Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

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Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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“Lograr las justas concepciones de los fines de la vida”

BERTRAND RUSSELL

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Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

UNIDAD DIDÁCTICA N° 01

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QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?

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PERO... ¿Qué son Derechos Humanos?• Los Derechos Humanos, son el conjunto de

derechos inherentes a nuestra naturaleza y sin los cuales no podemos ningún hombre perfeccionar y afirmar nuestra propia personalidad.

• El fundamento filosófico encontramos en el Art. 1° de la Const. de la Const.

Abog. Claver H. Torres Torres

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Pérez Luño, AntonioQue los Derechos Humanos son “un conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”

Esta definición es de tipo descriptivo y contiene una fuerte carga teleológica, es aceptada por la gran parte de tratadistas por contrastarse con realidad del concepto de Derechos Humanos.

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¿Qué son los Derechos

Humanos entonces?Los Derechos Humanos son INHERENTES a nuestra naturaleza que tienen como finalidad garantizarnos una vida digna, y que permiten proteger el desarrollo pleno de nuestras capacidades humanas y satisfacer nuestras variadas necesidades fisiológicas, espirituales y sociales, volviéndolos exigibles y oponibles al Estado.

Es decir, los DDHH constituyen límites al poder estatal, estableciendo un conjunto de comportamientos (hacer y no hacer) para respetarlos y protegerlos efectivamente.

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Los Derechos Humanos tienden a ser un conjunto de Facultades y Atribuciones, para cuya titularidad condición necesaria y suficiente, el pertenecer al género humano.

Puesto que

Ni los animales

ni las plantas

ostentan esa

titularidad

El hombre es el único titular de Derechos y Deberes.

Abog. Claver H. Torres Torres

¿Quién es el titular de los Derechos Fundamentales?

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¿Quién es el titular de los derechos Humanos?

Ni los animales

ni las plantas

ostentan esa

titularidad

El ser humano, es el único titular de los Derechos Humanos.

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PRESUPUESTOS PARA GOZAR DE LOS

DERECHOSHUMANOS

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ESTAR DOTADA DE VIDA

HABER NACIDO EN EL PLANETA

TIERRA

TENER FORMA HUMANA

Abog. Claver H. Torres Torres

PRESUPUESTOS PARA GOZAR DE LOS DERECHOS HUMANOS

SON PRESUPUESTOS CONCURRENTES PARA EL PLENO GOCE DE LOS DERECHOS

FUNDAMENTALES

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Resumiendo:Los Derechos Humanos son aquellas condiciones necesarias para que todas las personas, sin distinción alguna, disfruten de bienestar físico, mental, social y espiritual, para el desarrollo de su personalidad.

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A la vulneración de los Derechos Humanos por el Estado peruano y no tutelado por la Jurisdicción Nacional el Art. 205 de la Const. y el Art. 114 del CPConst. Nos permiten recurrir a la Vía Supranacional en busca de tutela del derecho probablemente vulnerado.

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FUNDAMENTACIÓN FILOSÓFICA

DE LOS DERECHOSHUMANOS

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¿Dónde encontramos la fundamentación filosófica de los Derechos Humanos? Artículo 1° de

la Constitución

“La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”.

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FUENTES PARA DETERMINAR EL CONTENIDO

DE LOS DERECHOSHUMANOS

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Fuentes para determinar el contenido de los DD. HH. son:• Artículo 2º• Artículo 3º• Tratados de Derechos Humanos• Interpretaciones y jurisprudencias del TC.• Interpretaciones de los órganos que supervisan los tratados sobre

DD. HH.

¿Cuáles son las fuentes para determinar el contenido de los Derechos Humanos?

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QUIÉNES HACEN CUMPLIR EL CONTENIDO

DE LOS DERECHOSHUMANOS

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Los encargados de hacer cumplir el contenido de los Derechos Humanos son los organismos nacionales y supranacionales.

¿Quiénes hacen cumplir el contenido de los Derechos Humanos?

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1. El Estado

3. Los Organismos Internacionales

Quiénes deben respetar los Derechos Humanos

2. Los particulares

¿Por qué?Porque los derechos de las personas terminan donde empiezan los derechos de los demás. (Art. II TP del CC).

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PROPIEDADES

DE LOS DERECHOS HUMANOS

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PROPIEDADES DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Las propiedades de los Derechos Humanos son: 1. Son Innegables, por ser la esencia de la

persona humana, o sea son aquellos derechos que por su naturaleza, son indiscutibles.

2. Son Imperativas, obligan aún cuando la autoridad no los sancione expresamente.

3. Son Evidentes, no requieren promulgación expresa.

4. Son Inviolables, deben ser respetado y protegido por el Estado, no deben ser violados.

5. Son Anteriores y Superiores, a las leyes, acuerdos, tratados y convenciones porque emanan de la misma naturaleza del ser humano.

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CARACTERÍSTICAS

DE LOS DERECHOS HUMANOS

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01. UNIVERSALES

02 . INNATOS

05. OBLIGATORIOS Y ABSOLUTOS

04. IRRENUNCIABLES

06. INALIENABLES

11. COMPLEMENTARIOS

09. INVIOLABLES

08. INDIVISIBLES

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

10. PROGRESIVOS

03 INHERENTES

07. IMPRESCRIPTIBLES

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1. UNIVERSALES

Por cuanto se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar; por tanto, no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial.

Queda por lo tanto terminantemente prohibido excluir de la titularidad y ejercicio de estos derechos (esto último, por sí o por medio de sus representantes, en caso de ser incapaz) a personas por pertenecer a una determinada raza, religión, concepción ideológica, género, clase social, nacionalidad o profesión.

Está profundamente ligada esta característica con la prohibición de discriminación.

Por el hecho de pertenecer al género humano, todo individuo de la especie los posee.

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2. Innatos

• Los Estados deben reconocer estos derechos, pues el individuo los trae consigo por su nacimiento como ser humano, no por concesión estatal, sino como don de la naturaleza.

• Se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.

• En caso de que el Estado no los reconozca puede exigírsele que lo haga.

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3. INHERENTES

• Es de la esencia de la naturaleza humana, innato y preexistente a la legislación positiva.

Todas las personas nacemos con derechos.

4. IRRENUNCIABLES • Ningún individuo de la especie humana puede renunciar a poseerlos.

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• Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.

• Aunque no exista ley que prevea condena por su violación, toda persona e incluso el Estado, debe respetarlos.

5. OBLIGATORIOS Y ABSOLUTOS

6. INALIENABLES

• Su propio carácter de irrenunciables, los hace también intransmisibles a otra persona por venta, ni susceptibles de apropiación por parte del Estado.

• No se puede despojar a nadie de estos derechos.

Por ejemplo: nadie podría legalmente, ponerle precio a su libertad, y venderse a otra persona como esclavo.

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7. IMPRESCRIPTIBLES

• No se adquiere ni se pierde por el simple trascurso de tiempo.

• Se adquiere por el mero hecho de ser un individuo de la especie humana.

• Se extinguirá, cuando la especie humana haya desparecido del Planeta.

8. INDIVISIBLES

• Los derechos son interdependientes.

• El no reconocimiento de uno de ellos pone en riego a los demás. Por ejemplo, negarles a las personas el derecho de aprender, les dificultaría el acceso a los derechos económicos, políticos o sociales, e incluso a su propia libertad y dignidad personal.

• Porque no tiene jerarquía entre sí; es decir, no se permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.

• Negar el derecho a la salud, obviamente, cierra la puerta a todos los demás derechos.

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• Nadie puede destruir los Derechos Humanos.

• Ni las leyes, ni las políticas pueden ser contrarias a los Derechos Humanos.

• Si fueran negados, destruidos o lesionados, sería un ataque a la DIGNIDAD HUMANA.

• Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad.

9. INVIOLABLES

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• El ser humano no puede perder los derechos ganados y también va descubriendo nuevos derechos que antes no se necesitaban.

• Dado el carácter evolutivo de los derechos, en la historia de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categoría de Derecho Humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.

• Es probable que otros derechos que hoy no son tenidos en consideración, pasen a serlo en el futuro.

10. PROGRESIVOS

• Los Derechos Humanos están relacionados entre sí, ningún derecho es más importante que otro.11. COMPLEMENTARIOS

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PRINCIPIOS

DE LOS DERECHOS HUMANOS

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1. Principio de Universalidad

2. Principio de Imprescriptibilidad

3. Principio de Irrenunciabilidad o inalienabilidad

4. Principio de Inviolabilidad

5. Principio de Autoejecutividad

6. Principio de Progresividad, Acumulativa e

Irreversibilidad

7. Principio de Relacional – integrativa

8. Principio de Igualdad

9. Principio de Corresponsabilidad

PRINCIPIOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

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1. Principio de Universalidad

Por su propia naturaleza el ser humano es titular de los Derechos Humanos.

El Art. 12 de la DUDH comprende a “todos los seres humanos”.

UNIVERSALIDAD

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2. Principio de Imprescriptibilidad• La existencia de los Derechos Humanos no ha de extinguirse nunca, ya

que al ser CONSUSTANCIALES A LA NATURALEZA HUMANA, tendrán vigencia en tanto existan seres humanos en la Tierra.

3. Principio de Irrenunciabilidad o inalienabilidad• Los derechos Humanos son de naturaleza óntica, no es posible renunciar

ni disponerlos arbitrariamente.

4. Principio de Inviolabilidad• No son inviolables, nadie puede ingresar a la esfera de los Derechos

Humanos, si lo hace es ilegítimo.

5. Principio de Autoejecutividad• Los Derechos Humanos son formulaciones ético-jurídicas, en la medida

que tiene una eficacia vinculante sobre todo el ordenamiento jurídico. No requieren de normas de desarrollo para su plena eficacia.

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6. Principio de Progresividad, Acumulativa e IrreversibilidadLos Derechos Humanos al ser producto de la evolución humana, se asumen como la expresión de la conciencia ética de la humanidad, fundada en la dignidad del hombre.

