Diapos de Ositran

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• la Ley Nº 26917 creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular y supervisar los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público

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Antecedentes

• En el Perú y como parte de un proceso relativamente similar al que se experimentó en países de nuestro entorno como Argentina y Chile, entre otros- la aparición de la mayoría de los organismos reguladores de los servicios públicos se produjo en el marco del proceso de transformación del rol del Estado en la economía que se desarrolló durante la última década del Siglo XX y que determinó la liberalización de amplios sectores del mercado, la transferencia al sector privado de la propiedad de numerosas empresas estatales y el otorgamiento de concesiones de servicios públicos y de obras públicas de infraestructura.

• Como señala ARIÑO, los organismos reguladores deben contar con un régimen jurídico que les permita ser realmente autoridades independientes, alejadas del proceso político - electoral "...

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Como consecuencia en la reorientación del papel del Estado en la economía se crearon organismos reguladores de los servicios públicos (telecomunicaciones, electricidad, saneamiento) y de las concesiones de obras públicas de infraestructura de transporte (puertos, aeropuertos, carreteras, vías ferroviarias) claramente inspirados en los modelos de los países anglosajones,

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OSITRAN

• Es el organismo público que supervisa el cumplimiento de los contratos de concesión de carreteras, aeropuertos, puertos y vías férreas firmadas por el Estado y las empresas privadas encargadas de su administración durante un número de años.

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VISIÓN Y MISIÓN

VISIÓN

"Promovemos que el país cuente con una infraestructura de transporte de uso público de calidad, accesible y segura“

.

MISIÓN

"Organismo regulador técnico que existe para garantizar el funcionamento eficiente de los mercados que ofrecen servicios de infraestructura de transporte de uso público, mediante la regulación y supervisión de las entidades prestadoras, en beneficio de los usuarios, Estado y empresas concesionarias".

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Funciones

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte Público cumple las siguientes funciones:

•Supervisa el cumplimiento del contrato de concesión. •Fija las tarifas reguladas por el contrato de concesión. •Supervisa que los derechos de los usuarios se respeten. •Soluciona los reclamos de los usuarios en segunda instancia. •Sanciona a la empresa concesionaria en caso de incumplimiento

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FUNCIONESRegular, normar, supervisar, fiscalizar, sancionar y resolver controversias y reclamos, respecto de la infraestructura de Transporte de Uso Público (carreteras, aeropuertos, puertos y ferrocarriles).INSTRUMENTOSRegulación Fijación de Tarifas Mandato y Fijación de Cargo de Acceso•Supervisión y Fiscalización

Niveles de Servicio Reconocimiento de inversionesPenalidades explícitas en el contrato Procedimientos administrativos sancionadores

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OSITRAN busca mantener el OSITRAN busca mantener el equilibrio del contratoequilibrio del contrato

ReguladorRegulador

Supe

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de lo

s

contr

atos

Garantizar tarifas

eficientes

Limitar el ejercicio del poder monopólico

CiudadanosCiudadanos

EstadoEstado

OperadoresOperadores

OSITRAN cautela imparcial y objetivamente los intereses del Estado, de los operadores y

de los ciudadanos

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

En un procedimiento administrativo se debe tener en cuenta los siguientes aspectos que son requisitos para realizar una solicitud, petición o reclamo, por consiguiente vamos a determinar los tipos de usuarios.

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Usuarios

Usuarios intermedios : Las empresas de transporte interprovincial, empresas aéreas, navieras, operadores ferroviarios, empresas exportadoras, empresas que dan servicio de rampa o asistencia a tierra a los aviones, empresas que realizan el manipuleo y traslado de carga en el puerto, etc. que requieren la utilización de la infraestructura concesionada para prestar servicios de transportes o actividades vinculadas.

Usuarios finales: Los ciudadanos que compran un pasaje aéreo, que viajan por las carreteras concesionadas o por los trenes que operan en las vías administradas por la empresa privada, es decir los ciudadanos que utilizan de manera final la infraestructura concesionada o los servicios brindados por los usuarios intermedios.

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Qué es un reclamo

El reclamo puede ser interpuesto por cualquier usuario de la infraestructura de transporte respecto de los servicios prestados por las entidades prestadoras En qué casos presentar un reclamo?•Facturación y cobro de los servicios por el uso de la infraestructura aeroportuaria (tarifa del estacionamiento).•Calidad y oportuna prestación de los servicios a cargo de AAP.•Daños o pérdidas causadas por negligencia, incompetencia o dolo de sus trabajadores y dependientes.•Limitaciones al acceso a los servicios que presta (ejemplo: playas de estacionamiento o servicios higiénicos).•Defectos en la información proporcionada a los usuarios respecto a las tarifas o condiciones de los servicios

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Procedimientos de reclamos

Primera Instancia. Presentar el reclamo ante la entidad supervisada. La concesionaria tiene la obligación de contar con una mesa de partes para atención de reclamos en cada sucursal, así como tener una dependencia encargada de resolverlos.

Segunda InstanciaSi no se encuentra de acuerdo con la respuesta en Primera Instancia, el usuario deberá:Presentar un recurso de apelación en la misma sede donde presentó su reclamo en primera instancia pero dirigido al Tribunal de Solución de Controversias (TSC) de OSITRAN.Todo trámite de reclamo es totalmente gratuito. Este principio de gratuidad no sólo es aplicable al trámite que se sigue ante la entidad prestadora, sino también ante OSITRAN.

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Controversia

Además de la solución de reclamos, OSITRAN también ejerce la función de solución de controversias. Las controversias son los conflictos de intereses que surgen entre entidades prestadoras o entre éstas y los usuarios intermedios con relación al cumplimiento e interpretación de los Contratos de Acceso y Mandatos de Acceso.Los órganos competentes para conocer y resolver las controversias en primera y segunda instancia son el Cuerpo Colegiado y el Tribunal de Solución de Controversias, respectivamente.El Cuerpo Colegiado está conformado por tres miembros designados por el Consejo Directivo de OSITRAN.El Tribunal de Solución de Controversias de OSITRAN es conformado por cinco miembros designados por la Presidencia del Consejo de Ministros.

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CONCLUSIÓN

OSITRAN, es el organismo público que supervisa el cumplimiento de los contratos de concesión de carreteras, aeropuertos, puertos y vías férreas firmadas por:ESTADO EMPRESAS

PRIVADAS

Encargadas de su administración

durante un número de años

Regula el comportamiento de los mercados y supervisa las condiciones de prestación del servicio, cautelando los intereses del Estado.

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RECLAMOS:-Facturación y cobro de servicios-Calidad de servicios-Limitaciones al acceso de los servicios

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Procedimientos de reclamos1ra instanciaPresenta el reclamo ante la entidad supervisoraMESA DE PARTES2da instancia-Recurso de apelación en la misma sede, dirigido al tribunal de solución de controversias-La concesionaria eleva a OSITRAN (5 días hábiles)- El TSC resolverá el reclamo en 2da y última instancia.

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GRACIAS