deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas...

6
ORDENANZA MUNICIPAL No 589-CMPC Cajamarca, 14 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: de Asuntos Administrativos, Que Ia Ley W 28607 de reforma de los articulos 91 °, 161 °, 194° de Ia Constituci6n Politica del Peru, en concordancia con Ia Ley Organica de Municipalidades No 27972, define a las Municipalidades como 6rganos de Gobierno, con Personeria Juridica de Derecho Publico, con autonomia politica, econ6mica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Municipal W 021-2003-CMPC, se cre6 el Servicio de Ia Que dicho servicio es, en realidad , un 6rgano desconcentrado, regido por el articulo 74° de Ia Ley del Procedimiento Administrative General, Ley W 27444, aun cuando en Ia ordenanza de su creaci6n se haya utilizado, para definirlo, de manera incorrecta, Ia expresi6n "organismo publico descentralizado con personeria juridica de derecho publico interne "; debiendo precisarse, sabre el particular, lo siguiente: 1) Que, el Concejo Municipal no tiene competencia para descentralizar ni para crear personas juridicas de derecho publico interne: en el primer case porque Ia descentralizaci6n, de acuerdo con el articulo 3° de Ia Ley de Bases de Ia Descentralizaci6n, implica separaci6n de competencias, materia que solo esta reservada a Ia Constituci6n y Ia Ley, de conformidad con el articulo 61 o de Ia Ley W 27444, teniendose que Ia ordenanza municipal no es Ley ni equivale a una Ley, tiene range de Ley perc unicamente para efectos de Ia acci6n de inconstitucionalidad, tal como es de verse en el articulo 200°, incise 4, de Ia Constituci6n Politica del Peru, y, en el segundo, en raz6n de que las personas juridicas de derecho publico interne son creadas por Ley, tal como lo establece el articulo 76° del C6digo civil; 2) Sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse en cuenta que Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca no puede enajenar, renunciar o abstenerse de ejercer las competencias que le han side asignadas por Ia Constituci6n y Ia Ley Organica de Municipalidades, de acuerdo con el principia de inalienabilidad de Ia competencia, establecida en el articulo 63° de Ia Ley W 27444, heche que sucederia si se asume que pudiera crear una persona juridica aut6noma para transferirle sus competencias, circunstancia que calificaria, incluso, como infracci6n administrativa, y 3) Tampoco podria, Ia Municipalidad, crear 6rganos aut6nomos, dado que esta facultad es privativa del poder constituyente, pues Ia autonomia significa capacidad de autodeterminaci6n. ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Transcript of deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas...

Page 1: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

deY!!~

ORDENANZA MUNICIPAL No 589-CMPC

Cajamarca, 14 de diciembre del 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA

VISTO:

de Asuntos Administrativos,

Que Ia Ley W 28607 de reforma de los articulos 91 °, 161 °, 194° de Ia Constituci6n Politica del Peru, en concordancia con Ia Ley Organica de Municipalidades No 27972, define a las Municipalidades como 6rganos de Gobierno, con Personeria Juridica de Derecho Publico, con autonomia politica , econ6mica y administrativa, en los asuntos de su competencia.

Que, mediante Ordenanza Municipal W 021-2003-CMPC, se cre6 el Servicio de Ia

Que dicho servicio es, en realidad , un 6rgano desconcentrado, regido por el articulo 74° de Ia Ley del Procedimiento Administrative General , Ley W 27444, aun cuando en Ia ordenanza de su creaci6n se haya utilizado, para definirlo, de manera incorrecta, Ia expresi6n "organismo publico descentralizado con personeria juridica de derecho publico interne"; debiendo precisarse, sabre el particular, lo siguiente: 1) Que, el Concejo Municipal no tiene competencia para descentralizar ni para crear personas juridicas de derecho publico interne: en el primer case porque Ia descentralizaci6n, de acuerdo con el articulo 3° de Ia Ley de Bases de Ia Descentralizaci6n, implica separaci6n de competencias, materia que solo esta reservada a Ia Constituci6n y Ia Ley, de conformidad con el articulo 61 o de Ia Ley W 27444, teniendose que Ia ordenanza municipal no es Ley ni equivale a una Ley, tiene range de Ley perc unicamente para efectos de Ia acci6n de inconstitucionalidad, tal como es de verse en el articulo 200° , incise 4, de Ia Constituci6n Politica del Peru , y, en el segundo, en raz6n de que las personas juridicas de derecho publico interne son creadas por Ley, tal como lo establece el articulo 76° del C6digo civil ; 2) Sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse en cuenta que Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca no puede enajenar, renunciar o abstenerse de ejercer las competencias que le han side asignadas por Ia Constituci6n y Ia Ley Organica de Municipalidades, de acuerdo con el principia de inalienabilidad de Ia competencia, establecida en el articulo 63° de Ia Ley W 27444, heche que sucederia si se asume que pudiera crear una persona juridica aut6noma para transferirle sus competencias, circunstancia que calificaria, incluso, como infracci6n administrativa, y 3) Tampoco podria, Ia Municipalidad, crear 6rganos aut6nomos, dado que esta facultad es privativa del poder constituyente, pues Ia autonomia significa capacidad de autodeterminaci6n.

ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Page 2: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

ck?i?~

Que, en tanto 6rgano desconcentrado, el Servicio de Administraci6n Tributaria de Cajamarca constituye un 6rgano especializado con independencia tecnica en las atribuciones que le han sido transferidas de acuerdo con su estatuto, modificado por Ia presente ordenanza.

Que, atendiendo a dichas razones, resulta necesario modificar el estatuto vigente en su integridad, hacienda las precisiones organicas, conceptuales y funcionales que a su verdadera naturaleza y a Ia finalidad de su creaci6n corresponde .

Que, estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 3) y 8) del Articulo go de Ia Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el voto par mayoria de los miembros del Concejo Provincial de Cajamarca , se aprueba Ia siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL ESTATUTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE CAJAMARCA- SATCAJ-

Articulo 4°.-. DISPONER que esta Ordenanza entre en vigencia a partir del dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial de Avisos Judiciales del Distrito de Cajamarca.

POR TANTO:

C.c. -Aicaldla - Gerencla Municipal -SaladeRegidore1 -SATCAJ - Unidad de lnformjliea 'I Sistemas -Archivo

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Page 3: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

de?j~

ANEXO UNICO

ESTATUTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE CAJAMARCA

-SATCAJ-

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1°.- DENOMINACION: El Servicio de Administraci6n Tributaria de Cajamarca , que puede denominarse tambien , en forma abreviada, SATCAJ, es un 6rgano desconcentrado, dependiente

0 jerarquicamente del despacho de Alcaldfa , especializado en los asuntos y procedimientos

g_'?:'-'0 ~-?0 inherentes a Ia tributaci6n municipal y en Ia recaudaci6n no tributaria , en Ia Municipalidad

g~·-, .. ~ Provincial de Cajamarca, que goza de independencia tecnica y funcional para el ejercicio de las 3 I• • r' 2 atribuciones que mediante el presente estatut0 Se le transfiere. ~ "· !>-" ·,cA~

'~Mil: ~ Articulo 2°.- DOMICILIO LEGAL: El domicilio del SATCAJ esta ubicado en el distrito capital de Ia provincia de Cajamarca, en Ia Region Cajamarca , pudiendo establecer centros de recaudaci6n en diferentes puntas estrategicos dentro de su jurisdicci6n.

Articulo 3°.- BASE LEGAL: El SATCAJ se rige por Ia Constituci6n , Ia Ley Organica de Municipalidades y el presente Estatuto , asf como, en los aspectos tecnico y funcional , por el C6digo Tributario y Ia Ley de Tributaci6n Municipal.

a) Organizar y ejecutar Ia administraci6n , recaudaci6n , fiscalizaci6n y cobranza coactiva de los ingresos tributarios y no tributarios de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca.

b) Facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y no tributarias de los contribuyentes y administrados de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca.

c) Generar conciencia tributaria, incrementar los niveles de recaudaci6n y disminuir el incumplimiento de Ia obligaci6n tributaria , brindando al mismo tiempo servicios de calidad a los contribuyentes.

Articulo 5°.- ATRIBUCIONES: El SATCAJ tiene las atribuciones siguientes:

5.1. En materia tributaria:

a) Promover Ia politica tributaria de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, encargandose de Ia elaboraci6n de los proyectos de ordenanza que sean necesarios para Ia mejor administraci6n de sus ingresos par concepto de impuestos, contribuciones y tasas.

b) Garantizar y respetar los derechos que corresponden a los contribuyentes en los procedimientos que participen, de oficio o a pedido de parte, sin excederse de los lfmites establecidos por Ia Ley o por los pronunciamientos recurrentes del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Fiscal y el lndecopi.

c) Facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y no tributarias de los contribuyentes y administrados de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca.

