

Personal número cero cuatro-cero siete-cero once mil ochocientos vein-

tinueve; 8) GLADIS LUZ REYES DE MACHON, de setenta y ocho

años de edad, de atenciones del hogar, y del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a quien conozco, portadora de

su Cédula de Identidad Personal número cero cuatro-cero siete-cero cero

catorce mil setecientos veinticinco; 9) MARIA LORENA REYES DE

JOKISCH, de cuarenta y dos años de edad, de oficios del hogar, y del

domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad a quien

conozco, portadora de su Cédula de Identidad Personal número cero

cuatro-cero siete-cero cero diecinueve mil ciento cincuenta y siete; 10)

RAFAEL EDUARDO HIDALGO SALGUERO, de cuarenta y cuatro

años de edad, Empleado, del domicilio de Santa Ana, a quien conozco,

portador de su Cédula de Identidad Personal número cero dos-cero uno-

cero treinta y seis mil tres; 11) ELENA LETICIA REYES DE RIVERA,

de setenta y cuatro años de edad, de atenciones del hogar, y del domicilio

de Santa Ana, a quien conozco, portadora de su Cédula de Identidad

Personal número dos-uno-cero cero diecinueve mil trescientos noventa

y dos; 12) MARIA DOLORES RAQUEL AGUILAR BUSTAMANTE,

de cincuenta y un años de edad, de atenciones del hogar, y de este

domicilio, a quien conozco, portadora de su Cédula de Identidad Perso-

nal número cero uno-cero uno- cero cero noventa y siete mil seiscientos

treinta y cuatro; 13) MARGARITA MARIA JEREZ, de sesenta y seis

años de edad, de atenciones del hogar, y de este domicilio, a quien

conozco, portadora de su Cédula de Identidad Personal número cero uno-

cero uno- cero cero setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y seis; 14)

RANSEY LYCURGUS MOORE, de setenta y seis años de edad,

Empresario, de Nacionalidad Estadounidense, y actualmente de este

domicilio, a quien conozco, portador de su Carnet de Residente Defini-

tivo número cero cero cero dos dos siete siete dos, expedido por la

Dirección General de Migración con fecha cuatro de enero de dos mil

dos; 15) RICARDO ANTONIO DE GUADALUPE GASTEAZORO

ESCOLAN, de cuarenta y ocho años de edad, Ingeniero Químico, de este

domicilio, a quien conozco, portador de su Cédula de Identidad Personal

número cero uno-cero uno-ciento veintiún mil doscientos diecinueve:

16) MARIA DE LOS ANGELES PALOMO DE VALIENTE, de cua-

renta y dos años de edad, Secretaria Comercial, de este domicilio, a quien

conozco, portadora de su Cédula de Identidad Personal número cero uno-

cero uno-cero cero setenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis; 17)

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, de cuarenta y un años de

edad, Abogado, de este domicilio, a quien conozco, portador de su

Cédula de Identidad Personal número cero uno-cero uno-cero veinte mil

cuatrocientos sesenta y dos; 18) LUIS DIEZ GUTIERREZ, de cincuenta

y un años de edad, Religioso, de Nacionalidad Española, y de este

domicilio, a quien conozco, portador de su Carné de Residente Definitivo

número cero cero cero uno cero setecientos sesenta y cinco, expedido por

la Dirección General de Migración, el día dos de mayo de dos mil dos,

y ME DICEN: PRIMERO: CONSTITUCION DE LA ASOCIACION:

Los comparecientes en forma unánime acuerdan constituir la Asociación

que se denominará ASOCIACION DE VECINOS DE LA PLAYA EL

FLOR, en los términos prescritos por la Ley. SEGUNDO: APROBA-

CION DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACION: Los compare-

cientes, también por unanimidad, aprueban los siguientes Estatutos de la

ASOCIACION DE VECINOS DE PLAYA EL FLOR. CAPITULO I.

NATURALEZA DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTI-

CULO PRIMERO: Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento

de San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se

denominará ASOCIACION DE VECINOS DE LA PLAYA EL FLOR,

que podrá abreviarse "AVEFLOR", como una Entidad apolítica, no

lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará

"LA ASOCIACION". ARTICULO SEGUNDO: la ASOCIACION ten-

drá su domicilio legal en la Ciudad de San Salvador y su jurisdicción se

extiende al ámbito nacional, y podrá establecer filiales o representacio-

nes en cualquier lugar dentro o fuera del territorio de la República.

ARTICULO TERCERO: La ASOCIACION se constituye por tiempo

indefinido. CAPITULO II. OBJETO O FINALIDAD. ARTICULO

CUARTO: 1) La ASOCIACION como entidad de proyección social

tendrá como finalidad principal promover el desarrollo local de la Playa

conocida como El Flor, ubicada en el Cantón Los Cobanos, Departamen-

to de Sonsonate, para lo cual podrá realizar todo tipo de actividades

culturales de fomento y difusión, incluyendo las de investigación cien-

tífica de medio ambiente, microclima, aguas fluviales y marítimas y/o

diversidad y cualquier otro que sea necesario; 2) Organizar a los vecinos

y habitantes del referido lugar a fin de realizar actividades que permitan

mejorar el ambiente, la seguridad, y las condiciones de vida de las

personas que habitan y visitan el lugar; 3) Realizar obras de infraestruc-

tura y de mejoramiento del entorno físico de la Playa El Flor; 4) La

Asociación podrá mantener relaciones con organismos nacionales e

internacionales, así como también con entidades privadas o estatales que

dentro de sus finalidades persigan los mismos fines o puedan contribuir

a los de la Asociación. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICU-

LO QUINTO: El Patrimonio de la ASOCIACION estará constituido por:

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

a) Un Aporte Inicial de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y

CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

que los miembros Fundadores han pagado a razón de CIENTO TREIN-

TA Y OCHO DOLAR ES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

cada uno; b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; c) Todos los bienes

muebles o inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los

mismos. ARTICULO SEXTO: El Patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General, y se invertirá exclusivamente en la realización de los fines de la

Asociación. Sus miembros no podrán obtener ni derivar por ningún

motivo o razón ningún beneficio económico de la Asociación, ni podrán

desempeñar cargo alguno remunerado o lucrativo de la misma. CAPITU-

LO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. ARTICULO SEPTI-

MO: El Gobierno de la ASOCIACION será ejercido por: a) La Asamblea

General; b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA

GENERAL: ARTICULO OCTAVO: La Asamblea General debida-

mente convocada es la autoridad máxima de la ASOCIACION y estará

integrada por la totalidad de miembros de la misma. ARTICULO

NOVENO: La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al

año, y extraordinariamente, cuando fuere convocada por la Junta Direc-

tiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera

convocatoria, y en segunda convocatoria cinco días después con los

miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera

mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea

General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales

que se requiere una mayoría diferente. ARTICULO DECIMO: Todo

miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea

General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito

por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro,

llevando la voz y el voto de su representado. ARTICULO DECIMO

PRIMERO: Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, susti-

tuir, y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los presentes Estatutos y el Reglamento

Interno de la ASOCIACION; c) Aprobar y/o modificar los planes,

programas, y el presupuesto anual de la ASOCIACION; d) Aprobar o

desaprobar la Memoria Anual de Labores de la ASOCIACION presen-

tada por la Junta Directiva; e) Decidir sobre la compra, venta, o enajena-

ción de los bienes inmuebles pertenecientes a la ASOCIACION; f)

Decidir todos aquellos asuntos de interés para la ASOCIACION que

están contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA

JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: La Direc-

ción y administración de la ASOCIACION estará confiada a una Junta

Directiva, la cual estará integrada de la siguiente manera: un Presidente,

un Vice- Presidente; un Tesorero, un Secretario, y dos vocales. La Junta

Directiva Administrará y dispondrá del Patrimonio de la misma, en los

términos que establezcan las leyes y estos Estatutos. ARTICULO DECI-

MO TERCERO: Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un

período de DOS AÑOS, pudiendo ser reelectos. La Junta Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes, y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. ARTICULO DECIMO CUARTO: El quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más

uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría

de los asistentes, en caso de empate el Presidente o quien haga sus veces

decidirá con voto de calidad. ARTICULO DECIMO QUINTO: La Junta

Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Elaborar su Reglamento

Interno; b) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines

de la ASOCIACION; c) Velar por la Administración eficiente y eficaz

del patrimonio de la ASOCIACION; d) Elaborar la Memoria Anual de

Labores de la ASOCIACION; e) Promover la elaboración de planes,

programas, proyectos y presupuestos de la ASOCIACION e informar a

la Asamblea General; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos,

Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva; g) Nombrar entre los miembros de la

ASOCIACION los Comités o Comisiones que consideren necesarios

para el cumplimiento de los fines de la ASOCIACION; h) Convocar a

sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; i) Resolver

todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; j)

Conceder la calidad de Miembro Contribuyente. ARTICULO DECIMO

SEXTO: Son atribuciones del Presidente: a) Convocar y presidir las

sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General y Junta

Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos

y Reglamento Interno de la ASOCIACION; c) Ejercer la representación

judicial y extrajudicialmente de la ASOCIACION, pudiendo otorgar

poderes previa autorización de la Junta Directiva; d) Autorizar juntamen-

te con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la ASOCIACION;

e) Presentar la Memoria de Labores de la ASOCIACION y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma; f) Dirigir y vigilar el

funcionamiento y actividades de las oficinas y demás dependencias de la

ASOCIACION; g) Contratar al personal administrativo de la ASOCIA-

CION, fijándoles sus obligaciones y remuneraciones, previo conoci-

miento y acuerdo de la Junta Directiva; h) Otras que le asigne la Junta

Directiva. ARTICULO DECIMO SEPTIMO: Son atribuciones del Vice-

Presidente: a) Sustituir en todas sus atribuciones, sin ninguna limitación

ni requisito previo, al Presidente o al Secretario de la Junta Directiva de

la ASOCIACION en caso de muerte o renuncia de alguno de ellos, y

sustituir igualmente a uno u otro, previo acuerdo de la Junta Directiva, en

caso de ausencia o impedimento de alguno de ellos; b) Llevar la

administración y control de los fondos de la ASOCIACION pudiendo

para ello previa autorización de la Junta Directiva, realizar las operacio-

nes de Banca necesarias útiles o convenientes para su mejor desempeño.

ARTICULO DECIMO OCTAVO: Son atribuciones del Tesorero: a)

Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en el Banco que

la Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los

libros de contabilidad que la Asociación tenga que realizar; c) Autorizar

juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que

realizar. ARTICULO DECIMO NOVENO: Son atribuciones del Secre-

tario: a) Llevar el Libro de Actas de las Sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de los documentos y registros

de los Miembros de la ASOCIACION; c) Extender las certificaciones

que fueren solicitadas a la ASOCIACION; d) Hacer y enviar convoca-

torias a los miembros para las sesiones o Asambleas Generales: e) Ser

órgano de comunicación de la ASOCIACION: f) Verificar el quórum de

las sesiones de Asamblea General de miembros y de Junta Directiva; h)

Los que le encomiende la Junta Directiva ARTICULO VIGESIMO. Son

atribuciones de los vocales: a) colaborar directamente con todos los

miembros de la Junta Directiva; y, b) Sustituir a cualquier miembro de

la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. CAPITULO VII

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

DE LOS MIEMBROS. ARTICULO VIGESIMO PRIMERO: Habrán

dos clases de Miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miembros

Contribuyentes Son Miembros Fundadores todas aquellas personas que

han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la ASOCIA-

CION. Los Fundadores podrán designar distinciones honorarias a todas

aquellas personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación

sean así nombrados por la Asamblea General así como también a todas

aquellas personas naturales o jurídicas. Instituciones Entidades y Orga-

nismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante

invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones significativas a la

ASOCIACION en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para

tal efecto establezca la Junta Directiva. Son Miembros Contribuyentes

aquellos que adquieran dicha calidad en el futuro. ARTICULO VIGESI-

MO SEGUNDO: Son derechos de los Miembros: a) Gozar de los

beneficios derivados de la ASOCIACION; b) Cooperar en el desarrollo

de aquellas actividades propias de la Asociación; c) Optar a cargos

Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la ASO-

CIACION; d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la ASOCIACION ARTICULO VIGESIMO TERCERO: Son

deberes de los Miembros: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraor-

dinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas

actividades propias de la ASOCIACION; c) Cumplir y hacer cumplir los

presentes Estatutos, Reglamento, Interno y resoluciones de la Asamblea

General; y d) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la ASOCIACION ARTICULO VIGESIMO CUARTO: La

calidad de Miembro Fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por

violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y resolucio-

nes de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a

Juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia

presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. DE LA

DISOLUCION. ARTICULO VIGESIMO QUINTO, No podrá disolver-

se la ASOCIACION sino por disposición de la Ley o por resolución

tomada en Asamblea General Extraordinaria convocada a ese efecto y

aprobada por las tres cuartas partes de sus miembros. ARTICULO

VIGESIMO SEXTO: En caso de acordarse la disolución de la ASOCIA-

CION se nombrará una Junta Liquidadora compuesta por tres personas

electas por la Asamblea General Extraordinaria, que acordó la disolu-

ción. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromi-

sos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea

General señale. CAPITULO IX. DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO: Para reformar, derogar, los pre-

sentes Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos las tres

cuartas partes de los miembros de la ASOCIACION reunidos en Asam-

blea General, convocados para tal efecto. ARTICULO VIGESIMO

OCTAVO: La Junta Directiva tiene la obligación de Inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-

terio de Gobernación, la Junta Directiva, dentro de los cinco días después

de electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier

dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro. ARTICULO VIGESIMO NOVENO:

Todo lo relativo al orden interno de la ASOCIACION no comprendidos

en estos Estatutos, así como las Medidas Disciplinarias, causales y

procedimientos para su aplicación, se establecerá en el Reglamento

Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva

y aprobado por la Asamblea General. ARTICULO TRIGESIMO: La

SOCIACION DE VECINOS DE LA PLAYA EL FLOR; se regirá por

los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. ARTI-

CULO TRIGESIMO PRIMERO: Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. TERCERO:

ELECCION DE LA PRIMERA JUNTA DIRECTIVA: Para los efectos

del Artículo Décimo Segundo de los Estatutos de la ASOCIACION, los

miembros de la Asamblea eligen como primera Junta Directiva, por el

período de dos años, contados a partir de la vigencia de éstos Estatutos,

a los siguientes miembros: PRESIDENTE: RITA SILVIA CRISTINA

CHOUSY DE FLAMENCO; VICE- PRESIDENTE: MARGARITA

MARIA JEREZ; TESORERA: ELIZABETH BOET RODRIGUEZ DE

CHOUSY; SECRETARIO: MARIA LORENA REYES DE JOKISCH;

PRIMER VOCAL: MARIA DOLORES RAQUEL AGUILAR

BUSTAMANTE, SEGUNDO VOCAL: KATIA ESERSKI DE

DUMONT. Yo, el Notario HAGO CONSTAR: Que advertí a los

otorgantes la obligación en que están de registrar la presente escritura, los

efectos del Registro y las sanciones impuestas por la falta del mismo. Así

se expresaron los comparecientes a quienes expliqué, los efectos legales

del presente instrumento y leído que les hube todo lo escrito íntegramente

en un solo acto sin interrupción ratificaron su contenido y firmamos.

DOY FE. Enmendados: RITA - NOVENO - vale-Entrelíneas: j) Conce-

der la calidad de Miembro Contribuyente - Habrán dos clases de

miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miembros Contribuyentes - Son

Miembros Contribuyentes aquellos que adquieran dicha calidad en el

futuro - así como las Medidas Disciplinarias, causales y procedimientos

para su aplicación- vale. Testado: JUAN INOCENTE MARTINEZ, de

cuarenta y siete años de edad, Comerciante, de este domicilio, a quien

conosco portador de su Cédula de Identidad Personal número cero uno

cero uno cero treinta y dos mil setecientos tres - 19). No vale. Más

enmendado: Asociación- Gobernación-VIGESIMO-'''''E. BOET DE

CHOUSY''''F. MORA''''''ILEGIBLE '''''MILAGRO DE DALTON ''''

KATIA DE DUMONT '''' ILEGIBLE ''''' J.PALOMO''''' . ''''GLADIS DE

MACHON''''' '''''LORENA DE JOKISCH''''' ''''RAFAEL HIDALGO''''

'''''R. DE RIVERA''''' ''''''AGUILAR '''''' '''''MARGARITA JEREZ'''''

RANSEY L MOORE ''''RICARDO GASTEAZORO''''ILEGIBLE

''''''JUAN CARLOS AGUILAR ''''''''ILEGIBLE ''''' APC. '''' RUBRICA-

DAS.'''''

ALFONSO PINEDA CLAUDE,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio doscientos cuarenta y siete frente al

doscientos sesenta y uno vuelto del LIBRO CUARENTA Y TRES DE

MI PROTOCOLO, que vence el día dos de abril del año dos mil tres. Y

para ser entregado a la ASOCIACION DE VECINOS DE LA PLAYA

EL FLOR que puede abreviarse "AVEFLOR", extiendo, firmo y sello el

presente testimonio en la ciudad de San Salvador, a los catorce días del

mes de mayo del año dos mil dos.-

ALFONSO PINEDA CLAUDE,

NOTARIO.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE VECINOS DE LA

PLAYA EL FLOR, AVEFLOR

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

ARTICULO PRIMERO.- Créase en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvado-

reña, que se denominará ASOCIACION DE VECINOS DE LA PLAYA

EL FLOR, que podrá abreviarse "AVEFLOR", como una Entidad

apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará "LA ASOCIACION".

ARTICULO SEGUNDO.- La ASOCIACION tendrá su domicilio

legal en la ciudad de San Salvador y su jurisdicción se extiende al ámbito

nacional, y podrá establecer filiales o representaciones en cualquier lugar

dentro o fuera del territorio de la República.

ARTICULO TERCERO.- La ASOCIACION se constituye por

tiempo indefinido.

CAPITULO II

OBJETO O FINALIDAD

ARTICULO CUARTO.- 1) La ASOCIACION como entidad de

proyección social tendrá como finalidad principal promover el desarro-

llo local de la Playa conocida como El Flor, ubicada en el Cantón Los

Cóbanos, Departamento de Sonsonate, para lo cual podrá realizar todo

tipo de actividades culturales de fomento y difusión, incluyendo las de

investigación científica de medio ambiente, microclima, aguas fluviales

y marítimas y/o diversidad y cualquier otro que sea necesario; 2)

Organizar a los vecinos y habitantes del referido lugar a fin de realizar

actividades que permitan mejorar el ambiente, la seguridad, y las

condiciones de vida de las personas que habitan y visitan el lugar; 3)

Realizar obras de infraestructura y de mejoramiento del entorno físico de

la Playa El Flor; 4) La Asociación podrá mantener relaciones con

organismos nacionales e internacionales, así como también con entida-

des privadas o estatales que dentro de sus finalidades persigan los

mismos fines o puedan contribuir a los de la Asociación,

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

ARTICULO QUINTO.- El Patrimonio de la ASOCIACION estará

constituido por:

a) Un Aporte Inicial de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHEN-

TA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, que los Miembros Fundadores han pagado a

razón de CIENTO TREINTA Y OCHO DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada uno;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas nacionales o extranjeras;

c) Todos los bienes muebles o inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos.

ARTICULO SEXTO.- El Patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General, y se invertirá exclusivamente en la realización de los fines de la

Asociación. Sus miembros no podrán obtener ni derivar por ningún

motivo o razón ningún beneficio económico de la Asociación, ni podrán

desempeñar cargo alguno remunerado o lucrativo de la misma.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ARTICULO SEPTIMO.- El Gobierno de la ASOCIACION será

ejercido por:

a) La Asamblea General;

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTICULO OCTAVO.- La Asamblea General debidamente con-

vocada es la autoridad máxima de la ASOCIACION y estará integrada

por la totalidad de miembros de la misma.

ARTICULO NOVENO.- La Asamblea General se reunirá ordina-

riamente una vez al año, y extraordinariamente, cuando fuere convocada

por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con

la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los

miembros en primera convocatoria, y en segunda convocatoria cinco

días después con los miembros que asistan, excepto en los casos especia-

les en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las

tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en

los casos especiales que se requiere una mayoría diferente.

ARTICULO DECIMO.- Todo miembro que no pudiere asistir a

cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados

podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado.

ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Son atribuciones de la Asam-

blea General:

a) Elegir, sustituir, y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los presentes Estatutos y el

Reglamento Interno de la ASOCIACION;

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas, y el presupues-

to anual de la ASOCIACION;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

ASOCIACION presentada por la Junta Directiva;

e) Decidir sobre la compra, venta, o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la ASOCIACION;

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la ASOCIA-

CION que están contemplados en los presentes Estatutos.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- La Dirección y administra-ción de la ASOCIACION estará confiada a una Junta Directiva, la cualestará integrada de la siguiente manera: un Presidente, un Vicepresiden-te; un Tesorero, un Secretario, y dos Vocales. La Junta DirectivaAdministrará y dispondrá del Patrimonio de la misma, en los términosque establezcan las leyes y estos Estatutos.

ARTICULO DECIMO TERCERO.- Los miembros de la JuntaDirectiva serán electos por un período de DOS AÑOS, pudiendo serreelectos. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes, yextraordinariamente cuantas veces sea necesario.

ARTICULO DECIMO CUARTO.- El quórum necesario para quela Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembrosy sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes, encaso de empate el Presidente o quien haga sus veces decidirá con voto decalidad.

ARTICULO DECIMO QUINTO.- La Junta Directiva tendrá lassiguientes atribuciones:

a) Elaborar su Reglamento Interno;

b) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la ASOCIACION;

c) Velar por la Administración eficiente y eficaz del patrimoniode la ASOCIACION;

d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la ASOCIACION;

e) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la ASOCIACION e informar a la AsambleaGeneral;

f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General yde la misma Junta Directiva;

g) Nombrar entre los miembros de la ASOCIACION los Comi-tés o Comisiones que consideren necesarios para el cumpli-miento de los fines de la ASOCIACION;

h) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General;

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General;

j) Conceder la calidad de Miembro Contribuyente.

ARTICULO DECIMO SEXTO.- Son atribuciones del Presidente:

a) Convocar y presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinariasde Asamblea General y Junta Directiva;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la ASOCIACION;

c) Ejercer la representación judicial y extrajudicialmente de laASOCIACION, pudiendo otorgar poderes previa autoriza-ción de la Junta Directiva;

d) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la ASOCIACION;

e) Presentar la Memoria de Labores de la ASOCIACION ycualquier informe que le sea solicitado por la misma;

f) Dirigir y vigilar el funcionamiento y actividades de lasoficinas y demás dependencias de la ASOCIACION;

g) Contratar al personal administrativo de la ASOCIACION,fijándoles sus obligaciones y remuneraciones, previo conoci-miento y acuerdo de la Junta Directiva;

h) Otras que le asigne la Junta Directiva.

ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- Son atribuciones del Vicepre-sidente:

a) Sustituir en todas sus atribuciones, sin ninguna limitación nirequisito previo, al Presidente o al Secretario de la JuntaDirectiva de la ASOCIACION en caso de muerte o renunciade alguno de ellos, y sustituir igualmente a uno u otro, previoacuerdo de la Junta Directiva, en caso de ausencia o impedi-mento de alguno de ellos;

b) Llevar la administración y control de los fondos de la ASO-CIACION pudiendo para ello previa autorización de la JuntaDirectiva, realizar las operaciones de Banca necesarias útileso convenientes para su mejor desempeño.

ARTICULO DECIMO OCTAVO.- Son atribuciones del Tesore-ro:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga enel Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad quela Asociación tenga que realizar;

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laAsociación tenga que realizar.

ARTICULO DECIMO NOVENO.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el Libro de Actas de las Sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de los documentos y registros de losMiembros de la ASOCIACION;

c) Extender las certificaciones que fueren solicitadas a la ASO-CIACION;

d) Hacer y enviar convocatorias a los miembros para las sesio-nes o Asambleas Generales;

e) Ser órgano de comunicación de la ASOCIACION;

f) Verificar el quórum de las sesiones de Asamblea General demiembros y de Junta Directiva;

g) Los que le encomiende la Junta Directiva.

ARTICULO VIGESIMO. Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la JuntaDirectiva; y,

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso deausencia o impedimento.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.- Habrán dos clases de Miem-bros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Contribuyentes.

Son Miembros Fundadores todas aquellas personas que han contri-buido al fondo inicial con el cual se constituye la ASOCIACION. LosFundadores podrán designar distinciones honorarias a todas aquellaspersonas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean asínombrados por la Asamblea General, así como también a todas aquellaspersonas naturales o jurídicas, Instituciones Entidades y OrganismosNacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante invitación dela Junta Directiva aporten contribuciones significativas a la ASOCIA-CION en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para tal efectoestablezca la Junta Directiva.

Son Miembros Contribuyentes aquellos que adquieran dicha cali-dad en el futuro.

ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.- Son derechos de los Miem-bros:

a) Gozar de los beneficios derivados de la ASOCIACION;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Asociación;

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la ASOCIACION;

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la ASOCIACION.

ARTICULO VIGESIMO TERCERO.- Son deberes de los Miem-bros:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela ASOCIACION;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamen-to, Interno y resoluciones de la Asamblea General; y

d) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Internode la ASOCIACION.

ARTICULO VIGESIMO CUARTO.- La calidad de MiembroFundador se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a Juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

ARTICULO VIGESIMO QUINTO.- No podrá disolverse la ASO-CIACION sino por disposición de la Ley o por resolución tomada enAsamblea General Extraordinaria convocada a ese efecto y aprobada porlas tres cuartas partes de sus miembros

ARTICULO VIGESIMO SEXTO.- En caso de acordarse la diso-lución de la ASOCIACION se nombrará una Junta Liquidadora com-puesta por tres personas electas por la Asamblea General Extraordinaria,que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelartodos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o culturalque la Asamblea General señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO.- Para reformar, derogar, lospresentes Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos las trescuartas partes de los miembros de la ASOCIACION reunidos en Asam-blea General, convocados para tal efecto.

ARTICULO VIGESIMO OCTAVO.- La Junta Directiva tiene laobligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro del Ministerio de Gobernación la Junta Directiva, dentrode los cinco días después de electa, y en todo caso proporcionar alexpresado Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a laLey de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

ARTICULO VIGESIMO NOVENO.- Todo lo relativo al ordeninterno de la ASOCIACION no comprendidos en estos Estatutos, asícomo las medidas disciplinarias, causales y procedimientos para suaplicación, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cualdeberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la AsambleaGeneral.

ARTICULO TRIGESIMO.- La ASOCIACION DE VECINOSDE LA PLAYA EL FLOR, se regirá por los presentes Estatutos y demásdisposiciones legales aplicables.

ARTICULO TRIGESIMO PRIMERO.- Los presentes Estatutosentrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 048.

San Salvador, 19 de marzo de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION DEVECINOS DE LA PLAYA EL FLOR, compuestos de TREINTA Y UNArtículos, constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento deSan Salvador, a las diecisiete horas con quince minutos del día 14 demayo del 2002, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios delNotario ALFONSO PINEDA CLAUDE; y no encontrando en ellosninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con elArt. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, elOrgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobar-los en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter dePERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscrí-base la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES YFUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubri-cado por el señor Presidente de la República).- EL VICEMINISTRO DEGOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro No. 11793)

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0052.-

San Salvador, 13 de enero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la División de Acreditación Académicase ha presentado PATRICIA MARIA RODRIGUEZ RAMOS solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, obtenido en Bassett HighSchool, California, Estados Unidos de América en el año 1982. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales,ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por PATRICIA MARIA RODRIGUEZ RAMOS en Estados Unidos deAmérica con los de Bachillerato General y a la vez incorporar el Diploma de High School al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE”.(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11637)

ACUERDO No. 15-0128.-

San Salvador, 29 de enero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado JEAN-BAPTISTE MARCELLUS solicitando INCORPORACION de su Certificado de Enseñanza Secundaria, extendido por laDirección General de Educación Nacional, República de Haití en el año 1983. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos losrequisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los estudios de Enseñanza Secundaria realizados por JEAN-BAPTISTE MARCELLUS en laRepública de Haití con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar el Certificado de Enseñanza Secundaria al Sistema Educativo de nuestro país.COMUNIQUESE”. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11298)

ACUERDO No. 15-0129.-

San Salvador, 29 de enero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado GLORIA LYNN STUTZMAN solicitando INCORPORACION de su Certificado de Equivalencia de High School, extendido por elDepartamento de Educación del Estado, Columbus, Ohio, Estados Unidos de América en el año 1987. Y luego de examinar la documentación presentaday satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente de Equivalencia de High School realizados por GLORIA LYNN STUTZMANen Estados Unidos de América con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar el Certificado de Equivalencia de High School al Sistema Educativode nuestro país. COMUNIQUESE”. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11377)

ACUERDO No. 15-0141.-

San Salvador, 29 de enero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado ROXSANA ELIZABETH ALVARADO REYES conocida por ROXANA ELIZABETH REYES, ROXANA ELIZABETHALVARADO REYES y ROXANA ELIZABETH REYES ALVARADO solicitando INCORPORACION de el Diploma Académico, obtenido enSturgeon Creek Collegiate, Manitoba, Canadá en el año 1996. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales,ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios Académicos realizados por ROXSANA ELIZABETH ALVARADO REYES conocida por ROXANAELIZABETH REYES, ROXANA ELIZABETH ALVARADO REYES y ROXANA ELIZABETH REYES ALVARADO en Canadá con los deBachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma Académico al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE”. (Rubricado por el señorPresidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11452)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ACUERDO No. 15-0231.-

San Salvador, 18 de febrero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado TERESA DEL CARMEN FLORES CHAVEZ solicitando INCORPORACION de Diploma de Bachiller en Ciencias, extendido porel Ministerio de Educación de la República de Panamá en el año 1994. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitoslegales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de Bachiller en Ciencias realizados por TERESA DEL CARMEN FLORES CHAVEZ en laRepública de Panamá con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de Bachiller en Ciencias al Sistema Educativo de nuestro país.COMUNIQUESE”. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11605)

ACUERDO No. 15-0236.-

San Salvador, 18 de febrero del 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado IRENE HERNANDEZ GALLARDO solicitando INCORPORACION de Diploma de High School, obtenido en The Taft School,Conneticut, Estados Unidos de América en el año 1998. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales,ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por IRENE HERNANDEZ GALLARDO en Estados Unidos de Américacon los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de High School al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE”. (Rubricadopor el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11381)

ACUERDO No. 15-0176.-

San Salvador, 10 de febrero de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Resolución No. 078 de fecha10 de febrero de 2003, emitida por la Dirección de Acreditación, se aprobó el cambio de domicilio y la Ampliación de los Servicios Educativos paraque funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Grado del Primer Ciclo y Segundo Ciclo, jornada diurna, en el Centro Educativo PrivadoCOLEGIO “JARDIN”, ubicado en Avenida Castro Morán No. 50, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador; II) Que con fecha 30 denoviembre de 2002, se practicó inspección en las instalaciones del citado Centro Educativo; III) Que del resultado de esa inspección se determinó quees procedente aprobar los servicios solicitados. Todo de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestasy a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: autorizar a partir del 6 de enero de 2003, el cambio de domicilio que funcionará en Avenida CastroMorán No. 50, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador y la Ampliación de los Servicios Educativos del Nivel de Educación Básica elTercer Grado del Primer Ciclo y Segundo Ciclo, jornada diurna, en el Centro Educativo Privado COLEGIO “JARDIN”. Ratificar como Directora a laProfesora María Teresa Solórzano. COMUNIQUESE”. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro No. 11630)

ACUERDO No. 16-0057.-

San Salvador, 3 de marzo de 2003

El Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto No. 55 emitido por el Organo Ejecutivo el 20 deseptiembre de 1991, publicado en el Diario Oficial el 4 de noviembre de 1991, se creó el CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y EL ARTE-CONCULTURA, como una unidad desconcentrada del Ministerio de Educación; II) Que mediante Decreto No. 34 emitido por el Organo Ejecutivo el29 de abril de 1996, publicado en el Diario Oficial el día 30 del mismo mes y año se introdujeron reformas al Decreto de Creación de CONCULTURA;III) Que mediante Acuerdo No. 81 Publicado en el Diario Oficial No. 50 Tomo No. 346 el Ingeniero José Gustavo Herodier Samayoa fue nombradoPresidente de CONCULTURA para un período de cinco años a partir del 22 de febrero del año dos mil. IV) Que de conformidad al artículo 68 delReglamento Interno del Organo Ejecutivo “la ejecución de atribuciones y facultades que señalan a cada Secretaría de Estado o a sus Titulares podrádelegarse o descentralizarse en los funcionarios o unidades que la organización interna determine, salvo aquellas que por disposición de la Constitución,Leyes, reglamentos o del Presidente de la República, queden expresamente exceptuadas”. POR TANTO ACUERDA: delegar al Presidente deCONCULTURA INGENIERO JOSE GUSTAVO HERODIER SAMAYOA. Transcripción de acuerdos. Debiendo darle cumplimiento a toda laNormativa, Leyes y Reglamentación vigente. En virtud del presente Acuerdo. COMUNIQUESE (Rubricado por el señor Presidente de la República).El Ministro de Educación, R. Marín.

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDO No. 252-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: Antiguo Cuscatlán, doce de junio de mil novecientos noventa y ocho. De

conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada DORIS ELIZABETH CORDOVA LAZO DE

PORTILLO, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: autorizarla para que ejerza

las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nómina permanente de Notarios publicada en el Diario Oficial número 240 del 20 de diciembre

de 1963.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- E. ARGUMEDO.- CRIOLLO.- GUSTAVE T.- LOPEZ A.- DIAZ.- E. CIERRA.- ZUNIGA.- J. N. R.

RUIZ.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, H. ARMAND. SANCH. C.

(Registro No. 11589)

ACUERDO No. 678-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado CARLOS EDUARDO RICO MIRA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-

R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- E. CIERRA.- M. CLARA.-

Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11735)

ACUERDO No. 750-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado LUIS ALONSO CACERES AMAYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-

R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- M.

CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11727)

ACUERDO No. 756-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado JOSE VICTORINO OSEGUEDA MONTERROSA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista

de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.

G. CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE BUITRAGO.-

CIERRA.- GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11552)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ACUERDO No. 69-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar a la Licenciada KATIA MARIA CARBALLO AYALA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber

cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- R.

HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.- E.

CIERRA.- GUSTAVE T.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11376)

ACUERDO No. 90-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado MANUEL AGUILAR PAYES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con

todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- R.

HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.-

GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11794)

ACUERDO No. 114-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado DOUGLAS GIOVANI GUEVARA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-

R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- VELASCO.- V. DE AVILES.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.-

GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11783)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:

autorizar al Licenciado JULIO ENRIQUE VALDES RANK, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-

R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.-

GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 11602)

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE COMUNIDADES ENDESARROLLO CANTON EL LIMON- (ACODECEL).

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en el Cantón el Limón del Municipio de Soyapango,Departamento de San Salvador, la Asociación de Comunidades deDesarrollo, del Cantón El Limón y que podrá abreviarse (ACODECEL)como una Entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en lospresentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será en el Cantón El Limónde Soyapango, Departamento de San Salvador.

Art. 3.- Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:

a) Fortalecer la integración comunal en todas aquellas comuni-dades que así lo soliciten.

b) Facilitar todos los medios creativos en pro del desarrollosocial y cultural.

c) Establecer un centro educativo de educación media.

d) Elaboración de proyectos para el mejoramiento ambiental yde seguridad ciudadana.

Art. 5.- Esta Asociación tendrá como distintivo, simbología ologotipo los siguiente detalles:

Sello en forma circular, en el borde interior en letras mayúsculasdirá ASOCIACION DE COMUNIDADES DE DESARROLLO DELCANTON EL LIMON y sus iniciales serán ACODECEL, y al pie de élse leerá Soyapango, El Salvador, C.A..

Art. 6.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido, sinembargo, podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causasprevistas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales deesta localidad y estos Estatutos.

CAPITULO III

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 7.- El gobierno de la Asociación estará a cargo de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva a quien designe estos Estatutos.

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS

Art. 8.- Habrán tres tipos de socios y su calidad será la siguiente:

a) Socios fundadores.

b) Socios activos.

c) Socios honorarios.

De la celebración de la Asamblea de Constitución de la AsociaciónComunal extraordinaria de aprobación de Estatutos y con su firma ohuella digital se registrará en el libro de actas.

a) Socios Fundadores: serán todos los que estuvieron en el actode constitución de esta Asociación.

b) Socios Activos: serán todas aquellas personas que ingresenvoluntariamente a esta organización, y deberán ser domicilia-dos en esta ciudad, que hayan cumplido quince años de edadcomo mínimo.

c) Socios Honorarios: serán aquellas personas naturales o jurí-dicas que por sus meritos y relevantes servicios a la comuni-dad, la Asamblea General les otorgue tal privilegio.

De los requisitos para ser Asociado Activo:

Art. 9.- Requisitos para ser Socio Activos: ser personal natural,mayor de quince años, con domicilio de esta comunidad.

Art. 10.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociacióndeberán llenar una hoja de afiliación dirigida a la Junta Directiva, en laque manifiesten la voluntad de pertenecer a la Asociación y cumplan conlos requisitos establecidos en el artículo anterior.

La Junta Directiva comprobará que los datos en la hoja de afiliaciónsean correctos, si así fuere, se procederá a incorporar al interesado, quienserá juramentado en el pleno de la Asamblea.

Art. 11.- La Asociación deberá contar con un registro de los socios,en el cual habrá una sección para activos. En cada asiento se indicará ennombre y las generales del suscrito a saber: edad, domicilio, númeroDocumento Unico de Identidad (DUI), o la Cédula de Identidad Personaly fecha de ingreso, etc..

DE LAS FACULTADES O DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

Art. 12.- Son derechos o facultades de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea encaminadaa alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asocia-ción.

c) Proponer y ser electo para desempeñar cargos de la JuntaDirectiva.

d) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre elfuncionamiento y los proyectos de la Asociación.

e) Aceptar o rechazar cualquier comisión, ya sea para gestionaro realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación.

f) Todos los demás que les confieren estos Estatutos y Regla-mento Interno.

DE LOS DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 13.- Serán deberes de los asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados y lasolidaridad.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Generalprevia convocatoria, para ello en forma legal y con ocho díasde anticipación en primera, y en segunda con 48 horas.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

c) Desempeñar con responsabilidad, eficiencia y honradez loscargos para los cuales fueron electos o nombrados y desem-peñar a cabalidad las comisiones que el asociado se hayacomprometido a realizar.

d) Abstenerse de realizar acciones y omisiones que puedanperjudicar la armonía, las actividades y en general, los obje-tivos de la Asociación.

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos,obedecer y velar porque se respeten las disposiciones de laAsamblea General y la Junta Directiva, siempre que esténrelacionados con los fines de la Asociación.

f) Estar solventes con las cuotas mensuales aprobadas por laAsamblea General.

Art. 14.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,expulsión o muerte

Será expreso cuando el Asociado lo solicite por escrito o verbal-mente a la Asamblea General: será tácito cuando el Asociado cambiedefinitivamente de residencia, o cuando se ausente por un período de unaño de expresión de motivo o causa.

Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser sancionados dela misma, según las causas siguientes:

a) Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o ala Comunidad en general.

b) Negarse o abandonar sin motivo justificado el desempeño delos cargos de elección o comisiones que le hubieren enco-mendado las Asamblea y Juntas Directivas, siempre que éstoshubieren sido aceptados.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociaciónpara sí o para terceros.

d) Incumplimiento de las leyes, ordenanzas, reglamentos, Esta-tutos y disposiciones de la Asamblea General y Junta Direc-tiva, siempre que estén relacionados con los fines de laAsociación.

Art. 16.- Cuando un Asociado incurriera en cualquiera de las causasde sanción establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su sanción.

El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo para ello antela misma Junta Directiva, quien podrá dar su fallo definitivo a los tres díasde haber recurrido el Asociado. De todo se hará un informe que se leeráen la Asamblea General.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 17.- La Asamblea General es la máxima autoridad de laAsociación la cual estará constituida por todos los asociados inscritos enel Registro de la Asociación.

Art. 18.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-blea General y la Junta Directiva.

Art. 19.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinariay extraordinaria.

Serán ordinarias las reuniones de la Asamblea, cuando se realicenen las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones se tratarán lospuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.

Serán extraordinarias las reuniones de Asamblea General al cele-brarse estas fechas distintas, para tratar los puntos específicos para loscuales hubiera sido convocada, las discusiones que se tomaren enrelación a los puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez.

Art. 20.- Las reuniones de Asamblea General Ordinaria, deberáncelebrarse una vez cada seis meses y extraordinariamente cuando seanconvocadas por la Junta Directiva a iniciativa propia o a petición de porlo menos la mitad de los asociados o sea de las directivas, dependiendodel número de comunidades socias a la fecha.

Art. 21.- Las convocatorias para reuniones ordinarias de AsambleaGeneral, las hará la Junta Directiva por medio de la Secretaría deComunicaciones por medio de los avisos escritos siendo el primero conocho días y el segundo con cinco días de anticipación a la fecha indicada.

Si la sesión no se celebrase el día y hora señalados en la convoca-toria por la falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará nuevaconvocatoria dentro de los dos días siguientes y las resoluciones setomará con los votos de las comunidades presentes en la Asamblea de esafecha.

Art. 22.- Las convocatorias indicarán el día, rugar y hora en quehabrá de celebrarse la Asamblea General y en caso de reunión extraor-dinaria deberá incluirse la agenda propuesta.

Art. 23.- Cuando un asociado no pueda asistir a la reunión ordinariao extraordinaria de Asamblea General podrá delegar su voto a otroasociado para que lo represente debiendo hacer constar por escrito a laJunta Directiva la representación otorgada. Cada asociado solamentepodrá aceptar una representación.

Art. 24.- Las disposiciones en reunión ordinaria o extraordinaria deAsamblea General para que sean válidas deberán contar con la mitad másuno de los votos a favor.

Art. 25.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o denegar el estadofinanciero de la Asociación.

c) Destituir por causas justificadas y legalmente comprobadas alos miembros de la Junta Directiva en pleno y elegir a lossustitutos de conformidad a los Estatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-nientes con el objeto de llevar una sana administración de laAsociación.

e) Aprobar los Estatutos, plan de trabajo, reglamento interno yel respectivo presupuesto de la Asociación.

f) Otorgar la calidad de socios honorarios.

g) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de laJunta Directiva.

h) Aprobar reformas a los Estatutos.

i) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza Re-guladora de las Asociaciones Comunales del Municipio deSoyapango, el Reglamento Interno de la Asociación y demásque se dicten para el buen desarrollo de la comunidad.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 26.- La Junta Directiva es el Organo Ejecutivo de la Asociacióny estará integrada por siete miembros propietarios, electos en la Asam-blea General por votación nominal y pública en todo caso la nominaciónde los cargos serán los siguientes:

a) Secretario general.

b) Secretaría de actas

c) Secretaría de finanzas.

d) Secretaría de asuntos legales

e) Secretaría de comunicaciones

f) Secretaría de cultura, recreación y deportes.

g) Secretaría de proyectos.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Cada secretaría con sus respectivos adjunto, a excepción de Secre-tario General a quien lo representará el Secretario de Asuntos Legales.

Nombrándose además de un miembro adjunto por cada cargoexistente, quien sustituirá a los propietarios cuando estos no puedanasistir a reuniones de la Junta Directiva o Asamblea Ordinaria o Extraor-dinaria.

Art. 27.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-nerlos a la Asamblea así como cumplir los mismos.

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposicio-nes de la Asamblea General.

c) Hacer la calificación previa de los casos de retiro voluntarioy expulsión de los asociados, tal como en los casos dedestitución individual de los miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asociación.

e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado losbienes de la Asociación así como velar porque se cumplan enforma óptima y procurar que se incrementen los activos de lamisma; así como la creación de un fondo de beneficios paralos asociados.

f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de laejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el respectivopresupuesto.

g) Velar porque se cumplan el presupuesto anual que la Asam-blea General haya aprobado para el ejercicio correspondien-te.

h) Coordinar e impulsar las actividades de beneficio para lacomunidad.

i) Convocar a reuniones ordinarias o extraordinarias de Asam-blea General de acuerdo con los establecido en los Estatutos.

j) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsarel desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de lamisma.

k) Mantener relaciones con organizaciones del Estado, la Muni-cipalidad y entidades privadas e internacionales, con el objetode buscar el apoyo de los mismos para los proyectos de laAsociación.

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losasociados.

m) Todas las demás atribuciones que se le señalen estos Estatu-tos y las leyes de la República.

Art. 28.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez cadatreinta días y celebrará sesiones extraordinarias cuando sea necesario oa solicitud del Secretario General o quien lo represente el cual tendrávoto de calidad o voto doble.

Art. 29.- Los acuerdos de la Junta Directiva serán aprobados pormayoría simple de votos.

Art. 30.- El período de función de los cargos de la Directiva será dedos años, a partir de la fecha en que tomen posesión de sus cargos. Laelección de los miembros de la Junta Directiva se realizará quince díasantes de que concluya el período en que han sido electos, en sesión deAsamblea General Extraordinaria por mayoría simple y ante la presenciadel señor Alcalde o por un Delegado del Concejo Municipal.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectosen forma consecutiva hasta por un máximo de dos períodos.

Art. 32.- Para ser directivo se requiere ser mayor de dieciocho añosde edad, excepto el Presidente, el Secretario de Asuntos Legales y elSecretario de Finanzas, quienes deberán ser mayores de veintiún años deedad.

Art. 33.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser separadosde su cargos por faltas graves cometidas en el ejercicio de los mismos, encontra de los intereses de la comunidad. Para que tal sanción sea efectivael respectivo acuerdo deberá tomarse por mayoría simple o sea la mitadmás uno de los miembros en Asamblea General Extraordinaria.

Art. 34.- Serán faltas graves:

a) Falta de espíritu de servicio y unidad.

b) Inasistencia continúa e injustificada a las sesiones de JuntaDirectiva o Asamblea General, dos o más.

c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisionesdesignadas, durante el desarrollo de las sesiones de JuntaDirectiva o Asamblea General.

d) Cualquier otra conducta que perjudique los intereses de laAsociación, a juicio prudencial de la Junta Directiva.

Art. 35.- Se consideran faltas leves:

a) Falta de espíritu de servicio por enfermedad.

b) Inasistencia con motivos justificados o por permisos de laJunta Directiva.

c) Cuando se compruebe fehacientemente que la conducta de unAsociado no perjudica los intereses de la Asociación, califi-cado por la Junta Directiva.

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LAJUNTA DIRECTIVA

Art. 36.- Son atribuciones del Secretario General:

a) Representar legalmente a la Asociación, en forma conjunta oseparadamente con el Secretario de Asuntos Legales, previaautorización de la Junta Directiva.

b) Presentar el informe anual de labores que la Junta Directivarinda en Asambleas Generales.

c) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de AsambleasGenerales, orientando sus deliberaciones.

d) Coordinar las actividades que realicen las diferentes Secreta-rías y sus respectivos Comités de Apoyo.

e) Autorizar juntamente con la firma del Secretario de Finanzaslos documentos de pago de la Asociación.

f) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones ypresentar los informes correspondientes.

g) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los Asocia-dos en las Asambleas que se realicen.

h) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados enAsamblea General o Junta Directiva.

i) Gozar del voto de calidad en las diferentes Asambleas que serealicen.

j) Abrir, mantener y cerrar conjuntamente con el Secretario deFinanzas, las cuentas bancarias de la Asociación, endosar ydepositar cheque, letras de cambio, pagarés; así como otrosdocumentos relacionados con las atribuciones económicas dela Asociación.

k) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,el Reglamento Interno y las demás leyes de la República envirtud de su cargo.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 37.- El Secretario de Asuntos Legales colaborará con elSecretario General, y lo sustituirá cuando no pueda asistir a las reunionespor fuerza mayor o caso fortuito o en caso de ausencia temporal odefinitiva o impedimentos para ejercer dicho cargo, y velará por el buenmanejo de los bienes e inmuebles de la Asociación, para lo cual tendráacceso a los libros que lleva la Asociación.

Art. 38.- Son atribuciones del Secretario de Actas:

a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea Generaly de la Junta Directiva.

b) Llevar en orden y actualizado el Libro de Registro de losAsociados.

c) Guardar los libros, correspondencia y demás documentosconfiados a su cuidado.

d) Remitir la nómina de los miembros de la Junta Directiva y elPlan del Trabajo al registro de las Asociaciones Comunales.

e) Dar lectura del Acta correspondiente y demás documentaciónnecesaria que le sean solicitadas por la Directiva o el Secre-tario General.

f) Los demás que asigne la Junta Directiva, estos Estatutos yReglamento Interno.

Art. 39.- Son atribuciones de la Secretaría de Finanzas:

a) Actuar conjuntamente con el Secretario General, mantener ycerrar cuentas bancarias de la Asociación y firmar con susrespectivas firmas documentos de créditos tales como: vales,pagarés, y otros documentos que tengan relación con eldesempeño de su cargo.

b) Preparar y presentar cada seis meses a la Junta Directiva elinforme financiero de la Asociación y cualquier otro informeque ésta solicite.

c) Recolectar las cuotas ordinarias y extraordinarias que losmiembros de la Asociación deben pagar; así como llevar losregistros de control de ingresos y egresos de la Asociación.

Art. 40.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Legales:

a) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-ción adecuada de las obligaciones de ésta.

b) Representar judicialmente o extrajudicialmente a la Asocia-ción, conjunta o separadamente con el Secretario General,velar porque los Organos de Gobierno de la Asociación y losAsociados cumplan estos Estatutos, Reglamento Interno ydemás disposiciones legales.

c) Investigar e informar a la Junta Directiva de cualquier anoma-lía o problema de los asociados o miembros directos.

d) Formar parte de las comisiones que la Junta Directiva integrepara los casos de expulsión temporal o definitiva de losasociados o directivos de la Asociación.

e) Supervisar los diferentes proyectos de desarrollo comunal,tales como: salud, educación, etc..

f) Velar porque los recursos de cada proyecto sean aprovecha-dos de la mejor manera.

g) Los demás que le asigne la Junta Directiva, estos Estatutos yel Reglamento Interno.

Art. 41.- Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones:

a) Elaborar y distribuir las convocatorias a sesiones ordinariasy extraordinarias de Asamblea General de la manera prescritaen el artículo de estos Estatutos Art. 20, pedir su aprobaciónal Secretario General.

b) Establecer y mantener relaciones con entidades públicas yprivadas en nombre de la Asociación, las cuales posibiliten larealización de programas de desarrollo comunal.

c) Recibir y despachar correspondencia de la Asociación.

d) Todas las atribuciones que le señalen estos Estatutos, Regla-mento Interno, la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de Soyapango.

Art. 42.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura, Recreacióny Deportes:

a) Impulsar, programar y proyectar alfabetización, educaciónvocacional, actividades recreativas, etc., para lograr el desa-rrollo integral de la comunidad.

b) Promover y organizar torneos o eventos en cualquiera de lasramas deportivas, para incentivar a los habitantes de lacomunidad a un sano esparcimiento, aumentando así lasrelaciones entre sus miembros motivándolos además a parti-cipar en eventos intercomunales.

c) Motivar para la formación de grupos artísticos, tales como:música, teatro, pintura, danza, literatura, títeres y otros deigual naturaleza, fomentando a su vez la creación de gruposartísticos representativos de la comunidad.

d) Fomentar la visita a diversos centros de recreación ya sea confines culturales, recreativos o con el objeto de obtener fondos,para lo cual deberá manejar dichos ingresos la Secretaría deFinanzas.

e) Las demás que le asigne la Asamblea General, la JuntaDirectiva, la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de Soyapango, y el Código Muni-cipal.

Art. 43.- Son atribuciones de la Secretaría de Proyectos:

a) Elaborar los proyectos macros, tales como: medio ambiente,culturales, vocaciones, educativos, deportivos, de infraes-tructura, etc., y presentarlos a la Directiva para su aprobación.

b) Colaborar con los comités, para el desarrollo de sus activida-des.

c) Coordinarse con la Secretaría de Cultura, Recreación y De-portes.

d) Las demás que le asigne la Asamblea General, la JuntaDirectiva, la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de Soyapango, el Código Munici-pal y el Reglamento Interno.

Art. 44.- Del Comité de Vigilancia:

Deberá constituirse un Comité de Vigilancia en la AsambleaGeneral, el cual estará integrado por tres miembros propietarios indepen-dientes de la Junta Directiva, quienes tendrá acceso a todas las gestiones,operaciones, trabajos, libros, documentos y también podrán inquirirsobre el trabajo que realicen los comités de apoyo. Los integrantes de esteComité de Vigilancia serán electos de entre los miembros que asistan ala Asamblea General Extraordinaria en la que se elija la Junta Directiva;y deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo treinta, de estosEstatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 45.- El Patrimonio estará constituido por:

a) Las cuotas de sus afiliados de cualquier clase, que seanaprobados en Asamblea General.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-tes lícitas.

c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada pararecaudar fondos para la Asociación.

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengancon la administración de la misma, así como las provenientesde donaciones, herencias y legados.

Art. 46.- El Secretario General y la Secretaría de Finanzas tendránque responder personal y solidariamente por los movimientos de cuentasbancarias de la Asociación, cuando se excedan de sus limites de suscargos en el manejo de los fondos de la Asociación.

CAPITULO VIII

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 47.- Los integrantes de la Junta Directiva tendrán obligaciónde rendir informes de sus actuaciones cada treinta días a la JuntaDirectivas.

Art. 48.- Para poder cumplir con el control y fiscalización internael Secretario General y la Secretaría de Asuntos Legales, revisaran lascuentas de la Asociación en forma mensual y tendrán acceso a todos loslibros que se lleven en la Asociación Comunal, así como también laAlcaldía Municipal podrá realizar arqueos a solicitud de la tercera partede los afiliados o de oficio.

CAPITULO IX

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 49.- La modificación de los Estatutos podrá acordarse enAsamblea Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de todos losafiliados a la Asociación.

Art. 50.- La Junta Directiva podrá proponer a la Asamblea Generalla modificación total o parcial de los Estatutos para lo cual deberápresentar las razones o justificaciones que la sustenten. La AsambleaGeneral podrá pedir a la Junta Directiva la modificación o reformar a losEstatutos parcial o total, para lo cual deberá presentar las razones ojustificaciones que lo sustenten.

Art. 51.- Esta Asociación Comunal podrá disolverse medianteacuerdos tomados en Asamblea General Extraordinaria, por mayoríacalificada de los afiliados, que será el equivalente a tres tercios del totalde Asociados.

Art. 52.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-tes:

a) Por voluntad de la Asamblea.

b) Por la disminución del número de sus afiliados en un setentay cinco por ciento del mínimo establecido por el CódigoMunicipal.

c) Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fueconstituida.

d) Cuando el funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-les.

e) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contraria a lasleyes, a la democracia, orden público, a la moral o a las buenascostumbres.

Art. 53.- El acuerdo de disolución tomado en la Asamblea Generaldeberá ser comunicado al Registrador de las Asociaciones Comunalespor la Junta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en quefue tomado remitiéndose además una certificación del Acta respectiva.

Art. 54.- Para los efectos de liquidación de la Asociación senombrará una comisión de cuatro miembros integrados por dos represen-tantes de la Asociación electos por la Asamblea General y dos delegadosde la Alcaldía Municipal, si no fuesen electos se procederá a la liquida-ción, con los dos delegados municipales y disponiendo dicha comisiónde noventa días para la disolución.

Art. 55.- En caso de disolución, si después de pagado las obligacio-nes que tenga la Asociación hubiera un remanente, se destinará a lasobras donde esté asentada la comunidad, o a una institución de beneficen-cia como asilo, ciegos, minusválidos, Cruz Verde, etc..

Art. 56.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajoremitirá al Concejo Municipal para su aprobación, los documentospertinentes y un informe detallado de su gestión.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 57.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar en eltranscurso de los quince días posteriores a la elección, la nómina de lanueva Junta Directiva y de los Asociados y proporcionará la AlcaldíaMunicipal cualquier dato que se le pidiese relativo a la Asociación.

Art. 58.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos y tenerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos, etc., Parallevar a cabo sus programas y proyectos, estando obligados a informar ala Alcaldía el origen de los recursos.

Art. 59.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacerconstar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de aperturaque entenderá el objeto del libro, número de folios, y sellos por laSecretaría de Actas de la Junta Directiva; terminando el libro o libros sepondrá una tazón de cierre que firmará el mismo Secretario o Secretaria.

Art. 60.- Toda la Junta Directiva saliente podrá formar parte de unConcejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se elija conforme a estosEstatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos miembros a quienesse les haya comprobado una conducta viciada o por haber administradoadecuadamente los fondos y donaciones hechos en esta Asociación.

Art. 61.- La Junta Directiva saliente deberá rendir cuentas circuns-tanciadas y documentadas a la Junta Directiva entrante, sobre susactividades realizadas y pendientes durante su gestión y administración,este informe deberá ser por escrito firmado y sellado por todos losmiembros de la Junta Directiva saliente a más tardar en el primer mes defunciones de la Junta Directiva entrante.

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

CERTIFICA: que el Acta Número DIEZ, Sesión Ordinaria, cele-brada por el Concejo Municipal de esta ciudad, el día cinco de marzo/03,se encuentra el ACUERDO que literalmente dice: ACUERDO NUME-RO CUATRO: vistos los Estatutos de la “ASOCIACION DE COMUNI-DADES EN DESARROLLO DEL CANTON EL LIMON”, fundada enCantón El Limón del Municipio de Soyapango, Departamento de SanSalvador, compuestos de 61 artículos y no encontrando en ellos ningunadisposición contraria a las leyes del país, al orden público y a las buenascostumbres; de conformidad a lo establecido en el Código Municipal alrespecto, el Concejo Municipal de esta ciudad ACUERDA: aprobarlosen todas sus partes concediendo a dicha entidad el carácter de personajurídica, la votación del presente acuerdo fue de ocho votos a favor, cincoausencias de los Concejales Licda. Marta Concepción Mejía, Prof.Salvador Vidal Ascencio, Sra. Rosa Margarita Rodríguez Avalos, Dra.Alba Elizabeth Márquez, Lic. Fidel Cruz Rauda quienes se retiraron sinpermiso de este Concejo Municipal para atender petición de audiencia dela Asociación de Trabajadores Municipales (ATRAM) y la ausencia delSr. Síndico Municipal con permiso de este Concejo. PUBLIQUESE. ESCONFORME A SU ORIGINAL, CON EL CUAL SE CONFRONTO.Alcaldía Municipal de Soyapango, a los catorce días del mes de marzodel dos mil tres.- Licda. MARTA ELENA GARCIA DE RODRIGUEZ,ALCALDESA MUNICIPAL.- Lic. MANUEL ROMEO SARAVIAALAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 11775)

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL PASAJE LOS ALMENDROS

"ADECOPLA"

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comu-

nales de la ciudad de Apopa, por estos Estatutos y demás disposiciones

aplicables y se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO CO-

MUNAL PASAJE LOS ALMENDROS. La cual podrá abreviarse

ADECOPLA, que en lo sucesivo de estos Estatutos se llamará la

Asociación y que tendrá su domicilio legal en la jurisdicción del

municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, domicilio en el

cual ejercerá sus actividades.

CAPITULO II

POR NATURALEZA Y SU OBJETIVO

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, sin fines

lucrativos, democrático, no religioso y tendrá como fines:

a) Garantizar la ejecución y el buen desarrollo de los proyectos

a ejecutarse en beneficio de nuestra comunidad y las comu-

nidades vecinas.

b) Promover el desarrollo de la respectiva comunidad conjunta-

mente con los organismos públicos o privados, nacionales e

internacionales que participen en los correspondientes pro-

gramas de desarrollo comunal.

c) Impulsar un proceso de formación mediante el cual se desa-

rrollen facultades y capacidades inhatas de cada persona.

d) Incorporar al desarrollo integral de la persona humana, de la

familia y por ende de la comunidad.

e) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y coopera-

ción mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades repre-

sentativas.

f) Trabajar en forma unida con los planes de desarrollo local y

regional, así como contribuir en el desarrollo de los mismos

para beneficio directo de los habitantes de la comunidad.

g) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la

comunidad, con el equipamiento de los medios indispensa-

bles para solucionar los distintos problemas que existieren en

la comunidad.

h) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la

realidad social y de los problemas y necesidades de la

comunidad, así como en cualquier actividad en el campo,

social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo u

otros que fueren legales y provechosos a la comunidad.

Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo un símbolo en

forma circular, en cuyo interior se encuentra:

• Arbol de almendro: manto acuífero, árboles silvestres y el sol.

Literalmente nos identifican en base a la siguiente represen-

tación.

• Arbol de almendro: planta silvestre que es muy popular en

nuestra comunidad y que nos identifica.

• Manto acuífero: nacimiento de agua, tesoro natural al servi-

cio de nuestra comunidad y alrededores.

• Arboles silvestres: protección y mantenimiento de vida para

nuestro manto acuífero.

• El sol: luz natural representando el desarrollo y nacimiento de

una esperanza para el bienestar de nuestra comunidad y en la

parte externa del círculo se lee "ASOCIACION DE DESA-

RROLLO COMUNAL PASAJE LOS ALMENDROS" y

que se deriva "ADECOPLA".

Art. 4.- El plazo de la Asociación será por el lapso de dos años, sin

embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causas

previstas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de

Apopa y estos Estatutos.

CAPITULO III

DE LA DIRECCION

Art. 5.- La dirección de la Asociación estará a cargo de la Asamblea

General y la Junta Directiva, la administración corresponderá al Secre-

tario de la Junta Directiva de la ADECOPLA las finanzas o en caso

especial a quien designe la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS

Art. 6.- Los asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

c) Fundadores.

• Son Asociados Activos, todas las personas que obtengan su

ingreso a la misma conforme lo establecido en estos Estatutos

y asistan periódicamente a las Asambleas.

• Son Asociados Honorarios, aquellas personas naturales o

jurídicas que realizan una destacada labor dentro de la comu-

nidad o dando ayuda significativa a la Asociación y que la

Asamblea General les conceda tal calidad a propuesta de la

Junta Directiva.

• Son Asociados Fundadores, todas aquellas personas que

firmaron el Acta de Constitución de la Asamblea.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Art. 7.- Para ser Asociado Activo son requisitos:

• Ser mayor de dieciocho años.

• Residente en nuestra comunidad.

• Responsable, principios morales, saber leer y escribir.

• Admitido por acuerdo de la Junta Directiva previa solicituddel interesado.

Art. 8.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociacióndeberán llenar una hoja de afiliación dirigida a la Junta Directiva, en laque manifiesten la voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumplancon los requisitos establecidos en el Artículo anterior.

La Junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hojade afiliación sean correctos, si así fuere, procederá a incorporar alinteresado, quien será juramentado en el pleno de la Asamblea.

Art. 9.- La Asociación deberá contar con un registro de losAsociados en el cual habrá una sección para Activos, Honorarios yFundadores.

En cada registro se indicará el nombre y datos generales delsuscrito, incluidos nombre de la Asociación, nombre del interesado,dirección, C. I. P. Nº correlativo, etc. etc.

Art. 10.- Son derechos y facultades de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asamblea Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea Generalencaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollode la Asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando porescrito su justificación ante la Asamblea General.

d) Elegir y ser electo para desempeñar cargos de la JuntaDirectiva.

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre elfuncionamiento y los proyectos de la Asociación.

f) Aceptar o rechazar cualquier comisión, ya sea para gestionaro realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación.

g) Todos los demás que les confieren estos Estatutos y otrasleyes afines.

Art. 11.- Son deberes y obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados.

b) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asamblea General,previa convocatoria de forma oficial y legal, teniendo encuenta un período máximo de treinta minutos para su inicio.

c) Desempeñar con responsabilidad, eficiencia y honradez loscargos para los cuales fueren electos o nombrados o desem-peñar a cabalidad las funciones que el Asociado se hayacomprometido a desempeñar.

d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar laarmonía, las actividades y en general los objetivos de laAsociación.

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos,obedecer y velar porque se respeten las disposiciones de laAsamblea General y la Junta Directiva, siempre que estérelacionado con los fines de la Asociación.

f) Estar solvente con las cuotas mensuales aprobadas por laAsamblea General.

Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,expulsión o muerte.

Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Será expreso: cuando el Asociado lo solicite por escrito o verbal-mente a la Asamblea General; y

Será tácito: cuando el Asociado cambie definitivamente su residen-cia a otro lugar que no pertenezca a la comunidad o cuando se ausente porun período de tres meses sin expresión de motivo o causa.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados dela misma según las causas siguientes:

a) Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o lacomunidad en general.

b) Negarse o abandonar sin motivo justificado el desempeño delos cargos de elección o comisiones que le hubieren enco-mendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempreque éstos hubieren sido aceptados.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociaciónpara sí o para terceros; y

d) Incumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Reglamentos,Estatutos y Disposiciones de la Asamblea General y JuntaDirectiva, siempre que estén relacionados con los fines de laAsociación.

Art. 15.- Cuando un Asociado incurriere en cualquiera de las causasde expulsión establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su expulsión.

