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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
DIARIO OFI CIAL
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 394 SAN SALVADOR, JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2012 NUMERO 37
DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
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ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA
RAMOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA
Acuerdo No. 184.- Se pone a disposición de los industriales, un contingente de desabastecimiento para la fracción arancelaria 1005.90.20 “maíz amarillo”. ......................................................
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-1158 y 15-1482.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................
Acuerdo No. 15-1603.- Ampliación de servicios en el Colegio Delfi na Sánchez Morales, ubicado en el municipio de San Pedro Perulapán. .................................................................
Acuerdo No. 15-0048.- Se autoriza el cambio de domicilio del Liceo Cristiano Reverendo Juan Bueno, de la Colonia Campestre. .................................................................................
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍARAMO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Acuerdo No. 774 bis.- Se toman medidas sanitarias ante la enfermedad Peste Porcina Clásica (PPC). .................................
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1213-D, 1239-D y 1388-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................
Acuerdo No. 1-D.- Se declara fi nalizada la suspensión impuesta por medio del Acuerdo No. 147-D, de fecha 11 de febrero de 2010. .........................................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decretos Nos. 7 y 9.- Reformas a los presupuestos municipal
y de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de
Desechos Sólidos, del municipio de San Salvador. ...................
Estatutos de las Asociaciones Comunales “Colonia San
Ramón, Cantón Izcaquilio”, “Pasaje Pérez, Avenida José María
Rivas” e “Intercomunal de Desarrollo Económico Social, de las
Comunidades de la Costa Sur del Municipio de Zacatecoluca” y
Acuerdos Nos. 3, 5 y 9, emitidos por las Alcaldías Municipales
de Atiquizaya, Cojutepeque y Zacatecoluca, aprobándolos y
confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 210.- Silvia de los Santos Anaya Castaneda y Otro (1 vez). ...............................................................................
Cartel No. 211.- Santos Alexander Cortez Chávez y Otra (1 vez). ......................................................................................
Cartel No. 212.- Adda Ruth Claribel Romero de Márquez y Otro (1 vez). ...........................................................................
Aceptación de Herencia
Cartel No. 213.- Jesús Sandoval y Otra (3 v. alt.) .............
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 214.- Luis Mariano Turcios Chévez y Otros (1 vez)
Cartel No. 215.- Elena Rosa Larreynaga de Rivera (1 vez)
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DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Títulos Supletorios Cartel No. 207.- Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano. ( 3 v. alt) ............................. Cartel No. 208.- Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano. (3 v. alt.). .............................
Muerte Presunta
Cartel No. 209.- Roberto Miranda Rivera. (3 v. c.). .........
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia Cartel No. 197.- Ana Maribel López Reyes de Perla. (3 v. alt.). ..............................................................................
Títulos Supletorios Cartel No. 198.- María Inés Vásquez de Pineda. (3 v. alt.)
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C007234, C007241, C007275, C007287, F028841, F028853, F028854, F028866, F028881, F028896, F028945, F028949, F028964, F028973, F028979, F028990, F028997 ....................................................................................
Aceptación de Herencia Carteles Nos. C007266, C007314, C007315, C007316, F028842, F028849, F028851, F028893, F028954, F028995, F028996, F029001, C007242, C007265, C007311, F028844, F028845, F028934, F028946, F028992, F028930, ..................
Título de Propiedad Cartel No. F028885. ..........................................................
Título Supletorio Carteles Nos. C007246, C007247, C007248, C007250, C007251, C007252, C007253, C007254, C007255, C007256, C007276, C007277, F028861, F028863, F028864, ..................
Título de Dominio Carteles Nos. F028937, F028974 ......................................
Aviso de Inscripción Carteles Nos. F028874, F028887, F028968. ...................
Juicio de Ausencia Cartel No. C007278. ........................................................
Renovación de Marcas Carteles Nos. C007235, C007236, C007237, C007238, C007243, C007244, C007245, C007296, C007298, C007300, C007301, C007302, C007304, C007305, C007307, F028888, F028889, F028890, F028892, F028894, F028895, F028897, F028898 .................................................................................... .
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C007317, F028943, F028944. ...................
Nombre Comercial
Cartel No. F028911. .........................................................
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. F028902, F028913, F028914 .....................
Convocatorias
Carteles Nos. C007240, C007297, C007299, C007308, C007309, C007313, F028993. ..................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C007249, C007267, C007268, C007279, F028870, F029008 .....................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. C007274, F028917, F028939, F028947, F029003. ...................................................................................
Aviso de Cobro
Cartel No. F028883. .........................................................
Patente de Invención
Carteles Nos, F028922, F028924, F028926. ...................
Frecuencias de Uso Regulado
Carteles Nos. F028880, F028882. .....................................
Reposición de Libros
Cartel No. F028877. ..........................................................
Marca Industrial
Carteles Nos. C007232, C007233, C007280, C007282, C007284, C007286, C007288, C007289, C007290, C007291, C007295. ...................................................................................
Edicto de Emplazamiento
Carteles Nos. C007269, C007273. ....................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C007283, C007292, C007293, C007294, F028942. ....................................................................................
Reposición de Póliza de seguro
Carteles Nos. C007258, C007285. ....................................
Resoluciones
Cartel No. F028884. ..........................................................
Marca de Producto
Carteles Nos. C007262, C007263, C007264, C007306, F028899, F028900, F028901, F028903, F028905, F028907, F028909, F028912, F028915, F028918 .....................................
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DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia Carteles Nos. C007164, C007168, C007169, C007170, C007171, C007172, F028423, F028431, F028470, F028486, F028487, F028508, F028517, F028521, F028524, F028537, F028557, F028574, F028580, F028590, F028614, F028615, F028618, F028632 .....................................................................
Título de Propiedad Carteles Nos. F028424, F028425, F028642, F028643 .....
Título Supletorio Cartel No. F028604 ...........................................................
Título de Dominio Carteles Nos. F028608, F028625 ......................................
Renovación de Marcas Carteles Nos. C007111, C007112, C007113, C007114, C007115, C007116, C007117, C007118, C007119, C007120, C007121, C007122, C007123, C007124, C007125, C007126, C007127, C007128, C007129, C007130, C007131, C007132, C007133, C007134, C007135, C007136, C007137, C007138, C007139, C007140, C007141, C007143, C007144, C007145, C007146, C007147, C007148, C007149, C007151, C007152, C007154, C007155, F028447, F028503, F028504, F028506, F028514, F028624 .....................................................................
Marca de Fábrica Carteles Nos. C007173, F028510, F028511 .....................
Nombre Comercial Carteles Nos. C007110, C007162, F028493.....................
Convocatorias Carteles Nos. C007194, F028596 .....................................
Subasta Pública Cartel No. F028558 ...........................................................
Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F028484, F028485, F028566, F028567, F028568, F028569, F028585, F028588, F028603 ....................
Fusión de Sociedades Carteles Nos. C007150, C007157, C007158, C007159, C007160 .....................................................................................
Marca de Servicios Cartel No. F028507 ...........................................................
Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. C007163 ..........................................................
Marca de Producto Carteles Nos. C007165, F028599 .....................................
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C007012, C007015, C007020, F028114, F028138, F028147, F028180 .....................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C007014, F028061, F028116 .....................
Título Supletorio
Cartel No. F028153 ...........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F028054, F028055, F028228, F028229, F028230, F028231, F028232, F028239, F028242, F028243, F028245, F028247, F028248 .....................................................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. F028075, F028115, F028215, F028217, F028218, F028219, F028222, F028223, F028236, F028237 ....
Nombre Comercial
Cartel No. C007010 ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. F028069, F028070, F028071, F028072, F028073, F028224 .....................................................................
Disminución de Capital
Cartel No. C007002 ..........................................................
Balances de Liquidación
Cartel No. F028067 ...........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. F028226, F028234 ......................................
Reposición de Póliza de Seguro
Carteles Nos. C007009, F028112, F028113 .....................
Marca de Producto
Carteles Nos. C007001, C007003, F028053.....................
SECCIÓN DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Estatutos del Sindicato de Trabajadores Independientes de Pequeños Productores Agropecuarios del Municipio de Zacatecoluca y Resolución No. 6, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE TRATADOS COMERCIALES
Fe de errata en la publicación del Acuerdo Ejecutivo No. 1079, que contiene el Programa de Desgravación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana. ..............................................................................
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ORGANO EJECUTIVOMINISTERIOS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA Y DE HACIENDARAMOS DE ECONOMIA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA
ACUERDO No. 184
LOS MINISTROS DE ECONOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA, EL DIECISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL
DOCE.
CONSIDERANDO:
I. Que es deber del Estado facilitar las condiciones para el normal desarrollo de las actividades productivas del país;
II. Que por medio de la Resolución 108-2003 (COMIECO-XXVII) publicada en el Diario Ofi cial No. 111, Tomo No. 359 de fecha 18 de
junio de 2003, se autorizaron los aranceles a aplicar por El Salvador dentro del contingente de maíz amarillo, estableciéndose un arancel
preferencial dentro de cuota de cero por ciento (0%) y un arancel para las importaciones fuera de cuota del quince por ciento (15%);
III. Que los productores e industriales de la cadena productiva del sorgo han suscrito un convenio para la siembra y comercialización de dicho
producto, mediante el cual se asegura el adecuado suministro para los industriales, así como la compra de la producción nacional bajo
condiciones de equidad;
IV. Que el maíz amarillo es un importante sustituto del sorgo que es utilizado para la elaboración de alimentos concentrados para animales, así
como también es empleado en la fabricación de productos alimenticios destinados al consumo humano; por lo que es conveniente establecer
mecanismos que otorguen certidumbre a los productores de sorgo, así como el adecuado suministro de maíz amarillo para los industriales,
a efecto de mantener el equilibrio en la cadena productiva;
V. Que el mecanismo de contingentes de desabastecimiento constituye una herramienta legal apropiada para mantener la estabilidad en la
cadena productiva, mediante el establecimiento de un trato preferencial para las importaciones de maíz amarillo que se realicen dentro de
una cuota determinada y a su vez, mediante la fi jación de un arancel para las importaciones que se efectúen fuera de contingente;
VI. Que se hace necesaria la apertura de un contingente de desabastecimiento de maíz amarillo adicional al contingente arancelario establecido
en el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos para el referido producto, con el objeto
de satisfacer la demanda nacional de maíz amarillo destinado tanto para consumo animal como humano;
VII. Que la Comisión de Supervisión del Convenio del Sorgo ha presentado a la Comisión Técnica Contingentes su recomendación en cuanto
al volumen del contingente; por lo que esta última luego de realizar el análisis respectivo ha recomendado a los Despachos Ministeriales la
apertura del contingente para el periodo que inicia a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo y hasta el 31 de enero de 2013,
por un total de 90,000 toneladas métricas de maíz amarillo para consumo animal y 51,000 toneladas métricas para consumo humano;
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012. POR TANTO:
En uso de sus facultades legales,
ACUERDAN:
1. Poner a disposición de los industriales, un contingente de desabastecimiento para la fracción arancelaria 1005.90.20 "- - maíz amarillo",
por un volumen de hasta 90,000 toneladas métricas, que corresponde al défi cit de la presente cosecha nacional del uso combinado de sorgo
y maíz amarillo para consumo animal, como necesidades totales del país, de acuerdo con los compromisos de compra de la producción
nacional de sorgo adquiridos por los industriales dentro del marco del Convenio para la Siembra y Comercialización de dicho producto.
2. Poner a disposición un contingente de desabastecimiento de maíz amarillo para consumo humano, por un volumen de hasta 51,000 toneladas
métricas.
3. La asignación de los volúmenes para cada benefi ciario del contingente para consumo animal serán recomendados por la Comisión de
Supervisión a la Comisión Técnica de Contingentes.
4. El contingente para consumo humano se pondrá a disposición de forma inmediata y la modalidad de distribución será determinada por la
Comisión Técnica de Contingentes.
5. De conformidad con la Resolución 108-2003 (COMIECO-XXVII) publicada en el Diario Ofi cial No. 111, Tomo No. 359 de fecha 18 de
junio de 2003, las importaciones de maíz amarillo que se realicen al amparo del Contingente, estarán libres de los derechos arancelarios a
la importación y las importaciones fuera de cuota, estarán sujetas al pago de un arancel del quince por ciento. Para tal efecto, el benefi ciario
deberá presentar ante la autoridad aduanera correspondiente, la licencia extendida por el Ministerio de Economía.
6. Fíjase el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia del presente Acuerdo y el 31 de enero de 2013, para efectuar las im-
portaciones de maíz amarillo amparadas a este contingente.
7. La Comisión Técnica de Contingentes está facultada además, para recomendar la modifi cación del contingente de desabastecimiento en
casos debidamente justifi cados, así como para modifi car el período durante el cual se permitirá su importación.
8. Con base en el Art. 3 del Reglamento para la Apertura y Administración de Contingentes, reformado por medio del Decreto Ejecutivo No.
23 de fecha 21 de abril de 2005, publicado en el Diario Ofi cial No. 83, Tomo No. 367, de fecha 04 de mayo de 2005, las importaciones de
maíz amarillo para consumo animal que se realicen al amparo de este contingente no estarán sujetas al mecanismo de Bolsa, mientras que
las importaciones de maíz amarillo para consumo humano quedarán sometidas al referido mecanismo.
9. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana.
10. Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial.
HÉCTOR MIGUEL ANTONIO DADA HIREZI, JOSÉ GUILLERMO LÓPEZ SUAREZ,
MINISTRO DE ECONOMÍA. MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
MINISTRO DE HACIENDA.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-1158.
San Salvador, 6 de Septiembre de 2011.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó EMILIO PELÁEZ CISNEROS, de nacionalidad mexicana, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Grado, realizados en el Instituto Andes de Puebla, San Andrés Cholula, Puebla, Estados Unidos Mexicanos en el año 2010, con los de Primer Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 5 de septiembre de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Primer Grado, obtenido por EMILIO PELÁEZ CISNEROS, en el Instituto Andes de Puebla, San Andrés Cholula, Puebla, Estados Unidos Mexicanos, POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUER-DA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Primer Grado, cursados en el Instituto Andes de Puebla, San Andrés Cholula, Puebla, Estados Unidos Mexicanos, a EMILIO PELÁEZ CISNEROS, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Grado de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F028910)
ACUERDO No. 15-1482.
San Salvador, 10 de Noviembre de 2011.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó ÁLVARO ORLANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Undécimo Grado, realizados en Wakefi eld High School, Arlington, Virginia, Estados Unidos de América en el año 2011, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 9 de noviembre de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equi-valencia de estudios de Undécimo Grado, obtenido por ÁLVARO ORLANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, en Wakefi eld High School, Arlington, Virginia, Estados Unidos de América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Undécimo Grado, cursados en Wakefi eld High School, Arlington, Virginia, Estados Unidos de América, a ÁLVARO ORLANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F028940)
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012. ACUERDO No. 15-1603.
San Salvador, 01 de diciembre de 2011.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I)
Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial
del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar,
organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Edu-
cación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos
que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación
de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del
servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia
y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el
Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos
físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación
Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud presentada por La señora Denisse Ingrid Abrego
Sánchez, en su calidad de Persona autorizada por el Ministerio, de Educación, para brindar servicios educativos a través del Centro Educativo Privado
denominado COLEGIO “DELFINA SÁNCHEZ MORALES”, con Código de Infraestructura No. 21167, ubicado en Avenida Deportiva, No. 18, Barrio
Concepción, Municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, en la que requiere la AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO,
para el Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, en jornada diurna; habiendo realizado visita de verifi cación en el lugar señalado para su funcio-
namiento con fecha 11 de noviembre de 2010, en la cual se comprobó que dicho Centro Educativo cumple con los requisitos exigidos por el artículo
80 de la Ley General de Educación, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y
el personal docente califi cado, en consecuencia se emite dictamen favorable para la ampliación del servicio educativo solicitado; IV) Que conforme a
lo anterior, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio con fecha 03 de enero de 2011,
emitió resolución autorizando la AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO, para el Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, en jornada
diurna, a partir del 3 de enero de 2011, en dicho Centro Educativo. POR TANTO, de conformidad con los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de
la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de
Educación, y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 03 de enero de 2011,
emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza,
la AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO para el Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, en jornada diurna, a partir del 3 de enero de
2011, en el Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “DELFINA SÁNCHEZ MORALES”, con Código de Infraestructura No. 21167, ubicado
en Avenida Deportiva, No. 18, Barrio Concepción, Municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, solicitado por la señora Denisse
Ingrid Abrego Sánchez, Persona autorizada por el Ministerio de Educación, para brindar servicios educativos a través del Centro Educativo Privado
antes mencionado; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F028977)
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
ACUERDO No. 15-0048.
San Salvador, 12 de enero de 2012.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I)
Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial
del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar,
organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Edu-
cación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos
que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación
de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del
servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia
y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el
Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos
físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación
Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció la solicitud presentada por el señor Moisés Otoniel Ramírez Choto,
en su calidad de Apoderado del Señor Jeremías Bolaños Anaya, quién actúa en su calidad de Representante Legal de la Corporación denominada
Conferencia Evangélica de las Asambleas de Dios, Institución autorizada por el Ministerio de Educación, para brindar servicios educativos a través
del Centro Educativo Privado denominado LICEO CRISTIANO “REVERENDO JUAN BUENO” DE LA COLONIA CAMPESTRE, con Código de
Infraestructura No. 20637, ubicado en Final de Autopista Los Próceres, contiguo a Canal Seis de Televisión, Municipio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, en la que requiere el CAMBIO DE DOMICILIO, a la siguiente dirección: Urbanización San Mateo, Avenida La Floresta, Polígono
“J”, No. 18, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador; IV) Que habiendo realizado visita de verifi cación en el lugar señalado para su
funcionamiento con fecha 6 de diciembre de 2011, en la cual se comprobó que dicho Centro Educativo cumple con los requisitos exigidos por el artículo
80 de la Ley General de Educación, en consecuencia, emitió dictamen favorable para el cambio de domicilio antes mencionado; V) Que conforme a lo
anterior, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio con fecha 7 de diciembre de 2011,
emitió resolución autorizando el CAMBIO DE DOMICILIO, a la siguiente dirección: Urbanización San Mateo, Avenida La Floresta, Polígono “J”,
No. 18, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, de dicho Centro Educativo. POR TANTO, de conformidad con los Artículos 53,
54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1,
12 y 80 de la Ley General de Educación, y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución
de fecha 7 de diciembre de 2011, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio,
por medio de la cual se autoriza a partir del 7 de diciembre de 2011, el CAMBIO DE DOMICILIO del Centro Educativo Privado denominado LICEO
CRISTIANO “REVERENDO JUAN BUENO” DE LA COLONIA CAMPESTRE, con Código de Infraestructura No. 20637, ubicado en Final de
Autopista Los Próceres, contiguo a Canal Seis de Televisión, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a la siguiente dirección:
Urbanización San Mateo, Avenida La Floresta, Polígono “J”, No. 18, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, solicitado por el
señor Moisés Otoniel Ramírez Choto, en su calidad de Apoderado del Señor Jeremías Bolaños Anaya, quién actúa en su calidad de Representante
Legal de la Corporación denominada Conferencia Evangélica de las Asambleas de Dios, Institución autorizada por el Ministerio de Educación, para
brindar servicios educativos a través del Centro Educativo Privado antes mencionado; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después
de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F029000)
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RAMO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
ACUERDO No. 774 BIS.
Santa Tecla, 12 de diciembre de 2011.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo número Quinientos Veinticuatro de fecha treinta de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, publicado
en el Diario Ofi cial número Doscientos Treinta y Cuatro, Tomo número Trescientos Veintinueve, de fecha dieciocho de diciembre del
mismo año, se aprobó la LEY DE SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL, reformada por Decreto Legislativo número Novecientos Diecisiete
de fecha quince de diciembre de dos mil cinco, publicada en el Diario Ofi cial número Ocho, Tomo Trescientos Setenta de fecha doce de
enero de dos mil seis.
II. Que el artículo uno de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal (LSVA), establece que el objeto de la misma es "establecer las disposiciones
para la protección sanitaria de los vegetales y animales; las acciones que desarrolle el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) con
motivo de la aplicación de esta Ley, deberán estar en armonía con la defensa de los recursos naturales, la protección del medio ambiente
y la salud humana".
III. Que el artículo dos de la LSVA establece que el MAG, tiene la competencia para aplicar dicha Ley y sus Reglamentos; asimismo el artí-
culo 34 de la LSVA establece que el MAG, determinará mediante Acuerdo la dependencia de su Ramo responsable de la aplicación de la
LSVA.
IV. Que mediante Acuerdo Ejecutivo en este Ramo número Setecientos Cincuenta y Tres, de fecha cinco de diciembre de dos mil once, se
estableció que la Dirección General de Ganadería, es la encargada de aplicar la LSVA en lo referente a sus competencias y funciones
conferidas en el Reglamento Interno y de Funcionamiento del MAG.
V. Que el artículo dos letra a), b) y e) de la LSVA, establece las funciones de diagnóstico y vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades
en vegetales y animales, el control cuarentenario de vegetales y animales, sus productos y subproductos, así como de los equipos, mate-
riales y medios de transporte utilizados en su movilización y la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de vegetales
y animales.
VI. Que el artículo trece de la LSVA, establece que el MAG dictará las normas y establecerá los procedimientos para el ingreso y transporte
hacia y dentro del territorio nacional de vegetales y animales, sus productos y subproductos y equipos e insumos para uso agropecuario,
con la fi nalidad de evitar el ingreso al país de plagas y enfermedades exóticas y cuarentenarias o su diseminación y establecimiento.
VII. Que con fecha catorce de noviembre del año dos mil once, se recibió notifi cación de parte de la Organización Mundial de Sanidad Animal
OIE, por sus siglas en idioma Inglés, sobre brote de Peste Porcina Clásica en el Municipio de Pastores, Sacatepéquez de la República de
Guatemala.
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
VIII. Que mediante nota de Referencia DGG/741/2011 de fecha dieciocho de noviembre de dos mil once, el Director General de Ganadería,
notifi có la medida urgente y temporal de la suspensión de la extensión de permisos de importación a El Salvador de todos los productos,
subproductos y animales vivos de la especie porcina proveniente de la República de Guatemala al Director General de Sanidad Animal del
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la República de Guatemala.
IX. Que con fecha veintidós de noviembre de dos mil once, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) de la República de
Guatemala, emitió Acuerdo Ministerial No. 273-2011, en el que declara Estado de Emergencia Zoosanitaria en todo el territorio Nacional,
publicado en el Diario de Centroamérica con fecha veintiocho de noviembre de dos mil once.
X. Que mediante resolución Administrativa, emitida a las catorce horas con treinta minutos del día dos de diciembre del año dos mil once, por
el Director General de Ganadería del MAG, se formalizaron las medidas zoosanitarias necesarias tomadas para prevenir la introducción de
esta enfermedad al territorio nacional.
XI. Que El Salvador, fue declarado país libre de la PPC desde abril del año dos mil nueve, por lo que la amenaza de la PPC y las consecuencias
pueden ser cuantiosas, tanto para el país como para el subsector porcino nacional, por sus posibles repercusiones en temas de comercio
internacional.
POR TANTO:
En uso de sus facultades legales y de conformidad a los considerandos que anteceden, y Artículos 1, 2 y 13 de la Ley de Sanidad Vegetal y
Animal.
ACUERDA: Tomar como medidas sanitarias las siguientes:
1. Prohíbase la importación de ganado porcino, de sus productos y subproductos, procedentes de la República de Guatemala y de otros países
afectados o sospechosos de estarlo con la enfermedad llamada Peste Porcina Clásica (PPC).
2. Los productos y subproductos prohibidos son:
a) Carne refrigerada o congelada de cerdo.
b) Semen de cerdos.
c) Pieles frescas, verdes o saladas.
d) Viseras para el consumo humano.
e) Viseras para el uso industrial.
f) Tendones.
g) Intestinos.
h) Órganos de animales susceptibles.
i) Glándulas.
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
j) Bilis (líquida y desecada).
k) Extractos y secreciones de cerdos.
l) Lana cruda, pelos y cerdas.
m) Embriones de cerdos.
n) Grasa industrial de cerdos.
o) Carnes curadas o cocinadas.
La importación de ganado porcino, productos y subproductos solamente será permitida de aquellos países reconocidos como libres de Peste
Porcina Clásica por la OIE y sin vacunación.
3. Para los productos que a continuación se detallan, deberá previamente realizarse un análisis de riesgo, con la fi nalidad de evaluar el riesgo
de la introducción del virus a través de la importación de dichos productos, el procesamiento al que han sido sometido el producto; y con
base en dicho análisis se establecerán los requisitos zoosanitarios y las medidas de mitigación que sean necesarias.
a. Carne enlatada (sin hueso, cocida y que no requiera refrigeración).
b. Carne seca o curada (sin hueso y con hueso).
4. Fortalecer la vigilancia sanitaria en puertos, aeropuertos y fronteras, incluyendo la inspección del equipaje y otros artículos movilizados
por pasajeros originarios o procedentes de países con presencia de la enfermedad o de otros países en riesgo.
5. Incrementar la vigilancia epidemiológica de la Peste Porcina Clásica y los planes de emergencia para asegurar la prevención, detección
oportuna y erradicación en caso de presentarse.
6. Prohíbase a toda persona que provenga de países afectados o sospechosos de Peste Porcina Clásica, introducir al territorio nacional por
cualquier vía, ganado porcino en pie, sus productos y subproductos que hayan sido producidos y/o procesados en los países indicados en
el número 1 supra.
7. Estas medidas tendrán vigencia hasta que la Organización Mundial de Sanidad Animal certifi que y notifi que la Declaratoria de país libre
de Peste Porcina Clásica; y de esa forma demostrar que las importaciones no constituyen un peligro para la Porcinocultura Salvadoreña.
8. Notifi car el presente Acuerdo a todas las autoridades vinculadas al Comercio Exterior, Ministerio de Hacienda, Organismos Internacionales
relacionados y otras autoridades competentes que deban conocer de las medidas zoosanitarias tomadas para prevenir la introducción de esta
enfermedad al territorio nacional.
9. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial.
COMUNÍQUESE.- INGENIERO JOSÉ GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADE-
RÍA.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 1213-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha
cuatro de octubre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GLADIS AZALIA AMAYA HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F028908)
ACUERDO No. 1239-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha diez
de septiembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada XIOMARA GUADALUPE ROSALES ARRIOLA, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F028931)
ACUERDO No. 1388-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiuno de diciembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha
veintidós de noviembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JULIA CONSUELO BENAVIDEZ SANTAMARIA, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.-
GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F028839)
ACUERDO No. 1-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de enero de dos mil doce.- El Tribunal, en cumplimiento de la
resolución pronunciada a las ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de junio de dos mil once, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos
182 atribución 12a. de la Constitución de la República y 13 de la Ley de Notariado ACUERDA: Declarar fi nalizada la suspensión impuesta al doctor
MANUEL DE JESUS GUTIERREZ, en el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas y en el ejercicio de la función pública del notariado, suspen-
siones que comenzó el día cuatro de noviembre de dos mil nueve, según Acuerdo número 147-D de fecha once de febrero de dos mil diez. Dicha
resolución surtirá efecto a partir del veintiuno de diciembre de dos mil once. Líbrese ofi cio informando a todos los tribunales y registros públicos
del país. Publíquese en el Diario Ofi cial.- COMUNÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E.
GONZALEZ.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. F. VALDIV.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S.
RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F028904)
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
(Registro No. F028855)
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
(Registro No. F028857)
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO COMUNAL DE LA COLONIA SAN RAMON
DEL CANTON IZCAQUILIO
CAPÍTULO I
NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO, DURACIÓN.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regida por el Código
Municipal, la Ordenanza Reguladora y de las Asociaciones de Desarrollo
Comunal, Por estos estatutos, reglamento interno y demás disposiciones
aplicables. La asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá
participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, edu-
cativo, y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la Comunidad.
La Asociación se denominará "Asociación de Desarrollo Comunal: DE
LA COLONIA SAN RAMON Que podrá abreviarse ADESCOCSAR,
que en los presentes estatutos se Denominará, la "ASOCIACIÓN".
Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefi nido.
Sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
Previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-
siciones aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en la "Colonia San
Ramón, Ctón. Izcaquilío", del Municipio de Atiquizaya, Departamento
de Ahuachapán.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y
la obra física que proyecte la Asociación para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente
con instituciones públicas y organismos privados, nacionales
e internacionales que participen en los correspondientes
programas.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre
los vecinos, sus grupos y entidades representativas.
c) Coordinar, y cooperar con otros grupos comunales organizados
en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y
la mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación
promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n
de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-
nidad, la administración y proyectos sociales, económicos,
y la elevación de los niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la
comunidad con el equipamiento y los medios indispensables
para solucionar los distintos problemas que existieran en la
comunidad.
f) Promover las organizaciones juveniles haciéndoles partícipes
de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.
g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-
cursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de
la comunidad.
h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y
nacionales, especialmente en la determinación de los proyec-
tos contemplados en su plan de actividades y establecer los
recursos que deben utilizarse.
i) Promoción de educación ambiental y de salud.
j) Formulación y ejecución de proyectos de cualquier tipo
ambiental.
k) Gestión ambiental.
CAPÍTULO III
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS
Art. 5.- Los Asociados Podrán ser:
a) Activos
b) Honorarios
Todos deben de ser personas mayores de dieciocho años, sin em-
bargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito
de edad antes mencionado será el de quince años.
Son Asociados activos todas las personas que reúnen los requisi-
tos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de
la unidad Vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes
inmediatas.
Son asociados honorarios todas las personas a quienes la Asamblea
General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda
tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios
prestados a la asociación.
Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos.
a) Participar con voz y voto en las asambleas generales.
b) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo
citaren por escrito.
c) Elegir, y ser electo para cargos de la junta directiva.
d) Cooperar, con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales
previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la
Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén
relacionados con los fi nes de la Asociación.
Art. 7.- Los asociados honorarios gozarán de los derechos que la
asamblea general les otorgue.
CAPÍTULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 8.- El gobierno de la asociación estará constituido por:
a) la asamblea general: que será la máxima autoridad de la
Asociación.
b) la Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estará
integrado por el número de miembros que determinen los
estatutos.
CAPÍTULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados
y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos pudiendo
haber representación de asociados; pero cada asociado no podrá estar
representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por
mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera
de éstas en el mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convo-
cada por la Junta Directiva por iniciativa Propia o a solicitud de quince
miembros afi liados a la Asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los
asuntos comprometidos en la agenda y los que propongan los Asociados,
de las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos
en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o
extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación
para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en
que se han de celebrar.
Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de
quórum ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la seña-
lada con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones
que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que convocados en
la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General.
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los
miembros de la Junta Directiva y elegir sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren
renunciado, fallecido o perdido su calidad de socios.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
te.
f) Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean
necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos
que se dicten.
h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-
to.
i) Otorgar la calidad de asociado honorario.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata
solución.
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA
LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y
DIRECTIVOS.
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por la mayoría de
votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza,
reglamentos y estatutos. Se consideran además como causales de retiro
o expulsión las siguientes:
a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio
grave para la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan
en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación
para sí o para terceros.
d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva
electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente,
sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder
a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de
dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo
el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en
su defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los sus-
titutos. En el caso de destitución de que habla el literal c) del Art. 13,
de los presentes estatutos la Junta Directiva seguirá el procedimiento
anterior, pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal
destitución nombrando a continuación los sustitutos.
Art. 16.- En caso que la junta directiva dentro del plazo de diez
días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos
anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a
Asamblea General para que ésta nombre la comisión investigadora, para
que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión
o destitución.
El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infraccio-
nes debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda
la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los Miembros
de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del
plazo que establezca el inciso anterior. En todos los casos de este artículo
será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal
o la destitución de los miembros y en la misma sesión elegirá y darán
posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto
del periodo de los Directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta
Directiva notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a
más tardar dentro de 48 horas después de haber sido acordada.
Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal
decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso
de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún
recurso.
CAPÍTULO VII
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 18.- Requisitos para ser Miembro de la Junta Directiva:
a) Mayores de dieciocho Años.
b) Ser residente de dicho sector.
c) Honorabilidad notoria por los habitantes del sector.
d) Pleno Uso de los Derechos Ciudadanos.
Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros
propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación nominal
y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la
nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente,
Secretario, Secretario de actas, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y Cuatro
Vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán ad honores; sin embargo
cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para
la Asociación podrá cobrar una retribución convencional o cuando el
volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de
la Asamblea General.
Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-
nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,
previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida
deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las
resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el
Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.
Art. 21.- Son atribuciones de la junta directiva.
a) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y pro-
ponerlos a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto
correspondiente.
c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y
extraordinarias.
e) Coordinarse con los organismos del estado, las municipali-
dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la región, proyectos de desarrollo de la comunidad.
f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,
ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y los orga-
nismos que Cooperan con sus programas de las actividades
que desarrolla.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las
disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación, hasta un máximo de $ 114.57 administrados
por medio de caja Chica, manejado por el Tesorero de la
Asociación; el cual no podrá ser gastos mayores de $ 25.00
en efectivo; máximo de este monto será a través de Cheque
Bancario. Todos los Gastos será contra Recibo o Facturas.
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j) El Tesorero de la Asociación quien será el encargado de la Caja
Chica hará los Siguientes Gastos: Impresión de documentos
de la asociación, Refrigerios para la celebración de asambleas
ordinarias y extraordinarias, compra de material de uso de
la Asociación, Compra de material de Ofi cina, viáticos a los
Miembros de la Junta Directiva relacionados a la Gestión de
Proyectos u otros que benefi cien a la Asociación, así como
de otros imprevistos.
k) Todos los gastos que sobrepase lo mencionado en el Art.
21 literal i) será sometido en Asamblea General para su
aprobación.
l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
miembros de la Asociación.
m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria del mes de Diciembre, de la
memoria anual de sus actividades.
n) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,
cuando el titular está ausente o no concurriese a tres sesiones
consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.
o) Presentar a la consideración de la Asamblea General con
quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo,
el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.
Art. 22.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones
de Asamblea general y de Junta Directiva y todo lo demás que le fuere
encomendado por la Asociación.
Art. 23.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo sus-
tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás
que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 24.- El Secretario será el órgano de comunicación y llevará
el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás que le fuere
encomendado por la Asociación.
Art. 25.- El Secretario de actas, tendrá a su cargo los libros de
actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva;
extender las certifi caciones que soliciten a la Asociación y todo lo demás
que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de
la Asociación a través de una cuenta bancaria a nombre de la Asociación
con fi rmas de refrendario que será: El Presidente, Síndico y tesorero con
sus respectivos Suplentes y éste (El tesorero) Llevará los registros de
Ingresos y Egresos de la Asociación. Además se encargará de que se
hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la
Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de
las obligaciones de la Asociación.
Art. 27.- El Pro-tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero
colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y
todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 28.- El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial
de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o adminis-
trativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para
ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los vocales por su
orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre
los vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un Comité de vigilancia
formado por tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones,
operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con
el objeto de velar porque el patrimonio de la asociación sea aplicado en
la consecución de sus fi nes.
Art. 29.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los
presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General
y por la Junta Directiva y todo demás que le fuere encomendado por la
Asociación.
Art. 30.- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirían a los
miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que les
fuere encomendado por la Asociación.
Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por
un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos para otro periodo, si la
Asamblea General así lo decidiere.
CAPÍTULO VIII
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 32.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido:
a) Por la contribución que aporten los Asociados activos y que
será de $ 0.50 de Dólar Americano, mensuales.
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes
fuentes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier
título y las rentas que se obtengan de la administración de
los mismos.
Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescriptibles,
salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus
miembros acordare afectarlos.
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Art. 33.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará
el cinco por ciento para formar un Fondo de reserva para incrementar
el capital bancario a nombre de la misma.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra
física siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos
económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Directiva siempre y
cuando no exceda de una suma de $ 500.00, caso contrario lo aprobará
la Asamblea General, específi camente para el acta en que comparezca
el representante de la Asociación.
Art. 34.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuvieran
ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los
proyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también el
tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
CAPÍTULO IX
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Art. 35.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-
ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva
deberá poner a disposición del Concejo Municipal del lugar donde tenga
o tiene asentado su domicilio la Asociación el remanente que hubiere
quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la
asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas
de desarrollo comunal a realizarse en la localidad del domicilio de la
Asociación.
Art. 36.- La disolución será acordada en sesión extraordinaria de
Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras partes de la
Asociación, por los motivos que la ordenanza Reguladora de las Aso-
ciaciones Comunales y demás disposiciones aplicables establezcan.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 37.- La junta Directiva tiene obligación de enviar al Concejo
Municipal del lugar que tiene asentada su domicilio la Asociación en los
primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta
Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Concejo, cualquier dato
que se le pidiere relativo a la asociación. También informará en forma
expresada en el inciso anterior las sustituciones de los miembros de la
Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva. Dentro de los treinta
días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar
el expresado Concejo su plan de actividades.
Art. 38.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
LA SUSCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que a páginas del Libro de Actas y Acuerdos que
esta alcaldía lleva durante el corriente año se encuentra el Acta que
Literalmente dice:
ACTA NÚMERO CUATRO. Cuarta Sesión Ordinaria celebrada por
el Concejo Municipal de Atiquizaya, a las ocho horas del día martes
catorce de febrero del año dos mil doce. Fue convocada y Presidida por
la Licenciada Berta Inelda Sandoval de Quintanilla, Alcaldesa Municipal
en funciones; se contó con la presencia del señor Síndico Municipal en
Funciones Sr. Manuel Antonio Martínez. Se contó con la presencia de los
Regidores Propietarios siguientes: Sra. Reina Argentina Castro, Primer
Regidor; Dr. Pedro Antonio Avilés, Segundo Regidor; Licda. Maribel
del Carmen Cadenas de Rodríguez, Cuarto Regidor; Dra. Gilma Beatriz
Barrientos de Guevara, Quinto Regidor; Sr. Wilfredo Lima López, Sép-
timo Regidor; Agro. Marco Antonio Loarca Marroquín, Octavo Regidor;
asistieron los regidores suplentes siguientes: Sr. José Hemer Escalante.
Sra. Alma Ruth Lozano de Arana, Sr. Daniel de Jesús Figueroa Solís.
Actuó como secretaria la Licenciada Vanesa Beatriz Molina de Martínez.
Abierta que fue la Sesión se procedió a acordar lo siguiente.
ACUERDO NÚMERO TRES. Vistos los Estatutos de la Asociación
de Desarrollo Comunal Colonia San Ramón, Cantón Izcaquilío, la cual
se abrevia -ADESCOCSAR- con domicilio en la Colonia San Ramón
del Cantón Izcaquilío, del Municipio de Atiquizaya; con treinta y ocho
artículos, y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a
las leyes de la República, al Orden Público ni a las buenas costumbres y
en uso de sus facultades legales que le confi eren los artículos 118, 119,
120 y 121 del Código Municipal ACUERDA: Otorgar y Conferirles el
carácter de Persona Jurídica.- Publíquese y Certifíquese.- Y no habiendo
más que hacer constar se termina la presente que fi rmamos. R. AR-
GENTINA C.- J. MIRASOL.- P. A.- B. SANDOVAL.- M. CADENAS
R.- G.B.B.M.- M.A.M.- WILFREDO LIMA L.- M. LOARCA.- H.E.T.-
DANIEL DE J. FIGUEROA SOLIS.- ALMA RUTH LOZANO DE
ARANA.- SRIO.- RUBRICADAS.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL, y para los efectos lega-
les consiguientes se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de
Atiquizaya, a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.
Licda. BERTA INELDA SANDOVAL DE QUINTANILLA,
ALCALDESA MUNICIPAL EN FUNCIONES.
Licda. VANESA BEATRIZ MOLINA DE MARTINEZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F028852)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL PASAJE
PEREZ, AVENIDA JOSÉ MARÍA RIVAS, MUNICIPIO DE
COJUTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN
CAPÍTULO I
De la Constitución, Denominación y Domicilio.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comu-
nales de la Ciudad de Cojutepeque, por estos Estatutos, el Reglamento
Interno y demás disposiciones aplicables y se denominará Asociación
Comunal Pasaje Pérez, Avenida José María Rivas, que en lo sucesivo
de estos Estatutos se llamará la “Asociación”, tendrá su domicilio legal
en el municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, y desa-
rrollará sus actividades en el Pasaje Pérez, Avenida José María Rivas
y podrá apoyar a otros sectores comunales, dentro del municipio en sus
respectivos procesos de desarrollo Comunal.
CAPÍTULO II
De la Naturaleza y el Objeto
Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,
de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguien-
tes:
a) Motivar y Participar en el estudio y análisis de los problemas
y necesidades de la comunidad;
b) Impulsar la búsqueda de soluciones, la formulación y ejecución
de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la
comunidad;
c) Fomentar el espíritu de colaboración principalmente de los
miembros de la Asociación en el desarrollo de los planes y
proyectos de la misma;
d) Velar porque los proyectos aprobados se cumplan en los
términos establecidos por la legislación vigente;
e) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo local
y regional, así como colaborar con la ejecución de los mismos,
especialmente cuando se trate de proyectos que conlleven al
benefi cio directo de los y las habitantes de la comunidad;
f) Establecer relaciones con Instituciones gubernamentales o
no gubernamentales ya sean Nacionales e Internacionales
de carácter cívico - culturales afi nes a la Asociación.
Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello en forma
Circular y en su interior se leerá en la parte superior ASOCIACIÓN
COMUNAL PASAJE PEREZ, AVENIDA JOSE MARIA RIVAS, En
el centro de este el Escudo Nacional y la frase: ADESCO, En la parte
inferior COJUTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.
Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido; sin
embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas
previstas en el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Aso-
ciaciones Comunales de la Ciudad de Cojutepeque, por estos Estatutos
y el Reglamento Interno.
CAPÍTULO III
Del Gobierno
Art. 5.- La Dirección de la Asociación estará a cargo de:
La Asamblea General que es la máxima autoridad; la Junta
Directiva que administrará su patrimonio conforme a las
directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPÍTULO IV
De Los Asociados
Art. 6.- Habrá dos clases de Asociados:
Asociados Activos y
Asociados Honorarios.
Serán Asociados Activos, los que obtengan su ingreso a la Asocia-
ción en la forma que lo establecen estos Estatutos y asistan periódicamente
a las Asambleas que se celebren.
Serán Asociados Honorarios, todas aquellas personas que hayan
contribuido al nacimiento de la Asociación y que por lo tanto ostenten la
calidad de Asociados Fundadores; además lo serán las personas naturales
o jurídicas que por haber realizado una destacada labor en la comunidad
o brindado una ayuda signifi cativa a la misma, la Asamblea General les
otorgue la calidad de tales.
De los Requisitos para ser Asociado Activo
Art. 7.- Para ser Asociado Activo deberán llenarse los siguientes
requisitos:
Ser persona natural;
Ser mayor de 18 años de edad;
Residente en la Comunidad.
Art. 8.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán llenar
una hoja de afi liación que la Junta Directiva dirija, en la que manifi es-
ten su voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumplan con los
requisitos establecidos en el artículo anterior.
La Junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hoja
de afi liación sean correctos: si así fuere procederá a incorporar al intere-
sado, quien será juramentado en presencia del pleno de la Asamblea.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Del Registro de los Asociados
Art. 9.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asociados
en el cual habrá una sección para Activos y otra para Honorarios.
En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito,
a saber: edad, Residencia, Número de Documento Único de Identidad
u otro documento de Identifi cación, fecha de ingreso, etc.
De las Facultades o Derechos de los Asociados
Art. 10.- Serán facultades o derechos de los Asociados:
a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea
General;
b) Presentar en las Asambleas Generales, mociones y sugerencias
encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo
de la Asociación;
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando su
justifi cación ante la Asamblea General;
d) Proponer y ser electo para cargos en la Junta Directiva;
e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre
el funcionamiento y los proyectos de la Asociación;
f) Aceptar o rechazar cualquier comisión, ya sea para gestionar o
realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación;
g) Todos los demás que le confi eran estos Estatutos y el Regla-
mento Interno.
De los Deberes u Obligaciones de los Asociados
Art. 11.- Serán deberes u Obligaciones de los Asociados:
a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados; Asistir
con puntualidad a las sesiones de Asamblea General;
b) Desempeñar con responsabilidad, efi ciencia y honradez los
cargos para los que fueren electos o nombrados; y desempeñar
a cabalidad las comisiones que el asociado se ha comprometido
a realizar;
c) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar
la armonía, las actividades y en general los objetivos de la
Asociación;
d) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos,
Reglamento Interno y Ordenanza Reguladora de las Asocia-
ciones Comunales de esta Municipalidad, obedecer y velar
porque se respeten las disposiciones de la Asamblea General
y la Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los
objetivos de la Asociación.
Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,
expulsión o muerte.
Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.
Será expreso cuando el Asociado lo solicite por escrito o ver-
balmente a la Asamblea General y/o Junta Directiva; y tácito cuando
el Asociado cambie defi nitivamente su residencia a otro lugar que no
pertenezca a la Comunidad o cuando se ausente por un periodo de tres
meses sin expresión de motivo o causa.
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados
de la misma, según las causales siguientes:
a) Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o
a la comunidad en General;
b) Negarse o abandonar sin motivo justifi cado el desempeño de
los cargos de elección o comisiones que le hubieren enco-
mendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre
que éstos hubieren sido aceptados.
c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación
para sí o para terceros;
d) Incumplimientos de las Leyes, Ordenanzas, Estatutos, Re-
glamentos, y disposiciones de Asamblea General y Junta
Directiva, siempre que estén Relacionados con los objetivos
de la Asociación.
Art. 15.- Cuando un Asociado incurriere en cualquiera de las
causales de expulsión establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su
expulsión.
El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la
misma Junta Directiva y Comité de Vigilancia, quien deberá dar su fallo
defi nitivo a los tres días de haber recurrido el Asociado.
De todo esto se hará un informe que se leerá en Asamblea Gene-
ral.
CAPÍTULO V
De la Asamblea General
Art. 16.- La Asamblea General estará constituida por todos los
Asociados Activos, Inscritos en el Registro de la Asociación.
Art. 17.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria
o Extraordinaria. Serán ordinarias, las reuniones de Asamblea cuando
se realicen en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones se
tratarán los puntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los
Asociados.
Serán extraordinarias, las reuniones de Asamblea General al ce-
lebrarse éstas en fechas distintas, para tratar los puntos específi cos para
los cuales hubiere sido convocada. Las discusiones y decisiones que
se tomaren en relación a los puntos no incluidos en la convocatoria no
tendrán validez.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
Art.18.- Las Reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán
celebrarse una vez cada 3 meses y extraordinariamente cuando sean
convocadas por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a petición de
por lo menos la mitad de los Asociados.
Art. 19.- Las convocatorias para reuniones Ordinarias de Asamblea
General las hará la Secretaría de Comunicaciones de la Junta Directiva,
por medio de dos avisos, siendo el primero con diez días y el segundo
con cinco días de anticipación a la fecha indicada. Si la sesión no se
celebrase el día y la hora señalados en la convocatoria por falta de quórum,
fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los
cinco días siguientes y las resoluciones se tomarán con los votos de las
tres cuartas partes del quórum establecido.
Art. 20.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que
habrá de celebrarse la Asamblea General y en caso de reunión Extraor-
dinaria deberá incluirse la agenda propuesta.
Art. 21.- Cuando un Asociado no pueda asistir a la reunión ordinaria
o extraordinaria de la Asamblea General, podrá delegar su voto a otro
asociado para que lo represente debiendo hacer constar por escrito a la
Junta Directiva, la representación otorgada. Cada asociado solamente
podrá aceptar una representación.
Art. 22.- Las disposiciones en reunión ordinaria o extraordinaria
de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con la mitad
más uno de los votos a favor.
Art. 23.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y Comité de
Vigilancia;
b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la Asociación;
c) Destituir por causas justifi cadas y legalmente comprobadas
a los miembros de la Junta Directiva en pleno y elegir a los
sustitutos de conformidad a lo que prescribe la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunales de la Ciudad de
Cojutepeque y estos Estatutos;
d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-
nientes con el objeto de llevar una sana administración de la
Asociación;
e) Aprobar los Estatutos, Reglamento Interno, Plan de trabajo,
y el respectivo presupuesto de la Asociación;
f) Otorgar la calidad de Asociados honorarios a propuesta de
la Junta Directiva, de uno o varios asociados;
g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunale, de la Ciudad
de Cojutepeque, el Reglamento Interno de la Asociación y
demás disposiciones que se dicten para el buen desarrollo
de la comunidad;
h) Las demás disposiciones que establezcan a futuro la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunales de la Ciudad de
Cojutepeque.
CAPÍTULO VI
De la Junta Directiva
Art. 24.- La Junta Directiva será integrada con los siguientes
cargos:
Presidencia
Secretaría de Actas
Secretaría de Finanzas
Secretaría de Comunicaciones
Secretaría de Asuntos Legales (Sindicatura)
Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes.
Secretaría de Proyectos
Secretaría de Programas Sociales
Nombrándose además un miembro sustituto por cada uno de
los siguientes cargos: Presidencia, Secretaría de Actas y Secretaría de
Finanzas.
Art. 25.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:
a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos;
b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-
ciones de la Asamblea General;
c) Hacer la califi cación previa en los casos de retiro voluntario y
expulsión de los Asociados tal como en casos de destitución
individual de los miembros de la Junta Directiva;
d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asocia-
ción;
e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los
bienes de la Asociación; Así como velar porque se empleen
en forma óptima y procurar que se incrementen los activos
de la misma;
f) Presentar la Memoria Anual de Labores, el informe de la
ejecución presupuestaria, el Plan de Trabajo y el respectivo
Presupuesto;
g) Velar porque se cumpla el presupuesto anual que la Asamblea
General, haya aprobado para el ejercicio correspondiente;
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
h) Coordinar e impulsar las actividades de benefi cio para la
comunidad;
i) Convocar a reuniones Ordinarias o extraordinarias de
Asamblea General de acuerdo con lo establecido en estos
Estatutos;
j) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsar
el desarrollo Comunal y agilizar el funcionamiento de la
misma;
k) Mantener relaciones con organismos del Estado, la Munici-
palidad y entidades privadas, con el objeto de buscar el apoyo
de las mismas para los proyectos de la Asociación;
l) Vigilar el cumplimiento de los deberes u obligaciones de los
Asociados;
m) Gestionar ante las autoridades e Instituciones respectivas los
diferentes Proyectos que la Asamblea General haya aproba-
do;
n) Todas las demás atribuciones que se le señalen estos Estatutos,
Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de la
Ciudad de Cojutepeque y las Leyes de la República.
Art. 26.- La Junta Directiva celebrará sesión Ordinaria una vez
al mes y sesión Extraordinaria cuando sea necesario a solicitud de la
Presidencia o de tres o más miembros de la misma.
Art. 27.- Las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadas por
lo menos por cinco de sus miembros; en caso de empate el presidente o
quien lo represente tendrá voto de calidad.
Art. 28.- El período de función de los cargos de la Junta Directi-
va, será de dos años a partir de la fecha en que tomen posesión de sus
cargos. La Elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará
quince días antes que concluya el periodo para el que han sido electos,
en sesión de Asamblea General Extraordinaria por mayoría simple y
ante la presencia de un Delegado Municipal.
Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
periodo no mayor de dos años y podrán ser reelectos en forma alterna.
Debiendo registrarse la nueva Junta Directiva en el Registro de Aso-
ciaciones Comunales de la Ciudad de Cojutepeque, a más tardar quince
días después de su elección, así mismo en el mes de enero de cada año
deberá presentarse una certifi cación de la nómina de Asociados, inscritos
en el libro respectivo.
Art. 30.- Para ser directivo se requiere tener 18 años, no así la
Presidencia de la Asociación, la Secretaria de Asuntos Legales y la
Secretaria de Finanzas; quienes deberán ser mayores de 21 años.
Art. 31.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indi-
vidualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio
de sus funciones, la destitución individual procederá después de tres
amonestaciones por faltas leves; y a la primera cuando se trate de falta
grave.
Art. 32.- Serán Faltas leves:
a) Falta de espíritu de servicio y unidad;
b) Inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Junta
Directiva y Asamblea General;
c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones designadas, así
como durante el desarrollo de las sesiones de Junta Directiva
o Asamblea General.
Art. 33.- Se considera falta grave, cuando se compruebe
fehacientemente que la afi liación de un directivo es perjudicial a los
intereses de la Asociación o que haya cometido daños a la Asociación.
Art. 34.- Son Atribuciones de la Presidencia de la Asociación:
a) Representar legalmente a la Asociación junto con la Secretaría
de Asuntos Legales (sindicatura);
b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General
orientando sus deliberaciones;
c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes Secretarias
y sus respectivos comités de apoyo;
d) Firmar los documentos de pago de tesorería y autorizar los
gastos de la Asociación;
e) Elaborar la Agenda a tratar en las diferentes sesiones y pre-
sentar los informes correspondientes;
f) Velar porque se mantengan el orden y disciplina de los
Asociados en las Asambleas que se celebren;
g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en
Asamblea General o en Junta Directiva;
h) Gozar del voto de calidad en las diferentes Asambleas que se
realicen al existir empate al momento de tomar decisiones;
i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,
el Reglamento Interno, la Ordenanza de Asociaciones Co-
munales en la Ciudad de Cojutepeque y las demás leyes de
la República en virtud de su cargo.
Art. 35.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas:
a) Llevar al día el libro de actas en el que se hace constar las
actuaciones de la Asociación y de la Junta Directiva;
b) Guardar los libros, correspondencias y demás documentos
confi ados a su cuidado;
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c) Llevar en orden y actualizado el libro de Registro de Aso-
ciados;
d) Dar lectura del acta correspondiente y demás documentación
que solicite la Presidencia de la Junta Directiva;
e) Remitir la nómina de los miembros electos de la Junta Direc-
tiva, el Plan de Trabajo y la nómina de Asociados inscritos
cada mes de enero al Registro de las Asociaciones Comunales
que se lleva en la Ciudad de Cojutepeque.
Art. 36.- Son Atribuciones de la Secretaría de Finanzas:
a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes,
muebles e inmuebles propiedad de la Asociación;
b) Llevar los registros de control de ingresos y egresos de la
Asociación;
c) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-
ción adecuada de los recursos económicos, así como efectuar
los pagos de las obligaciones de ésta;
d) Autorizar con su fi rma, junto con la del Presidente, el movi-
miento de las cuentas bancarias que tenga la Asociación;
e) Gestionar para que se hagan efectivos en forma rápida los
créditos concedidos a la Asociación.
f) Rendir informes mensuales a la Junta Directiva o cuando
ésta lo requiera, al igual que a la Asamblea General o a la
Alcaldía de Cojutepeque, acerca del estado fi nanciero de la
Asociación;
g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe tri-
mestral y anual del Estado Financiero de la Asociación;
h) Todas las demás atribuciones que le señalan estos Estatutos,
el Reglamento Interno, la Ordenanza Reguladora de las
Asociaciones Comunales en la Ciudad de Cojutepeque y las
demás leyes de la República en virtud de su cargo.
Art. 37.- Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones:
a) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de asamblea
General, tal como se establece en estos Estatutos;
b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación;
c) Todas las demás atribuciones que le señalan estos Estatutos,
El Reglamento Interno, La Ordenanza Reguladora de las
Asociaciones Comunales de la Ciudad de Cojutepeque.
Art. 38.- La Secretaria de Asuntos Legales (sindicatura), tendrá a
su cargo la representación judicial y extrajudicial de la misma, función
que ejecutará en forma conjunta o separada con la Presidencia de la
Junta Directiva, no obstante la Asociación podrá nombrar apoderados
generales y judiciales para que los represente.
Art. 39.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura, Recreación
y Deportes:
a) Impulsar programas o proyectos Recreativos, Para lograr el
desarrollo integral de la Comunidad;
b) En materia deportiva esta Secretaría deberá propiciar la rea-
lización de torneos o eventos en cualquiera de las ramas del
deporte para incentivar a los habitantes de la Comunidad a un
sano esparcimiento, aumentando así, las relaciones sociales
entre sus miembros; motivándolos además a participar en
eventos intercomunales;
c) Incentivar las aptitudes artísticas en cualquiera de sus ramas,
tales como la música, teatro, pintura, danza, etc. Fomentando
a su vez la creación de grupos artísticos representativos de la
comunidad;
d) Fomentar visitas a diversos centros de recreación ya sea con
fi nes culturales, recreativos o con el objeto de obtener fondos
en benefi cio de la Asociación; para lo cual deberá manejar
dichos ingresos la Secretaría de Finanzas.
Art. 40.- Son atribuciones de la Secretaría de Proyectos, El su-
pervisar los diferentes proyectos, de desarrollo comunal, en materia de
vivienda, salud, educación, etc. Velando porque los recursos humanos
y materiales de cada proyecto sean aprovechados en la mejor forma y
trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad
con el equipamiento y los medios necesarios para solucionar los distintos
problemas que existieren en la comunidad.
