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CA 21-004 DGAC CIRCULAR DE ASESORAMIENTO CA: AIR-21-004 FECHA: 01-05-2016 REVISION: ORIGINAL EMITIDA POR: DGAC DGAC ASUNTO: DETECCIÓN Y REPORTE DE PARTES SOSPECHOSAS DE NO ESTAR APROBADAS Sección A — Propósito a. Esta circular de asesoramiento (CA) provee un método aceptable para detectar partes sospechosas de no estar aprobadas y reportar el hallazgo a la AAC, como acción complementaria para el cumplimiento de las previsiones establecidas en el RAB 21.1205 y el RAB 43.110. b. El Apéndice 1 de esta CA contiene el formulario de "Notificación de parte sospechosa de no estar aprobada' (DGAC-F21-MIA), lo cual sirve para estandarizar la forma del reporte. Así mismo se incluye el procedimiento para el uso de dicho formulario. c. Se recomienda que las políticas y procedimientos indicados en esta CA sean considerados en los manuales de gestión de aeronavegabilidad del explotador o de una OMA como parte de su compromiso con la seguridad y como acciones complementarias al cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Sección B — Alcance Esta CA está dirigida a cualquier persona natural o jurídica (informante) que desee reportar a la AAC una parte, de la cual existan dudas acerca si es una parte aprobada o no. Así como la factibilidad de comunicación con las organizaciones de diseño, fabricación y/o certificación de la parte en mención. Sección C — Material de lectura recomendado a. Anexo 8 de la OACI - Aeronavegabilidad. b. Doc. 9760 de la OACI — Manual de aeronavegabilidad. c. RAB 43 - Mantenimiento d. RAB 21 — Certificación de aeronaves y componentes de aeronaves. e. RAB 145 — Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas NOTA: El uso indebido y/o en contraposición con los procedimientos descritos en esta CA, en referencia a componentes, partes y materiales transgrede lo dispuesto por el RAB 21.1205. Asimismo, la falsificación de solicitudes, reportes o registros vinculados con lo anterior es base para las sanciones indicadas en el RAB 21.010 (b).

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CA 21-004 DGAC

CIRCULAR DE ASESORAMIENTO

CA: AIR-21-004 FECHA: 01-05-2016 REVISION: ORIGINAL EMITIDA POR: DGAC DGAC

ASUNTO: DETECCIÓN Y REPORTE DE PARTES SOSPECHOSAS DE NO ESTAR APROBADAS

Sección A — Propósito

a. Esta circular de asesoramiento (CA) provee un método aceptable para detectar partes sospechosas de no estar aprobadas y reportar el hallazgo a la AAC, como acción complementaria para el cumplimiento de las previsiones establecidas en el RAB 21.1205 y el RAB 43.110.

b. El Apéndice 1 de esta CA contiene el formulario de "Notificación de parte sospechosa de no estar aprobada' (DGAC-F21-MIA), lo cual sirve para estandarizar la forma del reporte. Así mismo se incluye el procedimiento para el uso de dicho formulario.

c. Se recomienda que las políticas y procedimientos indicados en esta CA sean considerados en los manuales de gestión de aeronavegabilidad del explotador o de una OMA como parte de su compromiso con la seguridad y como acciones complementarias al cumplimiento de los requisitos antes mencionados.

Sección B — Alcance

Esta CA está dirigida a cualquier persona natural o jurídica (informante) que desee reportar a la AAC una parte, de la cual existan dudas acerca si es una parte aprobada o no. Así como la factibilidad de comunicación con las organizaciones de diseño, fabricación y/o certificación de la parte en mención.

Sección C — Material de lectura recomendado

a. Anexo 8 de la OACI - Aeronavegabilidad.

b. Doc. 9760 de la OACI — Manual de aeronavegabilidad.

c. RAB 43 - Mantenimiento

d. RAB 21 — Certificación de aeronaves y componentes de aeronaves.

e. RAB 145 — Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas

NOTA: El uso indebido y/o en contraposición con los procedimientos descritos en esta CA, en referencia a componentes, partes y materiales transgrede lo dispuesto por el RAB 21.1205. Asimismo, la falsificación de solicitudes, reportes o registros vinculados con lo anterior es base para las sanciones indicadas en el RAB 21.010 (b).

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Sección D — Definiciones y abreviaturas

a. Definiciones

1) Proveedor/distribuidor.- Cualquier persona que suministre partes o servicios relativos a cualquier producto o parte aeronáutica. Agente, proveedor, revendedor u otra persona o agencia comprometida en la venta de partes para la instalación en productos aeronáuticos.

