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TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS Y CARGA 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de CONO SUR Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el nombre y número del Anexo Nº 001-B/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte

documento de identidad del representante legal, adjuntando: Documental1 PERMISO ORIGINARIO (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

POR CARRETERA) a) Copia legible del testimonio de constitución de la empresa y/o sus modificaciones, inscrito en los Vigencia: 5 años Registros Públicos, en el que debe indicar que su objeto es el transporte terrestre de carga

(mercancías) nacional e internacional, el nombre y facultades de su representante legal y que más BASE LEGAL de la mitad del capital social y el efectivo control de la empresa está en manos de ciudadanos - Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT peruanos o naturalizados. aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 22º, 31º, Apéndice 1 b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de la peticionaria y, - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final de ser el caso, copia del respectivo contrato de arrendamiento financiero (leasing) en el que esté - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación identificado el vehículo ofertado con el número de placa de rodaje y/o número de serie.

de autorizaciones: c) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. vehículo ofertado.

d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de su fabricación. de Vehículos. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad, el CITV debe

comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) añosde antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

2 PERMISO ORIGINARIO (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Único Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de CARRETERA) del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el nombre y número del documento Anexo Nº 001-A/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte Vigencia: 5 años de identidad del representante legal y los países en los cuales pretende operar, adjuntando: Documental

BASE LEGAL a) Copia legible del testimonio de constitución de la empresa y/o sus modificaciones, inscrito en - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT los Registros Públicos, en el que debe indicar que su objeto es el transporte terrestre de aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 22º, 30º, 31º, Apéndice 1 pasajeros nacional e internacional, el nombre y facultades de su representante legal y que más - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final de la mitad del capital social y el efectivo control de la empresa está en manos de ciudadanos - Características Específicas del vehículo: Acuerdo sobre Rutas, itinerarios peruanos o naturalizados. y Frecuencias Para el Transporte Internacional de Pasajeros Perú - Bolivia. b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de la peticionaria y, - El número de frecuencias, así como las rutas y los itinerarios solicitados por de ser el caso, copia del contrato de arrendamiento financiero (leasing) en el que esté identificado el transportista, deben ser previamente concertados bilateral o el vehículo ofertado con el número de placa de rodaje y/o número de serie. multilateralmente entre los organismos nacionales competentes. c) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación vehículo ofertado. de autorizaciones: d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de

Vehículos y las características técnicas señaladas en los acuerdos bilaterales. En el caso de La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección de su fabricación. complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe

comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria. e) Anexo indicando el origen y destino de la ruta, las ciudades y países del itinerario que

pretende operar, acompañado de un croquis de la ruta; así como el número de frecuencias, horarios de salida y tiempo promedio de viaje.

FORMULARIONUMERO Y DENOMINACIÓN (En S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

3 PERMISO COMPLEMENTARIO (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social del transportista; Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de POR CARRETERA) Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Único de Contribuyente (RUC) Anexo Nº 001-B/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte Vigencia : 5 años. del representante legal, adjuntando: Documental

BASE LEGAL a) Originales del Documento de Idoneidad que acredite el permiso originario y el Anexo Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT Descripción de los Vehículos Habilitados, legalizados consularmente. aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 24º, Anexo III Seguros. b) Copia del Documento que acredite la designación en el Perú, de un representante legal con

plenos poderes para representar a la empresa en todos los actos administrativos y judiciales en los cuales deba intervenir; cuando el poder ha sido otorgado en Perú, deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue otorgado en el extranjero, deberáestar legalizado consularmente por el agente diplomático o consular de Perú en el país dondese otorgó el documento.

4 PERMISO COMPLEMENTARIO (TRANSPORTE DE PASAJEROS 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social del transportista; Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de POR CARRETERA) Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Único de Contribuyente (RUC) Anexo Nº 001-A/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte Vigencia : 5 años. del representante legal, adjuntando: Documental

BASE LEGAL a) Originales de Documento de Idoneidad que acredite el permiso originario y del anexo Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT de descripción de los vehículos habilitados, legalizados consularmente. aprobado. por DS. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 24º, Anexo III Seguros. b) Copia del documento que acredite la designación en el Perú, de un representante legal con

plenos poderes para representar a la empresa en todos los actos administrativos y El número de frecuencias, así como las rutas y los itinerarios solicitados por el judiciales en los cuales deba intervenir. Cuando el poder ha sido otorgado en Perú, transportista, deben ser previamente concertados bilateral o multilateralmente deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue otorgado en el extranjero, deberá entre los organismos nacionales competentes. ( Art.20º del ATIT, DS 028-91-TC - estar legalizado consularmente por el agente diplomático o consular de Perú en el país donde 27.09.91) se otorgó el documento.

c) Copia legible de la póliza de seguros por las responsabilidades emergentes del transporte, contratada conforme al anexo III, Aspectos de Seguros del ATIT, por cada vehículo, en la quedebe consignarse el nombre de la compañía de seguros que la ejecutará en el país.

5 PERMISO ORIGINARIO PARA TRANSPORTE PROPIO (MERCANC ÍAS) 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de Vigencia: 2 años Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como documento de identidad Anexo Nº 001-B/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte

del representante legal y los el nombre y número del países en los cuales pretende operar, adjuntando: Documental BASE LEGAL Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT a) Copia legible del testimonio de constitución de la empresa y/o sus modificaciones, inscrita en los aprobado. por DS. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 22º,30, 31, 35º y Nº 028-91- Registros Públicos, cuyo objeto social no debe consignar el transporte de mercancías a terceros TC (27.09.91), Art. 22º,30, 31, 35º y Apéndice 1. (giro comercial distinto al transporte de mercancías a cambio de retribución), el nombre y

- Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final facultades de su representante legal y que, más de la mitad del capital social y el efectivo control - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación de la empresa está en manos de ciudadanos peruanos o naturalizados. de autorizaciones: b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de la peticionaria y, DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. de ser el caso, copia del contrato de arrendamiento financiero (leasing) en el que esté identificado

el vehículo ofertado con el número de placa y/ o número de serie o chasis. La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente c) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada de su fabricación. vehículo ofertado.

d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículoofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

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TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

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(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

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6 PERMISO COMPLEMENTARIO PARA TRANSPORTE PROPIO 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social del transportista; Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de (MERCANCÍAS) Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Único de Contribuyente (RUC) del Anexo Nº 001-B/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte Vigencia: 2 años representante legal, adjuntando: Documental

BASE LEGAL a) Originales del Documento de Idoneidad que acredite el permiso originario para transporte propio Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT y del Anexo Descripción de los Vehículos Habilitados, legalizados consularmente. aprobado por DS. Nº 028-91-TC (27.09.91) Art. 24º, 35º y Anexo III Seguros. b) Copia del documento que acredite la designación en el Perú, de un representante legal completos

poderes para representar a la empresa en todos los actos administrativos y judiciales en los cualesdeba intervenir. Cuando el poder ha sido otorgado en Perú, deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue otorgado en el extranjero, deberá estar legalizado consularmente por el agente diplomático o consular de Perú en el país donde se otorgó el documento.

7 PERMISOS OCASIONALES PARA TRANSPORTE DE CARGA 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Único Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención Director General dede Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, el nombre y número del documento de identidad Anexo Nº 001-B/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

Vigencia: del representante legal y la siguiente información: Documental Bolivia hasta 90 días, por una sola vez al año. - Origen y destino del viaje y pasos de frontera a utilizar (ida y regreso) Chile, Argentina, Paraguay, Brasil y Uruguay hasta 6 meses. - Tipo de carga a transportar (ida y regreso)

- Número de placa de rodaje, de chasis y clase de vehículo (s) ofertados BASE LEGAL - periodo en el cual realizará el viaje o viajes ocasionales - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT - Cantidad aproximada de viajes a realizar. aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 27º,31º y Apéndice 5. a) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de la peticionaria y, - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero (leasing) en el que esté identificado el - Acta de IV Reunión Bilateral de Organismos Nacionales Competentes de vehículo ofertado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o chasis. Transporte Terrestre por Carretera de Perú y Bolivia, numeral 1, literal d) b) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación vehículo ofertado. de autorizaciones: Para el transporte a Bolivia, copia de la póliza de seguros conforme a los convenios DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. internacionales en la que se consigne número de la póliza, vigencia, la(s) placa(s) de los

vehículos ofertado(s) y el nombre de la compañía de seguros que asume la responsabilidad La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente en dicho país. de su fabricación. c) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo

ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

8 PERMISOS OCASIONALES PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Único Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención Director General de EN CIRCUITO CERRADO de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria y el nombre y número del documento de identidad Anexo Nº 001-A/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

del representante legal; así como la siguiente DocumentalTiempo de vigencia: El plazo que dure el viaje - Número de placa de rodaje, chasis y marca del vehículo (s) ofertado(s)

- Itinerario del viaje indicando origen, destino y puntos intermedios. BASE LEGAL - Pasos fronterizos a utilizar (ida y regreso) - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT - Fechas aproximadas en la que se efectuará el viaje (salida y llegada) aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 27º,31º y Apéndice 4. a) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final la peticionaria y, de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero (leasing) - Acta de IV Reunión Bilateral de Organismos Nacionales Competentes de en el que esté identificado el vehículo ofertado con el número de placa y/o Transporte Terrestre por Carretera de Perú y Bolivia, numeral 1, literal d) número de serie o chasis. - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación b) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada vehículo de autorizaciones: ofertado. DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. Para el transporte a Bolivia, copia de la póliza de seguros conforme a los convenios

internacionales en la que se consigne número de la póliza, vigencia, la(s) placa(s) de los vehículos La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente ofertado(s) y el nombre de la compañía de seguros que asume la responsabilidad en dicho país. de su fabricación. c) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo

ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y las características técnicas señaladas en los acuerdos bilaterales.En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

9 MODIFICACIÓN DE FLOTA VEHICULAR A) PARA EMPRESAS NACIONALES Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Altas (Incremento o sustitución) y Bajas Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Único Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el nombre y número del documento de Documental BASE LEGAL identidad del representante legal, adjuntando: - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT a) Copia legible de la tarjeta de propiedad del vehículo ofertado a nombre de la peticionaria y, aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Numeral 5 del, Art. 22º, Art. 31º de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero (leasing), en el que esté identificado el y Apéndice 3. vehículo ofertado con el número de placa y/o número de serie o chasis - Características específicas del vehículo: Acuerdo sobre Rutas b) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final cada vehículo ofertado. - Características específicas del vehículo: Acuerdo sobre Rutas, Itinerarios y c) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo Frecuencias para el Transporte Internacional de Pasajeros Perú - Bolivia. ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación Vehículos y las características técnicas señaladas en los acuerdos bilaterales (pasajeros). de autorizaciones: En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la DS 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV

debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria. La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de su fabricación. B) PARA EMPRESAS DE OTROS PAÍSES: GRATUITO X

a) Comunicación del país de origen en formato indicado en el apéndice 3 del ATIT

COMUNIDAD ANDINA

10 CERTIFICADO DE IDONEIDAD (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Registro Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 7 d. Oficina de Atención Director General de Director General de Viceministro de POR CARRETERA ) Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el nombre y número del Anexo Nº 001-D/15 al Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transporte Vigencia: 5 años documento de identidad del representante legal y los países en los cuales pretende operar, adjuntando: Documental

a) Copia legible del testimonio de la escritura de constitución de la empresa y sus BASE LEGAL modificaciones, inscrita en los Registros Públicos, en la que debe indicar que su - Decisión Nº 399, Art. 39º (17.01.97) objeto es el transporte terrestre de mercancías (nacional e internacional) con - Resolución 300 de la Secretaría General de la CAN (07.10.99) acreditación de la vigencia de inscripción. - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final b) Copia legible del nombramiento de representante legal de la empresa inscrito en los - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación Registros Públicos. de autorizaciones: c) Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales Final. para tripulantes.

d) Relación e identificación de vehículos y unidades de carga y copia legible de las La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente tarjetas de propiedad, cuya habilitación y registro solicita, indicando los que son de su fabricación. de su propiedad, los de terceros vinculados y los tomados en arrendamiento

financiero (leasing), acompañando los contratos respectivos. En el contrato de arrendamiento financiero o de vinculación, el vehículo o unidad de carga debe estar identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN.