Art. 41.- Son atribuciones de la Secretaría de Programas Sociales,
Establecer y mantener vínculos y coordinación con instituciones Guber-
namentales y no Gubernamentales, nacionales e internacionales a nombre
de la Asociación que posibiliten la realización de programas, proyectos
y actividades encaminados al desarrollo y benefi cio de la comunidad. Y
todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos, Reglamento
Interno y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de
la Ciudad de Cojutepeque.
Del Comité de Vigilancia
Art. 42.- Deberá constituirse un comité de vigilancia en la Aso-
ciación, el cual estará integrado por tres miembros propietarios, quienes
tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y documentos
y también podrán inquirir sobre el trabajo que realicen los comités de
apoyo.
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Los integrantes de este comité serán electos de entre los miembros
que asistan a la Asamblea General Extraordinaria para la elección de
la Junta Directiva; y deberán reunir los requisitos establecidos en el
Artículo 30, de estos Estatutos.
CAPÍTULO VII
Del Patrimonio
Art. 43.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las cuotas de sus afi liados de cualquier clase que sean apro-
badas por la Asamblea General;
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-
tes;
c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para
recaudar fondos para la Asociación;
d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que obtengan con
la administración de las mismas, así como las provenientes
de donaciones, herencias y legados.
Art. 44.- La Presidencia y la Secretaría de Finanzas, tendrán que
responder personal y solidariamente por los movimientos de cuentas
bancarias de la Asociación, cuando se excedan de los límites de su
cargo.
CAPÍTULO VIII
De Control y Fiscalización Interna y Externa
Art. 45.- Las Secretarías integrantes de la Junta Directiva tendrán
la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la
Asamblea General.
Art. 46.- La Alcaldía Municipal de la Ciudad de Cojutepeque,
debe Auditar las operaciones de esta Asociación, por lo menos cada
seis meses, para ejercer control por el uso indebido de cualquiera de los
privilegios y excepciones de que goce tomando medidas correctivas que
sean necesarias extendiendo un fi niquito a la Secretaría Auditada por el
periodo que fue realizado.
CAPÍTULO IX
De la Modifi cación de Estatutos
Art. 47.- La modifi cación de los Estatutos podrá acordarse en
Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno
de todos los Asociados activos de la Asociación; posteriormente se
convocará a Asamblea General Extraordinaria con el objetivo de darle
lectura a las modifi caciones y la respectiva aprobación por parte de la
Asamblea General con las dos terceras partes de la nómina de asociados
activos inscritos en el libro respectivo. Todo esto deberá hacerse ante
la presencia de la persona que el Concejo Municipal acredite como De-
legado Municipal ante la Asamblea. Todo lo actuado deberá asentarse
en el libro de Actas que lleva la Asociación.
Una vez completado lo anterior se deberá solicitar por escrito al
Concejo Municipal el acuerdo de derogatoria de los artículos o de los
Estatutos en general a modifi carse y de aprobación a las modifi caciones
hechas anexando copia certifi cada del acta respectiva y dos copias de
los Artículos o Estatutos modifi cados.
Con el Acuerdo emitido se mandarán a publicar sólo por una vez
en el Diario Ofi cial.
Art. 48.- Tendrá iniciativa para solicitar la modifi cación de los
Estatutos, la Asamblea General y la Junta Directiva, en el primer caso
corresponderá a la mitad más uno de los asociados activos presentar su
petición por escrito a la Junta Directiva y en el segundo caso la Junta
Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General
CAPÍTULO X
Disolución y Liquidación de la Asociación
Art. 49.- Esta Asociación Comunal podrá disolverse mediante
acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria; a dicha sesión de-
berán asistir por lo menos las dos terceras partes de sus asociados activos
el acuerdo de disolución será asentado en acta y una certifi cación de la
misma será enviada al Concejo Municipal para efectos de cancelación de
su personalidad jurídica y del Registro de las Asociaciones Comunales
que lleva la Municipalidad. Dicho acuerdo será publicado en el Diario
Ofi cial.
Art. 50.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-
tes:
a) Por la disminución del número de sus afi liados tal como lo
establece el Código Municipal en su Artículo 121-B, que
dice: cuando el número de sus miembros que la integran sea
menor al requerido para su constitución Artículo 120 del
Código Municipal;
b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales
fue constituida y por dedicarse a lo que no establecen sus
Estatutos;
c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos legales
o por haber dejado de funcionar como Asociación;
d) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la
democracia, orden público, a la moral o a las buenas costum-
bres.
e) Cuando no se remita al Registro de Asociaciones de la
Alcaldía la nómina de la junta directiva por dos periodos
consecutivos.
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Cuando el Concejo Municipal notifi que a la Asociación Comunal sobre anomalías detectadas a la Asociación y que éstas sean causales de disolución se dispondrá de un plazo de sesenta días para subsanar dichas observaciones.
Si las causales de disolución detectadas no pudieren ser subsanadas y éstas persisten se iniciará ante el juez competente en materia civil el procedimiento de disolución judicial por las autoridades municipales, según lo establece el Código Municipal en su Artículo 121-B incisos 2,3,4 y 5.
Art. 51.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-sión liquidadora que estará integrada por dos delegados Municipales y por dos Representantes de la Asociación quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; sino fueren electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados Municipales; disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla.
Los bienes remanentes de la Asociación que resultaren de la disolución pasarán a ser propiedad de la Alcaldía Municipal de Co-jutepeque, quien deberá invertirlos en obras de benefi cio social en esta misma Comunidad, Si al momento de la disolución la institución que designamos ya no existe legalmente serán las autoridades municipales la que designe la institución benefi ciaria.
Art. 52.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liquidación está obligada:
a) Poner a disposición de la comisión liquidadora, todos los libros y documentos;
b) Rendir los informes y explicaciones que le soliciten.
Art. 53.- La Comisión liquidadora una vez concluido su trabajo remitirá al Concejo Municipal, para su aprobación, los documentos pertinentes y un informe detallado de su gestión.
Disposiciones Generales
Art. 54.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obte-nerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, prestamos, etc. Para llevar a cabo sus programas y proyectos, estando obligados a informar a la Alcaldía, el origen de los recursos.
Art. 55.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura que contendrá el objeto del libro, número de folios fi rmados y sellados por el Registrador de las Asociaciones Comunales de esta Municipalidad.
Terminado el libro o libros se pondrá una razón de cierre que fi rmará y sellará la Presidencia de la Asociación.
Art. 56.- Los cargos de la Junta Directiva son ad-honores, sin embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o Asociado trabaje en actividades a tiempo completo o particulares o eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten.
Art. 57.- Toda Junta Directiva saliente podrá formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se elija conforme a estos Estatutos, no pudiendo integrar a la misma aquellos miembros a quienes se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado inadecuadamente los fondos y donaciones hechas a esta Asociación.
Art. 58.- La Junta Directiva saliente deberá rendir cuenta circunstan-
ciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre sus actividades
realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.
El informe a que se refi ere el inciso anterior debe ser rendido por
escrito, sellado y fi rmado por todos los miembros de la Junta Directiva
saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva Junta.
Art. 59.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después
de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE, DEPARTA-
MENTO DE CUSCATLAN.
CERTIFICA: Que en el Acta número SEIS de la SESIÓN ORDI-
NARIA celebrada por el Concejo Municipal de la Ciudad de Cojutepeque,
Departamento de Cuscatlán, a las ocho y treinta horas del día TRES
DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE, se encuentra el ACUERDO que
parcial y literalmente dice: ACUERDO NÚMERO CINCO.- Con el
propósito que se aprueben los Estatutos y se les otorgue la personalidad
jurídica correspondiente, se tiene a la vista la solicitud de los miembros
de la Directiva del Pasaje Pérez, Avenida José María Rivas, de esta
Ciudad. Visto el informe favorable del Subgerente de Promoción Social
y Participación Ciudadana, Licenciado Luis López, y de conformidad a
lo establecido en los Artículos Ciento diecinueve, Ciento veinte, Ciento
Veintiuno, Ciento Veintiuno guión A y Ciento Veintiuno guión B del
Código Municipal vigente, de que las Asociaciones Comunales tendrán
personalidad jurídica, el Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar los
estatutos en todas sus partes y otorgar la personalidad jurídica a la Aso-
ciación Comunal Pasaje Pérez, Avenida José María Rivas, Municipio
de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, dichos estatutos, constan
de cincuenta y nueve artículos. Por tanto el Concejo Municipal de la
Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, autoriza la publi-
cación en el Diario Ofi cial, de los Estatutos y del presente Acuerdo de
Aprobación de los mismos y para los efectos legales consiguientes.- Y
no habiendo más que hacer constar concluimos la presente Acta que
fi rmamos. R. Serrano de Martínez, M. R. O. B, Jaime Torres, Orlando
Torres, M. J A, J. A. Rodríguez, D. E. Espinoza, Ma. Isabel Castillo,
M. R. Domínguez, Ilegible, R. A. Parada, F. Maura Peña, Sonia Mejía
y M. A. Bernal, Secretario Municipal—RUBRICADAS----
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON LA CUAL SE CONFRON-
TO en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Cojutepeque, Departamento
de Cuscatlán, a los diez días del mes de febrero de dos mil doce.
MIGUEL ANGEL BERNAL G.,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F028927
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN INTERCOMUNAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LAS
COMUNIDADES DE LA COSTA SUR DEL MUNICIPIO DE
ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
CAPÍTULO I
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO
Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la Ciudad de Zacatecoluca en el departamento de La Paz, la Asociación de nacionalidad salvadoreña que se denominará “INTERCOMUNAL DE DESARRROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL SUR DE ZACATECOLUCA”, que se podrá abreviar “IDES”, como una entidad democrática, apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la Ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPÍTULO II
FINES DE LA ASOCIACIÓN
Art. 4.- Los Fines de la Asociación serán:
a) Promover la participación ciudadana a partir de la organización comunitaria en el desarrollo social, económico y cultural de zonas urbanas y rurales del Municipio y fuera del mismo;
b) Promover una estrategia y plataforma de desarrollo social y económico alternativo de las zonas urbanas y rurales;
c) Promocionar y fomentar el desarrollo de zonas urbanas y rurales con proyectos de promoción integral, orientándose a la población más pobre, para convertirlos en protagonistas y gestores de su propia vida y de la de su pueblo para hacer de esas comunidades auténticos polos de desarrollo social y económico;
d) Promover y fomentar la equidad de género, buscando el respeto de los derechos de la mujer;
e) Mantener relaciones permanentes con organismos naciona-les e internacionales y con expertos, para lograr los fi nes y objetivos antes descritos;
f) Promover la participación de los jóvenes en los procesos organizativos.
g) Promover la atención integral de los adultos mayores y personas con capacidades especiales;
h) Promover el respeto de los derechos de la niñez;
i) Sistematizar la ejecución de planes de emergencias comunales ante la amenaza de eventos climáticos en la región;
j) establecer estrecha coordinación con el MSPSAS y la municipalidad para el fortalecimiento en capacitaciones y equipamiento de los comités de salud; y
k) Gestionar y desarrollar programas especiales con familias desplazadas y veteranos de guerra, afectados a consecuencia del confl icto armado.
CAPÍTULO III
DEL PATRIMONIO
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las cuotas de los miembros;
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la Ley.
Art. 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPÍTULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General.
b) La Junta Directiva.
CAPÍTULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la auto-ridad máxima y estará integrada por representantes de las Asociaciones de Desarrollo Comunal; dicha representación estará integrada por tres delegados, siendo uno de ellos el Presidente Legal y los dos restantes, delegados en punto de acta para participar en Asamblea General.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directi-va. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno de los miembros en primera convocatoria, si el número de asistentes no fuere sufi ciente para realizar dicha asamblea, una hora después se hará una segunda convocatoria en la cual si no hubiera el número necesario para celebrar dicha asamblea, ésta se realizará con el número de socios asistentes teniendo los acuerdos tomados la misma validez. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría califi cada.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivo justifi cado, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro, el límite de representaciones es de un miembro llevando la voz y voto de su representado.
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Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva;
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno;
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación;
d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva;
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros;
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación;
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos; y,
h) Aprobar o denegar el ingreso de nuevos asociados.
CAPÍTULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por hombres y mujeres mayores de dieciocho años, ésta será electa por la Asamblea General y sus miembros tomarán posesión de sus cargos treinta días después de su elección. La Junta Directiva estará integrada por once miembros de los cuales un treinta por ciento deberán ser mujeres, un cincuenta por ciento hombres y un veinte por ciento jóvenes y estarán distribuidos de la forma siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Síndico, un Tesorero, un Protesorero, Secretario, un Prosecretario, y cuatro Vocales.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos de entre los delegados de cada una de las Juntas Directivas de las Asociaciones de Desarrollo Comunal y fungirán para un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos en forma consecutiva para un periodo más.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación;
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación;
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y presentarla a la Asamblea General;
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos e informar a la Asamblea General;
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva;
f) Nombrar de entre los miembros los Comités o Comisiones que consideren necesario para el cumplimiento de los fi nes de la misma. Los cuales estarán compuestos por cinco personas e integrados conforme lo mande el reglamento interno para este efecto;
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General; e,
i) Nombrar a un director para que se haga cargo de las necesi-dades técnica y administrativa, siempre que sea necesario. Este cargo estará regulado por un Reglamento Interno que contendrá el nombre del cargo, el tiempo estipulado para ejercer sus funciones, la descripción de sus funciones; for-mas y el responsable de su evaluación, así como el salario a devengar.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;
b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación;
c) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva;
d) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación;
e) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación; y
f) Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Vice-Presidente:
a) En ausencia del Presidente, el Vice-Presidente asumirá sus funciones;
b) Colaborar en la ejecución de las funciones junto al Presidente; y
c) Ejecutar otras funciones que el Presidente y la Junta Directiva le asigne.
Art. 19.- Son atribuciones del Síndico:
a) Previo acuerdo de la Junta Directiva se podrá celebrar toda clase de contratos, contraer toda clase de obligaciones y celebrar toda clase de Escritura Pública o Privada; otorgar Poderes Generales y Especiales; y,
b) Ejercer vigilancia en el engranaje administrativo y económico de la Asociación, dando cuenta por escrito al presidente de las anomalías que notare.
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Art. 20.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva;
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los Miembros de la Asociación;
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación;
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; y,
e) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación.
Art. 21.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir los fondos que la Asociación obtenga, y depositarlos en el Banco que la Junta Directiva seleccione;
b) tener control directo de los libros de contabilidad de la Aso-ciación; y,
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.
Art. 22.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva;
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once, literal a) de estos Estatutos;
c) Dirigir las comisiones de trabajo que la Junta Directiva defi na; y,
d) Otras tareas que la Junta Directiva les asigne.
CAPÍTULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 23.- Podrán ser miembros de la Asociación, las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sur de Zacatecoluca, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva y sean aceptados por la Asamblea General.
Art. 24.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros, sean éstos hombres o mujeres:
a) Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriben el acta de Constitución de la Asociación.
b) Miembros Activos: Todas las personas que la Asamblea General acepte como tales en la Asociación.
c) Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación, sean así nombrados por la Asamblea General.
Art. 25.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Gozar de los benefi cios derivados de la Asociación, que no sean de carácter económico;
b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral;
c) Optar a cargos Directivos, llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación; y,
d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 26.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Asociación;
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y
Junta Directiva; y,
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 27.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-
tes:
a) Por violación a estos Estatutos y Reglamento Interno de la
Asociación, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General
y Junta Directiva;
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción; y
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva, por
no asistir a dos asambleas ordinarias en forma consecutiva
sin causa justifi cada.
CAPÍTULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS
DE APLICACIÓN.
Art. 28.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados
de la misma, según las causas siguientes:
a) Mala conducta notoria que ocasionare perjuicios a la Aso-
ciación;
b) Negarse o abandonar sin motivo justifi cado al desempeño de
los cargos en elección o comisiones que le hubiesen enco-
mendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre
que éstos hubiesen sido aceptados;
c) Obtener por medios o negociaciones fraudulentas benefi cios
de la Asociación para sí, o para terceros; y,
d) Incumplimiento de las leyes, Ordenanzas, Reglamentos,
Estatutos y Disposiciones de la Asamblea General y de Junta
Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la
Asociación.
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CAPÍTULO IX
DE LA JUNTA DE VIGILANCIA.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE VIGILANCIA
Art. 29.- Un Comité de Vigilancia será electo en la Asamblea General Ordinaria donde se haya elegido a la Junta Directiva, y se Constituirá con tres miembros; el periodo de función del comité iniciará al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.
Art. 30.- Son atribuciones de la Junta de Vigilancia:
a) Vigilar y controlar de manera permanente el buen desempeño de la Junta Directiva;
b) Vigilar que se lleven los libros legales, facturas, y otros documentos de la Asociación sean llevados en regla;
c) Vigilar el estricto cumplimiento de estos Estatutos;
d) Fiscalizar el empleo de los fondos; y,
e) Recibir denuncias por parte de los socios e investigar sobre las mismas que en un momento se presentaran ante la Asamblea General.
CAPÍTULO X
DE LA DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
Art. 31.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 32.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos pasarán a poder de las comunidades que la Asamblea General asigne.
CAPÍTULO XI
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 33.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPÍTULO XII
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 34.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar a la Alcaldía Municipal de Zacatecoluca en los primeros quince días poste-riores a la elección, la nómina de nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado departamento cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá de enviar al expresado a la alcaldía su plan de actividades.
Art. 35.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Inter-no de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de ser publicados en el Diario Ofi cial.
El Infrascrito Secretario Municipal de la Ciudad de Zacatecoluca.
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales, que esta Alcaldía Municipal lleva en el año dos mil doce, se encuentra el acta número cuatro de la sesión Extraordinaria de fecha veinticinco de enero del presente año, la que contiene el Acuerdo que Literalmente dice:
ACUERDO NÚMERO NUEVE. El Concejo Municipal, CONSI-DERANDO: I.- Que han sido vistos los Estatutos de la ASOCIACIÓN INTERCOMUNAL DE DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL, DE LAS COMUNIDADES DE LA COSTA SUR DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, que constan de treinta y seis artículos; II.- Que al examinarlos, no se encuentra en ellos ninguna disposición contraria a la Constitución de la República y leyes secundarias, al Orden Público, ni a las buenas costumbres; POR TANTO: En uso de las facultades que le confi eren los artículos: 30 numerales 13 y 23, 119 y 121 del Código Municipal; ACUERDA: Aprobar en todas sus partes los Estatutos de la ASOCIACIÓN INTERCOMUNAL DE DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL DE LAS COMUNIDADES DE LA COSTA SUR DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ podrá abreviarse; “IDES” asimismo, se le confi ere la PERSONALIDAD JURÍDICA. Certifíquese el pre-sente Acuerdo, para ser remitido por los interesados al Diario Ofi cial juntamente con los Estatutos, para los efectos legales consiguientes. COMUNÍQUESE.
Y no habiendo más que hacer constar, se da por terminada la presente acta que para constancia fi rmamos. Hirezi/// M. A. J. C. G./// L. A. S. Nerio/// J. A. Moreno/// J. S. R. A./// D. A. CH. Cárcamo/// T. D. A./// K. E B. de A./// J. A. Córdova/// D. E. Paz/// E. G. Montano./// O. M. R./// S. R. S. A./// D. M. A. Vargas/// J. C. M. R. Srio. RUBRICADAS.
Es conforme con su original con el cual se confrontó. Y para su cumplimiento y efectos Legales, se expide la presente de conformidad al Art. 55 numeral 6 del Código Municipal en la Alcaldía Municipal de Zacatecoluca, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.
Autoriza
DR. FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,
ALCALDE MUNICIPAL.
LIC. JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F028869)
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-
CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo
día, ha sido declarado heredero abintestato y con benefi cio de inventario de
la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día VEINTINUEVE
DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, en el Hospital San Juan de Dios de
esta ciudad, siendo el Cantón San Juan Buenavista de esta jurisdicción
el lugar de su último domicilio, dejó la señora MIRIAM HORTENSIA
SALGUERO CASTANEDA, a: SILVIA DE LOS SANTOS ANAYA
CASTANEDA conocida por SILVIA DE LOS SANTOS CASTANEDA
ANAYA y ROLANDO ALCIDES SALGUERO PÉREZ en su calidad
de padres de la causante; confi riéndoseles DEFINITIVAMENTE la
administración y representación de la sucesión expresada.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las catorce horas veinte minutos del día treinta y uno de octubre
del año dos mil once.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN
LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 210
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y veintitrés mi-
nutos del día treinta y uno de enero del presente año; SE DECLARO
HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO A LOS SEÑORES: SANTOS ALEXANDER CORTEZ
CHAVEZ, de treinta y cuatro años de edad, soltero, Empleado, del domi-
cilio de Apopa; y la señora SILVIA ELIZABETH CORTEZ CHÁVEZ,
de treinta y dos años de edad, soltera, ama de casa, del domicilio de
Cuscatancingo; ambos en calidad de hijos de la causante; de la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora SILVIA ELENA CHÁVEZ
viuda DE CORTEZ, de cincuenta y cuatro años de edad, Viuda, Costu-
rera, fallecida el día veintidós de enero del año dos mil once, siendo la
ciudad de Apopa su último domicilio.
Se les confi rió a los herederos declarados, en el carácter indicado
la Administración y Representación defi nitiva de los bienes de la Suce-
sión.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y
treinta minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil doce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-
RIO.
Of. 1 v. No. 211
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y once minutos del
día dieciocho de enero del presente año; SE DECLARO HEREDEROS
DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO
A LA SEÑORA ADDA RUTH CLARIBEL ROMERO DE MARQUEZ,
de veinticuatro años de edad, Empleada, casada, del domicilio de Apopa,
y al menor JOSEPH STEVEN MARQUEZ ROMERO, de cinco años
de edad, estudiante, del domicilio de Apopa; la primera en calidad de
cónyuge sobreviviente, y el segundo como hijo del causante; de la heren-
cia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ SAUL MARQUEZ
SÁNCHEZ, de veintiséis años de edad, soltero, empleado, fallecido el
día doce de febrero del año dos mil once, siendo la ciudad de Apopa su
último domicilio.
Y se les confi rió a los herederos declarados, en el carácter indicado la
Administración y Representación defi nitiva de los bienes de la Sucesión;
debiendo el menor JOSEPH STEVEN MARQUEZ ROMERO, ejercer
sus derechos por medio de su Representante Legal, señora ADDA RUTH
CLARIBEL ROMERO DE MARQUEZ.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y
veinticinco minutos del día dieciocho de enero del año dos mil doce.-
DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 212
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
a las catorce horas y trece minutos del día diez de febrero del presente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JUAN JOSÉ
VICENTE SANDOVAL ARDON, quien fue de veintidós años de edad,
soltero, estudiante, fallecido el día veintiséis de junio del año dos mil
diez, siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de los
señores: JESÚS SANDOVAL, de sesenta y un años de edad, casado,
mecánico, del domicilio de Apopa, y ELIDA ANTONIA ARDON DE
SANDOVAL, de cincuenta y nueve años de edad, casada, de ofi cios do-
mésticos, del domicilio de Apopa, en calidad de padres del causante.
Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la admi-
nistración y representación interina de los bienes de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horas y
dieciséis minutos del día diez de febrero del año dos mil doce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-
RIO.
Of. 3 v. alt. No. 213-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de la
Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la
Ley de esta Corte, EMPLAZAN a los señores: Luis Mariano Turcios
Chévez, Edgardo Humberto Zelaya Dávila, Jeremías Castro Flores,
Mayra Fonseca de Reyes y Lesslie Michaell Zepeda Gámez, quienes
fungieron como Miembro Propietario del Comité Directivo, Gerente de
Ingeniería y Operaciones, Gerente de Aprovisionamiento y Suministros,
Contador, Jefe del Departamento Jurídico y Jefe de Auditoría Interna,
respectivamente, en el Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador
(INDES), correspondiente al período del uno de enero de dos mil ocho
al treinta y uno de mayo de dos mil nueve, para que dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, comparezcan
a esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos, donde se les señala
Responsabilidad Administrativa y Patrimonial, según el caso, por su
actuación, según Informe de Auditoría realizado a dicha Entidad, que
ha dado origen al Juicio de Cuentas No. JC-085-2010-1.
Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República, San Salvador, a las nueve horas del día veintiuno
de febrero del año dos mil doce.
DR. JOSÉ ANTONIO HERRERA,
LIC. SANTIAGO ANÍBAL OSEGUEDA R.,
JUECES DE CUENTAS DE LA CÁMARA QUINTA
DE PRIMERA INSTANCIA.
LICDA. SANDRA ELIZABETH SANTOS DE THOMAS,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 214
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de
la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de
la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: a la señora ELENA ROSA
LARREYNAGA DE RIVERA, para que dentro de los cinco días há-
biles siguientes a la publicación del presente edicto, se presente a esta
Cámara a recibir copia del Pliego de Reparo, en el que se le reclama
Responsabilidad Administrativa, por sus actuaciones como GERENTE
GENERAL DE LA CORPORACIÓN SALVADOREÑA DE TURISMO
CORSATUR, durante el período comprendido del uno de enero al treinta
y uno de diciembre del dos mil nueve, y que ha dado origen al Juicio de
Cuentas No. JC-024-2011.
Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República: San Salvador, a las ocho horas treinta minutos
del día diecisiete de febrero de dos mil doce.
DR. JOSÉ ANTONIO HERRERA,
JUEZ.
LIC. SANTIAGO ANÍBAL OSEGUEDA RAMÍREZ,
JUEZ.
LICDA. SANDRA ELIZABETH SANTOS DE THOMAS,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 215
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
TÍTULOS SUPLETORIOS
LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER; Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
BENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO, de cuarenta y seis años de
edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, solicitando a nombre del
Estado de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de
Vivienda y Desarrollo Urbano, TITULO SUPLETORIO, un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido como "Caragual",
Caserío "Ojo Blanco", Cantón "Guarjila", Jurisdicción del Municipio
de Chalatenango, Departamento del mismo nombre, el cual se estima su
valor en UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS DOLARES CON
OCHO CENTAVOS DE DOLAR; y se describen sus medidas y linderos
así: Partiendo del estacionamiento CERO MAS NOVECIENTOS DOCE
PUNTO CINCUENTA SOBRE EL EJE DEL PROYECTO DISEÑO/
CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NOR-
TE, TRAMO TRES B: GUARJILA - ACCESO A PUENTE SOBRE RIO
LEMPA EN NOMBRE DE JESUS, y con un rumbo Norte, veinticinco
grados treinta y nueve minutos cincuenta y cuatro segundos Este, se
miden ocho punto cero cero metros, para llegar al vértice Nor Poniente
UNO de esta propiedad; y que a continuación se describe: Terreno de
forma irregular conformado por tres lados, careciendo de lado Oriente:
NORTE: Línea UNO-DOS, Tramo recto de siete punto treinta metros
con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados treinta y dos minutos dieciséis
segundos Este. Línea DOS TRES, Tramo recto de nueve punto sesenta
y cuatro metros con rumbo Sur, setenta y un grados cero siete minutos
treinta segundos Este. Línea TRES CUATRO, Tramo recto de nueve
punto ochenta y siete metros con rumbo Sur, ochenta grados veinticuatro
minutos cincuenta y nueve segundos Este. Línea CUATRO-CINCO,
Tramo recto de nueve punto sesenta y cuatro metros con rumbo Sur,
sesenta y nueve grados veintiocho minutos cuarenta y nueve segundos
Este. Línea CINCO-SEIS, Tramo recto de nueve punto setenta metros
con rumbo Sur, sesenta y siete grados cero cuatro minutos cincuenta y
nueve segundos Este. Línea SEIS-SIETE, Tramo recto de tres punto
doce metros con rumbo Sur, sesenta y tres grados cero cuatro minutos
cero tres segundos Este. Línea SIETE-OCHO, Tramo recto de cuatro
punto noventa metros con rumbo Sur, sesenta grados cero nueve minu-
tos cero cuatro segundos Este. Línea OCHO-NUEVE, Tramo recto de
uno punto noventa y siete metros con rumbo Sur, ochenta y un grados
veinte minutos cuarenta y seis segundos Este. Línea NUEVE-DIEZ,
Tramo recto de siete punto veintiséis metros con rumbo Sur, sesenta y
cuatro grados cero tres minutos dieciocho segundos Este, colindando
con resto del inmueble general del cual se segrega la porción que se
describe. Línea DIEZ-ONCE, Tramo recto de veinticinco punto treinta
y dos metros con rumbo Sur, ochenta y nueve grados treinta y cuatro
minutos treinta y cuatro segundos Oeste. Línea ONCE-DOCE, Tramo
recto de trece punto cuarenta metros con rumbo Norte, ochenta y nueve
grados diez minutos treinta y tres segundos Oeste. Línea DOCE-TRECE,
Tramo recto de diecinueve punto veintitrés metros con rumbo Norte,
ochenta y dos grados veintiún minutos treinta y tres segundos Oeste,
colindando con terreno propiedad de Asociación Comunal Guarjila, con
calle existente de por medio que de Guarjila conduce hacia San Isidro
Labrador. PONIENTE: Línea TRECE-CATORCE, Tramo recto de diez
punto veinticuatro metros con rumbo Norte, cero uno grados cuarenta y
cuatro minutos veintinueve segundos Oeste. Línea CATORCE-QUINCE,
Tramo recto de siete punto setenta y cinco metros con rumbo Norte, cero
cuatro grados cuarenta y seis minutos cuarenta y siete segundos Oeste.
Línea QUINCE-UNO, Tramo recto de uno punto noventa y un metros con
rumbo Norte, cero ocho grados cero seis minutos cincuenta y un segundos
Oeste, colindando con terreno propiedad de Argelia Romero Lemus, con
cerco de alambre de púas de por medio. Llegando con esta última distancia
y rumbo al vértice UNO donde se inició esta descripción. Quedando así
descrito dicho inmueble con un área de 662.60 metros cuadrados. Dicho
inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador en el
Ramo de Obras Públicas mediante Compraventa otorgada por los señores
anteriores poseedores del referido inmueble JORGE RECINOS ALAS
y MARIA LELIS RECINOS ALAS, a favor del Estado de El Salvador
en el ramo antes mencionado ante los Ofi cios Notariales del Licenciado
Ricardo Ernesto Rodríguez Sigüenza; asimismo dicha posesión del Estado
en el Ramo de Obras Públicas en el referido inmueble data desde hace
más de diez años, unida a la de los anteriores poseedores señor Jorge
Recinos Alas y María Lelis Recinos Alas, y no está en proindivisión, ni
gravado con carga de ninguna clase. El inmueble antes descrito no se
encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, ni es
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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inscribible por no tener antecedente inscrito, y el cual fue adquirido por
el Estado de El Salvador por medio de COMPRA-VENTA efectuada
a los señores JORGE RECINOS ALAS y MARIA LELIS RECINOS
ALAS, quienes son actuales poseedores del inmueble antes descrito,
dicho inmueble no es predio sirviente, ni dominante, no tiene carga, ni
derechos reales que respetar, ni está en proindivisión con persona alguna
y fue adquirido por posesión de buena fe por el Estado de El Salvador
en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo
Urbano, el cual se valora en la cantidad de MIL CUATROCIENTOS
VEINTIDOS DOLARES CON OCHO CENTAVOS DE DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las quince horas con treinta y cinco minutos del día diecisiete de enero
del dos mil doce.- LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTO.- LIC. EDWIN EDGARDO
RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 207-2
LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la Licen-
ciada ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, de cuarenta y seis años
de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, solicitando a nombre
del Estado de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y
de Vivienda y Desarrollo Urbano, TITULO SUPLETORIO, de un in-
mueble de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido como Caserío
"EL Dique", Cantón "Potrerillos", Jurisdicción de Nombre de Jesús,
Municipio de este Departamento, de una extensión superfi cial de MIL
OCHOCIENTOS QUINCE METROS CON DIEZ CENTIMETROS
CUADRADOS, cuya descripción técnica se describe así: Partiendo del
estacionamiento DOCE MAS TRESCIENTOS NUEVE PUNTO ONCE
SOBRE EL EJE DEL PROYECTO DISEÑO/CONSTRUCCION DE
LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO TRES B:
GUARJILA - ACCESO A PUENTE SOBRE RIO LEMPA EN NOM-
BRE DE JESUS, y con un rumbo Sur, treinta y nueve grados cincuenta
y tres minutos cincuenta y nueve segundos Oeste, se miden cinco punto
ochenta y cuatro metros, para llegar al vértice Nor Poniente UNO de esta
propiedad; y que a continuación se describe: NORTE: Línea UNO-DOS,
Tramo recto de tres punto noventa y cuatro metros con rumbo Norte,
sesenta y cuatro grados veintisiete minutos cuarenta y nueve segundos
Este. Línea DOS-TRES, Tramo recto de tres punto sesenta y cuatro
metros, con rumbo Norte, ochenta y ocho grados veintiocho minutos
cincuenta segundos Este. Línea TRES-CUATRO, Tramo recto de siete
punto treinta y cuatro metros, con rumbo Sur, sesenta y dos grados dieci-
nueve minutos treinta y nueve segundos Este. Línea CUATRO-CINCO,
Tramo recto de cuatro punto setenta y nueve metros, con rumbo Sur,
veintinueve grados cero cuatro minutos cuarenta y un segundos Este.
Línea CINCO-SEIS, Tramo recto de tres punto catorce metros, con
rumbo Sur, veinte grados quince minutos cuarenta y dos segundos Este.
Línea SEIS-SIETE, Tramo recto de cuatro punto cero nueve metros con
rumbo Sur, treinta grados cero cuatro minutos quince segundos Este.
Línea SIETE-OCHO, Tramo recto de ocho punto cincuenta y cuatro
metros con rumbo Sur, veintiséis grados treinta y seis minutos cero un
segundos Este. Línea OCHO-NUEVE, Tramo recto de cuatro punto
setenta y dos metros con rumbo Sur, sesenta y ocho grados cuarenta y
dos minutos cero nueve segundos Este. Línea NUEVE-DIEZ, Tramo
recto de cuatro punto doce metros con rumbo Sur, ochenta y siete grados
quince minutos cincuenta y nueve segundos Este. Línea DIEZ-ONCE,
Tramo recto de dos punto setenta y seis metros con rumbo Norte, setenta
y ocho grados veintisiete minutos treinta y cinco segundos Este. Línea
ONCE-DOCE, Tramo recto de veinte punto catorce metros con rumbo
Sur, cincuenta y un grados doce minutos cincuenta y cuatro segundos
Este. Línea DOCE-TRECE, Tramo recto de cuatro punto setenta y seis
con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos cero
dos segundos Este. Línea TRECE-CATORCE, Tramo recto de doce
punto sesenta metros con rumbo Sur, cincuenta y cinco grados treinta y
cinco minutos cincuenta segundos Este. Línea CATORCE-QUINCE,
Tramo recto de once punto treinta metros con rumbo Sur, cincuenta
y cuatro grados quince minutos cuarenta y un segundos Este. Línea
QUINCE-DIECISEIS, Tramo recto de diecisiete punto setenta y seis
metros con rumbo Sur, cincuenta y ocho grados treinta y un minutos
veintidós segundos Este. Línea DIECISEIS-DIECISIETE, Tramo recto
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de siete punto sesenta y ocho metros con rumbo Sur, cincuenta y cinco
grados cero nueve minutos diez segundos Este, colindando con terreno
propiedad de Selvin Amaya Castillo, con cerco de alambre de púas de
por medio; ORIENTE: Línea DIECISIETE-DIECIOCHO, Tramo recto
de once punto sesenta y cuatro metros con rumbo Sur, veintiocho grados
veintiún minutos dieciocho segundos Oeste. Línea DIECIOCHO-DIECI-
NUEVE, Tramo recto de ocho punto doce metros con rumbo Sur, treinta
y dos grados veinticinco minutos cuarenta y tres segundos Oeste. Línea
DIECINUEVE-VEINTE, Tramo recto de seis punto catorce metros con
rumbo Sur, cuarenta grados cincuenta y cuatro minutos treinta y cuatro
segundos Oeste, colindando con terreno propiedad de Celestino Dubón
Dubón y con terreno propiedad de José Alfredo Morales Lara, con cerco
de alambre de púas de por medio; SUR: Línea VEINTE-VEINTIUNO,
Tramo recto de ocho punto veintidós metros con rumbo Norte, cuarenta
y cinco grados cuarenta minutos veinticinco segundos Oeste. Línea
VEINTIUNO-VEINTIDOS, Tramo recto de nueve punto cincuenta y
cuatro metros con rumbo Norte, cuarenta y cuatro grados doce minutos
cero ocho segundos Oeste. Línea VEINTIDOS-VEINTITRES, Tramo
recto de nueve punto sesenta y cinco metros con rumbo Norte, cuarenta
grados cuarenta y cinco minutos dieciocho segundos Oeste. Línea
VEINTITRES-VEINTICUATRO, Tramo recto de diez punto cuarenta
y tres metros con rumbo Norte, veintinueve grados dieciséis minutos
treinta y cinco segundos Oeste. Línea VEINTICUATRO-VEINTICINCO,
Tramo recto de diez punto cero dos metros con rumbo Norte, cuarenta
y dos grados veintidós minutos cincuenta y dos segundos Oeste. Línea
VEINTICINCO-VEINTISEIS, Tramo recto de once punto treinta y ocho
metros con rumbo Norte, cuarenta y dos grados cincuenta y ocho minutos
cincuenta y un segundos Oeste. Línea VEINTISEIS-VEINTISIETE,
Tramo recto de ocho punto sesenta y cinco metros con rumbo Norte,
cuarenta y dos grados cincuenta y un minutos veintidós segundos Oeste.
Línea VEINTISIETE-VEINTIOCHO, Tramo recto de diez punto cero
seis metros con rumbo Norte, cincuenta y dos grados cero cuatro minutos
cincuenta y dos segundos Oeste. Línea VEINTIOCHO-VEINTINUEVE,
Tramo recto de seis punto sesenta y nueve metros con rumbo Norte,
sesenta y un grados cincuenta y cuatro minutos once segundos Oeste.
Línea VEINTINUEVE-TREINTA, Tramo recto de tres punto sesenta
y nueve metros con rumbo Norte, sesenta grados cuarenta y un minutos
cincuenta y siete segundos Oeste. Línea TREINTA-TREINTA Y UNO,
Tramo recto de diez punto cincuenta y tres metros con rumbo Norte,
sesenta y cuatro grados cero un minutos cincuenta y dos segundos Oeste.
Línea TREINTA Y UNO-TREINTA Y DOS, Tramo recto de catorce
punto veintiséis metros con rumbo Sur, ochenta y ocho grados cuarenta
y un minutos trece segundos Oeste. Línea TREINTA Y DOS-TREINTA
Y TRES, Tramo recto de once punto noventa y ocho metros con rumbo
Sur, setenta y dos grados cincuenta y cinco minutos veintiocho segundos
Oeste, colindando con resto del inmueble general del cual se segrega la
porción que se describe; y PONIENTE: Línea TREINTA Y TRES-UNO,
Tramo recto de veintiocho punto cero siete metros con rumbo Norte,
treinta y cuatro grados treinta y dos minutos veintiún segundos Este,
colindando con terreno propiedad de Rosa Angélica Flores Amaya de
Castillo, con quebrada de por medio. Llegando con esta última distancia
y rumbo al vértice UNO donde se inició esta descripción. El inmueble
antes descrito no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas, ni es inscribible por no tener antecedente inscrito, y el
cual fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo
de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, para
el Derecho de Vía del proyecto: "DISEÑO/CONSTRUCCION DE LA
CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO TRES B:
GUARJILA- ACCESO A PUENTE SOBRE RIO LEMPA EN NOM-
BRE DE JESUS", por medio de COMPRA-VENTA efectuada a la
señora FLORINDA RAMIREZ MIRANDA viuda DE GUARDADO,
conocida tributariamente por FLORINDA RAMIREZ MIRANDA DE
GUARDADO. El inmueble antes relacionado, no es predio sirviente,
ni dominante, no tiene carga, ni derechos reales que respetar, ni está
en proindivisión con persona alguna y fue adquirido por posesión de
buena fe por el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Obras
Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, el cual se va-
lora en la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS
DOLARES CON DIECISIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las once horas con quince minutos del día diecisiete de enero del dos
mil doce.- LIC. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA INTO.- LICDA. ANA EDITH PERAZA,
SECRETARIA INTA.
Of. 3 v. alt. No. 208-2
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
MUERTE PRESUNTA
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
CERTIFICA: Que a fs. 45 vto, 47 fte, 49 vto a 50 fte., del JUICIO
SUMARIO DE MUERTE PRESUNTA: Promovido por JULIA RIVERA
HERRARTE, representada por el Procurador General de la República,
por medio de sus Agentes Auxiliares, inicialmente por la Licenciada Elba
Etelvina Aquino López, posteriormente continuado por la Licenciada,
JULIA LISSETH PINEDA CASTRO Exp. No. 342/07; se encuentran los
pasajes que literalmente DICE: “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las once horas del día cinco de septiembre del año dos mil
once. Las presentes Diligencias de Presunción de Muerte Presunta por
desaparecimiento del señor ROBERTO MIRANDA RIVERA, ha sido
promovido por la señora JULIA RIVERA HERRARTE, de setenta y
tres años de edad, doméstica, de este domicilio, representada por el Pro-
curador General de la República, por medio de sus Agentes Auxiliares,
inicialmente por la Licenciada ELBA ETELVINA AQUINO LÓPEZ;
posteriormente continuado por la Licenciada, JULIA LISSETH PINEDA
CASTRO, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Ahuachapán, a
fi n de que se fi je la muerte presunta del desaparecido antes referido y
se conceda la posesión provisoria de los bienes del mismo al referido
solicitante. Han intervenido en las presentes diligencias inicialmente
la Licenciada Elba Etelvina Aquino López y posteriormente, según
escrito de fs. 26 la Licenciada Julia Lisseth Pineda Castro, mayor de
edad Abogado, del domicilio de Ahuachapán, en su calidad de Agentes
Auxiliares del Procurador General de la República. LEIDOS LOS AUTOS
Y CONSIDERANDO: I) Que en las diligencias presentadas el día siete
de junio del año dos mil siete, por la Licenciada Elba Etelvina Aquino
López, en lo esencial expuso: “Que mi representada es madre del señor
ROBERTO MIRANDA RIVERA... quien desapareció aproximada-
mente a las diez de la mañana, el día quince de julio de dos mil dos,
cuando salió de su casa de habitación.... y desde ese día no regresó a su
casa, ni se ha comunicado por teléfono, ni por carta, .... y debido a que
transcurrió el tiempo sin haber logrado ubicar al referido señor, en el
territorio nacional, mi representado acudió al Ministerio de Relaciones
Exteriores, y al Departamento de Difusión y Búsqueda de la Cruz Roja
Salvadoreña, para que se buscara al señor ROBERTO MIRANDA
RIVERA....ignorándose su paradero y si vive o se encuentra muerto,
siendo la última vez que se tuvo conocimiento de su existencia el día
quince de julio de dos mil dos, pues no se volvieron a tener noticia de él
hasta la fecha, y habiendo transcurrido ya más de cuatro años desde que
desapareció.... Con base a los hechos antes mencionados que confi guran
lo previsto en el Artículo setenta y nueve del Código Civil y siguientes
vengo.... A iniciar el correspondiente Procedimiento Sumario a efecto
de que se declare la MUERTE PRESUNTA del señor ROBERTO
MIRANDA RIVERA, tomando como día presuntivo de la muerte el
día del desaparecimiento de éste... Y entre otras cosas PIDIO. Se le
admitiese la demanda; se tuviese por parte en el carácter comparece;
dar traslado correspondiente al Defensor Especial que se nombre, y en
sentencia defi nitiva... se declarase la MUERTE PRESUNTA del señor
ROBERTO MIRANDA RIVERA; se concediese a su representada la
Posesión Provisional de los bienes del desaparecidos. Basó su petición
en los Arts. 79 y 80 y siguientes C.C. y 800 Pr. C...." II) Por resolución
de fs. 8 vto. a 9 fte., se agregaron los documentos presentados: Art.
270 Inc. 2°. Pr. C..- Se tuvo por parte a la señora JULIA RIVERA
HERRARTE, por medio del señor Procurador General de la República
a través su Agente Auxiliar, Licenciada ELBA ETELVINA AQUINO
LOPEZ, a quien se le dio la intervención legal correspondiente. Se ad-
mitió la solicitud inicial, de conformidad al Art. 80 No. 3ª C. Civil, en
relación con el Art. 801 Pr. C..- Se le nombró como Defensor Especial
del desaparecido señor ROBERTO MIRANDA RIVERA, al Licenciado
NAPOLEON HUMBERTO ZAMBRANO. Por resolución de fs. 12
vto. a 13 fte., se le discernió al Licenciado NAPOLEON HUMBERTO
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ZAMBRANO, el cargo de Defensor Especial del supuesto desaparecido
señor ROBERTO MIRANDA RIVERA, en su calidad de Defensor
Especial Licenciado NAPOLEON HUMBERTO ZAMBRANO, en su
calidad de Defensor Especial, del supuesto desaparecido señor ROBERTO
MIRANDA RIVERA. Por auto de fs. 14 vto a 15 fte. se dio traslado de
la solicitud inicial por el término de tres día al Defensor Especial Lic.
Napoleón Humberto Zambrano. Emplazamiento que se verifi có por acta
de fs. 16.- Por resolución de fs.16 vto. a 17 fte., se abrió a prueba las
presentes diligencias. Art. 801 Pr. C. Por resolución de fs. 20 vto. a 21
fte., se señaló día y hora para recibir la prueba testimonial ofrecida por
la parte actora, cuya acta aparece agregada de fs. 21 vto. a 22 vto. Por
resolución de fs. 28 vto. a 29 fte., 34 vto. a 35 fte. y 39 vto. a 40 fte.,
en virtud del mérito de la prueba testimonial de conformidad al Art.
80 numeral segundo del C. C., se ordenó citar por primera, segunda y
tercera vez, respectivamente al señor ROBERTO MIRANDA RIVERA,
para que acudiera a manifestarse respecto de las diligencias sumarias de
Muerte Presunta. III) APRECIACION DE LOS HECHOS Y DE LA
PRUEBA: Al analizar la prueba presentada, para establecer los hechos
planteados en la solicitud de fs, 1 y 2, la cual consiste en la declaración
de los testigos señores RICARDO ALFARO y RUFINO CRISTOBAL
GARCIA ESCOBAR. Quienes son unánimes y contestes en afi rmar que
el señor ROBERTO MIRANDA RIVERA, se le ignora su paradero actual
por cuanto desapareció la mañana del día quince de julio del año dos
mil dos, desde el momento que salió de la casa de su madre, que se han
realizado las diligencias pertinentes para encontrarlo las cuales han sido
en vano; y la prueba documental consistente en ejemplares de los Diarios
Ofi ciales, de los días cuatro de junio, diecisiete de septiembre ambas del
dos mil nueve, y trece de enero, del año dos mil diez, agregados de fs.
33, 39 y 43; en consecuencia, habiéndose comprobado en legal forma
los extremos de la solicitud interpuesta, resultada procedente acceder
a las pretensiones en ella contenida. Por tanto, de conformidad a los
considerandos anteriores, y a lo regulado en los artículos 80 numerales
quinto y sexto C.C., 417, 418, 421, 427, 801, y 802 Pr. C., a nombre de
la República de El Salvador, FALLO: FIJASE que la MUERTE PRE-
SUNTA del desaparecido señor ROBERTO MIRANDA RIVERA fue
el día QUINCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOS; se CONCEDE
la POSESION PROVISORIA de los bienes del desaparecido a la señora
JULIA RIVERA HERRARTE, en su concepto de madre del referido
desaparecido; una vez ejecutoriada la presente sentencia y de conformidad
a los Artículos 40 Inc. 1 y último y 41 de la Ley Transitoria del Registro
del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio,
y el Art. 687 del Código Civil, Líbrese ofi cio al señor Jefe del Estado
Familiar de la Alcaldía Municipal de esta ciudad, para que asiente la
partida de defunción del desaparecido señor ROBERTO MIRANDA
RIVERA, así mismo certifi cación al Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Primera Sección de Occidente de este Departamento, a
efecto de inscribir la presente sentencia. Publíquese la presente sentencia
en el Diario Ofi cial por tres veces consecutivas: HAGASE SABER. ///S.
Godoy/// Ante Mi./// MARISOL LEMUS P. // Srio. RUBRICADAS.”
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las ocho horas
veinte minutos del día quince de noviembre del año dos mil once. A
sus antecedentes el escrito anterior, presentado por la Licda. JULIA
LISSETH PINEDA CASTRO; No habiéndose interpuesto recurso alguno
de la sentencia defi nitiva dictada en las presentes Diligencias, declárase
consentida y ejecutoriada la misma. Art. 437 Pr. C..- Cúmplase con lo
ordenado en la parte fi nal del fallo de la referida sentencia.- ///S. Godoy///
Ante Mí./// MARISOL LEMUS P./// Srio. RUBRICADAS.-
LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las ocho horas con treinta minutos del día quince de noviembre
del año dos mil once.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN
LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
Of. 3 v. c. No. 209-2
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIA
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. AL PÚBLICO PARA
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta
minutos del día nueve de febrero del presente año, se ha tenido por
aceptada expresamente con benefi cio de inventario la Herencia Intestada
que a su defunción dejó la causante señora MARTA GLORIA REYES
DE ROMERO; quien fue de setenta y cinco años de edad, fallecida el
día veintidós de septiembre de dos mil ocho, siendo la ciudad de San
Miguel, departamento de San Miguel, el lugar de su último domicilio.
De parte de la señora ANA MARIBEL LÓPEZ REYES DE PERLA,
en calidad de hija y cesionaria de los derechos hereditarios que le co-
rrespondían al señor MANUEL DE JESÚS ROMERO MARQUINA,
en su calidad de cónyuge de la causante. Confi riéndosele a la aceptante
en el carácter indicado la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
San Miguel, a las ocho horas cuarenta y un minutos del día nueve de febrero
de dos mil doce.- Licda. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,
JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. IVONNE
JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. No. 197-3
TÍTULO SUPLETORIO
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
MARÍA INES VÁSQUEZ DE PINEDA, de sesenta años de edad,
casada, de ofi cios domésticos, Salvadoreña, originaria de San Miguel,
y residente en Caserío Montañita, Municipio de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad nú-
mero cero cero ochocientos trece mil novecientos noventa y dos guión
seis, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número mil doscientos once
guión doscientos treinta mil cuatrocientos cincuenta y uno guión ciento
uno guión ocho; representado por medio de su Defensora Pública de
Derechos Reales y Personales Licda. FRIDA MARLENI GONZÁLEZ
CAMPOS, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de
naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Teponahuaste, Municipio de
Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad super-
fi cial de SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS y de NOVECIENTOS SESENTA
Y SEIS PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; Colinda con la propiedad
de Toribio Centeno, calle que conduce a San Luis de la Reina de por
medio con tres tramos rectos desde el mojón uno con una distancia de
cero punto setenta y seis metros y rumbo sur de sesenta y seis grados
cuarenta y siete minutos cuarenta y siete segundos Este, del mojón dos
al mojón tres con una distancia de seis punto cincuenta y seis metros y
rumbo de Sur setenta y seis grados cero tres minutos cuarenta y siete
segundos Este, del mojón tres al mojón cuatro con una distancia de tres
punto noventa y un metros y rumbo de Sur sesenta y ocho catorce minutos
cuarenta y seis segundos Este; AL ORIENTE; Colinda con la propiedad
de Graciela Vásquez, en un solo tramo recto desde el mojón cuatro al
mojón cinco con una distancia de setenta y siete punto sesenta y tres
metros y rumbo de Sur treinta y siete grados doce minutos veintinueve
segundos Oeste; AL SUR; Colinda con la propiedad de Nicolás Orellana
Hernández, con dos tramos rectos partiendo del mojón cinco al mojón
seis con una distancia de cuatro punto treinta y cinco metros y rumbo
de Norte ochenta y cuatro grados cincuenta y siete minutos veintiocho
segundos Oeste, del mojón seis al mojón siete con una distancia de tres
punto ochenta y siete metros y rumbo de Sur ochenta y cuatro grados
cincuenta y siete minutos veintiocho segundos Oeste: AL PONIENTE:
Colinda con la propiedad de María Olga Vásquez, con un solo tramo
recto setenta y ocho punto ochenta y tres metros y rumbo de norte treinta
y cuatro grados veintitrés minutos treinta y tres segundos este.-
Lo adquirió por compraventa verbal que hizo a la señora MARÍA
DOLORES VÁSQUEZ CEDILLOS; y lo valúa en la cantidad de UN
MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas del día catorce de septiembre del año dos mil once.- Licda.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 198-3
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, Notario, de este domicilio, con
Ofi cinas situadas en el Local Número Veintitrés del condominio Balam
Quitzé, Paseo General Escalón, Colonia Escalón, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por Resolución emitida por el Suscrito Notario,
en esta ciudad, a las nueve horas del día tres del mes de febrero del año dos
mil doce, y habiendo transcurrido más de quince días después de la última
publicación sin que persona alguna se presentara haciendo oposición o
alegando mejor derecho, fue declarada Heredera Unica Defi nitiva con
Benefi cio de Inventario y como Heredera Unica Universal de todos los
derechos y obligaciones transmisibles de la Sucesión Testamentaria de
la causante Doña MARTA ISABEL JUANA PARKER NUÑEZ, a Doña
ANA CELINA DEL ROSARIO HARRISON DE AGUILAR conocida
por CELINA HARRISON PARKER DE AGUILAR, confi riéndosele
en consecuencia la Administración y Representación Defi nitiva de la
Sucesión Testamentaria dejada a su defunción por la causante Doña
MARTA ISABEL JUANA PARKER NUÑEZ, quien falleció a las
nueve horas y cinco minutos del día tres de abril del año dos mil once,
en Santa Tecla, Departamento de La Libertad, habiendo tenido como
último domicilio el de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; en
calidad de Heredera Unica testamentaria.
Librado en las ofi cinas del Notario CARLOS ALFREDO PINEDA
NAVAS, a las diez horas del día tres de febrero del año dos mil doce.
CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS,
NOTARIO.
1 v. No. C007234
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se
ha declarado heredero defi nitivo, con benefi cio de inventario, al señor
MANUEL SERPAS MACHUCA, conocido por MANUEL SERPAS, en
calidad de hijo de la causante, y como Cesionario del derecho hereditario
que le correspondía a los señores: TERESA SERPAS MACHUCA,
conocida por TERESA SERPAS, MARGARITA SERPAS MACHU-
CA, ROSA MARTA SERPAS MACHUCA, LIDIA ELSA SERPAS
MACHUCA, conocida por LIDIA ELSA SERPAS y por LIDIA ELSA
SERPAS MACHUCA DE RIVERA, ELVA MIRIAN SERPAS MA-
CHUCA, conocida por ELBA MIRIAN SERPAS MACHUCA, JOSE
ROBERTO SERPAS MACHUCA, conocido por JOSE ROBERTO
SERPAS, MARIA ESPERANZA SERPAS MACHUCA DE TISNADO,
conocida por MARIA ESPERANZA SERPAS, FRANCISCO ANTONIO
SERPAS MACHUCA, MARIA ANGELA SERPAS MACHUCA DE
PLATERO, conocida por MARIA ANGELA SERPAS, y ANA MABEL
SERPAS MACHUCA, todos en calidad de hijos de la misma causante
señora, LEONOR MACHUCA DE SERPAS, conocida por LEONOR
MACHUCA SERPAS y por LEONOR MACHUCA SERPAS DE
SERPAS FUENTES, en la sucesión intestada que ésta dejó, al fallecer el
día cuatro de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio La
Parroquia de la Villa de Ozatlán, lugar que tuvo como último domicilio;
confi riéndosele al heredero declarado, la administraci6n y representación
defi nitivas de dicha sucesión, con las facultades de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los treinta días del mes
de noviembre del dos mil once.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. C007241
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce
horas con diez minutos del día ocho de febrero de dos mil doce.- Se
han declarado herederas defi nitivas con benefi cio de inventario en la
herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el día dos de octubre
de dos mil once, en la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de
Olocuilta, Departamento de La Paz su último domicilio, dejó el causante
SALVADOR CANALES MORALES, a las menores KATIA IVONNE
CANALES ESCALANTE y JACQUELINE MARIELOS ARDON
ESCALANTE, en calidad de herederas testamentarias del causante en
mención.- Se ha conferido a las herederas declaradas la administración
y representación defi nitiva de la sucesión, debiendo ejercerla dichas
menores por medio de su madre y representante legal señora SANDRA
ELIZABETH ESCALANTE.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día
dieciséis de febrero de dos mil doce.- Licda. JUDITH GUADALUPE
MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ANTONIO CORTEZ
GOMEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C007275
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA: AL PÚBLICO EN
GENERAL,
AVISA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestadas con Benefi cio de Inventario, promovidas por la Licenciada
Yesenia Beatriz Ramírez Salguero, en calidad de representante procesal
de la señora Vilma Esperanza Moreno Eguizábal, sobre los bienes que a
su defunción dejara el señor Mariano de Jesús Ramírez, quien fuera de
cincuenta y nueve años de edad, electricista, originario y del domicilio
de Santa Ana, fallecido el día cinco de junio del año dos mil diez, en el
Hospital General del Seguro Social, San Salvador, siendo la ciudad de
Santa Ana su último domicilio, y según consta en el expediente identi-
fi cado bajo el Número Único de Expediente 01213-11-DV-3CM1; y de
Referencia Interna DV-100-11-CIII, de esta sede judicial, en esta fecha
se ha declarado como HEREDERA ABINTESTATO Y CON BENE-
FICIO DE INVENTARIO juntamente con la señorita Edelmira Dolores
Ramírez Alarcón (quien fue nombrada heredera defi nitiva en el Juzgado
Primero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, en auto pronunciado a las
ocho horas con veinte minutos del día veintisiete de abril del año dos
mil once) de los bienes, derechos y obligaciones transmisibles que a su
defunción dejase el señor Mariano de Jesús Ramírez, a la señora Vilma
Esperanza Moreno Eguizábal, en calidad de conviviente sobreviviente
de dicho causante.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de Santa Ana, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.- Lic.
MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA
MENENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
1 v. No. C007287
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día dieciséis de Febrero del corriente año, se ha declarado
heredero abintestato con benefi cio de Inventario de los bienes que a su
defunción dejó el señor FRANCISCO DOMÍNGUEZ conocido por
FRANCISCO CAÑAS DOMÍNGUEZ y por FRANCISCO CAÑAS,
quien fue de ochenta y cuatro años de edad, Jornalero, casado, salvadoreño,
fallecido el día cinco de Noviembre del año dos mil once, en la Clínica
Hospital Divino Niño de esta ciudad, siendo San Vicente el lugar de su
último domicilio, a la señora VICENTA MARINA CARABALLO DE
DOMINGUEZ o VICENTA MARINA CARABALLO, en concepto
de cónyuge del causante y se le ha conferido a la heredera declarada la
administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis
días del mes de Febrero del año dos mil doce.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F028841
JUAN MIGUEL DOMINGUEZ CALLES, Notario, del domicilio de
Apopa, con ofi cina ubicada en Final Calle Leonardo Azcúnaga, número
diecisiete, Apopa, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diecisiete horas del día veinte de Febrero de dos mil doce, se ha
declarado HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO; con benefi cio de
inventario a la señora ROSA AMELIA ABARCA DE GUERRERO, de
cincuenta y cinco años de edad, Bachiller, originaria de Ciudad Delgado,
de este Departamento, del domicilio de esta Ciudad, portadora de su
Documento Único de Identidad Número; cero dos millones doscientos
diecisiete mil seiscientos trece - seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número cero seiscientos diecinueve-ciento cuarenta y un mil cincuenta
y seis- ciento tres- cero; en su calidad de cónyuge sobreviviente del
causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto
les correspondían a los señores NANCY ELIZABETH GUERRERO
ABARCA, IDALIA CRISTABEL GUERRERO DE VILLATORO y
DOUGLAS ALEXANDER GUERRERO ABARCA, en su carácter de
hijos sobrevivientes de los bienes dejados a su defunción por el señor
HERIBERTO GUERRERO PEÑA, quien fue a la fecha de su defunción
de sexo masculino, de cincuenta y cinco años de edad, casado, Originario
y del domicilio de esta Ciudad, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de
Angelina Guerrero, conocida por Aquilina Guerrero y de Lázaro Peña
Hernández; dicho causante falleció el día siete de Octubre del año dos mil
diez, a las dos horas y veinte minutos, en Gasolinera Esso, Final Avenida
Arnulfo Romero y Avenida España, Colonia Layco, San Salvador, a
consecuencia de Heridas de cráneo y tórax producidas por proyectiles
disparados con arma de fuego, siendo esta ciudad su último domicilio.
Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado la ADMINIS-
TRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA REFERIDA
SUCESIÓN. Por lo que se AVISA al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Apopa, departamento de San Salvador, a
las ocho horas del día veintiuno de Febrero de dos mil doce.
Lic. JUAN MIGUEL DOMINGUEZ CALLES,
NOTARIO.
1 v. No. F028853
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
TAMENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
quince horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA
y con benefi cio de inventario a la señora DORA MARINA CHAVARRIA
DE BONILLA, de cuarenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos,
del domicilio de la ciudad de San Miguel, con Documento Único de
Identidad Número cero uno seis cinco tres seis siete tres guión cuatro;
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número uno tres cero seis guión
dos cinco cero ocho seis cuatro guión uno cero uno guión cuatro; de la
herencia que en forma Intestada dejó el causante CARLOS ANTONIO
BONILLA o CARLOS ANTONIO BONILLA BONILLA; quien fue
de cuarenta y nueve años de edad, comerciante, casado, originario de
Anamorós, departamento de La Unión, hijo de Faustino Bonilla y Vicenta
Bonilla; quien falleció a las diecinueve horas del día veinte de septiembre
de dos mil once, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo ese su
último domicilio; en concepto de esposa del referido causante; y como
cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al Joven
WILMER ALEXANDER VASQUEZ BONILLA, hijo del causante antes
relacionado.- Se ha conferido a la mencionada heredera en la calidad
expresada, la administración y representación DEFINITIVA de dicha
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera,
departamento de Morazán, a las quince horas y diez minutos del día
diecisiete de febrero de dos mil doce.- Lic. BACILIA DEL CARMEN
PORTILLO, JUEZA 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. F028854
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,
AVISA: Que por resolución de las doce horas con treinta y cuatro
minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil once, se ha declarado
HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario de la herencia
Testamentaria que a su defunción dejó la causante señora MARIA MAR-
TA MONTALVO DE ADRIAN, conocida por MARTA MONTALVO,
MARIA MARTHA MONTALVO, y por MARTA MONTALVO
MANZANAREZ, quien fue de sesenta y ocho años de edad, casada, de
ofi cios domésticos, fallecida el día diez de noviembre de dos mil ocho,
siendo Cuscatancingo, el lugar de su último domicilio. A los Señores
WILLIAM ALFREDO ADRIAN MONTALVO, con número de Iden-
tifi cación Tributaria UNO CERO UNO CERO-UNO UNO CERO UNO
SEIS OCHO- CERO CERO UNO- NUEVE, NORMA ELIZABETH
MONTALVO DE NIETO, conocida por NORMA ELIZABETH
ADRIAN, NORMA ELIZABETH ADRIAN MONTALVO, y por NOR-
MA ELIZABETH ADRIAN DE NIETO, con número de Identifi cación
Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CIENTO SESENTA MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO-CIENTO DOS- NUEVE, y
GUILLERMO ANTONIO ADRIAN MONTALVO, con Número de
Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CIENTO
SESENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO- CERO
CERO TRES- OCHO, en calidad de hijos de la causante. Representados
en estas Diligencias por el Doctor MAURICIO MENDEZ GARAY, con
Número de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE-
CERO DOS CERO DOS TRES DOS- CERO CERO UNO- NUEVE, en
calidad de Apoderado General Judicial. Confi riéndoles a los aceptantes la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Publíquese
el aviso de Ley.
Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-
tes.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las doce horas con
cuarenta y tres minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil once.-
Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO
CIVIL DE DELGADO.- Licdo. HILDEFONSO BONILLA RIVERA,
SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F028866
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, Jueza Cuarto de lo Civil y Mercantil
de San Salvador Interina: AL PÚBLICO: Para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las once
horas y quince minutos de este día, SE HA DECLARADO HEREDERO
DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor JOSE
LEONEL MONTERREY, con Documento Único de Identidad número
00155209-2 y Número de Identifi cación Tributaria 1217-070128-001-0,
de la herencia testamentaria que dejó la señora JOSEFA DEL CARMEN
GUTIERREZ DE MONTERREY, con Documento Único de Identidad
número 00716336-2, a su defunción ocurrida el día DIEZ DE OCTU-
BRE DE DOS MIL ONCE, en el Hospital Central, siendo su último
domicilio la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, en
su concepto de heredero testamentario de la causante. Confi riéndosele
al citado heredero la administración y representación DEFINITIVA de
la sucesión.
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once
horas y veinte minutos del día ocho de febrero de dos mil doce.- Licda.
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA CUARTO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL INTERINA.- Licda. MONICA SILVIA PARADA DE
CENTENO, SECRETARIA.
1 v. No. F028881
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
SAUL WILFREDO AGUILAR MENDOZA, Notario, del domicilio de
esta ciudad y de Santa Tecla, con ofi cina en Jardines del Volcán, Pasaje
Cuatro Poniente, número Treinta y Uno, Ciudad Merliot, al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las diez horas del día quince de febrero de dos mil doce, se ha declarado
a la señora: MARIA CORALIA PERDOMO DE SANCHEZ, Heredera
Defi nitiva, con benefi cio de inventario, en la presente Herencia Intestada,
de los bienes que a su defunción, en la ciudad de San Salvador su último
domicilio, el día diecisiete de septiembre de dos mil once, dejara el
señor BRUNO SANCHEZ PERDOMO, quien fue de cincuenta y seis
años de edad, Comerciante, en su concepto de Madre sobreviviente del
Causante; habiéndosele concedido la representación y administración
defi nitiva de la referida sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a los quince días del
mes de febrero de dos mil doce.
SAUL WILFREDO AGUILAR MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F028896
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día dieciséis
de febrero del año dos mil doce, se ha DECLARADO HEREDEROS
ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores
ROSA AMINTA ZEPEDA VIUDA DE RAMIREZ y JOSE TONIS
RAMIREZ ZEPEDA, de los bienes que a su defunción dejó el causante
señor JOSE MIGUEL ANGEL RAMIREZ ZEPEDA conocido por JOSE
MIGUEL ANGEL RAMIREZ, quien fue de sesenta y cinco años de
edad, casado, jornalero, fallecido a las dos horas del día veintidós de
diciembre del año dos mil ocho, en el Cantón San Antonio Jiboa, de la
jurisdicción de Verapaz, departamento de San Vicente, lugar de su último
domicilio, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente del causante,
y además como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión
del causante les correspondía a los señores ENA LUZ RAMIREZ DE
REYES, GLORA DEISY RAMIREZ DE FLORES, JOSE EVELIO
RAMIREZ ZEPEDA y MELVI MALMORIS RAMIREZ ZEPEDA,
los cuatro en calidad de hijos del causante, y al segundo en calidad de
hijo del referido causante. Confi éresele a los herederos declarados, la
administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas
diez minutos del día dieciséis de febrero de dos mil doce.- Dra. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F028945
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo
Civil y Mercantil, Santa Ana: AL PÚBLICO EN GENERAL,
AVISA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Tes-
tamentaria, de la sucesión que a su defunción dejara la señora ROSA
VIRGINIA RAMÍREZ HERRERA VIUDA DE HERRERA, conocida
por ROSA VIRGINIA RAMÍREZ VIUDA DE HERRERA, ROSA
VIRGINIA RAMÍREZ, ROSA RAMÍREZ DE HERRERA y ROSA
RAMÍREZ, quien falleció el día veintidós de abril de dos mil once en
esta ciudad y otorgó testamento abierto antes de morir, identifi cadas con
el número único de expediente NUE: 01107-11-DV-3CM1; REF.: DV-
90-11-CIV promovidas en esta sede judicial, este día se ha nombrado
como HEREDERAS TESTAMENTARIAS Y CON BENEFICIO DE
INVENTARIO DE LA MISMA a las señoras TERESA HERCILIA
HERRERA RAMÍREZ conocida por TERESA ERCILIA HERRERA
RAMÍREZ, BLANCA ESTELA HERRERA DE ROSALES, MARINA
ESPERANZA HERRERA RAMÍREZ conocida por MARINA ESPE-
RANZA HERRERA, y, GLORIA LILIAN HERRERA RAMÍREZ en
su calidad de herederas testamentarias.
Librado en el Juzgado de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa
Ana, a los quince días del mes de febrero de dos mil doce.- Lic. MELVIN
MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ
GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SANTA ANA.
1 v. No. F028949
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
LICENCIADO JORGE ALBERTO ANAYA ORELLANA, Notario, de
este domicilio, con ofi cina situada en Urbanización Independencia, treinta
y tres calle oriente número seis-A, de la ciudad de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, provista
a las nueve horas del cinco de enero del corriente año, se ha declarado
a los señores MIRNA MARINA ARGUMEDO VASQUEZ y EFRAIN
ORLANDO ARGUMEDO, conocido por EFRAIN ORLANDO ARGU-
MEDO CAMPOS, herederos defi nitivos abintestatos y con benefi cio de
inventario, de los bienes que a su defunción dejó la señora BENIGNA
ARGUMEDO o BENIGNA PAZ ARGUMEDO, quien a la fecha de su
fallecimiento era de ochenta y cuatro años de edad, de ofi cios domés-
ticos, fallecida el veintiuno de octubre de dos mil once, en el Hospital
San Juan de Dios de esta ciudad, siendo dicha ciudad el lugar de su
último domicilio, de nacionalidad salvadoreña, en calidad de hijos de
la causante.
En consecuencia, se les ha concedido la representación y adminis-
tración DEFINITIVA de la referida sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina del Notario, en la Ciudad de Santa Ana, a las
once horas del trece de febrero de dos mil doce.
JORGE ALBERTO ANAYA ORELLANA,
NOTARIO.
1 v. No. F028964
JORGE ALBERTO MORÁN FUNES, Notario, de este domicilio, con
ofi cina en Diecinueve Calle Poniente y Tercera Avenida Norte, Casa
número doscientos treinta y ocho, segunda planta, Centro de Gobierno,
San Salvador, al público en general.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-
tario, a las catorce horas del día siete de febrero del corriente año, se ha
DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO y con benefi cio de inventario
al señor ROQUE ARNOLDO RAMÍREZ MARTÍNEZ, de la herencia
intestada que dejara la señora DOMITILA MARTÍNEZ DE RAMÍREZ,
quien falleció a las doce horas del día diecinueve de junio de dos mil
diez, en Colonia Tres de Mayo Calle a Mariona, casa número uno - A,
Jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, a los
sesenta y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria de Ciudad
Delgado, Departamento de San Salvador, siendo hija de los señores Cruz
Martínez y Gertrudis Martínez, su último domicilio la ciudad de Ciudad
Delgado, Departamento de San Salvador, a consecuencia de Paro Cardio
Respiratorio, con asistencia médica, en concepto de hijo sobreviviente
del de cujus, y habiéndosele conferido la administración y representación
defi nitiva de la mencionada sucesión. Y para ser publicado por una sola
vez en el Diario Ofi cial, libro el presente aviso, en la Ciudad de San
Salvador, a las diecisiete horas del día veinte de febrero del año dos mil
doce.
LIC. JORGE ALBERTO MORÁN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. F028973
LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce
horas y treinta minutos del día treinta de enero de dos mil once, se ha
declarado HEREDERA DEFINITIVA y con benefi cio de inventario de
la HERENCIA INTESTADA, de los bienes que a su defunción, acaecida
el día catorce de abril de dos mil nueve, dejó la causante señora TERESA
ERMISENDA RIVAS BARCA o ERMISENDA RIVAS, quien fue de
ochenta y nueve años de edad, viuda, originaria de San Esteban Catarina,
Departamento de San Vicente, con último domicilio en Ilopango, hija
de los señores José Luis Rivas y de Teresa Abarca, de nacionalidad
salvadoreña, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de parte de la señora ANA LUISA OSEGUEDA RIVAS,
hija de la causante.
Confi érese a la heredera declarada la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce
horas cuarenta minutos del día treinta de enero de dos mil doce.- LIC.
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F028979
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
ELIA ROXANA MOLINA MEJÍA, Notario.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
pronunciada en mi Ofi cina Notarial, a las ocho horas del día veinte de
febrero del año dos mil doce, HA SIDO DECLARADA HEREDE-
RA DEFINITIVA con benefi cio de inventario, la señora SANDRA
JEANNETTE NAVAS RODRÍGUEZ, de la Herencia Intestada que
a su defunción dejara el señor SAMUEL ANTONIO RODRÍGUEZ
GONZÁLEZ, quien falleció el día diecisiete de febrero del año dos mil
ocurrida en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
siendo su último domicilio la ciudad de Quezaltepeque, Departamento
de La Libertad, a favor de la señora SANDRA JEANNETTE NAVAS
RODRÍGUEZ en su calidad de hija sobreviviente y cesionaria de los
Derechos que les correspondían a la señora EDITH ALCINE NAVAS
RODRÍGUEZ; confi riéndole a la heredera la Representación y Admi-
nistración Defi nitiva de la sucesión.
Librado en mi Ofi cina Notarial, situada en la Ciudad de Mejicanos,
Residencial La Gloria, Pasaje cuatro, Polígono D, casa número treinta
y uno, a los veintiún días del mes de FEBRERO del año dos mil doce.
ELIA ROXANA MOLINA MEJÍA,
NOTARIO.
1 v. No. F028990
RENÉ ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, Notario, de este domicilio,
con Despacho Jurídico en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y Cuarta
Avenida Norte número cuatro, de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a las
ocho horas del día veinticinco de septiembre del año dos mil once, se
ha declarado Heredera Defi nitiva AB-INTESTATO, con Benefi cio de
Inventario a JONAS PREZA MOJICA, de los bienes de la causante
ALBERTINA MOJICA DE PREZA, en su carácter de MADRE, quien
falleció en el Hospital San Rafael de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad, el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y
nueve, siendo éste su último domicilio, y se le confi rió al Heredero De-
clarado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Librado en Santa Ana, a los diez días del mes de enero del año dos
mil doce.
RENÉ ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE,
NOTARIO.
1 v. No. F028997
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JOSÉ ADOLFO LÓPEZ MORÁN, Notario, del domicilio de la Ciudad
de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, y del de la Ciudad de Antiguo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con ofi cina ubicada en Edifi cio
AVANTE, Local Cinco- cero cuatro, Quinto Nivel, Urbanización Madre
Selva, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintiuno de febrero de dos mil doce, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-
rencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Barrio Santa Lucía,
de la Ciudad de Concepción de Ataco, Departamento de Ahuachapán,
a las nueve horas del día veintiuno de mayo de dos mil, dejó la señora
ROSA RAMÍREZ CARLOS ZÚNIGA conocida como ROSA RAMÍ-
REZ, ROSA ZÚNIGA, y ROSA CARLOS ZÚNIGA, de parte de la
señora ENA MARINA ZÚNIGA, conocida como ENA ZÚNIGA, ENA
MARINA CARLOS ZÚNIGA y por ENA MARINA CARLOS, en su
concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndole conferido la
administración y la representación interina de la sucesión, con las fa-
cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; siendo
su último domicilio el Barrio Santa Lucía, de la Ciudad de Concepción
de Ataco, Departamento de Ahuachapán.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina en
la dirección antes mencionada, en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JOSÉ ADOLFO LÓPEZ MORÁN,
en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a los
veintiún días del mes de febrero de dos mil doce.
LIC. JOSÉ ADOLFO LÓPEZ MORÁN,
NOTARIO.
1 v. No. C007266
El Infrascrito Notario, JORGE ALBERTO HUETE, con Bufete en Ave-
nida José Matías Delgado, antes ochenta y tres Avenida Norte, número
ciento cuarenta-A, Colonia Escalón en esta ciudad.
CERTIFICA: Que en diligencias sucesorales seguidas en sus ofi cios
Notariales se encuentra el auto que literalmente dice: “En la Ciudad de
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
San Salvador, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de febrero
de dos mil doce. En vista de la documentación presentada y del informe
de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, tiénese por aceptada
con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria dejada por el señor
JOSÉ LUIS LÓPEZ PORTILLO, tributariamente JOSÉ LUIS LÓPEZ,
quien falleció en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el veintidós
de diciembre de dos mil once, de parte de la señora ELSIE HAYDÉE
LÓPEZ viuda DE MEJÍA, tributariamente ELSIE HAYDÉE LÓPEZ
v. DE MEJÍA, en concepto de heredera y sobrina del causante. Confi -
riéndole a la aceptante la representación y administración interinas de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente. Publíquense los edictos de ley y extiéndasele certifi cación de
esta resolución a la interesada.”
Es conforme con su original y para los efectos legales extiendo,
sello y fi rmo la presente certifi cación, en la Ciudad de San Salvador, a
los dieciséis días del mes de febrero de dos mil doce.
JORGE ALBERTO HUETE,
NOTARIO.
1 v. No. C007314
ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA, Notario, de este domi-
cilio, con Despacho Profesional en Pasaje Olímpico, Casa Número dos,
entre cincuenta y cinco y cincuenta y siete Avenida Sur, San Salvador,
al público.
HACE SABER: Que por resolución promovida por el suscrito
Notario, en su Despacho Profesional, a las diez horas del día veintisiete
de enero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada con Benefi cio de
Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor FRAN-
CISCO NAPOLEÓN JUÁREZ, quien falleció en la Ciudad de Soyapango,
Departamento de San Salvador, su último domicilio, a las diecinueve
horas y veintiocho minutos del día treinta y uno de diciembre de dos
mil diez, de parte de las señoras MORENA GUADALUPE JUÁREZ
AGUILAR y NORA AIDA RODRÍGUEZ, antes conocida por NORA
AIDA JUÁREZ AGUILAR DE RODRIGUEZ, hijas del causante, en
concepto de Herederas Universales, por lo que se les ha conferido a las
aceptantes, la Administración y representación Interina de la Sucesión
en partes iguales, con las facultades y restricciones que da la Ley a los
Curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Despacho Profesional del suscrito Notario. San
Salvador, a las ocho horas del día catorce de febrero del año dos mil
doce.
ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA,
NOTARIO.
1 v. No. C007315
ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA, Notario, de este do-
micilio, con Despacho Profesional en Pasaje Olímpico, Casa Número
dos, entre Cincuenta y Cinco y Cincuenta y Siete Avenida Sur, San
Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución promovida por el suscrito
Notario, en su Despacho Profesional, a las nueve horas del día veintisiete
de enero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada con Benefi cio de
Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MA-
RÍA MAGDALENA AGUILAR, conocida por MARÍA MAGDALENA
AGUILAR ALVARADO, quien falleció en la Ciudad de Tustin, Condado
de Orange, California de los Estados Unidos de América, su último do-
micilio, a las diecinueve horas y treinta y tres minutos del día catorce de
junio de dos mil tres, de parte de las señoras MORENA GUADALUPE
JUÁREZ AGUILAR, y NORA AIDA RODRÍGUEZ, antes conocida
por NORA AIDA JUÁREZ AGUILAR DE RODRÍGUEZ, hijas de la
causante, en concepto de Herederas Universales, por lo que se les ha
conferido a las aceptantes, la administración y representación interina
de la sucesión en partes iguales, con las facultades y restricciones que
da la Ley a los Curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Despacho Profesional del suscrito Notario. San
Salvador, a las nueve horas del día catorce de febrero del año dos mil
doce.
ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA,
NOTARIO.
1 v. No. C007316
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
VICTOR MANUEL CÁRCAMO GONZÁLEZ, Notario, de este do-
micilio y del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina
situada en Segunda Avenida Sur, Número uno- ocho, Condominio Arco
Centro, Segundo Nivel, Local dieciséis, Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída,
a las diez horas del día trece de febrero del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en el Municipio de Mejicanos,
de este departamento, siendo éste su último domicilio, el día quince de
mayo de dos mil once, dejó la señora MARÍA TERESA LINARES, de
parte de la señora Blanca Silvia Villegas de Nosthas, en concepto de
hija, en la herencia intestada de la causante; habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cita por este
medio, a todos los que se crean con derecho a la herencia antes referida
para que se presenten, a esta ofi cina a deducirlo en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente
edicto.
Librado en la ofi cina del Notario VICTOR MANUEL CÁRCAMO
GONZÁLEZ, Santa Tecla, a los catorce días del mes de febrero de dos
mil doce.
LIC. VICTOR MANUEL CÁRCAMO GONZÁLEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F028842
DAVID ACUÑA, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, con
ofi cina situada en Tercera Calle Poniente 3-9, Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
en la Ciudad de Santa Tecla, a las diez horas del día veinte de Febre-
ro del dos mil Doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
la causante BLANCA JULIA GRANADOS DE CABRERA, el día
Treinta de noviembre del dos mil once; siendo su último domicilio Santa
Tecla, Departamento de La Libertad, de parte de ZULEIMA BEATRIZ
CABRERA DE MÉNDEZ, en concepto de Hija sobreviviente de la
causante mencionada, habiéndosele conferido la ADMINISTRACIÓN
Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la Sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los veinte días del mes de
febrero del dos mil doce.
DR. DAVID ACUÑA,
NOTARIO.
1 v. No. F028849
YOLANDA ELIZABETH ZELAYA GONZÁLEZ, Notario, del do-
micilio de Usulután, con Ofi cina en Sexta Calle Poniente y Avenida
Guandique, número veintiuno, Barrio La Merced, Usulután, al público,
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita, a
las ocho horas del día doce de enero del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejará el señor JOSÉ MANUEL TORRES
CABEZAS, conocido por JOSÉ MANUEL TORRES, quien falleció a
las una horas del día ocho de noviembre de dos mil once, en Sitio Santa
Lucía, Municipio de Puerto El Triunfo, Departamento de Usulután, a
consecuencia de Paro Cardíaco, sin asistencia médica, siendo la Ciudad de
Puerto El Triunfo, su último domicilio, de parte de la señora ANSELMA
DOLORES MEJÍA DE TORRES, conocida por ANSELMA DOLORES
MEJÍA por DOLORES MEJÍA y por DOLORES MEJÍA CANIZALEZ,
representada en estas diligencias por su Apoderado Licenciado José
Hernán Reyes Zelaya, en concepto de cónyuge sobreviviente del cau-
sante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de
hija sobreviviente del causante correspondían a ANA JULIA TORRES
DE RESULEO, conocida por ANA JULIA TORRES MEJÍA; habién-
dole conferido a la aceptante INTERINAMENTE la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio CITA a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlos a
la Ofi cina de la suscrita Notario, en el término de quince días contados
desde el siguiente al de la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ciudad de Usulután, a las diez horas del día doce de
enero del dos mil doce.
YOLANDA ELIZABETH ZELAYA GONZÁLEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F028851
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina Jurídica en Avenida Central, local número once, Mejicanos.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veinte
de febrero de dos mil doce, por la suscrita Notario, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada
dejada a su defunción por la señora ROSA DE LA PAZ PALACIOS
DE PACAS, quien falleció el día quince de enero de dos mil diez, en la
ciudad de San Salvador, siendo San Salvador su último domicilio, de
parte de la señora ROSA ADELA PACAS PALACIOS, en concepto de
hija sobreviviente de la mencionada causante.
Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Repre-
sentación Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en la ciudad de Mejicanos, a los veintiún días del mes de
febrero de dos mil doce .
LICDA. MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA,
NOTARIO.
1 v. No. F028893
ERNESTO MORALES FLORES, Notario, de este domicilio, con Ofi -
cina ubicada en Calle José Francisco López, No. C-12, de la ciudad de
Cojutepeque, departamento de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas y treinta minutos, del día trece de febrero del presente
año, se ha tenido por aceptada de parte de la señora WENDY LIZET
CAMPOS DE MENENDEZ, conocida por WENDY LISETH CAMPOS
DE MENENDEZ, en su concepto de hija sobreviviente; expresamente
y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción,
dejara el causante señor SAMUEL CAMPOS BANEGAS, conocido
por SAMUEL CAMPOS y por SAMUEL CAMPOS VANEGAS, cuyo
deceso ocurrió el día uno de febrero del año dos mil nueve, en la Ciudad
de UNION CITY, Estado de NEW JERSEY, de los Estados Unidos de
América; y en concepto de hija sobreviviente del causante.
Se le ha conferido la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario ERNESTO MORALES FLO-
RES. En la ciudad de Cojutepeque, a las once horas del día diecisiete
de febrero del año dos mil doce.
ERNESTO MORALES FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F028954
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, Notario, con Ofi cina Jurí-
dica, situada en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y Cuarta Avenida
Norte, número Cuatro, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas con treinta minutos del día treinta de noviembre del año
dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio
de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejara el señor
ISIDRO DE JESUS SIBRIAN, ocurrida en el Cantón Santa Lucía, La
Cuchilla, en Lotifi cación El Cocal, Ciudad Arce, departamento de La
Libertad, el día trece de septiembre del año dos mil once, siendo éste su
último domicilio, de parte de la señora MARTHA SIBRIAN GUAR-
DADO, en concepto de hija del causante.
Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Santa Ana, cuatro de enero del año dos mil doce.
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE,
NOTARIO.
1 v. No. F028995
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, Notario, con Ofi cina Jurí-
dica, situada en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y Cuarta Avenida
Norte, número Cuatro, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas con treinta minutos del día quince de julio del corriente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inven-
tario la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor SAMUEL
DE JESUS MANCIA HERNANDEZ, ocurrida en Coatepeque, de
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
este Departamento, el veinticuatro de diciembre del año dos mil diez,
siendo éste su último domicilio, de parte de la señora ELA LEMUS DE
MANCIA, en concepto de esposa del causante.
Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Santa Ana, seis de enero del año dos mil doce.
RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE,
NOTARIO.
1 v. No. F028996
FRANCISCO NAPOLEON DUEÑAS ABREGO, Notario, de este
domicilio, con Ofi cina ubicada en Centro Comercial Flor Blanca, local
dos-dos, segundo Nivel, Colonia Flor Blanca, entre Octava Calle Poniente
y Calle Monseñor José María Escrivá de Balaguer en esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas y treinta minutos del día veinte de febrero del año dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, el día seis de octubre del
año dos mil ocho, dejó la señora CELINA ARMIDA GRANADOS,
conocida por SELINA ARMIDA GRANADA, CELINA ARMIDA
GRANADOS ARAUJO, CELINA ARMIDA ARAUJO GRANADOS
y CELINA ARMIDA GRANADA ARAUJO, de parte de los señores
FIDEL REYNALDO RIVERA GRANADOS y SUSANA BEATRIZ
RIVERA DE ALVAREZ, hijos de la causante.
Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
Ofi cina en el término de quince días, contados a partir del día siguiente
a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario Francisco Napoleón Dueñas
Abrego, en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de
febrero del año dos mil doce.
LIC. FRANCISCO NAPOLEON DUEÑAS ABREGO,
NOTARIO.
1 v. No. F029001
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINA-
MECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las once horas del día veintidós de noviembre de dos mil once, se tuvo
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que al fallecer dejó la causante MERCEDES VASCONCELOS,
fallecida a las quince horas y treinta minutos del día tres de febrero del
año dos mil tres, en el Caserío Los Lemus, Jurisdicción de San Rafael
Oriente, Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, siendo su
último domicilio el de San Rafael Oriente; de parte de la señora CAR-
MEN VASCONCELOS, conocida por CARMEN VASCONCELOS
DE JOVEL, en calidad de hija de la causante y como Cesionaria de los
Derechos Hereditarios que les correspondía a los presuntos herederos
señores ANA BERTA VASCONCELES DE GOMEZ conocida por
BERTA VASCONCELOS PARADA, CECILIO SANTANA VAS-
CONCELOS PARADA, ANA MATILDE VASCONCELOS viuda
DE SANCHEZ, conocida por ANA MATILDE VASCONCELOS por
MATILDE VASCONCELOS y RAMON ANTONIO VASCONCELOS,
todos en calidad de hijos legítimos de la causante.
Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho Administradora y
Representante Interina de la sucesión de que se trata, con las facultades
y restricciones que corresponden a la Curadora de la Herencia.
Publíquense los edictos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Chinameca, a las doce horas del día veintidós de noviembre de dos mil
once.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007242-1
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día siete
de febrero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor JOSÉ ISABEL LOZANO BONILLA, conocido por ISABEL
LOZANO, quien falleció el día cinco de junio de mil novecientos ochenta
y cinco, en el Cantón Potrero, de esta Jurisdicción, siendo la ciudad de
Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de
parte del señor JOSÉ PASTOR LOZANO RIVERA o JOSÉ PASTOR
LOZANO, en concepto de hijo del causante y cesionario del derecho
hereditario que le corresponde a cada una de las señoras MARÍA TERE-
SA LOZANO o MARÍA TERESA LOZANO DE FRANCO, MARÍA
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ELBA LOZANO o MARÍA ELBA LOZANO DE FRANCO y MARÍA
MARTHA LOZANO RIVERA, como hijas del mismo causante.
Y se le ha conferido al aceptante, la Administración y Represen-
tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las once horas quince minutos del día siete de febrero de dos mil
doce.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LOPEZ SÁNCHEZ, SE-
CRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C007265-1
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
de parte del señor RIGOBERTO SEGOVIA FUENTES, en calidad de
esposo de la causante, y como cesionario de los derechos hereditarios
otorgados a su favor por la señora CARMEN CHEVEZ, madre de la
causante; la herencia intestada que dejó al fallecer la señora MARTA
CHEVEZ DE SEGOVIA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad,
casada, Comerciante, originaria de Ciudad Arce, departamento de La
Libertad, hija de la señora CARMEN CHEVEZ; fallecida a las quince
horas y treinta minutos del día trece de julio de dos mil once, en Colonia
La Presita, Pasaje Jocotal, número veinticuatro, San Miguel, siendo su
último domicilio en Colonia La Presita, Pasaje Jocotal, número veinti-
cuatro, San Miguel.
Confi éresele al heredero declarado, señor RIGOBERTO SEGOVIA
FUENTES, la Administración y Representación Interina de la sucesión
intestada con las facultades y restricciones de la Herencia Yacente; y
se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se
presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores a la tercera
publicación de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la ciu-
dad de San Miguel, a los veinticuatro días del mes de enero del dos mil
doce. LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO
ANDRADE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007311-1
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las catorce horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia testamen-
taria que a su defunción dejó ANA VICTORIA CAMPOS, conocida
por ANA VICTORIA CAMPOS RODRIGUEZ y por VICTORIA
CAMPOS, quien fue de ochenta y tres años de edad, soltera, de ofi cios
domésticos, originaria de Nuera Granada, Departamento de Usulután,
de nacionalidad salvadoreña, hija de Julia Campos ya fallecida; quien
falleció a las diecisiete horas y treinta minutos del día veinticuatro de
noviembre de año dos mil once, en casa de habitación ubicada en Barrio
El Centro, Jucuapa, Departamento de Usulután, siendo su último domi-
cilio el de Jucuapa, Departamento de Usulután, de parte de MILAGRO
DEL ROSARIO CAMPOS, de cincuenta y dos años de edad, empleada,
del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento
Único de Identidad Número: cero cuatro millones ochocientos un mil
novecientos sesenta-tres, en concepto de hija y Universal Heredera
Testamentaria de la causante.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Jucuapa, a las diez horas y veinte minutos del día dieciocho de enero
de dos mil doce. LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028844-1
MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil
y Mercantil, Santa Ana, al público en general.
HACE SABER: Que se han promovido, en esta sede judicial por los
Licenciados JUAN MANUEL y KAREN ELIZABETH RODRÍGUEZ
ESTUPINIÁN, Diligencias Judiciales no Contenciosas de Aceptación
de Herencia intestada sobre los bienes que a su defunción dejara el señor
SALVADOR MELVIN BELLOSO GUZMÁN, habiéndose aceptado
herencia con benefi cio de inventario por parte de CECILIA YANES
HERRERA DE BELLOSO, en calidad de cónyuge sobreviviente del
causante, y en representación de sus menores hijos ANDREA VA-
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
LERIA BELLOSO HERRERA y SALVADOR MELVIN BELLOSO
HERRERA; KAREN JEANNETTE BELLOSO HERRERA en calidad
de hija sobreviviente del causante; TATIANA YAJAIRA BELLOSO
DE PINEDA, en calidad de hija sobreviviente del causante; y a la señora
BLANCA ROSA MELGAR GIL, en calidad de madre sobreviviente del
causante, en la sucesión que a su defunción dejase el señor SALVADOR
MELVIN BELLOSO GUZMÁN, y, NOMBRÁNDOSELES A LOS
MISMOS COMO ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES
INTERINOS DE LA SUCESIÓN ANTES SEÑALADA, de conformidad
a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil.
Lo que se hace del conocimiento público para que pueda hacerse
presente a este juzgado, dentro del plazo de quince días contado a partir
de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la
herencia que a su defunción dejara el referido causante.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana,
a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once.- LIC.
MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA
MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.
3 v. alt. No. F028845-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LORENZO
GUZMAN MOREIRA, que falleció el día once de septiembre de dos
mil once, en el Cantón Penitente Abajo, Caserío Santa Irene, de esta
Jurisdicción, su último domicilio, por parte de BELTER ANTONIO
ALFARO GUZMAN o BELTER ANTONIO ALFARO, en concepto
de hijo del causante.
Y se ha nombrado al aceptante, Administrador y Representante de
la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los catorce días del
mes de febrero de dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ
DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028934-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario de parte de la señora ELVIRA GONZALEZ DE ALVAREZ,
la herencia intestada que a su defunción dejó la señora VICENTA
ALFARO viuda DE GONZALEZ, quien fue de setenta y cinco años de
edad, ofi cios domésticos, viuda, salvadoreña, originaria de San Cristóbal,
departamento de Cuscatlán, y del domicilio de Verapaz de este depar-
tamento, con Documento Único de Identidad número cero uno seis tres
tres tres ocho uno-nueve, y Número de Identifi cación Tributaria cero
siete cero ocho-cero tres cero ocho tres tres-uno cero uno-cinco, habiendo
fallecido a las diecinueve horas del día treinta y uno de mayo de dos mil
ocho, en el Hospital de Cojutepeque, siendo la ciudad de Verapaz de
este departamento, el lugar de su último domicilio, en concepto de hija
de la causante y como cesionaria del derecho hereditario que en esta
sucesión les correspondía a los señores IGNACIO ALFARO, CELES-
TINO GONZALEZ ALFARO, MARIA ESPERANZA GONZALEZ
DE BELTRAN, VICENTA GONZALEZ, y ANDRES GONZALEZ
ALFARO, éstos en concepto de hijos de la causante.
Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante
Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del
mes de febrero del año dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028946-1
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
nueve horas y quince minutos del día dos del mes en curso, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de los
señores MARTA NOEMÍ ZETINO DUARTE, MARIO ADALBERTO
ZETINO DUARTE, y JOSÉ MARIO DUARTE GUZMÁN, en calidad
de sobrinos del causante, la herencia dejada a su defunción por el señor
JUAN JOSÉ DUARTE, quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta
y tres años de edad, sastre, hijo de los señores José María Duarte y María
Orantes, salvadoreño originario de San Miguel Tepezontes, siendo esta
ciudad el lugar de su último domicilio, quien falleció el día veintitrés
de agosto de mil novecientos ochenta y siete.
Cítese por este medio a los que se crean con derecho a la suce-
sión para que dentro del término de quince días siguientes a la tercera
publicación de este edicto, se presenten a este Juzgado a deducir sus
derechos.
Confi érese a los aceptantes declarados la administración y repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día dos
de febrero de dos mil doce.-KARINA JEANNETTE MARTINEZ
GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN
SALVADOR.- LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F028992-1
JOSE ALONSO GODOY COLOCHO, Notario, del domicilio de
Chalchuapa, con ofi cina situada en Primera Calle Oriente, número
veintidós de la ciudad de Chalchuapa, al público,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas
del día trece de enero del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora ROSA
EDELMA BARILLAS DE HERNANDEZ, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida el día nueve de mayo del año dos mil once, en
el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de
Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, el lugar de su último do-
micilio, dejó el causante FRANCISCO SALVADOR HERNANDEZ
MONZON, conocido por FRANCISCO SALVADOR HERNANDEZ
quien fue de ochenta y un años de edad, Profesor en Educación Básica
Primero y Segundo Ciclo, casado, originario de la ciudad de Santa Ana,
y del domicilio de Chalchuapa, en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la
sucesión le corresponden a los señores Ernesto Salvador Hernández
Barillas, Hilda Rosario Hernández de Deleón, Rosa Ernestina Hernández
de García y Manuel Orlando Hernández Barillas, como hijos del referido
causante. Se le confi rió a la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana,
a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil doce.
LIC. JOSE ALONSO GODOY COLOCHO,
NOTARIO.
3 v. c. No. F028930-1
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
ERICK WILLIANS BELTRAN REYES, mayor de edad abogado de
este domicilio, solicitando en representación de la señorita MARIA
AUXILIADORA SANTOS, de veinticinco años de edad, empleada, del
domicilio de Mejicanos, con DUI No. 03548671-0 y NIT 0816-250586-
101-8, solicitando a favor de su representada, título de propiedad; de
un inmueble urbano situado en el barrio Concepción, de esta ciudad, de
una extensión superfi cial de CIENTO NOVENTA Y SIETE METROS
NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, y como
medidas y linderos los siguientes: RUMBO NORTE, diecinueve metros
cincuenta centímetros, con Gloria Iveth Sánchez Urías, Fredi Antonio
Sánchez Urías, Julio César Urías Bernal y José Guillermo Sánchez,
calle El Progreso de por medio y al RUMBO ORIENTE: veinte metros,
con terreno de José Reinaldo Bernal Cerón, con resto del inmueble en
general; RUMBO PONIENTE: dieciséis metros cincuenta centímetros,
con Cecilio Edilberto Cornejo Salvador, esta parcela por el rumbo sur
termina en un vértice y lo hubo por compra que hizo a María Isabel
Cortez viuda de Santos, por medio de escritura pública, a las diez horas
y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil cuatro, ante
los ofi cios notariales del Doctor José Augusto Contreras Minero, en la
ciudad de San Pedro Nonualco y lo valúa en MIL CUATROCIENTOS
00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Alcaldía Municipal: San Pedro Nonualco, a nueve de febrero de
dos mil doce. LIC. SERGIO ANTONIO ORELLANA MENJIVAR,
ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028885-1
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
TITULO SUPLETORIO
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS
HACE SABER; Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, mayor de edad, Abogada,
del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General
Judicial y Especial de la señora MARIA VITALINA POSADA DEL
CID o VITALINA POSADA DEL CID, de setenta y un años de edad,
de ofi cios domésticos, del domicilio de Nuevo Edén de San Juan
Departamento de San Miguel; solicitando a favor de su poderdante
TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural, situado
en los puntos denominados La Quesera y El Almendrón, suburbios del
Barrio La Cruz, Cantón Jardín, Municipio de Nuevo Edén de San Juan,
departamento de San Miguel; de los linderos y colindancias siguientes:
Partiendo del estacionamiento uno más novecientos veintinueve punto
cuarenta y dos sobre el eje del Proyecto Diseño y Construcción de la
Carretera Longitudinal del Norte, tramo Nuevo Edén de San Juan-Desvío
Carolina, y con un rumbo sur cero seis grados cero dos minutos treinta
y siete segundo Oeste, se miden cuarenta y cinco punto treinta y cuatro
metros, para llegar al vértice Nor Poniente (Uno) de esta propiedad; y
que a continuación se describe: Lado Norte Línea uno-dos: tramo recto
de veintitrés punto treinta y nueve metros con rumbo sur ochenta y nueve
grados sesenta minutos cero cero segundos Este, colindando con resto
del inmueble general propiedad de FOMILENIO: Lado Oriente. Línea
dos-tres, tramo recto de once punto cincuenta metros con rumbo sur
cero cero grados cero cero minutos cero cero segundos este, colindando
con EVA ESPERANZA NAVARRETE VIUDA DE MERCADO, con
cerco de púas de por medio Lado Sur Línea tres-cuatro: tramo recto de
veintitrés punto treinta y nueve metros con rumbo Sur ochenta y nueve
grados sesenta minutos cero cero segundos oeste colindando con resto del
inmueble geral propiedad de FOMILENIO; Lado Poniente: Línea cuatro-
uno: tramo recto de once punto cincuenta metros con rumbo norte cero
cero grados cero cero minutos cero cero segundos Este, colindando con
resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO.- Dicho inmueble
tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO
PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS. equivalente
a TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA Y
TRES VARAS CUADRADAS y fue adquirido por donación pura y
simples gratuita e irrevocable que le hicieran el FONDO DEL MILE-
NIO, FOMILENIO, mediante Escritura Pública número cincuenta y dos.
otorgada a las diez horas y treinta minutos del día trece de octubre del
año dos mil once, ante los ofi cios notariales del Licenciado MARVIN
ABRAHAM SALAMANCA MORENO, y lo valúa en la cantidad de
NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL a las
diez horas y cinco minutos del día veintiséis de enero del año dos mil
doce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007246-1
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda,
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, mayor de edad, Abogada,
del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General
Judicial y Especial de los señores CARLOS ROBERTO QUINTEROS
VASQUEZ, de treinta y tres años de edad, jornalero, MARIA MARTA
ANDRADE CRUZ, de treinta y tres años de edad, doméstica; así como
de sus representados menores hijos ERICK ROBERTO QUINTEROS
ANDRADE, de catorce años de edad, estudiante, MIRNA LIZETH
QUINTEROS ANDRADE, de doce años de edad estudiante, y todos del
domicilio, de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel
solicitando a favor de sus poderdantes TITULO SUPLETORIO, de un
inmueble de naturaleza rural situado en los puntos denominados La
Quesera y El Almendrón, suburbios del Barrio La Cruz, Cantón jardín,
Municipio de Nuevo Edén de San Juan, departamento de San Miguel; de
los linderos y colindancias siguientes: Partiendo del estacionamiento uno
más novecientos veintiocho punto veintiuno sobre el eje del Proyecto:
Diseño y Construcción de la Carretera Longitudinal del Norte, tramo
Nuevo Edén de San Juan-Desvío Carolina, y con un rumbo sur cero seis
grados cero dos minutos treinta y siete segundo Oeste, se miden treinta
y tres punto noventa metros, para llegar al vertice Nor Poniente (Uno)
de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Norte: Línea
uno-dos: tramo recto de veintitrés punto treinta y nueve metros con rumbo
Sur ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero segundos Este,
colindando con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO;
Lado Oriente: Línea dos-tres, tramo recto de once punto cincuenta
metros con rumbo sur cero cero grados cero cero minutos cero cero
segundos Oeste, colindando con EVA ESPERANZA NAVARRETE
VIUDA DE MERCADO, con cerco de púas de por medio; Lado Sur.
Línea tres-cuatro: tramo recto de veintitrés punto treinta y nueve metros
con rumbo Norte ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero
segundos Oeste colindando con resto del inmueble general propiedad
de FOMILENIO; Lado Poniente: línea cuatro- uno: tramo recto de once
punto cincuenta metros con rumbo Norte cero cero grados cero cero
minutos cero cero segundos Este, colindando con resto del inmueble
general propiedad de FOMILENIO, llegando con esta última distancia y
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta descripción- Dicho inmueble
tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO
PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS equivalente a
TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA Y TRES
VARAS CUADRADAS, y fue adquirido por donación pura y simple,
gratuita e irrevocable que le hicieran el FONDO DEL MILENIO, FO-
MILENIO, mediante Escritura Pública número cincuenta, otorgada a las
nueve horas y cincuenta minutos del día trece de octubre del año dos mil
once, ante los ofi cios notariales del Licenciado MARVIN ABRAHAM
SALAMANCA MORENO; y lo valúan en la cantidad de NUEVE MIL
SEISCIENTOS CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS. DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas del día veinticinco de enero del año dos mil doce.-LICDA.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. C007247-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL:
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, actuando en su carác-
ter de Apoderada General judicial Especial de los señores DIGNA
GONZALES CASTRO, así como de sus representados menores
hijos ANA RUBIA GUEVARA CASTRO, JOSÉ WILMER MA-
NUEL CASTRO GUEVARA, MARITZA YAMILETH GUEVARA
GONZALEZ, MARIANO DE JESUS GUEVARA GONZÁLEZ,
MARVIN ALEXANDER GUEVARA GONZALES y JOSE WILLIAM
GUEVARA GONZALEZ, solicitándo TITULO SUPLETORIO, de una
porción de terreno de naturaleza rural, situado; según antecedente, en los
puntos denominados La Quesera y El Almendrón, suburbios del Barrio La
Cruz Cantón Jardín, Municipio de Nuevo Edén de San Juan Departamento
de San Miguel, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA
Y NUEVE PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, equiva-
lentes a TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA
Y CUATRO VARAS CUADRADAS; de los linderos y colindancias
siguiente: Partiendo del estacionamiento uno más ochocientos noventa y
ocho punto cero cinco sobre el eje del Proyecto: Diseño y Construcción
de la Carretera Longitudinal del Norte, Tramo Nuevo Edén de San Juan-
Desvío Carolina, y con un rumbo Sur cero dos grados cincuenta y cinco
minutos treinta y cinco segundos Oeste, se miden cincuenta y siete punto
sesenta y siete metros, para llegar al vértice Norte Poniente (Uno) de esa
propiedad; y que a continuación se describe Lado:Norte Línea Uno- Dos:
tramo recto de veintitrés punto treinta y nueve metros con rumbo Norte
ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero segundos este colin-
dante con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO Lado
Oriente Línea Dos-Tres: Tramo recto de once punto cincuenta metros con
rumbo Sur cero cero grados cero cero minutos cero cero segundos este
colindando con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO
Lado Sur: Línea Tres-Cuatro: Tramo recto de veintitrés punto treinta y
nueve metros con rumbo Norte ochenta y nueve grados sesenta minutos
cero cero segundos Oeste colindante con resto del inmueble General
propiedad de FOMILENIO Lado Poniente: Línea Cuatro-Uno: Tramo
recto de once punto cincuenta metros con rumbo Norte cero cero grados
cero cero minutos cero cero segundos este colindante con Eva Esperanza
Navarrete Vda de Mercado, con cerco de púas de por medio, Llegando
con esta última distancia y rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta
descripción- Que dicho inmueble lo adquirieron mis representados por
DONACION PURA SIMPLE GRATUITA E IRREVOCABLE, que
hizo al Fondo del Milenio, mediante Escritura Pública; y los valúa en
la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON DIEZ CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD
BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL. a las catorce horas
del día veintisiete de enero del año dos mil doce.LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007248-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL:
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, actuando en su carácter de
Apoderada General Judicial Especial de los señores RITO FRANCISCO
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
HERNÁNDEZ LEMUS, VILMA ODILIA POSADA DE HERNANDEZ,
así como de sus representados menores hijos GERSON ISAAC
HERNANDEZ POSADA, YEXI LISVETH HERNANDEZ POSADA
y KELIN DAMARIS HERNÁNDEZ POSADA, solicitando TITULO
SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural, ubicado en según
antecedente, en los puntos denominados La Quesera y El Almendrón,
Suburbios del Barrio La Cruz, Cantón Jardín, Municipio de Nuevo Edén
de San Juan, Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial
de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO CUATRO
METROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS,
de los linderos y colindancias siguiente: Partiendo del estacionamiento
uno más ochocientos noventa y seis punto sesenta y tres sobre el eje
del Proyecto: Diseño y Construcción de la Carretera Longitudinal del
Norte, Tramo Nuevo Edén de San Juan- Desvío Carolina, y con rumbo
Sur cero dos grados treinta y un minutos diez segundos Oeste, se miden
treinta y cuatro punto sesenta y nueve metros, para llegar al vértice Nor
Poniente (Uno) de esta propiedad; y que a continuación se describe:
lado: Norte Línea Uno-Dos Tramo recto de veintitrés punto treinta y
nueve metros con rumbo Norte ochenta y nueve grados cincuenta y
nueve minutos cincuenta y cinco segundos este colindante con resto
del inmueble general propiedad de FOMILENIO; Lado Oriente: Línea
Dos-Tres Tramo recto de once punto cincuenta metros Con rumbo Sur
cero cero grados cero cero minutos cero cero segundos Oeste colindando
con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO; Lado Sur:
Línea Tres-Cuatro: Tramo recto de veintitrés punto treinta y nueve me-
tros con rumbo Norte ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero
segundos Oeste colindando con resto del inmueble general propiedad
de FOMILENIO; Lado Poniente Línea Cuatro-Uno: Tramo recto de
once punto cincuenta metros con rumbo Norte cero cero grados cero
cero minutos cero cero segundos Oeste colindando con Eva Esperanza
Navarrete Viuda de Mercado, con cerco de púas de por medio. Llegando
con esta última distancia y rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta
descripción.- Que dicho inmueble lo adquirieron por DONACIÓN, que
hizo al Fondo del Milenio, mediante Escritura Pública; y los valúa en
la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON DIEZ CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD
BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del
día veintisiete de enero del año dos mil doce. LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007250-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS. DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL;
HACE SABER: Que por este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, actuando en su carácter
de Apoderada General Judicial Especial de los señores FREDIS ISAI
POSADA NOLASCO, LORENA ISABEL CENTENO AMAYA, so-
licitando TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural,
ubicado en según antecedente, en los puntos denominados La Quesera y
El Almendrón, Suburbios del Barrio La Cruz, Cantón jardín, Municipio
de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel, que tiene
una extensión superfi cial de DOSCIENTOS UNO PUNTO CERO SEIS
METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTOS OCHENTA
Y SIETE PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS; de
los linderos y colindancias siguiente: Partiendo del estacionamiento uno
más novecientos treinta y ocho punto quince sobre el eje del proyecto
Diseño y Construcción de la Carretera Longitudinal del Norte, Tramo
Nuevo Edén de San Juan-Desvío Carolina, y con un rumbo Sur cero
seis grados cero dos minutos treinta y siete Segundos Oeste se miden
catorce punto sesenta y ocho metros, para llegar al vértice Nor Poniente
(Uno) de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado: Norte
Línea Uno-Dos: Tramo recto de once punto cincuenta y tres metros con
rumbo Sur ochenta y cuatro grados y cuatro minutos cero cuatro segun-
dos este colindante con María Julia Benítez con calle de por medio que
del casco urbano de Nuevo Edén de San Juan conduce a San Gerardo.
Lado Oriente Línea Dos-Tres: Tramo recto de dieciséis punto noventa
y siete metros con rumbo Sur cero cero grados cero cero minutos cero
cero segundos este colindado con Eva Esperanza Navarrete Viuda de
Mercado, con cerco de púas de por medio; Lado: sur Línea Tres-Cuatro:
Tramo recto de once punto cuarenta y ocho metros con rumbo Norte
ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero segundos Oeste colin-
dando con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO, Lado:
Poniente línea Cuatro-Uno: Tramo recto de dieciocho punto cero siete
metros con rumbo Norte cero cero grados cero cero minutos cero cero
segundos Oeste colindando con resto del inmueble general propiedad
de FOMILENIO, llegando con esta última distancia y rumbo al vértice
(Uno) donde se inició de esta descripción.- Que dicho inmueble lo
adquirieron por DONACION, que hizo al Fondo del Milenio, mediante
Escritura Pública; y los valúa en la cantidad de SIETE MIL CIENTO
OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
CON DIEZ CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD
BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince horas
del día treinta de enero del año dos mil doce.LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007251-1
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, actuando en su carácter de
Apoderada General Judicial Especial de los señores DANIEL NOLASCO
MEJIA, HEIDE SANTANA ROSA DE NOLASCO, así como de sus
representados menores hijos YONIS ALEXI NOLASCO ROSA, MIRNA
MARISOL NOLASCO ROSA, CRISTIAN JOSE NOLASCO ROSA
y DIEGO JOSUE NOLASCO ROSA, solicitando TITULO SUPLE-
TORIO, de una porción de terreno de naturaleza rural, situada, según
antecedente, en los puntos denominados La Quesera y El Almendrón,
suburbios del Barrio La Cruz, Cantón Jardín, Municipio de Nuevo Edén
de San Juan, Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial
de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO CUATRO
METROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS;
da los linderos y colindancias siguientes: Partiendo del estacionamiento
uno más ochocientos noventa y siete punto veintiocho sobre el eje del
Proyecto: Diseño y Construcción de la carretera Longitudinal del Norte,
Tramo Nuevo Edén de San Juan-Desvío Carolina, y con rumbo Sur
cero dos grados cuarenta y dos minutos veintiocho segundos Oeste,
se miden cuarenta y seis punto dieciocho metros, para llegar al vértice
Nor Poniente (Uno) de esta propiedad; y que a continuación se describe:
Lado NORTE: Línea Uno-Dos: Tramo recto de veintitrés punto treinta
y nueve metros con rumbo Sur ochenta y nueve grados sesenta minutos
cero cero segundos. Este colindante con resto del inmueble general de
FOMILENIO. Lado Oriente Líneas Dos-Tres: Tramo recto de once punto
cincuenta metros con rumbo sur cero cero grados cero cero minutos cero
cero segundos este colindante con resto de inmueble general propiedad
de FOMILENIO. Lado: Sur Línea Tres-Cuatro: Tramo recto de veintitrés
punto treinta y nueve metros con rumbo Sur ochenta y nueve grados se-
senta minutos cero cero segundos Oeste colindando Cuatro-Uno: Tramo
recto de once punto cincuenta metros con rumbo Norte cero cero grados
cero cero minutos cero cero segundos este colindante con Eva Esperanza
Navarrete vda. de Mercado, con cerco de púas de por medio llegando
con esta última distancia y rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta
descripción. Que dicho inmueble lo adquirieron mis representados por
DONACION PURA SIMPLE GRATUITA E IRREVOCABLE, que
hizo al Fondo del Milenio, mediante Escritura Pública; y los valúa en
la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON DIEZ CENTAVOS
DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas del día veintisiete de enero del año dos mil doce. Licda.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. C007252-1
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, mayor de edad, Abogada,
del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General
Judicial y Especial de los señores GREGORIO NOLASCO ZELAYA,
de cincuenta años de edad, jornalero, OLINDA ISABEL MEJIA DE
NOLASCO, de cuarenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos; así
como de sus representados menores hijos YENNY KARINA NOLASCO
MEJIA, de quince años de edad, estudiante, RENE ALEXANDER
NOLASCO MEJIA, de nueve años de edad, estudiante, y HENRRI JOEL
NOLASCO MEJIA, de seis años de edad, párvulo, todos del domicilio
de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel, solicitando
a favor de sus poderdantes TITULO SUPLETORIO, de un inmueble
de naturaleza rural, situado en los puntos denominados La Quesera y El
Almendrón, suburbios del Barrio La Cruz, Cantón Jardín, municipio de
Nuevo Edén de San Juan, departamento de San Miguel; de los linderos
y colindancias siguientes: Partiendo del estacionamiento de amarre uno
más ochocientos noventa y seis punto cincuenta y seis sobre el eje del
Proyecto: Diseño y Construcción de la Carretera Longitudinal del Norte,
tramo Nuevo Edén de San Juan-Desvío Carolina, y con un rumbo sur
dos grados treinta minutos cero dos segundos Oeste, se miden catorce
punto setenta y seis metros, para llegar al vértice Nor Poniente (Uno)
de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Norte: Línea
uno-dos: tramo recto de once punto noventa y seis metros con rumbo Sur
ochenta y cuatro grados treinta y cuatro minutos cero cuatro segundos
Este, colindando con MAURICIO VASQUEZ VASQUEZ, con calle que
conduce del casco urbano de Nuevo Edén de San Juan a San Gerardo de
por medio; Lado Oriente: Línea dos-tres, tramo recto de dieciocho punto
setenta y ocho metros con rumbo Sur cero cero grados cero cero minutos
cero cero segundos Oeste, colindando con resto del inmueble general
propiedad de FOMILENIO; Lado Sur: Línea tres-cuatro: tramo recto de
doce punto setenta y dos metros con rumbo sur ochenta y nueve grados
cincuenta y nueve minutos cincuenta segundos oeste colindando con
resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO; Lado Poniente:
Línea cuatro-cinco: tramo recto de diez punto quince metros con rum-
bo Norte cero cero grados cero cero minutos cero cero segundos Este.