2) Autoridad Aeronáutica reconocida.- Se define así a una AAC extranjera cuyas bases de certificación (estándares de aeronavegabilidad) han sido aceptados por la AAC a través del RAB 21.120, o que una evaluación de su categoría como Autoridad Aeronáutica ha dado razones suficientes a la AAC para aceptar ciertas aprobaciones efectuadas por ellas.

3) Certificado de Conformidad de Mantenimiento - CCM.- Es aquella aprobación que solo lo puede ser otorgada por personas u organizaciones autorizadas (RAB 43.200 y 43.205) para emitir una certificación de conformidad de mantenimiento (CCM) según el RAB 43.210, a fin de permitir que una aeronave pueda retornar al servicio, una vez que los trabajos de mantenimiento han sido efectuados cumpliendo todos los requisitos de aeronavegabilidad aplicables al producto. En algunos documentos extranjeros esta certificación es llamada liberación de aeronavegabilidad (release to service).

4) Accesorio ("appliance").- Cualquier instrumento, mecanismo, equipo, parte, aparato o accesorio, incluyendo equipos de comunicación y navegación, los cuales se encuentran instalados dentro o adjuntos a una aeronave y que no forman parte de la estructura, motor o hélice.

5) Informante.- cualquier persona que suministre información acerca de una parte sospechosa de no estar aprobada.

6) Orden de trabajo.- Registro utilizado por una OMA nacional u otro taller extranjero reconocido por la AAC, para registrar una reparación.

7) Partes.- Componentes, dispositivos o materiales utilizados en un producto aeronáutico certificado o para ser instalados en él.

8) Partes aprobadas.- Para efectos de esta CA "partes aprobadas" son aquellas partes que son producidas en concordancia con los requisitos establecidos en el RAB 21; además, son mantenidas en concordancia con el RAB 43 y cumplen con sus especificaciones de diseño.

Las partes aprobadas deben cumplir con uno de los siguientes requisitos:

(i) Producida de acuerdo a una aprobación de fabricación de partes (AFCA) o documento equivalente emitido por la AAC del Estado de diseño, por ejemplo las Parts Manufacturer Approval (PMA) emitidas por la FAA de USA.

(ii) Producida de acuerdo a una aprobación de orden técnica estándar (AOTE) o documento equivalente emitido por AAC del Estado de diseño, por ejemplo una Technical Standar Order Approval (TSOA) emitidas por la FAA de USA.

(iii) Aprobada durante un proceso de certificación de tipo o certificación de tipo suplementario de una aeronave, motor de aeronave o hélice en concordancia con los requisitos del RAB 21.

(iv) Producida y aprobada bajo un certificado de tipo sin una aprobación de organización de producción (certificado de producción), con un sistema de inspección de producción aprobada (APIS), en concordancia con los reglamentos aeronáuticos.

(y) Producida y aprobada bajo un certificado de producción (PC).

(vi) Otros requisitos para ser considerados como parte aprobada por la AAC del Estado de matrícula:

(A) Partes que han sido mantenidas, reconstruidas, alteradas o sujetas a inspecciones y/o reparaciones mayores y aprobadas para retorno a

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servicio en concordancia con el RAB 43 y/o RAB 145.

(B) Partes que estén siendo inspeccionadas y/o probadas por personas autorizadas para determinar la conformidad de la documentación de diseño aprobada por la AAC del Estado de diseño pudiendo también ser encontrada aceptable para instalación si la AAC del Estado de matrícula lo autoriza.

(vii) Producida de acuerdo a especificaciones estándar de la industria las mismas que han sido consideradas aceptables por la AAC del Estado de diseño reconocida para ser instalada en un producto certificado.

NOTA: Las partes estándar no requieren ser producidas bajo un APIS sin embargo es responsabilidad del instalador (y del productor) determinar la conformidad de las partes.

Las partes deben ser identificadas como una parte de un diseño tipo aprobado o encontrarse aceptable para la instalación bajo el RAB 43.

(viii) Producida por el propietario u explotador de una aeronave por similitud para propósitos de reparación o modificación de dicha aeronave, con autorización de LA AAC del Estado de matrícula.

(ix) Fabricada por una OMA durante una reparación /alteración de acuerdo a la información técnica aprobada (que no es para la venta como parte separada), en concordancia con el RAB 43.

