Diapositava Derecho-Intro Est Der

20
DERECHO DERECHO CONCEPTOS GENERALES CONCEPTOS GENERALES

description

Documento para los alumnos que se inicia en derecho muy facil conceptos basicos super recomendable Fuentes del Derecho RomanoLas Institutas de Justiniano expresan que "el derecho que nos rige es escrito o no escrito". La fuente no escrita lo es la costumbre, mientras que las escritas son: a) Las leyes, votadas por el pueblo romano reunido en comicio a propuesta del correspondiente magistrado; b) los plebiscitos, decisiones votadas por la plebe en los conciliaplebis; c) los senado-consultas, decisiones votadas por el senado; d) las constituciones imperiales, resoluciones dictadas por el emperador; e) los edictos de los magistrados o sea, primordialmente, las reglas de conducta que insertaban los pretores en su álbum para normar su actuación durante el período de funciones; y f) las respuestas de los prudentes. DERECHO NO ESCRITO. (en la Monarquía) La costumbre. El derecho no escrito es aquel no promulgado por la autoridad constituida, que el uso ha hecho válido, porque la conducta de los asociados, repetida diariamente y aprobada por él consentimiento de todos los que la practican sin que sea posible precisar la época de su introducción, equivale a norma jurídica.Derecho Escrito: (durante y después de la República) son las leyes, los Plebiscitos, los Senados Consultos, los Edictos y las Constituciones Imperiales. Nota: La diferencia entre el derecho escrito y el derecho no escrito era que ya no se podía ignorar su existencia aunque no se cumplieran.

Transcript of Diapositava Derecho-Intro Est Der

  • DERECHOCONCEPTOS GENERALES

  • LA CONDUCTA :La conducta es el conjunto de actos, comportamientos, exteriores de un ser humano VOLUNTAD: Facultad del ser humano para gobernar sus actos decidir con libertad y optar por un tipo de conducta determinada ACCION: Actividad producida por un agente consciente de forma voluntaria Con el mismo movimiento corporal puedo realizar acciones distintas porque para la accin es decisiva la intencionalidad

    Las acciones humanas sin intencionalidad tales como movimientos involuntarios: dormir, roncar, respirar no son propiamente acciones sino movimientos corporales.

  • NEXO CAUSAL E INTELECTUALCAUSALIDAD: En sentido amplio, relacin existente entre el resultado y la accin Se puede dar la accin ejecutada y la accin esperada y de otra el resultado sobrevenido RESULATDO JURIDICOSon consecuencia de las reglas de Derecho que consiste propiamente en el nacimiento, modificacin o extincin de las relaciones jurdicas.

    Se precisa existir un nexo causal o una relacin de causalidad entre el acto humano y el resultado producido. EJEMPLO

    Si es A debe ser BSi no es B debe ser C

  • :Si es A debe ser BSi no es B debe ser C

    A corresponde a serdeudor, y B corresponde a la obligacin de pagar. Si el deudor, o sea si es A,debe pagarse de acuerdo con los trminos del Contrato, o sea debe ser B. Peropuede darse el caso de que la conducta del individuo sea la de no pagar an siendodeudor; es decir, de acuerdo con la frmula que hemos expuesto, que el deudor tengauna conducta no B. En tal situacin debe imponrsele una sancin, es decir, si eldeudor no cumple con su obligacin debe ser C, debe ser impuesta la sancin por elrgano competente del Estado

  • EL DEBER JURDICOdefine Kant el deber diciendo que es "la necesidad de una accin por respeto a la ley". OBLIGACIONes un vnculo jurdico que nos constrie en la necesidad de pagar alguna cosa conforme a las leyes de nuestra ciudad.

    Elementos de las obligaciones.:Los sujetos de la relacin jurdica obligacin son el acreedor y el deudor El objeto es la conducta que el deudor queda constreido a realizar La relacin jurdica que el vnculo reconocido y disciplinado por el Derecho objetivo

  • SER Y DEBER SER

    Ser es lo que se constata como hecho; se encuentra ante nosotros como dado de inmediato; implica un acontecimiento natural o social acaecido en el mundo espacial y temporal perceptible sensorialmente.

