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Principios del derecho internacional del medio ambiente 3. Preservación y protección del medio ambiente. CNNUUDM, Art. 192: Obligación general : Los Estados tienen la obligación de proteger y preservar el medio marino. 4. Prevención: actuar con la diligencia debida (due diligence); razonadamente y con buena fe en la regulación de actividades públicas o privadas dentro de su jurisdicción que sean potencialmente dañinas para medio ambiente Art. 206 CNNUUDM: Evaluación de los efectos potenciales de las actividades : Los Estados que tengan motivos razonables para creer que las actividades proyectadas bajo su jurisdicción o control pueden causar una contaminación considerable del medio marino u ocasionar cambios importantes y perjudiciales en él evaluarán, en la medida de lo posible, los efectos potenciales de esas actividades para el medio marino e informarán de los resultados de tales evaluaciones; Convención NNUU sobre usos de cursos de agua distintos a la navegación.

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Principios del derecho internacional del medio ambiente

• 3. Preservación y protección del medio ambiente. CNNUUDM, Art. 192:Obligación general: Los Estados tienen la obligación de proteger ypreservar el medio marino.

• 4. Prevención: actuar con la diligencia debida (due diligence);razonadamente y con buena fe en la regulación de actividades públicas oprivadas dentro de su jurisdicción que sean potencialmente dañinas paramedio ambienteArt. 206 CNNUUDM: Evaluación de los efectos potenciales de lasactividades : Los Estados que tengan motivos razonables para creer quelas actividades proyectadas bajo su jurisdicción o control pueden causaruna contaminación considerable del medio marino u ocasionar cambiosimportantes y perjudiciales en él evaluarán, en la medida de lo posible, losefectos potenciales de esas actividades para el medio marino e informaránde los resultados de tales evaluaciones;Convención NNUU sobre usos de cursos de agua distintos a la navegación.

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Principios del derecho internacional del medio ambiente

• 5. Precaución: Incluida en la Declaración deRío. "A fin de proteger el medio ambiente, elprincipio precautorio será ampliamenteaplicado […] la falta de certeza científicaabsoluta no deberá utilizarse como razónpara postergar la adopción de medidasefectivas para impedir la degradación delmedio ambiente ".

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• 6. El que contamina, paga: Figura enDeclaración de Río. Se contiene en textosinternacionales de carácter vinculante como elConvenio para la Protección del Medio Marinodel Atlántico Nordeste. Artículo 2 (2) (b), elque contamina paga significa que "los costosde prevención de la contaminación, el controly las medidas de reducción que deben sersufragados por el contaminador ".

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• 7. Información y asistencia en las emergencias ambientales (deberde avisar). Art. 198 CNNUUDM: Notificación de daños inminentes oreales: Cuando un Estado tenga conocimiento de casos en que elmedio marino se halle en peligro inminente de sufrir daños porcontaminación o los haya sufrido ya, lo notificará inmediatamente aotros Estados que a su juicio puedan resultar afectados por esosdaños, así como a las organizaciones internacionales competentes.

• 8. Información y consulta en las relaciones transfronterizas.Principio de Rio, que se refleja en algunos instrumentos posteriores:Convención NNUU sobre usos de cursos de agua distintos a lanavegación (ej: previamente al establecimiento de una industria.También el Tratado del Río Uruguay recogía una cláusula similar)

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Conceptos fundamentales para el derecho internacional del medio ambiente

• A. Desarrollo sustentable: definido por elInforme de la Comisión Mundial sobre MedioAmbiente y Desarrollo (1987) como"desarrollo que satisface las necesidades delpresente sin comprometer la capacidad de lasgeneraciones futuras para satisfacer suspropias necesidades".