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APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

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La copia del contrato de vinculación debe ser autenticada o legalizada notarialmente y cumplir con los requisitos señalados en el artículo 3 de la Resolución No. 272 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

e) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada vehículo ofertado.

f) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que elvehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

11 PERMISO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de MERCANCÍAS POR CARRETERA) del transportista; Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Anexo 001-D/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes Vigencia : 5 años. Único de Contribuyente (RUC) del representante legal, adjuntando: Documental

a) Copia del Certificado de Idoneidad y anexos, autenticada por la autoridad competente BASE LEGAL que lo otorgó. - Decisión Nº 399 (17.01.97), Art. 40º b) Copia del documento que acredite la designación en el Perú, de un representante - Resolución 300 de la Secretaría General de la CAN (07.10.99) legal con plenos poderes para representar a la empresa en todos los actos

administrativos y judiciales en los cuales deba intervenir; cuando el poder ha sido otorgado en Perú, deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue otorgado en el extranjero, deberá estar legalizado consularmente por el agente diplomático o consular de Perú en el país donde se otorgó el documento.

c) Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales para tripulantes.

d) Cuando corresponda, relación e identificación de los vehículos habilitados y unidades de carga con los que operará en el Perú y sobre los cuales solicita su registro, indicando los que son de su propiedad, los de terceros vinculados y los tomados en arrendamiento financiero (leasing).

12 PERMISO ORIGINARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) Terrestre, indicando razón social, Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio Anexo 001-C/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes Vigencia: 5 años de la peticionaria, así como el nombre y número del documento de identidad del Documental

representante legal, adjuntando: BASE LEGAL a) Copia legible del testimonio de constitución de la empresa y/o sus modificaciones - Decisión Nº 398 (17.01.97), Art. 24º, 50º, inscrita en los Registros Públicos, en la que debe indicar que su objeto es el - Decisión Nº 491, Reglamento Técnico Andino (09.02.01), Art. 2º transporte terrestre de pasajeros (nacional e internacional) y capital, con acreditación - Resolución 719 de la Secretaría General de la CAN (29.04.2003) de la vigencia de inscripción. - Resolución Nº 833 de la Secretaría General de la CAN (21.06.04), Art. 6, 7, 8, b) Copia legible del nombramiento de representante legal de la empresa inscrito en - Flota mínima a ofertar : tres vehículos (Art. 24º de la Decisión 398 - 17.01.97) los Registros Públicos. - Las frecuencias, rutas y los itinerarios debe estar previamente concertados c) Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad bilateral o multilateralmente entre organismos nacionales competentes (Art. Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes 10º Decisión 398 CAN - 17.01.97) corporales para tripulantes. - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final d) Anexo indicando ámbito de operación, señalando los países miembros por cuyos - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación territorios pretende operar, incluido el de origen, rutas, itinerarios y frecuencias de autorizaciones: en cada país del ámbito de operación y por tráfico a servir. de autorizaciones: en cada país del ámbito de operación y por tráfico a servir. D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. e) Relación e identificación de vehículos, los que deben tener un peso seco mínimo

de 8,500 kilogramos o más, una antigüedad no mayor de doce (12) años, La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de contados a partir del año del modelo (año de fabricación), y copia legible de las su fabricación. tarjetas de propiedad cuya habilitación solicita indicando los que son de su propiedad

y los tomados en arrendamiento financiero (leasing), acompañando copia de los contratos respectivos. En el contrato de arrendamiento financiero o de vinculación, el vehículo o unidad de carga debe estar identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN.

f) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y con las condiciones técnicas que establece la Resolución 833 de la Secretaría de la CAN. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

g) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada vehículo ofertado.

13 PERMISO COMPLEMENTARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de(TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) del transportista; Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Anexo 001-C/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesVigencia: 5 años Único de Contribuyente (RUC) del representante legal, adjuntando: Documental

a) Copia del Permiso originario de prestación de servicios con sus anexos autenticada BASE LEGAL por la autoridad competente que lo otorgó. - Decisión Nº 398 (17.01.97), Art. 51º b) Copia del documento que acredite la designación en el Perú, de un representante - Las frecuencias, rutas y los itinerarios debe estar previamente concertados legal con plenos poderes para representar a la empresa en todos los actos bilateral o multilateralmente entre organismos nacionales competentes administrativos y judiciales en los cuales deba intervenir; cuando el poder ha sido (Art. 10º Decisión 398 CAN - 17.01.97) otorgado en Perú, deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue otorgado

en el extranjero, deberá estar legalizado consularmente por el agente diplomático o consular de Perú en el país donde se otorgó el documento.

c) Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales para tripulantes.

d) De corresponder, anexo indicando rutas, itinerarios y frecuencia a operar en el Perú, por cada tráfico a servir.

e) Relación e identificación de los vehículos habilitados con los que operará en el Perú y sobre los cuales solicita su registro, señalando los que son de su propiedad y los tomados en arrendamiento financiero (leasing)

14 PERMISO ESPECIAL DE ORIGEN PARA TRANSPORTE 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de INTERNACIONAL POR CUENTA PROPIA (MERCANCÍAS) Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el Anexo 001-D/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes Vigencia: 2 años nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: Documental

a) Copia legible del testimonio de la escritura de constitución) inscrita en los BASE LEGAL Registros Públicos, en cuyo objeto social no consigne el transporte de mercancías - Decisión Nº 399 (17.01.97), Arts. 194º, 195º y 196º a terceros (giro comercial distinto al transporte de mercancías mediante - Resolución N° 300 de la Secretaría General (07.10.99), Arts. 39º retribución), - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final b) Copia legible del nombramiento del representante legal inscrito en los Registros - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación Públicos de autorizaciones: c) Carta compromiso de contratación de la Póliza de Seguro que cubra a la D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. tripulación y a terceros, el pago de una indemnización por los daños o perjuicios

que puedan sufrir como consecuencia de accidentes ocasionados durante la La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de operación del transporte internacional que realice su fabricación.

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FORMULARIONUMERO Y DENOMINACIÓN (En S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

d) Relación de vehículos con que pretende operar adjuntando copia legible de la Tarjetade Propiedad Vehicular a nombre del peticionario o copia legible del contrato de arrendamiento financiero (leasing). En el contrato de arrendamiento financiero el vehículo o unidad de carga debe estar identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN.

e) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada vehículo ofertado.

f) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que elvehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos de hasta dos(2) años de antigüedad, el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

15 RENOVACIÓN DEL PERMISO ESPECIAL DE ORIGEN PARA 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CUENTA PROPIA (MERCAN CÍAS) Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el Anexo 001-D/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes Vigencia: 2 años nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: Documental

a) Documento que acredite la existencia legal de la empresa (copia legible del BASE LEGAL testimonio de la escritura de constitución inscrita en los Registros Públicos - Decisión Nº 399 (17.01.97), Art. 195º en cuyo objeto social no consigne el transporte de mercancías a terceros , - Resolución Nº 300 de la Secretaría General (07.10.99); Arts. 39º y 42º (giro comercial distinto al transporte de mercancías mediante retribución) - En el contrato de arrendamiento financiero (leasing) del vehículo debe estar b) Copia legible del nombramiento del representante legal inscrito en los Registros identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o chasis. Públicos - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final c) Carta compromiso de contratación de la póliza de seguro que cubra, de origen a - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación destino, a la tripulación y a terceros, el pago de una indemnización por los daños de autorizaciones: o perjuicios que puedan sufrir como consecuencia de accidentes ocasionados D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. durante la operación del transporte internacional que realice.

d) Relación de vehículos con que pretende operar adjuntando copia legible de la Tarjeta La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de de Propiedad Vehicular a nombre del peticionario o copia legible del contrato de su fabricación. arrendamiento financiero (leasing). En el contrato de arrendamiento financiero el

vehículo o unidad de carga debe estar identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN.

e) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente decada vehículo ofertado.

f) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que elvehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos con menos de dos(2) años de antigüedad, el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

16 PERMISO ESPECIAL COMPLEMENTARIO PARA TRANSPORTE 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social Formulario Nº 001/15 GRATUITO X 07 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de INTERNACIONAL POR CUENTA PROPIA (MERCANCÍAS) del transportista; Nombre, número del documento de identidad, domicilio y Registro Anexo 001-D/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes Vigencia: 2 años. Único de Contribuyente (RUC) del representante legal, adjuntando: Documental

a) Copia legible del permiso especial de origen para transporte internacional por BASE LEGAL cuenta propia y anexos autenticada por la autoridad competente que lo otorgó - Decisión Nº 399 (17.01.97), Art. 194º b) Copia del documento que conste la designación en el Perú, de un representante - Resolución Nº 300 de la Secretaría General (07.10.99), Art. 40º legal con plenos poderes para representar a la empresa en todos los actos

administrativos y judiciales en los cuales deba intervenir; cuando el poder haadministrativos y judiciales en los cuales deba intervenir; cuando el poder ha Nota: Relación de los vehículos con que pretende operar, adjuntando copia sido otorgado en Perú, deberá estar inscrito en los Registros Públicos y si fue autenticada o legalizada del documento que acredite su propiedad o del otorgado en el extranjero, deberá estar legalizado consularmente por el agente contrato de arrendamiento financiero (Ieasing). diplomático o consular de Perú en el país donde se otorgó el documento

c) Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra a la tripulación y a terceros el pago de una indemnización por los daños o perjuicios que puedan sufrir como consecuencia de accidentes ocasionados durante la operación del transporte internacional que realice

d) Relación de los vehículos con los que pretende operar adjuntando copia autenticada, fedateada o legalizada del documento que acredite su propiedad o del contrato de arrendamiento financiero leasing

17 MODIFICACIÓN DE ÁMBITO DE OPERACIÓN 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General deRegistro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria y el nombre Anexo 001-C/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

BASE LEGAL y número del documento de identidad del representante legal; así como la Anexo 001-D/15 Documental - Decisión Nº 398 (17.01.97), Art. 62º modificación del ámbito de operación requerido. - Decisión Nº 399 (17.01.97), Art. 47º - Resolución Nº 300 de la Secretaría General (07.10.99), Art. 6º - Resolución Nº 719 de la Secretaría General (29.04.2003), Art. 9º

18 RENOVACIÓN / DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE HABILITA CIÓN 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de VEHICULAR/CERTIFICADO DE REGISTRO Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: Documental BASE LEGAL a) De ser el caso, copia legible del respectivo contrato de arrendamiento financiero - Decisión Nº 398 (17.01.97), Art. 81º (leasing) y/o del contrato de vinculación (copia autenticada o legalizada - Decisión Nº 399 (17.01.97), Art. 65º notarialmente), en los que el vehículo o unidad de carga debe estar identificado con - Resolución N° 300° de la Secretaría General (07.10.99), Art. 9º el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN. La copia del contrato de - Resolución N° 719° de la Secretaría General (29.04.2003), Art. 24 vinculación debe ser autenticada o legalizada notarialmente y cumplir con los - Resolución No. 272 de la Secretaría General (28.08.99), Art. 3 requisitos señalados en el artículo 3 de la Resolución No. 272 de la Secretaría - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final General de la Comunidad Andina. - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación b) De corresponder, copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de de autorizaciones: Tránsito vigente por cada vehículo. D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. c) Copia del certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el

vehículo cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de pasajeros, además el CITV debe señalar que el vehículo cumple con las condiciones técnicas que establece la Resolución 833 de la Secretaría General de la CAN. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad, el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

19 PERMISO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS E N 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de CIRCUITO CERRADO Registro Único de Contribuyente (RUC), domicilio de la peticionaria y nombre y Anexo 001-C/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

número del documento de identidad del representante legal; así como la siguiente Documental BASE LEGAL información: - Decisión Nº 398 (17.01.97), Art. 65º - Relación de la tripulación. - Resolución N° 719° de la Secretaría General (29.04.2003), Art. 17º - Fecha de inicio y conclusión del viaje - Resolución Nº 833 de la Secretaría de la CAN (21.06.04), Art, 3º, 6º, 7º, 8º - Ruta autorizada (las ciudades y lugares a ser visitados) - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final - Características del vehículo habilitado (placa de rodaje, número de chasis, marca, - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación modelo, año de fabricación) de autorizaciones:

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D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. a) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de cada vehículo ofertado.