Línea cinco-seis, tramo recto de dos punto noventa y nueve metros con
rumbo norte doce grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y cinco
segundos Este. Línea seis-uno, tramo recto de seis punto ochenta y cinco
metros con rumbo Norte cero un grados dieciocho minutos diecinueve
segundos Este colindando con Rosa Esperanza Orellana, con cerco de
púas de por medio y EVA ESPERANZA NAVARRETE VIUDA DE
MERCADO, con cerco de púas de por medio, llegando con esta última
distancia y rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta descripción. Dicho
inmueble tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA
PUNTO CINCUENTA y tres metros cuadrados EQUIVALENTES A
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PUNTO QUINCE VARAS
CUADRADAS, y fue adquirido por donación pura y simple, gratuita e
irrevocable que le hicieran el FONDO DEL MILENIO, FOMILENIO,
mediante Escritura Pública número cuarenta y seis, otorgada a las
ocho horas y treinta minutos del día trece de octubre del año dos mil
once, ante los ofi cios notariales del Licenciado MARVIN ABRAHAM
SALAMANCA MORENO; y lo valúan en la cantidad de OCHO MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS DE
DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a
las diez horas y cinco minutos del día veintitrés de enero del año dos
mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007253-1
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, mayor de edad, Abogada
del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General
Judicial y Especial de los señores ERLINDA NAVARRETE VIUDA
DE MEJIA, de ochenta y seis años de edad, doméstica; GREGORIO
NOLASCO MEJIA, de veintidós años de edad, empleado y JOSE NOE
NOLASCO MEJIA, de diecinueve años de edad, jornalero; todos del
domicilio de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel;
solicitando a favor de sus poderdantes TÍTULO SUPLETORIO, de un
inmueble de naturaleza rural situado en los puntos denominados La
Quesera y El Almendrón, suburbios del Barrio La Cruz, Cantón Jardín,
Municipio de Nuevo Edén de San Juan, departamento de San Miguel;
de los linderos y colindancias; Partiendo del estacionamiento uno más
novecientos nueve punto cuarenta y cuatro sobre el eje del Proyecto:
Diseño y Construcción de la Carretera Longitudinal del Norte, tramo
Nuevo Edén de San Juan-Desvío Carolina y con un rumbo sur cero seis
grados cero dos minutos treinta y siete segundo Oeste, se miden catorce
punto noventa y nueve metros, para llegar al vértice Nor Poniente (Uno)
de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Norte: Línea
uno-dos: tramo recto de nueve punto setenta y un metros con rumbo Sur
ochenta y cuatro grados treinta y cuatro minutos cero cuatro segundos
Este colindando con MAURICIO VASQUEZ VASQUEZ con calle
que del casco urbano de Nuevo Edén de San Juan a San Gerardo de por
medio, colinda con MARIA JULIA BENITEZ con calle que del casco
urbano de Nuevo Edén de San Juan a San Gerardo de por medio, Lado
Oriente, Línea dos-tres, segmento circular con un radio de uno punto
trece metros; longitud de cuerda de uno punto cincuenta y un metros
con rumbo para la cuerda Sur cuarenta y dos grados cero nueve minutos
cuarenta y un segundos este y longitud de curva de uno punto sesenta
y seis metros, línea tres-cuatro: tramo recto de dieciséis punto setenta y
cuatro metros con rumbo Sur cero cero grados cero cero minutos cero
cero segundos Este colinda con resto del inmueble general propiedad de
FOMILENIO; Lado Sur, Línea cuatro-cinco: tramo recto de diez punto
sesenta y ocho metros con rumbo Norte ochenta y nueve grados sesenta
minutos cero cero segundos Oeste, colindando con resto del inmueble
general propiedad de FOMILENIO; lado Poniente: Línea cinco-uno
tramo recto de dieciocho punto setenta y ocho metros con rumbo Norte
cero cero grados cero cero minutos cero cero segundos Este, colindando
con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO, llegando
con esta última distancia y rumbo al vértice (Uno) donde se inició esta
descripción. Dicho inmueble tiene una extensión superfi cial de CIENTO
NOVENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUA-
DRADOS, equivalente a DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO
NOVENTA Y UN VARAS CUADRADAS, y fue adquirido por donación
pura y simple, gratuita e irrevocable que le hicieran el FONDO DEL
MILENIO; FOMILENIO, mediante Escritura Pública número cuarenta
y siete, otorgada a las ocho horas y cincuenta minutos del día trece de
octubre del año dos mil once, ante los ofi cios notariales del Licenciado
MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO y lo valúan en la
cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CINCUENTA Y
NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas y cinco minutos del día veinticinco de enero del año dos
mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007254-1
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, mayor de edad, Abogada,
del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General
Judicial y Especial de los señores MIGUEL POSADA NOLASCO,
de diecinueve años de edad, estudiante, JOSE ALBINO POSADA
NAVARRETE, de sesenta y cuatro años de edad, jornalero, MARIA
VICENTA NOLASCO DE POSADA, de cincuenta años de edad, ama
de casa; así como de sus representados de estos dos últimos sus menores
hijos HEIDI ELIZABETH POSADA NOLASCO, de diecisiete años de
edad, estudiante, y KENI YASMIN POSADA NOLASCO, de doce años
de edad, estudiante; todos del domicilio de Nuevo Edén de San Juan,
departamento de San Miguel, solicitando a favor de sus poderdantes
TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural, situado
en los puntos denominados La Quesera y El Almendrón, suburbios del
Barrio La Cruz, Cantón Jardín, Municipio de Nuevo Edén de San Juan,
departamento de San Miguel, de los linderos y colindancias siguientes:
Partiendo del estacionamiento uno más novecientos veintiséis punto
veintinueve sobre el eje del Proyecto: Diseño y Construcción de la Ca-
rretera Longitudinal del Norte, tramo Nuevo Edén de San Juan-Desvío
Carolina, y con un rumbo sur cero seis grados cero dos minutos treinta y
siete segundo Oeste, se miden quince punto ochenta metros, para llegar
al vértice Nor Poniente (Uno) de esta propiedad; y que a continuación se
describe: Lado Norte: Línea uno-dos: segmento circular con un radio de
punto noventa metros, longitud de cuerda de uno punto treinta y cuatro
metros con rumbo para la cuerda norte cuarenta y siete grados cincuenta
minutos veintinueve segundos Este y longitud de curva de uno punto
cincuenta y uno metros, línea dos-tres: tramo recto de diez punto noventa
y siete metros con rumbo sur ochenta y cuatro grados treinta y cuatro
minutos cero cuatro segundos Este, colindando con MARIA JULIA
BENITEZ, con calle de por medio que del casco urbano de Nuevo Edén
de San Juan, conduce a San Gerardo; Lado Oriente: Línea tres-cuatro:
tramo recto de dieciocho punto cero siete metros con rumbo sur cero
cero grados cero cero minutos cero cero segundos Este colindando con
resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO; Lado Sur: Línea
cuatro-cinco: tramo recto de once punto noventa y un metros con rumbo
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
sur ochenta y nueve grados sesenta minutos cero cero segundos Oeste
colindando con resto del inmueble general propiedad de FOMILENIO;
Lado Poniente: Línea cinco- uno: tramo recto de dieciocho punto veinte
metros con rumbo norte cero cero grados cero cero minutos cero cero
segundos Este colinda con resto del inmueble general propiedad de
FOMILENIO, llegando con esta última distancia y rumbo al vértice
(Uno) donde se inició esta descripción. Dicho inmueble tiene una ex-
tensión superfi cial de DOSCIENTOS VEINTIUN PUNTO SETENTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS equivalente a TRESCIENTOS
DIECISIETE PUNTO VEINTISIETE VARAS CUADRADAS, y fue
adquirido por donación pura y simple, gratuita e irrevocable que le hicieran
el FONDO DEL MILENIO, FOMILENIO, mediante Escritura Pública
número cuarenta y ocho, otorgada a las nueve horas y diez minutos del
día trece de octubre del año dos mil once, ante los ofi cios notariales del
Licenciado MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO; y lo
valúan en la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SEIS
CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-
CA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas y quince minutos del día veinticinco de enero del año dos
mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007255-1
FREDY WILLIAN MONTES VARGAS, Notario, al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que a mi despacho Notarial, situado en la Segunda
Calle Poniente, número Seiscientos uno del Barrio San Felipe, de esta
ciudad, se ha presentado el señor JOSE TOMAS SEGOVIA FRANCO,
quien es de sesenta y ocho años de edad, Agricultor, del domicilio del
Municipio de Lolotique, departamento de San Miguel, con Documento
Único de Identidad número: Cero cero dos dos tres dos cuatro seis - siete,
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: Un mil doscientos ocho -
doscientos setenta y un mil doscientos cuarenta y dos- ciento uno - dos,
solicitando iniciar Diligencias de TITULO SUPLETORIO a su favor
sobre DOS terrenos de naturaleza rústica situados en el Cantón "VALEN-
CIA" Jurisdicción del Municipio de Lolotique, distrito de Chinameca,
departamento de San Miguel, que se relacionan así: PRIMERO: De la
capacidad Superfi cial de diecinueve mil ochocientos diecinueve punto
veintidós metros cuadrados, cuyas medidas y linderos son los siguientes:
LINDERO NORTE: Mide Ciento ochenta metros, lindando con Rosa
Cándida Batres, quebrada de por medio, con cerco de púas. LINDERO
ORIENTE: Mide Ciento noventa metros, lindando con Basilio Sánchez
y Pedro Mártir Sánchez, con cerco de púas. LINDERO SUR: Mide
Doscientos metros, lindando con Raúl Moreno y Eleuterio Batres, con
cerco de púas. LINDERO PONIENTE:Mide Noventa metros, lindando
con Luz García Sorto, con cerco de púas: SEGUNDO: De la capacidad
superfi cial de Tres mil setecientos setenta y seis punto cuarenta metros
cuadrados, cuyas medidas y linderos son los siguientes: LINDERO
NORTE: Mide cuarenta y cinco metros, lindando con Petronila García,
con cerco de púas. LINDERO ORIENTE: Mide cien metros, lindando
con Fausto Sánchez y Andrés Torres, con cerco de púas. LINDERO SUR:
Mide sesenta y un metros, lindando con Francisco Segovia Morataya
y José Bartolo Segovia, con camino vecinal. LINDERO PONIENTE:
Mide setenta y siete metros, lindando con Rosa Cándida Batres y Enrique
Segovia, con camino vecinal. Inmuebles que posee el solicitante por más
de QUINCE AÑOS y los adquirió mediante compraventa verbal que
le hiciera a su favor el señor Antonio Segovia, quien tenía de poseer
dichos terrenos más de veinticinco años, valuando el solicitante cada
inmueble en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, datos con los que pretende obtener el respectivo Título
una vez sean confi rmados por la ofi cina de Catastro.
En consecuencia, se ruega al público en general que si tuvieran
conocimiento que existen documentos de propiedad sobre el inmueble
que se trata de titular se presenten a esta ofi cina notarial presentando
oposición dentro del término de quince días a partir del día siguiente de
la tercera publicación de este aviso.
Librado en mi ofi cina de Notariado. San Miguel, a veintitrés días
del mes de septiembre del año dos mil once.
Lic. FREDY WILLIAN MONTES VARGAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. C007256-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, como Apoderado
General Judicial de la señora MARIA ELIGIA AMAYA de sesenta y
siete años de edad, ama de casa, del domicilio de Guacotecti, Cabañas,
solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida
señora, de DOS inmuebles de naturaleza rústico, situados AMBOS EN
EL CANTON AGUA ZARCA GUACOTECTI, CABAÑAS, PRIMER
INMUEBLE de una extensión superfi cial NOVECIENTOS SESENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE:
de dieciocho metros, Calle antigua denominada "cuesta la Aduana" y
cerco de alambre de división; AL ORIENTE; cuarenta y cinco metros,
línea recta, linda con terreno de Juan Zavala, cerco de tela metálica de
división; AL SUR: de dieciocho metros, cerco de tela metálica de di-
visión, linda con terreno de Lázaro Cruz; AL PONIENTE: de cuarenta
y cinco metros, linea recta, cerco de alambre de división, linda con
terreno propiedad de Alberto Cruz Orellana, SEGUNDO INMUEBLE
de una Extensión Superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA
Y TRES PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS que mide
y linda AL NORTE: de veintidós metros, línea recta, linda con terreno
de Marta Cruz Orellana, carretera denominada Longitudinal que de
la ciudad de Sensuntepeque conduce a la Ciudad de Chalatenango de
por medio; AL ORIENTE: de veintisiete punto cuarenta metros, linda
con terreno de José Orlando Zavala, cerco de alambre de división; AL
SUR: línea recta de veintinueve metros, linda con carretera antigua De-
nominada "Cuesta la Aduana" y con el primer inmueble antes descrito;
y AL PONIENTE: veintisiete metros, linda con terreno propiedad de
Napoleón Amaya dividido por calle antigua que conduce a cantón Agua
Zarca. Lo obtuvo el primer inmueble por compraventa que le hizo a la
señora GRACIELA MERCADO DE DIAZ, en el mes de enero del año
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mil novecientos ochenta y dos; y el segundo inmueble lo obtuvo por
compraventa de hecho que le hizo su madre la señora Carmen Escamilla;
y mi mandante estima ambos inmuebles en CINCO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los siete días
del mes de febrero de dos mil doce. Lic. JOSE ANGEL POSADA CIS-
NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007276-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, como Apoderado
General Judicial del señor PEDRO GALLEGOS AGUIRRE, de cin-
cuenta y ocho años de edad, agricultor, de este domicilio, solicitando
se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor del referido señor, de
UN inmueble de naturaleza rústico, situado EN EL CANTON SAN LO-
RENZO, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, de una extensión superfi cial
de DIEZ MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y
linda: AL PONIENTE: En dos tramos; el primero de sesenta y tres punto
sesenta y nueve metros y el segundo treinta y ocho punto setenta y tres
metros, con terreno de Micaela Chaverría o Echeverría, hoy de Juan José
Saravia, Calle de por medio, cerco de alambre y piña; AL SUR: Ciento
trece punto setenta y cuatro metros, con terreno de José Simón Saravia,
hoy de Francisca Rivas, divididos por zanjo y cerco de alambre; AL
ORIENTE: En noventa y cinco punto treinta y cuatro metros, con resto
del mismo terreno en parte adjudicada a Josefa Cruz, hoy sucesión de
María Juana Cortez, divididos por mojones de piedra; y AL NORTE:
En ciento trece punto cuarenta y cuatro metros, con resto del mismo
terreno en parte adjudicada a Josefa Cruz, hoy sucesión de María Juana
Cortez, divididos por mojones de piedra. Los obtuvo por compraventa
que le hizo, el señor LUCIO CRUZ CRUZ, en el mes de agosto de dos
mil ocho. Y lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veinticuatro
días del mes de enero de dos mil doce. Lic. JOSE ANGEL POSADA
CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007277-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
ABDON WILFREDO BONILLA QUINTEROS, como Apoderado Ge-
neral Judicial de la señora MARIA ELENA AYALA DE CARBALLO,
de setenta años de edad, ama de casa, residente en Cantón San Pedro,
Caserío Los Naranjos, Jurisdicción de Victoria, Cabañas, solicitando
se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora,
de UN inmueble de naturaleza rústico, situado EN EL CANTON SAN
PEDRO, JURISDICCION DE VICTORIA, CABAÑAS, de una exten-
sión superfi cial de UN MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PUNTO
OCHENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a dos mil setecientos
cuarenta y cinco punto cuarenta y dos varas cuadradas. El vértice Nor
Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene
las siguientes coordenadas: NORTE trescientos veinte mil doscientos
cuarenta y seis punto noventa y cuatro, ESTE quinientos cuarenta mil
trescientos cincuenta y cinco punto setenta y siete. LINDERO NORTE:
partiendo del vértice Nor Poniente está formado por cinco tramos con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y ocho grados
cero ocho minutos treinta y cuatro segundos Este con una distancia de
cinco punto cincuenta y cinco metros; Tramo dos, Norte ochenta y dos
grados veintisiete minutos catorce segundos Este con una distancia de
once punto noventa y ocho metros; Tramo tres, Sur ochenta y nueve
grados catorce minutos doce segundos Este con una distancia de doce
punto treinta y tres metros; Tramo cuatro, Norte ochenta y nueve grados
once minutos cuarenta y dos segundos Este con una distancia de once
punto setenta y cuatro metros; Tramo cinco, Norte cuarenta y ocho grados
cincuenta y cinco minutos cuarenta segundos Este con una distancia de
once punto setenta y ocho metros; colindando con terreno propiedad de
la señora MARIA GOMEZ con cerco de piña de por medio. LINDE-
RO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un
tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur dieciséis
grados cincuenta minutos treinta y un segundos Este con una distancia
de veintisiete punto setenta y seis metros; colindando con propiedad
de la señora MARIA ELENA AYALA DE CARBALLO con lindero
sin materializar de por medio. LINDERO SUR: partiendo del vértice
Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y cuatro grados cero tres minutos
treinta y dos segundos Oeste con una distancia de cincuenta y dos punto
cuarenta metros; Tramo dos, Norte sesenta y cinco grados cero ocho mi-
nutos cincuenta y ocho segundos Oeste con una distancia de doce punto
cuarenta y cinco metros; colindando con propiedad de la señora MARIA
ELENA AYALA DE CARBALLO con lindero sin materializar de por
medio y con propiedad de la señora VILMA RIVERA DE LEMUS, con
Malla Metálica de la porción que se describe de por medio. LINDERO
PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente está formado por cuatro
tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte diecisiete
grados treinta y tres minutos veintisiete segundos Este con una distancia
de doce punto ochenta y siete metros; Tramo dos, Norte cero un grados
catorce minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste con una distancia de
cuatro punto cero dos metros; Tramo tres, Norte doce grados cero tres
minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de nueve punto
cero seis metros; Tramo cuatro, Norte veintiún grados treinta minutos
cero un segundos Oeste con una distancia de diecisiete punto setenta
y tres metros; colindando con terreno propiedad de la señora CELSA
PINEDA, con Calle Nacional que de Ciudad Victoria conduce a Puente
Integración de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es
el punto donde se inició esta descripción. Lo obtuvo por compraventa
que le hizo al señor GILBERTO LEMUS, en el mes de julio del año mil
novecientos noventa y cuatro. Y lo valora en la cantidad de TRES MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los tres días
del mes de febrero de dos mil doce. Enmendado.doce. Vale. Lic. JOSE
ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
ABDON WILFREDO BONILLA QUINTEROS, como Apoderado Ge-
neral Judicial de la señora MARIA TERESA RIVERA ALVARENGA,
de treinta y dos años de edad, ama de casa, residente en Cantón San Pedro
Caserío Los Naranjos Jurisdicción de Victoria, Cabañas, solicitando se
le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora, de
UN inmueble de naturaleza rústico, situado EN EL CANTON SAN
PEDRO JURISDICCION DE VICTORIA, CABAÑAS de una extensión
superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA PUNTO SESENTA
Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a dos mil seiscientos
setenta y seis punto cincuenta y siete varas cuadradas. El vértice Nor
Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las
siguientes coordenadas: NORTE trescientos veinte mil ciento cuarenta
y cinco punto dieciséis, ESTE quinientos cuarenta mil trescientos siete
punto noventa y uno. LINDERO NORTE: partiendo del vértice Nor
Poniente está formado por dieciséis tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur veinticinco grados catorce minutos veintiséis
segundos Este con una distancia de cuatro punto veintiún metros; Tramo
dos, Sur treinta y un grados cuarenta y siete minutos cero cinco segundos
Este con una distancia de tres punto cuarenta metros; Tramo tres, Sur
treinta y nueve grados cero ocho minutos cincuenta y un segundos Este
con una distancia de cinco punto ochenta y un metros; Tramo cuatro,
Sur cuarenta y seis grados dieciséis minutos dieciséis segundos Este con
una distancia de cuatro punto noventa y tres metros; Tramo cinco, Sur
cincuenta y seis grados cuarenta y siete minutos cincuenta y un segun-
dos Este con una distancia de dos punto noventa y ocho metros; Tramo
seis, Sur setenta y uno grados cero siete minutos veinticuatro segundos
Este con una distancia de un punto treinta y un metros; Tramo siete,
Sur cincuenta y siete grados cuarenta minutos veintiocho segundos Este
con una distancia de ocho punto veinticuatro metros; Tramo ocho, Sur
sesenta grados cincuenta y cinco minutos treinta y dos segundos Este
con una distancia de tres punto treinta y ocho metros; Tramo nueve, Sur
cincuenta y ocho grados cuarenta y dos minutos treinta y ocho segundos
Este con una distancia de seis punto setenta y cinco metros; Tramo diez,
Sur sesenta y siete grados cuarenta y seis minutos treinta y seis segundos
Este con una distancia de dos punto once metros; Tramo once, Sur cuarenta
y ocho grados cincuenta y nueve minutos cincuenta y cuatro segundos
Este con una distancia de uno punto cuarenta metros; Tramo doce, Sur
cincuenta grados cero tres minutos cuarenta y tres segundos Este con una
distancia de tres punto ochenta y siete metros; Tramo trece, Sur sesenta
y dos grados veinticuatro minutos treinta y tres segundos Este con una
distancia de uno punto cero tres metros; Tramo catorce, Sur cincuenta
grados cero cero minutos cero ocho segundos Este con una distancia
de tres punto quince metros; Tramo quince, Sur cuarenta y siete grados
cuarenta y siete minutos veintisiete segundos Este con una distancia de
cinco punto cincuenta y dos metros; Tramo dieciséis, Sur cincuenta y
cuatro grados treinta y cinco minutos cuarenta y siete segundos Este
con una distancia de dos punto ochenta y seis metros; colindando con
terreno propiedad de MANUEL DE JESUS LEMUS con Calle Nacional
que de Ciudad Victoria conduce hacia Puente Integración de por medio.
LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado
por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur
cuarenta y seis grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y tres segundos
Oeste con una distancia de uno punto veintiséis metros; Tramo dos,
Sur cuarenta y tres grados cuarenta y ocho minutos cero siete segundos
Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y cinco metros; Tramo
tres, Sur cuarenta y un grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y ocho
segundos Oeste con una distancia de seis punto cuarenta metros; Tramo
cuatro, Sur cuarenta y tres grados veintidós minutos cero cinco segundos
Oeste con una distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros; Tramo
cinco, Sur sesenta y seis grados cero tres minutos veintiséis segundos
Oeste con una distancia de nueve punto treinta y un metros; colindando
con propiedad del señor ULISES RIVERA con lindero sin materializar
de por medio. LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está
formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Norte ochenta y ocho grados diez minutos cero seis segundos
Oeste con una distancia de tres punto diecisiete metros; Tramo dos,
Sur ochenta y cinco grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y seis
segundos Oeste con una distancia de dos punto cero cero metros; Tramo
tres, Sur setenta y seis grados cuarenta y cinco minutos doce segundos
Oeste con una distancia de dieciséis punto once metros; colindando con
propiedad del señor ULISES RIVERA con cerco de piña de por medio.
LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente está formado
por dieciséis tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,
Norte catorce grados cuarenta y dos minutos cuarenta y seis segundos
Oeste con una distancia de cinco punto noventa y seis metros; Tramo
dos, Norte diez grados dieciocho minutos catorce segundos Oeste con
una distancia de doce punto cero seis metros; Tramo tres, Norte setenta
y seis grados cuarenta y nueve minutos diez segundos Oeste con una
distancia de dos punto veintiún metros; Tramo cuatro, Norte setenta y
siete grados cero tres minutos treinta y seis segundos Oeste con una
distancia de dos punto setenta y cinco metros; Tramo cinco, Norte
setenta y cuatro grados cincuenta minutos quince segundos Oeste con
una distancia de tres punto setenta y ocho metros; Tramo seis, Norte
sesenta y dos grados cuarenta y cuatro minutos cuarenta y nueve segundos
Oeste con una distancia de dos punto noventa y nueve metros; Tramo
siete, Norte treinta grados diecisiete minutos dieciocho segundos Oeste
con una distancia de tres punto ochenta y nueve metros; Tramo ocho,
Norte cero ocho grados cero seis minutos cincuenta y nueve segundos
Este con una distancia de tres punto diecinueve metros; Tramo nueve,
Norte diecisiete grados veinte minutos cuarenta y un segundos Este con
una distancia de cuatro punto noventa y seis metros; Tramo diez, Norte
veintinueve grados veintinueve minutos cero cuatro segundos Este con
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una distancia de cinco punto noventa y tres metros; Tramo once, Norte
veinticinco grados cero cuatro minutos cero siete segundos Este con una
distancia de cinco punto quince metros; Tramo doce, Norte veinticuatro
grados cuarenta y un minutos veintisiete segundos Este con una distancia
de cuatro punto veintidós metros; Tramo trece, Norte doce grados cua-
renta minutos treinta y un segundos Este con una distancia de seis punto
noventa y ocho metros; Tramo catorce, Norte catorce grados cuarenta y
cuatro minutos treinta y dos segundos Este con una distancia de cinco
punto setenta y dos metros; Tramo quince, Norte treinta y siete grados
cero ocho minutos cero cuatro segundos Este con una distancia de dos
punto cincuenta y nueve metros; Tramo dieciséis, Norte cincuenta y nueve
grados cuarenta y siete minutos cuarenta y siete segundos Este con una
distancia de uno punto cincuenta y tres metros; colindando con terreno
propiedad de la señora CELSA PINEDA con callejón que conduce hacia
la Quebrada Palo Atravesado de por medio. Así se llega al vértice Nor
Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. Lo obtuvo
por compraventa que le hizo al señor CLEMENTINA RIVERA, en el
mes de agosto del año dos mil. Y lo valora en la cantidad de TRES MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los tres días
del mes de febrero de dos mil doce. Enmendado. doce.Vale. LIC. JOSE
ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028863-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
ABDON WILFREDO BONILLA QUINTEROS, como Apoderado
General Judicial de la señora MARIA ENRIQUE RIVERA, de treinta y
ocho años de edad, ama de casa, residente en Cantón San Pedro Caserío
Los Naranjos Jurisdicción de Victoria, Cabañas, solicitando se le extienda
TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora, de UN inmueble
de naturaleza rústico, situado EN EL CANTON SAN PEDRO JURIS-
DICCION DE VICTORIA, CABAÑAS de una extensión superfi cial de
DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y
DOS METROS CUADRADOS; equivalentes a tres mil setecientos punto
noventa y cuatro varas cuadradas. El vértice Nor Poniente que es el punto
de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas:
NORTE trescientos veinte mil ochenta y nueve punto noventa, ESTE
quinientos cuarenta mil trescientos ochenta punto catorce. LINDERO
NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente está formado por diez tra-
mos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur sesenta y
siete grados doce minutos cero un segundos Este con una distancia de
cuatro punto cuarenta y seis metros; Tramo dos, Sur setenta grados cero
un minutos cuarenta y seis segundos Este con una distancia de cuatro
punto cincuenta y cuatro metros; Tramo tres, Sur setenta y un grados
cincuenta y un minutos treinta y cinco segundos Este con una distancia
de catorce punto cuarenta y siete metros; Tramo cuatro, Sur setenta y
seis grados cuarenta y un minutos once segundos Este con una distancia
de cinco punto setenta metros; Tramo cinco, Sur ochenta y tres grados
veintinueve minutos cincuenta y tres segundos Este con una distancia
de dieciséis punto cincuenta y nueve metros; Tramo seis, Sur ochenta
y seis grados cincuenta y dos minutos cuarenta y nueve segundos Este
con una distancia de cuatro punto treinta y un metros; Tramo siete, Sur
ochenta y ocho grados cincuenta y cinco minutos quince segundos Este
con una distancia de cinco punto noventa y tres metros; Tramo ocho,
Sur setenta y cuatro grados veintiocho minutos dieciocho segundos Este
con una distancia de cuatro punto veintidós metros; Tramo nueve, Sur
setenta y tres grados dieciocho minutos cincuenta y nueve segundos Este
con una distancia de tres punto cincuenta y cuatro metros; Tramo diez,
Sur sesenta y siete grados veintiocho minutos cuarenta y cinco segun-
dos Este con una distancia de veintisiete punto cuarenta y dos metros;
colindando con terreno propiedad del señor FAUSTO AYALA con calle
Nacional que de Ciudad Victoria conduce hacia Puente Integración de
por medio. LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sur sesenta y tres grados veintidós minutos treinta y cinco
segundos Oeste con una distancia de diecisiete punto ochenta y ocho
metros; colindando con propiedad de la señora ANGEL ALVARENGA
con lindero sin materializar de por medio. LINDERO SUR: partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por siete tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Sur setenta y cinco grados cero tres
minutos veintinueve segundos Oeste con una distancia de ocho punto
cincuenta y cuatro metros; Tramo dos, Norte setenta y seis grados
cuarenta y dos minutos veintidós segundos Oeste con una distancia de
trece punto treinta metros; Tramo tres, Sur cincuenta grados dieciocho
minutos once segundos Oeste con una distancia de diez punto cero cinco
metros; Tramo cuatro, Sur veintinueve grados cero seis minutos cero ocho
segundos Oeste con una distancia de doce punto doce metros; Tramo
cinco, Sur veintiocho grados diecisiete minutos treinta y seis segundos
Oeste con una distancia de siete punto catorce metros; Tramo seis, Sur
cincuenta y ocho grados cero tres minutos dieciséis segundos Oeste con
una distancia de once punto cincuenta y un metros; Tramo siete, Sur
sesenta y un grados treinta y cinco minutos cero tres segundos Oeste
con una distancia de doce punto sesenta y cuatro metros; colindando
con propiedad de la señora ANGEL ALVARENGA con Zanjuela de
por medio. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente
está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Norte quince grados cero un minutos cero cinco segundos
Oeste con una distancia de diez punto cuarenta metros; Tramo dos,
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Norte trece grados cero cuatro minutos treinta y nueve segundos Oeste
con una distancia de cuatro punto noventa y cinco metros; Tramo tres,
Norte once grados treinta minutos diecinueve segundos Oeste con una
distancia de veinticinco punto cero un metros; Tramo cuatro, Norte
cero siete grados trece minutos diez segundos Oeste con una distancia
de siete punto cuarenta y cuatro metros; Tramo cinco, Norte cero seis
grados cuarenta y nueve minutos cincuenta y tres segundos Oeste con
una distancia de diecinueve punto noventa y un metros; colindando
con terreno propiedad de la señora ESPERANZA RIVAS DE RIVAS
con cerco de alambre de púas de por medio. Así se llega al vértice Nor
Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. Lo obtuvo
por compraventa que le hizo a la señora CLEMENCIA RIVERA, en el
mes de agosto del año dos mil. Y lo valora en la cantidad de TRES MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los tres días del
mes de febrero de dos mil doce. Enmendado. doce. Vale. LIC. JOSE
ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028864-1
TITULO DE DOMINIO
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta alcaldía, se ha presentado el señor José
Manuel Antonio Hernández Ponce, de cincuenta años de edad, Motorista,
del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, en su calidad
personal, solicitando TITULO DE DOMINIO, sobre un inmueble de
naturaleza urbana, situado en la Colonia Santa Clara, jurisdicción de
Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial
de CUATROCIENTOS VEINTIDOS PUNTO VEINTIUNO METROS
CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, mide veinticuatro metros,
linda con terreno de Blanca Rosa Fuentes Rosales, hoy Maura Cecilia
Ruiz; AL ORIENTE: MIDE catorce metros colinda con propiedad del
señor Héctor Arnulfo Fuentes Rosales, hoy de Rafael Sigüenza, calle al
lago de por medio; AL SUR: compuesto de dos tramos; el primero de
DIECISEIS METROS, de oriente a poniente, colindando con José Rivas
Rodríguez, hoy Fermina Hernández Navidad, el segundo doce metros
de sur a norte linda con propiedad de Blanca Rosa Fuentes Rosales; AL
PONIENTE: mide trece metros, linda con propiedad de Blanca Rosa
Fuentes Rosales, hoy Rosa Margarita Rosales de López. El inmueble así
descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene
cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. Dicho inmueble
lo estiman en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNI-
DOS DE AMERICA. Lo hubieron por posesión de forma quieta pacífi ca
y no interrumpida, por más de días años en forma consecutiva con sus
anteriores, propietarios, pero carece de Título de Dominio inscrito.
Lo que hace saber al público en general y para los efectos legales
consiguientes.
Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a quince días de enero de
dos mil diez. ROSA GUADALUPE SERRANO DE MARTINEZ,
ALCALDESA MUNICIPAL.- LIC. MIGUEL ANGEL BERNAL,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028937-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada VILMA
DEL CARMEN VILLATORO SORTO, en su calidad de Apoderada
de la señora LUZ ESTELA CAÑAS DE VIGIL, de cuarenta y cinco
años de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único
de Identidad número: Cero dos millones seiscientos sesenta y nueve mil
ciento ochenta y cinco guión tres, solicitando a favor de su representada
Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la
Colonia Milagro de La Paz, Final Avenida El Carmen, número catorce,
jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión
superfi cial de: CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide veinticinco metros,
colinda con inmueble propiedad de la señora Lucinda Márquez Porti-
llo, tapial de bloque propiedad de la solicitante; AL ORIENTE: mide
dieciocho metros, colinda con inmueble propiedad del señor José
Bonilla, Calle de por medio; AL SUR: mide veintitrés metros, colinda
con inmueble propiedad de la señora Teresa Coreas, tapial de bloque
propiedad de la solicitante; y AL PONIENTE: mide diecisiete metros,
colinda con inmueble propiedad del señor Salvador Ramírez, tapial de
bloque propiedad de la solicitante.- En el inmueble antes descrito existen
construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios.- Dicho
inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no
tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor
ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de CINCO
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo
adquirió mediante compra venta verbal en el año de mil novecientos
noventa y cinco, que le hizo al señor JOSE SANTOS VIGIL, quien
es mayor de edad, Comerciante, de este domicilio.- Que la posesión
material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la
de su antecesor data más de veinte años y sigue siendo en forma quieta,
pacífi ca e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes
son de este domicilio.
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, trece de febrero del año
dos mil doce. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE
MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028974-1
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA CERTIFICA,
Que: Habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el
Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE,
publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo número
Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos
ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Coo-
perativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA Y PESQUERA "LOS CHACALINEROS" DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACPAPCH"
DE R.L.", con domicilio en el municipio de Sonsonate, departamento de
Sonsonate, obtuvo su Personalidad Jurídica el día quince de noviembre
del año dos mil once, y fue inscrita en el libro ciento tres de Registro
que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Dos mil quinientos
cincuenta del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar
en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento de inscripción correspon-
diente.
Santa Tecla, a los quince días del mes de febrero del año dos mil
doce.
NOTIFIQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F028874
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA CERTIFICA:
QUE. Habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el
Decreto número sesenta y tres, publicado en el Diario Ofi cial número
ciento treinta y tres, tomo trescientos treinta y seis, el dieciocho de julio
de mil novecientos noventa y siete, donde se emite el Reglamento de
Funcionamiento y Vigilancia de las Asociaciones Agropecuarias. CER-
TIFICA: QUE LA ASOCIACION AGROPECUARIA DESARROLLO
SOCIAL EL ROSARIO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; QUE
SE ABREVIA "ADSER" DE R.L con domicilio en el municipio de El
Rosario, departamento de Cuscatlán; obtuvo su Personalidad Jurídica el
día nueve de enero del año dos mil doce; y fue inscrita en el libro ciento
tres de Registro que esta ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación:
Dos mil quinientos sesenta y siete del Sector No Reformado. Por lo que
CONSIDERA Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento
de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los catorce días del mes
de febrero del año dos mil doce.
NOTIFIQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F028887
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA
CERTIFICA, Que: Habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA "SAN ALFONSO MIRAMAR" DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA, con domicilio en el Cantón San Benito, municipio
de San Francisco Menéndez, departamento de Ahuachapán, obtuvo su
Personalidad Jurídica el día once de agosto de mil novecientos ochenta
y tres, y fue inscrita en el libro quince de Registro que esta Ofi cina lleva
bajo la siguiente codifi cación: Trescientos sesenta y cuatro del Sector
Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por
una sola vez el asiento de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a
los veintiún días del mes de febrero del año dos mil doce.
NOTIFÍQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F028968
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
JUICIO DE AUSENCIA
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ
CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, a
través de su Apoderada General Judicial Licenciada LIDIA MARÍA
VALDEZ DE LU, contra la señora ZONIA EDITH CORNEJO FLA-
MENCO, conocida por SONIA SÁNCHEZ, mayor de edad, del domicilio
de esta ciudad y del de Nueva York, Estados Unidos de América, pero es
el caso que actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe si
ha dejado Procurador o si tiene Representante Legal en su caso; por lo
que solicita la expresada Profesional se le nombre Curador Especial a la
señora ZONIA EDITH CORNEJO FLAMENCO, conocida por SONIA
SÁNCHEZ, de conformidad al Art. 141 Pr.C., en el proceso Mercantil
Ejecutivo que se sigue en su contra.
En consecuencia, se previene que si la referida señora ZONIA
EDITH CORNEJO FLAMENCO, conocida por SONIA SÁNCHEZ,
tuviere Procurador o Representante Legal en su caso en el País, se
presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del
término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
catorce horas y quince minutos del día diecisiete de noviembre de dos
mil once.- LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ
MOLINA, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- LICDA. JACQUE-
LINE JOHANNA ORTIZ DURÁN, SECRETARIA.
1 v. No. C007278
RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 1989000139
No. de Presentación; 20110158753
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-
LOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), SO-
CIEDAD ANÓNIMA, DE CAPITAL VARIABLE del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00002 del Libro 00133 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DOMESTIC”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los trece días del mes de febrero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007235-1
No. de Expediente: 2000006888
No. de Presentación: 20110157792
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO SOLID
(EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00096 del Libro 00139 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en LA PALABRA PINCASA ESCRITA EN
LETRAS MAYÚSCULAS SIMPLES; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los tres días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007236-1
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2000006889
No. de Presentación: 20110156827
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00171 del Libro 00138 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA PINCASA ESCRITA EN LETRAS MAYÚSCULAS SIMPLES; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007237-1
No. de Expediente: 1989000152
No. de Presentación: 20110158749
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00034 del Libro 00133 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ARCO IRIS”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007238-1
No. de Expediente: 1999005189
No. de Presentación: 20110155937
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPAR-TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACIÓN, para la inscripción Número 00054 del Libro 00137 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra “NATHALIE”, la cual se describe así: consiste en un óvalo de color morado con la orilla rosada, dentro del cual se encuentra escrita la palabra NATHALIE, en letras características, de carta y minúsculas a excepción de la letra “N”, de color rosadas con una orilla muy fi na de color blanco; la letra “E”, tiene una cola que sale del óvalo; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007243-1
DIARIO
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2000000587
No. de Presentación; 20110155936
CLASE; 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR; Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPAR-TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVA-DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00092 del Libro 00137 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra DETALLES, encontrándose escrita en letras características de molde, de color negro, y todas minúsculas a excepción de la letra “D” y la “S” que son mayúsculas; se encuentra todo dentro de un rectángulo negro con el fondo blanco; primero están las letras “D” y “E”, arriba de la letra “E” se encuentra una fl or y abajo entre dichas letras empieza la letra “T” y abajo de la “E” se encuentra la letra “A”, debajo de estas últimas se encuentran las letras “LL” “E” “S”, encontrándose ubicada la letra “LL” en la misma línea de la letra “D” y la letra “E” debajo y entre las letras “T” y “A”, por último se encuentra la letra “S” debajo de la letra “A” y saliendo un poco de su línea; debajo de las letras “LLE” se encuentra una línea horizontal que termina antes de llegar a la letra “S”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007244-1
No. de Expediente: 2000008370
No. de Presentación: 20110156696
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTA-MENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACIÓN, para la inscripción Número 00214 del Libro 00145 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión ORO PACK; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 44 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007245-1
No. de Expediente: 1961007787
No. de Presentación: 20110148670
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA-DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERA-DO de Elgin Equipment Group LLC, del domicilio de 2001 Butterfi eld Road, Downers Grove, Illinois 60515, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 07787 del Libro 00027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras ELGIN NATIONAL WATCH CO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 14 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007296-1
DIARIO
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 1980000721
No. de Presentación: 20110149392
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de HM Publishers Holdings Limited, del domicilio de Houndmills, Brunel Road, Basingsioke, Hampshire RG21 6XS, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00033 del Libro 00088 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra MACMILLAN; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007298-1
No. de Expediente: 1997006062
No. de Presentación: 20110159040
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ENVASADORA COMERCIAL, S.A., del domicilio de Calle Segunda Harry Eno, Urbanización Industrial, Los Ángeles Edifi cio Agencia Motta. Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscrip-ción Número 00175 del Libro 00144 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra NUTISKIN en letras estilizadas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los tres días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007300-1
No. de Expediente: 2000000257
No. de Presentación: 20110158976
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
SPORLOISIRS S.A., del domicilio de 8 rue Muzy, 1207 Geneva, Suiza,
de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00139 del Libro 00152 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en la palabra CROCODILE, en letras mayúsculas de tipo
corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primero días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007301-1
DIARIO
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 1998001978
No. de Presentación: 20110159536
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LASCO FOODS (SUCCS) LTD, del domicilio de 27 Red Hills Road, Kingston, Jamaica, de nacionalidad JAMAIQUINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00108 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra LASCO escrita en letras características de molde mayúsculas de color blanco, las cuales se encuentran al centro de un óvalo de color negro delineado por una franja gruesa de color blanco y después por una línea de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007302-1
No. de Expediente: 1999007394
No. de Presentación: 20110152584
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de Washington Apple Commission, del domicilio de 2900 EUCLID AVENUE, WENATCHEE, WASHINGTON 98807-0018, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00046 del Libro 00139 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA WASHINGTON ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR NEGRO Y EN FORMA ARQUEADA. DICHA PALABRA SE ENCUENTRA SUBRAYADA POR UNA LINEA CURVA, DELGADA, DE COLOR NEGRO, QUE SIGUE LA FORMA DE LA PALABRA ANTES DES-
CRITA. LO ANTERIOR, SE ENCUENTRA ENTRECORTANDO, EN SU PARTE CENTRAL, A UNA FIGURA DE COLOR NEGRO, QUE SEMEJA SER UNA MANZANA CON UN TALLO Y UNA HOJA EN SU PARTE SUPERIOR; que ampara productos comprendidos en la Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007304-1
No. de Expediente: 1989000913
No. de Presentación: 20110159507
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VAN CLEEF & ARPELS S.A., del domicilio de 8 route de Chandolan, 1752 Villars-Sur-Glane, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00170 del Libro 00006 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una etiqueta que representa un frasco, que visto de frente, tiene su base plana y lados redondeados; destacándose en él una fi gura ovoidal que se origina de su parte superior en la que se lee ''FIRST'', en letra cursiva. El cuello es corto y el tapón redondeado, y encierra una fi gura en forma de óvalo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007305-1
DIARIO
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 1991000232
No. de Presentación: 20110159205
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-cilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TELEMUNDO NETWORK GROUP LLC, del domicilio de 2290 West Eighth Avenue, Hialeah, Florida 33010, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00012 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión TELEMUNDO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007307-1
No. de Expediente: 1960008507
No. de Presentación: 20110159294
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de TE-CHTRONIC FLOOR CARE TECHNOLOGY LIMITED, del domicilio de P.O. Box 957, Offshore lncorporations Centre, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británica, de nacionalidad BRITANICA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 08507 del Libro 00028 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra HOOVER dentro de un círculo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028888-1
No. de Expediente: 1999002331
No. de Presentación: 20110159404
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SEAT, S.A., del domicilio de Calle dos, No. 1, 08040, Barcelona, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00054 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión SEAT LEON; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028889-1
No. de Expediente: 1998000784
No. de Presentación: 20100145013
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COMERCIAL AGROPECUARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00232 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "CROP PLUS" en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos comprendidos en la Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de mayo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028890-1
No. de Expediente: 2000005750
No. de Presentación: 20110158345
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de 18 Av. 10-03 Zona 11, Colonia Mirafl ores, Ciudad de Guatemala, Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00204 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra NUTRIMILK, escrita en letras corrientes, de molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028892-1
No. de Expediente: 2000005735
No. de Presentación: 20110158344
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de 18 AV. 10-03 ZONA 11, COLONIA MIRAFLORES, CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMA-LA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00125 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "DOLGESIC", escrita en letras mayúsculas, y de molde que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028894-1
No. de Expediente: 2000005752
No. de Presentación: 20110158346
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de 18 AV. 10-03 ZONA 11, CO-LONIA MIRAFLORES, CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00053 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "BLODINEX", ESCRITA EN LETRAS CORRIENTES, DE MOLDE Y MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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NO TIE
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GAL
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primero días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028895-1
No. de Expediente: 2001011508
No. de Presentación: 20110157134
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BRACCO S.P.A., del domicilio de Via Egidio
Folli Número 50, Milán, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00070 del Libro 00139
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BRACCO,
escrita en letras de molde mayúscula y de fondo verde; debajo de la cual
se encuentra la palabra IMAGING, escrita en letras de molde mayúsculas,
de menor tamaño y de fondo azul; sobre la palabra BRACCO, y en forma
centrada, se encuentra, en la parte izquierda, una franja quebrada de
color azul, y en la parte derecha dos franjas rectas y paralelas, en forma
inclinada, de colores verde y azul; debajo de la palabra IMAGING, y
en forma centrada, se encuentra una franja quebrada que aparenta ser la
parte inferior de un hexágono, de color azul. Tanto las palabras como
las líneas anteriormente descritas, aparentan estar sombreadas, cuya
sombra es de color gris; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028897-1
No. de Expediente 2001011623
No. de Presentación: 20110157135
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRACCO S.P.A., del domicilio de Via Egidio Folli Número 50, Milán, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00087 del Libro 00139 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BRACCO, escrita en letras de molde mayúscula y de fondo verde, debajo de la cual se encuentra la palabra IMAGIN, escrita en letras de molde mayúsculas, de menor tamaño y de fondo azul; sobre la palabra BRACCO, y en forma centrada, se encuentra, en la parte izquierda, una franja quebrada de color azul, y en la parte derecha dos franjas rectas y paralelas, en forma inclinada, de colores verde y azul; debajo de la palabra IMAGIN, y en forma centrada, se encuentra una franja quebrada que aparenta ser la parte inferior de un hexágono, de color azul. Tanto las palabras como las líneas anteriormente escritas, aparentan estar sombreadas, cuya sombra es de color gris; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028898-1
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2011113278
No. de Presentación: 20110158402
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: la palabra Le Sancy y diseño, que servirá para: AMPARAR: JABONES; JABONES LIQUIDOS; PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y LA DUCHA, INCLUYENDO ESPUMA DE BAÑO Y GELES PARA DUCHA, PREPARACIONES PARA ANTES Y DESPUES DEL AFEITADO; PERFUMERIA, ACEITES ESEN-CIALES; COSMETICOS; PREPARACIONES PARA EL CABELLO, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; DESODO-RANTES, ANTI-PERSPIRANTES; ENJUAGUES PARA LAS MA-NOS; DETERGENTES, PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de octubre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007317-1
No. de Expediente: 2011114306
No. de Presentación: 20110160234
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS ROBERTO GRASSL LECHA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GRUPO SALTEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: GRUPO SALTEX, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
RAPIDSALTEX DOS LADOS ABIERTOS
Consistente en: las palabras RAPIDSALTEX DOS LADOS
ABIERTOS, que servirá para: AMPARAR: LADRILLOS, BLOQUES
DE CEMENTO, O UNIDADES DE CONCRETO, ADOQUINES
ARQUITECTÓNICOS Y PAVIMENTOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de diciembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028943-1
No. de Expediente: 2011113290
No. de Presentación: 20110158436
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
ROBERTO GRASSL LECHA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de GRUPO SALTEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: GRUPO SALTEX, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
RAPIDSALTEX SOLERA
Consistente en: las palabras RAPIDSALTEX SOLERA, que ser-
virá para: AMPARAR: LADRILLOS, BLOQUES DE CEMENTO, O
UNIDADES DE CONCRETO, ADOQUINES ARQUITECTONICOS
Y PAVIMENTOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil
once.
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028944-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2011110718
No. de Presentación: 20110153627
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de SURAMERICANA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra suramericana y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE OPERACIONES FINAN-CIERAS; INVERSIÓN DE FONDOS Y CAPITAL; SERVICIOS DE SEGUROS; SERVICIOS DE SALUD; PROGRAMAS DE PREVEN-CIÓN Y PROMOCIÓN EN SALUD; SERVICIOS DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS Y ASISTENCIA EN CASO DE AVERÍA DE VE-HÍCULOS; SERVICIO DE COMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS, NUEVOS O USADOS, EN LÍNEA (VÍA INTERNET); SERVICIOS DE ACOMPAÑAMIENTO SATELITAL PARA FLOTAS DE TRANS-PORTE (LANZAMIENTO DE SATÉLITES PARA TERCEROS); ASÍ COMO REVISTAS Y PUBLICACIONES PERIÓDICAS, RELACIO-NADAS CON TEMAS DE SALUD; PUBLICACIONES Y BOLETINES, YA SEA IMPRESOS O ELECTRÓNICOS, RELACIONADOS CON ADMINISTRACIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de junio del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028911-1
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2011112096
No. de Presentación: 20110156144
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., UNICOMER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
MUEBLISIMO
Consistente en: la palabra MUEBLISIMO, que servirá para: LLA-MAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR DE LOS SER-VICIOS DE VENTA AL DETALLE DE ARTICULOS DEL HOGAR Y MUEBLES EN RELACIÓN CON LA MARCA LA CURACAO.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028902-1
No. de Expediente: 2011112637
No. de Presentación: 20110157097
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-CIAL,
Consistente en: las palabras Miércoles Frescos Toda la calidad y frescura al mejor precio y diseño, que servirá para: LLAMAR LA
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LAS PROMO-CIONES REALIZADAS LOS DIAS MIERCOLES DE TODOS LOS PRODUCTOS, TALES COMO CARNICERIA, PESCADERIA, PA-NADERIA Y VERDULERIA QUE TIENEN AUN MAS PRECIOS BAJOS, AMBIENTE DE FIESTA Y PROPUESTA DE PRODUCTOS BASICOS EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS.
La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028913-1
No. de Expediente:2011113758
No. de Presentación: 20110159175
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE: de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-CIAL,
EL DÍA MÁS BARATO DEL AÑO
Consistente en: las palabras EL DÍA MÁS BARATO DEL AÑO, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR DE LOS SERVICIOS. DE COMERCIALIZACION, EXPENDIO Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, DEL HOGAR Y EN GENERAL TODO LO RELACIONADO CON LA ACTIVIDAD DE SUPERMERCADO Y ABARROTERIAS.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028914-1
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS
El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad Empresarios de Autobuses de Sonsonate S.A. de C.V. (SEDAS S.A. DE C.V.). Convoca por este medio a Asamblea General Ordinaria y Extraor-dinaria a todos sus socios, el día Sábado, 24 de Marzo del 2012, a las 2:00 p.m. en sala de reuniones de la Terminal Nueva de Sonsonate, situada en Terminal SEDAS, Calle a Nahulingo, by pass, Ctón. Las Delicias, Sonsonate; en primera convocatoria. Si ese día no hubiere Quórum, la reunión se realizará el día Domingo, 25 de Marzo del 2012, a las 2:00 p.m. en el mismo local, en segunda convocatoria, realizándose con los presentes, de acuerdo a la siguiente agenda:
- Verifi cación Legal del Quórum.
- Lectura y aprobación del acta anterior.
- Puntos a tratar en Asamblea Ordinaria.
- Memoria del ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre de 2011.
- Estados Financieros al 31 de diciembre de 2011 e informe del Auditor externo.
- Nombramiento del Auditor externo y Auditor Fiscal.
- Emolumentos del Auditor externo, Fiscal y administración.
- Distribución de Utilidades Año 2011.
- Puntos a tratar en Asamblea Extraordinaria
- Disminución de Capital Social o Venta de Acciones.
- Varios.
Sonsonate, 20 de febrero de 2012.
ING. JUAN JOSE BURGOS RIVAS,
REPRESENTANTE LEGAL.
SEDAS S.A. D EC.V.
3 v. alt. No. C007240-1
La Junta Directiva de la sociedad "PHARMAX S. A., DE C.V.", del domicilio de San Salvador, convocan a Junta General Ordinaria de Accionistas , en cumplimiento al Art.223 del Código de comercio la cual se celebrará el día Dieciocho del mes de Mayo del año Dos Mil Doce, a las nueve horas, en el local de la Sociedad situado en el Centro Comercial Plaza Merliot Local Ciento Doce Nueva San Salvador , para tratar la siguiente Agenda:
1- Verifi cación del Quórum
2- Lectura del Acta de Junta General Anterior
3- Conocer de la Memoria de la Junta Directiva, correspondiente al Ejercicio comprendido del 1°. Enero al 31 de Diciembre de 2011
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
4- Conocer sobre los Estados Financieros del ejercicio del 1°.
de Enero al 31 de Diciembre de 2011
5- Informe del Auditor Externo de la sociedad
6- Aplicación de resultados
7- Nombramiento del Auditor Externo Propietario, asignación
de sus emolumentos y Nombramiento del Auditor Externo
Suplente,
8- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
se pueda discutir en esta Junta de conformidad a la Ley o al
Pacto Social.
Si no hubiese Quórum en la fecha y hora de la Convocatoria, la
Junta General se celebrará en Segunda Convocatoria a la misma hora
y en el mismo lugar, el día diecinueve de mayo del mismo Año, para
tratar la misma agenda
Para que pueda celebrarse la Junta y tomar acuerdos, se requiere que
estén Presentes o Representadas, por lo menos Trescientos Veintinueve
(329) acciones que es la mitad más una del total de las Acciones que
componen el Capital Social en Primera Convocatoria y las Acciones
que estén presentes, en Segunda Convocatoria.
Nueva San Salvador, a los Diecisiete días del mes de Febrero del
año Dos Mil Doce.
ING. GERARDO RAFAEL MOLINA CASTILLO,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C007297-1
El Administrador Único Propietario de la Sociedad "FAMOLCAS , S.A.,
DE C.V.", del domicilio de San Salvador , convoca a Junta General Ordi-
naria de Accionistas, en cumplimiento al Art.223 del Código de comercio,
la cual se celebrará el día Veintiuno del mes de Mayo del año Dos Mil
Doce, a las nueve horas, en Calle Antigua a Zacatecoluca, kilómetro 6,
Colonia Grimaldi #3, San Marcos, para tratar la siguiente agenda
1- Verifi cación del Quórum
2- Lectura del Acta de Junta General Anterior
3- Conocer sobre los Estados Financieros del ejercicio del 1°.de
Enero al 31 de Diciembre de 2011
4- Informe del Auditor Externo de la sociedad
5- Aplicación de resultados
6- Nombramiento del Auditor Externo Propietario, asignación
de sus emolumentos y nombramiento del Auditor Externo
Suplente
7- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
se pueda discutir en esta Junta de conformidad a la Ley o al
Pacto Social
Si no hubiese Quórum en la fecha y hora de la convocatoria, la Junta General se celebrará en Segunda Convocatoria a la misma hora y en el mismo lugar , el día Veintidós de Mayo del mismo año , para tratar la misma agenda
Para que pueda celebrarse la Junta y tomar acuerdos, se requiere
que estén presentes o Representadas, por lo menos Trece Mil Quinien-
tos Quince (13,515) acciones, que es la mitad más una del total de las
Acciones que componen el Capital Social, y en Segunda Convocatoria,
las Acciones que estén Presentes o Representadas.
