Derecho Administrativo unidad 8

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Unidad 8 del primer curso de Derecho Administrativo.

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UNIDAD 5 FORMAS DE ACTUACIN DEL PODER EJECUTIVO

El acto administrativo.

El acto administrativo es un acto jurdico, una declaracin de voluntad, de deseo, de conocimiento y de juicio, unilateral, externa, concreta y ejecutiva que constituye una decisin ejecutoria que emana de un sujeto: la administracin pblica, en el ejercicio de una potestad administrativa que crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situacin jurdica subjetiva y su finalidad es la satisfaccin del inters general.

De la definicin anterior resume los caracteres siguientes:

1. El acto administrativo es un acto de derecho pblico que emana de la administracin pblica y sometido al derecho administrativo. Con ello se excluyen del concepto los actos polticos del gobierno, los actos emanados de rganos legislativos o judiciales aunque tengan un contenido administrativo y los actos de los administrados aunque produzcan efectos jurdicos conforme al derecho administrativo.1. Su naturaleza no normativa, resultado de distinguir los actos administrativos y las normas jurdicas. La norma administrativa mantiene su vigencia hasta que sea derogada, en tanto que el acto administrativo se agota con su cumplimiento.

1. Es una decisin ejecutoria y no contenciosa.

1. Es una declaracin que emana de una autoridad administrativa, unitaria o colegiada, en el ejercicio de la funcin administrativa.

1. Unilateral, ejecutiva y oportuna que produce una situacin jurdica concreta que excluye del concepto los actos jurdicos del administrado.

1. La administracin crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situacin jurdica subjetiva.

1. Se propone la satisfaccin de un inters general, en ejercicio de la funcin administrativa.

El acto administrativo produce efectos jurdicos directos e inmediatos. Es un acto jurdico y tiene dos notas: una subjetiva ya que lo realiza la administracin, otra objetiva, est sometido al derecho administrativo.