    Deber ser es todo cuanto es idealidad, concepto, norma.el deber ser es lo que se precepta al cumplimiento libre de los hombres. Para Kelsen el Derecho es un orden de deber ser, en el sentido de que no es algo que de hecho acontece, sino un sistema de normas

    NECESIDAD DEL DEBERPermite la posibilidad de que el actuar del individuo corresponda efectivamenteA las expectativas sociales de comportamiento y que por lo mismo la realidad social Aparece como una ordenacin real

  • CONSECUENCIAS JURDICASAl incumplimiento de deberes que el derecho objetivo impone. Se da una de las consecuencias ms caractersticas que es la sancin. SANCIN: consecuencia jurdica que el incumplimiento de un deber produce en relacin con el obligado. (GARCIA MAYNEZ)

  • VALIDEZLa validez de una norma es el atributo mediante el cualse determina que aqulla pertenece a un sistema normativo La constitucin es el fundamento de validez de todoOrden jurdico de un Estadolateora kelsenianade la jerarqua de las normas apeldaosSustenta quela validez de cada norma vendra sustentada porla existencia de otra norma de rango superior y,as,sucesivamente.

  • Clasificacin De las Normas Por su mbito de Validez

    espacialtemporal Materialpersonal

  • Moral y derechoLas normas morales son unilaterales e imperativas porque frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus deberes; o sea que las normas morales imponen deberes, pero no conceden derechos

    Las normas morales son internas, lo que significa que las mismas han de cumplirse por elindividuonicamente, con el propsito de acatar dichas normas. En este sentido, la interioridad en tales preceptos constituye "una modalidad o atributo de voluntad".

    Las normas morales son incoercibles porque su cumplimiento es espontneo, es decir estos preceptos no admiten elempleode la fuerza para el logro de su cumplimiento.

    Las normas morales son incoercibles porque el sujeto que las crea es distinto al sujeto que las cumple

  • son exteriores, lo que significa que "exigen una conducta fundamentalmente externa coercibles si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el acreedor solicitar alestadosu cumplimiento, incluso por lafuerza. Es la posibilidad de laautoridadpblica de recurrir a lafuerza pblicapara hacer cumplir un deber jurdico

    La heteronoma de las normas jurdicas significa que el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma sean bilaterales o imperativo-atributivas significa que una obligacin jurdica a cargo de determinadapersonatrae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma. Las obligaciones jurdicas "constituyen deudas, toda vez que su observancia puede ser exigida enejerciciode un derecho, por un sujeto distinto del obligado".

    caractersticas de la norma jurdica:

    exteriores CoerciblesHeternomasBilaterales

  • sujetoes aquel ser o ente capaz de ser titular de derechos y deberesSujeto Activo. Es el titular de un derecho por el cual puede exigir a otro un comportamiento o conducta. Por ejemplo el acreedor Sujeto Pasivo. Es el titular de un deber. Est obligado a un comportamiento voluntario o forzadamente. Por ejemplo el deudor

  • INTERIORIDAD Y EXTERIRIDAD (CONCEPTO DE VOLUNTAD PURADE KANT)al explicar el concepto de voluntad pura.

    Posteriormente ha sido utilizada por los juristas para diferenciar las normas de que hemos venido hablando. Una conducta es buena, cuando concuerda no slo exterior, sino interiormente, con la regla tica. La simple concordancia externa, mecnica, del proceder con la norma, carece de significacin a los ojos del moralista. Lo que da valor al acto no es el hecho aparente, la manifestacin que puede ser captada por los sentidos, sino el mvil recndito, la rectitud delpropsito.

