Desarrollo Endogeno El Cooperativismo en Venezuela

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 Cooperativismo en Venezuela El Cooperativismo en Venezuela Conceptos de: a) Cooperativismo, Es una doctrina socio económica que promueve la organización de las personas para satisfacer sus necesidades. El cooperativismo esta presente en todos los países del mundo, le da la oportunidad a los seres humanos de escasos recursos tener una empresa de su propiedad junto a otras personas. Uno de los propósitos de este sistema es eliminar la explotación de las personas por individuos o empresas dedicados a otener ganancias.  ) Cooperativa, es una asociación de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un ojetivo com!n, mediante la constitución de una empresa, democr"ticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario # aceptando una justa participación en los riesgos # en los frutos de esa empresa, en cu#o funcionamiento los miemros participan activamente. c) Cooperativista, Es un socio participa desde el momento de su incorporación a la cooperativa en cada una de las etapas por las que atraviesa la promoción a trav$s de las asamleas generales, o de las juntas especiales% de socios cuando existen varias promociones o fases de la misma cooperativa. d) Cooperar, Es &rar, colaorar con otro u otros para un mismo fin. e) Cooperación, 'e llama cooperación a la pr"ctica de los individuos o grupos que traajan en com!n, con ojetivos, # posilemente m$todos, acordados previamente, # en las que el $xito de un individuo es dependiente # contingente del $xito de los dem"s. (a cooperación es la pr"ctica opuesta a la de quienes traajan por separado o en competencia mutua. f) #uda *utua, El concepto de #uda *utua es una condición natural en los seres humanos, es una necesidad de poder compartir, uscar a#uda # contacto con otras personas en las que confiar ante situaciones de alegría, de tristeza, de enfermedad, de peligro o de ansiedad. (a necesidad de uscar a otros para compartir o de uscar a#uda es una tendencia natural que acompa+a a las personas a lo largo de la vida. h) Esfuerzo ropio, El esfuerzo propio es cuando alguien se esfuerza con sus propias fuerzas # sus propios recursos, aunque el resultado de su esfuerzo propio no necesariamente sea para su propio eneficio.  Símbolo Cooperativismo, como está formado y el significado de cada uno de ellas El emlema cooperativo es un signo mu# difundido a nivel mundial pero no tiene car"cter universal. 'e empezó a utilizar en -//. *uestra la identificación positiva de los cooperativistas # su sentido de propósito # traajo com!n. El símolo de los dos pinos (os dos pinos, símolo internacional del cooperativismo. *u# popular en m$rica (atina, el símolo de los dos pinos consta de un redondel amarillo con orde verde dentro del cual se encuentran dos pinos de color verde. (os dos pinos representan la vida, al ser / simolizan la hermandad, la unión, la solidaridad # la necesidad de un traajo conjunto. 0ue por eso que el movimiento los adoptó como símolo oficial, luego de su creación en el a+o -/1, siendo en la actualidad estandarte m"s representativo del cooperativismo. (os dos pinos significan que se necesita m"s de uno para que exista cooperación. l ser del mismo tama+o significa el crecimiento en la igualdad. ara los japoneses, por ejemplo, el pino es símolo de constanci a, salud, longevidad, fuerz a de car"cter # silen cio, este !ltimo tan importante en el crecimiento espiritual. ara ellos el pino es fundamental en la est$tica # el car"cter de sus jardines. 2 se cree que su creador fue Charles 0ourier. Significado de Cada Uno de sus Partes3 El ino3 El "rol del pino, se consideraa en la antig4edad como símolo de inmortalidad # de fecundidad, era respetado por su capacidad de supervivencia en las tierras menos fecundas # la sorprendente capacidad de multiplicación. El Circulo3 E( representa la vida eterna, porque un horizonte final, adem"s representa la idea del mundo, reflejando así la idea de universalidad. El 5erde3 El color verde oscuro se asemeja al color d e la clorofila. donde nace el principio vital de la naturaleza. El marillo3 El amarillo6oro representa el sol, fuente permanente de energía, calor # vida. El Emlema3 Un círculo que araza dos "roles del pino, indicar la unión del movimiento, la inmortalidad de sus principios, es la fecundidad de sus seguidores. 7odo esto marcó en la tra#ectoria ascendente de los "roles del pino para los que se pro#ectan en lo alto, intentando crecer cada vez m"s en la unión que existe estale entre los seres vivos. Régimen legal del cooperativismo en Venezuela En 5enezuela a partir de la entrada en 5igencia la (e# Especial de sociaciones Cooperativas el -8 de septiemre de /11-, se multiplicó hasta nuestros días de una manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las ases legales que lo

