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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 365 SAN SALVADOR, VIERNES 29 DE OCTUBRE DE 2004 NUMERO 203 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO LEGISLATIVO Acuerdo No. 672.- Se exonera del cargo de Tercer Secretario de la Junta Directiva, al Diputado Elizardo González Lovo ...... Acuerdo No. 673.- Se integra a la Junta Directiva, en el cargo de Tercer Secretario, al Diputado José Antonio Almendáris Rivas........................................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES RAMO DE RELACIONES EXTERIORES Acuerdo No. 432.- Se asciende al Licenciado Julio Antonio Martínez Gutiérrez, a la Categoría de Primer Secretario, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático de la República de El Salvador . ............................ Acuerdo No. 38-2004.- Se aumenta el nivel de agrupación del clasificador de ingresos corrientes en el rubro No. 14 Venta de bienes y servicios. ................................................................. Acuerdo No. 39-2004.- Transferencia de crédito No. 11/ 2004. .......................................................................................... MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Misión Cristiana Ríos de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 132, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................... MINISTERIOS DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Decreto No. 53.- Reglamento de Pensiones Mínimas. ..... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 995.- Se modifica el numeral 1º de la parte dispositiva del Acuerdo Ejecutivo No. 415, de fecha 26 de junio de 1998, correspondiente a la empresa Industrias de Reciclaje Salvadoreña, Sociedad Anónima. .............................................. MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0651.- Equivalencia de estudios a favor de Michael Richard Portillo Groger . .......................................... Acuerdo No. 15-1028.- Se reconoce la validez académica de estudios realizados por Rodrigo Javier Massi. ...................... MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Decreto No. 47.- Reforma al Reglamento de la Ley del Régimen Especial de la Tierra en Propiedad de las Asociaciones Cooperativas, Comunales y Comunitarias Campesinas y Beneficiarios de la Reforma Agraria.......................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 935-D, 939-D, 1004-D, 1039-D, 1046-D, 1058-D, 1173-D y 1178-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Pesquero El Exito”, Cantón Buena Vista; “Villa Tzu Chi”, Cantón Chanmico; y “Salvadoreña de Sistemas de Agua”, Acuerdos Nos. 1, 7 y 20, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Pedro Perulapán, San Juan Opico y San Vicente, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................ SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 1494.- A favor de María Esperanza Martínez viuda de Marroquín (3 alt.) ........................................................ Cartel No. 1495.- Emilia Sofía Montalvo y otros (3 alt.) . Edicto de Emplazamiento Cartel No. 1496.- Marco Antonio Meléndez Peñate, Luis Francisco Calderón Villavicencio y José Raúl Lazo Osorio (3alt.) .......................................................................................... Pág. 3 3 4 4-5 5-6 7-9 10-13 13 Pág. 14 14 14-15 15-16 17-29 30 30 30 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 365 SAN SALVADOR, VIERNES 29 DE OCTUBRE DE 2004 NUMERO 203

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO LEGISLATIVO Acuerdo No. 672.- Se exonera del cargo de Tercer Secretario de la Junta Directiva, al Diputado Elizardo González Lovo ......

Acuerdo No. 673.- Se integra a la Junta Directiva, en el cargo de Tercer Secretario, al Diputado José Antonio Almendáris Rivas...........................................................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

RAMO DE RELACIONES EXTERIORES

Acuerdo No. 432.- Se asciende al Licenciado Julio Antonio Martínez Gutiérrez, a la Categoría de Primer Secretario, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático de la República de El Salvador. ............................

Acuerdo No. 38-2004.- Se aumenta el nivel de agrupación del clasifi cador de ingresos corrientes en el rubro No. 14 Venta de bienes y servicios. .................................................................

Acuerdo No. 39-2004.- Transferencia de crédito No. 11/2004. ..........................................................................................

MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Iglesia Misión Cristiana Ríos de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 132, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................

MINISTERIOS DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Decreto No. 53.- Reglamento de Pensiones Mínimas. .....

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 995.- Se modifi ca el numeral 1º de la parte dispositiva del Acuerdo Ejecutivo No. 415, de fecha 26 de junio de 1998, correspondiente a la empresa Industrias de Reciclaje Salvadoreña, Sociedad Anónima. ..............................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0651.- Equivalencia de estudios a favor de Michael Richard Portillo Groger...........................................

Acuerdo No. 15-1028.- Se reconoce la validez académica de estudios realizados por Rodrigo Javier Massi. ......................

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

Decreto No. 47.- Reforma al Reglamento de la Ley del Régimen Especial de la Tierra en Propiedad de las Asociaciones Cooperativas, Comunales y Comunitarias Campesinas y Benefi ciarios de la Reforma Agraria..........................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 935-D, 939-D, 1004-D, 1039-D, 1046-D, 1058-D, 1173-D y 1178-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas...................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Pesquero El Exito”, Cantón Buena Vista; “Villa Tzu Chi”, Cantón Chanmico; y “Salvadoreña de Sistemas de Agua”, Acuerdos Nos. 1, 7 y 20, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Pedro Perulapán, San Juan Opico y San Vicente, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia Cartel No. 1494.- A favor de María Esperanza Martínez viuda de Marroquín (3 alt.) ........................................................ Cartel No. 1495.- Emilia Sofía Montalvo y otros (3 alt.) .

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 1496.- Marco Antonio Meléndez Peñate, Luis Francisco Calderón Villavicencio y José Raúl Lazo Osorio (3alt.) ..........................................................................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Título de Propiedad

Cartel No. 1497.- Mario Antonio de La O Meza (3 alt.)...

Título de Dominio

Cartel No. 1498.- Julio Hernández Rodríguez (3 alt.) ......

Cartel No. 1499.- Santos Emilia Orellana Hernández (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 1500.- Ramón Coreas (3 alt.) ..........................

Cartel No. 1501.- Rosalina Argueta Argueta (3 alt.).........

Cartel No. 1502.- Santos Clemente Romero (3 alt.) .........

Cartel No. 1503.- Rosa Delmy Benavides de Contreras (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 1504.- Evangelina Pérez viuda de Mejía (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 1505.- Miriam del Carmen Benavides de Ticas (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 1506.- Zoila Emérita Contreras Benavides (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 1507.- José Natividad Mendoza (3 alt.)...........

Cartel No. 1508.- Esmeralda Aguirre (3 alt.) ....................

Cartel No. 1509.- Julio César Aguirre y Virginia Guzmán de Aguirre (3 alt.) .......................................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. A054388-1v, A054331-1v, A054339-1v,

A054341-1v, A054342-1v, A054344-1v, A054357-1v, A054384-

1v, A054426-1v, A054430-1v, A054432-1v, A054450-1v,

A054452-1v, A054456-1v, A054332-1v, A054380-1v, A054383-

1v, A054398-1v, A054417-1v, A054418-1v, A054448-1v,

A054449-1v, A054458-1v, C016196-1v, A054424-1v, A054455-

1v, C016187-1v, C016188-1v, C016189-1v, C016192-1v,

C016195-1v, C016207-1v, A054338-1v, A054359-1v, A054435-

1v, A054462-1v, A054466-1v, A054385-1v, A054337, A054345,

A054361, A054364, A054366, A054374, A054382, A054397,

A054413, A054419, A054421, A054438, C016190, C016191,

A054436, A054437, A054402, A054403, A054441, A054443,

A054363, C016185, C016186, A054400, A054405, A054415,

A054368, A054370, A054373, C016184, C016197, C016200,

C016201, C016202, A054429, C016198, C016204, C016206,

C016208, A054378, C016194, A054444, A054460, A054461,

A054464, A054467, A054356, A054375, A054431, A054360,

A054407, A054362, A054389c3d, A054433c3d, A054406-C. .

DE SEGUNDA PUBLICACION

Carteles Nos. A054187, C016139, C016140, C016141,

A054175, A054138, A054142, A054124, A054125, C016099,

C016100, C016101, C016102, C016103, C016104, C016105,

C016106, C016107, C016108, C016109, C016110, C016111,

C016112, C016113, C016114, C016115, C016116, C016117,

C016118, C016120, C016121, C016122, C016123, C016124,

C016125, C016126, C016127, C016128, C016129, C016130,

C016136, C016137, C016138, A054141, A054147, A054148,

A054150, A054153, A054156, A054158, A054160, A054166,

C016135.....................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Carteles Nos. C015996, A053773, A053777, A053795,

A053799, A053867, A053876, A053883, A053892, A053903,

A053934, C016001, A053812, A053817, A053870, A053872,

A053874, C016002, C016003, A053821, C015946, C015948,

C015950, C015951, C015966, C015967, C015968, C015969,

C015970, C015971, C015973, C015974, C015975, C015976,

C015978, C015982, C015984, C015987, C015989, A053820,

A053822, A053823, A053825, A053827, A053828, A053830,

A053832, A053834, A053835, A053836, A053837, A053838,

A053839, A053840, A053846, A053847, A053937, C015930,

C015932, C015933, C015934, C015935, C015936, C015937,

C015938, C015939, C015940, C015941, C015942, C015943,

C015944, C015945, C015947, C015949, C015952, C015953,

C015954, C015955, C015956, C015957, C015958, C015959,

C015960, C015961, C015979, C015980, C015981, C015983,

C015985, C015986, C015988, C015990, C015992, C015993,

C015999, A053793, A053921, C016006, C016007, C015931,

A053805, C015991, A053851, A053852, A053853, A053854,

A053869, C016000, A054106, C016094, A054149-C..............

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

Resoluciones Nos. DREG-537 Y DREG-538.- Prorrógase autorización para operar dos establecimientos comerciales, ubicados en el Aeropuerto Internacional El Salvador. ...............

CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECONOMICA

Resolución No. 126-2004 (COMIECO).- Se aprueban las modifi caciones al Arancel Centroamericano de Importación en la Parte II, para Guatemala.........................................................

Resolución No. 127-2004 (COMIECO).- Se aprueban las modifi caciones al Arancel Centroamericano de Importación, en el inciso arancelario 2713.11.00—Sin calcinar (coque de petróleo), con cero por ciento de DAI. .......................................................

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ORGANO LEGISLATIVOACUERDO No. 672.

La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Exonerar del cargo de Tercer Secretario de la Junta Directiva, al Diputado Elizardo González Lovo, a partir del 1 de noviembre del presente año. COMUNIQUESE.

ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

ACUERDO No. 673.

La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en vista de haberse exonerado del cargo de Tercer Secretario de la Junta Directiva, al Diputado Elizardo González Lovo, ACUERDA: Integrar a la Junta Directiva, en el cargo mencionado, a partir del 1 de noviembre del presente año, al Diputado José Antonio Almendáriz Rivas. COMUNIQUESE.

ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

RAMO DE RELACIONES EXTERIORES

ACUERDO No. 432.

San Salvador, veintisiete de septiembre de dos mil cuatro.

En vista que el Licenciado JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ, Diplomático de Carrera, está inscrito en el Escalafón Diplomático, según Acuerdo No. 747 del siete de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, publicado en el Diario Ofi cial 235, de fecha diecinueve de diciem-bre de mil novecientos noventa y cinco, como Segundo Secretario, y considerando que cumple los requisitos para que se le ascienda a la categoría inmediata superior que le corresponde, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 52 de la Ley Orgánica del Cuerpo Diplomático de la República de El Salvador, El ORGANO EJECUTIVO en el Ramo de Relaciones Exteriores, ACUERDA: Ascender al Licenciado JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ, a la Categoría de Primer Secretario, debiendo en consecuencia, inscribírsele en el Escalafón Diplomático respectivo con la mencionada categoría. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Viceministro de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica, EDUARDO CALIX LOPEZ.

ACUERDO EJECUTIVO No. 38-2004.

SETEFE-PERE

San Salvador, ocho de octubre de dos mil cuatro.

EL ORGANO EJECUTIVO, en el Ramo de Relaciones Exteriores, CONSIDERANDO: I) Que con fecha 31 de mayo de 1995, se suscribió el Acuerdo Marco para la Constitución y el Manejo de los Fondos de Contrapartida Generados por las Ayudas Bilaterales de la Cooperación Italiana, entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno de la República Italiana, por un monto de DOS MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS (EUA$ 2,000,000.00) equivalentes a DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL 00/100 COLONES (¢17,440,000.00), a una tasa de cambio de ¢ 8.72 por $ 1.00, el cual fue ratifi cado mediante Decreto Legislativo No. 659 de fecha 7 de marzo de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 61, Tomo No. 330 del 27 de marzo de 1996; II) Que los fondos de la monetización del abastecimiento de bienes y servicios conexos y/o de géneros alimenticios recibidos en virtud del Acuerdo referido en el Considerando anterior, servirán para apoyar proyectos de desarrollo y actividades de carácter humanitario, con base en las prioridades de ambos Gobiernos; III) Que conforme a los Acuerdos Ejecutivos Nos. 290, 878, 416,8-2003, 41-2003 y 6-2004, de fechas 24 de marzo de 2000,28 de julio de 2000, 14 de mayo de 2001, 10 de febrero de 2003, 20 de agosto de 2003 y 6 de febrero de 2004, respectivamente, emitidos en el Ramo en referencia, se han incorporado fondos al Presupuesto Extraor-dinario para Reactivación Económica (PERE), por valor de NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO 02/100 DOLARES (EUA $991,371.02), de los cuales NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE 79/100 DOLARES (EUA$ 972,369.79), corresponden a la Moneda Generada y DIECINUEVE MIL UNO 23/100 DOLARES (EUA $ 19,001.23), a intereses bancarios; del Convenio de Donación Italiana 1995-Fondos de Contrapartida de Italia; IV) Que según informe de disponibilidades, administrado por la Dirección General de Cooperación Externa, al 30 de junio de 2004, se han recibido recursos en concepto de Moneda Generada, por el valor de DOSCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS 48/100 DOLARES (EUA$ 240,932.48), de los cuales se incorporan con el presente Acuerdo Ejecutivo, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE) el valor de VEINTIDOS MIL VEINTINUEVE 99/100 DOLARES (EUA $ 22,029.99); V) Que con los fondos referidos en los Considerandos III y IV, el total incorporado al mencionado Presupuesto Extraordinario asciende a UN MILLON TRECE MIL CUATROCIENTOS UNO 01/100 DOLARES (EUA $ 1,013,401.01), de los cuales NOVECIENTOS NO-VENTA Y CUATROMIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 78/100 DOLARES (EUA $ 994,399.78), corresponden a la Moneda Generada y DIECINUEVE MIL UNO 23/100 DOLARES (EUA $19,001.23), a intereses bancarios;

POR TANTO CON BASE EN:

1) Nota Verbal No. 1516 M 100, de fecha 11 de agosto de 2004, en donde la Embajada de Italia acreditada en el país, aprobó solicitud del Gobierno de El Salvador para incrementar en $ 58,935.82, la asignación presupuestaria del proyecto “Construcción de Puente en el Cantón Agua Shuca” código contable No. 2434, con recursos de la Donación Italiana 1995-Fondos de Contrapartida de Italia.

2) El Artículo 6 de las Disposiciones Específi cas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto No. 206 de fecha 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Ofi cial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo de 1983, se dan por reforzadas legalmente las asignaciones de dicho Presupuesto Extraordinario, con las cantidades que se perciban en exceso de lo estimado en las res-pectivas fuentes de Ingreso.

3) La Ley de Integración Monetaria, aprobada mediante el Decreto No. 201 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000, el dólar tendrá curso legal irrestricto con poder ilimitado para el pago de obligaciones en dinero en el territorio nacional.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ACUERDA:

1- Aumentar en el Nivel de Agrupación del Clasifi cador de Ingresos Corrientes, en el Rubro No.14 Venta de Bienes y Servicios, Cuenta No. 141 Venta de Bienes, Objeto Específi co No. 14101 Venta de Bienes Comerciales, la cantidad de VEINTIDOS MIL VEINTINUEVE 99/100 DOLARES (EUA $ 22,029.99).

2- Reforzar la siguiente asignación presupuestaria con la cantidad que se indica a continuación:

RUBRO DE

ASIGNACION QUE SE REFUERZA AGRUPACION VALOR

DESARROLLO SOCIAL

FINANCIAMIENTO A ORGANIZACIONES

VOLUNTARIAS DEL SECTOR PRIVADO

SECRETARIA TECNICA DEL FINANCIAMIENTO

EXTERNO/ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL

“LA BENDICION “(SETEFE-ADESCOBEN)

00-0800-3-62-1-22 09 $ 22,029.99

FINANCIAMIENTO A ORGANIZACIONES

VOLUNTARIAS DEL SECTOR PRIVADO.

5 DONACIONES:

(DONACION ITALIANA 1995-FONDOS DE CONTRAPARTIDA DE ITALIA)

“CONSTRUCCION DE PUENTE EN EL CANTON AGUA SHUCA”

CODIGO No. 2434

TOTAL $ 22,029.99

COMUNIQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República). El Ministro de Relaciones Exteriores, FRANCISCO ESTEBAN LAINEZ RIVAS.

ACUERDO EJECUTIVO No. 39-2004.

SETEFE-PERE

San Salvador, ocho de octubre de dos mil cuatro.

EL ORGANO EJECUTIVO, en el Ramo de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: I) Que según el Artículo 5 de las Disposiciones Espe-cífi cas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto No. 206 del 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Ofi cial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo del mismo año, se faculta al Ministerio de Planifi cación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social para que a través de la Secretaría Técnica del Financiamiento Externo pueda autorizar transferencias entre asignaciones del mencionado Presupuesto Extraordinario; II) Que según el Artículo No. 1 y 2 del Decreto Ejecutivo No. 46 del 1º de junio de 1995, emitido por el Ministerio de la Presidencia, se crea el Ministerio de Coordinación del Desarrollo Económico y Social y se autoriza para que éste asuma las facultades, obligaciones y compromisos en la parte del Desarrollo Económico y Social que había adquirido el Ministerio de Planifi cación y Coordinación del Desarrollo Eco-nómico y Social; III) Que según el Artículo 3 del Decreto Legislativo No. 559 de fecha 21 de diciembre de 1995, publicado en el Diario Ofi cial No.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

239, Tomo 329 de fecha 23 de diciembre del mismo año, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores para asumir las facultades, obligaciones y compromisos que hubiere adquirido a la fecha el Ministerio de Coordinación del Desarrollo Económico y Social; IV) Que según lo dispuesto en la Ley de Integración Monetaria, aprobada mediante el Decreto No. 201 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000, el dólar tendrá curso legal irrestricto con poder ilimitado para el pago de obligaciones en dinero en el territorio nacional; ACUERDA: Autorizar la Transferencia de Crédito No. 11/2004 entre asignaciones del mencionado Presupuesto Extraordinario, con el propósito de asignar recursos al proyecto “Fortalecimiento al Ministerio de Relaciones Exteriores”, Código No. 2413, así:

RUBRO DE

ASIGNACION QUE SE REFUERZA AGRUPACION VALOR

CONDUCCION ADMINISTRATIVA DEL GOBIERNO

PROYECTOS PRIORITARIOS DIVERSOS

PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DEL PAIS

SECRETARIA DE ESTADO MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES (SEMRREE)

00-0800-1-56-33-22 9 $ 40,000.00

APOYO INSTITUCIONAL AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

2 RECURSOS PROPIOS

(FUENTES DIVERSAS)

“FORTALECIMIENTO AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES”

CODIGO No. 2413

TOTAL $ 40,000.00

ASIGNACIONES QUE SE DISMINUYEN

CONDUCCION ADMINISTRATIVA DEL GOBIERNO

ADMINISTRACION Y SUPERVISION

SECRETARIA TECNICA DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO (SETEFE)

00-0800-1-51-1-22 9 $ 40,000.00

ADMINISTRACION Y SUPERVISION

2 RECURSOS PROPIOS

(RECURSOS PROPIOS: FUENTES DIVERSAS)

“LOGISTICA PARA EL MANEJO DE DONACIONES EN ESPECIE”

CODIGO No. 2325

TOTAL $ 40,000.00

COMUNIQUESE. ( Rubricado por el Señor Presidente de la República). El Ministro de Relaciones Exteriores, FRANCISCO ESTEBAN LAINEZ RIVAS.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION

“ESTATUTOS DE LA IGLESIA MISION CRISTIANA

RIOS DE AGUA VIVA”

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo 1.- Fúndase en la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, la Iglesia “MISION CRISTIANA RIOS DE AGUA VIVA”, como una entidad religiosa, apolítica, no lucrativa, de naciona-lidad salvadoreña la que en los presentes estatutos se denominará “LA IGLESIA”.

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, República de El Salvador, pudiendo esta-blecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Artículo 4.- Son fi nes de la Iglesia:

a) Difundir la predicación del Evangelio de Nuestro Señor Je-sucristo apoyándose en los principios ya establecidos en las Sagradas Escrituras.

b) Promover la educación espiritual, intelectual y moral, a través de establecer templos, centros de enseñanza, donde el fi n principal sea la recreación espiritual.

c) Establecer centros de salud espiritual en todo el territorio nacional y fuera de él, utilizando los medios permitidos por las Leyes de la República.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS DE LA IGLESIA

Artículo 5.- Podrán ser miembros de la Iglesia todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, sexo, ideología política o nacionalidad, que lo soliciten expresamente a la Junta Directiva.

Artículo 6.- La Iglesia estará formada por dos clases de Miem-bros:

a) En propiedad: Quienes hayan aceptado a Nuestro Señor Jesucristo y bautizado en aguas;

b) Catecúmenos: Quienes solamente hayan aceptado a Nuestro Señor Jesucristo y no hayan sido bautizados en aguas.

Artículo 7.- Deberes de los miembros propietarios:

a) Aceptar los cargos, comisiones y privilegios que les sean en-comendados y dar cuenta de sus cumplimientos, informando de ello a la Junta Directiva.

b) Asistir a las sesiones de la Asamblea General y todas aquellas a que fueren convocados.

c) Participar en las actividades lícitas que efectúe la Iglesia.

Artículo 8.- Derechos de los miembros propietarios:

a) Elegir y ser electos directivos.

b) Participar en las sesiones de Asamblea General y en las demás que la Iglesia realice.

c) Los demás que les confi eran estos Estatutos o la Asamblea General.

Artículo 9.- Deberes de los miembros catecúmenos: Son deberes de estos miembros, los establecidos en el Artículo 7, a excepción de lo prescrito en el literal a).

Artículo 10.- Derechos de los miembros catecúmenos:

a) Elegir los cargos Directivos.

b) Los establecidos en el artículo 8, literales b) y c).

Artículo 11.- La calidad de los miembros se perderá por las causas siguientes:

a) Por fallecimiento del miembro.

b) Por retiro voluntario manifestado por escrito o verbalmente a la Junta Directiva.

c) Por inasistencia ininterrumpida no comunicada a la Junta Directiva en un período de seis meses.

d) Por incumplimiento de las obligaciones que les imponen estos Estatutos y la Iglesia.

e) Por violar los principios de la Iglesia.

f) Por desarmonía e incompatibilidad con los demás miembros de la congregación.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Artículo 12.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 13.- La Asamblea General, debidamente convocada, será la máxima autoridad de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros; sus decisiones serán defi nitivas y sólo podrán ser reformadas por la misma Asamblea.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Artículo 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, en el período comprendido entre los meses de octubre a diciembre, en el lugar, día y hora que la Junta Directiva determine. La Asamblea General sesionará extraordinariamente cuando a criterio de la Junta Directiva sea necesario, debiendo ser notifi cados sus miembros por lo menos con setenta y dos horas de anticipación y por cualquier medio de comunicación. La Asamblea General necesita para poder sesionar de la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y para validar sus resoluciones del voto favorable de la mayoría de los asisten-tes. Cuando no fuere posible establecer el quórum necesario, la Junta Directiva tomará consenso de los presentes para fi jar próxima fecha de sesión, convocando nuevamente en el acto; ya sea que se trate de una sesión Ordinaria o Extraordinaria. Realizada una segunda convocatoria, la sesión será celebrada con el número de miembros que asistan y sus resoluciones serán acatadas y válidas para su cumplimiento.

Artículo 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos de la Iglesia.

c) Estudiar, aprobar y/o modifi car los planes, programas, presu-puesto anuales elaborados por la Junta Directiva que aseguren el buen funcionamiento de la Iglesia.

d) Aprobar disposiciones y reglamentos para el buen funciona-miento administrativo de la Iglesia.

e) Fijar las cuotas y ofrendas de los miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Nombrar, sustituir o destituir al Pastor de la Iglesia.

h) Aprobar la creación de fi liales de la Iglesia y el nombramiento de su respectivo Pastor, tanto dentro como fuera de la Repú-blica.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 16.- La Dirección y Administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual será integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico, tres Vocales.

Artículo 17.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de un año, pudiendo ser reelectos.

Artículo 18.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 19.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar, será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Artículo 20.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Administrar el patrimonio de la Iglesia.

b) Planifi car, promover y velar por el desarrollo de los planes, programas, proyectos y actividades necesarias para el logro de los fi nes de la iglesia.

c) Cumplir y hacer cumplir con las resoluciones de la Asamblea General.

d) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los comités o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia.

e) Promover el establecimiento de templos para la predicación del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo.

f) Decidir y aprobar las solicitudes de renuncia o incorporación de nuevos miembros.

g) Acordar la celebración de cualquier acto o contrato, para cuyo efecto se autorizará previamente al Presidente en fun-ciones.

h) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

i) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos y que todos los miembros de la Iglesia cumplan con sus obligacio-nes.

j) Resolver todos los asuntos que sean competencia de la Asamblea General.

Artículo 21.- El Presidente tendrá las atribuciones siguientes:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta Directiva y la Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos.

c) Representar judicialmente y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes generales o especiales, previa autorización de la Junta Directiva.

d) Celebrar actos o contratos para los cuales hayan sido autori-zados por la Asamblea General o la Junta Directiva.

e) Dar informe a la Junta Directiva o Asamblea General, según sea el caso, de todas las actividades y operaciones ejecutadas, así como cualquier otro informe solicitado.

f) Autorizar juntamente con el Tesorero, los gastos que tenga que hacer la Iglesia.

g) Velar por el buen manejo de los bienes de la Iglesia.

h) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

Artículo 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos, correspondencia y registros de los miembros de la Iglesia.

c) Redactar y fi rmar juntamente con el Presidente las certifi ca-ciones que fueran solicitadas a la Iglesia.

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d) Elaborar y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones Ordinarias y Extraordinarias.

Artículo 23.- El Tesorero tendrá las atribuciones siguientes:

a) Recibir, depositar y abrir cuentas bancarias mancomunada-mente con el Presidente, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar y tener al día los libros de inventarios.

c) Rendir los informes fi nancieros a la Asamblea General y mensuales a la Junta Directiva de los ingresos y egresos.

d) Autorizar juntamente con el Presidente los gastos que la Iglesia tenga que realizar.

Artículo 24.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicialmente a la Iglesia en forma conjunta o separada con el Presidente en todos los juicios o diligencias que ésta tuviere interés.

b) Cuidar de que los contratos que celebre la Iglesia cumplan con las prescripciones legales.

c) Supervisar las inversiones que se hagan con cargo a los fondos de la Iglesia, teniendo la facultad de inspeccionar los libros de cuentas y demás documentos que estime necesarios.

d) Será responsable de que la Iglesia cumpla las obligaciones que le imponen las Leyes de la República.

e) Firmar con el Presidente y el Tesorero los informes fi nancieros y el estado económico y anual de la Iglesia.

Artículo 25.- Son atribuciones de los Vocales: Desempeñar las comisiones que les designe la Asamblea General o la Junta Directiva, colaborar directamente con ellas y sustituir a los otros miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia, impedimento o renuncia, cuando así sea acordado.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Artículo 26.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Por los diezmos y ofrendas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la Ley.

d) Los demás ingresos que obtuviere por actividades lícitas.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Artículo 27.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus Miembros.

Artículo 28.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos, se donarán a la Iglesia Cristiana Evangélica que la Asamblea General designe.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 29.- Para reformar o derogar los artículos de los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efec-to.

Artículo 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una certifi cación del Acta de elección de la misma y en todo caso, proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Iglesia.

Artículo 31.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia, no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Inter-no de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo 32.- La Iglesia “MISION CRISTIANA RIOS DE AGUA VIVA”, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 132.

San Salvador, 14 de julio de 2004.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la “IGLESIA MISION CRISTIANA RIOS DE AGUA VIVA”, compuestos de TREINTA Y TRES Artículos, fundada en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art.34 numeral 11 del Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, y Art. 542 y 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. CO-MUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). LA VICE MINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.

(Registro No. A054463)

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

MINISTERIOS DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

DECRETO No. 53.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 927, de fecha 20 de diciembre de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 243, Tomo No. 333, del 23 de ese mismo mes y año, se emitió la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, mediante la cual se creó el Sistema de Ahorro para Pensiones para los trabajadores del sector privado, público y municipal; en ella se establecen los requisitos para acceder a los benefi cios del sistema;

II. Que de conformidad al Art. 146, inciso fi nal, de la referida Ley, es necesario emitir un Reglamento de Pensiones Mínimas que deberá contener las disposiciones para hacer efectivas dichas pensiones.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO DE PENSIONES MINIMAS

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO UNICO OBJETO Y DENOMINACIONES

Art. 1.- El objeto del presente Reglamento es establecer los mecanismos que deberán seguir las Instituciones del Sistema de Ahorro para Pen-siones y del Sistema de Pensiones Público, para otorgar las pensiones mínimas, según las disposiciones contenidas en la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones.

Art. 2.- En el presente Reglamento, se utilizarán las siguientes abreviaturas y denominaciones:

AFP : Institución Administradora de Fondos de Pensiones.

CIAP : Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones

IVM : Invalidez, Vejez y Muerte

ISSS : Instituto Salvadoreño del Seguro Social

INPEP : Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos

Ley : Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones

NUP : Número Unico Previsional

SBR : Salario Básico Regulador

SAP : Sistema de Ahorro para Pensiones

SPP : Sistema de Pensiones Público

Superintendencia : Superintendencia de Pensiones

Ley de Presupuesto : Ley de Presupuesto General del Estado

Instituciones Previsionales : ISSS, INPEP y AFP

Ministerio : Ministerio de Hacienda

TITULO IIDE LA PENSION MINIMA EN EL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

CAPITULO IDE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES

Art. 3.- La pensión mínima operará cuando se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 147, 148 y 149 de la Ley, siempre que se den las condiciones establecidas en el artículo 146 y en los incisos segundo y tercero del artículo 148 de la misma.

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Art. 4.- La AFP deberá verifi car la condición de no percepción de ingresos a que se refi ere el artículo 146 de la Ley, para aquellos afi liados que cumplan con los requisitos para acceder a la pensión mínima, lo cual sólo procederá cuando la AFP determine que la CIAP del afi liado sólo alcanza para el fi nanciamiento de tres meses de pensiones completas.

La AFP deberá realizar dicha verifi cación de acuerdo a los procedimientos que señale la Superintendencia mediante instructivo.

Art. 5.- Cuando el afi liado o benefi ciario cumpla con la condición de no percepción de ingresos en los términos a que se refi ere el artículo 146 de la Ley, deberá presentar ante la AFP en que se encuentre afi liado, la “Solicitud de Pensión Mínima” para que dicha AFP proceda a realizar el re-querimiento de la Garantía Estatal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente capítulo.

CAPITULO II

DEL PROCEDIMIENTO PARA REQUERIR LOS

FONDOS PARA LA PENSION MINIMA

Art. 6.- La AFP deberá remitir las solicitudes de pensión mínima al Ministerio, sesenta días antes del último mes en que se pagará la pensión con cargo a la CIAP del afi liado.

La AFP deberá remitir junto a las solicitudes, una comunicación conteniendo la fecha en que se agotará el saldo de la CIAP del afi liado y que los ingresos que éste percibe, incluyendo la pensión, no sobrepasa el monto del salario mínimo vigente. El mismo criterio aplicará para las pensiones por sobrevivencia.

Art. 7.- Recibida la documentación que señala el artículo anterior, el Ministerio transferirá los recursos correspondientes a la AFP responsable de efectuar el pago. Dicha transferencia de fondos deberá efectuarse a más tardar diez días hábiles antes de fi nalizar el mes que corresponda pagar las pensiones mínimas, a través de la cuenta corriente del fondo que administra y designada por la AFP para tal fi n.

Art. 8.- La AFP deberá enviar al Ministerio un acuse de recibo, a más tardar dos días hábiles posteriores al recibo de la nota de abono enviada por el Ministerio.

Art. 9.- Los remanentes de saldos refl ejados en la CIAP del afi liado o benefi ciario, servirán como complemento para fi nanciar el primer mes de pensión mínima que el afi liado o benefi ciario reciba.

CAPITULO III

DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DE LA GARANTIA ESTATAL

Art. 10.- Cada AFP deberá informar al Ministerio, durante el mes de julio de cada ejercicio fi scal, sobre las estimaciones anuales de los recursos que necesitará para el fi nanciamiento de la Garantía Estatal. Este informe deberá incluir el monto estimado de las pensiones mínimas a otorgar, por agotamiento del saldo de la CIAP, durante el siguiente ejercicio fi scal.

Art. 11.- Durante los últimos cinco días hábiles de cada mes la AFP solicitará al Ministerio, los fondos para el pago de todas las pensiones mínimas a efectuar en el siguiente mes. Para ello deberá presentar un consolidado del monto total requerido, que deberá refl ejar los cambios generados por el otorgamiento de nuevas pensiones, caducidad, redistribución, suspensión o cualquier cambio en el monto de las pensiones mínimas otorgadas.

El Ministerio, previa notifi cación por parte de la AFP, suspenderá temporal o defi nitivamente las transferencias de las pensiones mínimas a la cuenta corriente designada para tal efecto, tomando en cuenta las causas a que se refi ere el inciso anterior.

Art. 12.- Las AFP deberán informar trimestralmente al Ministerio, sobre el uso de los fondos transferidos para el pago de las pensiones mínimas, a efecto de reintegrar aquellos recursos fi nancieros no utilizados ni comprometidos, de conformidad con el artículo 111 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 13.- Cuando la AFP o el Ministerio determinen que se solicitaron o transfi rieron fondos en exceso, la AFP deberá reembolsarlos inmediata-mente a la Cuenta Corriente Unica del Tesoro Público.

TITULO III

CAPITULO UNICO

DE LA PENSION MINIMA EN EL SISTEMA DE PENSIONES PUBLICO

Art. 14.- Los Institutos Previsionales a fi n de verifi car el derecho a la pensión mínima de acuerdo con lo prescrito en el artículo 209 de la Ley, deberán identifi car aquellas pensiones de invalidez y vejez que resultaren inferiores al monto de la pensión mínima vigente.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Si se tratare de pensiones por sobrevivencia, el Instituto Previsional deberá verifi car que la sumatoria de las pensiones generadas por un mismo causante no sean menores a la pensión mínima, independientemente que el monto de la pensión a que hubiere tenido derecho el causante haya resultado inferior o superior al referido monto.

Art. 15.- Para los afi liados o benefi ciarios cuyas pensiones sean inferiores a la pensión mínima vigente, el Instituto Previsional procederá a ve-rifi car si éstos no perciben ingresos que, incluyendo la pensión, sean iguales o superiores al salario mínimo vigente. Asimismo, si se trata de pensión por vejez, el Instituto Previsional deberá además verifi car si el afi liado registra un mínimo de veinticinco años de cotizaciones.

La verifi cación de ingresos a que se refi ere el inciso anterior deberá realizarse de conformidad a lo establecido en el instructivo que se emita al efecto.

Art. 16.- A los afi liados o sus benefi ciarios que de acuerdo a los artículos 14 y 15 del presente Reglamento se les determine que cumplen con los requisitos y condiciones para el goce de la Garantía Estatal, el Instituto Previsional deberá ajustar su pensión al monto de la pensión mínima corres-pondiente.

Art. 17.- El ajuste a la pensión mínima por sobrevivencia consistirá en redistribuir, en forma proporcional, la diferencia entre la sumatoria de las pensiones y el monto de la pensión mínima asignada a cada benefi ciario, hasta alcanzar el 100% de la referida pensión mínima.

Art. 18.- Las disposiciones señaladas en el presente Reglamento son aplicables a las pensiones concedidas bajo las leyes del ISSS e INPEP, antes de la entrada en operaciones del SAP; así como a las pensiones que se concedan con base en esta última, siempre y cuando se ajusten a la pensión mínima.

TITULO IV

CAPITULO UNICO

COMPROBACION DE SOBREVIVENCIA

Art. 19.- La AFP deberá verifi car la condición de sobrevivencia del pensionado, mediante los mecanismos que defi na la Superintendencia para tales efectos; dicha verifi cación deberá realizarse cada año en el mismo mes que se le otorgó la pensión mínima. Los pensionados en los Institutos Previsionales deberán comprobar la condición de sobrevivencia, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Benefi cios y Otras Prestaciones del Sistema de Pensiones Público.

TITULO V

CAPITULO UNICO

DISPOSICIONES FINALES

Art. 20.- La Superintendencia, basada en los literales i) del artículo 5 y b) del artículo 6 de su Ley Orgánica, fi scalizará y supervisará las pensiones asignadas y los procesos de gestión de los recursos fi nancieros que transfi era el Estado para cumplir con la Garantía Estatal de Pensión Mínima.

Art. 21.- La Superintendencia, con base en las facultades establecidas en el literal k) del artículo 5 de su Ley Orgánica, impondrá las sanciones y medidas precautorias correspondientes, de conformidad a los procedimientos establecidos en la referida Ley y en la del Sistema de Ahorro para Pensiones, cuando detecte de parte de alguna de las Instituciones Previsionales contravenciones a la normativa relacionada con el pago de pensiones mínimas.

Art. 22.- La revalorización de pensiones a que se refi ere el artículo 210 de la Ley será aplicable a las pensiones mínimas otorgadas por el SPP, siempre y cuando a la fecha en que se aplique la revalorización, dichas prestaciones ya hubieren sido legalmente concedidas y notifi cadas a los inte-resados.

Art. 23.- En caso que el pensionado fallezca y existan sobrevivientes, la AFP o el Instituto Previsional deberá realizar los reajustes de pensión entre los demás sobrevivientes de conformidad a la normativa aplicable.

Art. 24.- La pensión mínima se suspenderá cuando se compruebe que el afi liado percibe ingresos superiores al salario mínimo vigente, pero se reanudará cuando esta condición desaparezca.

Art. 25.- Las AFP o los Institutos Previsionales deberán emitir una resolución cuando se efectúe una suspensión de la Garantía Estatal a un pensionado, razonando los motivos para hacerlo.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Art. 26.- Cualquier aspecto no contemplado en el presente Reglamento será resuelto por la Superintendencia de conformidad con al Ley.

Art. 27.- Derógase en el Reglamento de Benefi cios y otras Prestaciones del Sistema de Pensiones Público, en el Título III, únicamente su Capítulo I.

Art. 28.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JOSE GUILLERMO BELARMINO LOPEZ SUAREZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

JOSE ROBERTO ESPINAL ESCOBAR,

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.

ACUERDO No. 995.San Salvador, 31 de agosto de 2004.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Visto el escrito e información presentados el 1 de marzo y 19 de julio de 2004 por el señor Víctor Augusto Chizmar Cabredo, en su carácter de Apoderado Especial Administrativo de la Sociedad Industrias de Reciclaje Salvadoreña, Sociedad Anónima, que puede abreviarse INDRESA, S.A., registrada con el Número de Identifi cación Tributaria 0614-260595-102-4, el primero relativo a que se le hagan extensivos los benefi cios otorgados mediante Acuerdo No. 415, de fecha 26 de junio de 1998, para exportar desechos de hierro en todas sus presentaciones, acero inoxidable, catalizadores de autos, desechos de magnesio y negativos, que no están incluidos en dicho Acuerdo; el segundo remitiendo información complementaria a petición inicial;

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud e información complementaria fueron admitidas en este Ministerio el 1 de marzo y 19 de julio de 2004;

II. Que la Sociedad fue califi cada como Empresa de Comercialización, otorgándole los benefi cios de la Ley de Reactivación de las Expor-taciones, para aplicarlos a la comercialización de chatarra de aluminio, cobre y bronce, según Acuerdo No. 415, de fecha 26 de junio de 1998, publicado en el Diario Ofi cial No. 148, Tomo No. 340, de fecha 13 de agosto 1998;

III. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento;

IV. Que el Departamento de Incentivos Fiscales ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;

POR TANTO,

De conformidad a las razones expuestas y Artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su Reglamento, este Minis-terio,

ACUERDA:

1. Modifi car el Numeral 1°. de la parte dispositiva del Acuerdo No. 415, de fecha 26 de junio de 1998, publicado en el Diario Ofi cial No. 148, Tomo No. 340, del 13 de agosto de 1998, de la Sociedad INDUSTRIAS DE RECICLAJE SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia INDRESA, S.A., en el sentido que además de la comercialización de chatarra de aluminio, cobre y bronce, se le extiende el benefi cio para la exportación de otros productos de origen salvadoreño, siendo éstos: desperdicios de hierro, acero inoxidable, magnesio, negativos y chatarra de automotores (catalizadores), que serán destinados fuera del Area Centroamericana;

2. La Sociedad tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de la solicitud de mérito;

3. En lo demás queda sin ninguna modifi cación el Acuerdo No. 415, antes relacionado;

4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. BLANCA IMELDA DE MAGAÑA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. C016182)

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0651.

San Salvador, 6 de Julio de 2004

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado MICHAEL RICHARD PORTILLO GROGER solicitando INCORPORACION de su diploma de High School, extendido por la Escuela Americana de El Salvador, República de El Salvador en el año 2002. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: Dar como equivalente los Estudios de High School realizados por MICHAEL RICHARD PORTILLO GROGER en El Salvador, con los de Bachillerato General y a la vez incorporar su diploma de High School, al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). La Ministra de Educación, DML.