ALAMEDA DE LOS INCAS- COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Page 4: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

akY;/~

d) lndividualizar al sujeto pasivo de las obligaciones tributarias municipales, encargandose del disefio, analisis , desarrollo, implementaci6n y mantenimiento del registro de contribuyentes de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, y los correspondientes registros de predios y de vehfculos.

e) Fomentar en Ia ciudadanfa cajamarquina el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, a traves de campafias de generaci6n de conciencia tributaria y ciudadana a los contribuyentes y administrados.

f) Orientar adecuadamente a los contribuyentes sabre las normas y procedimientos que deben observar para cumplir con sus obligaciones.

g) Resolver los procedimientos administrativos contenciosos y no contenciosos en primera instancia, conforme a Ia normativa de Ia materia.

h) Fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, ejecutando ademas acciones de generaci6n de riesgo tributario.

i) Sancionar el incumplimiento de las obligaciones tributarias en el ambito de sus competencias, conforme a las ordenanzas aplicables en raz6n del tiempo y Ia materia.

j) Realizar Ia ejecuci6n coactiva conforme a Ley. k) lmplementar, desarrollar, ejecutar, supervisar y efectuar retroalimentaci6n en materia de

educaci6n tributaria. I) Administrar el Registro de Buenos Contribuyentes de Ia Municipalidad Provincial de

Cajamarca. m) Participar en Ia Comisi6n Tecnica de Determinacion de costas y de criterios de

distribuci6n de arbitrios municipales para cada ejercicio, de forma permanente. n) Llevar a cabo el proceso de emisi6n y notificaci6n de declaraciones juradas

mecanizadas. o) Determinar y cobrar los intereses moratorios por deudas tributarias conforme a Ia

normatividad vigente. p) Elaborar los informes para Ia ratificaci6n de las Ordenanzas expedidas por las

Municipalidades Distritales de Ia Provincia de Cajamarca , de conformidad con lo establecido en el articulo 40° de Ia Ley W 27972, Ley Organica de Municipalidades.

q) Dictar disposiciones complementarias que sean necesarias para el lagro de sus objetivos y cumplimiento de funciones .

r) Las demas que le asigne el Concejo o el Alcalde, segun sus atribuciones.

5.2. En materia no tributaria:

a) Elaborar los proyectos de ordenanza que sean necesarios para Ia mejor administraci6n de los ingresos no tributaries de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca.

b) Fomentar en Ia ciudadanfa cajamarquina el cumplimiento voluntario de sus obligaciones no tributarias, a traves de campafias de generaci6n de conciencia ciudadana en los administrados.

c) Orientar adecuadamente a los administrados sabre las normas y procedimientos que deben observar para cumplir con sus obligaciones.

d) Cumplir las disposiciones legales sabre Ia emisi6n , notificaci6n y, de ser el caso, Ia cobranza de las sanciones sabre infracciones a las normas de transito, asf como registrar dichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio de Transportes.

e) Resolver, en primera instancia, los descargos y reclamos administrativos vinculados con las infracciones sancionadas por el C6digo de Transito. En segunda instancia resuelve el Gerente Municipal.

f) Aprobar y declarar Ia perdida de fraccionamientos de Ia deuda no tributaria , conforme a Ia Ordenanza Municipal que regula Ia materia .

g) Realizar Ia ejecuci6n coactiva para el cobra de deudas no tributarias.

ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Page 5: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

r~cyt~

TiTULO II

LA ORGANIZACION

Articulo 6°.- ESTRUCTURA ORGANICA DEL SATCAJ: Para el cumplimiento de sus atribuciones, el SA TCAJ cuenta con las unidades organizacionales siguientes:

01. ALTA DIRECC/ON 01.1 Jefatura del SATCAJ

02. 6RGANO DE ASESORAMIENTO 02.1 Oficina de Asesoria Juridica

03. 6RGANOS DE APOYO 03.1 Oficina de Tecnologias de Ia Informacion 03.2 Gerencia de Administracion

04. 6RGANO DE LiNEA 04.1 Gerencia de Operaciones

04.1 .1 Departamento de Registro y Orientacion al Contribuyente 04.1 .2 Departamento de Control de Ia Deuda y Cobranza Coactiva 04.1.3 Departamento de Fiscalizacion 04.1.4 Departamento de Reclamos 04.1 .5 Departamento de Educacion Tributaria

Articulo 7°.- JEFATURA DEL SATCAJ: Es el organo de direccion, encargado de cumplir y hacer ~Ao cumplir el presente Estatuto y de dirigir, ejecutar y supervisar Ia realizacion de las atribuciones del

IJ~ ~ oL SATCAJ. Esta a cargo de un funcionario de confianza, profesional , designado por el Alcalde. ~~ ~i ::> (') , , ':E s A ~ Articulo 8°.- OFICINA DE ASESORIA JURIDICA: Es el organa encargado de brindar apoyo y *" Ell RA~A * asesoria legal en los asuntos vinculados al SATCAJ , sus fines y actividades. Esta a cargo de un

:'1_,~ A'fl.c,t-. profesional del Derecho, designado por el Alcalde, a propuesta del Jefe del SATCAJ.