En tal entendido, los Derechos Humanos reconocidos quedan integrados al elenco de los derechos pre-existentes y no pueden ser suprimidos posteriormente.

Más, éste carácter se afirma en función a las exigencias del bien común y un principio de justicia, en el marco de los valores y bienes constitucionales.

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7. Principio de Relacional - integrativaPrincipio de indivisibilidad de los Derechos Humanos.

Superación de la visión jerarquizada de derechos de primera, segunda y tercera generación.

8. Principio de IgualdadLos Derechos Humanos protegen a todos los seres humanos por igual, ya sea garantizando la igualdad en la norma jurídica como en el trato; de donde se deriva que está prohibida toda discriminación por motivo de origen, sexo, raza, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

9. Principio de CorresponsabilidadTodos somos responsables de la protección de los Derechos Humanos. Sólo cuando el Estado, la sociedad, las instituciones y las personas asuman su compromiso con la plena vigencia de los Derechos Humanos, se hará posible su realización PLENA.

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DIVERSIDAD DE DEFINICIONES

DE LOSDERECHOS HUMANOS

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DIVERSIDAD DE DEFINICIONES

DERECHOSHUMANOS DERECHOS INHERENTES

EN DIFERENTE IDIOMA.

EL USO LINGÜÍSTICO DE CADA SOCIEDAD.

LAS DIFERENTES CULTURAS.

LA DOCTRINA DE LOS AUTORES.

LAS DISTINTAS POSTURAS, ETC.

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DERECHOS DEL HOMBRE

• Se utiliza la palabra "hombre", para asignar a aquellos derechos que son inherentes a la persona, en razón de su naturaleza humana, por lo cual todos los hombres son titulares de ellos, por igual.

• Esta denominación tiene sus orígenes en la Declaración del Hombre y del Ciudadano de 1789, la cual apunta al hombre como titular de los derechos.

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DERECHOS INDIVIDUALES• Se refiere a la individualidad de cada persona, su origen es de raíz liberal-

individualista, hace hincapié en que al tratarse de una persona humana u hombre, se trata de un "individuo".

Crítica a esta definición : • Porque el hombre en comparación con el resto de los animales, es una

persona, y no es cualquier individuo.

• El hecho de que al reducir al hombre a un individuo, se lo estaría apartando de la sociedad y del Estado, se estaría marcando un ser solitario y fuera de la sociedad.

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• DERECHOS DE LA PERSONA HUMANA

• Alude a que el hombre es ontológicamente una persona

humana, y se encuentra relacionada con la concepción de los derechos del hombre.

• Porque el hombre por su condición de persona humana es

titular de estos derechos.

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• DERECHOS SUBJETIVOS Hace referencia a que lo subjetivo es lo propio de un sujeto,

como es en el caso del hombre, nos estaría marcando de lo que le pertenece.

Esta expresión viene en contraposición del "Derecho Objetivo".

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• DERECHOS PÚBLICOS SUBJETIVOS

• Es a partir del momento en que los derechos aparecen insertados en la normativa constitucional.

• La palabra "Público", nos estaría ubicando al hombre frente al Estado, dentro del ámbito del derecho público.

Aparecen hacia fines del siglo XVIII, con el Constitucionalismo.

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• DERECHOS FUNDAMENTALES

• Al decir fundamentales, nos estamos refiriendo a la importancia de estos derechos y de su reconocimiento para todos los hombres.

• Hoy en día también se sostiene que hablamos de derecho fundamental cuando aparecen en el derecho positivo.

Los derechos humanos al encontrarse fundados en la naturaleza humana, no pueden tomar valor en el momento en el que ingresan a una norma, porque tienen un valor anterior.

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• DERECHOS NATURALES

"Arrastra una fuerte carga filosófica. Lo de "naturales"

En primer lugar, obedecer a una profesión de fe en el Derecho Natural, en un orden natural como fundamento de los derechos del hombre; mas moderadamente.

Segundo término, significa que los derechos que le son debidos al hombre, le son debidos en razón de las exigencias propias de la naturaleza humana, con lo que de alguna manera hay que compartir la idea de que el hombre tiene naturaleza.

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• DERECHOS INNATOS

Al decir innatos, nos estamos refiriendo a que estos derechos, se encuentran en la naturaleza misma del hombre, se encuentran adheridos a él.

Ser reconocidos por el Estado.

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• DERECHOS CONSTITUCIONALES• Son los derechos que se encuentran insertados dentro de la

Constitución.

• Al estar incorporados dentro de la Constitución tienen constancia y están reconocidos.

• DERECHOS POSITIVIZADOS Son los derechos que aparecen dentro de un orden

normativo, y poseen vigencia normológica.

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• LIBERTADES PÚBLICAS

• Es de origen francés y está relacionada con los derechos individuales, los derechos públicos subjetivos, los derechos civiles de primera generación, etc. Las podemos ubicar dentro de los "Derechos Positivizados".

La crítica Estas libertades no introducen a los derechos de segunda

generación, o sea, los derechos sociales.

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CLASIFICACIÓN DE LOS

DERECHOSHUMANOS

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1. POR SU CONTENIDO.

2. POR EL NÚMERO DE PERSONAS

DESTINATARIAS DEL DERECHO.

3. EN RELACIÓN AL TIEMPO.

CLASIFICACIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOS

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1. POR SU CONTENIDO

• DERECHOS CIVILES

• DERECHOS SOCIALES

• DERECHOS ECONÓMICOS

• DERECHOS CULTURALES

• DERECHOS POLÍTICOS

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• Individuales y

• Colectivos

2.POR EL NÚMERO DE PERSONAS DESTINATARIAS DEL DERECHO

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3. EN RELACIÓN AL TIEMPO

• Derechos de Primera Generación.

• Los Derechos de Segunda Generación.

• Los Derechos de Tercera Generación.

• Los Derechos de Cuarta Generación.

• Los Derechos de Quinta Generación.

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DERECHOS HUMANOSPOR SU

CONTENIDO

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1. POR SU CONTENIDO

• DERECHOS CIVILES

• DERECHOS SOCIALES

• DERECHOS ECONÓMICOS

• DERECHOS CULTURALES

• DERECHOS POLÍTICOS

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POR SU CONTENIDO • Que son aquellos que le corresponden a

la persona como individuo, independientemente de su rol social, y que hacen a su vida y a su libertad personal.

• Son exigibles contra cualquiera.

DERECHOS CIVILES

• Derecho a la vida.• Derecho a la libertad personal.• Derecho a ejercer libremente su culto.• Derecho a reunirse.• Derecho a asociarse con fines útiles.• Derecho a la dignidad, al honor, al nombre.

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• Son los que le corresponden a las personas por su rol en un determinado contexto social, por hallarse desprotegidos frente a una situación desigual con respecto a otros que podrían abusar de tal circunstancia.

Derechos sociales

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• Así son derechos sociales fundamentalmente los referidos al trabajo.

• La situación de necesidad en que se halla el trabajador, lo coloca en una posición susceptible de ser objeto de abusos.

Tal como había sucedido durante la revolución industrial, que fue una muestra mas que elocuente de lo que pueden hacer los empleadores con sus empleados si no existen leyes que limiten su accionar.

• En otros casos el Estado interviene para proteger a aquellos miembros del cuerpo social que se hallan en situación de inferioridad y necesitan mayor atención por su estado de salud o por su edad avanzada, concediéndoles seguro social, pensiones y jubilaciones.

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Son aquellos que tienen un contenido económico, como por ejemplo, el derecho a contratar, el derecho de propiedad, el de comerciar, etc.

DERECHOS ECONÓMICOS

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Son los que tienen un contenido que hace a la capacitación del ser humano, con vistas a su perfeccionamiento, y es compatible con los derechos sociales y su relación con las costumbres propias de un determinado espacio geográfico :

Por ejemplo, el derecho de enseñar y aprender, etc.

Derechos culturales

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Son los que le corresponden al ciudadano para participar como miembro activo del poder político en un gobierno democrático, por sí o a través de sus representantes.

DERECHOS POLÍTICOS

• El derecho de sufragio.

• A afiliarse a un partido político.

• A ser elegido para un cargo de gobierno.

• A participar en la presentación de un proyecto de ley.

• En un plebiscito, o en una consulta popular.

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POR EL NÚMERO DE PERSONAS

DESTINATARIAS DEL DERECHO

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• Individuales y

• Colectivos

2.POR EL NÚMERO DE PERSONAS DESTINATARIAS DEL DERECHO

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Derechos individuales

• Los derechos individuales son aquellos de los que goza un individuo como el derecho a la vida, a la libertad, salud, expresión, etc.

• Todos ellos están reconocidos en la Constitución y en la Declaración de los derechos del hombre.

Son los que conocemos como garantías individuales

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Los derechos colectivos• Los derechos colectivos son derechos humanos

específicos de los cuales son titulares ciertos grupos humanos.

• Los derechos colectivos son parte de los llamados derechos de tercera generación cuyo reconocimiento internacional fue históricamente posterior a la de los derechos civiles y políticos (primera generación ) y a la de los derechos económicos, sociales y culturales (segunda generación).

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• Algunos derechos de tercera generación son el derecho al desarrollo, a la paz, al patrimonio artístico y cultural, a un medio ambiente sano, los derechos de los pueblos indígenas y los de los consumidores.

Los derechos colectivos

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DERECHOS HUMANOSEN

RELACIÓN AL TIEMPO

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3. EN RELACIÓN AL TIEMPO

• Derechos de Primera Generación

• Los Derechos de Segunda Generación

• Los Derechos de Tercera Generación

• Los Derechos de Cuarta Generación

• Los Derechos de Quinta Generación

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Derechos de Primera Generación

• Fueron los que importaban a la sociedad burguesa que lideró la Revolución Francesa de 1789.

• Se trataba de una concepción liberal del Estado, que requería su abstención, y un libre desarrollo de la individualidad.

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• Propiciaron la incorporación a partir de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, los derechos civiles, los patrimoniales y los políticos.

La Revolución Francesa se realizó para terminar con el absolutismo monárquico, y permitir la intervención popular en los asuntos de gobierno.

