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MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1446.- Creación, nominación y funcionamiento del Colegio Profesora Gloria Esperanza Arbaiza de Guzmán, ubicado en el municipio de San Salvador. ............ Acuerdo No. 15-0197.- Se aprueba plan de estudios de la carrera de Maestría en Salud Pública, a ser impartida por la Universidad Evangélica de El Salvador. ................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 648-D, 673-D, 687-D, 744-D, 746-D, 772- D, 18-D y 53-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “para la Salud de San Ignacio”; “para la Salud de la Zona Alta Las Pilas”; “Fe y Luz”, Caserío El Caragual; y “Pensando en el Futuro”, Cantón La Chorrera, Acuerdos Nos. 1(3) y 2, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Ignacio y Santa Rosa de Lima, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. .................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 249, 250 y 251.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE MANUEL DE JESUS QUIROZ, JULIO ALBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ, MARIA ELBA HERNANDEZ Y OTROS (1V.) .................................... Carteles Nos. 252, 253 y 254.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. WENDY YAMILETH, ERICK OSVALDO VENTURA PORTILLO, MANUEL DE JESUS GONZALEZ ORELLANA, OLINDA PASTORA PORTILLO DE ALVARADO Y OTROS. (3V. Alt.) ................................... Cartel No. 255.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE MARIA CELIA DEL CARMEN SOLANO. (3V. Alt.) ........... DE SEGUNDA PUBLICACION Cartel No. 239.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE ANITA PEREZ HOY DE LOPEZ. (3V. Alt.) .................... Carteles Nos. 240, 241, 242, 243 y 244.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE SIMEON DE JESUS PEREZ PORTILLO, MARIA NEMESIA FLORES VDA. DE DURAN, MARIA ALBERTINA ESCAMILLA VDA. DE VENTURA, PEDRO CARRANZA RAMIREZ, JACINTA PARADA. (3V. Alt.) .......................................................................................... DE TERCERA PUBLICACION Cartel No. 228.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE ROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS. (3V. Alt.) ............... Cartel No. 229.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR DE ANTONIO MISAEL DIAZ VASQUEZ. (3V. Alt.) ........... Cartel No. 230.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE DESIDERIO MEDRANO. (3V. Alt.) ....................................... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos.- 4966-1v, 9474-1v, 4987-1v, 4994-1v, 5001- 1v, 4908-1v, 4909-1v, 4924-1v, 4931-1v, 4937-1v, 4940-1v, 4946-1v, 5014-1v, 5015-1v, 5020-1v, 5027-1v, 5036-1v, 5062- 1v, 5060-1v, 5058-1v, 5064-1v, 4979-1v, 4913-1v, 4944-1v, 5059-1v, 4978-1v, 4980-1v, 4981-1v, 4984-1v, 4925-1v, 4926- 1v, 4953-1v, 4956-1v, 4958-1v, 4961-1v, 4959-1v, 5959-1v, 4972, 5039, 4952, 4948, 4930, 4912, 5002, 4990, 4973, 4947, 4949, 4950, 4936, 4923, 4904, 4989, 4986, 4985, 5057, 5056, 5054, 4910, 4983, 5032, 4991, 5017, 5023, 4928, 5003, 4982, 5010, 4951, 4915, 4976, 5055, 5043, 5042, 5051, 4997, 5031, 5037, 5038, 5041, 5045, 4962, 4963, 5722, 6347, 6299, 4992-C, 4902-C. ...................................................................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos.- 4610, 4636, 4597, 4554, 4517, 4683, 4669, 4608, 4605, 4581, 4577, 4572, 4543, 4527, 4524, 4611, 4613, 4609, 4690, 4670, 4547, 4525, 4821, 4911, 4677, 4668, 4662, 4682, 4660, 4658, 4614, 4615, 4590, 4591, 4589, 4571, 4531, 4626, 4600, 4586, 4551, 4553, 4555, 4558, 4560, 4562, 4564, 4576, 4618, 4620, 4622, 4623, 4624, 4625, 4627, 4628, 4629, 4630, 4631, 4632, 4634, 4635, 4636, 4637, 4639, 4640, 4641, 4643, 4644, 4648, 4649, 4651, 4652, 4653, 4654, 4655, 4656, 4657, 4673, 5087, 5595, 5089, 5131, 5088, 6034, 4825-C ....... DE TERCERA PUBLICACION Carteles Nos.- Carteles Nos.- 4346, 4339, 4177, 4191, 4189, 4195, 4196, 4213, 4228, 4234, 4235, 4253, 4257, 4273, 4278, 4274, 4276, 4190, 4243, 4285, 4249, 4252, 4265, 4300, 4336, 4299, 4200, 4178, 4215, 4202, 4261, 4201, 4262, 4267, 4284, 4286, 4297, 4315, 4314, 4353, 4345, 4352, 4218, 4251, 4224, 4225, 4309, 4322, 4318, 4277, 4193, 4208, 4528, 4685, 4678, 4932, 5257, 5264, 5262, 5261, 5261, 5260, 5259, 5201, 5306, 5376, 5376, 5406, 5269 ................................................... SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACION Resolución No. 432.- Reposición de título a favor de Carolina Raquel Vejar Zepeda. ................................................. . DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, VIERNES 7 DE MARZO DE 2003 NUMERO 45

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO LEGISLATIVODecreto No. 1187.- El Tribunal Supremo Electoral para el

evento electoral del 16 de marzo de 2003, fijará la remuneracióna devengar por cada vigilante propietario acreditado por losPartidos Políticos o Coaliciones contendientes. (transitorio). ...

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Iglesia de Dios Mensajeros de Jesucristo yde la Asociación Amigos de la Cultura y el Desarrollo Local,Acuerdos Ejecutivos Nos. 024 y 30 y aprobándolos yconfiriéndoles el carácter de personas jurídicas. .......................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1446.- Creación, nominación yfuncionamiento del Colegio Profesora Gloria Esperanza Arbaizade Guzmán, ubicado en el municipio de San Salvador. ............

Acuerdo No. 15-0197.- Se aprueba plan de estudios de lacarrera de Maestría en Salud Pública, a ser impartida por laUniversidad Evangélica de El Salvador. ...................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 648-D, 673-D, 687-D, 744-D, 746-D, 772-D, 18-D y 53-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacíaen todas sus ramas. ....................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “parala Salud de San Ignacio”; “para la Salud de la Zona Alta LasPilas”; “Fe y Luz”, Caserío El Caragual; y “Pensando en elFuturo”, Cantón La Chorrera, Acuerdos Nos. 1(3) y 2, emitidospor las Alcaldías Municipales de San Ignacio y Santa Rosa deLima, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personasjurídicas. ....................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 249, 250 y 251.- DECLARATORIADEFINITIVA A FAVOR DE MANUEL DE JESUS QUIROZ,JULIO ALBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ, MARIAELBA HERNANDEZ Y OTROS (1V.) ....................................

Carteles Nos. 252, 253 y 254.- ACEPTACION INTERINAA FAVOR DE LOS SRES. WENDY YAMILETH, ERICKOSVALDO VENTURA PORTILLO, MANUEL DE JESUSGONZALEZ ORELLANA, OLINDA PASTORA PORTILLODE ALVARADO Y OTROS. (3V. Alt.) ...................................

Cartel No. 255.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEMARIA CELIA DEL CARMEN SOLANO. (3V. Alt.) ...........

DE SEGUNDA PUBLICACIONCartel No. 239.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR

DE ANITA PEREZ HOY DE LOPEZ. (3V. Alt.) ....................Carteles Nos. 240, 241, 242, 243 y 244.- TITULO

SUPLETORIO A FAVOR DE SIMEON DE JESUS PEREZPORTILLO, MARIA NEMESIA FLORES VDA. DE DURAN,MARIA ALBERTINA ESCAMILLA VDA. DE VENTURA,PEDRO CARRANZA RAMIREZ, JACINTA PARADA. (3V.Alt.) ..........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACIONCartel No. 228.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE

ROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS. (3V. Alt.) ...............Cartel No. 229.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR

DE ANTONIO MISAEL DIAZ VASQUEZ. (3V. Alt.) ...........Cartel No. 230.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE

DESIDERIO MEDRANO. (3V. Alt.) .......................................

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 4966-1v, 9474-1v, 4987-1v, 4994-1v, 5001-1v, 4908-1v, 4909-1v, 4924-1v, 4931-1v, 4937-1v, 4940-1v,4946-1v, 5014-1v, 5015-1v, 5020-1v, 5027-1v, 5036-1v, 5062-1v, 5060-1v, 5058-1v, 5064-1v, 4979-1v, 4913-1v, 4944-1v,5059-1v, 4978-1v, 4980-1v, 4981-1v, 4984-1v, 4925-1v, 4926-1v, 4953-1v, 4956-1v, 4958-1v, 4961-1v, 4959-1v, 5959-1v,4972, 5039, 4952, 4948, 4930, 4912, 5002, 4990, 4973, 4947,4949, 4950, 4936, 4923, 4904, 4989, 4986, 4985, 5057, 5056,5054, 4910, 4983, 5032, 4991, 5017, 5023, 4928, 5003, 4982,5010, 4951, 4915, 4976, 5055, 5043, 5042, 5051, 4997, 5031,5037, 5038, 5041, 5045, 4962, 4963, 5722, 6347, 6299, 4992-C,4902-C. ......................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos.- 4610, 4636, 4597, 4554, 4517, 4683, 4669,

4608, 4605, 4581, 4577, 4572, 4543, 4527, 4524, 4611, 4613,4609, 4690, 4670, 4547, 4525, 4821, 4911, 4677, 4668, 4662,4682, 4660, 4658, 4614, 4615, 4590, 4591, 4589, 4571, 4531,4626, 4600, 4586, 4551, 4553, 4555, 4558, 4560, 4562, 4564,4576, 4618, 4620, 4622, 4623, 4624, 4625, 4627, 4628, 4629,4630, 4631, 4632, 4634, 4635, 4636, 4637, 4639, 4640, 4641,4643, 4644, 4648, 4649, 4651, 4652, 4653, 4654, 4655, 4656,4657, 4673, 5087, 5595, 5089, 5131, 5088, 6034, 4825-C .......

DE TERCERA PUBLICACIONCarteles Nos.- Carteles Nos.- 4346, 4339, 4177, 4191,

4189, 4195, 4196, 4213, 4228, 4234, 4235, 4253, 4257, 4273,4278, 4274, 4276, 4190, 4243, 4285, 4249, 4252, 4265, 4300,4336, 4299, 4200, 4178, 4215, 4202, 4261, 4201, 4262, 4267,4284, 4286, 4297, 4315, 4314, 4353, 4345, 4352, 4218, 4251,4224, 4225, 4309, 4322, 4318, 4277, 4193, 4208, 4528, 4685,4678, 4932, 5257, 5264, 5262, 5261, 5261, 5260, 5259, 5201,5306, 5376, 5376, 5406, 5269 ...................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACION

Resolución No. 432.- Reposición de título a favor deCarolina Raquel Vejar Zepeda. ..................................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 1187.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la vigilancia sobre la legalidad y transparencia de todo proceso electoral, es un derecho que la Constitución de la República concede alos Partidos Políticos.

II. Que en cumplimiento de las disposiciones constitucionales, el Código Electoral faculta a los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes,a acreditar a sus Representantes Propietarios ante los Organismos Electorales, para que ejerzan fiscalización durante el período en quefuncionen dichos Organismos.

III. Que es necesario que el Estado garantice a todos los Partidos Políticos, la plena aplicación del Decreto de Vigilancia que le otorga laConstitución de la República, para lo cual deberá dictar las disposiciones legales correspondientes que posibiliten el ejercicio de ese derechoen igualdad de condiciones, tanto humanas, técnicas y financieras.

IV. Que de conformidad al Art. 131 Ord. 5°, es facultad de esta Asamblea Legislativa decretar las leyes secundarias de la República.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Walter René Araujo Morales, Julio Antonio Gamero Quintanilla, CarmenElena Calderón de Escalón, Alfonso Arístides Alvarenga, Manuel de Jesús Rivas, Vicente Menjívar, Juan Angel Alvarado Alvarez, Irma Segunda AmayaEcheverría, Manuel Oscar Aparicio Flores, Rafael Edgardo Arévalo Pérez, Nelson Edgardo Avalos, Ernesto Iraheta, Cristóbal Rafael Benavides, JuanMiguel Bolaños Torres, Blanca Flor América Bonilla, Carlos Antonio Borja Letona, Louis Agustín Calderón Cáceres, Manuel Quintanilla, HumbertoCenteno h., Lilian Coto de Cuéllar, Roberto José d’Aubuisson Munguía, Agustín Díaz Saravia, Fernando de Jesús Gutiérrez, Walter Eduardo DuránMartínez, Jorge Antonio Escobar, Juan Mauricio Estrada Linares, Elmer Charlaix, Olga Ortiz, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Nelson NapoleónGarcía Rodríguez, Medardo González, Alba Teresa de Dueñas, Silvia Cartagena, Hugo Antonio Fuentes, Joaquín Edilberto Iraheta, Francisco AlbertoJovel Urquilla, Osmín López Escalante, Mauricio López Parker, Francisco Roberto Lorenzana Durán, Efigenio Márquez, Juan Ramón MedranoGuzmán, Willian Eliú Martínez, Calixto Mejía Hernández, José Manuel Melgar Henríquez, Marta de Penado, Vilma Celina García de Monterrosa,Miguel Angel Navarrete Navarrete, Renato Antonio Pérez, Blanca Coto, Francia Brevé, José Ebanán Quintanilla Gómez, José Mauricio QuinterosCubías, Carlos Armando Reyes Ramos, Horacio Humberto Ríos Orellana, David Rodríguez Rivera, Ileana Rogel, Héctor Nazario Salaverría Mathies,Oswaldo Maldonado, Wilber Ernesto Serrano Calles, Mariella Peña Pinto, David Humberto Trejo, Alfredo Arbizú, Carlos Mauricio Arias, Jorge AlbertoVillacorta Muñoz, Fabio Balmore Villalobos Membreño, Roberto Villatoro, Gregorio Parada, Jorge Muñoz y Emilio Guzmán.

DECRETA:

TRANSITORIO

Art. 1. El Tribunal Supremo Electoral para el evento electoral del 16 de marzo del 2003, fijará la remuneración a devengar por cada vigilantepropietario acreditado por los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes, el cual será pagado del presupuesto de dicho Tribunal, sin exceder el techoasignado en el presupuesto general para el ejercicio 2003, ni del presupuesto extraordinario para el evento electoral 2003.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,PRESIDENTE.

WALTER RENE ARAUJO MORALES, JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

RENE NAPOLEON AGUILUZ CARRANZA,TERCER VICEPRESIDENTE.

CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON, JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO.

ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA, WILLIAM RIZZIERY PICHINTE,TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO.

RUBEN ORELLANA MENDOZA,QUINTO SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes marzo del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,Presidente de la República.

CONRADO LOPEZ ANDREU,Ministro de Gobernación.

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA IGLESIA DE DIOS

MENSAJEROS DE JESUCRISTO.

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en La Colonia El Triunfo, Cantón Cujucuyo,

jurisdicción de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, la Iglesia de

nacionalidad Salvadoreña, que se denominará “ LA IGLESIA DE DIOS

MENSAJEROS DE JESUCRISTO”, como una Entidad de interés par-

ticular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará. La

Iglesia.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Texistepeque,

Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer filiales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:

a) Adorar a Dios en espíritu y en verdad como hacedor de todas

las cosas.

b) Propagar las enseñanzas de Jesucristo según las sagradas

escrituras.

c) Procurar el bienestar espiritual, moral y cultural, de todos sus

miembros o feligreses, para el buen desempeño de sus debe-

res individuales.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18

años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo

soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de Miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas que sus-

criban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que por su

labor y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea

General.

Art. 7.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Iglesia.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General.

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de Miembro se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-

dos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El Gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los

Miembros Activos y Fundadores.

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez

al año y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una

mayoría diferente.

Art. 13.- Todo Miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro Miembro. El límite de representaciones

es de un Miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los Miem-

bros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

Miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que

no estén contemplados en los presente Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confiada

a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un

Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.

Art. 16.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al

mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Iglesia.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del Patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de

la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Iglesia

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

Miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la

Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pu-

diendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Direc-

tiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de

la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la

Iglesia tenga que realizar.

Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la

ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea

General señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de

electa la nueva Junta Directiva, una Certificación del Acta de elección

de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio

cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad,

Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no compren-

dido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la

misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por

la Asamblea General.

Art. 31.- La Iglesia de Dios Mensajeros de Jesucristo se regirá por

los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 32.- Los Presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 024.

San Salvador, 17 de febrero de 2003.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA DE DIOS

MENSAJEROS DE JESUCRISTO, compuestos de TREINTA Y DOS

Artículos, fundada en el Cantón Cujucuyo, Jurisdicción de Texistepe-

que, Departamento de Santa Ana, y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con el art. 543

del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,

ACUERDA: aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad

el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado

por el señor Presidente de la República). EL VICEMINISTRO DE

GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro Nº 5886)

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

NUMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS. LIBRO TERCERO. En laciudad de San Salvador, a las diez horas del día diecinueve de abril delaño dos mil dos.- ANTE MI, CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,Notario, de este domicilio, comparece el señor EDGAR OSMIN ROSA-LES, quien es de cuarenta y cuatro años de edad, empleado, del domiciliode Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, a quien ahora conozcoe identifico por medio de su Cédula de Identidad Personal Número ceroocho- once- cero cero cero mil ciento sesenta, Y ME DICE: que en sucalidad de Presidente de la Asociación Amigos de la Cultura y elDesarrollo Local, tal como lo comprueba con la Certificación original delActa de Constitución Número uno, celebrada en la ciudad de Santa MaríaOstuma, Departamento de La Paz, a las diez horas del día dieciséis demarzo del año dos mil dos, que me presenta para su protocolización, lacual literalmente DICE: "El Infrascrito Secretario de la AsociaciónAmigos de la Cultura y el Desarrollo Local, CERTIFICA: que a folio unoy siguientes del libro de Actas que la Asociación lleva, se encuentra la queliteralmente DICE: "ACTA NUMERO UNO.- En la ciudad de SantaMaría Ostuma, Departamento de La Paz, a las diez horas del día dieciséisde marzo de dos mil dos, reunidos los abajo firmantes: ROSA ARBELICAMURCIA RAMOS, de veinte años de edad, estudiante, con Cédula deIdentidad Personal Número cero ocho- once- cero cero cero cinco miltrescientos noventa; ROSA DEL CARMEN NAVIDAD DE DIAZ, decincuenta y cuatro años de edad, Profesora, con Cédula de IdentidadPersonal Número ocho-once- cero cero cero cero ochocientos dos;AQUILINO DIAZ HERNANDEZ, de cincuenta y cinco años de edad,empleado, con Cédula de Identidad Personal Número cero ocho- once-cero cero cero cuatro mil cuatrocientos diez; MAURICIO ERNESTOCUELLAR ZEPEDA, de veintisiete años de edad, empleado, con Cédulade Identidad Personal Número cero ocho- once- cero cero cero cuatro milcuatrocientos treinta y cuatro; MARIA LUISA GUEVARA DE PEREZ,de cincuenta y seis años de edad, doméstica, con Cédula de IdentidadPersonal Número cero ocho- once- cero cero mil trescientos ochenta ytres; JORGE ALBERTO LOVATO RIVERA, de cuarenta y cuatro añosde edad, carpintero, con Cédula de Identidad Personal Número ceroocho-once-cero cero mil cuatrocientos diecinueve; JOSE EMILIO CAS-TO GARCIA, conocido por JOSE EMILIO CHAVEZ GARCIA, desesenta y nueve años de edad, agricultor en pequeño, con Cédula deIdentidad Personal Número ocho-once- cero cero mil novecientos cua-renta y siete; EDGAR OSMIN ROSALES, de cuarenta y tres años deedad, empleado, con Cédula de Identidad Personal Número cero ocho-once- cero cero cero mil ciento sesenta; ambos del domicilio de SantaMaría Ostuma, Departamento de La Paz; JOSE ALEJANDRO CORTEZMENJIVAR, de cuarenta y nueve años de edad, Licenciado en Cienciasde la Educación, con Cédula de Identidad Personal Número cero ocho-cero uno- cero cero cero cero ciento ochenta y tres; INES OVIDIOGONZALEZ, de cuarenta y dos años de edad, profesor, con Cédula deIdentidad Personal Número cero ocho- cero uno- cero cero cero siete miltrescientos setenta y cinco, ambos del domicilio de Zacatecoluca, Depar-tamento de La Paz; RICARDO FRANCISCO FLORES CABRERA, detreinta y siete años de edad, estudiante, con Cédula de Identidad PersonalNúmero cero uno- cero uno- cero cuatrocientos quince mil trescientosnoventa y seis; FERNANDO FELIX PORTILLO, de cuarenta y sieteaños de edad, empleado, con Cédula de Identidad Personal Número cerouno- cero uno- ciento trece mil cuarenta y seis; EUFEMIO LOVATORIVERA, de cuarenta y dos años de edad, contador, con Cédula deIdentidad Personal Número cero uno- cero uno- cero noventa y nueve mildoscientos sesenta y ocho, ambos del domicilio de San Salvador,Departamento de San Salvador; ROBERTO ARTURO CAÑAS CAM-POS, de cuarenta años de edad, contador, del domicilio de San Jorge,Departamento de San Miguel, con Cédula de Identidad Personal Númerocero tres- diez- cero cero cuatro mil quinientos ochenta y nueve; ELVI

ISAI ROSALES, de cuarenta y un años de edad, profesor, del domiciliode Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, con Cédula deIdentidad Personal Número cero cuatro- cero uno- cero cero setenta y seismil ciento noventa y tres; MAGNO HIPOLITO AZMITIA RAMOS, detreinta y un años de edad, empleado, del domicilio de Nueva SanSalvador, Departamento de La Libertad, con Cédula de Identidad Perso-nal Número cero cuatro- cero uno- cero cero ochenta y un mil novecien-tos veinticinco y MARIA HERCILIA MELGAR FLORES ESTRADA,de cuarenta y cuatro años de edad, secretaria, del domicilio de Soyapan-go, Departamento de San Salvador, con Cédula de Identidad PersonalNúmero uno-cuatro- cero setenta y un mil setecientos cuarenta y uno. Porunanimidad tomamos los siguientes acuerdos: PRIMERO: crear unaAsociación de carácter, apolítica, no lucrativa, no religiosa, con elnombre de ASOCIACION AMIGOS DE LA CULTURA Y EL DEDESARROLLO LOCAL. SEGUNDO: por unanimidad aprobamos ín-tegramente los Estatutos que regirán a la Asociación, los cuales constande cincuenta y ocho artículos que se transcriben a continuación: ESTA-TUTOS DE LA ASOCIACION AMIGOS DE LA CULTURA Y ELDESARROLLO LOCAL. CAPITULO UNO: DE LA CONSTITU-CION, DENOMINACION Y DOMICILIO. ARTICULO UNO: laAsociación que se constituye estará regulada por el artículo siete de laConstitución de la República y la Ley de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro, de estos Estatutos y demás disposiciones legales aplica-bles y se denominará “ASOCIACION AMIGOS DE LA CULTURA YEL DESARROLLO LOCAL”, la cual podrá abreviarse: ACUDEL. Quede aquí en adelante en estos Estatutos será llamada la Asociación y tendrásu domicilio legal en la Ciudad de Santa María Ostuma, Departamentode La Paz, y desarrollará sus actividades en todo el Territorio Nacional.CAPITULO DOS. DE LA NATURALEZA Y EL OBJETO. ARTI-CULO DOS: la Asociación es de naturaleza apolítica, sin fines de lucro,de carácter permanente, democrática, no religiosa y tendrá por objeto: a)Identificar y contribuir a resolver los problemas culturales de las Comu-nidades y Municipios del Departamento de La Paz. b) Fomentar ygarantizar la participación social de las comunidades, comerciantes,empresarios, organismos gubernamentales, Organizaciones No Guber-namentales en el desarrollo local, mediante la ejecución de las políticasde desarrollo tendientes a superar y eliminar las causas de marginalidadde las comunidades, sectores sociales y económicos, mejorando así lacalidad de o condiciones de vida. c) Promover el desarrollo de losmunicipios y comunidades conjuntamente con los organismos públicoso privados, nacionales e internacionales que participen en los correspon-dientes programas de desarrollo económico y social del Departamento deLa Paz. d) Impulsar un proceso de formación y capacitación mediante elcual se desarrollen facultades y capacidades de las personas que habitanen el Departamento de La Paz. e) Contribuir al desarrollo integral de lapersona humana, de la familia, de la comunidad, de los municipios delDepartamento de La Paz y de otros que así lo soliciten. f) Fomentar elespíritu de solidaridad, cooperación mutua entre vecinos, grupos, yentidades representativas locales, Departamentales, Regionales y Nacio-nales. g) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo localy regional que desarrollen las municipalidades y el gobierno central, enbeneficio de los habitantes del Departamento de La Paz. h) Trabajar enel Desarrollo Integral Sostenible y Sustentable del Departamento de LaPaz, procurando beneficiar principalmente a los sectores más vulnera-bles. ARTICULO TRES: el plazo de la Asociación será por tiempoindefinido, sin embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera delas causas previstas en la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Finesde Lucro y estos Estatutos. CAPITULO TRES. DE LA DIRECCION.ARTICULO CUATRO: la Dirección de la Asociación estará a cargo dela Asamblea General y de la Junta Directiva. La Administración corres-ponderá a la Presidencia o a quien designe la misma Junta Directiva.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

CAPITULO CUATRO. DE LOS ASOCIADOS. ARTICULO CIN-CO: los Asociados podrán ser: a) Fundadores, b) Activos, c) Honorarios:son Asociados Fundadores: todas aquellas personas naturales que firmenla Escritura Pública de Constitución de la Asociación. Son AsociadosActivos: todas aquellas personas naturales o jurídicas que obtengan suingreso a la misma conforme lo establecido en estos Estatutos y asistanperiódicamente a las Asambleas Generales. Son Asociados Honorarios:aquellas Personas Naturales o Jurídicas que realizan una destacada laboren los Departamentos de El Salvador o dando ayuda significativa a laAsociación y que la Asamblea General les conceda tal calidad a propues-ta de la Junta Directiva. ARTICULO SEIS: para ser Asociado Activo sonrequisitos: ser mayor de dieciocho años, con residencia o ser originariode cualquiera de los Departamentos de El Salvador, ser de buenaconducta y admitido por acuerdo de la Junta Directiva previa solicitud delinteresado; en caso de ser una Persona Jurídica se deberá presentar laacreditación Legal a través del respectivo Poder General Judicial yAdministrativo con cláusula especial, donde conste tal acreditación y susrespectivos Estatutos aprobados por autoridad competente. ARTICULOSIETE: las personas naturales o Jurídicas, interesadas en ingresar a laAsociación deberán llenar una hoja de afiliación dirigida a la JuntaDirectiva, en la que manifiesten o soliciten la voluntad de pertenecer a laAsociación y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículoanterior.- La Junta Directiva comprobará que los datos en la hoja deafiliación sean correctos; si así fuere, procederá a incorporar al interesa-do o la interesada, quien será juramentado en el pleno de la AsambleaGeneral. ARTICULO OCHO: la Asociación deberá contar con un librode registro de los miembros, en el cual habrá una sección para Activos yotra para Honorarios. En cada asiento se indicará el Nombre y lasGenerales del Suscrito a saber: edad, residencia, Número de Cédula deIdentidad Personal o Número de Documento Unico de Identidad, fechade ingreso, origen o nacimiento, etc.. ARTICULO NUEVE: son dere-chos o facultades de los Asociados: a) Participar con voz y voto en lasAsambleas Generales, b) Presentar mociones y sugerencias a la Asam-blea General encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarro-llo de la Asociación; c) Retirarse voluntariamente de la Asociaciónpresentando su justificación ante la Asamblea General, d) Elegir y serelecto para desempeñar cargos de la Junta Directiva; e) Solicitar yobtener de la Junta Directiva información sobre el funcionamiento y losproyectos de la Asociación, f) Todos los demás que les confieren estosEstatutos y otras leyes afines. ARTICULO DIEZ: son deberes de losAsociados: a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados, b)Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General previaconvocatoria en legal forma; c) Desempeñar con responsabilidad, efi-ciencia y honradez, los cargos para los cuales fueran electos o nombradosy desempeñar a cabalidad las comisiones que se haya comprometidorealizar; d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar laarmonía, las actividades y en general, los objetivos de la Asociación, e)Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos y en el Regla-mento Interno; obedecer y velar porque se respeten las disposiciones dela Asamblea General y la Junta Directiva, siempre que estén relacionadoscon los fines de la Asociación; f) Estar solventes con las cuotas mensua-les aprobadas por la Asamblea General. ARTICULO ONCE: la calidadde Asociado se perderá por retiro voluntario, expulsión o muerte.ARTICULO DOCE: el retiro voluntario podrá ser EXPRESO o TACI-TO, será expreso: cuando el Asociado lo solicite por escrito o verbalmen-te a la Asamblea General; y será tácito: cuando el asociado se ausente porun período de tres meses sin expresión de motivo o causa de los lugaresdonde la Asociación tenga presencia. ARTICULO TRECE: los miem-bros de la Asociación podrán ser expulsados de la misma, según lascausas siguientes: a) Mala conducta notoria que ocasionase perjuicios ala Asociación o a las comunidades en general, b) Negarse o abandonar

sin motivo justificado al desempeño de los cargos en elección o comisio-nes que le hubiesen encomendado la Asamblea General o la JuntaDirectiva siempre que éstos hubiesen sido aceptados; c) Obtener pormedios o negociaciones fraudulentas beneficios de la Asociación para sío para terceros, d) Incumplimiento de las leyes, Ordenanzas, ReglamentoInterno, Estatutos, y disposiciones de la Asamblea General y JuntaDirectiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación,e) Por el uso de estupefacientes. ARTICULO CATORCE: cuando unasociado se encontrase en cualquiera de las causas de expulsión estable-cidas se le prevendrá por escrito para que no incurra nuevamente en ellas,por parte de la Junta Directiva pero al insistir se podrá acordar suexpulsión. El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo porescrito ante la misma Junta Directiva quien deberá dar su fallo definitivoa los tres días de haber recurrido el Asociado. De todo esto se hará uninforme que se leerá en Asamblea General. CAPITULO CINCO. DELA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO QUINCE: la AsambleaGeneral es la autoridad máxima y estará constituida por todos losAsociados inscritos en el registro de la Asociación. ARTICULO DIECI-SEIS: la Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria y extraor-dinaria. Serán ordinarias las reuniones de Asamblea General cuando serealice en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones setratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan losAsociados. Serán extraordinarias las reuniones de Asamblea General alcelebrarse éstas en fechas distintas, para tratar el punto específico paralos cuales hubiese sido convocada. Las discusiones y decisiones quetomasen con relación a puntos no incluidos en la convocatoria no tendránen ningún caso validez. ARTICULO DIECISIETE: las reuniones deAsamblea General ordinaria deberán celebrarse una vez al año y Extraor-dinariamente cuando sean convocadas por la Junta Directiva por inicia-tiva propia o al menos por la mitad de los Asociados. ARTICULODIECIOCHO: las convocatorias para reuniones Ordinarias o Extraordi-narias de Asambleas Generales las hará el Presidente junto con elSecretario de la Junta Directiva por medio de dos avisos, siendo elprimero con diez días y el segundo con cinco días de anticipación a lafecha de su realización. Si la sesión no se celebrase en el día y horaseñalados en la convocatoria por falta de quórum, fuerza mayor o casofortuito se hará una nueva convocatoria dentro de los cinco días siguien-tes y las resoluciones se tomarán con los votos de las tres cuartas partesdel quórum establecido. ARTICULO DIECINUEVE: las convocatoriasindicarán el día, lugar y hora en que habrá de celebrarse la AsambleaGeneral, y en caso de reunión Extraordinaria deberá incluirse la agendapropuesta. ARTICULO VEINTE: cuando un Asociado no pueda asistira la reunión ordinaria o Extraordinaria de la Asamblea General, podrádelegar su voto a otro Asociado para que lo represente, debiendo hacerconstar por escrito ante la Junta Directiva que delega el voto, cadaAsociado solamente podrá aceptar una representación. ARTICULOVEINTIUNO: las disposiciones en reuniones Ordinarias o Extraordina-rias de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con lamitad más uno de los votos a favor. ARTICULO VEINTIDOS: sonatribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir a losmiembros de la Junta Directiva, b) Recibir los informes de trabajo,aprobar y denegar el estado financiero de la Asociación; c) Destituir porcausas justificadas y legalmente comprobadas a los miembros en plenode la Junta Directiva y elegir a los sustitutos de conformidad a lo queprescriben estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Ley de Asociacio-nes y Fundaciones sin Fines de Lucro; d) Solicitar a la Junta Directiva losinformes contables formales pertinentes, con el objeto de llevar una sanaadministración de la Asociación, pudiendo nombrar un Auditor; e)Aprobar, reformar y derogar los Estatutos, plan de trabajo, ReglamentoInterno y el respectivo presupuesto anual de la Asociación, f) Otorgar lacalidad de Miembros; g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, El

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Reglamento Interno, la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro y demás normas que se dicten para el buen desarrollo de laAsociación; h) El patrimonio está destinado exclusivamente a la conse-cución de los fines de la Asociación y no pertenece a las personasNaturales o Jurídicas que la integran, decidiendo sobre la compra y ventade los bienes de la Asociación. CAPITULO SEIS. DE LA JUNTADIRECTIVA. ARTICULO VEINTITRES: la Junta Directiva de laAsociación dirigirá y administrará todo sobre la Asociación y estaráformada por: un Presidente; un Vicepresidente; un Secretario, unProsecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Síndico, un Prosíndico ydos Vocales. ARTICULO VEINTICUATRO: serán atribuciones de laJunta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, ReglamentoInterno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la mismaJunta Directiva, b) Cumplir y velar porque se respeten los Acuerdos ydisposiciones de la Asamblea General; c) Hacer la calificación previa delos casos de retiro voluntario y expulsión de los Asociados, tal como enlos casos de destitución individual de los miembros de la Junta Directiva,d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asociación preserván-dolo o ampliándolo; e) Proteger y velar porque se cumpla el presupuestoanual que la Asamblea General haya aprobado para el ejercicio corres-pondiente, f) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio de lasComunidades, g) Convocar a reuniones Ordinarias o Extraordinarias deAsamblea General, de acuerdo a lo establecido en estos Estatutos y elReglamento Interno; h) Constituir Comités de apoyo de la Asociación,para impulsar el desarrollo Comunal y agilizar el funcionamiento de losmismos; i) Mantener relaciones con Organismos del Estado, la Munici-palidad y entidades privadas Nacionales o Extranjeras con el objeto debuscar el apoyo de las mismas para los proyectos de la Asociación,pudiendo firmar convenios; j) Vigilar el cumplimiento de los deberes yobligaciones de los Asociados y todas las demás atribuciones que leseñalen estos Estatutos y las leyes de la República. ARTICULO VEIN-TICINCO: la Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez cadaquince días y Extraordinariamente cuando se considere necesario asolicitud del Presidente o más de tres miembros de la misma. ARTICU-LO VEINTISEIS: las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadaspor lo menos por cinco de sus Miembros, en caso de empate, el Presidenteo quien lo represente tendrá voto de calidad. ARTICULO VEINTISIE-TE: el período de función de los cargos de la Directiva será de dos años,a partir de la fecha en que tomen posesión de sus cargos, la elección delos Miembros de la Junta Directiva se realizará quince días antes de queconcluya el período para el que han sido electos. ARTICULO VEINTIO-CHO: los Miembros de la Junta Directiva podrán ser electos para ocuparel mismo cargo, en forma alterna, por un período igual. Ningún Asociadopodrá ser elegido para integrarla, por tres períodos consecutivos. ARTI-CULO VEINTINUEVE: para ser Directivo se requiere tener la edad dedieciocho años, no así el Presidente y el Síndico quienes deberán sermayores de veintiún años. Los Miembros de la Junta Directiva deberánser electos en sesión de Asamblea General Extraordinaria por mayoríasimple. ARTICULO TREINTA: la Junta Directiva podrá ser destituidaen pleno o individualmente, por faltas graves de cualquier naturaleza enel ejercicio de sus funciones. la destitución individual procederá despuésde tres amonestaciones por faltas leves, y a la primera cuando se trate defalta grave. ARTICULO TREINTA Y UNO: serán faltas leves: a) Faltade espíritu de servicio, b) Inasistencia continua e injustificada a lassesiones de Junta Directiva o Asamblea General; c) Indisciplina eincumplimiento de las funciones y comisiones designadas, así comodurante el desarrollo de las sesiones de Junta Directiva o AsambleaGeneral. ARTICULO TREINTA Y DOS: se considerará falta grave,cuando se compruebe fehacientemente que la afiliación de un Directivoes perjudicial a los intereses de la Asociación. ARTICULO TREINTAY TRES: son atribuciones del Presidente: a) Representar Judicial y

Extrajudicial a la Asociación, en forma conjunta con el Síndico, pudien-do otorgar poderes previa autorización o acuerdo de Junta Directiva. b)Presidir y convocar juntamente con el Secretario las sesiones de JuntaDirectiva y de la Asamblea General, orientando sus deliberaciones. c)Coordinar las actividades que realicen las diferentes Secretarías y susrespectivos comités de apoyo. d) Firmar los documentos de pago deTesorería y autorizar los gastos de la Asociación. e) Elaborar la agendaa tratar en las diferentes sesiones y presentar los informes correspondien-tes, f) Velar porque se mantenga el orden y la disciplina de los Asociadosen las Asambleas que se realicen. g) Velar porque se cumplan todos losacuerdos tomados en Asamblea General o Junta Directiva. h) Gozar delvoto de calidad en las diferentes Asambleas Generales que se realicen alexistir empate al momento de tomar decisiones. i) Todas las demásatribuciones que le señalen estos Estatutos, el Reglamento Interno y laLey de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. ARTICULOTREINTA Y CUATRO: son atribuciones del Vicepresidente: a) Colabo-rar con el Presidente en el desempeño de sus funciones. b) Sustituir alPresidente en caso de ausencia, renuncia, remoción o impedimento deéste, previo acuerdo de Junta Directiva. c) Las demás que le asignen estosEstatutos, y la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.ARTICULO TREINTA Y CINCO: son atribuciones del Secretario: a)Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea General y la JuntaDirectiva, b) Extender las credenciales y certificaciones de la Asociaciónque sean necesarias. c) Llevar el archivo de la Asociación. d) Enviar a losasociados las convocatorias firmadas por el Presidente y Secretario asesiones de Asamblea General y Junta Directiva. e) Llevar los registrosde los asociados. f) Recibir y despachar la correspondencia de laAsociación. g) Establecer el quórum en las Asambleas Generales Ordi-narias y Extraordinarias, de acuerdo a lo que prescriben los artículosdieciocho y veintiuno de estos Estatutos. h) Las demás que por razonesde su cargo le competen. ARTICULO TREINTA Y SEIS: son atribucio-nes del Prosecretario: a) Colaborar activamente con la Junta Directiva,b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia, c) Las demás que le asignela Asociación. ARTICULO TREINTA Y SIETE: son atribuciones delTesorero: a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en lainstitución Bancaria que la Junta Directiva señale. b) Firmar con elPresidente los cheques y documentos de gastos de la Asociación debida-mente aprobados. c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de laAsociación y presentarlo a la Junta Directiva. d) Llevar los libros decontabilidad al día, que fueren necesarios. e) Presentar mensualmente ala Junta Directiva un informe de los ingresos y egresos de la Asociación,f) Presentar balance de la situación Financiera de la Asociación g)Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por la Asociación ypresentarlos a la Junta Directiva las veces que ésta lo requiera. h) Lasdemás que por razones de su cargo le corresponden. ARTICULOTREINTA Y OCHO: son atribuciones del Protesorero a) Colaboraractivamente con la Junta Directiva, b) Sustituir al Tesorero en caso deausencia. ARTICULO TREINTA Y NUEVE: son atribuciones delSíndico: a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación enforma conjunta con el Presidente o separadamente, b) Velar especial-mente por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y dela Asamblea General, de los Estatutos y el Reglamento Interno de laAsociación, c) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos yReglamento Interno de la Asociación, d) Las demás que le señale laAsamblea General y la Junta Directiva. ARTICULO CUARENTA: sonatribuciones del Prosíndico: a) Colaborar activamente con la JuntaDirectiva, b) Sustituir al Síndico en caso de ausencia, c) Las demás quele asigne la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y UNO: son atribu-ciones de los Vocales: a) Colaborar con los demás miembros de la JuntaDirectiva. b) Desempeñar las comisiones que les asigne la AsambleaGeneral y la Junta Directiva, pudiendo sustituir a miembros de la misma.

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

c) Las demás que señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de laAsociación. CAPITULO SIETE. DEL PATRIMONIO DE LA ASO-CIACION. ARTICULO CUARENTA Y DOS: el patrimonio de laAsociación estará constituido por: a) Las cuotas que aporten los asocia-dos, que sean aprobadas en Asamblea General, b) Los aportes extraordi-narios que provengan de diversas fuentes, c) Los ingresos provenientesde toda actividad realizada para recaudar fondos para la Asociación, d)Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan con laadministración de la misma, así como las provenientes de donaciones,herencias y legados; y estarán destinados exclusivamente a los fines dela Asociación. ARTICULO CUARENTA Y TRES: el Presidente y elTesorero tendrán que responder personalmente y solidariamente por losmovimientos de cuentas bancarias de la Asociación, cuando se excedande los límites de sus cargos. CAPITULO OCHO. DEL CONTROL YFISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA. ARTICULO CUA-RENTA Y CUATRO: los integrantes de la Junta Directiva tienen laobligación de rendir informes de sus actuaciones a la Asamblea General.CAPITULO NUEVE. DE LA MODIFICACION DE LOS ESTA-TUTOS. ARTICULO CUARENTA Y CINCO: la modificación yrenovación de los Estatutos podrá acordarse en Asamblea GeneralExtraordinaria, con el voto de la mitad más uno de los afiliados de laAsociación. ARTICULO CUARENTA Y SEIS: tendrán iniciativa parasolicitar la modificación de los Estatutos: la Asamblea General y la JuntaDirectiva. En el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de losafiliados activos presentar su petición por escrito a la Junta Directiva, yen el segundo caso, la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de laAsamblea General. CAPITULO DIEZ. DISOLUCION Y LIQUIDA-CION DE LA ASOCIACION. ARTICULO CUARENTA Y SIETE:Esta Asociación podrá disolverse mediante acuerdo tomado en Asam-blea General Extraordinaria por mayoría absoluta de los afiliados presen-tes. ARTICULO CUARENTA Y OCHO: serán causales para disolveresta Asociación, las siguientes: a) Por la disminución del número de susafiliados en un cincuenta por ciento, b) Por la imposibilidad de realizarlos fines para los cuales fue constituida, c) Cuando desarrolle actividadesanárquicas o contrarias a la democracia, orden público, a la moral o lasbuenas costumbres; y d) Cuando su funcionamiento no se ajuste a lospreceptos legales. ARTICULO CUARENTA Y NUEVE: el acuerdo dedisolución debe tomarse por mayoría absoluta de los afiliados asistentesa la Asamblea, el cual deberá ser comunicado al Registro de Asociacio-nes y Fundaciones Sin Fines de Lucro, del Ministerio del Interior, por laJunta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fuetomado, remitiéndose además, una certificación del acta respectiva.ARTICULO CINCUENTA: al disolverse la Asociación deberá integrar-se una comisión liquidadora que estará integrada por dos representantesde la Asociación, quienes tendrán un plazo de noventa días para realizarla liquidación. ARTICULO CINCUENTA Y UNO: la Junta Directiva dela Asociación, en el proceso de liquidación está obligada a poner adisposición de la Comisión Liquidadora todos los libros y documentos yrendir los informes y explicaciones que les soliciten. ARTICULOCINCUENTA Y DOS: la Comisión Liquidadora una vez concluido sutrabajo remitirá al Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines deLucro del Ministerio del Interior los documentos pertinentes y uninforme detallado de su gestión. Así como asegurará que los bienesmuebles e inmuebles y todo lo que corresponde a la Asociación seantransferidos a los Centros Educativos del Municipio de Santa MaríaOstuma, Departamento de La Paz. CAPITULO ONCE. DISPOSI-CIONES GENERALES. ARTICULO CINCUENTA Y TRES: laAsociación podrá utilizar sus propios recursos u obtenerlos de otrasfuentes como aportes, donaciones, prestamos, etc., para llevar a cabo susproyectos, estando obligada a informar a las autoridades locales quesoliciten el origen de los recursos. ARTICULO CINCUENTA Y CUA-

TRO: esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer constar susactuaciones foliados y sellados con una razón de apertura que contendráel objeto del libro, número de folios, firmados y sellados por el Secretariode Actas de la Junta Directiva. Terminado el libro o libros, se pondrá unarazón de cierre que sellará el mismo Secretario de Actas. ARTICULOCINCUENTA Y CINCO: los cargos de la Junta Directiva son adhonorem, sin embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva oAsociado trabaje en actividades a tiempo completo o particulares yeventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencio-nal o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten.ARTICULO CINCUENTA Y SEIS: toda Junta Directiva saliente podráformar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que seelija conforme a estos Estatutos, no pudiendo integrar el mismo, aquellosmiembros a quienes se les haya comprobado una conducta viciada o porhaber administrado inadecuadamente los fondos y donaciones hechas aesta Asociación. ARTICULO CINCUENTA Y SIETE: la Junta Direc-tiva saliente deberá rendir cuentas circunstanciadas y documentadas a laJunta Directiva entrante sobre sus actividades realizadas y pendientes,durante su gestión administrativa. El informe a que se refiere el incisoanterior, debe ser rendido por escrito, firmado y sellado por todos losmiembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar el primer mes defunción de la nueva Junta Directiva. ARTICULO CINCUENTA YOCHO: estos Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de supublicación en el Diario Oficial.- TERCERO: por unanimidad se eligióal gobierno de la Asociación, el cual quedó integrado de la siguientemanera: EDGAR OSMIN ROSALES, Presidente; JOSE ALEJANDROCORTEZ MENJIVAR, Vicepresidente; INES OVIDIO GONZALEZ,Síndico, LEONEL ANTONIO AZUCENA, Prosíndico; ROBERTOARTURO CAÑAS CAMPOS, Secretario, ROSA ARBELICA MUR-CIA RAMOS, Prosecretaria; MAGNO HIPOLITO AZMITIA RAMOS,Tesorero, MARIA HERCILIA MELGAR FLORES ESTRADA,Protesorera; WILFREDO LIBERATO CABRERA, Primer Vocal yRICARDO FRANCISCO CABRERA, como Segundo Vocal. No ha-biendo nada más que hacer constar, se da por terminada la presente, quefirmamos: "ROSA. A. MURCIA. R." "ROSA DEL CARMEN NAVI-DAD." "A. DIAZ. H." "MAURICIO. E. Z." "M. L. G. DE PEREZ." "J.A. L. R." "J. E. C. G." "E. O. ROSALES". "J. A. M." "I. O.GONZALEZ." "R. F. CABRERA." "F. F. PORTILLO." "E. L.RIVERA." "R. A. CAÑAS." "E. I. R." "M. H. AZMITIA. R.""ILEGIBLE" "W. L. CABRERA." "M. E. M. F. ESTRADA." ESCONFORME con su original con el cual se confrontó y para serpresentada al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro, del Ministerio del Interior, extiendo la presente en la ciudad deSanta María Ostuma, Departamento de La Paz, a los diecinueve días delmes de abril de dos mil dos." "Hay una firma que se lee "R. A. CAÑAS",SECRETARIO. YO EL SUSCRITO NOTARIO HAGO CONSTAR:que el documento de la presente protocolización lo agregaré al legajo deanexos de mi protocolo, de conformidad con el artículo cincuenta y sietede la Ley del Notariado, por estar de acuerdo el compareciente en ello.Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales delpresente instrumento y leído que le hube lo escrito, íntegramente, en unsolo acto ratifica su contenido y firmamos. DOY FE.

CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,

NOTARIO.

PASO ANTE MI del folio DOSCIENTOS NOVENTA Y CUA-TRO FRENTE al folio TRESCIENTOS TRES FRENTE del LIBROTERCERO DE MI PROTOCOLO, vigente hasta el día diecinueve de

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

abril del año dos mil dos.- Extiendo, sello y firmo el presente TESTIMO-

NIO en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril

del año dos mil dos, y para ser entregado a la ASOCIACION AMIGOS

DE LA CULTURA Y EL DESARROLLO LOCAL.

CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,

NOTARIO.

NUMERO SESENTA Y CINCO. LIBRO CUARTO. RECTIFICA-

CION.- En la ciudad de San Salvador a las dieciséis horas con quince

minutos del día diecinueve de noviembre del año dos mil dos.- ANTE

MI, CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA, Notario, de este domici-

lio, comparece el señor EDGAR OSMIN ROSALES, quien es de

cuarenta y cuatro años de edad, empleado, del domicilio de Santa María

Ostuma, Departamento de La Paz, a quien ahora conozco e identifico por

medio de su Cédula de Identidad Personal Número cero ocho- once- cero

cero cero mil ciento sesenta, Y ME DICE: que ante mis oficios notariales

al número ciento cuarenta y seis, de mi Libro Tercero, en la ciudad de San

Salvador a las diez horas del día diecinueve de abril del presente año, el

señor EDGAR OSMIN ROSALES, de generales antes expresadas, en su

calidad de Presidente de la Asociación Amigos de la Cultura y el

Desarrollo Local, tal como lo comprobó en esa época con la Certificación

original del Acta de Constitución número uno, celebrada en la ciudad de

Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, a las diez horas del día

dieciséis de marzo del año dos mil dos y que fue agregada para su

protocolización, en ese libro es que viene a Rectificar el Acta de

Constitución, para su debida inscripción en el Registro de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro, en el sentido siguiente: a) El artículo

dos lo sustituye por el siguiente: "ARTICULO DOS: la Asociación es de

naturaleza apolítica, sin fines de lucro, de carácter permanente, democrá-

tica, no religiosa y tendrá por objeto: a) Identificar y contribuir a resolver

los problemas culturales de las Comunidades y Municipios del Departa-

mento de La Paz. b) Fomentar y garantizar la participación social de las

comunidades, comerciantes, empresarios, organismos gubernamenta-

les, Organizaciones no Gubernamentales en el desarrollo local, mediante

la ejecución de las políticas de desarrollo tendientes a superar y eliminar

las causas de marginalidad de las comunidades, sectores sociales y

económicos, mejorando así la calidad de o condiciones de vida. c)

Promover el desarrollo de los municipios y comunidades conjuntamente

con los organismos públicos o privados, nacionales e internacionales que

participen en los correspondientes programas de desarrollo económico y

social del Departamento de La Paz. d) Impulsar un proceso de formación

y capacitación mediante el cual se desarrollen facultades y capacidades

de las personas que habitan en el Departamento de La Paz. e) Contribuir

al desarrollo integral de la persona humana, de la familia, de la comuni-

dad, de los municipios del Departamento de La Paz y de otros que así lo

soliciten. f) Fomentar el espíritu de solidaridad, cooperación mutua entre

vecinos, grupos y entidades representativas locales, Departamentales,

Regionales y Nacionales. g) Trabajar en forma armónica con los planes

de desarrollo local y regional que desarrollen las municipalidades y el

Gobierno Central, en beneficio de los habitantes del Departamento de La

Paz. h) Trabajar en el Desarrollo Integral Sostenible y Sustentable del

Departamento de La Paz, procurando beneficiar principalmente a los

sectores más vulnerables". El artículo doce lo sustituye por el siguiente:

"ARTICULO DOCE: el retiro voluntario podrá ser EXPRESO o TACI-

TO, será EXPRESO: cuando el asociado lo solicite por escrito o verbal-

mente a la Asamblea General y será TACITO: cuando el asociado se

ausente por un período de tres meses sin excepción de motivo o causa de

los lugares donde la Asociación tenga presencia". El artículo veinticuatro

lo sustituye por el siguiente: "ARTICULO VEINTICUATRO: serán

atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir estos

Estatutos, Reglamentos Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asam-

blea General y de la misma Junta Directiva, b) Cumplir y velar porque se

respeten los acuerdos y disposiciones de la Asamblea General; c) Hacer

la calificación previa de los casos de retiro voluntario y expulsión de los

Asociados, tal como en los casos de destitución individual de los

miembros de la Junta Directiva. d) Administrar con honestidad el

patrimonio de la Asociación preservándolo o ampliándolo; e) Proteger y

velar porque se cumpla el presupuesto anual que la Asamblea General

haya aprobado para el ejercicio correspondiente, f) Coordinar e impulsar

las actividades en beneficio de las comunidades, g) Convocar a reuniones

ordinarias o extraordinarias de Asamblea General, de acuerdo a lo

establecido en estos Estatutos y el Reglamento Interno; h) Constituir

Comités de Apoyo de la Asociación, para impulsar el desarrollo comunal

y agilizar el funcionamiento de los mismos; i) Mantener relaciones con

Organismos del Estado, la Municipalidad y entidades privadas naciona-

les o extranjeras con el objeto de buscar el apoyo de las mismas para los

proyectos de la Asociación, pudiendo firmar convenios; j) Vigilar el

cumplimiento de los deberes y obligaciones de los Asociados y todas las

demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y las leyes de la

República. Así mismo EL SUSCRITO NOTARIO ADVIERTE: la

obligación que tiene de Registrar el instrumento otorgado al Número

ciento cuarenta y seis, del Libro Tercero de mi protocolo, en la ciudad de

San Salvador a las diez horas del día diecinueve de abril del presente año,

en el respectivo Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, del Ministerio de Gobernación, de acuerdo al Artículo noventa y

uno, de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.- Así

se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales del

presente instrumento; y leído que le hube lo escrito, íntegramente en un

solo acto ratifica su contenido y firmamos. DOY FE.- ENMENDADO-

ROSALES-VALE.

CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,

NOTARIO.

PASO ANTE MI del folio NOVENTA Y SIETE FRENTE al folio

NOVENTA Y OCHO VUELTO del LIBRO CUARTO DE MI PROTO-

COLO, vigente hasta el día veinte de mayo del año dos mil tres.-

Extiendo, sello y firmo el presente TESTIMONIO en la ciudad de San

Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil dos.

Y para ser entregado a la Asociación Amigos de la Cultura y el Desarrollo

Local.

CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,

NOTARIO.

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION AMIGOS DE LA

CULTURA Y EL DESARROLLO LOCAL

CAPITULO UNO

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO.

ARTICULO UNO: La Asociación que se constituye estará regula-da por el artículo siete de la Constitución de la República y la Ley deAsociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, de estos Estatutos ydemás disposiciones legales aplicables y se denominará “ASOCIA-CION AMIGOS DE LA CULTURA Y EL DESARROLLO LOCAL”,la cual podrá abreviarse: ACUDEL. Que de aquí en adelante en estosEstatutos será llamada la Asociación y tendrá su domicilio legal en laCiudad de Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, y desarrollarásus actividades en todo el Territorio Nacional. .