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Conceptos fundamentales para el derecho internacional del medio ambiente

• B. Interés general de la humanidad (Agenda21): Orienta la toma de decisiones y laadopción de textos jurídicos internacionales.Ej: protección de la salud pública, uso delespectro radiológico…

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• C. Equidad intergeneracional: se deriva de“desarrollo sustentable”, indicando que cadageneración debe aprovechar y mejorar losrecursos naturales de forma que garantice elacceso a los mismos por las generacionesfuturas.

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• D. Patrimonio de la humanidad: parte delconcepto de res communis, incluyendo lanecesidad de una regulación legal específicapara la salvaguarda y aprovechamiento deestas áreas (alta mar, Antártida, lechosmarinos, luna, espacio ultraterrestre).

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Conceptos fundamentales para el derecho internacional del medio ambiente

• E. Responsabilidad común pero diferenciada:Es el Principio 7 de la Dec. de Rio: “En vista de las diferentes

contribuciones a la degradación del medio ambiente mundial, losEstados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Lospaíses desarrollados reconocen la responsabilidad que lescorresponde en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible,en vista de las presiones que sus sociedades ejercen sobre el medioambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros deque disponen”.

La Convención Marco sobre CC establece tres categorías de estados,con una responsabilidad de mayor a menor: a) estadosdesarrollados, b) ex-repúblicas soviéticas de Europa del Este y c)Países en vías de desarrollo.

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Problemas con respecto a los conceptos

• Son conceptos jurídicos indeterminados (ej:generación, interés general…).

• Los instrumentos internacionalesproporcionan pocos datos para interpretarlos.

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IV. Breves notas sobre la negociación detratados internacionales en materiaambiental.

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Naturaleza de las negociaciones

• La negociación es un proceso interactivo mediante elcual dos o más partes interdependientes tratan dellegar a un acuerdo mutuamente aceptable sobre untema o un conjunto de cuestiones. En la negociación sepresume que las partes tienen tanto intereses comunescomo divergentes.

• Fred Charles Iklé (How nations negotiate. 1987): “Estadialéctica de los intereses es la razón de ser de todanegociación, es omnipresente, y plantea tanto grandesdesafíos como grandes oportunidades para losnegociadores”.

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Naturaleza de las negociaciones

• El modo en que estos dos elementos (puntos de acuerdo ypuntos de enfrentamiento) coexisten y afectan al procesode negociación varía considerablemente. En últimainstancia, dependerá de una serie de factores, tales como:

- la naturaleza de las cuestiones objeto de negociación,- la existencia de alternativas que puedan tener las partes a una

solución negociada,- las preferencias y las prioridades de los negociadores,- el desarrollo de las etapas de la negociación,- el tiempo y lugar de la negociación,- la personalidad y el comportamiento del negociador/es,- condiciones de presión y / o expectativas por parte de los

Gobiernos respectivos y del anfitrión- otros

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La negociación y el negociador

• Aunque las negociaciones intergubernamentales se llevan a cabogeneralmente entre autoridades oficiales (Jefes de Estado,ministros, diplomáticos y científicos y especialistas técnicos), otrosactores, como las organizaciones intergubernamentales (OIG),organizaciones no gubernamentales (ONG), empresas, sindicatos y,de modo creciente, los parlamentos y los gobiernos locales, amenudo están involucrados en el proceso.

• En muchas negociaciones intergubernamentales contemporáneas yen particular las que tienen lugar en el contexto de las grandesconferencias multilaterales sobre cuestiones medioambientales; losrepresentantes de estos “actores no estatales” a menudo superancon creces el número total de delegados estatales.

• En la Cumbre Mundial de 2002 sobre el Desarrollo Sostenible enJohannesburgo, había cuatro representantes de ONG por cadadelegado/representante de Estado.

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La negociación y el negociador

• Los negociadores en un tratado o conferenciainternacional no son independientes; actúan bajo unaautoridad superior que ha dado instrucciones paraguiarlos. Los negociadores son, por tanto, los agentesde esa autoridad superior.

• Sin embargo, el negociador es responsable demantener los principales intereses del Estado querepresenta y debe rendir cuentas del resultado de lanegociación ante sus superiores.