  • VALORES PERSONALES, MORALES SOCIALES Y JURIDICOSValores: Es una cualidad que confiere a las cosas, hechos o personas una estimacin, ya sea positiva o negativa.Definicin de Valores Personales: Son aquellos que cada persona considera imprescindibles y sobre los cuales construye su vida y sus relaciones con los dems. Normalmente suelen ser una combinacin de valores familiares y socio-culturales, valores morales sociales conjunto de normas y costumbres que son trasmitidas por la sociedad al individuo y que representan laforma buena o correcta de actuar. En este sentido, los valores morales nos permiten diferenciar entre lo bueno y lo malo, lo correcto y lo incorrecto, lo justo y lo injusto

  • VALORES JURIDICOS:

    JURIDICOS Los Valores Jurdicos, pueden ser definidos como valores ticos o morales, los cuales son usados como criterio para enjuiciar al derecho positivo, a su vez permiten realizar las reformas necesarias para lograr el progreso social. Resultan del pensamiento consciente, para as lograr los ideales de justicia, equidad, bien comn y la seguridad jurdica que servirn de base para la creacin y/o enjuiciamiento del derecho positivo. CLASIFICACION DE LOS VALORES JURIDICOS: 1- Fundamentales: Son los valores esenciales que no pueden faltar al momentode conformar un ordenamiento jurdico genuino, constituyen requisitos fundamentales, debido a que en su ausencia reinara el caos social, la arbitrariedad, el irrespeto a la dignidad humana. Se consideran valores fundamentales la justicia, la seguridad jurdica y el bien comn. 2- Consecutivos: Con aquellos cuya realizacin se logra mediante la aplicacin de los valores fundamentales: lalibertad, la igualdad y la paz social.

  • CUMPLIMIENTOEl efecto normal de una obligacin es su cumplimiento.Qu es el cumplimiento de una obligacin?lo que significa para el deudor la ejecucin de la obligacin es un deber jurdico es decir no es potestativo.Forma de cumplimiento1. CUMPIMIENTO VOLUNTARIO:2. CUMPLIMIENTO FORZOSO.

  • OBEDIENCIAexiste una obligacin moral de obedecer al Derecho justo y a las disposiciones jurdicas justas, derivada de la obligacin moral ms general que tienen los seres humanos de ser justos. Se entiende que un sistema jurdico es suficientemente justo cuando ha sido elaborado contractualmente (democrticamente) y, adems, reconoce, respeta y garantiza el ejercicio de los derechos humanos fundamentales. Las decisiones democrticas, por consiguiente, si pretenden ser justas, deben contar con el aval de los derechos humanos fundamentales

  • OBEDIENCIA JERARQUICA, LEGAL MORALObediencia JerrquicaEs una modalidad del cumplimiento del deber, quien cumple una orden legitima de autoridad pblica ejecuta una obligacin propia del ciudadano o del cargo o funcin pblica, los particulares deben respetar y apoyar a las autoridades legitimamente constituidas

    Obediencia moral cuando se considere como justo por las conciencias individuales y cuando garantice la igualdad y la libertad. Obediencia legallas obligaciones legales se derivan de las leyes

  • ACEPCIONES DEL DERECHODerecho Positivo:es aquel creado por el estado, este se divide en derechos objetivos y derecho subjetivo: Derecho Objetivo: conjunto de norma que forman el sistema jurdico de una nacin Ejemplo: La Constitucin, El Cdigo de Comercio. Derecho Subjetivo:es la facultad de la sociedad de exigir, es decir, la facultad de reclamar un derecho.

  • DERECHO VIGENTE, NATURAL Y CONSUETUDINARIO Vigente al conjunto de normas imperativo-atributivas que en una cierta poca y un pas determinado la autoridad poltica declara obligatorias. NaturalTambin se le conoce como iusnaturalismo.Normas que los hombres deducen de la intimidad de su propia conciencia y que estiman como expresin de a justicia en un memento histrico determinado Consuetudinarioes el constituido porla costumbre cuando estase encuentra incorporadaal sistema del derecho positivo por la voluntad expresa del legislador Elementos:

    inveterata consuetudo actos reiterados por largo tiempo

    et opinio iuris : la sociedadlos hace necesarios