(Registro No. A054425)

ACUERDO No. 15-1028.

San Salvador, 30 de agosto del año 2004.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado RODRIGO JAVIER MASSI, solicitando que se le reconozca el grado académico de BACHELOR OF ARTS, SOCIOLOGY, obtenido en VASSAR COLLEGE, del estado de Nueva York de los Estados Unidos de Norte América, en el año 2001; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en los arts. 3 y 16, literal a) del reglamento especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en el mismo a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, suscrito por nuestro país, ratifi cada y vigente. Procede dicho reco-nocimiento. POR TANTO: con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención ACUERDA: 1°) Reconócese la validez académica de los BACHELOR OF ARTS, SOCIOLOGY, realizados por Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado RODRIGO JAVIER MASSI, en los Estados Unidos de Norte América; 2°) Tiénese por incorporado a RODRIGO JAVIER MASSI como LICENCIADO EN SOCIOLOGIA en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. COMUNIQUESE. La Ministra de Educación, DML.

(Registro No. A054365)

DECRETO No. 47.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 1132, de fecha 22 de enero de 2003, publicado en el Diario Ofi cial No. 34, Tomo No. 358 del 20 de febrero del mismo año, se introdujo una reforma a la Ley del Régimen Especial de la Tierra en propiedad de Asociaciones Cooperativas, Comunales y Comunitarias Campesinas y Benefi ciarios de la Reforma Agraria, modifi cándose el Art. 30 de la misma, en el sentido que los inmuebles que contengan bosques o tierras de vocación forestal, que aun pertenecen al Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria, se transfi eren por Ministerio de Ley al Estado de El Salvador, quien los asignará al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, previa califi cación de éste como tales, y no al Ministerio de Agricultura y Ganadería como el artículo sustituido lo establecía;

II. Que el procedimiento para la materialización de la transferencia de dominio de los mencionados inmuebles, del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria al Estado de El Salvador, prescrito en el Art. 30 referido en el considerando anterior, se encuentra contemplado en el Art. 50 del Reglamento de la precitada Ley, contenido en el Decreto Ejecutivo No. 103, de fecha 14 de octubre de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 202, Tomo No. 333, del 28 del mismo mes y año.

III. Que para formalizar el trámite registral del título de dominio de los inmuebles relacionados en el primer considerando, es necesario adecuar la redacción del precitado Art. 50 con el Art. 30 a que aluden los considerandos anteriores; razón por la que debe introducirse la pertinente reforma al Reglamento a que se refi ere el considerando anterior.

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales,

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

DECRETA la siguiente:

REFORMA AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGIMEN ESPECIAL DE LA TIERRA

EN PROPIEDAD DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS,

COMUNALES Y COMUNITARIAS CAMPESINAS Y

BENEFICIARIOS DE LA REFORMA AGRARIA.

Art. 1.- Sustitúyese el Art. 50, por el siguiente:

“Art. 50.- En el caso establecido en el Art. 30 de la Ley, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales califi cará a través de técnicos nombrados a ese efecto, que determinados inmuebles asignados al Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria, contienen bosques o tierras de vocación forestal, debiéndose posteriormente a dicha califi cación, levantarse un Acta de Entrega Material del Inmueble que será fi rmada por el Presi-dente de dicho Instituto, y el Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La califi cación a que se refi ere el inciso precedente, se hará constar mediante informe técnico.

La certifi cación del Acta relacionada, acompañada de la descripción técnica de los respectivos inmuebles realizada por el ISTA, servirá de Tí-tulo de Dominio a favor del Estado de El Salvador, el que a su vez y por medio de Acuerdo del Consejo de Ministros hará la respectiva asignación al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que los designe como áreas naturales protegidas, cuyo establecimiento se realizará a través de Decreto Ejecutivo.

A efecto de apoyar las actividades de califi cación y descripción técnica relacionadas en los incisos anteriores, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá constituir mediante Acuerdo Ejecutivo, un Equipo Técnico Interinstitucional cuya integración y funcionamiento será determinado en dicho Acuerdo, siendo coordinado por el Ministro del Ramo, o por quien él designe.

La ofi cina correspondiente del Centro Nacional de Registros, inscribirá el Título de Dominio a favor del Estado de El Salvador sin más trámite ni diligencia.”

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil cuatro.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

MARIO ERNESTO SALAVERRIA NOLASCO,

MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.

HUGO CESAR BARRERA GUERRERO,

MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

ACUERDO No. 935-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de julio de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Auto-rizar al Licenciado JOSE LUIS OROZCO SANABRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. CLARA.- P. J.- M. POSADA.- GUZMAN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054442)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ACUERDO No. 939-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de julio de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado LUIS ALONSO GABRIEL VASQUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. POSADA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054420)

ACUERDO No. 1004-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de agosto de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada MAIRA CAROLINA MOLINA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054367)

ACUERDO No. 1039-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de agosto de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado MIGUEL APOLONIO LOPEZ ESPINOZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. E. TENORIO.- M. CLARA.- VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. POSADA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054371)

ACUERDO No. 1046-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de agosto de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado LUIS ALONSO ZETINO RIOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- M. CLARA.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054334)

ACUERDO No. 1058-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de octubre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada MARIA DEL CARMEN MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. POSADA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054412)

ACUERDO No. 1173-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de octubre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado FRANKY MARCELL CARCAMO MANCIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. E. TENORIO.- M. CLARA.- VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- P. J.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054392)

ACUERDO No. 1178-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de octubre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado IVAN RANDOLF GARCIA PORTILLO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMAN U. D. C.- E. CIERRA.- J. N. CASTANEDA S.- RENE FORTIN MAGAÑA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A054401)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

DE DESARROLLO PESQUERO EL EXITO

CAPITULO I

DE LA ASOCIACION, CONSTITUCION, DENOMINACION, INTEGRACION Y NATURALEZA.

Art. 1.- La Asociación que se constituye de duración indefi nida, estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora, la Ley de Actividades Pesqueras y su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables a sus fi nes. Estará al servicio de las comunidades que la integren para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, económico y productivo.

Art. 2.- La Asociación se denominará Asociación Comunal de Desarrollo Pesquero El Exito, la cual se podrá abreviar ACODEPEEX, que en los presentes Estatutos se llamará La Asociación.

Art. 3.- La Asociación se integra con un número de veinticinco miembros que se dedican a la pesca, la agricultura y el comercio de los mismos, provenientes de los caseríos del Cantón Palo Blanco y sus alrededores, en el municipio de San Pedro Perulapán.

Art. 4.- La Asociación tendrá su domicilio legal en el Cantón Palo Blanco y será de naturaleza apolítica, democrática y perseguirá el bienestar de sus Asociados y de la comunidad a la que pertenece.

CAPITULO II

DE SUS FINES Y OBJETIVOS

Art. 5.- La Asociación tendrá como fi nes:

a) El desarrollo humano.

b) La protección y fomento del rubro pesquero.

c) La protección del medio ambiente de la zona; y

d) El mejoramiento de la infraestructura comunal.

Art. 6.- Para el cumplimiento de los fi nes, se proponen los siguientes objetivos:

a) Promover el desarrollo de la comunidad conjuntamente con los organismos del Estado, privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representati-vas.

c) Proteger, conservar y restaurar los recursos naturales reno-vables.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación de dirigentes con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización, la administración de proyectos sociales y económicos, y la elevación de los niveles educativos.

e) Realizar repoblaciones periódicas de peces en el cuerpo de agua.

f) Explotar técnicamente el recurso pesquero existente.

g) Promover la tecnifi cación y comercialización de los produc-tos en el rubro pesquero y otros proyectos que desarrolle la Asociación.

h) Ejecutar proyectos económicos relativos a la actividad pesquera, agrícola o comunal.

i) Utilizar al máximo los recursos humanos, materiales y naturales para impulsar proyectos productivos y de infraestructura.

j) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes en los programas de desarrollo local.

k) Integrar a la mujer para su propio desarrollo.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS

Art. 7.- Para ser miembro de la Asociación se requiere:

a) Ser mayor de dieciséis años.

b) Residir en el lugar o en el sector de infl uencia en donde se realizarán las actividades.

c) Ser de buena conducta y no tener intereses opuestos a los de la Asociación.

d) Dedicarse a la actividad pesquera, agricultura o comercio.

e) Solicitar por escrito su interés de pertenecer a la Asociación y ser recomendado por dos Asociados.

Art. 8.- Son derechos de los Asociados Activos, los siguientes:

a) Participar en la dirección, gestión y administración de la Asociación, desempeñando cargos o desarrollando funciones dentro de la misma.

b) Participar con voz y voto en la Asamblea General.

c) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

d) Solicitar y obtener de la Junta Directiva o de las comisiones, la información pertinente respecto a las actividades y ope-raciones de la Asociación.

e) Representar en actividades especiales a la Asociación por acuerdo de Junta Directiva o Asamblea General.

f) Gozar de los benefi cios logrados por la Asociación.

g) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo so-licite por escrito a la Junta Directiva o Asamblea General.

h) Los demás que establezcan estos estatutos o la Asamblea General.

Art. 9.- Son deberes de los Asociados Activos, los siguientes:

a) Cumplir con los presentes Estatutos y demás disposiciones legales respectivas.

b) Desempeñar los cargos directivos o comisiones que les encomienden.

c) Asistir puntual y responsablemente a las sesiones de Asamblea General.

d) Cumplir con las normas y disposiciones dictadas para la con-servación y manejo de los recursos naturales y pesqueros.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

e) Participar en la ejecución de los proyectos sociales, econó-micos y educativos.

f) Observar buena conducta en sus relaciones con la Asociación y los demás Asociados.

g) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la armonía, la estabilidad económica o fi nanciera, los intereses o el prestigio de la Asociación.

h) Aportar su trabajo personal en forma responsable y directa.

i) Velar por la conservación e incremento de los bienes y demás activos de la Asociación.

Pérdida de la calidad de Asociado

Art. 10.- La calidad de Asociado se pierde por muerte, renuncia o exclusión.

La renuncia se presentará a la Junta Directiva por escrito, quien la analizará y resolverá en un plazo que no excederá de treinta días contados a partir de la fecha de presentación.

Art. 11.- Los Asociados podrán ser excluidos por la Asamblea General a petición de la Junta Directiva, por las causales siguientes:

a) Por dejar de cumplir las obligaciones como Asociados.

b) Por causar en cualquier concepto grave perjuicio a la Aso-ciación

c) Por utilizar métodos de pesca que vayan en detrimento del recurso pesquero o de otros que dañen los ambientes de la zona.

d) Por desarrollar dentro de la Asociación actividades de carácter político, partidarista o religiosa.

e) Por el incumplimiento reiterado y manifi esto de las obliga-ciones como Asociado.

f) Por negarse sin justo motivo a desempeñar cargos o comisiones que les encomienden la Asamblea General, Junta Directiva o Comités.

g) Por notoria mala conducta comprobada.

h) Por obtener por medio fraudulento benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

Art. 12.- La Junta Directiva investigará las infracciones de estos estatutos por parte de los Asociados y antes de someter a conocimiento de la Asamblea General, realizará una investigación de la infracción, comprobado los hechos en forma detallada y amplia, debiendo quedar constancia por escrito.

Art. 13.- Los Asociados excluidos o que se retiren de la Asociación, responderán por las obligaciones y normas establecidas en la misma antes y después de su retiro o expulsión por el término de un ejercicio.

CAPITULO IV

REGIMEN ORGANICO

Art. 14.- El gobierno y administración de la Asociación, estará a cargo de:

a) La Asamblea General.

b) Junta Directiva.

c) Los comités o comisiones.

Art. 15.- La Asamblea General es la máxima autoridad de la Asocia-ción y estará formada por todos los Asociados, y a ella corresponde:

a) Aprobar los Estatutos, el Reglamento Interno y los que sean necesarios.

b) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

c) Aprobar el Plan de Trabajo y su respectivo presupuesto.

d) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la cali-dad de miembro de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociado.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-tes.

f) Acordar la liquidación o disolución de la Asociación.

g) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

h) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado fi nanciero de la Asociación.

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten.

Art. 16.- La Asamblea General se instalará con todos los socios activos de la Asociación y cuando el número de miembros fuere elevado a tal punto que difi culte la participación de mayor número de Asociados, se procederá a la celebración de Asambleas Parciales en las que se elegirán delegados por cada cinco asociados.

En los casos de Asambleas de Delegados, éstos deberán de acreditar su calidad, por medio de autorización escrita, otorgada por la Asamblea Parcial.

Art. 17.- Las Asambleas Generales Ordinarias se celebrarán cuatro veces al año, dentro de la última semana de los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre y la Extraordinaria cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud por lo menos de un tercio de los Asociados.

Art. 18.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria serán efectuadas por la Junta Directiva a través de avisos escritos con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando el lugar, el día y hora en que se ha de celebrar.

Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias, aún para aquellos que legalmente convocados no asistieren.

Art. 19.- El voto en las sesiones de las Asambleas Generales será público, salvo en los casos de elecciones, aprobación de memorias y cuentas que deba de rendir la Junta Directiva, disolución, liquidación y modifi cación de estatutos, en los cuales el voto será secreto si así lo decidiere la Asamblea.

Art. 20.- Las actas de las Asambleas Generales enumeradas en orden correlativo, se asentarán en un libro especialmente destinado al efecto; autorizado por el registro respectivo, serán fi rmados por todos los miembros de la Junta Directiva y en ella expresará además de la agenda, el lugar, día y hora de la reunión, el número y nombre de los asistentes y lo demás que conduzca al exacto conocimiento de los acuerdos tomados.

Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva según la gravedad del caso.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva.

Art. 22.- De las resoluciones que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, del tercer día de notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso de amparo.

De la Junta Directiva

Art. 23.- La Junta Directiva es el órgano responsable de la dirección y marcha administrativa de la Asociación y constituye el cuerpo ejecutivo de la Asamblea General, estará integrada por 7 miembros propietarios y un suplente, la nominación de los cargos será la siguiente:

a) Un Presidente.

b) Un Vicepresidente.

c) Un Secretario.

d) Un Tesorero.

e) Un Síndico.

f) Un Primer Vocal.

g) Un Segundo Vocal.

Los cargos de la Directiva serán ad honorems, sin embargo cuando el socio trabaje en actividades particulares y eventuales para la asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previa autorización de Asamblea General.

Art. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

b) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y so-meterlos a aprobación a la Asamblea General.

c) Constituir comisiones especiales de la Asociación para el cumplimiento de los objetivos y encauzarles a su mayor organización y desenvolvimiento

d) Convocar a la Asamblea a reuniones ordinarias y extraordi-narias.

e) Vincularse con los organismos del Estado, la municipalidad y las entidades privadas.

f) Vigilar las votaciones en las sesiones de Asamblea General, especialmente en la forma de expresión del voto.

g) Participar en su caso en las investigaciones, planteamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de las comunidades.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla, presentarle el Plan Anual de Trabajo, el presupuesto respectivo.

i) Velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

j) Ejercer las demás actividades que determinen las disposiciones legales aplicables, su Reglamento Interno y estos estatutos.

k) Autorizar, controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

l) Depositar los fondos y valores de la Asociación en instituciones bancarias, sin perjuicio de mantener un fondo para atender gastos de menor cuantía.

m) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados.

n) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

o) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos Estatutos.

p) Elaborar el reglamento interno y someterlo a aprobación de la Asamblea General.

q) Tramitar las solicitudes de los asociados en benefi cio propio o para su comunidad y darles una respuesta satisfactoria.

r) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones consecutivas, por lo menos, sin causa justifi cada.

s) Realizar todo tipo de actividades tendientes a la buena marcha de la superación constante de la Asociación, así como la armonía de las comisiones y de sus miembros.

Art. 25.- Las sesiones de la Junta Directiva en forma ordinaria se realizarán cada quince días y en forma extraordinaria en cualquier tiempo que sea necesario, en ambos casos convocará el Presidente.

Art. 26.- Las resoluciones y acuerdos de la Junta Directiva, para el buen manejo de la Asociación, serán tomadas con la mayoría de votos de los que formarán el quórum; en caso de empate, el Presidente tendrá doble voto.

Art. 27.- Cuando la Junta Directiva se rehuse o se negare a convocar oportunamente a sesión de Asamblea General ordinaria o extraordinaria, podrá hacerlo la comisión interesada, o en su defecto, quince asociados a través de la comisión respectiva.

Art. 28.- Los acuerdos de la Junta Directiva se asentarán en el libro de actas que lo haya autorizado el registro respectivo.

Art. 29.- En caso de renuncia, ausencia u otro impedimento tem-poral o defi nitivo de cualquiera de los miembros propietarios de la Junta Directiva, éstos llamarán a un suplente para incorporarlo como propietario por el tiempo que falte el miembro sustituido.

Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser removidos en cualquier tiempo por la Asamblea General, por las causales siguien-tes:

a) Por no garantizar el buen manejo del patrimonio de la Aso-ciación.

b) Por no convocar oportunamente a Asamblea General.

c) Por no rendir cuentas en los términos y plazos establecidos en estos estatutos o por haber sido desaprobadas las cuentas que hubiere rendido.

d) Por tomar decisiones dolosas que ocasionen algún perjuicio a la Asociación.

e) Por violaciones a las disposiciones legales, el Reglamento In-terno y estos Estatutos ya sea mediante actos u omisiones.

Art. 31.- Son atribuciones de los miembros de la Junta Directiva:

Del Presidente

Son atribuciones del Presidente:

a) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Aso-ciación.

b) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente con el Síndico.

c) Coordinar con otras Asociaciones e instituciones públicas y privadas para el logro de los objetivos de la Asociación.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

d) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias a los miembros de la Junta Directiva y la Asamblea General.

e) Presidir las reuniones de la Junta Directiva y las de Asamblea General de Asociados.

f) Dar a conocer a la Asamblea General los acuerdos y dispo-siciones de la Junta Directiva.

g) Autorizar juntamente con el Síndico y el Tesorero los gastos de la Asociación.

h) Responsabilizarse de las funciones de la Asociación.

i) Elaborar la memoria anual de labores.

j) Conocer e informar a la Junta Directiva de la correspondencia recibida.

k) Establecer la coordinación de la Asociación.

Del Vicepresidente

Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Representar al Presidente en su ausencia y asumir sus res-ponsabilidades y funciones.

b) Participar en la planifi cación y orientación del trabajo de la Asociación.

c) Auxiliar a las comisiones de la coordinación de sus activida-des.

d) Cumplir con otras actividades que se le asignen.

Del Secretario

Son atribuciones del Secretario:

a) Dar lectura a la correspondencia recibida y despachada.

b) Contestar la correspondencia que le encomendare el Presi-dente.

c) Mantener un registro de la correspondencia recibida y des-pachada.

d) Elaborar los informes que le fueron solicitados por el Presi-dente de la Asociación.

e) Colaborar con las comisiones en la elaboración de infor-mes.

f) Llevar el inventario de los bienes de la Asociación.

g) Elaborar juntamente con el Presidente las agendas de las reuniones programadas.

h) Extender juntamente con el Presidente y Síndico certifi cacio-nes de aprobación de puntos de actas previamente solicitados para propósitos legales que convengan a la Asociación.

Del tesorero.

Son funciones del Tesorero:

a) Velar por la administración adecuada de los fondos de la Asociación.

b) Llevar un control del movimiento económico.

c) Rendir informe del estado económico cuando le sea solicitado por el Presidente, el Síndico o la Junta Directiva.

d) Participar en la elaboración del plan de trabajo de la Aso-ciación.

e) Recibir los fondos provenientes de colaboraciones de grupos o instituciones, así como de otras entidades que provengan de otras fuentes.

f) Extender los recibos correspondientes de egresos e ingresos de los fondos.

g) Hacer desembolsos con autorización del Presidente y el Síndico.

h) Proponer planes racionales de gastos cuando los recursos fi nancieros de la Asociación sean limitados o se vean en crisis.

Del Síndico.

Son atribuciones del Síndico:

a) Ser el representante legal conjuntamente con el Presidente ante las instituciones públicas, privadas y otras asociaciones.

b) Autorizar juntamente con el Presidente y el Secretario cer-tifi caciones de puntos de acta, previamente solicitados para propósitos legales que convenga a la Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente y el Secretario cer-tifi caciones de puntos de acta previamente solicitados para propósitos legales que convengan a la Asociación.

d) Realizar toda gestión jurídica que requiera las implemen-taciones de proyectos incluidos en la planifi cación de la Asociación.

e) Cumplir con otras funciones y responsabilidades que se le asignen por acuerdos.

De los Vocales

Son atribuciones de los Vocales:

a) Conocer con claridad las atribuciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

b) Participar en la planifi cación de las actividades de la Aso-ciación.

c) Participar en comisiones especiales.

d) Sustituir a miembros de la Junta Directiva que faltaren o renuncien.

e) Cumplir con otras funciones y responsabilidades específi cas que se le asignen por acuerdos de la Asociación.

De las comisiones.

Art. 32.- Las comisiones que nombre la Junta Directiva serán las siguientes:

a) Comisión de Vigilancia.

b) Comisión de Desarrollo Comunal.

c) Comisión de Mercadeo.

d) Aquellas que fueran necesarias.

Art. 33.- La inconformidad con las resoluciones de las comisiones deberá ser revisada por la Junta Directiva de la Asociación a petición del interesado.

Art. 34.- Las comisiones se integrarán por un Coordinador, un Secretario, y Vocales; el número de miembros dependerá de las obliga-ciones que haya que realizar en cada comisión.

Art. 35.- Ninguna comisión podrá ser integrada con más de siete miembros ni menos de tres, en los casos que las comisiones sean grandes, se nombrará un subcoordinador.

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Art. 36.- Son atribuciones de las comisiones:

a) Contribuir con la Junta Directiva en el cumplimiento de sus atribuciones.

b) Planifi car las diferentes actividades específi cas de cada comisión.

c) Coordinar y determinar con las demás comisiones, la jornada de participación en las distintas actividades de la asociación.

d) Orientar las acciones de las comunidades.

e) Mantener una constante comunicación con las comisiones en cuanto a la disponibilidad del recurso humano.

f) Elaborar fi chas de inscripción y llevar registro de asocia-dos.

g) Promover y realizar siembras de especies en el lago.

h) Divulgar a través de carteles, hojas y otros medios de comu-nicación, la información requerida para la preservación del lago y la ecología.

i) La comisión de vigilancia apoya al síndico en revisar y vigilar por el buen manejo de los recursos materiales y fi nancieros de la Asociación.

j) Otras actividades que vayan en benefi cio de la Asociación.

Art. 37.- Son atribuciones de los miembros de las comisiones:

De los coordinadores:

a) Coordinar la planifi cación de las diferentes actividades de la comisión.

b) Promover actividades de investigación de la problemática de la comunidad.

c) Participar en la elaboración del plan de trabajo de la comi-sión.

d) Mantener actualizadas las actividades realizadas por la comisión.

e) Promover la organización de grupos comunitarios que par-ticipen en el mejoramiento de sus comunidades.

f) Promover y hacer uso adecuado de los recursos existentes en la comunidad y fuera de ella.

g) Conocer las solicitudes de ayuda.

h) Convocar a reuniones a las comisiones.

i) Presidir las reuniones de la comisión.

j) Otras tareas que se le asignen.

De los Secretarios de la comisión:

a) Participar en la elaboración de trabajo de la comisión.

b) Redactar actas de las reuniones de la comisión.

c) Participar en las diferentes actividades realizadas por la comisión.

d) Mantener actualizadas las actividades realizadas por la co-misión.

e) Extender los carnés de los asociados.

f) Elaborar inventarios de recursos humanos y materiales, internos y externos.

g) Otras tareas que se les asignen.

De los Vocales de las comisiones:

a) Participar en la planifi cación de las diferentes actividades de la comisión.

b) Participar en la orientación, dirección y realización de las actividades de la comisión.

c) Sustituir a solicitud del coordinador a cualquier miembro de la comisión cuando fuera necesario.

d) Seguir actividades al coordinador.

e) Colaborar en el desarrollo de las actividades en otras comi-siones.

f) Promover el ingreso de nuevos socios.

g) Participar en reuniones de las comisiones.

Art. 38.- El sub coordinador realizará las mismas actividades del coordinador en su ausencia o cuando la comisión lo necesite como un apoyo para desarrollar las actividades.

CAPITULO V

REGIMEN ECONOMICO

Art. 39.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por todo lo que la asociación pueda obtener título personal o de donaciones y el activo se destinará a lograr los objetivos de la asociación y al pago de sus obligaciones.

Art. 40.- La Asociación contará con los recursos fi nancieros si-guientes:

a) Con las contribuciones que aporten los socios activos.

b) Por los proyectos productivos que desarrollen y su adminis-tración.

c) La subvenciones de los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuentes.

d) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.

Los bienes y muebles que formen patrimonio de la Asociación no podrán ser enajenados o dados en garantía, sin la autorización previa de la Asamblea General.

Art. 41.- Si al fi nal de cada ejercicio se obtuviera ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que se puedan aplicar dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

Art. 42.- Si por culpa o dolo se fi jara un valúo mayor que el ver-dadero; quienes lo hayan hecho responderán personalmente frente a terceros o ante la Asociación que el exceso del valor que se le hubiere asignado, por daños y prejuicios que resultaren quedando obligados a responder por el faltante.

Art. 43.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, se aportará el 10% para formar un fondo de reserva e incrementar el capital bancario a nombre de la misma.

Con respecto a las utilidades obtenidas de los proyectos producti-vos se distribuirán de la siguiente manera: un 10% al fondo de reserva legal, el cual se adicionará al capital bancario de la Asociación con el objeto de utilizarlo posteriormente para el desarrollo social de toda la

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

comunidad y el 90 % restante será distribuido proporcionalmente al trabajo realizado a todos aquellos que hayan participado en la ejecución de dicho proyecto.

Art. 44.- El ejercicio económico de la Asociación se hará anual y estará comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año, preparándose para ese efecto el Balance General y Estado Financiero que deberá conocer la Asamblea General.

Art. 45.- La reserva legal de los fondos destinados para el desarrollo social, capacitación, los obtenidos del carné así como el producto de donaciones, legados y cualquier otro recurso que reciba la Asociación, son fondos que no podrán ser distribuidos, por lo tanto no tendrán derechos los asociados ni sus benefi ciarios o herederos a recibir parte alguna de estos fondos.

CAPITULO VI

DISOLUCION Y LIQUIDACION.

Art. 46.- La Asociación podrá ser disuelta mediante acuerdo tomado en Asamblea General convocada especialmente para este fi n, en sesión extraordinaria y con el voto de las terceras partes de los asociados sobre la base de las causas siguientes:

a) Por la disolución del número de sus miembros en un cincuenta por ciento del número establecido en el Código Municipal para su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue constituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-les.

d) Cuando desarrolle actividades de proselitismo político, re-ligioso, anárquico o contrarios a la democracia y otros que vayan en detrimento de su patrimonio.

Art. 47.- En caso de liquidación, la Asamblea designará una comisión liquidadora en la cual tendrá la representación del Concejo Municipal, la comisión procederá a ejecutar la liquidación de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y reglamento respectivo.

Art.48.- Concluida la liquidación el remanente se distribuirá en el siguiente orden:

a) Cubrir los gastos de liquidación.

b) Reintegrar los aportes de acuerdo a la proporción que cada asociado o a sus herederos corresponda; siempre y cuando hayan participado activamente en proyectos productivos y que el patrimonio de la Asociación lo permita.

c) Si después de pagadas las obligaciones que tenga la Aso-ciación, hubiera un remanente, se destinará a programas de desarrollo comunal en cualquiera de las comunidades que la integran o en cualquier otra actividad que vaya en benefi cio del rubro pesquero.

d) Cuando la Asociación cuente con bienes muebles e inmuebles, la comisión liquidadora velará en su período de funcionamiento que dichos bienes queden al servicio de toda la comunidad y en el caso de prever que ésto no fuera posible podrá rematarlo en subasta pública al mejor postor, debiendo invertir los fondos obtenidos en programas de desarrollo comunal en cualquiera de los caseríos que integra la Asociación.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 49.- La Junta Directiva tiene la facultad de elegir las comisiones que considere necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación.

Art. 50.- Para tomar resoluciones en Asamblea General se necesitará un quórum de por lo menos la mitad más uno de los asociados activos, si no existiere esa cantidad se convocará para posterior y se celebrará la sesión con los que estuvieren presentes. En ambos casos se tomará en resolución con el voto de la mitad más uno de los presentes.

Art. 51.- El voto será nominal y público o directo y a mano alzada, si así lo decide la Asamblea General quien votará primero sobre el sistema de votación a seguir.

Art. 52.- Toda sesión que se celebre tanto de Asamblea General como de la Junta Directiva, deberá de constar en acta que será levantada por el secretario de actas, numeradas correlativamente, fi rmadas por todos los asistentes en los casos específi cos de constitución y reformas a los estatutos.

Todos los asociados disidentes deberán dejar razonado su voto.

Art. 53.- Todos los miembros de la Junta Directiva responderán solidariamente por los actos que autoricen, salvo que razonen su voto en contra de lo tratado.

Art. 54.- La Asamblea General está en la plena facultad de con-tratar los servicios de un auditor particular o gestionar el apoyo de las instituciones involucradas para realizar una auditoría contable que garantice el buen trabajo administrativo durante el período del ejercicio económico.

Art. 55.- Los casos no previstos en estos estatutos serán resueltos por la Junta Directiva y la Asamblea General la cual será convocada extraordinariamente para tal efecto.

Art. 56.- El Reglamento Interno de la Asociación será elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Art. 57.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO NUMERO UNO.

Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal de Desarrollo Pesquero El Exito, que se abrevia ACODEPEEX, del Caserío Palo Blanco, Cantón Buena Vista, Municipio de San Pedro Perulapán, que consta de 57 artículos; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, ni a las buenas costumbres, por lo que de conformidad con el Art. 119 y 120 del Código Municipal; el Concejo, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes y conceder el carácter de Persona Jurídica, a la Asociación Comunal de Desarrollo Pesquero El Exito, antes mencionado.

Alcaldía Municipal: San Pedro Perulapán, dieciséis de octubre de dos mil cuatro.

Ing. MIGUEL ANGEL HERNANDEZ V.,ALCALDE MUNICIPAL.

CARLOS BORROMEO VIVAS,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. A054394)

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL DE VILLA TZU CHI CANTON CHANMICO,

MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y

DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos y demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comu-nidad, para el desarrollo de planes, programas y proyectos de interés social, cultural, económico y será una Entidad apolítica no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.

La Asociación se denominará Asociación de Desarrollo Comunal De Villa Tzuchi, ubicada en el Cantón Chanmico, Municipio de San Juan Opico, Departamento La Libertad, la que se podrá abreviar A. S. O. D. C. V. y que en estos Estatutos se denominará LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes en materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será la Comunidad de Villa Tzuchi, Cantón Chanmico, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad.

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el Desarrollo Humano y las obras productivas y físicas que proyecten, para ello deberá:

a) Promover el progreso de la Comunidad Villa Tzuchi del Mu-nicipio de San Juan Opico, juntamente con los organismos públicos y privados que participen en los corrientes progra-mas.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos, sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mejor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y pro-moción y promoción social a fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad con el equipamiento y medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la comunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y el esfuerzo propio a fi n de complementar las obras que se consideran en el respectivo plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos ha-ciéndolos participar responsablemente en el mejoramiento ambiental local.

i) Promover la incorporación de la mujer en el proceso de desarrollo integral de la comunidad.

j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de recursos comunales, gubernamentales etc.

SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.

Art. 5.- Los socios podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios; y

c) Fundadores.

a) Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho años sin distinción de raza, credo, religión e ideología política y que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

b) Son Socios Activos: todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente y afi liarse mediante procedimiento determinado por la Junta Directiva.

c) Son Socios Honorarios: todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General.

d) Son Socios Fundadores: todas las personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación.

Art. 6.- Son Derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los benefi cios derivados de la Asociación.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.

c) Optar a cargos Directivos siempre y cuando se llenen los requisitos señalados en los Estatutos de la Asociación.

d) Los Socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

e) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

Art. 7.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamentos Internos de la Asociación.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

c) La Junta Fiscalizadora.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada es la auto-ridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos salvo en lo referente a la disolución de la Asociación.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente tres veces al año, con intervalos de cuatro meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los socios.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán asuntos com-prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nulo.

Art. 12.- La convocatoria a Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito con tres días de anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que han de celebrarse. Si a la hora señalada, no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los que estén presentes, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

SON ATRIBUTOS DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

c) Aprobar, y/o modifi car los planes, programas y proyectos.

d) Aprobar o desaprobar el informe Anual de labores de la Asociación presentada por la Junta Directiva.

e) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios.

f) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

g) Fijar las cuotas y contribuciones eventuales de los miem-bros.

h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la asociación.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

j) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

k) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo por medio del representante legal de la Asociación.

l) Otorgar calidad de Socios Honorarios.

m) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno que se dicten.

n) Elegir, sustituir y destituir total o parcial a la Junta Fiscalizadora.

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado; por infracción del Código Municipal, Ordenanza Municipal y de estos Estatutos, se consideran además como casuales de retiro o de expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del socio que traduzca en perjuicio grave de la Asociación.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Art. 15.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión defi nitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, para que se nombre a los sustitutos.

Art. 16.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva podrá interponerse únicamente el Recurso de Revisión ante la misma, dentro del tercer día de la no-tifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

Art. 17.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Art. 18.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículos anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente que les autorice, a) Para nombrar de entre los miembros la Comisión Investigadora, b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerado de miembros los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá la suspensión temporal o defi nitiva de los Miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos.

JUNTA DIRECTIVA

Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros electos en Asamblea General por votación nominal y pública cuyo mandato será por dos años pudiéndose reelegir un 30% de la directiva existente para un segundo o tercer período, pero con un cargo distinto. La nominación de los cargos serán los siguientes: Presidente, Vicepre-sidente, Secretario, Tesorero y Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán AD- Honorem.

Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas ve-ces sea necesario y por lo menos una vez por mes extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente, Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-ponerlos en la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme la Ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.

f) Vincularse con las organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la Región en Proyectos de Desarrollo Comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las actividades que desarrolla y presentarle el Plan Anual de

Trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente a los organismos que cooperan en el desarrollo de sus programas de trabajo.

i) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria anual, sus actividades de trabajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos Estatutos.

Art. 22.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades. Tendrá la representación Judicial y extrajudicial de la Asociación. Deberá ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la certifi cación de puntos de actas que lo autoriza.

Art. 23.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, lo sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.

Art. 24.- El Secretario, será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma.

Además será Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 25.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de las mismas.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, debiendo registrar la fi rma del Tesorero con la del Presidente como refrendario.

Art. 26.- Los vocales, colaboran con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los Miembros de la Junta Directiva.

Art. 27.- La Junta Fiscalizadora estará compuesta por tres miembros electos en Asamblea General, Presidente, Secretario y Vocal.

La Junta será la responsable de fi scalizar los trabajos y bienes que desarrolle la Junta Directiva, al igual que otros comités de la comunidad Villa Tzuchi.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 28.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los socios activos y será de veinticinco centavos de dólar.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados etc., que provengan de diversas fuen-tes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación.

d) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes, muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación. El valor de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser asociado.

e) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título.

f) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-ral.

Art. 29.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio administrativo por la Asociación se aportará el cinco por ciento por lo menos, para formar un Fondo de Reserva, para incrementar el capital bancario a nombre de la misma.

La asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución.

La Asociación para desarrollar sus fi nes sociales y de obras físicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto que comparezca el Representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

Art. 30.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (Enero a Diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

Art. 31.- En caso de la disolución de la Asociación, si después de pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a programas de desarrollo comunal ha realizarse en la comuni-dad el cambio del domicilio de la Asociación mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal,

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 32.- La disolución de la Asociación será acordada en la sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza Municipales, estos Estatutos y demás leyes de la materia establecen.

DISPOSICION DE LA ASOCIACION

Art. 33.- La Asociación llevará sus Libros de Registros de Afi lia-dos, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro Financiero y Registro de Inventario, todos foliados y sellados, con una razón de apertura que contenga el objeto del libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por el secretario de la Junta Directiva.

Art. 34.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustituciones de los Miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier dato relativo a la Asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su Plan de actividades (Trabajo).

Art. 35.- Para la modifi cación del Acta de Constitución y los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 36.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos serán resueltos en Asamblea General de Socios.

Art. 37.- Los presentes Estatutos estarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO NUMERO SIETE.

Vistos los Estatutos de la ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DE VILLA TZU CHI, del Cantón Chanmico de esta Jurisdicción, que consta de Treinta y Siete Artículos y no encontrando en ellos ninguna Disposición Contraria a las Leyes de la República, al Orden Público y a las buenas costumbres, de conformidad a los Art. 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, este Concejo ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes y conferirles la Personalidad Jurídica. Comuníquese.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, a veintidós de octubre del dos mil cuatro.

Ing. ROMEO JOSE BARILLAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

SALVADORA PALACIOS MOLINA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No, A054468)

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION SALVADOREÑA

DE SISTEMAS DE AGUA ASSA.

CAPITULO I

NATURALEZA JURIDICA Y DENOMINACION

ARTICULO No. 1.- Se constituye la Asociación Salvadoreña de Sistemas de Agua, como una organización voluntaria de las comunida-des, e interesadas en mejorar los Sistemas de Agua, con carácter civil, democrática y sin fi nes de lucro. Se regirá por los presentes estatutos, sus reglamentos internos y en lo no preescrito por las leyes de la República de El Salvador y las resoluciones que emita la Asamblea General y su Junta Directiva.

ARTICULO No. 2.- El domicilio de ASSA, será la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, pudiendo ofrecer sus benefi cios a quienes lo soliciten en todo el país.

CAPITULO II

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

ARTICULO No. 3.- Los principales objetivos de ASSA son los siguientes:

a) Mejorar la autosufi ciencia de las comunidades en lo relacio-nado con el abastecimiento de agua, el saneamiento básico y la calidad de los servicios.

b) Promover organizaciones democráticas a nivel de caseríos, co-munidades, municipios y departamentos para el mejoramiento del agua, el saneamiento y el medio ambiente en general.

c) Buscar que los Sistemas asociados puedan alcanzar en la medida de lo posible mayor capacidad técnica, administra-tiva y fi nanciera, a fi n de que puedan solucionar con mayor efi ciencia sus propios problemas.

d) Promover permanentemente capacitación para las organiza-ciones agremiadas en aspectos de organización comunitaria, la operación de sus Sistemas de agua y la correcta administración de los mismos.

e) Proveer educación constante a los usuarios y actualizarlos a través de medios y métodos de enseñanza y comunicación al alcance de la Asociación y la población atendida.

Preservar el medio ambiente y buscar el mejoramiento de las fuentes de agua, y contribuir a la elaboración, legalización y ejecución de planes de manejo de los recursos existentes en las áreas tributarias.

CAPITULO III

DE LA MEMBRESIA

ARTICULO No. 4.- La membresía de la Asociación estará formada por comunidades que cuenten con una organización local encargada de la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua, que sienta la voluntad de participar y que además se encuentren solventes económicamente con la participación económica necesaria para el desempeño de ASSA.

ARTICULO No. 5.- Son miembros honorarios los que reciban tal distinción por haber alcanzado méritos y que la organización lo considere justo y conveniente darles tal distinción.

ARTICULO No. 6.- Para que una comunidad pueda ser considerada miembro necesita en primer lugar estar organizada localmente, y segundo, haber pagado su cuota de membresía a la asociación nacional.

ARTICULO No. 7.- Las comunidades estarán representadas ante la asociación a través del Presidente de la organización local o en su defecto por cualquier otro miembro designado por la misma Junta direc-tiva, además podrán serlo otros usuarios que por causas de fuerza mayor fueren designadas como delegados ante la asociación por la Asamblea General de ASSA.

ARTICULO No. 8.-

a) Son derechos de las comunidades miembros: mantener un representante con voz y voto en todas las sesiones de asamblea general que se llevaren a cabo.

b) Recibir atención en aspectos de asesoramiento técnico admi-nistrativo u organizativo y cualquier otro servicio aprobado por la Asamblea General y que la asociación se encuentre con la capacidad de brindarlo.

c) Participar en los eventos de capacitación técnica o adminis-trativa que lleve a cabo la asociación.

d) Contar con el apoyo moral y solidario de la organización y del resto de la membresía en todos aquellos casos que se vean perjudicados los derechos de la comunidad en general o los usuarios en particular, así como también afecta la estabilidad de la organización local.

ARTICULO No. 9.- Son prohibiciones de los representantes de las comunidades ante la asociación:

a) participar en actividades políticas o que contravengan el sistema político, jurídico y democrático del país.

b) Infl uenciar, o manipular las decisiones de la asociación con fi nes de carácter personal.

CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA ASOCIACION

ARTICULO No. 10.- La asociación estará conformada por los siguientes organismos, y podrá tener los siguientes organismos:

Asamblea General

Junta Directiva

Director ejecutivo

Coordinadores Sectoriales

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTICULO No. 11.- La Asamblea de la Asociación es la máxima autoridad y estará constituida por la reunión de todos los representantes de los sistemas miembros.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ARTICULO No. 12.- Las Asambleas Generales serán ordinarias y extraordinarias, habiéndose de reunir previa convocatoria de la Junta Directiva.