El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo para ello antela misma Junta Directiva, quien deberá dar su fallo definitivo a los ochodías de haber recurrido el Asociado, de todo ésto se hará un informe quese leerá en Asamblea General.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 16.- La Asamblea General estará constituida por todos losAsociados Activos, Honorarios y Fundadores, inscritos en el Registro dela Asamblea General.

Art. 17.- La Asamblea General se podrá sesionar en forma ordina-rio o extraordinaria.

Serán ordinarias las reuniones de Asamblea cuando se realicen enlas fechas establecidas para ello. En dichas reuniones se tratarán lospuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados.

Serán extraordinarias las reuniones de Asamblea General al cele-brarse éstas en fechas distintas para tratar los puntos específicos para loscuales hubiere sido convocada, las discusiones y decisiones que setomaren en relación a puntos no incluidos en la convocatoria no tendránvalidez.

Art. 18.- Las reuniones de Asamblea General Extraordinaria,deberán celebrarse una vez cada seis meses y Extraordinariamentecuando sean convocadas por la Junta Directiva por iniciativa propia o apetición de por lo menos la mitad de los Asociados.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 19.- Las convocatorias para reuniones ordinarias o extraordi-narias de Asamblea General las hará el Secretario de la Junta Directiva,por medio de dos avisos, siendo el primero con diez días y el segundo concinco días de anticipación a la fecha de su realización, si la sesión no secelebrase el día y la hora señalados en la convocatoria por falta deQuórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentrode los cinco días siguientes y las resoluciones se tomarán con los votosde las tres cuartas partes del quórum establecido.

Art. 20.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en quehabrá de celebrarse la Asamblea General y en caso de reunión extraor-dinaria deberá incluirse la agenda propuesta.

Art. 21.- Cuando un Asociado no pueda asistir a la reuniónordinaria o extraordinaria de Asamblea General, podrá delegar su votoa otro Asociado para que lo represente, debiendo hacer constar porescrito a la Junta Directiva la representación otorgada.

Cada Asociado solamente podrá aceptar una representación.

Art. 22.- Las disposiciones en reuniones ordinarias o extraordina-rias de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con lamitad más uno de los votos a favor.

Art. 23.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar y denegar el EstadoFinanciero de la Asociación.

c) Destituir por causas justificadas y legalmente comprobadas alos miembros en pleno y elegir a los sustitutos de conformi-dad a lo que prescriben las Ordenanzas Reguladoras de lasAsociaciones Comunales en la ciudad de Apopa y estosEstatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-nientes con el objeto de llevar una sana y transparenteadministración de la Asociación.

e) Aprobar los Estatutos, Plan de Trabajo, Reglamento Internoy el respectivo Presupuesto de la Asociación.

f) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, la Ordenan-za Reguladora de las Asociaciones Comunales, en la ciudadde Apopa y demás que se dicten para el buen desarrollo de lacomunidad.

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales de la ciudad de Apopa.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 24.- La Junta Directiva de la Asociación estará formada por:

• Un Presidente

• Un Vicepresidente

• Un Secretario, un Prosecretario

• Un Tesorero, un Protesorero

• Un Síndico

• Tres Vocales.

Art. 25.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos.

b) Cumplir y velar porque se respete los acuerdos y disposicio-nes de la Asamblea General.

c) Hacer un análisis para la calificación de los de retiro volun-tario y exclusión de los Asociados, tal como en los casos dedestitución individual de los Miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad y transparencia el patrimonio dela Asociación.

e) Es deber de todos proteger y velar porque se conserven enbuen estado los bienes de la Asociación, así como velarporque se empleen en forma óptima y procurar porque seincrementen los activos de la misma.

f) Presentar la Memoria Anual de Labores, el informe de laejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el respectivopresupuesto.

g) Velar porque se cumpla el presupuesto anual que la AsambleaGeneral haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

h) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio de lacomunidad.

i) Convocar a reuniones ordinarias o extraordinarias de Asam-blea General, de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos.

j) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsarel desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de lamisma.

k) Mantener relaciones con organismos del Estado, la munici-palidad y entidades privadas, con el objeto de buscar el apoyode las mismas para los proyectos de la Asociación.

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losAsociados.

Art. 26.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente dos veces almes y extraordinariamente cuando se considere necesario a solicitud delPresidente o más de tres Miembros de la Asociación.

Art. 27.- Las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadas porlo menos por cinco de sus Miembros, en caso de empate, el Presidente oquien lo represente tendrá voto de calidad.

Art. 28.- El período de función de los cargos de la Junta Directivaserá de dos años, a partir de la fecha en que tomen posesión de sus cargos,la elección de los Miembros de la Junta Directiva se realizará quince díasantes de que concluya el período para el que han sido electos.

Art. 29.- Los Miembros de la Junta Directiva podrán ser electospara ocupar el mismo cargo, en forma alterna, por un período igual,ningún Asociado podrá ser elegido para integrarla, por tres períodosconsecutivos.

Art. 30.- Para ser Directivo se requiere tener la edad de 18 años, noasí el Presidente y el Síndico, quienes deberán ser mayores de 21 años.Los Miembros de la Junta Directiva deberán ser electos en sesión deAsamblea General Extraordinaria, por mayoría simple, ante la presenciade un Delegado Municipal.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Art. 31.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o

individualmente, por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio

de sus funciones. La destitución individual procederá después de tres

amonestaciones por faltas leves y a la primera cuando se trate de falta

grave sin derecho a apelación.

Art. 32.- Serán faltas leves:

a) Falta de espíritu de servicio.

b) Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de Junta

Directiva o Asamblea General.

c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones

designada, así como durante el desarrollo de las sesiones de

Junta Directiva o Asamblea General.

Art. 33.- Se considerará falta grave, cuando se compruebe feha-

cientemente que la afiliación de un Directivo es perjudicial a los intereses

de la comunidad.

Art. 34.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Asociación, en forma conjunta

con el Síndico.

b) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General, orientando sus deliberaciones.

c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes Secreta-

rias y sus respectivos Comités de Apoyo.

d) Firmar los documentos de pago de Tesorería y autorizar los

gastos de la Asociación.

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y

presentar los informes correspondientes.

f) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los Asocia-

dos en las Asamblea que se realicen.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o Junta Directiva.

h) Gozar del voto de calidad en las diferentes Asambleas que se

realicen al existir empate al momento de tomar decisiones.

i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,

la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en

la ciudad de Apopa, y las demás leyes de la República en

virtud de su cargo.

Art. 35.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-

nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento de

éste.

c) Debe desempeñar las comisiones que el Presidente le desig-

ne.

d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposicio-

nes que emita la Asociación.

Art. 36.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el Libro de Actas de las sesiones de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva.

b) Extender las credenciales y certificaciones de la Asociaciónque sean necesarias.

c) Llevar el archivo de la Asociación.

d) Enviar a los Asociados las convocatorias a sesiones deAsamblea General y Junta Directiva.

e) Llevar los registros de los Asociados.

f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

g) Las demás que por razones naturales le competen.

Art. 37.- Son atribuciones del Prosecretario:

a) Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento deéste.

c) Los demás que le asignen Estatutos y otras disposiciones queemita la Asociación.

Art. 38.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la InstituciónBancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastosde la Asociación debidamente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe delos ingresos y egresos de la Asociación.

f) Presentar balance de la situación de la Asociación.

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por laAsociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces queésta lo requiera.

h) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 39.- Son atribuciones del Protesorero:

a) Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento deéste.

b) Colaborar con el Tesorero en el desempeño de sus funciones.

c) Desempeñar las comisiones que se les asignaren.

d) Las demás que por razones naturales de su cargo le correspon-den.

Art. 40.- So atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación enforma conjunta con el Presidente o separadamente.

b) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucionesde la Junta Directiva y de la Asamblea General de los

Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

c) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos y

Reglamentos de la Asociación.

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la Junta

Directiva.

Art. 41.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar con los demás Miembros de la Junta Directiva.

b) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea

General y la Junta Directiva.

c) Las demás que le señalen los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

Art. 42.- Deberá constituirse un Comité de Vigilancia en la Asocia-

ción el cual estará integrado por tres Miembros Propietarios y sus

respectivos Suplentes, quienes tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, libros y documentos y también podrán inquirir en el trabajo

que realicen los comités de apoyo.

Los integrantes de este comité serán electos entre los Miembros que

asistan a la Asamblea General Extraordinaria para elección de la Junta

Directiva; y deberán cumplir los requisitos establecidos en el Artículo 30

de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION COMUNAL

PARA EL DESARROLLO

Art. 43.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas que aporten los Asociados que sean aprobadas en

Asamblea General.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-

tes.

c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para

recaudar fondos para la Asociación.

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan

con la administración de la misma, así como los provenientes

de donaciones, herencias y legados.

Art. 44.- El Presidente y el Tesorero, tendrán que responder con

transparencia y solidariamente por los movimientos de cuentas bancarias

de la Asociación, cuando se excedan de los límites de su cargo.

CAPITULO VIII

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 45.- Los integrantes de la Junta Directiva tendrán obligación

de rendir informes de sus actividades cada seis meses a la Asamblea

General.

Art. 46.- La Alcaldía Municipal de Apopa, debe auditar las opera-

ciones de esta Asociación, por lo menos cada seis meses, para ejercer

control por el uso indebido de cualquiera de los privilegios y excepciones

de que goce tomando las medidas correctivas que sean necesarias.

CAPITULO IX

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 47.- La modificación de los Estatutos podrá acordarse en

Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de

todos los afiliados de la Asociación.

Art. 48.- Tendrán iniciativa para solicitar la modificación de los

Estatutos; la Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso,

corresponderá a la mitad más uno de los afiliados activos presentar su

petición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso, la Junta

Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General.

CAPITULO X

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 49.- Esta Asociación Comunal podrá disolverse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria por mayoría abso-

luta de los afiliados presentes.

Art. 50.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-

tes:

a) Por la disminución del número de sus afiliados en un cincuen-

ta por ciento del mínimo establecido por la Ordenanza Regu-

ladora de las Asociaciones Comunales en la ciudad de Apopa

y el Código Municipal, para su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue

constituida.

c) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la

democracia, orden público, a la moral o las buenas costum-

bres.

d) Cuando su funcionamiento no esté dentro de todo marco

legal.

Art. 51.- El acuerdo de disolución debe tomarse por mayoría

absoluta de los afiliados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser

comunicado al registro de las Asociaciones Comunales, por la Junta

Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado,

remitiéndose además una certificación del Acta respectiva.

Art. 52.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-

sión liquidadora que estará integrada por dos Delegados Municipales y

por dos representantes de la Asociación quienes quedarán electos en la

Asamblea General Extraordinaria convocada para efectos de disolución;

si no fueron electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados

Municipales; disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla.

Art. 53.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de

liquidación está obligada a poner a disposición de la Comisión Liquida-

dora todos los libros y documentos y rendir los informes y explicaciones

que se le soliciten.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Art. 54.- La Comisión Liquidadora una vez concluido su trabajo

remitirá al Concejo Municipal para su aprobación, los documentos

pertinentes y un informe detallado de su gestión.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 55.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u

obtenerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos, etc.,

para llevar a cabo sus proyectos, estando obligados a informar a la

Alcaldía el origen de los recursos.

Art. 56.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer

constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura

que contendrá el objeto del libro, número de folio, firmados y sellado por

el Secretario de Actas de la Junta Directiva.

Terminado el libro o libros se pondrá una razón de cierre que sellará

y firmará el mismo Secretario de Actas.

Art. 57.- Los cargos de la Junta Directiva son Ad-Honores, sin

embargo, cuando un Miembro de la Junta Directiva o Asociado trabaje

en actividades a tiempo completo o particulares y eventuales para la

Asociación, podrá cobrar una retribución convencional, previa discusión

y aprobación de la Junta Directiva y o cuando el volumen de trabajo y las

circunstancias lo ameriten.

Art. 58.- Toda Junta Directiva saliente podrá formar parte de un

Consejo Asesor de la Junta Directiva que se elija conforme estos

Estatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos Miembros a quienes

se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado

inadecuadamente los fondos y donaciones hechos a esta Asociación.

Art. 59.- Las Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas cir-

cunstanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre sus

actividades realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe al que se refiere el inciso anterior debe ser rendido por

escrito, firmado y sellado por todos los Miembro de la Junta Directiva

saliente, a más tardar el primer mes de funciones de la nueva Junta

Directiva.

Art. 60.- Estos Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de

su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO CUATRO.

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal,

"Pasaje Los Almendros" (ADECOPLA), ubicado en la 6a Calle Poniente,

Pasaje Los Almendros, Barrio El Calvario, de esta ciudad, que consta de

60 artículos; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a

la Constitución de la República, Código Municipal, Ordenanza Regula-

dora de las Asociaciones Comunales del Municipio de Apopa, al orden

público, la moral y a las buenas costumbres, de conformidad a lo

establecido en los artículos 119 y 30 Numeral 23 del Código Municipal,

este Concejo Municipal, por unanimidad, ACUERDA: aprobar en todas

sus partes y se le confiere a dicha Asociación, el carácter de Persona

Jurídica.

Dado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Apopa, a los

veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dos.

Dr. Juan Osmín Estrada González,Alcalde Municipal.

Ing. Agron. Vicente Adalberto Velásquez,Síndico Municipal.

Flor Fidelina Gamero Aguilar,1a. Regidora Prop.

Dra. Luz Estrella Rodríguez de Zúniga,2a. Regidora Prop.

Carlos Francisco Martínez,3er. Regidor Prop.

Alfredo Escobar Espinoza,4o. Regidor Prop.

Elizabeth Nolasco Pérez,5o. Regidor Prop.

Luis Enrique Ramos López,6o. Regidor Prop.

José Antonio Barahona Rodríguez,7o. Regidor. Prop.

Licda. Lorena Maribel Valencia de Aguilar,8a. Regidora Prop.

Licda. María Nicolasa García Rivas,9a. Regidora Prop.

Lic. Wilfredo Roberto Rivas Canjura,10o. Regidor Prop.

Miguel Angel Franco Hernández,11o. Regidor Prop.

Saúl Armando Cortez Carranza,12o. Regidor Prop.

José Dolores Hernández Portillo,1er. Regidor Sup.

Agustín Cerritos Sánchez,2o. Regidor Sup.

Rosa Esther García de Meléndez,3a. Regidora Sup.

Gilma Guadalupe Rodríguez Bonilla,4a. Regidora Sup.

Juan Ricardo Vásquez Guzmán,Secretario Municipal.

(Registro No. 11814)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE

“REGALO DE DIOS”, DEL CANTON ASUNCION AMATEPE

Y SICAHUITE, DE LA JURlSDICCION DE EL ROSARIO,

DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ (ACASARDAS).

CAPITULO PRIMERO.

DEL NOMBRE, NATURALEZA, DURACION Y DOMICILIO

Art. 1.- Constitúyese en la Comunidad de Asunción Amatepe ySicahuite, de la jurisdicción de El Rosario, del departamento de La Pazdenominada Asociación Comunal Administradora del Sistema de Aguapotable “REGALO DE DIOS” que se abrevia (ACASARDAS) y que sellamará LA ASOCIACION, que será una entidad de naturaleza privada,no lucrativa, sin fines políticos ni religiosos, la que en los presentesestatutos se denominará “ACASA” o la Asociación, la que estaráintegrada por sus asociados y beneficiarios del servicio de agua potabledel mencionado cantón, sosteniéndose a la legislación municipal, losEstatutos de la Asociación, Reglamento Interno, y demás disposicioneslegales que fueren aplicables.

Art. 2.- La Asociación se constituye por tiempo indeterminado,pudiendo disolverse por los motivos que se establecen en estos Estatutos.

Art. 3.- La Asociación tendrá su domicilio en el Cantón de Asun-ción Amatepe y Sicahuite de la jurisdicción de El Rosario, del departa-mento de La Paz.

CAPITULO SEGUNDO

OBJETIVOS.

Art. 4.- El objeto fundamental de la Asociación es la de otorgar elservicio de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas asus asociados mediante la administración, operación y mantenimiento delas instalaciones que componen el Sistema Rural de aguas, que en estosEstatutos, podrá también denominársele “El Sistema”.

Art. 5.- Para la consecución de sus fines, la Asociación podrárealizar las siguientes actividades:

a) Tendrá a su cargo la administración, operación y manteni-miento del sistema, según se establece en el convenio celebra-do con la Alcaldía y P.C.I.

b) Distribuir agua potable a los asociados y beneficiados, deacuerdo a la capacidad del sistema así como recolectar y tratarlas aguas servidas antes de vertirlas a cuerpos de aguas oinfiltrarlas al subsuelo, cuando esto sea lo recomendable;

c) Procurar la participación efectiva de la comunidad en lagestión, planificación, diseño, construcción, operación, man-tenimiento y la administración del sistema de acueducto y/osaneamiento; procurando la capacitación y educación sani-taria que se requiera;

d) Contratar los servicios del personal necesario para la admi-nistración, operación y mantenimiento del sistema, con supresupuesto anual de ingresos y gastos; siendo la relaciónlaboral que se origine, de la exclusiva responsabilidad de laAsociación;

e) Proveer a la comunidad la información necesaria sobre susderechos y obligaciones respecto al buen funcionamiento delsistema y de la misma Asociación;

f) Vigilar y proteger el recurso hídrico de su cuenca o micro-cuenca hidrográfica, de conformidad a las leyes de la materiaque estén vigentes o se dicten en lo relacionado con laprotección y conservación del medio ambiente;

g) Adquirir materiales y financiamiento para la reparación,mejoramiento o ampliación de las instalaciones del sistema;

h) Adquirir bienes muebles e inmuebles para la consecución detodos sus fines, observando los medios legales correspon-dientes, sin que estos causen gravamen en los sistemas;

i) Ejecutar todos los actos y celebrar toda clase de contratos oconvenios que sean necesarios para la realización de susfines, siempre que contribuyan a mejorar el sistema;

j) Manejar bajo su responsabilidad única, los fondos obtenidosen concepto de tarifas por consumo de agua, o uso del sistemade recolección y tratamiento de aguas servidas; por pago deconcepto de mora u otra actividad realizada a dichos fines; loscuales deberán ser depositados en un Banco legalmenteconstituido; debiendo usarse únicamente para gastos de fun-cionamiento del sistema;

k) Establecer y aplicar las sanciones y multas a los asociados ybeneficiados del sistema que no cumplan con sus obligacio-nes, normas y procedimientos establecidos para la adminis-tración general de la Asociación, tanto en el reglamentoespecial de la administración del proyecto, como en el conve-nio suscrito con ésta, y éstos Estatutos;

l) Asegurar el cumplimiento de las normas y procedimientos desalud a nivel nacional, dictadas para el abastecimiento, sanea-miento y prevención a la contaminación del agua potable;

m) Informar a la Alcaldía y a la comunidad en forma periódica,sobre las labores que realizan y los proyectos que se lleve acabo; enviando a la Alcaldía dentro de un plazo de 90 días unacopia de la memoria anual de la labor realizada; cuyo ejerci-cio comenzará en enero y terminará en diciembre de cada año;

n) Promover y apoyar programas de higiene básica sanitaria yeducación ambiental entre sus asociados y beneficiarios; encoordinación con otras instituciones del Estado u Organis-mos no Gubernamentales;

o) Gestionar financiamiento ante otros organismos Guberna-mentales y no Gubernamentales, para el mejoramiento delsistema; siempre y cuando los compromisos a adquirir nocontravengan el reglamento especial de Administración, elconvenio con la Alcaldía y estos Estatutos;

p) Permitir la conexión de otras comunidades al sistema ya seapor medio de una ampliación o por el mismo sistema existen-te, siempre y cuando exista factibilidad técnica favorable y segarantice la calidad del servicio de los actuales beneficiarios

q) Las demás actividades que fueren necesarias realizar acorda-das en Asamblea General o con la Junta Directiva en benefi-cio de la Asociación y/o Sistema;

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

CAPITULO TERCERO

DE LOS ASOCIADOS, CALIDAD,

DERECHOS Y OBLIGACIONES

Art. 6.- La Asociación se constituye con los Asociados Fundadoresen número de 87 pudiendo ingresar posteriormente mayor número demiembros beneficiados que se integren al sistema, quienes deberán sermayores de 18 años no importando su sexo, religión o ideas políticas;

Art. 7.- Son derechos de los Asociados:

a) Asistir con voz y voto a las Asambleas Generales Ordinariasy Extraordinarias;

b) Elegir y ser electos para cargos de dirección, administracióno vigilancia de la organización;

c) Gozar de los beneficios del servicio de agua potable, recolec-ción y tratamiento de aguas servidas siempre que se encuentresolventes en el pago de sus tarifas y en el cumplimiento de susdemás obligaciones;

d) Solicitar y obtener información que solicite la Junta Directi-va;

e) Solicitar a través de un directivo más una tercera parte de susasociados, como mínimo para que se convoque a AsambleaGeneral;

f) Apelar ante la Asamblea General por decisiones de suspen-sión o exclusión,

g) Gozar de igualdad de condiciones de los derechos que sucalidad de asociados le confieren, sin ningún tipo de discrimi-nación y así como también tener acceso a los libros de Actas;

h) Los demás derechos que le confieren estos Estatutos.

Art. 8.- Son obligaciones de los Asociados:

a) Conocer, acatar y cumplir las disposiciones generales, para laAdministración y funcionamiento de los sistemas de agua enel área rural, los términos contractuales del convenio suscritoentre la ANDA, la Alcaldía Municipal, P.C.I. , la Asociacióny su Reglamento Interno y estos Estatutos;

b) Servir en los cargos para los cuales resultare elegido; ydesempeñarse con responsabilidad y diligencia debida;

c) Participar en todas las actividades que realicen en beneficiode la Asociación y del sistema de aguas;

d) Contribuir con una cuota inicial de incorporación comoAsociado, la cual será fijada por la Asamblea General;

e) Asistir puntualmente a todo acto o reunión convocada por laJunta Directiva, incluyendo aquellas actividades educativas;participando en la toma de decisiones;

f) Pagar oportunamente las cuotas por el servicio recibido, enlas fechas estipuladas en el Reglamento Interno, en base a losvalores fijados al efecto;

g) Comportarse siempre con espíritu cooperativo en las activi-dades que realice la Junta Directiva o cualquiera de losmiembros de la Asociación;

h) Abstenerse de actos que por acción u omisión puedan afectarla estabilidad económica, financiera y prestigio social de laAsociación;

i) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de la JuntaDirectiva y Asambleas Generales, Ordinarias o Extraordina-rias;

j) Abstenerse de promover o propagar asuntos políticos, reli-giosos o raciales dentro del seno de la Asociación;

k) Acatar los preceptos de estos Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación y contribuir a la protección delSistema

l) Los demás que establezcan en el Reglamento Interno y losEstatutos de la Asociación;

Art. 9.- La calidad de miembro de la Asociación se pierde porcualquiera de las razones siguientes:

a) Por renuncia voluntaria, a la Asociación, pero no al sistemade agua,

b) Por causa de suspensión o expulsión de la Asociación tomadaen acuerdo por la Junta Directiva y aprobado en AsambleaGeneral por incumplimiento de obligaciones; pero no podrásuspender su servicio de agua sin causa justificada;

c) Por cambiar de domicilio fuera de los límites del sistema;

d) Por causa de muerte del socio.

CAPITULO CUARTO

DEL PATRIMONIO

Art. 10.- Constituyen el Patrimonio de la Asociación, todos losbienes muebles e inmuebles que adquieran o hayan adquirido con fondospropios, financiamiento ajeno a ANDA o por donaciones de personasnaturales o jurídicas dentro del proceso de Administración del Sistemade Agua Potable, los que la Asociación podrá negociar su transferenciaa cualquier título con cualquier Institución o persona natural, si estosconstituyen bienes indispensables para el mantenimiento y operación delsistema.

Art. 11.- También constituyen parte del Patrimonio de la Asocia-ción:

a) Las cuotas Ordinarias y Extraordinarias que se acuerden enAsamblea General;

b) Los ingresos provenientes de actividades tales como: rifas,fiestas sociales y otras actividades de naturaleza similar;

c) Las donaciones que hicieren personas naturales y/o jurídicas;nacionales o extranjeras;

d) Las ampliaciones de redes del sistema o bienes que seincorporen para ello, muebles o inmuebles; y cualquiera otrosingresos que se perciban legalmente;

Art. 12.- No constituye Patrimonio de la Asociación, aquellosbienes, muebles e inmuebles que la Alcaldía les traslade en comodatopara la administración, mediante convenio celebrado para ello, los que encaso de disolución, revertirán a la posesión y dominio de la referidainstitución para seguir operando el sistema con otras AsociacionesComunales existentes que deseen celebrar nuevo convenio para ello; ocon personas naturales o jurídicas que se dediquen a ello.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CAPITULO QUINTO

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 13.- La Asamblea General en pleno es la autoridad máxima dela Asociación, y se constituye por la presencia de sus miembros,independientemente de la fecha de ingreso a la Asociación; sin importarsu calidad de Asociado Fundador o beneficiado. Sus decisiones son decarácter obligatorio para todos los asociados.

Art. 14.- Los acuerdos de Asamblea General, se aprobarán con elvoto de la mitad más uno de los asociados; salvo el caso de disolución dela Asociación, que deberá realizarse por la votación de las tres cuartaspartes del total de sus asociados, según lo establecido en el Artículo 43.De estos Estatutos.

Art. 15.- Si la plenaria de la Asamblea General no pudiere llevarsea cabo el día y hora señalados por falta de quórum, fuerza mayor o casofortuito, se hará una nueva convocatoria dentro de los cinco díassiguientes y, en este caso, la resolución se tomará con la votación de lastres cuartas partes de los miembros presentes.

Art. 1 6.- Las Asambleas Ordinarias se celebrarán semestralmente,por convocatoria del Presidente de la Junta Directiva. Ningún miembropodrá representar a otro, para efectos de ejercer el voto, el cual es decarácter personal e intransmisible. Dicha votación puede emitirse enforma secreta o por votación pública a mano alzada, según lo decida laAsamblea General; en cuya agenda deberán tratarse los asuntos deinterés de la Asociación; y en especial, los siguientes:

a) El estado de cuenta y balance general; memoria anual osemestral de las labores, actividades y avances obtenidosdurante el período anterior;

b) Por la elección de nuevos miembros de Junta Directiva, cuyonombramiento será por períodos de dos años, pudiendoreelegirse si la Asamblea General en pleno así lo decidiere;

c) Para la presentación del proyecto del plan anual de activida-des, en Asamblea General para la aprobación del pleno;

d) Los casos de ampliación o mejoramiento del sistema; técni-camente avalados por la Alcaldía, ANDA en beneficio de laAsociación;

e) Los casos de admisión de nuevos miembros beneficiados delsistema;

f) Para la fijación de cuotas o tarifas por el uso del sistema, encoordinación con la Alcaldía, ANDA y de acuerdo con lasdisposiciones legales vigentes.

Art. 17.- Deberá convocarse a Asamblea General Extraordinaria ainiciativa del Presidente de la Junta Directiva; a iniciativa de la mayoríade los miembros de la Junta Directiva o por requerimiento de por lomenos una tercera parte de los asociados; debiendo señalarse en laconvocatoria el objeto de la Asamblea, fecha, hora y lugar, para la cualse convoca a un representante que la Asociación requiera, cuando setratare de modificación o ampliación del sistema, además para conocersobre:

a) La reforma a estos Estatutos;

b) La adquisición de nuevos bienes muebles e inmuebles paralos fines de la Asociación;

c) La aprobación de aportes de cuotas extraordinarias parafinanciar nuevos proyectos que beneficien el sistema; debien-do aprobarse con la votación de por lo menos las tres cuartaspartes de sus miembros;

d) La exclusión de uno o más asociados, lo cual deberá decidirseen votación secreta; lo mismo, que para la cesación del cargode algún miembro de la Junta Directiva;

e) La disolución de la Asociación,

Art. 18.- Las Asambleas Generales Ordinarias quedarán legalmen-te, constituidas, con la presencia en la primera citación, de por lo menosla mitad más uno de los Asociados Activos; y las Extraordinarias, con porlo menos las tres cuartas partes de ellos.

Art. 19.- Las deliberaciones y acuerdos que se produzcan en lasAsambleas Generales quedarán registrados en el libro de Actas, el quedeberá contener al menos:

a) El día, hora y lugar de reunión;

b) Nombre del dirigente que presidió la reunión;

c) Miembros de la Junta Directiva presentes;

d) Número de miembros presentes; incluyendo el o la delegadade cualquier institución que hubieran sido invitados según lospuntos a tratar; así como los representantes de otras institu-ciones involucradas según el caso;

e) Agenda, puntos tratados y acuerdos anteriores;

f) Un extracto de las deliberaciones, los avances y/o resultadosde los acuerdos tomados;

g) Tipo de reunión de que se trate;

h) Registro del tipo de votación que se realice.

El acta será firmada dentro de los cinco días hábiles siguientes a lafecha de celebrada, por el Presidente(a), por el Secretario(a), por tresmiembros designados para tal efecto, por la misma Asamblea y por elrepresentante que la Asamblea designe, que asistió a dicha Asamblea.

Art. 20.- En las Asambleas Generales de asociados, los funciona-rios que sean designados por Asamblea deben ser debidamente acredita-dos, y tendrán derecho a voz pero no a voto.

Art. 21.- La Asamblea General tomará sus decisiones por mayoríade votos de los presentes y en caso de empate, el Presidente tendrá doblevoto.

CAPITULO SEXTO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 22.- La PRIMERA JUNTA DIRECTIVA de la ACASA seráelecta por mayoría de votos en la Asamblea General de Constitución lasdemás Juntas Directivas o miembros de estas que sustituyan a los queterminan su período, será convocada por la misma Junta Directiva o apetición de por lo menos la tercera parte de los miembros de la ACASA

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Art. 23.- La Asamblea General de asociados elegirá, dentro de losasociados las personas idóneas para formar parte de la Junta Directiva dela ACASA pudiendo optar a los cargos de:

a) Presidente(a);

b) Vicepresidente(a);

c) Secretario(a);

d) Prosecretario(a);

e) Tesorero(a);

f) Protesorero(a);

g) Síndico(a);

h) Vocales

Al momento de hacer las propuestas para optar por cualquier cargode la Junta Directiva, deberán postularse el cincuenta por ciento delgénero femenino, informando de este derecho constitucional al inicio dedichas propuestas; so pena de nulidad de elección; excepto que por causajustificada y a criterio razonado de la Asamblea, no se logre dichaproporcionalidad de género en la postulación. En todo caso la suma totalde los miembros electos de la Junta Directiva deberá ser un númeroimpar.

Art. 24.- Para ser Miembro de la Junta Directiva de la ACASAdeberá estar solvente con las obligaciones de la Asociación y ademáscumplir con los requisitos siguientes:

a) Ser asociado de ACASA y estar solvente con las obligacioneseconómicas de la Asociación.

b) Ser mayor de 18 años,

c) Tener instrucción notoria.

d) No tener parentesco en segundo grado de consanguinidad nisegundo grado de afinidad entre los miembros de la JuntaDirectiva; sin embargo, en casos excepcionales y a criteriorazonado de la Asamblea, se podrá omitir este requerimiento,

e) Ser salvadoreño por nacimiento o naturalización;

f) No estar procesado ni cumpliendo condena por delito contralas leyes de El Salvador;

g) Ser de reconocida solvencia moral.

Art. 25.- Los miembros de la Junta Directiva permanecerán en suscargos dos años y podrán ser reelectos en el período siguiente, pudiendoejercer hasta un máximo de dos períodos consecutivos en un mismocargo. Sin embargo, continuarán en sus cargos mientras no se realice unanueva elección.

En caso de abandono, renuncia, muerte o destitución, de uno o másde sus miembros, los directivos suplentes ejercerán las funciones, para locual se convocará a Asamblea General, notificando el nombramiento adirectivo titular y seleccionar nuevos directivos suplentes, para llenar lasvacantes, por el resto del período.

Al menos la mitad de los miembros de la Junta Directiva deberánser elegidos en forma alterna, por lo que tres de los seis miembros de laJunta Directiva inicial, serán sorteados para que terminen su período unaño después de electos y no para dos años como correspondería en lospróximos nombramientos.

Art. 26.- Una vez electos los miembros de la Junta Directiva, el(la)Secretario(a) deberá remitir las nóminas electas al Concejo Municipal deEl Rosario, para efectos de acreditar la representación legal, el Secretarioexpedirá las acreditaciones de cada miembro de la Junta Directiva.

Art. 27.- Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán suscargos ad honorem. Sin embargo, cuando deban realizar gestiones oformar comisiones, se les reconocerá los gastos de transporte y susviáticos, lo cual deberá ser contemplado en el Reglamento Interno.

Art. 28.- Para que pueda sesionar la Junta Directiva el quórumdeberá ser de mayoría simple, o sea, la mitad más uno de sus miembros.Las resoluciones se tomarán con la misma proporción; o sea, la mitad másuno de los miembros presentes.

Art. 29.- La Junta Directiva podrá destituir de sus cargos, acualquiera de sus miembros que faltare a tres reuniones consecutivas oa cinco alternas sin causa justificada; o cuando se le comprobaren fallaso hechos no compatibles con sus funciones, deberes y responsabilidades.

El reemplazo de estos miembros se realizará de conformidad alArtículo 25 de estos Estatutos.

Art. 30.- La Junta Directiva celebrará sesión Ordinaria una vez almes y sesión Extraordinaria cuando sea necesario, a solicitud del Presi-dente o de tres o más miembros de la misma.

Art. 31.- Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir fielmente los presentes Estatutos, elReglamento, el Convenio de Administración y Operación,los acuerdos adoptados en Asamblea, así como las disposi-ciones legales, administrativas y técnicas que sean aplicablespara el buen funcionamiento de la ACASA y de los servicios;

b) Velar por el buen funcionamiento del sistema, ejecutando lasobras necesarias para su conservación y mantenimiento;

c) Vigilar y proteger las microcuencas de las fuentes de abaste-cimiento del acueducto y de los cuerpos receptores, paraevitar su contaminación y ayudar a la protección de lascuencas hidrográficas de la región;

d) Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicioprestado incluido los logrados por concepto de mora u otrasactividades que realicen para aumentar los fondos de laACASA, los cuales serán destinados exclusivamente a losgastos de administración, operación, mantenimiento y mejo-ramiento del sistema; así como también para la capacitaciónde los miembros de la Junta Directiva y los operadores delsistema;

e) Adquirir materiales y obtener financiamiento para la opera-ción mejoramiento o ampliación de las instalaciones delsistema de agua potable y recolección o tratamiento de aguasservidas;

f) Adquirir bienes muebles o inmuebles para la consecución detodos sus fines por los medios legales;

g) Administrar los bienes de la ACASA, abrir y cerrar cuentasde ahorro, corriente, de deposito o de crédito en institucionesBancarias o Financieras legalmente reconocidas. Para talefecto se faculta expresamente al Presidente y al Tesorero dela Junta Directiva para cumplir con lo dispuesto en esteinciso;

h) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos quesean indispensables para la realización de sus fines de crea-ción de la ACASA, siempre que estos no contravengan lasdisposiciones legales, técnicas y administrativas aplicables.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

i) Convocar a reunión a los miembros para tratar los asuntos quese requieren en la administración del sistema, cuando así laJunta Directiva lo determine;

j) Elaborar el plan anual de trabajo y someterlo a aprobación enplenaria de la Asamblea General.

k) Analizar las solicitudes de los abonados o de nuevos servi-cios;

1) Llevar un registro de las órdenes de trabajo necesarias para elbuen funcionamiento del sistema; o la ejecución de accionesnecesarias para la aplicación de sanciones;

m) Informar por escrito y en forma oportuna a los usuarios, sobrelas sanciones impuestas por incumplimiento de sus obliga-ciones;

n) Revisar periódicamente las tarifas por consumo, cargos pornuevos servicios, sanciones y demás actividades administra-tivas; y cuando sea necesario modificarlas, deberán someter-las a la aprobación de la Asamblea General, siempre que sufin sea para que los ingresos sean suficientes para la gestióndel sistema.

Art. 32- Para llevar a cabo la administración financiera del sistemade agua potable, la Junta Directiva deberá:

a) Elaborar un plan de trabajo para la operación del sistema,mantenimiento preventivo, educación sanitaria y otros,

b) Elaborar un presupuesto anual para la administración de lossistemas y para la educación sanitaria;

c) Señalar el lugar de recaudación para el cobro de las tarifas porconsumo de agua y depositarlos a nombre de la Asociación,en una cuenta corriente o de ahorros de las sucursal bancariay financiera más cercana;

Remitir un informe contable a la Alcaldía de la Jurisdicción.

Todos los informes deberán estar firmados por el Contador si éstefuese contratado, y autorizado por el Tesorero, Presidente, Síndico ySecretario de la Asociación;

CAPITULO SEPTIMO

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA

JUNTA DIRECTIVA

Art. 33.- SON FUNCIONES DEL PRESIDENTE(A), las siguien-tes:

a) Representar legalmente a la Asociación en forma conjunta oseparada con el Síndico, pudiendo otorgar poderes generaleso especiales y revocar los; y en todas aquellas circunstanciasen que tal representación sea necesaria;

b) Convocar a reuniones de la ACASA y de la Junta Directiva;

c) Presidir las reuniones de Junta Directiva y las AsambleasGenerales;

d) Firmar, en representación de la ACASA, el convenio para laadministración, operación y mantenimiento del servicio, si sesuscribiera con ANDA u otra Institución;

e) Firmar la correspondencia de la Junta Directiva;

f) Autorizar los pagos que tengan relación con la operación y laadministración del servicio; hasta por un valor de dos milcolones; si el monto excediera de esa cantidad dicho pagosserán autorizados por la Asamblea General; cuando el montode los ingresos de la Asociación sea mayor de ¢50,000colones mensuales; el Presidente deberá rendir fianza banca-ria para responder por su gestión;

g) Girar cheques conjuntamente con el(la) Tesorero(a) concargos a los fondos de la ACASA;

h) Velar por el debido cumplimiento de los planes y programasde la ACASA;

i) Suscribir los contratos para la compra de bienes y materialesy para la contratación del personal que se requiere para laexplotación de los servicios, previa aprobación de la JuntaDirectiva de la ACASA y la opinión técnica de la Gerencia deSistemas rurales de ANDA;

j) Desempeñar todos los demás deberes correspondientes a sucargo y los que por acuerdos, le asigne la Asamblea General;

k) Responder solidariamente con el Síndico, de los actos demala administración; y con el Tesorero, en lo relacionado conla recaudación y erogación de fondos; administración fraudu-lenta y/o malversación de fondos.

Art. 34. SON FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE(A), lassiguientes:

Apoyar al Presidente(a) en el desarrollo de sus funciones y susti-tuirlo (a) en caso de excusa, y/o inasistencia justificada, incapacidad oretiro de su cargo;

Art. 35.- SON FUNCIONES DEL SECRETARIO(A), las siguien-tes:

a) Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordina-rias, reuniones de trabajo la Junta Directiva conforme ainstrucciones del Presidente;

b) Levantar las actas de las sesiones de la Junta Directiva yAsambleas Generales, firmarlas una vez aprobadas, conjun-tamente con el Presidente(a), registrándolas en un libro deactas, autorizado al efecto por la Junta Directiva;

c) Dar lectura del Acta de la sesión anterior, a la corresponden-cia recibida y contestarla en un término máximo de quincedías calendario. Tramitar y comunicar los acuerdos de laAsociación;

d) Tener a su cargo y bajo su custodia los documentos y archivosde la Asociación;

e) Remitir a la Alcaldía la información requerida en los plazosindicados;

f) Recibir y registrar la correspondencia proveniente de losusuarios y de otras entidades involucradas, someterla aconsideración de la Junta Directiva; notificando la resoluciónal interesado;

g) Llevar en orden y actualizado el libro de registro de asocia-dos;

h) Emitir constancia de acreditación a los miembros de la JuntaDirectiva cuando sus miembros lo soliciten;

i) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo ylos que por acuerdo se le asignen;

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Art. 36.- SON FUNCIONES DEL PROSECRETARIO(A), lassiguientes:

Apoyar al Secretario(a) en el desarrollo de sus funciones ysustituirlo(a) en caso de excusa, y/o inasistencia justificada, incapacidad,o retiro de su cargo;

Art. 37.- SON FUNCIONES DEL (la) TESORERO(a), las siguien-tes:

a) Controlar y custodiar los dineros recaudados por concepto decobro o de cualquier otra actividad desarrollada por la ACASAcon la finalidad de obtener fondos para las obras de manteni-miento, administración y operación del sistema de aguapotable, recolección y tratamiento de aguas servidas, debien-do rendir fianza bancaria para responder de su gestión con-junta o separadamente con el Presidente, según el caso; si losingresos de la Asociación excedieran de Cincuenta mil Colo-nes mensuales;

b) Depositar mensualmente en el banco o en alguna instituciónfinanciera legalmente reconocida, los saldos que resultendespués de que se hayan financiado los gastos de operación,administración y mantenimiento del sistema;

c) Autorizar retiros de cuentas bancarias, conjuntamente con el(la) Presidente(a) contra los fondos de la Asociación;

d) Custodiar los libros de contabilidad sobre la administracióny operación del sistema;

e) Solicitar al Contador si lo hubiere, informe mensual sobre elmovimiento financiero, debiendo éste rendir fianza bancaria,si el manejo de los fondos son superiores a cincuenta milcolones mensuales;

f) Mantener al día la documentación de la Asociación, especial-mente el archivo de facturas y demás comprobantes deingresos y egresos, el control de morosidad permanentemen-te actualizada y elaborar los informes de estados financieros,informando a la Junta Directiva y Asamblea General, en lasfechas fijadas para tal fin.

g) Preparar anualmente el balance general y Estado financiero,para ser informado ante el pleno en Asamblea General;

h) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo ylos que por acuerdos aprobados se le asignen;

i) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes,muebles e inmuebles propiedad de la Asociación;

j) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-ción adecuada de los recursos económicos así como efectuarlos pagos de las obligaciones de esta;

k) Organizar el sistema de recaudación y efectuar los cobros porconsumo, conexiones, reconexiones, multas y otros cargos,en coordinación con los demás miembros de la Junta Direc-tiva.

Art. 38.- SON FUNCIONES DEL PROTESORERO(A), las si-guientes:

Apoyar al Tesorero(a) en el desarrollo de sus funciones y sustituirlo(a) en caso de excusa, y/o inasistencia justificada, incapacidad o retiro desu cargo.

Art. 39.- SON FUNCIONES DEL SINDICO, las siguientes:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la ACASA,función que ejecutará en forma conjunta o separadamentecon el Presidente de la Junta Directiva; pudiendo otorgarpoderes generales o especiales y revocarlos. Debiendo, rendirfianza bancaria si los ingresos de la Asociación excedieran deCincuenta mil Colones mensuales; en todo caso, quedará acriterio de la Asamblea General.

b) Velar por el fiel cumplimiento de estos Estatutos, el Regla-mento Interno de la Asociación.

Art. 40.- SON FUNCIONES DE LOS VOCALES, las siguientes:

a) Asistir a todas las reuniones de la Junta Directiva, conderecho a voz y voto;

b) Colaborar con las actividades que sean solicitadas por Presi-dente, Vicepresidente, el Secretario y/o Síndico, siempre ycuando dichas actividades estén dentro de su capacidad yalcance la realización de las mismas;

c) Desempeñar todas las demás actividades y deberes inheren-tes a su cargo y los que por acuerdo de Asamblea General lesean asignados;

CAPITULO OCTAVO

SANCIONES, MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Art. 41.- Todos los miembros Fundadores y Beneficiarios de laACASA deben ejercer sus derechos y obligaciones. En caso de incum-plimiento comprobado, serán sujetos de sanciones y medidas que seestablecen los presentes estatutos, reglamento interno o en su defecto, lasque determine la Asamblea General, pudiendo consistir en multas,suspensión o expulsión de la Asociación, según gravedad del hecho.

Art. 42.- La ACASA esta en su derecho de pedir a la Alcaldía elcumplimiento de las obligaciones estipuladas en el convenio de adminis-tración, operación y funcionamiento del Sistema Rural de Aguas y lospresentes Estatutos, siempre y cuando esta cumpla con la asesoría,supervisión técnica, contable, administrativa y de desarrollo organiza-cional de la misma.

CAPITULO NOVENO

DE SU DISOLUCION

Art. 43.- La Asociación podrá disolverse por acuerdo de AsambleaGeneral, con la votación de las dos terceras partes de sus asociados, porlas causal es siguientes:

a) Por realizar actos arbitrarios que estén en contra del convenioo del Reglamento de Administración y Funcionamiento de laACASA, o por cualquier acto que violente los intereses de lacomunidad y la calidad de los servicios de agua potable ysaneamiento que se les brinde;

b) Por resolución judicial, cuando se compruebe que realizanactividades ilícitas, de lucro directo, o contrarias a la moral,la seguridad y el orden público; o mal manejo de los fondosy bienes de la entidad con perjuicio grave e irreparable aterceros o al Estado;

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

c) Por la disminución de sus integrantes a un porcentaje o

número inferior al requerido según su constitución;

d) Por falta de responsabilidad en administrar, operar y mante-

ner los sistemas, ya sea por infringir el Reglamento para las

comunidades rurales y el convenio de operación o estos

Estatutos; o el Reglamento Interno; o haya actuado en contra

de intereses de la comunidad;

e) Por crecimiento del sistema que vuelva dificil su administra-

ción por parte de la Asociación y esta deba ser reestructurada

o asumida por otra entidad;

CAPITULO DECIMO

DE LA MODIFICACION DE ESTATUTOS

Art. 44.- Los presentes Estatutos solo podrán modificarse por la

ACASA, siempre que no se contravenga a las disposiciones legales,

técnicas y administrativas vigentes, debiendo hacerse coordinadamente

con la Alcaldía Municipal.

Art. 45.- En el caso del artículo anterior, tendrán iniciativa para

solicitar la modificación de los Estatutos, la Asamblea General y la Junta

Directiva. En el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de los

afiliados activos presentar su petición por escrito a la Junta Directiva; y

en el segundo caso la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de la

Asamblea General, quien lo decidirá por votación de las tres cuartas

partes de sus miembros.

CAPITULO DECIMO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 46.- El ejercicio administrativo y fiscal de la Asociación será

del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

Art. 47.- Durante las reuniones de la Asociación, estará estricta-

mente prohibido abrir discusiones de tipo político, religioso o de cual-

quier otra índole que sea ajena a sus intereses y finalidades.

Art. 48.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir la

nómina de los miembros; en el registro que llevará la Alcaldía Municipal;

y en todo caso, proporcionar cualquier dato que se le pidiere, relativo a

la entidad.

Art. 49.- La Asociación podrá limitar temporalmente el ingreso de

nuevos socios, previo análisis técnico por parte de ANDA, sobre si la

capacidad del sistema lo permite no, para abastecer de agua potable a un

mayor número ,de personas; o si estas, requieran de mayores volúmenes

de agua que la capacidad de producción del sistema o la propia capacidad

de la fuentes de abastecimientos mientras éste no sea ampliado o

mejorado.

Art. 50.- Todo miembro excluido de la Asociación por causales

establecidas en estos Estatutos, sólo podrá ser readmitido después del

pago de todos los compromisos económicos pendientes; pero no podrá

aspirar a ningún cargo de Junta Directiva en un plazo no menor de dos

años.

Art. 51.- La Asociación deberá tener un Libro de Registros de sus

miembros, indicando su nombre y demás generales; residencia, Número

de Cédula de Identidad Personal u otro documento de identificación;

fecha de ingreso, número de asociados que componen a su grupo

familiar.

Art. 52.- La Asociación emitirá un Reglamento Interno que esta-

blezca las reglas de carácter administrativo y demás obligaciones propias

de ésta y deberá ser sometido a aprobación de Asamblea General

inmediatamente después de la autorización de su personalidad jurídica.

Art. 53.- Para efecto de dar cumplimiento a las disposiciones de

estos Estatutos y del Reglamento Interno de la Asociación por violación

de los mismos; la Junta Directiva podrá solicitar la colaboración de las

autoridades administrativas o Judiciales de conformidad a la legislación

vigente.

Art. 54.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO CINCUENTA Y CINCO.

Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal Administradora del

Sistema de Agua Potable “Regalo de Dios”, del Cantón Asunción

Amatepe y Sicahuite, de la jurisdicción del Rosario, Depto. de La Paz, la

cual se abreviará “ACASARDAS”, que constan de 54 Artículos; y no

habiendo encontrado en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de

la República, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformi-

dad con el Artículo 30, Numeral 29 y 119 del Código Municipal. Este

Concejo acuerda aprobarlos en todas sus partes. Y por lo tanto le confiere

a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica. COMUNIQUESE.

ALCALDIA MUNICIPAL: El Rosario, Depto. de La Paz, a veinte

de febrero de dos mil tres.

JULIO DIEGO AREVALO BONILLA,

ALCALDE MUNICIPAL.

ALMA SOMOZA,

SRIO. MPAL.

(Registro No. 11416)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley,

HACE SABER: que hoy ha declarado a la señora JOSEFINASANCHEZ JIMENEZ, heredera beneficiaria e intestada en la sucesiónde la causante CORNELIA ACEVEDO SANCHEZ, conocida porCORNELIA ACEVEDO y por CORDELIA ACEVEDO, que falleció el

día catorce de marzo de dos mil, en el Cantón El Lazareto, jurisdicciónde San Pedro Nonualco, su último domicilio; en concepto de hija delcausante. La heredera declarada, tiene la administración y representa-ción definitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 14 de marzo del 2003. Dr. LUISSALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RO-DRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1v. Nº 789

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA,

AVISA: que por resolución proveída a las doce horas y treinta ycinco minutos del día diez de marzo del presente año; SE DECLARA-RON HEREDERAS DEFINITIVAS ABINTESTATO CON BENEFI-CIO DE INVENTARIO, a la señora LETICIA ARIAS DE GONZA-LEZ, de cincuenta años de edad, viuda, de Oficios del hogar, deldomicilio de Apopa; y a la menor ANA GABRIELA GONZALEZ

ARIAS, de diez años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; laprimera en calidad de cónyuge sobreviviente y a la vez Cesionaria de losderechos hereditarios que le correspondían a la señora SOFIA GONZA-LEZ VIUDA DE GARCIA, madre del causante, quien es de setenta ycuatro años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Quezalte-peque; y la segunda como hija del de cujus; de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor HECTOR JOSE GONZALES, conocido porHECTOR JOSE GONZALEZ, HECTOR JOSE GARCIA GONZALEZy por HECTOR JOSE GONZALEZ GARCIA, quien fue de cuarenta ynueve años de edad, Agricultor en Pequeño, Casado, fallecido el díatreinta y uno de octubre del año dos mil uno, siendo Apopa su últimodomicilio.

Y se les confirió a las herederas declaradas en el carácter indicado,la Administración y Representación definitiva de los bienes de la

sucesión; debiendo la menor ANA GABRIELA GONZALEZ ARIAS,ejercer sus derechos, a través de su Representante Legal, señora LETI-CIA ARIAS DE GONZALEZ.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas ycuarenta y siete minutos del día diez de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

Of. 1v. Nº 790

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, alas doce horas y quince minutos del día veinte de marzo del presente año;SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIODE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción

dejó la señora MARIA DEL CARMEN MENJIVAR, quien fue desesenta y tres años de edad, soltera, de Oficios Domésticos, fallecida eldía diecinueve de septiembre de mil novecientos noventa y cinco; siendoNejapa su último domicilio; de parte de los señores: SONIA ARGELIAMENJIVAR HERNANDEZ, GILMAR BLADIMIR MENJIVAR HER-NANDEZ y ROSA SIRIA MENJIVAR HERNANDEZ, todos en

calidad de hijos de la causante.

Y se les confirió a los aceptantes, en el carácter indicado la

Administración y Representación interina de los Bienes de la Sucesión,con las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas yveinticuatro minutos del día veinte de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

Of. 3v. alt Nº 791-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas y

veintiocho minutos del día veintisiete del marzo de presenta año; se tuvopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HerenciaIntestada, que a su defunción dejó el señor CARLOS GARCIA ROSA-LES, quien fue de treinta y tres años de edad, soltero, Peluquero, fallecidoel día siete de noviembre del año dos mil, siendo la ciudad de Nejapa suúltimo domicilio de parte de la señora MARIA GUILLERMA ROSA-

LES SOSA, conocida por GUILLERMA ROSALES DE GARCIA hoyVIUDA DE GARCIA, GUILLERMA ROSALES SOSA DE GARCIA,GUILLERMA ROSALES DE GARCIA y por MARIA GUILLERMI-NA ROSALES, y de la menor WENDY ESMERALDA GARCIAPORTAL, en calidad de madre e hija del causante respectivamente.

Y se les confirió a las aceptantes en el carácter indicado, laAdministración y Representación interina de los bienes de la Sucesión,con las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente, debiendo ejercer sus derechos la menor WENDY ESMERAL-

DA GARCIA PORTAL, a través de su Representante Legal, señoraANA ALICIA PORTAL QUINTANILLA.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas treintay dos minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

Of. 3v. alt Nº 792-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a

las quince horas y tres minutos del día veinte de marzo del presente año,se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó el señor JUAN HUMBERTOROGRIGUEZ SANCHEZ, quien fue de treinta años de edad, Empleado,casado, fallecido en San Salvador, el día trece de marzo del año dos mildos, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio de parte de las

menores: KARLA YANETH, de once años de edad, Estudiante ANAGABRIELA, de siete años de edad, Estudiante; y JAQUELIN DEJESUS, de cinco años de edad todas de apellidos RODRIGUEZ GUAR-DADO, y del domicilio de Quezaltepeque; y de los señores: ANALYGIA ZELAYA TORREZ conocida por ANA LIGIA TORRES, ANALIGIA ZELAYA TORRES y ANA LYGIA TORRES VIUDA DE

RODRIGUEZ, de cuarenta y dos años de edad, Comerciante, deldomicilio de Cuscatancingo; FRANCISCA SANCHEZ DE RODRI-GUEZ, de cincuenta y nueve años de edad, Ama de Casa, del domiciliode Quezaltepeque; y EMILIO JUSTO RODRIGUEZ VALLE, desesenta y seis años de edad, Jornalero, del domicilio de Quezaltepeque;en calidad de hijas, Cónyuge sobreviviente y padres del causante,

respectivamente.

Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la

Administración y Representación interina de los bienes de la Sucesión,con las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente, debiendo las menores KARLA YANETH, ANA GABRIELAy JAQUELIN DE JESUS, todas de apellidos RODRIGUEZ GUARDA-DO, ejercer sus derechos a través de su Representante Legal, señoraANA LUZ GUARDADO ESTRADA.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas ytreinta minutos del día veinte de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

Of. 3v. alt Nº 793-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, alas nueve horas y veinte minutos del día veintitrés de enero del presenteaño, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANGEL

CRUZ o JOSE ANGEL CRUZ GONZALEZ, quien fue de cincuenta y

un años de edad, Operario, Soltero, fallecido en San Salvador, el día

veinte de noviembre del año dos mil uno, siendo la ciudad de Apopa su

último domicilio; de parte de los señores: VICTORINA CRUZ conocida

por VICTORINA CRUZ GONZALEZ y por CONCEPCION CRUZ

GONZALEZ, de cincuenta y cuatro años de edad, Soltera de Oficios

Domésticos, del domicilio de San José Guayabal; y SAMUEL CRUZ

GONZALEZ, de cuarenta y seis años de edad, Técnico Electricista, del

domicilio de Ilopango; en calidad de hermanos del Causante.

Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la

Administración y Representación interina de los bienes de la Sucesión,

con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

cuarenta minutos del día veintitrés de enero de año dos mil tres. Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

Of. 3v. alt Nº 794-1

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

MISAEL ALCIDES HERNANDEZ ROMERO, Agente Auxiliar de la

Procuraduría General de la República, y representante de la señora

JESUS LOVATO DE VENTURA, promoviendo diligencias sumarias a

fin de titular supletoriamente a nombre de su representada, un terreno

rústico situado en el Cantón La Comunidad de San Pedro Nonualco; de

la capacidad superficial de DIEZ MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y

SEIS METROS CUADRADOS aproximadamente; que linda: al NOR-

TE, noventa y cinco metros quince centímetros, con LILIAN ESTELA

CANALES DE DOMINGUEZ; al ORIENTE, ciento cuarenta y un

metros, con PEDRO VENTURA PEREZ; al SUR, ciento un metros

quince centímetros con sucesión de CONCEPCION MENDEZ DE

CORNEJO, camino vecinal de por medio; y al PONIENTE, sesenta y

ocho metros sesenta centímetros, con LILIAN ESTELA CANALES DE

DOMINGUEZ.

Dice el solicitante que su representada adquirió dicho terreno por

compra que de él hizo a la señora MARIA CONCEPCION SANTOS

MENDEZ.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de marzo de dos

mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3v. alt. Nº795-1

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día

catorce de mayo del dos mil uno y diez horas del día dieciséis de

septiembre del corriente año, ha sido declarada yacente la herencia por

el señor TORIBIO HERNANDEZ, fallecido el día veintinueve de

diciembre de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón San Ramón,

Jurisdicción de San Antonio del Monte, de este Departamento su último

domicilio, y se ha nombrado Curador para que represente al Licenciado

JUAN ANTONIO OCHOA VARGAS, a quien se le hizo saber para su

aceptación y demás efectos de ley. En vista que el Licenciado OCHOA

VARGAS no aceptó el cargo de Curador nombrado, se nombró en

sustitución de este al Licenciado MARGARITO AMAYA, a quien se le

hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cuarenta y

cinco minutos del día once de diciembre del dos mil dos. Dr. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL

CARMEN CEREN ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 764-2

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas diez minutos

del día veintiuno de octubre del corriente año, ha sido declarada yacente

la herencia dejada por el señor MANUEL VICENTE BRITO, fallecido

el día cuatro de enero del corriente año, en esta ciudad, siendo ésta el lugar

de su último domicilio, y se nombró curador para que la represente al

Licenciado MANUEL DE JESUS CEA, a quien se le hizo saber para su

aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas quince

minutos del día once de diciembre del dos mil dos. Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 765-2

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día uno de

septiembre de mil novecientos noventa y siete se ha declarado Yacente

la herencia dejada por el señor REMIGIO GARCIA, fallecido el día diez

de julio de mil novecientos ochenta y ocho, en la población de Santo

Domingo de Guzmán su último domicilio y se ha nombrado Curador para

que lo represente al Licenciado EDUARDO ERNESTO PERALTA

VELASQUEZ a quien se le hizo saber para su aceptación y demás

efectos de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día diecinueve

de noviembre del dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCO-

BAR, SECRETARIA.-

Of. 3 v. alt. Nº 766-2

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas treinta

minutos del día ocho de julio del corriente año, y nueve horas cuarenta

minutos del día dieciséis de septiembre del corriente año, ha sido

declarada yacente la herencia dejada por el señor MARIO ZELEDON

MENDEZ, fallecido el día cuatro de febrero del año dos mil dos, en la

ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, y se ha

nombrado Curador para que la represente al Licenciado Juan Antonio

Moreno Rodríguez, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás

efectos de ley.- En vista de que el Licenciado Moreno Rodríguez, no

aceptó el cargo de curador nombrado se nombró en sustitución de éste al

Licenciado Margarito Amaya a quien se le hizo saber para su aceptación

y demás efectos de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las quince horas veinte

minutos del día once de diciembre del dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.-

Of. 3 v. alt. Nº 767-2

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día

veintidos de octubre del presente año, ha sido declarada yacente la

herencia dejada por el señor JOSE ALFREDO RAMOS, fallecido el día

treinta y uno de octubre del año dos mil uno, en esta ciudad su último

domicilio y se nombró Curador para que la represente al Licenciado

JUAN ANTONIO OCHOA VARGAS, a quien se le hizo saber para su

aceptación y fue legalmente juramentado.-

Estos edictos se libran a solicitud del Licenciado Pedro Adalberto

Ama Domínguez en su calidad de Procurador Auxiliar del señor Procu-

rador General de la República y en representación de la señora Margarita

Isabel Paiz Sánchez.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y

cinco minutos del día once de diciembre del dos mil dos.- Dr. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 768-2

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta y

cinco minutos del día veintitrés de octubre del corriente año, ha sido

declarada yacente la herencia dejada por el señor ALFONSO ESCOBAR

MENDOZA, fallecido el día doce de enero del corriente año en la ciudad

de San Salvador, siendo el Cantón Santa Emilia de esta jurisdicción su

último domicilio y se ha nombrado Curador para que lo represente al

Licenciado JUAN ANTONIO MORENO RODRIGUEZ, a quien se le

hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos

del día dos de diciembre del dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTI-

NEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 769-2

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas cuarenta y

cinco minutos del día ocho de Julio del año pasado, ha sido declarada

yacente la herencia intestada dejada por el señor JOEL VENTURA

GALICIA, fallecido el día diecisiete de febrero de mil novecientos

ochenta y siete, en el Cantón San José La Majada, jurisdicción de Juayúa

de este departamento su último domicilio, y se nombró Curador para que

la represente al Licenciado JOAQUIN RODRIGO GARCIA ALVARA-

DO, quien fue legalmente juramentado.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas treinta

minutos del día seis de febrero del dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 770-2

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Tribunal, a las doce horas quince minutos del día

tres de marzo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente con

beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida

a las ocho horas treinta minutos del día veintidós de diciembre de mil

novecientos noventa y nueve, en el Hospital San Juan de Dios de la

ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchua-

pa; dejó el señor CATALINO SANTOS ASENCIO, quien fue de

cuarenta y seis años de edad, casado, Jornalero, de parte de la señora

IRMA DEL CARMEN RAMIREZ VIUDA DE ASENCIO, en su

concepto de cónyuge del expresado causante, a quien se le nombra

INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas cincuenta y cinco

minutos del día cinco de marzo de dos mil tres.- Lic. HENRY EDMUN-

DO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 771-2

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE DEL CENTRO JUDICIAL DE ARMENIA,

HACE CONSTAR: que por resolución emitida por este Tribunal a

las once horas del día cinco de diciembre de dos mil dos, se tuvo por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada que a su defunción dejó el causante JOSE NAPOLEON AGUILAR,

quien era de ochenta y cinco años de edad, Jornalero, originario de esta

ciudad y fue de este domicilio, de parte de ANA GUADALUPE AGUI-

LAR DE LEON, en su calidad de hija sobreviviente del causante;

asimismo se le ha conferido a la aceptante en mención y en los conceptos

antes expresados, la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los siete

días del mes de enero de dos mil tres.- Licdo. RAMON HERMINIO

PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLEN-

TE.- Licdo. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETA-

RIO.

Of. 3 v. alt. No. 772-2

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas diez minutos

del día doce de noviembre del año dos mil dos. Se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada

dejada por el señor RENE ORLANDO MENJIVAR AQUINO, fallecido

el día once de febrero del año pasado en esta ciudad, siendo su último

domicilio la población de Nahuizalco, de parte de la señora ANA

BERTHA MENJIVAR conocida por ANA BERTA MENJIVAR y por

ANA BERTHA MENJIVAR CABRERA, en concepto de madre del

causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día seis de

diciembre del año dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 773-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas de este día

emitida por este Tribunal, se tuvo por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara la

causante MARCIA EMERITA HERNANDEZ, quien falleció el día

dieciséis de abril de mil novecientos noventa y nueve, en San Salvador,

siendo su último domicilio la ciudad de Jayaque, Departamento de La

Libertad, de parte de la señora ISIDORA HERNANDEZ, en su concepto

de madre sobreviviente de la causante. Se le ha conferido a la aceptante

antes indicada en el concepto antes expresado LA ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al Público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las quince

horas del día nueve de diciembre de dos mil dos.- Licdo. RAMON

HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Licdo. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETA-

RIO.

Of. 3 v. alt. No. 774-2

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída a las quince horas del día once de septiembre del dos mil

dos; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventa-

rio, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las siete horas

cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil, en

el Cantón Morro Grande de esta Jurisdicción, siendo la ciudad de

Acajutla, su último domicilio; dejó el señor RAUL MORALES GUAR-

DADO, de parte de los señores ALICIA GUARDADO, JOSE ANGEL

MORALES, BLANCA LUZ CASTRO, CAROLINA ESMERALDA

MORALES CASTRO, MAYRA MABEL MORALES CASTRO e

IDALIA ROSIBEL MORALES CASTRO, los dos primeros en su

concepto de padres del causante, la tercera en su calidad de cónyuge

sobreviviente y los restantes en su concepto de hijos del referido

causante; a quienes se nombra interinamente administradores y repre-

sentantes de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curado-

res de la Herencia Yacente.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez

horas del día doce de septiembre del dos mil dos.- Lic. ASTRID

YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

SUPLENTE.- Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETA-

RIA.