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el cooperativismo en venezuela funciones y normativa legal

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Cooperativismo en VenezuelaEl Cooperativismo en VenezuelaConceptos de:

a) Cooperativismo, Es una doctrina socio econmica que promueve la organizacin de las personas para satisfacer sus necesidades. El cooperativismo esta presente en todos los pases del mundo, le da la oportunidad a los seres humanos de escasos recursos tener una empresa de su propiedad junto a otras personas. Uno de los propsitos de este sistema es eliminar la explotacin de las personas por individuos o empresas dedicados a obtener ganancias. b) Cooperativa, es una asociacin de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un objetivo comn, mediante la constitucin de una empresa, democrticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario y aceptando una justa participacin en los riesgos y en los frutos de esa empresa, en cuyo funcionamiento los miembros participan activamente. c) Cooperativista, Es un socio participa desde el momento de su incorporacin a la cooperativa en cada una de las etapas por las que atraviesa la promocin a travs de las asambleas generales, o de las juntas especiales" de socios cuando existen varias promociones o fases de la misma cooperativa. d) Cooperar, Es Obrar, colaborar con otro u otros para un mismo fin.e) Cooperacin, Se llama cooperacin a la prctica de los individuos o grupos que trabajan en comn, con objetivos, y posiblemente mtodos, acordados previamente, y en las que el xito de un individuo es dependiente y contingente del xito de los dems. La cooperacin es la prctica opuesta a la de quienes trabajan por separado o en competencia mutua. f) Ayuda Mutua, El concepto de Ayuda Mutua es una condicin natural en los seres humanos, es una necesidad de poder compartir, buscar ayuda y contacto con otras personas en las que confiar ante situaciones de alegra, de tristeza, de enfermedad, de peligro o de ansiedad. La necesidad de buscar a otros para compartir o de buscar ayuda es una tendencia natural que acompaa a las personas a lo largo de la vida. h) Esfuerzo Propio, El esfuerzo propio es cuando alguien se esfuerza con sus propias fuerzas y sus propios recursos, aunque el resultado de su esfuerzo propio no necesariamente sea para su propio beneficio.

Smbolo Cooperativismo, como est formado y el significado de cada uno de ellas El emblema cooperativo es un signo muy difundido a nivel mundial pero no tiene carcter universal. Se empez a utilizar en 1922. Muestra la identificacin positiva de los cooperativistas y su sentido de propsito y trabajo comn.

El smbolo de los dos pinos

Los dos pinos, smbolo internacional del cooperativismo.

Muy popular en Amrica Latina, el smbolo de los dos pinos consta de un redondel amarillo con borde verde dentro del cual se encuentran dos pinos de color verde.

Los dos pinos representan la vida, al ser 2 simbolizan la hermandad, la unin, la solidaridad y la necesidad de un trabajo conjunto. Fue por eso que el movimiento los adopt como smbolo oficial, luego de su creacin en el ao 1920, siendo en la actualidad estandarte ms representativo del cooperativismo. Los dos pinos significan que se necesita ms de uno para que exista cooperacin. Al ser del mismo tamao significa el crecimiento en la igualdad. Para los japoneses, por ejemplo, el pino es smbolo de constancia, salud, longevidad, fuerza de carcter y silencio, este ltimo tan importante en el crecimiento espiritual. Para ellos el pino es fundamental en la esttica y el carcter de sus jardines. Y se cree que su creador fue Charles Fourier.

Significado de Cada Uno de sus Partes:

El Pino: El rbol del pino, se consideraba en la antigedad como smbolo de inmortalidad y de fecundidad, era respetado por su capacidad de supervivencia en las tierras menos fecundas y la sorprendente capacidad de multiplicacin.

El Circulo: EL representa la vida eterna, porque un horizonte final, adems representa la idea del mundo, reflejando as la idea de universalidad.

El Verde: El color verde oscuro se asemeja al color de la clorofila. donde nace el principio vital de la naturaleza.

El Amarillo: El amarillo-oro representa el sol, fuente permanente de energa, calor y vida.

El Emblema: Un crculo que abraza dos rboles del pino, indicar la unin del movimiento, la inmortalidad de sus principios, es la fecundidad de sus seguidores. Todo esto marc en la trayectoria ascendente de los rboles del pino para los que se proyectan en lo alto, intentando crecer cada vez ms en la unin que existe estable entre los seres vivos.

Rgimen legal del cooperativismo en Venezuela

En Venezuela a partir de la entrada en Vigencia la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas el 18 de septiembre de 2001, se multiplic hasta nuestros das de una manera histrica la conformacin de empresas cooperativas, muchas de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal que ha motivado para su creacin han sido primordialmente: a. El Incentivo Fiscal. (La exencin de impuestos) b. El Otorgamiento de crditos. c. La Obtencin de Contratos otorgados con preferencias a las cooperativas, Tenemos tres fuentes principales en el derecho cooperativo venezolano:

La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

La Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.

Las Providencias Administrativas,

Las dos primeras son ms conocidas entre los cooperativistas, pero las providencias administrativas tienden a ser en su contenido desconocidas por la mayora y actualmente cuando pretenden obtener contratacin con el Estado se encuentran que deben presentar la CERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO, y el primer obstculo es la falta de cumplimiento con lo dispuesto en las Providencias Administrativas por desconocimiento de las mismas.

Adems, El Artculo 8 de la Ley de Cooperativas, menciona que las cooperativas y sus formas de coordinacin, asociacin e integracin se regirn por la Constitucin, esta Ley y su reglamento, por sus estatutos, reglamentos y disposiciones internas y en general, por el Derecho Cooperativo. Supletoriamente se aplicar el derecho comn, en cuanto sea compatible con su naturaleza y principios y en ltima instancia, los principios generales del derecho. Origen

El movimiento cooperativo naci en el marco de la Revolucin Industrial, durante el siglo XX para que sus socios tuvieran acceso a mejores condiciones posibles de precio y calidad (cooperativas de consumo), o bien, a producir y canalizar esta produccin hacia el mercado, evitando intermediarios, para maximizar las rentas de los cooperativistas.

HistoriaUna de las primeras experiencias cooperativas data de 1844, cuando se crea en Rochdale, Inglaterra, la cooperativa de consumo Sociedad Equitativa de los Pioneros de Rochdale. Simultneamente surgen otras experiencias en Francia, Espaa y otros pases europeos. Entre los primeros grandes pensadores del cooperativismo se encuentran Robert Owen, Charles Fourier y Friedrich Wilhelm Raiffeisen, respectivamente, gals, francs y alemn, los que hicieron una crtica en la que proponan que la solucin de problemas sociales se puede lograr a travs de la cooperacin entre los individuos.

La vieja bandera del movimiento cooperativo estaba representada por los 7 colores del arcoiris, que simbolizaba al mismo tiempo la diversidad y la esperanza. El color rojo representaba el fuego y el amor que une a las personas; el anaranjado recordaba a un amanecer glorioso; el amarillo por el color del sol que da luz, calor y vida; el verde representaba la esperanza; el azul celeste figuraba como reflejo de la ilusin; el Azul Marino o ndigo encarnaba el valor que nos impulsa a buscar nuevas rutas; y finalmente el Violeta significaba la humildad y la virtud.

Posteriormente, en el Congreso de la ACI de 1995, se decidi cambiar la clsica bandera del cooperativismo por una bandera de fondo blanco con un arcoiris que se rompe para convertirse en palomas en pleno vuelo.

Durante este ao 2012 se celebra el Ao Internacional de las Cooperativas, segn lo proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Tipos de Cooperativas

Las empresas cooperativas se clasifican segn la actividad para la que fueron creadas.

As tenemos que existen:

a) Cooperativas de Produccin de Bienes y Servicios, Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin comn, que por medios propios producen ciertos artculos vendindolos directamente y distribuyndose entre ellos las ganancias. Este tipo de Cooperativas tienen como meta principal la produccin de bienes o prestacin de servicios, tales como: la produccin industrial o artesanal, la produccin agropecuaria o pesquera, la produccin minera, transporte colectivo o de carga, produccin de diversos servicios del hogar, mantenimiento, reparaciones menores y mayores, salud, hogares de cuidados de infantes y, en general, de todas aquellas actividades que son demandadas por otras personas o instituciones.

b) Cooperativas de Produccin Industrial, Es una cooperativa de trabajadores y tiene como objeto transformar materia prima en bienes que tengan caractersticas para satisfacer una necesidad de los consumidores mediante procesos tecnolgicos industriales. Ejemplo de este tipo puede ser:

Cooperativas lcteas: ellas pueden producir quesos, mantequilla, yogurt, dulces y sus derivados.