La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de b) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el su fabricación. vehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el

Reglamento Nacional de Vehículos y las condiciones técnicas señaladas en la Resolución 833 de la Secretaría General de la CAN. En el caso de vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

20 HABILITACIÓN VEHICULAR / REGISTRO DE UNIDAD DE CAR GA POR 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Formulario Nº 001/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de INCREMENTO O SUSTITUCIÓN Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: Documental BASE LEGAL a) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos y/o unidades de carga - Decisión Nº 398 (17.01.97), Capítulo VII, Arts. 78º a nombre de la peticionaria y, de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero - Decisión N° 399 (17.01.97), Capítulo VII, Arts. 63º y 69º (leasing) o del contrato de vinculación con terceros legalizado o autenticado - Resolución Nº 833 de la Secretaría de la CAN (21.06.04), Art, 3º, 6º, 7º, 8º notarialmente, según corresponda; en los que el vehículo o unidad de carga debe - Resolución Nº 300 de la Secretaría General (07.10.99), Capítulo VII estar identificado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o VIN. El - Decisión Nº 491, Reglamento Técnico Andino (09.02.01), Art. 2º contrato de vinculación debe cumplir con los requisiros señalados en el artículo 3 de Cuando se trate de sustitución de flota autorizada deberá devolver los certificados la Resolución No. 272 de la Secretaría General de la Comunidad Andina. de habilitación de los vehículos a sustituir (Art. 4º Res. 300 Secr.Gral CAN-07.10.99) b) De corresponder, copia legible de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad - Resolución No. 272 de la Secretaría General (28.08.99), Art. 3 Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes - Certificado SOAT: DS 024-2002-MTC (14.06.2002), Lit. d) Seg. Dis. Final corporales para tripulantes, por cada vehículo ofertado - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación c) De corresponder, copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de de autorizaciones: Tránsito vigente de cada vehículo ofertado. D.S Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. d) En el caso de transporte de mercancías, copia del Certificado de Inspección Técnica

Vehicular vigente, que acredite que el vehículo ofertado cumple con las características La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el su fabricación. caso de transporte de pasajeros, copia del Certificado de Inspección Técnica

Vehicular vigente, que acredite que el vehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y las condiciones técnicas que establece la Resolución No. 833 de la Secretaría General de la CAN.Los vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE ÁMBITO NACIONAL

21 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: razón o denominación Formulario Nº 002/15 4.96 S/. 183.54 X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de TRANSPORTE REGULAR PERSONAS DE AMBITO NACIONAL CON número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y dirección Anexo 002/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes INFORME DE CERTIFICADORA electrónica del transportista solicitante; nombre, número de documento de identidad DocumentalVigencia: 10 años y domicilio del representante legal y número de la partida de inscripción registral

del transportista solicitante y de las facultades del representante legal; así como la BASE LEGAL clase de autorización requerida. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° b) Informe emitido por la entidad certificadora autorizada por el MTC, en formato aprobado - DS. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), Art. 3, numeral 3.62, 18; 19; 20; 25; 26; 27; por la DGTT, en el que debe constar que el transportista cumple con todo lo señalado 28; 29; 33; 37; 38; 39; 51; 52; 53; 55 en el artículo 55 del Reglamento, así como con los requisitos necesarios para cumplir

con la autorización que solicita. con la autorización que solicita. c) Pago por derecho de tramitación (1)

22 RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL SERVICIO DE 1. Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, presentada entre los sesenta (60) y quince Formulario Nº 002/15 4.96 S/. 183.54 X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de TRANSPORTE (TODOS LOS SERVICIOS) (15) días hábiles, previos al vencimiento de la autorización, en la que conste: En el caso Anexo 002/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

de persona natural, nombre(s) y apellidos y número de documento de identidad del titular Documental BASE LEGAL y, en el en el caso de persona jurídica, razón o denominación social, nombre, - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° número de documento de identidad y facultades del representante legal, número - D.S. Nº 017-2009-MTC (22.04.2009), Art. 59 de partida registral en los Registros Públicos. Además debe indicar el número del

Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y dirección electrónica del transportista solicitante; así como el número de su partida de inscripción en el registro administrativo de transporte; así como el número, día de pago y monto de la constancia de pago por derecho de tramitación.La autoridad competente, previa evaluación de lo previsto en el numeral 59.3 del artículo 59 del reglamento, resolverá la solicitud

23 RENUNCIA DE LA CONCESIÓN DE RUTA PARA TRANSPORTE 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre Formulario Nº 002/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS DE ÁMBITO NACIONAL indicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes el nombre y número del documento de identidad del representante legal. DocumentalBASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) Art. 114º - Presentación de solicitud con 30 días calendarios de anticipación antes de dejar de prestar el servicio. (art. 114º)

24 MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA CONCESIÓN A) MODIFICACIÓN DE RUTA, ITINERARIO Y/O ESCALAS COMERC IALES, FRECUENCIAS Formulario Nº 002/15 9.59 S/. 355.00 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deINTERPROVINCIAL U HORARIOS Anexo 002/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, DocumentalBASE LEGAL indicando razón social, Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° así como el nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: - DS 009-04-MTC (03.03.04) mod. por DS 023-2004-MTC (17.05.2004), a) De ser el caso, croquis y anexo indicando los términos de la modificación requerida (Origen, - DS 037-2007-MTC (14.10.2007) Arts. 35º, 36º, 66º, 69º destino, itinerario, escalas comerciales, frecuencias, distancia, tiempo de viaje y horarios

de salida)Reglamento aprobado por el D.S. Nº 009-2004-MTC b) De corresponder, información documentada respecto a los terminales terrestres habilitados - En el caso de ampliación de ruta, sólo una vez cada dos (2) años por la autoridad competente a utilizar en el origen y en el destino y, de ser el caso, terminales desde el destino hasta por un 30% de la distancia de la ruta autorizada, terrestres o estaciones de ruta autorizados escalas comerciales que acredite que el y en caso de reducción en cualquier momento, tanto en origen como en peticionario puede acceder a su uso. destino y hasta el 90% de la distancia de la ruta autorizada. (Art. 35º c) Pago por derecho de tramitación (1) modificado por el D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) - En itinerario, la modificación no debe afectar más del 50% de la distancia B) MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA CONCESIÓN INTERP ROVINCIAL POR 9.59 S/. 355.00 de la ruta otorgada originalmente (Art.36º modif. DS 023-2004-MTC - CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL, FUSIÓN Y ESCISIÓN 17.05.2004). Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolución indicando razón social, Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), domicilio de la firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio y el número de partida de inscripción

de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representante legala) Copia legible de la escritura pública de la modificación del testimonio en la que conste el

cambio de razón social, fusión o escisión, inscrita en los Registros Públicos.b) Pago por derecho de tramitación (1)

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25 HABILITACIÓN VEHICULAR POR INCREMENTO O SUSTITUCIÓ N a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: Formulario Nº 002/15 2.03 S/. 75.26 X Oficina de Atención al Director General de (TODOS LOS SERVICIOS) En el caso de persona natural, nombre(s) y apellidos y número de documento de Anexo 002/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Vigencia: un (01) año identidad del titular y, en el en el caso de persona jurídica, razón o denominación social, Documental

nombre, número de documento de identidad y facultades del representante legal, número BASE LEGAL de su partida registral en los Registros Públicos. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° En ambos casos, se debe indicar el Número del Registro Único de Contribuyentes - DS. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), ART. 3, Numeral 3.37; Art. 64; 65 (RUC) activo, domicilio y dirección electrónica del solicitante; relación de conductores

por habilitar, los que no deben superar los sesenta y cinco (65) años de edad; la placa de rodaje de los vehículos por habilitar, los que no deben superar los tres (3) años de antigüedad, contados a partir del primero de enero del año siguiente al de su fabricación, salvo las excepciones señaladas en el numeral 25.5 del artículo 25 del Reglamento; número de los certificados de Inspección Técnica Vehicular de los vehículos ofertados y el nombre del Centro de Inspección Técnica Vehicular emitente. En el caso de vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección ordinaria y complementaria.

b) Anexo Número de constancia de pago, día de pago y montoc) Tratándose de vehículos nuevos, copia de la declaración jurada o el certificado de conformidad

de cumplimiento, presentada ante la SUNAT o SUNARP a que hace referencia la Décimo Sexta Disposición Complementaria del Reglamento Nacional de vehículos.

d) Solo en el caso de transporte de personas, Anexo indicando el número, código o mecanismo que permite la comunicación con cada uno de los vehículos que se habilitan.

e) Copia legible de: 1) Tarjetas de identificación y/o propiedad vehicular de cada vehículo ofertado2) Escritura pública en la que conste el contrato de arrendamiento financiero, operativo, contrato de fideicomiso que acredite la propiedad de los vehículos por parte de una entidad supervisada por la SBS y/o por CONASEV, con indicación de la notaría en la que fue extendida y el plazo de duración del contrato y la identificación del vehículo ofertado con su placa de rodaje y/o número de serie.3) Certificados SOAT vigente de cada vehículo4) Copia del contrato de servicio de comunicación entre el transportista y sus unidades, suscrito con la empresa proveedora de dicho servicio.

26 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN EVENTUAL PARA a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, indicando razón o denominación social; Formulario Nº 002/15 0.57 S/. 20.95 X Oficina de Atención al Director General de TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y dirección Anexo 002/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Plazo máximo de vigencia: diez (10) días calendari o electrónica del transportista solicitante; nombre, número de documento de identidad Documental

y domicilio del representante legal; número de su inscripción en el registro administrativo BASE LEGAL de transporte; información respecto de las características del servicio a prestar, - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° precisando el (los) vehículo(s) habilitado(s) con los cuales se realizará, plazo, - D.S. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), Art. 44 fecha y punto de partida del vehículo en origen y destino, así como los conductores

habilitados asignados a la prestación del servicio; número del respectivo certificado del SOAT y que la prestación del servicio mediante la autorización eventual no afectará el servicio de transporte autorizado

b) Copia simple, fotostática o electrónica del contrato o pedido recibido por el transportista en el que se le solicita la prestación del servicio de transporte eventual.

c) Pago por derecho de tramitación (1)

PERMISO EXCEPCIONAL PERMISO EXCEPCIONAL

27 OTORGAMIENTO DE PERMISO EXCEPCIONAL PARA TRANSPORTE 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Formulario Nº 004/15 9.59 S/. 355.00 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deINTERPROVINCIAL REGULAR DE PERSONAS indicando razón social, Número de Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la Anexo 004-B/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesVigencia: 4 años peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio y el número de partida de inscripción de Documental

nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representante legal; así como su BASE LEGAL declaración de que la peticionaria cuenta con organización empresarial para prestar el servicio - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° conforme al reglamento, que no se encuentra suspendida o inhabilitada para la prestación del - Decreto Supremo Nº 009-04-MTC (03.03.04) Lit d) Art. 57º, Arts. 75º, servicio y que cumplirá con el mantenimiento preventivo de su flota vehicular habilitada y que 78º y 118º cumplirá con remitir al MTC las tarifas vigentes en sus servicios, así como sus actualizaciones,

adjuntando la siguiente documentación:D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la persona jurídica de derecho mercantil, - La antigüedad máxima: tres (3) años, contados a partir del 1 de enero del año inscrita en los Registros Públicos, en la que estará indicando como objeto social, la actividad año siguiente al de su fabricación. (Art. 44º modificado por el del servicio de transporte terrestre de personas; así como el monto del capital suscrito D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) y pagado. Puede ser remplazada por copia literal vigente de la partida registral expedida por - Capital suscrito y pagado mínimo: Vehículos M1, M2 y M3 equivalente a la oficina registral correspondiente con una antigüedad no mayor de 30 días calendarios veinte (20) UIT (literal d. Art. 78º) b) Estudio técnico elaborado por una entidad especializada en la materia que incluya el croquis - Flota Minina: Cinco (5) vehículos. (Art. 80º modificado por de la ruta, información sobre el origen, destino, itinerario, frecuencias y horarios y que D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) demuestre que en la ruta no existe oferta o es manifiestamente insuficiente o deficiente

para el servicio de transporte regular de personas con vehículos habilitados por la autoridad - Distancia de la ruta: Doscientos (200) Km. competente que reúnen las características para una concesión interprovincial o Vehículos de las Categorías M2 y M3, Clase III, de peso neto igual o c) Copia legible de la Tarjeta de identificación vehicular o de Propiedad Vehicular a nombre del superior a tres (3) toneladas. peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero - Distancia de la ruta: Cien (100) km. (elevado a escritura pública) u operativo (inscrito en el Registro de Propiedad Vehicular), Vehículos de las Categoría M2, de peso neto igual o superior a 1.5 en el que se identifique el vehículo con su placa de rodaje y/o número de serie. toneladas con motor de cilindrada igual o superior a 2400 centímetros d) Copia del Certificado de Revisión Técnica vigente, que acredite que el vehículo ofertado con cúbicos y vehículos de la categoría M1 de peso neto vehicular igual o más de un año de antigüedad, cumple con las características y requisitos señalados en el superior a una (1) tonelada, con motor de cilindrada igual o superior Reglamento Nacional de Vehículos. a los 1450 centímetros cúbicos e) Copia del Certificado de Constatación de Características específicas que acredite que el - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolución vehículo ofertado cumple con las características específicas señaladas en el firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) Reglamento Nacional de Administración de Transportes y normas complementarias

f) Información documentada respecto a los terminales terrestres habilitados por la autoridad competente a utilizar en el origen y en el destino y, de ser el caso, terminales terrestres o estaciones de ruta autorizados en escalas comerciales que acredite que el peticionario. puede acceder a su uso.

g) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT)h) Pago por derecho de tramitación (1)

28 MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL PERMISO EXCEPCIONA L A) MODIFICACIÓN DE RUTA Y/O ITINERARIO, FRECUENCIAS Y HORARIOS Formulario Nº 004/15 9.59 S/. 355.00 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deSolicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Anexo 004-B/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

BASE LEGAL indicando razón social, Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, Documental - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° así como el nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando: - DS 009-04-MTC (03.03.04) mod. por DS 023-2004-MTC (17.05.2004), a) De ser el caso, croquis y anexo indicando los términos de la modificación requerida (Origen, - DS 037-2007-MTC (14.10.2007) Arts. 35º, 36º, 66º, 69º destino, itinerario, escalas comerciales, frecuencias, distancia, tiempo de viaje y horarios

de salida)Reglamento aprobado por el D.S. Nº 009-2004-MTC b) De corresponder, información documentada respecto a los terminales terrestres habilitados - En el caso de ampliación de ruta, sólo una vez cada dos (2) años por la autoridad competente a utilizar en el origen y en el destino y, de ser el caso, terminales desde el destino hasta por un 30% de la distancia de la ruta terrestres o estaciones de ruta autorizados escalas comerciales que acredite que el autorizada, y en caso de reducción en cualquier momento, tanto en peticionario puede acceder a su uso. origen como en destino y hasta el 90% de la distancia de la ruta c) Pago por derecho de tramitación (1) autorizada. (Art. 35º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

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MATICO

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PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

- En itinerario, la modificación no debe afectar más del 50% de la distancia B) MODIFICACIÓN POR CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL, FUSIÓN Y ESCISIÓN 9.59 S/. 355.00 de la ruta otorgada originalmente (Art.36º modif. DS 023-2004-MTC - Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, 17.05.2004). indicando razón social, Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), domicilio de la - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolución peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio y el número de partida de inscripción firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representante legal

a) Copia legible de la escritura pública de la modificación del testimonio en la que conste elcambio de razón social, fusión o escisión, inscrita en los Registros Públicos.

b) Pago por derecho de tramitación (1)

29 RENUNCIA AL PERMISO EXCEPCIONAL 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre Formulario Nº 004/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deindicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

BASE LEGAL el nombre y número del documento de identidad del representante legal. Documental - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) Art. 23° - Decreto Supremo Nº 009-04-MTC (03.03.04) Art.114º, 75º, 118º - Presentación de solicitud con 30 días calendarios de anticipación (art 114º).

TERMINALES TERRESTRES

30 OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE HABILITACIÓN TÉCNI CA DE a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que señale razón o denominación Formulario Nº 004/15 5.95 S/. 220.10 X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de TERMINALES TERRESTRES, ESTACIONES DE RUTA O TALLER DE social, número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes MANTENIMIENTO dirección electrónica nombre, número de documento de identidad y domicilio del Documental

representante legal y número de la partida de inscripción registral en Registros PúblicosVigencia: Indefinida y de las facultades del representante legal en el caso de ser persona jurídica; así

como la dirección y ubicación de la infraestructura complementaria de transporte BASE LEGAL que se solicita habilitar, contrato suscrito con quien operará o administrará la - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° infraestructura, de ser el caso; así como el número, día de pago y monto de la - DS. Nº 017-2009-MTC (03.03.04), Art. 73; 74 constancia de pago por derecho de tramitación

b) Informe técnico emitido por la entidad certificadora autorizada, que verifique el cumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia exigibles. En el caso que la autoridad competente no haya autorizado a entidad privada para realizar el informe técnico señalado,se incluirá como parte de la declaración jurada una expresa declaración efectuada por elsolicitante de que cumple con las condiciones y requisitos de acceso establecidos en el Reglamento y en las normas complementarias.

SERVICIOS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN GENERAL

31 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: Formulario Nº 003/15 1.94 S/. 71.71 X Oficina de Atención al Director General de TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN GENERAL En el caso de persona natural, nombre(s) y apellidos y número de documento de Anexo 003/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Vigencia: 10 años identidad del titular y, en el en el caso de persona jurídica, razón o denominación social, Documental

nombre, número de documento de identidad y facultades del representante legal, número BASE LEGAL de su partida registral en los Registros Públicos. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° En ambos casos, se debe indicar el Número del Registro Único de Contribuyentes - D.S. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), Art. 3, numeral 3.64; 7, numeral 7.2.1; 18; (RUC) activo, domicilio y dirección electrónica del solicitante; relación de conductores 19; 21; 25; 26; 27; 28; 29; 37; 40; 51; 52; 53; 54;55. por habilitar, los que no deben superar los sesenta y cinco (65) años de edad; la placa

de rodaje de los vehículos por habilitar, los que no deben superar los tres (3) años de antigüedad, contados a partir del primero de enero del año siguiente al de su fabricación, salvo las excepciones señaladas en el numeral 25.5 del artículo 25 del Reglamento; número de los certificados de Inspección Técnica Vehicular de los vehículos ofertados número de los certificados de Inspección Técnica Vehicular de los vehículos ofertados y el nombre del Centro de Inspección Técnica Vehicular emitente. En el caso de vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección ordinaria y complementaria.

b) Declaración suscrita por el solicitante o transportista, los socios, accionistas, asociados, directores, administradores o representantes legales de no encontrarse condenados por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos, Pérdida de Dominio, o Delito Tributario.

c) Declaración de cumplir con las condiciones legales señaladas en los numerales 37.2, 37.3, 37.5, 37.6, 37.7, 37.8, 37.9, 37.10 del artículo 37; así como en los numerales 40.1.1, 40.1.2 y 40.1.3 del artículo 40 del Reglamento, necesarias para obtener la autorización y de no haber recibido sanción firme de cancelación o inhabilitación respecto del servicio que solicita; y de no encontrarse sometido a procedimiento administrativo sancionador por el incumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia.

d) Contar con todas las autorizaciones sectoriales que resulten necesarias. e) Anexo Número de constancia de pago, día de pago y montof) Copia legible de:

1) Tarjetas de identificación y/o propiedad vehicular de cada vehículo ofertado2) Escritura pública en la que conste el contrato de arrendamiento financiero, operativo, contrato de fideicomiso que acredite la propiedad de los vehículos por parte de una entidad supervisada por la SBS y/o por CONASEV, con indicación de la notaría en la que fue extendida y el plazo de duración del contrato y la identificación del vehículo ofertado con su placa de rodaje y/o número de serie.3) Certificados SOAT vigente de cada vehículo4) En el caso de persona jurídica, copia literal de la partida registral en la que conste la denominación social, la prestación del servicio de transporte terrestre de mercancías como actividad principal, el nombre de los directores, administradores, socios, accionistas, asociados y representantes legales. En el caso de persona natural, la actividad comercial principal declarada ante la SUNAT deberá ser la de prestación de servicios de transporte terrestre de mercancías

32 RENUNCIA AL PERMISO DE OPERACIÓN PARA 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre Formulario Nº 003/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deTRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN GENERAL indicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

el nombre y número del documento de identidad del representante legal. DocumentalBASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 114º - Presentación de solicitud: 30 días calendarios de anticipación (art 114º).

33 MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL PERMISO DE OPERACI ÓN 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada, en Formulario proporcionado por el MTC, suscrito por el Formulario Nº 003/15 3.36 S/. 124.25 X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro dePARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN GENERAL POR CAMBIO representante legal indicando razón social, Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), Anexo 003/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesDE RAZÓN SOCIAL FUSIÓN Y ESCISIÓN domicilio de la peticionaria. De corresponder, nombre, documento de identidad, domicilio y el número Documental

de partida de inscripción de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representanteBASE LEGAL legal y declaración de no tener sanciones de multa impagas con resolución firme, adjuntando: - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° a) Copia legible de la escritura pública de la modificación del testimonio en la que conste el - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) Art. 65º, 66º y 213º cambio de razón social, fusión o escisión, inscrita en los Registros Públicos. Puede ser

reemplazada por copia literal vigente de la partida registral expedida por la oficina registralcorrespondiente, con una antigüedad no mayor de treinta dias, que contenga la modificación efectuada.

b) Pago por derecho de tramitación (1).

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EVALUACIÓN PREVIA

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(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

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34 INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada, en Formulario proporcionado por el MTC, suscrito por el Formulario Nº 003/15 3.36 S/. 124.25 X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deCARGA O EMPRESAS FABRICANTES DE EXPLOSIVOS representante legal indicando razón social, Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesDE USO CIVIL, INSUMOS Y CONEXOS domicilio de la peticionaria, nombre, documento de identidad, domicilio y el número de partida de Documental

inscripción de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representante legalBASE LEGAL y declaración no tener sanciones de multa impagas con resolución firme, adjuntando: - Decreto Ley Nº 25707 (31.08.92), Art. 2° a) Pago por derecho de tramitación (1). - D.S. Nº 086-92-PCM (02.11.92), Art. 26° Encaso de ofertar vehículos deberá adjuntar: - D.S. Nº 019-71-IN (26.08.71), Arts. 95°, 96° y 108° b) Copia legible de la tarjeta de identificaciçon vehicular o de propiedad vehicular a nombre de la - D.S. Nº 058-2003-MTC (12.10.03), Art. 19° peticionaria emitida conforme al Reglamento Nac de Veh y, en los casos que corresponda, del - Segunda Disposición final del TUO SOAT, contrato de arrendamiento financiero u operativos elevados a escritura pçublica en el que se - D.S. Nº 024-2002-MTC (14.06.2002) identifique el vehçiculo con su placa de rodaje y/o número de serie y vigencia del contrato - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) Art. 213º conforme a la norma que los regula. - D.S. Nº 011-2007-MTC (20.04.2007) Art. 6º El vehículo que se oferte deberá pertenecer a las categorias N u O de la clasificación vehicular

y no deberá tener más de tres años de antigüedad, contados a partir del primero de enero delaño siguiente al de su fabricación, salvo que hubiere estado habilitado con anterioridad.

c) En aquellos casos en que el vehículo tenga tresa años de antigüedad, copia del Certificado de Revisión Técnica vigente, que acredite que el(los) vehículo(s) cumple(n) con las característicasy requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos emitido por la autoridad por laDirección General de Transporte Terrestre del MTC.

d) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente del(los)vehículo(s) ofertado(s).