Of. 3 v. alt. No. 775-2

MARI O MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas treinta

minutos del día veintiuno de octubre del año dos mil dos, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada dejada por el señor FRANCISCO RIVERA, fallecido el día veinti-

trés de abril de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Cusamaluco,

jurisdicción de Nahuizalco su último domicilio, de parte de los señores

ROSENDA BRAN, GREGORIA, JOSE EMETERIO, FERMIN, SE-

BASTIANA, MARTA ESTELA, JAIME OMAR, todos de apellido

RIVERA y DANILO SAUL RIVERA BRAN, la primera como cónyu-

ges sobreviviente y los demás como hijos, todos del causante.- Se ha

conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de

la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cincuenta minutos

del día doce de noviembre del año dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 776-2

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, DE IZALCO,LICENCIADO ROBERTO RlCARDO RIVAS LIMA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, alas ocho horas del día quince de abril del corriente año, se ha tenido poraceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestadaque a su defunción dejó el causante FRANCLIN ROBEL DIAZ FLO-RES o FRANKLIN ROVEL DIAZ FLORES, quien falleció el díaveintiuno de abril del año dos mil, a la edad de veinticuatro años de edad,

siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores NICOLASFLORES y de EDELMIRA DIAZ, en concepto de padres del causante.Confiriéndole a los aceptantes en el concepto antes indicado la adminis-tración y representación interina de la indicada sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, a los quince días del mesde abril del año dos mil dos.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINAVILLEDA SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 777-2

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoMISAEL ALCIDES HERNANDEZ ROMERO, en concepto de AgenteAuxiliar del señor Procurador General de la República, y en representa-ción del señor JOSE DELIO TORRES, solicitando a favor de su

representado título supletorio de un inmueble rústico, ubicado en elCantón Tehuiste Arriba, jurisdicción de San Juan Nonualco, de unaextensión superficial de SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA YTRES METROS Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, aproxima-damente; y linda: NORTE, con una medida de cincuenta metros yveintinueve centímetros, lindando con ROSENDA SERVELLON SA-

RAVIA; ORIENTE, ciento ochenta metros con setenta y seis centíme-tros, lindando con JOSE SARAVIA ABARCA; SUR, diecinueve metroscon ochenta y dos centímetros, con ELISEO VALLADARES y JULIOCHIRINO, con ambos camino vecinal de por medio, y PONIENTE,ciento noventa y ocho metros con ochenta y siete centímetros, conNICOLAS GUZMAN CHIRINO, MARIA DEL CARMEN DELGA-

DO DE CHIRINO y ROSENDA SERVELLON SARAVIA. Dice elsolicitante que su representado adquirió dicho inmueble por compra quede él hizo a la señora JULIA TORRES, ya fallecida.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecinueve de febrerodel año dos mil tres.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LOCIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 778-2

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

LOYDA MARGARITA AREVALO PORTILLO, en concepto de Agente

Auxiliar del señor Procurador General de la República y en representa-

ción del señor NICOLAS GUZMAN CHIRINO, solicitando a favor de

su representante Título Supletorio de un inmueble rústico, ubicado en el

Cantón Tehuiste Arriba, juridicción de San Juan Nonualco, de una

capacidad superficial de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA

METROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRA-

DOS, aproximadamente; y linda: NORTE, mide treinta y cinco metros,

lindando con JOSE DELIO TORRES; SUR, mide treinta y cinco metros,

lindando con JULIO CHIRINO y MANUEL ADELIO GOMEZ AR-

GUETA, con ambos camino vecinal de por medio; ORIENTE, mide

setenta y cinco metros, lindando con JOSE DELIO TORRES, y PO-

NIENTE, mide setenta y cinco metros con dos centímetros, lindando con

MARIA DEL CARMEN DELGADO DE CHIRINO. Dice el solicitante

que su representado adquirió dicho terreno por compra que de él hizo a

su padre JOSE ADILIO GUZMAN.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecinueve de febrero

del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL. - JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO

Of. 3v. alt. No. 779-2

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

PEDRO ADALBERTO AMA DOMINGUEZ , en carácter de Procura-

dor Auxiliar General de la República en nombre y representación de la

señora CAMILA DEL CARMEN SANCHEZ VELIS, de setenta y seis

años de edad, soltera de oficios domésticos, del domicilio de Izalco,

solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Cruz Grande, de la jurisdicción de Izalco ,

de este Departamento, compuesto aproximadamente de catorce mil

doscientos setenta metros cuadrados, de los linderos siguientes: AL

NORTE, en tres quiebres: el Primero , de PONIENTE a ORIENTE, de

setenta y cinco metros, linda con propiedad de JESUS ARGUETA; el

Segundo, de SUR a NORTE, de cincuenta y cinco metros, linda con

propiedades de JESUS ARGUETA, ISOLINA PEREZ y Doctor ADOL-

FO VEGA; y el Tercero, de PONIENTE A ORIENTE, de treinta y dos

metros, linda con propiedad de JOAQUIN MISMIT; al ORIENTE, en

tres quiebres: el Primero, de NORTE a SUR, de ochenta y nueve metros,

linda con propiedades de CESAR LOPEZ y RODOLFO SHUNICO; el

Segundo, de ORIENTE A PONIENTE, de treinta y nueve metros, linda

con propiedad de RODOLFO SHUNICO; y el Tercero, de NORTE a

SUR, de ochenta y seis metros, linda con propiedades de RODOLFO

SHUNICO, MARGARITA SHUNICO, AURELIA SHUNICO y CECI-

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

LIA SHUNICO; AL SUR, ciento catorce metros, linda con propiedad de

ERNESTO HERRERA y ABELINO PEREZ SHUNICO; y, AL PO-

NIENTE: ciento diecisiete metros, linda con la propiedad del Beneficio

TECNICAFE, S.A; y, se valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLO-

NES, lo adquirió por posesión materia, por más de diez años, dicha

posesión data desde mil novecientos setenta y ocho, en forma quieta,

pacífica e ininterrumpida, el mencionado inmueble carece de título

inscrito y no es inscribible por carecer de antecedentes registrados, no es

predio dominante, ni sirviente y no existen otros poseedores proindivi-

sos, no tiene cargas ni derechos reales que respetar.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Juzgado de Primera Instancia , de Izalco, a los catorce días del mes

de marzo del año dos mil dos. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS

LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA

VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 3v. alt. No. 780-2

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

PEDRO ADALBERTO AMA DOMINGUEZ, en su carácter de Procu-

rador Auxiliar del señor Procurador General de la República, en nombre

y representación del señor DANIEL ELIUD FIGUEROA, de treinta y

cuatro años de edad, soltero, Jornalero, de este domicilio, con Documen-

to Unico de Identidad Número cero uno cinco cero uno ocho siete tres

guión tres; solicitando Título Supletorio; sobre un inmueble de naturale-

za rústico , situado en Cantón Cuntán, de esta jurisdicción, compuesto de

dos mil quinientos setenta y ocho punto treinta y siete metros cuadrados

de extensión superficial de los linderos siguientes: AL NORTE: con

propiedad de GRACIELA ERLINDA CEA; AL ORIENTE: con propie-

dad de ELSA GLORIA CALVO DE REYES, calle de por medio; AL

SUR: con propiedad de ELENA DE JESUS MEZQUITA DE CAMPOS;

y AL PONIENTE: con propiedad de PABLO DE JESUS RAMIREZ,

barranca de por medio; se valúa en la suma de OCHO MI COLONES, lo

adquirió por posesión material hace más de diez años, dicha posesión

data desde mil novecientos setenta y cinco y desde esa época de manera

quieta, pacífica e ininterrumpida ; el mencionado inmueble carece de

título inscrito y no es inscribible por carecer de antecedentes registrales;

no es predio dominante ni sirviente y no existen otros poseedores, no

tiene cargas, ni derechos reales que respetar.

Lo que se hace saber al Público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-

to de Sonsonate, a los siete días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA - Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SE-

CRETARIO.

Of. 3v. alt. No. 781-2

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER; que a este Juzgado se ha presentado la Licda. ANA

ZULMAN GUADALUPE ARGUETA JACOBO, en calidad de Agente

Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en representación del

Estado y Gobierno de El Salvador; solicitando Título Supletorio de un

terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón Las Rosas Nacaspilo,

jurisdicción de Carolina Departamento de San Miguel, de una extensión

superficial de mil cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados de las

medidas siguientes: AL NORTE, con terreno de ISRAEL MEMBRE-

ÑO, camino vecinal de por medio; AL ORIENTE: con terreno de

LEONIDAS PORTILLO SORTO , cerco y mojones de piedra de por

medio; AL SUR; con terreno de FELIPE MEMBREÑO, cerco de piedra

propio de por medio; y AL PONIENTE; con terreno de JOSE ODILON

PASTORA y ALEJANDRO MEMBREÑO, camino real de por medio.

El inmueble lo adquirió por donación hecha por el señor ISABEL

MEJIA MARTINEZ al Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de

Educación; que los valúa en la suma de DOS MIL COLONES EXAC-

TOS.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a las

doce horas y quince minutos del día cinco de diciembre de dos mil dos.

Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA - BR. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRE-

TARIO.

Of. 3v. alt. No. 782-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado por escrito el

Abogado PEDRO ADALBERTO AMA DOMINGUEZ, de treinta y

ocho años de edad, del Domicilio de Sonsonate, en calidad de Procurador

Auxiliar. A promover en nombre de la señora ERNESTINA GASPAR,

de sesenta años de edad, casada de oficios domésticos de este Domocilio,

con Cedula de Identidad Personal Número seis guión cinco guión cero

uno cero tres nueve cinco; Título de propiedad de un Solar Urbano

situado en el Barrio La Trinidad de esta Ciudad; el cual posee una casa

de tejas forradas con adobes, situadas en el Barrio La Trinidad de esta

Ciudad; el solar mide y linda AL NORTE: diez metros cuatrocientos

cincuenta milímetros con FLOR ELIZABETH ALVARADO DE HER-

NANDEZ; AL SUR: nueve metros ciento noventa y seis milímetros con

solar de la interesada; AL ORIENTE: diez metros doscientos cuarenta y

un milímetros con solar de CANDELARIA GARCIA y VIRGINIA

NOLASCO GUZMAN; y AL PONIENTE: diez metros cuatrocientos

cincuenta milímetros con FLOR ELIZABETH ALVARADO DE HER-

NANDEZ, con cercos propios por todos los rumbos, el cual lo ha

adquirido por posesión material que data por más de diez años consecu-

tivos de manera quieta, pacífica e ininterrumpida; no es predio dominan-

te ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que respetar y lo valúa

en la cantidad de CINCO MIL COLONES. Lo que hago del conocimien-

to para efectos de Ley.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los doce días del mes dediciembre del año dos mil dos. Prof. JOSE CARLOS ESTRADAHERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL. WALTER FRANCISCOCARDONA DIEGO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3v. alt. No. 783-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se presentó la LicenciadaAURORA CAROLINA JOYA LAZO, en representación de CANDE-LARIA MEJIA, solicitando a favor de su representada Título deDominio de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagrode La Paz, Calle Cárdenas Zona Alta Avenida Guacamaya, jurisdiccióndistrito y departamento de San Miguel, de la capacidad superficial deNOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUARENTA YSEIS DECIMETROS CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS,de las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE, treinta y un metrossetenta centímetros, con propiedad de JULIA GUZMAN, calle de pormedio; AL SUR, treinta metros, con propiedad de NELSON FLORES,calle de por medio AL ORIENTE, treinta y dos metros veinticuatrocentímetros, con propiedad de ISOLINA MEJIA; AL NORTE, treinta ydos metros cuarenta centímetros, con propiedad de ROSALIA CAÑAS.El inmueble antes decrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargasni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión connadie, y lo adquirió por compra de la posesión material que en escrituraprivada hizo de JULIAN FLORES , ya fallecido; posesión que unida ala de su antiguo poseedor es por más de diez años la cual ha sido quieta,pacífica, pública e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de DIEZ MILCOLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio, porlo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Miguel, a los veinticuatro días del mes demarzo de dos mil tres. - JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3v. alt. No. 784-2

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascrito Jueces de la Cámara Primera de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de Leyde esta Institución, EMPLAZA: al señor SANTOS BACILIO PORTI-LLO, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicacióndel presente edicto, se presente a esta Cámara a recibir copia de lademanda interpuesta por la Fiscalía General de la República en su contray otro, donde se le reclama la cantidad de QUINIENTOS OCHO MILCIENTO CUARENTA Y SEIS COLONES CON VEINTICINCO CEN-TAVOS ( 508,146.25) equivalente a CINCUENTA Y OCHO MILSETENTA Y TRES DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS DE DOLAR NORTE AMERICANOS (58,073.86), por su actua-ción como Alcalde y Tesorero en Alcaldía Municipal de San Isidro,Departamento de Morazán , durante el período comprendido del uno deoctubre de mil novecientos noventa y cinco al treinta de junio del dos mil,y que ha dado origen al Juicio de Cuentas No. D -13-2002.

Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República: San Salvador, a las doce horas veinte minutosdel día trece de marzo del dos mil tres.

Lic. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,

JUEZ.

Licda TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,

JUEZ.

Licda SONIA E. CORNEJO DE CISNEROS,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3v. alt. No. 785-2

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascrito Jueces de la Cámara Primera de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el artículo 88 dela Ley de esta Institucíon, EMPLAZA: a los herederos del señor RICAR-DO GONZALEZ SANCHEZ o a sus representantes , para que dentro delos cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, sepresente a esta Cámara a recibir copia de la demanda interpuesta por laFiscalía General de la República donde se le reclama la cantidad deDIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO COLONES CON NO-VENTA Y TRES CENTAVOS (¢18,408.93), equivalentes a DOS MILCIENTO TRES DOLARES CON OCHENTA Y OCHOS CENTAVOSDE DOLAR NORTE AMERICANOS ($2,103.88), por su actuacióncomo Tesorero de la Alcaldía Municipal de Delgado, Departamento deSan Salvador, durante el período comprendido del uno de enero de milnovecientos noventa y seis al treinta de abril de mil novecientos noventay siete, y que ha dado origen al Juicio de Cuenta No. D-21-2002.

Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República: San Salvador , a las nueve horas con veinticincominutos del día trece de marzo del dos tres.

Lic. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,

JUEZ

Licda TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,

JUEZ.

Licda SONIA E . CORNEJO DE CISNEROS,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3v. alt. No. 786-2

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

DE TERCERA PUBLICACIÓNGLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las diez horasy treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio de inventario, la herencia intestada dejada por la señoraADRIANA VIGIL, quien falleció a las dieciséis horas y treinta minutosdel día veintiocho de diciembre del año de mil novecientos noventa ynueve, en el Barrio La Parroquia de esta ciudad, siendo éste su últimodomicilio, de parte de la señora GRACIELA VIGIL, conocida porGRACIELA VIGIL ARIAS, ésta en calidad de hija de la causante.-

Confiéresele a la aceptante dicha, la administración y representa-ción legal interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.-

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Santiago de María, a

las once horas y diez minutos del día diecisiete de marzo del año dos miltres.- Lic. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRI-MERA INSTANCIA.- Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRAN-CO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 747-3

EL INFRASCRITO JUEZ,HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las diez

horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada,expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, quedejó al fallecer el señor DANIEL ALFONSO FLORES VELASQUEZ,el día doce de mayo del dos mil dos, en el Hospital Nacional San Pedrode esta ciudad, habiendo sido éste, su último domicilio, de parte de ROSAEMILIA PENADO VIUDA DE FLORES, en su calidad de cónyugesobreviviente del causante; confiriéndosele la administración y repre-sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince díasdespués de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a losveinticuatro días del mes de marzo del dos mil tres.- Lic. JOSE ANTO-NIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARANHERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 748-3

EL INFRASCRITO JUEZ,HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las doce

horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresa-mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó alfallecer el señor ANTONIO MARTINEZ RAMOS, el día dieciséis dediciembre de mil novecientos noventa y ocho, en la ciudad de Houston,Texas de los Estados Unidos de América, habiendo sido esta ciudad deUsulután, su último domicilio, de parte de ANGELICA DEL CARMENCASTELLON, como cónyuge sobreviviente del causante y de la menorMARILYN STEPHANIE y el señor WILSON ANTONIO MARTINEZCASTELLON, en calidad de hijos del mismo causante, la menorrepresentada por su madre señora CASTELLON. Confiriéndosele laadministración y representación interina de la sucesión, con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días despuésde la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a losveinticuatro días del mes de marzo del dos mil tres.- Lic. JOSE ANTO-NIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARANHERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 749-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,HACE SABER: que por resolución de las catorce horas de este día,

se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario,la herencia intestada que dejó el señor FRANCISCO ANTONIO TEJA-DA, al fallecer el día dieciséis de octubre del dos mil uno, en laComunidad La Poza número tres de esta ciudad, lugar que tuvo comoúltimo domicilio, de parte de la menor RUBIDIA MARICELA TEJADABERNAL, en calidad de hija del causante, representada dicha menor porsu madre señora MIRNA MARIBEL BERNAL, conocida por MIRNAMARIBEL MEDRANO; confiriéndosele la administración y represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días despuésde la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro díasdel mes de marzo del dos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNAN-DEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 750-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,AVISA: que por resolución de las diez horas y ocho minutos de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventarioen la herencia intestada que dejó al fallecer la señora TRANSITO DELCARMEN SEGOVIA, el día catorce de junio del año dos mil, en PuertoEl Triunfo, lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIADOLORES SEGOVIA y JOSE ANTONIO SEGOVIA, hijos sobrevi-vientes de la causante.

Confiéresele a los aceptantes la administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los catorcedías del mes de febrero del año dos mil tres.- Lic. MANUEL DE JESUSSANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- Lic. SIL-VIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 751-3

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO, al público, para los efectos deley,

AVISA: que por resolución de las diez horas y treinta y dos minutosde este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario en la herencia intestada que dejó al fallecer la menor JUANAROSARIO MATA MUNGUIA, conocida por JUANA ROSARIOMATA, el día treinta de diciembre del año mil novecientos ochenta yuno, en Cantón Tierra Blanca de esta Jurisdicción, lugar de su últimodomicilio, de parte de la señora CLEMENCIA MUNGUIA DE MATA,conocida por CLEMENCIA MUNGUIA, CLEMENCIA DEL CAR-MEN MUNGUIA, CLEMENCIA DEL CARMEN MUNGUIA DEMATA y por CLEMENCIA DEL CARMEN MUNGUIA MATA, en sucalidad de madre de la causante y como Cesionaria del Derecho Heredi-tario que en su calidad de padre de la misma le correspondía al señorEMILIO MATA, conocido por EMILIANO MATA. Confiéresele a laaceptante la administración y representación interina de la sucesiónintestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a losveintiún días del mes de marzo del año dos mil tres.- Lic. MANUEL DEJESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.-Lic. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 752-3

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

AVISO

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada sobre la Tercera Avenida Norte, número quinientos

cuatro ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día seis del corriente mes y año, se ha declarado a la

señora MARTA LIDIA GUEVARA HERNANDEZ, heredera definiti-

va con beneficio de inventario de los bienes dejados por el señor JOSE

ISABEL GUEVARA MARTINEZ, quien falleciera en el Parque Guz-

mán, de la Ciudad de San Miguel , a las doce horas y diez minutos del

día quince de agosto del año dos mil dos, siendo Comacarán el lugar de

su último domicilio, en su concepto de hija del causante; habiéndole

concedido la representación y administración definitiva de la referida

sucesión.

Por lo que se le avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Miguel, a lo veintisiete días del mes de marzo de

dos mil tres.

Lic. ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 11264

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, al público para los efectos de

ley,

AVISA: que por resolución pronunciada este día a las nueve horas

diez minutos, se han DECLARADO HEREDERAS DEFINITIVAS Y

CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a las menores FATIMA LO-

URDES VARGAS APARICIO y MARIA MAGDALENA VARGAS

APARICIO, en calidad de hijas de la causante, representadas legalmen-

te por su padre el señor JOSE MANUEL VARGAS conocido por JOSE

MANUEL VARGAS ZAPATA, en la herencia intestada que a su

defunción dejó la señora OLGA LIDIA APARICIO CASTILLO cono-

cida por OLGA LIDIA CASTILLO, al fallecer el día nueve de junio del

año dos mil dos, en el Hospital Rosales de la Ciudad de San Salvador,

siendo su último domicilio la ciudad de Santa Elena de este Departamen-

to.

Confiéreseles a las Herederas Declaradas la Administración y

Representación definitiva de la Sucesión con las facultades de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a las

nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de marzo

del año dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO

CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRE-

TARIA.

1 v. No. 11297

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, al público para los efectos de

ley,

AVISA: que por resolución de las quince horas treinta minutos del

día dieciocho de marzo del año dos mil tres, se ha DECLARADO

HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario al señor LUIS

RAMON MORALES HERNANDEZ en calidad de cesionario de los

derechos hereditarios que le correspondían a la señora VIRGINIA

HERNANDEZ REYES CONOCIDA POR VIRGINIA HERNANDEZ,

en concepto de hermana sobreviviente del causante señor PEDRO

HERNANDEZ REYES conocido por PEDRO HERNANDEZ MARTI-

NEZ en la herencia intestada que dejó éste al fallecer el día veintiséis de

febrero de mil novecientos ochenta y nueve en el Hospital San Juan de

Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad de Usulután lugar

que tuvo como su último domicilio, confiriéndosele la Administración y

Representación definitiva de la sucesión con las facultades de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a las

nueve horas del día diecinueve de marzo del año dos mil tres. Lic. JOSE

ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 11296

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

AVISO

ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA, Notario del domicilio de

Usulután, con despacho Notarial ubicado en Avenida Guandique,

Número 21, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario proveída

a las nueve horas del día cinco de marzo del año dos mil tres, se ha

declarado a la señora ROSA DEL CARMEN CRUZ DE SANCHEZ,

heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su

defunción en esta ciudad, su último domicilio, el día veintinueve de

noviembre del año dos mil, dejara el señor JOSE MARIO SANCHEZ

conocido por JOSE SANCHEZ y por JOSE MARIO SANCHEZ

MEDINA, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, y

cesionaria de los Derechos Hereditarios de los hijos del causante señores

KARLA ROCIO SANCHEZ CRUZ, MARIO ALEJANDRO SAN-

CHEZ CRUZ y EVELIN MARISOL SANCHEZ CRUZ, habiéndole

concedido la representación de la administración definitiva de la referida

sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Usulután, a las once horas del cinco de marzo del año

dos mil tres.

ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,

NOTARIO.

1 v. No. 11308

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas del día veinticinco de marzo del corriente año, fue declarado

HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO al

heredero y cesionario de Derechos Hereditarios JUAN DIOGENES

MURGA MARIN, de la Herencia Intestada que a su Defunción dejó la

causante NARCISA MARIN DE MURGAS o NARCISA MARIN,

quien falleció el día treinta de abril de dos mil uno, a la edad de sesenta

y cuatro años, casada, siendo esta ciudad su último domicilio, en su

calidad de hijo de la causante y como cesionario de los derechos

hereditarios que ante el Notario OTTO GOMAR RODRIGUEZ RIVAS,

le otorgaron JUAN MURGAS o JUAN MURGA, éste en calidad de

esposo sobreviviente, y LIDIA EMERITA MURGAS MARIN hoy DE

OLIVARES, TOMASA AMALIA MURGA MARIN hoy DE CHAVEZ,

MAURA NARVIRIA MARIN MURGAS, REGINO DARIO MURGA

MARIN, DANIEL MURGAS MARIN, DINA ODILIA MURGAS

MARIN y MIRNA LEONOR MURGAS MARIN, hijos restantes todos

de la causante. Confiriéndose al heredero mencionado la administración

y representación definitiva de la sucesión referida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-

cial, a las quince horas y diez minutos del día veinticinco de marzo del

dos mil tres. Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GO-

MEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO ALFON-

SO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

1 v. No. 11326

CARLOS GUILLERMO GIRON, Notario, del domicilio de Chalchua-

pa, con oficina situada en Segunda Calle Oriente número seis de esta

ciudad, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por Acta Notarial de fecha de las ocho horas

del día veintinueve de marzo del corriente año, se ha declarado a la señora

DINA ELIZABETH FLORES DE SALINAS, representada por su

Apoderado General Judicial con Cláusula Especial Doctor MARIO

CASTANEDA VALENCIA, como heredera abintestato definitiva, con

beneficio de inventario, en la sucesión del causante señor JOSE ISMAEL

SALINAS, en concepto del cónyuge sobreviviente del causante y ade-

más como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a la

señora ROSA EMILIA SALINAS como madre del causante, quien

falleció en el Cantón Las Flores de esta jurisdicción, a las diez horas y

veinte minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil dos,

habiendo sido esta ciudad su último domicilio. A la heredera declarada

se le han conferido la administración y representación definitivas de la

sucesión.

Librado en Chalchuapa, a los treinta y un días del mes de marzo del

año dos mil tres.

Dr. CARLOS GUILLERMO GIRON,

NOTARIO.

1 v. No. 11362

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las once horas de

esta fecha, se ha declarado a la señora INES PORTILLO, heredera

definitiva abintestato del señor JULIO MARTIN AGUILAR conocido

por JULIO MARTIN AGUILAR SANDOVAL, JULIO AGUILAR

SANDOVAL y POR JULIO AGUILAR, quien fue de cincuenta y seis

años de edad, Jornalero, fallecido a las ocho horas quince minutos del día

catorce de octubre del año dos mil, en la población de San Lorenzo de este

Distrito, su último domicilio, en concepto de cesionaria de los derechos

hereditarios que correspondían a ISMELDA CHINCHILLA, conocida

por ROSA ISMELDA CHINCHILLA RODRIGUEZ VIUDA DE AGUI-

LAR, ROSA YSMELDA CHINCHILLA, ROSA IMELDA DE AGUI-

LA y por IMELDA CHINCHILLA, ELSA CLARIBEL AGUILAR

conocida por ELSA CLARIBEL AGUILAR CHINCHILLA, JOSE

LUIS AGUILAR conocido por JOSE LUIS AGUILAR CHINCHILLA,

MORIS YSRRAEL AGUILAR conocido por MORIS ISRAEL AGUI-

LAR, ESTELA NOEMI AGUILAR conocida por ESTELA NOEMY

AGUILAR, GLORIA MARINA AGUILAR CHINCHILLA conocida

por GLORIA MARINA AGUILAR y por GLORIA MARINA AGUI-

LAR CHINCHILLA DE PERDOMO, HENRRI ADILTON AGUILAR

CHINCHILLA, y MIRIAN LIZETH AGUILAR CHINCHILLA cono-

cida por MIRIAN LISSETH AGUILAR, la primera como cónyuge

sobreviviente del causante y los demás como hijos del mismo decujus;

la aceptante es de setenta y siete años de edad, oficios domésticos del

domicilio de la Población de San Lorenzo. Se le ha conferido a la

heredera declarada en el carácter dicho la administración y representa-

ción definitiva de la sucesión con las facultades de ley.

Lo que se avisa al público para los efectos legales.

Líbrado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las doce

horas del día seis de marzo del año dos mil tres. Lic. JOAQUIN

FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. MANUEL IGNACIO CARCAMO R. SECRETARIO.

1 v .No. 11378

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve

horas doce minutos del día trece de marzo de dos mil tres.- Se ha

declarado heredera definitiva abintestato, con beneficio de inventario, de

la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el causante JAIME

ANTONIO PORTILLO ESCOBAR, quien fue de veintidós años de

edad, Estudiante, Soltero, fallecido a las cuatro horas del día veintiuno

de marzo de dos mil uno en el Hospital Nacional de esta Ciudad, siendo

su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; a la señora HERLINDA

ESCOBAR DE PORTILLO conocida por BLANCA HERLINDA ES-

COBAR, en su concepto de madre del expresado causante y además

como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al

señor BERNARDO ANTONIO PORTILLO conocido por BERNAR-

DO ANTONIO PORTILLO DIAZ, en su calidad de padre del causante

JAIME ANTONIO PORTILLO ESCOBAR, a quien se le ha conferido

la Administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas

cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil tres. Lic.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1v No. 11380

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve

horas del día diez de marzo del presente año, se han declarado herederos

Definitivos con beneficio de inventario a JESUS MARIO PASCACIO,

conocido por MARIO PASCACIO GARAY y por MARIO PASCACIO,

mayor de edad, empleado, del domicilio de esta ciudad, ROSA AMINTA

LOZANO DE PASCACIO, mayor de edad, obrera Textil, del domicilio

de esta ciudad, en calidad de padres de la causante, asimismo a los

menores GABRIELA BEATRIZ, de ocho años de edad, estudiante, y

MARIO ALEJANDRO, de cinco años de edad, párvulo, ambos de

apellidos HENRIQUEZ PASCACIO, en calidad de hijos de la causante

quienes ejercerán su derecho a través de su Curadora Especial señora

ROSA AMINTA LOZANO DE PASCACIO, la sucesión intestada que

a su defunción dejó la señora PATRICIA LOZANO PASCACIO O

PATRICIA PASCACIO LOZANO, quien fue de treinta y dos años de

edad, soltera, estudiante, falleció el día trece de marzo de mil novecientos

noventa y siete, hija de JESUS MARIO PASCACIO, conocido por

MARIO PASCACIO GARAY, y por MARIO PASCACIO, y ROSA

AMINTA LOZANO DE PASCACIO, siendo Soyapango su último

domicilio y nacionalidad Salvadoreña.

Confiérese a los aceptantes la administración y representación definitiva

de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

del día once de marzo de dos mil tres. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE

HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. MARIA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA

1v No. 11390

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de SanVicente, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de este día, se ha declarado herederosabintestato con beneficio de inventario de los bienes hereditarios que asu defunción dejó el señor BENIGNO ALONSO MIRANDA VILLAL-TA, conocido por ALONSO MIRANDA VILLALTA o ALONSOMIRANDA, quien fue de sesenta y dos años de edad, soltero, empleadojubilado, e hijo de los señores LEONARDO MIRANDA y TOMASAVILLALTA, fallecido a las dieciséis horas del día seis de marzo de milnovecientos noventa y ocho, accidentalmente en el Hospital MédicoQuirúrgico del Seguro Social, siendo su último domicilio en la lotificacionEl Carmen, Calle a Amapulapa de este Distrito Judicial, a los señoresLUIS ALONSO , ADOLFO ANTONIO, FREDY ANTONIO y ANAMARIA, todos de apellido MIRANDA ALVARENGA y en su calidadde hijos del causante; y se les ha conferido a los herederos declarados laadministración y representación definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas treinta minutosdel día veintisiete de marzo del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITAESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DESALINAS, SECRETARIA.

1 v. Nº 11389

ANA FELICITA ESTRADA. Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas de este día,se han declarado a las señoras MARIA REGINA RIVAS o MARIAREGINA RIVAS RIVAS , MARIA JULIA RIVAS RIVAS y JULIADEL CARMEN RIVAS DE BELTRAN, quienes son de cincuenta y trescuarenta y nueve y cuarenta y ocho años de edad respectivamente, todasde oficios domésticos y del domicilio de San Vicente, herederas abintes-tatos con beneficios de inventario de los bienes que a su defunción dejóla señora TOMASA RIVAS DE RIVAS o TOMASA RIVAS VIUDADE RIVAS, quien fue de sesenta y siete años de edad, de oficiosdomésticos, viuda, quien falleció el día diez de febrero de mil novecien-tos noventa y nueve, en el Barrio Concepción de esta ciudad, lugar de suúltimo domicilio, en concepto de hijas de la causante. Y se les haconferido a las herederas declaradas la administración y representacióndefinitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticuatro días del mes demarzo del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZDE LO CIVIL . Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRE-TARIA.

1 v. Nº 11394

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas con treintaminutos del día de hoy, se ha declarado a la señora SANTOS MATILDEASCENCIO HERNANDEZ, heredera abintestato con beneficios deinventario de los bienes que a su defunción dejó la señora OTILIA DEMERCEDES ASCENCIO PALACIOS, conocida por OTILIA DEMERCEDES ASCENCIO, por MERCEDES ASCENCIO PALACIOSy por OTILIA ASCENCIO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad,de oficios domesticos, soltera, salvadoreña, fallecida el día diecisiete deseptiembre del año dos mil uno, en San Cayetano Istepeque, en esteDistrito Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hija delcausante. Nómbrase a la aceptante en el carácter y forma expresados,administradora y representante definitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas del día veintiséisde marzo del dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA-RIA.

1 v. Nº 11398

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER :que por resolución de las diez horas del día de hoy,se ha declarado a la señora MARIA DEL CARMEN JAIME o MARIADEL CARMEN JAIMES, heredera abintestato con beneficios de inven-tario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARILU GOMEZJAIMES, quien fue de diecisiete años de edad, de oficios domésticos,salvadoreña, soltera, fallecida el día cinco de enero de mil novecientosnoventa y ocho, en el Hospital Santa Gertrudis de esta ciudad, siendo laciudad de Apastepeque en este distrito judicial el lugar de su últimodomicilio, en concepto de madre de la causante. Y se ha conferido a laheredera declarada la administración y representación definitiva de lasucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente , a las once horas con treintaminutos del día veinticinco de marzo del dos mil tres.- Dra. ANAFELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABELRUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

1 v. Nº 11397

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER : que por resolución de las diez horas con treintaminutos del día de hoy, se ha declarado herederos abintestato conbeneficios de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señorMARCO TULIO CASTRO quien fue de cincuenta y siete años de edad,empleado casado, salvadoreño, fallecido el día diecisiete de septiembrede mil noveciento noventa y nueve, en la ciudad de San Vicente, en estedistrito judicial, lugar de su último domicilio, de parte de los señoresJORGE ALBERTO CASTRO AMAYA, MARCO TULIO AMAYACASTRO conocido por MARCO TULIO CASTRO AMAYA, CECI-LIA GUADALUPE AMAYA CASTRO conocida por CECILIA GUA-DALUPE AMAYA, MARGARITA AMAYA, esta en carácter personaly a la vez en representación de sus menores hijos CARLOS TOMASCASTRO AMAYA y LUISA ANTONIA CASTRO AMAYA, en con-cepto de hijos del causante y la señora MARGARITA AMAYA comocónyuge del mismo causante.

Y se les ha conferido a los herederos declarados la administracióny representación definitivas de la sucesión, los menores antes menciona-dos la ejercerán por medio de su madre señora MARGARITA AMAYA,hasta que éstos alcancen su mayoría de edad.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas con quinceminutos del día dieciséis de Agosto del dos mil dos.- Dra. ANAFELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. LILIAN MABELRUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

1 v. Nº 11401

OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, Notario de estedomicilio con oficina establecida en Colonia Médica, Edificio LasAméricas, 3er. Nivel local 301-B, de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas y veinte minutos del día treinta y uno de marzo delcorriente año, en las diligencias de Aceptación de herencia Intestada delos bienes que a su defunción dejó la señora MARIA DEL CARMEN

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

VASQUEZ, también conocida por MARIA CARMEN VASQUEZ y porCARMEN VASQUEZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad, deOficios Domésticos, del Domicilio de la Ciudad de Soyapango, Depar-tamento de San Salvador, ha sido declarado heredero definitivo conbeneficio de inventario en la sucesión de la mencionada causante, elseñor PETRONILO LEON GUEVARA, en su concepto de cesionario delos derechos hereditarios que les correspondían a los hijos de la causante:MARIO RODRIGUEZ VASQUEZ o MARIO RODRIGUEZ, yREGINALDA RODRIGUEZ VASQUEZ o REGINALDA RODRI-GUEZ; y se le confirió al heredero declarado, la administración yrepresentación definitiva de la suceción.

Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en un diario decirculación nacional.

Librado en la cuidad de San Salvador, a los treinta y un días del mesde marzo del año dos mil tres.

Lic. OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS,

NOTARIO.

1 v. Nº 11399

OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, Notario de estedomicilio, con oficina establecida en Colonia Médica, Edificio lasAméricas, 3er Nivel local 301-B, de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas y cinco minutos del día treinta y uno de marzo delcorriente año, en las Diligencias de aceptación de Herencia Intestada delos bienes que a su defunción ocurrida el día cinco de enero del año dosmil tres, dejó el señor ROBERTO COTO,conocido por RAMON COTO,quien fue, de sesenta y tres años de edad, Agricultor en pequeño, deldomicilio de JOHNSON, Texas de los Estados Unidos de América; se hadeclarado herederas definitivas con beneficio de inventario en la suce-sión del mencionado causante, a la señora JOSEFA DOLORES LOBOCHACON DE COTO,conocida por JOSEFA DOLORES CHACON,por medio de su Apoderado Judicial Especial Licenciado RIGOBERTOROSA CHAVEZ y a la señora SANDRA ESMERALDA COTO DEVILLALTA; a la primera en concepto de Cónyuge sobreviviente y a lasegunda como hija del causante; y se les confirió a las herederasdeclaradas, la administración y representación definitiva de la sucesión.

Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en un diario decirculación nacional.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los treinta y un días del mesde marzo del año dos mil tres.

Lic. OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS,

NOTARIO.

1 v. Nº 11395

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER : que por resolución de este Juzgado pronunciadaa las nueve horas y treinta minutos de este día, se ha declarado herederoexpresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada quea su defunción dejó el señor RIGOBERTO NICASIO FUENTES oRIGOBERTO NICASIO FUENTES ROMERO, fallecido el día ocho dediciembre del año dos mil uno, en el “Hospital Nacional MonseñorOSCAR ARNULFO ROMERO”, de esta Ciudad y Departamento,siendo su último domicilio el Cantón Llano El Angel de esta jurisdicción,al menor CRISTIAN ALEXANDER FUENTES POSADA, en conceptode hijo del causante, y representado legalmente por la señora SANDRAROSIBEL POSADA AMAYA . Habiéndole conferido al herederodeclarador el carácter indicado, la Administración y Representación

definitiva de la sucesión, debiendo el menor heredero, ejercer susderechos por medio de su madre y representante legal señora SANDRAROSIBEL POSADA AMAYA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad BarriosDepartamento de San Miguel, a las once horas y diez minutos del día tresde marzo del año dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO GUZMANURQUILLA. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE FRAN-CISCO VELASQUEZ DIAZ.- SECRETARIO.

1 v. Nº 11537

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado a las diezhoras de este día; se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOSy con beneficio de Inventario a los señores SIMEON BONILLA yMARIA ESTER BONILLA, de la herencia que en forma intestada dejóla señora CARMEN BONILLA, quien fue de setenta y un años de edad,soltera, de oficios domésticos, originaria de San Francisco Gotera,Departamento de Morazán, hija de ELIAS BONILLA y de GUADA-LUPE MARTINEZ, quien falleció a las dieciséis horas del día seis dejulio del año dos mil, en el Cantón Valle Nuevo, jurisdicción de SanCarlos, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio,en concepto de hijos de la referida causante.

Se ha conferido a los referidos herederos en la calidad expresada laadministración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión con lasfacultades y restricciones de ley.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasonce horas y veinte minutos del día dieciocho de febrero de dos mil tres.Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1a. INSTAN-CIA.- Lic. FLORA MARIBEL HERNANDEZ DE NOLASCO, SE-CRETARIA INTERINA.

1 v. Nº 11506

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO, JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO.

AVISA: que por resolución de las once horas y treinta y cincominutos del día catorce de febrero del presente año, se han declaradoherederos definitivos con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó el causante señor PABLO ANTILLON CON-TRERAS conocido por PABLO ANTILLON, quien fue de cuarenta yseis años de edad, Jornalero, viudo, fallecido el día siete de abril de milnovecientos cincuenta y nueve, siendo Cuscatancingo el lugar de suúltimo domicilio, de parte del señor JOSE GERMAN ANTILLONMENDEZ en concepto de hijo del causante y como Cesionario de losderechos que les correspondían a los señores JUANA ANTILLON,MARIA URSULA ANTILLON, MARIA BERNARDA ANTILLONMENDEZ, TRANSITO ANTILLON, MARIA CORDELIAANTILLON MENDEZ y ERNESTO ANTILLON MENDEZ conocidopor ERNESTO ANTILLON, como hijos del causante, representado porel Abogado Víctor Douglas Gutiérrez Cisneros. Confiriéndosele alaceptante la administración y representación definitiva de la sucesión.Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las docehoras del día catorce de febrero del año dos mil tres. Licda. CONCEP-CION ALVAREZ MOLINA JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DEL-GADO. - Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRE-TARIA.

1 v. Nº 11513

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al públicopara los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las diez horas y quince minutos deldía treinta de abril del corriente año, y habiendo transcurrido más dequince días desde la última publicación en el Diario Oficial, sin quepersona alguna se haya presentado a alegar igual o mejor derechohereditario que la peticionaria; se declara heredera definitiva ab-intestatocon beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó lacausante GABRIELA ICLEA JIMENEZ; quien falleció a las tres horasdel día veinticuatro de agosto de mil novecientos ochenta, en el CantónSan Francisco de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de Berlín su últimodomicilio, a DEYSI MARIETA CAMPOS, en el carácter de sobrina dela causante y por derecho de transmisión de conformidad al Art. 988 Nº4º del Código Civil; a quien se le confiere la administración y represen-tación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito: Berlín, alas quince horas del día treinta de abril del año dos mil dos.- Lic.MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DEHENRIQUEZ, SECRETARIO.

1 v. Nº 11481

RICARDO ALBERTO AGUILAR CHAVARRIA, Notario de estedomicilio,

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución pronun-ciada en esta oficina notarial, a las nueve horas del día veinticinco demarzo del presente año, se han declarado herederos definitivos conbeneficio de inventario, a los señores ELDA NAVARRO HERNAN-DEZ, IRMA GLADIS RIVERA HERNANDEZ, MEDARDO GOMEZHERNANDEZ, RENE ANDRADE HERNANDEZ, y ROSA MIRIAMESPINOZA HERNANDEZ DE QUEVEDO, de la herencia intestadaque dejó el señor MEDARDO HERNANDEZ MENJIVAR, conocidosocialmente por MEDARDO HERNANDEZ, al fallecer en esta ciudad,lugar de su último domicilio, el día doce de octubre de dos mil dos, en sucalidad de hijos sobrevivientes del referido causante y se les ha conferidoa dichos herederos declarados, la administración y representación defi-nitiva de la sucesión.

Librado en la oficina notarial, situada en la Sesenta y Tres AvenidaSur, Pasaje Santa Mónica, número siete, de esta ciudad, San Salvador, alas once horas del día veintiséis de marzo de dos mil tres.

Lic. RICARDO ALBERTO AGUILAR CHAVARRIA,

NOTARIO.

1 v. Nº 11567

NOEMI ARIAS AVILES, Notario, de este domicilio, con despachojurídico, ubicado en la casa doscientos cuatro de la Avenida Los Lagosde la Colonia Centro América, en esta ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: que de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarialde la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en su Notaría se hapronunciado la resolución que literalmente DICE: en la ciudad de SanSalvador, a las diecisiete horas del veintisiete de marzo de dos mil tres.Por recibido el Oficio número mil cuatrocientos trece, de fecha veintiséisdel corriente mes, proveniente de la Honorable Corte Suprema deJusticia y firmada por el Oficial Mayor Licenciado JOSE RAUL VIDESMUÑOZ, agréguese a las presentes Diligencias, y VISTO su contenidofavorable, continúese con el trámite iniciado. Tiénese por aceptadaexpresamente y con Beneficio de Inventario la HERENCIA TESTA-MENTARIA, derefida por la Causante señora DOROTEA ROSA ORE-LLANA QUINTANILLA, conocida también por DOROTEA ROSAORELLANA DE JEREZ, ROSA ORELLANA DE JEREZ, DOROTEAROSA ORELLANA, DOROTHEA ROSA JEREZ y por ROSA ORE-

LLANA, quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y un años deedad, viuda, costurera, de este domicilio; siendo la ciudad de SanSalvador, el lugar de su último domicilio, de parte de ANA ZOILAREGINA JEREZ ORELLANA, de cincuenta y dos años de edad,Secretaria, de este domicilio; BLANCA OFELIA TICAS ORELLANADE ZUNIGA, conocida también por BLANCA OFELIA TICAS DEZUNIGA, de sesenta y tres años de edad, Contador Público, de estedomicilio; y AUDA GLORIA TICAS DE ZUNIGA, conocida tambiénpor AOUDA GLORIA TICAS DE ZUNIGA, AOUDA GLORIAZUNIGA, de sesenta y tres años de edad, Secretaria, de este domicilio.Todas ellas en su concepto de HEREDERAS UNICAS UNIVERSALESTESTAMENTARIAS de la causante. Confiérese a las aceptantes en quese ha dicho la Administración y Representación Interinas de la Sucesión,con todas las facultades y restricciones de los Curadores de la Herenciayacente. PUBLIQUENSE LOS EDICTOS DE LEY, y expídase lacertificación solicitada.

Lo que hace del conocimiento público para aquellos que se creano consideren con igual o mayor derecho, concurran dentro del término deley a demostrarlo.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

Dra. NOEMI ARIAS AVILES,

NOTARIA.

1 v. Nº 11318

NOEMI ARIAS AVILES, Notaria, de este domicilio, con oficina en lacasa doscientos cuatro de la Avenida Los Lagos de la Colonia CentroAmérica, en esta ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: que de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarialde la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en su Notaría se hapronunciado la resolución, que literalmente DICE: en la ciudad de SanSalvador, a las dieciséis horas del veintisiete de marzo de dos mil tres. Porrecibido el Oficio número mil cuatrocientos catorce, de fecha veintiséisdel corriente mes, proveniente de la Honorable Corte Suprema deJusticia, y firmado por el Oficial Mayor Licenciado JOSE RAUL VIDESMUÑOZ, agréguese a las presentes Diligencias, y VISTO su contenidofavorable, continúese con el trámite iniciado. Tiénese por aceptadaexpresamente y con Beneficio de Inventario, la HERENCIA TESTA-MENTARIA, deferida por el causante señor JUAN JEREZ, quien a lafecha de su fallecimiento era de setenta y nueve años de edad, casado,Empleado Jubilado, de este domicilio, siendo la ciudad de San Salvador,el lugar de su último domicilio, de parte de ANA ZOILA REGINAJEREZ ORELLANA, de cincuenta y dos años de edad, Secretaria, deeste domicilio; BLANCA OFELIA TICAS ORELLANA DE ZUNIGA,conocida también por BLANCA OFELIA TICAS DE ZUNIGA, desesenta y tres años de edad, Contador Público, de este domicilio; yAUDA GLORIA TICAS DE ZUNIGA, conocida también por AOUDAGLORIA TICAS DE ZUNIGA y por AOUDA GLORIA ZUNIGA, desesenta y tres años de edad, Secretaria, de este domicilio; todas ellas ensu concepto de HEREDERAS UNICAS UNIVERSALES TESTA-MENTARIAS del causante. Confiérese a las aceptantes en el carácterdicho la Administración y Representación Interinas de la Sucesión, contodas las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente. PUBLIQUENSE LOS EDICTOS DE LEY, y expídase laCertificación solicitada.

Lo que hace del conocimiento público para aquellos que se creano consideren con igual o mayor derecho, concurran dentro del término deley a demostrarlo.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

Dra. NOEMI ARIAS AVILES,

NOTARIA.

1 v. Nº 11316

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

NOEMI ARIAS AVILES, Notaria, de este domicilio, con despachojurídico, ubicado en la casa doscientos cuatro de la Avenida Los Lagosde la Colonia Centro América, en esta ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: que de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarialde la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en su Notaría se hapronunciado la resolución que literalmente DICE: en la ciudad de SanSalvador, a las quince horas del veintisiete de marzo de dos mil tres. Porrecibido el Oficio número mil trescientos setenta y ocho, de fechaveintiséis del corriente mes, proveniente de la Honorable Corte Supremade Justicia, y firmada por el Oficial Mayor Licenciado JOSE RAULVIDES MUÑOZ, agréguese a las presentes Diligencias; y VISTO sucontenido favorable, continúese con el trámite iniciado. Tiénese poraceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la HERENCIATESTAMENTARIA, deferida por el causante ROBERT CECILPULLINGER, conocido también por ROBERTO CECIL PULLINGER,quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y cinco años de edad,casado, Ingeniero de Minas, de este domicilio; siendo la ciudad de SanSalvador, el lugar de su último domicilio; de parte de la señora ADILIAENCARNACION AGUILAR MURILLO DE PULLINGER, de sesentay dos años de edad, viuda, ama de casa, de este domicilio, en su conceptode HEREDERA UNICA UNIVERSAL TESTAMENTARIA del cau-sante. Confiérese a la Aceptantes en el carácter dicho la Administracióny Representación Interina de la Sucesión, con todas las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. PUBLIQUENSElos edictos de ley y expídase la certificación solicitada.

Lo que hace del conocimiento público, para aquellos que se creano consideren con igual o mayor derecho, concurran dentro del término deley a demostrarlo.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

Dra. NOEMI ARIAS AVILES,

NOTARIA.

1 v. Nº 11315

EDUARDO ESCAMILLA MENJIVAR, Notario, con oficina particularubicada en Sesenta y Tres Avenida Norte y Primera Calle Poniente,Edificio “La Montaña”, Segunda Planta, Local veintidós, Colonia Esca-lón, de la ciudad de San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las once horas deeste día en las diligencias de aceptación de herencia testamentariaseguidas en base a la Ley del Ejercicio Notarial de la JurisdicciónVoluntaria y de Otras Diligencias, se ha tenido por aceptada expresamen-te y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a sudefunción dejó el señor JULIO CESAR MORATAYA ARAUJO, cono-cido por JULIO CESAR MORATAYA, quien fuera de setenta y ochoaños de edad, Contratista, casado, del domicilio de Ciudad Delgado, denacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio la ciudad de SanSalvador, de parte de la señora MARIA LUISA GONZALEZ ACUÑADE MORATAYA, conocida por MARIA LUISA ACUÑA DEMORATAYA, y por MARIA LUISA GONZALEZ DE MORATAYA,confiriéndosele a la expresada aceptante la Administración y Represen-tación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mesde marzo del año dos mil tres.

EDUARDO ESCAMILLA MENJIVAR,

NOTARIO.

1 v. Nº 11364

MARIA TERESA ANGEL DE HARROUCH, Notario, de este domici-lio, con oficina establecida en Primera Calle Poniente y Trece AvenidaNorte, ciento cuarenta y tres, segunda planta, local uno, en esta ciudad,al público,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en esta Notaría, alas quince horas del día trece de marzo del dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia testamen-taria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día dos de octubre demil novecientos noventa y ocho, dejó la señora MARIA CLELIAPINAUD MORENO, conocida por BETTY PINAUD, MARIA CLELIAPINAUD DE CANALES y por BETTY PINAUD DE CANALES,MARIA CLELIA PINAUD VIUDA DE CANALES, BETTY DE ME-JIA KLEIN, MARIA CLELIA PINAUD MORENO, conocida porBETTY PINAUD, MARIA CLELIA PINAUD DE CANALES y porBETTY PINAUD DE CANALES, quien al momento de su fallecimientoésta de setenta y un años de edad, de Oficios Domésticos, siendo la ciudadde San Salvador, su último domicilio, de parte de los señores JAIMECANALES PINAUD, EMILIA CANALES PINAUD y RAFAEL RENECANALES PINAUD, en su calidad de Herederos Universales Testa-mentarios. Confiérese a los aceptantes la administración y representa-ción interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y restriccio-nes de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de marzo deldos mil tres.

Lic. MARIA TERESA ANGEL DE HARROUH,

NOTARIO.

1 v. Nº 11373

SALVADOR GAMEZ, Notario, de este domicilio, con oficina situadaen Calle Dr. Nicolás Peña, Barrio Candelaria, contiguo a Casa de laCultura, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución pronunciada este día, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que dejó el señor CARLOS DERAS ESPERANZA,quien falleció el día diez de abril de mil novecientos noventa, en la ciudadde San Salvador, su último domicilio, por parte del señor JOSE NICO-LAS GONZALEZ GRANDE, en concepto de cesionario de los derechoshereditarios que en tal sucesión correspondía a la señora BLANCALIDIA GRANDE ESCOTO, cónyuge sobreviviente del causante; y se hanombrado a la aceptante, interinamente administradora y representantede la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Zacatecoluca, veinticinco de febrero de dos mil tres.

SALVADOR GAMEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 11384

EDUARDO MORALES EHRLICH, Notario, de este domicilio y conoficina situada en 57 Avenida Norte # 245, Condominio Miramonte,Edificio C-6, de esta ciudad al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución suya, de esta misma fecha se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia testamentaria que su defunción ocurrida en San Salvador, el

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

doce de septiembre de dos mil, siendo Nueva San Salvador, su últimodomicilio, dejó el causante ISRAEL TORRES ORANTES, conocido porISRAEL TORRES HURTADO y por ISRAEL ORANTES HURTADO,de parte de SANTOS FLORES DE TORRES, en su calidad de herederatestamentaria a quien se le a conferido la administración y representacióninterinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente; y cita a los que se crean con derechos en dichasucesión para que comparezcan en el término legal a hacer uso de losmismos.

San Salvador, treinta y uno de marzo de dos mil tres.

EDUARDO MORALES EHRLICH,

NOTARIO.

1 v. Nº 11408

ROSA ALICIA ESCOBAR SANTOS, Notario de este domicilio, condespacho jurídico ubicado en Séptima Avenida Norte, Edificio Comandari,segunda planta, local cuatro, Centro de Gobierno, San Salvador,

HAGO SABER: que por resolución de la infrascrita Notarioproveída a las doce horas del día veinte de febrero del dos mil tres; se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción dejara la señora MARIA LUCIABERNAL DE CAMPOS, quien falleció el día dieciocho de julio de milnovecientos ochenta y dos a favor del señor AFRODICIO CORTEZZETINO, quien es el interesado de la causante, habiéndole conferido laAdministración y Representación interina de la sucesión con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia intestada, para que se presenten en laoficina referida, en el término de quince días, contados desde el siguientede la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina Notarial ROSA ALICIA ESCOBAR SAN-TOS. San Salvador, a los veinte días del mes de febrero del dos mil tres.

ROSA ALICIA ESCOBAR SANTOS,

NOTARIO.

1 v. Nº 11565

JESUS MENDEZ BARAHONA, Notario, de los domicilios de SanSalvador y San Vicente, con oficina establecida en la Calle DanielHernández número cuatro-cuatro A, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día cuatro de febrero de este año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que a su defunción acaecida en la ciudad de San Salvador, su últimodomicilio, a las dieciocho horas con dieciocho minutos del día quince deoctubre del año dos mil, dejó el señor MILTON CALDERON, conocidopor MILTON MARQUEZ CALDERON, de parte de la señora VILMARUTH HERNANDEZ VIUDA DE CALDERON, en su concepto decónyuge sobreviviente del causante; habiéndosele conferido la adminis-tración y representación interina de la sucesión con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario JESUS MENDEZ BARAHONA.Nueva San Salvador, a las once horas del día doce de marzo del año dosmil tres.

JESUS MENDEZ BARAHONA,

NOTARIO.

1 v. Nº 11571

LA JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITOJUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en este Tribunal el Licenciado BENJAMINBALTAZAR BLANCO HERNANDEZ, como Apoderado General Ju-dicial de FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTOFINANCIERO, Institución de este domicilio, sigue Juicio EjecutivoMercantil contra los señores RODYN LIBERATO QUINTEROS MA-RROQUIN, de cuarenta y un años de edad al momento de contraer elcrédito, Abogado y Notario, y JUANA DE JESUS DELGADO CLA-ROS DE QUINTEROS, mayor de edad, Comerciante, ambos en laactualidad de domicilio ignorado sin saber si han dejado Procurador oApoderado que los represente; por lo que de conformidad con el Artículo141 Pr. C. dentro del mismo Juicio se han promovido las Diligencias deAusencia a fin de que se le nombre un Curador Especial que losrepresente exclusivamente en el proceso relacionado.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderadoo Representante Legal de los señores RODYN LIBERATO QUINTE-ROS MARROQUIN y JUANA DE JESUS DELGADO CLAROS DEQUINTEROS, se presente a este Juzgado a comprobar tal circunstanciadentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación delpresente aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día treinta de enerodel dos mil tres.- Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETI-NO URBINA, SECRETARIO.

1 v. Nº 11272

ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, JUEZA SEGUNDO DELO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DESAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoENRIQUE ANTONIO ARAUJO MACHUCA, actuando como Apode-rado General Judicial del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,SOCIEDAD ANONIMA, promoviendo Diligencias de Ausencia, mani-festando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándo-les cantidad de dinero y accesorios de ley, a las señoras DIGNAEMERITA MURCIA DE RUANO, conocida por DIGNA EMERITAMURCIA PEÑA y ANA ALICIA CABRERA DE TOBAR, quienes sonmayores de edad, en su orden, Comerciante, la primera, y Comercianteen Pequeño la segunda y actualmente de domicilios ignorados, siendoque las mencionadas señoras se les ignora su paradero, desconociéndosesi han dejado Procurador u otro Representante Legal, pide se le nombreun CURADOR ESPECIAL, para que las represente en el Juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si lasmencionadas señoras DIGNA EMERITA MURCIA DE RUANO, cono-cida por DIGNA EMERITA MURCIA PEÑA y ANA ALICIA CABRE-RA DE TOBAR, tienen Procurador o Representante Legal se presentedentro de los quince días siguientes a la última publicación de este avisoy pruebe tal circunstancia.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día doce de juliode dos mil dos.- Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO,JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. TERE-SA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

1 v. Nº 11317

OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, Notario, de estedomicilio, AL PUBLICO,

HACE SABER: que a mi oficina profesional situada en ColoniaMédica, Edificio Las Américas, Tercera Planta, Local 301-B, de estaciudad, se ha presentado el Licenciado RIGOBERTO ROSA CHAVEZ,mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, actuando en sucarácter de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señorJOSE ALBERTO MELENDEZ HERNANDEZ, quien al momento de lasolicitud era de setenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño, deldomicilio de la ciudad y Departamento de Usulután, con Cédula deIdentidad Personal Número cero cinco-cero uno-cero cero diecinuevemil ciento veinticinco; SOLICITANDO TITULO SUPLETORIO de uninmueble de naturaleza rústica del cual su representado se encuentra enposesión; dicho inmueble está situado en: el Cantón El Cerrito, jurisdic-ción y Departamento de Usulután, de una extensión superficial aproxi-mada de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA YCINCO METROS CUADRADOS, sin nombre especial y de las medidasy linderos siguientes; linderos y superficie que son coherentes con losproporcionados por el Jefe de Catastro del CENTRO NACIONAL DEREGISTROS; ZONA ORIENTAL, Arquitecto MAURICIO ERNES-TO ROMERO MARQUEZ, según Certificación de la DenominaciónCatastral, de fecha dieciséis de agosto del dos mil dos. RUMBO NORTE:conformado de cuatro tramos así: el primer tramo en línea recta dePoniente a Oriente en una distancia de treinta y siete punto setenta ynueve metros, colinda con terreno de RODOLFO BERMUDEZ; elsegundo tramo en línea recta de Poniente a Oriente en una distancia desetenta y cinco punto cuarenta y nueve metros, colinda con terreno deALBERTO BERMUDEZ; el tercer tramo en línea recta de Norte a Suren una distancia de siete punto setenta y ocho metros, colinda con terrenode PEDRO ANTONIO MIJANGO; el cuarto tramo en línea recta dePoniente a Oriente en una distancia de cien punto noventa y tres metros.RUMBO ORIENTE: conformado de dos tramos así: el primer tramo enlínea recta de Norte a Sur en una distancia de cincuenta y cinco punto cerocinco metros; el segundo tramo en línea recta de Norte a Sur en unadistancia de ciento cuarenta y siete punto ochenta y cinco metros; en losdos tramos colinda con terrenos de JOSE LEONIDAS MIJANGO.RUMBO SUR: conformado de cinco tramos así: el primer tramo en línearecta de Oriente a Poniente en una distancia de ciento quince puntoveinticinco metros, colinda con terreno de JOSE LEONIDAS MIJANGO;el segundo tramo en línea recta de Oriente a Poniente en una distancia decien punto treinta y cinco metros, colinda con terreno de FRANCISCOANTONIO FLORES; el tercer tramo en línea recta de Oriente a Ponienteen una distancia de sesenta y seis punto ochenta y nueve metros; el cuartotramo en línea recta de Norte a Sur en una distancia de ochenta puntotreinta y ocho metros, en el tercero y cuarto tramo colinda con terrenosde MARIA LEONOR MIJANGO DE PADILLA; el quinto tramo enlínea recta de Oriente a Poniente en una distancia de tres punto dosmetros, colinda con calle vecinal. Y RUMBO PONIENTE: conformadode cuatro tramos así: el primer tramo en línea recta de Sur a Norte en unadistancia de ochenta y seis punto sesenta y cinco metros; el segundotramo en línea recta de Poniente a Oriente en una distancia de cincuentay uno punto sesenta y ocho metros, el tercer tramo en línea recta de Sura Norte una distancia de ciento diecisiete punto veintitrés metros, elcuarto tramo en línea recta de Sur a Norte en una distancia de ciento sietepunto cincuenta y uno metros; en todos los tramos colinda con terrenosde ISRAEL ANTONIO MELENDEZ HERNANDEZ. Que dicho in-mueble lo adquirió su mandante, hace más de treinta años, por Donaciónverbal que le hizo su difunto padre JOSE ALBERTO MELENDEZ

CERNA, quien lo poseyó por más de treinta años, y unida su posesión ala de su antecesor data por más de treinta años; de manera quieta, pacíficay no interrumpida; no lo posee en proindivisión con nadie, no esdominante ni sirviente y no tiene cargas o derechos que pertenezcan aterceras personas. Se previene a las personas que deseen presentaroposición a las pretensiones del peticionario; lo hagan dentro del términolegal y en la dirección arriba citada.

LIBRADO EN LA OFICINA DEL SUSCRITO NOTARIO, ENLA CIUDAD DE SAN SALVADOR, a los veintiocho del mes de marzodel año dos mil tres.

Lic. OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS,

NOTARIO.

1 v. Nº 11396

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑODE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de suReglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salvado-reño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DEAPROVISIONAMIENTO, AHORRO Y CREDITO DE EMPRESA-RIOS DE TRASPORTE DE CARGA LIVIANA DE ILOBASCO, DERESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ATLI, de R.L.”,con domicilio en Ilobasco, Departamento de Cabañas y que goza depersonalidad jurídica desde el veintitrés de octubre de mil novecientosnoventa y nueve, se encuentra INSCRITA bajo el número DOS, foliosveinticuatro frente a folios cuarenta y cinco frente del Libro DECIMOPRIMERO de Asociaciones Cooperativas de APROVISIONAMIEN-TO. Dicha entidad reformó parcialmente sus Estatutos en los artículos 1,3, 7, 8, 69, 70, 71, 82, 91, 92 y el acápite del Capítulo V, incluyendo elcambio de su denominación anterior por la siguiente: ASOCIACIONCOOPERATIVA DE TRANSPORTE DE ILOBASCO, DE RESPON-SABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ATLI, DE R.L.”, y condomicilio en Ilobasco, Departamento de Cabañas. Tal reforma, ha sidoINSCRITA bajo el número VEINTITRES, folios doscientos veintidósfrente a folios doscientos veinticuatro frente del Libro TERCERO deAsociaciones Cooperativas de TRANSPORTE, que lleva el Registronacional de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADO-REÑO DE FOMENTO COOPERATIVO, a los cuatro días del mes demarzo de dos mil tres.

San Salvador, 14 de marzo de 2003.

Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONESCOOPERATIVAS.

1 v. Nº 11418

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑODE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de suReglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salvado-reño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DEAPROVISIONAMIENTO, AHORRO Y CREDITO DE TRASPORTEDE SAN FELIPE, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que seabrevia “ACOVIPE, DE R.L.”, con domicilio en San Vicente, Departa-mento de San Vicente y que goza de personalidad jurídica desde elveintidós de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, se encuen-tra INSCRITA bajo el número DIECISIETE, folios doscientos noventay nueve frente a folios trescientos diecisiete frente del Libro SEXTO deAsociaciones Cooperativas de APROVISIONAMIENTO. Dicha enti-dad reformó parcialmente sus Estatutos en los artículos 1, 3, 7, 8, 69, 70,71, 82, 91, 92 y el acápite del Capítulo V, incluyendo el cambio de sudenominación anterior por la siguiente: ASOCIACION COOPERATI-VA DE TRANSPORTE DE SAN FELIPE, DE RESPONSABILIDADLIMITADA, que se abrevia “ACOVIPE, DE R.L.”, y con domicilio enSan Vicente, Departamento de San Vicente. Tal reforma, ha sido INS-CRITA bajo el número VEINTE, folios doscientos cuatro frente a foliosdoscientos seis frente del Libro TERCERO de Asociaciones Cooperati-vas de TRANSPORTE, que lleva el Registro Nacional de AsociacionesCooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTOCOOPERATIVO, a los tres días del mes de marzo de dos mil tres.

San Salvador, 17 de marzo de 2003.

Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONESCOOPERATIVAS.

1 v. Nº 11311

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑODE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de suReglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salvado-reño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA JUVE-NIL DE AHORRO, CREDITO, PRODUCCION Y VIVIENDA DEJOVENES DEL NUEVO MILENIO, DE RESPONSABILIDAD LIMI-TADA, que se abrevia “ACOOMIL, DE R.L.”, con domicilio legal enSanta Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, ha sido inscrita en elRegistro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número DIEZ,folios ciento tres frente a folios ciento veintiuno frente, del LibroVIGESIMO SEPTIMO de Registro e Inscripción de AsociacionesCooperativas de AHORRO Y CREDITO, que lleva el Registro Nacionalde Asociaciones Cooperativas del Instituto Salvadoreño de FomentoCooperativo: nueve de mayo de dos mil uno.