CAPITULO DOS

DE LA NATURALEZA Y EL OBJETO

ARTICULO DOS: La Asociación es de naturaleza apolítica, sinfines de lucro, de carácter permanente, democrática, no religiosa y tendrápor objeto: a) Identificar y contribuir a resolver los problemas culturalesde las Comunidades y Municipios del Departamento de La Paz. b)Fomentar y garantizar la participación social de las comunidades, comer-ciantes, empresarios, organismos gubernamentales, Organizaciones NoGubernamentales en el desarrollo local, mediante la ejecución de laspolíticas de desarrollo tendientes a superar y eliminar las causas demarginalidad de las comunidades, sectores sociales y económicos,mejorando así la calidad de o condiciones de vida. c) Promover eldesarrollo de los municipios y comunidades conjuntamente con losorganismos públicos o privados, nacionales e internacionales que parti-cipen en los correspondientes programas de desarrollo económico ysocial del Departamento de La Paz. d) Impulsar un proceso de formacióny capacitación mediante el cual se desarrollen facultades y capacidadesde las personas que habitan en el Departamento de La Paz. e) Contribuiral desarrollo integral de la persona humana, de la familia, de la comuni-dad, de los municipios del Departamento de La Paz y de otros que así losoliciten. f) Fomentar el espíritu de solidaridad, cooperación mutua entrevecinos, grupos, y entidades representativas locales, Departamentales,Regionales y Nacionales. g) Trabajar en forma armónica con los planesde desarrollo local y regional que desarrollen las municipalidades y elgobierno central, en beneficio de los habitantes del Departamento de LaPaz. h) Trabajar en el Desarrollo Integral Sostenible y Sustentable delDepartamento de La Paz, procurando beneficiar principalmente a lossectores más vulnerables.

ARTICULO TRES: El plazo de la Asociación será por tiempoindefinido, sin embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera delas causas previstas en la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Finesde Lucro y estos Estatutos.

CAPITULO TRES

DE LA DIRECCION

ARTICULO CUATRO: La Dirección de la Asociación estará acargo de la Asamblea General y de la Junta Directiva. La Administracióncorresponderá a la Presidencia o a quien designe la misma Junta Direc-tiva.

CAPITULO CUATRO

DE LOS ASOCIADOS

ARTICULO CINCO: Los Asociados podrán ser: a) Fundadores, b)Activos, c) Honorarios: son Asociados Fundadores: todas aquellaspersonas naturales que firmen la Escritura Pública de Constitución de laAsociación. Son Asociados Activos: todas aquellas personas naturales ojurídicas que obtengan su ingreso a la misma conforme lo establecido enestos Estatutos y asistan periódicamente a las Asambleas Generales. SonAsociados Honorarios: aquellas Personas Naturales o Jurídicas querealizan una destacada labor en los Departamentos de El Salvador odando ayuda significativa a la Asociación y que la Asamblea General lesconceda tal calidad a propuesta de la Junta Directiva.

ARTICULO SEIS: Para ser Asociado Activo son requisitos: sermayor de dieciocho años, con residencia o ser originario de cualquiera delos Departamentos de El Salvador, ser de buena conducta y admitido poracuerdo de la Junta Directiva previa solicitud del interesado; en caso deser una Persona Jurídica se deberá presentar la acreditación Legal a travésdel respectivo Poder General Judicial y Administrativo con cláusulaespecial, donde conste tal acreditación y sus respectivos Estatutosaprobados por autoridad competente.

ARTICULO SIETE: Las personas naturales o Jurídicas, interesa-das en ingresar a la Asociación deberán llenar una hoja de afiliacióndirigida a la Junta Directiva, en la que manifiesten o soliciten la voluntadde pertenecer a la Asociación y que cumplan con los requisitos estable-cidos en el artículo anterior.- La Junta Directiva comprobará que losdatos en la hoja de afiliación sean correctos; si así fuere, procederá aincorporar al interesado o la interesada, quien será juramentado en elpleno de la Asamblea General.

ARTICULO OCHO: La Asociación deberá contar con un libro deregistro de los miembros, en el cual habrá una sección para Activos y otrapara Honorarios. En cada asiento se indicará el Nombre y las Generalesdel Suscrito a saber: edad, residencia, Número de Cédula de IdentidadPersonal o Número de Documento Unico de Identidad, fecha de ingreso,origen o nacimiento, etc..

ARTICULO NUEVE: Son derechos o facultades de los Asociados:a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales, b) Presentarmociones y sugerencias a la Asamblea General encaminadas a alcanzarel buen funcionamiento y desarrollo de la Asociación; c) Retirarsevoluntariamente de la Asociación presentando su justificación ante laAsamblea General, d) Elegir y ser electo para desempeñar cargos de laJunta Directiva; e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva informaciónsobre el funcionamiento y los proyectos de la Asociación, f) Todos losdemás que les confieren estos Estatutos y otras leyes afines.

ARTICULO DIEZ: Son deberes de los Asociados: a) Fomentar elespíritu de servicio entre los Asociados, b) Asistir con puntualidad a lassesiones de Asamblea General previa convocatoria en legal forma; c)Desempeñar con responsabilidad, eficiencia y honradez, los cargos paralos cuales fueran electos o nombrados y desempeñar a cabalidad lascomisiones que se haya comprometido realizar; d) Abstenerse de accio-nes u omisiones que puedan perjudicar la armonía, las actividades y engeneral, los objetivos de la Asociación, e) Cumplir y hacer cumplir lodispuesto en estos Estatutos y en el Reglamento Interno; obedecer y velarporque se respeten las disposiciones de la Asamblea General y la JuntaDirectiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación;f) Estar solventes con las cuotas mensuales aprobadas por la AsambleaGeneral.

ARTICULO ONCE: La calidad de Asociado se perderá por retirovoluntario, expulsión o muerte.

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ARTICULO DOCE: El retiro voluntario podrá ser EXPRESO oTACITO, será expreso: cuando el Asociado lo solicite por escrito overbalmente a la Asamblea General; y será tácito: cuando el asociado seausente por un período de tres meses sin expresión de motivo o causa delos lugares donde la Asociación tenga presencia.

ARTICULO TRECE: Los miembros de la Asociación podrán serexpulsados de la misma, según las causas siguientes: a) Mala conductanotoria que ocasionase perjuicios a la Asociación o a las comunidades engeneral, b) Negarse o abandonar sin motivo justificado al desempeño delos cargos en elección o comisiones a que le hubiesen encomendado laAsamblea General o la Junta Directiva siempre que éstos hubiesen sidoaceptados; c) Obtener por medios o negociaciones fraudulentas benefi-cios de la Asociación para sí o para terceros, d) Incumplimiento de lasleyes, Ordenanzas, Reglamento Interno, Estatutos, y disposiciones de laAsamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados conlos fines de la Asociación, e) Por el uso de estupefacientes.

ARTICULO CATORCE: Cuando un asociado se encontrase encualquiera de las causas de expulsión establecidas se le prevendrá porescrito para que no incurra nuevamente en ellas, por parte de la JuntaDirectiva pero al insistir se podrá acordar su expulsión. El Asociadopodrá demostrar lo contrario recurriendo por escrito ante la misma JuntaDirectiva quien deberá dar su fallo definitivo a los tres días de haberrecurrido el Asociado. De todo esto se hará un informe que se leerá enAsamblea General.

CAPITULO CINCO

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTICULO QUINCE: La Asamblea General es la autoridadmáxima y estará constituida por todos los Asociados inscritos en elregistro de la Asociación.

ARTICULO DIECISEIS: La Asamblea General podrá sesionar enforma ordinaria y extraordinaria. Serán ordinarias las reuniones deAsamblea General cuando se realice en las fechas establecidas para ello,en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda ylos que propongan los Asociados. Serán extraordinarias las reuniones deAsamblea General al celebrarse éstas en fechas distintas, para tratar elpunto especifico para los cuales hubiese sido convocada. Las discusionesy decisiones que tomasen con relación a puntos no incluidos en laconvocatoria no tendrán en ningún caso validez.

ARTICULO DIECISIETE: Las reuniones de Asamblea Generalordinaria deberán celebrarse una vez al año y Extraordinariamentecuando sean convocadas por la Junta Directiva por iniciativa propia o almenos por la mitad de los Asociados.-

ARTICULO DIECIOCHO: Las convocatorias para reuniones Or-dinarias o Extraordinarias de Asambleas Generales las hará el Presidentejunto con el Secretario de la Junta Directiva por medio de dos avisos,siendo el primero con diez días y el segundo con cinco días de anticipa-ción a la fecha de su realización. Si la sesión no se celebrase en el día yhora señalados en la convocatoria por falta de quórum, fuerza mayor ocaso fortuito se hará una nueva convocatoria dentro de los cinco díassiguientes y las resoluciones se tomarán con los votos de las tres cuartaspartes del quórum establecido.

ARTICULO DIECINUEVE: Las convocatorias indicarán el día,lugar y hora en que habrá de celebrarse la Asamblea General, y en casode reunión Extraordinaria deberá incluirse la agenda propuesta.

ARTICULO VEINTE: Cuando un Asociado no pueda asistir a lareunión ordinaria o Extraordinaria de la Asamblea General, podrádelegar su voto a otro Asociado para que lo represente, debiendo hacer

constar por escrito ante la Junta Directiva que delega el voto, cadaAsociado solamente podrá aceptar una representación.

ARTICULO VEINTIUNO: Las disposiciones en reuniones Ordi-narias o Extraordinarias de Asamblea General, para que sean validasdeberán contar con la mitad más uno de los votos a favor.

ARTICULO VEINTIDOS: Son atribuciones de la Asamblea Ge-neral: a) Elegir, sustituir y destituir a los miembros de la Junta Directiva,b) Recibir los informes de trabajo, aprobar y denegar el estado financierode la Asociación; c) Destituir por causas justificadas y legalmentecomprobadas a los miembros en pleno de la Junta Directiva y elegir a lossustitutos de conformidad a lo que prescriben estos Estatutos, el Regla-mento Interno y la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro; d) Solicitar a la Junta Directiva los informes contables formalespertinentes, con el objeto de llevar una sana administración de laAsociación, pudiendo nombrar un Auditor; e) Aprobar, reformar yderogar los Estatutos, plan de trabajo, Reglamento Interno y el respectivopresupuesto anual de la Asociación, f) Otorgar la calidad de Miembros;g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, El Reglamento Interno, laLey de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y demás normasque se dicten para el buen desarrollo de la Asociación; h) El patrimonioestá destinado exclusivamente a la consecución de los fines de laAsociación y no pertenece a las personas Naturales o Jurídicas que laintegran, decidiendo sobre la compra y venta de los bienes de laAsociación.

CAPITULO SEIS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO VEINTITRES: La Junta Directiva de la Asociacióndirigirá y administrará todo sobre la Asociación y estará formada por: unPresidente; un Vicepresidente; un Secretario, un Prosecretario, un Teso-rero, un Protesorero, un Síndico, un Prosíndico y dos Vocales.

ARTICULO VEINTICUATRO: Serán atribuciones de la JuntaDirectiva: a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, ReglamentoInterno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la mismaJunta Directiva, b) Cumplir y velar porque se respeten los Acuerdos ydisposiciones de la Asamblea General; c) Hacer la calificación previa delos casos de retiro voluntario y expulsión de los Asociados, tal como enlos casos de destitución individual de los miembros de la Junta Directiva,d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asociación preserván-dolo o ampliándolo; e) Proteger y velar porque se cumpla el presupuestoanual que la Asamblea General haya aprobado para el ejercicio corres-pondiente, f) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio de lasComunidades, g) Convocar a reuniones Ordinarias o Extraordinarias deAsamblea General, de acuerdo a lo establecido en estos Estatutos y elReglamento Interno; h) Constituir Comités de apoyo de la Asociación,para impulsar el desarrollo Comunal y agilizar el funcionamiento de losmismos; i) Mantener relaciones con Organismos del Estado, la Munici-palidad y entidades privadas Nacionales o Extranjeras con el objeto debuscar el apoyo de las mismas para los proyectos de la Asociación,pudiendo firmar convenios; j) Vigilar el cumplimiento de los deberes yobligaciones de los Asociados y todas las demás atribuciones que leseñalen estos Estatutos y las leyes de la República.

ARTICULO VEINTICINCO: La Junta Directiva sesionará Ordi-nariamente una vez cada quince días y Extraordinariamente cuando seconsidere necesario a solicitud del Presidente o más de tres miembros dela misma.

ARTICULO VEINTISEIS: Las resoluciones de la Junta Directivaserán aprobadas por lo menos por cinco de sus Miembros, en caso deempate, el Presidente o quien lo represente tendrá voto de calidad.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ARTICULO VEINTISIETE: El período de función de los cargosde la Directiva será de dos años, a partir de la fecha en que tomen posesiónde sus cargos, la elección de los Miembros de la Junta Directiva serealizará quince días antes de que concluya el período para el que han sidoelectos.

ARTICULO VEINTIOCHO: Los Miembros de la Junta Directivapodrán ser electos para ocupar el mismo cargo, en forma alterna, por unperíodo igual. Ningún Asociado podrá ser elegido para integrarla, portres períodos consecutivos.

ARTICULO VEINTINUEVE: Para ser Directivo se requiere tenerla edad de dieciocho años, no así el Presidente y el Síndico quienesdeberán ser mayores de veintiún años. Los Miembros de la JuntaDirectiva deberán ser electos en sesión de Asamblea General Extraordi-naria por mayoría simple.

ARTICULO TREINTA: La Junta Directiva podrá ser destituida enpleno o individualmente, por faltas graves de cualquier naturaleza en elejercicio de sus funciones. La destitución individual procederá despuésde tres amonestaciones por faltas leves, y a la primera cuando se trate defalta grave.

ARTICULO TREINTA Y UNO: Serán faltas leves: a) Falta deespíritu de servicio, b) Inasistencia contínua e injustificada a las sesionesde Junta Directiva o Asamblea General; c) Indisciplina e incumplimientode las funciones y comisiones designadas, así como durante el desarrollode las sesiones de Junta Directiva o Asamblea General.

ARTICULO TREINTA Y DOS: Se considerará falta grave, cuan-do se compruebe fehacientemente que la afiliación de un Directivo esperjudicial a los intereses de la Asociación.

ARTICULO TREINTA Y TRES: Son atribuciones del Presidente:a) Representar Judicial y Extrajudicial a la Asociación, en forma conjun-ta con el Síndico, pudiendo otorgar poderes previa autorización oacuerdo de Junta Directiva. b) Presidir y convocar juntamente con elSecretario las sesiones de Junta Directiva y de la Asamblea General,orientando sus deliberaciones. c) Coordinar las actividades que realicenlas diferentes Secretarías y sus respectivos comités de apoyo. d) Firmarlos documentos de pago de Tesorería y autorizar los gastos de laAsociación. e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones ypresentar los informes correspondientes, f) Velar porque se mantenga elorden y la disciplina de los Asociados en las Asambleas que se realicen.g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en AsambleaGeneral o Junta Directiva. h) Gozar del voto de calidad en las diferentesAsambleas Generales que se realicen al existir empate al momento detomar decisiones. i) Todas las demás atribuciones que le señalen estosEstatutos, el Reglamento Interno y la Ley de Asociaciones y Fundacio-nes sin Fines de Lucro.

ARTICULO TREINTA Y CUATRO: Son atribuciones del Vicepre-sidente: a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funciones.b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia, renuncia, remoción oimpedimento de éste, previo acuerdo de Junta Directiva. c) Las demásque le asignen estos Estatutos, y la Ley de Asociaciones y Fundacionessin Fines de Lucro.

ARTICULO TREINTA Y CINCO: Son atribuciones del Secreta-rio: a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea General yla Junta Directiva, b) Extender las credenciales y certificaciones de laAsociación que sean necesarias. c) Llevar el archivo de la Asociación. d)Enviar a los asociados las convocatorias firmadas por el Presidente ySecretario a sesiones de Asamblea General y Junta Directiva. e) Llevarlos registros de los asociados. f) Recibir y despachar la correspondencia

de la Asociación. g) Establecer el quórum en las Asambleas GeneralesOrdinarias y Extraordinarias, de acuerdo a lo que prescriben los artículosdieciocho y veintiuno de estos estatutos. h) Las demás que por razonesde su cargo le competen.

ARTICULO TREINTA Y SEIS: Son atribuciones del Prosecretario:a) Colaborar activamente con la Junta Directiva, b) Sustituir al Secretarioen caso de ausencia, c) Las demás que le asigne la Asociación.

ARTICULO TREINTA Y SIETE: Son atribuciones del Tesorero:a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la instituciónBancaria que la Junta Directiva señale. b) Firmar con el Presidente loscheques y documentos de gastos de la Asociación debidamente aproba-dos. c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asociacióny presentarlo a la Junta Directiva. d) Llevar los libros de contabilidad aldía, que fueren necesarios. e) Presentar mensualmente a la Junta Direc-tiva un informe de los ingresos y egresos de la Asociación, f) Presentarbalance de la situación Financiera de la Asociación g) Recopilar loscomprobantes de gastos efectuados por la Asociación y presentarlos a laJunta Directiva las veces que ésta lo requiera. h) Las demás que porrazones de su cargo le corresponden.

ARTICULO TREINTA Y OCHO: Son atribuciones del Protesoreroa) Colaborar activamente con la Junta Directiva, b) Sustituir al Tesoreroen caso de ausencia.

ARTICULO TREINTA Y NUEVE: Son atribuciones del Síndico:a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación en formaconjunta con el Presidente o separadamente, b) Velar especialmente porel cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y de laAsamblea General, de los Estatutos y el Reglamento Interno de laAsociación, c) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos yReglamento Interno de la Asociación, d) Las demás que le señale laAsamblea General y la Junta Directiva.

ARTICULO CUARENTA: Son atribuciones del Prosíndico: a)Colaborar activamente con la Junta Directiva, b) Sustituir al Síndico encaso de ausencia, c) Las demás que le asigne la Asociación.

ARTICULO CUARENTA Y UNO: Son atribuciones de los Voca-les: a) Colaborar con los demás miembros de la Junta Directiva. b)Desempeñar las comisiones que les asigne la Asamblea General y laJunta Directiva, pudiendo sustituir a miembros de la misma. c) Lasdemás que señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asocia-ción.

CAPITULO SIETE

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ARTICULO CUARENTA Y DOS: El patrimonio de la Asociaciónestará constituido por: a) Las cuotas que aporten los asociados, que seanaprobadas en Asamblea General, b) Los aportes extraordinarios queprovengan de diversas fuentes, c) Los ingresos provenientes de todaactividad realizada para recaudar fondos para la Asociación, d) Susbienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan con la adminis-tración de la misma, así como las provenientes de donaciones, herenciasy legados; y estarán destinados exclusivamente a los fines de la Asocia-ción.

ARTICULO CUARENTA Y TRES: El Presidente y el Tesorerotendrán que responder personalmente y solidariamente por los movi-mientos de cuentas bancarias de la Asociación, cuando se excedan de loslímites de sus cargos.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAPITULO OCHO

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

ARTICULO CUARENTA Y CUATRO: Los integrantes de laJunta Directiva tienen la obligación de rendir informes de sus actuacio-nes a la Asamblea General.

CAPITULO NUEVE

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

ARTICULO CUARENTA Y CINCO: La modificación y renova-ción de los Estatutos podrá acordarse en Asamblea General Extraordina-ria, con el voto de la mitad más uno de los afiliados de la Asociación.

ARTICULO CUARENTA Y SEIS: Tendrán iniciativa para solici-tar la modificación de los Estatutos: la Asamblea General y la JuntaDirectiva. En el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de losafiliados activos presentar su petición por escrito a la Junta Directiva, yen el segundo caso, la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de laAsamblea General.

CAPITULO DIEZ

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

ARTICULO CUARENTA Y SIETE: Esta Asociación podrá disol-verse mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria pormayoría absoluta de los afiliados presentes.

ARTICULO CUARENTA Y OCHO: Serán causales para disolveresta Asociación, las siguientes: a) Por la disminución del número de susafiliados en un cincuenta por ciento, b) Por la imposibilidad de realizarlos fines para los cuales fue constituida, c) Cuando desarrolle actividadesanárquicas o contrarias a la democracia, orden público, a la moral o lasbuenas costumbres; y d) Cuando su funcionamiento no se ajuste a lospreceptos legales.

ARTICULO CUARENTA Y NUEVE: El acuerdo de disolucióndebe tomarse por mayoría absoluta de los afiliados asistentes a laAsamblea, el cual deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones yFundaciones Sin Fines de Lucro, del Ministerio del Interior, por la JuntaDirectiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado,remitiéndose además, una certificación del acta respectiva.

ARTICULO CINCUENTA: Al disolverse la Asociación deberáintegrarse una comisión liquidadora que estará integrada por dos repre-sentantes de la Asociación, quienes tendrán un plazo de noventa días pararealizar la liquidación.

ARTICULO CINCUENTA Y UNO: La Junta Directiva de laAsociación, en el proceso de liquidación está obligada a poner a dispo-sición de la Comisión Liquidadora todos los libros y documentos y rendirlos informes y explicaciones que les soliciten.

ARTICULO CINCUENTA Y DOS: La Comisión Liquidadorauna vez concluido su trabajo remitirá al Registro de Asociaciones yFundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior los documen-tos pertinentes y un informe detallado de su gestión. Así como aseguraráque los bienes muebles e inmuebles y todo lo que corresponde a laAsociación sean transferidos a los Centros Educativos del Municipio deSanta María Ostuma, Departamento de La Paz.

CAPITULO ONCE

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO CINCUENTA Y TRES: La Asociación podrá utilizarsus propios recursos u obtenerlos de otras fuentes como aportes, donacio-nes, prestamos, etc., para llevar a cabo sus proyectos, estando obligadaa informar a las autoridades locales competentes, que soliciten el origende los recursos.

ARTICULO CINCUENTA Y CUATRO: Esta Asociación llevarálos libros necesarios para hacer constar sus actuaciones foliados ysellados con una razón de apertura que contendrá el objeto del libro,número de folios, firmados y sellados por el Secretario de Actas de laJunta Directiva. Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierreque sellará el mismo Secretario de Actas.

ARTICULO CINCUENTA Y CINCO: Los cargos de la JuntaDirectiva son ad honorem, sin embargo, cuando un miembro de la JuntaDirectiva o Asociado trabaje en actividades a tiempo completo o parti-culares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribuciónconvencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias loameriten.

ARTICULO CINCUENTA Y SEIS: Toda Junta Directiva salientepodrá formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva quese elija conforme a estos estatutos, no pudiendo integrar el mismo,aquellos miembros a quienes se les haya comprobado una conductaviciada o por haber administrado inadecuadamente los fondos y donacio-nes hechas a esta Asociación.

ARTICULO CINCUENTA Y SIETE: La Junta Directiva salientedeberá rendir cuentas circunstanciada y documentada a la Junta Directi-va entrante sobre sus actividades realizadas y pendientes, durante sugestión administrativa. El informe a que se refiere el inciso anterior, debeser rendido por escrito, firmado y sellado por todos los miembros de laJunta Directiva saliente, a más tardar el primer mes de función de la nuevaJunta Directiva.

ARTICULO CINCUENTA Y OCHO: Estos estatutos entrarán envigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 030.

San Salvador, 18 de febrero del 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION AMI-GOS DE LA CULTURA Y EL DESARROLLO LOCAL, compuestosde CINCUENTA Y OCHO Artículos, acordada en la ciudad de SantaMaría Ostuma, Departamento de La Paz, a las diez horas del día 17 demarzo del 2002, y formalizada por Escritura Pública celebrada en laciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horasdel día 19 de abril del 2002; ante los oficios del Notario CASIMIROALIRIO MENDEZ RIVERA, y con posterior rectificación otorgada porEscritura Pública celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamentode San Salvador, a las dieciséis horas con quince minutos del día 19 denoviembre del 2002, ante los oficios del mismo Notario, y no encontran-do en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, al ordenpúblico ni a las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 65 de laLey de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro; el OrganoEjecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos entodas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONAJURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase lareferida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDA-CIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por elseñor Presidente de la República). EL VICEMINISTRO DE GOBER-NACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro Nº 5851)

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO Nº. 15-1446.

San Salvador, 20 de diciembre del 2002

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Resolución N° 369 de fecha25 de septiembre del 2002, emitida por la Dirección de Acreditación, se aprobó la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO"PROFESORA GLORIA ESPERANZA ARBAIZA DE GUZMAN", ubicado en Colonia Médica, 2la Calle Poniente y 29a Avenida Norte, N° 1167, dela ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, para que funcione en el Nivel de Educación Parvularia, diurna; II) Que en la misma Resoluciónrelacionada en el numeral anterior se reconoce como Directora a la Profesora Sofía Emperatriz Ayala Franco, PDN1, NIP N° 0107789; III) Quesegún Certificación de Acta N° 151, Punto VI, de fecha 19 de septiembre de 2002, la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó la nominacióndel Centro Educativo referido en el considerando anterior como COLEGIO "PROFESORA GLORIA ESPERANZA ARBAIZA DE GUZMAN"; IV)Que con fecha 3 de septiembre de 2002, se practicó inspección en las instalaciones del citado centro educativo; V) Que del resultado de esa inspecciónse determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación; POR TANTO, conbase en las razones expuestas y a las facultades que la ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2003, la Creación, Nominacióny Funcionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO "PROFESORA GLORIA ESPERANZA ARBAIZA DE GUZMAN", en el Nivel deEducación Parvularia, jornada diurna; 2) Reconocer como Directora a la Profesora Sofía Emperatriz Ayala Franco, PDN1, NIP N° 0107789; 3) Suinfraestructura será identificada con el Código N° 21266. COMUNIQUESE". (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro deEducación, R.MARIN.

(Registro Nº. 6002)

ACUERDO Nº. 15-0197

Salvador, 28 de enero de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO; I) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 15-1298de fecha 4 de septiembre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD EVANGELICADE EL SALVADOR y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 1898 del 30 de junio de 1982, con efectos a partir del 23de marzo de 1981, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó el funcionamiento de la referida Universidad; III) Que por Acuerdo EjecutivoN° 15-2770 de fecha 22 de diciembre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, aprobó a la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE ELSALVADOR, la carrera MAESTRIA EN SALUD PUBLICA; IV) Que dicha Universidad ha presentado para su aprobación, a la Dirección Nacionalde Educación Superior, el plan de estudios de la referida carrera en concepto de actualización, habiendo introducido las siguientes modificaciones almismo: se eliminó del perfil profesional los roles de desempeño docente porque el pensum no presenta contenidos de formación pedagógica; se modificóel prerrequisito de la asignatura Sistemas Informáticos en Salud II; se incorporó la nota mínima de aprobación y el coeficiente de unidades de mérito;se modificó la bibliografía en algunas asignaturas y ha incorporado satisfactoriamente las observaciones realizadas por la División de Estudios; PORTANTO, con base en las consideraciones antes expresadas, facultades que la ley confiere y oída la opinión del Consejo de Educación Superior,ACUERDA: l°) Aprobar el Plan de Estudio de la carrera MAESTRIA EN SALUD PUBLICA, en concepto de actualización; 2°) Facultar a laUNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SALVADOR para que imparta dicha carrera en plan regular y en su Sede Central; 3°) El referido Plan deEstudio es equivalente al anterior, por lo cual no presenta plan de absorción y no afectará a estudiantes activos ni a los que reingresen; 4°) Dicho Plandeberá ser revisado en el plazo de duración de la carrera; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación enel Diario Oficial. COMUNIQUESE " (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro Nº. 5938)

ACUERDO Nº.- 648-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, cinco de noviembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar a la Licenciada ESPERANZA ESCOBAR CASTILLO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE-- MARIO SOLANO--- J. ENRIQUE ACOSTA--- VELASCO--V. DE AVILES-- DE BUITRAGO--- GUSTAVE T.--- E. CIERRA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5850)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ACUERDO No.- 673-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar al Licenciado CARLOS MARVIN CERRITOS AGUILAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE-- J. E. TENORIO.--- MARIO SOLANO--- VELASCO.-- J. ENRIQUE ACOSTA.-- V. DE AVILES.-- DE BUITRAGO.-- E. CIERRA.- GUSTAVE T.-- M. CLARA.-- BERNAL SILVA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E.Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5991)

ACUERDO No.- 687-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar al Licenciado HUGO ERNESTO MAYORGA BENITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE--VELASCO. --- J. E. TENORIO.--- MARIO SOLANO--- J. ENRIQUE ACOSTA.-- DE BUITRAGO.-- E. CIERRA.-- M. CLARA --- GUSTAVE T.--- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5862)

ACUERDO No.- 744-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar a la Licenciada MARTA ALICIA ZELAYA DE GONZALEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista dehaber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. GOMEZV.-- G. SANCHEZ.--- J. ENRIQUE ACOSTA.--- VELASCO.-- DE BUITRAGO.-- E. CIERRA.-- GUSTAVE T.-- M.CLARA.-- BERNAL SILVA.--Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5864)

ACUERDO No.- 746-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar a la Licenciada JUDITH NOEMY RAUDA PERAZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE-- J. E. TENORIO.--- J. ENRIQUE ACOSTA.--- VELASCO.--- V. DE AVILES.-- DE BUITRAGO.-- GUSTAVE T.-- E. CIERRA.--- M. CLARA.-- BERNAL SILVA.-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonillade Avelar.

(Registro Nº. 5958)

ACUERDO No.- 772-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar a la Licenciada ELVA LUZ FLORES ALAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. --A.G. CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE-- J. E. TENORIO.--- J. ENRIQUE ACOSTA-- VELASCO--V. DE AVILES--- DE BUITRAGO--- GUSTAVE T.-- E. CIERRA-- M. CLARA--- BERNAL SILVA. --Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5953)

ACUERDO No.-18-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:Autorizar al Licenciado EDWIN ANTONIO TELLEZ URQUILLA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE-- J. E. TENORIO.--- MARIO SOLANO---J. ENRIQUE ACOSTA.-- V. DE AVILES.-- DEBUITRAGO.-- E. CIERRA.- GUSTAVE T.-- M. CLARA. --Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5978)

ACUERDO No.- 53-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:Autoriza a la Licenciada MARIA ELENA AYALA ALVARADO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON-- R. HERNANDEZ VALIENTE--J. E. TENORIO.--- MARIO SOLANO---J. ENRIQUE ACOSTA.-- VELASCO.-- DEBUITRAGO.--- E. CIERRA.-- GUSTAVE T.-- M. CLARA.Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben .-- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5992)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL PARA LA SALUD SAN IGNACIO

ADESCOPASI

CAPITULO I

DE LA ASOCIACION

DE LA NATURALEZA, DENOMINACION Y DURACION

NATURALEZA

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comuna-

les, y estos Estatutos. Será una entidad apolítica no lucrativa, ni religiosa.

DENOMINACION

Art. 2.- Se denominará Asociación de Desarrollo Comunal para la

Salud San Ignacio y podrá abreviarse ADESCOPASI.

DOMICILIO

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será San Ignacio de la

Jurisdicción de San Ignacio.

DURACION

Art. 4.- La duración de la Asociación es por tiempo indefinido, sin

embargo podrá disolverse por los motivos siguientes:

a) Disminución de Socios

b) No realizar los fines para los cuales fue creada

c) Por realizar actos ilegales

d) Por Acuerdo de la Asamblea General

CAPITULO II

DE LOS FINES

Art. 5.- Los fines de la Asociación serán: la salud, el desarrollo

humano y la obra física relacionada para mejorar la atención en salud que

proyecte la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el progreso conjuntamente con organismos públi-

cos y privados para que participen en los correspondientes

programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y coopera-

ción mutua entre vecinos, grupos y entidades respectivas

promoviendo así un municipio saludable.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-

zados en la localidad afines

d) Que las comunidades logren un empoderamiento para la

gestión y solución de los problemas de salud.

e) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-

mocional de líderes y grupos comunales, con el fin de

contribuir al mejoramiento organizacional de la comunidad,

y la administración de proyectos encaminados a mejorar las

condiciones de salud de las familias.

f) Trabajar en el establecimiento y mejorar los servicios de la

salud de una manera sostenible con la comunidad.

g) Motivar las organizaciones infanto-juveniles, haciéndolas

partícipes y responsables en la promoción y educación para

la salud.

h) Promover las actividades comunitarias a fin de obtener recur-

sos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de la

atención en salud.

i) Participar en los planes de desarrollo local sostenibles en

armonía con el medio ambiente y enfoque de género

CAPITULO III

DE LOS AFILIADOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

CALIDAD

Art. 6.- Los afiliados podrán ser:

Activos

Honorarios

Deben ser personas vecinos de la comunidad, mayores de diecio-

cho años; pero cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito

será de quince años.

SOCIOS ACTIVOS

Art. 7. - Son Socios Activos todas las personas que reúnan los

requisitos que señala el artículo anterior.

SOCIOS HONORARIOS

Art. 8.- Son Socios Honorarios todas aquellas personas a quienes

la Asamblea General por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva,

le concede tal calidad por sus méritos personales y relevantes servicios

a la Asociación.

DERECHOS Y DEBERES

Art. 9.- Son derechos y deberes de los socios:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-

les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitare.

d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General

previa convocatoria escrita.

g) Cumplir con estos Estatutos y obedecer los acuerdos y

disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva,

siempre que estén relacionados con los fines de la Asocia-

ción.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE ASOCIACION

Art. 10.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-

blea General y la Junta Directiva.

ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General la constituye todos los asociados,

y las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de los

presentes.

Art. 12.- En las sesiones de Asamblea General cada asociado no

podrá representar a más de una persona.

Art. 13.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces

al año con intervalo de seis meses, la primera en el mes de junio y la

segunda en diciembre. También podrá reunirse extraordinariamente

cuando sea convocada por la Junta Directiva o a solicitud de diez o más

miembros de la Asociación.

Art. 14.- En Asamblea General se tratará los asuntos comprendidos

en la agenda respectiva, y en la extraordinaria los asuntos comprendidos

en la convocatoria.

Art.15.- La convocatoria para la Asamblea General ordinaria o

extraordinaria, se hará mediante aviso escrito con ocho días de anticipa-

ción la primera y con cuarenta y ocho horas la segunda indicándose en

ella la hora día y lugar en que se ha de celebrar.

Art. 16.- Si a la hora señalada, no pudiere celebrarse la sesión por

falta de quórum, esta se llevará a cabo el mismo día una hora después de

la señalada con los asociados que concurran. En este último caso las

condiciones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que no

asistieren

Art.17.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado financiero

de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justificadas a los

miembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembro de la Asociación a los que

hubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad como

asociado.

e) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

niente.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir, estos Estatutos y Reglamentos que

se dicten

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto

i) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por doce miembros

propietarios y cinco suplentes electos en Asamblea General. La nomina-

ción de los cargos serán los siguientes:

a) Presidente

b) Vicepresidente

c) Secretario

d) Secretario de Actas

e) Tesorero

f) Protesorero

g) Síndico y 5 Vocales

Los cargos en la Junta Directiva será ad-honoren, sin embargo

cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para

la Asociación podrá cobrar una atribución convencional o cuando por el

volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de

la Asamblea General.

Art.19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente.

Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos siete de

los miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En

caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y

proponerlos ante la Asamblea.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboren

con el desarrollo comunal el plan de trabajo y el presupuesto

correspondiente.

c) Organizar comisiones de trabajo orientando sus acciones a su

mejor desenvolvimiento.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

e) Coordinar con organismos del estado, la municipalidad y

entidades privadas, nacionales e internacionales la realiza-

ción de programas y proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en la investigación, planificación, ejecución y

evaluación de programas y proyectos de mejoramiento de la

salud comunitaria.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los

organismos que cooperan en el desarrollo local de las activi-

dades que se desarrollan.

h) Tomar todas las medidas necesarias a fin de cumplir y aplicar

las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación

k) Resolver a su prudente arbitrio aquellas situaciones no pre-

vistas en estos Estatutos, y que demanden inmediata solu-

ción.

l) Presentar ante la Asamblea General la memoria anual de

actividades.

m) Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperación

mutua entre los vecinos, grupos y entidades representativas

de la comunidad.

n) Llamar al miembro suplente cuando el titular esté ausente o

no acuda a tres sesiones consecutivas sin causa justificada.

o) Presentar ante la Asamblea General con quince días de

anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual de

trabajo y el presupuesto de gastos de la Asociación.

CAPITULO V

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 21.- El Presidente presidirá las sesiones de Asamblea General

y Junta Directiva y autorizará la correspondencia que se despache.

El Presidente tendrá la representación judicial y extra judicial de la

Asociación, otorgará y revocará poderes judiciales y administrativos. En

todo caso necesitará de la previa autorización de la Junta Directiva.

Art. 22.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 23.- El Secretario será el encargado de comunicación con y de

la Asociación, será el encargado de llevar el inventario de los bienes de

la misma.

Art. 24.- El Secretario de Actas tendrá a su cargo los libros de actas

de la Asociación y será el encargado de extender las certificaciones que

le soliciten de la Asociación y desempeñará.

Art. 25.- El Tesorero será el encargado de administrar los bienes de

la Asociación, llevará las cuentas de la misma, para lo cual llevará los

libros de contabilidad necesarios, se encargará además de que se hagan

efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta

Directiva en cada sesión del estado económico.

Efectuará los pagos de las obligaciones de la Asociación, los

documentos de egresos serán autorizados por el Secretario y con el visto

bueno del Presidente.

Los fondos de la Asociación serán depositados en una institución

bancaria para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, y

para el retiro de fondos se requerirá por lo menos dos de tres firmas

autorizadas, previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 26.- El protesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituirá

en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 27.- El Síndico será el encargado de velar por el estricto

cumplimiento de estos Estatutos y demás acuerdos emitidos por la

Asamblea General o la Junta, y velará por la mayoría de los recursos ya

existentes.

Art. 28.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en los

casos que ésta considere necesario en todo caso podrán sustituir a

cualquier miembro de la Junta Directiva que faltare. De entre los Vocales

se formará un comité de vigilancia integrado por tres miembros que

tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y

demás documentos de la Asociación con el objeto de velar por la buena

administración del patrimonio de la misma, aplicando en la consecuencia

de sus fines.

Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un

período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, si la

Asamblea General así lo acordare.

CAPITULO VI

DEL PATRIMONIO

Art. 30.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las contribuciones que aporten los asociados, que será de

$0.25 mensuales.

b) Las subvenciones y aportes extraordinarios que prevengan de

diferentes fuentes.

c) Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que se

realice para allegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquiera a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de los

mismos.

e) Los bienes inmuebles que forman el patrimonio de la Asocia-

ción, no podrán ser enajenados o dados en garantía sin

autorización de la Asamblea General.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DE LA DISOLUCION

Art. 31.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, por los motivos que establezca la

Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales, por no llenar los

requisitos que exige el Código Municipal y demás disposiciones aplica-

bles.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

PROCEDIMIENTO PARA PROMOVER

DIRECTIVOS Y SOCIOS

Art. 32.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados por

acuerdo de la Asamblea General, previa audiencia del interesado por

infracciones a la Ordenanza y estos Estatutos.

Además se considera causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado

b) Promover actividades ajenas a las de la Asociación

c) Beneficiarse por medios fraudulentos para sí o para terceros

d) Cometer algún delito o falta.

Art. 33.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva en

Asamblea General podrán ser suspendidos temporalmente o destituidos

si el caso lo amerita.

Art. 34.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta nombrará

una comisión de dos o más de sus miembros para que investigue los

hechos, y oyendo el informe de la comisión y las razones que exponga en

su defensa el supuesto infractor se resolverá lo conveniente. En el caso

del literal c), del Art. 9 será la Asamblea quien acordará lo conveniente.

Si la Junta Directiva no procede dentro de los diez días de conocida

la infracción, conforme ordena el inciso anterior, un número de cinco

miembros podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la

comisión investigadora y resuelva lo procedente.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitu-

ción de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los

miembros los restantes, no inician el procedimiento dentro del plazo

señalado en el inciso anterior. En todos los casos, será la Asamblea

General la que resolverá y en la misma sesión elegirá y darán posesión

a los sustitutos.

Art. 35.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerse

únicamente recursos de revisión para ante la misma, dentro del tercer día

de la notificación; de las resoluciones de la Asamblea General no se

admitirá ningún recurso.

Art. 36.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación se

aportará el 5% como fondo de reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma, para la cual se llevará un libro especial

que registrará el aumento o disminución del mismo, sin embargo cuando

sea necesario utilizarlo en proyectos de desarrollo comunal se utilizaría

en la misma comunidad.

Art. 37.- Los ingresos que se obtuviere al final de ejercicio

administrativo podrán ser invertidos en proyectos y actividades que

apruebe la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 38.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas las

obligaciones, hubiere un remanente éste lo pasará la Junta Directiva a

disposición del Concejo Municipal respectivo, para obra de desarrollo

comunal

Art. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal en los primeros quince días posteriores a las elecciones la

nómina de la nueva Junta Directiva, así mismo informará cuando

ocurrieren sustituciones, cualquier otra información que la municipali-

dad le solicitare.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección, la Junta

Directiva deberá presentar al Concejo Municipal su respectivo plan de

trabajo.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de la publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO UNO.

El Concejo Municipal, visto los Estatutos presentados por la

"Asociación de Desarrollo Comunal para la Salud San Ignacio", y que se

podrá abreviar con las siglas "ADESCOPASI", fundada en San Ignacio

jurisdicción de San Ignacio, los cuales constan de cuarenta Artículos y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la

República, al orden público, ni a las buenas costumbres, de conformidad

a los Artículos 119 y 30 Numeral 23 del Código Municipal, Acuerda:

aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de Persona

Jurídica. Notifíquese.

Alcaldía Municipal de San Ignacio, Departamento de Chalatenan-

go, a los veintiséis días del mes diciembre del año dos mil dos.

ADIN OVED POSADA OCHOA,ALCALDE MUNICIPAL.

RAFAEL DE J. HERNANDEZ POSADA,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 5966)

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL PARA LA SALUD

DE LA ZONA ALTA LAS PILAS, ADESCOPASZALPI

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA, DENOMINACION,

DOMICILIO Y DURACION

NATURALEZA

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comuna-

les y estos Estatutos. Será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa,

sin distinción racial.

DENOMINACION

Art. 2.- Se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Para la

Salud de la Zona Alta Las Pilas, y podrá abreviarse ADESCOPASZALPI.

DOMICILIO

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Cantón Las Pilas,

Jurisdicción de San Ignacio.

DURACION

Art. 4.- La duración de la Asociación es por tiempo indefinido, sin

embargo podrá disolverse por los motivos siguientes:

1. Disminución de Socios

2. No realizar los fines para lo cual fue creada

3. Por realizar actos ilegales

4. Por acuerdo de la Asamblea General

CAPITULO II

DE LOS FINES

Art. 5.- Los fines de la Asociación serán: la salud, el desarrollo

humano y la obra física relacionada para mejorar la atención en salud que

proyecte la Asociación, para ello deberá:

1. Promover el progreso conjuntamente con organismos públi-

cos y privados para que participen en los correspondientes

programas y proyectos.

2. Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y coopera-

ción mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respec-

tivas, para promover una zona saludable.

3. Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-

zados, afines, en la localidad.

4. Que las comunidades logren un empoderamiento para la

promoción, educación y gestión de la salud en la zona alta.

5. Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-

mocional de líderes y grupos comunales, con el fin de

contribuir al mejoramiento organizacional de la comunidad,

como también promover la administración de proyectos

encaminados a mejorar las condiciones de salud de las

familias.

6. Trabajar en el establecimiento y mejorar los servicios de

salud de una manera sostenible con el apoyo de la comunidad.

7. Promover las organizaciones infanto juveniles, haciéndolas

partícipes y responsables en la promoción y educación para

la salud.

8. Promover las actividades comunitarias, a fin de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de

la atención en salud.

9. Participar en los planes de desarrollo local sostenibles, en

armonía con el medio ambiente, incluyendo el enfoque de

género.

10. Promover la participación activa de la comunidad en apoyo

al grupo de adultos mayores de la zona alta, a fin de propor-

cionar a éstos un ambiente de recreación que contribuya a una

vida saludable.

11. Brindar apoyo activo y seguimiento al programa de violencia

intrafamiliar en conjunto con las autoridades, iglesias y el

personal de salud local, a fin de promover estilos de vida

saludables en el seno de la familia.

CAPITULO III

DE LOS AFILIADOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

CALIDAD

Art. 6.- Los afiliados podrán ser:

Activos

Honorarios

Deben ser personas vecinas de la comunidad, mayores de dieciocho

años; pero cuando provenga de Asociaciones Juveniles, el requisito será

de quince años.

Socios Activos.

Art. 7.- Son Socios Activos todas las personas que reúnan los

requisitos que señala el artículo anterior.

Socios Honorarios.

Art. 8.- Son Socios Honorarios todas aquellas personas a quienes

la Asamblea General por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva,

le concede tal calidad por sus méritos personales y relevantes servicios

prestados a la Asociación.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DERECHOS Y DEBERES

Art. 9.- Son derechos y deberes de los socios:

1. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

2. Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-

les.

3. Retiro voluntario y libre ingreso de la Asociación cuando así

lo solicitare.

4. Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

5. Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

6. Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,

previa convocatoria escrita.

7. Cumplir con estos Estatutos y obedecer los acuerdos y

disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva,

siempre que estén relacionados con los fines de la Asocia-

ción.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 10.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por Asamblea

General y la Junta Directivb.

ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General la constituye todos los asociados, y

las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de los

presentes.

Art. 12.- En las sesiones de Asamblea General cada asociado no

podrá representar a más de una persona.

Art. 13.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces

al año con intervalo de seis meses, la primera en el mes de junio y la

segunda en el mes de diciembre. También podrá reunirse extraordinaria-

mente cuando sea convocada por la Junta Directiva o a solicitud de diez

o más miembros de la Asociación.

Art. 14.- En Asamblea General se tratará los asuntos comprendidos

en la agenda respectiva; y en la Asamblea extraordinaria, los asuntos

comprendidos en la convocatoria.

Art. 15.- La Convocatoria para la Asamblea General ordinaria o

extraordinaria, se hará mediante aviso escrito, con ocho días de anticipa-

ción, la primera, y con cuarenta y ocho horas la segunda, indicándose en

ella la hora, día y lugar en que se ha de celebrar.

Art. 16.- Si a la hora señalada, no pudiere celebrarse la sesión por

falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de

la señalada con los asociados que concurran, en este último caso, las

decisiones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que no

asistieren.

Art. 17.- Son atribuciones de la Asamblea General:

1. Elegir y dar posesión a miembros de la Junta Directiva.

2. Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado financiero

de la Asociación.

3. Destituir total o parcialmente, por causas justificadas, a los

miembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.

4. Retirar la calidad de miembro de la Asociación a los que

hubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad como

asociado.

5. Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

nientes.

6. Aprobar el reglamento interno de la Asociación, y los que

sean necesarios.

7. Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamentos que

se dicten.

8. Aprobar el plan anual de trabajo con su respectivo presupuesto.

9. Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art.18.- La Junta Directiva estará integrada por ocho miembrospropietarios y cuatro suplentes electos en Asamblea General. La nomi-nación de los cargos será la siguiente:

1. Presidente

2. Vicepresidente

3. Secretario

4. Secretario de Actas

5. Tesorero

6. Protesorero

7. Síndico

8. Cinco Vocales

Los cargos en la Junta Directiva serán ad honoren, sin embargo,

cuando los miembros de la Asociación trabajen en actividades particu-

lares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una contribución

convencional o cuando por el volumen del trabajo y las circunstancias lo

ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos siete de los miembros y las resoluciones

se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate, el Presidente o quien haga sus veces, tendrá

doble voto.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

1. Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y

proponerlos ante la Asamblea.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

2. Determinar juntamente con las instituciones que colaboren

con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto

correspondiente.

3. Organizar comisiones de trabajo orientando sus acciones a su

mejor desenvolvimiento.

4. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

5. Coordinar con organismos del Estado, la Municipalidad y

entidades privadas en la realización de proyectos de desarro-

llo de la comunidad.

6. Participar en la investigación, planificación, ejecución y

evaluación de programas y proyectos de mejoramiento de la

salud comunitaria.

7. Informar periódicamente a la Asamblea General y a los

organismos que cooperan en el desarrollo local, de las activi-

dades que se llevan a cabo.

8. Tomar todas las medidas necesarias a fin de cumplir y aplicar

las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

9. Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.

10. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación.

11. Resolver a su prudente arbitrio, aquellas situaciones, no

previstas en estos Estatutos y que demanden inmediata solu-

ción.

12. Presentar ante la Asamblea General la memoria anual de

actividades.

13. Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperación

mutua entre los vecinos, grupos y entidades representativas

de la comunidad.

14. Llamar al miembro suplente cuando el titular esté ausente, o

no concurra a tres sesiones consecutivas sin causa justificada.

15. Presentar ante la Asamblea General con quince días de

anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual de

trabajo y el presupuesto de gastos de la Asociación.

CAPITULO V

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 21.- El Presidente presidirá las sesiones de Asamblea General

y Junta Directiva, y autoriza la correspondiente que se despache.

El Presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la

Asociación, otorgará y revocará poderes judiciales o administrativos. En

todo caso necesitará de la previa autorización de la Junta Directiva.

Art. 22.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 23.- El Secretario será el órgano de comunicación con y de la

Asociación, será el encargado de llevar el inventario de los bienes de la

misma.

Art. 24.- El Secretario de Actas tendrá a su cargo los Libros de

Actas de la Asociación, será el encargado de extender las certificaciones

que les soliciten de la Asociación y desempeñará las demás labores que

le encomienden la Junta Directiva.

Art. 25.- El Tesorero será el encargado de administrar los fondos y

demás bienes de la Asociación, llevará las cuentas de la misma, para lo

cual los libros de contabilidad necesarios. Se encargará además de que se

hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y dará cuenta a la

Junta Directiva en cada sesión del estado económico.

Efectuará los pagos de las obligaciones de la Asociación. Los

documentos de egresos serán autorizados por el Secretario y con el Visto

Bueno del Presidente.

Los fondos de la Asociación serán depositados en una Institución

Bancaria, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, y

para el retiro de fondos se requerirá las dos o tres firmas autorizadas,

previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 26.- El Protesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituirá

en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 27.- El Síndico será el encargado de velar por el estricto

cumplimiento de estos Estatutos y demás acuerdos emitidos por la

Asamblea General o la Junta, y velará por la mayoría de los recursos ya

existentes.

Art. 28.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en los

casos que ésta considere necesario. En todo caso podrán sustituir a

cualquier miembro de la Directiva que faltare.

De entre los Vocales se formará un comité de vigilancia integrado

por tres miembros, que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones,

trabajos, libros y demás documentos de la Asociación con el objeto de

velar por la buena administración del patrimonio de la misma, aplicando

en la consecuencia de sus fines.

Art. 29. Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un

período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período si la

Asamblea General así lo acordare.

CAPITULO VI

DEL PATRIMONIO

Art. 30.- El patrimonio de la Asociación será constituido por:

1. Las contribuciones que aporten los asociados que será de

$0.25 mensuales.

2. Las obtenciones y aportes extraordinarios que provengan de

diferentes fuentes.

3. Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que se

realice para allegar fondos a la Asociación.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

4. Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de los

mismos. Los bienes inmuebles que forman el patrimonio de

la Asociación, no podrán ser enajenados o dados en garantía

sin la autorización previa de la Asamblea General.

DE LA DISOLUCION

Art.31.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, por motivos que establezca la

Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales, por no llenar los

requisitos que exige el Código Municipal y demás disposiciones aplica-

bles.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

PROCEDIMIENTO PARA PROMOVER

DIRECTIVOS Y SOCIOS

Art. 32.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados por

acuerdo de la Asamblea General, previa audiencia del interesado, por

infracciones a la Ordenanza y estos Estatutos.

Además se consideran causales de retiro o expulsión las siguientes:

1. Mala conducta del asociado

2. Promover actividades ajenas a la de la Asociación

3. Beneficiarse por medios fraudulentos para sí o para terceros

4. Cometer algún delito o falta

Art. 33.- Todos o parte de los Miembros de la Junta Directiva en

Asamblea General podrán ser suspendidos temporalmente o destituidos

si el caso lo amerita.

Art. 34.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta nombrará

una comisión de dos o más de sus miembros, para que investiguen los

hechos y oyendo el informe de la comisión y las razones que exponga en

su defensa el supuesto infractor, se resolverá lo conveniente. En el caso

de presentarse la situación del literal c) del Art. 9. será la Asamblea quien

acordará lo conveniente.

Si la Junta Directiva no procede dentro de los diez días de conocida

la infracción, conforme ordena el inciso anterior, un número de cinco

miembros podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la

comisión investigadora y resuelva lo procedente.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitu-

ción de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los

miembros, los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo

señalado en el inciso anterior. En todos los casos, será la Asamblea

General la que resolverá, y en la misma sesión elegirán y darán posesión

a los sustitutos.

Art. 35.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerse

únicamente recursos de revisión para ante la misma dentro del tercer día

de la notificación, de las resoluciones de la Asamblea General no se

admitirá ningún recurso.

Art. 36.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación se

aportará el 5% como fondo de reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma, para la cual se llevará un libro especial

para registrar el aumento o disminución del mismo, sin embargo cuando

sea necesario utilizarlo en proyectos de desarrollo comunal en pro de la

salud, se utilizará en la misma comunidad.

Art. 37 Los ingresos que se obtuvieren al final del ejercicio

administrativo, podrán ser invertidos en proyectos y actividades que

apruebe la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 38.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas las

obligaciones, hubiere un remanente, éste se pasará a beneficio de la

comunidad a través de obras en el establecimiento de salud local.

Art. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la

nómina de la nueva Junta Directiva. Así mismo informará cuando

ocurrieren sustituciones, cualquier otra información que la Municipali-

dad le solicitare, dentro de los treinta días posteriores a la elección, la

Junta Directiva deberá presentar al Concejo Municipal su respectivo plan

de trabajo.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de la publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO UNO.

El Concejo Municipal, visto los Estatutos presentados por la

"Asociación de Desarrollo Comunal para la Salud de la Zona Alta Las

Pilas", y que se podrá abreviar con las siglas "ADESCOPASZALPI",

fundada en el Cantón Las Pilas, jurisdicción de San Ignacio, los cuales

constan de cuarenta Artículos y no encontrando en ellos ninguna dispo-

sición contraria a las leyes de la República, al orden público, ni a las

buenas costumbres, de conformidad a los Artículos 119 y 30 Numeral 23

del Código Municipal, Acuerda: aprobarlos y conferirle a dicha Asocia-

ción el carácter de Persona Jurídica, notifíquese.

Alcaldía Municipal de San Ignacio, Departamento de Chalatenan-

go, a los dieciocho días del mes febrero del año dos mil tres.

ODIN OVED POSADA OCHOA,ALCALDE MUNICIPAL.

RAFAEL DE JESUS HERNANDEZ POSADA,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 5967)

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL “FE Y LUZ” (ADESCOFEL) CASERIO

EL CARAGUAL, CANTON EL ALGODON

JURISDICCION DE SANTA ROSA DE LIMA

DEPARTAMENTO DE LA UNION.

NATURALEZA, DENOMINACION,

DURACION Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elcódigo municipal la ordenanza respectiva, estos Estatutos y demásdisposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la comunidad de sudomicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos deinterés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, nolucrativa, ni religiosa pero con carácter democrático. “La Asociación sedenominará: Asociación de Desarrollo Comunal “FE y LUZ” jurisdic-ción de Santa Rosa de Lima departamento de La Unión. La que podráabreviarse ADESCOFEL y que en estos Estatutos se denominará LAASOCIACION, y que adoptará el símbolo Una Vaquita.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,sin embargo Podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por lasleyes de la materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en el Caserío ElCaragual, Cantón El Algodón jurisdicción de Santa Rosa de Limadepartamento de La Unión.