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CUENTA PROPIA

35 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: Formulario Nº 003/15 0.72 S/. 26.63 X Oficina de Atención al Director General de TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCÍAS En el caso de persona natural, nombre(s) y apellidos y número de documento de Anexo 003/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Vigencia: 10 años (ART. 53º) identidad del titular y, en el en el caso de persona jurídica, razón o denominación social, Documental

nombre, número de documento de identidad y facultades del representante legal, número BASE LEGAL de su partida registral en los Registros Públicos. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° En ambos casos, se debe indicar el Número del Registro Único de Contribuyentes - D.S. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), Art. 3, numeral 3.61; 7, numeral 7.4; 18; 19; 24; (RUC) activo, domicilio y dirección electrónica del solicitante; relación de conductores 25; 26; 27; 28; 29; 37; 51; 53; 54; 55; 56 por habilitar, los que no deben superar los sesenta y cinco (65) años de edad; la placa

de rodaje de los vehículos por habilitar, los que no deben superar los tres (3) años de antigüedad, contados a partir del primero de enero del año siguiente al de su fabricación, salvo las excepciones señaladas en el numeral 25.5 del artículo 25 del Reglamento; número de los certificados de Inspección Técnica Vehicular de los vehículos ofertados y el nombre del Centro de Inspección Técnica Vehicular emitente. En el caso de vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección ordinaria y complementaria.

b) En el caso de persona jurídica, declaración suscrita por su representante de no estar incurso en alguna de las causales de irregularidad previstas en la Ley General de Sociedades

c) Declaración suscrita por el solicitante, los socios, accionistas, asociados, directores, administradores o representantes legales de no encontrarse condenados por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos, Pérdida de Dominio, o Delito Tributario.

d) Declaración Jurada de ser una persona natural o persona jurídica inscrita en los Registros Públicos, cuya actividad o giro económico principal no sea la prestación de servicio de transporte público de personas o mercancías, y que ello figure así declarado en el Registro Único del Contribuyente (RUC). Cuando el Estatuto Social no distinga alguna de las Único del Contribuyente (RUC). Cuando el Estatuto Social no distinga alguna de las actividades como principal se considerará lo que figure declarado en el RUC.

e) Declaración de contar con todas las autorizaciones sectoriales que resulten necesarias f) Anexo Número de constancia de pago, día de pago y montog) Copia legible de:

1) Tarjetas de identificación y/o propiedad vehicular de cada vehículo ofertado2) Escritura pública en la que conste el contrato de arrendamiento financiero, operativo, contrato de fideicomiso que acredite la propiedad de los vehículos por parte de una entidad supervisada por la SBS y/o por CONASEV, con indicación de la notaría en la que fue extendida y el plazo de duración del contrato y la identificación del vehículo ofertado con su placa de rodaje y/o número de serie.3) Certificados SOAT vigente de cada vehículo4) En el caso de persona jurídica, copia literal de la partida registral en la que conste la denominación social, actividad(es) distinta(s) al servicio de transporte terrestre como objeto social, el nombre de los directores, administradores, socios, accionistas, asociados y representantes legales. En el caso de persona natural, la actividad comercial principal declarada ante la SUNAT deberá ser distinta a la prestación de servicios de transporte público de personas o mercancías

TRANSPORTE TURÍSTICO TERRESTRE INTERPROVINCIAL DE ÁMBITO NACIONAL

36 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: razón o denominación Formulario Nº 004/15 4.96 S/. 183.54 X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deESPECIAL DE TRANSPORTE TURÍSTICO CON INFORME DE social, número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y Anexo 004-A/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesCERTIFICADORA dirección electrónica del transportista solicitante; nombre, número de documento DocumentalVigencia: 10 años de identidad y domicilio del representante legal y número de la partida de inscripción

registral del transportista solicitante y facultades de su representante legal; así BASE LEGAL como la clase de autorización requerida. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° b) Informe emitido por la entidad certificadora autorizada por el MTC, en formato aprobado - DS. Nº 017-2009-MTC (2204.04.09), Art. 3, numeral 3.62, 7, numeral 7.1.2.1; 18; por la DGTT, en el que debe constar que el transportista cumple con todo lo señalado 19; 23; 25; 26; 27; 28; 29; 37; 38; 51; 52; 53; 55 en el artículo 55 del Reglamento, así como con los requisitos necesarios para cumplir

con la autorización que solicita. c) Pago por derecho de tramitación (1)

37 RENUNCIA AL PERMISO DE OPERACIÓN AL TRANSPORTE 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre Formulario Nº 004/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deTURÍSTICO indicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

el nombre y número del documento de identidad del representante legal. DocumentalBASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 003-2005-MT (23.01.2005), Arts. 48 - Presentación de solicitud con 30 días calendarios de anticipación (Art. 48)

SERVICIO ESPECIAL COMUNAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA

38 PERMISO DE OPERACIÓN PARA EL SERVICIO 1. Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social y Formulario Nº 004/15 9.59 S/. 355.00 X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deESPECIAL COMUNAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS domicilio del peticionario, así como nombre y número del documento de identidad del Anexo 004-A/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesVigencia: 5 años representante legal. Documental

a) Copia legible del documento que acredite el reconocimiento oficial de la comunidad recurrente.

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(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23º b) Relación detallada de la flota vehicular y unidades a utilizar. - D.S. Nº 005-78-TC, (23.01.78), Arts. 4º y 7º c) Copia legible de la Tarjeta de Propiedad Vehicular a nombre de la comunidad. - D.S. Nº 009-2004-MTC (03.03.04), Art. 38º, 39°, 53º d) Certificado de Revisión Técnica vigente, que acredite que el vehículo ofertado cumple - Certificado de Revisión Técnica exigible para vehículos con más de con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. tres (3) años de antigüedad: Art. 6º D.S. Nº 011-2007-MTC (20.04.07) e) Croquis de la ruta por usar. - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolución f) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT) firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) por cada vehículo ofertado.

g) Pago por derecho de tramitación (1).

SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DETRABAJADORES POR CARRETERA

39 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO a) Solicitud, bajo la forma de declaración jurada, en la que conste: razón o denominación Formulario Nº 004/15 4.96 S/. 183.54 X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES CON social, número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, domicilio y Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes INFORME DE CERTIFICADORA dirección electrónica del transportista solicitante; nombre, número de documento Documental Vigencia: 10 años de identidad y domicilio del representante legal y número de la partida de inscripción

registral del transportista solicitante y facultades de su representante legal; así BASE LEGAL como la clase de autorización requerida. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° b) Informe emitido por la entidad certificadora autorizada por el MTC, en formato aprobado - D.S. Nº 017-2009-MTC (22.04.09), Art. 3, numeral 3.63.2, 7, numeral 7.1.2.2; 18; por la DGTT, en el que debe constar que el transportista cumple con todo lo señalado 19; 23; 25; 26; 27; 28; 29; 37; 38; 51; 52; 53; 55 en el artículo 55 del Reglamento, así como con los requisitos necesarios para cumplir

con la autorización que solicita. c) Pago por derecho de tramitación (1)

PROCEDIMIENTOS QUE ATIENDEN LAS DIRECCIONES REGION ALES SECTORIALES

TRANSPORTE TERRESTRE FRONTERIZO PERU - CHILE

40 PERMISO ORIGINARIO PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE 1. Solicitud bajo forma de Declaración Jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X 7 d. Trámite Documentario Director de Director de Director General de COLECTIVO DE PASAJEROS POR CARRETERA ENTRE Terrestre de la Región Tacna, indicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y DRTC - TACNA Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) domicilio de la peticionaria, así como nombre y número del documento de identidad del de la Región Tacna de la Región Tacna del MTC Vigencia: 5 años representante legal, adjuntando:

a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la empresa y el poder otorgado BASE LEGAL al representante legal, inscrito en los Registros Públicos en caso de personas jurídicas. - Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre Tacna y Arica, b) Copia legible de la (s) tarjeta (s) de propiedad vehicular (tarjeta de identificación aprobado por D.S. Nº 053-2005-RE (08.07.05) DS. Nº 053-2005-RE. vehicular) o el certificado de inscripción vehicular según sea el caso, de los vehículos ofertados. - La antigüedad máxima para el acceso de los vehículos hasta 10 años Art. 11° - Los automóviles deben tener una capacidad mayor o igual a 1.800 c.c. de c) Compromiso de contar con póliza de seguro y certificado de inspección técnica durante la cilindradas, 4 puertas y el número de asientos diseñadosde fábrica, los buses operación del servicio por cada vehículo ofertado. deberán contar con más de 20 asientos los buses no deben tener asientos d) Anexo describiendo la modalidad del servicio y número de cupo- asientos solicitados rebatibles y el número de los mismos no debe exceder al diseño de fabrica. e) Copia del certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación f) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular que acredite que el vehiculo cumple con de autorizaciones: las condiciones y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos, cuenta con D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. volante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo, que haya sido diseñado de

de fabrica para el transporte de personas, y que no haya sufrido modificaciones en su chasis La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de chasis que afecte su estructura y que le hagan perder sus condiciones originales de su fabricación. seguridad, resistencia y maniobrabilidad. su fabricación. seguridad, resistencia y maniobrabilidad.

Los vehículos de hasta dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspeccióncomplementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

41 RENOVACIÓN DEL PERMISO ORIGINARIO PARA EL SERVICIO DE 1. Solicitud bajo forma de Declaración Jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X 7 d. Trámite Documentario Director de Director de Director General de TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS POR CARRETERA Terrestre de la Región Tacna, presentada antes del vencimiento del permiso, indicando DRTC - TACNA Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre ENTRE TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria, de la Región Tacna de la Región Tacna del MTC Vigencia: 5 años así como nombre y número del documento de identidad del representante legal, adjuntando:

a) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT), BASE LEGAL por cada vehículo, con extensión hasta Arica. - D.S. Nº 053-2005-RE. (08.07.2005) Art. 13° b) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular que acredite que el vehiculo cumple con

las condiciones y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos, cuenta convolante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo, que haya sido diseñadode fabrica para el transporte de personas, y que no haya sufrido modificaciones en su chasis queafecte su estructura y que le hagan perder sus condiciones originales de seguridad, resistencia y maniobrabilidad.Los vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

42 PERMISO COMPLEMENTARIO PARA SERVICIO DE Comunicación del país de origen, adjuntando lo siguiente. GRATUITO X Trámite Documentario Director deTRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS POR a) Resolución Administrativa y el Documento de Idoneidad que acredite el permiso originario y DRTC - TACNA Circulación Terrestre CARRETERA ENTRE TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) el Anexo descripción de los Vehículos Habilitados. de la Región TacnaVigencia : 5 años.

BASE LEGAL - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 24º - D.S. Nº 053-2005-RE. (08.07.2005) Art. 16°

43 RENOVACIÓN DEL PERMISO COMPLEMENTARIO PARA a) Comunicación del país de origen, otorgando la prórroga del permiso originario GRATUITO X Trámite Documentario Director deSERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS DRTC - TACNA Circulación Terrestre POR CARRETERA ENTRE TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) de la Región TacnaVigencia : 5 años.

BASE LEGAL - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 25º - D.S. Nº 053-2005-RE. (08.07.2005)

44 PERMISOS OCASIONALES PARA EL SERVICIO DE TRANSPORT E 1. Solicitud bajo forma de Declaración Jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X Trámite Documentario Director de TURÍSTICO EN CIRCUITO CERRADO ENTRE TACNA (PERÚ) Y Terrestre de la Región Tacna, indicando razón social, Registro Único de Contribuyente DRTC - TACNA Circulación Terrestre ARICA (CHILE) (RUC) y domicilio de la peticionaria, así como nombre y número del documento de de la Región TacnaVigencia: El plazo que dure el viaje identidad del representante legal, adjuntando:

a) Anexo indicando: BASE LEGAL . Número de placa de rodaje, chasis y marca del vehículo (s) ofertados - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT . Itinerario del viaje indicando origen, destino y puntos intermedios. aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 27º y Apéndice 4 - Pasos fronterizos a utilizar (ida y regreso) - DS. Nº 053-2005-RE. (08.07.2005) Art. 19° - Fecha aproximada en la que se efectuará el viaje (salida y llegada)

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FORMULARIONUMERO Y DENOMINACIÓN (En S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

- Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de la de autorizaciones: peticionaria y, de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero (leasing) D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. elevado a escritura pública en el que esté identificado el vehículo ofertado con el

número de placa y/o número de serie o chasis. La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de c) Copia del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de su fabricación. cada vehículo ofertado.

d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular que acredite que el vehiculo cumple con las condiciones y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos, cuenta con volante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo, que haya sido diseñado de fabrica para el transporte de personas, y que no haya sufrido modificaciones en su chasis que afecte su estructura y que le hagan perder sus condiciones originales de seguridad, resistencia y maniobrabilidad.Los vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

45 PERMISOS OCASIONALES PARA TRANSPORTE DE CARGA ENTR E 1. Solicitud bajo forma de Declaración Jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X Trámite Documentario Director de TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) Terrestre de la Región Tacna, indicando razón social, Registro Único de Contribuyente DRTC - TACNA Circulación Terrestre

(RUC) y domicilio de la peticionaria, así como el nombre y número del documento de de la Región Tacna Vigencia: hasta 6 meses. identidad del representante legal, adjuntando firmada y sellada por dicho representante,

la siguiente documentación: BASE LEGAL a) Anexo indicando: - Acuerdo de Alcance Parcial Sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT - Origen y destino del viaje y pasos de frontera a utilizar (ida y regreso) aprobado por D.S. Nº 028-91-TC (27.09.91), Art. 27º y Apéndice 5 - Tipo de carga a transportar (ida y regreso) - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación - Número de placa de rodaje, de chasis y clase de vehículo (s) ofertado (s) de autorizaciones: - Período en el cual realizará el viaje o viajes ocasionales (plazo por el cual se D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. solicita el permiso)