San Salvador, 9 de mayo de 2001.

FRANCISCO ROBERTO CORNEJO,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONESCOOPERATIVAS.

1 v. Nº 11367

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑODE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de suReglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salvado-reño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DEAPROVISIONAMIENTO, AHORRO Y CREDITO DEL TRANS-PORTE DE TAPALHUACA, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,que se abrevia “ACAPTA, DE R.L.”, con domicilio en Tapalhuaca,Departamento de La Paz y que goza de personalidad jurídica desde eldoce de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, se encuentraINSCRITA bajo el número VEINTIOCHO, folios cuatrocientos noventafrente a folios quinientos ocho frente del Libro SEXTO de AsociacionesCooperativas de APROVISIONAMIENTO. Dicha entidad reformó par-cialmente sus Estatutos en los artículos 1, 3, 7, 8, 69, 70, 71, 82, 91, 92y el acápite del Capítulo V, incluyendo el cambio de su denominaciónanterior por la siguiente: ASOCIACION COOPERATIVA DE TRANS-PORTE DE TAPALHUACA, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,que se abrevia “ACATTA, DE R.L.”, y con domicilio en Tapalhuaca,Departamento de La Paz. Tal reforma, ha sido INSCRITA bajo el númeroVEINTIUNO, folios doscientos siete frente a folios doscientos nuevefrente del Libro TERCERO de Asociaciones Cooperativas de TRANS-PORTE, que lleva el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativasdel INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO,a los tres días del mes de marzo de dos mil tres.

San Salvador, 18 de marzo de 2003.

Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONESCOOPERATIVAS.

1 v. Nº 11366

LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA YGANADERIA,

CERTIFICA: habiendo cumplido con el procedimiento estableci-do en el Decreto número sesenta y tres, publicado en el Diario Oficialnúmero ciento treinta y tres, tomo trescientos treinta y seis el dieciochode julio de mil novecientos noventa y siete, donde se emite el Reglamentode Funcionamiento y Vigilancia de las Asociaciones Agropecuarias,QUE: LA ASOCIACION DE MUJERES RURALES “OLGA ESTELAMORENO” DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; de denominaciónabreviada “ASMUR” DE R.L., del domicilio de Tecoluca, Departamen-to de San Vicente, Inscrita en el libro de Registro que esta oficina llevabajo la siguiente codificación: un mil setecientos ochenta y nueve dellibro setenta y dos del Sector No Reformado y obtuvo su PersoneríaJurídica el día veintiuno de enero de dos mil tres. Por lo que CONSIDE-RA publicar en el Diario Oficial el extracto y por un sola vez el aviso deinscripción correspondiente.

Nueva San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dosmil tres.

Lic. GLADYS MARINA DE HERNANDEZ,

JEFA DEL DEPARTAMENTO.

1 v. Nº 11417

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER : que por resolución proveída a las quince horasveinte minutos del día ocho de los corrientes, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejadaa su defunción por el causante GREGORIO PERLA conocido porGREGORIO PERLA VASQUEZ, ocurrida el día trece de abril de milnovecientos noventa y siete, en ésta ciudad, lugar de su último domicilio,de parte de la señora MARIA DEL CARMEN RAMIREZ, VIUDA DEPERLA, conocida por CARMEN RAMIREZ VIUDA DE PERLA y porCARMEN RAMIREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y comocesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señoresEDUARDO ANTONIO PERLA RAMIREZ, ANA MERCEDES PER-LA DE MARTINEZ, JUANA MARIA PERLA DE CORTEZ y NAPO-LEON ARMANDO PERLA, como hijos del causante; y se le haconferido a la aceptante la administración y representación interinas dela sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Librado en el juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lasquince horas treinta minutos del día veinte de noviembre de dos mil dos.-Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 11572-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO .-

HACE SABER : que según resolución de las nueve horas quinceminutos del día trece de febrero del año dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada dejada por el señor ARNULFO FLORES SURIANO, quien fueconocido por ARNULFO FLORES, fallecido el día once de mayo de milnovecientos ochenta y nueve en el Cantón El Cerrito Jurisdicción deNahuizalco su último domicilio, de parte de las señoras ELSA ESPE-RANZA FLORES y OTILIA FLORES REYES DE JUAREZ, en con-cepto de hijas del causante.-

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del día veintiséisde febrero del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 11546-1

JAIME BENJAMIN OLMEDO, Notario de este domicilio, con oficinasituada en Veinticinco Calle Poniente número mil doscientos once, deesta ciudad,

HACE SABER AL PUBLICO: para los efectos de ley que porresolución pronunciada a las catorce horas del día veinticinco de loscorrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la Herencia Abintestato que a su defunción ocurrida en estaciudad, el día doce de junio de dos mil uno, a consecuencia depolitraumatismo producido en accidente de tránsito, dejó la señoraMARIA ROSA COTO DE CASTILLO conocida por MARIA ROSACOTO CUESTAS DE CASTILLO y por ROSA COTO CUESTAS DECASTILLO, quien fuera de ochenta y cuatro años de edad, empleada, deeste domicilio a OMAR EDGARDO COTO, ANNABEL LEE HORTONconocida por LIL ABELI CASTILLO COTO, LEDA ELIZABETHCASTILLO COTO y AMERICA ONDINA CASTILLO COTO, enconcepto de hijos de la causante, confiérase a los aceptantes la Adminis-tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publí-quese los edictos de ley.

Librado en San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo dedos mil tres.

Lic. JAIME BENJAMIN OLMEDO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 11498-1

EFRAIN OLANO RUIZ, Notario: en la Ciudad de Sonsonate, a lasnueve horas del día veintiséis de marzo del año dos mil tres.-

Oficina situada en la Sexta Avenida Sur, Residencial El Cordovez,Local número once. Sonsonate.

HACE SABER: que en las diligencias promovidas ante mis OficiosNotariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señoraCARLOTA FRANCO DE JIMENEZ, quien falleció el día veintiocho denoviembre del año dos mil dos, en esta ciudad, su último domicilio, departe del señor ADUCIO JIMENEZ conocido por JOSE ADUCCIOJIMENEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente, habiéndole conferi-do al aceptante la administración y representación interina de la sucesióncon las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente.

Librado en Sonsonate, el día veintiséis de marzo del año dos miltres.-

Lic. EFRAIN OLANO RUIZ,NOTARIO.

3 v. alt. No. 11525-1

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por este Tribunal, a las doce horas treinta minutos del díadiez de diciembre del presente año; se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a sudefunción ocurrida a las cero horas veintitrés minutos del día uno de juliodel corriente año, en el Cantón Punta Remedios de esta jurisdicción,siendo esta ciudad su último domicilio, dejó el señor HEDILBERTOCATACHO, de parte de la señora ELBA VALENCIA VIUDA DECATACHO conocida por ELBA VALENCIA, en el concepto de cónyu-ge sobreviviente del expresado causante; se ha conferido a la aceptante,la administración y representación interina de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quincehoras cuarenta y cinco minutos del día once de diciembre del año dos mildos.- Licda. ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA SUPLENTE.- Licda. ELSA CORALIA RAMI-REZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 11527-1

JORGE ADALBERTO DE LEON MAGAÑA, Notario, de este domici-lio, con Despacho Jurídico en Diecinueve Calle Poniente y PrimeraAvenida Norte, Edificio Niza, Local Doscientos Dos, Segundo Nivel,Centro de Gobierno, en esta ciudad, para los efectos de ley ,

HACE SABER: que de conformidad con la ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, en su Notaríase ha pronunciado la resolución que literalmente DICE: “““ En la ciudadde San Salvador, a las diez horas y treinta minutos de día diecinueve demarzo del año dos mil tres.- Por recibido el Oficio número CERONOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES, proveniente de la HonorableCorte Suprema de Justicia y firmado por el Oficial Mayor LicenciadoJOSE RAUL VIDES MUÑOZ, agréguese a las presentes diligencias yvisto su contenido favorable, continúese con el trámite iniciado.- Tiénesepor aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de laseñora JUANA HERNANDEZ DE RUIZ, de sesenta y ocho años deedad, comerciante, del domicilio de Soyapango, de este Departamento,actuando en su calidad de hermana del causante, y como Cesionaria delos Derechos Hereditarios, que le correspondían a los señores:ANASTASIO HERNANDEZ GUILLEN y CANDELARIA HERNAN-DEZ DE ACEVEDO, en su calidad de hermanos del causante, sobre laHerencia intestada que al fallecer el día tres de Julio del año dos mil dos,en la Ciudad de Mejicanos, de este Departamento, su último domicilio,dejó el señor ANTONIO HERNANDEZ GUILLEN, quien a su defun-ción era de ochenta y ocho años de edad, Jornalero; confiéraseles a laaceptante en el carácter dicho la ADMINISTRACION INTERINA DELA SUCESION, con todas las facultades y restricciones de los curadoresde la Herencia Yacente.-

Publíquese los edictos de ley y expídase la certificación solicitada.”Lo que hace del conocimiento público para que aquellos que se

consideren con igual o mayor derecho concurran, dentro del termino deLey a demostrarlo.

San Salvador a los veinte días del mes de marzo del año dos mil tres.

JORGE ADALBERTO DE LEON MAGAÑA,

NOTARIO.

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO, de estedomicilio, con oficina Notarial ubicada en la Avenida Juan ManuelRodríguez, Número Diecisiete, de Zacatecoluca.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, dada enZacatecoluca, a las ocho horas y quince minutos del día quince deOctubre del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y conbeneficio de inventario, de parte de la señora FRANCISCAGRANADEÑO conocida socialmente por FRANCISCA GUADRON,mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, la herenciaintestada que a su defunción dejó el causante GERONIMOGRANADEÑO GUADRON, GERONIMO GRANADEÑO o JERO-NIMO GRANADEÑO GUADRON, quien falleció a las diez horas deldía cinco de febrero de mil novecientos ochenta y seis, en el HospitalSanta Teresa de esta jurisdicción, Departamento de La Paz, habiendosido Zacatecoluca, Departamento de La Paz, su último domicilio, en sucalidad de hermana del referido causante, y se le ha conferido, a laaceptante la administración y representación interinas de tal sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la HerenciaYacente.

Zacatecoluca, treinta de Octubre del dos mil dos.

Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 11429-1

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveinticinco de febrero del año dos mil tres; se ha tenido por aceptadaexpresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a sudefunción ocurrida a las ocho horas del día veinte de noviembre del añodos mil dos, en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, su últimodomicilio dejó la señora YOLANDA RAMOS DE GALVEZ; de partedel señor SALVADOR GALVEZ ROJAS, en su calidad de cónyugesobreviviente de la causante; a quien se ha nombrado interinamenterepresentante y administrador de la sucesión con las facultades y restric-ciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las doce horas treinta minutosdel día diecinueve de marzo del año dos mil tres.- Dr. JULIO CESARFLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- INOCENTE GRANI-LLO CASTELLON, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. 11414-1

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las quincehoras del día cuatro de febrero del presente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores JOSEFERNANDO MARROQUIN, conocido por FERNANDO MARRO-QUIN y MANUEL DE JESUS MARROQUIN, conocido por MANUELDE JESUS HERNANDEZ AMAYA, la herencia testamentaria dejada asu defunción por la señora MARIA ISABEL MARROQUIN VIUDADE HERNANDEZ, conocida por ISABEL MARROQUIN, fallecida eldía diecinueve de agosto de mil novecientos noventa y cinco, en el BarrioEl Rosario de Ciudad Arce, de este Distrito Judicial, su último domicilio,por haber sido instituidos como herederos en testamento público otorga-do en la ciudad de Soyapango, a las diez horas del día once de agosto demil novecientos noventa y cuatro, ante los oficios del Notario FRANCIS-CO JAVIER MEJIA AYALA, conjuntamente con las declaradas here-deras señoras MERCEDES MARROQUIN, conocida por MERCEDESHERNANDEZ MARROQUIN y ROSALIA PREZA, conocida porROSA ESPERANZA PREZA y por ROSALIA ESPERANZA PREZA;Confiérese a los aceptantes expresados en el concepto indicado laadministración interina de la indicada sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente, conjuntamente conlas herederas ya declaradas señoras MERCEDES MARROQUIN, cono-cida por MERCEDES HERNANDEZ MARROQUIN y ROSALIAPREZA conocida por ROSA ESPERANZA PREZA y por ROSALIAESPERANZA PREZA.- Cítense a las personas que se crean con derechoen la sucesión para que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro delos quince días subsiguientes a la publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lasonce horas del día doeciocho de febrero del año dos mil tres. Lic. JOSEORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-TARIO.-

3 v. alt. No. 11407-1

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas del día dehoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIALUCIA GUADALUPE REYES conocida por GUADALUPE REYESORTIZ y por GUADALUPE REYES, quien fue de ochenta y seis añosde edad, de oficios domésticos, de este domicilio, salvadoreña, soltera,quien falleció el día dos de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro,en la ciudad de San Vicente, lugar de su último domicilio, de parte delseñor OSCAR ARMANDO REYES, en concepto de hijo de la causante.Y se ha nombrado al aceptante en el carácter y forma antes expresadosadministrador y representante interino de la sucesión con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas con treintaminutos del día veinticuatro de Marzo del dos mil tres.- Dra. ANAFELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABELRUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. 11392-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treintaminutos del día diez del corriente mes y año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-DA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora SARAFERROFINO conocida por SARA BERNARDINA FERRUFINO DEZELAYA, SARA FERRUFINO VIUDA DE ZELAYA, SARAFERROFINO VIUDA DE ZELAYA y por SARA FERRUFINO, quienfalleció en la Colonia Lincoln, Pasaje Número Dos, Casa NúmeroCincuenta y Siete, de ésta jurisdicción; a las dieciséis horas y cincominutos del día ocho de julio del año dos mil uno; siendo su últimodomicilio esta ciudad; por parte del señor HECTOR LUIS ZELAYAFERRUFINO, en su concepto de hijo de la de cujus. Habiéndoseleconferido a la aceptante en el concepto antes indicado, la ADMINIS-TRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESIONcon las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente. Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a lapresente herencia, para que se presenten a deducirlo dentro del términode quince días contados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horasy cinco minutos del día diez de marzo de dos mil tres.- Lic. JOSE HUGOESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. YANIRA MAG-DALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 11391-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del día

catorce de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor GONZALO FLORES, conocido por GONZALO FLORES AYA-

LA, quien falleció el día diecinueve de julio del año dos mil uno, en la

ciudad de Texas, Estados Unidos de Norte América, siendo su último

domicilio el de esta ciudad, de San Miguel, de parte de la señora MARIA

ALEJANDRA MARTINEZ, en su calidad de cesionaria de los derechos

hereditarios que en la sucesión, le correspondían al señor PEDRO

FLORES éste en su calidad de hermano del causante. Y se le ha conferido

a la aceptante declarada en el carácter indicando la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las doce horas y cinco minutos del día catorce de marzo del año dos mil

tres. Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 11265-1

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: que por resolución de la doce horas y treinta

minutos del día catorce de marzo del corriente año, se ha detenido por

aceptada con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor LUIS APOLONIO FLORES HERNADEZ,

conocido por LUIS APOLONIO FLORES o APOLONIO FLORES,

quien falleció a las ocho horas del día ocho de septiembre del año dos mil

dos, en la Colonia Los Olivos Avenida Los Félix número siete de esta

ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio,

de parte de la señora MARIA ISABEL VASQUEZ DE FLORES, en su

calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Y se le ha conferido al

aceptante declarada en el carácter indicado la administración y represen-

tación interina de la sucesión con la facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SAN MI-

GUEL, a las doce horas y cuarenta minutos del día catorce de marzo del

año dos mil tres.-Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA,JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL, Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 11267-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO.

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por el

Licenciado RICARDO ANTONIO CASTRO RAMOS como apoderado

del señor IGNACIO ZELIDON HERNANDEZ, contra la señora LUCIA

DEL CARMEN PORTILLO conocida por LUCIA DEL CARMEN

PORTILLO DE ALFARO, se venderá en este Juzgado en Pública

Subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble: “Un inmueble

urbano, ubicado en la Calle Antigua a San Ana y Segunda Calle Oriente,

en el interior de la población de Sonzacate, de la misma jurisdicción, de

este Departamento, identificado como lote número VEINTIOCHO DEL

BLOCK “D”, de la Lotificación La Pradera, de una extención superficial

de un área de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS equi-

valentes a DOSCIENTAS CATORCE PUNTO SESENTA Y DOS

VARAS CUADRADAS, y su descripción es la siguiente: a partir de la

intersección formada por el eje de la calle principal y el eje del Pasaje E

se mide sobre este último hacia el Norte una distancia de siete punto

cincuenta metros, en este punto con una deflexión izquierda de noventa

grados y una distancia de dos puntos cincuenta metros se localiza el

esquinero Sur Oriente a partir del cual mide y linda: AL SUR, una

distancia de siete punto cincuenta metros, con rumbo Sur setenta y siete

grados cero siete punto dos segundos Oeste, con parte de los Lotes

números catorce y dieciseis del Block B de la misma lotificación, calle

principal de quince metros de derecho de vía de por medio; AL PONIEN-

TE, en una distancia de veinte metros con rumbo Norte doce grados

cincuenta y dos punto ocho minutos Oeste, linda con lote número

veintiseis del mismo Block D; AL NORTE, en una distancia de siete

punto cincuenta metros con rumbo Norte setenta y siete grados cero siete

punto dos segundos Este, linda con lote número veintinueve del Block D

de la misma lotificación, Pasaje E de cinco metros de derecho de vía; y

AL ORIENTE, veinte metros, linda con lote número uno Block F del

Pasaje E de por medio, llegando así al punto donde se inició la presente

descripción. Inscrito a favor de la Ejecutada bajo la Matrícula Número

DIEZ MILLONES TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CIN-

CUENTA Y SEIS GUION CERO CERO CERO CERO CERO asiento

UNO del Registro de la Propiedad Raíz de este Departamento.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día doce de

febrero del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. 11549-1

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el Licenciado

JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ, en su carácter de Apo-

derado General Judicial, de la Caja de Credito Rural de Chalatenango,

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

de este domocilio, contra el señor LORENZO RAMIRO ALVARADO,

reclamandole la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL

NOVECIENTOS VEINTE COLONES, más los intereses corrientes del

veinte por ciento anual e intereses por mora del cinco por ciento anual,

ambos pendientes desde el día veintinueve de enero de dos mil uno y

costas procesales, se venderán por este Juzgado en PUBLICA SUBAS-

TA, un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Bartolo,

de esta jurisdicción, de una extención superficial de QUINIENTOS

NOVENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRA-

DOS, el cual se describe así: AL ORIENTE, mide diecinueve metros,

veinte centimetros, colinda con resto del inmueble general de donde se

segregó el que se describe, propiedad de JOSE ROGELIO MELGAR,

linea recta de por medio; AL NORTE, mide treinta y siete metros, diez

centimetros, colinda con resto del inmueble general de donde se segregó

el que se describe, propiedad de JOSE ROGELIO MELGAR, linea recta

de por medio; AL PONIENTE, mide catorce metros, cuarenta centimetros,

colinda con resto del inmueble general de donde se segregó el que se

describe, propiedad de JOSE ROGELIO MELGAR, linea recta de por

medio; y AL SUR, mide treinta y tres metros, treinta centimetros, colinda

con propiedad de CEL, calle vieja de por medio.

El inmueble antes descrito está inscrito a favor del señor LOREN-

ZO RAMIRO ALVARADO, en el Registro de Propiedad Raíz e Hipo-

teca de la Quinta Sección del Centro de este Departamento, bajo el

número OCHO, del Libro CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO

de propiedad.

Lo que se pone del conocimiento del público, para que todo aquel

que tuviere interés en la venta en PUBLICA SUBASTA del inmueble

citado, comparezca a este Juzgado, a hacer posturas en la hora y fecha

que oportunamente se señalará.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

diez horas del día veinte de marzo del dos mil tres. Lic. MORENA

CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 11512-1

OLINDA MORENA VASQUEZ PEREZ, JUEZA TERCERO DE FA-

MILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público, para los efectos de ley corrrespondientes,

que en las Diligencias de Jurisdicción voluntaria de autorización judi-

cialmente para vender, por razones Utilidad y Necesidad, promovida por

los señores RICARDO HAROLD KRIETE AVILA y ALEXANDRA

MARIA GUIROLA MARTIN, quienes son el primero de cincuenta y

dos años de edad, Agricultor de este domicilio y la segunda de cuarenta

y ocho años de edad, de oficios del hogar, de este domicilio; en su calidad

de Representantes Legales del niño RICARDO HAROLD KRIETE

GUIROLA, por medio de su Apoderado Judicial, Licenciado CESAR

ENRIQUE AREVALO CUELLAR, quien es de veintinueve años de

edad, Abogado de este domicilio; se venderán en pública subasta en este

Juzgado, un derecho de propiedad proindiviso, equivalente al treinta y

tres por ciento, el cual le pertenece al niño RICARDO HAROLD

KRIETE GUIROLA, sobre un inmueble de naturaleza urbana, situado

en la Jurisdicción de San Salvador, el cual desmenbrado de los números

dicisiete, dieciocho y diecinueve, Polígono G, de la Urbanización

Maquilishuath; inmueble de una extención superficial de MIL NOVE-

CIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, TREIN-

TA Y SEIS CENTIMETROS, equivalentes a DOS MIL OCHOCIEN-

TAS DIECISIETE VARAS CUADRADAS SETENTA Y SEIS CEN-

TESIMOS DE VARAS CUADRADAS, que se describe así: partiendo

de la intersección formada por los ejes de la calle “Maquilishuath” y calle

“El Almendro” y con una distancia sobre este último eje de cuarenta y

seis metros treinta y seis centímetros, con rumbo Norte, cuarenta y dos

grados, seis minutos cuatro décimos de minutos Este, llegamos a la

Estación cero más cero cuarenta y seis metros treinta y seis centimetros,

en donde hacemos una deflexión izquierda de ochenta y tres grados, trece

minutos, cero décimos de minuto, con una distancia de nueve metros, dos

centímetros, con rumbo Norte, cuarenta y un grados seis minutos seis

décimos de minutos Oeste, localizamos el vértice Sur Este del lote que

se describe, cuyos rumbos y distancias, a partir de este esquinero son: AL

SUR: linea compuesta por un tramo recto un tramo curvo: primer tramo

recto, con rumbo Sur cuarenta y dos grados seis minutos cuatro décimas

de minutos Oeste, y una distancia de dos metros nueve centimetros; el

segundo tramo curvo de treinta y un metros, dos centimetros de longitud

de curva derecha, con un radio de ciento cuatro metros, diecisiete

centímetros, lindando por estos tramos con el lote número seis, del

polígono F, propiedad de los señores ROBERTO JAIME LLACH HIL,

y MARIA LEONOR GUIROLA MENDEZ DE LLACH, Calle “El

Almedro” de por medio de dieciocho metros de ancho, AL PONIENTE:

línea quebrada compuesta por dos tramos rectos: primer tramo recto con

rumbo Norte veintisiete grados diecisiete minutos cero décimos de

minutos Oeste, y una distancia de setenta y siete metros un centímetro;

el segundo tramo recto con rumbo Norte veinte seis grados cincuenta y

tres minutos seis decimos de minutos Oeste, y una distancia de quince

metros. Lindando con estos tramos con el lote número dieciocho del

mismo polígono G, propiedad de “Reglado Nottebohm y Compañía”.

AL NORTE: tramo recto con rumbo Norte sesenta grados ocho minutos

seis décimos de minutos Este, y una distancia de y nueve centímetros.

Lindando con este tramo con la Colonia Escalón, propiedad de la

Sociedad Escalón Nuñez y Compañía”. AL ORIENTE: Linea quebrada

compuesta por dos tramos rectos: primer tramo recto con rumbo Sur,

cuarenta y un grados veintiocho minutos, cinco décimos de minuto Este,

y una distancia de quince metros; el segundo tramo recto con rumbo Sur,

cuarenta y un grados veintiocho minutos, cinco décimos de minutos Este,

una distancia de setenta y tres metros, tres centímetros. Lindando con

estos tramos con el lote número dieciseis, del mismo polígono G, de la

misma Urbanización. Llegando así al punto de inicio de la presente

descripción. Los lotes colindantes por los puntos Oriente, Sur y Poniente,

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

formaban parte del inmueble general de donde se desmembró el que se

describe, que fue propiedad de “LOTISA”. Dicho inmueble se encuetra

inscrito a nombre de “Tierras e Inversiones S.A." y del citado niño, bajo

el Sistema de Folio Real, bajo el asiento número cero cero cero cuatro,

de la Matrícula M cero cinco uno cuatro tres seis uno nueve, con Código

catastral número tres siete dos uno nueve uno dos uno - nueve seis, en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro del Departamento de San Salvador.

La base del remate será el valor que los peritos asignaren al derecho

proindiviso.-

Se admitirán posturas, siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Tercero de Familia de San Salvador, a las

catorce horas del día veinticinco de febrero del año dos mil tres. Licda.

OLINDA MORENA VASQUEZ PEREZ, JUEZA TERCERO DE FA-

MILIA. Licda. ROXANA ELIZABETH MARROQUIN MONRROY,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. 11510-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-

TANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera. Al público para

los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General

Judicial del señor CARLOS ROBERTO MARTINEZ ROMERO, a

solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de

naturaleza rústica situado en el lugar denominado “El Aguacate”, de la

jurisdicción de Perquín, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Mora-

zán, de una capacidad superficial de TREINTA Y CINCO AREAS, antes

cultivado de árboles de café en parte, ahora sin ninguna clase de cultivo,

siendo sus linderos especiales los siguientes: AL ORIENTE: con terreno

del señor HILDEBRANDO UMAÑA, separada por brotones de izote de

por medio; AL NORTE: con terreno de la sucesión de MARIA DE LOS

ANGELES SORTO y de parte de MARIA ELADIA SORTO, separados

en la primera por cercos de piña, paredón y el camino real que de ésta

conduce al Caserío El Chagüitón, con la segunda cerco de madera

muerta, broton y zanjo artificial hasta llegar a un mojon de piedra donde

hace esquina; AL PONIENTE Y AL SUR: con terreno propiedad del

señor PAULINO GOMEZ, conocido por PAULINO GOMEZ GOMEZ,

separado por brotones y cerco de piña en medio al llegar al lugar de donde

comenzó el primer lindero; y lo valúa en la cantidad de DIECISEIS MIL

COLONES, y lo adquirió por compraventa que le hiciera a la señora

FRANCIS EVELIN MARTINEZ DE IGLESIAS, conocida por

FRANCIS EVELYN MARTIMEZ DE IGLESIAS.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-

co Gotera, a las diez horas del día trece de marzo de dos mil tres. Lic.

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Lic. ROSA

ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 11507-1

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Cooperativa de Consumo y Previsión

Social de Aviadores y Aerotécnicos de la Fuerza Aérea, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, CON-

VOCA a todos sus accionistas en pleno goce de sus derechos, para que

asistan a sesión de Junta General Ordinaria, a celebrarse el día viernes 25

de abril del 2003, a partir de las 13:00 horas en primera convocatoria, en

caso de no haber quórum se convoca por segunda vez a las 14:00 horas

del mismo día en las instalaciones del auditorium de la Fuerza Aérea.

AGENDA A DESARROLLAR:

1. Comprobación de Quórum.

2. Lectura y aprobación de la agenda.

3. Himno Nacional.

4. Minuto de silencio.

5. Lectura y aprobación del Acta anterior.

6. Exposición de Memoria de Labores del Consejo de Adminis-

tración.

7. Informe de la Gerencia General.

8. Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembre

del 2002.

9. Informe del Auditor Externo correspondiente al ejercicio

económico, comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre

del 2002.

10. Informe de la Junta de Vigilancia.

11. Aplicación o distribución de utilidades.

12. Elección y nombramiento parcial del Consejo de Administra-

ción y Junta de Vigilancia.

13. Nombramiento del Auditor Externo.

14. Varios.

15. Cierre de la Junta General Ordinaria de Socios.

San Salvador, 1o. de abril del 2003.

CANDELARIO DE JESUS JOVEL BERMUDEZ,

SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

3 v. alt. No. 11759-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

DOROTEA ESTERLINA PORTILLO ALEMAN, como Apoderado

General Judicial de la señora HILARIA MEJIA GUEVARA, a solicitar

a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre dos terrenos el primero de

naturaleza rústica, situado en el Cantón La Joya de la Jurisdicción de

Meanguera, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán de la

capacidad superficial de OCHO MIL CIENTO VEINTE METROS

CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medias y

colindancias siguientes: al ORIENTE, ciento cuarenta y ocho metros,

colinda con el terreno de Paulina Mejía, cerco de alambre propio y calle

vecinal de por medio; al NORTE, setenta y un metros colinda con terreno

de María Jacinta Guevara de Mejía cerco de alambre propio de por

medio; al PONIENTE, setenta metros, colinda con terreno de Venancio

Portillo cerco de alambre propio de por medio; y al SUR, setenta y ocho

metros colinda con terreno de Victor Portillo, cerco de alambre propio de

por medio. Dicho terreno es inculto y sin construcciones. EL SEGUN-

DO: de naturaleza rústica situado en el Cantón La Joya, jurisdicción de

Meanguera, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la

capacidad superficial de TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS

CINCUENTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUA-

DRADOS DE LAS MEDIDAS y colindancia siquientes: al PONIENTE.

compuesto de dos tramos así: el primero de doscientos ocho metros

colinda en este tramo con terreno de Virgilio Ramos, y Adela Arguera,

camino denominado La Travesía de por medio y el segundo de ochenta

y siete metros, colinda en este tramo con la compradora Hilaria Mejía

Guevara; al PONIENTE, doscientos ochenta y ocho metros con terreno

de Gumercindo Díaz, cerco de alambre y camino vecinal de por medio;

al NORTE, doscientos cuarenta y tres metros con suceción de Mateo

Sánchez, hoy de Luisa Chicas, brotones de jiote y árboles naturales de por

medio; al SUR, compuesto de dos tramos así: el primero de sesenta

metros, colinda con este tramo con terreno de Lino Portillo, cerco de

alambre del colindante de por medio y el segundo tramo de seis metros

colinda en este Tramo con terreno de Saturnino Márquez, cerco de

alambre del colindante de por medio. Que dichos inmuebles los obtuvo

la mencionada señora HILARIA MEJIA GUEVARA, por compraventas

de posesiones el primero por parte de la señora TIMOTEA PORTILLO

DE MARQUEZ, el día veintiocho de febrero del año dos mil dos y el

segundo por parte de los señores ISIDRA PORTILLO DE MARTINEZ

y TRINIDAD EFRAIN RAMOS PORTILLO, el día doce de octubre del

año dos mil dos y los valora el primero en CUATRO MIL COLONES y

el segundo en Diez mil colones.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-

cisco Gotera a las quince horas y diez minutos del día diecisiete de Marzo

del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a.

INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 11400-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor

FELIX ARMANDO RIVAS PEREZ, en su carácter personal, solicitan-

do título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en

lugar llamado Las Minas del Cantón La Esperanza, de la jurisdicción de

la Villa de Olocuilta, Departamento de La Paz, que se describe de la

manera siquiente: AL ORIENTE, en línea mide treinta y tres metros,

lindando con terrenos del Doctor Fidel Antonio Novoa, Río Comalapa de

por medio; AL NORTE, en línea medianamente curva, mide doscientos

treinta y ocho metros treinta y seis centímetro, lindando con terrenos del

mismo Doctor Fidel Antonio Novoa, quebrada de Savaniscualco de por

medio; AL PONIENTE, en línea medianamente curva mide trescientos

veinte y cinco metros, lindando por este rumbo en parte con la sucesión

de Julio Rivas, y terreno del mismo Doctor Fidel Antonio Novoa, AL

SUR, en línea curva mide quinientos diecinueve metros sesenta centíme-

tros, lindando con Terreno de Pedro López García, en parte calle pública

que conduce hacia San Francisco Chinameca de por medio y otra

porción, que de este terreno que en la actualidad se describe, les fue

vendido a Julio Rivas, y hoy pertenece a su sucesión; siendo por este

rumbo el cerco de alambre de propiedad del terreno que se describe, así

como también por el rumbo Norte y Poniente; los cuatro mojones

esquineros que lo limitan son: AL ORIENTE una piedra grande a orillas

del río Comalapa; un árbol de jiote, y otras dos piedras grendes, una de

éstas marcadas con una cruz gravada. Esta propiedad está gravada con

una servidumbre de tránsito que de la orilla de la calle que conduce a San

Francisco Chinameca llega hasta el terreno propiedad de Julio Rivas. El

señor Félix Armando Rivas Pérez, adquirió el mencionado inmueble por

herencia del causante Adrián Rojas Campos, quien por medio de escri-

tura de compraventa, de fecha quince de junio de mil novecientos sesenta

y siete, adquirió de la señora Cruz Campos, la posesión y dominio del

inmueble antes descrito, posesión a la cual se une la del señor Félix

Armando Rivas Pérez, la cual es desde el día siete de junio del año dos

mil, haciendo en total treinta y cinco años de posesión continua sobre el

referido inmueble. Tiene una extención superficial aproximada de DOS

MANZANAS Y MEDIA, ó sea CIENTO SETENTA Y CINCO AREAS.

Documento que no es inscribible, por carecer de antecedente inscrito. No

lo posee en proindivisión con persona alguna. La propiedad está gravada

con una servidumbre de tránsito que de la orilla de la calle que conduce

a San Francisco Chinameca llega hasta el terreno propiedad de Julio

Rivas. Lo valúa en la suma de CINCUENTA MIL COLONES.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las trece de horas del día veinticuatro de

febrero de año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL. Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. 11406-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA JUEZA DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOSDE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señorELIGIO DE LA O, o ELIGIO DE LA O VASQUEZ, solicitando que sele extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica,situado en Cantón El Carmen, jurisdicción de San Pedro Perulapán,Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de NOVECIEN-TOS SETENTA METROS CUADRADOS, de los linderos siguientes:AL ORIENTE, con terreno de BENJAMIN JUAREZ, que antes fue deCRISTINA GOMEZ SANCHEZ, AL NORTE, con terreno de VICEN-TE MUÑOZ, que antes fue de POLICARPIO DE LA O RODRIGUEZ,AL PONIENTE, con terreno de JOSE DANIEL DIAZ BELTRAN, y ALSUR, con terreno de JOAQUIN ESCAMILLA, que antes fue de GUA-DALUPE ROSALES MEJIA, Carretera Panamericana de por medio.Dicho terreno lo adquirió por venta que le hizo el señor POLICARPIODE LA O, el día veintidós de julio de mil novecientos ochenta y dos, porlo que datan más de diez años de poseerlo en forma quieta, pacífica eininterrumpidamente, no está en proindivisión, no es dominante, nisirviente, y lo valúa por la cantidad de TREINTA MIL COLONES.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas deldía siete de marzo del año dos mil tres.- Licda. ILMA CONSUELO GILDE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDOBELTRAN MEJIA. SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 11302-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Lic.ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, en su carácter de ApoderadoGeneral Judicial del señor JOSE EMILIANO INTERIANO GUZMAN,de treinta y seis años de edad, motorista, de este domicilio, con Documen-to Unico de Identidad número cero uno cero siete cuatro cinco cinco ocho-nueve; solicitando Título Supletorio de una porción de terreno denaturaleza rústica situado en el Cantón San Antonio de las Iglesias,jurisdicción de San Luis de La Reina, distrito y departamento de SanMiguel, de la capacidad superficial de CUATRO MIL SETECIENTOSMETROS CUADRADOS CIENTO TREINTA Y SEIS DECIMETROSCUADRADOS, NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS,de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: en línea semi-curva de noventa y cinco metros, cerco de alambre propio de por medio,con terreno de OSCAR SORTO POSADA, antes de ROSADELIAPOSADA; AL PONIENTE: ciento seis metros en tres tramos, el primerode treinta y cinco metros, el segundo de nueve metros en línea recta, y eltercero semi-curvo, setenta y dos metros, cerco de alambre propio de pormedio, lindando en los tres tramos con terreno de GREGORIO COCA;AL NORTE: en línea curva de diez metros, cerco de piedra medianero,con terreno de JULIO SORTO; y AL SUR: en línea recta de trece metroscincuenta centímetros, calle de por medio, con terreno de ALFREDOSORTO; inmueble que fue adquirido por compra-venta verbal que eltitulante le hizo al señor GABINO INTERIANO, y que lo valúa en lacantidad de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES EXACTOS.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a lasocho horas y cuarenta minutos del día veintiocho de febrero del año dosmil tres. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 11268

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL;

AVISA: al público para los efectos de Ley que el señor JOSERAYMUNDO BONILLA, de cuarenta y ocho años de edad, sastre deldomicilio de Ereguayquín, Departamento de Usulután, portador de suDocumento Unico de Identidad número 01214243-6, ha presentado porescrito solicitando se le extienda a su favor, título de dominio y propiedadde un solar urbano situado en el Barrio La Cruz de esta ciudad, distritoy departamento de Usulután, de la capacidad superficial de SEIS CIEN-TOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS SETENTA YOCHO CENTIMETROS, con las colindancias siguientes: NORTE: conANA FELICITA MACHADO, ORIENTE: con FRANCISCO ROMANDIAZ AMAYA, SUR: FRANCISCO ROMAN DIAZ AMAYA, PO-NIENTE: con Alcaldía Municipal de Ereguayquín, río de por medio. Loscolindantes son todos de este domicilio. El interesado es dueño yposeedor de buena fe, de manera quieta y pacífica por más de diez añossi reconocer otro dueño, y lo valúa en la suma de VEINTE MILCOLONES.

Alcaldía Municipal: ciudad de Ereguayquín, trece de marzo del dosmil tres. Licda. MELBA MENDEZ DE FUNES, ALCALDESA MUNI-CIPAL. NORMA HAYDEE APARICIO DE DE PAZ, SECRETARIAMUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 11307-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL ,

HACE SABER: que esta Alcaldía Municipal se ha presentado elseñor: JOSE AMILCAR PORTILLO, de cincuenta y ocho años de edad,casado, comerciante del domicilio de Usulután, con Documento Unicode Identidad Número: cero un millón seiscientos setenta y ocho mil seiscientos veinticuatro - cero, solicitando TITULO MUNICIPAL, de unsolar de Naturaleza Urbano en la jurisdicción de San Francisco Javier,Departamento de Usulután, exactamente en el Barrio San José de laextensión superficial de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS ME-TROS CUADRADOS VEINTICINCO CENTESIMOS DE METROCUADRADO, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:diez metros sesenta y cinco centímetros, con solar de CLOTILDEVIUDA DE ANGULO, cerca de alambre de por medio, de la colindante;AL NORTE: cuarenta y tres metros con solar de PEDRO RAMOS; ALPONIENTE: diez metros sesenta y cinco, calle de por medio, conpropiedad Municipal y que fue de ISMAEL ALFONSO RIVERA,después de DOLORES DE AREVALO y de VICTOR GUERRERO; ALSUR: cuarenta y tres metros, cerca de alambre de por medio del solar quese describe, con solar de MODESTO HERNANDEZ. Este inmuebledescrito no está Inscrito en el Registro de la Propiedad correspondiente,así como también no los tuvo su antecedente el Inmueble descrito no esdominante ni sirviente y no se encuentra en pro-indivisión con ningunapersona, no tiene cargas, ni derechos reales y lo, estima en la cantidad deDIEZ MIL COLONES, o sea MIL CIENTO CUARENTA Y DOSPUNTO OCHENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS, lo adqui-rió por compra que hizo en Escritura Pública otorgada en la ciudad de SanSalvador a las ocho horas del día veintitrés de enero del mil novecientosochenta y ocho ante los oficios del Notario RAFAEL ALFONSOCORNEJO CANCAMO por compra venta que le hiciera LUIS ALBER-TO PARADA, quien en ese entonces era de cuarenta y nueve años deedad, Profesor, y del Domicilio de Mejicanos del Departamento de SanSalvador, quien lo poseía desde más de veinticinco años.-

Librado en la Alcaldía Municipal de San Francisco Javier, a losveinte días del mes de marzo del dos mil tres. LUIS ENGELBERTOALEJO SIGUENZA, ALCALDE MUNICIPAL.- MARIA ELSA ARE-VALO, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 11286-1

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de PROGRESO Y DESARROLLO, S.A. DE C.V.,CONVOCA a sus accionistas a una SESION DE JUNTA GENERAL acelebrarse en las instalaciones del Edificio de Conauto - Veinsa, situadoen Carretera al Puerto de La Libertad, Km. 91/2, Antiguo Cuscatlán,departamento de La Libertad, de las dieciséis horas en adelante del díaveintinueve de abril del año dos mil tres .- En dicha Junta se conoceránasuntos de carácter Ordinario que aparecen en la agenda siguiente:

Sesión de Junta General Ordinaria Agenda

1. Lectura del Acta Anterior y aprobación de las misma;

2. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y depresentación de los Estados financieros de 2002;

3. Dictamen e informe del Auditor Externo;

4. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directivay de los Estados Financieros del Ejercicio de 2002;

5. Elección de la Junta Directiva;

6. Aplicación de Utilidades;

7. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente, yfijación de sus emolumentos.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta GeneralOrdinaria de accionistas, en primera convocatoria, será de la mitad másuna del total de las acciones, o sea un millón doscientas treinta y siete milquinientas una acciones; si no hubiera quórum en la fecha y horaseñalada, se convoca para el día treinta de abril del año dos mil tres, a lamisma hora y en el mismo lugar indicado anteriormente; en este caso laJunta será válida cualquiera que sea el número de las acciones presenteso representadas y las decisiones se tomarán con el voto de la mayoría delas acciones presentes o representadas.

Mucho nos agradará contar con su presencia en esta sesión; pero,en caso de no poder asistir, le rogamos enviarnos su representación en elformulario adjunto.

Deseamos recordarle que con respecto a las representaciones enJunta General de Accionistas, el Art.131 del Código de Comercioestablece lo siguiente:

“No podrán ser Representantes los administradores, ni el Auditorde la Sociedad, No podrá representar una sola persona más de la cuartaparte del capital social, salvo sus propias acciones y las de aquellaspersonas de quienes sea Representante Legal”.

Con base en el artículo antes mencionado, no pueden ser represen-tantes de accionistas los señores:

Lic. JOSE ANTONIO SALAVERRIA BORJA

Lic. ADOLFO SALUME ARTIÑANO

Lic. ERNESTO ALLWOOD LAGOS

Ing. RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER

Lic. JOSE ALVARO ALEGRIA RODRIGUEZ

Lic. GUILLERMO ALFONSO BORJA FERGUSON

Lic. ARMANDO CHAVEZ PALOMO

Ing. JOSE BENEDICTO MORATAYA

Sr. ULISES FERNANDO GONZALEZ LOPEZ

Además, de acuerdo con la ley, la representación de los menores deedad, está sujeta a los siguientes requisitos:

a) Cuando la representación la entrega uno de los padres, ladelegación tiene que estar autorizada por el otro cónyuge;

b) Si la representación se delega en un tercero, la misma tieneque estar autorizada por ambos padres o por el representantelegal.

Antiguo Cuscatlán, 31 de marzo de 2003.

PROGRESO Y DESARROLLO, S.A. DE C.V.

JOSE ANTONIO SALAVERRIA BORJA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 11560-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de COOPERATIVA LECHERA DE SANTA ANADE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad con los artícu-los 19 y 20 de la Escritura de Constitución, por éste medio CONVOCAa sus socios para celebrar Asamblea General Ordinaria, el día Sábado 26de abril de 2003, a las nueve horas, en las instalaciones de la plantaprocesadora propiedad de la Cooperativa ubicado en Cantón Salamar, ElPorvenir 2 Ríos, Santa Ana, en la cual se conocerá y discutirá la siguienteagenda.

1. Establecimiento del quórum.

2. Nombramiento de los tres asambleístas que firmarán el actade esta Asamblea General.

3. Lectura y aprobación del acta anterior.

4. Informe del Consejo de Administración.

5. Informe de la Junta de Vigilancia.

6. Lectura y aprobación de Estados Financieros del ejerciciofinalizado el 31 de Diciembre de 2002, e informe del AuditorExterno.

7. Aplicación de excedentes del ejercicio comprendido del 1 deenero al 31 de diciembre de 2002.

8. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honora-rios.

10. Elección de socios que sustituirán a los directores que termi-nan su período en el Consejo de Administración y Junta deVigilancia.

11. Fijación de dietas de los miembros que integran los cuerposdirectivos.

12. Autorizar al consejo de administración para solicitar financiamiento y contraer obligaciones con el Sistema Financiero uotras personas naturales o jurídicas y aceptar donaciones.

13. Otros asuntos que de conformidad a la ley y a la Escritura deConstitución puedan tratarse en esta Asamblea.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Parra la celebración de esta Asamblea General Ordinaria, enprimera convocatoria, deberá estar presentes más de la mitad de lossocios.

En caso de no haber quórum en la fecha y hora indicadas, seconvocará por segunda vez para el día Domingo 27 de Abril de 2003 ala misma hora y lugar señalados anteriormente, y la Asamblea será válidacon cualquiera que sea el número de asociados que asistan.

Santa Ana, treinta y uno de Marzo del año dos mil tres.

JOAQUIN ALBERTO MACAL FIGUEROA,

PRESIDENTE

3 v. alt. No. 11328-1

AVISO

“ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

Hoy en las oficinas de la sociedad MEGA INGENIEROS, S.A. DE C.V.situado en Mejicanos a las 10 horas del día veinticinco de marzo de dosmil tres, se encuentran reunidos la totalidad de los accionistas de MEGAINGENIEROS, S.A. DE C.V., sin previa convocatoria. Estando repre-sentado el cien por ciento de los Accionistas en los que se encuentradividiendo en Capital Social. En vista de lo anterior y de conformidad alo establecido en el Art. 233 del Código de Comercio acuerdan porunanimidad celebrar sesión de Junta Extraordinaria y aprueban la si-guiente agenda.

1. Distribución de utilidades correspondientes a los años dosmil uno, dos mil dos y dos mil.

2. Amortizar las pérdidas del año mil novecientos noventa ynueve.

3. Pagar el capital suscrito de Treinta Mil Colones.

4. Aumentar el Capital Social Mínimo a Cien Mil Colones.

5. Modificar la escritura Pública de Constitución en su cláusulaV.

Aprobada por unanimidad la agenda se procede a la discusión:

5. Se acuerda modificar escritura pública en su cláusula V, aumen-tando su Capital Social en ¢ 60,000 colones, quedando el nuevo valor a100,000 colones equivalentes a $ 11,428.57, se emitirán 400 acciones de250 colones c/u que sustituyen a las acciones originales. No habiendomás que hacer constar se da por finalizada la sesión y para constanciafirmamos, NOTA: los señores RAFAEL MALDONADO TORRES yMARTA MARTINEZ DE MALDONADO, firmaron en su nombre y enrepresentación de sus hijos menores RAFAEL OMAR, ENRIQUEANTONIO, PATRICIA MARIA, GABRIELA GUADALUPE, todoscon apellido MALDONADO MARTINEZ.”

San Salvador, 26 de marzo de 2003.

MARTA PATRICIA MARTINEZ DE MALDONADO,

ADMINISTRADOR UNICO

3 v. alt. No. 11309-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Metales Troquelados Sociedad Anó-nima de Capital Variable, convoca a los Accionistas a Junta GeneralOrdinaria, que se celebrará al día 29 de Mayo de 2003 de las dieciséishoras y treinta minutos en adelante en las oficinas de la Sociedad,situadas en Calle a Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango.

Agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO.

I. Comprobación del Quórum y firma del Acta Respectiva.

II. Lectura del Acta correspondiente a la anterior Junta Generalde Accionistas.

III. Conocer de la Memoria de Labores de la Junta Directiva, porel período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de2002.

IV. Conocer el Balance General y el Estado de Resultados al 31de diciembre de 2002.

V. Aplicación de las Utilidades correspondientes al ejercicioque finalizó el 31 de diciembre de 2002.

VI. Informe del Auditor Externo.

VII. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal, de acuerdo al Art. 131 delCódigo Tributario, y fijación de sus emolumentos.

Para instalar legalmente dicha Junta General Ordinaria, se necesitaque estén presentes o representadas por lo menos la mitad más uno de las87,500 de las acciones que integran el Capital Social o sea 43,751Acciones y para tomar resoluciones válidas se requiere el voto favorablede la mayoría de las acciones presentes o representadas.

Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, seconvoca para el día 30 de mayo de 2003, a las diecisiete horas en el mismolugar, estableciéndose la Junta de carácter Ordinaria con cualquiernúmero de socios que asistan o que estén debidamente representados ylos acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes o representados.

Soyapango, 27 de Marzo de 2003

METALES TROQUELADOS, S.A. DE C.V.

Ing. EDUARDO FUNES GALLO,

DIRECTOR SECRETARIO

3 v. alt. Nº 11327-1

AVISO

El suscrito Director Presidente de la SOCIEDAD SERVICIOS MERCE-DES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puedeabreviarse “SERMERCE, S.A. DE C.V.”, del domicilio de San Salva-dor, para los efectos de ley:,

HACE SABER: que en Sesión de Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad, celebrada en la ciudad de San Salvador, a lastrece horas, del día veintidós de marzo del corriente año, por unanimidadse acordó aumentar el capital mínimo fundacional de la Sociedad deVEINTIUN MIL COLONES equivalentes a DOS MIL CUATRO-CIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA aCIEN MIL DOSCIENTOS COLONES equivalente a ONCE MIL CUA-TROCIENTOS CINCUENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA YTRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA, de la siguiente manera: a) Trasladando del Capital Socialvariable la cantidad de VEINTIUN MIL COLONES equivalente a DOSMIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

DE AMERICA; b) Mediante la capitalización de utilidades de TREIN-TA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO COLONES CONCINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS equivalentes a TRES MILQUINIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES CON CINCUENTAY CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA; c) Aporte en efectivo de los accionistas, la suma de:TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN COLONESCON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS equivalente a TRES MILSETECIENTOS VEINTIDOS DOLARES CON CINCUENTA CEN-TAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; yd) QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE COLONESCON VEINTISIETE CENTAVOS equivalente a UN MIL SETECIEN-TOS SESENTA Y TRES DOLARES CON TREINTA Y CINCOCENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA, mediante la liquidación de deudas que la Sociedad tiene con losaccionistas, por lo que el nuevo capital mínimo de la Sociedad será deCIEN MIL DOSCIENTOS COLONES equivalente a ONCE MILCUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN DOLARES CON CUAREN-TA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOSDE AMERICA, totalmente suscrito y pagado a partir de la fecha de laJunta General relacionada.

San Salvador, veintiséis de marzo del año dos mil tres.

RAFAEL ARMANDO SOSA GAMERO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v . Alt. No. 11453-1

AVISO

ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO YMODIFICACION AL PACTO SOCIAL.

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad “FRIO CAR´S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE”, que se abrevia “FRIO CAR´S, S.A. DE C.V.”, deeste domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientoscatorce - veintiséis cero dos noventa y ocho - ciento dos - cero de estedomicilio con número de Identificación Tributaria cero seiscientoscatorce - veintinueve cero uno cero cero - ciento cuatro - cero, inscritaen el Registro de Comercio al Número DIECIOCHO, LIBRO MILTRESCIENTOS TREINTA Y SEIS de Registro de Sociedades, encumplimiento a lo establecido en el Artículo Ciento Setenta y Seis delCódigo de Comercio y demás requisitos legales, hace saber: que poracuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada enesta ciudad a las once horas del día veintisiete de marzo del año dos miltres, estando representado la totalidad de accionistas se acordó: aumentarel Capital Social, en su parte mínimo que actualmente es de Veinte MilColones, representado y dividido en doscientas acciones nominativascon un valor nominal de Cien Colones cada una, a Cien mil Colones,aumentando el nuevo capital mínimo en Ochenta mil colones, represen-tando y dividido dicho aumento por ochocientas acciones de un valornominal de Cien Colones cada una, por lo que la Sociedad girará con unnuevo Capital Social Mínimo de Cien Mil Colones, representado ydividido en mil acciones de un valor nominal de Cien Colones cada una.Para que comparezca ante Notario al otorgamiento de la escritura públicacorrespondiente, se nombró como Ejecutor Especial al señor SAULANTONIO PORTILLO PALACIOS.

San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil tres.

ELMER SALVADOR CHAVARRIA MURILLO,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

3v alt. No. 11497-1

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad, INVER-SIONES ALZANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE,

HACE SABER: que el cumplimiento al Art. 176 del Código deComercio, a las nueve horas del día dieciocho de enero del dos mil tresse llevó a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas de dichaSociedad, que es de este domicilio, y se acordó por unanimidad aumentarel Capital Social Mínimo en la suma de OCHENTA MIL 00/100COLONES, para que dicho capital sea CIEN MIL 00/100 COLONES.Dicho aumento de capital se efectuará mediante la capitalización deutilidades no distribuidas del ejercicio que finalizó el treinta y uno deDiciembre de mil novecientos noventa y cinco, a fin de que dicho capitalquede en la suma de CIEN MIL 00/100 COLONES, debiendo emitirseochocientas nuevas acciones con un valor nominal de CIEN 00/100COLONES cada una. Discutida la anterior propuesta la Junta General deAccionistas por unanimidad la aprueban en todas y cada una de suspartes.

Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectoslegales correspondientes.

San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil tres.

ADRIANA VALIENTE CATANI DE TONA,

SECRETARIA.

3v alt. No. 11519-1

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad, SERVI-CIOS Y ARRENDAMIENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE.

HACE SABER: que en cumplimiento al Art. 176 del Código deComercio a las nueve horas y treinta minutos del día veinte de febrerode dos mil tres se llevó a cabo la Junta General Extraordinaria deAccionistas de dicha Sociedad, que es de este domicilio y se acordó porunanimidad aumentar el Capital Social Mínimo en la suma de OCHEN-TA MIL 00/100 COLONES, para que dicho capital sea CIEN MIL 00/100 COLONES, dicho aumento de capital se efectuará mediante laaportación en efectivo, a fin de que dicho capital quede en la suma deCIEN MIL 00/100 COLONES, debiendo emitirse ochocientas nuevasacciones con un valor nominal de CIEN 00/100 COLONES cada una.Discutida la anterior propuesta la Junta General de Accionistas porunanimidad la aprueban en todas y cada una de sus partes.

Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectoslegales correspondientes.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

EDUARDO ANTONIO VALIENTE PERDOMO,

SECRETARIO.

3 v alt. No. 11533-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade accionistas de INVERSIONES Y COMERCIO, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en el libro de actas de la Sociedad, se encuentraasentada el Acta número SESENTA Y CINCO, correspondiente a lasesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas,celebrada en esta ciudad, a las diez horas del día siete de marzo de dos miltres, la cual en su parte pertinente dice textualmente:

"b) Asuntos de carácter Extraordinario:

Punto Primero: AUMENTO DEL CAPITAL MINIMO DE LA SOCIE-DAD DE VEINTE MIL A CIEN MIL COLONES. La Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas conoce la necesidad de adecuar el pactoSocial al ar tículo 1566 del Código de Comercio vigente que se refiere alcapital mínimo de las Sociedades, y en tal virtud unánimemente acuerdaAUMENTAR el capital mínimo de la Sociedad, que en la actualidad esde VEINTE MIL COLONES, a la suma de CIEN MIL COLONES. Elaumento del capital se tomará de la parte variable del mismo, la cualasciende a DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MILCOLONES y que a esta fecha se encuentra debidamente suscrito ypagado. En consecuencia, la Sociedad girará con un capital mínimo deCIEN MIL COLONES, un capital variable de DIEZ MILLONES NO-VENTA Y OCHO MIL COLONES, haciendo un capital social de DIEZMILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL COLONES."

Es conforme con su original, con el cual se confrontó y para los usoslegales correspondientes, extiendo la presente en San Salvador a losveintidós días del mes de marzo de dos mil tres.

INVERSIONES Y COMERCIO, S. A DE C.V.

ALICIA DE VIDES,

SECRETARIA.

3 v alt. Nº 11430-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE INVERSIONESFINANCIERAS CUSCATLAN S.A.,

En cumplimiento a lo establecido en los artículos ciento cincuentay siete, ciento setenta y seis y cuatrocientos ochenta y seis del Código deComercio, Inversiones Financieras Cuscatlán, Sociedad Anónima, co-munica a todos sus Accionistas y al público en general, que la JuntaGeneral Extraordinaria, celebrada el día diecinueve de noviembre delaño dos mil dos, en segunda convocatoria, en las instalaciones delEdificio Pirámide Cuscatlán, en Nueva San Salvador, conociendo de lospuntos de carácter extraordinario, en su punto UNO acordó en formaunánime y con el quórum legal requerido AUMENTAR EL CAPITALSOCIAL DE LA SOCIEDAD en la suma de UN MIL TRECIENTOSSETENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS UN MIL CUATRO-CIENTOS COLONES EXACTOS equivalentes a Ciento Cincuenta ySiete Millones Quinientos Cuarenta y tres Mil Diecisiete Dólares de losEstados Unidos de América con catorce centavos de dólar y dos milochocientos cincuenta y siete diez milésimas de centavo de dólar.

Se acordó asimismo, que todos los actuales Accionistas de laSociedad renuncien a su derecho preferente de suscripción para que ese

capital social sea suscrito y pagado en su totalidad por la CorporaciónUBC Internacional S.A. entregando en pago siete millones cuatrocientosochenta y dos mil ciento siete acciones del Banco Cuscatlán de ElSalvador.

Las ventajas de suscribir este aumento de capital social consisten en queel Accionista que lo está haciendo, adquiere los derechos económicos yde participación inherentes a las nuevas acciones, gozará de los futurosbeneficios que conlleva el fortalecimiento del capital social de Inversio-nes Financieras Cuscatlán y mantendrá su porcentaje de participaciónaccionaria en la institución.

Las desventajas de no hacerlo, son que trae como consecuencia ladisminución de su porcentaje de participación accionaria, y de lasoportunidades antes señaladas.

Nueva San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil tres.

INVERSIONES FINANCIERAS CUSCATLAN,

SOCIEDAD ANONIMA.

MAURICIO SAMAYOA R,

PRESIDENTE.

3 v alt. Nº 11386-1

El infrascrito Representante Legal de la Sociedad TRABANINO GAVI-DIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, abreviada-mente TRABANINO GAVIDIA,S.A DE C.V., por este medio,

CERTIFICA: que según libro de Actas de Juntas Generales deAccionistas, se encuentra asentada y firmada el Acta Nº 9 de JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas, celebrada en San Salvador, a lasveinte horas del día doce de marzo del año dos mil tres, el punto queliteralmente dice: """ II.Aumento de Capital Social. Para dar cumpli-miento a las disposiciones del Código de Comercio, para el aumento decapital social se somete a consideración el aumento de ¢80,000.00equivalentes a 800 acciones.

Luego de diligenciar la presente propuesta la Asamblea General Extraor-dinaria de Accionistas por unanimidad se acuerda: efectuar aumento decapital en la parte fija por un monto de OCHENTA MIL 00/100COLONES equivalentes a NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS86/100 DOLARES AMERICANOS mediante la capitalización de ochentamil 00/100 colones de las utilidades retenidas de los ejercicios de los añosdos mil y dos mil uno. L a distribución de acciones se establece así: El Dr.Carlos Balmore Cruz Villalta es acreedor de setecientas veinte accionesy la Dra. Carmen Patricia Trabanino de Cruz es acreedora de ochentaacciones. A partir de este aumento de capital en la parte fija el nuevocapital en giro es de CIEN MIL 00/100 COLONES equivalentes a UNMILCIENTO CUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES AMERICA-NOS, con un total de un mil acciones en giro"""".

Y para los efectos legales consiguientes, se extiende la presente enla ciudad de San salvador, a los veinte días del mes de marzo del año dosmil tres.

Dr. CARLOS BALMORE CRUZ VILLALTA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v alt. Nº 11375-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

EL INFRASCRITO DIRECTOR ADMINISTRADOR UNICO PRO-PIETARIO DE LA SOCIEDAD ALFA INVERSIONES, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, QUE PUEDE ABREVIARSEALFA INVERSIONES, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: QUE EN EL LIBRO DE ACTAS DE JUNTASGENERALES, SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO CINCO, deJUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS , cele-brada a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del corriente año,en las oficinas principales de la Sociedad, ALFA INVERSIONES S.ADE C.V., ubicadas en la Primera Calle Poniente número trescientosveinte, tercer nivel del Edificio El Faro, en esta ciudad, estando reunidosel cien por ciento de los Accionistas de la misma, en la que porunanimidad se otorgó lo siguiente: I) MODIFICAR LA CLAUSULAQUINTA, en el sentido de INCREMENTAR EL CAPITAL MINIMODE LA SOCIEDAD EN OCHENTA MIL COLONES, el cual es a lafecha de VEINTE MIL COLONES, para llegar a la cantidad de CIENMIL COLONES o su equivalente en dólares de los Estados Unidos deAmérica. II) AUTORIZAR al señor JACOBO MOISES HASBUN LA'AMA, como EJECUTOR ESPECIAL, para que comparezca ante Nota-rio a otorgar la escritura correspondiente.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.-

JACOBO MOISES HASBUN LA'AMA,

DIRECTOR ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v alt. Nº 11336-1

AVISO

BANCO SALVADOREÑO, S.A. DE C.V., al público hace saber: que seha presentado a sus oficinas, ubicadas en Avenida Olímpica Nº 3550, SanSalvador, la señora ELENA MEJIA, en calidad de Apoderada deFrancisco Alfredo Menéndez Mejía, quien manifiesta haber extraviadoel certificado de su Poderdante, número 345 el cual ampara 10 accionesnumeradas de la 9,740 a la 9,749, este certificado fue emitido porBANCO SALVADOREÑO, S.A., las que están inscritas en el folio 2910del Libro de Registros de Accionistas.

Por lo que solicita la reposición del mismo, lo que se hace saber,para efectos de ley.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de marzo de dos miltres.

Ing. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,

DIRECTOR EJECUTIVO.

3 v alt. Nº 11422-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002037647

ESTABLECIMIENTO 2002037647- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SANSIVIRINIVALLE, FRANCISCO ANTONIO en su calidad de Representante legalde la Sociedad NEURON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que puede abreviarse NEURON, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyaEscritura Social está inscrir¥Äbajo el Número 43 del Libro 1680 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número deIdentificación Tributaria: 0614 - 080102 -101 - 6, ha presentado solicituda las ocho horas y veinticuatro minutos del día once de julio de dos mildos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002037647y Establecimiento No. 2002037647- 001; a favor de la Empresa denomi-nada NEURON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,la cual se dedica a la PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS YQUIRURGICOS, con dirección en 14 CALLE PONIENTE # 2312ENTRE 43 y 45 AVENIDA SUR, COLONIA FLOR BLANCA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTICUA-TRO MIL DOLARES CON 00/100 $ 24, 000.00 y que tiene el(los)establecimiento (s) siguiente (s): 001-) NEURON, S.A. DE C.V. ubicadoen 14 CALLE PONIENTE # 2312 ENTRE 43 Y 45 AVENIDA SURCOLONIA FLOR BLANCA, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiséis de julio de dos mil dos.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v alt. Nº 11360-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001031086

ESTABLECIMIENTO 2001031086- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BLANCANURIS JOVEL BARRERA en su calidad de Representante Legal de laSociedad SERVICIOS DE PROTECCION PERSONAL Y EMPRE-SARIAL E INVESTIGACION PRIVADA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse, T. J. INVESTIGA-DORES PRIVADOS, S.A DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA,del domicilio de SAN SALVADOR, cuya Escritura Social está inscritabajo el Número 00019 del Libro 1212 del Registro de Sociedades delRegistro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-160694-102-6, ha presentado solicitud a las catorce horas y veintinueveminutos del día cinco de junio del año dos mil uno. Con la cual seotorgaron los Asientos de Matrícula de Empresa No. 2001031086 yEstablecimiento Nº. 2001031086- 1; a favor de la Empresa denominadaSERVICIOS DE PROTECCION PERSONAL Y EMPRESARIAL EINVESTIGACION PRIVADA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, la cual se dedica a AGENCIA DE DETECTIVE YPROTECCION, con dirección en 75 y 79 AVENIDA SUR PASAJEPRIVADO No. 1, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR, cuyoactivo es de CUATRO CIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVE-CIENTOS OCHENTA Y OCHO 99/100 COLONES (¢ 446, 988.99); yque tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) T. J. INVESTI-

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

GADORES PRIVADOS, S.A. DE C.V. ubicado en 75 y 79 AVENIDASUR PASAJE PRIVADO No. 1 COLONIA ESCALON, SANSALVADOR.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecinueve de julio del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v alt. Nº 11388-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002037575

ESTABLECIMIENTO 2002037575- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: QUE A ESTA OFICINA SE HA PRESENTADOMOLINA AYALA, GUSTAVO RICARDO EN SU CALIDAD DEREPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD VALOR HUMA-NO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE PUE-DE ABREVIARSE VALOR HUMANO, S.A. DE C.V., DE NACIO-NALIDAD SALVADOREÑA, DEL DOMICILIO DE SAN SALVA-DOR, CUYA ESCRITURA SOCIAL ESTA INSCRITA BAJO ELNUMERO 6 DEL LIBRO 1715 DEL REGISTRO DE SOCIEDADESDEL REGISTRO DE COMERCIO, CON NUMERO DEIDENTIFICACION TRIBUTARIA: 0614- 290502-102-9, HA PRE-SENTADO SOLICITUD A LAS DOCE HORAS Y VEINTICINCOMINUTOS DEL DIA VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL DOS.CON LA CUAL SE OTORGARON LOS ASIENTOS DE EMPRESANo. 2002037575 Y ESTABLECIMIENTO NO. 2002037575- 001; AFAVOR DE LA EMPRESA DENOMINADA VALOR HUMANO,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, LA CUAL SEDEDICA A LA ASESORIA Y CONSULTORIA EMPRESARIAL,CAPACITACION, SELECCION Y RECLUTAMIENTO DE PERSO-NAL, CON DIRECCION EN OCTAVA CALLE ORIENTE #2-10APARTAMENTOS SAN FRANCISCO, NUEVA SAN SALVADOR,DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, DEL DOMICILIO DE NUE-VA SAN SALVADOR, CUYO ACTIVO ASCIENDE A ONCE MILCUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11, 428. 57Y QUE TIENE EL (LOS) ESTABLECIMIENTOS (S) SIGUIENTE (S): 001-) VALOR HUMANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE UBICADO EN OCTAVA CALLE ORIENTE #2-10 APARTAMEN-TOS SAN FRANCISCO, NUEVA SAN SALVADOR, Y DE ESTE MISMODOMICILIO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, seis de julio de dos mil dos.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v alt. Nº 11411-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002000748

ESTABLECIMIENTO 2002000748- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HERRERADE AREVALO, MARIA ELENA en su calidad de Representante Legalde la Sociedad COLEGIO CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COLCA, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SON-SONATE, cuya Escritura Social está inscrita bajo el Número 16 delLibro 1970 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0315-290969- 001-1, ha presenta-do solicitud a las dieciséis horas y veintiséis minutos del día diecisiete demayo de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de EmpresaNo. 2002000748 y Establecimiento No. 2002000748- 001; a favor de laEmpresa denominada COLEGIO CENTRO AMERICA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CENTROSDE EDUCACION, con dirección en AVENIDA FRAY FLAVIANMUCCI NORTE # 6-6 BARRIO MEJICANOS. SONSONATE, cuyoactivo asciende a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILNOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO DOLARES CON 32/100$456-958.32 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) COLEGIO CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. ubicado en AVENI-DA FRAY FLAVIAN MUCCI NORTE # 6-6 BARRIO MEJICANOS.SONSONATE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinticuatro de mayo de dos mil dos.

Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v alt. Nº 11542-1

No. de Expediente: 2003030944

No. de Presentación: 20030034908

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SAULVICENTE PADILLA RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de TORREFACTORA CENTROAMERICANA DECAFE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: TORRECAFE, S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLI-CIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión ¡¡Un Señor Café!!, que servirá para:ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRELA PROMOCION Y PROPAGANDA DESTINADA A EXPANDIRLA VENTA Y DISTRIBUCION DE CAFE ORO LAVADO, CAFESIN LAVAR, CAFE TOSTADO Y MOLIDO, CAFE EN INFUSION YDEMAS FORMAS EN QUE DICHO PRODUCTOS SE PUEDA ELA-

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

BORAR, Y SE ENCUENTRA UBICADO EN 15A. CALLE PONIEN-TE Y 7A. AVENIDA NORTE No. 1, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v alt. Nº 11471-1

No. de Expediente : 2002028013

No. de Presentación: 20020029868

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELEDUARDO GONZALEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOESPECIAL de EUROPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que se abrevia: EUROPA, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑALDE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la frase Cliente Europa y diseño, que servirá para:ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUA-RIOS SOBRE DETERMINADOS PRODUCTOS, MERCADERIAS OSERVICIOS QUE SE COMERCIALIZAN EN LOS SUPERMERCA-DOS EUROPA E HIPER EUROPA.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 11535-1

Clase: 29

No. de Exp.: 2002029086

No. de Pres.:20020031597

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE SAL-VADOR MOLINA PEÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en:las palabras pollo pipil y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 11545-1

Clase: 34

No. de Expediente: 2002025913

No. de Presentación: 20020026415

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ALFON-SO MENDEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de DIZAC, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que se abrevia: DIZAC, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

ARDILLA

Consistente en: la palabra "ARDILLA" escrita en letras de moldecorriente.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, primero dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 11419-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359MAURICIO ANTONIO GAMEZ, Notario, de este domicilio, conoficina en Veintiuna Calle Poniente, Colonia Buenos Aires I, Número unmil seiscientos treinta y ocho, en esta ciudad, al público, para los efectosde ley,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las catorce horas del día catorce de febrero del presente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada que a su defunción dejara el causante JOSE CRUZ RAMIREZGONZALEZ, ocurrida en la Ciudad de Jiquilisco, Departamento deUsulután, siendo esa ciudad su último domicilio, el día veinticinco deseptiembre del año dos mil dos; de parte del señor OSCAR REYNALDORAMIREZ GONZALEZ, en concepto de hijo sobreviviente del causan-te, habiéndosele conferido a dicho señor la Administración y Represen-tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de losCuradores de la Herencia Yacente.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la oficina del Notario MAURICIO ANTONIO GA-MEZ, San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del díadiecinueve de febrero del año dos mil tres.

MAURICIO ANTONIO GAMEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. c No. 11426-1

MAURICIO ANTONIO GAMEZ, Notario, de este domicilio, conoficina en Veintiuna Calle Poniente, Colonia Buenos Aires I, Número unmil seiscientos treinta y ocho, en esta ciudad, al público, para los efectosde Ley,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día siete de marzo del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HerenciaIntestada que a su defunción dejara el causante JOSE MARIA MARTI-NEZ PEÑA, ocurrida en la ciudad de San Martín, en este Departamento,siendo esa ciudad su último domicilio, el día ocho de marzo de milnovecientos noventa y tres; de parte del señor HERNAN ALBERTOCASTILLO, en concepto de cesionario de la cónyuge e hijos sobrevi-vientes del causante, habiéndosele conferido a dicho señor la Adminis-tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario MAURICIO ANTONIO GA-MEZ, San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día trece demarzo del año dos mil tres.

MAURICIO ANTONIO GAMEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. c. No. 11425-1

MIGUEL ANGEL JUAREZ, Notario, de este domicilio, con oficinas enTrece Calle Poniente Número Ciento cuarenta y tres local Número Cincode esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este día,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, laHerencia Testamentaria que dejó el señor NICOLAS MAXIMILIANOLOPEZ, quien fue de setenta y ocho años de edad, Mecánico, originariode Santa Elena, Departamento de Usulután, siendo su último domiciliola ciudad de San Salvador, Casado, hijo de los señores NICOLASMAXIMILIANO LOPEZ y ELENA ARAUJO, ya fallecidos, fallecidoel día seis de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, de parte dela señora MARIA FLORENTINA PORTILLO DE LOPEZ, a quien sele ha conferido la administración y representación interina de la sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.Se cita a los que se crean con derecho a la herencia referida para que sepresenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la publicaciónde este edicto.

San Salvador, treinta y uno de marzo del dos mil tres.

Lic. MIGUEL ANGEL JUAREZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. 11321-1

ANA YESENIA GRANILLO SIERRA, Notario, de este domicilio y delde Ahuachapán, con oficina ubicada en Colonia Jardines de la Cima;Urbanización Villas de la Montaña, Calle Las Rosas Poniente, númeroveinte- F, de esta ciudad,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señorPEDRO LOPEZ ROMERO, quien es de cincuenta y seis años de edad,comerciante es pequeño, del domicilio de San Rafael, Departamento deChalatenango, a quien no conozco pero identifico por medio de suDocumento Unico de Identidad número cero cero cuatro ocho cero nuevetres- cinco, extendido por el Registro Nacional de Personas Naturales,MANIFESTANDOME: ser dueño y actual poseedor de buena fe enforma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un terreno denaturaleza rústica de su propiedad, el cual está situado en Cantón SanJosé Los Sitios, de la jurisdicción de San Rafael, departamento deChalatenango, de una capacidad de DOS MIL QUINIENTOS SESEN-TA Y DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a UN MIL SETE-CIENTOS NOVENTA PUNTO TREINTA Y TRES VARAS CUA-DRADAS, que tiene los linderos siguientes: AL NORTE: con terreno deMARIA ADRIANA QUIJADA DE OSORIO, AL ORIENTE: conterreno de MIGUEL ANGEL OSORIO MEJIA; AL SUR: con terreno dePEDRO PINEDA LANDAVERDE, AL PONIENTE: con terreno deJOSE ANTONIO ROMERO y JOSE SANTOS LANDAVERDE RO-MERO. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD, quien a su vez hapresentado la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son deldomicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, el terrenodescrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos realesde ajena pertenencia ni esta en proindivisión con ninguna otra persona yfue poseído inicialmente por su madre de nombre PAULA ROMERODE LOPEZ, quien fue de oficios domésticos y de ese mismo domicilio,mediante compra que hizo a su padre de nombre Pablo López, a travésde escritura privada celebrada en Dulce Nombre de María, el díaveintitrés de agosto de mil novecientos sesenta y seis y al fallecer el díaveintiuno de abril de mil novecientos noventa y dos, tal posesión fuecontinuada por el compareciente hasta la fecha, que unida la posesión desu antecesora a la del compareciente ha poseído por más de DIEZ AÑOStal terreno en forma quieta, pacífica y no interrumpida. El inmueble lovalúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES EXACTOS, equiva-lentes a DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARESCON SESENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA. Lo que avisa al público para los fines de ley.Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las preten-siones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despachonotarial, situado en la dirección antes apuntada.

Librado en la oficina de la Notario Ana Yesenia Granillo Sierra. Enla ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del díadiecisiete de marzo del año dos mil tres.-

Lic. ANA YESENIA GRANILLO SIERRA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 11404-1

SERGIO ERNESTO PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,

HACE SABER : I) que a su Oficina Notarial, situado en Residen-cial Guadalupe 2, #11 La Ceiba, Antiguo Cuscatlán, Departamento de laLibertad, se ha presentado la señora MERCEDES TAMACAS JULE,aceptando la herencia intestada que a su defunción dejó la señora LUZANGELICA ALFARO, quien fue de ochenta y cinco años de edad, deOficios Domésticos del domicilio da San Juan Talpa, Departamento dela Paz, su último domicilio, falleció en Colonia Bolívar, Ciudad Delgado,San Salvador, el día siete de marzo del año dos mil uno .- II) que previoinforme de ley, y habiéndose establecido la calidad de única y universalheredera de parte de la señora MERCEDES TAMACAS JULE, en laHerencia intestada que a su defunción dejó su hermana LUZ ANGELI-CA ALFARO, se le ha conferido la administración y representacióninternas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curado-res de la herencia Yacente, lo que se hace saber, para que los que se creancon derecho en tal herencia, se presenten a deducirlo en el término dequince días, contados desde el día siguiente de la tercera publicación deeste edicto. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.-

Lic. SERGIO ERNESTO PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 11554-1

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

JOSE DOMINGO MARTINEZ, Notario del domicilio de San Salvador

y Cojutepeque, con Oficina Jurídica, situada en Calle Doctor José Matías

Delgado, Farmacia Sagrada Familia, segunda planta, número dos de esta

ciudad, para efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de

los corrientes, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el

veintiséis de abril del año próximo pasado, en el Hospital General de

Soyapango, lugar de su último domicilio, dejó RAMON ARTURO

MERINO PLATERO; a la señora BLANCA ARGELIA RODRIGUEZ,

ahora viuda DE MERINO, en concepto de cónyuge sobreviviente. En

consecuencia se ha conferido a la heredera declarada, la administración

y representación definitiva de la sucesión, con las facultades y restriccio-

nes de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del suscrito Notario: Cojutepeque, veintiocho

de marzo del dos mil tres.

Lic. JOSE DOMINGO MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 10744-2

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA:

HACE SABER: que por resolución emitida en este Juzgado a las

catorce horas del día veinte de marzo del presente año, se tuvo por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-

tada que a su defunción dejó el causante NARCISO VASQUEZ CRUZ

o NARSISO VASQUEZ CRUZ, quien falleció a las trece horas y quince

minutos del día veintiséis de enero del presente año, en la Colonia

Palmeras de París, Cantón Tres Ceibas de esta Jurisdicción, siendo ése

su último domicilio, de parte de los señores MARIA EUSTAQUIA

PEREZ VIUDA DE VASQUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente,

y JOSE SANTOS VASQUEZ PEREZ y SONIA ARELY VASQUEZ

PEREZ como hijos Sobrevivientes del expresado causante. ASIMISMO

SE LE HA CONFERIDO A LOS ACEPTANTES EN MENCION y, en

los conceptos antes expresados, LA ADMINISTRACION Y REPRE-

SENTACION INTERINA DE LA SUCESION con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente; lo que se avisa al

público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los veintedías del mes de marzo de dos mil tres. Lic. RAMON HERMINIOPORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RA-FAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10759-2

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día cuatrode septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario de parte del señor FROILAN ANTONIOREYES OCHOA la herencia intestada que a su defunción dejó la señoraCALIXTA GRACIELA MARTINEZ FUENTES conocida porCALIXTA GRACIELA MARTINEZ, quien fue de cincuenta y dos añosde edad, de oficios domésticos, soltera, fallecida el día dieciséis de juliode mil novecientos noventa y cinco, en esta ciudad, siendo su últimodomicilio Tepetitán, de este Departamento, en concepto de cesionariodel derecho hereditario que en la sucesión le correspondía al señorOSCAR RENE MARTINEZ como hijo de la causante y se ha nombradoal aceptante administrador y representante interino de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días delmes de septiembre del año dos mil dos. Dra. ANA FELICITA ESTRA-DA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10716-2

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas y diezminutos del día veinte de marzo del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de laseñora MARIA BERTA PALACIOS FLORES conocida por MARIABERTA PALACIOS, de cincuenta y un años de edad, oficios domésti-cos, del domicilio de San Ildefonso de este departamento, la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor JUBER o JUVER ANTONIOPINEDA, quien fue de cincuenta y un años de edad, pequeño agricultor,soltero, del domicilio de San Ildefonso de este departamento, fallecido alas diecinueve horas del día uno de enero del presente año, en el CantónCandelaria Lempa, jurisdicción de San Ildefonso de este mismo depar-tamento, lugar de su último domicilio, en concepto de Cesionaria de losDerechos Hereditarios en Abstracto que en esta sucesión les correspon-día a los señores JOSE MAURICIO, JOSE CRUZ, y SANTOS MAR-GARITA, todos de apellidos PALACIOS PINEDA, en calidad de hijosdel causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y represen-tante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días del mes de marzodel año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LOCIVIL. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 18598-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia deeste Distrito Judicial; Al Público; para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras y cuarenta minutos del día dieciocho de febrero del corriente año;Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada, que a su defunción ocurrida el día veintisiete de abrilde mil novecientos ochenta y uno en el Barrio San José de esta ciudad deSan Sebastián, su último domicilio; dejó el señor ALEJANDRO ALVA-RADO, de parte del señor MIGUEL ANTONIO BARAHONAECHEGOYEN conocido por MlGUEL ANTONIO BARAHONA, enconcepto de Cesionario de los derechos hereditarios que les podríacorresponder a los señores ANTONIO, PEDRO CELESTINO, yCATARINO todos de apellidos PALACIOS ALVARADO los trescomo hijos del causante. Confiriéndosele al aceptante la administracióny representación interinas de la sucesión con las facultades y restriccio-nes de ley.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a lasonce horas del día dieciocho de febrero de dos mil tres. Lic. EDGARORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br.BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10599-2

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO: al público para los efectos deley,

AVISA: que por resolución de las diez horas y trece minutos de éstedía, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventarioen la herencia Ab-Intestato que dejó al fallecer el señor JESUSMONTANO CHACON, el día diez de septiembre del año de milnovecientos noventa y uno, en el Cantón San José de esta Jurisdicción,lugar de su último domicilio, de parte de la señora SANTOS PORTILLO,como Cesionaria del Derecho Hereditario Abstracto que en la sucesióndel causante JESUS MONTANO CHACON, le correspondía a losseñores EDGAR ANTONIO BENAVIDES, conocido por EDGARDOANTONIO CHACON y por EDGARDO ANTONIO BENAVIDES, yel señor JESUS BENAVIDES MONTANO, en su concepto de hijos dedicho causante.

Coñfiéresele a los aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a losveintiún días del mes de marzo del año dos mil tres. Lic. MANUEL DEJESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO. Lic.SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10606-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO.

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día oncede febrero del año dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario la herencia testamentaria dejada por la

señora ANGELICA DIAZ, o ANGELICA DIAZ ARMAS, fallecida eldía diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en estaciudad su último domicilio, de parte de las señoras ROSA MARIAZELEDON DE MARTINEZ, y MARINA ESTELA ZELEDON, enconcepto de herederas Testamentarias de la causante.

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día dieciochode febrero del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZDE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10573-2

MARIO MOISA MARTNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO.

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas quinceminutos del día seis de marzo del año dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada dejada por el señor FELICIANO HERNANDEZ MAYE, quien fueconocido por FELICIANO HERNANDEZ, fallecido el día veintiuno demayo del año dos mil uno, en el Cantón Sabana Grande, jurisdicción deNahuizalco, su último domicilio de parte de la señora PAULA PEREZVIUDA DE HERNANDEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente yademás como cesionaria de los derechos hereditarios que en la referidaherencia les correspondía a los señores LEONOR HERNANDEZ,EVARISTO HERNANDEZ PEREZ, DAMAEL HERNANDEZ PE-REZ, NOEMY HERNANDEZ DE GARCIA y FELICIANO HER-NANDEZ PEREZ, en concepto de hijos del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representacióninterinas de las sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día diecisietede marzo del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZDE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10587-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por resoluciónde este Juzgado de las once horas del día dieciocho de marzo de dos miltres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio deInventario de parte de los señores MIRNA ANABELL TREJO ARAGONDE FLORES conocida por MIRNA ANABELL TREJO DE FLORES,FRANCISCO ANTONIO TREJO ARAGON, SONIA CAROLINATREJO ARAGON conocida por SONIA CAROLINA TREJO DEREMACHA, VERONICA ELIZABETH TREJO HOY DE HERNAN-DEZ y MAURICIO ERNESTO TREJO ARAGON, la herencia testa-mentaria que a su defunción dejó el causante señor ANTONIO TREJOZEPEDA conocido por ANTONIO TREJO, ANTONIO ZEPEDA TRE-JO y por ANTONIO ZEPEDA, quien falleció en esta ciudad, lugar de suúltimo domicilio, el día veintiuno de octubre de dos mil dos, aceptaciónque hacen los señores arriba mencionados en su calidad de HerederosTestamentarios del referido causante. Y se ha conferido a los aceptantesla administración y representación interinas de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación delpresente edicto.

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las diez horas con treinta minutos del día veinte de marzodel dos mil tres. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDESCACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10590-2

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVlL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos deley,

HACE SABER: que por resolución dictada a las doce horas contreinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurridael día dos de junio del dos mil uno, en el Cantón Las Aradas de estajurisdicción, siendo el Barrio San Miguelito de esta ciudad el lugar de suúltimo domicilio, dejó el señor BORIS ORLANDO CASTROCONZALEZ, de parte de: HECTOR ALFREDO, MAURICIO ED-GARDO y AMILCAR EFRAIN todos de apellidos CASTRO GONZA-LEZ en su calidad de Cesionarios de los Derechos Hereditarios que lescorrespondían a los señores JULIO CESAR CASTRO conocido porJULIO CESAR AZUCENA e IRMA JOSEFINA GONZALEZ DECASTRO conocida por IRMA JOSEFINA GONZALEZ DE AZUCE-NA como padres del causante; confiriéndoseles INTERINAMENTE laadministración. y representación de la sucesión expresada, con lasfacultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la presente sucesión, paraque se presenten a este Tribunal a manifestar su derecho dentro deltérmino de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las quince horas del día trece de marzo del dos mil tres. Lic.SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL. BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 10592-2

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial. Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras y veinte minutos del día veinte de marzo del corriente año; se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ESTERGARZONA HERRERA. Conocida por MARIA ESTER HERRERA,MARIA ESTER GARZONA y por ESTHER MARIA GARZONAHERRERA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y nueveaños de edad, Soltera, de Oficios Domésticos, Originaria y del domiciliode Cacaopera, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de PABLO GARZONAy JOSEFINA HERRERA; quien falleció intestada a las quince horas deldía veintiséis de noviembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, en elBarrio El Centro de la ciudad de Cacaopera, Departamento de Morazán,siendo la Ciudad de Cacaopera lugar de su último domicilio; de parte delos señores MANUEL DE JESUS REYES GARZONA o MANUEL DEJESUS REYES HERRERA y BERTA MARINA GARZONA DELOPEZ, éstos por derecho propio que les corresponde como hijos de lamencionada causante y como Cesionarios de los derechos que le corres-pondían a su hermano JOSE ADRIAN REYES GARZONA. Confiéresea los aceptantes mencionados y en la forma establecida, la administra-ción y representación INTERINA, de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del dos mil tres.Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Lic.ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SRIA.

3 v. alt. No. 11170-2

CONVOCATORIA

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS PARA CONOCERASUNTOS EXTRAORDINARIOS Y ORDINARIOS DE LA

SOCIEDAD"ARRINSA LEASING, S. A. DE C. V."

La Junta Directiva de ARRINSA LEASING, S. A. DE C.V., CONVO-CA a los Señores Accionistas a Junta General de Accionistas paraconocer asuntos Extraordinarios y Ordinarios, a celebrarse en sus ofici-nas, ubicadas en Calle Lorena Número 138, Colonia Roma, San Salva-dor, el día MIERCOLES TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MILTRES, a partir de las DIECISEIS HORAS. De no haber Quórum en lafecha señalada, se convoca en Segunda Convocatoria para el día viernesdos de mayo del año dos mil tres, a las nueve horas, de acuerdo a lasiguiente Agenda:PUNTOS EXTRAORDINARIOS:1.- MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL DE LA SOCIE-

DAD.2.- NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DE LOS

ACUERDOS TOMADOS PARA CONCURRIR ANTENOTARIO A OTORGAR LOS INSTRUMENTOS LEGA-LES.

PUNTOS ORDINARIOS:1. COMPROBACION DEL QUORUM.2. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA.3. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.4. LECTURA DE LA MEMORIA DE LABORES DEL PE-

RIODO COMPRENDIDO DEL PRIMERO DE ENEROAL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002.

5. PRESENTACION Y APROBACION DE LOS ESTADOSFINANCIEROS E INFORME DEL AUDITOR EXTERNODEL PERIODO COMPRENDIDO DEL PRIMERO DEENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DELAÑO 2002.

6. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FIJA-CION DE SUS HONORARIOS.

7. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL Y FIJA-CION DE SUS HONORARIOS.

8. REESTRUCTURACION DE LA JUNTA DIRECTIVA .9. DESTINO DE LAS UTILIDADES.10. AUTORIZACION PARA LOS DIRECTORES -ARTICU-

LO 275.11. VARIOS.

Para que la Junta pueda conocer ASUNTOS EXTRAORDINA-RIOS, el Quórum necesario para celebrar Sesión en la Primera Convo-catoria será de las tres cuartas partes de todas las acciones y para formarresolución se necesitará igual proporción, excepto para el Aumento deCapital que requerirá, de acuerdo con el Artículo 176 del Código deComercio, el voto favorable de las tres cuartas partes de las acciones dela Sociedad. El Quórum necesarios para celebrar Sesión en la SegundaConvocatoria será la mitad más una de las acciones que componen elCapital Social y para formar resolución en todos los Asuntos Extraordi-narios, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida en laPrimera Convocatoria deberán estar presentes y representados por lomenos, la mitad más una de las acciones que tenga derecho a votar y lasresoluciones solo serán válidas cuando se adopten por la mayoría devotos presentes.

En la Segunda Convocatoria, por falta de quórum necesario parahacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida cualquieraque sea el número de acciones presentes y representadas y susresoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos miltres.

CLAUDIA QUIÑONEZ DE HIRLEMANN,DIRECTORA PRESIDENTA.

3 v. alt. No. 8375-2

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIADEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a lasdiez horas con quince minutos del día dieciocho de marzo del presenteaño, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIADEL TRANSITO GONZALEZ MEJIA DE CASTELLON, quien fue desetenta y ocho años de edad, casada, ama de casa, originaria de la ciudadEl Triunfo, Departamento de Usulután; quien falleció a las cinco horasdel día dieciocho de marzo del año dos mil, en el Barrio El Centro, de laciudad El Triunfo, siendo éste su último domicilio, de nacionalidadsalvadoreña; de parte de las señoras BLANCA ASUCENA CASTELLONDE TORRES, ROSA ELENA CASTELLON DE RODRIGUEZ yMARIA DEL TRANSITO CASTELLON DE ARAUJO, en su calidadde hijas de la causante.

Confiérese a las herederas declaradas en el carácter indicado laadministración y representación interina de la sucesión con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente, y CITA: a los quese crean con derecho a la herencia referida para que se presenten adeducirla dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de latercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos deley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:JUCUAPA, a las diez horas con cuarenta minutos del día dieciocho demarzo del año dos mil tres. - Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZDE 1a. INSTANCIA. - Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. 10594-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las quincehoras y treinta minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria delcausante JOSE LUIS ESPITIA RUBIO, fallecido en el Hospital Cáderde esta ciudad, el día dieciocho de noviembre el año dos mil dos,habiendo sido esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte delseñor JOSELIN ALFREDO ESPITIA ESPITIA, en su concepto deheredero testamentario instituido por dicho causante, a quien se confiereinterinamente administrador y representante de la sucesión con lasfacultades y restricciones de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas ycuarenta minutos del día diez de marzo del año dos mil tres. - Lic.FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL. - Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTE-RROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10551-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónde este Juzgado de las diez horas del veinticinco de febrero del año dosmil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario de parte de el señor JORGE ADALBERTO QUINTANILLA

conocido por JORGE ALBERTO QUINTANILLA y por JORGE QUIN-TANILLA, de los bienes que en forma testada dejó la causante señoraMATILDE DOROTEA RUBIO DE QUINTANILLA, quien falleció enla ciudad de BRENTWOOD, Condado de SUFFOLK, Estado de NuevaYork, de Estados Unidos de América, el día veintiséis de julio del año dosmil dos, siendo San Salvador, el lugar de su último domicilio, aceptaciónque hace el antes citado señor en su calidad de cesionario de los derechoshereditarios que en la presente sucesión les corresponden a los señoresLILIAN EDELMIRA QUINTANILLA RUBIO hoy conocida porLILIAN EDELMIRA QUINTANILLA DE PEÑA, JORGE SALVA-DOR QUINTANILLA RUBIO, ANGELICA QUINTANILLA RUBIOhoy conocida por ANGELICA QUINTANILLA DE DIAZ, ANAGLADYS QUINTANILLA RUBIO hoy conocida por ANA GLADYSQUINTANILLA VIUDA DE CAMPOS, cesión de derechos heredita-rios que hacen los antes referidos señores, en su calidad de herederostestamentarios de la causante. Y se ha conferido al aceptante la adminis-tración y representación interinas de la sucesión con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación del presenteedicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las diez horas del día cuatro de marzo del dos mil tres. - Lic.JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA Inta.

3 v. alt. No. 10555-2

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado alas nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de parte del señor RENE MANUEL ROSAGRANADOS, la herencia que en forma intestada dejó el señor FELIPECARLOS ROSA, quien fue de cincuenta y siete años de edad, soltero,jornalero, originario y del domicilio de Jocoro, hijo de los señores JOSEENRIQUE ROSA y de ANA AMELIA MATA, quien falleció a las oncehoras y treinta minutos del día veintisiete de septiembre de mil novecien-tos noventa, en el Barrio San Felipe de la ciudad de Jocoro, lugar que fuesu último domicilio; en concepto de hijo del referido causante; Se haconferido al referido heredero en la calidad expresada la administracióny representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita a las personasque se crean con derecho a la herencia para que se presenten a esteJuzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde elsiguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, alas diez horas del día diecisiete de febrero de dos mil tres. - Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INS-TANCIA. - Lic. FLORA MARIBEL HERNANDEZ DE NOLASCO,SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. 10506-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de esteDistrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido eneste Tribunal por la Licenciada MARIBEL DE ROSARIO MORALESFLORES, mayor de edad, Abogada y de este domicilio actuando como

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Apoderada General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SO-CIEDAD ANONIMA, antes AHORROMET SCOTIABANK, SOCIE-DAD ANONIMA, BANCO AHORROMET, SOCIEDAD ANONIMA,Y AHORROMET, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contrael señor JUAN AMERICO PINEDA RIVAS, mayor de dad, carpinteroy del domicilio de Ciudad Delgado, se venderá en pública subasta en esteTribunal, en fecha que más adelante se señalará, dos terrenos rústicos quese describen así: a) EL PRIMERO de la extensión superficial de DOCEMANZANAS o sea OCHOCIENTAS CUARENTA AREAS, SITUA-DO EN EL CANTON LA CRUZ EN EL LUGAR LLAMADO “ELJUTAL”, JURISDICCION DE LA VILLA DE TENANCINGO, EN ELDEPARTAMENTO DE CUSCATLAN y linda; AL ORIENTE: conterreno de Don José Inés Hidalgo; AL SUR: con el río de Quezalapa; ALPONIENTE: con terreno que fue de Doroteo Morales, hoy de LucilaRivas viuda de Chávez; y AL NORTE: con terreno del mismo don JoséInés Hidalgo, separados por una quebrada hasta el Cerro de La Majaday la Boca de la Montaña; y, b) EL SEGUNDO situado en el mismo lugarque el anterior o sea EN EL CANTON LA CRUZ, EN EL LUGARLLAMADO “EL JUTAL”, JURISDICCION DE LA VILLA DETENANCINGO, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, que tiene unaextensión superficial de DOS HECTAREAS Y CUARENTA Y CINCOAREAS, comprendidos dentro de los linderos especiales siguientes: ALSUR: con terreno que fue de Doroteo Morales, hoy de don JoaquínPrajedis Hidalgo, de un mojón de piedra esquinero en línea recta hasta laBoca de la Montaña; AL ORIENTE: con predio que fue de don JoséEsteban Hidalgo y el de Jerónimo Escobar, hoy el de aquel de VicenteHidalgo y María Julia Rivas de Hidalgo; AL NORTE: con el resto delterreno de Joaquín Prajedis Hidalgo, de un árbol de Chaparro en línearecta hasta un Cicahuite y de este mojón en línea quebrada hasta elencuentro de una quebrada llamada “El Jutal”, de aquí en línea recta hastaotro Cicahuite donde está un mojón de piedra; AL PONIENTE: conterreno que se describe, y un borde hasta llegar al mojón de piedraesquinero donde se comenzó esta demarcación; esta porción goza deservidumbre de tránsito sobre el resto del terreno de Don Joaquín PrajedisHidalgo, para salir a la Calle Real. Inscritos ambos al mismo NúmeroCINCUENTA Y DOS del Libro TRESCIENTOS SESENTA Y UNOdel Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección delCentro, Departamento de Cuscatlán, y pertenecen al Garante Hipoteca-rio, señor ANTONIO REYES GONZALEZ SANSUR, quien es mayorde edad, mecánico y del domicilio de Ciudad Delgado.

La base del remate comprende el valor de ambos terrenos y será de:CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL COLONES.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, alas once horas veinte minutos del día cuatro de marzo del año dos mil tres.Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MER-CANTIL. - Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 10775-2

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo que promueve porel Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, como Apoderado GeneralJudicial del Banco Cuscatlán de El Salvador, Sociedad Anónima, contralas señoras NORA MARLENI VIDES MARTINEZ y BERTILA HER-NANDEZ DE CASTRO, reclamándoles cantidad de colones intereses ycostas, se venderá en pública subasta en este Juzgado el siguienteinmueble: “Un terreno de naturaleza rústica comprendido en la HaciendaSan Antonio Chorrera, situado en el Cantón La Chorrera, de la jurisdic-ción y distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión,identificado en el plano respectivo como Lote Número DIECISEIS DELPOLIGONO “D” de la Lotificación ASENCIO, de la capacidad super-

ficial de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRA-DOS, que mide y linda: AL ORIENTE, diez metros linda con el lotenúmero quince del polígono “D” vendido a la señora María Eva Ochoade Cruz, al NORTE, veintiséis metros cincuenta centímetros, con el lotenúmero dieciocho del polígono “D”; al PONIENTE, diez metros, con ellote número trece del polígono “G”, Avenida Santa Rosa de por medio;y AL SUR, veintiséis metros cincuenta centímetros, con el lote númerocatorce del mismo Polígono “D”; todos los lotes colindantes formanparte de la Lotificación Ascencio propiedad del señor Alonso AntonioVentura Perla conocido por Alonso Ventura Perla, en el lote descrito hayconstruida a expensas de la Hipotecante una casa de sistema mixta.Inscrito al número VEINTINUEVE del Libro CUATROCIENTOSCUARENTA Y UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas dela Primera Sección de Oriente del Departamento de La Unión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las oncehoras veintidós minutos del día once de marzo del dos mil tres. - Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. - Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10566-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley que por ejecuciónpromovida en este Juzgado por el Licenciado MANUEL FRANCISCOPEREZ RIVAS, y continuado por la Licenciada JULIA CASTRORAMOS DE HENRIQUEZ, ambos Apoderados del INSTITUTO SAL-VADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL, contra la SociedadTROQUELERA VASCA, S.A. DE C.V., se venderá en pública subastaen este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente seindicará el bien mueble embargado siguiente: “Un vehículo placa: P-TRESCIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO, AÑOMIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES, MARCA TOYOTA,MODELO PICK UP, CHASIS: RN NOVENTA-CINCO CERO OCHOSEIS DOS UNO NUEVE, CHASIS VIN: JT CUATRO RN NOVENTAY TRES P DOS P CINCO CERO OCHO SEIS DOS UNO NUEVE,MOTOR: TRES SIETE DOS TRES CERO NUEVE UNO-VEINTI-DOS R, el cual se encuentra en el siguiente estado. Defensa delanteragolpeada, parrilla delantera golpeada, sin vía y alto delantero derecho,vía izquierda quebrada, guardafango delantero derecho golpeado, camagolpeada en la parte lateral derecha e izquierda, vía trasera derechaquebrada, llanta trasera izquierda sin aire, cuenta con ambos retrovisores,tiene una llanta de repuesto, llave cruz, varilla y mica, tapicería en regularestado, casetera sin carátula, carrocería y pintura en general regularestado.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las nueve horas del día veinticinco de febrero de dos mil tres.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES DE ALAS, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 10554-2

Mario Moisa Martínez, Juez de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por laLicenciada Ana María Isabel Rodríguez Burgos en concepto de Apode-rada General Judicial del instituto Salvadoreño del Seguro Social contra

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

el señor Fernando Antonio Mencía Pauler, se venderá en este Juzgadoen pública subasta y en fecha oportuna el siguiente bien mueble: “Unvehículo Placa: P-CIENTO OCHENTA Y CUATRO QUINIENTOSDIECINUEVE, Año; MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, Mar-ca: TOYOTA, Modelo: COROLLA, chasis: EL CUARENTA CEROCERO CERO NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE,Motor DOS E DOS TRES OCHO UNO NUEVE SEIS CINCO, el cualse encuentra en las siguientes condiciones: pintura en mal estado,bomper delantero golpeado, retrovisor izquierdo quebrado, puertaslaterales derechas golpeadas, bomper trasero golpeado y rayado;guardafango y puerta izquierda golpeada, cuenta con llanta de repuesto,mica y llave “L”, tapicería en mal estado, tiene casetera en buen estado.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutosdel día cuatro de marzo del año dos mil tres. - Dr. MARIO MOISAMARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. CECILIA DEL CARMENCEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. 10556-2

LA INFRASCRITA JUEZ SUPLENTE SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Doctor JACINTO HUMBERTO COTO ALFARO, como Apode-rado General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO,SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION; contra la Sociedad AQUASYSTEMS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y elseñor CARLOS FRANCISCO MOISA PARADA, se venderá en públicasubasta en este Tribunal en fecha que será señalada posteriormente elinmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE segregadoal extremo Oriente de la Finca Santa Elena, jurisdicción de AntiguoCuscatlán, Departamento de La Libertad, en el proyecto denominado“CONDOMINO PLAZA SANTA ELENA” y que en el referido Condo-minio se encuentra el local comercial número DOSCIENTOS TRES, elcual se localiza y se describe así: AL ORIENTE: formado por tres tramosrectos: el primero de uno punto quinientos veinticinco metros, el segun-do, de tres punto cero cero cero metros y el tercero, de dos puntodoscientos veinticinco metros; advirtiéndose que conforme plano y basede datos del Registro, el lado ORIENTE tiene las medidas siguientes: unopunto sesenta metros, tres punto cero cero metros y dos punto quincemetros; AL SUR: tramo recto de once punto quinientos metros; ALPONIENTE: tramo recto de tres punto setecientos cincuenta metros; yAL NORTE: tramo recto de catorce punto quinientos metros. El local asídescrito tiene una extensión superficial de CUARENTA Y SIETEPUNTO SETECIENTOS METROS CUADRADOS y un volumen deCIENTO CATORCE PUNTO CUATROCIENTOS OCHENTA ME-TROS CUBICOS, el cual se encuentra inscrito a la Matrícula de FolioReal Número MO UNO UNO UNO CERO NUEVE OCHO SEIS delRegistro Social de Inmuebles. A dicho local comercial le corresponde elestacionamiento número CUARENTA Y SEIS, el cual se describe así:AL ORIENTE: tramo recto de dos punto quinientos metros; AL SUR:tramo recto de cinco punto cero cero cero metros; AL PONIENTE: tramorecto de dos punto quinientos metros; y AL NORTE: tramo recto de cincopunto cero cero cero metros. El estacionamiento así descrito tiene unaextensión superficial de DOCE PUNTO QUINIENTOS METROS CUA-DRADOS y un volumen de TREINTA PUNTO CERO CERO CEROMETROS CUBICOS, el cual se encuentra inscrito a la Matrícula deFolio Real Número MO UNO UNO UNO CERO NUEVE SEIS SIETEdel Registro Social de Inmuebles.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las doce horas del día veintidós de octubre del añodos mil dos. Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO,JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. - Br. ROSADORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. 10495-2

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidoprimeramente por el Abogado José Manuel Archila y posteriormente porla Licenciada Dinora Alicia Larios Landaverde, como Apoderada Gene-ral Judicial del Banco de Crédito Inmobiliario Sociedad Anónima enliquidación, en contra del señor Juan Antonio Rivera Gálvez, se venderáen pública subasta en este Tribunal el bien inmueble propiedad del señorJuan Antonio Rivera Gálvez; un inmueble urbano marcado con elnúmero Dos del Polígono G de la Urbanización Los Almendros D,ubicado sobre el Kilómetro Once y medio de la Carretera Troncal delNorte, Cantón La Cabaña, en la ribera Oriente del Río Acelhuate en estajurisdicción y departamento y que anteriormente se llamó UrbanizaciónRiba, el cual se describe así: Lote Dos Polígono G; partiendo del puntode intersección de los ejes de la Avenida Apopa Sur, y del Pasaje LosCapulines, se mide sobre el eje de este último una distancia de cuarentay nueve punto setenta y cinco metros, con rumbo Sur ochenta y nuevegrados veintidós punto cero minutos Oeste, llegando así a un punto endonde con deflexión izquierda de noventa grados y distancia de dos puntocincuenta metros, se localiza el esquinero Noroeste del lote que mide ylinda: Norte, línea recta de rumbo Norte ochenta y nueve grados veinti-dós punto cero minutos Este y distancia de cinco metros lindando con loteveintiuno del Polígono E, Pasaje Los Capulines de cinco metros de anchode por medio, de la misma urbanización. Este: línea recta de rumbo Surcero grados treinta y ocho punto cero minutos Este y distancia de docemetros lindando con lote tres del Polígono G, de la misma urbanización.Sur: línea recta de rumbo Sur ochenta y nueve grados veintidós puntocero minutos Oeste y distancia de cinco metros lindando con lote veintedel Polígono G, de la misma urbanización. Oeste: línea recta de rumboNorte cero grados treinta y ocho punto cero minutos Oeste y distancia dedoce metros lindando con lote uno Polígono G, de la misma urbaniza-ción, llegando al esquinero Noroeste del inmueble que fue donde seinició esta descripción. El inmueble así descrito mide sesenta metroscuadrados, equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco varascuadradas. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor delseñor Juan Antonio Rivera Gálvez en el Sistema de Folio Real, MatrículaNúmero 01-058309-000, Inscripción 3 del Registro de la Propiedad deeste Departamento, e hipotecado a favor de la institución ejecutante alNúmero 01-058309-000, Inscripción 5 de Hipotecas de este Departa-mento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ciudad Delgado, a las nueve horas ydiez minutos del día veintiocho de noviembre del año dos mil dos. -Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DECIUDAD DELGADO. - Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑOARIAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10496-2

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: que en el juicio mercantil ejecutivo marcado conel numero 958-E-98, promovido por el Licenciado HECTOR EDGAR-DO MENA BERNABE y continuando por la Licenciada DINORAALICIA LARIOS LANDAVERDE como apoderados del BANCO DECREDITO INMOBILIARIO, S.A. EN LIQUIDACION; contra el señorFELIPE GONZALEZ RODAS; se venderá en publica subasta en esteTribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que acontinuación se localiza y describe así:””””””””” Un inmueble denaturaleza urbana marcado con el numero veintiuno del polígono B-DOS, de la Urbanización Los Almendros D, ubicado sobre el KilómetroOnce y medio de la Carretera Troncal del Norte, Cantón La Cabaña,ribera Oriente del Río Acelhuate, Jurisdicción de Ciudad Delgado,departamento de San Salvador, y que anteriormente se llamó Urbaniza-ción RIBA, el cual se describe así: partiendo desde el punto de intersec-ción de los ejes de la Avenida Apopa Norte y del pasaje Los Guayabos,se mide sobre el eje de este ultimo una distancia de sesenta y tres puntocincuenta metros con rumbo Sur ochenta y nueve grados veintidós puntocero minutos Oeste, llegando así a un punto en donde con deflexiónizquierda de noventa grados y distancia de dos puntos cincuenta metros,se localiza el esquinero Noroeste del lote que mide y linda: NORTE línearecta de rumbo Norte ochenta y nueve grados veintidós punto cerominutos Este y distancia de cinco metros, lindando con lote numero docedel Polígono B- TRES, pasaje Los Guayabos de cinco metros de anchode por medio, de la misma Urbanización. ESTE: línea recta de rumbo Surcero grados treinta y ocho punto cero minutos Este y distancia de docemetros, lindando con lote veintidós del polígono B-Dos, de la mismaUrbanización; SUR, línea recta rumbo Sur ochenta y nueve gradosveintidós punto cero minutos Oeste y distancia de cinco metros, lindandocon lote del polígono B-Dos, de la misma Urbanización OESTE: línearecta de rumbo Norte cero grados treinta y ochos punto cero minutosOeste y distancia de doce metros, lindando con el lote veinte del polígonoB-Dos, de la misma Urbanización. Llegando así al esquinero Noroestedel inmueble, que fue donde inició esta descripción. El inmueble asídescrito mide SESENTA METROS CUADRADOS, equivalente aOCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUA-DRADAS. Inscrito en el registro de la propiedad raíz e hipotecas de laprimera sección del Centro del Departamento de San Salvador, bajo elsistema de folio real con la matrícula número CERO UNO -CINCUEN-TA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE- CERO CEROCERO, a favor del señor FELIPE GONZALEZ RODAS””.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las doce horas del día dieciséis de diciembre del dos mildos. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DELO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHO-NA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10497-2

JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MER-CANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley que en elEjecutivo Mercantil promovió por BANCO DE CREDITO INMOBI-LIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, contra la seño-ra CANDIDA MARIA CONCEPCION GARCIA LOPEZ HOY DE

MARTINEZ, reclamándoles cantidad de colones y accesorios de ley, sevenderá en pública subasta en este tribunal en fecha que oportunamentese determinará, el inmueble embargado siguiente:”” Un inmueble denaturaleza urbana marcado como lote numero CINCUENTA Y SIETEdel polígono A-CINCO, de la Urbanización ALPES SUIZOS, situadosobre la Quinta Calle Poniente, antes calle real final de la coloniaQuezaltepeque, de la jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamentode La Libertad, que se localiza y describe así: partiendo de la intersecciónde los ejes de la calle real y el pasaje Chamonix, se mide sobre el eje deeste ultimo con rumbo Norte, diecisiete grados veintitrés punto seisminuto Este, una distancia de ciento cincuenta y dos punto treinta metros,de este punto se mide con deflexión derecha de noventa grados unadistancia de dos punto cincuenta metros, llegando al vértice Suroeste, dellote que se describe así: LADO OESTE tramo de rumbo Norte, diecisietegrados veintitrés punto seis minutos Este, y distancia de siete puntotreinta y cinco metros, lindando con los lotes números cincuenta y seisy cincuenta y ocho del polígono A-SEIS, de Residencial Alpes Suizos,pasaje Chamonix, de cinco metros de ancho de por medio; LADONORTE, tramo recto de rumbo Sur, setenta y dos grados once punto ochominutos Este, y distancia de catorce metros, lindando con la FincaAscención, LADO ESTE, tramo recto del rumbo Sur, diecisiete gradosveintitrés punto seis minutos Oeste y distancia de siete punto veinticincometros, lindando con el lote numero cincuenta y seis del polígono A-CINCO, de Residencial Alpes Suizos, LADO SUR, tramo recto derumbo Norte, setenta y dos grados treinta y seis punto cuatro minutosOeste y distancia de catorce metros, lindando con el lote númerocincuenta y cinco del polígono A- CINCO de Residencial Alpes Suizos.Los lotes colindantes a la misma Urbanización son o han sido propiedadde las Sociedades Cuéllar Batista, Constructora Arty, Constructora Celtay Constructora Rey, todas Sociedad Anónima de Capital Variable. Elinmueble así descrito tiene un extensión superficial de CIENTO DOSPUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTOCUARENTA Y SEIS PUNTO VEINTIDOS VARAS CUADRADAS,en dicho inmueble hay construida una casa de sistema mixto de un áreade TREINTA Y TRES PUNTO CERO SEIS METROS CUADRADOS.El inmueble urbano descrito anteriormente pertenece a la ejecutadaseñora CANDIDA MARIA CONCEPCION GARCIA LOPEZ, hoy DEMARTINEZ, de conformidad con la inscripción numero DOS del libroUN MIL QUINIENTOS CATORCE de propiedad del registro delDepartamento de la Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasquince horas y cinco minutos del día veintiuno de octubre del dos mil dos.Lic. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LOMERCANTIL Into. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. 10498-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de estedistrito judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el juicio Ejecutivo Mercantil promovido eneste tribunal por el Licenciado EDUARDO GARCIA GUTIERREZmayor de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado GeneralJudicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDADANONIMA, en LIQUIDACION, contra la señora MARIA DE LOSANGELES ESCOBAR BRUNO DE RODRIGUEZ, conocida porMARIA DE LOS ANGELES DE DA COSTA, y solo por MARIA DELOS ANGELES ESCOBAR BRUNO, mayor de edad estudiante, y deeste domicilio se venderá al pública subasta en fecha que más adelantese señalará en este tribunal el inmueble de mayor extensión denominado

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las mercedes, ubicado en jurisdicción de Zaragoza, Departamento de LaLibertad, inscrito a favor de la señora MARIA DE LOS ANGELESESCOBAR BRUNO DE RODRIGUEZ conocida por MARIA DE LOSANGELES ESCOBAR DE DA COSTA y solo por MARIA DE LOSANGELES ESCOBAR BRUNO, bajo el número OCHO del libro UNMIL OCHOCIENTOS DIEZ, de propiedad, del registro de la propiedadraíz e hipotecas del departamento de La Libertad, MARCADO COMOLOTE NUMERO DIECISEIS DEL BLOCK G, de SEISCIENTOSOCHENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equiva-lentes a NOVECIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO NOVENTA YCUATRO VARAS CUADRADAS, que se localiza y se describe de lasiguiente manera: partiendo de la intersección de los ejes formados porla Calle Las Mercedes y Avenida Los Geranios sobre el eje de este últimocon rumbo Norte veintinueve grados veintinueve minutos tres décimasEste y una distancia de ciento cuatro punto sesenta y seis metros, se llegaa un punto donde se dobla con una deflexión izquierda de noventa gradoscero cero minutos y cero décima y una distancia de cuatro puntocincuenta metros, se llega al punto más al Sur este de la porcióndenominada Mojón M-UNO el cual MIDE Y LINDA: LINDERO SUR:de M-UNO a M-DOS rumbo Norte sesenta grados treinta minutos sietedécima Oeste y una distancia de treinta y cuatro puntos cero cero metroslinda en este tramo con terreno de la propiedad lote número catorce,Block G; LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice más al Suroestede la porción M-DOS a M-TRES rumbo Norte veintinueve gradoveintinueve minutos tres décimas Este y una distancia de veinte puntocero cero metros linda en este tramo con terreno de la propiedad lotenúmero diecisiete, Block G, servidumbre de por medio; LINDERONORTE: partiendo del vértice más al Noroeste de la porción M-TRES aM-CUATRO rumbo Sur, sesenta grados treinta minutos siete décimasEste y una distancia de treinta y cuatro punto cero cero metros linda eneste tramo con terreno de la propiedad, lote número dieciocho Block G;LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice más al Noroeste de laporción M-CUATRO a M-UNO, rumbo Sur veintinueve grados veinti-nueve minutos tres décimas Oeste y una distancia de veinte punto cerocero metros se llega al M-UNO donde se inició esta medida, linda en estetramo con terreno de la propiedad lote número once Block F, AvenidaLos Geranios de nueve punto cero cero metros de por medio todos loslotes colindantes relacionados pertenecen a la RESIDENCIAL BRISASDE LAS MERCEDES, propiedad de Gante, S.A de C.V.,

La base de remate será de TRECIENTOS DOCE MIL COLONESEXACTOS se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de los Mercantil, San Salvador,a las ocho horas treinta minutos del día seis de enero del año dos mil tres.Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MER-CANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 10500-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en esteTribunal promueve inicialmente el Licenciado JOSE MANUELARCHILA, en calidad de Apoderado General Judicial del BANCO DE

CREDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANONIMA y actualmentecontinuado por Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVER-DE, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO DE CREDI-TO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANOMIMA, en liquidación, contrael señor HERIBERTO RODRIGUEZ, se venderá en pública subasta eneste Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmuebleque a continuación se localiza y describe, así: la ciudad de San Salvador,un inmueble de naturaleza urbano, ubicado en la Veinte Avenida Sur yCuarta Calle Oriente, Barrio San Esteban, de esta ciudad, identificadocomo apartamento número TREINTA Y CINCO, ubicado en el tercernivel del condominio Edificio Nápoles, de un área de CUARENTA YDOS PUNTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS y sumedida cúbica es de CIENTO DOS PUNTO CUARENTA Y SEISMETROS CUBICOS, la elevación del piso es de SEISCIENTOS CUA-RENTA Y CUATRO PUNTO TREINTA METROS sobre el nivel delmar; el cual partiendo del vértice Nororiente cuyas coordenadas geodésicasson LATITUD: doscientos ochenta y seis mil uno punto veintisietemetros, y longitud: cuatrocientos ochenta mil doscientos ochenta puntotreinta y cuatro metros, presente en sentido horario los siguientes rumbosy colindancias: AL ORIENTE: línea recta de un tramo, cuya longitudesson siete punto ochenta y cinco metros con rumbo Sur catorce gradosdoce punto un minuto Oeste, colinda con espacio aéreo sobre lote queforma un solo cuerpo con el que se describe y que fue vendido a Juan JoséTobías; AL SUR: línea quebrada de dos tramos cuyas longitudes soncuatro punto treinta y tres y uno punto setenta y cinco metros con rumboNorte setenta y cinco grados cuarenta y siete punto nueve minutos oestey Norte treinta grados cuarenta y siete punto nueve minutos Oeste,respectivamente, colinda con apartamento número treinta y cuatro delmismo edificio, el primer tramo y con apartamento número treinta ycuatro y área de circulación el segundo tramo; AL PONIENTE: líneaquebrada de dos tramos cuyas longitudes son cero punto sesenta y sietepunto dieciocho metros y con rumbo Norte cincuenta y cuatro gradosdoce punto un minuto Este y Norte catorce grados doce punto un minutosEste respectivamente colinda con apartamento número treinta seis delmismo Edificio ambos tramos; AL NORTE: línea quebrada de trestramos, cuyas longitudes son dos puntos sesenta, cero punto noventa ycinco, dos punto cuarenta metros y con rumbo Sur sesenta y cinco gradoscuarenta y siete punto nueve minuto este para el primer y tercer tramoy Sur catorce grados doce punto un minutos Oeste para el segundotramo, colinda con espacio aéreo sobre estacionamiento del mismoedificio, por la parte baja o piso linda con apartamento número veintiuno,veintidós, área común de circulación y estacionamiento, obra gruesa depor medio y por la alta o cielo linda con espacio aéreo de por medio.- Elinmueble descrito es propiedad el deudor HERIBERTO RODRIGUEZ,por estar inscrito a su favor según el Sistema de Folio Real a la matrículanúmero CERO UNO - CERO SESENTA Y NUEVE MIL TRECIENTOSVEINTISEIS - CERO CERO CERO, Inscripción UNO , del registro dela propiedad raíz e hipoteca de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCAN-TIL, SAN SALVADOR, a las once horas y veinte minutos del día oncede diciembre del año dos mil dos.- Lic. ANA MARIA CORDONESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECI-LIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIO.

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JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MER-CANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO DE CREDITO INMOBI-LIARIO, SOCIEDAD ANONIMA HOY EN LIQUIDACION contra elseñor JULIO GONZALEZ SARAVIA, reclamándole cantidad de colo-nes y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunalen fecha que oportunamente se determinará, los bienes inmueblesembargados siguientes: “a) Un apartamiento marcado con el númeroUNO- CERO TRES del Edificio A- UNO del condominio Jardines delEscorial, de naturaleza urbana y situado en el Cantón Zacamil, dejurisdicción de Mejicanos, de este departamento, cuya descripciónespecial es la siguiente: el área que le corresponde a dicho apartamiento,es de una extensión superficial de, CINCUENTA PUNTO SESENTA YTRES METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y DOSPUNTO CUARENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. La medi-da cúbica en la construcción del apartamiento es de cien punto treintanueve metros cúbicos entre piso y cielo raso o losa. Para la descripciónnos apoyaremos en el vértice Nor- Este ya conocido en la descripción delEdificio A-uno, desde el cual se mide una distancia de once metros conrumbo Sur setenta y siete grados veintitrés punto cinco minutos Oeste,para localizar el propio vértice Nor- Este del apartamiento que a conti-nuación se describe: AL ORIENTE, distancia de nueve punto cincuentametros con rumbo Sur doce grados treinta y seis punto cinco minutosEste, lindando con el Apartamiento número uno- cero cuatro del mismoEdificio A- uno pared medianera de por medio; AL SUR, línea quebradacompuesta por tres tramos: el primero de tres punto noventa y tres metroscon rumbo Sur setenta y siete grados veintitrés punto cinco minutosOeste; el segundo de uno punto cero tres metros con rumbo Norte docegrados treinta y seis punto cinco minutos Oeste; el tercero de uno puntocincuenta y siete metros con rumbo Sur setenta y siete grados veintitréspunto cinco minutos Oeste, lindando con el acceso de entrada a dichoapartamiento y con el Jardín del Apartamiento número dos- cero tres delEdificio A-uno, del Condominio Jardines del Escorial; AL PONIENTE,distancia de ocho punto cuarenta y siete metros con rumbo Norte docegrados treinta y seis punto cinco minutos Oeste, lindando con el Aparta-miento número uno- cero dos del mismo Edificio A- uno, pared medianerade por medio; AL NORTE, distancia de cinco punto cincuenta metroscon rumbo Norte setenta y siete grados veintitrés punto cinco minutosEste, lindando con el Apartamiento número uno- cero ocho del EdificioA-dos del mismo Condominio Jardines del Escorial. Por la parte baja opiso, linda con bien raíz del inmueble y por la parte alta cielo raso, conapartamiento número dos- cero tres del mismo Edificio A-uno, obragruesa de por medio; y b) Un inmueble urbano, situado en Jurisdicciónde Mejicanos, identificado como Apartamiento número UNO- CEROUNO del Edificio A- Uno del Condominio Jardines del Escorial, de lasiguiente descripción técnica: el área que le corresponde a dicho aparta-miento es de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO SE-SENTA Y TRES METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTAY DOS PUNTO CUARENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS; lamedida cúbica en la construcción del apartamiento es de cien puntotreinta y nueve metros cúbicos, entre piso y cielo raso o losa. Para ladescripción nos apoyaremos en el vértice Noreste, ya conocido en ladescripción del Edificio A- Uno, desde el cual se mide una distancia deveintidós metros con rumbo Sur setenta y siete grados veintitrés puntocinco minutos Oeste para localizar el propio vértice Nor- Este delapartamiento que a continuación se describe: AL ORIENTE, distancia denueve punto cincuenta metros con rumbo Sur doce grados treinta y seispunto cinco minutos Este, lindando con el apartamiento número uno-cero dos del mismo Edificio A-Uno, pared medianera de por medio; ALSUR, línea quebrada compuesta por tres tramos, el primero, de tres puntonoventa y tres metros con rumbo Sur setenta y siete grados veintitréspunto cinco minutos Oeste, el segundo de un metro tres centímetros conrumbo Norte doce grados treinta y seis punto cinco minutos Oste, eltercero de un metro cincuenta y siete centímetros con rumbo Sur setentay siete grados veintitrés punto cinco minutos Oeste, lindando con elacceso de entrada a dichos apartamientos y con el Jardín del apartamientonúmero dos- cero uno del mismo edificio "A "-Uno, del condominioJardines del Escorial; AL PONIENTE, distancia de ocho punto cuarenta

y siete metros con rumbo Norte doce grados treinta y cinco punto cincominutos Oeste, lindando con Residencial Monte Bello; AL NORTE,distancia de cinco punto ochenta metros con rumbo Norte setenta y sietegrados veintitrés punto cinco minutos Este, lindando con apartamientonúmero uno- diez del Edificio "A"-dos, del mismo condominio Jardinesdel Escorial. Por la parte baja o piso linda con bien raíz del inmueble ypor la parte alta o cielo raso con apartamiento número dos- cero uno delmismo Edificio "A"- Uno, obra gruesa de por medio. Los inmueblesUrbanos descritos anteriormente pertenecen al ejecutado señor JULIOGONZALEZ SARAVIA, de acuerdo con las inscripciones siguientes elrelacionado en el literal a) bajo el número SESENTA Y NUEVE delLibro CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS; y elrelacionado en el literal b) bajo el número SESENTA Y SEIS del LibroTRES MIL SETENTA Y OCHO ambos propiedad del Registro deldepartamento de San Salvador.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las diez horas del día trece de diciembre del dos mil dos. Lic.JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MER-CANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 10503-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de loCivil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por elLicenciado NAPOLEON HUMBERTO ZAMBRANO, de cuarenta ycuatro años de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado delos señores MERCEDES DEL CARMEN BOJORQUEZ TREJO, detreinta y seis años de edad, Secretaria, de este domicilio, SINFORIANOPINEDA MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, Empleado, de estedomicilio, contra el señor JOSE RUBEN POLANCO CALDERON,conocido por JOSE RUBEN POLANCO, de cincuenta y seis años deedad, Agricultor, del domicilio de Nueva San Salvador, reclamándolecantidad de dinero y accesorios, se venderá por este mismo Tribunal enpública subasta, al mejor postor, el inmueble siguiente: “Un inmuebleurbano, formado de una casa y solar, situados en el Barrio Santa Cruz deesta ciudad, la casa es de tejas, paredes de adobe, ático de hiero con susrespectivos corredores contiene dos piezas para dormitorio, cuartos parasirvientes, cocina, sala y oficinas interiores e instalación de luz eléctricapropia de la casa; y todo el inmueble mide y linda: AL NORTE, cuarentay nueve metros cuarenta centímetros con la que fue de JOSE DELCARMEN RODRIGUEZ, después de GIAMMATTEI hermanos, paredmedianera en medio; AL ORIENTE, cincuenta metros diez centímetroscon la misma que fue de GIAMMATTEI hermanos hoy de BATLLEhermanos y con otra del antes expresado RODRIGUEZ, hoy de lasucesión MELENDEZ, pared propia en medio; AL SUR, catorce metroscon la que fue de VICENTE PEÑATE, hoy de JUAN ABULLARADEy con veintisiete metros con casa de MARIA OSEGUEDA; y ALPONIENTE: cuarenta y un metros cincuenta centímetros, solar deANTONIO CALDERON, pared medianera de por medio, con la que fuede DOLORES VIANA hoy de LUZ ESCALON pared propia de pormedio y la de ANDRES RIVAS SANABRIA hoy de MARIA OSEGUE-DA y mediando calle enmedio, doce metros con solar y casa que fue deALBERTO ARRIAZA, hoy de ELENA DE GHIRINGHELLO, inscritoa favor del señor JOSE RUBEN POLANCO CALDERON, conocidopor JOSE RUBEN POLANCO bajo el NUMERO CIEN DEL LIBROSEISCIENTOS VEINTE de Propiedad del Registro de la PropiedadRaíz e Hipotecas de este Departamento.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas del díaveinte de enero de dos mil tres.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALE-GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CAR-MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.-

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado conel número 253-E-02, promovido por la Licenciada ZARINA AYALAHERRERA como Apoderada del BANCO AGRICOLA, S.A.; contra losseñores MARIO ERNESTO VELIS TORRES e YSABEL YANIRAMOLINA REYES; se venderá en Pública subasta en este Tribunal enfecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a continuaciónse localiza y describe así: "Un inmueble de naturaleza antes rústica hoyUrbana, situado en Calle México, contiguo a Reparto Jaime, ColoniaSanta Clara, Barrio San Jacinto, Jurisdicción y departamento de SanSalvador, identificado en el plano respectivo como LOTE NUMEROTRECE del Polígono "A", del Proyecto denominado RESIDENCIALVILLA SANTA CLARA, cuya descripción técnica es la siguiente: ALNORTE, línea recta de diecisiete punto veintinueve metros; AL ORIEN-TE, línea recta de cinco metros; AL SUR, línea recta de diecisiete puntotreinta y dos metros; y AL PONIENTE, línea recta de cinco metros; suárea es de OCHENTA Y SEIS PUNTO CINCUENTA Y DOS METROSCUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTITRES PUNTO SE-TENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS. Inscrito a favor de losdemandados en proindivisión y por partes iguales, es decir en uncincuenta por ciento para cada uno de ellos a la Matrícula número MCERO UNO DOS CINCO CUATRO TRES NUEVE SIETE, AsientoCERO CERO CERO CINCO del Registro Social de Inmuebles de estedepartamento, se admitirán posturas siendo legales

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las nueve horas del día siete de febrero de dos mil tres.-Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LOMERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 10502-2

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señoraOLIMPIA RIVAS VIUDA DE PINEDA, de cincuenta y cinco años deedad, doméstica y de este domicilio, portadora de su Documento Unicode Identidad Número cero cero ciento ochenta mil quinientos cincuentay cinco- cero, solicitando Título Supletorio por ser poseedora de dosinmuebles de naturaleza rústica, situados EL PRIMERO: en el CaseríoPalo Bonito del Cantón El Bañadero, Jurisdicción de Guacotecti, Caba-ñas, de la extensión superficial de OCHENTA Y CINCO MIL QUI-NIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS, de las colindancias si-guientes: AL NORTE: noventa y cinco metros, con propiedad de LUISALONSO CRUZ, Río de Los Pueblos de por medio; AL SUR: cuatro-cientos veintiocho metros, con propiedad de LUCIO CASTILLO y deGUADALUPE MARTINEZ, cerco de alambre de por medio; ALORIENTE: cuatrocientos veintitrés metros, con propiedad de FAUSTI-NO AREVALO, cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE:doscientos treinta y un metros, con propiedad de LUCIO CASTILLO,cerco de alambre de por medio; EL SEGUNDO: situado en el Cantón SanLorenzo de esta Jurisdicción, con una extensión superficial de NOVEN-TA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTOSETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las colindanciassiguientes: AL ORIENTE: quinientos treinta y un metros, con propiedadde WILLIAN VELASCO y SECUNDINO RIVAS, cerco de alambre depor medio; AL PONIENTE: trescientos cincuenta y seis metros, con otroterreno de la propiedad de la señora OLIMPIA RIVAS VIUDA DEPINEDA, FIDEL ANTONIO RIVAS, ANTONIO RIVAS y WILLIANVELASCO, con los tres primeros calle de por medio, y con el últimocerco de alambre de por medio; AL NORTE: trescientos cinco metros,con propiedad de MARIA RIVAS, hoy de su sucesión, cerco de alambre

de por medio; y al SUR: ciento cuarenta metros, con propiedad deWILLIAN VELASCO cerco de alambre de por medio. Terrenos loscuales adquirió por compra que le hizo al señor LUIS RIVAS en el añode mil novecientos sesenta y cuatro y los cuales los valoro en la cantidadde SESENTA MIL COLONES en su conjunto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a losveintiocho días del mes de febrero de dos mil tres.- Lic. CARLOSWILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 10638-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que se ha presentado el señor ROBERTO AMIL-CAR MONTOYA, de sesenta y un años de edad, Abogado y Notario, deldomicilio de esta ciudad y de San Miguel, con Documento Unico deIdentidad Número cero cero cuatrocientos ochenta y un mil novecientosnueve-cinco, solicitando Título de Propiedad de un terreno de naturalezaurbana situado en Quinta Avenida Norte y Séptima Calle Poniente,Barrio La Parroquia, de la ciudad de Santa Elena, departamento deUsulután, de la capacidad superficial de DOSCIENTOS CUATROMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: ALNORTE, mide quince metros, linda con solar de la señora María LasteniaMontoya González; AL SUR, doce metros cincuenta centímetros, lindacon propiedad del señor PEDRO FUNES hoy del señor JOSE ERICCHEVEZ RIVERA, Séptima Calle Poniente de por medio; AL ORIEN-TE, veinticuatro metros cincuenta centímetros, linda con solar de FRAN-CISCO ARGUETA hoy de SANDRA PATRICIA CARDONAMENDEZ; y AL PONIENTE, veinticuatro metros cincuenta centíme-tros, linda con solar del señor ELIGIO LIZAMA MARTINEZ. Elinmueble anteriormente descrito carece de construcciones. Lo hubo porcompra que le hizo a la señora MARIA MARTA MONTOYA DEELIAS, y lo estima en la suma de DIEZ MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se avisa al público, para los efectos legales consiguientes.