9) Parte estándar.- Es una parte fabricada de acuerdo con especificaciones establecidas por la industria y reconocida por la AAC del Estado de matrícula. Este reconocimiento contempla aspectos tales como diseño, manufactura, pruebas y criterios de aceptación y requisitos de identificación uniforme. Las especificaciones deben incluir toda la información necesaria de producción y conformidad de la parte. Ejemplos: NAS National Aerospace Standards, Army-Navy Aeronautical Standard (AN), Society of Automotive Engineers (SAE), SAE Sematec, y American National Standards Institute (ANSI), ITINTEC, IRAM, etc.

10)Parte falsificada (conocida como "BOGUS").- Es una parte no aprobada, consecuencia de una imitación o copia que pretende ser instalada en un producto aeronáutico certificado y con la intención de engañar o defraudar para pasar la imitación como aprobada.

11)Parte no aprobada.- Es una parte que no cumple con los requisitos de una parte aprobada (ver definición de parte aprobada). Este término también incluye a partes que han sido impropiamente retornadas a servicio (contrario al RAB 43 y RAB 145).

12)Parte Sospechosa de No estar Aprobada.- Es una parte que se encuentra bajo sospecha de no cumplir con los requisitos de partes aprobadas, por alguna razón o condición tales como: diferente acabado, tamaño, color, falta (o impropia) identificación, documentación incompleta o adulterada, costo inferior al estándar del mercado, entre otros.

NOTA: Una parte aprobada que es usada en una aplicación incorrecta debe ser redirigida a un incumplimiento del RAB 43, sin embargo esto no es considerado como un reporte de una posible parte no aprobada

13)Producto aeronáutico.- Una aeronave, motor de aeronave, o hélice o una parte a ser instalada en uno de ellos.

14)Aprobación de fabricación de componentes de aeronave.- La aprobación de fabricación de partes, se usa para aprobar el diseño y fabricación de las partes de reemplazo o repuesto, que se pretenden vender directamente al público. El AFCA debe indicar el nombre y modelo del producto aprobado en el cual la parte es elegible para su instalación (equivalente al PMA de la FAA de USA y al JPA de la EASA).

15)Titular de aprobación de producción.- Es el titular de un certificado de producción (PC), de un sistema de inspección de producción aprobada (APIS), de una aprobación de fabricación de componentes de aeronave (AFCA-PMA) o de una autorización de orden técnica estándar (TSOA-AOTE), y es quien controla el diseño y calidad del producto o parte de éste.

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16)Orden técnica estándar - OTE: ("Technical Standard Order" (TSO) - FAA).- Es un estándar bajo el cual se autoriza la fabricación (TSOA-AOTE) de un componente que sea requerido en la instalación de una aeronave certificada. La autorización OTE no significa que este producto pueda instalarse directamente en una aeronave certificada, requiere de una aprobación de instalación.

Sección F — Detección

La condición de aeronavegabilidad de los productos aeronáuticos puede verse afectada si el diseño y calidad de las partes son desconocidos. Una identificación efectiva de partes no aprobadas puede ser difícil si las partes presentan o muestran características similares a las de una parte aprobada. A continuación se presentan algunos procedimientos por los cuales las partes aprobadas (y sus fuentes) pueden ser evaluadas.

a. Proceso de adquisición.- El explotador aéreo y la OMA deben establecer un procedimiento de adquisición de partes aprobadas antes de la compra de partes que serán instaladas en los productos aeronáuticos. Este procedimiento debe incluir los siguientes requisitos mínimos.

1) Método de identificación de los proveedores/distribuidores: Se deberá disponer de un control de documentación, y un sistema de inspección de recepción que asegure la trazabilidad y certificación de las partes para determinar que provienen de una fuente aprobada y/o aceptada por la AAC del Estado de matrícula.

2) Métodos de selección de proveedores/distribuidores: Para determinar si las partes presentan un riesgo potencial de ser no aprobadas. Las siguientes son situaciones que pueden generar dudas o cuestionamientos:

(i) Avisos de precios que son significativamente más bajos que los precios ofertados por otros abastecedores/distribuidores de la misma parte (precio de mercado).

(ii) Tiempo de envío que es significativamente más corto que otros proveedores/distribuidores (cuando se sabe que dicha parte se encuentra agotada en almacenes)

(iii) Notas de venta u ofrecimientos de proveedores/distribuidores no identificados que dan la impresión de disponer un número ilimitado de partes, componentes o material disponible para el usuario final.

(iv) Un abastecedor/distribuidor que no pueda entregar documentación substancial de una parte, la cual supuestamente fue producida en conformidad con una aprobación del Estado de diseño reconocida por la AAC del Estado de matrícula, o inspeccionada, reparada, con "overhaul", preservada o alterada de acuerdo a las regulaciones vigentes.