- Cantidad aproximada de viajes a realizar. La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de su fabricación. la peticionaria y de ser el caso, del contrato de arrendamiento financiero

(leasing) elevado a escritura pública en el que esté identificado el vehículo ofertado con el número de placa de rodaje y/o número de serie o chasis.

c) Copia legible del certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito de cada vehículo ofertado

d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que elvehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos. En el caso de vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

46 MODIFICACIÓN DE FLOTA VEHICULAR - TRANSPORTE COLE CTIVO A) PARA EMPRESAS NACIONALES: GRATUITO X 5 d. Trámite Documentario Director de Director de Director General de DE PASAJEROS TACNA - ARICA Solicitud bajo forma de Declaración Jurada dirigida al Director encargado de Circulación DRTC - TACNA Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre Altas (Incremento o sustitución) y Bajas Terrestre de la Región Tacna, indicando razón social, Registro Único de Contribuyente de la Región Tacna de la Región Tacna del MTC

(RUC) y domicilio de la peticionaria, así como nombre y número del documento dede identidad del representante legal, adjuntando:

BASE LEGAL a) Copia legible de la tarjeta de propiedad del vehículo ofertado a nombre de la peticionaria. BASE LEGAL a) Copia legible de la tarjeta de propiedad del vehículo ofertado a nombre de la peticionaria. - D.S. Nº 053-2005-RE. (08.07.2005) Art. 11° b) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - Antigüedad de los vehículos hasta diez (10) años vigente (SOAT), por cada vehículo, con extensión hasta Arica. - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación c) Copia del Certificado de Inspección Técnica que acredite que el vehiculo cumple con las de autorizaciones: condiciones y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos, cuenta con D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. volante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo, que haya sido diseñado de

fabrica para el transporte de personas, y que no haya sufrido chasis que afecte su estructura La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de y que le hagan perder sus condiciones originales de seguridad, resistencia y maniobrabilidad. su fabricación. Los vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo

la inspeccióncomplementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

B) PARA EMPRESAS DEL OTRO PAÍS:a) Comunicación del país de origen en formato indicado en el apéndice 3 del ATIT GRATUITO X Trámite Documentario Director de

DRTC - TACNA Circulación Terrestre

TRANSPORTE TRANSFRONTERIZO DE PASAJEROS POR CARRET ERA ENTRE PERÚ Y ECUADOR PERÚ: TUMBES, PIURA Y CAJAMAR CA ECUADOR: EL ORO, LOJA Y ZAMORA – CHINCHIPE

47 DOCUMENTO ÚNICO PARA TRANSPORTE REGULAR DE SERVICI O 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X 7 d. Mesa de partes de la Director de Director de Director General de DE PASAJEROS PERÚ Y ECUADOR Terrestre de las Regiones Tumbes, Piura o Cajamarca, indicando nombre o razón Dirección Regional de Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre Vigencia: 5 años. social de la empresa, compañía o cooperativa, Registro Único del Contribuyente Circulación Terrestre de Región Tumbes, de Región Tumbes, del MTC

(RUC) y domicilio, nombre y número del documento de identidad del representante de Tumbes, Piura o Piura o Cajamarca Piura o Cajamarca BASE LEGAL legal, ruta, itinerario, frecuencias y flota operativa, adjuntando: o Cajamarca - Convenio de Tránsito del (26.10.1996), Art. 19°. a) Copia certificada del testimonio de la escritura pública de constitución de la empresa, - Reglamento del Convenio de Tránsito, del (01.08.02) Art. 22° compañía o cooperativa, en la que se indique como objeto social el transporte - R.M. N° 282-99-MTC (01.07.99), Art. 1º terrestre transfronterizo de pasajeros. - Los vehículos ofertados deben estar equipados con: b) Copia legible de la tarjeta de propiedad de los buses a nombre de la empresa, compañía Certificado SOAT: Literal d) Segunda Disposición Final o cooperativa, o del contrato de arrendamiento financiero (leasing). DS. Nº 024-2002-MTC(14.06.02) c) La antigüedad de cada unidad no debe exceder de 12 años, contados a partir del 1 de Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación enero del año siguiente al de su fabricación. de autorizaciones: d) Certificado de Inspección Técnica vehicualr vigente que acredite que el vehículo cumple D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y

las características especificas correspondientes que señala el Reglamento del Convenio La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de Perú - Ecuador. Para vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe su fabricación. comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años

de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria. e) Contar con buses cuyo peso seco sea mayor a 8,500 kg. y capacidad mínima de 40 asientos.f) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT)

por cada vehículo ofertado.g) Póliza andina de seguros de responsabilidad civil para el transporte internacional por carretera,

de conformidad con la Decisión 290 de la CAN.

48 DOCUMENTO ÚNICO PARA TRANSPORTE TURÍSTICO PERÚ - 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director encargado de Circulación Terrestre GRATUITO X 7 d. Mesa de partes de la Director de Director de Director General de ECUADOR de las Regiones Tumbes, Piura o Cajamarca, indicando nombre y/o razón social de la empresa, Dirección Regional de Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre Vigencia: Cinco (5) años compañía o cooperativa, Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio, nombre, número Circulación Terrestre de Región Tumbes, de Región Tumbes, del MTC

del documento de identidad del representante legal y flota ofertada, adjuntando: de Tumbes, Piura o Piura o Cajamarca Piura o Cajamarca BASE LEGAL a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la empresa, compañía o o Cajamarca - Convenio de Tránsito (26.10.96), Art. 19° cooperativa en la que se debe indicar que su objeto social es el transporte terrestre - Reglamento del Convenio de Tránsito, del (01.08.2002) Art. 22° transfronterizo de pasajeros - R.M. N° 282-99-MTC (01.07.99), Art. 1º

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PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

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EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

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Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

- Certificado SOAT: Literal d) Segunda Disposición Final b) Copia legible de la tarjeta (s) de propiedad vehicular a nombre de la empresa, compañía o - D.S. Nº 024-2002-MTC(14.06.02) cooperativa y/o del contrato de arrendamiento financiero (leasing). - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación c) Contar con buses cuya peso seco mínimo sea de 1,965 Kgs. Y 12 asientos de autorizaciones: d) La antigüedad de cada unidad no debe exceder de 10 años, contados a partir del D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. año de fabricación.

e) Los vehículos deben contar con las siguientes características: La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de - Asiento para guía en la parte delantera. su fabricación. - Radiocomunicación.

- Ventilación forzada individual.- Paquetera o parrilla (diseño de fábrica)

f) Certificado de Inspección Técnica vehicualr vigente que acredite que el vehículo cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y las características especificas correspondientes que señala el Reglamento del Convenio Perú - Ecuador. Para vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITVdebe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

g) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente(SOAT) por cada vehículo ofertado.

h) Póliza andina de seguros de responsabilidad civil para el transporte internacional porcarretera, de conformidad con la Decisión 290 de la CAN.

49 DOCUMENTO ÚNICO PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS EN 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X 7 d. Mesa de partes de la Director de Director de Director General de TAXI PERÚ - ECUADOR Terrestre de las Regiones Tumbes, Piura o Cajamarca, indicando nombre y/o razón social Dirección Regional de Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte Terrestre Vigencia: Cinco (5) años de la empresa, compañía y/o cooperativa, domicilio y flota ofertada: Circulación Terrestre de Región Tumbes, de Región Tumbes, del MTC

a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la empresa, compañía o cooperativa, de Tumbes, Piura o Piura o Cajamarca Piura o Cajamarca BASE LEGAL en la que se indique como objeto social el transporte terrestre transfronterizo de pasajeros. o Cajamarca - Convenio de Tránsito (26.10.96), Art. 19° b) Copia legible de la (s) tarjeta (s) de propiedad vehicular de los vehículos a nombre - Reglamento del Convenio de Tránsito (01.08.2002), Art. 22º de la empresa, compañía o cooperativa o del contrato de arrendamiento financiero (leasing) - R.M. N° 282-99-MTC (01.07.99), Art. 1º c) Contar con vehículos con cilindrada mínima de 1,500 cc. - Certificado SOAT: Literal d) Segunda Disposición Final d) La antigüedad del vehículo no debe exceder de diez (10) años contados a partir del año - D.S. Nº 024-2002-MTC(14.06.02) de fabricación. - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación e) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente de autorizaciones: (SOAT) por cada vehículo ofertado. D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. f) Copia legible de la póliza andina de seguros de responsabilidad civil para el transporte

internacional por carretera, de conformidad con la Decisión 290 de la Comunidad Andina. La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de g) Certificado de Inspección Técnica Vehicualr vigente que acredite que el vehículo cumple su fabricación. con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y

las características especificas correspondientes que señala el Reglamento del Convenio Perú - Ecuador. Para vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) añosde antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinaria y complementaria.

50 DOCUMENTO ÚNICO PARA TRANSPORTE DE CARGA PERÚ - 1. Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director encargado de Circulación GRATUITO X 7 d. Mesa de partes de la Director de Director de Director General de ECUADOR Terrestre de las Regiones Tumbes, Piura o Cajamarca, indicando nombre y/o razón social, Dirección Regional de Circulación Terrestre Circulación Terrestre Transporte TerrestreVigencia: Cinco (5) años de la empresa, compañía y/o cooperativa, domicilio y flota ofertada: Circulación Terrestre de Región Tumbes, de Región Tumbes, del MTC

a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la empresa, compañía o cooperativa, de Tumbes, Piura o Piura o Cajamarca Piura o Cajamarca BASE LEGAL en la que se indique como objeto social el transporte terrestre transfronterizo de carga o Cajamarca - Convenio de Tránsito (26.10.96), Art. 19° b) Copia legible de la (s) tarjeta (s) de propiedad vehicular de los vehículos a nombre - Convenio de Tránsito (26.10.96), Art. 19° b) Copia legible de la (s) tarjeta (s) de propiedad vehicular de los vehículos a nombre - Reglamento del Convenio de Tránsito (01.08.2002), Art. 22º de la empresa, compañía o cooperativa o del contrato de arrendamiento financiero (leasing) - R.M. N° 282-99-MTC (01.07.99), Art. 1º c) Listado de vehículos que serán habilitados para realizar transporte transfronterizo de carga - Certificado SOAT: Literal d) Segunda Disposición Final con sus respectivas características: - D.S. Nº 024-2002-MTC(14.06.02) - La antigüedad de cada unidad no debe exceder de 15 años contados a partir del 1 de - Certificado de Inspección Técnica Vehicular en otorgamiento y renovación enero del año de fabricación. de autorizaciones: d) Copia legible de la póliza andina de seguros de responsabilidad civil para el transporte D.S. Nº 025-2008-MTC (24.08.2008), Primera Disposición Complementaria Final. internacional por carretera, de conformidad con la Decisión 290 de la Comunidad Andina

e) Copia legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del 1 de enero del año siguiente de (SOAT) por cada vehículo ofertado su fabricación. f) Certificado de Inspección Técnica vigente que acredite que el vehículo cumple con las

características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y las establecidas en el Reglamnento del Convenio Perú - Ecuador. Para vehículos con menos de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender solo la inspección el CITV debe comprender solo la inspección complementaria y para vehículos con más de dos (2) años de antigüedad el CITV debe comprender la inspección técnica ordinariay complementaria.

PARA TODOS LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE NA CIONAL

51 CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE Solicitud bajo forma de declaración jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Formulario Nº 004/15 0.48 S/. 17.75 X Oficina de Atención al Director General deTRANSPORTE TERRESTRE indicando razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC), domicilio de la peticionaria; Anexo 004-A/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

nombre y número del documento de identidad del representante legal, así como las placas DocumentalBASE LEGAL de los vehículos materia de la petición, adjuntando: - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° a) Pago por derecho de tramitación (1) - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 176º Y 177º

LICENCIAS DE CONDUCIR

52 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGO RÍA I A. PRESENCIALFormulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General de

Vigencia: ocho (8) años. Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestreante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Documental

BASE LEGAL Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.13º y edad, la que no debe ser menor de dieciocho (18) años (Las personas mayores de

16 años accederán a la licencia acreditando el cumplimiento de lo señalado en los artículos 42 y 46 del Código Civil); adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses. El postulante con discapacidad física accederá a la licencia de conducir de esta categoría, siempre que acredite la adopción de medidas que le permitan conducir el vehículo sin riesgo.

c) Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito o certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgado por escuela de conductor autorizada.