Se buscaba favorecer al individuo libre, propietario y que tuviera un alto grado de participación política.

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Los Derechos de Segunda Generación

• Surgieron a partir del siglo XIX, cuando los ricos

burgueses, dueños de las fábricas, debieron afrontar

ahora el surgimiento de los movimientos obreros, que

luchaban por lograr condiciones dignas de trabajo, que

les habían sido desconocidas a partir de la Revolución

Industrial, y que no habían sido contempladas luego de

la Revolución Francesa, ya que a los ricos burgueses,

sus patrones, les convenía más tener una masa de

trabajadores marginados, como mano de obra dócil y

barata.

Derechos sociales y culturales

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• A partir de esta etapa los trabajadores apoyados por los movimientos socialistas, lograrán progresivamente, el establecimiento de jornadas de labor de ocho horas, condiciones dignas, descanso dominical, el derecho a constituir sindicatos, etc.

• El Estado aparece ahora como garante de la igualdad de oportunidades entre los ciudadanos, impidiendo abusos de parte de los socialmente más favorecidos.

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Los Derechos de Tercera Generación• Nace por las nuevas circunstancias en el mundo hicieron palpable

la necesidad de proteger no solo a las personas en su individualidad (derechos de primera generación) o en relación a otros miembros del cuerpo social (de segunda generación).

Ahora los sujetos de derechos son colectivos, considerando el derecho de los pueblos.

• En efecto, las guerras mundiales demostraron la necesidad de los pueblos de ver garantizado su derecho a la paz.

• El mundo globalizado dio nacimiento al reconocimiento del derecho a la solidaridad, el ambiente víctima de la acción humana durante tantos años, comenzó a dar muestras de que necesitaba protección para el bien de todos.

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• Las nuevas condiciones del consumo a gran escala, dejaron desprotegido al

consumidor, muchas veces, víctima de contratos de adhesión (en los que su voluntad

no es tenida en cuenta, sino que solo firma las condiciones de quien realiza la oferta,

sin darse cuenta de algunas, colocadas en “letra chica”). Así también surgen los

derechos del consumidor. O sea, que entre estos derechos de tercera generación se

incluyen: 

• El derecho a la paz.• El derecho a la solidaridad.• El derecho a un ambiente sano y. • Los derechos del consumidor

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TEORÍA DE LOS

DERECHOSHUMANOS

Page 77: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

TEORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Cuando hablamos de la palabra derecho, hacemos hincapié en un poder o facultad de actuar, un permiso para obrar en un determinado sentido o para exigir una conducta de otro sujeto.

• Son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros. el hombre es el único destinatario de estos derechos. por ende, reclaman reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad..

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DIMENSIONES DE LA TEORIA DE LOS

DERECHOS HUMANOS

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DIMENSIONES DE LA TEORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

HISTÓRICAS

FILOSÓFICAS

NORMATIVA

POLÍTICA

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Resultado de un largo proceso de luchas y guerras, y se van ampliando su reconocimiento y protección de acuerdo a las nuevas necesidades. Ejm. El derecho al agua.

DIMENSIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

Resultado de la evolución de la personas en el mundo

HISTÓRICA

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HISTÓRICAS

Resultado de hechos que sensibilizaron a las naciones del mundo .

Su desarrollo depende de la historia de la Humanidad.

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FILOSÓFICAS

• Se originan una serie de ideas o interpretaciones.

• Relaciones sociales.

• Vinculación con el Estado.

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FILOSOFÍA / ÉTICA

Regla de vida Principio de valor Derecho

Tratar a todos por igual Igualdad Derecho a la igualdad y no a la discriminación.

Respetar las ideas de los demás

Tolerancia Derecho de opinión y libertad de expresión.

No robar Respeto Derecho a la propiedad.

Respeto al medio ambiente Solidaridad Derecho a un medio ambiente sano.

DIMENSIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

Valores aceptados por los seres humanos, como la igualdad, libertad o solidaridad

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DIMENSIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

POLÍTICA

Formas de relación entre las personas y el Estado

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POLÍTICAS

• Porque son una representación de la relación entre las personas y el poder público.

• Se requiere que desde el Estado se adopten decisiones para la protección de los Derechos Humanos.

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NORMATIVAS Se han transformado en un conjunto de normas que los Estados tienen que cumplir y respetar prioritariamente.

• Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables e imprescriptibles.}

• No están bajo el comando del poder político, sino que están dirigidos exclusivamente por el hombre.

Así como todos los hombres poseen un derecho, siempre otro hombre o Estado deberá asumir una conducta frente a esos derechos, de cumplir con determinadas obligaciones de dar, hacer u omitir.

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CARACTERÍSITICAS LÍMITES O RESTRICCIONES

OBLIGACIONES

Conjunto de características que blindan a los Derechos Humanos frente a cualquier posibilidad de limitaciones.

Obligaciones que tiene el Estado frente a los Derechos Humanos

Para limitar derechos debe estar tipificados en las normas.

Identificación de un contenido para cada derecho, sobre el cual el Estado debe de cumplir sus obligaciones.

DIMENSIÓN NORMATIVA

CONTENIDO DE DERECHOS

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DIMENSIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

NORMATIVA

Normas de cumplimiento obligatorias para los Estados

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FILOSOFÍA / ÉTICA

POLÍTICAJURÍDICA / NORMATIVA

HISTÓRICA

Valores aceptados por los seres humanos, como la igualdad, libertad o solidaridad.

Normas obligatorias para los Estados

Formas de relación entre las personas y el Estado.

Resultado de la evolución de la personas en el mundo.

Regla de vida Principio de valor

Derecho

Tratar a todos por igual

Igualdad Derecho a la igualdad y no a la discriminación.

Respetar las ideas de los demás

Tolerancia Derecho de opinión y libertad de expresión.

No robar Respeto Derecho a la propiedad.

Respeto al medio ambiente

Solidaridad Derecho a un medio ambiente sano.

Resultado de un largo proceso de luchas y guerras, y se van ampliando su reconocimiento y protección de acuerdo a las nuevas necesidades. Ejm. El derecho al agua.

DIMENSIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

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¿Los Derechos Humanos es un concepto multidimensional?

• Dimensión

normativa

• Dimensión ética

• Dimensión política

• Dimensión histórica

Cuando el Estado no cumpla con respetar y garantizar nuestros derechos, podamos acudir ante un juez para que resuelva y nos reponga el derecho vulnerado.

Representan valores aceptados por todos los seres humanos, como la igualdad, libertad o solidaridad.

Es una forma de relación entre las personas y el Estado

Resultado de un largo proceso de luchas y guerras, y se van ampliando su protección de acuerdo a las nuevas necesidades. Ejm. El derecho al agua.

El concepto de los Derechos humanos es de naturaleza multidimensional:

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MUCHAS GRACIAS

MUCHAS GRACIAS

Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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Mgtr. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

UNIDAD DIDÁCTICA 02

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EVOLUCIÓN HISTÓRICADE LOS

DERECHOS HUMANOS

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EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS DERECHOS HUMANOS

• INTRODUCCIÓN

• La expresión de “Derechos Humanos", es de origen reciente. Su fórmula es de inspiración francesa, "DERECHOS DEL HOMBRE", se remonta a las últimas décadas del siglo XVIII. Pero la idea de una ley o legislador que define y protege los derechos de los hombres es muy antigua.

Los Derechos Humanos se establecieron en el Derecho Internacional a partir de la segunda guerra mundial, en documentos destinados a su protección por su importancia y necesidad de respeto.

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS

A) La Carta Británica del Siglo XIII (1215)

INGLATERRA

- Prohibición de Encarcelamiento.- Prohibición de Destierro.- Prohibición de Expropiación.- Prohibición de Castigo Sin Previo Juicio.- Derecho a la Libertad de Circulación.

Principales Derechos Reconocidos

Hábeas Corpusde la LIBERTAD PERSONAL

y Control del Poder Estatal

como mecanismo

de protección

El Siglo XIII inicio de la Carta MAGNA Inglesa, otorgada por el Rey “JUAN SIN TIERRA” el 15 de junio de 1215.

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1215 : Carta Magna Inglesa

• La CARTA abrió la puerta para el DESARROLLO DE LA CONSTITUCION Y L A DEMOCRACIA.

Dice que “La Carta Magna es el antecedente más remoto de los Modernos Derechos Humanos y del Constitucionalismo Contemporáneo”.

MIRÓ QUESADA RADA

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The Petitión of Right de 1628

El Hábeas Corpus de 1679

The Bill of Right de 1689

Documentos que han sido inspiración para las Revoluciones Norteamericanas y Francesas.

Carlos I de Inglaterra lucha contra Francia y España, se vio obligado a pedir fondos al Parlamento, antes de someter a votación éstos le impusieron la Petición de Derechos.La libertad política y

Las libertades individuales La Imposiblilidad de recaudar impuestos,

El de no efectuar detenciones arbitrarias yEl de no establecer tribunales de excepción

El rey aceptó la petición, se aplicó por dos años hasta que se terminara la guerra, ya no tuvo necesidad del PARLAMENTO y reinó como soberano absoluto hasta su muerte, en 1649.

El derecho del acusado a un proceso legal y el respeto de las libertades y los derechos reconocidos por las leyes y estatutos del reino

B) Revolución Inglesa del Siglo XVII

The Petitión of Right de 1628

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Hábeas Corpus de 1679

El Hábeas Corpus garantizaba la libertad individual contra las detenciones y represiones arbitrarias.

El Hábeas Corpus permitía al juez ordenar que le fuera presentado al acusado en persona, en el plazo de tres días, a fin de determinar si su detención era legal o no.

La forma del mandato de detención era por escrito para:

-Evitar traslados arbitrarios.

-Garantizarle el resarcimiento de daños y perjuicios en caso de transgresiones y

responsabilizar a los ejecutantes.

- Estableció multas y sanciones para los funcionarios negligentes.