Cooperativas de carpinteras: estn en capacidad de ofrecer muebles, juguetes, utensilios de cocina o insumos para la construccin (puertas, marcos, ventanas, etc.).

C) Cooperativa de Produccin Agrcola, Es una asociacin conformada por varios afiliados que trabajan la tierra, comercializan sus productos, aprovechan descuentos y ventajas de comprar en cantidad entre varios agricultores que se unieron en una cooperativa de este tipo. Las Cooperativas agrcolas desarrollan sus labores de forma conjunta y organizada. Es decir, si las personas que conforman una cooperativa agrcola disean, por ejemplo, una marca de mermeladas de frutas cuyos insumos producen ellos mismos, habrn expandido su actividad cooperativa a la produccin industrial, con el consecuente beneficio econmico tanto para los asociados como para los consumidores.

d) Cooperativa de Produccin Pesquera, Es la unin de diversas personas dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos para mejorar sus condiciones de produccin, potenciando el alcance de su trabajo. En este tipo de cooperativas cabe pensar en el potencial industrial que se podra desarrollar a partir de todo los productos que vienen del mar.

e) Cooperativa de Produccin de Servicios, Son aquellas empresas cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes reas, transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicera, fumigacin, recoleccin de basura, jardinera, distribucin de gas domstico, transporte escolar, entre tantas como sea posible imaginar.

f) Cooperativas de Consumo de Bienes y Servicios, Existen las Cooperativas de obtencin de bienes y servicios. Aqu entran las Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de Ahorro y Prstamo. La primera tiene como objetivo satisfacer mejor y ms econmicamente las necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los servicios de compra y venta de artculos de primera necesidad.

h) Cooperativas de Ahorro y Crdito, Las Cooperativas de Ahorro y Crdito son aquellas que tienen por objeto fundamental fomentar el ahorro y otorgar prstamos a sus asociados con los recursos aportados por los mismos, a un inters muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos que representan los crditos otorgados por los bancos comerciales.

Estas operaciones de ahorro y crdito deben estar limitadas exclusivamente a sus asociados y con el dinero proveniente de los mismos, no pudiendo en consecuencia realizar actividades de intermediacin financiera, es decir, la captacin de recursos del pblico, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar crditos, financiamientos o inversiones en valores, las cuales estn reservadas a los bancos, entidades de ahorro y prstamo y dems instituciones financieras autorizadas y reguladas por la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras. Sin embargo, las Cooperativas de Ahorro y Crdito, podrn ser entes de ejecucin del sistema microfinanciero, de conformidad con lo establecido en el artculo 4 de la Ley de Creacin, Estmulo, Promocin y Desarrollo del Sistema Microfinanciero, para prestar los servicios previstos en la citada Ley.

i) Las Cooperativas de Consumo, Presentan dos formas bsicas para la consecucin de sus metas. La primera, consiste en aprovechar los descuentos compras al mayor y vender los productos a sus miembros a los costos de adquisicin aumentando solo en una pequea porcin para cubrir los gastos generales de operacin. En este caso, el cooperador tiene el beneficio inmediato de adquirir sus productos ms baratos. Esta frmula consigue el objetivo de aumentar indirectamente el salario de los asociados. Sin embargo, se enfrenta a una fuerte oposicin de los intermediarios y comerciantes que, frecuentemente, disean estrategias de saboteo y boicoteo a estas cooperativas. La otra manera de funcionamiento de las Cooperativas de Consumo, es vender los productos a los precios corrientes en el mercado y distribuir las ganancias entre sus socios de acuerdo a la proporcin de compras que ha realizado cada socio.

Las reas en las que pueden desarrollarse cooperativas de consumo son bastante amplias. Entre ellas tenemos: alimentaria, farmacutica, vestidos, muebles, de vivienda y, en general, todos aquellos bienes que pueden ser adquiridos en mejores condiciones para el consumidor.

j) Las Cooperativas Mixtas, Persiguen dos objetivos a saber: la produccin de bienes y servicios para terceros y la obtencin de bienes y servicios para sus asociados. Las Cooperativas Mixtas deben su nombre a la posibilidad de tener, al mismo tiempo, dos o ms de los perfiles que se han descrito anteriormente.

Principios Cooperativistas

Las Cooperativas ponen en prctica sus valores a partir de los principios bsicos del cooperativismo. Principios en los que se asienta el trabajo de las cooperativas como lneas maestras de su funcionamiento. Los principios bsicos del cooperativismo estn contenidos en el artculo 2 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.

Estos son:

a) "Funcionar conforme a los principios de libre acceso y adhesin voluntaria, y en consecuencia, con nmero ilimitado de asociados que sern ms de cinco."

b) "Funcionar segn el principio de control democrtico, que comporta la igualdad en derechos y obligaciones de los asociados, y en consecuencia a cada asociado le corresponde un solo voto, sea cual fuere su participacin econmica".

c) "No estar sujeta a recursos econmicos fijos ni duracin predeterminada".

d) "Distribuir excedentes entre sus asociados a prorrata de los servicios recibidos por stos, de la cooperativa o del trabajo personal que le hubieren suministrado." Esto significa que las ganancias de la cooperativa, siempre que la Asamblea decida que sean repartidas, sern asignadas segn la participacin de cada asociado en la generacin de estos excedentes, segn el trabajo que haya aportado o la utilizacin de sus servicios.

e) "Funcionar de acuerdo con el principio de inters limitado sobre el capital". Esto quiere decir, que el reparto del excedente se orienta por el trabajo aportado por cada uno de los asociados y no por el capital proporcionado.

f) "Realizar sus actividades econmicas mediante el esfuerzo propio y la ayuda mutua de sus asociados, el provecho inmediato de stos y el mediato de la comunidad".

g) "Funcionar segn el principio de neutralidad poltica y religiosa".

h) "Fomentar la educacin de sus asociados".Como se forman las CooperativasPaso 1: Retirar la planilla de reserva de denominacin en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. para seleccionar el nombre que llevar la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada.

Paso 2: Luego de cinco (5) das hbiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominacin consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominacin.

Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La reserva tiene una duracin de 90 das.

Paso 3: Teniendo en cuenta que se tienen 90 das para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominacin, el grupo de personas se renen y redactan los Estatutos que establecern entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4: Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudir al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener as la personalidad jurdica de la cooperativa.

Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del pas.

Paso 5: Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) das hbiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: direccin completa, telfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa.

Nota: Las cooperativas cuya actividad econmica se corresponda con la prestacin de algn servicio pblico, solicitarn al ente correspondiente la debida autorizacin.

Paso 6: Retirar en un perodo de diez (10) das hbiles la constancia de inscripcin de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP o en la receptora de la Rinconada. Valores Cooperativistas

El Cooperativismo como propuesta que busca el bien comn de un grupo de personas que se asocian y se organizan en una empresa para el alcance de un objetivo, se orienta por los siguientes valores:

Ayuda Mutua: El grupo que asume una cooperativa mantiene una interrelacin de apoyo, de trabajo individual en funcin de la meta comn.

Responsabilidad: Todas las personas que conforman un grupo cooperativo estn pendientes de cumplir siempre el trabajo que les corresponde. Nunca se permite que el logro del equipo se pare por haber pospuesto alguna tarea.

Democracia: La mxima autoridad dentro de un grupo cooperativo es la reunin en Asamblea de todos sus integrantes. Las decisiones se toman entre todos.

Igualdad: Todos los miembros de un grupo cooperativo tienen los mismos derechos y deberes. La asignacin de cargos directivos tiene un fin cooperativo pero no existen privilegios especiales.

Equidad: Los cooperativistas se comportan siempre de manera justa y equitativa, entendiendo que el reconocimiento del trabajo aportado por cada asociado es la base del buen funcionamiento de una empresa cooperativa.

Solidaridad: El cooperativista siempre est dispuesto a dar apoyo a otras personas. Jams es indiferente a la injusticia ni, al atropello de la dignidad humana.Estructura cooperativaLa cooperativa se basa normalmente en el modelo de produccin de empresa privada, tomndola como ncleo del quehacer econmico aunque como modelo de sociedad mercantil presenta algunas particularidades en su estructura. En principio, la estructura interna de las cooperativas es flexible, debe adaptarse a las necesidades propias de su actividad y a los valores sociales y culturales de sus asociados. Ellas mismas deciden su forma de organizarse atendiendo a diversos criterios, pero siempre teniendo como norte la participacin y responsabilidad colectivas.Relacin del Cooperativismo con el Desarrollo Endgeno

La cooperativa, es el sujeto protagnico del desarrollo endgeno, ya que promueve la democracia y la libre participacin de todos sus asociados por igual. El Desarrollo endgeno implica un proceso de transformacin estructural basada en el reconocimiento de nuestra cultura, el respeto al medio ambiente y las relaciones equitativas y cooperativas de produccin.

La prctica del cooperativismo ensea a las personas a convivir en armona, dada su caracterstica integradora, plural y vivencial, ayudando as a promover los olvidados valores creativos de la convivencia solidaria. El Desarrollo Endgeno permite ampliar las oportunidades de las personas, para hacer que el crecimiento del pas sea ms democrtico y participativo. Se evidencia en el acceso al ingreso y al empleo, a la educacin y a la salud, en un entorno limpio y seguro. Para que sea posible, todos deben tener la oportunidad de participar en las decisiones comunitarias y disfrutar de la libertad humana, econmica y poltica.

Analizar del Cooperativismo a la luz de la C.R.B.V.

La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela En primer lugar, y de manera directa, hacen mencin a las Asociaciones Cooperativas, los artculos:

Artculo 118:"Se reconoce el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carcter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrn desarrollar cualquier tipo de actividad econmica, de conformidad con la ley. La ley reconocer las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carcter generador de beneficios colectivos. El Estado promover y proteger estas asociaciones destinadas a mejorar la economa popular"

Artculo 308:"El Estado proteger y promover la pequea y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, as como tambin la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociacin comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo rgimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo econmico del pas, sustentndolo en la iniciativa popular. Se asegurar la capacitacin, la asistencia tcnica y el financiamiento oportuno".

Artculo 184: "La ley crear mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que stos gestionen previa demostracin de su capacidad para prestarlos, promoviendo:

Numeral 5. La creacin de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseo de polticas donde aquellas tengan participacin (...)" En segundo lugar, de manera indirecta, hacen mencin a las Asociaciones Cooperativas, los artculos:

Artculo 52: "Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lcitos de conformidad con la ley. El Estado estar obligado a facilitar el ejercicio de ese derecho".

Artculo 299:"El rgimen socioeconmico de la Repblica Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratizacin, eficiencia, libre competencia, proteccin del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promover el desarrollo armnico de la economa nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la poblacin y fortalecer la soberana econmica del pas, garantizando la seguridad jurdica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economa, para garantizar una justa distribucin de la riqueza mediante una planificacin estratgica democrtica, participativa y de consulta abierta".

Forma de Organizarse las CooperativasEl Articulo 28 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, establece la forma de organizarse; de la manera siguiente:Las modalidades de realizacin de las asambleas o reuniones generales de asociados, otras modalidades de reuniones, la organizacin de las diferentes instancias, las convocatorias, el qurum, la composicin y duracin de los integrantes de las instancias, se establecern en el estatuto y los reglamentos internos.

En cualquier caso, un porcentaje de los asociados, que determinar el estatuto, podr convocar la asamblea o reunin general de asociados, cuando no se haya realizado dicha convocatoria en las condiciones y plazos previstos en el estatuto o reglamentos; las elecciones se realizarn en forma nominal; la duracin en los cargos de los integrantes de las instancias no podr ser mayor a tres (3) aos; el estatuto podr establecer la reeleccin en cuyo caso ser por un slo periodo; en las asambleas o reuniones generales de asociados no se podr representar a ms de un asociado salvo en aquellas que se realicen por delegados.

Constitucin de las Cooperativas

Las cooperativas podrn conformarse y funcionar con un mnimo de cinco asociados. El acuerdo para constituir una cooperativa se materializar en un acto formal, realizado en una reunin de los asociados fundadores, en la que se aprobar el estatuto, se suscribirn aportaciones y se elegirn los integrantes de las instancias organizativas previstas en dicho estatuto. Organizacin

Las cooperativas deben contemplar en sus estatutos para su coordinacin, asambleas o reuniones generales de los asociados. Adems podrn contar con instancias, integradas por asociados, para la coordinacin de los procesos administrativos, de evaluacin, control, educacin y otras que se consideren necesarias.

Integracin

En el Captulo VIII, de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativa, establece la integracin en los Art: 55 hasta el 64, La Integracin, objeto de la Integracin, Las formas de integracin cooperativa, Integracin con la Economa Social y Participativa, Relacin con empresas de otro carcter jurdico, Organismos de integracin, Sistema de Conciliacin y Arbitraje, Sistemas de auditorias, vigilancia y control, Obligatoriedad de realizar revisiones integrales, Sistema de comunicacin e informacin y estadsticas. La integracin es un proceso econmico y social, dinmico, flexible y variado que se desarrollar:

1. Entre las cooperativas, Las cooperativas podrn integrarse entre ellas mediante acuerdos, convenios y contratos para proyectos y acciones determinadas, as como tambin mediante asociaciones, fusiones, incorporaciones y escisiones, pudiendo establecer cooperativas de cooperativas y constituir organismos de integracin de segundo o ms grados, locales, regionales o nacionales.

2. Entre stas y los entes de la Economa Social y Participativa, Las cooperativas podrn integrarse con otras empresas de la Economa Social y Participativa mediante acuerdos, convenios y contratos para proyectos y acciones determinadas. Podrn tambin crear asociaciones con esas empresas y constituir con ellas, nuevos entes jurdicos de carcter asociativo, conforme al numeral 2 del artculo 18.

3. Con la comunidad en general, Las cooperativas podrn establecer alianzas, convenios y contratos con personas de otro carcter jurdico con tal de que no desvirten sus objetivos.

Principios CooperativistaPrincipios Cooperativos se encuentra establecido en Art. 4 el cual establece;

Artculo 4. Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en prctica sus valores son: 1) asociacin abierta y voluntaria; 2) gestin democrtica de los asociados;3) participacin econmica igualitaria de los asociados; 4) autonoma e independencia; 5) educacin, entrenamiento e informacin; 6) cooperacin entre cooperativas; 7) compromiso con la comunidad. Las cooperativas se guan tambin por los principios y criterios de las experiencias y los procesos comunitarios solidarios que son parte de nuestra cultura y recogen la tradicin solidaria ancestral que ha conformado nuestro pueblo.

rganos Encargados de la Promocin y Financiamiento de la Cooperativa en VenezuelaLos rganos encargados de la promocin y financiamiento de las cooperativas en Venezuela son; el Servicio Autnomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (SAFONACC). BANDES: Banco de Desarrollo Econmico y Social de Venezuela. BIV: Banco Industrial de Venezuela. B. BICENTENARIO. BAV: Banco Agrcola de Venezuela. B. TESORO: Banco del Tesoro, entre otros.Direccin de la Superintendencia Nacional de Cooperativa y los rganos de Integracin

La Superintendencia Nacional de Cooperativas ejercer las funciones de control y fiscalizacin sobre las cooperativas y sus organismos de integracin. Adems, estar integrada a la estructura orgnica y funcional del Ministerio de la Produccin y el Comercio y ser dirigida por el Superintendente o Superintendenta Nacional de Cooperativas.

Los rganos de integracin de La Superintendencia Nacional de Cooperativas contarn con un Consejo Cooperativo que tendr por objeto brindarle apoyo y asesora. Las opiniones del Consejo Cooperativo no tendrn efecto vinculante.

rganos Encargados de Vigilancia Control de las Cooperativas

rganos Encargados de Vigilancia Control de las Cooperativas son; rgano directivo (Consejo de administracin): rgano necesario y permanente, de nmero de integrantes y cargos determinado, designado por mayora de los asociados. Qurum y mayoras determinadas en la ley. Atribuciones: Administracin y direccin de los negocios socioeconmicos, ejecucin de los planes acordados por la asamblea rgano de vigilancia (consejo de vigilancia): definido por la ley, de carcter necesario y permanente, encargado de la fiscalizacin, revisin y control de la cooperativa y prohibicin de intervenir en actos de administracin o de gerencia. Atribuciones: Indelegables de revisin contable, incluidas auditoras; de supervisin del cumplimiento de deberes de los directivos; de convocatoria de asamblea, de solicitud de sanciones a miembros, asistencia a sesiones del consejo de administracin y de objecin de decisiones del mismo.