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(*) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen médico, el examen de norma de tránsito o el curso de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

EN LINEA (INTERNET) *

y efectuó el pagó por derecho de tramitación

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(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

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R E Q U I S I T O S

53 CANJE DE LICENCIA DE CONDUCIR MILITAR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario. Indicando Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General degenerales de ley, adjuntando: Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

BASE LEGAL a) Oficio del Director de la Escuela de Material de Guerra dirigido a la autoridad competente Documental - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º gestionando el otorgamiento de la licencia de conducir para el conductor militar - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.29º dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro. - DS. Nº 011-EMG/A2C. (RA-00-009) (20.08.60), Art. 53º b) Certificado de Buena Conducta, otorgado por la autoridad militar o policial competente

c) Récord de accidentes e Infracciones de tránsito del Chofer Militar, expedido por el Juez Militar de Tránsito.

d) Certificado de examen psicosomático y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra

e) Copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja de servicio activof) Licencia de conducir militar en vigenciag) Pago por derecho de tramitación (1)

54 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR SOLICITADO Nota de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando: Formulario Nº 005/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General dePOR MIEMBROS DEL SERVICIO DIPLOMÁTICO a) Copia de la Licencia de Conducir Extranjera vigente (en caso de no poseer la licencia de Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte TerrestreACREDITADOS EN EL PAÍS conducir, deberá cumplir con los requisitos establecidos para la categoría que Documental

postula, a excepción del pago de tasas).BASE LEGAL b) Exhibición del original (para identificación) y copia del documento de Identidad extranjero. - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 25º - D.S.Nº 007-82-RE, (07.07.82), Art. 87º

55 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA II-a CATEGORÍA II-a y II-b

A. PRESENCIAL Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General deVigencia: tres (3) años. Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Documental BASE LEGAL Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley, edad, la que no debe - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.13º ser menor de veintiún (21) años y no tener impagas sanciones de multa por

infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución firme; adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses.

c) Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgado por escuela de conductor autorizada por la DGTT

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por

EN LINEA (INTERNET) *

cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(*) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen médico, el curso de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA II-b Formulario Nº 005/15 Anexo 005/15

A. PRESENCIALSolicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley, edad, la que no debe ser menor de veintiún (21) años y no tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución firme; adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses

c) Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas o de mercancías otorgado por escuela de conductor autorizada por la DGTT

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(**) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen médico, el curso de profesionalización del conductor en transporte de personas o de mercancias otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

56 EXPEDICIÓN DE LICENCIA CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA III-a, LICENCIA CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA III-a III-b y III-c

A. Vigencia: tres (3) años. Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General de

ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre BASE LEGAL Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería Documental - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley, edad, la que no debe - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.13º ser menor de veinticuatro (24) años y no tener impagas sanciones de multa por

infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución firme; adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses

EN LINEA (INTERNET) **

PRESENCIAL

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FORMULARIONUMERO Y DENOMINACIÓN (En S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

c) Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgado por escuela de conductor autorizada por la DGTT.

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(*) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen psicosomático, el curso de profesionalización del conductor en transporte de personas otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA III-b

A. Formulario Nº 005/15 Anexo 005/15

Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley, edad, la que no debe ser menor de veinticuatro (24) años y no tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución firme; adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios.

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses para que el postulante pueda concluir satisfactoriamente con todos los demás requisitos.

c) Certificado de profesionalización del conductor en transporte de mercancías otorgado por escuela de conductor autorizada por la DGTT.

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por la entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(**) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen psicosomático, el curso de profesionalización del conductor en transporte de mercancias otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

EN LINEA (INTERNET) *

PRESENCIAL

EN LINEA (INTERNET) **

y efectuó el pagó por derecho de tramitación

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGORÍA III-c

A. PRESENCIAL Formulario Nº 005/15 Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada Anexo 005/15ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley, edad, la que no debe ser menor de veintisiete (27) años y no tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución firme; adjuntando: a) Copia simple del certificado o constancia de haber culminado el nivel secundario de

estudios o en su defecto, de estar cursando o haber concluido algún nivel superior de estudios.

b) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado por, con validez máxima de seis (6) meses

c) Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas y de mercancías otorgado por escuela de conductor autorizada por la DGTT.

d) Certificado de aprobación del examen de manejo para la categoría otorgado por la Dirección Regional de Transporte Terrestre o por la entidad de reconocido prestigio en la actividad educativa facultada mediante convenio con dicha Dirección Regional.

e) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(***) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen psicosomático, el curso de profesionalización del conductor en transporte de personas y mercancias otorgadopor la escuela de conductores, el examen de manejo en el centro de evaluacióny efectuó el pagó por derecho de tramitación

57 REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATE GORÍAS I, REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEG ORÍA I II-a, II-b, III-a, III-b y III-c

A. PRESENCIAL Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General deSolicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada con treinta Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestredías calendario anteriores a la fecha de revalidación ante la autoridad competente del lugar Documental

BASE LEGAL del domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad o el declarado al momento - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º de obtener el carnet de extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art. 25º, modificado por DS. Nº 038-2010-MTC generales de ley y el número de la respectiva licencia de conducir, adjuntando:

a) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado, con validez máxima de seis (6) meses

b) Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito, el que podrá ser reemplazado por la certificación otorgada por una Escuela de Conductores, cuando el titular de la licencia realice el curso sobre normatividad de tránsito y seguridad vial de no menos de cinco (5) horas.

c) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(*) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen psicosomático, el examen de normas de tránsito o el curso de normas de tránsito dictado por la escuela de conductoresy efectuó el pagó por derecho de tramitación

EN LINEA (INTERNET) *

EN LINEA (INTERNET) ***

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DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEG ORÍA II-a, II-b, III-a, III-b y III-c

A. PRESENCIAL Formulario Nº 005/15 Solicitud bajo la forma de declaración jurada conforme a formulario, presentada con treinta Anexo 005/15días calendario anteriores a la fecha de revalidación ante la autoridad competente del lugar del domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad o el declarado al momento de obtener el carnet de extranjería en el caso de ciudadanos extranjeros, indicando generales de ley y el número de la respectiva licencia de conducir, adjuntando:a) Certificado médico de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud

autorizado, con validez máxima de seis (6) mesesb) Certificado de aprobación del curso de reforzamiento otorgado por la escuela de

conductor. Este curso podrá ser convalidado con las jornadas de capacitación del conductor regulado por la norma de la materia.

c) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

(**) Esta modalidad es factible, si previamente el postulante aprobó el examen psicosomático, el curso de reforzamiento dictado por la escuela de conductoresy efectuó el pagó por derecho de tramitación

58 DUPLICADO DE LICENCIA DE CONDUCIR CLASE A, CATEGOR ÍAS I, A. II-a, II-b, III-a, III-b, III-c 1. Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario indicando generales Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General de

de ley, el número de la respectiva licencia de conducir y , salvo el titular de la licencia de Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre BASE LEGAL conducir categoría I, que no tiene impagas sanciones de multa por infracciones a las Documental - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º normas de transporte terrestre con Resolución firme, adjuntando: - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.27º a) En caso de pérdida, copia de la denuncia policial o en caso de deterioro, la licencia

deteriorada.b) Pago por derecho de tramitación (1)

B. Formulario Electrónicowww.mtc.gob.pe

a) Solicitud electrónica bajo la forma de declaración jurada, a través de la página web del MTC, en la cual deberá registrar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de recibo de pago por derecho de tramitación.

b) Adjuntar copia escaneada de la denuncia policial por perdida o deterioro de la licencia de conducir

(*) Adjuntar copia escaneada de la denuncia policial por perdida o deterioro de la licencia de conducir.

59 DUPLICADO DE LICENCIA DE CONDUCIR Nota de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando: Formulario Nº 005/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General deSOLICITADO POR MIEMBROS DEL SERVICIO a) Exhibición original (para identificación) y copia del documento de Identidad extranjero. Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte TerrestreDIPLOMÁTICO Documental

BASE LEGAL

EN LINEA (INTERNET) **

PRESENCIAL

EN LINEA (INTERNET) *

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art.25º - D.S.Nº 007-82-RE (07.07.82), Art. 87º

60 CANJE DE LICENCIA DE CONDUCIR OTORGADA EN OTRO PAÍS Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme a formulario indicando generales de ley Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General deadjuntando : Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

BASE LEGAL a) Certificado de aptitud psicosomática emitido por establecimiento de salud autorizado Documental - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º b) Certificado emitido por la autoridad competente que expidió la licencia materia del - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art.31º canje, acreditando su autenticidad con la indicación de la clase de vehículos que

autoriza a conducir c) Certificado de aprobación de examen de normas de tránsito y transporte terrestre,

según la clase y categoría de la licencia de conducir materia de canje (no es exigible para los ciudadanos de países que hayan celebrado con Perú, acuerdos internacionales sobre reconocimiento de licencias de conducir)

d) Copia del documento de identidade) Pago por derecho de tramitación (1)

61 RECORD DE CONDUCTOR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme a formulario requiriendo la rectificación Formulario Nº 005/15 0.86 S/. 31.95 X Oficina de Atención al Director General deo modificación de las generales de ley del titular de la licencia de conducir, adjuntando: Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

BASE LEGAL a) Pago por derecho de tramitación Documental - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 35º - D.S.. N° 033-2001-MTC (24.07.01), Art. 323º

62 CANJE DE LICENCIA DE CONDUCIR POR MODIFICACIÓN DE LA Solicitud bajo la forma de declaración jurada, presentada dentro de los treinta (30) días Formulario Nº 005/15 0.66 S/. 24.50 X Oficina de Atención al Director General de INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA MISMA calendarios de producida la modificación y conforme a formulario indicando generales de Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

ley, número de la licencia de conducir y, salvo el titular de la licencia de categoría I, que Documental BASE LEGAL no tiene impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º con resolución firme, adjuntando: - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art 32º

a) Documento que acredita la modificación de la información contenida en la licencia deconducir. Si la modificación implica la variación de las restricciones señaladas en la licencia de conducir, deberá adjuntar el certificado de aptitud psicosomática expedido por el establecimiento de salud designado por la autoridad competente.

b) Pago por derecho de tramitación (1)

63 ASIGNACIÓN DE PLACA TRANSITORIA DE RODAJE Solicitud de asignación de placa de rodaje transitoria con firma y huella digital del importador Formulario Nº 005/15 0.96 S/. 35.50 X Oficina de Atención al Director General dey / conductor, adjuntando de lo siguiente: Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

BASE LEGAL a) Fotocopia del conocimiento de embarque Documental - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 32º b) Fotocopia de la factura comercial - Ley Nº 8581 (30.09.37), Art. 1º d) Pago por derecho de tramitación - D.S. Nº 058-03-MTC (12.10.03), Art. 80º - D.S. Nº 032-2004-MTC (12.08.04) Art. 14º

64 PERMISO ESPECIAL DE PARQUEO PARA Solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando sus generales de ley, Formulario Nº 005/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General deVEHÍCULOS DE PERSONAS DISCAPACITADAS fundamentando la necesidad del permiso especial , adjuntando: Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre

a) Copia legalizada del resolutivo de estar inscrito en el Consejo Nacional para la Documental BASE LEGAL Integración de las personas con Discapacidad (CONADIS) - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 32º - Ley Nº 28084 (08.10.03), Art. 4º

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DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

65 AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD ENCARGAD OS Solicitud de autorización suscrita por el representante legal y el conductor del Formulario Nº 005/15 3.77 S/. 139.52 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de DE LOS EXÁMENES DE APTITUD PSICOSOMÁTICA PARA LICE NCIAS establecimiento de salud Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes DE CONDUCIR a) Copia simple de la escritura pública de constitución de la persona jurídica o, de ser el Documental

caso, del instrumento jurídico distinto a la escritura pública que le da nacimiento, Vigencia: cinco (5) años debidamente inscritos en los Registros Públicos

b) Copia simple de los documentos únicos de identidad del representante legal y BASE LEGAL del conductor del establecimiento. - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º c) Certificado de vigencia de poder del representante legal expedido por los Registros - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art 92º Públicos con una antigüedad no mayor a un (01) mes.