San Salvador, a los Diecisiete días del mes de febrero del año dos
mil doce.
MANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C007299-1
La Junta Directiva de Oftalmológica, S.A. de C.V., convoca a sus ac-
cionistas a Junta General Ordinaria a celebrarse en la segunda planta del
Edifi cio Instituto de Ojos, suc. Escalón, en la 83 Av. Sur y Calle Juan
José Cañas, de esta ciudad, a partir de las diecisiete horas con treinta
minutos del día Lunes diecinueve de Marzo del corriente año 2012. La
Junta se desarrollará de acuerdo a la siguiente Agenda:
JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1- Verifi cación del Quórum y fi rma del acta de asistencia.
2- Lectura y aprobación del Acta anterior.
3- Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva,
correspondiente al Ejercicio 2011.
4- Presentación y aprobación de los Estados Financieros, ejercicio
del 1°. de Enero al 31 de diciembre del año 2011.
5- Aplicación de Dividendos.
6- Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, propietario,
suplente y asignación de honorarios.
7- Elección de Junta Directiva periodo Abril / 2012, a Marzo
/2014.
8- Varios.
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Para celebrar la Junta General Ordinaria en primera convocatoria,
deberán estar presentes o representados el 50 % más una, de las acciones
que forman el Capital Social. Si no hubiere quórum en la fecha y hora
establecida, se hace en segunda convocatoria para el día Martes veinte de
Marzo a las diecisiete horas con treinta minutos del corriente año 2012,
en el mismo lugar y con la misma Agenda, en cuyo caso la Junta General
Ordinaria se instalará con las acciones que se encuentren presentes.
San Salvador, 21 de febrero del año 2012.
DR. A. HUMBERTO ESCAPINI, h.,
PRESIDENTE, OFTALMOLOGICA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C007308-1
La Junta Directiva de la sociedad "ALIMENTOS VARIOS S. A., DE
C.V. ", del domicilio de San Marcos, convocan a Junta General Ordi-
naria y Extraordinaria de Accionistas, en cumplimiento al Art.223,224
del Código de comercio, la cual se celebrará el día Veintidós del mes
de Marzo del año Dos Mil Doce, a las nueve horas, en el local de la
Sociedad, situado en el kilómetro seis Carretera antigua a Zacatecoluca,
para tratar la siguiente agenda:
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
1- Verifi cación del Quórum
2- Lectura del Acta de Junta General Anterior
3- Conocer de la memoria de la Junta Directiva, correspondiente
al Ejercicio comprendido del 1°. Enero al 2009 al 31 de
Diciembre de 2010, a fi n de aprobarlos o improbarlos
4- Conocer de la memoria de la Junta Directiva, correspondiente
al Ejercicio, comprendido del 1ro de Enero al 31 de Diciembre
2011, a fi n de aprobarla o improbarla
5- Conocer sobre los Estados Financieros del ejercicio del
1°.de Enero al 31 de Diciembre de 2011, a fi n de aprobarlos
o improbarlos
6- Informe del Auditor Externo de la sociedad
7- Nombramiento del Auditor Externo Propietario, Auditor
Fiscal, asignación de sus Emolumentos y Nombramiento del
Auditor Externo Suplente, y la aceptación a sus cargos
8- Aplicación de resultados
9- Nombramiento de la Nueva Junta Directiva para el periodo
del 2012-2017 , así como la aceptación de sus cargos.
10- Autorización a los Administradores, Gerentes y Altos Eje-cutivos de Acuerdo al Artículo 275 numeral III del Código de Comercio
11- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
se pueda discutir en esta Junta de conformidad a la Ley y al
Pacto Social.
PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
1- Aumento del Capital Social, para darle cumplimiento al
Artículo Ciento Veintinueve (129) del Código de comercio
y Modifi car la Cláusula Quinta del Pacto Social
2- Modifi cación y adecuación del Pacto Social a las reformas
del Código de Comercio y cuya armonización es de carácter
obligatorio de conformidad al decreto legislativo número 641
de los doce días del mes de Junio de 2008.
3- Incorporación en la Escritura Pública de Modifi cación al
Pacto Social, la totalidad de los Estatutos de la Sociedad
ALIMENTOS VARIOS S.A. DE C.V., a fi n de que sea el
único y defi nitivo Pacto Social vigente.
4- Nombramiento para el Ejecutor Especial de los puntos
aprobados y para el otorgamiento y fi rma de los documentos
públicos y privados necesarios para el cumplimiento de dichos
acuerdos.
Si no hubiese Quórum en la fecha y hora de la convocatoria, la
Junta General se celebrará en segunda Convocatoria a la misma hora y
en el mismo lugar, el día Veintitrés de Marzo del mismo año, para tratar
la misma agenda.
Para que pueda celebrarse la Junta General Ordinaria y tomar
acuerdos, en primera convocatoria se requiere que estén presentes o
representadas, la mitad más una del total de las acciones que componen
el Capital Social, y en segunda convocatoria, las acciones que estén
presentes o representadas cualquiera que sea el número, para la toma
de acuerdos se requiere que una vez instalada se haga con la mayoría
de los presentes.
Para que pueda celebrarse la Junta General Extraordinaria, en
primera convocatoria se requiere que estén Presentes o Representadas,
por lo menos las tres cuartas partes del Capital Social, y en Segunda
Convocatoria, la mitad más uno de las acciones que forman el Capital
Social. Para la toma de acuerdos se requiere que una vez instalada se
haga: a) en primera convocatoria, las tres cuartas partes de las acciones
que componen el Capital Social, y b) en segunda convocatoria las tres
cuartas partes de los accionistas presentes o representados.
San Marcos, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos
mil doce.
MANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C007309-1
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
CONVOCATORIA
PLANTA DE TORREFACCION DE CAFÉ, S.A. DE C.V.
La Junta Directiva de la PLANTA DE TORREFACCION DE CAFÉ,
S.A. DE C.V., convoca a sus Accionistas a la JUNTA GENERAL OR-
DINARIA y a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, a celebrarse
en la Hacienda de Los Miranda, Salón Cuatro y Uno, ubicada en Final
Calle Las Rosas, Col. La Sultana, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, el
día veintinueve de marzo de dos mil doce, a las 3:00 pm en primera
convocatoria.
La agenda a tratar será la siguiente:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
I. Establecimiento del Quórum.
II. Lectura y aprobación del Acta anterior.
III. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores correspon-
diente al Ejercicio Económico del año 2011.
IV. Dictamen e Informe de la Auditoría Externa y presentación
de los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2011.
V. Aplicación y distribución de utilidades obtenidas.
VI. Elección del Auditor Externo y fi jación de sus emolumen-
tos,
VII. Elección del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolumentos.
ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
I. Modifi cación del Pacto Social.
II. Aumento de capital en la parte variable.
III. Designación de los Ejecutores Especiales.
El quórum legal para celebrar Junta General Ordinaria, en primera
convocatoria, será de la mitad más una de las acciones en que está dividido
el Capital Social y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los
votos presentes. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para
el día treinta de marzo de dos mil doce, a la misma hora y en el mismo
lugar, En este caso, la sesión que tratará asuntos de carácter ordinario
se llevará a cabo con el número de accionistas presentes o representados
y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. El
quórum legal para celebrar Junta General Extraordinaria, en primera
convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la
Sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción. De
no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día treinta de
marzo de dos mil doce, a la misma hora y en el mismo lugar. En este caso,
la sesión que tratará asuntos de carácter extraordinario será de la mitad
más una de las acciones que componen el capital social y el número de
votos necesarios para formar resolución, serán las tres cuartas partes de
las acciones presentes.
Soyapango, 21 de febrero de 2012.
ALFONSO TOMAS CARBONELL,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C007313-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de "INDUSTRIAS UNIDAS, S.A.", por este medio
convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las
once horas del día veintidós de Marzo del año dos mil doce, en el Hotel
Crowne Plaza, Salón Apaneca, ubicado en 89 Avenida Norte y 11 Calle
Poniente, Colonia Escalón, con la siguiente Agenda:
I. Verifi cación del Quórum;
II. Aprobación de Agenda;
III. Nombramiento de quienes dirigirán la Junta;
IV. Lectura y aprobación del Acta anterior;
V. Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio 2011,
a fi n de aprobarla o improbarla;
VI. Presentación del Balance General, Estado de Resultados,
Estado de cambios en el patrimonio correspondientes al
ejercicio 2011 a fi n de aprobarlos o improbarlos;
VII. Informe de Auditoría Externa a fi n de tomar las medidas que
se juzguen oportunas;
VIII. Aplicación de resultados;
IX. Elección de la Junta Directiva;
X. Nombramiento del Auditor Externo;
XI. Nombramiento del Auditor Fiscal;
XII. Fijación de emolumentos de la administración, Auditor
Externo y Auditor Fiscal; y
XIII. Otros asuntos
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Si no hubiere quórum en la fecha de la primera convocatoria, se
convoca por segunda vez a Junta General para celebrarse a las once
horas del día veintitrés de marzo del año en curso, en el mismo lugar y
con la misma Agenda.
En la primera fecha, el quórum se formará con la mitad más una de
las acciones de la Sociedad y para formar resolución se necesitará el voto
de la mayoría de las presentes o representadas. El quórum necesario para
tratar dichos puntos ordinarios, en la segunda fecha de convocatoria, será
cualquiera que sea el número de acciones que asistan y las resoluciones
se tomarán por mayoría de los votos presentes o representados.
San Salvador, a los veinte días del mes de Febrero del año dos mil
doce.
INDUSTRIAS UNIDAS, S.A.
Lic. CARLOS MANUEL CASTRILLO HIDALGO,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028993-1
SUBASTA PUBLICA
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
el Licenciado RAUL EDUARDO TORRES PAREDES, de este domicilio,
continuado por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN
conocida por MARIA EUGENIA LEVY DE CUCALON, del domicilio
de la Ciudad de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, ambos
mayores de edad, Abogados, actuando como Apoderados Generales
Judiciales del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, Institución
Ofi cial de Crédito, de este domicilio, contra los señores FRANCISCO
ROLANDO ALDANA LÓPEZ, Estudiante, e HILDA BEATRIZ CRUZ
DE ALDANA, Licenciada en Mercadotecnia y Publicidad, ambos mayo-
res de edad, y del domicilio de Cojutepeque. Departamento de Cuscatlán,
se venderá en este Tribunal en Pública Subasta en fecha que más adelante
se especifi cará: Un lote de terreno de naturaleza rústica marcado con
el NUMERO UNO DEL POLÍGONO "K", situado en los suburbios
del BARRIO CONCEPCION DE LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE.
DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, de una extensión superfi cial
de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS
igual a dos mil cincuenta y cuatro varas cuadradas noventa centésimos
de vara cuadrada, que mide y linda: AL NORTE, cincuenta y cinco
metros, con lote número dos del polígono "K"; AL SUR, cincuenta y
cinco metros, linda con lotes número uno, dos y cuatro del polígono "J",
lote número dos vendido a Ildefonso Rosales Aguilar, pasaje de cinco
metros de ancho de por medio: AL ORIENTE, veintiséis metros, linda
con lote número siete del mismo polígono "K": y, AL PONIENTE,
veintiséis metros, linda con restos del terreno propiedad de Doña Ali-
cia Echeverría de soler, calle de nueve metros de ancho de por medio.
Los lotes colindantes al Norte, Sur y Poniente son o han sido de Doña
Alicia Echeverría de Soler y están situados en el inmueble general. El
inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor
FRANCISCO ROLANDO ALDANA LÓPEZ, bajo la Matrícula CIN-
CO CERO CERO DOS CINCO TRES SIETE SIETE - CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas,
de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo éstos legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a
las nueve horas del día trece de enero de dos mil doce.- Lic. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-
TIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.
3 v. alt. No. C007249-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al Público para efectos de Ley, que por ejecución
seguida en este Juzgado por la Licenciada Haldys Cristina Asunción
Godínez Vides, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO
PROCREDIT, SOCIEDAD ANÓNIMA, representada legalmente por el
Licenciado Stefan Mario Queck, con Número de Identifi cación Tributaria
0614-170395-107-9, contra los señores José Raúl García, con Número
de Identifi cación Tributaria 1217-010557-105-2; José Mauricio Guevara
Vásquez, con Número de Identifi cación Tributaria 1407-041070-101-5;
y Jesús Mata Pineda, con Número de Identifi cación Tributaria 1304-
200968-101-2; se venderá en pública subasta los siguientes bienes
muebles: un DVD, marca Cyber Home, Modelo CH, DVD, tres cero cero
color gris, dos bafl es marca Fisher, de madera, radio grabadora con CD,
sanyo modelo mcd-zxdos cero m, una consola musical marca herman
serie seis seis siete uno siete, amplifi cadores marca sky serie SA- ocho
cero cero r c, parlante megáfono color gris, un módulo de madera de
dos puertas, un televisor SHARP, veinte pulgadas, serie tres siete ocho
nueve- cero, un ventilador de metal color gris con negro, una cocina
color crema con tambo de gas medio lleno, marca eco gas, un hornito
marca premier blanca, sein serie no modelo. Y al señor José Raúl García,
una cocina marca erogas, color café, un televisor marca LG, color gris
modelo Oc, b dos cero A, un hornito color blanco, marca Premium, un
ropero de madera de tres cuerpos.
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintinueve
días del mes de Julio de dos mil once.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007267-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido
por el Lic. Gilberto Marinero Chacón, apoderado general judicial del
BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, contra Patricia
Jeannette Durán de Reyes y Jenny Guadalupe Durán de Díaz, conocida
por Jenny Guadalupe Durán Peña, reclamándoles capital, intereses y
costas; se venderá en pública subasta el siguiente terreno: "Un inmue-
ble de naturaleza rústica, de condición plana, desmembrado al costado
oriente de uno mayor, propiedad de la señora JENNY GUADALUPE
DURAN DE DIAZ, conocida por JENNY GUADALUPE DURAN
PEÑA, situado en el Cantón San José de La Paz Arriba, jurisdicción de
Santiago Nonualco, departamento de la Paz, con un área de DOS MIL
QUINIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS VEINTICINCO
CENTIMETROS CUADRADOS, inscrito bajo Matrícula CINCO CIN-
CO CERO TRES DOS SEIS CUATRO SIETE-CERO CERO CERO
CERO CERO que mide y linda: AL NORTE; cuarenta y nueve metros,
linda con el resto del terreno general del que se separó la porción que
se describe, propiedad de la señora Juana Peña de Durán o Juana Peña
Viuda de Durán; al PONIENTE, cuarenta y nueve metros, callejón de
tres metros sesenta centímetros de por medio, establecido por la señora
Juana Peña de Durán o Juana Peña Viuda de Durán, con el resto del
terreno del que se separó el que se está describiendo, propiedad de la
señora Juana Peña de Durán o Juana Peña Viuda de Durán; AL SUR,
cincuenta y ocho metros ochenta centímetros, con porción que formó
parte del terreno general y que se le vendió a la señora Patricia Jeannette
Durán de Reyes; AL ORIENTE, cuarenta y seis metros con terreno del
cementerio general del Cantón San José de la Paz Arriba.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las doce horas y cin-
cuenta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil once.- Dr.
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007268-1
LA INFRASCR1TA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que en Juicio Ejecutivo Mercantil clasifi cado con
el número 69-2010-C, promovido por la Licenciada Lidia María Valdez
de Lu, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce
- ciento cuarenta mil ochocientos setenta y tres - ciento veintitrés-siete,
en su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO HSBC SAL-
VADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO HSBC, SOCIEDAD
ANÓNIMA, o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA,
o BANCO SAL, SOCIEDAD ANONIMA indistintamente, que puede
abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO HSBC,
S.A., BANCO SALVADOREÑO S.A. o BANCOSAL, S.A., con Nú-
mero de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce - ciento setenta
mil novecientos noventa y cuatro-cero cero uno-cinco, contra el señor
José Martín Lara López, con Número de Identifi cación Tributaria cero
quinientos nueve - trescientos mil cuatrocientos ochenta y seis - ciento
uno - cinco; se VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA en este Tribunal un
inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene de sistema
mixto de un área de treinta y siete punto cuarenta y nueve metros cuadra-
dos siendo éste un Apartamento marcado con el número DOS-OCHO,
EDIFICIO "F", NIVEL DOS, CONDOMINIO RESIDENCIAL SAN
RAMÓN, JURISDICCIÓN DE MEJICANOS DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR; con una extensión superfi cial de TREINTA Y SIETE
PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS; inmueble
que según dato del Registro de la Propiedad corresponde a la ubicación
geográfi ca de San Miguel Mejicanos, San Salvador; cuyas medidas son
las siguientes: AL NORTE: cinco punto ochenta y siete metros; AL
ORIENTE: tres tramos: el primero de dos punto cuarenta y siete metros,
el segundo de tres punto trece metros y el tercero de dos punto sesenta
metros; AL SUR: seis punto doce metros: y AL PONIENTE: cinco punto
cero cero metros; propiedad del demandado antes mencionado, inscrito
a favor de éste bajo la matrícula número SEIS CERO CERO CUATRO
OCHO SIETE CINCO OCHO-A CERO CERO UNO SEIS, en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de San
Salvador, Departamento de San Salvador; dicho inmueble se encuentra
gravado con Primera Hipoteca Abierta inscrita a favor del BANCO
HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO HSBC,
SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD
ANÓNIMA, o BANCO SAL, SOCIEDAD ANONIMA indistintamente,
que puede abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO
HSBC, S.A., BANCO SALVADOREÑO S.A. o BANCOSAL, S.A., bajo
el número de Matrícula SEIS CERO CERO CUATRO OCHO SIETE
CINCO OCHO - A CERO CERO UNO SEIS asiento SEIS, en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de San
Salvador Departamento de San Salvador; se hace constar que CRECE
SOCIEDAD ANÓNIMA se fusionó por incorporación con BANCO DE
CONSTRUCCION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONIMA, mediante
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
escritura pública, otorgada en la Ciudad de San Salvador, a las diez horas
del día veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y uno, ante los
ofi cios del notario Mario Luis Velasco, inscrita al número treinta y uno
del libro setecientos noventa y nueve del Registro de Sociedades del Re-
gistro de Comercio, adquiriendo esta última la titularidad de los derechos
y obligaciones de la primera, que el BANCO DE CONSTRUCCION
Y AHORRO, SOCIEDAD ANONIMA, se fusionó por incorporación
con BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante
escritura pública de las once horas del día veintinueve de junio del dos
mil, inscrita en el Registro de Comercio al número veintisiete del libro
un mil quinientos cuarenta del Registro de Sociedades, adquiriendo en
consecuencia esta última Sociedad la titularidad de todos los derechos
de la primera, que el BANCO SALVADOREÑO, o BANCO SAL,
S.A., cambio su denominación a del BANCO HSBC SALVADOREÑO,
SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANÓNIMA,
o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO
SAL, SOCIEDAD ANONIMA indistintamente, que puede abreviarse
BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO HSBC, S.A., BAN-
CO SALVADOREÑO S.A. o BANCOSAL, S.A., mediante escritura
pública otorgada en la Ciudad de San Salvador, a las doce horas del
día veintinueve de marzo de dos mil siete, ante los ofi cios del notario
Ricardo Batista Mena, inscrita en el Departamento de Documentos
Mercantiles del Registro de Comercio al número veintitrés del libro
dos mil doscientos dieciocho, tratándose en consecuencia de la misma
persona jurídica. Ordenándose el valúo del inmueble antes descrito.
Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-
tes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia La Libertad, a los
trece días del mes de enero de dos mil doce.- Licda. DIGNA GLADIS
MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Br.
ESTELA DEL CARMEN MARTINEZ PARADA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007279-1
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por el Licenciado JOSE ELISEO HERRERA SAN-
TOS, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado
General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA,
que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., de este domicilio, contra los
señores MELISSA CAROLINA SOLORZANO URRUTIA, conocida
por MELISSA CAROLINA SOLORZANO DE MENJIVAR, del domi-
cilio de Ilopango, y JAVIER ANTONIO MENJIVAR SEGOVIA, del
domicilio de Cuscatancingo, ambos mayores de edad, y Estudiantes, se
venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante
se especifi cará: Una porción de terreno ubicado en el centro de la ciudad
de Ilopango, de naturaleza urbana con un área de NOVENTA Y DOS
PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes
a CIENTO TREINTA Y TRES VARAS CUADRADAS, que se describe
así: APARTAMENTO NUMERO TRES DEL PASAJE MONTALVO,
posee un área construida de ochenta punto sesenta metros cuadrados y un
área de patio de tendedero de doce punto cero cinco metros cuadrados,
dando una área total de noventa y dos punto noventa y cinco metros
cuadrados equivalentes a ciento treinta y tres varas cuadradas, las cuales
son dadas por las líneas y longitudes de colindancias que se describen así:
RUMBO NORTE, por línea recta de diez punto cuarenta y dos metros,
divididas así ocho punto cuarenta y ocho metros con propiedad baldía
anterior de Agapito Henríquez hoy de Efraín Chicas y uno punto noventa
y cuatro metros con casa construida siendo anterior propiedad de Tomasa
Hernández hoy de Delmy Menjívar de Chicas: RUMBO ORIENTE, con
línea recta de nueve punto ochenta y cinco metros, con propiedad de
Graciela Erroa sucesora de Inés Erroa hoy de Alonso Morales: RUMBO
SUR, con línea quebrada en dos tramos rectos, el primero cuatro punto
ochenta y cinco metros con el apartamento número cuatro del pasaje
Montalvo por medio de pared compartida para ambos apartamentos y
el segundo tramo recto de cinco punto cuarenta y ocho metros, con el
pasaje de acceso vehicular del pasaje Montalvo: RUMBO PONIENTE,
con línea recta de ocho punto cincuenta metros con pared compartida
con apartamento número uno del pasaje Montalvo propiedad de Maura
Montalvo de Solórzano, el inmueble antes relacionado, identifi cado como
lote sin número correspondiente a la ubicación geográfi ca de Ilopango,
Departamento de San Salvador, inscrito a favor de los señores MELIS-
SA CAROLINA SOLORZANO URRUTIA conocida por MELISSA
CAROLINA SOLORZANO DE MENJIVAR y JAVIER ANTONIO
MENJIVAR SEGOVIA, en proindivisión y por partes iguales, o sea
el cincuenta por ciento de derecho de propiedad para cada uno, bajo la
Matrícula Número SEIS CERO UNO DOS CERO CERO CUATRO
CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de
San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a
las once horas del día nueve de diciembre de dos mil once.- Lic. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-
TIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.
3 v. alt. No. F028870-1
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con
el número 824-EM-09, promovido por el Licenciado JOSE LUIS ARIAS
PORTILLO, actuando en su carácter de Apoderado General Judicial del
BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI-
MA, en contra del señor MANUEL ORLANDO VASQUEZ; se vende-
rá en Pública Subasta, en este Tribunal en fecha que más adelante se
señalará, los bienes inmuebles que a continuación se localizan y descri-
ben así: PRIMERO: "Jurisdicción de San Salvador, Departamento de
San Salvador. "Un inmueble de naturaleza urbana, situado en Condo-
minio Comercial AGUILUZ, local número CUATRO, situado en la
esquina formada por la Veintisiete Calle Poniente y Veintiuna Avenida
Norte, Colonia Layco, Jurisdicción de San Salvador, en la Segunda
Planta del Condominio, cuya descripción es la siguiente: Partiendo de
la Intersección de la Veintisiete Calle Poniente y Veintiuna Avenida
Norte, se mide sobre el eje de esta última una distancia de quince punto
cincuenta y siete metros con rumbo Norte, cinco grados siete minutos
cuarenta y un segundos Este; de este punto se hace una defl exión dere-
cha de noventa grados y con una distancia de quince metros cincuenta
y siete centímetros se llega a un punto de donde en forma vertical se
miden tres metros cero centímetros llegando así al Vértice Nor-Oeste
del local marcado en el plano respectivo como el mojón número TRECE,
el cual se describe así: AL NORTE: lindero formado por tres tramos
rectos, el primero de Poniente a Oriente con rumbo Sur, ochenta y
cuatro grados cincuenta y dos minutos diecinueve segundos Este, y una
distancia de ocho metros ochenta centímetros; el segundo de Norte a
Sur, con rumbo Sur, cinco grados siete minutos cuarenta y un segundo
Oeste, y una distancia de dos metros treinta centímetros; el tercero de
Poniente a Oriente, con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados cincuenta
y dos minutos diecinueve segundos Este, y una distancia de un metro
ochenta centímetros; linda el primer tramo con local número cinco del
mismo Condominio, pared medianera de por medio, el segundo y el
tercer tramo con espacio aéreo del local número Uno. AL ORIENTE:
línea de un solo tramo, con rumbo Sur, cinco grados siete minutos
cuarenta y un segundo Oeste, y una distancia de un metro setenta cen-
tímetros, linda este rumbo con un espacio aéreo del terreno de propiedad
de Raquel y María Teresa Mendizábal; AL SUR: línea recta de un solo
tramo, con rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cincuenta y dos mi-
nutos diecinueve segundos Oeste, y una distancia de siete metros sesen-
ta centímetros, linda este rumbo con espacio aéreo del terreno propiedad
de Rosario Lecha de Gras, Veintisiete Calle Poniente y jardín de por
medio. Y AL PONIENTE: línea de un solo tramo, con rumbo Norte
cinco grados siete minutos cuarenta y un segundos Este y una distancia
de cuatro metros cero centímetros, linda este rumbo con espacio aéreo
del terreno propiedad de Jesús Antonio Nerio Valle, Veintiuna Avenida
Norte, estacionamiento y pasillo de circulación de por medio. El local
así descrito linda en la parte inferior con el local número uno, y en la
superior con la estructura del techo del edifi cio. Este local posee una
capacidad superfi cial de VEINTISEIS METROS CUADRADOS VEIN-
TISEIS DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a TREINTA Y
SIETE VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y SIETE CENTESIMAS
DE VARA CUADRADA, y un volumen de SESENTA Y OCHO PUN-
TO VEINTIOCHO METROS CUBICOS; el inmueble así descrito se
encuentra inscrito en un cien por ciento de propiedad a favor del señor
MANUEL ORLANDO VASQUEZ, bajo la Matrícula: SEIS CERO
CERO UNO CERO SEIS DOS CUATRO- A CERO CERO CERO
CUATRO, en el Centro Nacional de Registros de la Primera Sección
del Centro. "SEGUNDO: Jurisdicción de San Salvador, Departamento
de San Salvador." "Un inmueble de naturaleza urbano situado en Con-
dominio Comercial AGUILUZ, local número CINCO, situado en la
esquina formada por la veintisiete Calle Poniente y Veintiuna Avenida
Norte, Colonia Layco, Jurisdicción de San Salvador, en la segunda
planta del Condominio, cuya descripción es la siguiente: Partiendo de
la intersección de la Veintisiete Calle Poniente y Veintiuna Avenida
Norte, se mide sobre el eje de esta última una distancia de diecinueve
punto cincuenta y siete metros con rumbo Norte, cinco grados siete
minutos cuarenta y un segundos Este; de este punto se hace una defl exión
derecha de noventa grados y con una distancia de catorce metros trein-
ta y siete centímetros se llega a un punto donde en forma vertical se
miden tres metros cero centímetros llegando así al vértice Nor-Oeste
del local, marcado en el plano respectivo como el mojón número QUIN-
CE, el cual se describe así: AL NORTE, lindero formado por tres tramos
rectos, el primero de Poniente a Oriente con rumbo Sur, ochenta y
cuatro grados cincuenta y dos minutos diecinueve segundos Este, y una
distancia de siete metros punto cero centímetros; el segundo de Norte a
Sur rumbo Sur, cinco grados siete minutos cuarenta y un segundo Oes-
te, y una distancia de dos metros treinta centímetros; el tercero de Po-
niente a Oriente con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados cincuenta y
dos minutos diecinueve segundos Este, y una distancia de un metro
ochenta centímetros; linda el primer tramo con local número seis del
mismo Condominio, pared medianera de por medio, el segundo y tercer
tramo con espacio aéreo del local número Dos. AL ORIENTE: línea de
un solo tramo, con rumbo Sur, cinco grados siete minutos cuarenta y un
segundos Oeste, y una distancia de un metro setenta centímetros, linda
con este rumbo con espacio aéreo del terreno propiedad de Raquel y
María Teresa Mendizábal; AL SUR: línea recta de un solo tramo, con
rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cincuenta y dos minutos dieci-
nueve segundos Oeste, y una distancia de ocho metros ochenta centí-
metros, linda este rumbo con un local número cuatro del mismo Con-
dominio, pared medianera de por medio y pasillo de circulación. Y AL
PONIENTE: línea de un solo tramo, con rumbo Norte, cinco grados
siete minutos cuarenta y un segundos Este y una distancia de cuatro
metros cero centímetros, linda este rumbo con espacio aéreo del terreno
de propiedad de Jesús Antonio Nerio Valle, Veintiuna Avenida Norte,
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
estacionamiento y pasillo de circulación de por medio. El local así
descrito en la parte inferior con el local número Dos, y en la parte su-
perior con la estructura de techo del edifi cio. Este local posee una capa-
cidad superfi cial de TREINTA Y UN METROS CUADRADOS SEIS
DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a CUARENTA Y CUA-
TRO VARAS CUADRADAS CUARENTA Y CUATRO CENTESIMAS
DE VARA CUADRADA, y un volumen de OCHENTA PUNTO SE-
TENTA Y SEIS METROS CUBICOS. El inmueble antes descrito se
encuentra inscrito en un cien por ciento de propiedad a favor del señor
MANUEL ORLANDO VASQUEZ, bajo la Matrícula: SEIS CERO
CERO UNO CERO SEIS DOS CUATRO- A CERO CERO CERO
CINCO, en el Centro Nacional de Registro, de la Primera Sección del
Centro; y TERCERO "Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad. "Un lote de terreno de naturaleza urbana, identifi cado con el
número CUARENTA Y TRES del Polígono "F" ubicado dentro de la
Residencial Villas de Francia, situado en Avenida Manuel Gallardo,
Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de una ex-
tensión superfi cial de CIENTO SETENTA Y TRES PUNTO CINCUEN-
TA Y OCHO METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS
CUARENTA Y OCHO PUNTO TREINTA Y SEIS VARAS CUA-
DRADAS, que se describen así: Partiendo de la intersección de los ejes
de la Avenida Manuel Gallardo, Calle Estrasburgo en la Ciudad de
Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
se mide sobre el eje la de la última distancia de cincuenta y nueve pun-
to ochenta y dos metros, con rumbo Norte, ochenta y tres grados cero
nueve punto dos minutos Oeste, en este punto con defl exión izquierda
de noventa grados y una distancia de cinco metros se llega a la esquina
Nor-Oeste, donde se inicia la presente descripción: AL NORTE: Está
formado por un tramo recto, con una distancia de once punto cero metros
con rumbo Sur, ochenta y tres grados nueve punto dos minutos Este, se
llega al vértice Nor-Este del terreno que se describe lindando con Polí-
gono "E" de Residencial Villas de Francia, Calle Estrasburgo y Anillo
Periférico de por medio; AL ESTE: está formado por un tramo recto
con una distancia de quince punto treinta y dos metros con rumbo Sur,
seis grados cincuenta punto ocho minutos Oeste, se llega al vértice Sur-
Este del terreno que se describe, lindando con lote cuarenta y cuatro del
Polígono "F" de Residencial Villas de Francia; AL SUR: está formado
por un tramo recto, con una distancia de once punto cero cuatro metros
con rumbo Norte, ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto un
minuto Oeste, se llega al vértice Sur-Oeste del terreno que se describe,
lindando con Residencial Monte Sión; AL OESTE: Está formado por
un tramo recto con una distancia de dieciséis punto veinticinco metros,
con rumbo Norte, seis grados cincuenta punto ocho minutos Este; se
llega al vértice Nor-Oeste del terreno que se describe y en donde se
inició la presente descripción, lindando con lote cuarenta y dos del
Polígono "F" de Residencial Villas de Francia. El inmueble antes des-
crito se encuentra inscrito en un cien por ciento de propiedad del señor
MANUEL ORLANDO VASQUEZ, bajo la Matrícula: TRES CERO
CERO CUATRO CINCO DOS SIETE CUATRO- CERO CERO CERO
CERO CERO, en el Centro Nacional de Registros de la Cuarta Sección
del Centro, Departamento de La Libertad."
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las diez horas y dieciocho minutos del día veintisiete de
enero de dos mil doce.- LICDA. ANA MARIA CORDON ESCOBAR,
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LICDA. ANA CECILIA
FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F029008-1
REPOSICIÓN DE CERTIFICADO
AVISO
El Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de Oxígeno y Gases
de El Salvador, S.A. de C.V., (OXGASA), hace del conocimiento del
público en general, que el Lic. Mauricio Corado Dimas, propietario de
los Certifi cados: 96-91, una acción, 149-13, una acción, 204-13, dos
acciones; 238-13, una acción; 273-13, una acción; 321-13, dos acciones;
351-14, dos acciones; 384-5, cuatro acciones; 416-5, tres acciones. Se
ha presentado a las ofi cinas de esta Sociedad, manifestando haberlos
extraviado y solicita la reposición de dichos certifi cados. Lo anterior se
hace con base a lo establecido en el Código de Comercio y en el Capítulo
III, Art. 21 de la Escritura Pública de Reorganización del Pacto Social,
a fi n de que si hubiera algún legítimo dueño de los citados Certifi cados
extraviados, haga valer sus derechos durante los treinta días siguientes
a la tercera publicación de este aviso, de lo contrario se procederá a la
reposición de los Certifi cados extraviados.
San Salvador, seis de febrero de dos mil doce.
CESAR CATANI PAPINI,
SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C007274-1
AVISO
BASICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Calle y Colonia La
Mascota No. 221, San Salvador, se ha presentado el Ingeniero Francisco
Eduardo Meléndez Guirola, con Documento Único de Identidad No.
02679306-1, benefi ciario del Certifi cado de Acciones No. 74 emitido
con fecha 16 de febrero de 1996 que ampara 33,019 acciones de Capital
Fijo, a nombre de doña ROSA GUIROLA DE MELENDEZ, solicitando
la reposición del CERTIFICADO antes mencionado.
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, de acuerdo a los artículos No.
486 y 932 del Código de Comercio, que transcurridos treinta días después
de la tercera y última publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, viernes 17 de febrero de 2012.
LIC ROBERTO SOLER GUIROLA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F028917-1
AVISO
La Caja de Crédito de Ilobasco, Sociedad Cooperativa de Respon-
sabilidad Limitada de Capital Variable,
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado la propieta-
ria del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo Número 00551, por un
monto de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA 00/100 Dólares
(US$2,480.00), emitido el día 24 de febrero de 2011, a un plazo de 90
días, el cual devenga un interés del 4.25% anual, solicitando la reposición
de dicho Certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento público
en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este AVISO, y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
Ilobasco, Departamento de Cabañas, lunes 20 de febrero de
2012.
ELMER ERNESTO MENDEZ FUNES,
GERENTE GENERAL,
CAJA DE CREDITO DE ILOBASCO.
3 v. alt. No. F028939-1
AVISO
La Caja de Crédito de San Alejo, Sociedad Cooperativa de Responsa-
bilidad Limitada de Capital Variable.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en 2ª. Av. Norte y 3ª.
Calle Pte., Barrio El Calvario, San Alejo, La Unión, se ha presentado el
propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO N° 0648,
solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por DOSCIENTOS
DOLARES EXACTOS ($200.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Alejo, martes 21 de febrero de 2012.
Caja de Crédito de San Alejo, Sociedad Cooperativa de Respon-
sabilidad Limitada de Capital Variable. Tel. Ofi cina: 2683-8400.
NORIS ELIZABETH CUEVAS GONZALEZ,
GERENTE GENERAL.
3 v. alt. No. F028947-1
AVISO
SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 ½ Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida
Colectivo, Póliza VIBA-502007, Certifi cado número 14169 notifi cando
del extravío de dicho Certifi cado. Que por haberse extraviado el antes
referido Certifi cado, de conformidad a lo establecido en la Condición
General Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba
citada y a lo preceptuado por el Art. 1003 del Código de Comercio,
solicita la reposición de dicho Certifi cado que originalmente fue emitido
por una suma asegurada de VEINTE MIL 00/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general
para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y sino hubiere ninguna oposición,
se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
Santa Tecla, 24 de enero de 2012.
LIC. MONICA PILOÑA DE VELASQUEZ,
GERENTE DE COMERCIALIZACION MASIVA,
SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.
3 v. alt. No. F029003-1
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
AVISO DE COBRO
La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda, a quien interese para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Ministerio, se ha presentado la señora
JENNIFFER STEPHANIE GONZALEZ DE BERNAL hoy viuda
DE BERNAL, conocida por JENNIFFER STEPHANIE GONZALEZ
SIERRA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del señor WILLIAM
ALEXANDER BERNAL MEJIA, para que se le devuelva la cantidad
de $550.97, en concepto de excedente de Impuesto sobre la Renta co-
rrespondiente al ejercicio fi scal 2010, que le correspondía a su extinto
cónyuge, y que dejó pendiente de cobro por haber fallecido el día 28 de
julio de 2011.
Lo anterior se hace del conocimiento del público en general, a fi n
de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a
este Ministerio, en el término de 3 días contados a partir del día siguiente
en que haya salido a la venta la tercera y última publicación del presente
aviso.
San Salvador, 24 de enero de 2012.
LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,
SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1v. c/3/d No. F028883-1
PATENTE DE INVENCIÓN
No. de Expediente: 2011004028
No. de Presentación: 20110011940
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de As-
traZeneca AB, del domicilio de SE-151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de
nacionalidad SUECA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No.
PCT/SE2010/050354 denominada DERIVADOS NUEVOS DE TIPO
AMIDA DE COMPUESTOS DE [3, 2-C] PIRAZOL ESTEROIDEOS
CON ACTIVIDAD GLUCOCORTICOIDE, por el término de VEINTE
AÑOS, con Clasifi cación Internacional C07J 71/00, A61P 11/06, A61K
31/58, A61P 29/00, A61P 11/00, y con prioridad de la solicitud ESTA-
DOUNIDENSE No. 61/166,324, de fecha tres de abril del año dos mil
nueve.
Se refi ere a: COMPUESTOS DE FÓRMULA (I): (VER FÓR-
MULA); EN DONDE N, R1, R2, X1, X2, X3, X4, X5, R3A, R3B,
R4, R5 Y R6 SON TAL COMO SE DEFINEN EN LA MEMORIA
DESCRIPTIVA, UN PROCESO PARA SU PREPARACIÓN, COM-
POSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN Y SU
USO EN TERAPIA.
La solicitud fue presentada internacionalmente el día treinta y uno
de marzo del año dos mil diez.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veinte días del mes de
diciembre del año dos mil once.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F028922
No, de Expediente: 2011004027
No. de Presentación: 20110011939
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de As-
traZeneca AB, del domicilio de SE-151 85 SÖDERTALJE, SUECIA, de
nacionalidad SUECA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
No. PCT/SE2010/050367 denominada NUEVOS COMPUESTOS DE [3,
2-C] PIRAZOL ESTEROIDAL CON ACTIVIDAD GLUCOCORTICOI-
DE, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional
A61K 31/58, A61P 11/00, A61P 11/06, A61P 29/00, C07J 71/00, y con
prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/166,325, de fecha
tres de abril del año dos mil nueve.
Se refi ere a: LA PRESENTE INVENCIÓN ESTIPULA COM-
PUESTOS DE FÓRMULA (I): (VER FÓRMULA); COMPOSICIO-
NES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN Y SU USO EN
TERAPIA.
La solicitud fue presentada internacionalmente el día primero de
abril del año dos mil diez.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-
TO DE PATENTES. San Salvador, a los trece días del mes de diciembre
del año dos mil once.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F028924
No. de Expediente: 2011004033
No. de Presentación: 20110011966
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de As-
traZeneca AB, del domicilio de SE-151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de
nacionalidad SUECA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT/
SE2010/050375 denominada ANALOGOS DE ISOXAZOL-3 (2H)-
ONA COMO AGENTES TERAPEUTICOS, por el término de VEINTE
AÑOS, con Clasifi cación Internacional C07D 413/04, A61K 31/4523,
A61P 7/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.
61/167,224, de fecha siete de abril del año dos mil nueve, solicitud
ESTADOUNIDENSE No. 61/171,956, de fecha veintitrés de abril del
año dos mil nueve.
Se refi ere a: UN COMPUESTO DE FÓRMULA I: (VER FÓR-
MULA); O UNA SAL FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLE DE
ESTE, DONDE R1 Y R2 SON INDEPENDIENTEMENTE HIDRÓ-
GENO, DEUTERIO, ARILO, HETEROARILO, ALQUILO C1-C8,
Y ESTÁN OPCIONALMENTE SUSTITUIDOS CON UNO O MÁS
SUSTITUYENTES QUE SON INDEPENDIENTEMENTE R3, R3 ES
UN ARILO, HETEROARILO, UNO O MÁS ÁTOMOS DE FLÚOR,
UN ALQUILO C1-C6 QUE CONTIENE UNO O MÁS ÁTOMOS
DE FLÚOR, UN ALQUILO C1-C6 QUE CONTIENE UNO O MÁS
ÁTOMOS DE DEUTERIO, UN ALQUILO C1-C6 QUE CONTIENE
HIDROXI, ESTANDO EL ARILO Y EL HETEROARILO OPCIO-
NALMENTE SUSTITUIDOS CON UNO O MÁS HALÓGENOS, UN
ALCOXI FLUORADO, UN ALQUILO FLUORADO, UN SULFONI-
LO, UNO O MAS ATOMOS DE DEUTERIO, UN ALQUILO C1-C6,
UN ALCOXI C1-C6, UN NITRILO, O R3 ES UN ALQUILO C1-C6
OPCIONALMENTE SUSTITUIDO CON UNO O MÁS DE LOS
SIGUIENTES GRUPOS: COOR4, OCOR4, CONR5R6, NR5COR6,
0R4; DONDE R4 ES UN ALQUILO C1-C10 OPCIONALMENTE
SUSTITUIDO CON UNO O MÁS ÁTOMOS DE FLÚOR, DEUTE-
RIO, ALCOXI, CARBOXILATO DE ARILO, CARBOXILATO DE
ALQUILO; R5 Y R6 SE SELECCIONAN INDEPENDIENTEMENTE
ENTRE HIDRÓGENO, ALQUILO O PUEDEN FORMAR CONJUN-
TAMENTE UN ANILLO DE CARBONO DE 4-8 MIEMBROS; O R1
Y R2 FORMAN UN ANILLO DE CARBONO DE 3-10 MIEMBROS
QUE COMPRENDE OPCIONALMENTE O O N Y ESTÁ OPCIO-
NALMENTE SUSTITUIDO CON UN ALQUILO O ARILO C1 –C10,
HETEROARILO OPCIONALMENTE SUSTITUIDO CON R3.
La solicitud fue presentada internacionalmente el día seis de abril
del año dos mil diez.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veinte días del mes de
diciembre del año dos mil once.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F028926
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
2 v. alt. F028880-1
FRECUENCIA DE USO REGULADO
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
2 v. alt. No. F028882-1
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
REPOSICION DE LIBROS
LA INFRASCRITA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, DEL
MINISTERIO DE GOBERNACION,
HACE CONSTAR: Que a esta Dirección se ha presentado la
SEÑORA BALBINA BARRERA VDA. DE SERPAS, en calidad
de Representante Legal de la ASOCIACION SALVADOREÑA DE
EMPLEADOS PUBLICOS PENSIONADOS POR EL INPEP, a mani-
festar se han extraviado los libros de Ingresos y Egresos, Actas de Junta
Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Miembros que la
Entidad lleva, los cuales fueron legalizados por esta Dirección General
el catorce de agosto del dos mil tres y que en tal sentido viene a dejar
constancia de dicha pérdida.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley,
y se emplaza a toda persona interesada a oponerse a lo manifestado
por la Representante Legal de dicha entidad, para que en el término de
quince días contados desde el siguiente de la última publicación en el
Diario Ofi cial, se presente a esta Dirección a justifi car la oposición, en
su caso, con la prueba pertinente.
San Salvador, siete de febrero del año dos mil doce.
Licda. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
DIRECTORA GENERAL.
1 v. No. F028877
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2011112484
No. de Presentación: 20110156830
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JON
ALEXANDER QUIROS SHAFFER, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de ETCETERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ETCETERA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
CODAS
Consistente en: la palabra CODAS, que servirá para: AMPARAR:
CHOCOLATES, PASTELERIA, GALLETAS Y CONFITERÍA. Clase:
30.
La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007232-1
No. de Expediente: 2011112485
No. de Presentación: 20110156832
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JON
ALEXANDER QUIROS SHAFFER, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de ETCETERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ETCETERA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
SOLES
Consistente en: la palabra SOLES, que servirá para: AMPARAR:
CHOCOLATES, PASTELERÍA, GALLETAS Y CONFITERIA. Clase:
30.
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007233-1
No. de Expediente: 2011114716
No. de Presentación: 20110161192
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCE-
LA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de
Victoria's Secret Stores Brand Management, Inc., de nacionalidad ES-
TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
DREAM ANGELS WISH
Consistente en: las palabras DREAM ANGELS WISH, que se tra-
duce como SUEÑO ANGELES DESEO, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL Y PRODUCTOS
DE PERFUMERIA, PRINCIPALMENTE PERFUMES, AGUAS PER-
FUMADAS, AGUA DE COLONIA, AGUA DE TOCADOR, AGUAS
PERFUMADAS PARA EL CUERPO, ROCÍOS PARA EL CUERPO,
AEROSOLES PARA EL CUERPO, PREPARACIONES PARA
RESTREGAR EL CUERPO, PRODUCTOS DE BURBUJAS PARA
EL BAÑO, GEL PARA LA DUCHA, JABÓN LIQUIDO PARA EL
CUERPO, JABONES PARA EL CUERPO, MANTEQUILLAS PARA
EL CUERPO, CREMAS PARA EL CUERPO, LOCIONES PARA EL
CUERPO, Y POLVOS PARA EL CUERPO; CREMAS PARA LAS
MANOS, LOCIONES PARA LAS MANOS, JABONES PARA LAS
MANOS; CHAMPÚS, ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO
Y LACAS PARA EL CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
dieciocho de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007280-1
No. de Expediente: 2011113446
No. de Presentación: 20110158665
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de LONS-
DALE SPORTS LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra karrimor y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE
SOMBRERERÍA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos
mil once.
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de octubre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007282-1
No. de Expediente: 2011113818
No. de Presentación: 20110159279
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de BAUSCH &
LOMB INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-
licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
RENU
Consistente en: la palabra RENU, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS; SOLU-
CIONES PARA LENTES DE CONTACTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de noviembre del año dos mil once.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007284-1
No. de Expediente: 2011113835
No. de Presentación: 20110159315
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MAR-
CELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de FOREVER
21, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
FOREVER 21
Consistente en: la frase FOREVER 21, que se traduce al castellano
como Para siempre 21, que servirá para: AMPARAR: GAFAS DE SOL.
Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007286-1
No. de Expediente: 2011113837
No. de Presentación: 20110159317
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MAR-
CELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de FOREVER
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
21, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
FOREVER 21
Consistente en: la frase FOREVER 21, que se traduce al castellano
como Para siempre 21, que servirá para: AMPARAR: JOYERIA PRINCI-
PALMENTE, ANILLOS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], PENDIENTES,
RELOJES, COLLARES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA], PULSERAS
[ARTÍCULOS DE JOYERÍA]. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007288-1
No. de Expediente: 2011113836
No. de Presentación: 20110159316
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MAR-
CELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de FOREVER
21, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
FOREVER 21
Consistente en: las palabras FOREVER 21, que se traducen al cas-
tellano como Para siempre 21, que servirá para: AMPARAR: BOLSAS,
BOLSOS DE MANO, BILLETERAS, MONEDEROS, BANDOLERAS,
BOLSAS CON AGARRADERAS DE MANO, BOLSAS PARA LA
COMPRA. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007289-1
No. de Expediente: 2011113852
No. de Presentación: 20110159402
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de R & A
Bailey & Co, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de
la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BAILEYS
Consistente en: la palabra BAILEYS, que servirá para: AMPARAR:
BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZA). Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos
mil once.
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de noviembre del año dos mil once.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007290-1
No. de Expediente: 2011114903
No. de Presentación: 20110161665
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCE-
LA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de
DC Shoes, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: las letras DC y diseño, que servirá para: AMPARAR:
ROPA PARA HACER ATLETISMO, A SABER CAMISETAS [DE
MANGA CORTA], SUDADERAS, PANTALONES; CHAQUETAS,
GORRAS, SOMBREROS Y CALCETINES; CALZADO ATLÉTICO
(CALZADO DEPORTIVO), INCLUYENDO ZAPATOS ATLÉTICOS,
ZAPATOS ATLÉTICOS CASUALES, BOTAS DE MONTAÑA (ES-
CALAR), BOTAS DE SNOWBOARD Y BOTAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007291-1
No. de Expediente: 2011113642
No. de Presentación: 20110158980
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de
CHONGQING CHANGAN AUTOMOBILE CO., LTD., de naciona-
lidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: AU-
TOBUSES; FURGONES (VEHÍCULOS); COCHES; CHASIS DE
VEHÍCULOS; PARABRISAS; MAQUINAS MOTRICES PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES; MOTORES PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES; AMORTIGUADORES DE SUSPENSIÓN PARA
VEHÍCULOS; RUEDAS DE VEHÍCULOS; VOLANTES PARA
VEHÍCULOS. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007295-1
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EL SUSCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, LICENCIADO CRISTIAN
ALEXANDER GUTIÉRREZ, al señor JOSÉ EMILIO ESCOBAR
SALMERON, mayor de edad, Empleado, con Documento Único de
Identidad número: Cero dos siete uno cuatro tres ocho uno - uno; y con
Número de Identifi cación Tributaria; Uno uno uno cero - uno tres cero
seis seis dos - cero cero uno - uno; quien tuvo su último domicilio en
Colonia La Pradera, Polígono A - Ocho, número quince, San Miguel,
Departamento de San Miguel.
HACE SABER: Que el Abogado GILBERTO MARINERO
CHACON, de treinta y seis años de edad, del domicilio de San Salvador,
con Tarjeta de Abogado número: Uno cuatro cinco siete cuatro; en su
calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del BANCO
PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO
PROCREDIT, S.A., Institución Bancaria, del domicilio de San Salvador,
con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce - ciento
setenta mil trescientos noventa y cinco - ciento siete - nueve, interpuso
demanda en su contra en el Proceso Ejecutivo Mercantil, clasifi cado con
Número Único de Expediente; 00989-11-PE-2CM1/PE-160-2011/R2;
presentando los siguientes documentos: a) Mutuo Simple con garantía
solidaria, por la cantidad de cinco mil dólares de los Estados Unidos de
América; b) Copia certifi cada de poder general judicial, a favor de los
abogado impetrante y otro; c) Copia certifi cada de Tarjeta de Abogado
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria a nombre del abogado impetrante
y del Banco demandante; d) Copia certifi cada de credencial de Ejecutor
de Embargos, extendida por la Sala de lo Civil de la Corte Suprema
de Justicia a favor del señor Manuel Alexander Romero Escalante; e)
Escrito presentado por el Lic. Manuel Alexander Romero Escalante, en
donde señala dirección para recibir cualquier tipo de resolución judicial,
relacionada con el proceso; f) Escrito y anexo presentado por el Lic.
Romero Escalante, en donde devuelve el mandamiento de embargo
debidamente diligenciado; documentación que juntamente con las demás
actuaciones pertinentes le será entregada al demandado al apersonarse
a esta sede judicial, ubicada en: Plaza New York, Av. Roosevelt Sur,
Pasaje Bou, No. 508, San Miguel. En razón de desconocerse su domi-
cilio y paradero, se le comunica al demandado antes mencionado, que
cuenta con DIEZ DIAS HABILES contados a partir del siguiente al de
la última publicación de este edicto, para comparecer a este juzgado a
contestar la demanda y ejercer su derecho de defensa, de lo contrario, el
proceso continuará y, tal como lo establece el Art. 186 Inciso Cuarto del
Código Procesal Civil y Mercantil, se procederá a nombrarle Curador Ad
Litem para que lo represente en el presente proceso; y para que sirva de
legal emplazamiento al demandado, señor JOSÉ EMILIO ESCOBAR
SALMERON.
Se libra el presente edicto en el Juzgado Segundo de lo Civil y
Mercantil de la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día ocho
de febrero del año dos mil doce. Lic. CRISTIAN ALEXANDER
GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
Licda. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA.
1 v. No. C007269
LICENCIADO ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE
LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA
TECLA.
HACE SABER: Que en el proceso con Referencia 102-E-2010,
ha comparecido el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, quien se
identifi ca con Tarjeta de Abogado Número ocho mil trescientos sesenta
como Apoderado General Judicial de LA HIPOTECARIA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,
con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro-cero tres
cero seis cero dos -uno cero cuatro-dos, en contra del señor CESAR
REYNALDO MERINO, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio
de La Libertad, con Documento Único de Identidad cero dos uno tres seis
tres tres siete-cuatro y con Número de Identifi cación Tributaria cero seis
cero ocho-cero nueve cero nueve seis seis-cero cero uno-cuatro, en virtud
de la obligación contraída por el demandado en un Mutuo con Garantía
Hipotecaria, que corre agregado al respectivo Juicio, pero habiéndose
realizado las diligencias pertinentes para notifi carle el decreto de embargo
al demandado señor CESAR REYNALDO MERINO, sin obtener un
resultado positivo ya que no se ha podido encontrar su ubicación, es
por lo anterior que por auto de las diez horas con diecinueve minutos
del día veintitrés de diciembre de dos mil once, se ordenó notifi car el
decreto de embargo a dicho demandado por medio de edictos, el cual
deberá publicarse por una sola vez en el Tablero Judicial de este Tribu-
nal; Asimismo una vez en el Diario Ofi cial y tres veces en un periódico
impreso de circulación diaria y nacional, de conformidad al Art. 186
del CPCM, por lo que se le previene al señor CESAR REYNALDO
MERINO, que deberá presentarse a este Juzgado a ejercer su derecho
constitucional de defensa y contestar la demanda incoada en su contra o
en caso que tuviere procurador o representante legal se presente, dentro
del término de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la
última publicación en los medios antes relacionados. Se advierte que
una vez hechas las publicaciones, si dicho demandado no comparece en
el término concedido, se le nombrará un curador ad-litem para que lo
represente en el presente proceso, de conformidad al inciso 4° del 186
del CPCM.
Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas
con diecinueve minutos del día veintitrés de diciembre de dos mil once.
Lic. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE
SANTA TECLA INTERINO. Licda. ROSA ANGELICA HERNANDEZ
EUCEDA, SECRETARIA.
1 v. No. C007273
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2011113855
No. de Presentación: 20110159406
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Banco Az-teca, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras PRESTA PRENDA y diseño, que ser-virá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007283-1
No. de Expediente: 2011113853
No. de Presentación: 20110159403
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Banco Az-teca, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras PRESTA PRENDA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007292-1
No. de Expediente: 2011113820
No. de Presentación: 20110159282
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DE LOS ANGELES GUTIERREZ VIUDA DE MENDOZA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BELE'ZZA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BELE'ZZA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra BELE'ZZA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ACADEMIAS (EDUCACIÓN), SERVICIOS DE ENSEÑANZA DE COSMETOLOGIA, ESTILIS-MO Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL RAMO DE BELLEZA, SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE TALLERES Y SEMINARIOS DE FORMACIÓN EN EL ÁREA DE COSMETOLOGIA, ESTILISMO Y BELLEZA PERSONAL. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil once.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007293-1
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2011110303
No. de Presentación: 20110152986
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: TELEMOVIL EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
GODO
Consistente en: la expresión GODO, que servirá para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007294-1
No. de Expediente: 2011114544
No. de Presentación: 20110160948
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA RUTH MARIBEL GRANADINO DE RIVERA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión foneti-k y diseño, que servirá para: AMPARAR TRADUCCIÓN ESCRITA; INTERPRETACIÓN (TRA-DUCCIÓN ORAL); CLASES DE IDIOMAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil once.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028942-1
REPOSICION DE POLIZA DE SEGUROS
AVISO
"ASEGURADORA POPULAR, S.A. ", HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑORA ANA MARGARITA CASTILLO; DEL DOMICILIO DE SANTA ANA, ACTUANDO EN CALIDAD DE APODERADA DE LA SEÑORA ANA MARGOTH MENDOZA DE MOLINA, SOLICITANDO REPOSICION DE POLIZA DE SEGU-ROS DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-10.183, EMITIDA POR ESTA COMPAÑIA A SU FAVOR CON FECHA 05 DE MARZO DE 1997. SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE AVISO NO SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA POLIZA.
SAN SALVADOR, 17 DE FEBRERO DE 2012.
JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,
SEGURO DE PERSONAS
ASEGURADOR POPULAR, S.A.
3 v. alt. No. C007258-1
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en gene-ral, que se ha presentado BERTA ALICIA VENTURA DE PARADA, del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 11432 emitida el 25/05/2007.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 20 de febrero de 2012.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C007285-1
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
RESOLUCIONES
No.T-0071-2012.- SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELEC-TRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES; San Salvador, a las nueve horas y diez minutos del día dieciocho de enero del año dos mil doce. Esta Superintendencia.
CONSIDERANDO QUE:
I. El día once de noviembre de dos mil once, el licenciado Luis Enrique Salvador Sanfeliu, actuando en calidad de represen-tante legal de la sociedad MONITOREO ELECTRÓNICO Y COMUNICACIONES, S.A. de C.V., que se abrevia MECOM, S.A. de C.V., solicitó la inscripción de ésta en el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones adscrito a la SIGET como Operador de Redes Comerciales y la concesión para la prestación del servicio público de telefonía. Para tal efecto, presentó el perfi l técnico del proyecto que pretende impulsar.
II. El día diecinueve de diciembre de dos mil once, el Registro adscrito a la SIGET informó que la sociedad MECOM, S.A. de C.V., ya se encuentra inscrita en la Sección de Personas del Sector Telecomunicaciones como Operador de Redes Comerciales.
III. La Gerencia de Telecomunicaciones de la SIGET rindió un informe técnico No. RT-749 de fecha veintiuno de diciembre de dos mil once, el cual recomienda lo siguiente: “Esta Geren-cia con base a la documentación presentada por la Sociedad MECOM, S.A. de C.V., considera que es procedente que se otorgue a dicha sociedad la Concesión del Servicio Público de telefonía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y la Ley sobre el impuesto específi co a las llamadas telefónicas provenientes del exterior que terminan en El Salvador.”
IV. Mediante la resolución No. T-0012-2012 de fecha tres de enero de este año, se requirió a la sociedad MECOM, S.A. de C.V. rindiera un depósito por la cantidad de UN MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$l,000.00), para garantizar el pago de los gastos derivados de las publicaciones, concediéndole para tal efecto, un plazo máximo de cinco días hábiles.
El depósito requerido, fue rendido por la citada sociedad el día nueve del mismo mes y año, mediante recibo de Ingreso de Tesorería de esta Institución No. 17473.
V. Respecto del otorgamiento de la concesión del servicio de te-lefonía solicitada por la sociedad MECOM, S.A. de C.V.:
Marco legal:
El artículo 4 de la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, la SIGET es la entidad compe-tente para aplicar las normas contenidas en tratados internacionales sobre telecomunicaciones vigentes en El Salvador; las leyes que rigen el sector, así como para conocer del incumplimiento de las mismas.
El artículo 1 de la Ley de Telecomunicaciones establece que corresponde a esta Superintendencia la regulación del servicio público de telefonía.
El inciso 2° del artículo 7 de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los operadores interesados en proveer los servicios de telefonía deberán solicitar a la SIGET una concesión para la explotación del servicio, la cual les será otorgada automáticamente por un plazo de treinta años con el sólo cumplimiento de los requisitos de inscripción que se establecerán en el Reglamento de dicha Ley.
De conformidad con el artículo 61 de la expresada Ley, en los casos que la Ley o el Reglamento contemple la publicación de la resolución de la SIGET, aquella deberá realizarse en el plazo de los seis días posteriores a su pronunciamiento, a costa de los interesados.
Los artículos 5 y 6 del Reglamento de la Ley de Telecomunicacio-nes establecen que las solicitudes de concesión, para efectos de registro, deberán contener la documentación que compruebe la existencia del solicitante y la capacidad legal del representante para presentar la solicitud y un perfi l técnico del proyecto de telecomunicaciones a implementar.
El artículo 7 inciso 3° del Reglamento de la Ley de Telecomunica-ciones establece que en el mismo acto de otorgamiento de la concesión para la prestación del servicio público de telefonía, la SIGET ordenará la publicación de dicha resolución conforme a lo establecido por la Ley.
Otorgamiento de la concesión:
La solicitud presentada por la sociedad MECOM, S.A. de C.V. cumplió con los requisitos señalados en las disposiciones citadas, en razón de lo cual ha sido inscrita en la Sección de Personas del Sector Telecomunicaciones como Operador de Redes Comerciales.
Asimismo, del análisis efectuado por la Gerencia de Telecomunica-ciones de SIGET al perfi l técnico del proyecto de la sociedad MECOM, S.A. de C.V., se advierte que el mismo es factible y contiene toda la documentación requerida en el Instructivo N-1-2005, “Instructivo para el Otorgamiento de las Concesiones.”
En razón de lo expuesto, es procedente otorgar a la referida socie-dad la concesión del servicio público de telefonía, bajo las condiciones siguientes:
1. Para brindar el servicio público de a usuarios, el operador concesionario deberá solicitar a la Junta de Directores de la SIGET la aprobación de sus tarifas máximas, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Telecomunicacio-nes.
2. La concesionaria deberá obedecer las normas establecidas en el Plan de Numeración. (Inciso 5° del artículo 27 de la Ley de Telecomunicaciones).
3. Las comunicaciones de telefonía internacional de salida o de entrada que deban ser terminadas en El Salvador, debe-rán necesariamente ser conmutadas a través de puntos de interconexión previamente acordados por los operadores, o a través de la propia infraestructura del operador. (Inciso 2° del artículo 48 del Reglamento de la misma Ley).
4. Como persona que realiza actividades dentro del sector de telecomunicaciones, la sociedad MECOM, S.A. de C.V. está en la obligación de brindar toda la información que sea requerida por esta Institución, conforme a los términos establecidos en el artículo 5 literal h) de la Ley de Creación de la SIGET.
5. La concesionaria deberá cumplir con lo establecido en la resolución No. T-2l3-2003 de fecha veinte de marzo del año dos mil tres, la cual prescribe lo siguiente:
a) Toda forma de establecer una comunicación de palabra o voz viva, local, nacional e internacional, a través de cualquier medio de transporte o utilizando cualquier tec-nología, debe sujetarse al ordenamiento existente sobre el servicio público de telefonía, el cual se encuentra defi nido en la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento y el Plan de Numeración Nacional, mediante la inscripción y obtención de las autorizaciones correspondientes, utili-zando el esquema de interrelación con otros operadores y usuarios, defi nido en la Ley mencionada y;
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
b) Las empresas que prestan el servicio de acceso a la red mundial conocida como Internet, los Operadores de Redes Comerciales de Telecomunicaciones y cualquier otra empresa con una orientación diferente a la del sector de telecomunicaciones, pero que pretenda prestar este servicio mediante la utilización de “Internet”, para establecer llamadas telefónicas, tanto locales como na-cionales e internacionales, deberán estarse a lo expuesto en el literal a) ya mencionado.
6. La concesión del servicio público de telefonía podrá ser revocada si no se presta el servicio de telefonía, luego de dos años de haber sido otorgada.
7. Las normas y demás que para efectos de prestación del servicio establezcan las leyes que rigen el sector telecomu-nicaciones.
Por tanto, con fundamento en lo expuesto y los artículos 1, 7, 8 y 27 de la Ley de Telecomunicaciones; 5, 6, 7 y 48 del Reglamento de la misma Ley, esta Superintendencia RESUELVE: a) Otorgar a la sociedad MECOM, S.A. de C.V., la concesión del servicio público de telefonía; b) La concesión se otorga por un plazo de treinta años contados a partir de esta fecha; c) La sociedad MECOM, S.A. de C.V., deberá cumplir las condiciones establecidas en los numerales del considerando V de esta resolución; d) Inscríbase la concesión otorgada a favor de la mencionada sociedad en la Sección de Actos y Contratos del Registro de Electricidad y Telecomunicaciones, adscrito a la SIGET; e) Publíquese la presente resolución conforme a la Ley; f) Comisiónese al Gerente Administrativo y al Jefe de la Unidad Financiera Institucional de la SIGET, para que realicen la liquidación de los gastos derivados de las publicaciones, sobre la base del depósito que rindiera la sociedad concesionaria por la cantidad de UN MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1,000.00); g) Notifíquese a la sociedad MECOM, S.A. de C.V.
Luis Eduardo Méndez M.,
Superintendente.
2 v. alt. No. F028884-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2012115655
No. de Presentación: 20120163117
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO.
ZOOID
Consistente en: la palabra ZOOID, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMA-NO Y VETERINARIO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007262-1
No. de Expediente: 2012115654
No. de Presentación: 20120163116
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO.
SIMAGEL
Consistente en: la palabra SIMAGEL, que servirá para: AMPA-RAR PRODUCTOS QUÍMICOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO Y VETERINARIO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007263-1
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2012115975
No. de Presentación: 20120163741
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO.
PASTA LASSAR
Consistente en: las palabras PASTA LASSAR, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS PARA USOS COSMÉTICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007264-1
No. de Expediente: 2012115844
No. de Presentación: 20120163498
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado IBRAHIM NASRI KURY MIGUEL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PUBLIMAX-PROMO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras voga brand y diseño, donde la palabra Voga se traduce al castellano como Moda, y la palabra Brand se traduce como Marca, que servirá para: AMPARAR: ROPA DE VESTIR. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil doce.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007306-1
No. de Expediente: 2012115099
No. de Presentación: 20120162045
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO.
GLOSSFINITY
Consistente en: la palabra GLOSSFINITY, que servirá para: AM-PARAR: JABONES DE TOCADOR, PERFUMERÍA, COSMÉTICOS, ACEITES ESENCIALES, LOCIONES CAPILARES, PREPARACIO-NES PARA LA LIMPIEZA, CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO DE LA PIEL, CUERO CABELLUDO Y CABELLO, DESODORANTES Y ANTITRANSPIRANTES PARA USO PERSONAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil doce.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028899-1
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2012115199
No. de Presentación: 20120162219
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ENDÚLZALO CON FUERZA
Consistente en: las palabras ENDÚLZALO CON FUERZA, que
servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUMERIA, ACEITES
ESENCIALES, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA
BELLEZA Y CUERPO, LOCIONES CAPILARES, CHAMPÚS Y
ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO Y PRODUCTOS
PARA ESTILIZADO DEL CABELLO, DENTIFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de enero del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028900-1
No. de Expediente: 2011112495
No. de Presentación: 20110156845
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA
BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de The
Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras POWER TRIO y diseño, en donde
POWER se traduce al castellano como PODER, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-
DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTI-
COS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028901-1
No. de Expediente: 2011112594
No. de Presentación: 20110156979
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de ALIMENTOS TRES G, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ZAASCHILA
Consistente en: la palabra ZAASCHILA, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGÚ, SUCEDANEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURAS, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CON EXCEPCION DE SALSAS PARA ENSALADAS);
ESPECIAS; HIELO; PARTICULARMENTE SALSAS PICANTES,
CONDIMENTOS Y SAZONADORES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028903-1
No. de Expediente: 2011112198
No. de Presentación: 20110156299
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de NOXELL CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LINEBLAST
Consistente en: las palabras LINEBLAST, que servirá para: AM-
PARAR: JABONES DE TOCADOR, PERFUMERIA, COSMETICOS,
ACEITES ESENCIALES, LOCIONES CAPILARES, PREPARACIO-
NES PARA LA LIMPIEZA, CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO DE
LA PIEL, CUERO CABELLUDO Y CABELLO, DESODORANTES
Y ANTITRANSPIRANTES PARA USO PERSONAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de enero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028905-1
No. de Expediente: 2011113644
No. de Presentación: 20110158987
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de MOVILWAY IP S.à.r.l., de nacionalidad LUXEMBUR-
GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra movilway, que servirá para: AMPARAR:
APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NAUTICOS, GEO-
DÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS,
DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL
(INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA-
RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN
TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON-
TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN,
TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DE SONIDO O DE IMÁGENES;
SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS;
DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y MECANISMOS PARA APA-
RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS
DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y
ORDENADORES; EXTINTORES; APARATOS TELEFÓNICOS Y DE
TELECOMUNICACIONES, TELÉFONOS MÓVILES Y FIJOS, ASÍ
COMO SUS PIEZAS, ACCESORIOS Y RECAMBIOS, TARJETAS
MAGNÉTICAS Y DE IDENTIFICACIÓN, MÓDEMS Y SOFTWARE
INFORMÁTICO. Clase: 09.
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028907-1
No. de Expediente: 2011113210
No. de Presentación: 20110158259
CLASE: 03, 09, 11,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de A.G. Professional Hair Care Products Ltd., de nacionalidad
CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO,
Consistente en: las letras AG y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES PARA CUIDADO DEL CABELLO,
ESPECÍFICAMENTE CHAMPÚS, ACONDICIONADORES,
ENJUAGUES, GELES, SPRAYS PARA ESTILIZAR, ESPUMAS
PARA ESTILIZAR, GELES PARA ESTILIZAR, PASTAS PARA
ESTILIZAR, SUEROS, CREMAS, GELES LÍQUIDAS, POMADAS,
PREPARACIONES PARA CABELLO PARA ONDULADO PER-
MANENTE, ACTIVADORES DE RIZOS, UNGÜENTOS PARA
CABELLO, LOCIONES PARA FIJAR CABELLO, ALISADORES
PARA CABELLO, FORMULACIONES PARA ESTILIZAR Y DAR
FORMA AL CABELLO, LOCIONES PARA ESTILIZAR EL CABE-
LLO, FORMULACIONES PARA TRATAMIENTO DEL CUERO
CABELLUDO E HIDRATACIÓN DEL CABELLO, CERAS PARA
EL CABELLO, RESINAS MOLDEADORAS, LACAS EN AEROSOL,
FORMULACIONES PARA LIMPIEZA DEL CABELLO, REALZA-
DORES PARA DAR ELASTICIDAD AL CABELLO, REALZADO-
RES PARA RESISTENCIA Y BRILLO DEL CABELLO, AGENTES
PARA MEJORAR LA TEXTURA DEL CABELLO, REALZADORES
PARA DEFINICIÓN DE RIZOS, LOCIONES PARA EL SECADO
DEL CABELLO, Y ATOMIZADORES (SPRAY)TÉRMICOS PARA
CABELLO; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL,
ESPECÍFICAMENTE LOCIONES HIDRATANTES Y PROTEC-
TOR SOLAR. Clase: 03. Para: AMPARAR: APARATOS PARA EL
CUIDADO DEL CABELLO, ESPECÍFICAMENTE, PLANCHAS
ALISADORAS Y TENAZAS RIZADORAS PARA EL CABELLO
(ELÉCTRICA). Clase: 09. Para: AMPARAR: APARATOS PARA EL
CUIDADO DEL CABELLO, ESPECÍFICAMENTE SECADORES DE
CABELLO. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028909-1
No. de Expediente: 2011111756
No. de Presentación: 20110155473
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de THE COLOMER GROUP SPAIN, S.L., de nacionalidad
ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
UNIQ ONE
Consistente en: La expresión UNIQ ONE, la palabra one se traduce
al castellano como: uno, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIO-
NES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO; LOCIONES PARA EL
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
CUIDADO DEL CABELLO; CHAMPÚS; ACONDICIONADORES;
MASCARAS DE PELO; GELES PARA CABELLO; ESPUMAS PARA
EL CABELLO; SPRAY PARA EL CABELLO; ACEITES PARA
EL CABELLO; PREPARACIONES PARA TEÑIR EL CABELLO;
PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO; Y PREPA-
RACIONES NO MEDICADAS PARA EL TRATAMIENTO DEL
CABELLO PARA FINES COSMÉTICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028912-1
No. de Expediente: 2011113756
No. de Presentación: 20110159173
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de LABORATORIOS STEIN, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
STEIN ETORICOX
Consistente en: las palabras STEIN ETORICOX, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACEUTICO ANALGESICO
ANTIINFLAMATORIO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028915-1
No. de Expediente: 2011113639
No. de Presentación: 20110158977
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
de THE GILLETTE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
BODYSENSE
Consistente en: la palabra BODYSENSE, que servirá para: AM-
PARAR: MAQUINILLAS DE AFEITAR Y HOJAS DE AFEITAR;
DISPENSADORES, CINTAS, CAJITAS, Y CARTUCHOS, TODOS
CONTENIENDO HOJAS DE AFEITAR; Y PARTES ESTRUCTU-
RALES DE ESTOS. Clase: 08.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028918-1
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
ACEPTACION DE HERENCIA
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al
público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día vein-
ticinco de enero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente
con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción
dejó el causante señor JOSE SANTIAGO LAZO BLANCO, quien fue
de cincuenta y siete años de edad, agricultor, soltero, y fallecido el día
siete de septiembre de dos mil seis, siendo la ciudad de San Miguel el
lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA ANTONIA
LAZO GARCIA, como hija sobreviviente del causante, confi riéndose
en el carácter indicado la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel: a las once horas seis minutos del día veinticinco de
enero de dos mil doce.LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,
JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE
JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007164-2
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA. DEPAR-
TAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a
las quince horas y veinte minutos de este día; se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor LUCAS
ANTONIO JOYA RAMOS, de treinta y seis años de edad, locutor, del
domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número
cero dos millones quinientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta y
cuatro; de la herencia que en forma intestada dejó la causante SANTOS
LIDIA JOYA, quien fue de setenta años de edad, soltera, de ofi cios
domésticos, del domicilio de esta ciudad, hija de MARÍA ARCADIA
JOYA; quien falleció a las doce horas treinta minutos del día treinta de
octubre del año dos mil seis, en el Cantón El Triunfo de la jurisdicción
de esta ciudad, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hijo
del referido causante. A quien se le ha conferido en la calidad expresada,
la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y
cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a
las quince horas y treinta minutos del día seis de octubre de dos mil
ocho. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1 a.
INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007168-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y diez minu-
tos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario la herencia intestada que dejó el señor GREGORIO ARIAS,
quien falleció el día veintiséis de septiembre de mil novecientos ochen-
ta y nueve, en el Caserío El Tejar, Cantón El Pastor, Jurisdicción de
Yayantique, Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su
último domicilio, de parte de la señora MARTA ISABEL ARGUETA,
en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a la señora, Dora Alicia Arias Argueta, como hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintitrés días del
mes de enero de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007169-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cinco
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con be-
nefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor Alfonso
Raimundo Hernández, conocido por Alfonso Raimundo, quien falleció
el día veintiséis de mayo de mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio
San Jacinto, Jurisdicción de Yayantique, Distrito y Departamento de
La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de los señores
Vilma Raimundo Hernández, Holga Raimundo Hernández Viuda de
Nájera, conocida por Holga Raimundo Hernández y por Holga Raimundo
Hernández de Nájera, y María Irma Raimundo de Nájera conocida por
María Irma Raimundo Hernández, en calidad de hijos del causante.
Y se le ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes
de enero de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007170-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y treinta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSE
CONCEPCION RODRIGUEZ AGUILAR, conocido por CONCEP-
CION DIMAS RODRIGUEZ y CONCEPCION RODRIGUEZ, quien
falleció el día uno de Agosto de dos mil diez, en el Barrio La Cruz, de
Yayantique, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domi-
cilio; de parte de la señora MARIA SARA GARCIA DE RODRIGUEZ
conocida por MARIA SARA GARCIA y SARA GARCIA VICENTE,
en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confi érese a dicha
aceptante, en el carácter indicado, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores
de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintitrés días del
mes de enero del dos mil doce.LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007171-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor ATILIO
GARCIA, quien falleció el día ocho de mayo de mil novecientos no-
venta y nueve; en el Barrio El Calvario, Yayantique, Departamento de
La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora
OLGA GUADALUPE GARCIA ALVARADO, Conocida por OLGA
GUADALUPE ALVARADO GARCIA, en calidad de hija del causan-
te.
Confi érese a dicho aceptante en la calidad antes mencionada, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticinco días
del mes de noviembre del dos mil once. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007172-2
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con treinta
minutos del día de hoy, dictada por este Juzgado se ha tenido por aceptada
y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante MARIANO PALMA ALVARADO, conocido por
MARIANO PALMA, quien falleció a las seis horas del día quince de
octubre de mil novecientos noventa y cinco, en el Desvío El Terreno,
de la población de Las Vueltas, municipio de este Departamento, sien-
do dicha población su último domicilio; de parte de la señora MARIA
TEODOLINDA ORTIZ VIUDA DE PALMA, en su calidad de cónyuge
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos heredita-
rios que en la misma sucesión le correspondían a los señores MIRNA
ARASELY PALMA DE ORELLANA, NERIS, OLGA ARICELA,
YANIRA, MARIO WILBER, ROSA ELIZABETH, OMAR y BETTY,
a excepción de la primera, todos de apellidos PALMA ORTIZ, en sus
calidades de hijos sobrevivientes del citado causante.
Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-
tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera lnstancia de Chalatenango, a
las nueve horas con cuarenta minutos del día trece febrero del dos mil
doce. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028423-2
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince minutos
del día cuatro de noviembre de dos mil once, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las diecisiete horas del día uno de noviembre de mil
novecientos noventa y siete, en Cantón Texispulco de la Jurisdicción de
San Pedro Puxtla, su último domicilio dejó la causante señora MARIA
AGUEDA OSORIO GARZONA conocida por MARIA AGUEDA
OSORIO DE GUTIERREZ ARANA, y MARIA AGUEDA OSORIO;
de parte del señor REMBERTO LEOHAN GUTIERREZ conocido por
REMBERTO LEODAN GUTIERREZ y por REMBERTO LEODAN
GUTIERREZ GUTIERREZ, en concepto de cesionario de los derechos
hereditarios que le correspondían a la señora PETRONA GUTIERREZ
ARANA en calidad de hija de la causante, y se ha nombrado interinamente
al aceptante representante y administrador de la sucesión con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas diecisiete
minutos del día cuatro de noviembre de dos mil once. DR. JULIO CE-
SAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ROBERTO ZEPEDA
SALAZAR, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F028431-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor EPIFANEO
ANTONIO PEREZ CONSTANCIA, conocido por EPIFANEO ANTO-
NIO PEREZ y por EPIFANIO ANTONIO PEREZ CONSTANCIO,
quien falleció el día veintiocho de Julio del dos mil once, en el Cantón
El Carmen, Jurisdicción de Yucuiquín, Departamento de La Unión,
de parte de la señora MARIA DEL CARMEN PEREZ DE AVILES o
MARIA DEL CARMEN PEREZ, en calidad de hija del causante.
Confi érese a dicha aceptante, en el carácter indicado, la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintitrés días del
mes de enero del dos mil doce.LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028470-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, LICENCIA-
DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ: Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con veinte
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el causante
señor MAURO ADÁN SIGARÁN ORANTES conocido por MAURO
ADÁN SIGARáN, al fallecer el día veintitrés de julio del año dos mil
once, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz de la
ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Usulután su último domicilio;
de parte del señor HENRY LEOPOLDO ROSALES SIGARÁN, en
calidad de hijo y como Cesionario de los derechos hereditarios que le
correspondían al señor Miguel Angel Orantes, este último en calidad de
padre del causante.
Confi érasele al aceptante antes dicho la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos
respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para
que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a
partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en
el Diario Ofi cial.
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días
del mes de enero del año dos mil doce.LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H.,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028486-2
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día se ha
tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE
INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora
ANA OFELIA RIVERA, conocida por OFELIA RIVERA, al fallecer el
día nueve de noviembre del año dos mil nueve, en el Cantón Las Tran-
cas. jurisdicción de Ozatlán siendo ese el lugar que tuvo como último
domicilio, de parte del señor JOSE RODRIGO RIVERA en calidad de
hijo de la causante y además como cesionario del derecho hereditario
que le correspondía a las señoras CARMEN MARIBEL RIVERA Y
ANA JULIA RIVERA como hijas de la misma causante.
Confi riéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen-
tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de Quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce. LIC. JOSE
ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028487-2
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas
con veinte minutos del día treinta y uno de enero de dos mil doce, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó la señora Rosalina Portillo
de Morán, conocida por Rosalía Espinosa Portillo, Rosalía Espinoza
Portillo, Rosalína Espinoza Portillo, Rosalía Portillo de Morán, Ro-
salía Portillo, Rosalía de Portillo, Rosalina Portillo, Rosalía Espinoza,
Rosalía Rosalía de Portillo, Rosalina Portillo viuda de Morán, Rosalina
Portillo hoy viuda de Morán, Rosalina Portillo de Morán hoy viuda de
Morán, Rosalía Portillo hoy viuda de Morán, Rosalía Espinoza Portillo
hoy viuda de Morán, habiendo fallecido el día veinte de diciembre de
mil novecientos noventa y ocho, siendo la ciudad de Tonacatepeque
su último domicilio, de parte de la señora Marta Morán de Escobar, en
calidad de hija de la causante.
Y se le ha conferido la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario
Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a
los seis días del mes de febrero de dos mil doce. LICDA. MARGARITA
DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F028508-2
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas treinta y
cinco minutos del día veinte de enero del año dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada dejada por la señora María Alvarez quien fue conocida por
María Santos Alvarez, María Santos Alvarez Ramírez y por María Santos
Alvarez de Alvarez, fallecida el día cinco de junio del año dos mil tres,
en esta ciudad, siendo el lugar de su último domicilio la población de
Santa Catarina Masahuat, jurisdicción de este Departamento, de parte
del señor José Reinoldo Vásquez Molina, en su concepto de cesionario
de los Derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspon-
dían a los señores Carlos Gilberto Alvarez, Alirio Kennedy, Zeth, Alba
Elizabeth, Lorena Abella, todos Alvarez Alvarez y Hegla Alvarez de
Vásquez, el primero en concepto de cónyuge sobreviviente y los demás
en concepto de hijos, todos de la referida Causante. -
Y se le ha conferido al Aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas del día veinte
de enero del año dos mil doce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA DEL
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028517-2
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las doce horas quince minutos del día veintisiete de octubre del dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora ORDELINA FLOREZ, conocida por ORBELINA FLORES, FIDELINA SALAZAR TORRES, FIDELI-NA SALAZAR, FIDELINA ZALAZAR y por FIDELINA SALAZAR ALVARENGA, fallecida el día veinte de septiembre del dos mil cinco, siendo la población de Nahulingo, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores ANA CECILIA SALAZAR, MARIA GUADALUPE SALAZAR ROMERO, CARLOS SALVADOR SALAZAR MINEROS, JOSE ROBERTO FLORES FUENTES y CARLOS MAURICIO FUEN-TES FLORES, en concepto de hijos todos de la causante.
Se ha conferido a la aceptante la Administración y Representación Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día doce de diciembre del dos mil once. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028521-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las doce horas del día diecinueve de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de-jada por el señor ANCELMO GARCIA MENDEZ, quien fue conocido por ANCELMO GARCIA, ANSELMO GARCIA y por ANSELMO GARCIA MENDEZ, fallecido el día nueve de abril del dos mil siete, en el Caserío Los Shulles, Cantón Cuyuapa, Jurisdicción de Santa Catarina Masahuat, siendo la población de Santa Catarina Masahuat, su último domicilio, de parte del señor JORGE ALBERTO MENDEZ GARCIA, como hijo y además como cesionario de los derechos hereditarios que en la referida herencia les correspondían a los señores ORBELINA MENDEZ GARCIA y SERVELIO MENDEZ GARCIA, éstos como hijos del causante.
Y se ha conferido al aceptante la Administración y Representación Interinas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas treinta y cinco minutos del día veintinueve de agosto del dos mil once.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028524-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y quince mi-nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Testada dejada a su defunción por la causante
señora MARÍA ANTONIA MENDOZA MARTÍNEZ, al fallecer el día veintidós de septiembre del año dos mil once, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de Santa María, su último domicilio; de parte del señor ADÁN MENDOZA MARTÍNEZ ARIAS, conocido por ADÁN MENDOZA MARTÍNEZ, en calidad de heredero testamentario de la causante.
Confi érasele al aceptante antes dicho la Administración y Repre-sentación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H., SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028537-2
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor FIDEL LOZA, conocido por FIDEL LOZA MARTINEZ, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario del municipio de Moncagua, departamento de San Miguel, hijo de Fidel Natividad Loza y María de la Paz Martínez; fallecido a las cuatro horas y treinta minutos del día uno de julio del año de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Los Ejidos, de la Jurisdicción de Moncagua, departamento de San Miguel, siendo dicho municipio su último domicilio; de parte del señor JOSÉ ALFREDO LOZA NAVARRETE, en calidad de hijo del causante, y como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores FIDEL ÁNGEL LOZA NAVARRETE, JOSÉ ADÁN LOZA NAVARRETE, MARÍA ÁNGELA LOZA NAVARRETE y BLANCA LILA NAVARRETE Viuda DE LOZA, los primeros tres en calidad de hijos del causante, y la última en calidad de cónyuge del causante.
Se le ha conferido al aceptante en el carácter aludido, la Adminis-tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, y se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: SAN MIGUEL, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de febrero del dos mil doce.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SE-CRETARIA.
3 v. alt. No. F028557-2
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de la señora NICOLASA SORTO DE MARADIAGA, de setenta y un años de edad, doméstica, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres guión cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos cuatro guión cero veinte mil doscientos cuarenta guión ciento uno guión dos; la he-rencia que en forma intestada dejó la señora NATIVIDAD DE JESUS SORTO, quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltera, doméstica, originaria y del domicilio de Guatajiagua, Departamento de Morazán; de nacionalidad salvadoreña, hija de la señora NICOLASA SORTO, quien falleció a las ocho horas del día tres de junio de dos mil siete; en el Barrio El Calvario de Guatajiagua, departamento de Morazán; siendo este lugar su último domicilio; en concepto de hija de la causante.
Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la Administración y Representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este dicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y diez minutos del día nueve de febrero de dos mil doce. LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028574-2
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día tres de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante OSCAR ANTONIO ALVARADO MARTINEZ, quien falleció a las dieciséis horas del día uno de agosto del año dos mil ocho, en el Cantón Santa Anita, Jurisdicción de Mercedes Umaña, su último domicilio, de parte del señor VICENTE ALBERTO ALVARADO MARTINEZ, en calidad de hermano del causante.
Confi riéndole a la aceptante antes mencionada la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las once horas y veinticinco minutos del día tres de noviembre del año dos mil diez.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028580-2
ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince minutos del día ocho de febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario de parte de la señora AGUSTINA OLIVA, mayor de edad, vendedora, del domicilio de Zacatecoluca, departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad número cero un millón ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis-cuatro y Número de Identifi cación Tributaria número un mil once-cero setenta mil trescientos sesenta y cinco-ciento dos-ocho, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora NICOLASA OLIVA, quien fue de noventa años de edad, doméstica, soltera, salvadoreña, fallecida el día trece de diciembre del año dos mil nueve, en el Barrio San José Pasaquina, de la ciudad de Tecoluca, departamento de San Vicente, siendo este último el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante.
Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil doce.- DRA. ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028590-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas y treinta minutos del día trece de diciembre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que al fallecer a las doce horas del día uno de noviembre del año dos mil siete, en el Hospital Nacional de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio la Ciudad de Pasaquina, dejara el causante FIDEL ANTONIO CÁNDIDO RODRÍGUEZ, a favor del señor JOSÉ MARDOQUEO RODRÍGUEZ; en concepto de hermano del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 3° del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió al aceptante en el carácter dicho la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil once.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. FERMIN ALEXANDER MEDRANO MEDRANO, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F028614-2
ARTURO DERMIDIO GUZMÁN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-fi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor CALIXTO BENÍTEZ RUBIO, conocido por CALIXTO BENÍTEZ, quien falleció el día veintidós de junio de dos mil once, en el Hospital San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo la Residencial San Benito, Colonia Bella Vista, Jurisdicción de Conchagua, Distrito y Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de la señora GUILLERMINA DEL CARMEN REYES RUBIO, conocida por GUILLERMINA DEL CARMEN REYES, en calidad de hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil once.- LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMÁN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028615-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA GRACIELA MORALES ESCOBAR, conocida por MARIA GRACIELA MORALES y por GRACIELA MORALES, que falleció el día treinta y uno de mayo de mil novecientos ochenta y nueve, en el Barrio San José de San Rafael Obrajuelo, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de la señora JOSEFA AYALA DE GOMEZ, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía a REINA DEL CARMEN MORALES DE AGUIRRE o REINA DEL CARMEN MORALEZ, e ISABEL AMILCAR MORALES, hijos de la fi nada.
Y se ha nombrado a la aceptante, Interinamente Administradora y Representante de la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028618-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE PERFECTO PAREDES, que falleció el día doce de agosto de dos mil once, en el Hospital Nacional Santa Teresa, de esta ciudad, habiendo tenido en Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último do-micilio, por parte de la señora ESPERANZA DE JESUS PALACIOS DE PAREDES o JESUS ESPERANZA PALACIOS o ESPERANZA DE JESUS PALACIOS, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante Interinamente Administradora y Representante de la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028632-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado por sí y por escrito el señor MIGUEL GALVEZ FERNANDEZ, mayor de edad, de este domicilio, solicitando se expida a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Socorro, de esta Jurisdicción, compuesto de CUATRO MIL DOSCIENTOS UNO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, linda con solar de Candelaria López Pérez, José López Pérez y Reyes López; AL ORIENTE, con José Antonio Gálvez Pérez y Alba Miriam Fernández, Calle Nacional de por medio; AL PONIENTE, linda con José Luis Hernández Pérez, y AL SUR, linda con Jesús Preza Ortiz, Ana Gloria Mariona de Preza, Víctor López, Ri-goberto Sánchez Cornejo, Jesús Pérez Ortiz y Pablo Preza Ortiz. El solar descrito no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión con nadie. Lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES. Lo hubo por compra que hizo a la señora Josefi na Mariona Mena de Hernández, quien es mayor de edad y de este domicilio. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Antonio Masahuat, quince de febrero de dos mil doce.- ARMANDO VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- EDGAR NAPOLEON MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028424-2
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado por sí y por
escrito el señor JESUS PREZA ORTIZ, quien actúa en nombre y repre-
sentación de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL DEL
CANTÓN EL SOCORRO, mayor de edad, de este domicilio, solicitando
se expida a favor de su representada TITULO DE PROPIEDAD, de un
inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón El Socorro, de
esta jurisdicción, compuesto de un área de CIENTO CUARENTA Y
CUATRO METROS SESENTA Y OCHO DECIMETROS TREINTA Y
NUEVE CENTIMETROS TODOS CUADRADOS, el cual se describe
así: AL NORTE, linda con Inmueble de Santiago Gálvez Hernández; Al
ORIENTE, con Rosa Angélica Fernández de Obispo y Tomás Fernández
Pérez, Calle Nacional de Por medio; AL PONIENTE, linda con Pablo
Delmirio Cruz Matamoro y Juana López Pérez, y AL SUR, linda con
Blanca Zonia López Ardón. El solar descrito no es sirviente ni dominante,
no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión con nadie.
Lo valúa en la cantidad de MIL DOLARES. Lo hubo por compra
que hizo su representada a los señores Victoria Escobar López, Antonio
Fernández y Carlos Escobar López, quienes son mayores de edad. Los
colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Antonio Masahuat, quince de febrero de
dos mil doce.- ARMANDO VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.-
EDGAR NAPOLEON MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028425-2
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
AVISA: Que la señora TERESA HERNANDEZ DE LOPEZ,
solícita el TITULO DE PROPIEDAD de un terreno rústico situado
en el Cantón San Isidro, jurisdicción de Santa María Ostuma, de una
extensión superfi cial de QUINIENTOS CUARENTA Y UN METROS
VEINTIOCHO DECIMETROS OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS
CUADRADOS, Cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: con
terreno de Isabel Cruz; AL ORIENTE: con terreno de Juan Hernández
Cruz; AL SUR: con terrenos de Agapito Hernández Panameño y Jorge
Alberto Mena; y AL PONIENTE: con terreno de Adelia Hernández
de Pérez; físicamente goza de y está afectada por una servidumbre de
tránsito de un metro cincuenta centímetros de ancho hasta salir al camino
vecinal; lo valúa en mil dólares de los estados Unidos de Norteamérica,
los colindantes son de este domicilio.- Y lo hubo por compra a Gerardo
Hernández.
ALCALDIA MUNICIPAL; Santa María Ostuma, diecinueve de
Diciembre de dos mil once.- Lic. ELSA ANTONIA GUEVARA DE
MELCHOR, ALCALDESA MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO
AVALOS, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028642-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
AVISA: Que los señores LORENA DE JESUS RAMIREZ DE
HERNANDEZ y RUBEN ANTONIO HERNANDEZ RAMIREZ, solici-
tan el título de propiedad de un inmueble situado en el Barrio El Calvario,
de esta Jurisdicción, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS
OCHENTA Y CINCO METROS SESENTA Y DOS CENTIMETROS
CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL NORTE: María Felícita
Mejía Bayona; AL ORIENTE: Ana del Rosario Martínez de Rodríguez;
AL SUR: Berta Amaya Orellana viuda de Gálvez calle al cementerio de
por medio; Y AL PONIENTE: Antonia Jiménez viuda de Ventura.- No
tiene cargas reales; lo valúa en seis mil dólares, los colindantes son de
este domicilio. Y lo hubo por compra a Alfonso Zelaya.
ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: San
Pedro Nonualco, diecisiete de febrero de dos mil doce.- Lic. SERGIO
ANTONIO ORELLANA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE
ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028643-2
TITULO SUPLETORIO
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
TELVA BELTRANIA MARTINEZ GUEVARA, como Apoderada
General Judicial de la señora REINA ASUCENA LOVOS LEMUS, a
solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: un inmueble de
naturaleza rústica, situado en el Cantón Piedra Parada, jurisdicción del
Municipio de San Isidro, Departamento de Morazán, dicho terreno es
de la extensión superfi cial de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
AL ORIENTE, cuarenta y un metros, lindando con Marcos Franco; AL
NORTE, setenta y cinco metros, linda con el señor Lino Franco; AL
PONIENTE, treinta y siete metros, linda con propiedad de la señora
Esperanza Guevara; y AL SUR, sesenta y tres metros linda con propie-
dad del señor Fidencio Franco, en el inmueble antes descrito existe una
construcción de bahareque.- Valuado dicho inmueble por la cantidad de
UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
adquirió dicho inmueble por medio de Escritura Pública de Posesión
Material que le efectuó el señor Juan Marcial Lovos.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las diez horas y cincuenta minutos del día veinticinco de Octubre
de Dos Mil Once.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2º de 1ª INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028604-2
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentaron el Doctor ADOLFO MENDOZA VÁSQUEZ y el Licenciado JAIME MIGUEL MENDOZA ALVAREZ, en su calidad de Apoderados del señor RAFAEL ANTONIO ARGUETA CHAVEZ conocido por RAFAEL ANTONIO CHÁVEZ, de cincuenta años de edad, Agricultor, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero un millón doscientos veintisiete mil trescientos treinta y cinco guión cero, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Laredos, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: treinta metros, colinda con inmuebles propiedad de los señores Miguel Ángel Gutiérrez y Juan Esteban Serrano Hernández, cerco de piedra propiedad del solicitante; AL ORIENTE: treinta metros, colinda con inmueble propiedad del señor Luis Alfredo Villanueva Quiroz, cerco de piedra propiedad del solicitante; AL SUR: treinta metros, Calle Laredos de por medio, colinda con inmueble propiedad de la señora Paula Pérez Mendoza; y AL PO-NIENTE: treinta metros, colinda con inmueble propiedad de la señora María Ester Zelaya, cerco de piedra propiedad del solicitante.- En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor, ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante Escritura Pública de compra venta de la posesión material que le otorgó a su favor la señora OLGA ENCARNACION PORTILLO DE ZELAYA, mayor de edad, Profesora en Educación Primaria, de este domicilio, en esta ciudad a las once horas del día uno de julio del año dos mil dos, ante los ofi cios del notario Adolfo Mendoza Vásquez.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesora data más de treinta y siete años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los trece días del mes de febrero del año dos mil doce. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028608-2
SEÑOR: MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, Alcalde Municipal del Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor FELI-PE DE JESUS COLORADO PEREZ, de ochenta y siete años de edad, Carpintero, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad cero uno cero cero siete dos ocho ocho-nueve, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro tres cero- cero uno cero cinco dos cuatro- uno cero uno- cero, en su concepto SOLICITA Título de Dominio de un inmueble de naturaleza
urbano, Ubicada en el Barrio El Centro, Cuarta Avenida Norte, Munici-pio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS NUEVE PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente: AL ORIENTE: en tres tiros, el primero de norte a sur mide cinco punto setenta metros, el segundo con defl exión de oriente a poniente, mide tres punto treinta metros, y el tercero de norte a sur, mide nueve punto sesenta metros, colinda con propiedad de Florentino Pérez antes, hoy de Alfonso Melara Vásquez, comenzando de una piedra pacha enterrada esquina en línea recta a otra piedra enterrada; AL NORTE: mide dieciséis metros, colinda con solar y casa de Fulgencio Jiménez, antes, hoy con Héctor Manuel Jiménez y Renato Rodil Pérez, de la piedra enterrada esquinera, recto a otra piedra enterrada que está a la Orilla de la Calle; AL PONIENTE: mide trece metros, Colinda con Bartola Pérez y Anastasio Orellana, hoy con Luis Salguero y Saúl Venancio Salguero, calle de por medio; y AL SUR: mide catorce metros, colinda con Sucesión de Catarino Pérez, de la piedra enterrada dicha que hace esquina por la medianía de un empedrado o Sangradera que hay entre ambas casas a la piedra pacha donde se comenzó. Dicho inmueble tiene construida una casa de paredes de ladrillo y techo de tejas. Se aclara que dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, y goza de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, lo valora en el precio de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Dicho inmueble lo adquirí por compra-venta que le hizo al señor ROSENDO VIDES, según escri-tura pública número Ciento veintiséis, del Libro Décimo, otorgada en la ciudad de Chalatenango, a las ocho horas del día veintidós de junio de mil novecientos setenta y siete, ante los ofi cios Notariales de José Nicolás Menjívar.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, a los catorce días del mes de febrero de dos mil doce. MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL. ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028625-2
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1990002608
No. de Presentación: 20120162233
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-RIA CELINA MEJIA DE SILHY, mayor de edad, DOCTOR(A) EN QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de MARCELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA; solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00225 del Libro 00005 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BRODILAT"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
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Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007111-2
No. de Expediente: 1990002607
No, de Presentación: 20120162236
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-
RIA CELINA MEJIA DE SILHY, mayor de edad, DOCTOR(A) EN
QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SAN SALVADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de MARCELI,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de
ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00226 del Libro 00005 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "MARCECOL"; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007112-2
No. de Expediente: 2001016448
No. de Presentación: 20110159100
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SARA LEE/DE N.V., del domicilio de Vleutensevaart 100 3532 AD UTRECHT, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00006 del Libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Un círculo que asemeja a un medallón de fondo color gris, delineado en color negro que dentro de él hay otro círculo también delineado en color negro que contiene en su parte inferior el diseño de una taza delineada en color negro, de la taza sale humo formando la fi gura de una cara de una mujer con sus ojos cerrados delineada en color negro. Debajo del círculo se encuentra una franja rectangular gruesa en forma ondulada de fondo gris. En la esquina inferior derecha y arriba de la franja rectangular está un círculo en forma ondulada delineado en gris y fondo color gris obs-curo que contiene un círculo delineado en negro y blanco que contiene en su parte central superior la palabra ANNO en color gris más claro y mayúscula debajo de ésta se encuentra la letra D E escritas en tipo bloque, mayúscula y delineada en negro y fondo blanco, separadas por el diseño de un rombo en color blanco que forma parte de la marca; debajo de todo lo anterior están los números 1753 en color gris; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007113-2
No. de Expediente: 2001016447
No. de Presentación: 20110159105
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SARA LEE/DE N.V,, del domicilio de Vleutensevaart 100 3532 AD UTRECHT, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00224 del Libro 00148 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Un círculo que
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asemeja a un medallón color dorado, delineado en color café que dentro de él hay otro círculo también delineado en color café, que contiene en su parte inferior el diseño de una taza delineada en color caté de la taza sale humo y del humo se forma la fi gura de una cara de una mujer con sus ojos cerrados delineada en color café. Debajo del círculo se encuentra una franja rectangular gruesa en forma ondulada en color dorado. En la esquina inferior derecha está un círculo en forma ondulada delineado en dorado y fondo color rojo que contiene un círculo delineado en dorado que contiene en su parte superior la palabra ANNO en color dorado y mayúscula debajo de ésta se encuentra las letras D E escritas en tipo bloque, mayúscula y delineada en negro y fondo blanco, separadas por el diseño de un rombo en color blanco que forma parte de la marca, debajo de todo lo anterior están los números 1753 en color dorado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007114-2
No. de Expediente: 2001016449
No. de Presentación: 20110159098
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SARA LEE/DE N.V., del domicilio de Vleutensevaart 100 3532 AD UTRECHT, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00192 del Libro 00154 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Un círculo que asemeja a un medallón de fondo color gris, delineado en color negro que dentro de él hay otro círculo también delineado en color negro que contiene en su parte inferior el diseño de una taza delineada en color negro, de la taza sale humo y del humo que sale de ella se forma la fi gura de una cara de una mujer con sus ojos cerrados delineada en color negro. Debajo del círculo se encuentra una franja rectangular gruesa en forma ondulada en color gris. En la esquina inferior derecha está un círculo en forma ondulada delineado en negro y fondo color gris que contiene un círculo delineado en negro que contiene en su parte superior la palabra ANNO en color gris más claro y mayúscula, debajo de ésta se encuentra la letra D E escritas en tipo bloque, mayúsculas y delineada en negro y fondo blanco, separadas por el diseño de un rombo en color blanco que forma parte de la marca, debajo de lo anterior están los números 1753 en color gris claro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007115-2
No. de Expediente: 2001012945
No. de Presentación: 20110159322
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, del domicilio de ONE MICROSOFT WAY, REDMOND, WASHINGTON 98052-6399, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00138 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISEÑO DE UNA BANDERA QUE TIENE LA FORMA DE UN CUADRADO, CON LA PECULIARIDAD QUE LOS LADOS SUPERIOR E INFERIOR SON LINEAS CURVAS QUE SEMEJAN UNA BANDERA ONDEANTE, TIENE FONDO COLOR NEGRO Y LINEAS HORIZONTALES PARALELAS BLANCAS QUE LLENAN TODA LA BANDERA; SOBRE ESTAS LINEAS SE ENCUENTRA EL DISEÑO DE DOS FRANJAS SUPERPUESTAS, UNA VERTICAL Y LA OTRA HORIZONTAL, EN COLOR BLANCO, ESTA ULTIMA ES UNA LINEA CURVA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007116-2
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No. de Expediente: 2001012944
No. de Presentación: 20110159320
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, del domicilio de ONE MICROSFOT WAY, REDMOND, WASHINGTON 98052-6399 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00185 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISEÑO DE UNA BANDERA QUE TIENE LA FORMA DE UN CUADRADO, CON LA PECULIARIDAD QUE LOS LADOS SUPERIOR E INFERIOR SON LINEAS CURVAS QUE SEMEJAN UNA BANDERA ONDEANTE, TIENE FONDO COLOR NEGRO Y LINEAS HORIZONTALES PARALELAS BLANCAS QUE LLENAN TODA LA BANDERA; SOBRE ESTAS LINEAS SE ENCUENTRA EL DISEÑO DE DOS FRANJAS SUPERPUESTAS, UNA VERTICAL Y LA OTRA HORIZONTAL, EN COLOR BLANCO, ESTA ULTIMA ES UNA LINEA CURVA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007117-2
No. de Expediente: 2001012946
No. de Presentación: 20110159321
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, del domicilio de ONE MICROSOFT WAY, REDMOND, WASHINGTON 98052-6399, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00186 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISEÑO DE UNA BANDERA QUE TIENE LA FORMA DE UN CUADRADO, CON LA PECULIARIDAD QUE LOS LADOS SUPERIOR E INFERIOR SON LINEAS CURVAS QUE SEMEJAN UNA BANDERA ONDEANTE, TIENE FONDO COLOR NEGRO Y LINEAS HORIZONTALES PARALELAS BLANCAS QUE LLENAN TODA LA BANDERA; SOBRE ESTAS LINEAS SE ENCUENTRA EL DISEÑO DE DOS FRANJAS SUPERPUESTAS, UNA VERTICAL Y LA OTRA HORIZONTAL, EN COLOR BLANCO, ESTA ULTIMA ES UNA LINEA CURVA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007118-2
No. de Expediente: 1980001098
No. de Presentación: 20110159091
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de H.B. Fuller Company, del domicilio de 1200 Willow Lake Boulevard, Saint Paul, Minnesota 55110-5101, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVA-CION, para la inscripción Número 00140 del Libro 00091 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en Un diseño constituido de tres segmentos irregulares, azules, el inferior en forma de casquete, el de en medio sugiere un rectángulo, pero con su lado menor, izquierdo, ligeramente curvo, el superior de dos líneas rectas y una curva que confi guran dos ángulos rectos y uno agudo. Dichos elementos están separados entre sí por espacios blancos y sus vértices al lado izquierdo, podrán unirse por la curva ideal; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007119-2
No. de Expediente: 2000009217
No. de Presentación: 20110157966
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS VANYPLAS SOCIE-DAD ANONIMA, del domicilio de CALLE 21 No. 69B-58 SANTAFE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00218 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en CONSISTE EN LA ETIQUETA RECTANGULAR DE FONDO COLOR NEGRO, CON ESQUINAS BORDEADAS, QUE EN SU PARTE CENTRAL CONTIE-NE UN RECTANGULO TAMBIEN DE ESQUINAS BORDEADAS CON FRANJAS HORIZONTALES QUE, DE ARRIBA ABAJO, SON DE COLOR VERDE, AMARILLO, ANARANJADO Y ROJO. SOBRE DICHAS FRANJAS SE ENCUENTRA LA PALABRA VANYPLAS, EN COLOR NEGRO, LETRA TIPO BLOQUE, SIENDO LA LETRA "V" EN MAYUSCULAS Y LAS RESTANTES EN MINUSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 20 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007120-2
No. de Expediente: 1995000016
No. de Presentación: 20110158422
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00126 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN CONJUNTO RECTANGULAR CONSISTENTE EN LA PARTE IZQUIERDA EN EL DISEÑO DE UNA MONTAÑAS CON UN SOL EN SU PARTE SUPERIOR, EN LA PARTE DERECHA DEL DISEÑO SE APRECIAN OTRAS MONTA-ÑAS CON UN SOL NACIENTE; Y EN LA PARTE SUPERIOR DE TALES DIBUJOS SE ENCUENTRA EL TERMINO NATURAL EN LETRA ESTILIZADA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007121-2
No. de Expediente 2000008127
No. de Presentación: 20110157979
CLASE; 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., del domicilio de Vevey, Cantón de Vaud, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00030 del Libro 00156 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PURINA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los doce días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007122-2
No. de Expediente : 2000003633
No. de Presentación: 20110159323
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, del domicilio de
ONE MICROSOFT WAY REDMOND, WASHINGTON 98052-6399,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00122
del Libro 00129 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra "XBOX"; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007123-2
No. de Expediente 1979001410
No. de Presentación: 20110148904
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PENN-SYLVANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00084 del Libro 00087 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "ZENTEL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007124-2
No. de Expediente: 1978000767
No. de Presentación: 20110149664
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cluett, Peabody & Co., Inc., del domicilio de 530 Fifth Avenue, New York, New York, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00194 del Libro 00087 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en Una A mayúscula que interrumpe una fl echa corta horizontal a la altura de su cintura; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007125-2
No. de Expediente: 1985000391
No. de Presentación: 20110159108
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-DERADO de KIMBERLY-CLARK CORPORATION, del domicilio de NEENAH, WISCONSIN, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00061 del Libro 00146 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra HUGGIES; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007126-2
No. de Expediente : 2001019943
No. de Presentación: 20110159093
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TYCO FIRE PRODUCTS LP, del
domicilio de 451 North Cannon Avenue Landsdale, Pennsylvania 19446, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00215 del Libro 00157 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra AN-SUL escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara producto/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007127-2
No. de Expediente 2001015095
No. de Presentación: 20110159094
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COM-PANY, del domicilio de 101 Prospect Avenue, NW Cleveland, Ohio 44115-1075, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00067 del Libro 00147 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DURATION; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007128-2
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2000003284
No. de Presentación: 20110159090
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de C.A. MEJIA Y CIA. S.A., del domicilio de Marinilla,
Antioquia, Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00003 del Libro 00143 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "MEJIA";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 06 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de noviembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007129-2
No. de Expediente: 2001011051
No. de Presentación: 20110159109
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CARLOS ROBERTS AVALOS, del domicilio
de Víctor Hugo No. 57, Col. Anzures 11590, México Distrito Federal,
México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00101 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión EL FOGONCITO; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007130-2
No. de Expediente: 2001014239
No. de Presentación: 20110158703
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00073 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA EXPRESION WHITE CAP.; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007131-2
DIARIO
OFI
CIAL S
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DEZ LE
GAL
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2001014233
No. de Presentación: 20110158692
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00134 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA EXPRESION SURE-PINE, FORMANDO
EL GUION PARTE DE LA MARCA; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007132-2
No. de Expediente: 2001014232
No. de Presentación: 20110158691
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00090 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION SURE-PINE, FORMANDO EL GUION PARTE DE LA MARCA: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007133-2
No. de Expediente: 2001014252
No. de Presentación: 20110158690
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00088 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION KLEAN PINE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007134-2
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2000008211
No. de Presentación: 20110159092
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de SENSIENT TECHNOLOGIES
CORPORATION, del domicilio de 777 EAST WISCONSIN AVENUE,
MILWAUKEE, WISCONSIN 53202, ESTADOS UNIDOS DE AMERI-
CA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00100 del Libro 00142 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION SENSIENT; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007135-2
No. de Expediente: 2001014251
No. de Presentación: 20110158694
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00140 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA EXPRESION FRESH PINE; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007136-2
No. de Expediente: 2001014234
No. de Presentación: 20110158687
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00023 del Libro 00143 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION SURE-MINT, FOR-
MANDO EL GUION PARTE DE LA MARCA; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007137-2
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2001011625
No. de Presentación: 20110158419
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de GENERAL MOTORS LLC, del domicilio de 300
Renaissance Center, Ciudad de Detroit, Estado de Michigan 48265-3000,
Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00066 del Libro
00142 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
DURAMAX; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007138-2
No. de Expediente 2001014235
No. de Presentación: 20110158688
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio
de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00107 del Libro 00143 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION SURE-MINT, FOR-
MANDO EL GUION PARTE DE LA MARCA; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007139-2
No. de Expediente: 1999006821
No. de Presentación: 20110157977
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-
DERADO de SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ S.A., del domicilio
de Vevey, Cantón de Vaud, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00238 del Libro 00155
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión DOG
CHOW, escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los doce días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3. v. alt. No. C007140-2
DIARIO
OFI
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2001014238
No. de Presentación: 20110158705
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00180 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión WHITE CAP; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007141-2
No. de Expediente: 2001014241
No. de Presentación: 20110158702
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00074 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión REAL-PINE, formando el guión parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007143-2
No. de Expediente: 2001014240
No. de Presentación: 20110158704
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio de
Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, México, de nacionalidad
MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00181 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la expresión REAL-PINE, formando el guión parte de la marca;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007144-2
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
A
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GAL
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2001014246
No. de Presentación; 20110158689
CLASE; 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS ALEN. S.A. DE C.V., del domicilio de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PINE FRESH; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007145-2
No. de Expediente: 2001014244
No. de Presentación: 20110158695
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR: DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00075 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PINE-O-PINE, formando los guiones parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007146-2
No. de Expediente: 2001011050
No. de Presentación: 20110159110
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de CARLOS ROBERTS AVALOS, del domicilio de
VICTOR HUGO No. 57, COL. ANZURES, 11590, MEXICO, DISTRI-
TO FEDERAL, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00022 del Libro 00144
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION EL
FOGONCITO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007147-2
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 1995002140
No. de Presentación: 20110158423
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de DORPAN, S.L., del domicilio de ABEDUL, 12 MADRID, ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00140 del Libro 00146 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA PARADISUS, EN LETRA ESTILIZADA, ESCRITA LIGERAMENTE INCLINADA HACIA ARRIBA Y SUBRAYADA POR UN TRAZO FINO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007148-2
No. de Expediente: 2001014508
No. de Presentación: 20110158421
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00084 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra COTTONELLE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007149-2
No. de Expediente: 1989000075
No. de Presentación: 20110159023
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de KATIVO CHEMICAL INDUSTRIES, S.A.,
del domicilio de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PA-
NAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00121 del Libro 00132 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra "PLASTICOLA", cuyas letras son todas de molde mayúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los tres días del mes de noviembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007151-2
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 1988000699
No. de Presentación: 20110155110
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de Eli Lilly and Company, del domicilio de
INDIANAPOLIS, INDIANA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00180 del Libro 00005 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra VANCOCINA; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007152-2
No. de Expediente: 1999001654
No. de Presentación: 20110156404
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ALMIRALL S.A., del domicilio de Ronda del
General Mitre, número 151, 08022 Barcelona, España, de nacionalidad
ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00240 del Libro 00142 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra "PEMIX"; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007154-2
No. de Expediente: 1969019895
No. de Presentación: 20110158417
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de Aspen Global Incorporated, del
domicilio de c/o Kross Border Trust Services Ltd. St. Louis Buisiness
Centre, Cnr Desroches & St. Louis Mauritius, de nacionalidad MAU-
RICIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
19895 del Libro 00045 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra LANOXIN; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007155-2
DIARIO
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 1996001498
No. de Presentación: 20110147235
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCO
JAVIER CALVO CAMINOS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LICORES DE
CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, del domicilio de Lourdes Colón, Departamento de La Libertad,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00048 del Libro 00129 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras VODKA KIROV; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028447-2
No. de Expediente: 1961008498
No. de Presentación: 20110159971
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TAKEDA PHAR-
MACEUTICAL COMPANY LIMITED, del domicilio de 1-1 DOSHO-
MACHI 4-CHOME, CHUO-KU, OSAKA, JAPON, de nacionalidad
JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
08498 del Libro 00028 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
La palabra: ULPAX; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028503-2
No. de Expediente: 1975002908
No. de Presentación: 20110159970
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TAKEDA PHAR-
MACEUTICAL COMPANY LIMITED, del domicilio de 1-1, DOSHO-
MACHI 4-CHOME, CHUO-KU, OSAKA, JAPON, de nacionalidad
JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00156 del Libro 00093 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra TASEDAN; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028504-2
No. de Expediente: 2000005001
No. de Presentación: 20110154200
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TAKEDA PHAR-
MACEUTICAL COMPANY LIMITED, del domicilio de 1-1, DOSHO-
MACHI 4-CHOME, CHUO-KU, OSAKA, JAPON, de nacionalidad
JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00168 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
LAS PALABRAS BLOPRESS PLUS, EN LETRAS MAYUSCULAS
TIPO CORRIENTE; que ampara productos comprendidos en la Clase
05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028506-2
No. de Expediente: 2000002010
No. de Presentación: 20110154199
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de
TAKEDA PHARMACEUTICAL COMPANY LIMITED, del domicilio
de 1-1, Doshomachi 4-chome, Chuo-ku, Osaka, Japón, de nacionalidad
JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00245 del Libro 00140 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en el dibujo de siete fi guras colocadas en círculo, seis de ellas sentadas
en sillas y la séptima parada. Tomando como primera fi gura, la que se
encuentra de pie y hacia la derecha, las características de cada caricatura
son las siguientes: el primero está parado, sosteniéndose con una mano
de la silla, la otra en el estomago y un pie en alto, de color verde, el
cuerpo formado como de un grupo de bolitas, gordito y con la carita un
poco triste. El segundo tiene forma de chile, siendo la parte más ancha
la de arriba, de donde sale un esnorquel, éste se encuentra sentado con
las patitas que son muy cortas colgando de la silla, es de color verde-
amarillo, también el cuerpo con protuberancias y la carita con expresión
triste, agarrado de la mano con el de la derecha, el cual también está
sentado, en forma de gota tridimensional, color café claro con expresión
triste y agarrado de la mano del cuarto muñequito que está completa-
mente de perfi l, regordete, de color amarillo fuerte con protuberancias
y expresión de admiración. El quinto tiene forma de estomago, con un
esnorquel en la parte superior de la cabeza de color verde manzano, su
cuerpo liso, de perfi l izquierdo, sentado, en actitud de escuchar. El sexto
muñequito que tiene forma de riñón, color café oscuro, nariz larga y
puntiaguda, sentado también de perfi l, hacia la derecha con expresión
de estar conversando. El séptimo es color rojo y naranja, largo y doblado
como un listón o un trozo de tocino, nariz un poco larga tomado de la
mano con el muñequito anterior. Todos colocados en círculo, con sillas
verdes y cada uno proyecta abajo de sí mismo una sombra azul celeste;
que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028514-2
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 1972020208
No. de Presentación: 20110160006
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BEIERSDORF
AG, del domicilio de UNNASTRASSE 48, HAMBURGO, ALEMA-
NIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 01022 del Libro 00016 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra NIVEA; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028624-2
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2011114058
No. de Presentación: 20110159734
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ALFONSO MENDEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de DIZAC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que se abrevia: DIZAC, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra AUSSIE y diseño, que se traduce al
castellano como AUSTRALIANA, que servirá para: AMPARAR: LE-
CHE, PRODUCTOS LACTEOS Y SUSTITUTOS DE PRODUCTOS
LACTEOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007173-2
No. de Expediente: 2011112687
No. de Presentación: 20110157182
CLASE: 02.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENE-
RAL JUDICIAL de MUTOH HOLDINGS CO., LTD., de nacionalidad
JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: la palabra MUTOH, que servirá para: AMPARAR:
PINTURAS, COLORANTES, PIGMENTOS, TINTAS DE IMPRENTA,
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
PASTAS DE IMPRENTA (TINTAS), COMPUESTOS DE IMPRENTA
(TINTAS), COLORES (PARA PINTAR CUADROS), METALES NO
FERROSOS EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECO-
RADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS; METALES PRECIOSOS
EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES,
IMPRESORES Y ARTISTAS; TINTA PARA IMPRESORAS DE
CHORRO DE TINTA, TINTA DE INYECCION PARA CARTUCHOS
DE RECAMBIO, CARTUCHOS DE TINTA PARA IMPRESORAS
DE CHORRO DE TINTA, TINTA PARA IMPRESORAS DE OR-
DENADOR, CARTUCHOS DE TINTA PARA IMPRESORAS DE
ORDENADOR, TONERS PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR,
CARTUCHOS DE TONER PARA IMPRESORAS DE ORDENADOR,
TINTA PARA IMPRESORAS, CARTUCHOS DE TINTA PARA
IMPRESORAS, TONERS PARA IMPRESORAS, CARTUCHOS
DE TONER PARA IMPRESORAS, TINTA PARA PLOTTERS DE
CHORRO DE TINTA, CARTUCHOS DE TINTA PARA PLOTTERS
DE CHORRO DE TINTA, TINTA PARA PLOTERS, CARTUCHOS
DE TINTA PARA PLOTTERS. Clase: 02.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de enero del año dos mil doce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028510-2
No. de Expediente: 2010099151
No. de Presentación: 20100133163
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de FERNANDA GARCIA MARQUEZ, de nacionalidad
VENEZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión SALA de ESPERA, que servirá para:
AMPARAR: REVISTAS Y PUBLICACIONES. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028511-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2012115438
No. de Presentación: 20120162697
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ERNESTO ROSALES MORAN, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de RAF,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
RAF, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra TODOCEL y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR Y DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMER-
CIAL DEDICADO A LA VENTA DE TODO TIPO DE PRODUCTOS
CELULARES Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS, ASI COMO TAM-
BIEN A LA VENTA Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONES
CON LA COMUNICACION.