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“ The Bill of Rights” de 1689

LA DECLARACIÓN DE DERECHOS

precisó lo siguiente:

Atribuciones Legislativas del Parlamento frente a la Monarquía

Estableció la Libertad de Elecciones de los parlamentarios

Consignó algunas GarantíasDerecho de Petición

Prohibió las Penas Crueles

Protegió el Patrimonio Personal frente a las Multas Excesivas

Virtudes de la Carta de Derechos

Que NADIE podía ser DETENIDO SIN MANDATO JUDICIAL

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1776 : Declaración de la Independencia de los EE.UU.

• El Congreso de Filadelfia proclamó la Independencia de los EE.UU. el 04 de Julio de 1776, con expresión unánime de sus trece Estados, reconoce DERECHOS ESENCIALES DEL HOMBRE “cuyo amparo y protección constituyen la finalidad del Estado”.

• La Carta estableció: la igualdad de todos los hombres, el reconocimiento de los derechos individuales y la garantía de estos derechos por los gobiernos constituidos, cuyos poderes los confieren los gobernados.

• Estos principios estaban inspirados en el Derecho Natural:• Como el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de

la felicidad.

ESTADOS UNIDOSDE NORTEAMÉRICA

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El 17 de Setiembre 1787 se promulgó la Constitución de los EE.UU.

• La Constitución consagró: - El Derecho a la libertad religiosa, - El Derecho de expresión, - El Derecho de reunión - El Derecho a las garantías de la inviolabilidad del domicilio - El Derecho de propiedad y otras garantías

• En 1789 se agregó 10 primeras enmiendas a la Constitución y Consagra el Derecho a:• La libertad religiosa;

• Las libertades de palabra, prensa y reunión;

• La inviolabilidad del hogar;

• La seguridad personal;

• El derecho de propiedad y Algunas garantías judiciales.

LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

Imitando la tradición inglesa, se prescribe que nadie puede ser juzgado en materia criminal sino por el fallo de jurados.

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LA REVOLUCION FRANCESA

El siglo XVIII llamado el siglo de las luces entre 1715 y 1789.

• La Revolución Francesa de 1789 instaura los derechos del hombre y del ciudadano.

• Se reconocen los derechos políticos de la clase obrera y el fin de las prerrogativas de los dirigentes.

FRANCIA

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REVOLUCION FRANCESA• Se pone en marcha un proyecto :

LIBERTAD

IGUALDAD

FRATERNIDAD

Se proclamó las grandes metas de la justicia social, que hasta hoy en día perdura.

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Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Derechos reconocidos: libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.

Garantías fundamentales: igualdad, participación, derecho a un proceso judicial, libertad religiosa y de expresión.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Es una declaración compuesta de 17 artículos y precedida de un Preámbulo.

Que contiene los derechos fundamentales del ser humano.

Se afirma que los derechos contenidos en la Declaración son: naturales, inalienables y sagrados.

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• La Constitución de los Estados Unidos de América, así como las Declaraciones de las excolonias.

• Sirvieron de inspiración a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

A diferencia de las Declaraciones Americanas, la Declaración Francesa tuvo carácter de universalidad, lo que significa que: Los derechos conceptuados, Los preceptos señalados, Así como las garantías son reconocidos para todos los seres humanos.

La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, sienta las bases de las futuras CONSTITUCIONES FRANCESAS, de las MODERNAS CONSTITUCIONES DEL MUNDO y de la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS.

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PRIMERASCONSTITUCIONES

FRANCESAS

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Constitución Francesa de 1791

La Constitución francesa de 1791 afirma, que en un ESTADO DE DERECHO NO MANDAN HOMBRES SINO LEYES, y los órganos del Estado solo pueden exigir lo expresado en la ley.

“La Constitución es monárquica, pero el Rey es concebido como delegado de la Nación y sujeto a la soberanía de la ley”.

Se establece una separación rigurosa de poderes, pero con manifiesto predominio del legislativo; es decir, el Rey no convoca ni suspende, ni disuelve a la Asamblea, pero a su vez la Asamblea carecía de fiscalización sobre el Ejecutivo.

La persona del Rey era sagrada e inviolable y los ministros solo estaban sujetos a responsabilidad penal.

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Constitución Francesa de 1793

Establece, que el pueblo el que debe discutir y aprobar las leyes, de manera que las actas legislativas o proyectos de leyes aprobadas por la Asamblea Legislativa pasen a la ratificación de los electores, quienes por medio de los Colegios Municipales o Asambleas Primarias se encargarán de su aprobación o desaprobación.

Esta Constitución fue redactada tras la revolución de febrero de 1848, por el gobierno provisional francés, en donde se estableció:

El sufragio universal, Abolió la pena de muerte por motivos políticos,

Reducía las horas de trabajo,

Introducía medidas sociales,

Garantizaba la libertad de enseñanza y la libertad de trabajo,

Reconocía el derecho de asociación y de petición, y

Abolía la esclavitud en todo el territorio francés, incluidas en sus colonias.

Constitución Francesa de 1848

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DERECHOS HUMANOSEN LAS

CONSTITUCIONES DE SIGLO XXI

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Derechos Humanos en las Constituciones del Siglo XXI

El giro definitivo llega con en el siglo XX cuando nace el interés por proteger a personas concretas y en situaciones de inferioridad en los estratos sociales:

• Niños y niñas.

• Madres en gestación.

• Ancianos.

• Discapacitados.

• Usuarios.

• Consumidores, etc.

Que se hará realidad con la dación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales.

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Derechos de Segunda Generación

MÉXICO

Producto

Particulares Sociedad o Estado

surge como

Constitución Mexicana de 1917

Por primera vez consagra los Derechos Sociales

Se Considera de Derechos de Prestación

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Derechos Económicos

Derechos Sociales

Derechos Culturales

RUSIA

A través de ella se expresa

se da

que dan

El 4 de enero de 1918

La Declaración de los Derechos del pueblo trabajador y explotado

Las Reivindicaciones Económicas de la Clase Trabajadora

Origen

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Libro II Importancia

Derechos Económicos y

Sociales

En esta Constitución se incorpora por

primera vez todos los Derechos Humanos

Dedica su

ALEMANIA

Constitución de Weimar de 1920

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EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

PRIMERA GENERACIÓN

SEGUNDA GENERACIÓN

TERCERA GENERACIÓN

CONTEXTO HISTÓRICO

REV. FRANCESAREV. INGLESA

REV. SOCIALISTASAUGE del MOV. OBRERO

REV. ANTICOLONIALISTAS; ACCESO a las INDEPENDENCIAS, FENÓMENOS de GLOBALIZACIÓN

DERECHOS HUMANOS

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

DERECHO al DESARROLLO; a la PAZ; al MEDIOAMBIENTE; ASISTENCIA HUMANITARIA

SUJETO INDIVIDUO COLECTIVO PUEBLO;COLECTIVOS ESPECÍFICOS: Mujeres, infancia, indígenas …

PRESUPUESTOS LIBERTADES FORMALES ESTADO SOCIAL de DERECHO

FORTALECIMIENTO SOCIEDAD CIVIL

NECESIDADES CONSTITUCIONALISMO DEMOCRACIAS FORMALESDELEGACIÓN

DEMOCRACIAS Y PARTICIPACIÓN

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MUCHAS GRACIAS

MUCHAS GRACIAS

Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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UNIDAD DIDÁCTICA N° 03

Mgtr. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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FUNDAMENTO DE LOS

DERECHOS HUMANOS

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¿Qué es fundamento?

Fundamento es el argumento, la razón con que se pretende afianzar y asegurar una idea.

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Los Derechos Humanos son susceptibles de fundamentación filosófica, siendo ésta una preocupación constante que acompaña la evolución de la cultura humana desde que por primera vez los estoicos abordaron esta problemática.

FUNDAMENTACIÓN FILOSÓFICA DE LOS DERECHOS HUMANOS

La filosofía de los Derechos Humanos, se ocupa de los Derechos Humanos, LOS EXPLICA y BUSCA EL CONOCIMIENTO de su entidad, consistencia y fundamento.

Es una filosofía que busca una respuesta para la defensa y reivindicación de

estos derechos.

Lo filosófico de los Derechos Humanos, es un aspecto jurídico-político, el cual contiene un gran contenido axiológico, pudiendo considerarse a los Derechos Humanos como VALORES. Estos derechos se encuentran ligados con la ÉTICA de la LIBERTAD, de la IGUALDAD y de la PAZ.

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FUNDAMENTACIÓN DE LA DOCTRINA CLÁSICA

DE LOSDERECHOS HUMANOS

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La doctrina clásica distingue cuatro posturas sobre el fundamento de los Derechos Humanos y son:

POSICIÓN DE LA DOCTRINA CLÁSICA

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4. FUNDAMENTACIÓN ÉTICA

3. FUNDAMENTACIÓN POSITIVISTA

1. FUNDAMENTACIÓN IUSNATURALISTA

2. FUNDAMENTACIÓN HISTORICISTA

Considera a los Derechos

Humanos como producto de

la evolución histórica.

Considera que los Derechos Humanos son CONSTITUIDOS POR LEY.

Considera como exigencias morales, son valores inherentes a la dignidad humana, como la libertad, igualdad identidad y bienestar.

Considera a los Derechos Humanos como derechos naturales.

No importa la raza, el sexo, la religión; tampoco importa si somos pobres o ricos, o el lugar en que vivimos.

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FUNDAMENTACIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOSNobak y Namihas

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¿Fundamento de los Derechos Humanos según Fabián Nobak y Sandra Namihas?

Dicen que, el Fundamento de los Derechos Humanos radica en el CONCEPTO MISMO DE LA DIGNIDAD HUMANA.

Esta postura está construida en base al pensamiento de KANT, quien utilizaba como sinónimos los términos de dignidad y personalidad y están identificados con la condición de persona, razón a ella el hombre no es un medio sino un fin y que justamente en ello radica su dignidad.

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DEFINICIÓN DE DIGNIDAD

Según ASÍS ROIG RAFAEL: “LA DIGNIDAD SUPONE EL PLENO DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD DEL SER HUMANO, PARA LO CUAL RESULTA IMPRESCINDIBLE QUE ÉSTE GOCE EFECTIVAMENTE DE UN CONJUNTO DE DERECHOS FUNDAMENTALES”.