d) Copia simple de la resolución autoritativa de funcionamiento del establecimiento expedida por el Ministerio de Salud

e) Copia simple de la Licencia Municipal de funcionamiento del establecimiento. f) Pliego conteniendo el staff médico de los especialistas con el número de inscripción

en el colegio profesional correspondiente y, cuando corresponda, en el Registro Nacional de Especialistas del Colegio Médico del Perú conforme a lo señalado en el reglamento.

g) Pliego conteniendo el equipamiento del establecimiento, especificando de ser el caso, las marcas, números de serie o cualquier otro dato que permita identificar los equipos conforme a lo previsto en el reglamento. Cuando corresponda, deberá adjuntarse copia del respectivo registro sanitario otorgado por el órgano competente del Ministerio de Salud.

h) Croquis a escala del establecimiento de salud, en el que aparezcan los ambientes administrativos y asistenciales exigidos por el reglamento.

i) Propuesta de horario de atención al público.j) Declaración jurada firmada por el representante legal y el conductor del establecimiento,

en el sentido, que el staff médico de especialistas y el equipamiento requerido están a su disposición de modo inmediato para el inicio y ulterior operación del servicio,

k) Carta fianza bancaria emitida por una institución financiera autorizada por la Superintendenciade Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por el importede US 10,000.00 (Diez mil 00/100 dólares americanos), con carácter de solidaria, irrevocable, incondicional, de realización inmediata y por un plazo de vigencia que coincida con la vigencia de la autorización, con el objeto de respaldar las obligaciones del establecimiento de salud con la autoridad competente

l) Pago por derecho de tramitación (1)

66 RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE Solicitud presentada por lo menos con sesenta (60) días calendario a la fecha del Formulario Nº 005/15 3.77 S/. 139.52 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro de ESTABLECIMIENTOS DE SALUD ENCARGADOS DE LOS vencimiento de la autorización, suscrita por el representante legal y el conductor Anexo 005/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes EXÁMENES DE APTITUD PSICOSOMÁTICA PARA LICENCIAS del establecimiento de salud, adjuntando: Documental DE CONDUCIR a) Certificado de vigencia de poder del representante legal expedido por los Registros

Públicos con una antigüedad no mayor a un (01) mes BASE LEGAL b) Pliego conteniendo el staff médico de los especialistas con el número de inscripción en el - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º colegio profesional correspondiente y, cuando corresponda, en el Registro Nacional de - DS. Nº 040-2008-MTC (18.11.2008) Art 96º Especialistas del Colegio Médico del Perú conforme a lo señalado en el reglamento.

c) Pliego conteniendo el equipamiento del establecimiento, especificando de ser el caso, las marcas, números de serie o cualquier otro dato que permita identificar los equipos conforme a lo previsto en el reglamento. Cuando corresponda, deberá adjuntarse copia del respectivo registro sanitario otorgado por el órgano competente del Ministerio de Salud.

d) Propuesta de horario de atención al público.e) Declaración jurada firmada por el representante legal y el conductor del establecimiento,

en el sentido, que el staff médico de especialistas y el equipamiento requerido están a en el sentido, que el staff médico de especialistas y el equipamiento requerido están a su disposición de modo inmediato para el inicio y ulterior operación del servicio,

f) Carta fianza bancaria emitida por una institución financiera autorizada por la Superintendenciade Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por el importede US 10,000.00 (Diez mil 00/100 dólares americanos), con carácter de solidaria, irrevocable, incondicional, de realización inmediata y por un plazo de vigencia que coincida con la vigencia de la autorización, con el objeto de respaldar las obligaciones del establecimiento de salud con la autoridad competente

g) Pago por derecho de tramitación (1)

67 RÉGIMEN DE REHABILITACIÓN DE CONDUCTORES Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Formulario Nº 005/15 GRATUITO X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deINFRACTORES AL REGLAMENTO NACIONAL requiriendo la conversión de los períodos de suspensión o inhabilitación temporal en jornadas Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesDE TRÁNSITO de reforzamiento en valores ciudadanos y seguridad vial y/o jornadas de trabajo comunitario en Documental

seguridad y educación vial adjuntando la siguiente documentación:BASE LEGAL a) JORNADAS DE REFORZAMIENTO EN VALORES CIUDADANOS Y S EGURIDAD VIAL - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º Certificado emitido por Centro de Reforzamiento autorizado por la Dirección - D.S. Nº 018-2007-MTC (26.05.07), Art. 11º General de Transporte Terrestre.

b) JORNADAS DE TRABAJO COMUNITARIO EN SEGURIDAD Y EDUC ACIÓN VIALD.S. Nº 018-2007-MTC (26.05.07), Art. 11º, inciso 11.2 Certificado emitido por Centro de Reforzamiento autorizado por la Dirección - Para acogerse a la conversión en jornadas de reforzamiento en valores General de Transporte Terrestre y certificado emitido por institución pública o privada ciudadanos y seguridad vial, el conductor debe haber cumplido, como con la cual, la autoridad competente haya celebrado Convenio de Cooperación Cívica en mínimo, la tercera parte de la sanción. Seguridad y Educación Vial, según corresponda. - Para acogerse a la conversión en jornadas de trabajo comunitario en seguridad y educación vial, el infractor debe haber cumplido, como mínimo, la mitad de su sanción y, además, haber seguido por lo menos una jornada de reforzamiento en valores ciudadanos y seguridad vial.

68 REDUCCIÓN DE LA MULTA POR INFRACCIONES Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Formulario Nº 006/15 GRATUITO X Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro dePOR PRONTO PAGO requiriendo acogerse al beneficio de pronto pago, adjuntando: Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre Transportes

a) En el caso del transportista o conductor, pago del 50% o del 70% de la multa, según DocumentalBASE LEGAL corresponda. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23º b) En el caso de establecimiento de salud encargado de la toma de exámenes de aptitud - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 200º) psicosomática para obtener licencia de conducir, pago del 50% de la multa,

D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04): Transportistas y conductoresPlazo para reducción del 50% de la multa : cinco (5) días hábiles delevantada el Acta de Verificación o notificado el inicio del procedimientosancionador. (Art. 200º)Plazo para reducción del 30% de la multa: Quince (15) días hábilesde notificada la resolución de sanción, siempre que no se hayainterpuesto recurso impugnatorio o se desista del mismo.(Art. 200º)

D.S. Nº 063-2003-MTC (03.03.04), Establecimientos de saludPlazo para reducción del 50% de la multa: Cinco (5) días de levantadael acta de verificación o de notificado el inicio del procedimientosancionador (art. 33º Modificado por DS 018-2007-MTC - 29.05.2007)

69 FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE MULTAS POR Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Formulario Nº 006/15 GRATUITO X 15 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deINFRACCIONES AL SERVICIO DE TRANSPORTE requiriendo acogerse al beneficio de fraccionamiento de multas e indicando propuesta de Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesTERRESTRE calendario de pagos de la deuda de conformidad con las escalas previstas en el reglamento y Documental

adjuntando la siguiente documentación: BASE LEGAL a) Desistimiento de la impugnación que hubiere interpuesto el infractor en la vía administrativa - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23º contra la resolución de sanción, con firma notarialmente legalizada. - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 214º, 215º, 216º, 217º y 218º b) Copia certificada de la resolución judicial firme que tiene al infractor por desistido de la - Desistimiento de recursos impugnatorios o acción contencioso pretensión, en caso que este hubiere interpuesto demanda contencioso administrativo administrativo ( Art.214 ) en contra de la Resolución de sanción. - Prohibiciones para el fraccionamiento (Art 215º) - Escala para el fraccionamiento (Art.217º) - Actualización de deuda y pago de intereses (Art.218º)

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FORMULARIONUMERO Y DENOMINACIÓN (En S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓNAUTORIDAD COMPETENTE

PARA RESOLVER

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOSAUTO

MATICO

INICIO DEL

PROCEDIMIENTOPOSITIVO

EVALUACIÓN PREVIA

APELACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOPLAZO PARA RESOLVER

(En días hábiles)(EN % U.I.T) RECONSIDERACIÓNNEGATIVO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA)

R E Q U I S I T O S

70 OTORGAMIENTO DE PERMISO EXCEPCIONAL PARA Solicitud bajo forma de declaración jurada debidamente firmada y sellada por su representante Formulario Nº 004/15 4.96 S/. 183.54 X 30 d. Oficina de Atención al Director General de Director General de Viceministro deTRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE legal dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Número de Anexo 004-B/15 Ciudadano y Gestión Transporte Terrestre Transporte Terrestre TransportesPERSONAS EN AUTOMÓVILES COLECTIVOS Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la empresa; además del nombre, documento DocumentalVigencia: 4 años de identidad, domicilio y el número de partida de inscripción de nombramiento y/o poder en los

Registros Públicos del representante legal, adjuntando,BASE LEGAL a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la persona jurídica - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° inscrita en los Registros Públicos, en la que estará indicado como objeto social, la actividad - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Arts. 75º y 78º del servicio de transporte terrestre de personas; así como el monto del capital mínimo suscrito - Decreto Supremo Nº 009-04-MTC (03.03.04) Lit d) Art. 57º, Arts. 75º, 78º y 118º y pagado. - Decreto Supremo Nº 029-07-MTC (10.08.07), Art. 16º b) Croquis e información de la ruta del servicio, consignando origen, destino, itinerario,

distancias, escalas comerciales, tiempo aproximado de viaje, frecuencias, horarios de salida,D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) y DS Nº 029-2007-MTC (10.08.07) flota operativa y vehículos de reserva. - La antigüedad máxima es seis (6) años, contados a partir del 1 de c) Copia legible de la Tarjeta de identificación vehicular o de Propiedad Vehicular a nombre del Enero del año siguiente al de su fabricación. Cuando el vehículo estuvo peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero u anteriormente habilitado al transporte terrestre de pasajeros nacional operativo de cada vehículo ofertado. Tratándose de vehículos de propiedad del transportista o o regional la antigüedad máxima es de diez (10) años (Tercera DCF tomados en arrendamiento financiero, deberá adjuntarse copia de los folios correspondientes del D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07, modificado por art 7º DS ) del libro contable en que estos se encuentren registrados como activo fijo del transportista, 037-2007-MTC - 14.10.2007) debiendo incluirse en dichos casos, copia del folio de certificación notarial del citado libro. - Capital suscrito y pagado mínimo: Equivalente a quince (15) UIT (Lit. d) Cuando se trate de arrendamiento operativo, el contrato deberá estar provisto de la constancia del Art. 9º del D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07) de inscripción registral correspondiente o adjuntarse un certificado registral que acredite dicha - Flota Minina: Cinco (5) vehículos, siendo el cincuenta (50)% de inscripción. propiedad del solicitante. (Lit. f) del D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07) d) Copia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente o, en su defecto, del certificado - Distancia de la ruta cien (100) Km. (Art. 13º del de operatividad vigente, que acredite que el vehículo cumple con los requisitos, condiciones y D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07) características que establece la normativa de la materia.

e) Copia del Certificado de Constatación de Características técnicas.f) Información documentada respecto a los terminales terrestres habilitados a utilizar en el

origen y en el destino y, de ser el caso, terminales terrestres o estaciones de ruta enescalas comerciales que acredite que el peticionario puede acceder a su uso.

g) Copia simple del título de propiedad o del contrato de arrendamiento, según corresponda delos terminales terrestres, estaciones de ruta, paraderos y oficinas administrativas.

h) Compromiso bajo declaración jurada de cumplir con el mantenimiento preventivo de su flotavehicular conforme al Reglamento Nacional de Administración de Transportes, debidamentefirmado y sellado por su representante legal.

i) Copia simple del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT)j) Declaración Jurada que señale que cuenta con una organización empresarial que permite la

satisfacción de las necesidades de los usuarios y resguardo de sus condiciones deseguridad y salud, así como la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto,además de acreditar que el transportista no se encuentra inhabilitado o suspendido para laprestación de cualquier servicio de transporte terrestre, debidamente firmado y sellado porsu representante legal.

k) Declaración Jurada de antecedentes del transportista de no estar inhabilitado o suspendidopara la prestación del servicio de transporte bajo cualquier clase o modalidad.

l) Informe técnico para los casos de insuficiencia o deficiencia en la prestación del servicio detransporte elaborado por una entidad especializada en la materia.

n) Pago por derecho de tramitación (1)

NOTA: (1) El Administrado solo queda obligado a informar en su solicitud el día y el número de la constancia de pago.La forma de pago del derecho de tramitación para los procedimientos administrativos puede ser en efectivo, en cheque certificado o cheque de gerencia.

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