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007110-2
No. de Expediente: 2011112712
No. de Presentación: 20110157221
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ELMER
ROLANDO SANTAMARIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras BAZAR SANDRI y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE COMERCIO, DEDICADA
A COMPRA Y VENTA DE PRENDAS DE VESTIR Y PRODUCTOS
TEXTILES, UBICADO EN PRIMERA AVENIDA SUR #302, BARRIO
LA MERCED, SAN MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de enero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007162-2
No. de Expediente: 2011114322
No. de Presentación: 20110160271
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RODRIGO
ANTONIO SAENZ ORTEGA, de nacionalidad GUATEMALTECA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: la palabra ITEMS y diseño, que servir para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE
ARTICULOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del
año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de enero del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028493-2
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Directora Presidente de la Junta Directiva de la sociedad miAU-TO, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a celebrarse en Primera convocatoria el día 14 de marzo de 2012, a partir de las dieciséis horas, en el local de las ofi cinas de la empresa situadas en Calle Padres Aguilar # 436, Colonia Escalón, San Salvador, con la asistencia de las tres cuartas partes de las acciones de la sociedad. En caso de no haber quórum se hace la Segunda Convocatoria para el día 15 de marzo de 2012, a partir de las dieciséis horas en el mismo local con la asistencia de la mitad más una de las acciones que componen el capital social de la empresa.
AGENDA:
Puntos de carácter ordinario:
1) Establecimiento del quórum.
2) Lectura del acta anterior.
3) Conocimiento y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente al ejercicio 2011.
4) Conocimiento y aprobación del Balance General, del estado de resultados y estado de cambios en el patrimonio, del ejercicio fi scal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, e informe del Auditor externo.
5) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-mentos para el ejercicio 2011.
Puntos de carácter extraordinario:
1) Modifi caciones al pacto social.
2) Autorización especial a la administración.
3) Cierre de la Junta.
San Salvador, diecisiete de febrero de dos mil doce.
LICDA. CRISTINA ALVAREZ LOPEZ,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C007194-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad "IMPLEMENTOS AGRÍCOLAS CENTROAMERICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", de este domicilio, por este medio CONVOCA a Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad, a celebrarse en primera convocatoria el día veintiséis de marzo de dos mil doce, a las once horas, y en segunda convocatoria el día veintisiete de marzo de dos mil doce, a la misma hora, en su local social situado en Final Calle Libertad, Par-que Industrial Santa Lucía, de la ciudad de Santa Ana, con la siguiente Agenda a desarrollar:
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO EJERCICIO 2011.
a) Verifi cación del quórum de presencia.
b) Lectura del Acta anterior.
c) Conocimiento de Memoria de Labores de la Junta Directiva, el Balance General al treinta y uno de diciembre de dos mil once, el Estado de Pérdidas y Ganancias del período que terminó en la misma fecha, el Estado de Cambio en el Patrimonio también a la misma fecha y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.
d) Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal, propietario y suplente y fi jación de sus emolumentos.
e) Aplicación de los resultados.
Para llevar a cabo la Junta General Ordinaria en primera convocatoria se necesita de la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones con derecho a votar. En la segunda convocatoria se requiere, cualquiera que sea el número de acciones presentes.
Para tomar acuerdos válidos, en primera convocatoria o segunda convocatoria, la mitad más una de las acciones presentes.
Santa Ana, a los dos días del mes de febrero de dos mil doce.
DR. LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJÍA,DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028596-2
SUBASTA PÚBLICA
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por Ejecución promovida por el Licenciado JOSÉ TRINIDAD CRUZ RODRÍGUEZ, en contra de la EMPRESA EMPORIUM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada legalmente por el señor MIGUEL EDUARDO MOISA SÁNCHEZ, a efecto de que le cancele cantidad de dólares, intereses convencionales y costas procesales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará los bienes inmuebles siguientes: “CINCO porciones de terreno de naturaleza rústica, situados en el Cantón El Papalón, Jurisdicción de San Miguel, hoy conocido como LOTIFICACIÓN JARDINES DE GUADALUPE, los cuales se identifi can así: A) LOTE NÚMERO CINCO, POLÍGONO “I”, de las medidas y superfi cies siguientes: AL NORTE, trece punto cincuenta metros; AL ORIENTE, quince punto cero metros; AL SUR, trece punto cincuenta metros; y AL PONIENTE, quince punto cero metros, de un área de DOSCIENTOS DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula número OCHENTA MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE, en el Asiento TRES. B) LOTE NÚMERO SEIS, POLÍGONO “I” de las medidas y superfi cies siguientes: AL NORTE, trece punto cincuenta metros; AL ORIENTE, quince punto cero metros; AL SUR, trece punto cincuenta metros; y AL PONIENTE, quince punto cero metros; de un área de DOSCIENTOS DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo la Matrícula número OCHENTA MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO, en el Asiento TRES. C) LOTE NÚMERO SIETE, POLÍGONO “I”, de las medidas y superfi cies siguientes; AL NORTE, veinte punto cero metros; AL ORIENTE, compuesto de dos tramos, el primero de doce punto cero metros, y el segundo curvo de cuatro punto
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setenta y un metros; AL SUR, diecisiete punto cero cero metros; y AL PONIENTE, quince punto cero metros; de un área de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo la Matrícula número OCHENTA MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE, en el Asiento TRES. D) LOTE NÚMERO CATORCE, POLÍGONO “B”, de las medidas y superfi cies siguientes: AL NORTE, veinte punto cero metros; AL ORIENTE, compuesto de dos tramos, el primero, de ocho punto cincuenta metros, el segundo línea curva de cuatro punto sesenta y un metros; AL SUR, diecisiete punto cero cero metros; y AL PONIENTE, once punto cincuenta metros, de un área de DOSCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula número OCHENTA MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO, en el Asiento TRES, de Propiedad del departamento de San Miguel. E) LOTE NUME-RO CINCO, POLÍGONO “M”, de las medidas y superfi cies siguientes: AL NORTE, diez punto cero seis metros; AL ORIENTE, quince punto cero cero metros; AL SUR, dieciséis punto cincuenta y tres metros; y AL PONIENTE, diecisiete punto treinta y cuatro metros, de un área de CIENTO NOVENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula número OCHENTA MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO, en el Asiento TRES, todos de propiedad del departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y treinta minutos del día ocho de febrero de dos mil doce.- DR. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRE-TARIO.
3 v. alt. No. F028558-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
CAESS, S.A. DE C.V., comunica que a sus Ofi cinas se ha pre-sentado el señor DAVID RAMON CANAHUATI MIGUEL, mayor de edad, ofi cio Perito Agrícola, del domicilio de San Salvador, portador del Documento de Identidad Número cero cero ocho ocho tres tres nueve cinco guión dos, en calidad de propietario de los Certifi cados de acciones: número 5597, que ampara 2,250 acciones, numeradas del 1,344,430 al 1,346,679; número 5606, que ampara 6,250 acciones, numeradas del 27,196,913 al 27,203,162 y número 5607, que ampara 694 acciones, numeradas del 27,203,163 al 27,203,856, solicitando la reposición de dichos Certifi cados, en virtud de haberlos extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos legales del caso y transcurridos treinta días después de la tercera publicación, sino hubiere oposición se procederá a reponer los Certifi cados en referencia.
San Salvador, a los seis días del mes de febrero de dos mil doce.
GREGORIO ENRIQUE TREJO PACHECO MIDENCE,
SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA,
COMPAÑÍA DE ALUMBRADO ELÉCTRICO
DE SAN SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F028484-2
AES CLESA Y COMPAÑIA, S EN C DE C.V., comunica que a sus Ofi cinas se ha presentado el señor DAVID RAMON CANAHUATI MIGUEL, mayor de edad, ofi cio Perito Agrícola, del domicilio de San Salvador, portador del Documento de Identidad número cero cero ocho ocho tres tres nueve cinco guión dos, en calidad de propietario de los Certifi cados de acciones: número 2220, que ampara 507 acciones, numeradas del 3,513,967 al 3,514,473; número 2233, que ampara 423 acciones, numeradas del 438,824 al 439,246; número 2301, que ampara 421 acciones, numeradas del 364,405 al 364,825; número 2302, que ampara 61 acciones, numeradas del 53,002 al 53,062; número 2423, que ampara 106 acciones, numeradas del 347,459 al 347,564; número 2427, que ampara 229 acciones, numeradas del 474,448 al 474,676; número 2428, que ampara 26 acciones, numeradas del 474,677 al 474,702; número 2435, que ampara 653 acciones, numeradas del 293,939 al 294,591; número 3253, que ampara 50 acciones, numeradas del 434,409 al 434,458; número 3255, que ampara 539 acciones, nume-radas del 413,290 al 413,828; número 3258, que ampara 500 acciones, numeradas del 169,478 al 169,977; número 3266, que ampara 1 acción, numerada del 3,315,556 al 3,315,556; número 3267, que ampara 602 acciones, numeradas del 500,459 al 501,060; número 3268, que ampara 450 acciones, numeradas del 322,920 al 323,369; número 3269, que ampara 210 acciones, numeradas del 481,737 al 481,766/481,767 al 481,916/48,917 al 48,946; número 3270, que ampara 600 acciones, numeradas del 206,526 al 207,125; número 3271, que ampara 1,084 acciones, numeradas del 452,199 al 453,282; número 3272, que ampara 334 acciones, numeradas del 163,048 al 163,381; número 3273, que am-para 25 acciones, numeradas del 364,826 al 364,850; número 3274, que ampara 60 acciones, numeradas del 472,821 al 472,880; número 3275, que ampara 468 acciones, numeradas del 515,389 al 515,856; número 3276, que ampara 200 acciones, numeradas del 515,857 al 516,056; número 3290, que ampara 1,000 acciones, numeradas del 471,159 al 472,158; número 3297, que ampara 166 acciones, numeradas del 163,382 al 163,547; número 3310, que ampara 100 acciones, numeradas del 408,849 al 408,948; número 3421, que ampara 250 acciones, numera-das del 505,631 al 505,880; número 3422, que ampara 450 acciones, numeradas del 505,081 al 505,530; número 3423, que ampara 1 acción, numerada del 3,315,696 al 3,315,696; número 3424, que ampara 526 acciones, numeradas del 245,856 al 246,381; número 3433, que ampara 100 acciones, numeradas del 134,427 al 134,526; número 3438, que am-para 238 acciones, numeradas del 165,935 al 166,172; número 3446, que ampara 120 acciones, numeradas del 350,330 al 350,449; número 3447, que ampara 1,080 acciones, numeradas del 349,250 al 349,369/349,370 al 350,329; número 3448, que ampara 75 acciones, numeradas del 422,495 al 422,569; número 3452, que ampara 30 acciones, numeradas del 409,020 al 409,049; número 3453, que ampara 71 acciones, nume-radas del 408,949 al 409,019; número 3455, que ampara 362 acciones, numeradas del 165,573 al 165,934 y número 3463, que ampara 5 acciones, numeradas del 409,050 al 409,054, solicitando la reposición de dichos Certifi cados, en virtud de haberlos extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos legales del caso y transcurridos treinta días después de la tercera publicación, sino hubiere oposición se procederá a reponer los Certifi cados en referencia.
San Salvador, a los seis días del mes de febrero de dos mil doce.
GREGORIO ENRIQUE TREJO PACHECO MIDENCE.
MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
DE LA SOCIEDAD AES CLESA Y CIA S EN C DE CV.
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO. S. A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo No. 8601074430 (364885) emitido en Suc. Santa Tecla, el 08 de julio de 2003, por valor original de $500.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F028566-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo No. 7601266133 (10000090932) emitido en Suc. San Miguel, el 16 de agosto de 2011, por valor ori-ginal de $2,100.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 1.550% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F028567-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo No. 13601245350 (10000063931) emitido en Suc. Chalatenango, el 10 de febrero de 2010, por valor ori-ginal de $10,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.650% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F028568-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo No. 13601245386 (10000063933) emitido en Suc. Chalatenango, el 11 de febrero de 2010, por valor ori-ginal de $2,050.00 a un plazo de 12 meses, el cual devenga el 2.750% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil doce.
LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F028569-2
AVISO
ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COMUNAL DR. JOSE ANTONIO RUIZ DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "ACODJAR DE R.L." COMUNICA QUE SUS OFICI-NAS UBICADAS EN AV. CARLOS BONILLA #8, BARRIO EL CALVARIO, ILOBASCO, CABAÑAS, SE HA PRESENTADO EL PROPIETARIO DEL CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO #3403-410-403491, SOLICITANDO LA REPOSICION DE DI-CHO CERTIFICADO POR SETENTA Y UN MIL 00/100 DOLARES ($71,000.00).
EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR SE HACE DEL CO-NOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL CASO, QUE TRASCURRIDOS TREINTA DIAS DESPUES DE LA TERCERA PUBLICACION DE ESTE AVISO Y SI NO HUBIERA NINGUNA OPOSICION SE PROCEDERA A REPONER EL CERTIFICADO EN REFERENCIA.
SAN SALVADOR, 06 DE FEBRERO DEL 2012.
AMILCAR ALFONSO ABARCA,
JEFE DE AGENCIA ILOBASCO.
3 v. alt. No. F028585-2
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 612055, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$4,000.00)
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
SAN SALVADOR, miércoles, 08 de febrero de 2012.
ANNYA DE ALVARADO,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
Agencia ESPERANZA.
3 v. alt. No. F028588-2
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 026PLA000103898, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CUATRO MIL OCHOCIEN-TOS CINCUENTA 39/100 DOLARES (US$ 4,850.39)
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
USULUTAN, martes 14 de febrero de 2012.
MORENA DE FUNES,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
Agencia USULUTAN.
3 v. alt. No. F028603-2
FUSIÓN DE SOCIEDADES
La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MILLICOM CABLE EL SALVADOR, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MILLICOM CABLE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., por medio de la
presente CERTIFICA: Que en el libro de actas correspondiente, aparece el acta número TRECE de sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada en San Salvador, el día veintiocho de noviembre de dos mil once, contando con la presencia o representación del cien por ciento del capital social, de conformidad a lo establecido en el Artículo 233 del Código de Comercio, cuyos puntos literalmente dicen:
"PUNTO UNO: Autorización para efectuar Fusión por Absorción. El Presidente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, manifestó que para darle continuidad al plan de integración derivado de la concen-tración económica, autorizada por la Superintendencia de Competencia en septiembre de 2008, proceso que se inició con el acuerdo para la fusión por absorción con las sociedades Amnet Telecommunications, Limitada de Capital Variable; Amnet Tel y Compañía, Sociedad en Comandita de Capital Variable; y Newcom El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable; es procedente considerar y aprobar la fusión por absorción con la sociedad anónima, de este domicilio, que gira bajo la denominación de TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de donde ésta sería la sociedad absorbente y MILLICOM CABLE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE sería la sociedad absorbida... Discutida que fue la moción, por unanimidad de votos de los presentes, se aprobó efectuar una fusión por absorción con la sociedad TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, siendo que ésta deberá ser la sociedad absorbente y MILLICOM CABLE EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la sociedad absorbida. Así mismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas, atendiendo a lo establecido en el Artículo 131 del Código Tributario, por unanimidad, acuerda nombrar como Auditor Fiscal de la sociedad para el proceso de fusión, a la fi rma de Auditores ERNST & YOUNG EL SALVADOR, S.A. DE C.V., autorizando a la administración de la sociedad para negociar los emolumentos correspondientes.
PUNTO DOS: Nombramiento de Ejecutores Especiales. Que con el fi n de cumplir con los puntos acordados en la presente sesión, los presentes acuerdan por unanimidad de votos nombrar al señor Marcelo Daniel Benítez Aldana, mayor de edad, Licenciado en Administración de Empresas, de nacionalidad paraguaya, del domicilio de la ciudad de San Salvador, y a la Licenciada Roxana María Sánchez Eguizábal, mayor de edad, Abogado, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de la ciudad de San Salvador, para que en forma conjunta o separada puedan realizar cualquier acto, diligencia, gestión o trámite que fuese necesario y/o requerido tanto por las leyes como por las autoridades competentes de la República de El Salvador a efectos de darle cumplimiento a los acuerdos tomados, inclusive se les faculta para fi rmar, otorgar y suscribir cualquier documento público o privado que sea necesario para los efectos anteriores; inclusive escritos, peticiones, solicitudes u otros documentos pertinentes."
ES CONFORME CON SU ORIGINAL, con el cual se confrontó. Y para los usos que se estimen convenientes, se expide la presente en San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil once.
ANDREA TOBAR MARTIR,
SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
3 v. alt. No. C007150-2
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD "IDENTILAM, S.A. DE C.V.",
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Ac-
cionistas que para tal efecto lleva la expresada sociedad, se encuentran
asentados los puntos de acta número dos y tres de la sesión de Junta
General Extraordinaria de Accionistas número setenta, celebrada a las
diecisiete horas del día veintiuno de septiembre de dos mil diez, que
literalmente dicen: se acuerda:
2) Por convenir a los intereses de la sociedad, así como para
obtener una mayor solidez fi nanciera, mejorar la liquidez en las
operaciones, reducir costos operativos, simplifi car el manejo
y control de las operaciones entre empresas relacionadas, los
presentes analizaron la conveniencia de fusionar por absor-
ción, el presidente propuso que la sociedad se incorpore a la
sociedad DESEM, S.A. DE C.V., en relación a lo anterior,
se analiza en detalle el cruce y canje de las acciones y saldos
entre compañías a efecto de verifi carse el proceso de fusión
por absorción, por lo que se acuerda por unanimidad realizar
la fusión de la sociedad por absorción y en consecuencia la
modifi cación al pacto social en los anteriores términos.
3) Por unanimidad de todos los presentes se acuerda nombrar al
Lic. LUIS ERNESTO ROSALES MORAN, en su carácter de
representante legal de la sociedad, fi rme y comparezca para
proceder con la modifi cación del pacto social en su calidad de
sociedad incorporada a la sociedad DESEM, S.A. DE C.V.
Y para los usos administrativos correspondientes, se extiende la
presente certifi cación en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento
La Libertad, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil once.
RICARDO ALFREDO ROSALES MORAN,
SECRETARIO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
IDENTILAM, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C007157-2
LA INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD "DESEM, S.A. DE C.V.",
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Ac-
cionistas que para tal efecto lleva la expresada sociedad, se encuentran
asentados los puntos de acta número dos y tres de la sesión de Junta
General Extraordinaria de accionistas número setenta y ocho, celebrada
a las diecisiete horas del día veintiuno de septiembre de dos mil diez que
literalmente dicen: se acuerda:
2) Por convenir a los intereses de la sociedad, así como para
obtener una mayor solidez fi nanciera, mejorar la liquidez en las
operaciones, reducir costos operativos, simplifi car el manejo
y control de las operaciones entre empresas relacionadas, los
presentes analizaron la conveniencia de fusionar por absorción,
el presidente propuso que la sociedad incorpore a la sociedad
IDENTILAM, S.A. DE C.V., en relación a lo anterior, se
analiza en detalle el cruce y canje de las acciones y saldos
entre compañías a efecto de verifi carse el proceso de fusión
por absorción, por lo que se acuerda por unanimidad realizar
la fusión de la sociedad por absorción y en consecuencia la
modifi cación al pacto social en los anteriores términos.
3) Por unanimidad de todos los presentes se acuerda nombrar al
Lic. LUIS ERNESTO ROSALES MORAN, en su carácter de
representante legal de la sociedad, fi rme y comparezca para
proceder con la modifi cación del pacto social en su calidad
de sociedad INCORPORANTE.
Y para los usos administrativos correspondientes, se extiende la
presente certifi cación en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento La
Libertad, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil diez.
RICARDO ALFREDO ROSALES MORAN,
SECRETARIO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DESEM, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C007159-2
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3 v.
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
3 v.
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2011113742
No. de Presentación: 20110159159
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de BANCO COMPARTAMOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras COMPARTAMOS BANCO y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINAN-CIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBI-LIARIOS, A SABER, ADMINISTRACIÓN FINANCIERA; CAJAS DE AHORRO; ANÁLISIS FINANCIERO; BANCA A DISTANCIA; BANCA EN CASA; ACTIVIDADES BANCARIAS; SERVICIOS DE BANCO HIPOTECARIO; SERVICIOS DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURIDAD; OPERACIONES DE CAMBIO; CONSULTORÍA FINANCIERA; EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DE-BITO; EVALUACIÓN FINANCIERA; FIANZAS DE CAUCIÓN; SERVICIOS DE FINANCIACIÓN; INFORMACIÓN FINANCIERA; PRÉSTAMOS A PLAZOS; PRÉSTAMOS CON GARANTÍA; SER-VICIOS DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DEBITO; DESCUENTO DE FACTURAS; INVERSIÓN DE CAPITAL. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil doce.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028507-2
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
SCOTIA SEGUROS, S. A., hace del conocimiento del público en general, que a sus ofi cinas se ha presentado el señor FERNANDO ANTONIO
ROMERO SORTO, mayor de edad, del domicilio de San Salvador, solicitando reposición de la Póliza de Seguro de Vida No. SV-43.201, emitida por esta Compañía a nombre de su padre con fecha 22 de junio de 1981. Si dentro de 30 días contados a partir de la fecha de la última publicación de este aviso no se presentare oposición, la Compañía procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 13 de febrero de 2012.
LIC. SANDRA MONTOYA,
SUBGERENTE ADMINISTRACIÓN DE CARTERA.
3 v. alt. No. C007163-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2011114090
No. de Presentación: 20110159786
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado KLAUS ALEXANDER FALKENBERG, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra VALCOBRE y diseño, que servirá para: AMPARAR: VÁLVULA DE BOLA DE LATON, VÁLVULA DE COMPUERTA DE LATON, VÁLVULA DE CONTROL AL SUELO DE LATON, VÁLVULA DE CONTROL A LA PARED DE LATON, VÁLVULA DE CHECK DE LATON, GRIFOS DE LATON, TUBO DE ABASTO FLEXIBLE DE ACERO INOXIDABLE. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil doce.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007165-2
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2011114749
No. de Presentación: 20110161252
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR MANUEL FIGUEROA MAZARIEGOS, de nacionalidad GUATEMALTECA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Ujarrás y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y
COCIDAS, JALEAS Y MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS Y PRODUCTOS LÁCTEOS, ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028599-2
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las quince horas y cuarenta y cinco minutos este día, se ha declarado
Heredera Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario del señor RICAR-
DO FLORES, quien falleció a primera hora y quince minutos del día
veintiuno de Octubre del año dos mil nueve, en Houston Texas, de los
Estados Unidos de América, siendo Santiago de María, Departamento de
Usulután, su último domicilio, de parte de la señora SONIA ARMIDA
FLORES BELTRAN, en calidad de hija del causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha la Administración y Represen-
tación Legal Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, con-
tados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-
tiago de María, uno del mes de febrero del año dos mil doce.- LICDA.
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007012-3
LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta
minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
SERAPIO HERNANDEZ JIMENEZ, quien falleció a las cuatro horas
cincuenta minutos del día dos de abril del año dos mil siete, en el Hos-
pital Nacional Rosales de San Salvador, siendo esta ciudad su último
domicilio; de parte de MIRNA BEATRIZ HERNANDEZ JIMENEZ,
conocida por MIRNA BEATRIZ HERNANDEZ DE MENJIVAR, en
la calidad de hija sobreviviente y como cesionaria de los Derechos He-
reditarios que le correspondían a ANA ROSARIO JIMENEZ viuda DE
HERNANDEZ, GLORIA ELIZABETH HERNANDEZ DE PALENCIA,
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
HILDA ROXANA HERNANDEZ JIMENEZ y JOSE ROBERTO
HERNANDEZ JIMENEZ, la primera como cónyuge sobreviviente y
los demás como hijos sobrevivientes del causante.
Se confi ere al heredero declarado la Administración y Represen-
tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
nueve horas con cuarenta minutos del día trece de febrero del dos mil
doce.- LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007015-3
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHI-
NAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las doce horas con quince minutos del día veintiséis de julio de dos mil
once, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE
HILARIO MAGAÑA LOZA, conocido por JOSE HILARIO MAGA-
ÑA, fallecido el día quince de enero de dos mil tres, en la ciudad de
Montreal, Provincia de Québec, Canadá, siendo su último domicilio la
ciudad de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel; de parte
de los señores DELSY ELIZABETH MAGAÑA y JIMMY ANTONIO
MAGAÑA, ambos en concepto de hijos del causante.
Nómbrase a los aceptantes interinos de la sucesión de que se trata,
con las facultades y restricciones que corresponde a los curadores de la
Herencia Yacente.
Publíquese los edictos de Ley.
Lo que se pone en conocimiento para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las catorce
horas del día veintiséis de julio de dos mil once.- LICDA. DINORA DEL
CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C007020-3
ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, Notario, de este domicilio,
con Despacho Notarial ubicado en Primera Avenida Sur y Tercera Calle
Oriente, local número cinco, de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las siete horas treinta minutos del día veinticuatro de enero del dos mil
doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-
tario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital
del Seguro Social de esta ciudad, el día veinticuatro de septiembre de
dos mil seis, siendo esta ciudad, su último domicilio, dejó el causante
JOSE FRANCISCO GOMEZ HERNANDEZ, de parte de los señores
ANA MARGARITA MEJIA viuda DE GOMEZ, CECILIA LISZENIA
GOMEZ MEJIA, ANA LIDIA GOMEZ CARDONA, JOSE RAFAEL
GOMEZ MEJIA y ORLANDO ALBERTO GOMEZ JUAREZ, en su
concepto de esposa e hijos sobrevivientes del causante.
Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario ISMAEL ALONSO MORAN
ASCENCIO. En la ciudad de Santa Ana, a las siete horas del día veintiséis
de enero de dos mil once.
ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F028114-3
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA, departamento
de Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 9:00 horas de este día se emitió resolución
en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada por el señor SANTOS HERNANDEZ MO-
RAN o SANTOS HERNANDEZ, quien falleció a los 65 años de edad, el
día 26 de junio de 1958, en el Barrio "El Calvario", de Cuisnahuat, casado,
Agricultor, hijo de Gregorio Hernández y Celestina Morán, originario y
del domicilio de dicha ciudad; de parte del señor ELIAS HERNANDEZ
CARIAS, en calidad de nieto sobreviviente del mismo.
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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
Se nombró Interinamente al señor antes referido Administrador
y Representante de la sucesión del causante SANTOS HERNANDEZ
MORAN o SANTOS HERNANDEZ, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquél que se
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término
de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once.-
LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028138-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente
con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSE
MARIA JUAREZ, quien falleció el día veintinueve de noviembre del
dos mil seis, en el Cantón Queseras, Jurisdicción de San Alejo, Depar-
tamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de
la señora ROSALINA LARIOS DE JUAREZ o ROSALINA LARIOS,
en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.
Confi érese a dicha aceptante, en el carácter indicado la Adminis-
tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticinco días
del mes de noviembre del dos mil once._ LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028147-3
LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en las presentes Diligencias de Aceptación de
Herencia Intestada clasifi cadas en este Juzgado, bajo el Número Único de
Expediente 01169-11-DV-2CM1, promovidas por el Licenciado MARIO
HUMBERTO CÁCERES CHINCHILLA, en calidad de Apoderado
General Judicial de la señora MARÍA OLGA SERRANO DE CAVA-
LIERE; y sobre el cual se ha proveído resolución de las quince horas
veinticinco minutos del día veintiséis de enero del corriente año, en la
cual se ha tenido por aceptada INTERINAMENTE Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO, por parte de la anteriormente relacionada señora
MARÍA OLGA SERRANO DE CAVALIERE, quien es de cuarenta y
cuatro años de edad, Licenciada en Sociología, del domicilio de San Sal-
vador, con Documento Único de Identidad Número cero cero setecientos
veintisiete mil novecientos ochenta y dos guión cero; con Número de
Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos veintiséis guión doscientos
veinte mil cuatrocientos sesenta y siete guión ciento uno guión nueve, en
su calidad de hija, sobre la sucesión intestada que a su defunción dejara
la causante señora ESTEBANA TOBAR HERNÁNDEZ, conocida
por ESTEBANA TOBAR, quien era de ochenta y dos años de edad, al
momento de fallecer el día cuatro de enero del año dos mil, casada, de
ofi cios domésticos, hija de Fabio Tovar y Eulalia Hernández, originaria
de San Isidro Labrador, Departamento de Chalatenango, siendo su último
domicilio el de esta ciudad.
A la aceptante señora MARÍA OLGA SERRANO DE CAVALIE-
RE, se le confi ere Interinamente la Administración y Representación
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquél
que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este Juzgado
a deducirlo dentro de los quince días hábiles, siguientes a la tercera
publicación de este edicto en el Diario Ofi cial de conformidad al Art.
1163 del Código Civil.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL: Santa Ana, a las quince horas treinta minutos del día veintiséis
de enero de dos mil doce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE
AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA
ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028180-3
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que en esta municipalidad, se ha presentado el
Licenciado Manuel de Jesús Rivas Cardoza, de cuarenta y siete años de
edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de
Identidad Número cero cero cero diez mil cuatrocientos cincuenta y nueve
guión cinco, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos
ocho guión diecisiete doce sesenta y cuatro guión ciento uno guión cinco,
y Tarjeta de Abogado número tres mil cuatrocientos treinta; quien actúa
en nombre y representación en su calidad de Apoderado de los señores
MARIA ORBELINA FUENTES DE JESUS, de sesenta y nueve años
de edad, ama de casa, con Documento Único de Identidad número cero
cero ciento setenta mil setenta y uno guión ocho, y Número de Identi-
fi cación Tributaria cero cuatrocientos ocho guión quince once cuarenta
y dos guión ciento uno guión siete, del domicilio de Dulce Nombre de
María, Chalatenango; solicitando TITULO DE PROPIEDAD a favor
de su representada, de una propiedad de naturaleza urbana, situado
en Barrio El Calvario, Avenida Oliva y Calle Las Angustias, S/N, del
Municipio de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango,
que consta de una área catastral aproximada de CIENTO SESENTA Y
OCHO MIL PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS y que
tiene las colindancias siguientes: ORIENTE: Mide doce metros diez
centímetros, linda con casa de la sucesión de Miguel Zelaya y casa de
Matilde Salguero Clavel, Avenida Oliva de por medio; NORTE: Mide
dieciocho metros veinticinco centímetros, linda con casa y solar de la
sucesión de Gertrudis Salguero, Calle Las Angustias de por medio; PO-
NIENTE: Mide diez metros veinte centímetros, linda con casa y solar de
Luis Alonso Abrego; divididos por tapial de adobes propio del solar que
se describe; y al SUR: Mide dieciséis metros veintisiete centímetros, linda
con solar y casa de la sucesión de Carlos Salazar, divididos por tapial de
adobes propio del solar que se describe. Manifi esta que el terreno antes
descrito, lo adquirió por medio de COMPRA que le hiciera al señor JOSE
GERMAN FUENTES DE JESUS, el día diecinueve de octubre del año
dos mil once, ante los ofi cios notariales del Licenciado Manuel de Jesús
Rivas Cardoza. Manifi esta también, haber poseído el terreno de forma
quieta, pacífi ca e ininterrumpida, manteniendo la posesión del inmueble
antes descrito desde hace más de diez años, y que el terreno no es predio
dominante o sirviente, y actualmente no tiene cargas o derechos reales
que lo afecten, valoran el inmueble en la cantidad de Doce Mil Dólares
de los Estados Unidos de Norte América.
Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley, previniendo
a las personas que puedan probar mejor derecho, acercarse a la munici-
palidad dentro del término de Ley.
Alcaldía Municipal: Dulce Nombre de María, a los siete días del
mes de febrero de dos mil doce.- ELISANDRO LEON RIVERA, AL-
CALDE MUNICIPAL.- LIGIA SOVEIDA MUÑOZ DE SALGUERO,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C007014-3
La Infrascrita Alcaldesa Municipal.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
RUBEN MEJIA PANAMEÑO, de cuarenta y dos de edad, empleado, del
domicilio de Ilopango, departamento de San Salvador, solicitando a su
favor título de propiedad de un solar urbano situado en Barrio Candelaria,
Calle Principal, número S/N, de esta Villa, compuesto según su solicitud de
DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO SETECIENTOS
TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS de superfi cie, que mide y
linda: AL NORTE, diecisiete metros linda con María Cristina Guevara, y
Alejandro Candelario Cortez; AL ORIENTE, dieciocho punto cincuenta y
tres metros, linda con Manuel de Jesús Candelario y Estado y Gobierno de
El Salvador, Corte Suprema de Justicia; AL SUR, catorce punto setenta y
dos metros, con Adela Candelario de Canales; y AL PONIENTE, catorce
punto ochenta y nueve metros, con Fidelina Hernández viuda de Leiva,
calle de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni
derechos reales, ni se encuentra en proindivisión. Lo hubo por compra
que hizo a Rubenia Luz Anaya, lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los
colindantes son de este domicilio.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, tres de febrero de dos
mil doce.- LICDA. ELSA ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR,
ALCALDESA MUNICIPAL. JUAN ANTONIO CALERO AVALOS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028061-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic. Glenda
Orquídea Panameño Ortiz, en su carácter de Apoderada Especial del señor
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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
FRANCISCO RENE GOTARDO PEREZ VAQUERANO, de setenta y
cinco años de edad, jornalero, de este domicilio, Departamento de San
Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cuatro ocho
siete seis cero dos nueve guión seis; y Número de Identifi cación Tributaria
Número un mil uno guión cero cuarenta mil seiscientos treinta y cinco
guión ciento uno guión cero, solicitando se le extienda TITULO DE
PROPIEDAD a favor de su expresado Apoderado de un terreno urbano,
situado en el Barrio San Francisco, fi nal Segunda Calle Oriente de esta
Ciudad, de una EXTENSION SUPERFICIAL DE MIL SETECIENTOS
VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de los linderos siguientes:
AL NORTE: cuarenta y cinco metros ochenta y siete centímetros y linda
con Santiago Amaya Ventura, Carlos Adalberto Osorio Palacios, Carlos
Antonio Amaya, Jorge Francisco Amaya y Julio César Urquilla; AL
ORIENTE: cuarenta y dos metros sesenta y siete centímetros y linda con
Gerónima Mercedes de Rivas y Nicolasa Concepción Gómez Palacios;
AL SUR: cuarenta y ocho metros sesenta y dos centímetros y linda con
Mercedes Melara de Romero; AL PONIENTE: veintiocho metros cin-
cuenta y nueve centímetros y linda con Natividad de Mercedes Gómez
y Lucio Gómez. El terreno antes descrito lo adquirió según solicitud por
compra que de él hizo a la señora MATILDE MELARA, por más de
veinte años, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, y lo valora en la
cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA, no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas, ni
derechos reales que pertenecen a ninguna otra persona.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Apastepeque, a los treinta días de enero
de dos mil doce.- JUAN PABLO HERRERA RIVAS, ALCALDE
MUNICIPAL.- LICDA. ELIGIA NATALY PINO P., SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F028116-3
TITULO SUPLETORIO
JORGE ALBERTO MARTINEZ UMAÑA, Abogado y Notario, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a mi Despacho Notarial, situado en Avenida
Central Norte número ocho de la ciudad de Aguilares, departamento
de San Salvador, se ha presentado el señor RIGOBERTO ANTONIO
SOLORZANO SOLORZANO, de sesenta años de edad, Comerciante
en Pequeño, del domicilio de la ciudad de Tejutla, departamento de
Chalatenango, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, sobre
dos bienes inmuebles, de naturaleza rústica, situados en el Cantón de
Aldeita, Jurisdicción de Tejutla, departamento de Chalatenango, EL PRI-
MERO; identifi cado catastralmente como parcela número treinta y ocho,
mapa: cero cuatro tres ocho dos cero ocho cinco cero cero, de la capacidad
superfi cial de SEIS MIL CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO CINCO
METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes; AL NORTE y
ORIENTE: con Rodolfo Solórzano; AL SUR: con Berta Alicia Landa-
verde de Regalado, Manuel de Jesús Solórzano; y AL PONIENTE; con
Jesús Solórzano, y terreno del titulante señor RIGOBERTO ANTONIO
SOLORZANO SOLORZANO, Calle Antigua a Tejutla de por medio. EL
SEGUNDO MUEBLE; identifi cado catastralmente como parcela número
CINCUENTA Y DOS; mapa: cero cuatro tres ocho dos cero ocho cinco
cero cero, de la capacidad superfi cial de NOVECIENTOS SESENTA
Y SEIS PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, de las
colindancias siguientes; AL NORTE: con propiedad del titulante; Calle
Antigua que conduce a Tejutla de por medio; AL ORIENTE: con Saúl
Antonio Solórzano; AL SUR y PONIENTE: con Jesús Solórzano; y los
posee el compareciente en forma quieta, pacífi ca, sin interrupción, ni en
proindivisión con ninguna otra persona, desde hace más de veinte años,
unida la posesión de éste con la de su antecesora Natividad Solórzano
viuda de Solórzano, como lo ofrece probar en su oportunidad, estos
dos inmuebles los adquirió el compareciente según Escritura Pública
número CIENTO NOVENTA Y CINCO, otorgada en el Cantón Aldeita,
Jurisidicción de Tejutla, departamento de Chalatenango, a las once horas
con treinta minutos, del día dieciocho de octubre de mil novecientos
noventa y cinco, ante los ofi cios del Notario Salvador Zepeda Carrillo,
por compra hecha a la señora Natividad Solórzano viuda de Solórzano;
los inmuebles en mención no tienen nombres, cargas, ni derechos reales
de ajena pertenencia que los afecte, y los valora el compareciente en la
cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, por ambos lotes, todos los colindantes de los inmuebles que
tratan las presentes diligencias son del domicilio del Cantón La Aldeita,
Jurisdicción de Tejutla, departamento de Chalatenango.
En consecuencia se ruega al público en general que si tuvieren
conocimiento de que existen documentos de propiedad sobre el inmueble
que se trata de titular se presenten a esta ofi cina notarial presentando
oposición dentro del término de quince días, a partir del día siguiente
de la tercera publicación de este aviso.
Librado en mi Ofi cina de notariado, Aguilares, quince de febrero
del año dos mil doce.
JORGE ALBERTO MARTINEZ UMAÑA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F028153-3
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 2002023659
No. de Presentación: 20110160561
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ADOLFO TORRES LEMUS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VALLECILLA B. Y VALLECILLA M. Y CIA. S.C.A. CARVAL DE COLOMBIA, del domicilio de Santiago de Cali, Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00224 del Libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BROMHEXOL, escrito en letras mayúsculas simples; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028054-3
No. de Expediente: 2000005288
No. de Presentación: 20110152538
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS IDEAL, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del Libro 00140 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "WELLS", la cual se encuentra for-mada por cinco letras mayúsculas de molde tamaño mediano en posición
recta de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de enero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028055-3
No. de Expediente: 1999009310
No. de Presentación: 20110158472
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de C.I. BALANZAS DE COLOMBIA LIMITADA, del domicilio de Carrera 39 número 13-60, Acopi - Yumbo, Valle del Cauca, República de Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00016 del Libro 00135 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión de fantasía DETECTO, escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028228-3
DIARIO
OFI
CIAL S
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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
No. de Expediente: 2000009424
No. de Presentación: 20110160941
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS QUIMICOS INDUS-TRIALES, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de LLORENTE DE TIBAS, CIUDAD DE SAN JOSE, REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00091 del Libro 00153 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BIBIOTIN", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028229-3
No. de Expediente: 1988000201
No. de Presentación: 20110151310
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de RELIGIOUS TECHNOLOGY CENTER, del domicilio de 1710 IVAR AVENUE, LOS ANGELES, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00023 del Libro 00131 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CIENCIOLOGIA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de agosto del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028230-3
No. de Expediente: 1986000967
No. de Presentación: 20110155249
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de RELIGIOUS
TECHNOLOGY CENTER, del domicilio de 1710 Ivar Avenue, Los
Angeles California, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00125 del Libro 00132 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra "SCIENTOLOGY"; que ampara productos/servicios compren-
didos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los seis días del mes de septiembre del año dos mil once.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028231-3
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 1998005508
No. de Presentación: 20110156855
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de ALPARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Lope de Vega No. 117-
1002, Colonia Chapultepec Morales, 11570 México, Distrito Federal,
México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00033 del Libro 00143 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra "UNIVAL" escrita en letras
de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil once.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028232-3
No. de Expediente: 2001015134
No. de Presentación: 20110161651
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V. que se abrevia:
CALLEJA,S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00070 del Libro 00153 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La fi gura de un círculo
cuyo interior es de color rojo bordeado de una franja exterior de color
amarillo. Dentro de dicho círculo se lee la palabra "Dany", escrita en
letras minúsculas (a excepción de la letra "D" que es mayúscula), de
molde, de color blanco, delineadas de color azul, ligeramente inclinadas
y con diseño especial. Debajo del círculo se lee la frase "La calidad que
quiere, al precio que necesita", escrita en letras mayúsculas, de molde,
de color blanco, sombreadas de color gris; que ampara productos/ser-
vicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028239-3
No. de Expediente: 2000008380
No. de Presentación: 20110161647
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V. que se abrevia:
CALLEJA,S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, departamen-
to de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00017 del Libro 00148
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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN DISEÑO QUE
ASEMEJA UNA CANASTA DE COMPRAS CON FONDO Y MANGO
DE COLOR ROJO. EN LA PARTE SUPERIOR DE LA CANASTA
SE ENCUENTRA UNA FRANJA HORIZONTAL DE COLOR ROJO
CON UNA SERIE DE REMACHES DE COLOR VERDE. INMEDIA-
TAMENTE DEBAJO DE ESA FRANJA SE ENCUENTRA OTRA
FRANJA, TAMBIEN HORIZONTAL, COMPLETAMENTE DE CO-
LOR VERDE. DEBAJO DE DICHA CANASTA, SE ENCUENTRAN
DOS FRANJAS HORIZONTALES: UNA DELGADA DE COLOR
BLANCO E INMEDIATAMENTE DEBAJO DE ESTA ULTIMA, SE
ENCUENTRA UNA MAS GRUESA DE COLOR VERDE. AL FRENTE
DEL DISEÑO ANTERIORMENTE DESCRITO SE ENCUENTRA
LA FRASE "De Todo", ESCRITA EN LETRA DE MOLDE, MINUS-
CULA (EXCEPTO POR LA PRIMERA D Y POR LA T QUE SON
MAYUSCULAS), COLOR NEGRO Y CON DISEÑO ESPECIAL. LA
PALABRA "De" SE ENCUENTRA ARRIBA LA PALABRA "Todo";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028242-3
No. de Expediente: 2001015142
No. de Presentación: 20110161650
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V. que se abrevia:
CALLEJA,S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00073 del Libro 00153 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La fi gura de un círculo
cuyo interior es de color rojo bordeado de una franja exterior de color
amarillo. Dentro de dicho círculo se lee la palabra "Dany", escrita en
letras minúsculas (a excepción de la letra "D" que es mayúscula), de
molde, de color blanco, delineadas de color azul, ligeramente inclinadas
y con diseño especial. Debajo del círculo se lee la frase "La calidad que
quiere, al precio que necesita", escrita en letras mayúsculas, de molde,
de color blanco, sombreadas de color gris; que ampara productos/ser-
vicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028243-3
No. de Expediente: 2001015137
No. de Presentación: 20110161646
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V. que se abrevia:
CALLEJA,S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, departamento
de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00072 del Libro 00153 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La fi gura de un círculo
cuyo interior es de color rojo bordeado de una franja exterior de color
amarillo. Dentro de dicho círculo se lee la palabra "Dany", escrita en
letras minúsculas (a excepción de la letra "D" que es mayúscula), de
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
molde, de color blanco, delineadas de color azul, ligeramente inclinadas
y con diseño especial. Debajo del círculo se lee la frase "La calidad que
quiere, al precio que necesita", escrita en letras mayúsculas, de molde,
de color blanco, sombreadas de color gris; que ampara productos/ser-
vicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028245-3
No. de Expediente: 2001015136
No. de Presentación: 20110161648
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V. que se abrevia:
CALLEJA,S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00071 del Libro 00153 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La fi gura de un círculo
cuyo interior es de color rojo bordeado de una franja exterior de color
amarillo. Dentro de dicho círculo se lee la palabra "Dany", escrita en
letras minúsculas (a excepción de la letra "D" que es mayúscula), de
molde, de color blanco, delineadas de color azul, ligeramente inclinadas
y con diseño especial. Debajo del círculo se lee la frase "La calidad que
quiere, al precio que necesita", escrita en letras mayúsculas, de molde,
de color blanco, sombreadas de color gris; que ampara productos/ser-
vicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028247-3
No. de Expediente: 1979000840
No. de Presentación: 20100139442
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA SULTANA, S.A. DE C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00092 del Libro 00084 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CALVITA, EN LETRAS ESTILIZADAS POR LINEAS ROJAS Y AZULES Y DEBAJO DE ELLA LA FIGURA DE UN TERNERO DE COLOR AZUL, FONDO BLANCO Y RODEANDO CASI TODA LA FIGURA, UNA ESCARAPELA QUE SIGNIFICA PREMIO, DE COLOR AZUL Y BORDES ROJOS, DEBAJO EL NOMBRE LA PRO-PIETARIA DE LA MARCA: "ALIMENTOS DE ANIMALES, S.A." NO INSCRIBIBLE; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028248-3
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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2012115682
No. de Presentación: 20120163204
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de OL-MECA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
BIOCARDIS
Consistente en: la palabra BIOCARDIS, que servirá para: AMPA-RAR: ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de febrero del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028075-3
No. de Expediente: 2012115677
No. de Presentación: 20120163173
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DISTRIBUIDORA JAGUAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JAGUAR, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
ROMA
Consistente en: la palabra ROMA, que servirá para: AMPARAR: BATES, PELOTAS, GUANTES, RODILLERAS DE PROTECCIÓN AHULADAS, CARETAS, JUEGOS DE DAMAS, AJEDREZ, DO-MINÓ, PESAS, RAQUETAS Y ESPINILLERAS, TOBILLERAS Y MUSLERAS. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de enero del año dos mil doce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028115-3
No. de Expediente: 2011112180
No. de Presentación: 20110156259
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FITOLAQ
Consistente en: la palabra FITOLAQ, que servirá para: AMPARAR: INSECTICIDAS, FUNGICIDAS Y HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil once.
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028215-3
No. de Expediente: 2011114655
No. de Presentación: 20110161099
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., de naciona-lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como cajetilla "A", que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TABACO, PRODUCTOS DE TABACO, ENCENDEDORES, CERILLOS Y ARTÍCULOS PARA FUMADORES EN GENERAL (QUE NO SEAN DE METALES PRE-CIOSOS). Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028217-3
No. de Expediente: 2011114656
No. de Presentación: 20110161100
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., de naciona-lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como cajetilla "B", que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TABACO, PRODUCTOS DE TABACO, ENCENDEDORES, CERILLOS Y ARTICULOS PARA FUMADORES EN GENERAL (QUE NO SEAN DE METALES PRE-CIOSOS). Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028218-3
No. de Expediente: 2011113436
No. de Presentación: 20110158638
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de COMPAÑÍA DE GALLETAS POZUELO DCR, S.A., de nacionalidad
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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
TENTACIONES CHOCO
NIEVE
Consistente en: las palabras TENTACIONES CHOCO NIEVE, que servirá para: AMPARAR: GALLETAS DE TODO TIPO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028219-3
No. de Expediente: 2011111407
No. de Presentación: 20110154930
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LACTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión XTe y diseño, que servirá para: AM-PARAR: BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028222-3
No. de Expediente: 2011111406
No. de Presentación: 20110154929
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LACTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra XFRUT y diseño, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028223-3
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
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NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2011111258
No. de Presentación: 20110154559
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS DE FOAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS DE FOAM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
INDUFOAM SUPER FOAM
Consistente en: la expresión INDUFOAM SUPER FOAM, tradu-cida la palabra FOAM como Espuma, que servirá para: AMPARAR: CAMAS Y COLCHONES PARA CAMAS. Clase: 20.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028236-3
No. de Expediente: 2011114088
No. de Presentación: 20110159782
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CIGARRERIA MORAZAN
Consistente en: las palabras CIGARRERIA MORAZAN, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO O MANUFACTU-RADO, CIGARROS, CIGARRILLOS, CERILLOS, SUCEDÁNEOS DEL TABACO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO Y ARTICULOS PARA FUMADORES QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028237-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2011114179
No. de Presentación: 20110159955
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JONHY FRANCISCO ROSA MENJIVAR, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de PREPRIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PREPRIN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL,
Consistente en: las palabras PP PrePrin y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICA-DO A PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007010-3
DIARIO
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2011112720No. de Presentación: 20110157232
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de FARMACIAS UNO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: FARMACIAS UNO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: un diseño denominado DOCTOR ALIVIO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIO SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS. La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028069-3
No. de Expediente: 2011112718No. de Presentación: 20110157230
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de FARMACIAS UNO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: FARMACIAS UNO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: un diseño denominado DOCTOR ALIVIO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028070-3
No. de Expediente: 2011112717
No. de Presentación: 20110157229
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de FARMACIAS UNO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: FARMACIAS UNO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: un diseño denominado DOCTOR ALIVIO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028071-3
DIARIO
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
No. de Expediente: 2011112716
No. de Presentación: 20110157228
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de FARMACIAS UNO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: FARMACIAS UNO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: un diseño denominado DOCTOR ALIVIO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028072-3
No. de Expediente: 2011112719
No. de Presentación: 20110157231
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, en su calidad de APODERADO de FARMACIAS UNO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: FARMACIAS UNO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: un diseño denominado DOCTOR ALIVIO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028073-3
No. de Expediente: 2011110592
No. de Presentación: 20110153437
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de RECKITT & COLMAN (OVERSEAS) LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la palabra GAVISCON y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES, POR MEDIO DE CAMPAÑAS PUBLICITARIAS EN LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACION SOCIAL Y EN EVENTOS AFINES, CON EL OBJETIVO DE PROMOVER LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: QUIMICOS Y FARMACEUTICOS; PREPARACIONES Y SUSTAN-CIAS FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil once.