(y)

b. Procedimiento de aceptación.- Este es un proceso por el cual se pueden establecer métodos de identificación de partes sospechosas de no estar aprobadas durante la inspección de recepción y aceptación. En este proceso se puede considerar aspectos tales como por ejemplo:

1) Confirmar que el empaque de la parte identificada del abastecedor/distribuidor no presenta alteraciones o daños visibles.

2) Verificar que las placas de identificación de la parte y el documento de remisión reflejen la misma información que la orden de compra en cuanto al número de parte, número de serie, e información histórica (si es aplicable).

3) Verificar que la identificación en la parte no haya sido adulterada (ejemplo: número de serie re-estampado o número de serie o número de parte impropio o perdido, número de serie localizados en otra ubicación que la normal, o colocados con lápiz eléctrico).

4) Asegurarse que el tiempo de almacenamiento o la vida límite no ha expirado (si es

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aplicable).

5) Realizar una inspección visual de la parte y de sus documentos de tal manera que se pueda determinar si la parte es trazable a una fuente autorizada por una AAC del Estado de matrícula. Los siguientes son algunos ejemplos de documentación de identificación adecuada:

(i) Formulario RAB 001, FAA 8130-3, tarjeta de aprobación de aeronavegabilidad, EASA FORM 1 de la "European Aviation Safety Agency" (EASA).

(ii) Documentos de mantenimiento con la certificación de conformidad de mantenimiento efectuado bajo el RAB 43 u otro documento equivalente aceptable para la AAC ("work order", "shop findings", etc.).

(iii) Marcas de OTE o TSO/JTSO (FAA/EASA).

(iv) Marcas de AFPA o PMA/JPA (FAA/EASA).

Estos se pueden complementar con:

(y) Documentos de compra, venta y envío de un poseedor de aprobación de producción o PAH ("Production Approval Holder").

(vi) Carta de autorización de envío directo ("direct ship") de un PAH ("Production Approval Holder").

c. Evaluaciones del abastecimiento.- Se requiere implementar un control de calidad que asegure que un proveedor/productor de partes (materiales, componentes, dispositivos y subconjuntos) o servicios (procesos, calibraciones, pruebas de banco, etc.) cumpla con lo establecido en el RAB y que las partes conformen las especificaciones de diseño aprobada, y se encuentren en condiciones de realizar una operación segura.

Sección G — Reporte

a. La AAC debe adoptar una actitud receptiva de toda denuncia relacionada con la seguridad operacional. En este sentido, la compañía debe informar o notificar a la AAC el descubrimiento de una parte sospechosa de no estar aprobada para poder iniciar las investigaciones pertinentes y de esta manera evitar que dichas partes sean instaladas en productos certificados. Por otra parte, dado que es factible que estos reportes puedan ser hechos con otras intenciones, es un requisito para realizar dicha notificación registrar el nombre de la persona que reporta (informante) para permitir a la AAC verificar la información, y proveer confirmación y/o seguimiento al reporte. La confidencialidad del reporte es garantizada por la AAC.

b. Una vez que la AAC haya recibido la notificación por parte de la persona (informante), se evaluará el reporte, registrado en el formulario DGAC-F21-MIA, el cual será enviado a una dirección electrónica (airformulariosadqac.gob.bo), a fin de determinar si corresponde a una parte no aprobada por diseño o fabricación, para lo cual se establecerá la correspondiente comunicación con las organizaciones de diseño, fabricación y/o certificación de la mencionada parte, así como con la Autoridad del Estado de diseño.

Es necesario que quede claro que la dirección de correo electrónico (airformularios(ildqac.qob.bo), es para que los usuarios remitan los reportes de partes sospechosas de no estar aprobadas. Asimismo los explotadores y OMAs están en la libertad de contactar a los Inspectores de la AAC asignados a sus respectivas empresas para la notificación de estas partes a través del formulario establecido.

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• Apéndice 1

/ . .

NOTIFICACIÓN DE PARTE SOSPECHOSA DE NO ESTAR APROBADA Use la página 2 para realizar reportes de múltiples partes.