• En última instancia, poseerán un grado de autonomíapara negociar que dependerá de cada individuo, decada negociación y de cada circunstancia concreta.

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Origen de la negociación internacional• Todas las negociaciones tienen un propósito. El objetivo puede ser

resolver un conflicto, o buscar el desarrollo de un proyectocolectivo, como la adopción de una declaración o resolución sobreun asunto que preocupa a la comunidad internacional.

• La responsabilidad en el inicio de una negociación corresponde porlo general a agentes determinados: una persona, un grupo depresión nacional o transnacional (ej: ONG); un gobierno particular através de su Jefe de Estado, una coalición de organizaciones nogubernamentales; una conferencia intergubernamental de Estados,etc.… o una combinación de los anteriores.

• El detonante de una negociación puede ser también un eventoinesperado (una catástrofe natural, un daño medioambientaltransfronterizo,…), que convenza a las partes de la necesidad deresolver una situación especialmente urgente y grave.

• En algunos casos, una personalidad determinada puede asumir unpapel protagonista, como impulsor de las negociaciones (HenriDunant y su “Recuerdo de Solferino”).

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El contexto de la negociación internacionalAlgunos factores EXTERNOS que influyen en la negociación:- El derecho internacional vigente (tratados y normas consuetudinarias),- Los compromisos preexistentes asumidos por los Estados,- Los acuerdos jurídicamente no vinculantes, como declaraciones, directrices y

principios,- Las conferencias y negociaciones que tienen lugar en paralelo a la negociación en

cuestión,- El mandato de la negociación y los resultados esperados (Ej: necesidad de alcanzar

un acuerdo jurídicamente vinculante o no);- El estatuto internacional de los Estados negociadores, como la pertenencia a una

organización de integración económica regional u otro tipo de instituciones,- El marco institucional en el que una negociación se lleva a cabo (Ej: un órgano

permanente (ONU) o un mecanismo ad hoc de negociación),- La capacidad de influir de cada país,- El número y la naturaleza de los actores que participan en una negociación

(Estados, organizaciones intergubernamentales, ONG, etc),- Los factores culturales,- La naturaleza de las negociaciones, la cantidad de información que está

disponible y compartida por las partes,- El clima político externo,- La opinión pública mundial, y- La prensa y los medios de comunicación.

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El contexto de la negociación internacional

Algunos factores INTERNOS que influyen en la negociación:- la estructura de poder existente en un país.- el número de agencias gubernamentales interesadas en la negociación (a

la hora de seleccionar los integrantes de una delegación).- la estabilidad política en un país (ej: proximidad de las elecciones

nacionales).- la importancia que cada país asigna a la cuestión.- La relevancia de la institución en la que la negociación se produce (ONU,

COP, …).- Condiciones jurídicas y administrativas, en especial el grado de

colaboración entre cada secretaría implicada en la negociación (¿Quién esla “cabeza visible” de la delegación nacional?, ¿de quién recibeinstrucciones durante la negociación?, ¿será necesario un procedimientoparlamentario / referéndum para la ratificación?, ¿obligará el acuerdoalcanzado a modificar la legislación nacional?).

- Los recursos financieros y de personal que cada Estado puede poner adisposición del proceso negociador.

- La presión de la opinión pública.

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Objetivos de la negociación• Todo agente negociador responde a una compleja red

de objetivos (creencias, intereseseconómicos/políticos, rasgos culturales…).

• En la negociación ambiental internacional, destacancuatro grandes grupos de objetivos:- la elaboración de normas, que establecen reglas iniciales o

modifican las existentes mediante el fortalecimiento de loscompromisos, la ampliación del número de partes que seobligan; así como la ampliación o renovación de mandatos

- la aplicación de las normas y compromisos convenidos, oel diseño de las normas sobre mecanismos de aplicación yasegurar el cumplimiento;

- evitar que surjan conflictos (ej: Evaluaciones ImpactoAmbiental transfronterizas), y

- Solución de controversias.

