Derecho Mercantil

11
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DERECHO MERCANTIL II “Conocimiento de Embarque” CATEDRATICA: LICDA. MARISOL MEJIA INTEGRANTES: CARNÉ JENNY ELIZABETH CASTILLO ARANZAMENDI CA12034 OSCAR ALEXANDER FLORES VIERA FV12005 REBECA ESMERALDA MARTINEZ GUADRON MG12111 AGUSTIN ANTONIO GUZMAN GUZMAN GG07034 JORGE JOVANNY PEÑA PORTILLO PP11012 GT: 07

description

Diapositivas Diapositivas acerca de los certificados de participacion fiduciaria para estudiantes que cursan derecho mercantil 2

Transcript of Derecho Mercantil

Page 1: Derecho Mercantil

UNIVERSIDAD DE EL SALVADORFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

DERECHO MERCANTIL II

“Conocimiento de Embarque”

CATEDRATICA: LICDA. MARISOL MEJIA

INTEGRANTES: CARNÉ JENNY ELIZABETH CASTILLO ARANZAMENDI CA12034 OSCAR ALEXANDER FLORES VIERA FV12005

REBECA ESMERALDA MARTINEZ GUADRON MG12111 AGUSTIN ANTONIO GUZMAN GUZMAN GG07034JORGE JOVANNY PEÑA PORTILLO PP11012

GT: 07

Page 2: Derecho Mercantil

ANTECEDENTES .

Inicio.

• Este documento no se utilizaba pues generalmente el naviero, armador, capitán era una sola persona.

Edad media.

• Las mercaderías al ser embarcadas eran acompañadas por el propio comerciante, por eso era ilógico pensar en este documento.

Siglo

XVIII

• Nace el conocimiento de embarque. Este documento paso a ser entregado por el transportador, capitán o agente maritimo.

Page 3: Derecho Mercantil

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.

Es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte terrestre o guía aérea en el transporte aéreo, es decir, es el recibo que prueba el embarque de la mercancía, sin el cual, no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino.

Page 4: Derecho Mercantil

CONCEPTOS BÁSICOS.

NAVIERO

Cargador.

Transportador.capitán

Agente.

Page 5: Derecho Mercantil

REQUISITOS DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.

a) Mención “conocimiento de embarque” inserta en el texto.

b) Nombre y Domicilio de la empresa Naviera, a cuyo cargo se emite.

c) Nombre, Matricula y Porte de la Nave

d) Nombre y Domicilio del Capitán

e) Puertos de Carga y Descarga

f) Nombre del Cargador

g) Nombre del Consignatario

h) Cantidad, Calidad, No. De Bultos y Marcas de las Mercaderías.

i) Fletes y Gastos

j) Firma Autógrafa del Capitán. .

Page 6: Derecho Mercantil

Según el destino de la carga

Según la persona o titular

Según el modo de

transporte

Según el momento de pago

Según el tipo que

se emplea

Según su facilidad de negociació

n

Según la existencia

o inexistenci

a

Conocimiento embarcado u

ordinario

Conocimiento recibido para

embarque

Nominativo

A la orden

Al portador

Mixto

Directo

Conocimiento embargado

pagado

Conocimiento embarque por cobrar

Forma larga

Forma corta

Conocimiento de embarque negociable

Conocimiento de embarque

no negociable

Clases de conocimiento de embarque

Limpios

Sucios

Page 7: Derecho Mercantil

CARACTERÍSTICAS DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

Incorporación

legitimación

Literalidad

Autonomía

Representatividad

El titulo valor lleva consigo un derecho incorporado, es decir el derecho va unido al título y su ejercicio se condiciona a la exhibición y entrega del documento.

Permite al titular del mismo exigir del obligado el pago o el cumplimiento de la prestación consignada en el

documento.

El derecho en este tipo de documento se consigna en la extensión y demás circunstancias que se expresan en la letra del documento, ósea lo que está escrito en el.

No se refiere al documento ni el derecho en el incorporado sino a la autonomía que cada adquiriente

sucesivo tiene uno del otro sobre el titulo mismo

Significa que se incorpora un derecho real sobre las mercancías que representa el título, es decir, incorpora un derecho de propiedad.

Page 8: Derecho Mercantil

UTILIDAD DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE. • puesto que es la

instrumentación del contrato de transporte por agua de mercaderías, y como tal, prueba la existencia del mismo, sus condiciones, el flete a pagar y, en general, las obligaciones a cargo de las partes.

Sirve como ‘recibo' de

las mercaderías

a bordo,

• En él se dan los tres elementos que caracterizan a los títulos de crédito: necesidad, literalidad y autonomía. Además, es un título representativo de la mercadería,

Es un título de crédito

• El tenedor del conocimiento tiene ‘noción ejecutiva’ para obtener la entrega de la mercadería en el puerto de destino.

Es título ejecutivo

Page 9: Derecho Mercantil

CONVENIOS INTERNACIONALES Y LEGISLACIÓN

Es el convenio internacional para la unificación de reglas y normas relacionadas con los conocimientos de embarque.

Protocolo modificatorio de las reglas de la Haya relacionados a los límites de responsabilidad en cuanto al conocimiento de embarque.

Protocolo que viene a enmendar las reglas de Visby de 1936 en lo concerniente a los límites de responsabilidad.

Convenio internacional para el transporte de las mercancías por mar, abarcando tópicos relacionados con el conocimiento de embarque, responsabilidad, reclamos y acciones”.

Reglas de la haya (1924)

Reglas de visby

(1936)

Protocolo de visby (1979)

Reglas de hamburgo

(1978)

Page 10: Derecho Mercantil

PERÍODO DE RESPONSABILIDAD.

• La responsabilidad del portador por las mercancías abarca el periodo durante el cual mercancías están bajo la custodia del portador en el puerto de carga, durante el transporte y en el puerto de descarga.

Page 11: Derecho Mercantil

EJEMPLAR DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.