Santa Elena, veintiuno de marzo de dos mil tres.- Lic. NICOLASALFREDO BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL.- LEYVINMARIBEL GUERRERO MANZANO, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 10578-2

El INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el señorEDUARDO ANTONIO SANDOVAL, solicitando por sí y por escritoTítulo de Propiedad de un inmueble rústico, situado en el Caserío LaCuesta, Cantón El Tablón, de esta jurisdicción que mide CUARENTAY TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO CUA-RENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, que linda: AL NOR-TE, con DIONICIA DE MARIA DUARTE GOMEZ; AL ORIENTE, enparte con BRAULIA ANTONIA SANDOVAL, y con ISMAEL SAN-DOVAL; AL SUR, en parte con AMBROSIO SANDOVAL y conBRISA DE MARIA DUARTE SANDOVAL; y AL PONIENTE, conCRESENCIO DE JESUS DUARTE GOMEZ.- Contiene al rumboPoniente una casa de sistema mixto techo de tejas.- El inmueble no seencuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz de este Departa-mento, por carecer de antecedentes registrables, y lo hubo por compraen Escritura Privada, al señor PEDRO SANDOVAL TOBAR, no tiene

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

gravamen, ni es predio dominante, tampoco existe respecto al mismoninguna otra persona que sea poseedora de algún derecho real y por lotanto no existe proindivisión con nadie.- Estima dicho inmueble en lacantidad de TREINTA MIL COLONES.-

Lo que hago saber al público para efectos legales.- ALCALDEMUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 10659-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el LicenciadoJUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, mayor de edad, Abogado, deldomicilio de Santa Ana, y de esta ciudad, solicitando por sí y por escritoTítulo de Propiedad de sus poderdantes señores GONZALO ISRAELLOPEZ GUERRA y EVA ROSARIO RAMIREZ DE LOPEZ, decincuenta y tres y cincuenta años de edad respectivamente, el primeroEmpleado, la segunda de oficios domésticos, para quienes está actuandocomo Apoderado General Judicial para titular un inmueble rústico,situado en el Barrio San Esteban de esta ciudad, que mide QUINIENTOSTRECE PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, quetiene los linderos siguientes: NORTE, en tres tiros, el primero de diezpunto veinte metros, el segundo de cuatro punto cincuenta metros, enambos tiros con el señor SANTOS LINARES, y el tercer tiro de catorcepunto veinte metros, con propiedad de los titulantes; ORIENTE, veinti-séis metros, con sucesión Ordóñez; SUR, trece punto cincuenta metros,con Pedrina Navarro y Disidora Guadrón; y PONIENTE, veintiséismetros, antes con BLANCA ROSA DEL PILAR Henríquez, hoy deMARIO ELIAS HENRIQUEZ PEÑATE y LUCILA ESPERANZAHERNANDEZ MARTINEZ.- Y no se encuentra inscrito en el Registrode la Propiedad Raíz de este Departamento, por carecer de antecedenteregistrable, y lo hubo sus poderdantes por compra que hicieron enEscritura Privada a la señora NATALIA GUERRA hoy VIUDA DELOPEZ.- No tiene gravamen, ni es predio dominante, tampoco existerespecto al mismo ninguna persona que sea poseedora o titular de algúnderecho real y por lo tanto no existe proindivisión con nadie.- Estimadicho inmueble en la cantidad de TREINTA MIL COLONES.-

Lo que hago saber al público para efectos legales.-

Texistepeque, once de marzo del año dos mil tres.- JOSE GA-BRIEL MURILLO DUARTE, ALCALDE MUNICIPAL.- CORINAMARISOL MAGAÑA ROSALES, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 10656-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado elseñor MIGUEL ANGEL JUAREZ, Abogado y Notario, del domicilio deSan Salvador, Apoderado General Judicial de la señora ANA JACOBADURAN DE SANTOS, quien es mayor de edad, ama de casa, deldomicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, solicitando por sí y por escritoTítulo de propiedad de un solar urbano, situado en el Barrio Concepciónde esta población, a favor de la señora ANA JACOBA DURAN DESANTOS, de la extensión superficial de CERO CERO HECTAREACERO DIEZ AREA TREINTA Y UNA CENTIAREA, de las medidasy linderos siguientes: al ORIENTE: diecinueve metros cincuenta y uncentímetros con predio de SEBASTIAN MARCELINO CERRITOS yBLANCA ESTELA CERRITOS ECHEVERRIA, de un jiote a un

chichicaste; al NORTE: mide dieciséis metros cincuenta y nuevecentímetros, Tercera calle Oriente de por medio, con JOSE MARIACALDERON, hoy de GREGORIO ANTONIO PALACIOS y SIMONPANAMEÑO, hoy de GUADALUPE DEL CARMEN PANAMEÑOde CALDERON, al PONIENTE: veinte metros veinte centímetros, conpredio de ANTONIO BRUNO PANAMEÑO, hoy de TRINIDAD DEMARIA GARCIA, de la esquina de la pared del colindante a un mojónesquinero de jocote, al SUR: trece metros noventa y dos centímetros, conpredio de BRAULIO RODRIGUEZ, ahora DALILA ESTEBANAAGUIRRE DE SANCHEZ.- El inmueble descrito carece de construc-ción, no es sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales deajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Lo estima en lacantidad de DOS MIL DOLARES EXACTOS.

Lo adquirió por compra que hizo a su esposo JORGE ALBERTOSANTOS MONTANO, mayor de edad, Contador, del domicilio deAntiguo Cuscatlán. Todos los colindantes son de este domicilio, y seavisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, veintiocho de enero dedos mil tres.- JESUS OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICI-PAL.- FRANCISCA EMPERATRIZ CUBIAS, SECRETARIA MUNI-CIPAL.-

3 v. alt. Nº. 10745-2

EL SUSCRITO NOTARIO; DOCTOR CATALINO CLAROS SAN-DOVAL; AL PUBLICO,

HACE SABER: que en esta oficina ha comparecido en su carácterpersonal, la señora DIGNA ANDRADE COLATO, de cuarenta y sieteaños de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Guatajiagua,persona que no conozco pero identifico por medio de su documentoúnico de identidad número cero cero ochocientos diecisiete de milquinientos setenta y cuatro- cuatro, MANIFESTANDO: I) Ser dueña yactual poseedora de buena fe en forma quieta, pacífica, continua einenterrumpida de un solar y casa, de naturaleza urbana, situados en elBarrio La Cruz, de la ciudad de Guatajiagua, distrito de San Francisco,departamento de morazán, que tiene las medidas y linderos los siguien-tes: AL NORTE, cuarenta metros, linda con ALEJANDRO PEREZ, alOriente, ochenta y ocho metros, cincuenta centímetros, linda conAMINTA SURA RIVERA GERMAN DELGADO, calle de por medio;al SUR, cuarenta metros, linda con ESTEBAN LOPEZ VASQUEZ,calle de por medio; y al PONIENTE, ochenta y ocho metros cincuentacentímetros, linda con MIGDONIA ROTIZ PEREZ DE VELIS, del cualsolicita TITULO DE PROPIEDAD, presentando la Ficha Catastralrespectiva número cero cero ocho mil quinientos cincuenta y seis. Todoslos colindantes son del domicilio de Guatajiagua, departamento deMorazán, el predio descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargasni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión conninguna otra persona, y lo adquirió por compra que le hizo a la señoraJUANA ANDRADE CANALES, mayor de edad, del domicilio deGuatajiagua, y ésta a la vez lo adquirió por compra que le hizo al señorFARAEL PEREZ, quien fue mayor de edad, en escritura privada, siendola posesión unida a la de la solicitante más de treinta años consecutivos,el inmueble lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL COLONES, lo quese avisa al público para los efectos de ley. Se previene a las personas quedeseen presentar oposición a las pretenciones de la solicitante, lo hagadentro del término legal en mi despacho que tengo ubicado en la OctavaCalle Poniente y Quinta Avenida Norte Número trescientos nueve de estaciudad de San Miguel.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veintiocho días de marzodel año dos mil tres.

3 v. alt. Nº. 10633-2

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señoraMARIA ELENA PORTILLO, de cincuenta y un años de edad, de oficiosdomésticos del domicilio de esta población, SOLICITANDO: un Títulode Dominio de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio Centrode población de la extensión superficial aproximada de TRES MILSETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS delinderos siguientes: AL NORTE: con HUGO ALFREDO DELGADO,ISABEL CARCAMO, MIGUEL ANGEL AGUILAR, JOSE SANTOSRIVAS CARCAMO, MARIA SANTOS CARBAJAL, SANTOSEVELIO ORANTES MARTINEZ, CLARA ELENA OLIVARPANIAGUA; AL ORIENTE, con MARIA YESSENIA LANDAVER-DE, calle pública de por medio, AL SUR: con OVIDIO MARAVILLAZEPEDA, y PONIENTE, con EDWIN MOLINA AREVALO.- En elinmueble antes descrito hay construcción de una casa de sistema mixto, yno es dominante ni sirviente, no tiene carga, ni derechos reales; no está enproindivisión con ninguna persona, lo estima en la cantidad QUINCE MILCOLONES.- Los colindantes son de este domicilio y lo adquirió porcompra que hizo a la señora MARIA LUZ URQUILLA DE SANDOVALde setenta y dos años de edad, quien es de este domicilio.-

Se avisa al público para los efectos legales.-

Alcaldía Municipal: Tepetitán, a veinte de noviembre de dos mildos.- JOSE EVENOL FUNES, ALCALDE MUNICIPAL. MARIAFERNANDA AGUILLON DE VILLALTA, SECRETARIA MUNICI-PAL.

3v. alt. No. 10718-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER.: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado elseñor Salvador Natividad Cruz, de cincuenta años de edad, carpintero deeste domicilio con documento único de identidad número cero cerocuatro siete dos tres seis cinco-cero, solicitando TITULO MUNICIPALsobre un terreno rústico situado realmente en Barrio La Cruz y no en elBarrio El Rosario de esta población, sobre el camino que va a SanLorenzo de esta ciudad, tiene una Extensión de doce áreas setentacentiáreas o sea mil doscientos sesenta metros cuadrados y linda, ALNORTE, Rafael Jiménez Durán; AL ORIENTE, el mismo JiménezDurán; y Alberto Flores, cerco y camino de por medio; AL SUR, SofíaCienfuegos y Demesio García, camino en medio con la primera y cercocon el segundo y AL PONIENTE, María Romualda Vásquez cerco depor medio; tiene como construcciones dos casas techo de lámina, sobrehorcones, paredes de adobe; actualmente al Norte están como colindan-tes Leonardo Rodríguez y Modesto Vásquez, AL ORIENTE, MisaelLópez y calle que conduce a San Lorenzo de por medio; al Poniente,sucesión María Romualda Vásquez y al Sur, Nemesio Santos García,calle que conduce a San Lorenzo.- Adquirió dicho inmueble, la mitad porventa privada que le hizo su padre Manuel Santos y la otra mitad por ventaen escritura pública que le otorgó a su hermano José Francisco Cruzquien era el dueño de la otra mitad; sobre dicho inmueble dice tener unaposesión quieta, pacífica y no interrumpida por más de treinta años.-

Lo cual se avisa para efectos de la ley.-

Librado en la Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, a lostreinta y un días de julio del dos mil dos.-Jorge Horacio EguizábalAguirre, Alcalde Municipal.- Gilberto Rolando Campos Iraheta, Secre-tario Municipal.-

3 v. alt. Nº 10678-2

TRANSATLANTIC, S.A DE C.V.

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad TRANSATLANTIC,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abreviaTRANSATLANTIC S.A. DE C.V. CERTIFICA: que el acta númeroCUATRO de la Junta General Ordinaria y Extraordinario de accionistas de lasociedad TRANSATLANTIC, S.A DE C.V., celebra el día diecinueve demarzo del 2003, en las oficinas de la Sociedad, en la que consta que el puntoCUARTO, se acordó por unanimidad aumentar el capital social mínimo enOCHENTA MIL COLONES para totalizar la suma de CIEN MIL COLONES,por capitalización de activos, previo a las publicaciones que eligen la ley, lo cuales aceptado por los accionistas.

Y para los efectos de los correspondientes tramites legales, extien-do la presente a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil tres.

José Gilberto Villeda Grajeda,

Representante Legal.

3 v. alt. Nº 10767-2

El infranscrito Presidente y Representante Legal de Caleidoscopio,S.A de C.V., para los efectos legales consiguientes, al publico hace saberque por resolución tomada en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad Caleidoscopio, S.A de C.V., celebrada el día veintisie-te de marzo del año dos mil tres, a las diez horas, se acordó del 100% deCapital Social aumentar capital social a ¢ 100.00 por aumento de numerode acciones, por un valor de ¢ 100.00 cada una proveniente de lacapitalización de utilidad no distribuida entre los socios accionistas.

Con este aumento de capital, la sociedad girará con un capital socialde ¢ 100,000.00 representados por 1,000 acciones comunes y nomina-tivas de ¢ 100.00 cada una totalmente pagadas.

En San Salvador a las diez horas, del día veintisiete de marzo delaño dos mil tres.

KATIA MARINA MAJANO LAINEZ, PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL

Caleidoscopio, S.A de C.V.

3 v. alt. Nº 10761-2.

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDADCOMPAÑIA HOGAREÑA, S.A de C.V.,

CERTIFICA QUE: en acta número cuatro de la Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas, celebrada a las VEINTE horas del díacatorce de febrero del presente año, en las oficinas situadas en Paseo yColonia Miralvalle # 252, de la ciudad de San Salvador, y registrada en

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

el Libro de Actas que para esos efectos lleva la sociedad, se encuentra elPunto Unico que literalmente dice: “Modificación del pacto social. A finde aumentar el capital social mínimo de la Sociedad hasta el valor deCIEN MIL COLONES EXACTOS (¢100,000.00), se acordó por unani-midad lo siguiente: Punto Unico, para darle cumplimiento en lo ordenadoen el Código de Comercio vigente se aprobó con el Cien por ciento de lasacciones, modificar el Pacto Social para aumentar el Capital SocialMínimo de Veinte mil colones exactos, hasta el valor total de Cien Milcolones exactos (¢ 100,000.00), utilizando como recurso la Capitaliza-ción de Utilidades de Ejercicios Anteriores, quedando el Capital SocialMínimo suscrito y pagado en Cien Mil colones exactos (¢100,000.00).Además se nombra como Ejecutor Especial del acuerdo tomado al señorHECTOR RICARDO REYES INGLES, para que le dé cumplimiento atodo lo establecido por el Código de Comercio, en materia de Aumentoal Capital Social Mínimo".

Y para ser publicada tres veces alternas en el Diario Oficial y unode circulación nacional, extiendo la presente Certificación, a los catorcedías del mes de marzo de dos mil tres.

HECTOR JULIAN BARRERA HERNANDEZ,

Administrador Unico.

3 v. alt. No. 10757-2

Aviso de Aumento de Capital Social

Sociedad Modas Internacionales Sociedad Anónima de CapitalVariable,

HACE SABER: que en cumplimiento al Artículo Ciento Setenta ySeis del Código de Comercio a las nueve horas del día treinta de marzodel año dos mil tres, se llevó a cabo la Junta General Ordinaria deAccionistas de la Sociedad Modas Internacionales Sociedad Anónima deCapital Variable. Y en ella se acordó por unanimidad de Capitalizar lacantidad de Ochenta Mil Colones Exactos de el ejercicio Mil Novecien-tos Noventa y Seis estableciendo un nuevo capital social de Cien Milcolones. Quedando totalmente suscrito y pagado por lo que se hace delconocimiento del público para los efectos legales correspondientes.

San Salvador, treinta de marzo del año dos mil tres.

IRMA DEL CARMEN PIMENTEL DE RIVERA,

Representante Legal.

3 v. alt. No. 10752-2

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la SociedadCOMPAÑIA INMOBILIARIA SALVADOREÑA, S.A.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de accionistascelebrada en esta ciudad a las nueve horas del diecisiete de marzo de dosmil tres, se acordó por unanimidad: A) Modificar Cláusula TERCERA

TRIGESIMA PRIMERA y TRIGESIMA QUINTA, de la escritura delPacto Social de la Sociedad a fin de actualizar la redacción de la misma,B) Aumentar el Capital Social de la Sociedad en SETENTA Y CINCOMIL 00/100 COLONES (¢ 75,000,00), mediante la emisión de setecien-tas cincuenta acciones comunes y nominativas de CIEN 00/100 COLO-NES, (¢ 100.00) cada una, con iguales derechos y obligaciones a las queactualmente se encuentran en circulación, que fueron suscritas y pagadastotalmente por los accionistas en proporción a las acciones que cada unoposeía en la Sociedad a la fecha de acordarse el aumento, mediante lacapitalización de utilidades decretadas de ejercicios anteriores y que seencontraban pendientes de cancelar. Quedando el CapitalSocial Representado y dividido en UN MIL ACCIONES de CIEN 00/100 COLONES (¢ 100.00), cada una, por lo que deberá modificarse laCLAUSULA QUINTA, del Pacto Social, para llegar a un CAPITALSOCIAL DE CIEN MIL 00/100 COLONES, (¢ 100,000.00), equivalen-te a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 5718185/100DOLARES ($ 11,428.5718285), representado y dividido en UN MILACCIONES, comunes y nominativas, todas con iguales derechos yobligaciones, de un valor nominal de CIEN COLONES cada unaequivalentes a 114285714285/100 DOLARES, ($ 11.4285714285),cada una; y C) Designar al Sr. OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO,como ejecutor especial de dicho acuerdos, para que comparezca ante unNotario Público de su elección a firmar la Escritura Pública de Aumentode Capital y proceder a su inscripción en el Registro Público correspon-diente.

Se extiende la presente en San Salvador, a los veintiún días del mesde marzo de dos mil tres.

Lic. MARIO RENE AREVALO,

SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 10727-2

AVISO

La infrascrita Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad DESA-RROLLO INTEGRAL, S.A. DE C.V., hace constar que en Acta deAsamblea General Extraordinaria de Accionistas número Veintiunocelebrada a las nueve horas de fecha quince de marzo de dos mil tres; seencuentra el punto número dos de modificación del Capital Mínimo, queen sus pasajes pertinentes dice literalmente:

PUNTO SEGUNDO; AUMENTO DE CAPITAL MINIMO

Después de haber sometido a discusión el punto del Aumento del CapitalMínimo de la Sociedad, se acuerda aumentar dicho Capital en laCantidad de Ochenta Mil 00/100 colones (¢ 80,000.00) mediante laemisión de dos mil acciones de un valor nominal de Cuarenta 00/100colones (¢ 40.00) cada una por lo que el nuevo Capital Mínimo quedarácon el monto de Cien Mil 00/100 colones (¢ 100,000.00), equivalente aDos Mil Quinientas Acciones de Cuarenta 00/100 Colones (¢ 40.00)cada una con iguales derechos y obligaciones en proporción a las quecada accionistas posee a la fecha del acuerdo. El aumento del Capital

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Mínimo será cubierto con la disminución del Capital Variable en lacantidad de Ochenta Mil 00/100 Colones (¢ 80,0000.00), quedando elCapital Variable reducido con Novecientos Mil 00/100 colones(¢ 900,000.00).

Se autoriza al señor OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, para queen su calidad de Representante Legal, concurra ante Notario a prepararla Escritura Pública del Aumento del Capital Mínimo, así como aefectuar todas las diligencias concernientes, de manera que se comuni-que y registre el nuevo Capital Mínimo a las Instituciones Gubernamen-tales y en donde sea necesario; además que se hagan las publicacionesque prescriben las leyes.

Y no habiendo nada más que hacer constar, se cierra la presente alas diez horas con treinta minutos del día quince de marzo del dos mil tres.

Y para los efectos legales consiguientes, extiendo la presente en laciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo de dos miltres.

IRMA LEONOR FIGUEROA DE HENRIQUEZ,

SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 10719-2

AVISO

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad CORPORA-CION INTERAMERICANA, S.A., hace constar que en Acta de Asam-blea General Extraordinaria de Accionistas número Dieciocho celebradaa las nueve horas de fecha doce de marzo de dos mil tres; se encuentra elpunto número dos de modificación del Capital Social, que en sus pasajespertinentes dice literalmente:

PUNTO SEGUNDO: AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

Después de haber sometido a discusión el punto del Aumento delCapital Social de la Sociedad, se acuerda aprobar el aumento de dichoCapital en la Cantidad de ¢ 80,000.00, cantidad que sumada a la originalde ¢ 20,000.00, el nuevo Capital Mínimo girará con ¢ 100,000.00, lasAcciones correspondientes siempre serán de un valor nominal de ¢ 100.00cada una por lo tanto la nueva emisión de acciones será por 1,000 acciones.

Se autoriza al señor OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, para queen su calidad de Representante Legal, concurra ante Notario a prepararla Escritura Pública del Aumento del Capital Mínimo, así como aefectuar todas las diligencias concernientes, de manera que se comuni-que y registre el nuevo Capital Social a las Instituciones Gubernamen-tales y en donde sea necesario; además que se hagan las publicacionesque prescriben las leyes.

Y no habiendo nada más que hacer constar, se cierra la presente alas diez horas con treinta minutos del día doce de marzo del dos mil tres.

Y para los efectos legales consiguientes, extiendo la presente en laciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo de dos miltres.

OSCAR ENRIQUE PORTILLO,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 10722-2

AVISO

El infrascrito Representante Legal de GASTRO-CLINIC, S.A. DE C.V,por este medio CERTIFICA que según Libro de Actas de JuntasGenerales de Accionistas, se encuentra asentada y firmada el Actanúmero Diez: de Junta General Extraordinaria de Accionistas.

Celebrada en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día treintade diciembre del año dos mil dos, su punto único dice en lo conducente:

PUNTO UNICO: AUMENTO AL CAPITAL SOCIAL MINIMO.

La Junta por este medio acuerda aumentar en ochenta mil colones(¢ 80,000.00) el Capital Social Mínimo estableciendo así un nuevoCapital Social Mínimo de Cien Mil Colones (¢100,000.00). Dichoaumento se respaldará con la emisión de ochocientas nuevas accionescomunes y nominativas de Cien Colones cada una de valor nominal.

Dicho aumento se realizará mediante la capitalización de parte delremanente de la utilidad de Mil Novecientos Noventa y Nueve, que estaba enciento Sesenta y Nueve Mil Ochocientos Noventa y Dos 75/100 Colones,quedando así entonces un nuevo saldo remanente por valor de Ochenta y NueveMil Ochocientos Noventa y Dos 75/100 Colones (¢ 89,892.75) sobre el cual sedecidirá a futuro. Asimismo se acuerda que dicho aumento se distribuyaproporcionalmente a la participación de cada Socio.

Por lo que se designa y autoriza al Sr. Administrador Unicopropietario para que realice y gestione los trámites respectivos a efectosde formalizar dicha capitalización.

Para efectos de publicaciones en el Diario Oficial y Diario ElMundo de San Salvador, extiendo y firmo la presente en la ciudad de SanSalvador, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. JOSE MIGUEL MORENO,

Representante Legal de

GASTRO-CLINIC, S.A. DE C.V.

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

La infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad “KORET, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas se encuentra asentada el acta numero diecisiete, correspondientea la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebradaen San Salvador, a las dieciséis horas del día once de diciembre del dosmil, en cuyo punto de carácter extraordinario acuerdan:

PUNTO DE CARACTER EXTRAORDINARIO

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN LA CLAUSULA QUIN-TA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION POR EL INCREMEN-TO DEL CAPITAL MINIMO.

La Junta General de Accionistas acuerda la modificación del pactosocial en la cláusula quinta de la escritura de constitución por elincremento del Capital Social Mínimo por la suma de diecisiete milciento cuarenta y dos con 86 centavos de dólares, moneda de los EstadosUnidos de América, con el objeto que la sociedad gire con un capital dediecinueve mil cuatrocientos veintiocho con 58 centavos de dólares, encumplimiento con las reformas vigentes del código de comercio. Elaumento del capital se hace mediante la emisión de un mil quinientasacciones de un valor nominal de once dólares con 43 centavos cada una,se suscriben y se pagan por medio de capitalización de utilidades delremanente del ejercicio de mil novecientos noventa y siete.

La Junta General de Accionistas acuerda nombrar como ejecutorespecial de este acuerdo al Lic. Julio Enrique Butter Cruz mayor de edad,de este domicilio quien esta facultado para otorgar ante un Notario laescritura publica de modificación al pacto social por el incremento delCapital Social Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original, con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes demarzo de dos mil tres.

Licda. JENNIFER JESSICA BUTTER DE ARGUELLO,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10709-2

La infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad “GALIO, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas se encuentra asentada el acta numero once, correspondiente a laJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en laCiudad Arce-La Libertad, a las dieciséis horas del día siete de enero dosmil tres, en cuyo punto de carácter extraordinario acuerdan:

PUNTO DE CARACTER EXTRAORDINARIO

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN LA CLAUSULA SEX-TA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION POR EL INCREMEN-TO DEL CAPITAL MINIMO.

La Junta General de Accionistas acuerda la modificación del pactosocial en la cláusula sexta de la escritura de constitución por el incremen-to del Capital Social Mínimo por la suma de nueve mil ciento cuarentay dos 86/100 dólares, moneda de los Estados Unidos de América, con elobjeto que la sociedad gire con un capital de once mil cuatrocientosveintiocho 57/100 dólares, en cumplimiento con las reformas vigentesdel código de comercio. El aumento del capital se hace mediante laemisión de ochenta acciones de un valor nominal de ciento catorce29/100 dólares cada una, se suscriben y se pagan por medio de capitali-zación de utilidades de los ejercicios mil novecientos noventa y dos y milnovecientos noventa y tres.

La Junta General de Accionistas acuerda nombrar como ejecutorespecial de este acuerdo al Lic. Julio Enrique Butter Cruz, mayor de edadde este domicilio quien esta facultado para otorgar ante un notario laescritura publica de modificación al pacto social por el incremento delCapital Social Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original; con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente en Ciudad Arce, a los veinticuatro días del mes de marzo de dosmil tres.

Licda. JENNIFER JESSICA BUTTER DE ARGUELLO,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10706-2

La infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad “FRANCIO, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas se encuentra asentada el acta número quince, correspondiente a laJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada enCiudad Arce-La Libertad, a las dieciséis horas del día ocho de enero dosmil tres, en cuyo punto de carácter extraordinario acuerdan:

PUNTO DE CARACTER EXTRAORDINARIO

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN LA CLAUSULA SEX-TA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION POR EL INCREMEN-TO DEL CAPITAL MINIMO.

La Junta General de Accionistas acuerda la modificación del pactosocial en la cláusula sexta de la escritura de constitución por el incremen-to del Capital Social Mínimo por la suma de nueve mil ciento cuarentay dos 86/100 dólares, moneda de los Estados Unidos de América, con elobjeto que la sociedad gire con un capital de once mil cuatrocientosveintiocho 57/100 dólares, en cumplimiento con las reformas vigentes

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

del Código de Comercio. El aumento del capital se hace mediante laemisión de ochocientas acciones de un valor nominal de once 43/100dólares cada una, se suscriben y se pagan por medio de capitalización deutilidades de los ejercicios mil novecientos noventa y dos

La Junta General de Accionistas acuerda nombrar como ejecutorespecial de este acuerdo al Lic. Julio Enrique Butter Cruz mayor de edad,de este domicilio quien esta facultado para otorgar ante un notario laescritura publica de modificación al pacto social por el incremento delCapital Social Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original, con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente, en Ciudad Arce, a los veinticuatro días del mes de marzo de dosmil tres.

Licda. JENNIFER JESSICA BUTTER DE ARGUELLO,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10705-2

La infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad “RENIO, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas se encuentra asentada el acta número once, correspondiente a laJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada enCiudad Arce-La Libertad, a las dieciséis horas del día siete de enero dosmil tres, en cuyo punto de carácter extraordinario acuerdan:

PUNTO DE CARACTER EXTRAORDINARIO

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN LA CLAUSULA SEX-TA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION POR EL INCREMEN-TO DEL CAPITAL MINIMO.

La Junta General de Accionistas acuerda la modificación del pactosocial en la cláusula sexta de la escritura de constitución por el incremen-to del Capital Social Mínimo por la suma de nueve mil ciento cuarentay dos 86/100 dólares, moneda de los Estados Unidos de América, con elobjeto que la sociedad gire con un capital de once mil cuatrocientosveintiocho 57/100 dólares, en cumplimiento con las reformas vigentesdel código de comercio. El aumento del capital se hace mediante laemisión de ochenta acciones de un valor nominal de ciento catorce 29/100 dólares cada una, se suscriben y se pagan por medio de capitalizaciónde utilidades de los ejercicios mil novecientos noventa y dos y milnovecientos noventa y tres.

La Junta General de Accionistas acuerda nombrar como ejecutorespecial de este acuerdo al Lic. Julio Enrique Butter Cruz mayor de edad,de este domicilio quien esta facultado para otorgar ante un notario laescritura publica de modificación al pacto social por el incremento delCapital Social Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original, con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente, en Ciudad Arce, a los veinticuatro días del mes de marzo de dosmil tres.

Licda. JENNIFER JESSICA BUTTER DE ARGUELLO,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10703-2

El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad “BUTTER, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas respectivo se encuentraasentado el acta numero cuarenta y seis, correspondientes a la JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en laciudad de San Salvador, a las quince horas del día treinta de abril de dosmil dos, en cuyo punto único de carácter extraordinario dice:

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL POR EL INCREMENTODEL CAPITAL MINIMO, MEDIANTE LA CAPITALIZACION DELAS UTILIDADES DE LOS EJERCICIOS ECONOMICOS DE 2000Y 2001.

La Junta General de Accionistas acuerda aumentar el CapitalSocial por la suma de nueve mil ciento cuarenta y dos 85/100 de dólares,moneda de los Estados Unidos de América, con el objeto que la sociedadgire con un capital de once mil cuatrocientos veintiocho con 58 centavosde dólares, de acuerdo con las reformas vigentes del código de comercio.El aumento del capital se hace mediante la emisión de ochocientasacciones de un valor nominal de once dólares con 43 centavos cada una,se suscriben y se pagan por medio de capitalización de utilidades de losejercicios de dos mil y dos mil uno.

La Junta General de Accionistas acuerda nombrar como ejecutorespecial de este acuerdo al Lic. Julio Enrique Butter Cruz mayor de edad,de este domicilio quien esta facultado ante un notario para otorgar laescritura publica para la modificación al pacto social por el incrementodel Capital Social Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original, con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes demarzo de dos mil tres.

Licda. JENNIFER JESSICA BUTTER DE ARGUELLO,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10701-2

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y extraordinaria deAccionistas de la Sociedad “ALAMBRA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas respectivo se encuentraasentado el acta numero diez, correspondientes a la Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de SanSalvador, alas dieciséis horas del día diecisiete de enero del dos mil tres,en cuyo punto único de carácter extraordinario se acordó:

UNANIMEMENTE

LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN LA CLAUSULAQUINTA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION POR EL IN-CREMENTO DEL CAPITAL MINIMO.

La Junta General de Accionistas unanimemente acuerda aumentarel capital social por la suma de nueve mil ciento cuarenta y dos con 86centavos de dólares, moneda de los Estados Unidos de América, con elobjeto que la sociedad gire con un capital de once mil cuatrocientosveintiocho con 57 centavos de dólares, de acuerdo con las reformasvigentes del código de comercio. El aumento del capital se hace mediantela emisión de ochocientas acciones de un valor nominal de once dólarescon 43 centavos cada una, se suscriben y se pagan por medio decapitalización de deuda de sus accionistas.

La Junta General de Accionistas acuerdan nombrar como ejecutoraespecial a la Sra. Milagros Girón de Butter mayor de edad, de estedomicilio quien esta facultada para otorgar ante un notario la escriturapublica para la modificación al pacto social por el incremento del CapitalSocial Mínimo.

Se hace constar que es conforme con su original, con el cual seconfrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide lapresente, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes demarzo de dos mil tres.

Lic. JOSE ERICK BUTTER GUZMAN,

SECRETARIO DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 10710-2

AVISO

El suscrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad “ENMILENSociedad Anónima de Capital Variable”,

HACE SABER: que en sesión de Asamblea General Extraordina-ria de Accionistas celebrada en la ciudad de Nueva San Salvador las diezhoras del día treinta de diciembre del dos mil dos, estando reunidos el cienpor ciento de los accionistas de la misma, en la que por unanimidad seacordó lo siguiente: acta número dieciséis. Punto único de carácterextraordinario: 1 ) Modificación de la Escritura Pública de constituciónde la Sociedad referente a INCREMENTAR el Capital Social Mínimo dela Sociedad en la suma OCHENTA MIL COLONES (¢80,000.00),cantidad que sumada a la original de VEINTE MIL COLONES(¢20,000.00); en nuevo Capital Social Mínimo giraría con CIEN MIL

COLONES (¢100,000.00); equivalente a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO dólares y CINCUENTA Y SIETE centavos dedólar de los Estados Unidos de América, totalmente suscrito y pagado apartir de la fecha de la Junta General relacionada; las acciones correspon-dientes siempre serán de un valor nominal de CIEN COLONES cada una,por lo tanto la nueva emisión de acciones será de OCHOCIENTAS (800)acciones, lo que hace un valor de OCHENTA MIL COLONES deaportaciones efectuadas por los socios. Se autoriza a la Presidente de laJunta Directiva, Lic. Martha Milady Villalta de Chávez, como ejecutoraespecial para que concurra ante Notario a hacer la escritura pública delaumento de CAPITAL SOCIAL MINIMO, así como a efectuar todas lasdiligencias concernientes al mismo, y hacer las publicaciones que dictala ley.

No habiendo más que hacer constar, se extiende la presente enNueva San Salvador, el día 25 de marzo del dos mil tres.

Ing. ENRIQUE ALBERTO CHAVEZ MACHUCA,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 10711-2

LA INFRASCRITA REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDADCOVER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, deldomicilio de la ciudad de Colón, Departamento de La Libertad,

HACE CONSTAR: que por resolución tomada por los señoresaccionistas en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada enesta ciudad, a las diez horas del día veintiséis de marzo del dos mil tres,ante los oficios del Notario CARLOS RODOLFO MEYER GARCIA,unánimemente se acordó: aumentar el Capital Social Mínimo de lasociedad en OCHENTA MIL COLONES, por medio de la emisión deochocientas acciones nominativas de cien colones cada una, accionesque fueron suscritas y pagadas en su totalidad por los señores accionistas,con el aumento acordado el Capital Social Mínimo fijo es de CIEN MILCOLONES. Se autoriza a la Representante Legal de la sociedad para quecomparezca ante Notario a formalizar el presente acuerdo.

San Salvador, veintiséis de marzo del dos mil tres.

EDNA MERCEDES VILLATORO DE FUENTES,

ADMINISTRADOR UNICO COVER, S.A. DE C.V..

3 v. alt. Nº 10708-2

El Banco de los Trabajadores de San Miguel, Sociedad Cooperativa deResponsabilidad Limitada de Capital Variable, al público hace saber:

PUNTO Nº DOS(2).

Modificación del Pacto Social, específicamente en el incremento delCapital Social Mínimo.

En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 103 (reformado)del Código de Comercio vigente, que textualmente señala:

“El Capital Social no puede ser inferior a cien mil colones; sedividirá en participaciones sociales que pueden ser de valor y categoríadiferentes, pero que en todo caso serán múltiplos de cien colones o de un

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

múltiplo de cien. No se admite aporte industrial”; circunstancia queaplica también a aquellas que adoptan el Régimen de Capital Variable.Dándole con ello cumplimiento a la adecuación del Capital SocialMínimo dentro del plazo estipulado por el Código de Comercio en elartículo 1566.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas, en Sesión númerodieciocho celebrada del día veintidós de marzo de 2003, la Junta GeneralExtraordinaria después de analizarlo y discutido acuerda: aprobar lamodificación del pacto social, específicamente en el incremento delCapital Social Mínimo, aumentándolo de VEINTE MIL 00/100 colones(¢20,000.00), equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCINCO 71/100 DOLARES ($2,285.71) a la cantidad de CIEN MIL 00/100 COLONES (¢100,000.00) equivalente a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57); ademásacuerda nombrar como Ejecutor Especial al Presidente de la JuntaDirectiva señor MAURICIO VELASQUEZ FERRUFINO, para quecomparezca al otorgamiento de la escritura pública de modificación delBanco.

Y para los usos que se estimen convenientes, firmo la presente enla ciudad de San Miguel, a los veintiocho días del mes de marzo del añodos mil tres.

MAURICIO VELASQUEZ FERRUFINO,

DIRECTOR PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL.

BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL.

3 v. alt. Nº 10643-2

AVISO

Yo, JOSE MARIA PORTILLO AGUILAR, como Representante Legalde la Sociedad “José María Portillo, Ingenieros Asociados, SociedadAnónima de Capital Variable”, que se abrevia PORTISA, INGENIE-ROS ASOCIADOS, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador,

HACE SABER: que para darle cumplimiento al Decreto Legisla-tivo Nº 826 de fecha 26 de enero del 2000, Artículo 103 referente a lasReformas del Código de Comercio en lo concerniente al Capital Mínimo,se celebró sesión de Asamblea General de Accionistas aprobando elAumento de Capital Social de ¢20,000.00 a ¢100,000.00; según constaen Acta Número Cinco de fecha 12 de diciembre del año dos mil dos.

Se aumentaron ¢80,000.00; para formar un Capital Mínimo de¢100,000; dividido en ochocientas acciones de cien colones cada una, deacuerdo a nuevo Decreto.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del añodos mil dos.

JOSE MARIA PORTILLO AGUILAR,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 10644-2

La infrascrita Directora Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad“ROBERTO CANESES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE”, de nacionalidad salvadoreña y de este domicilio, Inscrita enel Registro de Comercio al número Siete del Libro Setecientos noventay seis de Sociedades,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas, se encuentra el acta de Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas, celebrada en esta ciudad el once de diciembre de dos mildos, por unanimidad se tomaron varios acuerdos, entre los cuales seencuentran los acuerdos siguientes:

Tercero: sometido a discusión del pleno el punto de agenda tercero.Para efectos de darle cumplimiento la reciente reforma del Código deComercio en cuanto al monto del Capital Mínimo con que debenfuncionar las sociedades de capital, la Junta General de accionistas porunanimidad aprobó Aumentar el Capital Mínimo y de fundación de lasociedad, actualmente de VEINTE MIL COLONES a la cantidad deCIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS COLONES, mediante laconversión de ciento treinta mil quinientos colones del Capital Socialvariable actual de ciento cincuenta y cinco mil colones; en consecuencia,en adelante la sociedad girara con un Capital Social Mínimo de CIENTOCINCUENTA MIL QUINIENTOS COLONES. equivalentes a DIECI-SIETE MIL DOSCIENTOS DOLARES y un Capital Variable de VEIN-TICUATRO MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a DOS MILOCHOCIENTOS DOLARES. El Capital Social Mínimo queda total-mente suscrito y pagado por los accionistas en la forma siguiente:Roberto Augusto Caneses Molina seiscientas setenta y ocho acciones;Marta Amanda Marín de Caneses trescientas setenta y siete acciones;Fátima Leonor Caneses Marín ciento cincuenta acciones, Josefina Gladisde Caneses setenta y dos acciones; Marta Alejandra Caneses Marínsetenta y seis acciones; Lucía Marcela Caneses Marín setenta y seisacciones; y Juan Francisco Caneses Marín setenta y seis acciones;haciendo un total de mil quinientas cinco acciones, comunes y nomina-tivas del valor de cien colones cada una.

Cuarto: se acordó por unanimidad modificar la cláusula VIGESI-MA SEXTA del Pacto Social, ampliando el período de funcionamientode la Junta Directiva que actualmente es de tres años, al período de cincoaños que comenzará a contarse a partir de la fecha en que se inscriba enel Registro de Comercio la modificación respectiva. En caso de terminar-se el período y no habiendo nueva elección seguirán en su cargo hastallenar tal requisito; lo mismo que se modifica la cláusula TRIGESIMAen lo relativo al período de reuniones de la Junta Directiva, quien sereunirá ordinariamente cada seis meses y extraordinariamente cuando loestimen conveniente.

Quinto: Después de discutido el quinto punto de agenda porunanimidad se acordó modificar la cláusula TERCERA del pacto socialampliando el objeto social mediante la incorporación de las siguientes:Consultas técnicas, importación de materiales y libros técnicos, realiza-ción de inversiones, participar en licitaciones publicas o privadas, y enconcursos de prestación de servicios o actividades comprendidas de losobjetivos sociales.

Es conforme con su original con el cual se confronto, en la ciudadde San Salvador, a los siete días del mes de marzo de dos mil tres.

MARTA AMANDA MARIN DE CANESES,

DIRECTORA SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 10648-2

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Mil Quinientos Sesenta ySeis del Código de Comercio,

SE HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad NACE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, que se abrevia “NACE, S.A.DE C.V.”, celebrada enesta ciudad, su domicilio, a las dieciocho horas del día dos de febrero delaño dos mil tres, por resolución unánime tomada por los representantesde todas las acciones en que esta dividido el capital social mínimo que esde DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES SE-TENTA Y DOS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA, se ACORDO AUMENTAR DICHO CAPITALmínimo de la Sociedad en la cantidad de NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS DOLARES OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DEDOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para adecuarloa las nuevas disposiciones del Código de Comercio, mediante la emisiónde ochocientas nuevas acciones comunes y nominativas del valor deONCE DOLARES CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLARcada una, las que fueron suscritas en su totalidad, habiéndose cumplidoasí con lo dispuesto en el Artículo Mil Quinientos Sesenta y Seis delCódigo de Comercio.- Como consecuencia del aumento acordado elnuevo Capital Mínimo de la Sociedad será de ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CEN-TAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-Todo lo cual se hace saber del conocimiento público de conformidad alas disposiciones legales.

Santa Ana, veintisiete de marzo del año dos mil tres.

NELSON RENE MARROQUIN MEJIA,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. Nº. 10652-2

CERTIFICACION

La Insfrascrita, GLORIA RODRIGUEZ DE FLORES, Secretaria de laSociedad «AGRUPACION DE COMPAÑIAS DE PROPIEDAD LA-BORAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, quepuede abreviarse ACOPLA, S.A. DE C. V., por este medio,

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria núme-ro treinta y seis, celebrada el día primero de Marzo del presente año,registrada en el folio treinta y dos del libro de actas respectivo, aparecenlos puntos primero, segundo y tercero, cuyo texto es el siguiente:PRIMERO: aumento del Capital en su parte mínima. Se acuerda unáni-memente aumentar el capital social mínimo de la sociedad, para adecuar-lo a las disposiciones de la legislación mercantil vigente, visto el informedel Auditor Externo, que consta en certificación de fecha veintisiete defebrero del presente año, de la que consta que el Capital Social en su partevariable, a la fecha es de CUATROCIENTOS TREINTA MIL COLO-NES, por lo que la adecuación del capital social en su parte mínima a lanueva legislación, no implicará suscripción de nuevas acciones, siendodicho nuevo capital mínimo de CIEN MIL COLONES, y en consecuen-cia, se deberá modificar la cláusula quinta del pacto social de la siguientemanera: “El capital social mínimo es de CIEN MIL COLONES”.SEGUNDO: cambio de Domicilio. Se acuerda unánimemente cambiarel domicilio de la sociedad, para la ciudad de San Salvador, por lo que sedeberá modificar la cláusula segunda del pacto social de la siguientemanera “El domicilio social será la ciudad de San Salvador. TERCERO:se acuerda que se otorgue la escritura pública para hacer las modificacio-nes del pacto social, y se nombra como Ejecutora Especial a la señoraMARIA EUGENIA DIPALMA DE CRUZ en su calidad de Represen-tante Legal, para que suscriba la correspondiente escritura pública.

No habiendo más que hacer constar se da por terminada la sesiónde Junta General Extraordinaria y se cierra la presente acta, la que leídafue ratificada y firmada por la Presidenta y Secretaria de esta Junta.

San Salvador, a los diez días del mes de Marzo del año dos mil tres.

GLORIA RODRIGUEZ DE FLORES,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 10623-2

CERTIFICACION

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la sociedad SHANTI, SOCIEDAD ANOMINA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia SHANTI, S. A. DE C.V., inscrita en elRegistro de Comercio al número VEINTE del Libro SEISCIENTOSCUARENTA Y NUEVE, por medio de la presente,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de lasociedad, se encuentra el Acta Número DIECISEIS de Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas, celebrada a las dieciséis horas del día tresde julio de dos mil dos, en la cual en el Punto Unico de la misma se acordópor unanimidad aumentar el capital mínimo de la sociedad de VEINTEMIL COLONES a CIEN MIL COLONES, el cual se hará mediante lacapitalización de utilidades del ejercicio fiscal del año mil novecientosnoventa y nueve. Los accionistas preferente y proporcionalmentesuscribirán las acciones.

Se procedió a nombrar a HECTOR JOSE CASTANEDA CORNE-JO Ejecutor Especial para el otorgamiento de la escritura de Aumento deCapital Social y se acordó reunir en la misma escritura los Estatutos dela sociedad.

Y para los usos que se estimen convenientes extiendo y firmo lapresente en la ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de julio dedos mil dos.

MILAGRO DEL SOCORRO LANGLOIS DE CASTANEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

DE ACCIONISTAS DE SHANTI, S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 10617-2

CERTIFICACION

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la sociedad RGC INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia RGC INTERNACIONAL,S.A. DE C.V., inscrita en el Registro de Comercio al número VEINTIO-CHO del Libro OCHOCIENTOS VEINTIOCHO por medio de lapresente,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de lasociedad, se encuentra el Acta Número DIECISIETE de Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas, celebrada a las dieciocho horas del díatres de marzo de dos mil tres, en la cual se acordó por unanimidadaumentar el capital mínimo de la sociedad en la cantidad de VEINTEMIL QUINIENTOS SETENTA Y UN PUNTO CUARENTA Y DOSDOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, o sea, enCiento Ochenta Mil Colones, a la cantidad de VEINTIDOS MIL OCHO-CIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO CATORCE DOLARESDE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, o sea, a Doscientos MilColones, el cual se hará mediante el traslado al capital social mínimo dela cantidad primero mencionada del capital social variable de la socie-dad. Dicho aumento de capital será suscrito proporcionalmente por losaccionistas.

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Se procedió a nombrar a María Eugenia Olmedo DE CASTANE-DA como Ejecutora Especial para el otorgamiento de la escritura deAumento de Capital Social y se acordó reunir en la misma escritura losEstatutos de la sociedad.

Y para los usos que se estimen convenientes extiendo y firmo lapresente en la ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de marzode dos mil tres.

RICARDO GUILLERMO CASTANEDA,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS DE RGC INTERNACIONAL, S. A. DE C.V..

3 v. alt. Nº. 10619-2

ACTA # 23

PUNTO UNICO :

En las oficinas de ASESORES DE SEGUROS S.A. de C.V., situada en:Calle Arce y 21 Av. Norte, Condominio Plaza Real # 16, de esta ciudad,reunidos los socios accionistas de la sociedad antes descrita, para discutirel punto de agenda a) Aumento de Capital Social. Después de discutir elanterior punto único de agenda, se acordó aumentar el capital socialmínimo en cien mil colones, para cumplir con el requisito de AUMENTODE CAPITAL SOCIAL según el CODIGO TRIBUTARIO.

Y no habiendo más que tratar, se levanta la sesión a las catorce horasdel día veinticuatro de marzo del años dos, mil tres.

EMILIO FLORES HENRIQUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

GLORIA ANGELICA AVELAR DE FLORES,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 10632-2

AVISO

El Suscrito Representante Legal de la Sociedad «Diseño Arquitectura,sociedad anónima de capital Variable», Que puede abreviarse «DiseñoArquitectura, S.A. de C.V.» AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en base al artículo doscientos treinta y tres delCódigo de Comercio vigente, Se celebró Junta Extraordinaria de Accio-nistas el día veinticinco de septiembre del año dos mil dos en el domiciliode la sociedad; y por unanimidad se acordó: AUMENTAR EL CAPITALMINIMO ACTUAL DE DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCINCO 71/100 DOLARES EQUIVALENTES A VEINTE MIL COLO-NES A ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DO-LARES EQUIVALENTES A CIEN MIL COLONES, Emitiéndose enconsecuencia, ochenta nuevas acciones del valor nominal de cientocatorce 29/100 dólares, equivalentes a un mil colones cada una de ellas,esto para estar en concordancia con las nuevas reformas del Código deComercio, dichas acciones han sido suscritas y pagadas en su totalidadal momento de celebrarse la junta referida por los accionistas queconforman la totalidad del capital social.

Y para los efectos que se establecen en el artículo 177 del Códigode Comercio se hace saber al público.

Arq. LUIS RICARDO DIAZ SALAMANCA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 10579-2

AVISO

El suscrito representante legal de la Sociedad «SUMINISTROS MA-RROQUIN, sociedad anónima de capital Variable», que puede abreviar-se «SUMARR, S.A de C.V.» AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en base al Artículo doscientos veinte y tres delCódigo de Comercio Vigente, Se celebró Junta Extraordinaria de Accio-nistas el día veinticinco de septiembre del año dos mil dos en el domiciliode la sociedad; y por unanimidad se ACORDO: AUMENTAR ELCAPITAL MINIMO ACTUAL DE DOS MIL DOSCIENTOS OCHEN-TA Y CINCO 71/100 DOLARES EQUIVALENTES A VEINTE MILCOLONES A ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100DOLARES EQUIVALENTES A CIEN MIL COLONES, Emitiéndoseen consecuencia, cuatrocientas nuevas acciones del valor nominal deveintidós 86/100 dólares , equivalentes a doscientos 1 colones cada unade ellas, esto para estar en concordancia con las nuevas reformas delCódigo de Comercio, dichas acciones han sido suscritas y pagadas en sutotalidad al momento de celebrarse la junta referida por los accionistasque conforman la totalidad del capital social.

Y para los efectos que se establecen en el artículo 177 del Códigode Comercio se hace saber al público.

Ing. EDGARDO ANTONIO MARROQUIN QUIJADA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 16577-2

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo mil quinientos sesenta yseis del Código de Comercio,

SE HACE SABER: que en Junta General extraordinaria de Accio-nistas de la Sociedad AIRE Y CONFORT, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, que se abrevia AIRE Y CONFORT, S. A. DEC. V. Celebrada en la ciudad de San Salvador, su domicilio el díaveintiocho de marzo del corriente año, por resolución unánime tomadapor los representantes de todas las acciones en que esta dividido el capitalsocial mínimo de VEINTE MIL COLONES que equivalen a DOS MILDOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y UNODOLARES ESTADOUNIDENSES se acordó aumentarlo en la cantidadde OCHENTA Y CINCO MIL COLONES equivalentes a NUEVE MILSETECIENTOS CATORCE PUNTO VEINTINUEVE DOLARES ES-TADOUNIDENSES para adecuarlo a las nuevas disposiciones delCódigo de Comercio, mediante la emisión de OCHOCIENTAS CIN-CUENTA NUEVAS ACCIONES comunes y nominativas del valor deCIEN COLONES cada una, las que fueron suscritas en su totalidad,habiéndose cumplido así con lo dispuesto en el artículo antes menciona-do. Como consecuencia del aumento acordado el nuevo capital socialmínimo será de DOCE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES equi-valentes a CIENTO CINCO MIL COLONES. Todo lo cual se hace saberal público de conformidad a la ley.

San Salvador, veintiocho de marzo del dos mil tres.

JOSE VICENTE LOZA QUINTANILLA,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. Nº. 10537-2

ACTA # 20

PUNTO UNICO:

En las oficinas de INDUSTRIAS DECORATIVAS, S.A. DE C.V.situadas en: Avenida «c» #215, y Blvd. Universitario de esta ciudad,reunidos los socios accionistas de la sociedad antes descrita, para discutirel anterior punto único de agenda a) Aumento de Capital Social. Después

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

de discutir el anterior punto único de agenda, se acordó aumentar elcapital social mínimo en cien mil colones, para cumplir con el requisitode aumentar de capital social según el Código Tributario.

Y no habiendo más que tratar, se levanta la sesión a las dieciochohoras del día veintitrés de marzo del corriente año dos mil tres.

EMILIO FLORES HENRIQUEZ,

ADMINISTRADOR.

GLORIA ANGELICA DE FLORES,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 10630-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DEACCIONISTAS

La Junta Directiva de SERVICIOS Y ALQUILERES, S. A. DE C. V.convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinariade Accionistas que se llevará a cabo a las once horas del día veintinuevede Abril del corriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en elKilómetro seis de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de Diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de Diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el Informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VI. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 25 de Marzo del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 10654 -2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DEACCIONISTAS

La Junta directiva de CANAL SEIS, S. A. convoca a los señoresaccionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que sellevará a cabo a las diez horas del día veintinueve de Abril del corrienteaño, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetro seis de laAlameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudad conforme lasiguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de Diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de Diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VI. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 25 de Marzo del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 10651-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DEACCIONISTAS

La Junta Directiva de la Sociedad «LIEBES, S.A. DE C.V.»,

HACE SABER: que en sesión de Junta Directiva de fecha veinti-cuatro de marzo de dos mil tres, los Directores acordaron unánimementeconvocar a los accionistas de la Sociedad a celebrar Junta GeneralOrdinaria, a las nueve horas del día martes veintinueve de abril de dos miltres, en las oficinas de la Sociedad, situadas en Avenida Miramundo yCalle Tacuba, número veintisiete, Urbanización Santa Elena, AntiguoCuscatlán, La Libertad.

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1. Conocer la Memoria de la Junta Directiva, Balance Generalal 31 de Diciembre de 2002, Estado de Pérdidas y Gananciasdel Ejercicio e Informe del Auditor.

2. Reestructuración de la Junta Directiva.

3. Elección del Auditor Externo y asignación de sus honorarios.

4. Elección del Auditor Fiscal y asignación de sus honorarios

El quórum legal para celebrar esta sesión será de la mitad más unade las acciones en que se encuentra dividido el Capital Social, o sea veintemil y una acciones y las resoluciones se tomarán con la aprobación de lamayoría de las acciones presentes. De no haber quórum en la primerafecha señalada, se convoca para la misma hora del día siguiente,miércoles treinta de abril de dos mil tres, en el mismo lugar. En estasegunda convocatoria la agenda de la Junta General Ordinaria se cono-cerá con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones setomarán con la aprobación la mayoría de votos de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, veinticinco de marzo de dos mil tres.

LIEBES, S.A. DE C.V.

ROBERTO LIEBES,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 10615-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

JOSE ROBERTO LIMA SALCEDO, conocido por ROBERTO LIMA,en calidad de Administrador Unico de la Sociedad COCOLlMA, S.A. deC.V., convoca a los señores Accionistas para celebrar Junta GeneralOrdinaria, la que se llevará a cabo el día Veintiséis de abril del corrienteaño a las diez horas, en el local de la Sociedad ubicado en sesenta y cincoavenida sur número Doscientos cuarenta y tres, Edificio Montresor,Local 4-A, San Salvador, para desarrollar la siguiente agenda de AsuntosOrdinarios:

a) Establecimiento del Quórum;

b) Lectura del Acta Anterior;

c) Estados Financieros del año 2002;

d) Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal y sushonorarios;

e) Puntos de interés:

1) Ratificación de la gestión administrativa

2) Varios.

Para celebrar la Junta General Ordinaria deberán estar presentes orepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones de laSociedad. De no haber Quórum a la primera convocatoria, por este mediose convoca al día siguiente, a las diez horas de la mañana y en el mismolocal de la oficina, para celebrar la Junta General Ordinaria, con cualquie-ra que sea el número de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 27 de marzo de 2002

Ing. JOSE ROBERTO LIMA SALCEDO,

ADMINISTRADOR UNICO

SOC. COCOLIMA, S.A. de C.V.

3 v. alt. No. 10614-2

CONVOCATORIA

La junta Directiva de la Sociedad Servicios Educativos, S.A. de C. V.,convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Extraordina-ria el día 24 de abril del dos mil tres, a las diecisiete horas en lasinstalaciones de su Escuela ubicada en final Avenida Independencia Sur,conforme a los siguiente:

AGENDA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

1. Establecimiento de Quórum.

2. Aprobación de la agenda.

3. Lectura y aprobación del acta anterior.

4. Elección de los miembros de la Asamblea que presidirán lasesión.

5. Aumento de capital mínimo.

6. Cualquier otro punto que pudiere ser tratado por esta JuntaGeneral Extraordinaria.

7. Cierre de la sesión.

Se recuerda que el Quórum necesario debe de ser tres cuartas partesen todas las acciones de la Sociedad.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora antes mencionada,se convoca por segundo vez y en el mismo lugar a las diecisiete horas parael día 25 de abril del corriente año, con el número de acciones siguientes:la mitad más una de las acciones presentes o representadas.

Santa Ana 31 de marzo del 2003.

SONIA CADER DE ATANACIO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10584-2

CONVOCATORIA

DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL SUR, S.A. DE C.V.

La Junta Directiva de la Sociedad DISTRIBUIDORA DE ELECTRICI-DAD DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,que se puede abreviar DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DELSUR, S.A. DE C. V., o, DEL SUR, S.A. DE C. V., del domicilio de laciudad de Nueva San Salvador, departamento de La Libertad, por mediodel suscrito Director Presidente de dicha Junta Directiva, se le CONVO-CA, en primera convocatoria, para que concurra a la celebración de laJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, la cual sellevará a cabo a las dieciocho horas y treinta minutos del día quince demayo del presente año, en el Salón Ballroom del HOTEL HOLIDAYINN, situado en Urbanización y Boulevard Santa Elena, Antiguo Cusca-tlán, departamento de La Libertad.

La Agenda que se conocerá en dicha Junta General Ordinaria yExtraordinaria de Accionistas será la siguiente:

Puntos Ordinarios:

1. Establecimiento del quórum.

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva.

3. Presentación del balance general, del estado de pérdidas yganancias y el informe del Auditor del ejercicio económicodel año dos mil dos, para su aprobación o no y así tomar lasmedidas oportunas.

4. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

5. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

6. Distribución de utilidades.

7. Nombramiento de Directores.

Puntos Extraordinarios:

1. Modificación al Pacto Social: a) en lo relativo a conferirrepresentación legal en materia Tributaria al Gerente Generalde la Sociedad; y, b) en lo relativo a conferir la facultad defirmar los certificados de acciones al Gerente General enforma conjunta con el Director Presidente de la Junta Direc-tiva.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntosde carácter ordinario en primera convocatoria, será de la mitad más unade todas las acciones que conforman el capital social, y para tomaracuerdos válidamente se necesitará la mayoría de las acciones presenteso representadas.

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntosde carácter extraordinario en primera convocatoria, será de las trescuartas partes de todas las acciones que conforman el capital social, ypara tomar acuerdos válidamente se necesitará igual proporción.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señaladas, se leconvoca por segunda vez para las dieciocho horas cuarenta y cincominutos del día dieciséis de mayo del corriente año, en el lugar antesindicado.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntosde carácter ordinario en segunda convocatoria, será de cualquiera que seael número de todas las acciones presentes o representadas, y para tomaracuerdos válidamente se necesitará la mayoría de los votos presentes orepresentados.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntosde carácter extraordinario en la segunda fecha de la convocatoria, será dela mitad más una de las acciones que componen el capital social. Elnúmero de votos necesario para formar resolución en este caso, serán lastres cuartas partes de las acciones presentes o representadas.

Nueva San Salvador, 04 de marzo de dos mil tres.

IVAN DIAZ MOLINA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 10532-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Remolcadores Unidos Salvadoreños, SociedadAnónima de Capital Variable, convoca a los señores Accionistas a JuntaGeneral Ordinaria que se celebrará en el local del Hotel Holiday Inn. SanSalvador, ubicado en Urb. y Boulevard Santa Elena 400 metros de laEmbajada Americana, San Salvador, a las doce horas con treinta minutosdel día veintiséis de abril del año dos mil tres, para conocer y resolver lasiguiente agenda.

1. Comprobación de Quórum.

2. Lectura y aprobación de la Agenda.

3. Elección de Presidente y Secretario de la Junta General.

4. Lectura y aprobación de acta anterior.

5. Memoria de labores.

6. Aprobación de Estados Financieros.

7. Informe Auditor Externo.

8. Nombramiento del auditor externo y fijación de honorarios.

9. Elección de Junta Directiva para el período 2003-2005.

10. Cualquier asunto que de acuerdo a la ley se pueda conocer yresolver en esta Junta General Ordinaria.

Para el establecimiento del Quórum legal deberán estar presenteso representadas las trescientos noventa y nueve acciones y las resolucio-nes serán válidas con el voto de la mayoría de los votos presentes orepresentados. De no haber Quórum en la fecha y hora antes indicado, por

este medio se convoca para celebrar esta Junta General, con la mismaagenda, en el mismo lugar anteriormente señalado, el mismo día veinti-séis de abril del corriente año, a las trece horas con treinta minutos, conel número de acciones que estén representadas y las resoluciones de estajunta se tomarán por mayoría de los votos presentes o representados.

Tonacatepeque, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

RUS S.A. DE C.V.

Lic. BLANCA EVELYN RODRIGUEZ DE MATA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10477-2

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., comunica quea sus oficinas ubicadas en calle Grimaldi y 6a. Av. Sur, No. 30 de estedomicilio, se ha presentado la Sra. DIONICIA CARRANZA DE ORE-LLANA a reportar extravío de CERTIFICADO DE DEPOSITO APLAZO FIJO según detalle:

NUMERO DEL CERTIFICADO : 339895

FECHA DE EMISION : 16.04.2001

A NOMBRE DE : Sra. DIONICIA CARRANZADE ORELLANA

CUENTA NUMERO : 38-16-470276

PLAZO : 60 días

En consecuencia de lo anterior, se hace de conocimiento al públicoen general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición se procede a reponer el certificado en referencia.

Dado en Usulután, a los veintiséis días del mes de Marzo del añodos mil tres.

Lic. YOLANDA GRACIELA ZELAYA CRUZ,

JEFE DE OPERACIONES

AGENCIA USULUTAN.

3 v. alt. No. 10743-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: que en su agencia Unicentro se ha presentado el propieta-rio del certificado No. 13517568 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el10 de marzo de 1997, a 180 días prorrogables, solicitando la reposiciónde dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectosde reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto,se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2003.

CARMEN ELENA BARRIENTOS,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. 10582-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: que en su agencia Plaza Merliot se ha presentado elpropietario del certificado No. 14415963 del Depósito a Plazo Fijoaperturado el 13 de marzo de 2001, a 180 días prorrogables, solicitandola reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimientopúblico para efectos de reposición del certificado relacionado conformea los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto,se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2003.

PATRICIA ANN BENCE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. 10580-2

AVISO DE EXTRAVIO

Por medio de la presente Aviso el Extravío del Certificado a Plazo FijoNo. 307945 correspondiente a la Cuenta No. 16-01513656 A/N de JOSEEDUARDO ALVAREZ o EMILIO ALVAREZ GUEVARA emitido eldía 07 de agosto del 2000, con tasa de interés del 2.25% a 90 días plazoy vencimiento el 24 de abril del 2003.

Por lo cual solicito la reposición de dicho Certificado.

Atentamente

Lic. ENA JOSELYN ROMERO

(JEF. DE OPERACIONES

DE AG. STA. ROSA DE LIMA)

3 v. alt. No. 10593-2

AVISO

MICHELINE SCHWARTZ E HIJOS.

HACE SABER: que en Acta número 21 de Junta General Ordinariay Extraordinaria de la Sociedad, de fecha 5 de febrero del año 2003, seacordó: a) disolver y liquidar la Sociedad; y b) nombrar liquidadores,ejecutores y Auditor Fiscal de la misma.

San Salvador, 5 de febrero del año 2003.

ROXANA EVELYN GONZALEZ,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EX-TRAORDINARIA.

MICHELINE SCHWARTZ E HIJOS.

3 v. alt. No. 10631-2

El infrascrito Administrador Unico Suplente de la sociedad “CARBALLOINVERSIONES S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que con fecha veintisiete de marzo del año dos miltres, en el Libro de ACTAS DE JUNTA GENERAL DE ACCIONIS-TAS, se lee en el ACTA No 8 el siguiente PUNTO UNICO: AUMENTOAL CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LA SOCIEDAD, POR UNVALOR DE OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a nueve milciento cuarenta y dos dólares con ochenta y seis centavos.

Se acuerda por unanimidad, Suscribir OCHOCIENTAS ACCIO-NES de nominal CIEN COLONES cada una, distribuyéndolas entre losAccionistas de la siguiente manera: al Lic. CARLOS GILBERTOCARBALLO SELVA, SETECIENTAS SETENTA Y OCHO, acciones,equivalentes a setenta y ocho mil colones, e igual a nueve mil cinco 71/100 dólares, a doña LETICIA SELVA DE CARBALLO, CUATRO ,acciones, equivalentes a cuatrocientos colones, e igual a Cuarenta ycinco dólares con setenta y un centavos; a don CARLOS GILBERTOCARBALLO CARBALLO, CUATRO, acciones, equivalentes a Cua-trocientos colones, e igual a cuarenta y cinco dólares con setenta y uncentavos; y a la Licda. CLAUDIA LEONOR CARBALLO DE TO-RRES, CUATRO, acciones, equivalentes a cuatrocientos colones, eigual a cuarenta y cinco dólares con setenta y un centavos, de este totalse pagará en esta fecha el veinticinco por ciento, y la diferencia se haráen fecha próxima.

Y para los efectos legales correspondientes extiendo la presenteacta en San Salvador el primer día del mes de abril del año dos mil tres.

LETICIA SELVA DE CARBALLO,

Administrador Unico Suplente.

3 v. alt. No. 12204-2

Clase: 29.

No. de Exp.: 2000009556.

No. de Pres: 20000009556.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SALVADORANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., DIANA, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro dela MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: LA PALABRA Conga Mix, ESCRITA EN LE-TRAS ESTILIZADAS DE MOLDE, LA PRIMERA LETRA DE LAPALABRA “Conga” EN MAYUSCULA y LAS DEMAS MINUSCU-LAS y LA PRIMERA LETRA DE LA PALABRA “Mix” ESCRITA ENMAYUSCULAS LAS DEMAS EN MINUSCULAS, TODAS LASLETRAS EN COLOR AMARILLO CON BORDES NEGROS, ESCRI-TOS SOBRE UNA SUPERFICIE DE COLORES ROJO, ANARANJA-DO y AMARILLO y DE FORMAS INDETERMINADAS.

La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil.DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10786-2

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030426

No. de Pres.: 20030034129

EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:

Que a esta oficina se ha presentado SALVADOR ANTONIOLAINEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOSALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., DIANA, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCAINDUSTRIAL O DE FABRICA:

Consistente en: la palabra Pretzel y diseño.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10785-2

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030425

No. de Pres.: 20030034128

EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:

Que a esta oficina se ha presentado SALVADOR ANTONIOLAINEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOSALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., DIANA, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCAINDUSTRIAL O DE FABRICA:

Consistente en: la palabra Pretzel y diseño.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10784-2

Clase: 19.

No. de Exp.: 2003030362

No. de Pres.: 20030034025

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADOESPECIAL de CERAMICA DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO

BODEGON DE LA CERAMICA

Consistente en: la expresión BODEGON DE LA CERAMICA.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10717-2

Clase: 32.

No. de Exp.: 2003030828

No. de Pres.: 20030034710

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADOESPECIAL de AMERICA'S BEVERAGES INC., de nacionalidad ES-TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA Y DE COMERCIO:

MICHELANGELO

Consistente en: la palabra MICHELANGELO.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dosmil tres.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10714-2

Clase: 24.

No. de Exp.: 2003030308

No. de Pres.: 20030033948

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOGUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO deEMMA BEATRIZ LORENESI ALDAY, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO:

Consistente en: la expresión Lucca línea casa y diseño.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10624-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002022465

No. de Pres.: 20020022465

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDGARARTURO FLORES MARTINEZ, en su calidad de APODERADO deMARBER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: MARBER, S.A. DE C. V ., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

AXOBEN

Consistente en: la palabra "AXOBEN" escrita en letras mayúsculasde color negro.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil tres.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10634-2

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030856

No. de Pres.: 20030034757

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOQUIÑONEZ CAMINOS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde MAYAN TECHNOLOGY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia: MAYATEC, S. A. DE C. V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la palabra TITANIA y diseño.

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 10647-2

Clase: 30.

No. de Exp.: 1982000145

No. de Pres.: 20020029677

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SALVADORANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIALde PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIANA, S.A. DE C.V., deldomicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA-DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,para la inscripción Número 00037 del Libro 00096 de REGISTRO DEMARCAS, consistente en LA PALABRA "CHERITO"; que amparaproductos comprendidos en la Clase 30 de la Clasificación Internacionalde Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dosmil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 10789-2

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de Unilever de Centro América, S.A.

CERTIFICA: que en el libro de actas de Juntas Generales deAccionistas que al efecto lleva la sociedad, se encuentra asentada el actacorrespondiente a la sesión EXTRAORDINARIA, celebrada en estaciudad, a las diez horas del día veintiocho de noviembre de dos mil dos,la cual en sus puntos segundo y tercero, textualmente dice así:

"SEGUNDO. El Presidente de la Junta General, hace del conoci-miento del pleno, la propuesta de fusionar por absorción o incorporación,la Sociedad UNILEVER DE CENTRO AMERICA, S.A., como absor-bente o incorporante, con la Sociedad UNISOLA EXPORT, S.A. DEC.V., como absorbida o incorporada.

Después de analizar la propuesta presentada, se discute lamisma y tomando en cuenta la conveniencia administrativa y financierade dicha operación, la Junta General de Accionistas por unanimidadACUERDA: FUSIONAR POR ABSORCION O INCORPORACION,la Sociedad UNILEVER DE CENTRO AMERICA, S.A., como AB-SORBENTE O INCORPORANTE, con la Sociedad UNISOLAEXPORT, S.A. DE C.V., como ABSORBIDA O INCORPORADA, porlo cual, UNILEVER DE CENTRO AMERICA, S.A., asumirá todos losderechos y contraerá todas las obligaciones que a UNISOLA EXPORT,S.A. DE C.V., le corresponden.

TERCERO. Por unanimidad de los accionistas se nombra comoejecutor especial del acuerdo de fusión antes relacionado, a donSIGFREDO ERNESTO VALLE COURTADE, quien queda debida-mente facultado para realizar todos los procedimientos y suscribir todoslos documentos a que haya lugar, para cumplir con el acuerdo de la JuntaGeneral".

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los usosque se estimen convenientes, extiendo y firmo la presente, en SanSalvador, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil dos.

OSCAR MAURICIO HURTADO SALDAÑA,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. 10707-2

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de UNISOLA EXPORT, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de actas de Juntas Generales deAccionistas que lleva la Sociedad, se encuentra asentada el acta corres-pondiente a la sesión EXTRAORDINARIA celebrada en esta ciudad, alas nueve horas del día veintiocho de noviembre de dos mil dos, la cualen sus puntos segundo y tercero, textualmente dice así:

"SEGUNDO. El Presidente de la Junta General, hace del conoci-miento del pleno, la propuesta de fusionar por absorción o incorporación,la Sociedad UNISOLA EXPORT, S.A. DE C.V., como absorbida oincorporada, con la Sociedad UNILEVER DE CENTRO AMERICA,S.A. DE C.V., como absorbente o incorporante.

Después de analizar la propuesta presentada, se discute la misma ytomando, en cuenta la conveniencia administrativa y financiera de dichaoperación, la Junta General de Accionistas por unanimidad ACUERDA:FUSIONAR POR ABSORCION O INCORPORACION, la SociedadUNISOLA EXPORT, S.A. DE C.V., como ABSORBIDA O INCOR-PORADA, con la Sociedad UNILEVER DE CENTRO AMERICA,S.A., como ABSORBENTE O INCORPORANTE, por lo cual,UNILEVER DE CENTRO AMERICA, S.A., asumirá todos los dere-chos y contraerá todas las obligaciones que a UNISOLA EXPORT, S.A.DE C.V., le corresponden.

TERCERO. Por unanimidad de los accionistas se nombra comoejecutor especial del acuerdo de fusión antes relacionado, a donSIGFREDO ERNESTO VALLE COURTADE, quien queda debida-mente facultado para realizar todos los procedimientos y suscribir todoslos documentos a que haya lugar, para cumplir con el acuerdo de la JuntaGeneral."

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los usosque se estimen convenientes, extiendo y firmo la presente en SanSalvador, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil dos.

OSCAR MAURICIO HURTADO SALDAÑA,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. 10702-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

UNISOLA EXPORT, S. A. DE C. V.BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2002

(cifras en colones salvadoreños)

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE ¢ 5,565,240.91 CIRCULANTE ¢ 5,406,114.72DISPONIBLE ¢ 74,193.18 EXIGIBLE ¢ 5,406,114.72 Bancos ¢ 74,193.18 Proveedores s/Gtía R. ¢ 5,406,114.72

Impuestos Sobre la Renta ¢ 0.00

REALIZABLE ¢ 5,491,047.73

Cuentas por Cobrar s/Gtía. ¢ 5,491,047.73

CAPITAL CONTABLE ¢ 170,269.47FIJO ¢ 11,143.28 Capital Social Pagado ¢ 100,000.00 Maquinaria e Instalaciones ¢ 27,896.32 Reserva Legal ¢ 20,000.00 Depreciación Acumulada ¢ (16,753.04) Utilidades por Distribuir ¢ 50,269.47

Ejercicios Anteriores ¢ 182,256.72 Ejercicio Corriente ¢ (131,987.25)

TOTAL ACTIVO ¢ 5,576,384.19 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO ¢ 5,576,384.19

0.00

Este estado financiero ha sido preparado únicamente para ser presentado a / la Centro Nacional del Registro y las cifras aquí mostradas se encuentranconforme a los registros legales de la compañía.

Estos estados financieros han sido preparados para propósitos legales y las cifras arriba mostradas están de acuerdo a los registros contables de laCompañía. A esta fecha, 17 - febrero - 03 la auditoría está en proceso, por lo que nuestra opinión se emitirá posteriormente.

RIGOBERTO GIRON Y GIRON, LOPEZ SALGADO, S. A. DE C. V., SIGFREDO ERNESTO VALLE COURTADE,CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 10699-2

EL SUSCRITO NOTARIO, MARIO MARDOQUEO MENJIVARMIRANDA,

HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido en su carácterde Apoderado de la señora CARMEN RODRIGUEZ ORELLANA elLicenciado MILTON ESTEBAN GUEVARA GUTIERREZ, Abogado,de este domicilio, con Documento de Identidad cero dos uno siete nuevecuatro uno uno- nueve, y Tarjeta de Identificación del Organo Judicialnúmero tres seis cero tres; MANIFESTANDO: I- Que su representada esdueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífica, continuae ininterrumpida de un inmueble y construcciones que contiene de unterreno de naturaleza urbana situada en el Barrio Aguacayo, de la Ciudadde San José Guayabal, Departamento de Cuscatlán, que consta de unaextensión superficial aproximadamente de SETECIENTOS VEINTI-CUATRO METROS CUADRADOS DIEZ DECIMETROS CUADRA-DOS, que mide y linda: AL ORIENTE: trece metros cero cero centíme-tros, linda con terreno de ANGELA GUZMAN, Calle La Ronda de pormedio; AL NORTE: mide cincuenta y cinco metros setenta centímetroslinda con terreno del señor PEDRO RODRIGUEZ BEIRA, AL PO-NIENTE: mide trece metros, linda con terreno de la señora AMPAROPREZA, AL SUR: mide cincuenta y cinco metros setenta centímetros,linda con una mayor parte con terreno del señor ALONSO CORONADOy una menor parte, con el de la señora FRANCISCA REYES. Del cualsolicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la ficha catastral res-pectiva y la Compraventa del Inmueble en referencia, el cual compró alseñor SIMON RODRIGUEZ conocido por SIMON RODRIGUEZORELLANA, la cual no es inscribible por no tener antecedente inscritoen el Registro de la Propiedad Raíz respectivo. Todos los colindantes son

del domicilio del Barrio Aguacayo de San José Guayabal, Departamentode Cuscatlán; el predio descrito no es dominante ni sirviente, no tienecarga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión conninguna otra persona y lo adquirió por compra que hizo al señor SIMONRODRIGUEZ ORELLANA, el día ocho de noviembre del año dos miluno, quien a su vez lo compró a MARIA EMMA ORELLANA DERODRIGUEZ, GUILLERMO ORELLANA FLORES y PABLO ADANORELLANA, quienes por posesión material, quieta, pacífica e ininte-rrumpida lo poseyeron por más de veinticinco años, la cual se une a la dela representada del solicitante. El inmueble lo valúa en la Cantidad deTREINTA MIL COLONES. Lo que se avisa al público para los fines deLey. Se previene a las personas que deseen presentar oposición a laspretensiones del solicitante lo hagan dentro del término legal en midespacho notarial situado en Trece Calle Oriente y Pasaje Sangrare,Centro Comercial Metro España local doscientos uno, entre AvenidaEspaña y Segunda Avenida Norte, San Salvador.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mesde enero de dos mil tres.

Lic. MARIO MARDOQUEO MENJIVAR MIRANDA,

NOTARIO.

3 v. c. Nº. 5046-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DE TERCERA PUBLICACIÓN

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por este Tribunal, a las quince horas del día veintiséis defebrero del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurridaa las doce horas cincuenta y tres minutos del día once de abril de milnovecientos ochenta y tres, en el Hospital San Juan de Dios de Santa Ana,siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio, dejó la señora MARIAERLINDA CUELLAR PRADO, de parte del señor JUAN CARLOSMAGAÑA CUELLAR, en su calidad de hijo de la expresada causante;se ha conferido al aceptante, la administración y representación interinade la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quincehoras cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de febrero del año dosmil tres.- Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLA-NA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIARAMIREZ LEIVA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 9913-3

JORGE ALEJANDRO MARTINEZ MENENDEZ, Notario, de estedomicilio, con oficina profesional ubicada en trece Avenida Sur y CalleRubén Darío, Edificio PARAVIDA, Cuarta planta, de esta ciudad, alpúblico y para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día tres defebrero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia testamentaria de la causante MARIAAMALIA MELGAR DE VILLEDA, de parte de los señores RAMIRODENIS LINARES MELGAR, de veintiséis años de edad, Empleado, deldomicilio de Santa Ana; MARLA MARIANELA HERNANDEZMELGAR hoy DE ALV ARADO, conocida por MARLA MAIRANELAHERNANDEZ MELGAR, de veintidós años de edad, Empleada, deldomicilio de San Marcos; y MARIO DOUGLAS HERNANDEZMELGAR, de veinte años de edad, Empleado, del domicilio de SanMarcos; todos en concepto de hijos sobrevivientes de la referida causan-te, quien fuera de cuarenta y ocho años de edad, falleció en Santo Tomás,siendo su último domicilio, el día doce de noviembre de dos mil uno, seles ha conferido a los aceptantes la representación interinas de lasucesión. Se cita a los que se crean con derecho para que se presenten adeducirlo en el término de quince días contados al siguiente de la últimapublicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.

San Salvador, cuatro de febrero de dos mil tres.-

Dr. JORGE ALEJANDRO MARTINEZ MENENDEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 9828-3

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del díacatorce de marzo del año dos mil tres se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de la herencia que a sudefunción dejó el señor JOSE RUDICO BRIZUELAS, quien falleció a

las seis horas del día cuatro de enero del dos mil uno, en el HospitalMédico Quirúrgico del Seguro Social, siendo su último domicilio estaciudad; de parte de MILAGRO ARACELY MARCHANTE, por dere-cho propio y en representación de su menor hijo RUDYS SMITHBRIZUELA MARCHANTE, la primera como cónyuge sobreviviente yel segundo como hijo del causante; Y se le ha conferido a la herederadeclarada en el carácter antes indicado, conjuntamente la administracióny representación interina de la sucesión, debiendo ejercerla el menorRUDYS SMITH BRIZUELA MARCHANTE por medio de su represen-tante legal su madre MILAGRO ARACELY MARCHANTE, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las oncehoras y cinco minutos del día catorce de marzo del año dos mil tres. -Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 9811-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónde este Juzgado de las nueve horas del día seis de marzo del presente año,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario departe de la señora MARGARITA CASTELLANOS DE TRUJILLOconocida por MARGOTH CASTELLANOS, la herencia intestada quea su defunción dejó el causante señor RICARDO TRUJILLO, quienfalleció en Bridgeport del Estado de Connecticut, de los Estados Unidosde Norte América, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, eldía dos de octubre de mil novecientos noventa y tres, aceptación que hacela señora arriba mencionada en su calidad de cónyuge sobreviviente delreferido causante. Y se ha conferido a la aceptante la administración yrepresentación interinas de la sucesión con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia,para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación del presenteedicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las nueve horas el día doce marzo de dos mil tres. Lic.JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 9778-3

LUIS HERNAN MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con oficinasituada en Calle Gabriela Mistral Número 307, de esta Ciudad, alpúblico,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las diez horasdel día veinticuatro de marzo del corriente año, se ha tenido por, aceptadaen forma interina, de parte de los señores ISABEL DE GUADALUPEURRUTIA ALMENDARES, Abogada y Notario, ROBERTO ED-MUNDO URRUTIA ALMENDARES, Estudiante, GLORIA ALCIRA

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

URRUTIA ALMENDAREZ, Médico y VIOLETA ELIZABETH URRU-TIA ALMENDARES, Estudiante, todos mayores de edad y de estedomicilio, con Beneficio de Inventario y con las facultades y restriccio-nes de los curadores de una Herencia Yacente, la Herencia Testamentariaque a su fallecimiento ocurrido el diez de febrero del corriente año en estaciudad, su último domicilio, el Señor FRANCISCO URRUTIA VAS-QUEZ, quien fue mayor de edad, comerciante y de este domicilio.

Lo que al público hace saber para que dentro de los quince díassiguientes al la última publicación del presente edicto, concurran a mioficina para hacer valer los derechos que les asistieren.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.-

Dr. LUIS HERNAN MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 9602-3

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por éste Tribunal, a las doce horas cinco minutos del díadiecisiete de marzo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresa-mente, con beneficio de inventario, la Herencia Intestada, que a sudefunción ocurrida a las doce horas del día nueve de julio de milnovecientos ochenta y tres, en el Barrio Santa Cruz de esta ciudad, siendosu último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó la causante MARIAMERCEDES CASTRO VIUDA DE VELADO conocida por MARIAMERCEDES CASTRO FIGUEROA, MARIA MERCEDES CASTROy por MERCEDES CASTRO, quien fue de cincuenta y cuatro años deedad, Viuda, Profesora, de parte del señor MANUEL DAGOBERTOVELADO CASTRO, en su concepto de Hijo y además como Cesionariode los Derechos Hereditarios que le correspondían a las señoras GLO-RIA ESPERANZA VELADO DE DIAZ y JUANA ARMIDAGENOVEZ DE MEJIA, en su calidad de Hijas de la expresada causante;a quien se le nombra INTERINAMENTE Administrador y Representan-te de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela Herencia Yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia,para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas veinticincominutos del día diecinueve de marzo de dos mil tres.- Lic. HENRYEDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRYOVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 9630-3

TULIO ERNESTO RODRIGUEZ LEMUS, Notario, de este domicilio,con oficina ubicada en veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, Resi-dencial Tequendama, edificio ocho, Apartamento Dos, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución dictada a las quince horas deldía diez de febrero de mil novecientos noventa y nueve, por el SuscritoNotario, se ha tenido como aceptada y con beneficio de Inventario laherencia INTESTADA, que a su defunción dejó BLANCA ROSAMEJIA conocida por BLANCA ROSA MEJIA VIUDA DE ORELLA-

NA, quién falleció a los veintiocho días del mes de mayo de milnovecientos noventa y siete, en la Ciudad de Berlín, Departamento deUsulután, siendo a la vez su último domicilio, a JULIA DEL CARMENMEJIA, en su concepto de HIJA de la Causante.- Confiéresele a laaceptante la administración y representación interina de la sucesión, conlas restricciones y facultades de los curadores yacentes.-

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Cita a los que se crean con derecho a la herencia referida para quese presenten dentro del término de quince días contados a partir de laúltima publicación de este edicto.-

Librado en la Oficina del Notario a los veintidós días del mes defebrero de mil novecientos noventa y nueve.-

Lic. TULIO ERNESTO RODRIGUEZ LEMUS,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 9624-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgadoa las once horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de parte de la señora ANA JULIA FLORESROMERO la herencia que en forma intestada dejó la señoraMERCEDES ROMERO quien fue de setenta y un años de edad solterade oficios domésticos originaria de la Villa de San Carlos Departamentode Morazán hija de ANCELMA ROMERO; quien falleció el día veinti-siete de octubre de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón SanDiego de la Villa de San Carlos, Departamento de Morazán, siendo eselugar su último domicilio; en concepto de sobrina de la causante.- Aquien se le ha conferido la administración y representación INTERINAde dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente.- Y cita a las personas que se crean con derecho a laherencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro deltérmino de quince días contados desde el siguiente a le tercera publica-ción de este edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera a lasonce horas y treinta minutos del día dos de diciembre de dos mil.- Lic.JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º de 1a. INSTANCIA.-Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 9615-3

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por elLicenciado José Luis Guardado Chávez como Apoderado del señorFlorentino Aguilar, contra los señores Alfonso Antonio Mena conocidopor Alfonso Antonio Mena Osorio y Fidelina Rodríguez de Menaconocida por FIDELINA RODRIGUEZ BAIDES, se venderá en este

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Juzgado en Pública subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble:""""""Un terreno urbano situado en el lugar llamado La Monja, al sur ya inmediaciones de esta ciudad,- tiene forma de polígono irregular en loque se conoce como Colonia Sensunapán II, marcado en su antecedenterespectivo como lote número UNO del Acceso Cinco, de un extensiónsuperficial de ochenta punto cincuenta metros cuadrados, equivalentes aciento quince punto dieciocho varas cuadradas, el cuál se localiza ydescribe así Partiendo de la intersección de los Ejes de le Sexta AvenidaSur y el Acceso cinco se mide una distancia de veintiocho puntocincuenta metros, rumbo Sur cincuenta y nueve grados veintiocho puntoocho minutos Este sobre el eje del acceso cinco y en este punto condeflexión negativa de noventa grados, rumbo Norte treinta grados treintay un punto dos minutos Este y una distancia de ocho metros se llega alvértice Sur-Este del lote que se describe el cuál mide y linda: AL SUR:cinco metros, rumbo Norte cincuenta y nueve grados veintiocho puntoocho minutos Oeste, lindando con lote número diez del acceso cinco,patio comunal de diez metros de ancho de por medio; AL OESTE:dieciséis punto veintitrés metros, con rumbo Norte treinta grados treintay un punto dos minutos Este, lindando con lotes Números cinco, tres yuno de la Sexta Avenida Sur; AL NORTE: cinco metros, rumbo Sur,cincuenta y seis grados treinta y dos punto seis minutos Este lindando conterreno propiedad de la señora Isaura Inclán García; y AL ESTE: quincepunto noventa y siete metros, rumbo Sur treinta grados treinta y un puntodos minutos Oeste, lindando con lote número dos del acceso cinco,llegando así al punto donde se inició la presente descripción. Todos loslotes colindantes son o han sido propiedad de la Fundación Salvadoreña-de Desarrollo y Vivienda Mínima, aún no se encuentra inscrito a favorde los Ejecutados, pero es inscribible por estarlo su antecedente alNúmero SETENTA Y OCHO del Tomo UN MIL SETENTA Y SIETEdel Registro de Propiedad de este Departamento.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas quince minutos deldía trece de febrero del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTI-NEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 9900-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónpromovida por el DOCTOR JOSE LUIS NAVARRO CARCAMO,Apoderado de la Sociedad VIROLA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, contra la señora ISABEL BEATRIZ DOMIN-GUEZ DE VALLE, se venderá en pública subasta en este mismoJuzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bieninmueble embargado siguiente:" Inmueble de naturaleza urbana, identi-ficado como local M - DOSCIENTOS ONCE del condominio PlazaMédica La Esperanza, que formó parte del polígono "B " de la secciónLa Esperanza, de la antigua finca Guadalupe, en jurisdicción de SanSalvador, departamento de San Salvador, que tiene la descripciónsiguiente: local M - DOSCIENTOS ONCE, tiene un área de cuarenta ysiete punto cero sesenta y seis metros cuadrados equivalentes a sesentay siete punto treinta y cuatro varas cuadradas y se describe así: Partiendode la intersección de los ejes de la veintitrés Calle Poniente y veinticincoAvenida Norte se mide este último eje con rumbo Norte cinco gradosveinticuatro minutos Este una distancia de noventa y ocho punto tres-cientos veinticinco metros de este punto con deflexión izquierda denoventa grados se mide una distancia de dieciocho punto treinta metros.

De este punto se mide una distanica vertical positiva de dos punto setentametros y se llega al vértice Sur-Oriente del local que se describe así: ALSUR: línea recta de cinco punto setecientos setenta y cinco metros conrumbo Norte ochenta y cuatro grados treinta y seis minutos Oeste lindacon espacio aéreo de zona de estacionamiento del mismo condominio.AL PONIENTE: línea recta de ocho punto quince metros con rumboNorte cinco grados veinticuatro minutos Este linda con espacio aéreo dezona de estacionamiento del mismo condominio, AL NORTE: línearecta de cinco punto setecientos setenta y cinco metros con rumbo Surochenta y cuatro grados treinta y seis minutos Este linda con espacioaéreo de acceso al edificio del mismo condominio: AL ORIENTE: línearecta de ocho punto quince metros con rumbo Sur cinco grados veinticua-tro minutos Oeste linda con local M-ciento doce límite constituido porpared medianera, llegando así al punto de donde se inició la presentedescripción. Todos los terrenos o locales colindantes son o han sidopropiedad de Co-Urban, S.A. de C.V., inscrita a favor de la demandadaen el Sistema de folio Real con Matrícula número CERO UNO - CEROCUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCO - CEROCERO CERO, inscripción DOS del REGISTRO DE LA PROPIEDADRAIZ E HIPOTECAS de este departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las doce horas del día once de febrero de dos mil tres. Lic.JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 9848-3

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL: AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en Juicio Civil Ejecutivo, promovido inicial-mente por el Abogado RAUL ERNESTO MELARA MORAN, conti-nuado por el Abogado SALVADOR ERNESTO GALLARDO RODRI-GUEZ, y actualmente seguido por el primer Abogado, como apoderadodel FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MIGUELANGEL POLANCO Y POLANCO, reclamándole cumplimiento deobligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en esteJuzgado el inmueble: un Inmueble de naturaleza urbana situado enUrbanización Residencial " ALTAVISTA", situado en jurisdicción deTonacatepeque, de este Departamento, de la cual forma parte el lote quese identifica con Número TRESCIENTOS TRES DEL POLIGONODOS, que tiene las medidas siguientes. AL NORTE, diez metros; ALORIENTE, cinco metros; AL SUR, diez metros; y AL PONIENTE,cinco metros, el Lote así descrito tiene un área perimétrica de CIN-CUENTA METROS CUADRADOS, y está inscrito a favor del deman-dado bajo la Matrícula Número M CERO UNO UNO CUATRO CEROTRES SIETE DOS, Asiento CERO CERO TRES del Registro Socialde Inmuebles.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras del día diecinueve de marzo del año dos mil tres.- MARIOAGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CON-CEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 9720-3

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidoinicialmente por el Licenciado MANUEL ARTURO MONTECINOSGIRALT, continuado por el Licenciado MARIO GUILLERMO MO-RAN VEGA y actualmente continuado por el Licenciado ROBERTOEFRAIN GALDAMEZ AVILA como Apoderados de la SociedadPRIETO, SOCIEDAD ANONIMA contra el señor RUFINO EDGAR-DO GONZALEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal enfecha que más adelante se señalará, el Bien Inmueble que se localiza ydescribe así:“UN PREDIO URBANO SITUADO EN EL BARRIO ELCALVARIO DE LA VILLA DE TACUBA DE LA JURISDICCIONDEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN QUE SE LOCALIZAYDESCRIBE ASI”. mide y linda, AL ORIENTE: veintitrés metros, concasa y solar de ALBINO HERRERA y RAYMUNDA ABARCA; ALNORTE: veintitrés metros, mojones un izote y un pito, con predio deLUIS AYALA hoy de OVIDIO AZMITIA; AL PONIENTE: quincemetros con terreno de JUAN REYES hoy OVIDIO AZMITIA, mojonesun jiote y un pito y AL SUR: veintiséis metros, lindando en un espaciode seis metros con JUAN BAUTISTA GALICIA, calle de por medio,quiebra la línea al Norte en un espacio de díez metros y quiebra en línearecta hacia el Poniente en dieciséis metros, con predio de TRANSITOCASTANEDA GONZALEZ, mojones de piedras enterrada, actualmen-te todo el inmueble está circulado de tapiales propios, INSCRITO BAJOEL NUMERO SETENTA Y CINCO DEL LIBRO DOSCIENTOSQUINCE DE PROPIEDAD DEL DEPARTAMENTO DE AHUA-CHAPAN, EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTE-CAS DE LA SEGUNDA SECCION DE OCCIDENTE DEL DEPAR-TAMENTO DE AHUACHAPAN.”

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las once horas y quince minutos del día treinta de octubredel año dos mil dos. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZTERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROADE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9673-3

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo que promueve elLicenciado JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA como Apoderado Gene-ral Judicial de la señora SANTOS CIPRIANA JOYA DE VILLALTAconocida por ANA JOYA DE VILLALTA, en contra del señor JOSECRISTINO VELASQUEZ, se venderá en pública subasta el siguienteinmueble: “Dos lotes de terrenos de naturaleza rústica, incultos, situadosen la lotificación “MICHELL”, situado en el Cantón Zamorán, distritoy departamento de San Miguel, en el lugar conocido como Hacienda ElRefugio, marcados con los números TRECE Y QUINCE del Poligono“K”, ambos forman un solo cuerpo, de la capacidad superficial deCUADROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linde-ros siguientes: AL ORIENTE: veinte metros con los lotes númeroscatorce y dieciseis del mismo poligono “K”; AL NORTE, veinte metroscon lote número once del mismo poligono “K”; AL PONIENTE, veintemetros con lotes números catorce y quince del poligono “I”, AvenidaNormandie de por medio; AL SUR. veinte metros con lote númerodiecisiete del mismo piligono “K”.- Todos los lotes colindantes son hansido de la misma Lotificación Michell; inmueble que se encuentrainscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la PrimeraSección de Oriente, bajo el número TREINTA Y TRES, del libro MILCUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO de propiedad del Depar-tamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Jusgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras veintidos minutos del día once de febrero del dos mil tres. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL. Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 9657-3

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER:que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por elLicenciado JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, como Apoderado Gene-ral Judicial de la señora PAULA DE JESUS QUINTEROS DE SOTO;en contra del señor ELEODORO GARCIA, reclámandole cantidad decolones, intereses y constas procesales, se venderá en pública subastaen este Juzgado, los siguientes inmuebles: PRIMERO: un lote de terrenode naturaleza rústica, situado en el Cantón Monte Grande, de estaJurisdicción, distrito y Departamento de San Miguel de la capacidadsuperficial de QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO METROSCUADRADOS, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL ORIEN-TE, siete metros, setenta centimetros, linda con solar de MARTINASCENCIO RODRIGUEZ, después de AMADEO LAZO, ahora de susucesión, trascorral de ladrillo del colindante; AL PONIENTE: nuevemetros veintinueve centímetros, línea férrea de por medio con terrenoque antes fue de Don CRISTOBAL GIRALT, ahora de su Sucesión,trascorral de ladrillo propio del terreno que se describe; AL NORTE:treinta y nueve metros, pero conforme antecedente tiene treinta y ochometros sesenta y tres centimetros, con terreno que antes fue de MARTINASCENCIO RODRIGUEZ, despues de AMADEO LAZO, ahora de suSucesión, trascorral de ladrillo propio del terreno que se describe; y ALSUR; treinta y nueve metros, linda con terreno de ADOLFO PORTI-LLO, y CARMEN REYES DE PORTILLO, antes, ahora de JULIANCARRANZA, trascorral de ladrillo del colindante.- En dicho inmuebleexiste construida una casa techo de tejas, paredes de ladrillo, piso deladrillo, de cemento, con servicio de energía elétrica, y un pozo parasacar agua potable, todo lo cual entra en la siguiente Hipoteca.- InmuebleInscrito a favor del deudor, en el Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número OCHENTAY UNO del Libro MIL SETECIENTOS VEINTISIETE de propiedaddel Departamento de San Miguel.- Y SEGUNDO: un terreno de natura-leza urbana, situado en el Barrio Concepción de la ciudad de La Unión,del mismo Departamento, de la capacidad superficial de DOSCIENTOSDIECISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderossiguientes: AL ORIENTE, doce metros, antes con PETRONA BONI-LLA DE SVENBLAND, hoy con MATIAS VIERA; AL PONIENTE,doce metros, antes con ALEJANDRO LUNA VIERA, calle de pormedio, hoy de MATIAS VIERA; AL NORTE, dieciocho metrosa, antescon AMANDA CARIAS ARAUJO, hoy con MATIAS VIERA; Y ALSUR, dieciocho metros con RAUL GUILLEN.- Existe en este inmuebleconstruída una casa de sistema mixto, techo de tejas, paredes de ladrillo,sistema de luz eléctrica y todos sus demás accesorios, además incluyeuna línea telefónica, con el número seis seis cuatro-cuatron nueve trescuatro; inscrito a favor del deudor en el Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el númeroVEINTIUNO del Libro SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO dePropiedad del Departamento de La Unión.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las díezhoras y cincuenta minutos del día siete de febrero del año dos mil tres.Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SE-CRETARIA.-

3 v. alt. No. 9663-3

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL, SAN MIGUEL

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido porel Licenciado JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, como Apoderado

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359General Judicial de la señora ANA IRMA AYALA DE AYALA, contrala SOCIEDAD INVERSIONES CARRAZA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, reclamándoles cantidades de colones, sevenderá en pública subasta en este Juzgado los siguientes inmuebles:“ELPRIMERO: una porción de terreno de naturaleza rústica, inculto,situado en el lugar Hacienda Yaguatique, conocido ahora como CantónEl Progreso, de esta jurisdicción, Distrito y Departamento de SanMiguel, cuya descripción es la siguiente: la presente decripción se iniciaen el vértice Nororiente del terreno en mención cuyas medidas y linderosson los siguientes: COSTADO ORIENTE: consta de un solo tramo ymide ciento ochenta y dos metros cincuenta y seis centímetros y conrumbo Sur, cero nueve grados cero cero punto cuatro minutos Este,lindado con terreno de DESIDERIO LOPEZ, calle pavimentada que deSan Miguel conduce a Carretera Litoral de por medio llegando así alvértice Suroriente. COSTADO SUR:consta de un solo tramo el cualmide: ciento cincuenta y un metros cincuenta y nueve centímetros yrumbo Sur, setenta y cuatro grados treinta y dos punto cero minutosOeste, lindado con terreno del mismo propietario, llegando así al vérticeSurponiente. COSTADO PONIENTE: costa de cuatro tramos, lindandotodos con terreno del señor ROLANDO PORTILLO MAYEN. Primertramo mide: ciento ocho metros sesenta y cinco centímetros, y rumboNorte veintiún grados veintiséis punto un minuto Oeste. Segundo tramomide: nueve metros setenta y siete centímetros, y rumbo Norte treinta yun grados cuarenta y uno punto seis minutos Oeste. Tercer tramo mide:setenta metros cuarenta y nueve centímetros, y rmbo Norte veintitrésgrados diecisiete punto cero minutos Oeste. Cuarto tramo mide: cientodoce metros con sesenta centímetros y rumbo Norte cero cero gradosveintidós punto cuatro minutos Oeste, llegándose al vértice Norponiente.COSTADO NORTE: consta de tres tramos: primer tramo mide: noventay un metros cuarenta centíemtros y rumbo Sur, ochenta y ocho gradoscero ocho punto dos minutos Este, lindando con terreno del señorBARTOLO AYALA, y calle vecinal de por medio. Segundo tramo conorientación de Norte a Sur mide: setenta y tres metros cuarenta y cincocentímetros, y rumbo Sur cero siete grados cuarenta y cinco punto sieteminutos Este, lindando con el señor JOSE GUILLERMO AVELARLIZAMA. Tercer tramo mide: ochenta y nueve metros ochenta y sietecentímetros y rumbo Norte ochenta y cuatro grados cero cero punto ochominutos Este, lindando con JOSE GUILLERMO AVELAR LIZAMA,y con el señor ANTONIO RODRIGUEZ, llegando así al vértice dondedio inicio la descripción. La porción de terreno antes descrita tiene unaextensión superficial de CUARENTA Y DOS MIL CINCUENTA YSEIS PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS, equivalen-tes a SESENTA MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO SE-TENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, o sean SEIS MANZA-NAS CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y CUA-TRO VARAS CUADRADAS; carecen de construcciones y lecorreponden a la SOCIEDAD INVERSIONES CARRANZA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; inscrito bajo el númeroCUARENTA, del libro OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCOpropiedad del departamento de San Miguel. SEGUNDO INMUEBLE:un inmueble de naturaleza rústica, inculto, ubicado en el Cantón ElProgreso, municipio de San Miguel, Distrito y Departamento de SanMiguel, identificado como Lote TRES "A", en el plano respectivo, de lacapacidad superficial de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CUA-RENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRA-DOS, que mide al Norte, consta de veinticinco tramos, el primero conrumbo Norte sesenta y seis grados cuarenta minutos dieciocho segundosEste con una distancia de veintiocho punto diecisiete metros; el segundocon rumbo Sur cero seis grados treinta y un minutos cero cinco segundosEste con una distancia de treinta y nueve punto cero dos metros; el tercerocon rumbo Sur setenta y tres grados cincuenta y un minutos cero cincosegundos Este con una distancia de sesenta y tres punto sesenta y nuevemetros; el cuarto con rumbo Sur ochenta y siete grados treinta y cuatrominutos veintinueve segundos Este con una distancia de veintiochopunto cuarenta y ocho metros; el quinto con rumbo Sur cincuenta y cincogrados treinta y cinco minutos cincuenta y nueve segundos Este con unadistancia de cincuenta y seis pnto cuarenta y ocho metros; el sexto conrumbo Norte cuarenta y seis grados treinta mnutos cincuenta y ochosegundos Este con una distancia de cincuenta y dos punto sesenta y unmetros; el séptimo con rumbo Norte treinta y seis grados cuarenta y cincominutos veinte segundos Este con una distancia de dieciocho puntonoventa y seis metros: el octavo con rumbo Sur ochenta y cuatro gradosquince minutos cuarenta y ocho segundos Este con una distancia decincuenta y siete punto sesenta metros; el noveno con rumbo Norteochenta y dos grados treinta y ocho minutos veintinueve segundos Estecon una distancia de once punto doce metros; el décimo con rumbo Surochenta y cuatro grados trece mnutos once segundos Este con unadistancia de cincuenta punto treinta metros; el décimo primero conrumbo Norte cero dos grados cero un minutos veintiocho segundos Estecon una distancia de cincuenta y ocho punto cero cuatro metros; eldécimo segundo con rumbo Norte ochenta y nueve grados once minutosveinte segundos Este con una distancia de tres punto noventa y cincometros; el décimo tercero con rumbo Sur cero un grados cincuenta y ochominutos quince segundos Oeste con una distancia de cincuenta y ocho

punto cuarenta y dos metros; el décimo cuarto con rumbo Sur ochenta ycinco grados dieciséis minutos once segundos Este con una distancia detreinta y ocho punto cero cuatro metros; el décimo quinto con rumboNorte ochenta y siete grados cero ocho minutos cincuenta y un segundosEste con una distancia de setenta y tres punto veinticuatro metros, eldécimo sexto con rumbo Norte setenta grados cincuenta y cuatro minutosveintitrés segundos Este con una distancia de ciento setenta y cuatropunto cero siete metros; el décimo séptimo con rumbo Norte setenta yseis grados cero ocho minutos cincuenta y nueve segundos Este con unadistancia de ochenta y nueve punto catorce metros; el décimo octavo conrumbo Sur cincuenta y cinco grados cero cero minutos cero cerosegundos Este con una destancia de once punto cincuenta metros; eldécimo noveno con rumbo Norte ochenta y tres grados treinta y sieteminutos cero nueve segundos Este con una distancia de noventa y trespunto noventa y nueve metros; el vigésimo con rumbo Norte doce gradoscincuenta y siete minutos cuarenta y seis segundos Oeste con unadistancia de ciento cuarenta y siete punto cero cero metros, el vigésimoprimero con rumbo Norte setenta y siete grados cero dos minutos catorcesegundos Este con una distancia de cuatro punto cero cero metros, elvigésimo segundo con rumbo Sur doce grados cincuenta y siete minutoscuarenta y seis segundos Este con una distancia de ciento cuarenta y sietepunto veintiún metros, el vigésimo tercero con rumbo Norte ochentagrados cero tres minutos cincuenta segundos Este con una distancia desesenta y seis punto cero siete metrros el vigésimo cuarto con rumboNorte setenta y seis grados veintiséis minutos cincuenta y dos segundosEste con una distancia de cincuenta y nueve punto cuarenta y dos metros;y el vigésimo quinto con rumbo Norte ochenta y seis grados veintitrésminutos cuarenta y siete segundos Este con una distancia de treinta ynueve punto sesenta y cinco metros, al ORIENTE. consta de tres trramos,el primero con rumbo Sur cero tres grados cuarenta y cinco minutostreinta segundos Este con una distancia de ciento dieciséis punto setentay un metros; el segundo con rumbo Sur veinticinco grados cuarenta ycinco minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de cincuen-ta y seis punto trece metros; y el tercero con rumbo Sur veintiséis gradosveinticuatro minutos quince segundos Este con una distancia de cientoveintinueve punto treinta y cuatro metros, al Sur, consta de nueve tramos,el primero con rumbo Sur sesenta y ocho grados cero ocho minutosquince segundos Oeste con una disttancia de ciento cuarenta y ochopunto cuarenta y nueve metros; el segundo rumbo Sur sesenta y nuevegrados cero un minutos cero seis segundos Oeste con una distancia deciento diecinueve punto ochenta y cinco metros; el tercero con rumbo Surdieciocho grados cuarenta y un minutos cincuenta y dos segundos Estecon una distancia de ciento siete punto cero dos metros; el cuarto conrumbo Sur veinte grados cero dos minutos veintiocho segundos Este conuna distancia de ciento cuarenta punto treinta y seis metros; el quinto conrumbo Norte setenta grados veintisiete minutos treinta y ocho segundosEste con una distancia de trescientos cuarenta y nueve punto setenta y tresmetros; el sexto con rumbo Norte setenta grados treinta y dos minutosveintitrés segundos Este con una distancia de ciento ochenta y ocho puntosetenta y cinco metros; el séptimo con rumbo Norte cincuenta y nuevegrados veintiocho minutos cincuenta y un segundos Oeste con unadistancia de noventa y cuatro punto cincuenta y ocho metros; el octavocon rumbo Norte cincuenta y ocho grados cuarenta y ocho minutosquince segundos Oeste con una distancia de noventa y ocho puntoochenta y cinco metros; y el noveno con rumbo Norte cincuenta y nuevegrados cero un minuto veintidós segundos Oeste con una distancia deveintiocho punto treinta cuatro metros; al PONIENTE, consta de cuatrotramos, el primero con rumbo Norte veinticinco grados catorce minutoscero cero segundos Este con una distancia de noventa y cuatro puntodieciséis metros: el segundo con rumbo Norte trece grados cero cerominutos ceo cero segundos Este con una distancia de cuatro puntoochenta metros; el tercero con rumbo Norte ochenta y un gradosdieciocho minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia detreinta y cuatro punto ochenta y ocho metros; y el cuarto con rumbo Nortetreinta y nueve grados quince minutos cuarenta y seis segundos Oeste conuna distancia de cincuenta y siete punto setenta y seis metros. Que dichoinmueble forma parte de otro mayor de la extensión superficial deTRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TRES PUN-TO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a QUI-NIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUA-TRO PUNTO TREINTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, inscritos afavor de la SOCIEDAD DEUDORA en el Registro Social de Inmueblebajo la matrícula M CERO CUATRO CERO UNO CERO CERO SEISUNO.

Lo que se pone en conocimiento para los efecttos de ley. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-RIA

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las diez horas deldía catorce de marzo del presente año, se ha ordenado el remate del bienembargado en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el LicenciadoSAMUEL ELICEO SIGARAN DEL CID, en su calidad de ApoderadoJudicial del señor MANUEL NAPOLEON HERNANDEZ ABREGO,contra el señor JULIO HUMBERTO RIVAS; reclámandole a éste lasuma de CINCUENTA MIL COLONES en concepto de capital, másintereses convencionales y costas procesales; sobre el bien immueble denaturaleza urbana situado en el Barrio El Calvario de la ciudad de SanSalvador, sobre el Boulevar Venezuela, entre Avenida veintinueve deAgosto y primera Avenida Sur, desmembrado de otro de mayor exten-sión, identificado como LOTE NUMERO SIETE DEL POLIGONO“C”, que mide y linda: partiendo de la intersección de los ejes delBoulevar Venezuela, y el pasaje número dos, abiertos en la Urbaniza-ción, con rumbo Sur siete grados treinta y siete punto un minutos Este,se mide sobre el eje del pasaje número dos, una distancia de treinta ycuatro punto ochenta y nueve metros, haciendo en este punto unadeflexión derecha de noventa grados, con rumbo Sur ochenta y dosgrados veintidós punto nueve minutos Oeste, y distancia de uno puntocincuenta metros, se llega al vértice Nor Este del lote que se describe así:AL ORIENTE: un tramo recto de tres punto cincuenta metros, con rumboSur siete grados treinta y siete punto un minutos Este, linda con lotesnúmeros trece y catorce del Blok “B” pasaje número dos de por mediode tres metros de ancho de la misma Urbanización; AL SUR: un tramorecto de nueve metros, con rumbo Sur ochenta y dos grados veintidóspunto nueve minutos Oeste, y linda con lote número ocho del Blok “C”de la misma Urbanización; AL PONIENTE: un tramo recto de tres puntocincuenta metros con rumbo Norte siete grados treinta y siete punto unminutos Oeste, linda con lotes números diecisiete y dieciséis del Blok“C” de la misma Urbanización; AL NORTE: un tramo recto de nuevemetros con rumbo Norte ochenta y dos grados veintidós punto nueveminutos Este, llegando al vértice Nor Este, punto inicial de la presentedescripción, linda con lote número seis del Blok “C” de la mismaUrbanización. El lote así descrito tiene un área de TREINTA Y UNOPUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS; equivalentes a CUA-RENTA Y CINCO PUNTO CERO SIETE VARAS CUADRADAS.Inmueble inscrito a favor del señor JULIO HUMBERTO RIVAS bajo elFolio Real número CERO UNO - CIENTO NUEVE MIL DOSCIEN-TOS DIEZ - CERO CERO CERO INSCRIPCION TRES, DEL REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD DEL DEPARTAMENTO DE SAN SAL-VADOR, ahora trasladado bajo el número M CERO CINCO CEROCINCO CUATRO SEIS SEIS SIETE asiento número CERO CEROCERO UNO del Sistema Folio Real computarizado. La hipoteca com-prende todas las construcciones y mejoras presentes y futuras, delinmueble hipotecado. El terreno antes descrito está valuado en SETEN-TA MIL SETECIENTOS SEIS COLONES CON TRECE CENTAVOSEXACTOS, equivalentes a OCHO MIL OCHENTA DOLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA CENTA-VOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, cuyasdos terceras partes servirán de base para el remate, quien quiera hacerposturas que se presente a las instalaciones de este Tribunal ubicadas enFinal Calle El Calvario número veintidós, La Libertad, a las nueve horascon treinta minutos del día OCHO DE MAYO del presente año, que seránadmitidas siendo hechas conforme a lo que establece la ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial deLa Libertad, a las diez horas con treinta minutos del día catorce de marzodel año dos mil tres. Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DEGOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO AL-FONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9609-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el DoctorROBERTO LARA, en su calidad de Apoderado General Judicial de laseñora MARTA LIDYA CRUZ, de cincuenta y un años de edad, ama decasa y de este domicilio, portador de Documento Unico de Identidadnúmero cero dos seis tres cuatro cuatro siete uno-cinco, solicitandoTítulo Supletorio por ser poseedora de un inmueble rústico, situado en elCantón San Carlos Jurisdicción de Dolores Departamento de Cabañas,de la extensión superficial de VEINTISEIS HECTAREAS SESENTAAREAS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE: cuatrocientosmetros, una quebrada de invierno de división, con inmueble de donAGUSTIN CASTRO; AL NORTE: trescientos treinta y seis metros, elRío Caicique, aguas abajo de división, con inmueble de ALFREDOGARCIA; AL PONIENTE: cuatrocientos noventa y cuatro metros, laQuebrada El Calabozo, aguas arriba de por medio con inmueble de JOSECALAZAN IRAHETA y AL SUR: novecientos cincuenta y seis metros,

cerco de alambre y piedra de por medio, con inmueble de GREGORIOCANTARERO y MIGUEL ANGEL CANTARERO. Todos los rumbostienen líneas de trayectoria irregular.- Lo hubo por compra que le hiciereal señor LORENZO CANTARERO, hace aproximadamente treinta ytres años, y lo posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, sinproindivisión con terceros. Lo valúa en la cantidad de CIEN MILCOLONES.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasnueve horas con veinte minutos del día doce de marzo de dos mil tres. Lic.CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9868-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que en esta fecha se ha presentado el Licencia-do SALVADOR DE JESUS TOBAR RUIZ, de treinta y tres años deedad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana y elde Santiago de la Frontera, ambos de este Departamento, con DocumentoUnico de Identidad número cero cero ciento cincuenta y un mil ochocien-tos ochenta y ocho- seis, expedido en Texistepeque el día diez de enerodel presente año, con vencimiento el día diez de enero del año dos milsiete, con Número de Identificación Tributaria cero doscientos doce-cero cuarenta mil ciento sesenta y seis- cero cero uno- seis, actuando ennombre y representación en su concepto de Apoderado General Judicialcon Cláusula Especial, de los señores: WERNER ROLANDO CORLETOPALMA, de cuarenta y cinco años de edad, Empleado, de este domicilioy con actual residencia en la ciudad de Redding, Estado de California,Estados Unidos de América, con Número de Identificación Tributariacero doscientos ocho- doscientos cuarenta mil ciento cincuenta y ocho-ciento uno- ocho, CARLOS MANUEL CORLETO TOBAR, de cin-cuenta y cuatro años de edad, Ingeniero Químico, del domicilio deMejicanos, Departamento de San Salvador, con Número de Identifica-ción Tributaria cero doscientos ocho- cero ochenta mil setecientoscuarenta y siete- cero cero uno cero, ASTUL ANDINO CORLETOTOBAR, de sesenta y tres años de edad, Comerciante, de este domicilio,con Número de Identificación Tributaria cero doscientos ocho- ceroochenta y un mil treinta y nueve- cero cero uno- seis, y ANA FRANCIS-CA CORLETO MEJIA, de treinta y un años de edad, Estudiante, de estedomicilio, con Número de Identificación Tributaria cero doscientosocho- doscientos cuarenta mil ciento cincuenta y ocho- ciento uno- ocho,solicitando en nombre de sus representados Título de Propiedad de unterreno urbano, situado en el Barrio El Centro, de esta población, queposeen de buena fe, en forma quieta y pacífica, el cual se describe así: deuna extensión superficial de SEISCIENTOS CATORCE PUNTO SE-SENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes a ochocien-tos setenta y nueve punto cuarenta y siete varas cuadradas, con ladescripción técnica siguiente: LINDERO NORTE: este lado comprendecuatro tramos rectos, el primero del mojón tres al mojón cuatro con unadistancia de seis punto noventa metros y rumbo Sur ochenta gradosdieciocho minutos veinticinco punto tres segundos Este; el segundo delmojón cuatro al mojón cinco con una distancia de once punto setenta yseis y rumbo Sur ochenta grados treinta y tres minutos treinta y seis puntocuatro segundos Este; el tercero del mojón cinco al mojón seis con unadistancia de cinco punto cero metros y rumbo Norte doce grados cuatrominutos veintiséis punto dos segundos Este; el cuarto del mojón seis almojón siete con una distancia de catorce punto quince metros y rumboSur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos veintiocho punto seissegundos Este, colindando estos tramos con propiedad de OSCARFRANCISCO MENENDEZ REBOLLO y MIRNA VICTORIA MO-RALES; LINDERO ORIENTE: este lado comprende un lado recto delmojón siete al mojón ocho con una distancia de ocho punto trece metrosy rumbo Sur veinticuatro grados veintisiete minutos cuarenta y uno puntotres segundos Este, colindando con propiedad de MIRNA VICTORIAMORALES; LINDERO SUR: comprende cinco tramos rectos desde elmojón ocho al mojón nueve con una distancia de ocho punto ochenta ynueve metros y rumbo Sur sesenta y siete grados treinta y dos minutoscincuenta punto dos segundos Oeste; el segundo tramo del mojón nueveal mojón diez con una distancia de dos punto sesenta y uno metros yrumbo Sur setenta grados diecisiete minutos diecinueve punto unosegundos Oeste; el tercero del mojón diez al mojón once con unadistancia de dieciocho punto cuarenta y ocho metros y rumbo Sur sesentay nueve grados cinco minutos catorce punto cuatro segundos Oeste; elcuarto del mojón once al mojón doce con una distancia de cero puntosetenta y siete metros y rumbo Sur cuatro grados treinta y dos minutosveintiocho punto siete segundos Oeste; el quinto tramo del mojón doceal mojón uno con una distancia de ocho punto treinta metros y rumbo Surochenta y siete grados cincuenta y dos minutos cuarenta y ocho puntosiete segundos Oeste colindando por este lado con propiedades deLORENZO TOBAR con calle Veinticinco de enero de por medio; yLINDERO PONIENTE: este lado comprende dos tramos rectos elprimero del mojón uno al mojón dos con distancia diez punto noventa ydos metros y rumbo Norte dos grados diez minutos uno punto seis

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359segundos Este; El segundo del mojón dos al mojón tres con una distanciade trece punto cincuenta y siete metros y rumbo Norte tres grados dosminutos treinta y uno punto cinco segundos Este, colindando por estelado con propiedad de Alcaldía Municipal de San Antonio Pajonal, concalle USAP de por medio.- Dicho inmueble tiene construida una casaparedes de adobe, techo de tejas.- No es predio dominante ni sirviente,no tiene cargas de derechos reales que pertenezcan a otras personas, niestá en proindivisión con nadie.- Lo hubieron por compra que hicierona la señora FRANCISCA LEONIDAS TOBAR VIUDA DE CORLETO,según documento privado que la Alcaldía de este Municipio, llevó en elaño de mil novecientos cincuenta y dos.- Que lo estiman en la cantidadde CINCUENTA MIL COLONES o su equivalente en dólares de losEstados Unidos de América.- Todos los colindantes son de este domici-lio.- Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Antonio Pajonal, dieciocho de marzodel año dos mil tres. ALEJANDRO DE JESUS GARCIA MONROY,ALCALDE MUNICIPAL. ROSA ARACELY CORLETO DEMONROY, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 9922-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señoraMARIA DE JESUS MELGAR DE URIAS, solicitando Título Supleto-rio de un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón San Felipe dela jurisdicción de Jocoro, Departamento de Morazán, de la extensiónsuperficial de CUATRO HECTAREAS, OCHENTA Y SIETE AREAS,OCHENTA Y NUEVE CENTIAREAS, de las medidas y linderossiguientes: AL NORTE: mide doscientos cuarenta y nueve metros, lindacon JOSE DIONICIO PERLA; AL PONIENTE: mide doscientos cin-cuenta metros, linda con MARIO ANTONIO PERLA HERNANDEZ;AL SUR: mide ciento dos metros, linda con JOSE PERLA HERNAN-DEZ; y AL ORIENTE: mide trescientos seis metros, linda con JOSEPERLA HERNANDEZ, en todos sus rumbos existe cerco de alambre ypiedra propios; y al rumbo Poniente existe una calle que va a salir alCantón Las Marías y conduce al Cantón San Felipe; dicho inmueble loadquirió por compra verbal que le hizo a su padre señor SATURNINOMELGAR; y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasdiez horas del día veinticuatro de febrero de dos mil tres. Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. Br.YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9612-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, para los efectos de ley,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la Abogadoy Notario ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, mayor deedad, de los domicilios de Zacatecoluca y San Salvador, en su carácterde Apoderada General Judicial de la señora JUANA HERNANDEZ DEPAYES, mayor de edad y de este domicilio, solicitando para su Poder-dante, Título de Propiedad de un solar urbano situado en el BarrioGuadalupe de esta ciudad, de una extensión superficial de ciento cincometros cuadrados, que mide y linda: al NORTE ocho metros dieciochocentímetros, con solar de MARIA JULIA MENDEZ, calle de por medio;ORIENTE dieciséis metros ochenta y cinco centímetros, con solar deFIDELINA RODRIGUEZ; al SUR ocho metros dieciséis centímetros,con solar de RAFAEL ANGEL HERNANDEZ; y al PONIENTE dieci-séis metros ochenta y cinco centímetros, con solar de RAFAEL ANGELHERNANDEZ. No es predio dominante ni sirviente; no tiene cargas niderechos reales de ajena pertenencia con quien hubiere proindivisión; lovalora la Poderdante en DOCE MIL COLONES equivalente a MILTRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CUARENTA Y TRESCENTAVOS; lo hubo por herencia de su difunta madre VIRGINIAAGUILAR DE HERNANDEZ conocida por VIRGINIA AGUILAR.

ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: SanPedro Nonualco, veinticuatro de marzo del año dos mil tres. Lic.SERGIO ANTONIO ORELLANA MENJIVAR, ALCALDE MUNICI-PAL. GUILLERMO PEREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 9803-3

El Infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la SociedadROBERTO SALAZAR Y ASOCIADOS, INGENIEROS CONSUL-TORES S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departa-mento de La Libertad.

CERTIFICA QUE: que en el libro de Actas de Juntas Generales deAccionistas se encuentra el acta número veintiséis de Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada en esta ciudad,a las nueve horas del día veintiuno de febrero de dos mil tres, que en supunto único dice: se acordó aumentar el Capital Social Mínimo en tresmillones, ciento tres mil, ochocientos colones, por medio de la capitali-zación de utilidades de los años: 1992 quinientos cincuenta y seis mil,treinta y nueve 95/100 colones, 1994 quinientos noventa y un mil,seiscientos veinticuatro 22/100 colones, 1995 un millón setenta y dosmil, doscientos ochenta y ocho 05/100, 1997 doscientos sesenta y ochomil, diecinueve 29/100, 1998 trescientos sesenta y dos mil, trescientostreinta y seis 42/100, 2000 doscientos cincuenta y tres mil, cuatrocientosnoventa y dos 07/100, el Capital Mínimo girará con este aumento unvalor de tres millones, ciento veintitrés mil, ochocientos colones, seautoriza al Presidente de la Junta Directiva Ing. ROBERTO OSWALDOSALAZAR MARTINEZ; para que comparezca ante Notario para forma-lizar el cumplimiento de este acuerdo.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de 2003.

Ing. ROBERTO OSWALDO SALAZAR MARTINEZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9598-3

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDADCONSTRUCCION Y DISEÑO MIGUEL ANGEL GRANADOS, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE SE ABREVIACODIMAG, S.A. DE C. V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,celebrada el día uno de marzo del presente año, en las oficinas de laSociedad, habiendo estado reunidos todos los accionistas que forman elcapital social, de acuerdo a los artículos doscientos treinta y tres ydoscientos cuarenta y tres del Código de Comercio, acordaron de formaunánime: Aumentar el Capital Social Fijo mínimo que actualmente es deVEINTE MIL COLONES a CIEN MIL COLONES, es decir, aumentar-lo en OCHENTA MIL COLONES, mediante la emisión de OCHO-CIENTAS ACCIONES de un valor nominativo de cien colones cadauna, y nombraron como Ejecutor Especial del acuerdo al AdministradorUnico Arquitecto MIGUEL ANGEL GRANADOS SANCHEZ, paraque comparezca ante Notario a otorgar la respectiva escritura de aumentode capital.

Y para los efectos legales consiguientes, extiendo la presente en laciudad de San Salvador, uno de marzo de dos mil tres.

Arq. MIGUEL ANGEL GRANADOS SANCHEZ,

ADMINISTRADOR UNICO

CODIMAG, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 9671-3

AVISO

Se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley, que enJunta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Ferreimar,S.A. de C.V., celebrada en esta ciudad, a las nueve horas, del díaveintiséis de febrero del año dos mil tres, se acordó por unanimidadaumentar el capital mínimo a la suma de CIEN MIL COLONES y fijasel capital social total en la cantidad de CIEN MIL COLONES.

San Salvador, dos de marzo de dos mil tres.

JULIA MARIA FERREIRO DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9703-3

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.AVISO

La suscrita Secretaria de la Sesión de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad Lubricación Máxima, S.A. de C.V., que seabrevia Lubrimax, S.A. de C.V.,

CERTIFICA: que en el libro de Actas de Junta General de Accio-nistas que lleva la Sociedad, se encuentra el Acta Número SEIS celebradaen esta ciudad, a las dieciocho horas del día diecinueve de marzo del añodos mil tres, en cuyo punto único se acordó lo siguiente: “PUNTO UNO:AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL, con el fin de dar cumplimiento alo establecido en el Art. 176 del Código de Comercio se acordó porunanimidad de los accionistas aumentar el Capital Mínimo de la Socie-dad de VEINTE MIL a OCHENTA MIL COLONES MAS, para que elCapital Mínimo de la Sociedad sea de CIEN MIL COLONES, tal comolo establece el Código de Comercio, debiendo tomar el incremento de lasutilidades acumuladas que corresponden a los ejercicios 2000 y 2001,para lo cual se emitirán ochocientas nuevas acciones de valor nominalcien colones cada una, las cuales quedan totalmente suscritas y pagadaspor los accionistas en la proporción que les corresponde. Se autorizacomo Ejecutor Especial de dicho acuerdo y para otorgar ante Notario laescritura correspondiente y demás estructuras del Pacto Social quefuesen necesarios y acordes con el Aumento de Capital al Sr. JACOBOANDRES SEGOVIA, en su calidad de ADMINISTRADOR UNICO yREPRESENTANTE LEGAL de la Sociedad mencionada.

San Salvador, 26 de marzo de 2003

BERNARDA VICTORIA ESPINOZA DE SEGOVIA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9713-3

La suscrito Secretario de la Sesión de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad Grupo Consulta, S.A. de C.V.,

CERTIFICA: que en el libro de Actas de Junta Generar de Accio-nistas que lleva la Sociedad, se encuentra el Acta Número SEIS celebradaen esta ciudad, a las dieciocho horas del día veinte de marzo del año dosmil tres, en cuyo punto único se acordó lo siguiente: “PUNTO UNO:AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL, con el fin de dar cumplimiento alo establecido en el Art. 176 del Código de Comercio se acordó porunanimidad de los accionistas aumentar el Capital Mínimo de la Socie-dad de VEINTE MIL a OCHENTA MIL COLONES MAS, para que elCapital Mínimo de la Sociedad sea de CIEN MIL COLONES, tal comolo establece el Código de Comercio, debiendo tomar el incremento de lasutilidades acumuladas que corresponden a los ejercicios 2000 y 2001,para lo cual se emitirán ochocientas nuevas acciones de valor nominalcien colones cada una, las cuales quedan totalmente suscritas y pagadaspor los accionistas en la proporción que les corresponde. Se autorizacomo Ejecutor Especial de dicho acuerdo y para otorgar ante Notario laescritura correspondiente y demás estructuras del Pacto Social quefuesen necesarios y acordes con el Aumento de Capital al Sr. MAURI-CIO SILFREDO IRAHETA, en su calidad de REPRESENTANTELEGAL de la Sociedad mencionada.

San Salvador, 26 de marzo de 2003

Lic. JACOBO ANDRES SEGOVIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9711-3

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El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad OCEANO, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia OCEA-NO, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en el Acta Número SIETE de Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la Sociedad OCEANO, S.A. DE C.V.,celebrada el día siete de octubre de dos mil dos, en las oficinas de laSociedad, en la que consta que en el punto SEGUNDO, se acordó porunanimidad Aumento del Capital Social Mínimo siendo el CapitalMínimo de la Sociedad de VEINTE MIL COLONES, acuerdan que apartir de esta fecha el Capital Mínimo será de CIEN MIL COLONES, locual es aceptado por los accionistas.