ARTICULO No. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General de Representantes:

a) Elegir la Junta Directiva de la Asociación y proponer cambios a la misma.

b) Conocer y aprobar el informe anual de actividades que re-presente la Junta Directiva.

c) Aprobar o modifi car los presupuestos.

d) Establecer las contribuciones ordinarias y extraordinarias que deberán pagar las comunidades miembros.

e) Resolver todos los asuntos que la Junta Directiva someta a consideración.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO No.14.- La Junta Directiva será el órgano ejecutivo de la Asociación y estará integrada por siete miembros de la forma siguiente: Presidente, Vicepresidente, secretario, tesorero, síndico y tres vocales por su orden.

ARTICULO No. 15.- La Junta Directiva deberá sesionar por lo menos una vez por mes, o las veces que ésta estime conveniente a fi n de que pueda tomar las decisiones necesarias para alcanzar las metas propuestas.

ARTICULO No. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por periodos de (2) dos años, pudiendo ser electos por igual periodo si la Asamblea lo estima conveniente y servirán en sus cargos hasta que tomen posesión sus sucesores. Sin embargo el Presidente saliente quedará inmediatamente después como asesor durante un año.

ARTICULO No. 17.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Aprobar, modifi car, interpretar o derogar las normas operativas y procedimientos que requiera la asociación para su normal funcionamiento.

b) Discutir y aprobar la negociación, aceptación, resolución y fi rma de los contratos o convenios que celebre la Asociación, relacionados con sus metas y objetivos.

c) Informar sobre los mismos a la Asamblea General.

d) Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordina-rias.

e) Presentar a la Asamblea General Ordinaria los planes de tra-bajo, el informe de actividades desarrolladas y los Estados Financieros del periodo.

f) Discutir y aprobar los presupuestos de ingresos y egresos así como los planes del mismo, previo sometimiento a conside-ración por la Asamblea General.

g) Recibir las contribuciones y donaciones que se hagan a la asociación para sus gastos de administración y el cumplimiento de sus objetivos.

h) Nombrar y remover de sus cargos a empleados de la Asocia-ción.

i) Conocer de las medidas y sanciones de carácter disciplinario a los responsables.

j) Las demás que confi ere los presentes estatutos, reglamentos internos y acuerdos que se emitan.

CAPITULO VII

ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO No. 18.- Son atribuciones del Presidente:

a) Ejercer la representación ofi cial de la Asociación.

b) Presidir las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva.

c) Realizar la convocatoria a Asamblea General que acuerde la Junta Directiva.

d) Ordenar la práctica de arqueos y auditorías.

e) Decidir con doble voto en caso de empate en las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.

f) Firmar juntamente con el Secretario de actas de las sesiones, acuerdos y resoluciones.

g) Convocar a las sesiones de Junta Directiva.

ARTICULO No. 19.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) El vicepresidente hará las veces de presidente en caso de ausencia, excusa, enfermedad, impedimento u otros casos en que las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Junta Directiva.

ARTICULO No. 20.- Son atribuciones del secretario:

a) Llevar al día los libros de actas de sesiones de asambleas generales y junta directiva y expedir la certifi cación de actas y otras que la junta le asigne.

b) Recibir, despachar y archivar la correspondencia y autorizar con su fi rma, los documentos que expire la asociación, después que la junta decida lo conveniente.

c) Actuar como secretario en las sesiones de asamblea general y de la junta directiva.

d) Redactar las actas, distribuir las convocatorias y las demás funciones que le asigne la junta directiva.

ARTICULO No. 21.- Son atribuciones del tesorero:

a) Administrar bajo su responsabilidad los fondos de la organi-zación.

b) Recaudar las contribuciones ordinarias y extraordinarias acordadas por la Asamblea General.

c) Efectuar pagos con la debida autorización.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

d) Llevar los libros de contabilidad que sean necesarios.

e) Depositar los fondos recibidos por diferentes conceptos en

una institución bancaria del país.

f) Las demás que señale el reglamento.

ARTICULO No. 22.- Son atribuciones del Síndico:

a) Velar por el cumplimiento de los estatutos y los reglamentos

de la Asociación.

b) Comprobar, intervenir o practicar auditorías.

c) Verifi car periódicamente las cuentas de Tesorería.

d) Informar a la Junta Directiva y a la Asamblea General los

resultados de sus funciones.

e) Ejercer la presentación legal de la Asociación.

f) Las demás que señale el reglamento.

ARTICULO No. 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Presidir la sesión de asamblea general o de junta directiva,

cuando no estén presentes el presidente ni el Vice-presiden-

te.

b) Elaborar el acta respectiva cuando el secretario faltare a una

reunión de asamblea general o de Junta Directiva.

c) Las demás funciones que le señale la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ARTICULO No. 24.- Son patrimonios de la Asociación, los bie-

nes muebles e inmuebles que posea y adquiera para el cumplimiento

de sus fi nes y objetivos ya sea en virtud de compra, legados, herencias

o donaciones. Así como también los ingresos provenientes de ingresos

ordinarios como cuotas de membresía, extraordinarias y por los servicios

que preste. También los activos provenientes de ingresos que reciba de

organizaciones nacionales e internacionales que apoyen programas de

desarrollo.

ARTICULO No. 25.- Tanto el patrimonio como los ingresos netos

de la Asociación no podrán ser distribuidos entre sus miembros, funcio-

narios u otras personas privadas, salvo compensaciones que la asociación

autorice como pagos por servicios prestados a la organización.

CAPITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

ARTICULO No. 26.- En caso de disolución y liquidación de la aso-

ciación, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones

fi lantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO No. 27.- El ejercicio fi nanciero de la Asociación co-incidirá con el año fi scal del gobierno de la República de El Salvador.

ARTICULO No. 28.- Los programas, proyectos o actividades que la Asociación ejecute, no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlas de común acuerdo por disposición de este último.

ARTICULO No.29.- Los presentes estatutos de la Asociación Salvadoreña de Sistemas de Agua (ASSA) con domicilio en la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, entrarán en vigencia al ser aprobados por la Asamblea General de Delegados y publicados en el “Diario Ofi cial”, con las limitaciones establecidas en la constitución de la República y demás leyes. Sus enmiendas o modifi caciones se someterán al mismo procedimiento de aprobación.

ACUERDO NUMERO VEINTE.

Vistos los Estatutos de la ASOCIACION SALVADOREÑA DE SISTEMAS DE AGUA (ASSA), fundada en esta ciudad, que podrá abreviarse ASSA que consta de 29 Artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, ni a las bue-nas costumbres, El Concejo Municipal en uso de sus facultades legales que le confi ere el Art. 7 de la Constitución de la República, Art. 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, y CONSIDERANDO: a) Que la ASOCIACION SALVADOREÑA DE SISTEMAS DE AGUA, tiene por objetivo mejorar la autosufi ciencia de las Comunidades en lo relacionado con el abastecimiento de agua, el saneamiento básico y la calidad de los servicios, b) Que pretende promover organizaciones democráticas a nivel de Caseríos, Comunidades, Municipios y Departamentos para el mejoramiento del agua, saneamiento y el medio ambiente en general, c) Además tiene por fi nalidad buscar que los Sistemas Asociados puedan alcanzar en la medida de lo posible mayor capacidad técnica administrativa y fi nanciera, a fi n de que puedan solucionar con mayor efi ciencia sus propios problemas, promoviendo permanentemente capacitaciones para las organizaciones comunitarias, la operación de sus Sistemas de Agua y la correcta administración de los mismos, en consecuencia ACUERDA: Aprobar los Estatutos en todas sus partes y conferirle a dicha Asociación el Carácter de Persona Jurídica. Comuníquese y publíquense en el Diario Ofi cial para los efectos legales consiguientes.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal: San Vicente, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil cuatro.

Lic. RAFAEL CALDERON AGUIRRE,

ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. MAURICIO CORPEÑO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. A054423)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída a las catorce horas del veintidós de septiembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE LUIS MARROQUIN MARROQUIN, quien fue de cuarenta y tres años de edad, Empleado, Casado, originario de San Martín, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Martín, hijo de VIRGILIO MARROQUIN o VIRGILIO MARROQUIN ROSA-LES y PAULA MARROQUIN, quien falleció el doce de enero de dos mil cuatro; de parte de la señora MARIA ESPERANZA MARTINEZ VIUDA DE MARROQUIN o MARIA ESPERANZA MARTINEZ CRESPIN, en calidad de cónyuge sobreviviente, del menor JAIME ADALBERTO MARROQUIN MARTINEZ, quien ejercerá su derecho a través de su representante legal señora MARTINEZ VIUDA DE MARROQUIN o MARTINEZ CRESPIN; de los señores WILFREDO ALEXANDER MARROQUIN MARTINEZ y JOSE LUIS MARROQUIN MARTINEZ como hijos del causante, y del padre del mismo, señor VIRGILIO MARROQUIN o VIRGILIO MARROQUIN ROSALES.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión para que se pre-sente a este tribunal dentro del término de ley a deducir sus derechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Soyapango, a las once horas del veintitrés de septiembre de dos mil cuatro. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1494-1

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas veinte minu-tos del día uno de octubre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Ilopango, siendo ese su último domicilio, el día dieciocho de agosto del dos mil tres, dejó el señor RO-BERTO AUGUSTO GODOY MONTALVO de cuarenta y ocho años de edad, Ingeniero Civil, Casado, del Domicilio de Ilopango, Originario de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, Salvadoreño, hijo de SOFIA MONTALVO y RAFAEL GODOY CANALES, de parte de EMILIA SOFIA MONTALVO conocida por SOFIA EMILIA MONTALVO y por SOFIA MONTALVO hoy viuda DE GODOY como madre del causante, y XENIA LISETTE ALEMAN VIUDA DE GODOY por sí en repre-sentación de los menores XEYLI ESTEFANY, RAFAEL ENRIQUE, y ROBERTO AUGUSTO todos de apellidos GODOY ALEMAN como cónyuge sobreviviente e hijos del causante.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación in-terinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión intestada para que se presente a este juzgado a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas cincuenta y ocho minutos del día uno de octubre del dos mil cuatro. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1495-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascrito Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 63 de la Ley Orgánica de esta Institución, EMPLAZAN: a los señores MARCO ANTONIO MELENDEZ PEÑATE, Cuarto Regidor; LUIS FRANCISCO CALDERON VILLAVICENCIO, Quinto Regidor; y JOSE RAUL LAZO OSORIO, Octavo Regidor; quienes actuaron en la Municipalidad de Soyapango, Departamento de San Salvador, durante el período comprendido del uno de mayo de mil novecientos noventa y cuatro al treinta de septiembre de mil novecientos noventa y cinco; o a sus representantes, para que dentro de los cinco días siguientes a la tercera y última publicación de este edicto comparezcan a manifestar su defensa. Dicho Juicio tiene como base el Pliego de Reparos número 208, por la cantidad de UN MILLON CIENTO CUATRO MIL TRES-CIENTOS CUARENTA Y SEIS COLONES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS (¢1,104,346.72), equivalentes a CIENTO VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS ONCE DOLARES CON CINCO CENTAVOS DE DOLAR ($126,211.05 ).

Librado en el Cámara Segunda de Primera Instancia, de la Corte de Cuentas, a las once horas quince minutos del día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR,

JUEZ.

Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUEZ.

Lic. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1496-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, en represen-tación legal del señor MARIO ANTONIO DE LA O MEZA, quien es mayor de edad, casado, agricultor, de este origen y domicilio, residente

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

en Barrio San Antonio de esta Ciudad, identifi cado por su Documento de Unico de Identidad número cero un millón ciento ochenta y cuatro mil seiscientos sesenta y uno guión tres y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil trescientos ocho ciento veinte mil seiscientos setenta y tres guión ciento uno guión cinco, solicitando se le extienda Título de Propiedad a su representado, de un inmueble de naturaleza urbano, situado en Barrio San Antonio de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de una CAPACIDAD SUPERFICIAL DE UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS. Que mide y linda al ORIENTE, sesenta metros, colinda con el señor GEOVANY GUEVARA, cerco de árboles del colindante, al NORTE, veinticinco metros, cincuenta centímetros, colinda con el señor Leoni-das SANDOVAL, al PONIENTE, Cincuenta y dos metros, cincuenta centímetros, colinda con el señor GEOVANY GUEVARA, cerco de piña del colindante y al SUR; veintidós metros, cincuenta centímetros, colinda con el señor OSCAR DE LA O MEZA, calle de por medio. No es predio dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, ni tiene carga o derecho real que pertenezca a otra persona. En el inmueble que se trata de titular, existe una construcción de tipo mixto.

Lo hubo por compra que le hizo a la señora PETRONILA RAMOS VDA. DE LA O (Fallecida, quien residía en el barrio San Antonio de esta Ciudad), por lo que unida a la anterior posesión, pasan más de treinta años de poseerlo. Lo valora en la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 ($ 2,857.14). Todos los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal, ciudad de Lolotique, a los quince días del mes de octubre de dos mil cuatro. JUAN ANGEL HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL. Br. HELMAN MARTINEZ SALMERON, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1497-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la Republica, representando en este acto al señor JULIO HERNANDEZ RODRIGUEZ, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en Colonia Milagro de la Paz, Zona A cuatro cuadras al Poniente de la Avenida Las Azucenas de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES METROS TREINTA Y TRES DECIMETROS CON DOCE CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veintiocho metros con cuarenta y cinco centímetros, colinda con la señora MARIA ISABEL SANCHEZ MOREIRA; AL PONIENTE, sesenta y cuatro metros, colinda con la señora BONIFACIA CALIX FUNES; AL NORTE, sesenta y seis metros con cincuenta centímetros, colinda con calle de por medio con el señor JOSE DIONICIO CRUZ RIVERA; y AL SUR, noventa y dos metros, colinda con la señora IMELDA CARDENAS. En el Inmueble antes descrito no existen construcciones de sistema mixto, no es domi-nante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por Posesión Material, que de él ha ejercido desde el día nueve de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro hasta la fecha, posesión material que ha durado por más de veinte años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1498-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, en calidad de Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la Republica, representando en este acto a la señora SANTOS EMILIA ORELLANA HERNANDEZ, solicitando a favor de su representado TITULO DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Avenida El Pitarrillo Número cuarenta y tres de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superfi cial de: OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS VEINTIOCHO DECIMETROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, treinta y un metros, colinda con la señora PAULINA ANDRADE; AL PONIEN-TE: veintiséis metros con treinta centímetros, colindando con la señora ROSARIO GOMEZ; AL NORTE: veintisiete metros, colindando con SANTOS PRUDENCIO, calle de por medio; y AL SUR: treinta y cua-tro metros con ochenta centímetros, colinda con el señor SALVADOR QUINTANILLA, su representado adquirió el inmueble por compraventa de la Posesión Material, en forma verbal o sea sin mediar documento alguno, que de él hizo a la señora LEONICIA HERNANDEZ VASQUEZ, el día quince de mayo de mil novecientos ochenta y seis, posesión que ha ejercido por más de diez años continuos, en el inmueble antes descrito contiene construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios, el cual ha sido en forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son todos de este domicilio.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal, San Miguel, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SE-CRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1499-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la Republica, representando en este acto al señor RAMON COREAS, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, zona baja de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de QUINIENTOS VEINTIOCHO METROS OCHENTA Y CUATRO CEN-TIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veinticuatro metros, lindando por este rumbo con la señora OTILIA ALVARENGA, calle de por medio; AL PONIENTE, veintiséis metros con ochenta y cinco centímetros, lindando con JUANA SANTOS

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

DE CALIX; AL NORTE, veintidós metros con treinta centímetros, linda con JUAN ELISEO MAJANO; Y AL SUR, diecinueve metros con treinta centímetros, linda con MARIA ALICIA PARADA DE CANALES. En el Inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto, con sus servicios y accesorios, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compra de la Posesión Material, en forma verbal o sea sin mediar documento alguno, el día veinte de junio de mil novecientos setenta y ocho, que de él hizo a la señora MARINA LAZO, mayor de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, posesión que ha ejercido por más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS QUINCE DOLARES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1500-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la Republica, representando en este acto a la señora ROSALINA ARGUETA ARGUETA C/p ROSA LINA ARGUETA ARGUETA, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Vía Satélite, Calle Veracruz casa número cuarenta y seis de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capa-cidad superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS SETENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veintiocho metros con cuarenta y dos centímetros, colinda con el señor FRANCISCO GONZALEZ, cerco de piedras propio de por medio, AL PONIENTE, veintiocho metros con cuarenta y dos centímetros, colinda con JOSE NEFTALI CONTRERAS, cerco de alambre propio de por medio, AL NORTE, nueve metros, cerco de piedra de la colindante de por medio con la señora ROSA ELVIRA CARRANZA, y AL SUR, nueve metros, con Calle Veracruz de por medio linda con la señora MARIA DEL CARMEN LOPEZ. En el Inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto, con sus servicios y accesorios, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compra formal de la Posesión Material, que de él hizo al señor JOSE NECTALI CONTRERAS C/p JOSE NECTALI CONTRERAZ, mayor de edad, Mecánico, de este domicilio, mediante documento público, otorgado en esta ciudad el día catorce de diciembre del año dos mil, ante los ofi cios notariales de la Licenciada NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, posesión que unida a la del vendedor ha sido por más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal, San Miguel, a los tres días del mes de septiem-bre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1501-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la Republica, representando en este acto al señor SANTOS CLEMENTE ROMERO, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Final Pasaje La Roca de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de UN MIL CIENTO VEINTIUN METROS VEIN-TICINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, treinta y seis metros, lindando con calle de por medio pasaje La Roca; AL PONIENTE, treinta y tres metros, lindando con la señora DORIS SAENZ y el señor MANUEL PORTILLO; AL NORTE, treinta y dos metros, linda con el señor VICENTE VASQUEZ y REYNA MOLINA; Y AL SUR, treinta y tres metros colinda con la señora VICTORINA CHAVARRIA. En el Inmueble antes descrito existe construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por Posesión Material, que sobre el referido inmueble ha ejercido y que hoy pretende titular, posesión que ha tenido desde el día quince de enero del año de mil novecientos ochenta y uno, posesión material que ha durado por más de veintitrés años continuos, lo cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1502-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando en este acto a la señora ROSA DELMY BENAVIDES DE CONTRERAS, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Avenida Azucenas de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de SETECIENTOS TREINTA Y DOS METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veintisiete metros, colinda con el señor LUIS ALONSO PERALTA, con cerco de piedras del solicitante; AL PONIENTE, veintitrés metros, colinda con la señora MARIA PORTILLO, cerco de alambre de la solicitante; AL NORTE, treinta metros con sesenta centímetros, colinda con la señora ZOILA EMERITA CONTRERAS, con cerco del colindante; Y AL SUR, vein-tiocho metros, colinda con la señora JUANA FRANCISCA FUENTES, con cerco del colindante. En el Inmueble antes descrito existe construc-ciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compraventa de la Posesión Material, o sea sin mediar documento alguno, que de él hiciera al señor JOSE MATIAS CONTRERAS, el día veintidós de febrero de mil novecientos setenta y cuatro, desde ese entonces posee dicho inmueble ejercido actos de verdadero dueño y que hoy pretende titular, posesión que ha tenido por

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

más de diez años continuos, lo cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1503-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando en este acto a la señora EVANGELINA PEREZ VIUDA DE MEJIA, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Calle La Ermita Casa Número Quince de esta ciudad, Distrito y Depar-tamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS SESENTA Y SEIS DECIMETROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linde-ros siguientes: AL ORIENTE, catorce metros veinte centímetros, colinda con la señora JUANA FRANCISCA RODRIGUEZ DE MARTINEZ; AL PONIENTE, diecisiete metros cincuenta centímetros, colinda con Iglesia Católica de Padua; AL NORTE, veintidós metros cincuenta centímetros, colinda con calle de por medio y la señora, GLORIA DEL CARMEN ANDINO; Y AL SUR, veintidós metros, colinda con Iglesia Católica de Padua. En el Inmueble antes descrito existe construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compraventa de la Posesión Material, sin mediar documento alguno, que de él hiciera al señor ALVARO SALOMON MEJIA DEL CID, el día diez de diciembre de mil novecientos noventa y dos, desde ese entonces posee dicho inmueble ejerciendo actos de verdadero dueño y que hoy pretende titular, posesión que ha tenido por más de diez años continuos, lo cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1504-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando en este acto a la señora MIRIAM DEL CARMEN BENAVIDES DE TICAS, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Final Avenida Cinco de Enero de esta ciudad, Distrito y Depar-

tamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS, CUARENTA DECIMETROS, CERO SEIS CENTIMETROS VEINTE MILIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, dieciséis metros cuarenta centímetros, Avenida Esmeralda de por medio y con solar de ANACLETO FLORES: AL PONIENTE, dieciséis metros con setenta y cinco centíme-tros, colinda con el señor WILFREDO SOLIS: AL NORTE, veinte metros con treinta y cinco centímetros, Calle El Progreso y con ANA CECILIA SORTO DE MEDINA: Y AL SUR, veinte metros, colinda con VIRGILIO TICAS. En el Inmueble antes descrito existe construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compraventa de la Posesión Material, de forma verbal o sea sin mediar documento alguno, que de él hizo al señor HIPOLITO TICAS, el día veinte de marzo de mil novecientos ochenta y nueve, posesión material que ha ejercido por más de diez años continuos, lo cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual valúa en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1505-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando en este acto a la señora ZOILA EMERITA CONTRERAS BENAVIDES, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Zona Alta de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS SIETE METROS CUARENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, trece metros, colinda con LUIS ALONSO PERALTA, cerco de piedra del colindante, AL PONIENTE, trece metros con veinte centímetros, lindando con Avenida Las Azucenas y con MARIA PORTILLO, tapial de bloque propio; AL NORTE, treinta y dos metros, lindando con ERIQUE MORATAYA; y AL SUR, treinta metros con veinte centímetros, lindando con la señora ROSA DELMY BENAVIDES, cerco de la colindante. En el Inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto, y demás servicios, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por compra de la Posesión Material, de forma verbal o sea sin mediar documento alguno, que de él hizo al señor JOSE MARIA CONTRERAS, quien es mayor de edad, Obrero, del domicilio de esta ciudad, acto realizado el día uno de enero de mil novecientos noventa y cuatro, posesión material que ha ejercido por más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de SEIS MIL DOLARES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1506-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, representando en este acto al señor JOSE NATIVIDAD MENDOZA, de generales conocidas, solicitando a favor de su representado Título de Dominio, de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Calle Quince de Septiembre casa número uno de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS, OCHENTA Y DOS DECIMETROS, CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE diecinueve metros treinta centímetros, colinda calle de por medio con JOSE ANTONIO SOLIS; AL PONIENTE dieciséis me-tros, colinda con el señor RAMON VARGAS, pared del colindante; AL NORTE diecinueve metros cincuenta centímetros, colinda con la señora JUANA DE JESUS MENDEZ, pared propia; y AL SUR, veinticinco metros, colinda con ANA MIRIAM ALFARO, Calle Quince de Septiem-bre de por medio y cerco propio. En el Inmueble antes descrito existe construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió por Posesión Material, que sobre el referido ha ejercido y que hoy pretende titular posesión que ha tenido desde el día quince de enero del año de mil novecientos setenta y cuatro, posesión material que ha durado por más de diez años continuos, lo cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, el cual lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cuatro. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO. SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1507-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, como apoderada de la señora ESMERALDA AGUIRRE, de sesenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, de este origen y domicilio con Documento Unico de Identidad Número cero cero novecientos setenta y siete mil trescientos ochenta y cinco - cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil doscientos dieciséis - cero once mil doscientos cuarenta y uno - ciento uno - cuatro; solicitando a favor de su representada título de dominio de un inmueble de naturaleza Urbana ubicado en el Barrio El Centro, en Primera Calle Poniente de este Municipio de San Luis de la Reina, Distrito de Sesori, Departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUATRO METROS CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, el cual es de las medidas y linde-

ros siguientes: al ORIENTE quince metros cincuenta y seis centímetros colinda con ANTONIO POCASANGRE, al PONIENTE; quince metros cincuenta y seis centímetros con GALILEO ARGUETA, al NORTE; veintiséis metros con ROSA SORTO y al SUR veintiséis metros con SANTOS GUEVARA, dentro del terreno existe construida una casa de sistema mixto. El Inmueble antes descrito no es ejidal, baldío, ni co-munal, no tiene cargas ni derechos reales, no es dominante ni sirviente, por consiguiente, tiene más de veintiséis años de poseerlo en forma quieta, pública, pacífi ca e ininterrumpida y lo estima en la cantidad de CUARENTA MI COLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal: San Luis de la Reina, a seis de octubre del dos mil cuatro. RAUL HENRIQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARISOL ORELLANA CONTRERAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1508-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Ofi cina se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, como apoderada de los señores JULIO CESAR AGUIRRE y VIRGINIA GUZMAN DE AGUIRRE, de sesenta el primero de setenta y cinco años de edad, agricultor en pequeño y la segunda de sesenta y cinco años de edad de ofi cios domésticos ambos de este domicilio, con Documentos Unicos de Identidad Números en su orden cero un millón sesenta y tres mil qui-nientos treinta y dos guión ocho y cero un millón novecientos diecisiete mil ochocientos dos guión dos y Tarjetas de Identifi cación Tributaria Números en su orden un mil doscientos dieciséis ciento diez mil quinientos veintinueve ciento uno - ocho y un mil ciento treinta y ocho ciento uno – nueve; solicitando a favor de sus representados título de dominio de un inmueble de naturaleza Urbana ubicado en el Barrio Los Henríquez, Segunda Avenida Norte de este Municipio de San Luis de la Reina, Distrito de Sesori, Departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, el cual es de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, veintiún metros colinda con calle de por medio con MARCIANO RAMOS GUEVARA ANTONIO POCASANGRE al PONIENTE, veintiún metros con LUIS ALONSO CONTRERAS, al NORTE; dieciocho metros con ANA MA-RIA AGUIRRE y CARLOS PEREZ, y al SUR, dieciocho metros con OVIDIO POCASANGRE, dentro del terreno existe construida una casa de sistema mixto que mide nueve metros de largo por ocho metros de ancho. El Inmueble antes descrito no es ejidal, baldío, ni comunal, no tiene cargas ni derechos reales, no es dominante ni sirviente, por con-siguiente teniendo a la fecha cuarenta y un años de poseerlo en forma quieta, pública, pacífi ca e ininterrumpida y lo estima en la cantidad de CUARENTA MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al publico para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Luis de la Reina, a seis de octubre del dos mil cuatro. RAUL HENRIQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARISOL ORELLANA CONTRERAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1509-1

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

EL INFRASCRITO VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADA-NA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por NATU-RALIZACION, Auto que la declara ejecutoriada y acta de renuncia de la Nacionalidad de origen, Juramentación y protesta de Ley que literalmente dice: “MINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a las doce horas del día siete de octubre de dos mil cuatro. Las presentes diligen-cias han sido promovidas por EMILIANO JOSE PEDROZO, de treinta y un años de edad, de sexo masculino, casado, de profesión futbolista, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Originario de Lanús provincia de Buenos Aires, República de Argentina, lugar donde nació el día seis de Julio de mil novecientos setenta y dos, con nacionalidad actual ARGEN-TINA, y es portador del Carnet de Identifi cación de Extranjero Residente número 40759, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, siendo hijo de los señores CARLOS PEDROZO e INES BEATRIZ CANTARERO, el primero de cincuenta y nueve años de edad, originario de Santo Tomé, provincia de Corriente, República de Argentina y la segunda de cincuenta y cinco años de edad, ama de casa, originaria de Lanús, Buenos Aires, República de Argentina, ambos sobrevivientes. LEIDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que el peticionario en la solicitud de folios 3 y 4 en lo pertinente manifi esta que por ser de origen y nacionalidad ARGENTINA y tener domicilio fi jo en El Salvador, desde el día ocho de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, fecha en la cual ingresó al país por la Delegación Migratoria de Las Chinamas, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACION haciendo constar que en su país de origen no perteneció a ninguna sociedad u organización y en El Salvador tampoco. Manifestando su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador, por lo que de conformidad con el Art. 92 Ordinal 4° de la Constitución de la República y Art. 38 de la Ley de Extranjería y siguientes, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Fotocopia confrontada con su original de su Carnet de Identifi cación de Extranjero Residente a fs. 5; b) Fotocopia certifi cada de la Partida de Nacimiento debidamente autenticada, a fs. del 6 al 9; c) Constancia de Buena Con-ducta expedida por el Jefe del Departamento de Solvencias de la Policía Nacional Civil a fs. 10; d) Certifi cación de no tener antecedentes penales extendida por el Secretario General de la Dirección General de Centros Penales a fs. del 11 al 12; e) Certifi cado médico expedido por el Doctor MAURICIO R. PECCORINI, en el que consta que el peticionario no padece de enfermedades infectocontagiosas a fs.13; f) Certifi cación de Partida de Matrimonio, a fs. 14; g) Certifi cación de Partida de Naci-miento de su cónyuge VIRGINIA ISABEL ARANGO SALAZAR DE PEDROZO; a fs. 16; h) Fotocopia de pasaporte vigente, a fs. Del 17 al 33. II.- Que recibida la solicitud por auto de folio 35, se dio por admitida, se tuvo por parte a la peticionaria, se mandó a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos de conformidad con la Ley. III.- Que en Ofi cio número 0019452 de fecha veinte de Septiembre de dos mil cuatro, a folio 53, el señor Fiscal General de la República informa que no se opone a que se acceda a la petición del señor EMILIANO JOSE PEDROZO, siempre que se cumplan todos los trámites legales necesarios y asimismo informa que no existe expediente pendiente o fenecido en contra del interesado. IV.- Que con escrito de folio 52 el solicitante presentó para que se agregue la página cuarenta del periódico La Prensa Gráfi ca, de fecha veinticinco de Agosto del presente año, y el

ejemplar del Diario Ofi cial Tomo 364, número 158, de fecha veintisiete de Agosto del año en curso, en la página ciento noventa y siete, en los cuales aparece publicado por tercera y última vez el edicto a que se refi ere el auto de folios 35, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el otorgamiento de la nacionalidad sal-vadoreña por NATURALIZACION, que se ha solicitado. V.- Que por auto de folios 54 se mandó agregar los documentos antes relacionados y estimándose que procede acceder a lo solicitado por haberse cumpli-do con los requisitos establecidos en la Ley de la materia, se mandó a pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: En base a los considerándos anteriores y de conformidad con el Art. 92 Ordinal 4° de la Constitución de la República, 421,422 y 427 Pr. C., 38,39,41 y 46 de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, esta Secretaría de Estado FALLA: Concédesele al señor EMILIANO JOSE PEDROZO, de las generales expresadas la calidad de salvadoreño por NATURALIZACION, por ser de origen y nacionalidad ARGENTINA y tener domicilio fi jo en El Salvador. Dése cumplimiento al Art. 48 de la Ley de Extranjería, y expídase las certifi caciones de conformidad con lo que establece el Art. 51 de la referida Ley.- NOTIFIQUESE. LIC. RODRIGO AVILA AVILEZ, VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA MINISTERIO DE GOBERNACION.

“RUBRICADA”

MINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a las diez horas del día once de octubre del dos mil cuatro. A sus antecedentes agréguese el anterior escrito de folios 56, presentado por EMILIANO JOSE PEDROZO, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce la calidad de sal-vadoreño por NATURALIZACION: DECLARASE EJECUTORIADA. Señálase las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de octubre de dos mil cuatro, para la Juramentación y Protesta de Ley. Art. 48 de la Ley de Extranjería.-AVILA AVILEZ.

“RUBRICADA”

NUMERO SETENTA Y SIETE.- En el Ministerio de Gobernación, San Salvador, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de Octubre de dos mil cuatro.- Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en el auto de folios cincuenta y siete de las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización promovidas por el señor EMILIANO JOSE PEDROZO, de origen y nacionalidad ARGENTINA, para la re-nuncia de su nacionalidad de origen, Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería vigente. Estando presente el aceptante el suscrito VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA lo interrogó conforme lo indica el Artículo cincuenta de la misma Ley, en los siguientes términos: señor EMILIANO JOSE PEDROZO, ¿RENUNCIAIS A TODA OTRA NACIONALIDAD QUE OS VINCULA CON CUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y A LA OBEDIENCIA Y FIDELIDAD, QUE EN RAZON DE ELLA, HUBIESEIS PROFESADO? y contestó “SI RENUNCIO”. Asimismo ¿PROTESTAIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AUN A COSTA DE TODO SACRIFICIO? y el interrogado contestó: “SI PROTESTO”. Incontinenti el suscrito VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA pronunció la siguiente expresión “SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS PRE-

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

MIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto y en fe de lo antes escrito fi rmamos la presente acta. ING. RODRIGO AVILA AVILEZ VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA EMILIANO JOSE PEDROZO.

“RUBRICADAS”

ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON LOS CUALES SE CONFRONTO. Y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, fi rma y sella la presente, en el MINISTERIO DE GOBER-NACION: San Salvador, a las quince horas con treinta minutos del día quince de Octubre de dos mil cuatro.

Ing. RODRIGO AVILA AVILEZ,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

1 v. No. A054388

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Profesional ubicada en Colonia y Avenida Tres de Mayo, número ciento setenta y nueve “B- Uno”,en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por el suscrito Notario, en esta ciudad, a las quince horas del día quince del corriente mes y año, se ha tenido por Aceptada Expresamente con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, a las dieciséis horas y cinco minutos del día veintidós de marzo del presente año, en el Hospital Militar de esta ciudad, dejó el causante CARLOS ANTONIO FLORES ECHEVERRIA, conocido por CAR-LOS ANTONIO FLORES por los señores ARNULFO ECHEVERRIA FLORES, conocido por ARNULFO ECHEVERRIA; ELVA GLADIS FLORES DE VASQUEZ, conocida por ELBA GLADIS FLORES; JAIME NOEL FLORES ECHEVERRIA, conocido por JAIME NOEL FLORES y JOSE MAURO FLORES ECHEVERRIA, conocido por JOSE MAURO FLORES, todos en su carácter de hermanos del causante, habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Librado en la Ofi cina del Notario JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS, en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

1 v. No. A054331

GERARDO ALFONSO RODRIGUEZ GALLARDO, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Avenida Cuatro de Mayo, número doscientos nueve, Colonia Buenos Aires, San Salvador, al público,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Notario, en esta ciudad, a las ocho horas, del día veinte de octubre del corriente año, se ha declarado a la señora ELIDA JUANA BOJORQUEZ DE MELENDEZ, heredera defi nitiva ab-intestato, con benefi cio de inven-tario, de los bienes que a su defunción dejó el señor PEDRO OSCAR

MELENDEZ, fallecido a las veintiún horas y cinco minutos, del día dieciocho de Julio del presente año, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, en su calidad de Cónyuge, confi riéndole a dicha heredera la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo anterior se hace saber al público por el presente y único aviso para los efectos de Ley.

Librado en mi Ofi cina Profesional, San Salvador, veintiuno de octubre de dos mil cuatro.

Lic. GERARDO ALFONSO RODRIGUEZ GALLARDO,

NOTARIO.

1 v. No. A054339

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina profesional ubicada en Edifi cio Skylight Center, Locales Ciento Doce y Ciento Trece, Boulevard del Hipódromo, Colonia San Benito, de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las nueve horas del día dieciocho de octubre de dos mil cuatro, se ha declarado a las señoras ENMA MERCEDES SANTOS MARTINEZ y GLORIA MARINA FRANCISCA MARTINEZ hoy DE TOLEDO, HEREDERAS DEFINITIVAS abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejara la señora SALVADORA ENMA MARTINEZ DE SANTOS, quien falleció en esta ciudad, el día veintidós de mayo de dos mil, siendo éste su último domicilio, en su concepto de hijas legítimas de la causante; habiéndoles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los dieciocho días de octubre de dos mil cuatro.

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA,

NOTARIO.

1 v. No. A054341

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina profesional ubicada en Edifi cio Skylight Center, Locales Ciento Doce y Ciento Trece, Boulevard del Hipódromo, Colonia San Benito, de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las ocho horas del día dieciocho de octubre de dos mil cuatro, se ha declarado a los señores LORENA GUADALUPE GARAY DE ACOSTA y MANUEL JUAN GARAY ESCOBAR, HEREDEROS DEFINITIVOS abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejara la señora MARIA BLANCA ZOILA ESCOBAR DE GARAY, quien falleció en esta ciudad, el día doce de octubre de dos mil tres, siendo éste su último domicilio, en su concepto de hijos legítimos de la causante; habiéndoles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los dieciocho días de octubre de dos mil cuatro.

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA,

NOTARIO.

1 v. No. A054342

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina profesional ubicada en Edifi cio Skylight Center, Locales Ciento Doce y Ciento Trece, Boulevard del Hipódromo, Colonia San Benito, de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil cuatro, se ha declarado a las señoras ENMA MERCEDES SANTOS MARTINEZ y GLORIA MARINA FRANCISCA MARTINEZ hoy DE TOLEDO, HEREDERAS DEFINITIVAS abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejara el señor FRANCISCO SANTOS, quien falleció en esta ciudad, el día seis de junio de dos mil cuatro, siendo éste su último domicilio, en su concepto de hijas legítimas del causante; habiéndoles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los dieciocho días de octubre de dos mil cuatro.

ANA CECILIA SOLIS DE BONILLA,

NOTARIO.

1 v. No. A054344

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las nueve horas con quince minutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora MARIA ISABEL GARCIA, en calidad de heredera testamentaria del causante señor ISABEL GARAY, conocido por ISABEL DE JESUS GARAY, en la sucesión testamenta-ria que éste dejó al fallecer el día veinte de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón El Nisperal, jurisdicción de Santa Elena, Departamento de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele a la Heredera Declarada, la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil cuatro. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. A054357

RICARDO RAMIREZ PONCE, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-uno, en esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas y veinte minutos de esta fecha, han sido declaradas herederas defi nitivas con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó JOSE MARIA FLORES LOPEZ conocido por JOSE MARIA FLORES, quien falleció el día veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en la ciudad de San Salvador, siendo Santa Ana el lugar de su último domicilio, a las señoras: ANA ALICIA LINARES conocida por ANA ALICIA FLORES LINARES y por ANA ALICIA FLORES DE MERLOS y MARIA MAGDALENA MESQUITA conocida por MARIA MAGDALENA MESQUITA FLORES y por MARIA MAGDALENA GONZALEZ, hijas del causante mencionado; y se les ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en Santa Tecla, a veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. RICARDO RAMIREZ PONCE,

NOTARIO.

1 v. No. A054384

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y veinte minutos del día seis de julio del presente año, se ha declarado heredera con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante, señora GUILLERMA GOMEZ, ocurrida el día diez de febrero de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón La Lima, Caserío El Almendro, jurisdicción de Huizúcar, lugar de su último domicilio, a la señora JUANA GOMEZ ahora DE DOMINGUEZ, en su calidad de hija de la causante; y se ha conferido a la heredera declarada, únicamente la representación defi nitivas de la sucesión, la cual deberá ejercerla conjuntamente con la otra heredera declarada, señora ROSA MARINA GOMEZ GUZMAN; no confi riéndosele la administración por constar en autos que la aceptante, señora MARIA ELICIA GOMEZ, no ha sido declarada aún heredera.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día quince de julio de dos mil cuatro. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

1 v. No. A054426

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de este tribunal a las once horas veinte minutos de este día mes y año, se han declarado herederas abintestato y con benefi cio de inventario de la causante señora FRANCISCA VARGAS, fallecida en el cantón San Jacinto de la jurisdicción de Coatepeque, lugar de su último domicilio, el día seis de Agosto del año de mil nove-cientos sesenta y uno, de parte de su hija señora SARA VELASQUEZ DE CERON en su concepto de hija de la referida causante y a la señora OLGA MARIBEL VELASQUEZ en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora JUANA JULIA VELASQUEZ conocida por JUANA JULIA VELASQUEZ VARGAS por JULIA VELASQUEZ VARGAS y por JUANA VELASQUEZ VARGAS, en su concepto de hija de la referida causante, a quien se le confi ere defi nitivamente, la administración y representación de la sucesión.

Juzgado Primero de lo civil: Santa Ana, a las doce horas del día ocho de Octubre del año dos mil cuatro. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CAR-MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

1 v. No. A054430

ROBERTO GIRON FLORES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Final Calle Nueva Número Dos, Pasaje Número Dos, Casa uno B, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día diez de diciembre del año dos mil tres, se ha declarado a la señora JUANA RODRIGUEZ, de sesenta años de edad, ama de casa, del domicilio de San Juan Talpa, Departamento de La Paz, con, Documento Unico de Identidad número: cero cero seis cero dos tres cuatro nueve-seis, con Número de Identifi cación Tributaria: cero ochocientos once- cero ochenta mil trescientos cuarenta y tres-ciento uno-ocho, en su carácter de hija de la causante y cesionaria de los derechos hereditarios de la señora MARCELINA RODRIGUEZ, de sesenta y siete años de edad, doméstica, del domicilio de san Juan Talpa, Departamento de La Paz, con Documento Unico de Identidad número: cero dos seis cuatro tres seis ocho nueve-siete, y Número de Identifi cación Tributaria: cero ochocientos once-doscientos sesenta mil cuatrocientos treinta y cinco-ciento uno-seis, en la misma sucesión; heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, administradora y representante defi nitiva de la herencia intestada de los bienes que a su fallecimiento dejó la señora CANDELARIA DE JESUS RODRIGUEZ VIUDA DE BERDUGO, conocida por CANDELARIA RODRIGUEZ, quien falleció el día doce de agosto de mil novecientos noventa y nueve, en la Villa de San Juan Talpa, Cantón Tobalón, Departamento de La Paz, y quien a su defunción era de noventa y siete años de edad, y tuvo su último domicilio en San Juan Talpa, Cantón Tobalón, Departamento de La Paz.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día quince de octubre del año dos mil cuatro.