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines: el desarrollo humano, laobra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la comunidad Caserío El Caragual,Cantón El Algodón juntamente con los organismos públicosy privados que participen en los correspondientes programasde desarrollo.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas enla mayor integración de sus miembros y la mejor organiza-ción de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación ypromoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de laorganización de la comunidad, la administración de proyec-tos sociales y económicos y la elevación de niveles educati-vos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comuni-dad con el equipamiento y medios indispensables para solu-cionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de lacomunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y elesfuerzo propio, a fin de complementar las obras que seconsideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que decomplementar las obras que se consideren en el respectivoplan de trabajo y otra que de emergencia surjan.

g) Incrementar actividades de nivel comunal, a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento dela comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos, ha-ciéndolos participar responsablemente en el desarrollo local.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral dela comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingre-sos económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacio-nal en cuanto a la determinación de proyectos y la obtenciónde recursos comunales, gubernamentales, de las ONG'S yOrganismos Internacionales.

l) Lograr la participación en el desarrollo sostenible de lacomunidad.

m) Promover la reforestación en las cuencas hidrográficas.

METAS

Art. 5.- La Asociación tendrá como metas, las especificadas en elPlan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de SantaRosa de Lima de acuerdo a las siguientes áreas: Organización y Capaci-tación Comunal, Salud, Mejoramiento de la Infraestructura Básica,Agropecuario, Vivienda, Industria, Trabajo, Recreación y Educación yserán desarrollados por medio de ejecución de proyectos y actividades deinterés de los asociados y la comunidad.

SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

Art. 6.- Los socios podrán ser: a) Activos b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,cuando provengan de asociaciones juveniles, el requisito de edad antesmencionado será de quince años.

Son socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitosseñalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la unidadvecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes inmediatas,y afiliarse mediante procedimientos determinados por la Asamblea enGeneral.

Son socios honorarios, aquellas personas a quienes la AsambleaGeneral por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directa les concedatal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes serviciosprestados a la asociación.

Son derechos y deberes de los socios activos:

DERECHOS:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar nociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación.

f) La participación en la administración y fiscalización de laAsociación.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DEBERES:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en legal forma.

b) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que sele encomienden.

c) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones deAsamblea General y Junta Directiva, siempre que esténrelacionadas con los fines de la Asociación.

d) Cumplir los acuerdos de la Asociación siempre que se tomende acuerdo a las leyes, reglamentos y Estatutos.

e) Mencionar que solo corresponden un solo voto a cada asocia-do sin que pudiera haber representación de un asociado porotro, salvo con la autorización de la Junta Directiva.

Art. 8.- Los socios honorarios, gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

A) LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 10.- La Asamblea General la componen los socios y seinstalarán por mayoría de los socios activos, haber representación de lossocios, por cada socio no podrá llevar más de una representación. Lasresoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo referente ala disolución de la Asociación.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente doceveces al año, con intervalos de un mes y extraordinariamente cuando seaconvocada por la Junta Directiva, por iniciativa o a solicitud de seissocios.

Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los socios. Enlas Asambleas Generales Extraordinarias, solo se tratarán los asuntoscomprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otrosaspectos no comprendidos en la Agenda, será nula.

Art. 13.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Extraor-dinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con diez días de anticipa-ción para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para lassegundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que han decelebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por faltade quórum, ésta se llevará a cabo una hora para las primeras y veinticuatrohoras para aquellas que legalmente convocados no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General.

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar y desaprobar elestado financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justificada a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán lacalidad de miembros de la misma a los que hubieran renun-ciado, fallecido o perdido su calidad de socio.

d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crean convenien-tes.

e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

f) Acordar la petición de la personalidad Jurídica y aprobaciónde Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio derepresentantes Legal de la Asociación.

g) Otorgar la calidad de socios Honorarios.

h) Aprobar la suspensión definitiva de los socios.

i) Aprobar el plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA

LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados deella por la Junta Directiva, tomando por mayoría de votos y previaaudiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Orde-nanza Municipal y estos Estatutos.

Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a lassiguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave ala Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos deelección o comisiones que le encomiende la Asamblea Gene-ral o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturale-za que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento beneficio de la Asociación,para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Art. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directivanombrará una comisión de siete de sus miembros para que investigue loshechos y oyendo el dictamen de estos y las razones que el supuestoinfractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá elproceso a que se refiere el inciso anterior, pero en este caso, la AsambleaGeneral resolverá por tal suspensión acordada, que se nombrará a lossustitutos.

Art. 17.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporaldecretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el retirode revisión para antes de la misma, dentro del tercer día de la notificación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningúnrecurso, y solo resolverá sin mayor trámite dentro del tercer día posteriora la admisión del recurso de revisión.

Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General. Podrá ser suspendidos en forma temporal o definida,según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Art. 19.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo de diezdías conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículosanteriores, un número de veinticinco asociados por lo menos, podrá pediral Concejo Municipal correspondiente que se les autorice:

a) Para nombrar de entre los mismos investigadores; y

b) Para que esta convoque a la Asamblea General, que conside-rará la suspensión en base a los informes de la comisióninvestigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirácuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre lasuspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva ocuando por tratarse de un número considerable de miembros,los que quedan no pueden o no inicien el procedimientodentro del plazo que establece en el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la queresolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros y enla misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo desuspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por once miembroselectos en Asamblea General, por votación: nominal, pública o secreta yasea por cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de loscargos será la siguiente:

Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero,Síndico y Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem, sinembargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades particularesy eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencio-nal o cuando por el volumen de Trabajo o las circunstancias lo ameriten.

Art. 21.- La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente cuantasveces sea necesario o por lo menos una vez por mes, y extraordinariamen-te cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida,deberá concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones setomarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o el quehaga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación yproponerlos en la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conformea la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaborancon el Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo y el presupues-to correspondiente.

d) Constituir comisiones de Trabajo de la Asociación, encausarsu mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias oextraordinarias.

f) Vincularse con las organizaciones de Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajaren la región, el proyecto de Desarrollo Comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos deMejoramiento de la Comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla y presentarle el Plan Anual de Trabajoy el presupuesto respectivo e informar igualmente a losorganismos que cooperaron con el desarrollo de sus progra-mas de trabajo.

i) Velar que el Patrimonio de la Asociación sea aplicado a laconsecución de sus fines.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losafiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposicionesemanadas de la Asamblea General y las que crea convenientedictar.

m) Resolver a su prudente arbitrario las situaciones excepciona-les no previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral en la sesión anual, sus actividades de trabajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyescorrespondientes y estos Estatutos.

p) Elaborar el Reglamento Interno de la Asociación y presentar-lo a la Asamblea General para que lo apruebe.

q) Organizar comités de apoyo y delegar funciones.

Art. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá lassesiones de Asambleas Generales y de la Junta Directiva, autorizandocon su firma los acuerdos que emanen de la misma y coordinará lasactividades a la Asociación.

Art. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, lo susti-tuirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demásque fuese concerniente a actividades comunales.

Art. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicación de laAsociación y llevará el inventario de los bienes de la misma.

Art. 26.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los Libros deActas de secciones que celebran la Asamblea General y la Junta Directivay todo lo más que fuere pertinente.

Art. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes dela Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de lamisma.

Se encargará así mismo, que se hagan efectivo los créditos a favorde la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión delestado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociacióny de los emolumentos si los hubieran.

Todos los fondos serán depositados en una Instituciones Bancariao Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre la Asociación,debiendo registrar sus firmas con la del Presidente y Síndico comorefrendarios.

Art. 28.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudi-cial de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien paracomparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otrosdeberán ser autorizados por la Junta Directiva, quién lo legitimarámediante la certificación del Punto de Acta que lo autoriza.

A falta de Síndico, fungirán los vocales en su orden, autorizados ensesión de Junta Directiva, además, velará por el escrito cumplimiento delCódigo Municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentesEstatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por laAsamblea General y la Junta Directiva.

Art. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en lamedida que esta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a losmiembros de la Junta Directiva que renuncien o faltaren.

Art. 30.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directivallamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure lasuspensión.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 31.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos por unperíodo de dos años y solo podrán ser reelectos en forma consecutiva paraun período más, siete de sus miembros que podrán ser cualesquiera deellos.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 32.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportenlos socios activos y será de cinco colones mensuales.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, dona-tivos, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapara recaudar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devengan los créditos otorgadosa los asociados. El valor de estos intereses serán fijados porla Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, peroen todo caso, este interés será menor que el estipulado por elSistema Bancario Nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienesmuebles e inmuebles de propiedad de la Asociación, el valorde estos alquileres están aprobados por la Asamblea General,a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún casoexonerará de estos pagos el hecho de ser asociado.

f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título.

g) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio nopodrá ser enajenado en garantía, vendidos, alquilados oprestados sin la autorización previa de la Asamblea General.

Art. 33.- La Asociación cuenta hoy con un capital ¢ 6,170 enEfectivo, provenientes de diversas actividades realizadas por la comuni-dad.

Art. 34.- De la utilidades netas obtenidas al final del ejercicioadministrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lomenos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capitalbancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en elque deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y las obrasfísicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través derecursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la AsambleaGeneral y autorizada por la Junta Directiva específicamente para el actoen que comparezca el Representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles necesarios para elefectivo control de fondos propios procedentes de fuentes externas en losdistintos programas y proyectos que se desarrollan.

Art. 35.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero adiciembre), se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a laAsamblea General los proyectos en que pueden ser aplicables dichasganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo dereserva.

Art. 36.- En caso de disolución de la Asociación si después depagadas las obligaciones hubiere un remanente el Concejo Municipal lodestinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en Caserío ElCaragual, Cantón El Algodón del domicilio de la Asociación y mientrasno se realiza su inversión, el remanente estará bajo el control del ConcejoMunicipal.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 37.- La disolución de la Asociación será acordada en sesiónextraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceraspartes de socios de la misma. Por motivos que el Código y OrdenanzaMunicipal, estos Estatutos y las demás leyes de la materia establecen.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 38.- La Asociación llevará sus libros de registros de Afiliados.Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, RegistroFinanciero y Registro de Inventario, todos foliados y sellados con unarazón de apertura que contengan el objeto del libro, su número de hojasy luego al terminarse el libro se pondrán su razón, la cual deberá estarfirmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

Art. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al ConcejoMunicipal, durante los primeros quince días posteriores a la elección lanómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días delaño, la nómina de los asociados, informes de las sustituciones de losmiembros de la Junta Directiva cuando sean en forma definitiva acualquier otro dato relativo a la Asociación.

Art. 40.- Para la modificación de Acta de Constitución y lospresentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para laconstitución e inscripción de la Asociación.

Art. 41.- Los casos que no están contemplados en estos Estatutos,serán resueltos en la Asamblea General de Socios.

Art. 42.- Los Presentes Estatutos, entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario oficial.

ACUERDO NUMERO UNO.

Esta Municipalidad, después de conocer los Estatutos y Objetivosde la Asociación de Desarrollo Comunal FE Y LUZ, del Caserío ElCaragual del Cantón El Algodón, jurisdicción de Santa Rosa de Lima,que se abrevia (ADESCOFEL), cuyo fin es prestar servicios a laComunidad, mediante el Desarrollo de Planes, Programas y Proyectos deinterés social, cultural y económico.- Consta de cuarenta y dos Artículosy no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes delpaís y al orden público, ni a las buenas costumbres, de conformidad alArtículo 119 del Código Municipal Vigente, este Concejo ACUERDA:Aprobar tales Estatutos en todas sus partes, confiriéndole a dicha entidadel carácter de Persona Jurídica. Publíquese.

Dado en la Alcaldía Municipal de Santa Rosa de Lima, a los sietedías del mes de noviembre de dos mil dos. MIRIAM ELIZABETHBENAVIDES DE CRUZ, ALCALDESA MUNICIPAL. JOSE ALFRE-DO MALDONADO, SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 5884)

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL “PENSANDO EN EL FUTURO”

(ADESCOPEF) CANTON LA CHORRERA,

JURISDICCION DE SANTA ROSA

DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNION

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y DOMICILIO

ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos ydemás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la comuni-dad de su domicilio, para el desarrollo de los planes programas yproyectos de interés social, cultural y económico y será una entidadapolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático. “LaAsociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal” “PEN-SANDO EN EL FUTURO” jurisdicción de SANTA ROSA DE LIMA,Departamento de La Unión. La que podrá abreviarse ADESCOPEF, yque en estos Estatutos se denominará LA ASOCIACION. y queadoptará el símbolo UNA GOTA DE AGUA.

ART. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por lasleyes de la materia.-

ART. 3.- El domicilio de la Asociación será en CANTON LACHORRERA, jurisdicción de SANTA ROSA DE LIMA, Departamentode LA UNION.

FINES

ART. 4.- La Asociación tendrá como fines: el desarrollo humanola obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la comunidad CANTON LA CHO-RRERA, juntamente con los organismos públicos y privadosque participen en los correspondientes programas de desarro-llo.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los veci-nos, sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas enla mayor integración de sus miembros y la mejor organiza-ción de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación ypromoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de laorganización de la comunidad, la administración de proyec-tos sociales, económicos y la elevación de niveles educati-vos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comuni-dad, con el equipamiento y medios indispensables para solu-cionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de lacomunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y elesfuerzo propio, a fin de complementar las obras que seconsideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que decomplementar las obras que se consideren en el respectivoPlan de Trabajo y otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramientode la comunidad.

h) Promover las organizaciones Juveniles de ambos sexos,haciéndoles participar responsablemente en el desarrollolocal.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral dela comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades, que generen ingre-sos económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacio-nal en cuanto a la determinación de proyectos, y la obtenciónde recursos comunales, gubernamentales, de las ONG´S yOrganismos Internacionales.

l) Lograr la participación en el desarrollo sostenible de lacomunidad.

m) Promover la reforestación en las cuencas hidrográficas.

METAS

ART. 5.- La Asociación tendrá como Metas, las especificadas enel Plan Local de Desarrollo, aprobado por el Concejo Municipal deSANTA ROSA DE LIMA, de acuerdo a las siguientes áreas: organiza-ción y capacitación comunal, salud, mejoramiento de la infraestructurabásica, agropecuario, vivienda, industria, trabajo, recreación y educa-ción y serán desarrollados por medio de ejecución de proyectos yactividades de interés de los Asociados y la comunidad.

SOCIOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

ART. 6.- Los Socios podrán ser:

a) Activos,

b) Honorarios,

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito de edad antesmencionado será de quince años.

Son Socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitosseñalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de launidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantesinmediatas, y afiliarse mediante procedimiento determinado por laAsamblea General.

Son Socios Honorarios, aquellas personas a quienes la AsambleaGeneral, por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva, lesconceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantesservicios prestados a la Asociación.

ART. 7.- Son derechos y deberes de los Socios Activos:

DERECHOS:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación.

f) La participación en la administración y fiscalización de laAsociación.

DEBERES:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en legal forma.

b) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que sele encomienden.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

c) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de laAsamblea General y Junta Directiva, siempre que esténrelacionadas con los fines de la Asociación.

d) Cumplir los acuerdos de la Asociación siempre que se tomende acuerdo a las leyes, reglamentos y estatutos.

e) Mencionar que solo corresponden un solo voto a cada asocia-do sin que pudiera haber representación de un asociado por otro, salvocon la autorización de la Junta Directiva.

ART. 8.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por laAsamblea General y la Junta Directiva.

A) LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea la componen los Socios y se instalará pormayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de losSocios; pero cada Socio no podrá llevar más de una representación. LasResoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo referentea la disolución de la Asociación.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cuatroveces al año, con intervalos de tres meses y Extraordinariamente cuandosea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa o a solicitud de diezSocios.

ART. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los Socios. Enlas Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntoscomprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otrosaspectos no comprendidos en la agenda será nula.

ART. 13.- La Convocatoria a Asamblea General Ordinaria oExtraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con cinco días deanticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipaciónpara las segundas indicándose en las mismas, el lugar, día y hora en quehan de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesiónpor falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora para las primeras yveinticuatro horas para aquellas que legalmente convocados no asistie-ron.

ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar elestado financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justificada a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán lacalidad de miembros de la misma a los que hubieran renun-ciado, fallecido o perdido su calidad de Socio.

d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crean convenien-te.

e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobaciónde Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio delRepresentante Legal de la Asociación.

g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

h) Aprobar la suspensión definitiva de los Socios.

i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

ART. 15.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados deella por la Junta Directiva, tomando por mayoría de votos y previaaudiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Orde-nanza Municipal, y estos Estatutos.

Se consideran además de causales de retiro o expulsión a lassiguientes:

a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio gravede la Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos deelección o comisiones que le encomiende la Asamblea Gene-ral o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturale-za que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento, beneficio de la Asociaciónpara sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Direc-tiva, nombrará una comisión de siete de sus miembros, para que inves-tiguen los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que elsupuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá elproceso a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la AsambleaGeneral resolverá por tal suspensión acordada, que se nombrará a lossustitutos.

ART. 17.- Sobre el retiro de Asociados y sobre la suspensióntemporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamen-te el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de lanotificación.

De las Resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningúnrecurso, y solo resolverá sin mayor trámite dentro del tercer día posteriora la admisión del recurso de revisión.

ART. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defini-tiva, según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo de diezdías de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a losartículos anteriores, un número de veinticinco asociados, por lo menospodrá pedir al Concejo Municipal correspondiente que se les autorice:

a) Para nombrar entre los mismos Investigadores.

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concede-rá la suspensión en base a los informes de la ComisiónInvestigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirácuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva ocuando por tratarse de un número considerable de miembros,los que quedan no pueden o no inicien el procedimientodentro del plazo que establece en el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General, la queresolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros y enla misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo desuspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

C) LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 20.- La Junta Directiva estará integrada por quince miembroselectos en Asamblea General, por votación nominal, pública o secreta,ya sea por cargos separados o en planilla. En todo caso la nominación delos cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario,Secretario de Actas, Tesorero, Síndico y Vocales.

Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem; sin embargo,cuando el Socio o directivo trabaje en actividades particulares y eventua-les para la Asociación; podrá cobrar una retribución convencional ocuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.

ART. 21.- La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente, cuantasveces sea necesario, o por lo menos una vez por mes y extraordinariamen-te cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida,deberá concurrir por lo menos ocho de sus miembros y las resolucionesse tomarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o elque haga sus veces tendrá voto de calidad.

ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación yproponerlos en la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conformea la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaborancon el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuestocorrespondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encausarsu mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias yextraordinarias.

f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajaren la región el proyecto de desarrollo comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos demejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrollan y presentarle el plan anual de trabajoy el presupuesto respectivo e informar igualmente a losorganismos que cooperaron con el desarrollo de sus progra-mas de trabajo.

i) Velar que el patrimonio de la Asociación, sea aplicado en laconsecución de sus fines.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losafiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposicionesemanadas de la Asamblea General y las que crean convenien-tes dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionalesno previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral en la sesión anual, sus actividades de trabajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las Leyescorrespondientes y estos Estatutos.

p) Elaborar el reglamento interno de la Asociación y presentarloa la Asamblea General para que lo apruebe.

q) Organizar Comités de Apoyo y Delegar Funciones.

ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirálas sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva, autorizandocon su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará lasactividades a la Asociación.

ART. 24.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente, losustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demásque fuese concerniente a actividades comunales.

ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicación de laAsociación y llevará el inventario de los bienes de la misma

ART. 26.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros deactas de sesiones que celebran la Asamblea General y la Junta Directivay todo lo demás que fuere pertinente.

ART. 27.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes dela Asociación y llevará los libros de contabilidad o de las cuentas de lamisma.

Se encargará así mismo, que se hagan efectivos los créditos a favorde la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión delestado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociacióny de los emolumentos si los hubieran.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria oCrediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociacióndebiendo registrar su firma con la del Presidente y Síndico comorefrendarios.

ART. 28.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudi-cial de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien paracomparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros,deberá ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará median-te la certificación del punto de acta que lo autoriza.

A falta del Síndico fungirán los Vocales en su orden, autorizadosen sesión de la Junta Directiva. Además velará por el estricto cumpli-miento del Código Municipal, la Ordenanza respectiva, así como lospresentes Estatutos y las Leyes de la materia y los demás acuerdostomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.

ART. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en lamedida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a losmiembros de la Junta Directiva que renuncien o faltaren.

ART. 30.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directivallamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure lasuspensión.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ART. 31.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos por unperíodo de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva paraun período más, nueve de sus miembros que podrán ser cualesquiera deellos.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 32.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportenlos Socios Activos y será de diez colones mensuales.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, dona-ciones, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapara recaudar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devengan los créditos otorgadosa los Asociados. El valor de estos intereses serán fijados porla Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, peroen todo caso, este interés será menor que el estipulado por elSistema Bancario Nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienesmuebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; el valorde estos alquileres están aprobados por la Asamblea General,a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún casoeximirá de estos pagos el hecho de ser asociados.

f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título.

g) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio nopodrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados oprestados sin autorización previa de la Asamblea General.

ART. 33.- La Asociación cuenta hoy con un capital de ¢650.00 enefectivo, provenientes de diversas actividades realizadas por la comuni-dad.

ART. 34.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicioadministrativo, por la Asociación se aportará el cinco por ciento por lomenos para formar un Fondo de Reserva para incrementar el capitalbancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en elque deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obrasfísicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través derecursos económicos deberá ser conocido y aprobado por la AsambleaGeneral y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el actoen que comparezca el representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles necesarios para elefectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas enlos distintos programas y proyectos que se desarrollan.

ART. 35.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (eneroa diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a laAsamblea General los proyectos en los que puedan ser aplicables dichasganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo deReserva.

ART. 36.- En caso de disolución de la Asociación si después depagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal,lo destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en CANTONLA CHORRERA, del domicilio de la Asociación y mientras no se realizala inversión el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

ART. 37.- La disolución de la Asociación será acordada en sesiónextraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceraspartes de Socios de la misma. Por motivos que el Código y OrdenanzaMunicipal, estos Estatutos y las demás Leyes de la materia establecen.

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, registro finan-ciero y registro de inventario, todos foliados y sellados con una razón deapertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego alterminarse el libro se pondrá la razón la cual deberá estar firmada ysellada por el Secretario de la Junta Directiva.

ART. 39.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar alConcejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a laelección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primerosquince días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustitu-ciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de formadefinitiva y cualquier otro dato relativo a la Asociación.

ART. 40.- Para la modificación de actas de constitución y lospresentes Estatutos se seguirán los mismos procedimientos que para laconstitución e inscripción de la Asociación.

ART. 41.- Los casos que no estan contemplados en estos Estatutos,serán resueltos en la Asamblea General de Socios.

ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO DOS.-

Esta Municipalidad, después de conocer los Estatutos y objetivosde la Asociación de Desarrollo Comunal PENSANDO EN EL FUTU-RO, del Cantón La Chorrera, jurisdicción de Santa Rosa de Lima, que seabrevia (ADESCOPEF), cuyo fín es prestar servicios a la Comunidad,mediante el Desarrollo de Planes, Programas y proyectos de interéssocial, cultural y económico. Consta de cuarenta y dos artículos y noencontrando en ellos ninguna disposición contraría a las leyes del país yal orden público, ni a las buenas costumbres, de conformidad al artículo119 del Código Municipal vigente, este Concejo ACUERDA: aprobartales Estatutos en todas sus partes. confiriéndole a dicha entidad elcarácter de persona jurídica.

Dado en la Alcaldía Municipal de Santa Rosa de Lima, a los sietedías del mes de noviembre de dos mil dos.-

MIRIAM ELIZABETH BENAVIDEZ DE CRUZ,ALCALDESA MUNICIPAL.

JOSE ALFREDO MALDONADO,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 5903)

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

EL INFRASCRITO JUEZ: al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas de este día, se

ha declarado heredero definitivo y con beneficio de inventario en la

herencia intestada que dejó al fallecer la señora ANA MARIA QUIROZ

PENADO, el día siete de mayo de mil novecientos noventa y siete en la

ciudad de Jiquilisco lugar de su último domicilio, DECLARASE HERE-

DERO DEFINITIVO y con beneficio de inventario al señor MANUEL

DE JESUS QUIROZ, conocido por MANUEL DE JESUS QUIROZ

CASTILLO, en calidad de hijo de la causante. Confiéresele al heredero

declarado la Administración y representación definitiva de la sucesión

intestada con las facultades y restricciones de ley.

Publíquese los edictos correspondientes.

Oportunamente extiéndase la certificación solicitada.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los dieciocho

días del mes de noviembre de dos mil dos. Lic. LUIS ALBERTO PONCE

HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA

YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 249

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas de este día, se

han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario en la

herencia intestada que dejó al fallecer el señor MANUEL DE JESUS

HERNANDEZ VALENCIA, el día veintiséis de julio de mil novecientos

noventa y nueve, en esta ciudad lugar de su último domicilio, DECLA-

RASE HEREDEROS DEFINITIVOS, y con beneficio de inventario a

los señores JULIO ALBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ y ADA

JENNY RODRIGUEZ HERNANDEZ, en calidad de hijos del causante.

Confiéresele a los herederos declarados la Administración y representa-

ción definitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricción de

ley.

Publíquese los edictos correspondientes.

Oportunamente extiéndase la certificación solicitada.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los dieciocho

días del mes de noviembre de dos mil dos. Lic. LUIS ALBERTO PONCE

HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA

YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 250

EL INFRASCRITO JUEZ: al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas de este día,

se ha declarado heredero definitivo y con beneficio de inventario en la

herencia intestada que dejó al fallecer el señor EDUARDO DE JESUS

HERNANDEZ, el día veinticuatro de septiembre de mil novecientos

noventa y siete, en la Población de San Agustín, siendo este lugar su

último domicilio, DECLARASE HEREDERA DEFINITIVA y con

beneficio de inventario a la señora MARIA ELBA HERNANDEZ, ésta

en calidad de hija del causante. Confiéresele al aceptante la administra-

ción y representación definitiva de la sucesión intestada con las faculta-

des y restricciones de ley.

Publíquese los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veinte

días del mes de enero de dos mil tres. Lic. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA Into.- Licda. SILVIA

YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 251

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado de las nueve horas del día siete de febrero de dos mil tres.

Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de

parte de los menores WENDY YAMILETH y ERICK OSVALDO

ambos de apellidos VENTURA PORTILLO, la Herencia Intestada que

a su defunción dejó el causante señor JOSE SIMON VENTURA,

conocido por JOSE SIMON VENTURA REYES, quien falleció en esta

ciudad, lugar de su último domicilio, el día trece de enero de dos mil uno,

aceptación que hacen los menores arriba mencionados en su calidad de

hijos del referido causante y como cesionarios de los derechos heredita-

rios que le correspondían a la señora FELIPA REYES, conocida por

FELIPA REYES VIUDA DE VENTURA, en su calidad de Madre del de

cujus. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representa-

ción interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente, debiendo ejercerla los menores

WENDY YAMILETH y ERICK OSVALDO AMBOS DE APELLI-

DOS VENTURA PORTILLO, por medio de su Representante Legal

señora ROSA MIRIAM PORTILLO ORELLANA.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia,

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas del día catorce de febrero del dos mil tres.

Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA Inta.

Of. 3 v. alt. No. 252-1

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas y

treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó el señor

MANUEL DE JESUS GONZALEZ, quien falleció a las catorce horas

con treinta minutos del día seis de enero del año de mil novecientos

noventa y nueve, en el Barrio El Centro de la ciudad de Alegría, siendo

éste su último domicilio; de parte de los señores MANUEL DE JESUS

GONZALEZ ORELLANA, IRIS ANTONIA GONZALEZ ORELLA-

NA, FATIMA YANETH GONZALEZ ORELLANA, ALBA EMPE-

RATRIZ GONZALEZ DE ALVARADO y MARIA OLGA ORELLA-

NA, esta última en representación de su menor hija OLGA PATRICIA

GONZALEZ ORELLANA, todos en calidad de hijos del causante.

Confiriéndoseles a los aceptantes dichos la administración y representa-

ción legal interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a las doce horas y cincuenta minutos del día

veinticinco de febrero del año dos mil tres. Lic. GLADIS NOEMI

ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.

FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 253-1

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a las

diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la

señora CLEMENCIA PORTILLO, quien fue de noventa y un años de

edad, de oficios domésticos, originaria de Estanzuelas y del domicilio de

Nueva Granada, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo hija de

VICTORIANO PORTILLO y SALVADORA CARBALLO; falleció

aquella el día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y siete,

siendo su último domicilio el Cantón Las Isletas de Nueva Granada; de

parte de la señora OLINDA PASTORA PORTILLO DE ALVARADO,

en concepto de hija de la causante. Confiéresele a la aceptante declarada

en el carácter aludido, la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

herencia yacente.-

Y, CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE

FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES. Lic. OSCAR NEFTALI

ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALINA

RIVERA DE CLAROS, SECRETARIA INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 254-1

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MARINA ALICIA MONTOYA DE LIZAMA, a promover Diligencias

de Título Supletorio, siendo Agente Auxiliar de la Procuraduría General

de la República, en representación de la señora MARIA CELIA DEL

CARMEN SOLANO, de sesenta y ocho años de edad, doméstica,

originaria y del domicilio de San Agustín, departamento de Usulután, de

un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Los Planes de la

Jurisdicción de San Agustín, departamente de Usulután, teniendo una

extensión superficial de TREINTA Y CINCO AREAS, CINCUENTA Y

CUATRO CENTIAREAS, según certificación de la denominación

catastral con sus colindancias especiales siguientes AL NORTE con

BLANCA LIDIA ROMERO, al ORIENTE, con HERIBERTO

ARNOLDO URBINA, Carretera a San Agustín, de por medio, al SUR

con ANGEL ARTEAGA, al PONIENTE, con BLANCA LIDIA RO-

MERO, el relacionado inmueble no tiene nombre. Y lo hubo por

Posesión material es por ello que no posee documento alguno.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los tres

días del mes de febrero de dos mil tres. Lic. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA

YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 255-1

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasnueve horas del día dieciocho de febrero del año dos mil tres. Se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que a su defunción ocurrida el día dieciséis de julio del año dosmil dos, en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, su últimodomicilio, dejó el causante JESUS ANTONIO PEREZ, de parte de laseñora ANITA PEREZ hoy DE LOPEZ, por sí, en su calidad de hermanadel causante y como cesionaria de los derechos hereditarios en abstractoque en la presente sucesión le correspondían a los señores VICTORMANUEL PEREZ, PEDRO PEREZ o PEDRO PEREZ NAJERA yLUIS ALONSO PEREZ, en su calidad de hermanos del referido decujus. Se ha conferido a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención paraque transcurridos el término de quince días contados a partir desde elsiguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunala hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las catorce horas del día veintiséis de febrerodel año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DELO CIVIL.- Lic. ERNESTO ENRIQUE MONTES, SECRETARIOINTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 239-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaLEONOR MAGDALENA ORELLANA MELENDEZ, como AgenteAuxiliar del señor Procurador General de la República y en representa-ción del señor SIMEON DE JESUS PEREZ PORTILLO o SIMEONJESUS PEREZ PORTILLO, solicitando Título Supletorio de un inmue-ble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Santa Fe, de la jurisdic-ción de Olocuilta, Departamento de La Paz, que se describe de la manerasiguiente: ORIENTE: setenta y dos metros noventa y un centímetros enlínea recta, con el Río Macusinapa de por medio y enfrente terreno de laHacienda Miramar de Antonio Hernández Girón; NORTE, ciento vein-tinueve metros setenta centímetros en línea recta, con terreno de EFRAINPORTILLO antes, y hoy de JERONIMO RODRIGUEZ PORTILLO,cerco de alambre del colindante en medio; PONIENTE, ochenta y unmetros veinticinco centímetros en línea recta, con la calle vecinal que deOlocuilta conduce al Cantón Jayuca y enfrente terreno de la sucesión deCECILIO GONZALEZ, cerco de alambre de este predio de por medio;y SUR, ciento cincuenta y ocho metros cinco centímetros en línea recta,

con terreno de la sucesión de JUAN PLATERO, hoy de ANTONIORODRIGUEZ, cerco de alambre y en otra parte de piña de línea divisoria;los cuatro mojones esquineros son piedras sembradas especialmente. Loadquirió por venta que le hiciera el señor MACARIO ANTONIOMONTALVO, según escritura pública de compraventa de fecha treintay uno de enero de mil novecientos noventa, ante los oficios del NotarioJOSE URSUS AGUILAR LOPEZ. El inmueble antes descrito, contieneuna casa de techo de tejas con sus corredores. Tiene una extensiónsuperficial de DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE ME-TROS CUADRADOS. Documento que no es inscribible, por carecer deantecedente inscrito no lo posee en proindivisión con persona alguna, noes dominante, ni sirviente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: ciudad de San Marcos, departa-mento de San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día trecede febrero del año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE-CRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 240-2

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del distrito judicial de SanVicente, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señoraMARIA NEMESIA FLORES VIUDA DE DURAN, conocida social-mente por MARIA DEMETRIA FLORES, por DEMETRIA FLORESo por MARIA NEMESIA FLORES AYALA, de ochenta y un años deedad, viuda de oficios domésticos, residente en el Cantón San Nicolás dela jurisdicción de Apastepeque, Departamento de San Vicente, represen-tada por la Licenciada CRISTABEL PEÑA PALACIOS FLORES, detreinta y siete años de edad, Abogado, en su calidad de Agente Auxiliardel señor Procurador General de la República, solicitando Título Suple-torio sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón SanNicolás del municipio de Apastepeque Departamento de San Vicente, dela extensión superficial de treinta y tres áreas, treinta y dos centiáreas yque linda: al NORTE, con terreno de ROMAN RAMIREZ; al ORIEN-TE, con terreno de la sucesión de VICTOR FLORES, Alcaldía Munici-pal camino vecinal de por medio; al SUR, con terreno de DAYSI DELCARMEN AYALA; y al PONIENTE, con terreno de MIGUEL ANGELDURAN FLORES. Está valuado en la cantidad de ocho mil colones,asegurando la titulante que lo posee desde el año de mil novecientoscincuenta y cuatro, por compra venta que le hizo el señorPRESENTACION DE JESUS ALVAREZ.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis días del mes defebrero del año dos mil tres. Doctora ANA FELICITA ESTRADA,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 241-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Lic.TEODORA CANALES CANALES, en carácter de Procuradora Auxi-liar del señor Procurador General de la República, en representación dela señora MARIA ALBERTINA ESCAMILLA VIUDA DE VENTU-RA, solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturalezarústico ubicado en el Cantón Llano El Angel de la Jurisdicción de CiudadBarrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad Superficial deCUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUA-DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: sesentay un metros colinda con ROSENDO FUENTES cerco de piedra de pormedio propio de la solicitante; AL NORTE: sesenta y siete metros concerco de piedra de por medio, colinda con MEREGILDO CHICASpropio de la solicitante; AL PONIENTE: sesenta metros con ANGELAVENTURA cerco de brotones de Izote propio de la solicitante; AL SUR:ochenta y cinco metros, colinda con NICOLAS ORELLANA, calle depor medio; en dicho inmueble están construida, cuatro casas de sistemamixto con techo de teja y lámina; la primeras, de las siguientes medidas:de ocho metros con cincuenta centímetros de largo, por ocho metros deancho, la segunda vivienda tiene diez metros con ochenta centímetros delargo, por nueve metros de ancho, la tercera vivienda tiene siete metroscon ochenta centímetros de largo por siete metros de ancho, la cuartavivienda tiene cuatro metros con veinte centímetros de largo, por tresmetros con ochenta centímetros de ancho.- Dicho inmueble fue adquiri-do por compraventa verbal que le hizo a la señora JOSE CONCEPCIONVENTURA CASTILLO, venta que fue por medio de Escritura decompraventa privada, en el mes de marzo de mil novecientos setenta ycinco, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL COLONES EXACTOS.-

Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a lasquince horas del día diecisiete de febrero del año dos mil tres. Lic.JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRE-TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 242-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, ALPUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el señorPEDRO CARRANZA RAMIREZ, de cincuenta y seis años de edad,Agricultor, del domicilio de Cantón Guadalupe, Caserío La CribaJurisdicción de Chirilagua,del Departamento de San Miguel, solicitandoTITULO SUPLETORIO, sobre “““una propiedad de naturaleza rústica,situada en el Cantón Guadalupe, Caserío La Criba Jurisdicción deChirilagua, Departamento de San Miguel, de una capacidad superficialde UN MIL NOVECIENTOS ONCE METROS, ONCE DECIME-TROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medi-das y linderos siguientes: al ORIENTE, treinta y seis metros, conveinticuatro centímetros con MARTHA RAMIREZ antes FRANCISCOROMERO, cerco de alambre de púas; al NORTE, cuarenta y ochometros, setenta y siete centímetros, cerca de alambre, con SUSANA

RAMIREZ antes FRANCISCO RAMIREZ cerco de alambre de púas;al PONIENTE, treinta y ocho metros, con treinta y tres centímetros,colindando con MARIA BENITA HERNANDEZ, y con ANGEL SAL-VADOR ROMERO; al SUR, cincuenta y tres metros, con setenta y trescentímetros, colindando con MERCELINO CARRANZA, y con ADANCHAVEZ, cerco de alambre; en dicho inmueble está construida una casade sistema mixto de diez metros de largo, por ocho metros de ancho, contecho de teja, el inmueble antes descrito no es ejidal, baldío, ni comunal,no tiene carga, ni derechos reales, es decir que está a cuerpo cierto, no esdominante, ni sirviente, todos los colindantes son de este domicilio yresiden en el mismo lugar del inmueble que se trata de titular. El inmueblelo adquirió el solicitante por compraventa privada que le hizo al señorALEJO CARRANZA, ( fallecido ), en el año de mil novecientos sesentay ocho, por lo que tiene más de treinta años de ejercer la posesión enforma quieta, Pacífica y no interrumpida,

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SanMiguel, a las doce horas del día once de febrero del año dos mil tres. Dr.JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 243-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licda.AURORA CAROLINA JOYA LAZO, en carácter de ProcuradoraAuxiliar del señor Procurador General de la República, y como Repre-sentante de la señora JACINTA PARADA, de cincuenta y un años deedad, de oficios domésticos, con domicilio en Cantón Guanaste, CaseríoCerro de Arena, de esta jurisdicción, Departamento de San Miguel, conDocumento Unico de Identidad número cero un millón cuatrocientosveintiocho mil setecientos catorce-tres; solicitando TITULO SUPLE-TORIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el CantónGuanaste, Caserío Cerro de Arena de esta Ciudad, de la CAPACIDADSUPERFICIAL DE SEISCIENTOS SETENTA Y UN METROS CIN-CUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindan-cias siguientes: AL ORIENTE: de diecinueve metros con calle nacionalde por medio que conduce a esta Ciudad, y CONCEPCION MARQUEZ,cerco de izote propio de la solicitante; AL NORTE: cuarenta y dos metroscon JOSE NEFTALI VILLACORTA , cerco de izote propio de latitulante; AL PONIENTE: quince metros con CONCEPCIONMARTINEZ, cerco de izote propio de la solicitante; y AL SUR: treintay siete metros con CONCEPCION MARTINEZ, cerco de izote propiode la titulante; en dicho inmueble existe una construcción de seis metrosde ancho por seis de largo, la cual es de adobe y techo de teja. Que esapropiedad fue adquirida por compra-venta que le hizo al señor JOSEMARTIR MEDINA GUTIERREZ, en instrumento privado que fueextraviado.- Que valora ese inmueble en DIEZ MIL COLONES EXAC-TOS.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,Departamento de San Miguel, a las once horas del día veintisiete defebrero del año dos mil tres. Lic. JORGE ALBERTO GUZMANURQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE FRAN-CISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 244-2

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

LA SUSCRITA JUEZ

HACE SABER : que con fecha seis de diciembre de dos mil dos,se presentó la Licenciada AURORA CAROLINA JOYA LAZO detreinta y seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de SanMiguel, portadora de su Tarjeta de Identificación número cinco mildoscientos noventa y tres, en su concepto de Procuradora Auxiliar delSeñor Procurador General de la República y en Representación de laseñora ROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS, de cuarenta y un añosde edad, de oficios domésticos, con domicilio en el Cantón Amaya de laJurisdicción de Lolotique, Departamento de San Miguel, Portadora delDocumento Unico de Identidad número cero un millón setecientos ochomil quinientos setenta y siete-ocho y con número de IdentificaciónTributaria un mil doscientos ocho-cero cincuenta mil ochocientos sesen-ta y uno ciento dos-cero, solicitando a su favor Título Supletorio de unsolar de naturaleza rústica ubicada en el Caserío El Jobo del CantónAmaya de la Jurisdicción de Lolotique Departamento de San Miguel, deuna capacidad superficial de UN MIL QUINIENTOS NUEVE ME-TROS SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS de lamedida y lindero siguiente: AL ORIENTE, de cuarenta y un metros conCandelario Batres cerco de alambre y postes propios del solicitante ALNORTE, treinta y seis metros con Gregorio Batres, cerco de postes devarios árboles de por medio propios de la solicitante, AL PONIENTE,veinticinco metros Miguel Batres quebrada de por medio y cerco dealambre y varios árboles propios de la solicitante; AL SUR, cincuenta ycinco metros cincuenta centímetros con ELOY TORRES y SALOMONMEJIA cerco de alambre y piña propio de la solicitante; en dichoinmueble existe una casa de bloques sin techo que mide nueve metroscuarenta y cuatro centímetros de ancho por nueve metros cincuenta y trescentímetros de largo que es dueña y actual poseedora por auto deocupación desde el mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos,adquiriendo el inmueble por una compraventa verbal que le efectúo elseñor Jose Elias Batres Sandoval. La posesión que mi representada haejercido y ejerce en dicho inmueble durante el tiempo antes, mencionado,ha consistido en mejorarlo, habitarlo, todo esto sin pedirle consentimien-to a nadie o sea que durante todo ese tiempo ha ejercido actos deverdadera dueña y estima; el terreno en mención en la suma de DIEZ MILCOLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las diezhoras del día catorce de diciembre de dos mil dos.- Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº. 228-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a estas oficinas se ha presentado la LicenciadaANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Abogado yNotario, del domicilio de San Miguel con su Documento Unico deIdentidad número cero cero cuatrocientos noventa y siete mil doscientosdieciséis guión cero quien ha sido comisionada por el señor ProcuradorGeneral de la República, para que en representación del señor ANTO-NIO MISAEL DIAZ VASQUEZ, de cuarenta y seis años de edad,casado, agricultor en pequeño, de este origen y domicilio, con suDocumento Unico de Identidad número cero cero quinientos cuarenta yocho mil doscientos sesenta y cuatro guión siete, solicite se extienda

Título de Propiedad a favor del señor ANTONIO MISAEL DIAZVASQUEZ, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio SanIsidro de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento de SanMiguel, de una capacidad superficial de SEISCIENTOS SIETE ME-TROS CUADRADOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS,.Que linda al ORIENTE, cuarenta y cinco metros con Amadeo Guevara;cerco de alambre de por medio, al NORTE, trece metros con cincuentacentímetros con ATILIO MORALES, cerco de alambre de por medio, alPONIENTE; cuarenta y cinco metros con ATILIO MORALES, cerco dealambre de por medio y ANTONIO DIAZ VASQUEZ y al SUR; trecemetros con cincuenta centímetros, con servidumbre privada de pormedio con ANTONIO RAMIREZ. No es predio dominante, ni sirviente,ni está en proindivisión con nadie, ni tiene carga o derecho real quepertenezca a otra persona. Lo hubo por compra que le hizo a la señoraMARIA ELISA GOMEZ, residente en Barrio San Isidro. El inmueble lovalora en DIEZ MIL COLONES. Todos los colindantes son de estedomicilio.

Alcaldía Municipal, ciudad de Lolotique, veintisiete de enero dedos mil tres.- JUAN ANGEL HERNANDEZ, ALCALDE MUNICI-PAL.- Br. EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CASTRO, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. Nº. 229-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se presentó el LicenciadoMARVIN ANTONIO GONZALEZ HENRIQUEZ, procurador auxi-liar de la Procuraduría General de la República, de San Miguel, quienactúa en calidad de representante legal del señor DESIDERIO MEDRA-NO, solicitando a favor de su representada Título de dominio de un solarde narutaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, pasajeDua, de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de lacapacidad superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ME-TROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: ALNORTE, dieciséis metros, colinda con propiedad de la señora FIDELINAMARQUEZ; AL SUR, mide dieciséis metros colinda con propiedad delos señores ALFREDO HERNANDEZ y JESUS MACHUCA; ALORIENTE, mide dieciséis metros, colinda con ANDRES BENAVIDES;Y AL PONIENTE, mide dieciséis metros con propiedad de las señorasTERESA FUNES, y ANA FUNES. En el inmueble antes descritoexisten construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente,no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está enproindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa de posesiónmaterial que le hicieron los señores CARMEN SARAVIA y EVERTFERNANDO ALVARENGA, posesión que unida a la de sus anterioresdueños ha durado por más de diez años, la cual ha sido quieta, pública,pacífica e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de DIEZ MILCOLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los cinco días del mesde julio del año dos mil.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. DAVID OMAR GOMEZ, SECRETA-RIO MUNICIPAL INTERINO.-

Of. 3 v. alt. Nº. 230-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ROSARIO GOCHEZ CASTRO, Notaria de este domicilio, con OficinaProfesional situada en 81a. Avenida Norte Edificio "Capelli" Local UnoSegunda Planta, de la Colonia Escalón, al público,

HACE SABER: que por resolución proveída por la suscrita Nota-ria, en esta ciudad a las nueve horas de este mismo día, se ha declaradoa la señora PATRICIA DEL CARMEN JANDRES DE CAMPOS, porsí y en representación de sus hijas legítimas menores SANDRA CARO-LINA y YASELY PATRICIA ambas de apellidos CAMPOS JANDRES,herederas definitivas Ab- intestatas con beneficio de inventario de losbienes que a su defunción dejó el señor VICTOR MANUEL CAMPOSSANCHEZ, fallecido a las doce horas del día veintitrés de agosto de dosmil dos, en la ciudad de Soyapango, siendo éste, su último domicilio, ensu calidad de esposo e hijas del causante respectivamente, habiéndoselesconferido a dichas herederas la administración y representación defini-tiva de la sucesión.

Lo anterior se hace saber al público por el presente y único avisopara los efectos de Ley.

Librado en mi Oficina Profesional; San Salvador, a los veintisietedías del mes de febrero de dos mil tres.

ROSARIO GOCHEZ CASTRO,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4966

ANA FELICITA ESTRADA. Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y veinteminutos del día trece de febrero del corriente año, se han declarado a losseñores VICTOR MANUEL ROSALES y MARIA CELIA IRAHETADE ROSALES, quienes son de cincuenta y ocho y cincuenta y tres añosde edad respectivamente, Carpintero y Costurera en su orden, los dos deldomicilio de San Marcos Departamento de San Salvador, herederosabintestatos con beneficio de inventario de los bienes que a su de funcióndejó la señora MARIA LUISA IRAHETA, quien fue de setenta años deedad, soltera, originaria de Zacatecoluca, habiendo fallecido a las diecio-cho horas del día catorce de mayo de mil novecientos ochenta y nueve,en el Cantón Santa Cruz, jurisdicción de Tecoluca de este Departamento,siendo la ciudad de San Vicente, el lugar de su último domicilio, ambosen concepto de cesionarios del derecho hereditario que en tal sucesión lescorrespondían a los señores NOEMY IRAHETA AMAYA y MAURI-CIO IRAHETA, éstos en calidad de hijos de la causante, y la señoraMARIA CELIA IRAHETA DE ROSALES, además de cesionaria por sícomo hija del referido causante. Y se les ha conferido a los herederosdeclarados la administración y representación definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece días del mes de febrerodel año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LOCIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. Nº. 9474

AVISO NOTARIAL

El infrascrito Notario con Bufete en Colonia y Calle La Mascota Número143, zona 12 en esta ciudad, al público, para los efectos de Ley,

HAGO SABER: que por resolución definitiva que pronuncié elveinte de los corrientes, en las diligencias de aceptación de herenciaTestamentaria del Señor MILTON SALVADOR MELENDEZ FRATTIó MILTON SALVADOR MELENDEZ, declaré herederos definitivoscon beneficio de inventario del causante, a los señores ALICIA AQUINOHERNANDEZ DE MELENDEZ y MIGUEL ANGEL MELENDEZAQUINO.

Dado en San Salvador, este día veinticuatro de febrero del año dosmil tres.

DOCTOR RICARDO MIGUEL DUARTE,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4987

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley;

HACE SABER: que hoy ha declarado a la señora PETRONAACEVEDO GONZALES, conocida por PETRONA GONZALEZ ACE-VEDO, heredera beneficiaria e intestada en la sucesión del causanteGONZALO GONZALEZ, que falleció el día treinta de marzo de milnovecientos setenta, en el Barrio Santa Rita de la jurisdicción de San JuanNonualco, su último domicilio; en concepto de hija del causante.

La heredera declarada tiene la representación y administracióndefinitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 17 de diciembre del2002. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGEALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. Nº. 4994

EL INFRASCRITO JUEZ. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este juzgado pronunciada alas ocho horas de este mismo día y del corriente año, ha sido declaradoheredero definitivo con beneficio de inventario de la sucesión intestadaque a su defunción dejó el señor DOLORES HENRIQUEZ ARCHILA,quien falleció el día dos de noviembre de mil novecientos noventa ynueve en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, siendo este su últimodomicilio; al señor MEDARDO HENRIQUEZ, quien actúa en su carác-ter personal y en su calidad de padre sobreviviente del mencionadocausante.

Se le ha conferido al heredero declarado la administración yrepresentación definitiva de la expresada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las ochohoras y diez minutos del día veinticinco de febrero de dos mil tres. Lic.OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. Lic. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SE-CRETARIA.

1 v. Nº. 5001

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: que este día ha declarado a la señora ESTER LEONORTENORIO CAMINOS,conocida por ESTER LEONOR TENORIOVIUDA DE BARAHONA, heredera intestada, con beneficio de inven-tario, de los bienes dejados por su madre señora CARMEN MUNDOVIUDA DE TENORIO, que falleció el día veintisiete de marzo de milnovecientos noventa y ocho, en el cantón El Espino Abajo de lajurisdicción de esta ciudad, su último domicilio, confiriéndole la admi-nistración y representación definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veinticinco días delmes de febrero de dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DELO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. Nº. 4908

NAPOLEON LOVO SOLORZANO, Notario, del domicilio de NuevaGuadalupe, Departamento de San Miguel, con oficina ubicada en laOctava Calle Oriente, Número Doscientos tres, Bis, Barrio San Francis-co, de la ciudad de San Miguel, departamento del mismo nombre,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveidasa las nueve horas del día doce de febrero del año en curso. Se ha declaradoal señor: JOSE DANIEL BENAVIDES TORRES, HEREDERO DEFI-NITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de los bienes que a sudefunción dejó el señor DANIEL BENAVIDES, habiéndosele concedi-do la representación y administración definitiva de la sucesión en

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.concepto de hijo y cesionario de los derechos que le corresponden aMANUEL DE JESUS, MARIA RUMILDA, AEDELMIRA DEL CAR-MEN, CORALIA ALBERTINA, ANA SABIL y ROSA COLOMBA,todos de apellidos BENAVIDES TORRES, y en concepto de hijos delcausante.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, departamento del mismonombre, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. NAPOLEON LOVO SOLORZANO,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4909

DORA MARGARITA RUIZ PEÑA, Notario, con oficina situada enAvenida Bernal y Calle Las Oscuranas Urbanización Carmita Casa siete,al público en general,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas deldía trece de agosto de dos mil dos, y constando que ha transcurrido eltérmino legal posterior a la tercera publicación del edicto respectivo, sinque persona alguna se haya presentado alegando mejor derecho se handeclarado Herederos Definitivos de la Herencia Intestada que a sudefunción ocurrida en Cuscatancingo, su último domicilio el día veintio-cho de octubre de mil novecientos noventa y tres, dejó la señora EMELIAGUZMAN DE LEMUS, quien fuera mayor de edad, de oficios domés-ticos de parte de los señores: FERNANDO GUZMAN LEMUS, ER-NESTO GUZMAN LEMUS, ROSA AMELIA GUZMAN DE QUIJA-DA y MARTA GUZMAN DE LINARES, en su concepto de hijos de lacausante habiéndoseles conferido la administración y representacióndefinitivas de la sucesión. Lo que se hace del conocimiento público paralos efectos de Ley.

Y para ser publicado una sola vez en el Diario Oficial, libro elpresente aviso.

Librado en San Salvador, a los trece días del mes de agosto de dosmil dos.

DORA MARGARITA RUIZ PEÑA,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4924

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las quince horas contreinta minutos de esta fecha, se ha declarado al señor JOSE ANTONIOPANAMEÑO heredero definitivo abintestato con beneficio de inventa-rio del señor RUBEN ANTONIO MONTERROZA conocido porRUBEN ANTONIO MONTERROSA, quien fue de sesenta y cinco añosde edad, agricultor, fallecido el día veintidós de marzo de mil novecientosnoventa y dos, en el Cantón San Juan Buenavista de San Lorenzo, suúltimo domicilio, en concepto de Cesionario de los derechos que lecorrespondían a los señores JOSE LUIS BELLOSO MONTERROZA,ZOILA ESPERANZA BELLOSO MONTERROZA, DELFIA DELCARMEN BELLOSO MONTERROZA, ROSA NOELIA BELLOSOMONTERROZA, ELSY MELANI BELLOSO MONTERROZA, PE-DRO ANGEL BELLOSO MONTERROZA y MARIA CONCEPCIONBELLOSO MONTERROZA, éstos en concepto de hijos del causante; sele ha conferido al heredero declarado en el carácter dicho la administra-ción y representación definitivas de la sucesión con las facultades de Ley.