DIARIO
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil once.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F028224-3
DISMINUCION DE CAPITAL
El Infrascrito secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CUELLAR INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CUELLAR INGENIEROS S.A. DE C.V., la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio bajo el número 17 del Libro 1082 del registro de sociedades CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada el Acta número Veintisiete de Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día nueve de Diciembre del año dos mil once y que en el punto No. 1 dice lo siguiente:
PUNTO No. 1 La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda por unanimidad modifi car el capital social mínimo para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 129 del Código de Comercio y lo hace de la siguiente manera: El capital mínimo que a esta
fecha asciende a CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS se disminuye a la cantidad de ONCE MIL DOLARES EXACTOS el cual queda conformado por MIL CIEN ACCIONES de valor nominal de DIEZ DOLARES CADA UNA de las cuales corresponden QUINIENTAS CINCUENTA ACCIONES al Inge-niero Carlo Francisco Cuéllar Arévalo y QUINIENTAS CINCUENTA ACCIONES al Ingeniero Carlos Guillermo Cuéllar Villatoro. El valor restante de la disminución del capital social mínimo correspondiente a la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS se distribuye en un 50% para el Ingeniero Carlos Francisco Cuéllar Arévalo y 50% para el Ingeniero Carlos Guillermo Cuéllar Villatoro. Por lo tanto el capital mínimo de la sociedad queda establecido en la cantidad de ONCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, representado y dividido en mil cien acciones de un valor nominal de DIEZ DÓLARES, cada una, totalmente suscritas y pagadas. De esta operación se emitirán los certifi cados de acciones correspondientes y deberá ser registrada en los libros legales de registro de accionistas y de aumento y disminución de capital que lleva la sociedad. Así mismo la Junta General Extraordinaria de Accionistas Autoriza al Administrador Único de La sociedad Ingeniero Carlos Francisco Cuéllar Arévalo para que realice los trámites legales correspondientes relacionados con el registro de la disminución acordada al capital social mínimo de la sociedad.
Y para ser presentada a las instancias correspondientes y relacio-nada en la modifi cación a la escritura de constitución de la sociedad CUELLAR INGENIEROS S.A. DE C.V. se extiende, fi rma y sella la presente CERTIFICACIÓN, a los treinta días del mes de Diciembre del año dos mil once.
Ing. CARLOS GUILLERMO CUELLAR VILLATORO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007002-3
BALANCE DE LIQUDACIÓN
3 v. alt. No. F028067-3
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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2011112659
No. de Presentación: 20110157125
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de QUALA, INC., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
QUALA
Consistente en: la palabra QUALA, que servirá para: AMPARAR: COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS; PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMER-CIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028226-3
No. de Expediente: 2011114097
No. de Presentación: 20110159815
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de GESTOR OFI-CIOSO de SAGRES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SAGRES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra CAPTIOUS y diseño. Traducción al castellano: Capcioso, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGURIDAD CONSISTENTE EN EL MONITOREO DE VEHICULOS Y FLOTAS POR MEDIO DE TECNOLOGIA "GPS". Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028234-3
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-neral, que se ha presentado ENA RUTH ALVARADO CARRANZA, del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 99006361 emitida el 30/06/2005. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 13 de febrero de 2012.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C007009-3
AVISO
"CHARTIS VIDA, S. A., SEGUROS DE PERSONAS", Compañía de Seguros, hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha presentado JOSE LUIS RODRIGUEZ, Comerciante, del domicilio de Santa Ana, solicitando la Reposición de la Póliza No. VO-10.629, emitida por SEGUROS DESARROLLO, S.A., a su favor, con fecha 29 de junio de 1982. Si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.
San Salvador, 13 de febrero de 2012.
LIC. R. IRENE MORAN DE GUADRON,
COORDINADORA EMISION VIDA.
3 v. alt. No. F028112-3
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
AVISO
"CHARTIS VIDA, S. A., SEGUROS DE PERSONAS", Compañía de Seguros, hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha presentado JOSE LUIS RODRIGUEZ, Comerciante, del domicilio de Santa Ana, solicitando la Reposición de la Póliza No. VO-01.585, emitida por SEGUROS DESARROLLO, S.A., a su favor, con fecha 15 de octubre de 1976. Si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.
San Salvador, 13 de febrero de 2012.
LIC. R. IRENE MORAN DE GUADRON,
COORDINADORA EMISION VIDA.
3 v. alt. No. F028113-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente : 2011112045
No. de Presentación: 20110156076
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA CARO-LINA MERCEDES PINEDA MEJIA, en su calidad de APODERADO de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: en las palabras ADOC Magazine, se traduce al castellano como revista, que servirá para: AMPARAR: REVISTAS, CATÁLOGOS Y PAPELERIA EN GENERAL. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007001-3
No. de Expediente: 2012115873
No. de Presentación: 20120163540
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MARCE-LO EDUARDO HUEZO MOLINA, en su calidad de APODERADO
de SAFETY CO., LTD, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras SAFETY BRAND y diseño, que se traduce al castellano como Seguridad Diseño, que servirá para: AMPARAR: ESFERAS, BRAZOS DE CONTROL INFERIOR Y SUPERIOR, BARRAS CENTRALES, TERCER BRAZO, BRAZO PITMAN, TERMINAL DE CREMALLERA, BARRA ESTABILIZA-DORA, TERMINALES DE DIRECCIÓN, TERMINALES DE BARRA ESTABILIZADORA, EJES DE TIJERAS, BARRAS LATERALES DE DIRECCIÓN. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C007003-3
No. de Expediente: 2011112742 No. de Presentación: 20110157269 CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO de TMT TRADING COMPANY LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión TMT y diseño, que servirá para: AM-PARAR: APARATOS PARA ALUMBRAR, CALENTAR, PRODUCIR VAPOR, DE COCCION (COCINA), REFRIGERAR, SECAR, VENTI-LAR, SUMINISTRAR AGUA Y PARA PROPOSITOS SANITARIOS. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F028053-3
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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 394
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ESTATUTOS DEL SINDICATO DE TRABAJADORES
INDEPENDIENTES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES
AGROPRECUARIOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA
STIPAZ
CAPITULO I
CONSTITUCION, CLASE, DENOMINACION,
DOMICILIO, LEMA, EMBLEMA, OBJETO Y FINES
Art. 1.- De conformidad con el Acta Notarial de Constitución otor-
gada el día treinta de diciembre del año dos mil once, queda constituido
el Sindicato de Clase de Trabajadores Independientes, denominado:
“SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE PE-
QUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DEL MUNICIPIO
DE ZACATECOLUCA”, siendo sus siglas STIPAZ y que en los presentes
Estatutos se denominará “El Sindicato”.
Art. 2.- El domicilio legal del Sindicato será la Ciudad de
Zacatecoluca, Departamento de La Paz, República de El Salvador, pero
podrá en casos especiales y cuando las necesidades así lo requieran,
trasladarse a otro municipio o cabecera de cualquier Departamento de
la República, de forma temporal o permanente previo acuerdo de la
Asamblea General.
Art. 3.- El lema del Sindicato será: “Unidos en la lucha por la
Seguridad y Soberanía Alimentaria” y su emblema estará constituido
por una Bandera del tamaño del Pabellón Nacional, con dos franjas ho-
rizontales, una de color rojo, que simboliza la lucha obrero campesina,
una de color verde, que simboliza la naturaleza que nos da nuestra madre
tierra, en el centro un triángulo equilátero y dentro de él, las fi guras de
un hombre y una mujer con una Cuma en la mano, a su lado una planta
de maíz y sobre ellos un sol radiante, rodeando estas fi guras el nombre
del Sindicato y en la parte inferior las siglas del mismo.
Art. 4.- El Sindicato tiene por objeto el fomento y la defensa de los
intereses económicos, sociales, técnicos y profesionales de sus miem-
bros; no persigue más fi nes que los contemplados dentro del presente
Estatuto y las leyes vigentes del país; para ello, sus órganos de dirección
y gobierno deberán:
a. Incorporar en su seno a los (las) trabajadores (as) independien-
tes de pequeños productores agropecuarios de Zacatecoluca,
así como luchar por su unidad y estrechar los vínculos de
confraternidad y solidaridad con las demás organizaciones
sindicales democráticas del país y del extranjero.
b. Promover el desarrollo Económico, Técnico-productivo de
los y las Trabajadores(as). Independientes Agropecuarios en
pequeño en las actividades relacionadas al mismo.
c. Impulsar proyectos de apoyo técnico y fi nanciero para el
desarrollo de los pequeños productores agropecuarios.
d. Promover la continuidad de la Reforma Agraria, para fortalecer
la producción agropecuaria y generar empleo.
e. Impulsar el desarrollo de una política pública de Seguridad
y Soberanía Alimentaria para el fomento de la producción
de alimentos y el autoempleo.
f. Impulsar el establecimiento del bono ambiental, como un
incentivo a la actividad productiva en el agro.
g. Promover convenciones nacionales de negociaciones de
comercialización, líneas de créditos, tanto Nacionales como
Internacionales, para asegurar a los y las afi liados(as) un
bienestar económico y social.
h. Participar en los programas de salud ambiental y ecológica
para recuperar la fertilización de las áreas de tierra desmejorada
del país.
i. Fomentar y Fortalecer la unidad entre los y las Trabajadores
(as) Independientes del sector Agropecuario y los Trabajadores
y trabajadoras de los sectores urbanos.
j. Promover vínculos de solidaridad con otras organizaciones
del Sector Agropecuario y trabajadores en general, tanto
nacionales e internacionales.
k. Representar y defender a sus afi liados(as) en los derechos
estipulados en la Ley Primaria, Leyes secundarias, Convencio-
nes, Protocolos Internacionales y los Convenios, en especial
el “ciento cuarenta y uno” de la Organización Internacional
del Trabajo OIT.
l. Buscar las soluciones a los diferentes problemas que enfrenten
los trabajadores y trabajadoras Agropecuarios a nivel nacional
e internacional por medio de la participación o celebración
de Congresos Nacionales e Internacionales.
m. Adquirir bienes muebles e inmuebles y valores para el ejercicio
de las actividades del sindicato.
n. Velar por la participación de la Mujer y los Jóvenes en las
distintas labores agropecuarias con derecho de igualdad de
género.
o. Fomentar el deporte, el arte y la cultura para la sana recreación
de sus afi liados(as).
p. Eliminar todas las barreras que obstruyan las liberta-
des de Organización Sindical de los Trabajadores(as)
Agropecuarios.
q. Realizar programas de alfabetización en coordinación con
las instancias gubernamentales.
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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
r. Luchar por el establecimiento efectivo de un Sistema Nacional
de Protección Social en el país, para todos los trabajadores
de la República y sus familiares.
s. Promover y realizar actividades culturales como: Auspiciar
conferencias, seminarios, programas de divulgación de los
diferentes avances del desarrollo agropecuario a través de
los distintos medios de comunicación social, subvencionar
escuelas de capacitación y bibliotecas.
t. Mantener y defender la unidad de todos los y las
Trabajadores(as) Independientes de pequeños productores
agropecuarios.
u. Formar parte de una Federación de Trabajadores, ya sea a nivel
nacional o internacional previa aprobación de la Asamblea
General del Sindicato.
CAPITULO II
DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO, SUS DERECHOS
Y OBLIGACIONES
Art. 5.- Podrán ser miembros del Sindicato los y las trabajadores
(as) independientes de pequeños productores del sector agropecuario, que
asistieron al acto de Constitución y los que con posterioridad ingresen
a él, los cuales deberán reunir los requisitos que se establezcan en el
presente Estatuto.
Art. 6.- Todos los miembros del Sindicato son iguales en el goce
y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;
por consiguiente, a nadie podrá reconocérsele ni atribuírsele por ningún
concepto privilegios en el gobierno, administración y funcionamiento
del Sindicato.
Art. 7.- Para ser miembro del Sindicato se requiere:
a. Ser trabajador(a) independiente agropecuario del Municipio
de Zacatecoluca, Departamento de La Paz.
b. Ser mayor de catorce años.
c. Solicitar por escrito su admisión, ante la Junta Directiva
General del Sindicato comprometiéndose a cumplir con las
obligaciones señaladas en el presente Estatuto.
d. Pagar su cuota de ingreso al Sindicato.
e. Firmar el libro de inscripción del Sindicato.
f. No haber observado manifi esta conducta contraria a los
intereses de la clase trabajadora.
g. No pertenecer a otro Sindicato.
Art. 8.- Son derechos de los miembros del Sindicato:
a. Poseer un Carnet que los y las identifi que como miembros
del Sindicato.
b. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales y
presentar proposiciones e iniciativas en las mismas.
c. Elegir y ser electos(as) para los cargos de Dirección, Comi-
siones o Delegaciones del Sindicato, excepto cuando no se
hallen solventes con la Secretaría de Finanzas.
d. Solicitar que les exima del pago de las cuotas sindicales,
previa investigación de la Junta Directiva General del caso
y previa comprobación de la causa.
e. Solicitar que el Sindicato los (as) represente en las comercia-
lizaciones, gestiones de líneas de créditos para la producción
agropecuaria; y en la obtención de tecnología apropiada para
las labores agropecuarias.
f. Nombrar defensores entre los miembros del Sindicato o
defenderse así mismo ante la Comisión de Honor y Justicia
o ante la Asamblea General, en caso de ser acusado de faltas
en el trabajo o en sus labores como miembro del Sindicato.
g. Todas aquellas prestaciones, facultades y ventajas que
establezcan los presentes Estatutos o que deriven de las
resoluciones y acuerdos de los Órganos de Dirección del
Sindicato.
Art. 9.- Son obligaciones de los miembros del Sindicato:
a. Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, Acuerdos y
resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva
General y de los demás órganos de dirección del Sindicato.
b. Brindar su concurso moral, intelectual y material para la
realización del objeto y fi nes del Sindicato.
c. Pagar con puntualidad las cuotas ordinarias o extraordinarias
exigidas para el sostenimiento del Sindicato.
d. Asistir a las Asambleas Generales, sean éstas ordinarias o
extraordinarias, o a cualquier otra reunión que convoque
cualquier órgano de dirección del Sindicato.
e. Presentar excusas, con indicaciones de causa, cuando no
puedan asistir a una sesión, conforme lo especifi que el Re-
glamento Interno del Sindicato.
f. Observar buena conducta y ser leal con sus compañeros de
trabajo.
g. Respetar los organismos de dirección del sindicato, así como
a sus miembros, prestándoles la colaboración necesaria
cuando éstos así lo soliciten, para el buen desempeño de sus
funciones.
h. Contribuir al desarrollo y consolidación del Sindicato.
i. Las demás obligaciones que determinen estos Estatutos y el
Reglamento Interno del Sindicato.
CAPITULO III
DE LA ESTRUCTURA DEL SINDICATO
Art. 10.- Los Órganos de Gobierno del Sindicato son:
a. Asamblea General.
b. Junta Directiva General.
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CAPITULO IV
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General, la cual estará integrada por la
totalidad de los miembros del Sindicato, es la máxima autoridad de la
Organización y será competente para resolver todos aquellos asuntos
concernientes al mismo, sin más limitaciones que las establecidas por
la ley y el presente Estatuto.
Art. 12.- La Asamblea General puede ser Ordinaria o Extraordinaria.
La Ordinaria se reunirá una vez al año y la Extraordinaria cuando sea
convocada por la Junta Directiva General, a iniciativa propia o cuando lo
soliciten por lo menos diez de sus miembros activos y solventes, siendo
en este caso obligatoria su celebración.
Art. 13.- La convocatoria para celebrar Asamblea General, ya sea
Ordinaria o Extraordinaria, se hará por cualquier medio de publicidad,
con quince y tres días de anticipación respectivamente, señalando lugar,
día y hora de la sesión y la agenda respectiva.
Para que exista quórum legal para la celebración de la Asamblea,
deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de los miembros
afi liados al Sindicato; en caso de no existir el quórum requerido para
la primera convocatoria, se podrá convocar en el acto para otra sesión,
la cual será considerada como de segunda convocatoria, pudiendo ésta
celebrarse inmediatamente después de aquella para la cual no hubo
quórum y en este caso la sesión se llevará a cabo con el número de
afi liados que asistan y las resoluciones y acuerdos que en ella se tomen
serán de acatamiento forzoso para todos los miembros afi liados.
Art. 14.- Las Asambleas Generales, ya sean ordinarias o extraor-
dinarias, se sujetarán a las siguientes reglas en el desarrollo de sus
sesiones:
a. El Secretario General, o quien haga sus veces, dará lectura
a la agenda y la someterá a consideración de los asistentes
para su respectiva discusión, modifi cación o aprobación y
dará por iniciada la sesión.
b. Puesto a discusión un asunto, el Secretario General o quien
haga sus veces, concederá el uso de la palabra, tomando en
cuenta el orden de la solicitud, permitiendo hasta tres oradores
a favor y tres en contra; agotada la lista de oradores, consul-
tará a la Asamblea si el asunto se encuentra sufi cientemente
discutido y caso contrario, se procederá de la misma forma
hasta agotar el debate.
c. El Secretario General o quien haga sus veces, retirará el uso
de la palabra en los casos siguientes:
- Cuando el orador se exprese en forma inadecuada contra
alguno de los miembros de la Junta Directiva General
o del Sindicato en general.
- Cuando se haga alusión a hechos que dañen u ofendan
la vida privada de alguno de los trabajadores afi liados
al Sindicato.
- Cuando el orador haga referencia a algún asunto que se encuentre fuera del punto en discusión.
- Cuando el orador se encuentre bajo los efectos de drogas o bebidas embriagantes.
Art. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General, además de las que señala el Código de Trabajo, las siguientes:
a. Elegir en Sesión de Asamblea General Ordinaria, dentro de los quince días anteriores al treinta de diciembre de cada año, por mayoría de votos y en votación secreta, a los miembros de la Junta Directiva General y las Comisiones de Honor y Justicia y de Hacienda, los cuales podrán ser reelectos total o parcialmente en sus cargos.
b. Acordar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias, el número de veces que en el año se pueden cobrar estas últimas, así como la cantidad máxima que se puede cobrar en su concepto y las formas de cobrar una y otra.
c. Acordar la suspensión y/o expulsión de cualquier miembro del Sindicato, así como la destitución de un miembro de la Junta Directiva General o de las Comisiones del mismo, por violaciones graves al cumplimiento del presente Estatuto o de los Acuerdos y Resoluciones tomados por la Asamblea General.
d. Aprobar las reformas de los presentes Estatutos.
e. Aprobar la memoria anual de labores y el proyecto del presu-puesto anual del Sindicato presentado por la Junta Directiva General.
f. Autorizar a la Junta Directiva General para que el Sindicato se afi lie a una Federación de Sindicatos a nivel nacional o internacional, y en su caso, el retiro o desafi liación de la misma, siempre que el acuerdo provenga de una Asamblea General legalmente constituida y éste sea comunicado por escrito a los miembros de la Junta Directiva Federal de la Federación.
g. Aprobar las cuentas que anualmente debe rendir la Junta Directiva General.
h. Aprobar, desaprobar o reformar los dictámenes que sobre las medidas disciplinarias le presente la Comisión de Honor y Justicia.
i. Acordar por lo menos, con los dos tercios de votos de los miembros afi liados, la disolución voluntaria del Sindicato, de acuerdo con la Ley y el presente Estatuto.
j. Conocer sobre las ponencias e iniciativas que sean sometidas a su consideración y sobre los asuntos que no estén contem-plados en el presente Estatuto ni encomendados a otro órgano de dirección del sindicato.
CAPITULO V
DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL
Art. 16.- La Junta Directiva General tendrá a su cargo la dirección y administración del Sindicato y estará integrada por once miembros electos para los cargos siguientes:
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1. Secretario(a) General.
2. Secretario(a) de Organización.
3. Secretario (a) Primero de Confl ictos.
4. Secretario(a) Segundo de Confl ictos.
5. Secretario(a) de Finanzas.
6. Secretario(a) de Educación Sindical.
7. Secretario(a) de Prensa y Comunicación.
8. Secretario(a) de Relaciones Nacionales e Internacionales.
9. Secretario(a) de Asuntos Agropecuarios y Medio Ambien-te.
10. Secretario(a) de Asuntos Femeninos y Juveniles.
11. Secretario(a) de Actas y Acuerdos.
Art. 17.- La representación Judicial y Extrajudicial del Sindicato le corresponderá al Secretario General, al Secretario de Organización y al Secretario(a) Primero de Confl ictos de la Junta Directiva General, los cuales podrán actuar conjunta o separadamente; en consecuencia, las personas mencionadas o quienes hicieren sus veces, quedan facultadas para suscribir toda clase de contratos o escrituras, otorgar toda clase de poderes, comparecer en juicios y realizar todas aquellas acciones en las que se requiere actuar por representación, previo acuerdo de la Junta Directiva General.
Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva General tomarán posesión y entrarán en el ejercicio de sus funciones el día veinticuatro de julio de cada año, y durarán en el ejercicio de las mismas un año, pudiendo ser reelectos parcial o totalmente en cualquier Secretaría.
Art. 19.- En caso de ausencia o impedimento temporal de un Secretario de la Junta Directiva General, éste será sustituido por otro según el orden en que el que aparecen nominados en el Art. 16 del pre-sente Estatuto, teniendo derecho únicamente a un voto. En todo caso, un miembro no podrá desempeñar cargos en más de dos Secretarías.
Si la ausencia o impedimento durase más de sesenta días, se pondrá el hecho en conocimiento de la Asamblea General, para que ella verifi que la remoción y elección que corresponda. En caso de muerte de alguno de los miembros de la Junta Directiva General, se convocará a sesión de Asamblea General Extraordinaria, en la cual se elegirá a la persona que deba sustituirlo.
Art. 20.- La Junta Directiva General saliente deberá entregar a la entrante mediante inventario, todos los haberes y asuntos que hayan estado a su cargo, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de la fecha de la toma de posesión. Lo anterior se hará constar en acta, la cual deberá ser fi rmada por los miembros de ambas Juntas Directivas.
Art. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva General se requie-re:
1. Ser salvadoreño por nacimiento.
2. Ser mayor de 18 años de edad.
3. Ser miembro activo y solvente del Sindicato.
4. Ser de honradez y capacidad notoria.
5. No formar parte de otro Órgano del Sindicato.
Art. 22.- La Junta Directiva General se reunirá ordinariamente
cada treinta días y extraordinariamente, cuando sea convocada por el
Secretario General o por tres de los miembros de la Junta Directiva
General. Los acuerdos tomados por la mayoría obligan a los ausentes.
Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva General están en la
obligación de asistir a todas las sesiones, salvo causa justifi cada, bajo
una pena de hacerse acreedores a la sanción correspondiente por el
incumplimiento de su deber.
Art. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva General, además de
las propias de administrar y dirigir el sindicato y de las que le impongan
las leyes y el presente Estatuto, las siguientes:
a. Dirigir y resolver todos los asuntos relacionados con el
Sindicato que sean de su competencia.
b. Nombrar las comisiones necesarias para el mejor desempeño
de sus funciones.
c. Revisar las operaciones contables de la Secretaría de Finanzas
del Sindicato.
d. Velar por el cumplimiento del presente Estatuto y Reglamento
Interno del Sindicato, así como los Acuerdos y Disposiciones
que emanen de los mismos.
e. Convocar a la Asamblea General, sea ésta Ordinaria o Ex-
traordinaria, en la forma y casos establecidos en el presente
Estatuto.
f. Elaborar la memoria anual del Sindicato y presentarla a la
Asamblea General para su aprobación.
g. Presentar el presupuesto anual del Sindicato ante la Asamblea
General para su aprobación.
h. Atender y resolver todas las solicitudes y reclamos de los
miembros y velar porque los derechos de los miembros
afi liados al Sindicato sean respetados.
i. Autorizar por mayoría de votos los gastos hasta por quinientos
dólares.
j. Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más
instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del
mantenimiento de un fondo de reserva de la Secretaría de
Finanzas, para atender los gastos imprevistos y urgentes.
k. Rendir anualmente ante la Asamblea General, las cuentas sobre
el estado económico del Sindicato, o cuando la Comisión de
Hacienda o diez o más miembros afi liados lo soliciten por
escrito.
l. Exonerar del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias
al miembro que lo solicite previa comprobación de cada caso
y previa comprobación de la causa.
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m. Llevar un libro de Organización para el registro de los miem-bros del Sindicato, dos de actas y los de contabilidad que fueren necesarios. Tales libros serán autorizados y sellados por el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
n. Enviar cada año al Departamento antes mencionado, la nómina de los miembros del Sindicato.
o. Informar al mismo Departamento los nombres de los miembros de la Junta Directiva General, dentro de los diez días siguien-tes a aquél en que hayan tomado posesión de sus cargos. La calidad de miembros de una Junta Directiva se tendrá desde el momento de la toma de posesión expresada, siempre que el informe dicho se hubiere dado dentro del término establecido y que además, sea seguido de la correspondiente inscripción. Si el informe se diere después de vencido el plazo mencionado, la calidad de directivo se reconocerá a partir de la fecha en que aquél se haya presentado al Departamento respectivo, siempre que fuere seguido de la inscripción correspondiente.
p. Comunicar al Departamento Nacional de Organizaciones Sociales los casos de renuncia, suspensión, o expulsión de los miembros del Sindicato, expresando los motivos que oca-sionaron tal circunstancia, dentro de los diez días siguientes a las mismas. La renuncia a la calidad de afi liado al Sindicato deberá presentarse por escrito a la Junta Directiva General y quien la reciba entregará al interesado constancia del día y la hora de la presentación.
q. Recolectar las cuotas sindicales, debiendo extender en todo caso los recibos correspondientes.
r. Vigilar las votaciones en las Asambleas Generales, especial-mente en lo relativo a la singularidad y secreto del voto.
s. Proporcionar a las autoridades correspondientes los informes que requieran sobre las diferentes actividades del Sindica-to.
t. Resolver todos aquellos asuntos administrativos relacionados con el Sindicato, que no estuvieren especialmente encomen-dados a otro órgano del mismo.
CAPITULO VI
DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL
Art. 25.- Son atribuciones y deberes del (la) Secretario (a) General, las siguientes:
a. Convocar y presidir las sesiones de Junta Directiva General, Asamblea General y todo evento realizado por el Sindicato, pudiendo delegar por escrito esta responsabilidad cuando así lo considerare necesario.
b. Representar Judicial y Extrajudicialmente al Sindicato y a los miembros de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta o separadamente con el Secretario de Organización y con el Secretario(a) Primero de Confl ictos del mismo.
c. Coordinar la actuación de los demás miembros de la Junta Directiva General.
d. Convocar a la Junta Directiva General a sesiones extraordi-narias.
e. Convocar a sesión de Asamblea General a petición de la Junta
Directiva General o por solicitud escrita de diez miembros
del Sindicato por lo menos.
f. Rendir cada tres meses a la Junta Directiva General, un
informe detallado de sus actividades y anualmente a la
Asamblea General, sobre todos los asuntos relacionados con
su Secretaría.
g. Juramentar a los miembros que ingresen al Sindicato.
h. Informar a la Junta Directiva General y a la Comisión de
Honor y Justicia, sobre las faltas cometidas por los miem-
bros afi liados al Sindicato, con el fi n de que se impongan las
medidas disciplinarias correspondientes.
i. Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas, toda la
documentación relacionada con la actividad económica del
sindicato.
j. Registrar su fi rma, conjuntamente con la del Secretario de
Finanzas del Sindicato, en la o las instituciones bancarias en
que el Sindicato tenga depositados sus fondos. Lo anterior
en relación con lo dispuesto por los Artículos 28 literal d) y
44 y 45 de los presentes Estatutos.
k. Autorizar las erogaciones necesarias para el buen funciona-
miento del Sindicato.
l. Certifi car las actas o acuerdos de sesiones de Junta Directiva
General o Asamblea General, conjunta o separadamente con
el Secretario de Actas y Acuerdos del Sindicato.
m. Resolver los problemas de carácter inmediato y urgente que
se presenten en el aspecto administrativo.
n. Vigilar la disciplina del personal empleado al servicio del
sindicato, sin que esto implique la facultad de nombrar o
despedir a los empleados, lo cual sólo corresponderá a la
Junta Directiva General.
o. Asesorar a las comisiones que nombre la Junta Directiva
General y extender las credenciales correspondientes a sus
miembros.
p. Vigilar el estricto cumplimiento del presente Estatuto, el
Reglamento Interno del Sindicato y los Acuerdos tomados
por la Asamblea General o por la Junta Directiva General.
q. Colaborar con la Secretaría General de la Federación a la
cual se encuentre afi liado el Sindicato.
Art. 26.- Son atribuciones y deberes del(la) Secretario(a) de Or-
ganización:
a. Asumir la dirección de la Junta Directiva General y dirigir
la Asamblea General en caso de ausencia del Secretario
General.
b. Llevar un libro de organización debidamente autorizado, en
el cual se registrarán las generales de los miembros afi liados
al Sindicato.
c. Llevar el archivo del Sindicato y un control de cada uno de los
miembros, a fi n de que sirva de base a la Asamblea General para los nombramientos y elecciones que se efectúen.
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d. Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato y a los miembros de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta o separadamente con el Secretario General y con el Secretario(a) Primero de Confl ictos del Sindicato.
e. Recabar toda la información sobre las actividades del Sindicato y dar cuenta de ello a la Junta Directiva General.
f. Mantener activa la labor de organización, con el objeto de que pertenezcan al Sindicato la mayoría de los trabajadores(as) independientes del sector agropecuario de Zacatecoluca.
g. Colaborar con la Secretaria de Organización de la Federación a la cual el Sindicato se hubiere afi liado.
Art. 27.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) Primero y Secretario(a) Segundo de Confl ictos, las siguientes:
a. Asistir, representar y defender a los miembros del Sindicato en los confl ictos y litigios que se les presenten, ante las autoridades de trabajo, de agricultura, de medioambiente, administrativas, etc.
b. Estudiar los confl ictos de producción, trabajo y medio ambiente que se dieran en las comunidades de trabajadores agropecuarios para asesorar a los miembros del Sindicato conjuntamente con el Departamento Jurídico del mismo.
c. Estudiar cuidadosamente las Leyes Laborales, Agrarias, de Medio Ambiente, Comerciales y demás afi nes, así como preparar anteproyectos de reforma a las mismas y exponerlos a la Junta Directiva General para que ésta las presente a las autoridades competentes, velando siempre porque se respeten los derechos de los miembros afi liados al mismo y trabajadores en general.
d. Procurar por todos los medios posibles a su alcance, en casos necesarios, la presencia de los miembros y la efi cacia de los Estatutos, Reglamentos, Acuerdos y Disposiciones de la Asamblea General, para fortalecer la buena marcha del Sindicato.
e. En el caso del(la) Secretario(a) Primero de Confl ictos, Re-presentar Judicial y Extrajudicialmente al Sindicato y a los miembros de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta o separadamente con el Secretario General y con el Secretario de Organización del Sindicato.
f. Luchar porque se establezcan mejores condiciones de vida, de trabajo y de seguridad social para las y los afi liados al Sin-dicato y para los trabajadores Agropecuarios en general.
g. Colaborar con la Secretaría de Confl ictos de la Federación a la cual el Sindicato este afi liado.
Art. 28.- Son atribuciones y deberes del(la) Secretario(a) de Fi-nanzas, las siguientes:
a. Dirigir las fi nanzas del Sindicato, así como custodiar los bienes, responder del estado de caja y elaborar el presupuesto anual del mismo.
b. Colectar las cuotas de afi liación, así como las ordinarias y las extraordinarias, extendiendo para ello el recibo corres-pondiente.
c. Llevar un registro actualizado y detallado de los ingresos y egresos realizados, utilizando los libros de contabilidad respectivos previamente autorizados para ello.
d. Depositar los fondos y valores del sindicato en una o más instituciones bancarias de la República, para lo cual deberá registrar su fi rma en dichas instituciones, conjuntamente con la del Secretario General del Sindicato.
e. Preparar los balances fi nancieros que presentará anualmente la Junta Directiva General ante la Asamblea General.
f. Velar por que los gastos del Sindicato se realicen de forma acorde al presupuesto aprobado por la Asamblea General, a excepción de aquellos realizados en caso de urgente necesidad, los cuales también deberán registrarse.
g. Firmar, conjuntamente con el Secretario General, toda la documentación referente a la actividad económica del Sin-dicato.
h. Entregar mediante inventario al Secretario de Finanzas que resultare electo para ocupar su cargo, todos los bienes y haberes que posee el Sindicato.
i. Informar debidamente a la Junta Directiva General de todas sus actividades y proyectos.
j. Colaborar con la Secretaría de Finanzas de la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.
Art. 29.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) de Educación Sindical, las siguientes:
a. Velar porque la cultura general del Sindicato alcance un nivel aceptable y procurar que los afi liados tengan un comporta-miento decoroso.
b. Organizar cursos de capacitación sindical para los miembros del Sindicato.
c. Preparar todo tipo de actos culturales, festivales, conferencias, actividades deportivas, etc.
d. Crear y administrar la biblioteca del Sindicato.
e. Fomentar el aprendizaje y capacitación de los trabajadores afi liados al Sindicato y sus familias, teniendo en cuenta la modernización y globalización actual.
f. Implementar y desarrollar la formación sindical sobre legis-lación laboral, seguridad social, alfabetización, arte y cultura, así como técnicas productivas.
g. Colaborar con la Secretaría de Educación Sindical de la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.
Art. 30.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) de Prensa y Comu-nicación, las siguientes:
a. Difundir por todos los medios posibles las ventajas que obtiene el trabajador al ser afi liado al Sindicato.
b. Crear y dirigir el órgano ofi cial de divulgación del Sindica-to.
c. Dar a conocer a los afi liados por cualquier medio de difusión, los principios y objetivos del Sindicato, su programa de lucha y la labor que en tal sentido éste realiza.
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d. Contestar o aclarar las informaciones que afecten los intereses
del Sindicato o de sus afi liados.
e. Redactar el boletín y/o periódico del Sindicato informando
sobre los avances que se ha logrado en lo organizativo y la
denuncia de los abusos que fueren victimas los trabajadores
productores por parte de la empresa privada, e instituciones
estatales.
f. Mantener activa la propaganda del Sindicato en general,
organizando actividades publicitarias para que todos los
trabajadores independientes agropecuarios salvadoreños,
conozcan sobre el Sindicato.
g. Realizar campaña publicitaria sobre los avances técnicos
y tecnológicos existentes en el área agropecuaria para que
todos los miembros del Sindicato y trabajadores en general
conozcan sobre los mismos.
h. Realizar otras funciones compatibles con su cargo y los
demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno del
Sindicato.
i. Colaborar con la Secretaría de Prensa y Comunicación de la
Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.
Art. 31.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) de Relaciones
Nacionales e Internacionales, las siguientes:
a. Mantener activas las relaciones con los Sindicatos miembros
de la Federación a la que el Sindicato se encuentre afi liado.
b. Estrechar los vínculos de amistad con otras organizaciones
sindicales o gremiales, ya sean nacionales o internacionales
que coincidan con los intereses de la clase trabajadora,
enviándoles publicaciones e informaciones del Sindicato,
especialmente periódicos, revistas, etc.
c. Recopilar todas las publicaciones internacionales relativas a
la economía, tratados Internacionales conferencias, avances
técnicos y tecnológicos en el área agropecuaria, etc., que
puedan orientar al Sindicato en el cumplimiento de sus fi nes,
objetivo y obligaciones.
d. Atender, conjuntamente con el Secretario General, a todas las
delegaciones que visiten al Sindicato, sean éstas nacionales
o extranjeras.
e. Informar a la Junta Directiva General y a la Asamblea General
de todas las proposiciones y acuerdos que sean planteadas
por las demás organizaciones sindicales y afi nes.
f. Llevar en forma ordenada el archivo de correspondencia
despachada y recibida del Sindicato, informando a la Junta
Directiva General y Asamblea General, del estado de relación
del Sindicato con otros organismos sindicales o gremiales a
nivel nacional e internacional.
g. Promover seminarios y congresos nacionales en los cuales se
analicen los avances en el área agropecuaria, así como en el
área de seguridad económica y social de todos los trabajadores
independientes agropecuarios en general.
h. Las demás atribuciones que le confi eran los presentes Estatutos y el Reglamento Interno del Sindicato.
i. Colaborar con la Secretaría de Relaciones Nacionales e In-ternacionales de la Federación a la cual se encuentre afi liado
el Sindicato.
Art. 32.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) de Asuntos
Agropecuarios y Medio Ambiente, las siguientes:
a. Mantener una orientación permanente a los afi liados con todo
lo que tenga que ver con la Legislación Agraria.
b. Apoyar a las demás Secretarías en funciones compatibles
con su cargo.
c. Mantener una orientación permanente del medio ambiente a través de programas educativos que la Secretaría de Prensa y Comunicación y Secretaría de Educación Sindical deberá impulsar apoyándose de los programas que el Estado e Instituciones Nacionales no gubernamentales y extranjeras fi nancien económicamente para este fi n.
d. Desarrollar programas de forestación en las comunidades rurales que estén perjudicadas ecológicamente a nivel na-cional.
e. Promover a través de medios publicitarios como boletines de prensa, programas radiales y educativos la defensa de ríos, lagos, manantiales de agua y la fauna vegetal y animal que ayudan a equilibrar el ecosistema ambiental.
f. Organizar conjuntamente con el Secretario de Organización y con los Secretarios de Confl ictos, los diferentes Comités de Defensa y desarrollo ecosistema ambiental.
g. Promover iniciativas encaminadas a la continuidad de la Reforma Agraria.
h. Generar iniciativas para la implementación de una política de Seguridad y Soberanía Alimentaria.
i. Promover la creación del bono ambiental, como un incentivo a la actividad productiva en el agro.
j. Promover la implementación de proyectos de apoyo técnico y fi nanciero para el desarrollo del sector agropecuario
Art. 33.- Son atribuciones y deberes del(la) Secretario(a) de Asuntos Femeninos y Juveniles, las siguientes:
a. Estudiar las necesidades y reivindicaciones laborales, sociales, económicas y culturales de la Mujer y la Juventud del Sector Agropecuario y buscar las soluciones correspondientes.
b. Desarrollar una labor permanente, en unidad con los Secre-tarios de Asuntos Femeninos y Juveniles de cada uno de los sindicatos miembros de la Federación a la que el Sindicato se encuentre afi liado, en defensa de los derechos de la niñez salvadoreña, luchando por la erradicación del trabajo infantil en sus peores formas.
c. Organizar charlas, cursos y seminarios especialmente dirigidos a los jóvenes y a las mujeres, en relación con sus propios derechos e intereses.
d. Organizar actividades deportivas para la recreación de los jóvenes.
e. Luchar por el respeto a la dignidad de la mujer y por el establecimiento de leyes que protejan y conduzcan a su integración en todos los ámbitos del país.
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f. Luchar por el acceso al crédito, por la igualdad de oportuni-dades, de cargos y funciones laborales, sindicales y contra toda forma de marginación.
g. Aumentar los niveles de formación de la mujer y la juventud en las áreas técnicas, académicas y profesionales.
h. Contribuir al buen funcionamiento del Comité Femenino de la Federación a la que el sindicato se encuentre afi liado y colaborar con las coordinadoras del mismo.
i. Colaborar con la Secretaría de Asuntos Femeninos y Juveniles de la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindica-to.
j. Las demás atribuciones que le confi eran los presentes Estatutos y el Reglamento Interno del Sindicato.
Art. 34.- Son atribuciones del(la) Secretario(a) de Actas y Acuerdos, las siguientes:
a. Llevar debidamente asentadas las actas de las sesiones de Junta Directiva General y Asamblea General, así como los acuerdos tomados por las mismas, extendiendo además las certifi caciones necesarias, fi rmándolas, conjunta o separada-mente con el Secretario General.
b. Asistir con puntualidad a las sesiones de Junta Directiva General y Asamblea General, justifi cando debidamente su ausencia en caso de no poder hacerlo.
c. Colaborar con la Secretaría de Actas y Acuerdos de la Fede-ración a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.
CAPITULO VII
DE LAS VOTACIONES Y ELECCIONES
Art. 35.- En el caso de elección de los miembros de la Junta Direc-tiva General y de las Comisiones de Honor y Justicia y de Hacienda del Sindicato y en el caso de aprobación de memorias o cuentas que deba rendir la Junta Directiva General, el voto será individual y secreto; en los demás casos será publico o secreto según lo determinado por la ley o la Asamblea General.
Art. 36.- Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma de-terminada por la Asamblea General y su recuento se realizará por los miembros de la Junta Directiva.
Art. 37.- En caso de una votación secreta se procederá de la siguiente forma:
a. Se elegirá una Comisión de Escrutinio, la cual estará con-formada por tres afi liados al Sindicato activos y solventes, que se encuentren presentes en la Asamblea General, quienes serán los encargados de repartir las papeletas de votación y de vigilar la singularidad y secreto del voto. Una vez realizadas las respectivas elecciones, caducarán las funciones de esta Comisión. En caso de que no pueda realizarse el nombramiento de la Comisión de Escrutinio, el procedimiento se realizará por los miembros de la Junta Directiva.
b. El voto será emitido en papeletas que a cada uno de los votantes proporcionará la Comisión de Escrutinio.
c. Luego de que se hayan realizado las proposiciones pertinentes,
se llenarán las respectivas papeletas y una vez verifi cado lo anterior, el recuento de los votos será realizado por la Co-misión de Escrutinio y el resultado obtenido se comunicará inmediatamente a la Asamblea General.
d. En caso de que no pudiere verifi carse el escrutinio inme-diatamente, se depositarán los votos recogidos en una urna sellada, se determinará el número de votos que ésta contenga y el resultado se hará saber por cualquier medio publicitario escrito que garantice su conocimiento a todos los afi liados del Sindicato. De todo lo anterior se levantará acta, la cual será fi rmada por la Comisión de Escrutinio o la Junta Directiva General, estando obligada ésta a poner en conocimiento de la próxima Asamblea General dicho documento, el cual se transcribirá íntegro en el acta que de esa Asamblea se levan-te.
Art. 38.- La Asamblea General, previo conocimiento de ofi cio o por denuncia de terceros, de anomalías o irregularidades que hayan ocurrido en el proceso electoral, declarará total o parcialmente nulas las elecciones e impondrá a los infractores las sanciones correspondientes, ordenando la realización de nuevas elecciones.
CAPITULO VIII
DE LOS FONDOS DEL SINDICATO
Art. 39.- El patrimonio del Sindicato estará constituido por las cuotas de afi liación que aporten los afi liados de nuevo ingreso, así como por las cuotas ordinarias o extraordinarias que aporten los que ya son miembros del mismo. También estará constituido por los bienes, tanto muebles como inmuebles y además por las aportaciones, las donaciones nacionales e internacionales que se realicen a favor del Sindicato y por cualquier otra actividad fi nanciera que se hiciere a favor del mismo.
Art. 40.- Los miembros del Sindicato aportarán para el sostenimiento del mismo las siguientes cuotas sindicales:
Cuota de afi liación, en el caso de los miembros de nuevo ingreso.
Cuotas ordinarias.
Cuotas extraordinarias.
Art. 41.- La cuota de admisión será de veinticinco centavos de dólar de los Estados Unidos y deberá ser pagada al Secretario de Finanzas, quien extenderá para ello el recibo correspondiente, ante el Secretario de Organización para que éste realice la inscripción del nuevo miembro y le haga entrega del carnet de identifi cación respectiva.
Art. 42.- Las cuotas ordinarias serán aportadas de forma mensual y su cuantía será de veinticinco centavos de dólar de los Estados Unidos. Las cuotas extraordinarias serán aportadas en un máximo de cuatro veces al año y sólo en caso de situaciones imprevistas o urgentes, pre-via aprobación y determinación de su cuantía por parte de la Asamblea General.
Art. 43.- Las cuotas estipuladas son obligatorias para todos los miembros del Sindicato.
Art. 44.- Los fondos del Sindicato deberán permanecer depositados en una o más instituciones bancarias de la República, a disposición de los mismos, dejando en poder del Secretario de Finanzas, la cantidad de quinientos dólares, para gastos imprevistos o urgentes.
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Art. 45.- Para el retiro parcial o total de los fondos del Sindicato, se requiere las fi rmas del Secretario General y del Secretario de Finanzas de la Junta Directiva General, los cuales para tal efecto las registrarán previamente en las instituciones bancarias correspondientes.
Art. 46.- La Junta Directiva General, está facultada para hacer efectivas las cuotas de los miembros afi liados al Sindicato, extendiendo en todo caso el recibo correspondiente.
Art. 47.- La distribución y autorización de egresos de los fondos del Sindicato se realizará de la siguiente forma:
Los gastos menores de doscientos dólares serán autorizados por el Secretario General, los gastos hasta por quinientos dólares serán autori-zados por todos los miembros de la Junta Directiva General y los gastos mayores a dicha cantidad, sólo podrán ser autorizados por la Asamblea General.
El 90% de los fondos se destinarán para los gastos administrativos del Sindicato. El 10 % de los fondos se destinará para el fondo de reserva del Sindicato. En caso de que el fondo se gastare parcial o totalmente, se procurará reintegrarlo tantas veces como se utilice.
Art. 48.- Los miembros de la Junta Directiva General son solida-riamente responsables de la custodia, manejo e inversión de los fondos del Sindicato.
CAPITULO IX
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Art. 49.- Se establecen como medidas disciplinarias las siguien-tes:
a. Amonestación pública o privada.
b. Suspensión de derechos sindicales.
c. Destitución.
d. Expulsión.
Art. 50.- Se aplicarán las penas de amonestación y la suspensión de derechos sindicales a los miembros afi liados al Sindicato, teniendo previo conocimiento de ello la Comisión de Honor y Justicia, en los casos siguientes:
a. Por falta de pago en las cuotas sindicales sin motivo justifi -cado.
b. Por negarse a desempeñar las comisiones encomendadas sin causa justa.
c. Por difamar a la Organización, a sus dirigentes o a sus miem-bros.
d. Por negarse a votar en asuntos de importancia sindical.
e. Por negarse a cumplir los acuerdos y disposiciones emanadas de la Asamblea respectiva.
f. Por presentarse a las sesiones en estado inconveniente o alterar el orden en ellas.
Art. 51.- Son causas de destitución de sus cargos para los miem-bros de la Junta Directiva General o de las Comisiones del Sindicato las siguientes:
a. Falta de efi ciencia o dedicación en el desempeño de las funciones para las cuales ha sido electo.
b. Usurpación de funciones.
c. Cometer o propiciar fraude electoral.
d. Aprovechamiento de sus funciones para obtener ventajas personales.
e. Manejo fraudulento de los fondos de la organización.
f. Labor disociadora sindical, entendida como toda actividad tendiente a desestabilizar la unidad de la organización.
Art. 52.- Son causas de expulsión del Sindicato, las siguientes:
a. Negación constante al cumplimiento de los presentes Estatutos, el Reglamento Interno del Sindicato, Acuerdos y demás disposiciones de la Asamblea General.
b. Fraude o malversación de los fondos sindicales.
c. Traición al Sindicato.
d. Grave daño moral o material en la persona y bienes del Sin-dicato o de los representantes de los Órganos de Gobierno del mismo.
e. Por traición sindical mediante maniobras que pongan en peligro la seguridad y buena marcha de la organización.
f. Labor disociadora sindical, entendida como toda actividad tendiente a desestabilizar la unidad de la organización.
CAPITULO X
DE LAS COMISIONES DEL SINDICATO
SECCION “A”
DE LA COMISION DE HACIENDA
Art. 53.- Se crea la Comisión de Hacienda, la cual controlará la correcta distribución e inversión de los fondos aprobados en el presu-puesto anual del Sindicato.
Art. 54.- La Comisión de Hacienda estará formada por tres miem-bros de honorabilidad y capacidad reconocida, los cuales serán electos para el período de un año, en la misma Asamblea General en la que se elige a la Junta Directiva General y tomarán posesión de sus cargos en la misma fecha de ésta última.
Art. 55.- Para ser miembro de la Comisión de Hacienda se requiere cumplir los requisitos exigidos por el presente Estatuto para formar parte de la Junta Directiva General y además, no pertenecer a esta última, ni a otra Comisión u Órgano de Gobierno del Sindicato.
Art. 56.- La Comisión de Hacienda tendrá las atribuciones siguien-tes:
a. Revisará, siempre que lo crea conveniente, el estado de cuenta del Secretario de Finanzas, ya sea personalmente o por medio de auditor que a solicitud de aquella nombre la Asamblea General.
b. Convocará a Asamblea General, cuando comprobare con amplio detalle hechos que constituyan malversación de fondos sindicales, debiendo realizar por escrito el informe correspondiente.
c. Podrá actuar a iniciativa propia, a solicitud de la Junta Di-rectiva General o cuando recibiere instrucciones especiales de la Asamblea General o si lo solicitan por escrito por lo menos quince afi liados al Sindicato.
d. Cuando comprobare anomalías en el manejo de los fondos, remitirá el caso a la Comisión de Honor y Justicia para que ésta sugiera la sanción aplicable al caso y sea la Asamblea General la que decida imponer o no dicha sanción.
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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Febrero de 2012.
SECCION “B”
DE LA COMISION DE HONOR Y JUSTICIA
Art. 57.- Se crea una Comisión de Honor y Justicia, la cual se en-cargará de vigilar el cumplimiento del presente Estatuto, estudiará toda denuncia interpuesta sobre el incumplimiento del mismo y remitirá el caso respectivo a la Junta Directiva General o a la Asamblea General, según sea el caso, para la aplicación de la sanción correspondiente.
Art. 58.- La Comisión de Honor y Justicia estará formada por tres miembros de honorabilidad reconocida, los cuales serán electos para el período de un año, en la misma Asamblea General en la que se elige a la Junta Directiva General y tomarán posesión de sus cargos en la misma fecha de esta última.
Art. 59.- Para ser miembro de la Comisión de Honor y Justicia se requiere cumplir los requisitos exigidos por el presente Estatuto para formar parte de la Junta Directiva General y no pertenecer a esta última, ni a otra Comisión u órgano de gobierno del Sindicato.
Art. 60.- En el ejercicio de sus funciones la Comisión de Honor y Justicia se sujetará a las siguientes reglas:
Conocerá de los hechos que sean de su competencia, ya sea de ofi cio o mediante denuncia escrita que ante ella hagan los miembros afi liados, los organismos de dirección del Sindicato o la Comisión de Hacienda del mismo.
De cada sanción que se pretenda imponer deberá crearse un expe-diente en el que conste, el procedimiento realizado a efecto de garantizar el derecho de defensa del afi liado.
Recogerá en todo caso la información necesaria, utilizando para tal efecto los medios probatorios posibles.
Hará saber por escrito la denuncia al acusado, el cual tendrá derecho a defenderse personalmente o por medio de defensores, los cuales no podrán ser más de dos. Transcurridos ocho días con respecto a las personas naturales y quince días con respecto a los organismos de dirección y Comisiones del Sindicato, si éstos no comunicaren por escrito que se defenderán ellos mismos o no comunicaren los nombres de los defensores, la Comisión les nombrará uno o dos defensores de ofi cio, los cuales deberán ser miembros activos y solventes del Sindicato.
Concluido el trámite anterior, y las investigaciones necesarias, la Comisión de Honor y Justicia dará su dictamen y lo pondrá en conocimiento de los organismos competentes para imponer la sanción correspondiente.
Art. 61.- En los casos en los que proceda las sanciones de amo-nestación, suspensión de los derechos sindicales, destitución de los miembros de la Junta Directiva General o Comisiones y en los casos de expulsión de los miembros del Sindicato, conocerá la Comisión de Honor y Justicia, ya sea de ofi cio o por denuncia hecha por alguno de los miembros afi liados del Sindicato.
La Comisión recabará toda la información necesaria, utilizando los medios probatorios necesarios; si se tratare de imponer las sanciones de destitución y/o expulsión, la Comisión pondrá el caso en conocimiento de la Asamblea General, recomendándole la solución que conforme a la ley y los presentes Estatutos convenga, siendo ésta última la que decida en defi nitiva, imponiendo la sanción o absolviendo al acusado.
CAPITULO XI
DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACEFALIA
Art. 62.- En caso de que el Sindicato quedare en acefalia, podrán convocar a Sesión de Asamblea General Extraordinaria, diez o más miembros activos y solventes, quienes fi rmarán la convocatoria y harán constar en ella que en esa reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia.
Reunida la Asamblea General se nombrará a una comisión integrada por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, quienes presidirán la sesión y los acuerdos que se tomen en dicha Asamblea serán válidos y de acatamiento forzoso para todos. Las funciones de los miembros que conforman la Comisión caducarán al elegir a la nueva Junta Directiva General del Sindicato. Una vez hecho lo anterior, se deberá convocar a una nueva Asamblea General Extraordinaria, en la cual se tratarán y tomarán los acuerdos necesarios para la buena marcha del Sindicato.
En caso de que el Sindicato se encontrare afi liado a una Federación, la Junta Directiva Federal de la misma, podrá convocar como mínimo diez miembros afi liados al Sindicato, para la celebración de una Asamblea General Extraordinaria, haciendo constar en la respectiva convocatoria que en esa reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia. Una vez constituida la Asamblea se seguirá el procedimiento establecido en los incisos 1° y 2° de este Artículo.
CAPITULO XII
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION
Art. 63.- La disolución voluntaria del Sindicato sólo podrá acor-darse en Asamblea General convocada al efecto, con los votos de las dos terceras partes por lo menos de los miembros afi liados, los cuales deberán encontrarse activos y solventes. En dicha Asamblea General será obligatorio que se hallen presentes por lo menos tres miembros de la Junta Directiva Federal de la Federación a la que el Sindicato pertenezca.
Art. 64.- Decretada la disolución conforme al artículo anterior, la Asamblea General nombrará un delegado para que conjuntamente con los delegados gubernamentales, procedan a liquidar los fondos y valores del Sindicato.
Art. 65.- Practicada la liquidación del Sindicato, los fondos y valores del mismo pasarán a formar parte del patrimonio de la Federación a la cual estuviere afi liado el Sindicato al momento de la disolución.
CAPITULO XIII
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 66.- El Sindicato no persigue actividades de otra índole fuera de las dirigidas exclusivamente a defender los intereses económicos y sociales de los trabajadores. Por lo tanto, queda absolutamente prohibida la discusión de temas políticos partidistas, confesionales o religiosos en el seno del mismo. Estas restricciones no implican menoscabo de los derechos que a cada afi liado le corresponden como ciudadano.
Art. 67.- Los miembros de la Junta Directiva General actuarán según las atribuciones establecidas en los presentes Estatutos.
Art. 68.- El presente Estatuto podrá reformarse total o parcialmente, en Asamblea General convocada al efecto.
Art. 69.- El presente Estatuto entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial.
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Res. 06/2012.
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL: San Salvador, a las diez horas con diez minutos del día diez de febrero del año dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a las once horas con cuarenta minu-tos del día seis de enero del año dos mil doce, por la Licenciada Sonia Urrutia Ortiz y suscrita por el señor José Daniel Crespín Rodríguez, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación denominado SINDICATO DE TRABAJADORES INDE-PENDIENTES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA, cuyas siglas son STIPAZ, relativa a que se apruebe el texto de sus Estatutos y se le conceda per-sonalidad jurídica al mismo, este Ministerio.
CONSIDERANDO:
I) Que de conformidad al Acta Notarial otorgada a las nueve horas del día treinta de diciembre del año dos mil once, la cual corre agregada de folio dos a folio cinco de las presentes diligencias, se CONSTITUYÓ el Sindicato antes mencionado, como un Sindicato de Trabajadores Independientes, con la presencia de TREINTA Y CINCO miembros fundadores;
II) Que habiéndose realizado el estudio de la documentación presentada, se determinó que la misma contenía errores for-males, por lo que se les previno a los interesados mediante pliego de observaciones de fecha once de enero del año dos mil doce, habiéndose notifi cado dicho pliego en legal forma el día diecinueve de enero del presente año y subsanándose en tiempo el día nueve de febrero del año dos mil doce, por lo que los mismos no adolecen de errores de fondo y forma, ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las buenas costumbres del país;
Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Art. 219 inciso 5° del Código de Trabajo, este Despacho RESUELVE: A) APRUÉBASE el texto de los SESENTA Y NUEVE ARTÍCULOS que conforman los Estatutos del Sindicato en formación denominado SIN-DICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DEL MUNICIPIO DE ZACA-TECOLUCA, cuyas siglas son STIPAZ, concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD JURIDICA solicitada; B) PUBLIQUENSE en el Diario Ofi cial dichos Estatutos, así como la presente resolución; y, C) INSCRIBASE dicho Sindicato en el registro correspondiente. COMU-NÍQUESE. H. Centeno, MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
FE DE ERRATA
FE DE ERRATA
La Dirección de Administración de Tratados Comerciales (DATCO).
HACE CONSTAR: Que en el Diario Ofi cial No. 238, Tomo No. 393, de fecha veinte de diciembre de 2011, se publicaron los programas de Desgravación de los Tratados de Libre Comercio suscritos por El Salvador, entre ellos el Acuerdo Ejecutivo No. 1079, que contiene el programa de desgravación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana y en el cual se han detectado errores en las siguientes fracciones arancelarias: 1512.19.00, 1515.29.00, 2208.20.10, 2208.20.90, 2208.30.10, 2208.30.90, 2208.40.10, 2208.40.90, 2208.50.00, 2208.60.10, 2208.60.90, 2208.70.00 y 2208.90.90.
En consecuencia debe entenderse incorporado al referido acuerdo las modifi caciones a los incisos mencionados, de la siguiente manera:
San Salvador, 22 de febrero de 2012.
Publíquese
René Alberto Salazar
Director de Administración de Tratados Comerciales
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE TRATADOS COMERCIALES
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