ROBERTO GIRON FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. A054432

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las nueve horas cincuenta minutos del día diecinueve de Octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUIS ALFONSO PARADA conocido por LUIS ALFONSO PARADA PORTILLO quien falleció a las siete horas del día veintiuno de Mayo del dos mil tres, en el Centro Médico de Oriente, de esta ciudad, siendo esta su último domicilio, a la señora OLGA ELSY MARROQUIN DE PARADA hoy OLGA ELSY MARROQUIN viuda DE PARADA, de sesenta y tres años de edad, ofi cios domésticos, de este domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Confi éresele a la heredera declarada en el carácter antes indicado, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas cincuenta y dos minutos del día diecinueve de Octubre del dos mil cuatro. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. A054450

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas del día once de este mes; se ha declarado al señor FRANKLIN ADALBERTO CONTRERAS MINERO, heredero benefi ciario e intestado de los bienes que a su defunción dejó el señor ALEJANDRO MINERO NOCHEZ o ALEJANDRO MINERO, que falleció el día diez de abril del presente año, en el Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido como último domicilio Zacatecoluca, en concepto de hijo del causante; Confi érese al heredero que se declara, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, trece de octubre del año dos mil cuatro. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. A054452

RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Final Avenida La Floresta, Condominio San Mateo, número cientos Seis - A, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída a las quince horas del trece del mes de octubre de dos mil cuatro, se ha declarado a la Señora MARIA ISABEL CARMONA GUADRON,

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa, dejara el señor PEDRO SALVADOR CARMONA DARDANO, conocido por PEDRO CARMONA DARDANO, en su concepto de hija del causante; habiéndosele concedido, en consecuencia, la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Avisando al público, a través del Diario Ofi cial, para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día dieciocho del mes de octubre de dos mil cuatro.

Lic. RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. A054456

RAUL EDUARDO MIRANDA LUNA, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Edifi cio Niza, local doscientos doce, Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Centro de Gobierno, de esta Ciudad,

HACE SABER: que por resolución proveída a las trece horas del día dieciocho de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MARIO RAMON ALBERTO CRUZ GARRIDO conocido por MARIO CRUZ GARRIDO, de parte de los señores GLORIA ISABEL GALDAMEZ DE CRUZ GARRIDO cono-cida por GLORIA ISABEL VILLALTA GALDAMEZ y por GLORIA GALDAMEZ, ANABEL CRUZ GALDAMEZ ahora ANABEL CRUZ DE LOPEZ, GLORIA ELIZABETH CRUZ GALDAMEZ, MARIO ANTONIO CRUZ GALDAMEZ, y GUILLERMO ALBERTO CRUZ GALDAMEZ, en su orden, en concepto de esposa e hijos del causante, fallecimiento ocurrido el día diez de septiembre de dos mil cuatro, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de esta ciudad, habiendo sido este su último domicilio; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina del Notario RAUL EDUARDO MIRANDA LUNA. San Salvador, a las diez horas del día veinte de octubre de dos mil cuatro.

RAUL EDUARDO MIRANDA LUNA,

NOTARIO.

1 v. No. A054332

RICARDO RAMIREZ PONCE, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-uno, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas cua-renta minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por MARIA FILOMENA MESQUITA conocida por FILOMENA LINARES o FILOMENA LINARES MESQUITA, quien falleció el día uno de enero de mil novecientos noventa y nueve, en Marina del Rey, Condado de Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Bell Gardens, California, Estados Unidos de América, de parte de la señora Ana Alicia Linares conocida por Ana Alicia Flores Linares y por Ana Alicia Flores de Merlos, hija de la causante citada; y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

SE CITA, en consecuencia, a todos aquellos que se crean con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifi quen tal circunstancia.

Librado en Santa Tecla, a veintiuno de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. RICARDO RAMIREZ PONCE,

NOTARIO.

1 v. No. A054380

RICARDO RAMIREZ PONCE, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-uno, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas cin-cuenta minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por ISABEL ANTONIO ALVARENGA conocido por ISABEL SANTOS ALVARENGA o ISABEL SANTOS, quien falleció el día veintisiete de enero del año dos mil dos, en el Cantón Santa Rosa, jurisdicción de Ciudad Arce, lugar de su último domicilio, de parte de la señora Carlota de Jesús Avalos viuda de Santos, cesionaria de los derechos hereditarios. que en abstracto les correspondían a los señores: Juan Antonio Santos Avalos, José Abrahan Santos Avalos, María Elena Santos conocida por María Elena Santos de Cortez, Angela Santos conocida por Angela Santos de Espinoza y Natividad del Carmen Santos conocida por Natividad del Carmen Santos de Colindres, hijos del causante citado; y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

SE CITA, en consecuencia, a todos aquellos que se crean con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifi quen tal circunstancia.

Librado en Santa Tecla, a veintiuno de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. RICARDO RAMIREZ PONCE,

NOTARIO.

1 v. No. A054383

HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Séptima Calle Poniente y Primera Avenida Sur número ciento siete, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día doce de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en San Miguel, a las dos horas con treinta minutos del día siete de diciembre de dos mil, dejo el señor FELIPE DE JESUS BARRERA, de parte de la señora GLORIA EUCA-RIS ARGUETA VDA. DE BARRERA, en concepto de cesionaria de los bienes que en la defunción del señor FELIPE DE JESUS BARRERA, le corresponde a la señora GLORIA EUCARIS ARGUETA VDA. DE BARRERA, en concepto de esposa del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día doce de octubre del año dos mil cuatro.

HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. A054398

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con ofi cina ubicada en diecinueve Calle Poniente, número trescientos veinticinco, Edifi cio Mossi Portillo, tercera planta, Centro de Gobierno, ciudad; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las dieciséis horas del día veinticuatro de octubre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las seis horas y treinta y cinco minutos del día treinta y uno de julio de dos mil uno, en el Hospital de Especialidades del Seguro Social de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de este Departamento,

dejó el señor ERNESTO PORTILLO, conocido por ERNESTO POR-TILLO BENIGNO y por ERNESTO BENIGNO PORTILLO, de parte de los señores ELMER ERNESTO PORTILLO BENITEZ y SAMUEL ADONAY PORTILLO BENITEZ, en concepto de hijos del causante; habiéndose conferido la ADMINISTRACION y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria María Leticia Rivas Aguilar, en San Salvador, a las diecisiete horas del día veinticuatro de octubre de dos mil cuatro.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIA.

1 v. No. A054417

MARIA ELIZABETH PALACIOS ZUNIGA DE MORALES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Sexta Calle Oriente tres - tres Local Número Cuatro, segunda planta, Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario proveída a las catorce horas del día veinte de octubre del dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Barrio de San Sebastián de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, el día veintiuno de agosto de mil novecientos noventa y cinco, lugar de su último domicilio dejó la señora LEONOR VASQUEZ, de parte de las señoras MARIA DEL CARMEN VASQUEZ y MARTA CRISTINA VASQUEZ en su concepto de hijas adoptivas sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina de la Notaria en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario MARIA ELIZABETH PA-LACIOS ZUNIGA DE MORALES. En la ciudad de Santa Tecla, a las quince horas del día veinticinco de octubre del dos mil cuatro.

MARIA ELIZABETH PALACIOS ZUNIGA DE MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. A054418

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ MOLINA, Notario, con ofi cina en 19 Calle Poniente, No. 325, de esta ciudad, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que en las Diligencias Sucesorales del causante SANTIAGO VASQUEZ conocido por JOSE SANTIAGO VASQUEZ y por SANTIAGO VASQUEZ BELTRAN, se ha tenido por aceptada expresamente con Benefi cio de Inventario, la herencia intestada que dejó el de cujus, de parte de la señora MILAGRO ARACELI JIMENEZ conocida por MILAGRO ARACELY JIMENEZ VASQUEZ, en carácter de cesionaria de los derechos que correspondían a ANA MERCEDES VASQUEZ JIMENEZ, hija reconocida del Causante, habiéndose con-ferido a la aceptante la Administración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; pudiendo cualquier interesado acudir a mi ofi cina en el término de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, veintiséis de octubre de dos mil cuatro.

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. A054448

EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Jurídica situada en Cuarta Calle Oriente número dos-A, atrás del Teatro Nacional de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día veintisiete de julio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y ocho, dejó el señor LEANDRO PORFIRIO MORENO VALENCIA, de parte de la señora ANA RUTH ASENCIO VIUDA DE MORENO, en su concepto de esposa del referido causante, quien es legalmente representada por el Licenciado MANUEL VICENTE RAMIREZ TOVAR, en su calidad de Apoderado General Judicial de la referida señora, habiéndole conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del notario EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ. En la ciudad de Santa Ana, a las quince horas del día diez de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. A054449

MANUEL FRANCISCO MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Jurídica situada en la Primera Avenida Norte y Cuarta Calle Oriente, esquina, de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante sus Ofi cios Notariales; por RESOLUCION proveída a las diecisiete horas del día veinticinco de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada del causante señor JOSE DEODORO GALAN ARTIGA, conocido por ELEODORO GALAN ARTIGA, JOSE ELIODORO GALAN ARTIGA y por JOSE DIODORO GALAN ARTIGA, fallecido en el Barrio San Lorenzo, de esta ciudad, su último domicilio, a las nueve horas cinco minutos del día cinco de septiembre de mil novecientos noventa y dos, por parte de la señora CLAUDIA MAGDALENA CASTRO ALFARO, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios del señor REGINO GALAN ARTIGA, hermano del causante, en la Sucesión Intestada del mismo; se le nombra a la aceptante mencionada Interinamente Adminis-tradora y Representante Legal de la Sucesión, confi riéndole las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hace del conocimiento del público para los fi nes de Ley.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a las dieciocho horas del día veinticinco de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. MANUEL FRANCISCO MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. A054458

GABRIEL CASTRO LARIN, Notario, de este domicilio, con Ofi cina situada en Departamento Jurídico, del Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador, Palacio de los Deportes de El Salvador “Carlos El Famoso Hernández”, Centro de Gobierno San Salvador, al público en general,

HACE SABER: que el señor JORGE ERNESTO HERNANDEZ ISUSSI, de cincuenta y dos años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, de este domicilio, actuando en su calidad de Presidente del Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador, (INDES), ha solicitado Título de Propiedad a favor del INDES, una PORCION DE TERRENO de Naturaleza Urbano, en donde funciona una Cancha de Fútbol denominado EL CAMPITO, situado sobre la carretera Paname-ricana salida de Cojutepeque a San Miguel, de una extensión superfi cial de DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, el cual es de las colindancias siguientes: LINDERO NORTE, setenta metros, linda con inmuebles propiedad de MERCEDES DEL CARMEN FABIAN ESPINOZA, ESPERANZA ESPINOZA ABREGO y ALICIA ESPINOZA ABREGO VIUDA DE CASTILLO; LINDERO ORIENTE, compuesto de tres tramos, el primero tramo de ciento noventa y cuatro metros, linda con ROSA ELIA ZAVALA; el segundo tramo de ciento noventa y un metros, linda con CARLOS CRESPIN VILLATORO; el tercer tramo de ciento setenta y ocho metros, linda con MARCO AN-TONIO PICHINTE CHAVEZ y WILLIAM RIZZIERY CHAVEZ, todos

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

los colindantes con Avenida La Sabana de por medio; LINDERO SUR, compuesto de dos tramos, el primer tramo de ciento setenta y cinco me-tros, linda con YOLANDA SANCHEZ DE GALVEZ, el segundo tramo de ciento setenta metros dos centímetros, linda con VICTOR MANUEL GARCIA ESCOBAR, todos los colindantes con carretera Panamericana de por medio; LINDERO PONIENTE, compuesto de tres tramos, el primer tramo setenta y siete metros, linda con CONCEPCION GONZALEZ PEREZ, el segundo tramo de setenta y cuatro metros, linda con CRUZ ARMENIA CRUZ, y el tercer tramo ochenta y siete metros, linda con JOSE CRISTOBAL FLORES ESCOBAR; el inmueble descrito carece de construcción alguna, pero es construible y el titulante lo valora en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Por lo que se cita a los que se consideren con derecho sobre ese inmueble en el término de quince días después de la última publicación.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce día el mes de octubre del año dos mil tres.

Lic. GABRIEL CASTRO LARIN,

NOTARIO.

1 v. No. C016196

CARLOS NUÑEZ RIVAS, Notario de este domicilio, con ofi cina situada en Colonia Médica Calle Doctor Roberto Masferrer casa número mil trescientos veintitrés - tres San Salvador,

HACE SABER: que a su despacho se ha presentado la señora CATALINA SANCHEZ PEREZ, de cuarenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos del domicilio de San Pedro Perulapán, municipio de el departamento de Cuscatlán, de conformidad a lo establecido en la Ley del Ejercicio de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, solicita previo trámite de ley, se extienda TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico situado en el Cantón La Cruz Caserío El Pital, de la jurisdicción de San Pedro Perulapán, de una extensión superfi cial de NOVECIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRA-DOS, de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: cuarenta y nueve metros en línea recta linda con la porción de MARIA JULIA PEREZ y MARIA EDUVIGES PEREZ DE CASTRO. AL NORTE; sesenta y seis metros en línea quebrada, mediando calle vecinal de por medio, con predio de CONCEPCION SANCHEZ RIVERA, y con RAFAEL MEJIA ALVAREZ, AL PONIENTE, dieciséis metros en línea recta, con predio de MARIA ACRIPINA PEREZ DE MEDRANO, y AL SUR, Cuarenta y ocho metros en línea recta sobre el resto del inmueble general, linda con FIDEL SANCHEZ, no es dominante ni sirviente, no está en proindiviso y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, y que lo obtuvo por medio de compraventa verbal que le hiciere la señora CLEOTILDE PEREZ, quien es mayor de edad, y que desde el año de mil novecientos setenta y dos, lo ha poseído por más de treinta años en forma quieta y pacífi ca e ininterrumpida, careciendo de título inscrito, por no tener antecedente inscrito en el competente registro, y que lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina, del Notario CARLOS NUÑEZ RIVAS, a las diez horas del día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. CARLOS NUÑEZ RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. A054424

ADOLFO EPIFANIO DOMINGUEZ PALACIOS, Notario del domicilio de Mejicanos,

HACE SABER: que a mi ofi cina situada en Avenida España y Treinta y Cinco Calle Poniente, número ciento tres, de San Salvador, ha comparecido en su carácter personal la señora CRISTINA CERRATO DE DIAZ, MANIFESTANDO: I) Ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, continua e ininterrumpida de un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón La Chapina, jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate, que consta de la extensión super-fi cial de VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS DIECIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS, con los linderos siguientes: AL ORIENTE: doscientos noventa y tres metros, cuarenta y cuatro centímetros nueve milímetros, lindando con terreno de JOSE MAURICIO VELADO; AL PONIENTE, doscientos setenta y seis metros, linda con terreno de RICARDO MELENDEZ DIAZ; AL NORTE, ciento cinco metros, linda con terrenos de PERFECTO SERRA-TO, FRANCISCO GUILLEN, FABIAN EDUARDO VEGA y DANIEL ENRIQUE GUILLEN; Y AL SUR, noventa y siete metros, linda con Agropecuaria S.A. de C. V., del cual solicita TITULO SUPLETORIO, presentando la fi cha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Izalco, el predio descrito es dominante no así sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compra que hizo a la señora MARIA LUGARDA SERRATO, quien fue del domicilio de Izalco, en instrumento privado el año de mil novecientos cincuenta y dos, siendo dicha posesión unida a la de la solicitante por más de diez años conse-cutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que avisa al público para los fi nes de ley.

Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones de la solicitante, lo haga dentro del término legal.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil cuatro.

ADOLFO EPIFANIO DOMINGUEZ PALACIOS,

NOTARIO.

1 v. No. A054455

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis ofi cios se tramita TITULO SU-PLETORIO, por ROSA CATALINA VELASQUEZ DE CANALES, de cuarenta y siete años de edad, Costurera, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Juan Gualare, de la Jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, ciento ochenta y cinco metros, con CANDIDO ROMERO, quebrada de por medio; y cerco de alambre propio; AL NORTE, doscientos diez metros, veinticinco centímetros, con CONMEMORACION FUENTES, y JOAQUIN FUENTES, calle de por medio; AL PONIENTE, ciento sesenta metros, con FLAVIO ANTONIO VELASQUEZ, y VICTORINA PADILLA, calle de por medio; y AL SUR, ciento veinticinco metros, con BERTILIO FUENTES, cerco de alambre de por medio del colin-dante; hay construidas dos casas, techos de tejas, una paredes de Block, y la otra paredes de bahareque, la primera de doce punto cincuenta metros por ocho punto cincuenta metros, y la segunda de ocho por diez metros; con sus instalaciones eléctricas, hay un pozo con broquel y galera. Dicho Inmueble lo adquirió, por compra informal hecha al señor MAXIMO VELASQUEZ, ya difunto, desde el año de mil novecientos ochenta y nueve. Que desde su adquisición lo posee quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente, sin proindivisiones con nadie por más de diez años consecutivos.

Santa Rosa de Lima, veintiuno de octubre del año dos mil cua-tro.

DR. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1v. No. C016187

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis ofi cios se tramita TITULO SU-PLETORIO, por RODOLFO RODRIGUEZ CRUZ, de setenta y un años de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de esta ciudad, en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío La Ermita, Cantón Copetillos, de la Jurisdicción y distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento La Unión, de la capacidad superfi cial de DOS MIL TREINTA METROS, DIECIOCHO DECIMETROS, TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, veintiocho metros, cuarenta y dos centímetros, con CON-CEPCION RODRIGUEZ CRUZ, cerco de piña y alambre de por medio propio; AL NORTE, setenta y tres metros, cincuenta y siete centímetros, AGUSTIN ALVAREZ, cerco de piña y alambre de por medio propio; AL PONIENTE, treinta metros, cero noventa y seis centímetros, con JUAN

ALVAREZ; calle de por medio y cerco de alambre y piña de por medio propio; y AL SUR, sesenta y cinco metros, doscientos ocho milímetros, con CONCEPCION RODRIGUEZ CRUZ, cerco de alambre y piña de por medio propio; hay construida una casa, techo de tejas, paredes de adobe, de doce y media varas por nueve varas; con sus instalaciones eléctricas, y contiene cultivados varios árboles frutales. Dicho Inmueble lo adquirió, por compra informal hecha al señor JUSTO RODRIGUEZ, desde el año de mil novecientos setenta y cuatro. Que desde su adquisición lo posee quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos.

Santa Rosa de Lima, veintiuno de octubre del año dos mil cua-tro.

DR. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1v. No. C016188

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis ofi cios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por FRANCISCO ANTONIO MELGAR FLORES, de sesenta y dos años de edad, Jornalero, del domicilio de esta ciudad, en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Copetillos, de la Jurisdicción y distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de CINCUENTA Y UN MIL TRES-CIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS que mide y linda: AL ORIENTE, doscientos setenta y cinco metros, treinta y siete centímetros, con Arnoldo Campos, cerco de alambre de por medio medianero; AL NORTE, doscientos treinta metros, con CATALINO GARCIA, FARA-LLAS naturales de por medio; AL PONIENTE, ciento cinco metros, con CATALINO GARCIA, cerco de alambre de por medio medianero; y AL SUR, trescientos diez metros, con HORACIO GARCIA, río Chiquito de por medio; inmueble que carece de cultivos y construcciones. Dicho Inmueble lo adquirió, por compra hecha al señor MATIAS GARCIA VILLATORO, según Escritura pública de compra-venta, otorgada en esta ciudad, a las diez horas y veinte minutos del día treinta de enero del corriente año, ante mis Ofi cios Notariales; quien lo poseyó por más de veinte años consecutivos. Que desde su adquisición lo posee quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos, es decir uniendo posesiones.

Santa Rosa de Lima, veintiuno de octubre del año dos mil cua-tro.

DR. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C016189

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis ofi cios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por JOSE MARCIAL VELASQUEZ VASQUEZ, de cuarenta y ocho años de edad, Comerciante, y EDIS ESPERANZA HERNANDEZ DE VELASQUEZ, de cuarenta y un años de edad, Ama de Casa, ambos del domicilio de esta ciudad, en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Papalambre, Cantón Talpetate, de la Jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de SIETE MIL TRESCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cincuenta metros, con JOSE MAXIMO ARAGON y SALVADOR HERRERA, cerco de alambre y piña de por medio propio; AL NORTE, noventa y ocho metros, con CONCEPCION ZELAYA, cerco de alambre y piña de por medio propio; AL PONIENTE, ochenta y seis metros, con PEDRO ZELAYA, y SANTIAGO VAQUIZ, callejón de por medio; y AL SUR, ciento diecisiete metros, cero nueve centímetros, con JOSE ANTONIO HERNANDEZ, y JOSE ALBERTO VENTURA, cerco de alambre y piña de por medio propio; en el inmueble descrito hay construida una casa, techo de tejas, paredes de bahareque, de ocho por seis varas, con dos corredores; y contiene cultivados dos árboles de mango; y hay un ojo de agua.- Dicho Inmueble lo adquirieron, por compra hecha a los señores EMMA LIDIA VELASQUEZ hoy DE HERNANDEZ, y JUAN ANGEL HERNANDEZ VELASQUEZ, según Escrituras públicas de compraventa, la primera otorgada en esta ciudad, a las diez horas y veinte minutos del día veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y nueve; y la segun-da otorgada en esta ciudad, a las once horas y cuarenta minutos del día veintidós de febrero del año dos mil, las dos ante mis Ofi cios Notariales; quienes a su vez lo poseyeron por más de veinte años consecutivos.- Que desde su adquisición lo poseen quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos, es decir uniendo posesiones.

Santa Rosa de Lima, veintiuno de octubre del año dos mil cuatro.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C016192

El Infrascrito Notario, al público en general,

HACE SABER: que en esta ofi cina de notariado ubicada en Con-dominio Metro España, Edifi cio “F”, Local DOS- B, Avenida España y Trece Calle Oriente de esta ciudad, se ha presentado la señora JULIA RAMIREZ DE AGUILAR, de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, solicitando Titulo Supletorio a su favor, de un inmueble de naturaleza rústica de su propiedad, situado en Caserío Arracaos, Cantón Chilamates de la comprensión territorial del municipio de Nueva Concepción, depar-tamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de QUINIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, aproxi-

madamente, y tiene, los linderos y colindancias siguientes: AL NOR-TE, dieciséis punto cuarenta metros, colinda con ANGEL PORTILLO, calle nacional de por medio, AL SUR, doce punto cuarenta metros, con CARLOS HERNANDEZ, AL ORIENTE, treinta y siete punto cuarenta metros, con ANTONIO CARDONA y AL PONIENTE, treinta y siete punto cuarenta metros con ANTONIO CARDONA, los colindantes son del domicilio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango. El inmueble relacionado y descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió desde hace más de treinta años, por compra que hiciera al señor ALFONSO ORELLANA PORTILLO, y estima su valor en TREINTA MIL COLONES.

Lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina de notariado del Licenciado CARLOS AL-BERTO LOUCEL VALENCIA, San Salvador, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil cuatro.

Lic. CARLOS ALBERTO LOUCEL VALENCIA,

NOTARIO.

1 v. No. C016195

CARLOS CAMPOS MARTINEZ, Notario, del domicilio de Cojutepeque, con Ofi cina ubicada en Quinta Avenida Sur número siete de dicha ciu-dad,

HACE SABER: que a mi Ofi cina se ha presentado don HERIBERTO RIVERA, mayor de edad, Motorista, del domicilio de San Rafael Cedros, solicitando en base a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Vo-luntaria y de Otras Diligencias, se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno rústico, situado en el Cantón El Espinal, Municipio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, dividido e identifi cado en DOS PORCIONES, descritas así: PRIMERA PORCION, de la exten-sión superfi cial de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO SIETE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que se describe así: AL NORTE, ciento seis punto sesenta y ocho metros, con terreno de ADRIAN SANCHEZ divide la vía férrea; AL ORIENTE, trescientos sesenta y ocho punto ochenta y tres metros, con terrenos de SALVADOR BARAHONA, JOSE CIRIACO GUZMAN, FRANCISCO AREVALO, JUAN CASTELLANOS ALFARO y SALVADOR BARAHONA, divide cerco de alambre propio; AL SUR, sesenta y tres punto ochenta y cuatro metros, con terrenos de JOSE CASTRO y EDUARDO ANGEL LOPEZ, divide camino vecinal y AL PONIENTE, trescientos cincuenta y nueve punto treinta y nueve metros, con terrenos de NATIVIDAD MERCEDES GARCIA DE DELGADO, HERIBERTO RIVERA, MARIA JOSEFA RIVERA DE GONZALEZ, dividiendo con estos colindantes camino vecinal; y último colindante, ORBELINA SANCHEZ DE GARCIA, divide cerco de alambre propio.- SEGUNDA PORCION: de la extensión superfi cial de QUINCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS; descrita así: AL ORIENTE, ciento doce punto cuarenta y tres metros con terreno de

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

HERIBERTO RIVERA identifi cado como primera porción, divide camino vecinal; AL SUR, ciento veinte punto sesenta y ocho metros, con terreno de NATIVIDAD MERCEDES GARCIA DE DELGADO, divide cerco de alambre propio; AL PONIENTE, doscientos dieciséis metros, con terreno de RODRIGO RODRIGUEZ, divide cerco de alambre propio; y AL NORTE, ciento cincuenta y ocho punto sesenta y cuatro metros, con terreno de MARIA JOSEFA RIVERA DE GONZALEZ, divide cerco de alambre propio; inmueble, carece de construcciones, no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con otra persona; lo adquirió por compra que en porciones y hoy forman un solo cuerpo, descritos en dos porciones; hizo a doña NATIVIDAD MERCEDES GARCIA DE DEL-GADO y GABINA DEL MILAGRO RIVERA VIUDA DE SANCHEZ, el veintinueve de enero de mil novecientos noventa y ocho; y el tres de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro; uniendo la posesión a la de sus tradentes, tiene más de diez años continuos y consecutivos de poseerlo; lo valúa, en VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON QUINCE CENTAVOS DE DOLAR AME-RICANOS; los colindantes, son del mismo lugar.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en Cojutepeque, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. CARLOS CAMPOS MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C016207

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que a este tribunal se ha presentado la Licenciada CLAUDIA CAROLINA TRIGUEROS ALFARO, mayor de edad, Abogado y Nota-rio, del domicilio de San Salvador, portadora de su Carnet de Abogado número cinco mil novecientos noventa y tres; actuando en su calidad de Apoderada General Judicial del señor SANTIAGO ROMERO conoci-do por SANTIAGO ROMERO QUEVEDO; manifestando que viene a iniciar como un incidente dentro del presente Juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria; las Diligencias de Ausencia, a fi n de que en sentencia defi nitiva, se declare ausente a los señores CARLOS ALFREDO ESCALANTE y JULIO RICARDO LINARES, mayores de edad, siendo su último domicilio desconocido, actualmente de residencia, ofi cio o profesión ignorados, pues a dichos señores se les desconoce su paradero, y sin saberse si la sociedad INVERSIONES AGRICOLAS GANADERAS E INDUSTRIALES, S.A. DE C.V., ha dejado algún procurador o representante legal, para que la represente en el referido juicio que se sigue en su contra.-

Se previene que si la sociedad INVERSIONES AGRICOLAS GANADERAS E INDUSTRIALES, S.A. DE C.V., tiene representante legal o procurador en la República, se presente a este tribunal a demostrar tal calidad, dentro de los quince días después de la tercera publicación de este aviso.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince horas treinta minutos del día treinta de septiembre del año dos mil cuatro.-Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIA.

1 v. No. A054338

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado CARLOS ALEXANDER HANDAL HASBUN, de treinta y dos años de edad, Abogado, de este domicilio, como apoderado general judicial de la señora MARIA NATALIA CHICAS, de sesenta y dos años de edad, doméstica, de este domicilio, y MANIFIESTA: Que su poderdante entablará Juicio Civil Ordinario de Prescripción de Acción Ejecutiva y de Prescripción Ordinaria de Obligación, en contra de la señora MA-RIA LUISA HERNANDEZ DE CAMPOS, quien es mayor de edad, de ofi cios domésticos, quien era del domicilio de esta ciudad, a quien en la actualidad se le ignora su paradero, no sabiendo si se encuentra en el país o fuera de él, razón por la cual solicita que previos los trámites de ley, se le nombre un Curador Especial, para que la represente en dicho juicio.

En consecuencia, se previene que si la señora MARIA LUISA HERNANDEZ DE CAMPOS, tiene procurador o representante legal, se presente a este Juzgado, a comprobarlo dentro de quince días después de la publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecisiete días del mes de agosto del dos mil cuatro.-Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. CARLOS MARIO CEDILLOS, SECRETARIO. INTO.

1 v. No. A054359

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: que en este Juzgado ha iniciado el Licenciado OSCAR ALBERTO PACHECO CORDERO apoderado del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA que se puede abreviar “IPSFA”, Diligencias de Ausencia contra el señor ausente LEONEL VIDAL GUTIERREZ, quien es mayor de edad, estudiante, actualmente de domicilio ignorado; pero como dicho señor ha desapare-cido del lugar de su domicilio, ignorándose su paradero y sin saberse si dejó procurador o representante legal en el país, pide que se le nombre un curador especial para que lo represente en el juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si el mencionado señor LEONEL VIDAL GUTIERREZ, tiene procurador o representante legal en el país, se presente dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso y compruebe tal circunstancia.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas treinta y uno de agosto de dos mil cuatro. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. A054435

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL, DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que a este juzgado se ha presentado el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Delgado, en su calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, quien pro-mueve Juicio Civil Ejecutivo contra JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ CAMPOS quien era mayor de edad, empleado, cuyo último domicilio conocido fue el de esta Ciudad, que para efectos de poder continuar el proceso y por ignorar el referido abogado cúal es el domicilio o residencia actual del señor JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ CAMPOS promueve como incidente dentro del juicio mencionado el nombramiento de un Curador Especial, para que representen a la demandada señora antes mencionada según Art. 141 Pr. C.

En consecuencia: Se previene que si el señor JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ CAMPOS tiene procurador o representante legal, se pre-sente a este juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR a las diez horas del día dos de abril del dos mil cuatro. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. A054462

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público, para efectos de ley que a este Juzgado se ha presentado inicialmente promoviendo Juicio Civil Ejecutivo el Licenciado VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, mayor de edad, abogado, de este domicilio, el cual ha sido continuado por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, mayor de edad, abogada, de este domicilio, ambos como Apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de este domicilio, contra el señor ISRAEL ALCIDES MOJICA, conocido por ISRAEL ALCIDES MOJICA RAMIREZ, mayor de edad, jornalero, del domicilio de Quezaltepeque y domicilio especial de esta Ciudad. Que es el caso que la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, en su

escrito de Fs. 77 se ha presentado manifestando que al demandado señor ISRAEL ALCIDES MOJICA, conocido por ISRAEL ALCIDES MOJICA RAMIREZ, no se le ha podido notifi car la Sentencia Defi nitiva proveída en el Juicio en referencia, en virtud de que se le ignora su paradero y no se sabe si ha dejado Procurador o que tenga Representante Legal a quienes realizar la diligencia referida; por lo que PIDE: que con base en los Arts. 141 Pr.C., y siguientes del incidente respectivo a fi n de que probado sumariamente lo anterior se proceda al nombramiento de un Curador especial que represente al demandado.-

En consecuencia, se previene que si el ausente señor ISRAEL ALCIDES MOJICA, conocido por ISRAEL ALCIDES MOJICA RAMIREZ, tiene Procurador u otro Representante Legal en esta república, se presenten a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la tercera publicación de este edicto a comprobar su personería.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día nueve de septiembre de dos mil cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. A054466

ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en el Juicio Sumario de Muerte Presunta pro-movido por el Licenciado SAMUEL MIRANDA BERRIOS, Apoderado General Judicial de la señora JULIA NAVAS DE RODRIGUEZ, que en este Tribunal se tramita en contra del desaparecido señor FRANCISCO RODRIGUEZ ALEGRIA, han manifestado lo siguiente: Que el señor FRANCISCO RODRIGUEZ ALEGRIA, de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, de quien actualmente se ignora su paradero, siendo visto por última vez el día doce de enero de mil novecientos noventa y seis, habiéndose hecho en vano las posibles diligencias, para averiguar a donde se encuentra, y todo ha sido en vano, desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron de su existencia han transcurrido cuatro años de su desaparecimiento, por lo que solicita se declare muerto presunto al señor FRANCISCO RODRIGUEZ ALEGRIA, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos setenta y nueve y ochenta del Código Civil.

EN CONSECUENCIA, PREVIENE A LAS PERSONAS QUE SEPAN DE SU PARADERO SE PRESENTEN A ESTE TRIBUNAL A PROBAR DICHA CIRCUNSTANCIA EN EL TERMINO DE LEY.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas y treinta minutos del día veintiséis de enero del dos mil cuatro. Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. A054385

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

NOTARIO PUBLICO DE ERIC DANIEL ABREGO VEGA, Notario, de este domicilio y del de Santa Tecla, con ofi cina establecida en Séptima Avenida Norte, Colonia Santa Adela y pasaje número tres, Edifi cio nú-mero veinticinco, local veinticinco, Segunda planta, Centro de Gobierno, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día nueve de Septiembre del año dos mil cuatro, se ha declarado HEREDERA PROVISIONAL Intestada, con benefi cio de inventario del señor SERAPIO AREVALO HERNANDEZ, quien falleció el día diecinueve de Febrero de dos mil cuatro, siendo Ciudad Delgado, su último domicilio, dejó a la señora JOSEFA MARIA ENCARNACION HERNANDEZ DE AREVALO representada por su Apoderada Licenciada MARIA DOLORES PAL-MA RAMIREZ, en concepto de esposa sobreviviente del causante; y se le confi rió a la heredera declarada, la administración y representación Interina de la Sucesión.-

Librado en las Ofi cinas del Notario ERIC DANIEL ABREGO VEGA, a las ocho horas quince minutos del día once de Septiembre de dos mil cuatro.

ERIC DANIEL ABREGO VEGA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A054337-1

GUILLERMO GUIDOS ALARCON, Notario, con ofi cina situada en Sesenta y Siete Avenida Sur, Pasaje Número Dos, Casa Número Ciento veintiuno, Colonia Roma, San Salvador, Departamento del mismo nombre,

AVISA: que el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro, ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, de parte del señor CARLOS RAUL CORNEJO GIOLITTI, la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora CARLANITA GUADALUPE ITALIA GIOLITTI DE CORNEJO, conocida por CARLANITA GUADALUPE ITALIA GIOLITTI, y por CARLANITA GIOLITTI DE CORNEJO, quien falleció en la ciudad de San Salvador, el día quince de septiembre del dos mil cuatro. Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión.- Se cita a los que se crean con derecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera publicación de este aviso.

San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. GUILLERMO GUIDOS ALARCON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A054345-1

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del día veintiuno de septiembre del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer la señora MARIA DEL TRANSITO NAVARRETE HERRERA, cono-cida por MARIA DEL TRANSITO NAVARRETE y por TRANSITO NAVARRETE, el día diez de julio del año dos mil uno, en Jiquilisco, lugar de su último domicilio, de parte de la señora CANDELARIA NAVARRETE BARAHONA DE CANDELARIA NAVARRETE DE BRIZUELA, en calidad de hija de la causante.

Confi erésele al aceptante la administración y representación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Publíquese los edictos correspondientes citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veintidós de septiembre de dos mil cuatro.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054361-1

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALEJANDRO GONZALEZ conocido por ALEJANDRO GONZALEZ Hijo, al fallecer el día diez de diciembre del año dos mil tres, en el Hospital de Especiali-dades del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio esta ciudad de Usulután, de parte de la señora ANA JOSEFA HERNANDEZ DE GONZALEZ, conocida por JOSEFA HERNANDEZ, por ANA JOSEFA HERNANDEZ y por JOSEFA HERNANDEZ DE GONZALEZ, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del causante y como Cesionario de los derechos Hereditarios que le correspondían a los señores ALEJANDRO HERNANDEZ GONZALEZ, JUAN AL-BERTO HERNANDEZ GONZALEZ, conocido por JUAN ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, JUANA DEL CARMEN HERNANDEZ DE PANIAGUA, conocida por JUANA DEL CARMEN GONZALEZ HERNANDEZ, JULIO CESAR GONZALEZ HERNANDEZ y CAR-LOS HERNANDEZ GONZALEZ, todos en su calidad de Hijos del Causante.

Confi érasele a la Aceptante antes dicha la Administración y Re-presentación interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjese y Publíquese el Edicto respectivo, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en término de quince días, contados a partir de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután a los doce días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. CARLOS MARIO CEDILLOS, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. A054364-1

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MARDOQUEO COREAS ZELAYA, al fallecer el día veinticinco de abril del año dos mil tres, en el Cantón Joya Ancha Arriba, jurisdicción de Santa Elena, lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor BOANERGES FUNES COREAS, en calidad de hijo del causante, confi riéndosele la administración y re-presentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diecinueve días del mes de Octubre del dos mil cuatro.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054366-1

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, Juez de lo Civil Soyapango,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del cinco de julio de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante ALEXANDER ANTONIO GONZALEZ LOPEZ, de veintiséis años de edad, Técnico electricista, soltero originario de San Salvador, Salvadoreño, con último domicilio en Ilopango, hijo de BLANCA LUZ LOPEZ DE GONZALEZ y PABLO ANTONIO GONZALEZ, quien falleció el día siete de enero de dos mil cuatro; de parte de la señora BLANCA LUZ LOPEZ DE GONZALEZ, en calidad de madre del cau-sante y como cesionaria de los derechos hereditarios que como padre del causante correspondían al señor PABLO ANTONIO GONZALEZ.

Confi érese a la aceptante la administración y representación in-terina de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, dentro del término de ley a deducir sus dere-chos.

Librado en el Juzgado de lo Civil Soyapango, a las doce horas del seis de julio de dos mil cuatro.- Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054374-1

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas y catorce minutos del día ocho de Septiembre del dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ELVA CRISTINA BOLAINEZ cono-cida por ELBA CRISTINA BOLAINEZ y por CRISTINA BOLAINEZ, quien falleció a la primera hora del día veinticuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho, en la Colonia Santa María, de esta ciudad, siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor ROBERTO ANTONIO BOLAINEZ, como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MIGUEL ANGEL BOLAINEZ, CARLOS ERNESTO BOLAINEZ, JOSE MANUEL BOLAINEZ PA-RADA, como hijos de la causante y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas y quince minutos del día ocho de Septiembre del dos mil cuatro.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054382-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas y diez minutos del día treinta y uno de agosto del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor JAIME ROLANDO HERNANDEZ MONTANO, ocurrida el día cuatro de mayo del año dos mil tres, en el Caserío Puente Cuscatlán, Cantón San Lorenzo, jurisdicción de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, siendo la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARITZA EUGENIA HUEZO DE HERNANDEZ conocida por MARITZA EUGENIA HUEZO RIVERA, así como de los menores MARITZA ALEJANDRA, JAIME ROLANDO, JAIME ALEXANDER y KARLA MARITZA, todos de apellidos HERNANDEZ HUEZO, en su carácter de cónyuge sobreviviente la primera y los restantes como hijos del causante y dichos menores además como cesionarios de los derechos hereditarios que correspondían a la señora BLANCA LIDIA MONTANO RAMOS o BLANCA LIDIA MONTANO, ésta como madre del causante; y se ha conferido a los aceptantes la administración y la

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; debiendo ejercerlas los expre-sados menores, a través de su representante legal, señora MARITZA EUGENIA HUEZO HERNANDEZ o MARITZA EUGENIA HUEZO RIVERA.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas diez minutos del día nueve de septiembre de dos mil cuatro.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SANDRA ELIZA-BEHT SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054397-1

EDGARD ROLANDO ANDURAY MONTOYA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Primera Calle Poniente, número dos mil novecientos cuatro, Condominio Monte María, Edifi cio “A”, Local Número Tres, Primera Planta, San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveída en esta ciudad, a las nueve horas del día doce de Julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, dejada a su defunción por el señor NIEVES ASCENCIO, (hombre), quien falleció a las trece horas del día veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y siete, en el Cantón Joya Galana, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, siendo esa ciudad su último domicilio, de parte de los señores FRANCISCA ASCENCIO GIRON DE CRUZ, conocida por FRANCISCA ASCENCIO, SANTOS ASCENCIO GIRON, conocida por SANTOS ASCENCIO, (hembra) SERAFINA ASCENCIO DE MALDONADO, conocida por SERAFINA ASCENCIO, SANTANA ASCENCIO JIRON, conocido por SANTANA ASCENCIO, (hombre), RAFAEL ASCENCIO, todos hijos del causante y del señor NIEVES EDUARDO SERRANO ASCENCIO, nieto del causante. Todos en sus conceptos de Herederos Intestados del expresado causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la expresada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes detallada en el término de quince días a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en la ofi cina del Notario EDGARD ROLANDO ANDURAY MONTOYA, San Salvador, a los veinticinco días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.