Lo que se avisa al público para los efectos consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a lasquince horas con cuarenta y cinco minutos del día doce de febrero del añodos mil tres. Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA. MANUEL IGNACIO CARCAMO RO-DRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. Nº. 4931

ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL,

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a lasdiez horas del día diez de febrero de dos mil tres, se ha declaradoHeredero Definitivo, abintestato, con beneficio de inventario de losbienes dejados a su defunción por el señor INES DURAN, quien fue deochenta y cinco años de edad, Viudo, fallecido el día dos de julio de milnovecientos setenta, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de partedel señor HERMENEGILDO MOLINA en su calidad de Cesionario delos Derechos Hereditarios que en la sucesión del causante INES DU-RAN, le correspondía a CATALINA DURAN DE RODRIGUEZ, enconcepto de hija del causante, a quien se le ha conferido la Administra-ción y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once-horas y cinco minuto del día catorce de febrero de dos mil tres. Lic.ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDO-NA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. Nº. 4937

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal, a lascatorce horas veinticinco minutos del día diez de octubre del presenteaño; SE DECLARO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CONBENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora ADA ESMERALDA PAZSANCHEZ ahora de RASMUSSEN, de cuarenta y un años de edad,Enfermera, del domicilio de Copenhague, Reino de Dinamarca, encalidad de hija del Causante; de la herencia intestada que a su defuncióndejó el señor TIBURCIO SANCHES SOSA, conocido por TIBURCIOSANCHEZ SOSA, quien fué de ochenta y siete años de edad, Motorista,Casado, fallecido el día veintidós de abril del año dos mil uno; siendoApopa, su último domicilio.Y se le confirió a la Heredera Declarada enel carácter indicado, la Administración y Representación Definitiva delos bienes de la Sucesión; debiendo ejercer sus derechos juntamente conlos herederos ya declarados, señores: CLEOTILDE GONZALEZCASAMALHUAPA, ahora viuda de SANCHEZ, ROSA ELENA SAN-CHEZ GONZALEZ, HERBERT ONAN SANCHEZ GONZALEZ, yALIRIO ISAI SANCHEZ GONZALEZ; cónyuge sobreviviente e hijosdel Causante, respectivamente; según Certificación de Declaratoria,expedida por este Tribunal, el día veintiséis de agosto del año dos mil dos,de fs.38.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas deldía diez de octubre del año dos mil dos. Dra. VIOLETA DEL CARMENDERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEYCERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

1 v. Nº. 4940

DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ, Notario del domicilio de estaciudad, con oficina situada en Tercera Avenida Norte número mil cientotreinta y cinco, Edificio Moreno "C" local siete de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas del día uno de noviembre del corriente año; se hadeclarado HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO CON BENE-FICIO DE INVENTARIO de la señora YOLANDA MARGOTH CON-TRERAS DE CHAVARRIA, quien falleció el día trece de enero del dosmil uno, en la ciudad de Santa Ana; siendo la ciudad de Nahuizalco ellugar de su último domicilio, al señor HERMAN MAURICIOCHAVARRIA, en concepto de cónyuge sobreviviente y Cesionario delos Derechos que les podría haber correspondido a los señores GLORIAMARINA BONILLA de CONTRERAS conocida por MARINA BONI-LLA y JOSE CIRO CONTRERAS en calidad de padres de la causante;se confirió al heredero la administración y representación Definitiva dela Sucesión.

Por lo que se ávida al público para los efectos de ley. San Salvadora los dos días del mes de noviembre del dos mil uno.

DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4946

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las oncehoras del día seis de febrero del presente año, se han declarado herederosdefinitivos y con beneficio de inventario a los señores JOSE DAMIANRAMIREZ, de sesenta y cuatro años de edad, jubilado, del domicilio deSoyapango, y MARIA MARTINA CAMPOS VASQUEZ, de cincuentay ocho años de edad, de oficios domésticos y del domicilio de Soyapan-go, en su calidad de padres del causante; de la herencia intestada que asu defunción dejó el señor WILFREDO RAMIREZ CAMPOS, quién fuede veintitrés años de edad, estudiante, soltero siendo su último domicilioSoyapango, habiendo fallecido el día treinta y uno de agosto de dos mildos. Confiriéndose a los herederos declarados la administración yrepresentación DEFINITIVA de la sucesión intestada.

PUBLIQUESE EL AVISO DE LEY.

Librado en el Juzgado de lo Civil, de Soyapango, a las diez horasdel día diez de febrero de dos mil tres. Licda. ELSA IRMA GONZALEZDE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELASORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. 5014

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA, de este distrito Judicial. Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Licenciado JOSE CRISTOBAL CHOTO, comoApoderado General Judicial de la señora ARGELIA BONILLA VIUDADE PINEDA, en bienes del causante DIMAS BONILLA, por resoluciónde este Tribunal de las nueve horas del día once de febrero del corrienteaño, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA a la señoraARGELIA BONILLA VIUDA DE PINEDA, de cincuenta y siete añosde edad, de oficios domésticos, del domicilio en el Caserío Los Romero,Cantón El Triunfo de esta Ciudad, y con beneficio de Inventario, de laherencia Intestada que a su defunción dejó el señor DIMAS BONILLA,quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltero, agricultor en pequeño,originario de Sensembra, de nacionalidad Salvadoreña, hijo deLEOCADIA BONILLA, falleció el día cinco de junio de mil novecientosnoventa y dos, en el Cantón El Triunfo de esta Ciudad de San FranciscoGotera, siendo este lugar de su último domicilio, la señora ARGELIABONILLA VIUDA DE PINEDA, como heredera cesionaria del dere-cho, que le correspondía a la señora ADILIA BONILLA FLORES, éstacomo hija del causante.

Se le confirió a la heredera declarada, y en la forma establecida, laAdministración y Representación Definitivas de la sucesión.

A Publicarse los edictos respectivos, Como lo ordena el Art. 1,165del Código Civil.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las nueve horas y diez minutos del día veinticinco de febrerodel dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a.INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SECRETARIA.

1 v. No. 5015

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, del domiciliode San Salvador, con oficina Jurídica en Nueva Concepción, Departa-mento de Chalatenango, Primera Avenida Sur, número doscientos uno,Barrio el Centro.

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveintisiete de febrero del presente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia abintestato, conbeneficio de inventario que a su defunción dejó BERTA QUIJADA DERODRIGUEZ, fallecida en Nueva Concepción, departamento de Chala-tenango, el veintidós de diciembre del año dos mil dos siendo este suultimo domicilio, de parte de GABRIEL ALFREDO RODRIGUEZQUIJADA, en calidad de hijo sobreviviente del referido causanteconfiriéndosele al heredero declarado la ADMINISTRACION Y RE-PRESENTACION DEFlNITlVA de la Sucesión.-

Librado en la oficina de la Notaria VENlLDA CONCEPCIONPEREZ PORTILLO, en el municipio de Nueva Concepción, departa-mento de Chalatenango, a los veintisiete días del mes de febrero del dosmil tres.

Licda. VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,

NOTARIA.

1 v. No. 5020

SERGIO ERNESTO PORTILLO TORUÑO, Notario, de este domicilio,

HACE SABER: I) que a su despacho Notarial, situado en Residen-cial Guadalupe 2, #11 La Ceiba, Antiguo Cuscatlán, Departamento de LaLibertad, se ha presentado la señora MARIA RAQUEL ALVARADOTREJO, aceptando la herencia intestada que a su defunción dejó el señorLAZARO ALVARADO GOMEZ, conocido por LAZARO ALVARA-DO, quien fue de ochenta y cinco años de edad, Pequeño Agricultor, deldomicilio de San Luis del Carmen, Departamento de Chalatenango, suúltimo domicilio, en donde falleció el día diez de mayo de mil novecien-tos ochenta y nueve.- II) Que por resolución dictada en esta ciudad a lasnueve horas del día veintiuno de febrero del año dos mil tres, ha sidodeclarada HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de inventario, en laherencia intestada que a su defunción dejó el señor LAZARO ALVARA-DO GOMEZ, conocido por LAZARO ALVARADO, a la señora MA-RIA RAQUEL ALVARADO TREJO.- III) Que se ha conferido a laheredera declarada la administración y representación definitivas de laSucesión.- Lo que hace saber, al público para los efectos de Ley.-

San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

Lic. SERGIO ERNESTO PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 5027

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

PEDRO PEREZ LUNA, Notario de este domicilio, con despacho nota-rial ubicado en Colonia Médica Calle Doctor Roberto Masferrer, localnúmero mil trescientos veintitrés- tres, de esta ciudad.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día quince de febrero de dos mil tres, se ha declaradoa la señora MARIA ARACELY FLORES, heredera definitiva conbeneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurriera en laciudad de Tepecoyo, el día doce de noviembre de mil novecientosochenta y nueve, que dejó el señor ISIDRO ORELLANA GARCIA oISIDRO ORELLANA, en su concepto de cónyuge del causante y comocesionaria; habiéndole concedido la representación y administracióndefinitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veintiséis de febrero de dos mil tres.

PEDRO PEREZ LUNA,

NOTARIO.

1 v. No. 5036

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del día doce de loscorrientes, se ha declarado heredera definitiva y con beneficio deinventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señorSILVESTRE HERCULES PEREZ conocido por SILVESTRE PEREZ,quien falleció el día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y ocho,en el Cantón San Jerónimo de Guazapa, siendo esa ciudad su últimodomicilio, a la señora REYNA GUADALUPE HERCULES DE PON-CE, en su carácter de hija del causante; habiéndosele conferido laadministración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a losveinticinco días del mes de febrero de dos mil tres. Lic. MARGARITADE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

1 v. No. 5062

LUIS ALFONSO SANSIVIRINI SILVA, Notario, de este domicilio,con Despacho Notarial situado en Colonia San Mateo, Avenida Santia-go, Polígono “A”, número cinco, de esta ciudad, al público para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas deltreinta de septiembre del año dos mil dos en Diligencias de Aceptaciónde Herencia promovidas ante el suscrito, el señor RICARDO MALDO-NADO CACAO, conocido por RICARDO MALDONADO, mayor de

edad, Mecánico, del domicilio de Ilopango, ha sido declarado herederodefinitivo con beneficio de inventario, en carácter de hijo de la causante,de los bienes que a su defunción acaecida a las doce horas y cinco minutosdel día doce de agosto de mil novecientos noventa y dos, a la edad deochenta y cinco años, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, dejóla señora ANGELA CACAO RODRIGUEZ VIUDA DE MALDONA-DO, conocida por ANGELA CACAO VIUDA DE MALDONADO,fallecida en forma intestada. Al heredero se le ha conferido la represen-tación y administración definitivas de la sucesión.

San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

Dr. LUIS ALFONSO SANSIVIRINI SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. 5060

JOSE ISMAEL ALEMAN NAVAS, Notario, del domicilio de NuevaSan Salvador, Departamento de La Libertad, con oficina situada en CallePadres Aguilar, número seiscientos doce, Colonia Escalón, San Salva-dor.

HACE SABER: que por la resolución del suscrito Notario, proveí-da a las ocho horas del día veinticinco de julio de dos mil uno, se handeclarado DEFINITIVAMENTE HEREDEROS ABINTESTATO, conbeneficio de inventario de los bienes dejados por el señor EDUARDOFRANCISCO JOAQUIN MOLINA OLIVARES a los señores ADANIGNACIO MOLINA ROQUE, ANA MARIA DE LOS ANGELESMOLINA DE MOLINA, ANA EUGENIA MOLINA ROQUE, LUISRODOLFO JAVIER MOLINA ROQUE, MARIA ISABEL MOLINAVALLDEPERAS, ANA MARIA ELENA DEL CARMEN MOLINAROQUE, EDUARDO FRANCISCO GERARDO MOLINA ROQUE;todos ellos en su calidad de hijos legítimos del causante. Habiéndoselesconferido la administración y representación definitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario JOSE ISMAEL ALEMANNAVAS, en la ciudad de San Salvador; a los catorce días del mes agostode dos mil uno.

Lic. JOSE ISMAEL ALEMAN NAVAS,

NOTARIO.

1 v. No. 5058

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: al público para los efectos de ley.

AVISA: que por resolución de las once horas diez minutos de estemismo día mes y año, se ha declarado heredero abintestato y conbeneficio de inventario del señor FRANCISCO MIGUEL ELIZONDOGOMEZ, fallecido el día quince de diciembre del año de mil novecientos

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

noventa y siete, siendo el Cantón Nancintepeque de esta Jurisdicciónlugar de su último domicilio de parte del señor SANTOS EDUARDOGOMEZ, como cesionario de los derechos hereditarios que le correspon-dían a la señora LILIAN ESMERALDA CASTRO MEJIA, comocónyuge sobreviviente del referido causante, a quien se le confiere laadministración y representación definitiva de la sucesión.

Juzgado primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas treinta ycinco minutos del día diez de enero del año dos mil tres. Lic. FRANCIS-CO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,SECRETARIA.

1 v. No. 5064

JUAN MADECADEL CORENA AREVALO, NOTARIO, DE ESTEDOMIClLIO, con bufete en Edificio Bonilla 419, 17 Calle Poniente deesta ciudad,

HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito a lasquince horas del día diez de noviembre de dos mil dos, ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia infes-tada que dejó el causante señor, JESUS RUIZ el día veintiocho dediciembre dos mil uno, en la ciudad de El Tránsito departamento de SanMiguel, su último domicilio, de parte de los señores JOSE SANTOSGONZALEZ RUIZ, JOSE BESILIO GONZALEZ RUIZ, ELSY DELCARMEN GONZALEZ DE ASCENCIO y HERMELINDA GONZA-LEZ RUIZ DE HERRERA, en concepto de hijos del de cujus, confirién-doles la administración y representación interina de la sucesión con lasfacultades y restricciones de ley.

CITA: a los que se crean con derecho en dicha herencia para quedentro de quince días contados a partir de la publicación de este aviso, sepresenten ante el Suscrito Notario a hacer uso de los mismos, previamen-te demostrando tener vocación sucesoral.

Librado en San Salvador, a catorce de enero de dos mil tres.

JUAN MADECADEL CORENA AREVALO,

NOTARIO.

1 v. No. 4979

NAPOLEON LOVO SOLORZANO, Notario, del domicilio de la ciudadde Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel; con Oficina JurídicaUbicada en la Sexta Calle Poniente, Barrio La Esperanza, Santa Rosa deLima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveídasa las trece horas y treinta minutos del día once de febrero del año dos miltres.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el día diez

de diciembre de mil novecientos noventa y dos; en el Barrio La Esperan-

za, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; dejó la señora:

JUANA REYES GARCIA, conocida por JUANA REYES, de parte del,

señor: JOSE ALEXANDER REYES REYES, en concepto de hijo de la

Causante; habiéndose conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia

yacente. -

Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La

Unión, a las trece horas y treinta minutos del día dieciocho de febrero del

año dos mil tres.

Lic. NAPOLEON LOVO SOLORZANO,

NOTARIO.

1 v. No. 4913

DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ, Notario de este domicilio, con

oficina situada en Tercera Avenida Norte Número Mil Ciento Treinta y

Cinco Edificio Moreno “C” Local siete de esta ciudad:

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las quince horas

del día treinta de enero del dos mil tres. Se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora LUZ

ORTIZ VIUDA DE ORANTES conocida por LUZ ORTIZ ARTIGA DE

ORANTES, LUZ ARTIGA y LUZ ARTIGA DE ORANTES, en calidad

de Cónyugue Sobreviene; la herencia intestada que a su defunción dejará

el señor JOSE ERASMO ORANTES, quien al momento de su falleci-

miento era de cincuenta y dos años de edad, empleado, casado, originario

de Zacatecoluca y del domicilio de Mejicanos de nacionalidad Salvado-

reña, quien falleció el día siete de agosto de mil novecientos ochenta y

tres, en la ciudad de Mejicanos, habiéndose conferido a la aceptante la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA

SUCESION; con las facultades y restricciones de los curadores yacentes.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador a los veintiuno días del mes de febrero del año dos mil

tres.

Lic. DANIEL VASQUEZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 4944

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

LUIS ALFONSO SANSIVIRINI SILVA, Notario, de este domicilio,con Despacho Notarial situado en Colonia San Mateo, Avenida Santia-go, Polígono “A”, número cinco, de esta ciudad, al público para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito a lasdiez horas del día diez de este mes, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario, de parte de la señora ANGELAAUDELINA FLORES DE PORRAS, mayor de edad, de oficios domés-ticos y de este domicilio, en concepto de madre de la causante, la herenciaintestada que a su defunción acaecida el día veintisiete de noviembre delaño dos mil dos, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a la edadde treinta y nueve años, dejó la Licenciada NELLY AUDELINAPORRAS FLORES, quien fue Abogada. A la aceptante se le ha conferidola administración y representación interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

San Salvador, once de febrero del año dos mil tres.

Dr. LUIS ALFONSO SANSIVIRINI SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. 5059

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la AbogadaAMADA BETTY GUILLEN GUZMAN, en calidad de ApoderadaEspecial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, mani-festando que desea continuar el Juicio Ejecutivo Civil registrado alnúmero 141-EC-2001, en contra de la señora ROSA ELSY OSEGUEDADE ZAMORA conocida por ROSA ELSY MERINO OSEGUEDA,mayor de edad, estudiante, siendo Ilopango su último domicilio conoci-do y actualmente de domicilio ignorado, con Cédula de IdentidadPersonal Número cero uno-cero siete-cero cero setenta y tres mil sete-cientos cuarenta y dos y por no saber si ha dejado Procurador oRepresentante Legal en el país pide que se le nombre un Curador Especialque lo represente en el Juicio aludido.

Previénese como acto previo y de acuerdo con el Art. 141 Pr. C. quesi la señora ROSA ELSY OSEGUEDA DE ZAMORA conocida porROSA ELSY MERINO OSEGUEDA tiene Procurador o RepresentanteLegal, se presente este al Tribunal y dentro de los quince días subsiguien-tes a la última publicación de este aviso, pruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas deldía tres de febrero de dos mil tres. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DEHENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. 4978

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-do por la Abogada AMADA BETTY GUILLEN GUZMAN, comoApoderada Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-DA, contra el señor ELISEO MERINO MEDRANO, segun escritopresentado en este Juzgado el día treinta de mayo del corriente año, laAbogada GUILLEN GUZMAN; manifiesta que ignora el paraderoactual del señor MERINO MEDRANO en vista de que habiéndoseintentado el emplazamiento del demandado en su residencia y no

habiendo sido posible el emplazamiento por no residir más en ese lugar,no dando ninguna persona razón del paradero del demandado, ignorandotambién si ha dejado Procurador o Representante Legal que lo representeen el juicio, en vista de lo anterior solicita en base al Art. 141. Pr. C., sele nombre un Curador de Ausencia no Declarado para que lo representeen el presente juicio ya iniciado en su contra. En consecuencia sepreviene que si el referido ausente no declarado tuviere Procurador oRepresentante Legal, se presente este a comprobar dicha circunstanciadentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lascatorce horas con treinta minutos del día diez de junio del año dos mil dos.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

1 v. No. 4980

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidoinicialmente por la Abogada ALBA JEANNETTE BELTRAN y actual-mente por la Abogada AMADA BETTY GUILLEN GUZMAN, comoApoderadas del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra dela señora ANA MERCEDES NUILA CARDONA conocida por ANAMERCEDES CARDONA NUILA, en el trámite del referido juicio laAbogada GUILLEN GUZMAN según escrito presentado en este Tribu-nal el día nueve de diciembre del año recién pasado, ha manifestado quea la demandada antes mencionada no se le ha podido emplazar lademanda proveída en el presente juicio, en vista de que se le ignora suparadero, y no se sabe si se encuentra dentro o fuera de la República,como también se ignora si ha dejado Procurador o Representante Legalpara que la represente en el Juicio ya iniciado en su contra, por lo queviene a promover las correspondientes Diligencias de Ausencia con baseal Art. 141 Pr. C., a efecto de que se declare ausente y se le nombre unCurador Especial para que la represente en dicho Juicio.

En consecuencia se previene que si la referida ausente aún nodeclarada, señora ANA MERCEDES NUILA CARDONA conocida porANA MERCEDES CARDONA NUILA, tuviere Procurador o Repre-sentante Legal, se presente este a comprobar dicha circunstancia dentrode los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, SanSalvador, a las diez horas con cinco minutos del día trece de enero delaño dos mil tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL- Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETA-RIO. INTO.

1 v. No. 4981

DARIO VILLALTA BALDO VINOS , JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que ha este Juzgado ha comparecido la Licenciada AMA-DA BETTY GUILLEN GUZMAN; en su carácter de Apoderada delFONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA manifestando que en elconcepto antes mencionado promueve en este Tribunal Juicio CivilEjecutivo contra la señora ANA LILIAN BELTRAN COLOCHO cono-cida por ANA LILIAN COLOCHO BELTRAN; mayor de edad, oficiosdomésticos, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad; que

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

como dicha señora ha desaparecido del lugar de su domicilio e ignorándosesu paradero y sin saberse si ha dejado Procurador u otro RepresentanteLegal en el país, pide se le nombre un Curador Especial para que larepresente en el Juicio aludido. PREVIENESE como acto previo y deacuerdo con el Art. 141 Pr. C. que si la mencionada señora ANA LILIANBELTRAN COLOCHO conocida por ANA LILIAN COLOCHO BEL-TRAN tiene Procurador o Representante Legal en el país, se presentedentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de esteaviso y compruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras del día catorce de noviembre de dos mil dos. Dr. DARIO VILLAL-TA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. 4984

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaDINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, actuando como Apode-rada General Judicial del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDADANONIMA; promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando queha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad dedinero y accesorios de Ley a la Sociedad SERVITECHOS, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia SERVITECHOS,S.A. DE C.V., de este domicilio, ahora de domicilio ignorado, siendo quecomo la mencionada Persona Jurídica, carece de Representante Legal,Factor o Gerente y se le ignora su paradero, desconociéndose si ha dejadoProcurador u otro Representante Legal, pide se le nombre un CuradorEspecial para que la Represente en el Juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si lamencionada Sociedad SERVITECHOS, S.A. DE C.V., tuviere Procura-dor o Representante Legal se presente dentro de los quince días siguien-tes a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a la doce horas del día siete de enero del año dos miltres. Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, JUEZASEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Lic. TERESA DEJESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 4925

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaDINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE actuando como Apodera-da del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA; promo-viendo Diligencias de Ausencia, manifestando que ha demandado enJuicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad de dinero y acceso-rios de ley al señor JULIO ALBERTO BRACAMONTE conocido porJULIO ALBERTO BRACAMONTE SIBRIAN , quien es mayor deedad, Economista, y actualmente de domicilio ignorado, desconociéndo-se si ha dejado procurador u otro Representante Legal; pide que se lenombre un CURADOR ESPECIAL, para que la represente en el Juicioaludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr.C., que si el señorJULIO ALBERTO BRACAMONTE conocido por JULIO ALBERTOBRACAMONTE SIBRIAN , tiene Procurador o Representante legal, sepresente dentro de los quince días siguientes a la última publicación deeste aviso y pruebe tal circunstancia.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las doce horas del día cinco de noviembre del añodos mil dos. Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, JUEZSEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Br. ROSA DORISMARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. 4926

Clase: 03

No. de Exp.: 2000002028

No. de Pres.: 20020022257

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que THE PRICE COMPANY, del domicilio de999 LAKE DRIVE ISSAQUAH, WASHINGTON 98027, ESTADOSUNIDOS DE AMERICA, propietaria(o) de la MARCA INDUSTRIALO DE FABRICA, consistente en la palabra “CLOUT”, escrita en letrasmayúsculas y de molde, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DEAMERICA, inscrita al número 00159 del Libro 00139 de INSCRIP-CION DE MARCAS, quien cedió y transfirió a COSTCO WHOLESALECORPORATION, del domicilio de 999 LAKE DRIVE ISSAQUAH,WASHINGTON 98027, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00136 del Libro00051 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los doce días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

1 v. No. 4953

Clase: 05

No. de Exp.: 1991001306

No. de Pres.: 19960004761

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que STERLING DRUG, INC., del domicilio de90 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK 10016, ESTADOSUNIDOS DE AMERICA, propietaria(o) de la MARCA INDUSTRIALO DE FABRICA, consistente en LA PALABRA “AMENOX”, cuyoPaís de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita alnúmero 00090 del Libro 00019 de INSCRIPCION DE MARCAS,CAMBIO SU DENOMINACION a STERLING WINTHROP, INC.,quien posteriormente cedió y transfirió a SANOFI WINTHROP, INC.,del domicilio de 90 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK,ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE.

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00122 del Libro00058 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro dePropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos miltres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

1 v. No. 4956

Clase: 05

No. de Exp.: 1972020936

No. de Pres.: 19990009042

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que VALMONT INC., del domicilio de 90 PARKAVENUE, NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,propietaria(o) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consis-tente en la palabra “RID-X”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA, inscrita al número 20936 del Libro 00047 deREGISTRO DE MARCAS, quien cedió y transfirió a 343 HOLDINCORPORATION, del domicilio de 343 STATE STREET, ROCHESTER,NEW YOR, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidadESTADOUNIDENSE, y esta última posteriormente transfirió por ce-sión a RECKITT & COLMAN INC., del domicilio de 1655 VALLEYROAD, WAYNE, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00184 del Libro00031 de RESOLUCIONES DEFINTIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos miltres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

1 v. No. 4958

Clase: 1250 Ley de marcas de Fábrica

No. de Exp.: 1960007768

No. de Pres.: 19970000178

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que WINTHEROP PRODUCTS INC., del domi-cilio de NEW YORK, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA, propietaria(o) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,consistente en la palabra “ALVODINE”, cuyo País de Origen es ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 07768 del Libro00027 de REGISTRO DE MARCAS, quien cedió y transfirió a SANOFI,del domicilio de 32/34 Rue Marbeuf, 75008 París, Francia, de naciona-lidad FRANCESA.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00158 del Libro00058 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

1 v. No. 4961

Distintivo: LIBRIUM.

Clase: 05

Número 07121 Libro 0026

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que HFFMANN-LA ROCHE PRODUCTSLIMITED, del domicilio DE CORNER HOUSE CHURCH &PARLIAMENT STREETS, HAMILTON, BERMUDA, de nacionali-dad INGLESA, propietaria de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-MERCIO, consistente en LA PALABRA “LIBRIUM”, País de OrigenESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 07121 delLibro 0026 de Registro de Marcas, traspasó por VENTA la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO antes descrita a ICN PUERTO RICO,INC., del domicilio de 3300 HYLAND AVENUE, COSTA MESA,CALIFORNIA 92626, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacio-nalidad ESTADOUNIDENSE. TRASPASO que se encuentra inscrito alNúmero 00146 del Libro 0025 de Resoluciones Definitivas.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.

Lic. GLORIA MIRIAM AVILA ARIAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

1 v. No. 4959

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358EL INFRASCRITO VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADA-NA,

CERTIFICA: la sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por NA-TURALIZACION, Auto que la declara ejecutoriada y acta de renunciade la nacionalidad de origen, juramentación y protesta de Ley queliteralmente dice : “““““““““““““““““““““““““““““““MINISTERIO DEGOBERNACION: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos deldía veinticuatro de enero de dos mil tres. Las presentes diligencias hansido promovidas por el señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGODE LOPEZ, de treinta años de edad, de sexo femenino, casada, Licencia-da en Lenguas de nacionalidad CUBANA, del domicilio de San Salva-dor, originaria de La Habana, Departamento de La Habana, República deCUBA, lugar donde nació el día veintisiete de agosto de mil novecientossetenta y dos, portadora de su Carnet de Identificación de ExtranjeroResidente Número 36057, inscrito en el Registro de Extranjeros Resi-dentes que lleva la Dirección General de Migración el día veintidós dediciembre de dos mil. Siendo su cónyuge el señor CARLOS GUSTAVOROBERTO LOPEZ DAVIDSON, de cuarenta y un años de edad,Ingeniero Industrial, originario de San Salvador, República de El Salva-dor, del domicilio de San Salvador y de nacionalidad Salvadoreña.Siendo sus padres los señores Arlen Luis De-Arce García- Roche y deMaría Julia Duménigo Hernández, siendo el primero de sesenta y tresaños de edad, profesión Ingeniero Agrónomo originario de CiudadHolguín Departamento de Holguín República de Cuba; y la segunda decincuenta y un años de edad, profesión Licenciada en Comercio Exterior,originaria de Caibarien, Departamento de Villa Clara y de nacionalidadCubana, ambos sobrevivientes. LEIDOS LOS AUTOS Y CONSIDE-RANDO: I.- Que la peticionaria en su solicitud de fs. 1 y 2 en lo pertinentemanifiesta que por ser de origen y nacionalidad CUBANA y tenerdomicilio fijo en El Salvador, desde el día tres de mayo de mil novecien-tos noventa y nueve, fecha en la cual ingresó al país por la DelegaciónMigratoria de el Aeropuerto de Comalapa, manifiesta su deseo y volun-tad de optar a la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACIONhaciendo constar que en su país de origen no perteneció a Sociedadalguna; y en El Salvador tampoco, por lo que de conformidad con el Art.92 Ordinal 1o. y 4o. de la Constitución de la República y Art. 38 de la Leyde Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual presentapara que se agregue la documentación siguiente: a) Fotocopia confron-tada con su original de la Certificación de la Partida de Nacimiento,debidamente autenticada, a fs. 3 y 4; b) Fotocopia confrontada con suoriginal de su Carnet de Identificación de Extranjero Residente a fs. 5; c)Constancia de Buena Conducta expedida por el Jefe del Departamento deSolvencias de la Policía Nacional Civil a fs. 6; d) Certificación de no tenerantecedentes penales extendida por el Secretario General de la DirecciónGeneral de Centros Penales a fs. 7 y 8; e) Certificado médico expedidopor el Doctor Edgar Segovia Monge, en el que consta que la peticionariano padece de enfermedades infectocontagiosas a fs. 9; f) Examen clínicoen donde consta que la peticionaria no adolece del Síndrome de InmuneDeficiencia Adquirida (SIDA), a fs 10; g) Fotocopia confrontada con suoriginal de Pasaporte Vigente a fs. 11. h) Fotocopia confrontada con suoriginal de la partida de nacimiento del señor Carlos Gustavo RobertoLópez Davidson, en la cual aparece al margen que contrajo matrimoniocon la Sra. CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGO DE LOPEZ, a fs. 12;i) Fotocopia confrontada con su original de la Cédula de IdentidadPersonal del señor Carlos Gustavo Roberto López Davidson, a fs. 13; yj) Certificación de la Partida de Matrimonio debidamente autenticada, enla cual consta que la señora Claudette de-Arce Duménigo de Lópezcontrajo matrimonio civil con el señor Carlos Gustavo Roberto LópezDavidson, de nacionalidad salvadoreña por nacimiento, a fs. 14 y 15. II.-Que recibida la solicitud por auto de fs. 16, se dio por admitida, se tuvopor parte a la peticionaria, se mandó a oír a la Fiscalía General de laRepública y a publicar los edictos de conformidad con la Ley. III.- Queen oficio de fecha dieciséis de diciembre de dos mil dos, de fs. 50, el señorFiscal General de la República informa que no se opone a que se accedaa la petición de la señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGO DELOPEZ, siempre que se cumplan todos los trámites legales necesarios yasimismo informa que no existe expediente pendiente o fenecido encontra del mismo. IV.- Que con escrito de fs. 18 la solicitante presentópara que se agregue la página de El Diario El Mundo de fecha dieciséisde marzo de dos mil dos, en la cual aparece publicado por tercera y últimavez el edicto a que se refiere el auto de fs. 16; y el ejemplar del DiarioOficial número cuarenta y ocho, Tomo trescientos cincuenta y cuatro,página cuarenta y cinco de fecha once de marzo del año dos mil dos. Asícomo las publicaciones efectuadas en los tableros públicos de esteMinisterio y de la Alcaldía Municipal de San Salvador, habiendotranscurrido el término de ley sin que persona alguna se haya presentadodenunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el otorga-miento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACION, que seha solicitado. V.- Que por auto de fs. 51 se mandó agregar los documen-tos antes relacionados y estimándose que procede acceder a lo solicitadopor haberse cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de lamateria, se mandó a pronunciar la sentencia correspondiente. PORTANTO: en base a los considerandos anteriores y de conformidad con elArt. 92 Ordinales 1o. y 4o. de la Constitución de la República, 421, 422

y 427 Pr.C., 38, 39, 41 y 46 de la Ley de Extranjería, a nombre de laRepública de El Salvador, esta Secretaría de Estado FALLA: concédeselea la señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGO DE LOPEZ, de lasgenerales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NATURALI-ZACION, por ser de origen y nacionalidad CUBANA y tener domiciliofijo en El Salvador. Désele cumplimiento al Art. 48 de la Ley deExtranjería, y expídase las certificaciones de conformidad con lo queestablece el. Art. 51 de la referida Ley.- NOTIFIQUESE. LIC. RENEEDUARDO DOMINGUEZ CALDERON. VICEMINISTRO DE SE-GURIDAD CIUDADANA““““““““““““““““““““RUBRICADA“““““““MINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a las doce horas deldía primero de febrero de dos mil tres. A sus antecedentes el escrito defs. 57 presentado por la señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGODE LOPEZ, habiendo transcurrido el término de ley sin que personaalguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce lacalidad de salvadoreña por NATURALIZACION: DECLARASEEJECUTORIADA. Señálase las diez horas del día seis del mes de febrerodel año dos mil tres, para la Juramentación y Protesta de Ley. Art. 48 dela Ley de Extranjería.- DOMINGUEZ CALDERON ”””””””” RUBRI-CADA ””””” NUMERO CUARENTA Y OCHO.- En el Ministerio deGobernación, San Salvador, a las diez horas del día seis de febrero del añodos mil tres.- Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en el auto de fs58 de las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por Naturalizaciónpromovidas por la señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGO DELOPEZ, de origen y nacionalidad CUBANA, para la renuncia de sunacionalidad de origen, Juramentación y Protesta de Ley, de conformi-dad con el Art. 48 de la Ley de Extranjería vigente. Estando Presente laaceptante el suscrito Viceministro de Seguridad Ciudadana la interrogóconforme lo indica el Art. 50 de la misma Ley en los siguientes términos:señora CLAUDETTE DE-ARCE DUMENIGO DE LOPEZ ¿RENUN-CIAIS A TODA OTRA NACIONALIDAD QUE OS VINCULA CONCUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y A LA OBEDIENCIA YFIDELIDAD, QUE EN RAZON DE ELLA, HUBIESEIS PROFESA-DO? Y contestó “SI RENUNCIO”. Asimismo ¿PROTESTAIS BAJOVUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y SER FIEL A LAREPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y OBEDECER SUSLEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER LA NACIONALI-DAD SALVADOREÑA AUN A COSTA DE TODO SACRIFICIO? Yla interrogada contestó: “SI PROTESTO”. Incontinenti el suscritoViceministro de Seguridad Ciudadana pronunció la siguiente expresión“SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS PREMIE, SI NO, ELLA OSDEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto y en fe de lo antes escritofirmamos la presente acta. Lic. RENE EDUARDO DOMINGUEZCALDERON, VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANACLAUDETTE DE ARCE DUMENIGO DE LOPEZ “““““““““ RUBRI-CADAS ””””””””””””” ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CONLOS CUALES SE CONFRONTO. Y para que sea publicado EN ELDIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en elMINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a las doce horasdel día siete de febrero de dos mil tres .ENMENDADO: CLAUDETTE.VALE.

Lic. RENE EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON,VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

1 v. No. 6496

CERTIFICACIONEl Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad QUAZAR,S. A. DE C. V., por este medio CERTIFICA: que en el Libro de Actas quelleva dicha Sociedad, se encuentra el Acuerdo de Junta General Ordina-ria y Extraordinaria de Accionistas, CERTIFICA: que en el Libro deActas que al efecto lleva la Sociedad, aparece contenidos en el actanúmero UNO, de fecha veintiocho de febrero del año dos mil tres, quedice así: PUNTO NUMERO DOS. "Se acuerda modificar el Aumento deCapital Social que actualmente es de VEINTE MIL COLONES enOCHENTA MIL COLONES para ser un capital social de CIEN MILCOLONES o su equivalente en dólares de los Estados Unidos deAmérica". PUNTO NUMERO TRES. "Se acuerda modificación delPacto Social de Junta Directiva a Administrador Unico". PUNTONUMERO CUATRO. "Elección de la nueva administración de laSociedad".

Y para los usos que convenga a la Sociedad, se extiende la presenteen la ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero delaño dos mil tres.

IGNACIO JOSE FERNANDEZ JEREZ,SECRETARIO.

1 v. No. 5959

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

EL INFRASCRITO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en las DILIGENCIAS DE HERENCIA YA-CENTE, y por resolución pronunciada por este Juzgado a las quincehoras con veinte minutos del día veintisiete de enero del presente año, seha declarado yacente la herencia que a su defunción ocurrida en estaciudad su último domicilio, el día uno de enero del mil novecientosochenta y siete, dejó la señora LUISA REYES FUNES VIUDA DECAMPOS. En razón de lo anterior se nombró Curador en la HerenciaYacente, al señor CARLOS FERNANDO CHAVEZ ORTIZ, para quela Administre y Represente con las facultades y restricciones legales, enconsecuencia y por este medio se cita a los que se crean con derecho a lareferida herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo, en eltérmino de quince días contados desde el siguiente a la tercera publica-ción del presente edicto.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras del día cuatro de febrero del año dos mil tres. MARIO AGUILARMOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL - Lic. JOSE DANILOESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3v. alt. No. 4972-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las docehoras del día catorce de enero del corriente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Testamentariadel causante, señor JOSE DOMINGO COTO LOPEZ, conocido social-mente por JOSE ANTONIO COTTO LOPEZ , fallecido el día diecinue-ve de julio de dos mil uno en Los Angeles, Estado de California, EstadosUnidos de América, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad deEl Congo, Departamento de Santa Ana; de parte de la señora SANDRAELIZABETH ZEPEDA DE COTTO, como Heredera TestamentariaInstituida por el causante, a quien se le confiere interinamente laAdministración y Representación de la Sucesión, con las facultades yrestricciones que la ley le confiere a los Curadores de la HerenciaYacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas del díacatorce de enero de dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALE-GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL - Lic. CARMENGUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3v. alt. No. 5039-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las diezhoras treinta minutos del día doce de diciembre de dos mil uno, se hatenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la Heren-cia Intestada del señor EDUARDO DELGADO LOPEZ, quien fallecióel día tres de diciembre de mil novecientos noventa y tres, en el CantónNatividad de esta jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domici-lio, de parte de la señora SANTOS ISABEL CHILE VIUDA DEDELGADO, en su concepto de Cónyuge Sobreviviente del expresadocausante, a quien se nombra interinamente Administradora y Represen-tante de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores dela Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de laley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas y cincuentay cinco minutos del día doce de diciembre de dos mil uno. Lic. FRAN-CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL - Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,SECRETARIA.

3v. alt. No. 4952-1

JAIME ERNESTO CERON SILIEZAR, NOTARIO, de este domicilio,con oficina en Sexta Calle Poniente Número Seiscientos Veintisiete,Segunda Planta, San Salvador, para los efectos de ley,

HACE SABER: que de conformidad con la “Ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias”, en su Notaríase ha pronunciado la resolución que literalmente DICE:“““OFICINAJURIDICA DEL NOTARIO JAIME ERNESTO CERON SILIEZAR:San Salvador, a las diez horas del día treinta de julio de mil novecientosnoventa y siete. Por recibido el OFICIO NUMERO TRESCIENTOTRES proveniente de la Honorable Corte Suprema de Justicia y firmadopor el Oficial Mayor de la misma, agréguese a las presentes diligenciasy visto su contenido favorable, continúese con el trámite iniciado.

Tiénese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,la Herencia Testada que a su defunción ocurrida en la Dieciocho AvenidaNorte, Calle Guatemala, numero veintinueve, Colonia La Merced, deesta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó el señor RAUL CRUZMELARA conocido por RAUL CRUZ de parte de los señores ANADOLORES CRUZ DE MORALES, GRACIA TERESA DEL ROSA-RIO CRUZ DE SANCHEZ y GUILLERMO ANTONIO CRUZ COTO,en su concepto de hijos del causante.

Confiérese a los aceptantes la ADMINISTRACION Y REPRESENTA-CION INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente. Publíquense los edictos deley y extiéndase certificación a los interesados.””” JAIME E. C. S. ———— SELLADO Y RUBRICADO———

Lo que se hace del conocimiento público para que aquellos que seconsideren con igual o mayor derecho concurran, dentro del término deley, a demostrarlo.

San Salvador a los veinticinco días del mes de febrero de dos miltres.

Lic. JAIME ERNESTO CERON SILIEZAR,

NOTARIO.

3v. alt. No. 4948-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lascatorce horas con cuarenta minutos del día once de febrero de dos miltres. Se ha tenido por aceptada expresamente y don beneficio de inven-tario la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudadde San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su últimodomicilio esta ciudad de San Marcos, el día veinticuatro de octubre de milnovecientos noventa y cinco, dejó el señor CAMILO MONGE CHICAS,de parte de la señora SOFIA ENAMORADO MONGE, en su calidad decesionaria de los derechos hereditarios que en concreto le correspondían,sobre la mitad de el inmueble ubicado en Colonia Abarca, marcado connúmero diecisiete, de esta Ciudad, a las señoras MARIA MONGEGUARDADO, CEFERINA MONGE GUARDADO hoy DE GARCIA,LUCILA MONGE GUARDADO hoy viuda DE HERNANDEZ ySUSANA MONGE GUARDADO, en su calidad de herederas universa-

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

les testamentarias del referido causante. Se ha conferido a la aceptante laadministración y representación interina del inmueble antes menciona-do, con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, paraque transcurridos el término de quince días contados a partir desde la elsiguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunala hacer uso de sus derechos, conforme lo establece el Art. 1163 C.C.,

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del díaveinticinco de febrero del año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFAROSANTOS, JUEZ DE LO CIVIL - Lic. IRMA ELENA DOÑANBELLOSO, SECRETARIO.

3v. alt. No. 4930-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras y diez minutos del día tres del corriente mes, se tuvo por aceptadaexpresamente, y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada queal fallecer el día dieciocho de agosto de dos mil dos, en la ciudad deAnamorós, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su últimodomicilio, dejó el causante FRANCISCO CRUZ ALVAREZ, conocidopor FRANCISCO CRUZ, de parte de la heredera MARIA BENICIAREYES VIUDA DE CRUZ, en su concepto de cónyuge sobrevivientedel causante antes relacionado, y como cesionaria de los derechoshereditarios que les correspondían a HUMBERTO CRUZ REYES,conocido por EXPECTACION HUMBERTO CRUZ REYES, ROSAMIRIAN CRUZ, EDITH ALEJANDRINA CRUZ REYES, MARIALUCILA CRUZ REYES, JUAN GERMAN CRUZ REYES y SANDRAMARITZA CRUZ REYES; en consecuencia, se le confirió a la aceptan-te, en el carácter dicho, la administración y representación interina de losbienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacentes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-tamento de La Unión, a los seis días de febrero de dos mi tres. Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL - Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3v. alt. No. 4912-1

DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, proveída a lasquince horas del día veintiocho de noviembre del presente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción dejó la señora ANASTACIAGUTIERREZ, quien fue de noventa y cinco años de edad, soltera, oficiosdomésticos, falleció a las diez horas del día dieciocho de agosto de milnovecientos ochenta y tres, en el Cantón El Rosario, Jurisdicción de SanIgnacio de este Departamento, lugar de su último domicilio; de parte delos señores GELIX, TERESA y ROSA MELIDA, todos de apellidoGUTIERREZ, en concepto de hijos y por derecho de transmisión que lecorrespondía al señor FRANCISCO GUTIERREZ; la señora BLANCANIEVES GUILLEN PORTILLO, en concepto de cónyuge sobrevivientey sus hijos señores ADELA, ISRAEL, MAGDALENA, FRANCISCO,BLANCA ISELA, MIRIAM, MARIA DE LOS ANGELES, REINA yDEYSI, todos de apellidos GUTIERREZ GUILLEN. Confiérese a losaceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones legales que les corresponden a los curadoresde la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,Departamento de Chalatenango, a los veintinueve días del mes denoviembre del año dos mil dos. Dr. DANILO ANTONIO VELADO,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPEGUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 5002-1

LUIS MARIO SORIANO GARCIA, Notario de este domicilio, conoficina situada en Once Avenida Norte número un mil seiscientos sesentay cuatro, Colonia Layco, San Salvador,

HACE SABER: que por acta notarial otorgada en esta ciudad a lasnueve horas de este día, ante mis oficios notariales, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día dieciocho dediciembre de dos mil dos, dejó el señor JOSE ANTONIO QUITEÑOGUTIERREZ, también conocido por JOSE ANTONIO QUITEÑO y porJOSE QUITEÑO, quien a esa fecha era de noventa años de edad,Contador y del domicilio de Antiguo Cuscatlán, de parte de la señoraDINA GERTRUDIS QUITEÑO MEJIA, en concepto de hija del referi-do causante, habiéndose conferido a la aceptante la administración yrepresentación interinas de esa sucesión, con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente, lo que se pone en conoci-miento del público para los efectos de ley.

Cita a los que se crean con derecho a esta herencia, para que sepresenten a deducirlo en el término de quince días, contado en la formalegal correspondiente.

Librado en la oficina del Notario en la ciudad de San Salvador, a losveintisiete días del mes de enero de dos mil tres.

LUIS MARIO SORIANO GARCIA,

NOTARIO

3 v. alt. No. 4990-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las oncehoras de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode Inventario de parte del señor JOSE LUIS MATUTE VELASQUEZpor medio de su Apoderado General Judicial Licenciado CARLOS DEJESUS SANCHEZ AVELAR, la herencia intestada dejada a su defun-ción por el señor JOSE JESUS VELASQUEZ, fallecido a las veintehoras del día ocho de abril de mil novecientos ochenta y dos, en el CantónMesas, Jurisdicción de San Pablo Tacachico, departamento de La Liber-tad, su último domicilio, en concepto de hijo del causante; confiriéndo-sele al aceptante en el concepto indicado la administración y representa-ción interinas de la indicada sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión, paraque se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince díassubsiguientes a la publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lasdoce horas del día veintisiete de enero del año dos mil tres. Lic. JOSEORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 4973-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ochohoras y cuarenta minutos del día quince de noviembre de dos mil dos; seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laHerencia Intestada del señor VICENTE ALVARADO LEMUS quienfalleció el día siete de marzo de dos mil uno, en el Hospital Nacional SanJuan de Dios de esta ciudad; siendo la misma, el lugar de su últimodomicilio; de parte de su hija, señora YANIRA ESTER ALVARADOSORTO, a quien se ha nombrado interinamente Administradora yRepresentante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de losCuradores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas ycincuenta minutos del día quince de noviembre de dos mil dos. Lic.FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZMONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4947-1

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad CooperativaChalchuapaneca de Productores de café, Cuzcachapa de Responsabili-dad Limitada, de conformidad con la Cláusula Décima Séptima de laEscritura Social, convoca a sus Socios a celebrar Asamblea GeneralOrdinaria y Extraordinaria, a partir de las ocho horas del día: VEINTI-NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL TRES, en las oficinas instaladasen el Beneficio Cuzcachapa, situado sobre Carretera Internacional que deChalchuapa, conduce a la República de Guatemala, en la que se desarro-llara la siguiente agenda:

PARA JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1- Comprobación de quórum y apertura de la sesión.

2- Lectura del Acta de Asamblea General anterior.

3- Lectura y Aprobación de la Memoria de labores del Consejode Administración.

4- Presentación del Balance General y Estado de Resultadoscorrespondientes al Ejercicio 2002 para su aprobación.

5- Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal.

6- Informe de la Junta de Vijilancia.

7- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

8- Nombramiento del Auditor Fiscal, de acuerdo a disposicio-nes del Código Tributario.

9- Autorización al Consejo de Administración para prorrogar,hasta por dos años, el pago de Certificados de Invesión.Cosecha 95/96, para mantener la liquidez de la Cooperativa.

10- Autorización al Consejo de Administración para:

a) Solicitar y obtener créditos de la cosecha 2004/2005 con lasampliaciones que fueren necesarias, de acuerdo con loslineamientos del Banco Central de Reserva u otra instituciónFinanciera, otorgando las garantias que fueren requeridas.

b) Solicitar y obtener los créditos de aviso a la producción,adquisición de insumos; y en caso necesario para SaldosInsolutos, otorgando garantías prendarias o hipotecarias quefueren requeridas.

c) Solicitar y contratar créditos para efectuar mejoras y amplia-ciones en el beneficio que fueren necesarias.

11- Aplicación de Excedentes del Ejercicio 2002.

12- Puntos Varios.

PARA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA:

Punto Unico: Modificación del Pacto Social.

Para celebrar esta Junta deberán estar presente personalmente másde la mitad de los Socios de la Cooperativa. De no haber quórum en lafecha señalada anteriormente, por este medio se convoca para celebrardicha Asamblea, el día TREINTA DE MARZO DE DOS MIL TRES, enel mismo local y hora señalada, la que se efectuara con el número deSocios que asistan siempre que no sean menos de CINCUENTA.

Chalchuapa, a los veinte días de febrero del año dos mil tres.

FABIAN ARMANDO AGUILAR MENENDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5722-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras y treinta minutos del día catorce de octubre del corriente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejara el causante, señor ASUN-CION TRANSITO RODRIGUEZ, conocido por TRANSITO RODRI-GUEZ, quien falleció a las diez horas del día quince de diciembre de milnovecientos noventa y nueve, en el Cantón El Pezote, de la jurisdicciónde la Villa de El Congo, de este Departamento, siendo éste el lugar de suúltimo domicilio; de parte de los señores: LUIS ANTONIO, RICARDODEL TRANSITO, ROSARIO DEL CARMEN, FRANCISCA DEJESUS, MARIA DE LOS ANGELES, LEONARDO DE JESUS ySANTOS MARIBEL, los siete de Apellidos RODRIGUEZALCANTARA, en sus conceptos de hijos sobrevivientes del referidocausante y a la señora: FRANCISCA DE JESUS ALCANTARA Vda.DE RODRIGUEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causan-te; a quienes se nombra interinamente Administradores y Representantesde la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de laHerencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas ycuarenta minutos del día catorce de octubre de dos mil dos. Lic.FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZMONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4949-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: al publico para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las doce

horas quince minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil dos, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia Testamentaria de la señora JERONIMA MARTINEZ MAR-

QUEZ DE MANCIA conocida por JERONIMA MARTINEZ MAR-

QUEZ fallecida en el Hospital del Seguro Social en esta ciudad el día

veintiocho de febrero del año dos mil dos, siendo el Barrio Santa Barbara

de esta ciudad lugar de su último domicilio, de parte del señor FELIX

RAMIREZ en su concepto de testamentario, de la causante, a quien se le

confiere interinamente la administración y representación de la sucesión

con las facultades y restricciones que la ley confiere a los Curadores de

la Herencia Yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas del día

dieciséis de octubre del año dos mil dos. Lic. FRANCISCO ALBERTO

ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CAR-

MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4950-1

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA JUEZA DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL ,AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el señor ERNESTO MORALES FLORES, y continuado por el

Licenciado JOSE MARIO SIBRIAN, y posteriormente por el Doctor

MARIO GUILLERMO MORAN GRANADOS, en el carácter de Apo-

derado General Judicial con Cláusula Especial del señor ERNESTO

MORALES FLORES; contra el señor WILLIAN FREDY MENDOZA

VENTURA; se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente

se determinará en este Tribunal, el lote número siete del polígono siete,

que pertenece a la Lotificación Prados de Santa Cruz, de la jurisdicción

de Santa Cruz Michapa , Departamento de Cuscatlán, de los linderos y

medidas siguientes: partiendo de la intersección de la Avenida Los

Amates y Pasaje número cuatro se mide sobre el eje de este último una

distancia de sesenta y dos punto cero metros y rumbo Norte setenta y

ocho grados treinta minutos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace

una deflexión negativa de noventa grados y distancia de tres punto

cincuenta metros se llega al esquinero Norponiente, punto en el cual se

inicia la presente descripción: AL NORTE: partiendo del esquinero

Norponiente se mide una distancia de ocho punto cero metros y rumbo

Sur setenta y ocho grados treinta minutos Este, llegamos al esquinero

Nororiente, linda por este lado con lotes números Diez y Once del

polígono número nueve, Pasaje número cuatro de siete metros de

derecho de vía de por medio; AL ORIENTE: Partiendo del esquinero

Nororiente se mide una distancia de veintiuno punto treinta metros

rumbo Sur once grados treinta minutos Oeste llegando al esquinero

Suroriente, linda por este lado con lote número seis del polígono número

siete de la misma Lotificación; AL SUR: partiendo del esquinero

Suroriente se mide una distancia de ocho punto cero metros y rumbo

Norte setenta y siete grados treinta minutos Oeste, llegando al esquinero

Surponiente, linda por este lado con el área reservada por el propietario;

AL PONIENTE; partiendo del esquinero Surponiente se mide una

distancia de veintiuno punto veinte metros y rumbo Norte once grados

treinta minutos Este, llegando al esquinero Norponiente, punto en el cual

se inicio la presente descripción linda por este lado con lote número ocho

del polígono número siete de la misma Lotificación, el cual tiene la

extensión superficial de CIENTO SETENTA PUNTO CERO METROS

CUADRADOS, inscrito a favor del señor WILLIAN FREDY MENDO-

ZA VENTURA, según asiento CERO CERO CERO UNO, de la Matrí-

cula M CERO CINCO UNO UNO OCHO OCHO SIETE SIETE, de

Propiedad del Departamento de Cuscatlán.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas

del día tres de febrero del año dos mil tres. Licda. ILMA CONSUELO

GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4936-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL, DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este

Tribunal promueve la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LAN-

DAVERDE, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO

SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores GUA-

DALUPE MARAVILLA de CAÑAS conocida por GUADALUPE,

MARAVILLA y MANUEL DE JESUS CAÑAS PALACIOS, se

venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante

se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe,

ASI: “Un inmueble urbano situado en el Barrio San Juan de Dios de la

Ciudad y Departamento, de San Vicente, desmembrado por el rumbo

Norte de otro de mayor extensión y como cuerpo cierto tiene las medidas

y linderos especiales siguientes: AL ORIENTE: quince metros y cin-

cuenta centímetros, con predio de TRANSITO HERNANDEZ, tras

corral propio de por medio, línea recta; AL NORTE: treinta y un metros,

con solar que fue de RUBEN PALACIOS, hoy de TRANSITO

HERNANDEZ; AL PONIENTE: quince metros cincuenta centímetros,

calle de por medio, con predio de ARMANDO INGLES; y AL SUR:

treinta y un metros con resto de todo el predio que se ha descrito y mide

QUINIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CIN-

CUENTA CENTIMETROS CUADRADOS de extensión superficial,

en esta porción está incluida una casa de tejas, paredes de bahareque de

seis metros de frente por ocho de fondo, según el antecedente hay una

paja de agua. Dicho inmueble es propiedad de los ejecutados señores

GUADALUPE MARAVILLA de CAÑAS conocida por GUADALU-

PE MARAVILLA y MANUEL DE JESUS CAÑAS PALACIOS. Y se

encuentra inscrito en el Registro de La Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Segunda Sección del Centro. Departamento de San Vicente al número

CIENTO DOS del libro TRESCIENTOS SETENTA Y DOS de Propie-

dad de ese Departamento”.

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL.

San Salvador, a las doce horas del día tres de febrero del año dos mil tres.

Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO

MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4923-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de Ley que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTI-

LLO, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora BLANCA ESTELA

VASQUEZ GUZMAN conocida por BLANCA ESTELA GUZMAN

VASQUEZ RAMIREZ, reclamandole cantidad de colones y demás

accesorios legales se venderá en pública subasta en este Tribunal, en

fecha que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado

siguiente: lote de terreno urbano marcado con el número siete del

polígono veinticuatro del pasaje veintiséis, de la Urbanización Ciudad

Futura , situado en jurisdicción de Cuscatancingo, en los Cantones San

Luis Mariona Barranca Honda y El Angel, de este Departamento, con un

área de construcción de sistema mixto de veinte metros cuadrados y cuya

descripción es la siguiente: partiendo de la Intersección de los ejes del

pasaje El Tempisque y pasaje número veintiséis, se miden sobre el eje de

pasaje veintiséis, con rumbo Sur treinta y seis grados veintisiete punto

cuatro minutos Este y una distancia de veintiuno punto cincuenta metros

de longitud, llegando al punto en el que con una deflexión derecha de

noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros,

se localiza el vértice Noroeste del lote que mide y linda: AL NORTE;

línea recta con rumbo Sur treinta y seis grados veintisiete punto cuatro

minutos Este y distancia de cinco punto cero cero metros de longitud,

lindando en este tramo con lote número cuatro, del polígono veintitrés,

pasaje veintiséis de cinco metros de Por medio. AL ORIENTE; línea

recta con rumbo Sur cincuenta y tres grados treinta y dos punto seis

minutos Oeste y distancia de doce metros de longitud, lindando en este

tramo con lote número nueve del mismo polígono. AL SUR; línea recta

con rumbo Norte treinta y seis grados veintisiete punto cuatro minutos

Oeste y distancia de cinco punto cero cero metros de longitud; lindando

en este tramo con lote número ocho del mismo polígono, AL PONIEN-

TE; línea recta con rumbo Norte cincuenta y tres grados treinta y dos

punto seis minutos Este y distancia de doce punto cero cero metros de

longitud, lindando en este tramo con lote número cinco del polígono. El

inmueble antes descrito tiene una extensión superficial de SESENTA

METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUN-

TO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, y se encuentra

inscrito a favor de la ejecutada bajo la matrícula Número M CERO

CINCO UNO CUATRO NUEVE UNO UNO SIETE, del Asiento

CERO CERO CERO UNO.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas del día once de noviembre del año dos mil dos. Lic. CARLOS

ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL. Lic.

ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUES, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4904-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la Licenciada MILAGRO ELVECIA

ARGUETA DE RAMOS, como apoderada del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito de este domicilio, abreviada-

mente " El Fondo", y continuada por la Licenciada AMADA BETTY

GUILLEN GUZMAN, en el mismo concepto contra la señora REYNA

DEL CARMEN MARTINEZ, conocida por REYNA DEL CARMEN

VASQUEZ MARTINEZ, de cuarenta y dos años de edad, Empleada de

este domicilio, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios

legales, se venderá en este Juzgado en pública subasta el bien inmueble

embargado siguiente: “Un inmueble antes rústico, hoy en proceso de

Urbanización, situado en los suburbios del Barrio EL CALVARIO, de la

Ciudad de Apopa, de este Departamento, donde se ha desarrollado el

Proyecto Habitacional denominado "CIUDAD OBRERA APOPA NOR-

TE", dicho lote esta marcado en el plano respectivo con el número

DOSCIENTOS CATORCE, TIPO "A" del BLOCK TRES, Polígono

SEIS, de dicha Urbanización y se describe y localiza así: LOTE NUME-

RO DOSCIENTOS CATORCE "A", Block TRES, Polígono SEIS, es

urbano, ubicado en la "CIUDAD OBRERA APOPA NORTE", en los

suburbios del Barrio EL CALVARIO de la Ciudad de Apopa, Departa-

mento de San Salvador. Cuya cabida es de SESENTA METROS CUA-

DRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA

Y CINCO VARAS CUADRADAS, y su descripción se inicia partiendo

del punto de intersección de los ejes de la Avenida Obrero Heróico y el

Pasaje número OCHO Oriente, de la Ciudad Obrera Apopa Norte, se

mide sobre el eje de este último con rumbo Sur ochenta y ocho grados

once minutos quince segundos Este, una distancia de ciento veintitrés

metros, y se llega a un punto en donde haciendo una deflexión positiva

de noventa grados, midiendo una distancia de dos metros cincuenta

centímetros, se llega al esquinero Noroeste, del lote que se describe, el

cual mide y linda: AL NORTE: lindero de un tramo recto, con una

distancia de seis metros, con rumbo Sur ochenta y ocho grados once

minutos quince segundos Este, colindante este tramo con el lote número:

doscientos cincuenta y uno, del Polígono número SIETE, block número

TRES, de esta misma Urbanización, pasaje número ocho Oriente, de

cinco metros de derecho de vía, de por medio; AL ORIENTE: lindero de

un tramo recto, con una distancia de diez metros, con rumbo Sur, un grado

cuarenta y ocho minutos cuarenta y cinco segundos Oeste, colindando

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

este tramo con el lote número DOSCIENTOS TRECE de estos mismos

Block y Polígono; AL SUR: lindero de un tramo recto, con una distancia

de seis metros, con rumbo Norte ochenta y ocho grados once minutos

cuarenta segundos Oeste, colindando este tramo con el lote número

DOSCIENTOS OCHO de estos mismos Block y Polígono; y AL

PONIENTE: lindero de un tramo recto, con una distancia de diez metros,

con rumbo Norte un grado cuarenta y ocho minutos cuarenta y cinco

segundos Este, colindando este tramo con el lote número DOSCIENTOS

QUINCE DE ESTOS MISMOS Block y Polígono. Los Lotes mencio-

nados en las colindancias pertenecen al mismo inmueble mayor del que

se desmembró el que se describe y son o han sido de propiedad del

Ingeniero BRUNO ENRIQUE TENZE TRABANINO. En dicho lote

esta construida una casa de sistema mixto con todos sus servicios en un

área de VEINTICUATRO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS.

El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de

la señora REYNA DEL CARMEN MARTINEZ, conocida por REYNA

DEL CARMEN VASQUEZ MARTINEZ, bajo el sistema de Folio Real

Matrícula número CERO UNO - CERO CERO CERO SIETE OCHO

UNO - CERO CERO CERO, Inscripción UNO del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas y cincuenta minutos del día nueve de diciembre del año dos mil dos.

Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4989-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Abogada AMADA BETTY GUILLEN

GUZMAN como apoderada del Fondo Social para la Vivienda, Institu-

ción Autónoma de Crédito, de este domicilio, contra la señora MARIA

SANTOS VASQUEZ AGUILAR DE MARTINEZ conocida por MA-

RIA SANTOS VASQUEZ DE MARTINEZ, reclamándole cantidad de

colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble

siguiente: “Un lote de Terreno urbano, marcado en el plano respectivo

con el número QUINCE, del Block DIECISEIS, de la Urbanización

"LOS SANTOS III", ubicado en Jurisdicción de Soyapango, de este

Departamento, de una extensión superficial de CUARENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a CINCUENTA Y SIETE PUNTO

VEINTITRES VARAS CUADRADAS, con un área construida de

VEINTICUATRO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS. Par-

tiendo de la intersección de los ejes de la Avenida El Pepeto y pasaje

número doce Oriente, se mide sobre el eje de esta última con rumbo Norte

setenta y tres grados veinticuatro punto cero minutos Este y una distancia

de veintiuno punto cincuenta metros llegando a un punto donde se

efectúa un giro a la izquierda con rumbo Norte dieciséis grados treinta y

seis punto cero minutos Oeste y una distancia de dos punto cincuenta

metros se llega al esquinero Suroeste del lote que a continuación se

describe; AL SUR: partiendo del mojón número uno con rumbo Norte

setenta y tres grados veinticuatro punto cero minutos Este y distancia de

cinco metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con

lote número ocho del Block número quince y el pasaje número doce

Oriente de cinco metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: partien-

do del mojón número dos con rumbo Norte dieciséis grados treinta y seis

punto cero minutos Oeste y una distancia de ocho metros se llega al

mojón número tres, lindando por este lado con lote número dieciséis del

mismo Block; AL NORTE: Partiendo del mojón número tres con rumbo

Sur setenta y tres grados veinticuatro punto cero minutos Oeste y una

distancia de cinco metros se llega al mojón número cuatro, lindando por

este lado con lote número ocho del mismo Block; AL PONIENTE:

Partiendo del mojón número cuatro con rumbo Sur dieciséis grados

treinta y seis punto cero minutos Este y una distancia de ocho metros se

llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción,

lindando por este lado con lote número catorce del mismo Block. Dicho

inmueble se encuentra inscrito al asiento número CERO CERO DOS de

la matrícula número M CERO CINCO CERO SETENTA Y CINCO

MIL CIENTO QUINCE, e hipotecado a favor de la institución ejecutante

al asiento número CERO CERO TRES de la referida Matrícula.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL, San Salvador,

a las catorce horas del día dieciséis de diciembre de dos mil dos. Dr.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.

Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4986-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este Juzgado por la Licenciada ALBA JEANNETTE

BELTRAN y continuado por la Licenciada AMADA BETTY GUILLEN

GUZMAN, apoderadas del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

contra el señor DAVID AGUILAR LEON, conocido por DAVID LEON

AGUILAR, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en

fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble

embargado siguiente: “UN LOTE DE TERRENO URBANO Y CONS-

TRUCCIONES QUE CONTIENE marcado con el Número QUINIEN-

TOS TRES, del Block "A", de la Urbanización Valle del Sol, situada en

Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, de este

Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUEN-

TA Y CUATRO VARAS CUADRADAS; en él hay construída una casa

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

de sistema mixto de veintiséis metros cuadrados, y tiene la localización,

medidas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección de los ejes de

la Avenida El Tarrascón y el Pasaje Número treinta y dos de la Urbani-

zación Valle del Sol, y midiendo una distancia de cuarenta y siete punto

cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo Norte ochenta

grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, se

llega a un punto en el que haciendo deflexión negativa de noventa grados

y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al

esquinero Sureste, del lote que se describe, el cual mide y linda: SUR,

recta de cinco metros rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete

minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número

cuatrocientos ochenta y ocho, de este mismo block, pasaje número

treinta y dos de cinco metros de ancho de por medio; PONIENTE, recta

de diez metros, rumbo Norte nueve grados cero dos minutos cero cinco

segundos Oeste, linda con el lote número quinientos dos de este mismo

block. NORTE, recta de cinco metros rumbo Norte ochenta grados

cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el

lote número quinientos treinta y uno de este mismo block. ORIENTE,

recta de diez metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero

cinco segundos Este, linda con el lote número quinientos cuatro de este

mismo block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han

sido propiedad de la Sociedad vendedora. El inmueble descrito está

Inscrito a favor del demandado bajo el Sistema de Folio Real Matrícula

CERO UNO-CERO NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREIN-

TA Y SIETE-CERO CERO CERO INSCRIPCION DOS DE PROPIE-

DAD DE ESTE DEPARTAMENTO”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las nueve horas del día trece de noviembre del dos mil

dos. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL. Lic. CARMEN ELISA ROBLES CASTRO, SECRETA-

RIA, INTA.

3 v. alt. Nº. 4985-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Dr.

OVIDIO BONILLA FLORES, apoderado general judicial del señor

RICARDO RIVAS, mayor de edad, Jornalero, del domicilio de la Unión,

solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de

un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Escondida,

jurisdicción distrito y departamento de La Unión, de la capacidad

superficial de VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE

PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que mide y

linda: AL ORIENTE: en tres tramos rectos, el primero mide setenta y seis

metros; el segundo tramo mide cien metros, y el tercero también mide

cien metros, linda con BENICIO RIVAS y PABLO SALMERON; AL

NORTE: noventa y seis metros treinta centímetros, linda con VICTORIA

CRUZ DE RUIZ y MARIA BARTOLA RIOS; AL PONIENTE:

doscientos ochenta y nueve metros veinticinco centímetros, linda con

MIGUEL ANGEL PACHECO BLANCO y CECILIO RUIZ antes, hoy

de VICTORIA CRUZ DE RUIZ, y AL SUR: noventa y un metros

veinticinco centímetros, linda con VICTORIA CRUZ de RUIZ. Dicho

inmueble lo valúa en la suma de VEINTE MIL COLONES, y lo adquirió

por compra que le hizo al señor BENICIO RIVAS, en el año de mil

novecientos setenta.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes

de febrero de dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,

JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 5057-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Doctor

OVIDIO BONILLA FLORES, mayor de edad, Abogado y Notario, de

este domicilio y del de San Salvador en concepto de apoderado general

judicial del señor BENICIO RIVAS, de setenta y un años de edad,

jornalero del domicilio de La Union, solicitando se le extienda a su

poderdante, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Agua Escondida, Jurisdicción distrito y

Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DIECIOCHO

MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

ORIENTE, en dos tramos rectos, el primero mide noventa y ocho metros,

y el segundo mide cien metros, linda con ADAN MORENO, camino

vecinal de por medio; AL NORTE, ciento dos metros, linda con

FLORENCIA TURCIOS DE SAGASTIZADO, camino vecinal de por

medio; AL PONIENTE, ciento ochenta y dos metros, linda con RICAR-

DO RIVAS; y AL SUR, noventa y nueve punto setenta y cinco metros,

linda con PABLO SALMERON hoy de VICTORIA CRUZ DE RUIZ.

Dicho terreno lo valúa en la suma de VEINTE MIL COLONES, y lo

adquirió por compra que hizo al señor RICARDO RIVAS, en el año de

mil novecientos setenta, sin formalizar documento.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta y un días

del mes de enero del dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS

ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 5056-1

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, Notario de losdomicilios de San salvador y Zacatecoluca, con oficina jurídica estable-cida en la Casa Número Cinco de la Avenida Juan Vicente Villacorta dela ciudad de Zacatecoluca, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a su despacho Notarial, se ha presentado laseñora DOMINGA RODAS VIUDA DE GOMEZ, de setenta y cincoaños de edad, ama de casa, del domicilio de San Rafael Obrajuelo, conDocumento Unico de Identidad Número cero uno siete cero dos seis sietetres-dos, a iniciar diligencias de Título Supletorio del inmueble que acontinuación se describe: un terreno rústico, sin cultivo permanente,situado en el Cantón San Antonio Abajo, jurisdicción de SantiagoNonualco, compuesto de SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA YCINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:AL NORTE, ciento dieciocho metros, cincuenta y nueve centímetros,ochenta y cinco milímetros, linda con José Faustino García; AL ORIEN-TE, noventa y dos metros, noventa y nueve centímetros ochenta y nuevemilímetros, linda con José Félix Alvarado Jovel, río de por medio; ALSUR, ochenta y seis metros sesenta y nueve centímetros noventa milíme-tros, linda con Jorge Alberto Hernández García; y AL PONIENTE,treinta y nueve metros diecinueve centímetros noventa y cinco milíme-tros, linda con Jorge Alberto Hernández García. Todos los colindantesson del domicilio de Santiago Nonualco, vecinos del Cantón San Anto-nio Abajo, tal inmueble lo posee sin proindivisión con ningún persona ylo estima en la suma de DOCE MIL COLONES, su equivalencia endólares es de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CONCUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA, no es predio dominante ni sirviente y no tienederechos reales de ajena pertenencia. Que el inmueble antes descrito loadquirió por compra que de él hizo al señor JOSE EDUVIGES GOMEZGARCIA, por medio de escritura pública de compraventa, otorgada antelos oficios notariales del Doctor José Augusto Contreras Minero, a lasonce horas y treinta minutos del día cinco de marzo de mil novecientossetenta y ocho, quien a su vez lo había poseído desde el año de milnovecientos setenta y uno, fecha desde la que comienza la posesiónmaterial sobre dicho inmueble.

Zacatecoluca, a los veintiséis días del mes de febrero del año dosmil tres.

Lic. ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 5054-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoOSCAR FERNANDO MENDOZA VIERA, en concepto de ApoderadoGeneral Judicial de la señora HERMELINDA RAMIREZ, de cincuentay ocho años de edad, de oficios del hogar y del domicilio de Santa Rosade Lima, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETO-RIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica, inculto, situado enel Cantón La Rinconada, jurisdicción de Bolívar de este Departamento,de la capacidad superficial de OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUEN-TA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderossiguientes: al ORIENTE, sesenta y un metros, veinte centímetros, conbienes de Sinforeano Guerra y Tiburcio Molina, por cercos de alambrey piña medianero; al NORTE, ciento veintisiete metros, con un callejón

propio del mismo Tiburcio Molina; al PONIENTE, noventa y ochometros, ochenta centímetros, con terreno del mismo Tiburcio Molina,por cerco de alambre y piña medianero; y al SUR, ciento treinta y unmetros, primeramente con bienes de Angela Osorto y continúa conpropiedad de la casa Comunal, entidad dueña Alcaldía Municipal,representada por el señor Síndico Municipal de la ciudad de Bolívar,Licenciado Vicente Arturo Buruca. Valúa dicho inmueble en la suma deDIEZ MIL COLONES, y lo adquirió por compraventa que le hizo alseñor JUAN ANTONIO RAMIREZ, el día trece de diciembre de dos mildos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mesde febrero de dos mil tres. - Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL. - Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO.

3 v. alt. No. 4910-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

AVISA: que a esta oficina se ha presentado don FRANCISCOENRIQUE MIRANDA ALFARO, de sesenta y dos años de edad,Contador, de este domicilio, quien solicita en forma verbal y escritaTítulo de Propiedad de un terreno rústico, situado en los suburbios delBarrio El Calvario de esta ciudad, que mide y linda: AL ORIENTE, mide160:00 metros, en línea quebrada de dos rectas, con terrenos de MiguelAngel Funes y Nelson; AL SUR, mide 89:72 linda con terreno de JoséFrancisco Ramos; AL PONIENTE, mide 60:65 metros, en línea curva,linda con terreno de José Francisco Ramos y al NORTE, mide 118:50metros, en línea recta con terreno antes de Adán Miranda Marinero, ahorapropiedad del compareciente señor Francisco Enrique Miranda Alfaro,su capacidad superficial es de UNA HECTAREA SEIS AREAS SIETECENTIAREAS CUADRADOS DE EXTENSION, no es predio domi-nante ni sirviente, no se encuentra en proindivisión con tercera personaque reclame mejor derecho, no tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia, lo hubo por compra que hizo a Francisca Alfaro de Miranda,en Escritura de Compraventa, lo estima en la suma de TREINTA MILCOLONES, todos los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Olocuilta, a los seis días de diciembre de dosmil dos. - MARCO ANTONIO FUNES DURAN, ALCALDE MUNICI-PAL. - DAVID SALVADOR MANCIA ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4983-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que a esta alcaldía se han presentado la señoraZONIA ALEJANDRA OCHOA DE GALINDO, de treinta y seis añosde edad, empleada, del domicilio de Mejicanos, departamento de SanSalvador, portadora de su Documento Unico de Identidad PersonalNúmero cero uno cero nueve cero cero cero siete guión cuatro, conNumero de Identificación Tributaría uno cuatro uno cuatro guión doceonce sesenta y seis guión ciento uno guión siete; EDITH BEATRIZOCHOA PACHECO, de veinticinco años de edad, estudiante, deldomicilio de San Marcos, departamento de San Salvador, portadora desu Documento Unico de Identidad número cero uno siete uno dos doscinco cinco guión cuatro; solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de uninmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio La Cruz, de esta

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

ciudad, el, cual tiene una extensión superficial de DOSCIENTOS DIE-CISEIS METROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son lassiguientes: AL ORIENTE, mide nueve metros, linda con terreno deRuperto Viera, antes, hoy de Francisco Fuentes Bernal; AL PONIENTE,mide diez metros, y linda con terreno de Dolores Flores, antes, hoy deDolores Flores Guevara, Adela Torres Flores, y Avenida de por medio;AL NORTE; mide veinticuatro metros, linda con terreno de OfeliaPacheco, antes, hoy de Isidora del Carmen Bustillo; y AL SUR; mideveintiún metros cincuenta centímetros, y linda con terreno de LeandroRomero, antes hoy de María del Carmen Ochoa de Romero; el inmuebleantes descrito lo valúan en VEINTE COLONES, y lo obtuvieron porcompra que le hicieron a su padre señor José Isaías Ochoa, quien a lafecha de la referida compraventa era de setenta y un años de edad,fontanero del domicilio de San Marcos, departamento de San Salvador,quien lo obtuvo por compra que hiciera en el año de mil novecientossesenta y siete, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechosreales, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna aparte de laya mencionada. Todos los colindantes son de este domicilio, que a laposesión del inmueble unida con los antecesores dueños data por más dediez años consecutivos, que ha sido quieta, pacífica, continua e ininte-rrumpidamente; lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Alejo, a los diecinueve días del mesde Diciembre del dos mil dos.- ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL,

ALCALDE MUNICIPAL.- ROBERTO ENRIQUE AGUILUZESPINAL, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 5032-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el LicenciadoMISAEL ALCIDES HERNANDES ROMERO, Procurador Auxiliar,del Ministerio Público, en representación de la señora MARIA SOFIARODRIGUEZ, mayor de edad, de este domicilio, solicitando a favor desu representada TITULO MUNICIPAL de un Inmueble de NaturalezaUrbana, situado en la Tercera Avenida Sur número Treinta, Barrio LaCruz de esta Villa, de la extensión superficial de DOSCIENTOS SE-SENTA Y CINCO METROS CINCUENTA Y OCHO CENTIME-TROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: NORTE:mide treinta y cuatro metros con treinta centímetros, don Rafael AntonioBarahona Herrera y René Armando Herrera y otros; al ORIENTE: midetres metros, lindando con José Humberto Sánchez, calle de por medio yRené Armando Herrera y otros, SUR: mide cuarenta metros cincuentacentímetros, con Arminda Angélica Rivas Alvarado y María AdelaRodríguez, al PONIENTE: mide once metros veinte centímetros, conSara Ericela Rodríguez García. Lo valúa en la cantidad de DIEZ MILCOLONES. Lo hubo por compra que hizo a la señora María BenbenutaRodríguez, quien fue de este domicilio. Es sirviente por existir servidum-bre de tránsito a la calle principal a favor de la parcela de Sara EricelaRodríguez García. Es dominante por gozar de servidumbre de tránsito alrumbo Oriente. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Juan Tepezontes, a los veintiséis días delmes de febrero de dos mil tres. - FRANCISCO ALIRIO CANDRAY,ALCALDE MUNICIPAL. - TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 4991-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

La Sociedad CASA BEE´S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, del domicilio de San Salvador en cumplimiento a losArtículos mil quinientos sesenta y seis y ciento setenta y seis del Códigode Comercio al público en general y para efectos legales,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas celebrada el día tres de febrero del presente año por unanimidad setomó el siguiente acuerdo: aumentar el capital social de la Sociedad elcual en la actualidad es de CUARENTA MIL COLONES, a la cantidadde CIENTO CINCO MIL COLONES, por emisión de nuevas accionespor tanto, el nuevo Capital Social queda así: SESENTA Y CINCO MILCOLONES, por emisión de ciento treinta nuevas acciones, pagaderaspor capitalización de utilidades; por tanto, el Capital Social será deCIENTO CINCO MIL COLONES distribuidos en doscientas diezacciones de un valor nominal de quinientos colones cada una y encumplimiento al Artículo Doscientos Veinticinco del Código de Comer-cio se acordó designar como Ejecutor Especial al señor Noé IsaacFuentes para cumplir lo aquí acordado y que comparezca ante notario aotorgar la respectiva Escritura de Modificación al Pacto Social de estaSociedad.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

San Salvador a los veinte días del mes de febrero del dos mil tres.

NOE ISAAC FUENTES,

ADMINISTRADOR.

3 v. alt. No. 5017-1

AVISO

EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA SOCIEDAD “WILLIAMSASSOCIATES, S.A. DE C.V., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE”

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria deAccionistas, celebrada en fecha veintiséis de febrero del año dos mil tres,Acta #6 según el libro de Junta General de Accionistas debidamenteautorizado que lleva la Sociedad “WILLIAMS ASSOCIATES, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” que puede abreviarseWILLIAMS ASSOCIATES, S.A. DE C.V., se acordó unánimementecomo punto Extraordinario número dos: AUMENTAR EL CAPITALSOCIAL EN SU PARTE MINIMA y así cumplir con lo dispuesto en elArtículo #1566 del Código de Comercio, el Aumento se hizo por la sumade ¢80,000.00, equivalente a $9,142.86 emitiéndose 800 nuevas accio-nes ordinarias con un valor nominal de ¢100.00 equivalentes a $11.43cada una, quedando compuesto el Capital Social de la siguiente manera:Capital Social Mínimo 100,000.00 equivalente a $11,428.58.

JULIA JOSEFINA DE WILLIAMS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 5023-1

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

En Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebradacon las formalidades legales, el día diecisiete de febrero del año dos miltres, la Sociedad “ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL,S.A.”, acordó aumentar su capital social en la suma de CUATROMILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL COLONESmás, equivalentes a QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, mediante la emisión de CUATRO-CIENTAS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTAS nuevas accionesiguales, comunes y nominativas de un valor nominal de DIEZ COLO-NES cada una, equivalentes a UN DOLAR CATORCE CENTAVOSDE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para que la Sociedad gireen lo sucesivo con un capital de TREINTA Y CINCO MILLONES DECOLONES, equivalentes a CUATRO MILLONES DE DOLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo anterior se hace del conocimiento de los Accionistas para queejerciten su derecho de suscripción preferente que les Confiere el Art.157 del Código de Comercio, disponiendo al efecto del plazo de quincedías después de la última publicación de este aviso.

El pago de las acciones derivadas del aumento de capital severificará mediante capitalización de utilidades.

San Salvador, tres de marzo del año dos mil tres.

LUIS ALFREDO ESCALANTE SOL,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4928-1

AVISO

CORPORACION EXCELENCIA SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE

AVISA

AVISA: que en Asamblea General de Accionistas de la Sociedad“CORPORACION EXCELENCIA SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE” celebrada a las once horas y treinta minutos del díaveintidós de febrero de dos mil tres, en el punto uno de los asuntos decarácter extraordinario aparece el acuerdo que literalmente dice: “1)AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL. El Ingeniero Moisés Castro Macedapropuso a los accionistas que el capital social de la Sociedad se aumen-tará en NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCOMIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA CON DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCOMIL SETECIENTOS CATORCE MILLONESIMAS DE DOLAR DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para constituir un nuevoCapital Social de NOVENTA Y SEIS MILLONES DE DOLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA representado y dividido enOCHENTA Y CUATRO MILLONES DE ACCIONES de un valornominal de DIEZ COLONES cada una, mediante la emisión de SETEN-

TA y NUEVE MILLONES DE ACCIONES comunes y nominativas deun valor de DIEZ COLONES cada una, equivalente a UN DOLAR DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CIENTO CUAREN-TA Y DOS MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA Y SIETE MILLONE-SIMAS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,razonando su propuesta en los siguientes términos: en primer lugarobedece a la necesidad que tiene la Sociedad de contar con un capitalsocial acorde a las obligaciones que le corresponderán como Sociedadcontroladora del Conglomerado integrado por el Banco SalvadoreñoS.A. y demás Sociedades, en las cuales deberá suscribir y pagar más delcincuenta por ciento del valor de los respectivos capitales sociales;asimismo hizo ver que se pretende facilitar a los accionistas del BancoSalvadoreño S. A., su participación en la sociedad controladora, sinperder las ventajas de ser accionista del Banco Salvadoreño S. A. Enconcordancia con lo anterior propuso que el incremento de capital seapagado exclusivamente con acciones del Banco Salvadoreño S.A. acep-tando dichas acciones en un valor equivalente a DIECIOCHO PUNTOQUINIENTOS QUINCE CENTESIMAS DE ACCIONES de Corpora-ción Excelencia S. A., de C. V. por UNA ACCION de Banco Salvado-reño, S. A. Esta relación ha sido establecida considerando el valorcontable de las acciones del Banco Salvadoreño, S. A. determinado en elBalance correspondiente al treinta y uno de diciembre del año dos mildos, menos el dividendo distribuido y que se hubiese acordado en la JuntaGeneral de Accionistas de dicho Banco, dividido entre el valor nominalde las acciones de Corporación Excelencia S.A. de C.V. Los accionistaspodrán participar en este incremento, ejerciendo su derecho preferente enel plazo que conforme la ley les corresponde, es decir, dentro de losquince días después de la última publicación de este acuerdo. Lasuscripción y pago de las acciones deberá efectuarse en el plazo antesseñalado y en forma simultánea. Vencido el plazo, las acciones que nohubieren sido suscritas y pagadas serán vendidas a los accionistas deCorporación Excelencia, S. A. de C. V., en la proporción que resulte dedividir el remanente, entre aquellos accionistas que ejercieron su derechopreferente y al mismo valor de intercambio que les correspondió alejercer su derecho antes mencionado, dentro de un plazo que se inicia eldía siguiente al vencimiento del plazo preferencial de suscripción y quevencerá el veintiocho de marzo de dos mil tres; si aún así no se hubierenvendido todas las nuevas acciones emitidas, el remanente será vendidoa aquellos inversionistas poseedores de acciones del Banco Salvadoreño,S. A., en este caso se aceptarán las acciones del Banco Salvadoreño, S.A.en un valor equivalente a DOCE PUNTO OCHOCIENTOS OCHOCENTECIMAS DE ACCIONES de Corporación Excelencia, S.A. deC.V., por UNA ACCION del Banco Salvadoreño, S.A. El valor de lasacciones del Banco Salvadoreño, S.A., ha sido certificado por el AuditorExterno del Banco de conformidad a lo establecido en el Código deComercio y el cálculo de los factores de intercambio antes relacionadoha sido certificado por el Auditor Externo de Corporación Excelencia,S.A. de C.V. En vista de los plazos establecidos por la Ley de Bancos parala constitución del Conglomerado Financiero el plazo para la suscripcióny pago de estas últimas acciones vencerá el día once de abril de dos miltres. La misma Junta General autorizó a la administración para que lasfracciones resultantes de la aplicación de los factores de intercambioantes mencionados, sean aplicadas proporcionalmente. Asimismo dele-gó a la administración de la Sociedad la facultad de recibir pago enefectivo para completar la fracción del valor de la acción”.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil tres.

Ing. MOISES CASTRO MACEDA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 5003-1

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.AVISO

EL SUSCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE LASOCIEDAD "VILLATODO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE"

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria deAccionistas, celebrada el día veinte de Febrero del año dos mil tres, actaNº 12, según el libro de Junta General de Accionista debidamenteautorizado que lleva la Sociedad "VILLATODO, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE" que puede abreviarse VIDO, S. A. DEC.V. Se acordó unánimemente como punto extraordinario número seisAUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE MINIMA y asícumplir con lo dispuesto en el artículo Nº 1566 del Código de Comercio,el aumento se hizo por la suma ¢ 60,000 equivalente a $ 6,857.14,emitiéndose 600 nuevas acciones ordinarias con un valor nominal de¢100.00 equivalente a $ 11,43 cada una quedando compuesto el CapitalSocial de la siguiente manera: capital social mínimo ¢100,000.00 equi-valente a $ 11,428.58.

Lic. FIDEL SIMON VILLAFRANCO DORADEA,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 4982-1

A V I S O

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas enKm 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario deCERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número015PLA000105671, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADOpor CINCO MIL DOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 DOLA-RES (US$5,257.14) CINCO MIL DOCIENTOS CINCUENTA Y SIE-TE 14/100 DOLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

Soyapango, 27 de febrero de 2003.

CELINA DE RODAS,

BANCO CUSCATLAN, S.A.

3 v. alt. Nº. 5010-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la SociedadCOSTA INVERSIONES, S.A. DE C.V.,

Certifica: que a folios treinta y nueve y cuarenta del libro de Actasde Junta General Extraordinaria de Accionistas que la Sociedad lleva seencuentra el Acta número veinticinco celebrada a las diez horas del díacuatro de marzo del año dos mil tres, se acordó:

* Aumento de Capital Social de la Sociedad en la suma de OCHEN-TA MIL COLONES (¢ 80,000.00), por lo que en adelante el CapitalSocial Mínimo será de CIEN MIL COLONES ( ¢ 100,000.00). Dichoincremento de Capital se efectuará mediante traslado del Capital variableal Capital Mínimo, la totalidad de las acciones están suscritas y pagadas,por lo que hace del conocimiento público para los efectos legalescorrespondientes, y nombra como ejecutor del acuerdo para que concurraante Notario a otorgar la Escritura correspondiente a JOSECONSTANTINO SAMOUR NOSTHAS.

San Salvador a las nueve horas del día seis de marzo del año dos miltres.

Lic. JOSE CONSTANTINO SAMOUR NOSTHAS

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 6347-1

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS DE TURIASA, DE C.V.

La Junta General de Accionistas de TURIASA de C.V. convoca aJunta General Extraordinaria de Accionistas el día veintiocho de marzodel año dos mil tres en las oficinas situadas en Boulevard y CondominioLos Héroes Nivel diez, Local G de la Ciudad de San Salvador, a partir delas diez horas para conocer y resolver los asuntos siguientes:

ASUNTOS EXTRAORDINARIOS:

1. Lectura y aprobación de acta anterior.

2. Aumento de Capital Mínimo.

3. Liquidación de la Sociedad.

4. Varios.

Para que la Junta General Extraordinaria se considere legalmentereunida en primer convocatoria deberá estar presente por lo menos lastres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y las resolucionesserán válidas cuando se adopten por unanimidad.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señalada, por estemismo medio se convoca para el día veintinueve de marzo del año dosmil tres a la misma hora, el mismo lugar, con la agenda anterior, debiendocelebrar la Junta General Extraordinaria con la mitad más uno de lasacciones de la Sociedad y sus resoluciones se tomarán por las tres cuartaspartes de las acciones presentes o representadas.

San Salvador a los seis días del mes de marzo del año dos mil tres.

Ing. ORLANDO FLORES,

Director Presidente.

3 v. alt. No. 6299-1

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A. , comunica que a nuestrasoficinas se ha presentado el (los) propietario(s) del certificado No.351995Cta. No 16-21-482188 A/N DOMINGO TORRES. Emitido en SantaRosa de Lima, el día 10 de DICIEMBRE del año 2002 a un plazo de 60Días solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extra-viado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico en general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la (tercera o sexta, dependien-do de la clase de título) publicación de este AVISO y si no hubiereninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

Santa Rosa de Lima, a los 08 días del mes de FEBRERO del 2003.

RAFAEL ALVARENGA RUIZ,

GERENTE.

AGENCIA STA. ROSA DE LIMA.

3 v. alt. Nº. 4951-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A. , Comunica que a nuestrasoficinas se ha presentado el (los) propietario (s) del certificado No.242388. Cta. No. 16-07-49666-4 A/N JOSE ULISES GOMEZ ZELA-YA O FAUSTO ISABEL BONILLA ACOSTA. Emitido en Santa Rosade Lima, el día 07 de DICIEMBRE del año 1998 a un plazo de 90 díassolicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico en general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la (tercera o sexta, dependien-do de la clase de título ) publicación de este AVISO y si no hubiereninguna oposición, se procedera a reponer el certificado en referencia.

Santa Rosa de Lima, a los 12 días del mes de febrero del 2003.

RAFAEL ALVARENGA RUIZ,GERENTE.

AGENCIA STA. ROSA DE LIMA

3 v. alt. Nº. 4915-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Anónima de Capital Variable, CLINI-CA DE EMERGENCIA OCCIDENTAL, S.A. DE C.V., ( CLIMESAS.A. DE C.V.) convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDI-NARIA DE ACCIONISTAS, que se celebrará en sus oficinas, situadasen la segunda Calle Oriente y Calle a Sapoapa, Colonia Santa Marina dela ciudad de Santa Ana, el día Miércoles 2 de Abril del 2003 a las quincehoras en adelante, en donde se conocerá. discutirá y resolverá la siguienteagenda.

AGENDA1- Establecimiento y comprobación del quórum y firma del acta

de asistencia.2- Lectura del acta de la sesión anterior.3- Memoria de labores de la Junta Directiva del Ejercicio 2002.4- Presentación del Balance General al 31 de diciembre del 2002

y el estado de Pérdidas y Ganancias y Anexos por el períodocomprendido del 1º de enero al 31de diciembre del 2002.

5- Informe del señor Auditor Externo.

6- Nombramiento del señor Auditor Externo, fijar su período ysus honorarios.

7- Aplicación de Resultados correspondiente al año 2002.8- Cualquier otro asunto que propongan los señores Accionistas

que estén de acuerdo con las leyes y el pacto social y se puedaconocer y resolver en esta Junta General.

Para celebrar esta Junta General Ordinaria de Accionistas, deberánestar presentes o representadas cuando menos, la mitad más uno de lasacciones que forman el capital social o sea 2389 acciones.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señalada anterior-mente, por este medio se convoca para celebrarse dicha junta, con lamisma agenda, el mismo lugar y hora señalada para el día viernes 4 deabril del 2003 con el número de Acciones presentes o representadas.

Santa Ana, 26 de febrero del 2003.

JAIME BATLLE G.

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 4976-1

Clase: 30.No. de Exp.: 1990002349No. de Pres.: 20020029676

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SALVADOR

ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL de PRO-DUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE del domicilio de SOYAPANGO DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00154 delLibro 00009 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expre-sión KAPRICHITOS; que ampara productos comprendidos en la Clase30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industria, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero del año dosmil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 5055-1

Clase: 05.No. de Exp.: 2002029536No. de Pres.: 20020032366

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA y DE COMERCIO,

FENADRINConsistente en: la palabra FENADRIN.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 5043-1

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002029067

No. de Pres.: 20020031564

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FUNGOSIN

Consistente en: la palabra FUNGOSIN.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dos

mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 5042-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002029558

No. de Pres.: 20020032389

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CARDIOSARTAN

Consistente en: la palabra CARDIOSARTAN.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 5051-1

Clase: 39.

No. de Exp.: 2002027534

No. de Pres.: 20020029055

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTO

REY VASQUEZ CASCO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras y diseño LIBERTY CONTAINER

LINE.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4997-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 41.

No. de Exp.: 2002029255

No. de Pres.: 20020031864

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE CAR-LOS MEJIA ROMERO en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL,de AEROMILLAS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: AEROMILLAS DE CEN-TROAMERICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra edupuntos y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5031-1

Exp.: 2003030088

No. de Pres.: 20030033498

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-NIO ESCOBAR GUILLEN en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE VALORESE INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: VALORI S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA , solicitando registro del NOMBRE COMERCIAL,

FROZN YOGURTConsistente en: la palabra FROZN YOGURT, que servirá para:

DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO

EN: KILOMETRO ONCE Y MEDIO CARRETERA AL PUERTO DELA LIBERTAD, NUEVA SAN SALVADOR; DEDICADO A LAVENTA, PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE YOGURT Y PRO-DUCTOS LACTEOS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5037-1

No. Exp.: 2003030089

No. de Pres.: 20030033499

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO-NIO ESCOBAR GUILLEN, en su calidad de REPRESENTANTELEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de VALO-RES E INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que se abrevia: VALORI, S.A. DE C.V, de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL,

TELECHINA

Consistente en: la palabra TELECHINA, que servirá para DISTIN-GUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO EN: KI-LOMETRO ONCE Y MEDIO CARRETERA AL PUERTO DE LALIBERTAD, NUEVA SAN SALVADOR; DEDICADO A LA VEN-TA, PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE COMIDA CHINA.

La solicitud fué presentada el día veintinueve de enero del año dosml tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.San Salvador, cinco de febrero del año dos mil tres

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5038-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Exp.: 2002020964

No. de Pres. 20020020964

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIAMARGARITA CRISTIANI LLACH, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de NOM-BRE COMERCIAL,

ANTIEK

Consistente en: la palabra ANTIEK escrita con todas las letras decaracterísticas de molde, todas de trazo delegado y mayúsculas, queservirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIALDEDICADO A LA RESTAURACION DE PIEZAS ARQUEOLOGI-CAS. ASI COMO LA RESTAURACION DE OBJETOS A SU ESTA-DO PRIMITIVO O DE SU PRESERVACION SIN ALTERAR SUSPROPIEDADES FISICAS O QUIMICAS, UBICADO EN LA CALLEY COLONIA ROMA NUMERO 238, CIUDAD Y DEPARTAMENTODE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos.

Lic PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5041-1

Clase: 05

No. Exp: 2002029066

No. Pres: 20020031563

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDORAMOS ERNESTO GONZALEZ GINER, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VITAPLUS

Consistente en: la palabra VITAPLUS.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.San Salvador, treinta de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 5045-1

Clase: 01

Exp: 1997003905

No. de Pres: 19970003905

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentadoMARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-RADO de KEMIRA OY, de nacionalidad FINLANDESA, solicitandoregistro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

KEMIRA

Consistente en: LA PALABRA “KEMIRA” EN LETRAS MA-YUSCULAS DE MOLDE.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año milnovecientos noventa y siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ

SECRETARIA.

3 v. alt No. 4962-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 03

Exp.: 2001020446

No. de Pres. 20010020446

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de PARFUMSNINA RICCI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA INUSTRIAL O DE FABRICA,

MEMOIRE D´ HOMME

Consistente en: “MEMOIRE D´ HOMME” en letras mayúsculasde molde con un apóstrofe entre la letra “D” y la palabra HOMME.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO

3 v. alt. No. 4963-1

LUIS ARTURO FERNANDEZ PEÑA, Notario con oficina en coloniaEl Milagro, Pasaje Vilanova, número cincuenta y seis, San Marcos, SanSalvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las catorce horasdel día veinticinco de febrero de dos mil tres, en las diligencias deaceptación de herencia intestadas, promovidas ante mis oficios notaria-les por el señor ANGEL CARABANTES GARCIA, mayor de edad,Jornalero del domicilio de Nueva Trinidad, Departamento de Chalate-nango, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte delseñor ANGEL CARABANTES GARCIA, la herencia intestada que a sudefunción dejó el señor ANTONIO CARABANTES GARCIA, quien ala fecha de su fallecimiento era de veintinueve años de edad, soltero,salvadoreño, jornalero, originario y del domicilio de Nueva Trinidad,Departamento de Chalatenango, hijo de FEDERICO CARABANTES yEULALIA GARCIA, ambos ya fallecidos, y quien murió el día veinti-

cuatro de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, en el Cerro ElPicaccho, Cantón Conacaste, jurisdicción de las vueltas, Departamentode Chalatenango, su último domicilio; Confiéresele al señor ANGELCARABANTES GARCIA, en su calidad de hermano del causante, larepresentación y administración interina de la sucesión con las faculta-des y restricciones de ley, públiquese por tres veces alternas.

Cita a las personas que se consideren con derecho de dicha sucesiónpara que en el término de quince días a partir de su última publicación sepresenten a deducir sus derechos.

Librado a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil tres.

LUIS ARTURO FERNANDEZ PEÑA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 4992-1

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notario, del domicilio de Mejica-nos, con oficina situada en Residencial Australia Norte Edificio C,segundo nivel, número dos.

HACE SABER: que en las Diligencias de Jurisdicción Voluntariasseguidas ante mis oficios Notariales por la Licenciada YANIRAROXANA CHAVEZ TORRES, en su carácter de apoderada generaljudicial de la señora MARIA ERLINDA ARIAS VIUDA DE DIAZ, encalidad de esposa del causante y como cesionaria de los derechoshereditarios que le correspondían a la señora DEYSI DIAZ en calidad dehija, aceptando en tal carácter la Herencia Intestada dejada a su defunciónel señor FROILAN DIAZ, quien falleció el día dieciséis de noviembre dedos mil, en Carretera Troncal del Norte Kilometro veintiuno y medio,Cantón Santa Barbara, jurisdicción de Guazapa, de este Departamentosiendo este su último domicilio lugar en el que además recidia, aconsecuencia de Multisistemica Senil, a la edad de noventa años, denacionalidad salvadoreña, se proveyó resolución a las quince horas deldía veinticuatro de febrero del presente año, teniéndose por aceptadaexpresamente y con Beneficio de Inventario de parte de la señoraMARIA ERLINDA ARIAS VIUDA DE DIAZ, la herencia intestada quea su defunción dejará el señor FROILAN DIAZ nombrándose Adminis-trador y Representante interina de la sucesión expresada, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; citándosea los que se crean con derecho a la misma, para que se presenten adeducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a latercera al de la última pulicación del presenta edicto.

Librado a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil tres.

Lic. ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 4902-1

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Tribunala las nueve horas diez minutos de este día; se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, de parte del señor HENRYANDOLFO MEDINA UMAÑA, la herencia Intestada que a su defun-ción dejó el causante señor MANUEL HERBERT LINARES UMAÑA,quien fue de veintitrés años de edad, agricultor, soltero, y falleció a la unahora treinta minutos del día veinte de agosto del año dos mil en el CantónChilcuyo de ésta jurisdicción, siendo Texistepeque el lugar de su últimodomicilio.

El señor HENRY ANDOLFO MEDINA UMAÑA, es cesionariodel derecho que le correspondía a los señores ALEJANDRA DE JESUSLINARES conocida por ALEJANDRA DE JESUS LINARES MEDINAy MANUEL HERBERT UMAÑA, como padres del decujus, y en esecarácter se le confiere la administración y representación interina de lasucesión, con las facultades y restricciones de ley.

Lo que se pone en conocimiento para que todo aquel que seconsidere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribunal adeducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicaciónde este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SantaAna, a las diez horas del día seis de enero de dos mil tres.- Dr. RODOLFOERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. ANASANDRA JEANETTE COLOCHO DE LOPEZ, SECRETARIA INTE-RINA.

3 v. alt. No. 4610-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasonce horas y cuarenta minutos del día diecisiete de julio del presente año,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia testamentaria dejada a su defunción por la causante señoraSONIA ELIZABETH PORTILLO GONZALEZ DE CHINCHILLAconocida por SONIA ELIZABETH PORTILLO DE CHINCHILLA,SONIA ELIZABETH PORTILLO y por SONIA PORTILLO, ocurridael día diecinueve de abril de dos mil uno, en la ciudad de Los Angeles,Estado de California, de los Estados Unidos de América, quien tuvo suúltimo domicilio en esta ciudad, de parte de los menores GERARDOJOSE y GUADALUPE MARIA de apellidos CHINCHILLA PORTI-LLO, en calidad de herederos testamentarios; y se ha conferido a losaceptantes, menores GERARDO JOSE y GUADALUPE MARIA deapellidos CHINCHILLA PORTILLO la administración y representa-ción interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las docehoras y treinta minutos del día ocho de agosto de dos mil dos. Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4636-2

ALFREDO BIVAR BOJORQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución, de las catorce horas cincuentaminutos del día cuatro de mayo del año dos mil uno; se ha tenido poraceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestadaque a su defunción ocurrida a las cinco horas del día trece de febrero demil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Palo Verde, jurisdicción dela Villa de Apaneca, su último domicilio dejó la señora JESUS CENTE-NO MORAN, conocida por JESUS CENTENO, JESUS MORAN,MARIA JESUS MORAN y por MARIA JESUS CENTENO; de partedel señor FABIAN DE JESUS MARTINEZ CENTENO, en su calidadde hijo de la causante; y además en su carácter de cesionario de losderechos hereditarios que en la sucesión les correspondía a los señoresFRANCISCO ANTONIO MORAN, LUIS ALONSO MARTINEZMORAN, ELOISA ANTONIA MORAN MARTINEZ, MARTA ES-TELA MARTINEZ CENTENO, RUFINA MORAN, JULIA DEL CAR-MEN MORAN y SOLEDAD DE MERCEDES MORAN MARTINEZ,todos como hijos de la misma causante; y se ha nombrado interinamenteal aceptante, representante y administrador de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las once horas quince minutosdel día treinta de noviembre del año dos mil uno. Dr. ALFREDO BIVARBOJORQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLOCASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4597-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas veinticinco minutos del día diecinueve de septiembre delcorriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la causanteDORA ALICIA TORRES, conocida por DORA ALICIA TORRESPINEDA, ocurrida en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el díacatorce de enero de dos mil uno, de parte de la señora SONIA MILAGROTORRES DE MEJIA o SONIA MILAGRO TORRES CARRANZA, encalidad de hija de la causante; y se ha conferido a la aceptante, laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las ochohoras y diez minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil dos.Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4554-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: que por resolución de las once horas treinta

minutos del día trece de los corrientes, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora CLEMENCIA FLORES, quien falleció a

las veinte horas y diez minutos del día cinco de diciembre del dos mil dos,

en el Hospital Regional San Juan de Dios de esta ciudad, lugar de su

último domicilio; de parte de la señora ROSA AMELIA FLORES como

hermana de la causante.- Y se le ha conferido a la aceptante en el carácter

antes indicado, la administración y representación interina de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once

horas treinta y ocho minutos del día trece de febrero del dos mil tres. Dra.

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SRIA.

3 v. alt. No. 4517-2

DINORAH GARCIA DE SARAVIA, Jueza de Primera Instancia del

Distrito Judicial de Ilobasco, departamento de Cabañas.

HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el señor

JOSE ANTONIO VELASQUEZ CASTILLO, de cincuenta y un años de

edad, jornalero, del domicilio del Cantón Carolina, jurisdicción de

Jutiapa, departamento de Cabañas, se identifica con su Documento

Unico de Identidad número cero-un millón doscientos seis ciento vein-

tiocho-dos, solicitando TITULO SUPLETORIO a su favor de un inmue-

ble de naturaleza rústica, rural, sin cultivo permanente y con construccio-

nes de casa de paredes de adobe y techo de teja, situado en el Cantón

Carolina, jurisdicción de Jutiapa, departamento de Cabañas, de una

extensión superficial de treinta y siete mil novecientos veintinueve punto

trece metros cuadrados o cinco manzanas y tres cuartos de manzanas

punto cuarenta y tres de los linderos siguientes: AL ORIENTE: Colinda

con FRANCISCO ESCOBAR GUARDADO, CELSA VELASQUEZ

VIUDA DE CASTILLO, desde un mojón de piedra recto a un cacao

nance recto a un troncón de huilihuiste a cuyo pie este a la orilla, de una

zanjita, la cual sigue aguas abajo hasta llegar a la quebrada El Obraje, AL

NORTE, con terreno de PEDRINA VARGAS, CELSA VELASQUEZ

VIUDA DE CASTILLO mediando quebrada El Obraje; AL PONIEN-

TE: Con LIDIA VELASQUEZ, JUANA VELASQUEZ CASTILLO,

Diócesis de San Vicente, BENIGNO VELASQUEZ, camino vecinal de

por medio, y AL SUR: Con JOSE CARMEN VELASQUEZ PEÑA,

MARIA ESPERANZA RAMIREZ PEÑA, JULIO PORTILLO, me-

diando una línea de peñasco y un filo intransitable al mojón de piedra

donde se comenzó la descripción, el inmueble objeto de esta diligencia

lo valora en la cantidad de treinta mil colones, y fue adquirido por compra

que le hizo el titulante a JOSE MARIA VELASQUEZ.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las diez horas, del día diecisiete de enero de dos miltres. Licda. DINORAH GARCIA DE SARAVIA, JUEZA DE PRIME-RA INSTANCIA. Br. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. 4683-2

MARIO MOISA MARTINEZ Juez de lo Civil de este Distrito:

HACE SABER: que por ejecución seguida en este Tribunal por elseñor MONICO FLORENTIN PARADA, contra la señora SILVIAGEANETH CUADRA NERIO, se venderá en este Juzgado en Públicasubasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble:““Un terreno denaturaleza rústica, de origen ejidal, situado en el Cantón Agua Shuca, dela jurisdicción de San Julián, Departamento de Sonsonate, comprendidocomo cuerpo cierto dentro de las medidas y linderos siguientes: ALORIENTE, comenzando de un árbol de tempate, que sirve de mojónesquinero en el rumbo Sur, mide veintitrés metros noventa centímetros,con propiedad de ARTURO LEMUS; AL SUR, del árbol de tempateúltimamente mencionado sigue en línea recta hasta llegar a un mojón deárbol de jocote en ciento un metros noventa centímetros, con propiedadde MARIA LUISA CUADRA; AL PONIENTE, del árbol de jocotemencionado, siempre en línea recta a un mojón de izote, mide veintitrésmetros cincuenta centímetros, carretera de por medio que conduce aSanta Isabel Ishuatán , con propiedad del señor ENZO CIAMMATTEI;y NORTE, del izote mencionado conservando la línea recta hasta llegaral árbol de tempate expresado primeramente, que sirve de mojón esquineroen el sector Oriente, que es exactamente el lugar donde se comenzó ytermina esta descripción, mide ciento un metros noventa centímetros; eneste rumbo existe una servidumbre de por medio que termina su salida enla carretera mencionada, linda con propiedad de EXEQUIAS CHINCHI-LLA. El inmueble descrito tiene la capacidad de VEINTICUATROAREAS QUINCE CENTIAREAS de extensión superficial. Dicho in-mueble no contiene cultivos permanentes ni accesorios.- Inscrito a favorde la Ejecutada bajo el Número SESENTA Y TRES del Libro UN MILDOSCIENTOS VEINTIDOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día trece deFebrero del año dos mil tres. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZDE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4669-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: que por ejecución promovida por el LicenciadoJULIO EDUARDO MARTINEZ inicialmente y continuado por laLicenciada LUCIANA ISABEL LAINEZ MORAN, como Apoderadade la Sociedad MULTIPAGOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, de este domicilio; contra la señora LAURA ESCOLERODE MEDRANO conocida por LAURA LAZO ESCOLERO, mayor deedad, comerciante, de este domicilio, se venderá en pública subasta eneste Juzgado el siguiente Inmueble: ““Un lote urbano y construcciones

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

que contiene, marcado con el Número DOSCIENTOS CINCUENTA YUNO del Block D-DIEZ de la Urbanización “SANTA EMILIA”, situadaen la jurisdicción de San Miguel, en el cual hay construida una casa desistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios y tiene lalocalización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO DOS-CIENTOS CINCUENTA Y UNO del Block D-DIEZ de la URBANIZA-CION “SANTA EMILIA”, situada en jurisdicción de San Miguel,departamento de San Miguel, que se localiza y describe así: Partiendo dela intersección formada por los ejes del pasaje número cinco de rumboSur diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Este y de la calledel río, y con una distancia de diecinueve metros treinta y cincocentímetros y con rumbo Norte setenta y nueve grados quince puntocinco minutos Este se llega a un punto del que con deflexión izquierdade noventa grados y distancia de cinco metros veintinueve centímetrosse localiza el vértice Sur-Oeste del lote que se describe, el cual mide ylinda: AL PONIENTE, doce metros setenta y un centímetros con rumboNorte diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Oeste, lindandocon lote número Doscientos cincuenta de este mismo Block D-Diez; ALNORTE; cinco metros con rumbo Norte setenta y nueve grados quincepunto cinco minutos Este, lindando con lote número Doscientos cincuen-ta y cuatro de este mismo Block D-diez: AL ORIENTE; doce metrosnoventa y tres centímetros con rumbo Sur diez grados cuarenta y cuatropunto cinco minutos Este, lindando con lote número Doscientos Cin-cuenta y Dos de este mismo Block D-Diez; y AL SUR; cinco metros conrumbo Norte Setenta y Nueve grados cero cuatro minutos Oeste, lindan-do con terreno de sucesión de RAMON C. GIRALT, calle del río de docemetros de ancho, de la Urbanización, de por medio.- Llegando así alpunto de partida de la presente descripción. Todos los Lotes colindantesforman o formaban parte del inmueble general de donde se desmembróel que se describe. Este lote tiene un área de SESENTA Y CUATROMETROS CUADRADOS DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS equi-valentes a NOVENTA Y UN VARAS CUADRADAS SETENTA Y UNCENTESIMOS DE VARA CUADRADA. Inscrito en el Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo elNúmero CINCUENTA Y CINCO del Libro UN MIL CINCUENTA YTRES, de Propieded del Departamento de San Miguel. A favor de laejecutada señora LAURA ESCOLERO DE MEDRANO y trasladado alSistema Real Computarizado bajo la Matrícula Número 80019541-00000 en el asiento 3.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las diezhoras del día diecisiete de diciembre de dos mil dos. Dr. JOSE MAURI-CIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JULIOCESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4608-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado conel número 990-E-97, promovido inicialmente por la Licenciada ELSAGUADALUPE HIDALGO DE ESCALANTE y continuado por elLicenciado GUILLERMO GUIDOS ALARCON ambos como Apode-

rados de la Sociedad GENERAL DE VEHICULOS, S.A. DE C.V., encontra de los señores NESTOR GAMALIEL LINARES GUERRA,

FERNANDO REYES VILLAFUERTE Y JUAN FRANKLIN

LANDAVERDE LANDAVERDE, se venderá en Pública Subasta en

este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el Bien Inmueble que

a continuación se describe y localiza así:““UN INMUEBLE URBANO

SITUADO EN EL CANTON ZACAMIL DE LA JURISDICCION DE

MEJICANOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR y construc-

ciones que contiene, íntegramente de la urbanización denominada

RESIDENClAL MONTEBELLO, marcado como LOTE NUMERO

ClNCUENTA Y UNO DEL POLIGONO D, que tiene las medidas y

linderos siguientes: Partiendo del punto de intersección de LA CALLE

PARACUTIN Y BOULEVARD SAN ANTONIO ABAD, se mide

sobre el eje de este último una distancia de ciento cincuenta y ocho metros

noventa y siete centímetros con rumbo Norte, veintiséis grados veinti-

cuatro punto cuatro minutos Este, en este punto se hace una deflexión

derecha de noventa grados y se mide una distancia de treinta y dos metros

treinta y cuatro centímetros, ubicado en el esquinero SUR PONIENTE

donde se inicia la presente descripción. AL SUR: Lindero recto de veinte

metros ochenta y cinco centímetros de longitud con rumbo Sur cuarenta

y seis grados cincuenta y cuatro punto dos minutos Este, linda con LOTE

NUMERO CINCUENTA Y DOS DEL MISMO POLIGONO. AL

ORIENTE: Lindero recto de cinco metros de longitud con rumbo Norte

cuarenta y tres grados cinco punto tres minutos Este linda con LOTES

NUMERO DIECISIETE Y DIECIOCHO DEL MISMO POLIGONO.