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Niveles de negociación• En líneas generales, cabe distinguir dos niveles:- Convenciones y Convenios-Marco (Ej: FCCC): no vinculantes, aunque

pueden incluir objetivos generales (Ej: reducción de emisiones).- Tratados y protocolos: vinculantes.

Las primeras suelen servir de base e inspiración para las segundas:- Ej: la Convención sobre Contaminación Transfronteriza de Largo

Alcance (LRTAP) de 1979 sirvió de fundamento para la adopción dediversos tratados vinculantes; como el de Espoo sobre EIA.

- Otras modalidades de negociación son: memorandos de acuerdo,intercambios de notas (bil.) y decisiones (multil.).

Los convenios no vinculantes, a pesar de que no pueden ser exigidosinternacionalmente, son muy importantes para la adopción deacuerdos a largo plazo.

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El proceso de negociación• Del diagnóstico del problema a la puesta en práctica del acuerdo:- Detonantes / inicio: Invitación a la negociación, establecimiento del tema

de debate y diseño del procedimiento de negociación (generalmente, pormedios diplomáticos).

- Elaboración e intercambio de propuestas: generalmente esta fase sesolapa con la anterior. En las conferencias internacionales, es habitualdisponer ya de un borrador de acuerdo final en el momento de inicio deldiálogo. Es fundamental en este momento: a) definir claramente laposición de base (ambiciosa vs. de mínimos) y b) escoger con cautela elmomento en el cual se va a poner esa posición en conocimiento de lacontraparte/s (de manera formal vs. Informal).

- Acercamiento de posturas: es la fase que exige mayor creatividad;demanda un alto nivel de comprensión de las posiciones de cada parte ycapacidad de síntesis de cada propuesta. El resultado debe ser lapresentación de fórmulas que sirvan para acercar posiciones divergentes.En este sentido, se suele realizar una “deconstrucción” de los elementosde la negociación, a fin de considerarlos por separado y tratar decomprender cuál es el significado / valor específico que cada negociadorles otorga, cuál es más relevante a ojos de cada uno.

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El proceso de negociación- Cierre de la negociación: los momentos anteriores al cierre de la fase de

negociación suelen estar marcados por un redoble de los esfuerzos de cada partepor lograr que el acuerdo final plasme sus intereses. Además, es la fase en la quelas delegaciones nacionales suelen recibir mayores presiones procedentes de susrespectivos gobiernos. No hay nada escrito con respecto a la duración de lasnegociaciones (COP, Rondas OMC). Las negociaciones podrán cerrarse de diversasmaneras. En el caso de un tratado bilateral, los jefes de delegación firman el texto,en cada página y en la parte inferior. También pueden simplemente emitir uncomunicado de prensa exponiendo los resultados. En las conferenciasmultilaterales, el Presidente de la conferencia indica el final del proceso, por logeneral, después de una votación, o bien por consenso. El proceso concluye con laadopción del texto definitivo del acuerdo, que todavía debe ser ratificado porcada Estado antes de su entrada en vigor.

- Puesta en práctica: Una vez alcanzado un acuerdo, éste debe empezar a vivir, agenerar efectos en la práctica. Para ello, cada país tiene su propio procedimientointerno, mediante el cual se “ratifica” el acuerdo; el acto mediante el cual cadaEstado afirma públicamente su intención de verse obligado por el acuerdoalcanzado (no en los no vinculantes). La ratificación de un acuerdo multilateralsuele completarse depositando un instrumento ad hoc (acta de ratificación) en lasede del depositario del tratado (Ej: el Secretario General de las Naciones Unidas,el Gobierno del Estado que actuó de anfitrión). Generalmente, el texto de tratadoestablece un número mínimo de ratificaciones para su entrada en vigor.

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El proceso de negociación

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Derecho Internacional del Medio Ambiente – CIDE (Agenda Verde)

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