EDGARD ROLANDO ANDURAY MONTOYA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A054413-1

MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día doce de Mayo de mil novecientos setenta y seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada

por el señor GILBERTO VEGA, quien fue conocido por CANDELARIO ANDRES GILBERTO VEGA, fallecido el treinta de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, en el Cantón Chorro de Agua, jurisdicción de Izalco su último domicilio, de parte de la señora TRANSITO DEL CARMEN AGUILAR VEGA en concepto de hija natural del Causan-te.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas quince minu-tos del día once de Diciembre del dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054419-1

EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ, Notario, con Des-pacho Notarial ubicado en casa número Cuatro-seis de la Calle Alberto Masferrer Oriente, en la ciudad de Sonsonate, al público, para los fi nes de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las ocho horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE, CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA DEFERIDA POR EL SEÑOR JULIO EUSEBIO PATIÑO, conocido por JULIO EUSEBIO PATIÑO PORTILLO, quien fue hasta de cincuenta y siete años de edad, casado, Albañil, de nacionalidad Salvadoreña, origi-nario y del domicilio de la ciudad de Izalco; fallecido el día veintiuno de abril del presente año, en el Hospital Médico Quirúrgico, en la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de Izalco su último domicilio; de parte de la señora MARGARITA DEL CARMEN HERNANDEZ DE PATIÑO, de cuarenta y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio de la ciudad de Izalco; EN EL DOBLE CARACTER DE CONYUGE SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE, Y COMO CESIONARIA DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS ABSTRACTOS, CORRES-PONDIENTES A LOS SEÑORES: ROXANA ARELY PATIÑO DE BELTRAN, JULIO DE JESUS PATIÑO HERNANDEZ y NELSON ULISES PATIÑO HERNANDEZ, EN CONCEPTO DE HIJOS DEL DE CUJUS; habiéndosele conferido a dicha aceptante, la administración y representación interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

Y cítanse a los que pretendan derecho en la aludida Herencia, para que lo aleguen en el despacho señalado, durante el término de quince días, contados a partir de la última publicación de este Edicto.

Librado en la ciudad de Sonsonate, departamento de Sonsonate, a los quince días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

Licdo. EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ,

NOTARIO.

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

El Infrascrito Juez de lo Civil, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con be-nefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSE ESTEBAN CHICAS ORELLANA conocido por JOSE ESTEBAN ORELLANA, el día nueve de agosto del dos mil uno, en el Cantón Santa Lucía de la Jurisdicción de Ereguayquín, siendo la ciudad de Jucuarán, su último domicilio, de parte de los señores: DOLORES DE JESUS GUZMAN ORELLANA y LUIS ADAN GUZMAN ORELLANA, en calidad de cesionarios del derecho hereditario que les correspondían a los señores; ANA MERCEDES GUZMAN ORELLANA, DOROTEA DE JESUS GUZMAN ORELLANA y MIGUEL ANTONIO GUZMAN ORELLANA, en calidad de hijos del causante.- Confi riéndoles a los aceptantes dichos, la administración y representación interina de la su-cesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados después de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, ocho de octubre del dos mil cuatro.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054438-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ocho horas y quince minutos del día primero de octubre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de Inventario, la heren-cia intestada que al fallecer el causante ANTONIO SERGIO ALFARO CANALES, conocido por ANTONIO SERGIO ALFARO, a las trece horas con diez minutos del día veintiséis de junio del corriente año, en la colonia Santa Isabel, de la ciudad de Nueva Esparta, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a favor de la señora MARIA BLASINA VELASQUEZ DE ALFARO conocida por MARIA BLASINA VELASQUEZ y por MARIA BLACINA VELASQUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del expresado causante, de conformi-dad con el Art. 988 No. 1º del Código Civil. Se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a las once horas del día cuatro de octubre del año dos mil cuatro.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016190-1

DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las catorce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUCIANO FLORES SALGUERO conocido

por LUCIANO FLORES y por LUCIANO SALGUERO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, agricultor, casado, hijo de AQUILINO SALGUERO y JUANA FLORES, originario de La Palma, Departamento de Chalatenango, falleció a las veintitrés horas del día veintisiete de abril de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón La Granadilla de la jurisdicción de La Palma de este Departamento, siendo éste su último domicilio, por parte de los señores WILLIAN ERNESTO FLORES GARCIA y ROSA IRMA SALGUERO FLORES en concepto de hijos del causante. Confi érese a los aceptantes la administración y represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los once días del mes de octubre del dos mil cuatro. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016191-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: QUE A ESTE TRIBUNAL SE HA PRESENTA-DO EL LICENCIADO HERBERTH NESTOR MENJIVAR AMAYA, Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la municipalidad de Mercedes Umaña, por medio del Síndico Municipal señor JOSE ARNOLDO SAENZ, solicitando Titulación de Predio Urbano de un terreno de naturaleza urbano, situado en Final Prolongación Calle Gerardo Barrios en el Municipio de Mercedes Umaña, Departamen-to de Usulután; cuyas colindancias son las siguientes: NORTE: con FIDELIA DEL CARMEN CASTANEDA DE RODRIGUEZ y DELIA VASQUEZ; ORIENTE: con FIDELIA DEL CARMEN CASTANEDA DE RODRIGUEZ y DELIA DE VASQUEZ; SUR: el terreno termina en forma de cuchilla; PONIENTE: con JOSE ESTEBAN COREAS, JUAN PABLO AYALA, RAFAEL VELA CALDERON, calle de por medio; el terreno no está en proindivisión con persona alguna, ni es sirviente ni dominante.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a las ocho horas y treinta minutos del día uno de octubre del año dos mil cuatro.- Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054436-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado HERBERTH NESTOR MENJIVAR AMAYA, Apoderado General Ju-dicial con cláusula Especial por parte de la Municipalidad de Mercedes Umaña, por medio del señor Síndico Municipal JOSE ARNOLDO SAENZ; solicitando Titulación de un Predio Urbano entre Avenida

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Roosevelt y Segunda Calle Poniente del municipio de Mercedes Umaña, Departamento de Usulután cuyas colindancias son las siguientes: NORTE: con MARCOS CESAR GUANDIQUE FUENTES y otros; ORIENTE: con el Parque Municipal, SUR: con BLANCA ROSA HENRIQUEZ DE SERRANO; PONIENTE: con MARIA BERTHA VELASQUEZ CISNEROS; el terreno no está en proindivisión con persona alguna, ni es sirviente ni dominante.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a las ocho horas y cinco minutos del día uno de octubre del año dos mil cuatro.- Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054437-1

El Infrascrito Alcalde Municipal,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic. EVERALIA HENRIQUEZ HENRIQUEZ, de treinta y tres años de edad, Abogada, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero cero cero noventa y siete mil doscientos diez-cero, como Apoderada General Judicial de don JACOBO DE JESUS LINARES LINARES, de cincuenta y tres años de edad, Agricultor en Pequeño, de este domicilio, solicitando a favor de su poderdante Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el C/ “Monte Grande”, caserío “San Rafael” de esta jurisdicción, el cual posee de buena fe, quieta, y pacifi ca, e ininterrumpida, de una extensión superfi cial de DIEZ MIL TRESCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS, VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS, SESENTA Y NUE-VE CENTIMETROS CUADRADOS, lindante: NORTE, con Sucesión Montejo; ORIENTE, con el de BLANCA EDITH RUIZ DE TOBAR; SUR, siempre con BLANCA EDITH RUIZ DE TOBAR; y PONIEN-TE, con ROMEO IGNACIO LIMA MORAN, calle de por medio.- La posesión y dominio del inmueble anteriormente descrito, la adquirió el poderdante de la Lic. HENRIQUEZ HENRIQUEZ, por compra hecha a LORENZO LINARES PEÑATE, quien era mayor de edad, Agricultor en Pequeño, de este domicilio, en mil novecientos ochenta y cuatro, quien no tenía Título inscrito, ni inscribible, por lo que no pudo otorgar a favor del señor LINARES LINARES la Escritura respectiva, o sea pues, que dicho señor lo posee desde mil novecientos ochenta y cuatro hasta la fecha, posesión que suma más de diez años.- No es predio dominante ni sirviente, ni tiene derechos ni cargas reales que le pertenezcan en proindivisión con otras personas.- Lo estima el poderdante de la Lic. EVERALIA HENRIQUEZ HENRIQUEZ, don JACOBO DE JESUS LINARES LINARES, en DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y los colindantes de los rumbos: Oriente, Poniente, y Sur, residen en Barrio “El Centro” de esta población; y los colindantes del rumbo Norte, residen en C/ “Santa Cruz” de esta jurisdicción.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santiago de la Frontera, Departamento de Santa Ana, dieciocho de octubre del año dos mil cuatro. OSCAR GONZALO GUTIERREZ ALVAREZ, ALCALDE MUNICIPAL. JOEL ESTRADA VALIENTE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054402-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que se ha presentado a esta Alcaldía la Lic. EVE-RALIA HENRIQUEZ HENRIQUEZ, de treinta y tres años de edad, Abogada, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero cero cero noventa y siete mil doscientos diez-cero, como Apoderada General Judicial de don CIPRIANO HERBERT ORDOÑEZ, de cuarenta y siete años de edad, Pintor, de este domicilio, solicitando a favor de su poderdante Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, que contiene una casa de ladrillo, techo de duralita, situado en calle na-cional, del Barrio “El Centro” de esta población, el que posee de buena fe, quieta, pacífi ca e ininterrumpida, de una superfi cie de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS, CUARENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, CERO CINCO CENTIMETROS CUADRADOS; lindante: NORTE, con ANA TRUJILLO; ORIENTE, con JUANA ELIZABETH AREVALO DE ALAS, JORGE ALBERTO MEZQUITA LINARES, quebrada de por medio; SUR, con MARIO ALAS, quebrada El Negro de por medio; y PONIENTE, HERMENE-GILDA HENRIQUEZ, ANGELA RUIZ, y YOLANDA LOPEZ, calle de por medio.- La posesión y dominio del inmueble descrito anteriormente, la adquirió el poderdante de la Lic. HENRIQUEZ HENRIQUEZ, señor CIPRIANO HERBERT ORDOÑEZ, por herencia en su calidad de hijo sobreviviente de la señora TERESA DE JESUS ORDOÑEZ LOPEZ, conocida por TERESA ORDOÑEZ LOPEZ, quien era mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, de quien ha sido declarado heredero defi nitivo según certifi cación que se adjunta a la solicitud de Título respectiva, la causante TERESA DE JESUS ORDOÑEZ LOPEZ, conocida por TERESA ORDOÑEZ LOPEZ, lo adquirió por venta que en mil novecientos ochenta y cinco le hizo ISIDRO LIMA CASTILLO, fue mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador, poseyéndolo por espacio de trece años, actualmente don CIPRIANO HERBERT ORDOÑEZ lo posee desde mil novecientos noventa y ocho, año en que falleció la señora TERESA DE JESUS ORDOÑEZ LOPEZ, conocida por TERESA ORDOÑEZ LOPEZ hasta la fecha, lo que añade más de seis años a la posesión, y quien no tenía título inscrito ni inscribible, por lo que no pudo otorgar a su favor la escritura respectiva, posesión que unida a la de la causante suman más de diez años. No es predio domi-nante ni sirviente, ni tiene derechos ni cargas reales que le pertenezcan en proindivisión con otras personas.- Lo estima el poderdante de la Lic. HENRIQUEZ HENRIQUEZ, en TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA.- Todos los colindantes son de este domicilio.-

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santiago de la Frontera, Departamento de Santa Ana, dieciocho de octubre del año dos mil cuatro. OSCAR GONZALO GUTIERREZ ALVAREZ, ALCALDE MUNICIPAL. JOEL ESTRADA VALIENTE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054403-1

RIGOBERTO BELARMINO DIAZ AREVALO, Notario, del domicilio de la ciudad de Chalatenango, con ofi cina en Sexta Calle Poniente, Barrio El Chile,

HACE SABER: que ante mis ofi cios notariales se han iniciado por la señora MARIA OTILIA VASQUEZ LUNA, diligencias de TITULO DE PROPIEDAD, manifestando que es dueña de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio El Centro de Santa Rita, Departamento de Chalatenango, de CIENTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS,

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

y se describe así: AL NORTE, con propiedad de JESUS QUIJADA DE HENRIQUEZ, por muro de piedra y cemento propio; AL ORIENTE, con propiedad de RUBEN FUENTES VASQUEZ, calle pública de por medio; AL SUR, con propiedad de PAULA VASQUEZ LUNA, pared de adobe y ladrillo propia; y AL PONIENTE, con TITO ANTONIO VASQUEZ y CRUZ MARIA VASQUEZ.- Y lo obtuvo por ejercer la POSESION MATERIAL por más de TREINTA AÑOS; no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales que respetar a terceros, de igual forma no se encuentra en proindivisión con persona alguna.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

En la ciudad de Chalatenango, a las diez horas del día quince de octubre de dos mil cuatro.-

Lic. RIGOBERTO BELARMINO DIAS AREVALO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A054441-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por escrito, el señor RENE APARICIO, mayor de edad y de este domicilio, solicitando se le extienda a su favor TITULO DE PROPIEDAD, de un solar urbano que está situado en el Barrio El Centro de la población de San Antonio Masahuat Departamento de La Paz, de CUARENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS de extensión superfi cial, el cual se describe así: NORTE linda con solar y casa del señor LUIS GONZALEZ, y no con JESUS CORTEZ ARGUETA; ORIENTE, linda con solar y casa de LUZ AMANDA HERNANDEZ, calle de por medio; SUR, linda con solar y casa de ANITA VASQUEZ; y PONIENTE, linda con solar y casa de SOLEDAD MARMOL DE MELCHOR y no con JESUS CORTEZ ARGUETA.- El solar descrito no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión.- Lo estima en la cantidad de VEINTITRES MIL SETE-CIENTOS COLONES.- Lo hubo por compra que hizo al señor JAIME ERNESTO MOLINA RIVAS, mayor de edad, sobreviviente y de este mismo domicilio.- Los colindantes también son de este domicilio.-

Se avisa al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal: San Antonio Masahuat, veintiocho de julio del dos mil cuatro.- JOSE ANTONIO ORTIZ, ALCALDE MUNICIPAL. Br. ROSA EDELMIRA ESCOBAR, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054443-1

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JORGE ADALBERTO DIAZ PARADA, en calidad de Apoderado Ge-neral Judicial del señor JOSE HILARIO DIAZ, quien es de cuarenta y

nueve años de edad, panifi cador, del domicilio de Alegría, Departamento de Usulután, solicitando la titulación de un terreno de naturaleza rural, situado en el Cantón Montañita, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, de una capacidad superfi cial de NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: NORTE; con JOSE LUIS MENDOZA, calle de por medio, con JOSE DAVID ROME-RO, MARIA ERLINDA ROMERO y JOSE AMILCAR PORTILLO, al ORIENTE; con HILARIO PORTILLO Y JUAN PABLO PORTILLO; al SUR; con la Sucesión de LUCIA DE JESUS INGLES; y PONIENTE; con FRANCISCO SERRANO y JESUS ALEXANDER PINEDA, calle de por medio; dicho inmueble lo adquirió por posesión material por más de DIEZ AÑOS, que dicho inmueble lo comenzó a poseer desde el mes de enero de mil novecientos ochenta, en forma quieta, pública, pacífi ca y no interrumpida, y que lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES.-

Lo que se avisa para los efectos de Ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a las diez horas del día veinte de octubre del año dos mil cuatro. Lic. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054363-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: QUE A ESTE TRIBUNAL SE HA PRESENTADO LA SEÑORA ANGELINA MOLINA DE SANDOVAL, de sesenta y dos años de edad, ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando Titulo Supletorio del siguiente inmueble: de naturaleza rústica, situado en cantón Miravalle, en el lugar conocido como Comunidad San Cristóbal identifi cado como Lote número Veintidós, de una capacidad superfi cial de Noventa y seis metros cuadrados, quince decímetros cuadrados, de las colindancias siguientes: al NORTE, linda con lote número veinti-nueve, propiedad de MERCEDES GRANMADOS, pasaje cinco de por medio; al SUR, linda con lote número dieciocho propiedad del señor VICTOR MANUEL INTERIANO; al ORIENTE, linda con lote número veintitrés propiedad de TEODORO EMILIANO DURAN AVALOS; y al PONIENTE, linda con terreno de la Lotifi cación San Jorge, calle de por medio.- Lo que por posesión material desde hace más de diez años, habiéndosele entregado por donación pura y simple verbal por el ex propietario de la tierra señor PEDRO MENENDEZ CASTRO.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día seis de septiembre del dos mil cuatro.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ES-COBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016185-1

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señora

MARINA DELMY POSADA MENJIVAR, de treinta y cinco años de

edad, Costurera, de este domicilio, solicitando Titulación Supletoria del

siguiente inmueble: “de naturaleza rústica, situado en Cantón Miralvalle,

en el lugar conocido como Comunidad San Cristóbal, identifi cado como

LOTE NUMERO CINCUENTA Y CINCO de una capacidad superfi cial

de CIENTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, CERO CUA-

TRO DECIMETROS CUADRADOS de las colindancias siguientes: al

NORTE, linda con lote número sesenta y dos, propiedad de María Gloria

Orellana de Galiano, pasaje nueve de por medio; AL SUR, linda con lote

número cincuenta, de propiedad de la señora YOLANDA SIGUENZA

ALFARO, pasaje ocho de por medio; AL ORIENTE, linda con lote número

cincuenta y seis, propiedad de la señora SONIA CECILIA ZEPEDA; y

AL PONIENTE, linda con lotes números cincuenta y cuatro y cincuenta y

nueve propiedad de la señora ROSA YANIRA CRUZ y MARIA ISABEL

CRUZ. Lo hubo por posesión material desde hace más de diez años.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta

minutos del día treinta de Agosto del dos mil cuatro. Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016186-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que a esta Alcaldía se presentó la señora MARIA

ISIDRA GUEVARA VIUDA DE AMAYA, de setenta y cuatro años de

edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción,

Departamento de Morazán, portadora de su documento único de identidad

número cero dos millones quinientos setenta y tres mil seis guión cero,

con número de Identifi cación tributaria mil trescientos veinte, cien mil

quinientos treinta ciento uno uno, SOLICITANDO, título de dominio

de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro, del

Municipio de Villa El Rosario, Departamento de Morazán, de la capacidad

superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y CINCO PUNTO NOVENTA Y

UNO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL ORIENTE, once metros con diez centímetros, linda con propiedad

de la señora BELKI YANNINA ORELLANA ALVAREZ, tapial de por

medio, AL NORTE, catorce metros con setenta y cinco centímetros, linda

con propiedad de la señora BELKI YANNINA ORELLANA ALVAREZ,

tapial de por medio; AL PONIENTE, diez metros con cinco centímetros,

linda con la propiedad de la Conferencia Evangélica de las Asambleas de

Dios de El Salvador, calle de por medio, y AL SUR; catorce metros con

setenta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor JOSE DIMAS

CHICA, calle de por medio, hasta llegar al lugar donde se comenzó a

demarcar.- El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene

carga ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo valora en TREINTA

MIL COLONES. Según consta en el escrito presentado en esta ofi cina,

lo adquirió por donación de palabra que le hizo su padre NICOLAS

ROMERO. Y en caso de arrendarse produciría una renta anual de DOS

MIL QUINIENTOS COLONES.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal, Villa El Rosario, a ocho de julio del año dos

mil cuatro. EULALIO AMMONIO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.-

DOMINGA CRUZ REYES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054400-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic. JAI-

ME RIGOBERTO RODRIGUEZ CHAVEZ, de treinta y cuatro años de

edad, con carné de Abogado de la República número seis mil; quien es

apoderado especial de la señora ROSA LOPEZ VIUDA DE AYALA, de

treinta y ocho años de edad, empleada, del domicilio de Queens Villa-

ge, Queens, Estado de Nueva York, de los Estados Unidos de América,

con Pasaporte Ordinario Salvadoreño número; A seis siete nueve seis

cuatro dos, expedido por el Consulado General de El Salvador en Long

Island, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, el catorce

de septiembre de dos mil, quien comprueba con fotocopia certifi cada

del Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial otorgado a favor

del Lic. RODRIGUEZ CHAVEZ; Quien Expone: que la señora ROSA

LOPEZ VIUDA DE AYALA, de generales ya relacionadas, es poseedora

de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida de un solar de naturaleza

urbana, situado en los suburbios del Barrio de la Cruz, en el lugar de-

nominado “El Zapotillo,” de la Ciudad de Jucuapa, Distrito del mismo

nombre, Departamento de Usulután, de las medidas y linderos siguientes:

AL ORIENTE, cincuenta y tres metros, con propiedad de RAFAEL

ALBERTO VASQUEZ, cerco de alambre de por medio del colindante;

AL PONIENTE, sesenta y tres metros, con terreno de SANTOS DE

JESUS AYALA CASTELLON, servidumbre de tránsito de tres metros

de ancho de por medio, la que dará salida al colindante del rumbo Norte;

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AL NORTE; cuarenta y cuatro metros noventa y cuatro centímetros, con

terreno de la señora MARIA DEL TRANSITO QUINTANILLA, cerco

de alambre y brotón de piñal de por medio, del solar que se describe;

y AL SUR; treinta y tres metros noventa y dos centímetros, con terre-

no de ABEL MAURICIO SILVA GRANADOS, cerco de alambre de

por medio del colindante; dicho inmueble tiene un área de DOS MIL

DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CON

NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, de extensión

superfi cial, ya que le es restado a la servidumbre de tránsito que se

constituirá, la que mide tres metros de ancho por setenta y tres metros de

largo, que hace un total de CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS, disminuido al AREA CATASTRAL, que es de DOS

MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS;

Y sumadas ambas cantidades de metraje, arrojan la capacidad aproxi-

mada que se expresa en la FICHA CATASTRAL; ya que la Dirección

de Catastro, NO PUEDE CONSTITUIR SERVIDUMBRE ALGUNA,

según lo manifi estan. El inmueble que se está titulando goza de una

servidumbre de tránsito, de tres metros de ancho, partiendo de la esquina

sur poniente, hacia el poniente, hasta llegar a la quebrada El Zapotillo,

de ciento once metros de largo. La colindante de rumbo Norte, gozará

de servidumbre de tránsito sobre el terreno que se está describiendo, de

TRES METROS DE ANCHO POR SESENTA Y TRES METROS DE

LARGO, que es lo que se resta al AREA CATASTRAL, y que se extiende

en todo lo largo del extremo Poniente del inmueble al titularse. No tiene

construcciones ni cultivos permanentes de ninguna clase; no tiene carga

ni derechos reales que pertenezcan a terceros, ni está en proindivisión

con nadie y, que los colindantes son todos de este domicilio; que el

inmueble lo obtuvo la señora ROSA LOPEZ VIUDA DE AYALA, por

venta privada que le hizo la señora MARIA DEL CARMEN RUIZ DE

AYALA, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con

residencia en Barrio La Cruz de esta Ciudad, en el mes de diciembre de

mil novecientos ochenta y cinco; la que carecía de Antecedente Inscrito;

en consecuencia data de un período de más de diez años de poseerlo, y

que valúa en la suma de VEINTICINCO MIL COLONES, equivalente a

DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON

CATORCE CENTAVOS DE DOLAR, de los Estados Unidos de Norte

América. Que careciendo de Título de Dominio Inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente con

sede en la Ciudad de Usulután, de conformidad con la Ley de Títulos

y Predios Urbanos, atentamente PIDE: se le admita esta solicitud, en

el carácter que comparece; se le Publiquen los carteles de Ley y en su

oportunidad se practique la inspección y mesura del mencionado inmueble

y extienda el Título solicitado.

Lo que se hace del conocimiento del público en general para los

efectos de Ley pertinentes.

Dado en la Alcaldía Municipal de Jucuapa, Departamento de

Usulután, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cuatro.

LEOPOLDO EDGARDO PEREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- OSCAR

OSMIN QUINTANILLA COREAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054405-1

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

TERESA DE JESUS ACEVEDO, de cincuenta y ocho años de edad,

comerciante, del domicilio de esta ciudad, con Documento Unico de

Identidad número cero dos cero cero cero nueve cinco cuatro- cinco, y

Número de Identifi cación Tributaria: Un mil diez-doscientos cuarenta

y un mil cuarenta y cuatro- cero cero dos-seis, solicitando se le extien-

da TITULO DE DOMINIO de un INMUEBLE DE NATURALEZA

URBANA, ubicado en la Tercera Calle Oriente, número dieciocho,

Barrio Santa Lucía, de esta ciudad, con una extensión superfi cial de

SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL

ORIENTE: doce metros quinientos cuarenta milímetros, antes con casa y

solar de MATEO ARGUETA ahora con MARIO AUGUSTO TORRES,

mediando pared propiedad del predio que se describe; AL NORTE: siete

metros quinientos veinticuatro milímetros, con casa de la sucesión del

CAPITAN JULIAN BARILLA, calle de por medio; AL PONIENTE:

doce metros quinientos cuarenta y cuatro milímetros, antes con casa de

JUAN ANTONIO MUÑOZ, ahora con ANTONIO ROSALES, calle de

por medio, ALEJANDRO MARIN y JULIO MARIN, mediando pared

propiedad del predio que se describe; y AL SUR: Siete metros quinientos

veinticuatro milímetros antes con casa y solar de la sucesión de JOA-

QUIN LARRAMA, ahora con FRANCISCO FLAMENCO, pared de

por medio propiedad de predio que se describe. Dicho inmueble contiene

en su interior una casa de mediagua de teja sobre horcones y pared de

adobe y bahareque; no sirviente ni dominante, ni tiene cargas reales. El

inmueble en referencia fue adquirido por compra que hizo al señor JOSE

OSCAR AGUILAR, y que con éste, existe más de diez años de posesión

material del inmueble en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Dicho

predio lo valúa en TRESCIENTOS MIL COLONES EXACTOS.

Lo que hace saber al público en general para los efectos legales

consiguientes.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los diecisiete días del mes de

septiembre de dos mil cuatro. Licda. LETICIA CRISTINA RIVAS, AL-

CALDESA MUNICIPAL.- Lic. MIGUEL ANGEL MEZA QUEZADA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054415-1

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 25

No. de Expediente: 2004038452

No. de Presentación: 20040047875

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de COMERCIAL TRIAL, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra TRIAL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054368-1

Clase: 11

No. de Expediente: 2004038493

No. de Presentación: 20040047926

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de DUNA ENTERPRISES S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión GAMA ITALY PROFESSIONAL y diseño, las palabras Italy y Professional se traducen Italia y Profesio-nal.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054370-1

Clase: 31

No. de Expediente: 2004039406

No. de Presentación: 20040049597

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado SALVADOR HORACIO ORELLANA ALVAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión FRUTAS TROPICALES SAN RA-FAEL y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054373-1

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 43

No. de Expediente: 2004043238

No. de Presentación: 20040055659

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA CAROLINA TRIGUEROS ALFARO, en su calidad de APODERADO de CARLOS RODRIGO HIRLEMANN RECINOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la expresión HEREFORD Restaurante & Bar y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016184-1

Clase: 05

No. de Expediente: 2004043929

No. de Presentación: 20040056674

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DA-NIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de QUIMICA ARISTON URUGUAY, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

DIAVANCE

Consistente en: la palabra DIAVANCE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016197-1

No. de Expediente: 2004040628

No. de Presentación: 20040051637

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL ANGEL SOL MONTERREY, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de SANDSAC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SANDSAC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión MAX COPY COLOR y diseño, que servirá, para: IDENTIFICAR: LA EMPRESA COMERCIAL DEDI-CADA A LA REPRODUCCION DE DOCUMENTOS POR MEDIO DE FOTOGRAFIAS, REDUCCIONES Y AMPLIACIONES DE DO-CUMENTOS, DIGITACION E IMPRESION DE TEXTOS, Y OTRAS ACTIVIDADES AFINES; UBICADA EN PASEO GENERAL ESCA-LON Y SESENTA Y CINCO AVENIDA NORTE. EDIFICIO EUROPA BEETHOVEN. SEGUNDO NIVEL, LOCAL NUMERO VEINTIOCHO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016200-1

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

No. de Expediente: 2004039439

No. de Presentación: 20040049677

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA MIRNA PAIZ DE BERNAL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

LA FINQUITA

Consistente en: la expresión LA FINQUITA, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICADO AL SERVICIO DE BAR Y RESTAURANTE, UBICADO EN FINAL AVENIDA LAS MAGNOLIAS NUMERO 36, COLONIA LAS ROSAS 2, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016201-1

No. de Expediente: 2004040385

No. de Presentación: 20040051261

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL AN-GEL SOL MONTERREY, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de COMUNICART, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Creactivity, que servirá para: IDENTIFI-CAR: UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA PRINCIPALMEN-TE AL DISEÑO Y ELABORACION DE DISEÑOS GRAFICOS, ARTES FINALES, DISEÑO Y ELABORACION DE BANNERS, VALLAS Y AFICHES. UBICADO EN FINAL SEPTIMA CALLE PONIENTE

BIS Y CIENTO ONCE AVENIDA NORTE NUMERO QUINIENTOS SESENTA Y UNO, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016202-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001022247

ESTABLECIMIENTO 2001022247- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-CO JOSE PRADO RIVAS en su calidad de Representante legal de la sociedad ARRENDADORA CADIZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00011 del Libro 0813 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi ca-ción Tributaria: 0614-130991-106-1, ha presentado solicitud a las nueve horas y diecisiete minutos del día doce de septiembre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001022247 y Establecimiento No. 2001022247- 1; a favor de la Empresa denominada ARRENDADORA CADIZ, S.A. DE C.V., la cual se dedica a ARRENDAMIENTOS, con dirección en CALLE EL BOQUERON No. 5, URBANIZACION SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo es de ONCE MIL CUATRO-CIENTOS CINCUENTA Y OCHO 52/100 Dólares (11,458.52); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) ARRENDADORA CADIZ, S.A. DE C.V. ubicado en CALLE EL BOQUERON No. 5, URBANIZACION SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinte de febrero del año dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. A054429-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ASIENTO DE EMPRESA 2002037257

ESTABLECIMIENTO 2002037257- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE MANUEL RECINOS RECINOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 0207-050573-101-3, ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta y cuatro minutos del día veintiséis de mayo de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002037257 y Establecimiento No. 2002037257- 001; a favor de la Empresa denominada FARMACIA DOBLE VIA, la cual se dedica a VENTA DE PRODUCTOS FARMA-CEUTICOS, con dirección en ALAMEDA ROOSEVELT, No. 2827 y 55º AVENIDA SUR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO DOLARES CON 84/100 $68,918.84 y que tiene el establecimiento siguiente 001-) FARMACIA DOBLE VIA ubicado en ALAMEDA ROOSEVELT, No. 2827 y 55º AVENIDA SUR del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintidós de septiembre de dos mil cuatro.

Lic. ANGELITA SOTO SOLER,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C016198-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002037037

ESTABLECIMIENTO 2002037037- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado NOVIELLI QUESADA, RAFAEL GUILLERMO en su calidad de Representante legal de la sociedad ECO-TONER SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse ECO-TONER EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 22 del libro 1670 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-131201-101-2, ha presentado solicitud a las once horas y nueve minutos del día diecinueve de abril de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002037037 y Establecimiento No. 2002037037- 001; a favor de la Empresa denominada ECO-TONER , S.A. DE C.V., la cual se dedica a CONSULTORES DE EQUIPO Y PROGRAMAS DE INFORMATICA, con dirección en CALLE RAMON BELLOSO NO. 124 COL. ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $11,428.57

y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) ECO-TONER, S.A. DE C.V. ubicado en CALLE RAMON BELLOSO No. 124 COL. ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de abril de dos mil dos.

Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C016204-1

ASIENTO DE EMPRESA 2000034690

ESTABLECIMIENTO 2000034690- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CESAR EDGARDO GUANDIQUE CORDON, en su calidad de Representante legal de la sociedad INVERSIONES CESAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES CE-SAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 17 del libro 1401 del registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-151098-106-0, ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y siete minutos del día veinticuatro de junio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2000034690 y Establecimiento No. 2000034690- 001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES CESAR, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE CONSTRUCCION, con dirección en FINAL CALLE SAN ANTONIO ABAD, RESIDENCIAL MONTE FRESCO, PASAJE CATALUÑA No. 12, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VIENTIOCHO COLONES CON 50/100 ¢ 1,463,528.50 y que tiene el Establecimiento siguientes: 001-) CESAR, S.A DE C.V. ubicado en FINAL CALLE SAN ANTONIO ABAD, RESIDENCIAL MONTE FRESCO, PASAJE CATALUÑA No. 12, del domicilio de SAN SAL-VADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecinueve de octubre de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C016206-1

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ASIENTO DE EMPRESA 2004053125

ESTABLECIMIENTO 2004053125- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a este ofi cina se ha presentado FELIPE ANTONIO HUEZO MOTTO, de nacionalidad SALVADOREÑO, con dirección RESIDENCIAL BRUMAS DE LA ESCALON, CALLE EL CARMEN No. 34, del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria: 0715-031070-101-4, ha presentado solicitud a las nueve horas y cinco minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053125 y Establecimiento No. 2004053125-001; a favor de la Em-presa denominada INGENIERIA DE MANTENIMIENTO, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICA-DOS PREVIAMENTE, con dirección en RESIDENCIAL BRUMAS DE LA ESCALON, CALLE EL CARMEN No. 34. del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO DOLARES CON 00/100 $ 8,555.00 y que tiene el establecimiento siguiente 001-) INGENIERIA DE MANTENIMIENTO ubicado en RESIDENCIAL BRUMAS DE LA ESCALON, CALLE EL CARMEN No. 34, del domicilio e SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, primero de octubre de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C016208-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “VALORES, S.A. DE C.V.” convoca a los señores accionistas de la Sociedad, a Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, a celebrarse en las ofi cinas de la Sociedad localizadas en la Tercera planta del Edifi cio Oxgasa, situado en 25 Avenida Norte, número 1080, de la ciudad de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos, del día treinta de noviembre de dos mil cuatro, en la cual se conocerá la agenda siguiente:

I. Disminución de Capital;

II. Aumento de Capital;

III. Modifi cación al Pacto Social;

El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, es de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad y para formar resolución se necesita igual proporción. Sino hubiere quórum para celebrar Junta en primera convocatoria, se cita en segunda convocatoria, para el mismo fi n, a las quince horas del día primero de diciembre de dos mil cuatro, en el lugar antes mencionado. El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la

convocatoria es de la mitad más una de las acciones que componen el capital social, el número de votos para formar resolución en este caso es de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Salvador, veinticinco de noviembre de dos mil cuatro.

RAUL ALVAREZ BELISMELIS,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054378-1

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD

ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

Convoca a todos sus Accionistas a Junta General Ordinaria, a celebrarse el día 2 de Diciembre de dos mil cuatro, en las Instalaciones de la So-ciedad, ubicadas en Boulevard del Ejército Nacional, Kilómetro 3 ½, Soyapango, a las 3:00 p.m.

Si no se logra el Quórum indicado, se hará segunda convocatoria para el día 3 de diciembre a las 3:30 p.m., y la Junta se llevará a cabo con los miembros que asistan.

Agenda:

1. Lectura de memoria de labores y aprobación de Estados Financieros del último Ejercicio Fiscal que fi nalizó el 31 de Diciembre de 2003.

2. Lectura y aprobación de informe del Auditor Externo.

3. Nombramiento del Auditor Externo.

4. Otros.

Soyapango, 26 de Octubre de dos mil cuatro.

Lic. JUAN JOSE BORJA PAPINI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C016194-1

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el Licenciado

RIGOBERTO BELARMINO DIAZ AREVALO, en su carácter de Apo-

derado General Judicial del señor ADOLFO DIAZ PERAZA, contra

el señor RENE HERNANDEZ PALMA, reclamándole la cantidad de

SETENTA Y CINCO MIL COLONES, más los intereses corrientes del

seis por ciento mensual pendientes desde el día doce de Octubre de mil

novecientos noventa y ocho y costas procesales; se venderá por este

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Juzgado en PUBLICA SUBASTA, a las once horas y quince minutos

del día veintiocho de Octubre del presente año el siguiente inmueble:

Un terreno conocido con los nombres de “Los Cleofas” “Los Huertos” y

“El Común”, situado en las orillas del Barrio El Calvario de esta ciudad,

de naturaleza rústica, e inculto, de una extensión superfi cial de DOS-

CIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS, cuyos linderos

específi cos son los siguientes: AL ORIENTE, ONCE metros con resto

del inmueble del cual se desmembró, mojones de piedra de por medio,

hoy colinda con JOSE ANTONIO GALDAMEZ, cerco de alambre del

inmueble descrito; AL NORTE, veinte metros cincuenta centímetros con

resto del inmueble del cual se desmembra, mojones de piedra de por

medio, hoy cerco de alambre del inmueble descrito y linda con JOSE

SERRANO; AL PONIENTE, once metros con terreno de ANTONIO

RIVERA, calle real que conduce al cerro de por medio; y AL SUR,

veinte metros cincuenta centímetros con terrenos del cual se desmembró,

mojones de piedra de por medio, hoy pared de ladrillo y teja y colinda

con JOSEFINA ALVARENGA y RAFAEL ROMERO, callejón de por

medio. El inmueble descrito actualmente tiene construcciones de sistema

mixto, como de doscientos metros cuadrados aproximadamente.

El inmueble citado se encuentra inscrito a favor del señor RENE

HERNANDEZ PALMA, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Quinta Sección del Centro de este Departamento, bajo el número

DIEZ, del Libro DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS, de Propiedad.

Se admitirán posturas siendo estas legales.

Lo que se pone del conocimiento del público, para que todo

aquél que tuviere interés en la venta en pública subasta del inmueble

descrito, comparezca a este Juzgado, a hacer posturas en la hora y fecha

mencionada; la base del remate serán las dos terceras partes del valúo

dado al inmueble, el cual es de sesenta y ocho mil ciento cuarenta y un

dólares con ochenta y ocho centavos de dólar de los Estados Unidos de

América.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

once horas y quince minutos del día veintiocho de Septiembre de dos

mil cuatro.- Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. A054444-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Doctor SALVADOR HERIBERTO

RAMIREZ, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que se abrevia “EL FONDO”, Institución de Crédito Autónoma de Dere-

cho Público, de este domicilio, contra la señora ANA GLORIA LEMUS

CASTILLO, conocida por ANA GLORIA CASTILLO LEMUS, mayor

de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Apopa, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en Pública

Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: ““““Un

lote urbano y construcciones que contiene, marcado con el Número

CINCUENTA Y SEIS del Block TRES, de una extensión superfi cial de

SESENTA METROS CUADRADOS, con un área de construcción de

VEINTICUATRO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUA-

DRADOS, que forma parte de la Urbanización “APOPA NORTE”,

Quinta Etapa, del Sector Poniente, ubicada en el Cantón San Nicolás,

en jurisdicción de Apopa, en este Departamento, y tiene la localización,

medidas y linderos siguientes: Lote Número CINCUENTA Y SEIS,

Tipo “A”, Block TRES, es de Naturaleza URBANA, está ubicado en la

Urbanización “APOPA NORTE II”, Cantón San Nicolás, Jurisdicción

de la ciudad de Apopa, en este Departamento, cuya cabida es de SE-

SENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO

PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS y su descripción

se inicia partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida

Obrero Heroico y del Pasaje Número Tres Poniente, de la Ciudad Obrera

Apopa Norte II, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte,

cincuenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Oeste, una

distancia de ciento noventa y tres metros treinta y cuatro centímetros, y

se llega a un punto en donde haciendo una defl exión positiva de noventa

grados y midiendo una distancia de dos metros cincuenta centímetros,

se llega al esquinero SUR-ESTE del lote que se describe, el cual mide

y linda: SUR: Tramo recto de seis metros, con rumbo Norte cincuenta

grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Oeste, colindando este

tramo con el lote número tres del Block número cuatro de esta misma

Urbanización Pasaje número Tres Poniente de cinco metros de ancho de

por medio. PONIENTE: Tramo recto de diez metros, con rumbo Norte

treinta y nueve grados treinta y cinco minutos, treinta y siete segundos

Este, colindando este tramo con el lote número cincuenta y siete de estos

mismos Block y Urbanización. NORTE: Tramo recto de seis metros, con

rumbo Sur cincuenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos

Este, colindando este tramo con el lote número tres de estos mismos

Block y Urbanización. ORIENTE: Tramo recto de diez metros, con

rumbo Sur treinta y nueve grados treinta y cinco minutos treinta y siete

segundos Oeste, colindando este tramo con el lote número cincuenta y

cinco de estos mismos Block y Urbanización. A este lote no le afecta la

servidumbre que graba el inmueble mayor, al cual pertenecen también los

lotes que se mencionan en las colindancias y son o han sido de propiedad

de “CONSTRUCTORA TENZE, S. A DE C.V.”