AL NORTE: Lindero recto de veinte metros sesenta centímetros de

longitud con rumbo Norte cuarenta y seis grados cincuenta y cuatro punto

dos minutos Oeste, linda con LOTE NUMERO CINCUENTA DEL

MISMO POLIGONO y AL PONIENTE: Lindero de dos tramos curvos,

el primero de dos metros cincuenta y un centímetros de longitud con

radio de curvatura de treinta y un metros cinco centímetros y el segundo

tramo de dos metros setenta y nueve centímetros de longitud con radio

de curvatura de veintiséis metros treinta centímetros, linda con terreno de

propiedad de PROYECTOS GENERALES, S.A. y BOULEVARD

SAN ANTONIO ABAD de derecho de vía variable de por medio

llegando al esquinero donde se inició la presente descripción. El bien

descrito tiene una extensión superficial de ciento ocho metros cuadrados

sesenta decímetros cuadrados equivalentes a ciento cincuenta y cinco

varas cuadradas treinta y ocho centésimas de vara cuadrada. Dos tapiales

de patio posteriores y las paredes al Norte y al Sur respectivamente. Los

lotes colindantes son o han sido propiedad de PROYECTOS GENERA-

LES, S.A., en este embargo se incluyen las mejoras que contiene el

inmueble anteriormente descrito y las futuras que se hicieren, lo embar-

gado corresponde al ejecutado NESTOR GAMALIEL LINARES GUE-

RRA, según LlBRO DE LA PROPIEDAD NUMERO CUATRO MIL

NOVENTA INSCRIPCION SETENTA Y TRES DEL REGISTRO DE

LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DEL DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR.”

SE ADMlTIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES. LlBRADO

EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a

las nueve horas y diez minutos del día veintiocho de marzo del año dos

mil uno. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO

DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA DE BA-

RAHONA, SECRETARIA.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el señor MI-GUEL ANGEL BEATRIZ, mayor de edad, Economista, de este domi-cilio, contra el señor OSCAR GEOFREDO CARRANZA POSADAconocido por OSCAR CARRANZA, mayor de edad, Abogado, de estedomicilio; por medio de su Apoderado General Judicial LicenciadoMIGUEL ARTURO GIRON FLORES, mayor de edad, Abogado, deldomicilio de San Salvador, se venderá en pública subasta en este Juzgadoel siguiente Inmueble: "Un terreno de naturaleza urbano, situado en laCiudad de San Miguel, al lado Sur de la Colonia Santa Emilia, sobre laCalle que conduce al Río Grande de San Miguel, identificado comoLOTE URBANO NUMERO OCHO DEL POLIGONO “R” DE LAURBANIZACION “LAS MERCEDES”, que se localiza así partiendode la intersección de los ejes de Calle de la Autopista, Treinta AvenidaSur y de la Senda Jardín número cinco, construidas ambas en terrenos dela Urbanización las Mercedes, se mide sobre el eje de la Autopista TreintaAvenida Sur una distancia de siete metros con rumbo Sur veinte gradoscuarenta y ocho minutos cero segundos Oeste llegando a un punto delcual con deflexión izquierda de noventa grados y una distancia de quincemetros, se localiza el esquinero Nor-Oeste del Lote Número ocho delPolígono «R», que a continuación se describe; al NORTE, en línea rectade cuarenta y nueve metros treinta y seis centímetros, con rumbo Sursesenta y nueve grados doce minutos cero segundos Este, lindando conLotes del número uno al número seis del mismo Polígono "R" Propiedadde Construcciones El Molino, S.A. de C.V. al Oriente, en línea recta deseis metros cuarenta y siete centímetros, con rumbo Sur, cuarenta ycuatro grados cincuenta y seis minutos cero segundos Oeste, lindandocon terreno Propiedad de la Fundación Salvadoreña de Desarrollo yVivienda Mínima; al Sur, en línea recta de cuarenta y ocho metros setentay ocho centímetros, con rumbo Norte, sesenta y nueve grados doceminutos cero segundos Oeste, lindando con lote número nueve delmismo polígono "R", propiedad de Construcciones El Molino, S.A. deC.V., al Poniente, en línea recta de seis metros con rumbo Norte veintegrados cuarenta y ocho minutos cero segundos Este, lindando con restode terreno, Autopista Treinta Avenida Sur de treinta metros de ancho depor medio. El Lote así descrito tiene una Extensión Superficial deDOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUARENTA YDOS DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a CUATROCIEN-TAS VEINTIUNA VARAS VEINTISEIS CENTESIMAS DE VARACUADRADA. Dicho Inmueble tiene construida una casa paredes debloque, techo de duralita, con todos sus servicios, la cual entra en lapresente hipoteca; Inscrito a favor del señor OSCAR GEOFREDOCARRANZA POSADA, conocido por OSCAR CARRANZA, en elRegistro de la Propiedad Raíz de la Primera Sección de ORIENTE, bajoel Número OCHENTA del libro UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS,de Propiedad del Departamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley,

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,a las nueve horas y treinta minutos del día cuatro de febrero de dos miltres. Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, Secretario.

3 v. alt. No 4581-2

SANTOS IVETH ERAZO QUIJANO, JUEZA DE FAMILIA DE NUE-VA SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, alpúblico para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en la resolución proveída por este Tribunal alas nueve horas y cuarenta y ocho minutos del día veintitrés de enero dedos mil tres, en el Juicio de Alimentos promovido por la señora HILDAEUGENIA FLORES COMANDARI por medio de su Apoderada Doc-

tora ANA ARACELY HENRIQUEZ DOMINGUEZ; SE VENDERAEN PUBLICA SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará, elinmueble de naturaleza rústica propiedad del señor JORGE ALEJAN-DRO AGUILAR ZARCO, cultivado de café, llamado QUINTA SANLORENZO, situado en Cantón La Peña, Jurisdicción de Santiago deMaría, Departamento de Usulután, y tiene una extensión superficial dedos hectáreas ochenta áreas, equivalentes a cuatro manzanas sesenta ydos varas sesenta decímetros de vara cuadrada de los linderos siguientes:ORIENTE: finca de CARLOS AMORY, hoy de don EDUARDOGUZMAN, quebrada de por medio; SUR: terreno de SIMONA MAR-QUEZ, camino de por medio; NORTE: finca de CARLOS AMORY hoyde don EDUARDO GUZMAN, mojón de piedra y brotonal de pormedio; y PONIENTE: finca del mismo AMORY, hoy de don EDUAR-DO GUZMAN, quebrada de por medio. Inscrito al número ONCE delLibro MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE del Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, Departa-mento de Usulután. Servirán de base para el remate de conformidad alartículo Doscientos Treinta del Código de Familia, el valor que losperitos asignaron a los bienes, siendo la cantidad de CINCUENTA YDOS MIL OCHENTA Y UN COLONES CON VEINTICINCO CEN-TAVOS, siendo el costo estimado de la manzana es de trece mil colones,a un colón con treinta centavos la vara cuadrada. Se admitirán posturassiendo legales.

Librado en el Juzgado de Familia: Nueva San Salvador, a las ochohoras y treinta minutos del día tres de febrero de dos mil tres. Licda.SANTOS IVETH ERAZO QUIJANO JUEZA DE FAMILIA. Lic.LUCIA ANGELICA CRUZ GUARDADO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4577-2.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por la Licenciada ROSA NELIS PARADA DEHERNANDEZ, como Apoderada de la ASOCIACION COOPERATI-VA DE AHORRO Y CREDITO COMUNAL DE AGUA CALIENTEDE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abreviaACAYCCOMAC, persona jurídica del domicilio de Agua Caliente,Departamento de Chalatenango, contra el señor JOSE MARIA AGRE-DA LOPEZ, de sesenta y cinco años de edad, Ejecutivo de Empresas, deldomicilio de San Salvador y de Antiguo Cuscatlán, reclamándole canti-dad de colones y demás accesorios legales, se venderá en este Juzgadoen pública subasta, el bien inmueble embargado siguiente: " Un inmueblesituado en la Lotificación denominada PUERTAS DEL SOL, de natura-leza rústica, sin cultivos, ni construcciones, situado en Jurisdicción deSan Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, identificado como:LOTE NUMERO VEINTICINCO, VEINTISEIS y VEINTISIETE delPolígono «B», del Proyecto PUERTAS DEL SOL I, el cual se describeasí: AL NORTE: tramo recto de cuarenta y dos punto noventa metros,lindando con lotes números doce, once y diez del Polígono A, con Pasajenúmero Dos de por medio con un derecho de vía de ocho punto cero cerometros; AL ORIENTE, tramo recto de cincuenta y ocho punto setenta ycinco metros, lindando con lotes números uno, dos y tres del mismopolígono y de la misma lotificación; AL SUR: tramo recto de cuarenta ydos punto noventa metros, lindando con lotes números cuatro, siete yocho del mismo polígono y lotificación; y AL PONIENTE: tramo rectode cincuenta y ocho punto setenta y cinco metros, lindando con el lotenúmero veinticuatro del mismo polígono y de la misma lotificación. Laporción descrita tiene una extensión superficial de DOS MIL QUINIEN-TOS VEINTE PUNTO TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ME-

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

TROS CUADRADOS, equivalentes a TRES MIL SEISCIENTOS SEISPUNTO CIENTO CINCUENTA Y DOS VARAS CUADRADAS.Todos los lotes colindantes, son o han sido propiedad de las señorasBLANCA DOLORES PORTILLO MINERO, DOLORES MINERODE PORTILLO, ILDA IDA PORTILLO DE PAZ, FRANCISCA POR-TILLO DE BONILLA Y DELMY PORTILLO DE ARGUETA".

El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor delseñor JOSE MARIA AGREDA LOPEZ, bajo el Número NOVENTA YCUATRO del Libro MIL SETENTA Y SIETE, del Registro de laPropiedad Raíz del Departamento de La Paz.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. LIBRADO ENEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horasdel día treinta y uno de enero del año dos mil tres. Dr. JOSE MANUELMOLINA LOPEZ JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX AL-BERTO SORTO MELARA SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4572-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidoinicialmente por el Licenciado JOSE SALVADOR MOLINA ORE-LLANA como Apoderado del BANCO ATLACATL, S.A. antes deno-minada FINANCIERA ATLACATL, S.A., continuado por LicenciadaADRIANA AVILES DE ARRIAZA y actualmente continuado por laLicenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO como Apodera-das del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., Sociedadabsorbente del BANCO ATLACATL, SOCIEDAD ANONIMA, contrael señor RICARDO ERNESTO VASQUEZ CAÑAS, se venderá enpública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará losBienes Inmuebles que a continuación se describen y localizan así:"CUATRO PORCIONES DE TERRENO DE NATURALEZA URBA-NA, SITUADAS EN EL CANTON SAN BARTOLO, JURISDICCIONDE ILOPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, EN ELPROYECTO REPARTO LAS CAÑAS, IDENTIFICADAS COMOLOTE NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO, CUA-TROCIENTOS SESENTA Y TRES, CUATROCIENTOS CINCUEN-TA Y CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, TODAS DELPOLIGONO E-TRECE, LAS CUALES SE DESCRIBEN ASI" A)LOTE CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO: partiendo de laintersección de los ejes de la CALLE PRINCIPAL Y AVENIDAPRINCIPAL DEL PROYECTO REPARTO LAS CAÑAS, con rumboSur cincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Este sobre el ejede la CALLE PRINCIPAL se mide una distancia de ciento seis puntocincuenta metros, de aquí con una deflexión derecha de noventa grados,partimos con rumbo Sur treinta y nueve grados siete punto cuatrominutos Oeste y sobre el eje del PASAJE M, se mide una distancia detreinta y dos punto cincuenta metros, llegando así al esquinero Surestedel LOTE NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRODEL POLIGONO E-TRECE a describir así: AL SUR: con rumbo Nortecincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Oeste, se mide unadistancia de diez metros lindando con el LOTE NUMERO CUATRO-CIENTOS SESENTA Y TRES DEL MISMO POLIGONO E-TRECEDEL MISMO PROYECTO. AL OESTE: con rumbo Norte treinta ynueve grados cero siete punto cuatro minutos Este, se mide una distanciade seis metros lindando con el LOTE NUMERO CUATROCIENTOS

CINCUENTA DEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMOPROYECTO. AL NORTE: con rumbo Sur cincuenta grados cincuentay dos punto seis minutos Este mide una distancia del diez metroslindando con LOTE NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA YCINCO DEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYEC-TO. AL ESTE: con rumbo Sur treinta y nueve grados cero siete puntocuatro minutos Oeste, se mide una distancia de seis metros lindando conel PASAJE M, de por medio con derecho de vía cinco metros con elLOTE NUMERO CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS DEL POLI-GONO E-CATORCE DEL MISMO PROYECTO, llegando así al puntode partida. El lote así descrito tiene una extensión superficial de SESEN-TA METROS CUADRADOS, B) LOTE NUMERO CUATROCIEN-TOS SESENTA Y TRES. Partiendo de la intersección de los ejes de laCALLE PRINCIPAL Y AVENIDA PRINCIPAL DEL PROYECTOREPARTO LAS CAÑAS con rumbo Sur cincuenta grados cincuenta ydos punto seis minutos Este, sobre el eje de la CALLE PRINCIPAL semide una distancia de ciento seis punto cincuenta metros, de aquí con unadeflexión derecha de noventa grados, partimos con rumbo Sur treinta ynueve grados siete punto cuatro minutos Oeste y sobre el eje del PASAJEM, se mide una distancia de treinta y ocho punto cincuenta metros, deaquí con una deflexión derecha de noventa grados se mide una distanciade dos punto cincuenta metros, llegando así al esquinero SUR-ESTE delLOTE CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES DEL POLIGONO E-TRECE a describir así: AL SUR: con rumbo Norte cincuenta gradoscincuenta y dos punto seis minutos Oeste, se mide una distancia de diezmetros, lindando con el LOTE CUATROCIENTOS SESENTA Y DOSDEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. ALOESTE: con rumbo Norte treinta y nueve grados cero siete punto cuatrominutos Este, se mide una distancia de seis punto cero metros, lindandocon el LOTE NUMERO CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVEDEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. ALNORTE : con rumbo Sur cincuenta grados cincuenta y dos punto seisminutos Este, se mide una distancia de diez metros, lindando con elLOTE NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO DELMISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. AL ESTE:con rumbo Sur treinta y nueve grados cero siete punto cuatro minutosOeste, se mide una distancia de seis metros lindando con el PASAJE Mde por medio con derecho de vía de cinco metros con el LOTE CUATRO-CIENTOS SETENTA Y CINCO DEL POLIGONO E- CATORCE DELMISMO PROYECTO, llegando así al punto de partida. El lote asídescrito tiene una extensión superficial de SESENTA METROS CUA-DRADOS. C) LOTE NUMERO CUATROCIENTOS CINCUENTA:partiendo de la intersección de los ejes de la CALLE PRINCIPAL YAVENIDA PRINCIPAL DEL PROYECTO REPARTO LAS CAÑAScon rumbo Sur cincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Este,sobre el eje de la CALLE PRINCIPAL, se mide una distancia de ochentay un punto cincuenta metros, de aquí con una deflexión derecha denoventa grados, partimos con rumbo Sur treinta y nueve grados cero sietepunto cuatro minutos Oeste y sobre el eje del PASAJE L se mide unadistancia de dos punto cincuenta metros, llegando al esquinero Noroestedel LOTE CUATROCIENTOS CINCUENTA DEL POLIGONO E-TRECE, a describirse así: AL NORTE: con rumbo Sur cincuenta gradoscincuenta y dos punto seis minutos Este, se mide una distancia de diezmetros, lindando con el LOTE NUMERO CUATROCIENTOS CIN-CUENTA Y UNO DEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMOPROYECTO. AL ESTE: con rumbo Sur treinta y nueve grados cero sietepunto cuatro minutos Oeste, se mide una distancia de seis metros,lindando con el LOTE CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRODEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO, ALSUR: con rumbo Norte cincuenta grados cincuenta y dos punto seisminutos Oeste, se mide una distancia de diez metros lindando con elLOTE CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DEL MISMOPOLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. AL OESTE: conrumbo Norte treinta y nueve grados siete punto cuatro minutos Este semide una distancia de seis metros,lindando con el PASAJE L de pormedio, con derecho de vía de cinco metros con el LOTE CUATRO-CIENTOS TREINTA Y CUATRO DEL POLIGONO E-DOCE del

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mismo proyecto, llegando así al punto de partida. El lote así descrito tieneuna extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS. D)LOTE NUMERO CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE: par-tiendo de la intersección de los ejes de la CALLE PRINCIPAL YAVENIDA PRINCIPAL DEL PROYECTO REPARTO LAS CAÑAS,con rumbo Sur cincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Este,sobre el eje de la CALLE PRINCIPAL se mide una distancia de ochentay uno punto cincuenta metros, de aquí con una deflexión derecha denoventa grados partimos con rumbo Sur treinta y nueve grados sietepunto cuatro minutos Oeste y sobre el eje del PASAJE L se mide unadistancia de treinta y dos punto cincuenta metros, de aquí con unadeflexión derecha de noventa grados, se mide una distancia de dos puntocincuenta metros, llegando al esquinero NOR-OESTE del LOTE CUA-TROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DEL POLIGONO E-TRECE,a describir así: AL NORTE: con rumbo Sur cincuenta grados cincuentay dos punto seis minutos Este se mide una distancia de diez metros,lindando con el LOTE NUMERO CUATROCIENTOS CINCUENTADEL MISMO POLIGONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. ALESTE: con rumbo Sur treinta y nueve grados cero siete punto cuatrominutos Oeste, se mide una distancia de seis metros, lindando con elLOTE CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES DEL MISMO POLI-GONO E-TRECE DEL MISMO PROYECTO. AL SUR: con rumboNorte cincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Oeste se mideuna distancia de diez metros, lindando con LOTE NUMERO CUATRO-CIENTOS CUARENTA Y OCHO DEL MISMO POLIGONO E-TRE-CE DEL MISMO PROYECTO. AL OESTE: con rumbo Norte treinta ynueve grados cero siete punto cuatro minutos Este, se mide una distanciade seis metros, lindando con PASAJE L de por medio con un derecho devía de cinco metros con el LOTE NUMERO CUATROCIENTOS DELPOLIGONO E-DOCE DEL MISMO PROYECTO, llegando así al puntode partida. EL LOTE DESCRITO TIENE UNA EXTENSION SUPER-FICIAL DE SESENTA METROS CUADRADOS. LOS LOTES AN-TES DESCRITO SON PROPIEDAD DEL DEMANDADO SEÑORRICARDO ERNESTO VASQUEZ CAÑAS BAJO EL NUMERO CEROUNO- CERO NOVENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO- CERO CERO; CERO UNO - CERO NOVENTA MIL OCHOCIEN-TOS NOVENTA Y DOS - CERO CERO CERO; CERO CERO CEROUNO CERO NOVENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES- CERO CERO CERO Y CERO UNO-CERO NOVENTA MIL OCHO-CIENTOS NOVENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO DEL SIS-TEMA DE FOLIO REAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DELDEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.""

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador , a las nueve horas del día quince de enero del año dos miltres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DELO MERCANTIL- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHO-NA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4543-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

Se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguien-tes, que en Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de laSociedad “INMOBILIARIA PRICESMART, S.A. DE C.V.”, celebradaen la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el díaveintisiete de mayo del año dos mil dos, en los asuntos de carácterExtraordinario se tomó el acuerdo de aumentar el Capital Social en suparte fija, el la suma de OCHENTA MIL COLONES, por traslado deCapital de la parte variable a la fija, por lo que la Sociedad girará con unnuevo Capital Social Mínimo de CIEN MIL COLONES.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dosmil tres.

CLAUDIA LORENA SAGASTUME DE MERINO

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA YEXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

INMOBILIARIA PRICESMART, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 6034-2

LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, ALPUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES.Apoderada General Judicial de AHORROMET SCOTIABANK , SO-CIEDAD ANONIMA en contra de los señores CARMELA LEMUSCASTILLO, ROBERTO MENJIVAR ALFARO y TERESA SIBRIANse venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha y hora queposteriormente se señalará el INMUEBLE que a continuación se descri-be INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA, situado en Calle laCampiña y el Pasaje Catalán de la jurisdicción de San Salvador, el cuales resto de otro mayor denominado Quinta la Catalana ubicado al Orientede la Colonia La Rábida de esta ciudad. En el inmueble relacionado hayconstruido un edificio que se denomina CONDOMINIOHABITACIONAL LA CATALANA, de dicho condominio forma parteel Apartamento Número QUINCE del Condominio Habitacional LaCatalana que se describe así: partiendo de la intersección de los ejes delPasaje Catalán y el eje de acceso principal del condominio se mide sobreel eje de este último con rumbo Norte cuarenta y siete grados, catorcepunto nueve minutos Este, una distancia de siete punto noventa metrosde longitud llegando al punto en el que haciendo una deflexión izquierdacon rumbo Norte, veintiocho grados once minutos cuarenta y tressegundos Oeste y midiendo una distancia de tres punto diez metros , selocaliza el vértice Sur o Oriente del Apartamiento que mide y linda ALORIENTE línea recta con rumbo Norte veintiocho grados, once minutoscuarenta y tres segundos Oeste y distancia de seis punto cero nuevemetros de longitud, lindado en este tramo con el módulo que contiene losapartamentos diecisiete y dieciocho escalera de acceso a los apartamien-tos dieciséis y dieciocho de por medio del mismo condominio, ALNORTE: línea compuesta por cinco tramos rectos , el primero con rumboSur sesenta y un grados cuarenta y dos minutos cero seis segundos Oestey distancia de dos puntos cincuenta metros de longitud, el segundo, conrumbo Norte veintiocho grados once minutos cuarenta y tres segundosOeste y distancia de cero punto cincuenta y siete metros de longitud eltercero con rumbo Sur sesenta y un grados cuarenta y dos minutos ceroseis segundos Oeste y distancia de uno punto cuarenta y dos metros delongitud; el cuarto, con rumbo Sur veintiocho grados, once minutoscuarenta y tres segundos Este y distancia de uno punto cincuenta y sietemetros, el quinto con rumbo Sur sesenta y un grados, cuarenta y dosminutos cero seis segundos Oeste y distancia de uno punto doce metrosde longitud, lindando en estos cinco tramos con el área destinada paratendederos de los apartamientos quince y dieciséis del mismo condomi-nio. AL PONIENTE: línea recta con rumbo Sur veintiocho grados onceminutos cuarenta y tres segundos Este y distancia de cinco punto ceronueve metros de longitud, lindando en este tramo con Pasaje Catalán, ALSUR línea recta con rumbo Norte sesenta y un grados cuarenta y dosminutos cero seis segundos Este y distancia de cinco punto diez metrosde longitud lindando en este tramo con módulo que tiene los apartamen-tos trece y catorce, área verde y acera de acceso al condominio de pormedio. El apartamento antes descrito tiene una Extensión Superficial deVEINTINUEVE PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRA-DOS, posee una capacidad volumétrica de setenta y cuatro puntocuarenta y cinco metros cúbicos, linda en su parte inferior con el sub-suelo terrestre y en su parte superior con el apartamento número dieciséisdel mismo condominio. El inmueble antes descrito es propiedad de ladeudora, señora CARMELA LEMUS CASTILLO por estar inscrito a sufavor en el Sistema de Folio Real bajo Matrícula número CERO UNO-CIENTO SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE - CERO CERO CERO,Inscripción DOS, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de laPrimera Sección del Centro.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las once horas y quince minutos del día tres deDiciembre de dos mil dos. Lic. ROSA ESTELA MORALES DE POR-TILLO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE - Br.ROSA DORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado conel número 198-E-99, promovido por la Licenciada MARIBEL DELROSARIO MORALES FLORES, como Apoderada de AHORROMETSCOTIABANK, S. A.; ahora SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.contra los señores ORLANDO SALOMON GALVEZ FRANCO yALEJANDRO AMAYA RIVAS; se venderá en pública subasta en esteTribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que acontinuación se localiza y describe así: "Un inmueble de naturalezaurbana, situado en el Valle El Tránsito en el lugar llamado SecciónChávez, jurisdicción de Soyapango, de esta ciudad, en donde se hadesarrollado la Urbanización Los Santos III, desmembrados en fincasseparadas entre los cuales se encuentra el LOTE NUMERO CATORCEDEL BLOCK NUEVE, el cual se localiza y describe así: partiendo de laintersección de los ejes de la Avenida El Pepeto y el Pasaje número diezPoniente se mide sobre el eje de esta última con rumbo Sur setenta y tresgrados veinticuatro punto cero minutos Oeste y una distancia de treintay seis punto cincuenta metros llegando a un punto donde se efectúa ungiro a la derecha con rumbo Norte dieciséis grados treinta y seis puntocero minutos Oeste y una distancia de dos punto cincuenta metros, sellega al esquinero Sur-Este del lote que a continuación se describe: ALSUR: partiendo del mojón número uno con rumbo Sur setenta y tresgrados veinticuatro punto cero minutos Oeste y una distancia de cincometros se llega al mojón número dos lindando por este lado con lotenúmero siete del block número diez Poniente de cinco metros de anchode por medio; AL PONIENTE: partiendo del mojón número dos conrumbo Norte dieciséis grados treinta y seis punto cero minutos Oeste yuna distancia de ocho metros se llega al mojón número tres lindando poreste lado con lote número trece del mismo Block; AL NORTE: partiendodel mojón número tres con rumbo Norte setenta y tres grados veinticuatropunto cero minutos Este y una distancia de cinco metros se llega al mojónnúmero cuatro lindando por este lado con lote número siete del mismoblock; AL ORIENTE: partiendo del mojón número cuatro con rumbo Surdieciséis grados treinta y seis punto cero minutos Este y una distancia deocho metros se llega al mojón número uno donde se inició la presentedescripción lindando por este lado con lote número quince del mismoblock. El lote así descrito tiene una superficie de CUARENTA METROSCUADRADOS equivalentes a CINCUENTA Y SIETE PUNTO VEIN-TITRES VARAS CUADRADAS. En dicho inmueble la Sociedad querepresenta ha construido una casa de sistema mixto que tiene un área deconstrucción de VEINTICUATRO PUNTO VEINTE METROS CUA-DRADOS. El inmueble antes descrito es propiedad del señor ORLANDOSALOMON GALVEZ FRANCO, por estar inscrito a su favor al FolioReal número CERO UNO- CERO SEIS SEIS OCHO SIETE OCHO-CERO CERO CERO, Inscripción DOS, del Registro de la PropiedadRaíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamen-to".

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las diez horas y veinte minutos del día quince de enerode dos mil tres.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZTERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROADE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4524-2

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con despacho en Avenida General Larios,número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por JOSE DIMAS SOTO URBINA, de cincuenta y nueve añosde edad, comerciante en pequeño y CONSUELO URBINA, de cuarenta

y siete años de edad, de oficios domésticos, ambos del domicilio dePasaquina, Departamento de La Unión, en relación a un inmueble denaturaleza rústica, situado en el Caserío El Rosario, Cantón Horcones, dela Jurisdicción de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión,de la capacidad superficial de UN MIL VEINTITRES METROS, SE-TENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, que mide y linda:AL ORIENTE, treinta y cinco metros, con TEOFILA CRUZ; cerco dealambre de por medio propio; AL NORTE, treinta y un metros, conJULIO CESAR SOTO; cerco de alambre de por medio propio; ALPONIENTE, treinta metros, con JULIO CESAR SOTO; cerco de alam-bre de por medio propio; y AL SUR, treinta y dos metros, conVALENTINA REYES; calle de por medio; inmueble que goza de salidaa la calle que conduce al río por terreno de JULIO CESAR SOTO; hayconstruidas dos casas, techo de tejas, paredes de sistema mixto, laprimera mide trece varas de largo por cinco y media varas de ancho, y laotra mide nueve varas de largo por ocho varas de ancho, con susinstalaciones eléctricas, servicios de agua potable y un pozo con broquely carece de cultivos. Dicho inmueble lo adquirió desde el día once dejulio de mil novecientos setenta y nueve, por compra informal hechaal señor RICARDO RODRIGUEZ. Que lo posee quieta, pacífica einterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más de diez añosconsecutivos.

Santa Rosa de Lima, veinte de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,NOTARIO.

3 v. alt. No. 4611-2

J0SE DlMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel y el de esta ciudad, con despacho en Avenida General Larios,número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por JULIO CESAR SOTO URBlNA, de sesenta y siete años deedad, comerciante y LINA MEDRANO, de sesenta y siete años de edad,de oficios domésticos, ambos del domicilio de Pasaquina, Departamentode La Unión, en relación a un inmueble de naturaleza rústica, situado enel Caserío El Rosario, Cantón Horcones de la Jurisdicción de Pasaquina,de este distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficialde UN MIL OCHOClENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS,CINCUENTA DEClMETROS CUADRADOS, que mide y linda: ALORIENTE, treinta y seis metros, con CONCEPCION SALVADORHERNANDEZ, cerco de alambre propio; AL NORTE, setenta y cuatrometros, con MARIA SOTO y los titulantes, calle de por medio queconduce al río; AL PONIENTE, dieciocho metros, con MARIAVELASQUEZ, muro de cemento con maya ciclón propio; y AL SUR,compuesto de tres tramos, el primer tramo de Poniente a Oriente treintay dos metros, con VALENTINA REYES, calle de por medio; el segundotramo de Sur a Norte treinta metros y el tercero de Poniente a Orientetreinta y un metros, en ambos tramos con JOSE DIMAS SOTO, hay doscasas, techo de tejas, una de sistema mixto, de trece por seis varas, la otraparedes de bahareque, de ocho por cinco varas, con sus instalacioneseléctricas, servicios de agua potable y un pozo con broquel y carece decultivos.- Dicho inmueble lo adquirió, desde el día siete de octubre de milnovecientos setenta y nueve, por compra informal, hecha al señor RICAR-DO RODRIGUEZ. Que lo posee quieta, pacífica e interrumpidamente, sinproindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos.

Santa Rosa Lima, veinte de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,NOTARIO.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel y el de esta ciudad, con despacho en Avenida General Larios,número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramité TITULO SUPLE-TORIO, por MAURO MARQUEZ PEREZ, de treinta y tres años deedad, agricultor en pequeño, del domicilio de Lislique, en relación a unterreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Derrumbado, de lajurisdicción de Lislique, de este distrito, Departamento de La Unión, dela capacidad superficial de MIL CIENTO SETENTA Y CUATROMETROS, VEINTE DECIMETROS, TREINTA Y OCHO DECIME-TROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, treinta y ochometros, cuarenta y seis centímetros, con ANTOLIN RUIZ, camino depor medio, cerco de piña propio de por medio; AL NORTE, veintiséismetros, setenta y cinco decímetros, con GERVACIO PEREZ, cerco depiña propio de por medio; AL PONIENTE, cuarenta y un metros,ochenta centímetros, con LUISA RUIZ, cerco de piña propio de pormedio y AL SUR, treinta y un metros, setenta y siete centímetros, cercode piña propio de por medio; tiene cultivos permanentes y lo adquirió porcompra hecha al señor CATALINO RUIZ, según Escritura Pública,otorgada en esta ciudad, a las diez horas del día dos de diciembre del añodos mil dos.- Ante mis Oficios Notariales, quien a su vez poseía desdehace más de trece años consecutivos. Que lo posee quieta, pacífica einterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más de diez añosconsecutivos, es decir uniendo posesiones.

Santa Rosa de Lima, veinte de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 4609-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic.MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA, mayor de edad, Abogado, deeste domicilio, con Cédula de Identidad Personal número cero cuatro-cero cuatro- cero veinticinco mil treinta y siete, Apoderado GeneralJudicial de la señora GLORIA ELIZABETH SOSA, solicita a favor desu mandante, Título de Propiedad Municipal de un inmueble de natura-leza rústica, que de buena fe posee por más de diez años consecutivos,posesión unida a la de su anterior propietaria, situado en Cantón AguaEscondida, jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Liber-tad, de una extensión superficial de QUINIENTOS CINCUENTA YCUATRO PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, de los linderosy demarcaciones siguientes: AL NORTE, catorce metros con callenacional; AL ORIENTE, cincuenta y ocho punto treinta y tres centíme-tros y carretera que de esta ciudad conduce hacia Desvío de San JuanOpico-Quezaltepeque de por medio con la señora ANGELA GONZA-LEZ SANCHEZ y JOSE ADAN ROMERO DIAZ; AL PONIENTE,cincuenta y ocho metros punto treinta y tres centímetros, con propiedadde la señora EVA FLORES DE SOSA y HECTOR ANTONIO SOSAFLORES y AL SUR, cinco metros con propiedad del señor ADRIANSOSA ALEGRIA. Contiene una construcción de veintidós metros cua-drados, de sistema mixto, lo hubo por compra a la señora ROSA ELENASOSA, mayor de edad, ama de casa, de este domicilio, lo valora en lacantidad de VEINTICINCO MIL COLONES, los colindantes son todosde este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, a veintidós días de octubre dedos mil dos.- Ing. ROMEO JOSE BARILLAS PANILLA, ALCALDEMUNICIPAL.- SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIAMUNICIPAL.

3 v. alt. No. 4690-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de INDUSTRIAS AGRICOLAS SAN FRANCIS-CO, S.A. DE C.V., dando cumplimiento al Código de Comercio y a suPacto Social, por este medio convoca a los señores accionistas para queasistan a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria que se celebrará alas ocho horas y treinta minutos del día treinta y uno de marzo del año encurso, en las oficinas de la Sociedad ubicadas en 83 Avenida Norte No.410, entre 5a. y 7a. Calle Poniente, Colonia Escalón de la ciudad de SanSalvador, para conocer los puntos incluidos en la siguiente agenda:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

I. Establecimiento y comprobación de Quórum

II. Lectura del Acta de Junta General anterior

III. Lectura de la Memoria de Labores correspondiente al ejerci-cio 2002

IV. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias para elejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2002 y aprobaciónde los mismos

V. Informe del Auditor Externo y aprobación del mismo

VI. Aplicación de Resultados

VII. Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal, yfijación de sus emolumentos

VIII. Elección de miembros Propietarios y Suplentes de la JuntaDirectiva

IX. Cualquier otro punto que pueda ser tratado de conformidadcon la Ley y el Pacto Social

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

I. Disminución del Capital Social en la parte variable

II. Aumento del Capital Social en la parte variable

Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente constituida enla primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada por lomenos, la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Socialy sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

El quórum necesario para que la Junta General Extraordinaria seconsidere legalmente constituida en la primera fecha de la convocatoriaserá de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad y paratomar resolución se necesitará igual proporción.

En caso de no haber quórum en la fecha y hora expresadas, seconvoca por segunda vez, a las ocho horas y treinta minutos del díaprimero de abril del año en curso, en el mismo lugar que se ha señaladopara la primera convocatoria.

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de laconvocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,se considerará válidamente constituida con cualquiera que sea el númerode acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán pormayoría de los votos presentes.

La Junta General Extraordinaria en la segunda de las fechas de laconvocatoria, se podrá instalar, con la concurrencia de accionistas querepresenten, al menos la mitad más una del total de las acciones queconforman el Capital Social y los acuerdos se tomarán con el voto de lastres cuartas partes de las acciones presentes o representadas en la sesión.

San Salvador, a los veinte días del mes de febrero del dos mil tres.

CARLOS ENRIQUE CACERES CHAVEZ,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4670-2

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Compañía Importadora de Maquinaria,Sociedad Anónima, que puede abreviarse "Cidema, S. A., de estedomicilio, convoca a los señores accionistas a Junta General Ordinaria,a celebrarse el día veintisiete de mayo a partir de las diez horas, en lasinstalaciones de la empresa situadas en la Veintinueve Calle PonienteNo. 1037 entre Diecisiete y Diecinueve Avenida Norte en San Salvador,para conocer los asuntos incluidos en la siguiente agenda:

1- Verificación del Quórum

2- Lectura del Acta anterior

3- Lectura de la memoria de labores que presenta el Administra-dor Unico

4- Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias para el ejercicio que Finalizó el 31 de diciembredel año 2002.

5- Conocimiento del informe del Auditor externo para el ejerci-cio que finalizó el 31 de diciembre del año 2002.

6- Aplicación de utilidades

7- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios

8- Varios.

Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en laprimera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lomenos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y lasresoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de votospresentes.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresada, se convoca porsegunda vez, a las diez horas del día veintiocho de mayo del dos mil tres,en el mismo lugar destinado para la primera convocatoria.

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de laconvocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número deacciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de losvotos presentes.

San Salvador, veinticuatro de febrero de 2003.

JOHN BUCHNER,ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 4547-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señorCARLOS PEÑA INTERIANO, Apoderado General Administrativo, delseñor JOSE GREGORIO MURCIA ROSA, de cincuenta años de edad,Agricultor, del domicilio de esta Villa, con Pasaporte SalvadoreñoOrdinario número B cero trescientos treinta y tres mil ochocientos treintay ocho y en su carácter SOLICITA: título de propiedad de un inmueblede naturaleza rústica, situado en el lugar llamado "Finca Santa Teresa",Cantón Agua Fría, de esta Jurisdicción, de una extensión superficial deCUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHENTA YSIETE METROS CUADRADOS, cuyos linderos y colindancias son lassiguientes: AL NORTE: con JOSE GREGORIO MURCIA ROSA yFELIX ERAZO; AL ORIENTE: con VICTOR MANCIA; AL SUR: conVICTOR MANCIA; AL PONIENTE: con SANTANA PINEDA, BE-

NITO PINEDA y ANTONIO ESQUIVEL. Este inmueble no tienecargas ni derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, niestá en proindivisión con nadie y lo valora en la cantidad de DOSCIEN-TOS SETENTA MIL COLONES, el inmueble lo adquirió por compraque hizo al señor JUAN UMAÑA, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Villa Agua Caliente, Municipio del Departa-mento de Chalatenango, seis de febrero del año dos mil tres.- JOSEARTURO GUILLEN MALDONADO, ALCALDE MUNICIPAL.-CARLOS HUMBERTO RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 5087-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Santa Rosa de Lima, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, consti-tuida conforme lo establece la Ley de las Cajas de Créditos y de Bancosde los Trabajadores, en cumplimiento a la atribución que le confiere elartículo 26 de su Escritura de Constitución, convoca a los Representantesde Acciones y demás socios de la misma, para celebrar AsambleaGeneral Extraordinaria de Accionistas, a partir de las diez horas del día27 de marzo del año dos mil tres, en el local de la Caja de Crédito, enprimera convocatoria, en caso de no integrarse el quórum legal corres-pondiente, se establece segunda convocatoria para el día 28 de marzo, ala hora y local antes señalado.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades, que estableceel artículo 52 de la Ley de las Cajas de Crédito y de Bancos de losTrabajadores, Capítulo VI, de la Escritura de Constitución ya citada y losArtículos 224, 242 y 243 sección "C" , Capítulo VII, Título II, del LibroPrimero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver lospuntos que contiene la agenda.

AGENDA

1- Integración del quórum

2- Modificación del Pacto Social, específicamente en el incre-mento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de la agenda, se integrará deconformidad a los artículos 242 y 243 del Código de Comercio vigente.

Santa Rosa de Lima, catorce de febrero del año dos mil tres.

JOSE OSCAR RIVERA SALAZAR,PRESIDENTE.

FRANCISCO ALEXIS PERLA,TESORERO.

IVAN SARBELIO HERNANDEZ MALDONADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4525-2

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA.

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Apicultoresde El Salvador de Responsabilidad Limitada; de conformidad a laCláusula Vigésimo Séptima de las modificaciones al Pacto Social,convoca a todos los socios a Junta General Ordinaria y Junta GeneralExtraordinaria, la que se celebrará a partir de las ocho horas del díaViernes veintiocho de marzo del corriente año, en Planta Procesadora deProductos Apícolas de esta cooperativa, situada en kilómetro 27 1/2Autopista a Santa Ana, Cantón La Arenera, San Juan Opico, La Libertad.

Puntos de Carácter Ordinario:

l. Nombramiento de Asambleístas para firmar el acta de lapresente Junta General.

2. Lectura de Actas de Juntas Generales del día veintitrés demarzo del dos mil dos.

3. Conocer la Memoria de Labores del Consejo de Administra-ción, el Balance General, Estado de Resultados y el informedel Auditor Externo, a fin de aprobar o desaprobar los tresprimeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.

4. Aplicación de los resultados económicos del ejercicio deimposición 2002.

5. Exclusión de Socios.

6. Elección de miembros del Consejo de Administración y deVigilancia, Comité de Créditos y de Educación para renova-ción parcial, llenar vacantes si las hubiere.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

8. Fijación de tasas de interés para los certificados de Inversióncorrientes del 2002 y la de Capital Social Especial acumuladoal 2002.

9. Autorización al Consejo de Administración para contratarpréstamos con entidades públicas o privadas con cualquierpersona natural. Si fuere necesario.

10. Autorización al Consejo de Administración para utilizar elFondo para Riesgo como Capital de Trabajo, si fuere necesa-rio.

11. Señalar las sanciones económicas a que se hará acreedor elsocio que faltare a futuras Juntas Generales sin causa justifi-cada.

12. Presupuesto.

13. Varios.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO (MODIFICACIONDE PACTO SOCIAL)

1- Aumento de Capital Social

2- Requisitos para Ingreso de Nuevo Socio

3- Cambio de Documento de Identidad

4- Cambio de Domicilio de SCAES DE R.L.

5- Aumento A Capital Social Mínimo de Socios

6- Cambio en el Ejercicio Económico

Para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria el Quórumnecesario se constituirá con veintinueve más uno de los Socios Inscritos.En caso de no haber Quórum en la fecha y hora señalada, se convoca porsegunda vez para las ocho horas del día Sábado veintinueve del corrienteaño para celebrar la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, en elmismo lugar de la primera convocatoria en cuyo caso la Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria se efectuará con cualquiera que sea el númerode socios asistentes sin ser menor de diez.

La Arenera, 25 de febrero del 2003.

Licdo. JOSE ERNESTO RODAS AYALA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 4821-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad de JARDINES INMUEBLES, S.A.DE C. V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIADE ACCIONISTAS, el 27 marzo de 2003, en sus oficinas ubicadas en la15 Calle Poniente No. 4470, en la Colonia Escalón de esta ciudad a partirde las 10 horas en adelante.

AGENDA

l. Comprobación de Quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Memoria de la Junta Directiva, Balance General y Estado deResultados, al 31 de diciembre de 2002 e informe del AuditorExterno.

4. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, Titulary Suplente y fijación de sus Emolumentos.

5. Aplicación de los resultados del Ejercicio que finalizó el 31de diciembre de 2002.

6. Distribución de Utilidades.

7. Cualquier otro punto que de acuerdo a la Escritura Social y alCódigo de Comercio pueda ser tratado en esta Junta.

En caso de no reunir Quórum en la primera convocatoria se convoca parael siguiente día a la misma hora y en el mismo lugar.

Quórum necesario para la primera convocatoria: la mitad más una de lasacciones que forman el Capital Social o sea 47,328 acciones.

Quórum para la segunda convocatoria: cualquiera que sea el número deacciones presentes y representadas.

JARDINES INMUEBLES, S.A. DE C. V.

San Salvador, 26 de febrero de 2003.

JAIME PASCUAL PORTET,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 4911-2

AVISO

LA INFRASCRITA DIRECTORA PRESIDENTA DE LA JUNTADIRECTIVA DE LA SOCIEDAD “LIBERATO, S.A. DE C.V.”, de estedomicilio, hace del conocimiento público para los efectos legales consi-guientes, que en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistasde la Sociedad, celebrada en esta ciudad, a las quince horas del día catorcede febrero del año dos mil tres, se acordó por unanimidad aumentar elcapital social mínimo de la Sociedad en SEISCIENTOS DOCE MILQUINIENTOS COLONES, mediante la emisión de seis mil cientoveinticinco acciones del valor nominal de cien colones cada una. Elaumento acordado será hecho mediante la capitalización de utilidades deejercicios anteriores. En consecuencia, con el aumento de capital socialmínimo acordado y juntamente con el capital social mínimo de fundaciónque asciende a la suma de VEINTE MIL COLONES, la Sociedad girarácon un capital social mínimo de SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MILQUINIENTOS COLONES, representado y dividido en seis mil trescien-tas veinticinco acciones del valor nominal de cien colones cada una;habiéndose designado nombrar como Ejecutor Especial de los acuerdosde la Junta, al Licenciado JUAN PABLO ERNESTO CORDOVAHINDS, para que cumpla con los requisitos de ley y otorgue ante Notariola correspondiente escritura de aumento de capital social mínimo acor-dado.

San Salvador, a los catorce días del mes de febrero del año dos miltres.

DANIELA NUILA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 4677-2

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

AVISO

El Administrador Unico de la Sociedad MARIO´S AUTO PARTSSOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, al público paraefecto de ley:

HACE SABER: que en la Junta General Extraordinaria de Accio-nistas, celebrada en San Salvador a las diez horas del día treinta y uno deagosto de dos mil dos, Acta trece, se acordó aumentar el Capital SocialMínimo en Cuarenta mil colones, por lo que el nuevo Capital Socialascenderá a la suma de Cien mil colones, para los efectos legalesconsiguientes se extiende el presente aviso, en San Salvador a losdiecisiete días del mes de febrero dos mil tres.

MARIO ANTONIO GUZMAN VILLATORO,

ADMINISTRADOR UNICO.

MARIO´S AUTO PARTS S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº 4668-2

AVISO

Para los efectos legales se pone en conocimiento del público, que poracuerdo de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la SociedadDISTRIBUIDORA ABREGO FLORES, S.A. DE C.V., del domicilio deSan Salvador, departamento de San Salvador, celebrada a las trece horasdel día veintisiete de noviembre del dos mil dos. Se acordó Aumentar elCapital Social Mínimo en la suma de ¢80,000.00, representado y dividi-do en ochenta acciones de un valor nominal de ¢ 1,000.00 cada una. Conel aumento acordado el nuevO CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LASOCIEDAD ABREGO FLORES, S.A. DE C.V.; Es de ¢100,000.00,representado y dividido en cien acciones de un valor nominal de ¢1,000.00 cada una.

San Salvador, a los tres días del mes de diciembre del dos mil dos.

FLOR DE MARIA FLORES DE ABREGO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 4662-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Sociedad “GENERAL ASIA AND LATINAMERICAN CONSULTANTS, S. A DE C. V. ”, del domicilio de SanSalvador, Departamento de San Salvador.

CERTIFICA: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria deAccionistas número dieciséis, celebrada a las diez horas del día treinta yuno de enero del año dos mil tres, se acordó por unanimidad de votos detodos los accionistas presentes aumentar el Capital Social mínimo y defundación de VEINTE MIL COLONES a CIEN MIL COLONES, elcual será pagado en efectivo, y quedará completamente pagado, con loel Capital Mínimo será aumentado en la suma de OCHENTA MIL

COLONES; y será representado por ochocientas acciones con un valorde Cien colones cada una. Con este aumento la Sociedad girará con unCapital Mínimo de CIEN MIL COLONES, representado y dividido enmil acciones comunes y nominativas de cien colones totalmente suscritasy pagadas.

San Salvador, seis de febrero del año dos mil tres.

DR. SALVADOR ARIAS PEÑATE,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 4682-2

CERTIFICACION DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El suscrito Representante Legal de la Sociedad OPERADORA ACTI-VA, S.A. DE C.V., por este medio

CERTIFICA: que en el Libro de Actas que esta sociedad lleva seencuentra Asentada el Acta que literalmente DICE: ACTA NUMEROSEIS. A las nueve horas del día treinta de diciembre del dos mil dos, enlas oficinas de la Sociedad, ubicada en Condominio Flor Blanca Edificio“B” -6, 45 Avenida Sur, San Salvador; Reunidos los Accionistas queconforman el Cien por Ciento del Capital Social de la Empresa OPERA-DORA ACTIVA, S.A. DE C. V., Acuerdan por Unanimidad CelebrarJunta General Extraordinaria y se nombra para actuar como DirectoraSecretaria de la misma a la Señora Sofía Beatriz Quezada de Diaz DelPinal, para tratar lo siguiente:

l. Se comprobó la presencia y Representación del 100% de losAccionistas, según lo disponen Artículos No. 224 y No.233del Código de Comercio.

2. Se acordó y aprobó por Unanimidad, y conforme a lo dispues-to en la Cláusula Quinta de la respectiva Escritura Pública deConstitución, DECRETAR un AUMENTO del Capital So-cial MINIMO FIJO en la suma de CIEN MIL 00/100 COLO-NES (¢100,000.00) que comprenden VEINTE MIL 00/100colones de Capital Mínimo de Fundación más un INCRE-MENTO de OCHENTA MIL 00/100 Colones que serántomados del Capital Social VARIABLE. Suscrito y Pagadopreviamente en un 100%. Por lo tanto el CAPITAL SOCIALMINIMO de CIEN MIL 00/100 COLONES y dividido en1,000 Acciones comunes y nominativas de un valor de CienColones cada una queda suscrito y PAGADO totalmente.

3. Asimismo, se acordó y aprobó por unanimidad Modificar laCláusula Vigésima segunda relativa a que la Administraciónde la Sociedad estará a cargo de un Administrador UnicoPropietario y un Suplente, y el Plazo será para Cinco Años, enlugar de Junta Directiva para dos años.

4. Se acuerda y aprueba por unanimidad designar al señor FelixEdgardo Rivera Reyes como Ejecutor Especial para quecomparezca ante Notario a otorgar la correspondiente Escri-tura Pública de Aumento de Capital Social.

Y no habiendo más que hacer constar, se dio por finalizada la JuntaGeneral, firmando de conformidad todos los presentes; Y para serpublicada en el Diario Oficial se extiende la presente, en San Salvador,a las Once horas del Treinta de Diciembre del Dos Mil Dos.

FELIX EDGARDO RIVERA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 4660-2

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CERTIFICACION DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

EI suscrito Representante Legal de la Sociedad FLORES CHINCHI-LLA, S.A. DE C. V, por este medio

CERTIFICA: que en el Libro de Actas que esta sociedad lleva seencuentra Asentada el Acta que literalmente DICE: ACTA NUMEROCATORCE. A las Nueve horas del día Treinta de Diciembre del dos mildos, en las Oficinas de la Sociedad ubicada en Carretera Planes deRenderos, Kilómetro dos y medio, Colonia Alfa, San Salvador; Reuni-dos los Accionistas que conforman el Cien por Ciento del Capital Socialde la Empresa FLORES CHINCHILLA. S.A. DE C. V. Acuerdan porUnanimidad Celebrar Junta General Extraordinaria y se nombra paraactuar como Secretario actuante al señor Miguel Angel Flores Chinchi-lla, para tratar lo siguiente:

l. Se comprobó la presencia y Representación del 100% de los Accionis-tas, según lo disponen los Artículos No. 224 y No.233 del Código deComercio.

2. Se acordó y aprobó por Unanimidad, y conforme a lo dispuesto en larespectiva Escritura Pública de Constitución, DECRETAR un AUMEN-TO del Capital Social MINIMO FIJO en la suma de CIEN MIL 00/100COLONES (¢ 100,000.00) que comprenden VEINTIUN MIL 00/100colones de Capital Mínimo de Fundación más un INCREMENTO deSETENTA Y NUEVE MIL 00/100 Colones que serán tomados delCapital Social VARIABLE Suscrito y Pagado previamente en un 100%.Por lo tanto el CAPITAL SOCIAL MINIMO de CIEN MIL 00/100COLONES y dividido en 1,000 Acciones comunes y nominativas de unvalor de Cien Colones cada una queda Suscrito y Pagado totalmente.

3. Se acuerda y aprueba por unanimidad designar al señor MIGUELANGEL FLORES CHINCHILLA como Ejecutor Especial para quecomparezca ante Notario a otorgar la Correspondiente Escritura Publicade Aumento de Capital Social.

Y no habiendo más que hacer constar, se dio por finalizada lapresente Junta General Extraordinaria. Y para ser publicada en el DiarioOficial, extiendo la presente Certificación, en San Salvador, a las Oncehoras del día treinta de diciembre del año dos mil dos.

MIGUEL ANGEL FLORES CHINCHILLA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 4658-2

AVISO

El suscrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad CONSUL-TORES y VALORES, S.A. DE C.V., en cumplimiento del Art. 30 delCódigo de Comercio, por este medio avisa que en la Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la mencionada Sociedad, celebrada eldía catorce del presente mes por unanimidad del cien por ciento de losaccionistas, se ACORDO aumentar el capital mínimo en OCHENTAMIL COLONES, por lo que en adelante girará con la cantidad de CIENMIL COLONES.

Lo que hace del conocimiento público, para efectos legales consi-guientes.

San Salvador, veinte de febrero de dos mil tres.

Ing. José Carlos Ernesto Pola Jerez,

Administrador Unico Propietario.

3 v. alt. Nº 4614-2

AVISO

INTERNACIONAL DE SEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA

AVISA: que en Junta General Ordinaria y Extraordinaria deAccionistas de la sociedad, celebrada a las dieciocho horas del día trecede febrero de dos mil tres, se acordó incrementar el Capital Social de lasociedad de VEINTE MILLONES DE COLONES a TREINTA MI-LLONES DE COLONES, equivalentes a TRES MILLONES CUA-TROCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNOPUNTO CUARENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNI-DOS DE AMÉRICA, mediante la emisión de CIEN MIL ACCIONEScomunes y nominativas de una valor nominal de CIEN COLONES cadauna, equivalentes a ONCE PUNTO CUARENTA Y TRES DOLARESDE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El aumento se llevará acabo por aporte de capital de los accionistas.