• Entonces no es posible hablar del ser humano sin dignidad, como tampoco es posible hablar de una vida digna sin libertad, igualdad, integridad, honor, etc.

• En consecuencia, los Derechos Humanos deben existir y ser reconocidos, porque esta es la única manera de garantizarle a la persona una vida digna.

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LIBERTAD SEGURIDAD

IGUALDAD SOLIDARIDAD

L. PsicológicaL. MoralL. Social, Política y Jurídica

I. Material. Oportunidades. Igualdad Económica

I. Jurídica. Generalidad del derecho

. Trato Igual.

. Diferenciación en circunstancias especiales

Condiciones mínimas de tranquilidad y ausencia de temor

Contribuir en autonomía, libertad moral de las personas

LA DIGNIDAD HUMANA IMPLICA CUATRO VALORES ESENCIALES

Éstas están en relación armónica, en algunos casos limitan en otros impulsan para un adecuado y PLENO GOCE DE LOS DERECHOS HUMANOS

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1. LIBERTAD

La libertad es la “condición imprescindible para la acción que permite alcanzar a cada individuo los objetivos y fines morales que persiga y que son la expresión de la dignidad humana”. La libertad por ser valor central, los otros valores se apoyan como es la igualdad, seguridad y solidaridad.

Su importancia radica de su conexión con los fines del hombre mismo.

La definición dada presenta tres alcances:

1.1. Libertad Psicológica. • Nos permite escoger en un universo de posibilidades lo deseado.

• Esta libertad es innata al ser humano y, al igual que el lenguaje o la capacidad de abstraer y de construir conceptos generales, nos distingue de los demás animales.

1.2. Libertad Moral.

Nos permite elegir entre lo que es correcto o lo incorrecto.

1.3. Libertad Social, Política y Jurídica. • El hombre como ser social, ejerce sus libertades teniendo como contexto a la sociedad,

en base a sus relaciones interpersonales, que puede ser de manera negativa o positiva, debido a su autonomía.

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2. IGUALDAD

Se puede clasificar en dos grupos: Igualdad material y igualdad jurídica.

• 2.1. Igualdad Material o Formal. Es el equilibrio de bienes y situaciones tanto económicas y sociales. Esta igualdad puede ser entendida, a su vez en dos sentidos:

Igualdad de Oportunidades, base de los derechos económicos, sociales y culturales.

Igualdad Económica, equiparada con la igualdad de remuneraciones y de propiedad.

• 2.2. Igualdad Jurídica. Identificada con el principio de igualdad ante la ley. Este valor se traduce en tres exigencias a saber son:

La generalidad del Derecho, es decir, la garantía de que a todos los ciudadanos se les aplicará la misma norma.

Un trato igual de situaciones entendidas como pares, es decir, la equiparación de situaciones no idénticas pero en donde sus diferencias no son relevantes para el derecho.

La diferenciación en circunstancias o situaciones que puedan ser similares pero que factores importantes (como su condición de discapacitado, mujer embarazada, anciano o niño) exhortan una reglamentación o trato diferente.

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3. SEGURIDAD

4. SOLIDARIDAD

La finalidad de este valor, como fundamento de los derechos, es contribuir a la autonomía, independencia o libertad moral de las personas.

A través de este valor se crea las condiciones mínimas de tranquilidad y

ausencia de temor para que el hombre pueda ejercer su libertad, frente a la

posibilidad del abuso del poder del Estado. Por tanto, es un valor

procedimental y garantizador del valor libertad.

Estos cuatro valores están en una relación armónica, en donde a veces unos limitan los excesos de otros, y otros lo impulsan y potencian, es la adecuada, para un sistema de Derechos Humanos fundados en ellos.

Page 130: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

MUCHAS GRACIAS

MUCHAS GRACIAS

Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]

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FUNDAMENTACIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOSNorberto Bobbio

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Tesis de NORBERTO BOBBIO

• La Tesis de NORBERTO BOBBIO fue sustentada en Italia en 1964, donde afirmaba que: No era posible ni deseable encontrar un fundamento absoluto de los Derechos Humanos.

• El problema fundamental de los derechos del hombre

no consiste en justificarlos, cuanto protegerlos: el problema filosófico debe dejar paso al problema político o jurídico – político.

• Años más tarde este pensador daba por resuelto el problema, sosteniendo que el problema de la fundamentación filosófica de los Derechos Humanos ha tenido su solución en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

• El punto crucial fue superado cuando se reunieron en Italia entre los días 14 al 19 de setiembre de 1964 un grupo entendidos en la materia.

• “Le Fondement des Droits de l`home” le tocó a Chaïm Perelman plantear la posibilidad del fundamento de Derechos Humanos.

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Tendencias que

fundamentan filosóficamente los Derechos

Humanos

1. FUNDAMEN

TACIÓN OBJETIVISTA

2. FUNDAMENT

ACIÓN SUBJETIVISTA

3. FUNDAMENTAC

IÓN INTERSUBJETIVI

STA

A partir de 1964 se perfilan tres grandes tendencias que fundamentan filosóficamente los Derechos Humanos, desde la filosofía, los Derechos Humanos, conforme ha demostrado el español Pérez Luño.

Page 134: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

• 1. FUNDAMENTACIÓN OBJETIVISTA• Se expresa en dos aspectos: El primero referido a la ÉTICA MATERIAL DE LOS VALORES, cuya fuente de inspiración es el

movimiento fenomenológico, que surgió como intento de superar el riguroso formalismo atribuido a la ley moral kantiana.

• Según este enfoque, el orden objetivo y jerárquico de valores no pueden ser conocidos a través de la razón , sino aprehendido por el sentimiento y la de su evidencia.

• Segundo aspecto está referido al objetivismo ontológico cristiano, que nace con el propósito de recuperar el nexo entre el ser y el valor.

2. FUNDAMENTACIÓN SUBJETIVISTA

• Dirigido a la reivindicación del primado de la libertad individual como fundamento de los valores ético-político.

• Es una suerte de salvación del ser humano, del ser individual, dirigida según Kart Popper, a la defensa de la sociedad democrática, abierta y pluralista.

• 3. FUNDAMENTACIÓN INTERSUBJETIVISTA

Concibe los Derechos Humanos como valores intrínsecamente comunicables, es decir, como categorías que por expresar necesidades históricas y sociales compartidas permiten suscitar un consenso generalizado sobre su justificación.

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FUNDAMENTACIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOSSegún las Escuelas Argentinas

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FUNDAMENTACIÓN

FILOSÓFICA SEGÚN LA

ESCUELA DE ARGENTINA

Éstas mantienen una misma postura,

afirmando que el derecho no es

una norma solamente SINO el derecho es un fenómeno social

de la convivencia, de

la vida y del mundo jurídico, consistiendo en

conductas humanas

2. La EGOLOGÍA de Carlos Cossio

1. El TRIALISMO de Werner

Godlschmidt

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1. El TRIALISMO de Werner Godlschmi

dt

La REALIDAD, o sea la

dimensión sociológica u

orden de conductas

Las NORMAS , o sea la

dimensión normativa u

orden normativo.

El VALOR, o sea la

dimensión dikelógica u

orden de valor

Se reconoce en el DERECHO la unión de tres DIMENSIONES

Siendo la principal dentro de estas dimensiones: es la REALIDAD: compuesta por las conductas de los hombres.

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2. La EGOLOGÍA de Carlos

Cossio

Porque la vida jurídica, se

encuentra dentro de un fenómeno de la sociedad.

La NORMA es un modo de conceptualizar el

DERECHO, el Derecho es conducta. Toda

conducta jurídica es valiosa

Esta Escuela considera como OBJETO de la ciencia jurídica a la CONDUCTA HUMANA, en vez de las normas

Esta Escuela sostiene que no hay conductas que no están en el Derecho, porque siempre están: ya sea en el ejercicio de una potestad, en el cumplimiento de un deber, en la violación de una obligación o en el padecimiento de una sanción está la conducta.

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IDEOLOGÍA DE LOS

DERECHOS HUMANOS

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140

IDEOLOGÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS

• Concepto:• Son las ideas que los hombres nos forjamos sobre lo

que es, como es y como debería ser el régimen político.

• Esta ideología es la que contiene todas las esperanzas de cómo queremos que sea dicho régimen.

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La filosofía de los Derechos Humanos PENETRA A UN ÁMBITO PRÁCTICO, CON EL FIN DE NORMATIVIZARSE EN EL RÉGIMEN POLÍTICO.

Es cuando la filosofía comienza a formarse en una ideología de Derechos Humanos.

Estado

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El Régimen Político tiene una filosofía de CONSERVACIÓN DE

PRINCIPIOS, IDEAS, VALORACIONES Y PAUTAS QUE LE SIRVEN DE ORIENTACIÓN.

De modo la filosofía asume el papel de una ideología que va orientar al régimen político.

Page 143: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

CIENCIADE LOS

DERECHOS HUMANOS

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CIENCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

• INTRODUCCIÓN:• Cuando afirmamos que la filosofía es ciencia, la Filosofía de los

Derechos Humanos ya entra en el radio de los Derechos Humanos, con ayuda de la historia, sociología, ética y antropología.

• La filosofía de los Derechos Humanos demanda conocer su historia, sus concepciones, fundamentos y valores socialmente aceptados.

144

Page 145: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

• DEFINICIÓN:

• La ciencia de los Derechos Humanos, es una rama particular de las ciencias sociales, que tiene como objeto estudiar las relaciones entre los hombres en función de la dignidad humana, determinando los derechos y la facultades necesarios en conjunto para el desarrollo de la personalidad de cada ser humano.

145

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• A la Ciencia de los Derechos Humanos, podemos llamarla también “DERECHO DE LOS DERECHOS HUMANOS”, como señalamos en otras áreas del Derecho Objetivo como Derecho Constitucional, Derecho Civil, entre otros.

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• El derecho de los derechos fundamentales, equivaldría a la parte del derecho general que tiene como objeto de análisis y estudio de los Derechos Humanos.

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FUNCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS• 1. Desde un punto de vista filosófico• Dan la orientación necesaria para introducir dentro del derecho los Derechos Humanos.

(Positivización).

147

• Dentro del derecho, son los que buscan el bien común, garantizando el desarrollo de todas las personas, basándose en la dignidad.

• Limitan el abuso del poder, fundándose en la ética, libertad, igualdad y la paz.

Page 148: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La función de los Derechos Humanos de instalar al hombre dentro de una comunidad política de acuerdo con su dignidad de persona; para que goce de los Derechos Fundamentales.

La función de que los Derechos Humanos es estar dentro de un orden público jurídico del Estado. Fundado en un sistema de valores, para promover el desarrollo de los derechos.

Page 149: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La función de la tutela jurisdiccional de los Derechos Humanos, goce del Derecho de Tutela Jurisdiccional.

149

La función de lograr que el hombre tenga sus necesidades básicas cubiertas, goce de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

• 2. En el orden jurídico y político• El Estado es el encargado de

garantizar su tutela y defensa para poder mantener un orden social.

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UNIDAD DIDÁCTICA N° 04

Page 151: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

151

DE LOS DERECHOS HUMANOS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Los Estados están obligados a reconocer mediante los textos constitucionales su plena vigencia de los Derechos Humanos.

El tránsito de los Derechos Humanos hacia los Derechos Fundamentales es lo que se conoce como el proceso de positivación.

Page 152: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

152

DESLINDE DE CONCEPTOS DE: DERECHOS HUMANOS, DERECHOS FUNDAMENTALES Y DERECHOS CONSTITUCIONALES

Los Derechos Humanos tienen trascendencia universal. Están consagrados en instrumentos supranacionales.

Los Derechos Fundamentales están consagrados en determinado(s) artículo (s) de una Constitución de un Estado.

Los Derechos Constitucionales están prestablecidos en la Constitución de un Estado de manera genérica.

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2. Derechos Humanos Limitan al Poder Público

153

El Estado tiene que respetar, garantizar y satisfacer el goce de los Derechos Humanos.

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2.1 El Poder Público y la Tutela de los Derechos Humanos

154

El ejercicio del Poder no debe menoscabar arbitrariamente el efectivo goce de los Derechos Humanos.

Respeto y garantía a los Derechos Civiles y Políticos

Goce de los Derechos económicos, sociales, culturales y colectivos.

Derecho a la vida, seguridad, libertad, etc.

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2.1.1 Respeto y Garantía de los Derechos Civiles y Políticos

155

La Tutela de libertad, seguridad e integridad física y moral de la persona.

Derecho a participar en la vida pública.

Los Derechos Civiles y Políticos, tienen por objeto

EL ESTADO Debe Respetar y brindar garantía

Page 156: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

156

Integridad personal

Integridad física

Integridad Psíquica

Integridad Moral

Respeto del desarrollo de la vida personal

Preservación de actividades motrices, emocionales e intelectuales

Derecho a conservar la estructura orgánica

DERECHO A LA INTEGRIDAD Toda persona tiene derecho de mantener y conservar la integridad personal

Page 158: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

2.1.2 Satisfacción de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Derechos Colectivos.

158

Se refiere a la existencia de condiciones de vida y de acceso a los bienes materiales y culturales en términos adecuados a la dignidad humana

El goce de los derechos Económicos, Sociales y Culturales es de manera progresiva mientras los Derechos Civiles y Políticos son de goce inmediato

Page 159: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

3. Límites Legítimos a los Derechos Humanos

159

ORDINARIOS

EXCEPCIONALES

Límites Legítimos a los Derechos Humanos

Page 160: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

MUCHAS GRACIAS

Page 161: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

UNIDAD DIDÁCTICA N° 07

Page 162: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHOS FUNDAMENTALES CONSAGRADOS

EN LA CONSTITUCIÓN Y ENEL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL

Page 163: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

163

Artículo 1 de la Const.La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Page 164: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

164

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL

Los Derechos Fundamentales están consagrados en los Arts. 2 y 3 de la Const.

• En el Art. 2 de la Constitución están los derechos fundamentales explícitamente numerados .

• Los derechos fundamentales implícitos o no enumerados se consagran en el Art. 3 de la Constitución. Éstos derivan del expreso. Ejm. El DERECHO AL AGUA POTABLE está dentro del derecho a la salud.

• Ds Fs Nuevos reconocidos por el TC, como el DERECHO A LA VERDAD, al PROYECTO DE VIDA, etc.

• Arts. 25 y 37 del Código Procesal Constitucional.

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¡CUÁLES SON NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES CONSAGRADOS EN EL DERECHO SUPRANACIONAL!

Derecho a la Vida

Derecho a la Integridad y al Trato Humano

Derechos a la Libertad Personal

Libertad de Conciencia, Religión o Culto

Libertad de Pensamiento, Expresión e Información

Derecho de Rectificación o Réplica

Derecho al Honor, la Honra, Buena Reputación o Buen Nombre, Voz e Imagen, y a la Intimidad

Derecho de Circulación o Tránsito y de Residencia

Derecho de

Reunión

Libertad de Asociación

Derecho a la Participación Política

Derecho a la Igualdad y a la no Discriminación

Derecho a la personalidad Jurídica

Derecho a la Nacionalidad

Derecho a la Identidad y al Nombre

Derecho a la Propiedad

Derecho del Niño

Derecho a la Familia y a su Protección

Derechos de la Mujer

Derecho a un Recurso Idóneo y Eficaz

Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva y a un Debido Proceso

Derecho a la Indemnización

Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Derechos Humanos en Estados de Excepción

Page 166: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO A LA VIDA• El derecho a la vida es el derecho

humano más básico y fundamental.

• Punto de partida de todos los demás derechos fundamentales.

• El Estado es el primer garante.

No puede invocar a la violación del derecho a la vida, con el pretexto de querer mantener la seguridad pública.

Page 167: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

CONSTITUCIÓN ART. 2°Toda persona tiene derecho:

1. A la vida ,a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

Page 168: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

IDENTIDAD INTEGRIDAD

MORAL PSÍQUICA FÍSICA LIBRE DESARROLLO Y

BIENESTAR

VIDA

EL CONCEBIDO ES:SUJETO DE DERECHOEN TODO CUANTO LE

FAVORECE.

NACER, SALIR

DEL VIENTRE

TODA PERSONA TIENE DERECHO

A:

ART. 2° INC. 1: DERECHO A LA VIDA

Page 169: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

Inc. 1 Derecho a la vida

Es el sostén y razón de

ser de los Derechos.

Lucha contra

la

desaparición

forzada

Prohíbe restablecer la

pena de muerte

Tomar medidas necesarias

contra el aborto y

homicidios

Privación Arbitraria de la Vida

Page 170: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

FORMAS DE TRANSGREDIR EL DERECHO A LA VIDA

PRIVACION ARBITRARIA DE LA VIDA: Quitar la vida a una persona sin justificación alguna.

DESAPARICIONES FORZADAS: Es una forma muy compleja de violación de varios derechos fundamentales.

PENA DE MUERTE: La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece Art. 4°, Inc. 1 que “Nadie puede ser privada de la vida arbitrariamente”. Diversos instrumentos internacionales disponen algunas limitaciones:

La pena de muerte no sea establecida en aquellos países que la abolieron.

Que los países que contemplan la pena de muerte no amplíen las casuales o delitos para su aplicación.

Que la pena de muerte se aplique a delitos graves y no para los delitos políticos como tampoco a menores de 18 ni mayores de 70 ni a mujeres en estado de gravidez.

Segundo Protocolo Opcional del Pacto Internacional de Ds Cs y Ps

Page 171: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

171

1.3. Base Normativa en el Derecho Supranacional

1.3.1. Base Normativa   Art. 3. Declaración Universal de Derechos Humanos.

Art. 4 y 6. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Art. 1. Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.

Art. 4 y 27. Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Art. 1 y 2. Convención Para La Prevención y La Sanción del Delito de Genocidio.

Art. 2 y 11. Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Art. 6.1. Convención sobre los Derechos del Niño.

Art. 2. 1. Constitución Política del Perú 1993.

Art. 25. Código Procesal Constitucional de 2004.

Page 172: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

172

Integridad personal

Integridad física

Integridad Psíquica

Integridad Moral

Respeto del desarrollo de la vida personal

Preservación de actividades motrices, emocionales e intelectuales

Derecho a conservar la estructura orgánica

DERECHO A LA INTEGRIDAD Toda persona tiene derecho de mantener y conservar la integridad personal

Page 174: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 5

No se puede torturar jamás

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes.

Page 176: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

176

LA INTEGRIDAD PERSONAL ES UN

DERECHO ABSOLUTOLa integridad personal es uno de los pocos derechos que no puede ser suspendido ni aún bajo circunstancias extraordinarias o excepcionales.

Page 177: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

177

1.3. Base Normativa en el Derecho SupranacionalDERECHO A LA INTEGRIDAD Y AL TRATO HUMANO

  Base Normativa

Art. 5 . Declaración Universal de Derechos Humanos.

Art.4, 7 y 10. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Art. 37, a. Convención sobre Derechos del Niño.

Art. 2. Convención Interamericana para prevenir y sancionar la Tortura.

Art. 1, 25 y 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Art.1. Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles e inhumanas o degradantes.

Art. 5 y 27. Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Art. 1 y 2. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Art. 2 (1,24, h). Constitución Política del Perú 1993.

Art. 25. Código Procesal Constitucional de 2004.

Page 178: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

ORIGEN

RAZA, SEXO

IDIOMA

RELIGIÓN

OPINIÓN

CONDICIÓN ECONOMICA O DE OTRA

INDOLE.

ART. 2° Inc. 2: A la IGUALDAD ANTE LA LEY

NADIE DEBE SER DICRIMINADO POR MOTIVO DE:

Page 179: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN

Este derecho se proclama que todas las personas somos iguales ante la ley.

La discriminación se puede dar de dos formas:

• De forma institucionalizada.