Y para los efectos de los correspondientes trámites legales, extien-do la presente a los trece días del mes de marzo de dos mil tres.

MORENA ARELI GOMEZ QUIJANO,

3 v. alt. No. 9753-3

AVISO

El infrascrito Ejecutor Especial del acuerdo de Junta General Extraordi-naria de Accionistas de la sociedad PROYECTOS DEL CREADOR,S.A. DE C.V., Sociedad Anónima, del domicilio de Nueva San Salvador,de conformidad a lo ordenado en los Artículos 177 y 486 del Código deComercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada en Nueva SanSalvador, a las 09:15 horas del día diez de marzo de 2003, se tomó elACUERDO que literalmente DICE: ““PUNTO UNICO: Modificacióndel Pacto Social en lo relativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD en suCláusula QUINTA, el cual requiere ser AUMENTADO del monto actualde CINCUENTA MIL COLONES a la suma de CIEN MIL COLONES,en cumplimiento a lo establecido en los Artículos ciento noventa y dosNumeral primero, y un mil quinientos sesenta y seis inciso primero delCódigo de Comercio, la cual se resolvió de la siguiente manera: seacuerda por unanimidad aumentar el Capital Social en la suma deCINCUENTA MIL COLONES, para alcanzar un monto total de CIENMIL COLONES, mediante la emisión de CINCUENTA nuevas accionesde MIL COLONES cada una, las cuales los accionistas presentes,haciendo uso de su derecho preferente a suscribirlas, suscriben y paganen efectivo:””

Nueva San Salvador, diez de marzo de dos mil tres.

JOSE MAURICIO CORTEZ AVELAR,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9742-3

AVISO

La intrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la Sociedad FRANSHESKA, S.A. DE C. V.,Sociedad Anónima, del domicilio de San Salvador, de conformidad a loordenado en los Artículos 177 y 486 del Código de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la sociedad, celebrada en Nueva San Salvador, el 25 demarzo de 2003, suscrita ante los oficios del Notario JOSE MAURICIOCORTEZ AVELAR, se tomó el ACUERDO que literalmente DICE:““PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lo relativo alCAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, el cualrequiere ser AUMENTADO del monto actual de VEINTE MIL COLO-NES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a loestablecido en los Artículos Ciento noventa y dos Numeral primero, y Unmil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio.Sometida que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió lamisma de la siguiente manera: se acuerda por unanimidad aumentar elCapital Social en la suma de OCHENTA MIL COLONES, para alcanzarun monto total de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión deOCHOCIENTAS nuevas acciones de CIEN COLONES cada una.””

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

SILVIA DEL CARMEN ESCAMILLA DELGADO,

EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9749-3

AVISOLa intrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la sociedad IMPRESORA LIBERTAD, S.A.DE C.V., Sociedad Anónima, del domicilio de Nueva San Salvador, deconformidad a lo ordenado en los Artículos 177 y 486 del Código deComercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la Sociedad, celebrada en Nueva San Salvador, el 25de marzo de 2003, suscrita ante los oficios del Notario JOSE MAURI-CIO CORTEZ AVELAR, se tomó el ACUERDO que literalmenteDICE: ““PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lo relativoal CAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, el cualrequiere ser AUMENTADO del monto actual de VEINTE MIL COLO-NES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a loestablecido en los Artículos Ciento noventa y dos Numeral primero, y Un

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359mil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio.Sometida que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió lamisma de la siguiente manera: se acuerda por unanimidad aumentar elCapital Social en la suma de OCHENTA MIL COLONES, para alcanzarun monto total de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión deOCHOCIENTAS nuevas acciones de CIEN COLONES cada una.””

Nueva San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

SILVIA DEL CARMEN ESCAMILLA DELGADO,EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9751-3

AVISO

La infrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la sociedad COLORS DRY CLEANING YTINTORERIA, S.A. DE C.V., Sociedad Anónima, del domicilio de SanSalvador, de conformidad a lo ordenado en los Artículos 177 y 486 delCódigo de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la Sociedad, celebrada en San Salvador, a las 16:13horas del día 17 de marzo de 2003, contenido en escritura pública de esamisma hora y fecha, suscrita ante los Oficios de la Notaria ANACORALIA MIRANDA GIRON, se tomó el ACUERDO que literalmen-te DICE: ““PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lorelativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, elcual requiere ser AUMENTADO del monto actual de VEINTE MILCOLONES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a loestablecido en los Artículos Ciento noventa y dos Numeral primero, y Unmil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio.Sometida que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió la mismade la siguiente manera: se acuerda por unanimidad aumentar el CapitalSocial en la suma de OCHENTA MIL COLONES, para alcanzar unmonto total de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de OCHO-CIENTAS nuevas acciones de CIEN COLONES cada una, las cuales losaccionistas presentes, haciendo uso de su derecho preferente a suscribir-las, las suscriben en su totalidad y pagan en efectivo:””

San Salvador, diecisiete de marzo de dos mil tres.

BLANCA MIRIAN LOVO GUARDADO,EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9746-3

AVISO

El infrascrito Ejecutor Especial del acuerdo de Junta General Extraordi-naria de Accionistas de la Sociedad SOBRES DE EL SALVADOR,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, Sociedad anóni-ma, del domicilio de San Salvador, de conformidad a lo ordenado en losArtículos 177 y 486 del Código de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la Sociedad, celebrada en San Salvador, a las 16:54horas del día 21 de marzo de 2003, contenido en escritura pública de esamisma hora y fecha, suscrita ante los oficios de la Notaria ANACORALIA MIRANDA GIRON, se tomó el ACUERDO que literalmen-te DICE: ““PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lorelativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, elcual requiere ser AUMENTADO del monto actual de VEINTE MILCOLONES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a loestablecido en los Artículos Ciento noventa y dos Numeral primero, y Unmil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio.Sometida que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió la mismade la siguiente manera: se acuerda por unanimidad aumentar el CapitalSocial en la suma de OCHENTA MIL COLONES, para alcanzar unmonto total de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de OCHO-CIENTAS nuevas acciones de CIEN COLONES cada una, las cuales losaccionistas presentes, haciendo uso de su derecho preferente a suscribir-las, las suscriben y pagan en efectivo:””

San Salvador, veinticuatro de marzo de dos mil tres.

CARLOS EDUARDO CLADELLAS DURAN,EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9745-3

AVISO

La infrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la sociedad M.C.G. INC., S.A. DE C. V.,Sociedad Anónima, del domicilio de Nueva San Salvador, de conformi-dad a lo ordenado en los Artículos 177 y 486 del Código de Comercio

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la Sociedad, celebrada en Nueva San Salvador, a las15:33 horas del día 19 de marzo de 2003, contenido en escritura públicade esa misma hora y fecha, suscrita ante los oficios de la Notaria ANACORALIA MIRANDA GIRON, se tomó el ACUERDO que literalmen-te DICE: ““PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lorelativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, elcual requiere ser AUMENTADO del monto actual de VEINTE MILCOLONES a la suma de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL COLO-NES, en cumplimiento a lo establecido en los Artículos Ciento noventay dos Numeral primero, y Un mil quinientos sesenta y seis inciso primerodel Código de Comercio. Sometida que fue la agenda a discusión yaprobación se resolvió la misma de la siguiente manera: I) Se acuerda porunanimidad aumentar el Capital Social en la suma de CIENTO VEINTI-TRES MIL COLONES, para alcanzar un monto total de CIENTOCUARENTA Y TRES MIL COLONES, mediante la emisión de UNMIL DOSCIENTOS TREINTA nuevas acciones de CIEN COLONEScada una, las cuales los accionistas presentes, haciendo uso de su derechopreferente a suscribirlas, las suscriben y pagan en efectivo.””

Nueva San Salvador, diecinueve de marzo de dos mil tres.

MARIA CRISTINA GALVEZ FIGARI DE AVELAR,EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. 9743-3

El infrascrito Presidente de La Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la sociedad ESPITIA BARRACHINA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,departamento de San Salvador,

CERTIFICA: que en Acta de sesión número dos de la Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, celebradaen esta ciudad a las ocho horas del día primero de marzo de dos mil tres,que en lo pertinente literalmente DICE: “Se toman los acuerdos siguien-tes: 1) Se procede a modificar el Capital Social Mínimo de la Sociedad,el cual actualmente es de veintiún mil colones, Incrementandolo enSETENTA Y NUEVE MIL COLONES, representado y dividido enSETECIENTAS NOVENTA acciones comunes y nominativas de CIENCOLONES cada una, con lo cual su Capital Social y Mínimo ascenderáa la cantidad de CIEN MIL COLONES””. Es conforme a su original, conel cual fue confrontado. Y para los usos que los interesados estimenconveniente, extiendo y firmo la presente. En la ciudad de San Salvadordiez de marzo de dos mil tres.

PABLO JOSE ESPITIA MARTINEZ,

3 v. alt. No. 9815-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITALLa Intrascrita Secretaria de la Junta General de Accionistas de laSociedad Farmacéuticos Naturales, Sociedad Anónima de Capital Va-riable -FARMANATS, S.A. DE C.V.-, de Nacionalidad Salvadoreña yde este Domicilio, por este medio

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General deAccionistas, aparece Registrada el Acta Numero Diez, de la JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la Ciudad de SanSalvador, a las dieciséis horas con treinta minutos del día seis dediciembre de dos mil dos, que literalmente y en su parte pertinente diceAsí: ““AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL. Se Acuerda Aumentar elCapital Social de FARMANATS, S.A. de C.V. de Once Mil Cuatrocien-tos Veintiocho punto Cincuenta y Siete Centavos de Dólares Estadouni-denses (Cien Mil 00/100 Colones Salvadoreños) a Cincuenta y Siete MilOchocientos Veintiocho punto Cincuenta y Ocho Centavos de DólaresEstadounidenses (Quinientos Seis Mil 00/100 Colones Salvadoreños);de la manera siguiente: el Capital Mínimo de Fundación de Dos MilDoscientos Ochenta y Cinco punto Setenta y Un Centavos de DólaresEstadounidenses (Veinte Mil 00/100 Colones Salvadoreños) a Once MilCuatrocientos veintiocho punto Cincuenta y Siete Centavos de DólaresEstadounidenses (Cien Mil 00/100 Colones Salvadoreños) y, el CapitalVariable de Nueve Mil Ciento Cuarenta y Dos punto Ochenta y SeisCentavos de Dólares Estadounidenses (Ochenta Mil 00/100 ColonesSalvadoreños) a Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos punto un Centavos deDólares Estadounidenses (Cuatrocientos Seis Mil 00/100 Colones Sal-

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.vadoreños). Por tanto, el Aumento del Capital Social sera de Cuarenta ySeis Mil Cuatrocientos punto un Centavos de Dólares Estadounidenses(Cuatrocientos Seis Mil 00/100 Colones Salvadoreños). Con este Au-mento la Sociedad girará con un Capital Social de Cincuenta y Siete MilOchocientos Veintiocho punto Cincuenta y Ocho Centavos de DólaresEstadounidenses (Quinientos Seis Mil 00/100 Colones Salvadoreños)””El Aumento se hace mediante la Capitalización de Veintinueve MilOchocientos Veintiocho punto Cincuenta y Ocho Centavos de DólaresEstadounidenses (Doscientos sesenta y Un Mil 00/100 Colones Salvado-reños), de los Resultados de los Ejercicios Dos Mil y Dos Mil Uno, segunlos Cálculos respectivos; y, el Aporte por compensación de créditos quetiene contra la Sociedad ,el señor JOSE ROBERTO CATIVO, porDieciséis Mil Quinientos setenta y uno punto cuarenta y tres centavos deDólares Estadounidenses (Ciento Cuarenta y Cinco Mil 00/100 ColonesSalvadoreños). Totalizando, el valor de Cuarenta y Seis Mil Cuatrocien-tos punto un Centavos de Dólares Estadounidenses (Cuatrocientos SeisMil 00/100 Colones Salvadoreños). Se emitirán Cuatrocientos Seisnuevas Acciones de Ciento Catorce punto Veintinueve Centavos deDólares Estadounidenses ( Un Mil 00/100 Colones Salvadoreños) Cadauna. Se ha Nombrado como Ejecutor del Acuerdo al Gerente General deFARMANATS, S.A. DE C.V., el señor SALOMON VALLADARESTORRES.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero de dos miltres.

ANA SILVIA BOLAÑOS DE VALLADARES,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9809-3

El infrascrito Presidente de La Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad MUEBLES METALICOS MAGAÑA,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio deSoyapango, departamento de San Salvador.

CERTIFICA: que en Acta de sesión número nueve de la JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad,celebrada en esta ciudad a las ocho horas del día primero de marzo de dosmil tres, que en lo pertinente literalmente DICE: “Se toman los acuerdossiguientes: 1) Se procede a modificar el Capital Social Mínimo de laSociedad, el cual actualmente es de veinte mil colones, incrementandoloen OCHENTA MIL COLONES, representado y dividido en ochocientasacciones comunes y nominativas de CIEN COLONES cada una, con locual su Capital Social y Mínimo ascenderá a la cantidad de CIEN MILCOLONES” representado y dividido en mil acciones comunes y nomi-nativas de CIEN COLONES cada una. Es conforme a su original, con elcual fue confrontado. Y para los usos que los interesados estimenconveniente, extiendo y firmo la presente. En la ciudad de Soyapangodiez marzo de dos mil tres.

LUIS ALBERTO MAGAÑA MONROY,PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9814-3

El infrascrito Administrador Unico Suplente de la Sociedad: "CARLETYS.A. DE C. V.",

CERTIFICA: que en el Libro de ACTAS DE JUNTA GENERALDE ACCIONISTAS, se lee en la ACTA No 72 el siguiente, PUNTOUNICO que dice: aplicación de las Utilidades obtenidas por la Sociedaden el ejercicio que concluyera el treinta y uno de diciembre del año dosmil, y que ascendiera al valor de TREINTA Y TRES MIL DOSCIEN-TOS TRECE DOLARES CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS.Se acuerda por unanimidad aplicarlas de la siguiente manera:Se CAPITALIZARAN, OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNueve mil ciento cuarenta y dos dólares con ochenta y cuatro centavospor lo que se suscribirán, Ochocientas acciones de nominal, Ciencolones cada una, aplicándolas a los accionistas así; a doña Leticia Selvade Carballo, y don Carlos Gilberto Carballo Carballo, Veintiún miltrescientos colones, equivalentes a Dos mil cuatrocientos treinta ycuatro dólares con veintiocho centavos e igual a doscientos treceacciones, a cada uno; al Lic. Carlos Gilberto Carballo Selva, y a la Licda.Claudia Leonor Carballo de Torres, Dieciocho mil setecientos colones,equivalentes a Dos mil ciento treinta y siete dólares con catorcecentavos, e igual a Ciento ochenta y siete acciones, a cada uno .ELPRESENTE AUMENTO AL CAPITAL SOCIAL SE APLICARA ALA AMPLIACION DEL CAPITAL MINIMO.

Se DISTRIBUIRAN EN EFECTIVO, LA DIFERENCIA o sea,DOSCIENTOS ONCE MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO COLO-NES CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS, equivalentes a Veinti-cuatro mil ciento treinta dólares con noventa centavos, de la siguientemanera; a doña Leticia Selva de Carballo y a don Carlos GilbertoCarballo Carballo, Cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y cinco

colones con setenta y cinco centavos, equivalentes a Seis mil cuatrocien-tos cuarenta y nueve dólares con ochenta centavos, a cada uno; al Lic.Carlos Gilberto Carballo Selva, y a la Licda. Claudia Leonor Carballo deTorres, el valor de Cuarenta y nueve mil ciento treinta y seis colones,con noventa y cuatro centavos, equivalentes a Cinco mil seiscientosquince dólares con sesenta y cinco centavos, a cada uno;

Y para los efectos legales correspondientes extiendo la presente enla ciudad de San Salvador a los veintiocho días del mes de marzo del añodos mil tres.

CARLOS GILBERTO CARBALLO CARBALLO,ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE.

3 v. alt. No. 11058-3

AVISO

La administración de la Sociedad “CONCEPTOS ACTUALES, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” que se puede abreviar“CONACTUAL, S.A. DE C. V.”

HACE SABER: que en Acta de Asamblea General Extraordinaria,celebrada el día dieciocho de marzo de dos mil tres, a las diecisiete horas,en donde se tomó el acuerdo de aumentar el Capital Mínimo de laSociedad en OCHENTA MIL 00/100 COLONES (¢80,000.00), a efectode que el nuevo Capital Mínimo de la Sociedad sea de CIEN MIL 00/100COLONES (¢l00,000.00). Dicho aumento de Capital se efectuara me-diante la emisión de ochocientas acciones nominativas de cien colones(¢100.00) cada una, que se tomaran del Capital Variable que a la fechaes de ¢80.000 y está totalmente suscrito y pagado.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

BLANCA DE LOS ANGELES VELARDE MAZZINI,DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9844-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de «BATERIAS DE EL SALVADOR, S.A. DEC.V.», por este medio convoca a todos sus accionistas a celebrar JuntaGeneral Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a las dieciséis horasdel día VEINTIDOS DE ABRIL DE DOS MIL TRES, en las oficinas dela Sociedad, ubicadas en la 25 Avenida Sur, No. 750, San Salvador,conforme a la siguiente agenda:

PUNTO UNICO.

ELECCION DE LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIE-DAD.

El quórum necesario para conocer sobre el punto de carácterordinario, será la mitad más uno de las acciones que conforman el capitalsocial de la Sociedad y para tomar resolución se necesitará la mayoría delas acciones presentes o representadas.

Si la Junta no se pudiera reunir en el lugar, día y hora indicada porfalta de quórum, se convoca por segunda vez para celebrar la sesiónconforme a la agenda anterior, en la misma dirección de la primeraconvocatoria, a las dieciséis horas del día veintitrés de abril de dos miltres. En esta ocasión, para conocer el punto de carácter ordinario, seformará quórum con cualquiera que fuere el número de acciones presen-tes o representadas, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de votosde los que asistan.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil tres.

Ing. RONALD ANTONIO LACAYO ARGUELLO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9770-3

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359AVISO

Yo, CARLOS ROBERTO VASQUEZ AREVALO, como Repre-sentante Legal de la Sociedad "C.R. VAKER, Sociedad Anónima deCapital Variable" que se abrevia C.R. VAKER, S.A. DE C.V., deldomicilio de San Salvador, departamento de San Salvador.

HACE SABER: que para darle cumplimiento al Decreto Legisla-tivo No. 826 de fecha 26 de enero de 2000, Artículo 103 referente a lasReformas del Código de Comercio en lo concerniente al Capital Mínimo,se celebró sesión de Asamblea General de Accionistas aprobaron elAUMENTO de CAPITAL SOCIAL de ¢20,000.00 a ¢100,000.00,según consta en Acta Número Diez de fecha 25 de noviembre de dos mildos.

Se aumentaron ¢80,000, para reformar un Capital Mínimo de¢100,000, dividido en Ochocientas Acciones de cien colones cada una,de acuerdo a nuevo Decreto.

San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre del año dosmil dos.

CARLOS ROBERTO VASQUEZ AREVALO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 9884-3

AVISO

La Infrascrita Representante Legal de la Caja de Crédito Rural deAguilares, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capi-tal Variable del domicilio de Aguilares, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de accionis-tas celebrada en esta cuidad, a las dieciséis horas con treinta minutos deldía veintidós de marzo de dos mil tres, se acordó: AUMENTAR el actualCapital Social Mínimo de cinco mil setecientos sesenta colones ennoventa y cuatro mil doscientos cuarenta colones, equivalente a diez milsetecientos setenta 28/100 dólares.

Para efecto de este aumento se trasladará del Capital Variable alCapital Mínimo la suma mencionada, quedando el Capital Social Míni-mo en cien mil colones equivalentes a once mil cuatrocientos veintiocho57/100 dólares.

Aguilares, veinticinco de marzo del año dos mil tres.

MARIA MILADYS ARTOLA DE FIGUEROA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 9847-3

AVISO

La Sociedad Industrias LAFRAM, S.A.DE C.V.

HACE SABER: que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria deAccionistas número uno de fecha quince de noviembre de dos mil,acordó aumentar su capital en su parte fija en: ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETECENTAVOS.

San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

JOSE FRANCISCO LARA MONGE,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 9899-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El Infrascrito Administrador Unico de La Sociedad AUDITORESY CONSULTORES CHAVARRIA LARA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE.

HACE SABER: que en cumplimiento al Artículo Ciento Setenta ySeis del Código de Comercio a las nueve horas del día 20 de marzo delaño dos mil tres. Se llevó a cabo la Junta General Ordinaria de Accionis-tas y en ella se acordó por unanimidad aumentar el capital mínimo en lasuma de ochenta mil colones para que dicho capital sea de Cien MilColones debiéndose tomar el INCREMENTO así: tomando de lasutilidades retenidas de los ejercicios siguientes según detalle a continua-ción ejercicio 2000 ¢ 14,822.26 ejercicio 2001 ¢ 10,976.35 formando unmonto de utilidades capitalizadas de ¢ 25,798.61 y la diferencia que espor un monto de ¢ 54,201.39 será pagado en el plazo de cinco añoscontados a partir de esta fecha.

Con este aumento el Capital Social Mínimo de la Sociedad será de:cien mil colones, será totalmente suscrito y pagado en las condicionesantes mencionadas por lo que se hace del conocimiento del público paraefectos legales correspondientes.

San Salvador, 20 de marzo del año dos mil tres.

Lic. HUGO ERICK CHAVARIA PINO,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 9904-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

Sociedad INVERSIONES PRECISAL SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE.

HACE SABER: que en cumplimiento al Artículo Ciento Setenta ySeis del Código de Comercio a las 9 horas del día 20 de marzo del añodos mil tres. Se llevó a cabo la Junta General Ordinaria de Accionistas dela Sociedad INVERSIONES PRECISAL SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE. Y en ella se acordó por unanimidad aumentarel capital mínimo en la suma de ochenta mil colones para que dichocapital sea de cien mil colones debiendo tomar el INCREMENTO así:tomando de las utilidades retenidas de los ejercicios 1994, 1995, 1996,2001, la cantidad de ¢ 47,501.04 y la diferencia que es por un monto de¢ 32,498.96 será pagado en el plazo de Cuatro Años contados a partir deesta fecha. Con este aumento de Capital Social Mínimo de la SociedadINVERSIONES PRECISAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE será de: cien mil colones, será totalmente suscrito y paga-dero en las condiciones antes mencionadas por lo que se hace delconocimiento público para los efectos legales correspondientes.

San Salvador, 20 de marzo del año dos mil tres.

Lic. HUGO ERICK CHAVARRIA PINO,

AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. No. 9901-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El Infrascrito Administrador Unico de : SINDYLA SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE.

HACE SABER: que en cumplimiento al Artículo Ciento Setenta ySeis del Código de Comercio a las Nueve Horas del día treinta y uno demayo del año dos mil dos. Se llevó a cabo la Junta General Ordinaria deAccionistas de la Sociedad SINDYLA SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, y en ella se acordó por unanimidad capitalizarla cantidad de ciento ochenta mil colones exactos de las utilidadesacumuladas de los ejercicios 1996,1997. Estableciendo un nuevo capitalde ¢ 200,000.00 quedando totalmente suscrito y pagado, por lo que sehace del conocimiento del público para los efectos legales correspon-dientes.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil.

GLORIA HAYDE AMAYA MEJIA,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 9905-3

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL DE LA SOCIEDAD

TORA S.A.DE C.V.

En cumplimiento a lo establecido por el Artículo mil quinientos sesentay seis -reformado- del Código de Comercio, el cual contiene la obliga-ción de adecuar los capitales mínimos de las Sociedades según sedetermina; y atendiendo lo indicado por el artículo cuatrocientos ochentay seis del mismo Código, se comunica que en junta General Extraordi-naria de Accionistas de la Sociedad TORA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TORA, S.A. DE C.V.Sociedad Salvadoreña, celebrada el día diecisiete de marzo de dos miltres, en las oficinas administrativas de la Sociedad, encontrándosereunidos la totalidad de accionistas que conforman el capital social, sinconvocatoria previa, se acordó en forma unánime, incrementar el capitalmínimo de la Sociedad de VEINTE MIL COLONES equivalentes a DOSMIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES SETENTA YUN CENTAVOS DE DOLAR a CIEN MIL COLONES equivalentes aONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CIN-CUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR. Las cantidades expresa-das en dólares se refiere a moneda de Estados Unidos de América. Seacordó además que el incremento se realice de la siguiente forma: a)Trasladar del capital variable la cantidad de TREINTA Y CUATRO MILCOLONES equivalentes a TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA YCINCO DOLARES SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR; b)Capitalizar saldo de utilidades por aplicar de los ejercicios mil novecien-tos noventa y cuatro, dos mil, dos mil uno y dos mil dos, hasta por lacantidad de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA YTRES COLONES CINCUENTA Y UN CENTAVOS DE COLON queequivalen a CUATRO MIL CIENTO SEIS DOLARES SESENTA YNUEVE CENTAVOS DE DOLAR; y c) Llamamiento de capital enefectivo por la cantidad de DIEZ MIL SESENTA Y SEIS COLONESCUARENTA Y NUEVE CENTAVOS DE COLON equivalentes a MILCIENTO CUARENTA DOLARES CUARENTA Y SEIS CENTAVOSDE DOLAR. Consecuentemente se acordó modificar el Pacto Socialdebiendo seguirse para ello, el trámite legal correspondiente para cuyosefectos se designó como Ejecutor Especial de los acuerdos al señorTOMAS REGALADO DUEÑAS y se le facultó para comparecer anteNotario al otorgamiento de la correspondiente escritura pública yrealizar los demás trámites legales consecuentes.

Antiguo Cuscatlán, 21 de marzo del año 2003.

DR. JOSE RAMON GONZALEZ SUVILLAGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9906-3

AVISO

Yo, PABLO EDUARDO RAMIREZ, como Representante Legal de laSociedad «Farmacia El Rosario, Sociedad Anónima de Capital Varia-ble» que se abrevia FARMACIA EL ROSARIO S.A.DE C.V., deldomicilio de Nueva Concepción departamento de Chalatenango.

HACE SABER: que para darle cumplimiento al Decreto Legisla-tivo No. 826 de fecha 26 de enero de 2000, Artículo 103 referente a lasReformas del Código de Comercio en lo concerniente al Capital Mínimo,se celebró sesión de Asamblea General de Accionistas, aprobaron elAUMENTO DE CAPITAL SOCIAL de ¢ 20,000.00 a ¢ 100,000.00,según consta en Acta Número Seis de fecha 16 de diciembre del dos mildos.

Se aumentaron ¢ 80,000.- para reformar un Capital Mínimo de¢100,000.- dividido en Ochocientas Acciones de Cien Colones cadaUna, de acuerdo a nuevo Decreto.

San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre del año dosmil dos.

PABLO EDUARDO RAMIREZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 9887-3

AVISO

BANCO PROMERICA, S.A. comunica que en sus oficinas ubicadas en71 Av. Sur y Paseo General Escalón, San Salvador, se ha presentado elpropietario del Certificado número 468 por un valor de $ 24,470.00 con

fecha de vencimiento 18 de mayo de 2003, solicitando la Reposición delmismo por haber sido extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento delpúblico en general, para los efectos del caso.

Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de esteaviso y si no hubiera ninguna oposición se procederá a reponer elCertificado en referencia.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de marzo de 2003.

Lic. YOLANDA DE ORTIZ,

Gerente de Agencia Escalón.

3 v. alt. No. 9915-3

CONVOCATORIA

La Administradora Unica Suplente de la Sociedad CENTRO DE IMA-GENES Y RESONANCIA MAGNETICA, S.A. DE C. V., convoca a susAccionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria de Accio-nistas, que se celebrará a partir de las nueve horas del día veinticinco deabril del año dos mil tres, en la sede legal de la Sociedad ubicada enVeintisiete Avenida Norte número 1149, de la ciudad de San Salvador.

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

1) Establecimiento del Quórum;

2) Lectura del Acta de la Sesión anterior;

3) Presentación de la Memoria de Labores de la Administración.

4) Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad,correspondientes al ejercicio económico del año 2002.

5) Presentación del Informe del Auditor Externo.

6) Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7) Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

8) Aplicación de las Utilidades.

La Junta General se considerará legalmente instalada al encontrar-se presentes y representados los porcentajes legales de las SESENTA YDOS MIL ACCIONES (62.000) que conforman el capital social, así:

Para la primera convocatoria, con la asistencia y representación dela mitad más una de las acciones o sea TREINTA Y UN MIL UNAACCIONES y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votospresentes.

Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la JuntaGeneral Ordinaria en segunda convocatoria, a las diez horas del díaveinticinco de abril de este mismo año, en el mismo lugar señalado parala primera convocatoria.

Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituidocualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y lasresoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.

San Salvador, veintiséis de marzo del año 2003.

MORENA GUADALUPE DIAZ PORTILLO,

ADMINISTRADORA UNICA SUPLENTE

CENTRO DE IMAGENES Y

RESONANCIA MAGNETICA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 10050-3

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

la Junta Directiva de CORPORACION DESARROLLO, S.A., convocaa los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, en las oficinas de la Sociedad ubicadas en la91 Avenida Norte y 7a. Calle Poniente # 4642, Colonia Escalón, SanSalvador, a las diecisiete horas del día quince de mayo del dos mil tres,para conocer y resolver la siguiente agenda:

I. Verificación del Quórum

II. Lectura del Acta Anterior

III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarro-lladas durante el ejercicio comprendido del 1o. de enero al 31de diciembre del 2002.

IV. Lectura y discusión del Balance General y Estado de Resul-tados al 31 de diciembre del 2002.

V. Informe del Auditor Externo

VI. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

VII. Aplicación de Resultados

VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honora-rios.

IX. Cualquier asunto que propongan los accionistas y que puedadiscutirse de conformidad a la ley.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmentereunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar presentes orepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones que formanel Capital Social y las resoluciones serán válidas con la mayoría de losvotos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la horay fecha expresada, se cita por segunda vez a las diecisiete horas del díadieciséis de mayo del presente año, en el mismo lugar, pudiendocelebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes orepresentadas, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votospresentes.

San Salvador, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil tres.

RAMON AVILA QUEHL,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9710-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ZONA FRANCA EL PEDREGAL, S.A., convocaa los señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, en las oficinas de la Sociedad ubicadas enKilómetro 46 1/2 Carretera a la Herradura, El Rosario, Departamento deLa Paz, a las nueve horas del día veintitrés de mayo del año dos mil tres,para conocer y resolver la siguiente agenda:

I Verificación del Quórum.

II. Lectura del Acta Anterior.

III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarro-lladas durante el ejercicio comprendido del 1° de enero al 31de diciembre del 2002.

IV. Lectura y Discusión del Balance General y Estado de Resul-tados al 31 de diciembre del 2002.

V. Informe del Auditor Externo.

VI. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Hono-rarios.

VII. Aplicación de Resultados.

VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Honora-rios.

IX. Elección de Junta Directiva.

X. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que puedadiscutirse de conformidad a la ley.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmentereunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar presentes orepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones que formanel Capital Social y las resoluciones serán válidas con la mayoría de losvotos presentes o representados.

Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se citapor segunda vez a las nueve horas del día veinticuatro de mayo delpresente año, en el mismo lugar, pudiendo , celebrarse con cualquiera quesea el número de acciones presentes o representadas, y las resolucionesse tomarán por la mayoría de los votos presentes.

El Rosario, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil tres.

MARIA TERESA ORELLANA DE RENDON,

DIRECTORA PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9716-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de FINAPESA, S.A., convoca a los señores accionis-tas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONIS-TAS, en las oficinas de la Sociedad ubicadas en la 91 Avenida Norte y7a. Calle Poniente # 4642, Colonia Escalón, San Salvador, a las dieciséishoras del día quince de mayo del dos mil tres, para conocer y resolver lasiguiente agenda:

I. Verificación del Quórum.

II. Lectura del Acta Anterior.

III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarro-lladas durante el ejercicio comprendido del 1o. de enero al 31de diciembre del 2002.

IV. Lectura y discusión del Balance General y Estado de Resul-tados al 31 de diciembre del 2002.

V. Informe del Auditor Externo.

VI. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

VII. Aplicación de Resultados.

VI. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Honora-rios

IX. Cualquier asunto que propongan los accionistas y que puedadiscutirse de conformidad a la ley.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmentereunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar presentes orepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones que formanel Capital Social y las resoluciones serán válidas con la mayoría de losvotos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la horay fecha expresada, se cita por segunda vez a las dieciséis horas del díadieciséis de mayo del presente año, en el mismo lugar, pudiendocelebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes orepresentadas, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de votospresentes.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.San Salvador, a los veintiún días del mes marzo del dos mil tres.

RAMON AVILA QUEHL,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9712-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de PARCELACIONES DESARROLLO., S. A.,convoca a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERALORDINARIA DE ACCIONISTAS, en las oficinas de la Sociedadubicadas en la 91 Avenida Norte y 7a. Calle Poniente # 4642, ColoniaEscalón, San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del díaquince de mayo del dos mil tres, para conocer y resolver la siguienteagenda:

I. Verificación del Quórum

II. Lectura del Acta Anterior

III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarro-lladas durante el ejercicio comprendido del 1o. de enero al 31de diciembre del 2002.

IV. Lectura y discusión del Balance General y Estado de Resul-tados al 31 de diciembre del 2002.

V. Informe del Auditor Externo

VI. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

VII. Aplicación de Resultados

VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honora-rios.

IX. Elección de Junta Directiva

X. Cualquier asunto que propongan los accionistas y que puedadiscutirse de conformidad a la ley.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmentereunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar presentes orepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones que formanel Capital Social y las resoluciones se tomarán como válidas con lamayoría de los votos presentes o representados. Caso que no hubiereQuórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a lasdieciséis horas y treinta minutos del día dieciséis de mayo del presenteaño, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas, y las resoluciones setomarán por la mayoría de votos presentes.

San Salvador, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil tres.

JUAN FEDERICO SALAVERRIA PRIETO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 9718-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035963

ESTABLECIMIENTO 2001035963- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ALDANA DEMANCIA, ENA GUILLERMINA en su calidad de Representante Legalde la sociedad SERVICIOS VIALES DIVERSOS MANCIA RAMI-REZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puedeabreviarse SEVIDIMAR, S.A. DE C.V., nacionalidad SALVADORE-ÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social estáinscrita bajo el número 46 del libro 1603 del Registro de Sociedades delRegistro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0210-130101-102-2, ha presentado solicitud a las doce horas y dieciséisminutos del día cinco de julio de dos mil uno. Con la cual se otorgaronlos Asientos de Empresa No 2001035963 y Establecimiento No2001035963- 001; a favor de la Empresa denominada SERVICIOSVIALES DIVERSOS MANCIA RAMIREZ, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a : MANTENIMIENTO YCONSTRUCCION DE CARRETERAS, con dirección en FINAL 17AVENIDA SUR Y BY PASS, COLONIA AMAOS, No 13 SANTAANA del domicilio de SANTA ANA, cuyo activo asciende a NOVEN-TA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE DOLA-RES CON 99/100 $ 99,999.99 y que tiene el(los) establecimiento(s)siguiente(s): 001-) SEVIDIMAR,S.A. DE C.V. ubicado en FINAL17 AVENIDA SUR Y BY PASS No. 13, COLONIA AMAOS # 13

SANTA ANA Y del domicilio de SANTA ANA.Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.San Salvador, catorce de marzo de dos mil tres.

LIC. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 9909-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002041970ESTABLECIMIENTO 2002041970- 001EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ABULLARADEDE LOPEZ, SABINA ELENA en su calidad de Representante Legal dela sociedad EXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y SERVICIOS,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abre-viarse EIS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajoel número 20 del libro 1747 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-071002-102-1, ha presentado solicitud a las once horas y veintinueve minutos del díasiete de noviembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientosde Empresa No 2002041970 y Establecimiento No 2002041970- 001; afavor de la empresa denominada EXPORTACIONES, IMPORTACIO-NES Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a BISUTERIA, con dirección en 27 AVENIDANORTE Y 23 CALLE PONIENTE, EDIFICIO I-113 MEDIC. LAESPERANZA, SAN SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR,cuyo activo asciende a CIEN MIL COLONES CON 00/100 ¢100,000.00y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) EXPORTA-CIONES, IMPORTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V. ubicadoen 27 AVENIDA NORTE Y 23 CALLE PONIENTE, EDIFICIO I-113MEDIC. LA ESPERANZA, SAN SALVADOR, del domicilio de SANSALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.San Salvador, diez de enero de dos mil tres.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 9924-3

CONVOCATORIADe acuerdo con el Pacto Social y previo acuerdo de la Junta Directiva deParcelaciones Universales, S.A. de C.V. (PARCELARES), se convocaa los señores Accionistas para celebrar Junta General Ordinaria el díamartes 29 de abril de 2003 en 3a. Calle Poniente No. 4056, entre 77 y 79Avenida Norte, Edificio Maya Cristal, Local No. 3, Colonia Escalón deesta ciudad a las quince horas.

Se necesitará la concurrencia directa o por representación de nomenos de 6.005 Acciones. Si no se celebrara esta sesión por falta dequórum, por este medio se convoca para una hora después, o sea a lasdieciséis horas del mismo día martes 29 de abril de 2003, hora en que secelebrará la sesión con los Accionistas presentes y/o representados y lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos.

AGENDA: I. Establecimiento del quórum. II. Lectura y Aprobación delActa anterior. III. Lectura y Aprobación de la Memoria de Labores de laJunta Directiva del período comprendido del 1o. de enero al 31 dediciembre de 2002. IV. Balance General al 31 de diciembre de 2002 yEstado de Ganancias y Pérdidas del 1o. de enero al 31 de diciembre de2002. V. Informe del Auditor Externo. VI. Nombramiento del Primeroy Segundo Director Propietario. VII. Nombramiento del Auditor Exter-no y Fijación de sus emolumentos. VIII. Discusión de las Actuaciones dela Junta Directiva para Aprobarlas o Improbarlas. IX. Aplicación deResultados. X. Cualquier otro asunto que de acuerdo al Pacto Social y ala Legislación pueda ser legalmente tratado.

San Salvador, 17 de marzo de 2003.PARCELACIONES UNIVERSALES, S.A. de C.V.

Lic. WOLF HENRICH VON HUNDELSHAUSEN,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 7307-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ASIENTO DE EMPRESA 2002041428

ESTABLECIMIENTO 2002041428- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PADILLAPINTO, RAFAEL ANTONIO en su calidad de Representante Legal dela sociedad PASPORT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que puede abreviarse PASPORT, S.A. DE C.V., de nacionali-dad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyaescritura social está inscrita bajo el número 42 del libro 1684 del Registrode Sociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 0614-100102-105-7, ha presentado solicitud a las doce horasy cuarenta y nueve minutos del día veintitrés de octubre de dos mil dos.Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No 2002041428 yEstablecimiento No 2002041428- 001; a favor de la Empresa denomina-da PASPORT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, lacual se dedica a , con dirección en BOULEVARD LOS HEROES #166-A, TORRE ROBLES, SAN SALVADOR del domicilio de SAN SAL-VADOR, cuyo activo asciende a VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOSCINCUENTA Y SIETE DOLARES CON 14/100 $ 22,857.14 y quetiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) PASPORT, S.A. DEC.V. ubicado en BOULEVARD LOS HEROES #166-A, TORRE RO-BLES, SAN SALVADOR, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil tres.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 9852-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001021165

ESTABLECIMIENTO 2001021165- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOCELASCO OBERHOLZER en su calidad de Representante Legal de lasociedad TERMOFORMADOS MODERNOS, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede AbreviarseTERMOFORMADOS MODERNOS, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, del domicilio de LA LIBERTAD, cuya escriturasocial está inscrita bajo el número 00028 del Libro 0803 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria : 0614-300791-104-9, ha presentado solicitud a las quincehoras y doce minutos del día treinta de julio del año dos mil uno. Con lacual se otorgaron los Asientos de Matrícula de Empresa No 2001021165y Establecimiento No 2001021165-1; a favor de la Empresa denominadaTERMOFORMADOS MODERNOS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION y DISTRI-BUCION DE PRODUCTOS PLASTICOS DESECHABLES, con di-rección en KM. l0 1/2 CARRETERA A LA LIBERTAD, NUEVA SANSALVADOR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD cuyo activo esde CUATRO MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NO-VENTA Y NUEVE 49/100 Dólares ($4,068,199.49); y que tiene unEstablecimiento Comercial denominado 1-) TERMOFORMADOSMODERNOS, S.A. DE C.V. ubicado en KM 10 1/2 CARRETERA A LALIBERTAD, NUEVA SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE LALIBERTAD.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinte de agosto del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 9705-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002031487

ESTABLECIMIENTO 2002031487- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina, se ha presentado TRUJILLOQUINTANILLA, OSCAR ANTONIO, de nacionalidad SALVADO-REÑA, con dirección 2a. Calle Poniente, # 5-1, Santa Tecla, y deldomicilio de NUEVA SAN SALVADOR, con Número de IdentificaciónTributaria: 0503-130170-102-1, ha presentado solicitud a las trece horasy veintiséis minutos del día veintiuno de marzo de dos mil dos. Con lacual se otorgaron los Asientos de Empresa No 2002031487 y Estableci-miento No. 2002031487-001; a favor de la Empresa denominada SER-VICIO AUTOMOTRIZ QUINTANILLA, la cual se dedica a MANTE-NIMIENTO y REPARACION AUTOMOTRIZ, con dirección en 2a.CALLE PONIENTE # 5-1, SANTA TECLA, del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL TRESCIEN-TOS CINCUENTA Y SEIS DOLARES CON 74/100 $11,356.74 y quetiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) SERVICIO AUTO-MOTRIZ QUINTANILLA ubicado en 2a. CALLE PONIENTE # 5-1,NUEVA SAN SALVADOR DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiséis de julio de dos mil dos.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 9677-3

Distintivo: UBRESEC.

Clase: 05.

Exp.: 012001017675

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad deAPODERADO GENERAL JUDICIAL de la Sociedad UNIPHARMDE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

UBRESEC

consisten en: la palabra UBRESEC.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

Dr. ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9874-3

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Distintivo: UNITOCINA.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012001017680.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

UNITOCINA

Consistente en: la palabra UNITOCINA.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9870-3

Distintivo: UNITASOL.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012001017678.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

UNITASOL

Consistente en: la palabra UNITASOL.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9867-3

Distintivo: UNIBENZOL.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012001017677.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

UNIBENZOL

Consistente en: la palabra UNIBENZOL.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9871-3

Distintivo: TARSOL.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012002022736.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO deUNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

TARSOL

Consistente en: la palabra TARSOL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ochodías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9875-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: TRES CORONAS Y DISEÑO.

Clase: 03.

Nº de Exp.: 012000007684.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad deAPODERADO ESPECIAL de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA,de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras TRES CORONAS Y DISEÑO.

La solicitud fue presentada el día once de octubre de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tresdías del mes de mayo de dos mil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9877-3

Distintivo: SPHERES.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012002022735.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO deUNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

SPHERES

Consistente en: la palabra SPHERES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ochodías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9878-3

Distintivo: PYROPLASFIN B12.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012001017673.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad deAPODERADO de la Sociedad Unipharm de El Salvador, S.A. DE C.V.,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PYROPLASFIN B12

Consistente en: la expresión PYROPLASFIN B12.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9881-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002023131.

Nº de Pres.: 20020023131.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

PROTOZYD

Consistente en: PROTOZYD, escrita en letras estilizadas todasmayúsculas.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, once dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9882-3

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002023135.

Nº de Pres.: 20020023135.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

PODEKConsistente en: PODEK, escritas en letras estilizadas todas mayús-

culas.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, once dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9883-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002023136.

Nº de Pres.: 20020023136.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia:UNIPHARM DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

PENIVETINConsistente en: PENIVETIN, escritas en letras estilizadas todas

mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, quince dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9886-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2001017665.

Nº de Pres.: 20010017665.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

CIFLOCIN

Consistente en: la palabra CIFLOCIN, escrita en letras comunestodas mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9890-3

Distintivo: NOVADOXINA.

Clase: 05.

Nº de Exp.: 012001020012.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIOENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, S. A. DEC. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NOVADOXINA

Consistente en: la palabra NOVADOXINA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre de dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los seisdías del mes de diciembre de dos mil uno.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9888-3

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Nº de Exp.: 012001017671.

Distintivo: LOWEX.

Clase: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad deAPODERADO de la Sociedad Unipharm de El Salvador, S.A. de C.V.,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LOWEX

Consistente en la palabra LOWEX.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de septiembre de dos mil uno.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9889-3

Nº de Exp.: 2002026924.

Nº de Pres.: 20020028088.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINAARACELY GARAY DE DABOUB, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de CENTRAL DE REPUESTOS, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: CERE, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRECOMERCIAL,

Consistente en: la palabra CERESA y diseño, que servirá para:DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL Y COMER-CIAL, DEDICADO A LA IMPORTACION Y MANUFACTURACIONDE RESORTES AUTOMOTRICES Y SUS ACCESORIOS, UBICA-DO EN BOULEVARD TUTUNICHAPA #347, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9936-3

Nº de Exp.: 2001020266.

Nº de Pres.: 20010020266.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIACAROLINA LOPEZ MOREIRA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de COMBINO PHARM, S.L., de nacionalidad ESPAÑO-LA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

COMBINO PHARM

Consistente en: la palabra COMBINO PHARM, escrita en letras desin ninguna carácter especial.

La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9865-3

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Nº de Exp.: 1990002287.

Nº de Pres.: 20020032300.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIACAROLINA LOPEZ MOREIRA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO de LANCASCO SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00154 delLibro 00018 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAPALABRA FERROLAN; que ampara productos comprendidos en laClase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos miltres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9864-3

Nº de Exp.: 1990001179.

Nº de Pres.: 20020032298.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIACAROLINA LOPEZ MOREIRA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO de LANCASCO SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00151 delLibro 00018 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAPALABRA HULCER; que ampara productos comprendidos en la Clase05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los diez días del mes de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9861-3

Nº de Exp.: 1982001240.

Nº de Pres.: 20030034296.

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 delLibro 00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA EXPRE-SION ORFABRON; que ampara productos comprendidos en la Clase 05de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 9851-3

Nº de Exp.: 2003031076.

Nº de Pres.: 20030035145.

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GUADALUPEMAYORAL GARCIA, en su calidad de APODERADO de CAMARA

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

NACIONAL DE COMERCIO SERVICIOS Y TURISMO DE MERIDA,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Ki-Huic y diseño.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9764-3

Nº de Exp.: 2002028596.

Nº de Pres.: 20020030756.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LOS TEQUES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia: TEQUE, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Consistente en: las palabras SAM HOUSTON STEAK AND

SMOKE HOUSE, que se traduce CASA DE ASADOS Y AHUMADOS

DE SAN HOUSTON, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRE-

SA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE BAR,

RESTAURANTE Y CERVECERIA, UBICADA EN KILOMETRO

CINCO Y MEDIO, CARRETERA A LOS PLANES DE RENDEROS,

NUMERO QUINIENTOS ONCE, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, once de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9786-3

Nº de Exp.: 2003030588.

Nº de Pres.: 20030034324.

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de GBM DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-

tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión GSS Solution & Service.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9783-3

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Nº de Exp.: 2003030344.

Nº de Pres.: 20030033992.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOS

JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de

FARMACEUTICA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA.

(INFARMA), de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el regis-

tro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DOXMEN

Consistente en: la palabra DOXMEN.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9787-3

Nº de Exp.: 2003030840.

Nº de Pres.: 20030034739.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOS

JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS KIN, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

TRIAMKIN

Consistente en: la palabra “TRIAMKIN”.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9789-3

Nº de Exp.: 2003030839.

Nº de Pres.: 20030034738.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOS

JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS KIN, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

NISTAKIN

Consistente en: la palabra “NISTAKIN”.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 9785-3

DIARIO

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 32

No. de Exp.: 2002029488

No. de Pres.: 20020032260

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO GENE-

RAL JUDICIAL Y ESPECIAL de BON APPETIT, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras California NECTAR y diseño.

La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 9757-3

Clase: 43

No. de Exp.: 2003031030

No. de Pres.: 20030035039

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-

NIO ESCOBAR GUILLEN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de VALO-

RES E INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrévia.: VALORI, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

telechina

Consistente en: la palabra telechina.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9734-3

Clase: 29

No. de Exp.: 2003030087

No. de Pres.: 20030033497

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-

NIO ESCOBAR GUILLEN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de VALO-

RES E INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia.: VALORI, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMER-

CIO.

GUANAQUESO

Consistente en: la palabra GUANAQUESO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, once de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9732-3

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Clase: 25

No. de Exp.: 2000008713

No. de Pres.: 20000008713

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GERSI

GODOFREDO LARIOS ALVAREZ, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión “Râpé” en letras minúsculas excepto

la inicial, sobre la letra “a” se encuentra un signo delta y sobre la “e” una

tilde, luego su emblema es una “R” diseñada en un estilo especial dentro

de un círculo, teniendo a sus costados palmeras y en la base una figura

como una chonga de listón y en la parte de arriba la figura de una corona,

todo de color azul.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año

dos mil.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9647-3

Distintivo: VERDAGIO.

Clase: 05.

No. Exp.: 012002024202

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el Abogado

VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de

AstraZeneca AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

VERDAGIO

Consistente en la palabra “VERDAGIO”.

La solicitud fue presentada el día doce de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treinta

días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4715-3

Distintivo: PIRASPIL.

Clase: 05.

No. de Exp.: 012002023989

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de

ASTRAZENECA AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

PIRASPIL

Consistente en la palabra PIRASPIL.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

veintitrés días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4714-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DISTINTIVO: ANGIOGEL.

Clase: 03

No. de Exp.: 20020025525

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deNOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

ANGIOGELConsistente en: la palabra ANGIOGEL en letras mayúsculas tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-ve de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4637-3

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad TRANSPORTES MAYA S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,celebrada el día veintiocho de febrero de dos mil tres y asentada en losfolios cinco a siete del libro de Actas que lleva la Sociedad, porunanimidad de los accionistas se acordó resolver sobre los puntossiguientes:

Cuarto: Por Unanimidad de los presentes y con fundamento en loestablecido en el Artículo trescientos quince del Código deComercio. El Presidente de debate de esta Junta General deAccionistas el señor John Stephen La Vee da a conocer a lospresentes la conveniencia de unirse para tener más fuerzacomerciales y nuevas estrategias de negocio. Los presentesAprobaron la fusión de Transporte Maya, S.A. de C. V. conBridge Intermodal Transport El Salvador, S.A. de C.V.,mediante la cual la primera será la fusionada o adsorbida y lasegunda la adquirente o absorbente así mismo se acordóiniciar con el proceso de fusión de las sociedades antesmencionadas a partir del veintiocho de febrero de dos mil tres,considerando además las disposiciones legales mercantiles,fiscales y laborales para llevar en buen término dicho proce-so.

Quinto: El Presidente de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, manifiesta la necesidad de designar a los señores NoéArcides Portillo Sorto, quien es mayor de edad, Licenciado enContaduría Pública y Erick Stanley Hernández Aguirre,quien es mayor de edad, Licenciado en contaduría Públicaambos de este domicilio, para que actuando en forma conjun-ta o separadamente en nombre y representación de la JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la sociedad paraque comparezcan ante notario a otorgar las escrituras corres-pondientes, así como realizar los actos necesarios para lafusión acordada.

Y para los efectos legales pertinentes y para ser presentado alRegistro de Comercio se extiende la presente certificación en la Ciudadde San Salvador, a los siete días del mes de marzo de dos mil tres.

ERNESTO ESCOBAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9758-3

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad BRIDGE INTERMODAL TRANSPORT EL SAL-VADOR S.A. DE C.V.

CERTIFICA, que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,celebrada el día veintiocho de febrero de dos mil tres y asentada en losfolios cinco al siete del libro de Actas que lleva la sociedad, porunanimidad de los accionistas de acordó resolver sobre los puntossiguientes:

Cuarto: Por Unanimidad de los presentes y con fundamento en loestablecido en el Artículo trescientos quince del Código deComercio. El Presidente de debate de esta Junta General deAccionistas el Señor John Stephen La Vee da a conocer a lospresentes la conveniencia de unirse para tener más fuerzacomerciales y nuevas estrategias de negocio. Los presentesAprobaron la fusión de Bridge lntermodal Transport ElSalvador, S.A. de C. V., Transportes Maya, S.A. de C. V.,mediante la cual la primera será la fusionante o absorbente yla segunda la fusionada o absorbida así mismo se acordóiniciar con el proceso de fusión de las sociedades antesmencionadas a partir del veintiocho de febrero de dos mil tres,considerando además las disposiciones legales mercantiles,fiscales y laborales para llevar en buen término dicho proce-so.

Quinto: El Presidente de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, manifiesta la necesidad de designar a los señores NoéArcides Portillo Sorto, quien es mayor de edad, Licenciado enContaduría Pública y Erick Stanley Hernández Aguirre,quien es mayor de edad, Licenciado en contaduría Públicaambos de este domicilio, para que actuando en forma conjun-ta o separadamente en nombre y representación de la JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad paraque comparezcan ante notario a otorgar las escrituras corres-pondientes, así como realizar los actos necesarios para lafusión acordada.

Y para los efectos legales pertinentes y para ser presentado alRegistro de Comercio se extiende la presente certificación en la Ciudadde San Salvador, a los siete días del mes de marzo de dos mil tres.

ERNESTO ESCOBAR,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 9756-3

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.Transportes Maya, S.A. de C.V.

Balance General al 28 de Febrero de 2003

(Expresados en US Dólares)

ACTIVO PASIVOCirculante 467,340.49

Fijo 453,658.89 Cuentas por pagar 467,340.49

Vehículos 617,258.94 Retenciones por pagar 0.00

Depreciación Acumulada (163,600.05)

Patrimonio 110,136.05

Otros Activos

Capital Social 24,000.00

Crédito Fiscal- IVA 123,817.65 Reserva Legal 4,800.00

Utilidad de Ejercicios Anteriores 102,792.73

Pérdida del Ejercicio 2003 (21,456.68)

TOTAL ACTIVO $ 577,476.54 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 577,476.54

Este estado financiero ha sido preparado para propósitoslocales en cumplimiento de disposiciones legales y las cifras arriba mostradas están conforme con los registros auxiliaresde la Compañía.

ERNESTO ESCOBAR, WILLIAM A. HURTADO, BRUNO PARADA JEREZ, KPMG PEAT MARWICK,REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR GENERAL. GERENTE FINANCIERO. AUDITORES EXTERNOS.

3 v. alt. No. 9762-3

Bridge Intermodal Transport El Salvador, S.A. de C.V.Balance General al 28 de Febrero de 2003

(Expresados en US Dólares)

ACTIVO PASIVO

Circulante 3,354,268.23 Circulante 342,657.97Caja y Bancos 493,816.39 Cuentas por pagar 335,640.59Cuentas por Cobrar 2,533,902.12 Retenciones por Pagar 7,017.38

Gastos Anticipados 326,092.58Inversiones 457.14

Patrimonio 3,188,534.99

Fijo 176,924.73 Capital Social 22,857.14

Vehículos 194,260.60 Reserva Legal 4,571.43Equipo de Computación 9,262.14 Utilidades de Ejercicios Anteriores 3,106,755.24Mobiliario y Equipo de oficina 36,515.51 Utilidades del Ejercicio 2003 54,351.18Depreciación Acumulada (63,113.52)

TOTAL ACTIVO 3,531,192.96 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 3,531,192.96

Este estado financiero ha sido preparado para propósitos locales en cumplimiento de disposiciones legales y las cifras arriba mostradas estánconforme con los registros auxiliares de la Compañía.

ERNESTO ESCOBAR, WILLIAM A. HURTADO, BRUNO PARADA JEREZ, KPMG PEAT MARWICK,REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR GENERAL. GERENTE FINANCIERO. AUDITORES EXTERNOS.

3 v. alt. No. 9760-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Nº de Exp.: 2002001410.

Nº de Pres.: 20020001410.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de WARNER-LAMBERT COMPANY,del domicilio de 201 TABOR ROAD, MORRIS PLAINS NEW JER-SEY 07950 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidadESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTEDE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a loestablecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de losAcuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual,relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE IN-VENCION denominada DERIVADOS DE TRIAZOLO [4,3-A] PIRIDO[2,3-D] PIRIMIDIN-5-ONA, COMPOSICIONES QUE LOS CONTIE-NEN, METODO DE PREPARACION Y USO, con Clasificación Inter-nacional C07D 495/12, y con prioridad de la solicitud FRANCESA Nº0115249, de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil uno.

La solicitud fue presentada a las once horas y treinta y cuatrominutos del día veintidós de noviembre del año dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos deLey.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes defebrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10567-3

Nº de Exp.: 2002001293.

Nº de Pres.: 20020001293.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de PFIZER PRODUCTS INC., deldomicilio de EASTERN POINT ROAD, GROTON CONNECTICUT06340, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DEINVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a loestablecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1 C de losAcuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual,relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE IN-VENCION denominada UN PROCEDIMIENTO PARA LA PREPA-RACION DE TETRALONA RACEMICA OPTICAMENTE PURA OENRIQUECIDA, con Clasificación Internacional A61K 31/135, y con

prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE Nº 2001335429, de fechatreinta y uno de octubre del año dos mil uno.

La solicitud fue presentada a las quince horas y seis minutos del díaquince de octubre del año dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos deLey.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes defebrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10563-3

Nº de Exp.: 2001000633.

Nº de Pres.: 20010000633.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO ESPECIAL de WARNER-LAMBERTCOMPANY, del domicilio de 201 TABOR ROAD, MORRIS PLAINS,NEW JERSEY 07950 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacio-nalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de laPATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1Cde los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de PropiedadIntelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTEDE INVENCION denominada NUEVOS TIADIAZOLES YOXADIAZOLES Y SU USO INHIBIDORES DE FOSFODIESTERASA-7, con Clasificación Internacional C07D 253/04, y con prioridad de lasolicitud EUROPEA Nº 00402710.8, de fecha dos de octubre del año dosmil.

La solicitud fue presentada a las doce horas y cuarenta y seisminutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil uno.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes defebrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10561-3

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Abril de 2003.

Nº de Exp.: 2002000893.

Nº de Pres.: 20020000893.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de Central Impulsora, Sociedad Anóni-ma de Capital Variable, del domicilio de PROLONGACION PASEODE LA REFORMA Nº 1000, 4º PISO, COLONIA DESARROLOSANTA FE MEXICO D.F. 01210 MEXICO, de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVEN-CION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DEINVENCION denominada PROCESO DE PRODUCCION DE UNANUEVA BOTANA Y PRODUCTO OBTENIDO, con ClasificaciónInternacional A23L 1/10.

La solicitud fue presentada a las quince horas y treinta y sieteminutos del día dieciocho de febrero del año dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes defebrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10558-3

Nº de Exp.: 2002000892.

Nº de Pres.: 20020000892.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de Central Impulsora, Sociedad Anóni-ma de Capital Variable, del domicilio de PROLONGACION PASEODE LA REFORMA N 1000, 4º PISO, COLONIA DESARROLOSANTA FE, MEXICO D.F. 01210 MEXICO, de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVEN-CION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DEINVENCION denominada EQUIPO PARA PRODUCIR TORTILLASPEQUEÑAS DE MASA CRUDA DE MAIZ NIXTAMALIZADO ENFORMA DE TACO, con Clasificación Internacional A21C 1/00. Lasolicitud fue presentada a las quince horas y treinta y tres minutos del díadieciocho de febrero del año dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes defebrero de año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10557-3

Nº de Exp.: 2002001173.

Nº de Pres.: 20020001173.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de WARNER-LAMBERT COMPANY,del domicilio de 201 TABOR ROAD, MORRIS PLAINS, NEW JER-SEY 07950 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidadESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTEDE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a loestablecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de losAcuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual,relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE DE IN-VENCION denominada 1-ALQUIL O 1-CICLOALQUIL-TRIAZOLO[4,3-A] QUINAZOLIN-5- ONAS COMO INHIDORAS DEFOSFODIESTERASAS, con Clasificación Internacional C07D 239/72,y con prioridad de la solicitud EUROPEA Nº 01402166.1, de fecha trecede agosto del año dos mil uno.

La solicitud fue presentada a las doce horas y trece minutos del díadiecisiete de julio del año dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los trece días del mes defebrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. Nº 10571-3

MANUEL DE JESUS CEA, NOTARIO CON DOMICILIO EN CALLEALBERTO MASFERRER ORIENTE NUMERO CUATRO GUIONDIEZ DE LA CIUDAD DE SONSONATE, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito Notariode las doce horas del día diecinueve de agosto de este año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que al morir dejó el señor ELIAS JIMENEZ conocido porELIAS JIMENEZ MONTEAGUDO, fallecido el día veinticuatro de

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

septiembre de mil novecientos noventa y seis, en Cantón Miravalles, deesta jurisdicción su último domicilio, de parte de la señora MARINADOLORES GUEVARA DE RIVERA, como cónyuge del causante aquien se le ha conferido la administración y representación interinas dela sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Lo cual se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario MANUEL DE JESUS CEA, a losdiecinueve días de agosto del año dos mil dos.

MANUEL DE JESUS CEA,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 10676-3

MANUEL DE JESUS CEA, NOTARIO CON DOMICILIO EN CALLEALBERTO MASFERRER ORIENTE NUMERO CUATRO GUIONDIEZ DE LA CIUDAD DE SONSONATE, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito Notario,a las diez horas del día diecinueve de agosto de este año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que al morir dejó el señor JOSE ROBERTO PAREDES TRIGUE-ROS, conocido por JOSE ROBERTO PAREDES, fallecido el día diez denoviembre del año dos mil uno, en esta ciudad, su último domicilio, departe de la señora ANA PATRICIA SAMAYOA, en calidad de represen-tante legal de su menor hija GILDA MARGARITA PAREDES SAMA-YOA, quien es hija del causante, a quien se le ha conferido la adminis-tración y representación interinas de la sucesión con las facultades yrestricciones de ley.

Lo cual se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario MANUEL DE JESUS CEA, a losdiecinueve días del mes de agosto del año dos mil dos.

MANUEL DE JESUS CEA,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 10674-3

MANUEL DE JESUS CEA, NOTARIO CON DOMICILIO EN CALLEALBERTO MASFERRER ORIENTE NUMERO CUATRO GUIONDIEZ DE LA CIUDAD DE SONSONATE, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito Notariode las once horas del día diecinueve de agosto de este año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que al morir dejó el señor RIGOBERTO DIAZ, conocido porRIGOBERTO DIAZ OLLA, fallecido el día diecinueve de enero del

presente año, en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, de partede las señoras MERCEDES ENRIQUES DE DIAZ, conocida porMERCEDES ENRIQUEZ DE DIAZ, MERCEDES HENRIQUEZ DEDIAZ y por MERCEDES ENRIQUEZ, y TELMA ELIZABETH DIAZHENRIQUEZ, como cónyuge e hija, respectivamente del causante, aquienes se les ha conferido la administración y representación interinasde la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Lo cual se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario MANUEL DE JESUS CEA, a losdiecinueve días del mes de agosto del año dos mil dos.

MANUEL DE JESUS CEA,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 10677-3

ANA PATRICIA VEGA RODRIGUEZ, Notario del domicilio de Nue-va San Salvador, con oficina en Urbanización Santa Mónica, NovenaCalle Oriente Bis, Polígono Veintiuno, Casa Número Treinta y Nueve,Nueva San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que ante mis oficios notariales se ha presentado laseñorita YESICA MARLENY MIRANDA RAMIREZ, de veintisieteaños de edad, Estudiante, del domicilio de Guazapa, Departamento deSan Salvador, solicitando con base en la Ley del Ejercicio Notarial de laJurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, se le extienda TítuloSupletorio de un terreno de naturaleza rústica, de su propiedad situado enel lugar denominado Cantón Santa Bárbara, de la jurisdicción de Guaza-pa, el cual es el resto de un inmueble mayor que sufrió varias segregacio-nes, de una extensión superficial de MIL TRESCIENTOS OCHENTAY NUEVE METROS APROXIMADAMENTE, el cual es de las medi-das y colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintitrés metros puntocuarenta y cinco centímetros, linda con lote de terreno del señor RUFINORODRIGUEZ; AL NORTE, sesenta y tres metros punto ochenta centí-metros con TOMASA CUELLAR RECINOS, línea recta con cerco dealambre de ambos colindantes; AL PONIENTE, veinticinco metrospunto ochenta y tres centímetros con la señora MARIA BERTA MEN-JIVAR, dividiendo cerca de piña propia; y AL SUR, cuarenta y ochometros punto noventa y cinco centímetros con terreno de MERCEDESMIRANDA DE MARROQUIN, servidumbre de tránsito de un metro deancho de por medio. Dicho inmueble lo posee sin proindivisión connadie, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, y que sumada laposesión con la de sus anteriores poseedores son más de diez años y loadquirió por herencia dejada por su padre TOMAS MIRANDA.

Nueva San Salvador, veinticuatro de marzo de dos mil tres.

ANA PATRICIA VEGA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 10768-3

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

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