Las acciones deberán pagarse en el plazo de un año contado a partir deltrece de febrero de dos mil tres, de la siguiente manera: el treinta porciento del valor de las mismas en el momento que sea autorizada lamodificación del Pacto Social por la Superintendencia del SistemaFinanciero; y el setenta por ciento del valor restante de cada acción, enel momento que la Junta Directiva haga los llamamientos correspondien-tes y a más tardar el trece de febrero de dos mil cuatro. Habiéndosecelebrado la Asamblea General con la asistencia del cien por ciento de lasacciones que conforman el Capital Social, los accionistas suscribieron almomento de la Junta en base a lo estatuido en el artículo ochenta y nueve,literal (a), de la Ley de Sociedades de Seguros, la totalidad de las accionesa emitirse.

San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil tres.

ENRIQUE GARCIA PRIETO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 4615-2

AVISO

El Administrador Unico de la SOCIEDAD LABORATORIOS GUA-DALUPE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE quepuede abreviarse LABORATORIOS GUADALUPE, S.A. DE C. V., alpúblico, para los efectos de ley.

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, celebrada a las catorce horas del día seis de febrero de 2003. Actanúmero dos, se acordó aumentar el Capital Social Mínimo en OCHEN-TA MIL Colones por la emisión de ochocientas Acciones nominativasde cien colones cada una, por lo que el nuevo Capital Social ascenderáa la suma de Cien mil Colones Exactos. Para los efectos legales consi-guientes se extiende el presente aviso en la ciudad de San Salvador, a losocho días del mes de febrero de dos mil tres.

JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE

LABORATORIOS GUADALUPE S.A. DE C.V.

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

El Infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de PRODUCTO-

RES ASOCIADOS, S.A. DE C.V., DE ESTA PLAZA;

CERTIFICA: que en el libro de Actas debidamente legalizado que

lleva esta Sociedad, aparece asentada el acta de Junta General Extraor-

dinaria de Accionistas, número dieciocho, de fecha nueve de febrero de

dos mil tres, con un punto único, que literalmente dice: « Se acuerda por

unanimidad, aumentar en OCHENTA MIL COLONES (¢80,000.00) El

Capital Social para hacer un total de CIEN MIL COLONES (100,000.00)

de Capital Social mínimo de la Empresa, con el objetivo de adecuarse a

las reformas legales existentes a la fecha. Y se autoriza al señor José

Antonio Abrego Castro, para modificar la Escritura de Constitución ante

el Notario Licenciada María Edda Orellana». Dicho aumento se tomará

de la parte Variable del Capital Social.

En fe de lo anterior, firmo y sello el presente documento en la

ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes de febrero de dos mil

tres.

JOSE ANTONIO GUTIERREZ,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4591-2

AVISO

El Administrador Unico de la SOCIEDAD JUPA, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse JUPASA DE

C.V., al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas, celebrada a las catorce horas del día siete de febrero de 2003. Acta

número cuatro, se acordó aumentar el Capital Social Mínimo en CIEN-

TO CINCUENTA MIL colones por la emisión de mil quinientas accio-

nes nominativas de cien colones cada una, por lo que el nuevo Capital

Social ascenderá a la suma de Cien mil Colones exactos. Para los efectos

legales consiguientes se extiende el presente aviso en la ciudad de San

Salvador, a los siete días del mes de febrero de dos mil tres.

JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 4589-2

AVISO

La Sociedad LAS ELICONIAS, S.A. DE C.V., de este domicilio, para

los efectos de ley,

HACE SABER: que la Junta General Extraordinaria celebrada por

dicha Sociedad, en esta ciudad, a las nueve horas y treinta minutos del día

diecisiete de febrero del año en curso, por unanimidad de votos propie-

tarios del cien por ciento de las acciones hasta hoy emitidas por aquella,

ACORDARON: el Aumento del Capital Social en su parte del Capital

Mínimo en la suma de OCHENTA MIL COLONES, mediante el

Traslado del Capital Social en su Parte Variable al Capital Social

Mínimo, por lo que el nuevo Capital Social Mínimo ascenderá a la suma

de CIEN MIL COLONES, representados y divididos en CIEN ACCIO-

NES, todas comunes y de un valor nominal de MIL COLONES cada una,

las cuales fueron suscritas y pagadas en el mismo acto.

En la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de

febrero de dos mil tres.

GRACIA MARIA GUISCAFRE DE GIMMATTEI,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4571-2

AVISO

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de la Sociedad MEYER BAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, que se podrá abreviar MEYER BAN, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

llevada a cabo en el local de la Sociedad, el día diecisiete de febrero del

dos mil tres, y de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos

treinta y tres del Código de Comercio, es decir que se hallaban reunidos

los accionistas de todas las acciones en que está dividido el capital social,

se tomó el siguiente acuerdo en forma unánime que en lo pertinente dice:

a) Aumentar el Capital Social fijo que actualmente es de CUARENTA

MIL COLONES, a la cantidad de CIEN MIL COLONES, por medio de

aportaciones que harán los accionistas en efectivo de acuerdo a la

participación accionaria que cada uno de ellos tiene en la sociedad, y por

lo tanto se emitirán seiscientas acciones de un valor nominal de cien

colones cada una; y b) Asimismo nombran como Ejecutor Especial del

Acuerdo tomado al señor VICTOR KURY ZAIED, para que comparezca

ante Notario a otorgar la respectiva modificación e incorporar en un solo

texto todas las cláusulas del pacto social original.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Antiguo Cuscatlán a los diecisiete días del mes de febrero del dos

mil tres.

VICTOR KURY ZAIED,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4531-2

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en 65 Av. Norte,

Boulevard Constitución No. 115, San Salvador, se ha presentado el

propietario del certificado a plazo No. 332842, Cuenta No. 20-13-

496903, emitido el 29 de noviembre año 2001, por la cantidad de CINCO

MIL 00/100 dólares ($5,000.00) que equivalen a CUARENTA Y TRES

MIL SETECIENTOS CINCUENTA COLONES (¢43,750.00) a un

plazo de 180 días; solicitando la reposición de dicho certificado por

habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público

en general par los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este

aviso, si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el

certificado en referencia.

Dado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de febrero del

año dos mil tres.

CARMEN ELENA DE RIVAS,

JEFE DE OPERACIONES,

AG. SALVADOR DEL MUNDO.

3 v. alt. No. 4626-2

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de deposito a plazo fijo No. 05242 Cuenta No. 03-99-470056,

emitido el día 12 de diciembre de 1984; por Asociación de Ahorro y

Préstamo ATLACATL y después Banco Atlacatl absorbido por el Banco

de Comercio de El Salvador, por un valor de diecinueve mil 00/100

colones ( 19,000.00) a un plazo de 360 días, el cual devengara un interés

del 3.75% solicitando la reposición de dicho certificado por haberse

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

público para efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este

aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el

certificado en referencia.

Santa Ana, 21 de febrero de 2002.

MIRNA MARGARITA AVALOS DE ANAYA,

JEFE DE OPERACIONES, AG. SANTA ANA.

3 v. alt. No. 4600-2

ASIENTO DE EMPRESA 20020331947

ESTABLECIMIENTO 20020331947-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOANTONIO CASTRO KREUTZ en su calidad de Representante Legal dela sociedad INMOBILIARIA PRICESMART EL SALVADOR, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarseINMOBILIARIA PRICESMART, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escriturasocial está inscrita bajo el número 21 del libro 1412 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 0614-260199-101-3, ha presentado solicitud a las nuevehoras y cuarenta minutos del día trece de marzo de dos mil dos. Con lacual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002031947 y Estableci-miento No. 2002031947-001; a favor de la Empresa denominada INMO-BILIARIA PRICESMART EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a BIENES RAICES, condirección en URBANIZACION MADRE SELVA, CALLE CORTEZBLANCO Y AVENIDA EL PEPETO, del domicilio de ANTIGUOCUSCATLAN, cuyo activo asciende a CATORCE MILLONES SETE-CIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCO DOLARES CON 89/100 ($ 14,709,205.89) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)INMOBILIARIA PRICESMART EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,ubicado en URBANIZACION MADRE SELVA, CALLE CORTEZBLANCO, AVENIDA EL PEPETO, del domicilio de ANTIGUO CUS-CATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciséis de enero de dos mil tres.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 4586-2

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

No. de expediente : 2002027840

No. de Presentación : 20020029544

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERADOde ALTICOR INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra AMWAY y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos.

San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4551-2

No. de Expediente: 2002027077

No. de Presentación: 20020028325

CLASE: 35

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de MESSE FRANKFURT GMBH, de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

Consistente en: las palabras "Messe Frankfurt y Diseño".

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos.

San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4553-2

No. de Expediente: 2002027867

No. de Presentación: 20020029582

CLASE: 35

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERA-DO de ALTICOR INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra AMWAY y Diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos.

San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4555-2

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 30.

No. de Exp.: 2002027869

No. de Pres.: 20020029584

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERADOde ALTICOR INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra AMWAY y Diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4558-2

Clase: 11.

No. de Exp.: 2002027839

No. de Pres.: 20020029543

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA en su calidad de APODERADOde ALTICOR INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra AMWAY y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4560-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002027943

No. de Pres.: 20020029703

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERADOde BASF Agro B.V., Arnhem (NL), Zweigniederlassung Wädenswil, denacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA Y DE COMERCIO,

RECRONA

Consistente en: la palabra RECRONA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4562-2

Clase: 03.

No. de Exp.: 2002028301

No. de Pres.: 20020030307

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIMEFRANCISCO ROMERO VENTURA, en su calidad de APODERADOde AVON PRODUCTS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RETROSPECT

consistente en: la palabra RETROSPECT.

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4564-2

Distintivo: MEDI NET.

Exp.: 20020024803

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO LOPEZ, en su calidad de APODERADO de MEDICOS y SISTE-MAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: MEDISIS, S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Medi Net, escritas la M y la N en letrasmayúsculas y las demás minúsculas, todas de color negro y de molde. Lasdos palabras se encuentran separadas por el símbolo internacional de lamedicina llamado Esculapio, de color gris. Atrás de la expresión seencuentra un rectángulo de color gris, que servirá para: IDENTIFICARUNA EMPRESA DEDICADA A PRESTAR SERVICIOS DE ASIS-TENCIA MEDICA UBICADO EN CONDOMINIO BALAM QUITZE,APARTAMENTOS 14 Y 15. PASEO GENERAL ESCALON, SANSALVADOR.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGISTRODE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinueve demayo del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4576-2

Distintivo: EXTAVIA.

Clase: 10.

Exp.: 20020024813

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

EXTAVIA

Consistente en: la palabra "EXTAVIA" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y quince minutos, del día diecisiete de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4618-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002021487

No. de Pres.: 20020021487

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SYNGENTAPARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registrode la. MARCA DE FABRICA,

CALUMA

Consistente en: la palabra “CALUMA” escrita en letras mayúscu-las de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dosmil dos.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diecisietede junio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4620-2

Distintivo: EXTAVIAT.

Clase: 10.

Exp.: 20020024850

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

EXTAVIAT

Consistente en: la palabra EXTAVIAT en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-ve de mayo del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4622-2

Distintivo: ACIRGO.

Clase: 05.

Exp.: 20020024915

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

ACIRGO

Consistente en: la palabra ACIRGO en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4623-2

Distintivo FRC.

Clase: 10.

Expediente: 20020024896

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

FRC

Consistente en: las letras FRC escritas en mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4624-2

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Distintivo: GENOTROPIN WIZZARD.

Clase: 10.

No. de Exp.: 20020025042

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO

CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA

AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

GENOTROPIN WIZZARDConsistente en: las palabras GENOTROPIN WIZZARD en letra

mayúscula de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las doce

horas y seis minutos del día dieciséis de mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4625-2

Distintivo: GRUPO SANTANDER

Clase: 16.

No. de Exp.: 012001019425

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la Abogado

DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADA de

SANTANDER INVESTMENT BANK LIMITED (SIB), de nacionali-

dad BAHAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

GRUPO SANTANDERConsistente en las palabras GRUPO SANTANDER.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre de dos mil

uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tres

días del mes de mayo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4627-2

Distintivo: CINTICAN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 012002024710

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADO

EDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

CINTICANConsistente en la palabra "CINTICAN".

La solicitud fue presentada el día treinta de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los nueve

días del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4628-2

Distintivo: GRUPO SANTANDER.

Clase: 36.

No. de Exp.: 012001019428

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la Abogado

DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADA de

SANTANDER INVESTMENT BANK LIMITED (SIB), de nacionali-

dad BAHAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

GRUPO SANTANDERConsistente en las palabras GRUPO SANTANDER.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre de dos mil

uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tres

días del mes de mayo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4629-2

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025945

No. de Pres.: 20020026455

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

ADAPTConsistente en: la palabra “ADAPT” en letras mayúsculas tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos

mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintiuno

de junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4630-2

Distintivo: GRUPO SANTANDER.

Clase: 38.

No. de Exp.: 012001019427

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el Abogado

DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de

SANTANDER INVESTMENT BANK LIMITED (SIB), de nacionali-

dad BAHAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

GRUPO SANTANDERConsistente en las palabras GRUPO SANTANDER.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre de dos mil

uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treinta

días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4631-2

Distintivo: ABB.

Clase: 25.

No. de Exp.: 012002023478

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDO

MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB ASEA

BROWN BOVERI LTD., de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

ABBConsistente en las letras ABB.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

veinticuatro días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4632-2

Distintivo: CIRGOVIA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024918

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDO

MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

CIRGOVIAConsistente en: la palabra CIRGOVIA en letras mayúsculas tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta y

uno de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4634-2

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Distintivo: HEXAVAC.

Clase: 05.

Expediente: 012002022032

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADO

JOSE ENRIQUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERA-

DO de AVENTIS PASTEUR MSD S.N.C., de nacionalidad FRANCE-

SA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

HEXAVACConsistente en la palabra "HEXAVAC"

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

veintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4635-2

Distintivo: CONCERTA.

Clase: 05.

No. de Exp.:012002022200

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

ALZA CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

CONCERTAConsistente en la palabra CONCERTA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

veintisiete días del mes de febrero de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4636-2

DISTINTIVO: ANGIOGEL.

Clase: 03.

No. de Exp.: 20020025525

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

NOVARIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

ANGIOGELConsistente en: la palabra ANGIOGEL en letras mayúsculas tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-

ve de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4637-2

DISTINTIVO: ANA GENOL.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025523

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

ANAGENOLConsistente en : la palabra ANAGENOL, EN LETRAS MAYUS-

CULAS TIPO CORRIENTE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TROS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintio-

cho de mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4639-2

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de SERVICIOS EDUCATIVOS, S.A. DE C.V.,convoca a los señores accionistas a celebrar JUNTA GENERAL ORDI-NARIA el día VEINTISIETE DE MARZO del dos mil tres, de lasdiecisiete horas en adelante en las Instalaciones de su Escuela ubicadasen Final Avenida Independencia Sur, conforme a la siguiente agenda:

1- Comprobación del Quórum.

2- Lectura y Aprobación del acta anterior.

3- Memoria de Junta Directiva.

4- Presentación de Balance General, Estado de Pérdida y Ga-nancia e informe del Auditor del ejercicio 2002.

5- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente,Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos.

6- Aplicación de Resultados.

7- Elección Junta Directiva.

8- Otros asuntos que puedan tratarse de acuerdo a la ley y elpacto social.

Se recuerda que el Quórum necesario debe ser la mitad más una delas acciones presentes y/o representadas.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora antes señalada, seconvoca por segunda vez y en el mismo lugar a las diecisiete horas parael día VEINTIOCHO DE MARZO del corriente año, fecha en que secelebrará la Junta General con cualquiera que sea el número de accionespresentes y/o representadas.

Sana Ana, cuatro de marzo del dos mil tres.

SONIA CADER DE ATANACIO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5595-2

DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

HACE SABER. que por resolución de este Juzgado, proveída a lasnueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora MARIA CORALIA GUEVARA QUIJADA DE INTERIANO,quien fue de cincuenta y nueve años de edad, casada, de oficios domés-ticos, falleció a las cuatro horas del día veinte de diciembre de milnovecientos ochenta y seis, en el Cantón Agua Fría, jurisdicción de AguaCaliente de este Departamento, lugar de su ultimo domicilio, de parte delseñor SANTOS JOSE MONTOYA HERNANDEZ, en calidad de cesio-nario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señoresAMELIA INTERIANO GUEVARA, DOMINGA INTERIANOGUEVARA y HECTOR DIONEL GUEVARA RIVAS, este últimocomo apoderado del señor NOE JOAQUIN INTERIANO GUEVARA,conocido por NOE JOAQUIN INTERIANO GUERRA, por encontrarseéste en los Estados Unidos de Norte América; en calidad de hijos de lacausante. Confiérese al aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que lescorresponden a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publí-quense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de febrero del añodos mil tres. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DEJIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 5089-2

ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL.

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a lasdiez horas del día diez de febrero de dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejadaa su defunción por la señora ALEJANDRA MENDEZ VIUDA DEGUTIERREZ, quien fue de setenta y nueve años de edad, de oficios-domésticos, y quien falleció el día catorce de julio de dos mil dos siendoQuezaltepeque su último domicilio de parte de la señora ALEJANDRAMENDEZ en su concepto de hija de la causante, a quien se le ha conferidola administración y representación INTERINA de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nuevehoras y treinta minutos del día catorce de febrero de dos mil tres. Lic.ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDO-NA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 5131-2

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasdiez horas del día once de febrero de dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señorFRANCISCO GUILLERMO MONTENEGRO NAVARRO, en calidadde heredero testamentario, de la Herencia Testamentaria, que a sudefunción dejó la señora RAFAELA NAVARRO DE MONTENEGRO,quien fue de ochenta y cinco años de edad, casada, de oficios domésticos,originaria de San Salvador, hija de RUBENIA RIVAS DE NAVARROy EDUARDO NAVARRO, de nacionalidad salvadoreña, quien fallecióel día veinte de febrero de dos mil y cuyo último domicilio fueSoyapango.

Confiérese al aceptante declarado la representación y administra-ción INTERINA de la Herencia Testamentaria, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas deldía veinte de febrero de dos mil tres. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DEHENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANONAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 5088-2

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

Distintivo: HIDRATINA.

Clase: 03

No. de Exp.: 20020025625

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deNOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

HIDRATINA

Consistente en: la palabra HIDRATINA, en letras mayúsculas detipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta demayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4640-2

Distintivo: INFACOLIC.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025292

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de INVERSIO-NES ORIDAMA S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA:

INFACOLIC

Consistente en: la palabra "INFACOLIC" en letras mayúsculas detipo corriente.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las quincehoras y cincuenta y tres minutos del día veintiuno de mayo del año dosmil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4641-2

Distintivo: ANAGENOL.

Clase: 03.

No. de Exp.: 20020025521

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deNOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

ANAGENOL

Consistente en: la palabra ANAGENOL escrita en letras mayúscu-las de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-ve de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4643-2

Clase: 30.

No. de Exp.: 2002025952

No. de Pres.: 20020026462

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de EMPRESAS

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAROZZI S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

DOBLON

Consistente en: la palabra "DOBLON" en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinti-cuatro de junio del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4644-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025622

No. de Pres.: 20020026016

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BAYERCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA:

ALKA-ALIV

Consistente en: las palabras ALKA-ALIV en letras mayúsculas,dichas expresiones van unidas por un guión.

La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diecisietede junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4648-2

Distintivo: DOROTHY GRAY COMPUESTO PARA EL CABELLO(DOROTHY GRAY HAIR COMPLEX).

Clase: 03.

No. de Exp.: 20020025289

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARlOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de INVERSIO-NES ORIDAMA S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA:

DOROTHY GRAY COMPUESTO PARA EL

CABELLO (DOROTHY GRAY HAIR COMPLEX)

Consistente en: la palabra "DOROTHY GRAY COMPUESTOPARA EL CABELLO (DOROTHY GRAY HAIR COMPLEX)" enletras mayúsculas de tipo corriente y las palabras "DOROTHY GRAYHAIR COMPLEX" aparecen entre paréntesis.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a lascatorce horas y cuarenta y ocho minutos del día veintiuno de mayo delaño dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4649-2

No. de Exp.: 2002025555

No. de Pres.: 20020025934

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVERN.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de laEXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA:

EL SABOR DE TODA LA VIDA

Consistente en: las palabras: "EL SABOR DE TODA LA VIDA"en letras mayúsculas de tipo corriente, que servirá para: LLAMAR LAATENCION DE LOS CONSUMIDORES DE LOS PRODUCTOSQUE COMERCIALIZA LA SOCIEDAD, EN DIFERENTES ESTA-BLECIMIENTOS COMERCIALES, ESPECIALMENTE DEL PU-BLICO CONSUMIDOR DE MARGARINAS.

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diez deenero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4651-2

Distintivo: EQISTEM.

Clase: 05.

No. de Exp.:012002023189

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

EQISTEM

Consistente en la palabra EQISTEM.La solicitud fue presentada el día siete de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4652-2

Distintivo: ADECCO.Clase: 35.No. de Exp.:012001019861

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la AbogadoMARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERA-DO de ADECCO SA, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro dela MARCA DE SERVICIOS:

ADECCO

Consistente en la palabra ADECCO.La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre de dos

mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecisiete días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4653-2

Distintivo: ETHALAS.Clase: 05.No. de Exp.: 20020024919

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

ETHALAS

Consistente en: la palabra ETHALAS en letras mayúscualas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4654-2

Distintivo: ANGIOGEL.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025527

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deNOVARTIS AG. de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

ANGIOGEL

Consistente en: la palabra ANGIOGEL, en letras mayúsculas tipocorriente.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintiochode mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4655-2

Distintivo: EXTAVIA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024811

EL INSFRASCRlTO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTlSAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

EXTAVIA

Consistente en: la palabra "EXTAVIA" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DECOMERCIO:DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y cinco minutos, del día diecisiete de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4656-2

Distintivo: BUSHNELL.

Clase: 09.

No. de Exp.:012001020487

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoMANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODE-RADO de BUSHNELL CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

BUSHNELL

Consistente en la palabra BUSHNELL.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiocho días del mes de febrero de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4657-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001014949

No. de Pres.: 20010014949

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTORMANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO deALTlAN PHARMA GRUPPE DE CENTROAMERICA, SOCIEDADANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el regis-tro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA:

KOLNACOR

Consistente en: la palabra "KOLNACOR" escrita en letras mayús-culas.

La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4673-2

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, Notario, de estedomicilio, con oficina en Reparto Los Héroes, Calle Gabriel Rosalesnúmero ciento cincuenta uno, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita proveída a lasocho horas del veinticuatro de febrero del año en curso, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HerenciaIntestada, del señor TOMAS SERRANO GALDAMEZ, que a su defun-ción ocurrida en San José Las Flores, Tonacatepeque, San Salvador, eldía VEINTITRES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NO-VENTA Y NUEVE, siendo su último domicilio Guazapa, San Salvador,de parte del señor CARLOS ARCE, en su calidad de CESIONARIO, delos derechos que le correspondían a ANA CONCEPCION SERRANORAMIREZ, en su calidad de hija del causante, habiéndosele conferido laAdministración y Representación Interinas de la Sucesión, con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para efectos de Ley, por medio de tresavisos consecutivos.

Y dado en la oficina de la Notario Licenciada MARIA MARTAMARTINEZ DE ARGUMEDO, San Salvador, a veinticinco de febrerode dos mil tres.

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 4825-2

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario del

domicilio de San Salvador, con oficina en 2a. Calle Oriente No. 12

Sensuntepeque, Cabañas al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las diligencias promovidas ante el suscrito

Notario por el Licenciado EDWIN VELASQUEZ JOYA como Apode-

rado Judicial Especial de la señora ANA LETICIA PACHECO quien

actúa como cesionaria de los derechos de sus hermanos SOFIA ABIGAIL,

JUAN HECTOR, y JUAN MARIA todos PACHECO, a las nueve horas

con treinta minutos del día dieciocho de diciembre del año dos mil dos,

se ha proveído resolución por medio de la cual se tuvo por aceptada la

herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de diciembre

del año de mil novecientos noventa y siete, en la ciudad de San Salvador,

dejó su hermano JORGE LEONIDAS PACHECO MANZANO, quien

fue de setenta y cuatro años de edad, jubilado del domicilio de Mejicanos,

San Salvador, confiriéndosele a la aceptante la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en esta Oficina Notarial en la ciudad de Sensuntepeque a

los dos días del mes de febrero del año dos mil tres.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4346-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez

horas y cuarenta minutos del día cuatro de febrero del año dos mil tres,

se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la,

herencia intestada que a su defunción ocurrida, en esta Ciudad, su último

domicilio, el día treinta de septiembre del dos mil uno, dejó el señor

ADOLFO, GIRON PERAZA, conocido por ADOLFO GIRON, de

parte de la: señora GLORIA ELSY GIRON DE TREJO, en calidad de

hija del causante. Confiérese a la aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas y cuarenta minutos del día cinco de febrero del año dos mil

tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. Nº. 4339-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO para los

efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cuarenta y

siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora ANA

JULIA VELASQUEZ, conocida por ANA JULIA VELASQUEZ DE

ORANTESZ, al fallecer el día diecisiete de febrero del año dos mil dos,

en la Colonia Soriano de esta ciudad de Usulután, lugar que tuvo como

último domicilio, de parte del señor NAPOLEON LOVATO, conocido

por NAPOLEON ORANTEZS, en calidad de cónyuge sobreviviente de

la causante. Confiriéndosele al aceptante dicho la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, a deducirlo en el término de quince días

después de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE USULUTAN, a

los diez días del mes de febrero del año dos mil tres. Lic. JOSE

ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4177-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de las once horas y cinco

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL

ANGEL RIVERA, quien falleció el día dieciocho de noviembre de dos

mil, en el Cantón Agua Escondida de esta jurisdicción, siendo esta ciudad

su último domicilio, de parte de los señores LUCIO ALEXANDER

RIVERA, conocido por LUCIO ALEXANDER RIVERA RIVAS,

LILIAN HAYDEE RIVERA, ROSA ALBA RIVERA, conocida por

ROSA ALBA RIVERA DE RIVERA, MARTA LUZ RIVERA, cono-

cida por MARTA LUZ RIVERA RIVAS, y por MARTA LUZ RIVERA

DE CANO, en calidad de hijos del causante. Confiriéndole a dichos

aceptantes en el carácter indicado la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-

res de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del mes

de febrero de dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,

JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO.

3 v. alt. Nº. 4191-2

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

quince horas del cuatro de febrero del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intes-

tada que a su defunción dejó el causante CARLOS ERNESTO TREJO,

quien fue de treinta y tres años de edad, empleado, casado, quien falleció

el día quince de octubre de dos mil dos, siendo su último domicilio

Soyapango; de parte de las señoras MARTA TREJO conocida por

MARTA ALICIA TREJO y por MARTHA TREJO DE ALVAREZ, de

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

setenta y un años de edad, de oficios domésticos y de los domicilios de

esta ciudad y Los Angeles, California, Estados Unidos de América, en su

calidad de madre sobreviviente del causante; y CORINA LICETH

MONTERROZA DE TREJO, de veintidós años de edad, estudiante y

del domicilio de esta ciudad, en su calidad de cónyuge sobreviviente.

Confiriéndose a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia intestada para

que se presenten a este Tribunal, dentro de los quince días subsiguientes

al de la última publicación del edicto respectivo.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del

día seis de febrero de dos mil tres. Licda. ELSA IRMA GONZALEZ DE

HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIA-

NO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4189-2

MARIA ESTER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas treinta

minutos del día diez de los corrientes, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada quea su defunción dejó el señor JOSE DE JESUS GIL BARILLAS conocidopor JOSE JESUS GIL BARILLAS, también como JOSE JESUS GILBARILLA y como JOSE DE JESUS GIL, quien falleció a las veintitréshoras del día once de julio del dos mil dos, en el Cantón Algodón de laJurisdicción de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; siendoesta ciudad de San Miguel su último domicilio; de parte de la señoraMARIA MAGDALENA CONTRERAS VIUDA DE GIL, por sí comocónyuge sobreviviente del causante y además como Cesionaria de losDerechos Hereditarios que le correspondían a MARIA DE LA PAZ GILDE ROSALES, EVELIN MARIA GIL CONTRERAS y JESSYROSMERY GIL CONTRERAS, como hijas del mismo causante. Y sele ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado, la adminis-tración y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago de conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras treinta y ocho minutos del día diez de febrero del dos mil tres. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4195-2

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA. JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarentaminutos del día veintiocho de enero del dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor RICARDO GAVIDIA,conocido por RICARDO GAVIDIA ZUNIGA, quien falleció el díadieciocho de mayo del año dos mil dos, en el Hospital Nacional de SantaRosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio enel Cantón Hato Nuevo de la Jurisdicción de San Miguel, de parte de laseñora ANA RAQUEL CEDILLO DE GAVIDIA, de treinta años deedad, de oficios domésticos, del domicilio de esta ciudad, y del menorJOSE RICARDO GAVIDIA CEDILLO, la primera en calidad de cón-

yuge sobreviviente y el segundo en calidad de hijo del causante represen-tado legalmente por su madre ANA RAQUEL CEDILLO DE GAVIDIA.Y se les ha conferido a los aceptante en el carácter antes indicadoconjuntamente la administración y representación interina de la suce-sión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de enero del dos miltres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4196-2

LA INFRASCRITA JUEZ DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-PANGO,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del díadieciocho de febrero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria que a sudefunción dejó el causante CARLOS ANTONIO RAMOS MEDINA,quien fue de setenta y un años de edad, Empleado, casado, originario deSan Miguel, salvadoreño, hijo de JOSE RAMOS y MARIA DE LA PAZMEDINA, quien falleció el día veinticuatro de enero de dos mil dos,siendo su último domicilio Soyapango; de parte de la señora SILVIAYANIRA RAMOS HERNANDEZ conocida por SILVIA YANIRAALVARENGA, en calidad de heredera testamentaria universal delcausante.

Confiérese a la aceptante la administración y representación INTE-RINA de la herencia TESTAMENTARIA con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horasdel día diecinueve de febrero de dos mil tres. Licda. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4213-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFCTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ochohoras y treinta minutos del día veintitrés de septiembre del año dos mildos, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inven-tario la Herencia Testamentaria, que a su defunción ocurrida en estaciudad, su último domicilio, el día dos de diciembre de mil novecientosnoventa y siete, dejara la señora CARLOTA OSORIO, conocida porCARLOTA OSORIO VIUDA DE ARTIGA, de parte de lo señoresJULIA ARTIGA, conocida por JULIA ARTIGA OSORIO y por MA-RIA JULIA PAREDES ARTIGA y FELIPE ALBERTO DE JESUSARTIGA OSORIO, en su concepto de Herederos Testamentarios. Con-fiérese a los aceptantes la administración y Representación Interina de laSucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de laHerencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lascatorce horas y veinte minutos del día siete de octubre del año dos mildos. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4228-2

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del díaveintinueve de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor FELIX SANTOS, quien falleció el día uno de junio de milnovecientos cincuenta y tres, en los suburbios del Barrio El Calvario dela ciudad de Guazapa, siendo esa ciudad su último domicilio, de parte delos señores TOMAS MAYORGA SANTOS y JOSE ABEL LOPEZQUIJANO, por derecho de transmisión de la señora Dominga Santosviuda de Mayorga, ésta como hija del causante; el primero como hijo dela causante en un cincuenta por ciento del derecho que le corresponde, yel segundo como cesionario del otro cincuenta por ciento de los derechoshereditarios que le correspondían al primero, Art. 958 C.; habiéndoselesconferido la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a losdieciocho días del mes de febrero del año dos mil tres. Lic. MARGARI-TA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRE-TARIO.-

3 v. alt. Nº. 4234-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas del día veintitrés de octubre del corriente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada dejada a su defunción por el causante, señor ENRIQUEDUBLAS MOJICA, conocido por ENRIQUE DOUGLAS MOJICA,y por DOUGLAS MOJICA MANCIA, ocurrida el día cinco de noviem-bre de dos mil, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de laciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su últimodomicilio, de parte de la señora EVA DEL CARMEN AGUILARVIUDA DE MOJICA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante;y se ha conferido a la aceptante, la administración y representacióninterinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las diezhoras y treinta minutos del día uno de noviembre de dos mil dos.- Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 4235-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas quince minutos del día tres de febrero del corriente año, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada dejada a su defunción por la causante, señora PAZARIAS, ocurrida el día diecisiete de septiembre de mil novecientos

noventa y siete, en el Cantón Alvarez, de esta jurisdicción, siendo estaciudad, su último domicilio, de parte de la señora RAIMUNDA ARIAS,en calidad de hija de la causante; y se ha conferido a la aceptante, laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las ochohoras y treinta minutos del día doce de febrero de dos mil tres.- Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 4253-2

ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, Notario, de losdomicilios de Zacatecoluca y San Salvador, con oficina jurídica estable-cida en la casa número cinco de la Avenida Juan Vicente Villacorta dela ciudad de Zacatecoluca, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito, a lasonce horas del día veinte de los corrientes, en las diligencias de acepta-ción de herencia promovidas ante mis oficios notariales, por la señoraMARIA ANGELICA PEREZ DE DINARTE, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejadaa su defunción por el causante IRAEL ANTONIO DINARTE ORTE-GA, conocido por ISRAEL ANTONIO DINARTE ORTEGA y porISRAEL ANTONIO DINARTE, que falleció a las veintidós horas ytreinta y dos minutos, del día dos de julio de dos mil dos, en el Barrio ElCentro de la Villa de San Carlos, Departamento de Morazán, a conse-cuencia de muerte natural producida por Neumonía Nosocomial DiabetisMellitus Tipo Dos Trastorno afectivo orgánico, casado, originario de SanCarlos, Departamento de Morazán y de ese domicilio, de nacionalidadsalvadoreña, siendo al momento de su fallecimiento de cincuenta y tresaños de edad, casado, Agricultor en Pequeño y del domicilio de la Villade San Carlos, Departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña,hijo de SIMON ANTONIO DINARTE y MARIA ANTONIAORTEGA, ambos ya fallecidos; habiendo sido el último domicilio delcausante, la mencionada Villa de San Carlos, Departamento de Mora-zán, por parte de la señora MARIA ANGELICA PEREZ DE DINARTE,en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y se le haconferido a la aceptante, la administración y representación interinas dela sucesión, con las facultades y restricciones de los curados de laherencia yacente.

Zacatecoluca, a los veinte días del mes de febrero del año dos miltres.

Lic. ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4257-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado conel número 318-E-99, promovido por el Licenciado CARLOS ARTUROJOVEL MURCIA como Apoderado del BANCO DE FOMENTOAGROPECUARIO contra los señores FELIPE ARAGON e ILIANALOURDES ARAGON MARQUEZ; se venderá en pública subasta eneste Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble quea continuación se localiza y describe así: "Un terreno de naturalezarústica, situado en el Caserío "Las Peñitas", Cantón Papalón de laJurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel cuya extensiónsuperficial es de SEIS MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS,y sus medidas y linderos son los siguientes: AL ORIENTE: cincuentametros, con resto de terreno de la vendedora María del Rosario Ayala

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

viuda de Ayala; AL NORTE: ciento veintiséis metros, carretera aUluazapa de por medio, con terreno de Ana Irma Ayala Bonilla de Ayala;AL PONIENTE: cien metros, callejón de por medio con terreno deGregoria Ayala Bonilla de Campos; y AL SUR: línea quebrada y deforma irregular cuyo último tiro localizado de Poniente a Oriente es decuarenta y cinco metros con el mismo resto de terreno de la vendedora,María del Rosario Ayala viuda de Ayala. El inmueble rústico descritoanteriormente pertenece al ejecutado, señor FELIPE ARAGON, deacuerdo con la Inscripción número SETENTA Y CINCO del LibroNOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, de Propiedad del Registro delDepartamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTILSan Salvador, a las nueve horas y quince minutos del día veintiuno denoviembre de dos mil dos.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR,JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUE-ROA DE BARAHONA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 4273-2

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENE-RAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el licenciado EDGARDO GUERRA HINDS hijo y actualmente porel Licenciado CARLOS ALBERTO MEZA GONZALEZ, ambos ac-tuando como Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE FO-MENTO AGROPECUARIO; contra los señores ROSA ELIS ORTEZconocida por ROSA DELIS ORTEZ y SALVADOR GOMEZ, sevenderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que será señaladaposteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN TERRE-NO de naturaleza rústica, situado en el Sector San Antonio del Barrio SanCarlos de la ciudad de La Unión, distrito y Departamento del mismonombre de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS NOVENTAY SEIS METROS CUADRADOS o sean CUATRO AREAS NOVEN-TA Y SEIS CENTIAREAS, de las medidas y linderos siguientes: ALNORTE, treinta y dos metros, cerco de piedra de por medio, conpropiedad de la señora Olivia del Carmen García; AL ORIENTE, quincemetros, cincuenta centímetros, linda con propiedades de José LeónHerrera, cerco de alambre de por medio; AL SUR, treinta y dos metros,cerco de piedra de por medio, linda con propiedades de la relacionadaseñora OLIVIA DEL CARMEN GARCIA; y AL PONIENTE, quincemetros, cincuenta centímetros, linda con resto de la porción de la que sedesmembró este inmueble. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favorde la demandada señora ROSA ELIS ORTEZ conocida por ROSADELIS ORTEZ, al número CUARENTA Y CUATRO del libro QUI-NIENTOS VEINTITRES de propiedad del Departamento de La Unión.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las once horas y cuarenta minutos del día diecisiete dediciembre del dos mil dos. - Licda. ROSA ESTELA DE PORTILLO,JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Br. ROSADORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.-

3 v. alt. Nº. 4278-2

ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEXTO DE PAZ DELA CIUDAD DE SAN SALVADOR; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por ejecución promovida por la LicenciadaGLORIA NOEMI CHAVARRIA ZAVALETA, en su calidad de Apo-derada General Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,

en contra de la Señora ANA LUISA MEZA, se venderá en PúblicaSubasta en este mismo Juzgado el bien inmueble embargado siguiente:terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Ventas, de laJurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de SanMiguel, de la capacidad superficial de SESENTA Y UNA AREASVEINTICINCO CENTIAREAS, equivalentes a CATORCE TAREAS,de los linderos siguientes: AL ORIENTE: con terreno Argelia Esperan-za, callejón de por medio; AL NORTE: con resto de terreno que le quedaa la vendedora Mercedes Ascencio de Henríquez, dividido ya porcallejón de por medio; AL PONIENTE: con propiedad de Pedro ArcidesHenríquez, que fue del inmueble general, dividido por cerco de alambrepropio de la porción que se vendió; AL SUR: con resto del inmuebledonde se desmembró, cerco de alambre propio. Inscrito en el Registro dela Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajonúmero SETENTA Y SIETE, del Libro UN MIL CUATROCIENTOSSESENTA Y CINCO, de propiedad del Departamento de San Miguel.Dicho Inmueble le pertenece a la Señora ANA LUISA MEZA, por lainscripción antes relacionada, e hipotecado a favor del BANCO DEFOMENTO AGROPECUARIO, con Primera Hipoteca Abierta, segúninscripción número CINCUENTA Y CUATRO del libro NOVECIEN-TOS SESENTA Y CINCO, del Registro de Hipotecas del Departamentode San Miguel.

Se admitirán posturas que se hagan, siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Sexto de Paz de la ciudad de San Salvador,a las once horas treintaminutos del día once de septiembre del año dosmil dos.- Licda. ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZASEXTO DE PAZ, SAN SALVADOR. Br. JOSE ELENILSON NUILADELGADO, SECRETARIO JUZGADO SEXTO DE PAZ.-

3 v. alt. Nº. 4274-2

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada GLORIA NOEMI CHAVARRIA ZAVALETA, Apo-derada General Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,contra SANTOS AGUILAR, conocida por SANTOS AGUILAR AGUI-LAR y FILIBERTA GALDAMEZ, se venderá en Pública Subasta eneste Tribunal, un terreno rústico, situado en el Cantón Llano de LasMajadas, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, del Departamento deSanta Ana, de la superficie de DOSCIENTOS VEINTITRES METROSCUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRA-DOS, que linda AL PONIENTE, con Rufino Umaña Calderón; AL SUR,con Perfecto Orellana; AL ORIENTE, con terreno de donde se desmembrade Alejandro Campos, y AL NORTE, con Rufino Umaña Calderón,cercos de piña y zaite propios, inscrito al número SESENTA Y SIETEdel Libro NOVECIENTOS ONCE del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de Santa Ana. Dicho inmueble le pertenece al señor SANTOSAGUILAR, conocido por SANTOS AGUILAR AGUILAR.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas nueve horas del día veintisiete de septiembre de dos mil dos. Lic.JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALAORELLANA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 4276-2

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en esteTribunal promueve inicialmente por el Licenciado OSCAR JAVIERPORTILLO y actualmente continuado por la Licenciada SILVIA EMILlAGONZALEZ ESCAMILLA. en calidad de Apoderados Generales Judi-ciales del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANO-NIMA, en liquidación, contra la señora PATRICIA VICTORIA ESCO-BAR RAMIREZ. se venderá en Pública Subasta, en este Tribunal, enfecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuaciónse localiza y describe. ASI:““ Un inmueble de naturaleza Urbana yconstrucciones que contiene, propiedad de la deudora, que forma partedel Condominio Lomas de La “Campiña, el cual ha sido sometido alrégimen de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, y estásituado en esta Jurisdicción del Barrio El Rosario. Jurisdicción deCuscatancingo, pero que en la actualidad corresponde a la Jurisdicciónde esta Ciudad y Departamento, cuya descripción es la siguiente:APARTAMIENTO NUMERO CUARENTA Y SEIS, Polígono “D”,Condominio Lomas de La Campiña. San Salvador.- Este apartamentoestá ubicado en la segunda planta o piso del edificio y consta de unaporción construida de veinticinco punto veinte metros cuadrados, equi-valentes a treinta y seis punto cero seis varas cuadradas, la cual tiene unamedida de sesenta y dos metros cúbicos.- Posee un jardín interior en laprimera planta, situado en el vértice Sur-Oeste de la construcción el cualtiene una superficie de siete punto ochenta metros cuadrados. equivalen-tes a once punto dieciséis varas cuadradas.- La construcción se encuentraubicada en la elevación de seiscientos treinta y ocho punto sesenta ycinco metros y el jardín interior, en la elevación de seiscientos treinta yseis punto cincuenta metros, ambas medidas sobre el nivel medio delmar, razón por la cual se hará una descripción individual por cada porciónde la siguiente manera comenzando por la construida: partiendo de laintersección de los ejes del Pasaje “D” y del Pasaje DOS, se mide sobreel eje del último con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Este una distancia de veintiséis punto setentametros.- En este punto se hace una deflexión derecha de noventa gradosy se mide una distancia de dos metros, localizándose el nivel del piso dela primera planta del Edificio.- Desde este punto se mide verticalmentehacia arriba una altura de dos punto sesenta y cinco metros, localizándoseel nivel del piso y esquinero Nor-Oeste del inmueble cuyos linderos sonlos siguientes: LADO NORTE: Tramo recto de rumbo Sur ochenta yocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este y distancia decinco punto cero veinticinco metro, llegando al esquinero Nor-Este ylindando con el Apartamento Ocho del Polígono “E”, estando de pormedio el espacio aéreo del Pasaje DOS de cuatro metros de ancho;LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur un grado dos punto un minutosOeste y distancia de cuatro punto diez metros, llegando al esquinero Sur-Este y lindando con el apartamento cuarenta y cuatro de este polígono.-LADO SUR: Línea quebrada compuesta de cinco tramos UNO)- RumboNorte ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Oestey distancia de uno punto cero setenta y cinco metros; DOS)- Rumbo Surun grado dos punto un minutos Oeste y distancia de uno punto sesentametros; TRES)- Rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta metros;CUATRO)- Rumbo Norte un grado dos punto un minutos Este ydistancia de cero punto sesenta y cinco metros; CINCO)- Rumbo Norteochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Oeste ydistancia de dos punto cincuenta y cinco metros; llegando al esquineroSur-Oeste y lindando con los espacios aéreos de los jardines interiores delos apartamentos cuarenta y cinco y cuarenta y seis del polígono “D”.-LADO OESTE: Tramo recto de rumbo Norte un grados dos punto unminutos Este y distancia de cinco metros, llegando al esquinero Nor-Oeste y lindando con el apartamento número cuarenta y ocho estando depor medio el espacio aéreo de un acceso de uno punto ochenta metros deancho el cual es común a los apartamento cuarenta y cinco, cuarenta yseis, cuarenta y siete, y cuarenta y ocho del polígono “D”.- Este inmueblelinda por lado inferior o piso con el apartamento cuarenta y cinco delpolígono “D”, loza de concreto reforzado de por medio y por el ladosuperior o cielo a dos punto cuarenta y seis metros de altura promedio dela construcción, linda con el espacio aéreo del Condominio.- Losapartamentos y pasajes colindantes forman parte de este condominio.- Ladescripción del jardín interior se inicia en el esquinero Sur- Oeste de laporción que se acaba de describir en donde se mide verticalmente hacia

abajo una altura de dos punto quince metros, localizando el nivel del pisodel inmueble a describir.- Desde este punto se mide con rumbo Norteochenta y ocho grados cincuenta y ocho punto nueve minutos Oeste unadistancia de cero punto noventa metros localizando el esquinero Nor-Oeste del inmueble cuyos linderos son: LADO NORTE: Tramo recto conrumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutosEste y distancia de dos punto sesenta metros lindando con el apartamentocuarenta y cinco y con el acceso común a los apartamentos cuarenta ycinco, cuarenta y seis, cuarenta y siete y cuarenta y ocho de estePolígono.- LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur un grado dos puntoun minutos Oeste y distancia de tres metros, lindando con el jardíninterior del apartamento cuarenta y cinco de este polígono.- LADO SUR:Tramo recto de rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Oeste y distancia de dos punto sesenta metros,lindando con el jardín interior del apartamento ochenta y tres y ochentay cinco de este polígono.- LADO OESTE: Tramo recto de rumbo Norteun grados dos punto un minutos Este y distancia de tres metros lindandocon el jardín interior del apartamento cuarenta y ocho de este polígono.-Este inmueble linda también por el lado inferior o piso con el bien raízdel condominio y por el lado superior o cielo con el espacio aéreo delcondominio.- Los apartamentos colindantes forman parte de este condo-minio, propiedad de CONCEPTOS ARQUITECTONICOS S.A. deC.V.- Todos los accesorios, partes componentes, así como la distribuciónde ambientes, están detallados con claridad en la escritura de constitu-ción del Condominio y en los planos debidamente aprobados por laautoridad competente y que forman parte del expediente de la Escriturade Constitución del referido condominio.- El apartamento antes descritose encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas deeste Departamento a la Matrícula de Folio Real número CERO UNO -CERO SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA YUNO - CERO CERO CERO, Inscripción DOS."

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL.San Salvador, a las doce horas del día veintidós de Enero del año dos miltres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DELO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHO-NA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4190-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas treinta minutos del día veinte de enero del presente año, enel Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada XIOMARAGUADALUPE LOPEZ MARTINEZ, en calidad de apoderada de laseñora FRANCISCA ARGELIA RIVERA CRUZ, contra el señor JOSEANTONIO RUANO CASTANEDA, SE VENDERA EN PUBLICASUBASTA EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNA-MENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:““Una por-ción de terreno de naturaleza rústica, ubicada en el Cantón San Andrés,jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que sedescribe así: LOTE NUMERO SEIS, POLIGONO VEINTITRES DELA LOTIFICACION SAN ANDRES, HACIENDA SAN ANDRES,con una extensión de SETENTA Y TRES AREAS OCHENTA Y SIETEPUNTO CUARENTA CENTIAREAS, equivalentes a: UNA MANZA-NA QUINIENTAS SESENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA YNUEVE VARAS CUADRADAS. Que mide y linda: AL NORTE,partiendo del mojón esquinero Norponiente, línea recta de ciento cin-cuenta y cinco punto sesenta y tres metros, rumbo Norte sesenta y sietegrados veintitrés minutos dieciséis segundos Este, colindando con lotesiete del Polígono veintitrés de la misma Lotificación; AL ORIENTE,línea recta de treinta y cinco metros, rumbo Sur quince grados un minutodieciséis segundos Este, colindando con calle de por medio con asenta-miento comunitario número uno, El Casco; AL SUR, línea recta de

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doscientos veinticuatro punto setenta y ocho metros, rumbo Sur, sesentay siete grados veintiséis minutos treinta segundos Oeste, colindando conlote número cinco, polígono veintitrés de la misma Lotificación; y ALPONIENTE, línea quebrada de dos tramos, el primero de veintiuno puntosetenta, y siete metros, rumbo Norte veintidós grados cincuenta y nueveminutos cuatro segundos Oeste, colindando con calle de por medio conlote número nueve, polígono veinte de la misma Lotificación, el, segun-do: de setenta y cuatro punto noventa y nueve metros, rumbo Nortecincuenta y siete grados treinta y siete minutos cuarenta y nuevesegundos Este, con lo que se llega al mojón esquinero Nor-Poniente,colindando con calle de por medio con lote número diecisiete, polígonoveinte de la misma Lotificación. Todos los lotes colindantes pertenecena la misma Hacienda San Andrés y fueron o son Propiedad del ISTA.““El inmueble antes relacionado se encuentra inscrito a favor del señorJOSE ANTONIO RUANO CASTANEDA, al número DIECINUEVEdel Libro DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO de Propie-dad de este departamento.- Servirán para el remate las dos terceras partesde su valúo.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las oncehoras y treinta minutos, del día veintisiete de enero de dos mil tres. Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4243-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA,

HACE CONSTAR: que el juicio Ejecutivo Mercantil No. 678-EM4-00, promovido por el señor ALFREDO GALEANO RODRI-GUEZ en calidad personal en contra del señor SALVADOR ORLANDOSANTOS MERINO de este domicilio, reclamándole cantidad de dinero,SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA el inmueble que a continua-ción se detalla. Inmueble Urbano, ubicado Colonia San Antonio Númerodos, Pasaje Miralempa lote número seis Cantón Planes de Renderos,Ciudad de Panchimalco de este Departamento descripción técnica es lasiguiente: LOTE NUMERO SEIS Extensión superficial de CUATRO-CIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CUARENTADECIMETROS CUADRADOS que linda AL ORIENTE quince metrosrumbo Sur cero nueve grados cincuenta y tres minutos Oeste linda conterreno que fue de GERONIMO CORTEZ y hoy de FAMILIA SAGRERAcamino servidumbre en medio AL SUR veintisiete metros noventa y seiscentímetros rumbo Norte ochenta y seis grados cuarenta y siete minutosOeste; AL PONIENTE quince metros rumbo Norte cero nueve gradoscincuenta y tres minutos Este; NORTE veintisiete metros noventa y seiscentímetros, rumbo Sur ochenta y seis grados cuarenta y siete minutosEste, lindando en estos tres últimos rumbos con resto del inmueblegeneral de donde se segregó el que se describe inmueble antes descritose encuentra inscrito a favor del señor SALVADOR ORLANDO SAN-TOS MERINO Según antecedente de número SESENTA Y CUATROdel Libro CUATRO MIL CUATROCIENTOS TRES del Registro de LaPropiedad Raíz e Hipotecas de La Primera Sección del Centro.

SE ADMITIRAN POSTURAS LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-TIA. San Salvador, once de diciembre del año dos mil dos. Lic. JULIABUENDIA MENDEZ, JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA. Lic.MAGDALENA BOLAÑOS DE AGUILAR, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 4285-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de Lo Civil, de este DistritoJudicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDONATIVI FUENTES, como Apoderado General Judicial de la señoraFRANCISCA SERVELLON ALVARADO, de sesenta años de edad,Ama de casa, de este domicilio con residencia en el Cantón La Chorrera,solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situadoen el Cantón La Chorrera de la jurisdicción y Distrito de Santa Rosa deLima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de QUI-NIENTOS SETENTA Y UN METROS VEINTlTRES DECIMETROSTREINTA Y SIETE CENTIMETROS CINCUENTA MILIMETROSCUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,diecinueve metros, quince centímetros, camino de por medio con ISAIASLOPEZ; AL NORTE, treinta y un metros treinta y seis centímetros callede por medio con ROSA ELVIRA DIAZ, AL PONIENTE, veinticincometros sesenta centímetros así: once metros cuarenta y dos centímetroscon terreno de ROSALI CRUZ y catorce metros dieciocho centímetroscon terreno de DIMAS MEJIA, cerco de piña de los colindantes, y ALSUR, diecinueve metros setenta centímetros, con terreno de DIMASMEJIA, cerco de alambre del colindante; Contiene construida una casade habitación que mide quince varas de largo por diez varas de ancho,techo de tejas y paredes de ladrillo. Valúa el referido inmueble en lacantidad de VEINTICINCO MIL COLONES, y lo adquirió por compraque le hizo a la señora ROSA ELVIRA DIAZ DE ROSALES, quien esmayor de edad, ama de casa, de este domicilio, el veintiuno de Noviem-bre de dos mil dos. Ante los oficios Notariales del Doctor antes mencio-nado.

Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, a losveintisiete días del mes Enero de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4249-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señoraMARIA LUISA PEREZ VIUDA DE CRUZ, mayor de edad, de oficiosdomésticos de este domicilio, solicitando a su favor título de propiedadde un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Rosario deSan Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, de la capacidadsuperficial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, de las colin-dancias siguientes: al NORTE, linda con inmueble de ROSA ORBELINAGARCIA; al ORIENTE con inmueble de LUIS CORTEZ MARTIR yNOE ROMEO FLORES REALES; al SUR linda con inmueble deMIGUEL ANGEL ORTIZ; y al PONIENTE linda con inmuebles deNICOLAS MARTIR HERNANDEZ y FRANCISCO APARICIO, Ca-lle Gerardo Barrios de por medio. El inmueble antes descrito no essirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia y lo adquirió por compra que hizo al señor LUIS CORTEZMARTIR; lo valúa en la cantidad de QUINCE MIL COLONES.

Los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Miguel Tepezontes, Departamento deLa Paz, a los veinte días del mes de febrero de dos mil tres. LUISALONSO LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARTA ARGELIAMARTIR DE LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 4252-3

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que la señora JUANA GARRIDO VIUDA DE

MARTINEZ, mayor de edad, con Cédula de Identidad Personal número

once- cero seis- cero cero mil setecientos setenta y seis, solicita Título de

Propiedad de un terreno de naturaleza rústico, inculto, situado en el lugar

conocido El Nance, de esta jurisdicción, compuesto de CINCUENTA Y

UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PUNTO CINCO METROS

cuadrados y linda AL NORTE: linda con JOSE FAUSTINO

CALDERON, hoy con SANTOS LOPEZ, en trescientos metros; AL

SUR: linda con PEDRO GARCIA en trescientos metros, callejón de por

medio; AL ORIENTE: linda con BARTOLOME GUARDADO, hoy

con desmovilizados, río San José El Naranjo de por medio, y AL

PONIENTE: linda con JOSE FAUSTINO CALDERON hoy SANTOS

LOPEZ, en ciento sesenta y uno punto veinticinco metros, carezco de

Título de propiedad inscrito, circunstancia que me obliga a presentar esta

solicitud. No es dominante ni sirviente no tiene cargas , ni derechos

reales, ni se encuentra en proindivisión, lo posee por más de diez años

consecutivos, lo estima en la cantidad de SESENTA MIL COLONES y

sus colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Jujutla a nueve de enero del dos mil tres.