• De forma difusa .

Page 180: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

180

DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN Base Normativa  • Art. 2 y 7. Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 2, 3, 23.4, 24.1 y 26. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

• Art. 2. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

• Art. 2. Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre

• Art. 1, 13.5. 17.4 y 24. Convención Americana sobre Derechos Humanos

• Art. 1. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

• Art. 4 y 5. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer

• Art. 1. Convenio OIT Nº 11 relativo a los derechos de asociación y de coalición de los trabajadores agrícolas.

• Art. 3. Convenio OIT Nº 69 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes

• Art. 2. Convenio OIT Nº 100 relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

• Art. 2. Convenio OIT Nº relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación.

• Art. 2. Convenio OIT Nº relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación.

• Art. 1 y 2. Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.

• Art.1. Convención Internacional contra el Apartheid en los deportes.

• Art. 1. Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.

• Art. 1. Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza.

• Art. 2 inc.2. Constitución Política del Perú de 1993.

• Art. 37 Inc. 1. Código Procesa Constitucional de 2004.

Page 181: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

A LA LIBERTA

D• Conciencia

y de• Religión,

en forma individual

o asociada

NO HAY PERSECU

CIÓNPor razón de

• Ideas o• Creencias.

NO HAY DELITO de• Opinión.

• El ejercicio público de

confesiones es libre

siempre que no ofenda la moral

ni altere el orden público.

ART. 2° INC. 3: LIBERTAD DE CONCIENCIA Y RELIGIÓN

Page 182: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

Nadie puede obligar individualmente o socialmente a una persona en contra de sus propias convicciones.LO SEÑALA LA CORTE IDH. Este derecho es uno de los cimientos de la sociedad democrática. En su dimensión religiosa, constituye un elemento trascendental en la protección de las convicciones de los creyentes y en su forma de vida.

4. LIBERTAD DE CONCIENCIA, RELIGION O CULTO

Page 183: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

LIBERTAD DE CONCIENCIA, RELIGIÓN O CULTO

• Base Normativa • Art. 18 Declaración de Derechos Humanos.

• Art. 4 y 18 Pacto Intencional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 3 y 4 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 12,13 y 17 Convención Americana sobre los Derechos Humanos.• • Art. 5 Convención relativa la lucha contra las discriminaciones contra las esfera de la enseñanza.

• Art. 14 Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 2 (3) Constitución Política del Perú de 1993.

183

Page 184: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

INC. 4LIBERTADES

Page 185: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

1.INFORMACIÓN

2. OPINIÓN,EXPRESIÓN Y

3. DIFUSION DEL PENSAMIENTO

TODAS LAS PERSONAS TIENEN EL DERECHO A LA S LIBERTADES DE:

MEDIANTE LA PALABRA ORAL, ESCRITA O IMAGEN, por cualquier medio de comunicación social

SIN PREVIA AUTORIZACIÓN NI CENSURA NI IMPEDIMENTO ALGUNO, BAJO LAS RESPONSABILIDADES DE LEY.

ART. 2° INC. 4: LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Page 186: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHOS A LAS LIBERTADES

• Análisis Doctrinario y Jurisprudencial • La libertad es, como señala Peces Barba, la libertad de hacer lo

que quiera, lo que se traduce en el principio “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”.

• • La libertad es entendida hoy en día como un derecho humano

fundamental y al mismo tiempo es tanto “una condición que permite alcanzar a cada individuo los objetivos y fines morales que persiga, y que son la expresión de la dignidad humana”, como el fundamento de los demás derechos humanos.

• La libertad puede ser vista desde diversos aspectos: social, político, jurídico, psicológico, moral, etc.

Page 187: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

LIBERTAD DE PENSAMIENTO, EXPRESION E INFORMACION

• Facultad que tiene cada una de las personas de adoptar y mantener sus convicciones o creencias sobre aspectos de cualquier índole.

• La libertad de expresión no es derecho absoluto se trata de una libertad que puede ser restringida por razones de seguridad, orden público o moral.

Page 188: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

LIBERTAD DE PENSAMIENTO, EXPRESION E INFORMACION

Page 189: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

LIBERTAD DE PENSAMIENTO, EXPRESIÓN E INFORMACIÓN

• Base Normativa • Art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

• Art. 19 y20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 4 de Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 13 y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 13,14 y 17 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 2 inciso 4, 5, 6, y 8 de la Constitución Política del Perú de 1993.

189

Page 192: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN INFORMATIVA

Inc. 6 Const.

Page 194: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO AL HONOR YA LA BUENAREPUTACIÓN A LA INTIMIDAD PERSONALY FAMILIARInc. 7 Const.

Page 195: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

Derecho al honor y a la

buena reputaciónArt.2.inc.7

Protección:Sentimient

oAutoestim

a IntimidadIntegridadIdeologíaReligiónCátedraReunión

Como atentan el honor y la

buena reputación

Ofensa en

público o

privado

Agrede su

prestigio

por medio• Revista• Televisi

ón• Radio• Etc.

Page 196: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La honra es el reconocimiento social del honor es el derecho de toda persona a ser respetada por los demás

El honor es la percepción que el propio sujeto tiene de su dignidad por lo cual supone un grado de autoestima personal, es la valoración que la propia persona hace de si misma independientemente de la opinión de los demás por su parte.

7. DERECHO AL HONOR, LA HONRA, BUENA REPUTACIÓN O BUEN

NOMBRE, VOZ E IMAGEN, y A LA INTIMIDAD.

La reputación o el derecho un buen nombre es el juicio que los demás guardan sobre nuestras cualidades morales, personales o de cualquier otra índole.

Page 197: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La intimidad se trata del derecho de la persona de que su vida privada y familiar , incluyendo su situación patrimonial, no sea expuesta a la curiosidad y divulgación

Se reconoce la facultad de todo ser humano de disponer de su imagen y voz libremente , así como de impedir su reproducción, empleo o exhibición sin su previo asentimiento

La obligación del Estado es de proteger la honra y la reputación de las personas, se traduce en la debida sanción de quien comete el acto violatorio.

Page 198: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

7. DERECHO AL HONOR, LA HONRA, BUENA REPUTACIÓN O BUEN

NOMBRE, VOZ E IMAGEN, Y A LA INTIMIDAD• 7.1. Base Normativa

• Art. 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos

• Art.17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

• Art. 5,9 Y 10 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre

• Art. 11Y14 de la Convención Americana de Derechos Humanos

• Art. 16de la Convención sobre los Derechos del Niño

• Art. 8 inc. 1 e) del Protocolo Facultativo relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía

• Art. 2 inc.6, 7, 9 y 10 de la Constitución Política del Perú de 1993.

• Art. 61 del Código Procesal Constitucional de2004

198

Page 199: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

• En este derecho se establece un límite a la libertad de expresión e información, señalando que si una persona es afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas por un medio de comunicación, esta tiene derecho a una rectificación en dicho medio, en las mismas condiciones en que se difundió la noticia, a efectos de proteger su honra y reputación.

• El Estado esta obligado a dictar medidas internas necesarias para garantizar este derecho.

7. DERECHO DE RECTIFICACION O REPLICA

Page 200: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO DE RECTIFICACIÓN O RÉPLICA

• Base Normativa • Art. 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 2 inc.7 de la Constitución Política del Perú de 1993.

200

Page 201: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

LIBERTAD DE CREACIÓNArt.2.inc8

Page 203: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

INVIOLABILIDADDEL DOMICILIOArt.2.inc 9

Page 204: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La inviolabilidad de domicilio

Art.2.inc.9

Nadie puede ingresar sin autorización alguna salvo por mandato

judicial

Excepciones motivos de sanidad de

graves riesgo delitos por mandato de

ley

Domicilios ocasionales:habitaciones de hoteles

Derecho al domicilio propio o habitual

Page 205: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

D

Page 206: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO DE CIRCULACION O TRANSITO Y DE RESIDENCIA• Es la facultad que tiene toda persona de

desplazarse libremente por todo el territorio del Estado, lo cual no es un derecho absoluto puede ser limitado por la ley.

• Podría ser restringido este derecho solo en base a la protección de la seguridad nacional.

• Tratándose de extranjeros el Estado decide a quien admitir o no en su territorio.

Page 207: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

D

DERECHO DE RESIDENCIA, TODA PERSONA TIENE ESE DERECHO DE FIJAR SU RESIDENCIA, ESCOGIENO EL LUGAR DE SU PAÍS.

Page 208: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

8. DERECHO DE CIRCULACIÓN O TRÁNSITO Y DE RESIDENCIA

• 8.1. Base Normativa• Art. 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 12 Y13 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 8 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

• Art. 10 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 5 d) de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.

• Art. 15 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

• Art. 2 inc. 11 de la Constitución Política del Perú de 1993

• Art. 25 del Código Procesal Constitucional de 2004

208

Page 209: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

9. DERECHO DE REUNIONConsiste en congregarse pacíficamente y sin armas a participar, protestar, compartir ideas u opiniones a acordar una acción común .

Que se caracteriza por

voluntaria . organizada.

Page 210: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHO DE REUNION

Page 211: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

9. DERECHO DE REUNIÓN

• 10.1. Base Normativa • Art. 20.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 27 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 15 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 5 d) de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.

• Art. 2 inc. 12 de la Constitución Política del Perú de 1993.

211

Page 212: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

10. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN• Consiste en la facultad de las personas de constituir agrupaciones destinadas a la consecución de

determinados fines en forma voluntaria y con vocación de permanencia.

Page 213: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

10. 1. LIBERTAD SINDICAL• Consiste en constituir organizaciones sindicales y poner en marcha su estructura interna

actividades y programas de acción, sin intervención de las autoridades del gobierno.• El proselitismo o militancia sindical forma parte de este derecho, no pudiendo discriminarse

al militante .

Page 214: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

10. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN•

• 11.1. Base Normativa

• Art. 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art.8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

• Art. 21 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 16 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

• Art. 15 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 1del Convenio OIT nº 11relativo a los derechos de asociación y de coalición de los trabajadores agrícolas.

• Art. 2 del Convenio OIT n° 87 relativo a la libertad sindical y a la protección del Derecho de sindicación.

• Art. 2 y 3 del Convenio OIT Nº 98 relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva.

• Art. 20, 2, d) del Convenio OIT Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.

• Art. 2 (13) de la Constitución Política del Perú de 1993.214

Page 215: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

11. DERECHO A LA PARTICIPACION POLITICA• Es una de las exigencias de la dignidad de

las personas y constituye al mismo tiempo un imperativo de carácter social.

• La participación política del ciudadano se da distintos mecanismos.

Page 216: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

11. DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA

• 11.1. Base Normativa • Art. 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 20 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 23 y 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 2 y 3 de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer.

• Art.1 de la Convención Interamericana sobre concesión de los derechos políticos a la mujer.

• Art. 5 e) de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial

• Art. 6 del Convenio OIT Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes

• Art. 2 inc. 17 y el Capítulo111 de la Constitución Política del Perú de 1993216

Page 217: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

13. DERECHO A LA PERSONALIDAD JURIDICA• Derecho fundamental

para la vigencia de otros derechos, comprende un conjunto de atributos presupuestos necesarios para la titularidad (patrimonio)

Page 218: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

13. DERECHO A LA PERSONALIDAD JURÍDICA

• 13.1. Base Normativa • Art. 6 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 16 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 17 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

• Art. 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 15 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

218

Page 219: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

15. DERECHO A LA NACIONALIDAD

• Lazo de tipo Jurídico y Político entre la persona y un territorio.

• Que todo individuo tiene derecho a pertenecer a un Estado o cambiar este vínculo si lo desea.

Page 220: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

• 14. A la nacionalidad. Art. 2 inc. 21 Const.

Page 221: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

14. DERECHO A LA NACIONALIDAD

• • 14.1. Base Normativa

• Art. 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Art. 24.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

• Art. 19 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

• Art. 20 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

• Art. 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño

• Art. 5 d) de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial

• Art. 9 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

• Art. 52 de la Constitución Política del Perú de 1993

221

Page 222: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

15. DERECHO A LA IDENTIDAD Y AL NOMBRE

Es el derecho que tiene todo ser humano a que se le reconozca y respete como un ser distinto a los demás individuos.

Page 223: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

La persona forma parte de un conglomerado social, y como tal debe de estar plenamente identificado;

también es reconocer y proteger los valores socioculturales dentro de nuestro territorio por ser un territorio pluricultural.

Page 224: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

15. DERECHO A LA IDENTIDAD Y AL NOMBRE

• 15.1. Base Normativa • Art. 18 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Art. 24.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• Art. 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

• Art. 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

• Art.2 inc. 1 y 19 de la Constitución Política del Perú de 1993.

224

Page 225: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

16. DERECHO A LA PROPIEDADSon derechos de carácter secundario, que corresponde por naturaleza a todos los seres humanos, en forma individual o colectiva; implica a su vez la propiedad intelectual, artística, técnica y científica.

Page 226: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

226

La Convención Americana sobre Derechos Humanos en su Art. 21 reconoce a toda persona el derecho y al uso y goce de todos sus bienes.

Dentro de este concepto queda implícita la propiedad intelectual, artística, técnica y científica. Art 2 inc. 8 de la Const.

Page 227: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

DERECHOS DE LOSNIÑOS

Page 228: Derechos Humanos- Claver Torres. 2015-II.

17. DERECHOS DEL NIÑO

• Considerado el patrimonio más valioso de la humanidad, le reconocen el derecho de gozar de una “protección, cuidado y ayuda especial”.

• Se establece la primacía de interés superior del niño como criterio a ser tomado en cuenta por las autoridades del Estado al momento de dictar las leyes.

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18. DERECHO DE LA FAMILIA Y A SU PROTECCIÓN

Núcleo esencial de toda sociedad el Estado esta obligado a protegerla promoviendo su unidad y evitando la desintegración.

• Esta constituida por un

varón y una mujer los que gozan de iguales derechos y responsabilidades durante su matrimonio y su disolución.

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19. DERECHO DE LA MUJER

• Algunos patrones socioculturales se han materializado a través de la historia del hombre en prácticas denigrantes y discriminatorias por la supuesta inferioridad o superioridad de un determinado grupo en relación con el resto . Este es el caso de las mujeres, quienes por razón de su sexo han sufrido una continua violación de sus derechos.

• para un verdadero cambio es imprescindible que se respete dos derecho de la mujer.-A ser valorada y educada .-A no ser tratada bajo ninguna discriminación.

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20. DERECHO A UN RECURSO IDÓNEO Y EFICAZ

El Estado está obligado a crear las condiciones necesarias para que cualquier recurso ha favor del detenido pueda tener resultados efectivos.

La Corte IDH ha precisado que este recurso idóneo y efectivo no es susceptible de ser suspendido en situaciones de emergencia.

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21. DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Y A UN DEBIDO PROCESO

Este derecho es de toda persona a que se le haga justicia a través de un proceso (administrativo o judicial)seguido con las garantías mínimas.

El derecho de toda persona de acceder a un tribunal para obtener la protección de sus derechos.

El derecho de ser juzgado por un tribunal competente, independiente e imparcial, el cual constituye un principio básico.

El derecho a ser juzgado sin demora, siendo necesario establecer en cada caso si ha existido una demora excesiva.

El derecho de defensa.

El derecho de ser oído por un tribunal con las debidas garantías.

Derecho a declarar contra uno mismo.

Presentar e interrogar testigos de cargo y descargo.

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Se presenta cuando el Estado falla en la prestación de un servicio público de manera errada.

22. DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN

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DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN

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23. DERECHO ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Es de goce progresivo

Se toma en cuenta que no necesitan ser exigibles judicialmente de la misma manera que los derechos civiles y políticos

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La Corte IDH ha manifestado “Que los derechos económicos sociales y culturales tienen una dimensión tanto individual como colectiva.

Su desarrollo progresivo sobre lo cual ya se ha pronunciado el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas se debe medir en el criterio de este tribunal en función de las crecientes cobertura de los Derecho Económicos, Sociales y Culturales, derecho a la seguridad social y a la pensión en particular sobre el conjunto de la población teniendo presentes los imperativos de la equidad social.

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• Entre los derecho económicos, sociales y culturales se puede destacar al derecho:– Derecho al trabajo – Derecho a la educación y cultura.– Derecho a la salud. derecho ala seguridad

social.– Derecho a una vida adecuada.

Y a un nivel de vida adecuado que incluya el derecho a la alimentación y a al vivienda entre otros .

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23.1. Derecho al trabajo

El fin perseguido es proteger a los trabajadores.

Sus elementos principales son:el trabajo humano libre y personal.

la relación de dependencia, caracterizada por la

subordinación y el trabajo efectuado por cuenta ajena.

el pago de la remuneración como contraprestación

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• Derecho al Trabajo. Art. 2 Inc. 15 Const.

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23.2. Derecho a la Educación y a la Cultura

• La educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar

todos los demás derechos. La educación promueve la libertad y la autonomía

personal y genera importantes beneficios para el desarrollo. Sin embargo, millones

de niños y adultos siguen privados de oportunidades educativas, en muchos casos a

causa de la pobreza.

• La educación es un instrumento poderoso que permite a los niños y adultos que se

encuentran social y económicamente marginados salir de la pobreza por su propio

esfuerzo y participar plenamente en la vida de la comunidad.

• La educación debe ser gratuita para todos. La anterior relatora especial de la ONU sobre

el derecho a la educación,

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23.3. Derecho a la salud• El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los

derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión,

ideología política o condición económica o social.

- Constitución de la OMS.

• El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales

todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones

comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones

de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El

derecho a la salud no se limita al derecho a estar sano.

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23.4. Derecho a la Seguridad Social.

• El fundamento de la solidaridad social se sustenta en determinados sucesos,

el individuo no puede atender individualmente y se acoge a la solidaridad y

fraternidad, se utilizan los medios técnicos necesarios para proteger al

hombre. Con ello, se puede afirmar que las «contingencias sociales» son los

eventos provocados normalmente por una necesidad económica traducidas

en la disminución o pérdida de los ingresos habituales, o bien generan gastos

adicionales o suplementarios. De allí, que el objeto de la seguridad social sea

amparar al hombre contra esas contingencias sociales.

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23.5. Derecho a una vida adecuada

• podemos decir que el derecho a un nivel de vida adecuado se basa en las nociones de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, y hace alusión a las condiciones y

• requerimientos necesarios para vivir dignamente; es decir, corresponde al cumplimiento de los derechos humanos que lleven a las personas a vivir con una calidad adecuada en todos los aspectos, cubriendo satisfactoriamente sus necesidades básicas.

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24. ESTADO DE EXCEPCIÓN

Los regímenes de excepción se encuentran en las constituciones nacionales de los Estados como también en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ;

se decreta en cumplimiento de ciertos requisitos:• Puede ser decretado en situaciones de necesidad extrema

gravedad. Puede suspenderse la vigencia de ciertos derechos

fundamentales tal medida no puede extenderse al denominado “núcleo duro”.

Debe de ser de carácter temporal. Deben guardar criterio de razonabilidad y proporcionalidad.

Deben hacerse públicas así como los motivos que las sustentan.

Todos estos requisitos deberán ser valorados por el magistrado nacional .

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LOS DERECHOS HUMANOS EN ESTADO DE EXCEPCIÓN

Estos derechos no sólo están contemplados en las constituciones nacionales si no también en el derecho internacional de los derechos humanos.

Solo puede ser decretado en situaciones de necesidad y de extrema gravedad para el Estado.

Si bien se suspenden ciertos derechos, tal medida no puede llegar al denominado núcleo duro.

Debe de ser de carácter temporal.Deben de guardar un criterio de razonabilidad. Es decir una conexión lógica.Las medidas de suspensión deben hacerse públicas así como los motivos que la sustentan.

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MUCHAS GRACIAS

MUCHAS GRACIAS

Abog. CLAVER H. TORRES TORRES [email protected]