Articulo 9°.- OFICINA DE TECNOLOGiAS DE LA INFORMACION: Es el organa responsable del desarrollo y manejo de los softwares y sistemas de informacion, asi como de brindar el soporte tecnico necesario a los equipos del SATCAJ. Esta a cargo de un profesional afin a sus funciones, designado por el Alcalde, a propuesta del Jefe del SATCAJ .

Articulo 10°.- GERENCIA DE ADMINISTRACION: Es el organa responsable del manejo administrative y financiero del SA TCAJ , as i como de atender Ia provision de recursos materiales y potencial humano, en este ultimo caso en coord inacion con Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos. Esta a cargo de un profesional afin a sus funciones , designado por el Alcalde, a propuesta del Jefe del SATCAJ.

Articulo 11°.- LA GERENCIA DE OPERACIONES: Es el organa encargado de formular, conducir y evaluar los procedimientos operativos del SATCAJ. Esta a cargo de un profesional afin a sus funciones, designado por el Alcalde, a propuesta del Jefe del SA TCAJ .

Para el cumplimiento de sus funciones y objetivos, cuenta con los Departamentos de Registro y Orientacion al Contribuyente, de Control de Ia Deuda y Cobranza Coactiva , de Fiscalizacion , de Reclamos, y de Educacion Tributaria. Los Jefes de Departamento son designados por el Jefe del SATCAJ.

Articulo 12°.- CONTROL INSTITUCIONAL: La Oficina de Controllnstitucional de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca sera Ia encargada de realizar, al SA TCAJ , las acciones de control que corresponden, conforme a Ia normativa que regula el Sistema Nacional de Control.

ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU

Page 6: deY!!~ - Sat Cajamarcasatcajamarca.gob.pe/wp-content/uploads/2017/01/2017_SAT_Estatuto.pdfdichas sanciones, y las papeletas vinculadas, en el aplicativo correspondiente del Ministerio

rioYI!~

TiTULO Ill

REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO

Articulo 13°.- RECURSOS DEL SATCAJ: El SATCAJ sustenta su funcionamiento con Ia asignaci6n de los recursos siguientes:

a) El diez por ciento (1 0%) del manto total de sus recaudaciones por concepto de ingresos tributaries y no tributaries.

b) El cien por ciento (100%) de los recursos provenientes de donaciones, de Ia cooperaci6n tecnica , y de los que se capten por contratos o convenios con otras entidades, que tengan por objeto mejorar Ia gesti6n tributaria de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca .

Articulo 14°.- PATRIMONIO: Constituyen patrimonio municipal , todos los bienes muebles e inmuebles que forman parte de su activo o hayan sido adquiridos bajo cualquier modalidad conforme a ley.

TiTULO IV

REGIMEN LABORAL

Articulo 15°.- REGIMENES LABORALES: Los trabajadores del SATCAJ estan sujetos a los regimenes laborales establecidos por el articulo 3r de Ia Ley Organica de Municipalidades, Ley No 27972.

TiTULO V

TRANSPARENCIA FISCAL Y NEUTRALIDAD

Articulo 16°.- TRANSPARENCIA FISCAL: El SATCAJ se sometera a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal en el manejo de los recursos publicos, por lo que debera contar con un portal institucional en Internet.

Articulo 17°.- NEUTRALIDAD: Los trabajadores del SATCAJ estan obligados a actuar en forma imparcial y a no dar trato preferente a los contribuyentes y administrados. Asimismo estan prohibidos de ejercer otras actividades inherentes a su cargo con el objeto de obtener ventajas personales.

TITULO VI

DISPOSICIONES COMPLEMENT ARIAS

LJNICA.- El Alcalde Provincial de Cajamarca, mediante decreta de Alcaldia , en el plaza de 60 dias, aprobara el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del SATCAJ, a propuesta del Jefe de este 6rgano desconcentrado.

ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU