Derecho Ambiental Internacional y ZCM Andrea Brusco

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Derecho Ambiental Derecho Ambiental Internacional y ZCM Internacional y ZCM Andrea Brusco Andrea Brusco PNUMA/ORPALC PNUMA/ORPALC

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Derecho Ambiental Internacional y ZCM Andrea Brusco. PNUMA/ORPALC. HITOS AMBIENTALES MUNDIALES. 1972:Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo). 1992: Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro). - PowerPoint PPT Presentation

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Derecho Ambiental Derecho Ambiental Internacional y ZCMInternacional y ZCM

Andrea BruscoAndrea Brusco

PNUMA/ORPALCPNUMA/ORPALC

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HITOS AMBIENTALES MUNDIALESHITOS AMBIENTALES MUNDIALES

1972:1972: Conferencia de las Naciones Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo).(Estocolmo).

1992: 1992: Conferencia de las Naciones Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro).el Desarrollo (Río de Janeiro).

2002: 2002: Cumbre Mundial sobre Desarrollo Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (Johannesburgo)Sostenible (Johannesburgo)

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humanosobre el Medio Humano

Primera gran Conferencia Internacional dedicada a Primera gran Conferencia Internacional dedicada a problemas ambientales,problemas ambientales,

Convocada por la AGNNU en dic. 1968,Convocada por la AGNNU en dic. 1968, Inicio del derecho internacional ambiental,Inicio del derecho internacional ambiental, Creación del PNUMA, con la finalidad de fomentar Creación del PNUMA, con la finalidad de fomentar

y apoyar la cooperación en materia ambiental.y apoyar la cooperación en materia ambiental.

Paradigma: protección ambiental bajo una visión Paradigma: protección ambiental bajo una visión antropocéntricaantropocéntrica..

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humanosobre el Medio Humano

Resultados Resultados (Res. de AG 2994 de 15/12/72):(Res. de AG 2994 de 15/12/72): Plan de Acción para el Medio HumanoPlan de Acción para el Medio Humano- 109 - 109

recomendaciones específicas en tres categorías, i.e. recomendaciones específicas en tres categorías, i.e. evaluación ambientalevaluación ambiental (mecanismos de evaluación y (mecanismos de evaluación y revisión, monitoreo e intercambio de información, revisión, monitoreo e intercambio de información, investigación, etc.), investigación, etc.), gestión ambientalgestión ambiental (planificación, (planificación, establecimiento de objetivos, cooperación y acuerdos establecimiento de objetivos, cooperación y acuerdos internacionales) y internacionales) y medidas de apoyomedidas de apoyo (en educación, (en educación, información pública, cooperación técnica y información pública, cooperación técnica y financiamiento).financiamiento).

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humanosobre el Medio Humano

Declaración de Estocolmo sobre el Medio Declaración de Estocolmo sobre el Medio HumanoHumano- 26 principios no vinculantes:- 26 principios no vinculantes:

- Derecho fundamental a la libertad, igualdad y el disfrute a condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad que le permita llevar una vida digna.

- Preservación de los recursos naturales en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humanosobre el Medio Humano

- Necesidad de impedir la contaminación de los mares y poner fin a la descarga de sustancias tóxicas.

- Importancia de la asistencia financiera y tecnológica.

- Necesidad de confiar a instituciones nacionales la planificación, gestión y control de la utilización de los rec. naturales.

- Necesidad de educación ambiental.- Necesidad de educación ambiental.

- El desarrollo económico y social es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable.

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humanosobre el Medio Humano

- Las medidas ambientales de los Estados no deben menoscabar el crecimiento de los países en desarrollo u obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida.

- Derecho soberano de los Estados para explotar sus rec. naturales y obligación de asegurar que las actividades bajo su control o jurisdicción no perjudiquen a otros Estados o zonas fuera de la jurisdicción nacional.

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Conferencia de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollosobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

““(…) No fue una reunión científica sobre ecología, (…) No fue una reunión científica sobre ecología, fue una reunión política con fuerte contenido fue una reunión política con fuerte contenido económico, donde se discutieron no sólo las económico, donde se discutieron no sólo las formas y métodos para preservar el medio formas y métodos para preservar el medio ambiente sino los criterios para asegurar la ambiente sino los criterios para asegurar la participación de todos los pueblos en los participación de todos los pueblos en los beneficios que racionalmente pueden obtenerse de beneficios que racionalmente pueden obtenerse de los rec. naturales (…)”.los rec. naturales (…)”.

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CNUMADCNUMAD

178 países, 112 de ellos representados por sus 178 países, 112 de ellos representados por sus Jefes de Estado y de Gobierno. Jefes de Estado y de Gobierno.

Creación de la Comisión de la ONU sobre Creación de la Comisión de la ONU sobre Desarrollo Sostenible – CDS.Desarrollo Sostenible – CDS.

Paradigma: desarrollo sostenible – equidad Paradigma: desarrollo sostenible – equidad intergeneracional.intergeneracional.

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CNUMADCNUMAD

ResultadosResultados

I.I. Instrumentos jurídicamente vinculantes Instrumentos jurídicamente vinculantes Convenio sobre la Diversidad Biológica,Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convenio Marco de las NU sobre el Cambio Climático,Convenio Marco de las NU sobre el Cambio Climático, Bases para la formulación y negociación de la Convención Convención

de Lucha contra la Desertificación y la Sequía.de Lucha contra la Desertificación y la Sequía.

II. Instrumentos no vinculantesII. Instrumentos no vinculantes Declaración sobre Bosques, Agenda 21, Declaración de Río.

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CNUMADCNUMAD

Agenda 21Agenda 21

40 Capítulos divididos en 4 secciones:40 Capítulos divididos en 4 secciones:

I I Dimensiones sociales y económicas,Dimensiones sociales y económicas,

II II Conservación y gestión de los recursos Conservación y gestión de los recursos para el desarrollo,para el desarrollo,

III III Fortalecimiento del papel de los grupos Fortalecimiento del papel de los grupos principales,principales,

IV IV Medio de ejecución.Medio de ejecución.

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CNUMADCNUMAD

Agenda 21 - Capítulo 17: Agenda 21 - Capítulo 17: “Protección de los océanos y de los “Protección de los océanos y de los mares de todo tipo, incluidos los mares de todo tipo, incluidos los mares cerrados y semicerrados, y de mares cerrados y semicerrados, y de las zonas costeras, y protección, las zonas costeras, y protección, utilización racional y desarrollo de utilización racional y desarrollo de sus recursos vivos”. sus recursos vivos”.

Dispone áreas de acción.Dispone áreas de acción.

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CNUMADCNUMAD

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo:

Reafirma la Declaración de Estocolmo,

Proclama 27 principios que buscan:

“establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores clave de las sociedades y las personas”, y

“alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial”.

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CNUMADCNUMAD Sus principios pueden agruparse en:Sus principios pueden agruparse en:

- - Derecho a un medio ambiente adecuado (1)Derecho a un medio ambiente adecuado (1)

- Derechos de Acceso: información - participación - justicia (10)- Derechos de Acceso: información - participación - justicia (10)- Implementación nacional del desarrollo sostenible (3, 4, 8, 20, 21)- Implementación nacional del desarrollo sostenible (3, 4, 8, 20, 21)- Deber de cooperar (5, 6, 7, 9, 12, 18, 19)- Deber de cooperar (5, 6, 7, 9, 12, 18, 19)- Deber de evitar el daño ambiental (2, 14, 17, 24)- Deber de evitar el daño ambiental (2, 14, 17, 24)- Deber de reparar el daño ambiental (10, 13)- Deber de reparar el daño ambiental (10, 13)- Deber de adoptar legislaciones ambientales (11)- Deber de adoptar legislaciones ambientales (11)- Principio contaminador - pagador (16)- Principio contaminador - pagador (16)- Reconocimiento del derecho de las minorías (22, 23)- Reconocimiento del derecho de las minorías (22, 23)- Principio (enfoque) de precaución (15)- Principio (enfoque) de precaución (15)- Indisolubilidad de la paz, el desarrollo y la protección ambiental - Indisolubilidad de la paz, el desarrollo y la protección ambiental (25, 26)(25, 26)

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CNUMADCNUMADValor agregado:Valor agregado:- Los Principios del 6 al 9 de la Dec. de Río se refieren a la prioridad que - Los Principios del 6 al 9 de la Dec. de Río se refieren a la prioridad que deben tener la situación y necesidades especiales de los PeD y a la deben tener la situación y necesidades especiales de los PeD y a la responsabilidad de los PD - responsabilidad de los PD - Principio de las responsabilidades comunes Principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadaspero diferenciadas -. -.- Los - Los principios de contaminador-pagadorprincipios de contaminador-pagador (16) y de (16) y de EIAEIA (17) no son (17) no son tratados en la Dec. de Estocolmo (DE).tratados en la Dec. de Estocolmo (DE).- Los principios 20, 21 y 22 se refieren al papel fundamental que - Los principios 20, 21 y 22 se refieren al papel fundamental que desempeñan en la gestión del medio ambiente y en el desarrollo las desempeñan en la gestión del medio ambiente y en el desarrollo las mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas y la comunidades locales. mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas y la comunidades locales. Estos Estos gruposgrupos no se mencionan en la DE. no se mencionan en la DE.- El principio 23, referido a la preocupación por la protección del medio - El principio 23, referido a la preocupación por la protección del medio ambiente y los recursos naturales de los ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, pueblos sometidos a opresión, ocupación y dominaciónocupación y dominación, tampoco es mencionado en la DE., tampoco es mencionado en la DE.- La DE no se refiere al tema del posible - La DE no se refiere al tema del posible deterioro del medio ambiente deterioro del medio ambiente causado por la guerracausado por la guerra (24). (24).

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CMDSCMDS

Resultados Tipo 1:Resultados Tipo 1:Plan de Implementación (JPOI)Plan de Implementación (JPOI)

Declaración de Johanesburgo sobre Desarrollo SostenibleDeclaración de Johanesburgo sobre Desarrollo Sostenible

Resultados Tipo 2:Resultados Tipo 2:Iniciativas y alianzasIniciativas y alianzas

Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el Desarrollo Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el Desarrollo SostenibleSostenible

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CMDS - Metas del JPOICMDS - Metas del JPOI

Recursos Naturales:Recursos Naturales:

Recursos marinos y pescaRecursos marinos y pesca Para el 2012 facilitar el uso de herramientas como Para el 2012 facilitar el uso de herramientas como

la eliminación de prácticas de pesca destructiva, el la eliminación de prácticas de pesca destructiva, el establecimiento de áreas marinas protegidas y de establecimiento de áreas marinas protegidas y de sistemas de vedas para favorecer el uso adecuado sistemas de vedas para favorecer el uso adecuado de las zonas costeras, la planificación de las de las zonas costeras, la planificación de las cuencas y la integración del manejo de áreas cuencas y la integración del manejo de áreas marino costeras en sectores clave.marino costeras en sectores clave.

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CMDS - Medios de Implementación del JPOICMDS - Medios de Implementación del JPOI

Principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas (7);Principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas (7); Flujo de recursos financieros, en particular hacia los PeD;Flujo de recursos financieros, en particular hacia los PeD; Oportunidades comerciales, transferencia de tecnologías Oportunidades comerciales, transferencia de tecnologías

ambientalmente racionales sobre una base preferencial o ambientalmente racionales sobre una base preferencial o concesional, la sensibilización y la creación de capacidades,concesional, la sensibilización y la creación de capacidades,

Apoyo mutuo entre el sistema multilateral de comercio y los Apoyo mutuo entre el sistema multilateral de comercio y los AMUMAs, AMUMAs,

Toma de decisiones basadas en la ciencia y reafirmar el Principio de Toma de decisiones basadas en la ciencia y reafirmar el Principio de Precaución (15);Precaución (15);

Acceso, al nivel nacional, a la información, los procedimientos Acceso, al nivel nacional, a la información, los procedimientos administrativos y judiciales y a la participación pública en la toma administrativos y judiciales y a la participación pública en la toma de decisiones (10);de decisiones (10);

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CMDS – Medios de Implementación del JPOICMDS – Medios de Implementación del JPOI

Fortalecimiento del marco institucional a nivel nacional:Fortalecimiento del marco institucional a nivel nacional: Tomar inmediatamente las medidas necesarias para Tomar inmediatamente las medidas necesarias para

progresar en la formulación de sus estrategias nacionales progresar en la formulación de sus estrategias nacionales de des. sostenible e iniciar su implementación el 2005.de des. sostenible e iniciar su implementación el 2005.

Adoptar y aplicar una legislación clara y efectiva a los Adoptar y aplicar una legislación clara y efectiva a los fines del desarrollo sostenible.fines del desarrollo sostenible.

Crear o fortalecer sus instituciones gubernamentales, Crear o fortalecer sus instituciones gubernamentales, promoviendo la transparencia y la responsabilidad.promoviendo la transparencia y la responsabilidad.

Participación de los Grupos Principales:Participación de los Grupos Principales: Fortalecer las alianzas entre los actores gubernamentales y Fortalecer las alianzas entre los actores gubernamentales y

no gubernamentales, incluyendo los grupos principales, en no gubernamentales, incluyendo los grupos principales, en programas y actividades tendientes al des. sostenibleprogramas y actividades tendientes al des. sostenible

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Derecho Internacional para la Derecho Internacional para la gobernanza ambiental de zonas costero-gobernanza ambiental de zonas costero-

marinas.marinas. I.- Derecho Internacional relacionado con la protección del mar: I.- Derecho Internacional relacionado con la protección del mar: Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (actual OMI). Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (actual OMI). Seguridad marítima objetivo inicial, en vigor desde 1958. Origen a más de 40 Seguridad marítima objetivo inicial, en vigor desde 1958. Origen a más de 40 Convenios.Convenios.Emerge la contaminación marina como preocupación internacional: Emerge la contaminación marina como preocupación internacional: - Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación Marina - Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación Marina por Petróleo, 1954.por Petróleo, 1954.- Convención sobre la Prevención de la Contaminación Marina por - Convención sobre la Prevención de la Contaminación Marina por Vertimiento de Desechos y otras Materias, 1972 (vertidos de buques y Vertimiento de Desechos y otras Materias, 1972 (vertidos de buques y naves). naves). - Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982. Base - Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982. Base internacional de protección y desarrollo sostenible del medio marino y internacional de protección y desarrollo sostenible del medio marino y costero. costero.

II.- AMUMAs: CBD (Mandato de Jakarta de 1995)– CITES – RAMSAR, II.- AMUMAs: CBD (Mandato de Jakarta de 1995)– CITES – RAMSAR, CMNUCC,CMNUCC,SUSTANCIAS QUÍMICASSUSTANCIAS QUÍMICAS

III.- Marcos programáticos:III.- Marcos programáticos:Programa de Mares Regionales - 1974.Programa de Mares Regionales - 1974.PGA sobre la Protección del Ambiente Marino por actividades terrestres – PGA sobre la Protección del Ambiente Marino por actividades terrestres – 1995.1995.