ROBERTO VALLEJO, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS HUM-

BERTO HERRERA PORTILLO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4265-3

El infrascrito Alcalde Municipal,

HACE CONSTAR: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por

escrito ERMES PASCUAL HERNANDEZ, mayor de edad, casado,

jornalero, de este domicilio, solicitando a su favor, Título de Propiedad

de un solar urbano, situado en el Barrio El Calvario de esta ciudad, que

linda ORIENTE: MARGARITA MORATAYA, que fue de ANTONIO

COREAS, y solar de EMILIA COREAS, que fue del mismo ANTONIO

COREAS; AL NORTE, ROBERTO MORATAYA, que fue de LUCIO

COREAS; AL PONIENTE; resto con terreno del vendedor; AL SUR;

EDUARDO ROMERO y JUAN RAMOS, que fue ANTONIO CO-

REAS. calle de el cementerio de por medio, este terreno es parte de otro

de mayor extensión y de la misma naturaleza. Tiene la capacidad de MIL

OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CIENTO SESENTA

Y NUEVE CENTIMETROS. No es dominante ni sirviente ni esta en

proindivisión con nadie. Lo estima el interesado en CUATROCIENTOS

COLONES. Lo hubo por compra a ALEJANDRO RAMOS, ya difunto

quien fue mayor de edad, jornalero, del domicilio de Jiquilisco y la

posesión que ejerce sobre él unida a la de su antecesor data más de diez

años consecutivos de manera quieta, pacífica o interrumpidamente. Los

colindantes son todos de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Mercedes Umaña, catorce de febrero del dos

mil tres.- CONCEPCION DE JESUS AGUILAR HERNANDEZ, AL-

CALDE MUNICIPAL. ELBA OLIMPIA RODRIGUEZ, SECRETA-

RIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4300-3

El Infrascrito Alcalde Municipal,

AVISA: que se ha presentado a esta Oficina el Abogado y Notario

MIGUEL ANGEL CRUZ LOPEZ, mayor de edad, de este domicilio,

con Carnet de Abogado Número dos mil trescientos cincuenta y ocho,

en calidad de Apoderado General Judicial de la señora NATIVIDAD

PAZ HERNANDEZ de sesenta y ocho años de edad, ama de casa, con

Documento Unico de Identidad Número cero dos siete uno cuatro cero

nueve nueve, cuatro, y en su carácter, solicita Título de Propiedad de un

inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Carmen de esta

villa, de una extensión Superficial de TRESCIENTOS OCHENTA Y

TRES METROS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRA-

DOS, de las medidas y colindancias siguientes: Norte; treinta y cuatro

metros noventa y cinco centímetros, en tres tiros: PRIMERO quince

metros cincuenta y cinco centímetros, parte de un mojón de carao,

viendo al Oriente, línea recta a llegar a un brotón de madrecacao.

SEGUNDO: cuatro metros cinco centímetros del brotón de madrecacao.

TERCERO Cinco metros treinta y cinco centímetros, del brotón de

madrecacao, viendo al Oriente, recto hasta llegar a otro brotón de

madrecacao, con MARIA UBALDA GUTIERREZ; AL ORIENTE

quince metros ochenta y cinco centímetros, del brotón de madrecacao,

viendo al Sur línea recta a llegar a otro mojón de piedra, calle pública de

por medio, con MAURICIO RODRIGUEZ, AL SUR veintinueve me-

tros treinta y cinco centímetros, del mojón de piedra, viendo al Poniente

recto hasta llegar a un árbol de carao que sirve de mojón, con OSCAR

ESTRADA; y AL PONIENTE; ocho metros, del carao viendo al Norte,

hasta llegar a otro árbol de carao, donde se comenzó la demarcación, con

MARIA CONTRERAS. No tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia que deban respetarse, ni se encuentra en proindivisión con

nadie. Lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES ( $ 8.000.00).

Compra a DANIEL AGUILAR MALDONADO, en Escritura de fecha

ocho de diciembre dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal Villa Agua Caliente, Departamento de Chala-

tenango, doce de febrero dos mil dos. JOSE ARTURO GUILLEN

MALDONADO, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS HUMBERTO

RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4336-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

AVISA: que a esta oficina se presentaron los señores: ARMANDO

MARIN MACHADO PORTILLO, de cuarenta años de edad, agricultor

en pequeño de este domicilio con pasaporte número A-cinco-uno-dos-cinco-uno-uno y MERLIN ISETH VILLACORTA DE MACHADO deveintiséis años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio con

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Documento Unico de Identidad Personal número Cero-uno-tres-cero-cuatro-tres-uno-ocho-cero- Solicitando a su favor TITULO DE PRO-PIEDAD de un solar urbano, situado en el Barrio El Centro de estaciudad, Distrito de Sesori Departamento de San Miguel, de las medidasy linderos siguientes: NORTE :mide treinta y seis metros dieciséiscentímetros y colinda con propiedad de PEDRO MEDRANO calle depor medio SUR: mide treinta y nueve metros cuarenta y seis centímetros,de estos dieciocho metros se colindan con propiedad de LUIS AGUI-LAR, cerco de alambre de por medio propio y veintiuno punto cuarentay seis metros se colinda con propiedad de MERCEDES ARGUETACASTILLO, CERCO de alambre de por medio propio PONIENTE:mide veinticinco metros y se colinda con propiedad de ABDON CRUZcalle de por medio ORIENTE: mide diecisiete metros y se colinda conpropiedad de MARIA RIVAS, CALLE de por medio en donde no hayconstrucciones de ninguna naturaleza y carece de antecedentes escritosen la oficina del Registro de la propiedad Raíz e hipotecas de la PrimeraSección de Oriente. El inmueble descrito lo hube por compra a losseñores ISIDORO MACHADO LEMUS y MARIA VENTURA POR-TILLO de MACHADO y lo evaluó en CINCUENTA MIL COLONESEXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Sesori doce de febrero de dos mil tres. RENEALEXANDER PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL. HERNANRODRIGUEZ CHICAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4299-3

NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, Notario, con OficinaJurídica en la Sexta Avenida Norte, Número Cuatrocientos Uno, de estaciudad,

HACE SABER: que a mi Oficina de Notario, se ha presentado ellicenciado LUIS ALBERTO RIVAS, mayor de edad, Abogado, de estedomicilio, quien es apoderado especial de la señora DEYSI YAMILEHTCUEVA DE MOLINA, mayor de edad, empleada, del domicilio deIntipucá, Departamento de La Unión, solicitando a favor de su poderdante,TITULO DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado enel Cantón Loma Larga, Caserío El Berrinche, del Municipio y Departa-mento de La Unión, de la capacidad superficial de QUINIENTOSCINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de los linderossiguientes: AL NORTE: linda con el señor REINERIO PACHECOCENTENO; AL ORIENTE: linda con la señora PAULA CHEVEZDIAZ AL SUR: linda con los señores JOSE RAMON CHICASSERRANO y JUANA CUEVA DE CHICAS, y AL PONIENTE: lindacon la señora BLANCA OLIMPIA GOMEZ HERNANDEZ, caminovecinal de por medio. Adquirió el inmueble por compra que le hizo alseñor FERMIN CUEVA, en el mes de diciembre del año dos mil dos,quien lo adquirió por compra que le hiciera al señor ATILIO MACHA-DO, y su poderdante, lo estima en la suma de SESENTA MIL COLO-NES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

San Miguel, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

Lic. NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES,NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4200-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se presentó la señora RHINAELVA BENITEZ DE MORAN, solicitando a su favor título de dominiode un solar de naturaleza urbano, situado en los suburbios del Barrio LaCruz, municipio de Corinto, departamento de Morazán, de la capacidadsuperficial de TRES HECTAREAS NOVENTA AREAS CINCUENTACENTIAREAS, que tiene los linderos siguientes: AL NORTE: FRAN-CISCO ZAMORA y MARCELINA ORELLANA, AL ORIENTE:VICTORIA VILLATORO, DELIA MEDRANO y EUSTACIO BLAN-CO; AL SUR. JOSE SANTOS HERNANDEZ y JUAN EUSTACIOBLANCO; AL PONIENTE: JUAN ANTONIO UMAÑA y JOSEGREGORIO CARCAMO. Todos los colindantes son de este domicilio,no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia ni esta en proindivisión con nadie y lo adquirió por compra-venta en foma verbal que le hizo el señor JOSE GUILLERMO MAR-QUEZ CRUZ, y lo estima en la cantidad de CIEN MIL COLONES,dicha posesión ha sido quieta, pacífica, pública e ininterrumpida;

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Corinto a los diecisiete días del mes febrerodel año dos mil tres.- EDGAR ALFONSO MONTOYA MARTINEZ,ALCALDE MUNICIPAL. BLANCA AZUCENA REYES, SECRE-TARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4178-3

AVISO

LA SUSCRITA ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE LASOCIEDAD ASESORIA EMPRESARIAL Y TURISTICA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. que podrá abreviarse"ASEPTUR. S.A. DE C. V."

HACE SABER: que en sesión de Asamblea General Ordinaria deAccionistas celebrada el día cuatro de enero del presente año, en el localde la Sociedad ubicada en Ciudad Merliot, Nueva San Salvador, Depar-tamento de La Libertad, estando reunidos el cien por ciento de losaccionistas de la misma, en donde por unanimidad se acordó lo siguiente:ACTA NUMERO CINCO, PUNTO UNICO DE CARACTER EX-TRAORDINARIO, que literalmente DICE: """ Se acuerda por unanimi-dad aumentar el capital social de la Sociedad en OCHENTA MILCOLONES, es decir, que el nuevo Capital Social, tomando en cuenta elaumento acordado será de CIEN MIL COLONES Y SE MODIFICA LACLAUSULA SEXTA DEL CAPITAL SOCIAL DE LA ESCRITURADE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD, referente a aumentar elcapital social mínimo en OCHENTA MIL COLONES, cantidad quesumada al original el capital mínimo de la sociedad girará con la cantidadde CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CENTAVOSDE DOLAR, de los Estados Unidos de América, y que del aumento delcapital de OCHENTA MIL COLONES, los accionistas han cancelado elseis punto veinticinco por ciento de las acciones, por medio de chequecertificado número CERO TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA-SIETE, del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA y los SE-TENTA Y CINCO MIL COLONES RESTANTES, serán pagaderos enun plazo de cinco años, contados a partir de la publicación de este

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.acuerdo, las acciones correspondientes serán siempre de un valor nomi-nal de CIEN COLONES cada una, por lo tanto la nueva emisión deacciones será de OCHOCIENTOS ACCIONES, lo que hace un valor deOCHENTA MIL COLONES. Se autorizan al Administrador UnicoPropietario para que concurra ante Notario a otorgar la Escritura Públicadel aumento de capital de la Sociedad. Asimismo, a efectuar todas lasdiligencias concernientes al mismo, y hacer las publicaciones que dictala ley.

No habiendo más que hacer constar, se extiende la presente en laciudad de Nueva San Salvador, el día cinco de enero del año dos mil tres.

JANET ROXANA CABRERA DE MARTINEZ,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

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AVISO

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LASOCIEDAD COOPERATIVA DE CAFETALEROS LA LIBERTADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en San Salvador a las doce horas del díaveinticuatro de agosto del año dos mil dos, se llevó a cabo Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria, en la cual se acordó aumentar el capital socialen su parte fija en la suma de CIENTO VEINTE MIL COLONES,mediante la disminución del capital variable y la transferencia del mismoa la parte fija del capital, y que unido al capital social de fundación, sumaCIENTO SETENTA MIL COLONES, y para los efectos legales, seextiende la presente en la Ciudad de San Salvador, los diecinueve días delmes de febrero del año dos mil tres.

GIUSEPPE ANGELUCCI SILVA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 4202-3

AVISO

EL INFRASCRITO DIRECTOR SECRETARIO DE LA JUNTA DI-RECTIVA DEL "BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR,S.A."

CERTIFICA: que en el Libro de actas de Junta General deAccionistas que al efecto lleva la sociedad, aparece el punto númeroUNO, que forma parte de los puntos de carácter extraordinario, conteni-do en acta número CIENTO TRECE de fecha dieciocho de febrero deldos mil tres, que corresponde a la Junta General de Accionistas quetratará puntos de carácter Ordinario y Extraordinario, celebrada a lasdiecisiete horas del día dieciocho de febrero del año dos mil tres, ensegunda convocatoria en las instalaciones del Hotel San Salvador Marriot,situado en Avenida la Revolución, Colonia San Benito, de la ciudad deSan Salvador, y que textualmente se lee:

I- AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

La Junta General Extraordinaria de Accionistas, unánimemente acuer-da: aumentar el capital social, que actualmente es de SESENTA Y UNMILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOLARES delos Estados Unidos de América, equivalente a QUINIENTOS CUA-RENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL COLONES, ASETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MILDOSCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América, equiva-lente a SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEIS-CIENTOS CUARENTA MIL COLONES, por medio de capitalizaciónde reservas voluntarias de capital por valor de DOCE MILLONESTRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DO-LARES de los Estados Unidos de América equivalente a CIENTOOCHO MILLONES CIENTO OCHO MIL COLONES, emitiendo unmillón ochenta y un mil ochenta nuevas acciones con un valor nominalde cien colones cada una, equivalentes a once punto cuatro dos ocho

cinco siete uno dólares de los Estados Unidos de América; con lo cual elnúmero de acciones aumentaría de cinco millones cuatrocientas cincomil cuatrocientas acciones a seis millones cuatrocientos ochenta y seismil cuatrocientos ochenta acciones. Con la capitalización le correspon-derá a los accionistas una acción por cada cinco de las que sean titulares.Las utilidades que capitalizará la sociedad provienen de las reservas decapital del año dos mil uno, todo de conformidad a los registros contablesque lleva el Banco.

El Vicepresidente de la Junta Directiva, Ingeniero SERGIOCATANI PAPINI, informó claramente a los accionistas presentes, lasrazones que justifican el aumento del Capital Social, haciéndoles saberlas ventajas de suscribir nuevas acciones desde el punto de vista econó-mico y de consecución; asimismo les hizo saber las desventajas de nosuscribir las nuevas acciones. Y para los efectos consiguientes seextiende la presente, en la ciudad de San Salvador a los veinte días delmes de febrero del año dos mil tres.

LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJIA,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4261-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

De acuerdo al Art. 178 del Código de Comercio, se hace del conocimien-to público que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de SANANGEL, S.A. DE C.V., celebrada a las nueve horas del día diecinuevede febrero de dos mil tres, se acordó con el voto favorable, que el actualcapital social fijo de TREINTA Y DOS MIL COLONES, se aumente enSESENTA Y OCHO MIL COLONES, cuyo monto será tomado delcapital variable; para que en lo sucesivo el capital social mínimo sea deCIEN MIL COLONES, y así darle cumplimiento al art. 1566 del Códigode Comercio.

San Salvador, veinte de febrero de dos mil tres.

JOSE NAPOLEON GUARDADO PENUT,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 4201-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del díadieciséis del mes y año en curso, se tuvo por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a sudefunción dejó la causante ANA HIBETH MARQUEZ MACHADO,quien falleció a las dos horas del día veintiséis de agosto de milnovecientos noventa y ocho, en el Hospital de Especialidades del SeguroSocial, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señoresMIGUEL ERNESTO IRIAS MARQUEZ, MARCOS MAURICIOORTIZ MARQUEZ y del menor MAURICIO ALEXANDER ORTIZMARQUEZ, este último representado legalmente por su padre SALVA-DOR MAURICIO ORTIZ PLATERO, en sus conceptos los tres prime-ros de hijos de la causante.

Confiérese a los aceptantes en el carácter antes indicado la admi-nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlael menor MAURICIO ALEXANDER ORTIZ MARQUEZ, a través desu representante legal ya dicho señor SALVADOR MAURICIO ORTIZPLATERO. Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herenciaa que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contadosa partir de la última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo civil de Mejicanos, a las once horas ycincuenta minutos del día dieciséis de enero de dos mil tres. Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. YANIRAMAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 5269-3

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO DE MODIFICACION DE PACTO SOCIAL.

El suscrito Secretario de la Sociedad “EMPRESARIOS PROFESIONA-LES , SOCIEDAD ANONIMA”, que se abrevia EMPROFE, S.A.,

HACE SABER: que en Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas, celebrada en el Hotel Holiday Inn, Boulevard SantaElena, Urbanización del mismo nombre, Jurisdicción de Antiguo Cusca-tlán, Departamento de La Libertad, a las catorce horas con cuarentaminutos del día dieciocho de mayo de dos mil dos, se ConocieronAsuntos de Carácter Ordinarios y Extraordinarios. En los Asuntos deCarácter Extraordinarios, en su Punto Primero o Unico, se acordó porunanimidad de votos: a) Aumentar el Capital Social de la Sociedad porCapitalización de utilidades pendientes de distribuir de los años de milnovecientos noventa y siete; de mil novecientos noventa y ocho; de milnovecientos noventa y nueve; dos mil y dos mil uno, utilidades queascienden a SETECIENTOS DOS MIL CIENTO OCHO COLONESCON NOVENTA Y DOS CENTAVOS, equivalentes OCHENTA MILDOSCIENTOS CUARENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA CON DOS CENTAVOS DE DOLAR; b)Transformar el régimen de Capital Social de la Sociedad, de SociedadAnónima a Sociedad Anónima de Capital Variable y se estableció comoCapital mínimo CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MILCUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOSDE DOLAR; c) Se designó a los respectivos Ejecutores Especiales de losacuerdos tomados por la Junta General de Accionistas y a la vez seautorizaron para que concurran ante Notario a otorgar la correspondienteEscritura de Modificación de Pacto Social.

San Salvador diecinueve de febrero de dos mil tres.

Doctor MAURICIO VALLADARES AREVALO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4262-3

AVISO

La infrascrita Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad “FERRE-TERIA LLAVE DE ORO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE”, de este domicilio y de Nacionalidad Salvadoreña,

CERTIFICA: que en el Libro de Juntas Generales de Accionistasque lleva la sociedad, se encuentra el ACTA NUMERO CUATRO, quecontiene la sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas, cele-brada en esta ciudad, a las ocho horas del día dos de enero del dos mil tres,en la cual estuvieron reunidos todos los socios y representadas todas lasacciones, conforme al Art. 233 del Código de Comercio, quienes porunanimidad llegaron al acuerdo siguiente: aumentar en Capital mínimoy de fundación actual de veintiún mil colones a la cantidad de cien milcolones, mediante la capitalización de utilidades no repartidas de ejerci-cios anteriores, así: del ejercicio de mil novecientos noventa y doscompletamente la cantidad de diez mil ochenta y seis colones sesenta yun centavos: del ejercicio de mil novecientos noventa y tres, completa-mente la cantidad de ocho mil quinientos diez colones treinta y ochocentavos; del ejercicio del año de mil novecientos noventa y cuatrocompletamente la cantidad de doce mil ciento sesenta y cinco colonesochenta y tres centavos; del ejercicio del año de mil novecientos noventay cinco completamente la cantidad de veintiocho mil ciento ocho colones

sesenta y nueve centavos, y del ejercicio de mil novecientos noventa yseis parcialmente la cantidad de veinte mil ciento dieciocho colonestreinta y nueve centavos. La capitalización de las utilidades hacen el totalde sesenta y nueve mil colones en que se aumentará el capital socialmínimo actual, y queda suscrito totalmente pagado por los accionistas enun cincuenta por ciento para cada uno, y por consiguiente hacen un totalpara cada quien de trescientas noventa y cinco acciones; en consecuen-cia, sumadas las actuales suscritas de ciento cinco acciones más lassuscritas y pagadas por la capitalización de utilidades, cada accionistatendrá el capital mínimo de cien colones, quinientas acciones que hacenpara cada quien cincuenta mil colones. Se autoriza al RepresentanteLegal de la sociedad para otorgar la Escritura de Modificación del PactoSocial.

ELBA MARINA MURCIA DE CISNEROS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4267-3

AVISO

El infrascriro Director Secretario de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad BELCO, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta número treintaque corresponde a la Junta General Extraordinaria de Accionistas cele-brada el veinticinco de febrero de dos mil dos, en la cual se tomó elacuerdo que literalmente dice: “ACUERDO UNICO DE CARACTEREXTRAORDINARIO: se acuerda aumentar el Capital Social mínimo dela sociedad, que actualmente es de VEINTE MIL COLONES, a la sumade CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS COLONES, representa-do y dividido en Ciento Veintidós punto cinco acciones comunes ynominativas de mil colones cada una. Dicho aumento se realizará a partirdel capital social que actualmente es de DOS MILLONES TRESCIEN-TOS SETENTA Y SIETE MIL COLONES. Se nombra como ejecutorespecial de dicho acuerdo a la señora ANA CORALIA EUGENIAALVAREZ DE ZABLAH.”

San Salvador, a los doce días del mes de febrero de dos mil tres.

RAUL ALVAREZ BELISMELIS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4284-3

AVISO

El infrascrito Director Secretario de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad TRAPICHE S.A. DE C.V.;

CERTIFICA: que en el libro de actas de la Junta General deAccionistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta númeroDiecisiete que corresponde a la Junta General Extraordinaria de Accio-nistas celebrada el seis de febrero de dos mil tres, en la cual se tomó elacuerdo que literalmente dice: “ACUERDO UNICO DE CARACTER

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

EXTRAORDINARIO: se acuerda aumentar el capital social mínimo dela sociedad, que actualmente es de VEINTE MIL COLONES, a la sumade CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS COLONES, representa-do y divido en Ciento Veintidós Mil Quinientas Acciones comunes ynominativas de cien colones cada una. Dicho aumento se realizará apartir de capital social que actualmente es de CUATROCIENTOSSESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS COLONES. Se nombracomo ejecutor especial de dicho acuerdo al Ingeniero JOSE GUSTAVOBELISMELIS VIDES.”

San Salvador, a los doce días del mes de febrero de dos mil tres.

RAUL ALVAREZ BELISMELIS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4286-3

AVISO

Por este medio se hace constar que en el libro de Actas de Junta Generalde la Sociedad Molina Bianchi y Asociados S.A. de C.V. se encuentra asentada la número trece de fecha 4 de febrero de dos mil tres en sunumeral 2, la cual dice textualmente“se acordó incrementar el capitalfijo, que actualmente es de 20,000 colones, equivalentes a US$2,285.71,a la cantidad de 100,000 colones equivalentes a US$11,428.57 tomandola cantidad de 80,000 colones, que equivalen a US$, 9,142.86, de la partevariable del capital de la sociedad que actualmente es de 2,780,000colones, equivalentes a US$ 317,714.29.”

Se extiende la presente en San Salvador a los 19 días del mes defebrero de dos mil tres.

JAIME ERNESTO MOLINA LOPEZ.

PRESIDENTE.

Molina Bianchi & Asociados, S.A. de C.V.

3 v. alt.No. 4297-3

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de laSOCIEDAD R.A.V., S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de AccionistasActa Número ONCE de la Sociedad R.A.V., S.A. DE C.V., que secelebró en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintinue-ve de enero de dos mil tres, consta que en su PUNTO TERCERO, seacordó aumentar el CAPITAL SOCIAL MINIMO a la suma de cien milcolones exactos (¢ 100,000.00). Asimismo se nombró como ejecutorespecial al señor RAFAEL ANTONIO AGUILAR SANTOS, para quese presenta ante Notario a formalizar la Escritura Pública respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a losveintinueve días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. RAFAEL ANTONIO VASQUEZ,

SECRETARIO.

R.A.V., S.A DE C.V.

3 v. alt. No. 4315-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD FADENIS,S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de AccionistasNúmero SIETE de la Sociedad FADENIS, S.A. DE C.V. que se celebróen la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día treinta de enerode dos mil tres, consta que en su PUNTO SEGUNDO se acordóaumentar el Capital Social Mínimo a la suma de cien mil colones exactos(¢100,000.00). Asimismo se nombró como Ejecutor Especial al señorFAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, para que se presente anteNotario a formalizar la Escritura Pública respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a los docedías del mes febrero de dos mil tres.

ICLEA DENISE MELGAR DE VERGARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4314-3

AVISO

Los suscritos Presidente y Secretario Interino de la Junta Directiva de“MANUFACTURA DEL RIO, S.A. DE C.V., en cumplimiento delartículo 30 del Código de Comercio, por este medio avisa que en la JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la mencionada Sociedad,celebrada el día diecisiete del presente mes, por unanimidad de cien porciento de los accionistas, se ACORDO aumentar el capital mínimo encuatrocientos mil colones, por lo que en adelante girará con la cantidadde CUATROCIENTOS VEINTE MIL COLONES.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos legalesconsiguientes.

San Salvador, dieciocho de febrero del 2003.

JOSE ALFONSO HERNANDEZ ARCE,

PRESIDENTE.

ROBERTO BENJAMIN BEQUILLARD,

SECRETARIO INTERINO,

3 v. alt. No. 4353-3

CONVOCATORIA

El Representante Legal de “FABRIBLOCK DOS MIL DIEZ, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, convoca a los accionis-tas de la Sociedad a celebrar JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS, que se realizará en las oficinas de la Sociedad

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ubicadas en Carretera El Litoral, Kilómetro Ciento Ochenta y Uno, unCuarto Hacienda El Melonal, Conchagua, La Unión, a partir de las nuevehoras del día treinta de marzo de dos mil tres, en la que se conocerá yresolverá la siguiente agenda:

AGENDA

1.- Verificación de Quórum.

2.- Lectura del Acta Anterior.

3.- Modificación al Pacto Social.

4.- Nombramiento del Ejecutor Especial.

Para que haya quórum y poder conocer de los asuntos contenidosen la Agenda en Primera Convocatoria, será necesario que estén presen-tes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de todas lasAcciones de la Sociedad y tomar resolución se necesitará igual propor-ción.-

En caso de no haber quórum en primera Convocatoria se convocapor segunda vez para el día treinta y uno de marzo de dos mil tres a lasdiez horas, en el mismo lugar, ésta se instalará con la mitad más una delas acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomaráncon el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes orepresentadas.

San Salvador, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil tres.

AGUSTIN MELENDEZ SANCHEZ,

REPRESENTANTE LEGAL

FABRIBLOK DOS MIL DIEZ, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 4352-3

AVISO

La Sociedad “ASOCIACION DE PROFESIONALES EN TECNOLO-GIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que seabrevia como APTESA, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64del Código de Comercio,

AVISA: que en el Punto Número Cinco de la Sesión de JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada a lasdieciséis horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil dos, seACORDO la DISOLUCION Y LIQUIDACION de la sociedad, encumplimiento a lo dispuesto en el numeral II del artículo 187 del Códigode Comercio.

Este acuerdo se publicará para los efectos de ley.

San Salvador a los veintiún días del mes de febrero del dos mil tres.

Ing. MANUEL ANTONIO CAÑAS LAZO,

DIRECTOR - SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA

ASOCIACION DE PROFESIONALES EN TECNOLOGIA,

S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 4345-3

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetalerosde San José de La Majada de Responsabilidad Limitada, convoca a susasociados para que asistan personalmente a la Asamblea General Ordi-naria que se celebrará en el Salón de Sesiones de su sede, a las ocho horasdel domingo treinta de marzo de dos mil tres. El quórum para la AsambleaGeneral Ordinaria se formará con la concurrencia de doscientos ochentay un asociados de un total de quinientos sesenta y uno inscritos a la fecha.

Establecido el quórum, la Asamblea General Ordinaria resolverá losiguiente:

1. Designación de tres Asambleístas que firmarán el Acta deAsamblea General, juntamente con el Presidente y Secretariodel Consejo de Administración.

2. Reconocimiento a los socios que cumplan 25 años de perte-necer a la Cooperativa.

3. Presentación de la Memoria de Labores e Informes de losOrganismos Directivos correspondientes al Ejercicio com-prendido de 01 de enero a 31 de diciembre de 2002; EstadosFinancieros correspondientes al mismo período y del informede Auditores Externos, a fin de aprobar o desaprobar los dosprimeros, y adoptar las medidas que considere oportunas.

4. Presentación del proyecto para la aplicación de los resultadosdel ejercicio, según lo establecido en la Escritura Social.

5. Elección de los miembros propietarios y suplentes para elConsejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comitéde Crédito, que sustituirán a los socios que finalizan superíodo.

6. Nombramiento del Auditor Externo, el suplente y la asigna-ción de sus Honorarios para el ejercicio económico 2003.

7. Autorizar al Consejo de Administración para obtener Crédi-tos de Instituciones Financieras y/o Comerciales, Nacionalesy Extranjeras para los destinos siguientes:

a) Crédito para financiar a los cooperados las labores agrícolas,fertilización y recolección de la cosecha 2004/2005 y elproceso industrial de la misma.

b) Créditos prendarios para refinanciar el capital más los intere-ses de los créditos 2003/2004 a la fecha de vencimiento deéstos.

c) Créditos con garantía personal y/o hipotecaria para refinanciarcualquier otra actividad industrial, agrícola, comercial, osocial.

8. Analizar la responsabilidad e incumplimiento de Asociadosy autorizar la exclusión de los que el consejo de administra-ción haya suspendido temporalmente en sus derechos, porhaber infringido las Cláusulas del Pacto Social.

9. Acordar la tasa de interés de los Certificados de Inversión aemitirse en el ejercicio 2003.

10. Varios. Cualquier otro asunto de carácter informativo que norequiera de la resolución de la Asamblea General compren-dido en la Escritura Social.

En caso de que por falta de quórum no pudiese celebrarse laAsamblea General, a la fecha señalada, se convoca por segunda vez a losasociados para que asistan a las ocho de la mañana del 31 de marzo deldos mil tres, la cual se constituirá válidamente siempre que el número delos que concurran no sea inferior de diez.

Las resoluciones y acuerdos serán de obligatorio cumplimientocuando sean adoptados por la mayoría de votos requeridos por laescritura social.

San José de La Majada, 19 de febrero de 2003.

CARLOS ERNESTO GUERRERO LARA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4218-3

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la SociedadBLANQUEADORES Y DESINFECTANTES, S.A. DE. C.V., de con-formidad con su pacto social, por este medio CONVOCA, a sus accio-nistas para que concurran a Celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIAY EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, el día veintiocho de abrildel año dos mis tres, a las nueve horas, en sus oficinas en Colonia SanAntonio y Avenida Las Delicias, número 4-B, de la Ciudad de Soyapan-go, con el objeto de conocer y resolver la siguiente Agenda:

1) Verificación del Quórum.

2) Aprobación de la Agenda.

3) Lectura del Acta anterior

4) Presentación y Resolución sobre la Memoria de Labores dela Junta Directiva y de los Estados Financieros del Ejercicio2002.

5) Dictamen e informe del Auditor Externo.

6) Nombramiento del Auditor Externo y sus emolumentos.

7) Varios.

El Quórum necesario para celebrar esta Junta es de catorce mil cientonoventa acciones que representan la mitad más de una de las veintiochomil trescientos setenta y ocho acciones que forman el cien por ciento delCapital Social.

En caso de no haber Quórum es la fecha y hora señalada se convoca porsegunda vez para las nueve horas del día veintinueve de abril del dos miltres, en el mismo lugar y se celebrará la Junta con cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas y se tomarán resolucionespor mayoría.

Soyapango, 17 de febrero del 2003

MARIA ESTELA MORENO DE VELASQUEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4251-3

La Suscrita Administradora Unica de la Sociedad “YOLANDADESIREE, S.A. DE C.V.”,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Juntas Generales queal efecto lleva la Sociedad se encuentra Asentada el Acta, Número132 de la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebra a lasdiecisiete horas del día dieciocho de noviembre del año en cursocuyo punto único literalmente DICE: PUNTO UNICO: Fusión de laSociedad “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”, con la Sociedad“A 'MAR, S.A. DE C.V.”. La Junta General después de conocer lasgestiones que el representante de “A 'MAR, S.A. DE C.V.” hace,promoviendo la fusión de las dos Sociedades, tomando en cuenta losvínculos que existen entre ambas, por unanimidad acuerda: a) Lafusión por absorción con la Sociedad “A 'MAR, S.A. DE C.V.”, enla que “YOLANDA, DESIREE, S.A. DE C.V.”, será la incorporanteo absorbente; b) Que como consecuencia de esta fusión “YOLANDADESIREE, S.A DE C.V.”, asumirá todos los activos y pasivos, asícomo los derechos y obligaciones de “A 'MAR, S.A. DE C.V.”. Y senombra como Auditor Fiscal a la Compañía AREVALO ALLEN YASOCIADOS, con Registro Profesional Número Dos Mil CuatrocientosCuatro.-

Y, para los usos legales correspondientes extiendo la presente en laCiudad de Mejicanos el día veinte de noviembre del año dos mil dos.

MARIA MARGOTH SACA DE SACA,

ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA.

3 v. alt. No. 4224-3

La Suscrita Administradora Unica de la Sociedad “A 'MAR, S.A. DEC.V.”,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Juntas Generales que enefecto lleva la Sociedad se encuentra, Asentada el Acta Número 29 dela Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada a las diecisietehoras del día quince de noviembre del año en curso cuyo punto únicoliteralmente DICE: PUNTO UNICO: Fusión de la Sociedad “A 'MAR,S.A DE C.V.”, con la Sociedad “YO LANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”.La Junta General después de las consideraciones del caso acuerda porunanimidad: que se hagan las gestiones pertinentes ante la Sociedad “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”, al respecto, y en caso positivo quese completen los tramites de la Ley para llevar a cabo la fusión de las dosSociedades; fusión en la que “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”,asumirá todos los activos y pasivos y los derechos y obligaciones de laSociedad “A 'MAR, S. A DE C. V.”.

Y, para los usos legales correspondientes extiendo la presente el díaveinte de noviembre del año dos mil dos.

MARIA MARGOTH SACA DE SACA,

ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA.

3 v. alt. No. 4225-3

ASIENTO DE EMPRESAS- 2002037322

ESTABLECIMIENTO 2002037322- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER.: que a esta oficina se ha presentado CHOUSSYRUSCONI MAURICE en su calidad de Representante Legal de laSociedad FITCH CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA quepuede abreviarse FITCH CENTROAMERICA, S.A. de nacionalidadSALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escriturasocial está inscrita bajo el número 49 del libro 1674 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 9642-180701-101-5, ha presentado solicitud a las quincehoras y cuarenta y ocho minutos del día siete de mayo de dos mil dos. Conla cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002037322 y Estable-cimiento No. 2002037322-001; a favor de la Empresa denominadaFITCH CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, la cual se dedi-ca a CALIFICADORA DE RIESGOS, con dirección en EDIFICIOPLAZA CRISTAL LOCAL 2-4, 79 AVENIDA SUR Y CALLE CUS-CATLAN COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR,cuyo activo asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUA-RENTA Y DOS DOLARES CON 86/100 $ 57,142.86 y que tiene el(los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) FITCH CENTROAMERICA,S.A., ubicado en EDIFICIO PLAZA CRISTAL LOCAL 2-4, 79 AVE-NIDA SUR Y CALLE CUSCATLAN COLONIA ESCALON, deldomicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diez de febrero de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 4309-3

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ASIENTO DE EMPRESA 2002012348

ESTABLECIMIENTO 2002012348- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MAU-RICIO SANTAMARIA ROJAS, en su calidad de Representante Legalde la sociedad MACLALO, SOCIEDAD ANONIMA que puede abre-viarse MACLO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domiciliode SAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número4 del libro 498 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-050386-001-5, ha presentadosolicitud a las trece horas y cincuenta y un minutos del día cuatro de abrilde dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.2002012348 y Establecimiento No. 2002012348- 001; a favor de laEmpresa denominada MACLALO, SOCIEDAD ANONIMA, la cual sededica a DESARROLLO DE BIENES INMUEBLES, con dirección enBOULEVARD ORDEN DE MALTA CALLE EL BOQUERON EDI-FICIO EUROSALVADOREÑA, URBANIZACION SANTA ELENAANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a UN MILLON TRES-CIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTAY DOS COLONES CON 35/100 ¢ 1,342,462.35 y que tiene el (los)establecimiento (s) siguiente(s): 001-) MACLALO, S.A. ubicado enBOULEVARD ORDEN DE MALTA CALLE EL BOQUERON EDI-FICIO EUROSALVADOREÑA, URBANIZACION SANTA ELENA,del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, trece de febrero de dos mil tres,

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 4322-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002037176

ESTABLECIMIENTO 2002037176- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado TOBARHENRIQUEZ PABLO ARNULFO en su calidad de RepresentanteLegal de la sociedad TRANSPORTES SANTA MARTA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse T S M,S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 21 dellibro 1691 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-270102-101-1, ha presenta-do solicitud a las diez horas y treinta y un minutos del día quince de abrilde dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No2002037176 y Establecimiento No. 2002037176- 001; a favor de laEmpresa denominada TRANSPORTES SANTA MARTA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica aTRANSPORTE DE PASAJEROS, con dirección en AVENIDA YCOLONIA SANTA MARTA POLIGONO 1#8, del domicilio de SANSALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL COLONES ( ¢100.000.00) y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-)T.S.M. S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA Y COL. SANTA MARTAPOLIGONO 1 # 8, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, quince de abril de dos mil dos.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR*MEM.

3 v. alt. No. 4318-3

No. de Expediente: 2002023757

No. de Presentación: 20020023757

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ELMERMAURICIO CARRANZA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: la palabra SECURI separada por un guión repre-sentado por un rayo de la sílaba CAR, la letra R mayúscula de mayortamaño dimensión y de diferente tipo, yendo a 58 grados de inclinaciónmontada sobre esta el vértice derecho inferior de la letra A, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A LA COMPRA Y VENTA DE ACCESORIOS PARAVEHICULOS AUTOMOTORES Y TELEFONOS CELULARES, UBI-CADA EN CALLE SAN ANTONIO ABAD Y BOULEVARD CONS-TITUCION, EDIFICIO SANTA ROSA, LOCAL 2-A, SAN SALVA-DOR.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4277-3

Distintivo: AMOXIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 012000006127

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELANTONIO BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO de

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

DROGUERIA PENTA MED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DEFABRICA,

AMOXIN

Consistente en: la palabra AMOXIN.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiocho días del mes de agosto de dos mil.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4193-3

No. de Exp.: 2002022646

No. de Pres.: 20020022646

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PEDROEDGARDO GOMEZ COLINDRES, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GOMEZCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: GOMEZCO, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro del NOMBRECOMERCIAL,

Consistente en: las palabras “Decoraciones Paraíso” y diseño, queservirá para: UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA PRESTA-CION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE INSTALACION DEFUENTES Y CASCADAS, UBICADO EN JARDINES DEMIRAMONTE, CALLE SISIMILES, AVENIDA A CASA NUMERO19, ENTRE BOULEVARD CONSTITUCION Y AVENIDA BERNAL,SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4208-3

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION SALVADOREÑADE INDUSTRIALES (ASI)

De conformidad a lo establecido en los Artículos l8, 21, 22 y 23 de susEstatutos, CONVOCA a sus Asociados a la SEXAGESIMA PRIMERAJUNTA GENERAL ORDINARIA, que se verificará a las diecisietehoras del Jueves veintisiete de marzo del año dos mil tres, en elAuditórium de su edificio situado en la Calle Roma y Liverpool, ColoniaRoma, de esta ciudad para conocer y resolver la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento del quórum y apertura de la sesión.

2. Lectura, aprobación o improbación del Acta de la Sexagési-ma Junta General Ordinaria de Asociadas celebrada el 21 demarzo del año 2002.

3. Informe del Presidente y Memoria de Labores, correspon-diente al año 2002-2003.

4. Informe del Tesorero sobre el estado económico de la Asocia-ción.

5. Estados Financieros de la Asociación, correspondientes alaño 2002 e Informe del Auditor.

6. Elección del Auditor Externo y fijación de sus honorarios.

7. Entrega de reconocimientos a Familia Jokisch y FuentesCastellanos.

8. Elección de la Junta Directiva para el período 2003-2004.

9. Entrega de Premio ASI 2003.

En caso de no haber quórum a la hora señalada, dicha Junta GeneralOrdinaria se efectuará en el mismo lugar, a las dieciocho horas de esemismo día, con el número de Asociados que concurran.

San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

NAPOLEON GUERRERO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4685-3

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIALa Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Ignacio, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-plimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente deacuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantesde Acciones y demás socios de la misma para celebrar Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las diez de lamañana en adelante del día domingo veintitrés de marzo del año dos miltres, en el Auditórium de la misma, en tercera convocatoria.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA1- Integración de Quórum.2- Reclasificación del saldo de la Cuenta de Reserva para la

Educación Cooperativa.3- Modificación del Pacto Social, específicamente, en el incre-

mento del Capital Social Mínimo.

FRANCISCO GUILLERMO ERAZO,PRESIDENTE.

Prof. MARIA ELENA OCHOA DE VASQUEZ,SECRETARIA.

Ing. PABLO POSADA POSADA,TESORERO.

3 v. alt. No. 4528-3

CARLOS ANTONIO TORRES, Notario, de este domicilio, con Oficinaen Segunda Calle Oriente, Barrio San Antonio Chalatenango, al públicopara los efectos legales,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor:GONZALO LEMUS CRUZ, de sesenta años de edad, Agricultor, deldomicilio de La Reina en este departamento, solicitando se le extiendaTITULO SUPLETORIO de dos inmuebles de naturaleza rústica, situa-dos en Caserío Chancabrito Cantón El Tigre, La Reina en este departa-mento, EL PRIMERO de una extensión superficial de QUINCE MILOCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y SIETEMETROS CUADRADOS, mide y linda: AL ORIENTE: veintiún me-tros, colinda con BENITO VALLE, calle de por medio; AL NORTE:doscientos noventa y ocho metros, colinda con NOE ERAZO OCHOA,callejón de por medio; AL PONIENTE: sesenta y nueve metros cincuen-ta centímetros, colinda con DANIEL POSADA REYES, Río Telquezalapade por medio; y AL SUR: en línea quebrada mide trescientos treinta y tresmetros ochenta centímetros, linda con terrenos de MIGUEL ANTONIORODRIGUEZ y RICARPO CRUZ.- EL SEGUNDO de una extensiónsuperficial de OCHO MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS,mide y linda: AL, ORIENTE: con GONZALO LEMUS, cerco dealambre propio de los colindantes ARMANDO PLEITEZ, ADANVALLE y ROBERTO MANCIA, calle de por medio; AL NORTE: endos tiros colinda con JOSE EMETERIO CRUZ, PAULA DE PORTI-LLO, dividido por cerco de piña y alambre propio del inmueble que sedescribe; AL PONIENTE: con PAULA DE PORTILLO, cerco de piñapropio de la colindante; y AL SUR: en dos tiros colinda con GONZALOLEMUS y PAULA DE CASTILLO, con calle real de por medio propiodel inmueble que se describe, hasta llegar a donde se comenzo. Losinmuebles descritos los valúa en DIEZ MIL COLONES, no sonsirvientes ni dominantes, no tienen carga o derecho real, y los posee enforma quieta, pacífica, ininterrumpida y de buena fe, por compra hechael primero al señor JOSE ABELINO CRUZ LANDAVERDE y elsegundo a GILBERTO HENRIQUEZ.

Lo que se avisa al público para efectos de ley.Chalatenango, once de febrero del dos mil tres.

Lic. CARLOS ANTONIO TORRES,NOTARIO.

3 v. alt. No. 4678-3

Certificación de Acta de Junta General Extraordinaria.

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad “Alpha Ingenieros, S.A. de C.V.”,

CERTIFICA: que en Acta Nº 2 de 12 horas del día 31 de diciembrede 2002, por unanimidad de votos se acordó: aumentar el Capital Fijo dela Sociedad por emisión de nuevas acciones en $9,257.14, con lo cual elnuevo capital fijo de la Sociedad será de: $11,542.86.

San Salvador, tres de enero de dos mil tres.

YANETT DEL CARMEN POSADA DE CONTRERAS,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

3 v. alt. No. 5376-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “PARQUE JARDIN LAS ROSAS DESAN SALVADOR, S.A. DE C.V.”, del domicilio de la ciudad deAntiguo Cuscatlán, convoca a sus Accionistas para que concurran a laJUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en primeraconvocatoria, que se celebrará a las OCHO HORAS del día 24 de marzodel año dos mil tres, en nuestras instalaciones ubicadas en Final Boule-vard Orden de Malta Sur, Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán,La Libertad según lo acordado por la Junta Directiva de la Sociedad, ensesión celebrada el día 03 del presente mes y año.

AGENDA A TRATAR.

1. Establecimiento y Verificación del Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3. Presentación y Aprobación de la memoria de labores de laJunta Directiva.

4. Presentación y Aprobación de los Estados Financieros delEjercicio 2002.

5. Informes del Auditor Externo del ejercicio del 1º de enero al31 de diciembre de 2002.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo, propietario y Suplente;y Fijación de sus Emolumentos.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal, Propietario y Suplente; yFijación de sus Emolumentos.

9. Elección de Junta Directiva.

10. Autorización a la Administración de la Sociedad, referente alArt. 275 Ord. IV del Código de Comercio.

El quórum necesario para que la Junta General Ordinaria seconsidere legalmente constituida, en la primera fecha de la convocatoria,será de la mitad más una de las acciones y las resoluciones serán válidascuando se tomen por la mayoría de los votos presentes.

En caso de no haber quórum, se convoca por segunda vez, para eldía 25 de marzo del presente año, a la misma hora y el mismo lugar.

La Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituidaen la segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de Accionespresentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por la mayoríade los votos presentes.

San Salvador, 03 de marzo de 2003.

MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 5406-3

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “SERVIDEL, S.A. DE C.V.”,convoca a los Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, a las nueve horas con treinta minutos del díaveinticuatro de marzo de dos mil tres, en las oficinas de la Sociedad,situadas en 4a. Calle Oriente entre 9a. Y 11a. Avenida Norte No 25, SantaAna, para conocer y resolver sobre los asuntos siguientes:

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

1ro.) Confirmación de Quórum y Lista de Accionistas.

2do.) Lectura del Acta Anterior.

3ro.) Lectura y Aprobación de memoria de Junta Directiva.

4to.) Informe del Auditor.

5to.) Aprobación de los Estados Financieros del Ejercicio 2002.

6to.) Nombramiento del Auditor y sus emolumentos.

7mo.) Aplicación de Resultados.

8vo.) Cualquier asunto que de acuerdo a la ley se pueda conocer yresolver en esta Junta General Ordinaria de Accionistas.

Para celebrar esta Junta General Ordinaria debe estar presente orepresentada, por lo menos la mitad más una de las Acciones quecomponen el Capital Social, o sea, ochocientas treinta y tres (833)Acciones. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresados,se cita por segunda vez, para las diez horas del día veinticinco de marzodel mismo año, siempre en las oficinas de la Sociedad. En este caso secelebrará la Junta General Ordinaria de Accionistas con cualquiera quesea el número de Acciones presentes o representadas.

Santa Ana, 26 de febrero de 2003

ALFREDO DE JESUS MARTEL,

Director Secretario.

3 v. alt. No. 4932-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de ARGUETA, S.A. DE C.V. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las doce y treinta horas del día veinticinco marzodel corriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda;

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VI. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4964-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS, S. A.convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinariade Accionistas que se llevará a cabo a las nueve y treinta horas del díaveinticinco de marzo del corriente año, en las oficinas de la sociedad,situadas en el Kilómetro cuatro de la Alameda Dr. Manuel EnriqueAraujo, de esta ciudad conforme la siguiente agenda:

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 14 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4970-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de CANAL DOS, S.A. DE C.V. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las once horas del día veinticinco de marzo delcorriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002 y Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delCódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

San Salvador, 26 de febrero del 2003

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4968-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de CIRCUITO Y.S.R., S.A. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las diez horas del día veinticinco de marzo delcorriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002 y Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4967-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de ALQUILERES E INVERSIONES, S.A. deC.V. convoca a los señores accionistas para celebrar Junta GeneralOrdinaria de Accionistas que se llevará a cabo a las doce horas del díaveinticinco de marzo del corriente año, en las oficinas de la sociedad,situadas en el kilómetro cuatro de la Alameda Dr. Manuel EnriqueAraujo, de esta ciudad conforme la siguiente agenda:

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4965-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de Chalatenango,Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,en cumplimiento a los Artículos 224, 228, 229 Y 230 del Código deComercio vigente, y de acuerdo a la atribución que le confiere el Artículo15 y 17 de su Escritura de Constitución, CONVOCA a los Representan-tes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas a partir de las diez horas del día veintitrésde marzo del año 2003, en el Auditorium de la Caja, en PRIMERACONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum legal correspon-diente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día treintadel mismo mes y año, a la hora y en el local antes anotados.

Dicha Junta General Extraordinaria se constituirá con las formali-dades que establece la Escritura de Constitución ya citada y el Código deComercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene laAgenda.

AGENDA

1. Integración del quórum.

2. Modificación del Pacto Social, específicamente en el incre-mento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integraráconforme a los artículos 242 y 243 del Código de Comercio vigente.

Chalatenango a veintisiete días del mes de febrero del año dos miltres.

PEDRO SALES LANDAVERDE,PRESIDENTE.

JOSE FAUSTINO MENJIVAR,SECRETARIO.

JOSE FRANCISCO LOPEZ Z.,TESORERO.

3 v. alt. No. 4995-3

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Marzo de 2003.AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 192 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación INVERSIONES MONTELIMAR, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia "MONTELIMAR,S.A. DE C.V.",

HACE SABER: que según escritura pública de Protocolización deJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedadmencionada, celebrada por la Junta General ordinaria y extraordinariade Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad, de las ocho horastreinta minutos del día diecisiete del presente mes y año, por unanimidadde votos, de acciones que comprenden el Capital Social, en puntos decarácter Extraordinario, se acordó en el ordinal segundo: Aumentar elCapital Social Mínimo de VEINTE MIL COLONES a CIEN MILCOLONES, de acuerdo a lo que establece el Artículo ciento noventa ydos Romano I del Código de Comercio, por compensación de créditosque se tiene a cargo de la Sociedad y a favor de los Accionistas, se lesdesignarán las acciones correspondientes, todo previa publicaciones deLey.

San Salvador, 17 de febrero de 2003.

MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE.

PRESIDENTE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

INVERSIONES MONTELIMAR, SA. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 5264-3

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónMARITERE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,que se abrevia MARITERE, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las diez horas del día treinta de septiembre del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en un cien porciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO UNO. Se acuerda porunanimidad de los presentes, aumentar el Capital Social Fijo, para darlecumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano I del Código deComercio, toda previa publicación de Ley, el aumento se hará enOCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES ESTADOUNIDENCES, au-mento que se hará trasladando del Capital Variable dicha cantidad, paraque con el aumento quede un Capital Social Mínimo de CIEN MILCOLONES o su equivalente de ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES.

Usulután, 28 de febrero de 2003.

SANDRA MARICELA ALVAREZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5262-3

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación CORPORACION PRIMAVERA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CORVERA , S.A. DEC.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,de las diecinueve horas del día treinta de septiembre del año dos mil dos,por unanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden elCapital Social, las cuales estuvieron presentes y representadas en dichasesión en un cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros:PUNTO TRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentarel Capital Social Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo1566 Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley,el aumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ES-TADOUNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes delos Accionistas, para que con el aumento quede un Capital SocialMínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estado-unidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.

RAUL M. RODRIGUEZ,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5257-3

AVISOEn cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónVASQUEZ PORTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, que se abrevia VASPORT, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las catorce horas del día treinta y uno de julio del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un cien por ciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO UNO. Seacuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el Capital Social Fijo,para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano I delCódigo de Comercio, toda previa publicación de Ley, el aumento se haráen OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES, au-mento que se hará por la capitalización de utilidades acumuladas,equivalentes a ¢80,000.00 para que con el aumento quede un CapitalSocial Mínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en ONCEMIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTA-DOUNIDENSES.

San Miguel, 28 de febrero de 2003.NELSON BALMORY VASQUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.3 v. alt. Nº. 5261-3

AVISOEn cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del Domicilo de esta ciudad, que gira bajo ladenominación HERMANOS RODRIGUEZ ANGULO, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia RODANH,S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,de las dieciocho horas del día diez de junio del año dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesión enun cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros: PUNTOTRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el CapitalSocial Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 1566Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley, elaumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUE-VE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADO-UNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes de losAccionistas, para que con el aumento quede un Capital Social Mínimo deCIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estadounidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.

RAUL M. RODRIGUEZ,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5260-3

AVISOEn cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación DON BETO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia DON BETO , S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,de las diecisiete horas del día diez de junio del año dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros:PUNTO TRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentarel Capital Social Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo1566 Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley,

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

el aumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ES-TADOUNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes delos Accionistas, para que con el aumento quede un Capital SocialMínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estado-unidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.RAUL M. RODRIGUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.3 v. alt. Nº. 5259-3

AVISOEn cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónCOMPUTADORAS Y SUPPLIES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, que se abrevia COMPUTADORAS Y SUPPLIES,S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las ocho horas del día treinta y uno de octubre del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un ciento por ciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO TRES.Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el Capital SocialFijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano Idel Código de Comercio, toda previa publicación de Ley, el aumento sehará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MILCUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES,aumento que se hará a través de nuevas aportaciones de los Accionistas,para que el aumento quede un Capital Social Mínimo de CIEN MILCOLONES o su equivalente en ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES.

San Salvador, 28 de febrero de 2003.

Lic. JOSE ANTONIO PARADA BARRERA,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5306-3

CONVOCATORIALa Junta Directiva de la Cooperativa de Joyeros y Relojeros de ElSalvador, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capi-tal Variable, en cumplimiento a los artículos 223,224 y 228 del Códigode Comercio vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución,convoca a los representantes de Acciones y demás socios de la misma,para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará apartir de las nueve horas del día veintitrés de marzo de dos mil tres, en ellocal de la Cooperativa de Joyeros, en primera convocatoria. En caso deno integrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convo-catoria para el día treinta de marzo de dos mil tres, a la hora y local antesseñalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Cooperativa y el Código de Comercio vigente, paraconocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDA1- Reposición de los representantes de acciones que faltaren por

las causas que expresa el Art. 20,21 Y 22 de la Escritura deConstitución de la Cooperativa

2- Integración del quórum

3- Elección de Junta Directiva4- Reposición de los representantes de acciones que resultaren

electos como miembros de Junta DirectivaEl quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de

conformidad al artículo 16 del Pacto Social de la Cooperativa.San Salvador, veintisiete de febrero de dos mil tres.

CARLOS ALIRIO CORTEZ,DIRECTOR PRESIDENTE.

RAMOS SALGADO ZAVALA,DIRECTOR TESORERO.

GUILLERMO ERNESTO AYALA,DIRECTOR SECRETARIO SUPLENTE.

3 v. alt. Nº. 5201-3

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 432/2002

Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio del año dos mil dos.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, la cual trasladaa esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico, obtenido en el centroEducativo LICEO SAN LUIS de la Ciudad de Santa Ana, extendido con fecha 20 de diciembre de 1977. Habiendo sido revisada y verificada ladocumentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO, con base al Acuerdo Nº. 15-0187, emitidopor el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el diecisiete de enero del año dos mil, SE RESUELVE: repóngaseel título de Bachiller Académico, opción Matemáticas a CAROLINA RAQUEL VEJAR ZEPEDA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el DiarioOficial. NOTIFIQUESE.

Lic. MARIO ANTONIO REYES RIVAS,

JEFE DE UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro Nº. 5964).

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

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