Dicho lote se encuentra inscrito a favor de la demandada señora

ANA GLORIA LEMUS CASTILLO, conocida por ANA GLORIA

CASTILLO LEMUS, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Número

CERO UN - CERO TREINTA Y TRES MIL CUARENTA Y NUEVE

- CERO CERO CERO Inscripción DOS del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de este Departamento.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

quince horas del día once de Octubre de dos mil cuatro.- Dr. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054460-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el

Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada AMADA BETTY

GUILLEN GUZMAN, como Apoderada General Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA. Institución de Crédito, Autónoma de De-

recho Público, del domicilio de San Salvador, contra la señora BLANCA

ESTELA BELTRAN CARCAMO, de veintitrés años de edad a la fecha

del contrato, Estudiante, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio

conocido, actualmente de paradero ignorado, representada por medio

de su Curadora Ad Litem, Doctora LILIAN GUADRON, de sesenta y

cuatro años de edad; Abogada y Notaria, del domicilio de San Salvador;

reclamándole el pago de CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS

SESENTA Y SIETE COLONES DIECISEIS CENTAVOS equivalentes a

CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ DOLARES CINCUENTA Y TRES

CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de Seguros

de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su

completo pago, transacción o remate, y costas procesales; se ha orde-

nado VENDER EN PUBLICA SUBASTA: en este mismo Juzgado, en

fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el terreno urbano

y construcciones que contiene, marcado con el número CUARENTA Y

UNO, POLIGONO DIEZ, DE LA URBANIZACION VALLE VERDE,

PRIMERA ETAPA, situada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de

Apopa, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de

CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, el cual

mide y linda así: LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte cincuenta

y nueve grados treinta y cinco punto un minuto oeste y distancia de

diez metros, se llega al vértice suroeste.- Linda en este costado con lote

número cuarenta y dos del mismo polígono.- LADO PONIENTE: Tramo

recto con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos

este y distancia de cinco metros, se llega al vértice noroeste. Linda en

este costado con lote número veinticinco del mismo polígono.-LADO

NORTE: Tramo recto, con rumbo sur cincuenta y nueve grados treinta y

cinco punto un minuto este y distancia de diez metros, se llega al vértice

noreste.- Linda con este costado con lote número cuarenta del mismo

polígono.- LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo sur treinta grados

veinticuatro punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco metros, se

llega al vértice sureste, de donde se inició la presente descripción.-

Linda en este costado con lote número veinticuatro del polígono

doce, pasaje G, norte de cinco metros de ancho de por medio.- Inscrito

en el Registro Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador,

en el Sistema de Folio Real Computarizado, en el asiento número CERO

CERO DOS, de la Matrícula Número, M CERO UNO CERO CINCO

DOS OCHO CERO TRES.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

cincuenta y siete minutos del día veintisiete de septiembre del año dos mil

cuatro.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054461-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este Juzgado por el LICENCIADO RAUL ERNESTO

MELARA MORAN, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra el señor SAMUEL VIVAS, se venderá en pública subasta

en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se

indicará, el bien inmueble embargado siguiente: “UN APARTAMENTO

DE NATURALEZA URBANA, que se identifi ca como Apartamento

Número G- Doscientos Catorce, polígono “G”, segunda planta, Tipo

Dos, del Condominio Victoria, denominada según antecedente como resto

de la porción, conocida como Antekirta, que forma parte de la Colonia

Antekirta, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, el cual se

encuentra regulado bajo el Régimen de Ley de Propiedad Inmobiliaria

por pisos y apartamentos, quedando sujeto a las disposiciones contenidas

en la misma; así como el Reglamento de Administración y por las Leyes

Vigentes sobre la materia; de una EXTENSION SUPERFICIAL DE

CUARENTA Y NUEVE PUNTO TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS, y un área construida de TREINTA Y SEIS

PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, siendo sus medidas

las siguientes: AREA CONSTRUIDA: AL NORTE, nueve punto cero

cero metros; AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros; AL SUR,

cinco punto cincuenta metros, dos punto cincuenta metros, y tres punto

cincuenta metros; y AL PONIENTE, dos punto cincuenta metros. El área

construida es, de TREINTA Y SEIS PUNTO VEINTICINCO METROS

CUADRADOS. El área de jardín es de: OCHO PUNTO SETENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS; y mide: AL NORTE, tres punto cin-

cuenta metros; AL ORIENTE, dos punto cincuenta metros; AL SUR, tres

punto cincuenta metros; Y AL PONIENTE, dos punto cincuenta metros.

El área de tendedero es de CUATRO PUNTO TRESCIENTOS SETENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS; y mide: AL NORTE, uno punto

setenta y cinco metros; AL ORIENTE, dos punto cincuenta metros; AL

SUR, uno punto setenta y cinco metros; y AL PONIENTE, dos punto

cincuenta metros. El AREA TOTAL DESCRITA ES DE CUARENTA

Y NUEVE PUNTO TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS. VOLUMEN: NOVENTA Y CUATRO PUNTO VEIN-

TICINCO METROS CUBICOS. Inscrito a favor del demandado bajo

el NUMERO M CERO UNO CERO OCHO UNO CERO TRES UNO

DEL REGISTRO SOCIAL DE INMUEBLES DE ESTE DEPARTA-

MENTO”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas del día veintiocho de septiembre del dos mil

cuatro.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054464-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este tribunal por el Doctor SALVADOR HERIBERTO RAMIREZ, apoderado del “FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA”, que se abrevia “EL FONDO”, Institución de Crédito, Autónoma, de Dere-cho Público, de este domicilio, contra los señores DELMY CAROLINA ROSALES DE GONZALEZ y CARLOS ADALBERTO GONZALEZ LOPEZ, mayores de edad, estudiante y agricultor en pequeño, actualmente del domicilio de Soyapango, respectivamente, reclamándoles cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote construido por la sociedad VIVIENDAS Y CONSTRUCCIONES URBANISTI-CAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse VICONUR, S.A. DE C.V., marcado en el plano respectivo con el número DOCE del polígono diez de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Dicho inmueble forma parte de la “URBANIZACION EL LIMON PRIMERA ETAPA”, situado en lo que formó parte de la antigua “FINCA VENECIA”, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, el cual se localiza y describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes formado por la Avenida principal y pasaje número seis Oriente ambos abiertos en la urbanización, se mide sobre el eje del segundo con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Este una distancia de treinta y siete punto cincuenta metros se llega al vértice Sur-Oeste o mojón número uno del lote que se describe mide y linda así: Al PONIENTE, partiendo del mojón número uno, con rumbo Norte veinticinco grados cuarenta y seis punto cinco minutos Oeste y distancia de diez punto cero metros se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote número once polígono número diez, de la misma Urbanización. Al NORTE, partiendo del mojón número dos, con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Este y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número seis polígono número diez de la misma Urbanización. Al ORIENTE, partiendo del mojón número tres con rumbo Sur veinticinco grados cuarenta y seis punto cinco minutos Este y distancia de diez punto cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con zona ecológica de la misma Urbanización. Al SUR, partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Oeste y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lote número seis polígono número doce de la misma Urbanización, pasaje número seis Oriente de cinco punto cero metros de ancho de por medio. El área del lote así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Todos los lotes colindantes son o han sido de la Sociedad vendedora, y en él hay construida una casa de sistema mixto de un área de construcción de VEINTICUATRO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los demandados señores DELMY CAROLINA ROSALES DE GONZALEZ y CARLOS ADALBERTO GONZALEZ LOPEZ, en forma proindivisa bajo el Sistema de Folio Real según matrícula número CERO UNO - CIENTO DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO, Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad de este Departamento”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día cuatro de octubre de dos mil cuatro. Dr. JOSE MA-NUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054467-1

CERTIFICACION

La Infrascrita Secretaria de la Junta General de Accionistas de la so-ciedad “SARMIENTOS S.A. DE C.V.”, de este domicilio, por medio de la presente CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, celebrada el día catorce de septiembre de dos mil cuatro, se encuentra el punto segundo del Acta Número quince de dicha sesión el cual literalmente dice: “2) AUMENTO DE CAPITAL MINIMO, MODIFICACION AL PACTO SOCIAL Y NOM-BRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. El administrador Unico de esta Junta sometió a consideración de los concurrentes la moción de aumentar el Capital Mínimo de la Sociedad en la suma de OCHENTA MIL COLONES (¢80.000.00) para llegar al Capital Social Mínimo legalmente exigido por la ley de CIEN MIL COLONES (¢100.000.00) mediante la suscripción de nuevas acciones. Puesta a consideración la referida moción y después que los concurrentes deliberaron, acordaron aprobarla por unanimidad de votos, acordando: AUMENTAR EL CA-PITAL SOCIAL MINIMO DE LA SOCIEDAD DE OCHENTA MIL COLONES (¢80,000.00) mediante nuevas aportaciones de capital y consecuentemente se nombra como Ejecutor Especial al Ingeniero CARLOS RENE GRANILLO HERNANDEZ, para comparecer ante notario público a ejecutar tales acuerdos modifi cando las cláusulas de la sociedad que fuesen pertinentes”.

En fe de lo cual extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de octubre de dos mil cuatro.

Licda. MATILDE A. SANCHEZ DE GRANILLO,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. A054356-1

El suscrito Administrador Unico de la Sociedad “JULIO AGUSTIN MI-LLARD, Sociedad Anónima, que puede abreviarse “MILLARD, S.A.

HACE SABER: que por acuerdo tomado en esta ciudad, a las nueve horas en punto del día dos de junio de dos mil, reunida la Junta General Extraordinaria de Accionistas, en la ofi cina de la sociedad, se acordó en su Punto Unico Extraordinario Modifi car el Pacto Social en su Cláusula Cuarta. Aumentar el Capital Social Fijo de la Sociedad por la suma de Cuatro Millones Doscientos Ochenta Mil Colones, equivalentes a Cua-trocientos Ochenta y Nueve Mil Ciento Cuarenta y Dos con Ochenta y Seis centavos de dólar de los Estados Unidos de América, por lo que con este aumento el CAPITAL SOCIAL FIJO de la Sociedad, será por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL COLONES, equivalentes a CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA., representado por Cuarenta y Tres Mil Acciones Comunes y Nominativas de Cien Colones Cada una y su equivalente a dólar.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

En consecuencia, por dicho aumento la Sociedad ha acordado modi-fi car su Pacto Social para que la Cláusula Cuarta relativa al Capital Social Fijo sea de la siguiente forma CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL COLONES, equivalentes a CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; oportunamente se otorgará la correspondiente escritura de Aumento de Capital Social Fijo.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil cuatro.

Lic. ARTURO ARGUELLO OERTEL,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. A054375-1

Se hace de conocimiento del público para los efectos legales consiguien-tes que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “ZUCCHELLI ALPHA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.”, celebrada en San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de diciembre de dos mil tres, se tomó el acuerdo de aumentar el capital mínimo o fi jo trasladando del capital variable al capital mínimo o fi jo la cantidad de CINCO MIL COLONES equivalentes a QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS con lo cual el capital social mínimo o fi jo pasará de CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS, a la cantidad de CIENTO CIN-CO MIL COLONES, equivalentes a DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y el capital social variable de la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA COLONES CON CUATRO CENTAVOS, equivalentes a SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS, se disminuirá a la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA COLONES CON CUATRO CENTAVOS equivalentes a SETENTA Y SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, signifi cando que no será necesaria la emisión de nuevas acciones, pues el capital social se mantendrá en la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA COLONES, equivalentes a OCHENTA Y NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, pero sí a la sustitución de éstas para ser denominadas en dólares.

San Salvador, veintitrés de agosto de dos mil cuatro.

JEAN MICHEL ARFVIDSON,

EJECUTOR ESPECIAL DE LOS ACUERDOS DE LA JUNTA GE-NERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ZUCCHELLI

ALPHA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. A054431-1

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

COMUNICA QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTA-DO LA PROPIETARIA DEL CERTIFICADO NUMERO DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, CUENTA NUMERO QUINCE-VEINTITRES-CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE, EMITIDO EN AGENCIA LA MASCOTA, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL A UN PLAZO DE TRESCIENTOS SESENTA DIAS, SOLICITANDO LA REPOSICION DE DICHO CERTIFICADO POR HABERSE EXTRAVIADO.

EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE HACE DEL CO-NOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL CASO.

TRANSCURRIDO TREINTA DIAS DESPUES DE LA TERCERA PUBLICACION DE ESTE AVISO Y SI NO HUBIERA NINGUNA OPOSICION, SE PROCEDERA A REPONER EL CERTIFICADO EN REFERENCIA.

SAN SALVADOR, VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

MARIA INES DE ESTRADA,

JEFE DE OPERACIONES BANCO DE COMERCIO.

3 v. alt. No. A054360-1

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

COMUNICA QUE A NUESTRA AGENCIA SE HA PRESEN-TADO EL PROPIETARIO DEL DEPOSITO A FLAZO FIJO No.60705 CTA.35-9947066-1 EMITIDO A NOMBRE DE FLORENCIO DIMAS JIMENEZ O ROSA MIRIAM CHICAS DE JIMENEZ, EMITIDO EL DIA 01 DE FEBRERO DE 1994, EN AGENCIA BARRIOS, A UN PLAZO DE CIENTO OCHENTA DIAS Y QUIEN SOLICITA LA REPOSICION DE DICHO CERTIFICADO POR HABERSELE EX-TRAVIADO.

EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE HACE DEL CO-NOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL CASO.

TRANSCURRIDOS TREINTA DIAS DESPUES DE LA TERCE-RA PUBLICACION DE ESTE AVISO Y SI NO HUBIERE NINGUNA OPOSICION, SE PROCEDERA A REPONER EL CERTIFICADO EN REFERENCIA.

SAN SALVADOR, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL CUATRO.

IRMA ESTELA DE AVELAR,

JEFE DE OPERACIONES AGENCIA SANTA ANITA.

3 v. alt. No. A054407-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado la señora MARIA LUISA VASQUEZ DE JIMENEZ conocida por MARIA LUISA VASQUEZ, quien pide se le permita fi rmar los documentos correspon-dientes y poder cobrar la cantidad de $213.00, que por haber fallecido su esposo JULIO CESAR JIMENEZ, conocido por JULIO CESAR JIMENEZ MENDEZ, el 17 de agosto del año 2004, dejó pendiente de cobro, los cuales le correspondían como devolución después del pago del Impuesto sobre la Renta del año 2003.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho se presente a hacer uso del mismo ante este Ministerio, dentro del término de quince días posteriores a la última publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda: San Salvador, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO.

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c. 3/d. No. A054389-1

La Infrascrita Sub Jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado el señor CHARLES SARRAT, mayor de edad, jubilado de Nacionalidad Francesa, del domicilio de esta ciudad de San Salvador en este Departamento; solicitando en calidad de cónyuge sobreviviente, se le permita cobrar la suma de U.S. $264.00 dólares, dejados pendientes de cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2003 por su extinta esposa, señora REGINA IRMGARD conocida por IRMA JOKISCH, IRMA JOKISCH DE SARRAT y por IRMA DE SARRAT, quien al momento de su fallecimiento era de la edad de ochenta y cinco años, casada, Jubilada, originaria de este Departamento de San Salvador y del domicilio de esta ciudad, quien falleció el día 27 de febrero del año 2003 en este Municipio.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que la per-sona que se crea con igual o mejor derecho se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda: San Salvador, a veinticinco días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO.

MINISTERIO DE HACIENDA.3 v. 1 v. c. 3/d. No. A054433-1

MANUEL DE JESUS ANGULO CARRILLO, Notario del domicilio de Santa Tecla, con ofi cina situada en Residencial San Antonio, Pasaje cuatro sur número doce-F, Santa Tecla, Departamento de La Libertad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veinte de septiembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida, en la ciudad de San Salvador, a las veintitrés horas del día cinco de enero de dos mil tres, dejó la señora MARIA MONICA SERRANO VIUDA DE VEGA conocida por MARIA MONICA SERRANO y por MARIA SERRANO, de parte de los señores JULIO ALBERTO VEGA SERRANO, MARTA GUADALUPE VEGA DE DURAN, CECILIA CONCEPCION VEGA DE FUENTES, ANA ELIZABETH VEGA VIUDA DE CORADO y MIGUEL ANTONIO VEGA SERRANO, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina del Notario MANUEL DE JESUS ANGULO CARRILLO, en la ciudad de Santa Tecla, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticinco de octubre de dos mil cuatro.

Lic. MANUEL DE JESUS ANGULO CARRILLO,NOTARIO.

3 v. c. No. A054406-1

TRANSOCEANICAS, S.A. DE C.V.BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE JUNIO DE 2004.

EXPRESADO EN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICACAPITAL MINIMO $12,000.00

ACTIVO CAPITALCIRCULANTEDEUDORES VARIOS 1,827.08 CUENTAS DE CAPITALIng. EDGARD JOSE NOVOA 1,827.08 CAPITAL SOCIAL 12,000.00 INVINT, S.A. DE C.V. 11,400.00DEFICIT 10,172.92 JOSE NOVOA FLORES 600.00INVINT, S.A. DE C.V. 9,664.27 JOSE NOVOA FLORES 508.65 TOTAL ACTIVO 12,000.00 TOTAL CAPITAL 12,000.00

EDGARDO JOSE NOVOA FLORES, ERNESTO NOVOA GAVIDIA, MARIA ANTONIA COLOCHO, CISNEROS CASTRO Y CIA, LIQUIDADOR. LIQUIDADOR. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. INSCRIPCION No. 6 FOLIO 258 INSCRIPCION No. 300

3 v. alt. No. A054362-1

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNRODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de fecha las doce horas treinta y dos minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARIA JOVITA CALDERON DE GARCIA, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante, señor ADOLFO GARCIA PRESA, de setenta y un años de edad, Agricultor, Casado y quien falleció en el Cantón Casas de Tejas de la jurisdicción de Candelaria de la Frontera, a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de marzo del corriente año, siendo Candelaria de la Frontera, el lugar de su último domicilio.

La señora MARIA JOVITA CALDERON DE GARCIA es cónyuge sobreviviente del susodicho causante; y en ese carácter se le confi ere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas cincuenta minutos del día veintinueve de julio de dos mil cuatro.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054187-2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro- uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas treinta minutos el día veintiuno de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor HERIBERTO MENDEZ conocido por HERIBERTO MENDEZ VASQUEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, Agricultor, del origen y domicilio de Guaymango, departamento de Ahuachapán, su último domicilio, ocurrida en el cantón Platanares, jurisdicción de Guaymango, departamento de Ahuachapán, el día veinte de mayo del año dos mil cuatro, de parte del señor OSCAR ANTONIO MENDEZ GARCIA, en concepto de hijo sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos lo que se crean con derechos a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-derón.

En la ciudad de Sonsonate, a las doce horas treinta minutos del día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C016139-2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro- uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas del día veintiuno de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor ALEJANDRO HERRERA, fue de cincuenta y nueve años de edad, Jornalero, del origen y domicilio de Jujutla, su último domicilio, ocurrida en el cantón San Antonio Abajo, jurisdicción de Jujutla, departamento de Ahuachapán, el día cuatro de julio del año dos mil uno, de parte de la señora ANA ENEYDA HERRERA RIVAS, en concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos lo que se crean con derechos a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación el presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-derón.

En la ciudad de Sonsonate, a las doce horas del día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C016140-2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario de este domicilio, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro-uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día veintiuno de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor BENJAMIN ENCAR-NACION GARCIA conocido por ENCARNACION FLORES, quien fue de setenta y tres años de edad, Jornalero, originario de Zacacoyo y del domicilio de Jicalapa, departamento de La Libertad, su último domicilio, ocurrida en el cantón La Perla, jurisdicción de Jicalapa, departamento de La Libertad, el día doce de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, de parte de la señora EDUARDA JUAREZ FLORES, en concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos lo que se crean con derechos a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-derón.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

En la ciudad de Sonsonate, a las catorce horas treinta minutos del día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C016141-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que a esta Ofi cina se ha presentado el señor TULIO ARMANDO GARCIA CONTRERAS, de treinta y dos años de edad, abogado, del domicilio de la Ciudad de La Unión; portador de su credencial de abogado número siete mil cuarenta y ocho, en carácter de Apoderado de la señora ROSA HILDA GONZALEZ RODAS; quien es de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, originaria y del domicilio de Meanguera del Golfo, departamento de La Unión portadora de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones ochocientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y cinco guión uno; y en tal carácter me solicita Título de Propiedad de una porción de terreno urbano situado en el Barrio El Angel de este municipio con una extensión superfi cial de NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción, medidas y colindancias son las siguientes AL NORTE mide treinta y tres metros punto cincuenta centímetros; colinda con JAIME GARCIA y ANTONIA GRANDE; AL SUR; mide treinta y nueve metros punto setenta y cinco centímetros, colinda con MANFREDY BONILLA, pasaje de por medio; AL ORIEN-TE, mide veintidós metros setenta centímetros, colinda con ELENA AURORA GONZALEZ DE RAMOS y ESVINDA GARCIA; y AL PONIENTE, mide treinta metros punto cinco centímetro, colinda con la cancha de Básquetbol propiedad de la Alcaldía Municipal. En el referido inmueble hay construcción una casa pequeña con servicio de Energía Eléctrica, el terreno antes descrito se estima en la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA. Que el inmueble lo adquirió el día dieciocho de marzo del presente año, según documento autenticado de compraventa de posesión material efectuada en la Ciudad de La Unión ante los ofi cios del Notario SONY ULISES TORRES VILLATORO, otorgado a su favor por su hermana la señora ELENA AURORA GONZALEZ DE RAMOS. Que no es predio dominante ni sirviente, no tiene cargo o derechos reales que respetar ni está en proindivisión. Los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal de Meanguera del Golfo, Departamento de La Unión, a los siete días del mes de julio del dos mil cuatro. JUAN EDGAR AVILES GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. REINA GUADALUPE AREVALO ROSAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A054175-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado CARLOS RAUL HERRERA GALDAMEZ, actuando como apoderado de la señora EMELINDA HERCULES DE VASQUEZ, de cuarenta y

tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad; solicitando que se extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de UN inmueble de naturaleza rústica, inculto y árido, de la superfi cie de MEDIA MANZANA, o sea TREINTA Y CINCO AREAS de extensión, que comprende una casa de paredes de adobe, techo de tejas, situado en el Cantón San Francisco Apanta, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, con los linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, con propiedad de HORACIO MANCIA, cerco de piedra de por medio; Al NORTE, con solar de JOSE ALFONSO NUÑEZ TOBAR, cerco de piedra de por medio, Al PONIENTE, con propiedad de POMPILIO VALLE, cerco de alambre de por medio, y Al SUR, con solares y casas de HORACIO MANCIA, cerco de piedra y camino vecinal de por medio.- Dicho inmueble no es predio dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con per-sona alguna, y lo valúa en la cantidad de QUINCE MIL COLONES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con veinticinco minutos del día veintinueve de septiembre del dos mil cuatro. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054138-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el señor ALEJANDRO CALDERON HERNANDEZ, quien es de sesenta años de edad, Agricultor y de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de naturaleza rústica, cultivado de árboles frutales, situado en Cantón Tahuilapa, en el lugar conocido por La Joya de esta comprensión, de la extensión superfi cial de ONCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO SIETE METROS CUADRADOS, cuyos linderos son los siguientes: AL NORTE, con terreno de FILIBERTO VIDAL SANABRIA, y callejón vecinal de por medio; AL ORIENTE, con terreno del señor ADELMO FLORES; AL SUR, con terreno de MIGUEL ANGEL GUERRA MORALES; y AL PONIENTE, con terrenos de MANUEL DE JESUS MONTERROZA y con FILIBERTO VIDAL SANABRIA; el referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni existen cargas reales que respetar ni lo posee en proindivisión con persona alguna; y lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con treinta y cin-co minutos del día veintidós de octubre de dos mil cuatro. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. A054142-2

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 36

No. de Expediente: 2004042864

No. de Presentación: 20040055071

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MA-RIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de METROCENTRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

METROMALL

Consistente en: la expresión METROMALL.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí:

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054124-2

No. de Expediente: 2004042865

No. de Presentacion: 20040055072

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MA-RIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de METROCENTRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

METROMALL

Consistente en: la expresión METROMALL, que servirá para IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y A SUS ESTABLECIMIENTOS, DEDICADOS A EXPLOTACION DE BIENES RAICES, ESPECIAL-MENTE LA ADMINISTRACION, ARRENDAMIENTO Y VENTA

DE INMUEBLES, LOCALES COMERCIALES Y DE OFICINA, UBICADA EN EDIFICIO GRUPO ROBLE, SEGUNDO NIVEL, SOBRE BOULEVARD TUTUNICHAPA, COSTADO NORTE DEL CENTRO COMERCIAL METROCENTRO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí:

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054125-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039921

No. de Presentación: 20040050448

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de VANITY FAIR, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

LILY OF FRANCE

Consistente en: la expresión LILY OF FRANCE traducida como Lirio de Francia.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016099-2

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 37.

No. de Expediente: 2004042712.

No. de Presentación: 20040054875.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Coverall North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COVERALL CLEANING CONCEPTS

Consistente en: la expresión COVERALL CLEANING CON-CEPTS.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016100-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004042709.

No. de Presentación: 20040054872.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de PERMODA, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión PRONTO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016101-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039922.

No. de Presentación: 20040050449.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de VANITY FAIR, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BESTFORM

Consistente en: la expresión BESTFORM.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016102-2

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004039154.

No. de Presentación: 20040049246.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

IMINEN

Consistente en: la palabra IMINEN.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016103-2

Clase: 38.

No. de Expediente: 2004040625.

No. de Presentación: 20040051632.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MESOTECH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MESOTECH, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MOVIBANCA

Consistente en: la palabra MOVIBANCA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016104-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004038189.

No. de Presentación: 20040047551.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FERRIVAX

Consistente en: la palabra FERRIVAX.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016105-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004038187.

No. de Presentación: 20040047549.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TRIZINET

Consistente en: la palabra TRIZINET.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016106-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004039160.

No. de Presentación: 20040049252.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CIPROFUR

Consistente en: la palabra CIPROFUR.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Lic. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016107-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004042615.

No. de Presentación: 20040054723.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de RICHTER GEDEON VEGYESZETI GYAR RT., de nacionalidad HUNGARA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

PLAN B

Consistente en: la expresión PLAN B.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016108-2

Clase: 30.

No. de Expediente: 2004042620.

No. de Presentación: 20040054728.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mars, Incorpo-rated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SKWINKLES MAS

Consistente en: la expresión SKWINKLES MAS.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016109-2

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 30.

No. de Expediente: 2004042218.

No. de Presentación: 20040054056.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO

Consistente en: la palabra BIMBO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016110-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004039157.

No. de Presentación: 20040049249.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MUSOL GEL

Consistente en: las palabras MUSOL GEL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Lic. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016111-2

Clase: 35.

No. de Expediente: 2004042710.

No. de Presentación: 20040054873.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Coverall North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COVERALL CLEANING CONCEPTS

Consistente en: la expresión COVERALL CLEANING CON-CEPTS.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016112-2

Clase: 03.

No. de Expediente: 2004043124.

No. de Presentación: 20040055454.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Parfums Christian Dior, S.A., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TOUT L´AMOUR DE DIOR

Consistente en: la expresión TOUT L´AMOUR DE DIOR traducida como Todo el amor de Dior.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016113-2

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 37.

No. de Expediente: 2004042713.

No. de Presentación: 20040054876.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Coverall North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COVERALL

Consistente en: la expresión COVERALL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016114-2

Clase: 32.

No. de Expediente: 2003034173.

No. de Presentación: 20030040713.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MELIZA VALDIVIESO MORA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Embotelladora de Aguas Gaseosas Huancayo S.R.L., de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FIRST

Consistente en: la palabra FIRST.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016115-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004039159.

No. de Presentación: 20040049251.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

LIOLACTIL

Consistente en: la palabra LIOLACTIL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016116-2

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 35

No. de Expediente: 2004042711

No. de Presentación: 20040054874

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Coverall North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COVERALL

Consistente en: la expresión COVERALL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016117-2

Clase: 05

No. de Expediente; 2004039156

No. de Presentación: 20040049248

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceu-ticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SINUFIN

Consistente en: la palabra SINUFIN.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016118-2

Clase: 36

No. de Expediente: 2004039152

No. de Presentación: 20040049244

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de IDT Netherlands, B.V. (Puerto Rico Branch), de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SOUTHCALL

Consistente en: la palabra SOUTHCALL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Ante mí

Lic. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016120-2

DIARIO

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 33

No. de Expediente: 2004040950

No. de Presentación: 20040052095

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de R & A BAILEY & Co., de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Diseño de Botella Baileys mini con listones.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016121-2

Clase: 16

No. de Expediente: 2004043010

No. de Presentación: 20040055295

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Weyerhaeuser Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño, el cual se identifi cará como el diseño de Weyerhaeuser.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016122-2

Clase: 33

No. de Expediente: 2004042794

No. de Presentación: 20040054961

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Diageo North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BLOSSOM HILL

Consistente en: la expresión BLOSSOM HILL traducida como Flor Colina.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016123-2

DIARIO

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 30

No. de Expediente: 2004042878

No. de Presentación: 20040055099

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mars, Incorpo-rated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

M-AZING

Consistente en: la expresión M-AZING.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016124-2

Clase: 03

No. de Expediente: 2004038737

No. de Presentación: 20040048305

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de COR-PORACION CAPRICES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra diffusion y diseño, que traducida al castellano signifi ca difusión.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016125-2

Clase: 05

No. de Expediente: 2004038987

No. de Presentación: 20040048888

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de RICHTER GEDEON VEGYESZETI GYAR RT., de nacionalidad HUNGARA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

POSTINOR

Consistente en: la palabra POSTINOR.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

GABRIELA MARIA CORNEJO CASTILLO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016126-2

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 16

No. de Expediente: 2004042927

No. de Presentación: 20040055181

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ENJEUX CA-RRIERE INC, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Carism.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016127-2

Clase: 12

No. de Expediente: 2004042961

No. de Presentación: 20040055227

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Tai Tsuang Oil Seal Industry Co., Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión TTO TAI TSUANG y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre el año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016128-2

Clase: 36

No. de Expediente: 2004042962

No. de Presentación: 20040055228

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ELEKTRA DEL MILENIO, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Dinero Express Tu dinero como de rayo y diseño, que se traduce al castellano como Dinero Urgente.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016129-2

DIARIO

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 35

No. de Expediente: 2004043011

No. de Presentación: 20040055296

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Grupo Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión OM y diseño.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016130-2

No. de Expediente: 2004043437

No. de Presentación: 20040055903

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-CO LOVO MOLINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de IMPRENTA LA TARJETA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IMPRENTA LA TARJETA. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras IMPRENTA la Tarjeta, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICADO A LA ELABORACION DE TARJETAS CON DISEÑOS PROPIOS EN LINEA DE TARJETAS SENCILLAS Y DE LUJO PARA TODA OCASION. TROQUELADAS E IMPRESAS (BODA, FELICITACION, FIESTA ROSA, GRADUACION, PIÑATAS, BAUTIZO, COMUNION, NAVIDEÑAS, MOTIVOS ESPECIALES), PAPEL LUSTRE Y DE RE-GALO CON DISEÑOS ORIGINALES. CAJAS, BOLSAS TIPO SHOP-PING, SEPARADORES. ESTAMPAS, STICKERS AUTOADHESIVOS.

ROMPECABEZAS, CUADERNOS CON MOTIVOS TIPICOS, POS-TERS, ASI TAMBIEN LA ELABORACION DE SELLOS, SERVICIO DE ANILLADO, TROQUELADO Y EMPASTADO, UBICADO EN 39 AVENIDA SUR No. 1609, COLONIA DINA - SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016136-2

No. de Expediente: 2004043436

No. de Presentación: 20040055902

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO LOVO MOLINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GER-MINAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GERMINAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ARTES GRAFICAS GERMINAL y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICADO A LA ELABORACION DE CALENDA-RIOS, AGENDAS, POSTERS, MEMORIAS INSTITUCIONALES, DOCUMENTOS PARA EVENTOS ESPECIALES, MATERIAL TROQUELADO DE PAPEL Y CARTON, ELABORACION DE DOCUMENTOS LEGALES E IMPRESOS DE LAS EMPRESAS, DESPLEGADOS, FOLLETOS Y OTROS QUE SE ELABOREN A DEMANDA, UBICADO EN 28 CALLE PONIENTE NO. 2129 CO-LONIA DINA-SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016137-2

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

AVISO

La Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR,

S.A. DE C.V., en vista de que no pudo celebrarse la Junta General Ex-

traordinaria de Accionistas por falta de quórum, en las fechas 21 y 22 de

Octubre del presente año, como lo expresó la convocatoria respectiva, se

hace una tercera convocatoria a celebrarse el día martes 23 de noviembre

del presente año a las diecisiete horas en las ofi cinas de EDESSA, en el

Estadio Cuscatlán, situado en la Autopista Sur, Los Próceres contiguo a

Reparto Los Héroes. Los puntos a tratar son los siguientes:

1- Verifi cación del quórum y elaboración de la lista de asisten-

cia.

2- Aumento de Capital Social Variable por Capitalización de

Activo Fijo.

3- Autorización para transferir a la autoridad correspondiente los

derechos sobre parte del inmueble de la Sociedad, para apertura

de Calle Sector Norte y Oriente del Estadio Cuscatlán.

4- Autorización de Préstamo Hipotecario.

a) Construcción de Calle.

b) Canchas de Fútbol Rápido.

5- Modifi cación al Pacto Social.

La Junta General Extraordinaria será válida cualquiera que sea el

número de accionistas presentes o representados y habrá resolución con

la simple mayoría de votos.

ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C. V.

Dr. JORGE ALBERTO HUETE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016138-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Doctor JOSE ENRIQUE MADRIGAL, Apoderado del BANCO

HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor WILLIAM

ELIAS Y ELIAS conocido por WILLIAMS ELIAS Y ELIAS, WILLIAN

ELIAS Y ELIAS y WILLIANS ELIAS Y ELIAS, se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posterior-

mente, el inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE

de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Herradura, jurisdicción

de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, de SESENTA Y UN AREAS

SETENTA Y OCHO CENTIAREAS VEINTICINCO CENTIMETROS

CUADRADOS CUARENTA Y DOS DECIMETROS, también cuadra-

dos de extensión superfi cial poco más o menos, que miden y lindan los

DOS ya formando un sólo cuerpo, AL NORTE: once metros quince

centímetros, con terrenos de EZEQUIEL AZUCAR, ROSA CRUZ,

PETRONA AYALA y CRISTABELA AYALA; AL SUR: terrenos de

CARMEN REVELO, y del señor ELIAS Y ELIAS, once metros setenta

y seis centímetros; AL ORIENTE: cuarenta y tres metros cincuenta y

cinco centímetros, con terrenos de MARTINA QUITEÑO GARCIA y no

ERNESTINA QUITEÑO como dice la solicitud inicial y predio de JOSE

ROMERO; AL PONIENTE: línea compuesta de siete tiros, el primero de

Norte a Sur, dieciséis metros quince centímetros, el segundo de Oriente a

Poniente, nueve metros sesenta y cinco centímetros; el tercero de Norte a

Sur nueve metros diecisiete centímetros; el cuarto de Poniente a Oriente,

nueve metros sesenta y cinco centímetros; el Quinto de Norte a Sur, diez

metros treinta centímetros; la Sexta de Oriente a Poniente: cincuenta y

cinco centímetros; y la Séptima de Norte a Sur nuevamente, ocho metros

ochenta y cinco centímetros, lindando en todo este rumbo con terrenos de

JOSE HERMINIO RAMOS, ADAN GUADRON, ANTONIO RIVAS y

EZEQUIEL CRUZ, al rumbo Norte hay calle pavimentada de por medio.

Dentro de sus linderos hay dos casas de sistema mixto, techo de teja una

y la otra de techo de lámina están cercados por todos sus rumbos y los

cercos propios del señor ELIAS Y ELIAS.

El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor

del demandado WILLIAM ELIAS Y ELIAS conocido por WILLIAMS

ELIAS Y ELIAS, WILLIAN ELIAS Y ELIAS y WILLIANS ELIAS Y

ELIAS, en el Registro de la Propiedad de Raíz e Hipotecas de la Tercera

Sección del Centro al Número TRECE del Libro CUATROCIENTOS

CINCUENTA de la propiedad del departamento de La Paz.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-

TIL: San Salvador, a las quince horas quince minutos del día nueve de

diciembre de dos mil tres. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A054141-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JORGE ISIDORO NIETO

MENENDEZ y continuada por el Doctor JUAN CARLOS ANTONIO

NIETO MENENDEZ, como apoderados del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, que

se abrevia “EL FONDO”, contra los señores ROBERTO RODRIGUEZ

SANCHEZ y ANA TERESA GARCIA DE RODRIGUEZ, conocida

por ANA TERESA MARTINEZ GARCIA, mayores de edad, Mecánico

y de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Delgado, respectivamente,

reclamándoles cantidad de colones y demás accesorios legales, se ven-

derá en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado

siguiente: “Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que con-

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

tiene, situado en Jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento,

situado en el lugar denominado “REPARTO MONTECARMELO O

VILLAS DE MONTECARMELO,” marcado con el número CUATRO,

POLIGONO “J” de una extensión superfi cial de SESENTA Y TRES

PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes

a NOVENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y SIETE VARAS CUA-

DRADAS. El lote es de naturaleza urbana y en él hay construida una

casa de sistema mixto, completamente nueva y con todos sus servicios,

tiene un área construida de TREINTA PUNTO CUARENTA METROS

CUADRADOS. El inmueble en su totalidad tiene la localización, medidas

y linderos siguientes: DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO

CUATRO, DEL POLIGONO “J”, CALLE CIRCUNVALACION, DEL

REPARTO VILLAS DE MONTECARMELO II, situado en camino veci-

nal Apopa-Mariona, Cuscatancingo de este Departamento, que se localiza

y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la calle Circun-

valación Poniente y el pasaje número diez en el Reparto Montecarmelo;

se mide sobre el eje del Pasaje Número diez con rumbo Norte ochenta

y tres grados trece punto dos minutos Oeste; una distancia de veintitrés

punto cero cero metros. Partiendo de este punto con defl exión derecha

de noventa grados y distancia de dieciséis punto cero cero metros, se

llega al vértice Sur-Este del lote que se describe, el cual mide y linda:

LADO SUR, línea recta de dieciséis punto cero cero metros y rumbo

Norte ochenta y tres grados trece punto dos minutos Oeste, lindando con

lote número tres del polígono “J”, del Reparto Montecarmelo. LADO

OESTE, línea recta de cuatro punto cero cero metros y rumbo Norte

cero seis grados cuarenta y uno punto cero minutos Este, lindando con

lotes números ocho y nueve del polígono “J”, de la misma urbanización.

LADO NORTE, línea recta de dieciséis punto cero cero metros y rumbo

Sur ochenta y tres grados trece punto dos minutos Este, lindando con

lote número cinco del Polígono “J”, de la misma Urbanización. LADO

ESTE, línea recta de cuatro punto cero cero metros y rumbo Sur cero seis

grados cuarenta y uno punto cero minutos Oeste, lindando con lotes del

polígono “N”, estando de por medio el estacionamiento de la Urbanización

y la Calle Circunvalación Poniente. El inmueble anteriormente descrito

se encuentra inscrito a favor de los señores ROBERTO RODRIGUEZ

SANCHEZ y ANA TERESA GARCIA DE RODRIGUEZ, conocida

por ANA TERESA MARTINEZ GARCIA, bajo la Matrícula número

CERO UNO - UNO DOS NUEVE UNO OCHO SIETE - CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad de este Departamento”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas con veinte minutos, del día veintiséis de Julio de dos mil cuatro.

Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054147-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTILLO,

apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución

de Crédito Autónoma, de este domicilio, que se abrevia “EL FONDO”,

contra el señor JOSE ANTONIO ROMERO ROMERO, mayor de edad,

Bachiller, del domicilio de Apopa, reclamándole cantidad de colones

y demás accesorios legales, se venderá en Pública Subasta en este

Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: “Un terreno urbano y

construcciones que contiene marcado con el número SEIS, del Polígono

“B”, Pasaje DOS, de la URBANIZACION EL TIKAL SUR, situado en

Jurisdicción de Apopa, de este Departamento. Cuya descripción se inicia:

Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Madre Tierra y el

pasaje número dos, abiertos en la Urbanización El Tikal con rumbo Sur

setenta y nueve grados treinta y uno punto tres minutos Este, se mide

sobre el eje de este último una distancia de veintiuno punto cuarenta

metros, en este punto haciendo una defl exión derecha de noventa grados

y una distancia de tres metros, se llega al mojón número uno, esquina

Noreste del lote que se describe así: AL ESTE, Partiendo del mojón

número uno con rumbo Sur diez grados veintiocho punto siete minutos

Oeste y una distancia de quince metros, se llega al mojón número dos,

lindando por este lado con lote número ocho del Polígono B. AL SUR,

Partiendo del mojón número dos con rumbo Norte setenta y nueve grados

treinta y uno punto tres minutos Oeste y una distancia de cinco punto

treinta metros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con

lote número cinco del Polígono “B”. AL OESTE, Partiendo del mojón

número tres con rumbo Norte diez grados veintiocho punto siete minutos

Este y una distancia de quince metros, se llega al mojón número cuatro,

lindando por este lado con lote número cuatro del Polígono “B”. AL

NORTE, Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Sur setenta y

nueve grados treinta y uno punto tres minutos Este y distancia de cinco

punto treinta metros, se llega al mojón número uno, donde se inició la

presente descripción, lindando por este lado con lote número cinco del

Polígono C de la misma Urbanización, pasaje número dos de seis metros

de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un área de SETENTA

Y NUEVE PUNTO CINCUENTA METROS, equivalentes a CIENTO

TRECE PUNTO SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. Dicho

inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JOSE ANTONIO RO-

MERO ROMERO, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Número

CERO UNO - CIENTO DIEZ MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO

- CERO CERO CERO, Inscripción DOS, del Registro de la Propiedad

de este Departamento”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

quince horas con veinte minutos, del día diez de septiembre de dos mil

cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054148-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTI-

LLO, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Institución de Crédito Autónoma, contra el señor CARLOS ANTONIO

PEREZ RIVERA, mayor de edad, Mecánico, del domicilio de Mejica-

nos, representado legalmente por su Curador Especial Doctor RAFAEL

ANTONIO FONSECA, reclamándole cantidad de colones y demás ac-

cesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien

inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano, construido

por la Sociedad PARLA, S.A. DE C.V., marcado en el plano respectivo

con el número TRECE del POLIGONO “TREINTA Y NUEVE”, de la

Urbanización CIUDAD FUTURA, situada en los Cantones San Luis

Mariona y Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, en este De-

partamento, y se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes del

pasaje El Tempisque y senda vehicular ambos abiertos en la Urbanización

Ciudad Futura, se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur ochenta

y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de

treinta y seis punto cincuenta metros llegando a un punto donde se efectúa

una defl exión izquierda de noventa grados y distancia de cuatro punto

cincuenta metros se llega al mojón número uno esquinero Sur - Poniente

del Lote que a continuación se describe. AL PONIENTE: Partiendo del

mojón número uno con rumbo Norte un grado cuatro punto un minuto

Este y distancia de doce punto cero metros se llega al mojón número

dos, lindando por este lado con lote número once del mismo polígono.