" W/G

DGAC 1. Fecha del hallazgo: 2 Nomenclatura de la parle

3. Número de parte: 4. Número de serie:

5. Cantidad 6. Nombre del conjunto:

Número de parte del conjunto:

7. Fabricante y modelo:

8. Nombre, dirección de la compañía o persona(s) quienes suministraron o repararon la parte:

Nombre: Dirección:

Ciudad: Departamento y/o Provincia: Código postal:

País: Teléfono: Correo electrónico:

Marque según aplique a quienes suministraron

❑ Fabricante

❑ Abastecedor/Proveedor

❑ Dueño de certificado ❑

o repararon la parte:

❑ Dueño certificado

❑ OMA #

❑ Explotador aviación general

❑ Otros

Explotador aéreo

AOC #

9. Descripción del evento: (Incluya porque piensa que la(s) parte(s) no es (son) aprobada(s).)

10. Nombre y dirección de la compañía o persona(s) donde se descubrió la parte:

Nombre: Dirección:

Ciudad: Departamento y/o Provincia: Código postal:

País: Teléfono:

Marque según aplique quien o quienes descubrieron

❑ Explotador de servicios aéreos

AOC #

la parte:

Abastecedor/Proveedor Desconocido

❑ Inspector de la AAC ❑ Otros

❑ !aspecto de AAC extranjera

❑ Explotador aviación general

❑ Mecánico

El OMA #

❑ Distribuidor

11. Fecha del reporte:

12. Nombre y dirección del informante:

Nombre: Dirección:

Ciudad: Departamento y/o Provincia: Código postal:

Pais: Teléfono: Correo electrónico:

❑ 13. Marque aquí si desea que su identidad sea confidencial.

❑ 14. Marque aquí si no desea recibir una confirmación escrita de recepción de información.

Li 15. Marque aquí si Ud. ha incluido alguna información adicional.

DGAC-F21-MIA

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Número de Serie

Cantidad

DGAC-F21-MIA Ene 2016

Nomenclatura Nomenclatura del Conjunto

Número de Parte del Conjunto

Número de Parte

NOTIFICACION DE PARTE SOSPECHOSA DE NO ESTAR APROBADA Pág. ( ) de ( )

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Instrucciones para el llenado

Casilla 1 Registre la fecha cuando la parte fue descubierta

Casilla 2 Indique el nombre o descripción de la posible parte no aprobada.

Casilla 3 Indique el número de parte.

Casilla 4 Indique el número de serie de la parte (si es aplicable).

Casilla 5 Indique la cantidad de las posibles partes no aprobadas.

Casilla 6 Indique el nombre y el número de parte del conjunto mayor (lugar donde estuvo o podría estar instalada).

Ejemplo:

Nomenclatura de la parte: ACTUADOR

Número de parte: PN 12345

Nomenclatura del conjunto: Tren de Aterrizaje Principal.

Número de parte del conjunto: PN PG12389

Nota: Si requiere más hojas que la página 2 usar hojas en blanco adicionales indicando los siguientes títulos en cada columna: Nomenclatura — Número de Parte — Número de Serie — Cantidad — Nomenclatura del Conjunto — Número de parte del Conjunto

Casilla 7 Identifique el tipo de aeronave en que estaba o podría estar instalada la parte.

Casilla 8 Indique el nombre completo y la dirección de la compañía o persona que fue el último proveedor o el que realizó la última reparación a la posible parte no aprobada. Marque el recuadro apropiado para designar al tipo de compañía.

Casilla 9 Hacer una breve descripción física de la posible parte no aprobada (decoloración, marcas sospechosas, diferente material, etc.), e indicar porque cree Ud. que es una posible parte no aprobada. Proporcionar suficiente información que permita a la AAC evaluar la condición de la posible parte no aprobada.

Casilla 10 Indique el nombre completo y la dirección de la compañía (o persona) donde fue hallada la posible parte no aprobada. Marque el recuadro apropiado para indicar fue la persona o en qué compañía se descubrió la parte.

Casilla 11 Registre la fecha cuando fue llenado el formato y entregado.

Casilla 12 Indique el nombre, dirección, teléfono y correo electrónico (si es posible), de la persona que reportó la posible parte no aprobada. Esta información es necesaria en caso de que la AAC necesite ponerse en contacto con dicha persona para mayor información.

Casilla 13 Si Ud. desea mantener la confidencialidad de su identidad marque este recuadro.

Casilla 14 Si Ud. no desea recibir un documento de confirmación de recepción de información, marque este recuadro.

Casilla 15 Si Ud. ha facilitado información adicional como fotos, listado de partes, etc., marque este recuadro.

Envíe este formato de notificación de parte sospechosa de no estar aprobada al Inspector Principal de Mantenimiento de la AAC o:

Email: [email protected]