AL NORTE: Partiendo del mojón número dos con rumbo Sur ochenta

y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia

de cinco punto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por

este lado con el lote número catorce del mismo polígono. AL ORIEN-

TE: Partiendo del mojón número tres, con rumbo Sur un grado cuatro

punto un minuto Oeste y distancia de doce punto cero metros se llega

al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote número quince

del mismo polígono. AL SUR: Partiendo del mojón número cuatro,

con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve

minutos Oeste y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón

número uno sitio donde se inició la presente descripción, lindando por

este lado con lote número catorce del polígono número treinta y ocho,

senda vehicular de por medio de nueve punto cero metros de ancho. El

lote así descrito tiene un área de sesenta punto cero metros cuadrados

equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco varas cuadradas,

tiene construida una casa de sistema mixto de un área de treinta y uno

punto treinta y cinco metros cuadrados.

Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor CARLOS

ANTONIO PEREZ RIVERA, bajo la Matrícula Número CERO UNO

- UNO DOS TRES CERO CERO DOS - CERO CERO CERO Inscrip-

ción CUATRO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este

Departamento”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas, del día diecisiete de septiembre de dos mil cuatro. Dr. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054150-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-

vido por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTILLO, como Apoderado

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JORGE

ALBERTO VASQUEZ ROQUE, reclamándole cumplimiento de obli-

gaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este

Tribunal, el Inmueble que se describe a continuación: “Un lote urbano

y construcciones que contiene, marcado en el plano de lotifi cación

respectivo con el número DOSCIENTOS NUEVE del Polígono “G”

de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS,

situado en Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, el cual

forma parte de la Urbanización denominada “LAS MARGARITAS” y

tiene un área construida de CUARENTA Y TRES METROS CUADRA-

DOS y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: Partiendo

de la intersección de los ejes de Pasaje A Norte y Pasaje Ocho Oriente,

abiertos en la Urbanización; se mide sobre el eje de este último con

rumbo Norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos

Oeste, una distancia de setenta y dos punto cincuenta metros. De este

punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Norte cero cinco grados

treinta y cuatro punto siete minutos Este y distancia de dos punto cincuenta

metros, se llega al mojón número uno, esquina Sur-Oriente del lote que

se describe así: AL SUR, Partiendo del mojón número uno con rumbo

Norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Oeste y

distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número dos,

lindando por este lado con lote número ciento ochenta, Polígono “G” de

la misma Urbanización, pasaje ocho oriente de cinco punto cero cero

metros de ancho de por medio; AL PONIENTE, del mojón número dos

con rumbo Norte cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos

Este y distancia de doce punto cero cero metros, se llega al mojón número

Tres, lindando por este lado con lote número doscientos diez, Polígono

“G” de la misma Urbanización; AL NORTE, del mojón número tres con

rumbo Sur; ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Este

y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número

cuatro, lindando por este lado con lote número doscientos cuarenta y

seis, Polígono “G” de la misma Urbanización; AL ORIENTE, del mojón

número cuatro con rumbo Sur, cero cinco grados treinta y cuatro punto

siete minutos Oeste y distancia de doce punto cero cero metros, se llega

al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando

por este lado con lote número doscientos ocho, polígono “G” de la misma

Urbanización. El lote así descrito tiene un área de SESENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHEN-

TA Y CINCO VARAS CUADRADAS. El inmueble antes relacionado

se encuentra inscrito a favor del demandado señor JORGE ALBERTO

VASQUEZ ROQUE al Número CERO UNO-CERO TREINTA Y DOS

MIL CIENTO SETENTA-CERO CERO CERO Inscripción DOS del

Registro Social de Inmuebles de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas del día veinte de agosto del año dos mil cuatro. MARIO

AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. IVONNE

LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. A054153-2

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, que se abrevia “EL FONDO”, contra la señora ANA MIRIAM UMAÑA, conocida por ANA MIRIAN RAMIREZ UMAÑA, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Cuscatancingo, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno URBANO, marcado con el Número SETENTA Y OCHO del Polígono Número DIECISIETE, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual forma parte de la Urbanización CIUDAD FUTURA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo, en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel, de este Departamento.- El inmueble es de Naturaleza URBANA y en él la Sociedad VIAGUR, S. A. DE C. V., ha construido una casa de sistema mixto completamente nueva, con todos sus servicios, con un área construida de VEINTICINCO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, cuyo valor es de VEINTICUA-TRO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO COLONES CINCUENTA CENTAVOS.- Dicho inmueble tiene la descripción particular siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Princesa Shasca y Pasaje Número diecinueve, se miden sobre el eje del pasaje diecinueve, con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este y una distancia de ciento ochenta y nueve punto quinientos setenta y cinco metros de longitud, llegando al punto en el que con una defl exión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el vértice Nor-Oeste del lote que mide y linda: AL NORTE: Línea recta con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco metros de longitud, lindando en este tramo con lote número sesenta y dos del polígono dieciocho, pasaje diecinueve de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Línea recta con rumbo Sur cero un grados cero cuatro punto doce minutos Oeste y distancia de doce metros de longitud, lindando en este tramo con lote número ochenta del mismo polígono; AL SUR: Línea recta con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y distancia de cinco metros de longitud, lindando en este tramo con lote número setenta y siete del mismo polígono; AL PONIENTE: Línea recta con rumbo Norte cero un grados cero cuatro punto doce minutos Este, y distancia de doce punto cero cero metros de longitud, lindando en este tramo con lote número setenta y seis del mismo polígono.- El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equiva-lentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS.- Dicho lote se encuentra inscrito a favor de la deman-dada señora ANA MIRIAM UMAÑA, conocida por ANA MIRIAM RAMIREZ UMAÑA, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Número CERO UNO - CERO OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS QUINCE - CERO CERO CERO Inscripción DOS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día uno de septiembre de dos mil cuatro.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054156-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-

vido por la Abogada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, como

Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la se-

ñora CONSUELO ELIZABETH MELARA GUZMAN, reclamándole

cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública

subasta, en este Tribunal el inmueble siguiente: Un lote de terreno urbano

y construcciones que contiene marcado con el NUMERO TREINTA Y

TRES GRUPO NUEVE URBANIZACION “CIMA DE SAN BARTOLO

II”, SEGUNDA ETAPA, situado parte en Valle La Unión y parte en Valle

El Limón, ambos de la jurisdicción de Tonacatepeque, de este Depar-

tamento, el cual se describe así: Partiendo del punto de intersección de

los ejes formados por el Pasaje A y el Pasaje número Diez, ambos ejes

abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje del segundo con rumbo

Sur cero dos grados cero cero punto tres minutos Este una distancia

de ciento sesenta y un punto cincuenta metros, llegando a un punto en

donde con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de

uno punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur-Este o mojón uno

del lote que se describe, mide y linda así: AL SUR, partiendo del mojón

número uno con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve

punto siete minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros,

se llega al mojón número dos, lindando este tramo con lotes dos, tres y

cuatro, grupo Doce-A de la misma urbanización, Pasaje B de tres metros

de ancho de por medio; AL PONIENTE, partiendo del mojón número

dos, con rumbo Norte cero dos grados cero cero punto tres minutos Oeste

y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres, lindando por

este tramo con lote treinta y dos grupo nueve de la misma urbanización;

AL NORTE, partiendo del mojón tres, con rumbo Norte ochenta y siete

grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y distancia de diez

punto cincuenta metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por

este Tramo con lote treinta y cuatro, grupo nueve de la misma urbani-

zación; AL ORIENTE, partiendo del mojón cuatro, con rumbo Sur cero

dos grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de cinco metros,

se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,

lindando por este Tramo con lote treinta y dos, grupo diez de la misma

urbanización, Pasaje Diez, de tres metros de ancho de por medio. El

lote así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA Y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS equivalentes a

SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS, con un

área construida de veintisiete punto treinta y cinco metros cuadrados.

El lote así descrito está inscrito a favor de la demandada bajo el Asiento

Número UNO, de la Matrícula Número SESENTA MILLONES CIENTO

DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA- CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro.

Lo que se hace del conocimiento, para los efectos legales.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

diez horas del día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro. MARIO

AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. IVONNE

LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. A054158-2

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Abogado OSCAR JAVIER PORTILLO, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor CARLOS ORLANDO MOLINA RIVAS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este tribunal el Inmueble que se describe a continuación: “Un lote Urbano y construcciones que contiene marcado en el plano de lotifi cación respectivo con el número CIENTO CINCUENTA Y DOS, del Polígono “R”, el cual forma parte de la Urbanización “LAS MARGARITAS”, situada en jurisdicción de Soyapango, de este Departamento. Dicho lote tiene una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y tiene las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: nueve metros; AL SUR: cinco metros; y AL PONIENTE: nueve metros. Contiene dicho lote una construcción de sistema mixto de un área de VEINTISIETE METROS CUADRADOS”. El Inmueble antes descrito se encuentra Inscrito a favor del demandado señor CARLOS ORLANDO MOLINA RIVAS, al Asiento Número CERO CERO TRES de la Matrícula M CERO UN MILLON CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Registro Social de Inmuebles de este departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del día veintinueve de septiembre del año dos mil cuatro. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. A054160-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACER SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, que se abrevia “EL FONDO”, contra el señor GUILLERMO ANTONIO VALENCIA CONSTANZA, conocido por GUILLERMO ANTONIO CONSTANZA VALENCIA, mayor de edad, Empleado, del domicilio especial de esta ciudad, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el NUMERO CINCO del POLIGONO CUARENTA Y CUATRO Pasaje VEINTINUEVE NORTE de la “URBANIZACION EL LIMON QUINTA ETAPA”, que formó parte de la antigua “FINCA VENECIA”, ubicado al costado Sur del Reparto Monteblanco y al poniente de la Urbanización Guayacán, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento. Tiene las medidas perimetrales siguiente: AL NORTE Y SUR, diez punto cero cero metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros; de una Extensión Superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS; y en él hay construida una casa de sistema mixto.-

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del de-mandado señor GUILLERMO ANTONIO VALENCIA CONSTANZA, conocido por GUILLERMO ANTONIO CONSTANZA VALENCIA,

bajo la Matrícula Número M CERO UNO CERO OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO, del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día dos de septiembre de dos mil cuatro.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A054166-2

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL promovido por EMMA AIDA SOTO DE CASTANEDA por medio de su Apode-rado Lic. JUAN ARAMIS GONZALEZ MEMBREÑO en contra de CARLOS ANTONIO AQUINO RIOS, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, Exp. No.626/02, se venderá en Pública Subasta por este Juzgado, ubicado en Catorce Avenida Sur entre Veintisiete y Veintinueve Calle Poniente de esta ciudad, en fecha y precio que oportunamente se determinará, el inmueble siguiente: Un inmueble de naturaleza rústica, situado en los Cantones Ayuta y Ranchador de la Jurisdicción de Santa Ana, marcados con los números UNO y DOS del Polígono “Cuatro”, que forman un solo cuerpo, de NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a MIL TRESCIENTAS OCHENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS SE-SENTA Y OCHO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA de extensión superfi cial, en el cual se encuentra construida una casa de sistema mixto, que mide y linda: Partiendo de la intersección de Avenida Las Marías y Calle “A”, con una distancia de treinta y un metros y un rumbo Sur tres grados cuarenta y siete punto uno minutos Oeste, se hace una defl exión positiva de noventa grados y una distancia de cinco metros, se llega al vértice Nor-Este, donde se describe; AL ESTE: Línea curva de cinco metros de radio, la cual linda con el Sur de la Calle “A” y el Oeste de Avenida Las Marías: línea recta de veintitrés metros con rumbo Sur tres grados cuarenta y siete punto uno minutos Oeste, la cual lindan con el Oeste de Avenida Las Marías y se llega al vértice Sur-Este; AL SUR: línea recta de treinta y cinco punto cero cinco metros y un rumbo Sur Ochenta y ocho grados treinta y cuatro punto ocho minutos Oeste, la cual linda con el Lote número tres del mismo polígono y se llega al Vértice Sur-Oeste; AL OESTE: Línea recta de veintiocho metros y un rumbo Norte cuatro grados treinta y siete minutos Este, la cual linda con terreno de AMALIA OLIVA MENDOZA y se llega al Vértice Nor-Este, la cual linda con el Sur de la Calle “A” y se llega al Vértice Nor-Este, donde dio inicio la presente descripción. Inscrito a favor del demandado CARLOS ANTONIO AQUINO RIOS al Número VEINTIDOS del Libro MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE de Propiedad, ahora trasladado al Sistema de Folio Real Computarizado bajo la Matrícula Número DOS CERO CERO SEIS TRES CERO SEIS CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de este Departamento.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las once horas del día doce de octubre del dos mil cuatro. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CI-VIL. BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016135-2

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

DE TERCERA PUBLICACIÓNJOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y veinte minutos del día veinte de septiembre del dos mil cuatro y en virtud de haber transcurrido más de quince días de haberse abierto la sucesión, sin que ninguna persona se haya presentado aceptándola, se ha declarado YACENTE, la HERENCIA dejada al fallecimiento del causante señor JOSE ANTONIO MARIA MATEU LLORT, conocido por JOSE ANTONIO MATEU LLORT, quien fue de setenta y cuatro años de edad, médico, falleció en esta ciudad, el lugar de su último domicilio el día cinco de julio del dos mil y se ha nombrado Curador de la misma para que lo represente al LICENCIADO JULIO ARMANDO GARCIA, a quien se le hará saber de este nombramiento su aceptación, juramentación y demás efectos de Ley.

Por todo lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día veintisiete de septiembre del dos mil cuatro. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015996-3

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-TE DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas y treinta y cinco minutos del día seis de octubre del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora TOMASA RODRIGUEZ TEJADA HOY DE MARTINEZ, conocida por MARIA TOMASA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, MARIA TOMASA RODRIGUEZ y por TOMASA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, casada, ama de casa, fallecida el día nueve de junio del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras BLANCA ESTELA RODRIGUEZ TORRES, NELY DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RENDEROS, DORIS DEL CARMEN MARTINEZ DE GARCIA, SILVIA EDITH MARTINEZ RODRIGUEZ y DAYSI AMERICA MARTINEZ DE CARRANZA, en calidad de hi-jas de la causante. Confi riéndose a las aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-tes.-

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las catorce horas del día seis de octubre del año dos mil cuatro.- Lic. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053773-3

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas cincuenta minutos del día trece de octubre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ENCARNACION GUARDADO PEÑA, conocido por ENCARNACION DIMAS GUARDADO y por ENCAR-NACION GUARDADO, quien falleció el día veintiuno de febrero del año mil novecientos ochenta y dos, en el Cantón San José, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de VISITACION GUARDADO HERNANDEZ VIUDA DE VENTURA, en calidad de hija del causante; y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las diez horas cinco minutos del día trece de octubre de dos mil cuatro. Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SECRETARIO TITULAR.

3 v. alt. No. A053777-3

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con cinco minutos del día cuatro de octubre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA HORTENSIA ZELAYA, fallecida a las diez horas con veinte minutos del día tres de junio del corriente año, en el Hospital Nacional de Nueva Guadalupe, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad de Chinameca su último domicilio; de parte del señor GILBERTO ANTONIO ZELAYA, en concepto de hijo de la causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho, administrador y representante interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas con quince minutos del día cuatro de octubre del año dos mil cuatro. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053795-3

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA. JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas veintiún minutos del día catorce de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas cincuenta minutos del día ocho de septiembre de dos mil uno, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio el Cantón San Cristóbal de la Jurisdicción de El Porvenir, correspondiente a este Distrito Judicial; dejó el señor JUAN FLORES SALINAS conocido por JUAN SALINAS, quien fue de sesenta y ocho años de edad, agricultor, soltero, de parte de la señora BLANCA CELIA JEREZ DE SANDOVAL conocida por BLANCA CELIA JERES y por BLANCA CELIA JEREZ, en su concepto de Hija del expresado Causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE Administradora y Representante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Heren-cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas veintitrés minutos del día dieciséis de mayo de dos mil tres. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053799-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA ESTHER ZELAYA, quien falleció el día nueve de agosto de mil novecientos noventa y tres, en el Centro de Salud de esta ciudad, siendo esta misma ciudad de La Unión, su último domicilio, de parte del señor JOSE LUIS ZELAYA, en concepto de hijo del causante. Confi riéndole a dicho aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la su-cesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes de septiembre de dos mil cuatro. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053867-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al Público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día once de diciembre de mil novecientos noventa y tres, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer a las veinte horas y cuarenta minutos del día veinticinco de agosto de dos mil tres, siendo el cantón Terreritos, juris-dicción de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante RICARDO HERNANDEZ CACERES, de parte de LUIS HERNANDEZ GUZMAN, en concepto de hijo del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1o. C.C. Se le confi ere al aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las diez horas del día once de diciembre de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053876-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y veinte minutos del día uno de octubre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente la herencia intestada y con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la causante señora JULIA ESCOBAR GONZALEZ conocida por JULIA ESCOBAR, quien falleció a las veintiún horas y diez minutos del día cinco de agosto de dos mil, en el Hospital Rosales, siendo su último domicilio la Ciudad de Ayutuxtepeque, de parte del señor SALVADOR ESCOBAR TICAS conocido por SALVADOR ESCOBAR, en su concepto de hijo de la causante. Se confi rió además al aceptante en el carácter antes indicado la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y diez minutos del día uno de octubre de dos mil cuatro. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053883-3

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y cincuenta minutos del día veinticuatro de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor GALILEO CARBALLO cono-cido por GALILEO CARBALLO TEVEZ, quien falleció a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día dieciocho de julio de mil novecientos ochenta y tres, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora ROSA MARIA CARBALLO HENRIQUEZ, en calidad de hija de la causante. Y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil uno. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053892-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las once horas y veinte minutos del día veintinueve de septiembre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente la herencia Intestada y con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el causante señor MARIO ALBERTO RODRIGUEZ PRIVADO, quien falleció a las veintiún horas del día dos de febrero de dos mil cuatro, en Colonia San Antonio Avenida Plan del Pito, Calle al Volcán frente a pasaje tres, de esta ciudad, siendo Me-jicanos su último domicilio, de parte de la señora YOLANDA REYES DE PRIVADO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Se confi rió además a la aceptante en el carácter antes indicado la Admi-nistración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y diez minutos del día doce de octubre de dos mil cuatro. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. A053903-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y veinte minutos del día seis de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ELOISA PARADA VIUDA DE VILLALTA, que falleció el día diez de febrero de mil novecientos ochenta y uno, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su último domicilio, por parte del señor ISABEL ANTONIO VILLALTA PARADA en concepto de hijo de la causante; se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, trece de octubre del año dos mil cuatro. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053934-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las once horas y quince minutos del día trece del corriente mes; se tuvo por acep-tada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer en la fecha del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, siendo Pasaquina, departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante JOSE MAURICIO ESCOBAR REYES, conocido por JOSE MAURICIO ESCOBAR, a favor de MARIA ENCARNACION VENTURA DE ESCOBAR, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante antes relacionado. En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los dieciocho días de octubre de dos mil cuatro. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016001-3

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta ofi cina se han presentado por escrito, solicitando Título de Propiedad y Dominio a sus nombres, los señores: Rosa Elba Cardoza Vda. de Fuentes, Rafael Antonio Fuentes Cardoza, Ana Mercedes Fuentes de Rodríguez, Emelina Virginia Fuentes de Rivas, Mayra Janeth Fuentes de Murillo, Rosario Lissete Fuentes Cardoza, Dagoberto Alfonso Fuentes Cardoza, Adilson Aldemaro Fuentes Cardoza, quien comparece por sí y en nombre y representación del señor José Alejandro Fuentes Cardoza, según consta en el poder General Judicial y Administrativo otorgado a su favor, en la ciudad de Los Angeles, Es-tado de California, Estados Unidos de Norte América; de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio San Antonio, de esta ciudad, que consta de sesenta y cinco metros de largo por veintisiete metros de ancho, de la capacidad de MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS de superfi cie; cuyos linderos y medidas son las siguientes: AL ORIENTE: con terrenos de la sucesión de Hermógenes Alvarado y terrenos de Juan Antonio Callejas, cerca de piedra de por medio de Abraham Ramos; AL PONIENTE: con terrenos de Bernabé Pérez Ramírez, cerco de zanjo y piña y parte de piedra propios del terreno que se describe; AL SUR: con terrenos del mismo colindante Bernabé Pérez Ramírez y sucesión de Hermógenes Alvarado, cerco de piedra y Zanjo propio del terreno descrito. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que posen sobre él, ni está en proindivisión con terceras personas, lo valoran en conjunto en la suma de quince mil colones. Lo hubo nuestro padre por medio de Compra que le hizo el señor JOSE RAFAEL FUENTES CORTEZ, ya fallecido, al señor Abraham Ramos, según escritura. Todos los colindantes son de este domicilio.

Y se avisa al público para efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: Tejutla, a dos ocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ROSA RIVERA DE PINEDA, ALCALDESA MUNICIPAL Y JEFE DE DISTRITO. Lic. RAFAEL ANTONIO TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A053812-3

ARMANDO LAZARO CRUZ, NOTARIO CON OFICINA JURIDICA EN LA TERCERA CALLE ORIENTE NUMERO SIETE DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RUPERTO DOLORES AGUILAR BONILLA, de sesenta y dos años, agricultor, del domicilio de Santa Clara a iniciar Diligencias de TITULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, sito en el Barrio San Antonio, Ju-risdicción de Santa Clara, Departamento de San Vicente, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUA-DRADOS, CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con inmueble de Antonio Paz Sánchez, quebrada de por medio; AL ORIENTE, con propiedad de Amalia Aguilar Viuda de Monterroza; AL SUR, con inmuebles de Dolores Ticas de Benítez y Miguel Tomás Sánchez Romero, calle de por medio; y AL PONIENTE, con propiedad de María Lucila Chacón Maradiaga. El inmueble lo hubo por COMPRA VENTA que de él hizo a AMALIA AGUILAR VIUDA DE MONTERROZA, en Mayo del corriente año pero que su posesión unida a la posesión de la antigua propietaria suman más de diez años consecutivos, ya que la señora Aguilar viuda de Monterroza lo adquirió en Escritura Privada desde el mes de Mayo de mil novecientos ochenta, la cual no era inscribible por carecer de antecedente inscrito.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los veinte días del mes de Octubre del dos mil cuatro.

ARMANDO LAZARO CRUZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A053817-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada IMELDA PANAMEÑO GONZALEZ, apoderada general judicial del señor JUAN ANDRES RIOS, mayor de edad, agricultor en pequeño y del domicilio de San Alejo, solicitando se le extienda TITULO SUPLETO-RIO, a su poderdante de un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en el lugar conocido como Caserío Trinchera, Cantón Agua Fría de la Jurisdicción de San Alejo, de este Departamento de La Unión, de las medidas y linderos siguientes: al NORTE, diecisiete metros, quebrada de por medio, con cancha de fútbol; al ORIENTE, veintitrés metros, con Fausto Ríos; al SUR, catorce metros, con Teresa de Jesús Ríos; y al PONIENTE, veintiún metros, treinta centímetros, callejón de por medio, con Raúl Ríos; de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS, TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS. Dicho inmueble su poderdante lo valúa en la suma de DIEZ MIL COLONES y lo adquirió por Posesión Material ejercida desde el día veinte de junio de mil novecientos ochenta.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil cuatro. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053870-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada IMELDA PANAMEÑO GONZALEZ, actuando como apoderada ge-neral judicial del señor FAUSTO RIOS, de sesenta y un años de edad, agricultor, y del domicilio de San Alejo, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en el lugar conocido como Caserío Trinchera, Cantón Agua Fría de la jurisdicción de San Alejo, con las medidas y linderos siguientes: al NORTE, treinta metros, quebrada de por medio, con cancha de fútbol; al ORIENTE, catorce metros, muro y calle nacional; al SUR, treinta metros, calle nacional a San Alejo de por medio, con Manuel Castro; y al PONIENTE, cuarenta y cinco metros, tres decímetros, con Teresa de Jesús Ríos y Juan Andrés Ríos, de la capacidad superfi cial de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS, CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, Dicho inmueble lo valúa en la suma de DIEZ MIL COLONES; y lo adquirió por posesión material el día quince de enero de mil novecientos setenta y cinco.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil cuatro. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053872-3

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que la señora TERESA DE JESUS RIOS, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Alejo, por medio de su apoderada Licenciada IMELDA PANAMEÑO GONZALEZ, ha solicitado TITULO SUPLETORIO de un lote de terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido como Caserío Trinchera, Cantón Agua Fría, jurisdicción de San Alejo, de este Distrito y Departamento, que mide y linda: AL NORTE: diecisiete metros, con Juan Andrés Ríos; AL ORIENTE: trece metros, con Fausto Ríos; AL SUR: dieciséis metros, calle nacional de por medio, con Atilio Antonio Conde; y AL PONIENTE: ocho metros, diez centímetros, callejón de por medio con Raúl Ríos, inmueble que es de la capacidad superfi cial de CIENTO SE-TENTA Y CUATRO METROS CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS.

No es predio dominante ni sirviente ni está en proindivisión con ninguna persona, y lo adquirió la solicitante por compra que hizo a la señora FELIPA RIOS y lo posee desde el día doce de agosto de mil novecientos ochenta y cinco, valorándolo en DIEZ MIL COLONES.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintinueve días del mes de septiembre de dos mil cuatro. Lic. ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053874-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, apoderado de la señora REINA PATRICIA ALVAREZ DE MANZANO, mayor de edad, comerciante en pequeño y de este domicilio, con residencia en el Cantón Agua Escondida, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Escondida Jurisdicción, distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad super-fi cial de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, el cual mide y linda: AL NORTE, quince metros, colinda con Rafael Alvarez, calle de por medio; AL ORIENTE, dieciséis metros, con Doris viuda de Villegas, muro de concreto propio de por medio; AL PONIENTE, dieciséis metros, colinda con Orlando Alvarez, calle principal de por medio; y AL SUR, quince metros, colinda con Estela Salmerón, muro de Bloque propio de por medio. Dicho terreno su poderdante lo valúa en la suma de OCHO MIL DOLARES, y lo adquirió por compra que le hizo al señor ARTURO GAVIDIA VALLE, el día siete de julio del presente año, habiéndolo adquirido el vendedor en el año de mil novecientos sesenta y seis, sumadas ambas posesiones data de más de diez años.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mes de octubre de dos mil cuatro. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016002-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el doctor Luis Sigifredo Nativí Fuentes, mayor de edad, abogado, y de este domicilio, como Apoderado General Judicial de la señora LIDIA ALFARO DE ESCOBAR, de sesenta y cinco años de edad, ama de casa, del domicilio

de Polorós, solicitando diligencias civiles de TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Boquín, de la jurisdicción de Polorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad de DOCE MIL CUATROCIENTOS METROS DIECISEIS DECIMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: al ORIENTE, doscientos metros, con Francisco Bonilla y Coronado Morán, cerco de piña y alambre de la titulante; al NORTE, sesenta metros, con terreno de Timoteo Bonilla Yánez, alambre y piña medianero; al PONIENTE, ciento cuarenta y cinco metros, con terrenos de Domicio, José, Heriberto y Arístides todos de apellido Alfaro, cerco de alambre y piña medianero; y al SUR, ochenta y tres metros, setenta y siete centímetros, con terreno de Encarnación Espinal, malla ciclón del colindante y la Iglesia Jerusalén, callejón de salida a la carretera que conduce de esta Ciudad a Concepción de Oriente. Contiene una casa de habitación. Se valúa el inmueble en la suma de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por compra que hizo a la señora Bernabé Bonilla viuda de Alfaro, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Polorós.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los ca-torce días del me de Octubre de dos mil cuatro. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016003-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 1982000947.

No. de Presentación: 20040051591.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de INDUSTRIAS MERLET, S.A. DE C.V., que se abrevia: INDUSTRIAS MERLET, S.A. DE C., del domicilio de SAN SALVADOR, EL SALVADOR, de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00037 del Libro 00104 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “LIZZA”; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053821-3

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 25.

No. de Expediente: 1985000385.

No. de Presentación: 20040054845.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado CAR-MEN AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVA-DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00085 del Libro 00111 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “PRINCESSA”; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015946-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 1983001506.

No. de Presentación: 20040054846.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado CARMEN AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de EM-PRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00147 del Libro 00107 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “INTERSPORT”, ESCRITA EN LETRA DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

GABRIELA MARIA CORNEJO CASTILLO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015948-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 1983001308.

No. de Presentación: 20040054847.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado CAR-MEN AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00107 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “ALLEGRO”, ESCRITA EN LETRA DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015950-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 1982000814.

No. de Presentación: 20040054844.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado CAR-MEN AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00150 del Libro 00107 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “BOSTON”, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE; que ampara productos compren-didos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015951-3

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clases: 32, 33

No. Expediente: 1960007645; 1960007646

No. de Presentación: 20010011035; 20010011028

LA INFRASCRlTA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO RO-MERO PINEDA mayor de edad, ABOGADO Y NOTARlO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ATLANTIC INDUSTRlES, del domicilio de P.O. BOX 1043, CARDINAL AVENUE, GEORGE TOWN, GRAND CAYMAN, ISLAS CAIMANES, B.W.I., de nacionalidad BRITANICA, solicitando RENOVACION, para las inscripciones Número 07645 y 07646 ambas del Libro 0027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “CRUSHlTO” y dibujo; que ampara productos comprendidos en la Clase 32, 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015966-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1990000355

No. de Presentación: 20040054383

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia Desa-rrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00167 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA GANSITO ESCRITA EN LETRAS CLARAS, SOBRE UN OVALO OSCURO, ATRAVESADO POR UNA BANDA, ABAJO DE LA CUAL APARECE LA FIGURA DE UN PEQUEÑO GANSO, CON SUS ALAS EXTENDIDAS. LA CABEZA SE MUESTRA DE SEMI-PERFIL Y SU MIRADA ESTA DIRIGIDA HACIA LA IZQUIERDA; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015967-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1990000360

No. de Presentación: 20040054381

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de PROLONGACION PASEO LA REFORMA NUMERO 1000, COLONIA DESARROLLO SANTA FE, CP 01210, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, de nacionalidad MEXICANA solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00170 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “PRINCIPE”; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015968-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1992002638

No. de Presentación: 20040054387

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

actuando como APODERADO de HERR HOLDINGS, INC., del do-micilio de 103 SPRINGER BUILDING 3411, SILVERSIDE ROAD, WILMINGTON, DELAWARE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00208 del Libro 00024 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “HERR’S” ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS. ENTRE LA SEGUNDA R, Y LETRA S SE ENCUENTRA UN APOSTROFE QUE ES PARTE ESENCIAL DE LA MARCA; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR,

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015969-3

Clase: 03.

No. de Expediente: 1980000545

No. de Presentación: 20000009791

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-tuando como APODERADO ESPECIAL de Chanel SARL, del domicilio de BURGSTRASSE 26, CH-8750 GLARIS, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00190 del Libro 00086 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA EX-PRESION “No 5”; que ampara productos comprendidos en la Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015970-3

Clase: 33.

No. de Expediente: 1991001480

No. de Presentación: 20040054386

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuado como APODERADO de Diageo North América, Inc., del domicilio de Six Landmark Square, Stamford, Estado de Connecticut 06901-2704, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00204 del Libro 00025 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “SMIRNOFF SILVER”; que ampara productos comprendidos en la Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015971-3

Clase. 30.

No. de Expediente: 1992002540

No. de Presentación: 20040054385

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia Desa-rrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal, de nacionalidad MEXICANA solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00107 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “LARA”; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015973-3

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 30.

No. de Expediente: 1992002542

No. de Presentación: 20040054379

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia Desa-rrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00108 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “MARMOL”; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015974-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1990000338

No. de Presentación: 20040054380

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia Desa-rrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00165 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TOSTACHOS”; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR,

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015975-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1990003025

No. de Presentación: 20040054382

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia Desa-rrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal., de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00234 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “BARRITAS”; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR,

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015976-3

Clase: 30.

No. de Expediente: 1990000359

No. de Presentación: 20040054384

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., del domicilio de Prolongación Paseo La Reforma No. 1000 Colonia De-sarrollo Santa Fe, CP 01210, México, Distrito Federal, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la Inscripción Número 00166 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA BUBULUBU; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

MANUEL ENRIQUE DUEÑAS POLANCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015978-3

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 16.

No. de Expediente: 1992000081

No. de Presentación: 20040052349

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BURGER KING CORPORATION, del domicilio de 5505 Blue Lagoon Drive, Miami, Florida 33126, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00144 del Libro 00023 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION “BURGER KING”; que ampara productos comprendidos en la Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015982-3

Clase: 05.

No. de Expediente: 1962011610

No. de Presentación: 20040048904

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MERISANT COMPANY 2 SÁRL, del domicilio de NEUCHATEL, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 11610 del Libro 00032 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “SUCARYL”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

GABRIELA MARIA CORNEJO CASTILLO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015984-3

Clase: 31.

No. de Expediente: 1981000313

No. de Presentación: 20030037193

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DEKALB GENETICS CORPORA-TION, del domicilio de 3100 Sycamore Road, Dekalb, Illinois 60115, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del Libro 00096 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “SUDAX”; que ampara productos comprendidos en la Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015987-3

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 03.

No. de Expediente: 1980000547

No. de Presentación: 20010012978

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-tuando como APODERADO ESPECIAL de Chanel SARL, del domicilio de BURGSTRASSE 26, CH-8750 GLARIS, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00011 del Libro 00088 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expre-sión “No. 22”; que ampara productos comprendidos en la clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015989-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004040905

No. de Presentación: 20040052040

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA DE MEIAS SCALINA LTDA, de naciona-lidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en la expresión TriFil.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Lic. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053820-3

Clase: 16.

No. de Expediente: 2003034484

No. de Presentación: 20030041166

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de DESARROLLO DE FRANQUICIAS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras ROTHWELL ENGLISH ACADEMY, que signifi ca en castellano ROTHWELL ACADEMIA DE INGLES Y DISEÑO.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053822-3

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004038277

No. de Presentación: 20040047683

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de MMI CORPORATION, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Himalaya HERBAL HEALTHCARE y diseño, su traducción al castellano es HIMALAYA CUIDADO HER-BARIO.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR,

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053823-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004037485

No. de Presentación: 20040046256

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS Y CONFECCIONES, S.A. (INDUYCO), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra SINTESIS y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053825-3

Clase: 12.

No. de Expediente: 2004041905

No. de Presentación: 20040053593

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GITI Tire Company Ltd, de nacionalidad BERMUDEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

GITI

Consistente en la expresión GITI.

La solicitud fue presentada el día el día dieciséis de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento e Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053827-3

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 09

No. de Expediente: 2004040949

No. de Presentación: 20040052090

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ALTÉA

Consistente en: la expresión ALTÉA.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053828-3

Clase: 38

No. de Expediente: 2004040948

No. de Presentación: 20040052089

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ALTÉA

Consistente en: la expresión ALTÉA.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053830-3

Clase: 16

No. de Expediente: 2004042230

No. de Presentación: 20040054081

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Clarke, Modet y Cia, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: la expresión Clarke, Modet & Cº y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053832-3

Clase: 35

No. de Expediente: 2004042229

No. de Presentación: 20040054080

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Clarke, Modet y Cia, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Clarke, Modet & Cº y diseño.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053834-3

Clase: 41

No. de Expediente: 2004042228

No. de Presentación: 20040054079

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Clarke, Modet y Cia, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Clarke, Modet & Cº.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053835-3

Clase: 42

No. de Expediente: 2004042227

No. de Presentación: 20040054078

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Clarke, Modet y Cia, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Clarke, Modet & Cº y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053836-3

Clase: 29

No. de Expediente: 2004042792

No. de Presentación: 20040054959

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRASAS Y ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión CORA y diseño, sobre el dibujo de la moneda de curso legal estadounidense no se concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

Ante míSANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053837-3

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 29

No. de Expediente: 2004042151

No. de Presentación: 20040053969

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRASAS Y ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SEÑO CORA

Consistente en: la expresión SEÑO CORA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053838-3

Clase: 29

No. de Expediente: 2004042150

No. de Presentación: 20040053968

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a. esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRASAS Y ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DOÑA CORA

Consistente en: la expresión DOÑA CORA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053839-3

Clase: 29

No. de Expediente: 2004042149

No. de Presentación: 20040053967

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRASAS Y ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NIÑA CORA

Consistente en: la expresión NIÑA CORA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053840-3

Clase: 43

No. de Expediente: 2004043511

No. de Presentación: 20040056005

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GENEYSI DE LA CRUZ JOVEL, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de RESTAURANTES Y SERVICIOS, S.A., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: LOS CEBOLLINES y diseño.

DIARIO

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053846-3

No. de Expediente: 2004043510

No. de Presentación: 20040056004

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GENEYSI DE LA CRUZ JOVEL, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de RESTAURANTES Y SERVICIOS, S.A., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra LOS CEBOLLINES y diseño, que ser-virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICADO A PRESTAR SERVICIOS DE RESTAURANTES Y SUS RESPECTIVOS DERIVADOS. UBICADO EN SETENTA Y TRES AVE-NIDA SUR Y PASEO GENERAL ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053847-3

Clase: 35

No. de Expediente: 2002027370

No. de Presentación: 20020028759

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado BELINDA LLORT BALDRIDGE DE RUIZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: LA PALABRA BELL CONSULTING Y DISEÑO, traducida al castellano como CONSULTORIA, y la frase Research & Business Consulting, traducida al castellano como Investigación y Con-sultoría de Negocios.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A053937-3

Clase: 30

No. de Expediente: 2000001903

No. de Presentación: 20000001903

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de The Pillsbury Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

HÄAGEN-DAZS

Consistente en la expresión HÄAGEN-DAZS escritas en letras de molde mayúsculas de color negro, de las cuales la primera letra “A” de la palabra “HÄAGEN” está escrita con diéresis, ambas palabras se encuentran separadas por un guión, también de color negro.

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015930-3

Clase: 03

No. de Expediente: 2001015895

No. de Presentación: 20010015895

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de REDOX BRANDS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

OXYDOL

Consistente en: la palabra “OXYDOL” escrita en letras de molde mayúsculas de color negro.

La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015932-3

Clase: 25

No. de Expediente: 2004038724

No. de Presentación: 20040048280

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UMARLA S.A.,

de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un Diseño de herradura.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015933-3

Clase: 25

No. de Expediente: 2004038723

No. de Presentación: 20040048279

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UMARLA S.A., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando el registro de MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Venus y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015934-3

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 25

No. de Expediente: 2004038550

No. de Presentación: 20040048034

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UMARLA S.A., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando el registro de MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

VENUS

Consistente en: la palabra VENUS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015935-3

Clase: 03

No. de Expediente: 2004039126

No, de Presentación: 20040049201

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ETAM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión UN1DEUX2TROIS3, traduciéndose al castellano como Uno 1 Dos 2 Tres 3.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos, San Salvador, veinte de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015936-3

Clase: 18

No. de Expediente: 2004039128

No. de Presentación: 20040049203

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ETAM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión UN1DEUX2TROIS3, traduciéndose al castellano como Uno 1 Dos 2 Tres 3.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015937-3

DIARIO

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039127.

No. de Presentación: 20040049202.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ETAM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión UN1DEUX2TROIS3, traduciéndose al castellano como Uno1 Dos 2 Tres 3.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015938-3

Clase: 18.

No. de Expediente: 2004039125.

No. de Presentación: 20040049200.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ETAM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TAMMY

Consistente en: la palabra TAMMY.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015939-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039123.

No. de Presentación: 20040049198.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ETAM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TAMMY

Consistente en: la palabra TAMMY.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015940-3

Clase: 03.

No. de Expediente: 2004042138.

No. de Presentación: 20040053955.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de COR-PORACION CAPRICES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

KIOTTO

Consistente en: la palabra KIOTTO.

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015941-3

Clase: 03.

No. de Expediente: 2002028771.

No. de Presentación: 20020031055.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GUERLAIN S.A., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

L´INSTANT DE GUERLAIN

Consistente en: la expresión L´INSTANT DE GUERLAIN, cuya traducción al castellano es El instante de Guerlain.

La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015942-3

Clase: 09.

No. de Expediente: 2004042708.

No. de Presentación: 20040054871.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CREO

PRODUCTS INC., de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CREO

Consistente en: la expresión CREO.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015943-3

Clase: 06.

No. de Expediente: 2004042215.

No. de Presentación: 20040054053.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de IMSA-MEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Pintroteja

Consistente en: la palabra Pintroteja.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015944-3

DIARIO

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 06.

No. de Expediente: 2004042216.

No. de Presentación: 20040054054.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de IMSA-MEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Losacero 36/15

Consistente en: la expresión Losacero 36/15.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015945-3

Clase: 06.

No. de Expediente: 2004042217.

No. de Presentación: 20040054055.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de IMSA-MEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Losacero 36/30

Consistente en: la expresión Losacero 36/30.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015947-3

Clase: 32.

No. de Expediente: 2003034172.

No. de Presentación: 20030040712.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MELIZA VALDIVIESO MORA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Embotelladora de Aguas Gaseosas Huancayo S.R.L., de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FIRST TORONJA

Consistente en: las palabras FIRST TORONJA.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015949-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004040189.

No. de Presentación: 20040050935.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARMEN AIDA GRANILLO BARRERA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Palomo.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015952-3

Clase: 36.

No. de Expediente: 2003034691.

No. de Presentación: 20030041578.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Banca Azteca, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que lo identifi can como diseño de Banco Azteca.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015953-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 1992000954.

No. de Presentación: 19920000954.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de FEDERAL EXPRESS CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FEDERAL EXPRESS

Consistente en: LAS PALABRAS FEDERAL EXPRESS.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año mil nove-cientos noventa y dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Lic. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015954-3

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004042549.

No. de Presentación: 20040054652.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de RICHTER GEDEON VEGYESZETI GYAR RT., de nacionalidad HUNGARA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CAVINTON

Consistente en: la expresión CAVINTON.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

YANIRA DE MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015955-3

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 42.

No. de Expediente: 2004042928.

No. de Presentación: 20040055182.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Bundesdruckerei GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

AUTHENTOS

Consistente en: la expresión AUTHENTOS.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015956-3

No. de Expediente: 2004043570.

No. de Presentación: 20040056095.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL ANGEL SOL MONTERREY, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de CONSORCIO EDUCATIVO ANAHUAC, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra UNIDa ¡Educación a tu Alcance! y di-seño, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA ENTRE OTRAS ACTIVIDADES, A PROPORCIONAR TODO TIPO DE ESTUDIOS SUPERIORES Y VENTA DE SERVI-CIOS EDUCATIVOS EN GENERAL Y LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN CARRETERA A SANTA TECLA, FINAL PASAJE PRIVADO, CONTIGUO A CASA PRESIDENCIAL, CIUDAD DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015957-3

No. de Expediente: 2004043569.

No. de Presentación: 20040056094.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL ANGEL SOL MONTERREY, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de CONSORCIO EDUCATIVO ANAHUAC, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra UNID UNIVERSIDAD INTERAME-RICANA PARA EL DESARROLLO y diseño, que servirá para: IDEN-TIFICAR LA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA ENTRE OTRAS ACTIVIDADES, A PROPORCIONAR TODO TIPO DE ESTUDIOS SUPERIORES Y VENTA DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN GENE-RAL Y LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN CARRETERA A SANTA TECLA, CONTIGUO A CASA PRESIDENCIAL, CIUDAD DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015958-3

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

Clase: 42.

No. de Expediente: 2004042933.

No. de Presentación: 20040055187.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Bundesdruckerei GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión authentos y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015959-3

Clase: 16.

No. de Expediente: 2004042936.

No. de Presentación: 20040055190.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Viacom International Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

AVENTURAS EN PAÑALES

Consistente en: la frase AVENTURAS EN PAÑALES.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015960-3

Clase: 43.

No. de Expediente: 2004042811.

No. de Presentación: 20040054986.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Compañía Hote-lera Salvadoreña, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión HOTEL EL SALVADOR y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015961-3

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Clase: 35.

No. de Expediente: 2002029216

No. de Presentación: 20020031795

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Facilito y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C015979-3

Clase: 19.

No. de Expediente: 2004042402

No. de Presentación: 20040054396

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de CEMENTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CESSA PORTLAND

Consistente en: la expresión CESSA PORTLAND.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015980-3

Clase: 07.

No. de Expediente: 2004042696

No. de Presentación: 20040054849

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

TEW

Consistente en: la expresión TEW.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015981-3

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

No. de Expediente: 2004042145

No. de Presentación: 20040053963

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MONEDERO SIMAN

Consistente en: la expresión MONEDERO SIMAN, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS FINANCIEROS; UBICADO EN: CENTRO COMERCIAL GALERIAS ESCALON, PASEO GENERAL ESCALON, No. 3700, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015983-3

Clase: 36.

No. de Expediente: 2004042144

No. de Presentación: 20040053962

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MONEDERO SIMAN

Consistente en: la expresión MONEDERO SIMAN.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015985-3

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004042147

No. de Presentación: 20040053965

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SORRENTO

Consistente en: la expresión SORRENTO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015986-3

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

No. de Expediente: 2004042499

No. de Present:acion: 20040054559

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: ROMBITO y diseño, que servirá para: IDENTIFI-CAR EL EMBLEMA DE UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE ALMACENES POR DEPARTAMENTO Y ALMACENES DE VENTA AL POR MENOR Y MAYOR, UBICADO EN: PASEO GENERAL ESCALON, NUMERO TRES MIL SETECIENTOS, COLONIA ES-CALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ, REGISTRADOR.

YANIRA DE MONTERROSA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015988-3

No. de Expediente: 2004042498

No. de Presentación: 20040054558

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: ROMBITO y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR DE UN ESTABLE-CIMIENTO COMERCIAL DE ALMACENES POR DEPARTAMENTO Y ALMACENES DE VENTA AL POR MENOR Y MAYOR.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015990-3

Clase: 43.

No. de Expediente: 2004042400

No. de Presentación: 20040054394

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MAQUILISHUAT

Consistente en: la expresión MAQUILISHUAT.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015992-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002042447

ESTABLECIMIENTO 2002042447- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el CARLOS DAVID GOMEZ CABALLERO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1121-100861-001-6, ha presentado solicitud a las catorce horas y un minutos del día nueve de marzo de dos mil cuatro. Con la cual

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002042447 y Establecimiento No. 2002042447-001; a favor de la Empresa denominada FARMACIA FRAY MARTIN DE PORRES, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE MEDICINAS, con dirección en CONDOMINIO SANTA MARTA II, EDIFICIO #11, APARTAMENTO #1, SAN JACINTO, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTIOCHO MIL CUATRO-CIENTOS OCHENTA Y SIETE DOLARES CON 59/100 $28,487.59 y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) FARMACIA FRAY MARTIN DE PORRES ubicado en CONDOMINIO SANTA MARTA II, EDIFICIO #11 APARTAMENTO #1, SAN JACINTO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de septiembre de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C015993-3

ASIENTO DE EMPRESA 1998029829

ESTABLECIMIENTO 1998029829- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor DO-RADEA RECINOS, JULIO CESAR en su calidad de APODERADO de la sociedad EMPRESAS DE EXPORTACION, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EMPRESAS DE EXPORTACION, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 68 del libro 1153 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-041195-102-7, ha presentado solicitud a las once horas del día veintidós de diciembre del dos mil tres. Por la cual se otorgaron los asientos rectifi cados de Empresa No. 2002029829 y Establecimiento No. 2002029829-001; a favor de la Empresa denominada EMPRESAS DE EXPORTACION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISEÑO, FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE CAJAS, BOLSAS Y EMPAQUES, con dirección en BOULEVARD DEL HI-PODROMO PASAJE N°1, No.115, COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO DOLARES CON 28/100 $22,994.28 y que tiene el establecimiento siguiente: 001- EMPRESAS DE EXPORTACION, S.A. DE C.V. ubicado en BOULEVARD DEL HIPODROMO PASAJE N°1, N°115,COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de julio de dos mil cuatro.

Lic. ANGELITA SOTO SOLER,REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C015999-3

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por CREDOMATIC DE EL SALVADOR

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia CREDOMATIC DE EL SALVADOR S.A. DE C.V. , contra MARIO ENRIQUE FUENTES LOPEZ, reclamándole cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se señalará, los bienes inmuebles embargados siguientes: Un inmueble de naturaleza rústica situado en los cantones Cimarrón y Tepeagua de la Jurisdicción y Departamento de La Libertad, desmembró de la porción de terreno marcada con el número uno de una capacidad superfi cial de cuarenta hectáreas trece áreas cuarenta y dos centiáreas equivalentes a catorce manzanas cinco mil varas cuadradas que de este inmueble desmembran un lote número CATORCE - B de la parcelación BOSQUES DE LA CASCADA de la extensión superfi cial de mil ciento sesenta punto setenta y cinco metros cuadrados equivalentes a mil seiscientos sesenta punto ochenta varas cuadradas que mide y linda LADO NORTE: Partiendo del punto Noreste que sirve Trifi nio entre los lotes TRECE, CATORCE-A y el lote a describir de la lotifi cación la Cascada del Bosque con Rumbo Norte ochenta y tres grados diecisiete punto cincuenta y seis minutos Este y distancia de cuarenta y tres punto setenta y cinco metros, una sola línea recta y lindando con lotes CATORCE - A de la citada lotifi cación LADO ORIENTE: seguimos con rumbo SUR DOCE GRADOS CUARENTA Y CINCO MINUTOS CUARENTA Y TRES DECIMOS Este y distancia de veintidós metros, una sola línea recta linda con terreno de ANTONIO CARRETERA, calle antigua al Puerto de La Libertad de por medio: LADO SUR: Continuamos con rumbo Sur ochenta y tres grados diecisiete minutos, cincuenta y seis décimos Oeste y distancia de sesenta y un punto setenta metros una sola línea recta linda con lote número QUINCE de dicha lotifi cación :LADO PONIENTE: con rumbo Norte, treinta y ocho grados cero cero minutos cincuenta y ocho décimos Este y distancia de diecisiete punto veinte metros seguimos con rumbo Norte trece grados cuarenta y siete minutos veinticuatro décimos Este, y distancia de diez punto quince metros línea quebrada compuesta de dos tramos rectos llegamos al punto de partida lindando por este lado con número TRECE de la lotifi cación citada. El inmueble que se viene embargando conserva el siguiente gravamen: Hipoteca; a favor de la Sociedad Turística Agrícola Sociedad Anónima de Capital Variable inscrita al número cuarenta y uno del libro quinientos cuarenta y tres de Hipotecas.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día veintiocho de junio de dos mil cuatro. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZA PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A053793-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por ejecuciones promovidas, la primera por el Licenciado FRANCISCO ALONZO MEDINA, de sesenta y tres años de edad, Abogado, de este domicilio, gestionando como Apoderado de los señores JOSE BERNARDO MAGAÑA MORENO, de cincuenta y seis años de edad, Contador, y JUAN FRANCISCO MAGAÑA MORENO, de cincuenta y ocho años de edad, Agricultor, ambos de este domicilio; la segunda, promovida por el Licenciado DANILO ARNOLDO ORELLANA GODINEZ, de treinta y siete años de edad, Abogado, de este domicilio, gestionando como Apoderado de la señora MARIA LUISA OLMEDO ROMERO, de treinta y dos años de edad, Empleada, de este domicilio, ambas ejecuciones contra el señor JOEL ZECEÑA CHAVEZ, de cincuenta años de edad, Albañil, del domicilio, de esta ciudad y de Texistepeque, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se venderá en pública subasta en este mismo Tribunal en fecha que oportunamente se dará a conocer, el siguiente bien: “Un in-mueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Cujucuyo, Municipio de Texistepeque, de este Departamento, que en la Hoja Catastral Número

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

Doscientos Ochenta y Dos-quince-quinientos, se encuentra ubicado el Bloque Ciento Veintitrés plica Noventa y Siete, del cual se desmembró la Parcela Número Ciento Veintitrés plica Veintiuno de una extensión superfi cial de cero hectáreas noventa y ocho áreas, treinta y ocho centiá-reas, de las colindancias siguientes: AL PONIENTE: colindando por este lado con: Propiedad de JOSE DAVID ESCOBAR VIDES.- AL NORTE: Colindando por este lado con: Propiedad de JOSE DAVID ESCOBAR VIDES y Parcela Uno dos tres plica dos seis propiedad de FINATA.- AL ORIENTE: colindando por este lado con: Parcela Uno, dos tres plica cinco ocho propiedad de FINATA, y parcela Uno, dos tres plica dos dos propiedad de FINATA.- AL SUR: colindando por este lado con Propiedad de EULALIA DE JESUS GARCIA ARTEAGA.- La parcela antes des-crita goza de una servidumbre de cuatro metros de ancho sobre parcela Uno dos tres plica dos dos hasta calle Nacional que de Texistepeque conduce a Santa Ana.- Dicho inmueble está inscrito a favor del deudor, señor JOEL ZECEÑA CHAVEZ, en el sistema de Folio Real Matrícula Número: Cero dos- cero cero mil ochocientos diecinueve-cero cero cero del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas del día uno de septiembre de dos mil cuatro.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRE-TARIA.

3 v. alt. No. A053921-3

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que promueve la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE como Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores FRANCISCO MARTIR SORTO BENITEZ conocido por FRANCISCO MARTIR SORTO y ZONIA ELIZABETH GUZMAN DE SORTO, reclamándoles cantidad de colones intereses y costas proce-sales se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un inmueble de naturaleza urbana, marcado en el plano respectivo como Lote número Once del Polígono “G-TRES”, de la Urbanización Ciudad Satélite de Oriente, bajo el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Capricornio y Calle Andrómeda, de la Urbanización Ciudad Satélite de Oriente, se mide sobre este último eje una distancia de ochenta y uno punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta grados cero punto cero minutos Este, donde se hace una defl exión izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de seis punto cincuenta metros, se llega al esquinero Sur-Oeste, del lote que se describe, el cual mide y linda; Al PONIENTE, línea recta de quince punto cero cero metros con rumbo Norte, diez grados cero punto cero cero minutos- oeste, lindando con lote número diez del polígono E-Tres, de la misma Urbanización; Al NORTE, Línea recta de seis punto cero cero metros con rumbo norte ochenta grados cero punto cero punto cero cero minutos Este, lindando con lote número veintitrés del polígono E-Tres, de la misma Urbani-zación; Al ORIENTE, Línea recta de quince punto cero cero metros, con rumbo Sur diez grados cero punto cero cero minutos este, lindando con lote número doce del polígono E-Tres de la misma Urbanización; Al SUR, Línea recta de seis punto cero cero metros con rumbo Sur ochenta grados cero punto cero cero minutos Oeste, lindando con lote número doce del polígono E-Cuatro, de la misma Urbanización, calle Andrómeda, de trece punto cero cero metros de ancho de por medio, llegando así al punto de partida de la presente descripción. El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIO-CHO PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, inscrito dicho inmueble a favor de los hipotecantes al número DIECINUEVE del Libro UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS y trasladado a la Matrícula número OCHO CERO CERO DOS CERO OCHO NUEVE SEIS, ambas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Oriente, de este departamento.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las quince horas veintidós minutos del día veintisiete de Agosto del dos mil cuatro Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C016006-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA antes BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA en contra de la sociedad INSUMOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE y los señores JORGE LUIS AVALOS VARELA y JORGE RICARDO HERNANDEZ RIVERA, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el inmueble embargado siguiente: En el lugar conocido como Colonia Santa Rosa, en la jurisdicción de Colón, en un inmueble rústico, marcado como lotes número CATORCE Y QUINCE del Polígono “B”, de la lotifi cación denominada Colonia Santa Rosa; los cuales forman un solo cuerpo de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes a SEISCIENTAS DIECINUEVE VARAS CUADRADAS el cual se describe como sigue: partiendo del mojón sur-oeste, del lote que mide y linda: AL PONIENTE, línea recta de treinta punto cincuenta y dos metros, linda con el lote número trece del polígono B de Lotifi cación Santa Rosa; AL NORTE, línea recta de catorce metros linda con los lotes números uno y dos del polígono C de la Lotifi cación Santa Rosa, calle principal de once metros de ancho de por medio; AL ORIENTE, línea recta de treinta y uno punto cuarenta y dos metros linda con el lote número dieciséis del polígono B de la Lotifi cación Santa Rosa; AL SUR, línea recta de catorce metros, linda con Hacienda Nueva Carretera La Cuchilla de por medio.- El inmueble antes descrito es propiedad de la sociedad INSUMOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES. S.A. DE C.V., por estar inscrito a su favor al número SESENTA Y UNO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de identidad y el Número de Identifi cación Tributaria, y comprobar su solvencia eco-nómica por medio de Libreta de Ahorro, Cheque Certifi cado, Constancia de Ahorro, Efectivo y otro documento similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las diez horas y diez minutos del día veintitrés de sep-tiembre del dos mil cuatro. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL, INTO. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C016007-3

LA SUSCRITA SECRETARIA de la Sociedad “SERVICIO CENTRO-AMERICANO Z.F., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, inscrita al número sesenta del Libro doscientos setenta y cinco del Registro de Sociedad. Registro de Comercio.

CERTIFICA: que en Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, ACTA NUMERO SESENTA. celebrada a las diez horas del día catorce de julio del año dos mil cuatro, con asis-

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

tencia de todos los accionistas, sin previa convocatoria de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo doscientos veintiséis del Código de Comercio, por unanimidad se ACORDO: Disminuir el Capital Social Mínimo en doscientos treinta y siete mil novecientos colones, fi jándose el Capital Social Mínimo en cien mil colones equivalentes a once mil cuatrocientos veintiocho dólares con cincuenta y siete centavos de Dólar de los Estados Unidos de América, por retiro de aportaciones de todos los accionistas a prorrata del Capital suscrito y pagado en la Sociedad y como conse-cuencia deberá cancelarse dos mil trescientas setenta y nueve acciones nominativas del valor de cien colones cada una, autorizando al señor JORGE ALBERTO MORALES HERNANDEZ, conocido por JORGE MORALES HERNANDEZ, en su calidad de Presidente y Representante Legal, para otorgar la correspondiente escritura.

San Salvador, quince de octubre del año dos mil cuatro.

ROSA AMELIA MOLINA DE MORALES,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C015931-3

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: que en su agencia Zacatecoluca se ha presentado el propie-tario del certifi cado No. 14960929 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 14 de abril de 2003, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 15 de octubre de 2004.

CARMEN ELENA BARRIENTOS,SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. A053805-3

AVISO

El Infrascrito Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetaleros de San José de La Majada de Responsabi-lidad Limitada,

HACE SABER: que el señor RENE OSWALDO AREVALO, del domicilio de Santa Ana ha informado que extravió los siguientes Certifi cados de Aportación, emitidos por esta Cooperativa: No. 01606 por ¢ 1,240.00, No.01443 por ¢ 2,610.00 y No. 01885 por ¢ 2,760.00.

Previénese que si existiere algún o algunos interesados en que tal reposición no se lleve a cabo, deberá(n) hacerlo saber dentro de los treinta días posteriores a la tercera y última publicación a este aviso; caso contrario se procederá a la reposición.

San José de La Majada, 18 de octubre de 2004.

Dr. JOSE EMILIO SUADI HASBUN,PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C015991-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

La Junta Directiva de DURALITA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONVOCA a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en sus ofi cinas si-tuadas en la Veintiuna Calle Poniente No. 1325, de esta ciudad, a partir de las diecisiete horas del día lunes 15 de noviembre del dos mil cuatro para desarrollar la siguiente Agenda:

1. Comprobación del quórum - Apertura

2. Lectura del Acta de la Junta General anterior

3. Aumento de Capital

El quórum mínimo es la asistencia de los accionistas que representen el 75% del capital social y para la aprobación el mismo 75%. En caso de no haber quórum se convoca por segunda vez para las diecisiete horas del dieciséis de noviembre del año en curso en el mismo lugar.

San Salvador, a los veintidós días del mes de octubre del dos mil cuatro.

Ing. GUSTAVO CARTAGENA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. A054106-3

CONVOCATORIA

REPUESTOS CARS, S.A. DE C. V., CONVOCA a todos los socios para que asistan a la sesión General Ordinaria a celebrarse el día 15 de noviembre del corriente año, a partir de las 16 horas en el local de las ofi cinas de la sociedad, ubicadas en 19 Avenida Norte # 1516, Colonia Layco.

De no poderse celebrar la sesión aludida por falta de quórum ne-cesario a la hora señalada como 1a. Convocatoria, se CONVOCA a los socios para celebrar a las 17 horas del mismo día, en el mismo local.

El quórum para la 1a. hora señalada, será la mitad más uno de los socios, y para la 2a. hora cualesquiera que sea el número de socios presentes y representados.

AGENDA:

1- Informe de auditoría.

2- Elección del Administrador Unico Propietario.

3- Incorporación de nuevos socios.

4- Modifi cación de la Junta Directiva.

San Salvador, 22 de octubre de 2004.

MANUEL ANTONIO RENDEROS,

ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

3 v. alt. No. A053853-3

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

LA FLAMANTE, S.A. DE C. V.

(SOCIEDAD MERCANTIL SALVADOREÑA)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION

AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004

(EXPRESADO EN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA)

PRACTICADO CON BASE AL ART. 336 DEL CODIGO DE COMERCIO

ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO

DEFICIT POR APLICAR $6,298.42 CAPITAL SOCIAL $6,298.42

PERDIDA ACUMULADA $6,298.42 CUENTA DE CAPITAL EN LIQUIDACION:

-Roberto Salvador Salazar $3,149.21

-Lucía Elizabeth Morán de Salazar $3,149.21

TOTAL ACTIVO $6,298.42 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $6,298.42

Lic. ROBERTO SALVADOR SALAZAR, Lic. FRANCISCO CRUZ LETONA, Br. BLANCA ESPERANZA MONICO SILVA,

LIQUIDADOR PROPIETARIO. AUDITOR EXTERNO. CONTADOR.

3 v. alt. No. A053869-3

ROS, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION

(SAN SALVADOR, EL SALVADOR)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE AGOSTO DE 2004.

(Cifras Expresadas en dólares de los Estados Unidos de América)

ACTIVO PATRIMONIO POR LIQUIDACION 1,390.96

CIRCULANTE $ 1,390.96 Capital Social Mínimo, 1,000 acciones $ 11,428.57

Disponible $ 1,390.96 de $11.43 de valor nominal

Caja $ 1,390.96

Pérdidas por Aplicar (10,037.61)

Ejercicio 2003 $ (7,344.24)

Ejercicio 2004 (2,693.37)

TOTAL ACTIVO $ 1,390.96 TOTAL PATRIMONIO $ 1,390.96

Liquidar a:

Ernesto Regalado O`Sullivan $ 695.48

Arturo Regalado O`Sullivan $ 695.48

Lic. ARTURO REGALADO O`SULLIVAN, Licda. MARIA VILMA VASQUEZ DE FUENTES, Lic. MIGUEL ANTONIO MEJIA NAVARRETE,

LIQUIDADOR. CONTADOR AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. No. C016000-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

En la ciudad de Santa Tecla, a las nueve horas del día treinta de septiembre del año dos mil cuatro. ANTE MI Y POR MI, MIREILLE ESCALANTE DIMAS, Notaria de este domicilio,

RESUELVO: a sus antecedentes el informe del señor Ofi cial Mayor de la Honorable Corte Suprema de Justicia. Tiénese por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador su último domicilio, el día seis de junio del año dos mil tres, dejó el señor CRISTOBAL RECINOS QUINTANILLA, de parte de sus herederos: CELIA ESPERANZA RECINOS NERIO; ELMER SIGFREDO RECINOS NERIO; DORA IRINA RECINOS NERIO ahora DE CUELLAR; CLEOTILDE ARELI RECINOS NERIO ahora DE GUILLEN; GLORIA IDALIA RECINOS NERIO; ESTELA NOEMY AGUILAR conocida por ESTELA NOEMI

AGUILAR RECINOS; IRMA LETICIA RECINOS AGUILAR ahora DE CASTILLO y MARIA JACINTA NERIO DE RECINOS ahora VIUDA DE RECINOS, en concepto de Herederos Testamentarios del causante; confi éresele a los aceptantes antes mencionados, la Administración y Representación Interinas de la mencionada sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Publíquense los edictos de Ley.

MIREILLE ESCALANTE DIMAS,NOTARIO.

3 v. c. No. A054149-1

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESDIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

RESOLUCION No. DREG-537

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS, DEPARTAMENTO DE REGIMENES ADUANEROS; Ilopango, a las once horas y cincuenta minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil cuatro. Vistas las solicitudes números 6377, 7942 y 9589, de fechas 24 de junio, 09 de agosto y 27 de septiembre, de 2004, respectivamente; presentadas a esta Dirección General por el doctor Luis Alfonso Méndez Rodríguez, quien actúa en calidad de Apoderado Especial de la sociedad TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., con número de identifi cación Tributaria (N.I.T.) 0614-010989-101-9; tendiente a que se prorrogue la autorización concedida a su representada, por el período de tres años para seguir operando en calidad de Tienda Libre, un Establecimiento Comercial, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, locales DOS-VEIN-TIUNO con un área CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS, destinado para sala de ventas y exhibición, y DOS-VEINTITRES con un área de CIEN METROS CUADRADOS, destinado para bodega, Y se autorice la introducción con exención total de impuestos, de mercancías cuyo valor ascienda hasta un monto de CIENTO CINCUENTA MIL DOLARES ($150,000.00) anuales: LEIDOS LOS AUTOS, Y CONSIDERANDO: l. Que por medio del Decreto Legislativo número 373, publicado en el Diario Ofi cial número 81, tomo 351 de fecha 2 de mayo del 2001, vigente a partir del 10 de mayo del mismo año, se creó la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la cual en su Art. 3 determina que el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección General de la Renta de Aduanas, autorizará a personas naturales o jurídicas para que operen en el Aeropuerto Internacional El Salvador, establecimientos comerciales, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, II. Que se ha comprobado la legalidad de la empresa por medio de Testimonio de Escritura Pública de Modifi cación al Pacto Social de la sociedad, número ochenta y nueve de fecha veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, inscrita en el Registro de Comercio al número cuarenta y dos del libro mil sesenta y tres del Registro de sociedades, desde el folio cuatrocientos dos hasta el folio cuatrocientos quince, con fecha catorce de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro; y compro-bante de pago de renovación de Matrícula de Empresa Mercantil y Registro de Establecimiento, número 077963 de fecha 25 de marzo de 2004; asi-mismo, la calidad con que actúa el doctor Luis Alfonso Méndez Rodríguez, según copia certifi cada de Poder Especial, otorgado por la señora Miriam Adalicia Morán Pineda, actuando en su calidad de Directora Presidenta de la sociedad, electa para el período de cinco años, según Credencial de elección de Junta Directiva S/N, de fecha diez de enero de dos mil dos, inscrita en el Registro de Comercio al número 14 del libro 1674 del Registro de Sociedades, del folio 149 al folio 150, con fecha catorce de enero de dos mil dos. III. Que consta en autos que con fecha 07 de enero de 2002 esta Dirección General emitió la Resolución número DREG-11 por medio de la cual se autorizó prorrogar la autorización concedida a la sociedad peticio-naria por el plazo de tres años contado a partir del día 16 de octubre de 2001 hasta el día 16 de octubre de 2004, para que operara un establecimiento comercial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres. IV. Que al hacer el análisis de los docu-mentos presentados por la sociedad peticionaria, se ha comprobado que ésta cumple con todos los requisitos exigidos en el Art. 5 de la Ley de la materia. V. Que en cumplimiento a lo establecido en los Arts. 6 y 9 de la referida Ley, esta Dirección General practicó inspección en los locales don-de funciona la Tienda Libre a efectos de constatar el cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en dicho cuerpo legal; los que, a consi-deración de esta ofi cina la sociedad ha cumplido con los requisitos establecidos por la Ley tanto en lo relativo al almacenamiento de las mercancías en los locales, como en los registros y controles documentales e informáticos con que cuentan para la administración de las importaciones, ventas y manejo de inventarios. VI. Que se ha evaluado la proyección anual de importaciones, presentada por la peticionaria, con base en la información con-table correspondiente al ejercicio 2003, y al listado de importaciones obtenido de la base de datos del Sistema Informático de la Dirección General; por lo que se ha considerado que es aceptable el monto Proyectado de Importaciones por CIENTO CINCUENTA MIL DOLARES ($150,000.00) anuales. POR TANTO: Con fundamento en lo antes expuesto, disposiciones legales citadas y facultades que la Ley le confi ere, esta Dirección Gene-ral, RESUELVE: I. Prorrógase la autorización concedida a la sociedad TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., para que pueda operar un establecimiento comercial, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, locales DOS-VEINTIUNO con un área CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS, destinado para sala de ventas y exhibición, y DOS-VEINTITRES con un área de CIEN METROS CUADRADOS, desti-nado para bodega; por el plazo de tres años contados a partir del día 16 de octubre de 2004 hasta el día 16 de octubre de 2007. II. De acuerdo a la Proyección anual de importaciones presentada por la benefi ciaria, ésta tendrá derecho a introducir con exención total de los impuestos a que se refi e-re el Inciso segundo del Art. 3 de la expresada Ley, un monto anual de CIENTO CINCUENTA MIL DOLARES ($150,000.00), quedando sujeto a la venta de dicha mercancía exclusivamente a viajeros que salgan o entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que a efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior. III. La citada sociedad no podrá introducir al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación prohibida por leyes especiales o Convenios Internacionales. IV. Dicha sociedad, para gozar de los bene-fi cios concedidos, estará obligada a cumplir con todas las medidas específi cas de seguridad y control aduanero que la Dirección General determine por medio de disposiciones administrativas que sean necesarias, a fi n de garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas a las dis-posiciones legales del presente régimen. V. De conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 11 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, queda estrictamente prohibido el traslado de mercancías importadas bajo el régimen aduanero de Tiendas Libres al territorio Aduane-

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

ro Nacional sin el previo pago de los derechos e impuestos correspondientes. VI. A partir de la vigencia de la prórroga autorizada todas las ventas que realice la sociedad benefi ciaria deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el Art. 13 de la Ley en mención. VII. TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., queda obligada a informar a esta Dirección General cualquier cambio que se realice en la titularidad de las ac-ciones que posee dicha sociedad. VIII. La sociedad benefi ciaria adoptará el método de Costo Promedio para valuar sus inventarios. IX. De conformi-dad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la sociedad TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., deberá rendir una Garantía Global a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador por el período de la autorización, la cual será fi jada por esta Dirección General con base en una cobertura del cien por ciento de los derechos e impuestos aplicables a las mercaderías que se estima se introducirán al amparo del régimen objeto de esta ley, más un veinte por ciento adicional a dicho porcentaje para responder por los acceso-rios legales correspondientes, X. El monto de la Garantía que la sociedad TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. deberá rendir es por SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO DOLARES ($66,225.00), la cual servirá para responder por el pago de los impuestos, derechos y demás cargas fi scales que se adeuden o se originen por las operaciones que realice en el ejercicio de la autorización concedida; dicha ga-rantía deberá ser previamente aceptada por esta Dirección General. XI. Sin perjuicio de la autorización concedida, esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los benefi cios concedidos mediante la presente Resolución, en caso de incumplimiento a lo dispuesto en la misma y a infraccio-nes cometidas a las disposiciones legales aplicables a la materia. XII. Esta Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial para los efectos lega-les pertinentes. HAGASE SABER: F. J. Rovira, Director General de la Renta de Aduanas, Rubricada y Sellada.

(Registro No. A054409)

RESOLUCION No. DREG-538

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS, DEPARTAMENTO DE REGIMENES ADUANEROS; Ilopango, a las trece horas con veinte minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil cuatro. Vistas las solicitudes números 6376, 7943 y 9588, de fechas 24 de junio, 09 de agosto y 27 de septiembre, de 2004, respectivamente; presentadas a esta Dirección General por el doctor Luis Alfonso Méndez Rodríguez, quien actúa en calidad de Apoderado Especial de la sociedad CONTROL, S.A. DE C.V., con número de identifi cación Tributaria (N.I,T,) 0614-230786-002-4; tendiente a que se prorrogue la autorización concedida a su representada, por el período de tres años para seguir operando en calidad de Tienda Libre, un Establecimiento Comercial, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, locales DOS-VEINTICUATRO con un área CUARENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y DOS-DIECISIETE con un área de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO OCHEN-TA METROS CUADRADOS, ambos destinados para sala de ventas y exhibición, Y se autorice la introducción con exención total de impuestos, de mercancías cuyo valor ascienda hasta un monto de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES anuales. LEIDOS LOS AUTOS, Y CONSI-DERANDO: l. Que por medio del Decreto Legislativo número 373, publicado en el Diario Ofi cial número 81, tomo 351 de fecha 2 de mayo del 2001, vigente a partir del 10 de mayo del mismo año, se creó la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la cual en su Art. 3 determina que el Minis-terio de Hacienda por medio de la Dirección General de la Renta de Aduanas, autorizará a personas naturales o jurídicas para que operen en el Aero-puerto Internacional El Salvador, establecimientos comerciales, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, II. Que se ha comprobado la legalidad de la empresa por medio de Escritura Pública de Aumento de Capital Social, número ochenta y nueve de fecha veintitrés de junio de mil novecientos ochenta y nueve, inscrita en el Registro de Comercio al número cuarenta y cuatro del Libro seiscientos setenta del Registro de Sociedades, desde el folio cuatrocientos ochenta y uno hasta el folio quinientos dos, con fecha diecisiete de julio de mil novecientos ochenta y nueve; y comprobante de pago de renovación de Matrícula de Empresa Mercantil y Registro de Establecimiento, número 077960 de fecha 26 de marzo de 2004; asimismo, la calidad con que actúa el doctor Luis Alfonso Méndez Rodríguez, según copia certifi cada de Poder Especial, otorgado por la señora Miriam Reyes Linarte, actuando en su calidad de Directora Presidenta de la sociedad, electa para el período de cinco años, según Credencial de elección de Junta Directiva S/N, de fecha diecinueve de octubre de dos mil, inscrita en el Registro de Comercio al número 45 del libro 1569 del Registro de Sociedades, del folio 336 al folio 338, con fecha veinticuatro de octubre de dos mil. III. Que consta en autos que con fecha 07 de enero de 2002 esta Dirección General emitió la Resolución número DREG-13 por medio de la cual se autorizó prorrogar la autorización concedida a la sociedad peticionaria por el plazo de tres años contado a partir del día 16 de noviembre de 2001 hasta el día 16 de noviembre de 2004, para que operara un establecimiento co-mercial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres. IV. Que al hacer el análisis de los docu-mentos presentados por la sociedad peticionaria, se ha comprobado que ésta cumple con todos los requisitos exigidos en el Art. 5 de la Ley de la materia. V. Que en cumplimiento a lo establecido en los Arts. 6 y 9 de la referida Ley, esta Dirección General practicó inspección en los locales donde funciona la Tienda Libre a efectos de constatar el cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en dicho cuerpo legal; los que, a conside-ración de esta ofi cina, la sociedad ha cumplido con los requisitos establecidos por la Ley tanto en lo relativo al almacenamiento de las mercancías en los locales, como en los registros y controles documentales e informáticos con que cuentan para la administración de las importaciones, ventas y manejo de inventarios. VI. Que se ha evaluado la proyección anual de importaciones, presentada por la peticionaria, con base en la información con-table correspondiente al ejercicio 2003, y al listado de importaciones obtenido de la base de datos del Sistema Informático de la Dirección General; por lo que se ha considerado que es aceptable el monto Proyectado de Importaciones por CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES ($450,000.00) anuales. POR TANTO: Con fundamento en lo antes expuesto, disposiciones legales citadas y facultades que la Ley le confi ere, esta Dirección General, RESUELVE: I. Prorrógase la autorización concedida a la sociedad CONTROL, S.A. DE C.V., para que pueda operar un estable-cimiento comercial, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, locales DOS-VEINTICUATRO con un área CUARENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y DOS-DIECISIETE con un área de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, ambos destinados para sala de ventas y exhibición; por el plazo de tres años contados a partir del día 16 de noviembre de 2004 hasta el día 16 de noviembre de 2007. II. De acuerdo a la Proyección anual de importaciones presentada por la benefi ciaria, ésta tendrá derecho a introducir con exención total de los impuestos a que se refi ere el Inciso segundo del Art. 3 de la expresada Ley, un monto anual de CUATROCIENTOS CIN-CUENTA MIL DOLARES ($450,000.00), quedando sujeto a la venta de dicha mercancía exclusivamente a viajeros que salgan o entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que a efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior. III. La citada sociedad no podrá introducir al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación prohibida por leyes especiales o Conve-nios Internacionales. IV. Dicha sociedad, para gozar de los benefi cios concedidos, estará obligada a cumplir con todas las medidas específi cas de se-guridad y control aduanero que la Dirección General determine por medio de disposiciones administrativas que sean necesarias, a fi n de garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas a las disposiciones legales del presente régimen. V. De conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 11 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, queda estrictamente prohibido el traslado de mercancías importadas bajo el régimen aduanero de Tiendas Libres al territorio Aduanero Nacional sin el previo pago de los derechos e impuestos correspondientes. VI. A partir

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de la vigencia de la prórroga autorizada todas las ventas que realice la sociedad benefi ciaria deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el Art. 13 de la Ley en mención. VII. CONTROL, S.A. DE C.V., queda obligada a informar a esta Dirección General cualquier cambio que se realice en la titularidad de las acciones que posee dicha sociedad. VIII. La sociedad benefi ciaria adoptará el método de Costo Promedio para valuar sus inventarios. IX. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la sociedad CONTROL, S.A. DE C.V., deberá rendir una Garantía Global a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador por el período de la autorización, la cual será fi jada por esta Dirección General con base en una cobertura del cien por ciento de los derechos e impuestos aplicables a las mercaderías que se estima se introducirán al amparo del régimen objeto de esta ley, más un veinte por ciento adicional a dicho porcentaje para responder por los accesorios legales correspondientes. X. El monto de la Garantía que la sociedad CONTROL, S.A. DE C.V., deberá rendir es por DOSCIENTOS DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO 00/100 DOLARES ($202,135.00), la cual servirá para responder por el pago de los impuestos, derechos y demás cargas fi scales que se adeuden o se originen por las operaciones que realice en el ejercicio de la autorización concedida; dicha garantía deberá ser previamente acep-tada por esta Dirección General. XI. Sin perjuicio de la autorización concedida, esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los benefi cios concedidos mediante la presente Resolución, en caso de incumplimiento a lo dispuesto en la misma y a infracciones cometidas a las disposiciones legales aplicables a la materia. XII. Esta Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial para los efectos legales pertinentes. HAGAS E SABER: F. J. Rovira, Director General de la Renta de Aduanas, Rubricada y Sellada.

(Registro No. A054408)

RESOLUCION No.126-2004 (COMIECO)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECONOMICA,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala, modifi cado por la Enmienda del 27 de febrero del 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica está conformado por el Ministro que en cada Estado parte tiene bajo su competencia los asuntos de la integración económica y subroga en sus funciones al Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano;

Que de conformidad con el artículo 15 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que de acuerdo con el artículo 6 de ese mismo instrumento jurídico, el avance del proceso de integración hacia la Unión Económica se realizará mediante la voluntad de los Estados Parte, expresada conforme al artículo 52 del mismo instrumento, lo que signifi ca que todos o algunos de los Miembros podrán avanzar con la celeridad que acuerden dentro de ese proceso;

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 10, 36, 37, 38, y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-

RESUELVE:

1. Aprobar las modifi caciones al Arancel Centroamericano de Importación en la Parte II, para Guatemala, conforme se consigna en Anexo de la presente Resolución, el cual forma parte integrante del Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroame-ricano.

2. La presente Resolución entrará en vigor inmediatamente y será publicada por los Estados Parte.

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 29 de Octubre de 2004.

El infrascrito Director Ejecutivo de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que la presente fotocopia y la que le anteceda, así como una del anexo que le sigue, todas impresas únicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, repro-ducen fi elmente la Resolución No. 126-2004 (COMIECO), adoptada por el Consejo de Ministros de Integración Económica, el 19 de octubre de dos mil cuatro, de cuyo original se reprodujo. Y para remitir a los países para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certifi cada en la ciudad de Guatemala, el veintidós de octubre de dos mil cuatro.

ALFONSO PIMENTEL,

DIRECTOR EJECUTIVO.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 365

RESOLUCION No.127-2004 (COMIECO)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECONOMICA.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala, modifi cado por la Enmienda del 27 de febrero del 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica está conformado por el Ministro que en cada Estado parte tiene bajo su competencia los asuntos de la integración económica y subroga en sus funciones al Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano;

Que de conformidad con el artículo 15 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que de acuerdo con el artículo 6 de ese mismo instrumento jurídico, el avance del proceso de integración hacia la Unión Económica se realizará mediante la voluntad de los Estados Parte, expresada conforme al artículo 52 del mismo instrumento, lo que signifi ca que todos o algunos de los Miembros podrán avanzar con la celeridad que acuerden dentro de ese proceso;

Que los Estados Parte han comunicado a este foro haber alcanzado acuerdos en armonizar el inciso arancelario 2713.11.00.-- Sin calcinar. (Coque de petróleo)

Que El Salvador, por tener dicho producto en la Parte III del Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericana, para modifi car la tarifa deberá ajustarse a los procedimientos internos.

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 10, 36, 37, 38, y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-

RESUELVE:

1. Aprobar las modifi caciones al Arancel Centroamericano de Importación en el inciso arancelario 2713.11.00.-- Sin calcinar (Coque de petróleo), con cero por ciento de DAI.

2. La presente Resolución aplica para Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

3. La presente Resolución entrará en vigor inmediatamente y será publicada por los Estados Parte.

El infrascrito Director Ejecutivo de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que la presente fotocopia y la que le antecede, ambas impresas únicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, reproducen fi elmente la Resolución No. 127-2004 (COMIECO), adoptada por el Consejo de Ministros de Integración Económica, el 19 de octubre de dos mil cuatro, de cuyo original se re-produjo. Y para remitir a los países para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certifi cada en la ciudad de Guatemala, el veintidós de octubre de dos mil cuatro.

ALFONSO PIMENTEL,DIRECTOR EJECUTIVO.

Imprenta Nacional - Tiraje 550 Ejemplares.

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